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BASES INTEGRADASADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA

Nº012-2013- AG-PSI

1ERA CONVOCATORIA

SERVICIO DE ELABORACION DEL ESTUDIO DE PREINVERSIÓN A NIVEL DE PERFIL DEL

PROYECTO DE “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE 5,500 HECTÁREAS DEL

VALLE VIEJO DE OLMOS EN LA REGIÓN LAMBAYEQUE”

JUNIO 2013

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

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CAPÍTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. BASE LEGAL

- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado, en adelante el Reglamento.- Directivas del OSCE.- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.- Código Civil.- Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción

de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

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1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que

tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada

por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.

La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.

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1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.

Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.

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Cuando la presentación de propuestas se realice en acto público, las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

1.9. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS1

En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PÚBLICOtenerse en consideración lo siguiente:

La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.

El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo

1 De acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directiva Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.

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que finalmente se resuelva al respecto.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—,, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PRIVADOtenerse en consideración lo siguiente:

Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el día y horario señalados en la sección específica de las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o

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conformando otro consorcio en ítems distintos .

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

IMPORTANTE:

Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.2

1.11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Técnica : 100 puntosPropuesta Económica : 100 puntos

1.11.1. EVALUACIÓN TÉCNICA

En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO PÚBLICO, en la evaluación se deberá tener en consideración lo siguiente:

Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con

2 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO PRIVADO, en la evaluación se deberá tener en consideración lo siguiente:

Se procederá a la apertura de las propuestas técnicas presentadas y se verificará que contengan los documentos de presentación obligatoria y cumplan con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas–, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.

IMPORTANTE:

En tanto OSCE no comunique a través de su portal institucional la implementación del mecanismo de notificación electrónica en el SEACE para la Entidad, el Comité Especial deberá notificar al postor el requerimiento de subsanación de la propuesta técnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Décima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se tendrá por no admitida. El Comité Especial incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que se publicará en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta técnica y económica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.

Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología

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de asignación de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

En caso de la descalificación de la propuesta, el Comité Especial incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en el SEACE.

1.11.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA

Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPEOi

Donde:i = PropuestaPi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajoPMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

IMPORTANTE:

En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.

1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PÚBLICO, se deberá tener en consideración lo siguiente:

En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.

El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas

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económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.

IMPORTANTE:

En el caso de contratación de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP3.

El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores y los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

En caso que el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO, se deberá tener en consideración lo siguiente:

El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.

IMPORTANTE:

En el caso de contratación de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los

3 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: www.rnp.gob.pe

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postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP 4.

El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto se levantará un acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores, de ser el caso.

El otorgamiento de la Buena Pro se publicará y se entenderá notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, bajo responsabilidad del Comité Especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.

1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.

1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 115 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

4 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: www.rnp.gob.pe

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CAPÍTULO IISOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. RECURSO DE APELACIÓN

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante la Entidad que convocó el proceso de selección y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha facultad.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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CAPÍTULO IIIDEL CONTRATO

3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.

En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI). Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los

documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.

3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.

3.3. DE LAS GARANTÍAS

3.3.1. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben

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ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.

3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.

3.6. ADELANTOS

La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.

En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.

3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

3.8. PAGOS

La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la realización del servicio.

La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la ejecución de la prestación de los servicios, conforme a la sección específica de las Bases.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones

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establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

3.9. DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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CAPÍTULO IGENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : Programa Subsectorial de Irrigaciones

RUC Nº : 20414868216

Domicilio legal : Jr. Teniente Emilio Fernandez 130 Santa Beatriz

Teléfono/Fax: : 424-4488

Correo electrónico: : [email protected]

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del Servicio de Elaboración del Estudio de Preinversión a Nivel de Perfil del Proyecto de Mejoramiento del Servicio de Agua para Riego de 5,500 hectáreas del Valle Viejo de Olmos en la Región - Lambayeque

1.3. VALOR REFERENCIAL5

El valor referencial asciende a la suma de S/ 60,000.00 Sesenta Mil y 00/100 Nuevos Soles, incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de mayo del 2013

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución Directoral Nº277-2013-2013-AG-PSI, de fecha 27 de mayo del 2013.

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTORecursos Directamente Recaudados

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓNEl presente proceso se rige por el sistema de Suma Alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTOEl servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.

1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIOLos servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de 60 días calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.

5 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASESSin costo, a través del SEACE

1.10. BASE LEGAL

Ley N° 28411– Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley Nº 29591 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado. (en adelante la Ley) Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado, modificado por Decreto Supremo N° 021-2009-EF. (en adelante El Reglamento)

Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la

Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM. Directiva 003-2003-CONSUCODE/PRE Disposiciones Complementarias para la

participación de postores en consorcio en las contrataciones y adquisiciones del Estado. Ley Nº 27050 – Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento, aprobado

por Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH. Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28016 – Ley de Promoción de Competencia y

Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-TR.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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CAPÍTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 6

Etapa Fecha, hora y lugarConvocatoria : 05 de junio del 2013Registro de participantes : Del: 06 de junio del 2013

Al: 14 de junio del 2013Formulación de Consultas y Observaciones a las Bases

: Del: 06 de junio del 2013Al: 10 de junio del 2013

Absolución de Consultas y Observaciones a las Bases

: 11 de junio del 2013

Integración de las Bases : 13 de junio del 2013Presentación de Propuestas : 19 de junio del 2013* El acto privado : Mesa de Partes Jr. Emilio Fernández Nº

130 Santa Beatriz [ Desde las 08:30 hasta las 16:30

Calificación y Evaluación de Propuestas : 19 de junio del 2013 Otorgamiento de la Buena Pro : 19 de junio del 2013* En acto privado (a través del SEACE)

2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes se realizará en forma gratuita ante el Comité Especial, en la Oficina de Administración y Finanzas, sito en Jr. Teniente Emilio Fernández Nº 130, Santa Beatriz – Lima (1er. Piso), en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas.

En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.

2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Jr. Teniente Emilio Fernández Nº 130, Santa Beatriz – Lima, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 hasta las 16:30 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N°012-2013-AG-PSI.

6 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

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2.4. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS7

En caso la presentación de propuesta se realice en ACTO PRIVADO, en la evaluación deberá considerarse lo siguiente:

Los participantes presentarán sus propuestas en sobre cerrado, en la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Jr. Teniente Emilio Fernández Nº 130, Santa Beatriz – Lima, en la fecha y horario señalados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comité Especial.

En ambos supuestos, las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N°012-2013-AG-PSI, conforme al siguiente detalle:

IMPORTANTE:

Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA

Se presentará en un original y 01 copia 8.

7 De acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directiva Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.

8 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.

SeñoresPrograma Subsectorial de Irrigaciones - PSIJr. Teniente Emilio Fernández Nº 130, Santa Beatriz – LimaAtt.: Comité Especial

ADS N° 012-2013-AG-PSIDenominación de la convocatoria: Servicio de Elaboración del Estudio de Preinversión a Nivel de Perfil del Proyecto de Mejoramiento del Servicio de Agua para Riego de 5,500 hectáreas del Valle Viejo de Olmos en la Región - Lambayeque

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

SeñoresPrograma Subsectorial de Irrigaciones - PSIJr. Teniente Emilio Fernández Nº 130, Santa Beatriz – LimaAtt.: Comité Especial

ADS N° 012-2013-AG-PSIDenominación de la convocatoria: Servicio de Elaboración del Estudio de Preinversión a Nivel de Perfil del Proyecto de Mejoramiento del Servicio de Agua para Riego de 5,500 hectáreas del Valle Viejo de Olmos en la Región - Lambayeque

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

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El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos9, la siguiente documentación:

Documentación de presentación obligatoria:

a) Declaración jurada de datos del postor.Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).

b)Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección10 (Anexo Nº 2).

c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

d)Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4)

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

e) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5).

f)Presentar documentación requerida en los términos de referencia

IMPORTANTE:

La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.

Documentación de presentación facultativa:

a) Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso11.

b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con

9 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

10 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.

11 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

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Discapacidad12.

c) Factor Experiencia del Postor: Copia simple de contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo 06, referido a la Experiencia del Postor.

IMPORTANTE: En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta

técnica, la propuesta será descalificada.

2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA13

El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 9).

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

IMPORTANTE: La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá

de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.

En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.

2.6. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL

Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluación técnica del postor iPEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

En el caso de servicios en general se incluirán las siguientes ponderaciones:

12 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

13 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

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c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70

c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica =0.30

Donde: c1 + c2 = 1.00

2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.b) Carta Fianza como Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso.c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.d) Código de cuenta interbancario (CCI). e) Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los

documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.

f) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.g) Correo electrónico para notificar la orden de servicio, en el caso que habiendo sido

convocado el proceso por relación de ítems, el valor referencial del ítem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de ser el caso.

IMPORTANTE:

En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio .

Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentación a ser presentada, tales como:

a) Copia de DNI del Representante Legal.b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.d) Copia del RUC de la empresa.e) Certificado de Habilidad, de ser el caso .

IMPORTANTE: La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en

el presente numeral para la suscripción del contrato.

2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATOEl postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.

La citada documentación deberá ser presentada en Jr. Teniente Emilio Fernández Nº 130, Santa Beatriz – Lima.

2.9. FORMA DE PAGO

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La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en forma proporcional de acuerdo al avance, establecido en el punto VI de los términos de referencia

De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

- Recepción y conformidad de la Oficina de Gestión Zonal, de ser el caso - Conformidad de la Dirección de Gestión del Riego - Comprobante de pago.

2.10. PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

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CAPÍTULO IIITÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SERVICIO DE ELABORACION DEL ESTUDIO DE PREINVERSIÓN A NIVEL DE PERFIL DEL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE 5,500

HECTÁREAS DEL VALLE VIEJO DE OLMOS EN LA REGIÓN LAMBAYEQUE

1. OBJETO DEL SERVICIO

El objetivo del trabajo es la formulación del Perfil del Proyecto como inicio de la Fase de Preinversión del mismo orientado a identificar el problema, las causas que lo originan y los efectos que produce; y sobre esta base plantear los objetivos del proyecto y generar las alternativas para la solución del problema, que serán estudiadas y evaluadas en términos de los costos y beneficios que producirá su implementación y funcionamiento a lo largo del horizonte de evaluación del proyecto.

En este nivel de estudio se definirá la alternativa de solución que deberá ser profundizada en el estudio de factibilidad, con base a los argumentos técnicos y económicos que permitan demostrar que la alternativa seleccionada es la más conveniente sobre el resto de alternativas de solución planteadas para resolver el problema central.

2. FINALIDAD PÚBLICA Es Supervisar la correcta ejecución de la Obra, la misma que se encuentra enmarcada en el Plan Operativo Institucional.

3. REQUISITOS MINIMOS REQUERIDOS

Jefe de Equipo Especialista en formulación de proyectos de riego: actuará como el responsable por la formulación del Perfil del Proyectoa) Profesional en ingeniería civil, agrícola, economíab) Título universitario con colegiatura vigente en la especialidad indicada en el nivel

académico.c) Experiencia general mínima de 8 años ejerciendo actividad profesional y 4 años en

instituciones estatales del Sector Agrario.d) Experiencia específica mínima de 3 años en formulación y evaluación de estudios de

preinversión de proyectos de riego según normas del SNIP.e) Experiencia específica mínima de 2 años en formulación y evaluación de estudios de

preinversión de proyectos de riego tecnificado según normas del SNIP y de la Ley de Riego Tecnificado.

f) Experiencia como responsable de proyectos financiados por convenios internaciones (BID, BIRF) mínimo de 2 años

01 Especialista en diseños de sistemas de riego tecnificadoa) Profesional ingeniería civil o agrícolab) Experiencia general mínima de 5 años ejerciendo actividad profesional y 2 años en

instituciones estatales del Sector Agrario.c) Experiencia específica mínima de 2 años en diseño de sistemas de riego tecnificado en

concordancia con las normas de la Ley de Riego Tecnificado.

El participante deberá presentar la documentación que acredite los requisitos mínimos de personal requerido, caso contrario será observado y posible descalificación de su propuesta

4. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El Consultor será contratado por la modalidad de “Consultorías Individuales” por un periodo de sesenta (60) días calendarios contados a partir de la firma del Contrato respectivo.

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5. CARACTERISTICAS TECNICAS DEL SERVICIO A REALIZAR: El servicio se desarrollara teniendo en cuenta los términos de referencia para la elaboración de estudio de pre inversión

6. DE LOS INFORMES Y SUS APROBACIONES

Primer Informe: Dentro de los primeros siete (07) días calendario contados desde la fecha de suscripción del contrato, se presentará el Plan de Trabajo de las actividades a ejecutar durante el plazo de ejecución, así como la participación del personal profesional y técnico de apoyo, en concordancia con su propuesta técnica y económica.

El Plan de Trabajo deberá contener una descripción detallada de los trabajos previstos y periodos de participación del personal a cargo de los mismos; debiendo incluirse en el mismo un cronograma de las actividades, poniendo énfasis en las actividades criticas.

El Plan de Trabajo presentado constituye el Primer Producto que deberá ser aprobado por el PSI.

Segundo Informe: Se presentará a los treinta (30) días calendario contados desde la fecha de suscripción del contrato, conteniendo los resultados de los estudios realizados hasta dicha fecha, conforme a los requerimientos de los Términos de Referencia y al Plan de Trabajo aprobados.

Tercer y último Informe: Se presentará a los sesenta (60) días calendario contados desde la fecha de suscripción del contrato, conteniendo los resultados finales del Perfil del Proyecto. El PSI dará la conformidad al estudio.

En vista que el referido estudio de preinversión debe ser aprobado por la OPI Agricultura, el consultor está obligado a acompañar al PSI para las aclaraciones y levantamiento de observaciones a que hubiera lugar, hasta que se haya obtenido la respectiva aprobación del Perfil del Proyecto motivo de la presente consultoría.

7. COSTO DEL SERVICIO El costo total del servicio es de sesenta mil y 00/100 nuevos soles (S/. 60,000.00), cuyo pago se realizara en tres armadas de acuerdo lo estipulado en el punto 7

8. FUENTE DE FINANCIENTO Recursos Directamente Recaudados

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MINISTERIO DE AGRICULTURAPROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES – PSI

PROYECTO DE MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE 5,500 HECTÁREAS DEL VALLE VIEJO DE OLMOS EN LA REGIÓN LAMBAYEQUE

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE PREINVERSIÓN A NIVEL DE PERFIL

I. ASPECTOS GENERALES

El contenido de los presentes Términos de Referencia del Proyecto de Inversión Pública que se propone, en adelante "TDR PIP MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE 5,500 HECTÁREAS DEL VALLE VIEJO DE OLMOS EN LA REGIÓN LAMBAYEQUE", se han elaborado según los lineamientos establecidos en el ANEXO SNIP 23 "Pautas para los Términos de Referencia o Planes de Trabajo para la Contratación o Elaboración de Estudios de Preinversión". Sin embargo, no se ha seguido necesariamente la secuencia establecida en dicho Anexo ya que ha sido desarrollado en un formato de contenido orientado a lograr una mayor comprensión de estos TDR. Asimismo, se ha incluido información adicional para satisfacer los requerimientos de las instancias correspondientes que analizarán, evaluarán y aprobarán dichos TDR.

1) Base legal para la formulación del estudio de preinversión

La formulación del presente estudio de preinversión se hace con base a los siguientes dispositivos legales:

a. Ley N° 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, modificada por las Leyes N° 28522 y N° 28802, publicadas el 25 de Mayo de 2005 y el 21 de Julio de 2006, respectivamente, y los Decretos Legislativos N° 1005 del 03 de Mayo de 2008 y N° 10091 del 21 de Junio de 2008 vigente desde el 08 de Junio de 2009, respectivamente.

b. Decreto Supremo N° 102-2007-EF, publicado el 19 de Julio de 2007, que aprueba el nuevo reglamento del SNIP, modificado por Decreto Supremo N° 185-2007-EF publicado el 24 de Noviembre de 2007. Posteriormente el Decreto Supremo N° 038-2009-EF publicado el 15 de Febrero de 2009 modifica la Segunda Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley N° 27293.

c. Resolución Ministerial N° 314-2007-EF/15 del 01 de Junio de 2007, que aprueba la delegación de facultades para declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública, modificado mediante Resolución Ministerial N° 647-2007-EF/15 del 26 de Octubre de 2007.

d. Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01 publicada el 09 de Abril de 2011, que aprueba la Directiva N° 001-2011-EF/68.01 del SNIP con vigencia a partir del 10 de Abril de 2011.

e. Ley N° 29339, Ley de Recursos Hídricos.f. Ley N° 28585, Ley de Riego Tecnificado.g. Ley N° 27466, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental.h. Ley N° 28611, Ley General del Ambiente.i. Ley N° 26786, Ley de Evaluación de Impacto Ambiental para Obras y Actividades.j. Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado.k. Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones

del Estado y sus modificatorias.

2) Planteamiento de la problemática

El Proyecto Olmos es un Proyecto de Inversión Pública prioritaria del Gobierno Regional de Lambayeque y del Gobierno Nacional, que tiene como objetivo el desarrollo de la agricultura regional activando el proceso de explotación de tierras aptas para el cultivo, disponibles en la zona de Olmos. Esta dirigido y orientado al establecimiento de una agricultura empresarial, agroexportadora y altamente rentable, convirtiéndose en una de las fuentes principales de generación de empleo de calidad, ingresos significativos, contribuyendo de manera sustancial en la formación del ingreso regional.

A partir del año 2006 se inició la construcción del Proyecto Olmos a cargo del PEOT, quien bajo la modalidad de Concesión otorgó al Consorcio Trasvase Olmos (CTO) la ejecución del mismo. La

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Primera Concesión “Obras de Trasvase”, comprende básicamente la Presa Limón de 45 m. de altura y una capacidad de almacenamiento total de 44 MMC, la culminación del Túnel Trasandino (14 Km aprox. De excavación con TBM), Aliviadero, y Obras Conexas. El esquema general de desarrollo del Componente de Distribución del Proyecto Olmos, se basa en la utilización de las aguas factibles de trasvasar las que en primera instancia contempla tan solo el trasvase del agua reservada del Huancabamba Alto y Medio.

En los alcances del Contrato de Concesión suscrito de un lado por el Gobierno Regional de Lambayeque en representación del Estado Peruano, y de otro lado, por H2OLMOS S.A. para el Diseño, Financiamiento, Construcción, Operación y Mantenimiento del Proyecto Irrigación Olmos, se considera la construcción de una infraestructura hidráulica destinada al suministro de agua para el riego de 43,500 ha de tierras, de las cuales 38,000 ha, se encuentran ubicadas dentro del polígono reservado a favor del Proyecto Especial Olmos Tinajones; mientras que las restantes 5,500 ha corresponden a predios ubicados dentro del llamado “Valle Viejo” en el área agrícola comprendida desde la bocatoma La Juliana, hacia aguas abajo; desde la cota 224.00 msnm hasta la cota la cota 85.00 msnm aproximadamente.

El valle viejo de Olmos, es regado por el río de su mismo nombre, por tratarse de un río de régimen estacional solo puede abastecer a sus tierras en los meses que dispone del agua de escorrentía superficial, habiendo algunos años en los cuales el caudal llega a ser cero en la parte media y baja del valle. Debido a la escasez del agua, es que algunos agricultores tienen sus pozos y en base a ellos han desarrollado sus parcelas; inclusive se hace uso del riego tecnificado, pero todavía en muy pequeña escala. Con la próxima llegada de las aguas del río Huancabamba, por medio del Túnel Trasandino, las condiciones de oferta hídrica para el valle de Olmos mejoraran notablemente; de tal forma que el proyecto contempla una reserva de 38.5 MMC anuales para suministrar el agua para 5,500 hectáreas dentro del Valle Viejo.

La mayor parte de las tierras nuevas del proyecto ya han sido subastadas y cuentan con propietarios (individuales y empresas) en explotaciones cuyos tamaños son de medianos a grandes aparentes para ser desarrolladas mediante una agricultura extensiva, con economía de escala y orientada a la exportación. Por las características de los propietarios, sobre estas tierras está garantizada la implementación de sistemas de riego tecnificado, el desarrollo de una agricultura de alta tecnificación y un mercado seguro tanto para el consumo interno como para la exportación de productos agrícolas.

Sin embargo, al interior del ámbito del Valle Viejo de Olmos, específicamente en los bloques denominados Imperial, La Mina-Pumpurre, Miraflores, Las Norias-El Muerto y La Juliana, que como se mencionó comprende un total de 5,500 ha, también se encuentran las tierras pertenecientes a la Comunidad de Olmos y de algunos agricultores individuales, que no tienen recursos financieros para implementar la infraestructura de riego requerida y tampoco tienen acceso a los mercados especialmente de exportación.

En consecuencia, es necesario la participación del Estado para poder apoyar a los usuarios de la Comunidad Campesina de Olmos y a los agricultores individuales ubicados en el ámbito del proyecto Olmos, en: (i) implementar sus tierras con infraestructura hidráulica y sistemas de riego concordantes con lo que se establecerán en el resto de las áreas del proyecto; (ii) desarrollar una agricultura moderna de alta tecnificación; y, (iii) acceder a los mercados internacionales.

Se considera de suma importancia la ejecución de la presente propuesta de proyecto teniendo en cuenta los posibles efectos sociales negativos que pueden ocurrir en el corto y mediano plazo, los cuales podrían obstaculizar el desarrollo del proyecto Olmos tal como está sucediendo en otras partes del país aunque en otros sectores productivos (minería, energía).

3) Denominación del Proyecto de Inversión Pública

El título oficial del Estudio a ser utilizado en todas las referencias será:

“MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE 5,500 HECTÁREAS DEL VALLE VIEJO DE OLMOS EN LA REGIÓN LAMBAYEQUE”.

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El nombre indicado será mantenido en todos los informes, documentos técnicos y administrativos, oficios y otros durante todo el período de sus fases de preinversión, inversión y evaluaciones expost correspondientes.

Luego de aprobado los presentes TDR del PIP “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE 5,500 HECTÁREAS DEL VALLE VIEJO DE OLMOS EN LA REGIÓN LAMBAYEQUE”, el PIP será debidamente inscrito en el Banco de Proyectos de la Dirección General de Programación de Inversiones (DGPI) del Ministerio de Economía y Finanzas para que le asigne el Código SNIP correspondiente.

4) Objetivos del PIP, del estudio propuesto y de los Términos de Referencia

Objetivos del PIP: El PIP “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE 5,500 HECTÁREAS DEL VALLE VIEJO DE OLMOS EN LA REGIÓN LAMBAYEQUE” tiene como objetivo el desarrollo sostenible del valle viejo de Olmos, involucrando a 424 comuneros y 82 propietarios e incorporar alrededor de 5,500 ha a la agricultura moderna. Los usuarios identificados en el Valle Viejo se muestra en el Cuadro 1:

Cuadro 1

Objetivo del Estudio: El objetivo del estudio es la formulación del Perfil del PIP como inicio de la Fase de Preinversión del mismo orientado a identificar el problema, las causas que lo originan y los efectos que produce; y sobre esta base plantear los objetivos del proyecto y generar las alternativas para la solución del problema, que serán estudiadas y evaluadas en términos de los costos y beneficios que producirá su implementación y funcionamiento a lo largo del horizonte de evaluación del proyecto.

En este nivel de estudio se definirá la alternativa de solución que deberá ser profundizada en el estudio de factibilidad, con base a los argumentos técnicos y económicos que permitan demostrar que la alternativa seleccionada es la más conveniente sobre el resto de alternativas de solución planteadas para resolver el problema central.

Objetivo de los Términos de Referencia: El objeto del presente documento, que representan los Términos de Referencia para la formulación del Perfil del PIP “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE 5,500 HECTÁREAS DEL VALLE VIEJO DE OLMOS EN LA REGIÓN LAMBAYEQUE”, es determinar los alcances de las actividades y demás aspectos que deben considerarse y desarrollarse en la preparación del Estudio de Preinversión a Nivel de Perfil del presente PIP.

El desarrollo del estudio en general, deberá sustentarse en criterios técnico-descriptivos, explicativos y analíticos, debiendo darse énfasis a los dos últimos, porque éstos permitirán dar mayores elementos del comportamiento de las variables e indicadores que tienen incidencia en los resultados esperados del estudio.

5) Entidad responsable de la elaboración del estudio

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La entidad responsable de la elaboración del Perfil del PIP “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE 5,500 HECTÁREAS DEL VALLE VIEJO DE OLMOS EN LA REGIÓN LAMBAYEQUE” es el Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, entidad perteneciente al Ministerio de Agricultura.

II. ESQUEMA GENERAL QUE DEBE CONTEMPLAR EL ESTUDIO A NIVEL DE PERFIL

En concordancia con la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública (Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01 del 24 de Marzo de 2011), todo PIP debe sujetarse a las normas técnicas, métodos y procedimientos establecidos en esta Directiva.

En consecuencia, el Estudio a nivel de Perfil que deberá desarrollar el consultor contratado debe ajustarse estrictamente a lo establecido por el SNIP, cuyo contenido mínimo para este nivel se encuentra en el Anexo SNIP 05B (Contenido Mínimo – Perfil SNIP)que se adjunta al presente documento como Anexo I.

Asimismo, el consultor deberá tomar especial atención y seguir las pautas establecidas en la “Guía Metodológica para la Identificación, Formulación y Evaluación de Proyectos de Riego Grandes y Medianos”, versión 2003, preparado por la Oficina General de Planificación Agraria del Ministerio de Agricultura.

El Consultor deberá revisar y tomar como base información técnica, económica, social, ambiental, institucional y otras, elaborada o encargada su elaboración por el Proyecto Especial Olmos Tinajones (PEOT) u otras fuentes que se relacionen con la materia del presente estudio. También deberá tomar en cuenta las recomendaciones efectuadas por la UIS del Ministerio de Agricultura en el Informe Técnico que aprobará los presentes Términos de Referencia, de ser el caso.

De manera general, y de preferencia siguiendo el ordenamiento de los aspectos establecidos por el SNIP, el contenido del estudio deberá contemplar lo siguiente:

Un Primer Capítulo que significa el Resumen Ejecutivo del PIP, presentando una síntesis del documento formulado, incluyendo principalmente lo siguiente: (A) nombre del proyecto, (B) objetivos y alternativas de solución, (C) balance oferta y demanda de los bienes o servicios del PIP, (D) análisis técnico, (E) costos, (F) beneficios, (G) resultados de la evaluación social, (H) sostenibilidad, (I) impacto ambiental, (J) organización y gestión, (K) cronograma de actividades, y (L) marco lógico.

Un Segundo Capítulo de Aspectos Generales, que caracteriza brevemente el PIP desarrollando con cierto detalle principalmente entre otros, los actores involucrados en el PIP (formulación de los estudios, ejecución de las inversiones, beneficiarios y otros).

Un Tercer Capítulo de Identificación que desarrolla con cierto grado de detalle: (i) diagnóstico de la situación actual incluyendo área de influencia y del estudio, bienes y servicios en los que intervendrá el PIP e involucrados, entre otros, (ii) definición del problema y sus causas, (iii) objetivos del PIP, y (iv) alternativas de solución.

Un Cuarto Capítulo que se refiere a la Formulación y Evaluación, donde principalmente deberá analizar: (i) horizonte de evaluación del PIP; (ii) oferta y demanda tanto del recurso hídrico (sustentación técnica del proyecto) como de los productos que se generarán (sustentación económica del proyecto) incluyendo balance oferta-demanda; (iii) análisis técnico de las alternativas de solución identificadas incluyendo el análisis del riego de desastres y la evaluación de los impactos del PIP en el ambiente; (iv) cuantificar los costos de inversión en forma total y desagregados por rubros y componentes, así como, los costos de operación y mantenimiento; (v) cuantificar con precisión los beneficios, realizar la evaluación económica y social y los análisis de sensibilidad y de riesgo respectivos; (vi) realizar un análisis de sostenibilidad incluyendo arreglos institucionales, marco normativo, capacidad de gestión de la entidad responsable y los mecanismos de financiamiento de los costos y la participación de las entidades y personas involucradas en la operación y mantenimiento del proyecto; (vii) preparar el estudio de impacto ambiental, (viii) selección de la alternativa más conveniente; (ix) desarrollar el cronograma de actividades; (x) proponer la organización y gestión, y finalmente (xi) presentar la matriz del marco lógico del proyecto, así como,

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proponer indicadores y desarrollar la metodología para la determinación de la Línea de Base para la evaluación de impactos, efectos, productos y resultados del proyecto.

Debido a la importancia y magnitud del Perfil del PIP en razón a que después de su aprobación se procederá a formular el Estudio de Factibilidad del mismo, el documento principal de Perfil deberá estar acompañado de un conjunto de anexos que traten, desarrollen y sustenten con cierto grado de detalle, en forma específica, cada uno de los aspectos desarrollados en dicho Informe principal.

Adicionalmente, el consultor deberá tener en cuenta lo establecido por el SNIP en cuanto a los Parámetros y Normas Técnicas para Formulación (Anexo SNIP-09), así como los Parámetros de Evaluación (Anexo SNIP-10). Copia de esta documentación se adjunta en los Anexos 2 y 3 respectivamente.

III. ALCANCES DE LOS ASPECTOS A DESARROLLAR EN EL ESTUDIO

1) Ámbito de los estudios, investigaciones y actividades a realizar

Todos los estudios, investigaciones y actividades a realizarse relacionadas con la formulación del Estudio a nivel de Perfil, se circunscribirán a las áreas de desarrollo agrícola correspondientes a las del Valle Viejo de Olmos (área global de 5,500 ha), salvo en aquellas investigaciones específicas en cuyos casos se precisarán puntualmente los sitios y ámbitos correspondientes. En la Figura 1 se muestra el área del PIP:

Figura1 Ámbito del Proyecto

1

2

4

3

9

BOCATOMA MIRAFLORES

1900 ha

1500 ha

600 ha

124 ha

1376 ha

BOCATOMA LA JULIANA

5,500 HECTAREAS DEL VALLE VIEJO DE OLMOS A IRRIGAR

El PIP “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE 5,500 HECTÁREAS DEL VALLE VIEJO DE OLMOS EN LA REGIÓN LAMBAYEQUE”, estaría compuesto por los siguientes componentes:

A. Infraestructura hidráulica menor de riego, que contiene al sistema de canales y obras de arte que van desde el hidrante o toma construida por la Concesionaria H2Olmos hasta la cabecera de las parcelas de los beneficiarios.

B. Riego Parcelario, que se refiere a los sistemas de riego tecnificado parcelario de los beneficiarios.

C. Desarrollo Agrícola con Riego, que considera básicamente la promoción, gestión y asistencia técnica para implementar técnica y financieramente los cultivos seleccionados en las parcelas de los beneficiarios. Incluye procesamiento, transformación y/o comercialización de los productos agrícolas producidos en las parcelas de dichos beneficiarios.

La Unidad Formuladora en la en la Etapa de Preinversión es el Programa Subsectorial de Irrigaciones PSI del Ministerio de Agricultura y el Proyecto Especial Olmos Tinajones – PEOT del Gobierno

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Regional de Lambayeque se encargara de implementar el PIP en su etapa de inversión (puesta en marcha, operación y mantenimiento.

2) Alcances generales

El Perfil del PIP “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE 5,500 HA DEL VALLE VIEJO DE OLMOS EN LA REGIÓN LAMBAYEQUE” se elaborará en general, sin que esto sea limitativo, considerando las siguientes actividades:

Adquisición, recopilación, ordenamiento y análisis de la información y la bibliografía existente en los archivos del PEOT y/u otras entidades, estatales y privadas (IGN, SENAMHI, entre otras), referente al área y la materia del estudio.

Reconocimiento detallado del área del estudio, en especial de la ubicación de las posibles alternativas de solución y el área de influencia de sus impactos.

Organización de la ejecución de los estudios técnicos, económicos, ambientales e institucionales y otras investigaciones requeridas.

Coordinación permanente con el PSI y el PEOT para las actividades propias del estudio, las acciones requeridas con otras instituciones y el apoyo logístico necesario.

