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SUMARIO BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE GOBIERNO DE CANARIAS Año XC Número 104 Viernes, 14 de agosto de 2015 I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Puertos de Tenerife 7381 Revisión de la tarifa del servicio de suministro de energía eléctrica en los puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife .................................................................................................................. III. ADMINISTRACIÓN LOCAL Cabildo Insular de Tenerife 7456 Información pública del proyecto “Adecuación y puesta en servicio de la red de saneamiento de San Marcos, t.m. de Icod de los Vinos.................................................................................................................................... Cabildo Insular de La Gomera 7483 Bases Específicas para la creación de listas de reserva, de Educadores y Auxiliares Técnicos Educativos, para los Centros Sociosanitarios Insulares................................................................................................................. Cabildo Insular de El Hierro 7401 Designación de los miembros de la Corporación que desempeñan sus cargos en régimen de dedicación exclu- siva ..................................................................................................................................................................... 7402 Designación de los miembros de la Corporación que desempeña sus cargos en régimen de dedicación exclusiva II ......................................................................................................................................................................... Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife 7454 Ampliación del plazo correspondiente a la licitación del contrato de los servicios de alimentación para las personas sin hogar en el municipio de Santa Cruz de Tenerife ......................................................................... Ayuntamiento de Arona 7398 Resolución número 5034/2015 de delegación de competencias en los Tenientes de Alcalde y Presidencia de Organismos Autónomos de Arona ..................................................................................................................... 7398 Resolución número 5035/2015 de delegación de competencias en la Teniente de Alcalde, Doña Elena Cabello Moya .................................................................................................................................................................. 7398 Resolución número 5036/2015 de delegación de competencias en el Concejal D. David Miguel Pérez Gon- zález ............................................................................................................................................................. 7398 Resolución número 5037/2015 de Delegación de la Presidencia de los Organismos Autónomos en los Sres. Concejales .......................................................................................................................................................... 7390 Delegación de las funciones y atribuciones propias de la Alcaldía en el Primer Teniente de Alcaldía, D. José Luis Gómez Pérez .............................................................................................................................................. Ayuntamiento de La Frontera 7396 Nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno Local y delegaciones .................................................... Ayuntamiento de San Miguel de Abona 7385 Modificación de la Plantilla de Personal del Ayuntamiento de San Miguel de Abona ..................................... Página 17799 Página 17800 Página 17800 Página 17801 Página 17802 Página 17803 Página 17803 Página 17804 Página 17804 Página 17804 Página 17804 Página 17805 Página 17806 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife Depósito Legal TF-1/1958 Edita: Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad Servicio de Publicaciones Edificio de Usos Múltiples II, planta 0 Avda. José Manuel Guimerá, 10 Tfno.: (922) 47.69.62. Fax: (922) 47.65.98 38071 Santa Cruz de Tenerife Imprime: Imprenta Bonnet, S.L. Trasera Bº Nuevo de Ofra, s/nº Tfno.: (922) 28.26.10. Fax: (922) 28.20.44 Correo electrónico: [email protected] 38320 La Laguna TARIFAS Inserción: 0,81 euros/mm de altura Suscripción anual: 60,10 euros más gastos de franqueo Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad mediante oficio

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SUMARIO

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DESANTA CRUZ DE TENERIFE

GOBIERNO DE CANARIAS

Año XC Número 104Viernes, 14 de agosto de 2015

I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

Puertos de Tenerife7381 Revisión de la tarifa del servicio de suministro de energía eléctrica en los puertos dependientes de la Autoridad

Portuaria de Santa Cruz de Tenerife ..................................................................................................................

III. ADMINISTRACIÓN LOCALCabildo Insular de Tenerife7456 Información pública del proyecto “Adecuación y puesta en servicio de la red de saneamiento de San Marcos,

t.m. de Icod de los Vinos ....................................................................................................................................Cabildo Insular de La Gomera7483 Bases Específicas para la creación de listas de reserva, de Educadores y Auxiliares Técnicos Educativos, para

los Centros Sociosanitarios Insulares .................................................................................................................Cabildo Insular de El Hierro7401 Designación de los miembros de la Corporación que desempeñan sus cargos en régimen de dedicación exclu-

siva .....................................................................................................................................................................7402 Designación de los miembros de la Corporación que desempeña sus cargos en régimen de dedicación exclusiva

II .........................................................................................................................................................................Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife7454 Ampliación del plazo correspondiente a la licitación del contrato de los servicios de alimentación para las

personas sin hogar en el municipio de Santa Cruz de Tenerife .........................................................................Ayuntamiento de Arona7398 Resolución número 5034/2015 de delegación de competencias en los Tenientes de Alcalde y Presidencia de

Organismos Autónomos de Arona .....................................................................................................................7398 Resolución número 5035/2015 de delegación de competencias en la Teniente de Alcalde, Doña Elena Cabello

Moya ..................................................................................................................................................................7398 Resolución número 5036/2015 de delegación de competencias en el Concejal D. David Miguel Pérez Gon-

zález .............................................................................................................................................................7398 Resolución número 5037/2015 de Delegación de la Presidencia de los Organismos Autónomos en los Sres.

Concejales ..........................................................................................................................................................7390 Delegación de las funciones y atribuciones propias de la Alcaldía en el Primer Teniente de Alcaldía, D. José

Luis Gómez Pérez ..............................................................................................................................................Ayuntamiento de La Frontera7396 Nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno Local y delegaciones ....................................................Ayuntamiento de San Miguel de Abona7385 Modificación de la Plantilla de Personal del Ayuntamiento de San Miguel de Abona .....................................

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife

Depósito Legal TF-1/1958Edita: Secretaría General TécnicaConsejería de Presidencia, Justiciae Igualdad

Servicio de PublicacionesEdificio de Usos Múltiples II, planta 0Avda. José Manuel Guimerá, 10Tfno.: (922) 47.69.62. Fax: (922) 47.65.9838071 Santa Cruz de Tenerife

Imprime: Imprenta Bonnet, S.L.Trasera Bº Nuevo de Ofra, s/nºTfno.: (922) 28.26.10. Fax: (922) 28.20.44Correo electrónico: [email protected] La Laguna

TARIFASInserción: 0,81 euros/mm

de alturaSuscripción anual: 60,10 euros

más gastos de franqueo

Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad mediante oficio

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Ayuntamiento de Santa Úrsula7388 Delegación de atribuciones del Pleno en la Junta de Gobierno Local ...............................................................Ayuntamiento de Santiago del Teide7389 Aprobación de la convocatoria y bases reguladoras de subvenciones a pensionistas, desempleados de larga du-

ración y familiares con discapacitados a su cargo para sufragar parcialmente el recibo del IBI del año 2015 ......Ayuntamiento de Tacoronte7380 Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 60/2015, en la modalidad de suplemento de

créditos ...............................................................................................................................................................7380 Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 15/2015, en la modalidad de suplemento de

créditos ...............................................................................................................................................................7380 Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 58/2015, en la modalidad de crédito extraor-

dinario ................................................................................................................................................................7380 Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 59/2015, en la modalidad de crédito extraor-

dinario ................................................................................................................................................................7380 Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 61/2015 en la modalidad de crédito extraor-

dinario ................................................................................................................................................................7380 Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 62/2015, en la modalidad de crédito extraor-

dinario ................................................................................................................................................................7380 Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 63/2015, en la modalidad de crédito extraor-

dinario ................................................................................................................................................................Ayuntamiento de la Villa de Adeje7403 Aprobación inicial de la modificación del catálogo de puestos de trabajo del personal funcionario y del personal

eventual y de la plantilla de personal .................................................................................................................Ayuntamiento de la Villa de La Matanza de Acentejo7295 Licitación para la contratación del Proyecto de actuaciones para la mejora de la red de abastecimiento de la

Villa de La Matanza de Acentejo. Puntillo del Sol ............................................................................................Ayuntamiento de la Villa de La Orotava7403 Expropiación de la finca sita en Avda. Mercedes Pinto, propiedad de don Miguel Luis González González ..7404 Tasa suministro de agua y alcantarillado bimestre mayo-junio ejercicio 2015 .................................................Ayuntamiento de la Villa de Los Realejos7458 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Municipal reguladora del Banco de Viviendas en

régimen de alquiler de Los Realejos y de creación de fichero de datos de carácter personal ...........................Ayuntamiento de la Villa de Tegueste7451 Exposición pública del Padrón de la Tasa por Entrada de Vehículos a través de las aceras 2015 ....................

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social Número 1 de Santa Cruz de Tenerife7408 Juicio nº 411/2015 a instancia de Sandra Ubal Piano y otra contra Eben Ezer Mantenimientos, S.L. y

otros .......................................................................................................................................................7414 Juicio nº 371/2015 a instancia de Leyla Díaz González contra Inversiones Turísticas Bezanilla S.L. .............Juzgado de lo Social Número 2 de Santa Cruz de Tenerife7409 Juicio nº 383/2014 a instancia de Pilar Alarcón Rodríguez contra Romero González Yosniel Supermercado

Milenium ............................................................................................................................................................7412 Juicio nº 275/2015 a instancia de Massimiliano Mancinelli contra Guan Huaizhou .........................................7413 Juicio nº 693/2014 a instancia de Vicente Andrés Bautista Meneses contra Guaza Comercial de Servicios

S.L. ...............................................................................................................................................................7415 Juicio nº 90/2015 a instancia de Georgeta Florina Pop contra Melo Díaz Pastelería S.L.U. ............................7416 Juicio nº 483/2015 a instancia de Disney Rodríguez Enoa contra Mitaller Integral del Automóvil S.L. ..........7417 Juicio nº 266/2015 a instancia de Beatriz Cristin Lamboglia contra Fox Intech S.L. .......................................7418 Juicio nº 366/2014 a instancia de Juan Alberto Afonso Pérez y otro contra Serfonta S.L.U. y otros ...............7419 Juicio nº 215/2015 a instancia de Victa Dorta Linares contra San Miguel Arcángel 21 División S.L.U. .........7420 Juicio nº 260/2015 a instancia de Pierluigi Tassi contra Sueño Azul S.A. ........................................................Juzgado de lo Social Número 3 de Santa Cruz de Tenerife7410 Juicio nº 46/2015 a instancia de Jorge Dorta González contra Transportes Damadri S.L. ................................7411 Juicio nº 297/2015 a instancia de María Cynthia Suárez Viña contra Beatriz Nazco Valcárcel .......................Juzgado de lo Social Número 6 de Santa Cruz de Tenerife7384 Juicio nº 208/2015 a instancias de Ayoze Sánchez Ortega contra Defruve Tenerife, S.L. y otro .....................7405 Juicio nº 204/2015 a instancia de Siddharta Garbini contra Huaax Chen ..........................................................Juzgado de lo Social Número 7 de Santa Cruz de Tenerife7407 Juicio nº 456/2015 a instancia de Claudia Marcela Mina Fiascos contra Francisco José Cáceres Acosta ........Juzgado de lo Social Número 4 de Las Palmas de Gran Canaria7376 Juicio nº 131/2015 a instancias de Yeray Pérez Jiménez contra Distin Rapid Canarias, S.L. ...........................

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Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Los Llanos de Aridane7377 Juicio nº 460/2015 a instancias de María Teresa Nat Peinado contra Juan Antonio Alonso Martínez .............7378 Juicio nº 972/2014 a instancias de Jacob Pérez Piñero y otros contra Yasandra Martín Martín .......................

V. ANUNCIOS PARTICULARESComunidad de Aguas “Salto de la Baranda”7375 Extravío de certificación a nombre de Rosario Gregoria Marante Pérez...........................................................Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife7379 Convocatoria pública de ayudas destinadas al fomento del empleo de 2015 en el marco del Programa Local

de Apoyo al Empleo ...........................................................................................................................................Comunidad de Bienes Hidráulica Breña Alta7374 Extravío a nombre de Gregoria Marante Pérez ..................................................................................................

I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

PUERTOS DE TENERIFE

Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife

A N U N C I O7974 7381

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife por la que se procede a la aclaración del acuerdo de revi-

sión de la tarifa del servicio de suministro de energía eléctrica en los Puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

El Consejo de Administración de la Autoridad Por-tuaria de Santa Cruz de Tenerife, en sesión celebrada el 29 de abril de 2015, acordó:

Autorizar la revisión de la tarifa del Servicio de Suministro de Energía Eléctrica en Baja Tensión prestado por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, quedando la misma conforme a la estructura e importes que seguidamente se detallan.

