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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HUERCAL DE ALMERIA Telf.: 950300050 - Fax: 950600672 Plaza de las Mascaranas, 1. e-mail: [email protected] 04230 Huércal de Almer CIF: P-0405200-G ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EN PRIMERA CONVOCATORIA, EL DIA 27 DE JUNIO DE 2016 Pleno número 04/2015 Sr. Alcalde si D. Ismael Torres Miras PP Sres. Concejales si Dª Purificación Matas Balibrea PP Portavoz Dª Antonia Fernández Hernández PP sí D. Enrique Muñoz Hernández PP, por trabajo si Dª África Obispo Pérez PP sí Dª Eva Marnez Molina PP si Dª Ángeles Casllo Muñoz PSOE Portavoz si D. Ramón Capilla Damián PSOE sí Dª Mª Carmen Guérrez Saldaña PSOE sí D. Andrés Cabrera López PSOE sí D. Emiliano Domene Fernández IULVCA Portavoz sí Dª María Jesús Amate Ruiz IULVCA si D. Juan Ibáñez Sánchez GRINP Portavoz si Dª Mª Dolores Salmerón Navarro GRINP sí Dª Almudena Serrano felices C’S Portavoz D. Juan Calatrava Murcia ACH Portavoz si D. Amador Andrés Capel VHA Portavoz Sr. Interventor en funciones D. Mario Callejón Berenguel Sr. Secretario D. Antonio Balsalobre Salvador Incidencias__ El Presidente, previa raficación de los asistentes, altera el orden de los asuntos, principiando por los puntos 4 y 5 del Orden día, a fin de que a su término pueda ausentarse el Sr. Interventor. Dª Eva Marnez se marcha al comienzo del Punto Ruegos y Preguntas. Sr. Interventor se marcha al terminar el debate y votación de los puntos 4 y 5, sin regresar. Asiste público, 3-4 personas El acta es grabada en vídeo y audio, de la que se diligenciará una copia a los efectos que procedan. En Huércal de Almería (Almería), siendo las 10,10 horas del día veintisiete de junio de dos mil dieciséis, se reúnen, en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, los miembros del Pleno que se citan al margen, a fin de celebrar sesión ordinaria, previamente convocada al efecto, en tiempo y forma. Una vez comprobada la presencia de quórum de asistencia suficiente (artículo 46.2.c’ LBRL), por la Presidencia se declara abierta la sesión, que conocerá del Orden del Día que figura seguidamente. Página 1 de 58

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ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EN PRIMERA CONVOCATORIA, EL DIA 27 DE JUNIO DE 2016

Pleno número 04/2015

Sr. Alcalde si D. Ismael Torres Miras PP Sres. Concejales si Dª Purificación Matas Balibrea PP Portavozsí Dª Antonia Fernández Hernández PPsí D. Enrique Muñoz Hernández PP, por trabajosi Dª África Obispo Pérez PPsí Dª Eva Martínez Molina PPsi Dª Ángeles Castillo Muñoz PSOE Portavozsi D. Ramón Capilla Damián PSOEsí Dª Mª Carmen Gutiérrez Saldaña PSOEsí D. Andrés Cabrera López PSOEsí D. Emiliano Domene Fernández IULVCA Portavozsí Dª María Jesús Amate Ruiz IULVCAsi D. Juan Ibáñez Sánchez GRINP Portavozsi Dª Mª Dolores Salmerón Navarro GRINPsí Dª Almudena Serrano felices C’S Portavozsí D. Juan Calatrava Murcia ACH Portavozsi D. Amador Andrés Capel VHA Portavoz Sr. Interventor en funcionessí D. Mario Callejón Berenguel Sr. Secretario sí D. Antonio Balsalobre Salvador Incidencias__El Presidente, previa ratificación de los asistentes, altera el orden de los asuntos, principiando por los puntos 4 y 5 del Orden día, a fin de que a su término pueda ausentarse el Sr. Interventor.Dª Eva Martínez se marcha al comienzo del Punto Ruegos y Preguntas.Sr. Interventor se marcha al terminar el debate y votación de los puntos 4 y 5, sin regresar.Asiste público, 3-4 personasEl acta es grabada en vídeo y audio, de la que se diligenciará una copia a los efectos que procedan.

En Huércal de Almería (Almería), siendo las 10,10 horas del día veintisiete de junio de dos mil dieciséis, se reúnen, en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, los miembros del Pleno que se citan al margen, a fin de celebrar sesión ordinaria, previamente convocada al efecto, en tiempo y forma.Una vez comprobada la presencia de quórum de asistencia suficiente (artículo 46.2.c’ LBRL), por la Presidencia se declara abierta la sesión, que conocerá del Orden del Día que figura seguidamente.

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ORDEN DEL DIA

1.- Aprobación si procede, del borrador de la sesión anterior, celebrada el día 15 de abril de 2016.-2.- Plan Especial de Reforma Interior (Rehabilitación)3.- Aprobación definitiva de Modificación número 5 de las NN.SS. Municipales4.- Dar cuenta de Liquidación del Presupuesto de 20155.- Ampliación Contrato de Limpieza de Servicio de limpieza Viaria6.- Ordenanza municipal, reguladora del Uso del Campo de Fútbol Villa de San Pablo7.- Modificación Ordenanza distancias actividades clasificadas8.- Ordenanza reguladora del Servicio de Tanatorio9.- Fiestas Locales 201710.- Moción C'S creación Comisión seguimiento cumplimiento acuerdos plenarios11.- Moción Grupos PP-GRINP-VHA sobre denominación espacio de Huertos Urbanos12.- Mociones fuera del orden del día, por razón de urgencia (art. 91.4 ROFRJEL/1986)13.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía desde anterior sesión ordinaria (periodo comprendido entre los días 10 de abril a 29 de mayo de 2016, ambos inclusive).14.- Ruegos y preguntas.-

Antes de entrar en el examen de los asuntos del orden del día el Sr. Presidente da la bienvenida a los miembros de la Corporación y público asistente. Explica el retraso en la celebración del pleno a fin de poder incluir diversos expedientes de interés y no alargarlos en el tiempo.De otro lado, traslada a los asistentes que se comience por los asuntos 4 y 5 del Orden día, a fin de que el Sr. Interventor pueda ausentarse a su término, para atender asuntos urgentes, y sin perjuicio de que comparezca si fuere requerido para ello. Se ratifica por unanimidad de los asistentes.-

4. Dación de cuenta de Liquidación del Presupuesto de 2015Se da cuenta de un Dictamen de la COMISION INFORMATIVA DE DE HACIENDA, ORGANIZACION MUNICIPAL, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACION, DESARROLLO ECONOMICO, ASUNTOS SOCIALES Y POLITICAS DE EMPLEO de fecha 21 de junio de 2016, que dice como sigue:Por la Alcaldía se da cuenta de la Liquidación del Presupuesto de 2015, aprobada por Resolución de 26 de abril de 2016.-

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Debate de Comisión:Sres. Portavoces de los Grupos PSOE, IULVCA y C'S, manifiestan que intervendrán en el PlenoSr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava): vistos los informes obrantes, se destaca que incumplimos la Regla del Gasto, lo que nos obliga a nuevo Plan Económico Financiero; entiendo que la gestión del equipo de gobierno debe ser consecuente con las directrices marcadas por las normas, estemos de acuerdo con ello o no. Pido al Técnico o a la Concejalía Delegada que me expliquen las causas, que ha ocurrido, pues incurrimos en una falta muy importante por sus repercusiones.-Sr. Alcalde: se ha hecho más gasto del permisible pues hay que dar respuestas a los vecinos.-Sr. Calatrava: gracias.Queda dada cuenta de la Liquidación del Presupuesto de 2015.-

Debate de Pleno.-Sra. Portavoz Grupo PSOE (Sra. Castillo): del informe de Intervención se deduce el incumplimiento de la Regla de Gasto, lo que conlleva la necesidad de Plan Económico Financiero, que perjudicará futuras inversiones, por lo que pedimos que se explique que ha pasado. Este incumplimiento de la regla del gasto ya se advertía desde primeros de año, con las modificaciones presupuestarias; implica una mala planificación del equipo de gobierno, pues se afrontan modificaciones para gastos sin cobertura presupuestaria e incluso en lo que no hubo expediente de contratación.El equipo de gobierno no ha gestionado bien la ejecución del Presupuesto, y las repercusiones que de ello deriven serán de su responsabilidad.Sr. Portavoz Grupo IULVCA (Sr. Domene) desde el equipo de gobierno siempre se transmite que todo está bien hecho, pero ahora tenemos esto, se abusa de las modificaciones presupuestarias. Apoyamos lo que se manifestó por el Grupo ACH en la Comisión.-Sra. Portavoz Grupo C’S (Sra. Serrano). Apoyamos los comentarios expuestos, a la vista de los informes obrantes; faltaba una hoja completa del mismo, que se me facilitó por Secretaría.Este incumplimiento de la regla de gasto ya se advirtió desde primero de año.Sr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava): reitero las preguntas que formulé en la Comisión a los Sres. Técnico del Área y Concejalía Delegada y que no me fueron contestadas, sobre consecuencias que traería el incumplimiento de la regla de gasto, que nos supone, sus causas, repercusiones, etc., no es

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cuestión de gastar, sino de hacerlo consecuentemente. Espero sus respuestas.Sr. Alcalde: al Grupo PSOE sobre el incumplimiento de la regla de gasto, lo cierto es que nuestros vecinos tiene necesidades, gastamos en cosas necesarias, los vecinos no entenderían que no se hiciera así porque hubiere de tramitarse un Plan Económico Financiero, pues tenemos deuda cero y las cuentas saneadas, por lo que ese Plan tendrá poca repercusión. Siempre se dice que el Gobierno de la Nación cercena la autonomía local y ahora estamos en ese camino gastando lo que vemos necesario, pero es que si la situación fuera la contraria se nos criticaría por que no gastaríamos lo que sería necesario para atender esas necesidades. Nuestra gestión es responsable.-Sr. Calatrava: cuando pido una respuesta me refiero al donde se gasta y el porqué, pues puedo entender lo que manifiesta sobre que el Gobierno cercena la autonomía local imponiendo leyes, pero ahora pido unas respuestas del Técnico y de la Concejalía delegada, ¿hay informes que expongan las posibles repercusiones?. Ya hay suficiente carga de trabajo en la Intervención como para tener que sumar ahora la de Plan de Saneamiento.Espero que en adelante, cuando un Concejal solicite una información se le de respuesta.Sr. Alcalde: en el área Económica tiene a su disposición toda la documentación que precise.-Quedada cuenta de la Liquidación del Presupuesto de 2015.-

5. Ampliación Contrato de Limpieza de Servicio de limpieza ViariaSe da cuenta de un Dictamen de la COMISION INFORMATIVA DE URBANISMO, VIVIENDA, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS URBANOS, TRANSPARENCIA-MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION Y ADMINISTRACION ELECTRONICA de fecha 21 de junio de 2016, que dice como sigue:Conoció la Comisión una Propuesta de Alcaldía sobre Ampliación Contrato de Limpieza de Servicio de limpieza Viaria que dice como sigue:

Vistas las necesidades puestas de manifiesto desde la Concejalía de Servicios para reforzar puntualmente el Servicio de Limpieza Viaria en el Municipio de Huércal de Almería con dos operarios de conformidad con el contrato del SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA Y DE ESPACIOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE HUÉRCAL DE ALMERÍA ( PROCEDIMIENTO ABIERTO) vigente entre éste Ayuntamiento y adjudicado a la empresa THALER S.A. al objeto de aumentar la frecuencia en determinadas zonas del Página 4 de 58

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municipio hasta la incorporación al Ayuntamiento del personal Contratado con cargo al Programa de Empleo Joven, que pudieran solventar transitoriamente las carencias detectadas.Visto el presupuesto de ampliación presentado por THALER S.A. por importe de 27.656,13 euros más 5.807,79 euros de IVA, asciende al total de 33.463,91 euros, así como el informe de los Servicios Técnicos analizando las necesidades del Servicio y ajuste a los precios del contrato, consta finalmente informe favorable emitido por la Vicesecretaría-Intervención, acreditativo de la existencia de crédito así como de la necesidad de acuerdo Plenario para la aprobación del modificado/ampliación del contrato, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente ACUERDO:PRIMERO. Aprobar (por considerar de Interés Público para el Municipio de Huércal de Almería) el expediente de modificación N.º 2 del contrato servicios de Contrato de Servicio Limpieza Viaria y espacios públicos, consistente en la incorporación de dos operarios de limpieza para el refuerzo de la frecuencia del servicio en Polígonos Industriales : La Cepa, San Rafael, San Silvestre, Alfa y Venta Alegra y los Barrios: El Potro, Las Cumbres y el Mirador del Mediterráneo. Dicho incremento tiene un plazo máximo de cinco meses y en todo caso queda supeditado a la fecha de finalización del contrato.SEGUNDO. Autorizar y disponer el gasto de 33.463,91 euros, con cargo a la aplicación 1630/227,00 “ Servicio de Limpieza Viaria” del vigente Presupuesto General, que implica la presente modificación contractual.TERCERO. Notificar a TALHER S.A., adjudicatario del contrato, la presente Resolución, citarle para la formalización de la modificación del contrato que tendrá lugar en el Departamento de Contratación de Huércal de Almería ante la Alcaldía; y requerirle para que proceda a la ampliación de la garantía definitiva por un importe de 1.382,80 euros.Debate de Comisión.-

Sra. Portavoz Grupo PSOE (Sra. Castillo): tengo una duda por cuanto no veo que en los informes emitidos se diga en algún momento la conformidad a derecho de la propuesta. Pide se le aclare si se usó a trabajadores municipales en la limpieza por el concesionario, en función de lo que consta en el informe técnico sobre suplencias con personal contratado.

Sr. Alcalde: requiere la presencia del Vicesecretario como funcionario que ha informado el expediente, añadiendo que la propuesta se refiere a aumentar las frecuencias en algunas zonas, como polígonos, Cumbres, Mirador y Potro. NO se han usado a trabajadores nuestros por la empresa.

Sr. Vicesecretario: confirma la conformidad a DErecho de la

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propuesta como consta en su Informe-Propuesta, además de existir un informe técnico que justifica la ampliación.

Sra. Castillo: ello conlleva a decir que el servicio ya era deficitario , que se previó mal desde el principio.

Sr. Portavoz Grupo IULVCA (Sr. Domene): ya se habló en su momento se estudiar la viabilidad de este contrato, que era deficitario, por lo que no vemos bien que se traiga esta modificación, no sabemos si ahora lo lógico sería una nueva adjudicación.

Sr- Alcalde: el contrato vence en diciembre y la ampliación surte efectos hasta diciembre; no hay falta de previsión, hay unos ciclos de limpieza y queremos mejorarlos, y creamos dos puestos de trabajo. Me consta que disponéis de toda la documentación, podéis hacer propuestas.

Sra. Portavoz Grupo C'S (Sra. Serrano). Pues, se aumenta la periodicidad de limpieza en ciertas zonas.

Sr. Alcalde: sí.-

Sr. Domene: vamos a mejorarlo, o a suplir déficits. Pregunto sobre la calidad de la limpieza

Sr. Alcalde. Mejoramos el contrato en vigor.

Sra. Serrano: ¿se han valorado otras zonas?

Sr. Alcalde: se actua en función de la época del año; se contrata a dos personas y se mejora.

Sr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava): sobrepasamos la consignación inicialmente prevista, al margen de las opiniones sobre el hecho de la privatización. Es la segunda modificación que se hace del contrato, y si se supera el 10 por 100, como creo que sucede, implicaría nueva licitación. Hablamos de 33.000 euros para 5 meses, que prorrateado al total sería un aumento de 150.000 euros

Sr. Vicesecretario: creo que no se supera ese 10%, pero no tengo aquí el dato.

Sr. Alcalde: el aumento se calcula sobre el importe total de contrato, y no se supera. Hay informes favorables en el expediente, se pueden dar las vueltas que se quiera, pero no hacer demagogia.

Sr. Calatrava: recuerda un informe emitido por esta Secretaría hace años -indicándose que en este momento no se recuerda el contenido del mismo- vendiéndose entonces que el servicio de

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limpieza costaría menos, pero esta nueva necesidad de dos nuevas personas tendría continuidad en el tiempo, lo que significaría ese aumento referido.

Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 5 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) 4 abstenciones -reserva de voto para Pleno- (Grupos PSOE, IULVCA y C’S) y 1 en contra (Grupo ACH) de los 10 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, elevar al Ayuntamiento Pleno la siguiente propuesta de acuerdos:Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdo que se ha transcrito.-

Debate de Pleno.-Sra. Portavoz Grupo PSOE (Sra. Castillo): recordar que fue el PP, cuando entró a gobernar en 2011, cuando se privatizó por primera vez este servicio, inicialmente por 359.000 euros subiendo en 2016 a 440.000 y ahora tenemos este incremento de 33.000 euros. Creemos que esta subida que se trae es un reconocimiento expreso de que el contrato aprobado era insuficiente desde el principio, y así se deduce del informe obrante que pone de manifiesto la insuficiencia de personal. Es un contrato mal planteado, en donde se han usado trabajadores municipales para suplir deficiencias. Desde el PSOE planteamos una gestión pública y esta subida supone que los vecinos paguen más, y que quizás se hayan usado recursos públicos para suplir el déficit del contrato; para informarnos hemos solicitado la documentación.Pedimos, como solución alternativa, gestión pública y menor gasto.Sr. Portavoz Grupo IULVCA (Sr. Domene): se nos presenta como necesidad de mejora del servicio pero lo es del contrato, subsanando una utilización anterior de personal, se suple ahora un déficit existente, subida que proporcionalmente excede el d10 por 100 del contrato. LO cierto es que es un servicio que cada vez cuesta más, aunque se nos vendió que sería más barato.Sra. Portavoz Grupo C’S (Sra. Serrano): cuando se realizaron estos contratos debería haberse evaluado costes reales, para diferentes zonas y temporadas, hubo falta de previsión inicial pues ya hay dos revisiones del contrato. No podemos estar usando planes de empleo. La lectura es que se trata de un contrato deficitario desde el principio.Sr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava): le pregunta al Sr. Interventor en funciones si sigue manteniendo que con etsa modificación no se supera el 10 por 100 del contrato.

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Sr. Interventor: se han consultado los datos y los cálculos se hacen sobre una anualidad del contrato, y por ello, salvo error, esta modificación se sitúa por debajo del 10 por 100 de dicha anualidad, no se emplea un cómputo prorrateado de toda la vida del contrato.-Sr. Calatrava: llevamos consumidos seis meses del año, el incremento que se trae es para cinco meses, de 33.000 euros, que supera el 10 por 100 del plazo que queda de año; aunque respete su criterio, entiendo que el incremento que se propone debe estimarse sobre lo que queda de contrato, cinco meses, por lo que superamos ese 10 por 100.-Sr. Interventor: la normativa de Contratación habla del límite del 10 por 100 del importe del contrato, y se ha interpretado que se refiere a la anualidad, que es coincidente con el ejercicio presupuestario, pues otra interpretación no se acoge en la Ley.Sr. Calatrava, agradece la explicación. Dice que en el expediente obra informe técnico que recoge información de Thaler, pero no hay informe de seguimiento y control de cómo se presta el servicio, ¿Quién hace ese seguimiento? No está ese informe, es obligatorio, o al menos no se nos da. Thaler se dirige solo a los Polígonos, no a los Barrios; se habla de residuos sólidos en Polígonos, pero eso va unido al servicio de recogida de basuras, que no presta Thaler. Quizás sería mejor exigir al concesionario de recogida de basuras que lo haga. Todo ello además de estar disconforme con la propia concesión desde el minuto uno, existen tras modalidades de prestación de los servicios públicos, hay otras modalidades de gestión, con calidad y menor coste, que valdría para garantizar estabilidad en el empleo y sueldos dignos.Sr. Alcalde: vuestra gestión anterior se resume en un millón de gasto en indemnizaciones por despidos improcedentes; vosotros tenéis vuestra forma de verlo y nosotros la nuestra, y dentro de la democracia hay que respetar lo acordado. Dice que no se le dan informes, ¿los ha pedido? El control y seguimiento de la prestación de los servicios lo llevan los técnicos, habla con ellos, Los residuos que recogemos son papeles, hojas, y análogos. El servicio se presta bien y ahora queremos mejorarlo, y además creamos dos puestos de trabajo.Sr. Calatrava: entiendo que intente como siempre dar la vuelta a las cosas, respeto su decisión, pero no reconoce que en los informes se habla de residuos sólidos urbanos y la realidad es la que es. No he tenido la oportunidad de gobernar en el Ayuntamiento, pero hablo de otros medios de gestión que pueden mejorar la calidad y el empleo.

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Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 9 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) y 8 en contra (Grupos PSOE, IULVCA, C’S y ACH) de los 17 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, aprobar la propuesta de acuerdo que contiene el dictamen que se ha transcrito, proclamándose el resultado por la Presidencia.-

1.- Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior: de 15 de abril de 2016.

Por la Presidencia se pregunta a los asistentes si desean realizar alguna aclaración al contenido del borrador del acta de la sesión anterior, de 15 de abril de 2016.

D. Emiliano Domene manifiesta la existencia de error en página 57 -línea 35- en el debate de Cesión de CN-340, cuando el Alcalde se ausentó por compromiso con un Colegio, y fui yo y no la Portavoz del Grupo PSOE quien intervenir en turno de réplica.

No produciéndose más intervenciones sobre el texto del acta, queda aprobada por UNANIMIDAD de los 17 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación (Grupos PP, GRINP, PSOE, IUKVCA, C’S, VHA Y ACH), incluyendo la subsanación referida, proclamándose el resultado por la Presidencia.-

2. Plan Especial de Reforma Interior (Rehabilitación)Se da cuenta de un Dictamen de la COMISION INFORMATIVA DE URBANISMO, VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS URBANOS, TRANSPARENCIA-MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION Y ADMINISTRACION ELECTRONICA de fecha 21 de junio de 2016, que dice como sigue:Conoció la Comisión una Propuesta de Alcaldía sobre Plan Especial de Reforma Interior (Rehabilitación) que dice como sigue:

Visto el expediente tramitado relativo a Proyecto de Plan Especial -de marzo de 2016- para la Delimitación como Zonas Degradadas del ámbito de los Cerros del Calvario y la Cruz y los Barrios de Las Zorreras y Visiedo del núcleo urbano de Huercal de Almería,

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redactado por Eduardo Amat Bernabeu, Arquitecto, y promovido por este AyuntamientoVistos los informes obrantes.Considerando el Derecho aplicable, a saber.-La Legislación aplicable es la siguiente:Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), artículos 7.1-14-31.1-RD 2159/1978, de 23 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento (RP).RD 3288/1978, de 25 de Agosto, por el que se aprueba el reglamento de Gestión Urbanística (RG).RDL 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.NNSS de Huércal de Almería de 31 de Marzo de 1999.PGOU adaptación Parcial de las NNSS de Planeamiento de Huercal de Almería a la LOUA de 9 de Mayo de 2011.Ordenanza Municipal de Urbanización de 11 de Febrero de 2004.Es objeto del Plan la delimitación como Zonas Degradadas del ámbito del Cerro del Calvario y Cerro de la Cruz y los barrios de "Las Zorreras" y "Visiedo" en su núcleo urbano: El presente Plan Especial tiene por objeto en primer lugar la delimitación de distintas áreas del núcleo urbano de Huercal de Almería, por su consideración de "Zonas Degradadas", mediante la determinación pormenorizada de las actuaciones públicas a ejecutar de mejora, conservación y rehabilitación de dichas zonas, así como al fomento de actuaciones privadas, de acuerdo con lo que dispongan los instrumentos de ordenación urbanística, dirigidos a la mejora, conservación, mantenimiento y rehabilitación de la ciudad existente, preferentemente de zonas degradadas, a fin de dar cumplimiento a las previsiones de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía respecto de los destinos de los ingresos y recursos de los patrimonios públicos del suelo. Tiene como ámbitos las siguientes zonas de actuación:ZONA 1.- Cerro del Calvario y Cerro de la CruzZONA 2.- Barrio de "Las Zorreras"ZONA 3.- Barrio de "Visiedo"Al Ayuntamiento Pleno se eleva la siguiente Propuesta de acuerdo:Primero.- Aprobar inicialmente el Plan Especial de Reforma Interior para la Delimitación como Zonas Degradadas del ámbito de los Cerros del Calvario y la Cruz y los Barrios de Las Zorreras y Visiedo del núcleo urbano de Huercal de Almería, redactado por Eduardo Amat Bernabeu, Arquitecto, y promovido por este Ayuntamiento.

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Segundo.- Solicitar los informes, dictámenes u otro tipo de pronunciamientos de los órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados, previstos legalmente como preceptivos, que deberán ser emitidos en esta fase de tramitación del instrumento de planeamiento y en los plazos que establezca su regulación específica.Tercero.- Aperturar trámite de información pública, por un mes, mediante edictos publicados en Tablón físico y Sede Electrónica del Ayuntamiento, BOP de Almería y diario ‘La Voz de Almería’, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones/alegaciones que tengan por conveniente.-Cuarto.- Facultar a la Alcaldía a los efectos oportunos.-Debate de Comisión.-Sr. Alcalde: ya se comentó el objeto de este PERI, cual es delimitar áreas degradadas para una actuación posterior. En principio la idea era determinar actuaciones privadas y actuaciones públicas, pero por razón de tramitación se dividen en dos fases, siendo objeto del PERI que ahora se analiza determinar actuaciones en bienes privados, incluso inmuebles municipales.Sra. Portavoz Grupo PSOE (Sra. Castillo): reserva para Pleno.Sr. Portavoz Grupo IULVCA (Sr. Domene): se incluye la construcción de viviendas protegidas?Sr. Alcalde: se delimitan áreas degradadas y dentro de ellas destinar PMS a rehabilitaciones de viviendas privadas, lo que es conforme a los fines del PMS. Una actuación posterior se llevará a cabo en infraestructuras.Sr. Domene: en el primer PERI, ¿tenemos viviendas municipales)sr. Alcalde: alguna cueva. Este PERI delimita tres zonas de actuación, técnicamente se nos dice que esas son las que peor están, donde hay que actuar, pero el PERI solo delimita, pues un Reglamento posterior indicará procedimientos y cuantías.Sra. Portavoz Grupo C'S (Sra. Serrano): reserva para Pleno.Sr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava): al margen de otros informes que procedan, se prevé una inversión de 300.000 euros, lo que supone un 42 por 100 del PMS total, unos 875.000 euros. Por parte de otras Administraciones Públicas se contemplan otros programas de rehabilitación, se debe informar a los vecinos de ello, es un tema importante, pero hablamos de destinar más del 40 por 100 de nuestro PMS a subvencionar iniciativas privadas, sin contarse ahora de un desarrollo real de lo que se hará,Sr. Alcalde: se trata de una previsión, que viene exigida en los Informes obrantes, por lo que hacemos una dotación suficiente, que no implica su gasto, pues será ese Reglamento el que fije cuantías concretas. Lo cierto es que debe figurar una cifra de previsión.Página 11 de 58

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Sr. Calatrava: pregunta si se saben ya las cantidades que irán a subvencionar actuaciones privadas y la que irá a infraestructuras, así como si habrá preferencias entre ellas.Sr. Alcalde: este PERI es para actuaciones privadas de rehabilitación, con una previsión de 300.000 euros, sin que implique su gasto.Sr. Calatrava: no termino de entender que se destine el 42% de nuestro PMS a subvencionar actuaciones privadas cuando existen otros programas de ayudas de otras AAPP.Sr. Alcalde: hay actuación privada, pero también alcanza a viviendas municipales, incluso solares.Sra. Castillo: el Sr. Alcalde ha dicho que la previsión de 300.000 euros es para iniciativas privadas y no para actuaciones publicas.Sr. Calatrava: es que a día de hoy se puede actuar ya en cualquier vivienda municipal en viviendas municipales: No entiendo destinar ese 42 por 100 cuando hay otras necesidades, aunque respeto el criterio del equipo de gobierno. Es el Alcalde el que ha dicho que los 300.000 euros casi en su totalidad serán la iniciativa privada. Deberíamos tener mejor definición del uso de esa cantidad. Además, ¿no tenemos declarados ya los cerros como áreas degradadas?Sr. Alcalde: en este momento solo definimos áreas y se fija una cuantía, y su uso y destino se regulará en Reglamento específico, que se verá en este Pleno. Los cerros antes declarados ahora se amplían las zonas.Sra. Castillo: se precisa una mayor concreción.Sr. Calatrava: pregunta si el equipo de gobierno tiene previsto solicitar ayudas a otras AAPP. Recuerda que en el Presupuesto se incluye, a su petición, una partida para que se contrate el servicio de información y tramitación de subvenciones de todo tipo. Si se trata de una mera previsión, dótese con 1 euro, pues si se pone 300.000 euros es porque ya se conoce una cuantificación de lo que se va a hacer, pues ¿como se ha llegado a esa cantidad? Si hay RC es porque se compromete esa cantidad; se ha reconocido que las anteriores áreas se amplían en este PERI y ello es porque se sabe en que se actuará.Sr. Alcalde: no se aprueba una cantidad de dinero para gastar, solo se dice que hay una consignación para un posible gasto que debe regularse. Cuando llegue el momento de decidir sobre inversiones concretas hablaremos, ahora solo delimitamos áreas donde actuar. La cuantificación se propone por un técnico que ha estudiado el tema de necesidades, es una valoración global, no dispongo ahora de información sobre actuaciones concretas.

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Sr. Domene: pregunta si hay un estudio de propiedades municipales existentes dentro de esas áreas.Sr. Alcalde: sí, en el inventario, que cuando esté listo se os pasaráSr. Domene: ¿se dispondrá de él para el Pleno?Sr. Alcalde: no lo creoSr. Calatrava: pregunta si hay voluntad en el equipo de gobierno de solicitar a otras AAPP ayudas en rehabilitaciones.Sr. Alcalde:sí, cuando estén declaradas las áreas, no antes.Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 5 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) y 5 abstenciones -reserva de voto para Pleno- (Grupos PSOE, IULVCA, C’S y ACH) de los 10 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, elevar al Ayuntamiento Pleno la siguiente propuesta de acuerdos:Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdo que se ha transcrito.-Debate de Pleno.-Sra. Portavoz Grupo PSOE (Sra. Castillo): no vemos claro el planteamiento de este Plan. Refiere consideraciones del Informe de Secretaría, como darse audiencia a propietarios afectados, ¿se ha hecho?Como cuestión de orden, cuando los Grupos de la Oposición hacemos nuestra exposición, regularmente nos dirigimos al Sr. Alcalde, pero éste suele levantarse e incluso salir del salón, lo que me parece una falta de respeto hacia mi Grupo y hacia el resto de Grupos.También se habla en el Informe de la necesidad de una Ordenanza Reguladora, y preguntamos si no sería más eficaz disponer ya de ella, aprobarla paralelamente a este PERI. El informe técnico también refiere la necesidad de la Ordenanza.Se hace alusión a suficiencia de suelo para vivienda protegida ¿hay previsión de nueva construcción?Sobre el Informe se Intervención, ¿es normal que se requiera de forma verbal? Creemos que debe ser por escrito.Se compromete 300.000 euros del PMS,. Casi la mitad del existente, se nos dice que quizás no se gaste, pero de hecho está comprometido.Pido explicaciones a todo ello para tomar posición.-Sr. Alcalde: usted habla de que en la Comisión hubo ‘reserva para Pleno’, así como que no le contesté, pero ello es falso.Sra. Castillo: usted no contestó a los Grupos.Sr. Alcalde: la Ordenanza no puede aprobarse hasta aprobarse el PERI, tenemos borrador. Hay suficiencia de suelo para vivienda protegida, aunque nos dice la técnica que no es necesario que

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obre el Informe para la aprobación inicial, sino que se incorpore.Sr. Castillo. Podríamos conocer ahora ese borrador de ordenanza para saber en que comprometemos el gasto, el dinero de PMSSr. Alcalde: ahora no gastamos, sino solo declaramos Áreas Degradadas para futuras actuaciones.Sra. Castillo: sí se compromete ahora un gasto del PMS, aunque luego se gaste o noSr. Portavoz Grupo IULVCA (Sr. Domene): pide que las intervenciones se ordenen, si contesta la Presidencia de uno en uno o en bloque al final. Se presenta un Plan Especial bastante indefinido, lo que suele ser habitual, en la Comisión pegunté que bienes municipales se incluían y no se contestó; tampoco se aclaró si habría nueva promoción de viviendas. Se prevé un gasto de 300.000 euros para iniciativas privadas, no entran equipamientos públicos, tampoco se nos aclara de donde sale esa cantidad, y no creemos que haya un gasto improvisado, sino que se sabe. Debemos contar con el Reglamento para que el PERI sea eficaz, no hay plan de etapas, se habla en los documentos de falta de mantenimiento y de abandono de equipamientos, pero ahora no se destina dinero para ello.Estamos de acuerdo en que se actúe en las zonas degradadas, pero pedimos más información, y por eso pedimos que este asunto quede sobre la mesa.Sra. Portavoz Grupo C’S (Sra, Serrano): estamos de acuerdo con el Plan y que se actúe en zonas degradadas, pero nos falta información sobre el destino del dinero, así como sobre el contenido de la Ordenanza.Sr. Calatrava: comenta el artículo 75.2 LOUA y hace referencia al Informe de esta Secretaría, al cual me remito.-Nosotros entendemos que primero está el interés comunitario, pero ustedes consideran actuar en viviendas privadas, no se mejora la ciudad existente, no lo compartimos pues hay deficiencias en equipamientos públicos, en los barrios.A petición del Sr. Domene de que el asunto quede sobre la mesa, por esta Secretaría se da lectura al artículo 92 ROFRJEL/1986, que lo regula.Sr. Alcalde: habláis de indefinición, pero yo creo que es falta de preparación, te pediría que te centres donde estamos, hablamos de delimitar áreas, y cuando el PERI esté aprobado actuaremos dentro. Ya informé sobre un segundo PERI que se referirá a los equipamientos, que veremos en este Pleno. Ahora no venimos a comprometer 300.000 euros, sino que es una cantidad que está disponible, aunque las actuaciones concretas se

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aprobarán entre todos. El borrador de la Ordenanza lo tenéis disponible en Tesorería.Sr. Doemene: por alusiones, usted nos habla de borradores pero pido que veamos este tema cuando dispongamos de toda la información.Sra. Castillo: el Sr. Alcalde dice que no se compromete el gasto, pero el Informe de Secretaria dice que debe certificarse sobre existencia de consignación adecuada, lo que se hace desde la Intervención, por lo que sí se compromete la cantidad. Apoyamos que se retire el punto para tener más información.Por la Alcaldía se somete a votación la petición de que el asunto quede sobre la mesa, son el siguiente resultado:A favor de que quede sobre la mesa, 8 votos (Grupos PSOE, IULVCA, C’S y ACH)En contra de que quede sobre la mesa, 9 votos (Grupos PP, GRINP y VHA).La Alcaldía somete a votación el asuntoConocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 9 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) 7 en contra (Grupos PSOE, IULVCA y ACH) y 1 abstención (Grupo C’S) de los 17 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, aprobar la propuesta de acuerdo que contiene el dictamen que se ha transcrito, proclamándose el resultado por la Presidencia.-

3. Aprobación definitiva de Modificación número 5 de las NN.SS. Municipales Se da cuenta de un Dictamen de la COMISION INFORMATIVA DE URBANISMO, VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS URBANOS, TRANSPARENCIA-MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION Y ADMINISTRACION ELECTRONICA de fecha 21 de junio de 2016, que dice como sigue:Conoció la Comisión una propuesta de la Alcaldía relativa a Aprobación definitiva de Modificación número 5 de las NN.SS. Municipales que dice como sigue:Visto el expediente instruido correspondiente a la Modificación numero 5 de las Normas Subsidiarias Municipales, cuyo fin es fijar TRAZADO DE TRAMA URBANA PARA SUELO URBANO CONSOLIDADO, Promovido por D. Ayuntamiento de Huércal de Almería, y redactado por Dª Raquel Santiago Sánchez, Arquitecta del Área de Cooperación Provincial de la Diputación Provincial de AlmeríaVistos los Informes obrantes en el expediente, de la Secretaría General, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y de la

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Arquitecta de la UAM, que acredita haberse subsanado la observación incluida en el Informe de la Comunidad Autónoma.-No habiéndose presentado alegaciones/reclamaciones en el trámite de Información Pública (BOP de 9 de mayo de 2014 y diario La Voz de Almería de 26 de abril de 2014Vistos los artículos 7.1.a', 31, 32 y 35 y ss. de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA de 31 de diciembre de 2002); 154 y siguientes del Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 23 de junio de 1978; y 22.2.c' y 47.2.11' de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.- Al Ayuntamiento Pleno se eleva la siguiente propuesta de acuerdos: Primero.- Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias número 5, que se refiere a Modificación en varios ámbitos del trazado pormenorizado de la trama urbana establecida para el suelo urbano consolidado, promovida por D. Ayuntamiento de Huércal de Almería, y redactado por D° Raquel Santiago Sánchez, Arquitecta del Área de Cooperación Provincial de la Diputación Provincial de Almería.- Segundo.- Inscribir la Modificación en el Registro de Instrumentos Urbanísticos.Tercero.- Dar cuenta a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y notificar el presente acuerdo a cuantos aparezcan como interesados en el expedienteDebate de Comisión.-Sr. Alcalde: ya se aprobó inicialmente por el Ayuntamiento; se han corregido las subsanaciones apuntadas desde la Junta de Andalucía.Sra. Portavoz Grupo PSOE (Sra. Castillo): reserva para plenoSR. Portavoz Grupo IULVCA (Sr. Domene): Pregunta por el cambio de uso de solar en calle Hernan Cortés; por el acceso por Los Pinos, si hay terrenos particulares afectados; y por la alineación de la calle Pablo Picasso.Sr. Alcalde: el solar viene de antiguo, se trata de la Familia Capel, no se pudo llegar a una compra directa y se tramita como expropiación, habiendo acuerdo para la adquisición. El acceso a Los Pinos se prevé por 'El 120', habiendo particulares afectados con los que no se ha llegado a un acuerdo, por lo que se trata de fijar en el planeamiento el acceso, y cuando proceda actuar. Y en cuanto a la alineación de la calle Pablo Picasso, se recoge la realidad, regularizándose el vial, pues no se trata ahora de corregir tapias o edificaciones tras tantos años.Sra. Castillo: ¿Se descarta la otra opción de acceso a Los Pinos?Sr. Alcalde: no,

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Sra. Portavoz Grupo C'S (Sra. Serrano): las dudas que tenían se han aclarado con las respuestas dadas por Alcaldía a intervenciones anterioresSr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava): ya nos opusimos en su momento a esta Modificación del Planeamiento por el tema de la alineación de la calle Pablo Picasso, es otra regularización de la misma zona, donde hay uso de zonas públicas; puedo entender que se quieran derribos, pero los ciudadanos se quedan sin acera, condenamos una considerable cantidad de metros.Sr. Alcalde: no es así, la acera se hará cuando se desarrolle el sector.Sr. Calatrava: en cuanto al acceso a los Pinos, defendemos que por calle Maimón es más conveniente, aunque la lógica nos dice que por el Camino de Los Muertos donde hay un solar fuera de ordenación. En principio no vemos mal la opcion que se propone.Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 5 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) y 5 abstenciones -reserva de voto para Pleno- (Grupos PSOE, IULVCA, C’S y ACH) de los 10 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, elevar al Ayuntamiento Pleno la siguiente propuesta de acuerdos:Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdo que se ha transcrito.-

Debate de Pleno.-Sra. Portavoz Grupo PSOE (Sra. Castillo): tengo una duda por lo aprobado en el Pleno de 15 de abril de 2014, creo que se trata de dos expedientes distintos, modificaciones 5 y 6 de las NN.SS. También pregunta si se ha subsanado lo que se indica en el Informe del Técnico.Sr. Alcalde: creo que el objeto de esta Modificación no se ha alterado. Sí se ha subsanado.Sr. Portavoz Grupo IULVCA (Sr. Domene): las dudas que expusimos se aclararon en la Comisión.Sra. Portavoz Grupo C’S (Sra. Serrano): votamos a favor.Sr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava): ya votamos en contra de esta Modificación en su momento. Después de cinco años o más, seguimos sin conocer el estado del PGOU, del proyecto urbanístico de Huércal de Almería, pido que se dé trámite al mismo. En estos cinco años solo ha habido una reunión para tratarlo.Falta el Inventario General de Bienes, conocer que tenemos y donde, siempre se nos dan largas, no podemos seguir modificando las NNSS y siempre por interés privado. A lo mejor con ese conocimiento podríamos haber tenido otras consideraciones para

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la sesión del suelo para el IES. Supongo que los Grupos del equipo de gobierno estarán también de acuerdo.Sr. Alcalde: entiendo que se busquen frases estrella, pero no se da preferencia a las iniciativas privadas, todo lo contrario, pues las que traemos son de iniciativa pública, aunque los suelos privados tengan también ese derecho. Es una modificación que lleva tiempo tramitándose y que cuenta con informes favorables.Sr. Domene pide la retirada del asunto al no haberse resuelto la duda planteada por la Sra. Castillo.El Sr. Alcalde ordena un descanso para que por Secretaría se aclare. 11,30 horasSE reanuda la sesión a las 11,40 horas, aclarándose por esta Secretaría que no hay error, pues el objeto de la presente modificación fue siempre el referido de FIJAR TRAZADO DE TRAMA URBANA PARA SUELO URBANO CONSOLIDADO, siendo que la obra modificación de las NN.SS se refiere a la localización de dotación pública (Lavadero Municipal), aunque es cierto que el error se produce en la numeración de los expedientes 5 y 6.Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 14 votos a favor (Grupos PP, GRINP, PSOE, C’S y VHA) 1 en contra (Grupo ACH) y 2 abstenciones (Grupo IULVCA) de los 17 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, aprobar la propuesta de acuerdo que contiene el dictamen que se ha transcrito, proclamándose el resultado por la Presidencia.-

6. Ordenanza Municipal reguladora del Uso del Campo de Futbol ‘Villa de San Pablo’Se dio cuenta de un dictamen de la COMISION INFORMATIVA DE PARTICIPACION CIUDADANA, CULTURA, RELACIONES CON LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL BAJO ANDARAX, IGUALDAD Y DEPORTE de 21 de junio de 2016, que dice como sigue:Conoció la Comisión una propuesta de Alcaldía, sobre Ordenanza municipal, reguladora del Uso del Campo de Fútbol Villa de San Pablo, que dice como sigueVisto el expediente instruido sobre Asunto: Aprobación de Reglamento Municipal regulador del uso de la instalación Campo de Fútbol Villa de San Pablo.-Visto el Informe de la Secretaría General, del que resultan los siguientes Antecedentes y Derecho Aplicable

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Antecedentes:

Por la Alcaldía se manifiesta:Suscrito Convenio con Obispado de Almería , 4 de abril de 2012, para la cesión uso de la instalación CAMPO DE FUTBOL VILLA DE SAN PABLO, se estima la procedencia de aprobar una reglamentación concreta que regule dicho uso por los vecinos y/o Ayuntamiento.-Por lo anterior, Acuerdo Que por la Secretaría general se informe acerca de la legislación aplicable y del procedimiento a seguir, e incorporar modelo de Ordenanza reguladora. Tramitado el procedimiento, se someterá a resolución del Órgano competente para ello.-Derecho aplicable

Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.Convenio suscrito con el Obispado de Almería, de 4 de abril de 20121.- El artículo 4.1.a’ de la LBRL, otorga a los municipios las potestades reglamentaria y de autoorganización.2.- El apartado Primero del Convenio: El Obispado de Almería cede al Ayuntamiento de Huércal de Almería el uso y disfrute del campo de fútbol descrito en el exponendo primero por un periodo de cuatro años desde la firma del presente convenio.El apartado cuarto: a fin de que el referido inmueble pueda servir a fines sociales y culturales, sí podrá el Ayuntamiento de Huércal de Almería arbitrarlos usos que considere convenientes y de forma totalmente gratuita con las asociaciones, colectivos o entidades que vayan a realizar algún tipo de acto o evento de interés público, social, religioso o celebraciones posteriores a bautizos o comuniones y análogos promovidos por vecinos, siempre que estos sean acordes y respetuosos con los principios éticos y religiosos defendidos por la Iglesia Católica. En caso contrario se podrá rescindir dicho convenio.3.- El artículo 49 de la LBRL, en cuanto al procedimiento de aprobación de la Ordenanza, que contempla las siguientes fases:

Aprobación inicial del Ayuntamiento Pleno, con el quórum de mayoría simple, previo dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo.

Información pública por plazo mínimo de treinta días hábiles, mediante edictos publicados en el BOP de Almería y Tablón de Edictos del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Resolución de las alegaciones, en su caso, presentadas, y aprobación definitiva del texto de la ordenanza, que no será preciso adoptarlo en caso de que no se presentaren alegaciones en el trámite de información pública.

Publicación del texto definitivo en el BOP de Almería, entrando en vigor de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/85: Las

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ordenanzas, incluidos el articulado de las normas de los planes urbanísticos, así como los acuerdos correspondientes a éstos cuya aprobación definitiva sea competencia de los entes locales, se publicarán en el Boletín Oficial de la provincia y no entrarán en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 (quince días) salvo los presupuestos y las ordenanzas fiscales que se publican y entran en vigor en los términos establecidos en la Ley de Haciendas Locales.

4.- La competencia para su aprobación corresponde al Pleno del Ayuntamiento, precisando el voto favorable de la mayoría simple (más votos afirmativos que negativos); conforme a los artículos 22.2.d' y 47.1 LBRL.-DE conformidad con cuanto antecede, al Ayuntamiento Pleno se eleva la siguiente Propuesta de Acuerdo:PRIMERO.- Aprobar inicial, y definitivamente para el caso de que no se presentasen alegaciones/reclamaciones en el trámite de exposición pública, el Reglamento Municipal regulador del uso de la instalación Campo de Fútbol Villa de San Pablo, cuyo texto figura en el expediente administrativo.SEGUNDO.- Aperturar trámite de Información pública, por plazo de treinta días hábiles, mediante edictos publicados en el BOP de Almería y Tablón de Edictos y sede electrónica del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.TERCERO.- A la aprobación definitiva del Reglamento seguirá la publicación del texto definitivo en el BOP de Almería, entrando en vigor de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/85.CUARTO.- Facultar a esta Alcaldía a los efectos oportunos.-TEXTO DE LA ORDENANZA:

REGLAMENTO REGULADOR DEL USO DE LA INSTALACION ‘CAMPO DE FUTBOL VILLA DE SAN PABLO’

En fecha 4 de abril de 2012 se suscribió Convenio de Colaboración con el Obispado de Almería para la disposición del Ayuntamiento de inmueble denominado CAMPO DE FUTBOL VILLA DE SAN PABLO, en el que se acuerda que el Ayuntamiento ‘sí podrá arbitrarlos usos que considere convenientes y de forma totalmente gratuita con las asociaciones, colectivos o entidades que vayan a realizar algún tipo de acto o evento de interés público, social, religioso o celebraciones posteriores a bautizos o comuniones y análogos promovidos por vecinos.DE conformidad con la potestad reglamentaria que corresponde al Municipio, ex artículo 4.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, procede la aprobación de Ordenanza que regule estos usos por vecinos y asociaciones vecinales.-

Artículo 1.- Objeto de la Ordenanza.Página 20 de 58

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La presente ordenanza tiene por objeto regular el uso por vecinos y asociaciones del municipio del Campo de Fútbol VILLA DE SAN PABLO (en adelante Campo de Fútbol) en desarrollo del Convenio de Cesión del mismo suscrito con el Obispado de Almería en fecha 4 de abril de 2012, y que se corresponde con los usos previstos en el mismo, a saber: usos que el Ayuntamiento considere convenientes y de forma totalmente gratuita con las asociaciones, colectivos o entidades que vayan a realizar algún tipo de acto o evento de interés público, social, religioso o celebraciones posteriores a bautizos o comuniones y análogos promovidos por vecinos.

Artículo 2.- Beneficiarios del uso del Campo de Fútbol VILLA DE SAN PABLO.

Podrán solicitar al Ayuntamiento el uso del Campo de Fútbol las asociaciones, colectivos y entidades del municipio debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, así como los vecinos de Huercal de Almería.-

Artículo 3.- Procedimiento de autorización del uso.

3.1 Solicitud: la persona, asociación, colectivo o entidad interesado/a en el uso del Campo de Fútbol presentará solicitud normalizada -que podrá retirar en el Registro de Entrada u obtener en la sede electrónica www.huercaldealmeria.es- en el Registro General del Ayuntamiento o en los lugares a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, d 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La solicitud deberá tener entrada en el Registro con una antelación máxima de treinta días y mínima de veinte días a la fecha solicitada, desestimándose las presentadas que no cumplan este requisito. Se excepcionará de este requisito aquellas solicitudes destinadas a eventos singulares tales como bodas, bautizos y comuniones, en los que la solicitud podrá ser presentada con fecha anterior hasta el máximo de 12 meses antes.

3.2 Pre-reserva: presentada la solicitud, por el funcionario del SAC, comprobada la disponibilidad de la instalación en el día y hora señalado, se procederá a la emisión de documento de reserva de la misma, sin perjuicio del posible requerimiento de trámite de subsanación de deficiencias, en cuyo caso los efectos de la reserva se ajustarán a los plazos de los requerimientos de subsanación , de forma tal que, habiéndose excedido el plazo de subsanación sin la aportación de la documentación requerida, dicha reserva quedará sin efecto.

3.3 Por el funcionario del SAC se comprobará, en el momento de la presentación, que la solicitud reúne los requisitos exigibles para su tramitación; en caso contrario se le Página 21 de 58

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entregará en el momento de presentación de la solicitud requerimiento de subsanación en plazo máximo de diez días, donde se advertirá que la no subsanación en plazo conllevará el desistimiento del interesado en su solicitud, archivándose la misma previa resolución en tal sentido (art. 71.1 L.30/1992)

3.3 Órgano competente para resolver: Será competente para resolver sobre la autorización la Alcaldía-Presidencia, mediante Resolución, que no podrá señalar una asistencia de personas que pudiera superar el aforo máximo previsto o previsible para la instalación.-

3.4 Plazo máximo de resolución: El plazo máximo para resolver sobre la autorización será de VEINTE DIAS a contar del día hábil siguiente al de solicitud. El transcurso del plazo máximo legal para resolver se podrá suspender cuando deba requerirse a cualquier interesado para la subsanación de deficiencias y la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesarios, por el tiempo que medie entre la notificación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario, o, en su defecto, el transcurso del plazo concedido

DE no resolverse expresamente en plazo, el solicitante podrá entender desestimada su petición.-

3.5 Depósito de garantía: En el plazo de los tres días siguientes a la notificación de la resolución, y, en todo caso, antes de hacer uso de la instalación, el interesado/a deberá depositar en el Ayuntamiento garantía por importe de CIEN (100) euros, para responder de la limpieza del Campo al finalizar su uso y/o de los daños que se pudieren ocasionar a la instalación y al material prestado con la autorización. Si los costes de limpieza y/o de los daños causados en la instalación y material prestado excedieren de 100 euros, la responsabilidad correspondiente al exceso se exigirá conforme a los procedimientos legales y reglamentarios establecidos en cada caso.

La no presentación de dicha garantía comportará la cancelación de la autorización concedida.-

3.6 Concurrencia de solicitudes para la misma fecha: En el caso de existir varias solicitudes para las mismas fechas, se atenderá el orden del Registro de Entrada.-

3.7 No cesión: En ningún caso se autorizará la cesión del uso a que se refiere esta Ordenanza, cuando el Ayuntamiento ya tuviere previsto el uso del Campo de Futbol para actividades propias.Página 22 de 58

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Artículo 4.- Número máximo de autorizaciones al año.

El número máximo de autorizaciones a conceder a cualquier beneficiario será de tres al año. No obstante se podrán atender más solicitudes de referirse a fechas para las que no hubiere petición en tramitación.-

Artículo 5.- Actividades Autorizables.

Las autorizaciones sólo se referirán:

1) A actos o eventos de interés público, social, religioso que se correspondan, conforme a sus Estatutos, con las actividades propias de la asociación, colectivo o entidad solicitante;

2) A celebraciones posteriores a bodas, bautizos o comuniones y análogos promovidos por vecinos.

El uso del Campo de Fútbol para otros fines distintos de los autorizados comportará la cancelación de la autorización y la prohibición de obtener nueva autorización en un plazo de 12 meses.-

Queda expresamente prohibido el ejercicio de actividades económicas.-

Artículo 6.- Materiales a usar en la actividad autorizada.

Para el desarrollo de la actividad autorizada, se podrá emplear, indistintamente, el material municipal que se ponga a disposición del autorizado (cuya petición deberá constar en la solicitud y en la resolución) y el que aporte el autorizado.

El material municipal se corresponde:

1. Sillas, en un máximo de 80.

2. Mesas, en un máximo de 15.-

3. Carpas, en un número máximo de 3 (si las hubiere).-

Las mesas, sillas y carpas estarán a disposición del autorizado en el local existente en el edificio que parcialmente usa como sede la Asociación BARRIO DE VISIEDO (en la

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ubicación que determine el Ayuntamiento) correspondiendo a aquél su colocación en la zona de la actividad y su posterior devolución a dicho local.

Las Carpas se montarán y desmontarán por personal municipal, a fin de evitarse, en lo posible, posibles daños en su manipulación

El acceso al material municipal se hará a través Encargado de Servicios o personal de Servicios de la Nave Municipal que aquél designe.-

Loa aseos a utilizar serán los existentes en el local referido.

Corresponde al autorizado la limpieza de las zonas y materiales (mesas, sillas) empleados en la actividad autorizada, así como los aseos.-

Artículo 7.- Elaboración-manipulación de alimentos y Música.

7.1 Los productos a consumir en el Campo de Fútbol deberán estar preferentemente ya cocinados. 7.2 Uso de barbacoas: el autorizado podrá hacer uso de las barbacoas existentes en el Campo de Fútbol, ateniéndose a las siguientes condiciones:

* la elaboración de los alimentos a consumir en la actividad a desarrollar

* manipulación exclusiva por mayores de edad

* evitar su uso en caso de existencia de viento con rachas de fuerza tal que pudieren llevar chispas a inmuebles colindantes o a elementos de arbolado existentes en el Campo, y en todo caso, cuando pudiere ocasionar riesgo para las personas asistentes a la actividad.-

7.3 También podrán emplearse otros elementos de cocción como planchas de gas.-

7.4 El autorizado y las personas asistentes serán las responsables de la manipulación de los alimentos y de las barbacoas y demás elementos de cocción que empleen conforme a los apartados anteriores.-

7.5 Queda totalmente prohibida la comercialización de productos aportados y/o elaborados dentro del Campo de Futbol.

7.6 Queda totalmente prohibida la realización de hogueras dentro del recinto.

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Artículo 8.- Empleo de música. Suministro de energía eléctrica.

De utilizarse música, ésta no podrá superar el límite de decibelios que corresponda a la zona y horario de la actividad, según la normativa vigente aplicable; en todo caso, la música debe cesar a las 22,00 horas.-

De precisarse suministro de energía eléctrica el autorizado podrá hacer uso de tomas de corrientes existentes en al antiguo ambigú (mostrador) no pudiendo emplear al mismo tiempo más de 3.000 w de potencia.-

Artículo 9.- Gratuidad.-

La autorización a que se refiere esta Ordenanza no devengará precio alguno a favor del Ayuntamiento.

Artículo 10.- Devolución de garantía.

En el plazo de los tres días siguientes a la finalización del uso autorizado, por el Encargado de Servicios deberá acreditarse si por el autorizado se ha limpiado correctamente la zona usada, así como el mobiliario municipal empleado y su depósito en el local a que se refiere el artículo 6. Igualmente indicará si procede, o no, la reclamación de daños en el mobiliario y/o instalaciones usadas, que, de existir, requerirá se valore por el Técnico Municipal.

Emitida e incorporada al expediente de su razón la documentación anterior, por la Alcaldía se resolverá sobre la ejecución de la garantía depositada o su devolución, en función de que proceda, o no, la exigencia de responsabilidades o gastos de cualquier tipo al autorizado, bien por deficiencias en la limpieza de la zona usada, bien por no depositar el material empleado al local correspondiente, bien por daños a este mobiliario municipal o a las instalaciones.-

El Ayuntamiento no será responsable de los daños que el autorizado y/o las personas que participen en la actividad autorizada ocasionen al material y mobiliario que estos aporten, así como que sufran las personas asistentes y como consecuencia de la realización de las actividades correspondientes al uso autorizado (elaboración de alimentos, bailes, etc.)

Si los costes de limpieza y/o de los daños causados en la instalación y material prestado excedieren del importe de la garantía depositada, la responsabilidad correspondiente

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al exceso se exigirá conforme a los procedimientos legales y reglamentarios establecidos en cada caso.

Disposición Final.-

La presente Ordenanza, que consta de ocho artículos y una Disposición Final, comenzará su vigencia de conformidad con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local.-

Debate de Comisión.-Los Sres. Portavoces de los Grupos Municipales, manifiestan que reservan su propuesta para el Pleno.-Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORÍA de 5 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) y 5 abstenciones -reserva de voto para Pleno- (Grupos PSOE, IULVCA, C’S y ACH) de los 10 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, elevar al Ayuntamiento Pleno la siguiente propuesta de acuerdos:Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdo que incluye la moción transcrita.-

Debate de Pleno.-Sr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava): pide se corrija un plazo de concesión de la autorización que podría solaparse con el máximo previsto para resolver, que se corrige fijándose en 20 días (art. 3.5). De otro lado manifiesta que nos dotamos de muchos órganos para dar más participación a las asociaciones y vecinos y curiosamente este tema que podría ser objeto de debate del Consejo Intersectorial, no se le ha dado cuenta, lo que lamento, deberían haberse dado las explicaciones en dicho Consejo.Sr. Alcalde: esta Ordenanza se limita a regular trámites administrativos, no acoge usos distintos de los ya habituales.Sr. Calatrava: respeto su opinión, pero difiero pues desde el Consejo se podrían haber producido aportaciones sobre el uso del Campo. Espero que en futuras ocasiones se dé esa participación para que sea real.-Sra. Portavoz Grupo PSOE (Sra. Castillo): pide que se añada al artículo 5 ‘convivencias vecinales’. Se aceptaConocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por UNANIMIDAD de los 17 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación (Grupos PP, GRINP, PSOE, IULVCA, C’S, ACH y VHA) aprobar la

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propuesta de acuerdo que contiene el dictamen que se ha transcrito, proclamándose el resultado por la Presidencia.-

7. Modificación Ordenanza Municipal reguladora de Distancias Mínimas a suelos urbanos y urbanizables para actividades clasificadas como molestas (expdte 773/2016)Se da cuenta de un Dictamen de la COMISION INFORMATIVA DE URBANISMO, VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS URBANOS, TRANSPARENCIA-MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION Y ADMINISTRACION ELECTRONICA de fecha 21 de junio de 2016, que dice como sigue:Conoció la Comisión una Propuesta de Alcaldía sobre Modificación Ordenanza reguladora de las Distancias Mínimas a suelos urbanos y urbanizables para las actividades clasificadas como Moletas, que dice como sigue:

Visto el expediente instruido sobre Asunto: Modificación Ordenanza Municipal que fija distancias mínimas para las actividades clasificadas como molestas.-Vistos los informes obrantes y de conformidad con los mismosVisto el Derecho aplicable, artículos 4.1.a’, 49 y 70.2 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Disposición Transitoria Novena Ley General de Telecomunicaciones, de 9 de mayo; 72. Y 23 a 25 de Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, de 17 de diciembre; artículo 43 Ley 34/1998; Sentencia numero 1531/2014, Rollo de Apelación 94/2014, proveniente del procedimiento ordinario 705/2011 seguido ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Almería; SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 29/04/1998 (SALA 3ª, SECCION 3ª, REC. 270/1995),Al Ayuntamiento Pleno elevo la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:PRIMERO.- Aprobar inicial, y definitivamente para el caso de que no se presentasen alegaciones/reclamaciones en el trámite de exposición pública, la Modificación de la Ordenanza Municipal que fija distancias mínimas para las actividades clasificadas como molestas, consistente en la ‘eliminación de la distancia fijada en la ordenanza municipal para instalación de gasolineras, aplicándose, en su caso, las previsiones establecidas en el Planeamiento Urbanístico Municipal’SEGUNDO.- Aperturar trámite de Información pública, por plazo de treinta días hábiles, mediante edictos publicados en el BOP de Almería y Tablón de Edictos y sede electrónica del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

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TERCERO.- A la aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza seguirá la publicación del texto definitivo en el BOP de Almería, entrando en vigor de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/85.CUARTO.- Facultar a esta Alcaldía a los efectos oportunos.-Debate de Comisión.-Los Sres. Portavoces de los Grupos manifiestan que se ya se debatió en la sesión anterior, reservándose para el Pleno.Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 5 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) y 5 abstenciones -reserva de voto para Pleno- (Grupos PSOE, IULVCA, C’S y ACH) de los 10 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, elevar al Ayuntamiento Pleno la siguiente propuesta de acuerdos:Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdo que se ha transcrito.-

Debate de Pleno.-Sra. Portavoz Grupo PSOE (Sra., Castillo): se trae la misma propuesta que se vio en el Pleno anterior, sobre eliminación de esa previsión de distancia mínima para instalación de gasolineras.Sr. Alcalde: así es, en el Pleno anterior quedó sobre la Mesa pues e hablo de aprobar una ordenanza específica, pero el Técnico me informa que no es necesaria porque de conformidad con las NN.SS. solo cabría en suelo industrial, polígonos y suelo terciario, en definitiva lo que se establece por Ley, sin que podamos establecer distancias.Sra. Castillo: es decir, en las NN.SS se regulan ubicaciones, pero cabrían otras regulaciones, lo que no estaría mal. Eliminar solo la distancia, sin más no será bueno para el municipio pues podríamos regular diversos aspectos; el Técnico habla de modificar las NN.SS por aplicación de la normativa general.Sr. Portavoz Grupo IULVCA (Sr. Domene); el hecho de eliminar solo la distancia no es correcto, pues es necesaria una regulación más profunda, pues tenemos polígonos muy cercanos a las casas.Sra. Portavoz Grupo C’S (Sra. Serrano): no veo correcto eliminar así sin más la distancia, falta una Plan de actuación.-Sr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava): pasar de la regulación que teníamos, a la no regulación, diferimos al igual que el grupo IUCA; la realidad urbanística de nuestro municipio es enrevesada, los polígonos están muy próximos a las viviendas, debería haber una limitación, por lo que veo oportuno y necesario otras consideraciones. Pido esa reflexión, pasamos de una regulación estricta a la desregulación.-

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Sr. Alcalde: pasamos de una regulación ilegal a una no regulación porque en los polígonos comerciales es la Ley la que impide que este Ayuntamiento fije distancia, lo hace la propia Ley. Contamos con el Informe de Diputación que nos advierte sobre el tema de las distancias. Hablamos de tener ordenanza propia e incluso os pasamos un borrador, pero el Técnico razona que no es necesaria. Cierto que nos podemos sentar a regular otras cuestiones, pero no las distancias. Nuestro urbanismo es peculiar pues hay polígonos junto a viviendas, pero la realidad es que los polígonos están colmatados difícilmente cabrían aquí gasolineras, Podemos fijar fechas, sentarnos y estudiar la modificación de las NNSS que proceda.Sr. Calatrava: sugiere una suspensión de la ordenanza, aclarándose por esta Secretaría que la propuesta solo afecta a una línea de la Ordenanza vigente, cual es la fijación de distancia de 500 metros a suelo residencial de la instalación de gasolineras.-Sr. Portavoz Grupo GRINP (Sr. Ibáñez): podríamos regularlo, pero hay que estudiarlo.Sr. Castillo: con el tema de antenas de telefonía hicimos algo análogo y se aprobó una ordenanza específica.Sr. Alcalde: eliminamos esa previsión de distancia pues ya tenemos informe en ese sentido, hay peticiones de instalación y la denegación podrían acarrear indemnización por daños.Sr. Calatrava: con el tema de las antenas sí había una sentencia concreta, y por ello se aprobó una ordenanza, pero ahora se elimina la previsión sin más, sin aportarse regulación nueva; no se si se han dado instrucciones a los técnicos sobre ubicaciones.Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 9 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) 6 en contra (Grupos PSOE y IULVCA) y 2 abstenciones (Grupos C’S y ACH) de los 17 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, aprobar la propuesta de acuerdo que contiene el dictamen que se ha transcrito, proclamándose el resultado por la Presidencia.-Sr. Alcalde: nos reunimos en Junta de Portavoces y tratamos de ver una regulación concreta.

8. Ordenanza reguladora del Servicio de Tanatorio municipalSe da cuenta de un Dictamen de la COMISION INFORMATIVA DE URBANISMO, VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS URBANOS,

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TRANSPARENCIA-MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION Y ADMINISTRACION ELECTRONICA de fecha 21 de junio de 2016, que dice como sigue:Conoció la Comisión una Propuesta de Alcaldía sobre Ordenanza Reguladora del Servicio de Tanatorio Municipal, que dice como sigue:

Visto el expediente tramitado relativo a Ordenanza Reguladora del Servicio de Tanatorio Municipal de Huércal de Almería Vistos los informes obrantes.Considerando el Derecho aplicable, a saber.-Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 4.1.a’-25.2.k’-49Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, artículo 9.19Decreto 95/2001, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, artículo 30 y siguientesAl Ayuntamiento Pleno se eleva la siguiente Propuesta de acuerdo:Primero.- Aprobar inicialmente y definitivamente, para el caso de que no se presentasen reclamaciones/alegaciones en el trámite de información pública, la Ordenanza Reguladora del Servicio de Tanatorio Municipal de Huércal de Almería, cuyo texto figura seguidamenteSegundo.- Aperturar trámite de información pública, por treinta días, mediante edictos publicados en Tablón físico y Sede Electrónica del Ayuntamiento y BOP de Almería, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones/alegaciones que tengan por conveniente.-Tercero.- Facultar a la Alcaldía a los efectos oportunos, incluso para elevar a definitiva la aprobación inicial, en los términos expresados en el apartado primero anterior.-TEXTO DE LA ORDENANZA:ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE TANATORIO MUNICIPAL DE HUERCAL DE ALMERIACapítulo I Disposiciones generalesArtículo 1.-1.1 El Tanatorio municipal es una instalación de titularidad municipal, destinada a prestar el servicio funerario de depósito y vela de cadáveres que le es propio, tanto en el supuesto de que la posterior inhumación o cremación se realice en el Cementerio Municipal de Huércal de Almería, como si la misma tiene lugar en otro término municipal.1.2 Fuentes normativas:

Artículos 4.1.a’; 25.2.k'; y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

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Artículo 9.19 Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

Artículo 30 y ss. Decreto 95/2001, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.

Decreto 238/2007, de 4 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, aprobado por Decreto 95/2001, de 3 de abril (BOJA 18/09/2007).

Decreto 141/2011, de 26 de abril, de modificación y derogación de diversos decretos en materia de salud y consumo para su adaptación a la normativa dictada para la transposición de la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (BOJA 12/05/2013).

Decreto 62/2012, de 13 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, aprobado por Decreto 95/2001, de 3 de abril. (BOJA 27/03/2012).

Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo (BOJA 20/02/2014).

1.3 Regirán los siguientes principios:- Principio de igualdad o de no discriminación hacia los usuarios, que garantice el

libre acceso a los servicios e instalaciones del establecimiento en idénticas condiciones, se trate de empresas funerarias o de público en general, sin perjuicio de la aplicación de las tarifas de precios que corresponda a cada caso.

- Principio de transparencia, que garantiza la publicidad y el acceso fácil a la información de los precios, los horarios, los servicios y las instalaciones del establecimiento.

- Principio de legalidad o de respeto a la normativa que, con carácter obligatorio, resulta de aplicación a todas las actividades que se desarrollan en el Tanatorio municipal, con acatamiento estricto de la normativa sanitaria vigente en cada momento y de la legislación tributaria y laboral.

- Principio de buenas prácticas profesionales que supone respeto a la dignidad fama y honor del fallecido y sus allegados y el establecimiento de reglas de conducta obligatorias para el personal y los usuarios que garanticen ese respeto y el mantenimiento del orden en todo momento.

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- Principio de irresponsabilidad del Ayuntamiento en lo relativo a vigilancia y custodia de objetos y vehículos, en su caso, pertenecientes a los difuntos y usuarios, dentro de las instalaciones del Tanatorio, incluido el aparcamiento, por lo que en ningún caso será responsable de la sustracción o daños causados por personas no dependientes del Ayuntamiento.-

Artículo 2.-El inmueble e instalaciones afectadas a dicho servicio tienen la consideración de bien de dominio público, afecto a un servicio público.Artículo 3.- El servicio público de Tanatorio tiene por objeto fundamental facilitar a los familiares y allegados de los difuntos unas condiciones dignas para el depósito y vela de los cadáveres hasta el momento de su inhumación, en las debidas condiciones higiénico-sanitarias.CAPÍTULO II Instalaciones del EdificioArtículo 4.- Las instalaciones de que consta el inmueble son las que figuran en el Proyecto de Ejecución y en el informe del Técnico redactor del Proyecto. Se anexa a la presente Ordenanza Hoja de descripción de las diversas dependencias y salas del Edificio.-Articulo 5.- En cada zona de las instalaciones se desarrollarán las funciones propias de la misma. En razón de la actividad desarrollada en cada zona, el acceso del público a la misma será limitado total o parcialmente. Se establecerán accesos y circulaciones específicas para el personal autorizado y vehículos fúnebres, de modo que los féretros sean transportados directamente a las zonas de acceso restringido, y por ello, la zona de acceso de cadáveres y de acceso de público será totalmente independiente.No serán de acceso público las dependencias destinadas a la manipulación de cadáveres y cenizas.Se prohíbe el acceso de animales, salvo perros-guía de personas invidentes, conforme a su normativa específica.CAPITULO III De la gestión del servicioArtículo 6.- El servicio de Tanatorio municipal es un servicio público de titularidad municipal que se gestionará de forma directa mediante Gestión por la propia Entidad Local (art. 85.2.A).a’ Ley 7/1985).Artículo 7.- Será de responsabilidad del Ayuntamiento cuidar del buen orden del servicio para lo cual podrá dictar las instrucciones que considere necesarias.Artículo 8.- El Tanatorio deberá permanecer abierto y en servicio desde el momento en que sea requerido el depósito del cadáver y hasta que tenga lugar su inhumación o traslado a otro municipio. En particular, el servicio específico de “vela de cadáveres” se prestará ordinariamente en horario comprendido entre las 8:00 y las 22:00 horas; no obstante, a petición de los familiares del difunto, dicho servicio podrá prolongarse a partir de las 22:00 horas hasta las 9:00 horas del día siguiente (durante toda la noche).

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Artículo 9.-9.1 Será obligatorio el uso del Tanatorio siempre que así venga dispuesto por las autoridades sanitarias o venga establecido en disposiciones legales.9.2 La manipulación del féretro y su traslado a la sala velatorio asignada, así como la preparación del cadáver, de proceder, se llevará a cabo por la empresa funeraria que tuviere contratada el fallecido y/o por sus familiares o acompañantes. De igual modo, las flores, coronas, ramos y otros ornamentos florales, serán trasladados a la sala y depositados en ella, por aquéllos. Terminado el velatorio, el personal de la empresa funeraria se encargará de la manipulación del féretro y su traslado, hasta el cementerio o crematorio correspondiente.9.3 El Ayuntamiento solo dispondrá del personal necesario para la apertura y cierre del establecimiento, así como para la limpieza ordinaria del mismo. En ningún caso corresponderá al Ayuntamiento actuación o intervención alguna en los servicios descritos en este artículo.Artículo 10.-Por la prestación del servicio que tiene encomendado, el Ayuntamiento podrá percibir los tributos y/o precios públicos que resulten de aplicación en cada momento, establecidos por Ordenanza Fiscal o norma que proceda, en los términos que resulten de ésta.Artículo 11.-11.1 El Ayuntamiento atenderá las solicitudes de uso del Tanatorio a través del registro General del Ayuntamiento (SAC) en el horario general que éste tenga establecido. Fuera de este horario, los interesados deberán contactar con el Encargado de Servicios. Las solicitudes de prestación de servicios, formuladas de acuerdo con las condiciones de funcionamiento establecidas, serán atendidas por el orden en que se produzcan y en el plazo que permita la capacidad de las instalaciones. El acceso a la prestación del servicio sólo podrá quedar limitado por la disponibilidad de las salas de velatorio para atender la demanda. La prestación del servicio tendrá una duración igual o inferior a 48 horas11.2 Por el Ayuntamiento se llevará Libro-Registro de solicitudes y usos del Tanatorio.11.3 Dispondrá de Hojas de Quejas y Reclamaciones a disposición de los usuarios (Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas. ORDEN de 9 de febrero de 2015, por la que se regula la edición, distribución, comercialización e impresión de las Hojas de Quejas y Reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía)Artículo 12.- Toda modificación en las condiciones de prestación del servicio deberá ser comunicadas y autorizadas previamente por el Ayuntamiento.

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Artículo 13.- Queda prohibida la utilización de las instalaciones para otros fines distintos a los del servicio público a que están afectadas.Artículo 14.- Los usuarios y usuarias que soliciten y obtengan la prestación del servicio de tanatorio, así como quienes accedan a las instalaciones que lo conforman, quedan sujetos a las siguientes obligaciones: a) Abonar la tarifa correspondiente. b) Comportarse con corrección y respeto dentro de las instalaciones del tanatorio municipal. Mediante la Policía Local se procederá a expulsar, sin perjuicio de otras actuaciones que procedan, a quienes contravengan dichas normas.c) Cuidar los bienes que hayan sido puestos a su disposición con motivo de la prestación del servicio, evitando su deterioro o extravío. d) No sustraer bienes afectos al servicio que hayan sido puestos a su disposición al acceder al mismo. e) Actuar con buena fe en la aportación de los datos necesarios para la correcta prestación del servicio demandado. f) En su caso, abonar al Ayuntamiento la indemnización que corresponda por los daños y perjuicios ocasionados a los bienes puestos a su disposición.g) Abstenerse de realizar cualquier tipo de venta, propaganda y/o ofrecimiento de servicios en las instalaciones del TanatorioArtículo 15.- Los usuarios y usuarias que obtengan la prestación del servicio tienen derecho: a) A acceder a la prestación del servicio en condiciones de igualdad. b) A recibir un servicio adecuado y de calidad por parte del Ayuntamiento. c) Al trato correcto y deferente por parte del personal encargado de la prestación del servicio en todas sus fases. d) Al respeto a su privacidad durante la prestación del servicio.Artículo 16.- Se garantizará la prestación del servicio todos los días del año y en todas las horas en que fuese requerido conforme al artículo 8. Se prestará especial celo en el mantenimiento en óptimas condiciones de limpieza e higiene de todas las dependencias. A tal efecto, Los locales, enseres y material de servicio se someterán periódicamente a desinfección.-Artículo 17.-17.1 El servicio del tanatorio podrá solicitarse por cualquier persona directamente o a través de la empresa funeraria que designe. Dicha solicitud deberá formularse, rellenando el impreso correspondiente, en el mismo día de utilización, no admitiéndose la reserva anticipada salvo que medie causa justificada y se acredite el fallecimiento que motiva la reserva con el certificado de defunción.

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17.2 Si una vez concertado el servicio se solicitara la ampliación de su duración, ésta será atendida en la medida en que la disponibilidad de la sala ocupada así lo permita, y deberá abonarse una nueva tarifa por la ampliación de esta duración. Artículo 18.- En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación lo dispuesto al respecto en la normativa aplicable relacionada en el Art. 1 de la presente ordenanza y demás normativa reguladora de dicha materia.-Disposición adicional.- Se faculta al señor Alcalde o Concejal delegado para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de la presente ordenanza, sin que las mismas puedan contravenir la presente Ordenanza.-

Disposición Final.- La presente Ordenanza, que consta de 18 artículos, una Disposición Adicional y 1 Disposición Final, entrará en vigor de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.-

DILIGENCIA.- Para hacer constar que la presente Ordenanza fue aprobada inicialmente por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 27 de junio de 2016, elevándose a aprobación definitiva por Resolución de la Alcaldía de fecha ** publicándose su texto íntegro en el BOP de Almería de fecha **.-

ANEXO 1: INSTALACIONES

Debate de la Comisión.-Los Sres. Portavoces de los Grupos Municipales, manifiestan que reservan su intervención para el Pleno.-Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 5 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) y 5 abstenciones -reserva de voto para Pleno- (Grupos PSOE, IULVCA, C’S y ACH) de los 10 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, elevar al Ayuntamiento Pleno la siguiente propuesta de acuerdos:Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdo que se ha transcrito.-

Debate de Pleno.Sr. Alcalde: se han incorporado las observaciones efectuadas en la Comisión.-Sra. Portavoz Grupo PSOE (Sra. Castillo): pregunta cuando entrara a funcionar el Tanatorio.Sr. Alcalde: en julio llega el mobiliario; a continuación.-Sr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava) pregunta si el edificio cuenta con Licencia de primera utilización y con la licencia de actividad. Pide eliminar un error del art. 52,a que refiere ¡crematorio’ pues no lo hay.-

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Sr. Secretario: así es, para funcionar como Tanatorio.-Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por UNANIMIDAD de los 17 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación (Grupos PP, GRINP, PSOE, IULVCA, C’S, ACH y VHA) aprobar la propuesta de acuerdo que contiene el dictamen que se ha transcrito (con la observación del Sr. Calatrava de ‘crematorio’), proclamándose el resultado por la Presidencia.-

9. Fiestas Locales de 2017Se dio cuenta de un dictamen de la HACIENDA, ORGANIZACION MUNICIPAL, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACION, DESARROLLO ECONOMICO, ASUNTOS SOCIALES Y POLITICAS DE EMPLEO sobre Fiestas Locales de 2017, que dice como sigueConoció la Comisión la Propuesta de Alcaldía sobre Fiestas Locales de 2017 que dice como sigue:Que se eleva al Ayuntamiento Pleno, sesión plenaria de JUNIO DE 2016, de conformidad con lo dispuesto en el art. 97 ROFRJEL/1986, sobre Propuesta de Fiestas Locales de 2016.-Visto el artículo 3 del DECRETO 103/2016, de 17 de mayo, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2017 (BOJA 23 de mayo de 2016): La propuesta de cada municipio de hasta dos fiestas locales se realizará ante la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente Decreto, en la forma prevista en la Orden de 11 de octubre de 1993, de la Consejería de Trabajo, por la que se regula el procedimiento a seguir para la determinación de o las fiestas locales, inhábiles para el trabajo, retribuidas y no recuperables, en los municipios de la Comunidad o Autónoma de AndalucíaAtendiendo el calendario de Fiestas Estatales y Autonómicas de 2017 que establece el referido Decreto 103/2016, y en función de las tradiciones de Huércal de Almería.Al Ayuntamiento Pleno se eleva la siguiente Propuesta de Acuerdo:Primero.- Proponer como Fiestas Locales de 2017, el día 8 de mayo -lunes- y el día 23 de junio -viernes-.Segundo.- Dar traslado a la Consejería competente de la Junta de Andalucía, Servicio de RRHH y Órganos de representación de los empleados municipales.-Tercero.- Facultar a la Alcaldía a los efectos oportunos.Debate de la Comisión.-Sr. Alcalde: por Secretaría se comenta la posibilidad de variar la fecha inicial de 23 de junio (viernes) para espaciar en el Página 36 de 58

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año, pues en el mes de mayo hay dos 'puentes' y establecer otra fiesta en junio lo hace muy seguido. Hay dos posibles, 27 de febrero y 13 de octubre.Sra. Portavoz Grupo PSOE (Sra. Castillo): las fiestas locales deben corresponderse con fechas vinculadas al municipio.Sr. Portavoz Grupo VHA (Sr. Andrés); la tradición es julio, lo que hacemos es variar una fiesta local en función de posibles puentes.Sr. Alcalde: pues, se mantiene la propuesta, de 8 de mayo y 23 de junio.-Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORÍA de 5 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) y 5 abstenciones -reserva de voto para Pleno- (Grupos PSOE, IULVCA, C’S y ACH) de los 10 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, elevar al Ayuntamiento Pleno la siguiente propuesta de acuerdos:Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdo que se ha transcrito.-No se produce debate.-Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por UNANIMIDAD de los 17 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación (Grupos PP, GRINP, PSOE, IULVCA, C’S, ACH y VHA) aprobar la propuesta de acuerdo que contiene el dictamen que se ha transcrito, proclamándose el resultado por la Presidencia.-

10. Moción Grupo C’S creación Comisión Seguimiento del cumplimiento de acuerdos PlenariosSe dio cuenta de un dictamen de la HACIENDA, ORGANIZACION MUNICIPAL, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACION, DESARROLLO ECONOMICO, ASUNTOS SOCIALES Y POLITICAS DE EMPLEO sobre Moción de Grupo C’S sobre creación de Comisión de Seguimiento del cumplimiento de acuerdos plenarios, que dice como sigueConoció la Comisión una Moción C'S creación Comisión seguimiento cumplimiento acuerdos plenarios, que dice como sigue:Resulta evidente que muchos de los acuerdos plenarios aprobados no son ejecutados o bien su ejecución se demora más de lo acordado, previsto o deseable, estos acuerdos quedan relegados al olvido, y su ejecución aplazada indefinidamente.Si las mociones son el instrumento político fundamental con el que cuentan concejalesy grupos políticos para elevar propuestas, peticiones y someterlas a la consideración del Pleno y, si una vez aprobadas sus acuerdos no se llevan a la práctica o son

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aplazados sin fecha cierta de ejecución, estos instrumentos no cumplen con su principal función, y estos hechos constituyen en sí mismos un modelo de fraude democrático. Nuestro municipio y sus ciudadanos no se benefician de buena parte del trabajo desarrollado en este Plenario.Por otro lado las medidas adoptadas para dar cumplimiento a muchos acuerdos plenarios no son totalmente fieles al espíritu de la moción que los originó, o a los objetivos que perseguían su proposición y defensa.Lamentablemente, las disposiciones legales vigentes no abren vías suficientemente explícitas para solventar esta situación, más allá del recurso administrativo, la vía jurídico-administrativa o la reclamación al defensor del pueblo en busca de amparo, y se produce un vacío legal que permite el continuo incumplimiento de lo acordado enPleno, o la demora injustificada en su ejecución, y llevando una decisión plenaria democráticamente aprobada por la mayoría de los representantes ciudadanos, a una vía muerta previamente esperada y voluntariamente buscada. En virtud de lo expuesto, el Grupo Municipal de Ciudadanos C's en el Excmo.Ayuntamiento de Huercal de Almería propone la adopción del siguienteACUERDOPrimero.- Crear una Comisión Permanente para realizar el Seguimiento del Cumplimiento de los Acuerdos Plenarios Aprobados, revisar su grado de ejecución y para garantizar que las medidas adoptadas finalmente respondan al objetivo de la propuesta que los originó. Esta Comisión, en la que tendrán representación proporcional todos los grupos políticos, se reunirá trimestralmente y emitirá un informe con las conclusiones de su trabajo.Segundo.- Los informes de esta Comisión, que en todo caso incluirán la relación de acuerdos aprobados y su grado de ejecución, en aras de la transparencia y para que los ciudadanos puedan tener conocimiento directo de los mismos, serán publicados en la web municipal.Debate de la Comisión:Sra. Portavoz Grupo C'S (Sra. Serrano): comenta la moción presentada, añadiendo que la asistencia a esta Comisión sea sin percibo de cantidad alguna, y con representación proporcional a los Grupos Municipales, así se descongestiona la Secretaria en cuanto a expedientes de información y acceso a documentación; tendría una periodicidad trimestral.Estamos abiertos a las sugerencias que se hagan desde los Grupos.Sr. Portavoz Grupo IULVCA (Sr. Domene): todo lo que suponga transparencia lo vemos bien.Sra. Portavoz Grupo PSOE (Sra. castillo): se reserva al Pleno.Sr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava): esta moción implica una corresponsabilidad de la Oposición, el equipo de gobierno debe

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asumirlo, debe dar explicaciones, debe asumir ese compromiso político.Sr. Alcalde: celebramos Pleno cada dos meses, donde se puede pedir esa información.-Sr. Calatrava: cada tres pues no se respeta la periodicidad acordada, el ejecutivo no cumpleSr. Alcalde: hay retraso en la fecha, `pero ya lo expliqué, se trata de traer a Pleno la propuesta de cesión de suelo para construcción de nuevo IES, la reunión con la Delegación fue el pasado jueves, y se trata de un tema suficientemente importante para justificarlo. En cada Pleno se puede preguntar y controlar.Sr. Calatrava: pero en punto primero de esta Comisión he pedido una información y no se me ha dado, he preguntado por las causas y nadie las explica, aunque respeto que no me contesten pues ustedes mandan.Sr. Domene: A título de ejemplo, recuerdo que ya se aprobó la cesión de un suelo a la Junta, pero faltó algo, y esta Comisión que se pide serviría precisamente para que conociésemos lo ocurrido, para ejercer ese control de ejecución.Sr. Alcalde: las informaciones y documentación que se han pedido se han tramitado; no me posiciono ni a favor ni en contra de la Comisión solicitada, lo que digo es que los Plenos y en la Junta de Portavoces se puede pedir la información y controlar.Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 1 voto a favor (Grupo C'S) y 9 abstenciones -reserva de voto para Pleno- (Grupos PP, PSOE. IULVCA, GRINP, VHA, ACH) de los 10 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, elevar al Ayuntamiento Pleno la siguiente propuesta de acuerdos:Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdo que se ha transcrito.-

Debate de Pleno.-Sra. Portavoz Grupo C’S (Sra. Serrano): da lectura a la moción, comentando que muchos acuerdos plenarios se demoran indefinidamente, en ocasiones, en su ejecución. En la Comisión añadimos que la asistencia a la Comisión sería sin retribución y con una representación proporcional al Pleno; ello redundaría en aligerar trabajo en la Secretaría sobre acceso a documentación e información, y mejoraría la trasparencia hacia los vecinos.Sra. Portavoz Grupo PSOE (Sra. Castillo) a favor de la moción.Sr. Portavoz Grupo IULVCA (Sr. Domene): la moción va en línea con la transparencia y el control, sería útil, y un ejemplo es la cesión del suelo a al Junta para e construcción del IES como comentamos, o como nuestras mociones sobre accesibilidad a

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parques y piscina municipal; creemos que sería útil por lo que votaremos a favor.Sr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava): ya se manifestó en la Comisión la voluntad política de la Corporación. A favor.Sr. Alcalde: se nos dice que esta Comisión puede aligerar el trabajo de Secretaría; en principio no vemos la necesidad de esta Comisión, pues se puede preguntar en los Plenos, se puede acceder a los expedientes, sería una nueva Comisión que exigiría la presencia de funcionarios para informar en ella, convocatorias, actas, puede haber otra manera de ordenar este acceso. Si creamos la Comisión y seguimos solicitando acceso a expedientes, duplicamos, solo lo veríamos bien con un compromiso de los Grupos de no solicitar acceso a expedientes.-Sra. Serrano: somos siete Grupos, las peticiones de documentación serían para casos concretos, los Plenos son ya de por sí largos, e incluir un apartado de esta Información los complicaría más.Sra. Castillo: entiendo que lo que pide el Grupo C’S se refiere solo a seguimiento del cumplimiento de acuerdos sobre Mociones pues no renunciamos a poder pedir acceso a documentación.-SR. Domene: creo que esta moción es válida en sí misma y no elimina el acceso a documentación.Sr. Alcalde: se habla de ‘acuerdos’ y no de mocionesSr. Portavoz Grupo VHA (Sr. Andrés): el seguimiento se puede realizar desde la Junta de Portavoces si mantenemos reuniones periódicas.Sra. Serrano: ¿desde cuándo no se reúne la Junta de Portavoces?Sr. Alcalde: creo que crear la Comisión es duplicar el trabajo y debemos abogar por reunirnos en Junta de Portavoces.Conocido el asunto, por la Presidencia se somete votación, en votación ordinaria, desestimándose la propuesta de acuerdo contenida en el dictamen transcrito (aprobación de la moción presentada) por 9 votos en contra de la moción (Grupos PP, GRINP y VHA) y 8 votos a favor de la moción (Grupos PSOE, IULVCA, C’S y ACH) de los 17 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, proclamándose el resultado por la Presidencia.-

11. Moción conjunta Grupos PP-GRINP-VHA sobre denominación del huerto sito en Cortijo Moreno Se dio cuenta de un dictamen de la HACIENDA, ORGANIZACION MUNICIPAL, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACION, DESARROLLO ECONOMICO, ASUNTOS SOCIALES Y POLITICAS DE EMPLEO sobre Moción conjunta Grupos

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PP-GRINP-VHA sobre denominación huerto sito en Cortijo Moreno, que dice como sigueConoció la Comisión la Moción Grupos PP-GRINP-VHA sobre denominación espacio de Huertos Urbanos, que dice como sigue:Hace unos meses. D. Juan López Cano. el abuelo que estaba desempeñado desde la creación del huerto, una magnífica labor totalmente altruista en el cuidado y mantenimiento del huerto intergeneracional propiedad del Ayuntamiento de Huércal de Almería situado en los bajos del Cortijo Moreno, sede de Candil Radio:Por todo lo anterior, los grupos municipales del Partido Popular, GRINP, y VI-IA someten a la consideración del Pleno que a modo de reconocimiento a la labor de Juan, se lleve a cabo un pequeño homenaje y se coloque una placa en memoria de nuestro vecino. Esta zona del Cortijo Moreno, concretamente la zona se siembra del huerto pase a llamarse "El huerto de Juan

Debate de la Comisión.-

Sr. Alcalde: ya hablamos de este tema, la podemos hacer conjunta.

Sres. Portavoces de los Grupos manifiestan su conformidad con la propuesta, aunque el Grupo ACH manifiesta su reserva en esta Comision.-

Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 6 votos a favor (Grupos PP, GRINP, C'S y VHA) y 4 abstenciones -reserva de voto para Pleno- (Grupos PSOE, IULVCA y ACH) de los 10 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, elevar al Ayuntamiento Pleno la siguiente propuesta de acuerdos:Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdo que se ha transcrito.-

Debate de Pleno.-Sr. Alcalde: se trata de hacerle un reconocimiento como pionero en los huertos urbanos y su labor con vecinos y menoresConocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por UNANIMIDAD de los 17 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación (Grupos PP, GRINP, PSOE, IULVCA, C’S, ACH y VHA) aprobar la propuesta de acuerdo que contiene el dictamen que se ha transcrito, proclamándose el resultado por la Presidencia.-

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12.- Dación de cuenta de resoluciones de la Alcaldía (art. 42 ROFRJEL)Se da cuenta de las resoluciones de la Alcaldía desde la anterior sesión ordinaria, correspondientes a las numeradas 2016/0099 a 2016/0630, ambas inclusive. No hay intervenciones.-

13.- Mociones fuera del orden del día (art. 91.4 ROFRJEL) Por la Presidencia se pregunta si algún grupo desea someter a este pleno algún asunto fuera del orden del día, previa declaración de urgencia del mismo.SE autoriza un descanso por la Alcaldía, a las 13,00 horas.-

21.1 Moción Grupo IULVCA sobre Modificación de Pliegos de Promociones de viviendas municipales para permitir la dación en pago en situaciones de riesgo de desahucio.-El Portavoz del Grupo IULVCA (Sr. Domene) solicita la inclusión de esta moción presentada por el Grupo IULVCA.-A los efectos de su declaración de urgencia, por el Sr. Domene se expone el objetivo de la moción, cuyo texto es el siguiente:EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Como consecuencia de la crisis, más de cien familias pierden su vivienda cada día. Cuando la casa se compró con un crédito hipotecario y no se puede hacer frente al pago de la hipoteca, el banco pone en marcha un procedimiento de ejecución hipotecaria que termina con el desahucio de familias enteras. Al drama humano de tener que entregar la vivienda, en muchas ocasiones hay que añadir que la deuda no queda totalmente saldada, la persona que pierde el inmueble responde durante el resto de su vida con todos sus bienes, presentes y futuros. Ante esta situación se alzaron voces de distintas asociaciones, organismos y entidades, (PAH, Stop desahucios, etcétera), requiriendo insistentemente la adopción de la dación en pago generalizada, dando lugar a una iniciativa legislativa popular que se llegó a tramitar en el Parlamento. Como definición general, podemos decir que la dación en pago es un acuerdo entre el banco y el deudor para saldar una deuda. Como el deudor no puede hacer frente al pago de su préstamo hipotecario, entrega al banco la casa y el banco la acepta dando por liquidada la deuda por completo, sin otros pagos de intereses ni cantidades pendientes. El banco evita tener que iniciar el procedimiento judicial de ejecución

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hipotecaria y el deudor queda liberado del riesgo de que después de haberse subastado su casa, deba aún dinero al banco.En mitad de este contexto la consecución de la dación en pago es un proceso largo y laborioso, no exento de problemas, al que se puede llegar mediante la negociación con la entidad bancaria o mediante la aplicación del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, (modificada por la Ley 1/2013, de 14 de mayo y por Real Decreto-ley 1/2015) , de obligado cumplimento para las entidades bancarias, que marca una serie de requisitos económicos , familiares y t sociales que permiten al deudor con problemas hipotecarios acogerse a la DACIÓN EN PAGO.Además La disposición adicional 4' de la ley 1/2013 de 14 de mayo exime a los beneficiarios de ayudas estatales para la adquisición de viviendas acogidas a financiación estatal protegida de la autorización administrativa ,el reintegro a la de las ayudas recibidas ni de las exenciones o bonificaciones tributarias otorgadas cuando la vivienda protegida sea objeto de dación en pago al acreedor o a cualquier sociedad de su grupo o de transmisión mediante procedimiento de ejecución hipotecaria o venta extrajudicial. En nuestro municipio, Huércal de Almería, se da un caso atípico en el caso de vecinos con problemas hipotecarios que en su momento fueron adquirientes de viviendas de promoción municipal y es la imposibilidad de acogerse a la Dación en pago. Esto viene determinado por una anomalía sobrevenida con la evolución de la situación económica y de la propia legislación española, que entra en contradicción con el pliego de condiciones aprobado en su momento por el Ayuntamiento de Huércal de Almería y su modificación posterior en la sesión ordinaria del pleno municipal de 5 de diciembre de 2013 que estableció la autorización a los adjudicatarios para la venta o arrendamiento de sus viviendas, pero impedía la transmisión voluntaria a favor de entidades financieras , lo que ha frustrado las justas aspiraciones de vecinos y vecinas de nuestro municipio que en unos casos mediante negociación y en otros mediante aplicación de las leyes anteriormente citadas hablan logrado obtener una dación en pago que les permita tras la entrega de su vivienda quedar libres de deudas. Entendemos de urgencia corregir esta situación, pues de hecho se han producido casos en los cuales de manera totalmente innecesaria existen personas en riesgo de desahucio únicamente por el motivo que aquí exponemos y que se encuentran a la espera de una modificación que permita resolver su situación. ACUERDOS 1.-Modificar el pliego de promociones de viviendas municipales, suprimiendo el siguiente condición "La transmisión voluntaria no podrá efectuarse a favor de entidades financieras"

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2.- Incluir una autorización expresa para la transmisión mediante la fórmula de la dación en pago 3.- Informar de estas modificaciones de manera urgente a las principales entidades bancarias y a todas aquellas que lo soliciten de manera que se puedan desbloquear los casos de vecinos que actualmente y por aplicación del actual pliego se encuentra en riesgo de desahucio.En definitiva se trata de modificar los Pliegos para que se permita la dación en pago, pues en otro caso se genera una deuda de por vida que conlleva incluso marginación social.Por la Presidencia se somete a votación la declaración de Urgencia, que es aprobada por el voto favorable de UNANIMIDAD de los 16 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación (Grupos PP. GRINP, VHA, PSOE, IULVCA, C’S y ACH).-Dice la Moción:Debate de Pleno.-Sr. Secretario: este asunto requiere de su informe dado que se modificarían pliegos lo que se exige por la normativa de contratación Pública, informe que nos e puede dar en este acto, leyendo al efecto el contenido del artículo 92.2 ROFRJEL/1986.Sr, Domene: en este momento hay dos vecinos en Huercal de Almería que están tramitando la dación en pago. Esta Moción se presentó el jueves día 23, es un tema urgente, ya se los expuse a los Sres. Concejales Andrés Capel e Ibáñez Sánchez.Sr. Alcalde: estamos de acuerdo con lo que se manifiesta, pues en la modificación anterior del Pliego trajimos propuesta de eliminar ese límite de transmisión, pero en su momento la oposición dijo que los bancos no se podían quedar con las casas para así lucrarse, aunque no recuerdo la votación que hubo entonces. El equipo de Gobierno formado por PP-GRINP quiso hacerlo pero no se aprobó en tal sentido.Comparto la urgencia pero sin informe previo no sé hasta que punto podemos entrar en el tema.Sr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava): ciertamente lo vimos así, pues no olvidemos que la dación en pago es de naturaleza voluntaria, no hay una ejecución.-Sr. Domene: debemos actuar pues se trata de una Ley Nacional, que en Huércal de Almería no puede aplicarse; ha habido evolución social y debemos adaptar nuestras normas a la realidad; sí hay urgencia pues tenemos en trámite una posible dación en pago que se aceptado inicialmente por el banco, tenemos el futuro de una familia de HUércal en nuestras manos. Pedimos que se informe en unos días y hacemos sesión extraordinaria.

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Sr. Portavoz Grupo GRINP (Sr. Ibáñez): en esa sesión anterior, un Grupo no aceptó la propuesta de venta a bancos, entiendo que todos debemos echarnos hacia adelante en el temaSr. Portavoz Grupo VHA (Sr. Andrés): cuando esté informada la petición celebramos Pleno extraordinario.Sr. Calatrava: lo comparto, cuando dispongamos del informe se convoca sesión extraordinaria; en su momento, nosotros también lo quisimos así pero no se aprobóSra. Portavoz Grupo PSOE (Sra. Castillo): hace tres años lo que se quería evitar era la venta a bancos.Sr. Domene: pues, pido la mayor celeridad en el Informe.El asunto queda sobre la mesa, a la espera de ser Informado.-

21.2 Moción Grupo IULVCA sobre PLENO EXTRAORDINARIO PARA BALANCE DE GESTION DE LAS DIVERSAS CONCEJALIAS DELEGADAS.El Portavoz del Grupo IULVCA (Sr. Domene) solicita la inclusión de esta moción presentada por el Grupo IULVCA.-A los efectos de su declaración de urgencia, por el Sr. Domene se expone el objetivo de la moción, cuyo texto es el siguiente:EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El día 13 de Junio de 2015 se constituyeron los ayuntamientos municipales de todo nuestro país. Justo cuando se cumple un año desde este hecho. Es necesario un pleno sobre Balance de Gestión 2015/2016 ya que Balance de Gestión Integral tiene como propósito informar acerca de los objetivos, metas y resultados de la gestión de los servicios y recursos públicos por parte de los gobernantes municipales. Creemos firmemente en la necesidad de que todos los concejales y concejalas de nuestro municipio con dedicación al puesto realicen un informe sobre la gestión realizada en este año en cada una de sus concejalías para conocimiento de todos los vecinos de nuestro municipio en muestra de transparencia y buen gobierno. ACUERDOS 1- Realizar un pleno de Balance de Gestión donde cada concejal/a con dedicación, presente y explique la gestión realizada en el primer año de gobierno de esta legislatura 2015/2016.Sr. Secretario: da lectura al artículo 46.2.a’ Ley 7/1985, sobre celebración de sesión extraordinaria a petición de Sres. Miembros: El Pleno celebra sesión ordinaria como mínimo cada mes en los Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes y en las Diputaciones Provinciales; cada dos meses en los Ayuntamientos de los municipios de una población entre 5.001 habitantes y 20.000 habitantes; y cada tres en los municipios de hasta

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5.000 habitantes. Asimismo, el Pleno celebra sesión extraordinaria cuando así lo decida el Presidente o lo solicite la cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de la Corporación, sin que ningún concejal pueda solicitar más de tres anualmente. En este último caso, la celebración del mismo no podrá demorarse por más de quince días hábiles desde que fuera solicitada, no pudiendo incorporarse el asunto al orden del día de un Pleno ordinario o de otro extraordinario con más asuntos si no lo autorizan expresamente los solicitantes de la convocatoria. Si el Presidente no convocase el Pleno extraordinario solicitado por el número de concejales indicado dentro del plazo señalado, quedará automáticamente convocado para el décimo día hábil siguiente al de la finalización de dicho plazo, a las doce horas, lo que será notificado por el Secretario de la Corporación a todos los miembros de la misma al día siguiente de la finalización del plazo citado anteriormente. En ausencia del Presidente o de quien legalmente haya de sustituirle, el Pleno quedará válidamente constituido siempre que concurra el quórum requerido en la letra c) de este precepto, en cuyo caso será presidido por el miembro de la Corporación de mayor edad entre los presentes.Sr. Portavoz Grupo IULVCA (Sr. Domene): cierto lo de los 15 días, pero hacemos la petición de esta manera para que se disponga de tiempo para preparar la documentación.-Sr. Alcalde: no veo la urgencia en el asunto.Por la Presidencia se somete a votación la declaración de Urgencia, que es desestimada por 9 votos en contra de la declaración de urgencia (Grupos PP, GRINP y VHA) y 8 votos a favor de la declaración de urgencia (Grupos PSOE, IULVCA, C’S y ACH) de los 17 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, declarándose el resultado por la Presidencia.-

21.3 Moción Grupo IULVCA sobre CREACION DE COMISION DE INVESTIGACION SOBRE CONVENIO URBANISTICO SUSCRITO CON GESTPLA INVEST.El Portavoz del Grupo IULVCA (Sr. Domene) solicita la inclusión de esta moción presentada por el Grupo IULVCA.-A los efectos de su declaración de urgencia, por el Sr. Domene se expone el objetivo de la moción, cuyo texto es el siguiente:EXPOSICION DE MOTIVOS:El 20 de julio de 2010 el Ayuntamiento Pleno aprobó un convenio urbanístico con la mercantil Gestpla cuyo objeto era el de concretar la ordenación de los suelos incluidos en el ámbito de Propiedad de dicha mercantil, con el objeto de crear una gran superficie comercial. Dicho convenio recoge por un lado la creación de un sector de suelo urbanizable ordenado de uso terciario cambiándole el uso que era industrial y por

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otro lado se recalificaba un suelo no urbanizable a suelo terciario una superficie de 78387 metros cuadrados con un aumento de 43050 metros cuadrados. Este acuerdo contemplaba una serie de derechos y obligaciones para las partes intervinientes, Ayuntamiento y Gestpla. Respecto a la mercantil, a ésta le correspondía entre otras cosas, ejecutar el desdoblamiento de la CN-340 entre los puntos kilométricos 448565 y 449165 , el proyecto de urbanización del sector SI-4 y SNU-2 y la obligación de contribuir con un 1.400.0000€ a la construcción de parte del Nuevo Teatro Municipal o de cualquier otra obra u obras de inversión de interés municipal determinadas por el Ayuntamiento. Ya desde su aprobación inicial, este convenio tuvo alegaciones en su contra que provocaron que su aprobación definitiva no se produjera hasta el 27 de diciembre de 2010 y modificado en septiembre de 2011. Cinco años después de la aprobación de este acuerdo, la situación dista mucho de haberse materializado de forma adecuada y diligente. Podemos calificar su desarrollo como mínimo como irregular y accidentado. De hecho, actualmente el Sector no se puede desarrollar al haber obtenido una resolución denegatoria por parte del Ministerio de Fomento ante el incumplimiento, tanto del acuerdo suscrito ,como la normativa vigente en trazado de carreteras, además de otros incumplimientos en distintos aspectos. En Abril de 2016 en un accidentado pleno, el equipo de gobierno decide solicitar la titularidad del tramo, con el declarado objeto , de encontrar un "atajo" que le permita incumplir los requerimientos del Ministerio de fomento, que califica corno un capricho, alineándose así a favor de la comercial Gestplá , en vez de exigir el cumplimiento de la legalidad y los acuerdos suscritos, en materia tan sensible como la seguridad vial. De los informes recursos, alegaciones, comunicaciones y documentación existente hasta la fecha podemos llegar a las siguientes conclusiones: 1.-En cuanto al Tramo de la CN-340: En referencia a los términos del Convenio Urbanístico con GESTPLA INVEST. Respecto a los Condicionantes al Convenio Urbanístico con Gespla Invest, el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Huercal de Almería en sesión ordinaria celebrada el dia 20 de Junio de 2010 adopto el acuerdo por UNANIMIDAD de aprobar la propuesta de la Comisión Informativa de de Urbanismo Vivienda Obras Publicas del Convenio Urbanístico de 15 de Julio de 2010. En la estipulación TERCERA del Convenio determinan las obligaciones de GESTPLA INVEST que se resumen en: b.1 desdoblamiento de CN 340 entre los puntos kilométricos 448.565 y 449,165 b.2 Contribuir con 1.400.000 euros, Iva incluido, en la construcción de parte del nuevo TEATRO MUNICIPAL.

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En el debate del Pleno del 20 de Junio de 2010 con respecto al Desdoblamiento de la CN 340, por parte de la oposición se solicitó que se aclararan una serie de cuestiones (Tal y como se recoge en el acta del pleno): 3) ¿El desdoblamiento acoge ambos márgenes de la CN-340? RESPUESTA: SI 4) ¿Tratamiento de las zonas verdes y mantenimiento posterior? RESPUESTA: SE ATERRAZA No queda pues la más mínima duda, de lo que se votó y se aprobó en aquel pleno, el desdoblamiento de ambos márgenes de la carretera. Sin embargo cinco años después, con el visto bueno y el aval del Ayuntamiento, la mercantil no ha desdoblado la CN 340 entre los tramos indicados, ..ni en el margen derecho , ni el margen izquierdo. Gestpla Invest ha ejecutado el camino de servicio con una vía colectora para acceso a la nueva parcela comercial, pero no ha realizado el desdoblamiento del Convenio. Este camino de servicio con vía colectora incumple, además, los requerimientos de seguridad de la Ley de Carreteras y Norma 3.1-IC según el apartado 7.4.5.6 relativo a la Distancia de seguridad entre accesos de vías de servicio a carreteras. El Ministerio de Fomento teniendo como premisas el cumplimiento de la legalidad vigente y la seguridad vial de los usuarios de la CN-340 reitera la negativa a aprobar el proyecto de desglosado 2, exigiendo un nuevo proyecto y denegando el desarrollo del sector, requerimientos que este ayuntamiento se niega a cumplir o aún peor a exigir cumplir a la mercantil con la que tiene suscrito el acuerdo. Además el mismo Ministerio en su comunicación al ayuntamiento de Huercal de Almería, afirma de manera inequívoca que "en ningún caso se informa favorablemente al desdoblamiento de un solo margen" por parte de demarcación de carreteras. Los cambios de criterios en el desdoblamiento los ha realizado el Excmo. Ayuntamiento de Huercal de Almería, dado que inicialmente la corporación por UNANIMIDAD acordó el desdoblamiento de los dos márgenes y en la actualidad ese desdoblamiento ni se ha producido, ni se reclama a Gestpla Invest su ejecución, de hecho se producen flagrantes contradicciones entre miembros de ese equipo de gobierno, en lo que afirmaban antes y lo que afirman ahora. 2.- En cuanto al teatro Con fecha 1 de Octubre de 2010 se emitió informe sectorial por el servicio de ordenación del territorio de la Consejería de obras públicas de la Junta de Andalucía en que se hace constar como condicionante: "la construcción del teatro supondría una modificación de los espacios libres y equipamientos, lo que requerirá dictamen favorable del Consejo consultivo de Andalucía", con fecha 18 de agosto de 2011 se lleva a cabo la aprobación provisional de proyecto de modificación puntual de NNSS referida al Sector SI4 y SNU2 con el objetivo según palabras literales del alcalde de "evitar la intervención del consejo consultivo de Andalucía.

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Se prescinde totalmente del procedimiento legal establecido, para modificaciones que afecten a zonas verdes y espacio libres, que exige un dictamen favorable del Consejo Consultivo de Andalucía.En fecha 27 de Marzo de 2015 se firmó acto de recepción de obras, instalaciones y dotaciones del edificio teatro-multiusos, procediendo a la inauguración del edificio ese mismo día. Sin embargo posteriormente mediante providencia de alcaldía de 11 de junio se expresa la posibilidad de existir algunas deficiencias en el proyecto de construcción del edificio multiusos, disponiéndose LA PROHIBICIÓN TOTAL DE LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN DICHAS INSTALACIONES HASTA QUE NO SE RESUELVAN LAS DUDAS EXISTENTES. Sin embargo no se informa de cuáles son esas deficiencias, ni se acompaña informe técnico alguno, pero aún así con anterioridad y posterioridad se han celebrado en este espacio actos tanto de índole publica como privada. 3.- En cuanto a la urbanización. En el citado con anterioridad informe sectorial emitido por el servicio de ordenación del territorio de la Consejera de obras públicas de la Junta de Andalucía, se especifica que no se deberá de urbanizar hasta que no se haya realizado la obra completa de desdoblamiento del margen que pega al lado de la zona comercial objeto del convenio. Desdoblamiento que no ha sido aceptado por el ministerio de fomento debido a las diferentes deficiencias que se detallan en los escritos del ministerio, pero aún así se ha urbanizado inicialmente quedando partidas las parcelas y marcados los carriles de circulación. En el proyecto inicial no se contemplaba en dicha urbanización la construcción de ningún muro de hormigón es más las zonas verdes iban a construirse de forma abancalada tal y como consta y se detalla en el acta del pleno citada con anterioridad: "En el debate del Pleno del 20 de Junio de 2010 con respecto al Desdoblamiento de la CN 340, por parte de la oposición se solicitó que se aclaran una serie de cuestiones 4) ¿Tratamiento de las zonas verdes y mantenimiento posterior? RESPUESTA: SE ATERRAZA Según el proyecto inicial la zona verde aterrazada iba ubicada en los lindes de la zona comercial donde se ubica en la actualidad el muro de hormigón. Muro del que no consta documentación de recepción por parte del ayuntamiento tras su construcción. Es más documentalmente existen pruebas de recepción y supervisión de otros elementos especificando que el muro queda fiera de la supervisión y recepción. En referencia a las zonas verdes también existen informes de ADIF informando que la ubicación de las zonas verdes no es la correcta ya que están ubicadas en la zona de protección de la via del tren, zona en la que no se puede realizar ningún tipo de actuación.

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También existen pruebas que dejan constancia de una problemática existente con las farolas a instalar en la zona, ya que las instaladas inicialmente no son las contempladas en el proyecto original A tenor de todo lo expuesto con anterioridad creemos firmemente en la necesidad de llegar a los siguientes ACUERDOS: - Paralización inmediata de los trámites de recepción por parte del ayuntamiento de la carretera N- 340 en los puntos kilométricos 448+565- 449+165. - Apertura inmediata de un expediente de investigación del convenio urbanístico realizado entre el ayuntamiento de Huercal de Almería y la empresa Gestpla S.A. Para determinar el desarrollo del mismo y la posible existencia de irregularidades.

Añade un comentario sobre escuchas existentes en proceso judicial, con el siguiente tenor:Además a todo lo expuesto , existen la transcripción de unas escucha telefónicas, realizadas por la UDyCO, Unidad de crimen organizado de la policía nacional, en las cuales se transcriben conversaciones de empresarios de la construcción que intervienen en obras de este municipio y en las cuales se habla en repetidas ocasiones de actuaciones y proyectos de Huercal de Almería, entre ellas esta obra , conversaciones en las que intervienen personas relacionadas con este ayuntamiento, entre ellas , el entonces, concejal de urbanismo y hoy alcalde Ismael Torres, conversaciones en las que se relatan hechos que PRESUNTAMENTE PODRIAN SER CONSTITUTIVAS DE DELITO y de las cuales se deberían dar explicaciones a este pleno y al pueblo de Huercal de Almería. Finalmente, querría hacer un llamamiento a la transparencia, entiendo y presupongo que no tienen nada que ocultar no tienen por qué temer que se debate y apruebe esta moción para saber si este acuerdo es o no lesivo para Huercal y aquí me dirijo de forma muy particular a los socios de gobierno, me dirijo a los representantes de VHA y GRINP, para que en su responsabilidad como huercaleños con una amplia trayectoria política, no permitan comportamientos lesivos para este municipio y den su voto a favor. Hablamos de investigar las cosas ponerlas sobre la mesa y queden claras. Por mi parte nada másSr. Alcalde: le pediría al Sr. Domene un favor, has mencionado unas escuchas, ¿las tienes? ¿Podría leerlas? Sr. Domene: ¿Usted quiere debatir? Creemos la ComisiónSr. Alcalde: Acabas de hacer una acusación grave y quiero que conste en alta, hablas del antiguo Concejal de urbanismo, hoy Alcalde hablas de una conducta delictiva. Voy a tomar las medidas necesarias para que lo aclares en otro sitio. No puede ser que hables de presuntas conductas delictivas y te quedes tan ancho. Vas a aclarar esta acusación y no va a ser aquí.Sr. Domene: No hay ningún problema en aclarar.

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Sr. Alcalde: Traspasas una línea que no debes. Lo vamos a aclarar.Sr. Domene: Mandaremos esta documentación a la fiscalía para que la analice. Lo que he dicho está grabado. Hablan los dos a la vez.-La anterior transcripción (desde ‘Añade’ … hasta ‘lo que he dicho está grabado’) resulta de las notas recogidas por esta Secretaria en el desarrollo de la sesión, de documento entregado por Sr. Domene a esta Secretaria, debidamente suscrito; y de la grabación en audio habida de la sesión, habiendo solicitado el Sr. Alcalde que se utilice la misma para la presente transcripción.-Sr Portavoz Grupo GRINP (Sr. Ibáñez) me doy por aludido en un pequeño margen. Has traído una moción larga, en la fecha de inicio del convenio yo era el Alcalde, y como Alcalde tengo que responsabilizarme. A la moción no le veo ninguna urgencia, aunque comparto que haya de aclararse lo que proceda. Creo que has dejado entrever que ha habido manos negras en, si ves una grabación como lo has dicho, aquí ha habido unos cuantos criminales, pero el Convenio se aprobó unánimemente, convenio sencillo y simple, que recoge un desdoblamiento de una parte y en un futuro desarrollo del sector de enfrente se haría la otra, pero no lo tengo seguro, pues el convenio es de 2010. Ahora no veo la urgencia, puedes llevar la moción a un Pleno para que todo el mundo pueda estudiarla y hacer memoria. Estudiar los documentos como habéis hecho vosotros. Sr. Domene. Pedimos que se celebre esa Comisión.Sr. Ibáñez: yo solo puedo hablar de aquél convenio. Cada uno ha de ser responsable de lo que dice y de lo que hace. etapa de la que me siento orgulloso,Sr. Domene: estamos entrando en el debate de la moción.Sr. Ibañez: no apoyo la moción en cuanto a la urgencia, aunque vea lícito que se hable del expediente.Sr. Domene: la urgencia es por la cesión de la Carretera.Ya está hecha.SE reiteran los cruces de intervenciones entre los Sres. Alcalde y Domene sobre sus intervenciones, pidiéndose que se haga constar lo expresado y recogida en la grabación, como consta en los párrafos que antecedenSr. Alcalde: no me extraño de tu cobardía, no tires la piedra y escondas la mano, es lo más rastrero que he visto en política.Sra. Matas (PP): dais a entender lo que no es y si creéis que hay que actuar judicialmente, hacedlo.Sr. Secretario: la moción se refiere a la creación de una Comisión de Investigación. Dado que se acaba de conocer no se ha

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podido informar por escrito, pero sí cabe recordar lo que nos dice la editorial EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, en consulta de 2004: Las Comisiones de Investigación no tienen apoyo normativo suficiente en el ámbito local, pero sin duda hay que entroncarlas dentro de la función de control y fiscalización esencialmente encomendada al Pleno, para cuyo conocimiento analiza y estudia un asunto concreto. No tienen similitud con las Comisiones Informativas, ya que éstas se crean esencialmente para dictaminar e informar asuntos a decidir por el Pleno. Tampoco pueden considerarse como Comisiones Informativas especiales, ya que aunque éstas se crean para asuntos concretos, su objeto es el mismo que el de las Comisiones Informativas: emitir un informe o dictamen sobre asunto a resolver. Y si se decidiese constituirla, la propuesta de la Comisión Investigadora carece de relevancia y efectos.Es decir, solo valdría el dictamen emitido por la Comisión Informativa competente por razón de la materia.Sr. Portavoz Grupo ACH (Sr. Calatrava): lee lo que se pide en la moción, en este expediente ha habido acuerdos varios, pero me preocupa algo que se ha dicho sobre algún problema sobre el uso del Centro Multiusos. Este Grupo también estuvo en contar del muro, sería razonable analizar en profundidad como se ha desarrollado, ustedes lo tendrán claro, pero nosotros lo pedimos por transparencia, es posible que con las explicaciones se clarifiquen cuestiones que ahora se discuten.Sr. Alcalde: lo que no puede ser es que nos hagamos los tontos cuando nos interesa, pues hay informes de todo tipo. Es ADIF quien impide la ejecución de la zona verde donde estaba inicialmente prevista, por seguridad, si se desea conocer algo se pregunta, pero no valen las acusaciones sin más, difama que algo queda, allá él con su conciencia y sus consecuencias. Solo se habló de un margen, solo uno, este convenio ha traído al pueblo una infraestructura, un teatro, realidad gracias a la buena gestión del anterior alcalde.No hables de comisión de investigación, sino que si tienes dudas vas donde tienes que irte, si tienes pantalones.-Sr. Calatrava: en el urbanismo de este municipio, las zonas verdes siempre han ido al peor sitio; todos debemos ser conscientes de que las zonas públicas se ubiquen donde sean válidas.Sr. Ibáñez: aclarar que este equipo de gobierno no impide que se pueda debatir cuando proceda, pero no aprobamos la urgencia.Sr. Alcalde: ustedes tienen acceso a toda la documentación, no hay que investigar nada.Por la Presidencia se somete a votación la declaración de Urgencia, que es desestimada por 10 votos en contra de la

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declaración de urgencia (Grupos PP, GRINP, C’S y VHA) y 7 votos a favor de la declaración de urgencia (Grupos PSOE, IULVCA y ACH) de los 17 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, declarándose el resultado por la Presidencia.-

14. Ruegos y preguntas

Se marcha Dª Eva Martínez (PP) por razones de trabajo, 18,15 horas.

Sr. Cabrera (PSOE): desde el Grupo PSOE ruego al Sr. Alcalde que cuando ostente la representación del municipio ante otras Administraciones Públicas lo haga con respeto, pues nos representa a todos; usted es el Sr. Alcalde o Ismael, pero no es ISMI. Así, cuando visite a los Sres. Delegados Territoriales, como hace días a la de Educación, diríjase a ella como Sra. Delegada Territorial o Francisca, pero no con cualquier apelativo que se le ocurra.

Tampoco se va a estas reuniones a dar voces a funcionarios de otras Administraciones, tráteles con respeto, pues representa al Ayuntamiento. Gaste sus energías en otras labores, como es ceder el suelo necesario. La Delegada ha dado transparencia, ha llamado a todos los Grupos, a las AMPAS y a todos les da información y documentación.. Haga usted lo mismo.

Otro ruego: la Sra. Portavoz del Grupo PSOE no es su hija, a veces su mala educación roza la bancarrota. Pido respeto y educación para todos. Gracias

Sr. Alcalde: ella misma se presentó como PAQUI.

Sr. Cabrera: jamás se presenta así, porque no le gusta ese apelativo.

Sra. Amate Ruiz (IULVCA): el Sr. Alcalde habla de mentiras, pero hace días ha contado en su facebook cosas de mí, que si no trabajo, lo que gano como diputada. Yo le contesto aquí, me sorprende que hable de los sueldos en la Diputación, hable usted con sus políticos, pues yo reconozco que son altos, pero es el sueldo que está aprobado, y creo que todo el que trabaja debe cobrar por ello. No le hablo de mi trabajo, pues quienes tienen

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que valorarlo son mis compañeros; aquí tiene mi nómina y lo que dono a mi partido (muestra unos documentos)

Sr. Alcalde: ¿tu partido se financia con ese sueldo público?

Sra. Amate: no, déjeme terminar lo que digo, no le permito que me interrumpa. Mis Estatutos de Partido lo regulan como donación voluntaria. MI ruego es que en el próximo Pleno presente usted su sueldo y sus cuentas y no entre más en facebook.

Sr. Alcalde: dije que usted le cuesta a Diputacion 65.000 euros, y no puede ser que digáis que yo cobro 5.000 euros. Vosotros mentís sobre mí pero lo que yo digo es cierto.

Sra. Amate: ¿He publicado yo algo de usted en mi facebook? Yo no

Sr. Alcalde: Emiliano sí

Sra. Amate: pero usted sí habla de mí y lo ue dice es que cobro 6.000 euros al mes y no es cierto, y personalmente yo no hablo de usted.

Sra. Amate:

1.- Trajimos una moción sobre la adaptabilidad de la piscina para discapacitados, y se contestó que para su apertura estaría.

R: la silla está para montar

2.- En Registro entró la solicitud de baja como concejala de Dª Eva Martínez Molina, pero no se llevó a efecto.

R: porque solicitó el desistimiento de la anterior petición.

Sr. Secretario: aclara, a petición de la Sra. Amate, que hasta que el Pleno tome cuenta de la solicitud de renuncia al cargo, la interesada puede desistir, y sigue ostentando el cargo.

3.- Sobre la limpieza en calle Albañil, ya han pasado los plazos concedidos.

R: se sigue tramitación conforme procede. Puede acceder al expediente.

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4.- Pedimos información sobre suceso ocurrido en el teatro cuando no se permitió acceder a un acto a un vecino, acto que se publicitó como público.

R: la Presidenta de la Asociación que lo organizó os contestó en las redes sociales; era un acto que exigía invitación.

5.- En la reunión del otro día en Delegación de Educación se comunicó que faltaba documentación a remitir por el Ayuntamiento, y así se comprometió el Alcalde

R: está preparada, pero hasta ahora no ha llegado el requerimiento desde la Consejería; ya se mandó documentación pero se nos dijo que no valía.

6.- SE ha convocado al Consejo Escolar Municipal, pero no a nuestro Grupo.

R: No se ahora a quien se ha convocado, pero corresponde a la composición que establece la norma aplicable. Será mañana a las 10,00 aquí en el Ayuntamiento. Se trata de constituirlo.

7.- A los Consejos Sectoriales tampoco, ¿Por qué?

R: tenéis que comunicar quien es el representante en cada uno de ellos, titular y suplente.

8.- Situación de las ordenanzas de Candil Radio y del Mercado ambulante, pues ya se vieron en Junta de Portavoces, pero no se traen a aprobación.

R: la de Venta Ambulante debe informarse por Secretaría; la de Candil Radio había una discrepancia por los tiempos de los Grupos.

9.- La prensa publicó hace días la dimisión de una Concejal del equipo de gobierno, por problemas en su seno. Saber que hay de cierto

R: aquí nos ves juntos.

Sra. Serrano Felices (C’S):

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1.- Sobre la reunión en Educación y la remisión de documentación necesaria para la cesión de suelo.

R: si se convoca ese pleno extraordinaria para la moción de IULVCA, la cesión de suelo podría entrar.

2.- ¿Es suelo municipal?

R: sí, pues lo de la finca El Canario es complicado; se apoyó esta moción que venía de las AMPAS, pero puede ser complicado.

3.- la moción que se aprobó sobre ROF municipal, me gustaría verlo en próxima Junta de Portavoces.

Sra. Castillo Muñoz (PSOE):

Nosotros hemos pedido acceso al expediente del que se dijo que ya está montado.

Sr. Cabrera (PSOE):

Ruego que desde el Ayuntamiento se haga lo posible para agilizar el funcionamiento del Servicio de Correos

SR. Calatrava Murcia (Grupo ACH):

1.- Por enésima vez pregunto sobre el Plan de Accesibilidad que estaba previsto entregar en enero, pues seguimos sin él. Quizás esa Comisión de Seguimiento que se ha pedido habría podido aclararlo.

R: el Proyecto se está informando por los técnicos, llevará aquí quizás un mes.

2.- Reiterar la pintura del muro de colegio Buenavista.

R: no podemos, es inversión y no nos corresponde

3.- También rogué en su momento medidas para aparcamientos en Polígono San Rafael, pues hay problemas, pregunto que se hace o que se va a hacer.

R: consultaré con la Jefatura de Policía

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4.- Saber si el uso del Centro Cultural cuenta con licencias y para cuando el Reglamento de uso pues hay que regularizarlo.

R: tiene algo resuelto, aunque no lo recuerdo. Hay borrador del Reglamento, pendiente de informar.

5.- Ruego sobre estudio de accesibilidad en el entorno de la Zona Centro.

R. está hecho, pero nuestro Centro Histórico como otros tiene problemas no siempre fáciles de resolver.

Pues habrá que buscar soluciones, verlos criterios técnicos.

6.- Sobre las intervenciones habidas resp4ecto del nuevo IES, reiterar lo que expuse en la Delegación, mi sorpresa la descoordinación entre Ayuntamiento y Junta para dispone r del Centro. NO vería desafortunado el nuevo IES en la zona sur, quizás si ya dispusiésemos del Inventario lo veríamos factible.

Considero que desechar la opción de finca El Canario pueda ser un error grave Pido transmitir a la Delegación que se haga un esfuerzo entre todos para que el Centro Educativo de solvencia para Huercal sea una realidad, y no acomodarnos a construir donde podamos.

Sr. Alcalde: contesta a preguntas formuladas por escrito (Grupos IULVCA y C’S)

1.- Actuaciones sobre El Cercado.

R: hay orden de ejecución

2.- Colocar sombras en parques públicos.

R: nos e puede hacer en todos ellos

3.- Sobre fumigación de mosquitos

R: en zonas verdes y arbolados y zonas de lagos y puentes.-

4.- A la pregunta de C’S sobre Finca El Canario, ya se hablado de ello en la sesión.-

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Con lo que no habiendo más asuntos de que tratar, la Presidencia levantó la sesión, agradeciendo la asistencia de los Sres. Concejales y público, siendo las 14,40 horas del día 27 de junio de 2016, extendiéndose la presente acta en 58 páginas, de lo que como Secretario doy fe.-

Vº Bº El Alcalde,

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