Forman parte integrante de los alcances de las actividades y estudios contemplados en la formulación del estudio, principalmente los siguientes documentos:

La Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01, 2011.

El Anexo SNIP 05B, Contenido Mínimo – Perfil. El Anexo SNIP 09, Parámetros y Normas Técnicas para Formulación. La Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, 2009. La Ley N° 28585, Ley de Riego Tecnificado. El Decreto Supremo N° 001-2010-AG, 2010, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. El Anexo SNIP 10, Parámetros de Evaluación. El Informe Técnico de la UIS Ministerio de Agricultura que aprueba los Términos de

Referencia del Perfil del PIP.

3) Alcances específicos

Esta sección desarrolla los alcances sólo de los principales estudios y aspectos que requieren especial atención por parte del consultor a considerarse en el Perfil; esto no significa que los demás estudios y aspectos que deben considerarse y desarrollarse en el estudio, en concordancia con lo establecido por el SNIP, no deben ser tratados debidamente. Los alcances para aquellos otros estudios y aspectos que no se desarrollan en esta sección están establecidos en el Anexo SNIP 05B.

Debe indicarse que, casi la totalidad de los estudios requeridos y que a continuación se detallan (excepto las propuestas de solución hidráulicas), ya han sido desarrollados por el PEOT para la totalidad de las áreas que fueron subastadas en el marco del proceso de Concesión otorgado al Consorcio H2AGUA por el Gobierno Regional de Lambayeque para la ejecución del Proyecto Olmos. En consecuencia, en la fase de Perfil la elaboración de los estudios básicos se circunscribirá a actualizar y precisar la información existente al área específica del presente proyecto; es decir, precisar y actualizar los estudios básicos sobre las 5,500 ha que corresponden al mismo. Asimismo, se espera que no se requerirán trabajos de campo para el desarrollo de dichos estudios básicos.

Asimismo, para efectos de diseño debe tenerse en consideración que, para plantear las captaciones así como la distribución de las conducciones, el Valle Viejo se ha dividido en 2 partes, la primera que será abastecida desde la toma existente llamada La Juliana (224.00 msnm), desde donde se atenderán a los Bloques 9, 1, 2 y 3. La segunda parte que comprende el Bloque 4, que será abastecido desde la futura bocatoma Miraflores que se ubicará en la cota 140.00 msnm.

Los principales estudios y aspectos a nivel de Perfil que requieren especial atención por parte del consultor se detallan a continuación:

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a. Evaluación agrológica que permita identificar, sectorizar y clasificar los suelos según su aptitud para el uso agrícola, determinando con mayor precisión el área a beneficiar con el Proyecto y a partir del cual se definirá una Cédula de Cultivo que los agricultores manejen y que sea característica de la zona.

b. Evaluación geológica geotécnica con un nivel de detalle que permita visualizar procesos de geodinámica externa, características de suelos inestables, capacidad de soporte del material de fundación principalmente en la zona de emplazamiento de las obras consideradas en las alternativas de solución.

c. Evaluación sedimentológica y de calidad de aguas de los cursos de aguas propuesto en los sistemas de riego de cada alternativa.

d. Estudio topográfico basado en cartografía a escala conveniente que permita proponer las diferentes alternativas de solución hidráulica para el riego del área del proyecto.

e. Evaluación agro-socio-económica, que incluya un diagnóstico de la estructura de la Tenencia de Tierras a fin de determinar entre otros, tierras de libre disponibilidad, cédulas de cultivo representativas de la zona y aparentes para la rentabilidad del proyecto, y con esta base estimar los beneficios del proyecto.

f. Diseños hidráulicos a nivel esquemático de cada una de las alternaticas de solución consideradas.

g. Evaluación de mercado de los productos, para identificar y caracterizar las posibilidades de colocación de los productos generados en el mercado local, regional, nacional e internacional.

h. Evaluación del Impacto Ambiental que indique las medidas de mitigación y sus costos de tal manera que esta sea cuantificada en la fase de inversión, alineada a la establecida en la normatividad vigente del SEIA y SNIP, respectivamente.

i. Fortalecimiento de las organizaciones de usuarios, necesario para la sostenibilidad del Proyecto, toda vez que se requiere desarrollar capacidades de gestión, administración y manejo sostenible de la infraestructura hidráulica de riego e impulsar la institucionalización de la cultura de manejo responsable del agua de riego y de sus recursos naturales.

j. Análisis de riesgos del proyecto, para identificar, cuantificar, analizar y evaluar la presencia de fenómenos naturales (sismos, inundaciones, deslizamientos, sequías y otros), con miras a proponer medidas preventivas y/o de mitigación respecto a la vulnerabilidad de las obras y del proyecto en general contra tales eventos.

k. Otras actividades complementarias como: regularización de la tenencia de tierras de las áreas del proyecto con la institución competente, acta de compromiso de los beneficiarios para el aporte al costo total de las inversiones del proyecto, convenio con el Gobierno Regional de Lambayeque para su participación institucional, económica y/o técnica, de ser el caso, autorización expresa de la Autoridad Local de Aguas (ALA Olmos) para el inicio del presente estudio, formalización de las organizaciones de usuarios en el ámbito del proyecto, determinación de la tarifa de agua en coordinación con la ALA Olmos, gestión de las asignaciones de agua a los beneficiarios del Proyecto, a fin de evitar conflictos con los otros usuarios existentes en el PEOT, promoción del riego tecnificado en el área del proyecto y la participación de los beneficiarios que deberá constar en Actas, con la finalidad de evidenciar la sostenibilidad del proyecto, entre otros.

De otro lado, el PSI y/o el PEOT se encargarán directamente o apoyarán al consultor, en el cumplimiento de las siguientes consideraciones, a saber:

a. Autorización expresa de la Autoridad Local de Aguas (ALA Lambayeque).b. Formalizar las Comisiones de Regantes en el ámbito del proyecto, de ser el caso. c. Determinar la tarifa de agua en coordinación con la ALA Lambayeque.d. Gestionar los derechos de agua a favor de los beneficiarios del PIP, a fin de evitar conflictos

al interior del PEOT. e. Promover la participación de los beneficiarios con aportes en mano de obra no calificada,

materiales de la zona, entre otros, compromisos que deberá constar en Actas, con la finalidad de evidenciar la sostenibilidad del Proyecto.

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A. Evaluación agrológica

i. Objetivo

La evaluación agrológica tiene la finalidad de determinar las características de los suelos y una posterior clasificación de tierras según su capacidad de uso mayor, lo cual permitirá determinar con mayor precisión las áreas potenciales a ser incorporadas a la agricultura como parte del Proyecto. Asimismo, este estudio considera desarrollar los aspectos relacionados con el “Uso Actual de la tierra” orientado a determinar los cultivos existentes en las condiciones actuales, dentro del ámbito del Proyecto. Se deberá definir una Cédula de Cultivo que los agricultores manejen y que sea característica de la zona y sea aparente para mejorar las condiciones económicas y sociales de los beneficiarios.

ii. Alcances

La evaluación agrológica comprende la actualización del estudio agrológico existente del Proyecto Olmos y su aplicación específica al área del proyecto. Deberá ser ejecutado teniendo en cuenta la metodología y actividades del estudio agrológico existente tomando como base toda la información existente de estudios anteriores sobre el área del proyecto, principalmente considerando los siguientes aspectos:

a. Análisis Fisiográfico del área del proyecto, con su correspondiente leyenda fisiográfica.

b. Identificación de las características físicas, morfológicas y químicas de los suelos del Valle Viejo de Olmos, incluyendo las tierras actualmente cultivadas y las áreas nuevas que se incorporarán con el proyecto. Dicho estudio permitirá determinar sus propiedades actuales y su potencial agropecuario, que permitan establecer un uso apropiado y sostenible de los suelos, en base a prácticas de manejo y conservación adecuadas.

c. Como resultado del procesamiento de la información agrológica y su interpretación, se efectuará la Clasificación de tierras según su Capacidad de Uso Mayor con el fin de efectuar recomendaciones para incorporar cultivos de agroexportación, que se adapten a las condiciones edafoclimáticas del valle.

d. En el caso del Estudio del Uso Actual de la tierra, los alcances del servicio estarán referidas a determinar la superficie cultivada del valle en las condiciones actuales, especificando por tipo de cultivo el área (ha) y porcentaje. Los resultados se presentarán en cuadros de áreas por cultivo y porcentaje, así como en el mapa de Uso Actual de la Tierra.

Productos esperados

Los productos esperados son los siguientes:

a. Memoria descriptiva detallada del estudio agrológico en Word, impreso y en archivo digital.b. Mapas temáticos de suelos.c. Mapas temáticos de clases de tierras según su capacidad de uso mayor.d. Mapas temáticos de uso actual de la tierra.

B. Evaluación geológica y geotécnica

i. Objetivo

Las evaluaciones geológicas y geotécnicas que se desarrollaran en el área del Proyecto tiene por objeto conocer las características de los materiales de la zona, especialmente de los terrenos donde se cimentaran las obras proyectadas, con especial énfasis en el riesgo de dichas obras por eventuales procesos sísmicos.

ii. Alcances

Las evaluaciones geológicas y geotécnicas tienen como ámbito de ejecución las áreas y zonas relacionadas con las obras propuestas en el Proyecto, como:

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a. Almacenamiento y regulación (presas y embalses).b. Sistema de conducción y distribución (canales y/o tuberías).c. Obras de arte a lo largo de los sistemas de conducción y distribución.

Comprende la actualización de los estudios geológicos y geotécnicos existentes del Proyecto Olmos y su aplicación específica al área del proyecto. Deberán ser ejecutados teniendo en cuenta las metodologías y actividades de los estudios existentes sobre la materia, tomando como base toda la información existente de estudios anteriores sobre el área del proyecto.

Principalmente se deberá realizar el análisis y evaluación del riesgo sísmico por su incidencia en las obras hidráulicas del Proyecto, determinando frecuencia y probabilidad de ocurrencia, magnitud máxima de sismo probable, a fin de utilizar estos parámetros en el diseño de las obras.

Productos esperados

El Informe de evaluación geológica y geotécnica presentará por separado los resultados del estudio, conclusiones y recomendaciones para diseño de: I) obras de almacenamiento y regulación II) sistema de conducción y distribución; III) Obras de arte específicas. El informe debe ser presentado en archivo Word, y contendrá una memoria descriptiva detallada de los trabajos realizados y la información técnica correspondiente (objetivos, información utilizada, método aplicado, resultados, conclusiones y recomendaciones). Los cálculos desarrollados se presentaran en formato Excel.

C. Estudio hidrológico

No se requiere estudio hidrológico para determinar la oferta de agua disponible para el Proyecto porque se trata de las aguas reguladas del Proyecto Olmos que ya se encuentran claramente definidas. De acuerdo a lo indicado no se requiere un estudio hidrológico para la determinación de la oferta de agua, pero el estudio a nivel de perfil deberá presentar un balance hídrico, donde se sustente la existencia de un volumen hídrico disponible que cubra las necesidades hídricas de la cédula que se planteará en el presente PIP.

