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BONIFACIO BARTOLOMÉ HERRER O DON GONZALO GONZÁLEZ DE BUSTAMANTE , OBISPO DE SEGOVIA (1389-1392)

BARTOLOMÉ DON GONZALO GONZÁLEZ DE BUSTAMANTE , OBISPO DE

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BONIFACIO BARTOLOMÉ HERRERO

DON GONZALO GONZÁLEZ DE BUSTAMANTE ,

OBISPO DE SEGOVIA (1389-1392)

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Durante la Edad Media la sede episcopal segoviana fue ocu-pada por algunos de los eclesiásticos más influyentes del reino ,personajes como Raimundo de Losana o Juan Arias Dávila, qu eextendían sus conocimientos y su actividad más allá del ámbit ode la Iglesia para inscribirse de Heno en los círculos cortesanos yculturales del momento . Frente a estas figuras tan destacadas yreconocidas aparecen otras que por diversas razones han pasad ocasi desapercibidas a pesar de que en su época tuvieran un des-tacado papel tanto en lo eclesiástico como en lo civil . Este es e lcaso del obispo Gonzalo González de Bustamante (1) .

La infancia y la juventud de don Gonzalo resultan, de hecho ,desconocidas y nada se sabe tampoco de cual fue la universida den la que cursó sus estudios de leyes . Incluso su nacionalidad esuna circunstancia problemática, aunque parece confirmarse suorigen castellano (2) . El testamento de este personaje ofrece algu-nos datos que si bien no permiten delimitar de un modo definid-vo su lugar de nacimiento, sí parecen arrojar alguna luz sobre elmismo. Todas las mandas espirituales que don Gonzalo dispusoestaban destinadas a instituciones de la ciudad de Segovia, excep-to cuatro mil maravedíes para missas ,rogadas en la catedral deCartagena, donde su tío, de nombre también Gonzalo González ,era chantre . Por otro lado, el prelado entregaba a su criado Jua nGarandel una casa que poseía en la ciudad de Murcia y a Pedr oMagas los muebles de la mencionada casa, siendo ésta la únicaposesión inmueble citada en el testamento (3) . De este modo, yaunque el origen personal del obispo Gonzalo sigue resultand ouna incógnita, su origen familiar parece circunscribirse a la actua lregión murciana, que en el siglo XIV era territorio castellano, ymás concretamente a las ciudades de Murcia o Cartagena .

Desde 1371 don Gonzalo aparece vinculado a Pedro Tenorio ,el influyente eclesiástico que en 1375 sería nombrado arzobisp o

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de Toledo. Este personaje era miembro de una poderosa familia ,lo que sin duda facilitó su participación activa en los asuntos delreino, pero, en palabras de Nieto Soria, "lo que dio más fuerza aeste prelado será su capacidad para saber rodearse de una seriede clérigos generalmente bien dotados intelectualmente y congrandes aspiraciones personales que gracias al impulso del arzo-bispo toledano irán asumiendo destacadas posiciones tanto en l ajerarquía eclesiástica como en los medios cortesanos . De modoque puede afirmarse que del entorno de don Pedro Tenorio vana salir los principales colaboradores eclesiásticos de la realezacastellana desde principios de los años ochenta del siglo XI Vhasta casi comienzos de los años veinte del siglo XV" (4) . Losmiembros más destacados de este círculo del arzobispo de Tole -do serían Juan Serrano, obispo de Segovia (1388-1389) y Sigüen-za, Vicente Arias de Balboa, obispo de Plasencia, Juan de Illes-cas, obispo de Orense, Zamora y Sigiienza, su hermano Alfons oGonzález de Illescas, obispo de Zamora y Burgos, Juan Alfonsode Madrid y el propio Gonzalo González de Bustamante (5) .

En mayo de 1379 Pedro Tenorio convocó un sínodo en Alcaláde Henares en el que participaron todos sus colaboradores, in-cluido don Gonzalo, cuyo principal objetivo era el de establece runa serie de medidas que permitieran elevar el nivel cultural ymoral del clero, especialmente del bajo clero (6) . No resulta ca-sual que este sínodo coincidiera con el inicio del reinado de Jua nI pues este monarca desde su acceso al trono fue uno de los qu emás se identificó durante la Edad Media con las tesis mantenida spor la Iglesia, demostrando un verdadero interés por las cuestio-nes religiosas que se plasmó en su apoyo a los intentos reformis-tas de la vida espiritual .

Para el año 1386 don Gonzalo había compuesto ya la obra ju-rídica que le daría fama, La Peregrina, un repertorio jurídico po rorden alfabético de derecho canónico y civil que conocería, de-bido a su carácter eminentemente práctico, una extraordinaria di -fusión durante el siglo XV (7) . De este modo -en una época en

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que no es difícil encontrar juristas que se limitan a repetir tópico sy a hilvanar textos y más textos sin nervio alguno, nuestro donGonzalo se muestra como un jurista maduro y práctico" (8) .

