15
10 OCTUBRE 2015 Informativos publicados AVISO IMPORTANTE A partir del 04 de octubre de 2015, se puso a disposición de los obligados tributarios el sitio Administración Tributaria Virtual en sus siglas ATV, mediante el cual se deberán de confeccionar de manera digital las declaraciones de los impuestos y modelos de formulario: Sobre la Renta, D-101 General sobre las Ventas, D-104 Régimen de Tributación Simplificada, D-105 Retenciones en la Fuente, D-103 Solidario, D-179 Para poder llevar a cabo dicho trámite, en obligado tributario debe registrarse en el portal ATV y, una vez generada la contraseña, el sistema le suministrará lo que se ha denominado una Tarjeta Inteligente Virtual en sus siglas TIV, la cual será necesaria para ingresar al portal para la presentación de las declaraciones tributarias enumeradas. Es importante mencionar que la Administración Tributaria ha estado por diferentes medios, divulgando los alcances de la herramienta informática y el uso correcto del sitio ATV. En otro de ideas, por medio de la Resolución N° DGT-R-33-2015 de las las ocho horas del veintidós de setiembre de dos mil quince, de la Dirección General de Tributación, se promulgaron las condiciones generales para el uso

AVISO IMPORTANTE - contadores.crcontadores.cr/comunicacion/2015/Noviembre/10DIGESTO OCT-2015.pdf · A partir del 04 de octubre de 2015, se puso a disposición de los obligados

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0 10 OCTUBRE 2015 Informativos publicados

AVISO IMPORTANTE

A partir del 04 de octubre de 2015, se puso a disposición de los obligados

tributarios el sitio Administración Tributaria Virtual en sus siglas ATV,

mediante el cual se deberán de confeccionar de manera digital las

declaraciones de los impuestos y modelos de formulario:

Sobre la Renta, D-101

General sobre las Ventas, D-104

Régimen de Tributación Simplificada, D-105

Retenciones en la Fuente, D-103

Solidario, D-179

Para poder llevar a cabo dicho trámite, en obligado tributario debe

registrarse en el portal ATV y, una vez generada la contraseña, el sistema le

suministrará lo que se ha denominado una Tarjeta Inteligente Virtual en sus

siglas TIV, la cual será necesaria para ingresar al portal para la presentación

de las declaraciones tributarias enumeradas.

Es importante mencionar que la Administración Tributaria ha estado por

diferentes medios, divulgando los alcances de la herramienta informática y el

uso correcto del sitio ATV.

En otro de ideas, por medio de la Resolución N° DGT-R-33-2015 de las

las ocho horas del veintidós de setiembre de dos mil quince, de la Dirección

General de Tributación, se promulgaron las condiciones generales para el uso

de la página web Administración Tributaria Virtual, ATV , a la cual se

puede acceder con darle clic a la siguiente dirección electrónica:

http://196.40.56.20/SCIJ_MHDA/docjur/mhda_docjur.aspx?nBaseDato=1

&nDocJur=17362

En el siguiente link, con solo un clic, usted podrá tener acceso directo al

sitio ATV:

http://www.hacienda.go.cr/contenido/12992-ayuda-audiovisual

DOCUMENTOS PUBLICADOS EN LA RED EN EL

MÓDULO DEL DIGESTO TRIBUTARIO

La Dirección Normativa, por medio de la Subdirección del Digesto

Tributario, informa que durante el mes de octubre del 2015, se procedió a

colocar en el Módulo del Digesto Tributario, los documentos que aquí se

detallan. Estos documentos sólo se podrán consultar en forma integral,

incluyendo las partes, en la INTRANET. Sin embargo, se les recuerda que

cada uno de los documentos publicados, están vinculados directamente con la

dirección electrónica de internet, de manera que no solo el usuario interno

pueda acceder al Boletín Informativo, sino que por el contrario, el mismo

pueda ser divulgado al usuario externo también, en aras de promover el

derecho a la información y el principio de publicidad que consagra el Código

de Normas y Procedimientos Tributarios en su artículo 173, en concordancia

con el 101 y el 73 del Reglamento de Procedimiento Tributario, sin que ello

contravenga el principio de confidencialidad del numeral 117 del Código de

previa cita.

