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División Político Administrativa del Ecuador El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), en el marco de sus funciones, edita y actualiza la División Político – Administrativa de la República del Ecuador, basada en la Ley de División Territorial promulgada el 26 de marzo de 1897. La presente División, puesta a disposición de nuestros usuarios, como aporte al conocimiento jurisdiccional de nuestro país, está actualizada al 31 de diciembre del 2011. La codificación estandarizada utilizada por el INEC, Registro Civil y demás entidades del Sector Público; utiliza un sistema con las siguientes características: Se asignan los dos primeros códigos de la izquierda al código de provincia. El código 01 es asignado al cantón, cuya cabecera es también capital provincial. Al resto de cantones se les ordena alfabéticamente, asignándoles el código que corresponda en forma ascendente. Dentro de cada cantón se codifican las parroquias urbanas en orden alfabético desde 01 hasta 49, asignando el 50 a la cabecera cantonal. A las parroquias rurales se les ordena alfabéticamente y se asigna el código respectivo del 51 al 99 Las provincias quedan codificadas en orden alfabético, a excepción de Galápagos, Sucumbíos, Orellana, Santo Domingo de los Tsáchilas y Santa Elena, creadas en

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División Político Administrativa del Ecuador

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), en el marco de sus funciones, edita y actualiza la División Político – Administrativa de la República del Ecuador, basada en la Ley de División Territorial promulgada el 26 de marzo de 1897.

La presente División, puesta a disposición de nuestros usuarios, como aporte al conocimiento jurisdiccional de nuestro país, está actualizada al 31 de diciembre del 2011.

La codificación estandarizada utilizada por el INEC, Registro Civil y demás entidades del Sector Público; utiliza un sistema con las siguientes características:

Se asignan los dos primeros códigos de la izquierda al código de provincia. El código 01 es asignado al cantón, cuya cabecera es también capital

provincial. Al resto de cantones se les ordena alfabéticamente, asignándoles el código

que corresponda en forma ascendente. Dentro de cada cantón se codifican las parroquias urbanas en orden

alfabético desde 01 hasta 49, asignando el 50 a la cabecera cantonal. A las parroquias rurales se les ordena alfabéticamente y se asigna el código

respectivo del 51 al 99

Las provincias quedan codificadas en orden alfabético, a excepción de Galápagos, Sucumbíos, Orellana, Santo Domingo de los Tsáchilas y Santa Elena, creadas en fechas posteriores al establecimiento de este criterio de codificación; a éstas se les asigna el código inmediato superior al que tiene la última provincia, de acuerdo a la fecha de su respectiva creación.

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