19
A L O N S O D E C A R T A G E N A a p o l o g í a s o b r e e l s a l m o J U D I C A M E D E U S Edición para la Biblioteca Saavedra Fajardo de José Luis Villacañas Berlanga

BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

  • Upload
    others

  • View
    2

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

A L O N S O D E C A R T A G E N A

a p o l o g í a s o b r e e l s a l m o J U D I C A M E D E U S

Edición para la Biblioteca Saavedra Fajardo de José Luis Villacañas Berlanga

Page 2: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

Normas de edición

1. El símbolo “&” se vierte como “e” para no cortar el ritmo de los

versos. 2. No se indicarán las lagunas en el texto, sino que se completarán por

lecturas procedentes de otras ediciones y manuscritos. 3. Se aceptarán todas las palabras en su literalidad, de tal manera que se

puedan mantener todos los elementos históricos en relación con la lengua y su evolución.

4. No se dotará de coherencia la aparición de las palabras, manteniéndose

las variaciones tal y como figuran en el manuscrito. 5. No se incorporan los signos de transcripción. 6. Se añadirá, cuando sea necesario, la puntuación de tildes, comas y puntos

para hacer fácil la lectura del texto, en la idea de que estos símbolos sólo marcan la forma de leer y no alteran el contenido del texto. Sin embargo, no se marcarán.

7. Los nombres propios aparecerán escritos con mayúscula, pues son

también señales decisivas para la comprensión del texto y su fácil lectura.

8. Se mantiene la serie de folios del manuscrito.

2

Page 3: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

BETA CNUM 0915. Madison TEXT-&JD. Alfonso de Cartagena San Juan Crisóstomo. Apología sobre el salmo "Judica me Deus". Murcia Gabriel Arinyo & Roca 1487-03-26, ff ff 71r-78v. Madrid Nacional I-2493. CNUM0915 Alonso de Cartagena Apología sobre el Salmo "Iudicame Deus" MANID 1653. Madrid: Nacional, I-846 (=I 249{SS}3{ES}). Murcia: Gabriel Luis Ariño (impresor) & Lope de la Roca (impresor), 26-03-1487 folio. PAPER. 85 ff. 2 cols. (l5v). 31 ll. (a4r). Letra gótica. Notas a la ed.: Ejemplar utilizado por González-Quevedo en su ed. BIBLIOGRAFÍA: CANTERA BURGOS, Francisco. Alvar García de Santamaría y su familia de conversos. Historia de la judería de Burgos y de sus conversos más egregios, Madrid: CSIC, 1952. Morrás María: Alonso de Cartagena: edición y estudio de sus traducciones de Cicerón, Tesis doctoral de la Universidad Autónoma de Barcelona, 1991. Morrás, María, "Repertorio de obras, mss y documentos de Alonso de Cartagena (ca. 1384-1456)", Boletín de la Asociación Hispánica de Literatura Medieval, 5, 1991. García Craviotto, ed. (1989-90), Catálogo general de incunables en bibliotecas españolas, n. 292. García Rojoet al. (1945), Catálogo de incunables de la Biblioteca Nacional, n. 846. Haebler (1903-17), Bibliografía ibérica del siglo XV. Enumeración de todos los libros impresos en España y Portugal hasta el año de 1500, n. 495. Madrid. Biblioteca... (1988-03), Listas de correspondencias de incunables. 4. Por encabezamientos, p. 4. Microfilm MANID 1653: BNM I 249{SS}3{ES} Murcia: Gabriel de Arinyo, 1487. Reichling (1905-14), Appendices ad Hainii-Copingerii Repertorium Bibliographicum. Emendationes, n. 1312. Rodríguez (1967), "Autores espirituales españoles en la Edad Media", Repertorio de Historia de las Ciencias Eclesiásticas en España, p. 288. Simón Díaz (1965), Bibliografía de la literatura hispánica, n. 5336. Vindel (1945-51), El arte tipográfico en España durante el siglo XV, III, pp. 205-9, n. 1. Otros ejemplares: Edinburgh: National. Madrid: Nacional. I 659. Bibl.: Madrid. Biblioteca... (1988-03), Listas de correspondencias de incunables. 4. Por encabezamientos, p. 4. Microfilm COPID 2320 (DATE?). Madrid: Nacional. I 2532. Madrid: Palacio. incompl. Bibl.: López Serrano (1970), "Incunables españoles en la Biblioteca de Palacio", Revista de la Universidad Complutense, p. 125, n. 17. López Serranoet al. (1989), Catálogo de la Real Biblioteca. Tomo X. Incunables, p. 40, n. 9. Roma: Universitaria (Alessandrina). Salamanca: Universitaria. I-357. Salamanca: Universitaria. I-364. San Lorenzo de El Escorial: Monasterio. M. 9-I-16 No. 13. San Lorenzo de El Escorial: Monasterio. 59-VI-9 No. 1. Alfonso de Cartagena (1384/1386-1456) fue el segundo hijo del célebre converso Pablo de Santa María, rabino de Burgos y más tarde obispo de esa misma ciudad; comenzó su carrera como maestresala de la catedral de Cartagena para, más tarde, ser nombrado deán de Santiago, de Segovia, canónigo de Burgos y, a la muerte de su padre, obispo de Burgos. En otro plano, representó un papel vital en la política nacional e internacional de Castilla, para la que hizo las veces de embajador en la corte de Portugal, en el concilio de Basilea y ante los reyes de Alemania y Polonia. Su obra, en latín y en romance, como historiador, tratadista, teólogo o traductor es muy amplia; sus relaciones literarias fueron intensas, ya se tratase de humanistas italianos o de aficionados españoles a las letras. ff. a2r-i6v (Faulhaber). TEXID 1441. Alonso de Cartagena. Oracional de Fernán Pérez [var. title: Tratado que se llama el oracional de Fernán Pérez]. Escrito in Castellano, 1454-07-21 a quo - 1456-07-23 ad quem.; Editado, 1487-03-26. Dedicado a Fernán Pérez de Guzmán (señor de Batres); Editor Diego Rodríguez de Almela (arcipreste de Val de Santibáñez) Tratado sobre la oración en 59 caps. Contiene una exposición del Pater noster (caps. 31-33). Escrito poco después de la muerte de Juan II. Bibliografía: Cartagena (1983), El Oracional de Alonso de Cartagena. Edición crítica (comparación del Manuscrito 160 de Santander y el Incunable de Murcia). Menéndez Pidal, ed. (1971-76), Crestomatía del español medieval, II, pp. 589-92, n. 176. Viña Listeet al.,eds. (1991), Cronología de la literatura española. I. Edad Media,p. 68, n. 171. CNUM 947. Title in ed: a2r: Tractado que se llama el oracional de fernand peres. Tractado que se llama el oracional de fernand peres por que contiene respuesta a algunas questiones que fizo el noble cauallero fernan peres de guzman tocantes ala fielet deuota oracion etcetera.

3

Page 4: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

ff. a3r-a4r : Fernán Pérez de Guzmán. Letra mensajera a Alfonso de Cartagena. [?]. Escrito in Castellano, 1454-07-21 a quo [?] - 1456-07-23 ad quem. Dirigida a Alonso de Cartagena (obispo de Burgos). Insertado en Alonso de Cartagena, Oracional de Fernán Pérez, 1454-07-21 a quo - 1456-07-23 ad quem. ff. k1r-k8v (Faulhaber). TEXID 1435. Alonso de Cartagena. Apologia super psalmo Iudica me Deus (Apología sobre el salmo ``Judicame Deus'') [var. title: Contemplación mesclada con oración]. [normalized pericope inc.] Júzgame, Dios, y aparta la mi causa de la gente no santa... [expl.] ...Espera en el Señor, ca aún le loaré; y Él es lo saludable de mi cara y Dios mío. [normalized text inc.] ¿Quien me diese, o divinidad perdurable, que yo resplandeciese de tanta limpieza... [expl.] ...vives y reinas un Dios para siempre jamás por todos los siglos de los siglos amén. Escrito in Latín, 1456-07-23 ad quem.; Traducido into Castellano from Latín, 1456-07-23 ad quem. Translator Alonso de Cartagena (obispo de Burgos). Text class: prose. CNUM 915. Title in ed: k1r: Contemplacion mesclada con oracion. [rubr inc. k1r] Contemplacion mesclada con oracion compuesta en latin & tornada en lenguaje castellano... [expl.] ...el psalmo todo entera mente tornado de latin en nuestra lengua E tiene seys versos que dizen asy. [pericope inc. k1r] Júdgame dios & aparta la mi causa dela gente non sancta... [expl.] ...Espero enel señor ca a vn le loare & el es lo saludable de mi cara & dios mio. [rubr inc. k1r] Siguese la comtemplacion [!] & oracion. [text inc. k1r] [Q]uien me diesse o diuinidad perdurable que yo resplandesciese de tanta limpieza... [expl. k8v] ...biues & regnas vn dios para siempre jamas por todos siglos delos siglos. Amen. Bibl.: ADMYTE1 machine-readable text CNUM 0915: Alfonso de Cartagena. Apologia super psalmo Iudica me Deus. Murcia, 1487-03-26. BNM I 249{SS}3{ES} ([1992]). machine-readable text CNUM 0915: Alfonso de Cartagena. Apologia super psalmo Iudica me Deus. Murcia, 1487-03-26. BNM I 249{SS}3{ES} (DATE?). BOOST3 2018. ff. l1r-l2r (Faulhaber). TEXID 2990. Johannes Chrysostomus. Quod nemo laeditur nisi a seipso (Tratado que demuestra y concluye que ninguna persona se daña o es dañada sino por sí misma) [var. title: No es dañado alguno sino por sí mismo]. (1.1-55). [normalized text inc.] Yo sé que a cualesquier personas que son entremetidas en este mundo... [expl.] ...mas en el mar se comete y se usa continuamente. Traducido into Castellano from Griego via Latín, 1456-07-23 ad quem. Translator Anónimo; Glosado por Alonso de Cartagena (obispo de Burgos). Text class: prose. Notes: El texto tipo (en Esc. a.IV.7) sólo traduce el primer cap. del original. Ed. Malingrey del original (1964) y de la trad. latina (1965). El texto latino se encuentra en Esc. R.III.6 (ff. 31-39) y b.III.7 (ff. 70-88) (Malingrey 1965) y en BNM 142 (Faulhaber). Bibl.: Chrysostome (1964), Lettre d'exil à Olympias et à tous les fidèles (Quod nemo laeditur). Malingrey, ed. (1965), "Une ancienne version latine du texte de Jean Chrysostome `Quod nemo laeditur...' ''", Sacris erudiri, pp. 327-29. CNUM 7721. Title in ed: l1r: Tractado que fizo sant iohan crisostomo arcobispo [!] de costantinopla el qual demuestra & concluye que ninguna persona se daña o es dañada si non por sy mesma; l2r: Non es dampñado alguno si no por si mesmo. [rubr inc. l1r] Aqueste es comienco [!] de vn tractado que fizo sant iohan crisostomo arcobispo [!] de costantinopla... [expl.] ...don alfonso de cartagena obispo de burgos para que le embiase sobre ello su declaracion. [text inc. l1r] [Y]o se que aquales quier personas que son entremetidas eneste mundo & estan enbeuidas... [expl. l2r] ...non sola mente enla tierra mas enel mar se comete & se vsa continua mente. Bibl.: ADMYTE1 machine-readable text CNUM 7721: San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM I 249{SS}3{ES} ([1992]). machine-readable text CNUM 7721: San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM I 249{SS}3{ES} ([1992]). ff. l2r-l5v (Faulhaber). TEXID 1439. Alonso de Cartagena. Glosa a san Juan Crisóstomo (Glosa y declaración sobre el dicho comienzo y prefacio de san Juan Crisóstomo) [var. title: Glosa sobre un prefacio de san Juan Crisóstomo]. [normalized text inc.] Envióme

4

Page 5: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

mandar vuestra excelencia, muy alto príncipe... [expl.] ...que en diversos lugares de ellas latamente escribieron. Escrito in Castellano, 1445 - 1448. Hecho a ruego de Juan II (rey de Castilla y León). Glosa sobre Johannes Chrysostomus, Tratado que demuestra y concluye que ninguna persona se daña o es dañada sino por sí misma (tr. Anónimo), 1456-07-23 ad quem. Text class: prose. CNUM 937. Title in ed: l2r: Glosa & declaracion ... sobre el dicho comienco [!] & prefacion de sant iuan crisostomo. [rubr inc. l2r] Comienco [!] dela glosa & declaracion quel reuerendo padre virtuoso perlado don alfonso de cartagena... [expl.] ...fizo sobre el dicho comienco [!] & prefacion de sant iuan crisostomo. [text inc. l2r] [E]mbiome mandar vuestra excelencia muy alto principe & muy poderoso Rey & señor... [expl. l5v] ...studiar enlos libros delos sanctos doctores que en diuersos logares dellas lata mente escriuieron &cetera. Bibl.: ADMYTE1 machine-readable text CNUM 0937: Alfonso de Cartagena. Glosa sobre San Juan Crisóstomo. Murcia, 1487-03-26. BNM I 249{SS}3{ES} ([1992]). machine-readable text CNUM 0937: Alfonso de Cartagena. Glosa sobre San Juan Crisóstomo. Murcia, 1487-03-26. BNM I 249{SS}3{ES} (DATE?). BOOST3 2019. ff. l5v-l6v (Faulhaber). TEXID 1702. Fernán Pérez de Guzmán. Coplas sobre Cartagena. [normalized text inc.] Aquel Séneca expiró | a quien yo era Lucilo... [expl.] ...O Jesu, filii David, | Tú le da santo reposo. Escrito in Castellano, 1456-07-23 a quo - 1460 ca. ad quem. Por la muerte de Alonso de Cartagena (obispo de Burgos). Text class: poetry. CNUM 1595. Title in ed: l5v: Coplas que fizo el noble cauallerro [!] fernand perez de guzman sobre la muerte del reuerendo padre virtuoso perlado don alfonso de cartage[na]. [tit inc. l5v] Coplas que fizo el noble cauallerro [!] fernand perez de guzman... [expl.] ...don alfonso de cartage[na] de laudable memoria obispo de burgos su buen amigo. [text inc. l5v] [A]quel seneca espiro | aquien yo era lucilo... [expl. l6v] ...o ihesu filij dauid | tu le da santo reposo. [colophon inc. l6v] A gloria & alabanca [!] de nuestro saluador y redemptor ihesu xp~o... [expl.] ...murcia por manos de los honrados Gabriel loys arinyo notario & maestre Lope de la roca Jmpressores de libros lunes a xxvj dias de março año de mil &.cccc.lxxxvij. años. Bibl.: ADMYTE1 machine-readable text CNUM 1595: F. Pérez de Guzmán. Coplas sobre Cartagena. Murcia, 1487-03-26. BNM I 249{SS}3{ES} ([1992]). machine-readable text CNUM 1595: Fernán Pérez de Guzmán. Coplas sobre Cartagena. Murcia, 1487-03-26. BNM I 249{SS}3{ES} (DATE?). BOOST3 2021.

5

Page 6: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

[fol. 71r]

Contenplacion mesclada con oracion conpuesta en latinet tornada en lenguaje castellano por el reuerendo padre virtuoso prelado don Alfonso de Cartagena de laudable memoria, obispo de Burgos, sobre el psalmo del propheta Dauid que comienca “Júdgame Dios”. Este psalmo dize el sacerdote quando quiere llegar al altar para celebrar. E es conuenible esta oracion para que la diga el sacerdote que entiende celebraro otro qualquier que quiera comulgar et, por que es larga, puede la dezir de mañana ante que vaya a la eglesiao el dia deanteet por que mejor se sienta cómmo se aplicaet conforma con el psalmo, pone se aqui primera mente el psalmo todo enteramente tornado de latin en nuestra lengua. E tiene seys versos que dizen asy:

Júdgame Dioset aparta la mi causa de la gente non sancta et del omne maloet engañoso libra me. Por que tu eres Dios míoet fortaleza mía, pues por qué ando triste quando me angustiaet enoja el enemigo. Enbia la luz tuyaet la verdad tuya. Ellas me retraxieron et atroxieron al monte sancto tuyo et a las moradas tuyas. E entraré al altar de Dios mio et a Dios que alegra la mocedat mia. Loaré ati en la harpa, Dios, Diosmio. Pues ¿por qué estás triste,o anima mia et por qué me conturbas? Espera en el señor, ca avn le loaréet Él es lo saludable de mi caraet Dios mio. Siguese la contemplacionet oracion. Quién me diesse, o diuinidad perdurable, que yo resplandesciese

de tanta limpieza et pureza de vida que ossase con grand confianca de coracon dezir aquella palabra que dize el propheta Dauid: “Júdgame Dios”. Mas quál fechoro peccador, si loco non es, llamará al jues para que le judgue, de guisa que aquello que por ventura passa so disimulacion, si fuere llamado a judgar, le dé pena señaladamente quando tal es el jues a quien llama que non puede ser engañado por

6

Page 7: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

ygnorancia, nin puede del ser abscondida la certenidad del fecho.Ca [fol. 71v] tú, o soberano de los juezes, conosces nuestras renes et nuestros coraconeset sabes mejor et más enteramente qualquier cosa que en el omne es que el omne mesmo. Nin es menester que te digan lo que yaze ascondido en el coracon del omne. Ca Tú sabes todas las cosas, o muy grande escuadriñador de las humanas entrañaset voluntades. Pues como osare dezir: “Júdgame Dios”, yo que sé que eres muy iusto juez et conosco abiertamente que so peccador. Pero la confianca que me quita mi maldad la pura et clara confession della me la da. Ca tú, o muy piadoso juez, non eres commo los gouernadores et regidores de los humanos juyzios. Ca aquellos a los que confiessan su maleficio, luego los condempnan. E dando entera fe a la confession del mal fechor, para en mal e danpno del que la faze et quiere confessar, prestamente lo mandan penar. E contra los que niegan sus maldadeset,et con falssas mentiras escusan sus maleficios, dilatan de proceder. E si non vencidos con testigos absuelen los.

Mas tu señor non fazes asi. Ante por el contrario. Ca al que confiessa sus peccados rescibes et a aquel das benigno perdon. E allegas le a tu bienauenturada compañia. E al que refusa de lo confessar, commo tú seas juez et testigo, sin otro testimonio alguno nin prouanca le desprecias et desechas de ty et le judgas por digno de tu yra et venganca. Por ende, loco es el que non sigue aquel sano et saludable consejo dela Sancta Escriptura que dize: “non tardes conuertirte al Señor et non lo dilates de dia en dia.” Ca adesora verná la yra dél. E en el tiempo de la venganca te destruyrá. Onde yo llamaré homillmente a ty para que me iudgues, non vengando mis peccados en mí segund el rigor de la iusticia, mas auiendo merced et piedad de mí, segund la grande misericordia tuya, ca la tu misericordia non es contraria a la tu iusticia, nin la tu iusticia a la tu misericordia,mas ambas son infinidas et tu piadosamente, et por vna manera que non se puede por omne perfectamente dezir, las adaptas et vsas dellas con tus criaturas faziendo reluzir con piadoso resplandor las tus misericordias sobre todas las obras tuyas. Por ende non dexaré de dezir, ante dire: “Júdgame Dios”, segund tu pie [fol. 72r] dad; por que perdonadas mis maldades et cubiertos et quitados misericordiosamente todos mis peccados, me quieras rescebir entre aquello de quien dize el propheta

7

Page 8: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

que son perdonadas sus maldades et cobiertos et quitados sus peccados.

E asi me judgando diré: “Aparta la causa de la gente non sancta”. E quál otra gente non santa yo, mesquino omne, puedo dezir si non la desenfrenada et non domada muchedumbre de mis afecciones, que commo vna muy fiera gente continuamente cercan et turban mi coracon et le atrahen et enpuxan commo por vna manera de fuerca a las cosas que me son dapñosas. Ca si la gente se llama turba por que perturba a los otros, qual ayuntamiento de gentes más reziamente perturba mi coracon que el tropel et monton de mis passiones, pensamientos, afecciones. Ca este commo vna escuadra de enemigos entra en los terminos de mi anima. E qual cosa de bien et de iusticia que en ella desea nascer, commo enemigo armado trabaja por la derraygar et destruyr. Por ende esta es la gente non sancta de que suplico que apartes la mi causa. Ca de la vna parte la batalla de la soberuia guarnida de diuersas armas de exortaciones et inducciones para en soberuecer procura por me atraher a vnaso otras maneras de soberuia. A aquellas ha que entienden que más ayna et más ligeramente me atraherá. E luego cerca della viene aquella negra et fea escuadra de la embidia que es su hermana et compañera. E so diuersos colores me quiere atraher a vnaso a otras maneras ha que aya dolor et pesar de la prosperidad et bien andanca de mis proximos et me goze et aya plazer de su aduersidad et males et trabajos. Ca con la soberuia luego se ayunta la embidia por que todo soberuio embidioso es. Por quanto el soberuio desea sobre pujar a los otros. E asi nescesario es que le desplega quando otro alguno prospera de manera que él non le pueda sobre pujar. E de la otra la ardiente fambre de la auaricia procura de me ynclinar ha que ocupe las cosas agenas, o si non las puedooccupar, a lo menos que las desee et las cobdicie et las mias que las guarde allende de la medida de la [fol. 72v] razon. E que todo mi coracon ocupe et embuelua en cuydados et en pensamientos de guardar et acrescentar la temporal fazienda et del otro lado non fallesce el conbatiente et turbado furor et mouimiento de la yra, que por pequeñas causaso enojos me quiere mouer ha que tome grand saña. E a vn de la saña procura que suba, o más propiamente fablando, que desciendao cayo de la saña en hauer hodio et mal querencia contra

8

Page 9: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

mis proximos. E en tanto que estas quadrillas cercan et conbaten mi anima, non fallescen otras que por comociones et mouimientos corporales prueuan de derribar el muro et cerca de mi consciencia. Ca la garganteria de la gula entrando so color de nescesidad, commo que sea nescesaria la vianda para el mantenimiento, passasse poco apoco a lo tornar en delectacion excessiua et mala et atrahe mi coracon ha que me escaliente et ardientemente dessee muchedumbre superflua et danosa de viandas et manjeres mas delicados et con mas deligencia guisados que conuiene, de guisa que non solamente el corporal fenchumiento faga dano al estomago, mas a vn la culpa dello dane non poco al anima, et de más desto, por otros mouimientos de algunas otras partes del cuerpo, la delectacion carnal, prouando de entrar, non dexa quanto puede de combatir mi coracon. E a vn la mesma acidia et ociosidad que suele ser ociosa, non quiere contra mi quedar en ocio. Ante confederada con las otras hermanas, commo adormeciendome, conuenie que faga tibiamente los bienes et me contriste et enflaquesca estando ocioso et non faziendo cosa et fuya et me aparte de los trabajos que de las obras honestas suelen nascer. E esta es señor la gente non sancta de que pido que apartes la mi causa et ampares mi coracon. Por que los ingenios desta gente non sancta non derriben los muros dél. Mas apartado et alongado de la turbacion destas passiones et afecciones seguro et libre contenple las cosas que tuyas son, desee las derechas, abraçase con las iustas, sigua las piadosas, busque las eguales et buenas et aparte sus pensamientos de las cosas malas et tenga [fol. 73r] delante sus ojos aquel dicho del propheta: “Bien auenturado es el varon que non andouo en el consejo de los malos nin estouo en la carrera de los peccadores”.

E para que más entera mente me socorras, Señor, non solo aparta mi causa de la gente non sancta. Mas avn del omne malo et engañoso líbrame. E yo non siento algund omne otro malo et engañoso más dampnoso amí que yo mesmo. Ca si las otras pasiones que llamé gente non sancta muchas vezes las cognoscemos por malas, pero allende de aquellas, otra cosa a las vezes se asconde dentro en nuestro coracon que, so color de razon et bien, nos quiere atraher a cosas malas et vedadas et así, la gente non sancta que dixe, es la muchedumbre de aquellas passiones et afecciones que la razon humana cognosce o si

9

Page 10: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

quisiere puede sin dificultad cognoscer que son vedadas et malas. Mas el omne malo et enganoso se puede con razon dezir el nuestro entendimiento, que está cercado de dentro de nos. Que muchas vezes so color de bien, enganado del enemigo del humanal linaje, declina a peccados espirituales son muy peligrosos et de que Tú solo puedes al omne librar. Ca cómmo se podrá emendar el que cuyda que faze bien, saluo si Tú con la lumbre de tu claridad aclarando su entendimiento le otorgares que cognosca sus herrores. Por ende este es Señor el omne malo et engañoso de quien con toda homilldat pido que me libres, socorriendo a mi entendimiento. E despertando et ayudando al mouimiento de mi voluntad por que, temptados de la malicia del enemigo,non mesclen tibiedad en la caridat et amor de Dios; nin desconfianca en la esperanca, nin dubda alguna nin flaqueza en la sancta fe. Ca non bastaria a mí que fuese mi causa aparta de la gente non sancta de las passiones et afecciones et peccados que se cognoscen o ligeramente se pueden cognoscer a quien en sus actos considerare, si non me librases del omne malo et engañoso que es el soltil et malicioso modo de temptar de la mal [fol. 73v] dad espiritual. Por ende, o Dios todo poderoso, para que enteramente Tú consejes et socorras a mi anima, “Judgame et aparta la mi causa de la gente non sancta, et del omne malo et engañoso libra me”.

Por que non sola mente del mouimiento et combate de la gente non sancta que es los peccados cognoscidos, mas a vn del omne malo et engañoso que es el atraedor et temptador de los herrores spirituales, seyendo yo liberado et escapado me pueda a ty allegar.

Segundo verso Para que yo pueda, o soberana bondad, ynclinar tu piedad ha que

me oya et meotorgue lo que pido, pues que de mi parte non hay cosa alguna nin merescimento que deua mouer la oreja de tu benignidad et mansedad, ¿qué otra causa para te ynclinar puedo dezir si non? Por que Tú eres Dios mio et fortaleza mia. E a quién deuo yo fuyr mas sanamente, estando cercado de mis enemigos, que a Dios mio. E a quién recorriré enfermo et flaco saluo a ti que eres fortaleza mia. Ca tu

10

Page 11: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

dizes por la boca de vno de tus prophetas: “La perdicion tuya es, Ysrrael; solamente de mi es tu ayuda”. Por ende, a ti, que eres la ayuda mia; a ti, que eres todo en todos et en quien nos mouemos et somos, es de recorrir quando fuéremos combatidos de los yngenios et bombardas de las afecciones et trabajos, quando somos turbados de la enfermedad et flaqueza de nuestra naturaleza. Onde el propheta dizia que su anima hauia sed de Dios, fuente biua, ca non hay otro Dios fuera de ty, nin hay fuerte alguno commo es Dios nuestro. E quando tu nos sostienes, entonce estamos; quando nos consuelas,estonce nos alegramos; quando nos desamparas, luego caemos; quando nos dexas, somos angustiados et con [fol. 74r] tristados. Ca Tú eres nuestro soberano bien et nuestro fin postrimero. Por ende, nescesario es que quando nuestra voluntad se desuia de ty, caya en lo baxo et fondon del dolor et tristeza. Pues señor Dios nuestro non nos desampares, mas acata nos con los ojos de tu piedad. E oye la boz del propheta Dauid que clama en persona del humanal linaje diziendo: Dios, Dios mio, acata en mi por me desamparaste. Lueñe son de mi salud las palabras e fechos de mis peccados. E asi el propheta propone la querella de su desamparo. E el mesmo luego responde la razon por que le desamparauas. Ca non hay otra causa alguna por que el omne sea desamparado de Dios si non por que son lueñe de la salud del omne las palabras et actos de sus peccados. E asi Señor non nos quexamos de ty por que nos desamparas, commo si nos fizieses alguna iniusticia;mas dezimoslo por que nos perdones misericordiosamente nuestros peccados, que fazen que nos desampares. Ca perdonados los peccados, non nos desampararás. E asi diré yo al mi Dios et a la fortaleza mia, que es Él, ¿por qué me desamparaste?

E como Tú, Señor, seas fortaleza mia diré: pues,¿por qué ando triste quando me angustia et enoja el enemigo? Ca quando somos dessamparados de Dios non solamente perdemos el bien, mas luego caemos en muy grandes males por que nuestros antiguos enemigos que son los malignos spiritus, quando sienten que somos desamparados de Dios, atormentan nos con graue dolor et tristeza. Por ende, leuántate Señor Dios mio et fortaleza mia et otorga perdon a mis maldades por que me desamparaste, et rescibe me para me defender so las alas de tu piedat, por que non ande triste quando me enoja et

11

Page 12: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

trabaja et angustia el enemigo. Ca entonce cesará la tristeza et el trabajo et enojo se retornarán en folgura quando tu estouieres conmigo et me ayudares. Por que Tú eres Dios mio et fortaleza mia. E commo puede estar, delante tu acatamiento, [fol. 74v] dolor o tristeza. Pues Tú eres soberano gozo. ¡O!, ¿qué poderio de qualquier enemigo nos puede enojaro trabajar, sy tu fortaleza le resiste et nos ampara?

Tercio verso Pero yo, que so escurescido de tiniebras de peccados, non veo

carrera por donde venga arecorrir a ty; yo, abaxado de los herrores de mis maldades, non puedo alcancar la doctrina de la verdad, saluo si Tú, que eres luz verdadera, me alumbrares; Tú que eres verdad et vida me ensenaresmostrando la carrera verdadera et me otorgares don de vida. Por ende Señor: embia la luz tuya et la verdad tuya. O mas propriamente fablando: Tú que eres luz et verdad, ven en mi; por que el resplandor tuyo alumbre los ojos de mi entendimiento: para que vean las cosas spirituales. La grande certenidad que lengua humana non puede expremir que procede de ti que eres verdad, me faga allegar a lo verdaderoe me abracar con las cosas que trahen a la verdad non mudable. Ca non puede andar sin entropeçar el que non tiene luz, nin fuyr de herror el que non es regido por la verdad. Por ende den logar las tiniebras mias a la luz tuya, fuyan los herrores mios del acatamiento de la verdad tuya. Ca cómmo puedo yo escapar de las tiniebras si el rayo de tu luz non resplandeciere en mi, o commo me puedo yo desenboluer de mis herrores si Tú, que eres verdad, non me traxieres acognoscer las cosas iustas et verdaderas. Ca si alguna vez leuante algund tanto mi entendimiento a la cognicion de tu alteza, si alguna vez fuy et me allegué a la firmeza de tu amparo, la luz tuya et la verdad tuya lo fizieron.Ca ellas me retraxieron et atraxieron al monte sancto tuyo et a las moradas tuyas. E quál otro monte santo tuyo hay si non la altura de tu sancta fe. Ca este es el monte [fol. 75r] sancto tuyo en que nasce la fructuosa gordura de los santos sacramentos. Onde dize el propheta: “El monte del señor, monte grueso es”. E por esto podemos bien contemplar que Tú señor, la

12

Page 13: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

humana carne rescebida et aty vnnida, quando venias a Iherusalem por que ende fueses rescebido en el nombre del Señor con muy solempne procesion, et te bendixiesen todos de vn coracon diziendo: “Bendito el que viene en el nombre del Señor”, quesiste quando te acercauas ya a la cibdad primero venir al monte de lasalmas e despues, o perdurable verdad, quando acordaste de complir el misterio de la sancta passion. quesiste ser preso tras el aroyo llamado Cedron. E esto todo non fue debalde, mas por que nos dieses a entender que en estas dos cosas, agua et olio, seria establecido la materia de algunos muy altos et sanctos sacramentos, et a vn esto mas claramente demostraste quando rescebiste con mucha homilldad el sancto baptismo en las ondas del rio Jordan. E este es señor el monte tuyo ha que nos llama vn propheta para que subamos en el diziendo: “Venid acá, subamos al monte del señor et a la casa de Dios de Jacob”. E Él nos enseñará sus carreras et andaremos en los senderos suyos. E cómmo pueden ser enseñadas las carreras del señor saluo si precede et tiene omne firme fe. Ca sin fe ymposible es plazer a Dios. E quáles otros son las casas o moradas del señor si non las coberturas de los sanctos sacramentos. Ca so la sombra destos somos guardados de la tenpestad de los vientos, de la infidilidad et herrores en la fe, et de la niebla et turbones de diuersos pecados. Por ende, non sin razon sant Pedro deseaua el tiempo de la tu transfiguracion que se fiziesen tres moradas, vna para ti, Señor, que es la fe del coracon que deue ser primera et yr delante; las dos por caridad de amor et esperanca del gualardon perdurable. Lo qual todo se demuestra bien en la refeccion de lo sanctos sacramentos quando se resciben catholicamente et con firme fe et hauiendo grande homilldad et deuocion en las cerimonias et obseruancias de la ygle [fol. 75v] sia. Et estas son, O Señor de las virtudes, aquellas amadas moradas tuyas de que con razon dizia el Propheta: ”quan amadas son las moradas tuyas, o Señor de las virtudes et desea la anima mía ser en tus palacios.” Ca beuir so estas moradas et morar en tales palacios soberana alegria es.

Quarto verso

13

Page 14: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

Por estas tus moradas de los sanctos sacramentos que agora dixe,

Rey mio et Dios mio, con temor et con tremor poco apoco nos allegamos a los tus altares. Ca esto es lo que desea la anima mía que tengas por bien de me rescebir a la participacion de la comunion del tu santo altar. Por ende con toda homilldad llamaré a ty para que embies la luz tuya et la verdad tuya delante mi que alumbre mi entendimiento et guie las mis pisadas. E asi, alumbrado et guiado con grand confianca, llamaré al señor e entraré al altar de Dios mio, o me allegaré a El ha rescebir la sancta comunion que en Él et del se da. Ca esta es la soberana bien auenturanca, si tu Dios mio me otorgares que sin herror me llegue al tu altar et resciba de su participacion la tu comunion sancta. Ca si el Propheta dize que son bien auenturados aquellos que moran en la tu casa, Señor, por que en los siglos de los siglos te loarán, conuenible cosa es que tan bien digamos ser bienauenturados aquellos que tu rescibes ha que ministren dignamente el sacramento del tu altar. E asi mesmo a aquellos que por misterio et medianeria dellos resciben la tu sancta comunion que en el tu sancto altar se bendize et consagra. Ca avnque los altares tuyos, o Señor de las virtudes, siempre et en todo logar fueron muy sanctos, pero este altar tuyo que en la fin et postrimera hedad deste siglo ya enuegecido diste a los tus fieles para que le honra [fol. 76r] sen et en él sacrificasen, mucho más sancto et más excelente et más saludable es que los otros. Ca entonce ponian et sacrificauan sobre el altar tuyo bezerros et otros animales brutos, mas agora Tú, Señor, rescibes en el altar tuyo aty mesmo por sacrificio et acceptas le commo sacrificio perfecto, cuya perfeccion es tanta, et ayuda que del nos viene tamaña, que la lengua humana non es bastante para lo dezir. Ca non teofrescen en tu altar, o Dios todo poderoso, carne de toros que non comes, nin sangre de otros animales que non beues, commo en los otro altares viejos fazian, mas a ty mesmo sacrificamos, que el propheta llama sacrificio de loor. Pues cómmo osare yo ascercarme al altar tuyo sy Tú non confortares la mi enfermedad et me tornares, commo dize el propheta, la alegria del mui saludable que eres Tú, et me confirmares con spiritu principal. Ca asi confirmado et ynuisible mente esforcado por ty, corriendo e gozoso avnque con temor, deuo allegar me ha

14

Page 15: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

rescebir este sancto sacramento en el qual Tú, o nuestro Cristo saluador, eres contenido.

E asi commo en el mundo, visiblemente veniendo, diste al mundo vida de gracia, asi entrando sacramentalmente en el omne fiel et catholico obras en el vida de gracia. Ca Tú eres el que dizes: “quien come a mi biue por mi”, de guisa que lo que la tu Passion fizo a todo el mundo, representada en este sancto sacramento, lo faga en el omne que lo rescibe. Ca estos sanctos misterios et sacramentosentonce tomaron comienco quando despues de encomendado en las manos de Dios padre el tu spiritu et embiado et salido de tu cuerpo fue tu lado foradado con la lanca et salio sangre et agua. Pues, o quánto deseable avnque con themor es rescebir este santo calis en que verdadera mente se contiene la sangre tuya que en comienco de tu sancta passion por todos nosotros se hauia de derramar. E ya es derramada. E asy commo la vianda corporal sostiene, acrescienta, repara e delecta la corporal vida, asy e mas [fol. 76v] abundosa et mas entreñablemente este santo sacramento por vna largueza ynuisibleda sostenimiento et acrescentamiento et reparacion et alegria a la vida spiritual. Ca tu dizes: la carne mia verdaderamente es vianda et la sangre mia verdadera mente es bebraje. Ca avnque las cosas temporales et corporales verdaderas son en aquel grado et respecto en que tu Dios non mubdable las criaste et feziste. Pero en comparacion de las cosas perdurables vanas son et commo en manera de fantasticas et de sueño et de ymaginacion parescen. Onde scripto es: “Vanos son los sentidos del omne, mas las cosas espirituales mas firme mente se allegan a la verdad”. Por ende esta es verdadera vianda et verdadero bebraje que sostiene la sustancia incorporal de nuestra anima et acrescienta la su fuerca et repara lo que a las vezes fallesce por nuestros defectos, e delecta de vna deuota alegria al nuestro omne interior que es nuestro spiritu. E lo que mas es: non solamente Señor das estos efectos de gracia en este viaje temporal deste mundo a los que derechamente le toman, mas avn dasles la vida de la gloria que es nuestro postrimero fin. Ca tu eres el que dizes fablando deste sancto sacramento: “si alguno comiere deste pan biuirá para siempre”. E esto non lo dizes Tú por cierto por este viento que passa et corre desta vida temporal. Ca beuir para siempre en este viaje del mundo temporal contradiccion

15

Page 16: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

traheria. Por ende non pedimos vida perdurable so el tiempo que corre, ca en nuestras palabras paresceriamos contra dezir a nos mesmos. Ca temporal et perdurable non se compadescen. Mas lo que pedimos es que esta muy sancta vianda et muy santo bebraje nos faga en este tiempo en que nuestra vida temporal corre agradables a ty, que so estas species de pan et de vino eres comido et beuido, et despues del curso muy arebatado deste tiempo que passa nos fagas ser non mortales et non corruptibiles en la conpañia de los sanctos adonde será entera paz et verdad [fol. 77r] et perfecta vida sin fin. Pues allegaré yo tremiendo et temiendo a Dios que alegra la mi mocedad. Ca moços somos todos avnque seamos entrados en grand hedad. E a vn non diré moços, mas pequeños et niños puedo dezir si contemplamos la tu eternidad e perdurableza, la nuestra poquedade flaqueza de nuestra capacidad et entendimiento. Ca non son los dias del omne commo los dias tuyos, nin son tus años commo los tiempos humanos. Por que nos, continuamente somos en fallescimiento et los años nuestros son de reputar commo telas de arana que ligeramente se quiebran. E a ty Señor non asi. Ca mil años delante tus ojos son commo el dia de ayer que se passó. E non dezimos mil años commo que presumamos anadiendo el numero meter tus años so cuento alguno. Ca infinidos son, mas por que expremiendo la grandeza del numero, nos marauillemos con homil pensamiento et pensemos con deuota manera de marauillar la infinidad de la tu eternidad et perdurableza. Ca Tú, señor, siempre et para siempre esse mesmo eres. E los años tuyos nunca fallesceran et nos cabedizos somos et flacos et amanera de los aroyos continuamente caemos a lo baxo. Pues alegra señor la mi mocedad, que por su ygnorancia et poco saber et rudeza et poca esperiencia de las cosas llamé mocedad et esfuercenla firmemente con la entrañable consolacion del santo spiritu consolador et púrgala et límpiala, con el su fuego quemador que es la sancta caridad, del orin de los peccados por que entre el altar tuyo et me allegue a ty Dios mio, que alegres et esfuerces la mi mocedad e enfermedad mia, para que comunique a la muy sagrada hostia tuya e, mas propriamente fablando, a ty mesmo que en ella eres. Por que esforçado de ti, et a ti, por ti, con ardiente caridad e amor ayuntado, te loe con grande alegria

16

Page 17: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

del coraçon et de la boca, et instrumentos et cantos yo cante a ty loores et hymnos deuotos.

Quinto verso

[fol. 77v] E si por la piadosa misericordia tuya me amparares, si con el soberano poder tuyo meneares et mouieres los artejos de mi ánima, que estan ateridos, yo loaré a ti en la citola, Dios, Dios mio.E qual es esta citola si non la puridad et limpieza del coraçon con que deuemos tañer et cantar los cantos de Dios. E desta dize el Propheta en otro logar: ”Yo cantaré et tañeré a ti en la citola, o sancto de Ysrrael. Ca a vn que rey et propheta touo muchas citolas et viyuelassalterios et harpas et otros instrumentos para cuya representacion estan en las puertas de las tus yglesias ymagines de muchos instrumentos et los angeles por tañedores scusptos et cauados en la piedra et los tus catholicos muchas vezes te loan en organos et en otros canticos et melodias musicales. Pero todas estas cosas son falladas para mouer nuestro coraçon, por que nuestra anima bole de lo terrenal a lo celestial. E apartando su pensamiento del material canto que por las orejas corporales oymos, se leuante sobre si et se mescle en contemplacion a los canticos non materiales, mas spirituales de los angeles. Ca estos instrumentos non se quieren por si mesmos. mas por que a la citola instrumental et material responda la harpa citola et melodia de la puridad et limpieza del coraçon. E pues asi es, leuántate agora, ¡O harpa et citola de mi voluntad! E con grand abundancia de gozocontempla en tu fazedor amandole sobre todas las cosas, por que tu gozo sea lleno segund él dixo. E si esto me otorgares con suaue et larga mano, o Dios muy piadoso,podré dezir con toda confiança a mi anima lo que se sigue en el verso.

¿Por qué estas triste, o anima mia, et por qué me conturbas? Pártase la tristeza, fuya la tribulacion de donde está la presencia de Dios mio, que alegra mi mocedad et poquedad et conforta la flaqueza de la pequeña capacidad del ingenio mio. Ca quando la melodia et concordia de nuestros pensamientos et deseos entrañales, commo vna [fol. 78r] harpa bien tocada por buen tañedor, contempla et resuena la

17

Page 18: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

confession et loor dellas maruillas de Dios, luego viene vna alegria spiritual de dentro del coraçon que enpuxa et echan de fuera toda tristeza et turbacion.

Sexto verso

E si por mis peccados, que lo bien merescen, dilatares de me

otorgar lo que te pido, non puedo negar si non que me afligiré et angustiaré et seré atormentado de muy grand tristeza et turbacion. Pero con todo eso non cesaré de recurrir a ti. Buscaré para que falle, tocaré a la puerta queriendo entrar para que me abran. E siguiendo el dicho de vn propheta, non quedaré de buscar tu misericordia en quanto fallar se puede. E llamaré a ti en tanto que estás cerca, que es todo el tienpo de nuestra vida temporal. E esperando en ti amonestaré a mi mesmo que espere diziendo: Spera en el señor ca a vn le loaré. A vn clamando le requeriré et avnque sea desechado, non le desampararé, mas siguiendo la manera de la cananea seguiré las pisadas del misericordioso Dios. E con otro propheta daré bozes diziendo “¿fasta quándo Señor llamaré et non me oyrás; daré bozes a ti padesciendo fuerça et non me saluarás? Saluame señor et defiéndeme de mis passiones, peccados et maldades. Ca a ty es encomendado el pobre para que le ampares et al huerfano Tú serás ayudador. E quál persona hay en el mundo más pobre que aquella a quien fallescen los bienes de la ánima avnque esté abondada de todos los temporales bienes. Ca tu mesmo que eres verdad eternal dizes: ¿qué aprouecha al omne ganar a todo el mundo si perdiere su anima? o ¿qué troque puede omne dar por su ánima? Por ende muy pobre es e despojado está de todos los bienes el que caresce de los dones spiritualesavnque tenga muchos thesores et riquezas. Onde dezia sant Iohan en el Apocalipsi a vno que non tenia ardiente caridad: “Dizes: ‘rico so et muy abastado et non he menester cosa alguna’, et ¿non sabes tú que eres mesquino et miserable et pobre et ciego et desnudo? Por ende, a vn te loaré et esperaré en ti. Ca Tú eres lo saludable de mi cara et Dios mío. [fol. 78v] E diré a ti: Dios mio eres Tú et yo te loaré; Dios mio eres Tú et yo te ensalçaré, por que ensalçado yo a ti, Tú quieras acatar mi homilldad et baxedad et confessaré yo a ti contra mi todas las mis

18

Page 19: BETA CNUM 0915 - Biblioteca Saavedra Fajardo · San Juan Crisóstomo. Tratado el cual demuestra y concluye que ninguna persona se daña sino por sí misma. Murcia, 1487-03-26. BNM

Biblioteca SAAVEDRA FAJARDO

de Pensamiento Político Hispano Alonso de Cartagena,

Apología sobre el salmo “Judica me Deus”.

iniusticias et maldades, por que perdones la malicia de mis peccados et ayas merced de mi. Ca enfermo so et me sanes, ca conturbados son todos mis huessos. E dónde puedo yo fallar mejor nin tan bien la salud que me cumple commo en el tu saludable, de quien la sanidad de todo el mundo depende et decuelga et en quien está la salud nuestra. E por que ayan paz mis huesosotorga me Señor que vean los mis ojos con digno acatamiento et con muy firme fe et non tibia esperança et ardiente amor et caridad el tu saludable que es el tu muy sancto cuerpo, que en el sacro altar por el sacerdote se consagra et tracta. Por ende yo, confiando de la misericordia et piedad tuya, entraré al tu altar et me llegaré a Él presumiendo et queriendo commo otro Simeon tomar el saludable de mi cara en mis palmas. E plega a ti que esta presunpcion et confiança non sea tal que faga culpa en mi, mas tal que muestre el grande et ardiente deseo que yo tengo de me ayuntar contigo. E que Tú te ayuntes a mi et yo a ti por vna atadura de caridad que soltar non se pueda. Ca Tú que eres la verdad mesma que non pude mentir dizes: “El que come mi carne et beue mi sangre en mi queda et yo en él”. Pues dame Señor misericordiosamente que con tanta limpieza et puridad coma tu carne et beua tu sangre, que non coma en ello juyzio contra mi; mas así commo Tú biues por el Padre, asi yo segund mi flaca proporcion et baxedadcomiendo la tu carne biua por ti et sea vna sola contigo de vnidad que jamas non se parta, deguisa que Tú, Dios mio, seas sosteniente a mi et yo sostenido de ty et Tú mantengas a mi et yo sea mantenido de ty, et tu dador de vida a mi et yo rescebidor de la vida de ty, de manera que rescibiendo en este camino temporal de tu largueza tal vida que sea agradable a ti, por gracia resciba despues de ty aquel muy grand don que se non puede perfectamente fablar de la perdurable vida en la patria que es la tierra de los biuos por gloria et estonce meotorga Señor que con el Padre et Spiritu Sancto biues et regnas, vn Dios para sienpre jamas por todos siglos de los siglos. Amen.

19