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Avda. Alfonso XIII, 165. 28016-Madrid. Tel: 91 350 87 06. Fax: 91 350 29 09. Correo electrónico: [email protected] En Madrid, a 5 de abril de 2013 Estimados padres: Con motivo de la publicación de Becas para el Estudio de Idiomas en el Extranjero para el año 2013, les comunicamos las bases: BECAS PARA EL ESTUDIO DE IDIOMAS EN EL EXTRANJERO. CONVOCATORIA 2013 En el BOCM del día 3 de abril de 2013, se publicó la Orden 914/2013, de 20 de marzo, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de idiomas en el extranjero y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2013, Con esta circular les informamos de las características de la convocatoria de este año, si bien les adelanto que las modificaciones más relevantes son, que la nota media exigida del curso anterior a la convocatoria, pasa de ser de un 6 a un 8, y la disminución del crédito presupuestario destinado a estas ayudas. 1-. OBJETIVO Las becas se concederán para el estudio de idiomas en el extranjero durante el período estival, concretamente el curso de idiomas deberá realizarse entre el 20 de junio y el 20 de septiembre de 2013. Los cursos deben ser de los idiomas inglés, francés o alemán, y tener una duración de dos a cuatro semanas, con un mínimo de 25 horas de formación semanales. Dentro del concepto del curso de idioma en el extranjero se incluye el coste de las clases, del transporte necesario hasta el país de impartición del curso, la residencia y la manutención 2-. DESTINATARIOS Podrán participar en la presente convocatoria los alumnos que cumplan, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: a) Estar matriculados en 3º, 4º de la ESO ó 1º de Bachillerato en el curso 2012/2013. b) Haber superado completamente el curso 2011/2012, con una nota media, como mínimo, de “ocho” o “8”, en vez de 6 como en la convocatoria anterior. c) Estar cursando, durante el curso 2012/2013, como asignatura el idioma solicitado, y haber obtenido en el curso 2011/2012, una nota, como mínimo, de “bien” o “seis”. d) No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Becas para el estudio estival de idiomas en el extranjero

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En el BOCM del día 3 de abril de 2013, se publicó la Orden 914/2013, de 20 de marzo, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de idiomas en el extranjero y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2013, Con esta circular les informamos de las características de la convocatoria de este año, si bien les adelanto que las modificaciones más relevantes son, que la nota media exigida del curso anterior a la convocatoria, pasa de ser de un 6 a un 8, y la disminución del crédito presupuestario destinado a estas ayudas.

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Page 1: Becas para el estudio estival de idiomas en el extranjero

Avda. Alfonso XIII, 165. 28016-Madrid. Tel: 91 350 87 06. Fax: 91 350 29 09. Correo electrónico: [email protected]

En Madrid, a 5 de abril de 2013

Estimados padres:

Con motivo de la publicación de Becas para el Estudio de Idiomas en el Extranjero para el año 2013, les comunicamos las bases: BECAS PARA EL ESTUDIO DE IDIOMAS EN EL EXTRANJERO.

CONVOCATORIA 2013 En el BOCM del día 3 de abril de 2013, se publicó la Orden 914/2013, de 20 de marzo, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de idiomas en el extranjero y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2013,

Con esta circular les informamos de las características de la convocatoria de este año, si bien

les adelanto que las modificaciones más relevantes son, que la nota media exigida del curso anterior a la convocatoria, pasa de ser de un 6 a un 8, y la disminución del crédito presupuestario destinado a estas ayudas. 1-. OBJETIVO

Las becas se concederán para el estudio de idiomas en el extranjero durante el período estival, concretamente el curso de idiomas deberá realizarse entre el 20 de junio y el 20 de septiembre de 2013. Los cursos deben ser de los idiomas inglés, francés o alemán, y tener una duración de dos a cuatro semanas, con un mínimo de 25 horas de formación semanales. Dentro del concepto del curso de idioma en el extranjero se incluye el coste de las clases, del transporte necesario hasta el país de impartición del curso, la residencia y la manutención

2-. DESTINATARIOS Podrán participar en la presente convocatoria los alumnos que cumplan, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Estar matriculados en 3º, 4º de la ESO ó 1º de Bachillerato en el curso 2012/2013.

b) Haber superado completamente el curso 2011/2012, con una nota media, como mínimo,

de “ocho” o “8”, en vez de 6 como en la convocatoria anterior.

c) Estar cursando, durante el curso 2012/2013, como asignatura el idioma solicitado, y

haber obtenido en el curso 2011/2012, una nota, como mínimo, de “bien” o “seis”.

d) No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

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Avda. Alfonso XIII, 165. 28016-Madrid. Tel: 91 350 87 06. Fax: 91 350 29 09. Correo electrónico: [email protected]

El cálculo de la nota media se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la presente convocatoria, que determina la conversión de las calificaciones literales a numéricas, y las materias que se tendrán en cuenta, en cada caso, para el cálculo de la nota media del curso. Quedan excluidos de la presente convocatoria, los alumnos que hubiesen sido beneficiarios de esta ayuda en años anteriores y que no hubieran hecho uso de la misma.

3-. SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN. La SOLICITUD deberá ser cumplimentada y firmada por el padre y la madre o tutor y tutora del alumno. En caso de solicitarse para dos hermanos, se cumplimentará un único impreso, y se aportará la documentación requerida una única vez.

La solicitud, que se ajustará al modelo incorporado a la presente convocatoria, puede presentarse: a) En los Registros de las Direcciones de Área Territorial, en la Oficina de Información de la Consejería competente en materia de educación, en el Registro General de la Comunidad de Madrid, o en cualquiera de los lugares previstos por el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de

noviembre. La solicitud se dirigirá a la D.G. de Becas y Ayudas a la Educación. Si se opta por la presentación física de la solicitud, te facilito el siguiente enlace para poder cumplimentarla electrónicamente, y posteriormente imprimirla para su presentación: http://gestiona.madrid.org/ICMdownload/EABYY.pdf

b) A través del Registro Telemático de la Consejería, utilizando de uno de los certificados

electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid, para lo que les facilitamos el siguiente enlace: https://gestionesytramites.madrid.org/cs/Satellite?pagename=ComunidadMadrid/Comunes/Presentacion/popupGestionTelematica&op=PSAE_&language=es&c=CM_ConvocaPrestac_FA&cid=1354190955550&nombreVb=impresos&other=2

En cuanto a la DOCUMENTACIÓN que debe anexarse a la solicitud, los solicitantes pueden autorizar la consulta de datos previstos en el artículo 7.4 de las bases, y aportar los documentos previstos en el artículo 8 de las bases. No obstante, no habrá que aportar el Libro de familia, DNI o NIE, certificado de discapacidad, certificado de ser preceptor de la RMI, sentencia separación o divorcio, o certificado de

defunción, si ya se hubiera hecho en alguna convocatoria de beca de la Comunidad de Madrid a partir del curso 2011/2012, siempre que siga siendo válido y no hubiera habido ninguna modificación, en este caso, será suficiente con indicarlo en la solicitud.

El certificado de nota media y del idioma correspondiente en el curso 11/12, y el certificado de matriculación en el curso 12/13, se realizarán conforme el Anexo I y II de la presente convocatoria. Te facilito los siguientes enlaces para que puedas acceder a los mismos y

cumplimentarlos electrónicamente: Anexo I: http://gestiona.madrid.org/ICMdownload/DIFRG.pdf Anexo II: http://gestiona.madrid.org/ICMdownload/ALQC.pdf

4-. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOCM, es decir, del día 4 al 27 de abril de 2013.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la convocatoria deberá resolverse en el plazo máximo de cinco meses.

5-. CRITERIOS DE BAREMACIÓN

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Al ser valoradas las solicitudes conforme a la nota media del expediente académico del alumno, conforme la novedad introducida en la presente convocatoria, las solicitudes recibirán una puntuación de 8 a 10 puntos con dos decimales, en vez de la puntuación de 6 a 10 que determinaba la convocatoria anterior. En caso de empate, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 15.2.c) de las bases, que

dispone que tendrán prioridad: El alumno que no se halle escolarizado en enseñanzas bilingües en un centro educativo. El alumno cuya familia tenga la renta per cápita más baja. En caso de alumnos de 1º de Bachillerato, el que haya obtenido el premio extraordinario de ESO. Si persiste el empate, el alumno cuyo primer apellido comience por la letra del alfabeto que se determine por sorteo. Si

persistiera el empate, se volverá a hacer un nuevo sorteo de letra. Atentamente les saluda.

José Antonio Cerrato López.