PUERTO MODALIDAD PRECIO POR KwhTodos los puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife A instalaciones fijas 0,1773 €

FACTURACIÓN MÍNIMA CANTIDADLa facturación mínima mensual es de 200 KwhEsta tarifa incluye gastos de conexión para potencias de hasta 50 Kw donde ya exista conexión. A las instalaciones que requieran obra mayor, se lesfacturará los costes de la conexión.Esta tarifa será revisable anualmente en función de los precios de suministro y del coste de mantenimiento.

Disponer la entrada en vigor de la nueva tarifa a partir del siguiente día al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

El expresado acuerdo fue objeto de publicación en el BOP de Santa Cruz de Tenerife de 8 de junio de 2015.

Tras detectarse que en el texto del acuerdo se hace mención, exclusivamente, a la tarifa del servicio de su-ministro de energía eléctrica en baja tensión, habiéndose omitido, por error, mención al servicio de suministro de energía eléctrica en media tensión, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria, en su reunión de 30 de julio de 2015, acordó:

1. Autorizar la aclaración del acuerdo que, relativo a la revisión de la tarifa del servicio comercial de sumi-nistro de electricidad, fue adoptado en sesión de 29 de abril de 2015, cuyo texto deberá quedar con el siguiente tenor literal:

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“Autorizar la revisión de la tarifa del Servicio de Suministro de Energía Eléctrica en Baja Tensión y Media Tensión prestado por la Autoridad Portuaria

de Santa Cruz de Tenerife, quedando la misma con-forme a la estructura e importes que seguidamente se detallan.

PUERTO MODALIDAD PRECIO POR KwhTodos los puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife A instalaciones fijas 0,1773 €

FACTURACIÓN MÍNIMA CANTIDADLa facturación mínima mensual es de 200 KwhEsta tarifa incluye gastos de conexión para potencias de hasta 50 Kw donde ya exista conexión. Para la instalaciones que requieran obra mayor se lesfacturará los costes de la conexiónEsta tarifa de Suministro de Electricidad en Baja Tensión y Media Tensión será revisable anualmente en función de los precios de suministro y del coste de mantenimiento.

2.- Proceder a la publicación de la presente aclaración en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, disponiendo la entrada en vigor de la nueva tarifa a partir del siguiente día al de dicha publicación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de julio de 2015.

El Presidente, Pedro Rodríguez Zaragoza.- La Secretaria, Rosario Arteaga Rodríguez.

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

CABILDO INSULAR DE TENERIFE

Consejo Insular de Aguas de Tenerife

A N U N C I O7975 7456

La Gerencia del Consejo Insular de Aguas de Te-nerife, con fecha de 7 de agosto de 2015, ha resuelto, entre otros particulares, tomar en consideración y exponer al público durante el plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a la inserción del presente anuncio en este medio, el Pro-yecto denominado “Adecuación y puesta en servicio de la red de saneamiento de San Marcos. T.M. de Icod de los Vinos -Expte. 2015/151”, con un presupuesto de treinta y tres mil trescientos tres euros con setenta y seis céntimos (33.303,76 €) -7% IGIC aplicable no incluido-, y plazo de ejecución de un (1) mes, el cual se entenderá definitivamente aprobado si no se produjesen alegaciones al mismo dentro del plazo indicado, según previene el artículo 93 del Real

Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril y demás disposiciones concordantes.

El proyecto se encuentra de manifiesto en la sede del Consejo Insular de Aguas de Tenerife, sita en la 2ª planta del Edificio El Cabo, C/ Leoncio Rodríguez, nº 3. Santa Cruz de Tenerife.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de agosto de 2015.

El Gerente, José D. Fernández Bethencourt.

CABILDO INSULAR DE LA GOMERA

A N U N C I O7976 7483

En virtud del acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno, reunido en sesión extraordinaria el día 10/08/2015, resultaron aprobadas las Bases Especí-ficas cuyo objeto es regular los procesos selectivos para la creación de listas de reserva, con la finalidad de efectuar contrataciones laborales, de carácter tem-poral, para los Centros Sociosanitarios Insulares, en las siguientes categorías:

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DENOMINACIÓN PUESTO CATEGORÍAPROFESIONAL

Educadores IIAuxiliares Técnicos Educativos III

El texto íntegro de las referidas bases estará expuesto al público en el tablón de anuncios y página web de la Corporación: www.lagomera.es, tras la publicación en el B.O.P. del presente anuncio.

La solicitud, debidamente cumplimentada, deberá presentarse en el Registro General del Cabildo Insular o en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en el plazo de 10 días natu-rales, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife. Los aspirantes que presenten su instancia en Administración distinta a este Cabildo de La Go-mera, deberán remitir por fax, copia del documento de solicitud, al número 922140151.

Lo que se hace público para general conocimiento, en San Sebastián de La Gomera, a 10 de agosto de 2015.

El Presidente, Casimiro Curbelo Curbelo.

CABILDO INSULAR DE EL HIERRO

A N U N C I O7977 7401

Por la Presidencia del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro se dicta la Resolución núm. 1153/15, de fecha 7 de julio de 2015, por la que se acuerda la “Designación de los miembros de la Corporación que desempeñan sus cargos en régimen de dedicación ex-clusiva”, cuya parte resolutiva es del siguiente tenor:

“Primero: acordar que los miembros de la corpora-ción que se relacionan a continuación, desempeñen sus cargos en régimen de dedicación exclusiva:

- Doña Milagros del Valle Padrón Chacón, Con-sejera Delegada de la Consejería de Organización Administrativa, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, y de la de Empleo y Desarrollo Económico.

- Don Héctor José Hernández Morales, Consejero Delegado de la Consejería de Medio Ambiente, Re-siduos y Reciclaje, Seguridad y Emergencias, y de la de Ordenación del Territorio.

Segundo: determinar que los miembros de la Cor-poración que ejercerán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva, que se identifican a con-tinuación, perciban la retribución bruta anual que se asimismo se indica, la cual les será abonada en 12 mensualidades, de conformidad con el acuerdo adoptado por el pleno de la Institución, en la sesión extraordinaria, de fecha 6 de julio de 2015:

Miembros de la corporación Retribución bruta anualDoña Milagros del Valle Padrón Chacón 47.116,70 €Don Héctor José Hernández Morales 47.116,70 €

Tercero: dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, a los Sres. Consejeros que des-empeñen sus funciones en régimen de dedicación exclusiva, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

Cuarto: comuníquese a los interesados, significán-doles que la dedicación exclusiva contenida en la presente resolución, se entenderá aceptada tácitamente si, en el término de tres días hábiles, contados a partir de su notificación, no se hace manifestación expresa de lo contrario; debiéndose dar cuenta al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión ordinaria.

Quinto: el reconocimiento de la dedicación exclu-siva a un miembro de la Corporación exigirá la dedi-cación preferente del mismo a las tareas propias de su cargo, sin perjuicio de otras ocupaciones marginales que, en cualquier caso, no podrán causar detrimento a su dedicación a la Corporación. En el caso de que tales ocupaciones sean remuneradas, se requerirá una declaración formal de compatibilidad por parte del Pleno de la entidad local.

Sexto: la percepción de retribuciones será incom-patible con la de otras retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos o empresas de ellas dependien-tes, así como para el desarrollo de otras actividades, todo ello en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Séptimo: las retribuciones que resulten de todos los cargos en régimen de dedicación exclusiva se actualizarán y revisarán con ocasión del Presupuesto anual y con arreglo a los mismos importes que se establezcan con carácter general para el Personal

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17802 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

Funcionario por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Octavo: los efectos económicos del presente acuer-do se iniciarán a partir de la fecha de aceptación de la presente designación, y se mantendrán mientras no sea revocado, cesando automáticamente, en todo caso, cuando se produzca el cese o expire el mandato de la Presidenta”.

Lo que se hace público para general conocimiento, en Valverde de El Hierro, a 03 de agosto de 2015.

La Presidenta, María Belén Allende Riera.

A N U N C I O 7978 7402

Por la Presidencia del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro se dicta la Resolución núm. 1321/15, de fecha 30 de julio de 2015, por la que se acuerda la “Designación de los miembros de la corporación que desempeñan sus cargos en régimen de dedicación exclusiva II”, cuya parte resolutiva es del siguiente tenor:

“Primero: ampliar la Resolución de la Presidencia número 1153/15, de fecha 7 de julio de 2015, acor-dando que don Pedro José García Zamora, Consejero Delegado de la Consejería de Educación, Juventud, Cultura, Patrimonio y Deportes, desempeñe su cargo en régimen de dedicación exclusiva.

Segundo: determinar que don Pedro José García Za-mora, perciba la retribución bruta anual de 47.116,70 €, la cual le será abonada en 12 mensualidades, de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno de la Institución, en la sesión extraordinaria, de fecha 6 de julio de 2015.

Tercero: dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, al Sr. Consejero don Pedro José García Zamora, quien desempeñará sus funciones en régimen de dedicación exclusiva, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

Cuarto: comuníquese al interesado, significándole que la dedicación exclusiva contenida en el presente acuerdo, se entenderá aceptada tácitamente si, con

posterioridad a su notificación, y, en todo caso antes del día 1 de agosto de 2015, no se hace manifestación expresa de lo contrario; debiéndose dar cuenta al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión ordinaria.

Quinto: el reconocimiento de la dedicación exclu-siva a un miembro de la Corporación exigirá la dedi-cación preferente del mismo a las tareas propias de su cargo, sin perjuicio de otras ocupaciones marginales que, en cualquier caso, no podrán causar detrimento a su dedicación a la Corporación. En el caso de que tales ocupaciones sean remuneradas, se requerirá una declaración formal de compatibilidad por parte del Pleno de la entidad local.

Sexto: la percepción de retribuciones será incom-patible con la de otras retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos o empresas de ellas dependien-tes, así como para el desarrollo de otras actividades, todo ello en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Séptimo: las retribuciones que resulten de todos los cargos en régimen de dedicación exclusiva se actualizarán y revisarán con ocasión del Presupuesto anual y con arreglo a los mismos importes que se establezcan con carácter general para el Personal Funcionario por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Octavo: los efectos económicos del presente acuer-do se iniciarán a partir del día 1 de agosto de 2015, fecha de entrada en vigor del presente acuerdo, si el destinatario no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación, y se mantendrán mientras no sea revocado; cesando automáticamente, en todo caso, cuando se produzca el cese o expire el mandato de la Presidenta.

Noveno: dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Corporación, y publíquese en el tablón de anuncios y página web de la Corporación, y en el Boletín Oficial de la Provincia”.

Lo que se hace público para general conocimiento, en Valverde de El Hierro, a 03 de agosto de 2015.

La Presidenta, María Belén Allende Riera.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17803

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Instituto Municipal de Atención Social

A N U N C I O7979 7454

Visto que con fecha 24 de julio de 2015 el Consejo Rector del Organismo Autónomo Local, «Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Te-nerife» (en adelante, IMAS), acordó la aprobación del expediente de contratación administrativa de los servicios de alimentación de las personas sin hogar en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, mediante procedimiento abierto con pluralidad de criterios y tramitación urgente.

Resultando que en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 98, de 31 de julio de 2015, fue publicado el anuncio de licitación del procedimiento de contratación administrativa indicado en el párrafo precedente.

Resultando que en la misma fecha han sido publi-cados en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas Parti-culares que han de regir la citada contratación, así como sus anexos y el anuncio de licitación.

Considerando que el V Acuerdo Laboral de Ámbito Estatal para el Sector de Hostelería prevé en su artículo 57 y siguientes regula la subrogación convencional en el subsector de colectividades o restauración social en garantía de los trabajadores por cambio de empresario.

Considerando que el artículo 120 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que aprue-ba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), establece que en aquellos contratos en los que pueda operar la subrogación del adjudicatario como empleador deberá facilitarse en el propio pliego o en la documentación complementaria la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores afectados.

Considerando que no ha sido publicada en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife la información complementaria referida en el párrafo anterior, por lo que tal omisión debe ser corregida, concediendo, en consecuencia un nuevo plazo de presentación de las proposiciones, puesto que tal información se muestra relevante para los posibles licitadores a la hora de formular sus ofertas.

Considerando que el artículo 53 del TRLCSP determina que el perfil del contratante podrá incluir cualesquiera datos o informaciones referentes a la actividad contractual del órgano de contratación, así como la información complementaria a que hace referencia el artículo 123 del citado texto legal.

En su virtud, de conformidad con la Providencia de la Presidencia del Organismo Autónomo Local, «Instituto Municipal de Atención Social de Santa Cruz de Tenerife» (IMAS), dictada con fecha 7 de agosto de 2015, se comunica la apertura de un nuevo plazo para la presentación de las propuestas y documen-tación complementaria en relación a la contratación administrativa de los servicios de alimentación de las personas sin hogar en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, mediante procedimiento abierto con pluralidad de criterios y tramitación urgente, de 15 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

En Santa Cruz de Tenerife, a 7 de agosto de 2015.

El Jefe del Servicio de Atención Social, p.a., Mª Consuelo López de Vergara Hetzer.

ARONA

Alcaldía

A N U N C I O7980 7398

Mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia nº 5034, de fecha 10 de julio del corriente año, se resuelve, en extracto, lo siguiente:

“Primero.- Delegar en el Teniente de Alcalde de esta Corporación, D. Juan Sebastián Roque Alonso, las competencias en materia de:

- Deportes: Promoción del deporte y gestión de instalaciones deportivas municipales.

- Policía Local.

- Movilidad urbana, tráfico, seguridad vial y vados.

- Protección civil integral: Protección civil, media-ción comunitaria.

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17804 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

- Consorcio de Bomberos.”

Lo que se hace público de conformidad con lo preceptuado en el artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Arona, a 10 de julio de 2015.

El Alcalde, José Julián Mena Pérez.

A N U N C I O7981 7398

Mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia nº 5035, de fecha 10 de julio del corriente año, se resuelve, en extracto, lo siguiente:

“Primero.- Delegar en la Teniente de Alcalde de esta Corporación, Dña. Elena Cabello Moya, las competencias en materia de:

- Servicios Sociales.- ADESA.- Sanidad. - Fiestas.

Segundo.- Efectuar a favor de la Concejal Dña. Pura Martín Pérez delegación específica de atribuciones para la dirección y gestión de los asuntos relativos a:

- Atención a mayores: Promoción del disfrute del ocio y tiempo libre, Atención Social.

- Fiestas: Coordinación, colaboración y promoción de fiestas culturales y barrio.”

Lo que se hace público de conformidad con lo preceptuado en el artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Arona, a 10 de julio de 2015.

El Alcalde, José Julián Mena Pérez.

A N U N C I O7982 7398

Mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia nº 5036, de fecha 10 de julio del corriente año, se resuelve, en extracto, lo siguiente:

“Primero. Delegar en el Concejal, D. David Miguel Pérez González las competencias en materia de:

- Turismo.- OMIC.- Innovación turística empresarial.”

Lo que se hace público de conformidad con lo preceptuado en el artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Arona, a 10 de julio de 2015.

El Alcalde, José Julián Mena Pérez.

A N U N C I O7983 7398

Mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia nº 5037, de fecha 10 de julio del corriente año, se resuelve, en extracto, lo siguiente:

“Primero.- Delegar la Presidencia efectiva de los Organismos Autónomos, en los Sres. Concejales que se relacionan:

- Patronato de Cultura: D. Leopoldo Díaz Oda.- Patronato de Turismo: D. David Miguel Pérez

González.- Patronato de Deportes: D. Juan Sebastián Roque

Alonso.- Patronato de Servicios Sociales: Dª. Elena Cabello

Moya.”

Lo que se hace público de conformidad con lo preceptuado en el artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Arona, a 10 de julio de 2015.

El Alcalde, José Julián Mena Pérez.

Alcaldía

A N U N C I O7984 7390

En base a lo dispuesto por los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17805

de Régimen Local, artículos 34 y 44 del ROM y los artículos 44 y 47 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre; y la atribución que me confiere el artículo 21.1.a) y r) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen local, por medio del presente se pone en conocimiento que, mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia n° /2015 de fecha 3 de agosto de 2015, el Sr. Alcalde Presidente delegó las funciones y atribuciones propias de la Alcaldía en la persona:

- Primer Teniente de Alcaldía, Don José Luis Gómez Pérez, durante el día 3 de agosto de 2015, desde las 8:00 y hasta las 10:00 horas.

Lo que se hace público para conocimiento y efectos.

Arona, a 3 de agosto de 2015.

El Alcalde.

LA FRONTERA

A N U N C I O7985 7396

En cumplimiento de lo preceptuado en el artí-culo 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público que la Sra. Alcaldesa-Presidenta de esta Corporación, con fecha 05 de agosto de 2015, ha dictado el Decreto que se transcribe a continuación:

“Vista la celebración de las elecciones municipales el día 24 de mayo de 2015, y habiéndose procedido el día 13 de junio de 2015 a la constitución de la nueva Corporación Local.

Resultando que la Junta de Gobierno Local (enton-ces llamada Comisión Municipal de Gobierno) fue creada por acuerdo del Pleno Municipal, en sesión extraordinaria de 7 de julio de 1987, al amparo de lo previsto en el artículo 20.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Resultando que el Pleno Corporativo, en sesión extraordinaria celebrada el día 10 de julio de 2015,

acuerda mantener la creación y existencia de la Junta de Gobierno Local.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

Primero.- Nombrar miembros de la Junta de Go-bierno Local a los siguientes Concejales:

- Dña. Regina García Casañas.

- D. Pedro Miguel Ángel Acosta Padrón.

- D. Francisco J. Acosta Padrón.

Segundo.- Establecer las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local, que tendrán lugar los jueves primero y tercero no festivos de cada mes, a las 10:00 horas, en la Salón de Plenos de la Casa Consistorial (si es festivo, se podrá adelantar o retrasar la fecha sin que exceda de dos días).

Tercero.- Corresponde a la Junta de Gobierno Local, conforme establece el artículo 23.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, además de la asistencia permanente al Alcal-de en el ejercicio de sus atribuciones, las siguientes competencias propias de la Alcaldía, que se delegan en virtud de los artículos 43, 53, 114 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y que son:

a) Las aprobaciones de los instrumentos de desa-rrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

b) El otorgamiento de licencias, salvo las que las leyes sectoriales atribuyan expresamente esta competencia a otro órgano municipal. Asimismo, la aprobación de las liquidaciones provisionales o definitivas de los impuestos o tasas de aplicación al otorgamiento de las mismas.

c) La emisión de informe en los expedientes de cooperación interadministrativa, establecidos en

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17806 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

los artículos 11 y 167 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo. Asimismo, la aprobación de las liquidaciones provisionales o definitivas de los impuestos o tasas de aplicación al otorgamiento del mismo.

d) La incoación y resolución de expedientes sancio-nadores, a excepción de los expedientes sancionadores en materia de tráfico.

e) La aprobación de Convenios con Instituciones Privadas, con excepción de los Convenios Urbanís-ticos.

f) La aprobación, disposición del gasto y reconoci-miento de las obligaciones, dentro de los límites de la competencia de la Alcaldía.

Cuarto.- Las atribuciones delegadas se ejercerán por la Junta de Gobierno Local en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en ningún otro órgano. En el texto de los acuerdos adoptados en virtud de esta delegación se hará constar de forma expresa esta circunstancia, mediante la inclusión en la parte expositiva, del siguiente texto:

“Considerando que la adopción de este acuerdo es competencia de la Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación conferida por Decreto de Alcaldía número --- de fecha --- (BOP núm. --- de fecha 00 de mes de 0000)”.

Quinto.- Notificar personalmente el presente Decreto a los designados, considerándose aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa, dando cuenta individualizada del mismo al Pleno y debien-do publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el tablón de anuncios y sede electrónica del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma del Decreto por la Alcaldesa.

Sexto.- Comuníquese a todos los Departamentos municipales.”

En La Frontera, a 05 de agosto de 2015.

La Alcaldesa-Presidenta, Melissa Armas Pérez.

SAN MIGUEL DE ABONA

A N U N C I O7986 7385

El Ayuntamiento en Pleno, se sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio de 2015, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Primero.- Modificar la Plantilla de Personal con el siguiente contenido:

a) Supresión de plazas.

DENOMINACIÓN PLAZAS GRUPOEncargado/a 1 3

b) Creación de plazas.

Crear el siguiente puesto reservado a personal eventual:

- Denominación: Encargado adscrito a los servicios generales.

- Retribuciones: Se establece una retribución de 1.269,41 euros brutos/mes, en 14 pagas. Sin derecho al cobro de gratificaciones por servicios realizados fuera de la jornada ordinaria de trabajo. Si bien, deberá tener dedicación exclusiva, estando permanentemente disponible y localizado, salvo causas de fuerza mayor.

- Características: sus funciones son las de aseso-ramiento especial y colaboración inmediata con los órganos de gobierno, es decir, con la Alcaldía y Con-cejalías Delegadas, y respecto de las iniciativas que se desarrollen en materia de obras, servicios generales, organización de festejos populares, actos culturales y de ocio y tiempo libre, y espectáculos públicos. En ningún caso se asumen actuaciones de colaboración profesional que se proyecten en las funciones normales de la Administración pública, bien en las externas de prestación y policía frente a la ciudadanía, bien en las internas de pura organización administrativa, no pudiendo ejercer funciones directivas.

Lo que se publica para general conocimiento, por plazo de quince días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, durante ese plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que es-timen pertinentes. Transcurrido dicho plazo, si no se han presentado alegaciones, se entenderá elevado a

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17807

definitivo el acuerdo de modificación de la plantilla de personal.

En San Miguel de Abona, a 4 de agosto de 2015.

El Concejal Delegado de Personal, Antonio M. Rodríguez Gómez.

SANTA ÚRSULA

A N U N C I O7987 7388

El Pleno del Ayuntamiento de Santa Úrsula, en sesión extraordinaria celebrada el día 10 de julio del actual, acordó delegar en la Junta de Gobierno Local, las siguientes atribuciones:

- El ejercicio de acciones administrativas y judi-ciales y la defensa de la Corporación en materia de competencia plenaria.

- La autorización y suscripción de todo tipo de con-venios de colaboración con otras Administraciones Públicas, así como con entidades privadas sin ánimo de lucro, debiendo dar cuenta de ellos al Pleno Cor-porativo para su ratificación.

- Todas las actuaciones que en materia de aceptación, confirmación y tramitación de subvenciones que, tanto para recibir como para otorgar, prevé la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En Santa Úrsula, a 3 de agosto de 2015.

El Alcalde-Presidenta, Juan Manuel Acosta Méndez.

SANTIAGO DEL TEIDE

Secretaría General

A N U N C I O7988 7389

Se hace saber que por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 30 de julio de 2015 se ha aprobado la convocatoria y bases reguladoras de subvenciones destinadas a pensionistas, desempleados de larga duración y familiares con discapacitados a su cargo para sufragar parcialmente el recibo del IBI del año 2015.

Conforme la base novena de la convocatoria el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días

hábiles y se iniciará al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las solicitudes se podrán presentar en el Registro General y Auxiliares del Ayuntamiento y en cualquie-ra de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las bases y modelo de solicitud se encuentran a disposición de los interesados en las Oficinas de Registro y en la pagina web del Ayuntamiento de la Villa Histórica de Santiago del Teide (http://www.santiagodelteide.es).

En la Villa Histórica de Santiago del Teide, a 30 de julio de 2015.

El Alcalde, Emilio José Navarro Castanedo.

TACORONTE

Concejalía de Economía y Hacienda

ANUNCIO APROBACIÓN INICIAL7989 7380

El Pleno del Ayuntamiento de Tacoronte, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de agosto de 2015, acordó la aprobación inicial del expediente nº 60/2015, de modificación de créditos en la modalidad de suple-mento de créditos financiado con cargo al Remanente Líquido de Tesorería

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refun-dido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presen-tado alegaciones, se considerará aprobado definiti-vamente dicho Acuerdo.

En Tacoronte, a 4 de agosto de 2015.

El Alcalde, Álvaro Dávila González.

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17808 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

ANUNCIO APROBACIÓN INICIAL7990 7380

El Pleno del Ayuntamiento de Tacoronte, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de agosto de 2015, acordó la aprobación inicial del expediente nº 15/2015, de modificación de créditos en la modalidad de suple-mento de créditos financiado con cargo al Remanente Líquido de Tesorería

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refun-dido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presen-tado alegaciones, se considerará aprobado definiti-vamente dicho Acuerdo.

En Tacoronte, a 4 de agosto de 2015.

El Alcalde, Álvaro Dávila González.

ANUNCIO APROBACIÓN INICIAL7991 7380

El Pleno del Ayuntamiento de Tacoronte, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de agosto de 2015, acordó la aprobación inicial del expediente nº 58/2015, de modificación de créditos en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.

Queda acreditado el cumplimiento de los requi-sitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Pre-supuesto de crédito destinado a esa finalidad espe-cífica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refun-dido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presen-tado alegaciones, se considerará aprobado definiti-vamente dicho Acuerdo.

En Tacoronte, a 4 de agosto de 2015.

El Alcalde, Álvaro Dávila González.

