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AYUNTAMIENTO DE GAUTEGIZ - ARTEAGA GAUTEGIZ - ARTEAGAKO UDALA P á g i n a 1 | 25 ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE PLENO CELEBRADA CON FECHA 16 DE MARZO DE 2018 ALCALDE D. Juan Felix Naberan Ozamiz (EAJ-PNV) CONCEJALES PRESENTES D. Julián Maria Uriarte Lamikiz (EAJ-PNV) D. Edorta Ibarra Basabe (EAJ-PNV) Dª Edurne Murga Santisteban (EAJ-PNV) D. Carlos Mendiola Ugalde (EAJ-PNV) Dª. Aitziber Ribas Bilbao (EH BILDU) Dª. Jasone Basterretxea Oyarzabal (EH BILDU) SECRETARIA: Dª Amaia Abanzabalegui Aranguren El viernes, dieciseis de marzo de dos mil dieciocho, en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, siendo las diecisiete horas y treinta minutos, se reúne el Pleno del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, en sesión extraordinaria y en primera convocatoria, previa convocatoria realizada al efecto. Todos los concejales miembros del pleno acudieron a la sesión. Dicha sesión se realiza bajo la presidencia del Sr. Alcalde y con la asistencia de la secretaria- interventora que suscribe esta acta. Abierta la sesión por la Presidencia, se pasa a tratar los asuntos incluidos en el ORDEN DEL DÍA: Primero.- Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión de fecha de 25 de enero de 2018. Por la Secretaria da cuenta del borrador del acta de la sesión anterior de fecha de 25 de enero de 2018. Jasone Basterretxea y Dª. Aitziber Ribas señalan que en dicha acta no se ha

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ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE PLENO CELEBRADA CON FECHA 16 DE MARZO DE 2018 ALCALDE D. Juan Felix Naberan Ozamiz (EAJ-PNV) CONCEJALES PRESENTES D. Julián Maria Uriarte Lamikiz (EAJ-PNV) D. Edorta Ibarra Basabe (EAJ-PNV) Dª Edurne Murga Santisteban (EAJ-PNV) D. Carlos Mendiola Ugalde (EAJ-PNV) Dª. Aitziber Ribas Bilbao (EH BILDU) Dª. Jasone Basterretxea Oyarzabal (EH BILDU) SECRETARIA: Dª Amaia Abanzabalegui Aranguren El viernes, dieciseis de marzo de dos mil dieciocho, en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, siendo las diecisiete horas y treinta minutos, se reúne el Pleno del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, en sesión extraordinaria y en primera convocatoria, previa convocatoria realizada al efecto. Todos los concejales miembros del pleno acudieron a la sesión. Dicha sesión se realiza bajo la presidencia del Sr. Alcalde y con la asistencia de la secretaria- interventora que suscribe esta acta. Abierta la sesión por la Presidencia, se pasa a tratar los asuntos incluidos en el ORDEN DEL DÍA: Primero.- Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión de fecha de 25 de enero de 2018. Por la Secretaria da cuenta del borrador del acta de la sesión anterior de fecha de 25 de enero de 2018. Dª Jasone Basterretxea y Dª. Aitziber Ribas señalan que en dicha acta no se ha

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incluido la referencia de que el grupo de gobierno se comprometió a contratar los servicios de Hitza. Por ello, todos los miembros del pleno por unanimidad aprueban el acta del 25 de enero de 2018 con la siguiente modificación: incluir el siguiente párrafo en el punto undécimo.- ruegos y preguntas: “- Dª Jasone Basterretxea y Dª. Aitziber Ribas solicitan al resto de la corporación el compromiso de contratar los servicios de Hitza. El Alcalde y el resto de concejales/as se compromete a contratar los servicios de Hitza bien contratando sus servicios publicitarios, bien concediéndoles una subvención directa.” Segundo.- Aprobación, si procede, de la modificación del Presupuesto del ejercicio del año 2018. Visto el Expediente de Modificación de Créditos, mediante Créditos Adicionales 2/2018 que afecta al Presupuesto de este Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga Visto el informe emitido por la Secretaria-Interventora quien manifiesta que dicho expediente está ajustado a la normativa que le es de aplicación, en concreto a los requisitos y trámites establecidos en el art. 34 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales. Considerando el dictamen favorable de la Comisión Informativa de fecha 2 de marzo de 2018. Visto que desde la celebración de la última comisión informativa se ha detectado que existe una nueva necesidad de incluir el importe de 2.270 euros en una nueva aplicación “241.42200. Behargintza”. Esta Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto ACUERDA: Primero.- Aprobar el expediente de Modificación de Créditos mediante Créditos Adicionales 2/2018 que afecta al Presupuesto de este Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga del corriente ejercicio, conforme a la propuesta formulada y siguiente resumen por Capítulos:

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AUMENTOS DE CRÉDITOS Aplicación Denominación Aumentos 920.22715 Prevención de riesgos laborales 5.100 € 414.22717 Desbroce de caminos 4.000 € 334.22606 Promoción cultural 11.100 € 341.22606 Actividades deportivas 9.900 € 453.600 Adquisición de solar 45.000 € 342.62201 Frontón de Gautegiz Arteaga 45.130 € 1532.60104 Obras de accesibilidad de calle Zelaieta 143.709,33 € 335.643 Estudio de toponimia 12.087,90 € 323.623.01 Escuela calefacción 18.000 € 431.471 Subvención al pequeño comercio 4.000 € 323.623.02 Escuela ventanas 8.035,58 € 1532.60102 Pavimentación vías públicas 6.000 € 342.62202 Pista de skate 14.000 € 241.42200 Behargintza 2.270 € TOTAL AUMENTOS ... 328.332,81 € RECURSOS QUE LOS FINANCIAN Capítulos Denominación Importe 87000 Remanente de Tesorería para gastos generales 328.332,81 € TOTAL 328.332,81 €

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Segundo.- Someterlo a información pública por el plazo de quince días a efectos de reclamaciones. De no presentarse reclamaciones este acuerdo devendrá definitivo, debiendo darse a este expediente los restantes trámites iguales a los establecidos para la aprobación del Presupuesto General. Tercero.- Aprobación, si procede, de la modificación de los Estatutos del Consorcio de Aguas de Busturialdea. Vista la Resolución de la Presidencia del Consorcio de Aguas de Busturialadea en relación con la modificación de Estatutos que el Consorcio de aguas de Busturialdea está tramitando en la actualidad. Considerando el dictamen favorable de la Comisión Informativa de fecha 2 de marzo de 2018. Esta Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto ACUERDA: PRIMERO- Aprobar la modificación de Estatutos del Consorcio de Aguas de Busturialdea de acuerdo con la propuesta presentada en este Ayuntamiento el día 15 de febrero de 2018 con RE 355. Las modificaciones propuestas están indicadas en rojo: “Artículo 1.- Constitución 1. Los municipios de Ajangiz, Arratzu, Bermeo, Busturia, Ea, Elantxobe, Gernika-Lumo, Forua, Gautegiz Arteaga, Ibarrangelua, Kortezubi, Mendata, Mundaka, Murueta, Muxika y Sukarrieta, todos ellos pertenecientes al Territorio Histórico de Bizkaia, junto con la Diputación Foral de Bizkaia y el Gobierno Vasco, se constituyen voluntariamente, de conformidad con lo dispuesto en la Norma Foral 3/1995, reguladora de las Entidades de ámbito Supramunicipal de Bizkaia, y demás normativa de Régimen Local, en Consorcio para la gestión integral del servicio de abastecimiento de aguas y saneamiento de las respectivas poblaciones y la gestión de otros servicios que se le encomienden, con sometimiento directo a lo dispuesto en los presentes Estatutos y a las disposiciones de carácter general que le sean aplicables y tengan carácter imperativo. Artículo 3.- Personalidad jurídica y adscripción

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1. El Consorcio, de conformidad con lo dispuesto en la Norma Foral 3/1995, de 30 de marzo, reguladora de las Entidades de ámbito supramunicipal de Bizkaia, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen jurídico del sector público, o normativa que sustituya o complemente a la señalada, tendrá personalidad y capacidad jurídica para el cumplimiento de sus fines específicos. 2. En cumplimiento de lo legalmente previsto, el Consorcio de Aguas de Busturialdea se adscribe, a todos los efectos, al Ayuntamiento de Gernika-Lumo. Dicha adscripción deberá ser modificada, por el procedimiento de modificación recogido en estos estatutos, en el sentido, los plazos y las formas que legalmente se señalen, cuando se deba cambiar el municipio de adscripción. Artículo 12.- Consejo General 1.- El Consejo General constituye el órgano supremo del Consorcio, al que representa y personifica con el carácter de Ente público de carácter local. 2. En el Consejo General estarán representados los Ayuntamientos de los municipios que integran el Consorcio, la Diputación Foral de Bizkaia y el Gobierno Vasco. 3.- El Consejo General estará compuesto por los siguientes consejeros y consejeras: 1 representante del Gobierno Vasco

1 representante de la Diputación Foral de Bizkaia 1 representante por cada municipio consorciado con población de derecho inferior a 5.000 habitantes. 2 representantes por cada municipio consorciado con población de derecho entre 5.000 y 12.000 habitantes. 3 representantes por cada municipio consorciado con población de derecho superior a 12.000 habitantes 4.- También formará parte del Consejo General, con voz pero sin voto, quien ostente la Dirección- Gerencia. 5.- Actuará de Secretaria o Secretario del Consorcio la Secretaria o el Secretario que sea designada o designado para el cargo por quien ostente la Presidencia. Dicho cargo podrá ser desempeñado por quien desempeñe el cargo en un Ayuntamiento consorciado, o por personal del Consorcio debidamente capacitado, en ambos casos sin 6.- Al Consejo podrán asistir las asesoras o los asesores que la Presidencia estime pertinentes. 7. Los Ayuntamientos consorciados designarán a sus representantes de entre sus miembros corporativos. El período de duración de las personas representantes del Consorcio se hará coincidir con el de su mandato en las Corporaciones Municipales.

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8. Las Entidades representadas, teniendo en cuenta lo señalado en los apartados anteriores, podrán revocar los nombramientos de sus representantes, designando a los que hayan de sustituirles, así como nombrar la representación cuando ésta se halle vacante por cualquier causa. En estos supuestos el mandato del nuevo representante lo será por el plazo que reste al inicialmente designado. 9. La pérdida de la condición de Concejal implicará el cese en la representación, salvo en los casos de renovación de las Corporaciones, en cuyo supuesto continuarán sus funciones en el Consorcio solamente para la administración ordinaria hasta la toma de posesión de sus sucesores, sin que puedan adoptar acuerdos para los que legalmente se requiera una mayoría cualificada. 10. En el supuesto de que se produzca la adhesión al Consorcio de otros municipios previo seguimiento de los trámites establecidos en estos Estatutos y en la normativa reguladora del Régimen Local, se modificará la composición del Consejo General, cuya representación se ajustará a los criterios de proporcionalidad establecidos en el número 3 del presente artículo. También se modificará la composición del Consejo General cuando la variación del número de habitantes de un Municipio implique su incardinación en otro nivel, superior o inferior, de la escala anteriormente consignada. 11. Cuando un miembro del Consorcio, previo cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, se separe de éste, sus representantes quedarán automáticamente excluidos del Consejo General y demás Órganos del mismo. 12. Todos los miembros del Consejo General tendrán voz y voto en las sesiones que se celebren, salvo en el caso de que el ente consorciado incumpla manifiestamente sus obligaciones para con el consorcio, en lo que se refiere a los compromisos de financiación de las actividades del mismo, en cuyo caso se le privará del derecho de voto a su representante o a sus representantes. Se considerará incumplimiento el impago de las cantidades que le correspondan al ente consorciado en virtud de estos Estatutos a fecha de cierre del ejercicio precedente, careciendo de derecho de voto hasta que se haga efectivo el pago de las cantidades pendientes de ejercicios anteriores. Artículo 29.- Normativa y régimen aplicable 1. La Hacienda del Consorcio estará constituida, en el marco de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, o normativa que la sustituya, y de normas que se dicten en desarrollo o complemento de la misma, por los recursos establecidos en los presentes estatutos, así como por aquellos otros que legalmente se establezca. 2. El Consorcio estará sujeto al régimen presupuestario, de contabilidad y control de la Administración Pública a la que estén adscrito, sin perjuicio de su sujeción a lo previsto en la Norma

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Foral 5/2013, de 12 de junio, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las Entidades Locales de Bizkaia, o norma que sustituya a ésta. 3. Sin perjuicio de lo previsto en los presentes estatutos, el Consorcio se regirá por las normas patrimoniales de la Administración Pública a la que esté adscrito. Artículo 33.- Aprobación del presupuesto 1. Tanto el Presupuesto como sus bases de ejecución se aprobarán anualmente por el Consejo General, en los plazos y con los requisitos que la legislación del Régimen Local establece. 2. El presupuesto del consorcio formará parte del presupuesto de la Administración Pública de adscripción, y se incluirá en su cuenta general. Artículo 36.- Rendición De Cuentas 1. En cuanto a la rendición de la Cuenta General, se estará a las normas que regulan las Entidades Locales, sin perjuicio de las peculiaridades establecidas en estos Estatutos, correspondiendo su aprobación al Consejo General. 2. Asimismo, tras cada ejercicio, se llevará a cabo una auditoría de las cuentas anuales por el órgano de control de la Administración a la que se haya adscrito el consorcio. Artículo 38.- Régimen jurídico 1. El personal al servicio del Consorcio podrá ser funcionario o laboral y habrá de proceder exclusivamente de las Administraciones integrantes del mismo, salvo en cuanto a continuación se dispone. 2. La aprobación de la contratación de personal por parte del Consorcio, que no tenga la consideración de órgano de gobierno del Consorcio según estos Estatutos, únicamente procederá cuando no resulte posible contar con personal procedente de las Administraciones participantes en el consorcio en atención a la singularidad de las funciones a desempeñar. 3. Corresponderá al Consejo General la adopción del acuerdo de inicio del expediente para la contratación de nuevo personal no recogido como órgano de gobierno del Consorcio en estos Estatutos, a propuesta del Comité Ejecutivo, sin perjuicio de la necesaria obtención previa de la autorización por parte de la Administración a que se halle adscrito el Consorcio. La selección y contratación del personal será competencia del Comité Ejecutivo. 4. El régimen del personal del Consorcio se ajustará a los términos que se fijen en los respectivos nombramientos y, en cuanto no se prevea en ellos, a lo dispuesto en la normativa laboral o en la normativa reguladora de la función pública en la Administración Local, según corresponda.

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5. El régimen jurídico del personal del Consorcio será el de la Administración Pública de adscripción, y sus retribuciones en ningún caso podrán superar las establecidas para puestos de trabajo equivalentes en aquélla. Artículo 44.- Procedimiento 1. El Consejo General, en el plazo de treinta días a contar del día siguiente a la recepción de los acuerdos de disolución, nombrará un liquidador que será un órgano o entidad, vinculada o dependiente, de la Administración Pública a la que el consorcio esté adscrito. Podrá, igualmente, convocarse a las reuniones a técnicos o peritos en la materia a los solos efectos de oír su opinión o preparar informes o dictámenes en temas concretos de su especialidad. 2. La Comisión Liquidadora, en un plazo no superior a cuatro meses, efectuará un inventario de los bienes, servicios y derechos del Consorcio, señalará sus recursos, cargas y débitos y relacionará a su personal. 3. A la vista del inventario realizado, la Comisión Liquidadora calculará la cuota de liquidación que corresponda a cada miembro del consorcio, de acuerdo con la participación que le corresponda en el saldo resultante del patrimonio neto tras la liquidación, teniendo en cuenta tanto el porcentaje de las aportaciones que haya efectuado cada miembro del consorcio al fondo patrimonial del mismo, como la financiación concedida cada año. Si alguno de los miembros del consorcio no hubiere realizado aportaciones por no estar obligado a ello, el criterio de reparto será la participación en los ingresos que, en su caso, hubiera recibido durante el tiempo que ha pertenecido en el consorcio. Dicha propuesta se trasladará al Consejo General, concretando la distribución o integración de los bienes, derechos y débitos entre las Entidades consorciadas, e 4. El acuerdo de liquidación, sobre forma y condiciones en que tendrá lugar el pago de la cuota de liquidación, en el supuesto en que ésta resulte positiva, o sobre la proporción de asunción del pasivo por cada integrante, requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Consejo General. Igualmente, con igual mayoría se podrá acordar la cesión global de activos y pasivos a otra entidad del sector público jurídicamente adecuada con la finalidad de mantener la continuidad de la actividad y alcanzar los objetivos del consorcio que se extingue. La cesión global de activos y pasivos implicará la extinción sin liquidación del consorcio

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cedente. Una vez aprobada la liquidación será vinculante para todas las Entidades consorciadas.” SEGUNDO.- Notificar al Consorcio de Aguas de Busturialdea el presente acuerdo. Cuarto.- Aprobación, si procede, de la modificación de ordenanza reguladora de las subvenciones para organización y desarrollo de actividades socio-culturales y deportivas. Visto que es necesario modificar la “ordenanza reguladora de las subvenciones para organización y desarrollo de actividades socio-culturales y deportivas” con el objeto de que se adecue a las necesidades que se perciben desde el Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga. Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa emitida el 2 de marzo de 2018. Considerando el procedimiento de aprobación de las ordenanzas establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El Pleno de la Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto, ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar inicialmente la modificación de la “ordenanza reguladora de las subvenciones para organización y desarrollo de actividades socio-culturales y deportivas” donde se propone la siguiente modificación: El artículo 4 se modifica y queda redactado de la siguiente manera: “Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente Ordenanza las Asociaciones Socio-Culturales y Deportivas sin ánimo de lucro con sede en este Municipio, legalmente constituidas y los siguientes requisitos: -Tener fijado el domicilio social en Gautegiz Arteaga. -Estar constituidas sin ánimo de lucro.

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-Hallarse inscritas en el registro de asociaciones del Gobierno Vasco y en el registro de asociaciones del Ayuntamiento. - Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (Hacienda Foral o la que, en su caso, corresponda) y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Se recoge expresamente la salvedad de las Asociaciones que se encuentren y realicen su actividad en el Barrio de Kanala, ya que las mismas podrán tener su sede y domicilio social en Sukarrieta, siempre y cuando las actividades que lleven a cabo por la Asociación vayan dirigidas también a los/as vecinos/as de Gautegiz Arteaga y estos tengan derecho a ser socios/as de dicha asociación.” El segundo párrafo del artículo 5 se modifica y queda redactado de la siguiente manera: “La cuantía máxima subvencionable a cada asociación no podrá superar el 50 por 100 del presupuesto depurado, con un máximo de 1.800 euros.” En el artículo 8 se elimina el siguiente párrafo: “- Certificados acreditativos de que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (Hacienda Foral o la que, en su caso, corresponda) y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, expedidos por las administraciones competentes.” El punto 2 del artículo 11 queda redactado de la siguiente manera: “La notificación de la resolución se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de que la resolución fuera negativa ésta deberá ir debidamente argumentada. En el caso de que la resolución fuera positiva el Ayuntamiento deberá comunicar por escrito los criterios en base a los que se ha concedido la cantidad aprobada.” Se eliminan los Anexos vigentes y se sustituyen por los siguientes:

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“Eranskinak/Anexos I. Eraskina Eskaera eredua/Anexo I Modelo Solicitud Eskatzailea (elkartea) / Solicitante (asociación) Izena / Nombre IFZ… NIF… Helbidea Domicilio Herria / Población PK / CP Probintzia / Provincia Herrialdea / País Telefonoak Fax-a E-maila Diru-laguntza jasotzeko kontua (IBAN: 24 digitu) / Cuenta para cobro de subvención (IBAN 24 dígitos) Ordezkaria / Representante Izen-abizenak Nombre y apellidos NAN… DNI… Helbidea Domicilio Herria / Población PK / CP Probintzia / Provincia Herrialdea / País Telefonoak Fax-a E-maila Goian aipatzen den elkarteko ordezkariak, BERE ARDURAPEAN, HAUXE AITORTZEN DU: El/la representante de la asociación de referencia DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: 1. Elkarte hori diru-irabazi asmo barikoa dela eta Gautegiz Arteagako udalerriaren eremu barruan jarduerak egiten dituela. 1. Que dicha asociación es una asociación sin fines de lucro que desarrolla actividades socio-culturales o deportivas en el ámbito del municipio de Gautegiz Arteaga. 2. Oinarrietan eta deialdian ezartzen diren baldintza guztiak betetzen dituela eta goitik behera onartzen dituela. 2. Que acepta y reúne todos los requisitos establecidos en la convocatoria y en las bases. 3. Gautegiz Arteagako Udala baimentzen duela telematikoki erakundearen hurrengoko ziurtagiriak lortzeko: egunean dituela indarrean dauden xedapenek ezarritako zerga betebeharrak eta Gizarte Segurantzarekin dituenak. 4. EZ duela inongo zorrik diru-laguntzak itzuli behar izateagatik. 3. Que autoriza al Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga a consultar telemáticamente los certificados de que la asociación se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seg. Social impuestas por las disposiciones vigentes. 4. Que NO tiene pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. 5. Diru-laguntzetarako Legearen 13 artikuluan xedatutako onuradun izateko baldintzak betetzen dituela eta 14. artikuluaren arabera baldintzak betetzeko konpromisoa hartzen duela. 5. Que cumple los requisitos señalados en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario y que se compromete a cumplir las condiciones con arreglo al art. 14 de dicha ley. 6. Diru-laguntza honen xede den jarduera burutzeko: Ez da eskatu eta eskuratu beste laguntzarik; eska-tu den bakarra Gautegiz Arteagako udalari eskatu zaiona izan da. Beste laguntza batzuk eskatu eta/edo eskuratu dira. (kopia eransten da) 6. Que para ejecutar la actividad objeto de la subvención: NO se han solicitado ni obtenido otras ayudas que la correspondiente a la solicitada al Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga. SI se han solicitado y/o obtenido otras ayudas. (Se adjunta copia) Eta, horrela jasota gera dadin eta bidezkoak diren ondorioak sor ditzan, aitorpen hau izenpetzen du. Y, para que conste y surta los efectos oportunos, firma la presente declaración responsable.

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Ordezkariaren sinadura, dagokionean elkartearen zigilua, lekua eta data / Firma representante, en su caso, sello de la asociación, lugar y fecha AURKEZTU BEHARREKO AGIRIAK Eranskin I beteta eta sinatuta. Jarduera-proiektua edo memoria diru-laguntzaren xede dena eta zehaztasunez azaltzen duena edukia, helburua, egutegia, sarrera eta gastuen aurrekontua eta diru-laguntzaren zenbatekoa osoa. Beste erakunde edo instituzio batzuetan jarduera berbererako diru-laguntza eskaera egin bada eta/edo diru-laguntzarik jaso bada, ebazpenaren kopia edo, hala badagokio, eskabidearen kopia. Bakarrik Udal honetako Erakundeen Erregistroan aurkeztutako dokumentuek aldatu balira: - Eskaera egiten duen elkartearen identifikazioa eta helbide soziala, aldatu baldin bada. - Elkartearen pertsonalitate juridikoaren egiaztapena (estatutuen fotokopia konpultsatua, eta elkartea Eusko Jaurlaritzako Kirol Elkarteen erregistroan, Elkarteen Erregistroan edo antzekoetan inskribatuta dagoela dioen egiaztagiri), aldatu egin baldin bada. - Elkartearen ordezkaritzaren egiaztagiria eta ordezkariaren NANaren fotokopia, aldatu baldin bada. - Banku-kontuaren identifikazioa diru-laguntza ordaintzeko, aldatu baldin bada. - Aldatu diren beste dokumentu batzuk. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Anexo I cumplimentado y firmado. Proyecto o memoria de la actividad para la que solicita la subvención que contenga una exposición detallada de su contenido, finalidad, calendario, presupuesto de ingresos y gastos previstos para su desarrollo y cantidad total que se pide sea subvencionada. En caso de haber solicitado y/u obtenido otras subvenciones para la actividad objeto de subvención, copia de la resolución o, en su caso, de la solicitud. Solo en el caso de que los documentos obrantes en el Registro de Asociaciones de este Ayuntamiento hayan sufrido variación: - La documentación Identificación y domicilio social de la entidad solicitante, si ha sufrido variación. - Documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la entidad solicitante (Copia compulsada del certificado de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas, Registro de Asociaciones o similares del Gobierno Vasco y de los Estatutos de la Entidad), si ha sufrido variación. - Documentación acreditativa de la capacidad del representante de la entidad solicitante y copia de su D.N.I., si ha sufrido variación. - Identificación de los datos bancarios para hacer efectiva la subvención, si ha sufrido variación. - Otros documentos que hayan sufrido variación. Zure datu-pertsonalak Gautegiz Arteagako Udalaren informazio sistemaren fitxeroetan sartuko dira, helburua udal kudeaketaren zereginak burutzea izango da, 15/1999 Lege Organikoak xedatzen dituen eskubideak erabili ahal dituzu Herritarrak Artatzeko Zerbitzuan (BAZ) Sus datos personales serán incluidos en un fichero del sistema de información del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal. Ud puede ejercer los derechos que reconoce la Ley Orgánica 15/1999 a través del Servicio de Atención Ciudadana (BAZ)

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II. Eranskina Diru-laguntzaren zuritzea/ Anexo II Justificación subvención Eskatzailea (elkartea) / Solicitante (asociación) Izena / Nombre IFZ… NIF… Helbidea Domicilio Herria / Población PK / CP Probintzia / Provincia Herrialdea / País Telefonoak Fax-a E-maila Diru-laguntza jasotzeko kontua (IBAN: 24 digitu) / Cuenta para cobro de subvención (IBAN 24 dígitos) Ordezkaria / Representante Izen-abizenak Nombre y apellidos NAN… DNI… Helbidea Domicilio Herria / Población PK / CP Probintzia / Provincia Herrialdea / País Telefonoak Fax-a E-maila Diru-laguntza / Subvención Diruz lagundutako aktibitatea Actividad subvencionada Goian aipatzen den elkarteko ordezkariak, BERE ARDURAPEAN, HAUXE AITORTZEN DU: El/la representante de la asociación de referencia DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: 1. Egunean dituela indarrean dauden xedapenek ezarritako zerga betebeharrak eta Gizarte Segurantzarekin dituenak eta EZ duela inongo zorrik diru-laguntzak itzuli behar izateagatik. 2. Ondoren azalduko direnak jada ordainduta dauden diruz lagundutako jardueratik sortutako gastuei dagozkienak eta diru-sarrerei dagozkienak direla. 3. Ez dagoela gain finantzaketarik diru-laguntzaren xede diren inolako ekintzetan. 4. Diru-laguntza honen xede den jarduera burutzeko: Ez da eskatu eta eskuratu beste laguntzarik; eska-tu den bakarra Gautegiz Arteagako udalari eskatu zaiona izan da. Beste laguntza batzuk eskatu eta/edo eskuratu dira. (kopia eransten da) Eta, horrela jasota gera dadin eta bidezkoak diren ondorioak sor ditzan, aitorpen hau izenpetzen du. 1. Que se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seg. Social impuestas por las disposiciones vigentes y que NO tiene pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. 2. Que los datos que a continuación se indican corresponden a gastos derivados de la actividad subvencionada que están ya abonados y a los ingresos. 3. Que no hay sobrefinanciación con relación a ninguna de las actividades subvencionadas. 4. Que para ejecutar la actividad objeto de la subvención: NO se han solicitado ni obtenido otras ayudas que la correspondiente a la solicitada al Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga. SI se han solicitado y/o obtenido otras ayudas. (Se adjunta copia) Y, para que conste y surta los efectos oportunos, firma la presente declaración responsable. Ordezkariaren sinadura, dagokionean elkartearen zigilua, lekua eta data / Firma representante, en su caso, sello de la asociación, lugar y fecha

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Página 14 | 25 GASTUEN ZERRENDA / RELACIÓ

N DE GASTOS * HORNITZAILEA / ACRE

EDOR GASTUAREN KONTZEPTUA CONCEPTO GASTO ZENBATEKOA IMPORTE ORDAINKETAREN MODUA (Eskuz, transferentzia bidez…) MODO DEL PAGO (En mano, mediante transferencia…) ORDAINKETAREN EGUNA FECHA DEL PAGO Zb Nº IZENA / NOMBRE IFK

/ CIF 1

2

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GASTUEN ZENBATEKOA / TOTAL GASTOS

* Jatorrizko fakturak edo fakturen kopi

a konpultsatuak atxiki eta zutabe batean agertzen diren zenbakien arabera ord

enatu / Adjuntar las facturas originales o copias de las

facturas compulsadas y ordenarlas de acuerdo con la numeración de la colum

na 1.

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Página 15 | 25 DIRU-SARREREN ZERRENDA / R

ELACIÓN DE INGRESOS KONTZEPTUA (kuotak, beste diru-

laguntzak…) / CONCEPTO (cuotas, otras subvenciones...)

ZENBATEKO A / IMPORTE 1

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DIRU-SARREREN ZENBATEKOA

/ TOTAL INGRESOS

* Beste Administrazio Publikoek emandako diru-laguntzen ebazpenen kopia at

xiki, hala badagokio / Adjuntar la copia de la resolución de las subvenciones

recibidas de otras Administraciones, en su caso.

……………………………………, ……

..(e)ko, ………………………k ……... / En ……………………………………

, a ........ de …………………………… de ………

IDAZKARIAREN SINADURA, DA

GOKIONEAN, ELKARTEAREN ZIGILUA / FIRMA DEL SECRETARIO

/A Y EN SU CASO, SELLO DE LA ENTIDA

D

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AURKEZTU BEHARREKO AGIRIAK Eranskin II beteta eta sinatuta, eta hurrengoak gehituko zaizkio: - Idazkariak igorritako ziurtagiria, non diru laguntzaren arabera egindako ekintzen sarrerak eta gastuak, zehatz-mehatz, zehazten diren. - Diru-laguntzaren xede den jarduerak garatzean izandako gastuak justifikatzeko faktura orijinal edo kopia konpultsatuak. Gastuak faktura elektronikoen bidez ere justifikatu ahal izango dira, zergei dagokionez onartuak izateko baldintzak betetzen dituzten bitartean. - Eskaera egiterakoan aurkeztu ezin izan bada, bestelako erakundeek jarduera berentzeko emandako diru-laguntzen ebazpena edota diru-laguntzen eskaera egin denaren adierazpena. Diru-laguntzaren arabera urtean egindako ekintzen memoria eta, hala badagokio, eskuko programen aleak, kartelak, argazkiak, argitarapenak edo beste agiri grafikoak diru-laguntzaren arabera egindako ekintzen ingurukoak, aleetan agertu behar dira Gautegiz Arteagako Udalak diru-laguntzaz burutu direla eta Udalak zehaztutako logotipoak. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Anexo II cumplimentado y firmado en el que se incluirá: - Certificado expedido por el Secretario referente a los ingresos y gastos, ambos desglosados, habidos en relación a las actividades subvencionadas. - Acreditación de los gastos incurridos en el desarrollo de la actividad subvencionada mediante las facturas originales o fotocopias compulsadas. La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario. - Si no pudieron aportarse en el momento de la solicitud de la subvención fotocopias de los acuerdos de concesión de ayudas económicas por otras Instituciones o declaración de las subvenciones y ayudas que se han solicitado una vez presentada la solicitud de subvención en el ayuntamiento de Gautegiz Arteaga. Memoria relativa a las actividades desarrolladas durante el año objeto de subvención y, en su caso, ejemplares de programas de mano, carteles, fotografías, publicaciones u otra documentación de carácter gráfico elaborado en o para el desarrollo de la actividad subvencionada, debiendo constar en los ejemplares que la actividad ha sido subvencionada por el Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, además de los logotipos que el Ayuntamiento haya indicado. Zure datu-pertsonalak Gautegiz Arteagako Udalaren informazio sistemaren fitxeroetan sartuko dira, helburua udal kudeaketaren zereginak burutzea izango da, 15/1999 Lege Organikoak xedatzen dituen eskubideak erabili ahal dituzu Herritarrak Artatzeko Zerbitzuan (BAZ) Sus datos personales serán incluidos en un fichero del sistema de información del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal. Ud puede ejercer los derechos que reconoce la Ley Orgánica 15/1999 a través del Servicio de Atención Ciudadana (BAZ)” SEGUNDO.- Publicar la presente aprobación inicial en el Boletín Oficial de

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Bizkaia cumpliendo con las especificaciones establecidas en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Quinto.- Aprobación, si procede, de la prórroga de un año del contrato de servicio de limpieza de dependencias municipales de Gautegiz Arteaga. Vista la solicitud de prórroga de un año del contrato de “servicio de limpieza de instalaciones municipales” presentada en día 20 de febrero de 2018 (RE 376) por la empresa Garbialdi, S.A. Considerando el punto 5 “plazo de ejecución del contrato” de los pliego de cláusulas administrativas particulares para la contratación del servicio de “limpieza de instalaciones municipales” donde se establece que la duración inicial del contrato objeto del presente expediente será de 2 años, pudiendo darse dos prórrogas anuales. No se admiten prórrogas tácitas por lo que el mes anterior a la finalización de cada anualidad del contrato, deberá convenirse la prórroga. No obstante, cuando al vencimiento del contrato no se hubiera adjudicado el mismo y existan razones de interés público que lo justifiquen estará obligado a continuar con el contrato en las mismas condiciones hasta la adjudicación del mismo, que tendrá que tener lugar a la mayor brevedad posible. Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa emitida el 2 de marzo de 2018. El Pleno de la Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto, ACUERDA: PRIMERO- Aceptar la solicitud de prórroga de un año del contrato de “servicio de limpieza de instalaciones municipales” a favor de la empresa Garbialdi, S.A. SEGUNDO.- Notificar a la parte interesada indicándoles que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Pleno de este Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo

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Contencioso-Administrativo de Bilbao, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Sexto.- Delegación al Alcalde, si procede, la facultad de sancionar las infracciones graves en materia de tenencia y protección de animales de Gautegiz Arteaga. Visto que el art. 32 de la Ley 6/1993, de 29 de octubre, de Protección de los Animales establece que la imposición de las sanciones previstas para las infracciones graves corresponderá al pleno del Ayuntamiento. Visto que el artículo 31 de la Ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales de Gautegiz Arteaga regula que se delega en la Alcaldía-Presidencia la competencia para imponer sanciones por infracciones tipificadas como graves. Visto que según el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno puede delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Alcalde y en la Junta de Gobierno Local determinadas atribuciones señaladas en el citado artículo. Visto que es posible que puedan surgir problemas interpretativos jurídicos. Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa emitida el 2 de marzo de 2018. Considerando el artículo 51 del reglamento de organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales. Esta Comisión por unanimidad de los miembros asistentes al acto DICTAMINA: Primero.- Delegar la facultad de imposición de las sanciones previstas para las infracciones graves en materia de tenencia y protección de animales al Alcalde. Segundo.- Publicar la presente resolución en el «Boletín Oficial de Bizkaia» con los efectos previstos en el artículo 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

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Séptimo.- Liquidación del presupuesto del año 2017. Por parte del Alcalde, en cumplimiento con el artículo 49.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia se comunica al pleno mediante la remisión electrónica escaneada del informe relativo a la liquidación del presupuesto del año 2017. De dicho informe se extrae que el resultado del presupuesto ajustado ha ascendido a 149.216,45 euros y que existe un remanente de tesorería para gastos generales de 407.571,89 euros. Octavo.- Dación de cuentas de los Decretos de Alcaldía. Decreto 11/2018.- Convocatoria de la junta de gobierno de fecha de 25 de enero del año 2018. Decreto 12/2018.- Orden de pago O201802, gastos generales. Decreto 13/2018.- Delegación en favor de Don Julian Maria Uriarte Lamiquiz la facultad para autorizar el matrimonio de Doña Ainoa Eiguren Aramburu y Doña Josune Mallabiabarrena Acerecho. Decreto 14/2018.- Autorización del matrimonio civil entre Dª. Ainoa Eiguren Aramburu y D.ª Josune Mallabiabarrena Acerecho. Decreto 15/2018.- Dar de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio a M.P.P. Decreto 16/2018.- Orden de pago O201803, nominas. Decreto 17/2018.- Adjudicación del contrato derivado del Acuerdo Marco de gasóleo C de calefacción durante los años 2018 y 2019 a la empresa REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLIFEROS, S.A. Decreto 18/2018.- Permitir a J.V.M. y F.H.A.M. la obtención de la copia del proyecto de la obra de Kanala 21. Decreto 19/2018.- Adjudicación del contrato derivado del Acuerdo Marco de suministro de energía eléctrica, años 2018-2019 con la empresa IBERDROLA CLIENTES, S.A.U.

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Decreto 20/2018.- Orden de pago O201804, gastos generales. Decreto 21/2018.- Convocatoria de comisión informativa de fecha de 16 de febrero del año 2018. Decreto 22/2018.- Convocatoria de junta de gobierno de fecha de 16 de febrero del año 2018. Decreto 23/2018.- Resolución definitiva de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones en materia deportiva, aprendizaje del euskera, escuela de música y haurreskola del curso 2016-2017. Decreto 24/2018.- Orden de pago O201805, subvenciones a familias. Decreto 25/2018.- Inicio del procedimiento sancionador número 1/2018 relativo a la infracción de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales de Gautegiz Arteaga. Decreto 26/2018.- Inicio del procedimiento sancionador número 2/2018 relativo a la infracción de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales de Gautegiz Arteaga. Decreto 27/2018.- Resolución definitiva de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones directa a la Comisión de Fiestas de Kanala, es decir, Memenkoko Kultur Elkartea. Decreto 28/2018.- Orden de pago O201806, subvenciones a comisión de fiestas de Kanala (2ª parte). Decreto 29/2018.- Resolución definitiva de la Convocatoria subvenciones a asociaciones municipales socio-culturales y deportivas sin ánimo de lucro de Gautegiz Arteaga 2017. Decreto 30/2018.- Orden de pago O201807, subvenciones a asociaciones (2ª parte). Decreto 31/2018.- Convocatoria de comisión informativa de fecha de 2 de marzo del año 2018. Decreto 32/2018.- Orden de pago O201808, nominas. Decreto 33/2018.- Liquidación del Presupuesto General de esta Entidad correspondiente al ejercicio 2017. Decreto 34/2018.- Incorporaciones de los Remanentes de crédito del Presupuesto anterior en el Estado de Gastos del vigente Presupuesto municipal, expediente 1/2018.

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Decreto 35/2018.- Gastos generales O201809, nominas. Decreto 36/2018.- Convocatoria de junta de gobierno de fecha de 2 de marzo del año 2018. Decreto 37/2018.- Autorización de instalar una lápida en la tumba de Dª María Purificación Aberasturi Errazkin a favor de E.A.E.A. Decreto 38/2018.- Inclusión en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga a GARTIAPE KIROL KLUBA. Decreto 39/2018.- Iniciar expediente de orden de ejecución en Zelaieta 53. Decreto 40/2018.- Aprobación del Padrón Municipal del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del año 2018. Decreto 41/2018.- Autorización a E.I.M. con DNI 72241614-V a cortar leña para uso doméstico durante el año 2018 en el Monte de Utilidad Pública denominado Atxarrea. Decreto 42/2018.- Convocatoria del pleno extraordinario de fecha de 16 de marzo del año 2018. Se dan por enterados. Noveno.- Dación de cuenta de acuerdos de la Junta de Gobierno Local. 112/2017.- Clasificación a favor de IBERDROLA CLIENTES, S.A.U. en el Acuerdo Marco de suministro de energía eléctrica, años 2018-2019. 113/2017.- Clasificación a favor de REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLIFEROS, S.A. en el Acuerdo marco de gasóleo C de calefacción durante los años 2018 y 2019. 114/2017.- Adjudicación del contrato menor de servicios del “seguro del nuevo pick up” a la empresa Humberto Zuazua Agencia de Seguros, S.L. (AXA) con CIF B95353470 por importe de 332,86 euros (IVA incluido) 115/2017.- Adjudicación del contrato menor de suministro de “gasoil para la escuela de Montorre y el Ayuntamiento” a la empresa Premira Energia Norte, S.L. con CIF B95840542 por importe de 0,521 euros/litro (IVA incluido).

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116/2017.- Concesión a J.A.G.C. la licencia para instalación de andamio con ocupación de vía pública en el caserío que está siendo objeto de rehabilitación Portu-Bengoetxea sito en Portu 6. 117/2017.- Solicitud de informe jurídico-técnico al órgano competente de la Diputación Foral de Bizkaia, remitiéndose electrónicamente todo el expediente, con el objeto de que se puedan solventar todas las cuestiones generadas en la concesión de la solicitud de licencia de segregación y licencia de obras de viviendas unifamiliares en la parcela sita en Isla Bekoa solicitadas por J.C.A.O. 118/2017.- Solicitud del informe jurídico-técnico al órgano competente de la Diputación Foral de Bizkaia, remitiéndose electrónicamente todo el expediente, con el objeto de que se puedan solventar todas las cuestiones generadas en la concesión de la solicitud de Licencia de obras de rehabilitación del Molino Portu Errota solicitado por J.I.C. 1/2018.- Adjudicación del contrato menor de servicios de “ampliación de la impresión de los Calendarios 2018” a la empresa Ibegrafik, S.L. con CIF B95640884 por la oferta que incluye la impresión de 50 unidades de calendario del 2018 por importe de 338,80 euros (IVA incluido). 2/2018.- Adjudicación del contrato menor de suministro de “suministro y colocación del contrato de suministro de la ventana ubicada en registro civil” a ANDERE UGARTE OLANO (SAGARTE CARPINTERIA METALICA), con DNI 30 635 957 A por importe de 916,66 euros (IVA incluido). 3/2018.- Adjudicación del contrato menor del “instalación de nueva columna galvanizada para punto de luz con luminaria led para el barrio Muniategi” a Argi-Ola con CIF B48485098 por importe de 1.368,04 euros (Iva incluido). 4/2018.- Adjudicación del contrato menor de servicios de “reparación del ascensor de la Escuela de Montorre” a ORONA, S. COOP., con NIF F20025318 por importe de 747,85 euros (IVA incluido). 5/2018.- Estudio de las convocatorias de subvenciones existentes. 6/2018.- Adjudicación del contrato menor de servicios de asesoría laboral para el año 2018 a la empresa GESTORIA GABIOLA, S.L., con CIF B95006904 por un plazo improrrogable de 1 año. 7/2018.- Clasificación a favor de SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y

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TELEGRAFOS, S.A., S.M.E. con NIF A-83052407 del Acuerdo marco de servicios postales años 2018-2019. 8/2018.- Adjudicación del contrato menor de suministro de “compra de carpetas de expedientes” a la empresa GRAFICAS GAUBECA, con CIF B95296851 por la oferta que incluye la impresión de 1.000 unidades por importe de 293,79 euros (IVA incluido). 9/2018.- Adjudicación del contrato menor de servicios de “revisión anual de desfibrilador” a la empresa OSATU S. COOP, con CIF F48113161 por la oferta que mantenimiento del desfibrilador básico para adulto y pediátrico por importe de 244,29 euros (IVA incluido). 10/2018.- Adjudicación del contrato menor de servicio de mantenimiento preventivo anual de los sistemas de extintores manuales y bienes, sistema de detección de incendios, sistema de puertas Rf, conectadas a central de incendios nº 22443 a la empresa SERCOIN SISTEMAS DE SEGURIDAD, S.A.U., con CIF A48178024 por un plazo improrrogable hasta el 31/12/2018. 11/2018.- Concesión a favor de A.R.C.G. de la licencia para instalación de andamio con ocupación de vía pública en el caserío sito en Zelaieta 67 de Gautegiz Arteaga. 12/2018.- Adjudicación del contrato menor de contrato menor de suministro de señalización, barrios, caseríos y lugares de interés a la empresa SEÑALIZACIÓN LACROIX, S.A., con CIF A12329827 por un importe de 4.801,98 euros (IVA incluido) y un plazo de ejecución de 6 meses. 13/2018.- Adjudicación del Acuerdo Marco de servicios postales, años 2018-2019 con la empresa SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS, S.A., S.M.E. UNIPERSONAL con NIF A-83052407. 14/2018.- Adjudicación del contrato menor de servicio de concierto en las fiestas de Gautegiz Arteaga de Gorka y Natxo Knorr a la empresa GAZTEOK MANAGEMENT KULTUR LANAK, S.L.I., con CIF B95103636 por importe de 4.800 € (Iva no incluido). 15/2018.- Conceder a A.U. y J.N. con DNI 78861121-D y DNI 78860348-H respectivamente la licencia de primera ocupación de la vivienda ubicada en Ikusalai 4 de Gautegiz Arteaga (Bizkaia).

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16/2018.- Concreción de las actividades a determinar en relación al Fondo de Mejoras concedido al Ayuntamiento por el Departamento de Hacienda y Finanzas de la DFB. 17/2018.- Adjudicación del contrato menor de servicio de servicio de coordinación de seguridad y salud en la obra de los “nuevos accesos a la consulta médica para mejorar la accesibilidad a la empresa ASEM VISION COMPETITIVA, S.L., con CIF B61122305. 18/2018.- Adjudicación del contrato menor de servicio de servicio de coordinación de seguridad y salud en la obra de los acondicionamiento de solar para pista de skate a la empresa ASEM VISION COMPETITIVA, S.L., con CIF B61122305. 19/2018.- Adjudicar el contrato menor de suministro de determinados elementos para reparar los juegos de niños a la empresa URBABIL 2000 S.L., con CIF B95110342 por un importe de 165,65 euros (IVA incluido). 20/2018.- Adjudicar el contrato menor de suministro de tres espejos a la empresa ADO URBAN FURNITURE, S.L., con CIF B65916223 por el importe de por 209,33 euros (Iva incluido). 21/2018.- Estudio de las convocatorias de subvenciones existentes. 22/2018.- Adjudicar el contrato menor de servicios publicidad del periódico Hitza a LEA ARTIBAI, MUTRIKU ETA BUSTURIALDEKO HITZA por la oferta presentada con fecha de entrada 2 de febrero de 2018 (RE 264) por el paquete publicitario de 875 euros (Iva no incluido). Se dan por enterados.

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Décimo.- Ruegos y preguntas - Dª. Aitziber Ribas pregunta al Alcalde sobre el proyecto de los comedores escolares. Juan Felix Naberan Ozamiz responde al respecto que el proyecto de los comedores escolares es un proyecto que colabora la Asociación Desarrollo Rural Urremendi cuyo objetivo es que el alumnado de las escuelas coman en sus comedores productos locales. Se trata de un proyecto piloto que en principio, el Ayuntamiento se muestra a favor. Entre los asistentes al pleno se debate que actualmente la cocina de la escuela no está preparada para preparar la comida y que, por dicha razón, se trae la comida preparada desde la empresa Gasca. Además, se comenta que es posible que puedan existir problemas de abastecimiento por falta de oferta en determinados productos locales. Por último, el Alcalde muestra su conformidad hacia la adhesión al proyecto, si bien, no se ha realizado la consulta formalmente desde el órgano impulsor. --------------------------------------- ***** CIERRE DEL ACTA No habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde, tras agradecer la asistencia a los presentes, da por concluida la sesión, siendo las diciocho horas y treinta del día arriba indicado, levantándose seguidamente la presente acta, que queda pendiente de aprobación hasta la próxima sesión que se celebre, todo lo cual como Secretaria de la Corporación, CERTIFICO. VºBº EL ALCALDE, LA SECRETARIA, Fdo: Juan Felix Naberan Ozamiz Fdo: Amaia Abanzabalegui Aranguren