BOE-A-2011-19606

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Boletín Oficial del Estado

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 302 Viernes 16 de diciembre de 2011 Sec. I. Pg. 138148

    I. DISPOSICIONES GENERALES

    MINISTERIO DE EDUCACIN19606 Real Decreto 1691/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el ttulo

    de Tcnico Superior en Transporte Martimo y Pesca de Altura y se fijan sus enseanzas mnimas.

    La Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin, dispone en el artculo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autnomas, establecer las titulaciones correspondientes a los estudios de formacin profesional, as como los aspectos bsicos del currculo de cada una de ellas.

    La Ley Orgnica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formacin Profesional, establece en el artculo 10.1 que la Administracin General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 149.1.30 y 7 de la Constitucin y previa consulta al Consejo General de la Formacin Profesional, determinar los ttulos y los certificados de profesionalidad, que constituirn las ofertas de formacin profesional referidas al Catlogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

    La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economa Sostenible, y la Ley Orgnica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economa Sostenible, por la que se modifican las Leyes Orgnicas 5/2002, de las Cualificaciones y de la Formacin Profesional, y 2/2006, de Educacin, han introducido un ambicioso conjunto de cambios legislativos necesarios para incentivar y acelerar el desarrollo de una economa ms competitiva, ms innovadora, capaz de renovar los sectores productivos tradicionales y abrirse camino hacia las nuevas actividades demandantes de empleo, estables y de calidad.

    El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece la ordenacin general de la formacin profesional del sistema educativo y define en el artculo 9 la estructura de los ttulos de formacin profesional, tomando como base el Catlogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unin Europea y otros aspectos de inters social.

    Por otra parte, este real decreto concreta en el artculo 7 el perfil profesional de dichos ttulos, que incluir la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catlogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los ttulos, de modo que cada ttulo incorporar, al menos, una cualificacin profesional completa, con el fin de lograr que los ttulos de formacin profesional respondan de forma efectiva a las necesidades demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales que permitan ejercer una ciudadana democrtica.

    Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autnomas, establezca cada uno de los ttulos que formarn el Catlogo de ttulos de la formacin profesional del sistema educativo, sus enseanzas mnimas y aquellos otros aspectos de la ordenacin acadmica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos bsicos del currculo que aseguren una formacin comn y garanticen la validez de los ttulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artculo 6.2 de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin.

    A estos efectos, procede determinar para cada ttulo su identificacin, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del ttulo en el sector o sectores, las enseanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los mdulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditacin, convalidacin o exencin, y los parmetros bsicos de contexto formativo (espacios y equipamientos mnimos, titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia),

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    previa consulta a las Comunidades Autnomas, segn lo previsto en el artculo 95 de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin.

    Asimismo, en cada ttulo se determinarn los accesos a otros estudios y, en su caso, las modalidades y materias de bachillerato que faciliten la admisin en caso de concurrencia competitiva, las convalidaciones, exenciones y equivalencias y, cuando proceda, la informacin sobre los requisitos necesarios para el ejercicio profesional, segn la legislacin vigente.

    Con el fin de facilitar el reconocimiento de crditos entre los ttulos de tcnico superior y las enseanzas conducentes a ttulos universitarios y viceversa, en los ciclos formativos de grado superior se establecer la equivalencia de cada mdulo profesional con crditos europeos ECTS, tal y como se definen en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de crditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carcter oficial y validez en todo el territorio nacional.

    As, el presente real decreto, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece y regula, en los aspectos y elementos bsicos antes indicados, el ttulo de formacin profesional del sistema educativo de Tcnico Superior en Transporte Martimo y Pesca de Altura.

    Se ha recurrido a una norma reglamentaria para establecer bases estatales conforme con el Tribunal Constitucional, que admite que excepcionalmente las bases puedan establecerse mediante normas reglamentarias en determinados supuestos, como ocurre en el presente caso, cuando resulta complemento indispensable para asegurar el mnimo comn denominador establecido en las normas legales bsicas (as, entre otras, en las SSTC 25/1983, 32/1983 y 48/1988).

    En el proceso de elaboracin de este real decreto han sido consultados el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, as como las Comunidades Autnomas y han emitido informe el Consejo General de la Formacin Profesional, el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Poltica Territorial y Administracin Pblica.

    En su virtud, a propuesta del Ministro de Educacin y previa deliberacin del Consejo de Ministros en su reunin del da 18 de noviembre de 2011

    DISPONGO:

    CAPTULO I

    Disposiciones generales

    Artculo 1. Objeto.

    1. El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento del ttulo de Tcnico Superior en Transporte Martimo y Pesca de Altura, con carcter oficial y validez en todo el territorio nacional, as como de sus correspondientes enseanzas mnimas.

    2. Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulacin del ttulo de Tcnico Superior en Navegacin, Pesca y Transporte Martimo, contenida en el Real Decreto 721/1994, de 22 de abril.

    CAPTULO II

    Identificacin del ttulo, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del ttulo en el sector o sectores

    Artculo 2. Identificacin.

    El ttulo de Tcnico Superior en Transporte Martimo y Pesca de Altura queda identificado por los siguientes elementos:

    Denominacin: Transporte Martimo y Pesca de Altura.

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    Nivel: Formacin Profesional de Grado Superior.Duracin: 2000 horas.Familia Profesional: Martimo-Pesquera.Referente en la Clasificacin Internacional Normalizada de la Educacin: CINE-5b.Nivel del Marco Espaol de Cualificaciones para la educacin superior: Nivel 1

    Tcnico Superior.

    Artculo 3. Perfil profesional del ttulo.

    El perfil profesional del ttulo de Tcnico Superior en Transporte Martimo y Pesca de Altura queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y por la cualificacin del Catlogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluida en el ttulo.

    Artculo 4. Competencia general.

    La competencia general de este ttulo consiste en planificar, gestionar y ejecutar las actividades de buques en las condiciones que determinen las administraciones competentes para este nivel, dirigiendo y controlando la seguridad, la navegacin, las maniobras, las operaciones de carga, estiba y descarga, as como la extraccin, manipulacin, procesado y conservacin de la pesca, optimizando la produccin y observando la normativa nacional e internacional.

    Artculo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.

    Las competencias profesionales, personales y sociales de este ttulo son las que se relacionan a continuacin:

    a) Programar las actividades del viaje o marea, aplicando la normativa y cumpliendo con las condiciones contractuales establecidas para la explotacin del buque.

    b) Supervisar la preparacin del buque para su despacho y la realizacin del transporte en condiciones de seguridad.

    c) Planificar la distribucin de pesos para asegurar que el buque cumple el criterio de estabilidad y permite una navegacin segura.

    d) Planificar la derrota del buque, considerando las condiciones meteorolgicas y oceanogrficas, la existencia de peligros y los criterios de explotacin.

    e) Supervisar las operaciones de carga, estiba y descarga del buque, comprobando que se realizan segn la planificacin establecida y en condiciones de seguridad.

    f) Dirigir las operaciones de maniobra del buque en zonas portuarias en condiciones de seguridad y eficacia.

    g) Ejecutar maniobras de auxilio, cumpliendo los protocolos establecidos.h) Mantener una derrota segura de acuerdo con las normas y reglamentos

    internacionales.i) Controlar la posicin del buque para mantener la derrota establecida.j) Prever las condiciones meteorolgicas y oceanogrficas, analizando la informacin

    disponible.k) Mantener comunicaciones y obtener informacin por medio del sistema mundial

    de socorro y seguridad martimos SMSSM/GMDSS.l) Realizar la guardia de acuerdo con los protocolos internacionales.m) Verificar el armado, montaje y reparacin del equipo de pesca, para realizar las

    capturas en las mejores condiciones de rendimiento y seguridad.n) Disear y ejecutar maniobras de captura del cardumen para obtener el mximo

    rendimiento.) Realizar prospectivas de capturas, evaluando las caractersticas del cardumen

    para optimizar el rendimiento, respetando los principios de pesca responsable.o) Supervisar las operaciones de manipulacin y procesado de las capturas en el

    parque de pesca, cumpliendo las condiciones higinico-sanitarias. cve:

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    p) Supervisar la disponibilidad operativa y el mantenimiento de los equipos y servicios contraincendios y medios de salvamento, cumpliendo los protocolos establecidos.

    q) Dirigir las operaciones de emergencia martima, evaluando la situacin y supervisando el cumplimiento de los planes establecidos.

    r) Atender las emergencias de carcter mdico a bordo, de acuerdo con los protocolos de actuacin establecidos.

    s) Supervisar el cumplimiento de las normas de seguridad laboral y de proteccin medioambiental, aplicando los protocolos y la normativa especfica en las intervenciones realizadas en los procesos de produccin.

    t) Adaptarse a las nuevas situaciones laborales, manteniendo actualizados los conocimientos cientficos, tcnicos y tecnolgicos relativos a su entorno profesional, gestionando su formacin y los recursos existentes en el aprendizaje a lo largo de la vida y utilizando las tecnologas de la informacin y la comunicacin.

    u) Resolver situaciones, problemas o contingencias con iniciativa y autonoma en el mbito de su competencia, con creatividad, innovacin y espritu de mejora en el trabajo personal y en el de los miembros del equipo.

    v) Organizar y coordinar equipos de trabajo con responsabilidad, supervisando el desarrollo del mismo, manteniendo relaciones fluidas y asumiendo el liderazgo, as como aportando soluciones a los conflictos grupales que se presenten.

    w) Comunicarse con sus iguales, superiores, clientes y personas bajo su responsabilidad, utilizando vas eficaces de comunicacin, transmitiendo la informacin o conocimientos adecuados y respetando la autonoma y competencia de las personas que intervienen en el mbito de su trabajo.

    x) Generar entornos seguros en el desarrollo de su trabajo y el de su equipo, supervisando y aplicando los procedimientos de prevencin de riesgos laborales y ambientales, de acuerdo con lo establecido por la normativa y los objetivos de la empresa.

    y) Supervisar y aplicar procedimientos de gestin de calidad, de accesibilidad universal y de diseo para todos, en las actividades profesionales incluidas en los procesos de produccin o prestacin de servicios.

    z) Realizar la gestin bsica para la creacin y funcionamiento de una pequea empresa y tener iniciativa en su actividad profesional con sentido de la responsabilidad social.

    a.a) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislacin vigente, participando activamente en la vida econmica, social y cultural.

    Artculo 6. Relacin de cualificaciones y unidades de competencia del Catlogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el ttulo.

    Cualificacin profesional completa:

    Navegacin, transporte martimo y actividades pesqueras MAP234_3 (Real Decreto 101/2009, de 6 de febrero), que comprende las siguientes unidades de competencia:

    UC0747_3: Planificar y gestionar la administracin del buque para el transporte y la pesca.UC0748_3: Planificar y dirigir las maniobras del buque y determinar la estabilidad y el

    asiento.UC0749_3: Planificar y dirigir la navegacin.UC0750_3: Planificar y dirigir las operaciones extractivas, de produccin y

    conservacin de la pesca.UC0751_3: Planificar y controlar las situaciones de emergencia.UC0752_3: Organizar y aplicar la asistencia sanitaria, reconociendo los cuadros

    mdicos que se presenten.UC0753_2: Comunicarse en ingls con un nivel de usuario independiente en

    actividades martimo-pesqueras.

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    Artculo 7. Entorno profesional.

    1. Las personas que obtienen este ttulo ejercen su actividad profesional en buques dedicados al transporte martimo de carga y/o pasajeros o en buques pesqueros, ya sean de naturaleza pblica o privada, todo ello dentro de los lmites y atribuciones establecidos por la Administracin competente. Su actividad profesional est sometida a regulacin por la Administracin competente. Asimismo, su formacin le permite desempear funciones de su nivel desembarcado, en empresas y entidades pertenecientes al sector martimo pesquero.

    2. Las ocupaciones y puestos de trabajo ms relevantes son los siguientes:

    Patrn de altura.Patrn de gran altura.Patrn al mando de buques de pesca, buques mercantes de carga y de pasaje y en

    yates de gran eslora.Primer oficial de puente.Oficial de puente en buques de pesca, buques mercantes de carga y de pasaje y en

    yates de gran eslora.Oficial encargado de la guardia o el mando de embarcaciones dedicadas a vigilancia

    fiscal, inspeccin pesquera, investigacin oceanogrfica, seguridad y salvamento martimo.

    Inspector de flota.Agente de consignatarias.Agente de seguros martimos.Supervisor de montaje y armado de artes y aparejos de pesca.

    Artculo 8. Prospectiva del ttulo en el sector o sectores.

    Las Administraciones educativas tendrn en cuenta, al desarrollar el currculo correspondiente, las siguientes consideraciones:

    a) El perfil profesional de este ttulo se caracteriza por su polivalencia, ubicndose en los sectores productivos de transporte martimo de pasajeros y mercancas y de pesca extractiva.

    b) Los 7.880 km. de litoral espaol y el importante nmero de unidades de nuestra flota de pesca, mercante, deportiva o de servicios auxiliares que navegan bajo pabelln espaol ofrecen un amplio abanico de puestos de trabajo diversos, tanto para el ejercicio profesional como tripulante, conforme las atribuciones reguladas por la autoridad martima competente en el correspondiente ttulo profesional, como ejerciendo ocupaciones de mando intermedio en empresas e instituciones relacionadas con la explotacin de servicios y/o recursos martimos, tales como navieras, consignatarias, aseguradoras, lonjas y servicios de inspeccin, entre otras.

    c) La naturaleza de los procesos tecnolgicos de transporte y pesca asociados a este ttulo le confiere una dimensin internacional, pudiendo desarrollar sus funciones en buques de otros pabellones acordes con las establecidas en los convenios internacionales STCW 78/95-97 y STCW-f 95 (enm.97/98/2000) y sus normas de aplicacin.

    d) Las funciones asociadas a este perfil debern adaptarse a las nuevas tecnologas y elementos de seguridad que facilitan las labores a bordo como la automatizacin y control de procesos en la manipulacin del pescado a bordo, incluyendo a los expertos para la clasificacin del pescado contemplados por la legislacin comunitaria, sistemas de snar, informacin satelital, implantacin de software y teleformacin, entre otras.

    e) El importante auge del sector martimo asociado al turismo, con un creciente nmero de embarcaciones recreativas de pequeo y medio porte, puertos deportivos y embarcaciones tursticas de pasajeros, entre otros, as como los niveles de equipamiento de navegacin e instrumentacin, comunicaciones y seguridad, requerirn dotaciones de mando cualificadas en el manejo de estos medios y su adaptacin permanente a los avances tecnolgicos. cv

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    f) En este sentido, es previsible un aumento progresivo de la demanda de puestos de trabajo en tierra relacionados con el sector martimo-pesquero en mbitos tales como astilleros y varaderos, marinas y clubes nuticos, agencias de seguros martimos, empresas dedicadas a la gestin y alquiler de yates y consignatarias, entre otros, lo cual requerir profesionales con formacin superior polivalente y que den respuesta a las nuevas necesidades productivas.

    g) Si bien el ejercicio de la pesca puede considerarse como una de las ocupaciones ms peligrosas del mundo, ello no impide el cumplimiento de una prctica de pesca responsable, observando y anteponiendo criterios selectivos de calidad para mantener un desarrollo sostenible y la proteccin del medio ambiente. Se pretende generar as riqueza y empleo. Una pesca responsable garantizar un equilibrio sostenible entre los recursos pesqueros, la capacidad de pesca y otras medidas de carcter medioambiental. Tomar las medidas necesarias para evitar cualquier impacto negativo sobre el medio marino conlleva acuerdos de cooperacin en materia de control e inspeccin de la actividad pesquera y su entorno.

    h) Lograr un trfico martimo eficiente, que ayude principalmente a descongestionar las vas de comunicacin terrestres europeas, es un reto en desarrollo. En este sentido, el incremento del transporte martimo de corta distancia o short sea shipping y la potenciacin por parte de los Estados de las incipientes autopistas del mar han de observarse como nuevos elementos favorables al fomento del empleo en el sector. Estudios de la Comisin Europea, entre otros, sealan que estos modos de transporte de corta distancia tienden a mantener cierto paralelismo en los ndices de crecimiento respecto al transporte por carretera, superior a los del ferrocarril, y se prev un incremento en el transporte de mercancas y pasajeros durante el prximo decenio.

    i) La naturaleza propia de los trabajos a bordo y la diversidad de procedencia cultural de los trabajadores, exigir el desarrollo y aplicacin de estrategias de mando que combinen la autonoma con la potenciacin del sentido de pertenencia y respeto al equipo, la tripulacin, as como la estandarizacin de los diferentes subprocesos tecnolgicos, particularmente por lo que respecta a garantizar una comunicacin segura y eficaz.

    CAPTULO III

    Enseanzas del ciclo formativo y parmetros bsicos de contexto

    Artculo 9. Objetivos generales.

    Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:

    a) Desarrollar la planificacin de actividades de explotacin del buque, considerando las caractersticas del viaje, las obligaciones contractuales y las limitaciones operativas, para programar las actividades del viaje o marea.

    b) Reconocer y determinar el aprovisionamiento y las condiciones para el despacho, valorando las necesidades de suministros y aplicando la normativa vigente, para supervisar la preparacin del buque.

    c) Aplicar procedimientos de clculo, atendiendo a las caractersticas del buque, del viaje, y a los cdigos y convenios internacionales, para planificar la distribucin segura de pesos a bordo.

    d) Determinar los parmetros relativos a la navegacin, utilizando los instrumentos de navegacin y la informacin actualizada, para planificar la derrota.

    e) Reconocer los medios y tcnicas utilizadas en las operaciones de carga, estiba y descarga, interpretando las caractersticas de las mercancas y los cdigos internacionales, para efectuar su supervisin.

    f) Planificar y llevar a cabo el atraque, desatraque y fondeo del buque, previendo su respuesta evolutiva en diversas condiciones de viento y corriente, identificando las limitaciones de la zona y aplicando tcnicas de maniobra para dirigir las operaciones.

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    g) Planificar y dirigir las operaciones de bsqueda y rescate en la mar, interpretando los protocolos establecidos en la normativa internacional y definiendo los rumbos y velocidades que hay que seguir, para ejecutar maniobras de auxilio.

    h) Dirigir la navegacin, identificando situaciones de riesgo, aplicando las normas y reglamentos internacionales y utilizando los medios disponibles para mantener una derrota segura.

    i) Determinar rumbos y velocidades, realizando los clculos necesarios para controlar la derrota.

    j) Aplicar procedimientos de clculo, interpretando la informacin proporcionada por los instrumentos, equipos y sistemas de ayuda a la navegacin, para determinar la posicin del buque.

    k) Analizar la evolucin de las variables meteorolgicas y oceanogrficas, tomando lecturas de los equipos y valorando la informacin recibida, para prever las condiciones de viento, mar y visibilidad.

    l) Transmitir y recibir informacin de seguridad y mensajes de trfico, operando equipos del SMSSM/GMDSS para mantener comunicaciones y obtener informacin.

    m) Organizar y desarrollar las actividades en el puente, atendiendo a las rutinas y eventualidades acaecidas e interpretando y aplicando los protocolos internacionales, para realizar la guardia con seguridad.

    n) Ensamblar las piezas y los materiales, analizando y valorando la informacin tcnica y decidiendo las posibles adaptaciones disponibles para armar los equipos de pesca.

    ) Planificar y aplicar tcnicas de maniobra de pesca, controlndolas y evalundolas segn las condiciones meteorolgicas y las caractersticas del cardumen, para proceder a su captura.

    o) Analizar y determinar el estado y situacin de los caladeros, respetando los principios de la pesca responsable, evaluando las caractersticas del cardumen e interpretando informacin disponible para realizar prospectivas de capturas.

    p) Inspeccionar y valorar las capturas, interpretando las normas higinico-sanitarias para supervisar las operaciones de manipulacin y procesado, as como de clasificacin de las capturas, segn las normas de comercializacin establecidas en la legislacin comunitaria vigente.

    q) Identificar y valorar el funcionamiento y el estado de conservacin de las instalaciones y equipos contraincendios y los medios de salvamento, interpretando la normativa aplicable y los protocolos de comprobacin para supervisar su disponibilidad operativa y mantenimiento.

    r) Interpretar y afrontar situaciones de emergencia martima, analizando los planes de actuacin, las circunstancias internas y externas existentes, y utilizando las tcnicas de salvamento y lucha contraincendios, para dirigir las operaciones.

    s) Aplicar los protocolos de atencin e intervencin a enfermos y accidentados, describiendo y utilizando los medios y las tcnicas disponibles a bordo y los sistemas de consulta radio-mdica, para atender emergencias de carcter mdico.

    t) Desarrollar la comunicacin en el mbito profesional, utilizando la lengua inglesa de forma adecuada a la situacin y manejando con destreza la fraseologa normalizada del sector martimo-pesquero, para dirigir las operaciones de maniobra, mantener comunicaciones por medio del sistema SMSSM/GMDSS y realizar la guardia de acuerdo con los protocolos internacionales.

    u) Analizar y utilizar los recursos y oportunidades de aprendizaje relacionados con la evolucin cientfica, tecnolgica y organizativa del sector y las tecnologas de la informacin y la comunicacin, para mantener el espritu de actualizacin y adaptarse a nuevas situaciones laborales y personales.

    v) Desarrollar la creatividad y el espritu de innovacin para responder a los retos que se presentan en los procesos y en la organizacin del trabajo y de la vida personal.

    w) Tomar decisiones de forma fundamentada, analizando las variables implicadas, integrando saberes de distinto mbito y aceptando los riesgos y la posibilidad de

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    equivocacin en las mismas, para afrontar y resolver distintas situaciones, problemas o contingencias.

    x) Desarrollar tcnicas de liderazgo, motivacin, supervisin y comunicacin en contextos de trabajo en grupo, para facilitar la organizacin y coordinacin de equipos de trabajo.

    y) Aplicar estrategias y tcnicas de comunicacin, adaptndose a los contenidos que se van a transmitir, a la finalidad y a las caractersticas de los receptores, para asegurar la eficacia en los procesos de comunicacin.

    z) Evaluar situaciones de prevencin de riesgos laborales y de proteccin ambiental, proponiendo y aplicando medidas de prevencin personales y colectivas, de acuerdo con la normativa aplicable en los procesos de trabajo, para garantizar entornos seguros.

    a.a) Identificar y proponer las acciones profesionales necesarias, para dar respuesta a la accesibilidad universal y al diseo para todos.

    b.b) Identificar y aplicar parmetros de calidad en los trabajos y actividades realizados en el proceso de aprendizaje, para valorar la cultura de la evaluacin y de la calidad y ser capaces de supervisar y mejorar procedimientos de gestin de calidad.

    c.c) Utilizar procedimientos relacionados con la cultura emprendedora, empresarial y de iniciativa profesional, para realizar la gestin bsica de una pequea empresa o emprender un trabajo.

    d.d) Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, teniendo en cuenta el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales, para participar como ciudadano democrtico.

    Artculo 10. Mdulos profesionales.

    1. Los mdulos profesionales de este ciclo formativo:

    a) Quedan desarrollados en el Anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artculo 10 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.

    b) Son los que a continuacin se relacionan:

    0798. Maniobra y estiba.0799. Navegacin, gobierno y comunicaciones del buque.0800. Control de las emergencias.0179. Ingls.0802. Organizacin de la asistencia sanitaria a bordo.0803. Administracin y gestin del buque y de la actividad pesquera.0804. Guardia de puente.0805. Pesca de altura y gran altura.0808. Proyecto de implementacin de una ruta de transporte martimo.0806. Formacin y orientacin laboral.0807. Empresa e iniciativa emprendedora.0809. Formacin en centros de trabajo.

    2. Las Administraciones educativas establecern los currculos correspondientes, respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el Artculo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenacin general de la formacin profesional del sistema educativo.

    Artculo 11. Espacios y equipamientos.

    1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el Anexo II de este real decreto.

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    2. Los espacios dispondrn de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los mdulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Adems, debern cumplir las siguientes condiciones:

    a) La superficie se establecer en funcin del nmero de personas que ocupen el espacio formativo y deber permitir el desarrollo de las actividades de enseanza aprendizaje con la ergonoma y la movilidad requeridas dentro del mismo.

    b) Debern cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.

    c) Debern respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las mquinas y equipos en funcionamiento.

    d) Respetarn la normativa sobre prevencin de riesgos laborales, la normativa sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo y cuantas otras normas sean de aplicacin.

    3. Los espacios formativos establecidos podrn ser ocupados por diferentes grupos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.

    4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

    5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar al alumnado la adquisicin de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseanza. Adems, debern cumplir las siguientes condiciones:

    a) El equipamiento (equipos, mquinas, etc.) dispondr de la instalacin necesaria para su correcto funcionamiento, cumplir con las normas de seguridad y prevencin de riesgos y con cuantas otras sean de aplicacin.

    b) La cantidad y caractersticas del equipamiento debern estar en funcin del nmero de personas matriculadas y permitir la adquisicin de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluacin y los contenidos que se incluyen en cada uno de los mdulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.

    6. Las Administraciones competentes velarn para que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y caractersticas para el desarrollo de los procesos de enseanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los mdulos correspondientes y garantizar as la calidad de estas enseanzas.

    Artculo 12. Profesorado.

    1. La docencia de los mdulos profesionales que constituyen las enseanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedrticos de Enseanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Tcnicos de Formacin Profesional, segn proceda, de las especialidades establecidas en el Anexo III A) de este real decreto.

    2. Las titulaciones requeridas para acceder a los cuerpos docentes citados son, con carcter general, las establecidas en el artculo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisicin de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin, y se regula el rgimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposicin transitoria decimosptima de la citada ley. Las titulaciones equivalentes a las anteriores a esos mismos efectos son, para las distintas especialidades del profesorado, las recogidas en el Anexo III B) del presente real decreto.

    3. Los profesores especialistas tendrn atribuida la competencia docente de los mdulos profesionales especificados en el Anexo III A) del presente real decreto.

    4. Los profesores especialistas debern cumplir los requisitos generales exigidos para el ingreso en la funcin pblica docente establecidos en el artculo 12 del Real

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    Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisicin de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin, y se regula el rgimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposicin transitoria decimosptima de la citada ley.

    5. Adems, con el fin de garantizar que se da respuesta a las necesidades de los procesos involucrados en el mdulo profesional, es necesario que el profesorado especialista acredite al inicio de cada nombramiento una experiencia profesional reconocida en el campo laboral correspondiente, debidamente actualizada, de al menos dos aos de ejercicio profesional en los cuatro aos inmediatamente anteriores al nombramiento.

    6. Para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pblica de otras administraciones distintas de las educativas, las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios, para la imparticin de los mdulos profesionales que conforman el ttulo, son las incluidas en el Anexo III C) del presente real decreto. En todo caso, se exigir que las enseanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los mdulos profesionales y, si dichos objetivos no estuvieran incluidos, adems de la titulacin deber acreditarse, mediante certificacin, una experiencia laboral de, al menos, tres aos en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implcitamente con los resultados de aprendizaje.

    7. Las Administraciones competentes velarn para que el profesorado que imparta los mdulos profesionales cumpla con los requisitos especificados y garantizar as la calidad de estas enseanzas.

    CAPTULO IV

    Accesos y vinculacin a otros estudios, y correspondencia de mdulos profesionales con las unidades de competencia

    Artculo 13. Preferencias para el acceso a este ciclo formativo en relacin con las modalidades y materias de bachillerato cursadas.

    Tendrn preferencia para acceder a este ciclo formativo quienes hayan cursado la modalidad de bachillerato de Ciencias y Tecnologa.

    Artculo 14. Acceso y vinculacin a otros estudios.

    1. El ttulo de Tcnico Superior en Transporte Martimo y Pesca de Altura permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de admisin que se establezcan.

    2. El ttulo de Tcnico Superior en Transporte Martimo y Pesca de Altura permite el acceso directo a las enseanzas conducentes a los ttulos universitarios de Grado, en las condiciones de admisin que se establezcan.

    3. El Gobierno, odo el Consejo de Universidades, regular, en norma especfica, el reconocimiento de crditos entre los ttulos de tcnico superior de la formacin profesional y las enseanzas universitarias de Grado. A efectos de facilitar el rgimen de convalidaciones, en este real decreto se han asignado 120 crditos ECTS entre todos los mdulos profesionales de este ciclo formativo.

    Artculo 15. Convalidaciones y exenciones.

    1. Las convalidaciones entre mdulos profesionales de ttulos de formacin profesional establecidos al amparo de la Ley Orgnica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenacin General del Sistema Educativo, y los mdulos profesionales del ttulo que se establece en este real decreto son las que se indican en el Anexo IV.

    2. Quienes hubieran superado el mdulo profesional de Formacin y orientacin laboral o el mdulo profesional de Empresa e iniciativa emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los ttulos establecidos al amparo de la Ley cv

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    Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin, tendrn convalidados dichos mdulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.

    3. Quienes hayan obtenido la acreditacin de todas las unidades de competencia incluidas en el ttulo, mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, podrn convalidar el mdulo profesional de Formacin y orientacin laboral siempre que:

    Acrediten, al menos, un ao de experiencia laboral.Estn en posesin de la acreditacin de la formacin establecida para el desempeo

    de las funciones de nivel bsico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevencin.

    4. De acuerdo con lo establecido en el artculo 39 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, podr determinarse la exencin total o parcial del mdulo profesional de Formacin en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los trminos previstos en dicho artculo.

    Artculo 16. Correspondencia de los mdulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditacin, convalidacin o exencin.

    1. La correspondencia de las unidades de competencia con los mdulos profesionales que forman las enseanzas del ttulo de Tcnico Superior en Transporte Martimo y Pesca de Altura para su convalidacin o exencin, queda determinada en el Anexo V A) de este real decreto.

    2. La correspondencia de los mdulos profesionales que forman las enseanzas del ttulo de Tcnico Superior en Transporte Martimo y Pesca de Altura con las unidades de competencia para su acreditacin, queda determinada en el Anexo V B) de este real decreto.

    Disposicin adicional primera. Referencia del ttulo en el marco europeo.

    Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinar el nivel correspondiente de esta titulacin en el marco nacional y su equivalente en el europeo.

    Disposicin adicional segunda. Oferta a distancia del presente ttulo.

    Los mdulos profesionales que forman las enseanzas de este ciclo formativo podrn ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir los resultados de aprendizaje de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el presente real decreto. Para ello, las Administraciones educativas, en el mbito de sus respectivas competencias, adoptarn las medidas que estimen necesarias y dictarn las instrucciones precisas.

    Disposicin adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculacin con capacitaciones profesionales.

    1. De acuerdo con lo establecido en la disposicin adicional trigsima primera de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin, los ttulos de Tcnico Especialista de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educacin y Financiamiento de la Reforma Educativa, que a continuacin se relacionan, tendrn los mismos efectos profesionales y acadmicos que el ttulo de Tcnico Superior en Transporte Martimo y Pesca de Altura, establecido en el presente real decreto:

    a) Tcnico Especialista en Pesca Martima, rama Martimo Pesquera.b) Tcnico Especialista en Navegacin de Cabotaje, rama Martimo Pesquera. cv

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    2. El ttulo de Tcnico Superior en Navegacin, Pesca y Transporte Martimo, establecido por el Real Decreto 721/1994, de 22 de abril, tendr los mismos efectos profesionales y acadmicos que el ttulo de Tcnico Superior en Transporte Martimo y Pesca de Altura establecido en el presente real decreto.

    3. La formacin establecida en este real decreto en el mdulo profesional de Formacin y orientacin laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel bsico en prevencin de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevencin, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.

    4. La formacin establecida en los mdulos profesionales del presente ttulo se atiene:

    A lo establecido en las normas de competencia de la seccin A-II/1del Cdigo de Formacin del Cdigo Internacional STCW para oficiales y patrones de buques civiles, as como a lo establecido en el Apndice de la Regla 1 del Captulo II del Anexo del Convenio Internacional STCW-f para oficiales y patrones de buques de pesca. De igual modo, cumple con las normas de competencia de la seccin A-VI/1 del Cdigo STCW y al Apndice de la Regla 1 del Captulo III del Anexo al Convenio Internacional STCW-f, sobre formacin bsica de seguridad para todo el personal de los buques civiles y pesqueros, y con la Seccin A-IV/2 del Convenio STCW y al Apndice de la Regla 6 del Captulo II del Anexo al Convenio STCW-f, en materia de radiocomunicaciones.

    A lo establecido en el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante, y la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se regulan los programas de formacin de los ttulos profesionales de Marineros de Puente y de Mquinas de la Marina Mercante, y de Patrn Portuario, as como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional, y

    A lo establecido en el Real Decreto 930/1998, de 14 de mayo, sobre condiciones generales de idoneidad y titulacin de determinadas profesiones de la marina mercante y del sector pesquero, modificado por el Real Decreto 1347/2003, de 31 de octubre, y el Real Decreto 653/2005, de 6 de junio, as como por el Real Decreto 2008/2009, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 930/1998, de 14 de mayo, sobre condiciones generales de idoneidad y titulacin de determinadas profesiones de la marina mercante y del sector pesquero, con el fin de que el alumnado que est en posesin del ttulo de Tcnico Superior en Transporte Martimo y Pesca de Altura, superados los requisitos no acadmicos establecidos en dicha legislacin, pueda obtener las titulaciones profesionales y certificados de especialidad correspondientes para el desempeo de sus funciones en las ocupaciones y puestos de trabajo que se indican en el artculo 7.2 del presente real decreto.

    Disposicin adicional cuarta. Regulacin del ejercicio de la profesin.

    1. El ttulo establecido en el presente real decreto no constituye una regulacin del ejercicio de profesin regulada alguna.

    2. Asimismo, las equivalencias de titulaciones acadmicas establecidas en el apartado 1 y 2 de la disposicin adicional tercera de este real decreto se entendern sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones que habilitan para el ejercicio de las profesiones reguladas.

    Disposicin adicional quinta. Equivalencias a efectos de docencia en los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Profesores Tcnicos de Formacin Profesional.

    El ttulo de Tcnico Superior o de Tcnico Especialista se declara equivalente a los exigidos para el acceso al Cuerpo de Profesores Tcnicos de Formacin Profesional, cuando el titulado haya ejercido como profesor interino en centros pblicos del mbito

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    territorial de la Administracin convocante, en la especialidad docente a la que pretenda acceder y durante un periodo mnimo de dos aos antes del 31 de agosto de 2007.

    Disposicin adicional sexta. Accesibilidad universal en las enseanzas de este ttulo.

    1. Las Administraciones educativas, en el mbito de sus respectivas competencias, incluirn en el currculo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currculo en diseo para todos.

    2. Asimismo, dichas Administraciones adoptarn las medidas que estimen necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposicin final dcima de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminacin y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

    Disposicin transitoria nica. Aplicabilidad de otras normas.

    1. Hasta que sea de aplicacin lo dispuesto en este real decreto, en virtud de lo establecido en sus disposiciones finales segunda y tercera, ser de aplicacin lo dispuesto en el Real Decreto 721/1994, de 22 de abril, por el que se establece el ttulo de Tcnico Superior en Navegacin, Pesca y Transporte Martimo y las correspondientes enseanzas mnimas.

    2. Asimismo, hasta que sea de aplicacin la norma que regule, para el mbito de gestin del Ministerio de Educacin, el currculo correspondiente al ttulo de Tcnico Superior en Transporte Martimo y Pesca de Altura, ser de aplicacin lo establecido en el Real Decreto 744/1994, de 22 de abril, por el que se establece el currculo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al ttulo de Tcnico Superior en Navegacin, Pesca y Transporte Martimo y las correspondientes enseanzas mnimas.

    Disposicin derogatoria nica. Derogacin de normas.

    1. Queda derogado el Real Decreto 721/1994, de 22 de abril, por el que se establece el ttulo de Tcnico Superior en Navegacin, Pesca y Transporte Martimo y las correspondientes enseanzas mnimas y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.

    2. Queda derogado el Real Decreto 744/1994, de 22 de abril, por el que se establece el currculo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al ttulo de Tcnico Superior en Navegacin, Pesca y Transporte Martimo.

    Disposicin final primera. Ttulo competencial.

    El presente real decreto tiene carcter de norma bsica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artculo 149.1.1 y 30 de la Constitucin. Se excepta de norma bsica la disposicin transitoria nica punto 2.

    Disposicin final segunda. Implantacin del nuevo currculo.

    Las Administraciones educativas implantarn el nuevo currculo de estas enseanzas en el curso escolar 2012/2013.

    Disposicin final tercera. Entrada en vigor.

    El presente real decreto entrar en vigor el da siguiente al de su publicacin en el Boletn Oficial del Estado.

    Dado en Madrid, el 18 de noviembre de 2011.

    JUAN CARLOS R.

    El Ministro de Educacin,NGEL GABILONDO PUJOL cv

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    ANEXO I

    Mdulos Profesionales

    Mdulo Profesional: Maniobra y estiba.Equivalencia en crditos ECTS: 13Cdigo: 0798

    Resultados de aprendizaje y criterios de evaluacin:

    1. Caracteriza los parmetros especficos, elementos constructivos, equipos e instalaciones de servicio del buque, interpretando planos y esquemas y utilizando la nomenclatura tcnica.

    Criterios de evaluacin:

    a) Se han identificado las dimensiones y partes del buque.b) Se han utilizado los signos y abreviaturas normalizados para la designacin de

    los parmetros del buque.c) Se han relacionado los elementos estructurales del buque con su funcin de

    consolidacin.d) Se han relacionado los elementos de los circuitos de servicio de lastre y

    sentinas con su funcin.e) Se han reconocido las caractersticas, disposicin y funcin de los elementos

    de maniobra en cubierta.

    2. Determina la condicin de estabilidad y trimado del buque para una navegacin segura, interpretando su documentacin tcnica y aplicando procedimientos de clculo sobre plantillas manuales e informatizadas.

    Criterios de evaluacin:

    a) Se han obtenido los parmetros hidrostticos correspondientes a la condicin del buque y requeridos para desarrollar los clculos.

    b) Se ha determinado la prdida de estabilidad inicial para grandes inclinaciones ocasionada por carenas lquidas y pesos suspendidos.

    c) Se ha detectado la condicin de estabilidad inicial crtica (negativa o nula) y se han indicado las operaciones que se tienen que efectuar para corregirla.

    d) Se han determinado las coordenadas del centro de gravedad, la altura metacntrica y el desplazamiento del buque por procedimientos experimentales (experiencia de estabilidad, observacin del perodo doble de balance y observacin de calados y lectura de la escora permanente).

    e) Se han calculado los cambios en la altura metacntrica, calados y, si procede, escora permanente debidos a un traslado, carga o descarga de un peso conocido.

    f) Se han trazado e identificado los elementos significativos de las curvas residuales de estabilidad esttica y dinmica, correspondientes a una condicin de viento y/o corrimiento de carga.

    g) Se ha verificado el cumplimiento del criterio de estabilidad reglamentario y se ha modificado, en su caso, la distribucin de pesos para permitir una navegacin segura.

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    3. Determina la condicin del buque al varar y/o sufrir inundaciones, voluntarias o fortuitas, describiendo los recursos para minimizar daos y aplicando los principios de teora del buque.

    Criterios de evaluacin:

    a) Se han identificado las medidas de seguridad y compartimentado del buque.b) Se ha decidido la varada, como ltimo recurso, en el rea ms apropiada.c) Se han previsto los preparativos del buque para la varada si la circunstancia lo

    permite, con la permanencia en el lecho y posible reflotamiento.d) Se ha considerado la estabilidad durante las fases de varada.e) Se ha considerado el efecto de inundacin voluntaria e inundacin por avera

    posterior a la varada.f) Se ha determinado el valor de la reaccin aproximada sobre el punto de varada.g) Se han decidido las medidas ms eficaces para quedar libres de la varada.h) Se han considerado diferentes tcnicas de reflotamiento en el uso de sistemas

    propios o con ayuda del exterior.i) Se han determinado los calados finales y la escora, despus de la inundacin

    causada por va de agua en un compartimento de libre comunicacin.

    4. Aplica tcnicas para maniobrar buques de propulsin mecnica en el puerto (atraque, desatraque, ciaboga, fondeo, leva y remolque portuario) y en la mar, interpretando los reglamentos y efectos evolutivos y utilizando simuladores y/o buques reales.

    Criterios de evaluacin:

    a) Se han determinado las distancias de parada, avance y traslado lateral para una velocidad y rgimen de mquinas, viento, corriente y relacin sonda/calado especificados.

    b) Se ha desatracado, ciabogado y atracado el buque en la zona designada, teniendo en cuenta las condiciones de viento y/o corrientes reinantes, con la disposicin de cabos requerida, sin ocasionar daos y en el tiempo indicado.

    c) Se ha controlado el rumbo y la velocidad del buque para mantener las distancias de seguridad.

    d) Se ha efectuado la aproximacin y tendido de la lnea de remolque en puerto, adoptando diversas configuraciones de asistencia, en maniobras simuladas y sin causar daos.

    e) Se ha fondeado en el punto indicado y con el dimensionamiento del fondeo necesario para una retencin y rea de borneo seguras.

    f) Se han revisado las maniobras, teniendo en cuenta el trabajo en equipo de los miembros de la tripulacin que intervienen.

    g) Se ha utilizado la fraseologa normalizada en la emisin de los mensajes necesarios para llevar a cabo las maniobras.

    h) Se han previsto los efectos del asiento dinmico, la interaccin con otras embarcaciones y los efectos de la corriente en canales.

    i) Se han aplicado las normas del reglamento internacional para prevenir abordajes en la mar, la identificacin de balizas de acuerdo con la normativa de balizamiento y las seales del CIS asociadas a las maniobras efectuadas.

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    5. Realiza maniobras a vela, identificando los efectos del viento sobre el aparejo y efectuando las operaciones que permiten realizar una navegacin a vela con precisin y seguridad.

    Criterios de evaluacin:

    a) Se ha aplicado la nomenclatura tcnica para designar los elementos de los aparejos y las maniobras propias de los buques de propulsin elica.

    b) Se han asociado los elementos de los aparejos con su funcin.c) Se han reconocido los tipos y partes de un aparejo.d) Se han asociado los efectos evolutivos y escorantes con la accin de las

    fuerzas que los generan y los principios aerodinmicos que actan.e) Se ha identificado el efecto propulsor ptimo en los diagramas polares de la

    vela.f) Se han aplicado procedimientos para maniobrar el buque laboreando la jarcia,

    dar el aparejo, tomar rizos o cargarlo.g) Se ha empleado el buen sentido marinero para gobernar el buque con seguridad

    y eficacia.h) Se han ejecutado con xito diversas maniobras de toma de una baliza y

    recogida de hombre al agua.

    6. Ejecuta maniobras de emergencia, interpretando las situaciones que se pueden dar y aplicando procedimientos de maniobra y gobierno.

    Criterios de evaluacin:

    a) Se ha transmitido el mensaje de urgencia y se han activado las seales acsticas, luminosas y electrnicas, en cumplimiento del reglamento internacional.

    b) Se ha practicado con eficacia y seguridad la maniobra de recogida de hombre al agua.

    c) Se ha dado respuesta, en un ejercicio simulado SAR, a la solicitud de colaboracin de una autoridad competente, con la participacin en operaciones de emergencia, salvamento y rescate de personas en peligro, de otros buques o aeronaves en la mar.

    d) Se han aplicado procedimientos de bsqueda visual y electrnica, de acuerdo con los mtodos del manual de bsqueda IAMSAR.

    e) Se ha identificado la generacin de socaire, empleando el potencial del buque, propio o ajeno, para facilitar la recuperacin de nufragos o embarcaciones.

    f) Se han reconocido los medios de bsqueda y rescate de acuerdo con el Plan Nacional de Salvamento Martimo y lucha contra la contaminacin marina accidental.

    g) Se han previsto las medidas que hay que tomar en las operaciones con helicptero, para operar en caso de evacuacin por accidente o abandono.

    h) Se han respetado las indicaciones del que acta como Jefe de operaciones.

    7. Caracteriza las tcnicas de carga, estiba y descarga de capturas y otras mercancas, describiendo la utilizacin de los medios y aplicando las prescripciones de los cdigos internacionales asociados a la carga.

    Criterios de evaluacin:

    a) Se han relacionado las condiciones que deben reunir los espacios de carga con las caractersticas de la mercanca que hay que transportar.

    b) Se han relacionado las condiciones que requieren las cmaras de conservacin del pescado, en funcin de la especie que hay que conservar y del volumen de las capturas. cv

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    c) Se han identificado las caractersticas del utillaje necesario para las operaciones de preparacin de las bodegas y estiba de la carga en las mismas.

    d) Se han identificado las cargas de trabajo y de rotura de los medios utilizados en las operaciones de carga y descarga.

    e) Se ha confeccionado el plano de estiba con cargamentos para ms de un puerto.

    f) Se han cumplimentado los formularios para el clculo de estiba de grano.g) Se ha determinado el nmero y disposicin de las trincas y/o elementos de

    sujecin de la carga indicada, de acuerdo con los cdigos de aplicacin.h) Se han considerado las condiciones de estiba y segregacin de cargas

    peligrosas, potencialmente peligrosas o perjudiciales.

    8. Reconoce los riesgos laborales durante las operaciones de maniobra, carga, estiba y descarga del buque, analizando accidentes producidos en situaciones crticas e identificando las normas a cumplir para eliminar o disminuir peligros.

    Criterios de evaluacin:

    a) Se ha identificado la normativa de aplicacin.b) Se han reconocido los riesgos de accidente laboral asociados a la actividad

    indicada.c) Se han relacionado los accidentes laborales con su cadena de causas.d) Se han identificado las medidas de precaucin que hay que observar en la

    ejecucin de trabajos especiales asociados a las operaciones de maniobra y estiba.

    e) Se han considerado los factores de riesgo de carcter personal y psicosocial.f) Se han relacionado las actividades de riesgo con la utilizacin de sealizacin de

    seguridad, equipos de proteccin individual (EPI) y, en su caso, autorizaciones de trabajo.

    g) Se han reconocido los sistemas de organizacin y supervisin de las actividades para mejorar la seguridad laboral de la tripulacin.

    h) Se ha mostrado una actitud de atencin y colaboracin en las actividades realizadas.

    Duracin: 135 horas.

    Contenidos bsicos:

    Caracterizacin del buque:

    - Tipos de buques. Dimensiones y partes. Caractersticas principales.- Geometra del buque y representaciones:

    Planos de referencia. Planos de formas.

    - Caracterizacin de elementos estructurales: Clasificacin. Funciones. Sistemas de construccin naval.

    - Determinacin de esfuerzos en los cascos: Clculo de esfuerzos cortantes y momentos flectores.

    - Caracterizacin de equipos propulsores y de gobierno: Sistemas y principios de propulsin. Tipos de propulsores. Sistemas de control de gobierno.

    - Caracterizacin de Instalaciones y servicios.

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    Determinacin de la condicin de estabilidad y trimado del buque:

    - Determinacin y propiedades de parmetros hidrostticos: Centro de carena. Radios metacntricos. Centro de flotacin. Toneladas por unidad de inmersin. Momento unitario.

    - Determinacin de las coordenadas de los centros de gravedad: Efectos del traslado de pesos. Efectos de la carga y descarga de pesos. Efectos de pesos suspendidos. Efecto de las carenas lquidas. Clculo del centro de gravedad del buque utilizando cuadro de momentos.

    - Clculo de la estabilidad transversal inicial: Identificacin de la altura metacntrica. Clasificacin de la estabilidad inicial. Valores del GM segn criterios de estabilidad. Deteccin y correccin de la estabilidad indiferente o negativa. Efecto de las carenas lquidas. Efecto de la acumulacin de hielo en cubierta y superestructuras de

    embarcaciones de pesca. Clculo del GM y del KG mediante la experiencia de estabilidad. Criterios

    de fiabilidad. Clculo del GM en funcin del perodo doble de balance. Limitaciones.

    Periodo de balance y sincronismo. Forma de minimizar sus efectos. Optimizacin de los valores de estabilidad inicial. Clculo de la escora permanente a partir de la distribucin de pesos.

    Limitaciones. Procedimientos informatizados.

    - Caracterizacin de la estabilidad esttica transversal para grandes escoras: Identificacin del par de estabilidad transversal. Determinacin del par de estabilidad esttico transversal corregido por

    superficies libres. Efectos de la escora permanente en la estabilidad. Efectos escorantes del viento y oleajes intensos. Efectos del agua embarcada en cubierta y del hielo. Efectos escorantes producidos por el aparejo y la captura.

    - Trazado de curvas de estabilidad esttica.- Caracterizacin de la estabilidad dinmica:

    Trabajo escorante y trabajo resistente. Determinacin de los valores parciales y totales de estabilidad dinmica.

    - Trazado de curvas de estabilidad dinmica.- Verificacin del cumplimiento de los criterios de estabilidad:

    mbitos de aplicacin. Verificacin de valores crticos. Criterio de Rahola. Criterios IMO. Criterios

    aplicables a embarcaciones de pesca.- Modificacin de la distribucin de pesos para cumplir el criterio reglamentario.- Determinacin de calados y sus aplicaciones:

    Lectura de calados. Correcciones a las lecturas. Aplicacin del convenio de lneas de mxima carga. Optimizacin de los valores de asiento. Determinacin de calados a partir de la distribucin de pesos. Reparto de la carga para poner un buque en calados.

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 302 Viernes 16 de diciembre de 2011 Sec. I. Pg. 138166

    Diagramas de asiento. Determinacin del desplazamiento corregido a partir de la lectura de

    calados.

    Determinacin de la varada y la inundacin:

    - Normas relativas al compartimentado de buques segn el convenio internacional para la seguridad de la vida humana en la mar.

    - Procedimiento de seguridad para efectuar la varada peridica.- Determinacin del lugar y procedimiento para efectuar una varada voluntaria y

    permanecer en el lecho elegido.- Clculo de la reaccin sobre el fondo y operaciones de reflotamiento para

    quedar libre de la varada.- Determinacin de la estabilidad crtica por efecto de la varada.- Elementos tiles y artefactos propios o externos para quedar libre de una

    varada.- Interpretacin del compartimentado y prevencin de la inundacin:

    Inundacin de compartimentos. Clculo del efecto de la inundacin en la estabilidad del buque. Determinacin de la condicin final de flotabilidad, escora y asiento. Reserva de flotabilidad. Procedimientos para minimizar los efectos de la inundacin.

    Aplicacin de tcnicas para maniobrar:

    - Caracterizacin de los movimientos del buque.- Maniobrabilidad del buque:

    Efectos evolutivos de los medios de propulsin y gobierno. Efectos evolutivos de los propulsores acimutales. Parmetros de maniobra y evolucin. Efectos del viento. Efectos de la corriente. Efectos combinados. Efectos derivados de la relacin sonda/calado. Interpretacin de la informacin tcnica asociada al buque.

    - Descripcin de maniobras tipo (atraques, desatraques, y ciabogas): Fases de las maniobras. Criterios de seguridad y eficacia. Caracterizacin y manejo seguro de las amarras y equipos asociados. Efectos de los cabos.

    - Fraseologa normalizada.- Aplicacin de tcnicas de maniobra de atraque, desatraque y ciaboga:

    Planificacin de las maniobras. Ejecucin de maniobras en diversas condiciones de viento y/o corriente. Asistencia de remolcadores. Revisin de las maniobras.

    - Descripcin de maniobras de fondeo y leva: Caracterizacin de las zonas de fondeo. Caracterizacin y manejo de los medios de fondeo del buque. Utilidades del fondeo. Tcnicas de fondeo y leva. Dimensionamiento del fondeo y clculo de reas de borneo. Control del buque fondeado.

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 302 Viernes 16 de diciembre de 2011 Sec. I. Pg. 138167

    - Aplicacin de tcnicas de fondeo y leva: Planificacin de las maniobras. Ejecucin de maniobras en diversas condiciones de viento y/o corriente. Revisin de las maniobras.

    - Maniobra para tomar combustible en la mar.- Configuraciones diversas de remolque a buques en puerto.- Maniobras de remolque. Aplicacin en maniobras de atraque y desatraque.- Prevencin de situaciones crticas.- Maniobrabilidad en aguas restringidas:

    Principios hidrodinmicos de aplicacin. Efectos debidos a interacciones hidrodinmicas de la carena. Alteracin de las condiciones evolutivas. Inmersin. Asiento dinmico. Interaccin entre buques en navegacin. Interacciones con el fondo.

    - Aplicacin del RIPA y del IALA: Estructura y mbito de aplicacin. Interpretacin de las reglas. Aplicacin de la norma de balizamiento. Estructura y mbitos de aplicacin. Interpretacin de las reglas.

    Realizacin de maniobras a vela:

    - Fundamentos de la propulsin elica: Principios hidrodinmicos. Centros vlicos y de resistencia lateral. Discusin de fuerzas y sus efectos.

    - Tipos de buques de propulsin elica: Tipologa de aparejos. Disposicin de arboladura. Disposicin de la jarcia firme. Disposicin de la jarcia de labor. Tipos de velas.

    - Funcin de los elementos del aparejo.- Maniobras a vela:

    Viento real y viento aparente. Rumbos relativos. Trimado de la jarcia de labor. Maniobra de tomar rizos. Maniobras de emergencia.

    Ejecucin de maniobras de emergencia:

    - Respuesta del buque a los parmetros de gobierno y propulsin. Evolucin y respuesta del buque en aguas profundas y condicin

    meteorolgica de calma.- Procedimiento inmediato a la voz de hombre al agua. Preparacin de pertrechos

    durante la evolucin.- Transmisin de mensajes.- Maniobras de aproximacin para recuperacin de personas u objetos del agua

    con precisin y seguridad: Evolucin de Williamson. Evolucin simple o de Anderson.

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 302 Viernes 16 de diciembre de 2011 Sec. I. Pg. 138168

    Evolucin doble. Evolucin de Scharnow.

    - Prctica simulada de una situacin de emergencia en buque propio o en otro buque.

    - Maniobras con helicptero.- Interpretacin y aplicacin de los procedimientos de los manuales de bsqueda

    y salvamento. IAMSAR.

    Caracterizacin de las tcnicas de carga, estiba y descarga:- Caracterizacin de espacios de carga en buques: bodegas secas, bodegas

    frigorficas, bodega garaje y tanques de productos diversos.- Caracterizacin de espacios de carga en buques pesqueros: bodegas

    frigorficas, bodegas de pertrechos de pesca, neveras, hielo a granel y cmaras de conservacin de pescado.

    - Inspeccin del estado de los espacios y medios de carga y descarga.- Identificacin de utillaje y equipos.- Procedimiento de manipulacin y estiba de la captura y su influencia en la

    seguridad del buque.- Efecto del comportamiento del pescado libre sobre cubierta en la seguridad del

    buque.- Estiba y afianzamiento de la captura y del arte de pesca. Encajonadas.- Factores que pueden afectar desfavorablemente a la seguridad del buque

    faenando.- Operaciones de carga y descarga en puerto y transbordos en la mar a buques

    factora o a otros buques.- Clculo de la carga de trabajo y de rotura de los medios utilizados en las

    operaciones de carga y descarga.- Confeccin del plano de estiba de la carga.- Empleo de instrumentos de control de la carga o captura propios de la

    instalacin del buque, individuales y autnomos.- Distribucin de la carga de acuerdo con su peligrosidad, atendiendo a las

    especificaciones del cdigo IMDG, cdigo de prcticas de seguridad para la estiba y sujecin de la carga y otras normas internacionales sobre el manejo y transporte seguros.

    - Aplicacin de mtodos de carga, trincado y descarga atendiendo a su clasificacin: granel, contenedores, general, frigorfica, rodada, viva o peligrosa.

    - Conocimiento del efecto del balance y cabezada del buque sobre las inercias de la carga y las trincas.

    Prevencin de riesgos laborales:

    - Referencias normativas.- Prevencin de riesgos durante las operaciones de maniobra:

    Indumentaria. Equipos de proteccin personal. Aspectos organizativos. Comunicaciones. Sealizacin.

    - Prevencin de riesgos durante las operaciones de carga, estiba y descarga: Indumentaria. Equipos de proteccin personal. Aspectos organizativos. Comunicaciones. Sealizacin. Trabajos en espacios confinados.

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 302 Viernes 16 de diciembre de 2011 Sec. I. Pg. 138169

    - Higiene del medio: Lmites de ruido. Condiciones de iluminacin. Temperatura de los distintos locales/espacios. Vibraciones. Vas de circulacin a bordo.

    - Factores de riesgo de carcter personal y psicosocial: Fatiga. Peligro del uso de drogas y abuso del alcohol.

    Orientaciones pedaggicas.

    Este mdulo profesional contiene la formacin necesaria para desempear las funciones de planificacin y ejecucin de maniobras y operaciones de carga, estiba y descarga de mercancas en condiciones de seguridad.

    La funcin de planificacin y ejecucin de maniobras incluye aspectos como:

    - Familiarizacin con los equipos de maniobra.- Reconocimiento de la respuesta evolutiva del buque.- Aplicacin de tcnicas de maniobra, distinguiendo sus fases.- Utilizacin favorable del viento y la corriente en el planteamiento de las

    maniobras.

    La funcin de planificacin de operaciones de carga, descarga y estiba incluye aspectos como:

    - Interpretacin de los cdigos internacionales.- Distribucin de pesos de forma que que garantice una navegacin segura.- Manejo de los equipos y tiles para las operaciones de carga, estiba y descarga.- Supervisin de los sistemas de trincaje.- Control de averas.

    Las actividades profesionales asociadas a esta funcin se aplican en:

    - Maniobras de portuarias de aproximacin, atraque y desatraque.- Maniobras de fondeo.- Maniobras de emergencia.- Operaciones de carga y descarga.- Planificacin y control de la estiba.

    La formacin del mdulo contribuye a alcanzar los objetivos generales c), e), f), g), t) y z) del ciclo formativo, y las competencias c), e), f), g) y s) del ttulo.

    La concrecin del currculo del presente mdulo deber tener en cuenta los conocimientos y habilidades establecidos en la seccin A-II/1del Cdigo de Formacin del Cdigo Internacional STCW para oficiales y patrones de buques civiles, as como a lo establecido en la Regla 1 del Captulo II del anexo del Cdigo Internacional STCW-f para oficiales y patrones de buques de pesca. De igual modo, se debern tener en cuenta las normas de competencia de la seccin A-VI/1 del Cdigo STCW y a la Regla 1 del Captulo III del Cdigo STCW-f, sobre formacin bsica de marinera, y la Seccin A-IV/2 del Convenio STCW y a la Regla 6 del Captulo 2 del Convenio STCW-f, en materia de radiocomunicaciones.

    Dadas, adems, las peculiaridades de las profesiones martimo pesqueras, deber tenerse presente la posibilidad de impartir este mdulo de forma bilinge para facilitar la insercin

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 302 Viernes 16 de diciembre de 2011 Sec. I. Pg. 138170

    profesional de los titulados en el seno de tripulaciones multinacionales en las que se utiliza el ingls como lengua vehicular.

    Las lneas de actuacin en el proceso de enseanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del mdulo versarn sobre:

    - Interpretacin de planos.- La utilizacin de simuladores de maniobra para la ejecucin y revisin de

    atraques, ciabogas, fondeos, salidas y maniobras de emergencia.- La capacitacin para ejercer el mando del buque, mediante modelaje y refuerzo.- El uso de las TIC para la ejecucin de clculos de estabilidad y trimado y la

    sensibilizacin respecto a situaciones de riesgo laboral.- El fomento del trabajo en equipo.

    Mdulo Profesional: Navegacin, gobierno y comunicaciones del buque.Equivalencia en crditos ECTS: 14Cdigo: 0799.

    Resultados de aprendizaje y criterios de evaluacin:

    1. Planifica la navegacin y la derrota del buque, interpretando la documentacin del cuarto de derrota y actualizando la informacin recibida a travs de los medios disponibles.

    Criterios de evaluacin:

    a) Se han considerado, en la planificacin de la derrota, las condiciones del viaje y los factores que inciden en la navegacin.

    b) Se ha seleccionado y ordenado la documentacin del cuarto de derrota para el viaje previsto, en funcin de la navegacin y derrotas planificadas.

    c) Se ha asociado la documentacin y el material del cuarto de derrota con su utilidad.

    d) Se han actualizado las publicaciones nuticas del cuarto de derrota.e) Se han identificado, sobre la carta y otras publicaciones, peligros para la

    navegacin y puntos significativos que hay que observar durante la travesa (bajos, faros, balizas y boyas, entre otros)

    f) Se han trazado sobre cartas de papel y en el EC-DIS las derrotas planificadas y los puntos de recalada, con la precisin requerida y respetando las normas de organizacin del trfico martimo.

    g) Se ha determinado la sonda momento en el lugar y hora indicados, mediante el uso del anuario de mareas y a partir de la informacin obtenida de la ecosonda.

    h) Se ha planificado la derrota segura en zona de hielos.

    2. Utiliza tcnicas de control de la derrota en navegaciones a la vista de la costa, efectuando los clculos necesarios para determinar la posicin del buque y la alteracin de rumbo y/o velocidad requerida, en presencia de viento y/o corriente.

    Criterios de evaluacin:

    a) Se han asociado las lneas de posicin utilizadas para situarse con los procedimientos de clculo y trazado de las mismas en la carta.

    b) Se han identificado faros, balizas y puntos destacados de la costa como ayuda para la navegacin segura del buque y su posicionamiento.

    c) Se ha situado el buque a la vista de la costa mediante lneas de posicin simultneas y no simultneas.

    d) Se han considerado los efectos del viento y la corriente en los clculos asociados al control de la derrota.

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 302 Viernes 16 de diciembre de 2011 Sec. I. Pg. 138171

    e) Se ha obtenido el valor aproximado del rumbo de la corriente y su intensidad mediante observaciones a la costa.

    f) Se ha calculado el nuevo rumbo aguja para entrar en la derrota prevista.g) Se ha situado el buque por estima grfica y estima analtica.h) Se han respetado las normas establecidas cuando se navega por un dispositivo

    de separacin de trfico.i) Se han efectuado los clculos de carta con precisin y en el tiempo indicado.

    3. Aplica tcnicas de control de la derrota a partir de observaciones astronmicas, efectuando los clculos necesarios para determinar la posicin del buque y determinando la alteracin de rumbo y/o velocidad requerida, en presencia de viento y/o corriente.Criterios de evaluacin:

    a) Se han asociado las partes y la constitucin del sextante con su funcin.b) Se han ajustado los espejos del sextante y determinado su error de ndice.c) Se han obtenido y corregido las alturas observadas y los tiempos.d) Se han aplicado procedimientos de clculo para obtener los determinantes de

    una recta de altura.e) Se ha determinado la correccin total a partir de observaciones astronmicas.f) Se ha obtenido la situacin al medioda verdadero.g) Se ha obtenido la situacin por rectas de altura simultneas y no simultneas,

    incluyendo astros desconocidos.h) Se han reconocido los mtodos para minimizar o corregir errores.i) Se han manejado tablas rpidas y sistemas de reconocimiento de astros para

    agilizar los clculos.j) Se ha corregido el rumbo y la velocidad del buque para cumplir la derrota

    planificada, en presencia de viento y/o corriente.

    4. Maneja las aplicaciones del radar, describiendo sus funciones y caractersticas y utilizando sus mandos, para controlar la navegacin con seguridad.

    Criterios de evaluacin:

    a) Se han considerado los factores de funcionamiento de un equipo de radar que puedan afectar a su rendimiento y precisin.

    b) Se han efectuado los ajustes precisos para lograr un mximo rendimiento del radar.

    c) Se han manejado las formas de presentacin de la informacin en la pantalla del radar, teniendo en cuenta las caractersticas de los equipos y las condiciones del momento.

    d) Se ha situado el buque, mediante lneas de posicin tomadas con el equipo de radar a puntos de la costa, boyas y balizas-radar, entre otros, verificando y controlando la derrota en todo momento.

    e) Se han aplicado los mtodos de cinemtica centrada y cinemtica radar para detectar el riesgo de abordaje y obtener rumbos, velocidades, CPA y TCPA de otros buques, as como para planificar maniobras de cambio de rumbo y velocidad.

    5. Pronostica la evolucin del tiempo atmosfrico y su incidencia en la navegacin, interpretando y evaluando la informacin meteorolgica y oceanogrfica disponible.

    Criterios de evaluacin:

    a) Se han identificado las variables meteorolgicas y su influencia en la formacin y evolucin del tiempo.

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 302 Viernes 16 de diciembre de 2011 Sec. I. Pg. 138172

    b) Se ha obtenido la informacin meteorolgica, con los medios disponibles y a travs de las estaciones mundiales de informacin del tiempo.

    c) Se han elaborado pronsticos del tiempo y del estado de la mar, valorando de la informacin tomada desde el buque y la recibida de los centros meteorolgicos.

    d) Se ha evaluado la incidencia del pronstico meteorolgico en la navegacin y las actividades del buque.

    e) Se ha corregido la derrota para minimizar el posible impacto de los elementos meteorolgicos adversos que afectaran segn el pronstico.

    f) Se han identificado los sistemas de corrientes oceanogrficas y sus reas de influencia.

    6. Maneja los equipos del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Martima, interpretando sus funciones y aplicando los procedimientos de manejo y mantenimiento establecidos.

    Criterios de evaluacin:

    a) Se ha relacionado la zona de navegacin con las exigencias en licencias de estacin, certificados y requerimientos segn normativa.

    b) Se han reconocido las funciones de una instalacin de radiocomunicaciones que opera en la zona martima indicada, identificando los procedimientos operativos y las precauciones que hay que observar.

    c) Se han definido los contenidos de mensajes de socorro, urgencia o seguridad y los procedimientos que hau que seguir para su emisin o recepcin en una situacin debidamente caracterizada.

    d) Se han reconocido los documentos y publicaciones de uso obligatorio en las estaciones de buque, para consultar o registrar datos relevantes de forma eficaz.

    e) Se han manejado los mandos de control de los equipos de radiocomunicaciones para trasmitir y recibir las informaciones requeridas de forma clara y eficaz.

    f) Se han asociado las frases normalizadas de la OMI y el Cdigo Internacional de Seales con su uso en los procedimientos de comunicaciones que as lo requieran.

    g) Se han establecido los protocolos de mantenimiento de rutina de las radiobalizas y de los respondedores radar.

    Duracin: 140 horas.

    Contenidos bsicos:

    Planificacin de la navegacin:

    - Cartografa: coordenadas geogrficas y proyecciones de la superficie terrestre. Proyecciones mercatorianas y gnomnicas.

    - Parmetros fundamentales de la derrota: Clases y conversin de rumbos. Distancias. Puntos de recalada.

    - Derrota loxodrmica: Definicin y caractersticas. Procedimientos grficos. Procedimientos analticos.

    - Derrota ortodrmica: Elementos que la definen. Clculo del rumbo inicial y final o recalada. Clculo de la economa o ganancia. Determinacin de derrotas mixtas.

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 302 Viernes 16 de diciembre de 2011 Sec. I. Pg. 138173

    - Organizacin del trfico martimo: Rutas de trfico martimo seguras.

    - Publicaciones nuticas.- Material y equipos de derrota:

    Trazado de derrotas en cartas de papel. Trazado de derrotas utilizando cartas electrnicas.

    - Manejo de la ecosonda.- Mareas:

    Clculo de las horas y alturas de las mareas. Corrientes de marea.

    - Navegacin en zona de hielos.Utilizacin de tcnicas de control de la derrota en navegaciones a la vista de la costa:

    - Comps magntico: Principios. Tipos. Constitucin. Tablilla de desvos.

    - Girocomps: Fundamentos y propiedades del girscopo. Ajustes. Alineacin de repetidores. Errores y desvos.

    - Identificacin de faros, boyas y balizas.- Mtodos de determinacin de la correccin total a la vista de la costa.- Definicin y trazado de lneas de posicin a partir de la observacin de

    marcaciones, demoras y enfilaciones. Manejo del taxmetro y del espejo acimutal.

    - Mtodos de posicionamiento del buque por lneas de posicin simultneas.- Mtodos de posicionamiento del buque por lneas de posicin no simultneas.- Arrumbamientos con viento y corriente.- Mtodos de obtencin de los parmetros de la corriente.- Navegacin de estima grfica con viento y corriente.- Navegacin de estima analtica con viento y corriente.- Navegacin en dispositivos de separacin de trfico.

    Aplicacin de tcnicas de control de la derrota a partir de observaciones astronmicas:

    - Trigonometra esfrica.- Definicin de los elementos de la esfera celeste.- Definicin de los sistemas de coordenadas de un punto en la esfera celeste.- Movimiento aparente de los astros:

    Esfera oblicua: identificacin de arcos diurno y nocturno. Ortos y ocasos.

    - Determinacin del desvo de la aguja y del girocomps mediante clculos astronmicos.

    - Trazado de tringulos de posicin.- Mtodos de clculo para la obtencin de determinantes: tipos de clculo.- Utilizacin del sextante:

    Identificacin de elementos. Funcin. Ajuste de espejos. Mtodos de determinacin del error de ndice. Tcnicas y precauciones de manejo. Identificacin de las condiciones favorables para la observacin.

    - Aplicacin de correcciones a las alturas observadas.

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 302 Viernes 16 de diciembre de 2011 Sec. I. Pg. 138174

    - Mtodos de reconocimiento de astros.- Situacin por rectas de altura simultneas.- Situacin por rectas de altura no simultneas.- Obtencin de la latitud por la polar.- Obtencin de la situacin al medioda verdadero por intervalo uniforme y

    coeficiente Pagel.Manejo de las aplicaciones del radar:

    - Tipos de radares.- Alcance.- Factores que afectan a su rendimiento y precisin.- Ajustes de funcionamiento.- Obtencin de marcaciones, demoras y distancias.- Utilizacin de filtros de lluvia y/o mar.- Identificacin de ecos crticos.- Deteccin de errores, falsos ecos, interferencias y zonas de sombra.- Modos de presentacin. Ventajas e inconvenientes.- Principios de la cinemtica aplicada al radar.- Clculo de rumbos y velocidades.- Determinacin de CPA y TCPA en situaciones de cruce, vuelta encontrada y

    alcance.- Utilizacin de ndices paralelos.

    Meteorologa martima aplicada a la navegacin:

    - Descripcin de variables meteorolgicas: Presin. Temperatura. Humedad.

    - Instrumentos meteorolgicos a bordo: Funcionamiento. Manejo. Interpretacin y utilidad de la informacin obtenida.

    - Obtencin de informacin meteorolgica. Boletines meteorolgicos.- Anlisis y previsin del tiempo:

    Viento. Mar. Nieblas.

    - Ciclones tropicales.- Oceanografa:

    Olas. Parmetros caractersticos. Corrientes de rgimen general.

    - Efecto de las mareas, corrientes y temperatura del agua sobre la seguridad del buque y las operaciones de pesca.

    - Uso del idioma ingls estandarizado en la meteorologa martima.

    Manejo de los equipos del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Martima:

    - Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Martima: Definicin de las zonas A1, A2, A3, A4. Equipos radioelctricos para zonas A1, A2, A3 y A4. Exigencias de certificacin en el SMSSM.

    - Comunicaciones en el servicio mvil martimo: Comunicaciones de socorro, urgencia y seguridad.

    - Estaciones en el servicio mvil martimo.

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 302 Viernes 16 de diciembre de 2011 Sec. I. Pg. 138175

    - Frecuencias y propagacin: Espectro radioelctrico y bandas de frecuencias. Frecuencias de socorro y seguridad del SMSSM/GMDSS. Frecuencias de socorro y seguridad del sistema anterior al SMDSS/

    GMDSS.- Principios generales y caractersticas bsicas del Servicio Mvil Martimo por

    satlite: Comunicaciones por satlite: segmento espacial de INMARSAT. Modos de comunicacin.

    - Caracterizacin de los equipos de una estacin en un barco: Receptores de guardia: controles y uso de los receptores de llamada

    selectiva digital de VHF, MF/HF. Equipo de radio de las embarcaciones de supervivencia: aparatos radio

    telefnicos bidireccionales de VHF. Inspecciones y revisiones de los certificados de seguridad y licencias. Uso efectivo de los documentos y publicaciones obligatorios. Mantenimiento del diario del servicio radioelctrico. Sistema Automtico de identificacin (AIS).

    - Llamada Selectiva Digital (LSD): Formato de llamada. Categora de las llamadas: socorro, urgencia, seguridad y otras

    comunicaciones.- El radiotelex: principios generales de los sistemas NBDP.- Manejo de sistemas de INMARSAT.- Aplicaciones de los diferentes sistemas INMARSAT en el SMSSM.- NAVTEX.- Radiobalizas de socorro (RBLS).- Respondedor radar de bsqueda y salvamento (SART).- Utilizacin del vocabulario normalizado de la OMI.- Utilizacin del cdigo internacional de seales.

    Orientaciones pedaggicas.

    Este mdulo profesional contiene la formacin necesaria para desempear la funcin de planificacin y control de la navegacin del buque.

    La funcin de planificacin y control de la navegacin del buque incluye aspectos como:

    - Planificacin de la travesa.- Control de la navegacin segura del buque.

    Las actividades profesionales asociadas a esta funcin se aplican en:

    - Consulta y actualizacin de publicaciones nuticas.- Utilizacin del radar.- Manejo de la instrumentacin del puente de mando.- Posicionamiento del buque por mtodos de navegacin costera y astronmica.- Seguimiento de la meteorologa y estimacin de derrotas ptimas.- Comunicaciones protocolizadas con los aparatos del SMSS/GMDSS.

    La formacin del mdulo contribuye a alcanzar los objetivos generales d), h), i), j), k), l) y t) del ciclo formativo, y las competencias d), h), i), j) y k) del ttulo.

    La concrecin del currculo del presente mdulo deber tener en cuenta los conocimientos y habilidades establecidos en la seccin A-II/1del Cdigo de Formacin del Cdigo

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  • BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 302 Viernes 16 de diciembre de 2011 Sec. I. Pg. 138176

    Internacional STCW para oficiales y patrones de buques civiles, as como a lo establecido en la Regla 1 del Captulo II del anexo del Cdigo Internacional STCW-f para oficiales y patrones de buques de pesca. De igual modo, se debern tener en cuenta las normas de competencia de la seccin A-VI/1 del Cdigo STCW y a la Regla 1 del Captulo III del Cdigo STCW-f, sobre formacin bsica de marinera, y la Seccin A-IV/2 del Convenio STCW y a la Regla 6 del Captulo 2 del Convenio STCW-f, en materia de radiocomunicaciones.

    Dadas, adems, las peculiaridades de las profesiones martimo pesqueras, deber tenerse presente la posibilidad de impartir este mdulo de forma bilinge para facilitar la insercin profesional de los titulados en el seno de tripulaciones multinacionales en las que se utiliza el ingls como lengua vehicular.Las lneas de actuacin en el proceso de enseanza aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del mdulo versarn sobre:

    - La prctica de observaciones astronmicas para obtener la posicin.- El uso de TIC para la realizacin de las actividades de clculo de posicin y

    trazado de rutas de navegacin.- La utilizacin de los equipos electrnicos de ayuda a la navegacin, reales y/o

    en simuladores de puentes integrados.- El seguimiento de las variables meteorolgicas y estimacin de previsiones

    durante el curso.- La utilizacin de simuladores del SMSSM/GMDSS para la puesta en prctica

    de protocolos de comunicacin.- Este mdulo puede ser impartido en ingls.

    Mdulo Profesional: Control de las emergencias.Equivalencia en crditos ECTS: 10Cdigo: 0800

    Resultados de aprendizaje y criterios de evaluacin:

    1. Planifica el abandono del buque, elaborando listas de control, definiendo planes de mantenimiento y aplicando la normativa.

    Criterios de evaluacin:a) Se ha reconocido la normativa de aplicacin