El 22 de diciembre de 1389 Gonzalo González era nombrad opor Clemente VII obispo de Segovia, en sustitución de Juan Se-rrano, como se ha visto otro miembro de su mismo círculo, qu ehabía sido promovido a la mitra de Sigüenza (9) . En el moment ode su nombramiento don Gonzalo ocupaba la dignidad de teso-rero en la catedral de Toledo, era doctor en leyes y tenía el grad ode presbítero. En abril del año siguiente el obispo segoviano s eencontraba en Aviñón, donde se comprometía a pagar a la cáma-ra apostólica en el plazo de tres años los 1320 florines del servi-cio común y los cinco servicios que estaban obligados a abona ral fisco pontificio los prelados segovianos, además de hacers ecargo de lo que había dejado de pagar su antecesor Juan Sierra(1370-1374) (10) . Durante el breve episcopado de don Gonzalose registrarán tres pagos a la cámara apostólica que sin embarg ono serían suficientes para saldar la totalidad de la deuda, quedan -do a la muerte del prelado algunas cantidades sin abonar (11) .

De la labor del obispo Gonzalo en el marco de la diócesis n ose conserva ningún testimonio documental . Aunque esta circuns-tancia podría explicarse en parte por su intervención en los asun-tos del reino, que le alejarían de la dirección personal de la de -marcación eclesiástica de la que era titular, eI mencionado silen-cio documental durante los dos años y medio que duró su epis-copado parece excesivo, pues de hecho tampoco se conserva nactuaciones de los vicarios que con toda seguridad debió desig-nar. Del mismo modo tampoco han llegado hasta nosotros losdocumentos remitidos al prelado, pues sólo hay noticia de unode ellos . Se trata de una carta expedida en las primeras cortes ce-lebradas durante el reinado de Enrique III, siendo el rey todavíamenor de edad, en las que el monarca y sus tutores confirmaban,de un modo rutinario, al obispo y cabildo de Segovia todos los

privilegios y exenciones de que gozaban (12) .

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La actividad pública de don Gonzalo desde su acceso al epis-copado sería, contrariamente a la desplegada en su diócesis, in -cesante . En abril de 1390, en las cortes celebradas en Guadalaja-ra, era nombrado por Juan I oidor de la Audiencia Real (13) . Esmuy posible que en esa época estuviera integrado también en e lConsejo Real, lo que no resultaría extraño pues muchos eclesiás-ticos, gracias a su sólida formación jurídica, pertenecían al mismotiempo a las dos instituciones (14) . La Audiencia Real era el másalto tribunal de apelación para asuntos judiciales, cuya sede per-manecería estable en Segovia hasta 1419, año en que fue tras-ladada a Valladolid, y el Consejo Real era un órgano de asesorí apolítica y judicial al monarca formado por personas que gozaba nde la confianza regia .

A mediados de 1390 Juan I celebró un ayuntamiento particu-lar en Segovia, al que es probable que asistiera don Gonzalo ensu calidad de obispo de Segovia o de consejero real (15) . En elcontexto de esta estancia real en la ciudad se creó la Orden de laPaloma, cori una ceremonia en la catedral en la que con toda se-guridad el obispo segoviano ocupó un lugar destacado . Como re -lata la crónica: Ca era por el mes de julio e dende fuese paraSegovia e el dia de Santiago en la iglesia mayor de la dicha cib-dad dixo el rey publicamente que el había ordenado traer un adevisa la qual luego mostro allí que era un collar fecho como ra-yos de sol e estaba en el dicho collar una paloma blanca que er arepresentacion de la gracia del Spiritu Sancto e mostro un librode ciertas condiciones que avía de ayer el que aquel collar tro-xiese e tomo el rey aquel collar de sobre el altar e diole a cierto scaballeros suyos. Otrosí fizo otra devisa que traian escudero su-yos que decían la rosa e los que querían provar los cuerpos jun-tando o en otra manera lo traian . E por quanto a pocos dialdespues desto fino el rey non se troxieron mas aquellas devisas enon fablaron dello (16) .

Aunque no hay constancia documental de ello es muy proba-ble que don Gonzalo acompañara al arzobispo Pedro Tenorio en

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DoN Goxzxt0 GONZÁLEZ'DE BusTA__VLA:\t'E

las cortes que se celebraron entre enero y abril de 1391 en Ma-drid para organizar el consejo de regencia tras la muerte de Jua nI el día 9 de octubre de 1390 en Alcalá de Henares a consecuen-cia de una caida del caballo que montaba . En todo caso sí s eacredita su asistencia al entierro del monarca que, interrumpien-do las sesiones de cortes . se celebró en Toledo el 26 de febrero(17). A principios de 1392 se celebraron de nuevo cortes enBurgos con el objeto de establecer definitivamente el menciona -do consejo de regencia . En uno de los intentos de arbitraje de es -ta agitada reunión se recurrió al dictamen jurídico de don Gonza-lo, que era el mayor doctor en leyes que entonces avía en Casti-lla (18) . Aunque las circunstancias políticas y el desarrollo de laspropias cortes dejaran sin validez la exposición del prelado sego-viano, su actuación demuestra por un lado el reconocimientoque gozaba como jurista y por otro la posición destacada que ha-bía logrado dentro del grupo reunido alrededor del influyente ar-zobispo de Toledo .

Con toda seguridad la intervención del obispo segoviano e nlas cortes de Burgos de 1392 constituyó una de sus últimas actua-ciones públicas pues el 20 de junio de ese año dictaba testamen-to en Turégano, donde se encontraba enfermo del nuestro cuer-po, muriendo poco tiempo después. Este testamento, el primeroconservado de un prelado segoviano, constituye además el únic odocumento personal conocido de don Gonzalo (19) .

En sus últimas voluntades el obispo segoviano dispuso s uenterramiento en la catedral de Segovia, en el espacio qu equedaba entre los obispos enterrados junto a la pila bautismal ylos que habían sido sepultados cerca de la capilla de Santa Ana .Don Gonzalo solicitó a los religiosos de la ciudad que acudiera na velar su cuerpo y a celebrar vigilias, diciendo al día siguient emisa por él en los diferentes monasterios y conventos mientras s eproducía el entierro. El prelado encargó a los ejecutores de ltestamento que gratificaran a los religiosos por este servicio conla cantidad que consideraran oportuna . Don Gonzalo estableció

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además la celebración en la catedral de Segovia de una misa d erequiera cantada por su alma en la capilla de Santa Catalina y deresponsos nocturnos sobre su sepultura durante un año, entre-gando para ello dos mil maravedíes a los capellanes catedrali-dos. El obispo también estipuló doce aniversarios perpetuos por

1 su alma en la misma catedral segovíana, a realizar el segundo dí ade cada mes, dotándolos con diez mil maravedíes ; y la celebra-ción de misas rogadas en la catedral de Cartagena por valor decuatro mil maravedíes . Como complemento de estas disposicio-nes de carácter religioso, don Gonzalo estableció también algu-nas mandas piadosas . El cabildo catedralicio de Segovia recibi ódos cálices de plata, una cruz de cristal con pie de plata, dos pa -ños y tres alfombras . Esta institución fue además nombrada here -dera universal de los bienes del obispo que quedaran tras e lcumplimiento del testamento, estando obligada a comprar conestos bienes propiedades raíces cuyas rentas fueran aplicadas alas pitanzas y aniversarios catedralicios . Don Gonzalo dispus otambién la entrega al monasterio de San Vicente de Segovia d euna cruz de plata que nos tenemos en la dicha nuestra capilla.

El prelado segoviano, una vez concretadas las disposicionesde carácter espiritual, estableció cual debía ser el destino del rest ode sus bienes . En primer lugar se preocupó de que las deudasque tenía pendientes fueran saldadas adecuadamente . Para elloordenó a sus testamentarios la entrega de las siguientes cantida-des: 5000 blancos y una acémila, o su valor en metálico, a Sanch oGarcía de Medina, vecino de Burgos, en pago de un préstamo ;1000 blancos a Cag de Monzón como devolución de un préstamo ;1000 maravedíes al cabildo catedralicio de Segovia para reparar l acasa del deán, que se había quemado mientras el obispo hacíauso de ella; y 10 florines de oro del cuño de Aragón al docto rPedro Sánchez a quien se los debía . Además de todo esto, donGonzalo mandó que se saldasen otras deudas cuya cuantía n oestaba claramente definida . Debía pagarse a Toribio González yAlfonso Rodríguez, reposteros de la plata del difunto Juan I, loque valiesen dos piatelejos metalados que le habían prestado ; al

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abad de Pán-aces y a Juan González de Villamediana, familiar de lpropio prelado, la cantidad que valiese el pan, trigo y cebad aque le habían prestado ; y a don Bernal, cocinero del obispo, lo smaravedíes que se le adeudaban . Del mismo modo debíaabonarse el valor de los ornamentos comprados a las iglesia sextramuros de San Gil y Santiago, cuya posesión quedaría e nmanos del cabildo catedralicio de Segovia . Respecto a susdeudores, el obispo Gonzalo perdonaba a Bartolomé Ortelántodo quanto nos eleve en qual quier manera que nos lo deva .

Por último, tras haber tomado las disposiciones anteriores donGonzalo estableció el reparto de sus bienes entre sus familiares yallegados, siendo los legados recogidos en el testamento lo ssiguientes: 15.000 blancos o tres platos de plata de ese valor, y u nlibro de Bartulo, probablemente el jurisconsulto boloñés Bartolo, asu hermano Juan Sánchez de Bustamante ; 3750 maravedíes a sucriado Juan Garandel para que con esta cantidad y 650 maravedíe sque ya había recibido saldara la deuda de 200 florines de oro de lcuño de Aragón que el obispo tenía con su tío el chantre d eCartagena, y de este modo la casa propiedad del prelado que e lchantre mantenía en prenda en Murcia pasara al citado Jua nGarandel ; 2300 maravedíes a Pedro Fernández de Aguilar ; 1600maravedíes a Lope de Garay ; 1000 maravedíes a cada una de la ssiguientes personas, Juan Fernández de Amor, Juan González d eVillamediana, Juan de Alcaraz, Lorenzo Gutiérrez de Toledo, Jua nde Rebolledo y Gonzalo de Formosa, hijo de García Gonzále zDíez; 500 maravedíes respectivamente a Diego Martínez, canónigoy capellán del obispo, Pedro Fernández, vecino de Aldea delForno, Ponce Fernández, Alfonso, y Fernando de Arévalo el de lcaballo ; 200 maravedíes a Juan Rollastre ; 200 fanegas de pan, lamitad de trigo y la mitad de cebada, a Nicolás Martínez, tesorerode la catedral de Segovia ; 100 fanegas de trigo, también la mitad d etrigo y la mitad de cebada, a Fernando de Sepúlveda, Andrés d eGadalfa y López de Pedraza; 100 fanegas de trigo a Román Pérez ,capellán del obispo ; los muebles de la casa de Murcia a PedroMagas; y los nuestros dos ssellos de plata a Juan de Sigüenza .

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Para que todas las disposiciones recogidas en su testament ose cumplieran con exactitud, don Gonzalo nombró como testa-mentarios a Pedro Tenorio, arzobispo de Toledo, Juan Serrano ,obispo de Sigüenza, Nicolás Martínez, tesorero de la catedral deSegovia, y Pedro Alfonso, arcediano de Sepúlveda . Como sepuede apreciar todos ellos eran eclesiásticos y pertenecían a suentorno más cercano .

Se desconoce cuando murió exactamente el obispo sego-viano, aunque en todo caso su sucesor, eI deán de la catedral Al-fonso de Frías, obtuvo de Clemente VII su nombramiento comoprelado el 16 de octubre de 1392 (20) . Don Gonzalo debió serenterrado, según, su voluntad, en la catedral de Segovia aunqu eno queda constancia material de la sepultura pues ésta se perdi ócuando la vieja catedral de Santa María fue destruida durante l aguerra de las comunidades . Resulta muy probable que al funeralde don Gonzalo asistiera Enrique III, pues había sido enviado po rsus tutores a Segovia por quanto es buena ciudad e esta en mediodel regno, llegando a la capital castellana el 17 de junio parapermanecer en ella durante más de cuatro meses (21) .

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1392, junio, 20. Turégano .

Testamento del obispo de Segovia, Gonzalo González d eBustamante .

- Archivo Catedralicio de Segovia, colección diplomática, 14-5 .Original . Pergamino . 558 x 520 mm.

- Reg. H. SANZ Y SANZ, Catálogo de la colección diplomáti-ca medieval (1115-1500) del Archivo Catedralicio deSegovia, Segovia, 1988, doc. 312, p . 87 .

- Cit . D. de COLMENARES, Historia de la insigne ciudad deSegovia y compendio de las historias de Castilla, Segovia ,1637, reed . Segovia, 1969-70, XXVII-V, vol . 1, pp . 536-37 .

En el nonbre de Dios padre e Fijo e Spiritu Santo que sso ntres personas e un ssolo Dios verdadero que bive e rregna par assienpre jamas e de la Virgen gloriossa Santa Maria su madre a l aqual nos tenemos por nuestra abogada e ayudadora en todo snuestros / fechos e a honra e alabanca de todos los santos e san-tas de toda la corte celestial por que ssegund (ilegible) e derechode buena rrason todo omme es tenudo e obligado de faser co-noscimiento a su Dios e a su Creador ssennaladamente por tre sbeneficios e gracias que del rrescibe e espera ayer. El primero espor que lo crio e lo Piso nascer e crescer a su (figura . Lo segundopor) que le dio ssentido e entendimiento e natural discrefion p ara lo conoscer e para lo amar e tener e para entender el bien e-el -/ mal e bevir bien e onestamente en este mundo. Lo tercero por -que bien obrando espera ayer ssalvacion del (ilegible) ssienpr e

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en la su gloria. E comino quier que todos los ommes que ssonnascidos deven faser estos conoscimientos a Dios su creador mu-cho mas / sson tenudos de lo faser los prelados por los dar ma-yor estado e poderlo ssobre el pueblo e subditos que an de ins-truyr, rregir e governar. Por ende sepan todos quantos esta cartade testamento vieren comino nos don Gonmalo por / la gracia deDios e de la santa eglesia de Roma obispo de Segovia estand oenfermo del nuestro cuerpo e en nuestra buena memoria e en-tendimiento tal qual Dios por su merced nos lo quiso dar e co-nosciendo le todas las gracias e beneficios suso dichos que no sfiso e otras muchas gracias e mercedes que del rrescebimos e po rponer en bueno estado nuestra anima e esso mesmo creyendofirmemente en la Santa Trinidat e fe catolica e temiendo nos de l amuerte que es natural de la qual ningund / omme terrenal no npuede escapar por ende establespemos este nuestro testamento enuestra postrema voluntad por el qual revocamos espressamentee de cierta ssabiduria todos los otros testamentos e cobdecillos equales quier postrimeras volunta/des que nos ayamos fecho eotorgado fasta este presente dia . E primeramente mandamos(muestra) anima a nuestro sennor Dios que la crio e que la a d essalvar si la su merced e piedat fuere . E mandamos que el nues-tro cuerpo ssea enterrado / desque Dios deste mundo nos quisie-re levar dentro en el cuerpo de la nuestra eglesia cathedral deSegovia (ilegible) del espacio que esta entre los obispos que es-tan enterrados cerca de la pila e los otros obispos que estan ente-nados cerca de / las puertas de la capilla de Santa Catalina . Otro-si mandamos que nos vengan a honrar antenoche todos los rreli-giosos de la cibdat de Segovia e de ssus arravales e que no sdigan ssus vegilias e otro dia cada convento su missa / mientra elnuestro cuerpo fuere entenado e que los ssea ssatisfecho sse-gund a los nuestros executores bien visto fuere . Otrosi manda-mos e ordenamos que se fagan en la dicha nuestra eglesia cathe-dral para ssienpre jamas por nuestra anima dose / aniverssarios ,un aniverssario en cada mes del armo el qual sse faga cada sse-gundo dia de cada mes e que aquel dia que se fisiere non ssea fe -cho otro aniverssario alguno salvo el nuestro para los quales ani-

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verssarios dimos a Pero Alfonso arci/diano de Sepulvega nuestr ovicario general ches mili maravedies el qual los dio e entrego lue-go al cabilldo de la dicha nuestra eglesia cathedral e concord ocon ellos que fisiessen los dichos aniverssarios de la manera sso-bre dicha ssegund todo / esto passo por ante Johan Rodrigues deFrias canonigo de la dicha nuestra eglesia notario apostolico l aqual concordanca avemos por firme e valedera e mandamos qu essea conplido de la guisa que fue ordenado e concordado . Otros imandamos a la / dicha nuestra eglesia cathedral dos calices deplata que eran de la nuestra capilla el uno ssobre dorado e e lotro blanco e mas una cruseta de cristal con su pie de plata sso-bre dorado e esmaltado a nuestras armas e dos pannos / los qua -les nos dio Johan Sanches de Sevilla el uno de seda a ondas blan-cas e asules e el otro de ssuria asul e mas tres alhonbras de axua rlos quales dichos calices e cruseta e dos pannos e alhonbras lue-go de presente / mandamos dar e dimos e entregamos al dichoPero Alfonso arcidiano para que el lo de e entregue todo a la di -cha nuestra eglesia cathedral . E mandamos mas al dicho nuestrocabilldo maravedies para ayuda a rreparamiento de las cas-sas / del dean que sse quemaron possando nos en ellas . Otrosimandamos a los capellanes de la dicha nuestra eglesia cathedra lpor que digan cada dia del día que el nuestro cuerpo fuere ente-rrado fasta un anno conplido una missa de requiem / cantada pornuestra anima en la dicha capilla de Santa Catalina e en todo e ldicho anno ssalgan cada noche e digan un rresponsso sobr enuestra ssepoltura dos mili maravedies . Otrosi man(damos alc)abilldo de la eglesia de Cartajena quatro / maravedies paramissas rrogadas los quales queremos que ssean todos del dich ocabilldo. Otrosi mandamos al monesterio de Sant Vicente de larraval de Segovia la cruseta de pl(ata que) nos tenemos en la di -cha nuestra ca/pilla . Otrosi mandamos que den a Sancho Garcí ade Medina vesino de Burgos cinco mili blancos e una asemila oel precio que en su conciencia por ella demandare lo qual no spresto. Otrosi mandamos que den al doctor Pero Sanches / clicsflorines de oro del cunno de Aragon que le devemos . Otros imandamos que den a don Cag de Moncon mili blancos que nos

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ovo prestado . Otrosi maridamos que den e paguen a Toribi oGoncales e a Alfonso Rodrigues rreposteros que fueron / de l aplata del rrey don Johan que Dios perdone lo que fue ssabid opor buena verdat que valían dos platelejos metalados que no s

ovieron prestado. Otrosi mandamos que paguen al abad deParrases e a Johan Goncales de Villa/mediana nuestro familiar to-do el pan, trigo e cevada que ellos juraren que nos prestaron .Otrosi mandamos que sse paguen todos los maravedies qu emontaren en todo lo que fuere fallado que nos conpramos omandamos conprar de los / ornamentos de las eglesias deSantiago e de San Gil del arraval de la dicha cibdat de Segovia eello pagado que se de todo lo qual asi conpramos e mandamo sconprar a la dicha nuestra eglesia cathedral . Otrosi como de de-re/cho aquellos ssomos e devemos sser obligado de los qualesconoscemos nos ayer rrescebido (ilegible) e como nos sseamo sencargado de muchos buenos servicios que nos fueron fecho spor los de yuso contenidos nuestros / familiares e la nuestra vo-luntad e entencion ssea e es de los rremunerar a cada uno sse-gund (ilegible) de presente non tenemos para les dar e contri-buyr por manos todas las cossas e cada una dellas que les / en -tendemos e querriamos e queremos dar e contribuyr por endecontribuymos los e mandamos los dar e contribuyr a cada un olas cossas que se siguen en esta manera . Primeramente damos econtribuymos e mandamos dar / e contribuyr en la mejor maneraque podemos e devemos a Johan Sanches de Bustamante nues-tro hermano los quinse mill blancos por que tenemos enpenna-dos de donna Urraca Tenorio tres platos de plata si los ella quita r/ quisiere e si non mandamos que le ssean entregados al dich onuestro hermano estos tres platos . E mandamos mas al dich oJohan Sanches nuestro hermano una lectura de Bartulo que denos tiene prestada el doctor Julio Rodrigues de Sa/lamanca l aqual mandamos que rrecabde del . Otrosi mandamos a Nicola sMartines thesorero de la dicha nuestra eglesia cathedral dosientasfanegas de pan por meytad trigo e cevada . Otrosi mandamos aDiego Martines canonigo nuestro capellan / quinientos marave-dies e a Pero Ferrandes del Aldea del Forno quinientos marave -

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dies e a Johan Ferrandes de Amor mili maravedies e a Bartolom eOrtelan quitamos le todo quanto nos deve en qual quier maneraque nos lo deva . Otrosi mandamos a Johan / Goncales de Vill aMediana mili maravedies e a Roman Peres nuestro capellan cienfanegas de trigo de lo que en Turuegano tenemos . Otrosi manda-mos a Pero Ferrandes de Aguilar dos mili e tresientos maravedí-es. Otrosi mandamos a Johan Garandel / nuestro criado las nues-tras cassas de Murcia como las posseemos e por quanto las di -chas nuestras cassas estad obligadas a don Goncalo Gonpale schantre de Cartagena nuestro do por dosientos florines de or odel cunno de Aragon / que nos presto mandamos al dicho JohanGarandel enssomo de tres mili e ssietecientos e cinquenta mara-vedies que luego de presente le dimos sseyscientos e cinquent amaravedies para conplimiento del valor de los dichos florines lo squales manda/mos que pague al dicho chante nuestro do e queldicho chantre que le dexe libres e quietas e dessenbargadas la sdichas cassas. Otrosi mandamos a Lope de Garay mili e seyscien -tos maravedies e a Johan de Alcaras

maravedies e a Lorenco/ Gutierres de Toledo

maravedies e a Iohan de Rebolledomaravedies e a Goncalo de Formosa fijo de Garci Goncales

Dies, mil! maravedies e a Ponce Ferrandes quinientos maravedie se a Johan de Siguenca los nuestros dos ssellos de plata e a C . .)quinientos maravedies . / Otrosi mandamos a Pero Magas todo slos muebles nuestros de las nuestras cassas de Murcia e a Alfons o(ilegible) quinientos maravedies e a Ferrando de Sepulvega e aAndres de Gadalfa (roto) Lopes de Pedrasa a cada uno destos /tres, cient fanegas de pan por meytad trigo e cevada e a Ferrandode Arevalo el del cavallo quinientos maravedies . E mandamosque paguen a Bernal nuestro cosinero los maravedies que le de-viemos de sus (gastos) . Otrosi mandamos a Johan Ro/llastre do-sientos maravedies . Las quales dichas cossas e cada una della spagadas e conplidas en la manera ssobre dicha fasemos e insti-tuymos nuestro heredero universsal en todos los nuestros biene srresiduos al dicho / cabilldo de la dicha nuestra eglesia cathedralde la dicha cibdat de Segovia el qual queremos que los aya e he-rede e de . todo lo que de la dicha herencia oviere e heredare e l

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dicho cabilldo que conpre possesiones fasta / en quanto cunplie-re e abastare lo que de nos heredare e mandamos que las rrenta sde las possesiones que asi fueren compradas que ssean contri-buydas a las pitancas e aniverssarios que en la dicha nuestraeglesia cada armo fueren fechas en la ma/nera que al dicho ca-billdo ploguiere . E ellos en uno con el dicho Pero Alfonso armi-diano (ilegible) e mandamos e es nuestra entencion que de la smandas e legados en este nuestro testamento contenidas nonpueda sser ssacada nin / sse ssaque falgidia alguna . El qual estedicho testamento e todo lo en el contenido fasemos (ilegible)mandamos por el poder que de derecho nos es otorgado por vir-tud e vigor de una gracia a nos fecha para poder testar / e ffase rtestamento por nuestro sennor el papa Clemente septimo ffastaen contia e tassa de (ilegible) de camara en la dicha gracia e bull aBella contenidos. E ffasemos e establescemos por nuestros exe-cütores deste nuestro / testamento e de todo lo en el contenido alos sennores don Pedro argobispo de Toledo e don Johan obispode Siguenca e a los ssobre dichos Nicolas Maitines thesorero ePero Alfonso arcidiano canonigos de la dicha nuestra eglesia cat-he/dral de Segovia e a cada uno dellos por si en tal manera queda condicion del uno non ssea mayor que la del otro mas que l oquel uno comentare que el otro lo pueda levar e dar a execucio ndevida e damos les to/do nuestro poder conplido para que pue-dan entrar e tomar tantos de los nuestros bienes que abasten pa-ra conplir e pagar lo contenido en este nuestro testamento enuestra postrema voluntad. E queremos que este dicho nuestrotestamento vala e ssea / valedero e todo lo en el contenido as icomo nuestro testamento verdadero e si valiere como testamentosy non que vala como cobdecillo o como nuestra postrimera vo-luntad o en la mejor manera que de derecho pueda e deva valer .E / por que esto ssea firme e valedero e non venga en dubdaotorgamos esta carta de testamento ante Diego Marines canoni-go en la dicha nuestra eglesia cathedral de Segovia notario apos-tolico e ante Lorengo Gutierres de Toledo escrivano de / nuestr osennor el rrey e ssu notario publico en la su corte e en todos losssus rregnos e otrosi nuestro notario dado por nuestra actoridat

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Dox Goxzai.o GoNL z DE BuSTiY1 rE

obispal a los quales mandamos que la fisiessen o mandassen fa-ser e la signasen de ssus signos e / a los de yusso escriptos qu efuessen ende testigos . Fecha e otorgada fue esta carta de testa-mento en Turuegano jueves veynte dial de junio anno del nasci-miento de nuestro sennor Jhesu Christo de mili e tresientos e no-venta / e dos annos . Testigos que fueron presentes a lo ssobre di-cho e a cada cossa dello Francisco Goncales conpannero eGoncalo Goncales capellan en la dicha eglesia de Segovia eAlfonso Ferrandes arcipreste de Cuellar e Johan Sanches d eSiguenca e / Francisco Ximenes Polvellon e Goncalo de Madriga lfamiliares del dicho sennor obispo para esto llamados special-mente rogados . /

(Signo) . E yo el dicho Diego Maitines de Sant Martin de donPreste del obispado de Burgos notario publico por la auctoridadapostolical e inperial fui presente a todas las cossas sobredichas /e a cada una de las contenidas en este dicho testamento con lo stestigos sobredichos e con el notario de yuso escripto e a todasellas fui presente e las vi, oy e publique / e en esta publica form alo tome a pedimiento e otorgamiento del dicho sennor obispo epor el dicho Lorencio Gutieres notario fielmente lo fis escrevir een esta publica forma / lo tome e de mi signo acostunbrado losigne rogado e requerido en fe e testimonio de todas las cossa ssobredichas . /

E (yo el) dicho Lorenco Gutierres de Toledo escrivano e nota-rio publico ssobre dicho fuy presente en uno con los ssobre di-chos testigos e notario a todo lo ssobre dicho e a cada cossa de-llo e por mandamiento e otorga/miento del dicho sennor obisp oesta carta de testamento con mi propia mano escrevi e en public aforma la tome e en testimonio de verdat fis aquí este mio sig(sig-no)no acostunbrado./

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?BONWACIO BARTOLOMÉ HERRERO

NOTAS

(1) El estudio más completo sobre este eclesiástico es sin duda el de V . GUI-

TARTE IZQUIERDO, Don Gonzalo González de Bustamante, jurista castellanodel siglo XIV su vida y su obra, Castellón, 1979 . J .M. NIETO SORIA, Iglesia y gé-nesis del estado moderno en Castilla (1369-1480), Madrid, 1994, incluye un bre-ye estudio biográfico de este prelado en las pp. 440-41, con la ventaja de que la

";estructura de la obra permite estudiar al personaje dentro del contexto en el qu e

desarrolló sus actividades . Don Gonzalo aparece, en tanto que obispo d e'Segovia, en los episcopologios de D . de COLMENARES, Historia de la insignedudad de Segovia y compendio de las historias de Castilla, 2' ed, Madrid, 1640,-p. 648 ; y de G. GONZÁLEZ DÁVILA, Teatro eclesiástico de las iglesias metropoli-tanas y catedrales de los reinos de las dos Castillas . Vidas de sus arzobispos yobispos y cosas memorables de sus sedes, Madrid, 1645, pp . 554-55 .

(2) V. GUITARTE IZQUIERDO, op. cit., p. 77.

(3) (1392-VI-20, Turégano), Archivo Catedralicio de Segovia, colecáón di-plomática, 14-5 .

(4) J .M . NIETO SORIA, op . cit., p. 134 .

1rr,tn .

(5) V . BELTRÁN DE HEREDIA, Cartulario de la Universidad dee" :

Salamanca, vol. I, Salamanca, 1970, pp . 185-88 .

(6) L SUÁREZ FERNÁNDEZ, Castilla (1350-1406), en Historia de España,dir. R. Menéndez Pidal, tomo XIV, Madrid, 1987, p . 190 .

(7) V. GUITARTE IZQUIERDO, op . cit ., p . 47 . Aunque el autor data la pri-mera copia fechada en 1380, en el inicio de la copia de La Peregrina que trans-cribe se lee: anno a nativitate Domini M CCC LXXX sexto, esto es, el año 1386.

(8) V. GUITARTE IZQUIERDO, op . cit ., p . 25 .

(9) (1389-XII-22, Aviñón), Archivio Segreto Vaticano, registri avignonesi ,262, fol . 335 r-v. Ed . V. GUITARTE IZQUIERDO, op . cit ., pp. 83-84, que lo dataerroneamente el 24 de mano . Como era costumbre en la cancillería pontifici acon la misma fecha del nombramiento, 22 de diciembre, se expidieron cartas in-formando del mismo al rey Juan I, al arzobispo de Toledo, al cabildo catedrali-do de Segovia, al clero de la ciudad y la diócesis, a los habitantes de la ciudad yla diócesis y a los vasallos eclesiásticos de la diócesis, Archivio SegretoVaticano, registri avignonesi, 262, fols . 335 v - 336 r.

(10) (1390-IV-11, Aviñón), Archivio Segreto Vaticano, camera apostolica,obligaciones et solutiones, 49, fol . 42 r.

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(11) Archivio Segreto Vaticano, camera apostolica, obligationes et solutio-nes, 50, fol . 134 v, (1390-IV-11) ; 44, fol. 24 r, (1391-VIII-25) ; y 53, fol . 12 v ,(1392-IV-13) . El obispo Gonzalo pagó la totalidad de su servido común, 1320florines, dejando como deuda 101 florines, 15 sólidos y 2 denarios correspon-dientes a cuatro de sus servicios, y la totalidad de lo correspondiente a Jua nSierra . De todo esto se haría cargo su sucesor Alfonso de Frías, Archivio Segret oVaticano, camera apostolica, obligationes et solutiones, 49, fol. 85 v.

(12) (1391-IV-22, Madrid), Archivo Catedralicio de Segovia, colección di-plomática, 14-4 .

(13) J .M . Nihl O SORIA, op . cit., p. 174 .

(14) J .M . NIETO SORIA, op . cit ., p. 155 -

(15) A. ARRANZ GUZMÁN, Reconstrucción y verificación de las CortesCastellano-Leonesas : La participación del clero, En la España Medieval, 1 3(1990), p. 102 .

(16) Crónica de Juan 1, edición de la B .A .E ., Madrid, 1953, año 1390, cap .XVIII, p . 143.

(17) Crónica de Juan 1, ed . cit., año 1390, adicciones a las notas XXVI, p .159 .

(18) Crónica de Enrique III, edición de la B .A .E, Madrid, 1953, año 1391 ,cap . XXX, p . 183 .

(19) (1392-VI-20, Turégano), Archivo Catedralicio de Segovia, colección di-plomática, 14-5 . Este testamento nos da noticia de dos documentos referentes a lobispo Gonzalo no conservados hoy día: el primero consignaba la entrega dediez mil maravedíes al cabildo de la catedral de Segovia como dotación de di -versos aniversarios, y el segundo era un permiso concedido por el pap aClemente VII a don Gonzalo para que éste pudiera testar hasta cierta cantida dde dinero.

(20) D. de COLMENARES, op. cit., XXVII-V, reed., Segovia, 1969-70, vol . 1 ,p . 537, publica una carta sin fechar del cabildo catedralicio al concejo d eSepúlveda en la que se informaba a éste del fallecimiento del obispo Gonzalo ydel nombramiento del deán Alfonso de Frías como sucesor suyo, rogando e lenvío de una carta suplicatoria apoyando el mencionado nombramiento . Apesar de carecer de data tópica y crónica Colmenares considera el documentodatado en julio .

(21) Crónica de Enrique 111, ed. cit., año 1392, cap . X, p . 197 .

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