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SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRAS Aprobada mediante Directiva Nº 018-2012-OSCE/CD

BASES ESTÁNDAR DE CONCURSO PÚBLICO …zonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2013/000052/... · Web viewEstará conformado por pararrayos de óxido de zinc. En ambos casos la

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SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE

BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA

CONTRATACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRAS

Aprobada mediante Directiva Nº 018-2012-OSCE/CD

GOBIERNO REGIONAL DE TUMBESADS N° 01-2013-CE-DE/GRT – 1ra Convocatoria

SIMBOLOGÍA UTILIZADA:

Nº Símbolo Descripción

1 [ABC] / […….]

La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser completada por la Entidad durante la elaboración de las Bases.

2 [ABC] / […….]

Es una indicación, o información que deberá ser completada por la Entidad con posterioridad al otorgamiento de la Buena Pro para el caso específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS y en la rotulación de los sobres de la Propuesta Técnica y Económica.

3IMPORTANTE: Abc

Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el Comité Especial o por los proveedores. Se debe registrar en color azul.

CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO:

Las Bases Estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características:

Nº Características

Parámetros

1 Márgenes Superior : 2.5 cm Inferior: 2.5 cmIzquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm

2 Fuente Arial

3 Estilo de Fuente

Normal: Para el contenido en generalCursiva: Para el encabezado y pie de página Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)

4 Color de FuenteAutomático: Para el contenido en generalAzul : Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)

5 Tamaño de Letra

16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Específica11 : Para el nombre de los Capítulos.10 : Para el cuerpo del documento en general 9 : Para el encabezado y pie de página Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, según la necesidad 8 : Para las Notas al pie

6 AlineaciónJustificada: Para el contenido en general y notas al pie.Centrada : Para la primera página, los títulos de las Secciones y nombres de los Capítulos.

7 Interlineado Sencillo8 Espaciado Anterior : 0

Posterior : 09 Subrayado Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer

hincapié en algún concepto

INSTRUCCIONES DE USO:

1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.

2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.

Elaborado en setiembre 2012

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GOBIERNO REGIONAL DE TUMBESADS N° 001-2013-CE-DE/GRT – 1ra Convocatoria

BASES INTEGRADAS DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE EJECUCIÓN DE

OBRAS1

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2013-CE-DE/GRT – 1ra Convocatoria

CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA:

“CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACION RURAL PARA EL C.P. CIENEGO SUR DEL DISTRITO DE CASITAS, PROVINCIA DE CONTRALMIRANTE VILLAR, DEPARTAMENTO DE

TUMBES”

1 Estas Bases se utilizarán para la contratación de la ejecución de obras. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición:

Obra: Construcción, reconstrucción, remodelación, demolición, renovación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

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GOBIERNO REGIONAL DE TUMBESADS N° 001-2013-CE-DE/GRT – 1ra Convocatoria

CAPÍTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. BASE LEGAL

- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado, en adelante el Reglamento.- Directivas del OSCE.- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.- Código Civil.- Ley N° 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción

de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

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1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.

La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE

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1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.

Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea

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persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.

Cuando la presentación de propuestas se realice en acto público, las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

1.9. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS2

En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PÚBLICO, deberá tenerse en consideración lo siguiente:

La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.

El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante

2 De acuerdo con lo establecido en el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directa Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.

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legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas–, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación de las propuestas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente la admisión de las propuestas técnicas.

Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, deberá tenerse en consideración lo siguiente:

Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el día y horario señalados en la sección específica de las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no

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podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecución de la obra a ser contratada; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

IMPORTANTE:

Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.3

1.11. ADMISION DE PROPUESTAS

En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO PÚBLICO, para la admisión de propuestas se deberá tener en consideración lo siguiente:

Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.

Sólo aquellas propuestas admitidas pasarán a la evaluación económica.

En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO PRIVADO, para la admisión de propuestas se deberá tener en consideración lo siguiente:

Se procederá a la apertura de las propuestas técnicas presentadas y se verificará que contengan los documentos de presentación obligatoria y cumplan con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan

3 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre. Por tanto, resulta necesario precisar este aspecto.

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dichos requerimientos no serán admitidas.

En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas–, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.

IMPORTANTE:

En tanto OSCE no comunique a través de su portal institucional la implementación del mecanismo de notificación electrónica en el SEACE para la Entidad, el Comité Especial deberá notificar al postor el requerimiento de subsanación de la propuesta técnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Décima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se tendrá por no admitida. El Comité Especial incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que se publicará en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta técnica y económica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.

Sólo aquellas propuestas admitidas pasarán a la evaluación económica.

1.12. EVALUACIÓN ECONÓMICA DE PROPUESTAS

Conforme a lo establecido en el numeral 4) del artículo 71 del Reglamento, la evaluación se realizará sobre cien (100) puntos atendiendo únicamente a la propuesta económica.

Si la propuesta económica es inferior al noventa por ciento (90%) del valor referencial o excede el ciento diez por ciento (110%) del valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi

Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

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IMPORTANTE:

En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.

1.13. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PÚBLICO, deberá considerarse lo siguiente:

En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión de las propuestas. El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieren sido admitidas.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.

IMPORTANTE:

En el caso de contratación de obras a ser ejecutadas fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde se ejecutará la obra objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP.4

El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando el puntaje económico y total obtenido por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores y los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

4 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: www.rnp.gob.pe

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IMPORTANTE:

De conformidad con el artículo 76 del Reglamento, para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite del ciento diez por ciento (110%), deberá contarse con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto igual o menor al valor referencial.

En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO, deberá tenerse en consideración lo siguiente:

El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran sido admitidas.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.

IMPORTANTE:

En el caso de contratación de obras a ser ejecutadas fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde se ejecutará la obra objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP.5

El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando el puntaje económico y total obtenido por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto se levantará un acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores, de ser el caso.

El otorgamiento de la Buena Pro se publicará y se entenderá notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, bajo responsabilidad del Comité Especial, debiendo incluir el acta del otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.

IMPORTANTE:

De conformidad con el artículo 76 del Reglamento, para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite del ciento diez por ciento (110%), deberá contarse con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto igual o menor al valor referencial.

1.14. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena

5 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: www.rnp.gob.pe

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Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.

1.15. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 115 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

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CAPÍTULO IISOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. RECURSO DE APELACIÓN

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante la Entidad que convocó el proceso de selección y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha facultad.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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CAPÍTULO IIIDEL CONTRATO

3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.

En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Constancia de Capacidad Libre de Contratación. Garantía de fiel cumplimiento. Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI). Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de

la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.

Designación del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta técnica.

Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecución de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

Calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de obra6, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratación sea a suma alzada, salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

3.2. DE LAS GARANTÍAS

3.2.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

6 De acuerdo con el artículo 183 del Reglamento, este calendario se actualizará con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.

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De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

IMPORTANTE:

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad les retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, siempre que:

- El plazo de ejecución de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) días calendario.

- El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizaciones periódicas en función al avance de obra.

La retención se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.

3.2.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.

3.4. EJECUCIÓN DE GARANTIAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.

3.5. INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA7

El plazo de ejecución de obra se inicia a partir del día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:

7 En las obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, estos requisitos deberán ser considerados para el inicio de la ejecución de la obra.

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1. Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, según corresponda.2. Que la Entidad entregue el expediente técnico de obra completo al contratista.3. Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutará la obra al contratista.4. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales o insumos al

contratista, cuando en la sección específica de las Bases la Entidad haya asumido esta obligación.

5. Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer desembolso de dicho adelanto al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en la sección específica de las Bases, salvo que en dicha sección no se haya previsto la entrega de este adelanto.

6. Que el contratista presente el certificado de habilidad de los profesionales8 señalados en su propuesta técnica.

Estas condiciones deberán ser cumplidas dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la suscripción del contrato.

En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las demás condiciones.

Si cumplidas las condiciones antes indicadas la estacionalidad climática no permitiera el inicio de la ejecución de la obra, la Entidad podrá acordar con el contratista la fecha para el inicio de la ejecución. Dicha decisión deberá ser sustentada en un informe técnico que formará parte del expediente de contratación de la obra.

IMPORTANTE:

De acuerdo con el artículo 190 del Reglamento, deberá designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el proceso de selección.

3.6. RESIDENTE DE OBRA9

Profesional10 colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad11, designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad. Por su sola designación, el residente representa al contratista para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.

La sustitución del residente sólo procederá previa autorización por escrito del funcionario de la Entidad que, según sus normas de organización interna, cuente con facultades suficientes para brindar tal autorización, y siempre que el profesional reemplazante reúna calificaciones profesionales iguales o superiores a las del profesional originalmente propuesto.

El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitución del residente de obra debe ser emitido y notificado al contratista dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de presentada la respectiva solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento alguno, se considerará aprobada la sustitución.

8 Ingenieros o arquitectos.

9 De acuerdo con el artículo 185 del Reglamento, en toda obra debe contarse, de modo permanente y directo, con un residente de obra.

10 Ingeniero o arquitecto, según lo requerido en el expediente técnico de obra que es parte de las Bases, conforme a la naturaleza de la obra a ser ejecutada.

11 En el expediente técnico que es parte de las Bases, la Entidad puede establecer calificaciones y/o experiencia adicionales para el profesional propuesto como residente de obra, según la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ser ejecutada.

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3.7. INSPECTOR O SUPERVISOR12 DE OBRA

Profesional colegiado y habilitado, con menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para velar, de modo permanente y directo, por la correcta ejecución de la obra y el cumplimiento de las especificaciones técnicas y del contrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones profesionales del residente.

En caso que el supervisor sea una persona jurídica, esta deberá designar a una persona natural como supervisor permanente de la obra.

3.8. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIÓN DE OCURRENCIAS

El cuaderno de obra se abre en la fecha de entrega del terreno al contratista, oportunidad en la que deberá ser firmado en cada una de sus páginas por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas copias a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor.

El cuaderno de obra original debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, el que no podrá impedirle el acceso al mismo al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle al contratista una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización por cada día en que se impida el acceso.

Sólo el inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer anotaciones en el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarán los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de la obra, firmando al pie de cada anotación que efectúen. También se anotarán en el cuaderno de obra las consultas al inspector o supervisor de obra, así como la respuesta de este último.

Las solicitudes que realice el contratista, o su representante legal, como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harán directamente a la Entidad, por medio de comunicación escrita.

El cuaderno de obra será cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida por la Entidad, procediendo a entregar el original de dicho cuaderno a la Entidad.

IMPORTANTE:

El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el particular.

3.9. ADELANTOS

La Entidad entregará adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, conforme a lo establecido en el artículo 186 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases13.

En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo previsto en la sección

12 De acuerdo con el artículo 190 del Reglamento, deberá contarse con supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el proceso de selección.

13 En el caso de obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la elaboración del expediente técnico, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación. Asimismo, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la ejecución de la obra, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación.

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específica de las Bases, el contratista tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la obra por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento.

3.10. VALORIZACIONES

La valorización es la cuantificación económica del avance físico en la ejecución de la obra en un periodo determinado, tendrá el carácter de pago a cuenta y deberá ser realizada el último día de cada periodo de valorización previsto en la sección específica de las Bases, por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el contratista. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorización conjunta con el contratista, este último la realizará.

En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendrá derecho al pago de intereses, de conformidad con el artículo 48 de la Ley y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las valorizaciones siguientes.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizará a quien se indique en el contrato de consorcio.

3.11. REAJUSTES

Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las valorizaciones deberán ser ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar en la fórmula o fórmulas polinómicas previstas en el expediente técnico de obra que es parte de las Bases, los Índices Unificados de Precios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI.

Dado que los Índices Unificados de Precios de la Construcción son publicados con un mes de atraso, los reajustes deberán calcularse teniendo en consideración el coeficiente de reajuste “K” conocido a ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los índices que se deben aplicar, se calculará el monto definitivo de los reajustes que corresponden, los que se pagarán con la valorización más cercana posterior o en la liquidación final sin reconocimiento de intereses.

IMPORTANTE:

Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC.

3.12. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La penalidad por retraso injustificado en la ejecución de la obra y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

3.13. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA

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El procedimiento para la liquidación del contrato de obra que deberá observarse, es el que se encuentra descrito en el artículo 211 del Reglamento. No procederá la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.

Luego de haber quedado consentida la liquidación y efectuado el pago del saldo de la liquidación, culmina el contrato y se cierra el expediente respectivo.

Las controversias sobre pagos podrán ser sometidas a conciliación y/o arbitraje, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en la sección específica de las Bases para efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación.

3.14. VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene, hasta que la liquidación quede consentida y se efectúe el pago correspondiente.

3.15. DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACION EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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CAPÍTULO IGENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTENombre : Gobierno Regional de Tumbes

RUC Nº : 20484003883

Domicilio legal : AV. LA MARINA N° 200 – TUMBES

Teléfono/Fax: : 072-524390

Correo electrónico: :

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de la ejecución de la obra “Construcción del Sistema de Electrificación Rural para el C. P. CIENEGO SUR del Distrito de Casitas, provincia de Contralmirante Villar, Departamento de Tumbes”.