ANUNCIO APROBACIÓN INICIAL7992 7380

El Pleno del Ayuntamiento de Tacoronte, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de agosto de 2015, acordó la aprobación inicial del expediente nº 59/2015, de modificación de créditos en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.

Queda acreditado el cumplimiento de los requi-sitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Pre-supuesto de crédito destinado a esa finalidad espe-

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17809

cífica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refun-dido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presen-tado alegaciones, se considerará aprobado definiti-vamente dicho Acuerdo.

En Tacoronte, a 4 de agosto de 2015.

El Alcalde, Álvaro Dávila González.

ANUNCIO APROBACIÓN INICIAL7993 7380

El Pleno del Ayuntamiento de Tacoronte, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de agosto de 2015, acordó la aprobación inicial del expediente nº 61/2015, de modificación de créditos en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.

Queda acreditado el cumplimiento de los requi-sitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Pre-supuesto de crédito destinado a esa finalidad espe-cífica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refun-dido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presen-tado alegaciones, se considerará aprobado definiti-vamente dicho Acuerdo.

En Tacoronte, a 4 de agosto de 2015.

El Alcalde, Álvaro Dávila González.

ANUNCIO APROBACIÓN INICIAL7994 7380

El Pleno del Ayuntamiento de Tacoronte, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de agosto de 2015, acordó la aprobación inicial del expediente nº 62/2015, de modificación de créditos en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.

Queda acreditado el cumplimiento de los requi-sitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Pre-supuesto de crédito destinado a esa finalidad espe-cífica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto

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17810 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pú-blica por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presen-tado alegaciones, se considerará aprobado definiti-vamente dicho Acuerdo.

En Tacoronte, a 4 de agosto de 2015.

El Alcalde, Álvaro Dávila González.

ANUNCIO APROBACIÓN INICIAL7995 7380

El Pleno del Ayuntamiento de Tacoronte, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de agosto de 2015, acordó la aprobación inicial del expediente nº 63/2015, de modificación de créditos en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.

Queda acreditado el cumplimiento de los requi-sitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Pre-supuesto de crédito destinado a esa finalidad espe-cífica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refun-dido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente

a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presen-tado alegaciones, se considerará aprobado definiti-vamente dicho Acuerdo.

En Tacoronte, a 4 de agosto de 2015.

El Alcalde, Álvaro Dávila González.

VILLA DE ADEJE

Área de Buen Gobierno, Seguridad y Hacienda

Recursos Humanos

A N U N C I O7996 7403

El Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 31 de julio de 2015 acordó apro-bar inicialmente la modificación del catálogo de puestos de trabajo del personal funcionario y del personal eventual y de la plantilla de personal de-rivada de la creación de nuevos puestos de trabajo coincidiendo con el inicio del mandato corporativo 2015-2019.

Por tanto, y en virtud de lo establecido en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se abre un periodo de información pública por plazo de quince (15) días a contar desde el día siguiente al de la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

En caso de que no se presente ninguna reclamación o sugerencia durante el plazo indicado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, procediéndose entonces a la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia para su entrada en vigor.

El correspondiente expediente aprobado inicial-mente se encuentra a disposición de los interesados en el Departamento de Recursos Humanos de este

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17811

Ayuntamiento (Calle Grande, nº 1, planta baja) de este término municipal, en horario de 08.00 a 15.00 horas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En la Villa de Adeje, a 6 de agosto de 2015.

El Concejal del Área de Buen Gobierno, Segu-ridad y Hacienda, Epifanio Jesús Díaz Hernández, Adolfo Sebastián Alonso Ferrera (por suplencia según Decreto de Alcaldía núm. 986/2015 de 30 de julio).

VILLA DE LA MATANZA DE ACENTEJO

ANUNCIO DE LICITACIÓN7997 7295

Por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 23 de julio de 2015, se aprobó el documento de “Separata del Proyecto de Actuaciones para la mejora de la Red de Abastecimiento de la Villa de La Matanza de Acentejo. Puntillo del Sol”, el cual se expone al público en la Secretaría del Ayuntamiento por término de diez días en el que se podrá consultar por los inte-resados e interponer alegaciones o reclamaciones si lo estiman pertinente durante dicho plazo. Así mismo en dicha Junta de Gobierno se aprobó el expediente de contratación, tramitación urgente, procedimiento abierto oferta económicamente más ventajosa del citado proyecto de obras, convocando su licitación, con los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Ayuntamiento de la Villa de La Matanza de Acentejo.

b) Dependencia que tramita el expediente: Secre-taría-Oficina Técnica.

c) Obtención de documentación e información:

1) Dependencia: Secretaría-Oficina Técnica.

2) Domicilio: Avda. de Tinguaro nº 20.

3) Localidad y código postal: 38370 La Matanza de Acentejo.

4) Teléfono: 922.577.120.

5) Telefax: 922.577.871.

6) Correo electrónico: [email protected].

7) Dirección de internet del perfil del contratante: [email protected].

8) Fecha límite de obtención de documentación e información: hasta el último día de presentación de ofertas.

d) Número de expediente: SEC/CONTOBRA-BIERTO2015/1.

2. Objeto del contrato:

a) Tipo: obra.

b) Descripción: “Actuaciones para la mejora de la Red de Abastecimiento de la Villa de La Matanza de Acentejo. Puntillo del Sol”.

c) Lugar de ejecución: La Matanza de Acentejo.

d) Plazo de ejecución: tres meses.

i) CPV (Referencia de Nomenclatura): 45210000.

3. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación: urgente.

b) Procedimiento: abierto.

c) Criterios de adjudicación, en su caso: según pliego.

4. Precio del contrato:

a) Importe neto euros: 306.324,10 euros, más 11.344,95 euros del 7% de I.G.I.C., totalizando 317.669,05 euros.

5. Garantías exigidas:

Definitiva: 5% del importe de adjudicación del contrato, excluido el IGIC.

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17812 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

6. Requisitos específicos del contratista:

Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional, en su caso: ver pliego.

7. Presentación de ofertas o de solicitudes de par-ticipación:

a) Fecha límite de presentación: trece días naturales a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

c) Lugar de presentación.

1. Dependencia: Registro General del Ayunta-miento.

2. Domicilio: Avda. de Tinguaro nº 20. 38370-La Matanza de Acentejo.

8. Apertura de ofertas:

Pliego de condiciones.

9. Gastos de publicidad:

A cargo del contratista adjudicatario.

En la Villa de La Matanza de Acentejo, a 27 de julio de 2015.

El Alcalde, Ignacio Rodríguez Jorge.

VILLA DE LA OROTAVA

Área de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

A N U N C I O7998 7403

El Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 28 de julio de 2015, acordó en relación con el expediente relativo a la “Expropiación de la finca sita en Avda. Mercedes Pinto, propiedad de don Miguel Luis González González”, de este término municipal, entre otros el siguiente acuerdo:

“Primero.- Declarar la necesidad de ocupación del terreno y, en consecuencia, iniciar la expropiación de los bienes y derechos sitos en la Avda. Mercedes Pinto, calificados como sistema general dotacional, y propiedad de Don Miguel Luis González.

Segundo.- Aprobar inicialmente la relación de bienes y derechos afectados con el Plan General de Ordenación de La Orotava, que se detalla a conti-nuación:

CLASIFICACIÓN PROPIETARIO UBICACIÓN SUPERFI-CIE

VALOR (euros)

SISTEMA GENERAL DOTACIONAL

MIGUEL LUIS GONZÁ-LEZ GONZÁLEZ

AVENIDA MERCEDES PINTO

950,30 M2 156.220,53

Tercero.- Comunicar a Don Miguel Luis González que hasta tanto no proceda a resolver la carga registral de la finca número 17.026, no se puede continuar con la tramitación del expediente, otorgándole al efecto un plazo de audiencia de 10 días, para que proceda a dar cumplimiento al requerimiento, en caso contrario se le tendrá por desistido de la petición.

Cuarto.- Someter a información pública la men-cionada relación conforme establece la legislación expropiatoria, por plazo de veinte días contados a partir del siguiente al de la última de las publicaciones, al objeto de que cualquier interesado pueda formular alegaciones sobre la procedencia de la ocupación o disposición de los bienes y su estado material o legal, debiendo notificar individualmente a cuantas personas aparezcan como interesadas.

Quinto.- Aceptar la propuesta económica presentada por los propietarios, en el sentido de aceptar que la totalidad del pago se efectúe en cinco años a partes iguales, sin intereses, correspondiendo a la primera anualidad 31.244,10 €.

Sexto.- Que se entiendan con el Ministerio Fiscal, conforme al artículo 5 de la L.E.F., las diligencias que afecten a los propietarios o titulares no comparecientes en el expediente, una vez efectuada la publicación de la relación de bienes y derechos afectados”.

De conformidad con lo establecido el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa y concordantes de su Reglamento, se somete a información pública

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17813

por plazo de veinte días, contados a partir desde la última inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y periódico de circulación provincial, quedando el expediente a disposición de cualquier persona física o jurídica que quiera examinar el pro-cedimiento en este Excmo. Ayuntamiento, Área de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en Plaza del Ayuntamiento s/n y en horas de atención al público de lunes a viernes de 8 h. a 10,30 h. y de 11 h. a 13,30 h., pudiéndose presentar las alegaciones y documentos que se estimen oportunos, desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En la Villa de La Orotava, a 3 de agosto de 2015.

El Alcalde-Presidente, Francisco Linares Gar-cía.- P.s.m., la Secretaria General acctal., Pino Mª González Sánchez.

Área de Administración Tributaria

A N U N C I O7999 7404

Por el presente se hace público para el general conocimiento que:

Primero.- Por Resolución del Concejal-Delegado de economía y hacienda, patrimonio, recursos humanos, nuevas tecnologías y administración electrónica en

virtud de decreto de refundición de competencias otorgada por el Sr. Alcalde-Presidente el 25 de junio de 2015, se aprueba el padrón fiscal, correspondiente a la Tasa de Suministro de Agua y Alcantarillado, correspondiente al bimestre mayo/junio del ejercicio 2015.

Segundo.- Dicho padrón se expondrá al público en el Área de Administración Tributaria de este Excmo. Ayuntamiento, por el plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado por las personas que se consideren afectadas y contra las mismas pueda formularse el recurso de reposición a que se refiere el artículo 14 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Tercero.- Se establece un plazo de cobranza en periodo voluntario de un mes, cuya iniciación y terminación de los plazos será objeto de difusión pública por el Organismo encargado de la gestión recaudatoria, en los términos establecidos por el Re-glamento General de Recaudación, mediante edictos que así lo adviertan.

Villa de La Orotava, a 31 de julio de 2015.

Concejal Delegado de Desarrollo Económico Local, Hacienda, Patrimonio, Recursos Humanos, Nuevas Tecnologías y Administración Electrónica, Juan Dóniz Dóniz.

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17814 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

inicial de la modificación de la Ordenanza Municipal reguladora del Banco de Viviendas en régimen de alquiler de Los Realejos y de creación del fichero de datos de carácter personal correspondiente, sin que se hayan producido alegaciones y entendiéndose aprobada definitivamente, se procede a la publicación íntegra del texto que resulta del siguiente tenor literal:

VILLA DE LOS REALEJOS

Servicios Generales (Personal)

A N U N C I O8000 7458

Habiendo transcurrido el plazo de información pública y audiencia a los interesados de la aprobación

ANUNCIO

Habiendo transcurrido el plazo de información pública y audiencia a los interesados de la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Municipal reguladora del Banco de Viviendas en régimen de alquiler de Los Realejos y de creación del fichero de datos de carácter personal correspondiente, sin que se hayan producido alegaciones y entendiéndose aprobada definitivamente, se procede a la publicación íntegra del texto que resulta del siguiente tenor literal:

"ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL BANCO DE VIVIENDAS EN REGIMEN DE ALQUILER DE LOS REALEJOS Y DE CREACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CORRESPONDIENTE

EXPOSICION DE MOTIVOS

El Banco de Viviendas de Los Realejos es una iniciativa encaminada a coadyuvar en la consecución del derecho de toda persona a una vivienda digna y adecuada a la vez que servir de vehículo de comunicación con aquellos titulares de inmuebles vacíos que en el momento actual precisen de su ocupación. La creación de este instrumento puede animar a los propietarios de inmuebles vacíos a la puesta a disposición en favor de terceros a través del oportuno mecanismo de arrendamiento con la garantía de intermediación municipal así como a los terceros en búsqueda de vivienda.

En el marco económico actual, las implicaciones negativas que tiene esta característica del mercado de la vivienda sobre la economía y la sociedad españolas son patentes y afectan, tanto a la movilidad de los trabajadores como a la existencia de un elevado número de viviendas en propiedad, vacías y sin ningún uso.

La realidad, por tanto, es que el mercado de alquiler no es una alternativa eficaz al mercado de la propiedad en España, puesto que, o bien la oferta de viviendas en alquiler es insuficiente, o bien no es competitiva por estar sujeta a rentas muy elevadas. Además, nuestro mercado arrendaticio se caracteriza fundamentalmente por las relaciones personales entre arrendador y arrendatario, situándonos aún lejos de un verdadero mercado profesionalizado de alquiler. De ahí que la búsqueda de mecanismos de flexibilización y dinamización de este mercado deba moverse en un marco que consiga atraer al mismo, al mayor número posible de las viviendas actualmente vacías y sin ningún uso, en manos de propietarios privados Se trata de buscar el necesario equilibrio entre las necesidades de vivienda en alquiler y las garantías que deben ofrecerse a los arrendadores para la puesta a disposición en el mercado arrendaticio. ARTÍCULO 1.- OBJETO. Constituye el objeto de la presente ordenanza municipal la creación y regulación de un Banco de viviendas, de régimen libre o protegidas en régimen de arrendamiento y

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17815

de titularidad privada, que estén en buenas condiciones de habitabilidad y con una adecuada relación calidad-precio.

Art. 2.- NATURALEZA JURÍDICA DEL BANCO DE VIVIENDAS DE LOS REALEJOS. 1.- El Banco de Viviendas de Los Realejos es un registro administrativo de carácter público que está formado por viviendas aptas para ser puestas en arrendamiento cuyos propietarios hayan solicitado voluntariamente su inscripción en el mismo. Este registro funcionará como un instrumento de puesta en contacto entre la oferta y la demanda de viviendas ubicadas en este término municipal. 2.- El registro del Banco de Viviendas tendrá únicamente carácter informativo, sin que produzca ningún efecto sobre el régimen jurídico de las viviendas incluidas, ni sobre el derecho de propiedad ni demás derechos reales o gravámenes sobre las mismas y sin que constituya prueba del derecho de propiedad u otros derechos sobre las fincas. Art. 3.- FINALIDAD. Con la creación del Banco de Viviendas, el Ayuntamiento de Los Realejos, pretende informar y facilitar el contacto entre propietarios de viviendas ubicadas en Los Realejos y futuros arrendatarios. No obstante, serán exclusivamente las partes interesadas quienes fijen los términos de un posible acuerdo, sin que se pueda predeterminar, valorar ni condicionar el negocio jurídico que, en su caso, celebren libremente las partes bajo su responsabilidad y que se regirá por la legislación aplicable. Los datos existentes en el listado de viviendas dadas de alta en el banco de podrán ser consultados a través de la página web del Ayuntamiento mediante consulta directa al fichero creado en el Anexo de esta Ordenanza. ARTÍCULO 4.- REQUISITOS DE LAS VIVIENDAS PARA SER INCLUÍDAS EN EL BANCO DE VIVIENDAS. Los requisitos que debe tener toda vivienda para ser incluida en el Banco son los siguientes: a) Que la vivienda cuente con condiciones de habitabilidad. b) En el caso de que se trate de viviendas protegidas en régimen de alquiler deberán contar con calificación definitiva de vivienda protegida en régimen de alquiler. En este supuesto se incluyen también las viviendas protegidas a las que el Instituto Canario de la Vivienda ha autorizado el cambio de uso a alquiler y que inicialmente tenían uso de venta. c) Que se trate de una vivienda de titularidad privada, y que se encuentre desocupada a libre disposición del arrendatario en el momento del arrendamiento. d) Que tenga uso residencial e) Estar al corriente en el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y de las cuotas por Comunidad de Propietarios. f) Que la vivienda tenga los suministros básicos de la vivienda, tales como agua, electricidad y basura, contratados y dados de alta. g) Que el precio de renta para la vivienda libre no supere los 350 euros mensuales, incluyendo garaje, trastero y anejos, si los hubiere. h) Que el precio de renta para la vivienda protegida no supere el precio máximo de renta que corresponda a la vivienda protegida establecida en la calificación definitiva en régimen de arrendamiento.

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17816 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

i) Que el propietario se encuentre al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad social. ARTÍCULO 5.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES DE VIVIENDAS PARA SER INCLUIDOS EN EL BANCO DE VIVIENDAS. Los requisitos que debe cumplir todo solicitante de vivienda en alquiler para ser incluido en el Banco son los siguientes: a) Ser mayor de edad. b) Tener nacionalidad española o permiso de residencia. c) Acreditar que ningún miembro de la unidad familiar dispone de vivienda habitual o, en el supuesto de que fueran titulares de una vivienda, acreditar que el derecho de uso le corresponde a un tercero. d) Que el conjunto de los ingresos mensuales de los miembros de la unidad familiar no supere el 1,5 del Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). e) Que se encuentre en alguno de los supuestos que se detallan a continuación: 1.- Unidad familiar de la que forme parte, al menos, un menor de edad. 2.- Unidad familiar en la que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad igual o superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite de forma permanente para realizar una actividad laboral. 3.- Unidad familiar en la que exista alguna víctima de violencia de género. f) Para ser solicitante de una vivienda protegida, además de los anteriores requisitos, será necesario estar inscrito en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias para promoción privada, debiendo cumplir con los requisitos legales y reglamentarios para ello. ARTÍCULO 6.- DOCUMENTACION NECESARIA DE LOS PROPIETARIOS DE VIVIENDAS. 1.- Los propietarios de viviendas que deseen ser incluidos en el Banco deberán presentar la siguiente documentación: a) DNI o NIE del titular de la vivienda y, en caso de que actúe a través de representante, documentación acreditativa de dicha representación, conforme a los medios legalmente establecidos. b) Escritura pública acreditativa de la propiedad de la vivienda y Nota simple del Registro de la Propiedad actualizada. c) Último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), o en su defecto, certificación del Catastro en el que conste la referencia catastral de la vivienda que es objeto de arrendamiento. d) Certificado de Eficiencia Energética.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17817

e) Último recibo de los suministros con que cuente la vivienda objeto de arrendamiento o, en su defecto, los correspondientes contratos de alta. f) En su caso, Estatutos de la Comunidad de Propietarios. g) Plano de detalle de la vivienda h) Documento suscrito por técnico competente que acredite las condiciones de habitabilidad de la vivienda o, en su caso, cédula de habitabilidad. g) Autorización expresa del propietario para ceder sus datos personales básicos (Nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono y correo electrónico) a los terceros interesados en el arrendamiento cuando soliciten expresamente su consulta a través del formulario correspondiente. h) Inventario de enseres de la vivienda y dossier de fotografías digitales que acompañará al contrato de arrendamiento que en su día se suscriba como parte inseparable del mismo y que deberá ser suscrito por ambas partes. i) Autorización expresa al Ayuntamiento de Los Realejos para que pueda comprobar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad social del propietario. j) En su caso, calificación definitiva de vivienda protegida en régimen de alquiler. 2.- En caso de que se produzca alguna variación en la documentación aportada durante todo el tiempo de inclusión en el Banco, su propietario se obliga a ponerlo en conocimiento del Ayuntamiento en el plazo de 30 días desde que se produzca la variación. ARTÍCULO 7.- DOCUMENTACIÓN NECESARIA DE LOS FUTUROS ARRENDATARIOS DE VIVIENDAS INCLUÍDAS EN EL BANCO DE VIVIENDAS. 1.- Los solicitantes de viviendas en régimen de alquiler que deseen ser incluidos en el Banco deberán presentar la siguiente documentación: a) DNI o NIE. b) Informe emitido por el Área de Bienestar Social acreditativo del cumplimiento de los requisitos contenidos en el artículo 5 de la presente Ordenanza. c) Declaración responsable suscrita por todos los miembros de la Unidad familiar acreditativa de la no titularidad de vivienda alguna o, en el caso de ser titulares de alguna vivienda, acreditación de que el derecho de uso le corresponde a un tercero. d) Autorización expresa para que puedan ser consultados las bases de datos catastrales al objeto de comprobar la no titularidad de vivienda. e) Para el alquiler de una vivienda protegida deberá acreditar estar inscrito en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias en la tipología de promoción privada. Art. 8.- SERVICIOS PRESTADOS POR LA ADMINISTRACION MUNICIPAL A LOS INCLUIDOS EN EL BANCO DE VIVIENDAS Los solicitantes de vivienda en alquiler así como los propietarios de viviendas que se inscriban en el Banco se beneficiarán de los siguientes servicios gratuitos:

a) Búsqueda de vivienda según zona y precio requerido.

b) Servicio de orientación sobre el mercado de alquiler: información sobre zonas, transportes, servicios, etc.

c) Suscripción de un seguro de impago de la renta a favor del propietario, a cargo del Ayuntamiento. El tiempo de cobertura de la póliza lo será por el plazo máximo de los dos primeros años de vigencia del contrato de arrendamiento, y mientras la vivienda se

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17818 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

encuentre alquilada a través del Banco. Dicho seguro será suscrito hasta el límite previsto en cada anualidad presupuestaria para tal fin.

ARTÍCULO 9.- FUNCIONAMIENTO DEL BANCO DE VIVIENDA. 1.- El Banco de Viviendas de Los Realejos tendrá su sede en la Avenida de Canarias nº 6 (sede del Ayuntamiento de Los Realejos) y, específicamente, en las instalaciones de la Empresa Pública de Viviendas teniendo carácter indefinido desde su constitución. La consulta de los datos del registro del Banco de Viviendas Los Realejos podrá ser solicitada por aquellas personas interesadas en las mismas y tendrá como única finalidad facilitar el contacto entre propietario y futuro inquilino. El Ayuntamiento de Los Realejos, sin perjuicio de su función mediadora, se abstendrá de intervenir, orientar o asesorar acerca de los negocios jurídicos que, en su caso, puedan llegar a celebrar los interesados que se hayan puesto en contacto a través del banco de viviendas. No obstante, pondrá a disposición modelos con finalidad únicamente orientativa sin que suponga imposición alguna de utilización para cualquiera de las partes. En todo caso, el propietario de una vivienda protegida está obligado a incluir en el contrato de arrendamiento que celebre aquellas cláusulas que establezca la legislación vigente necesarias para asegurar la finalidad del régimen de protección de viviendas. El propietario de una vivienda protegida también tiene la obligación de visar el contrato de arrendamiento en el Instituto Canario de la Vivienda, en orden a verificar la inserción de las cláusulas obligatorias. 2.- Solicitud de consulta del Banco de Viviendas. Cualquier persona interesada podrá consultar el listado de viviendas que hayan sido dadas de alta en el Banco. Una vez consultado dicho listado, las personas interesadas en contactar con los titulares de determinadas viviendas incluidas en el Banco deberán presentar en el registro del Ayuntamiento una solicitud de consulta en la que constará su nombre y apellidos, dirección, teléfono y dirección de correo electrónico, así como la vivienda o viviendas concretas con cuyos titulares deseen ponerse en contacto. La presentación de esta solicitud únicamente dará derecho a la consulta de los datos personales básicos de los propietarios de las viviendas en cuyo arrendamiento están interesados los solicitantes de la consulta, y cuya cesión a terceras personas interesadas habrá sido expresamente autorizada por aquellos. 3.- Solicitud de baja de viviendas incluidas en el Banco de Viviendas. El propietario que haya celebrado cualquier negocio jurídico válido en derecho relativo a una vivienda incluida en el Banco, deberá comunicarlo de inmediato al Ayuntamiento a través del formulario correspondiente, con la finalidad de dar de baja misma durante el tiempo de vigencia del arrendamiento. Igualmente deberá solicitar la baja de la vivienda si, por cualquier motivo, ya no desea ofrecer su arrendamiento a terceras personas".

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17819

Art. 10.- CREACIÓN DE UN FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CORRESPONDIENTE AL DENOMINADO "BANCO DE VIVIENDAS EN REGIMEN DE ALQUILER DE LOS REALEJOS". 1.- El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín del Estado o Diario Oficial correspondiente. 2.- El Ayuntamiento, como entidad local con personalidad jurídica propia, está incluido, respecto a los ficheros de datos de carácter personal, en el ámbito de aplicación de la mencionada Ley. 3.- De conformidad con los preceptos de las mencionadas normas, se establece como Anexo a la presente ordenanza municipal, la creación del fichero de datos de carácter personal del Banco de Viviendas de Los Realejos. 4.- Asimismo, se pondrán a disposición de los solicitantes de inclusión en el Banco de documentos normalizados para su cumplimentación presencial o telemática . Art. 11.- CONFLICTOS DERIVADOS DE LOS NEGOCIOS JURIDICOS DERIVADOS DE LA APLICACIÓN DEL BANCO DE VIVIENDAS.- Sin perjuicio de la función mediadora de este Ayuntamiento en caso de conflictos entre propietarios de las viviendas y sus inquilinos, la póliza que se suscriba comprenderá incluida los gastos de defensa jurídica derivados de las posibles controversias por impago del arrendamiento. DISPOSICIÓN FINAL La entrada en vigor de la presente ordenanza se producirá al día siguiente de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, siempre que se hayan cumplido el resto de requisitos exigidos por la legislación reguladora del régimen local y haya transcurrido el plazo previsto en el articulo 65.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ANEXO I

Primero. Objeto. La presente ordenanza tiene por objeto la creación de un fichero de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Los Realejos correspondiente al Banco de Viviendas en alquiler de Los Realejos que se regula igualmente en esta norma. Segundo. Medidas de seguridad. El fichero que se crea por la presente ordenanza cumple las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

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17820 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

Tercero. Derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos. Los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos de carácter personal del fichero de titularidad del Ayuntamiento que son objeto de creación en virtud de la presente ordenanza se ejercerán ante la Secretaría de esta Entidad Local, Avenida de Canarias nº 6 Cuarto. Publicación. La presente ordenanza será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Quinto. Inscripción de la creación del fichero en el Registro General de Protección de Datos. El fichero relacionado en esta ordenanza será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia, de una copia de la presente disposición. Sexto.- Identificación del fichero o tratamiento. Denominación: Banco de Viviendas en alquiler de Los Realejos. Finalidad y usos previstos.

- Finalidad: Gestión del registro de Viviendas en alquiler como herramienta dirigida a promover el alquiler de viviendas en el término municipal y el necesario equilibrio entre las necesidades de vivienda en alquiler y las garantías que deben ofrecerse a los arrendadores para la puesta a disposición en el mercado arrendaticio.

- Usos previstos: Promoción de vivienda en alquiler. Origen de los datos. Colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos: propietarios de viviendas aptas para ser objeto de arrendamiento, que estén interesados en incluir las mismas en el Banco. Procedimiento de recogida: Los datos serán facilitados por los propietarios interesados en incluir sus viviendas en el Banco, quienes autorizarán expresamente al Ayuntamiento a ceder sus datos personales básicos a terceros interesados en su arrendamiento de las mismas. Procedencia: el propio interesado o su representante legal. Estructura básica del fichero. Descripción detallada de los datos: nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono y correo electrónico. Cesiones previstas: personas interesadas en el arrendamiento de viviendas incluidas en el Banco y que soliciten, mediante instancia, la consulta del mismo.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17821

La cesión de datos personales de los propietarios que soliciten la inclusión de viviendas en el Banco será autorizada expresamente por aquéllos en la solicitud de alta que llevará adjunta la autorización al Ayuntamiento para ceder los datos incluidos a terceros interesados. Los datos personales incluidos en el registro del Banco de Viviendas lo serán con finalidad exclusivamente administrativa y estarán sometidos al régimen jurídico establecido por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo Transferencias internacionales de datos previstas: no se prevén. Órgano responsable del fichero: - Nombre del órgano responsable del fichero: Ayuntamiento de Los Realejos - Denominación del ente: Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos. - Administración a la que pertenece: Administración local. - CIF: P-3803100A - Domicilio: Avenida de Canarias nº 6 38410 Los Realejos - Provincia: Santa Cruz de Tenerife. - País: España - Teléfono: 922340234 - Fax: 922341783 Servicio o Unidad ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General del Ayuntamiento. Nivel de seguridad: básico. Encargado del tratamiento: Empresa pública de Viviendas del Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos como medio propio del mismo. Sistema de tratamiento: mixto.

Anexo II

Primero. Objeto. La presente ordenanza tiene por objeto la creación asimismo de de un fichero de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Los Realejos correspondiente al Censo de interesados en el arrendamiento de Viviendas de Los Realejos que se regula igualmente en esta norma. Segundo. Medidas de seguridad. El fichero que se crea por la presente ordenanza cumple las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Tercero. Derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos. Los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos de carácter personal del fichero de titularidad del Ayuntamiento que son objeto de creación en virtud de la presente ordenanza se ejercerán ante la Secretaría de esta Entidad Local, Avenida de Canarias nº 6

La cesión de datos personales de los propietarios que soliciten la inclusión de viviendas en el Banco será autorizada expresamente por aquéllos en la solicitud de alta que llevará adjunta la autorización al Ayuntamiento para ceder los datos incluidos a terceros interesados. Los datos personales incluidos en el registro del Banco de Viviendas lo serán con finalidad exclusivamente administrativa y estarán sometidos al régimen jurídico establecido por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo Transferencias internacionales de datos previstas: no se prevén. Órgano responsable del fichero: - Nombre del órgano responsable del fichero: Ayuntamiento de Los Realejos - Denominación del ente: Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos. - Administración a la que pertenece: Administración local. - CIF: P-3803100A - Domicilio: Avenida de Canarias nº 6 38410 Los Realejos - Provincia: Santa Cruz de Tenerife. - País: España - Teléfono: 922340234 - Fax: 922341783 Servicio o Unidad ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General del Ayuntamiento. Nivel de seguridad: básico. Encargado del tratamiento: Empresa pública de Viviendas del Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos como medio propio del mismo. Sistema de tratamiento: mixto.

Anexo II

Primero. Objeto. La presente ordenanza tiene por objeto la creación asimismo de de un fichero de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Los Realejos correspondiente al Censo de interesados en el arrendamiento de Viviendas de Los Realejos que se regula igualmente en esta norma. Segundo. Medidas de seguridad. El fichero que se crea por la presente ordenanza cumple las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Tercero. Derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos. Los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos de carácter personal del fichero de titularidad del Ayuntamiento que son objeto de creación en virtud de la presente ordenanza se ejercerán ante la Secretaría de esta Entidad Local, Avenida de Canarias nº 6

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17822 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

Cuarto. Publicación. La presente ordenanza será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Quinto. Inscripción de la creación del fichero en el Registro General de Protección de Datos. El fichero relacionado en esta ordenanza será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia, de una copia de la presente disposición. Sexto.- Identificación del fichero o tratamiento. Denominación: Censo de interesados en el arrendamiento de viviendas en Los Realejos. Finalidad y usos previstos.

- Finalidad: Gestión del censo de demandantes de viviendas en alquiler al objeto de su puesta en contacto con los propietarios inscritos en el Banco

- Usos previstos: Promoción de vivienda en alquiler

Origen de los datos. Colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos: demandantes de viviendas aptas para arrendamiento. Procedimiento de recogida: Los datos serán facilitados por los ciudadanos interesados en contactar con propietarios de viviendas incluidas en el mismo. Procedencia: el propio interesado o su representante legal. Estructura básica del fichero. Descripción detallada de los datos: nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono y correo electrónico. Cesiones previstas: Ninguna. Los datos personales incluidos en este fichero lo serán con finalidad exclusivamente administrativa y estarán sometidos al régimen jurídico establecido por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo Transferencias internacionales de datos previstas: no se prevén. Órgano responsable del fichero: - Nombre del órgano responsable del fichero: Ayuntamiento de Los Realejos - Denominación del ente: Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos. - Administración a la que pertenece: Administración local. - CIF: P-3803100A - Domicilio: Avenida de Canarias nº 6 38410 Los Realejos - Provincia: Santa Cruz de Tenerife. - País: España - Teléfono: 922340234 - Fax: 922341783 Servicio o Unidad ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General del Ayuntamiento. Nivel de seguridad: básico. Encargado del tratamiento: Encargado del tratamiento: Empresa Pública de viviendas del Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos como medio propio del mismo. Sistema de tratamiento: mixto.

En la Villa de Los Realejos, a 29 de julio de 2015.

El Alcalde, Manuel Domínguez González.- El Secretario accidental, José Luis Socas García.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17823

VILLA DE TEGUESTE

A N U N C I O8001 7451

Mediante Resolución de la Alcaldía Presidencia, se aprobó el padrón de la Tasa por Entrada de Vehículos a través de las aceras correspondiente al año actual, que estará expuesto al público en la Oficina de Tesorería de este Ayuntamiento, sito en Plaza San Marcos, 1, de lunes a viernes, en horario de 8:30 a 13:30 horas. El período de exposición pública será de treinta días contados desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante el cual los interesados pueden examinar el padrón y formular alegaciones.

Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2.) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las liquidaciones comprendidas en el padrón podrá for-mularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el Alcalde-Presidente en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del padrón.

En cumplimiento del artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, el presente edicto se publica para advertir que las liquidaciones por el tributo y ejercicio referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine la exposición al público del padrón.

En la Villa de Tegueste, a 31 de julio de 2015.

El Alcalde-Presidente, José Manuel Molina Her-nández.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO8002 7408

Procedimiento: Despidos/Ceses en general.

N° procedimiento: 0000411/2015.

NIG: 3803844420150002948.

Materia: resolución contrato.

IUP: TS2015016320.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

D.ª María del Cristo Saavedra Oliva, Secretaria Judicial de este Juzgado de lo Social n° 1 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000411/2015 en materia de resolución contrato a instancia de D.ª Sandra Ubal Piano y Tania Arteaga Marchena, contra Eben Ezer Mantenimientos, S.L., Mantenimientos Palacio, S.L. y FOGASA, por S.S.ª se ha dictado sentencia con fecha 30 de julio de 2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:

Fallo:

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por Dña. Sandra Ubal Piano y Dña. Tania Arteaga Marchena contra Eben Ezer Mantenimien-tos, S.L. y Mantenimientos Palacio, S.L., y en su consecuencia:

Primero: declaro improcedente el despido de las actoras llevado a cabo por las codemandadas el día 14 y 16 de abril de 2015.

Segundo: condeno a Eben Ezer Mantenimientos, S.L. y a Mantenimientos Palacio, S.L. a que, a su opción (que deberá comunicar a este Juzgado por escrito en el plazo de cinco días), readmita al actor en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido o bien les abone una indemnización en la cuantía de 3.846,52 euros para Dña. Sandra y para Dña. Tania, 4.365,87 euros. Si opta por la indemni-zación el contrato se extinguirá con efectos del día del despido y no se generarán salarios de tramitación. Si opta por la readmisión no se devengará la indem-nización, si bien deberá abonar al actor los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la fecha de efectiva readmisión, a razón de 32,46 euros día, importe del que se podrán detraer aquellas cantidades

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17824 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

que los trabajadores hayan podido percibir en el su-puesto de que hayan encontrado nueva ocupación o por los períodos en que haya incurrido en supuestos de suspensión contractual.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que pu-diera corresponderle al Fondo de Garantía Salarial en los términos establecidos legalmente de conformidad con el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de notifi-cación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander en la cuenta corriente n° 3794-0000-650411/15 de este Juzgado, o bien mediante transferencia bancaria a la cuenta n° 0049 3569 9200 0500 1274 o presente aval solidario de entidad financiera por el mismo importe, deposi-tando además la cantidad de 300 euros en la cuenta corriente 3794-0000-65 0411/15 del referido Banco, o bien mediante transferencia bancaria a la cuenta n° 0049 3569 9200 0500 1274 y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.

Se advierte igualmente a la parte demandada que, al momento de interponer el recurso, deberán acreditar la liquidación de la tasa correspondiente, a salvo la concurrencia de un supuesto de exención legal, con-forme a lo dispuesto en la Ley 10/2012.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la Sra. Juez que la dicta, leyéndola en audiencia pública en el lugar y fecha antes indicados, de lo que doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Eben Ezer Mantenimientos, S.L. y Mantenimien-tos Palacio, S.L. en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios

de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 30 de julio de 2015.

La Secretaria.

CÉDULA NOTIFICACIÓN SENTENCIA8003 7414

Procedimiento: Despidos/Ceses en general.

N° procedimiento: 0000371/2015.

NIG: 3803844420150002662.

Materia: resolución contrato.

IUP: TS2015014388.

Demandante: Leyla Díaz González.

Demandado: Inversiones Turísticas Bezanilla, S.L.; FOGASA.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

D./D.ª María del Cristo Saavedra Oliva, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social n° 1 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000371/2015 en materia de resolución contrato a instancia de D./D.ª Leyla Díaz González, contra Inversiones Turísticas Bezanilla, S.L. y FOGASA, por S.S.ª se ha dictado sentencia con fecha 14 de julio de 2015, cuyo fallo es el tenor literal siguiente:

Fallo:

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por Dña. Leyla Díaz González frente a Inversiones Turísticas Bezanilla, S.L. y el FOGASA y, en consecuencia:

Primero.- Declaro la improcedencia del despido de la actora con efectos de 5 de abril de 2015.

Segundo.- Condeno a la parte demandada Inver-siones Turísticas Bezanilla, S.L., a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia y sin esperar a su firmeza, opte, poniéndolo en cono-cimiento de este Juzgado, entre indemnizar a la parte demandante en la cantidad de 594 euros, teniéndose

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17825

por extinguida la relación laboral a la fecha del des-pido sin abono de salarios de tramitación; o bien por la readmisión, con abono de una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir, a razón de 36 euros/día de la fecha de despido hasta la notificación de la presente sentencia o hasta que la demandante hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a esta sentencia y se probase por la parte demandada lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.

De optarse por la readmisión la demandada deberá comunicar a la parte actora, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia, la fecha de su reincorporación al trabajo, para efectuarla en un plazo no inferior a los tres días siguientes al de la recepción del escrito, siendo de cargo de la deman-dada el abono de los salarios desde la notificación de la sentencia hasta la efectiva readmisión, salvo que ésta no se produzca por causa imputable a la parte trabajadora.

Tercero.- Condeno a la parte demandada, Inversio-nes Turísticas Bezanilla, S.L. a abonar a la trabajadora el importe de 4.276,53 euros, en concepto de salarios debidos, incrementados en un 10% en concepto de interés de demora.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad sub-sidiaria que pudiera corresponderle al FOGASA en los términos establecidos legalmente.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de notifi-cación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander en la cuenta corriente n° 3794-0000-65 0371/15 de este Juzgado, o bien mediante transferencia bancaria a la cuenta n° 0049 3569 9200 0500 1274 o presente aval solidario de entidad financiera por el mismo importe, deposi-tando además la cantidad de 300 euros en la cuenta corriente 3794-0000-65 0371/15 del referido Banco, o bien mediante transferencia bancaria a la cuenta n° 0049 3569 9200 0500 1274 y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.

Se advierte igualmente a la parte demandada que, al momento de interponer el recurso, deberán acreditar la liquidación de la tasa correspondiente, a salvo la concurrencia de un supuesto de exención legal, con-forme a lo dispuesto en la Ley 10/2012.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Inversiones Turísticas Bezanilla, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 30 de julio de 2015.

El/la Secretario/a.

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

CÉDULA NOTIFICACIÓN SENTENCIA8004 7409

Procedimiento: Procedimiento ordinario.

N° procedimiento: 0000383/2014.

NIG: 3803844420140002751.

Materia: reclamación de cantidad.

IUP: TS2014013138.

Demandante: Pilar Alarcón Rodríguez.

Demandado: Romero González Yosniel Supermer-cado Milenium.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

D./D.ª María del Cristo Saavedra Oliva, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000383/2014 en materia de reclamación de can-tidad a instancia de D./D.ª Pilar Alarcón Rodríguez, contra Romero González Yosniel Supermercado Mile-nium, por S.S.ª se ha dictado sentencia con fecha 8 de julio de 2015, cuyo fallo es el tenor literal siguiente:

Fallo:

Se estima la demanda presentada por doña Pilar Alarcón Rodríguez frente a don Romero González Yosniel que gira, en el tráfico jurídico, con el nombre

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17826 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

comercial de Supermercado Milenium y, en conse-cuencia, se le condena a abonar la cuantía de 1.869,07 euros más el 10% de mora patronal.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, sin per-juicio de la audiencia al demandado rebelde.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la Magistrada-Juez que la dicta, leyéndola en audiencia pública en el lugar y fecha antes indicados, de lo que doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Romero González Yosniel Supermercado Milenium, en ignorado paradero, expido la presente para publi-cación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 3 de agosto de 2015.

El/la Secretario/a.

CÉDULA NOTIFICACIÓN DECRETO8005 7412

Procedimiento: Despidos/Ceses en general.

N° Procedimiento: 0000275/2015.

NIG: 3803844420150001980.

Materia: resolución contrato.

IUP: TS2015010702.

Demandante: Massimiliano Mancinelli.

Demandado: Guan Huaizhou; FOGASA.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

D./D.ª María del Cristo Saavedra Oliva, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000275/2015 en materia de Resolución contrato a

instancia de D./D.ª Massimiliano Mancinelli, contra Guan Huaizhou y FOGASA, por S.S.ª se ha dictado decreto con fecha 18 de mayo de 2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:

Parte dispositiva.

Decreto:

Tener por desistido a D. Massimiliano Mancinelli de su demanda frente a Guan Huaizhou y FOGASA.

Procédase al archivo de las actuaciones, expidién-dose testimonio de la presente para su unión a los autos, archivándose el original en el legajo de decretos definitivos de esta oficina judicial.

Notifíquese la presente a las partes.

Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, bene-ficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autó-nomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco Santander, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274.

Así lo acuerdo y firmo Dña. María del Cristo Saa-vedra Oliva, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe.

El/la Secretario/a Judicial.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Guan Huaizhou, en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 31 de julio de 2015.

El/la Secretario/a.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17827

CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO8006 7413

Procedimiento: Despidos/Ceses en general.

N° Procedimiento: 0000693/2014.

NIG: 3803844420140005112.

Materia: Resolución contrato.

IUP: TS2014024211.

Demandante: Vicente Andrés Bautista Meneses.

Demandado: Guaza Comercial de Servicios S.L.

Abogado: Miguel Manuel Pulido González.

Procurador: ---.

D./D.ª María del Cristo Saavedra Oliva, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000693/2014 en materia de Resolución contrato a instancia de D./D.ª Vicente Andrés Bautista Meneses, contra Guaza Comercial de Servicios S.L., por S.S.ª se ha dictado sentencia con fecha 6 de julio de 2015, cuyo fallo es el tenor literal siguiente:

Fallo: debo estimar y estimo íntegramente la deman-da presentada por Vicente Andrés Bautista Meneses, y, en consecuencia:

Primero: Declaro improcedente el despido de la parte actora llevado a cabo por la demandada Autos Guaza Comercial de Servicios S.L., el día 18 de julio de 2014.

Segundo: Condeno a la parte demandada Autos Guaza Comercial de Servicios S.L., a que indemnice en la cantidad de 28.828,8 euros a Vicente Andrés Bautista Meneses.

Se declara extinta la relación laboral a fecha de esta Sentencia.

Se condena al FOGASA a estar y pasar por la anterior declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, anunciándolo ante

este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de notifi-cación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander en la cuenta corriente n° IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 de este Juzgado o presente aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe, depositando ade-más la cantidad de 300 euros en la cuenta corriente 3795-0000-65069314 del referido banco y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.

Igualmente, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, al anunciar el recurso, deberá consignar en la citada cuenta la cantidad objeto de condena, o bien presentar aval bancario pagadero a primer requerimiento por la misma cantidad.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la dicta, leyéndola en audiencia pública en el lugar y fecha antes indicados, de lo que doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Guaza Comercial de Servicios S.L., en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 28 de julio de 2015.

El/la Secretario/a.

CÉDULA NOTIFICACIÓN SENTENCIA8007 7415

Procedimiento: Despidos/Ceses en general.

Nº procedimiento: 0000090/2015.

NIG: 3803844420150000642.

Materia: resolución contrato.

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17828 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

IUP: TS2015002677.

Demandante: Georgeta Florina Pop.

Demandado: Melo Díaz Pastelería, S.L.U.; FOGASA.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

D./D.ª María del Cristo Saavedra Oliva, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000090/2015 en materia de resolución contrato a instancia de D./D.ª Georgeta Florina Pop, contra Melo Díaz Pastelería, S.L.U. y FOGASA, por S.S.ª se ha dictado sentencia con fecha 6 de julio de 2015, cuyo fallo es el tenor literal siguiente:

Fallo:

Debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por Georgeta Florina Pop, y, en conse-cuencia:

Primero: declaro improcedente el despido de la parte actora Georgeta Florina Pop llevado a cabo por la demandada Melo Díaz Pastelería, S.L.U. el día 26 de diciembre de 2014.

Segundo: declaro resuelto, por incumplimiento patronal grave, y fecha de efectos de la presente sentencia, el contrato de trabajo que unía a Georgeta Florina Pop con Melo Díaz Pastelería, S.L.U. y frente al FOGASA.

Tercero: condeno a la parte demandada Melo Díaz Pastelería, S.L.U. a estar y pasar por la anterior de-claración y a indemnizar a Georgeta Florina Pop en la cantidad de 8.988,34 euros.

Cuarto: condeno a la parte demandada Melo Díaz Pastelería, S.L.U. a abonar a Georgeta Florina Pop la cantidad de 2.630,29 euros, en concepto de salarios, con los intereses legales del 10% desde el momento en que dejó de percibirse.

Se condena al FOGASA a estar y pasar por la anterior declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso

de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de notifi-cación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander en la cuenta corriente n° IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 de este Juzgado o presente aval solidario de entidad financiera por el mismo importe, depositando ade-más la cantidad de 300 euros en la cuenta corriente 3795-0000-65009015 del referido Banco y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.

Igualmente, en el momento de formalizar el recurso deberá acreditar la presentación de liquidación tri-butaria de las correspondientes tasas previstas en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre o en su caso que se encuentra exento de su abono conforme al artículo 4.2 de la citada ley.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la dicta, leyéndola en audiencia pública en el lugar y fecha antes indicados, de lo que doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Melo Díaz Pastelería, S.L.U. en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 29 de julio de 2015.

El/la Secretario/a.

CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL8008 7416

Procedimiento: Despidos/Ceses en general.

Nº procedimiento: 0000483/2015.

NIG: 3803844420150003473.

Materia: resolución contrato.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17829

IUP: TS2015019533.

Demandante: Disney Rodríguez Enoa.

Demandado: Mitaller Integral del Automóvil, S.L.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

D./Dña. María del Cristo Saavedra Oliva, Secretario/a Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en los autos seguidos bajo el número 0000483/2015 en materia de resolución contrato a instancia de D./Dña. Disney Rodríguez Enoa contra Mitaller Integral del Automóvil, S.L., se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignorado paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 2 de octubre de 2015 a las 9.50 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo, se le requiere para que concurra al acto, al efecto de contestar al interroga-torio de preguntas de la contraparte, si así se hubiese interesado, así como para que aporte la documental que se indica en la demanda, cuya admisión se acor-dó por resolución judicial, haciéndole saber que las copias de la misma se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a Mitaller Integral del Automóvil, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 28 de julio de 2015.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

El/la Secretario/a Judicial.

CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO8009 7417

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales.

N° procedimiento: 0000266/2015.

Proc. origen: Procedimiento ordinario.

N° proc. origen: 0000344/2012.

NIG: 3803844420120002586.

Materia: resolución contrato.

IUP: TS2015026148.

Demandante: Beatriz Cristin Lamboglia.

Demandado: Fondo de Garantía Salarial; Fox Intech, S.L.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000266/2015 en materia de reso-lución contrato a instancia de D./D.ª Beatriz Cristin Lamboglia, contra Fondo de Garantía Salarial y Fox Intech, S.L., se ha dictado auto y decreto con fecha 31/07/2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:

Parte dispositiva.

Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de D./Dña. Beatriz Cristin Lamboglia contra Fondo de Garantía Salarial y Fox Intech, S.L., por un principal de 2.485,48 euros, más 397,67 euros de intereses provisionales y la de costas provisionales.

Se autoriza solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria.

Modo de impugnación.- Recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano.

Parte dispositiva.

Decreto:

Se dicta orden general de ejecución y se despacha la misma contra Fondo de Garantía Salarial y Fox Intech, S.L. en cantidad suficiente a cubrir la suma de 2.485,48 euros de principal, más 397,67 euros para intereses y costas que se presupuestan para intereses y costas de esta ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación.

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17830 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

Procédase sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes y derechos de la parte ejecutada Fox Intech, S.L., en cantidad suficiente para cubrir dichas sumas.

Y a tal efecto, recábese información, a través del Punto Neutro Judicial, de las bases de datos de las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban tener constancia de bienes o derechos susceptibles de embargo, procediéndose desde ahora sobre los más realizables que resulten de la consulta, guardándose el orden fijado en la Ley y librándose los despachos que resulten necesarios para la anotación del embargo y las retenciones dinerarias que procedan.

Hágase saber al deudor que puede evitar el embargo si efectúa el pago de las cantidades reclamadas ingre-sándolas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Santander si es por transferencia al número de cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, incluyendo en el apartado de observaciones el número de cuenta del Juzgado 3795 0000 Ejecución de títulos judiciales 0000266/2015, Cuenta Corriente.

