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1. CONCEPTO: Prestación económica de carácter urgente dirigida a cubrir necesidades básicas de subsistencia: gastos de alimentación, vestido e higiene de primera necesidad gastos relacionados con el uso y mantenimiento de la vivienda habitual: luz, agua, gas, alquiler, amortización de créditos contraídos por compra de vivienda habitual gastos derivados de alojamiento temporal por imposibilidad de residir en la vivienda habitual por insalubridad, higiene o catástrofe sobrevenida gastos de endeudamiento por alguno de los conceptos anteriormente señalados, con una antigüedad máxima de 6 meses. Otros gastos que puedan ser valorados como necesidades básicas para prevenir, paliar o evitar situaciones de exclusión, PREVIA AUTORIZACIÓN POR LA DIRECCION GNRAL. DE POLITICA SOCIAL Y FAMILIAS QUEDAN EXCLUÍDOS los gastos de: adquisición de mobiliario y/o electrodomésticos los derivados de adaptación o reparación de la vivienda habitual los derivados de asistencia sanitaria: prótesis auditivas, gafas, tratamiento y prótesis dentales, transporte para recibir tratamientos médicos o gastos farmacéuticos gastos derivados de deudas contraídas con cualquier administración publica AYUDA DE PROTECCION SOCIAL URGENTE (Decreto 10/2014, de 4 de febrero)

Ayuda Proteccion Social Urgente(1)

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decreto que regula las ayudas de protección urgente en Extreamdura

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Page 1: Ayuda Proteccion Social Urgente(1)

1. CONCEPTO:

Prestación económica de carácter urgente dirigida a cubrir necesidades básicas de subsistencia:

gastos de alimentación, vestido e higiene de primera necesidad

gastos relacionados con el uso y mantenimiento de la vivienda habitual: luz, agua, gas, alquiler, amortización de créditos contraídos por compra de vivienda habitual

gastos derivados de alojamiento temporal por imposibilidad de residir en la vivienda habitual por insalubridad, higiene o catástrofe sobrevenida

gastos de endeudamiento por alguno de los conceptos anteriormente señalados, con una antigüedad máxima de 6 meses.

Otros gastos que puedan ser valorados como necesidades básicas para prevenir, paliar o evitar situaciones de exclusión, PREVIA AUTORIZACIÓN POR LA DIRECCION GNRAL. DE POLITICA SOCIAL Y FAMILIAS

QUEDAN EXCLUÍDOS los gastos de:

adquisición de mobiliario y/o electrodomésticos

los derivados de adaptación o reparación de la vivienda habitual

los derivados de asistencia sanitaria: prótesis auditivas, gafas, tratamiento y prótesis dentales, transporte para recibir tratamientos médicos o gastos farmacéuticos

gastos derivados de deudas contraídas con cualquier administración publica

AYUDA DE PROTECCION SOCIAL URGENTE

(Decreto 10/2014, de 4 de febrero)

Page 2: Ayuda Proteccion Social Urgente(1)

2. CARACTERÍSTICAS:

Prestación complementaria, finalista y NO PERIÓDICA (se concede una sola vez en el año natural).

Obligación de destinar la ayuda a la finalidad para la que ha sido otorgada y de JUSTIFICAR LA TOTALIDAD de la cantidad concedida mediante las correspondientes FACTURAS.

Se concederá la ayuda a la UNIDAD FAMILIAR (un solicitante por unidad familiar)

La cantidad máxima a conceder en el año a una unidad familiar será de 1064,62 €, pudiéndose fraccionar el pago según establezca el órgano concedente y según la finalidad para la que haya sido otrogada.

3. SE CONSIDERA UNIDAD FAMILIAR:

La compuesta por una sola persona o personas unidas por matrimonio u otra forma de relación permanente análoga a la conyugal, debidamente inscrita en el Registro de Parejas de hecho, o la formada por personas vinculadas por relaciones de adopción, tutela o acogimiento familiar, o parentesco de consanguinidad hasta el 4º grado, o de afinidad hasta el 2º grado, siempre que convivan en el mismo domicilio.

4. REQUISITOS:

Estar empadronados y tener residencia efectiva en Badajoz y sus poblados

Ser mayor de 18 años o los menores emancipados

Haber solicitado previamente a las administraciones públicas las ayudas, pensiones y prestaciones a las que pudiera tener derecho.

No contar con medios económicos para cubrir las necesidades básicas para lo cuál se establecen los siguientes límites de ingresos de la unidad familiar:

Hasta 2 miembros 50% IPREM 266,26 € 60% 319,51 €3 75% 399,38 € 85% 452,63 €4 90% 479,26 € 100% 532,51 €

A partir de 5 miembros 100% 532,51 € 110% 585,76 €

Nº DE MIEMBROS DE LA U.E.C.LÍMITES

INGRESOS

LIMITE DE INGRESOS EN

2014

LÍMITES DE INGRESO CUANDO SE CUENTE

CON HIPOTECA O ALQUILER

LIMITE DE INGRESOS EN 2014

Page 3: Ayuda Proteccion Social Urgente(1)

Cuando la unidad familiar tenga reconocida la condición de FAMILIA NUMEROSA, se incrementará el límite de ingresos en un 10% del IPREM mensual, sin superar en ningún caso el 110%.

Se consideran ingresos económicos de la unidad familiar los procedentes del trabajo por cuenta ajena, del trabajo por cuenta propia, y de pensiones, prestaciones y todos aquellos subsidios públicos que se perciban.

NO SE CONSIDERAN INGRESOS ECONOMICOS:

Las asignaciones económicas por hijo a cargo menor de 18 años previstas en la legislación de la Seguridad Social

Las retribuciones económicas por acogimiento familiar de menores pertenecientes al sistema de protección

Prestaciones económicas por nacimiento o adopción del hijo

Ingresos concedidos para gastos de desplazamiento por cursos de formación de desempleados.

5.QUEDAN EXCLUÍDOS:

Personas que residan en centros residenciales, centros sociosanitarios, centros penitenciarios u otros centros similares.

Personas que ocupen ilegalmente una vivienda de promoción pública cuyo titular sea la Junta de Extremadura

6.OBLIGACIONES:

Destinar la prestación que se perciba a cubrir las necesidades básicas de la unidad familiar y según la finalidad para la que haya sido otorgada

JUSTIFICAR mediante factura la totalidad de la cantidad de la ayuda concedida, EN EL PLAZO MÁXIMO DE UN MES. La no justificación conllevará la NO CONCESIÓN de otras ayudas o prestaciones económicas del Ayuntamiento y/o del Gobierno de Extremadura, así como la devolución de las cantidades percibidas.

Facilitar la actuación, seguimiento y evaluación del personal técnico de referencia.

Escolarizar y garantizar la asistencia permanente a los centros escolares de los menores

Page 4: Ayuda Proteccion Social Urgente(1)

7.DOCUMENTACIÓN A APORTAR:

Copia (y original para cotejar) del Libro de Familia

Copia (y original para cotejar) del Título de Familia Numerosa

Certificado de Inscripción en el Registro de Parejas de Hecho.

En los supuestos de nulidad, separación o divorcio, copia cotejada de la sentencia y

del convenio regulador.

Alta de terceros expedida por la entidad bancaria correspondiente a la cuenta donde

se efectuará el ingreso

Copia del Contrato de Alquiler

Copia del Recibo de Alquiler y/o Hipoteca.

Informe de Vida Laboral de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16

años.

Justificante de ingresos económicos de todos los miembros mayores de 16 años.

Copia ( (y original para cotejar) de la tarjeta de demanda de empleo de todos los

miembros mayores de 16 años.

Presupuesto debidamente expedido referente al coste del gasto para el cuál se

solicita la ayuda o documento que acredite fehacientemente la deuda contraída

para la que se solicita la ayuda.

Aquellos otros que se consideren necesarios para la concesión de la ayuda.

8. ¿COMO SE SOLICITA?

Mediante petición de cita previa con su Trabajador Social del SSB correspondiente al domicilio:

ATRAVÉS DE LA PAGINA WEB DEL IMSS

(ayuntamiento Badajoz):

http://www.aytobadajoz.es/es/imss/cita-previa

O al teléfono 924 210099