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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OTUZCO ADP– 006 – 2014-MPO/CE Adquisición de alimentos para Comedores Populares1 BASES ADMINISTRATIVAS ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0062014MPO (Primera Convocatoria) “ADQUISICION DE ALIMENTOS PARA EL PROGRAMA DE COMPLEMENTACION ALIMENTARIA AÑO 2014 PARA LA PROVINCIA DE OTUZCO” OTUZCO 2014

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BASESADMINISTRATIVAS

ADJUDICACIONDIRECTAPUBLICAPORSUBASTAINVERSAPRESENCIALNº006‐2014‐MPO

(PrimeraConvocatoria)

“ADQUISICIONDEALIMENTOSPARAELPROGRAMADECOMPLEMENTACIONALIMENTARIAAÑO2014PARALA

PROVINCIADEOTUZCO”

OTUZCO

2014

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CAPÍTULOI

GENERALIDADES

1.1 ENTIDADCONVOCANTE

Nombre:MunicipalidadProvincialOtuzco RUCN°:20165341377

1.2 DOMICILIOLEGAL CalleTacnaNº896–PlazadeArmas‐Otuzco

1.3 OBJETODELACONVOCATORIAElpresenteproceso tieneporobjeto la “Adquisiciónde losalimentosparaelprogramadeComplementariaAlimentariaaño2014paralaProvinciadeOtuzco”ITEM CÓDIGO DENOMINACIÓNI 5022110100002722 ArrozPiladosuperiorII 5015151300002526 AceiteVegetal

1.4 VALORREFERENCIALEl valor referencial asciende a S/. 282,800.00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MILOCHOCIENTOSY00/100NUEVOSSOLES) incluido los impuestosdeLeyycualquierotroconceptoqueincidaenelcostototaldelbien.ElvalorreferencialhasidocalculadoalmesdeMarzodel2014.Eldetalledelvalorreferencialeselsiguiente:

ITEM UNDIDADDEMEDIDA

CANTIDAD(KG)

DESCRIPCIÓNVALORREFERENCIALPRECIOUNITARIO

TOTAL

I KILOGRAMO 80,800.00 ArrozSuperior 2.80 226,240.00II LITROS 8,800.00 AceiteVegetal 7.00 56,560.00

282,800.00

1.5VALIDEZDELASPROPUESTAS:

Las propuestas que excedan el valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial,teniéndolaspornopresentadas.Las propuestas se presentarán en función al valor unitario referencial de la unidad demedidaestablecidaenelcuadroanterior.

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1.6 DECREMENTOMINIMOLoslancesseránverbalesyelvalormonetarioquepresentaelDecrementoMínimosedetallaacontinuación, elmismoquedeberá contemplarsedurante el periododepuja, conforme a losiguiente:correspondienteal02porciento.

ITEM  CANTIDAD PRECIO 

UNITARIO VALOR REFERENCIAL

VALOR MONETARIO DEL DECREMENTO MÍNIMO 2% 

MONTO TOTAL  PRECIO UNITARIO

I   80,800.00    2.80   S/.    226,240.00   S/.     4,524.80    S/.          0.056 

II     8,080.00    7.00   S/.      56,560.00   S/.     1,131.20    S/.          0.140 

1.7 EXPEDIENTEDECONTRATACIÓN

ElexpedientedecontrataciónfueaprobadomedianteResolucióndeAlcaldíaN°0332‐2014‐MPO,defecha11deAbrildel2014.

1.8 FUENTEDEFINANCIAMIENTO

RECURSOSORDINARIOS,DONACIONESYTRANSFERENCIAS

1.9 SISTEMADECONTRATACIÓNEl presente proceso se rige por el sistema de PRECIOS UNITARIOS, de acuerdo con loestablecidoenelexpedientedecontrataciónrespectivo.

1.10 MODALIDADDEEJECUCIÓNCONTRACTUALNOCORRESPONDE

1.11 ALCANCESDELREQUERIMIENTOElrequerimientoestádefinidoenelCapítuloIIIdelapresenteSección.

1.12 PLAZODEENTREGALosbienesmateriade lapresenteconvocatoriaseentregaránenelplazodeDos(02)díashábilesalafirma,segúneldetallesiguiente:

1.13 COSTODEREPRODUCCIÓNDELASBASESElcostodereproduccióndelasbasesesde20.00NuevosSoles

1.14 BASELEGAL LeyNº28411,LeyGeneraldelSistemaNacionaldelPresupuesto. LeyNº30114,LeydePresupuestodelSectorPúblicoparaelAñoFiscal2014. LeydeContratacionesdelEstado,aprobadoporDecretoLegislativoNº1017,modificado

porley29873 ReglamentodelaLeydeContratacionesdelEstado,aprobadoporDecretoSupremoNº

184‐2008‐EF,ysumodificatoriaporDecretoSupremo138‐2012‐EF LeyNº27444,LeydelProcedimientoAdministrativoGeneral. LeyNº27806,LeydeTransparenciaydeAccesoalaInformaciónPública LeyNº28015,LeydePromociónyFormalizacióndelaPequeñayMicroempresa.

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LeyNº27633,LeydePromociónTemporaldelDesarrolloProductivoNacional.Las referidasnormas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias,modificatorias yconexas,deserelcaso.

1.2 CÓDIGOASIGNADOALBIEN

De acuerdo a las fichas técnicas correspondiente que forman parte integrante de laspresentesbasesadministrativas.ITEM DENOMINACION CODIGODEFICHATECNICA

I ARROZPILADOSUPERIOR 5022110100002722

II ACEITEVEGETAL 5015151300002526

1.2 CONDICIONESBÁSICASDECUMPLIMIENTOCONTRACTUAL

LosbienesseránadquiridosparaELPROGRAMADECOMEDORESPOPULARES,PROVINCIADE OTUZCO, los productos serán puestos en los almacenes de la MunicipalidadProvincial,talcomoestáespecificadoenlosrequerimientosmínimos.

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CAPÍTULOII

DELPROCESODESELECCIÓN2.1 CRONOGRAMADELPROCESODESELECCIÓN

CONVOCATORIA 12deMayodel2014.

REGISTRODEPARTICIPANTES

Desdeel13al16deMayodel2014Ahoras:08:00a17:30horas.En la unidad de Logística de la MunicipalidadProvincialdeOtuzco.

PRESENTACIONDEPROPUESTASPUJAYOTORGAMIENTODEBUENAPRO

19deMayodel2014EnelAuditóriumdeLaMunicipalidadProvincialdeOtuzco.Hora:11:00horas.

2.2 REGISTRODEPARTICIPANTESYENTREGADEBASESEl registrode los participantes es gratuito y se realizará en laUnidaddeLogística de laMunicipalidadProvincialdeOtuzcositoJr.TacnaNº896‐Otuzco,enlasfechasseñaladasenelcronograma,enelhorariode08:00a16:30horas.Enelmomentodelregistro,seemitirálaconstanciaocargocorrespondienteenelqueseindicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó elregistro,asícomoeldíayhoradedicharecepción.

LapresentaciónaestaAdjudicaciónDirectaPublicaporSubastaInversaPresencial,obligaráaltotalsometimientodelospostoresaloseñaladoenlaspresentesBasesysusAnexos.

Los términosycondicionesestablecidasen lasBasesnormaránelcontenido,recepciónyevaluacióndelaspropuestasdelospostores,asícomoelotorgamientodelaBuenaPro,laformalizacióndelcorrespondientecontratoylasupervisiónenelcumplimientodelmismo.

2.3 IMPEDIDOSDESERPOSTORESEstánimpedidosdeserpostoresenelpresenteprocesodeselecciónlaspersonasnaturaleso jurídicas que se encuentren inmersos en algunas de las cláusulas establecidas en losArtículos9º,10ºy11ºdelaLeydeContratacionesdelEstado.

Que los participantes, miembros, representante legal o socios de una empresa postoraformenpartedeldirectorio,accionistadeotraempresaparticipanteoqueexistanunvínculofamiliar en el presente proceso; en caso se presenten quedaran eliminadasautomáticamente;debidoaqueexistiríalacompetenciadesleal.

2.4 PRESENTACIÓNDEPROPUESTASPUJAYOTORGAMIENTODELABUENAPROElactopúblicodepresentacióndepropuestas,pujayotorgamientodelaBuenaProserárealizadoenelauditoriodelaMUNICIPALIDADPROVINCIALDEOTUZCO,enlahorayfechaseñaladaenelcronogramayenpresenciadeNotario.

LaspersonasnaturalesconcurrenpersonalmenteoatravésdesuapoderadodebidamenteacreditadasanteelComitéEspecialpermanentemediantecartapodersimple.Laspersonasjurídicaslohacenpormediodesurepresentantelegaloapoderado.Elrepresentantelegalacreditarátalcondiciónconcopiasimpledeldocumentoregistralvigentequeconsignedichocargoy, enel casodelapoderado, seráacreditadocon cartapoder simple suscritaporelrepresentante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite lacondicióndeéste;segúncomosedetallaenelpunto7.1deladirectiva015‐2012‐OSCE/CD

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Laofertaeconómicasepresentaráensobrecerrado,debiendoindicarseelprecioocostoofertadoenfunciónalvalorreferencialunitarioestablecidoenlasBases,ydeberáexpresarsehastacondos(2)decimales.Lapropuestaeconómicadeberáincluirtodoslosconceptosaqueserefiereelséptimopárrafodelartículo63ºdelReglamentodelaLey.

Las propuestas se presentarán, debiendo llevar siempre el sello y la rúbrica delrepresentantedelpostor.

Bajo esta modalidad de selección no es posible que un postor presente propuestasalternativasomásdeunapropuestaparaunmismoítemoprocesodeselección.PosteriormenteelPresidentedelComitéEspecialharámencióndelprocedimientobajoelcualserealizaránlosactosde:

2.4.1.PRESENTACIÓNDEPROPUESTAS:

SeiniciarácuandoelPresidentedelComitéEspecialllameatodoslosparticipantesenelordenenquesehubiereninscrito,conlafinalidadquepresentensusdos(2)sobres, de los cuales el primero, denominado sobre habilitación, contendrá ladocumentaciónqueacreditequeelpostorseencuentrehabilitado,paraparticiparenelprocesosdeselecciónycumplirconelobjetodelacontratación,yelsegundosu propuesta económica. Los postores deberán ser de la provincia de Otuzco,Huamachuco,Santiagodechuco,JulcanyTrujillo;conlafinalidaddepromoveralospequeñosymedianosproductores,comerciantesy/odistribuidores.

Losintegrantesdeunconsorcionopodránpresentarpropuestasindividualesniconformarmásdeunconsorcioenunmismoítem,loquenoimpidequepuedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítemsdistintos.

Sialmomentodeserllamadoelparticipantenoseencuentrapresente,seletendrácomodesistidodeparticiparenelprocesodeselección.Sialgúnparticipanteesomitido,podráacreditarseconlapresentacióndelaconstanciadesuregistrocomoparticipante,deconformidadconelart.66delreglamento.

2.5 ACTOPÚBLICODEPRESENTACIÓNDEPROPUESTAS

Las propuestas se presentarán en acto público, en el Auditorio de la MunicipalidadProvincial de Otuzco, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público serealizaráconlaparticipacióndeNotario.

Laspropuestassepresentaránendossobrescerradosporcadaítempostulado,yestarándirigidasalComitéEspecialdelaADJUDICACIÓNDIRECTAPÚBLICANº006‐2014‐MPO/CE,conformealsiguientedetalle:

SOBRENº01:PropuestaTécnica.Elsobreserárotulado:

Señores

MUNICIPALIDADPROVINCIALDEOTUZCOCalleTacnaN°896Atte.:ComitéEspecial

ADJUDICACIÓNDIRECTAPÚBLICAN°.006‐2014‐MPO/CEPORSUBASTAINVERSAPRESENCIAL

LA ADQUISICIÓN DE LOS ALIMENTOS PARA EL PROGRAMA DECOMPLEMENTACIÓNALIMENTARIADELAÑO2014PARALAPROVINCIADEOTUZCO”

SOBRENº1:PROPUESTATÉCNICA

NOMBRE/RAZONSOCIALDELPOSTOR

ÍTEM: _____________ (consignar número y descripción de ítem a postular) 

Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR: ___En letras __ (_En números_)

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SOBRENº2:PROPUESTAECONÓMICA.ELSOBRESERÁROTULADO:

2.6 CONTENIDODELASPROPUESTASSOBRENº1‐PROPUESTATÉCNICA:Sepresentaráenun(1)originalyuna(01)copia.ElSobreNº1contendrá,ademásdeuníndicededocumentos,lasiguientedocumentación:Documentacióndepresentaciónobligatoria:

1. DeclaraciónJuradadedatosdelpostor.

CuandosetratedeConsorcio,estadeclaraciónjuradaserápresentadaporcadaunodelosconsorciados‐AnexoNº01.

2. Cartadepresentaciónconsignandoeldomiciliolegal.3. Declaraciónjuradasuscritaporelpostorenlaquemanifieste:a) Haberrecibidoyrevisadotodaladocumentacióndelasbasesycomprometerse

acumplirlas.4. Declaración Jurada de fiel cumplimiento de las características y especificaciones

técnicasdel(los)producto(s),firmadoporlospostores.5. Copia simpledelDNI,del postoro representante legal, fichaRUC, la cualdeberá

figurarcomoactivoyRNP.6. DeclaraciónjuradasimpledeacuerdoalArtículo42ºdelReglamentodelaLeyde

ContratacionesdelEstado‐AnexoNº02.7. Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el

representantecomún,eldomiciliocomúnyelporcentajedeparticipación‐AnexoNº03.Lapromesaformaldeconsorciodeberásersuscritaporcadaunodesusintegrantes.Encasodenoestablecerseenlapromesaformaldeconsorciolasobligaciones,sepresumiráquelosintegrantesdelconsorcioejecutaránconjuntamenteelobjetodeconvocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con losrequisitosexigidosenlasBasesdelproceso.

SeñoresMUNICIPALIDADPROVINCIALDEOTUZCOCalleTacnaN°896Atte.:ComitéEspecial

ADJUDICACIÓNDIRECTAPúblicaN°.006‐2014‐MPO/CEPORSUBASTAINVERSAPRESENCIAL

LA ADQUISICIÓN DE LOS ALIMENTOS PARA EL PROGRAMA DECOMPLEMENTACIÓNALIMENTARIADELAÑO2014PARALAPROVINCIADEOTUZCO”SOBRENº1:PROPUESTATÉCNICA

NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR 

ÍTEM: _____________ (consignar número y descripción de ítem a postular) 

Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR: ___En letras __ (_En números_) 

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Sepresumequeelrepresentantecomúndelconsorcioseencuentrafacultadoparaactuarennombreyrepresentacióndelmismoentodoslosactosreferidosalprocesode selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientesfacultades.

8. Copiasimplede laLicenciadeFuncionamientodelEstablecimientoanombredelpostor(vigente).

9. Copia del certificado vigente de fumigación (desinsectación, desinfección ydesratización)dondesealmacenaelproductoVIGENTEanombredelpostorporunaempresaautorizadaporDigesa.DOCUMENTOSADICIONALESPARAELITEM1º

1. Documentoqueacrediteelproductoaofertardondesedetallaralaclase,yelgradodecalidad.

2. Documentoqueacreditedetalladamenteeltipodeenvaseaofertar.3. Copia del certificado vigente de fumigación (desinsectación, desinfección y

desratización) donde se almacena el producto VIGENTE a nombre delfabricante/molino.deunaempresaautorizadoporDigesa.

4. CopiasimplederegistrosanitarioemitidoporDIGESAendondeseespecifiqueelnombredelpostor.

5. CertificadooriginaldecalidadFísicoQuímico,microbiológicoyOrganolépticodeunprototipo y/o lote, solo se aceptara certificados emitidos por una empresaacreditada por INDECOPI a nombre del postor, MOSTRAR ORIGINAL EN ACTOPUBLICO.Lacualserviráparaverificarsicumplenconlascaracterísticasseñaladasenlafichatécnica.

6. Declaraciónjuradadelpropietarioy/orepresentantelegaldelaplantaproductoraofabrica(molino)puedeserunasola;sinembargo,enelladeberáconstarqueelpostor(indicandonombrecompleto)realizaelserviciodepiladoendichaplantaproductora o fabrica y que autoriza al postor el uso de su registro sanitario (decorresponder) y de su validación Técnica Oficial del Plan HACCP; asimismo sedeberápresentardelaplantaofabricacopiadelaResolucióndevalidaciónHACCPemitido por DIGESA del molino de acuerdo con lo dispuesto en la ResoluciónministerialN°449–2006‐Minsa,delmolinodeprocesamientopiladooenvasadoparaelcasoindicadovigentealpresentemes.DOCUMENTOSADICIONALESPARAELITEM2º

1. Documentoqueacrediteelproductoaofertardondesedetallaralaclase,yelgradodecalidad.

2. Documentoqueacreditedetalladamenteeltipodeenvase(deberáserde01litro)aofertar,cumpliendoconcadaunodelosrequisitostécnicos.

3. Copia simple del Registro Sanitario vigente del productoAceite Vegetal (debecorresponder al tipo de envase y peso neto por envase objeto del proceso),expedido por la Dirección General de Salud Ambiental–DIGESA a nombre deltitulardelregistro

4. CertificadooriginaldecalidadFísicoQuímico,microbiológicoyOrganolépticode

un prototipo y/o lote, solo se aceptara certificados emitidos por una empresaacreditada por INDECOPI a nombre del postor,MOSTRARORIGINAL ENACTOPUBLICO. La cual servirá para verificar si cumplen con las característicasseñaladasenlafichatécnica.

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5. Declaraciónjuradadelpropietarioy/orepresentantelegaldelaplantaproductoraofabrica puedeserunasola;sinembargo,enelladeberáconstarqueelpostor(indicando nombre completo) realiza el servicio de pilado en dicha plantaproductoraofabricayqueautorizaalpostorelusodesuregistrosanitario(decorresponder) yde suvalidación TécnicaOficial delPlanHACCP; asimismo sedeberápresentardelaplantaofabricacopiadelaResolucióndevalidaciónHACCPemitido por DIGESA del molino de acuerdo con lo dispuesto en la ResoluciónministerialN°449–2006‐Minsa,delmolinodeprocesamientopiladooenvasadoparaelcasoindicadovigentealpresentemes.

Valemencionar quedichosproductosde cadaunode los ítems se encuentranbajo la normativavigente de subasta inversa y su ficha técnica; cumpliendo cada uno de los requisitos mínimosdetalladosenellos.

MUYIMPORTANTE:Laomisióndealgunodelosdocumentosenunciadosacarrearáladescalificacióndelapropuesta.SOBREN.°2‐PROPUESTAECONÓMICAElSobreNº2deberácontenerlasiguienteinformaciónobligatoria:a. Ofertaeconómicayeldetalledepreciosunitarios(AnexoNº07).

Elmontototaldelapropuestaeconómicaylossubtotalesquelocomponendeberánserexpresadoscondosdecimales.Lospreciosunitariospodránserexpresadosconmásdedosdecimales.

2.6APERTURADEPROPUESTAS:

Una vez presentadas todas las propuestas, el Comité Especial abrirá los sobres dehabilitaciónde cadaunode los postores, para verificar lapresentaciónde la totalidadde ladocumentación exigida en las Bases. de omitirse la presentación de algún documento, seprocederáaladescalificacióndelapropuesta.

Actoseguido,elComitéEspecialabrirácadaunodelossobresquecontienenlaspropuestaseconómicasdelospostoreshabilitados,anunciandolosmontosofertadosylosanotaraenlapantalla, a travésdeunsistema informático,odirectamenteen lapizarra,ordenándolosdemenor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por parte de losasistentes.

2.7CLASIFICACIONDEPROPUESTASEncasoquesoloexistierandos(2)propuestasvalidas,lapujaserealizaraconlaparticipacióndedichospostores.En casoquedos (2)omaspostoreshubieranofrecidoelmismoprecioo costo, todosellosclasificaran al periodo de puja; sin embargo deberá realizarse un sorteo entre ellos paraestablecerelordenrequeridoenelnumeralsiguiente.

2.8PERIODODEPUJA:

Lospostores,podránparticiparrealizandolancesverbales,paralocualtendráncomopreciobasealmontomásbajoofrecidohastadichomomento.Durante el período de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas queconsiderenpertinentes,yaseaporvíatelefónicauotrosmediosanálogosdisponibles,conla

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finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallanenplenacompetencia,cualquiercomunicaciónocoordinaciónentreellosqueseadetectadaporelComitéEspecialpermanenteyelnotariopúblicooJuezdePaz,seráconsideradacomounactodeconcertaciónprohibidoporlaLey,yocasionaráladescalificacióninmediatade lospostores implicados,de conformidad conel art. 11ºde laLeydeContratacionesdelEstado.

El presidente del Comité Especial, invitará al postor que haya presentado la propuesta demenorpreciounitarioadar inicioa lapuja realizando lancesverbales, y luegoa losdemáspostoresenelordendeprelaciónquehayanocupadoenlaclasificaciónde sus propuestaseconómicas,siguiendolasecuenciademenoramayorprecio.Unpostorseráexcluidodelapuja,cuandoalserrequeridopararealizarunlanceverbalmanifiesteexpresamentesudesistimiento.A efectos de realizar lances verbales, debe contemplarse necesariamente el decrementomínimoestablecidoenlapresenteconvocatoria.Cuandounpostorsearequeridopararealizarunlanceverbal,contaráconnomásdetres(03)minutosparadarunarespuesta,delocontrario,seletendrápordesistido.Elperíododepujaculminarácuandosehaidentificadoelpreciomásbajo,luegodequetodoslos demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguirpresentandolancesverbales.

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2.10ENLASPROPUESTASNOSERANAPLICABLESBONIFICACIONESUOTROSBENEFICIOS:

EnlascontratacionessujetasalamodalidaddesubastainversaseadjudicaralaBuenaProa las propuestas de menor costo, no siendo aplicables puntajes, bonificaciones,promociones u otros beneficios adicionales que impliquen una evaluación distinta, deconformidadconcuartopárrafodelart.31deleydecontrataciones.

2.11OTORGAMIENTODELABUENAPRO:

Para otorgar la Buena Pro, el comité especial verificara en los procesos de selecciónconvocadosbajolamodalidaddeSubastaInversaserequerirálaexistenciadedos(2)ofertasválidascomomínimo;delocontrario,elprocesosedeclararácomodesierto,deconformidadconelart.32delaleyydelart.95delreglamento.

Seotorgarálabuenaproalpostorquehayaofertadoelmenorcosto.Enelsupuestoquedos(2)omáspropuestasempaten,elotorgamientodelabuenaproseefectuaráatravésdesorteoenelmismoacto,enelordensegúnseregistraron.

Elactadebeexpresamenteconsignarelordendeprelación,paraelcasoqueelpostoradjudicatarionofirmeelcontratodentrodelplazoestablecidoenelinciso2)delart.148ºdelreglamento,labuenaproseotorgaráaquienhayaocupadoelsegundolugar,sinperjuiciodelasanciónadministrativaaplicable.

2.12 DELCONSENTIMIENTODELABUENAPRO.

SeentenderáquelaBuenaProhaquedadoconsentidaeldíadesuotorgamiento,siotorgadalaBuenaProdelprocesoodelítem,deserelcaso,ningúnpostorhubieradejadoconstarenelactasuintencióndeimpugnarelproceso.

2.13 SOLUCIÓNDECONTROVERSIAS

Elrecursodeapelacióncontralosactosproducidosduranteelactopúblicodepresentaciónde propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, y contra los actos que afecten suvalidez, deberá ser interpuesto por los postores dentro de los ocho (8) días hábilessiguientesdedichoactopúblico,enelcasodeLicitacionesPúblicasyConcursosPúblicos,ycinco(5)díashábilessiguientesdedichoactopúblicoenelcasodeAdjudicacionesDirectas.El recursode apelación será conocidoy resueltoporelTitularde laEntidad siempreycuando el valor referencial del proceso no supere las seiscientas (600) UnidadesImpositivas Tributarias (UIT). En caso el valor referencial del proceso de selección seasuperior a dicho monto, los recursos de apelación serán conocidos y resueltos por elTribunal de Contrataciones del Estado, en la forma y oportunidad que establezca elReglamentodelapresentenorma,salvoloestablecidoenlaDécimoTerceraDisposiciónComplementaria Final. La resolución que resuelva el recurso de apelación agota la víaadministrativa.

Enelcasodeprocesosdeselecciónsegúnrelacióndeítems,elplazoindicadoenelpárrafoanteriorsecontaráapartirdelaculminacióndelactopúblicodeotorgamientodelaBuenaProdelatotalidaddelosítems.

ParalosactosposterioresalotorgamientodelaBuenaPro,elrecursodeapelacióndeberáinterponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomadoconocimiento del acto que se desea impugnar, en el caso de Licitaciones Públicas y

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Concursos Públicos, y cinco (5) días hábiles siguientes en el caso de AdjudicacionesDirectas.

2.14 DELAFASECONTRACTUAL2.14.1 Formalizacióndelcontrato:

Para la formalización y ejecución del contrato se aplicarán todas las reglas,requisitos,plazos,condiciones,formalidades,exigenciasygarantíasestablecidosenelTítuloIII(EjecuciónContractual)delReglamentodelaLey.

2.14.2 Solucióndecontroversiasreferidasalbien:

Las controversias que surjan durante la ejecución contractual serán resueltasmedianteconciliacióny/oarbitraje.

2.14.3 DeclaracióndeDesierto:

El presente proceso será declarado desierto, cuando no queden válidas dospropuestasvalidas.

SeconsiderancomoválidasaquellaspropuestasquecumplanconlosrequisitosestablecidosenlaspresentesBases.LaspropuestasqueexcedanelValorReferencialserándevueltasporelComitéEspecial,teniéndosepornopresentadas,encuyocasoserándevueltaslaspropuestasqueexcedanelValorReferencial.

2.14.4 Sanciones:

SielComitéEspecialtomaconocimientoqueenlaspropuestasobraundocumentosobre cuya veracidad o exactitud existe duda razonable, informará el hecho alórganoencargadodelascontratacionesparaqueefectúelainmediatafiscalización.Ello no suspenderá, en ningún caso, la continuidad del proceso de selección deconformidadconel24ºdeley.LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OTUZCO, comunicara al Tribunal deContratacionesdelEstadoparalaaplicacióndelasancióncorrespondiente.

2.15 OTRASCONSIDERACIONES2.15.1 PrórrogayPostergaciones:

Las etapas y los actos del proceso de selección podrán ser materia de prórroga opostergación por el Comité Especial siempre y cuando medien causas debidamentejustificadas, dando aviso de ello a todos los participantes del proceso de selección, deconformidadconelart.30ºdelaley.LaprórrogaopostergacióndelasetapasdeunprocesodeseleccióndebenregistrarseenelSEACEmodificandoelcronogramaoriginal.ElComitéEspecialcomunicarádichadecisióna losparticipantesopostores,segúnseaelcaso,atravésdelSEACE,yalcorreoelectrónicoquehayanconsignadoalregistrarsecomoparticipantesdeconformidadconelart.26delreglamento.2.15.2 CancelacióndelProceso:

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Encualquierestadodelprocesodeselección,hastaantesdelotorgamientodelaBuenaPro,laEntidadque loconvocapuedecancelarloporrazonesde fuerzamayorocaso fortuito,cuando desaparezca la necesidad de contratar, o cuando persistiendo la necesidad, elpresupuestoasignado tengaquedestinarseaotrospropósitosdeemergenciadeclaradosexpresamente,bajosuexclusivaresponsabilidad.Enesecaso,laEntidaddeberáreintegrarelcostodelasBasesaquieneslashayanadquirido.La formalización de la cancelación del proceso deberá realizarsemediante Resolución oAcuerdo debidamente sustentado, delmismo o superior nivel de aquél que dio inicio alexpedientedecontratación,debiéndosepublicarconformelodispongaelReglamento.2.15.3 Notificacióndelosactos:TodoslosactosrealizadosdurantelosprocesosdeselecciónseentenderánnotificadoselmismodíadesupublicaciónenelSEACE.Asolicituddelparticipante, enadicióna laefectuadaa travésdelSEACE, se lenotificarápersonalmenteenlasededelaEntidadoaladireccióndecorreoelectrónicoqueconsignealmomentoderegistrarsecomoparticipante.La notificación a través del SEACEprevalece sobre cualquiermedio que se haya, siendoresponsabilidadde losparticipanteselpermanenteseguimientodelrespectivoprocesoatravésdelSEACE.Siendoelpresenteprocesodeselecciónrealizadomedianteactopúblico,seentiendequelospostoresestaráninformadosenelmismoinstantequesedenlasetapasdedichoproceso.Laspropuestastendránvalidezhastalasuscripcióndelcontrato.2.15.4 Solucióndecontroversias:Lascontroversiasquesurjanentrelaspartessobrelaejecución,interpretación,resolución,inexistencia,ineficacia,nulidadoinvalidezdelcontrato,seresolveránmedianteconciliacióno arbitraje, según el acuerdo de las partes, debiendo solicitarse el inicio de estosprocedimientos en cualquier momento anterior a la fecha de culminación del contrato,considerada ésta de manera independiente. Este plazo es de caducidad, salvo para losreclamos que formulen las Entidades por vicios ocultos en los bienes, servicios y obrasentregados por el contratista, en cuyo caso, el plazo de caducidad será el que se fije enfuncióndelartículo50ºdelapresentenorma,ysecomputaráapartirdelaconformidadotorgadaporlaEntidad.

2.16DelContrato

ElcontratodeberácelebrarseporescritoyseajustaráalaproformaincluidaenlasBasesconlasmodificacionesaprobadasporlaEntidadduranteelprocesodeselección.ElcontratoentraenvigenciacuandosecumplanlascondicionesestablecidasparadichoefectoenlasBasesypodráincorporarotrasmodificacionesexpresamenteestablecidasenelReglamento.El contratoentraenvigenciacuandosecumplan lascondicionesestablecidasparadichoefectoenlasBasesypodráincorporarotrasmodificacionesexpresamenteestablecidasenelReglamento.Parasuscribirelcontrato,elpostorganadordelaBuenaProdeberápresentar,ademásdelosdocumentosprevistosenlasBases,lossiguientesdocumentos:1. ConstanciavigentedenoestarinhabilitadoparacontratarconelEstado.2. CartaFianzadeGarantíadefielcumplimientoyporelmontodiferencialdepropuesta,de

serelcaso,cuyavigenciaseextiendehasta laconformidaddelaúltimaprestacióndelservicio.

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3. Contratodeconsorcioconfirmaslegalizadasdelosasociados,deserelcaso.4. CopiadeDNIdelRepresentanteLegal.5. Copiadelavigenciadelpoderdelrepresentantelegaldelaempresadeserelcaso.6. Copiadelaconstitucióndelaempresaysusmodificatoriasdebidamenteactualizado.7. CopiadelRUCdelaempresa.

Elcontratoculminaconlaconformidadderecepcióndelaúltimaprestaciónpactada,dentrodelmarcoestablecidoporelartículo176ºy177ºdelReglamento.

2.17Garantías

LAMUNICIPALIDADPROVINCIALDEOTUZCO,aceptarácomoúnicosmediosdegarantíacarta fianza, las mismas que deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y derealizaciónautomáticaasusolorequerimiento,siempreycuandohayansidoemitidasporunaempresaautorizadaysujetaalámbitodelaSuperintendenciadeBancaySeguros,nopudiendooponerexcusiónalgunaalaejecucióndelagarantía,debiendolimitarseahonrarladeinmediatodentrodelplazomáximodetresdías.Alternativamente,lasmicroypequeñasempresaspodránoptarque,comogarantíadefielcumplimiento,laEntidadretengaeldiezporciento(10%)delmontodelcontratooriginal,durantelaprimeramitaddelnúmerototaldepagosarealizarse,deformaprorrateada,concargoaserdevueltoalafinalizacióndelmismo.2.17.1 Garantíadefielcumplimiento:Comorequisitoindispensableparasuscribirelcontrato,elpostorganadordelabuenaprodeberá entregar a LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OTUZCO, la garantía de fielcumplimiento,emitidaporunasumaequivalenteal10%delmontodelcontrato,yconunavigenciahastalaconformidaddelarecepcióndelaprestacióntotalacargodelProveedor,deconformidadconelart.39delaLeydeContratacionesysureglamento.2.17.2 Garantíaadicionalporelmontodiferencialdepropuesta:Cuandolapropuestaeconómica,porelÍtemfueseinferioralvalorreferencialenmásdelveinte(20%)porcientodeéste,juntoalagarantíadefielcumplimientoyconidénticoobjetoyvigencia,elpostorganadordeberápresentarunagarantíaadicionalpormontoequivalenteal veinticinco por cien (25%) a la diferencia entre el valor referencial y su propuestaeconómica.

2.17.3 EjecucióndelasGarantías:Lasgarantíassóloseharánefectivasporelmotivogarantizado,segúnalcancesycondicionesestablecidasenelArt.164ºdelReglamento.2.17.4 Excepciones:NoseconstituirángarantíasdefielcumplimientoenloscasosqueestableceelArt.161°delReglamento.

2.18 DelaformadePagoLA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OTUZCO, deberá pagar las contraprestacionespactadasafavordelcontratistaenlaoportunidadestablecidaenlasBasesoenelcontrato.Paratalefecto,elresponsablededarlaconformidadderecepcióndelosbienesoservicios,

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deberáhacerloenunplazoquenoexcederádelosdiez(10)díascalendariodeseréstosrecibidos,deacuerdoaloseñaladoenelArt.181°delReglamento.

2.19 DelasPenalidades

EncasoderetrasoinjustificadoenlaejecucióndelasprestacionesobjetodelaconvocatoriaLAMUNICIPALIDADPROVINCIALDEOTUZCO,leaplicaráalcontratistaunapenalidadporcadadíadeatraso,hastaporunmontomáximoequivalentealdiezporciento(10%)delmontodelcontratovigenteo,deserelcaso,delítemquedebióejecutarse.Estapenalidadserá deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuesenecesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fielcumplimientooporelmontodiferencialdepropuesta.Entodosloscasos,lapenalidadseaplicaráautomáticamenteysecalcularádeacuerdoconlasiguientefórmula:Penalidaddiaria=0.10xMontoFxPlazoendíasDondeFtendrálossiguientesvalores:a)Paraplazosmenoresoigualesasesenta(60)días,parabienes,serviciosyejecucióndeobras:F=0.40.b)Paraplazosmayoresasesenta(60)días:b.1)Parabienesyservicios:F=0.25.b.2)Paraobras:F=0.15Tantoelmontocomoelplazoserefieren,segúncorresponda,alcontratooítemquedebióejecutarse o, en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a laprestaciónparcialquefueramateriaderetraso.Cuandose llegueacubrirelmontomáximode lapenalidad, laEntidadpodráresolverelcontratoporincumplimiento.Paraefectosdelcálculodelapenalidaddiariaseconsideraráelmontodelcontratovigente.

2.20 MecanismosdepublicidadTodoslosactosrealizadosdurantelosprocesosdeselecciónseentenderánnotificadoselmismodíadesupublicaciónenelSEACE.A solicituddelparticipante, enadicióna la efectuadaa travésdel SEACE, se lenotificarápersonalmenteenlasededelaEntidadoaladireccióndecorreoelectrónicoqueconsignealmomentoderegistrarsecomoparticipante.LanotificaciónatravésdelSEACEprevalecesobrecualquiermedioquesehayautilizadoadicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento delrespectivoprocesoatravésdelSEACE.

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CAPÍTULOIII

ESPECIFICACIONESTECNICASYREQUERIMIENTOSTECNICOSMINIMOS

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FICHA TÉCNICA

APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : ARROZ PILADO

Denominación técnica : ARROZ PILADO

Grupo/familia/clase : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/ Productos

de legumbres y cereales/ Cereales/ Granos de cereal

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : ARROZ PILADO

Código : 5022110100002722

Unidad de medida : KILOGRAMO

Descripción General : Llamado también arroz blanco o elaborado, es el grano

entero y quebrado procedente de cualquier variedad de

la especie Oryza sativa L, al cual se le ha removido la

cáscara, los embriones y el pericarpio o cutícula, en un

procesamiento normal del arroz en cáscara (grano que

la ha mantenido después de la trilla).

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

A. CARÁCTERÍSTICAS De acuerdo a la longitud del grano y a sus características de sanidad y aspecto, se clasificará por clases y grados de calidad: Clase: Largo, Mediano, Corto o Mezclado. Grado de calidad: 1 - Extra; 2 - Superior; 3 - Corriente o 4 – Popular. Importante: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, la clase y el grado de calidad del Arroz Pilado a adquirir: Arroz Pilado, Clase xxxx, Grado x - xxxx (especificar el número y nombre). Si va a adquirir arroz mezclado, no debe hacerse mención al grado sino al porcentaje correspondiente a la clase predominante, únicamente cuando esta sea mayor del 50% (“Arroz Pilado, Clase xxxx, nn% mezclado”); caso contrario solo se designará como “Arroz pilado mezclado”.

B. REQUISITOS B.1. Documentación

Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor, en el sobre de habilitación, deberá considerar como mínimo: - Copia simple del Registro Sanitario vigente del producto Arroz Pilado (debe corresponder al

grado de calidad, tipo de envase y peso neto por envase objeto del proceso), expedido por la Dirección General de Salud Ambiental–DIGESA a nombre del titular del registro.

- Copia simple de la Resolución Directoral vigente que otorga Validación Técnica Oficial al Plan HACCP, emitida por la DIGESA, según R.M. Nº 449-2006-MINSA (*). Dicha validación Técnica deberá estar referida a la línea de producción del producto objeto del proceso o a una línea de producción dentro de la cual esté inmerso el producto requerido. (*) En el caso de las pequeñas y microempresas alimentarias, la Entidad Convocante deberá

considerar que su incorporación al sistema HACCP se hará de manera progresiva, de conformidad con lo que se establezca por norma especial, la misma que será aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Salud y el Ministro de Industria, Turismo, Integración y negociaciones Comerciales Internacionales, según lo señala la Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado mediante D.S. Nº 007-98-SA. En tanto ello ocurra, la Entidad Convocante deberá considerar en sobre de habilitación la documentación que sustente el cumplimiento de los requisitos previos a través de la implementación de sus programas de buenas prácticas de manufactura y de higiene y saneamiento, ambos basados en los Principios Generales de Higiene del Codex Alimentarius y los capítulos I, II, III, IV, V y VII del Título IV “De la fabricación de alimentos y bebidas” del citado Reglamento.

Nota: Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar

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oportunamente la renovación de los dichos documentos y entregar una copia a la Entidad Convocante.

B.2. Atributos del bien El Arroz Pilado deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano. No deberá contener insectos o sus huevos; granos mohosos, germinados, picados, sucios; y, olores o sabores extraños, causados por agentes químicos, físicos o microbiológicos. Asimismo, deberá estar exento de ñelén y polvillo. (Ref.: NTP 205.011: 1979, CODEX STAN 198-1995). Asimismo, deberá cumplir con lo siguiente:

ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIA

CALIDAD

- Longitud Cuando menos el 80% de los granos (en masa), están dentro de los límites de la clase a adquirir,

y no más del 20% (en masa), son de mezcla con variedades de clases contrastantes, de

acuerdo a lo indicado en el numeral 4.1 de la NTP, según la clase de Arroz Pilado a adquirir

NTP 205.011:1979 - Color: Cumplir con lo indicado en los numerales 4.4, 4.5 y 4.6 de la NTP, según el grado a adquirir

- Olores y sabores: Exento de olores y sabores extraños

- Contenido de humedad: Máximo del 14%.

- Sanidad y aspecto Cumplir con lo indicado en numeral 4.2 de la NTP, según el grado de calidad del Arroz Pilado

a adquirir

INOCUIDAD

- Criterio microbiológico Cumplir íntegramente con la totalidad de los criterios microbiológicos establecidos para el

Grupo V.1 Granos secos

NTS Nº 071-MINSA/DIGESA-V.01. “Norma Sanitaria que establece los criterios

microbiológicos de calidad sanitaria e inocuidad para los alimentos y bebidas de consumo humano” (R.M.

Nº 591-2008/MINSA),

- Límite Máximo de Residuos de plaguicidas

No deberá exceder los límites máximos permisibles de plaguicidas fijados en la norma nacional o, en ausencia de ésta, establecidos

por el Codex Alimentarius que apliquen al producto

Artículo 15º del D.S. 004-2011-AG

- Metales Pesados Cadmio (Cd): Nivel Máximo (NM) 0,4 mg/Kg

CODEX STAN 193-1995 Adoptada en 1995,

revisada en 1997, 2006, 2008 y 2009, enmendada

en 2010

C. CERTIFICACIÓN Opcional. La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial” (mínimo bajo esquema 3) o un “Certificado de Inspección con Valor Oficial” que confirme que el bien entregado: Arroz Pilado, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detallados en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la “NTP 205.001 Cereales-Extracción de muestras”. En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad Convocante, el Contratista podrá presentar un “Certificado de Calidad”, sin el símbolo de acreditación, que confirme que el bien entregado: Arroz Pilado, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detallados en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la “NTP 205.001 Cereales-Extracción de muestras”.

Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellos que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

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D. OTROS

D.1. Envase El Arroz Pilado deberá ser entregado en envases que salvaguarden las cualidades higiénicas, nutricionales, tecnológicas y organolépticas del alimento, los mismos que deben ser fabricados con sustancias que sean inocuas y apropiadas para el uso al que se destinan. No deberán transmitir al producto sustancias tóxicas ni olores o sabores desagradables Estos envases deberán corresponder al autorizado en el Registro Sanitario (bolsas o sacos de polietileno, polipropileno, etc.), de primer uso y del mismo tamaño, que cumpla con lo establecido en el Art. 119 del D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, de tal forma que: - Estén limpios y permitan mantener las características del alimento. - Se encuentren bien cosidos o sellados - Sean resistentes al almacenamiento (manipuleo) y transporte. - Faciliten los muestreos e inspecciones

Notas: - La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las

características del envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), así como el peso neto del producto por envase.

- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellos que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

D.2. Rotulado Los envases de Arroz Pilado deberán indicar, en idioma español, pudiendo llevar además inscripciones en otro idioma siempre que no aparezca en forma más destacada, como mínimo lo siguiente: - El nombre del producto, indicando la clase o variedad. - El grado de calidad: "Extra", "Superior", “Corriente”, "Popular". - El contenido neto aproximado, en kilogramos. - Nombre y domicilio legal del productor, envasador, distribuidor, importador o vendedor. - Número del Registro Sanitario - El país de origen. - La identificación del lote - El mes y año de envasado - El mes y año de vencimiento Para la impresión de estos rótulos deberá utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo. Nota: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra información que considere deba estar rotulada.

D.3. Transporte El medio de transporte empleado no deberá transmitir al Arroz Pilado características indeseables que impidan su consumo y deberá ajustarse a lo señalado en el Título V Capítulo II “Del transporte” del “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas” (D.S. Nº 007-98-SA).

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FICHA TÉCNICA

APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : ACEITE VEGETAL COMESTIBLE

Denominación técnica : ACEITE VEGETAL COMESTIBLE

Unidad de medida : LITRO

Descripción General : Es el producto alimenticio constituido principalmente por

glicéridos de ácidos grasos obtenidos únicamente de

fuentes vegetales: frutos y semillas oleaginosas, líquido a la

temperatura de 20ºC. Podrá contener pequeñas cantidades

de otros lípidos, tales como fosfátidos, de constituyentes

insaponificables y de ácidos grasos libres naturalmente

presentes en la grasa o el aceite.

CATÁLOGO ÚNICO DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS - CUBSO

Segmento/Familia/Clase/Commodity : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/ Aceites y grasas

comestibles/ Grasas y aceites comestibles de plantas y

vegetales/ Aceites comestibles vegetales o de plantas

Ítem : ACEITE VEGETAL

Código : 5015151300002526

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

A. CARACTERÍSTICAS Los aceites vegetales comestibles pueden estar en forma: - Pura (aceite proveniente de una sola materia prima), o

- Mixta (constituido por la mezcla de aceites puros).

B. REQUISITOS B.1. Documentación

Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor, en el sobre de habilitación, deberá considerar como mínimo: - Copia simple del Registro Sanitario vigente del producto Aceite Vegetal (debe corresponder al

tipo de envase y peso neto por envase objeto del proceso), expedido por la Dirección General de Salud Ambiental–DIGESA a nombre del titular del registro.

- Copia simple de la Resolución Directoral vigente que otorga Validación Técnica Oficial al Plan HACCP, emitida por la DIGESA, según R.M. Nº 449-2006-MINSA (*). Dicha validación Técnica deberá estar referida a la línea de producción del producto objeto del proceso o a una línea de producción dentro de la cual esté inmerso el producto requerido. (*) En el caso de las pequeñas y microempresas alimentarias, la Entidad Convocante deberá

considerar que su incorporación al sistema HACCP se hará de manera progresiva, de conformidad con lo que se establezca por norma especial, la misma que será aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Salud y el Ministro de Industria, Turismo, Integración y negociaciones Comerciales Internacionales, según lo señala la Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado mediante D.S. Nº 007-98-SA. En tanto ello ocurra, la Entidad Convocante deberá considerar en el sobre de habilitación la documentación que sustente el cumplimiento de los requisitos previos a través de la implementación de sus programas de Buenas Prácticas de Manufactura y de Higiene y Saneamiento, ambos basados en los Principios Generales de Higiene del Codex Alimentarius y los capítulos I, II, III, IV, V y VII del Título IV “De la fabricación de alimentos y bebidas” del citado Reglamento.

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Nota:

Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar oportunamente la renovación de dichos documentos y entregar una copia a la Entidad Convocante.

B.2. Atributos del bien

El Aceite Vegetal Comestible debe cumplir con los siguientes requisitos: - No producir efectos tóxicos o dañinos en el organismo. - No acusar la presencia del solvente empleado en su extracción, cuando se haya usado este

procedimiento. Asimismo, deberá cumplir con lo siguiente:

ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIA

CALIDAD 1)

- Sabor y olor Cumplir con el numeral 4.1.1 de la NTP de la referencia

NTP 209.001:1983 (Revisada el 2012)

ACEITES VEGETALES COMESTIBLES.

Definiciones y requisitos generales

- Partículas extrañas Cumplir con el numeral 4.1.3 de la NTP de la referencia

- Agua Cumplir con el numeral 4.1.4 de la NTP de la referencia

- Acidez Cumplir con el numeral 4.1.6 de la NTP de la referencia

- Índice de peróxido Cumplir con el numeral 4.1.7 de la NTP de la referencia

- Resistencia al frío (aplicable solo para aceites winterizados)

Cumplir con el numeral 4.1.9 de la NTP de la referencia

- Aceite mineral Cumplir con el numeral 4.1.8 de la NTP de la referencia

- Sinérgicos antioxidantes 2)

Cumplir con lo indicado en el numeral 4.1.11 de la NTP de la referencia

INOCUIDAD

- Límite Máximo de Residuos (LMR) de plaguicidas

No deberá exceder los límites máximos permisibles de plaguicidas fijados en la norma nacional o, en ausencia de ésta, establecidos por el Codex Alimentarius

Normas del Codex Alimentarius para

Residuos de Plaguicidas en los Alimentos y

Piensos 3)

- Metales Pesados Arsénico (As): Nivel Máximo (NM) 0,1 mg/Kg

Plomo (Pb) Nivel Máximo 0,1 mg/Kg

CODEX STAN 210-1999 Rev. 3 (2009), Enmienda

2 (2011)

CODEX STAN 193-1995 Adoptada en 1995,

Revisada en 1997, 2006, 2008, 2009, Enmendada

en 2010

Notas:

- 1)

Para los aceites puros, deberán considerarse las especificaciones relativas a la calidad: acidez libre, índice de peróxido, densidad relativa (20ºC/agua a 20ºC), índice de saponificación, índice de refracción, índice de iodo, materia insaponificable, establecidas en la Norma Técnica Peruana específica (NTP 209.107-Aceite de Semilla de Soya, NTP 209.106-Aceite de Semilla de Algodón, NTP 209.139-Aceite de Maíz, etc.).

- 2)

Excepto Citrato de monoglicéridos y Citrato de isopropilo en mezcla. -

3) Para el caso de aceites vegetales que no cuenten con LMR de plaguicidas referenciados en el Codex Alimentarius, se tomará como referente los LMR para la matriz vegetal de la cual deriva dicho producto.

C. CERTIFICACIÓN Opcional. La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial” (mínimo bajo esquema 3) o un “Certificado de Inspección con Valor Oficial” que confirme que el bien entregado: Aceite Vegetal Comestible, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la "NTP 700.001 Directrices generales sobre muestreo". En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad

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Convocante, el Contratista podrá presentar un “Certificado de Calidad”, sin el símbolo de acreditación, que confirme que el bien entregado: Aceite Vegetal Comestible, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la " NTP 700.001 Directrices generales sobre muestreo".

Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

D. OTROS D.1. Envase

El envase que contiene el producto debe ser de material inocuo, estar libre de sustancias que puedan ser cedidas al producto en condiciones tales que puedan afectar su inocuidad, y estar fabricado de manera que mantenga la calidad sanitaria y composición del producto durante toda su vida útil. (Art. 118, D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas). Este envase deberá corresponder al autorizado en el Registro Sanitario (botella de plástico, bidón, galonera, balde de PVC, PET y polietileno, lata, etc.), de primer uso y del mismo tamaño, que cumpla con lo establecido en la NTP 350.008 ENVASES METÁLICOS PARA ACEITES COMESTIBLES o en la NTP 311.286 ENVASES DE PLÁSTICO. Botellas de policloruro de vinilo para aceite comestible, según corresponda, y en el Art. 119 del D.S. 007-98-SA “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas”.

Notas:

- La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las características del envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), así como el volumen del producto por envase.

- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demande la certificación deben ser asumidos por el Contratista.

D.2. Rotulado

Los envases de Aceite Vegetal Comestible deberán llevar rotulado, en forma destacada el nombre del producto y las siguientes indicaciones en caracteres legibles (según lo señalado en el Art. 117 del D.S. 007-98-SA “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas”, los mismos que deberán concordar con la NMP 001:1995 PRODUCTOS ENVASADOS: Rotulado y NTP 209.038 ALIMENTOS ENVASADOS. Etiquetado, según corresponda: a) Nombre del producto b) Forma en que se presenta c) Volumen en litros, del producto envasado d) Nombre o razón social del fabricante o de la entidad comercial bajo cuya marca se expende el

producto e) La identificación del lote de producción f) Nombre del país donde se elaboró el producto g) Número del Registro Sanitario Para la impresión de estos rótulos deberá utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo. Nota: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra información que

considere deba estar rotulada.

D.3. Transporte

El medio de transporte empleado no deberá transmitir al Aceite Vegetal Comestible características indeseables que impidan su consumo, y deberá ajustarse a lo señalado en el Título V Capítulo II “Del transporte” del “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas” (D.S. Nº 007-98-SA).

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FORMATO N° 01  

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE   Otuzco,____ de ______________________ del 2014   Señores COMITÉ ESPECIAL  ADJUDICACIÓN  DIRECTA  PÚBLICA  N°.006‐2014‐MPO/CE  POR  SUBASTA  INVERSA  PRESENCIAL  I Convocatoria Presente.‐  ………………………………………(nombre  del  postor/  Empresa  y/o  Consorcio),  identificado  con  RUC  Nº ……………………………… , debidamente representado por ………………. (nombre del representante legal de la persona  jurídica),  identificado  con  DNI  Nº ……………….tenemos  el  agrado  de  dirigirnos  a  ustedes,  en relación  con  la  ADJUDICACIÓN  DIRECTA  PÚBLICA  N°.006‐2014‐MPO/CE  POR  SUBASTA  INVERSA PRESENCIAL I Convocatoria, a fin de acreditar a nuestro apoderado: ………………………….………. (nombre del apoderado)  identificado  con  DNI  Nº  ………………………………quien  se  encuentra  en  virtud  a  este  documento,  debidamente  autorizado  a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.   Asimismo,  autorizamos nuestro  apoderado, para  formular propuestas,  efectuar  lances  y para  ejercer todos los demás actos inherentes a la Subasta Inversa durante el acto público1.  Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.2   

      

………………………….………………….. Firma y sello del representante legal Nombre / Razón Social del postor  

          

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ANEXO N° 01 

 

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR  

 Señores COMITÉ ESPECIAL  ADJUDICACIÓN  DIRECTA  PÚBLICA  N°.006‐2014‐MPO/CE  POR  SUBASTA  INVERSA  PRESENCIAL  I Convocatoria Presente.‐  Estimados señores: 

 El  que  se  suscribe,  …………………….  (o  representante  Legal  de    ..................),  identificado  con  DNI  Nº ................., R.U.C. Nº  .............,  con poder  inscrito en  la  localidad de  ................ en  la Ficha Nº  ............ Asiento Nº  ..........., DECLARO BAJO  JURAMENTO que  la  siguiente  información de mi  representada  se sujeta a la verdad:  

Nombre o Razón Social 

Domicilio Legal 

RUC  Teléfono Fax   

 Autorización Municipal 

  Municipalidad  Nº de Licencia de Funcionamiento Fecha

   

     Otuzco,____ de ______________________ del 2014    

.......................................................... Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor 

            

(*)  Cuando  se  trate  de  Consorcio,  esta  declaración  jurada  será  presentada  por  cada  uno  de  los consorciados.  

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ANEXO N° 02 

 DECLARACIÓN JURADA 

(ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)  

  Señores COMITÉ ESPECIAL  ADJUDICACIÓN  DIRECTA  PÚBLICA  N°.006‐2014‐MPO/CE  POR  SUBASTA  INVERSA  PRESENCIAL  I Convocatoria  Presente.‐ 

 De nuestra consideración:  El que suscribe: …………….. (o representante legal de …………..), identificado con DNI Nº ................,  con RUC Nº ……………, domiciliado en .........................................., que se presenta como postor de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°.006‐2014‐MPO/CE POR SUBASTA  INVERSA PRESENCIAL  I Convocatoria, para  la ADQUISICION DE ALIMENTOS, PARA EL PROGRAMA DE COMPLEMENTACION ALIMENTARIA AÑO 2014  DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OTUZCO.  Declaro bajo juramento:   

1. No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10º de la Ley.  

2. Conozco,  acepto  y me    someto  a  las  Bases,  condiciones  y  procedimientos  del  proceso  de selección; 

 3.‐  Soy responsable de  la veracidad de  los documentos e  información que presento a efectos del 

presente proceso de selección.  

4.‐  Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. 

 5.‐  Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley N° 27444, Ley 

del Procedimiento Administrativo General.    Otuzco,____ de ______________________ del 2014 

        

………………………….……………………….. Firma y sello del representante legal Nombre / Razón social del postor 

    

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ANEXO N° 03  

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor) 

   Señores COMITÉ ESPECIAL  ADJUDICACIÓN  DIRECTA  PÚBLICA  N°.006‐2014‐MPO/CE  POR  SUBASTA  INVERSA  PRESENCIAL  I Convocatoria  Presente.‐  De nuestra consideración,  Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure  el proceso de  selección, para presentar una propuesta  conjunta  en  la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA  N°.006‐2014‐MPO/CE  POR  SUBASTA  INVERSA  PRESENCIAL  I  Convocatoria responsabilizándonos  solidariamente  por  todas  las  acciones  y  omisiones  que  provengan  del  citado proceso.  Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.  Designamos  al  Sr:  ...................................................................................,  identificado  con  D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio, para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y formalizar  la contratación correspondiente. Adicionalmente, fijamos nuestro domicilio legal común en.........................................  OBLIGACIONES DE ……..:          % Participación      OBLIGACIONES DE ……:          % Participación     

   

Otuzco,____ de ______________________ del 2014                   ………………………………………..                              …..…………………………………. 

Nombre, firma, sello y DNI del                   Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal empresa 1                  Representante Legal empresa 2 

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ANEXO Nº 04  

DECLARACIÓN JURADA SOBRE PLAZO DE ENTREGA  

Señores COMITÉ ESPECIAL  ADJUDICACIÓN  DIRECTA  PÚBLICA  N°.006‐2014‐MPO/CE  POR  SUBASTA  INVERSA  PRESENCIAL  I Convocatoria Presente.‐  De nuestra consideración, 

 El que suscribe, don _______ identificado con D.N.I. Nº __________, Representante Legal de __________, con RUC Nº ___________, DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada se compromete a entregar los bienes del presente proceso durante un período de cuarenta y nueve (49) semanas, los mismos que serán entregados a la Entidad de manera semanal todos los días lunes, previa suscripción del contrato.  Asimismo,  declaramos  que  cumpliremos  con  las  entregas  en  el  lugar  establecido  en  las  Bases Administrativas de  la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°.006‐2014‐MPO/CE POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL I Convocatoria    

 Otuzco,____ de ______________________ del 2014 

    

  

……………………………….………………….. Firma y sello del representante legal Nombre / Razón social del postor 

      

   

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ANEXO Nº 05   

CARTA DE PROPUESTA ECONOMICA  (MODELO) 

  Señores COMITÉ ESPECIAL  ADJUDICACIÓN  DIRECTA  PÚBLICA  N°.006‐2014‐MPO/CE  POR  SUBASTA  INVERSA  PRESENCIAL  I Convocatoria Presente.‐  De nuestra consideración, 

 A continuación, hacemos de conocimiento que nuestra propuesta económica es la siguiente: 

  

 ITEM 

CANTIDAD (bolsas) 

 CONCEPTO 

PRECIO UNITARIO S/. 

PRECIO TOTAL S/. 

01    

 

                Totales s/. …………………………………………. El  precio  unitario  incluye  todos  los  tributos,  seguros,  transportes,  inspecciones,  costos  laborales, conforme a  la  legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda  tener  incidencia sobre el costo  del bien a adquirir. 

   

 Otuzco,____ de ______________________ del 2014 

           

............................................................... Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor 

   

 

 

 

 

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PROFORMA DE CONTRATO  

 Conste por el presente documento, el contrato correspondiente a la de  ADQUISICION DE ALIMENTOS, PARA EL PROGRAMA DE COMEDORES POPULARES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OTUZCO, que celebran de una parte, la empresa _____________________, identificada con R.U.C. No. ____________, con  domicilio  en  __________________________,  distrito  de  Otuzco,  Provincia  de  OTUZCO  y Departamento de La Libertad, debidamente  representada por el señor ___________,  identificado con D.N.I. No. __________, según consta en la Partida No. ________ del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de ____, a quien en adelante se le denominará LA CONTRATISTA; y, de la otra parte, la LA MUNICIPALIDAD, con R.U.C. N° ………………, a quien en adelante se  le denominara LA ENTIDAD, con domicilio  legal  sito  en  la  …………………….  ‐  Distrito  de  ………..,  Provincia  de  ……………….,  debidamente representado por su Alcalde ………………………………., identificada con DNI. Nº …………………; en los términos y condiciones siguientes:  PRIMERO: DEL PROCESO DE SELECCIÓN  De conformidad con lo previsto en la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Legislativo No. 1017) y su  Reglamento  (Decreto  Supremo  No.  184‐2008‐EF),  LA  MUNICIPALIDAD  aprobó  las  Bases  de  la ADJUDICACIÓN  DIRECTA  PÚBLICA  N°.006‐2014‐MPO/CE  POR  SUBASTA  INVERSA  PRESENCIAL  I Convocatoria para  la Adquisición de Productos para personas, cuya buena pro fue otorgada el ___ de ______ del 201_ por el Comité Especial de LA MUNICIPALIDAD a LA CONTRATISTA; otorgamiento que quedó consentido el ___ de ______ del 2014.  SEGUNDO: DEL OBJETO DEL CONTRATO  En virtud del presente contrato, LA CONTRATISTA se obliga a suministrar a favor de LA MUNICIPALIDAD los siguientes bienes:  

ITEM  CANTIDAD  UNIDAD  CONCEPTO MONTO ADJUDICADO (S/.)

       

 Dicha  prestación  deberá  ser  ejecutada  conforme  a  las  especificaciones  técnicas,  Bases,  así  como  la documentación presentada por LA CONTRATISTA en el proceso de selección, documentos que  forman parte integrante del presente contrato.  QUINTO: DEL PAGO  LA  MUNICIPALIDAD  pagará  a  LA  CONTRATISTA  como  máximo  la  suma  de  S/.  __________ (_____________________  y  __/100 Nuevos  Soles).  Dicho monto  comprende  el  costo  de  los  bienes, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.   Asimismo LA MUNICIPALIDAD, cancelara después de  la conformidad por cada entrega, adjuntando  los documentos de conformidad.  LA  MUNICIPALIDAD  efectuará  pagos  por  las  pólizas  efectivamente  recepcionadas  y  cuyos  precios desagregados serán conforme a la información alcanzada por LA CONTRATISTA relacionada al ítem o ítems presentados.  

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El pago se realizará en la Municipalidad Provincial de Otuzco, previa recepción de la factura, dentro de los diez (10) días siguientes a  la conformidad del área usuaria de haber recibido  la prestación materia del presente contrato de acuerdo a las especificaciones técnicas mencionadas en las Bases.   La  conformidad de  la prestación por parte de  LA MUNICIPALIDAD no  enerva  su derecho  a  reclamar posteriormente por defectos o vicio ocultos.  De conformidad con  lo dispuesto en  la Directiva de Tesorería vigente, el pago se efectuará a través del abono directo en una cuenta bancaria de LA CONTRATISTA abierta en una Entidad del Sistema Financiero Nacional, a cuyo efecto, LA CONTRATISTA deberá previamente comunicar a LA MUNICIPALIDAD su Código de Cuenta Interbancaria (CCI), para su validación, mediante una Carta Autorización, cuyo modelo forma parte de la referida Directiva.   La  factura deberá  contener una descripción del bien materia de  venta,  información  relacionada  a  los impuestos aplicables, la referencia al número de contrato o al proceso de selección y aquella información adicional que LA MUNICIPALIDAD solicite mediante aviso por escrito a LA CONTRATISTA, y deberá ser presentada en el domicilio siguiente: Jr. Ayacucho 136  en la oficina de Logística.   LA MUNICIPALIDAD no está obligada a efectuar pago alguno a  LA CONTRATISTA,  si éste no presenta previamente las facturas correspondientes, de acuerdo a lo acordado en el presente Contrato.  SEXTO: DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO   El  presente  contrato  entrará  en  vigencia  el  día  siguiente  de  su  suscripción  y  rige  hasta  que  LA MUNICIPALIDAD dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de LA CONTRATISTA y efectúe el pago a ésta, conforme a lo dispuesto en el artículo 149° del Reglamento.  SEPTIMA: DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES  LA CONTRATISTA declara bajo  juramento que se compromete a cumplir  las obligaciones derivadas del presente  contrato,  bajo  sanción  de  quedar  inhabilitado  para  contratar  con  el  Estado  en  caso  de incumplimiento. En tal sentido, LA CONTRATISTA se compromete a:  

1. Dar cumplimiento a las Bases del proceso de selección así como a su propuesta presentada en éste. 

2. Ejecutar la prestación a que se refiere la cláusula cuarta, con las características señaladas en los términos de referencia de las Bases del proceso de selección. 

 Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a  LA  CONTRATISTA,  no  la  eximen  de  cumplir  con  las  demás  obligaciones  pactadas  ni  de  las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.  LA MUNICIPALIDAD se obliga a efectuar el pago de la contraprestación de la adquisición, tal como se ha pactado en el presente contrato.  NOVENO: DE LA GARANTÍA  LA CONTRATISTA a la firma del presente contrato presenta una garantía de fiel cumplimiento caracterizada por  ser  solidaria,  irrevocable,  incondicionada  y de  realización  automática  al  solo  requerimiento de  LA MUNICIPALIDAD por un monto equivalente al diez por cien (10%) del monto total contratado.   

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Asimismo, LA CONTRATISTA presenta una garantía por el monto diferencial de propuesta caracterizada por  ser  solidaria,  irrevocable,  incondicionada  y de  realización  automática  al  solo  requerimiento de  LA MUNICIPALIDAD por un monto equivalente al veinticinco por cien  (25%) de  la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica presentada por LA CONTRATISTA en el proceso de selección.   En la eventualidad de que dicha garantía no llegase a cubrir el período necesario para la conformidad de la recepción de  la prestación a cargo de LA CONTRATISTA, deberá ser oportunamente renovada por ésta, bajo apercibimiento de su ejecución. La ejecución de la garantía se efectuará de conformidad con el artículo 164° del Reglamento.   DÉCIMO : DE LA PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL  LA CONTRATISTA no podrá ceder su posición respecto de este contrato, parcial ni totalmente a favor de terceros, teniendo responsabilidad total sobre su ejecución.   DÉCIMO PRIMERO: DE LAS PENALIDADES 

   En  caso  de  retraso  injustificado  en  la  ejecución  de  las  prestaciones  objeto  del  contrato,  LA 

MUNICIPALIDAD aplicará a LA CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento  (10%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida del pago final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía otorgada.  

 La  penalidad  se  aplicará  y  se  calculará  de  acuerdo  a  la  fórmula  contenida  en  el  artículo  165º  del Reglamento. Cuando  se  llegue a  cubrir el monto máximo de  la penalidad, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. 

 DÉCIMO SEGUNDO: DE LA RESOLUCION  Cualquiera de  las partes puede  resolver el  contrato,  sin  responsabilidad de ninguna de ellas, en caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite de manera definitiva la continuación del contrato.  Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se deberá resarcir los daños y perjuicios ocasionados.  Si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo no mayor a cinco (05) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato. LA MUNICIPALIDAD podrá establecer plazos mayores pero en ningún caso mayor a  quince  (15)  días,  según  el monto  o  envergadura  de  la  prestación.  Si  vencido  el  plazo  otorgado  el incumplimiento continúa,  la parte perjudicada resolverá el contrato en forma total o parcial, mediante carta notarial.   No  será  necesario  efectuar  un  requerimiento  previo  cuando  la  resolución  del  contrato  se  deba  a  la acumulación del monto máximo de  la penalidad por mora o cuando  la situación de  incumplimiento no pueda  ser  revertida.  En  este  caso,  bastará  que  LA MUNICIPALIDAD  comunique  a  la  CONTRATISTA mediante carta notarial la decisión de resolver el contrato.   Si la parte perjudicada con la resolución es LA MUNICIPALIDAD, éste ejecutará la garantía otorgada, sin perjuicio de la indemnización por los mayores daños y perjuicios irrogados.  Si  la  parte  perjudicada  es  LA  CONTRATISTA,  LA MUNICIPALIDAD  deberá  reconocerle  la  respectiva indemnización por los daños y perjuicios irrogados.  

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DÉCIMO TERCERO: DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS   Todas  las  controversias  que  surjan  entre  las  partes  sobre  la  ejecución,  interpretación,  inexistencia, ineficacia, nulidad o  invalidez del presente contrato, se resolverán mediante arbitraje, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado.  El arbitraje será resuelto por un árbitro único. Una vez respondida la solicitud de arbitraje o vencido el plazo para su respuesta, sin que se hubiese llegado a un acuerdo, cualquiera de las partes podrá solicitar al  Organismo  Supervisor  de  las  Contrataciones  del  Estado  en  el  plazo  de  diez  (10)  días  hábiles,  la designación de dicho árbitro. El laudo arbitral es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.  DÉCIMO CUARTO: DE LA INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO El presente contrato deberá ser interpretado de manera conjunta con los documentos que lo conforman y que se establecen en la cláusula siguiente.  DÉCIMO QUINTO: DE LOS DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL CONTRATO Forman parte integrante del presente contrato los siguientes documentos:  1. Bases Administrativas del proceso de selección. 

2. Términos de Referencia referidas al objeto del presente contrato y que forman parte de las Bases. 3. Documentación presentada por LA CONTRATISTA en el proceso de selección. 

 DÉCIMO SEXTO: DE LOS ANEXOS El presente contrato tiene los siguientes anexos:  

1. Copia de la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores. 2. Constancia  de  no  estar  inhabilitado  para  contratar  con  el  Estado  emitida  por  el Organismo 

Supervisor de las Contrataciones del Estado. 3. Copia del RUC de la empresa; 4. Carta Fianza de Garantía de fiel cumplimiento, entregada por LA CONTRATISTA.  5. Carta  Fianza  de  Garantía  por  el  monto  diferencial  de  propuesta,  entregada  por  LA 

CONTRATISTA.(de ser el caso)  6. Copia de poder vigente expedida por Registros Públicos de los representantes 

legales de LA  CONTRATISTA. 7. Copia simple de los documentos de identidad de los representantes legales de 

LA CONTRATISTA. 8. Desagregado de costos de los artículos que componen el ítem. 

 DÉCIMO SÉTIMO: DE LA CERTIFICACIÓN  Las certificaciones opcionales podrán ser solicitadas por la entidad durante la ejecución contractual.  DÉCIMO OCTAVO: DE LA VERACIDAD DE LOS DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. Ambas partes declaran  estar de  acuerdo  con  el  contenido de  todas  y  cada una de  las  cláusulas que integran el presente contrato, en virtud de lo cual lo suscriben por duplicado del mismo tenor, en Otuzco, a los _______ (__) días del mes de _____ del año 2014.  

 LA MUNICIPALIDAD  LA CONTRATISTA