D. Evaluación de transporte de sedimentos y calidad de agua

i. Objetivo

El objetivo de la evaluación de transporte de sedimentos, es determinar el grado de concentración y el tipo de sedimentos que transportan (por suspensión, saltación y/o arrastre) en el tiempo, de modo que se tengan en cuenta para el diseño de las obras consideradas en el proyecto. Complementariamente se estimará la calidad de las aguas con base a los resultados de los análisis físico-químicos y biológicos existentes en el Proyecto Olmos.

ii. Alcances

El ámbito de este estudio corresponde a la del Proyecto Olmos a partir de la entrega de las aguas al área del mismo (salida del túnel de trasvase del Proyecto Olmos cuya concesión ha sido otorgada a la Empresa H2AGUA).

La evaluación de transporte de sedimentos se hará utilizando la metodología utilizada en el estudio existente en el Proyecto Olmos sobre la materia, complementado con métodos indirectos para estimar las características en los flujos hídricos.

Como resultado de la evaluación, para fines de diseño de las obras hidráulicas se deberán estimar las velocidades y cantidades de sedimentos transportados.

Este estudio será particularmente útil para el diseño de los sistemas de conducción y distribución entubados y para los sistemas de riego tecnificado a nivel parcelario.

iii. Productos esperados

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El Informe de evaluación de transporte de sedimentos debe ser presentado en archivo Word, contendrá una memoria descriptiva detallada de los trabajos realizados y la información técnica correspondiente (objetivos, información utilizada, método aplicado, resultados, conclusiones y recomendaciones). Los cálculos desarrollados se presentaran en formato.

E. Estudio topográfico

i. Objetivo

El estudio topográfico de la zona del Proyecto servirá para efectuar los trazos y diseños preliminares del sistema de infraestructura mayor de riego (incluyendo las estructuras de almacenamiento, regulación, conducción y distribución de riego hasta las parcelas de los beneficiarios), y paralelamente como base para los estudios de tenencia de tierra definiendo las áreas mejoradas y las nuevas a incorporar y de suelos y de aptitud para el riego en el ámbito del Proyecto.

ii. Alcances

El estudio topográfico será ejecutado con base a la cartografía existente (escalas de 1:5,000 a 1:2,000 o menor si existieran). que Se deben realizar los trabajos como:

a. Información topográfica con curvas de nivel a cada un metro, de la zona del proyecto que permita el emplazamiento de las obras consideradas en el sistema de infraestructura hidráulica mayor de cada una de las alternativas de solución consideradas.

b. Planos topográficos a escala apropiada con curvas a nivel cada 1.0 m, de la zona de emplazamiento de las obras especificas, que serán obtenidas de la Cartografía Digital.

iii. Productos esperados

El informe de los trabajos topográficos debe ser presentado en formato Word, y contener una memoria descriptiva detallada de los trabajos realizados, la información técnica así como los cálculos desarrollados presentados en formato Excel, de ser el caso.

F. Evaluación agro-socio-económico y de tenencia de tierras

i. Objetivo

Con este estudio se pretende investigar la realidad agro-socio-económica del ámbito del Proyecto proponiendo acciones de desarrollo en las áreas a beneficiarse con el mismo así como identificar las áreas en posesión, propietarios existentes y áreas libre para ser puestas a la venta y lograr recuperar parte de la inversión en beneficio del estado.

Este estudio, en conjunto con el estudio agrológico permitirá establecer la Cédula de Cultivo del Proyecto, adaptado a sus condiciones.

ii. Alcances

Con base principalmente a los estudios básicos de disponibilidad de agua (que corresponde al PEOT) y de suelos (agrología), se realizará una evaluación y actualización del diagnostico agro-socio-económico de la situación actual (áreas de siembra, cedula de cultivo, intensidad de uso de la tierra, rendimientos, costos de producción, valor de la producción).

El estudio deberá ser elaborado y presentado con base a toda la información existente siendo recomendable la ejecución de encuestas de campo (el contenido y numero de las encuestas a realizar deberá ser diseñada tanto para el área cultivada actual como para el área de ampliación agrícola); para, a partir de ellas obtener la información requerida para el estudio.

Respecto a la tenencia de la tierra, se debe considerar un conjunto de acciones sobre el área integral que se va a beneficiar con el Proyecto, por lo que se procederá a identificar y definir las áreas en posesión, la de los propietarios existentes y de las áreas libres, que se incorporarán a la agricultura con la intervención. Con base a las condiciones encontradas y analizadas, el Consultor propondrá

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para cada una de las alternativas de estudio, una cédula de cultivos diversa adaptable al área del proyecto que considere tanto cultivos existentes y/o de introducción para las áreas actuales y nuevas por incorporar, adaptable a tecnologías eficientes y eficaces de uso y manejo de agua, suelo y de los propios cultivos, así como, en el procesamiento de los productos cosechados orientada principalmente a la exportación de dichos productos.

La Unidad Formuladora y Ejecutora implementará, de ser el caso, mecanismos proponiendo iniciativas para la venta de las áreas nuevas, que se incorporarán a la agricultura, con el fin de recuperar parte de la inversión en beneficio del Estado. De esta manera se identificará y definirá la estructura de la propiedad de la tierra en el ámbito del proyecto, con las informaciones actualizadas disponibles de parte de las entidades competentes, ubicando también las áreas en conflicto sobre la propiedad y el uso de agua, para proponer alternativas de solución y lograr un buen proceso con las áreas libre que comprende el Proyecto.

El estudio debe contener información completa de las actividades agropecuarias de la zona, ubicación, extensión y limites del área productiva, recursos naturales, características, servicios agrícolas. Se efectuara una descripción detallada del uso actual de la tierra, superficies por cultivo, nivel tecnológico, uso de insumos, volúmenes de producción, calendario de siembra y cosecha, rendimientos por cultivo, costos de producción, valor bruto y neto de la producción agrícola, precios de los productos en chacra y su evolución histórica, rendimiento económico por cultivo, limitaciones en el uso actual de los recursos en general, para la correspondiente evaluación privada y social, logrando de esta manera indicadores económicos aceptables que estén dentro del rango que establece la norma del SNIP, que justifiquen la rentabilidad del Proyecto.

Se deberá realizar un análisis y cálculo del valor de la tarifa de agua en las áreas de mejoramiento y las nuevas a incorporar, sobre diversos escenarios, toda vez que son parte del financiamiento para las actividades de la operación y mantenimiento del sistema de riego (Ley Nº 29338 Ley de Recursos Hídricos). Asimismo, el consultor en conjunto con el PEOT, deberá proponer como parte de la Tarifa de Agua, los mecanismos viables para la recuperación de la inversión hecha por el Estado en el marco de este PIP a lo largo de la vida útil del presente proyecto.

Asimismo, deberá contener información acerca del número de agricultores, tamaño de los predios, organizaciones del uso del agua, productores y otros, con una descripción y apreciación de su funcionamiento o desempeño. Referente a servicios básicos, se debe incluir la disponibilidad de capacitación, asistencia técnica, investigación y crédito.

Un aspecto importante es que, el consultor deberá obtener información de los Programas que conduce el Gobierno (Programa Subsectorial de Irrigaciones-PSI, AGRORURAL y Competitividad del Ministerio de Agricultura y FONIPREL del Ministerio de Economía y Finanzas) relacionada con esta materia; y sobre esta base, proponer estrategias, procedimientos y mecanismos, para implementar con sistemas de riego tecnificado a nivel predial tanto las áreas actualmente cultivadas como las nuevas a incorporarse.

iii. Productos esperados

El Informe del estudio agro-socio-económico deberá ser presentado en archivo Word, conteniendo la memoria descriptiva detallada de los trabajos realizados, incluyendo conclusiones de las perspectivas de desarrollo de la zona en la situación sin Proyecto y con la intervención del estado. Referente a la tenencia de la tierra identificar las áreas en calidad de posesionarios, propietarios existentes y áreas libre para ser puestas a la venta y lograr recuperar parte de la inversión.

G. De los diseños de los sistemas de riego mayor y menor

i. Objetivo

Esta parte del estudio tiene el objetivo de precisar en mayor detalle los diseños, metrados y costos, de los sistemas de almacenamiento, regulación, conducción, distribución y riego parcelario, respectivamente, consideradas en cada una de las alternativas. Para tal efecto, con la finalidad de estimar los costos de las obras de cada una de las alternativas, éstas se desarrollarán con el suficiente detalle que permita tomar una decisión más acertada sobre la alternativa a seleccionar para

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la siguientes fase de preinversión que corresponde (Estudio de Factibilidad). En el caso de los sistemas de riego parcelario, éstas se realizarán con base a parcelas tipo (que pueden ser de 5, 10, 15, 20 ha o más).

ii. Alcances

Los diseños de las obras de infraestructura tienen como ámbito de ejecución, las áreas y zonas relacionadas con las mismas.

Los diseños de las obras deberán ser realizados con el detalle suficiente que permita estimar con un buen grado de precisión los costos de las mismas. En el caso de las obras de almacenamiento y regulación comprende la definición de la ubicación del eje de cada estructura en el emplazamiento más conveniente desde el punto de vista hidráulico y de estabilidad de la misma; comprende asimismo, la definición del tipo de estructura y el diseño esquemático de la misma, con base a la información topográfica, geológica, geotécnica, transporte de sedimentos, obtenida del presente estudio.

En el caso de las obras de los sistemas de conducción y distribución incluyendo sus obras de arte respectivas, de cada una de las alternativas consideradas, también serán desarrolladas con el detalle suficiente que permita estimar con un buen grado de precisión los costos de las mismas. Para tal fin, en las áreas con infraestructura existente, el Consultor deberá realizar el planeamiento y definición de las obras necesarias para mejorar el sistema de riego mayor existente. En las áreas de incorporación, el Consultor deberá realizar la planificación y trazos del sistema mayor de riego para las nuevas áreas, así como de las obras de arte requeridas.

A partir de los datos climatológicos de la zona del proyecto, características de los cultivos, eficiencias de riego y otros, se calculará la demanda de riego de los cultivos y la demanda de agua por sectores dominados por el sistema mayor de riego, y que servirá para determinar los caudales de diseño de los sistemas de riego parcelario.

El consultor deberá desarrollar los diseños de alternativas que consideren el desarrollo de una infraestructura hidráulica mayor de conducción y distribución que permita la instalación de sistemas de riego presurizado a nivel predial.

Como se mencionó, en el caso de los sistemas de riego parcelario, éstas se realizarán con base a diseños de riego en parcelas tipo (que pueden ser de 5, 10, 15, 20 ha o más), a partir de los cuales se inferiran los metrados y costos para el riego parcelario.

iii. Productos esperados

Los diseños de cada una de las obras contempladas para cada una de las alternativas deberán considerar que, las memorias descriptivas incluyendo los criterios y consideraciones de diseño adoptados deben ser presentadas en formato Word. Los cálculos desarrollados se presentaran en formato Excel y los planos en formato Autocad, versión última. Los planos considerarán diseños esquemáticos tanto de los sistemas de riego mayor como de los sistemas de riego parcelario por módulos parcelarios.

El Informe de los diseños de las obras debe ser presentado en formato Word, conteniendo una memoria descriptiva detallada de los trabajos realizados y la información técnica correspondiente. Los cálculos desarrollados se presentarán en formato Excel y los planos respectivos en formato Autocad versión última.

H. Evaluación de mercado de los productos

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i. Objetivo

Establecer un balance de oferta versus demanda de los productos considerados en las alternativas del proyecto e investigar, identificar y caracterizar las posibilidades de colocación de los productos generados en el mercado local, regional, nacional e internacional.

ii. Alcances

La evaluación de mercado y comercialización de los principales productos agropecuarios considerados en el Proyecto, deberá analizar la oferta y la demanda actual y potencial de la producción a obtener en el Proyecto en los mercados locales, nacionales e internacionales, condiciones sanitarias y fitosanitarias de los productos, principales agentes dedicados a la comercialización de la producción actual de la zona del Proyecto, las cadenas agro-exportadoras existentes y las exigencias de calidad, precios, estacionalidad, entre otros, estableciendo un balance oferta-demanda para cada uno de los productos considerados.

El estudio se realizará sobre la base de una investigación exploratoria que consiste en obtener información cualitativa sobre las preferencias, hábitos de compra, sistemas de pago y actitudes hacia nuevos proveedores por parte de comerciantes mayoristas y minoristas de los productos que se generaran en el Proyecto, haciendo entrevistas en profundidad con un número limitado de informantes, determinando las inversiones, ingresos y costos, de los productos agropecuarios, elaborando el flujo de caja, realizando la planificación financiera y el análisis de rentabilidad y sensibilidad completos.

La evaluación de mercado deberá incluir información sobre los aspectos arriba señalados, llevando a cabo entrevistas efectivas, distribuidas de manera proporcional a la distribución espacial de los comerciantes mayoristas y minoristas e intermediarios, relacionados con los productos agropecuarios generados por el Proyecto.

iii. Productos esperados

El Informe del estudio de mercado de los productos agropecuarios que debe ser presentado en archivo Word, contendrá una memoria descriptiva detallada de los trabajos realizados y la información técnica correspondiente (objetivos, información utilizada, método aplicado, resultados, conclusiones y recomendaciones).

I. Del estudio de impacto ambiental

i. Objetivo

Parte fundamental del estudio será la “Evaluación del Impacto Ambiental” mediante el cual se establecerá los potenciales impactos ambientales negativos y positivos, que se anticipan como consecuencia de la implementación del Proyecto.

En consecuencia, este estudio tiene por finalidad evaluar el impacto ambiental que generará el proyecto, identificar y proponer las medidas de prevención y mitigación requeridas y cuantificar los costos de dichas medidas de tal manera que este aspecto sea cuantificado en la fase de inversión.

ii. Alcances

En términos generales, primeramente se deberá determinar la “Línea Base Ambiental”, proponiéndose alternativas de prevención y mitigación realistas, que aseguren la sostenibilidad del Proyecto. En síntesis el estudio ambiental a desarrollar incluirá un diagnostico y evaluación de Impactos Ambientales, medidas de mitigación, plan de monitoreo y supervisión de las acciones de mitigación propuestas.

En consecuencia, para la aplicación de los criterios ambientales utilizados en términos de tipo, magnitud, área de influencia, duración, probabilidad de ocurrencia, mitigación y significancia, debe respetarse estrictamente la normatividad existente en materia ambiental, y que a continuación se citan:

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La Constitución Política del Perú (1993). Ley del Consejo Nacional del Ambiente, CONAN, (Ley N° 26410). Ley de Creación del Fondo Nacional del Ambiente (Ley 26793). Ley de Modificación del Código de Medio Ambiente (Ley N°26913) Ley de Evaluación de Impacto Ambiental (Ley 26786). Ley Marco para el Aumento de la Inversión Privada, (DL N° 757) Código Penal con relación a los delitos sobre Ecología. Ley de Promoción y Desarrollo Agrario, 17 de noviembre de 1980. Ley de Promoción de Inversiones en el Sector Agrario (DS N° 653). Ley Forestal y Fauna Silvestre (Ley N° 21447) Reglamento sobre Conservación de Flora y Fauna Silvestre (DS N° 158-77-AG) Reglamento de las Unidades de Conservación (DS N° 160-97). Ley de Áreas Naturales Protegidas (Ley N° 26834). Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario (DL N° 26167) Ley Orgánica para Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales (Ley N° 26821). Ley de Recursos Hídricos 29338. Ley de Promoción del Manejo Integral de Plagas (Ley N° 26774). Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (Ley Nº 27446)

En la preparación del estudio de impacto ambiental es recomendable utilizar cualquiera de las metodologías aceptadas por la entidad competente, las cuales son:

Listas pre-fabricadas, que permiten aplicar plantillas para Proyectos del mismo tipo. Redes de interacción, que permite realizar análisis causa-efecto de los impactos ambientales. Matriz de interacción o Matriz de Leopold, que permite identificar los efectos ambientales.

El diagnostico ambiental incluye:

a. Evaluación de las condiciones medio-ambientales antes de la implementación del Proyecto.

b. Identificación de los factores susceptibles de ser afectados con la implementación del Proyecto.

c. Agentes de contaminación y alteración.d. Grado de incidencia potencial, positiva y negativa.e. Restricciones ambientales insalvables que deben ser respetadas en la formulación

del Proyecto.

La evaluación de potenciales impactos ambientales negativos será acompañada de las respectivas propuestas de mitigación e incluidas en la propuesta de desarrollo del Proyecto. De acuerdo al diagnostico ambiental así como la relación y características de las obras del Proyecto, se establece la vulnerabilidad ambiental y acciones y restricciones a ser tomadas en cuenta en el diseño, especificaciones constructivas y explotación de canteras de materiales.

Con respecto a las propuestas para mejorar la producción y productividad agropecuaria, también se indicaran las medidas de prevención de daños por el uso excesivo de pesticidas y fertilizantes no orgánicos, degradación del suelo y la calidad del agua por una gestión inadecuada.

El presupuesto de las medidas de mitigación de impactos ambientales negativas, monitoreo y seguimiento será claramente identificado o incluido en el presupuesto general.

iii. Productos esperados

El informe del estudio de impacto ambiental debe ser presentado en archivo Word, conteniendo una memoria descriptiva detallada de los trabajos realizados y la información técnica conexa (objetivos, información utilizada, método aplicado, resultados, conclusiones y recomendaciones).

J. Del fortalecimiento de las organizaciones de usuarios

i. Objetivo

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Considerando la importancia que tiene este Proyecto para el desarrollo del Distrito de Olmos y el gran impacto que tendrá en la región Lambayeque, se prevé realizar el fortalecimiento de las organizaciones de regantes y/o productores existentes en todo el ámbito de influencia del Proyecto.

El fortalecimiento de las organizaciones de usuarios, es necesario para la sostenibilidad del Proyecto, toda vez que se requiere desarrollar capacidades de gestión, administración y manejo sostenible de la infraestructura hidráulica de riego e impulsar la institucionalización de la cultura de manejo responsable del agua de riego y de sus recursos naturales.

En el caso específico de la Capacitación, los objetivos son:

Lograr una adecuada operación y mantenimiento de la infraestructura de riego del proyecto. Mejorar la gestión del riego en las Comisiones de Regantes en (i) planificación y ejecución

física de la distribución de agua, (ii) valor real de tarifa y (iii) implementación de estrategias para mejorar niveles recaudación de tarifa.

ii. Alcances

El estudio consistirá básicamente en elaborar 2 propuestas:

a. Una propuesta de organización de los agricultores en el ámbito del proyecto más orientado a la operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica a ser construida y en general a la gestión sostenible del recursos hídrico que incluya: estructura de organización, personal idóneo, instrumentos (estatutos, padrones de usuarios, manuales de operación y mantenimiento de infraestructura hidráulica de riego, sistemas de cobranza de tarifas de agua y otros) y presupuestos estimados de implementación (inversiones) y de funcionamiento anual. Esta propuesta debe desarrollar, asimismo, una estrategia y metodología para implementar y poner en marcha dicha organización.

b. Una propuesta de capacitación con miras a fortalecer las organizaciones de usuarios una vez constituida, durante la etapa de implementación y de considerarlo conveniente durante su funcionamiento.

La propuesta de la estructura organizacional de los usuarios de riego del proyecto debe proponer, entre otros, los roles y funciones que deberá cumplir cada uno de sus oficinas y el personal requerido para las mismas, analizando las capacidades técnicas, administrativas y financieras para poder llevar a cabo las funciones asignadas. Asimismo, en el desarrollo de la propuesta se deben considerar acciones de coordinación y articulación interinstitucional de la organización de usuarios con la Autoridad Local de Aguas.

Respecto a la propuesta de capacitación, se deberá incluir las necesidades de capacitación tanto a nivel institucional (administración del agua) como a nivel de los agricultores (uso de agua), dirigido tanto al fortalecimiento institucional de las organizaciones de usuarios, como a la sensibilización y adiestramiento de los agricultores beneficiarios del Proyecto. El Plan de Desarrollo deberá comprender:

La capacitación/entrenamiento de directivos, personal técnico y usuarios de las organizaciones involucradas, en la operación y mantenimiento de la infraestructura del proyecto.

La capacitación/entrenamiento de directivos, personal técnico y usuarios de las organizaciones de usuarios involucradas, en el planeamiento, programación y distribución de agua de riego en los sistemas de riego del proyecto.

Se deberá proponer la metodología de la capacitación (cursos, talleres, pasantías, u otros), desarrollando los temarios correspondientes y definiendo el contenido de los mismos, de acuerdo a quien está dirigido, determinando los tiempos o periodos de ejecución, y estimando los costos correspondientes.

iii. Productos esperados

El Informe del estudio de Fortalecimiento de las Organizaciones de Usuarios del Proyecto, debe ser presentado en archivo Word, contendrá una memoria descriptiva detallada de los trabajos realizados

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y la información técnica correspondiente (objetivos, información utilizada, resultados, conclusiones y recomendaciones).

En la fase de implementación y operación del proyecto, se espera que la estructura de organización de los usuarios del mismo sea la más adecuada con capacidad de planificación y gestión institucional para atender principalmente la operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica construida y en general la gestión sostenible del recurso hídrico en el ámbito de dicho proyecto.

En cuanto a la capacitación, se esperan obtener como resultados:

a. Organización de usuarios con capacidad técnica, económica e institucional.b. Plan de Operación y Mantenimiento implementado.c. Usuarios beneficiados debidamente sensibilizados y comprometidos con el manejo racional

de los recursos hídricos. d. Plan Estratégico Institucional de la organización de usuarios implementado, que oriente sus

inversiones y acciones de gestión eficiente y sostenible del recurso hídrico.

K. Del análisis de riesgos del proyecto

i. Objetivo

Teniendo en cuenta que el proyecto se desarrolla, además de las condiciones económicas y sociales, en un medio natural cuyas condiciones físicas son cambiantes y dinámicas, expuesto a una serie de peligros, este estudio tiene como finalidad identificar, cuantificar, analizar y evaluar la presencia de fenómenos naturales (sismos, inundaciones, deslizamientos, sequías y otros), con miras a proponer medidas preventivas y/o de mitigación respecto a la vulnerabilidad de las obras y del proyecto en general contra tales eventos.

ii. Alcances

El estudio de riesgos del proyecto, debe considerar identificar y analizar los posibles peligros que puedan presentarse y evaluar cómo estos cambios pueden afectar el proyecto y también cómo su ejecución puede afectar el comportamiento de dichas condiciones. Asimismo, este estudio debe diseñar y proponer mecanismos (planes preventivos y correctivos) para reducir y/o neutralizar los riesgos que dichos peligros pueden generar en la viabilidad y sostenibilidad de las inversiones.

En resumen se trata de determinar la probabilidad de ocurrencia de posibles eventos naturales, financieros y económicos que puedan afectar los beneficios netos y la rentabilidad atribuible al proyecto, utilizando como apoyo el árbol de decisiones. La probabilidad de ocurrencia se determinará teniendo en cuenta la presencia de eventos registrados en el pasado y cuando no, con el apoyo de la opinión de expertos calificados.

El consultor para la elaboración del Análisis del Riesgo puede tomar como referencia lo establecido en las “Pautas Metodológicas para la Incorporación del Análisis del Riesgo de Desastres en los Proyectos de Inversión Pública”, preparado por la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del MEF.

El Análisis del Riesgo deberá ser desarrollado para las diferentes fases del proyecto, como son: la identificación, formulación, ejecución y evaluación del PIP, siguiendo la estructura de la Guía General para el estudio de Perfil.

En cada caso, las propuestas o medidas preventivas que resulten del estudio de las causas, amenazas, daños y consecuencias que podrían ocurrir durante las diferentes fases del proyecto, deberán estar claramente definitivas respecto de una Línea de Base de referencia.

iii. Productos esperados

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El Informe del estudio de análisis de riesgos deberá ser presentado en archivo Word, y contendrá una memoria descriptiva detallada de los trabajos realizados y la información técnica correspondiente (objetivos, información utilizada, método aplicado, resultados, conclusiones y recomendaciones). Los cálculos desarrollados se presentarán en formato Excel.

De otras actividades complementarias

El consultor deberá apoyar y/o coordinar con el PSI y el PEOT para completar la información que se requiere adjuntar al estudio de Perfil y que a continuación se detallan:

Regularización de tenencia de tierras de las áreas del proyecto con la institución competente. Acta de compromiso de los beneficiarios para el aporte al costo total de las inversiones del

proyecto. Convenio con el Gobierno Regional de Lambayeque para su participación institucional,

económica y/o técnica, de ser el caso. Autorización expresa de la Autoridad Local de Aguas (ALA Olmos) para el inicio del presente

estudio. Formalizar las organizaciones de usuarios en el ámbito del proyecto. Determinar la tarifa de agua en coordinación con la ALA Olmos. Gestionar las asignaciones de agua a los beneficiarios del Proyecto, a fin de evitar conflictos

con los otros usuarios existentes en el PEOT. Promover la participación de los beneficiarios que deberá constar en Actas, con la finalidad

de evidenciar la sostenibilidad del proyecto.

IV. ORGANIZACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL ESTUDIO

La consultoría estará organizada en una sola etapa y contemplará principalmente: (i) elaborar el plan de trabajo para llevar a cabo el Estudio de Perfil; (ii) elaborar los estudios básicos relacionados con suelos, transporte de sedimentos, geología, geotecnia y mecánica de suelos, mercado de los productos, estudios topográficos, impacto ambiental, marco institucional y otros contemplados en los Términos de Referencia; (iii) realizar los diseños esquemáticos para el caso de los sistemas de almacenamiento, regulación conducción y distribución y parcelarios, de cada una de las alternativas consideradas, incluyendo estimación de metrados y costos; (iv) realizar la evaluación económica a precios privados y sociales, incluyendo análisis de sensibilidad y de riesgos; y, (v) preparar el documento principal del Perfil acompañando como anexos los estudios específicos básicos desarrollados.

En el marco de un Convenio Especifico entre el PSI y el PEOT, se establecerán las responsabilidades de ambas instituciones respecto de la formulación del Perfil cuyos Términos de Referencia se establecen en el presente documento. En términos generales, las responsabilidades de ambas instituciones serán las siguientes:

1. El PSI será la institución responsable por la elaboración del Perfil del Proyecto. Se encargará de: (i) elaboración de los diseños hidráulicos esquemáticos de las alternativas de solución consideradas, (ii) preparación del documento principal del perfil incluyendo sus anexos específicos de respaldo y (iii) gestión para la aprobación del perfil en las instancias correspondientes.

2. El PEOT será la institución responsable de proporcionar al PSI, toda la información existente sobre la materia. Dicha información deberá ser actualizada por el PEOT precisándola en forma específica al ámbito del presente proyecto.

Los trabajos de saneamiento legal de las tierras, la socialización del proyecto, la actualización del estudio de impacto ambiental y la propuesta de la cédula de cultivo del proyecto estará a cargo del PEOT que cuenta con personal técnico apropiado (especialmente en su Dirección de Desarrollo Agrícola). Para ello, aplicará medios de recopilación de información primaria, consulta, comunicación y difusión (encuestas, grupos focales, entrevistas, medios radiales y otros) y aplicando estrategias e instrumentos que aseguren la participación masiva de los beneficiarios del proyecto.

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V. PRINCIPALES ACTIVIDADES Y CRONOGRAMA TENTATIVO DE EJECUCIÓN DEL ESTUDIO PROPUESTO

1) Análisis documental

El consultor revisará toda la documentación relacionada con la materia del Proyecto, la cual forma parte de los alcances de los estudios y aspectos del mismo.

El PSI y el PEOT facilitarán, en cuanto le sea posible, el acceso del consultor a la documentación a que se refiere el párrafo anterior, así como otras que pudieran ser consideradas de interés para el cumplimiento de los términos de referencia concordados.

2) Plan de trabajo de la consultoría

Hasta el plazo máximo de siete (07) días contados a partir de la firma del contrato, el consultor deberá presentar su Primer Producto consistente en el Plan de Trabajo de las actividades para dar inicio a la consultoría. Cada actividad contará con la descripción de la técnica o método que se empleará para su ejecución y programación semanal para el período que durará la consultoría.

Para su puesta en marcha y ejecución, el mencionado Plan de Trabajo que representa el Primer Producto de la consultoría, deberá ser aprobado por el PSI.

3) Comunicaciones, coordinaciones y visitas al ámbito del proyecto

Con el apoyo del PSI y el PEOT, el consultor ejecutará un plan de comunicaciones telefónicas o a través de correo electrónico, con personas naturales e instituciones públicas y privadas, para, coordinar visitas y reuniones de trabajo relacionado con la preparación del estudio.

Asimismo, sobre la base de un plan de viajes concertado con el PSI y el PEOT, el consultor realizará visitas al ámbito de intervención del estudio, para establecer los contactos con las personas naturales y con las instituciones públicas y privadas, así como con los beneficiarios del proyecto, para:

Recopilar información que pueda servir en la formulación del estudio. Coordinar, de ser el caso, su participación en las diferentes etapas de la preparación del

estudio y/o de la implementación y ejecución del proyecto. Obtener cualquier aporte que pueda servir para los fines del estudio o del proyecto.

4) Elaboración de los estudios básicos

Estos trabajos estarán a cargo del PEOT. Con toda la información recopilada y aplicando la metodología más adecuada se elaborarán los estudios básicos requeridos para sustentar los beneficios del proyecto; así como, para ejecutar los diseños esquemáticos de las obras consideradas.

Estos estudios deberán estar preparados por el PEO para que puedan ser presentados por el Consultor conjuntamente con sus informes de avance correspondientes (Segundo Producto a los 30 días y Tercer Producto a los 60 días, ambos contados desde la fecha de suscripción del contrato), los cuales deben ser aprobados por el PSI.

5) Elaboración del Perfil

El consultor, utilizando las mejores prácticas ingenieriles para el diseño esquemático de obras de infraestructura hidráulica y su experiencia en evaluaciones económicas de proyectos de riego, elaborará y presentará al PSI el Tercer y Último Producto de la consultoría, que deberá ser aprobado por la UIS Agricultura, consistente en el Perfil del Proyecto en forma completa.

Como todo estudio de preinversión, este PIP requiere una evaluación social del mismo con el objeto de confrontar los beneficios con los costos de las alternativas consideradas en el estudio a nivel de perfil para prácticamente seleccionar a la alternativa más conveniente desde el punto de vista económico y social, que deberá ser desarrollado en mayor detalle en el siguiente nivel de factibilidad.

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La evaluación económica se hará, respectivamente, para cada una de las alternativas consideradas en el proyecto, aplicando los requerimientos mínimos establecidos en los estudios de preinversión a nivel de Perfil según el Sistema Nacional de Inversión Pública (Ver Anexo SNIP 05B) y la metodología descrita en el Manual de Identificación, Formulación y Evaluación de Proyectos de Riego Grandes y Medianos, preparado por la Oficina General de Planificación Agraria del Ministerio de Agricultura.

Se procederá a determinar la rentabilidad económica de la inversión a precios privados y sociales. Los indicadores a calcular son: Relación Beneficio costo (B/C), Valor Presente Neto (VPN) y Tasa Interna de Retorno (TIR).

Se deberá realizar también el análisis de sensibilidad de la evaluación del proyecto considerando variaciones en los principales factores que intervienen en la misma, como:

Incremento en los costos de inversión. Reducción de los rendimientos de los cultivos y de los precios en chacra de las cosechas. Aumento de los costos de producción de los cultivos.

En el Cuadro 2 siguiente se muestran las principales actividades y sus plazos de ejecución para la formulación del Perfil del Proyecto.

