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Bases de la Convocatoria EMPRETECNO 2016 Préstamo BIRF 7599 AR

Bases de la Convocatoria EMPRETECNO 2016 Préstamo BIRF … · “2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” Ministerio de Ciencia, Tecnología,

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Bases de la Convocatoria

EMPRETECNO 2016

Préstamo BIRF 7599 AR

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“2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

Ministerio de Ciencia, Tecnología, e Innovación Productiva Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica

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EMPRETECNO 2016

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCYT), a través

del Fondo Argentino Sectorial (FONARSEC), convoca a la presentación de propuestas

para apoyar el desarrollo de emprendimientos de intensidad tecnológica.

El objetivo general del PROGRAMA es promover la creación de nuevas Empresas

de Base Tecnológica (EBT) que generen el crecimiento sostenido a través de la

diversificación de las exportaciones y el aumento del valor agregado de la producción.

Para ello, se financiará parcialmente el desarrollo de empresas basadas en la

aplicación de conocimiento en los distintos sectores productivos.

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EMPRETECNO 2016 Página 3 de 17 Bases de la Convocatoria

DEFINICIONES GENERALES / GLOSARIO

A los fines del presente Programa, se definen los siguientes términos:

Actividades Elegibles: Conjunto de actividades descriptas en una propuesta y

que se consideren pertinentes para el desarrollo del Programa.

ANPCyT / AGENCIA: Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica.

BIRF: Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.

CAPP: Convenio Asociativo Público–Privado, Público–Público o Privado–

Privado.

Contrato de Promoción: Acuerdo formalizado entre la AGENCIA y el CAPP

adjudicatario, con el objeto de efectuar en tiempo y forma los desembolsos

destinados al financiamiento de la propuesta previamente declarada elegible y

seleccionada para su financiación.

Costo total del proyecto: Costo del conjunto de Gastos Elegibles con cargo al

beneficio de la AGENCIA más los aportes de Contrapartida.

EBT: “Empresas nuevas e independientes que operan en sectores de alta

tecnología” (Storey y Tether, 1998) y basan su actividad en las aplicaciones de

nuevos conocimientos científicos o tecnológicos para el desarrollo de nuevos

productos, procesos o servicios, o la mejora sustancial de los existentes. Estas

empresas suelen tener una inversión en I+D superior a la media.

Emprendedor/es: Se entienden como “individuos que innovan, identifican y crean

oportunidades de negocios, montan y coordinan nuevas combinaciones de

recursos (función de producción), para extraer los mejores beneficios de sus

innovaciones en un medio incierto”.1

FONARSEC: Fondo Argentino Sectorial.

I+D: Actividades de Investigación y Desarrollo.

I+D+i: Actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación.

PAEBT: Plan de Apoyo a Empresas de Base Tecnológica.

PDCS: Presupuesto Desagregado de Contraparte y Subsidio.

1 Lezana & Tonelli (1998), citado en Bóveda “El emprendedor y las pequeñas empresas”, Rev Trimestral

Latinoamericana y Caribeña de Desarrollo Sustentable, nº 6, 2004 Vol 2.

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EMPRETECNO 2016 Página 4 de 17 Bases de la Convocatoria

PYMEs: Empresas encuadradas dentro de la clasificación de Pequeña y

Mediana Empresa establecida en la Resolución Nº Resolución 24/2001 de la

Secretaria de la Pequeña y Mediana Empresa y sus modificatorias. No serán

consideradas Pequeñas y Medianas Empresas aquellas que, reuniendo los

requisitos establecidos anteriormente, se encuentren controladas y/o vinculadas

a empresas o grupos económicos que no reúnan tales requisitos.

UCGAL: Unidad de Control de Gestión y Asuntos Legales.

UGSA: Unidad de Gestión Socio-Ambiental.

SALVAGUARDIA ÉTICA, DE SEGURIDAD Y AMBIENTAL

Son de aplicación a la presente Convocatoria las Normas vigentes en materia de

Higiene, Seguridad y Habitabilidad que se detallan:

- Ley Nº 19587/72 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 351/79: Referida a

las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo. La higiene y seguridad en el

trabajo comprende según esta Ley las normas técnicas y medidas sanitarias,

precautorias, de tutela o de cualquier otra índole que tengan por objeto: a)

proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los trabajadores;

b) prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos centros o puestos

de trabajo; c) estimular y desarrollar una actitud positiva respecto de la prevención

de los accidentes o enfermedades que puedan derivarse de la actividad laboral.

- Resolución Nº 295/03: Trata especificaciones técnicas sobre ergonomía,

transporte manual de cargas y radiaciones.

- Ley Nº 24557/95: Entiende sobre riesgos del trabajo, sus ámbitos, prevenciones,

contingencias, situaciones cubiertas, etc.

Es de aplicación a la presente convocatoria la Guía de Seguridad Ocupacional y

Mitigación de Impactos Ambientales disponible en el siguiente link:

(http://www.agencia.mincyt.gob.ar/frontend/agencia/convocatoria/385)

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EMPRETECNO 2016 Página 5 de 17 Bases de la Convocatoria

1. – OBJETIVO

La convocatoria tiene como objetivo la creación de empresas de base tecnológica

cuya actividad se base en la aplicación de conocimientos científicos o tecnológicos

para el desarrollo de nuevos productos, procesos o servicios, o la mejora sustancial de

los existentes a fin de contribuir al crecimiento sostenido a través de la diversificación

de las exportaciones y el aumento del valor agregado de la producción. El mercado

geográfico potencial de estos productos o servicios deberá exceder el mercado

interno.

2. – BENEFICIARIOS

Se considerarán elegibles todas las Instituciones públicas y/o privadas dedicadas a

actividades de desarrollo científico-tecnológico y de innovación, y Empresas

Nacionales productoras de bienes y servicios, ligados con un emprendedor o

grupo emprendedor bajo un régimen de Convenio Asociativo Público/Público o

Público/Privado o Privado/Privado (CAPP).

Los consorcios ligados mediante CAPP deberán estar integrados por al menos una

empresa o institución y al menos un emprendedor.

El CAPP deberá contar con capacidad técnica, de gestión y administrativa suficiente

para ejecutar el proyecto y demostrar las posibilidades reales de aportar recursos de

contraparte necesarios, establecidos en las presentes bases.

3. – CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL PROGRAMA

Las presentaciones se realizarán siguiendo el formato establecido en el Sistema de

Gestión de Proyectos2; el mismo deberá completarse con la información necesaria y

suficiente para la evaluación científico-técnica, financiera y económica de la solicitud.

La propuesta contendrá una descripción, un plan de actividades y el

presupuesto correspondiente para que el emprendimiento alcance un estado de

desarrollo apto para promover inversiones y logre la constitución de una nueva

empresa de base tecnológica. Incluirá un costeo y propuesta de financiamiento

de todas esas actividades y tendrá un período máximo de ejecución de 12 (doce)

meses.

2 http://sgp.mincyt.gob.ar/SGP/Seguridad/Login.aspx

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EMPRETECNO 2016 Página 6 de 17 Bases de la Convocatoria

Se dará por finalizado el proyecto una vez que cuente con: a) Informe Técnico Final

aprobado; b) Plan o Modelo de Negocio aprobado; c) La totalidad de los gastos de

subsidio y contraparte con rendición aprobada; d) Creación de la EBT; y e) Cesión de

los bienes adquiridos en el marco del proyecto a la nueva EBT; f) Evaluación

ambiental realizada.

4. – FINANCIAMIENTO Y PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución financiera de los recursos no podrá superar los 12 meses a

partir de la fecha de firma del contrato y no estará sujeto a incrementos

presupuestarios de ningún tipo.

El plazo de ejecución técnica no podrá superar los 12 meses a partir de la fecha

de firma del contrato.

El monto mínimo del aporte no reembolsable para cada proyecto es $1.500.000

(PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL). El monto máximo es $ 6.000.000 (PESOS

SEIS MILLONES).

El financiamiento de las propuestas consistirá en un aporte que no superará el 80%

del costo total de las actividades contenidas en el proyecto.

El 20% restante deberá ser aportado por el CAPP en concepto de CONTRAPARTE

por sí o a través de terceros.

CUADRO DE APORTES

Aportes en Pesos Argentinos

FONARSEC CONTRAPARTE Costo Total de Proyecto

Monto Mínimo $ 1.500.000 $ 375.000 $ 1.875.000

Monto Máximo $ 6.000.000 $ 1.500.000 $7.500.000

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EMPRETECNO 2016 Página 7 de 17 Bases de la Convocatoria

5. – GASTOS ELEGIBLES/RUBROS

Los rubros del presupuesto solicitado al FONARSEC que podrán imputarse son:

a) Bienes de Capital: (subsidio + contraparte)

Adquisición de licencias, equipamiento, dispositivos específicos estrictamente

necesarios para el desarrollo del proyecto.

Con el aporte imputable al subsidio, sólo podrá financiarse equipamiento

originario de países miembros del BIRF.

b) Materiales e Insumos: (subsidio + contraparte)

Solo serán financiados aquellos a ser utilizados dentro del proyecto y necesarios

para su desarrollo.

Con el aporte imputable al subsidio, sólo podrán comprarse materiales e

insumos originarios de países miembros del BIRF.

c) Consultoría y Servicios: (subsidio + contraparte)

Contratación de expertos, consultorías, capacitación de recursos humanos,

servicios tecnológicos de terceros para el desarrollo de pruebas de concepto,

prototipos, mediciones especiales, etc.

Con el aporte imputable al subsidio, sólo podrán contratarse servicios o

consultorías que presten instituciones y/o profesionales pertenecientes a países

miembros del BIRF.

d) Recursos Humanos:

i) Recursos Humanos propios: (solo contraparte)

Salarios correspondientes a los técnicos, científicos o profesionales que

dediquen parte de su tiempo a la generación o desarrollo de la EBT y del equipo

emprendedor. No se podrán financiar con el subsidio salarios de personal que

tenga una relación de dependencia laboral preexistente.

ii) Recursos Humanos adicionales: (subsidio + contraparte)

Se podrán solicitar honorarios para hasta 2 (dos) recursos humanos adicionales

con determinados perfiles específicos a fin de complementar los Recursos

Humanos propios para llevar a cabo las actividades del proyecto.

e) Infraestructura: (solo contraparte)

Gastos de compra, construcción o alquiler de inmuebles.

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EMPRETECNO 2016 Página 8 de 17 Bases de la Convocatoria

f) Viajes y Viáticos: (subsidio + contraparte)

Relacionados con actividades del proyecto y que sean estrictamente necesarios

para la ejecución exitosa del mismo, por ejemplo: visitas a otros centros para

capacitación, visitas a exposiciones o ferias de carácter comercial de productos

finales afines al proyecto, visitas a proveedores y clientes.

g) Otros Costos:

i) (Subsidio + contraparte) Gastos de patentamiento y otras modalidades de

protección de la propiedad intelectual derivados del proyecto.

ii) (Sólo contraparte) Gastos de habilitaciones municipales u otras tasas

aduaneras o similar, gastos para readecuaciones edilicias u obra nueva,

entendiendo por obra nueva toda intervención externa a el/los edificio/s

existente/s y/o que impliquen un aumento de la superficie cubierta, otros

gastos inherentes al proyecto.

Los gastos de CONTRAPARTE se reconocerán desde el dictado de la Resolución

Aprobatoria del beneficio por parte del Directorio de la ANPCyT. Los gastos con cargo

al aporte no reembolsable serán elegibles solamente con aprobación previa del

FONARSEC y erogados con posterioridad a la firma del contrato de promoción que

efectiviza el beneficio.

Aquellos proyectos que resulten financiados y cuya distribución de montos no permita

su óptima ejecución, podrán -previa solicitud expresamente fundamentada ante

FONARSEC- realizar las reasignaciones presupuestarias por rubro que consideren

pertinentes.

En todos los casos se deberá justificar la necesidad de dichos gastos,

considerando que los mismos deberán estar destinados a apoyar la creación de

EBT’s.

Asimismo, la existencia de gastos superfluos, no debidamente justificados, que

excedan los valores de mercado, o sobrevaluados, podrán dar lugar a la

descalificación de la propuesta ó -siendo el plan técnicamente viable y recomendado

en tal sentido por el evaluador- a una disminución del monto adjudicado.

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EMPRETECNO 2016 Página 9 de 17 Bases de la Convocatoria

6. – GASTOS NO ELEGIBLES

Ninguno de los siguientes gastos serán considerados elegibles para el cálculo

del costo total del proyecto (subsidio y contraparte):

Gastos efectuados con anterioridad a la fecha de la Resolución Aprobatoria del

Directorio de la ANPCyT.

Adquisición de materiales e insumos destinados a investigaciones científicas ajenas

a los objetivos específicos del proyecto.

Pago de servicios públicos tales como: agua, gas y luz.

Reestructuración de deudas, pago de dividendos o recuperaciones de capital ya

invertidos.

Transferencias de activos: adquisición de acciones, de participaciones en el capital

social u otros valores mobiliarios, etc.

Pago de cesantías.

Retiro de socios, vacaciones y sueldo anual complementario (SAC).

Contribuciones en especie.

Adquisición de bienes usados.

Todo gasto innecesario e incompatible con el logro de los resultados previstos en el

proyecto.

Impuestos y Tasas (Nacionales, Provinciales o Municipales).

CUADRO RESUMEN DE GASTOS ELEGIBLES Y NO ELEGIBLES SEGUN CONCEPTO Y APORTANTE

CONCEPTO SUBSIDIO AGENCIA CONTRAPARTE

Bienes de Capital SI SI

Materiales e Insumos SI SI

Consultorías y Servicios de terceros

SI SI

RR.HH. Propios NO SI

RR.HH. Adicionales (honorarios) SI SI

Infraestructura NO SI

Viajes y Viáticos SI SI

Otros Costos Item 1 - SI

Item 2 - NO SI

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EMPRETECNO 2016 Página 10 de 17 Bases de la Convocatoria

7. – REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DEL PROYECTO

Las propuestas presentadas deberán:

1) Ajustarse a los objetivos determinados en la presente convocatoria.

2) Completar el formulario de presentación, que incluye:

a) Formulario A: Información General de las entidades participantes del CAPP

b) Formulario B.1: Perfil del Grupo Emprendedor y CV del Director

c) Formulario B.2: CV del Emprendedor o de los Integrantes del Grupo

Emprendedor

d) Formulario C: Plan de Apoyo a Empresas de Base Tecnológica

e) Formulario D: Plan de Ejecución Física

f) Formulario E: Presupuesto Desagregado de Contraparte y Subsidio (PDCS)

g) Formulario F: Evaluación económico-financiera de proyecto

3) Presentar documento original del CAPP bajo forma de instrumento público; el

mismo deberá contener obligatoriamente:

a) La denominación y domicilio de la/s entidad/es que lo suscriben consignando el

acta y la mención del órgano social que aprobó la participación contractual.

b) La denominación del CAPP.

c) El compromiso expreso de las partes en la creación de la futura EBT.

d) La constitución de un domicilio especial para todos los efectos que pudieran

derivarse de la suscripción del contrato con la ANPCYT.

e) Los derechos y obligaciones de los distintos sujetos participantes, indicando

asimismo los compromisos asumidos por cada uno de los integrantes.

f) La explicitación del tratamiento que se dará a los derechos de propiedad

intelectual que puedan derivarse del desarrollo del proyecto.

g) El régimen de propiedad de los bienes durante la ejecución del proyecto y la

previsión del mismo una vez constituida la EBT.

h) Forma y ámbito en que se adoptarán las decisiones.

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EMPRETECNO 2016 Página 11 de 17 Bases de la Convocatoria

i) Designación de un Director del Proyecto que será el encargado de la

organización y coordinación de las distintas etapas que integran el proyecto.

j) Designación de un representante legal ad-hoc ante la ANPCYT que tomará a su

cargo la administración del beneficio.

k) Cláusula que establezca que las obligaciones contraídas quedan supeditadas a

la obtención del financiamiento.

El instrumento público de constitución del CAPP será objeto de análisis por parte de la

UCGAL, lo que podrá dar lugar a requerimientos de modificaciones y/o mayores

precisiones.

4) Los integrantes del CAPP además de acompañar el instrumento constitutivo del

mismo, deberán adjuntar, según las instituciones que lo integren, la siguiente

documentación:

Empresas:

Último balance suscripto por contador público nacional con firma certificada

por el Consejo Profesional respectivo (podrán aceptarse balances de

corte).

Copia del Estatuto y del Acta de designación de autoridades debidamente

certificadas.

Si la empresa ostenta la categoría de controlada o vinculada, se deberá adjuntar

la documentación correspondiente según lo establecido por la Disposición Nº

147/06 de la SePyME y el Anexo incluido en la misma.

Todas las certificaciones deberán obrar en original.

Entidades privadas sin fines de lucro:

Documentación que fundamente adecuadamente la disponibilidad de los

recursos propios y de terceros para hacer frente a los aportes de

contraparte.

Copia del estatuto de creación debidamente certificada.

Memorias y balances institucionales correspondientes al último año con la

certificación del Consejo Profesional respectivo.

Todas las certificaciones deberán obrar en original.

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“2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

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EMPRETECNO 2016 Página 12 de 17 Bases de la Convocatoria

Emprendedores autónomos o monotributistas:

Copia de la constancia de inscripción en la AFIP y de los últimos tres

pagos realizados.

Tres últimas declaraciones juradas de impuestos a las ganancias y

declaración de impuestos a los Bienes Personales, si correspondiere, con

los respectivos papeles de trabajo. En caso de no tributar Bienes

Personales deberá presentar manifestación de bienes y deudas

certificadas por Contador y por Consejo Profesional.

Emprendedores que trabajan en relación de dependencia (deberán tener

una dedicación de al menos 50% al proyecto):

Certificación de servicios que acredite la relación de trabajo

correspondiente.

Todas las certificaciones deberán obrar en original.

En los casos que terceros (no integrantes del CAPP) se comprometan a realizar

aportes al proyecto de modo de financiar los gastos de contraparte, corresponde

presentar la documentación respaldatoria respectiva. Dicha documentación deberá

cumplir con lo indicado en los párrafos anteriores para personas y/o instituciones

según corresponda.

8. – MODALIDAD DE PRESENTACIÓN

Las bases y formularios de la convocatoria podrán solicitarse por correo electrónico a:

[email protected] u obtenerse en la página web de la Agencia

www.agencia.mincyt.gob.ar.

La presentación deberá instrumentarse a través del Sistema on-line de Gestión de

Proyectos al cual se accede a través del siguiente link en la sección del FONARSEC

http://sgp.mincyt.gob.ar/SGP/Seguridad/Login.aspx, y en soporte papel mediante

sobre cerrado, en cuyo frente se escribirá la dirección abajo citada y la leyenda

“EMPRETECNO 2016”. Dentro del sobre deberán incluirse dos juegos completos de

todos los formularios requeridos, del convenio asociativo público-privado / privado-

privado (CAPP) –si correspondiere- y de toda la documentación exigida para cada tipo

de postulante, firmados en todas sus páginas por el director o coordinador ejecutivo

del proyecto.

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EMPRETECNO 2016 Página 13 de 17 Bases de la Convocatoria

La información presentada por sistema y en papel deberá ser coincidente.

La presentación de los proyectos y de la documentación complementaria deberá

realizarse en la Agencia-FONARSEC, Godoy Cruz 2370, Piso 2º, Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, CP 1425.

La fecha límite de presentación de los proyectos on-line y en soporte papel será

el día 6 de FEBRERO de 2017 a las 12:00 hs. Las presentaciones que se realicen

por correo postal deberán tener matasellos de correo con fecha igual o anterior

a la fecha de cierre de la convocatoria.

Las solicitudes presentadas on-line deberán incluir:

Formulario A: Información General de las entidades participantes del CAPP

Formulario B.1: Perfil del Grupo Emprendedor y CV del Director

Formulario B.2: CV de los Integrantes del Grupo Emprendedor

Formulario C: Plan de Apoyo a Empresas de Base Tecnológica

Formulario D: Plan de Ejecución Física

Formulario E: Presupuesto Desagregado de Contraparte y Subsidio (PDCS)

Formulario F: Evaluación económico-financiera de proyecto

La presentación a esta línea implica de parte de los solicitantes el pleno conocimiento

de toda la normativa que rige el Programa, la evaluación de todas las circunstancias

asociadas, la previsión de sus consecuencias y la adhesión incondicional a las

presentes Bases y Condiciones y Guía de Seguridad Ocupacional y Mitigación de

impactos Ambientales para Obras Menores del Manual Operativo del Banco Mundial3.

3 Se encuentra disponible en la página web de la ANPCyT en el siguiente link:

http://www.agencia.mincyt.gob.ar/frontend/agencia/convocatoria/385

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EMPRETECNO 2016 Página 14 de 17 Bases de la Convocatoria

9. – MECANISMOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN

9.1 – CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD

Serán considerados admitidos los proyectos que, ingresados al FONARSEC antes de

la fecha y hora de cierre del llamado, cumplan con las siguientes condiciones:

Cargar on-line el proyecto a través del Sistema de Gestión de Proyectos

Presentar en las oficinas del FONARSEC los formularios (A, B.1, B.2, C, D, E y

F.) debidamente completados. Los formularios impresos deberán coincidir

con la versión enviada a través del Sistema de Gestión de Proyectos4.

Presentar el instrumento público de constitución del CAPP para su análisis por

parte de la UCGAL.

Presentar toda la documentación solicitada en el punto 7.-.

La admisibilidad de las solicitudes será resuelta por la UNIDAD DE CONTROL DE

GESTION Y ASUNTOS LEGALES (UCGAL) mediante el dictado de una Disposición,

que será notificada fehacientemente a los presentantes mediante correo postal y

publicada en la página web de la ANPCyT cuyo dominio es

www.agencia.mincyt.gob.ar, observando para ello lo dispuesto en la Ley Nº 19.549 y

normas complementarias.

Dicha disposición será susceptible de ser recurrida mediante recurso de

reconsideración, el cual deberá ser interpuesto por escrito por el Representante Legal

de CAPP, dentro de los CINCO (5) días hábiles de notificada la disposición

mencionada en el párrafo precedente. El Presidente de la ANPCyT resolverá haciendo

lugar o rechazando las impugnaciones presentadas a la disposición que declaró la no

admisión de la propuesta.

Será causal de no admisión el incumplimiento de obligaciones por parte de los

integrantes del grupo emprendedor o de las instituciones solicitantes originadas en

instrumentos contractuales suscriptos con la ANPCyT.

Cuando la documentación presentada resulte incompleta de acuerdo a las condiciones

de admisión de los proyectos (Punto 9.1) y, en consecuencia, no sea posible su

evaluación de acuerdo a los criterios de selección de proyectos (Punto 9.2), los

mismos serán considerados No Admitidos según sea el caso.

4 Toda la documentación podrá presentarse por correo certificado en Godoy Cruz 2370, Piso 2º, Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. CP 1425.

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EMPRETECNO 2016 Página 15 de 17 Bases de la Convocatoria

9.2 – EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS

Aquellas presentaciones admitidas serán sometidas a la evaluación de especialistas

que analizarán cada una de las propuestas en función de los siguientes criterios:

N

º Criterios

Puntaje

máximo

1

Equipo Emprendedor. Características, experiencia,

complementariedad y antecedentes (se analizará la currícula de los

miembros para evaluar las aptitudes de gestión empresarial y de

I+D+i).

20

2

Grado de innovación/diferenciación del producto. Correcta

descripción del factor de diferenciación del producto y sus

características respecto de las ofertas existentes, y competidores a

nivel mundial, si existen o no sustitutos directos o cercanos al producto

o servicio del proyecto a nivel mundial.

15

3

Factibilidad Técnica. Análisis de la factibilidad técnica del producto o

servicio que se desea proporcionar a través de la nueva EBT.

Disponibilidad de los recursos necesarios para llevar a cabo los

objetivos del proyecto, como así también de los conocimientos y

habilidades en el manejo de métodos, procedimientos y funciones

requeridas para el desarrollo e implantación del proyecto. Disponibilidad

del tiempo y herramientas para llevarlo a cabo.

20

4

Encuadre General: Objetivos, Costos y Plan de actividades del

Proyecto: Análisis de la claridad de la definición y formulación de

objetivos. Pertinencia de los costos en relación a los objetivos y

resultados esperados. Descripción de Etapas y Actividades. Adecuación

a los objetivos del Plan, y coherencia en cuanto a restricciones y

oportunidades de desembolso. Calidad de aportes del CAPP.

15

5

Potencial económico-comercial del proyecto: Estudio de Mercado,

destino de los productos o servicios y potencialidad de su

comercialización. Futuras inversiones adicionales: factibilidad

comercial y potencial demanda de los productos del proyecto. Análisis

de proveedores y potenciales clientes. Análisis de estrategia comercial

(políticas de precios, canales de distribución, estrategias de

comunicación y marketing, alianzas estratégicas). Estrategia financiera.

Protección de patentes. Potencialidad de sustituir importaciones.

30

Se considerarán financiables las propuestas que acumulen un puntaje igual o

superior a 70 puntos en las evaluaciones recibidas.

Luego del análisis correspondiente, la ANPCyT -considerando las evaluaciones de los

referentes expertos- podrá solicitar información adicional y/o ajustes de la propuesta

con el fin de alcanzar el beneficio.

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Cada una de las propuestas será sometida a dos (2) evaluaciones técnico-comerciales

por parte de expertos técnicos de nivel internacional, y una evaluación económico-

financiera por parte de un especialista con conocimiento de la realidad socio-

económica del sector en nuestro país, designados por la ANPCyT.

Los evaluadores elaborarán dictámenes particulares para cada uno de los proyectos

que se les asigne, siguiendo los criterios de evaluación anteriormente mencionados.

Luego se convocará a una Comisión de Evaluación en la que –a partir de los

dictámenes particulares, la revisión comparativa de las propuestas y la defensa oral de

los postulantes– se realizarán ajustes de lo actuado en la etapa anterior y decidirán la

calificación final para cada proyecto.

Es responsabilidad de esta Comisión verificar el cumplimiento de las condiciones

estipuladas en los procesos de evaluación, verificar la calidad, justificación y

rigurosidad de los dictámenes técnicos en función de los criterios establecidos, solicitar

nuevas evaluaciones en los casos que se considere necesario y, finalmente, elevar al

Directorio de la ANCPYT un dictamen por cada proyecto y el orden de mérito de las

propuestas evaluadas, resultante del procedimiento descripto anteriormente. La

cantidad de comisiones de evaluación conformadas dependerá de la cantidad de

proyectos que resulten admitidos y de la diversidad de las temáticas abordadas.

El dictamen final de recomendación de la propuesta será presentado al Directorio de la

ANPCyT, quien resolverá mediante una Resolución de Adjudicación con los resultados

detallando los proyectos, entidades beneficiarias y montos a financiar. La misma será

publicada en la página de la ANPCyT y el MINCYT.

Los solicitantes podrán recurrir contra una resolución desfavorable. Para ello, el

Representante Legal deberá interponer un recurso de reconsideración por escrito, en

el que exprese los fundamentos de su desacuerdo, antes de transcurridos DIEZ (10)

días hábiles de la notificación, en un todo de acuerdo con lo establecido en la ley Nº

19.549 y normas complementarias.

La ANPCyT resolverá haciendo lugar o rechazando las impugnaciones presentadas

contra la resolución denegatoria.

La ANPCyT no financiará proyectos que no sean ambientalmente adecuados.

Para garantizar este aspecto se realizará una evaluación de riesgos ambientales

de aquellos proyectos sugeridos por la Comisión para su financiamiento

asistidos por la UGSA (Unidad de Gestión Socio-Ambiental).

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“2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

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10. – FORMALIZACIÓN DEL COMPROMISO Y EJECUCIÓN

El CAPP que acceda al beneficio suscribirá con la ANPCyT un Contrato de Promoción

para el financiamiento de la ejecución del proyecto. Los beneficiarios contarán con un

plazo de 30 días corridos a partir de la fecha de publicación de la Resolución de

Adjudicación para firmar el correspondiente contrato.

Las adquisiciones contempladas en los proyectos, con fondos del subsidio, deberán

realizarse siguiendo los procedimientos de adquisición establecidos y supervisados por

la ANPCyT. Para cada caso particular se proveerán los modelos de pliegos de licitación

o contratación a ser utilizados.

El CAPP deberá presentar un informe de actividades con periodicidad semestral, el cual

será objeto de evaluación por parte del FONARSEC. El no cumplimiento o el rechazo

del informe dará lugar a la suspensión del beneficio hasta tanto se regularice la

situación, tomando como fecha límite un plazo de treinta (30) días, bajo apercibimiento

de rescindir unilateralmente el contrato.

El FONARSEC, junto con las unidades correspondientes (DIGFE, UCGAL, y UGSA)

será responsable del seguimiento técnico y financiero a partir de la presentación de

informes de avances, auditorías y/o visitas técnicas, como así también del control de

las rendiciones de gastos efectuados.

En todo evento público de difusión y en toda divulgación a través de medios de

comunicación, deberá mencionarse expresamente el financiamiento del FONARSEC-

ANPCYT.

11. – RESCISIÓN DEL CONTRATO

La ANPCyT podrá declarar unilateralmente la rescisión del Contrato de Promoción en

caso de existir incumplimientos contractuales atribuibles al consorcio beneficiario. En

tal caso, el/los Beneficiario/s deberá/n reembolsar los importes recibidos hasta la fecha

de rescisión, en los plazos y condiciones establecidos en el instrumento contractual.