Este es un servicio más de la Subdirección del Digesto Tributario de la

Dirección Normativa, tendiente a dar a conocer el trabajo que diariamente se

realiza en esta Subdirección y a la vez mantenerlos actualizados, sobre los

documentos que se generan en la Dirección General de Tributación y sus

dependencias, el Tribunal Fiscal Administrativo y algunos documentos

emanados de la Dirección General de Hacienda, como es el caso de las

resoluciones publicadas en el Diario Oficial La Gaceta.

Se invita a los usuarios del Módulo del Digesto Tributario, a revisar las

diferentes secciones Web que conforman el sistema, debido a que con

regularidad se incluyen documentos de interés tributario, estas secciones son:

Criterio institucional, Documentos recomendados y Normativa y

jurisprudencia tributaria recomendada.

En los casos en que los fallos del Tribunal Fiscal Administrativo hayan

sido revocados, revocados parcialmente, anulados o anulados parcialmente, se

hará la indicación respectiva en el documento, para que los usuarios puedan

revisar la información de su interés. Igual procedimiento se hará con los

oficios, resoluciones, criterios institucionales y directrices emitidas por la

Dirección General de Tributación y sus dependencias o las resoluciones de la

Dirección General de Hacienda, a los cuales se les hará la indicación

pertinente de “No vigente” y, en el apartado de “Observaciones” se anotará la

referencia del documento por medio del cual perdió vigencia el anterior.

Con respecto a las mejoras continuas que se están realizando a esta

herramienta de consulta, se están incluyendo en el apartado “Extracto” de

cada documento, un número mayor de posibles palabras clave que las

anotadas en el ítem de “Descriptores y Restrictores”, con el fin de agilizar el

procedimiento de búsqueda de temas o términos sobre algún asunto en

específico de necesidad del usuario.

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

OFICIOS DGT 2011

Cantidad de documentos publicados en la Red

Número y fecha del

documento publicado en

la Red

Descriptores y Restrictores (temas) de búsqueda

asignados

Descripción del documento publicado

1

148

11/03/2011

Cierre de negocios como sanción administrativa tributaria: Sanción administrativa, Infracción administrativa. Discrecionalidad administrativa. Principio de discrecionalidad tributaria.

En algunos casos, la Administración tendrá que valorar las consecuencias que puedan recaer sobre los terceros y tratar de atenuar los efectos negativos que el cierre del negocio puede ocasionarles. Ver texto .

OFICIOS DGT 2014

2

1140

Cierre de negocios como Terceros hospedados, no comparten

14/11/2014 sanción administrativa tributaria: Sanción administrativa. Posesión de buena fe. Principio de protección al tercero de buena fe. Responsabilidad en materia tributaria: Sujeto pasivo.

la responsabilidad del infractor tributario por cierre de negocio, por ser terceros de buena fe y la AT no debe desconocer su derecho a estar en el hotel durante el tiempo de su reservación, a tener privacidad y disfrutar su estadía. Ver texto .

OFICIOS DGT 2015

3

957

28/08/2015

Convenio, acuerdo y tratado internacional. Doble tributación internacional. Honorarios profesionales. Impuesto sobre remesas al exterior: Doble imposición, Asesoramiento técnico o financiero.

Procedimiento amistoso previsto en

el artículo 25 del “Convenio entre el

Reino de España y la República de

Costa Rica, para evitar la doble

imposición y prevenir la evasión fiscal

en materia de impuestos sobre la

renta y sobre el patrimonio” y su

respectivo Protocolo. Ver texto .

4

1067

21/09/2015

Impuesto extraordinario sobre rentas por trabajo personal dependiente y por concepto de jubilación o pensión con cargo al presupuesto nacional. Trabajador del servicio exterior.

Los salarios del Servicio Exterior de la

República, para efectos de la

deducción del impuesto al salario, se

debe realizar la equiparación entre

los Servicios Interno y Externo y,

posteriormente, aplicar la tarifa

según lo dispuesto en el numeral 33

de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Ver texto .

5

1070

21/09/2015

Deberes formales y materiales del contribuyente: Declaración informativa, Registros contables. Impuesto sobre la renta: Libros legales y normas de contabilidad, Presentación formulario D-151, Principio de Legalidad, Costos y gastos, Compras locales. Renta bruta: Comisiones. Renta neta.

En la renta bruta se deben consignar

todos los montos facturados a

clientes, sin excepción alguna. En la

declaración D-151, se debe incluir los

pagos por servicios a los proveedores

subcontratados, aunque haya sido a

nombre y por cuenta de un tercero,

así como el monto de la comisión.

Ver texto .

6

1096

28/09/2015

Donación. Fundación. Impuesto general sobre las ventas: Mercancía exenta,

La FUNDACIÓN al recibir una

contraprestación dineraria por parte

Deberes formales, Exención, Actividad lucrativa, Emisión de facturas, Mercancía gravada, Cadena de comercialización, Tarjetahabientes crédito o débito.

de un consumidor final y trasmitir el

dominio de un bien gravado

(luminarias o productos PSH LED),

debe proceder a cobrar el impuesto

de ventas, así como aplicarse el

crédito fiscal. Ver texto .

7

1103

30/09/2015

Alquiler: Ingresos afectos. Impuesto sobre la renta: Servicios profesionales, Facturas. Principio de territorialidad tributaria: Renta fuente costarricense. Rechazo ad portas en sede administrativa.

La clínica cuando alquila la silla

odontológica al profesional liberal,

éste es el obligado ante la AT por los

ingresos que perciba de sus clientes y

la clínica por el alquiler de la misma

(espacio-silla). Ver texto .

8

1106

01/10/2015

Agente de retención: Pagos a cuenta. Crédito fiscal. Honorarios de abogado. Honorarios de notario. Honorarios profesionales. Impuesto sobre la renta. Retención en la fuente: Servicios profesionales.

La retención del dos por ciento (2%)

establecida en el inciso g) del artículo

23 de la Ley del Impuesto sobre la

Renta, en el caso consultado, procede

únicamente sobre el rubro de

honorarios y no sobre los gastos. El

monto retenido por dicho concepto

constituye un crédito de impuesto.

Ver texto .

9

1115

05/10/2015

Depósito Libre Comercial de Golfito. Derogatoria de leyes. Exención de tributos. Hecho generador de la obligación tributaria. Impuesto general sobre las ventas. Impuesto selectivo de consumo. Interpretación de leyes. Ley de creación de cargas tributarias sobre licores, cervezas y cigarrillos. Principio de reserva de ley en materia tributaria. Sujeto pasivo de la obligación tributaria.

La carga tributaria que se estableció

para los cigarrillos en la Ley 7972, era

de un 30%, la cual no se debe de

aplicar, por cuanto la Ley 9028,

realizó una derogación tácita de este

tributo; por lo que la consultante

deberá aplicar lo que indica la Ley

9028 arts. 22, 23, 24 y 31. Ver texto .

10

1158

14/10/2015

Error material. Fundación. Impuesto general sobre las ventas. Impuesto selectivo de consumo.

Corrección al oficio No. DGT-1096-

2015 de fecha 28 de setiembre de

2015, en virtud de que tiene un error

conceptual. Ver texto .

RESOLUCIONES DGT-R-2015

11

26 18/08/2015

Requerimiento de información al contribuyente: Estados financieros.

La Dirección General considera

necesario modificar la resolución

DGT-R-46-2014 y establecer que la

obligación de presentar los estados

financieros auditados, sea solamente

a través de un requerimiento previo

por parte de la Administración

Tributaria. Ver texto .

12

32

21/09/2015

Deberes formales y materiales del contribuyente: Vehículos. Escritura pública. Exoneración de impuestos a vehículos automotores. Exoneración de tributos. Impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores, embarcaciones y aeronaves: Vehículos, Recargos mora. Impuesto sobre la transferencia de vehículos. Impuesto sobre la transferencia de vehículos automotores usados. Multa tributaria: Sanción administrativa, Presentación tardía de declaración tributaria. Registro Nacional.

Elimina el cobro por concepto de

multa de los impuestos de traspaso

de Vehículos. Ver texto .

13

33

22/09/2015

Declaración jurada tributaria: Sanción administrativa, Autoliquidación tributaria, Internet, Incumplimiento presentación declaración, Declaración electrónica, Presentación tardía de declaración tributaria, Recargos por omisión presentación declaración, Declaración jurada del Impuesto general sobre las Ventas, Liquidación por el sistema tradicional D 104,

Condiciones generales para el uso de

la página web “Administración

Tributaria Virtual (ATV)”, para el

cumplimiento de los deberes

formales que recaen sobre los

obligados tributarios. Ver texto .

Declaración retenciones en la fuente D 103, Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta D-101. Instrucción del procedimiento administrativo.

14

42

05/10/2015

Deberes formales y

materiales del

contribuyente: Declaración

informativa.

Modelos electrónicos de

declaraciones informativas para el

suministro general de información

previsiblemente pertinente, derivada

de las relaciones económicas,

financieras o profesionales que se

realicen con obligados tributarios.

Ver texto .

DIRECTRIZ DGT-D- 2015

15

10

30/09/2015

Evacuación de prueba.

Plazo legal. Plazos en el

procedimiento

administrativo.

Modificación y aclaración de la

directriz DGT-D-12-2014 denominada

notificación de la propuesta motivada

en el procedimiento sancionador y

plazo para presentar alegatos y

pruebas. Ver texto .

CRITERIO INSTITUCIONAL DGT-CI- 2012

16 5

21/02/2012

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta: Gastos en el exterior. Gastos no deducibles del impuesto sobre la renta. Impuesto sobre la renta: Actividad lucrativa.

Adición y aclaración al criterio

institucional sobre la deducibilidad de

impuestos ocasionados y pagados en

el exterior, DGT-CI-004-2012 del 13

de febrero de 2012. Ver texto .

TRIBUNAL FISCAL ADMINISTRATIVO

FALLOS TFA- 2014

17

15

20/03/2014

Infracción administrativa tributaria. Nulidad absoluta,

Por haberse anulado el proceso de la determinación que da origen al

evidente y manifiesta del acto administrativo. Régimen sancionatorio tributario.

procedimiento sancionador, lo que procede es anular éste también. Ver texto .

18

462

21/08/2014

Carga de la prueba: gastos. Error de derecho. Error de hecho como causa de inculpabilidad. Procedimiento administrativo sancionatorio tributario: Infracción por falta de ingreso por omisión o inexactitud. Sanción administrativa tributaria: Principio del Debido Proceso, Infracción por falta de ingreso por omisión o inexactitud.

Se sanciona al contribuyente en virtud

de que no demostró que el gasto que

se deduce tenga relación con la renta

gravable. Ver texto .

19

469

21/08/2014

Carga de la prueba: Documentos fehacientes, Registros contables. Determinación de la obligación tributaria: Deberes formales, Comprobantes de compras, Base presunta, Base cierta, Descuento, Revisión libros de contabilidad, Información de terceros, Omisión ingresos, Faltante de facturas, Omisión de ventas gravadas. Impuesto sobre la renta: costo ventas mercadería.

Ajuste en ingresos por ventas gravadas por omisión de compras. Ver texto .

20

470

21/08/2014

Debido proceso en materia tributaria. Derechos Fundamentales. Determinación de la obligación tributaria: Nulidad, Indefensión. Fiscalización tributaria. Formalidades del procedimiento administrativo. Garantías procesales. Motivación del acto administrativo. Nulidad del procedimiento

Es obligación de la Administración Tributaria atender y considerar los alegatos planteados por la contribuyente, de acuerdo a la normativa que regula la materia, es decir, obliga a ésta a referirse a las pruebas y defensas alegadas, como requisito para emitir el Acto de Liquidación de Oficio. Ver texto .

administrativo. Principio del debido proceso. Principios del procedimiento administrativo. Procedimiento administrativo tributario: Pruebas. Procedimiento determinativo de los tributos: Requisitos formales de resolución, Acto de Liquidación de Oficio ALO. Vicios del procedimiento administrativo.

21

477

22/08/2014

Deberes formales y materiales del contribuyente. Infracción administrativa tributaria: Deberes formales, No emisión o entrega de facturas. Procedimiento administrativo sancionatorio tributario. Sanción administrativa tributaria: Comprobantes autorizados.

Sanción administrativa en contra del contribuyente, porque no emitió ni entregó comprobante (factura) autorizado por la Administración Tributaria. Ver texto .

22

510

29/08/2014

Procedimiento administrativo sancionatorio tributario. Sanción administrativa tributaria: Incumplimiento suministro de información, Sanción.

Sanción de dos salarios base, por el incumplimiento en la presentación de comprobantes, libros contables y otros documentos, requeridos por la a quo en razón del inicio de una actuación fiscalizadora. Ver texto .

23

514

02/09/2014

Determinación de la obligación tributaria. Liquidación tributaria. Motivación del acto administrativo. Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Principio del debido proceso.

La Administración Tributaria es omisa sobre las manifestaciones alegadas por la contribuyente. Es obligación de la Administración Tributaria atender y considerar los alegatos planteados por la contribuyente. Ver texto .

24

515

02/09/2014

Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Procedimiento administrativo sancionatorio tributario:

Al haberse anulado el Acto de Liquidación de Oficio No.1-11-048-13-008-042-03 y sus actuaciones posteriores, mediante resolución TFA.No.514-2014 de 02/09/2014, que dan origen al proceso sancionador en

Infracción por falta de ingreso por omisión o inexactitud, Requisitos formales de resolución.

autos, lo procedente es dejar sin efecto la sanción. Ver texto .

25

516

02/09/2014

Determinación de la obligación tributaria: Requisitos formales de resolución. Motivación del acto administrativo. Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Principio de legalidad tributaria. Principio del debido proceso.

Es obligatorio para la Administración Tributaria referirse a las pruebas y defensas alegadas por los contribuyentes, como requisito para emitir el Acto de Liquidación de Oficio (ALO). Se anula determinación tributaria debido a inobservancia del debido proceso. Falta de motivación. Ver texto .

26

517

02/09/2014

Procedimiento administrativo sancionatorio tributario: Infracción por falta de ingreso por omisión o inexactitud, Requisitos formales de resolución. Sanción administrativa tributaria.

Al haberse anulado el Acto de Liquidación de Oficio que dio origen a la sanción en autos, se deja sin efecto el presente proceso sancionador. Ver texto .

27

563

16/09/2014

Impuesto sobre la renta: Pagos parciales. Principio de valoración razonable de la prueba

Se concede a la contribuyente petición de eximirla de la segunda y tercera cuota correspondiente a los pagos parciales del Impuesto sobre la Renta del período fiscal 2014 (eliminación de pagos parciales). Ver texto .

28

711

04/11/2014

Determinación de la obligación tributaria: Procedimiento determinativo, Fiscalización tributaria, Nulidad, Indefensión, Requisitos formales de resolución. Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Principio del debido proceso.

Es obligación de la Administración Tributaria atender y considerar los alegatos planteados por la contribuyente, de acuerdo a la normativa que regula la materia, es decir, obliga a ésta a referirse a las pruebas y defensas alegadas, como requisito para emitir el Acto de Liquidación de Oficio. Ver texto .

FALLOS TFA- 2015

29 3

09/03/2015

Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Procedimiento

Los actos previos al dictado de la resolución determinativa, son actos iniciales y preparatorios dentro de una serie de actos administrativos

administrativo tributario. Rechazo ad portas. Traslado de cargos y observaciones tributarias: Actos preparatorios

subsecuentes y concatenados que conforman el procedimiento administrativo tendente a la determinación de las obligaciones tributarias del contribuyente. Ver texto .

30

20

23/03/2015

Derogación expresa. Donación. Gastos deducibles del impuesto sobre la renta: Donaciones. Junta de Educación.

No procede rechazar solicitud de la interesada para ser sujeta de donaciones, en virtud de que la Administración Tributaria fundamentó la improcedencia de la solicitud amparándose en un decreto ejecutivo que a la fecha de la solicitud se encontraba derogado. Ver texto .

31

24

24/03/2015

Determinación de la obligación tributaria: Procedimiento determinativo, Fiscalización tributaria, Nulidad, Indefensión, Determinación de oficio. Liquidación tributaria: Acto de Liquidación de Oficio ALO. Motivación del acto administrativo. Principio del debido proceso.

Es obligación de la Administración Tributaria atender y considerar los alegatos planteados por la contribuyente, de acuerdo a la normativa que regula la materia, es decir, obliga a ésta a referirse a las pruebas y defensas alegadas, como requisito para emitir el Acto de Liquidación de Oficio. Ver texto .

32

27

25/03/2015

Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Procedimiento administrativo sancionatorio tributario: Infracción por falta de ingreso por omisión o inexactitud, Requisitos formales de resolución.

En razón de que el proceso determinativo que dio origen al presente proceso sancionatorio, fue anulado mediante la resolución Nº TFA No.711-2014 de fecha 04/11/2014, lo procedente es anular la sanción. Ver texto .

33

33

25/03/2015

Determinación de la obligación tributaria: Procedimiento determinativo, Fiscalización tributaria, Principio del Debido Proceso, Nulidad, Indefensión, Determinación

Es obligación de la Administración Tributaria atender y considerar los alegatos planteados por la contribuyente, de acuerdo a la normativa que regula la materia. Ver texto .

de oficio. Impuesto sobre la renta. Motivación del acto administrativo.

34

65

15/04/2015

Bien jurídico tutelado. Cierre de negocios como sanción administrativa tributaria: Plazo para pago, Incumplimiento deberes materiales. Impuesto general sobre las ventas.

Cierre de Negocios. Incumplimiento del plazo otorgado mediante requerimiento de pago, de conformidad con el artículo 86 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Ver texto .

35

71

16/04/2015

Devolución de impuestos. Excepción de falta de legitimación. Exoneración de impuestos. Impuesto general sobre las ventas: Energía Eléctrica. Rechazo ad portas.

Se rechaza ad portas la petición de devolución de impuestos por falta de legitimación ad causam activa. Ver texto .

36

79

22/04/2015

Determinación de la obligación tributaria: Procedimiento determinativo, Fiscalización tributaria, Nulidad, Indefensión, Determinación de oficio. Motivación del acto administrativo. Principio de legalidad tributaria. Principio del debido proceso. Procedimiento determinativo de los tributos.

Es obligación de la Administración Tributaria atender y considerar los alegatos planteados por la contribuyente, de acuerdo a la normativa que regula la materia, es decir, obliga a ésta a referirse a las pruebas y defensas alegadas, como requisito para emitir el Acto de Liquidación de Oficio. Ver texto .

37

90

04/05/2015

Cierre de negocios como sanción administrativa tributaria: Infracción administrativa, Emisión de facturas, No emisión o entrega de facturas, reincidente.

Cierre de negocio por reincidencia en la no emisión de factura o comprobante autorizado al momento de realizar la venta o prestación del servicio. Ver texto .

38

100

07/05/2015

Excusa absolutoria. Sanción administrativa tributaria: Omisión presentación de las declaraciones tributarias, Incumplimiento Deberes Formales.

Sanción por no presentar las declaraciones de ventas de varios meses, pese a que la Administración Tributaria se las requirió debidamente. Ver texto .

39

115

15/05/2015

Determinación de la obligación tributaria: Determinación de oficio. Motivación del acto administrativo. Nulidad

La Administración Tributaria es omisa sobre las manifestaciones alegadas por la contribuyente, tal y como lo establece una serie de formalismos, dado la exigencia de motivación en

absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Principio del debido proceso.

aquellos actos administrativos que imponen obligaciones, como lo es en el caso presente. Ver texto .

40

116

15/05/2015

Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Procedimiento administrativo sancionatorio tributario: Requisitos formales de resolución.

Al haberse anulado el Acto de Liquidación de Oficio, N°1-03-066-13-001-42-3, dictado por la Administración Tributaria de Cartago, que da origen al procedimiento sancionador, lo procedente es anular la sanción. Ver texto .

41

122

20/05/2015

Excepción de prescripción. Sanción administrativa tributaria: Infracción por falta de ingreso por omisión o inexactitud

No procede la excepción de prescripción. El procedimiento sancionador es independiente del determinativo, por lo que el cómputo de los plazos para aplicar la sanción está correcto. Ver texto .

42

136

01/06/2015

Debido proceso en materia tributaria. Evacuación de prueba. Principio de seguridad jurídica. Rechazo ad portas. Recurso de revisión. Sana crítica.

Se rechaza ad portas la solicitud de revisión, por improcedente. Ver texto .

43

147

04/06/2015

Base imponible. Impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores, embarcaciones y aeronaves.

No procede devolución ni acreditación de impuesto sobre la Propiedad de Vehículos Automotores, Aeronaves y Embarcaciones, ya que se demuestra que se le está fijando una base imponible más baja de lo que realmente vale el vehículo del caso en estudio. Ver texto .

44

285

07/08/2015

Error material. Corrección del error material contenido en la resolución TFA-102-2015. Ver texto .

DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

RESOLUCIONES RES-DGH- 2015

45

49 07/10/2015

Impuesto específico por unidad de consumo de bebidas alcohólicas: ajustes.

Actualización del impuesto específico sobre las bebidas con contenido alcohólico. Ver texto .

SECCIÓN RECOMENDACIÓN DE LECTURAS

Para el presente mes, la Subdirección del Digesto Tributario se complace en recomendar

para su lectura y análisis en particular, los siguientes documentos, los cuales han sido

debidamente incluidos en el presente Boletín, a los cuales además, se les ha añadido el

hipervínculo (Ver texto.) en la INTERNET para su ubicación directa:

1. Documento N° 1, Oficio DGT-148-2011 del 11 de marzo de 2011. En algunos casos, la Administración tendrá que valorar las consecuencias que puedan recaer sobre los terceros y tratar de atenuar los efectos negativos que el cierre del negocio puede ocasionarles. Ver texto .

2. Documento N° 2, Oficio DGT-1140-2014 del 14 de noviembre de 2014. Terceros hospedados, no comparten la responsabilidad del infractor tributario por cierre de negocio, por ser terceros de buena fe y la AT no debe desconocer su derecho a estar en el hotel durante el tiempo de su reservación, a tener privacidad y disfrutar su estadía. Ver texto .

3. Documento N° 5, Oficio DGT-1070-2015 del 21 de setiembre de 2015. En la renta bruta se deben consignar todos los montos facturados a clientes, sin excepción alguna. En la declaración D-151, se debe incluir los pagos por servicios a los proveedores subcontratados, aunque haya sido a nombre y por cuenta de un tercero, así como el monto de la comisión. Ver texto .

4. Documento N° 7, Oficio DGT-1103-2015 del 30 de setiembre de 2015. La clínica cuando alquila la silla odontológica al profesional liberal, éste es el obligado ante la AT por los ingresos que perciba de sus clientes y la clínica por el alquiler de la misma (espacio-silla). Ver texto .

5. Documento N° 11, Resolución N° DGT-R-026-2015 del 18 de agosto de 2015. La Dirección General considera necesario modificar la resolución DGT-R-46-2014 y establecer que la obligación de presentar los estados financieros auditados, sea solamente a través de un requerimiento previo por parte de la Administración Tributaria. Ver texto .

6. Documento N° 13, Resolución N° DGT-R-033-2015 del 22 de setiembre de 2015. Condiciones generales para el uso de la página web “Administración Tributaria Virtual (ATV)”, para el cumplimiento de los deberes formales que recaen sobre los obligados tributarios. Ver texto .

7. Documento N° 14, Resolución N° DGT-R-042-2015 del 05 de octubre de 2015. Modelos electrónicos de declaraciones informativas para el suministro general de información previsiblemente pertinente, derivada de las relaciones económicas, financieras o profesionales que se realicen con obligados tributarios. Ver texto .

8. Documento N° 18, Fallo N° 462-2014 del 21 de agosto de 2014. Se sanciona al contribuyente en virtud de que no demostró que el gasto que se deduce tenga relación con la renta gravable. Ver texto .

9. Documento N° 19, Fallo N° 469-2014 del 21 de agosto de 2014. Ajuste en ingresos por ventas gravadas por omisión de compras. Ver texto .

10. Documento N° 27, Fallo N° 563-2014 del 16 de setiembre de 2014. Se concede a la contribuyente petición de eximirla de la segunda y tercera cuota correspondiente a los pagos parciales del Impuesto sobre la Renta del período fiscal 2014 (eliminación de pagos parciales). Ver texto .

11. Documento N° 30, Fallo N° 020-2015 del 23 de marzo de 2015. No procede rechazar solicitud de la interesada para ser sujeta de donaciones, en virtud de que la Administración Tributaria fundamentó la improcedencia de la solicitud amparándose en un decreto ejecutivo que a la fecha de la solicitud se encontraba derogado. Ver texto .

12. Documento N° 39, Fallo N° 115-2015 del 15 de mayo de 2015. La Administración Tributaria es omisa sobre las manifestaciones alegadas por la contribuyente, tal y como lo establece una serie de formalismos, dado la exigencia de motivación en aquellos actos administrativos que imponen obligaciones, como lo es en el caso presente. Ver texto .

CRÉDITOS:

Editado: Licda.. Ivannia Orozco Bastos, Encargada de Proceso.

Revisado: Marvin Alexis Guzmán Granados, Subdirector de Digesto Tributario.

Autorizado: Licda. Yamileth Vega Herrera, Directora Normativa Diseño de Banner: Lic. Rodolfo Espinoza Saravia.