Cuadro 2Cronograma de Ejecución del Estudio

Actividades Responsable Semanas1 2 3 4 5 6 7 8

1. Preparación Plan de Trabajo PSI2. Recopilación información existente PSI3. Evaluación agrológica, geológica, geotécnica,

transporte de sedimentos, agro-socio-económico, impacto ambiental, riesgos y otros estudios básicos

PEOT

4. Socialización proyecto con beneficiarios y saneamiento legal de tierras PEOT

5. Estudio topográfico PEOT6. Diseños esquemáticos sistemas riego

tecnificado PSI

7. Fortalecimiento organizaciones de usuarios PEOT8. Evaluación económica y social PSI9. Preparación y presentación informes PSI

VI. EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL ESTUDIO PROPUESTO

Para proponer el personal mínimo requerido para la formulación del estudio propuesto, es necesario tener en consideración lo siguiente:

1. Existe un Convenio Institucional Marco entre el Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI) y el Proyecto Especial Olmos Tinajones (PEOT), que permitirá aunar esfuerzos técnicos y económicos de ambas instituciones para emprendimientos conjuntos en materia de desarrollo agrícola bajo riego en la región Lambayeque. Se establecerá un Convenio Específico entre ambas instituciones para establecer sus responsabilidades respecto de la formulación del presente estudio. Éste convenio deberá adjuntarse al presente TdR.

2. El PEOT cuenta con información primaria en los diferentes aspectos técnicos, económicos y sociales, requeridos para la formulación de los estudios de preinversión del proyecto.

3. El PSI y el PEO cuentan con personal técnico y administrativo requerido para desarrollar algunos aspectos concernientes a la formulación de los estudios de preinversión e inversión del proyecto.

Con base a las consideraciones anteriores, para la ejecución del estudio propuesto que significa la formulación del Estudio de Preinversión a Nivel de PERFIL, se requiere la contratación de un (01)

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especialista en formulación de estudios de proyectos de riego según las normas del SNIP y de un (01) especialista en diseño de riego tecnificado, detallado a continuación:

1) Especialista en formulación de proyectos de riego: actuará como Jefe de Equipo y será el responsable por la formulación del Perfil del Proyecto

Las labores del Profesional, sin ser limitativas son las siguientes:i) Tomar conocimiento del alcance del Proyecto. ii) Revisar la información existente principalmente en materia de saneamiento legal de

tierras, caracterización de los beneficiarios, estudio de impacto ambiental, propuesta de cédula de cultivos y diseño esquemático del sistema de riego tecnificado, entre otros. Proponer recomendaciones sobre dichos aspectos a los respectivos especialistas encargados de aquellos estudios que formarán parte del Perfil para que cumplan con los requisitos establecidos por el SNIP.

iii) Coordinar con los profesionales del PEOT del PSI, la ejecución de los estudios específicos que forman parte del Informe Principal de Preinversión del Proyecto.

iv) Revisar y editar los estudios básicos desarrollados por el PEOT.v) Revisar y editar el informe de diseños de riego tecnificado elaborado por el especialista

respectivo.vi) Desarrollar los estudios de evaluación económica, organización del proyecto,

sostenibilidad y otros no contemplados por el PSI y el PEOT requeridos para el Perfil del Proyecto.

vii) Elaborar y editar el Informe Principal y sus Anexos, del Perfil del Proyecto materia de la consultoría.

viii) Efectuar los trabajos de acuerdo a las instrucciones de la Dirección de Gestión del Riego (DGR) del PSI.

2) Especialista en diseños de sistemas de riego tecnificado

Las labores del Profesional, sin ser limitativas son las siguientes:

i) Tomar conocimiento del alcance del Proyecto. ii) Revisar la información existente en materia de su responsabilidad como formulador de las

alternativas de diseño de riego tecnificado de las áreas del proyecto. Proponer recomendaciones sobre el particular que cumplan con los requisitos establecidos por el SNIP.

iii) Elaborar el informe de Diseño de Riego Tecnificado correspondiente. Incluye texto, cuadros y planos de los diseños esquemáticos de cada una de las alternativas hidráulicas establecidas y desarrolladas.

iv) Coordinar con el Jefe de Equipo sobre la elaboración de los diseños de sistemas de riego requeridos.

VII. PLAZO DE EJECUCIÓN E INFORMES

1) Plazo de Ejecución

El plazo de ejecución del presente servicio de consultoría, será de SESENTA (60) días calendarios, contados a partir de la fecha establecida en el Contrato con el PSI.

2) Informes

Primer Informe: Dentro de los primeros siete (07) días calendario contados desde la fecha de suscripción del contrato, se presentará el Plan de Trabajo de las actividades a ejecutar durante el plazo de ejecución, así como la participación del personal profesional y técnico de apoyo, en concordancia con su propuesta técnica y económica.

El Plan de Trabajo deberá contener una descripción detallada de los trabajos previstos y periodos de participación del personal a cargo de los mismos; debiendo incluirse en el mismo un cronograma de las actividades, poniendo énfasis en las actividades criticas.

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El Plan de Trabajo presentado constituye el Primer Producto que deberá ser aprobado por el PSI.

Segundo Informe: Se presentará a los treinta (30) días calendario contados desde la fecha de suscripción del contrato, conteniendo los resultados de los estudios realizados hasta dicha fecha, conforme a los requerimientos de los Términos de Referencia y al Plan de Trabajo aprobados.

Tercer y último Informe: Se presentará a los sesenta (60) días calendario contados desde la fecha de suscripción del contrato, conteniendo los resultados finales del Perfil del Proyecto. El PSI dará la conformidad al estudio.

En vista que el referido estudio de preinversión debe ser aprobado por la OPI Agricultura, el consultor está obligado a acompañar al PSI para las aclaraciones y levantamiento de observaciones a que hubiera lugar, hasta que se haya obtenido la respectiva aprobación del Perfil del Proyecto motivo de la presente consultoría.

Se presentara al PSI dos (2) ejemplares de cada uno de los Informes indicados anteriormente. El Informe completo del Perfil del Proyecto, una vez aprobado, deberá ser presentado en cinco (5) ejemplares.

VIII. SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL ESTUDIO

El responsable de realizar el Perfil del Proyecto será el Especialista en Formulación de Proyectos de Riego que sería contratado por el PSI para tal efecto.

En consecuencia, la supervisión de la formulación del Perfil del Proyecto será el PSI a través de su Dirección de Gestión del Riego (DGR).

IX. ANEXOS DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA

Forman parte de los presentes Términos de Referencia los siguientes documentos (como anexos) que se consignan en la Página Web del Ministerio de Economía y Finanzas correspondientes al Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), que se indican a continuación:

I. Anexo SNIP 05B, Contenido Mínimo Perfil SNIP.II. Anexo SNIP 09, Parámetros y Normas Técnicas Formulación.

III. Anexo SNIP 10, Parámetros de Evaluación.

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CAPÍTULO IVCRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)

Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.

I. FACTORES DE EVALUACIÓN UTILIZADOS CUANDO SE CONVOQUE LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN GENERAL:

De acuerdo con el artículo 45 del Reglamento, las Bases deben consignar el siguiente factor de evaluación:

FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

A. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDADM = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios correspondientes a la actividad objeto del proceso

M >2 veces el valor referencial y 100 puntos

M >1 veces el valor referencial y < =2 veces el valor referencial: 80 puntos

M <1 vez el valor referencial: 00puntos

Criterio:Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso (se considera similar al servicio brindados para la formulación de perfiles y proyectos de infraestructura de riego ) durante un periodo de no mayor de cinco (5) años a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado mayor a 2 veces el valor referencial de la contratación

Acreditación:La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, correspondientes a un máximo de diez (10) servicios.

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.

En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

respectivos comprobantes de pago.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.

PUNTAJE TOTAL 100 puntos14

14 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación, incluyendo los opcionales.

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CAPÍTULO VPROFORMA DEL CONTRATO

Conste por el presente documento, la contratación del Servicio de de supervisión para la obra: Obras de Control y Medición por Bloques de Riego en el Valle de Jequetepeque Regulado, que celebra de una parte el Programa Subsectorial de Irrigaciones, del Ministerio de Agricultura, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20414868216, con domicilio legal en en Jr. Teniente Emilio Fernández N° 130 Santa Beatriz - Lima, representada por su Director Ejecutivo ING. JORGE ZUÑIGA MORGAN, identificado con DNI N° 16720279, designado mediante Resolución Ministerial N° 0742-2010-AG y de la otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro del proceso de selección Adjudicación Directa Selectiva Nº -2013-AG-PSI para la contratación del Servicio de de supervisión para la obra: Obras de Control y Medición por Bloques de Riego en el Valle de Jequetepeque Regulado”, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto la contratación del Servicio de de supervisión para la obra: Obras de Control y Medición por Bloques de Riego en el Valle de Jequetepeque Regulado” conforme a los Términos de Referencia.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a los Términos de Referencia.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV. 15

Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO 16 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR SI SE TRATA DE ÚNICO PAGO, PAGOS PARCIALES O PAGOS PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.

15 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 10) en su propuesta técnica.

16 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

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LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓNEl plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

IMPORTANTE:

De preverse en los Términos de Referencia la ejecución de actividades de instalación, implementación u otros que deban realizarse de manera previa al inicio del plazo de ejecución, se debe consignar lo siguiente:

“El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA] es de [……...…] días calendario, el mismo que se computa desde [INDICAR CONDICIÓN CON LA QUE DICHAS ACTIVIDADES SE INICIAN].”

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATOEl presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora17 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍASEL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Garantía por el monto diferencial de la propuesta18: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓNLA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIOLa conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD].

17 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.

18 En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste en el proceso de selección para la contratación de servicios, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

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De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTAEL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSLa conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.

El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] años.

CLÁUSULA DUODECIMO: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x MontoF x Plazo en días

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.

Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.

La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.

IMPORTANTE:

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De preverse en los Términos de Referencia penalidades distintas a la penalidad por mora, se deberá consignar el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad, los montos o porcentajes que le corresponderían aplicar por cada tipo de incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que se verificará la ocurrencia de tales incumplimientos.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATOCualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTESCuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOSólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.

CLÁUSULA DÉCIMO SÉXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS19 Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

CLÁUSULA DÉCIMO SETIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICACualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUALLas partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ]DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR 19 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria

para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

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GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

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FORMATO N° 1 20

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN

Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Adjudicación Directa Selectiva N° [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito21.

…..………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

20 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.

21 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.

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ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social :Domicilio Legal :RUC : Teléfono : Fax :

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº - 2013-AG-PSI [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración:

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Servicio de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA (ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:

1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.

4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………. …………………………………..Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

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ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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Programa Subsectorail de Irrigaciones ADS Nº012 - 2013-AG-PSI

ANEXO Nº 6EXPERIENCIA DEL POSTOR

(Sólo para servicios en general)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº -2013-AG-PSIPresente.-Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:

Nº CLIENTE OBJETO DEL SERVICIO

N° CONTRATO /

O/S / COMPROBANT

E DE PAGO

FECHA MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO VENTA

MONTO FACTURADO ACUMULADO

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10TOTAL

CIUDAD Y FECHA

………..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponde

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Programa Subsectorail de Irrigaciones ADS Nº002 - 2013-AG-PSI

ANEXO Nº 7

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA(MODELO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:

CONCEPTO COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA]

TOTAL

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda