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Cusco, miércoles 2 de julio de 2014 Usuarios AVISO DE CONVOCATORIA PARA PRIMER REMATE PÚBLICO En lb causa N°. 505-2013-G-1010-JM.CI-01, seguido por la COOPE- RATNA De AHORRO y CREDITO QUILLABAMBA QUILLACOOP, de- bidamente representado por su apoderado Armando Huaman Marnani, contra INDUSTRIAS METALICAS CONSTRUCTORA y MULTISER- VICIOS CHURA. E.I.R.L.TDA. representado por su Gerente Carmen Yovana Castro Fartan, sobre ejecución de Garantías Reales; el señor Juez del Juzgado Mixto de la Provincia de la Convención Dr. Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga, bajo la actuación de la especialista Abogada Olga Villanueva, se ha dispuesto se venta en subasta Pública el bien Inmueble: CARACTERÍSTICA DEL BIEN INMUEBLE: el bien inmueble Urbano Lote Nº 05 Manzana “H”, ubicado en la Av. Edgar de la Torre, A.P.V. 4 de Noviembre, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Depar- tamento del Cusco, ARE: 1,200.50 M 2 , cuenta con edificación de dos plantas, material adobe, techo de madera y calamina, con instalaciones de servicios básicos de agua, desagüe e instalaciones eléctrica, área construida de 301.50.m2, inscrita en la Partida Electrónica 11019524, de la ofician Registral sede Quillabamba. VALORIZACIÓN DEL INMUEBLE URBANO.- el inmueble se encuen- tra valorizado en la suma de S/.1’183,666.50 (UN MIILLON CIENTO OCHENTA y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 50/100 NUEVOS SOLES). BASE DEL REMATE. S/. 789,111.100 (SETECIENTOS OCHENTA y NUEVE MIL CIENTO ONCE CON 00/100 NUEVOS SOLES) que re- sulta las dos terceras partes del valor de su tasación. GRAVAMENES y CARGAS.. Hipoteca a favor de la Cooperativa de ahorro y Crédito Qui- llabamba “QUILLACOOP” Asiento 04 y ampliación de hipoteca asiento Nº 5, Partida Electrónica Nº. 11019524, Embargo inscrito en el Asiento 06 a favor de Orlando Mendoza Esquivel. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE. el remate se levará a cabo en e hoIl del local del Poder Judicial de La Convención, sito en el Jr. Espina’ Nº.148 de la ciudad de Quillabamba el día JUEVES DIEZ DE JULIO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL CATORCE a horas DOS Y TREINTA DE LA TARDE, acto que estará a cargo del Martillero Público MARIA A. ZABALLOS ALVA. PORCENTAJE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE. Para ser postor se requiere depositar el 10% del valor de la tasación, mayores informes en la secretaria del Juzgado, debiendo efectuarse la publicación correspondiente en los lugares establecidos por ley, por el termino de 6 días. Quillabamba, 17 de junio del 2014. 06VZ.26.27.30.VI; 01.02.03.VII.14 O/P. EDICTO JUDICIAL En el proceso Nro. 202-2014-0-1 018-JM-CI seguido por VICENTINA GUTIERREZ QUISPE sobre CAMBIO DE NOMBRE, Y OTROS ante el Juzgado Civil y de Familia del distrito de Santiago, con la actuación de la Juez Dra. BONNY EV GAMARRA FLORES, se ha dictado la si- guiente Resolución Nro. 01.- Santiago, 20 de marzo del 2014.- SE RE- SUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por VICENTINA GUTIERREZ QUISPE, CON CITACION DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO sobre CAMBIO DE NOMBRE del menor RIES- GO DIDAY SURCO GUTIERRES, no existiendo contención en la pre- sente solicitud y siendo una incertidumbre jurídica la que es materia de solicitud de declaración judicial, tramítese la presente demanda por la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO. En consecuencia realícese las publicaciones de ley con el extracto de la presente resolución por una vez en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco. AL OTROSI DIGO.- MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidas como pruebas de ésta parte las señaladas las que se admitirán actuarán y merituaran en la oportunidad procesal respectiva. ANEXOS: téngase en cuenta. H.S. Santiago, 25 de junio 2014. 3v-30-vi y 01-02-VII b/v 33078 JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS. CONFORME AL ART. 116 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES SE CONVOCA A TODOS LOS SOCIOS DE LA EMPRESA “DISFRUTA EN EL VALLE SAGRADO S .A”, A LA JUNTA QUE SE LLEVARÁ A CABO EN LA AVENIDA SAN MARTIN SIN NUMERO, DISTRITO DE YUCAY, PROVINCIA DE URUBAMBA, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, EN LAS SIGUIENTES FECHAS: PRIMERA CONVOCATORIA.- 06 DE JU- LIO DE 2014. SEGUNDA CONVOCATORIA 10 DE JULIO DE 2014 A HORAS: 16:00 P.M AGENDA: 1.- INCLUSIÓN DE SOCIOS. 2.- AUMENTO DE CAPITAL POR NUEVOS APORTES. 3.- MODIFICACIÓN PARCIAL DEL PACTO SOCIAL Y ESTATUTO. EL DIRECTORIO 03VZ.30.VI; 01.VII.14 B/. 26559 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Quispicanchí, que despacha la señora Juez Ofelia Paredes Salas, bajo la actuación del especialista legal doctora Celia Jancco Carazas, se tramita el proceso Civil No. 92- 2014-CI, en la que se dispuso la notificación del extracto de la resolu- ción uno de fecha (13-06-2014), mediante edictos a publicarse en el diario oficial el Peruano y el diario del Cusco, cuya parte resolutiva es el siguiente: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por RONALD QUISPE LOAIZA, sobre CAMBIO DE NOMBRE, respecto del apellido paterno de “QUISPE” por el de “UNANCHA” debiendo ser RONALD UNANCHA LOAIZA, quedando inalterables los demás datos en su par- tida de nacimiento, dirigiéndola en contra de el RENIEC con citación del el Procurador Público de el RENIEC y el Representante del Ministerio Público y en consecuencia tramítese la presente demanda en la VÍA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO. Debiendo correrse traslado de la demanda a la parte demandada, por el término de ley, bajo apercibi- miento de declarársele rebelde. A los medios probatorios: Por ofreci- dos los medios probatorios de esta parte, reservándose su admisión y actuación para la Audiencia respectiva. A los Anexos: A sus anteceden- tes los anexos presentados. Hágase Saber.- AL MAS DIGO: Téngase por delegada la representación en los abogados que se indica en la demanda. H.S. Urcos, 20 de Junio del 2014. 03VZ.30.VI; 01.02.VII.14 B/. 26557 DISOLUCION y NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADOR Conforme al arto 82º de la D. Ley N° 21621 Y acta del 27/06/2014, el TITULAR GERENTE (MARIO JESUS ORTIZ DE ZEVALLOS HERMO- ZA) de la Empresa FABRICA DE LADRILLOS Y TEJAS MAC EMPRE- SA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con R.U.C. N° 20526891717 con domicilio en Calle Tecte N° 365 del distrito, provincia y departamento del Cusco, decidió disolver la empresa por la causal contenida en el inciso b) del artículo 80º del D. Ley N° 21621 (imposibi- lidad sobreviniente de realizar el objeto), nombrando como liquidador al Señor . WILLY ERNESTO CARDENAS ROQUE con DNI. N° 23907444 con domicilio en Calle Lechugal Nº 290, del Distrito, Provincia y Depar- tamento de 2014. 03VZ.30.VI; 01.02.VII.14

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Cusco, miércoles 2 de julio de 2014

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DE CONVOCATORIA PARA PRIMER REMATE PÚBLICOEn lb causa N°. 505-2013-G-1010-JM.CI-01, seguido por la COOPE-RATNA De AHORRO y CREDITO QUILLABAMBA QUILLACOOP, de-bidamente representado por su apoderado Armando Huaman Marnani, contra INDUSTRIAS METALICAS CONSTRUCTORA y MULTISER-VICIOS CHURA. E.I.R.L.TDA. representado por su Gerente Carmen Yovana Castro Fartan, sobre ejecución de Garantías Reales; el señor Juez del Juzgado Mixto de la Provincia de la Convención Dr. Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga, bajo la actuación de la especialista Abogada Olga Villanueva, se ha dispuesto se venta en subasta Pública el bien Inmueble:CARACTERÍSTICA DEL BIEN INMUEBLE: el bien inmueble Urbano Lote Nº 05 Manzana “H”, ubicado en la Av. Edgar de la Torre, A.P.V. 4 de Noviembre, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Depar-tamento del Cusco, ARE: 1,200.50 M2 , cuenta con edificación de dos plantas, material adobe, techo de madera y calamina, con instalaciones de servicios básicos de agua, desagüe e instalaciones eléctrica, área construida de 301.50.m2, inscrita en la Partida Electrónica 11019524, de la ofician Registral sede Quillabamba.VALORIZACIÓN DEL INMUEBLE URBANO.- el inmueble se encuen-tra valorizado en la suma de S/.1’183,666.50 (UN MIILLON CIENTO OCHENTA y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 50/100 NUEVOS SOLES).BASE DEL REMATE. S/. 789,111.100 (SETECIENTOS OCHENTA y NUEVE MIL CIENTO ONCE CON 00/100 NUEVOS SOLES) que re-sulta las dos terceras partes del valor de su tasación. GRAVAMENES y CARGAS.. Hipoteca a favor de la Cooperativa de ahorro y Crédito Qui-llabamba “QUILLACOOP” Asiento 04 y ampliación de hipoteca asiento Nº 5, Partida Electrónica Nº. 11019524, Embargo inscrito en el Asiento 06 a favor de Orlando Mendoza Esquivel.LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE. el remate se levará a cabo en e hoIl del local del Poder Judicial de La Convención, sito en el Jr. Espina’ Nº.148 de la ciudad de Quillabamba el día JUEVES DIEZ DE JULIO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL CATORCE a horas DOS Y TREINTA DE LA TARDE, acto que estará a cargo del Martillero Público MARIA A. ZABALLOS ALVA. PORCENTAJE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE. Para ser postor se requiere depositar el 10% del valor de la tasación, mayores informes en la secretaria del Juzgado, debiendo efectuarse la publicación correspondiente en los lugares establecidos por ley, por el termino de 6 días.Quillabamba, 17 de junio del 2014.06VZ.26.27.30.VI; 01.02.03.VII.14O/P.

EDICTO JUDICIALEn el proceso Nro. 202-2014-0-1 018-JM-CI seguido por VICENTINA GUTIERREZ QUISPE sobre CAMBIO DE NOMBRE, Y OTROS ante el Juzgado Civil y de Familia del distrito de Santiago, con la actuación de la Juez Dra. BONNY EV GAMARRA FLORES, se ha dictado la si-guiente Resolución Nro. 01.- Santiago, 20 de marzo del 2014.- SE RE-SUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por VICENTINA GUTIERREZ QUISPE, CON CITACION DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO sobre CAMBIO DE NOMBRE del menor RIES-GO DIDAY SURCO GUTIERRES, no existiendo contención en la pre-sente solicitud y siendo una incertidumbre jurídica la que es materia de solicitud de declaración judicial, tramítese la presente demanda por la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO. En consecuencia realícese las publicaciones de ley con el extracto de la presente resolución por una vez en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco. AL OTROSI DIGO.- MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidas

como pruebas de ésta parte las señaladas las que se admitirán actuarán y merituaran en la oportunidad procesal respectiva. ANEXOS: téngase en cuenta. H.S.Santiago, 25 de junio 2014.3v-30-vi y 01-02-VIIb/v 33078

JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.CONFORME AL ART. 116 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES SE CONVOCA A TODOS LOS SOCIOS DE LA EMPRESA “DISFRUTA EN EL VALLE SAGRADO S .A”, A LA JUNTA QUE SE LLEVARÁ A CABO EN LA AVENIDA SAN MARTIN SIN NUMERO, DISTRITO DE YUCAY, PROVINCIA DE URUBAMBA, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, EN LAS SIGUIENTES FECHAS: PRIMERA CONVOCATORIA.- 06 DE JU-LIO DE 2014.SEGUNDA CONVOCATORIA 10 DE JULIO DE 2014A HORAS: 16:00 P.MAGENDA:1.- INCLUSIÓN DE SOCIOS.2.- AUMENTO DE CAPITAL POR NUEVOS APORTES.3.- MODIFICACIÓN PARCIAL DEL PACTO SOCIAL Y ESTATUTO.EL DIRECTORIO03VZ.30.VI; 01.VII.14B/. 26559

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto de la Provincia de Quispicanchí, que despacha la señora Juez Ofelia Paredes Salas, bajo la actuación del especialista legal doctora Celia Jancco Carazas, se tramita el proceso Civil No. 92-2014-CI, en la que se dispuso la notificación del extracto de la resolu-ción uno de fecha (13-06-2014), mediante edictos a publicarse en el diario oficial el Peruano y el diario del Cusco, cuya parte resolutiva es el siguiente: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por RONALD QUISPE LOAIZA, sobre CAMBIO DE NOMBRE, respecto del apellido paterno de “QUISPE” por el de “UNANCHA” debiendo ser RONALD UNANCHA LOAIZA, quedando inalterables los demás datos en su par-tida de nacimiento, dirigiéndola en contra de el RENIEC con citación del el Procurador Público de el RENIEC y el Representante del Ministerio Público y en consecuencia tramítese la presente demanda en la VÍA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO. Debiendo correrse traslado de la demanda a la parte demandada, por el término de ley, bajo apercibi-miento de declarársele rebelde. A los medios probatorios: Por ofreci-dos los medios probatorios de esta parte, reservándose su admisión y actuación para la Audiencia respectiva. A los Anexos: A sus anteceden-tes los anexos presentados. Hágase Saber.- AL MAS DIGO: Téngase por delegada la representación en los abogados que se indica en la demanda. H.S.Urcos, 20 de Junio del 2014.03VZ.30.VI; 01.02.VII.14B/. 26557

DISOLUCION y NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORConforme al arto 82º de la D. Ley N° 21621 Y acta del 27/06/2014, el TITULAR GERENTE (MARIO JESUS ORTIZ DE ZEVALLOS HERMO-ZA) de la Empresa FABRICA DE LADRILLOS Y TEJAS MAC EMPRE-SA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con R.U.C. N° 20526891717 con domicilio en Calle Tecte N° 365 del distrito, provincia y departamento del Cusco, decidió disolver la empresa por la causal contenida en el inciso b) del artículo 80º del D. Ley N° 21621 (imposibi-lidad sobreviniente de realizar el objeto), nombrando como liquidador al Señor . WILLY ERNESTO CARDENAS ROQUE con DNI. N° 23907444 con domicilio en Calle Lechugal Nº 290, del Distrito, Provincia y Depar-tamento de 2014.03VZ.30.VI; 01.02.VII.14

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Cusco, miércoles 2 de julio de 20142B/. 26563

TERCER REMATE PÚBLICO

En el Proceso Civil N° 02360-2007-0-1001-JP-CI-05, seguido por Quin-tiano Álvarez Solís, contra Gregorio Huamani Mendoza, sobre Obliga-ción de Dar Suma de Dinero, la señora Jueza del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, Dra. Judit Tacuri Chávez, bajo la actuación de la Especialista Legal Mabely Karen Soto Enríquez, ha dispuesto la venta en subasta pública.TERCER REMATE PUBLICO del inmueble que a continuación se de-talla:DATOS DEL BIEN MATERIA DE REMATE: Inmueble ubicado en el lote N° 6 de la manzana “B” de la Calle sin nombre del Asentamiento Humano Arahuay, del Distrito del Santiago, Provincia y Departamento de Cusco. CARACTERISTICAS DEL BIEN: El inmueble es de material ladrillo con estructuras de concreto armado de un nivel, con un área de 250 m2., siendo su linderos i medidas perimétricas las siguientes: Por el Norte con el lote B-7 con 25.00 ml., por el Este con el lote B-24 en línea recta con 10.00 ml., Por el Oeste con la calle sin nombre en línea recta con 10.00 mI., y por el Sur con el lote B-5 con 25.00 ml. AFECTACION DEL BIEN: No se conocen otra.VALOR DEL BIEN: El inmueble se encuentra valorizado en la suma de: SI. 82.920.90 (Ochenta y Dos Mil Novecientos Veinte y 90/100 Nuevos Soles).PRECIO BASE: Asciende a la Suma SI. 39,939.73 (Treinta y Nueve Mil Novecientos Treinta y Nueve Y 73/100 Nuevos Soles). Monto que corresponde a menos el Quince por Ciento del precio base señalado en el Segundo Remate Público.REQUISITOS: Para ser postor se requiere presentar el depósito judicial del Banco de la Nación a nombre del Juzgado, el equivalente al 10% del valor de la tasación del bien, presentar la tasa judicial respectiva por participación en remate. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: La diligencia se realizará en el lo-cal del Juzgado, ubicado en el Cuarto Piso de la Urbanización la Florida C-14 Pasaje Kantus, del Distrito de Wanchaq de esta ciudad, el día 09 de Julio del 2014, a horas Diez y Treinta de la Mañana. A cargo de la Martillera Pública María Angélica Zeballos Alva.OBSERV ACIONES: Comisión de la Martillera a cargo del adjudicatario, Art. 732 del C.P.C. Cusco, 25 de junio del 2014.3v-27-vi-y 01,02 -07-14b/v 33057

