Bases Segunda Convocatoria_junin

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    1/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    1

    BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN

    DIRECTA PBLICA PARA LACONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE

    OBRAS

    Aprobada mediante Directiva N 018 -2012-OSCE/CD

    SUB DIRECCIN DE NORM TIVID D DIRECCIN TCNICO NORM TIV

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    2/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    2

    BASES ADMINISTRATIVAS

    ADJUDICACION DE MENOR CUANTA N 111-2015-GRJ/CEO

    DERIVADO DE LA ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N026-2015-GRJ/CEO

    [SEGUNDA CONVOCATORIA]

    CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE LA OBRA:

    EJECUCION DE LA OBRA "INSTALACION DEL SERVICIO

    EDUCATIVO INICIAL ESCOLARIZADO EN LA I.E. N

    30001-118 DEL CENTRO POBLADO DE PUERTO RICO,

    DISTRITO RIO TAMBO, PROVINCIA DE SATIPO, REGION

    JUNIN"

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    3/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    3

    SECCIN GENERAL

    DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DESELECCIN

    (ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    4/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    4

    CAPTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

    1.1. BASE LEGAL

    - Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.- Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

    Estado, en adelante el Reglamento.- Directivas del OSCE.- Ley N 27444Ley del Procedimiento Administrativo General.- Cdigo Civil.- Ley N 27806Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

    Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normasprevistas en las presentes Bases.

    1.2. CONVOCATORIA

    Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en lafecha sealada en el cronograma.

    1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

    El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta

    un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso depropuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de susintegrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento.

    La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccindeber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcinen el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

    Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidosy Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social dela persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal;telfono y fax.

    IMPORTANTE:

    Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por lasEntidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten coninscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra elOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayorinformacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica:www.rnp.gob.pe.

    1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

    Las consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de

    tres (3) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidadcon lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.

    http://www.rnp.gob.pe/http://www.rnp.gob.pe/
  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    5/66

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    6/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    6

    Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va nimodificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de laEntidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidaddel proceso por deficiencias en las Bases.

    El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin lossiguientes plazos:

    1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazopara formularlas.

    2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazopara que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para laemisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo talderecho.

    3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) dashbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

    Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas enel SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento.

    De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuarmodificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

    1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN

    Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para laadmisin de propuestas y factores de evaluacin se presentan en idioma castellano o, ensu defecto, acompaados de traduccin oficial o sin valor oficial efectuada por traductor

    pblico juramentado o traduccin certificada efectuada por traductor colegiado certificado,salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos,catlogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor esresponsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

    Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primerocontendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica.

    Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos oelectrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno.

    Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmentemediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio,

    incluyendo el manual.

    En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de surepresentante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor seapersona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de larbrica sus nombres y apellidos completos.

    Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderadodebidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (FormatoN 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado concopia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de suapoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la quese adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del

    representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) dascalendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1)

    En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    7/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    7

    comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legalo apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado comoparticipante, conforme a lo siguiente:

    1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, stedebe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

    2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorciopresente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por elrepresentante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

    3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes delconsorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizarconforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segncorresponda.

    IMPORTANTE:

    Las Entidades someten a fiscalizacin posterior conforme a lo previsto en el artculo

    32 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, ladocumentacin, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de laBuena Pro.

    1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS

    La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadasen el cronograma del proceso.

    El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en elorden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen suspropuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le

    tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con lapresentacin de la constancia de su registro como participante.

    Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales niconformar ms de un consorcio.

    IMPORTANTE:

    En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio nopodrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en unmismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente oconformando otro consorcio en tems distintos.

    En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representantelegal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.8, y esteexprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez dePaz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta elmomento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a loque finalmente se resuelva al respecto.

    Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres quecontienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentospresentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

    En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales comoerrores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el

    alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentosque acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que setrate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    8/66

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    9/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    9

    1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS

    La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y laevaluacin econmica.

    Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

    Propuesta Tcnica : 100 puntosPropuesta Econmica : 100 puntos

    1.11.1. EVALUACIN TCNICA

    Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicosmnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplandichos requerimientos no sern admitidas.

    Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial

    hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica.

    En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de lapropuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con lasubsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con lasubsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida.

    Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgadopara dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicasadmitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa deasignacin de puntaje establecida para cada factor.

    Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de sesenta (60)

    puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacineconmica.

    1.11.2. EVALUACIN ECONMICA

    Si la propuesta econmica es inferior al noventa por ciento (90%) del valorreferencial o excede el ciento diez por ciento (110%) del valor referencial, serdevuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme loestablece el artculo 33 de la Ley.

    La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a lapropuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un

    puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

    Pi = Om x PMPEOi

    Donde:i = PropuestaPi = Puntaje de la propuesta econmica iOi = Propuesta Econmica iOm = Propuesta Econmica de monto o precio ms bajoPMPE = Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica

    IMPORTANTE:

    En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, el ComitEspecial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    10/66

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    11/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    11

    En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro seproducir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, y podr serpublicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

    1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

    De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haberquedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme alo previsto en el artculo 122 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debesolicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado paracontratar con el Estado.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    12/66

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    13/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    13

    CAPTULO IIIDEL CONTRATO

    3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO

    Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro ocuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato.Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de ladocumentacin prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita lasubsanacin de la documentacin presentada y c) El postor ganador subsana lasobservaciones formuladas por la Entidad.

    En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra asuscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lodispuesto en el artculo 148 del Reglamento, segn corresponda.

    El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente odebidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o pormedio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica,a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139del Reglamento.

    Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, ademsde los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

    Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Constancia de capacidad libre de contratacin. Garanta de fiel cumplimiento. Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Cdigo de cuenta interbancario (CCI). Designacin del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta

    tcnica. Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecucin de

    Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya laelaboracin del expediente tcnico.

    Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin deobra2, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obrasbajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema decontratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que

    incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    3.2. DE LAS GARANTAS

    3.2.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO

    El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento delcontrato. Esta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento(10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de laliquidacin final.

    De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia

    2 De acuerdo con el artculo 183 del Reglamento, este calendario se actualizar con cada ampliacin de plazo otorgada, enconcordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    14/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    14

    superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del contrato, las Entidadespodrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fielcumplimiento con una vigencia de un (1) ao, con el compromiso de renovar suvigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final.

    IMPORTANTE:

    Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, las micro y pequeasempresas pueden optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad lesretenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, siempre que:

    - El plazo de ejecucin de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) dascalendario.

    - El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizacionesperidicas en funcin al avance de obra.

    La retencin se efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos arealizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin delmismo.

    3.2.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

    En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones accesorias, seotorgar una garanta adicional por este concepto, la misma que se renovarperidicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, nopudiendo eximirse su presentacin en ningn caso.

    3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTAS

    Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de

    realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, debenser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendenciade Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estarautorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancosextranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central deReserva del Per.

    IMPORTANTE:

    Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores ocontratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin yeventual ejecucin.

    3.4. EJECUCIN DE GARANTAS

    Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en elartculo 164 del Reglamento.

    3.5. INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIN DE OBRA3

    El plazo de ejecucin de obra se inicia a partir del da siguiente de que se cumplan lassiguientes condiciones:

    1. Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, segn corresponda.

    2. Que la Entidad entregue el expediente tcnico de obra completo al contratista.

    3

    En las obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico, estos requisitos debernser considerados para el inicio de la ejecucin de la obra.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    15/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    15

    3. Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutar la obra al contratista.4. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales o insumos al

    contratista, cuando en la seccin especfica de las Bases la Entidad haya asumidoesta obligacin.

    5. Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer desembolso de dicho adelantoal contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en la seccin especfica

    de las Bases, salvo que en dicha seccin no se haya previsto la entrega de esteadelanto.6. Que el contratista presente el certificado de habilidad de los profesionales4sealados

    en su propuesta tcnica.

    Estas condiciones debern ser cumplidas dentro de los quince (15) das calendariosiguientes a la suscripcin del contrato.

    En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con elcumplimiento de las dems condiciones.

    Si cumplidas las condiciones antes indicadas la estacionalidad climtica no permitiera elinicio de la ejecucin de la obra, la Entidad podr acordar con el contratista la fecha para

    el inicio de la ejecucin. Dicha decisin deber ser sustentada en un informe tcnico queformar parte del expediente de contratacin de la obra.

    IMPORTANTE:

    De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber designarse a un supervisorcuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por laLey de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca elproceso de seleccin.

    3.6. RESIDENTE DE OBRA5

    Profesional6colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) aos de experiencia en laespecialidad7, designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad. Por su soladesignacin, el residente representa al contratista para los efectos ordinarios de la obra,no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.

    La sustitucin del residente slo proceder previa autorizacin por escrito del funcionariode la Entidad que, segn sus normas de organizacin interna, cuente con facultadessuficientes para brindar tal autorizacin, y siempre que el profesional reemplazante renacalificaciones profesionales iguales o superiores a las del profesional originalmentepropuesto.

    El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitucin del residente de obra debe seremitido y notificado al contratista dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de

    presentada la respectiva solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emitapronunciamiento alguno, se considerar aprobada la sustitucin.

    4 Ingenieros o arquitectos.

    5 De acuerdo con el artculo 185 del Reglamento, en toda obra debe contarse, de modo permanente y directo, con unresidente de obra.

    6 Ingeniero o arquitecto, segn lo requerido en el expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, conforme a lanaturaleza de la obra a ser ejecutada.

    7 En el expediente tcnico que es parte de las Bases, la Entidad puede establecer calificaciones y/o experiencia adicionalespara el profesional propuesto como residente de obra, segn la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a serejecutada.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    16/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    16

    3.7. INSPECTOR O SUPERVISOR8DE OBRA

    Profesional colegiado y habilitado, con menos de dos (2) aos de experiencia en laespecialidad, designado por la Entidad para velar, de modo permanente y directo, por lacorrecta ejecucin de la obra y el cumplimiento de las especificaciones tcnicas y delcontrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones profesionales del

    residente.

    En caso que el supervisor sea una persona jurdica, esta deber designar a una personanatural como supervisor permanente de la obra.

    3.8. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIN DE OCURRENCIAS

    El cuaderno de obra se abre en la fecha de entrega del terreno al contratista, oportunidaden la que deber ser firmado en cada una de sus pginas por el inspector o supervisor,segn corresponda, y por el residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja originalcon tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas copias a la Entidad, otraal contratista y la tercera al inspector o supervisor.

    El cuaderno de obra original debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, elque no podr impedirle el acceso al mismo al inspector o supervisor, bajo pena deaplicarle al contratista una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorizacinpor cada da en que se impida el acceso.

    Slo el inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer anotaciones en el cuadernode obra. Estos profesionales anotarn los hechos relevantes que ocurran durante laejecucin de la obra, firmando al pie de cada anotacin que efecten. Tambin seanotarn en el cuaderno de obra las consultas al inspector o supervisor de obra, ascomo la respuesta de este ltimo.

    Las solicitudes que realice el contratista, o su representante legal, como consecuencia de

    las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harn directamente a la Entidad, pormedio de comunicacin escrita.

    El cuaderno de obra ser cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sidorecibida por la Entidad, procediendo a entregar el original de dicho cuaderno a la Entidad.

    IMPORTANTE:

    El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra lafecha de inicio del plazo de ejecucin de la obra, a efectos de evitar futurascontroversias sobre el particular.

    3.9. ADELANTOS

    La Entidad entregar adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, conformea lo establecido en el artculo 186 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto enla seccin especfica de las Bases9.

    En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo previsto en la seccinespecfica de las Bases, el contratista tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo

    8 De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber contarse con supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse seaigual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca elproceso de seleccin.

    9 En el caso de obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico, si la Entidad prevla entrega del adelanto directo para la elaboracin del expediente tcnico, el monto de este adelanto no podr ser superioral veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestacin. Asimismo, si la Entidad prev la entrega deladelanto directo para la ejecucin de la obra, el monto de este adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) delmonto original correspondiente a esta prestacin.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    17/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    17

    de ejecucin de la obra por el nmero de das equivalente a la demora, conforme alartculo 201 del Reglamento.

    3.10. VALORIZACIONES

    La valorizacin es la cuantificacin econmica del avance fsico en la ejecucin de la obraen un periodo determinado, tendr el carcter de pago a cuenta y deber ser realizada elltimo da de cada periodo de valorizacin previsto en la seccin especfica de las Bases,por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el contratista. Si el inspector osupervisor no se presenta para la valorizacin conjunta con el contratista, este ltimo larealizar.

    En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad,el contratista tendr derecho al pago de intereses, de conformidad con el artculo 48 de laLey y los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para tal efecto, se formular unavalorizacin de intereses y el pago se efectuar en las valorizaciones siguientes.

    En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones

    se realizar a quien se indique en el contrato de consorcio.

    3.11. REAJUSTES

    Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las valorizaciones debern serajustadas multiplicndolas por el respectivo coeficiente de reajuste K que se obtenga deaplicar en la frmula o frmulas polinmicas previstas en el expediente tcnico de obraque es parte de las Bases, los ndices Unificados de Precios de la Construccin quepublica el Instituto Nacional de Estadstica e InformticaINEI.

    Dado que los ndices Unificados de Precios de la Construccin son publicados con unmes de atraso, los reajustes debern calcularse teniendo en consideracin el coeficiente

    de reajuste K conocido a ese momento; posteriormente, cuando se conozcan losndices que se deben aplicar, se calcular el monto definitivo de los reajustes quecorresponden, los que se pagarn con la valorizacin ms cercana posterior o en laliquidacin final sin reconocimiento de intereses.

    IMPORTANTE:

    Tanto la elaboracin como la aplicacin de las frmulas polinmicas se sujetan a lodispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC.

    3.12. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

    La penalidad por retraso injustificado en la ejecucin de la obra y las causales para laresolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 delReglamento, respectivamente.

    De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o elcontrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 delReglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto dela convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) delmonto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estaspenalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

    3.13. LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRA

    El procedimiento para la liquidacin del contrato de obra que deber observarse, es elque se encuentra descrito en el artculo 211 del Reglamento. No proceder la liquidacin

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    18/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    18

    mientras existan controversias pendientes de resolver.

    Luego de haber quedado consentida la liquidacin y efectuado el pago del saldo de laliquidacin, culmina el contrato y se cierra el expediente respectivo.

    Las controversias sobre pagos podrn ser sometidas a conciliacin y/o arbitraje, dentro

    del plazo de quince (15) das hbiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en laseccin especfica de las Bases para efectuar el pago del monto correspondiente al saldode la liquidacin.

    3.14. VIGENCIA DEL CONTRATO

    En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigenciadesde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene, hasta que laliquidacin quede consentida y se efecte el pago correspondiente.

    3.15. DISPOSICIONES FINALES

    Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases seregirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposicioneslegales vigentes.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    19/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    19

    SECCIN ESPECFICA

    CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DESELECCIN

    (EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LASINSTRUCCIONES INDICADAS)

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    20/66

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    21/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    21

    participacin de proveedores que gozan del beneficio de la exoneracin del IGVprevista en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona,deber tomarse en cuenta la regulacin de la Cuarta Disposicin ComplementariaFinal del Reglamento.

    1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

    El expediente de contratacin fue aprobado mediante MEMORNDUM N 483 - 2015-GR/ORAF, el 31/07/2015.

    Asimismo, el expediente tcnico de obra fue aprobado mediante Resolucin GerencialRegional de Infraestructura N 238-2015-G.R-JUNIN/GRI, el de Julio de 2015.

    1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

    00 RECURSOS ORDINARIOS

    1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN

    El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA,de acuerdo con loestablecido en el expediente de contratacin respectivo.

    1.7. MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUAL

    NO CORRESPONDE

    1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

    La obra a ser ejecutada est definida en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que formanparte de la presente seccin, en el captulo III.

    1.9. PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA

    El plazo de ejecucin de la obra materia de la presente convocatoria, es de 150 dascalendario. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir conlo establecido en el expediente de contratacin y en el expediente tcnico de obra.

    1.10. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES

    El costo de reproduccin de las bases y el expediente tcnico de obra, ser de acuerdo ala cantidad de copias, siendo la suma de S/. 468.00 (Cuatrocientos Sesenta y Ocho con

    00/100 Nuevos Soles).

    1.11. BASE LEGAL

    - Ley N 30281 Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015.- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N 28714.- Ley N 30282Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao

    fiscal2015.- Directivas de OSCE- Cdigo Civil- Decreto Supremo N 043-2043-TR, Reglamento de la Ley MYPE- Ley 27806Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica- Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo N 1017 y

    sus modificatorias vigentes.- Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto

    Supremo N 184-2008-EF, y sus modificatorias vigentes.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    22/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    22

    - Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444.- Decreto Supremo N 011-79-VC.- Ley Marco de la Administracin Financiera del Sector Pblico, Ley 28112.- Decreto Supremo N 043-2043-TR, Reglamento de la Ley MYPE.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    23/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    23

    CAPTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

    Etapa Fecha, hora y lugarConvocatoria : 01-09-2015

    Registro de participantes : Del: 02-09-2015Al: 09-09-2015

    Formulacin de Consultas yObservaciones

    : Del: 02-09-2015Al: 04-09-2015

    Absolucin de Consultas yObservaciones a las Bases

    : 07-09-2015

    Integracin de las Bases : 08-09-2015

    Presentacin de Propuestas : 11-09-2015

    * El acto pblico se realizar en : Auditrium 2do Piso10:00 Horas

    Calificacin y Evaluacin dePropuestas

    : 11-09-2015

    Otorgamiento de la Buena Pro : 14-09-2015

    * El acto pblico se realizar en : Auditrium 2do Piso10:00 Horas

    2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

    El registro de los participantes es gratuito y se realizar en elGobierno Regional de Junnen la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares Of. 701, sito en Jr. Loreto N 363,en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:30 horas a 17:30 horas,segn el FORMATO DE REGISTRO DE PARTICIPANTES.

    En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que seindicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu elregistro, as como el da y hora de dicha recepcin.

    2.3. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

    Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas,ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o laque haga sus veces, sito en Jr. Loreto N 363 - Huancayo, en las fechas sealadas en elcronograma, en el horario de 08:30 a 16:30pm, debiendo estar dirigidos al Presidente delComit Especial Permanente de la ADJUDICACION DE MENOR CUANTA N 111-2015-GRJ/CEO DERIVADO DE LA ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 026-2015-GRJ-CEP/CEO(2)

    2.4. ACTO PBLICO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS

    Las propuestas se presentarn en acto pblico, en el Auditrium del Gobierno Regional deJunn (Segundo Piso), sito en el Jr. Loreto N 363 - Huancayo, en la fecha y hora sealadaen el cronograma. El acto pblico se realizar con la participacin del Notario o Juez dePaz.

    Se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control,quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente. La no asistenciadel mismo no vicia el proceso.

    Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit

    Especial de la ADJUDICACION DE MENOR CUANTA N 111-2015-GRJ/CEO DERIVADO DE LAADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 026-2015-GRJ-CEP/CEO (2), conforme al siguientedetalle:

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    24/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    24

    SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

    SOBRE N 2:Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

    2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

    2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

    Se presentar en un original y doscopias.

    El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos, la siguientedocumentacin:

    Documentacin de presentacin obligatoria:

    a) Declaracin jurada de datos del postor.Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada porcada uno de los consorciados (Anexo N 1).

    b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimoscontenidos en el Captulo III de la presente seccin (Anexo N 2).

    c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N3).En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracinjurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio.

    d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne losintegrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a lasque se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, as como elporcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo N 4).

    Seores

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN

    Jr. Loreto 363-HuancayoAtt.: Comit Especial Permanente

    ADJUDICACION DE MENOR CUANTA N 111-2015-GRJ/CEO DERIVADO DE LAADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 026-2015-GRJ-CEP/CEO (2)

    Denominacin de la convocatoria: EJECUCION DE LA OBRA "INSTALACION DELSERVICIO EDUCATIVO INICIAL ESCOLARIZADO EN LA I.E. N 30001-118 DEL CENTROPOBLADO DE PUERTO RICO , DISTRITO DE RIO TAMBO, PROVINCIA DE SATIPO,REGION JUNIN"SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA[NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

    Seores

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNINJr. Loreto 363-HuancayoAtt.: Comit Especial Permanente

    ADJUDICACION DE MENOR CUANTA N 111-2015-GRJ/CEO DERIVADO DE LAADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 026-2015-GRJ-CEP/CEO (2)

    Denominacin de la convocatoria: EJECUCION DE LA OBRA "INSTALACION DELSERVICIO EDUCATIVO INICIAL ESCOLARIZADO EN LA I.E. N30001-109 DEL CENTROPOBLADO VILLA SALVADOR, DISTRITO DE SAN MARTIN DE PANGOA, PROVINCIA DESATIPO, REGION JUNIN"

    SOBRE N 2: PROPUESTA ECONMICA

    [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    25/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    25

    La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de susintegrantes.

    Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultadopara actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos

    al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias ysuficientes facultades.

    e) Declaracin jurada de plazo de ejecucin de la obra (Anexo N 5).

    f) Declaracin jurada del personal propuesto para la ejecucin de la obra (AnexoN10).

    IMPORTANTE:

    La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de lapropuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

    Documentacin de presentacin facultativa:a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el registro de la Micro y Pequea

    EmpresaREMYPE, de ser el caso.

    b) En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por personascon discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad porstas, deber presentarse una constancia o certificado con el cual acredite suinscripcin en el Registro de Empresas Promocionales para Personas conDiscapacidad.

    c) Factor experiencia en obras en general: Copia simple de contratos y susrespectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas

    resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de lacual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como sumonto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio,deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o elcontrato de consorcio.

    Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 6,referido a la experiencia en obras en general del postor.

    d) Factor experiencia en obras similares: Copia simple de contratos y susrespectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivasresoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de lacual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como su

    monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio,deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o elcontrato de consorcio.

    Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 7,referido a la experiencia en obras similares del postor.

    e) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto:Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, sepresentar copia simple de: contratos de trabajo, constancias o certificados.

    Para acreditar el factor calificaciones del personal profesional propuesto sepresentar copia simple de: TTULOS, CONSTANCIAS, CERTIFICADOS, U

    OTROS DOCUMENTOS, SEGN CORRESPONDA].

    f) Factor cumplimiento de ejecucin de obras:Copia simple de un mximo dediez (10) constancias de prestacin.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    26/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    26

    IMPORTANTE:

    De conformidad con el artculo 47 del Reglamento, en los casos de la contratacin de la ejecucin de obrasbajo la modalidad llave en mano, las Bases tambin debern incluir factores que permitan evaluar la calidadde las soluciones tcnicas de diseo, de equipamiento o similares ofertadas por el postor.

    Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley dePromocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la Declaracin Jurada de cumplimiento decondiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (An exo N 8).

    En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunirlas condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de maneraindependiente la declaracin jurada antes sealada.

    IMPORTANTE:

    En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta serdescalificada.

    2.5.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA

    El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria:

    Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de

    precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (AnexoN 9).

    El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componendebern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn serexpresados con ms de dos decimales.

    IMPORTANTE:

    La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentrolos mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento.

    La propuesta econmica de los postores que presenten la Declaracin Jurada de cumplimiento de condicionespara la aplicacin de la exoneracin del IGV (An exo N 8), debe encontrase dentro de los lmites del valorreferencial sin IGV.

    En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuestatcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

    2.6. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

    Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar elpuntaje total de las mismas.

    El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones,obtenido de la siguiente frmula:

    PTPi = c1 PTi + c2 PEi

    Dnde:

    PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor iPEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i

    Se aplicarn las siguientes ponderaciones:

    c1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica.= 0.60

    c2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica.= 0.40

    Dnde: c1 + c2 = 1.00

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    27/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    27

    2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

    El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos parasuscribir el contrato:

    a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

    b) Constancia de capacidad libre de contratacin.c) Garanta de fiel cumplimiento del contrato. Mediante una Carta Fianza.d) Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. Mediante

    una Carta Fianza.e) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.f) Cdigo de cuenta interbancario (CCI).g) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato.h) Designacin del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su

    propuesta tcnica.i) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecucin de

    Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya laelaboracin del expediente tcnico.

    j) Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin de

    obra, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obrasbajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.k) Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de

    contratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo la modalidad llave en mano queincluya la elaboracin del expediente tcnico.

    Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentacin a ser presentada, talescomo:

    a. Copia de DNI del Representante Legal.b. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.c. Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.d. Copia del RUC de la empresa.

    2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

    Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro ocuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazodentro del cual el postor ganador y la Entidad debern realizar las accionescorrespondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artculo148 del Reglamento.

    La citada documentacin deber ser presentada en el Gobierno Regional de Junn en laOficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares Of. 701, sito en Jr. Loreto N 363,Huancayo, Junn.

    IMPORTANTE:

    Las siguientes disposiciones slodebern ser incluidas en el caso que la Entidad considere la entrega del adelanto directo y paramateriales o insumos:

    2.9. ADELANTOS

    2.9.1. ADELANTO DIRECTO

    La Entidad otorgar un adelanto directo por el 20% del monto total del contratooriginal.

    El contratista debe solicitar formalmente eladelanto directodentro de los ocho (8)das calendario siguientea la suscripcin del contrato, adjuntando a su solicitud la

    garanta por adelantos mediante carta fianza y el comprobante de pagocorrespondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete(7) das siguientes a la presentacin de la solicitud del contratista.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    28/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    28

    2.9.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS

    La Entidad otorgar adelantos para materiales o insumos por el40%del monto delcontrato original, conforme al calendario de adquisicin de materiales o insumos.

    Para dicho efecto, el contratista deber entregar la garanta por adelantos

    mediantecarta fianzay el comprobante de pago correspondiente.

    2.10. VALORIZACIONES

    El periodo de valorizacin ser mensual.

    IMPORTANTE:

    Cuando el periodo de valorizacin establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de la valorizacin se regirpor lo dispuesto en el sexto prrafo del artculo 197 del Reglamento. En cambio, si la Entidad prev un periodo devalorizacin distinto al mensual, deber establecer los plazos y procedimiento aplicables para la valorizacin, teniendo enconsideracin lo dispuesto en el quinto prrafo del referido artculo, as como el plazo para el pago de las valorizaciones.

    De acuerdo con los prrafos quinto y sexto del artculo 197 del Reglamento, para efectosdel pago de las valorizaciones, la Entidad deber contar con la valorizacin del periodo

    correspondiente, debidamente aprobada por el inspector o supervisor, segn corresponda;a la que deber adjuntarse el comprobante de pago respectivo.

    2.11. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIN DEL CONTRATO DEOBRA

    La Entidad o el contratista, segn corresponda, deben efectuar el pago del montocorrespondiente al saldo de la liquidacin del contrato de obra, en el plazo de 15 dascalendario, computados desde el da siguiente del consentimiento de la liquidacin. Paratal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    29/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    29

    CAPTULO IIIREQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    30/66

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    31/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    31

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    32/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    32

    Experiencia debe ser entendida como destreza adquirida por la prctica reiterada de una

    conducta durante un periodo determinado, adems de ello la experiencia del personal debe

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    33/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    33

    encontrarse relacionada a la especialidad que se traduce en la ejecucin de prestaciones

    iguales o similares al objeto de la convocatoria

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    34/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    34

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    35/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    35

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    36/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    36

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    37/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    37

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    38/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    38

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    39/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    39

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    40/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    40

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    41/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    41

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    42/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    42

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    43/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    43

    CAPTULO IVCRITERIOS DE EVALUACIN TCNICA

    EVALUACIN TCNICA (Puntaje Mximo: 100 Puntos)

    I. FACTORES DE EVALUACIN PARA LA CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DEOBRAS

    De acuerdo con el artculo 47 del Reglamento, las Bases deben consignar los siguientesfactores de evaluacin, necesariamente:

    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOSPUNTAJE /

    METODOLOGA PARA SUASIGNACIN10

    A. EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL (20 puntos)

    Criterio:Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por el

    postor correspondiente a la ejecucin de obras en general, duranteun periodo de NO MAYOR A CUATRO (04) AOSa la fecha depresentacin de propuestas, hasta por un monto mximoacumulado equivalente a NO MAYOR A CUATRO (04) VECES ELVALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIN.

    Se considerarn obras en general a todo TIPO DE OBRA.

    Acreditacin:La experiencia se acreditar mediante copia simple de: contratos ysus respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y susrespectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquierotra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que

    la obra fue concluida, as como su monto total.En los casos que se acredite experiencia con contratos en los quese particip en consorcio, deber presentarse la promesa formalde consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprendafehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumien el contrato presentado; de lo contrario, no se computar laexperiencia proveniente de dicho contrato.

    Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesosde seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender queel porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje departicipacin de la promesa formal o del contrato de consorcio. En

    caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje departicipacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron enpartes iguales.

    Cuando los contratos presentados se encuentren expresados enmoneda extranjera, deber indicarse el tipo de cambio ventapublicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPcorrespondiente a la fecha de suscripcin.

    Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar elAnexo N 6 referido a la experiencia en obras en general delpostor.

    M =Monto facturadoacumulado

    por el postor por laejecucin de obras engeneral

    M >= 3.0veces el valorreferencial:

    20puntos

    M >= 2.0veces el valorreferencial y < 3.0veces elvalor referencial:

    15puntos

    M > 1.0vez el valor

    referencial y < 2.0veces elvalor referencial:10puntos

    10 De acuerdo con el artculo 47 del Reglamento, para la determinacin de los puntajes de cada factor de evaluacin, deberconsiderarse los mrgenes aqu establecidos. En ningn caso, podr establecerse puntajes que excedan dichos mrgenes.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    44/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    44

    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOSPUNTAJE /

    METODOLOGA PARA SUASIGNACIN10

    La obra presentada para acreditar la experiencia en obrassimilares servir para acreditar la experiencia en obras en general.

    B. EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES (30 puntos)

    Criterio:Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por elpostor correspondiente a la ejecucin de obras similares, duranteun periodo NO MAYOR A CUATRO (04) AOS a la fecha depresentacin de propuestas, hasta por un monto mximoacumulado equivalente a UN VALOR REFERENCIAL DE LACONTRATACIN.

    Se considerar obra similar a CONSTRUCCIN,RECONSTRUCCIN, AMPLIACIN, MEJORAMIENTO OREHABILITACIN DE EDIFICACIONES PUBLICAS O PRIVADASDE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVAS Y EDIFICACIONES ENGENERAL, cuyo valor mnimo sea equivalente al quince por ciento(15%) del valor referencial.

    Acreditacin:La experiencia se acreditar mediante copia simple de: contratos ysus respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y susrespectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquierotra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente quela obra fue concluida, as como su monto total.

    En los casos que se acredite experiencia con contratos en los quese particip en consorcio, deber presentarse la promesa formalde consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprendafehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumien el contrato presentado; de lo contrario, no se computar laexperiencia proveniente de dicho contrato.

    Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesosde seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender queel porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje departicipacin de la promesa formal o del contrato de consorcio. Encaso en dichos documentos no se consigne el porcentaje departicipacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron enpartes iguales.

    Cuando los contratos presentados se encuentren expresados enmoneda extranjera, deber indicarse el tipo de cambio ventapublicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPcorrespondiente a la fecha de suscripcin.

    Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar elAnexo N 7, referido a la Experiencia del Postor en obras similares.

    M =Monto facturadoacumulado por el postor porla ejecucin de obrasiguales o similares

    M >= 0.75vez el valorreferencial:

    30puntos

    M > 0.50veces el valorreferencial y < 0.75 vezelvalor referencial:

    10puntos

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    45/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    45

    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOSPUNTAJE /

    METODOLOGA PARA SUASIGNACIN10

    C. EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL

    PROFESIONAL PROPUESTO

    (35 puntos)

    C.1 EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROFESIONALPROPUESTOC.1.1. RESIDENTE DE OBRACriterio:Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en laespecialidad del personal propuesto para la ejecucin de laobra como RESIDENTE DE OBRA O SUPERVISOR DEOBRA, en la especialidad de EJECUCIN DE OBRAS DEINFRAESTRUCTURA EDUCATIVA O SIMILAR.De presentarse experiencia ejecutada paralelamente(traslape), para el cmputo del tiempo de dicha experienciaslo se considerar una vez el periodo traslapado.

    Acreditacin:Mediante la presentacin de copia simple de contratos detrabajo, constancias o certificados.

    C.1.2. ASISTENTE DE RESIDENTECriterio:Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en laespecialidad del personal propuesto para la ejecucin de laobra como RESIDENTE DE OBRA O ASISTENTE DERESIDENTE,en la especialidad EJECUCIN DE OBRAS DEINFRAESTRUCTURA EDUCATIVA O SIMILAR.De presentarse experiencia ejecutada paralelamente

    (traslape), para el cmputo del tiempo de dicha experienciaslo se considerar una vez el periodo traslapado.

    Acreditacin:Mediante la presentacin de copia simple de contratos detrabajo, constancias o certificados.

    C.1.3. ADMINISTRADOR DE OBRACriterio:Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en laespecialidad del personal propuesto para la ejecucin de laobra comoADMINISTRADOR DE OBRA, en la especialidadde EJECUCIN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA

    EDUCATIVA O SIMILAR.De presentarse experiencia ejecutada paralelamente(traslape), para el cmputo del tiempo de dicha experienciaslo se considerar una vez el periodo traslapado.Acreditacin:Mediante la presentacin de copia simple de contratos detrabajo, constancias o certificados.

    C.1.4. INGENIERO ESPECIALISTA EN ESTRUCTURASCriterio:Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en laespecialidad del personal propuesto para la ejecucin de laobra como ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS, en la

    especialidad de EJECUCIN DE OBRAS DEINFRAESTRUCTURA EDUCATIVA O SIMILAR.De presentarse experiencia ejecutada paralelamente(traslape), para el cmputo del tiempo de dicha experiencia

    Ms de 12mesesadicionales al RTM:

    5puntos

    Ms de 08hasta 12mesesadicionales al RTM:

    3puntos

    De 04hasta 08mesesadicionales al RTM:

    2puntos

    Ms de 12mesesadicionales al RTM:

    4puntos

    Ms de 08hasta 12mesesadicionales al RTM:

    3puntos

    De 04hasta 08mesesadicionales al RTM:

    2puntos

    Ms de 12mesesadicionales al RTM:

    3puntos

    Ms de 08hasta 12mesesadicionales al RTM:

    2puntos

    De 04hasta 08mesesadicionales al RTM:

    1 puntos

    Ms de 12mesesadicionales al RTM:

    4puntos

    Ms de 08hasta 12meses

    adicionales al RTM:3puntos

    De 04hasta 08meses

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    46/66

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    47/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    47

    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOSPUNTAJE /

    METODOLOGA PARA SUASIGNACIN10

    D. CUMPLIMIENTO DE EJECUCIN DE OBRAS (15 puntos)

    Criterio:Se evaluar el nivel de cumplimiento del postor, respecto de lasobras en general o similares presentadas para acreditar laexperiencia del postor, en funcin al nmero de constancias deprestacin presentadas.

    Acreditacin:Mediante la presentacin de copia simple de un mximo de diez(10) constancias de prestacin o cualquier otro documento que,independientemente de su denominacin, indique, como mnimo,lo siguiente:

    1. La identificacin del contrato, indicando como mnimo su objeto.

    2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al queasciende el contrato, comprendiendo las variaciones poradicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieranaplicado durante la ejecucin contractual.

    3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durantela ejecucin de dicho contrato.

    Se debe utilizar la siguientefrmula de evaluacin11:

    PCP= PF x CBCNC

    Donde:

    PCP = Puntaje a otorgarse alpostor.PF = Puntaje mximo al postor.NC = Nmero decontrataciones presentadaspara acreditar la experienciadel postor.

    CBC = Nmero de constanciasde prestacin vlidas.

    PUNTAJE TOTAL 100 puntos12

    IMPORTANTE:

    Los factores de evaluacin no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de losrequerimientos tcnicos mnimos.

    Para acceder a la etapa de evaluacin econmica, el postor deber obtener un puntajetcnico mnimo de sesenta (60) puntos.

    11 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento N 087-2010/DTN enwww.osce.gob.pe

    12

    Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluacin.

    http://www.osce.gob.pe/http://www.osce.gob.pe/http://www.osce.gob.pe/http://www.osce.gob.pe/
  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    48/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    48

    CAPTULO VPROFORMA DEL CONTRATO

    Conste por el presente documento, la contratacin de la ejecucin de la obra [CONSIGNAR LA

    DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR ELNOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC N [], con domicilio legalen [], representada por [..], identificado con DNI N [], y de otra parte[.....................], con RUC N [................], con domicilio legal en[.....................], inscrita en la Ficha N [.........] Asiento N [.......]del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], debidamente representadopor su Representante Legal, [.....................], con DNI N [..], segnpoder inscrito en la Ficha N [..], Asiento N [] del Registro de PersonasJurdicas de la ciudad de [], a quien en adelante se le denominar EL CONTRATISTA enlos trminos y condiciones siguientes:

    CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

    Con fecha [..], el Comit Especial adjudic la Buena Pro de la ADJUDICACINDIRECTA PBLICA N 026-2015-CEP/CEO (2) para la contratacin de la ejecucin de laobra [CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA], a [CONSIGNARNOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en losdocumentos integrantes del presente contrato.

    CLUSULA SEGUNDA: OBJETOEl presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIN],conforme a los Requerimientos Tcnicos Mnimos.

    CLUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL

    El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO],[CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.13

    Este monto comprende el costo de la ejecucin de la obra, seguros e impuestos, as como todoaquello que sea necesario para la correcta ejecucin de la prestacin materia del presentecontrato.

    CLUSULA CUARTA: DEL PAGO14LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestacin a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA],en periodos de valorizacin [CONSIGNAR MENSUALES U OTRO TIPO DE PERIODO], conformea lo previsto en la seccin especfica de las Bases. Asimismo, LA ENTIDAD o EL CONTRATISTA,segn corresponda, se obligan a pagar el monto correspondiente al saldo de la liquidacin delcontrato de obra, en el plazo de [CONSIGNAR PLAZO EN DAS] das calendario, computados

    desde el da siguiente del consentimiento de la liquidacin.

    En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a LA ENTIDAD, ELCONTRATISTA tendr derecho al pago de intereses, de conformidad con el artculo 48 de la Leyde Contrataciones del Estado y los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para tal efecto,se formular una valorizacin de intereses y el pago se efectuar en las valorizaciones siguientes.

    CLUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRAEl plazo de ejecucin del presente contrato es de [..] das calendario, e l mismo que secomputa desde el da siguiente de cumplidas las condiciones previstas en el numeral 3.5 de laseccin general de las Bases.

    13

    Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaracin jurada decumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 8) en su propuesta tcnica.

    14 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podr adicionarse la informacin que resulte pertinentea efectos de generar el pago.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    49/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    49

    CLUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATOEl presente contrato est conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora 15 y losdocumentos derivados del proceso de seleccin que establezcan obligaciones para las partes.

    CLUSULA STIMA: GARANTASEL CONTRATISTA entreg a la suscripcin del contrato la respectiva garanta solidaria,

    irrevocable, incondicional y de realizacin automtica a slo requerimiento, a favor de LAENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

    De fiel cumplimiento del contrato16: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la [INDICAREL TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE].Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la mismaque deber mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidacin final.

    IMPORTANTE:

    Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, las micro ypequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad les retenga eldiez por ciento (10%) del monto del contrato original, siempre que:

    - El plazo de ejecucin de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) das calendario.- El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizaciones peridicas en funcin al

    avance de obra.

    La retencin se efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de formaprorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo.

    En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

    Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias17: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], atravs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESAQUE LA EMITE], la misma que deber mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de lasobligaciones garantizadas.

    CLUSULA OCTAVA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACINLA ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas cuando EL CONTRATISTA no cumplieracon renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artculo 164 del Reglamento de la Ley deContrataciones del Estado.

    IMPORTANTE:

    Si LA ENTIDAD considera necesario entregar adelanto directo, deber consignar la siguienteclusula:

    15 La oferta ganadora comprende a las propuestas tcnica y econmica del postor ganador de la Buena Pro.

    16 En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garanta de fiel

    cumplimiento deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tenervigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final.De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) ao, las Entidadespodrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fiel cumplimiento, con una vigencia de un (1) ao,con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final.

    17

    En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en lascontrataciones de obras que conllevan la ejecucin de prestaciones accesorias. La garanta de fiel cumplimiento porprestaciones accesorias se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, nopudiendo eximirse su presentacin en ningn caso.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    50/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    50

    CLUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO18

    LA ENTIDAD otorgar [CONSIGNAR NMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantosdirectos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 20% DEL MONTODEL CONTRATO ORIGINAL]19del monto del contrato original.

    EL CONTRATISTA debe solicitar formalmente el [CONSIGNAR ADELANTO O PRIMERDESEMBOLSO DEL ADELANTO DIRECTO] dentro de los ocho (8) das calendario siguientes[CONSIGNAR, SEGN CORRESPONDA, A LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO O AL INICIODE LA EJECUCIN DE LA OBRA]20, adjuntando a su solicitud la garanta por adelantos 21mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PLIZA DE CAUCIN] y el comprobante de pagocorrespondiente. LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) dassiguientes a la presentacin de la solicitud de EL CONTRATISTA.

    Asimismo, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega de los dems adelantos directos en[CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD]22. La entrega del o losadelantos se realizaren [CONSIGNAR PLAZO Y OPORTUNIDAD].23

    Vencido el plazo para solicitar el adelanto no proceder la solicitud.

    En el supuesto que no se entregue [CONSIGNAR EL O LOS ADELANTOS]en la oportunidadprevista, EL CONTRATISTA tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de laobra por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del Reglamento dela Ley de Contrataciones del Estado.

    CLUSULA DCIMA: ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS24

    LA ENTIDAD otorgar adelantos para materiales o insumos por el [CONSIGNAR PORCENTAJEQUE NO DEBE EXCEDER DEL 40%] del monto del [CONSIGNAR, SEGN CORRESPONDA,DEL CONTRATO ORIGINAL O DE LA PRESTACIN CONSISTENTE EN LA EJECUCIN DELA OBRA]25.

    18 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deber consignar el procedimiento para su entrega y la respectivagaranta, precisando el plazo en el cual el contratista solicitar los adelantos. Asimismo, deber consignar la oportunidad yplazo en el cual se entregarn dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artculos 186 y 187 del Reglamento.

    19 En el caso de obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico, si la Entidad prevla entrega del adelanto directo para la elaboracin del expediente tcnico, el monto de este adelanto no podr ser superioral veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestacin. Asimismo, si la Entidad prev la entregadel adelanto directo para la ejecucin de la obra, el monto de este adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%)del monto original correspondiente a esta prestacin.

    20 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluyala elaboracin del expediente tcnico, deber indicarse que el plazo se computa desde el da siguiente de la suscripcindel contrato. En el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin delexpediente tcnico, para el adelanto directo que corresponda a la elaboracin del expediente tcnico deber indicarse queel plazo se computa desde el da siguiente de la suscripcin del contrato; en cambio, para el adelanto directo quecorresponda a la ejecucin de la obra deber indicarse que el plazo se computa desde el da siguiente del inicio de la

    ejecucin de la obra.

    21 De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta garanta deber ser emitida por idntico monto y un plazo mnimode vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortizacin totaldel adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecucin de la obra sea menor a tres (3) meses, la garanta podr ser emitidacon una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortizacin total del adelanto otorgado.

    22 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluyala elaboracin del expediente tcnico, deber indicarse el plazo y oportunidad conforme al expediente de contratacin. Enel caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico, parael adelanto directo que corresponda a la elaboracin del expediente tcnico y/o a la ejecucin de la obra deber indicarseque el plazo y oportunidad conforme al expediente de contratacin. En este ltimo (adelanto directo para la ejecucin de laobra), el plazo y oportunidad que se contemplen deben ser posteriores al inicio de la ejecucin de la obra.

    23 Este prrafo solo deber ser incluido cuando la Entidad prevea la entrega de ms de un adelanto directo al contratista.

    24 En caso de obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico, este adelanto solocabe para la prestacin consistente en la ejecucin de la obra.

    25 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluyala elaboracin del expediente tcnico, deber consignarse que el monto del adelanto para materiales o insumos se calcula

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    51/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    51

    La entrega de los adelantos se realizar en un plazo de [CONSIGNAR PLAZO]das calendarioprevios a la fecha prevista en el calendario de adquisicin de materiales o insumos para cadaadquisicin, con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumosen la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, ELCONTRATISTA deber solicitar la entrega del adelanto en un plazo de [CONSIGNAR PLAZO]

    das calendario anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud lagaranta por adelantos26mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PLIZA DE CAUCIN]y elcomprobante de pago respectivo.

    La primera solicitud de El CONTRATISTA solo proceder una vez iniciada la ejecucin de laobra. No proceder la entrega de los adelantos cuando las solicitudes sean realizadas conposterioridad a la fecha prevista para cada adquisicin en el calendario de adquisicin demateriales o insumos.

    En el supuesto que no se entreguen los adelantos en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTAtendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero dedas equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del Reglamento de la Ley deContrataciones del Estado.

    CLUSULA UNDCIMA: CONFORMIDAD DE LA OBRALa conformidad de la obra ser dada con la suscripcin del Acta de Recepcin de Obra.

    CLUSULA DUODCIMA: DECLARACIN JURADA DEL CONTRATISTAEL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligacionesderivadas del presente contrato, bajo sancin de quedar inhabilitado para contratar con el Estadoen caso de incumplimiento.

    CLUSULA DCIMO TERCERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSNi la suscripcin del Acta de Recepcin de Obra, ni el consentimiento de la liquidacin delcontrato de obra, enervan el derecho de LA ENTIDAD a reclamar, posteriormente, por defectos ovicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artculo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.

    El plazo mximo de responsabilidad de El CONTRATISTA es de [CONSIGNAR TIEMPO ENAOS, NO MENOR DE 7 AOS] aos.

