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GOBIERNO de CANTABRIA BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA i boc.cantabria.es JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146 1.DISPOSICIONES GENERALES Ayuntamiento de los Corrales de Buelna CVE-2013-11517 Aprobación definitiva del Reglamento de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil. Pág. 25297 2.AUTORIDADES Y PERSONAL 2.1.NOMBRAMIENTOS, CESES Y OTRAS SITUACIONES Consejo de Gobierno CVE-2013-11564 Decreto 48/2013, de 24 de julio, por el que se dispone el cese y posterior nombramiento de consejeros del Consejo de Formación Profesional de Cantabria. Pág. 25306 Ayuntamiento de Castro Urdiales CVE-2013-11567 Decreto de Alcaldía 2080/2013 de delegación especial para la autorización de un matrimonio civil. Pág. 25307 CVE-2013-11569 Decreto de Alcaldía 2092/2013 de delegación especial para la autorización de un matrimonio civil. Pág. 25308 Ayuntamiento de Liérganes CVE-2013-11576 Decreto de Alcaldía 35/2013 de delegación para la celebración de matrimonio civil. Pág. 25309 Ayuntamiento de Miengo CVE-2013-11515 Decreto de delegación de funciones del alcalde. Pág. 25310 2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS Servicio Cántabro de Salud CVE-2013-11510 Resolución por la que se convoca el procedimiento especial de selección para la cobertura de una plaza de Facultativo Especialista de Área de Anestesiología y Reanimación del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla. Pág. 25311 CVE-2013-11555 Resolución por la que se convoca el procedimiento especial de selección para la cobertura de una plaza de Facultativo Especialista de Área de Neumología del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla. Pág. 25318 CVE-2013-11556 Resolución por la que se convoca el procedimiento especial de selección para la cobertura de una plaza de Facultativo Especialista de Área de Cirugía Ortopédica y Traumatología del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla. Pág. 25325 Ayuntamiento de Potes CVE-2013-11482 Apertura del plazo de presentación de solicitudes para la cobertura de los cargos de juez de paz titular y juez de paz sustituto. Pág. 25332 Ayuntamiento de Suances CVE-2013-11565 Bases y convocatoria para la formación de una bolsa de empleo de técnicos en Educación Infantil para las aulas de dos años del CEIP Portus Blendium. Pág. 25333 sumario 1/5

BOC-146 01 de agosto de 2013

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JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

1.DISPOSICIONES GENERALES

Ayuntamiento de los Corrales de BuelnaCVE-2013-11517 Aprobación definitiva del Reglamento de la Agrupación Municipal de Voluntarios

de Protección Civil. Pág. 25297

2.AUTORIDADES Y PERSONAL

2.1.NOMBRAMIENTOS, CESES Y OTRAS SITUACIONES

Consejo de GobiernoCVE-2013-11564 Decreto 48/2013, de 24 de julio, por el que se dispone el cese y posterior

nombramiento de consejeros del Consejo de Formación Profesional de Cantabria. Pág. 25306

Ayuntamiento de Castro UrdialesCVE-2013-11567 Decreto de Alcaldía 2080/2013 de delegación especial para la autorización de

un matrimonio civil. Pág. 25307CVE-2013-11569 Decreto de Alcaldía 2092/2013 de delegación especial para la autorización de

un matrimonio civil. Pág. 25308

Ayuntamiento de LiérganesCVE-2013-11576 Decreto de Alcaldía 35/2013 de delegación para la celebración de matrimonio

civil. Pág. 25309

Ayuntamiento de MiengoCVE-2013-11515 Decreto de delegación de funciones del alcalde. Pág. 25310

2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS

Servicio Cántabro de SaludCVE-2013-11510 Resolución por la que se convoca el procedimiento especial de selección para

la cobertura de una plaza de Facultativo Especialista de Área de Anestesiología y Reanimación del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla. Pág. 25311

CVE-2013-11555 Resolución por la que se convoca el procedimiento especial de selección para la cobertura de una plaza de Facultativo Especialista de Área de Neumología del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla. Pág. 25318

CVE-2013-11556 Resolución por la que se convoca el procedimiento especial de selección para la cobertura de una plaza de Facultativo Especialista de Área de Cirugía Ortopédica y Traumatología del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla. Pág. 25325

Ayuntamiento de PotesCVE-2013-11482 Apertura del plazo de presentación de solicitudes para la cobertura de los

cargos de juez de paz titular y juez de paz sustituto. Pág. 25332

Ayuntamiento de SuancesCVE-2013-11565 Bases y convocatoria para la formación de una bolsa de empleo de técnicos en

Educación Infantil para las aulas de dos años del CEIP Portus Blendium. Pág. 25333

sumario

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4.ECONOMÍA, HACIENDA Y SEGURIDAD SOCIAL

4.1.ACTUACIONES EN MATERIA PRESUPUESTARIA

Ayuntamiento de Val de San VicenteCVE-2013-11524 Exposición pública de la cuenta general de 2012. Pág. 25339

Junta Vecinal de LancharesCVE-2013-11558 Aprobación inicial y exposición pública del presupuesto general 2013. Pág. 25340CVE-2013-11559 Exposición pública de la cuenta general 2012. Pág. 25341

Concejo Abierto de Villanueva de Las Rozas de ValdearroyoCVE-2013-11554 Aprobación definitiva del presupuesto general 2013. Pág. 25342

4.2.ACTUACIONES EN MATERIA FISCAL

Consejería de Presidencia y JusticiaCVE-2013-11509 Notificación de propuesta de resolución del expediente sancionador

número 61/13. Pág. 25343

Consejería de Sanidad y Servicios SocialesCVE-2013-11557 Citación para notificación de resolución de expediente sancionador 3/13/SAN

en materia de Seguridad Alimentaria. Pág. 25345CVE-2013-11579 Citación para notificación de propuesta de resolucion de expediente sancionador

19/13/DROG. Pág. 25346CVE-2013-11580 Citación para notificación de acuerdo de iniciación de expediente sancionador

65/13/DROG. Pág. 25347

Autoridad Portuaria de SantanderCVE-2013-11512 Notificación de resolución de requerimiento de retirada de embarcaciones en

presunto estado de abandono. Pág. 25348CVE-2013-11561 Notificación de resolución de expedientes sancionadores. Referencia 86/2013-R. Pág. 25349CVE-2013-11562 Notificación de incoación de expediente sancionador. Referencia 86/2013-N. Pág. 25352

Ayuntamiento de MiengoCVE-2013-11514 Aprobación y exposición pública de los padrones de las Tasas por Suministro

de Agua Potable, Saneamiento, Recogida de Residuos Urbanos y Canon de Saneamiento para el segundo trimestre de 2013, y apertura del período voluntario de cobro. Pág. 25355

Ayuntamiento de PiélagosCVE-2013-11547 Aprobación y exposición pública del padrón de las Tasas por Prestación del

Servicio de Agua, Recogida de Basuras y Alcantarillado del segundo trimestre de 2013, y apertura del período voluntario de cobro. Pág. 25357

Mancomunidad de los Valles de Iguña y AnievasCVE-2013-11523 Aprobación y exposición pública del Padrón de la Tasa por Recogida de Basuras

del primer semestre de 2013, y apertura del período voluntario de cobro. Pág. 25358

4.4.OTROS

Autoridad Portuaria de SantanderCVE-2013-11513 Notificación de resolución que desestima recurso de reposición de expediente

sancionador ES0060112. Pág. 25359

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6.SUBVENCIONES Y AYUDAS

Particulares

CVE-2013-11560 Convocatorias de los Premios Tesis Doctorales, Premios de Excelencia, Becas para el Máster (Maestría) Internacional en Banca y Mercados Financieros en México y las Ayudas a la Investigación, en su edición de 2013. Pág. 25361

7.OTROS ANUNCIOS

7.1.URBANISMO

Ayuntamiento de Bareyo

CVE-2013-10904 Información pública de solicitud de autorización de obras en zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre. Expediente 119/2013. Pág. 25362

Ayuntamiento de Camaleño

CVE-2013-10271 Concesión de licencia de primera ocupación para vivienda unifamiliar en Lon. Pág. 25363

Ayuntamiento de Escalante

CVE-2013-8340 Concesión de licencia de primera ocupación de viviendas adosadas en la Unidad de Actuación del barrio de Noval. Pág. 25364

Ayuntamiento de Santander

CVE-2013-9567 Concesión de licencia de primera ocupación. Expediente de obra mayor 29/10. Pág. 25365

Ayuntamiento de Santillana del Mar

CVE-2013-11168 Aprobación inicial del modificado número 7 del Plan General de Ordenación Urbana y Plan Especial del Conjunto Histórico de Santillana del Mar. Pág. 25366

Ayuntamiento de Suances

CVE-2013-9712 Concesión de licencia de primera ocupación de construcción acondicionada para pensión. Expediente 734/02. Pág. 25367

7.2.MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo

CVE-2013-11536 Anuncio de dictado de resolución de expediente tramitado conforme a Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Plan de Desarrollo Rural de Cantabria 2014-2020. Expediente 43. Pág. 25368

Confederación Hidrográfica del Cantábrico

CVE-2013-9543 Información pública de solicitud de concesión de aprovechamiento de agua del río Entreovejas en Bárago, Vega de Liébana. Expediente A/39/08583. Pág. 25369

Confederación Hidrográfica del Ebro

CVE-2013-9351 Información pública de solicitud de autorización para construcción de invernadero. REF 2013-O-68. Pág. 25370

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7.3.ESTATUTOS Y CONVENIOS COLECTIVOS

Consejería de Economía, Hacienda y EmpleoCVE-2013-11598 Corrección de errores a anuncio publicado en el Boletín Oficial de Cantabria

número 78, de 25 de abril 2013, de Resolución de 15 de abril de 2013 por la que se dispone la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Cantabria del acuerdo de la empresa Dynasol Elastómeros, S. A. Pág. 25371

7.5.VARIOS

Consejería de Educación, Cultura y DeporteCVE-2013-11508 Notificación de trámite de audiencia a interesados en el expediente para la

declaración del molino de Santa Olaja, en la marisma de Soano, término municipal de Arnuero, como Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento. Pág. 25372

Ayuntamiento de ArnueroCVE-2013-10820 Información pública de solicitud de licencia para el ejercicio de la actividad de

bar en Isla. Pág. 25373

Ayuntamiento de Castro UrdialesCVE-2013-11570 Notificación de incoación de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal

de Habitantes. Expediente DAT/193/2013. Pág. 25374CVE-2013-11572 Notificación de incoación de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal

de Habitantes. Expediente DAT/196/2013. Pág. 25375CVE-2013-11573 Notificación de incoación de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal

de Habitantes. Expediente DAT/320/2013. Pág. 25376CVE-2013-11574 Notificación de incoación de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal

de Habitantes. Expediente DAT/321/2013. Pág. 25377CVE-2013-11575 Notificación de incoación de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal

de Habitantes. Expediente DAT/324/2013. Pág. 25378CVE-2013-11577 Notificación de incoación de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal

de Habitantes. Expediente DAT/331/2013. Pág. 25379

Ayuntamiento de San Miguel de AguayoCVE-2013-11525 Citación para entrega de documentación derivado del expediente recaído sobre

el inmueble sito en el barrio Santa María número 25. Pág. 25380

Ayuntamiento de Santillana del MarCVE-2013-11542 Notificación de incoación de expediente de autorización de rehabilitación y

ampliación de vivienda y alojamiento vinculado a construcción de granja escuela en Vispieres. Pág. 25381

Ayuntamiento de SuancesCVE-2013-11568 Aprobación inicial y exposición pública del Reglamento de Títulos, Honores y

Distinciones. Pág. 25382

8.PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

8.2.OTROS ANUNCIOS

Juzgado de lo Social Nº 3 de SantanderCVE-2013-11497 Notificación de sentencia en procedimiento ordinario 222/2013. Pág. 25383

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Juzgado de lo Social Nº 4 de SantanderCVE-2013-11500 Citación para la celebración de actos de conciliación y, en su caso, juicio, en

procedimiento ordinario 135/2013. Pág. 25384CVE-2013-11543 Citación para celebración de actos de concilación y, en su caso, juicio en

procedimiento ordinario 27/2013. Pág. 25385CVE-2013-11545 Citación para celebración de actos de conciliación y en su caso juicio en

procedimiento ordinario 266/2013. Pág. 25386

Juzgado de lo Social Nº 5 de SantanderCVE-2013-11501 Citación para la celebración de actos de conciliación y juicio, en procedimiento

ordinario 780/2012. Pág. 25387CVE-2013-11502 Citación para la celebración de actos de conciliación y juicio en procedimiento

ordinario 790/2012. Pág. 25388

Juzgado de lo Social Nº 1 de VitoriaCVE-2013-11496 Notificación de auto en procedimiento de ejecución 135/2013. Pág. 25389

Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de SantanderCVE-2013-11511 Notificación de sentencia en procedimiento ordinario 274/2012. Pág. 25391

Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de SantanderCVE-2013-11578 Notificación de sentencia 122/2013 en juicio verbal (250.2) 905/2012. Pág. 25393

Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de SantanderCVE-2013-11520 Notificación de sentencia 126/2013 en procedimiento de juicio verbal 250.2

número 1048/2012. Pág. 25394

Juzgado de Primera Instancia Nº 11 de SantanderCVE-2013-11069 Emplazamiento en expediente de declaración de ausencia 600/2013. Pág. 25395

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de TorrelavegaCVE-2013-11546 Notificación de sentencia 122/2013 en juicio de faltas 1582/2012. Pág. 25396

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de TorrelavegaCVE-2013-11527 Emplazamiento en expediente de dominio. Inmatriculación 362/2013. Pág. 25397

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 4 de TorrelavegaCVE-2013-11489 Notificación de auto en procedimiento de ejecutoria penal. Expediente de

ejecución 31/2013. Pág. 25398CVE-2013-11563 Emplazamiento en expediente de dominio. Exceso de cabida 191/2013. Pág. 25400

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1.DISPOSICIONES GENERALES AYUNTAMIENTO DE LOS CORRALES DE BUELNA

CVE-2013-11517 Aprobación defi nitiva del Reglamento de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil.

Aprobado inicialmente por el Pleno, en la sesión ordinaria, de fecha 23 de mayo de 2013, el Reglamento de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil, y no habiendo sido formuladas alegaciones o reclamaciones por los interesados durante el período de exposición pública, dicho acuerdo se eleva a defi nitivo, procediéndose, en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril a la publicación del texto completo del Reglamento

Contra la aprobación del Reglamento podrá interponerse, recurso contencioso administra-tivo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Ofi cial de Cantabria.

REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN MUNICIPAL DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL

INTRODUCCIÓN

Los Ayuntamientos y los alcaldes tienen atribuidas competencias en materia de protección civil según lo establecido en los artículos 21 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 abril reguladora de las Bases de Régimen Local, en orden a la realización de actividades diversas para la protección de personas y bienes en situación de emergencia, así como la Ley 2/85, de 1 de enero sobre Protección Civil.

El ejercicio de estas competencias tiene que llevarse a cabo fundamentalmente, mediante actuaciones de los Ayuntamientos y de los alcaldes, así como con la intervención coordinada de los Servicios Municipales dedicados de modo ordinario y permanente al cumplimiento de fi nes coincidentes con las necesidades derivadas de situaciones de emergencia en: los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.

Asimismo en los números 3 y 4 del artículo 30 de la Constitución Española, se determina que podrá crearse un Servicio Civil para el cumplimiento de fi nes de interés general y que me-diante Ley se regularan los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, por lo que parece necesario que, sin perjuicio de lo que se establece en la legislación reguladora del Servicio Civil, ofreciéndoles así oportunidades para asumir y rea-lizar, voluntariamente, el cumplimiento de los deberes que la Constitución les atribuye en las circunstancias aludidas anteriormente.

Para articular las oportunidades de colaboración de los ciudadanos, individualmente con-siderados, con la protección civil municipal, parece conveniente reglamentar la organización y funcionamiento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Los Corrales de Bue-lna que se vinculara a los servicios básicos de intervención de emergencias dependientes del Ayuntamiento para realizar las tareas que procedan.

En su virtud, previo acuerdo del Ayuntamiento, se aprueba el Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de este Municipio que se transcribe seguidamente

CAPÍTULO I - FINALIDAD

Artículo 1°.- La protección civil municipal tiene como fi n la confi guración de una organiza-ción en base a los recursos municipales y a la colaboración de las entidades privadas y de los

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ciudadanos, para garantizar la coordinación preventiva y operativo respecto de la protección de personas y bienes ante los daños producidos por las situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, mediante la realización de actividades que permiten evitar las mismas, reducir sus efectos, reparar los daños y, en su caso, contribuir a corregir las causas productoras de los mismos.

Artículo 2°.- La organización y funcionamiento de la Agrupación de Voluntarios de Protec-ción Civil como modalidad de incorporación de los ciudadanos a las actividades de esta, se re-girá por lo establecido en el presente Reglamento, así como por las instrucciones y directrices que, a efectos de coordinación general, se dicten por las Comisiones Nacional y Autonómica de Protección Civil.

Artículo 3°.- Podrán vincularse a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil las per-sonas físicas o individuales que residan en el Municipio y tengan Interés en colaborar directa-mente en las actividades propias de los servicios básicos de Protección Civil dependientes del mismo.

Artículo 4°.- Asimismo, la actividad voluntaria de los interesados es independiente de la obligación que como vecinos pudiera corresponderles en relación con la realización de la pres-tación personal y otras prestaciones equivalentes que puedan establecer leyes especiales, como la de Incendios Forestales vigentes o las que regulen, en su día, la Protección Civil a través de las Comisiones Nacional y Autonómica de Protección Civil.

CAPÍTULO II - ORGANIZACIÓN

Artículo 5°.- La colaboración voluntaria y por tiempo determinado a la Protección Civil muni-cipal se llevara a cabo mediante la incorporación de los mismos a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil a que se refi ere el presente Reglamento.

Artículo 6°.- La Agrupación Municipal de Voluntarios dependerá directamente del Alcalde, que podrá delegar el ejercicio de sus funciones y competencias en un concejal. No obstante, la actuación del voluntario de Protección Civil en caso de accidentes, catástrofes o calamidades públicas, se desarrollara bajo la dependencia funcional de la autoridad correspondiente y como norma general se ceñirá su actividad a la de servir de refuerzo o colaboración y en su caso, de suplencia y subsidiarias de los servicios públicos integrados por profesionales o funcionarios.

Artículo 7°.- La vinculación de los voluntarios con el Ayuntamiento no tiene el carácter de relación laboral o administrativa, sino tan solo de colaboración voluntaria para la prestación de servicios de modo gratuito y altruista, como medio de realización de acciones humanitarias de solidaridad social que constituyen el fundamento de las relaciones de buena vecindad.

Artículo 8°.- Podrán incorporarse a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil como colaboradores en misiones de orientación, asesoramiento y asistencia técnica, los vecinos con formación y experiencia sufi ciente en el ejercicio profesional o vocación relacionada con alguna de las entidades de este servicio público.

Asimismo podrán incorporarse a la Agrupación como voluntarios activos todos aquellos ve-cinos mayores de dieciocho años y menores de sesenta y cinco años que acrediten disponer de tiempo libre determinado y que superen las pruebas de aptitud psicofísica y de conocimientos que se determinen, así como las de formación básica y especialización que procedan.

a) Los aspirantes a voluntario deberán realizar un periodo de prueba no inferior a 6 meses y no superior a 1 año.

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b) Durante el periodo de prueba el aspirante realizara las actividades de la Agrupación, con los mismos derechos y deberes de un voluntario.

c) Se admitirá al aspirante mediante votación mayoritaria de la Agrupación, y con el visto bueno de Alcaldía.

Artículo 9°.- La incorporación a la Agrupación se hará siempre en virtud del interesado acompañada de una declaración de no hallarse inhabilitado para funciones públicas por sen-tencia fi rme y del compromiso de honor de conocer y aceptar el contenido de este Reglamento, así como de lo dispuesto en la normativa vigente sobre Protección Civil y de ejecutar las tareas que se le encomienden por las autoridades competentes o sus delegados y agentes.

Artículo 10°.- La condición de miembro de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil faculta únicamente para realizar las actividades correspondientes a la misma en relación con situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública. Los componentes del mismo no podrán realizar, amparándose en la misma, ya sea en relación con los mandos de ella o en otras personas, actividades de carácter personal o de fi nalidad política y sindical.

A) Entendiendo que la Agrupación no está vinculada a ningún partido político, los cambios del Grupo de Gobierno en el Municipio, no afectara en nada para la continuidad de la Agrupa-ción y de la realización de las actividades que esta venía realizando.

B) En caso de cambio de Gobierno en el Municipio, el Alcalde-Presidente, procederá a nom-brar en el menor plazo posible al Concejal Delegado de Protección Civil.

Artículo 11°.- La Agrupación se estructurara orgánica y funcionalmente, en secciones a las cuales se adscribirán los voluntarios en función de su capacidad y preparación.

Artículo 12°.- El jefe de la Agrupación será nombrado por el Alcalde-Presidente a propuesta de la mayoría absoluta de los Voluntarios, en primera votación o mayoría simple en segunda votación.

Los jefes de sección serán propuestos por el Jefe de la Agrupación.

Artículo 13°.- Por el Servicio de Protección Civil se elaboraran y formularan propuestas para la aportación de las normas de carácter especial o general que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Reglamento, así como para la regulación de la actividad de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil.

La aprobación de estas normas corresponde al Alcalde o, en su caso, al Concejal Delegado de Protección Civil.

Con independencia de las normas aludidas se aprobaran editaran y distribuirán los manua-les de actuación que proceda.

CAPÍTULO III - FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO

Artículo 14°.- La formación tendrá como fi nalidad la orientación de los aspirantes a miem-bros de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil sobre los conocimientos básicos rela-cionados con la caracterización de este servicio público, así como contribuir a la selección de los que proceda y facilitar la captación de estos para incorporarse en condiciones de efi cacia a las correspondientes secciones.

Artículo 15°.- La actividad Normativa se articulara del siguiente modo:

a) Cursillos de orientación de aspirantes al voluntariado de protección civil.

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b) Cursos de formación básica de los aspirantes seleccionados para incorporarse a la Agru-pación.

c) Cursos de perfeccionamiento para los voluntarios pertenecientes a la Agrupación.

d) Ejercicios prácticos con carácter periódico para mejora permanente de la preparación de los componentes de la Agrupación.

Los cursos tendrán un contenido teórico-práctico determinado de conformidad con la nor-mativa dictada por la Dirección General de Protección Civil o Comunidad Autónoma.

Además de cuanto antecede, la actividad formativa se completara con las siguientes acti-vidades:

a) La organización de bibliotecas y fondos de comunicación sobre protección civil, y espe-cialmente en relación con la organización y funcionamiento de agrupaciones de colaboradores voluntarios y otras modalidades de la participación ciudadana en las actividades de Protección Civil.

b) El mantenimiento de relaciones de colaboración mutua con otras administraciones públi-cas o entidades privadas relacionadas con Protección Civil.

c) La elaboración y edición y, en su caso, promoción de publicaciones periódicas y unitarias sobre temas de Protección Civil y, especialmente las destinadas a la formación de voluntarios y a la divulgación de recomendaciones a la población sobre factores de riesgo potencial de emergencia y comportamiento ante los mismos.

CAPÍTULO IV.- FUNCIONES

Artículo 16°.- La actuación de la Agrupación de Voluntarios se centrara, de forma perma-nente y regularizada, en el campo preventivo y operativo de la gestión de emergencias, catás-trofes o calamidades públicas, de acuerdo a lo previsto en los planes municipales, territoriales y especiales en emergencias.

Artículo 17°.- Las funciones de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil serán las siguientes:

a) Colaboración en la confección del mapa de riesgos del municipio.

b) Colaboración en la toma de datos del catalogo de recursos movilizables, públicos y pri-vados.

c) Colaboración en la redacción de los planes municipales de emergencia.

d) Asesoramiento y divulgación de los planes de auto-protección.

e) Diseño y realización de campañas divulgativas sobre los distintos riesgos en el municipio.

f) Reuniones de planifi cación y actuación en eventos deportivos, culturales y recreativos donde se presuma una masifi cación de espectadores y exista riesgo para los mismos.

g) Actuaciones en dispositivos operativos de carácter preventivo.

h) Apoyo a los servicios básicos: bomberos, policías locales, obras, sanitarios, etc.

i) Atención a los afectados en emergencias: evacuaciones, albergue, hospitales, etc.

j) Actuaciones en situaciones de emergencias: incendios, inundaciones, salvamentos,

etc.

CAPÍTULO V.- DERECHOS Y OBLIGACIONES

Artículo 18°.- El voluntario de Protección Civil tiene derecho a usar los emblemas distintivos del servicio, en todos los actos públicos a que sean requeridos, siendo obligatorio su uso en casos de intervención especial, siniestros o calamidades, a efectos de identifi cación.

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Artículo 19°.- Asimismo tiene derecho a elevar sus peticiones, sugerencias y reclamaciones al Alcalde o Concejal delegado de Protección Civil a través de sus mandos naturales o directa-mente cuando, en el plazo de veinte días, su escrito no hubiera sido contestado.

Artículo 20°.- Los riesgos en el servicio del voluntario estarán cubiertos por un seguro de accidentes para aquellos que pudieran sobrevenirles durante su actuación, abarcando indem-nizaciones por disminución física, invalidez temporal o permanente, fallecimiento, asistencia medico-farmacéutica.

Los daños y perjuicios que pueda causar un componente de la Agrupación en el marco de sus actuaciones estarán cubiertos por un seguro de responsabilidad civil. No obstante, los daños serán cubiertos por el Ayuntamiento según lo previsto en el título X de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común en aquellos casos en que no estén cubiertas por la póliza de responsa-bilidad civil.

La modalidad de las correspondientes pólizas de seguros y cuantías de las indemnizaciones serán fi jadas por el Ayuntamiento a propuesta del alcalde o, en su caso, del concejal delegado de Protección Civil.

Artículo 21°.- Todo voluntario de Protección Civil se obliga a cumplir estrictamente sus deberes reglamentarios, cubrir un mínimo de setenta horas anuales, cooperar con su mayor esfuerzo, interés, disciplina y espíritu social en cualquier misión de socorro, ayuda y rescate de víctimas, de su evacuación, asistencia, vigilancia y protección de las personas y bienes, así como en toda otra misión que encomienden los mandos de la organización o las autoridades de quien dependa durante su actuación.

Artículo 22°.- El voluntario deberá incorporarse a la mayor brevedad posible a su lugar de concentración en caso de catástrofe o emergencia.

Asimismo tendrá la obligación de poner en conocimiento de los mandos de la Agrupación o autoridades, la existencia de hechos que puedan suponer riesgos para las personas o los bienes.

Artículo 23°.- En ningún caso el voluntario o el colaborador actuaran como miembros de Protección Civil fuera de los actos de servicio. Ello no obsta para que, usando sus conocimien-tos y experiencias, intervenga con carácter estrictamente particular, en aquellos hechos reque-ridos por su deber de ciudadanía.

Artículo 24°.- La pertenencia de los voluntarios y colaboradores al Servicio Municipal de Protección Civil será gratuita y honorifi ca, sin derecho a reclamar al Ayuntamiento retribución ni premio alguno, salvo las indemnizaciones por accidente que pudieran corresponderle de acuerdo con lo especifi cado en el artículo 22, o ser reembolsados por los gastos realizados en el desempeño de sus actividades, como voluntarios, sin que esta compensación de gastos tenga carácter de remuneración o salario.

Artículo 25°.- El voluntario tiene la obligación de mantener en perfectas condiciones de uso el material y equipo que pudiese serle confi ado, comprometiéndose a pagar los daños que causara en los mismos debido al mal trato o falta de cuidado.

CAPÍTULO VI.- DERECHOS Y DEBERES

Artículo 26°.- El voluntario de Protección Civil tiene derecho a:

a) Recibir la información, formación, orientación, apoyo y, en su caso, medios materiales necesarios para ejercicio de las funciones que se le asignen.

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b) Tiene derecho a ser tratado sin discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimi-dad y creencias.

c) A disponer de una acreditación identifi cativa de su condición de voluntario.

d) Realizar su actividad en las debidas condiciones de seguridad, e higiene para él o para terceros según los servicios en los que actué.

El voluntario tiene derecho a ser reintegrado de los gastos de manutención, transporte y alojamiento sufridos en la prestación del servicio, así como las cantidades dejadas de percibir por el abandono del puesto de trabajo habitual, siempre que sea requerido por el Jefe de la Agrupación, y justifi cado su servicio, debiendo hacer frente a esos gastos la Administración Pública de quien dependa la planifi cación y organización del dispositivo establecido.

Artículo 27°.- Asimismo el voluntario de Protección Civil deberá:

a) Guardar, cuando proceda, confi dencialidad en la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad en Protección Civil.

b) Rechazar cualquier contraprestación material que pudiera recibir bien del benefi ciario o de otras personas relacionadas con su acción.

c) Seguir las instrucciones adecuadas a los fi nes que se impartan en el desarrollo de las acciones encomendadas.

Artículo 28°.- Es deber del Ayuntamiento:

a) Cumplir los compromisos adquiridos con los voluntarios en el acuerdo de la incorporación a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil.

b) Acreditar la suscripción de una póliza de seguro, adecuada. a las características y cir-cunstancias de la actividad desarrollada por los voluntarios, que les cubra de los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria.

c) Cubrir los gastos derivados del servicio y dotar a la agrupación de los medios adecuados para el cumplimiento de sus misiones.

d) Proporcionar al voluntariado la formación necesaria para el correcto desarrollo de sus actividades.

CAPÍTULO VII.- RECOMPENSAS Y SANCIONES

Las conductas de los componentes de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil se-rán objeto de valoración por los procedimientos que se establezcan en las correspondientes instrucciones de desarrollo de este Reglamento.

Se distinguirán como proceda las conductas meritorias y se sancionaran, de conformidad con lo establecido en este Reglamento, las infracciones a lo previsto en el mismo.

La valoración corresponde al concejal delegado de Protección Civil a propuesta e iniciativa del mando natural de la unidad correspondiente.

Las recompensas y sanciones se anotaran en el expediente personal del interesado.

Artículo 29°.-. La acción meritoria que implique un nivel de dedicación superior a los de-beres ordinarios del servicio o riesgos para la vida o integridad de los voluntarios, podrán ser recompensadas con el reconocimiento público mediante el correspondiente escrito de la Alcaldía o la formulación por la misma de propuesta para la concesión de la medalla al merito de Protección Civil, creada por Orden de 24 de abril de 1982, y otras distinciones que puedan conceder las distintas Administraciones públicas o el Ayuntamiento, en su caso, para premiar actos de esta naturaleza especial,

Artículo 30°.- Las infracciones a lo dispuesto en este Reglamento se sancionaran previa la tramitación del correspondiente expediente.

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No se podrán imponer sanciones sin audiencia del interesado.

Las faltas se consideran leves, graves y muy graves.

Las faltas leves prescribirán al mes, las graves a los dos años y las muy graves a los seis años.

1.- Se estimaran como faltas leves y se sancionaran con apercibimiento o suspensión de hasta un mes, atendiendo a las circunstancias que concurran, las siguientes:

a) El descuido en la conservación y mantenimiento del equipo y material que tuviera a su cargo en el cumplimiento de las misiones encomendadas.

b) La desobediencia a los mandos del servicio, cuando ello no suponga mal trato de palabra y obra y no afecte al servicio que deba cumplirse.

c) Las demás infracciones u omisiones, con carácter leve, al presente Reglamento.

2- Se consideraran faltas graves y se sancionaran con suspensión desde uno a seis meses, atendiendo a las circunstancias que concurran, las siguientes:

a) Negarse al cumplimiento de las misiones que le sean encomendadas sin causa justifi cada.

b) La utilización fuera de los actos propios de servicio de equipo, material y distintivos de Protección Civil.

c) El deterioro por negligencia, perdida del equipo, material, bienes y documentos del ser-vicio a su cargo y custodia.

d) Las omisiones o infracciones graves a lo preceptuado en este Reglamento y en particular a su artículo 10.

e) La acumulación de tres faltas leves.

3.- Podrán ser causas de expulsión, como consecuencia de falta muy grave, las siguientes:

a) Dejar de cumplir, sin causa justifi cada, las exigencias del servicio.

b) Observar mala conducta o haber sido sancionado reiteradamente por faltas graves.

c) Haber sido condenado por cualquier acto delictivo a excepción de las condenas derivadas de accidente de circulación.

d) Utilizar o exhibir indebidamente las identifi caciones del servicio.

e) La agresión de palabra y obra a cualquier miembro del servicio y la desobediencia que afecte a la misión que deba cumplir.

f) El negarse a cumplir las sanciones de suspensión que le fueran impuestas.

g) El consumo de drogas.

h) El abuso de bebidas alcohólicas, especialmente durante la prestación de sus servicios como voluntario.

i) El incumplimiento muy grave de lo establecido en el presente Reglamento y en especial en su artículo 10°.

CAPÍTULO VIII- DISTINTIVOS Y UNIFORMIDAD

Artículo 31°.- La Consejería de Presidencia a través de la Dirección General de Servicios de Protección Civil expedirá a los miembros pertenecientes a esta Agrupación de Voluntarios el documento personal de identifi cación.

El documento de identifi cación de Voluntario de Protección Civil es de carácter personal e intransferible, y se renovara cada 5 años.

Todo voluntario, al causar baja en la Agrupación deberá devolver a esta su documento de identifi cación, para su remisión a la Consejería de Presidencia.

Artículo 32°.- Uniformes.

a) En todas las actuaciones en que participe la Agrupación, sus componentes deberán estar debidamente uniformados.

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b) La uniformidad será como se especifi ca a continuación:.

— Buzo de trabajo: Será bicolor en naranja y azul con banda refl ectante en ellos y cierre de cremallera.

— Camisas de manga larga y corta bicolor.

— Pantalón de color azul.

— Chaleco en color naranja con mangas desmontables.

— Anorak bicolor con cierre de cremallera, capucha y pantalón azul, con refl ectantes en pecho, mangas y perneras.

— Bota de media caña de cuero color negro.

— Gorra, tipo beisbol, de color azul con frente en color naranja.

c) En todas las prendas ira fi jado el distintivo de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el escudo.

CAPÍTULO IX- RESCISIÓN DEL VÍNCULO CON LA AGRUPACIÓN

Artículo 33°.- La relación de colaboración voluntaria con el Ayuntamiento se terminara a petición del interesado, por fallecimiento del mismo, declaración de incapacidad, solicitud de baja temporal o defi nitiva, perdida de la condición de vecino o quedar incurso en situación de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos, por sentencia fi rme, o por la expulsión como consecuencia de un procedimiento sancionador.

Artículo 34°.- Se considera baja temporal en la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil la suspensión de la actividad en la misma como consecuencia de sanción, la ausencia in-ferior a tres meses que tenga motivos justifi cados que haya sido comunicado oportunamente, así como la interrupción de la prestación por la incorporación al servicio militar o por embarazo, atención del recién nacido o enfermedad justifi cada.

Artículo 35°.- Sera causa de baja defi nitiva en la Agrupación la petición del interesado y la incomparecencia del mismo por tiempo superior a tres meses, sin causa justifi cada a la actividad ordinaria o especial que le corresponda, el incumplimiento de los servicios mínimos exigidos en el artículo 23° o la negativa a cumplir el requerimiento de prestación de actividad en una zona siniestrada determinada, o a permanecer en la misma en el puesto que se le re-comiende.

Artículo 36°.- Acordada la baja y notifi cada al interesado, por este, se procederá a la inme-diata entrega de la documentación de identidad, distintivo, uniformidad, equipo y material que le haya sido adjudicado por el Ayuntamiento.

En caso de no ser entregado en el plazo de 15 días, el Ayuntamiento procederá a su recu-peración, mediante los mecanismos legales que estime oportunos.

Artículo 37°.- En todo caso se expedirá, a petición del interesado, un certifi cado en el que consten los servicios prestados en la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil y la causa por la que se acordó la baja.

DISPOSICIONES FINALES

1. Por la Alcaldía, concejal delegado de Protección Civil o funcionario con misiones equi-valentes a las de este, se dictaran las instrucciones y directrices que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Reglamento.

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2. Este Reglamento entrara en vigor en la forma señalada en el artículo 70.2 de la Ley /85 de 2 de abril.

Los Corrales de Buelna, 18 de julio de 2013.

La alcaldesa,

M.ª Mercedes Toribio Ruiz. 2013/11517

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2.AUTORIDADES Y PERSONAL 2.1.NOMBRAMIENTOS, CESES Y OTRAS SITUACIONES

CONSEJO DE GOBIERNO

CVE-2013-11564 Decreto 48/2013, de 24 de julio, por el que se dispone el cese y pos-terior nombramiento de consejeros del Consejo de Formación Profe-sional de Cantabria.

El Decreto 112/2004, de 28 de octubre (BOC de 11 de noviembre), por el que se crea y regula el Consejo de Formación Profesional de Cantabria, establece, en su artículo 6, los repre-sentantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de la Comunidad Autónoma, así como de las entidades locales que, en calidad de consejeros y junto al presidente, vicepresidente y secre-tario, integrarán dicho Consejo.

Por su parte, el artículo 7 del mencionado Decreto establece que tanto el cese como el nombramiento de los consejeros y de sus suplentes se realizarán por Decreto del Gobierno de Cantabria a propuesta, respectivamente, de la Administración y de las organizaciones o enti-dades que representan.

Asimismo, el artículo 6.5 de la Orden PRE 100/2005, de 5 de septiembre (BOC de 16 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen de Funciona-miento del Consejo de Formación de Cantabria, establece el cese como una de las causas de la pérdida de la condición de consejero.

En virtud de lo anterior, a propuesta conjunta del consejero de Educación, Cultura y De-porte y de la consejera de Economía, Hacienda y Empleo, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria del día 24 de julio 2013.

DISPONGO

Primero.- A propuesta de la organización sindical CCOO de Cantabria cesan como conseje-ros titulares doña Amelia Salcedo Flores y don José Francisco Calvo Martín nombrándose en su lugar a doña Gema Saiz Peón y don José Antonio Herrería Lastra, y como consejeros suplentes cesan don José Manuel Marañon Martínez, don José Antonio Herrería Lastra y don julio César Alonso Ruiz nombrándose en su lugar a don Carlos Meix Izquierdo, don Francisco Flores Gala-vis y doña Mónica Samaniego Peredo.

Segundo.- El presente Decreto producirá efectos el mismo día de su publicación en el Bo-letín Ofi cial de Cantabria.

Santander, 24 de julio de 2013. El presidente del Consejo de Gobierno,

Juan Ignacio Diego Palacios. La consejera de Presidencia y Justicia, (P.S. Decreto 2/2013, de 25 de junio)

El consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo,

Francisco Javier Fernández González. 2013/11564

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AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

CVE-2013-11567 Decreto de Alcaldía 2080/2013 de delegación especial para la autori-zación de un matrimonio civil.

Con fecha 19 de julio de 2013 el señor alcalde ha dictado Decreto de Alcaldía número 2080/2013 cuyo tenor literal es el siguiente:

Delegación Especial de la Alcaldía-Presidencia para la autorización de un matrimonio civil.

He examinado el expediente a que se refi ere el epígrafe que precede, cuyos antecedentes, razonamientos y normas legales aplicables fi guran, resumidos, a continuación.

Han solicitado la correspondiente autorización para contraer matrimonio civil las personas que al fi nal se indican.

Son aplicables la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, y la Instrucción de la Dirección General de Registros y Notariado de 26 de enero de 1995, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes y el artículo 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Ré-gimen Local, por lo que se adopta la siguiente

Primero.- Otorgar al concejal D. Francisco Javier Muñoz Arriola, la delegación especial de esta Alcaldía para que autorice el matrimonio civil que se cita a continuación, el próximo día 27 de julio de 2013: D. Rafael Pichardo y Dña. Yoselin Mota Mota.

Segundo.- Comunicar esta resolución al Concejal interesado y a la Secretaría General, a efectos de su inscripción en el Libro de Resoluciones de la Alcaldía, dar cuenta de ella al Pleno en la primera sesión que se celebre y publicarla en el Boletín Ofi cial de Cantabria y Tablón de Anuncios de la Corporación.

Castro Urdiales, 19 de julio de 2013.

El alcalde,

Iván González Barquín. 2013/11567

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AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

CVE-2013-11569 Decreto de Alcaldía 2092/2013 de delegación especial para la autori-zación de un matrimonio civil.

Con fecha 22 de julio de 2013 el señor alcalde ha dictado Decreto de Alcaldía número 2092/2013 cuyo tenor literal es el siguiente:

Delegación Especial de la Alcaldía-Presidencia para la autorización de un matrimonio civil.

He examinado el expediente a que se refi ere el epígrafe que precede, cuyos antecedentes, razonamientos y normas legales aplicables fi guran, resumidos, a continuación.

Han solicitado la correspondiente autorización para contraer matrimonio civil las personas que al fi nal se indican.

Son aplicables la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, y la Instrucción de la Dirección General de Registros y Notariado de 26 de enero de 1995, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes y el artículo 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Ré-gimen Local, por lo que se adopta la siguiente

Primero.- Otorgar al concejal D. Francisco Javier Muñoz Arriola, la delegación especial de esta Alcaldía para que autorice el matrimonio civil que se cita a continuación, el próximo día 27 de julio de 2013: D. Francisco Javier Martínez Ríos y Dña. Ainhoa Cruz García.

Segundo.- Comunicar esta resolución al Concejal interesado y a la Secretaría General, a efectos de su inscripción en el Libro de Resoluciones de la Alcaldía, dar cuenta de ella al Pleno en la primera sesión que se celebre y publicarla en el Boletín Ofi cial de Cantabria y tablón de anuncios de la Corporación.

Castro Urdiales, 22 de julio de 2013.

El alcalde,

Iván González Barquín. 2013/11569

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AYUNTAMIENTO DE LIÉRGANES

CVE-2013-11576 Decreto de Alcaldía 35/2013 de delegación para la celebración de matrimonio civil.

Por Decreto de la Alcaldía de fecha 18 de julio de 2013, identifi cada con el número 35/2013, se delega en la primer teniente alcalde, doña Ana María Poo Espinosa, la celebración de una boda civil, el próximo día 27 de julio de 2013.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 44.2 del RD 2.568/86, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Enti-dades Locales.

Liérganes, 18 de julio de 2013.

El alcalde,

Ramón Diego Cabarga. 2013/11576

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AYUNTAMIENTO DE MIENGO

CVE-2013-11515 Decreto de delegación de funciones del alcalde.

En uso de las competencias que me confi ere la Ley 7/85, de 2 de abril, y como quiera que este alcalde tiene previsto ausentarse del término municipal desde el día 26 de agosto de 2013 hasta el 11 de septiembre de 2013, ambos inclusive.

Por esta Alcaldía se delegan la totalidad de mis competencias previstas en la Ley de Bases de Régimen Local, en el primer teniente de alcalde, don José Landeras Gómez, en las fechas señaladas.

Publíquese y dése traslado al presente Decreto el trámite correspondiente.

Miengo, 23 de julio de 2013.

El alcalde-presidente,

Avelino Cuartas Coz. 2013/11515

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2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS

SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD

CVE-2013-11510 Resolución por la que se convoca el procedimiento especial de se-lección para la cobertura de una plaza de Facultativo Especialista de Área de Anestesiología y Reanimación del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla.

Vista la propuesta del director gerente del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla de 7 de junio de 2013, por la que solicita la aplicación del procedimiento especial de selección previsto en el artículo 16 del Acuerdo por el que se regula la selección de personal estatutario temporal de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC número 248, de 29 de diciembre de 2011), para la cobertura de una plaza del Facultativo Especialista de Área de Anestesiología y Reanimación.

De conformidad con lo previsto en el apartado del 3 del citado artículo 16 del Acuerdo,

DISPONGO

Primero- Convocar el procedimiento especial de selección para la cobertura de una plaza mediante nombramiento temporal de duración superior a seis meses de Facultativo Especia-lista de Área de Anestesiología y Reanimación en el Hospital Universitario Marqués de Valdeci-lla, de acuerdo con las siguientes bases:

1ª.- Para poder participar en el procedimiento será necesario reunir los requisitos estable-cidos en el artículo 4.1 del Acuerdo por el que se regula la selección de personal estatutario temporal de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC número 248, de 29 de diciembre de 2011).

2ª.-

1. Las solicitudes deberán presentarse en el registro del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla o en cualquiera de los lugares a que se refi ere el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el plazo de quince (15) días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Ofi cial de Cantabria.

2. Junto con la solicitud de participación los aspirantes deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos alegados, así como de los requisitos aludidos en la base Primera, en la forma establecida en el artículo 6.3 del Acuerdo por el que se regula la selección de personal estatutario temporal de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC número 248, de 29 de diciembre de 2011).

3ª.- La evaluación será llevada a cabo por una Comisión Especial formada por los siguientes miembros:

- Presidente: Don José Manuel Rabanal Llevot, director médico del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla (por delegación del director gerente del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla).

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- Vocal: Don José María Carceller Malo, jefe de Servicio de Anestesiología y Reanimación del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla.

- Secretaria: Doña Fuensanta Muñoz Saco, técnico superior de la Función Administrativa del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla.

La citada Comisión estará asistida técnicamente por los siguientes empleados públicos del subgrupo A1 al servicio de la Administración sanitaria:

- Doña José Angel de la Fuente Alonso, Jefe de Sección de Organización de Personal, de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

- Don Antonio González González, FEA de Anestesiología y Reanimación del Hospital Uni-versitario “Marqués de Valdecilla”.

4ª.- El proceso selectivo constará de dos fases:

- Primera Fase: Valoración de los candidatos de acuerdo con el baremo que consta como Anexo (máximo 40 puntos).

- Segunda Fase: Entrevista personal (máximo 7 puntos).

5ª.- El resultado de la selección, así como las puntuaciones obtenidas por todos los candi-datos, se harán públicos por parte del centro correspondiente, el cual remitirá copia del acta al Comité de Seguimiento Autonómico y a la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud.

Segundo.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá inter-poner recurso de alzada ante la consejera de Sanidad y Servicios Sociales, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOC, en los términos previstos en el artículo 128 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Santander, 23 de julio de 2013.

El director gerente del Servicio Cántabro de Salud,

Carlos León Rodríguez.

ANEXO I

1.- CONCURSO DE MÉRITOS.

A.- Expediente Académico.- (máximo: 3 puntos)

Por posesión del Título de Doctor: 3 puntos.

B.- Formación Especializada.- (máximo: 10 puntos)

B1.- Por estar en posesión del título de la especialidad para el acceso a la categoría a la que se opta y haber cumplido el periodo de formación como residentes en Centro Nacional o Extranjero, con programa de docencia reconocido para postgraduados por el Ministerio de Educación: 10 puntos.

B2.- Por estar en posesión del título de la especialidad para el acceso a categoría a la que se opta y haber obtenido dicho título a través de cualquier otra vía distinta a la anterior: 4 puntos.

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1510

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

C.- Experiencia profesional- (máximo: 7 puntos)

C1.- Por servicios prestados en la misma categoría, en instituciones sanitarias del SNS o equivalentes en la Unión Europea: 0,10 puntos por mes completo.

C2.- Por servicios prestados en la misma categoría y especialidad en otrasinstituciones sanitarias: 0,05 puntos por mes completo.

C3.- Si los servicios prestados en las instituciones previstas en el apartado C1, incluyen actividad asistencial, debidamente acreditada por el Director Gerente del Centro, en el área de trasplantes, reanimación y anestesia en cirugía torácica: 0,01 puntos adicionales por mes completo.

D.- Formación.- (máximo: 15 puntos)

D1.- Por formación acreditada en cursos de perfeccionamiento en el área de trasplantes, reanimación y anestesia en cirugía torácica: 0,15 puntos por crédito ( o en su defecto 1 crédito por cada 10 horas de formación)

D2.- Por formación acreditada en otras áreas de la especialidad: 0,10 puntos por crédito ( o en su defecto 1 crédito cada 10 horas de formación)

D3.- Por formación acreditada en cursos o actividades relacionadas con la calidad o seguridad del paciente: 0,05 puntos por crédito (o en su defecto 1 crédito cada 10 horas de formación)

E.- Actividad Investigadora.- (máximo: 5 puntos)

No se valorarán editoriales ni cartas al director.

E1.- Por primer autor de artículo en revista de difusión nacional: 0,10 puntos. Otros autores 0,05

E2.- Por primer autor de artículo en revista de difusión internacional: 0,20 puntos. Otros autores 0,10 puntos.

E3.- Por primer autor en capítulo de libro: 0,10 puntos. Otros autores 0,05 puntos.

E4.- Por comunicación científica (oral o póster) en congreso nacional como primer autor: 0,10 puntos. Otros autores:0,05 puntos.

E5.- Por comunicación científica (oral o póster) en congreso internacional como primer autor: 0,20 puntos. Otros autores: 0,10 puntos.

2.- ENTREVISTA.

Evaluación de aptitudes.- (máximo: 7 puntos)

Por evaluación de aptitudes de los aspirantes en relación a las características de la plaza a cubrir mediante entrevista personal: hasta un máximo de 7 puntos.

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JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

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013-1

1510

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

ANEXO II-A

DECLARACIÓN DE NO SEPARACIÓN DEL SERVICIO NI ENCONTRARSE INHABILITADO

ASPIRANTES DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA

D./Dñª____________________________________________, con DNI___________,

domicilio en _____________________________________________, CP__________,

localidad___________________, provincia____________, nº tfo_________________.

DECLARA, a efectos de su participación en el proceso de selección para una plaza de

la categoría de FEA de___________, que no ha sido separado del servicio, mediante

expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en

los seis años anteriores a la convocatoria, ni se encuentra inhabilitado con carácter

firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente

profesión.

Santander, de de 201_ (Firma)

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013-1

1510

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

ANEXO II-B

DECLARACIÓN DE NO SEPARACIÓN DEL SERVICIO NI ENCONTRARSE INHABILITADO

ASPIRANTES DE NACIONALIDAD DISTINTA A LA ESPAÑOLA.

D./Dñª____________________________________________, con NIE___________,

domicilio en _____________________________________________, CP__________,

localidad___________________, provincia____________, nº tfo_________________.

DECLARA, a efectos de su participación en el proceso de selección para una plaza de

la categoría de FEA de _____________, que no se encuentra inhabilitado, por

sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios

públicos en un estado miembro de la Unión Europea, ni haber sido separado, por

sanción disciplinaria, de alguna de sus administraciones o servicios públicos en los

seis años anteriores a la convocatoria

Santander, de de 201_ (Firma)

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013-1

1510

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

ANEXO III

DECLARACIÓN DE NO TENER LA CONDICIÓN DE PERSONAL ESTATUTARIO FIJO EN LA MISMA CATEGORÍA A LA QUE SE OPTA

D./Dñª_________________________________________, con DNI/NIE___________,

domicilio en _____________________________________________, CP__________,

localidad___________________, provincia____________, nº tfo_________________.

DECLARA, a efectos de su participación en el proceso de selección para una plaza de

FEA de _____________, que no tiene la condición de personal estatutario fijo en

dicha categoría en cualquier Servicio de Salud del Sistema Nacional de Salud.

Santander, de de 201_ (Firma)

2013/11510

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1555

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD

CVE-2013-11555 Resolución por la que se convoca el procedimiento especial de se-lección para la cobertura de una plaza de Facultativo Especialista de Área de Neumología del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla.

Vista la propuesta del Director Gerente del Hospital Universitario “Marqués de Valdecilla” de 17 de junio de 2013, por la que solicita la aplicación del procedimiento especial de selección previsto en el artículo 16 del Acuerdo por el que se regula la selección de personal estatuta-rio temporal de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC 29 de diciembre de 2011, núm. 248), para la cobertura de una plaza del Facultativo Especialista de Área de Neumología.

De conformidad con lo previsto en el apartado del 3 del citado artículo 16 del Acuerdo,

DISPONGO

Primero.- Convocar el procedimiento especial de selección para la cobertura de una plaza mediante nombramiento temporal de duración superior a seis meses de Facultativo Especia-lista de Área de Neumología en el Hospital Universitario “Marqués de Valdecilla”, de acuerdo con las siguientes bases:

1ª.- Para poder participar en el procedimiento será necesario reunir los requisitos estable-cidos en el artículo 4.1 del Acuerdo por el que se regula la selección de personal estatutario temporal de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC 29 de di-ciembre de 2011, núm. 248).

2ª.- 1. Las solicitudes deberán presentarse en el registro del Hospital Universitario “Mar-qués de Valdecilla” o en cualquiera de los lugares a que se refi ere el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el plazo de quince (15) días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Ofi cial de Cantabria.

2. Junto con la solicitud de participación los aspirantes deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos alegados, así como de los requisitos aludidos en la base 1ª, en la forma establecida en el artículo 6.3 del Acuerdo por el que se regula la selección de personal estatutario temporal de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC 29 de diciembre de 2011, núm.248).

3ª.- La evaluación será llevada a cabo por una Comisión Especial formada por los siguientes miembros:

- Presidente: Don José Manuel Rabanal Llevot, Director Médico del Hospital Universitario “Marqués de Valdecilla” (por delegación del Director Gerente del Hospital Universitario “Mar-qués de Valdecilla”).

- Vocal: Don Ramón Agüero Balbín, Jefe de Servicio de Neumología del Hospital Universita-rio “Marqués de Valdecilla”.

- Secretaria: Doña Fuensanta Muñoz Saco, Técnico Superior de la Función Administrativa del Hospital Universitario “Marqués de Valdecilla”.

La citada Comisión estará asistida técnicamente por los siguientes empleados públicos del subgrupo A1 al servicio de la Administración sanitaria:

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CVE-2

013-1

1555

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

- Doña Cruz Reguera Andrés, Jefa de Servicio de Personal Sanitario, de la Secretaría Gene-ral de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

- Don Félix Romay Diez, FEA de Neumología del Hospital Universitario “Marqués de Valde-cilla”.

4ª.- El proceso selectivo constará de dos fases:

- Primera Fase: Valoración de los candidatos de acuerdo con el baremo que consta como Anexo (máximo 40 puntos).

- Segunda Fase: Entrevista personal (máximo 7 puntos).

5ª.- El resultado de la selección, así como las puntuaciones obtenidas por todos los candi-datos, se harán públicos por parte del centro correspondiente, el cual remitirá copia del acta al Comité de Seguimiento Autonómico y a la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud.

Segundo.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá inter-poner recurso de alzada ante la Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOC, en los términos previstos en el artículo 128 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Santander, 24 de julio de 2013.

El director gerente del Servicio Cántabro de Salud,

Carlos León Rodríguez.

ANEXO I

1.- CONCURSO DE MÉRITOS. A.- Expediente Académico.- (máximo: 3 puntos) Por posesión del Título de Doctor: 3 puntos. B.- Formación Especializada.- (máximo: 10 puntos) B1.- Por estar en posesión del título de la especialidad para el acceso a la categoría

a la que se opta y haber cumplido el periodo de formación como residentes en Centro Nacional o Extranjero, con programa de docencia reconocido para postgraduados por el Ministerio de Educación: 10 puntos.

B2.- Por estar en posesión del título de la especialidad para el acceso a categoría a

la que se opta y haber obtenido dicho título a través de cualquier otra vía distinta a la anterior: 4 puntos.

C.- Experiencia profesional- (máximo: 7 puntos)

C1.- Por servicios prestados en la misma categoría, en instituciones sanitarias del SNS o equivalentes en la Unión Europea: 0,10 puntos por mes completo.

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JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

C2.- Por servicios prestados en la misma categoría y especialidad en otras instituciones sanitarias: 0,05 puntos por mes completo. C3.- Si los servicios prestados en las instituciones previstas en el apartado C1, incluyen actividad asistencial, debidamente acreditada por el Director Gerente del Centro, en el área de proyectos de rehabilitación, evaluación y tratamiento domiciliario de personas con EPOC: 0,01 puntos adicionales por mes completo.

D.- Formación.- (máximo: 15 puntos) D1.- Por formación acreditada en cursos de perfeccionamiento en el área de la

rehabilitación, evaluación y tratamiento domiciliario de EPOC: 0,15 puntos por crédito ( o en su defecto 1 crédito por cada 10 horas de formación)

D2.- Por formación acreditada en otras áreas de la especialidad: 0,10 puntos por

crédito (o en su defecto 1 crédito cada 10 horas de formación) D3.- Por formación acreditada en cursos o actividades relacionadas con la calidad o

seguridad del paciente: 0,05 puntos por crédito (o en su defecto 1 crédito cada 10 horas de formación)

E.- Actividad Investigadora.- (máximo: 5 puntos) No se valorarán editoriales ni cartas al director.

E1.- Por primer autor de artículo en revista de difusión nacional: 0,10 puntos. Otros

autores 0,05 E2.- Por primer autor de artículo en revista de difusión internacional: 0,20 puntos.

Otros autores 0,10 puntos. E3.- Por primer autor en capítulo de libro: 0,10 puntos. Otros autores 0,05 puntos. E4.- Por comunicación científica (oral o póster) en congreso nacional como primer

autor: 0,10 puntos. Otros autores:0,05 puntos. E5.- Por comunicación científica (oral o póster) en congreso internacional como

primer autor: 0,20 puntos. Otros autores: 0,10 puntos. 2.- ENTREVISTA. Evaluación de aptitudes.- (máximo: 7 puntos) Por evaluación de aptitudes de los aspirantes en relación a las características de la

plaza a cubrir mediante entrevista personal: hasta un máximo de 7 puntos.

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JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

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1555

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

ANEXO II-A

DECLARACIÓN DE NO SEPARACIÓN DEL SERVICIO NI ENCONTRARSE

INHABILITADO ASPIRANTES DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA

D./Dñª____________________________________________, con DNI___________,

domicilio en _____________________________________________, CP__________,

localidad___________________, provincia____________, nº tfo_________________.

DECLARA, a efectos de su participación en el proceso de selección para una plaza de

la categoría de FEA de___________, que no ha sido separado del servicio, mediante

expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en

los seis años anteriores a la convocatoria, ni se encuentra inhabilitado con carácter

firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente

profesión.

Santander, de de 201_ (Firma)

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CVE-2

013-1

1555

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

ANEXO II-B

DECLARACIÓN DE NO SEPARACIÓN DEL SERVICIO NI ENCONTRARSE

INHABILITADO ASPIRANTES DE NACIONALIDAD DISTINTA A LA ESPAÑOLA.

D./Dñª____________________________________________, con NIE___________,

domicilio en _____________________________________________, CP__________,

localidad___________________, provincia____________, nº tfo_________________.

DECLARA, a efectos de su participación en el proceso de selección para una plaza de

la categoría de FEA de _____________, que no se encuentra inhabilitado, por

sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios

públicos en un estado miembro de la Unión Europea, ni haber sido separado, por

sanción disciplinaria, de alguna de sus administraciones o servicios públicos en los

seis años anteriores a la convocatoria

Santander, de de 201_ (Firma)

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1555

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

ANEXO III

DECLARACIÓN DE NO TENER LA CONDICIÓN DE PERSONAL ESTATUTARIO

FIJO EN LA MISMA CATEGORÍA A LA QUE SE OPTA

D./Dñª_________________________________________, con DNI/NIE___________,

domicilio en _____________________________________________, CP__________,

localidad___________________, provincia____________, nº tfo_________________.

DECLARA, a efectos de su participación en el proceso de selección para una plaza de

FEA de _____________, que no tiene la condición de personal estatutario fijo en

dicha categoría en cualquier Servicio de Salud del Sistema Nacional de Salud.

Santander, de de 201_ (Firma)

2013/11555

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CVE-2

013-1

1556

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD

CVE-2013-11556 Resolución por la que se convoca el procedimiento especial de se-lección para la cobertura de una plaza de Facultativo Especialista de Área de Cirugía Ortopédica y Traumatología del Hospital Universita-rio Marqués de Valdecilla.

Vista la propuesta del Director Gerente del Hospital Universitario “Marqués de Valdecilla” de 3 de junio de 2013, por la que solicita la aplicación del procedimiento especial de selección previsto en el artículo 16 del Acuerdo por el que se regula la selección de personal estatuta-rio temporal de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC 29 de diciembre de 2011, núm. 248), para la cobertura de una plaza del Facultativo Especialista de Área de Cirugía Ortopédica y Traumatología.

De conformidad con lo previsto en el apartado del 3 del citado artículo 16 del Acuerdo,

DISPONGO

Primero.- Convocar el procedimiento especial de selección para la cobertura de una plaza mediante nombramiento temporal de duración superior a seis meses de Facultativo Especia-lista de Área de Cirugía Ortopédica y Traumatología en el Hospital Universitario “Marqués de Valdecilla”, de acuerdo con las siguientes bases:

1ª.- Para poder participar en el procedimiento será necesario reunir los requisitos estable-cidos en el artículo 4.1 del Acuerdo por el que se regula la selección de personal estatutario temporal de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC 29 de di-ciembre de 2011, núm. 248).

2ª.- 1. Las solicitudes deberán presentarse en el registro del Hospital Universitario “Mar-qués de Valdecilla” o en cualquiera de los lugares a que se refi ere el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el plazo de quince (15) días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Ofi cial de Cantabria.

2. Junto con la solicitud de participación los aspirantes deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos alegados, así como de los requisitos aludidos en la base 1ª, en la forma establecida en el artículo 6.3 del Acuerdo por el que se regula la selección de personal estatutario temporal de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC 29 de diciembre de 2011, núm.248).

3ª.- La evaluación será llevada a cabo por una Comisión Especial formada por los siguientes miembros:

- Presidente: Don José Manuel Rabanal Llevot, Director Médico del Hospital Universitario “Marqués de Valdecilla” (por delegación del Director Gerente del Hospital Universitario “Mar-qués de Valdecilla”).

- Vocal: Don Alfonso Vázquez Barquero, Jefe de Servicio de Neurocirugía del Hospital Uni-versitario “Marqués de Valdecilla”.

- Secretaria: Doña Fuensanta Muñoz Saco, Técnico Superior de la Función Administrativa del Hospital Universitario “Marqués de Valdecilla”.

La citada Comisión estará asistida técnicamente por los siguientes empleados públicos del subgrupo A1 al servicio de la Administración sanitaria:

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1556

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

- Don José Ángel de la Fuente Alonso, Jefe de Sección de Organización de Personal, de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

- Don Gonzalo Gómez del Álamo, FEA de Cirugía Ortopédica y Traumatología del Hospital Universitario “Marqués de Valdecilla”.

4ª.- El proceso selectivo constará de dos fases:

- Primera Fase: Valoración de los candidatos de acuerdo con el baremo que consta como Anexo (máximo 40 puntos).

- Segunda Fase: Entrevista personal (máximo 7 puntos).

5ª.- El resultado de la selección, así como las puntuaciones obtenidas por todos los candi-datos, se harán públicos por parte del centro correspondiente, el cual remitirá copia del acta al Comité de Seguimiento Autonómico y a la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud.

Segundo.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá inter-poner recurso de alzada ante la Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOC, en los términos previstos en el artículo 128 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Santander, 24 de julio de 2013.

El director gerente del Servicio Cántabro de Salud,

Carlos León Rodríguez.

ANEXO I

1.- CONCURSO DE MÉRITOS. A.- Expediente Académico.- (máximo: 3 puntos) Por posesión del Título de Doctor: 3 puntos. B.- Formación Especializada.- (máximo: 10 puntos) B1.- Por estar en posesión del título de la especialidad para el acceso a la categoría

a la que se opta y haber cumplido el periodo de formación como residentes en Centro Nacional o Extranjero, con programa de docencia reconocido para postgraduados por el Ministerio de Educación: 10 puntos.

B2.- Por estar en posesión del título de la especialidad para el acceso a categoría a

la que se opta y haber obtenido dicho título a través de cualquier otra vía distinta a la anterior: 4 puntos.

C.- Experiencia profesional- (máximo: 12 puntos)

C1.- Por servicios prestados en la misma categoría, en instituciones sanitarias del SNS o equivalentes en la Unión Europea: 0,10 puntos por mes completo.

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JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

C2.- Por servicios prestados en la misma categoría y especialidad en otras instituciones sanitarias: 0,05 puntos por mes completo. C3.- Si los servicios prestados en las instituciones previstas en el apartado C1, incluyen actividad asistencial, debidamente acreditada por el Director Gerente del Centro, en cirugía de columna: 0,01 puntos adicionales por mes completo. C4.- Por actividad asistencial acreditada como cirujano 1,5 puntos por cada uno de los siguientes ítems: - Acreditar 30 cirugías de raquis como primer cirujano. - Acreditar 50 cirugías de raquis como ayudante.

D.- Formación.- (máximo: 10 puntos) D1.- Por formación acreditada en cursos de perfeccionamiento en el área de cirugía

de raquis guiada por navegación y endoscopia: 0,15 puntos por crédito ( o en su defecto 1 crédito por cada 10 horas de formación)

D2.- Por formación acreditada en otras áreas de la especialidad: 0,10 puntos por

crédito (o en su defecto 1 crédito cada 10 horas de formación) D3.- Por formación acreditada en cursos o actividades relacionadas con la calidad o

seguridad del paciente: 0,05 puntos por crédito (o en su defecto 1 crédito cada 10 horas de formación)

E.- Actividad Investigadora.- (máximo: 5 puntos) No se valorarán editoriales ni cartas al director.

E1.- Por primer autor de artículo en revista de difusión nacional: 0,10 puntos. Otros

autores 0,05 E2.- Por primer autor de artículo en revista de difusión internacional: 0,20 puntos.

Otros autores 0,10 puntos. E3.- Por primer autor en capítulo de libro: 0,10 puntos. Otros autores 0,05 puntos. E4.- Por comunicación científica (oral o póster) en congreso nacional como primer

autor: 0,10 puntos. Otros autores:0,05 puntos. E5.- Por comunicación científica (oral o póster) en congreso internacional como

primer autor: 0,20 puntos. Otros autores: 0,10 puntos. 2.- ENTREVISTA. Evaluación de aptitudes.- (máximo: 7 puntos) Por evaluación de aptitudes de los aspirantes en relación a las características de la

plaza a cubrir mediante entrevista personal: hasta un máximo de 7 puntos.

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JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

ANEXO II-A

DECLARACIÓN DE NO SEPARACIÓN DEL SERVICIO NI ENCONTRARSE

INHABILITADO ASPIRANTES DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA

D./Dñª____________________________________________, con DNI___________,

domicilio en _____________________________________________, CP__________,

localidad___________________, provincia____________, nº tfo_________________.

DECLARA, a efectos de su participación en el proceso de selección para una plaza de

la categoría de FEA de___________, que no ha sido separado del servicio, mediante

expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en

los seis años anteriores a la convocatoria, ni se encuentra inhabilitado con carácter

firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente

profesión.

Santander, de de 201_ (Firma)

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1556

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

ANEXO II-B

DECLARACIÓN DE NO SEPARACIÓN DEL SERVICIO NI ENCONTRARSE

INHABILITADO ASPIRANTES DE NACIONALIDAD DISTINTA A LA ESPAÑOLA.

D./Dñª____________________________________________, con NIE___________,

domicilio en _____________________________________________, CP__________,

localidad___________________, provincia____________, nº tfo_________________.

DECLARA, a efectos de su participación en el proceso de selección para una plaza de

la categoría de FEA de _____________, que no se encuentra inhabilitado, por

sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios

públicos en un estado miembro de la Unión Europea, ni haber sido separado, por

sanción disciplinaria, de alguna de sus administraciones o servicios públicos en los

seis años anteriores a la convocatoria

Santander, de de 201_ (Firma)

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1556

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

ANEXO III

DECLARACIÓN DE NO TENER LA CONDICIÓN DE PERSONAL ESTATUTARIO FIJO EN LA MISMA CATEGORÍA A LA QUE SE OPTA

D./Dñª_________________________________________, con DNI/NIE___________,

domicilio en _____________________________________________, CP__________,

localidad___________________, provincia____________, nº tfo_________________.

DECLARA, a efectos de su participación en el proceso de selección para una plaza de

FEA de _____________, que no tiene la condición de personal estatutario fijo en

dicha categoría en cualquier Servicio de Salud del Sistema Nacional de Salud.

Santander, de de 201_ (Firma)

2013/11556

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AYUNTAMIENTO DE POTES

CVE-2013-11482 Apertura del plazo de presentación de solicitudes para la cobertura de los cargos de juez de paz titular y juez de paz sustituto.

Recibida notifi cación del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria por la que se traslada que el próximo día 9 de diciembre de 2013, fi nalizarán sus respectivos mandatos, tanto el Juez de Paz TITULAR, como el Juez de Paz SUSTITUTO de este Ayuntamiento, correspondiendo al Pleno de esta Corporación, elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz Titular y Sustituto de este municipio. Por ello, con el fi n de proceder a su provisión, se abre un plazo de 1 mes a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Ofi cial de Cantabria, para que las personas que estén interesadas en desempeñar los citados cargos de Juez de Paz Titular o Juez de Paz Sustituto, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Los interesados deberán reunir las condiciones previstas en el Reglamento 3/1995 de Jue-ces de Paz, de 7 de junio de 1995, y en los artículos 101 y siguiente y 302 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de 1 de julio de 1995, así como en el artículo 127.1 de la Constitución Española, y deberán expresar en su solicitud, mediante declaración jurada los siguientes requisitos:

— Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tri-bunal Superior de Justicia.

— Que no ha sido procesado, inculpado o condenado por delito doloso, salvo que se haya obtenido el sobreseimiento, la absolución o la rehabilitación.

— Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

— Que no pertenece a ningún partido político.

— Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohi-bición previstas en los arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

— Actividad y/o profesión a la que se dedica.

Junto con la solicitud se acompañará fotocopia del D.N.I. compulsada

Ante las dudas que se susciten, la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar.

En el supuesto de no haber solicitudes, el Pleno del Ayuntamiento de Potes, elegirá libre-mente de conformidad con lo establecido en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial y los artículos correspondientes del Reglamento de Jueces de Paz.

En la Secretaría del Ayuntamiento se podrá recabar la información precisa sobre el expe-diente.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.1 del Reglamento de Jueces de Paz.

Potes, 15 de julio de 2013.

El alcalde-presidente,

Francisco Javier Gómez Ruiz. 2013/11482

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AYUNTAMIENTO DE SUANCES

CVE-2013-11565 Bases y convocatoria para la formación de una bolsa de empleo de técnicos en Educación Infantil para las aulas de dos años del CEIP Portus Blendium.

1. NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS.

1.1.- Es objeto de estas bases la formación de una bolsa de empleo de Técnicos de Educa-ción Infantil, sometida a la legislación laboral, personal laboral no permanente, para su utiliza-ción en el caso de que se conceda subvención por el Gobierno de Cantabria durante los Cursos Escolares 2013-14 y 2014-15, su calendario de trabajo coincidirá con el calendario escolar de los profesores del curso correspondiente, disfrutándose de las vacaciones durante los periodos establecidos en el mismo.

1.2.- La contratación se realiza en el marco del Convenio de Colaboración entre la Conse-jería de Educación del Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Suances para el funcio-namiento las aulas de dos años del CEIP Portus Blendium, ubicadas en edifi cio denominado “Susana del Amo” y con cargo a la subvención nominativa otorgada en éste concepto por el Gobierno de Cantabria.

2.- MODALIDAD, DURACIÓN Y OBJETO DEL CONTRATO.

2.1.- La contratación que se realice será laboral temporal, siendo su duración la del Curso Escolar que corresponda y estando sometido a la condición resolutoria de vigencia del Conve-nio de Colaboración y la concesión de la subvención. Sus retribuciones serán las correspon-dientes a las diez pagas del curso escolar, siendo el importe de retribuciones de cada contrato de Técnico de Educación Infantil, el que resulte de la subvención que se conceda, en el que estarían incluidas la parte proporcional que corresponda de pagas extraordinarias y cotizacio-nes totales a la Seguridad Social.

2.2.- Estos contratos tienen por objeto realizar las funciones propias del puesto de Técnico de Educación Infantil durante el Curso Escolar que corresponda, junto a las que se establezcan en los Convenios que en su caso se suscriban entre la Consejería de Educación y las Corpora-ciones Locales, situándose los Técnicos bajo la dependencia funcional del equipo directivo del Colegio para el ejercicio de las tareas de este puesto en el ámbito del CEIP Portus Blendium. La jornada laboral será completa de 37,5 horas semanales, de lunes a viernes, estando distri-buido su horario entre las 8.00 horas y las 16.00 horas según diferentes turnos a establecer al inicio de curso. Los turnos se distribuirán entre las personas que se precisan para estas aulas, atendiendo a las necesidades del servicio.

3.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

3.1.- Para ser admitido a esta selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Esta-tuto básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubila-ción forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Adminis-traciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

e) Poseer la titulación Técnico Superior en Educación Infantil o titulación equivalente de Técnico Especialista en Jardín de Infancia o Técnico especialista en educación infantil, rama servicios a la comunidad.

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3.2.- Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de fi nalizar el plazo de presentación de instancias y continuar con los mismos durante el procedimiento de selec-ción hasta el momento de acordarse la contratación.

4.- FORMA Y PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. 4.1.- Las personas que deseen tomar parte en el proceso selectivo, al que se refi eren estas

bases, deberán rellenar la solicitud, conforme al modelo señalado en el Anexo I. Las instancias solicitando tomar parte en este proceso se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayunta-

miento de Suances y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento sito en Plaza de Viares, nº 1, en el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Ofi cial de la Comunidad de Cantabria.

4.2. Los aspirantes acompañarán a su solicitud los siguientes documentos: — Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o pasaporte. — Fotocopia compulsada del título de Técnico Superior en Educación Infantil o titulación

equivalente de Técnico Especialista en Jardín de Infancia o Técnico especialista en educación infantil, rama servicios a la comunidad.

— Documentación justifi cativa de Cursos de formación, si se poseen — Documentación justifi cativa de experiencia profesional, si se posee, en la forma estable-

cida en la base 8.

5. ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Expirado el plazo de presentación de instancias, el señor alcalde dictará Resolución decla-

rando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, indicando en la relación de exclui-dos, las causas de su inadmisión, para que en el plazo de diez días naturales se proceda en su caso a la subsanación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común. Esta Resolución se publicará en el tablón de edictos y en la pag web municipal www.suances.es. (Ordenanzas, Bandos y Resoluciones). En el caso de que no haya excluidos, la lista provisional se elevará a defi nitiva. La lista defi nitiva con los admitidos y excluidos se publicará en la pag web municipal www.suances.es y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

6. TRIBUNAL DE SELECCIÓN. 6.1. El Tribunal estará constituido de conformidad con el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12

de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo la totalidad de los miembros del Tribunal de selección poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el acceso a la categoría que se está seleccionando, cuya composición se hará pública en la lista defi nitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

6.2. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deli-beraciones y toma de acuerdos se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del presidente del Tribunal.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notifi cándolo a la autoridad que los nombró, cuando concurran en ellos algunas de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas, análo-gas a las convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

Los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

6.3. El Tribunal está facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en las bases.

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7. SISTEMA DE SELECCIÓN.

El sistema selectivo constará de una fase de concurso y de una prueba práctica.

7.1. La fase de concurso tiene por objeto valorar los cursos y la experiencia de cada aspi-rante, conforme al sistema de califi cación establecido en estas bases

7.2. La prueba práctica se realizará con los aspirantes y de la forma indicada en la Base 9.

8. FASE DE CONCURSO.

La puntuación máxima de esta fase no excederá de 6 puntos, de los cuales 4 corresponde-rán a la valoración de la experiencia en trabajos similares a los de los puestos de trabajo que se ofertan y 2 a cursos de formación.

A) Por CURSOS DE FORMACIÓN en temas relacionados con las tareas a desempeñar, hasta un máximo de 2 puntos.

El sistema de valoración será el siguiente:

Por cada fracción de 10 horas: 0,2 puntos.

No se valorarán los cursos en los que no se especifi que claramente, el número de horas y contenido detallado.

Deberán aportarse original o fotocopias compulsadas del certifi cado de asistencia al curso o de realización del mismo.

B) Por EXPERIENCIA PROFESIONAL.

La puntuación máxima de esta fase no excederá de 4 puntos.

En el caso de haber realizado trabajos de Técnico de educación infantil, contratado como per-sonal laboral o como funcionario, por un Ayuntamiento, en las Aulas de 2 años, se valorará: 0,20 puntos por cada mes de trabajo a jornada completa, hasta un máximo de 3 puntos, de manera que en el caso de que la jornada sea a tiempo parcial, se prorrateará la puntuación asignada.

En el caso de haber realizado trabajos de Técnico de educación infantil en otras áreas/ám-bitos, o a través de una empresa de prestación de servicios contratada por un Ayuntamiento, para la gestión de las Aulas de 2 Años, se valorará: 0,10 puntos por cada mes de trabajo a jornada completa, hasta un máximo de 1,5 puntos, de manera que en el caso de que la jornada sea a tiempo parcial, se prorrateará la puntuación asignada.

Se acreditarán los extremos referidos en los apartados anteriores del siguiente modo:

— En el caso de personal laboral se aportarán: los contratos de trabajo (originales o copias compulsadas), el alta y baja de este trabajador en la Seguridad Social y el informe de vida laboral que lo refl eje, así como certifi cado que acredite las funciones realizadas, de manera que si no se presentan los documentos citados no se valorarán por el Tribunal.

— En el caso de funcionarios se aportará el acta de toma de posesión y de cese, el alta y baja de este trabajador en la Seguridad Social y el informe de vida laboral que lo refl eje, así como certifi cado que acredite las funciones realizadas.

Todos los documentos serán originales o fotocopias compulsadas, de manera que si no se aportan los mismos, en el plazo inicial de presentación de instancias, salvo causa justifi cada y acreditada documentalmente por el aspirante, no serán tenidos en cuenta en la valoración.

9. EJERCICIO ÚNICO.

Tras la valoración de los méritos por el Tribunal se hará público el resultado en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal, por orden de puntuación de ma-yor a menor, a efectos de proceder a la realización del ejercicio único con dos partes, con los quince que hayan obtenido la máxima puntuación, que será obligatorio. El lugar, día y hora de celebración del ejercicio se indicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la pag web municipal, lo que se publicará con al menos tres días de antelación a su celebración.

— Ejercicio único (dos partes).

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1. Una primera parte consistirá en contestar de manera oral, a una serie de cuestiones re-lativas al trabajo que en su caso van a desempeñar, valorándose esencialmente las aptitudes, maneras de actuar ante circunstancias concretas, conocimientos, formación, habilidades y claridad de exposición, siendo su puntuación máxima 3 puntos.

2. La segunda parte consistirá en una entrevista, en la que se valorarán los siguientes as-pectos: trayectoria profesional, disponibilidad, así como la actitud y aptitud profesional para el desempeño del puesto, que tendrá una puntuación máxima de 1 punto.

10.- PUNTUACIÓN FINAL Y FORMACION DE BOLSA DE EMPLEO.

La puntuación fi nal estará determinada por la suma de las puntuaciones correspondientes a la prueba práctica y los méritos valorados.

En el caso de que se produjera empate entre varios aspirantes, se dará preferencia al que mayor puntuación obtuviese en la prueba práctica, si persistiera el empate, se dará preferencia al aspirante que mayor puntuación obtuvo en los méritos relativos a la experiencia profesional, en caso de persistir el empate se dirimirá a suerte.

Realizadas estas operaciones el Tribunal publicará la lista con la puntuación fi nal de los aspirantes, en la página web municipal y en el tablón de edictos, tras lo cual se elevará la propuesta de formación de la Bolsa de Empleo por el orden de puntuación, al presidente de la Corporación de Suances.

Esta bolsa será utilizada en los casos que se precise realizar contrataciones, llamándose por el orden de puntuación de la bolsa, mediante dos llamadas telefónicas y un correo electrónico al teléfono y email respectivo, señalados por los aspirantes en sus instancias.

Indicar que en el caso de que alguno de los aspirantes, cambie de teléfono o correo deberá comunicarlo al Ayuntamiento de Suances.

Si efectuadas las llamadas y el envío del correo electrónico, transcurre un plazo de 24 horas y no fuera posible contactar con el interesado o no se recibiera contestación del mismo, se pasará al siguiente de la lista. Cuando el aspirante fuera requerido para su nombramiento y re-chazara la oferta, perderá su lugar de la bolsa y pasará al último lugar, salvo causa justifi cada, entendiendo por tal: enfermedad o asimilación a ILT para desempeñar el trabajo o realización de un trabajo en otra Administración o en una empresa.

La contratación se llevará a efecto cuando surjan las necesidades para las que está prevista la Bolsa, debiendo la persona propuesta aportar ante la Administración, en un plazo máximo de diez días, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exi-gidos en la convocatoria que no se hayan aportado, siendo precisa la presentación de un certifi cado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función, conforme se señala en el Anexo II y de la cumplimentación de este Anexo II.

Si no presentara dicha documentación en el plazo señalado, salvo causa justifi cada, se po-drá proponer al siguiente aspirante con más puntuación. Una vez aportada la documentación requerida, se procederá a la contratación.

Finalizado el contrato, se mantendrá el orden de la bolsa de cara a una próxima contrata-ción.

11.- INCIDENCIAS Y RÉGIMEN JURÍDICO.

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección en todo lo no previsto en estas bases. La presente convocatoria y los actos administrativos que se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser recurridos por los interesados en los casos y forma prevista en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No obstante, las bases aprobadas ponen fi n a la vía administrativa conforme lo establecido en el artículo 52 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y por cualquier persona interesada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 30/92 mencionada podrá interponerse Recurso potestativo de Reposición

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en el plazo de un mes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/92 ante el alcalde de Suances, o bien, interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1988, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

ANEXO I

MODELO DE INSTANCIA BOLSA DE EMPLEO DE TÉCNICOS EN EDUCACIÓN INFANTIL PARA LAS AULAS DE DOS AÑOS

D./Dª…………….…………………………..………… D.N.I./CIF ..................................... …………………….…. domicilio.………………………………………………………… C.Postal ……………………….......municipio ………………………Provincia …….…… ………… Teléfono…………………. Fax……………… email………………………… A los efectos de ser admitido en el proceso selectivo a que se refiere la presente instancia, DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones exigidas en la convocatoria que tiene por objeto la formación de una bolsa de empleo de Técnicos de Educación Infantil para el aula de dos años, adjuntando: 1º.- Copia compulsada del DNI 2º.- Fotocopia compulsada de la titulación exigida (Técnico Superior en Educación Infantil o titulación equivalente de Técnico Especialista en Jardín de Infancia o Técnico especialista en educación infantil, rama servicios a la comunidad. ) 3º.- En su caso, la siguiente documentación a los efectos de valoración (rodear con un círculo la cruz, cuando se aporte la documentación):

+ Cursos + Experiencia profesional

Por todo lo cual SOLICITA:

Que se tenga por presentada la presente instancia dentro del plazo concedido al efecto y en consecuencia, sea admitido para tomar parte en el proceso de selección para la formación de una bolsa de empleo de Técnicos de Educación infantil .

En Suances a de de 2013

Firma del interesado

SR ALCALDE AYUNTAMIENTO DE SUANCES

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ANEXO II

D/Dª……............................................…………………............................, mayor de edad, vecino de……………..........................................., C.P……………................................. con domicilio en………….........................................……………………………, provisto de DNI..................... teléfono..................................................... Fax……………… email………………………

EXPONE

Que habiendo sido propuesto para su contratación como Técnico de Educación Infantil con carácter temporal presenta:

- Certificado médico que acredita no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño normal de las funciones propias del puesto.

- Asimismo, declara que no se halla incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad de acuerdo con la Ley de Incompatibilidades ni ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, CCAA o las Entidades Locales ni está inhabilitado para el ejercicio de funciones Públicas.

SOLICITA

Se admita la documentación presentada y aportada y se proceda a su contratación.

En…………..., a…………….... de……………………... de 2013.

(Firma del interesado)

Suances, 23 de julio de 2013.

El alcalde,

Andrés Ruiz Moya. 2013/11565

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4.ECONOMÍA, HACIENDA Y SEGURIDAD SOCIAL

4.1.ACTUACIONES EN MATERIA PRESUPUESTARIA

AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE

CVE-2013-11524 Exposición pública de la cuenta general de 2012.

Habiendo sido dictaminada por la Comisión especial de Cuentas de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 18 de julio de 2013 la cuenta general correspondiente al ejercicio 2012, de conformidad con el artículo 212.3 de) Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público la citada cuenta por el plazo de quince días junto con el informe emitido por la citada comisión, durante los cuales y ocho más, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos y observaciones.

Pesués, Val de San Vicente, 19 de julio de 2013.

El alcalde,

Roberto Escobedo Quintana. 2013/11524

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JUNTA VECINAL DE LANCHARES

CVE-2013-11558 Aprobación inicial y exposición pública del presupuesto general 2013.

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les, se somete a información pública el PRESUPUESTO del ejercicio 2013 en la Secretaría de la Junta Vecinal por el plazo de quince días, durante los cuales podrán presentarse las alegacio-nes, reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Si transcurrido este plazo no se hubieran presentado reclamaciones, se considerará defi ni-tivamente aprobado.

Lanchares, 23 de julio de 2013.

El alcalde-presidente,

Roberto Merino Sainz. 2013/11558

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JUNTA VECINAL DE LANCHARES

CVE-2013-11559 Exposición pública de la cuenta general 2012.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete a información pública la CUENTA GENERAL del ejercicio 2012 con sus justi-fi cantes y el informe de la Comisión Especial de Cuentas, por término de quince días.

En este plazo y ocho días más, se admitirán los reparos que puedan formularse por escrito, los que serán examinados por dicha Comisión, que practicará cuantas comprobaciones crea necesarias, emitiendo nuevo informe.

Lanchares, 23 de julio de 2013.

El alcalde-presidente,

Roberto Merino Sainz. 2013/11559

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CONCEJO ABIERTO DE VILLANUEVA DE LAS ROZAS DE VALDEARROYO

CVE-2013-11554 Aprobación defi nitiva del presupuesto general 2013.

Aprobado defi nitivamente el presupuesto general de la Junta Vecinal de Villanueva de las Rozas para el ejercicio 2013, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposi-ción pública, y comprensivo aquel del presupuesto general de la Entidad, bases de ejecución y plantilla de personal, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por Capítulos.

Estado de Gastos Capítulo Descripción Importe Consolidado

1 GASTOS DE PERSONAL 0,00 2 GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 7.530,00 3 GASTOS FINANCIEROS 150,00 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 0,00 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos 0,00 6 INVERSIONES REALES 5.000,00 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 8 ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 9 PASIVOS FINANCIEROS 0,00

Total Presupuesto 12.680,00

Estado de Ingresos Capítulo Descripción Importe Consolidado

1 IMPUESTOS DIRECTOS 0,00 2 IMPUESTOS INDIRECTOS 0,00 3 TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 300,00 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 0,00 5 INGRESOS PATRIMONIALES 7.380,00 6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 0,00 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 5.000,00 8 ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 9 PASIVOS FINANCIEROS 0,00

Total Presupuesto 12.680,00

Contra la aprobación defi nitiva del presupuesto podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Villanueva de las Rozas, 7 de julio de 2013.

La alcaldesa,

Lucía Rodríguez Mantecón. 2013/11554

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4.2.ACTUACIONES EN MATERIA FISCAL

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CVE-2013-11509 Notifi cación de propuesta de resolución del expediente sancionador número 61/13.

No habiéndose podido notifi car al interesado a través del Servicio de Correos la Propuesta de Resolución correspondiente al expediente sancionador número 61/13, se hace público el presente anuncio en cumplimiento de lo establecido en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Número de expediente: 61/13.

Nombre y apellidos: José Miguel Gonzalez Vega.

Domicilio: Granja Poch, número 14 - 2 B, 39300 Torrelavega.

Vistas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador número 61/13 incoado de ofi cio a don José Miguel González Vega, en su condición de titular del establecimiento de hostelería de Grupo E Bares Especiales, denominado Moderno, de Torrelavega, por infraccio-nes graves al horario de cierre establecido en el artículo 4 del Decreto 72/1997, de 7 de julio, Boletín Ofi cial de Cantabria número 146, de 23 de julio de 1997, por el que se establece el régimen general de horarios de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recrea-tivas, y resultando los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- Que, con fecha de 25 de marzo de 2013, la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia acordó la incoación del expediente sancionador referenciado, indi-cándose en el mismo - amén de los contenidos mínimos preceptuados en el artículo 13.1 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora - la advertencia de que si el interesado no efectuaba alegaciones en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la notifi cación de dicho acuerdo de incoación - que tuvo lugar con fecha 27 de abril de 2013, el mismo podría ser considerado como propuesta de resolución, no habiéndose presentado, dentro del citado plazo, alegación alguna por parte de aquel.

FUNDAMENTO DE DERECHO

Único.- Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13.2 y 18 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, «Boletín Ofi cial del Estado» del 9, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el meritado acuerdo de incoación se considera como propuesta de resolución al contener un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad imputada, en base a los hechos constatados en las denuncias de los agentes

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de la autoridad, así como en atención a la tipifi cación jurídica de las infracciones imputadas y de las posibles sanciones a imponer, por todo lo cual procede proponer - en concepto de sanción - la imposición a don José Miguel González Vega, titular del establecimiento Moderno, de Torrelavega, de multa de 600 euros por cada una de las dos infracciones graves cometidas los días 25 de diciembre de 2012 y 16 de marzo de 2013, ascendiendo la suma total de las sanciones a 1.200 euros.

En mérito a los antecedentes y fundamentos expuestos, el instructor del expediente san-cionador número 86/13, en atención a lo preceptuado en el artículo 19.1 del ya citado Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto,

ACUERDA

Conceder al interesado un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la notifi cación del presente, a fi n de que durante el mismo formule alegaciones y presente los documentos e informaciones que estime pertinentes.

A partir de la publicación del presente anuncio queda abierto un período de quince días, durante el cual el interesado podrá examinar el expediente en la Sección de Juego y Espectá-culos, Peña Herbosa, número 29 de Santander, a los efectos de que pueda formular las alega-ciones que estime convenientes.

Santander, 17 de julio de 2013.

El secretario general,

Javier José Vidal Campa. 2013/11509

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA

CVE-2013-11557 Citación para notifi cación de resolución de expediente sancionador 3/13/SAN en materia de Seguridad Alimentaria.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, y habiéndose intentado por dos veces la notifi cación a través del Servicio de Correos, a la/s persona/s, ente/s jurídicos o sus representantes, a quienes no ha sido posible notifi car por causas no imputables a esta Dirección General, es por lo que a través del presente anuncio se les cita para que comparezcan en las ofi cinas de la Dirección General de Salud Pública, Servicio de Seguridad Alimentaria, sita en la calle Federico Vial número 13, en Santander.

En virtud de lo anterior dispongo que los citados, o sus representantes debidamente acre-ditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publica-ción del presente anuncio en el BOC, en horario de nueve a catorce horas, para notifi carles por comparecencia actos administrativos que les afectan cuyas referencias constan seguidamente, con la advertencia de que si no atienden este requerimiento, la notifi cación se entenderá prac-ticada a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Acto a notifi car: Resolución de expediente sancionador.

— Apellidos y nombre o razón social: CONGELADOS GUMER, S. L.

— NIF/NIE/CIF: B-39676820.

— Expediente número 3/13/SAN.

Santander, 23 de julio de 2013.

La jefa de sección de Gestión de Higiene Alimentaria,

Marta Malo Mateo. 2013/11557

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA

CVE-2013-11579 Citación para notifi cación de propuesta de resolucion de expediente sancionador 19/13/DROG.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y habiéndose intentado por dos veces la notifi cación a través del Servicio de Correos, a la/s persona/s, ente/s jurídico/s o sus representantes, a quienes no ha sido posible notifi car por causas no imputables a esta Dirección General, es por lo que a través del presente anuncio se les cita para que comparezcan en las ofi cinas de la Dirección General de Salud Pública, sita en la calle Federico Vial número 13, en Santander.

En virtud de lo anterior dispongo que los citados, o sus representantes debidamente acre-ditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publi-cación del presente anuncio en el Boletín Ofi cial de Cantabria, en horario de nueve a catorce horas, para notifi carles por comparecencia actos administrativos que les afectan cuyas refe-rencias constan seguidamente, con la advertencia de que si no atienden este requerimiento, la notifi cación se entenderá practicada a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Acto a notifi car: Propuesta de resolución de expediente sancionador.

Apellidos y nombre o razón social: Miranda Díaz, José María.

NIF: 13919232T.

Expediente número: 19/13/DROG.

Santander, 23 de julio de 2013.

El director general de Salud Pública,

José Francisco Díaz Ruiz. 2013/11579

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA

CVE-2013-11580 Citación para notifi cación de acuerdo de iniciación de expediente san-cionador 65/13/DROG.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y habiéndose intentado por dos veces la notifi cación a través del Servicio de Correos, a la/s persona/s, ente/s jurídico/s o sus representantes, a quienes no ha sido posible notifi car por causas no imputables a esta Dirección General, es por lo que a través del presente anuncio se les cita para que comparezcan en las ofi cinas de la Dirección General de Salud Pública, sita en la calle Federico Vial número 13 en Santander.

En virtud de lo anterior dispongo que los citados, o sus representantes debidamente acre-ditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publi-cación del presente anuncio en el Boletín Ofi cial de Cantabria, en horario de nueve a catorce horas, para notifi carles por comparecencia actos administrativos que les afectan cuyas refe-rencias constan seguidamente, con la advertencia de que si no atienden este requerimiento, la notifi cación se entenderá practicada a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Acto a notifi car: Acuerdo de iniciación de expediente sancionador.

Apellidos y nombre o razón social: Gómez-Ullate Fuente, Javier.

NIF: 20216214K.

Expediente número: 65/13/DROG.

Santander, 23 de julio de 2013.

El director general de Salud Pública,

José Francisco Díaz. 2013/11580

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AUTORIDAD PORTUARIA DE SANTANDER

CVE-2013-11512 Notifi cación de resolución de requerimiento de retirada de embarca-ciones en presunto estado de abandono.

No conociéndose la identidad de los interesados en los expedientes de los que derivan las Resoluciones de la Dirección del Puerto de Santander, de fecha 25 de junio, 10, 12 y 18 de julio de 2013, es por lo que se procede a su notifi cación a través del B.O.C., de conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre:

“Según la información contenida en los Boletines de Denuncia del Servicio de Comisaría de la Autoridad Portuaria de Santander de fechas 7 y 16 de mayo de 2013, 10 y 11 de julio de 2013, las siguientes embarcaciones se encuentran en presunto estado de abandono:

Resolución 10 de julio de 2013: Embarcación sin nombre y sin matrícula, de la que se des-conoce el propietario, indebidamente varada en la rampa del Varadero.

Resolución 12 de julio de 2013: Embarcación sin nombre y sin matrícula, de la que se des-conoce el propietario, indebidamente varada en la rampa del Varadero.

Resolución 18 de julio de 2013: Embarcación con matrícula 7ª-GI-169-93, de nombre “FERGE”, de la que se desconoce el propietario, indebidamente varada en la rampa del Vara-dero.

Resolución 18 de julio de 2013 - Embarcación con matrícula 5ª-GI-4-01-92, sin nombre, de la que se desconoce el propietario, indebidamente varada en la rampa del Varadero, al No-roeste de la Dársena de Maliaño.

Por lo que, de conformidad con lo establecido en el art. 64 del Reglamento de Servicios, Policía y Régimen del Puerto de Santander, se requiere a los propietarios de dichas embarca-ciones para que en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde la fecha del presente requeri-miento, proceda a su retirada.

Finalizado el plazo concedido sin que se hubiera retirado la embarcación, esta Autoridad Portuaria procederá a realizarlo y a su entrega a desguace.

Todo ello sin perjuicio de la imposición de la oportuna sanción, según lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, y en el Reglamento de Servicios, Policía y Régimen General del Puerto, ya que la citada conducta podría ser constitutiva de una infracción sancionable con multa de hasta 60.000 €.”

Santander, 18 de julio de 2013.

La directora,

Cristina López Arias 2013/11512

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AUTORIDAD PORTUARIA DE SANTANDER

CVE-2013-11561 Notifi cación de resolución de expedientes sancionadores. Referencia 86/2013-R.

No habiendo podido ser notifi cadas por medios ordinarios, se procede a la notifi cación a tra-vés del B.O.C. y el tablón de anuncios de los Ayuntamientos correspondientes, de conformidad con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de las siguientes sanciones impuestas por el presidente de la Autoridad Portuaria de Santander, en función de la delegación de competencias aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de 21 de abril de 2005 (B.O.C. 16 de mayo de 2005).

NORMATIVA DE APLICACIÓN: R.D.L. 2/2011, de 5 de septiembre que aprueba el texto re-fundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercantes; Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora y Reglamento de Policía del Puerto de Santander, aprobado por O.M. de 17-01-77, (B.O.P. de fecha 1 de febrero y 14 de marzo de 1977) y criterios sancionadores aproba-dos por Acuerdo del Consejo de Administración de 14 de febrero de 2001 (B.O.C. 13-03-01). Acuerdo del Consejo de Administración de 18-05-2007 (B.O.C. de 6-06-2007) sobre limitación de velocidad dentro de la Zona de Servicio del Puerto.

INSTRUCTOR: Jefe de la Ofi cina de Secretaría de la Autoridad Portuaria de Santander (Art. 33.2,b, del R.D.L. 2/2011 que aprueba el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: El presidente de la Autoridad Portuaria de San-tander, en función de la delegación de competencias aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de 21 de abril de 2005 (B.O.C. 16 de mayo de 2005).

PAGO: Deberá realizarse mediante ingreso en la C/c nº 2100 1271 04 0200146078 de la Caixa, (haciendo constar nombre y nº de expediente). Transcurrido el plazo señalado sin que se haya verifi cado el pago, se procederá por vía de apremio y se aplicará un recargo del 20%.

RECURSOS: Contra la presente resolución, podrá interponer en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente al de su notifi cación, recurso potestativo de reposición ante el presidente de la Autoridad Portuaria de Santander (arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992 en su redacción dada por la Ley 4/1999).

Asimismo, podrá interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente al de su notifi cación, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Admi-nistrativo de Santander (arts. 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En el supuesto de haberse interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá in-terponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto (art. 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999)

— Denunciado: MANUEL R RUIZ DE ALDANA (ES0001913). Último domicilio: Sec. I Pol IV - SAN FRANCES DE S. ESTANY - BALEARES. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 3912HLN el 21-12-2012, al Norte de la Dársena de Maliaño. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

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- Denunciado: VICENTE ALONSO ALONSO (ES0031513). Último domicilio: Horcajuelo 2 - MADRID. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo M6307YS el 31-01-2013, en la c/ Las Quebrantas. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: JOSE L SIERRA MEDINA (ES0034913). Último domicilio: C. Bernardo Lavin - 21 - EL ASTILLERO- CANTABRIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 3747FKV el 04-03-2013, al Norte de la Dársena de Maliaño. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Desconocido.

- Denunciado: ANTONIO JIMÉNEZ VIAÑA (ES0036413). Último domicilio: Portuarios 19 - SANTANDER. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 4046BSB el 16-03-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: MOISÉS ARAUJO OTERO (ES0038713). Último domicilio: D José Garai 12 - BASAURI - VIZCAYA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 6972FYT el 17-03-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: MARCELINA MARTÍNEZ LÓPEZ (ES0039113). Último domicilio: Caseríos, 147 - TORRELAVEGA CANTABRIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 4867FNJ el 19-03-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: M JESÚS PAZOS HOYO (ES0039613). Último domicilio: Brazomar 54 - CAS-TRO URDIALES - CANTABRIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 6370HHS el 19-03-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Desconocido.

- Denunciado: VALENTÍN MENÉNDEZ COSTALES (ES0042313). Último domicilio: Monie-llo Rte la Barquera - LUANCO - ASTURIAS. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 6404FCN el 23-03-2013, en el Espigón de Molnedo. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Re-glam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: RAÚL FERNÁNDEZ CARAZO (ES0042513). Último domicilio: Pasadizo Cer-vantes 2 - SANTANDER. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo S5456Y el 24-03-2013, en el Espigón de Molnedo. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Desconocido.

- Denunciado: ANTONIO JIMÉNEZ VIAÑA (ES0043813). Último domicilio: Portuarios 19 - SANTANDER. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 4046BSB el 02-04-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: ANTONIO JIMÉNEZ VIAÑA (ES0044113). Último domicilio: Portuarios 19 - SANTANDER. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 1239BMG el 02-04-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: ALEJANDRO ROBETA BARATA (ES0045413). Último domicilio: M. Picabea 14, 5 B SANTANDER. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 3067CMH el 03-04-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: PEDRO M JIMÉNEZ LÓPEZ (ES0046413). Último domicilio: M. de la Hermida - SANTANDER. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo C0517CH el 02-01-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Desconocido.

- Denunciado: EXCLUSIVAS VICTORIA, SL (ES0048413). Último domicilio: Liebana, 9 - SANTANDER. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 0781GMC el 06-04-2013, en el Espigón de Molnedo. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

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- Denunciado: BLANCA L MARTÍN ONTAÑÓN (ES0057713). Último domicilio: Daoiz y Ve-larde 25 - SANTANDER. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo M5539XM el 03-05-2013, en el Espigón de Molnedo. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

Santander, 8 de julio de 2013.

El presidente,

José Joaquín Martínez Sieso. 2013/11561

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AUTORIDAD PORTUARIA DE SANTANDER

CVE-2013-11562 Notifi cación de incoación de expediente sancionador. Referencia 86/2013-N.

No habiendo podido ser notifi cadas por medios ordinarios las denuncias que a continuación se relacionan, se procede a su notifi cación a través del B.O.C. y el tablón de anuncios de los Ayuntamientos correspondientes, de conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 312.1.del R.D.L. 2/2011 de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante; Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora y Reglamento de Policía del Puerto de Santander, apro-bado por O.M. de 17-01-77, (B.O.P. de fecha 1 de febrero y 14 de marzo de 1977) y criterios sancionadores aprobados por Acuerdo del Consejo de Administración de 14 de febrero de 2001 (B.O.C. 13-03-01). Acuerdo del Consejo de Administración de 18-05-2007 (B.O.C. de 6-06-2007) sobre limitación de velocidad dentro de la Zona de Servicio del Puerto.

INSTRUCTOR: Jefe de la Ofi cina de Secretaría de la Autoridad Portuaria de Santander (Art. 33.2,b, del R.D.L. 2/2011 que aprueba el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: El presidente de la Autoridad Portuaria de San-tander, en función de la delegación de competencias aprobada por acuerdo del Consejo de Administración de 21 de abril de 2005 (B.O.C. 16 de mayo de 2005).

PLIEGO DE DESCARGOS: Deberá formularse en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de publicación de este anuncio.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: Plazo de quince días para formular alegaciones, previo exa-men (si lo desea) del expediente administrativo.

PAGO: Deberá realizarse mediante ingreso en la C/c nº 2100 1271 04 0200146078 de la Caixa, (haciendo constar nombre y nº de expediente).

REDUCCIÓN: Si el pago se efectúa en el plazo señalado para formular el pliego de des-cargos, sobre el importe de la sanción se aplicará un descuento del 50%, con las siguientes excepciones: que se trate de hechos que hayan ocasionado daños o peligros para las personas, que se trate de hechos que supongan desconsideración o menosprecio hacia el personal del Puerto, sus autoridades u órganos de administración y aquellos otros en los que la Dirección así lo determine en atención a las circunstancias del caso.

Si se presentase el pliego de descargos en el plazo señalado, se formulará propuesta de re-solución al consejo en los términos expuestos, de conformidad con lo previsto en el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora:

— Denunciado: CLARKIA, S. L. (ES0026913). Último domicilio: C. del Pare Ferrán Alcina 6 - ONTENIENTE - VALENCIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 5600CPT el 01-

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03-2013, en la c/ Alfonso Pérez. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Desconocido.

- Denunciado: KARLOS SÁNCHEZ MIGUEL (ES0039713). Último domicilio: Doctor E. Oribe 13, - BILBAO - VIZCAYA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 6926GYJ el 19-03-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: ESTRELLA PUBLICIDAD, S. L. (ES0042113). Último domicilio: Atocha 45 - MADRID. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 1495FSL el 23-03-2013, en el Faro de Cabo mayor. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Des-conocido.

- Denunciado: MARCO A LIAÑO BALDIZÁN (ES0056613). Último domicilio: La Fuente 1 - OTEROS DE «Boletín Ofi cial del Estado»DO- PALENCIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 3860DVL el 03-05-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: APROV. CLIMATIZACIÓN DE LA ENERGÍA SOLAR (ES0056713). Último do-micilio: Avda. del Monte - TORRELODONES - MADRID. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 0365HDK el 03-05-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente

- Denunciado: MANUEL SÁNCHEZ TORRE (ES0057513). Último domicilio: Lasaga Larreta 7 - TORRELAVEGA - CANTABRIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo S9947AP el 03-05-2013, en el vial Norte de acceso a la Lonja. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: M JOSÉ GARCÍA TRIBANO (ES0058913). Último domicilio: c/ Las Escuelas 72, 2 - CUDÓN - CANTABRIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 1398CXS el 13-05-2013, al Norte de la Dársena de Maliaño. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: JOSÉ C OSMA GUTIÉRREZ (ES0059913). Último domicilio: c/ Puente, s/n - SAN MARTÍN DE ELINES - CANTABRIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 1291DJG el 21-05-2013, al Norte de la Dársena de Maliaño. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente

- Denunciado: RAMÓN S INÉS GARCÍA (ES0060013). Último domicilio: c/ Ctr. De la Estación 39 - TORO - ZAMORA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 7394CZH el 21-05-2013, al Norte de la Dársena de Maliaño. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: ENRIQUE A LÓPEZ VALLEJO (ES0060213). Último domicilio: c/ La Cantábrica 22 - EL ASTILLERO - CANTABRIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 0265BLS el 21-05-2013, al Norte de la Dársena de Maliaño. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente

- Denunciado: GUILLERMO BARREDA LANDERAS (ES0062413). Último domicilio: Plaza las Autonomías 12 - TANOS - CANTABRIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 8815FRR el 31-05-2013, en la c/ Gamazo. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente

- Denunciado: ROSA M BARATA PAZ (ES0062713). Último domicilio: La Calva 77 - REVILLA - CANTABRIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo S6620AF el 31-05-2013, en el vial Norte de acceso a la lonja. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente

- Denunciado: ROBERTO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ (ES0063413). Último domicilio: La Esta-ción 20 - SOLARES - CANTABRIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 2659FGK el 31-05-2013, al Norte de la Dársena de Maliaño. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

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- Denunciado: MIGUEL GÓMEZ RAMOS (ES0065013). Último domicilio: c/ mayor 12 - PE-TRER - ALICANTE. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 7871DKN el 02-06-2013, en el Espigón de Molnedo. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente

- Denunciado: ANA MORAR RALUCA (ES0065713) Último domicilio: Pz. Del Salvador, 2-3C - ARGANDA - MADRID. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 1238BMG el 12-04-2013, al Norte de la Dársena de Maliaño. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: JUAN C RUIZ SAN MILLÁN (ES0065813) Último domicilio: Ur. El Castillete 14 - SOTO DE LA MARINA - CANTABRIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo S6537AG el 01-06-2013, en la rampa de prácticos. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: ENRIQUE A LÓPEZ VALLEJO (ES0065913) Último domicilio: La Cantábrica 22 - EL ASTILLERO - CANTABRIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 0265BLS el 29-05-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: LEONCIO ESTÉBANEZ MEDIAVILLA (ES0066013) Último domicilio: Sta. Teresa de Jesús 3 - MALIAÑO - CANTABRIA. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 9386GGB el 29-05-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Re-glam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: FÉLIX MORENO MENÉNDEZ (ES0066313) Último domicilio: Gral. Dávila 158 - SANTANDER. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 5485-FKJ el 11-06-2013, en el Espigón de Molnedo. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: ANTONIO JIMÉNEZ VIAÑA (ES0067113) Último domicilio: Portuarios 19 -SANTANDER. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 1239-BMG el 14-06-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Ausente.

- Denunciado: MARTÍN TORRELLAS BOLIVAR (ES0068513) Último domicilio: A. Mendoza 8 - SANTANDER. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 1943-GJG el 19-03-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: Desconocido.

- Denunciado: ELISEO VALLE ARRIOLA (ES0086313) Último domicilio: T del Monte 5 - SANTANDER. Motivo: Estacionamiento indebido del vehículo 0436CHJ el 19-03-2013, en la c/ Aníbal G. Riancho. Art. 306.1.a) R.D. 2/2011 y art. 17 Reglam. Cuantía 120,20 €. Motivo: D. Incorrecta.

Santander, 9 de julio de 2013.

La directora,

Cristina López Arias. 2013/11562

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AYUNTAMIENTO DE MIENGO

CVE-2013-11514 Aprobación y exposición pública de los padrones de las Tasas por Suministro de Agua Potable, Saneamiento, Recogida de Residuos Ur-banos y Canon de Saneamiento para el segundo trimestre de 2013, y apertura del período voluntario de cobro.

Por Resolución de Alcaldía de fecha 23 de julio de 2013, se aprobaron provisionalmente los padrones de contribuyentes y la liquidación de las tasas por prestación del servicio de agua, saneamiento, recogida de residuos urbanos y canon de saneamiento autonómico, correspon-dientes al segundo trimestre de 2013.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la L.G.T., se exponen al público en las dependencias de Ascan, S. A., sitas en la plaza Marqués de Valdecilla, de Miengo, por el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Ofi cial de Cantabria, pudiendo los interesados examinar los padrones y presentar, en su caso, las reclamaciones que estimen oportunas e interponer recurso de repo-sición previo al contencioso-administrativo contra las liquidaciones aprobadas ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, durante el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la fi -nalización del período de exposición pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.c) del R. D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. Asimismo, podrán interponer cualquier otro recurso o reclamación que estimen pertinente, entendiéndose aprobados los padrones defi nitivamente en el supuesto de que, transcurrido dicho plazo, no se presentara ninguna.

La mera interposición del recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado sino en los casos y circunstancias previstos en el artículo 14.2.i.) del mismo texto legal.

Transcurrido un mes a contar desde el día siguiente al de la interposición del recurso, sin que hubiera recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía contencioso-administrativa.

Contra el Canon de Saneamiento podrán interponer reclamación económico-administrativa ante la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria.

Para aquellas liquidaciones cuya ejecución no hubiera quedado suspendida se abrirá el pe-ríodo de cobro de los recibos incluidos en los citados padrones conforme al siguiente detalle:

CONCEPTO: Tasas por prestación del Servicio de Agua, Saneamiento, recogida de Residuos Urbanos y Canon de Saneamiento Autonómico.

PERIODO: Segundo trimestre de 2013.

PLAZO DE INGRESO: La cobranza de las referidas tasas, tendrá lugar en periodo voluntario en los días comprendidos entre el 31 de julio de 2013 y el 30 de septiembre de 2013, ambos incluidos. Transcurrido dicho plazo sin haberse hecho efectivas serán exigibles por el procedi-miento de apremio, devengando el correspondiente recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan hasta la fecha del pago, de acuerdo con lo estable-cido en la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudación.

LUGAR DE INGRESO: Los no domiciliados podrán abonar el correspondiente importe en las ofi cinas de Caja Cantabria, mediante la presentación de la factura remitida.

Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación

Miengo, 23 de julio de 2013.

El alcalde,

Avelino Cuartas Coz.

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DECRETO

Confeccionados los padrones de contribuyentes de las Tasas por Prestación del Servicio de Agua, Saneamiento, Recogida de Residuos Urbanos y Canon de Saneamiento Autonómico, correspondientes al segundo trimestre de 2013, al amparo de las competencias que me son atribuidas por el artículo 21. 1.g) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículo 24.g) del R.D. Leg. 781/1.986, de 18 de abril, que aprueba el Texto Refundido de Régimen Local, y a la vista de las Ordenanzas Fiscales Municipales reguladoras de las Tasas por la prestación de los referidos servicios

RESUELVO

Primero. Aprobar los padrones de contribuyentes y la liquidación de las Tasas por los Servi-cios de Agua, Saneamiento, Recogida de Residuos Urbanos y Canon de Saneamiento Autonó-mico correspondientes al segundo trimestre de 2013.

Segundo. Realizar la exposición al público de los mismos por el plazo de veinte días de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación mediante publicación del anuncio de exposición en el Boletín Ofi cial de Cantabria y tablón de anuncios del Ayuntamiento, al objeto de que los legítimos interesados puedan exa-minarlos e interponer contra los mismos las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero. Establecer el período de cobranza de las referidas tasas, en periodo voluntario, entre el 31 de julio de 2013 y el 30 de septiembre de 2013, ambos incluidos. Transcurrido dicho plazo sin haberse hecho efectivas serán exigibles por el procedimiento de apremio, de-vengando el correspondiente recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan hasta la fecha del pago, de acuerdo con lo establecido en la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudación.

Cuarto. Contra las liquidaciones tributarias derivadas de los presentes padrones podrá, en su caso, interponerse recurso de reposición previo al contencioso administrativo, ante la Al-caldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde la fi nalización del período de exposición al público del correspondiente padrón, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.c) del R. D. Leg. 2/2.004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refun-dido de la Ley de Haciendas Locales. Asimismo, podrán interponer cualquier otro recurso o reclamación que estimen pertinentes, entendiéndose aprobados los padrones defi nitivamente en el supuesto de que transcurrido dicho plazo, no se presentara ninguna.

Contra la desestimación del recurso de reposición se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de dicha jurisdicción en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notifi cación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es ex-preso. Si no lo fuera, será de seis meses, a partir del día siguiente a aquel en que de acuerdo con su normativa específi ca se produzca el acto presunto, así mismo podrán interponer cual-quier otra recurso o reclamación que estimen pertinentes.

Lo manda y fi rma el señor alcalde, don Avelino Cuartas Coz, en Miengo a 23de julio de 2013.

El alcalde, Avelino Cuartas Coz. Ante mí, el secretario,

J. Ramón Echegoyen Maeztu. 2013/11514

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JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

AYUNTAMIENTO DE PIÉLAGOS

CVE-2013-11547 Aprobación y exposición pública del padrón de las Tasas por Presta-ción del Servicio de Agua, Recogida de Basuras y Alcantarillado del segundo trimestre de 2013, y apertura del período voluntario de co-bro.

Habiéndose aprobado el padrón de Tasas por Prestación del Servicio de Agua Potable, Re-cogida de Basuras y Alcantarillado correspondiente al Segundo trimestre del ejercicio 2013, se somete a información pública por el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Ofi cial de Cantabria, al objeto de que pueda formular cuantas alegaciones estime pertinentes.

Igualmente, se les comunica que con el recibo correspondiente a éste tributo municipal, se pondrá al cobro el Canon de Saneamiento del Gobierno Regional.

Contra el padrón de Tasas por Abastecimiento de Agua, Recogida de Basuras y Alcantari-llado, podrán interponer recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la fi nalización del periodo de información pública.

Contra el Canon de Saneamiento podrán interponer reclamación económico-administrativa ante la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria.

Asimismo, se procede a la apertura del periodo cobratorio del siguiente modo:

a) Plazo de ingreso: Del 1 de septiembre al 30 de septiembre de 2013

b) Modalidad de ingreso: El ingreso se podrá realizar por domiciliación bancaria, o en su defecto, en cualquiera de las siguientes entidades bancarias:

— Banco Bilbao Vizcaya

— Caja Cantabria

— Caixa

— BSCH

Se le advierte que transcurrido el plazo de ingreso, las deudas de los tributos municipales serán exigidas por el procedimiento de apremio, con los recargos, intereses y costas que pro-cedan, así como que la presente notifi cación tendrá la consideración de notifi cación colectiva a todos los efectos.

Piélagos, 16 de julio de 2013.

El alcalde,

Enrique Torre Bolado. 2013/11547

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JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

MANCOMUNIDAD DE LOS VALLES DE IGUÑA Y ANIEVAS

CVE-2013-11523 Aprobación y exposición pública del Padrón de la Tasa por Recogida de Basuras del primer semestre de 2013, y apertura del período vo-luntario de cobro.

Por Resolución de la Presidencia de fecha 15 de julio del 2013 ha sido aprobado el padrón de contribuyentes correspondiente a la Tasa por el Servicio de Recogida de Basura del 1º se-mestre del 2013.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la L.G.T., se exponen al público por el plazo de veinte días hábiles para la presentación de reclamaciones, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Ofi cial de Cantabria, pudiendo pre-sentar los interesados legítimos las que estimen oportunas e interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo contra las liquidaciones aprobadas, ante la Presidencia de esta Mancomunidad, durante el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la fi nalización del período de exposición pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.c) del R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. Asimismo, podrán interponer cualquier otro recurso o reclamación que estimen pertinente, entendiéndose aprobado el padrón defi nitivamente en el supuesto de que transcurrido dicho plazo, no se presentara ninguna.

La mera interposición del recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado sino en los casos y circunstancias previstos en el artículo 14.2.i.) del mismo texto legal.

Transcurrido un mes a contar desde el día siguiente al de la interposición del recurso, sin que hubiera recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía contencioso-administrativa.

Simultáneamente, y para todas aquellas liquidaciones cuya ejecución no hubiera quedado suspendida, se abrirá el periodo de cobro de los recibos incluidos en los citados Padrones con-forme al siguiente detalle:

— Plazo de ingreso en período voluntario. Desde el día 1 de agosto de 2013 al 1 de octubre de 2013 (ambos inclusive).

— Lugar de ingreso: En cualquier sucursal de Caja Cantabria con presentación de los reci-bos, que la misma previamente les habrá remitido por correo a su domicilio tributario.

Transcurrido el plazo de ingreso señalado en este anuncio, sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, devengando el corres-pondiente recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan hasta la fecha del pago, de acuerdo con lo establecido en la Ley General Tributaria y el Regla-mento General de Recaudación.

Arenas de Iguña, 15 de julio de 2013.

El presidente,

Pablo Gómez Fernández. 2013/11523

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4.4.OTROS

AUTORIDAD PORTUARIA DE SANTANDER

CVE-2013-11513 Notifi cación de resolución que desestima recurso de reposición de expediente sancionador ES0060112.

No habiendo podido ser notifi cada por medios ordinarios la Resolución siguiente, se procede a su notifi cación a través del B.O.C. y el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Torrelavega, de conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero:

Número de expediente: ES0060112.

Nombre y apellidos: Doña María Eugenia Berrio Palencia.

Domicilio: Urb. Villafranca, 375 A, Campuzano, Torrelavega (Cantabria).

ANTECEDENTES:

1º.- Con fecha 9 de noviembre de 2012 se incoó a doña María Eugenia Berrio Palencia el expediente sancionador nº ES0060112 por el estacionamiento indebido del vehículo matrícula 9205-HFW, el 3 de octubre de 2012, en la calle Aníbal G. Riancho, ignorando la señalización existente de prohibido estacionar, en el que se formulaba una propuesta de sanción de ciento veinte euros con veinte céntimos (120,20 €.)

La notifi cación de la Resolución, al no poder realizarse por medios ordinarios (“ausente” en horas de reparto), se efectuó mediante publicación en el Boletín Ofi cial de Cantabria del día 4 de diciembre de 2012 y mediante la exposición de anuncio en el tablón de anuncios del Ayun-tamiento de Torrelavega, de conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

2º.-Con fecha 4 de enero de 2013 la Presidencia de esta Entidad, de conformidad con la de-legación de competencias aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander de 21 de abril de 20005 (B.O.C. 16-05-2005), impuso la correspon-diente sanción, de conformidad con los hechos expuestos, los preceptos citados y a la vista del expediente instruido, siendo notifi cada el 12 de febrero de 2013, a través de su publicación en el Boletín Ofi cial de Cantabria y mediante la exposición de anuncio en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Torrelavega, de conformidad con las normas citadas anteriormente.

3º.- Finalizado el período voluntario de pago, el expediente sancionador fue remitido a la Agencia Tributaria para su exacción por vía de apremio (art. 126.1 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante) el 3 de abril de 2013.

4º.- Con fecha 31 de mayo de 2013, a doña María Eugenia Berrio Palencia presenta “es-crito” de alegaciones contra la Providencia de apremio de referencia S1741812399006010.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO: En aplicación de lo dispuesto por el artículo 110.2 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-

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trativo Común el escrito presentado debe ser admitido a trámite atribuyéndole el carácter de recurso de reposición que legalmente le corresponde.

SEGUNDO: La tramitación del expediente sancionador se ha realizado conforme lo previsto en el Título IV del texto refundido de la Ley de de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

Las notifi caciones efectuadas se han adaptado a los requisitos establecidos en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales (art. 41 y siguientes, Disposiciones Generales sobre la entrega de notifi caciones).

En este sentido cabe señalar que las notifi caciones realizadas se han dirigido al último domicilio conocido del interesado, por parte de esta Entidad (Urbanización Villafranca, 375 A, Campuzano, Torrelavega (Cantabria). No obstante lo anterior, el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que “cuando los interesados en un procedimiento sean des-conocidos, se ignore el lugar de la notifi cación o el medio a que se refi ere el punto 1 de este artículo, o bien, intentada la notifi cación, no se hubiese podido practicar, la notifi cación se hará por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, en el «Boletín Ofi cial del Estado» y Boletín Ofi cial de Cantabria, según cual sea la Administración de la que proceda el acto a notifi car, y el ámbito territorial del órgano que lo dictó.”

Asimismo, se ha cumplido lo establecido en el art. 42 y siguientes del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, que establecen las disposiciones generales sobre la en-trega de notifi caciones, en concreto en los supuestos de notifi caciones con dos intentos de entrega, cuando intentada la notifi cación en el domicilio del interesado, nadie pudiera hacerse cargo de la misma por estar ausente en esos momentos.

En consecuencia, tanto la Resolución de incoación como la Resolución de imposición de sanción han sido debidamente notifi cadas a través de su publicación en el B.O.C. y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Torrelavega.

Por lo tanto, a la vista de lo anteriormente expuesto, esta Dirección, ha resuelto,

Desestimar el Recurso de Reposición interpuesto por a doña María Eugenia Berrio Palencia, contra la Providencia de Apremio de referencia S1741812399006010.

Contra la presente Resolución, que pone fi n a la vía administrativa, podrá interponer recla-mación económico-administrativa en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notifi cación de la presente Resolución.

La reclamación deberá interponerse ante esta Autoridad Portuaria (Art. 235, apartados 1 y 3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria).

Santander, 18 de julio de 2013.

El presidente de la Autoridad Portuaria de Santander,

José Joaquín Martínez Sieso. 2013/11513

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1560

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6.SUBVENCIONES Y AYUDAS PARTICULARES

CVE-2013-11560 Convocatorias de los Premios Tesis Doctorales, Premios de Excelen-cia, Becas para el Máster (Maestría) Internacional en Banca y Mer-cados Financieros en México y las Ayudas a la Investigación, en su edición de 2013.

FUNDACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA PARA EL ESTUDIO Y LA INVESTIGACIÓN DEL SECTOR FINANCIERO A TRAVÉS DEL SANTANDER FINANCIAL INSTITUTE (SanFI) CON-VOCA:

Los Premios Tesis Doctorales, Premios de Excelencia, Becas para el Máster (Maestría) In-ternacional en Banca y Mercados Financieros en México y las Ayudas a la Investigación, en su edición de 2013.

La Fundación de la Universidad de Cantabria para el Estudio y la Investigación del Sector Fi-nanciero (UCEIF), a través del Santander Financial Institute (SanFI) abre la convocatoria de los Premios Tesis Doctorales, Premios de Excelencia, las Becas para el Máster (Maestría) Interna-cional en Banca y Mercados en México y las Ayudas a la Investigación, en su edición de 2013.

El texto íntegro de las bases puede consultarse en www.fundacion-uceif.org.

Santander, 24 de julio de 2013.

El director gerente,

Juan José Gutiérrez Alvear. 2013/11560

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0904

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7.OTROS ANUNCIOS 7.1.URBANISMO

AYUNTAMIENTO DE BAREYO

CVE-2013-10904 Información pública de solicitud de autorización de obras en zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre. Expediente 119/2013.

“Arbide de Inversiones, S. L.” ha presentado solicitud de licencia para construcción de vivienda unifamiliar en calle Rucieras, n.º 129, de Ajo, en la fi nca con referencia catastral 0663208VP5106S0001TT, dentro de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre.

De conformidad con lo dispuesto los artículo 27.2 de la Ley 2/2004, de 27 de septiembre,

del Plan de Ordenación del Litoral y 116.1 de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, el expediente se somete a informa-ción pública por plazo de quince días, para que pueda ser examinado y para que, en

su caso, se formulen frente al mismo las alegaciones que se estimen oportunas.

Bareyo, 5 de julio de 2013.

El alcalde,

José de la Hoz Lainz. 2013/10904

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0271

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AYUNTAMIENTO DE CAMALEÑO

CVE-2013-10271 Concesión de licencia de primera ocupación para vivienda unifamiliar en Lon.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 190.2 y 193 de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación del Territorio y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, se hace público que por Resolución de la Alcaldía número 122/2013, de fecha 25 de junio de 2013, se otorgó la siguiente licencia de primera ocupación.

Promotor: Vicente Fernández Martín.

Uso: Vivienda unifamiliar.

Dirección de la vivienda: Lon.

RECURSOS

Los acuerdos precedentes, ponen fi n a la vía administrativa.

Contra esta Resolución, los interesados podrán interponer recurso contencioso-adminis-trativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santander, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el “BOC” del presente anuncio.

Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que las ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde la fecha a que se hace referencia en el apartado anterior.

Camaleño, 25 de junio de 2013.

El alcalde-presidente,

Óscar Casares Alonso. 2013/10271

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340

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AYUNTAMIENTO DE ESCALANTE

CVE-2013-8340 Concesión de licencia de primera ocupación de viviendas adosadas en la Unidad de Actuación del barrio de Noval.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 190.2 y 193 de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación del Territorio y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, se hace público que la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 5 de abril de 2013, otorgó la siguiente licencia de primera ocupación:

Promotor: Promociones Rebijones S. L., Intermobiliaria, S. A., Tres y Ana, S. L.

Uso: 16 viviendas unifamiliares adosadas.

Dirección de la vivienda: Bº Noval de Escalante.

Recursos:

Si se desean impugnar los acuerdos precedentes, que ponen fi n a la vía administrativa, procede interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santander, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOC del presente anuncio.

Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que las ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde la fecha a que se hace referencia en el apartado anterior.

También podrá anteponer cualquier otra reclamación que estime procedente.

Escalante, 21 de mayo de 2013.

El alcalde,

Juan José Alonso Venero. 2013/8340

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567

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AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

CVE-2013-9567 Concesión de licencia de primera ocupación. Expediente de obra ma-yor 29/10.

Por el concejal delegado, se ha dictado el 14 de abril de 2013, la resolución que a continua-ción se transcribe:

Aprobar a Santander Telesport S. L. reformado de proyecto inicial de construcción de un edifi cio para infraestructuras básicas en la C/ Albert Einstein Nº 44, de acuerdo con documen-tación presentada visada en 24 de julio de 2012, y conceder licencia municipal de obras al mismo, legalizando las obras efectuadas.

Asimismo acceder a lo solicitado y, en su virtud, de acuerdo con informes emitidos al efecto, conceder licencia de primera ocupación para dicha edifi cio, conforme determinan los art. 185 Ley de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria y 21 del Regla-mento de Servicios de las Corporaciones Locales.

Expidiéndose, por tanto, la presente licencia de primera ocupación, cumplidos los trámites reglamentarios exigidos al efecto.

Contra la presente resolución se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación. También se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados, igual-mente a partir del día siguiente al de publicación.

Santander, 31 de mayo de 2013.

El concejal delegado (ilegible). 2013/9567

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013-1

1168

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AYUNTAMIENTO DE SANTILLANA DEL MAR

CVE-2013-11168 Aprobación inicial del modifi cado número 7 del Plan General de Or-denación Urbana y Plan Especial del Conjunto Histórico de Santillana del Mar.

Por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 26 de junio de 2013, se aprobó INI-CIALMENTE la Memoria de la Modifi cación nº 7 del Plan General de Ordenación Urbana y Plan Especial del Conjunto Histórico de Santillana del Mar, promovido por la mercantil Promociones Viveda-Ongayo, S. L., al objeto de crear un nuevo acceso al parque público, permutándose parcelas privadas y públicas, así como la ampliación de la carretera autonómica CA-340, a su paso por suelo urbano consolidado de Viveda.

De conformidad con lo establecido en el artículo 68.2 de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, se somete el expediente a información pública por plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Ofi cial de Cantabria, pudiendo ser examinado en la Secretaría de este Ayuntamiento.

Santillana del Mar, 9 de julio de 2013.

El alcalde,

Isidoro Rábago León. 2013/11168

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712

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AYUNTAMIENTO DE SUANCES

CVE-2013-9712 Concesión de licencia de primera ocupación de construcción acondi-cionada para pensión. Expediente 734/02.

Acuerdo de concesión: Por la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de abril de 2013.

Titular de la licencia: Dª Noelia Cuartas Lamas.

Situación de la obra: C/ La Masera, Nº 1, Hinojedo.

Objeto de la licencia: Licencia de primera ocupación de una construcción acondicionada para pensión.

La presente licencia carecerá de valor si no va unido a ella la liquidación correspondiente a la Tasa de licencia por Expedición de Licencias de Primera Ocupación, así como el justifi cante de su pago.

Asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en los art. 190.2 y 193 de la Ley 2/2001 de 25 de junio de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, la licencia de primera ocupación será objeto de publicación en el BOC y tablón de anuncios con indicación del régimen de recursos, comenzando desde ese momento el cómputo de plazos a efectos del art 256.2 de la citada Ley.

Contra la presente licencia podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, y/o en el plazo de dos meses a contar desde la notifi cación de la misma, re-curso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo o cualquier otro recurso que tenga por conveniente, pudiendo, no obstante interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición.

Suances, 3 de mayo de 2013.

El alcalde,

Andrés Ruiz Moya. 2013/9712

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1536

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7.2.MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO

DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE

CVE-2013-11536 Anuncio de dictado de resolución de expediente tramitado conforme a Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de de-terminados planes y programas en el medio ambiente. Plan de Desa-rrollo Rural de Cantabria 2014-2020. Expediente 43.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, en el artículo 24.3 de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Inte-grado, y teniendo en cuenta las respuestas a las consultas efectuadas, se considera procedente someter al procedimiento de evaluación ambiental de planes y programas la actuación que a continuación se detalla, que anula la Resolución publicada en el B.O.C. nº 25, de 06/02/2013, indicándose que la Resolución se encuentra insertada en la página web de la Consejería (www.medioambientecantabria.com):

— Plan de Desarrollo Rural de Cantabria 2014-2020, promovido por la Consejería de Gana-dería, Pesca y Desarrollo Rural (número de expediente 43, Planes y Programas).

Santander, 16 de julio de 2013.

El director general de Medio Ambiente,

David Redondo Redondo. 2013/11536

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543

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CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO

CVE-2013-9543 Información pública de solicitud de concesión de aprovechamiento de agua del río Entreovejas en Bárago, Vega de Liébana. Expediente A/39/08583.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento de aguas.

Peticionario: Antonio Marcos García y hermanos.

N.I.F. número: 13973589P.

Domicilio: Bárago, 39575 Vega de Liébana (Cantabria).

Caudal solicitado: 2,58 l/seg.

Punto de emplazamiento: Bárago.

Término municipal y provincia: Vega de Liébana (Cantabria).

Destino: Riego.

BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS Y FINALIDAD

Solicitud de aprovechamiento de un caudal máximo instántaneo de 2,58 l/s. de agua del río de Entreovejas, en Bárago, término municipal de Vega de Liébana (Cantabria), con destino a riego.

La captación se realizará directamente del cauce mediante manguera de polietileno de 1 pul-gada de diámetro, que conducirá el agua por gravedad hasta las fi ncas a regar por aspersión.

Lo que se hace público para general conocimiento por un plazo de un mes a partir de la pu-blicación de este anuncio en el Boletín Ofi cial de Cantabria, a fi n de que los que se consideren perjudicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones durante el indicado plazo en la Confederación Hidrográfi ca del Cantábrico (Comisaría de Aguas, c/ Juan de Herrera, n° 1-2°, 39071), donde estará de manifi esto el expediente.

Santander, julio de 2013.

El secretario general,

P. D., el jefe de Servicio de Cantabria (Resolución de 13/12/2004, «Boletín Ofi cial del Estado» de 11/01/2005, declarada vigente por Resolución de 25/07/2008),

Alberto López Casanueva. 2013/9543

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351

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CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

CVE-2013-9351 Información pública de solicitud de autorización para construcción de invernadero. REF 2013-O-68.

Juan Bautista Ruiz Argüeso ha solicitado la autorización cuyos datos y circunstancias se indican a continuación:

CIRCUNSTANCIAS:

Solicitante: Juan Bautista Ruiz Argüeso.

Objeto: Construcción de invernadero.

Cauce: Arroyo Mardancho.

Municipio: Susilla - Valderredible (Cantabria).

La actuación solicitada consiste en construcción de invernadero en la parcela 95 polígono 201, situada en zona de policía del arroyo Mardancho.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren perjudi-cados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfi ca del Ebro, durante el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Ofi cial de Cantabria, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifi esto en la Confederación Hidrográfi ca del Ebro, Pº de Sagasta, 26-28, Zaragoza, en horas hábiles de ofi cina.

Zaragoza, 31 de mayo de 2013.

El comisario de Aguas,

P. D., el comisario adjunto,

Francisco José Hijós Bitrián. 2013/9351

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1598

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7.3.ESTATUTOS Y CONVENIOS COLECTIVOS

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO

CVE-2013-11598 Corrección de errores a anuncio publicado en el Boletín Ofi cial de Cantabria número 78, de 25 de abril 2013, de Resolución de 15 de abril de 2013 por la que se dispone la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autó-noma de Cantabria del acuerdo de la empresa Dynasol Elastómeros, S. A.

En el Boletín Ofi cial de Cantabria número 78, de fecha 25 de abril de 2013, se procedió a la publicación de la referida resolución, del acta del acuerdo de la empresa Dynasol, S. A., y el acta de acuerdo de la comisión negociadora del acuerdo marco sobre jubilación parcial.

La empresa ha comunicado que en el segundo acta referido hay dos errores que deben ser subsanados:

1.- El siguiente párrafo publicado en el Boletín Ofi cial de Cantabria:

Otras condiciones:

El plan de jubilación parcial aquí descrito estará supeditado al mantenimiento de la regula-ción legal en esta materia aplicable a este Acuerdo, así como del sistema retributivo en vigor (jubilación parcial con suscripción de contrato de relevo). De producirse variaciones que su-pongan modifi caciones de las obligaciones para Repsol, S. A., las partes deberán proceder a la renegociación en su conjunto del plan aquí recogido.

Debe ser sustituido por éste:

Otras condiciones:

El plan de jubilación parcial aquí descrito estará supeditado al mantenimiento de la re-gulación legal en esta materia aplicable a este Acuerdo, así como del sistema retributivo en vigor (jubilación parcial con suscripción de contrato de relevo). De producirse variaciones que supongan modifi caciones de las obligaciones para la empresa del Grupo afectada, las partes deberán proceder a la renegociación en su conjunto del plan aquí recogido.

2.- Sustituir en la representación de los trabajadores la denominación FIA-UGT por FITAG-UGT.

Por lo tanto, se acuerda publicar la presente corrección de errores en el Boletín Ofi cial de Cantabria.

Santander, 12 de junio de 2013.

La directora general de Trabajo,

Rosa Castrillo Fernández. 2013/11598

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1508

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7.5.VARIOS

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA

CVE-2013-11508 Notifi cación de trámite de audiencia a interesados en el expediente para la declaración del molino de Santa Olaja, en la marisma de Soano, término municipal de Arnuero, como Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento.

No habiéndose podido practicar, a través del Servicio de Correos, la notifi cación de trámite de audiencia a interesados en el expediente para la declaración del Molino de Santa Olaja, en la marisma de Soano, término municipal de Arnuero, como Bien de Interés Cultural, con la ca-tegoría de monumento, a don Cándido Ruiz Mendoza, con domicilio en barrio Isla-Santa Olaja, 3. 39195 Arnuero; a don Raul Solar Velasco, con domicilio en barrio Santa Olalla, 3. 39195 Arnuero; a doña Concepción Porras Isla-Fdez. Sanz, con domicilio en calle Marqués de Urquijo, 38 - 3.º 28008 Madrid; a doña Aurora Sanz San Miguel, con domicilio en calle Quintana, 23 - 5.º 28008 Madrid y a herederos de don Abel Madrazo Madrazo, con domicilio en barrio San Miguel de Meruelo. 39292 Meruelo, se procede a su publicación, al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Considerando que se han cumplido los trámites preceptivos en la incoación del procedi-miento, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.2 de la Ley 11/1998, de 13 de oc-tubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, y en el articulo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, usted dispone de 15 días desde la recepción del presente escrito para ejercitar su derecho a formular las alegaciones y presentar los documentos y justifi caciones que estime pertinentes.

La jefa de sección de inventario,

Carmen Vielva Martínez.

Santander, 22 de julio de 2013.

La jefa de servicio de Patrimonio Cultural,

Emilia Calleja Peredo. 2013/11508

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013-1

0820

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

AYUNTAMIENTO DE ARNUERO

CVE-2013-10820 Información pública de solicitud de licencia para el ejercicio de la ac-tividad de bar en Isla.

Por D. Eduardo Rodríguez Grojon, se ha solicitado licencia de actividad para bar a emplazar en la localidad de Isla, Calle Cantabria 13 bajo.

En cumplimiento del Decreto 19/2010 de 18 de marzo por el que se aprueba el reglamento de la Ley 17/2006 de 11 de diciembre de Control Ambiental Integrado de Cantabria, en su art. 74, el expediente se somete a información pública por espacio de veinte días a los efectos de alegaciones.

Arnuero, 4 de julio de 2013.

El alcalde,

José Manuel Igual Ortiz. 2013/10820

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013-1

1570

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

CVE-2013-11570 Notifi cación de incoación de expediente de baja de ofi cio en el Padrón Municipal de Habitantes. Expediente DAT/193/2013.

Habiéndose intentado la notifi cación a las personas que a continuación se indica y no pu-diéndose realizar el mencionado trámite, en cumplimiento del artículo 71 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 9 de abril de 1977, de la Subsecretaría del Ministerio de Presidencia, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal de Ha-bitantes, «Boletín Ofi cial del Estado» de 11 de abril de 1997, se procede a publicar la relación de habitantes a los que se ha incoado expediente de baja de ofi cio por inscripción indebida.

Transcurrido el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de esta publica-ción, sin que se produjeran reclamaciones a este acto, se procederá a la baja en el Padrón de Habitantes, sin más trámite.

NOMBRE NIE D/Dª LUANA SASARAN BOTICI X5750692W D/Dª LILIANA CRISTINA RAMOS DA COSTA CARVALHO X9684375H D/Dª VASILE OFRIM X9844224V D/DªAUREL JALBA X8822591K D/Dª EDOUARD DLUGOSZ X9257106C D/DªALEXANDRU CUTOI X8149005J D/Dª EVDOCHIA CUTOI X8861941H D/Dª SERIOJA CHERSAN X6642777D D/Dª ANDRA BOTICI X5750690T D/Dª ROBERTO ANDRES BAGGI X9818665B

Castro Urdiales, 18 de julio de 2013.

El alcalde,

Iván González Barquín. 2013/11570

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1572

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

CVE-2013-11572 Notifi cación de incoación de expediente de baja de ofi cio en el Padrón Municipal de Habitantes. Expediente DAT/196/2013.

Habiéndose intentado la notifi cación a las personas que a continuación se indica y no pu-diéndose realizar el mencionado trámite, en cumplimiento del artículo 71 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 9 de abril de 1977, de la Subsecretaría del Ministerio de Presidencia, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal de Ha-bitantes, «Boletín Ofi cial del Estado» de 11 de abril de 1997, se procede a publicar la relación de habitantes a los que se ha incoado expediente de baja de ofi cio por inscripción indebida.

Transcurrido el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de esta publica-ción, sin que se produjeran reclamaciones a este acto, se procederá a la baja en el Padrón de Habitantes, sin más trámite.

NOMBRE: D/Dª Oleg Grebnev.

NIE: X1882798H.

Castro Urdiales, 18 de julio de 2013.

El alcalde,

Iván González Barquín. 2013/11572

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1573

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

CVE-2013-11573 Notifi cación de incoación de expediente de baja de ofi cio en el Padrón Municipal de Habitantes. Expediente DAT/320/2013.

Habiéndose intentado la notifi cación a las personas que a continuación se indica y no pu-diéndose realizar el mencionado trámite, en cumplimiento del artículo 71 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 9 de abril de 1977, de la Subsecretaría del Ministerio de Presidencia, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal de Ha-bitantes, «Boletín Ofi cial del Estado» de 11 de abril de 1997, se procede a publicar la relación de habitantes a los que se ha incoado expediente de baja de ofi cio por inscripción indebida.

Transcurrido el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de esta publica-ción, sin que se produjeran reclamaciones a este acto, se procederá a la baja en el Padrón de Habitantes, sin más trámite.

NOMBRE: D/Dª Awais Ahmad.

NIE: NP1151212.

NOMBRE: D/Dª Naeem Ashraf.

NIE: CK1848081.

Castro Urdiales, 18 de julio de 2013.

El alcalde,

Iván González Barquín. 2013/11573

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1574

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

CVE-2013-11574 Notifi cación de incoación de expediente de baja de ofi cio en el Padrón Municipal de Habitantes. Expediente DAT/321/2013.

Habiéndose intentado la notifi cación a las personas que a continuación se indica y no pu-diéndose realizar el mencionado trámite, en cumplimiento del artículo 71 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 9 de abril de 1977, de la Subsecretaría del Ministerio de Presidencia, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal de Ha-bitantes, «Boletín Ofi cial del Estado» de 11 de abril de 1997, se procede a publicar la relación de habitantes a los que se ha incoado expediente de baja de ofi cio por inscripción indebida.

Transcurrido el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de esta publica-ción, sin que se produjeran reclamaciones a este acto, se procederá a la baja en el Padrón de Habitantes, sin más trámite.

NOMBRE: D/Dª Adrian Valentin Constantin.

NIE:

NOMBRE: D/Dª Utu Cristian Muzur.

NIE: Y1086124D.

Castro Urdiales, 18 de julio de 2013.

El alcalde,

Iván González Barquín. 2013/11574

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1575

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

CVE-2013-11575 Notifi cación de incoación de expediente de baja de ofi cio en el Padrón Municipal de Habitantes. Expediente DAT/324/2013.

Habiéndose intentado la notifi cación a las personas que a continuación se indica y no pu-diéndose realizar el mencionado trámite, en cumplimiento del artículo 71 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 9 de abril de 1977, de la Subsecretaría del Ministerio de Presidencia, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal de Ha-bitantes, «Boletín Ofi cial del Estado» de 11 de abril de 1997, se procede a publicar la relación de habitantes a los que se ha incoado expediente de baja de ofi cio por inscripción indebida.

Transcurrido el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de esta publica-ción, sin que se produjeran reclamaciones a este acto, se procederá a la baja en el Padrón de Habitantes, sin más trámite.

NOMBRE: D/Dª Adil Mannane.

NIE: 219782.

Castro Urdiales, 18 de julio de 2013.

El alcalde,

Iván González Barquín. 2013/11575

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1577

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES

CVE-2013-11577 Notifi cación de incoación de expediente de baja de ofi cio en el Padrón Municipal de Habitantes. Expediente DAT/331/2013.

Habiéndose intentado la notifi cación a las personas que a continuación se indica y no pu-diéndose realizar el mencionado trámite, en cumplimiento del artículo 71 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 9 de abril de 1977, de la Subsecretaría del Ministerio de Presidencia, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal de Ha-bitantes, «Boletín Ofi cial del Estado» de 11 de abril de 1997, se procede a publicar la relación de habitantes a los que se ha incoado expediente de baja de ofi cio por inscripción indebida.

Transcurrido el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de esta publica-ción, sin que se produjeran reclamaciones a este acto, se procederá a la baja en el Padrón de Habitantes, sin más trámite.

NOMBRE: D/Dª Alexandru Manoloiu.

NIE: X9801890A.

NOMBRE: D/Dª Mihai Soare.

NIE: X9801941P.

Castro Urdiales, 18 de julio de 2013.

El alcalde,

Iván González Barquín. 2013/11577

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1525

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE AGUAYO

CVE-2013-11525 Citación para entrega de documentación derivado del expediente re-caído sobre el inmueble sito en el barrio Santa María número 25.

Desconociéndose por este Ayuntamiento los propietarios de la vivienda sita en Bº Santa María nº 25 y en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente anuncio se cita a los legítimos titulares del citado inmueble para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente día a la publicación de este anuncio, se personen en las dependencias municipales sitas en Bº La Iglesia s/n, para hacerles entrega de la notifi cación de la resolución de Alcaldía de fecha 15 de julio de 2013.

San Miguel de Aguayo, 15 de julio de 2013.

El alcalde,

Alberto Fernández Saiz. 2013/11525

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1542

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

AYUNTAMIENTO DE SANTILLANA DEL MAR

CVE-2013-11542 Notifi cación de incoación de expediente de autorización de rehabilita-ción y ampliación de vivienda y alojamiento vinculado a construcción de granja escuela en Vispieres.

Intentada la notifi cación de incoación de expediente de autorización de rehabilitación y am-pliación de vivienda y alojamiento vinculado a construcción de granja escuela en suelo rústico de especial protección de Vispieres, sin haberse podido practicar la misma a doña Faustina Ro-dríguez Seco, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pudiendo tomar conocimiento los interesados del contenido íntegro de la notifi cación de in-coación de expediente de autorización de rehabilitación y ampliación de vivienda y alojamiento vinculado a construcción de granja escuela en suelo rústico de especial protección de Vispieres, personándose en la Secretaría del Ayuntamiento de Santillana del Mar, sita en Plaza mayor nº 1, de Santillana del Mar, en horario de 9,00 a 14,00 horas de lunes a viernes.

Continuándose la tramitación del correspondiente expediente en el plazo de 15 días hábiles a partir de la publicación de este anuncio.

Santillana del Mar, 19 de julio de 2013.

El alcalde,

Isidoro Rábago León. 2013/11542

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1568

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

AYUNTAMIENTO DE SUANCES

CVE-2013-11568 Aprobación inicial y exposición pública del Reglamento de Títulos, Honores y Distinciones.

El Pleno de este Ayuntamiento de Suances, en sesión celebrada el día 11 de julio de 2013, acordó aprobar inicialmente el Reglamento de Títulos, Honores y Distinciones del Ayunta-miento de Suances. Todo ello se expone al público en las dependencias municipales por plazo de treinta días, a efectos de reclamaciones, de modo que en el supuesto de que no se presente reclamación alguna, el Reglamento se considerará aprobado defi nitivamente, sin necesidad de ulterior acuerdo.

Suances, 19 de julio de 2013.

El alcalde,

Andrés Ruiz Moya. 2013/11568

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1497

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

8.PROCEDIMIENTOS JUDICIALES 8.2.OTROS ANUNCIOS

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 DE SANTANDER

CVE-2013-11497 Notifi cación de sentencia en procedimiento ordinario 222/2013.

Don Miguel Sotorrío Sotorrío secretario judicial del juzgado de lo Social Número Tres de Santander.

Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de procedimiento ordinario, con el número 222/2013 a instancia de doña M.ª Ángeles de la Vega Muriedas y doña Marta Vázquez Bezanilla frente a “Cantabria en su Mesa SL”, en los que se ha dictado sentencia 266/13 de fecha de 24 de junio de 2013, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“Que estimando la demanda interpuesta por doña María Ángeles Vega Muriedas y doña Marta Vázquez Bezanilla contra “Cantabria en su mesa S. L.”, condeno a la demandada a pagar cada una de las demandantes la cantidad de 2.062,58 euros más el interés legal por mora del 10 %.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso alguno”.

Y para que sirva de notifi cación en legal forma, con los apercibimientos en la misma conte-nidos a “cantabria en su Mesa SL”, en ignorado paradero, libro el presente.

Santander, 19 de julio de 2013.

El secretario judicial,

Miguel Sotorrío Sotorrío. 2013/11497

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1500

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4 DE SANTANDER

CVE-2013-11500 Citación para la celebración de actos de conciliación y, en su caso, juicio, en procedimiento ordinario 135/2013.

Doña María Fe Valverde Espeso, secretaria judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Santander,

Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de procedimiento ordinario, con el n° 0000135/2013, a instancia de JOSÉ ALBERTO LUS HOYOS frente a TROPICANA LAREDO, S. L., en los que se ha dictado la cédula de fecha de 19/7/13 siguiente:

CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de lo acordado en resolución de esta fecha dictada por la señora secretaria judicial en el procedimiento arriba indicado, le dirijo la presente para que sirva de citación en legal forma.

PERSONA A LA QUE SE CITA COMO PARTE DEMANDADA: TROPICANA LAREDO, S. L., en ignorado paradero.

OBJETO DE LA CITACIÓN: Asistir en esa condición al/a los actos/s de conciliación y, en su caso, juicio. Responder al interrogatorio solicitado por la parte contraria, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio, y que el/la magistrado/a juez admita y declare pertinente.

LUGAR, DÍA Y HORA EN QUE DEBE COMPARECER: Se le cita para el 10/2/14, de este ór-gano, a la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial, y a continuación para la celebración, en su caso, del acto de juicio en la Sala de Vistas de este órgano.

PREVENCIONES LEGALES

De no comparecer le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho (art. 58.1.e LRJS).

En Santander a 19 de julio de 2013.

La secretaria judicial.

Y para que sirva de citación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos, a TROPICANA LAREDO, S. L., en ignorado paradero, libro el presente para su publicación en el Boletín Ofi cial de Cantabria y colocación en el tablón de anuncios.

Santander, 19 de julio de 2013.

La secretaria judicial,

María Fe Valverde Espeso. 2013/11500

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1543

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4 DE SANTANDER

CVE-2013-11543 Citación para celebración de actos de concilación y, en su caso, juicio en procedimiento ordinario 27/2013.

Doña María Fe Valverde Espeso, secretaria judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Santander,

Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de procedimiento ordinario con el n° 0000027/2013, a instancia de MARGARITA HERRERA QUEZADA frente a RESTAURACIÓN DE LAREDO, S. L., en los que se ha dictado la cédula de fecha de 19/7/13, siguiente:

CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de lo acordado en resolución de esta fecha dictada por la señora secretaria judicial en el procedimiento arriba indicado, le dirijo la presente para que sirva de citación en legal forma.

PERSONA A LA QUE SE CITA COMO PARTE DEMANDADA: RESTAURACIÓN DE LAREDO, S.L., en ignorado paradero.

OBJETO DE LA CITACIÓN: Asistir en esa condición al/a los actos/s de conciliación y, en su caso, juicio. Responder al interrogatorio solicitado por la parte contraria, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio, y que el/la magistrado/a juez admita y declare pertinente.

LUGAR, DÍA Y HORA EN QUE DEBE COMPARECER: Se le cita para el día 16/12/13, a las 10,50 horas, en la Sala de Audiencias N.º 4 de este órgano, a la celebración del acto de conci-liación ante la secretaria judicial, y a continuación para la celebración, en su caso, del acto de juicio en la Sala de Vistas de este órgano.

PREVENCIONES LEGALES

De no comparecer le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho (art. 58.1.e LRJS).

En Santander a 19 de julio de 2013.

La secretaria judicial.

Y para que sirva de citación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos, a RESTAURACIÓN DE LAREDO, S. L., en ignorado paradero, libro el presente para su publica-ción en el Boletín Ofi cial de Cantabria y colocación en el tablón de anuncios.

Santander, 19 de julio de 2013.

La secretaria judicial,

María Fe Valverde Espeso. 2013/11543

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1545

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4 DE SANTANDER

CVE-2013-11545 Citación para celebración de actos de conciliación y en su caso juicio en procedimiento ordinario 266/2013.

Doña María Fe Valverde Espeso, secretaria judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Santander,

Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de procedimiento ordinario con el n° 0000266/2013, a instancia de M.ª CRISTINA DÍEZ MERINO frente a SANTANDER ANTIGUO, S. L., en los que se ha dictado la cédula de fecha de 19/7 13 siguiente:

CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de lo acordado en resolución de esta fecha dictada por la señora secretaria judicial en el procedimiento arriba indicado, le dirijo la presente para que sirva de citación en legal forma.

PERSONA A LA QUE SE CITA COMO PARTE DEMANDADA: SANTANDER ANTIGUO, S. L., en ignorado paradero.

OBJETO DE LA CITACIÓN: Asistir en esa condición al/a los actos/s de conciliación y, en su caso, juicio. Responder al interrogatorio solicitado por la parte contraria, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio, y que el/la magistrado/a juez admita y declare pertinente.

LUGAR, DÍA Y HORA EN QUE DEBE COMPARECER: Se le cita para el día 10/3/14, a las 10.30 horas, en la Sala de Audiencias N° 4, de este órgano, a la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial, y a continuación para la celebración, en su caso, del acto de juicio en la Sala de Vistas de este órgano.

PREVENCIONES LEGALES

De no comparecer le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho (art. 58.1.e LRJS).

En Santander a 19 de julio de 2013.

La secretaria judicial.

Y para que sirva de citación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos, a SANTANDER ANTIGUO, S. L., en ignorado paradero, libro el presente para su publicación en el Boletín Ofi cial de Cantabria y colocación en el tablón de anuncios.

Santander, 19 de julio de 2013.

La secretaria judicial,

María Fe Valverde Espeso. 2013/11545

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1501

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 5 DE SANTANDER

CVE-2013-11501 Citación para la celebración de actos de conciliación y juicio, en pro-cedimiento ordinario 780/2012.

Doña María Ángeles Salvatierra Díaz secretaria judicial del Juzgado de lo Social Número Cinco de Santander.

Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de procedimiento ordinario, con el número 780/2012 a instancia de doña Carmen Saiz Rincón frente a “Iniciativas Labor HQ Manufacturas” y don Eduardo Comas Valls, en los que se ha dictado resolución de 18 de julio de 2013, del tenor literal siguiente:

Resultando infructuosas las actuaciones practicadas por este órgano judicial para la averi-guación del domicilio de la demandada “Iniciativas Labor HQ Manufacturas” que se encuentra en ignorado paradero, acuerdo citar a la misma para la conciliación y juicio que tendrá lugar el día 16 de octubre de 2013 a las 9:30 horas, en Sala de Vistas 5, mediante edictos que se publicarán en el Boletín Ofi cial de Cantabria, con apercibimiento que las siguientes comunica-ciones que se le dirijan se harán fi jando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la Ofi cina judicial, salvo la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Acuerdo igualmente citar al Fondo de Garantía Salarial con traslado de la demanda a fi n de que éste pueda asumir sus obligaciones legales e instar lo que convenga en derecho (art. 23 LRJS).

Y para que sirva de citación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a Iniciativas Labor Hq Manufacturas, en ignorado paradero, libro el presente.

Santander, 18 de julio de 2013.

La secretaria judicial,

María Ángeles Salvatierra Díaz. 2013/11501

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1502

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 5 DE SANTANDER

CVE-2013-11502 Citación para la celebración de actos de conciliación y juicio en pro-cedimiento ordinario 790/2012.

Doña María Ángeles Salvatierra Díaz, secretaria judicial del Juzgado de lo Social Número 5 de Santander,

Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de procedimiento ordinario con el n° 0000790/2012, a instancia de JUAN ANTONIO SÁEZ URANGA frente a PROSER PROMOTORA DE SERVICIOS DE CANTABRIA, S. L., en los que se ha dictado resolución diligencia de ordena-ción de fecha 18/7/13 del tenor literal siguiente:

«Resultando infructuosas las actuaciones practicadas por este órgano judicial para la averi-guación del domicilio de la demandada PROSER PROMOTORA DE SERVICIOS DE CANTABRIA, S. L., que se encuentra en ignorado paradero, acuerdo citar a la misma para la conciliación y juicio que tendrá lugar el día 16 de octubre de 2013, a las 10,00 horas, en Sala de Vistas N° 5, mediante edictos que se publicarán en el Boletín Ofi cial de Cantabria, con apercibimiento que las siguientes comunicaciones que se le dirijan se harán fi jando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la Ofi cina judicial, salvo la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Acuerdo, igualmente, citar al Fondo de Garantía Salarial con traslado de la demanda a fi n de que éste pueda asumir sus obligaciones legales e instar lo que convenga en derecho (Art. 23 LRJS).

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición por escrito ante la secretaria que la dicta en el plazo de tres días, contados desde el siguiente a su notifi cación, expresándose la infracción en que la resolución hubiere incurrido, sin perjuicio del cual se llevará a efecto.

Así, por esta diligencia, lo acuerdo, mando y fi rmo. Doy fe.

La secretaria judicial».

Y para que sirva de citación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos, a PROSER PROMOTORA DE SERVICIOS DE CANTABRIA, S. L., en ignorado paradero, libro el presente.

Santander, 18 de julio de 2013.

La secretaria judicial,

María Ángeles Salvatierra Díaz. 2013/11502

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1496

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE VITORIA

CVE-2013-11496 Notifi cación de auto en procedimiento de ejecución 135/2013.

Don Jesús Sevillano Hernández, secretario judicial del Juzgado de lo Social n° 1 de Vitoria-Gasteiz.

Hago saber: Que en autos pieza ejecución 135/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D. José Daniel Oleaga Isla contra Areval Estructuras S.L sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente:

AUTO

Magistrado que lo dicta: Dª Juana María Rodríguez Garlito.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de julio de 2013.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El 25-04-13 se ha dictado por este Juzgado sentencia, que ha alcanzado el ca-rácter de fi rme, cuyo fallo es el que sigue:

“Que estimando la demanda interpuesta por Don José Daniel Oleaga Isla contra Areval Es-tructuras S.L, y Vías Y Construcciones S. A., debo condenar y condeno a Areval Estructuras S.L a abonar a Don Juan Antonio Méndez Jiménez la cantidad de 4.911,90, mas el 10% de interés por mora, declarando la responsabilidad solidaria de la empresa Vías y Construcciones S. A. en el abono de la cantidad de 4.490,75 euros, más el 10% de interés por mora. Y todo ello sin perjuicio de las responsabilidades que, en su caso, puedan corresponder al Fondo de Garantía Salarial conforme a las disposiciones legales vigentes”.

SEGUNDO.- Por José Daniel Oleaga Isla se ha presentado escrito solicitando la ejecución de la citada resolución.

Consta en autos el pago por parte de Vías y Construcciones S. A. de la cantidad de 4490 euros, más el 10% de mora, por lo que queda pendiente de pago la cantidad de 421,15 euros.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se acuerda la ejecución defi nitiva de sentencia de fecha 25-4-2013, solicitada por José Daniel Oleaga Isla, parte ejecutante, frente a Areval Estructuras S.L, parte ejecutada.

2.- La ejecución se despacha por la cantidad de 421,15 euros de principal y la de 84,23 euros para intereses y costas, sin perjuicio de su ulterior liquidación.

3.- Habiéndose declarado la insolvencia de la ejecutada por decreto de fecha 17-7-2013 dictado por este Juzgado en la pieza de ejecución n° 136/13 procede dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial por plazo de quince días, al amparo de lo dispuesto en el artículo 276.3 de la LJS, a fi n de que en su caso inste la práctica de las diligencias que a su derecho convengan y designe los bienes del deudor de los que tenga constancia.

MODO DE IMPUGNARLA: mediante recurso de reposición ante el juez, a presentar en la ofi cina judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notifi cación, en el que ade-más de expresar la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá

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deducirse oposición a la ejecución despachada según lo previsto en el apartado 4 del artículo 239 de la LJS.

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recu-rrida (artículo 186.3 de la LJS).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito), consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15a de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienes tengan reconocido el dere-cho a la asistencia jurídica gratuita, los sindicatos, quienes tengan la condición de trabajador o benefi ciario del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Lo acuerda y fi rma S.Sª. Doy fe.

Y para que le sirva de notifi cación a Areval Estructuras S.L, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Ofi cial de Cantabria.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la ofi cina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fi n al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.

Vitoria-Gasteiz, 18 de julio de 2013.

El secretario judicial,

Jesús Sevillano Hernández. 2013/11496

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE SANTANDER

CVE-2013-11511 Notifi cación de sentencia en procedimiento ordinario 274/2012.

Doña María Victoria Quintana García de los Salmones, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Santander.

Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de procedimiento ordinario, a ins-tancia de don Aurelio García López y doña María Rosario Pérez del Castillo, frente a “Peregrina Comercial 21, S. L.”, “Designer Way Vacation Club, S. A.” y “Bansabadell Fincom, EFC, S. A.”, en los que se ha dictado diligencia de ordenación de 23 de mayo de 2013 y sentencia de 21 de mayo de 2013, cuyo fallo es el tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda presentada por el procurador señor Ruiz Canales, en nombre y representación de don Aurelio García López y doña María Rosario Pérez del Castillo, debo declarar y declaro la nulidad del contrato de socio de “Designer Way Vacation Club” y del con-trato para gestión de reventa, suscritos por los actores el 6 de octubre de 2007, condenado a las demandadas “peregrina Comercial 21, S. L.”, “Designer Way Vacation Club, S. A.”, a estar y pasar por esta declaración y a restituir a los actores la cantidad de 10.820 euros con los corres-pondientes intereses desde el instante en que se hizo efectiva la disposición patrimonial, y debo declarar y declaro resuelto el contrato de crédito personal de 31 de octubre de 2007, suscrito por los actores con la entidad “Bansabadell Fincom, EFC, S. A.”, representada por la procuradora señora Espiga Pérez, condenando a dicha entidad a estar y pasar por esta declaración y a cada parte a restituirse recíprocamente las prestaciones, la parte actora con la cantidad dispuesta y la demandada con el importe por todos los conceptos abonado por la parte actora, y en ambos casos con los intereses legales desde el instante en que se dispuso de la cantidad o se abona-ran cada un a de las cuotas de amortización, con aplicación del interés del artículo 576 LEC y reproduciendo el fundamento de derecho quinto en relación con las costas procesales.

Publicación: De conformidad con lo que se dispone en el artículo 212 de la LEC, fi rmada la sentencia por el juez que la dictó, se acuerda por el señor secretario su notifi cación a las partes del procedimiento y el archivo de la misma en la Ofi cina judicial, dejando testimonio en los autos, de lo que yo el secretario certifi co.

Diligencia de Ordenación: Señora secretaria judicial doña María Victoria Quintana García de los Salmones.

En Santander, a 23 de mayo de 2013.

En relación con la anterior sentencia 150/2013, dictada en las presentes actuaciones, se hace saber a las partes personadas que contra la misma cabe interponer recurso de apela-ción ante la Audiencia Preovincial de Cantabria, que deberá presentarse por escrito ante este órgano judicial, dentro del plazo de veinte días, contados desde el siguiente a su notifi cación, debiendo constituir y acreditarse en dicho instante el depósito previsto en la Disposición Adi-cional 15ª LOPJ en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierto en la entidad Banesto con el número 3857000002027412, con indicación del concepto de “recurso de apelación” y a través de una imposición individualizada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición por escrito ante la secretaria que la dicta, en el plazo de cinco días siguientes a su notifi cación, sin perjuicio del cual se llevará a efecto la resolución impugnada.

Así por esta diligencia lo acuerdo, mando y fi rmo. Doy fe.

La secretaria judicial.

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Y para que sirva de notifi cación en legal forma, con los apercibimientos en la misma con-tenidos a “Peregrina Comercial 21, S. L”. y “Designer Way Vacation Club, S. A.”, en ignorado paradero, libro el presente.

Santander, 3 de julio de 2013.

La secretaria judicial,

María Victoria Quintana García. 2013/11511

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JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE SANTANDER

CVE-2013-11578 Notifi cación de sentencia 122/2013 en juicio verbal (250.2) 905/2012.

Rosa María de la Visitación Villán, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia Nú-mero 2 de Santander.

Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de juicio verbal (250.2), a instan-cia de “Segurcaixa, S. A.”, frente a Ramón Hernández Dual, en los que se ha dictado resolución, de fecha 5 de junio de 2013, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente.

SENTENCIA nº 000122/2013

En la ciudad de Santander, miércoles, 5 de junio de 2013. Vistos por mí Jaime Anta González, juez del Juzgado de Primera Instancia número dos de

los de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de juicio declarativo verbal que, registrado con número 905/2012, se sigue este Juzgado a instancia de Segurcaixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, representada por el procurador D. José Miguel Ruiz Cana-les y defendida por el letrado D. Aitor Guisasola Paredes, contra D. Ramón Hernández Dual, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad con fundamento en enriquecimiento injusto, y ello, en todo caso, en consideración a los siguientes

FALLO

Que con íntegra estimación de la demanda presentada por el procurador D. José Miguel Ruiz Canales, a instancia de “Segurcaixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros”, contra D. Ramón Hernández Dual, debo condenar y condeno al demandado a pagar a la actora la suma de 1.395,47 euros, con los intereses señalados en el fundamento cuarto.

Todo ello con expresa imposición al demandado de las costas procesales devengadas en la causa.

En aplicación de lo dispuesto en los artículos 248.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 208.4 de la NLEC 1/2000, de 7 de enero, notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que es fi rme, no admitiendo ningún recurso en aplicación del artículo 455.1 de la LEC, modifi cado por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de aplicación procesal, aplicable en razón de lo señalado en su Disposición Transitoria Única.

Líbrese testimonio de la presente resolución, que se unirá a los presentes autos, custodián-dose el original en el libro de sentencias que se lleva en este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, defi nitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y fi rmo.

Publicación: Dada, leída y publicada que fue la anterior sentencia por el Sr. magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de su pronunciamiento, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

Y para que sirva de notifi cación en legal forma, con los apercibimientos e la misma conte-nidos a Ramón Hernández Dual, en ignorado paradero, libro el presente.

Santander, 17 de julio de 2013. La secretaria judicial,

Rosa María de la Visitación Villán. 2013/11578

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JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 DE SANTANDER

CVE-2013-11520 Notifi cación de sentencia 126/2013 en procedimiento de juicio verbal 250.2 número 1048/2012.

Doña Marta Terán Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia Número 6 de Santander,

Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de juicio verbal (250.2) a instancia de ALBAALQUI, S. L., frente a ÁNGEL FUENTE MARDONES, en los que se ha dictado resolución de fecha de 13 de junio de 2013 cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚMERO 000126/2013

En Santander a 13 de junio de 2013.

Vistos por el la ilustrísima señora doña Laura Cuevas Ramos, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia Número 6 de Santander y su partido, los presentes autos de juicio ver-bal (250.2) n° 0001048/2012, seguidos ante este Juzgado, a instancia de ALBAALQUI, S. L., representado por la procuradora D.ª TERESA COS RODRÍGUEZ y asistido por el letrado D./Dña. GÓMEZ BREÑOSA, contra ÁNGEL FUENTE MARDONES, declarado en rebeldía, sobre obli-gaciones.

FALLO

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los Tribunales doña Te-resa Cos Rodríguez, en nombre y representación de ALBAALQUI, S. L, contra don Ángel Fuente Mardones, y en consecuencia:

1. Condenar al demandad a abonar a la actora la suma de 2.834,45 € más el interés legal incrementado en dos puntos desde la sentencia hasta el total pago.

2. Imponer al demandado las costas del procedimiento.

Contra esta resolución no cabe recurso ordinario alguno al tratarse de una sentencia dictada en juicio verbal por razón de la cuantía, siendo la misma inferior a 3.000 euros. (Artículo 455.1 de la LEC, según la modifi cación introducida por la Ley 37/2011, de 10 de octubre).

Y para que sirva de notifi cación en legal forma, con los apercibimientos en la misma conte-nidos, a ÁNGEL FUENTE MARDONES, en ignorado paradero, libro el presente.

Santander, 13 de junio de 2013.

La secretaria judicial,

Marta Terán Rodríguez. 2013/11520

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 11 DE SANTANDER

CVE-2013-11069 Emplazamiento en expediente de declaración de ausencia 600/2013.

Doña Ana del Mar Iñiguez Martínez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia N° 11 de Santander.

Hago saber que en el expediente de declaración de ausencia seguido en este órgano judicial al número 0000600/2013 interpuesto por el procurador D. Raúl Vesga Arrieta en representa-ción de Dª Mª Ángeles Vega Velasco, sobre declaración de ausencia legal de D. José Florencio Díaz Vega, hijo de Dª María Ángeles Vega Velasco y D. Antonio Díaz Herrera, nacido el día 11/08/1975 en Torrelavega quien el pasado día 25 de marzo de 2012, (hace más de un año) abandonó el domicilio de su madre en Calle General Dávila, n° 174- 2° Izda de Santander, sin previo aviso y desde entonces hasta el presente su familia no ha vuelto a tener noticias ni contacto alguno con él.

Todo lo que se hace público para los que tengan noticias de su existencia puedan poner en conocimiento del Juzgado y ser oídos.

Santander, 9 de julio de 2013.

La secretaria judicial,

Ana del Mar Iñiguez Martínez. 2013/11069

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE TORRELAVEGA

CVE-2013-11546 Notifi cación de sentencia 122/2013 en juicio de faltas 1582/2012.

Doña Lorena Álvarez García, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instruc-ción Número Uno de Torrelavega.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1582/2012 se ha acordado la pu-blicación mediante edictos de resolución dictada en el referido procedimiento y que es del siguiente tenor literal:

SENTENCIA 122/2013

En Torrelavega, a 12 de junio de 2013.

Vistos por mí, don Pablo Fernández de la Vega, magistrado-juez del Juzgado de Instrucción Número Uno de Torrelavega, los presentes autos de juicio de faltas n.º 1582/2012, en los que han sido partes el Ministerio Fiscal en representación de la acción pública, don Khalid Boucetta-qui, como denunciante, que citado no compareció, y don Radouane Jaadan, como denunciado, que citado no compareció.

FALLO

Que debo absolver y absuelvo a don Radouane Jaadan de la falta de lesiones por la que fue denunciado.

Las costas se declaran de ofi cio.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a par-tir del siguiente a su notifi cación, ante este Juzgado, que será resuelto por la ilma. Audiencia Provincial de Cantabria.

Así lo acuerdo, mando y fi rmo

Y para que conste y sirva de notifi cación a don Radouane Jaadan, actualmente en paradero desconocido, expido el presente.

Torrelavega, 5 de julio de 2013.

La secretaria judicial,

Lorena Álvarez García. 2013/11546

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE TORRELAVEGA

CVE-2013-11527 Emplazamiento en expediente de dominio. Inmatriculación 362/2013.

Doña María de los Ángeles Revilla Restegui, secretaria judicial del Juzgado de Primera Ins-tancia e Instrucción Número 2,

Hago saber: Que en el expediente de dominio seguido para expediente de dominio, in-matriculación, en este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2, al número 0000362/2013 de la fi nca que se dirá, se ha acordado por resolución de esta fecha citar a los interesados cuyo actual domicilio o paradero se desconoce y a cuantas personas ignoradas pu-diera perjudicar la inscripción solicitada de la fi nca anteriormente descrita, a fi n de que dentro de los diez días siguientes a su publicación, puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

La descripción de la fi nca es la siguiente:

Urbana, casa señalada con el número 7 del barrio San Ramón, en el término municipal de Torrelavega.

Linda: Al norte o frente, calle; derecha (Este) entrando, Juan Carlos Saiz Gutiérrez; iz-quierda (Oeste), José Odriozola Cayón, y fondo (Sur), Milagros Morante García.

Y para que sirva de citación y emplazamiento en forma a los mismos, libro el presente.

Torrelavega, 8 de julio de 2013.

La secretaria judicial,

María de los Ángeles Revilla Restegui. 2013/11527

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JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 DE TORRELAVEGA

CVE-2013-11489 Notifi cación de auto en procedimiento de ejecutoria penal. Expe-diente de ejecución 31/2013.

Dña. Diana Martín Bolado, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N° 4 de Torrelavega.

Doy fe y testimonio: Que en el ejecutoria penal/expediente de ejecución n° 0000031/2013 se ha acordado la publicación mediante edictos de resolución dictada en el referido procedi-miento y que es del siguiente tenor literal:

AUTO

La magistrada, Dª Patricia Bartolomé Obregón.

En Torrelavega, a 18 de julio de 2013.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En el presente procedimiento se ejecuta la condena impuesta a Daniel Santiago Carrillo Cortes de 450 euros de multa y 30 euros de indemnización.

SEGUNDO.- El penado no ha satisfecho voluntariamente la multa, ni la indemnización, ni tampoco se han encontrado bienes sufi cientes para hacerla efectiva por la vía de apremio, te-niendo pendiente de pago en la actualidad la totalidad de dichas cantidades.

TERCERO.- Dado traslado al Ministerio Fiscal, informó en el sentido de no oponerse a la de-claración de insolvencia del penado y a la aplicación de la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, conforme al art. 53 del Código Penal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Dispone el artículo 53.1 del vigente Código Penal que si el/la condenado/a no sa-tisfi ciere voluntariamente, ni por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto/a a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

El artículo 53.2 del Código Penal previene, asimismo, que el juez o tribunal podrá, previa conformidad del penado, acordar que la responsabilidad subsidiaria se cumpla mediante tra-bajos en benefi cio de la comunidad, con la equivalencia de un día de privación de libertad con una jornada de trabajo.

Por lo expuesto procede, en el presente caso, declarar la insolvencia del penado e imponerle como responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa la pena de privación de liber-tad por tiempo que se indicará en la parte dispositiva de esta resolución.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se declara la insolvencia de Daniel Santiago Carrillo Cortes.

2.- Se impone al condenado Daniel Santiago Carrillo Cortes como responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa la pena de 22 días de localización permanente.

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1489

JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal y demás partes haciéndoles saber contra esta resolución cabe interponer, ante este Juzgado, recurso de reforma en el plazo de los tres días siguientes a su notifi cación y/o recurso de apelación, dentro de los cinco días siguientes a su notifi cación o subsidiariamente con el de reforma.

Así por este auto lo acuerdo, mando y fi rmo.

La magistrada.

DILIGENCIA.- Seguidamente la extiendo yo la secretaria, para hacer constar que la anterior resolución la ha dictado el/la magistrado que la fi rma, para su unión a los autos, notifi cación a las partes y dar cumplimiento a lo acordado. Doy fe.

Y para que conste y sirva de notifi cación a Daniel Santiago Carrillo Cortes, actualmente en paradero desconocido, expido el presente.

Torrelavega, 18 de julio de 2013.

La secretaria judicial,

Diana Martín Bolado. 2013/11489

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JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 2013 - BOC NÚM. 146

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 DE TORRELAVEGA

CVE-2013-11563 Emplazamiento en expediente de dominio. Exceso de cabida 191/2013.

Doña Diana Martín Bolado, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instruc-ción N° 4.

Hago saber que en el expediente de dominio seguido para expediente de dominio. Exceso de cabida en este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N° 4 al número 0000191/2013 de la/s fi nca/s que se dirá/n, se ha acordado por resolución de esta fecha citar a los intere-sados cuyo actual domicilio o paradero se desconoce y a cuantas personas ignoradas pudiera perjudicar la inscripción solicitada de la fi nca anteriormente descrita, a fi n de que dentro de los diez días siguientes a su publicación, puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

La descripción de la/s fi nca/s es la siguiente:

“ Finca en Cudón, termino municipal de Miengo, con una superfi cie de suelo de 700 metros cuadrados y que linda: Norte, carretera Cudón-Cueto, sur, José Saiz Sedano y carretera de ser-vicio; Este, Emilio Troule Onandia, Genoveva Díez Martínez, y carretera de servicio; y Oeste, comunidad de propietarios y Alfonso Vázquez Barquero, en la cual existe construida una casa llamada la Solana y que corresponde al numero 30, hoy 334 de la calle Los Castaños con una superfi cie construida de 166 metros cuadrados.

Y para que sirva de citación y emplazamiento en forma a los mismos, libro el presente.

Torrelavega, 4 de julio de 2013.

La secretaria judicial,

Diana Martín Bolado. 2013/11563