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto de Anta, Despachado por la Magistrado Consuelo Camacho Zambrano, se tramita el Proceso Civil Nro. 31-2014- CI, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LA ASO-CIACIÓN DE VIVIENDA DIECINUEVE DE NOVIEMBRE representada por MARTIN ERNESTO PHUYO HUAMAN en su condición de presiden-te del consejo directivo con las siguientes pretensiones: PRETENSION PRINCIPAL: Ineficacia de acto jurídico contenido en lo minuta y escritura pública de transferencia de conocimiento de propiedad de fecha 03 de junio de 1999, otorgado por Gabino Huamán Cusirimay en su condición de presidente y Segundino Ortiz Orue Alagon en su condición de secre-tario, y Justiniono Leiva Poccorimay en su condición de tesorero de la Asociación de Conductores Directos Diecinueve de Noviembre a favor de Alberto Días Vega a favor del centro Andino de Educación y Promo-ción CADEP “José María Arguedas”. PRETENSION ACCESORIA: Rei-vindicación de la parcela N°21691, con un área de 3,381.00m2, asiento 02 de la P.E. N°02001323 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA Zona Registral N°X - SEDE Cusco.De conformidad a lo establecido por el inciso tres del artículo 475° del código adjetivo tramítese la presente demanda por la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, por su mérito de conformidad a lo dispuesto por el artículo 430° del Código Procesal Civil, concordante con lo precisado por el inciso quinto del artículo 478” del citado cuerpo legal, córrase traslado a la parte demandada por el plazo de treinta días, bajo expreso aperci-bimiento de ser declarados rebelde en caso de incurrir en los supuestos regulados en la ley.Para la notificación de LA SUCESION INTESTADA DE JUSTlNIANO LEIVA POCCORIMAY cúmplase con notificar mediante edictos debien-do efectuarse las publicaciones en el diario oficial El Peruano y diario judicial del Cusca por tres días con el extracto de esta resolución que también contiene el resumen de la demanda, para que se apersonen los legitimados en el plazo establecido por el artículo 479º del código proce-sal civil, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.Firmado por la Señora Jueza - la especialista legal Lizsetty Alexsandra Escobar Vera. Anta, doce de junio del año 2014.-3v-1-2-3-viib/v 33075

DISOLUCION y LIQUIDACION DE SOCIEDADMEDIANTE ACTA DE ACUERDO DE DISOLUCION y NOMBRAMIEN-TO DE LIQUIDADOR ADOPTADA EL DIA 25 DE JUNIO DEL 2014, SE HA DISPUESTO LA DISOLUCION y LIQUIDACION DE LA SOCIE-DAD DENOMINADA: “INVERSIONES VALCAR TOURS SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, NOMBRANDOSE COMO LIQUIDADOR AL SEÑOR RONALD CEFERINO VALENCIA TITO, IDENTIFICADO CON DNI N° 2446039. LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 43 DE LA LEY GENERAL DE SO-CIEDADES.- CUSCO, 26 DE JUNIO DEL 2014.3V-01, 02,03-VII-14B/V 33097

NOTIFICACIÓN POR EDICTOJORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGÓN, ABOGADO NOTARIO (DEL) CUSCO OFICINA EL INMUEBLE NRO. 4 60 DE PAMPA DEL CASTILLO CIUDAD DEL CUSCO, VISTA LA SOLICITUD DE RECTIFI-CACIÓN DE ÁREA, FORMULADA POR DOLORES MORA MORA DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD DE LA RECURENTE UBICADO EN URB. UCCHULLO GRANDE MZ - D LOTE N° 9 DISTRITO Y PROVINCIA DEPARTAMENTO DEL CUSCO EN CUAL CUENTA UNAREA INSCRITA DE 115.315 M2 UN PERÍMETRO DE 58.63 ML. (CON) HISTORIAL REGISTRAL PARTIDA No02075084 ZONA REGISTRAL N° X CUSCO, y CUYA RESOLUCIÓN ADMITE ESTA, ES LA SIGUIENTE. EXPEDIENTE NRO.61-2014-NBP TREINTA DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE; EN VIA DE COMPETENCIA NOTARIAL, REVISADO LOS MEDIOS PROBATORIOS RESQUISITOS PRESENTADOS, SE ENCUENTRAN CON LOS REQUISITOS DE PROCEDIBILIDADA, POR ESTAR COMPRENDIDO DENTRO DE LEY 27333, POR LO QUE DISPONE ADMITIR A TRÁMITE, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL, DEBIÉNDOSE CORRER TRASLADO A LOS PROPIETARIOS CON INSCRIPCIÓN REGISTRAL EMPLAZÁ AL CONVENTO RECOLETA DEL CUSCO Y ASOCIACION MUTUAL CRÉDITO VIVIENDA TAHUANTINSUYO UCCHULLO, EN APLICACIÓN DEL INC. 10 DEL ART. 505 DEL C.P.C. CITACIÓN A LOS PROPIETARIOS Y POSEEDORES COLINDANTES DEL INMUEBLE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO, PARA QUE LOS INTE-RESADOS PRESENTARAN CUANTAS COPIAS SEAN NECESARIAS, SE DISPONE PUBLICACIÓN POR EDICTOS EN EL PERUANO, DIA-RIO JUDICIAL DE LA CIUDAD, SE FIJEN CARTELES EN EL INMUE-BLE MATERIA DE LARECTIFICACIÓN DE ÁREA POR TERMINO DE LEY.CUSCO, 21 DE JUNIO DEL 2014.3V-1, 2,3,-VII-14B/V 33101

RECTIFICACION DE AREADE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 5, INCISO C, Y ARTICULO 13 DE LA LEY 27333 LEY COMPLEMENTARIA A LA LEY 26662 LEY DE ASUNTOS NO CONTENCIOSOS DE COMPETENCIA NOTARIAL PARA LA REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES Y EL ARTÍCULO 506 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, COMUNICO QUE: DOÑA ELIDA LUZ HUAMAN RIOS DE BENAVENTE POR DERECHO PROPIO Y A FAVOR DE SUS MENORES HIJOS MELADY THAMARA BENAVEN-TE HUAMAN Y CARLOS RODRIGO BENAVENTE HUAMAN, SOLICI-TAN SE TRAMITE ANTE EL DESPACHO NOTARIAL A MI CARGO LA RECTIFICACION DE AREA DEL INMUEBLE DE LA CALLE SACRIS-TANNIYOC N° 213 (ANTES YSCAIPUNCUYOC O YSCAIPUNNIYOC), DEL DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, INMUEBLE QUE CUENTA CON UN AREA INSCRITA EN RE-GISTROS Públicos DE 325.96 M2, Y CUENTA CON UN AREA REAL Y ACTUAL DE 398.97 M2 (TRESCIENTOS NOVENTIOCHO PUNTO NOVENTISIETE METROS CUADRADOS), PERIMETRO 79.94 ML, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: FRENTE: CON LA CALLE SACRISTANNIYOC CON 20.60 ML.- DERECHA: CON LA PROPIEDAD DE DON ADAN LUCAS MEDRANO ROMERO CON 19.26 ML.- IZ-QUIERDA: CON LA PROPIEDAD DE LOS CESANTES Y JUBILADOS DE ENAFER CON 19.49 ML.- FONDO: CON LA PROPIEDAD DE DON JORGE LUIS CACERES VILLASANTE Y DE DOÑA GRIMANESA SO-TELO VDA. DE ORELLANA CON 20.58 ML.- HABIÉNDO SIDO ADMI-TIDA A TRAMITE LA SOLICITUD Y ESTAR ARREGLADA DERECHO; CUMPLO CON REALIZAR LAS PUBLICACIONES DE LEY CON LA FINALIDAD DE QUE SE APERSONEN QUIENES. LO CONSIDEREN NECESARIO.ANTONIETA OCAMPO DELAHAZANOTARIA DE CUSCO CNC 0273V-18-26-VI Y 02-viiB/V 32968

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Cusco, miércoles 2 de julio de 2014 3DECLARACIÓN DE PROPIEDAD

POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIOANTE EL OFICIO NOTARIAL A MI CARGO, DIONICIO CCOLQUE HUANACCHIRI y VIRGINIA BUSTOS ARIZA, AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N° 27333; HAN PRESENTADO LA SOLICI-TUD DE DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN AD-QUISITIVA DE DOMINIO DEL LOTE DE TERRENO UBICADO EN EL SECTOR DE SANTUTIS Cl-IICO DENOMINADO JUNTA DE PROPIE-TARIOS “LAS ORQUÍDEAS” LOTE N° 03, DISTRITO DE SAN SEBAS-TIÁN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, CON UN ÁREA DE 300.00M2 (TRESCIENTOS METROS CUADRADOS), SIENDO SDS LINDER S Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS LAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE, COLINDA CON LA CALLE S/N, EN LÍNEA QUEBRADA, EN UNA LONGITUD DE 20.12ML. POR LA DERECHA ENTRANDO, CON LAS PROPIEDADES DE YANET SUNI CALLAÑAUPA Y BENIG-NO ACCOSTUPA LLAMACPONCCA, MERCEDES VILLENA COAQUI-RIA Y CON EL ACCESO PEATONAL, EN UNA LO GIT D DE 25.48ML. POR LA IZQUIERDA ENTRANDO, CON LA CALLE S/N EN LÍNEA QUEBRADA, EN UNA LONGITUD DE 12.83ML. Y POR EL FONDO, CON LA PROPIEDAD DE LOS HERMANOS JOAQUÍN Y OSCAR VAR-GAS PACHECO, EN UNA LONGITUD DE 20.40ML. CON UN PERÍME-TRO TOTAL DE 78.83ML. (SETENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA Y TRES METROS LINEALES); CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TE GA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD PARA HACERLO VA-LER CONFORME A LEY.CUSCO, MAYO 19 DEL 2014.RODZANA NEGRÓN PERALTAABOGADA NOTARIO3V-19, 26,VI,02 -14B/V 32982

EDICTO JUDICIALQue, el Proceso Civil N° 00042-2014-0-1010-JM-CI-01, se viene trami-tando en el Juzgado Mixto de La Convención, en la forma siguiente: DEMANDA interpuesta por: Hilario Quillilli Espinoza sobre: Declaración Judicial de derecho de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio de bien inmueble rústico denominado “El Arenal” del Sector de La Bal-sa, fracciones integrantes del Lote de Terreno 5-B y ligeramente en una fracción del Lote de terreno 4-B de la Ex Hacienda Santa Ana, distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, departamento del Cusco, de un área de 0.8138 hectáreas con un perímetro de 399.15 metros lineales, con Unidad Catastral Nº 179397 Y con una ligera superposición sobre la Unidad Catastral Nº 179395 de propiedad de Vilma Florez Viuda de Qui-llilli en contra de la Dirección Regional de Agricultura del Cusco, repre-sentada por su Director Ruben Edmundo Ocampo Harson, con citación del Procurador Público de Asuntos Judiciales de la Dirección Regional de Agricultura del Cusco, y de los colindantes: Evaristo Quillilli Ore, Ti-moteo Aguilar Ramos, Gilberto Urquizo Marroquín, Domingo Gutierrez Ccahuana, Damaso Chilo Perez y Vilma Florez Viuda de Quillilli EN LA VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, en cuya virtud; CÓRRASE traslado de demanda a la demandada y citados. Asimismo, NOTÍFIQUESE con la presente Resolución al Procurador Público de Asuntos Judiciales de la Dirección Regional de Agricultura del Cusco para que asuma la defen-sa jurídica de la entidad demandada; admítase los medios probatorios que se indica. Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga, Fdo. Abo-gada alga Villanueva Valle. Publíquese por tres días con intervalo de tres días, para los fines de ley.Quillabamba, 04 de junio del año 2014.03VZ.20.26.VI; 02.VII.14B/. 26513

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 0001-2013-0-1017-JM-CI-01 seguido por Jorge Luis Delgado Mamani en contra de Edwardt Gandhi Martinez Llanos sobre Declaración Judicial de extinción de la posesión y mejor derecho de la propiedad, tramitado ante Juzgado Mixto del Distrito de Machu-picchu a cargo de la señorita Juez Dra. Melody Contreras Barineza, y bajo la actuación de la secretaria Judicial Milagros Paz Chuspe se ha dispuesto la notificación del demandado Edwardt Gandhi Martinez Llanos con la resolución número uno (Autoadmisorio) cuyo contenido es el siguiente:Resolución N° 01Machupicchu, veintiuno de enero del dos mil trece.SE RESUELVE:ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JORGE LUIS DELGA-DO MAMANI contra GANDHY MARTINEZ LLANOS sobre DECLA-RACIÓN JUDICIAL DE EXTINCIÓN DE LA POSESIÓN Y MEJOR DERECHO DE POSESION, en la Vía del PROCESO DE COCIMIEN-TO; el tal virtud, córrase traslado del demandada y anexos a la parte demandada por el plazo de TREINTA DIAS HABILES -, computados a

partir del día siguiente de notificado, bajo expreso .., apercibimiento de declarársele rebelde en caso de renuencia. A LOS MEDIOS PROBA-TORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios anotados para su oportunidad procesal.( )H.SResolución N° 09Machupicchu, veintiocho de Mayo, del dos mil catorceAL PRINCIPAL: (...) Conforme a lo dispuesto en el artículo 165 del Código Procesal Civil; dispóngase la notificación del demandado Ed-wardt Gandhi Martinez Llanos con el extracto de la resolución numero uno de fecha veintiuno de enero del año dos mil trece (Autoadmisorio) , mediante edictos Judiciales a realizar en el Día Judicial del Cusco y el Diario Oficial el Peruano (...)H.S.Machupicchu, cinco de Junio del año dos mil catorce.03VZ.27.VI; 02.09.VI.14B/. 26551

* PUBLICACIONAVISO DE LIQUIDACION DE LA EMPRESA “ET. SS. SH. S.R.L.”Por junta Universal de la empresa “ET -SS. SH. SRL “, de fecha. 25/06/2014, con la concurrencia del 100% del capital social; se acordó:1º.- DISOLVER, LIQUIDAR Y EXTINGUIR la empresa.2º.- Se nombra como Liquidador de la empresa al Sr. AURELIO JAIME FARFAN QUISPITUPA, identificado con D.N. l. Nro. 43276206, con las atribuciones establecidas en el acta en referencia.Lo que se pone en conocimiento público para los fines pertinentes de ley.San Salvador, 26 de junio de 2014.AURELIO JAIME FARFÁN QUISPITUPALIQUIDADOR02VZ.30.VI; 02.VII.14B/. 26564

EDICTO JUDICIAL.- Que ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Canchis-Sicuani, des-pachado por la señora Juez Luz Jannet Cárdenas Esteves, y bajo la ac-tuación del Secretario Judicial abogado Marco Olivera Huamán, se vie-ne tramitando el PROCESO CIVIL Nro. 00142-2014-0-1007-JP-CI-01, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial, el cual es como sigue: RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite y en la vía del proceso No Contencioso la demanda de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NA-CIMIENTO, interpuesta por Guillermo Medina Chuquimia, en el extremo donde se consigna el nombre de su progenitor como “Luis Edilberto Me-dina Vera” por lo correcto que debe ser “LUIS MEDINA VERA”, lo que se publica para los fines de Ley. Sicuani, 27 de Junio del año 2014.- Marco Olivera Huamán.- Secretario Judicial.-01v 03JULb/v 33132

EDICTO JUDICIAL.- RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.- EXPEDIENTE Nº: 2014-137.- Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis-Sicuani, bajo la dirección de la Señora Jueza. MARKLAREN ASCUE LOVON y la actuación de la Secretaria Judicial SONIA RAQUEL JALLO YUCRA, Doña LORENZA JULIA MAMANI SALAS, viene solicitando se rectifique su partida de nacimiento, en la que por error se consigno 1) El primer nombre de pila de LOREZA como LORENZA, 2). Se ha omitido en consignar su segundo nombre de pila JULIA y su apellido materno, debiendo ser LORENZA JULIA MAMANI SALAS, 3) Se omitió el mes de nacimiento debiendo ser SETIEMBRE. 4) Asimismo se omitió la firma del registrador, por lo que se pone en conocimiento conforme correspon-de.- Lo que se publica para los fines pertinentes. Sicuani, 26 de junio del 2014.- Sonia Raquel Jallo Yucra.- Secretaria Judicial.-01v 03JULb/v 33132

EDICTO JUDICIAL.- RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Expediente Nº 38-2014-CI.- Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis-Sicuani, bajo la dirección de la Señora Juez MARKLAREN ASCUE LOVON y la actuación de la Secretaria Judicial Katia Huamani Jara. ELIAS HAS-BUN HANDAL, ha solicitado se rectifique su partida de nacimiento, en la supresión del segundo nombre, que por error se ha consignado como “ELIAS ABRAHAM HASBUN HANDAL” en la parte marginal de dicha partida, siendo lo correcto: “ELIAS HASBUN HANDAL” tal como se en-cuentra consignado en el cuerpo del acta de nacimiento en la parte del prenombre; por lo que, se pone en conocimiento conforme corresponde. Lo que se publica para los fines pertinentes. Sicuani, 25 de Junio del 2014.- Katia Huaman Jara.- Secretaria Judicial.-01v 03JULb/v 33132

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Cusco, miércoles 2 de julio de 20144EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA

En la Oficina Registral de cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 03 de junio del 2014, la recurrente ELENA TACO CAHUANA, titular de la partida de nacimiento Nº 1009412024 y, conforme lo establece la Di-rectiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa de la omisión del apellido materno del padre de la titular del acta, consignado como INOCENCIO TACO, debiendo ser lo correcto y completo como INOCENCIO TACO PELAES. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley.Jefe de la Oficina Registral Cusco - RENIECCusco, 23 de junio del 2014.Silvia Karina Salas Leiva1V-02-VIIB/V 33104

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ACOMAYO WAQRAPUKARA

DECLARACION ADMINISTRATIVA DE PRESUNTO PROGENITOR AL AMPARO DE LA LEY N° 28720 Ante la oficina de Registro de estado Civil de la Municipalidad Provincial de Acomayo, doña ROXANA BAEZ CONDORI ha solicitado con fecha del 30 de Junio del 2,014, la Inscrip-ción de nacimiento de su menor hijo de nombre FRANK YAHIR OBAN-DO BAEZ, que corre inscrito en el Acta de Nacimiento N°3001421297, cuya fecha de Nacimiento es el 03 de Mayo del 2,014, declarando como presunto Progenitor a don RUFINO OBANDO QUISPE. Se notifica al interesado para los efectos del Art 21 del código Civil Vigente.Acomayo, 30 de Junio del 2014.Erberto Torobeo CheccaJefe registro civil1v-02-vii-14b/v 33113

RECTIFICACION DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD.

Por ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dra. Yudit Tacuri Chávez, bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma se viene tramitando el proceso N°01230- 2014-0-1001-JP-CI-03 seguido por BENEDICTO ORDOÑEZ MACHA-CA sobre RECTIFICACION DE SU DOCUMETO NACIONAL DE IDEN-TIDAD, en el rubro de estado civil consignado erróneamente CASADO, SIENDO LO CORRECTO: SOLTERO, lo que se tramita en el proceso: No contencioso, lo que se publica, para los tengan derecho se aperso-nen al trámite del presente proceso, para los fines de ley. Cusco, 18 de Junio del 2014.1v-02-vii-14b/v 33114

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto de Anta, Despachado por la Magistrado Consuelo Camacho Zambrano, se tramita el Proceso Civil Nro. 73-2014-CI, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PAULINA SOLIS CONDORHUAMAN, en contra de las sucesiones de que en vida fueron PATRICIO SOLIS CUSIHUALLPA, FRANCISCA CONDORHUA-MAN ACHAYA, VALENTINA SOLIS CONDORHUAMAN y la BENE-FICENCIA PUBLICA DE LA CUIDAD Del CUSCO, con citación de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAROCONDO representada por su alcalde Juan Clímaco Ninan Huarancca y los colindantes: BASILIA SUR-CO CUSIHUALLPA y JUANA TUMPAY QUISPE; sobre PRESCRIP-CION ADQUISITIVA DE PROPIEDAD. Tramítese la presente demanda por la vía del PROCESO ABREVIADO de conformidad a lo establecido por el inciso 2 del artículo 486 del código adjetivo. Por su merito córrase traslado a los sucesores demandados a los cuales se les debe notificar mediante edictos a publicarse en el diario judicial del Cusco y en el diario oficial El Peruano, para que se apersonen al proceso en el plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, en cuanto a la be-neficencia pública del Cusco córrase traslado para que absuelva la de-manda en el plazo de ley, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía.De conformidad a lo establecido por el artículo 506 del Código procesal Civil se dispone proceder a publicar el extracto de la demanda en el diario judicial del Cusco y en el diario oficial El Peruano, por los plazos legales, junto a la notificación por edictos.- Hágase Saber.- Firmado por la Señora Jueza - la especialista legal Lizsetty Alexsandra Escobar Vera.Anta, veinte de junio del año 2014.-3v-2,3,4-vii-14b/v33115

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto de Anta, Despachada por la Magistrado Consuelo Camacho Zambrano, se tramito el Proceso Civil Nro. 41-2014- CI, SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE lo demando interpuesto por MAXIMI-LIANO TTICA CCOHUA, sobre CAMBIO DE NOMBRE, con CITACION

del REPRESENTANTE del MINISTERIO PUBLICO, debiendo de trami-tarse bajo los mecanismos del proceso SUMARISIMO; en consecuen-cia, córrase traslado de la demando al citado por el plazo de cinco días.- Debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de lo presente o través de edictos por el plazo de un día en el diario judicial de Cusco y el diario oficial EL Peruano.- Firmado por lo Señora Juezo - la especialista legal Lizsetty Alexsandra Escobar Vera.Anta, treinta de junio del año 2014.-1v-02-vii-14b/v 33115

SUCESIÓN INTESTADAAnte mi oficio notarial, sito en la calle Tacna N° 104, de la ciudad de Es-pinar, se presento Juana Pacco Carlos, solicitando la Sucesión Intestada de su cónyuge Isaias Cruz Conza, quien falleció el 05 de Mayo del 2010, siendo su último domicilio en la calle 9 de Diciembre S/n, del distrito y provincia de Espinar, departamento de cusco, lo que comunico para que se presenten los que tengan vocación hereditaria.Espinar, 30 de Junio del 2014URIEL VILLANUEVA SÁNCHEZABOGADO NOTARIO DE ESPINAR1V-02-VII-14B/V 33116

REGISTRO DE ESTADO CIVIL DE ANTAAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Anta - Cusco con Expediente N° 5458 el recurrente Guillermo Per-cy Bonnett Medina apoderado de la titular de la partida de nacimiento Nº 177 correspondiente a Gloria Esperanza Bonet Medina y conforme establece la DI. 263-GR/017, solicita la rectificación administrativa la omisión del segundo prenombre y apellido materno de la madre se ha consignado como Bertha Medina, debiendo ser lo correcto y completo como BERTHA ANGELICA MEDINA VELAR Lo que se hace de cono-cimiento Público a fin de que las personas resulten perjudicados por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme establece el Art, 73 del D.S. No. 015-98-PCM.Anta, 01 de Julio del 2014WALTER RICRA VASQUEZREGISTRADOR CIVIL1V-02-VII-14B/V 33117

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto de Anta, despachado por lo señora juez Consue-lo Camacho Zambrano, se tramita el proceso N°38-2014-0-1004-.JM-CI-01, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JESUS EUFRASINO AUCCAISE CCAHUA contra 1. ELVIRA CATTER VIUDAD DE SILVA, 2. la sucesión hereditaria de quien en vida fue JOSE ANTONIO SILVA BENAVENTE, 3. JUAN MANUEL SILVA CATTER, y 4. La sucesión hereditaria de quien en vida fue LEONIDAS SERAPIO SILVA CATTER sobre OTORGAMIENTO DE CONTRATO DEFINITIVO; debiendo sustanciarse la misma en la vía del PROCESO DE SUMARí-SIMO, Y por su mérito CÓRRASE traslado a la parte demandado, por el plazo de CINCO DIAS. Para la notificación ha JUAN MANUEL SILVA CATTER y de los probables sucesores de quien en vida fueron, ELVI-RA CATTER VIUDAD DE SILVA,JOSE ANTONIO SILVA BENAVENTE y LEONIDAS SERAPIO SILVA CATTER, cúmplase con notificar mediante edictos debiendo efectuarse las publicaciones en el diario oficial El Pe-ruano y diario judicial del Cusco por tres días con el extracto de esta resolución que también contiene el resumen de la demanda, para que se apersonen al proceso, los legitimados en el plazo establecido por el artículo 550° del código procesal civil, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Firmando la secretaria judicial por la Señora Jueza. H.S.-Anta, 30 de junio del año 2014 e3V-2,3,4-VII-14B/V 33118

AVISO JUDICIALEn Proceso Nro.130-14- Ante el juzgado de paz letrado de San Sebas-tián Despachado por la Sra. Juez Dra. MARIANELLA CARDENAS bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León, WILFREDO DEMOSTENES PAREDES PEREZ solicita SUCESION INTESTADA del que fue Sofía Ochoa Tagle fallecido 29 de junio del 2011 en esta ciudad se publica a fin de que se asomen los que tiene derecho a suceder S. S. 30-06-20141v-02-vii-14b/v 33119

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Cusco, miércoles 2 de julio de 2014 5EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Espinar, que des-pacha el señor Juez Edwin Percy Catachura Aro, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 56-2014-CI, habiéndose resuelto: Admitir a trámite la demanda sobre Rectificación de Acta de Defunción, interpuesta por EULOGIO CHAHUARA CCAME, contenido en el Acta de Defunción de fecha “21-10-1948”, inscrita en el Registro de Estado Civil de la Muni-cipalidad Distrital de Pallpata; tramítese la presente demanda en la vía del Proceso No Contencioso; de conformidad a lo previsto por el Artículo 828 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la presente re-solución en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco (por el plazo de Ley). H.S.- Juez Dr. E. Catachura A. Secretaria Judicial K. E. Apaza H.- Lo que se publica para los fines de Ley.Espinar; 30 de Junio del 2014.1v-02-vii-14b/v 33120

EDICTO JUDICIALAnte el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 153-2014-CI seguido por NORMA ROSA FERNÁNDEZ HONORIO sobre RECTIFICACION DE SU PAR-TIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su padre, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.-San Jerónimo, 18-06-20141V-02-VII-14B/V 33121

EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 18 de junio del 2014, el recurrente ALEXCEY VICTOROVICH HUAMAN PEREVEDENSHEVA, titular de la partida de nacimiento Nº 1009449656 y, conforme lo establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita laRectificación Administrativa de la rectificación de la supresión del se-gundo prenombre y apellido paterno de la madre así como el apellido del titular del acta, consignados como MARINA SERGUEEVNA PERE-VEDENSHEVA y ALEXCEY VICTOROVICH HUAMAN PEREVEDEN-SHEVA, debiendo ser lo correcto como MARINA PEREVEDENTSEV y ALEXCEY VICTOROVICH HUAMAN PEREVEDENTSEV. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley.Cusco, 23 de junio del 2014.Silvia Karina Salas LeivaJefe de la Oficina Registral Cusco - RENIEC1V-02-VII-14B/V 33124

EDICTO JUDICIALEn el proceso Civil Nro. 00362-2014-0-1001-1R-CI-01, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha la Doctor Mario Cas-tillo Huarco; bajo la actuación de la secretaria judicial Gloria Justina Mora Lovatón, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente:Resolución Nro. 05 de fecha nueve de junio del año dos mil catorce- Auto admisorio de la Demanda; VISTO ( ... ) Y, CONSIDERANDO ( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PETRO-NILA QUISPE HERMOZA, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, respecto al apellido de su señora madre que se ha omiti-do el segundo apellido, debiendo sustanciarse el trámite de la presente demanda en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO. En atención a lo dispuesto por el artículo 828 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Oficial “El peruano” y en “El Diario Judicial del Cusco” ... H.S.Cusco, 30 de junio del año 20141v-02-vii-14b/v 33123

EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 06 de junio del 2014, la recurrente RUPERTINA PILLCO FERNANDEZ, hija del titular de la partida de defunción Nº 562717 correspondiente a LEANDRO PILLCO CUSIPUMA y, conforme lo establece la Directiva Nº DI 263- GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa del prenombre y apellido materno de la cónyuge del titular del acta, consignado como ALEJANDRINA FERNANDEZ CHECCA, debiendo ser lo correcto como ALEJANDRA FERNANDEZ CHECYA. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley.Cusco, 23 de junio del 2014.Silvia Karina Salas LeivaJefe de la Oficina Registral Cusco - RENIEC1V-02-VII-14B/V 33122

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGOEDICTO MATRIMONIALHago saber que don JOHN EDWARD GAMARRA GONZA con DNI Nro. 42369244 de 31 años de edad, soltero de Nacionalidad pe-ruano Natural del Distrito de Santiago Provincia y Departamento de Cusco de ocupación CPC con Domicilio en APV Espinoza Medrano Nro. 1 del Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. DANEZA INDIRA MEZA PA-REDES con DNI Nro.46419868 de 24 años de edad, Soltera, de Nacio-nalidad Peruana, Natural del Distrito de Santa Ana Provincia La Convención y Departamento de Cusco de Ocupación Estudiante con domicilio en APV Espinoza Medrano Nro. 1 Distrito de Santiago PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el día Sábado 26 de Julio del 2014. Las Personas que conozcan causa-les de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil.Santiago, 01 de Julio del 2014Nilda Cupi ZunigaJefe1vez-02-viib/v 33131

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGOAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital deSantiago - Cusco Con Expediente 006449 de fecha 25/06/2014, ha soli-citado el (la) ciudadana (o) BARBARA SANA CUSI LA RECTIFICACION ADMINISTRATIVA correspondiente a la partida de Nacimiento N° 3037 del año 1982 en el que existe error de consignación en el rubro nom-bre de la progenitora (SEGUNDO APELLIDO) en la parte principal del asiento registral, debiendo consignarse correctamente como SICCOS en lugar de Sicos, debiendo quedar el nombre completo y correcto de la progenitora como ANDREA CUSI SICCOS. Lo que se hace de conoci-miento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación ,conforme al Art,74 del D.S.015-98-PCM ante esta Mu-nicipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines.Santiago, 26 de Junio del 2014.Mary López FabreRegistrador civil1v-02-viib/v 33130

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGOAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco Con Expediente 006448 de fecha 25/06/2014, ha soli-citado el(la) ciudadana (o) BARBARA SANA CUSI LA RECTIFICACION ADMINISTRA TIV A correspondiente a la partida de Nacimiento N° 2048 del año 1973 en el que existe error de consignación en el rubro nom-bre de la progenitora (SEGUNDO APELLIDO) en la parte principal del asiento registral, debiendo consignarse correctamente como SICCOS en lugar de Sicos, debiendo quedar el nombre completo y correcto de la progenitora como ANDREA CUSI SICCOS. Lo que se hace de conoci-miento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguien-tes a la publicación ,conforme al Art,74 del D.S.015-98-PCM ante esta Municipalidad.Lo que se da cumplimiento al Art. 73 D S. 015-98-PCM, para sus fines.Santiago, 26 de junio del 2014.Mary López FabreRegistrador civil1v-02-viib/v 33129

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGOAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco Con Expediente 006446 de fecha 25/06/2014, ha so-licitado el(la) ciudadana (o) MARINA SANA CUSI LA RECTIFICACION ADMINISTRATIVA correspondiente a la partida de Nacimiento N° 180 del año 1976 en el que existe error de consignación en el rubro nom-bre de la progenitora (SEGUNDO APELLIDO) en la parte principal del asiento registral, debiendo consignarse correctamente como SICCOS en lugar de Sicus, debiendo quedar el nombre completo y correcto de la progenitora como ANDREA CUSI SICCOS. Lo que se hace de conoci-miento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguien-tes a la publicación ,conforme al Art,74 del D.S.015-98-PCM ante esta Municipalidad.

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Cusco, miércoles 2 de julio de 20146Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fi-nes.Santiago, 26 de Junio del 2014.Mary López FabreRegistrador civil1v-02-viib/v 33128

SUCESION INTESTADAANTE MI, MERCEDES SALAZAR PUENTE DE LE VEGA, ABOGADA NOTARIA CON OFICINA NOTARIAL EN AVENIDA HUAYNA CCAPAC Nº 113-A WANCHAQ – CUSCO; MIRIAM CCOYURI GONZALES, SO-LICITA LA SUCESION INTESTADA DE QUEIN EN VIDA FUERA SU MADRE SEÑORA JUANA GONZALES SAMILLAN FALLECIDA EN EL DISTRITO , PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, EL SIETE DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE, SE PUBLI-CA PARA QUE QUIENES TENGAN DERECHOS LOS HAGAN VALER EN LA FORMA ESTABLECIDA POR LEY.CUSCO, VEINTICINCO DE JUNIO DEL DOS MIL CATORCE.MERCEDES SALAZAR PUENTE DE LA VEGAABOGADA NOTARIA.1V-02-VIIB/V 33127

EDICTO JUDICIALPor ante Juzgado de Paz Letrado de 13 Provincia Canas-Yanaoca; en el Expediente Civil Nro. 00014-2014; bajo actuación Secretario Judicial Santiago Calla Quispe; se presenta doña: ESMINA HUAMANI VIZA-RRETA DE HUILLCA, solicitando la SUCESION INTESTADA del quien en vida fue su cónyuge JUSTINO HUILLCA LAURA, fallecido en fecha 03 de mayo del 2014, en el hospital Nacional IV ESSALUD “Adolfo Gue-vara Velasco” de la Ciudad del Cusco. Lo que comunico al público cara los fines de ley.Yanacona, 30 de JUNIO del 2014.1v-04-viib/v 33125

PREVENCIÓNLibio Alvarez BañosPreviene al público en general.Que los terrenos que se encuentran en el Distrito de Santa Ana, Provin-cia la Convención, por el Sector de Serranuyoc Bajo (Arriendo Huitoc-niyoc) y (Arriendo Chaupiacienda) en el sector de Yanahuara Provincia de Urubamba. Se encuentran en proceso de Litigio con la Sra. Marina Alvarez Baños. Las personas que los obtengan, se someterán a las con-secuencias de las Leyes.Cusco, julio del 2014.01VZ.02.VII.14B/. 26596

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGOAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago -Cusco Con Expediente 006474 de fecha 26/06/2014, ha solicitado el(la) ciudadana (o) LAURA CASAFRANCA OJEDA LA RECTIFICACION ADMINISTRATIVA correspondiente a la partida de Nacimiento N° 1068 del año 1979 en el que existe omisión de consigna-ción en el rubro nombre del progenitor (SEGUNDO PRENOMBRE) en la parte principal del asiento registral, debiendo consignarse como AN-DRES, debiendo quedar sus prenombres como LUIS ANDRES. Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días, siguientes a la publicación, conforme al Art. 74 del D.S.015-98-PCM, ante esta Municipalidad.Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fi-nes.Santiago, 27 de Junio del 2014.01VZ.02.VII.14B/. 26599

EDICTO JUDICIALSUCESION INTESTADA.- Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, Que, despacha la Señora Juez Dra.: GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Solazar Miranda; el Señor JOSE SABINO VARGAS GALIANO debidamente representado por su apoderada JULY ARLETTE ALVAREZ VARGAS, viene solicitan-do la SUCESION INTESTADA de la que en vida fue su señor padre An-tonio Vargas Escalante, fallecido el27 de febrero de año 2013, publica-ción que se realiza para los que se crean con derecho a la sucesión, se apersonen al Proceso civil Nro. 00352-2014-0-1001-JP-CI-01 a ejercer su derecho.

Cusco, 27 de Mayo del 2014.01VZ.02.VII.14B/. 26594

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGOEDICTO MATRIMONIALHago saber que don OSCAR QUILLAHUAMAN HUALLPAYUNCA con DNI Nro. 23987904 de 37 años de edad, soltero de Nacionalidad peruano Natural del Distrito de Santiago Provincia y Departamento de Cusco de ocupación Técnico Informático con Domicilio en Coop. Fran-cisco Bolognesi I-3 del Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. BREDY CCAMA CHAUCA con DNI Nro. 43513406 de 34 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Santiago Provincia y Departamento de Cusco de Ocupación su casa con domicilio en Coop. Francisco Bolognesi I-3 del Distrito de Santiago PRETENDEN CON-TRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el día Sábado 26 de Julio del 2014,Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denun-ciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil.Santiago, 01 de Julio del 2014.01VZ.02.VII.14B/. 26600

EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la Oficina Registral de Cusco -RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 23 de junio del 2014, el recurrente VICTOR GILBERT BONNETT MEDINA, titular de la partida de nacimiento N° 1009381140 y, conforme lo estable-ce la Directiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrati-va de la omisión del segundo prenombre y apellido materno de la madre del titular del acta, consignado como BERTHA MEDINA, debiendo ser lo correcto y completo como BERTHA ANGELICA MEDINA VALER. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley.Cusco, 27 de junio del 2014.Silvia Karina Salas LeivaJefe de la Oficina Registral Cusco- RENIEC01VZ.02.VII.14B/. 26601

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGOAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago -Cusco Con Expediente 006476 de fecha 26/06/2014, ha solicitado el(la) ciudadana (o) AL VARO CASAFRANCA OJEDA LA RECTIFICACION ADMINISTRATIVA correspondiente a la partida de Nacimiento N° 222 del año 1975 en el que existe omisión de consigna-ción en el rubro nombre del progenitor (SEGUNDO PRENOMBRE) en la parte principal del asiento registral, debiendo consignarse como AN-DRES debiendo quedar sus prenombres como LUIS ANDRES. Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación ,conforme al Art,74 del D.S.015-98-PCM ante esta Municipalidad.Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fi-nes.Santiago, 27 de junio del 2014.01VZ.02.VII.14B/.26599

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGOAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad distrital de Santiago -Cusco Con Expediente 006475 de fecha 26/06/2014, ha soli-citado el(la) ciudadana (o) ADELA CASAFRANCA OJEDA LA RECTI-FICACION ADMINISTRATIVA correspondiente a la partida de Naci-miento Nº 431 del Año 1977 en el que existe omisión de consignación en el rubro nombre del progenitor (SEGUNDO PRENOMBRE) en la parte principal del asiento registral, debiendo consignarse como ANDRES de-biendo quedar sus prenombres como LUIS ANDRES.Lo que se hace de conocimiento Público a fin de las personas que re-sulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular Oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación ,conforme al Art,74 del D.S.015-98-PCM ante esta Municipalidad.Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fi-nes.Santiago, 27 de Junio del 2014.01VZ.02.VII.14B/. 26599

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGOAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA

Page 7: Avisos Judiciales 02 06 14

Cusco, miércoles 2 de julio de 2014 7En la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago -Cusco Con Expediente 006482 de fecha 26/06/2014, ha solicitado el(la) ciudadana (o) ANDREA CASAFRANCA OJEDA LA RECTIFICACION ADMINISTRATIVA correspondiente a la partida de Nacimiento N° 2789 del año 1982 en el que existe omisión de consig-nación en el rubro nombre del progenitor (SEGUNDO PRENOMBRE) en la parte principal del asiento registral, debiendo consignarse como ANDRES debiendo quedar sus prenombres como LUIS ANDRES.Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación ,conforme al Art,74 del D.S.015-98-PCM ante esta Municipalidad.Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fi-nes.Santiago, 27 de Junio del 2014.01VZ.02.VII.14B/. 26599

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁNDIVISIÓN DE REGISTRO CIVILEDICTO MATRIMONIALAnte la Municipalidad Distrital de San Sebastián se presentaron:EL Señor: ZENOBIO BARRETO QUISPE de 31 años de edad, de es-tado civil SOLTERO ocupación MAESTRO DE OBRA de nacionalidad PERUANO, con domicilio en el APV. EL EDEN B-7 del Distrito de cus-co, provincia y Departamento del Cusco y Doña: RICARDINA HUAMAN CHURA de 28 años de edad, de estado civil SOLTERA ocupación AMA DE CASA de nacionalidad PERUANA, con domicilio en la APV.EL EDEN B-7 del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco. Quienes pretenden contraer Matrimonio Civil, en esta Municipali-dad, el día 19 DE JULIO del 2014, a horas 15:00 pm., las personas que conozcan causales de impedimento Legal, podrán denunciarlos dentro del plazo de Ley de conformidad con lo establecido en el Art. 253 del CC. Ante esta Municipalidad.San Sebastián, 02 de julio del 2014.01VZ.02.VII.14B/. 26597

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAROCONDOREGISTRO DE ESTADO CIVILAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Huarocondo -Anta -Cusco con expediente 1508 de fecha 25-06-2014 ha solicitado la ciudadana GERTRUDIS SOLIS CCORAHUA la Rectifica-ción Administrativa de la partida N° 345979 correspondiente a su mejor hija CELIA AYMA SOLIS del Libro de Nacimiento del año 1997, en el que existe error en el rubro correspondiente al apellido paterno y pre nom-bre del progenitor consignando como Ceferino Ayma Ccahua siendo el nombre correcto y completo CIPRIANO HAYMA CCAHUA vale decir el nombre correcto de la titular del acta es CELIA HAYMA SOLIS. Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes de la publicación, conforme al Art. 74 del os. 015-98-PCM ante esta Municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del O.S. 015-98-PCM, para sus finesHuarocondo, 25 de Junio del 2014Johana Valdez SeguraJefe de Registro Civil.01VZ.02.VII.14B/. 26592

EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la Oficina Registral de Cusco -RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 13 de junio del 2014, la recurrente LIVIA ARREDONDO MANRIQUE, apo-derada de la titular de la partida de nacimiento N° 1009455803; corres-pondiente a ELIANA CABEZAZ ARREDONDO y, conforme lo establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa del apellido paterno del padre de la titular del acta, consignado como ORLANDO CABEZAZ SANCHEZ, debiendo ser lo correcto como ORLANDO CABEZAS SANCHEZ. Por lo que de conformidad a lo es-tipulado en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a ley.Cusco, 23 de junio del 2014.Silvia Karina Salas LeivaJefe de la Oficina Registral Cusco – RENIEC01VZ.02.VII.14B/. 26595

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ – CUSCODIVISIÓN DE REGISTRO CIVILEDICTO MATRIMONIAL

El que suscribe Jefe de la División de Registro Civil hace de conoci-miento que Don LUIS FRANCISCO QUISPE TRIVEÑO de 39 Años de edad, con Documento de Identidad N°10065035 y de estado Civil Solte-ro, Ocupación Ing. Electricista, Natural de Cusco, Provincia de Cusco y Departamento del Cusco y con Domicilio en la Urb. Santa Mónica Calle José Carlos Mariátegui O-2 del Distrito de Wanchaq y Doña ROSARIO VIRTO BUENO de 37 Años de edad, con Documento de Identidad N° 23996440 de estado civil Soltera, Ocupación Docente, Natural de Cus-co, Provincia de Cusco y Departamento de Cusco, y con Domicilio en la APV. Zarzuela Av. Libertad A-A-8 del Distrito de Santiago, pretenden contraer matrimonio Civil en esta Municipalidad el día 26 de Julio del 2014. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciar en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil.Wanchaq, 01 de Julio del 2014.01VZ.02.VII.14B/. 26602

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁNDIVISIÓN DE REGISTRO CIVILEDICTO MATRIMONIALAnte la Municipalidad Distrital de San Sebastián se presentaron:El Señor: HONORATO DEMETRIO GUTIERREZ AIME de 33 años de edad, de estado civil SOLTERO ocupación ESTUDIANTE de naciona-lidad PERUANO, con domicilio en el APV.PARAISO DE FATIMA A.13 SAN ANTONIO del Distrito de SAN SEBASTIAN, provincia y Departa-mento del cusca Cusco y Doña: VICENTINA HUAMAN CRUZ de 30 años de edad, de estado civil soltera ocupación AMA DE CASA de na-cionalidad PERUANA , con domicilio en la APV.PARAISO DE FATIMA A-13 SAN ANTONIO del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento del Cusco. Quienes pretenden contraer Matrimonio Civil, en esta Munici-palidad, el día: 19 DE JULIO DEL 2014 a horas 16: 00 pm, las personas que conozcan causales de impedimento legal, podrán denunciarlos den-tro del Plazo de ley de conformidad con lo establecido en el arto 253 del CC. Ante esta Municipalidad.San Sebastián, 30 de junio del 2014.01VZ.02.VII.14B/. 26598

EDICTOEn la causa N° 0794-2014, seguido por MAMERTO CHAIÑA GUTIE-RREZ, sobre CAMBIO DE NOMBRE, se ha expedido la siguiente “Re-solución 02.- Cusco, diez Junio dos mil catorce.-- VISTO;(...) SE RE-SUELVE: ADMITIR (...)la solicitud interpuesta por MAMERTO CHAIÑA GUTIERREZ, sobre CAMBIO DE NOMBRE, por el de JHON ALEX CHANO CHAIÑA GUTIERREZ,(...) Señálese fecha para el verificativo de la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial, el día VEINTICIN-CO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS DIEZ DE LA MAÑA-NA, bajo apercibimiento de Ley, en caso de inconcurrencia.- H.S.” Firma y sello Juez Dra. Sandra Contreras Campana.- Boris Santos de la Gala -Especialista Legal.Cusco, 27 Junio DEL 2014.01VZ.02.VII.14B/. 26593

DISOLUCIÓN y LIQUIDACIÓN.LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS CON FECHA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2014 ACORDÓ LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA “EMPRESA F & G CONTRATISTAS Y CONSULTORES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA”, CON RUC Nº 20563830698, NOMBRANDO-SE COMO LIQUIDADOR AL ING. FORTUNATO ECHEVARRIA CEVA-LLOS, PERUANO, IDENTIFICADO CON DNI 23830238.CUSCO, 30 DE JUNIO 2014.EL LIQUIDADOR.03VZ.02.03.04.VII.14 B/. 26574

EDICTO JUDICIAL

Expediente N° 2014-0002-0-1010-CIAnte el Juzgado de paz Letrado de Maranura, bajo la dirección del Señora Juez Dra. Wendy Alagón Quillca, y la actuación del Secretorio Judicial Dr. David Amaru Jara; HECTOR SATURNINO GUILLEN ARROYO, viene solicitando la rectificación de su partida de nacimiento en el que solicita se le agregue el apellido materno de su podre debiendo de ser lo correcto, MIGUEL GUILLEN TAPIA, lo Que se pone de conocimiento público para los fines correspondientes.-Maranura, 09 de Junio del 201403VZ.27,2,5.VII.14B/. 26553

Page 8: Avisos Judiciales 02 06 14

Cusco, miércoles 2 de julio de 20148CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUSCO

PODER JUDICIALNUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL

RELACIÓN DE AUDIENCIAS 02 DE JULIO DEL 2014HORA N° DE

EXPEDIENTE AUDIENCIA DELITO IMPUTADO AGRAVIADO LUGAR MAGISTRADO

INICIO TERMINO

1 08:00 08:29 01490-2013-97 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Conducción en estado de ebriedad

o drogadicción.

LATORRE PANIHUA

CHRISTIAN

LA SOCIEDAD REPRESENTADA POR LA DRA MARYLYN MUJICA PERALTA

10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

IGNACIO ORTEGA MATEO

2 09:01 10:00 01570-2013-25 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Conducción en estado de ebriedad

o drogadicción.

MAMANI ARIZAPANA

CERILO

LA SOCIEDAD REPRESENTADA POR EL DESPACHO DE DECISION

TEMPRANA DE LA TERCERA FISCALIA PROVINCIAL PENA

10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

IGNACIO ORTEGA MATEO

3 08:30 09:00 00809-2012-27 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Hurto agravado.

PRADO MORALES WILFREDO ALONSO

DELPHINE FRITZ NINA 1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

IGNACIO ORTEGA MATEO

4 09:01 10:00 00551-2013-99 LECTURA DE SENTENCIA Lesiones culposas SUMA CONDORI

PASCUAL VARGAS HUALLPA EUSEBIO 1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EDWIN DEL POZO CONDORI

5 11:01 12:00 00091-2014-52 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Omisión de asistencia familiar

ACHAHUI PACCO PERCY

MENORES DE INICIALES YAU Y MAU REPRESENTADAS POR SU PROGENITORA PAULINA USCAMAYTA

MANUTTUPA

1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EDWIN DEL POZO CONDORI

6 12:01 13:00 01447-2013-0- AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EDWIN DEL POZO CONDORI

7 14:00 15:30 01128-2011-78 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Robo Agravado

QUISPE AYMA MARIELA MARISOL

VARGAS PABLO WILBER 1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

ALVAREZ TITO YOSSY SAMANTHA, MARINA

INES SUPANTA CONDOR, MUÑOZ

BLAS HECTOR CESAR

8 09:31 10:31 01359-2010-78 APELACION DE SENTENCIAS Usurpación

CARY CARDENAS

TOMAS ARTURO

LETONA ZARATE MARIA YOLANDA

1RA SALA PENAL DE APELACIONES

ELIZABETH GROSSMAN CASAS,

EFRAIN TRELLES SUKLLA, ROCIO

SOLEDAD CACERES PEREZ

9 10:32 11:00 00648-2013-29 APELACION DE AUTOS Microcomercialización o microproducción.

HOLGADO HUAMAN

WINDY STANLYEL ESTADO 1RA SALA PENAL

DE APELACIONES

ELIZABETH GROSSMAN CASAS,

EFRAIN TRELLES SUKLLA, ROCIO

SOLEDAD CACERES PEREZ

10 11:01 11:30 00492-2013-25 APELACION DE AUTOS Contrabando

PILLCO GRAJEDA EDISON MAXIMO

EL ESTADO REPRESENTADO POR LA SUNAT ADUANAS

1RA SALA PENAL DE APELACIONES

ELIZBETH GROSMANN CASAS, EFRAIN

TRELLES SULLA, ROCIO SOLEDAD CACERES PEREZ

11 14:30 15:30 01144-2010-63 APELACION DE SENTENCIAS Peculado doloso

BARRA VALDIVIA AMILCAR

EL ESTADO PERUANO 1RA SALA PENAL DE APELACIONES

ELIZABETH GROSMAN CASAS, EFRAIN

TRELLES SULLA, ROCIO SOLEDAD CACERES PEREZ

12 15:31 16:30 01046-2012-48 APELACION DE SENTENCIAS

Denuncia calumniosa.

CUZMAR DEL CASTILLO

WILLY CARLOSCAPARO JARA CLODOMIRO 1RA SALA PENAL

DE APELACIONES

EFRAIN TRELLES SULLA, ELIZABETH GROSMANN CASAS,

ROCIO SOLEDAD CAERES PEREZ

13 08:30 10:00 01334-2013-62 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Uso de documentos falsos.

HUMPIRE VELASQUE

ALEJANDRINA

LUZA SICCOS DE HUAMAN ALEJANDRA

2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL EDWIN PAZ CARPIO

14 10:01 11:30 01010-2013-62 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION Usurpación

BOCANGEL ESTRADA

SONIA

CASTILLA VILLACORTA CORNELIA

2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL EDWIN PAZ CARPIO

15 11:31 13:00 01784-2013-85 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION Apropiación ilícita.

ZARAVIA QUISPE JOSE

LUISVALLADARES CACERES LIRIS 2DA SALA DE

AUDIENCIAS PENAL EDWIN PAZ CARPIO

16 14:30 15:30 01749-2013-32 TERMINACION ANTICIPADA

Violación a persona en estado de

inconsciencia o en imposibilidad de

resistir.

MONTEAGUDO GONZALES

OSCAR BONIFACIO

PERSONA DE INICIALES KEP 2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL EDWIN PAZ CARPIO

17 15:31 16:30 00832-2013-66 RESOLVER MEDIOS DE DEFENSA (MTD)

Falsedad ideológica.

ARAUJO GUILLEN

WILFREDO

PROCURADOR PUBLICO DE PODER JUDICIAL

2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL EDWIN PAZ CARPIO

18 08:30 08:59 00193-2012-62 AUDIENCIA Daño agravadoCCAHUANA YUPANQUI TOMASA

EL ESTADO PERUANO REPRESENTADO POR EL

MINISTERIO DEL INTERIOR

2DA SALA PENAL DE APELACIONES

URIEL BALLADARES APARICIO, FANY

ANDRADE GALLEGOS, OCHOA MUÑOZ

REYNALDO

19 09:00 10:00 01896-2012-32 AUDIENCIA

Defraudaciones, fraude

procesal,abusode firma en blanco.

TORRES ILIQUIN JOWER

LINARES TORRES CESAR RAYMUNDO

2DA SALA PENAL DE APELACIONES

URIEL BALLADARES APARICIO, FANY

ANDRADE GALLEGOS, OCHOA MUÑOZ

REYNALDO

20 10:01 11:00 00043-2014-0- AUDIENCIA Lesiones leves por Violencia Familiar.

SONCCO LUNA JUAN GUILLEN CARAZAS NICASIA 2DA SALA PENAL

DE APELACIONES

URIEL BALLADARES APARICIO, FANY

ANDRADE GALLEGOS, OCHOA MUÑOZ

REYNALDO

21 11:01 12:00 01371-2011-56 APELACION DE SENTENCIAS Homicidio culposo WILLIS MONTES

JUAN ABEL

MARIA ESTELA CASTELO URETA HEREDERA LEGAL DE QVF GABRIEL DANIEL

CASTILLO ALFARO

2DA SALA PENAL DE APELACIONES

OCHOA MUÑOZ REYNALDO, FANY

ANDRADE GALLEGOS, URIEL BALLADARES

APARICIO

Page 9: Avisos Judiciales 02 06 14

Cusco, miércoles 2 de julio de 2014 922 12:01 13:00 01009-2012-26 APELACION DE

SENTENCIAS

Actos contra el pudor en menores (edad víctima: 10-

14 años).

CABRERA PEREIRA MANUEL

MENOR DE INICIALES NIALCACA REPRESENTADO

POR SU PROGENITORA IDALIA ELIZABETH CASTRO

CHURA

2DA SALA PENAL DE APELACIONES

CASTELO ANDIA MIGUEL ANGEL,OCHOA

MUÑOZ REYNALDO

23 14:00 14:30 00478-2013-30 AUDIENCIA Ursurpación Agravada

ZLATAR MENDIZABAL

ANGEL PEDROPEÑA GONZALES EFRAIN 2DA SALA PENAL

DE APELACIONES

ANIBAL ABEL PAREDES

MATHEUS,LUIS ALFONSO SARMIENTO NUÑEZ, HUGO MARIO

SILVA ASTETE

24 08:00 08:29 01962-2013-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Omisión de asistencia familiar

ALVAREZ HUAMAN ELMER

MENORES DE INICIALES EAB Y KEAB REPRESENTADOS

POR SU PROGENITORA KATERINE BAEZ CELEMENTE

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL ROGER GIMENEZ LUNA

25 08:30 10:00 00924-2013-36 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION Fraude procesal.

ARAGON MORALES

CESAR WASHINTON

EL ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR

PUBLICO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER

JUDICIAL

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL ROGER GIMENEZ LUNA

26 10:01 11:30 01253-2013-93 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Atentado contra monumentos

arqueológicos.

CABRERA REYES

ALEJANDRO

DIRECCION REGIONAL DE CULTURA DEBIDAMENTE

REPRESENTADO POR EL DR EDGAR MUELLE GONGORA

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL ROGER JIMENEZ LUNA

27 11:31 13:00 01232-2013-43 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Conducción en estado de ebriedad

o drogadicción.

CUTIPA CANDIA JUAN PABLO

LA SOCIEDAD RTDO POR LA PRIMERA FISCALIA

PROVINCIAL PENAL DE WANCHAQ

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL ROGER JIMENEZ LUNA

28 14:30 16:00 00568-2013-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Falsificación de documentos.

NARCIZO ROSAS DENIS

WILFREDO

DIRECCION REGIONAL DE TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES DE CUSCO

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL ROGER JIMENEZ LUNA

29 16:01 16:31 01754-2011-54 AUDIENCIA Omisión de asistencia familiar

VENERO CUBA PEDRO

MENOR DE INICIALES L A V Q REPRESENTADO POR SU PROGENITORA NELIDA PATRICIA QUISPE ANGULO

3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL ROGER JIMENEZ LUNA

30 10:01 10:59 01013-2012-44 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Lesiones graves

CHALCO ATAYUPANQUI FREDY ANIBAL

ESCANTE PEZO WENCESLAO TOMAS

4TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EDWIN DEL POZO CONDORI

31 08:00 10:00 00804-2012-62 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Violación sexual de menor de edad

(mayor de 10 y menor de 14 años

de edad)

CHAVEZ CAVIEDES

JORGE

MENOR DE INICIALES MAESQUQU REPRESENTADA

POR SU PROGENITORA JUANA QUISPE CHURA

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

MUÑOZ BLAS HECTOR CESAR,YOSSY ALVAREZ TITO,

MARINA INES SUPANTA CONDOR

32 10:01 13:00 00664-2012-96 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Violación sexual de Menor ( entre 14 años y menos de

18 años)

URQUIZO DIAS ANIBAL MENOR DE INICIALES KJYV 5TA SALA DE

AUDIENCIAS PENAL

MARINA INES SUPANTA CONDOR, MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, HECTOR

CESAR MUÑOZ BLAS

33 14:01 15:00 01201-2013-8- AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Omisión de asistencia familiar

UGARTE VILLALOBOS EDWIN RENE

MENOR DE INICIALES CUH REPRESENTADA POR SU PROGENITORA MARUJA

HANCCO CHECCA

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EDWIN DEL POZO CONDORI

34 15:01 15:30 01888-2013-43 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Omisión de asistencia familiar

QUINTANILLA SOLORZANO

ROMULO

QUINTANILLA ZEVALLOS KEVIN JUNIOR

5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EDWIN DEL POZO CONDORI

35 15:31 16:30 01429-2012-86 AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

Violación sexual de menor de edad

(mayor de 10 y menor de 14 años

de edad)

HUILLCA IMATA WALTER MENOR DE INICIALES CC V Y 5TA SALA DE

AUDIENCIAS PENAL

ALVAREZ TITO YOSSY SAMANTHA, MARINA

INES SUPANTA CONDOR, MUÑOZ

BLAS HECTOR CESAR

36 08:30 11:00 01441-2011-35 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Defraudaciones, fraude

procesal,abusode firma en blanco.

CANDIA PANCORBO

ABEL AGRIPINOAVENDAÑO GARCIA NESTOR 6TA SALA DE

AUDIENCIAS PENAL

DAVID LUIS SOTOMAYOR SAAVEDRA

37 11:01 12:00 01688-2013-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Omisión de asistencia familiar

MORALES CCOLLATUPA

JUAN

MENOR DE INICIALES GTMQ REPRESENTADA LEGALMENTE POR SU

PROGENITORA MERCEDES QUISPE HUILLCA

6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

DAVID LUIS SOTOMAYOR SAAVEDRA

38 12:01 13:00 00060-2014-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION Lesiones leves

DAVILA VIZCARRA

ANTONI CRISTOFER

RAMOS PARRA RHONY 6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

DAVID LUIS SOTOMAYOR SAAVEDRA

39 14:30 16:00 00001-2014-26DETERMINAR

PROCEDENCIA DE PRISION PREVENTIVA

Hurto simple.MAMANI

QUISPE JUAN JOSE

CASTAÑEDA CAMACHO ABEL HERNAN

6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

DAVID LUIS SOTOMAYOR SAAVEDRA

40 16:01 16:31 01154-2013-9-RESOLVER PEDIDO

DE CONSTITUCION EN ACTOR CIVIL

Falsedad ideológica.

IRAZABAL MONTES ALFREDO

PONTE VASQUEZ TEODORO 6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

DAVID LUIS SOTOMAYOR SAAVEDRA

41 16:32 18:00 00574-2011-87 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION Peculado doloso

ACOSTUPA BERMUDEZ

ROMY

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

DAVID LUIS SOTOMAYOR SAAVEDRA

42 08:30 10:00 01411-2013-78 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Actos contra el pudor.

PEZO HUAMANI JAIME RENE MENOR DE INICIALES CG PC 7MA SALA DE

AUDIENCIAS PENAL

DAVID LUIS SOTOMAYOR SAAVEDRA

43 10:01 11:30 01589-2013-3- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION Usurpación

CHAVEZ TAMAYO

WENCESLAO

COMUNIDAD CAMPESINA ANAWARQUE

REPRESENTADA POR SALVADOR FERNANDEZ

PAUCCAR

7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

SIOMARA CANDELARIA MORALES MAR

44 11:31 13:00 01799-2013-93 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Receptacion Aduanera

BEINGOLA VEGA MARIA

SALOME

EL ESTADO REPRESENTADO POR LA SUNATADUANAS

7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

SIOMARA CANDELARIA MORALES MAR

45 14:00 15:30 00845-2013-24 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Falsificación de documentos.

ALZAMORA TORRES MARCO

ANTONIO

VERA GUEVARA FELIX PUBLIO

7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

SIOMARA CANDELARIA MORALES MAR

46 15:31 16:30 01024-2014-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Conducción en estado de ebriedad

o drogadicción.

HUAMANI LAURENTE ROLANDO

LA SOCIEDAD 7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

SIOMARA CANDELARIA MORALES MAR

Page 10: Avisos Judiciales 02 06 14

Cusco, miércoles 2 de julio de 20141047 07:45 08:29 00028-2014-0- AUD. CONTROL DE LA

ACUSACION

Atentado contra monumentos

arqueológicos.

PALOMINO RAYA EDY

EL ESTADO PERUANO REPRESENTADO

POR LA DIRECCION DESCONCENTRADA DE

CULTURA DE CUSCO

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

RINA LUCIA CABANA HEREDIA

48 08:30 09:30 01044-2013-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Omisión de asistencia familiar

ALLER ARREDONDO

ANGEL IGNACIO

MENOR DE INICIALES EAAL AEAL Y SMAL

REPRESENTADOS POR SU PROGENITORA LIBERTAD

LUNA SERRANO

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

RINA LUCIA CABANA HEREDIA

49 09:31 10:30 00708-2014-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION Lesiones culposas

MOLLINEDO VILLALOBOS TEODOLFO

LLANOS TACO SERAPIO 8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

RINA LUCIA CABANA HEREDIA

50 10:31 11:59 00202-2013-15 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Ursurpación Agravada

CJUNO TORRES JUVENAL

GONGORA MUELLE GREGORIO AMILCAR

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

RINA LUCIA CABANA HEREDIA

51 12:00 13:00 00572-2013-37RESOLVER PEDIDO

DE CONSTITUCION DE TERCERO CIVIL

Lesiones culposasGONZALES GONZALES

CESAR

ARRIOLA LOAIZA DE GALDOS SUSAN MARGOT

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

RINA LUCIA CABANA HEREDIA

52 14:30 15:30 00159-2014-0-RESOLVER PEDIDO

DE CONSTITUCION EN ACTOR CIVIL

Lesiones culposasMONTES

RODRIGUEZ HECTOR

MENOR DE INICIALES DJLC REPRESENTADO POR SU

PROGENITORA MARIA CRUZ AYMA

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

RINA LUCIA CABANA HEREDIA

53 15:31 16:30 01197-2014-2- CONTROL DEL PLAZO DE LA IP

APARCIO LIMA MARIA MILAGROS

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

RINA LUCIA CABANA HEREDIA

54 16:31 17:30 01475-2012-42 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Incumplimiento de deberes funcionales.

ACURIO TTITO JORGE ISAACS

EL ESTADO REPRESENTADO POR EL GOBIERNO

REGIONAL DE CUSCO

8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

RINA LUCIA CABANA HEREDIA

55 08:30 10:00 01842-2013-37 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Omisión de asistencia familiar

GARAY GUEVARA

VICTOR HUGO

MENOR BRAYAN GARAY HUILCAPAZ REPRESENTADA

POR SU PROGENITORA JUANA HUILCAPAZA

MENDOZA

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EDITH CASTAÑEDA CERECEDA

56 10:01 11:30 01495-2013-5- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION Robo Agravado NUÑEZ NOA

WILBER ORTEGA BANEGAS PASCUAL 9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EDITH CASTAÑEDA CERECEDA

57 11:31 13:00 01443-2012-90 AUD. CONTROL DE LA ACUSACION Lesiones graves

MALLMA PACHECO

MARCELINO DIOGENES

GONZALES QUISPE CARLOS HUMBERTO

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EDITH CASTAÑEDA CERECEDA

58 14:30 15:30 01794-2013-0- AUD. CONTROL DE LA ACUSACION

Omisión de asistencia familiar

GARCES GAMARRA CARLOS ANTONIO

MENOR DE INICIALES MGP REPRESENTADA POR SU PROGENITORA EVELYN

PINARES PEÑA

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EDITH CASTAÑEDA CERECEDA

59 15:31 16:30 00342-2013-94 AUDIENCIA Falsedad ideológica.

QUISPE ARCE BLANCO DORIS

COLLANTES MELLADO ADRIEL

9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

EDITH CASTAÑEDA CERECEDA

63 08:30 09:00 823-2014-64 CONSTITUCION DE TERCERO CIVIL

ALTERACION DEL MEDIO AMBIENTE

VALENCIA AUCCA OSCAR ESTADO SALA DEL JUZ.DE

MEDIO AMBIENTECARLOS ADALBERTO

ROMAN GIL

64 09:01 11:00 1207-2014-17 CONTROL DE ACUSACION

DEPREDACION DE BOSQUES

RAURAU PALIZA HERNAN FAUSTO

ESTADO SALA DEL JUZ.DE MEDIO AMBIENTE

CARLOS ADALBERTO ROMAN GIL

NOTIFICACION VIA EDICTOA LA PERSONA DE MARCO ANTONIO DELGADO CABALLERO.Ante el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que des-pacha la señora Juez Dra. Edith Matilde Castañeda Cereceda, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Ingrid Christa Farfán Vargas, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 01040-2013-45-1001-JR-PE-03, seguido contra MARCO ANTONIO DELGADO CABALLERO, como autor del delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Hurto, sub tipo Hurto Agravado por haber sido cometido durante la noche y mediante la rotura de obstáculos, en agravio de JORGE VILLEGAS GUILLEN, don-de se ha dispuesto notificar al acusado MARCO ANTONIO DELGADO CA-BALLERO, con el contenido de la resolución número uno de fecha veinte de enero del año dos mil catorce y con el resumen de la Acusación Fiscal, que a continuación se detalla:Resolución Nro.01Cusco, veinte de eneroDel año dos mil catorce.-DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación presentado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq, y conforme a lo previsto en el artículo 350º del C.P.P.; SE DISPONE:1) CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, para que en forma escrita y mo-tivada puedan: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excep-ciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su ac-tuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar me-jor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia prelimi-nar de control de acusación y otros reconocidos en la ley.2) PRECISESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en las oficinas del Juzgado, para los fines que correspondan.3) PRECISESE que sólo será objeto de debate en la audiencia pre-liminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal.4) NOTIFIQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agra-viada, en sus respectivos domicilios procesales, adjuntando copia del es-crito de acusación.5) De otro lado, se advierte que el acusado no cuenta con defensa

técnica en consecuencia REQUIERASE al acusado MARCO ANTONIO DELGADO CABALLERO, para que en el plazo de 24 horas de recibi-da la presente se apersone a este despacho judicial señalando domicilio procesal de su libre elección, para lo cual notifíquese al acusado mediante edicto; bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de que continúe el trámite del presente proceso con la defensa técnica del Defensor Públi-co, señalado en la expediente principal N° 01040-2013-0-1001-JR-PE-03, precisándose que se dejara a salvo su derecho del acusado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado.AL PRIMER OTROSI DIGO: Téngase por recibida la Carpeta Fiscal N° 2013-386, en fojas (70). AL SEGUNDO OTROSI DIGO: Téngase por re-cibida las copias del requerimiento de acusación fiscal para fines de la notificación a los sujetos procesales. AL MÁS DIGO: Téngase en cuenta. Media firma del señor Juez Aníbal Abel Paredes Matheus, ante mi Flor Melina Hinojosa Alcázar, Especialista Judicial de Juzgado.-Doy fe. LO QUE NOTIFICO A USTED.RESUMEN DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACION FISCAL PRESEN-TADO POR LA SEGUNDA FISCALIA PENAL DE WANCHAQ.JOHN ALEXANDER JERI MONTALVO, Fiscal Provincial Adjunto Encarga-do de la Segunda Fiscalía Penal de Wanchaq, luego de efectuadas las in-vestigaciones pertinentes, en observancia de lo establecido en los artículos 349 y 352.2 del Código Procesal Penal, Formula REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL contra MARCO ANTONIO DELGADO CABALLE-RO, como Autor del delito contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, sub tipo HURTO AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO DURAN-TE LA NOCHE Y MEDIANTE LA ROTURA DE OBSTÁCULOS, previsto en los incisos 2 y 3 del Primer Párrafo del artículo 186 del Código Penal (concordante con artículo 185 del acotado - tipo base), en Grado de CON-SUMADO, en agravio de JORGE VILLEGAS GUILLEN; en los términos siguientes: III - DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS AL IMPU-TADO: De la investigación efectuada se ha determinado que aproximada-mente a las 23:40 horas del 24 de marzo del 2013, el denunciado Marco Antonio Delgado Caballero, ex-trabajador del restaurant “Buen Prove-cho”, ubicado en la Av. de La Cultura C-17 de la Urb. Santa Mónica, en el Distrito de Wanchaq, de propiedad de Jorge Villegas Guillen, rompió la luna de la puerta de vidrio por la que se ingresa a la oficina interior de Gerencia, donde primero tanteo encima del escritorio en busca de dinero, entonces cogió una bolsa plástica blanca que estaba encima y que conte-nía SI. 9,500.00 que corresponde a la venta del día y los días anteriores; después se ha dirigido a la caja fuerte empotrada en la pared de dicha oficina, donde ha retirado el cuadro que la cubría y ha estado girando la perilla, sin lograr abrirla; hechos que han sido registrados por la cámara de vigilancia interna de la Oficina de Gerencia, donde se aprecia claramente

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Cusco, miércoles 2 de julio de 2014 11el rostro del imputado y los tatuajes que tiene en los dedos de la mano derecha; luego Marco Delgado al percatarse de la existencia de la cámara de vigilancia, la golpea, para luego retirarla con la mano para no seguir siendo filmado cometiendo la sustracción. IV- ELEMENTOS DE CONVIC-CIÓN QUE FUNDAMENTAN LA ACUSACIÓN: La comisión de los hechos y responsabilidad penal del acusado se encuentra sustentada en los ele-mentos de convicción siguientes: 1. A fojas 03 obra la declaración del denunciante Jorge Villegas Guillen, donde se ratifica en el contenido de su denuncia y refiere que el denunciado Marco Antonio Delgado Caballero, fue trabajador de su restaurant por un año, dejando de laborar hace un año y medio aproximadamente, por lo que tenía conocimiento del lugar donde se guardaba el dinero. 2. A fojas 06 obra un sobre manila con-teniendo el CD, que corresponde a la cámara de video vigilancia donde aparece la sustracción del dinero por parte del denunciado Marco Antonio Delgado Caballero. 3. A fojas 11 obra la declaración ampliatoria de Jor-ge Villegas Guillen, donde se ratifica en el contenido de su denuncia, así mismo señala que a través del video de seguridad de su local, se identificó al autor de los hechos, Marco Antonio Delgado Caballero, ex trabajador, quien al intentar abrir la caja fuerte muestra sus tatuajes en los dedos de la mano derecha, lo cual confirma su identidad.4. A fojas 15 obra copia certificada de los Reportes de Caja correspon-dientes a losdías 23 y 24 de marzo del 2013, en el restaurant “Buen Provecho EIRL”. 5. A fojas 17 obra el Acta de visualízación del CD, donde el denunciante ha reconocido plenamente al denunciado Marco Antonio Delgado Caballero, como el autor de los hechos materia de denuncia. 6. A fojas 29/33 obra las impresiones fotográficas de la captura de imagen del CD, donde se apre-cia al denunciado Marco Antonio Delgado Caballero cometiendo el hecho. 7. A fojas 49 obra el Oficio N° 4189-2013-REDIJU-CSJCU-PJ, donde el Registro de Condenas informa que el denunciado, No Registra Ante-cedentes Penales. 8. A fojas 50 obra el Oficio N° 2815-2013-INPE/22-06-AJ, donde la Oficina de Registro Nacional Penitenciario comunica que el denunciado, No registra Antecedentes Judiciales. V.- GRADO DE PAR-TICIPACIÓN Y CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE LA RESPON-SABILIDAD PENAL. 5.1. Grado de Participación: El imputado MARCO ANTONIO DELGADO CABALLERO, es AUTOR del delito de HURTO AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO DURANTE LA NOCHE Y MEDIANTE LA ROTURA DE OBSTÁCULOS, en Grado de CONSUMA-DO, en agravio de JORGE VILLEGAS GUILLEN. 5.2. Circunstancias Modificatorias de la Responsabilidad Penal: Analizados los hechos y lo prescrito por los artículos 20, 21 y 22 del Código Penal, relacionados a causas eximentes, eximentes imperfectas e imputabilidad restringida, NO EXISTEN CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE LA RESPONSABILI-DAD PENAL. VI.- TIPIFICACIÓN. PENA, REPARACIÓN CIVIL Y CONSE-CUENCIAS ACCESORIAS. 6.1 Tipificación: Los hechos que se atribuyen al imputado MARCO ANTONIO DELGADO CABALLERO y que son ma-teria de la presente acusación se adecúan al tipo penal contra el Patrimo-nio, en la modalidad de Hurto, sub-tipo HURTO AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO DURANTE LA NOCHE Y MEDIANTE LA ROTURA DE OBSTÁCULOS, en Grado de CONSUMADO, previsto en los incisos 2 y 3 del Primer Párrafo del artículo 186 del Código Penal (concordante con el artículo 185 del acotado - tipo base), que sanciona al agente que para obtener provecho, se apodera ilegítimamente de un bien inmueble, total o parcialmente ajeno, sustrayéndolo del lugar de donde se encuentra, duran-te la noche y mediante la rotura de obstáculos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años. 6.2 Pena y Reparación Civil: Respecto a la Pena debe considerarse que para la gra-duación de la pena debe tenerse en cuenta los Principios de Lesividad y Proporcionalidad previstos en los artículos Cuarto y Octavo respectivamen-te del Título Preliminar del Código Penal, de manera que la sanción penal esté acorde no sólo con la culpabilidad por el hecho, sino también con la trascendencia social que ocasiona el delito, entendida ésta en mayor o me-nor grado, contribuyendo para esta determinación además otros factores de punibilidad como la forma y circunstancias del delito así como las condi-ciones personales conforme al artículo 45, 45-A.2.a)2 y 46.1.a) del Código Penal (donde identificando el espacio punitivo, se ha determinado la pena concreta evaluando la concurrencia de una circunstancia atenuante -ca-rencia de antecedentes penales- por lo que la pena se encuentra dentro del tercio inferior), así como los artículos: 11 que, establece las bases de la punibilidad; 23 referente a la autoría y coautoría; 28 que establece las clases de pena (como privativa de la libertad); 29 que, expresa la duración de la pena, con una duración mínima de 02 días y una máxima de 35 años y 57 referente a la suspensión de ejecución de la pena (donde concurren los tres requisitos). Respecto a la Reparación Civil debe considerarse lo establecido en los artículos 92 y 93 del Código Penal, ya que la Repa-ración Civil, como consecuencia proveniente del hecho punible, busca la reparación del daño ocasionado a la víctima; esta reparación comprende la restitución del bien materia del delito o de su valor y el pago de los daños y perjuicios; la reparación civil nace con la ejecución de un hecho típico penalmente, pero que no se determina en proporción a la gravedad del delito, como ocurre con la pena, sino a partir de los efectos producidos por el mismo. Por las consideraciones expuestas, este Despacho Fiscal SOLICITA que al acusado MARCO ANTONIO DELGADO CABALLERO, como Autor del delito contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, sub tipo HURTO AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO DURANTE LA NOCHE Y MEDIANTE LA ROTURA DE OBSTÁCULOS, previsto en los

incisos 2 y 3 del Primer Párrafo del artículo 186 del Código Penal (concor-dante con artículo 185 del acotado – tipo base), en Grado de CONSUMA-DO, en agravio de JORGE VILLEGAS GUILLEN, se le imponga CUATRO AÑOS DE PRIVATIVA DE LIBERTAD SUSPENDIDA EN SU EJECUCIÓN POR EL PLAZO DE TRES AÑOS, el pago de MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES (S/. 1, 500.00) por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de la parte agraviada, además de restituir los S/. 9.500.00 indebidamente sustraídos. VII- SOLICITUD ALTERNATIVA DE TIPIFICACIÓN. Ninguna. VIII.- BIENES QUE GARANTICEN EL PAGO DE LA REPARACIÓN CIVIL. Ninguno IX.- RELACIÓN DE MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS. Ofrezco en calidad de medios probatorios los siguientes: 9.1. Orales: • La Declara-ción de JORGE VILLEGAS GUILLEN, respecto a los hechos materia de denuncia, a quien se le deberá notificar en su domicilio real en la Oficina 201 de la Av. El Sol Nro. 346 del Cercado de Cusco, Provincia del Cusco.9.2 Documentales: 1. El mérito de copia certificada de los Reportes de Caja de fojas 15, correspondientes a los días 23 y 24 de marzo del 2013, en el restaurant “Buen Provecho EIRL”. 2. El mérito del CD que en un sobre manila obra a fojas 06, que corresponde a la cámara de video vigilancia donde aparece la sustracción del dinero por parte del denuncia-do Marco Antonio Delgado Caballero, PARA SU VISUALIZACIÓN 3. El mérito del Acta de visualización del CD de fojas 17, donde aparece la forma y circunstancias en que el denunciado comete los hechos materia de denuncia. 4. El mérito de las impresiones fotográficas de fojas 29/33 que corresponde a la captura de imagen del CD, donde se aprecia al de-nunciado Marco Antonio Delgado Caballero cometiendo el hecho. * Medios de prueba que serán oralizados en Juicio. X.- MEDIDAS DE COERCIÓN PROCESAL. El imputado MARCO ANTONIO DELGADO CABALLERO, se encuentra a la fecha con medida de COMPARECENCIA SIMPLE.Firmada: Especialista Ingrid Christa Farfán Vargas03VZ.30.VI; 01.02.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSr. RA YMUNDO ESPINOZA CENTENO.Se pone en conocimiento lo siguiente:Ante el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Cusco, bajo la dirección de la señora Jueza Dra. Indira Acurio Palomino y actuación del especialis-ta legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 732-2014-38, seguido contra RAYMUNDO ESPINOZA CENTENO por la presunta comisión del delito contra la Familia en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub. Tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALlMENTARIA, en agravio de la menor de iniciales I.A.E.G. representada por su progenitora Rocío García Monteagudo; donde se ha dispuesto lo siguiente: - - - - - - -- ... . CITAR A JUICIO ORAL para el día el día VIENTICINCO DE JULIO del dos mil catorce, a horas diez de la mañana (HORA EXACTA) en la cuar-ta sala de audiencias ubicado en el tercer piso del Palacio de Justicia de Cusco, acto al cual comparecerá el imputado Raymundo Espinoza Cen-teno, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarársele REO AUSENTE Y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESE en su domicilio real ubi-cado en la calle Espinar número 718 de la ciudad de Calca-Cusco (Reniec) y en el Jirón Espinar número 764 de la ciudad de Calca-Cusco (dirección proporcionada por la Policía Nacional en el proceso civil).- Teniendo en cuenta la carpeta Fiscal y el cuaderno de acusación directa que se tienen a la vista, al imputado Raymundo Espinoza Centeno, se le ha venido noti-ficando en los dos domicilios reales mencionados, donde al parecer ya no reside, por que ha hecho caso omiso a los requerimientos tanto Fiscales como Judiciales, haciendo colegir que éste ignora sobre la acusación y consiguientejuzgamiento que pesan en su contra; por lo que se DISPONE: que al impu-tado Raymundo Espinoza Centeno, se le notifique también mediante EDIC-TOS en el diario oficial El Peruano y el Diario Judicial del Cusco. Cusco, 25 de junio del 2014.Firmado: Especialista Judicial. Aurelio Román Villacorta.03VZ.01.02.03.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSr. LEONARDO HUILCAPAZ MENDOZASe pone en conocimiento lo siguiente:Ante el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Cusco, bajo la dirección de la señora Jueza Dra. Indira Acurio Palomino y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 1913-2013-69, seguido contra LEONARDO HUILCAPAZ MENDOZA por la pre-sunta comisión del delito contra Ia Seguridad, Pública en la modalidad de PELIGRO COMUN, sub tipo CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZA-DO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD; donde se ha dispuesto lo siguiente: ..........CITAR A JUICIO ORAL para el día CATORCE DE AGOSTO del dos mil catorce a horas diez de la mañana (hora exacta) en la cuarta sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, acto al cual comparecerá el imputado LEO NARDO HUILCAPAZ MENDOZA, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le desig-ne oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de de-clarársele REO AUSENTE Y disponerse su conducción compulsiva por la

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Cusco, miércoles 2 de julio de 201412fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESELE en su domicilio real ubi-cado en San Miguel D-6 del distrito de San Sebastián-Cusco y calle Nueva Baja número 464 (según Reniec).- Teniendo en cuenta la carpeta fiscal y el cuaderno de acusación directa que se tienen a la vista, al imputado Leonar-do Huilcapaz Mendoza, se le ha venido notificando en los domicilios reales antes mencionados, donde al parecer ya no vive o radica, por que ha hecho caso omiso a los requerimientos tanto Fiscales como Judiciales, haciendo colegir que éste ignora sobre la acusación y consiguiente juzgamiento que pesan en su contra; por lo que se DISPONE: que al imputado Leonardo Huilcapaz Mendoza, se le emplace y notifique también mediante EDICTOS en el diario oficial El Peruano y Diario Judicial del Cusco. Cusco, 26 de junio de 2014.Firmado: Especialista legal Aurelio Román Villacorta03VZ.01.02.03.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSr. LEONARDO HUILCAPAZ MENDOZASe pone en conocimiento lo siguiente:Ante el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Cusco, bajo la dirección de la señora Jueza Dra. Indira Acurio Palomino y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 1913-2013-69, seguido contra LEONARDO HUILCAPAZ MENDOZA por la pre-sunta comisión del delito contra Ia Seguridad, Pública en la modalidad de PELIGRO COMUN, sub tipo CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZA-DO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD; donde se ha dispuesto lo siguiente: ..........CITAR A JUICIO ORAL para el día CATORCE DE AGOSTO del dos mil catorce a horas diez de la mañana (hora exacta) en la cuarta sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, acto al cual comparecerá el imputado LEO NARDO HUILCAPAZ MENDOZA, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le desig-ne oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de de-clarársele REO AUSENTE Y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESELE en su domicilio real ubi-cado en San Miguel D-6 del distrito de San Sebastián-Cusco y calle Nueva Baja número 464 (según Reniec).- Teniendo en cuenta la carpeta fiscal y el cuaderno de acusación directa que se tienen a la vista, al imputado Leonar-do Huilcapaz Mendoza, se le ha venido notificando en los domicilios reales antes mencionados, donde al parecer ya no vive o radica, por que ha hecho caso omiso a los requerimientos tanto Fiscales como Judiciales, haciendo colegir que éste ignora sobre la acusación y consiguiente juzgamiento que pesan en su contra; por lo que se DISPONE: que al imputado Leonardo Huilcapaz Mendoza, se le emplace y notifique también mediante EDICTOS en el diario oficial El Peruano y Diario Judicial del Cusco. Cusco, 26 de junio de 2014.Firmado: Especialista legal Aurelio Román Villacorta03VZ.01.02.03.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSr. LEONARDO HUILCAPAZ MENDOZASe pone en conocimiento lo siguiente:Ante el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Cusco, bajo la dirección de la señora Jueza Dra. Indira Acurio Palomino y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 1913-2013-69, seguido contra LEONARDO HUILCAPAZ MENDOZA por la pre-sunta comisión del delito contra Ia Seguridad, Pública en la modalidad de PELIGRO COMUN, sub tipo CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZA-DO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD; donde se ha dispuesto lo siguiente: ..........CITAR A JUICIO ORAL para el día CATORCE DE AGOSTO del dos mil catorce a horas diez de la mañana (hora exacta) en la cuarta sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, acto al cual comparecerá el imputado LEO NARDO HUILCAPAZ MENDOZA, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le desig-ne oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de de-clarársele REO AUSENTE Y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESELE en su domicilio real ubi-cado en San Miguel D-6 del distrito de San Sebastián-Cusco y calle Nueva Baja número 464 (según Reniec).- Teniendo en cuenta la carpeta fiscal y el cuaderno de acusación directa que se tienen a la vista, al imputado Leonar-do Huilcapaz Mendoza, se le ha venido notificando en los domicilios reales antes mencionados, donde al parecer ya no vive o radica, por que ha hecho caso omiso a los requerimientos tanto Fiscales como Judiciales, haciendo colegir que éste ignora sobre la acusación y consiguiente juzgamiento que pesan en su contra; por lo que se DISPONE: que al imputado Leonardo Huilcapaz Mendoza, se le emplace y notifique también mediante EDICTOS en el diario oficial El Peruano y Diario Judicial del Cusco. Cusco, 26 de junio de 2014.Firmado: Especialista legal Aurelio Román Villacorta03VZ.01.02.03.VII.14CPJ.

EDICTO PENALJuzgado Penal Unipersonal de La ConvenciónSe cita y emplaza a ERNESTO HUILLCA COLQUE, en el Proceso Nro. 285-2013-93 -1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del

delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Fami-liar en agravio de la menor Nikohol Dayana Huillca, representada por Nila Susan Tito Montalvo, para que asista a la audiencia de juicio oral y se de-fienda de los cargos formulados en su contra, audiencia reprogramada que se llevará a cabo el día VEINTIUNO DE JULIO DEL DOS Mil CATORCE, a horas CATORCE HORAS (02.00 P.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba).Quillabamba, 19 de junio del 201403VZ.01.02.03.VII.14CPJ.

EDICTO PENALJuzgado Penal Unipersonal de La ConvenciónSe cita y emplaza a KELLY SEQUEIROS VALENCIA, en el Proceso Nro. 242-2011-96 101 0-JR-PE-01 , que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra El Patrimonio, en la modalidad de Estafa en agravio de Nancy Olarte Arana, para que asista a la audiencia de juicio oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia reprogramada que se llevará a cabo el día VEINTIUNO DE JULIO DEL DOS MIL CATORCE, a las DIEZ HORAS CON TREINTA (10.30 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba).Quillabamba, 19 de junio del 2014Firmada: Especialista: katia Noemi Salas Conza03VZ.01.02.03.VII.14CPJ.

JUZGADO MIXTO, LIQUIDADOR Y UNIPERSONAL DE QUISPICANCHISEDICTO PENALEXPEDIENTE No. 00181-2012-94-1014-JR-PE-O1Juzgado Penal Unipersonal de QuispicanchiEspecialista Judicial : Cleofe Huaman Ancco.Delito : USO DE DOCUMENTO FAL-SOSe pone en conocimiento del acusado JUAN RAYMEN FLORES, que el inicio del juicio oral seguido en su contra por la comisión del delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Uso Indebido de Documento Falso en agravio del Estado, ha sido reprogramado para el día DIECISIETE DE OC-TUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE a horas DOS DE LA TARDE, el mismo que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Quispicanchi Urcos, lo que se notifica mediante el presente bajo apercibimiento de disponerse su conducción compulsiva.Urcos, 16 de junio del 2014.Firmada: Especialista Judicial. Melina Vargas Ascue.03VZ.01.02.03.VII.14CPJ.P.I. Nº 88-2012EDICTO

La secretaria de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura

–ODECMA- de esta Corte Superior de Justicia de Cusco, pone en cono-

cimiento del señor Carlos Quispe Pacco, que en el proceso disciplinario

derivado deL P.I. N° 088- 2012 en su actuación como Juez del Juzgado de

Paz Colquepata, Provincia de Paucartambo, se han emitido las siguientes

resoluciones N° 10 (Resolución Final):CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCOOficina Desconcentrada de Control de la Magistratura.P.I. : 088 - 2012Investigado : Carlos Quispe Pacco.Motivo : Inconducta Funcional.RESOLUCIÓN FINALRESOLUCIÓN N° 10Cusco, 09 de junio 2014.- Previamente el Magistrado que suscribe se AVOCA del cono-cimiento del presente procedimiento disciplinario, en su condición de Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia del Cusco.Visto; el presente expediente seguido contra don Carlos Quispe Pacco, en su actuación como Juez de Paz Colquepata, Provincia de Paucartambo, con el informe final emitido por la magistrada Sustanciadora Erika Nuñez Orihuela (a fojas 70 a 73), la resolución Nº 08 de fecha 27 de mayo del 2013 con propuesta de sanción disciplinaria que corre (a fojas 75 a 78) emitido por el Magistrado Responsable de la Unidad Desconcentrada de Investigación y Visitas - ODECMA, doctor Luis Alfonso Sarmiento Nuñez; y,CONSIDERANDO:PRIMERO.- POTESTAD CONTRALORA:5.1. La Oficina de Control de la Magistratura, es el órgano que tiene por función investigar regularmente la conducta funcional, la idoneidad y el desempeño de los Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, buscando alcanzar la prestación de un eficiente servicio de justicia de conformidad a lo establecido en el artículo 102° del Texto Único Orde-

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Cusco, miércoles 2 de julio de 2014 13nado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 1° del Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la OCMA, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 229-2012-CE-PJ, cuya competen-cia abarca todo el territorio de la República y, por las Oficinas Desconcen-tradas (ODECMAs) en cada Distrito Judicial como el nuestro, potestad que se concreta en base al oportuno y efectivo ejercicio de la función de control.SEGUNDO.- ANTECEDENTES:2.1 Que, por resolución N° 01 de fecha 21 de mayo del 2012 (a fojas 10 a 13); la Jefatura de la ODECMA - Cusco, apertura proceso administra-tivo disciplinario contra Carlos Quispe Pacco, en su actuación como Juez de Paz de Colquepata, Provincia de Paucartambo.2.2 Mediante resolución N° 02 de fecha 29 de agosto del 2012 (a fojas 15), la Magistrada Sustanciadora Patricia Yolanda Olazabal Guerra, se avoca del conocimiento del presente proceso administrativo disciplinario y se ha dispuesto requerir al investigado, a efecto que presente su informe de descargo correspondiente.2.3 Mediante resolución N° 07 de fecha 02 de abril del 2013 (a fojas 68) se dispone se pongan los autos en mesa para la emisión del informe final correspondiente, el mismo que se concretiza en fecha 14 de mayo del 2013.2.4 Considerando que se obtuvieron los medios probatorios nece-sarios, mediante resolución N° 07 (a fojas 68), del 02 de abril del 2013, se dispone se pongan autos a despacho para emitir el informe final corres-pondiente, informe que se concretiza en fecha 14 de mayo del 2013 (a fojas 70 a 73), y mediante resolución Nº 08 de fecha 27 de mayo 2013, con propuesta de sanción disciplinaria que corre (a fojas 75 a 78), emitido por el Magistrado Responsable de la Unidad Desconcentrada de Investigaron y Visitas de esta Oficina de Control, doctor Luis Alfonso Sarmiento Nuñez propone se le imponga la medida disciplinaria de amonestación, siendo su estado corresponde emitir la resolución final correspondiente, a esta Jefatura.TERCERO.- CARGO ATRIBUIDO:3.1 Estando al tenor de la resolución N° 01 del 21 de mayo del 2012 (a fojas 10 a 13) se dispone la apertura de proceso disciplinario contra Carlos Quispe Pacco, en su actuación como Juez de Paz de Colquepata, Provincia de Paucartambo, por inconducta funcional en la tramitación del expediente judicial N° 050-2010, consistente en la omisión al diligenciar las notificaciones delegadas vía exhorto por el Juez de Paz Letrado de Pau-cartambo, por tanto se advierte infracción del deber previsto en el numeral 18) del artículo 34° de la Ley de la Carrera Judicial: “cumplir con las de-más obligaciones señaladas por ley”, concordante con el artículo 157° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial: “La actuación del exhorto debe realizarse dentro de un término no mayor de cinco días de recibida la comisión, (…), El Juez devuelve el exhorto tres días después de realizada la diligencia, bajo responsabilidad; inobservancia que devendría en falta grave prevista en el numeral 2) del artículo 47° de la Ley de la Carrera Judicial “Causar grave perjuicio al desarrollo de las (…) diligencias del proceso (…) retrasando injustificadamente la realización de actos procesales”.CUARTO.- ANÁLISIS Y VALORACIÓN DE LOS MEDIOS PROBATO-RIOS:4.1. Que en el proceso N° 0050-2010 sobre Alimentos, mediante re-solución N° 03 del 07 de julio del 2011 (folio 01), atendiendo al exceso de tiempo transcurrido, se dispone requerir al Juez investigado a efecto que devuelva el cargo de notificación que le fue comisionado, girándose el oficio N° 212-2011/50-2010-FC/JPLP-CSJC-PJ; volviéndose a requerir al investigado nuevamente en fecha 19 de diciembre del 2011 mediante oficio N° 427-2011/50-2010-FC/JPLP-CSJC-PJ, a efecto que devuelva con carácter de urgente el cargo de notificación del demandado que le fue co-misionado hace 8 meses, y que a la fecha no ha cumplido con lo requerido.4.2. Asimismo mediante resolución N° 04 de fecha 18 de enero del 2012 (a fojas 04), se dispone remitir copias a esta ODECMA, toda vez que el investigado no había devuelto el exhorto comisionado de fecha 15 de marzo del 2011, además de haberse negado a recibir los sobres del perso-nal de SERPOST, y que solo los recibía su esposa, todo ello contribuyendo a que el proceso se dilate, finalmente se dispuso se notifique al demandado a través de la Policía Nacional del Perú (a fojas 57).4.3. A fojas 44 se tiene la resolución N° 02 de fecha 15 de marzo del 2011, donde en la parte inferior, se tiene sentada la constancia de recep-ción en forma personal por parte del juez investigado de la notificación co-misionada al demandado en fecha 23 de marzo del 2011, y que no cumplió pese a los reiterados requerimientos del Juzgado.4.4. Que si en efecto se tiene del oficio N° 208-2012-REGPOL-SUR-ORIENTE-RPC-DIVPOL-Q/CC. del 14 de abril del 2012 (a fojas 69), en la que señala que el demandado ya no radica en el distrito de Colquepata, corroborado con lo informado por el gobernador Distrital de Colquepata (a fojas 61), que el demandado solo por motivos de trabajo laboró en la Mu-nicipalidad durante la gestión 2006-2010, dicha información no deslinda la responsabilidad funcional del Juez investigado.4.5. Del oficio N° 88-2013-ODAJUP-CSJC-PJ de fecha 19 de marzo del 2013 (a fojas 28 y 29), se tiene que el Juez investigado fue designado como Juez de Paz del Distrito de Colquepata, Provincia de Paucartambo, mediante Resolución Administrativa N° 377-2008-CSJCU-PJ de fecha 11 de septiembre del 2008, por lo que el diligenciamiento de las mencionadas cédulas de notificación se encontraban bajo su responsabilidad.-4.6. Por lo tanto, al haberse acreditado las inconductas funcionales del investigado Carlos Quispe Pacco, en su actuación como Juez de Paz de

Colquepata, Provincia de Paucartambo y a efecto de determinarse la san-ción disciplinaria a imponérsele, y en aplicación del numeral 6 del artículo 230º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, al haber sido ca-lificada una de las inconductas como grave, se aplicará la sanción prevista para la infracción de mayor gravedad y de conformidad con el numeral 2) del artículo 13° del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, la sanción que le corresponde a las faltas graves es la de multa o suspensión; sin embargo se debe tomar en cuenta para la aplicación de la sanción que corresponde imponer en el presente caso se encuentra circunscrito al Principio de Razonabilidad contenido en el artículo 230.3 de la Ley N° 27444, por lo que corresponde analizar los criterios en orden de prelación a efectos de gradación, como sigue: a) La gravedad del daño al interés público y/o bien jurídico protegido; b) El perjuicio económico; c) La repetición y/o continuidad en la comisión de la infracción; d) las circunstancias de la comisión de la infracción; e) El beneficio ilegalmente obtenido; y, f) La existencia o no de la intencionalidad en la conducta del infractor, Tomando en cuenta además que (a fojas 31) corre el record de medidas disciplinarias en la que se puede advertir que el investigado no registra medidas disciplinarias. También se debe tener en consideración que los órganos disciplinarios competentes pueden imponer sanciones de menor gravedad que las que tiene ordinariamente atribuidas, si al examinar el caso resulta que los hechos objeto del procedimiento me-recen un inferior reproche disciplinario. Siendo ello así; en consecuencia se IMPONE AMONESTACIÓN VERBAL, a don CARLOS QUISPE PACCO, en su actuación como Juez de Paz de Colquepata, Provincia de Paucar-tambo. Por tanto, la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia de Cusco, de conformidad a lo establecido en el inciso 10) del artículo 19º del Reglamento del Proce-dimiento Disciplinario de la OCMA:RESUELVE:1.- DECLARAR LA RESPONSABILIDAD FUNCIONAL de don CARLOS QUISPE PACCO, en su actuación como Juez de Paz de Col-quepata Provincia de Paucartambo, al haber incurrido en falta grave pre-vista en el numeral 2) del artículo 47° de la Ley de la Carrera Judicial: “Causar grave perjuicio al desarrollo de las (…) diligencias del proceso (…) retrasando injustificadamente la realización de actos procesales”, por la inconducta funcional en la tramitación del expediente judicial N° 050-2010, concretamente en la omisión al diligenciar las notificaciones delegadas vía exhorto por el Juez de Paz Letrado de Paucartambo, inobservando el de-ber previsto en el numeral 18) del artículo 34° de la Ley de la Carrera Judi-cial: “cumplir con las demás obligaciones señaladas por ley”, concor-dante con el artículo 157° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial: “La actuación del exhorto debe realizarse dentro de un término no mayor de cinco días de recibida la comisión, (…), El Juez devuelve el exhorto tres días después de realizada la diligencia, bajo responsabilidad.2.- IMPONER la medida disciplinaria de AMONESTACIÓN VER-BAL a don CARLOS QUISPE PACCO, en su actuación como Juez de Paz de Colquepata Provincia de Paucartambo, de conformidad a los fundamen-tos expuestos en la presente resolución.-Una vez consentida o ejecutoriada presente resolución, inscríbase la me-dida disciplinaria en los registros correspondientes, cumplida que sea ar-chívese el presente expediente en Secretaria de este Órgano de Control, como corresponde. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.Firma Dr. PEDRO ÁLVAREZ DUEÑAS.- JEFE DE LA OFICINA DESCON-CENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA.

Cusco, 19 de junio de 2014.03VZ.01.02.03.VII.14CPJ.

PODER JUDICIAL DEL PERÚ.Justicia Honorable. País Respetable.CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO.Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura.“AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO”Cusco, 20 de junio 2014.Oficio No. 0870- 2014-ODECMA-CSJCU-PJ-soj.SEÑOR:GERENTE DE LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL DE LA CORTE SUPE-RIOR DE JUSTICIA DE CUSCO.Ciudad.-Ref. P.I N° 2012 - 088De mi mayor consideración:Por encargo del Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magis-tratura de la Corte Superior de Justicia del Cusco, tengo el agrado de diri-girme a Usted, con la finalidad de REMITIR el EDICTO adjunto al presente documento, conforme a lo dispuesto en el proceso disciplinario derivado del P.I. Nº 2012 - 088, Investigación realizada contra Carlos Quispe Pacco, en su actuación como Juez de Paz No Letrado de Colquepata, de la Pro-vincia de Paucartambo, del Departamento del Cusco, para fines de que se sirva disponer a quien corresponda, la publicación por 3 días hábiles en el diario “El Peruano” y “Diario del Cusco”.Sin otro en particular sea propicia la oportunidad para expresarle los senti-mientos de mi mayor consideración y estima personal.Atentamente,03VZ.01.02.03.VII.14

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Cusco, miércoles 2 de julio de 201414CPJ.

PODER JUDICIAL DEL PERÚ.Justicia Honorable. País Respetable.CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO.Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura.“AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO”Cusco, 20 de junio 2014.Oficio No. 871- 2014-ODECMA-CSJCU-PJ-soj.SEÑOR:ALCALDE DEL MUNICIPALIDAD DE PAUCARTAMBO.Ciudad.-Ref. P.I N° 2012 - 088.De mi mayor consideración:Por encargo del Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magis-tratura de la Corte Superior de Justicia del Cusco, tengo el agrado de diri-girme a Usted, con la finalidad de REMITIR el EDICTO adjunto al presente documento, conforme a lo dispuesto en el proceso disciplinario derivado del P.I. Nº 2012 - 088, Investigación realizada contra Carlos Quispe Pacco, en su actuación como Juez de Paz No Letrado de Colquepata, de la Pro-vincia de Paucartambo, del Departamento del Cusco, para fines de que se sirva disponer a quien corresponda, publique los mismos en las vitrinas y áreas visibles.Sin otro en particular sea propicia la oportunidad para expresarle los senti-mientos de mi mayor consideración y estima personal.Atentamente,03VZ.01.02.03.VII.14CPJ.

EDICTOS DE NOTIFICACIONQue en el proceso 57-2012-0-1013-JR-PE-O1 tramitado en el Juzgado Unipersonal de Paucartambo por el señor juez Dr.Miguel Choque Zea y bajo la actuación del Secretario Judicial Fernando Aparicio Chávez se dispuso NOTIFICAR mediante edictos al acusado PA-BLO QUISPE TACURl; con lo dispuesto en Audiencia de fecha diecisiete de Junio del dos mil catorce, por los seguidos por la Fiscalia Provincial Mixta de Paucartambo, por el Delito contra la Administración Publica en su modalidad de Atentado contra la Autoridad o Funcionario en agravio de Luis Reyes Bautista, se ha dispuesto la siguiente notificación:Resolución N° 04Cusco, dieciséis de JunioDel dos mil catorce. PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: (Queda registrado en audio)PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.En tal virtud:6. DECLARASE FRUSTRADA la audiencia convocada para el día de la fecha en atención a la inasistencia a este Juzgado del imputado Pablo Quispe Tacuri así como de su abogado defensor.7. REPROGRAMESE como fecha de audiencia el día catorce de Julio del año dos mil catorce a horas dos de la tarde en la sala de audiencias del Juzgado Mixto de Paucartambo.8. PRECÍSESE que estando presente el fiscal, abogado del actor civil, el agraviado y el testigo, quedan debidamente notificados para que asistan al acto procesal convocado.9. DISPONER la notificación de la reprogramación de esta audiencia en el domicilio real del acusado en la Comunidad Campesina de Mahuaypampa, sin perjuicio de notificarle al domicilio procesal de su abogado que se ha apersonado en autos.10. GÍRESE oficio a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia para que se efectúen las notificaciones edictales correspondientes con la debida anticipación. Firmado: Secretario Judicial. Fernando Christian Aparicio Chávez.03VZ.01.02.03.VII.14CPJ.

EDICTO PENAL(PROCESO 77-2012-60)SENTENCIADO: EDWIN APAZA MARAMANILLOAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, que Despacha el Juez Olivera Sarmiento, bajo la actuación del Especialista Judicial J.L.H.S. en el Proceso Penal N° 00077-2012 -60-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra el sentenciado EDWIN APAZA MARAMANILLO, por la presunta comisión del Delito contra el Patrimonio, en su modalidad de Hurto, sub.-tipo Hurto Agravado, previsto y sancionado por los artículos 186°, numerales 1° y 2° concordante con el artículo 185° del Código Penal, en agravio de Luz Marina Ibarra Huamaní, se ha dispuesto: NOTIFIQUE-SE a Edwin Apaza Maramanillo, con la Res. W 01 de fecha 06-01-2014. Dado cuenta con el requerimiento presentado por el señor representante del Ministerio Público, teniendo en cuenta que el proceso se encuentra en ejecución, y conforme a lo previsto en el articulo 488°,489° Y 493.3° del Código Procesal Penal; y estando a la agenda del Juzgado CÍTESE para el día CUATRO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL CATORCE A OCHO HORAS DE LA MAÑANA para la realización de la AUDIENCIA DE REQUE-RIMIENTO DE AMONESTACIÓN en el Salón de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención (Tercera Sala), sito en el local del Poder Judicial- Sede La Convención, tercer nivel, con la presencia

obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste último de excluirlo de la defen-sa y designar a un abogado de oficio como lo autoriza en el artículo 85.2° del Código Procesal Penal. NOTIFIQUESE a las partes en sus respecti-vos domicilios procesales señalados en autos; Res. W 02 de fecha 04-03-2014. SE RESUELVE 1) DECLARAR POR FRUSTRADA la AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO DE AMONESTACIÓN señalada para el día cuatro de Marzo del año dos mil catorce a horas ocho de la mañana; 2) SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA para la AUDIENCIA PÚBLICA DE RE-QUERIMIENTO DE AMONESTACIÓN el día VEINTE DE MARZO del año DOS MIL CATORCE, a horas OCHO DE LA MAÑANA; y, 3) DISPONER la notificación al abogado de la defensa pública doctor JHON ANDRES JALLO YUCRA patrocinante del sentenciado Edwin Apaza Marmanillo con-forme fluye de la Audiencia de Juicio Oral, EXCLUYÉNDOSE de la defen-sa al abogado de la defensa privada doctor LEONID QUISPE SUÁREZ estando a las consideraciones antes esgrimidas, bajo responsabilidad del Secretario que asuma el trámite del presente proceso, de darse cuenta” al órgano correspondiente en caso de incumplimiento, QUEDANDO NOTI-FICADOS en éste acto los presentes; y, DISPONIENDOSE la notificación a quien corresponda con copia del acta respectiva; y con Res. W 03 de fecha 20-03-2014. SE RESUELVE: 1) DECLARAR POR FRUSTRADA la AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO DE AMONESTACIÓN seña-lada para el día veinte de Marzo del año dos mil catorce a horas ocho de la mañana; 2) SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA para la AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO DE AMONESTACIÓN el día VEINTIUNO DE ABRIL del año DOS MIL CATORCE, a horas ONCE DE LA MAÑANA; Y, 3) DISPONER la notificación al abogado de la parte sentenciada doc-tor Jhon Andrés Jallo Yucra en el domicilio de la Defensoría Pública de ésta localidad considerando que se ha EXCLUIDO de la defensa privada al doctor Leonid Quispe Suarez, DEBIENDO DIRIGIRSE EL EXHORTO correspondiente con los actuados respectivos a la localidad de Pucyura _ Vilcabamba para la notificación al sentenciado; y, con la cual se da cuenta que la audiencia programada no se llevado a cabo por la Huelga Nacional Indefinida convocada por la Federación Nacional de Trabajadores del Po-der Judicial; REPROGRAMESE la AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE AMONESTACIÓN para el DÍA DIECISÉIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, A HORAS DOCE DEL DíA, asimismo los EDICTOS RESPEC-TIVO al Administrador de la Corte Superior de ‘Justicia de Cusco para la publicación mediante el Diario Judicial del Cusco; notifíquesele mediante edictos que deberán ser publicados en el Distrito Judicial (Diario del Cusco) y en el Diario Oficial “El Peruano”, por tres días consecutivos.Quillabamba, 25 de Junio de 2014.Firmado: Especialista Judicial. Joseph Louis Huamán Sarmiento.03VZ.01.02.03.VII.14CPJ.

EDICTO PENALJuzgado Penal Unipersonal de La ConvenciónEspecialista: katia Noemi Salas ConzaSe cita y emplaza a MARIO ALVAREZ CAYTUIRO, en el Proceso Nro. 246-2012-82 1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra La Vida el cuerpo y la salud, en la modalidad de Lesiones, sub. tipo Lesiones Culposas, en agravio de Fraxides Huaicho de Saire, para que asista a la audiencia de juicio oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia reprogramada que se llevará a cabo el día UNO DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, a las OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS (08.30 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba).Quillabamba, 19 de junio del 2014.Firmada: Especialista: katia Noemi Salas Conza.03VZ.01.02.03.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTOEMPLAZA A: MARCELINO PAYE COLQUE. El Señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cus-co, en el proceso N° 01959-2013-0 seguido contra MARCELINO PAYE COLQUE, por la comisión del Delito contra La Familia en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub - tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLI-GACIÓN ALIMENTARIA, previsto y sancionado por el primer párrafo del articulo 149, del Código Penal, en agravio de su menor hijo de iniciales).M. M.P.V., representada por su progenitora AGUSTINA VILLA VICENCIO SÁNCHEZ” bajo la actuación de la Especialista Judicial Abog. Dayma Ga-briela Navia Canal, emplaza al procesado MARCELINO PAYE COLQUE con el tenor de la siguiente resolución:RESOLUCIÓN N° 05.- Cusco, dieciocho de junio del dos mil catorce.PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe.SE RESUELVE. 1. Reprogramar la audiencia de Control de Acusación para el DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2014 A HORAS 15:30 EN LA SEGUNDA SALA DE AU-DIENCIAS DE LOS JUZGADOS DE INVESTIGACIÓN PREPA-RATORIA, dándose en este acto por notificadas las partes concurrentes, disponiéndose la notificación a los inconcurrentes.2. Ante la falta de designación de Defensor Publico, para que asuma la de-fensa técnica del acusado MARCELINO PAYE COLQUE, lo que ha dado

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Cusco, miércoles 2 de julio de 2014 15lugar a la frustración de la presente diligencia, pongase en conocimiento de tal hecho del Director Distrital de la defensoria Publica del Cusco, a fin de que adopte las medidas correctivas del caso.3. Gírese oficio a la Coordinación de la Defensoria Publica, requiriendo la designación reiterativa de defensa publica para que asuma la defensa del Imputado MARCELINO PAYE COLQUE, en la audiencia de Control de Acusación reprogramada, bajo apercibimiento en caso de nueva inconcu-rrencia de darse cuenta al Director Nacional de la Defensoria Publica del Ministerio de Justicia con sede en Lima, dejándose subsistentes los aper-cibimientos contenidos en autos.4. Recomiéndese por esta única vez a la Especialista de Causa a fin de que cumpla sus funciones con la debida diligencia del caso, ya que en el presente no ha adjuntado las publicaciones de las notificaciones vía edicto, dispuesto por el Juzgado y tampoco existe constancia alguna sobre ese particular.H.S.-Firmada: Especialista Judicial. Dayma Gabriela Navia Canal03VZ.01.02.03.VII.14CPJ.

EDICTO PENALLa Señora Juez del Juzgado Penal Unipersonal de Canchis, Doctora Inés Rojas Contreras, en el Proceso Penal N° 212-2012-20-1007:’JR-PE-01, seguido contra MARIA MAGDALENA TINTA CCASA y otro, por el delito Contra la fe publica en su modalidad de falsificación de documentos, sub., tipo FALSEDAD IDEOLOGICA, en agravio de Segundino Torres Laguna, bajo la actuación del Especialista Legal Abog. GUALBERTO SERRANO TRUJILLO, ha resuelto qomunicar a la acusada MARIA MAGDALENA TINTA CCASA can el tenor la resolución N° 03 de fecha 17 de junio del 2014, dictada en acto de audiencia Publica. RESOLUCIÓN N° 0003. Sicuani, diecisiete de junioDel año dos mil catorce. VISTOS Y OIDOS: Queda registrado en audio. PARTE CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio.PARTE RESOLUTIVA: SE RESUELVE: PRIMERO.- REPROGRAMAR la presente Audiencia de Juicio Oral, para el DIA LUNES, 04 DE AGOSTO DEL 2014, A LAS 11:09 HORAS DE LA MAÑANA, en la Sala de audien-cias de este Juzgado Penal Unipersonal, quedando notificados en este acto la representante del Ministerio Publico, el abogado defensor de la par-te agraviada, los abogados defensores de los agraviados y los acusados presentes. SEGUNDO: SE DISPONE la notificación de la acusada MARIA MAGDALENA TINTA CCASA, mediante EDICTOS la misma que deberá ser publicada por tres veces consecutivas en el DIARIO LOCAL del Distrito Judicial de Cusco, por cuyo fin cúrsese los oficios correspondientes, sin perjuicio, de notificársele en su domicilio real sito en el Barrio Cotohuincho S/N (al costado de la Institución Educativa Secundaria Agropecuaria), de Urubamba; disponiéndose además la notificación de la parte agraviada ina-sistente y demás órganos de prueba, dejando vigentes los apercibimientos previstos en la resolución uno y dos en caso de inasistencia injustificada de las partes procesales y órganos de prueba. Hágase saber. Firmado: Especialista Judicial. Gualberto Serrano Trujillo.03VZ.01.02.03.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN POR EDICTOEl señor Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, Dr. Igna-cio Ortega Mateo, en el Proceso Penal N° 1557-2013-5, seguido contra William Edgar Viña Salas, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de las menores de las iniciales V.B.V.M. y S.A.V.M., bajo la ac-tuación de la Especialista Legal Abog. Janet Barrios Medrano, ha resuelto comunicar al acusado WILLIAM EDGAR VIÑA SALAS, con el tenor de la resolución N° O1 de fecha veintisiete de Enero del año dos mil Catorce, con la que se cita a Juicio Oral. SE RESUELVE: Citar a Audiencia de juicio oral para el día VEINTE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA EN LA DECIMA SALA DE AUDIENCIAS DEL NUEVO MODELO PROCESAL PENAL del palacio de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, ubicado en la Av. Sol, primera cuadra de esta ciudad, citándose al acusado bajo apercibimiento de ser declara-do contumaz en caso de inconcurrencia, disponiéndose se realice la notificación a William Edgar Viña Salas, además en el domicilio que figura en la hoja de datos de la Reniec que obra en autos, así como en su domi-cilio procesal igualmente se haga la publicación de edictos, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 128 del Nuevo Código Procesal Penal. Firmada: Especialista J. Janet Barrios Medrano.03VZ.01.02.03.VII.14 CPJ

NOTIFICACION VIA EDICTOA LA PERSONA DE JUAN HUACAC ZULUAGAAnte el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que des-pacha el señor Juez Dr. David Luis Soto mayor Saavedra, bajo la actua-ción de la Especialista de Juzgado Flor Melina Hinojosa Alcázar, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 01912-2013-13-1001-JR PE-06, seguido contra RAÚL FERNANDO ROJAS ARAMBULO y JUAN HUA-CAC ZULUAGA como autores del delito de contra el Patrimonio, en la modalidad de Robo, sub. tipo ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 188°, con la agravante prescrita en los incisos 3) y 4) del primer párrafo del

artículo 189° del Código Penal, en agravio de MARCELO JOSÉ ANGULO ESPINOZA, y se ha dispuesto notificar a JUAN HUACAC ZULUAGA, con el tenor de la siguiente resolución:Resolución Nro. O5Cusco, veintiséis de junioDel año dos mil catorce. DADO CUENTA: Conforme a la última cedula de notificación devuelta por la Unidad de Comunicaciones del Modulo Penal y conforme a la última notificación vía edicto judicial y considerando: Que, el artículo 351.1Q del Código Procesal Penal dispone: “Presentados los escritos y requerimientos de los sujetos procesales o vencido el plazo fijado en el artículo anterior, el Juez de la Investigación Preparatoria señala día y hora para la realización de una audiencia preliminar...”; En tal virtud, Se Dispone: 1) CITAR para el día DIECISIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CA-TORCE A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación (programa-ción realizada por la recargada agenda del señor Magistrado)en la SEXTA SALA DE AUDIENCIAS DE LOS JUZGADOS DE INVESTIGACIÓN PRE-PARATORIA DE CUSCO. Ubicado en el inmueble NQ 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de ponerse en conocimiento de su Superior. 2) COMUNÍQUESE a los sujetos procesales que la carpeta fiscal se en-cuentra en la oficinade custodia de este despacho judicial, con la finalidad que las partes pue-dan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. 3) PRECÍCESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos l° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. 4) NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada, asimismo notifíquese al imputado Juan Huacac Zuluaga vía edicto. 5) PRECÍCESE además que la in asistencia injustificada del abogado de-fensor de la parte imputada a la audiencia programada motivará Que el operador Judicial ponga en conocimiento del Coordinador de la Defensa Pública del Ministerio de Justicia de ser el caso, sin perjuicio de que aplique lo dispuesto por el inciso 3 del artículo 85 del CPP modificado por Ley N” 30076’.-Firmada: Especialista Judicial. Flor melina Hinojosa Alcazar. 03VZ.02.03.04.VII.14CPJ.

EDICTO PENALAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado En Delitos Ambientales de la ciudad del Cusco; Juez Dr. CARLOS ADALBER-TO ROMÁN GIL, se notifica a la imputado WILBERT HUALLPA BRAVO la resolución N° 09 de fecha nueve de junio del dos mil catorce , mediante el cual se pone en conocimiento del Proceso Penal N° 425-2014-6-1001-JR-PE-O1, que se le viene siguiendo por los DELITOS CONTRA LOS RE-CURSOS NATURALES EN LA MODALIDAD CONTRA LOS BOSQUES OFOMACIONES BOSCOSAS y POR EL DELITO DE CONTAMINACION AMBIENTAL EN LA MODALIDAD DE MINERIA ILEGAL en agravio del estado peruano ante el juzgado especializado en delitos ambientales de la ciudad de Cusco ubicado en el cuarto piso de la Sede de la Corte Superior de Justicia de la ciudad el Cusco.Firmado: Dr. CARLOS ADALBERTO ROMÁN03VZ.02.03.04.VII.14CPJ.

EDICTO PENALAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado En Delitos Ambientales de la ciudad del Cusco; Juez Dr. CARLOS ADAL-BERTO ROMÁN GIL, se notifica a la imputado WILLLIAMS SANDRO IR-PANOCA CUSIMAYTA con la resolución N° 05 de fecha diecisiete de junio del dos’ mil catorce, mediante el cual se pone en conocimiento del proceso penal N° 823-2014-64-1001-JR-PE-O1 que se le viene siguiendo por los DELITOS AMBIENT ALE S- DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NA-TURALES EN LA MODALIDAD ALTERACION DE AMBIENTE O PAISA]E en agravio del estado peruano ante el juzgado especializado en delitos ambientales de la ciudad de Cusco ubicado en el cuarto piso de la Sede de la Corte Superior de Justicia de la ciudad el Cusco.Firmada: Especialista Judicial. Fanny Molina Villena.03VZ.02.03.04.VII.14CPJ.

JUZGADO MIXTO, LIQUIDAOOR y UNIPERSONAL DE QUISPI-CANCHIS

EDICTO PENALEXPEDIENTE No. 00149-2012-18-1014-JR-PE-01Juzgado Penal Unipersonal de Quispicanchi

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Cusco, miércoles 2 de julio de 201416Especialista Judicial : Cleofe Huaman Ancco.Materia : HOMICIDIO CULPOSO.Se pone en conocimiento que el Reo Contumaz MARCO ANTONIO TO-RRES VILAVILA, es procesado por la comisión del delito de CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD en la modalidad de HOMICIDIO CULPO-SO en el Juzgado Penal Unipersonal de Quispicanchi, en agravio de la Q.E.V.F Profeta Alata Irco y otrosUrcos, 13 de junio del 2014.03VZ.02.03.04.VII.14CPJ.

EDICTO PENALEXP. N° 00264-2014-24-1001-JR-PE-01Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Carlos Adalberto Román Gil se notifica a los imputados DANNY ALONSO GONZA CHURA y PERCY ROSARIO CUEVAS MAMANI las siguientes resoluciones:RESOLUCIÓN Nro. 17Cusco, dieciséis de junioDel año dos mil catorce. PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Queda registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.SE RESUELVE:1. DELCARAR FRUSTRADA, la instalación de la presente audiencia de Control Requerimiento Mixto, por no haber sido válidamente notificados los imputados. 2. REPROGRAMESE, la presente audiencia de control de Requerimiento Mixto a verificarse el día CATORCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CA-TORCE A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA en la sala de Audiencia del Juz-gado de Investigación Preparatoria Especializada en materia Ambiental, quedando notificado en este acto el Representante del Ministerio Público. 3. SE DISPONE, realizar la notificación de todos los imputados en sus do-micilios reales y procesales señalados en autos y con relación a los imputa-dos Danny Alonso Gonza Chura y Percy Rosario Cuevas Mamani, deberán ser notificados mediante edictos judiciales esto es en el diario Oficial el Peruano y en el diario de mayor circulación del Departamento de Madre de Dios, sin perjuicio de ello debe designarse al Defensor Público de Oficio a fin de que asuma el derecho defensa ya que se desconoce el domicilio fijo.Firmado: Dr. Carlos Adalberto Román Gil.03VZ.02.03.04.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO PENALAL ACUSADO FACUNDO ESCAJADILLO SIHUINCHAEXP. 1785-2012-35Ante el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cusco que despacha la Dra. Indira Iris Acurio Palomino, bajo la actuación de la Especialista Gloria Ana Gil Orihuela, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el N° 01785-2012-35-1001-JR-PE-02, en la investigación seguida con-tra Facundo Escajadillo Si huincha por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar en agravio de Luisa Gayoso Ochoa, en consecuencia, NOTIFÍQUESE: Al acusado FACUNDO ESCAJADILLO SIHUINCHA, con la constancia de reprogramación de audiencia, donde se resuelve: DAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la presente au-diencia y disponer su reprogramación para el DIECIOCHO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE A LAS ONCE HORAS DE LA MAÑANA EN LA CUARTA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE CUSCO DE LA CORTE SUPERIOR DE CUSCO, subsistiendo los apercibimientos de ley.Cusco, 27 de junio del año 2014.Firmada: Especialista Judicial. Gloria Ana Gil Orihuela. 03VZ.02.03.04.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN SOBRE ABANDONO DE MENOR.NOTIFIQUESE: a EL VER HUAMANI KORINTI progenitor del menor y/o parientes cercanos del (menor) CRISTIAN HUAMAN ALVAREZ de (14 años de edad) con la Resolución Nro. 18.-9-9-2013.-Se resuelve: Declarar el Estado de Abandono Moral i Material al’ menor CRISTIAN HUAMAN ALVAREZ, se dispone se prosiga ejecución i EXTINGUESE de la patria potestad de los padres biológicos del menor conforme al articulo 77 del C. N y A, con fines de adopción-Juez Dra. M. Cornejo S, y Secretario Pablo Condori Quipo.Quillabamba, 10 de Junio del año 2014Firmado: Secretario Pablo Condori Quipo 03VZ.02.03.04.VII.14CPJ.~

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSr. RICARDO ROLANDO MERMA JIMÉNEZSe pone en conocimiento lo siguiente:Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal del Cusco, bajo la dirección del señor Juez Dr. Edwin del Pozo Condori y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 595-2014-51, seguido contra RICARDO ROLANDO MERMA JIMÉNEZ

por la presunta comisión del delito contra la Familia en la modalidad de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, sub. tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALlMENTARIA, en agravio de la menor de iniciales J.J.M.R. representada por su progenitora ERNESTINA ROSA BORDA; donde se ha dispuesto lo siguiente: - - - ............... CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTINUEVE DE AGOSTOdel dos mil catorce a horas ocho de la mañana (hora exacta) en la pri-mera sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, acto al cual comparecerá el imputado RICARDO ROLANDO MERMA JIMÉNEZ, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de in-concurrencia de declarársele REO AUSENTE Y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESELE en su domicilio real ubicado en la calle Miguel Bastidas del Asentamiento Huma-no Tupac Amaru Manzana G-2 lote B del distrito de San Sebastián-Cusco y en la urbanización Tupac Amaru T-1-20 del distrito de San Sebastián-Cusco; sin perjuicio de hacer llegar también la notificación a su domicilio procesal ubicado en la Avenida Micaela Bastidas número 2657-0 del distri-to de Wanchaq-Cusco.- Teniendo en cuenta la carpeta fiscal y el cuaderno de acusación directa que se tienen a la vista, al imputado Ricardo Rolando Merma Jiménez, se le ha venido -notificando en los dos domicilios reales antes mencionados, donde al parecer ya no radica, por que ha hecho caso omiso a los requerimientos tanto Fiscales como Judiciales, haciendo co-legir que éste ignora sobre la acusación y consiguiente juzgamiento que pesan en su contra; por lo que se DISPONE: que al imputado Ricardo Rolando Merma Jiménez, se le notifique también mediante EDICTOS en el diario oficial El Peruano y Diario Judicial del Cusco..Cusco, 27 de junio de 2014.03VZ.02.03.04.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSr. RICARDO ROLANDO MERMA JIMÉNEZSe pone en conocimiento lo siguiente:Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal del Cusco, bajo la dirección del señor Juez Dr. Edwin del Pozo Condori y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 595-2014-51, seguido contra RICARDO ROLANDO MERMA JIMÉNEZ por la presunta comisión del delito contra la Familia en la modalidad de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, sub. tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALlMENTARIA, en agravio de la menor de iniciales J.J.M.R. representada por su progenitora ERNESTINA ROSA BORDA; donde se ha dispuesto lo siguiente: - - - ...............CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTINUEVE DE AGOSTOdel dos mil catorce a horas ocho de la mañana (hora exacta) en la primera sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, acto al cual comparecerá el imputado RICARDO ROLANDO MER-MA JIMÉNEZ, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcu-rrencia de declarársele REO AUSENTE Y disponerse su conducción com-pulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESELE en su do-micilio real ubicado en la calle Miguel Bastidas del Asentamiento Humano Tupac Amaru Manzana G-2 lote B del distrito de San Sebastián-Cusco y en la urbanización Tupac Amaru T-1-20 del distrito de San Sebastián-Cusco; sin perjuicio de hacer llegar también la notificación a su domicilio procesal ubicado en la Avenida Micaela Bastidas número 2657 -D del distrito de Wanchaq-Cusco.- Teniendo en cuenta la carpeta fiscal y el cuaderno de acusación directa que se tienen a la vista, al imputado Ricardo Rolando Merma Jiménez, se le ha venido-notificando en los dos domicilios reales antes mencionados, donde al parecer ya no radica, por que ha hecho caso omiso a los requerimientos tanto Fiscales como Judiciales, haciendo co-legir que éste ignora sobre la acusación y consiguiente juzgamiento que pesan en su contra; por lo que se DISPONE: que al imputado Ricardo Rolando Merma Jiménez, se le notifique también mediante EDICTOS en el diario oficial El Peruano y Diario Judicial del CuscoCusco, 27 de junio de 2014.Firmado: Especialista Judicial. Aurelio Román Villacorta.03VZ.02.03.04.VII.14CPJ.

EDICTO PENALAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializa-do En Delitos Ambientales de la ciudad del Cusco; Juez Dr. CARLOS ADALBERTO ROMÁN GIL, se notifica a la imputado WILBERT HUALL-PA BRAVO la resolución N° 09 de fecha nueve de junio del dos mil ca-torce, mediante el cual se pone en conocimiento del Proceso Penal N° 1041-2014-0-1001-JR-PE-O1 que se le viene siguiendo por los DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES EN LA MODALIDAD CON-TRA LOS BOSQUES OFOMACIONES BOSCOSAS y POR EL DELITO DE CONTAMINACION AMBIENTAL EN LA MODALIDAD DE MINERIA ILEGAL en agravio del estado peruano ante el juzgado especializado en delitos ambientales de la ciudad de Cusco ubicado en el cuarto piso de la Sede de la Corte Superior de Justicia de la ciudad el Cusco.Firmada: Especialista Judicial. Fanny Molina Villena03VZ.02.03.04.VII.14CPJ..