1.3. VALOR REFERENCIAL14

El valor referencial asciende a S/. 752,216.03 (Setecientos Cincuenta y Dos Mil Doscientos Diez y Seis con 03/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de diciembre del 2012.

Valor Referencial (VR)

LímitesInferior Superior

S/. 752,216.03[Setecientos Cincuenta y Dos Mil Doscientos

Diez y Seis con 03/100 Nuevos Soles]

S/. 676,994.43[Seiscientos Setenta y Seis Mil Novecientos Noventa y Cuatro con 43/100 Nuevos Soles]

S/. 827,437.63[Ochocientos Veinte y

Siete Mil Cuatrocientos Treinta y Siete con 63/100

Nuevos Soles]

IMPORTANTE:

Las propuestas económicas no pueden exceder los límites del valor referencial de conformidad con el artículo 33 de la Ley.

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACION

El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorándum N° 104-2013/GOB.REG.TUMBES-PRE-GGR de fecha 26 de febrero del 2013..

Asimismo, el expediente técnico de obra fue aprobado mediante Resolución Gerencial Regional N° 085-2013/GOB.REG.TUMBES-GRDE-GR de fecha 20 de febrero del 201315.

14 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

15 No considerar este párrafo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico de obra.

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1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos determinados

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente proceso se rige por el sistema de Precios Unitarios16, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL

No corresponde.

1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

La obra a ser ejecutada está definida en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente sección, en el capítulo III.

1.9. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA

El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de ciento veinte (120) días calendarios. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación y en el expediente técnico de obra.

1.10. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES

El costo de las bases, incluido la información del expediente técnico en medio digital, es de S/. 25.00 (Veinte y Cinco y 00/100 Nuevos Soles).

1.11. BASE LEGAL Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. Ley N° 29952. Ley de equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el

Año Fiscal 2013 Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en

adelante la Ley, y modificatorias. Decreto Supremo N° 184-2004-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº

1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y complementarias.

Directivas del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Código Civil. Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Ley Nº 27143, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional, y sus

modificatorias y complementarias.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

16 De acuerdo al artículo 40 del Reglamento, la Entidad también puede establecer como sistema de contratación, el esquema mixto.

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CAPÍTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 17

Etapa Fecha, hora y lugarConvocatoria : 05-03-2013

Registro de participantes : Del: 06-03-2013Al: 15-03-2013

Formulación de Consultas y Observaciones

: Del: 06-03-2013Al: 08-03-2013

Absolución de Consultas y Observaciones

: 11-03-2013

Integración de las Bases : 14-03-2013

Presentación de Propuestas : 20-03-2013

* En acto privado :

Presentación de propuestas en la Mesa de Partes de la Entidad, sito en Av. La Marina N° 200 – Tumbes, en el horario de 08:00 hrs hasta las 16:00 hrs.

Calificación y Evaluación de Propuestas

: Del 20-03-2013 al 22-03-2013

Otorgamiento de la Buena Pro : 22-03-2013 acto privado (a través del

SEACE) : 22-03-2013

2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Oficina de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, del Gobierno Regional de Tumbes, sito en Av. La Marina N° 200, Tumbes, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 hrs. a 16:00 hrs.

En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.

2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario), sito en Av. La Marina N° 200 - Tumbes, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 horas a 16:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 001-2013-CE-DE/GRT-1ra Convocatoria, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico: [email protected].

17 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

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2.4. PRESENTACION DE PROPUESTAS18

La presentación de propuesta se realizara en ACTO PRIVADO, debiéndose consignar lo siguiente:

Los participantes presentarán sus propuestas en sobre cerrado, en la dirección, en la fecha y hora señaladas en las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial, conforme a lo indicado en la sección general de las presentes Bases.

En ambos casos, las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 001-2013-CE-DE/GRT -1ra Convocatoria, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA

Se presentará en un original y dos copias19.

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos20, la siguiente documentación:

18 De acuerdo con lo establecido en el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directa Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la presente sección.

19 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.

20 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

Señores[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]

[CONSIGNAR DIRECCIÓN]Att.: Comité Especial

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° [ …………….]Denominación de la convocatoria: [ …………………….]

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA[NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR]

Señores[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]

[CONSIGNAR DIRECCIÓN]Att.: Comité Especial

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° [ …………….]Denominación de la convocatoria: [ …………………….]

SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA[NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR]

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Documentación de presentación obligatoria:

a) Declaración jurada de datos del postor.Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados (Anexo Nº 1).

b)Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección21 (Anexo Nº 2).

c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

d)Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo Nº 4).

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

e) Declaración jurada de plazo de ejecución de la obra (Anexo Nº 5).

f) Declaración jurada del personal propuesto para la ejecución de la obra (Anexo Nº 9).

g) Presentar la documentación que acredita el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.22

IMPORTANTE:

La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.

Documentación de presentación facultativa:

a) Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso23.

21 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.

22 En caso se determine que adicionalmente a la Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, a que se refiere el literal b) de la documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases, deba presentarse algún otro documento para acreditar los requerimientos técnicos mínimos, a continuación deberá consignarse tal exigencia, teniendo en consideración los requisitos establecidos por los reglamentos técnicos, normas metrológicas y/o sanitarias nacionales, reglamentos sectoriales y otros establecidos en los Requerimientos Técnicos Mínimos conforme a lo previsto en el Capítulo III de la sección específica de las Bases.

23 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

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b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad24.

IMPORTANTE:

En el caso de la ejecución de obras que se ejecuten fuera de las provincias de Lima y Callao podrá presentarse una solicitud de bonificación por obras ejecutadas en la provincia o provincias colindantes, según Anexo Nº 8.

En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.

2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA25

El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 6).

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

IMPORTANTE:

La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.

En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.

2.6. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.b) Constancia de capacidad libre de contratación.c) Garantía de fiel cumplimiento del contrato, mediante carta fianza y/o póliza de caucion.d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.e) Código de cuenta interbancario (CCI). f) Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los

documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.

g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.h) Designación del residente de obra, cuando no haya formado parte de su propuesta

técnica.i) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecución de

Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la

24 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.25 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

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elaboración del expediente técnico.j) Calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de

obra26, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

k) Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratación sea a suma alzada, salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

IMPORTANTE:

En caso que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad les retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, siempre que:

- El plazo de ejecución de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) días calendario.- El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizaciones

periódicas en función al avance de obra.

La retención se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.

Adicionalmente, se requiere la presentación de la siguiente documentación:

a) Copia de DNI del Representante Legal.b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.d) Copia del RUC de la empresa.

2.7. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.

La citada documentación deberá ser presentada en la Oficina de la Gerencia Regional de Infraestructura de la Entidad, ubicada en Av. La Marina N° 200 - Tumbes.

2.8. ADELANTOS27

26 De acuerdo con el artículo 183 del Reglamento, este calendario se actualizará con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.

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2.8.1. ADELANTO DIRECTO

“La Entidad otorgará adelanto directo hasta el 20% del monto del contrato original.

El contratista debe solicitar formalmente el adelanto directo dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la suscripción del contato28, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos29 mediante carta fianza y/o poliza de caucion y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días siguientes a la presentación de la solicitud del contratista.

Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procederá la solicitud.

En el supuesto que no se entregue el adelanto directo en la oportunidad prevista, el contratista tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la obra por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento.”

2.8.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS

“La Entidad otorgará adelantos para materiales o insumos por el 40% del monto del contrato original30, conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos.

Para dicho efecto, el contratista deberá entregar la garantía por adelantos31 mediante carta fianza y/o póliza de caución y el comprobante de pago correspondiente.”

2.9. VALORIZACIONES

El periodo de valorización será en periodos mensuales.

IMPORTANTE:

Cuando el periodo de valorización establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de la valorización se regirá por lo dispuesto en el sexto párrafo del artículo 197 del Reglamento. En cambio, si la Entidad prevé un periodo de valorización distinto al mensual, deberá establecer los plazos y procedimiento aplicables para la valorización,

27 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 187 y 188 del Reglamento.

28 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico, deberá indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato. En el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, para el adelanto directo que corresponda a la elaboración del expediente técnico deberá indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato; en cambio, para el adelanto directo que corresponda a la ejecución de la obra deberá indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente del inicio de la ejecución de la obra.

29 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución de la obra sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.

30 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico, deberá consignarse que el monto del adelanto para materiales o insumos se calcula en función del monto del contrato original. En el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, deberá consignarse que el monto del adelanto para materiales o insumos se calcula en función del monto original de la prestación consistente en la ejecución de la obra.

31 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y mantenerse vigente hasta la utilización de los materiales o insumos a satisfacción de la Entidad, pudiendo reducirse de manera proporcional de acuerdo con el desarrollo respectivo.

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teniendo en consideración lo dispuesto en el quinto párrafo del referido artículo, así como el plazo para el pago de las valorizaciones.

De acuerdo con los párrafos quinto y sexto del artículo 197 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad deberá contar con la valorización del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el inspector o supervisor, según corresponda; a la que deberá adjuntarse el comprobante de pago respectivo.

2.10. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA

La Entidad o el contratista, según corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de 20 días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.

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CAPÍTULO IIIREQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

TERMINOS DE REFERENCIA

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO – OBRA “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL PARA EL C.P. CIENEGO SUR DEL DISTRITO DE CASITAS, PROVINCIA DE CONTRALMIRANTE

VILLAR, DEPARTAMENTO DE TUMBES”

I.- ANTECEDENTES.El Gobierno Regional de Tumbes ha considerado en su plan de inversiones del año fiscal 2013, la ejecución de la obra: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL PARA EL C.P. CIENEGO SUR DEL DISTRITO DE CASITAS, PROVINCIA DE CONTRALMIRANTE VILLAR, DEPARTAMENTO DE TUMBES”; que será ejecutada mediante el marco Normativo de Licitación para optimizar la gestión de las empresas prestadoras de servicios de Construcción, en la cual se ha priorizado la ejecución de Obras por Contrata teniendo en consideración sobre todo el tiempo de la duración de los Procesos de Selección de la empresas constructoras.

1.- VIABILIDAD DEL PROYECTO:El Proyecto: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL PARA EL C.P. CIENEGO SUR DEL DISTRITO DE CASITAS, PROVINCIA DE CONTRALMIRANTE VILLAR, DEPARTAMENTO DE TUMBES”; inscrito con Código SNIP 184050, ha sido Declarado Viable por la Oficina de Programación e Inversiones (OPI) del Gobierno Regional de Tumbes; la fuente de financiamiento será Recurso Determinados (Canon y Sobre Canon, Regalías, Renta de aduanas y participaciones).

2.- ENTIDAD ENCARGADA DEL PROCESO DE SELECCIÓNLa entidad encargada del presente proceso es Gobierno Regional de Tumbes, mediante la Un Comité Especial para la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA; por el monto y por la envergadura del Proyecto.

3.- OBJETOEl objeto del presente proceso es seleccionar a la persona natural o jurídica o consorcios entre estas, que se encuentren en capacidad de ejecutar la obra: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL PARA EL C.P. CIENEGO SUR DEL DISTRITO DE CASITAS, PROVINCIA DE CONTRALMIRANTE VILLAR, DEPARTAMENTO DE TUMBES”.

4.- PROCEDIMIENTO UTILIZADO.El presente proceso de selección se rige por los procedimientos de la LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Y SU REGLAMENTO, los cuales son los que se establecen y detallan en el presente.Se deberá considerar la Ley N° 29666 que reduce el IGV al 18%.

5.- COMISIÓN ESPECIALEl comité especial será designado mediante RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL, que debe estar conformado por tres miembros y de ser el caso contratar un experto independiente conocedor de la materia.

El comité especial podrá asesorarse con técnicos y/o profesionales para asuntos puntuales, previo acuerdo de los integrantes del comité especial.

El quórum de cada reunión se entenderá válidamente constituido con la asistencia de al menos dos de sus miembros, incluido el presidente de la comisión especial sin cuya asistencia no tendrá validez ninguna reunión o acuerdo.

6.- QUIENES PUEDEN SER POSTORESPuede presentarse como postor cualquier persona natural o jurídica que se encuentre en capacidad de cumplir con el objeto del presente proceso de selección.

Las personas que formen un consorcio deberán acreditar por lo menos que su duración o existencia legal no será inferior a la vigencia del contrato, de las garantías y un año más, debiendo ser indicado esto en la promesa

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de consorcio. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar, de manera individual o de manera conjunta, más de un consorcio.

Para los postores que pretendan conformar un consorcio, bastará que lo acrediten, en esta etapa del proceso, con una carta de intención, firmada por cada uno de los integrantes, en la cual llenen los requisitos solicitados. Para la celebración del contrato, el consorcio deberá estar plena y legalmente constituido, llenando los requisitos de duración y demás solicitados en las presentes bases.

Quien o quienes participen en este proceso se comprometen al fiel cumplimiento de las condiciones establecidas en estos términos de referencia - bases.

Toda persona que adquiera estas bases se compromete a utilizar la información incorporada en las mismas exclusivamente para los fines propios de este proceso.

7.- QUIENES NO PUEDEN SER POSTORES El postor requiere no estar incluido en el Registro de Inhabilitados por la OSCE (Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado).

Adicionalmente, están impedidos de ser postores, las personas naturales o jurídicas que hayan participado, directa o indirectamente a través de sus asociados, representantes o empleados, estudios de preinversión o información técnica previa que da origen al proceso de selección y sirve de base para el objeto del contrato, y otros que estén impedidos por la normatividad vigente.

8.- PROHIBICIÓN ESPECIALA los postores les está prohibido celebrar acuerdos entre sí o con terceros a fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia; ante dicha eventualidad, se descalificará al postor o postores.

9.- CRONOGRAMA El cronograma del presente proceso estará consignado en el anexo correspondiente de bases.

La comisión especial podrá, si lo estima conveniente, modificar dicho cronograma, en cuyo caso notificará a cada uno de los adquirentes o postores, a la dirección electrónica indicada por ellos, de los cambios efectuados.

10.- PRÓRROGAS, POSTERGACIONES Y CANCELACIÓN DEL PROCESO.La prórroga o postergación de las etapas de un proceso de selección se determina por acuerdo del comité especial, lo cual el Gobierno Regional de Tumbes – COMITE ESPECIAL comunicará en forma oportuna a todos los adquirientes o a todos los postores según corresponda.

La fecha de presentación de propuestas y la Adjudicación de la Buena Pro, podrá ser postergada por el COMITÉ ESPECIAL del Gobierno Regional de Tumbes, previo acuerdo de todos los miembros integrantes del Comisión especial, por causas debidamente sustentadas y dicha postergación será comunicada a los postores.

En cualquier estado del proceso de selección, hasta antes de la fecha del otorgamiento de la Buena Pro, el COMITÉ ESPECIAL del Proceso de Selección, por decisión propia o a solicitud de la entidad podrá suspender, cancelar total o parcialmente por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de contratar o adquirir o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente, esta cancelación o suspensión no da derecho a indemnización alguna, lo cual aceptan los postores expresamente.

11.- COMUNICACIÓN CON LOS PARTICIPANTES DEL PROCESO.Toda notificación durante o después de este proceso se efectuará por medio de correo electrónico, en la dirección electrónica que cada postor indique al momento de recoger las bases o con la presentación de la propuesta. La comisión especial podrá utilizar adicionalmente cualquier otro medio de comunicación si así lo estima pertinente; estará publicado en el portal de la OSCE del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Peruano.

II.- DESARROLLO DEL PROCESO

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1.- CONVOCATORIA Y DIFUSIÓN.La convocatoria del presente proceso de selección se efectúa mediante la modalidad de Adjudicación Directa Selectiva, Colgado en el portal de la OSCE (Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado)

2.- VENTA Y ENTREGAEl costo de las bases es de S/. 25.00 Nuevos Soles (Veinticinco con 00/100 Nuevos Soles), pagaderos en efectivo en la Tesorería del Gobierno Regional de Tumbes.Las bases y el expediente técnico serán entregadas en la oficina de logística del GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES ubicada en misma institución (Av. La marina N° 200) – Tumbes.

El periodo de venta y entrega de bases aparecerá en el cronograma de la convocatoria, portal de la OSCE (Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado)

Horario de atención en el GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES (Objetivo solo para el proceso de Licitación Pública): lunes a viernes de 08:00 horas a 16:00 horasTeléfono: (072) 522696Correo: [email protected] efectos de participar en el presente proceso de selección es condición indispensable que los postores interesados hayan comprado las bases. La concurrencia del postor implica su conocimiento de las bases y tácito sometimiento a ellas en todas sus partes, también en lo concerniente a la presente LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Y SU REGLAMENTO.El postor que adquiera las bases se adhiere al proceso de selección en el estado en que este se encuentre.

3.- EJECUCIÓN DE LA OBRALas presentes disposiciones enmarcan los puntos genéricos para la construcción de las obras que comprende el proyecto:

Libre Disponibilidad de terreno. Plan de Trabajo - Operaciones Permisos, certificación Localización Condiciones locales Limites de trabajo Plan de ejecución de trabajo de obra Protección del lugar Mano de obra calificada y no calificada (deberá de ser el 80% de la zona) Inspección y control de obras (seguridad antes, durante y después de cada actividad) Materiales y equipos Cambios en el trabajo Recepción de obra Liquidación final de la obra Disposiciones finales

4.- UBICACIÓN Y LÍMITE DEL ÁREA DE INFLUENCIA DE LA OBRA.El proyecto en mención, se encuentra ubicado en la Región y Departamento de Tumbes, Provincia de Contralmirante Villar, Distrito de Casitas. La población afectada está conformada por los moradores del C.P. Cienego Sur.

5.- MODALIDAD Y SISTEMA DE CONTRATACIÓNModalidad: Ejecución presupuestaria Indirecta - ContrataSistema: PRECIOS UNITARIOS

6.- POBLACIÓN BENEFICIADAEl número de beneficiarios directos es de 33 familias, que corresponde a los moradores del C.P. Cienego Sur del distrito de Casitas, ubicados en la jurisdicción de la Provincia de Contralmirante Villar, Departamento de Tumbes. Los beneficiarios directos tienen como actividad económica predominante la agricultura y ganadería, y otras áreas relacionadas con el comercio con la frontera. El problema central identificado en el estudio, en base al diagnostico actual, es la de " Acceso de la población al servicio público de electricidad”.Número de los Beneficiarios Directos: 165 (N° de habitantes)El objetivo central del proyecto es "Ampliar la infraestructura eléctrica de acuerdo a las normas técnicas de electricidad rural mediante la ampliación de redes de energía eléctrica existente y alimentar a los centros poblados como forma de otorgar energía limpia, con calidad, eficacia y seguridad, a fin de promover el desarrollo socioeconómico de la población".

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7.- CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LAS OBRAS A EJECUTAR.El proyecto involucra la solución del problema del desabastecimiento del servicio de electricidad, el cual comprende las siguientes metas físicas:

Suministro y montaje de 6.3 Km de Líneas primarias. Suministro y montaje de 1.9 Km de Redes primarias. Suministro y montaje de 33 Lotes con acometidas domiciliarias. Suministro y montaje de 5.8 Km de redes secundarias.

8.- PROGRAMACIÓN DE LA OBRAPara la programación, control y supervisión de las obras deberá programarse todas las actividades utilizando el Software de Microsoft Project, presentando en el Diagrama Gantt, PERT – CPM y el Calendario, las secuencias y tiempo máximo y mínimo por cada actividad, además de indicar la ruta crítica.Deberán preverse adecuadamente el suministro oportuno de todos los materiales puestos en obra. El contratista presentará un Cronograma Valorizado detallando de todas las actividades inherentes al Proyecto - Obra, que deberá ser concordante con su propuesta técnica y económica, y que será aprobado por la Supervisión o Inspección.Deberá programarse adecuadamente los trámites necesarios correspondientes al otorgamiento de licencias, autorizaciones, derechos de uso, gestiones en instituciones estatales y municipal programando oportunamente los desembolsos derivados de ellos.También se realizara una coordinación muy estricta con la entidad durante la ejecución de la obra tales como: Gerencia Regional de Desarrollo Económico, para realizar diferentes trabajos.

9.- DOCUMENTOS A SER PROPORCIONADOS POR EL GOBIERNO REGIONAL DE TUMBESEL GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES facilitará al Contratista, toda la documentación existente relacionado a los perfiles técnicos (en casos netamente necesarios) y Expedientes Técnicos.Cabe señalar que las coordinaciones con el GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES serán con profesionales Técnicos de las siguientes oficinas: Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Servicios Productivos.

10.- PLAZO DE EJECUCIÓN.Ejecución de las Obras 120 días calendario.

11.- MONTO DE EJECUCIÓN DE LA OBRAEl monto de la ejecución de obras generales y equipamiento esta valorizado en: VALOR REFERENCIALConcurso Precios Unitarios. VALOR REFERENCIAL (En Nuevos Soles, Incluye IGV).El Valor Referencial, ha sido elaborado y actualizado con precios vigentes a Diciembre del 2,012, incluye Gastos Generales, Utilidad y otros gastos.

El valor referencial asciende a S/.752,216.03 (SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL, DOSCIENTOS DIECISEIS CON 03/100 NUEVOS SOLES), Incluido todo los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, seguridad en el trabajo y los costos laborales respectivos conforme a la Legislación Vigente, así como cualquier otro concepto que sea aplicable y que pueda incidir sobre el presupuesto. El valor referencial ha sido computado desde la fecha de determinación de presupuesto de obra, consignada en el Expediente Técnico, es decir al mes de Diciembre del 2,012. Dicho valor considera los Gastos Generales en diferentes porcentajes por metas y la Utilidad.

EL VALOR REFERENCIAL TOTAL ASCIENDEN A:

Valor Referencial (Incluido el IGV)

S/.752,216.03SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL, DOSCIENTOS DIECISEIS CON 03/100 NUEVOS SOLES

13. SUPERVISIÓN Y CONTROL DEL PROYECTO.

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La Inspección y control de la obra, estará a cargo de la Entidad, además de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, quien hará el seguimiento, control, coordinación y revisión de los Avances físicos de Obra.El Contratista estará sujeto a la verificación de la participación del personal profesional y técnico de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, antes y durante el desarrollo del Proyecto - Obra.

14. RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 072–98–CG.En la ejecución de la obra, el Contratista deberá cumplir con las Normas de Control Interno para el área de Obras Públicas en todos sus ítems.CONCORDANCIAS: R. DE CONTRALORÍA GENERAL Nº 054-2001-CGR.J. N° 053-2003-INEIR. N° 193-2003-CG (DIRECTIVA N° 002-2003-CG-SE)R.C. N° 368-2003-CGR.D. N° 082-2003-EF-77.15R.C. N° 143-2004-CG

HOJA RESUMEN

PROYECTO : “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL PARA EL C.P. CIENEGO SUR DEL DISTRITO DE CASITAS, PROVINCIA DE CONTRALMIRANTE VILLAR, DEPARTAMENTO DE TUMBES”

UBICACIÓN : Casitas – Contralmirante Villar– Tumbes

CODIGO SNIP : 184050

PROYECTISTA : ING° ALEX FRANCISCO CELIS CASTILLO

ITEMS DESCRIPCIÓN COSTO

1 LINEAS PRIMARIAS 243,221.82

2 REDES PRIMARIAS 92,119.25

3 REDES SECUNDARIAS 195,884.94

COSTO DIRECTO 531,226.01

GASTOS GENERALES ( 10% CD) 53,122.60

UTILIDAD ( 10% CD ) 53,122.60

SUB TOTAL S/.637,471.21

I.G.V 114,744.82

TOTAL 752,216.03

III.- DESCRIPCION GENERAL DEL PROYECTO Y OTRAS CONSIDERACIONES GENERALES Y DISCREPANCIA ENTRE LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS

Se deberá tener en cuenta que la obra tiene un sistema de contratación a Precios Unitarios y el contratista (ejecutor de la obra) se ceñirá a las características del presente sistema.

1.0 DESCRIPCION DEL PROYECTO

1.0.1 NORMAS APLICABLES

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- Decreto Ley Nº 25844 “Ley de Concesiones Eléctricas” y su Reglamento aprobado con Resolución RM Nº 009-93-EM.

- Norma Técnica de la Calidad de los Servicios Eléctricos, DS Nº 020-97-EM- Norma DGE Terminología en Electricidad y Símbolos gráficos en Electricidad.- Código Nacional de Electricidad - Suministro.- Norma Técnica DGE / MEM vigentes para electrificación rural.- Especificaciones Técnicas para la Electrificación Rural de la DGE / MEM vigentes.- Resoluciones Ministeriales (relativos a Sistemas Eléctricos entre 1 y 36 kV – Media tensión),

vigentes.- Ley de Electrificación Rural Nº 28749 y su Reglamento.

1.0.2 DE LAS RUTAS DE RED

Se ha evaluado la ruta existente de la línea y redes primarias y se ha efectuado una evaluación del comportamiento del mismo con la sección del conductor de 25 mm2 por lo que al verificarse las distancias de seguridad con relación a los puntos en depresión y a lo largo de las faldas o laderas de cerros existentes en la zona se confirma que el cambio por una mayor sección del conductor con lo establecido en el Código Nacional de Electricidad Suministro 2011.

En algunos casos a fin de cumplir con lo establecido en el Código Nacional de Electricidad Suministro 2011 Sección 232 referente a la distancia de seguridad con respecto al terreno ha sido necesario colocar estructuras adicionales.

1.0.3 CARACTERISTICAS ELECTRICAS DEL SISTEMA

El presente proyecto tiene como base los aspectos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas (DL 2.5844) y su Reglamento (D.S. Nº 009-93-EM), Código Nacional de Electricidad (Suministro 2011), Normas Técnicas de la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas para Electrificación Rural y Reglamento Nacional de Construcciones.

Los parámetros considerados para el dimensionamiento de la Red en Media Tensión, capacidad del Sistema de transformación de distribución y Tablero de distribución de baja tensión son:

Parámetro del suministro eléctrico (Empresa Concesionaria):

Tensión : 13,2 ± 5% kV Tensión máxima de suministro : 15,00 kV Frecuencia, sistema : 60 ± 1 Hz, Monofásico – 01 línea de fase Servicio : Continuo Potencia en cortocircuito en pto. alim. : 250 MVA Tiempo de duración de cortocircuito : 0,02 Seg.

Parámetros de carga en Baja Tensión (Utilización):

Máxima Demanda Activa Total : 9.49kW Factor de Potencia : 0,90 Tensión : 0,44 /0,23 kV nominal Frecuencia : 60Hz Sistema : Monofásico-01 hilos, neutro aterrado Servicio : continuo Caída de tensión permisible : 7%,máx.

CARACTERISTICAS DEL EQUIPAMIENTO

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a) Derivación aérea en media tensión (13.2 kV)

La derivación desde el C.P La Choza hacia el C.P. Cienego Sur proyectada, será con conductor de aluminio del tipo AAAC calibre de 25 mm2, teniendo un recorrido de 8,352.75m lineales en disposición monofásica, esto es, desde la estructura de media tensión con código Máximus N°043-54, de ENOSA hasta el C.P Cienego Sur proyectada.

LINEA TRONCAL

Se han considerado 64 estructuras desde el Inicio hasta el final, para una longitud de 8,352.75m de redes aéreas.

Las estructuras serán postes de concreto armado centrifugado de 12/200/165/345 (para alineamiento), 12/300/165/345 (para ángulos y anclajes) y 13/400/165/345 (para transformador). Los aisladores a emplearse serán de porcelana del tipo PIN y Suspensión de 15 kV.

Se usarán como accesorios para los postes, pernos, grapas, etc.

La selección de seccionadores fusible para nivel de tensión de 15 KV con BIL de 150 KV provistos de un extensor de línea de fuga por cada seccionador.

SUBESTACIÓN DE DISTRIBUCIÓN

En el presente proyecto se ha considerado el transformador monofásico de 5kVA y 10kVA en 13.2/0.22-0.44 kV, monofásico debido a que ha sido considerado en el presupuesto de la Construcción del Sistema de Electrificación Rural para el C.P. Cienego Sur del distrito de Casitas.

SECCIONAMIENTO

Estará ubicado en la primera estructura del sistema, conformado por un poste de C.A.C., una cruceta de madera tratada de 120mm long. x 115mm x 90mm respectivamente, equipos de protección y seccionamiento.

PROTECCIÓN Y SECCIONAMIENTO

Para la protección del sistema se instalarán pararrayos poliméricos de 15kV y para el seccionamiento, seccionadores unipolares tipo Cut-Out de 15kV.

b) Sistema de Protección

La capacidad del sistema de protección, se ha seleccionado de acuerdo con los requerimientos del C.P Cienego Sur proyectado, más una proyección debido al crecimiento de carga futuro. Los seccionamientos serán del tipo monoposte, compuesta por un (01) poste de CAC de 12 metros de altura (12 / 300) y accesorios de concreto correspondientes, donde se instalará el seccionamiento respectivamente.

El sistema de protección del seccionamiento contra sobrecargas será mediante Seccionadores unipolares cortacircuito tipo cut-out, con fusible tipo chicote. Estará conformado por pararrayos de óxido de zinc. En ambos casos la instalación se efectuará en la misma estructura monoposte.

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c) Conexión en baja tensión

La red de distribución secundaria estará diseñada en el sistema 440/220 voltios monofásico con neutro corrido múltiplemente aterrado, con vano promedio de 63m.

Los materiales considerados en el proyecto son los siguientes:

- Postes de Concreto Armado centrifugado de 8/200.- Cable autoportante de Aluminio, con aislamiento de polietileno reticulado, con conductor portante

de Aluminio de 25 mm2 en la configuración: 2x16+16+N25 mm2. - Mordazas de suspensión y fin de línea de acero galvanizado, soportadas por ganchos de

suspensión de acero galvanizado en caliente.- Retenidas simples y de contrapunta, con cable de acero SM de 10mm (3/8), varilla de andaje

l6mm x 2,4m con ojo guardacabo, perno angular con ojo guardacabo l6mm x 2,54mm, bloque de concreto armado de 0.4 x 0.4 x 0,2m, Mordaza preformada, alambre Nº 12 para entorche.

- Alumbrado público con lámparas de vapor de sodio de 70w; pastorales de tubo de material fierro galvanizado.

1.0.4 CRITERIO DE DISEÑO ELECTRICO Y MECANICO

Para la elaboración del diseño definitivo, se han tomado en cuenta las siguientes normas:

RD 026-2003-EM/DGE: ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA EL SUMINISTRO DE MATERIALES Y EQUIPOS DE LINEAS Y REDES PRIMARIAS.

RD 016-2003 – EM/DGE: ESPECIFICACIONES TECNICAS DE MONTAJE PARA LINEAS Y REDES PRIMARIAS.

RD 024-2003 – EM/DGE: ESPECIFICACIONES TECNICAS DE SOPORTES NORMALIZADOS PARA LINEAS Y REDES PRIMARIAS.

RD 018-2003 – EM/DGE: BASES PARA EL DISEÑO DE LINEAS Y REDES PRIMARIAS PARA ELECTRIFICACION RURAL.

El diseño de las líneas y redes primarias se han efectuado bajo las siguientes consideraciones:

Disposición : Monofásico

Tensión de Servicio : 13.2 KV

Nº Fases : 1 Ø

Caída de tensión : 5%

1.0.5 SUMINISTRO DE ENERGIA

Punto de Diseño

La Concesionaria Electronoroeste S.A. Unidad de Negocios Tumbes ha otorgado la Factibilidad de Suministro y Fijación del Punto de Diseño para el C.P Cienego Sur será de una estructura existente en el sector la Choza, otorgado mediante documentos NTM.02296.2011 del 29.09.2011, siendo el punto fijado la estructura de media tensión Maximus N°043-54 del Alimentador N°54 respectivamente.

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El área a electrificar se encuentra fuera del área de Concesión de Electronoroeste S.A.

Resumen General del Diseño

Línea y Red Primaria

La derivación desde el C.P La Choza hacia el C.P. Cienego Sur proyectada, será con conductor de aluminio del tipo AAAC calibre de 25 mm2, teniendo un recorrido de 8,352.75m lineales en disposición monofásica, esto es, desde la estructura de media tensión con código Máximus N°043-54, de ENOSA hasta el C.P Cienego Sur proyectada.

LINEA TRONCAL

Se han considerado 64 estructuras desde el Inicio hasta el final, para una longitud de 8,352.75m de redes aéreas.

Las estructuras serán postes de concreto armado centrifugado de 12/200/165/345 (para alineamiento), 12/300/165/345 (para ángulos y anclajes) y 13/400/165/345 (para transformador). Los aisladores a emplearse serán de porcelana del tipo PIN y Suspensión de 15 kV.

Se usarán como accesorios para los postes, pernos, grapas, etc.

La selección de seccionadores fusible para nivel de tensión de 15 KV con BIL de 150 KV provistos de un extensor de línea de fuga por cada seccionador.

SUBESTACIÓN DE DISTRIBUCIÓN

En el presente proyecto se ha considerado el transformador monofásico de 5kVA y 10kVA en 13.2/0.22-0.44 kV, monofásico debido a que ha sido considerado en el presupuesto de la Construcción del Sistema de Electrificación Rural para el C.P. Cienego Sur del distrito de Casitas.

SECCIONAMIENTO

Estará ubicado en la primera estructura del sistema, conformado por un poste de C.A.C., una cruceta de madera tratada de 120mm long. x 115mm x 90mm respectivamente, equipos de protección y seccionamiento.

PROTECCIÓN Y SECCIONAMIENTO

Para la protección del sistema se instalarán pararrayos poliméricos de 15kV y para el seccionamiento, seccionadores unipolares tipo Cut-Out de 15kV.

1.- OBJETO DE LAS ESPECIFICACIONESLas presentes Especificaciones Técnicas tienen como objeto definir las normas y procedimientos que serán aplicados en la construcción de la obra, siendo las mismas parte integrante del Expediente Técnico.Más allá de lo establecido en estas especificaciones, el Ingeniero Residente, tiene autoridad suficiente para ampliarlas en cuanto a la calidad de los materiales a emplearse y la correcta metodología constructiva a seguir en cualquier trabajo. La obra comprende la completa ejecución de los trabajos indicados en estas especificaciones y también de aquellos no incluidos en la misma, pero si están en la serie completa de planos y documentos complementarios (expediente técnico).

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2.- ALCANCE DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICASa.-Comprenden las normas y exigencias para la construcción de las estructuras planteadas, formando parte integrante del proyecto y complementando lo indicado en los planos respectivos.b.- Precisan las condiciones y exigencias que constituyen las bases de pago para las obras que se ejecuten.

3.- MEDIDAS DE SEGURIDADEl responsable de la ejecución de la obra bajo responsabilidad, adoptará todas las medidas de seguridad necesarias para evitar accidentes a su personal, a terceros y a la misma Obra, debiendo cumplir con todas las disposiciones vigentes en el Reglamento Nacional de Edificaciones, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y demás dispositivos legales vigentes.El responsable de la ejecución de la obra deberá mantener todas las medidas de seguridad en forma ininterrumpida, desde el inicio hasta la recepción de la Obra, incluyendo los eventuales períodos de paralizaciones por cualquier causal.

4.- VALIDEZ DE ESPECIFICACIONES, PLANOS Y METRADOSEn el Sistema a Precios Unitario, solo existe prelación al momento de ofertar mas no existe prelación de documentos al momento de ejecutar la obra.Detalles menores de trabajos y materiales no usualmente mostrados en las Especificaciones, Planos y Metrados pero necesarios para la Obra deben ser ejecutados por el "Responsable de la ejecución de la obra", previa aprobación del “Inspector”.

5.- CONSULTASTodas las consultas relativas a la construcción, serán efectuadas al "Inspector" mediante un Cuaderno de Obra, quien absolverá las respuestas por el mismo medio.

6.- SIMILITUD DE MATERIALES O EQUIPOSCuando las Especificaciones Técnicas o Planos indiquen "igual o similar", sólo el "Inspector" decidirá sobre la igualdad o semejanza.

7.- INSPECCIÓN Todo el material y la mano de obra empleada, estarán sujetos a la Inspección por el “Inspector” en la oficina, taller u obra, quien tiene el derecho a rechazar el material que se encuentre dañado, defectuoso o por la mano de obra deficiente, que no cumpla con lo indicado en los Planos o Especificaciones Técnicas.Los trabajos mal ejecutados deberán ser satisfactoriamente corregidos y el material rechazado deberá ser reemplazado por otro aprobado, por cuenta del Contratista.El responsable de la ejecución de la obra deberá suministrar sin cargo para la Entidad ni su representante el “Inspector”; todas las facilidades razonables, mano de obra y materiales adecuados para la inspección y pruebas que sean necesarias.

8.- MATERIALES Y MANO DE OBRATodos los materiales adquiridos o suministrados para las obras que cubren estas especificaciones, deberán ser nuevos, de primer uso, de utilización actual en el Mercado Nacional e Internacional, de la mejor calidad dentro de su respectiva clase. Los materiales que se expendan envasados deberán entrar a la Obra en sus recipientes originales, intactos y debidamente sellados.Los materiales deben ser guardados en la Obra en forma adecuada sobre todo siguiendo las indicaciones dadas por el Fabricante o manuales de instalaciones.

9.- TRABAJOSEl Ingeniero Residente tiene que notificar por escrito al “Inspector” de la Obra sobre la iniciación de sus labores para cada frente y/o etapa de trabajo.Al inicio de la obra el responsable de la ejecución de la obra podrá presentar al “Inspector” las consultas técnicas para que sean debidamente absueltas.Cualquier cambio durante la ejecución de la Obra que obligue a modificar el Proyecto Original será resuelto por la Entidad a través del Proyectista para lo cual deberá presentarse un plano original con la modificación propuesta.

10.- CAMBIOS SOLICITADOS POR EL RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA.El responsable de la ejecución de la obra podrá solicitar por escrito y oportunamente cambios al Proyecto, para lo cual deberá sustentar y presentar los planos y especificaciones para su aprobación por la Entidad.

11.- CAMBIOS AUTORIZADOS POR LA ENTIDAD

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La Entidad podrá en cualquier momento a través del "Inspector" por medio de una orden escrita hacer cambios en los planos o Especificaciones. Los cambios deberán ser consultados al Proyectista. Si dichos cambios significan un aumento o disminución en el monto del presupuesto de obra o en el tiempo requerido para la ejecución se hará el reajuste correspondiente de acuerdo a los procedimientos legales vigentes.

12.- PERSONALEl responsable de la ejecución de la obra, antes de dar comienzo a la ejecución de la Obra, dará el nombre y número de colegiatura del Ingeniero Residente, quien se hará cargo de la dirección de la obra, así como su curriculum vitae para su aprobación por la Entidad.

13.- MOVILIZACIÓNEl responsable de la ejecución de la obra bajo su responsabilidad movilizará a la obra y oportunamente, el equipo mecánico, materiales, insumos, equipos menores, personal y otros necesarios para la ejecución de la Obra.

14.- ENTREGA DEL TERRENO PARA LA OBRAEl terreno será entregado según Acta pertinente, ratificándose la conformidad con lo indicado en los planos respectivos.

15.- ENTREGA DE LA OBRA TERMINADAAl terminar todos los trabajos, el responsable de la ejecución de la obra hará entrega de la obra a la Comisión de Recepción, nombrada por la Entidad de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.Previamente el "Supervisor" hará una revisión final de todas las partes y se establecerá su conformidad de acuerdo a planos y Especificaciones Técnicas.Así mismo, previamente a la recepción de la obra, el Contratista deberá efectuar la limpieza general de toda el área utilizada para la ejecución de la obra incluyendo campamentos, instalaciones, depósitos, desechos, áreas libres, etc.Las instalaciones y las estructuras definitivas serán sometidas a pruebas en las condiciones más desfavorables y por el tiempo que las Especificaciones lo señalen.Se levantará un acta en donde se establezca la conformidad de la obra o se establezcan los defectos observados, dándose en este último caso un plazo al Contratista para la subsanación correspondiente. Vencido el cual, se hará una nueva inspección en donde se establezca la conformidad por el comité de recepción.Si al realizarse la segunda inspección subsisten los defectos anotados en la primera inspección, la Entidad podrá contratar con terceros la subsanación por cuenta del Contratista aplicando las penalidades de las cláusulas que el Contrato de obra establezca y de acuerdo al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

16.- MATERIALES BÁSICOS PARA LA OBRAEl responsable de la ejecución de la obra tiene conocimiento expreso de la existencia de todos los materiales básicos en el lugar de la obra, o verá el modo de aprovisionarse, de tal forma que no haya pretexto para el avance de la obra de acuerdo a lo programado.

17.- CONOCIMIENTO DEL TERRENO PARA LA OBRA Y ACCESOS El responsable de la ejecución de la obra tiene conocimiento expreso de las características y condiciones geográficas y climáticas del lugar para la obra; así como de sus accesos, de tal forma que con la debida anticipación prevea todo lo necesario para el inicio y avance de la obra de acuerdo al programa contractual, asegurando entre otros el transporte de materiales, insumos, equipos y explotación de canteras.

18.- ESPECIFICACIONES GENERALESEstas especificaciones se complementarán con lo establecido en las siguientes normas:

Normas técnicas de edificaciones. Ley general de la persona con discapacidad y su reglamento Ley N° 27050. Normas Técnica de Edificación "Seguridad durante la Construcción". Normas del American Institute Steel Construction (AISC ASD y LRFD). American Concrete Institute (ACI). Normas del American Welding Society (AWS). Normas del American Society of Testing and Materials (ASTM). Reglamento Nacional de Edificaciones.

19.- OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR:El Inspector está facultado para ejercer todas las potestades y funciones que le confiere el Contrato, el decreto legislativo Nº 1017,, así como sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias.El Inspector, más allá de lo establecido en estas especificaciones, tiene autoridad suficiente para ampliar las mismas, en lo que respecta a la ingeniería de detalle, calidad de los materiales a emplearse y la correcta metodología constructiva a seguir en cualquier trabajo.La Fiscalización del Contrato por encargo del Inspector durante la etapa de construcción.

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La Inspección de los diseños, estudios y especificaciones del proyecto.El Control del cumplimiento de las especificaciones y normas técnicas sobre la Construcción de las obras.El control del cumplimiento del Calendario de Ejecución de la Obra propuesto por el Contratista.Controlar el cumplimiento de las normas de seguridad.Revisar la información estadística entregada por el Contratista. En el ejercicio de sus funciones el Inspector de la Construcción tendrá las siguientes atribuciones:Aprobar, rechazar y sugerir modificaciones al Calendario de Ejecución de la Obra, proyectos y otros documentos presentados por el Contratista para los que el contrato requiera su aprobación. No obstante la aprobación de algún proyecto o documento no implicara responsabilidad para el mismo siendo el Contratista el único responsable de la calidad de las obras.Rechazar materiales de Construcción que no se ajusten a las especificaciones del contrato.Paralizar las Obras en los casos en que no se hayan aprobado los proyectos necesarios para su ejecución o se estuviesen ejecutando sin conformidad a los proyectos aprobados.

20.- OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DEL CONTRATISTA:El Contratista es la persona cuya oferta ha sido aceptada por el Contratante (Gobierno Regional de Tumbes) y los sucesores legales de dicha persona; el cual está obligado a cumplir con las cláusulas del Contrato de Obra, las obligaciones del Contratista son las siguientes:

El Contratista suministrará toda la mano de obra, dirección, materiales, alumbrado, combustible, agua, herramientas, instrumentos, equipos, abastecimiento y otros medios de construcciones necesarias o adecuadas para la ejecución y terminación de la Obra. Obtendrá y pagará, de ser necesario, las licencias a que hubiera lugar.El Contratista suministrará todos los elementos de construcción, seguros, dirección de obra y pruebas de laboratorio.

Protegerá las obras durante su ejecución, realizándolas de manera compatible con la seguridad de la vida y propiedad a satisfacción del Inspector y de acuerdo a los Documentos de Licitación y a los del Contrato.El Contratista mantendrá limpio el lugar de las obras durante la construcción y después de ésta, hasta la recepción de las mismas; realizará todo el trabajo y pagará los gastos incidentales a que dé lugar. Reparará y reconstruirá todas las estructuras y propiedades que, a juicio del Supervisor, fueran dañadas o afectadas durante la ejecución de las obras.

El Contratista mantendrá las instalaciones y campamentos que fueran necesarios y según lo que establezca el Contrato; así como las herramientas y equipos que sean requeridos para efectuar las Obras en forma aceptable y a satisfacción del Ingeniero y/o como lo especifique el Contrato. Se utilizará únicamente equipos de eficiencia comprobada por el Inspector, siendo el Contratista el único responsable por la bondad de los mismos. Los campamentos, almacenes, talleres, laboratorios, enfermería y oficinas, deberán estar previstos de instalaciones eléctricas, sanitarias, mobiliario, equipos, enseres, menaje y facilidades necesarias para su funcionamiento y comodidad de los usuarios. El costo que representa la instalación y mantenimiento de los campamentos no será materia de pago directo, debiendo el contratista incluirlo dentro de los gastos generales de la obra.

Notificará por escrito al Inspector cualquier situación del subsuelo u otra condición física que sea diferente a aquellas indicadas en los planos o en las especificaciones. Deberá actuar tan pronto como sea posible y antes de efectuar cualquier alteración de dicha condición. Perderá tal derecho de reclamar compensación extra por este concepto, si no cumpliera con el requisito arriba mencionado.

21.- PLANOS DE LA OBRA:El Contratista recibirá del Inspector un juego de copias reproducibles de los planos y de las Especificaciones Técnicas.El Contratista deberá obligatoriamente tener disponible en la obra dos juegos completos de planos y de las presentes especificaciones.El Contratista no tomará ventaja alguna de cualquier error u omisión que hubiese en los planos o Especificaciones y al Inspector le será permitido hacer las correcciones e interpretaciones que se juzguen necesarias para el cumplimiento del objeto de los planos y Especificaciones de acuerdo al Contrato. Ningún cambio se hará, sin las instrucciones escritas del Inspector.

22.- PLANOS DEL CONTRATO:Los planos suministrados a los postores representan los detalles necesarios para dar una idea comprensiva de la obra considerada. Los planos indican los alineamientos, perfiles longitudinales y pendientes, así como los perfiles transversales correspondientes. Los planos de diseños especiales y estructurales señalan las dimensiones de las obras consideradas.El trabajo a ejecutarse se muestra en los planos. Para tomar información de los planos, las cifras serán utilizadas en referencia a los de menor escala. En todo caso, los dibujos se complementarán con las especificaciones prevaleciendo de preferencia lo indicado en éstas. En caso de no incluirse algún ítem en las especificaciones, éste estará en los planos o viceversa.

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Los planos son a nivel de Licitación. Cada plano tiene espacios en los cuales se podrá indicar cualquier modificación requerida en obra. En caso de ser necesario un mayor detalle durante la construcción, éste se preparará según lo dispuesto en el Contrato o detalle constructivo adicional, así como a la fiel interpretación o ampliación de las Especificaciones.

23.- PLANOS DE POST – CONSTRUCCIÓN:Las obras terminadas deberán estar de acuerdo con las líneas, pendientes, perfiles y dimensiones indicadas en los planos, excepto en los casos dispuesto de otro modo por el Inspector. Las variaciones de alineamiento o medidas que puedan requerirse en virtud de exigencias de la obra o por otros motivos serán determinadas por el Ingeniero en todos los casos y autorizadas por él mismo por escrito.Estos planos reflejarán los cambios de medida y que han dado lugar a las variaciones de los metrados.Una vez concluidas las obras y de acuerdo a las Normas Técnicas de Control, el Contratista presentará los planos de obra realmente ejecutadas que formarán parte de la Memoria Descriptiva para su posterior inscripción en el Registro de Bienes Nacionales. La Memoria Descriptiva será previamente aprobada por el Inspector.La Memoria Descriptiva será presentada en original y tres copias.El costo que demande estos trabajos deberá incluirse en los gastos generales.El Contratista, tendrá responsabilidad de toda naturaleza del Proyecto y Obras, eximiendo plenamente a los Organismos del Estado y al Supervisor.

24.- PLAN DE SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCION:Con independencia de los elementos que se especifican en el estudio, y en el resto del Proyecto, el Contratista está obligado al conocimiento y cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en materia de seguridad y salud, aunque no se le haga notificación explícita; y a dar prioridad a las medidas necesarias de prevención, dedicando a ello de manera continua la atención por medio de sus responsables en obra, el Jefe de la misma y Delegados, con todos los medios humanos y materiales, considerándose el costo que ello implica en los Gastos Generales del Presupuesto de Obra.De acuerdo con la normativa mencionada en el Estudio de Seguridad, el Plan se someterá, antes del inicio de la obra, a la aprobación del Coordinador en materia de Seguridad de Obra, durante la ejecución de la obra, manteniéndose después de su aprobación, una copia a su disposición.Se considera en este estudio:

Preservar la integridad de los trabajadores y de todas las personas del entorno. La organización del trabajo de forma tal que el riesgo sea mínimo. Determinar las instalaciones y útiles necesarios para la protección colectiva e individual del personal. Definir las instalaciones para la higiene y bienestar de los trabajadores. Establecer las normas de utilización de los elementos de seguridad. Proporcionar a los trabajadores los conocimientos necesarios para el uso correcto y seguro de los útiles

y maquinaria que se les encomiende. El transporte del personal. Los trabajos con maquinaria ligera. Los primeros auxilios y evacuación de heridos. El Servicio de Prevención. Los Delegados de Prevención. Los Comités de Seguridad. Es responsabilidad del Contratista, la ejecución de las medidas preventivas fijadas en el Plan y respon-

derá solidariamente a las consecuencias que se deriven de la no consideración de las medidas previstas por parte de los subcontratistas o similares, respecto a las inobservancias que fueren imputables a éstos.

Queda claro que la Dirección General de Higiene y Seguridad Ocupacional del Ministerio de Trabajo, queda encargada de velar por el cumplimiento de las medidas previstas en el Plan de Seguridad de Obra.

Los Inspectores Técnicos de defensa civil del Gobierno Regional de Tumbes están en la capacidad de hacer cumplir la seguridad e higiene en las obras y además se sancionar, multar e informar a las autoridades competentes (OSCE), a la empresa contratista en caso de no implementar la seguridad en general en toda la Obra (antes, durante y después de cada actividad).

25.- MANTENIMIENTO DE TRANSITO DURANTE LA CONSTRUCCION:Bajo este título se considera todo trabajo necesario para el Mantenimiento de Tránsito fluido y seguro en las zonas de trabajo, durante el período de ejecución. Comprende los aspectos siguientes:Mantenimiento de Tránsito durante el período de construcción.Ejecución de Obras Auxiliares, como son desvíos, accesos a canteras incluyendo su señalización.

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Los fines, objetivos y procedimientos constructivos de esta actividad están contenidos en las Especificaciones del MTC, para la construcción de carreteras, Capítulo 1-3, Numeral 1.3.6 “Mantenimiento de Tránsito”, que es un documento complementario a estas especificaciones.Tratándose de desvíos y zonas en trabajo se aplicará la normatividad contenida el Capítulo IV del Manual de Señalización del MTC, específicamente referida a las zonas de trabajo, mediante el uso de tranqueras, conos, tambores, sacos de arena, mecheros, lamparines, linternas, lámparas de destello, banderines y en general de todos los diseños mostrados en la norma, tanto en diseño, texto de colores, que advierten al usuario de las restricciones impuestas.En la construcción de desvíos se utilizará material propio o de préstamo para facilitar la ejecución sin producir interrupciones en el tránsito público.El ancho de los desvíos será lo suficiente para posibilitar la circulación de vehículos pesados y el suelo será tratado por cualquier medio que asegure un pase cómodo y fluido para el tránsito pesado, todo lo que debe contar con la aprobación del Supervisor.Estos desvíos deberán ser objeto de cuidadoso mantenimiento con motoniveladora, cisternas y rodillo durante su período de utilización, al término de los cuales, el terreno deberá quedar nivelado o restituido a su estado original en concordancia con las exigencias ecológicas.La limpieza del sistema de drenaje consistirá en la limpieza de cunetas y alcantarillas que permitan su adecuado funcionamiento, evitando aniegos en la zona de trabajo.Estos trabajos serán programados mensualmente por el Contratista según las actividades a realizar en el próximo mes, con indicación del personal, equipos y materiales a emplear, de los lugares, también de las fechas y horarios.Esta programación está sujeta a coordinación, revisión y aprobación por la Supervisión.El Contratista a fin de mes presentará un informe con indicación de las actividades realizadas según la especificación anterior. Este informe será calificado por el Supervisor quien otorgará el certificado correspondiente el que será anexado a la Valorización Mensual de Obra.Las consideraciones expuestas son de obligado cumplimiento, los costos de las actividades correspondientes a Mantenimiento de tráfico están incluidos en los costos del proyecto, no dando lugar a reclamaciones económicas de ningún tipo.

26.- VALORIZACIONES DE LAS OBRAS:Las Valorizaciones de las obras serán de acuerdo al avance realmente ejecutado, las cuales serán calendarizadas mensualmente; contempla la mano de obra, materiales, equipo y todo lo necesario para poder ejecutar las partidas correspondientes a las diferentes unidades de obra.Las valorizaciones mensuales estarán condicionadas al fiel cumplimiento de las estipulaciones contempladas en los planes y Sistemas de Autocontrol de Calidad, Conservación del Medio Ambiente, Seguridad en la Construcción, además del pago de los Trabajadores e Impuestos de acuerdo a la legislación vigente.

27.- MEDIDAS CORRECTORAS GENERALES PARA LA PROTECCIÓN DEL ENTORNO DE LAS OBRAS:Las prescripciones generales derivadas del EIA del presente proyecto a incluir en estas ESPECIFICACIONES TÉCNICAS referidas a la protección del entorno durante las obras son las que a continuación se especifican.Las condiciones particulares derivadas de dicho EIA relativas a las prescripciones para la definición y ejecución de determinadas unidades de obra para la protección del entorno durante las obras y la mejora en las posibilidades de restauración posterior.

CONTROL TOPOGRAFICOEl contratista verificará el trazo y replanteo general del proyecto, que cubre los siguientes trabajos:Reconocimiento del trazo, con el fin de identificar los puntos y las referencias existentes. Recuperación de los puntos que no se encuentren monumentados, mediante la utilización de referencias existentes o cálculos de coordenadas.Colocación de BM’s complementarios para efectuar un constante control durante la construcción.Asimismo, comprenderá la ejecución de todos los trabajos topográficos y de medición necesaria para verificar la correspondencia de la obra con los planos del proyecto, en lo que respecta a la localización, cotas y dimensiones.Será obligación del Contratista una vez replanteado el BM principal, mantenerlo localizado mediante la localización de monumentos de referencia, fuera del área afectada por los trabajos, de modo de permitir el restablecimiento del mismo en cualquier momento.

CONTROL CONSTRUCTIVOEsta actividad será desarrollada por el contratista en forma continua durante el periodo de construcción e implica el control permanente de todos los trabajos, apoyado por las pruebas de campo y laboratorio que señalen las especificaciones técnicas del Expediente Técnico, que deberán ser aprobadas por el Supervisor.

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En general, la de existir todo lo razonable y técnicamente recomendado para asegurar la óptima calidad de las obras.

CONTROL DE CALIDADEn este rubro se incluye las actividades de control de calidad que se realizarán, tanto a la ejecución de las partidas que conforman la Obra, como a los diferentes materiales que se requerirán para la construcción de la misma.Se refiere al control de calidad de todos los materiales que se emplearán en la construcción de la Obra, que incluyen: agregados para concreto, cemento, piedra, afirmado y otros requeridos para la ejecución de la obra.El proceso de revisión, consistirá en un análisis de la muestra, especificaciones, resultado de los ensayos y certificados de prueba, a fin de verificar si están conforme a las especificaciones técnicas y para los materiales requeridos para la fabricación del concreto.

PROGRAMACIÓN Y AVANCE DE OBRADurante todo el transcurso de la ejecución de los trabajos, el contratista desarrollará la actividad de control de la programación de obra, tomando en consideración la fecha y los plazos de terminación de cada una de las partidas que conforman el presupuesto de cada componente a ejecutar, especialmente las que correspondan a la ruta crítica.En este sentido, el Contratista proyectara los diagramas PERT-CPM, siendo estos actualizados en forma continua por las variaciones que se presenten durante la ejecución del Proyecto.Es requerimiento Técnico minino el plazo de entrega de la obra: CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL PARA EL C.P. CIENEGO SUR DEL DISTRITO DE CASITAS, PROVINCIA DE CONTRALMIRANTE VILLAR, DEPARTAMENTO DE TUMBES, constara de 120 días calendarios.

A.- PRESCRIPCIONES RELATIVAS AL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE ACTUACIONES.Minimización de la superficie alterada.Como principio director de prevención y corrección de impactos ambientales, y con especial relevancia cuando se dan condiciones de fragilidad y dificultad de recuperación del medio atravesado, deberá garantizarse a la ocupación y afección mínima posible de terrenos en la zona de actuación de las obras.Para ello será preceptivo el replanteo de las zonas de actuación y señalización de sus límites a fin de evitar daños innecesarios en los terrenos limítrofes. Se procederá al balizamiento de las zonas de ocupación temporal y permanente, de forma que el movimiento de maquinaria y tránsito de camiones quede ceñido a la superficie autorizada. Si por circunstancias excepcionales fuese necesario salir de este perímetro, se solicitará permiso motivado a la Supervisión de Obra.La delimitación de la zona de obras deberá realizarse mediante estaquillas y cinta plástica, debiéndose informar a los operarios de la prohibición de circular con maquinaria de cualquier tipo, situar acopios, y equipos y otros elementos ligados a las tareas de construcción, fuera de los límites establecidos.Asimismo, se delimitarán los itinerarios a seguir para el acceso a la obra, zona de acopios y, en general, cualquier actividad que suponga una ocupación temporal de suelo.Una vez finalizado el movimiento de tierras se procederá a la retirada del sistema de delimitación previa y a la reutilización de los materiales o traslado a vertedero autorizado.Retirada de residuos de obra y limpieza del terreno.Una vez terminadas las obras, se llevará a cabo una limpieza general de la zona, que implique la retirada, incluyendo recogida y transporte a vertedero o punto de reciclaje, de todos los residuos de naturaleza artificial existentes en la zona de actuación.En concreto se prestará atención a restos tales como los excedentes derivados de movimientos de tierra y los restos procedentes de la ejecución de las distintas unidades de obra (embalajes o restos de materiales, piezas o componentes de maquinaria, restos de utensilios, herramientas o equipo de labores manuales, etc.).Coordinación entre el proyecto de ejecución y el de restauración.La integración de la obra puede favorecerse en gran medida mediante una adecuada terminación de las obras, en especial aquellas que implican movimientos de tierras. Esta terminación, que en muchos casos es necesaria para la ejecución de las medidas correctoras, debe realizarse durante la fase de construcción. Es por tanto conveniente que todas aquellas operaciones de restauración que impliquen movimientos de tierras o requieran utilización de maquinaria pesada se realicen en esta fase, puesto que una vez que se ha finalizado la construcción sería imposible o de un coste muy elevado.Por otra parte resulta de gran importancia que la ejecución de los trabajos de restauración se planifique de manera que se reduzcan al mínimo necesario los períodos de tiempo en los que el terreno queda desnudo frente a la acción erosiva. Para ello se programará la ejecución de los trabajos de revegetación de las superficies de extracción de materiales de préstamo, conforme éstas vayan adoptando sus perfiles definitivos.

B.- PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DURANTE LA FASE DE CONSTRUCCIÓN.Durante la construcción se tendrán en cuenta las medidas preventivas que se enumeran en este artículo, relacionadas con las instalaciones y actividades de obra.

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La responsabilidad de una correcta gestión medioambiental de las obras compete directamente al Contratista, considerándose como parte del sistema de auditoría interna de calidad del que debe disponer.Las medidas aquí relacionadas están encaminadas a la protección hidrológica, al control de la contaminación atmosférica y a la prevención de la contaminación de suelos por actividades e instalaciones de obra.

GESTIÓN DE ACEITES USADOS.Como consecuencia del cambio de aceite y lubricantes empleados en los motores de combustión y en los sistemas de transmisión de la maquinaria de construcción, el Contratista queda prohibido de:a) Todo vertido de aceite usado en aguas superficiales, interiores, en aguas subterráneas, en cualquier zona del mar territorial y en los sistemas de alcantarillado o evacuación de aguas residuales.b) Todo depósito o vertido de aceite usado con efectos nocivos sobre el suelo, así como todo vertido

INCONTROLADO DE RESIDUOS DERIVADOS DEL TRATAMIENTO DE ACEITE USADO.El Contratista está obligado a realizar algunas de las acciones que se mencionan a continuación:Efectuar el cambio en centros de gestión autorizados (talleres, estaciones de engrase, etc.)Efectuar el cambio en lugar adecuado y entregar los aceites usados a persona autorizada para la recogida.Efectuar el cambio en lugar adecuado y realizar ellos mismos, con la debida autorización, el transporte hasta el lugar de gestión autorizado.Realizar la gestión completa mediante la oportuna autorización.

PARQUE DE MAQUINARIA.En el caso de que el parque de maquinaria se ubique sobre suelo permeable, el Contratista impermeabilizará el suelo.Además si se realizan los cambios de aceite en el parque de maquinaria, el Contratista construirá una trampa de grasas para la separación de los aceites y grasas de las aguas de limpieza del suelo.Las trampas de grasas se taparán en su parte superior cuando llueva, con el fin de evitar su desbordamiento, con el consiguiente arrastre de aceites y grasas fuera de ellas.

ACOPIO DE MATERIALES.El acopio de materiales se realizará de modo que en todo momento estén controladas las molestias a la población así como el arrastre a cauces.Las materias primas tóxicas empleadas en la obra se almacenarán en depósitos disponiendo de los instrumentos de seguridad establecidos por la legislación correspondiente en un estado de conservación que garantice su eficacia en relación con la protección de suelos y aguas.

CONTROL Y PREVENCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE POLVO Y OTRAS SUSTANCIAS CONTAMINANTES.Las medidas destinadas a evitar o disminuir la concentración de polvo en el aire durante la fase de ejecución de las obras son las siguientes:Riego con agua de todas las superficies de actuación, lugares de acopio, accesos, caminos y pistas de la obra, de forma que estas zonas tengan el grado de humedad necesaria y suficiente para evitar, en la medida de lo posible, la producción de polvo. Estos riegos se realizarán usando camiones cisternas, con periodicidad diaria durante los meses de verano y semanal los meses invernales, y suprimiendo dichos riegos los días de lluvia.La acumulación de tierra vegetal y árida, así como materiales de construcción, deberán también regarse con igual frecuencia, en función de su composición y tiempo de inutilización.El transporte de tierra, arena y grava por camiones, deberá realizarse con la precaución de cubrir la carga con una lona, para evitar la emisión de polvo, tal y como viene exigiendo los dispositivos legales.Para el cumplimiento de la Legislación vigente en materia de emisión de gases y contaminantes a la atmósfera, se revisará periódicamente los motores de las maquinarias y vehículos de carga. Igualmente, se controlará el uso de tubos de escape y silenciadores efectivos homologados por las normas técnicas establecidas.Por último, y en relación con el control y prevención de la emisión de gases y otras sustancias contaminantes, se deberá realizar la revisión y puesta a punto, con una frecuencia trimestral, de todos los motores de la maquinaria utilizada en las obras, para que en ningún momento se superen los niveles de emisión permitidos por la Ley. En este sentido, se exigirá, por parte de los organismos competentes, el estricto cumplimiento de lo establecido por la Dirección General de Tránsito, en lo referente a la Inspección Técnica de Vehículos, cuidando de no sobrepasar en ningún caso la fecha límite establecida para la revisión de cada vehículo.

CONTROL DE VERTIDOS.En el caso de que se produjeran dichos vertidos, se procederá inmediatamente a una recogida, almacenamiento y transporte de residuos sólidos, así como al tratamiento adecuado de las aguas residuales. Esta medida de

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carácter general deberá cumplirse siempre que se produzcan vertidos de sustancias contaminantes en cualquier punto de la vía.

OTROS.El lavado y limpieza de las cucharas, palas y otros elementos de las retroexcavadoras, bulldozers y demás maquinaria de obra no se llevará a cabo en los cauces.

C.- PREVENCIÓN DE EFECTOS DE FORMA PARTICULARIZADA SOBRE LOS ELEMENTOS DEL MEDIO.Control de los niveles de ruido durante la fase de ejecución.El ruido producido por el funcionamiento de la maquinaria durante la fase de construcción puede ser aminorado con un mantenimiento regular de la misma, ya que así se eliminan los ruidos procedentes de elementos desajustados que trabajan con altos niveles de vibración. Se prestará especial atención en las zonas en las que la traza discurre cerca de núcleos urbanos de población, así como en las zonas en las que existe fauna de interés que pueda verse afectada.

PROTECCIÓN DEL SISTEMA HIDROLÓGICO.Durante la ejecución de las obras de drenaje sobre los cursos de agua existentes, se extremarán las precauciones para que no se produzcan aterramientos del cauce, desviaciones, ni vertidos procedentes de la maquinaria en las obras.

D.- LOCALIZACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE VERTEDEROS, ÁREAS DE EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS E INSTALACIONES AUXILIARES.Uso y manejo de Canteras y BotaderosCon respecto al uso y manejo de las Canteras y Botaderos, que permitan conseguir un nivel de calidad global compatible con la ambiental y con los usos del terreno, se tendrán en cuenta una serie de consideraciones preliminares, siendo las más importantes las siguientes:Elección del emplazamiento en un área poco expuesta a la vista, de manera que se integre en el paisaje circundante en la medida de lo posible.Elección de un lugar con suficiente capacidad para que no se produzcan problemas de desajuste formal entre la excavación o el vertido y el terreno.Elección de un lugar geotécnicamente apto.Elección de un emplazamiento donde no se planteen, problemas de drenaje o su solución sea sencilla y barata. Elección de una zona en la que no se alteren las condiciones hidrogeológicas o las afecciones no revistan importancia.

CONTROL DE BOTADEROS Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS.Las medidas preventivas más importantes a adoptar serán:No verter materiales por las laderas hacia los arroyos.No cubrir los cauces con materiales derramados. En cualquier caso, estará prohibido situar maquinaria, equipos u otros elementos o materiales de obra sobre el lecho de cualquier arroyo o curso de agua, así como transitar por los mismos con maquinaria de obra.Controlar escrupulosamente los movimientos de tierras, con especial cuidado, durante los meses de verano para evitar la formación de polvos.Evitar el rodamiento innecesario con la maquinaria por los cauces, especialmente durante los meses con presencia de lluvias.Controlar estrictamente las operaciones de cambio de aceites, recarga de combustibles y lavado de maquinaria, impidiendo siempre, que se realice en los cursos de agua y sus proximidades; asimismo, queda prohibido cualquier tipo de derrame, líquido o sólido. Los aprovisionamientos de combustibles, cambios de aceites, lavados de maquinaría y cubas de concreto, se realizarán en parques prefijados, que deberán contar con las instalaciones adecuadas para evitar la contaminación de suelos y aguas.

MEDIDAS DE RECUPERACIÓN AMBIENTAL PARA INSTALACIONES AUXILIARES DE LA OBRALa recuperación medioambiental de las condiciones del entorno afectado requerirá las siguientes labores:Retirada y transporte a vertedero autorizado de restos de la obra. Para los materiales tóxicos y peligrosos se recabará información con relación al destino y tratamiento final.

CONSERVACION DEL MEDIO AMBIENTE:El Contratista está obligado a cumplir con las disposiciones y exigencias del estudio de Impacto Ambiental y ESPECIFICACIONES TECNICAS para la preservación del medio ambiente, para lo cual deberá de establecer un Plan de Vigilancia Ambiental, aplicando un sistema de control que garantice el cumplimiento de las acciones y medidas preventivas y correctivas, enmarcadas dentro del manejo y conservación del medio ambiente en armonía con el desarrollo integral y sostenido de las áreas que se incluyen en el recorrido de la vía. Para tal efecto, la Empresa Contratista, deberá llevar a cabo las siguientes acciones:

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Crear una Unidad de Medio Ambiente, cuya función será identificar los posibles problemas ambientales que se presenten en la etapa de construcción así como redefinir metas para lograr su mejoramiento y el mantenimiento de los ecosistemas.Promocionar la participación de las organizaciones representativas locales y de los sectores comprometidos como son: Transportes, Energía y Minas y Agricultura, para establecer lineamientos de desarrollo sostenido y de conservación ambiental.Cumplir con los dispositivos legales y los contenidos en el expediente técnico de las obras programadas.

PLAN DE ABANDONO Y RESTAURACIÓN.El Plan de Abandono y Restauración está referido a las acciones y medidas que debe realizar la El Contratista después de que haya culminado con todas las obras consideradas en los Términos de Referencia, que comienzan desde la etapa pre operatoria y construcción de las obras, habrá un periodo de clausura hasta la declaración oficial del cierre y abandono de todas las áreas que fueron utilizadas durante el proceso de construcción tales como; el abandono de toda la infraestructura de la obra, campamentos, almacenes, patios del parque automotor y de maquinaria, así como, las áreas que han sido utilizadas como canteras, botaderos, rellenos sanitarios; ya que desde el punto de vista de la conservación del medio ambiente, interesa el retiro inmediato de las instalaciones temporales utilizadas en la construcción de las vías de transporte programadas así como la restauración de las área utilizadas de tal manera de devolver y mejorar el paisaje de las zonas afectadas.Para dar cumplimiento al mencionado plan la Empresa Constructora, deberá acreditar a un responsable técnico, para que coordine en forma permanente los trabajos de restauración del área del corredor preferencial y cuando el abandono se considere total se colocarán carteles en lugares apropiados y visibles comunicando el cese de las operaciones de construcción.HORARIO DE TRABAJO:El Contratista antes de la iniciación de la obra deberá obligatoriamente poner en conocimiento a la Entidad el horario diurno de trabajo, de lunes a sábado, dentro del cual deberán realizarse todos los trabajos, a fin de que ésta pueda disponer un adecuado control de los mismos.Una vez iniciados los trabajos, el Ingeniero Inspector a solicitud del Contratista, autorizará la ejecución de trabajos fuera del horario establecido, siempre que a su criterio; la visibilidad bajo condiciones de iluminación natural o artificial sea adecuada.

CONTROL PARA LA RECEPCION DE OBRA:Los requerimientos de calidad post-construcción para efecto de recepción de obra son: Serviciabilidad de electricidad con calidad, eficacia y según acorde a las Normas técnicas al distrito de Casitas, provincia de Contralmirante Villar, Región Tumbes.

IV.- REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS PROPUESTOS

PLAZO DE EJECUCIÓN:SESENTA (120) días calendario.

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTAEl Contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de la obra materia de la presente convocatoria, por el plazo de siete (07) años, contados a partir de la conformidad de la recepción total o parcial de la obra.

El Comité Especial verificará que las propuestas presentadas por los postores cumplan obligatoriamente con los Requerimientos Técnicos Mínimos a efectos de ser admitidas. En consecuencia, el incumplimiento de cualquiera de los Requerimientos Técnico Mínimos acarreará, necesariamente, en la descalificación de la propuesta técnica.

Los requerimientos técnicos mínimos para el presente proceso de selección son:

PLAN DE TRABAJO.-Los postores realizarán un esquema que incluirá todos los aspectos concernientes a la ejecución de la obra, conteniendo la información en el siguiente orden:o Desarrollo de una Estructura de Desglose de Trabajo (EDT).o Desarrollo de un cronograma de la ejecución de la obra.

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o Fuente y cronograma de abastecimiento de insumos, equipos, maquinaria y materiales considerados para la obra

o Sistema de organización interna e información detallada del personal, maquinaria, equipos y vehículos de transporte asignadoso Optimización del plazo de ejecución que consta en el expediente técnico,

en programación PERT CPM, optimizando la programación de obra propuesta por el Consultor a cargo del expediente técnico.

o Deberá presentar un Plan de Gestión de Riesgos.

CONSERVACION DEL MEDIO AMBIENTE.- El contratista debe emplear medidas efectivas a fin de reducir al mínimo el impacto de las actividades en el medio ambiente, por lo que está obligado a realizar las visitas técnicas, mediciones y cualquier actividad a fin de logar dicho objetivo. El Contratista deberá cumplir con la normatividad legal, sobre Medio Ambiente de aplicación en su actividad, al respecto deberá presentar Declaración Jurada de cumplimiento de la normatividad legal vigente.

CANTIDAD Y CALIDAD DE LA OBRA.- El Postor deberá efectuar la inspección de los lugares de abastecimiento, condiciones de trabajo, clima, accesos y reglamentación de la zona donde se va realizar la obra. La presentación de la propuesta implica la tacita aceptación del postor de que no ha encontrado inconveniente alguno para la iniciación y ejecución de las obras en forma técnicamente correcta según los planos entregados, por lo que presentará Declaración Jurada de aceptación, manifestando que tiene conocimiento de los alcances del expediente técnico de la obra en su totalidad y se compromete a cumplir con las características técnicas de la obra y los metrados consignados

SEGURIDAD Y SALUD DE LA OBRA.-Para la calificación del postor y conforme lo exige en la norma G 050 Seguridad Durante la Construcción, para la calificación de empresas contratistas, se debe adicionar en la propuesta técnica conforme al art. 42 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la presentación de los siguientes documentos:

A. Plan de Seguridad y Salud de la obra El contratista presentará un plan de seguridad y salud desarrollado y firmado por quién asumirá las funciones de Ingeniero Especialista en Seguridad y Medio Ambiente y tendrá a su cargo la implementación y administración del Plan de Seguridad y Salud. Este plan contendrá lo siguiente: Análisis de riesgos de la obra con la identificación de actividades críticas y procedimientos de trabajo para todas las actividades críticas, que incluyan las medidas preventivas para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores durante el desempeño de sus labores. Programa de capacitación y sensibilización. Se verificará que el programa incluya la charla de inducción (mínimo 60’), charla que se da por única vez al personal que ingresa a la obra, Charlas semanales (mínimo 30’) y charlas de inicio de jornada. Programa de inspecciones y auditorias del cumplimiento de la norma G 050. Se verificará que el programa incluya por lo menos una inspección semanal a cargo del responsable técnico de obra. Declaración jurada de dotación del personal de los siguientes implementos: Fotocheck, Mameluco (o similar), Zapatos (adecuados para la función), Cascos incluido accesorio para sujetarlo a la cabeza y evitar su caída (adecuados para su función), Guantes de

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cuero y dieléctricos, Lentes, Cinta señal, de Peligro, Conos de seguridad y Linterna de mano, etc.

Declaración jurada de cumplimiento con lo dispuesto en el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas aprobado con Resolución Ministerial No 161-2007-MEM/DM.

B. Certificado de buen desempeño en Seguridad y SaludEl Contratista presentará un certificado de cumplimiento de las normas de seguridad y salud en obras de construcción, emitido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

RECURSOS HUMANOS MINIMOS  Los postores deberán certificar la participación de:

PERSONAL PROFESIONAL

RESIDENTE DE OBRA

Ingeniero Electricista o Mecánico Eléctrico Colegiado, con experiencia efectiva de tres (03) años como residente y/o supervisor en obras similares en los últimos diez (10) años. Este requisito se sustentará con copias simples de las constancias, certificados o cualquier documento en el que conste o se acredite la experiencia en la especialidad, de los que se desprenda el tiempo de ejecución real y efectivo de las actividades similares para las que son requeridas. Deberá presentarse copia del Título Profesional, copia de Certificado de Incorporación o Colegiatura en el respectivo Colegio Profesional y Declaración Jurada de encontrarse hábil.

Como obras similares, serán consideradas las obras cuya ejecución tenga que ver con: Líneas de Transmisión, Líneas de sub. Transmisión, Líneas y Redes Primarias en media tensión, Redes Secundarias, Alumbrado Público y/o Conexiones Domiciliarias.

ING. ESPECIALISTA EN SEGURIDAD.Ingeniero Industrial o Electricista o Mecánico Eléctrico, con experiencia efectiva de dos (02) años como Ingeniero en Seguridad en obras similares en los últimos diez (10) años. Este requisito se sustentará con copias simples de las constancias, certificados o cualquier documento en el que conste o se acredite la experiencia en la especialidad, de los que se desprenda el tiempo de ejecución real y efectivo de las actividades similares para las que son requeridas. Deberá presentarse copia del Título Profesional, copia de Certificado de Incorporación o

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Colegiatura en el respectivo Colegio Profesional y Declaración Jurada de encontrarse hábil. ESPECIALISTA EN MEDIO AMBIENTE.Ingeniero colegiado hábil, con una experiencia acumulada de 24 meses como especialista en trabajos de impacto ambiental, contar con maestría en Ciencias Ambientales. Para acreditar la experiencia del especialista se adjuntará copia simple de constancias o certificados de trabajo, también resultarán válidos los contratos suscritos por los profesionales y sus empleadores, acompañados de sus respectivas conformidades, siempre que de dichos contratos se desprenda el tiempo de experiencia obtenido, las mismas que estarán sujetas a fiscalización conforme a Ley. La experiencia en la especialidad podrá ser en empresas privadas o públicas dicha experiencia no será considerada para la evaluación.

PERSONAL TECNICO

Maestro de Obra

Deberá tener experiencia en trabajos de ejecución de obras eléctricas acreditando como mínimo haber participado en obras similares (eléctricas), con un mínimo de 2 años, para lo cual deberá acreditar con copias simples de contratos y/o constancias en obras similares al objeto de la convocatoria.El maestro de obra deberá contar con titulo de técnico electricista otorgado por una Entidad del Estado.

EQUIPOS Y MAQUINARIAS

Todos los equipos y maquinarias necesarios para la ejecución satisfactoria de los trabajos a realizar, deberán llevarse a obra en forma oportuna y no podrán retirarse de la misma salvo autorización escrita del Supervisor, que no podrá negarla sin justa razón.

Las pérdidas o daños causados a los equipos y maquinarias durante la ejecución de las obras, corren por cuenta del Contratista.

Si el Supervisor demuestra que los equipos, maquinarias, herramientas son insuficientes o inapropiados para asegurar la calidad de la obra y el cumplimiento de los plazos, el Contratista está obligado a efectuar enmiendas y/o adiciones necesarias, por su cuenta y costo.

EQUIPO MINIMO (FORMATO Nº 03)

La Relación de Equipo mínimo será conforme al siguiente detalle:

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Todos estos

equipos, maquinarias, herramientas e instrumentos serán puestos a disposición de la obra en óptimas condiciones de operación. Los equipos, herramientas e instrumentos a emplearse en la ejecución de la obra, no deberán tener una antigüedad de seis años, contados desde la presentación de la propuesta, se acreditara mediante documentos de propiedad (copia simple de tarjeta de propiedad, factura o documento que sustente la propiedad), de ser alquilados los equipos y/o maquinarias se acreditara el compromiso de alquiler mediante declaración jurada simple firmada y sellada por el propietario.Deberá indicar claramente la ubicación exacta de la maquinaria ofertada, a fin de poder realizar la respectiva verificación de acuerdo a Ley (Comunicado Nº 002-2006-PRE), en caso de encontrar alguna irregularidad se pondrá de conocimiento al OSCE.

IMPLEMENTACION MINIMA DE EQUIPOS DE SEGURIDAD

Además el Contratista deberá prever para su personal encargado de la ejecución de la obra los siguientes implementos de seguridad:

ITEM

DESCRIPCIÓN UND NUMERO REQUERID

O

01 Grúa Hidráulica sobre Camión de 5 Ton con 04 extensiones

UND 01

02 Mezcladora Concreto Trompo 8HP 9p3 UND 01

03 Rache 1 ton UND 02

04 Puestas a tierra temporaria para 30Kv UND 02

05 Revelador de tension audible para 30 Kv UND 01

06 Pertiga de 04 cuerpos UND 01

07 Caballetes bortabobina para 3 Ton. De capacidad

UND 01

08 Estación Total UND 01

09 Meghómetro Digital Rangos de 500 - 1000 - 5000 ohm. (*)

UND 01

10 Telurómetro Digital para medición de resistividad de terrenos y puestas a tierra. (*)

UND 01

11 Aplicador para conectores ampac UND 01

12 Camioneta 4x4 UND 01

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1. Mameluco (o similar)2. Zapatos dieléctricos (con planta de jebe aislante) 3. Cascos dieléctricos con barbiquejo (antichoque)4. Guantes de cuero y dieléctricos5. Lentes6. Correa o cinturón de seguridad7. Arnés de seguridad8. Cinta señal de peligro9. Conos de Seguridad10.Linternas de mano.

Los equipos de seguridad su tenencia deberá ser sustentada obligatoriamente con comprobantes de pago y/o contratos de promesa de alquiler, adjuntando el comprobante de pago del propietario, y/o declaración jurada de disponer de los equipos de seguridad para la ejecución de la obra.

Nota: La no presentación u omisión del alguno de los requerimiento técnicos mínimos, será motivo de descalificación y se tomara como no presentada la propuesta técnica.

La Entidad luego de otorgada la Buena Pro y antes de la firma del contrato podrá requerir la presentación de documentación adicional a las constancias y/o certificados de trabajo, para realizar la verificación de las mismas.

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CAPÍTULO IVPROFORMA DEL CONTRATO

IMPORTANTE:

Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.

Conste por el presente documento, la contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTESCon fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN] para la contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [CONSIGNAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO] , cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR INFORMACIÓN RELACIONADA A LA CONTRATACIÓN], conforme a los Requerimientos Técnicos Mínimos.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV32.

Este monto comprende el costo de la ejecución de la obra, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO 33 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA],

32 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica.

33 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

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en periodos de valorización [CONSIGNAR MENSUALES U OTRO TIPO DE PERIODO], conforme a lo previsto en la sección específica de las Bases. Asimismo, LA ENTIDAD o EL CONTRATISTA, según corresponda, se obligan a pagar el monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de [CONSIGNAR PLAZO EN DIAS] días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación.

En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a LA ENTIDAD, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses, de conformidad con el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las valorizaciones siguientes.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCION DE LA OBRAEl plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde el día siguiente de cumplidas las condiciones previstas en el numeral 3.5 de la sección general de las Bases.

IMPORTANTE:

Cuando en el expediente de contratación se establezca que la obra debe ejecutarse bajo la modalidad llave en mano, en lugar del párrafo anterior, deberá considerarse lo siguiente, según corresponda:

“El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria y el montaje del equipamiento hasta su puesta en funcionamiento, es de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, el mismo que se computa desde el día siguiente de cumplidas las condiciones previstas en el numeral 3.5 de la sección general de las Bases.” 34

“El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, el que comprende la elaboración del expediente técnico en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO, EL CUAL DEBERÁ ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, así como la ejecución de la obra en sí misma y el montaje del equipamiento hasta su puesta en funcionamiento en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y MONTAJE DEL EQUIPAMIENTO, EL CUAL DEBERÁ ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.” 35

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATOEl presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora36 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍASEL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

De fiel cumplimiento del contrato37: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE].

34 Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico.

35 Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

36 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.

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Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.

IMPORTANTE:

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad les retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, siempre que:

- El plazo de ejecución de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) días calendario.- El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizaciones periódicas en

función al avance de obra.

La retención se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias38: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓNLA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

IMPORTANTE:

Si LA ENTIDAD considera necesario entregar adelanto directo, deberá consignar la siguiente cláusula:

CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO39

“LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 20% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL]40 del monto del contrato original.

37 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

38 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de obras que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

39 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 186 y 187 del Reglamento.

40 En el caso de obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la elaboración del expediente técnico, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación. Asimismo, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la ejecución de la obra, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación.

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EL CONTRATISTA debe solicitar formalmente el [CONSIGNAR ADELANTO O PRIMER DESEMBOLSO DEL ADELANTO DIRECTO] dentro de los ocho (8) días calendario siguientes [CONSIGNAR, SEGÚN CORRESPONDA, A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO O AL INICIO DE LA EJECUCION DE LA OBRA]41, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos42 mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago correspondiente. LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días siguientes a la presentación de la solicitud de EL CONTRATISTA.

Asimismo, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega de los demás adelantos directos en [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD] 43. La entrega del o los adelantos se realizará en [CONSIGNAR PLAZO Y OPORTUNIDAD].44

Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procederá la solicitud.

En el supuesto que no se entregue [CONSIGNAR EL O LOS ADELANTOS] en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la obra por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.”

Si LA ENTIDAD considera necesario entregar adelantos para materiales o insumos a EL CONTRATISTA, deberá consignar la siguiente cláusula:

CLÁUSULA DÉCIMA: ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS45

“LA ENTIDAD otorgará adelantos para materiales o insumos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 40%] del monto del [CONSIGNAR, SEGÚN CORRESPONDA, DEL CONTRATO ORIGINAL O DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA]46.

La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de [CONSIGNAR PLAZO] días calendario previos a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos

41 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico, deberá indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato. En el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, para el adelanto directo que corresponda a la elaboración del expediente técnico deberá indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato; en cambio, para el adelanto directo que corresponda a la ejecución de la obra deberá indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente del inicio de la ejecución de la obra.

42 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución de la obra sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.

43 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico, deberá indicarse el plazo y oportunidad conforme al expediente de contratación. En el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, para el adelanto directo que corresponda a la elaboración del expediente técnico y/o a la ejecución de la obra deberá indicarse que el plazo y oportunidad conforme al expediente de contratación. En este último (adelanto directo para la ejecución de la obra), el plazo y oportunidad que se contemplen deben ser posteriores al inicio de la ejecución de la obra.

44 Este párrafo solo deberá ser incluido cuando la Entidad prevea la entrega de más de un adelanto directo al contratista.

45 En caso de obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, este adelanto solo cabe para la prestación consistente en la ejecución de la obra.

46 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico, deberá consignarse que el monto del adelanto para materiales o insumos se calcula en función del monto del contrato original. En el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, deberá consignarse que el monto del adelanto para materiales o insumos se calcula en función del monto original de la prestación consistente en la ejecución de la obra.

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para cada adquisición, con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL CONTRATISTA deberá solicitar la entrega del adelanto en un plazo de [CONSIGNAR PLAZO] días calendario anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos47 mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago respectivo.

La primera solicitud de El CONTRATISTA solo procederá una vez iniciada la ejecución de la obra. No procederá la entrega de los adelantos cuando las solicitudes sean realizadas con posterioridad a la fecha prevista para cada adquisición en el calendario de adquisición de materiales o insumos.

En el supuesto que no se entreguen los adelantos en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.”

CLÁUSULA UNDÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA OBRALa conformidad de la obra será dada con la suscripción del Acta de Recepción de Obra.

CLÁUSULA DUODÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTAEL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSNi la suscripción del Acta de Recepción de Obra, ni el consentimiento de la liquidación del contrato de obra, enervan el derecho de LA ENTIDAD a reclamar, posteriormente, por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.

El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de siete (07) años.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o del monto del ítem vigente que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x MontoF x Plazo en días

Donde:

F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) días o;

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. Esta penalidad será deducida en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.

47 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y mantenerse vigente hasta la utilización de los materiales o insumos a satisfacción de la Entidad, pudiendo reducirse de manera proporcional de acuerdo con el desarrollo respectivo.

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La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.

IMPORTANTE: De preverse en los Requerimientos Técnicos Mínimos penalidades distintas a la penalidad

por mora, se deberá consignar en esta cláusula el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad; los montos o porcentajes que se aplicarán por cada tipo de incumplimiento; y la forma o procedimiento mediante el que se verificará su ocurrencia.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATOCualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en los artículos 169 y 209 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOSólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.

CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 48 Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 184, 199, 201, 209, 210 y 212 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

El laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICACualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

48 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

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CLÁUSULA VIGÉSIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUALLas partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [CONSIGNAR]DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]

La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

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FORMATO N° 149

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN

Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA O DEL REPRESENTANTE COMUN EN CASO DE CONSORCIOS, ASI COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Adjudicación Directa Selectiva N° [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.50

…..………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

49 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.

50 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.

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ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social :Domicilio Legal :RUC : Teléfono : Fax :

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración:

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece LA EJECUCIÓN DE LA OBRA [CONSIGNAR LA DENOMINACION DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con el respectivo Expediente Técnico, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA (ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA], declaro bajo juramento:

1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.

4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………. …………………………………..Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

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ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACION DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DIAS CALENDARIO] días calendario.

IMPORTANTE:

Cuando en el expediente de contratación se establezca que la obra debe ejecutarse bajo la modalidad llave en mano, en lugar del párrafo anterior, deberá consignarse lo siguiente, según corresponda:

“Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACION DE LA CONVOCATORIA] y a montar el equipamiento hasta su puesta en funcionamiento en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DIAS CALENDARIO] días calendario.”51

“Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACION DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DIAS CALENDARIO] días calendario, plazo que comprende la elaboración del expediente técnico en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DIAS CALENDARIO] días calendario, así como la ejecución de la obra en sí misma y el montaje del equipamiento hasta su puesta en funcionamiento en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y MONTAJE DEL EQUIPAMIENTO, EL CUAL DEBERÁ ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.”52

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

51 Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico.

52 Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ANEXO Nº 6

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA(MODELO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección, y el expediente técnico de obra53, mi propuesta económica es la siguiente:

CONCEPTO COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA]

TOTAL

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a ejecutar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE: En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, deberá requerirse

que el postor consigne en su propuesta económica los precios unitarios ofertados considerando las partidas, planos y cantidades referenciales contenidos en el expediente técnico que es parte de las Bases; y que se valorizan en función a su ejecución real y por un determinado plazo de ejecución.

En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema a suma alzada, el postor formulará su propuesta considerando los trabajos que resulten necesarios para su ejecución, según los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra contenidos en el Expediente Técnico, en ese orden de prelación; considerándose que el desagregado de partidas que da origen a su propuesta y que debe presentar para la suscripción del contrato, es referencial.

En caso de convocarse el proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.

La propuesta económica de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo 7), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV.

53 Salvo en obras ejecutadas bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

70

[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ANEXO Nº 8

SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR OBRAS EJECUTADAS FUERA DE LIMA Y CALLAO

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA], solicito la asignación de la bonificación del diez por ciento (10%) sobre el puntaje total, debido a que mi representada se encuentra domiciliada en [CONSIGNAR DOMICILIO DEL POSTOR], la que está ubicada en la provincia [CONSIGNAR PROVINCIA O PROVINCIA COLINDANTE AL LUGAR EN EL QUE SE EJECUTARÁ LA OBRA, LA QUE PODRÁ PERTENECER O NO AL MISMO DEPARTAMENTO O REGIÓN]

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Para asignar la bonificación, el Comité Especial verificará el domicilio consignado por el postor en el Registro Nacional de Proveedores (RNP).

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD][CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]

ANEXO Nº 9

DECLARACIÓN JURADA DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA], declaro bajo juramento que la información del personal propuesto para la ejecución de la obra es el siguiente:

NOMBREDOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD U OTRO

ANÁLOGOCARGO Y/O

ESPECIALIDAD

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda