74
HOSPITAL SERGIO E. BERNALES ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HNSEB-CE [PRIMERA CONVOCATORIA] CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES 1 ADQUISICION DE ALIMENTOS 2012 1 Se utilizarán estas Bases cuando se trate de la contratación de bienes con entrega periódica. 1

AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

  • Upload
    others

  • View
    2

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL

Nº 011-2012-HNSEB-CE

[PRIMERA CONVOCATORIA]

CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES1

ADQUISICION DE ALIMENTOS

2012

1 Se utilizarán estas Bases cuando se trate de la contratación de bienes con entrega periódica.

1

Page 2: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

CAPÍTULO I

GENERALIDADES1.1 ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : HOSPITAL SERGIO E BERNALES

RUC Nº : 20160588234

Domicilio legal : AV. TUPAC AMARU N° 8000 COLLIQUE (ALTURA KM 14.5 DE LA CARRETERA LIMA-CANTA) LIMA - LIMA - COMAS

Teléfono/Fax: : 558-0186 / 558-2158

Correo electrónico: : [email protected]

1.2 OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Contratar una empresa que cumpla con los requerimientos técnicos mínimos, fichas técnicas y presente la mejor oferta económica para la “ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA PERSONAS”, para la atención de los pacientes del hospital.

1.3 CÓDIGO DEL OBJETO DEL PROCESO EN LA FICHA TÉCNICA APROBADA

N° Ítem Denominación del Bien Código de Ficha Técnica Aprobada

1 ACEITE VEGETAL A50151513000025262 ARROZ SUPERIOR X 50 KL A50221101000027223 AZUCAR RUBIA X 1 KL A50161509000029414 AZUCAR RUBIA SUP X 50 A50161509000029415 PAPA BLANCA “YUNGAY” A50405702001175996 MANDARINA MEDIANA A50304438001298777 MANZANA DE POSTRE A50301518001344218 PAPAYA A5030540200134384

1.4 VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a la suma de S/. 245,943.60 (Doscientos Cuarenta y Cinco Mil Novecientos Cuarenta y tres y 60/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del suministro. El valor referencial ha sido calculado al mes de octubre de 2012.

2

Page 3: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

ITEM N° DESCRIPCION COSIGO ASIGNADO POR OSCE U.M. CANT V. REF.

UNIT

VALOR REFERENCIAL

TOTAL

1 ACEITE VEGETAL A5015151300002526 BD 660 31.00 20,460.00

2 ARROZ SUPERIOE X 50 KLS A5022110100002722 SAC 480 140.00 67,200.00

3 AZUCAR RUBIA X 1 KL A5016150900002941 KLS 8118 3.20 25,977.60

4 AZUCAR RUBIA SUP X 50 KL A5016150900002941 SAC 240 147.00 35,280.00

5 PAPA BLANCA YUNGAY A5040570200117599 KLS 21600 1.30 28,080.00

6 MANDARINA MEDIANA A5030443800129877 KLS 8000 3.00 24,000.00

7 MANZANA DE POSTRE A5030151800134421 KLS 7596 3.50 26,586.00

8 PAPAYA A5030540200134384 KLS 4080 4.50 18,360.00

TOTAL 245,943.60

Para el período de puja, sólo pasará el postor que haya ofrecido el menor precio unitario y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más de 10%, salvo que, una vez realizado dicho corte, no hubieran pasado al período de puja tres o más postores, incluido el mejor (menor precio), en cuyo caso se seleccionará a los que hubieran ofrecido los tres menores precios y que no hayan superado el valor referencial. En caso que sólo existieran dos (2) propuestas válidas, la puja se realizará con la participación de dichos postores. En caso que dos o más postores hubieran ofrecido el mismo precio, todos ellos tendrán las mismas posibilidades de pasar al período de puja; sin embargo, se realizará un sorteo entre ellos para establecer un orden de prelación. Las propuestas en todos los casos no podrán superar el Valor Referencial, de suceder esto no se tomarán en cuenta, teniéndolas por no presentada.

1.5 VALOR DEL DECREMENTO MÍNIMO PARA EL PERIODO DE PUJA

El valor monetario que representa el Decremento Mínimo que debe contemplarse durante el periodo de puja, el que no puede ser inferior al cero punto uno por ciento (0.1%) ni superior al tres por ciento (3%) del valor referencial total, es el siguiente:

ITEM N° DESCRIPCION

VALOR REFERENCIAL

TOTAL

VALOR DECREMENTO MINIMO 1%

1 ACEITE VEGETAL 20,460.00 204.60

2 ARROZ SUPERIOR X 50 KLS 67,200.00 672.00

3 AZUCAR RUBIA X 1 KL 25,977.60 259.78

4 AZUCAR RUBIA SUP X 50 KL 35,280.00 352.80

3

Page 4: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

5 PAPA BLANCA YUNGAY 28,080.00 280.80

6 MANDARINA MEDIANA 24,000.00 240.00

7 MANZANA DE POSTRE 26,586.00 265.86

8 PAPAYA 18,360.00 183.60

TOTAL 245,943.60

1.6 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución Directoral N° 362-2012-SA-DG-HNSEB del 06 de diciembre del 2012.

1.7 FUENTE DE FINANCIAMIENTODONACIONES Y TRANSFERENCIAS (13)

1.8 SISTEMA DE CONTRATACIÓNEl presente proceso se rige por el sistema de PRECIOS UNITARIOS de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.9 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El requerimiento está definido en el Capítulo III de la presente Sección.

1.10 COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES

El costo de reproducción de las bases es S/. 5.00 son: Cinco con 00/100 Nuevos Soles, debiendo de abonarse en la Tesorería de la Oficina de Economía del Hospital Sergio E. Bernales.

1.11 PLAZO DE ENTREGA

El plazo de entrega será (02) dos días después de haber recibido la orden compra:

ITEM N° DESCRIPCION U.M. CANT 1ra.

Ent.2da. Ent.

3ra. Ent.

4ta. Ent.

5ta. Ent.

6ta. Ent.

7ma. Ent.

8va. Ent.

9na. Ent.

10ma. Ent.

11va. Ent.

12va. Ent.

1 ACEITE VEGETAL BD 660 55 55 55 55 55 55 55 55 55 55 55 55

2 ARROZ SUPERIOR X 50 KLS SAC 480 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40

3 AZUCAR RUBIA X 1 KL KLS 8,118 8,118

4 AZUCAR RUBIA SUP X 50 KL SAC 240 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20

5 PAPA BLANCA YUNGAY KLS 21,600 1800 1800 1800 1800 1800 1800 1800 1800 1800 1800 1800 1800

6 MANDARINA MEDIANA KLS 8,000 1333 1333 1333 1333 1333 1335

7 MANZANA DE POSTRE KLS 7,596 633 633 633 633 633 633 633 633 633 633 633 633

4

Page 5: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

8 PAPAYA KLS 4,080 340 340 340 340 340 340 340 340 340 340 340 340

1.12 BASE LEGAL Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del

Estado, en adelante la Ley. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley

de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal

2012. Ley N° 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información

Pública. Directiva N° 006-2009-OSCE/CD “Lineamientos para la aplicación de la

modalidad especial de selección por Subasta Inversa”, aprobada por Resolución N° 168-2009-OSCE/PRE.

Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE. Resolución de Contraloría Nº320-2006-GG que aprueba normas de control interno. Ley N° 29873 Modifica el Decreto Legislativo N° 1017 Ley de Contrataciones del

Estado. D.S. N° 138-2012-EF Reglamento de la Ley de Contrataciones y Fe de Erratas Decreto Supremo Nº 017-2005-SA, que aprueba el texto único de procedimientos

administrativos correspondientes al ministerio de salud, sus órganos desconcentrados y organismos públicos descentralizados.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

CAPÍTULO II

5

Page 6: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Convocatoria: 17/12/2012Registro de Participantes: 18/12/2012 al 02/01/2013Presentación de Propuestas, Puja y Otorgamiento de la Buena Pro. (Acto Público) 03-01-2013

El acto público se realizará en el Auditorio de Emergencia del Hospital Sergio E Bernales a horas 14:00 p.m.

2.2 CONVOCATORIA

La convocatoria se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 92° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

2.3REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de los participantes se realizará desde el día siguiente de publicada la convocatoria en el SEACE y hasta un (1) día antes de la fecha prevista para el acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el artículo 95º del Reglamento.

El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la oficina de Logística, sito en AV. TUPAC AMARU N° 8000 P.J. COLLIQUE (ALTURA KM 14.5 DE LA CARRETERA LIMA-CANTA) LIMA - LIMA - COMAS en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00 horas.

En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.

IMPORTANTE:

Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.

Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono, asimismo deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual (Capítulo de Proveedor de Bienes).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, el participante que desee ser notificado electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.

6

Page 7: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

2.4 ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS, PUJA Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

2.4.1. DEL ACTO PÚBLICOEl acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, en adelante el acto público, es uno solo y, una vez iniciado, no puede suspenderse, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 95º del Reglamento, el acto público contará con la presencia de un Notario Público, quién dejará constancia en actas de lo que acontezca en dicho acto público.

En el supuesto que el acto público se suspenda por alguna de las causales antes indicadas, los sobres quedarán en custodia del Notario Público hasta su reanudación.

El lugar de realización del acto público se encontrará debidamente implementado, como para dar cabida en un mismo ambiente a todos los participantes que se hubieran registrado, para tal efecto, previéndose la asistencia de mínimo dos (2) personas por participante, y una por cada miembro de un consorcio. Además, se contará con una pizarra en la cual se registrarán los actos realizados, sobre todo el período de puja.

En acto público se llevará a cabo en el auditorio de Emergencia del Hospital Sergio E. Bernales a horas 14:00 p.m, antes de dar inicio al mismo, el Comité Especial invitará a los participantes a formular preguntas sobre el proceso en general, debiendo absolverlas de inmediato. Cualquier desacuerdo que pudiera surgir en torno a las respuestas recibidas no dará lugar a procedimiento de reclamo alguno. El acto público se realizará con la participación de Notario.

La presentación de propuestas por parte de un postor significa su conformidad con las respuestas dadas a las consultas.

2.4.2. PRESENTACION DE SOBRES DE HABILITACIÓN Y DE PROPUESTAS ECONÓMICAS

En el día, hora y lugar indicados se realizará el acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, en presencia del Notario Público; las personas naturales concurren personalmente o a través de su apoderado o representante debidamente acreditadas ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (según Formato N° 01).

Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado. El representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo y, en el caso del apoderado será acreditado con carta poder simple (según Formato N° 01), suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición de éste, y deberá presentarse con la copia de su DNI. Asimismo deberán dar cumplimiento al Artículo 95º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En ambos casos, en la carta poder simple debe establecerse la representación para entregar propuestas, efectuar lances y para ejercer todos los demás actos inherentes a la Subasta Inversa Presencial durante el acto público .

El Presidente del Comité Especial llamará a todos los participantes en el orden en que se hubieren inscrito, con la finalidad que presenten sus propuestas en DOS (2) sobres, de los cuales el primero, denominado sobre de habilitación, contendrá la documentación que acredite que el postor se encuentra habilitado para participar en un proceso de selección y cumple con el objeto de la contratación y el segundo su propuesta económica. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le

7

Page 8: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.Los participantes deberán presentar sus propuestas en dos (2) sobres cerrados (Sobre de Habilitación y Sobre de Propuesta Económica) y estarán dirigidas al Comité Especial de la Adjudicación Directa Púbica por Subasta Inversa Presencial N° 011-2012-HNSEB-CE, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 01: Sobre de Habilitación :

En caso se omita la presentación de alguno de los documentos solicitados en las bases se procederá a la descalificación automática del postor. El sobre será rotulado conforme al siguiente detalle:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica : Contendrá la oferta económica, la misma que debe incluir todos los conceptos que inciden en el costo del bien a adquirir materia del presente proceso de selección, expresado en Nuevos Soles. El sobre será rotulado conforme al siguiente detalle:

2.5 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas deben estar foliadas en orden correlativo, todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

8

SeñoresHOSPITAL NACIONAL SERGIO E. BERNALESDIRECCIÓN: Av. Túpac Amaru Nº 8000 Km. 14 ½ Collique ComasAtt.: Comité Especial

ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA N° 011-2012-HNSEB-CEObjeto del proceso: Suministro de “Adquisición de Alimentos”

SOBRE N° 1: SOBRE DE HABILITACIÓNNOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR

SeñoresHOSPITAL NACIONAL SERGIO E. BERNALESDIRECCIÓN: Av. Túpac Amaru Nº 8000 Km. 14 ½ Collique ComasAtt.: Comité Especial

ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA N° 011-2012-HNSEB-CEObjeto del proceso: Suministro de “Adquisición de Alimentos”

SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR

Page 9: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Los formatos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

SOBRE Nº 1 – SOBRE DE HABILITACIÓN:

Se presentará en original y una (1) copia, ambos dentro del Sobre N° 01 debidamente cerrado. El Sobre N° 1 contendrá, además de un índice de documentos2, la siguiente documentación:

Documentación de presentación obligatoria: a) Copia simple del certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de

Proveedores, Registro de Bienes.

b) Declaración Jurada de datos del postor.Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados - Anexo Nº 01.

c) Declaración Jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado - Anexo Nº 02.

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante legal común del consorcio.

d) Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación - Anexo Nº 3.

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

e) Declaración jurada de plazo de suministro de los bienes, según Anexo Nº 04.

f) Declaración Jurada que acredite el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos contenidos en el capítulo III de la presente sección, según Anexo Nº 06.

La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta.

SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA3

2 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

3 De acuerdo con el artículo 63º del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

9

Page 10: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Los postores deberán presentar el sobre que contenga la oferta económica y la garantía de seriedad de oferta. El Sobre N° 2 deberá ser presentado en un (1) original y simultáneamente con el sobre de habilitación, debiendo contener la siguiente información obligatoria:

a) La oferta económica se presentará en sobre cerrado, debiendo indicarse el precio ofertado en función al valor referencial total por el ítem que participa expresándose hasta con dos (2) decimales y sus respectivos precios unitarios que podrán ser expresados con más de 2 decimales; en Nuevos Soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, costos laborales, conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar, la Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. Anexo Nº 05.

2.6 APERTURA DE PROPUESTAS

Una vez presentadas todas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres de habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la documentación exigida en las Bases. De omitirse la presentación de algún documento, se procederá a la descalificación de la propuesta.

Acto seguido, el Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen las propuestas económicas de los postores habilitados, anunciando los montos ofertados y los anotará en la pizarra, ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por parte de los asistentes. Las propuestas económicas que superen el valor referencial, no serán consideradas válidas y serán devueltas por el Comité Especial, teniéndose por no presentadas.. El notario público deberá verificar dichas actuaciones y hacer las anotaciones correspondientes en el acta respectiva.

2.7 CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS

Solamente clasificarán para participar en el período de puja el postor que haya ofrecido el menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más del diez por ciento (10%).

Si una vez realizado dicho corte, no hubieran clasificado para participar en el período de puja tres (3) o más postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionará a los que hubieran ofrecido los tres (3) menores precios o costos, cualesquiera que sean los montos ofrecidos y el número de postores que los ofrecieron.

En caso que sólo existieran dos (2) propuestas válidas, la puja se realizará con la participación de dichos postores.

En caso que dos (2) o más postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos clasificarán al período de puja; sin embargo, deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden de prelación.

2.8 PERIODO DE PUJA

Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el numeral anterior, podrán participar en el período de puja realizando lances verbales, debiendo contemplar necesariamente el valor monetario fijado como decremento mínimo, aplicado al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento.

Durante el período de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada por el Comité Especial y el Notario Público,

10

Page 11: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

será considerada como un acto de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los postores implicados.

El Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio o costo a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio o costo. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento.

Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres (3) minutos para dar una respuesta; de no hacerlo, se le tendrá por desistido.

El Comité Especial proveerá un sistema de control de tiempo visible para todos los participantes. El período de puja culmina cuando se ha identificado el precio o costo más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir efectuando nuevos lances.

2.9 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Una vez culminado el período de puja, se establecerá el orden de prelación de los postores en función al último precio o costo ofrecido y se otorgará la Buena Pro al postor que haya ofrecido el precio o costo más bajo.

El otorgamiento de la Buena pro se publicará y se entenderá notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, bajo responsabilidad del Comité Especial u órgano encargado de las contrataciones, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena pro y el cuadro comparativo, con el resultado de la evaluación de los postores y con el sustento debido en los casos en que los postores sean descalificados. Adicionalmente, se podrá notificar a los correos electrónicos de los postores, de ser el caso.

En caso de empate el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará a través de sorteo en el mismo acto. Cabe precisar que para otorgar la Buena Pro se requerirá la existencia de dos (2) propuestas válidas como mínimo en cada ítem; de lo contrario, el ítem se declarará desierto. (Artículo 95° del Reglamento).

2.10 CONSENTIMIENTO DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Se entenderá que la Buena Pro ha quedado consentida el día de su otorgamiento, si otorgada la Buena Pro del proceso, ningún postor hubiera dejado constar en el acta su intención de impugnar el proceso.

2.11 DE LOS CONTRATOS

Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, la Entidad citará al postor ganador, otorgándole un plazo no menor a (5) mi mayor de diez (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139° del Reglamento.

2.12 VIGENCIA DEL CONTRATO

11

Page 12: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene o, en su caso, desde la recepción de la orden de compra. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la última prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.

2.13 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Adicionalmente, conforme al artículo 141º del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, se requiere, los siguientes documentos:

a) Copia de DNI del Representante Legal;b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa;c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente

actualizado;d) Copia del RUC de la empresa;e) Código de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder.f) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.g) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.h) Carta Fianza como Garantía de Fiel Cumplimiento con vigencia hasta la

conformidad de la recepción de la totalidad del suministro a cargo del contratista. El monto de la Garantía será del 10% del monto total del contrato según corresponda.

i) Cuando la Propuesta Económica fuese inferior al Valor Referencial en más del veinte por ciento (20%) de este, junto a la Garantía de Fiel Cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía por el monto diferencial de la propuesta (carta fianza) por un monto equivalente al 25% de la diferencia entre el Valor Referencial y la Propuesta Económica.

2.14 DE LAS GARANTÍAS

El único medio de garantía que debe presentar el contratista es la carta fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento del Hospital Sergio E. Bernales, siempre y cuando haya sido emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

2.14.1 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro deberá entregar al HOSPITAL SERGIO E BERNALES una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento del Hospital Sergio E. Bernales, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

2.14.2 GARANTÍA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del 20% para la contratación de servicios, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.

12

Page 13: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

2.15 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164° del Reglamento.

2.16 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Las discrepancias que surjan desde la convocatoria hasta antes de la celebración del contrato, podrán dar lugar a la interposición del recurso de apelación, ante el Titular de la Entidad, conforme lo señalado en el artículo 53° de la Ley y respetando los requisitos y garantías establecidas en los artículos 107° y 109° del Reglamento.

2.17 PRESUNCIÓN DE CUMPLIMIENTO

Se presume que los bienes ofertados cumplen con los requerimientos mínimos, las características exigidas en las fichas técnicas aprobadas y con las condiciones previstas en las bases. Esta presunción no admite prueba en contrario.

2.18 VALIDEZ DE LA OFERTA

Las ofertas deberán tener validez hasta la suscripción del contrato.

2.19 CONFORMIDAD DE LAS PRESTACIONES

Se encontrará a cargo del Departamento de Nutrición y el área de Almacén Principal del Hospital Sergio E. Bernales.

2.20 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del suministro requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165° y 168° del Reglamento.

2.21 FORMA Y CONDICIONES DE PAGO

La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la entrega de los bienes.

La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago periódicos) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de los bienes, conforme a la sección específica de las Bases.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la recepción de los bienes, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones

13

Page 14: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

2.22 DISPOSICIONES FINALES

El presente proceso se rige por las bases y lo que establece la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

14

Page 15: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

CAPÍTULO III

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1 REQUERIMIENTO DE ALIMENTOS PARA PERSONAS

ITEM N° DESCRIPCION COSIGO ASIGNADO POR

OSCE U.M. CANT V. REF. UNIT

VALOR REFERENCIAL

TOTAL

1 ACEITE VEGETAL A5015151300002526 BD 660 31.00 20,460.00

2 ARROZ SUPERIOR X 50 KLS A5022110100002722 SAC 480 140.00 67,200.00

3 AZUCAR RUBIA X 1 KL A5016150900002941 KLS 8118 3.20 25,977.60

4 AZUCAR RUBIA SUP X 50 KL A5016150900002941 SAC 240 147.00 35,280.00

5 PAPA BLANCA YUNGAY A5040570200117599 KLS 21600 1.30 28,080.00

6 MANDARINA MEDIANA A5030443800129877 KLS 8000 3.00 24,000.00

7 MANZANA DE POSTRE A5030151800134421 KLS 7596 3.50 26,586.00

8 PAPAYA A5030540200134384 KLS 4080 4.50 18,360.00

TOTAL 245,943.60

PLAZOS DE ENTREGA:02 de recibida la Orden de Compra:

Según cronograma:

ITEM N° DESCRIPCION U.M. CANT 1ra.

Ent.2da. Ent.

3ra. Ent.

4ta. Ent.

5ta. Ent.

6ta. Ent.

7ma. Ent.

8va. Ent.

9na. Ent.

10ma. Ent.

11va. Ent.

12va. Ent.

1 ACEITE VEGETAL BD 660 55 55 55 55 55 55 55 55 55 55 55 55

2 ARROZ SUPERIOR X 50 KLS SAC 480 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40

3 AZUCAR RUBIA X 1 KL KLS 8,118 8,118

15

Page 16: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

4 AZUCAR RUBIA SUP X 50 KL SAC 240 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20

5 PAPA BLANCA YUNGAY KLS 21,600 1800 1800 1800 1800 1800 1800 1800 1800 1800 1800 1800 1800

6 MANDARINA MEDIANA KLS 8,000 1333 1333 1333 1333 1333 1335

7 MANZANA DE POSTRE KLS 7,596 633 633 633 633 633 633 633 633 633 633 633 633

8 PAPAYA KLS 4,080 340 340 340 340 340 340 340 340 340 340 340 340

16

Page 17: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Ítem 1: ACEITE VEGETAL

FICHA TÉCNICA(APROBADA)

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : ACEITE VEGETAL COMESTIBLE Denominación técnica : ACEITE VEGETAL COMESTIBLE Unidad de medida : LITRO Descripción General : Es el producto alimenticio constituido principalmente por glicéridos

de ácidos grasos obtenidos únicamente de fuentes vegetales: frutos y semillas oleaginosas, líquido a la temperatura de 20ºC. Podrá contener pequeñas cantidades de otros lípidos, tales como fosfátidos, de constituyentes insaponificables y de ácidos grasos libres naturalmente presentes en la grasa o el aceite.

CATÁLOGO ÚNICO DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS - CUBSO Segmento/Familia/Clase/Commodity : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/ Aceites y

grasas comestibles/ Grasas y aceites comestibles de plantas y vegetales/ Aceites comestibles vegetales o de plantas

Ítem : ACEITE VEGETAL Código : 5015151300002526

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

A. CARACTERÍSTICAS

Los aceites vegetales comestibles pueden estar en forma:

- Pura (aceite proveniente de una sola materia prima), o

- Mixta (constituido por la mezcla de aceites puros).

B. REQUISITOS

B.1. Documentación

Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor, en el sobre de habilitación, deberá considerar como mínimo:

- Copia simple del Registro Sanitario vigente del producto Aceite Vegetal (debe corresponder al tipo de envase y peso neto por envase objeto del proceso), expedido por la Dirección General de Salud Ambiental–DIGESA a nombre del titular del registro.

- Copia simple de la Resolución Directoral vigente que otorga Validación Técnica Oficial al Plan HACCP, emitida por la DIGESA, según R.M. Nº 449-2006-MINSA (*). Dicha validación Técnica deberá estar referida a la línea de producción del producto objeto del proceso o a una línea de producción dentro de la cual esté inmerso el producto requerido.

17

Page 18: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

(*) En el caso de las pequeñas y microempresas alimentarias, la Entidad Convocante deberá considerar que su incorporación al sistema HACCP se hará de manera progresiva, de conformidad con lo que se establezca por norma especial, la misma que será aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Salud y el Ministro de Industria, Turismo, Integración y negociaciones Comerciales Internacionales, según lo señala la Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado mediante D.S. Nº 007-98-SA. En tanto ello ocurra, la Entidad Convocante deberá considerar en el sobre de habilitación la documentación que sustente el cumplimiento de los requisitos previos a través de la implementación de sus programas de Buenas Prácticas de Manufactura y de Higiene y Saneamiento, ambos basados en los Principios Generales de Higiene del Codex Alimentarius y los capítulos I, II, III, IV, V y VII del Título IV “De la fabricación de alimentos y bebidas” del citado Reglamento.

Nota: Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar oportunamente la renovación de dichos documentos y entregar una copia a la Entidad Convocante.

B.2. Atributos del bien

El Aceite Vegetal Comestible debe cumplir con los siguientes requisitos: - No producir efectos tóxicos o dañinos en el organismo. - No acusar la presencia del solvente empleado en su extracción, cuando se haya usado este procedimiento. Asimismo, deberá cumplir con lo siguiente:

ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIA CALIDAD 1)

- Sabor y olor Cumplir con el numeral 4.1.1 de la NTP de la referencia

NTP 209.001:1983 (Revisada el 2012) ACEITES VEGETALES COMESTIBLES. Definiciones y requisitos generales

- Partículas extrañas Cumplir con el numeral 4.1.3 de la NTP de la referencia

- Agua Cumplir con el numeral 4.1.4 de la NTP de la referencia

- Acidez Cumplir con el numeral 4.1.6 de la NTP de la referencia

- Índice de peróxido Cumplir con el numeral 4.1.7 de la NTP de la referencia

- Resistencia al frío

(aplicable solo para aceites winterizados)

Cumplir con el numeral 4.1.9 de la NTP de la referencia

- Aceite mineral Cumplir con el numeral 4.1.8 de la NTP de la referencia

- Sinérgicos antioxidantes 2) Cumplir con lo indicado en el numeral 4.1.11 de la NTP de la referencia

18

Page 19: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

INOCUIDAD

- Límite Máximo de Residuos (LMR) de plaguicidas

No deberá exceder los límites máximos permisibles de plaguicidas fijados en la norma nacional o, en ausencia de ésta, establecidos por el Codex Alimentarius

Normas del Codex Alimentarius para Residuos de Plaguicidas en los Alimentos y Piensos 3)

- Metales Pesados Arsénico (As): Nivel Máximo (NM) 0,1 mg/Kg Plomo (Pb) Nivel Máximo 0,1 mg/Kg

CODEX STAN 210-1999 Rev. 3 (2009), Enmienda 2 (2011) CODEX STAN 193-1995 Adoptada en 1995, Revisada en 1997, 2006, 2008, 2009, Enmendada en 2010

Notas: - 1) Para los aceites puros, deberán considerarse las especificaciones relativas a la calidad: acidez libre, índice de peróxido, densidad relativa (20ºC/agua a 20ºC), índice de saponificación, índice de refracción, índice de iodo, materia insaponificable, establecidas en la Norma Técnica Peruana específica (NTP 209.107-Aceite de Semilla de Soya, NTP 209.106-Aceite de Semilla de Algodón, NTP 209.139-Aceite de Maíz, etc.). - 2) Excepto Citrato de monoglicéridos y Citrato de isopropilo en mezcla. - 3) Para el caso de aceites vegetales que no cuenten con LMR de plaguicidas referenciados en el Codex Alimentarius, se tomará como referente los LMR para la matriz vegetal de la cual deriva dicho producto.

C. CERTIFICACIÓN

Opcional. La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial” (mínimo bajo esquema 3) o un “Certificado de Inspección con Valor Oficial” que confirme que el bien entregado: Aceite Vegetal Comestible, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la "NTP la “NTP 209.222 ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES, Inspección y recepción.

En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad Entidad Convocante, el Contratista podrá presentar un “Certificado de Calidad”, sin el símbolo de acreditación, que confirme que el bien entregado: Aceite Vegetal Comestible, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la " NTP 700.001 Directrices generales sobre muestreo".

Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

D. OTROS

D.1. Envase

19

Page 20: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

El envase que contiene el producto debe ser de material inocuo, estar libre de sustancias que puedan ser cedidas al producto en condiciones tales que puedan afectar su inocuidad, y estar fabricado de manera que mantenga la calidad sanitaria y composición del producto durante toda su vida útil. (Art. 118, D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas).

Este envase deberá corresponder al autorizado en el Registro Sanitario (botella de plástico, bidón, galonera, balde de PVC, PET y polietileno, lata, etc.), de primer uso y del mismo tamaño, que cumpla con lo establecido en la NTP 350.008 ENVASES METÁLICOS PARA ACEITES COMESTIBLES o en la NTP 311.286 ENVASES DE PLÁSTICO. Botellas de policloruro de vinilo para aceite comestible, según corresponda, y en el Art. 119 del D.S. 007-98-SA “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas”.

Notas: - La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las características

del envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), así como el volumen del producto por envase.

- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demande la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

D.2. Rotulado

Los envases de Aceite Vegetal Comestible deberán llevar rotulado, en forma destacada el nombre del producto y las siguientes indicaciones en caracteres legibles (según lo señalado en el Art. 117 del D.S. 007-98-SA “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas”, los mismos que deberán concordar con la NMP 001:1995 PRODUCTOS ENVASADOS: Rotulado y NTP 209.038 ALIMENTOS ENVASADOS. Etiquetado, según corresponda: a) Nombre del producto b) Forma en que se presenta c) Volumen en litros, del producto envasado d) Nombre o razón social del fabricante o de la entidad comercial bajo cuya marca se expende el producto e) La identificación del lote de producción f) Nombre del país donde se elaboró el producto g) Número del Registro Sanitario

Para la impresión de estos rótulos deberá utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo. Nota: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra información que considere deba estar rotulada.

D.3. Transporte

El medio de transporte empleado no deberá transmitir al Aceite Vegetal Comestible características indeseables que impidan su consumo, y deberá ajustarse a lo señalado en el Título V Capítulo II “Del transporte” del “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas” (D.S. Nº 007-98-SA).

Ítem 2: ARROZ SUPERIOR X 50 KL

FICHA TÉCNICA

20

Page 21: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

(APROBADA)

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : ARROZ PILADO Denominación técnica : ARROZ PILADO Grupo/familia/clase : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/ Productos de

legumbres y cereales/ Cereales/ Granos de cereal Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : ARROZ PILADO Código : 5022110100002722 Unidad de medida : KILOGRAMO Descripción General : Llamado también arroz blanco o elaborado, es el grano entero y

quebrado procedente de cualquier variedad de la especie Oryza sativa L, al cual se le ha removido la cáscara, los embriones y el pericarpio o cutícula, en un procesamiento normal del arroz en cáscara (grano que la ha mantenido después de la trilla).

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

A. CARÁCTERÍSTICAS

De acuerdo a la longitud del grano y a sus características de sanidad y aspecto, se clasificará por clases y grados de calidad: Clase : Largo, Mediano, Corto o Mezclado. Grado de calidad : 1 - Extra; 2 - Superior; 3 - Corriente o 4 – Popular. Importante : La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del

contrato, la clase y el grado de calidad del Arroz Pilado a adquirir: Arroz Pilado, Clase xxxx, Grado x - xxxx (especificar el número y nombre). Si va a adquirir arroz mezclado, no debe hacerse mención al grado sino al porcentaje correspondiente a la clase predominante, únicamente cuando esta sea mayor del 50% (“Arroz Pilado, Clase xxxx, nn% mezclado”); caso contrario solo se designará como “Arroz pilado mezclado”.

B. REQUISITOS

B.1. Documentación

Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor, en el sobre de habilitación, deberá considerar como mínimo: - Copia simple del Registro Sanitario vigente del producto Arroz Pilado (debe corresponder al

grado de calidad, tipo de envase y peso neto por envase objeto del proceso), expedido por la Dirección General de Salud Ambiental–DIGESA a nombre del titular del registro.

- Copia simple de la Resolución Directoral vigente que otorga Validación Técnica Oficial al Plan HACCP, emitida por la DIGESA, según R.M. Nº 449-2006-MINSA (*). Dicha validación Técnica deberá estar referida a la línea de producción del producto objeto del proceso o a una línea de producción dentro de la cual esté inmerso el producto requerido.

(*) En el caso de las pequeñas y microempresas alimentarias, la Entidad Convocante deberá considerar que su incorporación al sistema HACCP se hará de manera progresiva, de conformidad con lo que se establezca por norma especial, la misma que será aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Salud y el Ministro de Industria, Turismo, Integración y negociaciones Comerciales Internacionales, según lo señala la Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado mediante D.S. Nº 007-98-SA. En tanto ello ocurra, la Entidad Convocante deberá considerar en sobre de habilitación la documentación que sustente el cumplimiento de

21

Page 22: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

los requisitos previos a través de la implementación de sus programas de buenas prácticas de manufactura y de higiene y saneamiento, ambos basados en los Principios Generales de Higiene del Codex Alimentarius y los capítulos I, II, III, IV, V y VII del Título IV “De la fabricación de alimentos y bebidas” del citado Reglamento.

Nota: Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar oportunamente la renovación de los dichos documentos y entregar una copia a la Entidad Convocante.

B.2. Atributos del bien

El Arroz Pilado deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano. No deberá contener insectos o sus huevos; granos mohosos, germinados, picados, sucios; y, olores o sabores extraños, causados por agentes químicos, físicos o microbiológicos. Asimismo, deberá estar exento de ñelén y polvillo. (Ref.: NTP 205.011: 1979, CODEX STAN 198-1995). Asimismo, deberá cumplir con lo siguiente:

ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIA CALIDAD

- Longitud Cuando menos el 80% de los granos (en masa), están dentro de los límites de la clase a adquirir, y no más del 20% (en masa), son de mezcla con variedades de clases contrastantes, de acuerdo a lo indicado en el numeral 4.1 de la NTP, según la clase de Arroz Pilado a adquirir

NTP 205.011:1979- Color:

Cumplir con lo indicado en los numerales 4.4, 4.5 y 4.6 de la NTP, según el grado a adquirir

- Olores y sabores: Exento de olores y sabores extraños - Contenido de humedad: Máximo del 14%.

- Sanidad y aspecto Cumplir con lo indicado en numeral 4.2 de la NTP, según el grado de calidad del Arroz Pilado a adquirir

INOCUIDAD

- Criterio microbiológico Cumplir íntegramente con la totalidad de los criterios microbiológicos establecidos para el Grupo V.1 Granos secos

NTS Nº 071-MINSA/DIGESA-V.01. “Norma Sanitaria que establece los criterios microbiológicos de calidad sanitaria e inocuidad para los alimentos y bebidas de consumo humano” (R.M. Nº 591-2008/MINSA),

- Límite Máximo de Residuos de plaguicidas

No deberá exceder los límites máximos permisibles de plaguicidas fijados en la norma nacional o, en ausencia de ésta, establecidos por el Codex Alimentarius que apliquen al producto

Artículo 15º del D.S. 004-2011-AG

- Metales Pesados Cadmio (Cd): Nivel Máximo (NM) 0,4 mg/Kg

CODEX STAN 193-1995 Adoptada en 1995, revisada en 1997, 2006, 2008 y 2009, enmendada en 2010

22

Page 23: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

C. CERTIFICACIÓN

Opcional. La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial” (mínimo bajo esquema 3) o un “Certificado de Inspección con Valor Oficial” que confirme que el bien entregado: Arroz Pilado, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detallados en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la “NTP 205.001 Cereales-Extracción de muestras”.

En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad Convocante, el Contratista podrá presentar un “Certificado de Calidad”, sin el símbolo de acreditación, que confirme que el bien entregado: Arroz Pilado, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detallados en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la “NTP 205.001 Cereales-Extracción de muestras”.

Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellos que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

D. OTROS

D.1. Envase

El Arroz Pilado deberá ser entregado en envases que salvaguarden las cualidades higiénicas, nutricionales, tecnológicas y organolépticas del alimento, los mismos que deben ser fabricados con sustancias que sean inocuas y apropiadas para el uso al que se destinan. No deberán transmitir al producto sustancias tóxicas ni olores o sabores desagradables

Estos envases deberán corresponder al autorizado en el Registro Sanitario (bolsas o sacos de polietileno, polipropileno, etc.), de primer uso y del mismo tamaño, que cumpla con lo establecido en el Art. 119 del D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, de tal forma que: - Estén limpios y permitan mantener las características del alimento. - Se encuentren bien cosidos o sellados - Sean resistentes al almacenamiento (manipuleo) y transporte. - Faciliten los muestreos e inspecciones

Notas: - La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las

características del envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), así como el peso neto del producto por envase.

- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellos que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

D.2. Rotulado

23

Page 24: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Los envases de Arroz Pilado deberán indicar, en idioma español, pudiendo llevar además inscripciones en otro idioma siempre que no aparezca en forma más destacada, como mínimo lo siguiente: - El nombre del producto, indicando la clase o variedad. - El grado de calidad: "Extra", "Superior", “Corriente”, "Popular". - El contenido neto aproximado, en kilogramos. - Nombre y domicilio legal del productor, envasador, distribuidor, importador o vendedor. - Número del Registro Sanitario - El país de origen. - La identificación del lote - El mes y año de envasado - El mes y año de vencimiento

Para la impresión de estos rótulos deberá utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo. Nota: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra información que considere deba estar rotulada.

D.3. Transporte

El medio de transporte empleado no deberá transmitir al Arroz Pilado características indeseables que impidan su consumo y deberá ajustarse a lo señalado en el Título V Capítulo II “Del transporte” del “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas” (D.S. Nº 007-98-SA).

Ítem 3: AZUCAR RUBIA X 1 KLItem 4: AZUCAR RUBIA SUP X 50 KL

FICHA TÉCNICA(APROBADA)

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : AZUCAR CRUDO Denominación técnica : AZUCAR CRUDO Grupo/familia/clase : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/

Chocolates, azúcares, edulcorantes y productos de confitería/ Chocolates, azucares y productos edulcorantes/ Azúcares naturales o productos edulcorantes

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : AZUCAR RUBIA Código : 5016150900002941 Unidad de medida : KILOGRAMO Descripción General : El producto azúcar rubia, denominado también

como azúcar crudo, es aquel obtenido directo del jugo de la caña de azúcar (Saccharum sp), mediante procedimientos apropiados.

24

Page 25: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN A. CARÁCTERÍSTICAS

Es un producto sólido cristalizado obtenido directo del jugo de la caña de azúcar (Saccharum sp) y está constituido esencialmente por cristales de sacarosa cubiertos por una película de miel madre.

De acuerdo a su pureza, el Azúcar Rubia se clasificará por clases o grados de calidad en: - Azúcar rubia de exportación - Azúcar rubia industrial - Azúcar rubia doméstica.

Esta ficha es aplicable solo para el Azúcar Rubia Doméstica.

B. REQUISITOS

B.1. Documentación

Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor, en el sobre de habilitación, deberá considerar como mínimo: - Copia simple del Registro Sanitario vigente del producto Azúcar Rubia (debe corresponder al

tipo de envase y peso neto por envase objeto del proceso), expedido por la Dirección General de Salud Ambiental–DIGESA a nombre del titular del registro.

- Copia simple de la Resolución Directoral vigente que otorga Validación Técnica Oficial al Plan HACCP, emitida por la DIGESA, según R.M. Nº 449-2006-MINSA(*). Dicha validación Técnica deberá estar referida a la línea de producción del producto objeto del proceso o a una línea de producción dentro de la cual esté inmerso el producto requerido.

(*) En el caso de las pequeñas y microempresas alimentarias, la Entidad Convocante deberá considerar que su incorporación al sistema HACCP se hará de manera progresiva, de conformidad con lo que se establezca por norma especial, la misma que será aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Salud y el Ministro de Industria, Turismo, Integración y negociaciones Comerciales Internacionales, según lo señala la Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado mediante D.S. Nº 007-98-SA. En tanto ello ocurra, la Entidad Convocante deberá considerar en sobre de habilitación la documentación que sustente el cumplimiento de los requisitos previos a través de la implementación de sus programas de buenas prácticas de manufactura y de higiene y saneamiento, ambos basados en los Principios Generales de Higiene del Codex Alimentarius y los capítulos I, II, III, IV, V y VII del Título IV “De la fabricación de alimentos y bebidas” del citado Reglamento.

Nota: Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar oportunamente la renovación de los dichos documentos y entregar una copia a la Entidad Convocante.

B.2 Atributos del bien

El producto Azúcar Rubia deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano. No debe presentar insectos, arena, tierra u otras impurezas que indiquen una manipulación defectuosa del producto. (Ref.: CODEX STAN 212-1999, NTP 207.007:2009). Asimismo, deberá cumplir con lo siguiente:

ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIA CALIDAD

25

Page 26: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

- Sabor y olor Característico

NTP 207.007:2009

- Color: Amarillo pardo - Color a 420 nm Máx. 2400 UI - Cenizas conductimétricas Máx. 0,5% m/m - Humedad Máx. 0,40% m/m - Polarización a 20ºC Mín. 98,5 ºZ - Azúcares reductores Máx. 0,5% m/m - Factor de seguridad No mayor de 0,30 para

polarización mayor de 96 ºZ - Sustancias insolubles (sedimentos)

Máx. 500 mg/Kg

- Dióxido de azufre Dosis máxima permitida de 20 mg/kg

CODEX STAN 212-1999

INOCUIDAD

- Criterio microbiológico Cumplir íntegramente con la totalidad de los criterios microbiológicos establecidos para el Grupo VI.2 Azúcar rubia doméstica

NTS Nº 071-MINSA/DIGESA-V.01. “Norma Sanitaria que establece los criterios microbiológicos de calidad sanitaria e inocuidad para los alimentos y bebidas de consumo humano” (R.M. Nº 591-2008/MINSA),

- Límite Máximo de Residuos de plaguicidas

No deberá exceder los límites máximos permisibles de plaguicidas fijados en la norma nacional o, en ausencia de ésta, establecidos por el Codex Alimentarius que apliquen al producto

Artículo 15º del D.S. 004-2011-AG

- Metales Pesados Arsénico (As): Nivel Máximo (NM) 1,0 mg/Kg Cobre (Cu) Nivel Máximo (NM) 1,5 mg/Kg Plomo (Pb) Nivel Máximo 0,5 mg/Kg

NTP 207.007:2009

C.- CERTIFICACIÓN

Opcional.

La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial” (mínimo bajo esquema 3) o un “Certificado de Inspección con Valor Oficial” que confirme que el bien entregado: Azúcar Rubia, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detallados en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la "NTP 207.057:2008. Azúcar. Azúcar ensacada. Muestreo e Inspección".

26

Page 27: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad Convocante, el Contratista podrá presentar un “Certificado de Calidad”, sin el símbolo de acreditación, que confirme que el bien entregado: Azúcar Rubia, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detallados en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la “NTP 207.057:2008. Azúcar. Azúcar ensacada. Muestreo e Inspección". Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellos que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

D.- OTROS

D.1. Envase

El envase que contiene el producto debe ser de material inocuo, estar libre de sustancias que puedan ser cedidas al producto en condiciones tales que puedan afectar su inocuidad, y estar fabricado de manera que mantenga la calidad sanitaria y composición del producto durante toda su vida útil. (Art. 118, Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, D.S. 007-98-SA).

Este envase deberá corresponder al autorizado en el Registro Sanitario (saco de polipropileno, polipropileno con liner de polietileno y polipropileno laminados, sacos de papel kraft, bolsa de polietileno, etc.), de primer uso y del mismo tamaño, que cumpla con lo establecido en la “NTP 207.055:2008 Azúcar. Envases” y en el Art. 119 del D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas. Notas: - La Entidad convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las

características del envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), así como el peso neto del producto por envase.

- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellos que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

D.2. Rotulado

Los envases de azúcar crudo deberán llevar rotulado, en forma destacada, la leyenda “Azúcar Rubia Doméstica” y las siguientes indicaciones en caracteres legibles (según lo señalado en el Art. 117 del D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas y la “NTP 207.007:2008 AZÚCAR RUBIA: Requisitos”), los mismos que deberán concordar con la “NMP 001:1995 PRODUCTOS ENVASADOS: Rotulado”, “NTP 209.038:2009 ALIMENTOS ENVASADOS. Etiquetado” y la “NTP 207.058:2008 Azúcar. Rotulado”, según corresponda: a) Forma en que se presenta, por ejemplo: granulado. b) Peso neto en kilogramos, del producto envasado. c) Nombre o razón social del fabricante o de la entidad comercial bajo cuya marca se expende el producto. d) La identificación del lote de producción. e) Nombre del país donde se elaboró el producto. f) Número del Registro Sanitario

27

Page 28: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Para la impresión de estos rótulos deberá utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo. Nota: La Entidad convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra información que considere deba estar rotulada.

D.3. Transporte

El medio de transporte empleado no deberá transmitir al Azúcar Rubia características indeseables que impidan su consumo, y deberá ajustarse a lo señalado en el Título V Capítulo II “Del transporte” del “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas” (D.S. Nº 007-98-SA).

Item 5: PAPA BLANCA YUNGAY

FICHA TÉCNICAAPROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : PAPA BLANCADenominación técnica : PAPA BLANCAGrupo/clase/Familia : Alimentos, bebidas y productos de

tabaco/Verduras frescas /Papas/Papas blancas redondas

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : Papas blancas redondasCódigo : A5040570200117599  Unidad de medida : KILOGRAMODescripción General : La papa (Solanum tuberosum) es un tubérculo

harinoso comestible producido por plantas de un género de la familia de las Solanáceas. La variedad denominada papa blanca tiene pulpa blanca cremosa o marfil.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

28

Page 29: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Características Físicas – Organolépticas

Las características de las variedades de papa blanca se especifican en la siguiente tabla:

Variedad(*) Forma Piel PulpaCaracterísticas

físicas y uso sugerido

YungayChatos tamaño grande y compactas

Piel amarillenta con jaspes rojizos, ojos superficiales y en poco número.

Cremosa amarillenta

26% de materia secaGravedad especifica: 1.091Uso: sancochado

Perricholi Redondeada

Piel blanca con pigmentos morados, pero más concentrados en las cejas.

Blanca marfil

20% de materia seca, gravedad específica de 1.089Uso sugerido: fritura

(*)/ La entidad definirá en sus bases la variedad a adquirir

Tamaño : Los lotes de tubérculos de papa deberán cumplir con los calibres o tamaños expresados en diámetro y peso que se mencionan en la siguiente tabla.

Variedad MedidaCalibres

Extra Primera Segunda

YungayDiámetro mayor (mm)Diámetro menor (mm)Peso (g)

151 - 104101 - 61

710 - 321

103 - 7360 - 45

320 - 132

72 - 4544 - 32

131 - 20

PerricholiDiámetro mayor (mm)Diámetro menor (mm)Peso (g)

127 - 101108 - 80

615 - 382

100 - 7679 - 55

381 - 179

75 - 5554 - 44

178 – 50

Los diámetros mayor y menor están referidos a las dimensiones máximas y mínimos de los ejes longitudinal y transversal del tubérculo cuando se interceptan en ángulo recto.

Grados de Calidad

Las papas blancas de acuerdo a sus características se clasifican en los grados de calidad siguiente:a) Categoría “Extra”.b) Categoría Segunda.c) Categoría Tercera.

Requisitos de sanidad y aspectos respectivos de la papa blanca

29

Page 30: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Los lotes de papa blanca deberán cumplir con los requisitos de sanidad y aspecto que se especifican en la siguiente tabla:

Características Grado de calidad %(m/m)Extra Segunda Tercera

Inmadurez (papa pelada o pelona con levantamiento de piel), máximo

1 1 3

Cortes, cicatrices, magulladuras, grietas, rajaduras, máximo.

2 2 3

Brotamiento, máximo 0 0 2Verdeamiento, máximo 0 0 2Pudrición seca, máximo 0 0 1Pudrición húmeda, máximo 0 0 0Comeduras, perforaciones, galerías, (daños causados por insectos y roedores), máximo

2 2 2

Mezclas varietales, máx. 0 0 2Máximo porcentaje acumulado 5 5 15

Requisitos microbiológicos (expresados en ufc/g)

La papa blanca debe cumplir con los requisitos mínimos siguientes:

Agente microbiano Categoría Clase n c Límite por g

m M

Escherichia coli 5 3 5 2 102 103

Salmonella sp. 10 2 5 0 Ausencia /25 g -----

n: Es el número de unidades de muestra que deben ser examinados de un lote de alimentos, para satisfacer los requerimientos de un plan de muestreo particular.

m: Es un criterio microbiológico, el cual, en un plan de muestreo de dos clases separa buena calidad de calidad defectuosa; o en otro plan de muestreo de tres clases, separa buena calidad de calidad marginalmente aceptable. En general “m” presenta un nivel aceptable y valores sobre el mismo que son marginalmente aceptables o inaceptables.

M: Es un criterio microbiológico, que en un plan de muestreo de tres clases, separa calidad marginalmente aceptable de calidad defectuosa. Valores mayores a “M” son inaceptables.

c: Es el número máximo permitido de unidades de muestra defectuosa. Cuando se encuentra cantidades mayores de este número el lote es rechazado.

Contaminantes

30

Page 31: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

La papa blanca deberá tener en cuenta lo siguiente:

a) Metales Pesados: La papa blanca deberá cumplir con los niveles máximos para metales pesados establecidos por la Comisión del Codex Alimentarius.

Cadmio (Cd): Nivel Máximo (NM) 0.1 mg/kg Plomo (Pb): Nivel Máximo (NM) 0.1 mg/kg

b) Residuos de plaguicidas: La papa blanca deberá cumplir con los niveles máximos para residuos de plaguicidas establecidos por la Comisión del Codex Alimentarius.

2,4-D Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.2 mg/kgAbamectin Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.01 mg/kgAzinfos-metilo Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 mg/kgBenalaxilo Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.02 mg/kgBentazona Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.1 undefBifentrin Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 mg/kgCadusafos Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.02 mg/kgCaptan Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 undefCarbofuran Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.1 undefCicloxidim Límite Máximo de Residuo (LMR) 2 mg/kgCiflutrin Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.01 mg/kgCihalotrin Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.02 mg/kgCletodim Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.5 mg/kgClorotalonilo Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.2 mg/kgClorpirifos Límite Máximo de Residuo (LMR) 2 undefClorprofam Límite Máximo de Residuo (LMR) 30 mg/kgDeltametrin Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.01 mg/kgDiazinon Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.01 mg/kgDiclofluanida Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.1 mg/kgDifenoconazol Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.02 mg/kgDimetenamid-p Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.01 undefDimetipin Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 undefDimetoato Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 mg/kgDimetomorf Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 mg/kgDiquat Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 mg/kgDitiocarbamatos Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.2 undefEndosulfan Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 mg/kgEtofenprox Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.01 mg/kgEtoprofos Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 undefFamoxadona Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.02 undefFipronil Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.02 mg/kgFludioxonil Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.02 undefFolpet Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.1 undefForato Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.2 undefFosmet Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 undefGlufosinato-amonio Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.5 mg/kg

31

Page 32: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Hidrazida maleica Límite Máximo de Residuo (LMR) 50 mg/kgImazalil Límite Máximo de Residuo (LMR) 5 mg/kgImidacloprid Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.5 mg/kgIndoxacarb Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.2 undefMetalaxil Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 mg/kgMetamidofos Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 undefMetidation Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.02 mg/kgMetiocarb Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 mg/kgMetomilo Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.02 mg/kgNovaluron Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.01 undefOxamilo Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.1 mg/kgOxidemetón-metilo Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.01 undefParation-metilo Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 mg/kgPermetrin Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 mg/kgPiraclostrobin Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.02 undefPirimetanil Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 mg/kgProfenofos Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.05 mg/kgPropamocarb Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.3 mg/kgPropargita Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.03 mg/kgSpinosad Límite Máximo de Residuo (LMR) 0.01 undefTecnaceno Límite Máximo de Residuo (LMR) 20 mg/kg

CERTIFICACIÓNOpcional

OTRAS ESPECIFICACIONES

PresentaciónEl lote deberá ser uniforme en color y tamaño, libre de humedad externa normal (apariencia de mojado), libre de olor, sabores extraños ni materias extrañas visibles (tierra, piedras, etc.). Sacos de polietileno de 25 Kg a 50 Kg.

EnvasesLos sacos de polietileno destinados al envasado de la papa blanca al estado fresco deberán estar limpios, exentos de residuos de minerales, estiércol, fertilizantes, pesticidas y otras materias extrañas; no deberán presentar asimismo olores extraños a la naturaleza del producto.

RotuladoPara el etiquetado se permite el uso de materiales, en particular papel o sellos, con indicaciones comerciales, siempre y cuando estén impresos con tinta o pegamento no tóxico. Asimismo el etiquetado contendrá como mínimo lo siguiente: Nombre o marca del producto cuando corresponda. Designación del producto según la variedad, calidad y tamaño. Peso neto en Kilogramos.

32

Page 33: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

TransporteEl medio de transporte empleado no deberá transmitir a la papa blanca, características indeseables que impidan su consumo.

Vida útilConsumo en fresco.

Item 6: MANDARINA MEDIANA

FICHA TÉCNICAAPROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : MANDARINA Denominación técnica : MANDARINA Grupo/Clase/Familia : Alimentos, bebidas y productos de

tabaco/Frutas frescas/Naranjas mandarina o tangerinas/Naranjas mandarina satsuma

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : MANDARINA Código : 5030443800129877 Unidad de medida : KILOGRAMO Descripción General : Las mandarinas son los frutos de las

variedades o cultivares procedentes de la especie Citrus. Constituyen un conjunto de especies incluidas las Mandarinas Satsumas (Citrus unshiu Marcovitch), Mandarinas Clementinas (Citrus clementina Hort. ex Tanaka), otras Mandarinas (Citrus reticulata Blanco) e híbridos (en el que al

33

Page 34: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

menos uno de los progenitores sea la mandarina). Su piel es de color verde amarillento a anaranjado y su pulpa de color anaranjado.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN A. CARACTERÍSTICAS

De acuerdo a sus características de sanidad y aspecto, la Mandarina se clasificará en los siguientes grados de calidad:

a. Categoría Extra b. Categoría I c. Categoría II d. Categoría III

De acuerdo a su tamaño:

Calibres Diámetro en mm(*) Mínimo Máximo Cal 5 45 50 Cal 4 50 54 Cal 3 54 58 Cal 2 58 63 Cal 1 63 68 Cal 1X 68 73 Cal 1XX 73 78 Cal 1XXX 78 A más

(*) Diámetro ecuatorial de la fruta en milímetros. Importante: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, el grado de calidad y calibre de la Mandarina a adquirir.

B. REQUISITOS

B.1. Documentación

Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor procesador primario de alimentos agropecuarios primarios en el sobre de habilitación, deberá considerar como mínimo:

Para bienes de origen nacional

- Copia del Certificado de Autorización Sanitaria del establecimiento que realizó el procesamiento primario otorgado por el SENASA, según el art. 33º del D.S. Nº 004-2011-AG (publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 27 de abril de 2011). Los administrados obligados a obtener Autorización Sanitaria del SENASA, tendrán dieciocho (18) meses desde la entrada en vigencia del citado reglamento para obtenerla.

Para bienes importados

- Autorización Sanitaria para el ingreso al país de alimentos agropecuarios primarios y piensos otorgado por el SENASA, según el art. 40º del D.S. Nº 004-2011-AG.

- Declaración única de aduanas que acredite el ingreso legal del producto al país.

34

Page 35: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Nota: Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista mantener la vigencia de la Autorización Sanitaria de establecimiento y tramitar oportunamente la Autorización Sanitaria de importación, y entregar una copia a la Entidad Convocante.

B.2. Atributos del bien

Los cítricos deberán haber sido cuidadosamente recolectados y haber alcanzado un desarrollo un estado de madurez adecuado, de acuerdo con los criterios apropiados para la variedad. Su estado de madurez deberá permitirles soportar el transporte y la manipulación así como llegar en condiciones satisfactorias al lugar de destino.

Su producción/procesamiento primario debe haber contemplado lo establecido en la “Guía de Buenas Prácticas Agrícolas” del SENASA (aprobado con R.D. Nº 154-2011-AG-SENASA-DIAIA), las Normas Codex: “CAC/RCP 1-1969. Principios Generales de Higiene de los Alimentos” (Adoptado en 1969. Enmienda 1999. Revisiones 1997 y 2003) y “CAC/RCP 53-2003. Código de Prácticas de Higiene para las Frutas y Hortalizas Frescas” (Adoptado en 2003. Revisado en 2010). Asimismo deberá presentar lo siguiente:

ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIACALIDAD

- Color Cumplir con lo indicado en el numeral 5.2 de la NTP

NTP 011.023:2006CÍTRICOS (mandarinas,

tangelos, naranjas y toronjas). Requisitos.

- Contenido de jugo Cumplir con lo indicado en el numeral 5.3 de la NTP

- Madurez

(ºBrix, Acidez, Índice de Madurez)

Cumplir con lo indicado en el numeral 5.4 y 8.3 de la NTP, según la variedad

- Sanidad y aspecto Cumplir con lo indicado en los numerales 5.1, 6, 8.1 y 8.4 (según el grado de calidad de Mandarina a adquirir), de la NTP

- Tamaño Cumplir con lo indicado en el numeral 7 y 8.2 de la NTP, según el calibre de Mandarina a adquirir

INOCUIDAD

- Criterio microbiológico Cumplir íntegramente con la totalidad de los criterios microbiológicos establecidos para el Grupo XIV.1 Frutas y hortalizas frescas (sin ningún tratamiento)

NTS Nº 071-MINSA/DIGESA-V.01. “Norma Sanitaria que establece los criterios microbiológicos de calidad sanitaria e inocuidad para los alimentos y bebidas de consumo humano” (R.M. Nº 591-2008/MINSA)

C. CERTIFICACIÓN

Opcional.

La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial” (mínimo bajo esquema 3) o un “Certificado de Inspección con Valor Oficial” que confirme que el bien entregado: Mandarina, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y autorizado por el SENASA.

35

Page 36: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad Convocante, el Contratista podrá presentar un “Certificado de Calidad”, sin el símbolo de acreditación, que confirme que el bien entregado: Mandarina, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y autorizado por el SENASA.

Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

Importante: La “Autorización a Organismos de Certificación, de Inspección y Laboratorios de Ensayo” de parte del SENASA, estará sujeta al procedimiento y plazos que establezca dicha Autoridad Nacional.

D. OTROS

D.1. Envase

La Mandarina deberá ser envasada tomando en consideración lo establecido en las Normas Codex: “CAC/RCP 1-1969. Principios Generales de Higiene de los Alimentos.” (Adoptado en 1969. Enmienda 1999. Revisiones 1997 y 2003), “CAC/RCP 53-2003. Código de Prácticas de Higiene para las Frutas y Hortalizas Frescas” (Adoptado en 2003. Revisado en 2010) y “CAC/RCP 44-1995. Código Internacional de Prácticas Recomendado para el Envasado y Transporte de Frutas y Hortalizas Frescas” (Enmienda 2004), de tal manera que el producto quede debidamente protegido.

Los envases deberán satisfacer las características de higiene, ventilación y resistencia necesarias para asegurar la manipulación, el transporte y la conservación apropiada de las mandarinas, y deberán estar exentos de cualquier materia y olor extraños. Podrán ser cajas, bandejas, cajones u otros, del mismo tamaño, que cumplan con los requisitos que se indican en las Normas Técnicas Peruanas correspondientes (por ejemplo: “NTP 251.122 ENVASE Y EMBALAJE. Embalaje de Madera para frutas. Requisitos”, etc.).

El contenido de cada envase deberá ser homogéneo y estar constituido únicamente por cítricos del mismo origen, variedad, calidad, calibre y que presenten un mismo grado de desarrollo y madurez. La parte visible del contenido del envase o lote deberá ser representativa de todo el conjunto. Además, para la Categoría Extra y Categoría I se exige la homogeneidad de coloración.

Los materiales y/o papeles utilizados en el interior del envase deberán ser nuevos (esto incluye el material recuperado de calidad alimentaria), estar limpios y ser de calidad tal que evite cualquier daño externo o interno al producto. Se permite el uso de materiales, en particular papel o sellos, con indicaciones comerciales, siempre y cuando estén impresos o etiquetados con tinta o pegamento no tóxico. Cuando los frutos se presenten envueltos en papel, éste deberá ser nuevo, fino e inodoro y estar seco.

Notas: - La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las

características del envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), así como el peso neto del producto por envase.

- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

36

Page 37: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

D.2. Rotulado

Los envases, o bien los documentos que acompañan el envío, además de los requisitos aplicables especificados en la “NTP 209.038 ALIMENTOS ENVASADOS. Etiquetado”, deberán indicar, en idioma español, pudiendo llevar además inscripciones en otro idioma siempre que no aparezca en forma más destacada, lo siguiente: - El nombre del producto - Nombre de la variedad, cultivar o tipo comercial - El grado de calidad - Calibre - Peso neto, en kilogramos - Nombre y domicilio legal del productor, envasador, distribuidor, importador o vendedor - El país de origen

Para la impresión de estos rótulos en el envase, deberá utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo. Nota: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra información que considere deba estar rotulada.

D.3. Transporte

El transporte, almacenamiento y comercialización de la Mandarina se efectuará en cajas, canastas, sacos u otros envases apropiados que eviten el contacto del mismo con el suelo o plataforma del transporte (Art. 25 del D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas). Asimismo, el medio de transporte empleado no deberá transmitir a la Mandarina características indeseables que impidan su consumo. De acuerdo a la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del D.S. 004-2011-AG (Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria), las personas naturales o jurídicas dedicadas al transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos, tendrán veinticuatro (24) meses de plazo de entrada en vigencia del Reglamento, para adecuar sus vehículos de transporte de tal manera que garanticen que los alimentos agropecuarios primarios y piensos transportados no se contaminen.

Item 7: MANZANA DE POSTRE

FICHA TÉCNICAAPROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : MANZANA DELICIA Denominación técnica : MANZANA DELICIA/ MANZANA RED

DELICIUS Grupo/Clase/Familia : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/

Frutas frescas/ Manzanas/ Manzanas delicious Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : MANZANA DELICIA Código : 5030151800134421 Unidad de medida : KILOGRAMO Descripción General : La manzana es el fruto proveniente de la

especie Malus domestica (Borkhausen), de la familia de las Rosaceae; la Manzana Delicia corresponde a la variedad Royal Red Delicious. Por lo general, su piel es lisa de color rojo brillante, y pulpa de color blanquecino amarillento y sabor dulce.

37

Page 38: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN A. CARACTERÍSTICAS

De acuerdo a sus características de sanidad y aspecto, la Manzana Delicia se clasificará en los siguientes grados de calidad:

a. Categoría “Extra” b. Categoría I c. Categoría II

De acuerdo al tamaño, en los siguientes Calibres.

Calibre Diámetro (mm) A 95 o mayor B Entre 80 y 85 C Entre 65 y 80 D 65 o menor

De acuerdo a la coloración, en los siguientes códigos de color:

Código Porcentaje de Color A 75% o más B 50% o más C 25% o más D Menos de 25%

Importante: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, el grado de calidad y calibre de Manzana Delicia a adquirir, y si lo requiere el Código de Color.

B. REQUISITOS

B.1. Documentación

Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor procesador primario de alimentos agropecuarios primarios en el sobre de habilitación, deberá considerar como mínimo:

Para bienes de origen nacional - Copia del Certificado de Autorización Sanitaria del establecimiento que realizó el

procesamiento primario otorgado por el SENASA, según el art. 33º del D.S. Nº 004-2011-AG (publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 27 de abril de 2011). Los administrados obligados a obtener Autorización Sanitaria del SENASA, tendrán dieciocho (18) meses desde la entrada en vigencia del citado reglamento para obtenerla.

Para bienes importados - Autorización Sanitaria para el ingreso al país de alimentos agropecuarios primarios y

piensos otorgado por el SENASA, según el art. 40º del D.S. Nº 004-2011-AG. - Declaración única de aduanas que acredite el ingreso legal del producto al país.

Nota: Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista mantener la vigencia de la Autorización Sanitaria de establecimiento y tramitar oportunamente la

38

Page 39: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Autorización Sanitaria de importación, y entregar una copia a la Entidad Convocante.

B.2. Atributos del bien

La Manzana Delicia deberá tener un grado de desarrollo que le permita continuar el proceso de maduración y alcanzar el grado de madurez característico de la variedad.

Su producción/procesamiento primario debe haber contemplado lo establecido en la “Guía de Buenas Prácticas Agrícolas” del SENASA (aprobado con R.D. Nº 154-2011-AG-SENASA-DIAIA), las Normas Codex: “CAC/RCP 1-1969. Principios Generales de Higiene de los Alimentos” (Adoptado en 1969. Enmienda 1999. Revisiones 1997 y 2003) y “CAC/RCP 53-2003. Código de Prácticas de Higiene para las Frutas y Hortalizas Frescas” (Adoptado en 2003. Revisado en 2010). Asimismo deberá presentar lo siguiente:

ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIA CALIDAD

- Sanidad y aspecto Cumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2, 2.3, 2.4 y 4.1 de la norma CODEX, según el grado de calidad de Manzana Delicia a adquirir

CODEX STAN 299-2010 NORMA DEL CODEX PARA LAS MANZANAS

- Tamaño Cumplir con lo indicado en el numeral 5.2 y 7.1 de la norma NTP, según el calibre de Manzana Delicia a adquirir

NTP 011.002:1993 FRUTAS. Manzana. Requisitos.

INOCUIDAD

- Criterio microbiológico Cumplir íntegramente con la totalidad de los criterios microbiológicos establecidos para el Grupo XIV.1 Frutas y hortalizas frescas (sin ningún tratamiento)

NTS Nº 071-MINSA/DIGESA-V.01. “Norma Sanitaria que establece los criterios microbiológicos de calidad sanitaria e inocuidad para los alimentos y bebidas de consumo humano” (R.M. Nº 591-2008/MINSA)

C. CERTIFICACIÓN

Opcional.

La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial” (mínimo bajo esquema 3) o un “Certificado de Inspección con Valor Oficial” que confirme que el bien entregado: Manzana Delicia, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y autorizado por el SENASA.

En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad Convocante, el Contratista podrá presentar un “Certificado de Calidad”, sin el símbolo de acreditación, que confirme que el bien entregado: Manzana Delicia, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y autorizado por el SENASA.

Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases

39

Page 40: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

(especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

Importante: La “Autorización a Organismos de Certificación, de Inspección y Laboratorios de Ensayo” de parte del SENASA, estará sujeta al procedimiento y plazos que establezca dicha Autoridad Nacional.

D. OTROS

D.1. Envase

La Manzana Delicia deberá ser envasada tomando en consideración lo establecido en las Normas Codex: “CAC/RCP 1-1969. Principios Generales de Higiene de los Alimentos”. (Adoptado en 1969. Enmienda 1999. Revisiones 1997 y 2003), “CAC/RCP 53-2003. Código de Prácticas de Higiene para las Frutas y Hortalizas Frescas” (Adoptado en 2003. Revisado en 2010) y “CAC/RCP 44-1995. Código Internacional de Prácticas Recomendado para el Envasado y Transporte de Frutas y Hortalizas Frescas” (Enmienda 2004), de tal manera que el producto quede debidamente protegido.

Los envases deberán ser nuevos y reciclables, y satisfacer las características de higiene, ventilación y resistencia necesarias para asegurar la manipulación, el transporte y la conservación apropiada de las manzanas, y deberán estar exentos de cualquier materia y olor extraños. Podrán ser cajas, bandejas, cajones u otros, del mismo tamaño, que cumplan con los requisitos que se indican en las Normas Técnicas Peruanas correspondientes (por ejemplo: “NTP 251.122 ENVASE Y EMBALAJE. Embalaje de Madera para frutas. Requisitos”, etc.).

El contenido de cada envase deberá ser homogéneo y estar constituido únicamente por manzanas del mismo origen, calidad, calibre y variedad. Para la categoría “Extra”, el color deberá ser homogéneo. La parte visible del contenido del envase deberá ser representativa de todo el contenido.

Los materiales utilizados en el interior del envase deberán ser nuevos (esto incluye el material recuperado de calidad alimentaria), estar limpios y ser de calidad tal que evite cualquier daño externo o interno al producto. Se permite el uso de materiales, en particular papel o sellos, con indicaciones comerciales, siempre y cuando estén impresos o etiquetados con tinta o pegamento no tóxico.

Notas: - La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las

características del envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), así como el peso neto del producto por envase.

- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

D.2. Rotulado

Los envases, o bien los documentos que acompañan el envío, además de los requisitos aplicables especificados en la “NTP 209.038 ALIMENTOS ENVASADOS. Etiquetado”, deberán indicar, en idioma español, pudiendo llevar además inscripciones en otro idioma siempre que no aparezca en forma más destacada, lo siguiente: - El nombre del producto - Nombre de la variedad, cultivar o tipo comercial

40

Page 41: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

- El grado de calidad - Calibre - Código de color, cuando corresponda - Peso neto, en kilogramo - Nombre y domicilio legal del productor, envasador, distribuidor, importador o vendedor - El país de origen

Para la impresión de estos rótulos en el envase, deberá utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo. Nota: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra información que considere deba estar rotulada.

D.3. Transporte

El transporte, almacenamiento y comercialización de la Manzana Delicia se efectuará en cajas, canastas, sacos u otros envases apropiados que eviten el contacto del mismo con el suelo o plataforma del transporte (Art. 25 del D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas). Asimismo, el medio de transporte empleado no deberá transmitir a la Manzana Delicia características indeseables que impidan su consumo. De acuerdo a la Tercera Disposición

Complementaria Transitoria del D.S. 004-2011-AG (Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria), las personas naturales o jurídicas dedicadas al transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos, tendrán veinticuatro (24) meses de plazo de entrada en vigencia del Reglamento, para adecuar sus vehículos de transporte de tal manera que garanticen que los alimentos agropecuarios primarios y piensos transportados no se contaminen.

Item 8: PAPAYAFICHA TÉCNICA

APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : PAPAYA Denominación técnica : PAPAYA / LECHOSA Grupo/Clase/Familia : Alimentos, bebidas y productos de

tabaco/Frutas frescas/Papayas/Papayas maradol Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : PAPAYA Código : 5030510200134384 Unidad de medida : UNIDAD Descripción General : La papaya conocida también como melón

de árbol, es el fruto proveniente de la especie Carica papaya L., de la familia Caricaceae. El color de la piel depende de la variedad y el grado de madurez, y puede ser de color verde amarillento, amarillo y/o anaranjado.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN A. CARACTERÍSTICAS

41

Page 42: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

De acuerdo a sus características de sanidad y aspecto, la Papaya se clasificará en los siguientes grados de calidad: a. Categoría “Extra” b. Categoría I c. Categoría II

De acuerdo al peso:

Calibre Peso (g) A 200 - 300 B 301 - 400 C 401 - 500 D 501 - 600 E 601 - 700 F 701 - 800 G 801 - 1100 H 1101 - 1500 I 1501 - 2000 J ≥ 2001

Importante: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, el grado de calidad y calibre de Papaya a adquirir.

B. REQUISITOS

B.1. Documentación

Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor procesador primario de alimentos agropecuarios primarios en el sobre de habilitación, deberá considerar como mínimo:

Para bienes de origen nacional

- Copia del Certificado de Autorización Sanitaria del establecimiento que realizó el procesamiento primario otorgado por el SENASA, según el art. 33º del D.S. Nº 004-2011-AG (publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 27 de abril de 2011). Los administrados obligados a obtener Autorización Sanitaria del SENASA, tendrán dieciocho (18) meses desde la entrada en vigencia del citado reglamento para obtenerla.

Para bienes importados

- Autorización Sanitaria para el ingreso al país de alimentos agropecuarios primarios y piensos otorgado por el SENASA, según el art. 40º del D.S. Nº 004-2011-AG.

- Declaración única de aduanas que acredite el ingreso legal del producto al país.

Nota: Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista mantener la vigencia de la Autorización Sanitaria de establecimiento y tramitar oportunamente la Autorización Sanitaria de importación, y entregar una copia a la Entidad Convocante.

B.2. Atributos del bien

42

Page 43: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

La Papaya deberá estar lo suficientemente desarrollada y presentar un grado de madurez satisfactorio; asimismo, el desarrollo y estado de madurez de los mismos deberán ser tales que les permitan continuar el proceso de maduración y alcanzar el grado de madurez apropiado.

Su producción/procesamiento primario debe haber contemplado lo establecido en la “Guía de Buenas Prácticas Agrícolas” del SENASA (aprobado con R.D. Nº 154-2011-AG-SENASA-DIAIA), las Normas Codex: “CAC/RCP 1-1969. Principios Generales de Higiene de los Alimentos” (Adoptado en 1969. Enmienda 1999. Revisiones 1997 y 2003) y “CAC/RCP 53-2003. Código de Prácticas de Higiene para las Frutas y Hortalizas Frescas” (Adoptado en 2003. Revisado en 2010). Asimismo deberá presentar lo siguiente:

ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIA CALIDAD

- Sanidad y aspecto Cumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según el grado de calidad de Papaya a adquirir

CODEX STAN 183-1993 Revisión 2001, Enmienda 2005, 2011 NORMA DEL CODEX PARA LA PAPAYA

- Tamaño Cumplir con lo indicado en el numeral 3 y 4.2 de la norma CODEX, según el calibre de Papaya a adquirir

INOCUIDAD

- Criterio microbiológico Cumplir íntegramente con la totalidad de los criterios microbiológicos establecidos para el Grupo XIV.1 Frutas y hortalizas frescas (sin ningún tratamiento)

NTS Nº 071-MINSA/DIGESA-V.01. “Norma Sanitaria que establece los criterios microbiológicos de calidad sanitaria e inocuidad para los alimentos y bebidas de consumo humano” (R.M. Nº 591-2008/MINSA)

C. CERTIFICACIÓN

Opcional.

La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial” (mínimo bajo esquema 3) o un “Certificado de Inspección con Valor Oficial” que confirme que el bien entregado: Papaya, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y autorizado por el SENASA.

En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad Convocante, el Contratista podrá presentar un “Certificado de Calidad”, sin el símbolo de acreditación, que confirme que el bien entregado: Papaya, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y autorizado por el SENASA.

Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

43

Page 44: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Importante: La “Autorización a Organismos de Certificación, de Inspección y Laboratorios de Ensayo” de parte del SENASA, estará sujeta al procedimiento y plazos que establezca dicha Autoridad Nacional.

D. OTROS

D.1. Envase

La Papaya deberá ser acondicionada tomando en consideración lo establecido en las Normas Codex: “CAC/RCP 1-1969. Principios Generales de Higiene de los Alimentos”. (Adoptado en 1969. Enmienda 1999. Revisiones 1997 y 2003), “CAC/RCP 53-2003. Código de Prácticas de Higiene para las Frutas y Hortalizas Frescas” (Adoptado en 2003. Revisado en 2010) y “CAC/RCP 44-1995. Código Internacional de Prácticas Recomendado para el Envasado y Transporte de Frutas y Hortalizas Frescas” (Enmienda 2004), de tal manera que el producto quede debidamente protegido.

Los envases (o lote, para productos presentados a granel) deberán satisfacer las características de higiene, ventilación y resistencia necesarias para asegurar la manipulación, el transporte y la conservación apropiada de las papayas, y deberán estar exentos de cualquier materia y olor extraños. Podrán ser cajas, bandejas, cajones u otros, del mismo tamaño, que cumplan con los requisitos que se indican en las Normas Técnicas Peruanas correspondientes (por ejemplo: “NTP 251.122 ENVASE Y EMBALAJE. Embalaje de Madera para frutas. Requisitos”, etc.).

El contenido de cada envase (o lote, para productos presentados a granel) deberá ser homogéneo y estar constituido únicamente por papayas del mismo origen, variedad y/o tipo comercial, calidad y calibre. Para la categoría “Extra”, también deberán ser homogéneos el color y la madurez. La parte visible del contenido del envase (o lote, para productos presentados a granel) deberá ser representativa de todo el contenido.

Los materiales utilizados en el interior del envase deberán ser nuevos (esto incluye el material recuperado de calidad alimentaria), estar limpios y ser de calidad tal que evite cualquier daño externo o interno al producto. Se permite el uso de materiales, en particular papel o sellos, con indicaciones comerciales, siempre y cuando estén impresos o etiquetados con tinta o pegamento no tóxico.

Notas: - La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las

características del envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), así como el peso neto del producto por envase.

- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

D.2. Rotulado

Los envases, o bien los documentos que acompañan el envío, además de los requisitos aplicables especificados en la “NTP 209.038 ALIMENTOS ENVASADOS. Etiquetado”, deberán indicar, en idioma español, pudiendo llevar además inscripciones en otro idioma siempre que no aparezca en forma más destacada, lo siguiente: - El nombre del producto - Nombre de la variedad, cultivar o tipo comercial - El grado de calidad

44

Page 45: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

- Calibre - Peso neto, en kilogramos - Nombre y domicilio legal del productor, envasador, distribuidor, importador o vendedor - El país de origen

Para la impresión de estos rótulos en el envase, deberá utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo.

Nota: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra información que considere deba estar rotulada.

D.3. Transporte

El transporte, almacenamiento y comercialización de la Papaya se efectuará en cajas, canastas, sacos u otros envases apropiados que eviten el contacto del mismo con el suelo o plataforma del transporte (Art. 25 del D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas).

Asimismo, el medio de transporte empleado no deberá transmitir a la Papaya características indeseables que impidan su consumo. De acuerdo a la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del D.S. 004-2011-AG (Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria), las personas naturales o jurídicas dedicadas al transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos, tendrán veinticuatro (24) meses de plazo de entrada en vigencia del Reglamento, para adecuar sus vehículos de transporte de tal manera que garanticen que los alimentos agropecuarios primarios y piensos transportados no se contaminen.

CAPÍTULO V

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, la contratación del suministro de ……….., que celebra de una parte ……………………., en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………, con domicilio legal en …………, representada por …………, identificado con DNI Nº ……………., y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha ……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADP por Subasta Inversa Presencial Nº 011-2012-HNSEB-CE para la contratación de Suministro de Adquisición de Alimentos ………………………(indicar nombre del ganador de la Buena Pro), cuyos detalles, importes unitarios y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO

45

Page 46: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Contratar el suministro de Alimentos para la atención de los pacientes del Hospital.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a ………………… a todo costo, incluido IGV.

Este monto comprende el costo de los bienes, el transporte hasta el lugar de entrega, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGOLA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48º de la Ley, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.

CLÁUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓNEl plazo de ejecución de la prestación se extenderá desde …..……… hasta……………………….

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍASEL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

- De fiel cumplimiento del contrato: S/…………………., a través de la …………………. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tiene una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

- Garantía por el monto diferencial de la propuesta: S/…………………., de ser el caso, …………………., a través de la …………………, con una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

Esta(s) garantía(s) es (son) emitida(s) por una empresa bajo el ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

La garantía de fiel cumplimiento y, de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta deberán encontrarse vigentes hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA.

46

Page 47: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto total del contrato original, conforme a lo establecido en el artículo 39º de la Ley. Para este caso, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓNLA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías, cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓNLa conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSLa conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley.

El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de dos (02) años.………………

CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse en concordancia con el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

47

Page 48: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el Monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).

La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATOCualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40º, inc c), y 44º, de la Ley, y los artículos 167º y 168º de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOSólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, se utilizarán las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144º, 170, 175º y 177º del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52º de la Ley.

Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del Organismos Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y de acuerdo con su Reglamento.

El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICACualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública

48

Page 49: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA DECIMO OCTAVA: VERACIDAD DE DOMICILIOSLas partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de ………. al …………………………

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

49

Page 50: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

FORMATOS Y ANEXOS

FORMATO N° 01

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE

Lima, ………………..

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL

50

Page 51: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N° 011-2012-HNSEB-CEPresente.-

………………………………………(nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificado con RUC Nº ……………………………… , debidamente representado por ………………. (nombre del representante legal de la persona jurídica), identificado con DNI Nº ……………….tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Adjudicación Directa Pública por Subasta Inversa Presencial N° 011-2012-HNSEB-CE a fin de acreditar a nuestro apoderado: ………………………….………. (nombre del apoderado) identificado con DNI Nº ………………………………quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.4

………………………….…………………..Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón Social del postor

ANEXO N° 01

DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N° 011-2012-HNSEB-CEPresente.-

4 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas y siempre y cuando el Representante Legal de éste no concurra personalmente al proceso de selección, de lo contrario, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 65º del Reglamento.

51

Page 52: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

El que se suscribe, ……………………. (o representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., R.U.C. Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social

Domicilio Legal

RUC Teléfono Fax

Lima,…………………..………

..........................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

ANEXO N° 02

DECLARACIÓN JURADA(ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

Señores

52

Page 53: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N° 011-2012-HNSEB-CE Presente.-

De nuestra consideración:

El que suscribe …………….. (o representante legal de …………..), identificado con DNI Nº ................, con RUC Nº ……………, domiciliado en .........................................., que se presenta como postor de la ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N° 011-2012-HNSEB-CE, para la CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE ……………………. declaro bajo juramento:

1. No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10º de la Ley.

2. Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección;

3. Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento para efectos del presente proceso de selección;

4. Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro; y

5. Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Lima, …………………………………..

………………………….………………………..

Firma y sello del representante legalNombre / Razón social del postor

53

Page 54: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

ANEXO N° 03

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N° 011-2012-HNSEB-CEPresente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta en la ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N° 011-2012-HNSEB-CE, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido en el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. ..................................................................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio, para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y formalizar la contratación correspondiente. Adicionalmente, fijamos nuestro domicilio legal común en.........................................

OBLIGACIONES DE ……..: % Participación

OBLIGACIONES DE ……: % Participación

Lima, ……………………..

………………………………………….. ..…………………………………………..

Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del

Representante Legal empresa Representante Legal empresa 2

54

Page 55: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

ANEXO Nº 04

DECLARACIÓN JURADA SOBRE PLAZO DE ENTREGA

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N° 011-2012-HNSEB-CEPresente.-

De nuestra consideración,

El que suscribe, don _______ identificado con D.N.I. Nº__________, Representante Legal de __________, con RUC Nº ___________, DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada se compromete a entregar los bienes objeto del presente proceso en el plazo de…………………………………….calendario (Indicar el plazo ofertado, ya sea en días, meses o años).

Lima,……………………………………

……………………………….…………………..Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón social del postor

55

Page 56: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

ANEXO Nº 05

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA(MODELO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N° 011-2012-HNSEB-CEPresente.-

De nuestra consideración,

A continuación, hacemos de conocimiento que nuestra propuesta económica es la siguiente:

Ítem Denominación del Bien

Códigode Ficha Técnica

AprobadaUnidad de

Medida Cantidad Precio

Unitario por S/.

Precio Total por S/.

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de los bienes a contratar.

Lima,……………………………………

……………………………….…………………..Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón social del postor

56

Page 57: AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/010207/... · Web viewCumplir con lo indicado en el numeral 2.1, 2.2 y 4.1 de la norma CODEX, estas últimas según

HOSPITAL SERGIO E. BERNALESADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 011-2012-HSNEB-CE

ANEXO N° 06

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N° 0011-2012-HNSEB-CEPresente.-

De nuestra consideración:

El que suscribe, ……………………. (postor y/o Representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., RUC Nº ............. en calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por la Entidad ……………………y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece el suministro de ……………………(Describir el objeto de la convocatoria), de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con las especificaciones técnicas y demás condiciones que se indican en el Capítulo III de las Bases.

Lima,………………………………………

-------------------------------------------------------------------------------Firma, Nombres y Apellidos del postor/

Razón Social de la empresa

57