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BASES ADMINISTRATIVAS DE SUBASTA PÚBLICA Nº 01-2017-MPCH, PARA EL ALQUILER DE LOS SERVICIOS HIGIENICOS DEL TERMINAL TERRESTRE
MUNICIPAL CHACHAPOYAS
CHACHAPOYAS ABRIL DE 2017
I. GENERALIDADES
1.1 ENTIDAD CONVOCANTE Nombre: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS
RUC N°: 20168007168
1.2 DOMICILIO LEGAL
Jirón Ortiz Arrieta Nº 588- Chachapoyas
1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La subasta pública que se convoca tiene por objeto alquilar los servicios higiénicos
del Terminal Terrestre Municipal de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas a
una persona natural o jurídica.
1.4 MONTO DE LA MERCED CONDUCTIVA
ITEM DESCRIPCIÓN COSTO BASE MENSUAL DE
PAGO DE MERCED CONDUCTIVA
DEPÓSITO DE GARANTÍA
1 Servicios higiénicos S/. 2,456.66 S/. 4,913.32
El pago que efectuará EL ARRENDATARIO por el arrendamiento será por
adelantado, en un plazo máximo de cinco días hábiles antes del vencimiento del mes
siguiente, sin necesidad de notificación alguna y en la Gerencia de Administración
Tributaria (Caja) de LA MUNICIPALIDAD, que asciende a la suma de S/ 4,913.32
(cuatro mil novecientos trece y 32/100 soles).
El depósito de garantía es de S/ 4,913.32 (cuatro mil novecientos trece y 32/100 soles)
el cual será depositado en una cuota, en la unidad de Caja de LA MUNICIPALIDAD
dentro de los cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de haber sido
adjudicado los servicios higiénicos, el cual podrá ser ejecutado en caso existan daños
a la propiedad de las instalaciones del terminal que no sean asumidos por el
ARRENDATARIO.
1.5 UBICACIÓN: Los servicios higiénicos se encuentran ubicados en el Terminal Terrestre Municipal de
Chachapoyas (Jirón Triunfo Cdra. 2) y cuentan con dos (02) áreas ubicadas en la parte
del ingreso y el otro ambiente en la parte interior.
� Características de la primera batería:
N° ORD DESCRIPCIÓN CANTIDAD TIPO
1 Módulo Damas
6 Inodoro para adulto
1 Inodoro para niño
6 lavatorio
2 Módulo Caballeros
5 Inodoro para adulto
1 Inodoro para niño
5 urinarios
3 lavatorios
� Características de la segunda batería:
N° ORD DESCRIPCIÓN CANTIDAD TIPO
1 Módulo Damas
7 Inodoro para adulto
1 Inodoro para niño
6 lavatorio
2 Módulo Caballeros
5 Inodoro para adulto
1 Inodoro para niño
5 urinarios
3 lavatorios
1.6 OBLIGACIONES DE LAS PARTES: 1.6.1 DEL ARRENDATARIO:
a) No introducir cambios ni modificaciones en el bien, salvo previa autorización escrita de la Administración del terminal.
b) Realizar el mantenimiento permanente de las baterías sanitarias de manera oportuna, lo cual incluye el pintado de la infraestructura una vez al año como mínimo, debiendo asumir los gastos que correspondan.
c) Contar con personal permanente que garantice la limpieza y adecuadas condiciones higiénicas con el uso de detergentes, desinfectantes, legía, ambientadores, jabón líquido y otros que sean necesarios.
d) Contar con recipientes de almacenamiento de agua como medida de contingencia ante cortes de abastecimiento.
e) Devolver el bien arrendado al vencerse el plazo del contrato en el estado que lo recibió.
f) Garantizar que los servicios higiénicos permanezcan abiertos las 24 horas del día, de lunes a domingo.
g) Cumplir con las disposiciones municipales que se establezcan con respecto al manejo adecuado de segregación de residuos sólidos.
h) Implementar medidas de ecoeficiencia en el consumo de agua y energía eléctrica.
i) A facilitar la realización de inspecciones o supervisiones por parte de las autoridades competentes.
j) Impedir que los transportistas usen el agua de los servicios higiénicos para el lavado de sus unidades vehiculares.
k) Pagar la garantía correspondiente.
l) Asistir a las convocatorias que realice LA MUNICIPALIDAD.
1.6.2 DE LA MUNICIPALIDAD:
a) Asegurar el normal funcionamiento del inmueble objeto de arrendamiento, de los servicios públicos, seguridad interior y exterior.
b) Prohibir modificaciones en la estructura del inmueble arrendado, salvo cuando EL ARRENDATARIO previamente lo solicite y técnicamente sea viable.
c) Entregar el bien al ARRENDATARIO, el mismo que se encuentra en estado de servir y con todo lo necesario para su uso.
d) A realizar inspecciones programadas o inopinadas para verificar las condiciones de higiene y funcionamiento de los servicios higiénicos.
e) Pagar el consumo de energía eléctrica, agua y cualquier otro servicio instalado en el bien otorgado en arrendamiento.
f) Ejecutar la garantía en caso de abandono del servicio por parte del ARRENDATARIO.
