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BASILEA (I,II Y III) ALUMNO: CHAVARRIA ALFARO, JAVIER COD:082541A Basilea I, es un acuerdo publicado por el comité de Basilea en 1988 compuesto por los gobernadores de los bancos centrales de Alemania, Bélgica , Canadá , España , EE.UU, Francia, Italia, Japón, Luxemburgo Holanda , el Reino Unido , Suecia y Suiza . El cual tenía como función dar recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función a los riesgos que afrontaba. El acuerdo tuvo como objetivo establecer lo que podría llamarse un capital regulatorio el debería cumplir 2 requisitos, capacidad de absorción de perdidas y protección ante quiebra. Este capital regulatorio debería ser suficiente para hacer frente a situaciones como riesgo de crédito, riesgo de mercado y tipo de cambio. El acuerdo establecía que el capital mínimo de la entidad bancaria debería ser el 8% del total de los activos de riesgo, es decir la suma de los riesgos de crédito, mercado y tipo de cambio. Dado a las limitaciones y carencias legales del acuerdo de Basilea I, es que se da origen al acuerdo de Basilea II con el fin de tapar los huecos o vacíos dejados en Basilea I. Basilea II, es el segundo acuerdo de Basilea, el propósito de dicho acuerdo es la creación de un estándar internacional que sirva de referencia a los reguladores bancarios, con el fin de establecer los requerimientos de capital necesarios para afrontar los riesgos financieros y operativos.

Basilea - Javier Chavarria

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Page 1: Basilea - Javier Chavarria

BASILEA (I,II Y III)ALUMNO: CHAVARRIA ALFARO, JAVIER COD:082541A

Basilea I, es un acuerdo publicado por el comité de Basilea en 1988 compuesto por los gobernadores de los bancos centrales de Alemania, Bélgica, Canadá, España, EE.UU, Francia, Italia, Japón, Luxemburgo Holanda, el Reino Unido, Suecia y Suiza. El cual tenía como función dar recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función a los riesgos que afrontaba.

El acuerdo tuvo como objetivo establecer lo que podría llamarse un capital regulatorio el debería cumplir 2 requisitos, capacidad de absorción de perdidas y protección ante quiebra. Este capital regulatorio debería ser suficiente para hacer frente a situaciones como riesgo de crédito, riesgo de mercado y tipo de cambio.

El acuerdo establecía que el capital mínimo de la entidad bancaria debería ser el 8% del total de los activos de riesgo, es decir la suma de los riesgos de crédito, mercado y tipo de cambio.

Dado a las limitaciones y carencias legales del acuerdo de Basilea I, es que se da origen al acuerdo de Basilea II con el fin de tapar los huecos o vacíos dejados en Basilea I.

Basilea II, es el segundo acuerdo de Basilea, el propósito de dicho acuerdo es la creación de un estándar internacional que sirva de referencia a los reguladores bancarios, con el fin de establecer los requerimientos de capital necesarios para afrontar los riesgos financieros y operativos.

La principal limitación del acuerdo de Basilea I es que es insensible a las variaciones de riesgo y que ignora una dimensión esencial: la de la calidad crediticia y, por lo tanto, la diversa probabilidad de incumplimiento de los distintos prestatarios. Es decir, consideraba que los créditos tenían la misma probabilidad de incumplir.

En Basilea II el comité de Basilea propuso en el 2004 un conjunto de recomendaciones, las cuales se apoyan en 3 pilares: el cálculo de los requisitos mínimos de capital, el proceso de supervisión de la gestión de los fondos propios y la disciplina del mercado.

En el primer pilar se ven cosas nuevas como que ahora se consideraría al riesgo operacional en los activos de riesgo, el cual se calcula multiplicando los ingresos por un porcentaje que puede ir desde el 12% hasta el 18%.

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El segundo pilar habla de los organismos de supervisión nacionales y su capacidad de incrementar el nivel de prudencia exigido a los bancos bajo su jurisdicción.

El tercer pilar habla sobre la transparencia de la información de la exposición de los diferentes riesgos y la suficiencia de sus fondos propios, sus objetivos son: generalizar y homogenizar las buenas prácticas bancarias internacionalmente, reconciliar los puntos de vista financieros, contables y de la gestión de riesgo sobre la base de la información acumulada por las entidades y por último la transparencia financiera a través de la homogenización de los informes de riesgo publicados por los bancos.

Basilea III al igual que los anteriores busca Reforzar los controles en el control de riesgo e incorporar con mayor detalle el riesgo de liquidez, las estructuras y las posiciones off-balance.

Trata de corregir las siguientes debilidades de su antecesor:

Riesgo de liquidez:

Razón de liquidez de corto plazo.- mide la cantidad de activos líquidos de alta calidad de los que dispone una entidad

Razón de financiación neta estable.- los recursos estables para financiar la operación de la institución debe cubrir diversos puntos en el largo plazo.

Fortalecer requerimiento de capital

Razón de apalancamiento de capital Mayor capital a estructuras como bursatilización de activos Mayor énfasis en derivados. Disminuir lo que se puedo considerar dentro del TIER 1 y TIER 2, con el

fin de que el capital sean más recursos propios. Recargo de capital por “Stressed VaR”

Prever riesgo sistémico

Mayor capital: Buffer de conservación y contra cíclico.