BO PBA SUPLEMENTO 2016-01-19

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BO PBA SUPLEMENTO 2016-01-19

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  • N 27.704AO CVII/ LA PLATA, MARTES 19 DE ENERO DE 2016

    S U P L E M E N T O D E 2 4 P G I N A S

    D e c r e t o s yR e s o l u c i o n e s

    Decretos_________________________________________________

    DEPARTAMENTO DE JUSTICIADECRETO 38

    La Plata, 28 de diciembre de 2015.

    VISTO el expediente N 21200-90862/15 y la Ley N 14.803, y

    CONSIDERANDO:Que la Constitucin de la Provincia de Buenos Aires establece que el despacho de los

    negocios administrativos de la Provincia estar a cargo de dos o ms MinistrosSecretarios, y una ley especial deslindar los ramos y las funciones adscriptas al despa-cho de cada uno de los ministerios;

    Que, la Ley N 14.803 determina que el Poder Ejecutivo es asistido en sus funcionespor los Ministros Secretarios, que tendrn a su cargo el despacho de los asuntos de sucompetencia establecidos en la Constitucin de la Provincia de Buenos Aires y en la cita-da Ley;

    Que, asimismo prev la potestad del Poder Ejecutivo de establecer las estructurasorgnico- funcionales necesarias para el desarrollo de las competencias de cadaMinisterio y dems organismos en ella presentes;

    Que, el artculo 24 de la citada Ley, establece las funciones del Ministerio de Justicia,determinando sus atribuciones y responsabilidades particulares;

    Que, como consecuencia de ello, es necesario determinar la estructura del Ministeriode Justicia citado precedentemente, en un todo de acuerdo con los principios de austeri-dad y eficiencia administrativa;

    Que, a esos fines, la cartera referida ha procedido a elaborar el proyecto de estructu-ra organizativa, de conformidad con las exigencias de las respectivas reas de su com-petencia;

    Que, asimismo a efectos de no entorpecer los trmites vinculados con la liquidacin ypago de haberes, medio aguinaldo y cualquier otra erogacin correspondiente al ejercicio

    2015, el responsable de la Direccin General de Administracin (DGA), facultado al 10 dediciembre de 2015, a tales efectos, continuar cumpliendo dichas funciones hasta tantose acepte su renuncia o se ordene su limitacin, segn corresponda;

    Que, en los casos en los que la unidad organizativa no haya sufrido modificacin algu-na, el funcionario de rango inferior a subsecretario oportunamente designado no haya sidolimitado, tramite su limitacin, haya renunciado o cesado, se ratifica su designacin en elcargo;

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artculo144 -proemio- de la Constitucin de la Provincia de Buenos Aires,

    Por ello,

    LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

    ARTCULO 1. Aprobar a partir del da 11 de diciembre de 2015 la estructura orgni-co funcional del Ministerio de Justicia, de acuerdo al organigrama y misiones y responsa-bilidades que como Anexos I y II, forman parte integrante del presente Decreto.

    ARTCULO 2. Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artculo pre-cedente los siguientes cargos: UN (1) Subsecretario de Justicia, UN (1) Subsecretario dePoltica Penitenciaria; UN (1) Subsecretario de Coordinacin Legal, Tcnica yAdministrativa; UN (1) Subsecretario de Acceso a la Justicia; UN (1) Subsecretario deControl Penitenciario y Gestin Institucional: UN (1) Director Provincial de EntidadesProfesionales y Gestin Social Profesionalmente Responsable; UN (1) Director Provincialde Personas Jurdicas; UN (1) Director Provincial de Poltica Criminal y Relaciones con laJusticia; UN (1) Director Provincial de Salud Penitenciaria; UN (1) Director Provincial deInfraestructura Penitenciaria; UN (1) Director Provincial de Poltica Penitenciaria; UN (1)Director Provincial de Asuntos Contenciosos; UN (1) Director Provincial de Accin Socialdel Servicio Penitenciario Bonaerense; UN (1) Director Provincial de Coordinacin deAlcaidas Departamentales; UN (1). Director Provincial de Lucha contra la Trata dePersonas; UN (1) Director Provincial de Mtodos Alternativos de Resolucin de Conflictos;UN (1) Director Provincial del Centro de Proteccin de los Derechos de la Vctima; UN (1)Director Provincial de Apoyo Logstico; UN (1) Director Provincial de Legal, Tcnica y de

    D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S

  • LA PLATA, MARTES 19 DE ENERO DE 2016

    Recursos Humanos; UN (1) Responsable de la Unidad de Inspeccin Operativa, conrango y remuneracin equivalente a Director Provincial; UN (1) Director General deAdministracin; UN (1) Director de Entidades Profesionales; UN (1) Director de GestinSocial Profesionalmente Responsable; UN (1) Director de Registro, Legitimaciones yFiscalizacin de Personas Jurdicas; UN (1) Director de Asociaciones Mutuales yCooperativas; UN (1) Director Tcnico Administrativo; UN (1) Director de Registro deCondenados por Delitos contra la Integridad Sexual; UN (1) Director de Antecedentes yGarantas Constitucionales; UN (1) Director de Anlisis y Planificacin de LegislacinProcesal Penal y de Ejecucin Penal; UN (1) Director de Poblacin Carcelaria; UN (1)Director de Polticas de Inclusin Educativa y de Formacin Laboral; UN (1) Director deEstadsticas Penitenciarias; UN (1) Director Administrativo y de Gestin de la Salud; UN(1) Director de Medicina Asistencial y Promocin de la Salud; UN (1) Director de SaludMental y Adicciones; CINCO (5) Inspectores Operativos, con rango y remuneracin equi-valente a Director; UN (1) Director de Gestin y Planificacin; UN (1) Director Legal yTcnico; UN (1) Director de Arquitectura Penitenciaria y Registro de Obras; UN (1) Directorde Gestin Administrativa y Contable; UN (1) Director de Asuntos Contenciosos enAlojamiento Transitorio; UN (1) Director de Asuntos Contenciosos en AlojamientoPenitenciario; DIEZ (10) Directores de Alcaida Departamental (I a X); UN (1) Director dePlanificacin; UN (1) Director del Programa de Rescate y Acompaamiento a las PersonasDamnificadas por el Delito de Trata; UN (1) Director de Mediacin y Composicin; UN (1)Director del Programa Provincial de Composicin Amigable y Resolucin ComunitariaAlternativa de Conflictos; UN (1) Director de Defensa y Asistencia a la Vctima; UN (1)Director de Coordinacin de Centros Descentralizados; UN (1) Director de Asistencia enJuicios por Delitos de Lesa Humanidad; UN (1) Director de Compras, Contrataciones yGestin; UN (1) Director de Administracin Contable; UN (1) Director de Presupuesto yFinanzas; UN (1) Director de Liquidaciones y Sueldos; UN (1) Director de Auditora; UN (1)Director de Suministros, Abastecimiento y Comunicaciones; UN (1) Director de Sistemasde Informacin, Organizacin y Procedimientos; UN (1) Director Tcnico, Jurdico y deRelaciones Administrativas y Convenios; UN (1) Director de Servicios TcnicoAdministrativos; UN (1) Director de Personal y Asuntos Penitenciarios; UN (1) DirectorDelegado de la Delegacin de la Direccin Provincial de Personal; UN (1) Director deCeremonial; UN (1) Director de Relaciones Federales e Internacionales; UN (1) Director deRelaciones Institucionales; UN (1) Auditor de Asuntos Internos del Servicio PenitenciarioBonaerense; UN (1) Director de Instruccin Sumarial, todos ellos conforme a los cargosvigentes que rigen en la Administracin Pblica Provincial; Ley N 10.430 y su DecretoReglamentario N 4.161/96 (T.O. Decreto N 1.869/96).

    ARTCULO 3. Modificar la dependencia funcional de las unidades organizativassegn se detalla en el Anexo III del presente, transfiriendo los programas, plantas de per-sonal, crditos presupuestarios, patrimonio, recursos econmicos, financieros y presu-puestarios, de las respectivas unidades organizativas.

    ARTCULO 4.Suprimir las unidades organizativas detalladas en el Anexo IV, transfi-riendo las respectivas plantas de personal, crditos presupuestarios, patrimonio, recursoseconmicos, financieros y presupuestarios, segn lo establecido en el citado Anexo.

    ARTCULO 5. Ratificar las designaciones oportunamente efectuadas en el Ministeriode Justicia, de todos los funcionarios de rango inferior a subsecretario oportunamentedesignados, en tanto la unidad organizativa a su cargo no haya sufrido modificacin algu-na, o que dicho funcionario no haya sido limitado, tramite su limitacin, haya renunciado,cesado o que por norma especfica se requiera su ratificacin expresa.

    ARTCULO 6. Limitar las designaciones del personal cuyas funciones no se corres-pondan con las Unidades Orgnicas que se aprueban por este acto, debiendo formali-zarse tal decisin mediante el dictado de los actos administrativos correspondientes.

    ARTCULO 7. Disponer que el responsable de la Direccin General deAdministracin (DGA) facultado al 10 de diciembre de 2015 a tales efectos, continuar acargo de las liquidaciones y/o dems conceptos correspondientes a la totalidad de ladotacin que a esa fecha se encontraba incluida, en relacin con los haberes, medio agui-naldo y cualquier otra erogacin correspondiente al ejercicio 2015, hasta tanto se aceptesu renuncia o se ordene la limitacin del cargo.

    ARTCULO 8. Dejar establecido que hasta tanto se efecten las adecuaciones pre-supuestarias pertinentes, la atencin de las erogaciones correspondientes a las unidadesorgnicas transferidas por el presente acto, se efectuar con cargo al presupuesto de ori-gen.

    ARTCULO 9. Establecer que dentro del plazo de ciento ochenta (180) das desde lavigencia del presente, el titular del Ministerio de Justicia deber efectuar la desagregacinintegral de la totalidad de la estructura orgnico-funcional, como as tambin arbitrar losmedios necesarios para la elaboracin de las plantas de personal innominadas y nomi-nadas, con sujecin a la estructura organizativa aprobada por el presente, previa inter-vencin de los organismos y dependencias competentes.

    ARTCULO 10. Dejar establecido que durante el plazo fijado por el artculo anteriormantendrn su vigencia aquellas unidades orgnico-funcionales con nivel inferior aDireccin oportunamente aprobadas que no fueran modificadas por el presente.

    ARTCULO 11. Facultar al Ministerio de Economa para que, a travs de las reparti-ciones competentes, realice las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cum-plimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, las que debern ajustarse a las previsio-nes contenidas en el ejercicio presupuestario vigente.

    ARTCULO 12. El presente Decreto ser refrendado por los Ministros Secretarios enlos Departamentos de Justicia, de Coordinacin y Gestin Pblica y de Economa.

    ARTCULO 13. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletn Oficial, y al S.I.N.B.A.Cumplido, archivar.

    Carlos Alberto Mahiques Mara Eugenia VidalMinistro de Justicia Gobernadora

    Roberto Jorge Gigante Jorge Roberto LacunzaMinistro de Coordinacin y Ministro de EconomaGestin Pblica

    PGINA 2 BOLETN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES

    ANEXO Ia

  • PGINA 3LA PLATA, MARTES 19 DE ENERO DE 2016PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETN OFICIAL

    ANEXO Ib

    ANEXO Ic

  • PGINA 4 BOLETN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRESLA PLATA, MARTES 19 DE ENERO DE 2016

    ANEXO Id

    ANEXO Ie

  • PGINA 5LA PLATA, MARTES 19 DE ENERO DE 2016PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETN OFICIAL

    ANEXO If

    ANEXO Ig

  • PGINA 6 BOLETN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRESLA PLATA, MARTES 19 DE ENERO DE 2016

    ANEXO IIMINISTERIO DE JUSTICIA

    1. SUBSECRETARA DE CONTROL PENITENCIARIO Y GESTIN INSTITUCIONAL

    ACCIONES 1. Asistir al Ministro de Justicia en sus vnculos con los dems Subsecretarios y mxi-

    mas autoridades de la cartera. 2. Organizar las actividades relacionadas con la Secretara Privada del Ministro de

    Justicia. 3. Coordinar la relacin entre las distintas dependencias de la cartera con respecto a

    los diversos requerimientos que el Ministro de Justicia efecte. 4. Elaborar y proponer acciones destinadas al adecuado contralor de la correspon-

    dencia dirigida o remitida por el titular de la cartera. 5. Asegurar la provisin de los insumos y servicios necesarios para el normal desen-

    volvimiento del Ministro de Justicia en su labor cotidiana. 6. Formular propuestas destinadas al mejoramiento de las relaciones interministeria-

    les, as como con los dems organismos dependientes del Poder Ejecutivo Provincial. 7. Planificar, organizar y gestionar las actividades de prensa y comunicacin que

    requiera el Ministro, las distintas Subsecretaras y dems reas y dependencias delMinisterio.

    8. Mantener comunicacin permanente con todas las dependencias del Ministeriocon el fin de recepcionar informacin relativa a las polticas de gestin y evaluar su difu-sin en las instituciones mediticas.

    9. Planificar, organizar, dirigir y supervisar el trabajo de la Direccin de Ceremonial,de la Direccin de Relaciones Federales e Internacionales, y de la Direccin deRelaciones Institucionales.

    10. Garantizar la cobertura periodstica y el registro grfico, fotogrfico y audiovisualde las actividades de gestin del Ministro, Subsecretarios y dems funcionarios delMinisterio.

    11. Supervisar el adecuado funcionamiento y proceder de la Auditora de AsuntosInternos del Servicio Penitenciario Bonaerense.

    12. Resolver en primera instancia los sumarios instruidos por la Auditora de AsuntosInternos del Servicio Penitenciario Bonaerense.

    I. DIRECCIN DE CEREMONIAL ACCIONES 1. Atender con criterio anticipatorio y organizar las distintas tareas protocolares y de

    agenda que realiza el rea Ministerial. 2. Organizar las actividades relacionadas con el protocolo de los actos oficiales. 3. Organizar y controlar el efectivo cumplimiento del ceremonial institucional y el pro-

    tocolo en actos oficiales, visitas, ceremonias religiosas, patriticas y/o civiles, congresos,jornadas, firma de convenios y todo otro evento en los que participe el Ministro deJusticia.

    4. Acompaar, asesorar, informar y coordinar las actividades del Ministro de Justiciaen todos los eventos a los que asista.

    5. Mantener actualizados los preceptos vinculados al ceremonial y protocolo. 6. Cursar y distribuir invitaciones a ceremonias oficiales y a todo otro acontecimien-

    to social organizado por el Ministro de Justicia.

    II. DIRECCIN DE RELACIONES FEDERALES E INTERNACIONALESACCIONES1) Coordinar las relaciones recprocas entre los Ministerios de Justicia de la Provincia

    de Buenos Aires y sus similares de la Nacin, de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires,de las dems provincias argentinas, y de los dems pases.

    2) Promover la instrumentacin de convenios de colaboracin y de cooperacin ins-titucional con tales organismos, destinados a la implementacin conjunta de acciones,planes y programas.

    3) Elaborar informes sobre la implementacin y desarrollo de actividades derivadasde tales convenios de cooperacin y colaboracin.

    4) Proponer y supervisar la implementacin de sistemas y procedimientos para reca-bar y procesar datos tiles que puedan surgir de las relaciones y convenios suscriptoscon otros Ministerios de Justicia, provinciales o de otros pases.

    5) Coordinar con la Direccin de Antecedentes y Garantas Constitucionales, depen-diente de la Subsecretara de Justicia, las acciones adecuadas para procesar los ante-cedentes relevantes, normativos, doctrinarios y jurisprudenciales, que surjan de los con-venios u acciones conjuntas que se celebren con otros Ministerios de Justicia.

    6) Promover las relaciones recprocas entre el Ministerios de Justicia de la Provinciade Buenos Aires y los organismos internacionales relevantes en la materia, como laComisin Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de DerechosHumanos, la Organizacin de las Naciones Unidas, y similares.

    7) Promover la instrumentacin de convenios de colaboracin y de cooperacin ins-titucional con tales organismos, destinados a la implementacin conjunta de acciones,planes y programas, particularmente orientados a garantizar una ms efectiva proteccinde los derechos humanos, segn los estndares fijados por dichos rganos internacio-nales.

    III. DIRECCIN DE RELACIONES INSTITUCIONALESACCIONES 1. Coordinar las relaciones recprocas entre las diferentes Subsecretaras, reas y

    dependencias del Ministerio. 2. Coordinar las relaciones recprocas entre el Ministerio de Justicia y los dems

    Ministerios, organismos descentralizados y otras dependencias del Poder EjecutivoProvincial.

    3. Disear, elaborar y aplicar materiales de informacin relativa a la gestin de las dis-tintas Subsecretaras, reas y dependencias del Ministerio.

    4. Programar, disear y coordinar publicaciones y otros materiales informativos deinters ciudadano sobre polticas de Justicia, Servicio Penitenciario, Patronato deLiberados, Escribana General de Gobierno, Asistencia y Proteccin de los Derechos dela Vctima.

    5. Colaborar con las correspondientes oficinas de prensa y comunicacin del PoderEjecutivo Provincial en la Planificacin, organizacin y promocin de campaas oficialesde difusin de informacin de inters ciudadano vinculada a las polticas de Justicia.

    6. Sistematizar y analizar la informacin que sobre el Ministerio emiten los medios decomunicacin.

    7. Recabar y procesar datos referentes a la gestin de polticas de justicia que seande inters informativo para la ciudadana, y remitir dichos datos a las correspondientesoficinas de prensa del Poder Ejecutivo Provincial.

    8. Colaborar en la recepcin, clasificacin, sistematizacin y distribucin de la infor-macin producida en la Coordinacin de Gabinete.

    9. Coordinar, en forma mancomunada con las correspondientes oficinas de prensadel Poder Ejecutivo Provincial, la cobertura periodstica de los actos institucionales den-tro y fuera de las dependencias del Ministerio.

    10. Establecer y mantener estrecha y permanente relacin con el periodismo ymedios de comunicacin en las cuestiones vinculadas a la imagen institucional de la car-tera.

    11. Elaborar, en forma mancomunada con las correspondientes oficinas de prensadel Poder Ejecutivo Provincial, gacetillas informativas y anuncios de carcter oficial paraser difundidos a la prensa y organizaciones de comunicacin locales, regionales, provin-ciales, nacionales e internacionales.

    12. Organizar el archivo grfico, fotogrfico, sonoro, audiovisual y multimedial deinformacin, publicaciones y todo producto comunicacional que se elaboren y/o recibanen la Coordinacin de Gabinete.

    13. Disear y mantener actualizado el portal del Ministerio de Justicia. 14. Administrar las publicaciones realizadas en las nuevas tecnologas de comunica-

    cin por el Ministerio de Justicia. 15. Recopilar, registrar y valorar las respuestas recibidas en el uso de las nuevas tec-

    nologas.

    IV. AUDITORA DE ASUNTOS INTERNOS DEL SPB ACCIONES 1. Fiscalizar y controlar los establecimientos carcelarios dependientes del Ministerio

    de Justicia a efectos de detectar y/o investigar la existencia de faltas, delitos y conduc-tas anmalas relacionadas con posible corrupcin administrativa, torturas, vejmenes,apremios, faltas graves a la asistencia mdica, muerte traumtica de personas privadasde libertad y cualquier otro que constituya un posible abuso funcional grave o que por sugravedad institucional le fuere encomendada por la Coordinacin de Gabinete, en formadirecta o por sugerencia de la Subsecretara de Poltica Penitenciaria.

    2. Resolver con relacin a la procedencia de la iniciacin de sumarios administrati-vos y eventual presentacin de denuncias judiciales.

    3. Entender en las impugnaciones y recursos contra excepciones de trmite inciden-tal, y toda otra diligencia previa y necesaria para el dictado de la resolucin final delsumario.

    4. Ejercer tareas de control sobre el accionar del personal del Servicio PenitenciarioBonaerense y de la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria.

    5. Optimizar mediante propuestas a la Coordinacin de Gabinete sistemas y proce-dimientos de control, las instancias actuales de auditora, fiscalizacin y supervisin a finde disminuir y evitar la comisin de ilcitos, faltas administrativas y desvo de bienes.

    6. Actuar como instructor de sumarios de relevancia institucional cuando le sea asig-nado por la Coordinacin de Gabinete.

    7. Aplicar en el mbito de su competencia las previsiones de la reglamentacin de losprocedimientos sumariales aprobadas por el Decreto N 121/13 en su Anexo I y propiciarlas eventuales modificaciones pertinentes a fin de propender a la celeridad y eficacia delprocedimiento disciplinario.

    a. DIRECCIN DE INSTRUCCIN SUMARIALACCIONES 1. Instruir los sumarios administrativos que involucren las posibles violaciones a dere-

    chos humanos o conductas contrarias a la dignidad. 2. Proponer la resolucin de impugnaciones y recursos contra excepciones de tr-

    mite incidental. 3. Proponer al Auditor de Asuntos Internos a formular las presentaciones judiciales

    que conforme la naturaleza del delito pudieran corresponder. 4. Realizar el seguimiento de causas penales en las que se encuentre involucrado

    personal del Servicio Penitenciario Bonaerense y la Direccin Provincial de SaludPenitenciaria.

    5. Realizar tareas de supervisin y control a fin de proponer medidas tendientes adisminuir y evitar la comisin de ilcitos, faltas administrativas y desvo de bienes.

    6. Formular sistemas, procedimientos de control y de informacin destinados a pre-venir la realizacin de conductas contrarias a la dignidad, a los valores y a la tica quedebe regir el accionar del personal de Servicio Penitenciario Bonaerense y de la DireccinProvincial de Salud Penitenciaria.

    7. Implementar bases de datos y los pertinentes registros que permitan efectuar eldebido contralor del correcto uso acordado al patrimonio fiscal.

    2. SUBSECRETARA DE JUSTICIA

    ACCIONES 1. Asegurar el respeto y proteccin de las garantas constitucionales de los habitan-

    tes bonaerenses. 2. Proponer y formular propuestas relacionadas con la poltica provincial en materia

    de organizacin de la justicia y asistir en la ejecucin de la misma. 3. Elaborar y proponer acciones que hacen a la poltica relacionada a las personas

    jurdicas, ejerciendo adems el debido contralor legal. 4. Mantener la pertinente relacin con el Consejo de la Magistratura Provincial e inter-

    venir en la elevacin de las propuestas para la designacin de magistrados y funciona-rios que requieran acuerdo legislativo.

  • PGINA 7LA PLATA, MARTES 19 DE ENERO DE 2016PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETN OFICIAL

    5. Organizar las actividades relacionadas con el ejercicio de la polica societaria yasociativa.

    6. Atender todas las actividades relacionadas con el rgimen institucional de las pro-fesiones que se ejerzan en el territorio provincial y cajas profesionales; tendiendo a mejo-rar los controles necesarios y proponiendo las modificaciones oportunas.

    7. Proyectar acciones tendientes a profundizar el vnculo de las EntidadesProfesionales con la Comunidad, en especial, en relacin a la prestacin de serviciossociales.

    8. Organizar y aplicar el rgimen notarial y de designaciones de escribanos titulares,adscriptos y suplentes de Registro.

    I. DIRECCIN PROVINCIAL DE ENTIDADES PROFESIONALES Y GESTIN SOCIALPROFESIONALMENTE RESPONSABLE

    ACCIONES 1. Proponer, elaborar y coordinar los anteproyectos normativos o reglamentarios

    relativos al funcionamiento ordenado de las Entidades Profesionales en lo que hace a susrespectivas gestiones administrativas, procurando la necesaria unificacin de criterios.

    2. Desarrollar las acciones tendientes a la profundizacin del vnculo de los Colegios,Consejos y Cajas Profesionales con la Comunidad, procurando el establecimiento depolticas dirigidas a estimular la prestacin por parte de aqullos, de servicios destinadosa la poblacin de la Provincia de Buenos Aires.

    3. Organizar y mantener un registro de Entidades Profesionales prestadoras de ser-vicios sociales, procurando la permanente ampliacin del universo de prestaciones yprestadores, formalizando acuerdos que propendan a una gestin gil y eficaz de lasmismas.

    4. Coordinar las relaciones con los Colegios, Consejos y Cajas Profesionales, evaluarla aplicacin y proveer a la fiscalizacin del cumplimiento de las normativas y reglamen-taciones vigentes.

    5. Organizar y mantener un registro de antecedentes doctrinarios, legislativos y juris-prudenciales respecto a Entidades Profesionales.

    6. Organizar y aplicar el rgimen notarial y de designaciones de escribanos titulares,adscriptos y suplentes de Registro.

    7. Prestar servicio de guarda de los legajos de los Registros de Escrituras Pblicasde la Provincia y producir la informacin que se le requiera sobre registros notariales.

    a. DIRECCIN DE ENTIDADES PROFESIONALESACCIONES 1. Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos Tcnico y

    Registraciones Notariales. b. DIRECCIN DE GESTIN SOCIAL PROFESIONALMENTE RESPONSABLE

    ACCIONES 1. Administrar las tareas correspondientes al Departamento de Gestin Social

    Profesionalmente Responsable.

    II. DIRECCIN PROVINCIAL DE PERSONAS JURDICAS ACCIONES 1. Proponer, elaborar y coordinar los anteproyectos normativos y reglamentarios

    relativos al reconocimiento, organizacin y funcionamiento de las personas jurdicas queacten y operen en todo el mbito de la Provincia de Buenos Aires.

    2. Organizar, mantener y actualizar un registro y matrcula de sociedades comercia-les, asociaciones civiles, fundaciones, mutualidades y dems modalidades asociativasque la legislacin vigente reconozca como personas jurdicas. Asimismo, organizar, man-tener y actualizar un registro de contratos de colaboracin empresaria: uniones transito-rias de empresas (UTE) y agrupaciones de colaboracin.

    3. Legitimar, fiscalizar y, en su caso, retirar la personera jurdica a las modalidadesasociativas, controlando o instrumentando segn el caso, los procesos de liquidacin.

    4. Realizar la promocin, asistencia tcnica, asesoramiento integral y acciones pre-vistas en el convenio aprobado por el Decreto N 4.839/96 vinculado con asociacionesmutuales en jurisdiccin de la Provincia de Buenos Aires.

    5. Participar, realizar y promover los estudios e investigaciones necesarios a la tem-tica del sector e intervenir en los trmites judiciales relacionados con el ejercicio de lafuncin a su cargo.

    a. DIRECCIN DE REGISTRO, LEGITIMACIONES Y FISCALIZACIN DE PERSONASJURDICAS

    ACCIONES 1. Realizar los anlisis y estudios de la documentacin presentada e informar sobre

    la legitimidad del pedido y/o mantenimiento de la personera jurdica de las sociedadescomerciales, asociaciones civiles, fundaciones y otras formas asociativas.

    2. Evaluar e informar sobre el debido cumplimiento de la normativa vigente en lassolicitudes de conformacin de estatutos de las sociedades civiles y comerciales, aso-ciaciones, fundaciones, dems modalidades asociativas, uniones transitorias de empre-sas y agrupaciones de colaboracin, comprendiendo los aspectos fiscales registrales.

    3. Elaborar los actos administrativos necesarios al trmite de conformacin, modifi-cacin o disolucin de las sociedades y asociaciones exponiendo la fundamentacin delos mismos.

    4. Implementar y atender el registro y matrcula de las sociedades comerciales, unio-nes transitorias de empresas, agrupaciones de colaboracin, asociaciones civiles, fun-daciones y dems formas asociativas por la legislacin vigente.

    5. Ejercer las actividades de fiscalizacin previstas en la Ley N 8.671 y sus modifi-catorias y/o complementarias como, as tambin, elaborar y proponer los actos adminis-trativos derivados de esta funcin.

    6. Verificar el debido cumplimiento por parte de las sociedades comerciales, asocia-ciones civiles, mutualidades y fundaciones de las obligaciones que las leyes generales oespeciales establezcan para las mismas como, asimismo el cumplimiento de las obliga-ciones impuestas por otros organismos de contralor especficos.

    7. Organizar, mantener e implementar los sistemas de inspeccin necesarios al desa-rrollo y cumplimiento de las acciones encomendadas.

    8. Recabar, analizar e informar la documentacin que acredite el cumplimiento de lasobligaciones por parte de las sociedades y asociaciones, y elaborar y proponer los actosadministrativos derivados de esta actividad.

    9. Participar en los estudios e investigaciones necesarios a la temtica del sector,aportando los informes y anlisis surgidos de la prctica y experiencia a fin de tender aoptimizar los sistemas de fiscalizacin y control.

    10. Registrar los instrumentos que ordenen las dependencias del rea. 11. Tomar razn de embargos, inhibiciones, concursos, quiebras y dems medidas

    cautelares en un registro especial. 12. Confeccionar la Matrcula Registral asentando las inscripciones de las socieda-

    des por su constitucin, reforma de estatutos, aumentos de capital, modificaciones desus rganos directivos, disoluciones, liquidaciones y cancelaciones de su inscripcin,embargos y medidas cautelares.

    13. Mantener actualizado un registro de entidades inscriptas. 14. Controlar, autorizar y registrar la rbrica de libros sociales.

    b. DIRECCIN DE ASOCIACIONES MUTUALES Y COOPERATIVASACCIONES 1. Cumplir con las funciones y tareas previstas en el convenio celebrado por la

    Provincia de Buenos Aires con el Instituto Nacional de Asociativismo y Economa Social(INAES), aprobado por Decreto N 721/00, realizando la promocin, fomento, asistenciatcnica, asesoramiento integral y dems acciones vinculadas con las entidades mutua-les.

    2. Mantener actualizado el Registro de Asociaciones Mutuales con domicilio en laProvincia de Buenos Aires.

    3. Promover y participar en reuniones regionales y/o nacionales. 4. Intervenir en el control pblico y poder de polica sobre las entidades mutuales

    domiciliadas en la Provincia de Buenos Aires.

    c. DIRECCIN TCNICO ADMINISTRATIVA ACCIONES 1. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo tcnico administrativo

    para todas las dependencias y reas de la Direccin Provincial. 2. Informar al pblico en general sobre las disposiciones vigentes y atender los

    requerimientos de los mismos. 3. Elaborar, distribuir y dar a publicidad la informacin estadstica del sector. 4. Elaborar e implementar los planes y programas de informatizacin para todas las

    reas y dependencias de la Direccin Provincial. 5. Organizar, mantener y actualizar un registro individualizado de la documentacin y

    antecedentes requeridos para las entidades de la Direccin Provincial. 6. Coordinar los distintos requerimientos de personal para la Direccin Provincial. 7. Sustanciar los actos administrativos del sector.

    III. DIRECCIN PROVINCIAL DE POLTICA CRIMINAL Y RELACIONES CON LA JUS-TICIA

    ACCIONES 1. Entender en la realizacin de estudios, investigaciones y detalles estadsticos en el

    mbito del sistema penal. 2. Elaborar y proponer la poltica criminal destinada a una adecuada reinsercin

    social de las personas privadas de su libertad. 3. Supervisar la implementacin de sistemas y procedimientos para recabar y proce-

    sar datos tiles para la toma de decisiones en materia de poltica criminal. 4. Articular los lineamientos de poltica criminal establecidos con la Subsecretara de

    Justicia, la Secretara de Derechos Humanos, el Poder Judicial y todo organismo nacio-nal y provincial vinculado a la materia.

    5. Intervenir en proyectos legislativos vinculados con temas de su competencia en elmbito del Ministerio de Justicia.

    6. Asistir y participar en las actividades inherentes para la designacin de magistra-dos y funcionarios del Poder Judicial que requieran acuerdo legislativo, en base a las ter-nas elevadas por el Consejo de la Magistratura.

    7. Coordinar con el Poder Judicial de la Provincia y los Colegios de Abogados, la for-mulacin de propuestas tendientes a obtener una adecuada asistencia jurdica gratuitapara los sectores carentes.

    8. Aconsejar sobre la conveniencia y oportunidad de la implementacin de nuevosfueros y la creacin de nuevos departamentos judiciales.

    9. Conocer en la organizacin y funcionamiento de la Justicia de Paz Letrada y de losTribunales de menor cuanta y de faltas.

    a. DIRECCIN DE REGISTRO DE CONDENADOS POR DELITOS CONTRA LA INTE-GRIDAD SEXUAL

    ACCIONES 1. Organizar, poner en funcionamiento y mantener actualizado el Registro de

    Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual creado por el artculo 5 de la Ley N13.869.

    2. Garantizar la estricta reserva de la informacin comprendida en el Registro. 3. Organizar y mantener actualizada una base informatizada de datos con la infor-

    macin de las personas condenadas por la comisin de delitos contra la integridadsexual, obrantes en las sentencias condenatorias; manteniendo en archivo la documen-tacin respaldatoria.

    4. Organizar y mantener actualizada una base informatizada con datos histricos delas consultas realizadas por los interesados que solicitan informacin; manteniendo enarchivo la documentacin respaldatoria.

    5. Realizar el seguimiento de la informacin y de los datos volcados en el Registro. 6. Cumplir con todas las funciones asignadas por Ley N 13.869, el Decreto N

    578/09, y disposiciones complementarias. 7. Organizar y programar juntamente con los rganos del Poder Judicial y el Servicio

    Penitenciario Bonaerense acciones tendientes a lograr una fluida informacin sobre losdatos de las personas condenadas por delitos contra la integridad sexual.

  • PGINA 8 BOLETN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRESLA PLATA, MARTES 19 DE ENERO DE 2016

    8. Inscribir en el Registro la informacin individualizada en la reglamentacin vigente,que le sea comunicada por los rganos jurisdiccionales y el Servicio PenitenciarioBonaerense.

    9. Responder a los pedidos de informes formulados por las personas fsicas y jurdi-cas contempladas en la reglamentacin aprobada por Decreto N 578/09, en la forma ybajo las condiciones establecidas en dicha normativa.

    10. Realizar la estadstica anual prevista en la reglamentacin aprobada por la citadanormativa.

    11. Organizar y mantener actualizada la pgina web del Registro para la incorpora-cin de datos por parte del Poder Judicial, garantizando la seguridad, la reserva y vera-cidad de los datos en ella incluidos.

    b. DIRECCIN DE ANTECEDENTES Y GARANTAS CONSTITUCIONALES ACCIONES 1. Relevar y procesar los antecedentes normativos, doctrinarios y jurisprudenciales,

    provinciales, nacionales y extranjeros en materia de justicia. 2. Preparar los decretos de aprobacin de textos ordenados de normas generales en

    temas de justicia. 3. Elaborar bases estadsticas y proveer su permanente actualizacin, con relacin al

    estado de las causas iniciadas en los diferentes rganos, fueros y departamentos judi-ciales.

    4. Elaborar los estudios estadsticos necesarios para analizar las necesidades de cre-acin de nuevos rganos judiciales.

    5. Proponer y desarrollar acciones tendientes a amparar los derechos y garantasconstitucionales, a fin de asegurar su vigencia en el territorio bonaerense.

    6. Implementar acciones que conlleven a la divulgacin de los derechos en general ya la defensa de los intereses difusos.

    7. Coordinar acciones con organismos provinciales y nacionales dedicados a ladefensa de las garantas constitucionales.

    8. Llevar un Registro Personal de Deudores Alimentarios Morosos y de Deudores conEjecuciones Judiciales, para atender el requerimiento de la certificacin correspondien-te.

    c. DIRECCIN DE ANLISIS Y PLANIFICACIN DE LEGISLACIN PROCESALPENAL Y DE EJECUCIN PENAL

    ACCIONES 1. Elaborar estudios destinados al mejoramiento de la normativa referente al proce-

    dimiento penal en el mbito de la Provincia de Buenos Aires con el objeto de propendera la superacin de los actuales estndares en materia de eficiencia, eficacia y celeridadprocesal.

    2. Efectuar estudios de legislacin comparada provincial, nacional e internacional enmateria procesal penal y evaluar los resultados de su aplicacin.

    3. Elaborar estudios destinados al mejoramiento de la normativa referente a la ejecu-cin de la pena en el mbito de la Provincia de Buenos Aires tendiente a la debida tute-la de los derechos y garantas de aquellas personas que resultaren privadas de su liber-tad.

    4. Efectuar estudios de legislacin comparada provincial, nacional e internacional enmateria de ejecucin penal y evaluar los resultados de su aplicacin.

    5. Entender en la planificacin y elaboracin de toda normativa relacionada al perso-nal penitenciario.

    5. SUBSECRETARA DE POLTICA PENITENCIARIAACCIONES 1. Proponer la poltica criminal de la Provincia y las acciones a seguir en la materia,

    entendiendo en la elaboracin de anteproyectos normativos en el mbito de su compe-tencia especfica.

    2. Dirigir estudios, investigaciones y estadsticas referentes a cuestiones de polticacriminal, sistema procesal penal y de ejecucin penal.

    3. Asistir al Ministro de Justicia en la administracin de la poltica y programas peni-tenciarios, reforma penitenciaria y de ejecucin penal y proponer polticas y programasrelativos a la problemtica penitenciaria y carcelaria y la ejecucin penal en todos sussegmentos.

    4. Ejercer la administracin y fiscalizacin del Servicio Penitenciario Bonaerense, delPatronato de Liberados Bonaerense y de la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria.

    5. Proponer polticas y programas relativos a la inclusin social de las personas pri-vadas de libertad y a las sometidas a tutela.

    6. Establecer los lineamientos polticos para el cumplimiento de las medidas judicia-les.

    7. Implementar polticas de transparencia respecto de la situacin de las personasprivadas de su libertad en el mbito del Ministerio de Justicia, de acuerdo a lo estableci-do en la normativa vigente.

    8. Implementar acciones necesarias para la investigacin administrativa que poractos de corrupcin o abuso funcional se realicen contra los integrantes del ServicioPenitenciario Bonaerense, Patronato de Liberados Bonaerense y Direccin Provincial deSalud Penitenciaria.

    9. Proponer a la Direccin Provincial de Infraestructura Penitenciaria del Ministerio deJusticia el mejoramiento y construccin de los centros de detencin.

    10. Informar a los dems poderes, entes y organismos sobre la situacin de las per-sonas privadas de libertad o sometidas a medidas restrictivas bajo la rbita del Ministeriode Justicia.

    11. Intervenir en los trmites de conmutacin de penas, proponiendo al Ministro deJusticia el acto administrativo definitivo.

    12. Llevar a cabo seminarios, congresos, jornadas de estudio, realizar publicacionesreferentes a cuestiones de poltica criminal y poltica de ejecucin penal.

    13. Coordinar el adecuado funcionamiento de la Unidad de Inspeccin Operativa yproponer al titular de la cartera la adopcin de aquellas medidas tendientes al mejora-miento de la gestin en el mbito de su competencia especfica.

    14. Promover y desarrollar acciones y mecanismos de coordinacin y ejecucin deprogramas conjuntos con reas y organismos del Gobierno Nacional, de los Municipios,Universidades, Colegios Profesionales, organizaciones no gubernamentales, foros y enti-dades comunitarias.

    15. Promover la instrumentacin de convenios de colaboracin y de cooperacin ins-titucional con organismos nacionales, provinciales y municipales, destinados a la imple-mentacin conjunta de acciones, planes y programas.

    16. Organizar y dirigir estudios estadsticos e investigaciones, tendientes a conformarun cuadro de situacin que permita un acabado conocimiento de la realidad de laProvincia sobre la problemtica en materia de poltica penitenciaria.

    17. Elaborar y proponer los instrumentos legales propios del rea supervisando lalabor de la Direccin Provincial de Poltica Criminal.

    18. Coordinar e implementar las polticas necesarias para el correcto funcionamien-to de las Alcaidas Departamentales, ejerciendo su administracin y fiscalizacin.

    19. Realizar el seguimiento y sistematizacin de los asuntos contenciosos en mate-ria de alojamiento de detenidos, formulando las presentaciones y/o peticiones que seannecesarias y desarrollando las gestiones de coordinacin y ejecucin que resulten perti-nentes a los efectos de su cumplimiento en el marco de las polticas pblicas implemen-tadas.

    I. DIRECCIN PROVINCIAL DE ACCIN SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIOBONAERENSE

    a. DIRECCIN LEGAL Y TCNICA ACCIONES 1. Brindar asesoramiento legal al Director Provincial en todas las cuestiones que sean

    sometidas a su consideracin. 2. Efectuar el control de legalidad de aquellos actos administrativos previo a su sus-

    cripcin por parte del Director Provincial. 3. Supervisar la adecuacin a una correcta tcnica normativa en la elaboracin de los

    actos administrativos en el mbito de su competencia.

    b. DIRECCIN DE GESTIN Y PLANIFICACIN ACCIONES 1. Planificar las actividades que le encomiende el Director Provincial estableciendo

    criterios de prioridad y prelacin entre las mismas. 2. Formular programas, procesos y circuitos de tramitacin tendientes a la optimiza-

    cin de la gestin del organismo. 3. Brindar los servicios de apoyo necesarios para una eficiente y eficaz gestin del

    organismo.

    II. DIRECCIN PROVINCIAL DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA ACCIONES 1. Asesorar en la aplicacin de los recursos para la ejecucin de la infraestructura y

    equipamiento del Servicio Penitenciario Bonaerense, conforme los programas de obras,en coordinacin con las reparticiones del estado Nacional, Provincial, Municipal, pbli-cas o privadas.

    2. Asesorar a los rganos pertinentes para la gestin de fondos provenientes de con-venios con Organismos de cooperacin y multilaterales de crdito.

    3. Analizar y evaluar las necesidades de organizacin, infraestructura y equipamien-to del Servicio Penitenciario Bonaerense.

    4. Intervenir en todo lo concerniente a los programas de necesidades y criteriosarquitectnicos de los proyectos ejecutivos en las unidades penitenciarias, en coordina-cin con los organismos especficos.

    5. Asesorar a los rganos pertinentes para la gestin de las acciones de contratacin,seguimiento de obra y equipamiento de la infraestructura Penitenciaria, en los actos pre-paratorios para el llamado a concurso, licitacin nacional o internacional para la elabora-cin de estudios, documentos ejecutivos, seguimiento de las obras, construccin y equi-pamiento de los complejos y penitenciarios.

    a. DIRECCIN DE ARQUITECTURA PENITENCIARIA Y REGISTRO DE OBRASACCIONES 1. Planificar la infraestructura penitenciaria en coordinacin con las reparticiones del

    Estado nacional, provincial y entes pblicos o privados. 2. Formular, promover y asesorar a los rganos pertinentes, sobre los estudios y pro-

    yectos ejecutivos de las obras interviniendo, en cuanto resulte necesario, en el anlisisde la documentacin y los procedimientos previos a las obras.

    3. Intervenir en las obras de la infraestructura penitenciaria en correspondencia de laDireccin Provincial de Infraestructura Penitenciaria.

    4. Asistir, asesorar y planificar en los programas de mantenimiento de la infraestruc-tura judicial y penitenciaria.

    5. Efectuar los estudios, anlisis y pruebas de los componentes materiales de lasobras.

    6. Planificar la asistencia de equipamiento en el sector judicial y penitenciario encorrespondencia al programa de obras.

    7. Intervenir en los procesos directos e indirectos que surjan de las obras. 8. Asesorar a los rganos pertinentes y/o supervisar la formulacin, la programacin,

    la evaluacin tcnica, la evaluacin ambiental y la ejecucin de los planes, programas yproyectos, solicitando la intervencin de los organismos competentes en la materia.

    9. Recibir o formular proyectos de inversin o adquisicin de bienes, efectuando losestudios, anlisis, evaluaciones e informes de acuerdo con lo establecido en los respec-tivos manuales, reglamentos operativos y normativa vigente, en el mbito provincial,nacional e internacional.

    10. Generar, evaluar y asesorar a los rganos pertinentes para la aprobacin de losplanes de ejecucin de obras y las modificaciones operadas en el curso de la ejecucinde las mismas

    11. Controlar el avance fsico de los proyectos y los programas de ejecucin deobras.

  • PGINA 9LA PLATA, MARTES 19 DE ENERO DE 2016

    12. Revisar y verificar la documentacin que acompaa los certificados de obra y/olas solicitudes de desembolsos.

    13. Controlar el cumplimiento de los planes de mantenimiento de los proyectos ter-minados.

    14. Efectuar los anlisis, pruebas e inspecciones de las partes y componentes delequipamiento.

    15. Intervenir, en coordinacin con los organismos pertinentes, en los procesosdirectos e indirectos que surjan de la provisin del equipamiento.

    16. Tramitar las locaciones de inmuebles donde el Ministerio de Justicia sea parteintegrante.

    b. DIRECCIN DE GESTIN ADMINISTRATIVA Y CONTABLE ACCIONES 1. Elaborar el plan anual de compras de bienes y servicios destinados a cubrir las exi-

    gencias de las distintas reas de la Direccin Provincial de Infraestructura Penitenciaria. 2. Confeccionar las rendiciones de caja chica y/o fondo fijo. 3. Procurar la incorporacin de nuevas tecnologas a fin de optimizar los sistemas de

    informacin de los soportes informticos para el funcionamiento de la DireccinProvincial de Infraestructura Penitenciaria.

    4. Organizar, mantener y proporcionar los sistemas de informacin, de moderniza-cin y optimizacin de la gestin administrativa.

    5. Instrumentar procedimientos internos para lograr celeridad y eficiencia en los tr-mites pertinentes.

    6. Coordinar el despacho y seguimiento de los expedientes relacionados directa oindirectamente con la Direccin Provincial de Infraestructura Penitenciaria.

    7. Registrar en el sistema de contabilidad presupuestaria, la ejecucin del presu-puesto y los movimientos de fondos y valores dentro de su mbito de actuacin.

    8. Organizar, controlar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores de laDireccin Provincial de Infraestructura Penitenciaria.

    9. Elaborar el anteproyecto de presupuesto y las adecuaciones presupuestarias de laDireccin Provincial de Infraestructura Penitenciaria.

    10. Coordinar y programar, y asesorar a los organismos respectivos, para la obten-cin de los recursos necesarios para financiar acciones, obras y equipamiento que sur-jan de los objetivos planteados por la Direccin Provincial de InfraestructuraPenitenciaria.

    11. Intervenir y asesorar a los organismos respectivos para la gestin de programasde asistencia financiera sectorial.

    12. Programar y fiscalizar el avance contable financiero de las acciones especficas. 13. Coordinar, fiscalizar y ejecutar las acciones necesarias para la concrecin de las

    metas.

    III. DIRECCIN PROVINCIAL DE ASUNTOS CONTENCIOSOS ACCIONES 1. Intervenir en los procesos judiciales en los que se ventilen cuestiones atinentes a

    la situacin de los detenidos alojados en jurisdiccin de la Provincia de Buenos Aires. 2. Desarrollar un registro de todas las cuestiones contenciosas vinculadas al aloja-

    miento de detenidos en dependencias penitenciarias y alcaidas de la Provincia deBuenos Aires, y realizar el seguimiento de las mismas.

    3. Realizar tareas de coordinacin y enlace con organismos judiciales, policiales y dela administracin pblica provincial.

    4. Proponer las acciones y medidas que estime pertinentes en el mbito de su com-petencia para la adecuacin de las polticas y programas vigentes.

    5. Realizar el seguimiento de los asuntos contenciosos relativos al mbito de com-petencia propio, que se planteen ante organismos internacionales.

    6. Elaborar y elevar peridicamente a la Subsecretara informes sobre el estado delos asuntos contenciosos en los que se ventilen cuestiones que hacen a su competen-cia.

    7. Producir informes a requerimiento del Poder Legislativo, municipios, organismosnacionales e internacionales.

    8. Evaluar y elevar los proyectos de las presentaciones judiciales que correspondanen el marco de sus competencias.

    a. DIRECCIN DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN ALOJAMIENTO TRANSITORIO ACCIONES 1. Realizar el seguimiento de los procesos judiciales en los que se ventilen cuestio-

    nes atingentes a la situacin de los detenidos alojados en alcaidas de la Provincia deBuenos Aires.

    2. Supervisar el cumplimiento de las medidas judiciales dictadas respecto de la situa-cin de detencin en alcaidas de la Provincia de Buenos Aires.

    3. Disear, estudiar, evaluar y proponer nuevos planes de accin y estrategias relati-vos al mbito de su competencia.

    4. Confeccionar los anteproyectos de las presentaciones judiciales que correspon-dan en el marco de los asuntos contenciosos que le conciernan.

    b. DIRECCIN DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN ALOJAMIENTO PENITENCIARIO ACCIONES 1. Realizar el seguimiento de los procesos judiciales en los que se ventilen cuestio-

    nes atinentes a la situacin de los detenidos alojados en dependencias del ServicioPenitenciario Bonaerense.

    2. Supervisar el cumplimiento de las medidas judiciales dictadas respecto de la situa-cin de detencin en dependencias del Servicio Penitenciario Bonaerense.

    3. Mantener una base de datos, normativa jurisprudencial y doctrinaria actualizadaque permita el desarrollo y utilizacin de nuevos criterios y estrategias de actuacin en lamateria de su competencia.

    4. Elaborar los anteproyectos de las presentaciones judiciales que correspondan enel marco de los asuntos contenciosos en alojamiento penitenciario.

    IV. DIRECCIN PROVINCIAL DE COORDINACIN DE ALCAIDAS DEPARTAMEN-TALES

    ACCIONES 1. Ejecutar acciones de coordinacin y enlace con las direcciones de las alcaidas

    departamentales creadas en el mbito del Ministerio de Justicia. 2. Disear polticas, proponer proyectos y lineamientos de gestin y administracin

    tendientes a optimizar la conduccin de las alcaidas departamentales. 3. Generar canales giles de comunicacin que vinculen a los organismos policiales

    y penitenciarios con las direcciones de las alcaidas departamentales. 4. Asegurar el cumplimiento de la asistencia y control de los ciudadanos preventiva-

    mente privados de libertad en las diversas alcaidas departamentales. 5. Propender al uso y distribucin racionales de los recursos humanos y materiales

    de la Direccin Provincial y de las Alcaidas Departamentales dependientes de la misma,como as tambin elevar en tiempo y forma toda informacin referente a necesidades decarcter general en materia de personal.

    6. Mantener un registro central actualizado sobre la nmina y situacin jurdica de losdetenidos en las Alcaidas.

    7. Proponer pautas y criterios de clasificacin de las personas alojadas en lasAlcaidas, teniendo en cuenta la franja etaria, la naturaleza del delito, sexo y cualquier otroelemento que coadyuve a una mejor caracterizacin y organizacin de las mismas.

    a. DIRECCIN DE ALCAIDA DEPARTAMENTAL (I A X) ACCIONES 1. Administrar la Alcaida Departamental a su cargo. 2. Hacer cumplir las leyes, reglamentos y rdenes que se impartan para el mejor

    desenvolvimiento de la alcaida departamental. 3. Supervisar el funcionamiento de la alcaida que est a su cargo, y elevar en tiem-

    po y forma toda informacin referente a necesidades de carcter general en materia depersonal.

    4. Controlar diariamente las actividades que se desarrollan en la Alcaida que est asu cargo.

    5. Mantener la disciplina y bienestar de los ciudadanos alojados en las mismas y delpersonal de la Alcaida.

    6. Administrar la informacin acerca del estado de situacin de los ciudadanos alo-jados en cada Alcaida.

    7. Proponer y coordinar programas de formacin y seleccin del personal tcnico yprofesional, estableciendo perfiles de aptitud necesarios en relacin al desempeo en laAlcaida.

    8. Evaluar el rendimiento de las reas de trabajo dentro del establecimiento y propo-ner las modificaciones que en cada caso correspondan.

    9. Atender toda tramitacin relacionada con la situacin jurdica de los ciudadanosdetenidos, y ser el nexo administrativo por s o por medio del funcionario que designe atal efecto, entre el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, el Servicio PenitenciarioBonaerense y la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria.

    10. Llevar y mantener actualizada la identificacin de los ciudadanos detenidos o alo-jados cautelar o provisoriamente.

    11. Intervenir en diligenciamientos vinculados con los ingresos de detenidos al siste-ma penitenciario, comparendos, libertades y notificaciones.

    12. Archivar los legajos de los ciudadanos alojados en la Alcaida Departamental ytoda documentacin que deba ser agregada a los mismos.

    13. Organizar una biblioteca con material de lectura para los alojados en cadaAlcaida y un rea de esparcimiento para los mismos.

    14. Coordinar la realizacin de actividades laborales acordes a la infraestructura decada Alcaida.

    15. Asistir y supervisar las actividades que hacen a la prestacin de servicios auxilia-res necesarios para el normal funcionamiento del organismo.

    16. Coordinar y administrar el registro patrimonial de los bienes muebles segn lasnormas y reglamentaciones vigentes, remitiendo los informes pertinentes a la DireccinGeneral de Administracin de la Subsecretara de Coordinacin Legal, Tcnica yAdministrativa del Ministerio.

    17. Disponer el mbito adecuado para que se practiquen las diligencias judiciales.

    V. DIRECCIN PROVINCIAL DE POLTICA PENITENCIARIA ACCIONES 1. Coadyuvar a la Subsecretara de Poltica Penitenciaria en la planificacin, ejecu-

    cin y supervisin de la poltica dispuesta para que la administracin penitenciaria seaefectuada en el contexto de los Derechos Humanos, segn normativa internacional,nacional y provincial.

    2. Efectuar un plan de monitoreo y seguimiento permanente de los aspectos crticosy relevantes en los establecimientos penitenciarios, procesando datos y elaborandoestadsticas para la adopcin de las medidas polticas correspondientes.

    3. Establecer planes que fomenten el aprendizaje de aptitudes, trabajo y estudio delas personas privadas de su libertad, en forma tal que el tiempo de encierro se conviertaen adquisicin de herramientas para incluirse adecuadamente en el medio libre.

    4. Participar, mediante los representantes del Ministerio, de la conformacin de loscuerpos tcnico criminolgicos con sede en las unidades penitenciarias, particularmen-te de los Grupos de Admisin y Seguimiento (Decreto N 2.889/04), aplicando la polticaemanada en la materia tanto para la administracin de programas de asistencia y trata-miento a la persona privada de libertad como en la elaboracin de informes.

    5. Definir mecanismos legales, elaborar anteproyectos de reforma y actualizacin denormas relacionadas con el Servicio Penitenciario y la Direccin Provincial de SaludPenitenciaria.

    6. Intervenir en la evaluacin e informes para el otorgamiento o denegacin de con-mutacin de penas.

    7. Analizar y proponer, articulando con la Direccin General de InfraestructuraJudicial y Penitenciaria la formulacin de proyectos relacionados con la construccin,ampliacin remodelacin, mejoramiento y mantenimiento de las unidades carcelarias yde las alcaidas.

    PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETN OFICIAL

  • PGINA 10 BOLETN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRESLA PLATA, MARTES 19 DE ENERO DE 2016

    8. Ejercer la funcin de nexo con el Servicio Penitenciario Bonaerense, DireccinProvincial de Salud Penitenciaria y el Patronato de Liberados en lo inherente a la deten-cin y ejecucin penal.

    a. DIRECCIN DE POBLACIN CARCELARIA ACCIONES 1. Brindar asistencia para la constitucin y funcionamiento de las Comisiones Ad Hoc

    de seguimiento de problemas carcelarios, compuesta por miembros de los poderesEjecutivo, Legislativo y Judicial, y dems organismos gubernamentales y organizacionesno gubernamentales. Elaborar y analizar propuestas.

    2. Fiscalizar los organismos carcelarios y de detencin dependientes del Ministeriode Justicia en los aspectos que involucren a la poblacin carcelaria en todos los dere-chos que la asisten.

    3. Establecer los parmetros y lineamientos generales y particulares en la organiza-cin y administracin de los institutos carcelarios y de detencin dependientes delMinisterio de Justicia.

    4. Atender programas de prelibertad, libertad asistida, prisin diurna, nocturna, domi-ciliaria, sistema de monitoreo electrnico, centros de reinsercin, en accin conjunta conel Patronato de Liberados.

    5. Organizar las acciones administrativas correspondientes a los registros de entra-das, salidas, trmites, movimientos internos y archivo de las actuaciones que se susci-ten con motivo de las peticiones de conmutacin de penas.

    6. Atender los programas de gnero en lo relacionado con la poblacin carcelaria. 7. Supervisar las condiciones de detencin que se cumplen en los centros de aloja-

    miento transitorio y Alcaidas que se encuentran dentro de la rbita de competencia delMinisterio de Justicia, a fin de salvaguardar los derechos de los detenidos all alojados.

    b. DIRECCIN DE POLTICAS DE INCLUSIN EDUCATIVA Y DE FORMACINLABORAL

    ACCIONES 1. Fomentar la articulacin de acciones para lograr capacitacin laboral y obtencin

    de fuentes de trabajo para los internos, en busca de la futura inclusin social. 2. Generar acciones correspondientes para garantizar la educacin, formal y no for-

    mal, en todos los establecimientos carcelarios. 3. Promover actividades de orden artstica, cultural y deportiva en las crceles. 4. Coordinar e implementar programas y proyectos educativos a desarrollar de

    manera conjunta con organismos de formacin pblicos y privados, destinados a las per-sonas privadas de su libertad.

    5. Desarrollar mecanismos de seguimiento y evaluacin de los programas de forma-cin laboral a fin de garantizar el cumplimiento de la poltica de capacitacin definida porlas autoridades ministeriales.

    c. DIRECCIN DE ESTADSTICAS PENITENCIARIAS ACCIONES 1. Elaborar bases de datos, estadsticas, cuadros comparativos y mapas temticos

    de diversa complejidad sobre la realidad judicial y penitenciaria de la Provincia deBuenos Aires.

    2. Crear bases de datos informatizadas y actualizadas relacionadas a la reinsercinsocial de aquellas personas que hubieran sido privadas de su libertad.

    3. Disear e implementar estudios interdisciplinarios con la finalidad de mejorar lainterrelacin entre el Poder Judicial y las polticas penitenciarias.

    4. Articular diversas acciones con otras reas del Ministerio de Justicia en lo quehace a la recopilacin de datos en materia de su competencia.

    VI. DIRECCIN PROVINCIAL DE SALUD PENITENCIARIA ACCIONES 1. Planificar lo atinente al Sistema Integral de Salud Penitenciaria. 2. Fomentar la promocin, proteccin, recuperacin y rehabilitacin, de la salud de

    las personas privadas de libertad y del personal penitenciario. 3. Impartir directivas sobre educacin sanitaria elevando el nivel cientfico del perso-

    nal especializado. 4. Evaluar las distintas propuestas de las Direcciones y Departamentos en lo atinen-

    te a la aplicacin del Sistema Integral de Salud Penitenciaria. 5. Planificar las actividades a desarrollar por los profesionales mdicos, tcnicos y

    auxiliares pertenecientes a las distintas reas y Departamentos que prestan servicios enlas distintas Unidades Penitenciarias.

    6. Coordinar acciones con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, uotros organismos pertinentes, a travs de la Subsecretara de Poltica Penitenciaria.

    7. Planificar lo concerniente a la transferencia de conocimiento interno en cada unade las Direcciones y reas.

    8. Procurar y promover, a travs del Departamento de Capacitacin TcnicoProfesional y de Investigacin Cientfica, la obtencin de becas y/o participacin en cur-sos, jornadas, simposios, congresos, para los integrantes del cuerpo mdico profesionaldel Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

    9. Propiciar la celebracin de convenios con diferentes organismos de difusin cient-fica pblicos o privados, nacionales o internacionales, tendiendo as al flujo de comuni-cacin de material vinculado a las ciencias biomdicas.

    10. Promover la proteccin de la salud de las personas privadas de la libertadmediante el control de un adecuado rgimen alimenticio vigilando el cumplimiento denormas de higiene y salubridad individual y colectiva, supervisando la ejecucin de acti-vidades deportivas y educacin fsica, controlando los catastros mdicos correspon-dientes, el desarrollo de los planes de vacunacin y el cumplimiento de las normas deseguridad laboral.

    11. Supervisar las actividades inherentes al Reconocimiento Mdico del personal delServicio Penitenciario Bonaerense.

    12. Implementar a travs del Legajo Tutelar nico informatizado de cada interno, lahistoria clnica de los mismos.

    13. Disear el plan regional de atencin de catstrofes con recursos operativos pro-pios ensamblndolos funcionalmente con eventuales equipos sanitarios de apoyo exter-no.

    14. Planificar la ejecucin de las tareas de control a travs de un rea de auditoralegal y mdica.

    15. Controlar la aplicacin por parte de la Direccin Administrativa y de Gestin de laSalud de los mecanismos necesarios para acceder a los niveles de calidad planificados.

    16. Realizar la superintendencia sobre la actividad de los profesionales de la Saluden la Institucin, proponiendo, organizando y coordinando las acciones de capacitaciny/o actualizacin correspondiente.

    17. Promover la implementacin de medidas tendientes a optimizar las condicionesde trabajo mediante la implementacin de normas de Higiene y Seguridad.

    a. DIRECCIN ADMINISTRATIVA Y DE GESTIN DE LA SALUD ACCIONES 1. Coordinar, supervisar y controlar el cumplimiento de los niveles de calidad de los

    diferentes servicios de salud del Sistema Integral de Salud Penitenciaria. 2. Instrumentar los mecanismos necesarios para ejercer la supervisin de las activi-

    dades vinculadas con el Sistema Integral de Salud Penitenciaria, con el objeto de acce-der a los niveles de calidad planificados.

    3. Analizar toda informacin concerniente al funcionamiento del Sistema Integral deSalud Penitenciaria, para su posterior evaluacin y elevacin de las propuestas a laDireccin Provincial, con el objeto de arribar a los niveles de calidad requeridos y plani-ficados.

    4. Elevar a la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria para su consideracin y tra-tamiento informes con todo acto que no se ajuste a los preceptos estipulados en elJuramento de Atenas y que, por tal motivo, sea pasible de considerarse como falta a latica mdica.

    5. Coordinar y supervisar la aplicacin del Vademcum nico de medicamentos, dro-gas y accesorios no inventariables como as tambin del Nomenclador nicoInstrumental Tcnico, Cientfico y de Electromedicina, con el objeto de arribar a los nive-les de calidad planificados.

    6. Generar, coordinar y supervisar un archivo centralizado informtico de las HistoriasClnicas Mdicas de todos los internos, que sean asistidos dentro del Sistema Integral deSalud Penitenciaria, a los efectos de centralizar, procesar, analizar y evaluar dicha infor-macin en pos de arribar a los niveles de calidad planificados.

    7. Elevar a la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria los datos recibidos delDepartamento de Procesamiento y Anlisis de la Informacin y Bioestadstica la informa-cin recabada de los internos asistidos a fin de que la misma sea incorporada al LegajoTutelar nico informatizado de cada interno.

    8. Determinar el cronograma y coordinar las reuniones peridicas con los departa-mentos a su cargo, con el fin de evaluar el funcionamiento del Sistema Integral de SaludPenitenciaria.

    9. Mantener una comunicacin fluida, peridica y permanente con las Direcciones deSalud Mental y Adicciones y de Medicina Asistencial y Promocin de la Salud, como astambin con toda rea vinculada a sus propsitos, con el objeto de propiciar las tareastendientes a la mejora continua del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

    10. Administrar los recursos fsicos, humanos y las actividades que sirven de apoyoy demanda al funcionamiento de la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria acorde ala normativa vigente y a las directivas que establezcan las autoridades de las dependen-cias competentes e involucradas.

    11. Realizar las actividades relacionadas con la administracin de recursos humanosde la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria.

    12. Atender el registro de entradas, salidas, trmites y movimiento interno y archivode las actuaciones giradas o iniciadas en la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria,controlando y verificando el debido cumplimiento de la normativa vigente.

    13. Sustanciar los actos administrativos que le sean requeridos por la superioridadcumpliendo con los plazos y observaciones sobre la debida aplicacin de las normas.

    14. Implementar las acciones necesarias a fin de mantener y actualizar los registrosy ficheros de control de la gestin administrativa del sector.

    15. Informar a la Direccin General de Administracin de la Subsecretara deCoordinacin Legal, Tcnica y Administrativa la novedad en lo referente a horas extraor-dinarias de labor, viticos y movilidad.

    16. Organizar, mantener e instrumentar el servicio de gestora y correos para todaslas dependencias de la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria, realizar las activida-des necesarias a fin de verificar la entrega en tiempo y forma de expedientes, actuacio-nes y sobres en los lugares de destino determinados.

    b. DIRECCIN DE MEDICINA ASISTENCIAL Y PROMOCIN DE LA SALUD ACCIONES 1. Coordinar y supervisar las actividades desarrolladas por los profesionales mdi-

    cos, tcnicos y auxiliares pertenecientes al rea de medicina asistencial, promocin de lasalud, enfermedades prevalentes e infectocontagiosas que prestan servicios en las dis-tintas Unidades Penitenciarias.

    2. Proponer y coordinar la ejecucin de los distintos programas de asistencia y tra-tamiento de la salud para ser implementados en las Unidades Penitenciarias, en coordi-nacin con los organismos competentes en la materia correspondiente.

    3. Establecer una relacin permanente con las reas sanitarias, a fin de procurar unacorrecta ejecucin de las tareas a implementar.

    4. Elevar a la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria los datos recibidos de losDepartamentos a su cargo, en cuanto a la informacin recabada de los internos asistidosa fin de que la misma sea incorporada al Legajo Tutelar nico informatizado de cadainterno.

    5. Proponer a la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria la realizacin de tareasde investigacin y docencia vinculadas al mbito de su competencia, en relacin con elDepartamento de Capacitacin Tcnico Profesional y de Investigacin Cientfica.

    6. Mantener una comunicacin fluida, peridica y permanente con la Direccin deSalud Mental y Adicciones, la Direccin Administrativa y de Gestin de la Salud y contoda rea vinculada a sus propsitos, con el objeto de propiciar las tareas tendientes ala mejora continua del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

  • PGINA 11LA PLATA, MARTES 19 DE ENERO DE 2016

    c. DIRECCIN DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES ACCIONES 1. Coordinar y supervisar las actividades desarrolladas por los profesionales del rea

    de psiquiatra y psicologa que prestan servicios en las distintas Unidades Penitenciarias. 2. Proponer y coordinar la ejecucin de los distintos programas de su competencia

    para ser implementados en las Unidades Penitenciarias que correspondan, en coordina-cin con los organismos competentes en la materia.

    3. Establecer una relacin permanente con las reas sanitarias, a fin de procurar unacorrecta ejecucin de las tareas a implementar.

    4. Elevar a la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria los datos recibidos de losDepartamentos a su cargo, en cuanto a la informacin recabada de los internos asistidosa fin de que la misma sea incorporada al Legajo Tutelar nico informatizado de cadainterno.

    5. Proponer a la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria la realizacin de tareasde investigacin y docencia vinculadas al mbito de su competencia, en relacin con elDepartamento de Capacitacin Tcnico Profesional y de Investigacin Cientfica.

    6. Planificar y supervisar las actividades vinculadas al tratamiento de las conductasadictivas.

    7. Proponer a la Direccin Provincial de Salud Penitenciaria la realizacin de tareasen colaboracin con la Subsecretara de Adicciones de la Provincia de Buenos Aires.

    8. Mantener una comunicacin fluida, peridica y permanente con la Direccin deMedicina Asistencial y Promocin de la Salud, la Direccin Administrativa y de Gestinde la Salud, y con toda rea vinculada a sus propsitos, con el objeto de propiciar lastareas tendientes a la mejora continua del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

    VII. UNIDAD DE INSPECCIN OPERATIVA ACCIONES 1. Proponer y ejecutar las acciones que conformen el sistema de inspeccin y con-

    trol operativo de las Unidades Penitenciarias, Alcaidas Departamentales y dems ele-mentos operativos del Servicio Penitenciario Bonaerense.

    2. Elaborar y proponer procedimientos operativos normalizados para la ejecucin delas inspecciones.

    3. Proponer la conformacin de equipos interdisciplinarios para la implementacin deinspecciones en forma conjunta con la Auditora de Asuntos Internos del ServicioPenitenciario Bonaerense.

    4. Elaborar informes formulando las observaciones y recomendaciones pertinentes,as como tambin establecer los procedimientos correctivos que correspondan.

    5. Establecer estndares de eficiencia e implementar su posterior control. 6. Efectuar el seguimiento y verificacin de las correcciones dispuestas en virtud de

    las rdenes, recomendaciones y observaciones realizadas y proponer al Subsecretariode Poltica Penitenciaria, en caso de inobservancia, las medidas que estime necesarias.

    a. INSPECTOR OPERATIVO RESPONSABILIDADES 1. Intervenir en los procedimientos de inspeccin y control operativo de las Unidades

    Penitenciarias, Alcaidas Departamentales y dems elementos operativos del ServicioPenitenciario Bonaerense.

    2. Realizar los procedimientos operativos normalizados a instancias del Responsablede la Unidad de Inspeccin Operativa.

    3. Ejecutar en forma conjunta con la Auditora de Asuntos Internos del ServicioPenitenciario Bonaerense, inspecciones en la Unidades Penitenciarias, AlcaidasDepartamentales y dems elementos operativos del Servicio Penitenciario Bonaerense.

    4. Verificar la implementacin de las correcciones realizadas en atencin a las rde-nes, recomendaciones y observaciones efectuadas por el titular de la Unidad deInspeccin Operativa.

    6. SUBSECRETARA DE ACCESO A LA JUSTICIA

    ACCIONES 1. Promover la participacin comunitaria de todos los habitantes de la provincia de

    Buenos Aires en aquellos temas, cuestiones, inquietudes y problemticas que se rela-cionen con el acceso a la justicia.

    2. Fortalecer un nuevo posicionamiento colectivo frente a la problemtica actual deaccesibilidad a un adecuado servicio de justicia en sus diversas manifestaciones.

    3. Establecer y mantener un vnculo dinmico y recproco entre la Provincia y todootro actor o entidad Internacional, Nacional, Provincial o Municipal, pblico o privado,involucrado o interesado en cuestiones vinculadas a un adecuado acceso al servicio dejusticia.

    4. Ofrecer respuestas integrales, que en el marco de cada competencia territorial, seintegrarn para alcanzar una sinergia racional y eficiente; que no se satisfaga con trasla-dar situaciones de conflicto, saneando un espacio en detrimento de otro, sino penetran-do en su raz, escudriando en sus causas, y enfocando sin excusas ni filtros hacia susolucin.

    5. Incorporar herramientas cognoscitivas tecnolgicas de ltima generacin en mate-ria de una adecuada prestacin del servicio de justicia en sus diversas manifestaciones.

    6. Promover la perspectiva de gnero en las polticas pblicas desarrolladas por elMinisterio de Justicia, en particular en lo concerniente al acceso a la justicia.

    7. Entender en la materia vinculada con la trata de personas y sus delitos conexosdesarrollando actividades tendientes a la tutela de los derechos de las vctimas.

    8. Ejercer el control administrativo respecto de la Oficina Provincial de Lucha contrala Trata de Personas, la Explotacin Sexual Infantil y la Proteccin y Asistencia de lasVctimas.

    9. Convocar y coordinar las reuniones ordinarias y extraordinarias de la OficinaProvincial de Lucha contra la Trata de Personas, la Explotacin Sexual Infantil y laProteccin y Asistencia de las Vctimas

    10. Entender en la poltica pblica de asistencia a las vctimas de delitos en el mbi-to de la Provincia de Buenos Aires.

    11. Coordinar e implementar polticas necesarias para el debido funcionamiento dela Direccin Provincial del Centro de Proteccin de los Derechos de la Vctima.

    12. Supervisar las acciones y desarrollo de la Direccin de Composicin Amigable yResolucin Comunitaria Alternativa de Conflictos.

    13. Proponer polticas para el debido acceso a la justicia de personas vctimas de vio-lencia familiar y/o de violencia de gnero contra las mujeres.

    14. Coordinar con la Suprema Corte de Justicia, la Procuracin General de laSuprema Corte de Justicia y el Consejo de la Magistratura, el diseo y la realizacin deprogramas, cursos, eventos y acciones de capacitacin de las cuestiones socialmenteproblematizadas en materia de polticas de gnero.

    15. Proponer campaas de prensa, de difusin y comunicacin que informen a la ciu-dadana y en particular a las personas afectadas sobre los distintos servicios que brindanlas organizaciones gubernamentales relacionados con la atencin a las personas vcti-mas de la violencia y grupos vulnerables.

    16. Recopilar informacin y proponer pautas, criterios y herramientas que contribu-yan al cumplimiento de las actividades direccionadas hacia la inclusin social.

    I. DIRECCIN PROVINCIAL DE LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS ACCIONES 1. Coordinar el funcionamiento de la Oficina Provincial de Lucha contra la Trata de

    Personas, la Explotacin Sexual Infantil y la Proteccin y Asistencia de las Vctimas. 2. Contribuir a promover y peticionar ante los Poderes Nacionales la cooperacin

    entre Estados y la adopcin de medidas de carcter bilateral y multilateral destinadas amonitorear, prevenir y erradicar la trata de personas. Esta cooperacin tendr como finfortalecer los medios bilaterales, multilaterales, locales y regionales para prevenir la trata,asistir a las vctimas del delito y aportar datos a los efectos de enjuiciar a los traficantes.

    3. Promover, dentro de las facultades provinciales, la articulacin entre organismosregionales e internacionales de prevencin y monitoreo de la trata de personas.

    4. Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, Provincial y/o Municipal la ejecucin de aque-llas polticas que fortalezcan la eficaz lucha contra la trata de personas como as tambinla proteccin y asistencia de las vctimas.

    5. Solicitar al Poder Legislativo Nacional, Provincial y/o Municipal la sancin de nor-mas tendientes a combatir efectivamente la trata de personas y a optimizar la protecciny asistencia de las vctimas.

    6. Disear su propio plan de accin, elaborar su presupuesto de gastos y recursoscon la debida constancia del origen de los fondos y dictar su reglamento interno.

    a. DIRECCIN DE PLANIFICACIN ACCIONES 1. Administrar los recursos de la Oficina Provincial de Lucha contra la Trata de

    Personas, la Explotacin Sexual Infantil y la Proteccin y Asistencia de las Vctimas 2. Elaborar los proyectos normativos para el adecuado contralor administrativo de la

    Oficina Provincial de Lucha contra la Trata de Personas, la Explotacin Sexual Infantil yla Proteccin y Asistencia de las Vctimas.

    3. Proponer a la Oficina Provincial de Lucha contra la Trata de Personas, laExplotacin Sexual Infantil y la Proteccin y Asistencia de las Vctimas los proyectos depolticas pblicas destinadas a la lucha contra la trata de personas y sus delitos conexos.

    4. Establecer criterios y prioridades en la temtica referida al delito de trata de per-sonas y sus delitos conexos para su posterior consideracin y tratamiento por parte dela Oficina Provincial de Lucha contra la Trata de Personas, la Explotacin Sexual Infantily la Proteccin y Asistencia de las Vctimas.

    5. Contribuir en la organizacin y funcionamiento administrativo de Oficina Provincialde Lucha contra la Trata de Personas, la Explotacin Sexual Infantil y la Proteccin yAsistencia de las Vctimas.

    b. DIRECCIN DEL PROGRAMA DE RESCATE Y ACOMPAAMIENTO A LAS PER-SONAS DAMNIFICADAS POR EL DELITO DE TRATA

    ACCIONES 1. Participar en el diseo de aquellas polticas y medidas necesarias para asegurar la

    proteccin y la asistencia de las vctimas de trata de personas y delitos conexos. 2. Promover la coordinacin intersectorial y proponer protocolos de trabajo interins-

    titucionales para la implementacin de acciones destinadas a la prevencin, la asistenciay la recuperacin de las personas vctimas de trata y sus familias.

    3. Organizar y desarrollar actividades de capacitacin con el fin de favorecer la iden-tificacin de las posibles vctimas y dar a conocer las formas en que opera el crimenorganizado nacional y transnacional relacionado con la trata de personas y sus delitosconexos.

    4. Disear e implementar polticas de asistencia a vctimas de trata de personas y susdelitos conexos, previniendo e impidiendo cualquier forma de revictimizacin.

    5. Realizar y promover campaas en los medios de comunicacin a fin de concien-ciar a los usuarios de estas redes, del perjuicio personal y social que implica esta pro-blemtica.

    6. Contribuir a la implementacin de un sistema de refugios propios de la provinciade Buenos Aires, que respete los derechos y garantas de las vctimas de trata de per-sonas.

    7. Proponer polticas para la asistencia a las vctimas de trata de personas y sus deli-tos conexos, coordinando acciones con el Poder Judicial y dems organismos compe-tentes del Poder Ejecutivo, Municipalidades y organizaciones no gubernamentales.

    8. Definir las condiciones de admisibilidad, permanencia y egreso del sistema derefugios.

    9. Establecer protocolos de trabajo para el funcionamiento de los refugios destina-dos a la asistencia y la reinsercin social de las vctimas de trata de personas.

    10. Registrar, procesar, analizar, publicar y difundir informacin peridica y sistem-tica respecto del estado de situacin de la problemtica de trata de personas en laProvincia de Buenos Aires.

    11. Realizar informes del estado de situacin de la problemtica, con el objeto decontribuir al diseo de polticas pblicas.

    PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETN OFICIAL

  • PGINA 12 BOLETN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRESLA PLATA, MARTES 19 DE ENERO DE 2016

    12. Proponer a la Oficina Provincial de Lucha contra la Trata de Personas, laExplotacin Sexual Infantil y la Proteccin y Asistencia de las Vctimas: a. Las herra-mientas apropiadas para el seguimiento y monitoreo de las polticas pblicas. b.Actividades de difusin, concientizacin y capacitacin respecto de la trata de personas,especialmente destinadas a funcionarios pblicos que en razn del ejercicio de su cargotengan contacto con vctimas de este delito. c. Acciones destinadas a asegurar a las vc-timas el respeto y ejercicio pleno de sus derechos y garantas, como as tambin accio-nes dirigidas a prevenir cualquier forma de victimizacin. d. Actividades de capacitaciny asistencia para la bsqueda y obtencin de oportunidades laborales para las vctimasde trata de personas. e. Estudios e investigaciones sobre la problemtica de trata de per-sonas, su publicacin y difusin. f. La realizacin de actividades de estudio, investigaciny divulgacin entre organismos e instituciones estatales y Organizaciones NoGubernamentales vinculadas a la proteccin de los derechos de las nias, los nios, losadolescentes, las mujeres y las personas trans. g. Implementacin de lneas telefnicasy todo medio eficaz para la recepcin de denuncias y consultas. h. Acciones eficacesorientadas a aumentar la capacidad de deteccin, persecucin y desarticulacin de lasredes de trata de personas. i. Protocolos de trabajo que contribuyan a la mejor articula-cin de las reas y/o dispositivos destinados a la prevencin, la asistencia y la reinser-cin social de las vctimas de trata.

    II. DIRECCIN PROVINCIAL DE MTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIN DECONFLICTOS

    ACCIONES 1. Elaborar propuestas para la implementacin de medios alternativos para la solu-

    cin de conflictos. 2. Proponer, elaborar y coordinar anteproyectos normativos o reglamentarios en

    materia de mtodos alternativos de resolucin de conflictos. 3. Promover la instrumentacin de convenios de colaboracin y de cooperacin ins-

    titucional con organismos del Estado Nacional, Provincial y Municipal, Entes pblicos yprivados cualquiera sea su naturaleza, destinados a la implementacin conjunta deacciones, planes y programas relacionados con la puesta en marcha y desarrollo de losMtodos Alternativos de Resolucin de Conflictos en el territorio provincial.

    4. Controlar la constitucin, coordinacin y actualizacin del Registro Provincial deMediadores.

    5. Otorgar la Matrcula de Mediador y dems documentacin habilitante, previo cum-plimiento de los requisitos pertinentes.

    a. DIRECCIN DE MEDIACIN Y COMPOSICIN ACCIONES 1. Relevar y procesar los antecedentes normativos, doctrinarios y jurisprudenciales,

    provinciales, nacionales y extranjeros en materia de Mediacin. 2. Coordinar e instrumentar las normativas pertinentes para la ejecucin de las pol-

    ticas sobre el sistema de Mediacin. 3. Fiscalizar los espacios fsicos en que se realicen las Mediaciones. 4. Coordinar las relaciones con los Colegios Profesionales, para la implementacin y

    funcionamiento de la mediacin como mtodo alternativo de resolucin de conflictos. 5. Organizar, mantener y actualizar el Registro Provincial de Mediadores, llevar un

    legajo personal de los inscriptos, y otorgar la matrcula de Mediador. 6. Llevar a cabo seminarios, jornadas de estudio, realizar publicaciones referentes a

    cuestiones de Mediacin como mtodo alternativo de resolucin de conflictos judiciales. 7. Registrar las denuncias recibidas relacionadas con infracciones de Mediadores en

    su actuacin. 8. Producir la informacin que se le requiera sobre las inscripciones, suspensiones y

    bajas que obran en el Registro. 9. Elaborar bases estadsticas y proveer su permanente actualizacin, con relacin al

    estado de los reclamos iniciados y los acuerdos arribados y homologados, en los dife-rentes fueros y departamentos judiciales.

    10. Organizar, apoyar, difundir y promover programas de capacitacin. 11. Promover la celebracin de convenios que resulten menester con las

    Universidades y los Colegios Profesionales de la Provincia, a fin que provean de la capa-citacin suficiente y oportuna a los mediadores.

    12. Promover, organizar y dictar cursos tendientes al perfeccionamiento para media-dores.

    13. Proponer y poner en prctica los procedimientos y estrategias comunitarias deResolucin Alternativa de Disputas, en base a la composicin y reparacin, en todo elmbito de la Provincia de Buenos Aires.

    14. Elaborar y mantener actualizado el Registro de componedores vecinales en sumbito territorial.

    15. Evaluar los avances del programa dentro de la zona a su cargo y proponer lasmodificaciones que estimare pertinentes para el mejoramiento del mismo.

    16. Promover las acciones de capacitacin pertinentes para el adecuado desempeode los componedores vecinales.

    17. Fomentar el acceso de los vecinos pertenecientes a su zona al procedimiento decomposicin vecinal.

    18. Promover la celebracin de convenios que resulten menester con lasUniversidades y los Colegios Profesionales de la Provincia, a fin que provean de la capa-citacin suficiente y oportuna a los componedores.

    19. Relevar y procesar los antecedentes normativos, doctrinarios y jurisprudenciales,provinciales, nacionales y extranjeros en materia de resolucin alternativa de conflictosmediante la composicin.

    20. Elaborar bases estadsticas y proveer su permanente actualizacin, con relacinal estado de los procedimientos iniciados en jurisdiccin provincial, y a la actuacin delos Centros de composicin que funcionen en el mbito provincial.

    b. DIRECCIN DE COMPOSICIN AMIGABLE Y RESOLUCIN COMUNITARIAALTERNATIVA DE CONFLICTOS

    ACCIONES 1. Proponer y poner en prctica procedimientos y estrategias comunitarias para la

    resolucin alternativa de disputas en base a la composicin y reparacin.

    2. Promover y desarrollar medidas tendientes a fomentar las relaciones de buenavecindad.

    3. Elaborar estrategias que propendan a difundir los conceptos de normal toleranciaentre vecinos frente a cuestiones y conflictos de ndole vecinal.

    4. Elaborar planes y programas de capacitacin destinados a la formacin de com-ponedores vecinales.

    5. Fomentar la difusin de los beneficios que conlleva la resolucin de controversiasentre vecinos mediante el procedimiento de la composicin vecinal.

    6. Elaborar cursos de accin que permitan un acercamiento del vecino al procedi-miento de composicin vecinal frente a la existencia de conflictos de estas caractersti-cas.

    7. Promover la celebracin de convenios con los Municipios de la Provincia deBuenos Aires y distintas organizaciones de la sociedad civil para la implementacin ydifusin del procedimiento.

    III. DIRECCIN PROVINCIAL DEL CENTRO DE PROTECCIN DE LOS DERECHOSDE LA VCTIMA

    ACCIONES 1. Asistir a las vctimas de delitos en el mbito de esta Provincia, trabajando a partir

    de su reconocimiento como sujeto de derecho atendiendo en sus necesidades de pro-teccin y asesoramiento.

    2. Promover, por diferentes medios, el uso efectivo por parte de la vctima, de losrecursos legales que el Estado pone a su disposicin.

    3. Propiciar la adopcin o modificacin de normas legales y la implementacin deprogramas que tiendan a garantizar la proteccin y la asistencia de la vctima del delito yde su familia.

    4. Proponer polticas para la asistencia de la vctima del delito, su proteccin y la desu familia, coordinando acciones y programas con el Poder Judicial y dems organismoscompetentes del Poder Ejecutivo, Municipalidades y organizaciones no gubernamenta-les.

    5. Proponer, definir e implementar polticas, planes y programas para asegurar elconocimiento, el respeto y la proteccin de los derechos de los habitantes de la Provinciade Buenos Aires, coordinando su ejecucin con las reas y organismos gubernamenta-les cuya participacin o intervencin sea necesaria, y con las entidades y organizacionesno gubernamentales.

    6. Impulsar la participacin de los poderes del Estado y de organismos no guberna-mentales en el intercambio de informacin y de propuestas orientadas a dar asistenciaefectiva a la vctima del delito, tanto a nivel nacional como Provincial y Municipal.

    7. Impulsar el aporte y la participacin activa de los Colegios de Abogados tanto enlos programas de asistencia a la vctima como en el servicio de patrocinio jurdico gra-tuito.

    8. Promover la creacin de Centros de Asistencia a la Vctima del delito proporcio-nando la conformacin de Comisiones ad honrem integradas por familiares de la vcti-ma.

    9. Actuar de oficio para lograr el pleno cumplimiento de las medidas establecidas enel rgimen jurdico bsico e integral para las personas con capacidades diferentes (LeyN 10.592).

    10. Estimular a travs de los medios de comunicacin el uso efectivo de los recursosy servicios existentes, as como propender al desarrollo del sentido de solidaridad socialen esta materia.

    a. DIRECCIN DE DEFENSA Y ASISTENCIA A LA VCTIMA ACCIONES 1. Colaborar con la vctima del delito en la formulacin de denuncias y en la tramita-

    cin y seguimiento de las causas judiciales. 2. Asistir y asesorar legalmente a la vctima del delito y, en su caso, a su familia, ela-

    borando los informes administrativos, tcnicos y profesionales correspondientes de cadauno de los asistidos.

    3. Desarrollar tareas tendientes a determinar el dao presente en la personalidad dela vctima y la