1.7 PROHIBICIONES
EL ARRENDATARIO queda prohibido de realizar las siguientes acciones:
a) Subarrendar, dividir, permutar, transferir total o parcialmente por cualquier título las baterías de servicio sanitario arrendado.
b) No atender directamente en los servicios higiénicos adjudicados.
c) No utilizar este inmueble para ninguna otra actividad ajena a la prestación de los servicios higiénicos.
d) No realizar comercio en las inmediaciones de los servicios higiénicos.
e) Utilizar las baterías de servicio sanitario para almacenamiento de productos o bienes.
f) Tener cerrado sin abrir al público las baterías de servicio sanitario arrendado.
g) Instalar o colocar ganchos, colgadores, repisas, andamios, estantes, mesas, u otros objetos en las paredes externas de los servicios higiénicos.
h) La colocación de letreros sin la debida autorización de LA MUNICIPALIDAD.
i) Dejar abiertas las llaves de agua o luz fuera de las horas de trabajo en el interior de las baterías de servicio sanitario materia del presente contrato.
1.8 PLAZO DEL ARRENDAMIENTO
El plazo del arrendamiento se otorgará a partir de la suscripción del contrato, el cual
culminará el 31 de diciembre de 2017, fecha en la cual el arrendatario deberá dejar de
prestar los servicios en el caso de no existir renovación del contrato.
1.9 MODALIDAD
La presente subasta pública se llevará a cabo bajo la modalidad de Sobre cerrado con
mejoramiento de Oferta económica a Viva Voz. Se otorgará la buena pro al postor
que oferte la propuesta económica más alta de la merced conductiva mensual al término
de las rondas de puja establecidas por el Comisión Especial en cada caso.
1.10 REQUISITOS PARA SER POSTOR
a. Presentar fotocopia simple y legible del comprobante de pago por concepto de
garantía, que garantice seriedad, validez y vigencia de la propuesta económica
ofertada, emitida por el Banco de la Nación.
b. Copia simple de DNI del postor.
c. Copia simple del último recibo de pago de agua o luz de la vivienda donde
domicilia.
d. Declaración jurada de No Adeudo bajo ningún concepto a la Municipalidad
Provincial de Chachapoyas; según Anexo Nº 04.
e. Declaración jurada de no tener Antecedentes Policiales, Penales ni Judiciales
(Anexo N° 05)
f. Declaración jurada de tener conocimiento, aceptación y sometimiento a las bases
(Anexo Nº 06).
g. Están impedidos(as) para ser postores:
− Las Personas que ostenten vínculo de consanguineidad o parentesco en primer
grado con arrendatarios del Terminal Terrestre Municipal de Chachapoyas, y
miembros del Comisión Especial de subasta.
II. BASE LEGAL
− Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
− Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
− Código Civil.
− Disposiciones referidas al funcionamiento del terminal terrestre municipal.
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias
y conexas; de ser el caso.
III. FACULTADES DE LA COMISIÓN ESPECIAL − Realizar el proceso de subasta de arrendamiento de los Servicios Higiénicos en el
Terminal Terrestre Municipal propiedad de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas.
− Elaborar e interpretar las Bases y resolver de conformidad con lo previsto en ellas, así
como modificarlas, rectificarlas, variar plazos, entre otros.
− Dejar sin efecto, suspender o variar la ejecución de la subasta, en cualquier etapa de su
realización, realizando la comunicación oportuna a los postores; sin que estas decisiones
puedan originar reclamo de ninguna naturaleza por parte de los interesados.
IV. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN a. CONVOCATORIA
La convocatoria para la adjudicación se realizará mediante convocatoria pública, a
través de la página web de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas;
www.munichachapoyas.gob.pe
b. FECHAS DE PUBLICACIÓN
Según calendario establecido en las presentes bases.
c. DEPÓSITO DE GARANTÍA
Según calendario:
− Depósito de garantía, que garantice seriedad, validez y vigencia de la propuesta
económica ofertada, ascendiente a la suma de dos (2) veces el valor del precio base
de la merced conductiva. En caso, la propuesta económica ganadora sea mayor al
precio base, se deberá abonar el monto faltante, que permita cumplir con la
condición que la garantía sea igual a dos veces el monto de la merced conductiva.
− Depósito de garantía: en la cuenta del fondo de Garantía de la Municipalidad
Provincial de Chachapoyas Nº 0261-010674 en el Banco de la Nación.
− Las bases podrán ser descargadas desde la página web de la Municipalidad
Provincial de Chachapoyas.
− Horario de atención: de 8:00 am. a 1: 00 pm y de 3:00 pm a 4:30 pm
d. FORMULACIÓN DE CONSULTAS
− Los postores interesados en inspeccionar los servicios higiénicos en el Terminal
Terrestre Municipal obtendrán las facilidades del caso previa coordinación con la
administración del centro; dicha inspección, no los habilita a efectuar reclamos
posteriores, debido a que se presume, de pleno derecho, que los participantes en
esta subasta han realizado su propia apreciación de las baterías de servicio
sanitario, directamente o a través de un tercero, asumiendo las mejoras que éstos
pudieran requerir, razón por la que no se admitirán reclamos respecto del estado y
situación de los predios materia de subasta.
− Los interesados podrán formular consultas por escrito, y presentarlas por La
Oficina de Trámite Documentario debiendo dirigirlas a la Comisión Especial, de
acuerdo con el cronograma establecido en las presentes bases. No se absolverán las
consultas presentadas de manera extemporánea o formulada por quienes no se
registraron como postores.
e. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS
Las consultas serán absueltas de acuerdo al cronograma establecido en las bases y
comunicadas a todos los interesados a través de la publicación del pliego en la
marquesina de la Municipalidad, pagina web institucional o dando lectura a las
mismas antes del inicio del acto de subasta.
f. INTEGRACIÓN DE BASES
De acuerdo con el cronograma, aquellos adquirientes de bases que no hayan
realizado consulta alguna se someten tácitamente a las disposiciones contenidas en
las bases integradas. En caso de dudas respecto de la interpretación de las presentes
bases, prevalece el criterio adoptado por los miembros del Comisión Especial.
g. PRESENTACIÓN DEL EXPEDIENTE
La presentación del expediente será en La Oficina de Trámite Documentario de la
Municipalidad Provincial de Chachapoyas, ubicado en el jirón Ortiz Arrieta Nº 588 –
Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, región Amazonas según cronograma.
V. CRONOGRAMA DE SUBASTA
Publicación de la Convocatoria Del 25 al 30 de abril del 2017. Formulación de consultas y/u observaciones a las bases
01 al 03 de mayo del 2017
Absolución de consultas 04 de mayo del 2017 Presentación de expediente debidamente foliado (sobre Nº 01).
05 de mayo del 2017 hasta las 13:00 horas
Subasta Pública: Auditorio de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas
08 de mayo del 2017 a las 15:30 horas
Publicación de resultados finales en orden de méritos
08 de mayo del 2017 a las 18:00 horas
Firma de Contrato Del 09 hasta el 16 de mayo de 2017 VI. SOMETIMIENTO A LAS BASES
El solo hecho de la participación del Postor en la subasta mediante la presentación de su
expediente, implica el total sometimiento y aceptación por parte de éste, en su condición de
persona natural o jurídica, a los procedimientos, condiciones y estipulaciones contenidos en
las presentes Bases, así como a los Circulares que emita la Comisión Especial siendo la
comisión autónoma en sus decisiones.
En consecuencia, los postores renuncian irrevocable e incondicionalmente a promover cualquier
acción, reclamo, demanda, denuncia o solicitud de indemnización contra la Municipalidad
Provincial de Chachapoyas, sus funcionarios y/o asesores, por las decisiones que adopten con
relación a esta adjudicación.Se deja expresa constancia que ante cualquier discrepancia entre las
Bases y las Circulares que emita el Comisión Especial encargada de realizar el proceso de subasta,
prevalecen estas últimas.
Los Anexos forman parte de las Bases.
VII. ACTO DE SUBASTA PÚBLICA
7.1. PRESENTACIÓN DE SOBRES.
Las propuestas técnicas (Sobre 01- Anexo 01) serán presentadas en la Oficina de
Trámite Documentario de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, ubicado en
el Jr. Ortiz Arrieta Nº 588 – Chachapoyas, según el cronograma establecido en el
capítulo V.
La propuesta económica (Sobre 02 – Anexo 02) será presentada en el acto de Subasta
Pública al Comité Especial.
Los sobres deberán ser entregados personalmente por el postor o por su representante
legal previa presentación de Carta poder simple, con su contenido sin enmendaduras
ni tachaduras, redactado en español y debidamente rubricado por el Postor o su
Representante Legal en cada página y, de ser el caso con el sello de la persona jurídica.
7.2. CONTENIDO DEL SOBRE Nº 01 ( PROPUESTA TÉCNICA)
Deberá contener los siguientes documentos:
7.2.1. Personas Naturales:
a . Solicitud dirigida al Presidente de la Comisión Especial, según (Anexo Nº
03)
b. Copia simple de DNI del solicitante (legible y vigente).
c. Copia simple del comprobante de depósito de la garantía (legible), emitido
por el Banco de la Nación.
d. Copia simple del último recibo de pago de agua o luz de la vivienda donde
domicilia.
e. Declaración jurada de No Adeudo bajo ningún concepto a la Municipalidad
Provincial de Chachapoyas; según. (Anexo Nº 04)
f. Declaración Jurada de no tener antecedentes Policiales, Penales ni
Judiciales. (Anexo Nº 05)
g. Declaración Jurada de sometimiento a las normas contenidas en las
presentes bases conocimiento, aceptación y sometimiento a las normas
contenidas en las presentes bases. (Anexo Nº 06)
7.2.2. Personas Jurídicas
a . Solicitud dirigida al Presidente de la Comisión, según (Anexo Nº 03)
b. Copia legalizada o certificada del documento de identidad del
representante.
c. Copia simple del comprobante de depósito de la garantía (legible), emitido
por el Banco de la Nación.
d. Declaración jurada de No Adeudo bajo ningún concepto a la
Municipalidad Provincial de Chachapoyas; según. (Anexo Nº 04)
e. Declaración Jurada de no tener antecedentes Policiales, Penales ni
Judiciales. (Anexo Nº 05)
f. Declaración Jurada de sometimiento a las normas contenidas en las
presentes bases conocimiento, aceptación y sometimiento a las normas
contenidas en las presentes bases. (Anexo Nº 06)
g. Copia de La Escritura Pública de Constitución con constancia de
su inscripción en los Registros Públicos.
h. Copia certificada del Certificado de Vigencia de Poder emitida por
Registros Públicos (como máximo 30 días antes del proceso de subasta).
7.3. CONTENIDO DEL SOBRE Nº 02 (PROPUESTA ECONÓMICA)
Carta dirigida al Comisión Especial de Subasta Pública de las baterías de Servicio
Sanitario (Servicios Higiénicos) en el Terminal Terrestre Municipal propiedad de
la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, debidamente suscrita por el Postor o su
Representante Legal, según modelo del Anexo Nº07.
VIII. PROCESO DE APERTURA DE SOBRE Y ADJUDICACIÓN
8.1. EVALUACIÓN DEL EXPEDIENTE. a. La Comisión Especial de Subasta de las baterías de Servicio Sanitario (Servicios
Higiénicos) en el Terminal Terrestre Municipal propiedad de la Municipalidad
Provincial de Chachapoyas, en presencia de un Notario Público, dispondrá el inicio
de la subasta pública en la fecha y hora indicada en las presentes bases.
b. Seguidamente, se procederá a la apertura del sobre Nº 01 de cada postor, verificando
si se ha cumplido con adjuntar todos los documentos exigidos en el ítem 7.1. en caso
de personas naturales y 7.2. en caso de personas jurídicas, de la presente bases; el
Postor que no haya cumplido con alguno de los requisitos establecidos quedará
automáticamente descalificado.
c. Efectuada la verificación antes referida, se declarará los postores hábiles para
participar en la subasta y, se anunciará el orden en el que serán subastados las baterías
de Servicios Sanitarios, procediendo a llamar a los postores hábiles para que
presenten el Sobre N° 2; no se recibirán propuestas después de haberse declarado
cerrada la recepción de sobres; las ofertas aceptadas como hábiles, serán aquellas
que sean iguales o mayores al precio base, considerado para el bien a subastar.
d. Culminada la entrega de los sobres, se procederá a la apertura de los mismos en el
mismo orden que fueron abiertos los sobres Nº 01, registrándose el Nombre del
postor y su oferta económica; posteriormente, se declararán hábiles a aquellas que
sean iguales o mayores al precio base; en caso de que fueran inferiores, serán
declaradas nulas; se anunciará el monto de las ofertas económicas que hayan sido
declaradas hábiles.
e. Seguidamente, entre las ofertas económicas declaradas hábiles, se procederá a
realizar la 1º Puja, donde se tomará como base el monto de la oferta más alta (Sobre
Nº 02), invitándose a los postores a mejorar a viva voz sus ofertas económicas sobre
la base del monto de la oferta económica más alta (sobre Nº 02), más el 10% del
precio base original; iniciando la puja el postor que presentó la menor oferta
económica hábil, en caso de que los postores presentaran el mismo valor en las
ofertas económicas (sobre Nº 02), el orden de puja, será según fueron abiertos los
sobres N°01, registrándose el nombre del Postor y su oferta económica.
f. En caso de que se considere necesario, se declarará nuevamente hasta un máximo de
tres (03) rondas de Pujas, siendo el nuevo precio base según sea la oferta económica
más alta obtenida en la primera ronda, desde donde iniciará la puja según el orden
establecido en el párrafo anterior, invitando a los postores de las ofertas económicas
hábiles a mejorarlas a viva voz.
g. Los postores contarán con solo un (01) minuto para mejorar su oferta económica del
puesto y/o tienda en subasta, tras el cual asumirá el siguiente postor su turno para
mejora de su oferta económica respectiva; no existiendo posibilidad a que el postor
precedente, de no haber manifestado el monto de la oferta en el tiempo
correspondiente, tenga opción a mejora de oferta económica en la ronda de puja en
curso ni en las siguientes, quedando fuera del proceso de subasta.
h. La Buena Pro se otorgará al Postor que efectúe la oferta económica más alta después
de anunciada la última ronda de puja. La Comisión Especial de Subasta de las
baterías de Servicio Sanitario (Servicios Higiénicos) en el Terminal Terrestre
Municipal, otorgará la buena pro y declarará concluida la subasta del puesto o tienda
ofertada.
i. La subasta de las baterías de Servicio Sanitario (Servicios Higiénicos) en el Terminal
Terrestre Municipal propiedad de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, se
realizará de acuerdo al procedimiento indicado líneas arriba; al concluirse la subasta,
se procederá a declarar la conclusión del Acto de Subasta.
j. Se declarará desierta, cuando no exista ningún postor y, en su defecto, cuando
habiendo un único postor este no cumpla con los requisitos exigidos.
k. En caso de existir un único postor y cumplir con los requisitos solicitados se aceptará
la propuesta hábil presentada.
8.2. DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El Postor que resulte ganador de la Buena Pro, deberán acercarse a la Gerencia de
Desarrollo Económico Local de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, dentro
del plazo de 01 día hábil después del término del proceso de subasta, sometiéndose al
cumplimiento del Reglamento Interno de Funcionamiento de Terminal Terrestre
Municipal de Chachapoyas y normatividad municipal vigente, con la finalidad de
coordinar la prestación de servicios y la suscripción del contrato correspondiente, dentro
los siguientes 05 días hábiles a la publicación de resultados.
En caso de desistimiento del ganador de la buena pro de suscribir el contrato, será
adjudicado al postor que haya ocupado el segundo lugar en orden de prelación,
perdiendo el ganador un 20 por ciento del depósito, por concepto de gastos
administrativos.
8.3. DE LA DEVOLUCIÓN DEL FONDO DE GARANTÍA
Los postores que resultaran ganadores con una oferta económica mayor a la del precio
base, deberán realizar el monto de la garantía faltante en la cuenta Nº 0261-010674 en
el Banco de la Nación, fondo de garantía de la Municipalidad Provincial de
Chachapoyas, de modo que la garantía total sea dos veces el monto de la merced
conductiva mensual.
La devolución de las Garantías en caso de no obtener la Buena Pro, podrá ser reclamada,
al día siguiente hábil de concluido el proceso de subasta pública, presentando el
comprobante de pago y/o depósito original, DNI original y copia, teniendo únicamente
este día para realizar dicho trámite, tras el cual, la Municipalidad Provincial de
Chachapoyas, no asume la responsabilidad de devolución de dicho monto.
En caso los postores hayan procedido a la firma de contrato, dicha garantía será
cautelada por la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, siendo devuelta en su
totalidad (sin la generación de intereses) a la culminación o extinción del contrato
firmado, salvo se ejecute la garantía para el pago de reparaciones debido a la falta de
mantenimiento, daños ocasionados a la infraestructura del terminal terrestre o en caso
de no estar al día en el pago de la merced conductiva.
8.4. DE LAS IMPUGNACIONES
Todos los reclamos y/o impugnaciones que se susciten en cualquier etapa del presente
proceso hasta el acto de otorgamiento de la Buena Pro, serán resueltos por la Comisión
Especial según las presentes Bases.
- Los reclamos e impugnaciones al Acto de subasta deberán realizarse una vez
terminada la última ronda de puja del acto de subasta.
- El postor que reclame o impugne dicho acto de subasta, deberá sentar dicho reclamo
o impugnación en el Acta de la Comisión Especial del proceso de subasta y firmarla
debidamente, siendo la omisión de la firma la que otorgue la no validez de dicho
reclamo o impugnación.
- El postor que reclame o impugne deberá presentar únicamente durante el día hábil
siguiente al reclamo o impugnación, por escrito el sustento de la impugnación,
adjuntando la copia del comprobante de depósito de Derecho de Impugnación
correspondiente al 100% del precio base de la merced conductiva, para otorgar
validez a dicho reclamo o impugnación.
- En caso el postor no presente el comprobante de depósito del Derecho de
Impugnación se declarará la nulidad del reclamo o impugnación.
- De declararse infundada se procederá a la No devolución del Derecho de
Impugnación depositado; caso contrario, se procederá a su devolución respectiva.
ANEXO Nº 03
“ AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO ”
CARTA DE PRESENTACIÓN
Chachapoyas,……de…………. 2017 Señor: Presidente del Comisión Especial de Subasta de ambientes del Terminal Terrestre Municipal de Chachapoyas. Jr. Ortiz Arrieta Nº 588 – Chachapoyas. Presente.-
De mi consideración Solicito a Ud. se me considere como Postor de la Subasta Pública 01-2017-MPCH de los
servicios higiénicos del Terminal Terrestre Municipal de Chachapoyas para lo cual cumplo
con los requisitos exigidos:
Apellidos y Nombre :
………………………………………………………………………..
D.N.I Nº : ………………………………
Dirección Domiciliaria :
………………………………………………………………………………………
Teléfono y/o Celular : ………………………….......
Correo electrónico: …………………………………
Atentamente,
Firma: _________________________________________
Nombre y Apellidos: D.N.I. Nº
ANEXO Nº 04
DECLARACIÓN JURADA
Yo,…………………………………………………………………………., identificado con DNI Nº
……………………………, con domicilio en,
……………………………………………………………………., distrito de
……………………………….., provincia de…………………………………., departamento
de ………………………………, declaro bajo juramento no tener ningún tipo de deuda por
bajo cualquier concepto a la Municipalidad Provincial de Chachapoyas.
Chachapoyas,……..de…………..2017
Huella digital
Firma: _________________________________________
Nombre y Apellidos:
D.N.I. Nº
ANEXO Nº 05
DECLARACIÓN JURADA
Yo,…………………………………………………………………………., identificado con DNI Nº
……………………………., con domicilio en,
…………………….………………………………………………, distrito de
……………………………….., provincia de…………………………………., Departamento
de …………………………….., declaro bajo juramento, no tener antecedentes Policiales,
Penales ni Judiciales.
En caso de detectarse la falsedad de algún documento o información proporcionada por el postulante, será descalificado en cualquier etapa del proceso de selección de la presente adjudicación. De haber resultado ganador, automáticamente se dejara sin efecto el contrato independientemente de las acciones legales a las que hubiera lugar.
Chachapoyas,……..de……….. 2017
Firma: _________________________________________
Nombre y Apellidos:
D.N.I. Nº
Huella digital
ANEXO Nº 06
DECLARACIÓN JURADA
Yo,…………………………………………………………………………., identificado con DNI Nº
……………………………., con domicilio en,
…………………….………………………………………………, distrito de
……………………………….., provincia de…………………………………., Departamento
de……………………….., declaro bajo juramento, conocer, aceptar y someterme a las
BASES ADMINISTRATIVAS DE SUBASTA PÚBLICA Nº 01-2017-MPCH, PARA EL
ALQUILER DE LOS SERVICIOS HIGIENICOS DEL TERMINAL T ERRESTRE
MUNICIPAL CHACHAPOYAS y demás circulares que se puedan emitir respecto a la
presente adjudicación y demás normas modificatorias y complementarias.
En caso de detectarse la falsedad de algún documento o información proporcionada por el postulante, será descalificado en cualquier etapa del proceso de selección de la presente adjudicación. De haber resultado ganador, automáticamente se dejara sin efecto el contrato independientemente de las acciones legales a las que hubiera lugar.
Chachapoyas,……..de………...…2017
Firma: _________________________________________
Nombre y Apellidos: D.N.I. Nº
Huella digital
ANEXO Nº 07
“AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO”
PROPUESTA ECONÓMICA
Chachapoyas,……..de………… 2017
Señor: Presidente del Comisión Especial de SUBASTA PÚBLICA Nº 01-2017-MPCH, PARA EL ALQUILER DE LOS SERVICIOS HIGIENICOS DEL TERMINA L TERRESTRE MUNICIPAL CHACHAPOYAS Jr. Ortiz Arrieta Nº 588 – Chachapoyas. Presente.-
Ref. Subasta PÚBLICA Nº 01-2017-MPCH.
De mi consideración Mediante el presente hago llegar la propuesta económica consistente en un pago de la merced
conductiva mensual de S/. ………………………
(…………………………………………………………………. Y 00/100 nuevos soles).
Monto que incluye a las dos baterías de servicios higiénicos materia de la presente subasta
pública.
Atentamente,
Firma: _________________________________________
Nombre y Apellidos:
D.N.I. Nº
ANEXO Nº 08
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Nº -2017-MPCH
Conste por el presente documento, el Contrato de Arrendamiento de Stand del Terminal Terrestre Municipal de Chachapoyas, que celebran de una parte la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS , con Registro Único de Contribuyentes (R.U.C.) N° 20168007168, con domicilio legal en el jirón Ortiz Arrieta Nº 588, debidamente representada por el Ing. EVER DOMINGO LOJA ALVA, en calidad de Gerente Municipal, con Documento Nacional de Identidad (D.N.I.)Nº 09554025, de acuerdo con las facultades otorgadas mediante Resolución de Alcaldía Nº 034-2016-MPCH de fecha 19 de enero del 2016, a quien en adelante se denominará LA MUNICIPALIDAD y de otra parte el (la) Sr (a). «NOMBRES_Y_APELLIDOS», con Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) Nº «DNI», domiciliada en el «DIRECCIÓN» de esta ciudad, a quien en adelante se denominará EL ARRENDATARIO ; en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. - Decreto Legislativo Nº 295, Código Civil. - Ley Nº 30201, Ley que Crea el Registro de Deudores Judiciales Morosos. - Resolución de Alcaldía N° 579-2014-MPCH, que aprueba El Reglamento Interno de Funcionamiento del
Terminal Terrestre Municipal de Chachapoyas. - Resolución de Alcaldía Nº 106-2017-MPCH que conforma la Comisión Especial encargada de realizar
el proceso de Subasta Pública Nº 001-2017-MPCH.
CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES - Visto el Informe Nº……….. de la COMISIÓN ESPECIAL encargada de realizar el proceso de subasta
pública Nº 001-2017-MPCH , en el que el Presidente de la Comisión de Subasta emite su informe favorable para la suscripción del contrato; y en Aplicación del Artículo IV.-Principios del procedimiento administrativo, numeral 1.7 Principio de presunción de veracidad; de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
CLÁUSULA TERCERA: DE LAS PARTES LA MUNICIPALIDAD es propietaria de la Infraestructura del Terminal Terrestre Municipal de Chachapoyas, inmueble que ha sido destinado al servicio de la Comunidad y cuenta con las BATERÍAS DE SERVICIO SANITARIO para la atención al público usuario, limpieza y mantenimiento; los mismos que se otorgan en arrendamiento de conformidad con la tarifa propuesta por la Municipalidad. LA (EL) ARRENDATARIA (O) , es una persona natural y/o jurídica que se dedica a la a brindar el servicio de atención al público usuario. Limpieza y mantenimiento de «BATERIAS DE SERVICIO SANITARIO » y se compromete a cancelar puntualmente la merced conductiva, impuestos, arbitrios y tributos de acuerdo con la Ley y disposiciones municipales. CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES EL ARRENDATARIO se compromete: a) No introducir cambios ni modificaciones en el bien, salvo previa autorización escrita de la
Administración del terminal. b) Realizar el mantenimiento permanente de las baterías sanitarias de manera oportuna, lo cual incluye el
pintado de la infraestructura una vez al año como mínimo, debiendo asumir los gastos que correspondan.
c) Contar con personal permanente que garantice la limpieza y adecuadas condiciones higiénicas con el uso de detergentes, desinfectantes, legía, ambientadores, jabón líquido y otros que sean necesarios.
d) Contar con recipientes de almacenamiento de agua como medida de contingencia ante cortes de abastecimiento.
e) Devolver el bien arrendado al vencerse el plazo del contrato en el estado que lo recibió. f) Garantizar que los servicios higiénicos permanezcan abiertos las 24 horas del día, de lunes a domingo. g) Cumplir con las disposiciones municipales que se establezcan con respecto al manejo adecuado de
segregación de residuos sólidos.
h) Implementar medidas de ecoeficiencia en el consumo de agua y energía eléctrica. i) A facilitar la realización de inspecciones o supervisiones por parte de las autoridades competentes. j) Impedir que los transportistas usen el agua de los servicios higiénicos para el lavado de sus unidades
vehiculares. k) Pagar la garantía correspondiente. l) Asistir a las convocatorias que realice LA MUNICIPALIDAD . LA MUNICIPALIDAD se compromete: a) Asegurar el normal funcionamiento del inmueble objeto de arrendamiento, de los servicios públicos,
seguridad interior y exterior y resguardar el orden. b) Prohibir modificaciones en la estructura del inmueble arrendado, salvo cuando EL ARRENDATARIO
previamente lo solicite y técnicamente sea viable. c) Entregar el bien al ARRENDATARIO, el mismo que se encuentra en estado de servir y con todo lo
necesario para su uso. d) A realizar inspecciones programadas o inopinadas para verificar las condiciones de higiene y
funcionamiento de los servicios higiénicos. e) Pagar el consumo de energía eléctrica, agua y cualquier otro servicio instalado en el bien otorgado en
arrendamiento. f) Ejecutar la garantía en caso de abandono del servicio por parte del ARRENDATARIO.
CLÁUSULA QUINTA: OBJETO DE CONTRATO Por el presente contrato LA MUNICIPALIDAD cede en arrendamiento a EL ARRENDATARIO , «CATEGORÍA» SERVICIO SANITARIO giro comercial «SERVICIO HIGIENICOS» , ubicado en el «UBICACIÓN» del Terminal Terrestre Municipal de Chachapoyas. CLÁUSULA SEXTA: PLAZO DEL CONTRATO El plazo de duración del presente Contrato de Arrendamiento es desde el «Día_Inic» de «Mes_inic» de 2017 al «Día_fin» de «Mes_fin» de 2017, plazo que tendrá la condición de forzoso para ambas partes. Este plazo podrá ser prorrogado a su vencimiento de común acuerdo de las partes, previa comunicación escrita de parte de EL ARRENDATARIO , a LA MUNICIPALIDAD dentro de los 30 días antes del vencimiento. CLÁUSULA SÉPTIMA: MONTO DE LA MERCED CONDUCTIVA El pago que efectuará EL ARRENDATARIO por el arrendamiento será por adelantado, en un plazo máximo de cinco días antes del vencimiento del mes anterior, sin necesidad de notificación alguna y en la Gerencia de Administración Tributaria (Caja) de LA MUNICIPALIDAD, que asciende a la suma de S/. «COS_MEN_EN__Nº».00 «COSTO_MENSUAL_EN_LETRAS» CLÁUSULA OCTAVA: PROHIBICIONES EL ARRENDATARIO queda prohibida (o) de realizar las siguientes acciones: a) Subarrendar, dividir, permutar, transferir total o parcialmente por cualquier título las baterías de servicio
sanitario arrendado. b) No atender directamente en los servicios higiénicos adjudicados. c) No utilizar este inmueble para ninguna otra actividad ajena a la prestación de los servicios higiénicos. d) No realizar comercio en las inmediaciones de los servicios higiénicos. e) Utilizar las baterías de servicio sanitario para almacenamiento de productos o bienes. f) Tener cerrado sin abrir al público las baterías de servicio sanitario arrendado. g) Instalar o colocar ganchos, colgadores, repisas, andamios, estantes, mesas, u otros objetos en las paredes
externas de los servicios higiénicos. h) La colocación de letreros sin la debida autorización de LA MUNICIPALIDAD. i) Dejar abiertas las llaves de agua o luz fuera de las horas de trabajo en el interior de las baterías de
servicio sanitario materia del presente contrato. CLÁUSULA NOVENA: CLÁUSULA RESOLUTORIA EXPRESA De conformidad con lo prescrito en el artículo 1428° del Código Civil, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver de pleno derecho el presente acto jurídico en los siguientes casos: a) Cuando EL ARRENDATARIO deje de pagar la merced conductiva por dos (02) mensualidades
consecutivas más quince días después de la fecha de vencimiento de pago de la misma.
b) Si EL ARRENDATARIO infringe las prohibiciones de la CLÁUSULA OCTAVA del presente contrato, para lo cual LA MUNICIPALIDAD podrá constatar o verificar las BATERIAS DE SERVICIO SANITARIO a través de tres visitas inopinadas que se realicen en un plazo no menor a 10 días de haber tomado conocimiento por parte de los Policías Municipales, Administrador de Terminal Terrestre Municipal de Chachapoyas o Jefe de la División de Comercialización, quienes indistintamente podrán corroborar estos hechos.
c) Cuando EL ARRENDATARIO no pague alguna multa impuesta dentro de los treinta días calendario de estar consentida; o ser REINCIDENTE hasta en dos oportunidades del incumplimiento de la Ordenanza N° 053-2008-MPCH, que aprueba el “Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la función Fiscalizadora”; y, normas vigentes.
d) Cuando EL ARRENDATARIO mediante violencia o amenaza, impide a una autoridad, funcionario o servidor público ejercer sus funciones o cuando emplea intimidación o violencia contra un funcionario público o contra la persona que le presta asistencia en virtud de un deber legal ante requerimiento de aquél, para impedir o trabar la ejecución de un acto propio del legítimo ejercicio de sus funciones.
CLÁUSULA DÉCIMA: GARANTÍA EL ARRENDATARIO para garantizar los posibles deterioros del inmueble, deja en garantía la suma de S/. «GART_EN_Nº».00 «GARANT_EN_LETRAS» Para el presente contrato toda vez que se trata de la misma ARRENDATARIA (O), se da por cancelada la Garantía con el depósito efectuado por la misma del Contrato anterior. CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: DE LAS MEJORAS LA MUNICIPALIDAD conviene y acepta que EL ARRENDATARIO realice las mejoras que estime necesarias a efectos de acondicionar el inmueble, las mismas que se considerarán en beneficio de LA MUNICIPALIDAD, previo aviso por escrito y especificando el tipo de mejoras a efectuarse. Asimismo, por este documento contractual, EL ARRENDATARIO formula renuncia al derecho de retribución o rembolso de las mejoras a realizar, salvo aquellas que por su naturaleza sean susceptibles de ser retiradas. Las mejoras a realizar con anuencia de LA MUNICIPALIDAD no deberán afectar ni poner en peligro la estructura del inmueble, en caso contrario LA MUNICIPALIDAD reserva su derecho de iniciar las acciones legales correspondientes por los daños y perjuicios que se irroguen. CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: REPARACIÓN DEL INMUEBLE EL ARRENDATARIO asumirá la reparación del inmueble por los deterioros que se produzcan por causas imputables a su responsabilidad; en caso de incumplimiento de parte de EL ARRENDATARIO , LA MUNICIPALIDAD podrá efectuar las reparaciones correspondientes, descontando lo pagado hasta la total cancelación de la garantía depositada para tal efecto. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: SUPERVISIÓN La MUNICIPALIDAD se reserva el derecho de supervisar el local arrendado. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA: EVENTUALIDADES LA MUNICIPALIDAD no será responsable por daños y perjuicios causados por agentes externos, casos fortuitos o de fuerza mayor que pongan en riesgo la propiedad de EL ARRENDATARIO , para lo cual se deberá tomar las medidas preventivas necesarias. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: DOMICILIO Y NOTIFICACIONES El domicilio de las partes es el señalado en la introducción del presente contrato. Cualquier cambio deberá ser comunicado por escrito a la otra parte, requisito sin el cual las comunicaciones enviadas al domicilio anterior serán consideradas válidas. EL ARRENDATARIO acepta que las notificaciones relacionadas al presente contrato se realicen en el STAND o tienda consignado en la cláusula cuarta de este documento. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Las partes contratantes se someten a la jurisdicción de los jueces y juzgados de Chachapoyas, renunciando al fuero de sus domicilios y señalando como tales los consignados en la introducción del presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA: MODIFICACIONES NORMATIVAS EL ARRENDATARIO se compromete en acatar las modificaciones normativas y adecuación al nuevo marco normativo vigente, cumpliendo con todas sus disposiciones así no se encuentren contenidas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: ENTREGA FORZOSA DE BIEN ARR ENDADO EL ARRENDATARIO en caso se declare el vencimiento del contrato sin que se haya producido renovación, o resolución del mismo y se disponga su devolución de las BATERIAS DE SERVICIO SANITARIO , EL ARRENDATARIO acepta que LA MUNICIPALIDAD proceda a la Reversión de las BATERIAS DE SERVICIO SANITARIO , de acuerdo con el procedimiento determinado por la entidad. CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: LA MUNICIPALIDAD , a través del guardián de turno, abrirá las puertas de acceso del Terminal Terrestre Municipal de Chachapoyas, a partir de las 04:00 a.m.; y serán cerradas indefectiblemente a las 10:00 p.m., pudiendo modificarse, en caso de limpieza, desinfección, mantenimiento o cualquier otra causa no contemplada en el presente contrato, para lo cual LA MUNICIPALIDAD puede prescindir del previo aviso en casos de procedimientos de fiscalización y control y cuando las circunstancias así lo ameriten.
En señal de conformidad con los términos del presente Contrato, ambas partes lo suscriben a continuación, en la ciudad de Chachapoyas, a los
LA MUNICIPALIDAD: EL ARRENDATARIO:
______________________________________ Sra. «NOMBRES_Y_APELLIDOS»
D.N.I. Nº «DNI»