    CLUSULA DCIMO CUARTA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecucin de las prestaciones objetodel contrato, LA ENTIDAD le aplicar una penalidad por cada da de atraso, hasta por un montomximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o del monto del temvigente que debi ejecutarse, en concordancia con el artculo 165 del Reglamento de la Ley deContrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicar automticamente y secalcular de acuerdo a la siguiente frmula:

    Penalidad Diaria =0.10 x Monto

    F x Plazo en das

    Donde:

    F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) das o;F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) das.

    Cuando se llegue a cubrir el monto mximo de la penalidad, LA ENTIDAD podr resolver elcontrato por incumplimiento.Esta penalidad ser deducida en la liquidacin final, o si fuese necesario, se cobrar del monto

    en funcin del monto del contrato original. En el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano queincluya la elaboracin del expediente tcnico, deber consignarse que el monto del adelanto para materiales o insumos se

    calcula en funcin del monto original de la prestacin consistente en la ejecucin de la obra.26

    De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta garanta deber ser emitida por idntico monto y mantenersevigente hasta la utilizacin de los materiales o insumos a satisfaccin de la Entidad, pudiendo reducirse de maneraproporcional de acuerdo con el desarrollo respectivo.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    52/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    52

    resultante de la ejecucin de la garanta de fiel cumplimiento.

    La justificacin por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado ysu Reglamento, el Cdigo Civil y dems normas aplicables, segn corresponda.

    IMPORTANTE:

    De preverse en los Requerimientos Tcnicos Mnimos penalidades distintas a la penalidadpor mora, se deber consignar en esta clusula el listado detallado de las situaciones,condiciones, etc., que sern objeto de penalidad; los montos o porcentajes que se aplicarnpor cada tipo de incumplimiento; y la forma o procedimiento mediante el que se verificar suocurrencia.

    CLUSULA DCIMO QUINTA: RESOLUCIN DEL CONTRATOCualquiera de las partes podr resolver el contrato, de conformidad con los artculos 40, inciso c),y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artculos 167 y 168 del Reglamento de la Leyde Contrataciones del Estado. De darse el caso, LA ENTIDAD proceder de acuerdo a loestablecido en los artculos 169 y 209 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

    CLUSULA DCIMO SEXTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTESCuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcira la otra parte por los daos y perjuicios ocasionados, a travs de la indemnizacincorrespondiente. Ello no obsta la aplicacin de las sanciones administrativas, penales ypecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que stas correspondan.Lo sealado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demsobligaciones previstas en el presente contrato.

    CLUSULA DCIMO STIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOSlo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento,en las directivas que emita el OSCE y dems normativa especial que resulte aplicable, sern de

    aplicacin supletoria las disposiciones pertinentes del Cdigo Civil vigente, cuando corresponda, ydems normas de derecho privado.

    CLUSULA DCIMO OCTAVA: SOLUCIN DE CONTROVERSIAS 27Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver lascontroversias que se presenten durante la etapa de ejecucin contractual dentro del plazo decaducidad previsto en los artculos 184, 199, 201, 209, 210 y 212 del Reglamento de la Ley deContrataciones del estado o, en su defecto, en el artculo 52 de la Ley de Contrataciones delEstado.

    Facultativamente, cualquiera de las partes podr someter a conciliacin la referida controversia,sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, segn losealado en el artculo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

    El laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecutacomo una sentencia.

    CLUSULA DCIMO NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PBLICACualquiera de las partes podr elevar el presente contrato a Escritura Pblica corriendo con todoslos gastos que demande esta formalidad.

    CLUSULA VIGSIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCINCONTRACTUALLas partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante

    27 De conformidad con los artculos 216 y 217 del Reglamento, podr adicionarse la informacin que resulte necesaria para

    resolver las controversias que se susciten durante la ejecucin contractual. Por ejemplo, para la suscripcin del contrato y,segn el acuerdo de las partes podr establecerse que el arbitraje ser institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitrajedel OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc,deber indicarse si la controversia se someter ante un tribunal arbitral o ante un rbitro nico.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    53/66

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    54/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    54

    FORMATOS Y ANEXOS

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    55/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    55

    FORMATO N 128

    MODELO DE CARTA DE ACREDITACIN

    [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

    SeoresCOMIT ESPECIALADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N 111-2015-GRJ/CEO DERIVADO DE LAADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 026-2015-GRJ-CEP/CEO (2)Presente.-

    [CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURDICA Y/O

    CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y NRUC N [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURDICA], debidamente representado por su[CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONAJURDICA O DEL REPRESENTANTE COMN EN CASO DE CONSORCIOS, AS COMO SUNOMBRE COMPLETO], identificado con DNI N [], tenemos el agrado de dirigirnos austedes, en relacin con la ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N [CONSIGNARNOMENCLATURA DEL PROCESO], a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNARNOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI N [], quien se encuentra en virtud a estedocumento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de seleccin.

    Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.29

    .....Firma, Nombres y Apellidos del postor o

    Representante legal o comn, segn corresponda

    28 El presente formato ser utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurdica o elrepresentante comn del consorcio no concurra personalmente al proceso de seleccin.

    29 Incluir dicho prrafo slo en el caso de personas jurdicas.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    56/66

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    57/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    57

    ANEXO N 2

    DECLARACIN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

    SeoresCOMIT ESPECIALADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N 111-2015-GRJ/CEO DERIVADO DE LAADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 026-2015-GRJ-CEP/CEO (2)Presente.-

    De nuestra consideracin:

    Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases ydems documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el

    postor ofrece LA EJECUCIN DE LA OBRA [CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LACONVOCATORIA], de conformidad con el respectivo Expediente Tcnico, las dems condiciones quese indican en el Captulo III de la seccin especfica de las Bases y los documentos del proceso.

    [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

    ....Firma, Nombres y Apellidos del postor o

    Representante legal o comn, segn corresponda

    IMPORTANTE:

    Adicionalmente, puede requerirse la presentacin de otros documentos para acreditar elcumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos, conforme a lo sealado en elcontenido del sobre tcnico.

  • 7/23/2019 Bases Segunda Convocatoria_junin

    58/66

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNNAMC N 111 -2015-GRJ/CEO DERIVADO DEL ADP N 026-2015-GRJ/CEO

    58

    ANEXO N 3

    DECLARACIN JURADA(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

    SeoresCOMIT ESPECIALADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N 111-2015-GRJ/CEO DERIVADO DE LAADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 026-2015-GRJ-CEP/CEO (2)Presente.-

    De nuestra consideracin:

    Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DESER PERSONA JURDICA], declaro bajo juramento:

    1.- No tener impedimento para participar en el proceso de seleccin ni para contratar con el Estado,conforme al artculo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.

    2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso deseleccin.

    3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e informacin que presento a efectos delpresente proceso de seleccin.

    4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de seleccin y a suscribir elcontrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

    5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones