44
1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd. Y EN EL CASO de la Ley de Servicios Financieros Internacionales Cap. 325 de las Leyes de Barbados CUARTO INFORME AL TRIBUNAL 1. El Banco Central de Barbados asumió la gestión y el control de Bancafé International Bank Ltd. (“BIB” o el “Banco”) el 23 de octubre de 2006 de acuerdo con el artículo 59 (1) (a) de la Ley de Servicios Financieros Internacionales (“LSFI”). Se llevó a cabo esta acción porque el BIB fue declarado insolvente. 2. Mediante Resolución Judicial de 29 de noviembre de 2006, (“La Resolución de Nombramiento”) PricewaterhouseCoopers EC Inc. fue nombrada Custodio de BIB a efectos, inter alia, de supervisar la liquidación forzosa de BIB (el “Patrimonio”) de acuerdo con la Ley de Servicios Financieros Internacionales, Cap N. º 5 de 2002 de la Legislación de Barbados. 3. Este es el Cuarto Informe del Custodio presentado con arreglo a la cláusula n) de la Resolución de Nombramiento. El Primer Informe se presentó en el Registro del Tribunal Supremo de Barbados (“el Registro”) el 20 de agosto de 2007 (“el Primer Informe”); el Segundo Informe se presentó el 13 de noviembre de 2009 (“el Segundo Informe”); y el Tercer Informe se presentó el 15 de julio de 2011 (“el Tercer Informe”). 4. Todas las cifras a las que aquí se hace referencia se presentan en dólares estadounidenses, salvo que se indique lo contrario.

BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

  • Upload
    others

  • View
    4

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

1

BARBADOS

Nº 2092 de 2006

EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SECCIÓN CIVIL

EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd.

Y EN EL CASO de la Ley de Servicios Financieros Internacionales Cap. 325 de las Leyes de Barbados

CUARTO INFORME AL TRIBUNAL

1. El Banco Central de Barbados asumió la gestión y el control de Bancafé International Bank Ltd.

(“BIB” o el “Banco”) el 23 de octubre de 2006 de acuerdo con el artículo 59 (1) (a) de la Ley de

Servicios Financieros Internacionales (“LSFI”). Se llevó a cabo esta acción porque el BIB fue

declarado insolvente.

2. Mediante Resolución Judicial de 29 de noviembre de 2006, (“La Resolución de Nombramiento”)

PricewaterhouseCoopers EC Inc. fue nombrada Custodio de BIB a efectos, inter alia, de

supervisar la liquidación forzosa de BIB (el “Patrimonio”) de acuerdo con la Ley de Servicios

Financieros Internacionales, Cap N. º 5 de 2002 de la Legislación de Barbados.

3. Este es el Cuarto Informe del Custodio presentado con arreglo a la cláusula n) de la Resolución de

Nombramiento. El Primer Informe se presentó en el Registro del Tribunal Supremo de Barbados

(“el Registro”) el 20 de agosto de 2007 (“el Primer Informe”); el Segundo Informe se presentó el

13 de noviembre de 2009 (“el Segundo Informe”); y el Tercer Informe se presentó el 15 de julio de

2011 (“el Tercer Informe”).

4. Todas las cifras a las que aquí se hace referencia se presentan en dólares estadounidenses, salvo

que se indique lo contrario.

Page 2: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

2

5. Este informe contiene los apartados siguientes:

Actividades del Custodio durante el periodo provisional ..................... Error! Bookmark not defined.

Presunto Fideicomiso para los titulares de la Cuenta ....................... Error! Bookmark not defined.

Proceso de Demandas ......................................................................... Error! Bookmark not defined.

Acceso a la Contabilidad y a los Registros ......................................... Error! Bookmark not defined.

Distribuciones a los Depositantes .......................................................... Error! Bookmark not defined.

Esfuerzos actuales de recuperación de activos y bienes .............................................................................. 14

Valores mantenidos por Refco Capital Markets (“Refco”) ...................................................................... 14

Recuperaciones de préstamos ............................................................ Error! Bookmark not defined.

Recuperación de la Cuenta de Wells Fargo Advisors (anteriormente Wachovia Securities) (“Wells Fargo”) ................................................................................................. Error! Bookmark not defined.

Actualización del litigio .......................................................................... Error! Bookmark not defined.

Demanda FOPA ................................................................................... Error! Bookmark not defined.

Estado de la Denuncia Penal (“La Demanda”) ........................................................................................ 20

Otras cuestiones en el Proceso Penal ................................................. Error! Bookmark not defined.

Valoración del Litigio Actual y Futuro ...................................................................................................... 31

Acuerdo alternativo de honorarios ........................................................ Error! Bookmark not defined.

Anexo A- Declaración jurada proceso de Demanda Barbados julio de 2011 .............................................. 39

Anexo B – Anuncio del fundamento de la demanda Prensa Libre 21 de agosto de 2011 ......................... 40

Anexo C – Sentencia en rebeldía de Wachovia de 2 de julio de 2013 ......................................................... 41

Anexo D – Moción e Información de 26 de junio de 2013 de Wachovia presentadas el 26 de junio de 2013 ................................................................................................................................................................ 42

Anexo E – Resumen de cobros y desembolsos del Patrimonio ................................................................... 43

Page 3: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

3

Actividades del Custodio durante el periodo provisional

Presunto Fideicomiso para los titulares de la Cuenta

Antecedentes

6. Tal como se describe más detalladamente en nuestros Informes Primero a Tercero al Tribunal,

poco después de haber sido designado por el Tribunal, el Custodio tuvo conocimiento de la

existencia de un fideicomiso supuestamente creado por los Accionistas de BIB y liquidado por

acciones de algunas empresas del Grupo Financiero del País (“GFP”), el grupo financiero que

abarcaba a BIB y varias empresas relacionadas por accionistas y consejeros en común, y otros

activos no especificados del GFP. El Fideicomiso, establecido en Guatemala, se denomina en

español Fideicomiso FAS, o aquí el “Fideicomiso FAS”. El Fideicomiso FAS fue creado

supuestamente para compensar a los depositantes por sus pérdidas como consecuencia de la

quiebra de BIB. El 30 de julio de 2008 la Superintendencia de Bancos de Guatemala (“SIB”)

proporcionó información relativa a los nombres e importes recibidos por particulares que habían

presentado reclamaciones ante el Fideicomiso FAS de tal manera que el Custodio pudiera

determinar si alguno de dichos particulares también era demandante del Patrimonio de BIB. El

28 de diciembre de 2010 SIB proporcionó información actualizada al Custodio.

7. Los documentos publicados por el Fideicomiso FAS en Internet por lo general ofrecen a los

depositantes de BIB la oportunidad de canjear sus Certificados de Depósito de BIB por

Certificados de Participación sobre el Fideicomiso FAS y de ser compensados por la liquidación

de dichos activos.

8. El concepto del Fideicomiso FAS contradecía los procedimientos de liquidación establecidos por

la Ley de Barbados de 2002 de Servicios Financieros Internacionales. Al conocer su existencia, el

Custodio quedó preocupado por posibles conflictos con el Patrimonio del BIB. Mediante la

aceptación de Certificados de Depósitos de los depositantes del BIB a cambio de certificados de

participación del Fideicomiso FAS, el Custodio señaló la posibilidad del Fideicomiso FAS de

presentar créditos en el Patrimonio del BIB, con respaldo de los certificados del BIB, lo que

podría conllevar la duplicación de reclamaciones si depositantes del BIB incautos o deshonestos

hubieran presentado reclamaciones tanto por el Fideicomiso FAS como por el Patrimonio del

BIB.

9. Loa agentes del Fideicomiso FAS no proporcionaron información relativa a la fuente o el valor del

activo que se utilizaría para financiar los pagos a los depositantes o, de hecho, ninguna

información sobre la manera en que el activo subyacente sería liquidado y repartido.

Page 4: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

4

Tratamiento de las reclamaciones BIB de los Participantes del FAS

10. El Custodio reconoció el riesgo de que el Fideicomiso FAS, una entidad administrada y financiada

por los mismos Accionistas del BIB que posiblemente serían sujetos del litigio de recuperación,

podría causar la disipación del activo patrimonial y/o conflictos sobre el derecho a los activos.

11. No se sabía si los participantes que se inscribieron en el Fideicomiso FAS incluían a depositantes

del BIB, así como a acreedores de otras entidades del GFP. Esta cuestión introdujo un posible

conflicto adicional en la situación ya que posibles activos del BIB posiblemente podrían haberse

utilizado para compensar a los acreedores que no eran del BIB.

12. En función del asesoramiento del abogado guatemalteco del Custodio, el 22 de abril de 2008 el

Custodio escribió a la Superintendencia de Bancos de Guatemala, la sucursal del gobierno con el

mandato para regular fideicomisos tales como el Fideicomiso FAS, solicitando información sobre

los participantes del Fideicomiso FAS para poder comparar la información con las reclamaciones

recibidas por el Patrimonio del BIB. La información pertinente no sería recibida por el Custodio

hasta el 30 de julio de 2008, después de que se hubiera procesado la Primera Distribución a los

acreedores.

13. En el momento de la Primera Distribución del Patrimonio del BIB, en mayo y junio de 2008, el

Custodio no había conseguido obtener ninguna información por parte del Fideicomiso FAS con

respecto a las identidades de sus participantes, o los valores de las reclamaciones de participantes

del Fideicomiso FAS. Esta información podría haber permitido una determinación adecuada de la

Fuente y el uso de los activos del BIB y podría haber permitido al Custodio incluir a participantes

del Fideicomiso FAS que en el momento también eran aptos para participar en las Distribuciones

del Patrimonio del BIB. Esto no ocurrió.

14. Para mitigar los riesgos de que se presentasen créditos duplicados por los acreedores del BIB

tanto del Patrimonio del BIB como del Fideicomiso FAS, durante el proceso inicial de

reclamaciones que llevase a la Primera Distribución, el Custodio exigió que las reclamaciones del

Patrimonio del BIB estuvieran acompañas de una declaración indicando, entre otras cosas, que el

demandante no era un participante del Fideicomiso FAS.

15. Las cuentas para las que se presentaron reclamaciones que incluían confirmación de su

participación en el Fideicomiso FAS se aplazaron a la espera de información adicional del

Fideicomiso FAS. Los importes que de otro modo fueran debidos por dichas reclamaciones fueron

calculados y mantenidos en reserva hasta que el Custodio pudiera acceder a mejor información

con respecto al Fideicomiso.

Page 5: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

5

16. Tras la revisión de la información del Fideicomiso FAS proporcionada por el SIB el 30 de julio de

2008, el Custodio determinó que de los 443 participantes del Fideicomiso FAS conocidos que

habían presentado reclamaciones por el Patrimonio del BIB, 179 no habían declarado su

participación en el Fideicomiso y habían participado, en consecuencia, en la Primera

Distribución, recibiendo pagos por importe de 1.786.693 $ del Patrimonio del BIB. Otras 244

cuentas fueron identificadas como participantes en el Fideicomiso FAS, aunque estas cuentas o no

se habían presentado como reclamaciones del Patrimonio del BIB o estaban retenidas por otros

motivos en el Patrimonio del BIB. Las preocupaciones del Custodio sobre las reclamaciones en

conflicto estaban, por lo tanto, justificadas.

17. Como consecuencia, tras la Primera Ronda de la Primera Distribución, en función de la nueva

información, las cuentas relativas a todos los participantes del Fideicomiso FAS conocidos se

suspendieron en el Patrimonio del BIB y los pagos de distribución relativos se mantuvieron en

reserva durante las rondas posteriores de la Primera a la Cuarta Distribución.

18. En el Tercer Informe del Custodio al Tribunal se informó de que las reclamaciones presentadas

por aquellos depositantes que habían participado en el Fideicomiso FAS, es decir, los 443 que

incluían a aquellos en los grupos de 179 y 244 indicados anteriormente, serían rechazadas y esos

depositantes serían informados de su derecho a recurrir la decisión mediante la presentación de

solicitud ante el Tribunal de Barbados.

Reevaluación del Estado de las Reclamaciones BIB de Participantes del Fideicomiso FAS

19. La decisión de rechazar las reclamaciones BIB de los participantes del Fideicomiso FAS se revisó

en el contexto del Proceso de Demandas que fue diseñado para determinar el valor de las

reclamaciones comprobadas del Patrimonio. Debido a la falta de pruebas sustantivas de la

contribución de los activos del BIB al Fideicomiso FAS, se determinó que podría ser perjudicial

para los participantes del Fideicomiso FAS rechazar simplemente sus reclamaciones de una vez.

El Custodio fue informado por la SIB de que el Fideicomiso FAS no emitió ningún pago adicional

y de que no era probable que lo hiciera, de hecho, el Fideicomiso FAS iba a ser liquidado.

20. A raíz de esta nueva información, el Custodio determinó que el riesgo de que los participantes del

Fideicomiso FAS tuvieran preferencia frente a los no participantes se había mitigado en la mayor

medida en función de las pruebas disponibles. Por lo tanto, el Custodio concluyó en mayo de 2012

que no rechazaría reclamaciones presentadas por participantes del Fideicomiso FAS y que todas

esas reclamaciones serían admitidas en el Patrimonio como si el demandante no hubiera

participado en el Fideicomiso FAS.

Page 6: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

6

21. La reserva que había sido realizada por el Patrimonio a la espera de la resolución final del

problema del Fideicomiso FAS fue liberada y todos los pagos pendientes a aquellas cuentas que se

habían visto afectadas por el retraso causado por la intervención del Fideicomiso FAS fueron

calculadas e incluidas en la Quinta Distribución, descrita a continuación.

Proceso de Demandas

Solicitud y antecedentes

22. Por citación y declaración jurada presentada en este Tribunal el 9 de junio de 2011, el Custodio

interpuso una solicitud con objeto de obtener las indicaciones del Tribunal con respecto al

momento del Custodio para determinar el importe, si lo hubiere, debido a cada depositante

conocido u otro acreedor del BIB (“el Proceso de Demandas”).

23. El Custodio ha calculado y emitido seis (6) dividendos provenientes de la realización de activos en

el Patrimonio del BIB, colectivamente denominadas las “Distribuciones” e individualmente según

su secuencia (p.ej. la “Primera Distribución”, la “Segunda Distribución”, etc.). Para maximizar la

eficiencia y acelerar los pagos a los demandantes reconocidos, el Custodio procesa los pagos en

lotes que corresponden a una Distribución concreta como “rondas” periódicas de pagos

(“Rondas”). Una Ronda de pago está referenciada internamente y en relación con acreedores en

la forma de “DxRy”, en donde x denota el número de Distribución y la y denota el número de

Ronda para esa Distribución.

Proceso

24. La solicitud relativa al Proceso de Demandas fue examinada por el Tribunal el 14 de julio de 2011

en cuya ocasión el Tribunal ordenó lo siguiente (“Orden de Demanda”):

1) El Custodio informará, en un plazo de 42 días desde la fecha de Orden de Demanda, a los

depositantes u otros acreedores del BIB de su derecho a presentar una reclamación del

Patrimonio del BIB (“el Periodo de Publicación”);

2) El Custodio determinará, en un plazo de 60 días desde la fecha de finalización de dicho

Periodo de Publicación, la validez de las reclamaciones presentadas por depositantes u

otros acreedores del BIB por el Patrimonio del BIB y el importe, si lo hubiere, debido a

cada demandante válido (“el Periodo de Determinación”);

3) El Custodio tendrá permitido, en un plazo de 30 días desde el Periodo de Determinación,

realizar una distribución parcial a demandantes reconocidos del Patrimonio del BIB con

arreglo al Artículo 87 de la Ley de Servicios Financieros Internacionales, Cap 325.

Page 7: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

7

25. Se me muestra una copia de “Orden de Demanda” y se adjunta como Anexo “A”.

26. Con arreglo a los términos de Orden de Demanda, el plazo para que los depositantes o acreedores

presenten reclamaciones del Patrimonio del BIB se fijó el 24 de octubre de 2011, siendo el plazo

del Periodo de Determinación.

27. De conformidad con Orden de Demanda, el Custodio llevó a cabo un Plan de Notificación para

informar a todos los posibles acreedores del plazo inminente para presentar reclamaciones. El

Plan de Notificación incluía:

1) publicación de Orden de Demanda en la página web del Custodio en www.pwc.com/car-

bib, el 25 de agosto de 2011;

2) publicación de un conjunto de anuncios pagados en periódicos de Guatemala (tal como

establece a continuación) para informar a los depositantes o cualquier otro posible

acreedor del BIB que hubiera hasta ahora presentado una reclamación de su opción de

presentar una reclamación por el Patrimonio del BIB como tarde el 24 de octubre de 2011

(el “Aviso de Demanda”); y,

Fecha de Publicación Periódico

21 de agosto de 2011 Prensa Libre

24 de agosto de 2011 Diario de Centro América

24 de agosto de 2011 Diario La Hora

7 de septiembre de 2011 Diario La Hora

8 de septiembre de 2011 Diario de Centro América

28 de septiembre de 2011 Prensa Libre

19 de octubre de 2011 Prensa Libre

3) notificación mediante correo electrónico a todas las direcciones de correo electrónico de

depositantes registradas en la base de datos de depositantes del Custodio.

28. Se adjunta como Anexo “B” una copia del anuncio publicado en la edición del 21 de agosto de 2011

de Prensa Libre. Las publicaciones continuaron entre el Periodo de Publicación y el Periodo de

Determinación para llegar a tantos posibles demandantes como fuera posible.

Page 8: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

8

29. En estos anuncios publicados, el Custodio proporcionó información de contacto para posibles

acreedores o cualquiera que deseara dirigir sus reclamaciones al Custodio a través de la dirección

de correo electrónico del Patrimonio del BIB, o dentro de Guatemala por medio de un proveedor

de servicio postal local.

30. De conformidad con Orden de Demanda, el Custodio llevó a cabo su revisión de reclamaciones

presentadas por posibles acreedores o depositantes hasta o en el plazo del Periodo de

Determinación, que finalizó el 24 de octubre de 2011, y expuso su determinación en cuanto a la

validez de dichas reclamaciones por el Patrimonio del BIB y el valor de cada demandante válido.

Se recibieron menos de 5 nuevas reclamaciones como consecuencia de este proceso. Las nuevas

reclamaciones se incluyeron en la Quinta Distribución, que se procesó después del fin del Periodo

de Determinación. Anticipación de Recuperación

31. El proceso de demanda se llevó a cabo anticipando una recuperación importante consecuencia de

una demanda presentada por el Custodio en el Proceso Penal en Guatemala, en el que el Custodio

tiene legitimación como actor civil. El Proceso Penal incluye la demanda del Custodio por el valor

que se perdió del BIB, a través de la compleja red de entidades vinculadas formada por el GFP. El

Custodio alegó que los fondos residuales que quedaban tras la liquidación de Guatemala de la

entidad responsable del GFP, Banco del Café, se colocaron en la agencia guatemalteca de

protección al depositante conocida como el Fondo para la Protección del Ahorro, conocido como

“FOPA”. El Custodio presentó una demanda declarando que los activos residuales de Banco del

Café representan fondos del BIB que fluyeron a través del GFP.

32. La demanda FOPA, que se trata a continuación, sufrió numerosos retrasos de procedimiento que

ocasionó retrasos en una distribución especial que tenía intención de distribuir las ganancias de la

recuperación FOPA esperada. En marzo de 2012, sin una resolución de la demanda FOPA a la

vista, el Custodio decidió emitir una Distribución menor que la que pretendía inicialmente e inició

las preparaciones para proceder con una distribución parcial de fondos que previamente se

habían mantenido en reserva por cuentas no reclamadas y otros motivos (retrasos de litigios,

retrasos del Fideicomiso FAS, etc.) descritos en informes anteriores. La Quinta Distribución se

retrasó por complicaciones surgidas de procedimientos administrativos adicionales que eran

necesarios debido a pagos que se habían devuelto por no poder ser entregados en Distribuciones

anteriores y al mantenimiento técnico de la base de datos de acreedores. Los pagos relativos a la

Quinta Distribución fueron preparados y procesados en junio y julio de 2012.

Page 9: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

9

Acceso a la contabilidad y a los registros

Cintas CORFINA

33. En el Tercer Informe el Custodio informó de que no sería favorable en términos comerciales para

el Patrimonio emprender otras acciones legales para obtener la posesión de datos financieros

históricos e información de cuentas de clientes del BIB contenidos en cintas de almacenamiento

de seguridad (las “Cintas de Seguridad”) que estaban en custodia del Fideicomiso CORFINA. El

Fideicomiso CORFINA es la entidad cuasi gubernamental responsable de supervisar la

liquidación de Banco del Café S.A. (“BCF”), la afiliada nacional del BIB en Guatemala.

34. Tras las conversaciones con la oficina del Fiscal General (“AGO”), se determinó que el acceso a la

información que se creía que contenían las cintas sería vital para el caso penal, en concreto para

probar el flujo de fondos del BIB a través de distintas partes vinculadas y en última instancia al

FOPA, en consecuencia, acreditando la reclamación del Custodio de los fondos del FOPA. Por lo

tanto, en julio de 2011 se reanudaron los esfuerzos para conseguir el acceso a las cintas.

35. Con el apoyo del Custodio, el Ministerio Público (“MP”) (la rama del gobierno a la que pertenece

AGO) a través de sus Fiscales en AGO, ejecutó un Mandato Judicial en julio de 2011 para obtener

las cintas de seguridad de datos electromagnéticas de anteriores proveedores de servicios de

Tecnología de la Información del grupo financiero “Bancafé Grupo Financiero del País” (“GFP”) y

el Fideicomiso CORFINA.

36. Se creía que las cintas contenían información relativa a las operaciones del GFP cuyos asuntos

fueron examinados por expertos bancarios nombrados por el Tribunal de Guatemala con relación

a las solicitudes del Custodio. Se esperaba que la información que se creía que existía en las cintas

podría ser utilizada para que progresasen las actuaciones penales entabladas contra consejeros y

accionistas previos del BIB, no obstante, los obstáculos tecnológicos han impedido el acceso a la

información contenida en las cintas.

37. Dado el estado actual de la demanda FOPA y la Denuncia Penal (véase a continuación), el

Custodio ha abandonado cualquier otro gasto de recursos en esta tarea.

Datos del Grupo 2

38. En enero de 2012, con apoyo del Custodio, los Fiscales solicitaron, obtuvieron y presentaron

autorizaciones judiciales para acceder a información bancaria y de otro tipo de los sistemas

financieros en Guatemala y el extranjero con la finalidad de rastrear activos y obtener la

recuperación potencial para el beneficio del Patrimonio de BIB.

Page 10: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

10

39. El 30 de enero de 2012, los Fiscales de AGO ejecutaron una orden de registro de las oficinas de un

grupo de empresas, conocidas como las empresas “Grupo 2”, que están vinculadas al GFP, pero

no están reguladas en Guatemala, Barbados, Islas Caimán, o en ninguna otra jurisdicción

reconocida. Las oficinas del Grupo 2 contenían información financiera y de otro tipo importante

sobre las actividades de los accionistas y consejeros anteriores del BIB, habiéndose incautado

dicha información a efectos de la investigación.

40. La información procedente del Grupo 2, tanto en formato electrónico como físico, se obtuvo con

respecto a la entidad vinculada constituida en las Islas Caimán, Vipasa International Investments

Corp. (“Vipasa”), incluidos los registros financieros, las inversiones, y su relación con entidades

no reguladas en Guatemala y el extranjero.

41. La información fue analizada y ha contribuido tanto a la denuncia penal como a la identificación,

y la recuperación civil de fondos mantenidos por Vipasa en una cuenta bancaria estadounidense,

tal como se describe a continuación.

Distribuciones a los Depositantes

Reclamaciones recibidas y tramitadas

42. La contabilidad y los registros del Banco contenían 3.399 demandas potenciales de depositantes y

por otra responsabilidad con un valor contable potencial de 203.348.296 $ a 23 de octubre de

2006

43. Al concluir el Proceso de Reclamaciones y el Proceso de Demandas, el Patrimonio había recibido

2.870 reclamaciones con un valor contable de 159.010.922 $.

44. El Custodio ha recibido las reclamaciones para determinar la validez y el valor de cada una. En

función de esta revisión el Custodio admitió 2.783 reclamaciones por un total de 152.397.389 $

(las “Reclamaciones Admitidas”) de los cuales a lo largo de seis (6) Distribuciones abonadas hasta

la fecha, se han abonado 39.386.919 $.

45. El Custodio rechazó ochenta y nueve (89) reclamaciones con valores contables de 4.445.438 $.

46. Al final del Periodo de Determinación (24 de octubre de 2011) habían pasado casi cinco años

desde el nombramiento del Custodio. Durante este tiempo el Custodio envió varias

Page 11: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

11

comunicaciones a posibles acreedores por correo directo, correo electrónico, y mediante anuncios

pagados en noticias. El asunto Bancafé es una historia de interés público de importancia

significativa en Guatemala y ha sido objeto de gran atención e información en los medios públicos

de Guatemala en todo el proceso de liquidación. En opinión del Custodio, cualquiera que creyera

que tenía una posible reclamación sobre el Patrimonio del BIB tuvo tiempo de sobra, oportunidad

y alternativas de envío para poder presentar una reclamación.

Reclamaciones no presentadas

47. Sin perjuicio de los esfuerzos del Custodio y el volumen de noticias públicas sobre el asunto,

quinientas veintisiete (527) posibles reclamaciones quedaron sin presentar después de la

finalización del Proceso de Demandas. Con anterioridad al Proceso de Demandas el Custodio

había calculado y reservado Distribuciones por un total de 10.402.974 $ en relación con estas

posibles reclamaciones pagaderas hasta e incluido el Cuarto Dividendo. Esta reserva se devolvió

al Patrimonio para costes y distribuciones futuras, incluidas las Distribuciones Quinta y Sexta.

48. Si algún depositante que no hubiera presentado una reclamación con anterioridad a la

finalización del Proceso de Demandas compareciera y presentara una reclamación sobre el

patrimonio, dicha reclamación no será apta para participar en ninguna Distribución pasada

calculada y pagada antes de que la reclamación fuera presentada, pero, podría ser apta para una

inclusión prorrateada en Distribuciones futuras. Las reclamaciones en esta categoría son aptas

para participar en distribuciones futuras independientemente de cuando fueran recuperados los

activos. Renunciarían a los pagos anteriores y únicamente son aptas para pagos calculados como

si estuvieran incluidas desde el principio.

Distribuciones

49. A fecha del presente informe, el Custodio ha declarado y abonado seis Distribuciones de forma

semi continua y “actualizada”, pagaderas en Rondas parciales que permiten a los Depositantes, a

medida que se admiten sus reclamaciones, participar en una Distribución concreta sin tener que

esperar a que la siguiente Distribución sea declarada, autorizada y tramitada.

La Quinta Distribución abonada del Patrimonio

50. Entre marzo de 2012 y junio de 2012 el Custodio tramitó pagos de Distribución relativos a todas

las reclamaciones entonces admitidas, incluidas las presentadas durante el Proceso de Demandas.

51. El 12 de junio de 2012 el Custodio emitió instrucciones de pago para la Quinta Distribución a los

acreedores y depositantes, cuyos pagos se tramitaron en junio y julio de 2012. Los pagos de la

Quinta Distribución se llevaron a cabo de la misma manera que en las cuatro Distribuciones

Page 12: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

12

anteriores, es decir, mediante una combinación de transferencias bancarias inmediatas a cuentas

de acreedores en el extranjero, transferencias bancarias agrupadas a acreedores titulares de

cuentas en Banco Agro Mercantil en Guatemala, y mediante giros bancarios a la cuenta bancaria

del Custodio en Barbados.

52. La Quinta Distribución trajo 404 reclamaciones válidas que no habían participado en

Distribuciones anteriores porque se habían presentado tarde o estaban sujetas a distintos retrasos

administrativos descritos con detalle en informes anteriores (retrasos de litigios, retrasos del

Fideicomiso FAS, etc.).

53. La Quinta Distribución y las Rondas Actualizadas de las cuatro Distribuciones anteriores

ascendieron a lo siguiente:

1) Se realizaron pagos combinados de 6.887.342 $ a 2.2991 cuentas cuyas reclamaciones se

valoraron en total a 146.535.689 $.

2) De las 2.299 cuentas mencionadas anteriormente, 404 habían estado sujetas previamente

a retenciones, pero dichas retenciones habían sido solventadas. El valor abonado a dichas

404 cuentas en relación con las retenciones solventadas representó 3.154.674 $ de los

6.887.342 $.

54. Incluidos en los importes mencionados anteriormente había pagos por un total de 21.678 $

realizados a quince (15) cuentas cuyos saldos eran inferiores a 2.500 $. Estos pagos representaban

el 100% del valor reclamado por los 15 titulares de las cuentas de conformidad con el artículo 88

(1)(e) de la Ley de Barbados de 2002 de Servicios Financieros Internacionales.

55. Cincuenta y seis (56) cuentas con saldos admitidos de 4.521.512,32 $ quedaron sujetas a los

distintos retrasos descritos en informes anteriores. Estos retrasos son de aplicación a todos los

pagos de otro modo pagaderos a las cuentas de todas las cinco Distribuciones. Se ha calculado una

reserva de 999.961 $ relativa a las Distribuciones pagaderas a estas cuentas y permanece

reservada en la cuenta del Custodio pendiente de la solución de los asuntos que ocasionaron estos

retrasos.

La Sexta Distribución abonada del Patrimonio

56. Se preparó y emitió una Distribución con comienzo en agosto de 2014.

1 Esta cifra excluye que 439 cuentas con saldos admitidos inferiores a 2.500 $ y no sujetas a ningún retraso habían sido abonadas en

su totalidad en Rondas anteriores en función de las normas establecidas en IFSA.

Page 13: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

13

57. En ese momento se declaró un importe de distribución de 3.042.319,92 $ y formó la Sexta

Distribución a los depositantes del BIB. La Sexta Distribución incluía 2.332 cuentas admitidas,

excluyendo aquellas cuentas que habían sido abonadas en su totalidad previamente y aquellas

retenidas (en conjunto, otras 443 cuentas).

58. Al mismo tiempo el Custodio aprovechó para actualizar unas 337 cuentas (incluidas en las 2.332

anteriores) a las que se les había pasado el plazo de distribuciones anteriores o cuyos pagos no

estaban disponibles previamente. Estos pagos, denominados pagos “actualizados”, ascendieron a

1.067.490,64 $.

59. En conjunto, la Sexta Distribución más los pagos actualizados ascendieron a 4.109.810,56 $. Tal

como se indica anteriormente, se aplican retenciones a determinadas reclamaciones, con sujeción

a la solución de distintas cuestiones administrativas o legales pendientes. En el momento de la

Sexta Distribución el Custodio retuvo 991.390,91 $ de los pagos anteriores, correspondientes a 52

cuentas que permanecen retenidas. Si y cuando las retenciones se solucionen, los depositantes

tendrán derecho a recibir los pagos retenidos.

60. La expectativa del momento y el valor de las distribuciones futuras continúa en especulación y

dependerá del resultado de las distintas vías de litigio que están pendientes para recuperar activos

adicionales para el beneficio de los acreedores del patrimonio. A la fecha del presente informe no

se están planificando distribuciones adicionales.

Posibilidad de distribuciones futuras

1. El momento e importe de cualquier dividendo futuro significativo se verá afectado en gran

medida por el resultado del litigio descrito anteriormente. Cada Distribución requiere una

importante carga administrativa debido al número de pagos extranjeros que se emiten cada vez.

Mucho del proceso se ha agilizado pero debido a los procesos y la regulación bancaria se necesita

una importante tramitación manual. Actualmente no se ha programado ni contemplado ninguna

nueva Distribución. Si el panorama financiero del Patrimonio lo justifica, el Custodio reevaluará

si se puede pagar una Distribución.

Page 14: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

14

Esfuerzos actuales de recuperación de activos y bienes

Valores mantenidos por Refco Capital Markets (“Refco”)

2. Tal como se ha indicado anteriormente, BIB mantenía una cuenta de valores con Refco, una

agencia de intermediación bursátil en Estados Unidos que se declaró en bancarrota en octubre de

2005 (la “Bancarrota Refco”).

3. El Custodio recibió 737.114 US$ en distribuciones del patrimonio de Refco desde la presentación

del Tercer Informe del Custodio, con lo que el importe total que ha sido recuperado del

patrimonio de Refco asciende a 45.020.643 US$.

Recuperaciones de préstamos

4. Desde el Tercer Informe del Custodio, los esfuerzos de recuperación de préstamos del Custodio

han proporcionado aproximadamente 2.606.796,77 US$ al Patrimonio. Hasta la fecha se ha

recuperado un total de 5.079.853 US$ de la cartera de préstamos. Este resultado es mayor que la

estimación inicial del Custodio de 3,5 millones de dólares descrita en el Tercer Informe y es

consecuencia de las negociaciones entre el abogado del Custodio en Guatemala y los deudores,

muchos de los cuales al principio negaron las deudas pendientes, y procedieron a emprender

acciones legales.

5. En bastantes situaciones, en lugar de poder basarse en la contabilidad y los registros del Banco, el

Custodio y su equipo legal han sido obligados a proporcionar un grado insólito y extremo de

pruebas de los préstamos antes de que los deudores en última instancia propusieran un acuerdo,

tal vez en un intento por parte de los Deudores de sobrevivir al Patrimonio. El Custodio

continuará sus esfuerzos mediante litigio para recuperar todas las deudas identificadas para el

Patrimonio.

6. El Custodio actualmente está negociando con una serie de deudores las recuperaciones

adicionales de préstamos que se espera que estén disponibles en los próximos meses. La cantidad

y el momento de dichas recuperaciones continúa siendo incierto y, por lo tanto, no se puede

proporcionar en este momento ninguna estimación razonable de posibles recuperaciones de

préstamos

Recuperación de la Cuenta de Wells Fargo Advisors (anteriormente Wachovia Securities) (“Wells Fargo”)

División del Grupo Financiero del País

7. El análisis inicial del Custodio de la función del BIB en el GFP identificó movimientos de los

activos del BIB a través de entidades del GFP al BCF. En función de dicho análisis, el Custodio

Page 15: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

15

presentó una denuncia penal ante la Oficina del Fiscal General de Guatemala (AGO”) en 2009 (la

“Denuncia Penal”).

8. La información obtenida de la ejecución de una orden de detención en la investigación de la

Denuncia Penal por parte de AGO en las oficinas de las empresas Grupo 2 ha sido una fuente

importante de información financiera y operativa relativa a la transferencia de valor de BIB a

través de Vipasa, BCF, y otras entidades vinculadas del GFP (la “Pista”).

9. Como consecuencia del análisis continuado y ampliado de la Pista, el Custodio ha proporcionado

apoyo probatorio a AGO en la denuncia penal.

10. Un análisis de la propia contabilidad y registros de BIB muestra que la cartera de inversión de

BIB anterior a la “Estructura Refco”, es decir el acuerdo financiero establecido entre BIB, Vipasa,

y Refco en 2003 tal como se ha indicado anteriormente, era de inversiones en Vipasa. Las

inversiones de BIB en Vipasa, que estaban garantizadas únicamente mediante pagarés, sufrieron

pérdidas significativas y en última instancia llevaron a GFP a separar el grupo en dos

componentes. Siendo uno el grupo el de empresas que en un futuro quedarían reguladas por la

Superintendencia de Bancos en Guatemala (“Grupo 1”), y un segundo grupo de empresas que no

quedarían reguladas, incluida Vipasa, entre otras, denominado “Grupo 2”.

11. La investigación del Custodio demostró que pérdidas financieras importantes en las que

incurrieron empresas del Grupo 1 fueron desplazadas del Grupo 1 a empresas del Grupo 2, un

hecho que se ha presentado en la Denuncia Penal en Guatemala.

Refco y la Relación con Vipasa

12. El efecto de la Estructura Refco y la información del Grupo 2 ayudó al Custodio a entender mejor

las razones que lo explican. En 2003, cuando GFP afrontaba la nueva legislación en Guatemala

que condujo a la separación de empresas Grupo 1 y Grupo 2, los Accionistas y Consejeros crearon

la Estructura Refco para esconder el impacto en el balance de BIB de las pérdidas que se

desplazaron de BIB a Vipasa y a otras empresas del Grupo 2.

13. Las grandes pérdidas en las que incurrió BIB por sus inversiones en Vipasa en los años anteriores

a la legislación de 2003 que haría que BIB quedara sujeto a la regulación financiera de Guatemala

fueron encubiertas por la Estructura Refco.

14. En resumen, la Estructura Refco exigió que Vipasa adquiriera obligaciones de Refco utilizando un

medio de financiación de Refco denominado acuerdo de recompra, una forma de préstamo (la

“Garantía Vipasa”). Las obligaciones siempre estuvieron sujetas a una Garantía por Vipasa y

Page 16: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

16

nunca fueron un activo libre de Vipasa. Sin perjuicio de la Garantía, Vipasa hizo que las

obligaciones se mantuvieran en una cuenta de BIB con Refco lo que hacía que parecieran activos

de BIB. La existencia del acuerdo de recompra y la Garantía Vipasa nunca se reveló.

15. La Estructura Refco sirvió para cubrir artificialmente las pérdidas en las que había incurrido BIB

por sus inversiones con Vipasa. BIB declaró el valor de las obligaciones como un activo en sus

cuentas anuales, aparentemente sustituyendo las antiguas inversiones en Vipasa, pero no reveló

la existencia de la Garantía.

16. Cuando Refco entró en quiebra en 2005, las cuentas anuales de BIB y los estados de cuenta de

Refco supuestamente mostraron inversiones en Refco de más de 208 millones de dólares, pero

cuando el Fideicomisario de Refco descubrió la Garantía Vipasa y la aplicó como compensación al

crédito del BIB en el patrimonio de Refco, el crédito de 208 millones de dólares se redujo a

aproximadamente 51,7 millones de dólares, eliminando aproximadamente tres cuartas partes del

balance de BIB y desencadenando su insolvencia.

17. Las circunstancias descritas anteriormente sirvieron como fundamento para que el Custodio

solicitara al Tribunal de Quiebras de Estados Unidos obtener acceso a registros bancarios

adicionales de Vipasa para rastrear el flujo de fondos del BIB a las cuentas de Vipasa. Se obtuvo la

información solicitada y el análisis del Custodio indicó que se habían abonado fondos del BIB de

más de 18 millones de dólares a la cuenta de Wells Fargo, más del importe que se había cargado

en ella.

La Demanda Wells Fargo del Custodio

18. En abril de 2013 el Custodio, a través de su abogado en EE. UU. con sede en Miami, presentó una

denuncia dentro del procedimiento bajo el Capítulo 152 existente en Florida en el Tribunal de

Quiebras de Estados Unidos solicitando un mandato que incluyera un requerimiento que

impidiera a Vipasa y a cualquier otro que actuase en su nombre transferir, dispersar, o de lo

contrario vender los fondos en la cuenta Wells Fargo. Vipasa recibió debidamente la notificación

de las actuaciones, pero no compareció.

19. En junio de 2013 el Custodio formuló una moción para una sentencia en rebeldía contra Vipasa

en relación con los fondos con origen directo en las cuentas bancarias de Vipasa en Wells Fargo y

2 El capítulo 15 se refiere a un procedimiento de EE. UU. conforme al Código de Quiebras de EE. UU. que concede el reconocimiento del Custodio en EE. UU. como un representante extranjero de una masa de insolvencia.

Page 17: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

17

los daños del BIB asociados con las pérdidas que sufrió por sus inversiones con Vipasa y el

impacto de la Estructura Refco.

20. El 2 de julio de 2013 el Tribunal de Quiebras de Estados Unidos dictó sentencia del importe de la

Garantía Vipasa de 156.399.068,53 $ y un gravamen equitativo y fideicomiso ficto por importe de

18.118.057 $ correspondiente a los fondos rastreados (la “Orden Vipasa”). El Custodio recuperó el

importe total disponible de 1,5 millones de dólares.

21. Véase el Anexo “C” para obtener una copia de la Orden Vipasa y el Anexo “D” para obtener una

copia de la moción para una Sentencia en Rebeldía y Firme del 26 de junio de 2013, que contiene

una descripción detallada de la relación entre BIB y Vipasa, incluida la Estructura Refco, que se

ha resumido anteriormente.

Actualización del Litigio

Demanda FOPA

Procedencia de la demanda

22. Durante el curso de nuestra investigación de los asuntos de BIB, el Custodio y su Abogado de

Guatemala (“Abogado de Guatemala”) examinaron la relación financiera que existía entre BIB y

distintas entidades del GFP, incluidas Vipasa y BCF. Los resultados de esta examinación

revelaron que hasta 2002 BIB había invertido un componente sustancial de su base de depósitos

(94,5 millones de dólares, o más del 25% de los depósitos declarados en las cuentas anuales

auditadas de 2001 del BIB) en pagarés emitidos por Vipasa.

23. La investigación determine que estos fondos fueron transferidos de BIB a Vipasa, y después a

través de empresas del GFP y mediante pago a terceros, todo en beneficio de BCF y/o sus

Accionistas y Consejeros, para cubrir pérdidas sufridas en el GFP. BIB nunca recibió valor por los

fondos transferidos y/o en préstamo a Vipasa y a través de otras afiliadas del GFP. Se concedieron

préstamos a afiliadas o empresas del GFP que nunca fueron reembolsados.

24. Nuestra examinación ha probado que las inversiones BIB-Vipasa fueron utilizadas por el GFP

para compensar las pérdidas sufridas por el Grupo, dejando a BIB con un déficit sustancial en su

balance. Tal como se ha tratado detalladamente en este y en otros informes, este déficit fue el

motivo por el que BIB implantó la Estructura Refco en 2003, cuando BIB quedó sujeto a la

regulación de Guatemala.

Page 18: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

18

25. El Informe Pericial Contable del Custodio sobre la Pista fue presentado al Tribunal a principios de

diciembre de 2011, y el 15 de diciembre de 2011 también se presentó el informe pericial del Fiscal

sobre este asunto. Los informes prueban el argumento del Custodio de que se transfirieron

indebidamente fondos del BIB por un importe de al menos 99 millones de dólares y, por lo tanto,

el Patrimonio del BIB tiene derecho a reclamar los fondos residuales de BCF que se llevaron a

FOPA como consecuencia de su función en la administración de la liquidación del patrimonio de

BCF.

26. Como parte del proceso Penal se inició un procedimiento accesorio en el que el Custodio colaboró

con el Ministerio Público en Guatemala para recuperar activos de aproximadamente 24 millones

de dólares de los fondos mantenidos por FOPA que tienen origen en BIB. En ese proceso, la

investigación realizada por AGO, y respaldada por el Custodio, determinó que al menos 99

millones de dólares de los fondos del BIB fueron transferidos a través del GFP al BCF entre 1998 y

2006, mejorando erróneamente la situación financiera de dicha entidad en Guatemala (la

“Pista”).

27. Cuando BCF quebró en octubre de 2006 sus activos fueron transferidos a tres bancos nacionales

de la competencia mediante un proceso que fue administrado por el Banco Central de Guatemala

(“BANGUAT”), a través de la agencia temporal creada para controlar los asuntos de BCF cuando

alcanzaron un punto crítico en octubre de 2006. La agencia temporal, a la que se hace referencia

anteriormente en este informe y en informes anteriores, se denomina por su acrónimo,

CORFINA.

28. Tras la finalización del proceso de reestructuración de BCF, después de que el activo y pasivo

fuera distribuido entre los tres bancos de la competencia participantes, el abogado del Custodio y

AGO determinaron que en función de pruebas obtenidas mediante órdenes del tribunal de

CORFINA así como solicitudes de autoridades bancarias y fiscales, que quedaba un superávit de

aproximadamente 23-24 millones de dólares en el patrimonio de BCF controlado por CORFINA y

que se ha revertido, o revertirá a FOPA.

Audiencia 2013

29. Para obtener el embargo de los fondos localizados en los activos FOPA, se programó inicialmente

una audiencia en diciembre de 2011, pero la audiencia se pospuso hasta nuevo aviso por la

presentación de un Amparo por BANGUAT, declarando que no tuvo acceso al informe del perito

para el tribunal.

Page 19: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

19

30. Un Amparo es un recurso legal en Guatemala para la protección de los derechos constitucionales.

El Amparo ha sido muy utilizado por las partes del litigio en Guatemala en el que el Custodio está

implicado. La acción puede presentarse rápidamente y con escasa o ninguna prueba, a menudo

basada únicamente en las simples alegaciones de la parte contraria. Ha sido utilizado y, en

opinión del Custodio, en abuso, por los demandados como táctica para retrasar o detener

procedimientos o como un intento para sustituir a participantes clave en el procedimiento,

incluidos los Jueces.

31. Sin perjuicio de los retrasos y a pesar de los Amparos, la audiencia tuvo lugar en última instancia

la semana del 7 de marzo de 2013. Durante la audiencia, BANGUAT compareció y presentó su

oposición a la demanda del Custodio principalmente alegando que FOPA tenía prohibido por ley

cubrir pérdidas sufridas por depositantes de una entidad extranjera (como lo era BIB), sin

perjuicio de que la entidad estuviera sujeta a las regulaciones bancarias de Guatemala como parte

del GFP.

32. En opinión del Custodio, la oposición de BANGUAT, aunque se esperaba, principalmente olvidó

que el fundamento de la demanda del Custodio no era por la cobertura conforme al régimen de

seguro del depositante de FOPA, sino más bien se fundamentaba en haber localizado valor que

había sido transferido de forma fraudulenta de BIB a entidades tales como BCF, cuyos acreedores

en última instancia se beneficiaron de las distribuciones con arreglo a FOPA. El patrimonio de

BIB, en opinión del Custodio, tiene derecho a los fondos/activos excedentarios que queden en

FOPA que surgieran del patrimonio de BCF y se puedan rastrear hasta el BIB.

33. El abogado y los peritos del Custodio estaban preparados para refutar la premisa errónea de

BANGUAT, pero resultó completamente inesperado que en la audiencia los fiscales de AGO

también presentaran oposición a la demanda con motivos similares a los de la oposición de

BANGUAT. Hasta el día de antes de la audiencia se entendía que el Custodio y AGO compartían la

misma postura, 3 informes periciales entregados al Tribunal por ambas partes con anterioridad a

la audiencia confirmaban la Pista.

34. El abogado del Custodio presentó sus alegaciones y las conclusiones del propio informe pericial

del Custodio; no obstante, en su fallo, el Tribunal desestimó la demanda del Custodio.

35. El abogado del Custodio está colaborando con la Fiscalía para anular el fallo que desestimó la

demanda; los Fiscales se están preparando para presentar la estrategia del caso al Fiscal General.

Page 20: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

20

Estado de la Denuncia Penal (“La Demanda”)

Antecedentes

36. Tal como se establece en el Tercer Informe, el Custodio ha estado actuando en conjunto con AGO

en Guatemala tras haber presentado una denuncia penal en abril de 2009 alegando irregularidad

en el funcionamiento del grupo financiero GFP, lo que contribuyó de forma sustancial a la

insolvencia del BIB (“la Demanda”).

37. La Demanda se describe con detalle en el Tercer Informe y el proceso judicial correspondiente se

resume a continuación.

38. En abril de 2009 el Custodio presentó una denuncia penal en los Tribunales de Guatemala, en la

que se alegaba que se cometieron delitos de Fraude, Intermediación Financiera y Blanqueo de

Capitales por parte de BIB, Vipasa, BCF y por los consejeros, gerentes y directivos que

participaron en los hechos que condujeron a que BIB fuera puesto bajo Custodia.

39. Entre los miles de documentos revisados por el Custodio había documentos obtenidos del

abogado anterior de BIB en Miami a través del descubrimiento en Estados Unidos con arreglo al

procedimiento del Capítulo 15. Por estos documentos queda claro que los directivos del BIB eran

conscientes de las posibles implicaciones penales derivadas de la Estructura Refco. Los

documentos muestran que era una preocupación que la quiebra de Refco hiciera que el

Fideicomisario de Refco examinara el activo y pasivo de Refco, lo que destaparía la Estructura.

40. La utilización de activos propiedad de Vipasa para aumentar de forma artificial la capitalización

del BIB, y la realización de ello a través de una entidad financiera estadounidense, planteó una

preocupación en cuanto a la responsabilidad de Estados Unidos por Blanqueo de Capitales y

RICO. Por lo que sabemos, no se ha llevado a cabo ninguna investigación de dicha actividad en

Estados Unidos.

Desarrollo del Proceso

41. En Guatemala un juez único del Juzgado Número 10 de lo Penal inició la fase preparatoria del

procedimiento penal, y asumió la denuncia que estaba siendo procesada por AGO en Guatemala.

La finalidad de la Fase Preparatoria es establecer la existencia de los presuntos delitos, la

participación de particulares y entidades en la comisión de los delitos anteriormente

mencionados, y situar a las víctimas en una posición desde la que puedan realizar una

reclamación por las pérdidas sufridas.

Page 21: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

21

42. El Custodio, a través del Abogado de Guatemala, fue admitido por el Tribunal como Acusación

Conjunta y Actor Civil en el caso. Esta condición ha facilitado la colaboración con los Fiscales en

esta fase del proceso, en la que el mandato del Custodio sigue siendo la recuperación de activos en

beneficio de los acreedores reconocidos del BIB.

43. Es la condición de Acusación Conjunta y Actor Civil lo que permitió al Custodio interponer la

demanda contra FOPA para la recuperación de lo que el Custodio alegaba que era valor

identificable con la reestructuración de BCF respaldada por el gobierno, de BIB a través del GFP

al FOPA.

Colaboración con AGO

44. Con el proceso penal, el Abogado de Guatemala ha colaborado y participado como Acusación

Conjunta junto con fiscales de la Unidad de Crimen Organizado de AGO en algunos de los

aspectos siguientes del caso:

1) preparación exhaustiva para las audiencias a lo largo del proceso penal,

2) preparación exhaustiva para las audiencias que incluyeran peticiones de los demandados

de reducir las acusaciones,

3) colaboración en la revisión de un gran número de cajas de pruebas físicas y el análisis de

datos informáticos incluyendo registros contables,

4) participación en declaraciones de testigos, y,

5) colaboración con el proceso para obtener asistencia jurídica internacional.

45. Además del acceso a la contabilidad y a los registros que se obtuvo en colaboración con AGO, el

abogado del Custodio proporcionó pruebas a favor del caso, fortaleciendo la investigación

financiera técnica llevada a cabo conforme al proceso penal. Esto ha permitido a los fiscales

obtener pruebas materiales para el caso que podrían ayudar con procesos futuros.

46. Durante el curso de la investigación se ha solicitado de manera oficial información financiera de

la oficina de la Superintendencia de Bancos en Guatemala (SIB), así como información de otras

entidades financieras en Guatemala e internacionalmente. La información solicitada se refiere a

las actividades de entidades vinculadas y particulares y solicita la incautación de determinados

activos en beneficio de los acreedores reconocidos del Patrimonio.

Page 22: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

22

47. Además, el Tribunal de Guatemala nombró a dos peritos contables en nombre del Custodio y

AGO, para producir un informe sobre la transferencia indebida de activos del BIB y la posible

responsabilidad del regulador a contribuir a que no se detectara el fraude. Los informes de los

peritos contables se presentaron en el Tribunal el 2 de diciembre y el 15 de diciembre de 2011.

48. También se nombró a un experto en tecnología de la información para acceder al contenido de las

cintas de seguridad con datos del impugnado GFP que en última instancia se obtuvieron de

CORFINA.

Detenciones realizadas o pendientes

49. El 15 de diciembre de 2011 se expidieron y ejecutaron órdenes de detención contra los anteriores

accionistas, consejeros y directivos en común de BIB, Vipasa y BCF.

50. Los particulares detenidos inicialmente con arreglo a esta orden fueron:

1) Eduardo Manuel Gonzalez Rivera (ahora difunto)

2) Manuel Eduardo Gonzalez Castillo

3) Jorge Alfredo Gonzalez Castillo

4) Juan Eladio Campos Moraga

5) Francis Frederick Fischer Theriot

6) Gloria Marina Barrios Pineda

7) Celeste Aída Desiree Soto Vettorazzi

8) Eduardo Antonio Palomo Escobar (ahora difunto)

9) Eduardo Alberto Palomo Mahr

10) Ariel Estuardo Camargo Fernández

11) Álvaro Roberto Maldonado Velásquez

Page 23: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

23

51. Se expidieron también órdenes de detención, pero por distintas circunstancias quedaron

pendientes, de:

1) Ingo Heinrich Haberland Haesloop (ahora difunto)

2) Maya Elisa Kausel Beschiroff de Haberland

3) Silvia Ileana Gonzalez Castillo

4) Patricio Rafael Pablo Andrade Falla,

5) Juan Carlos Maldonado Paz

6) Juan Antonio Vico Vadillo

7) Martin Ignacio Argueta Amezquita

8) Juan Gerardo Ponciano Gómez

9) Roberto Antonio Barrios Batres

Accionistas minoritarios

52. También se expidieron órdenes de detención de dos accionistas minoritarios que al principio se

negaron a comparecer ante el MP. Los dos accionistas eran:

1) Moises Samuel Cupersmith Mizrahi

2) Oscar Salazar Perdomo

53. En febrero de 2013, los señores Cupersmith y Salazar comparecieron ante el tribunal y tras una

audiencia sobre el caso y la eliminación de determinadas acusaciones clave, se les concedió la

libertad bajo fianza.

54. La inclusión de los señores Cupersmith y Salazar en el proceso no estaba prevista por el Custodio.

En 2006/2007, el MP llevó a cabo una investigación de las circunstancias que rodeaban la

quiebra de GFP y BIB, y en comunicaciones oficiales de la oficina del MP con fecha del 12 de

marzo de 2007, el MP estableció que tras su propia investigación Salazar y Cupersmith no eran

considerados partes en el proceso.

Page 24: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

24

55. El 29 de enero de 2008 el Juzgado número 6 de Primera Instancia Penal emitió una resolución,

previa petición del MP, que desestimaba oficialmente las acciones contra Salazar y Cupersmith.

AGO fundamentó su petición en su investigación que reveló que Salazar y Cupersmith no

ocupaban ningún cargo en el Consejo de Administración de BCF, ni ocupaban ningún cargo

directivo en las entidades que componían el GFP, ni específicamente en BIB, y por lo tanto no

procedería ningún enjuiciamiento penal de los dos.

56. En función de nuestra revisión de la contabilidad y los registros disponibles de BIB y

determinadas empresas del Grupo 2, los dos particulares poseían una participación minoritaria

en distintas empresas del grupo (aproximadamente 1% en conjunto), nunca tuvieron ningún

poder ejecutivo ni operativo y no parece que estuvieran implicados en las circunstancias que

condujeron a la quiebra del Banco.

Acusaciones penales

57. Los Demandados que fueron detenidos comparecieron ante el Tribunal para escuchar las

acusaciones. El 23 de diciembre de 2011 el Tribunal decidió vincular a todos los sospechosos al

Proceso Penal por los delitos de: a) casos especiales de fraude; b) intermediación financiera; y c)

blanqueo de capitales. La acusación de intermediación financiera tuvo como resultado que los

sospechosos continuaran detenidos mientras el Juez además ordenaba que el MP continuara con

la investigación.

58. En enero de 2012 nueve de los diez sospechosos detenidos solicitaron audiencias buscando

reducir las acusaciones penales contra ellos, específicamente la acusación de intermediación

financiera. El cargo de intermediación financiera permite al Tribunal ordenar la detención de los

acusados durante el juicio. A estas audiencias ha asistido el Abogado de Guatemala que presta

apoyo técnico al Abogado principal de la Acusación.

59. El 16 de enero de 2012 D. Francis Fischer obtuvo una resolución desfavorable a su petición y fue

enviado de nuevo a prisión. El 20 de enero D. Eduardo Antonio Palomo Escobar obtuvo una

resolución favorable y se le concedió la libertad bajo fianza por importe de 1.000.000 Q 3

(aproximadamente 130.000 $). El 24 de enero D. Juan Eladio Campos Moraga obtuvo una

resolución favorable y se le concedió la libertad bajo fianza por importe de 2.000.000 Q

(aproximadamente 260.000 $).

3 Q hace referencia a Quetzal, la divisa de Guatemala. El 20 de enero de 2012 el tipo de cambio vigente era 1 $ = 7,62 Q, según OANDA.com.

Page 25: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

25

60. El 7 de febrero de 2012 D. Leonel Hernandez fue detenido y acusado de fraude y blanqueo de

capitales. El Juez confirmó las acusaciones, vinculándolo oficialmente a la denuncia penal. D.

Hernandez es el antiguo Administrador de Fideicomisos de BCF, empleado tanto de BIB como de

Vipasa, y estaba trabajando en las oficinas en las que las entidades vinculadas del Grupo

Financiero están domiciliadas y llevan a cabo sus operaciones en el momento de las quiebras de

BCF y BIB. D. Alvaro Maldonado, antiguo Vicepresidente empresarial del Grupo Financiero

compareció de forma voluntaria ante el Tribunal y se confirmaron las mismas acusaciones contra

él.

61. El 21 de febrero de 2012 los Abogados de los Demandados (“los Abogados de la Defensa”)

presentaron una petición al Tribunal de Guatemala solicitando la destitución del magistrado

titular del caso, Magistrado Walter Villatoro del Juzgado número 10 de Primera Instancia Penal,

para conocer del asunto (“la Petición de Recusación”). La petición se fundamentó en alegaciones

de que la Justicia no estaba actuando de manera imparcial. Hubo numerosas tramitaciones

legales por ambas partes con respecto a la Petición de Recusación. Esta petición ha impedido que

el proceso contra los Consejeros y las audiencias relativas a importantes vías de recuperación

avancen al ritmo previsto.

62. A lo largo de la Throughout the Preparatory Stage, many witnesses have submitted declarations

before the AGO, including; former executives, middle management and accountants of BIB,

management at GFP, people believed to be involved with the operations of Group 2 and Vipasa,

the lead external Audit Partner, and several officials from the SIB.

Avance hasta la Fase Intermedia

63. La Demanda está en transición de la Fase Preparatoria a la Fase Intermedia que implica

audiencias para tratar las acusaciones y la presentación de pruebas. La Fase Intermedia está

prevista como la culminación de una Fase Preparatoria más larga durante la que se lleva a cabo la

investigación, y suele finalizarse en un plazo de 10-20 días, pero en este caso el abogado de uno de

los principales demandados presentó una petición para suspender el proceso alegando que el

demandado no estaba en condiciones para someterse a juicio. El juez ordenó que la audiencia se

aplazara hasta el 11 de noviembre de 2013. A 31 de enero de 2015, debido a varios factores que

han afectado al avance del proceso, tal como se describe en este informe, la audiencia no había

sido reprogramada.

Avance hasta la Fase Judicial

64. El 25 de marzo de 2015, un juez que se había designado recientemente para supervisar el proceso

penal dictó una Orden que aprobaba una petición presentada por algunos de los demandados

Page 26: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

26

solicitando modificar la orden de procesamiento contra ellos que se había dictado inicialmente el

23 de noviembre de 2011. El resultado fue que la acusación penal de intermediación financiera

contra algunos de los antiguos consejeros de BIB fue modificada de tal manera que pudieron

obtener la libertad bajo fianza y/o el arresto domiciliario. Sin perjuicio de la libertad bajo fianza

de algunos de los demandados, se confirmaron las acusaciones de caso especial de fraude,

blanqueo de capitales y otros activos, conspiración para cometer blanqueo de capitales y otros

activos, y conspiración para cometer caso especial de fraude.

65. El Ministerio Público y el asesor jurídico del Custodio recurrieron la decisión del Tribunal. Los

depositantes de BIB en Guatemala también se dirigieron a las autoridades.

66. En la fecha del presente informe, tres demandados continúan en detención provisional, seis

demandados han obtenido arresto domiciliario, a cuatro demandados se les retiraron los cargos

contra ellos y dos demandados antiguos fallecieron durante el proceso.

67. El Custodio espera que en febrero de 2016 AGO presentará oficialmente al Tribunal las pruebas

recogidas que se utilizarán en el juicio. Asimismo, el Custodio ha llevado a cabo un análisis

forense de los registros contables y financieros electrónicos, el servidor informático y los discos

duros incautados cuando BCF fue suspendido cerca de cuando BIB fue suspendido y ha

proporcionado las pruebas consiguientes a AGO para su inclusión en el proceso.

68. El Custodio espera que en 2016 la causa se asigne a un Juzgado que se encargue de la Fase

Judicial del proceso, adoptando una decisión relativa a la posible culpabilidad y responsabilidad

financiera de los Demandados.

Factores que afectan al avance de la Causa

69. Sin perjuicio de los importantes avances en la causa penal, esta Demanda se ha visto

obstaculizada por los factores siguientes:

1) El nombramiento de cinco jueces distintos para conocer del caso durante la Fase

Preparatoria, incluida la intervención de dos sustitutos. La Demanda implica un delito

financiero complicado con numerosos medios de pruebas, y como tal, el nombramiento

de un nuevo juez requiere que el juez tome tiempo para entender los hechos y cuestiones

pertinentes.

2) Varias peticiones por parte de los acusados, incluidos los recursos constitucionales, con la

intención de recusar al magistrado titular por alegatos de imparcialidad en las decisiones

judiciales. La acusación ha tenido éxito en la primera causa contra la recusación, pero se

Page 27: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

27

han presentado dos peticiones más de recusación, las cuales el Custodio estima que se

necesiten meses para poder defender. El Custodio opina que estas peticiones son intentos

por parte del abogado de la defensa de retrasar la causa contra los acusados para que no

se avance a la Fase Judicial.

3) El nombramiento de seis Fiscales Generales desde 2009 ha hecho que el abogado del

Custodio lidie con distintos planteamientos por parte de dicha Oficina y que tenga que

demostrar por qué la causa BIB merece la atención de su oficina.

4) El nombramiento de seis fiscales principales distintos ha causado retrasos en cada

transición.

5) La reticencia de los Fiscales Generales anteriores al nombramiento de un fiscal especial

tal como se detalla en el Tercer Informe.

6) El Banco Central de Guatemala presentó numerosas peticiones para retrasar la audiencia

del asunto accesorio de la demanda FOPA, descrita anteriormente, que administra el

Banco Central.

7) Aunque no afecta directamente al Patrimonio BIB y a las acciones interpuestas por el

Custodio, resulta de interés que actualmente hay investigaciones y acusaciones dirigidas

por el Ministerio Público y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala

(CICIG), que implican a funcionarios públicos del rango más alto en Guatemala, y que

provienen de las supuestas prácticas corruptas de Magistrados, Jueces, Secretarios

Judiciales, Fiscales, y abogados penales/litigantes del sector privado. Como consecuencia,

el sistema de justicia de Guatemala está siendo examinado actualmente, las autoridades

judiciales y la CICIG, en calidad de acusación conjunta en determinadas causas, están

desmantelando redes delictivas incorporadas en el sistema, y se están desarrollando

importantes reformas institucionales y jurídicas.

8) En una audiencia celebrada el 4 de diciembre de 2015, el Tercer Juez de Primera Instancia

Penal presentó una justificación para ser destituido del caso. Un Tribunal de Apelación

decidirá sobre la justificación del Juez, con la finalidad de nombrar a un Juez sucesor y

continuar con las próximas fases del proceso penal. Tras la decisión sobre la justificación,

el Juez recién nombrado debe programar fechas para examinar las medias coercitivas de 3

acusados, y programar también una audiencia para llevar a cabo la fase intermedia del

proceso.

Page 28: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

28

Otras cuestiones en el Proceso Penal

70. Resulta evidente que algunos de los sospechosos implicados en el caso pudieron abandonar

Guatemala justo antes de la suspensión del Grupo Financiero. En este sentido, el Custodio ha

ayudado a los Fiscales con la investigación e identificación de activos transferidos al extranjero

que puedan ser recuperados en beneficio del Patrimonio del BIB.

71. Con el apoyo del Custodio, en enero y febrero de 2012 los Fiscales localizaron y expidieron

citaciones a posibles testigos para obtener declaraciones para la investigación. Los posibles

testigos incluyen a antiguos altos directivos, contables, auditores y gerentes de departamento. El

equipo legal del Custodio ha participado en las consiguientes entrevistas de los testigos. Entre

otras cosas, estas entrevistas revelaron y confirmaron la relación y las operaciones entre el GFP y

las empresas del Grupo 2.

72. Los fiscales del Ministerio Público han llamado a los aproximadamente 3.400 depositantes

afectados por el caso BIB para solicitar sus declaraciones. Varios titulares de cuentas han

presentado sus declaraciones por escrito a la Oficina del Fiscal. Esta información servirá como

prueba para el caso.

73. El 30 de enero de 2012 el MP ejecutó una orden judicial que concedía el derecho a acceder y

extraer pruebas de las oficinas de las empresas vinculadas del GFP (Grupo 2). Las ubicaciones se

identificaron tras la investigación del abogado del Custodio de la escisión de las empresas del GFP

que tuvo lugar en 2002 y 2003, con anterioridad al reconocimiento legal del Grupo Financiero.

74. El Custodio asistió al MP en la preparación de un inventario de la información, recopilando más

de 100 cajas con archivos, junto con sistemas informáticos. También se identificaron cinco

cámaras cerradas y las pruebas fueron incautadas. El Custodio prestó asistencia al MP en su

revisión de los archivos que contenían información sobre BIB, BCF, Vipasa, y otra información

pertinente que explicaba las operaciones con empresas vinculadas. El Custodio obtuvo copias de

los documentos. La información ha reforzado la causa penal contra los acusados.

75. Además, los documentos incautados proporcionan pruebas adicionales útiles en cualquier

procedimiento accesorio, ayudando a probar la Pista.

76. En abril de 2012 los Fiscales de AGO llevaron a cabo un registro en almacenes que alojaban

información perteneciente a Banco del Café. El asesor jurídico del Custodio obtuvo acceso a la

información y la examinó, lo que ayudó a desarrollar y respaldar la Denuncia Penal.

Page 29: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

29

Denuncia a AGO relativa al Auditor

77. Durante la Fase de Investigación de la acción penal, Fiscales de la Sección de Crimen Organizado

de la Oficina del Fiscal General ejecutaron órdenes de detención, produjeron informes periciales,

obtuvieron varias declaraciones de testigos de antiguos empleados de BCF, y obtuvieron pruebas

materiales de las actividades realizadas por los Consejeros y la Dirección del GFP diseñadas para

esconder las pérdidas del Grupo en Vipasa y otras entidades vinculadas no reguladas. Las pruebas

incluían documentos que mostraban que el GFP estaba compuesto por entidades tanto reguladas

como no reguladas que operaban como un grupo unificado.

78. La afiliada guatemalteca de una firma internacional de auditoría (el “Auditor”) llevó a cabo las

auditorías externas de las entidades guatemaltecas del GFP, y junto con su afiliada de Barbados

llevó a cabo la auditoría externa de las cuentas anuales de BIB en Barbados.

79. Se realizaron tres informes periciales por parte de auditores nombrados por el Tribunal Penal (1

del Custodio y 2 del Ministerio Público) que determinaron la existencia de operaciones ilícitas

entre BIB y entidades no reguladas del GFP, tal como Vipasa, en detrimento de los

aproximadamente 3.400 depositantes guatemaltecos de BIB.

80. El Socio responsable de las auditorías de BIB y GFP (el “Socio Auditor”) fue citado como testigo

en enero de 2012, y el antiguo gerente del Departamento de Auditoría Interna de GFP fue citado a

declarar en febrero de 2012, declarando ante los fiscales de AGO con respecto a la función del

Auditor de auditor externo de GFP, BIB y otras entidades vinculadas.

81. En diciembre de 2011 y enero de 2012, durante la lectura de cargos tras las detenciones de varios

Accionistas, Consejeros y Dirección de GFP, algunos particulares plantearon sus inquietudes

acerca del posible conocimiento, o participación, del Auditor en el fraude.

82. Durante las conversaciones y los interrogatorios preliminares con el Socio Auditor, este hizo

declaraciones relativas a la relación y función de su firma con el GFP que se contradijeron por

hechos y documentos descubiertos en la contabilidad y registros de BIB.

83. Como consecuencia de la investigación, el 14 de noviembre de 2012 el Abogado de Guatemala

presentó una ampliación de la denuncia penal de BIB ante los fiscales del Ministerio Público,

contra la firma guatemalteca del Auditor por su presunta participación en el fraude. En función

de las pruebas obtenidas de la investigación, se presupone que al menos 4 particulares del Auditor

participaron en la comisión y / o el encubrimiento de delitos.

Page 30: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

30

84. Con las nuevas pruebas que sustentan la denuncia ante sí, AGO decidió proseguir con la causa,

realizando su propia investigación adicional, y el 22 de marzo de 2013 los fiscales ejecutaron

órdenes de detención contra el Socio Auditor. También se ejecutó una orden de detención contra

el antiguo gerente del departamento de Auditoría Interna de GFP, que tenía una implicación

anterior en los asuntos empresariales del Grupo como empleado del Auditor en Guatemala, un

hecho que no se había revelado durante la declaración del testigo ante AGO.

85. El Socio Auditor fue detenido en marzo de 2013. El 15 de abril de 2013 el Socio Auditor interpuso

un recurso contra la instrucción de cargos que le había acusado oficialmente en el proceso penal

de los delitos de Fraude de Cuentas Anuales, Intermediación Financiera y Blanqueo de Capitales,

así como la decisión del tribunal de denegarle la libertad bajo fianza y continuar su prisión

preventiva durante el resto de la investigación.

86. El 20 de mayo de 2013 las acusaciones contra el Socio Auditor fueron modificadas de tal manera

que se le concedió la libertad bajo fianza y fue puesto en libertad y sometido a arresto domiciliario

a la espera de su acusación oficial ante el tribunal.

87. La Antigua gerente del Departamento de Auditoría Interna del GFP eludió la detención hasta que

compareció ante los Fiscales de AGO en agosto de 2013, tras lo cual se le permitió permanecer en

libertad bajo fianza. Fue acusada oficialmente en el caso en septiembre de 2013.

88. La base de las acusaciones contra el Auditor es que la firma conocía la división del GFP en Grupo

1 y Grupo 2, que era consciente de que esta división era para engañar a los reguladores en

Guatemala y que el Auditor sabía sobre las pérdidas incurridas por las entidades del Grupo 1 que

se ocultaron en las entidades del Grupo 2. Al no realizar reservas en sus opiniones de auditoría

adjuntas a las cuentas anuales de BIB y/u otras cuentas del grupo, se presupone que el Auditor

era cómplice en la comisión de fraude de BIB.

89. En mayo de 2015 el Custodio fue notificado de la decisión del Juez que supervisaba la denuncia

penal contra el Auditor, que ordenaba que el caso fuera cerrado y que se desestimaran los cargos

contra él. El Tribunal de Apelación está examinando actualmente el recurso del Custodio contra

esta decisión.

Demanda contra la Oficina de la Superintendencia de Bancos (SIB)

90. Durante el curso de la investigación de los asuntos del Banco, el asesor jurídico del Custodio

examine la conducta de la Oficina de SIB con respecto a su supervisión de BIB desde finales de

1990 hasta octubre de 2006, y algunos aspectos de su posterior implicación.

Page 31: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

31

91. En enero de 2012 los fiscales de AGO ejecutaron una orden judicial en las oficinas de SIB que

incautó 1000 cajas con documentos relativos a la supervisión de SIB de BIB, BCF, y el GFP.

92. El 26 de julio de 2012 se presentó ante el Ministerio Público una ampliación de la demanda penal

contra autoridades y funcionarios actuales y antiguos de la Superintendencia de Bancos por la

posible comisión de los delitos de fraude, intermediación financiera, blanqueo de capitales, abuso

de poder, incumplimiento del deber, decisiones que infrinjan la Constitución, omisión de

denuncia y obstrucción a la justicia.

93. El Custodio ha contactado con las autoridades reguladoras para tratar las implicaciones aquí

presentadas. Este asunto sigue pendiente dentro del proceso más general de la Denuncia Penal.

94. Solicitud presentada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos El 11 de septiembre

de 2014 el asesor jurídico del Custodio presentó una solicitud ante la Comisión Interamericana de

Derechos Humanos para consultar si, en función de los actos probados, funcionarios públicos del

Estado de Guatemala violaron los derechos fundamentales de los depositantes de BIB. La petición

busca obtener la consideración del Estado con respecto a determinadas presuntas violaciones a

través de actos en importantes fases del proceso penal, y recomienda el reembolso a las partes

afectadas. El Custodio se propone garantizar todas las garantías judiciales y derechos a un juicio

justo en un plazo razonable y la protección judicial a través de la asignación de recursos jurídicos

eficientes en beneficio de los depositantes de BIB. La Comisión acusa el recibo de dicha petición y

confirma la apertura de su evaluación bajo su autoridad.

Valoración del Litigio Actual y Futuro

Denuncia Penal

95. La Denuncia Penal (la Demanda) es la plataforma a través de la cual el Custodio puede iniciar

acciones de recuperación civil en Guatemala en calidad de Acusación Conjunta y Actor Civil. La

investigación de las pruebas que sustentan la Demanda ha sido la base para varias vías de

recuperación, tanto del procedimiento penal como del civil.

96. Para iniciar un procedimiento civil de esta complejidad, en Guatemala es necesario iniciar o

unirse a una acción penal si se quiere tener alguna posibilidad de obtener un resultado dentro de

un plazo razonable. El consejo del Custodio ha sido que si se solicitara indemnización de los

acusados mediante un procedimiento puramente civil, el resultado podría tardar más de diez

años. Por lo tanto, la Denuncia Penal ha sido una vía necesaria para avanzar.

Page 32: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

32

97. Desde que se presentó la Denuncia Penal inicial en 2009, se han añadido y modificado varios

elementos de la Demanda, incluyéndose nuevos acusados particulares e institucionales cuando se

han encontrado pruebas que los vinculan a la Denuncia Penal principal.

98. El Custodio y su Abogado de Guatemala han desarrollado un conjunto significativo de pruebas

para apoyar los diferentes componentes de la Demanda, lo cual ha sido posible debido al amplio

volumen de pruebas electrónicas y en papel, así como horas de declaraciones de personas que han

estado relacionadas con el caso. El conjunto de pruebas ha continuado creciendo desde que se

abrió el Patrimonio en noviembre de 2006.

Resumen de Resultados de la Investigación de la Denuncia Penal

99. Las pruebas han dejado claro al Custodio que algunos de los Accionistas, Consejeros y Directivos

del GFP perdieron y / o extrajeron un importe de 150 millones de dólares o más del Grupo y

usaron los depósitos de los clientes de BIB para cubrir el déficit resultante en el bienestar

financiero del Grupo. Esto se hizo transfiriendo activos de BIB a Vipasa y a otras entidades

vinculadas y de ahí a varios destinos finales, todo para el beneficio último de BCF y los Acusados

de la Denuncia Penal.

100. También está claro que cuando el Grupo pasó a estar sujeto a la regulación guatemalteca,

algunos de los acusados crearon la Estructura Refco para cubrir el déficit de 150 millones de

dólares y que se hizo conscientemente y con la intención de engañar a los reguladores

guatemaltecos y a los Depositantes de BIB que finalmente perderían los ahorros de su vida, o una

parte significativa de ellos. La Estructura Refco era un plan diseñado para situar 150 millones de

dólares de activos en el balance de BIB sin el correspondiente pasivo, la Garantía, que existía a la

vez. Si no hubiera sido por la quiebra de Refco en 2005, el plan podría haber pasado inadvertido

durante años, siempre que hubiera seguido fluyendo dinero en BIB.

101. La cantidad de pruebas que acreditan las alegaciones de la Denuncia Penal es inmensa y

demasiado voluminosa para recapitular en este informe. Este informe pretende resumir el estado

en que se encuentra el caso y valorar al Tribunal sobre determinadas decisiones tomadas. El

Custodio ha puesto a disposición en su página web información y documentos que describen las

alegaciones basadas en pruebas que ha presentado.

Valoración del Coste/Beneficio

102. El coste del patrimonio para obtener, evaluar, compilar y presentar las pruebas en la

Denuncia Penal, así como la demanda FOPA no ha sido desdeñable; en el Anexo E de este

informe se incluye un resumen de cobros y desembolsos del Patrimonio. Sin embargo, el Custodio

Page 33: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

33

ha supervisado y evaluado continuamente los costes de la investigación frente a los resultados

posibles y probables del procedimiento.

103. El Patrimonio ha obtenido recuperaciones positivas a partir de información derivada de

la investigación de la Denuncia Penal, aunque no directamente relacionadas con la demanda,

incluyendo las no registradas y los activos deteriorados como: obligaciones valoradas en más de

2,1 millones de dólares mantenidas en la Bolsa Nacional de Valores, el mercado de valores

nacional guatemalteco; un préstamo no registrado que el Custodio recuperó por importe de 2

millones de dólares; el cobro de 1,2 millones de dólares de un préstamo en peligro; y la

recuperación de 1,6 millones de dólares mantenidos en distintas cuentas (Wachovia, Lehman

Bros. Investment, Hemisphere National Bank) y en nombre de Vipasa International.

104. Estos éxitos han ayudado a financiar el litigio más amplio con posibles resultados en el

rango de 24 millones de dólares a 150 millones de dólares Efecto de la Demanda FOPA.

105. Estos éxitos y la evaluación del Custodio de los hechos y las pruebas que respaldan la

demanda FOPA justificaron la continuación de la demanda FOPA de 24 millones de dólares y el

apoyo de la Denuncia Penal más amplia. Gran parte de las mismas pruebas generadas durante la

investigación de la demanda FOPA también ha sido valiosa para la Denuncia Penal y las

recuperaciones mencionadas anteriormente.

106. Desde que se inició la demanda FOPA en 2011, el optimismo en el caso y en el sistema

siguió siendo moderadamente alto a pesar de la oposición y los retrasos en los procedimientos. El

Abogado guatemalteco del Custodio y los expertos asignados para actuar en nombre del Custodio

y AGO para explicar la Pista estaban bien preparados. El Abogado guatemalteco y los Fiscales de

AGO se reunieron y parecían compartir la misma posición jurídica con respecto a la demanda

FOPA.

107. Sin embargo, en la vista de marzo de 2013 sobre la recuperación de los fondos de BIB que

nuestra investigación había rastreado hasta FOPA, observamos con gran preocupación que los

abogados de AGO se oponían activamente a la petición del Custodio de recuperar los fondos

FOPA.

108. Los fondos FOPA representaban una suma significativa de dinero para la que tres

expertos financieros consideraban que había suficiente base contable para concluir que el dinero

provenía de fondos defraudados a los depositantes de BIB, y formaba parte de los mismos. Los

investigadores del Custodio y los tres expertos determinaron que estos fondos habían pasado por

la estructura del grupo financiero creada por los accionistas indicados en la denuncia penal, para

finalmente terminar en FOPA con la liquidación de BCF. La reclamación del Custodio, por tanto,

Page 34: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

34

era para lo que sería considerado efectivamente fondos BIB residuales, más que una reclamación

contra FOPA en sí en calidad de institución aseguradora de depósitos, una distinción que no se

tuvo en cuenta.

109. A pesar de que las cuestiones jurídicas raramente proceden con certeza, la demanda

FOPA, mirada en el contexto de los diversos asuntos contenciosos en los que está involucrado el

Custodio, fue considerado el caso más digno de optimismo. El razonamiento, los hechos y el

fundamento jurídico detrás de la demanda eran claros y razonables, y el Custodio tenía la

esperanza de que se pondría a disposición de los acreedores una recuperación significativa, y en

parte para financiar recuperaciones adicionales. Sin embargo, el Tribunal dictó una sentencia en

marzo de 2013 que rechazó la reclamación del Custodio.

110. Aunque todavía existe la posibilidad de volver a la demanda FOPA, y puede haber argumentos

jurídicos para respaldar dicha noción, el Custodio considera que cualquier otro intento de

recuperar los fondos FOPA tendrá pocas probabilidades de éxito si las circunstancias siguen

siendo las mismas. No obstante, el Custodio prosigue sus esfuerzos.

Valoración de Posibles Recuperaciones Futuras

111. Como se señaló anteriormente, además de la demanda FOPA, la Denuncia Penal tiene el potencial

de llevar a cabo recuperaciones adicionales para el Patrimonio, una situación que el Custodio

supervisa y evalúa continuamente. La Denuncia Penal ha estado en curso desde 2009 y continúa

consumiendo los recursos del Patrimonio; sin embargo, el Custodio ha tomado medidas para

disminuir el impacto en la situación financiera del Patrimonio, cuyos pasos se analizan en una

sección posterior.

112. A la luz de la infructuosa demanda FOPA, el Custodio ha reevaluado su valoración de los posibles

resultados de la Denuncia Penal.

113. La posición del Custodio en la Denuncia Penal es como Acusador Conjunto y Actor Civil. Esta

posición permite al Custodio proporcionar recursos logísticos, legales y de investigación a AGO en

apoyo del Proceso Penal y beneficiarse de cualquier valor que pueda obtenerse de los Acusados

por el proceso.

114. La participación y el apoyo continuados del Custodio en este proceso dependen de un análisis

positivo de coste-beneficio, que como se señaló anteriormente, históricamente ha sido positivo

dada la perspectiva de recuperación de FOPA. También depende de una relación de trabajo de

beneficio mutuo con AGO.

Page 35: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

35

115. Dada la alineación histórica del objetivo más básico del Custodio y AGO, es decir, las sentencias

de culpabilidad de los Acusados, el Custodio y AGO han trabajado estrechamente y sentado las

bases del caso. En ocasiones, naturalmente ha habido diferencias de opinión en cuanto a la

estrategia jurídica o la interpretación de determinadas cuestiones jurídicas. En su mayor parte,

dichas diferencias se gestionaron bien.

116. A medida que el caso sale de la Fase intermedia y entra en la Fase Judicial, puede estar surgiendo

una desviación de intereses. El objetivo principal en cuanto al resultado por parte del Custodio es

la recuperación de los activos, mientras que el objetivo principal de AGO es la búsqueda de

justicia para pedir cuentas a los culpables. En ocasiones, la posición de AGO en las coyunturas

clave ha variado con respecto a la posición que se había comunicado previamente al Custodio.

117. Dichas variaciones inesperadas reiteran que es AGO quien finalmente controla el proceso, el éxito

del Custodio está vinculado a esa oficina, y el Proceso Penal continuará independientemente del

grado de participación del Custodio.

118. En caso de que la Denuncia Penal prosperase, hay posibles recuperaciones de diversas fuentes,

independientemente de posibles recuperaciones fuera del Proceso Penal, que incluyen:

1) activos nacionales de los acusados,

2) activos extranjeros de los demandados,

3) personas clave en SIB,

4) el Auditor,

5) demandas institucionales, aún por presentar.

119. El Custodio ha tenido en cuenta una variedad de factores que afectan a posibles reclamaciones

futuras. Con nuestro abogado, hemos evaluado la naturaleza general de cada reclamación, las

pruebas que respaldan el valor de la posible recuperación, la complejidad de cada reclamación, la

ubicación extranjera o nacional del sujeto o activos potenciales, y, quizás la más pertinente, la

probabilidad de recuperación si la reclamación prospera.

120. Los fiscales del Ministerio Público continúan realizando esfuerzos de colaboración

internacional con autoridades extranjeras para reunir pruebas e identificar a ciertos ex consejeros

y directivos de BIB que están siendo investigados actualmente y residen presuntamente en el

extranjero.

Page 36: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

36

Continuación de la participación del Custodio

121. El Custodio ha determinado que el riesgo asociado con la inversión continuada de fondos del

Patrimonio en el Proceso Penal excede las probabilidades de obtener más recuperaciones. En

ausencia de otras consideraciones, el Custodio cree que sería en el mejor interés del Patrimonio

cesar el apoyo financiero del Proceso Penal, salvo en calidad nominal como proveedor de

información.

122. Dada la inversión de tiempo y de recursos financieros que ha realizado el Patrimonio en

este proceso hasta la fecha, y sobre la base de que existe un cierto potencial de que haya más

recuperaciones, aunque estén sin determinar, el Custodio ha decidido conservar una participación

en el posible resultado financiero futuro del Proceso Penal. Nuestro Abogado guatemalteco sigue

siendo optimista sobre las probabilidades de que haya más recuperaciones.

123. Como nos acercamos al décimo aniversario de esta liquidación, el Custodio continuará

realizando una nueva evaluación de todos los procesos penales y civiles activos y potenciales. La

intención de dicha evaluación sería determinar si sigue siendo viable continuar con dichas

acciones, teniendo en cuenta los recursos disponibles para el Patrimonio en la fecha de esta

evaluación.

124. La siguiente sección describe cómo el Custodio ha podido continuar como participante

del Proceso Penal a la vez que mitiga el riesgo financiero para el Patrimonio.

Acuerdo Alternativo de Honorarios

125. Como se menciona anteriormente y como se indica en el Tercer Informe, el Custodio ha evaluado

continuamente el estado del litigio y los esfuerzos de recuperación, tanto dentro como fuera de la

Denuncia Penal.

126. En diciembre de 2011, la evaluación del Custodio sobre la probabilidad de recuperación

había disminuido debido a la experiencia contenciosa descrita anteriormente. En enero de 2012,

empezaron las conversaciones con el Abogado guatemalteco sobre el concepto de modificar la

facturación por servicios jurídicos del formato de tarifa horaria estándar, cambiando a un modelo

de facturación híbrida, o un acuerdo alternativo de honorarios. Dado su profundo conocimiento

del caso y apreciación del sistema jurídico, el abogado aceptó asumir un riesgo financiero mayor

para prestar su apoyo y seguir con la Denuncia Penal.

Page 37: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

37

127. En los meses siguientes, el Custodio y el Abogado guatemalteco hablaron sobre alternativas y

finalmente llegaron a un acuerdo financiero revisado, y firmaron el acuerdo el 19 de julio de 2012,

de forma retroactiva a 1 de enero de 2012, momento en que iniciaron las conversaciones. El

acuerdo, denominado “AFA1”, estaría en vigor hasta el 30 de junio de 2013 momento en el cual el

acuerdo sería revisado.

El AFA1

128. El AFA1 fue diseñado para categorizar y recompensar varios flujos de trabajo que maneja

el Abogado guatemalteco de acuerdo con su riesgo. Este acuerdo permitiría que el Patrimonio

redujese el desembolso de efectivo a lo largo del proceso de litigio, pero también que permanezca

en posición de beneficiarse si las reclamaciones prosperasen. Se definieron dos grupos principales

de flujos de trabajo.

129. El Grupo A consistía en flujos de trabajo que estaban a punto de completarse o en los que

era probable que la recuperación se compensara con un pago parcial a cuenta con un

aplazamiento parcial. Los honorarios diferidos solo se pagarían si prosperase la recuperación,

poniendo efectivamente una porción de los honorarios legales en riesgo para el Abogado

guatemalteco en caso de que la recuperación no prosperase. Cuando prosperase la recuperación,

los honorarios diferidos serían pagaderos de los ingresos por un factor predeterminado. Este

Grupo incluía la demanda FOPA y asuntos de bienes generales ya que, como se señaló

anteriormente, el Custodio se mostró optimista respecto de una recuperación de la FOPA.

130. El Grupo B consistía en todas las demás reclamaciones existentes o potenciales para las

cuales el grado de optimismo del Custodio no era tan grande y, por lo tanto, se consideraban de

mayor riesgo desde una perspectiva de coste-beneficio. Para equilibrar el riesgo, el Patrimonio

propuso pagar una parte muy reducida de los honorarios estándar y en lugar de diferir la parte

restante de los honorarios, ese valor sería invertido por el Abogado guatemalteco y solo se

recuperaría a través de una tarifa de contingencia como un porcentaje fijo de la recuperación de

efectivo neto.

131. El AFA1 estuvo en vigor entre el 1 de enero de 2012 y el 30 de junio de 2013.

El AFA2

132. En julio de 2013, tras la demanda FOPA que no prosperó, la perspectiva del Custodio

respecto de la Denuncia Penal y el futuro litigio había disminuido con respecto al momento en

que se había firmado el AFA1. Con el fin de equilibrar aún más el coste-beneficio con el riesgo de

Page 38: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

38

litigio, el Custodio propuso cambios significativos a los términos del AFA1, trasladando el riesgo

de litigio aún más al abogado guatemalteco.

133. Se propone que los grupos de flujos de trabajo permanezcan igual, a excepción de añadir

un tercer grupo, Grupo C, con el que se pretende separar el asesoramiento jurídico y la asistencia

administrativa diarios prestados por el Abogado guatemalteco que han sido tan necesarios y tan

valiosos durante el proceso de liquidación. El flujo de trabajo del Grupo C se pagaría a tarifa

horaria normal y no estaría sometido a aplazamientos.

134. Con arreglo al AFA2 revisado, los Grupos B y C estarían sometidos a aplazamientos del

100% por parte del Abogado guatemalteco, pero, en cambio, optarían a un pago contingente

mayor en caso de que prosperase una recuperación de efectivo neto.

135. El Patrimonio está involucrado actualmente en varios asuntos contenciosos muy complejos en

varias fases del proceso judicial. Para mitigar el riesgo de litigio, minimizar el impacto económico

en los fondos del Patrimonio a la vez que se mantiene una participación económica en caso de que

prosperen, y para equilibrar la necesidad de mantener el control del proceso, el Custodio

determinó que los acuerdos alternativos de honorarios eran la estrategia más efectiva.

136. Durante los tres años en que estuvo vigente el AFA, el abogado guatemalteco del Custodio

asumió una inversión financiera significativa mediante el aplazamiento de honorarios

profesionales que representaban el trabajo llevado a cabo para prestar su apoyo en el proceso

penal y complementario en Guatemala y en buscar más formas de recuperar los activos tanto en

Guatemala como en el extranjero frente a los Consejeros y accionistas de BIB.

Page 39: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

39

Anexo A- Declaración jurada proceso de Demanda Barbados julio de 2011

Page 40: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

40

Anexo B –Anuncio del fundamento de la demanda Prensa Libre 21 de agosto

de 2011

Page 41: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

41

Anexo C – Sentencia en rebeldía de Wachovia de 2 de julio de 2013

Page 42: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

42

Anexo D – Moción e Información de 26 de junio de 2013 de Wachovia presentadas el

26 de junio de 2013

Page 43: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

43

Anexo E – Resumen de cobros y desembolsos del Patrimonio

Page 44: BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR ......1 BARBADOS Nº 2092 de 2006 EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN CIVIL EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd

44

BARBADOS

Nº 2092 de 2006

EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SECCIÓN CIVIL

EN EL CASO de Bancafé International Bank Ltd.

Y EN EL CASO de la Ley de Servicios Financieros Internacionales Cap. 325 de las Leyes de Barbados

________________________________

CUARTO INFORME AL TRIBUNAL

________________________________