Notifíquese la presente resolución a Fondo de Garantía Salarial, Beatriz Cristin Lamboglia y Fox Intech, S.L.

Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fox Intech, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el BOP, en Santa Cruz de Tenerife, a 31 de julio de 2015.

El/la Secretario/a.

CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO8010 7418

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales.

N° procedimiento: 0000366/2014.

Proc. origen: Procedimiento ordinario.

N° proc. origen: 0001047/2011.

NIG: 3803844420110008546.

Materia: reclamación de cantidad.

IUP: TS2014033668.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

D./D.ª María Mercedes Guerrero Rodríguez, Se-cretario Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el proce-dimiento n° 0000366/2014 en materia de reclamación de cantidad a instancia de D./D.ª Juan Alberto Afonso Pérez y Juan Antonio Pérez Rodríguez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Serfonta, S.L.U. y Mutua de Accidentes de Canarias, se ha dictado auto y decreto con fecha 27/07/2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:

Parte dispositiva.

Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de D./Dña. Juan Alberto Afonso Pérez y Juan Antonio Pérez Rodríguez contra Serfonta, S.L.U., por un principal de 362,37 euros (293,04 euros a Don Juan Alberto Afonso Pérez y la cantidad de 69,33 euros a Don Juan Antonio Pérez Rodríguez), más 57,97 euros de intereses provisionales y la de costas provisionales, no procediendo despachar ejecución respecto de la Mutua MAC hasta que se proceda a la averiguación de bienes de la ejecutada Serfonta, S.L.U. y la declaración de insolvencia, debiendo responder la Mutua, subsidiariamente, en caso de insolvencia de dicha empresa, alcanzando la respon-sabilidad al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General, en los supuestos de insolvencia de la Mutua.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17831

Se autoriza solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria.

Modo de impugnación.- Recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el que podrá deducir oposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad (art. 239.4 LRJS).

Decreto.

Parte dispositiva.

Se dicta orden general de ejecución y se despacha la misma contra Serfonta, S.L.U. en cantidad suficiente a cubrir la suma de

Procédase sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes y derechos de la parte ejecutada Serfonta, S.L.U., por un principal de 362,37 euros (293,04 euros a Don Juan Alberto Afonso Pérez y la cantidad de 69,33 euros a Don Juan Antonio Pérez Rodríguez), más 57,97 euros de intereses provisio-nales y la de costas provisionales, no procediendo despachar ejecución respecto de la Mutua MAC hasta que se proceda a la averiguación de bienes de la ejecutada Serfonta, S.L.U. y la declaración de insolvencia, debiendo responder la Mutua, subsidia-riamente, en caso de insolvencia de dicha empresa, alcanzando la responsabilidad al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General, en los supuestos de insolvencia de la Mutua.

Y a tal efecto, recábese información, a través del Punto Neutro Judicial, de las bases de datos de las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban tener constancia de bienes o derechos susceptibles de embargo, procediéndose desde ahora sobre los más realizables que resulten de la consulta, guardándose el orden fijado en la Ley y librándose los despachos que resulten necesarios para la anotación del embargo y las retenciones dinerarias que procedan.

Hágase saber al deudor que puede evitar el embargo si efectúa el pago de las cantidades reclamadas ingre-sándolas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Santander si es por transferencia al número de cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, incluyendo en el apartado de observaciones el número de cuenta del

Juzgado 3795 0000 64 0366 14 Ejecución de títulos judiciales 0000366/2014, Cuenta Corriente.

Notifíquese la presente resolución a Instituto Na-cional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Serfonta, S.L.U., Mutua de Accidentes de Canarias, Juan Alberto Afonso Pérez y Juan Antonio Pérez Rodríguez.

Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Serfonta, S.L.U., en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 27 de julio de 2015.

El/la Secretario/a.

CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO8011 7419

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales.

N° procedimiento: 0000215/2015.

Proc. origen: Despidos/Ceses en general.

N° proc. origen: 0000790/2014.

NIG: 3803844420140005857.

Materia: despido disciplinario.

IUP: TS2015021704.

Ejecutante: Victa Dorta Linares.

Ejecutado: San Miguel Arcángel 21 División, S.L.U.; FOGASA.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

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17832 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

D./D.ª María José Parra Lozano, Secretario Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000215/2015 en materia de despido disciplinario a instancia de D./D.ª Victa Dorta Linares, contra San Miguel Arcángel 21 División, S.L.U., por S.S.ª se ha dictado auto con fecha 24.07.2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:

Parte dispositiva.

Se estima el incidente promovido por doña Victa Dorta Linares frente a la entidad, San Miguel Arcán-gel 21 División, S.L.U. y, en consecuencia, procede declarar extinguida la relación laboral, con efectos desde la presente resolución (24 de julio de 2015), con la obligación de la citada entidad de abonar, en concepto de indemnización, la suma de 289,38 euros con los correspondientes salarios de tramitación, en el importe de 2.092,22 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que frente a la misma podrá inter-ponerse recurso de reposición en el plazo de los tres días siguientes a su notificación.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a San Miguel Arcángel 21 División, S.L.U., en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el BOP, en Santa Cruz de Tenerife, a 28 de julio de 2015.

El/la Secretario/a.

E D I C T O8012 7420

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales.

N° procedimiento: 0000260/2015.

Proc. origen: Procedimiento ordinario.

N° proc. origen: 0000999/2013.

NIG: 3803844420130007088.

Materia: reclamación de cantidad.

IUP: TS2015025672.

Ejecutante: Pierluigi Tassi.

Ejecutado: Sueño Azul, S.A.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

D.ª María José Parra Lozano, Secretaria Judicial de este Juzgado de lo Social n° 2 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento Eje-cución n° 0000260/2015 en materia de reclamación de cantidad a instancia de D. Pierluigi Tassi, contra Sueño Azul, S.A. se ha dictado auto y Decreto con fecha 27 de julio de 2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:

Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de D. Pierluigi Tassi contra Sueño Azul, S.A., por un principal de 9.877,56, más 1.580 euros de intereses y de costas provisionales.

Practíquense por el Sr./Sra. Secretario Judicial las actuaciones previstas en los arts. 248 y ss. de la LRJS. Se autoriza solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria.

Modo de impugnación.- Recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el que podrá deducir oposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad (art. 239.4 LRJS).

Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, bene-ficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependien-tes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuen-ta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander c/c 3795/0000/64/0260/15; para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta: IBAN ES55 0049 3569 92 005001274.

Así se acuerda, manda y firma por Dña. Rosa María Reyes González, Magistrado Juez del nombre órgano de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17833

Se decreta:

1°.- Despachar le ejecución instada y el embargo de bienes de la titularidad de la empresa Sueño Azul, S.A., para responder del pago de la suma de 9.877,56 euros de principal, más la suma de 1.580 euros que se calculan provisionalmente para costas.

2°.- Recábese información, a través del Punto Neu-tro Judicial, de las bases de datos de las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban tener constancia de bienes o derechos sus-ceptibles de embargo, y líbrese otros despachos que resulten necesarios a otros Organismos a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada Sueño Azul, S.A.

3°.- Se hace saber a la empresa ejecutada que puede evitar el embargo de sus bienes, previo pago de las expresadas cantidades, ingresando las mismas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzga-do en el Banco Santander c/c 3795/0000/64/0260/15; para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta: IBAN ES55 0049 3569 92 005001274.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma.

Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, bene-ficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependien-tes de ellos, intente interponer recurso de revisión, de-berá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander c/c 3795/0000/64/0260/15; para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta: IBAN ES55 0049 3569 92 005001274.

Así lo acuerdo y firmo Dña. María José Parra Lo-zano, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Social n° 2. Doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Sueño Azul, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 27 de julio de 2015.

La Secretaria.

JUZGADO DE LO SOCIAL N° 3 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

E D I C T O8013 7410

Procedimiento: Procedimiento ordinario.

N° Procedimiento: 0000046/2015.

NIG: 3803844420150000305.

Materia: reclamación de cantidad.

IUP: TS2015001349.

Demandante: Jorge Dorta González.

Demandado: Transportes Damadri S.L.; Transmale S.L.; FOGASA.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 59 de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente se notifica a Transportes Damadri S.L., a fin de que conozca el fallo de la Sentencia de 10/06/2015 bajo apercibimiento de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

Insértese un extracto de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Fallo: debo estimar y estimo la demanda presentada por don Jorge Dorta González y, con consecuencia, debo condenar y condeno a las empresas Transpor-tes Damadri S.L. y Transportes Trasmale S.L. al pago al actor, de manera solidaria, de las siguientes cantidades:

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17834 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

- 3.698,70 euros por los salarios más el 10% de la mora patronal.

- 2.000 euros por la indemnización por despido.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad sub-sidiaria que tenga el FOGASA.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, por medio de este Juzgado dentro del plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de la notificación de la misma. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en el Banco Santander a nombre de este Juzgado acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta el anuncio del re-curso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad y para el caso de que se haga por transferencia el número de cuenta es 0049 3569 92 0005001274, al concepto de cuenta expediente 3796 0000 65004615.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la Juez de apoyo al JAT que la dicta, leyéndola en audiencia pública en el lugar y fecha antes indicados, de lo que doy fe.

En Santa Cruz de Tenerife, a 13 de julio de 2015.

El/la Secretario/a Judicial.

CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO8014 7411

Procedimiento: Despidos/Ceses en general.

N° Procedimiento: 0000297/2015.

NIG: 3803844420150002105.

Materia: resolución contrato.

IUP: TS2015011595.

Demandante: María Cynthia Suárez Viña.

Demandado: Beatriz Nazco Valcárcel; FOGASA.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

D.ª María del Cristo Saavedra Oliva, Secretaria Judicial de este Juzgado de lo Social n° 3 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento n° 0000297/2015 en materia de resolución contrato a instancia de D.ª María Cynthia Suárez Viña, contra Beatriz Nazco Valcárcel y FOGASA, por S.S.ª se ha dictado sentencia con fecha 30 de julio de 2015, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:

Fallo: debo estimar y estimo la demanda presentada por doña María Cynthia Suárez Viña contra Beatriz Nazco Valcárcel y en consecuencia:

Primero.- Declaro improcedente el despido de la actora llevado a cabo por la demandada con efectos del día 28 de febrero de 2015.

Segundo.- Condeno a Beatriz Nazco Valcárcel a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia, opte entre la readmisión del actor o le indemnice en la cantidad de 6.560,40 € y, para el caso de optar por la readmisión, le abone una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir, a razón de 24,85 euros diarios, respectiva-mente, desde la fecha de despido hasta la notificación de la presente sentencia o hasta que la demandante hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a esta sentencia y se probase por la parte demandada lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.

De optar por la readmisión la demandada deberá comunicar al trabajador, dentro de los diez días si-guientes a la notificación de esta sentencia, la fecha de su reincorporación al trabajo, para efectuarla en un plazo no inferior a los tres días siguientes al de la recepción del escrito.

Tercero.- Condeno a la demandada a abonar a la actora la cuantía de 1.513,30 euros más el 10% de la mora patronal.

Cuarto.- Todo ello sin perjuicio de la responsabi-lidad subsidiaria que el FOGASA pudiera tener en un futuro.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17835

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, por medio de este Juzgado dentro del plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de la notificación de la misma. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en el Banco Santander a nombre de este Juzgado acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta el anuncio del re-curso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad y para el caso de que se haga por transferencia el número de cuenta es 0049 3569 92 0005001274, al concepto de cuenta expediente 3796 0000 65029715.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la juez de apoyo al JAT en funciones de refuerzo que la dicta, leyéndola en au-diencia pública en el lugar y fecha antes indicados, de lo que doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Beatriz Nazco Valcárcel, en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 31 de julio de 2015.

La Secretaria.

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 6 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

CITACIÓN COMPARECENCIA ART. 278 LPL8015 7384

Procedimiento: ejecución de títulos judiciales.

Nº procedimiento: 0000208/2015.

Proc. origen: despidos/ceses en general.

Nº proc. origen: 0000630/2014.

NIG: 3803844420140004423.

Materia: resolución contrato.

IUP: TS2015026226.

Ejecutante: Ayoze Sánchez Ortega.

Ejecutado: FOGASA; Defruve Tenerife S.L.

Abogado: Juan González Castro.

Procurador: ---.

Dña. María Mercedes Guerrero Rodríguez, Se-cretario Judicial de este Juzgado de lo Social nº 6 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en los autos de referencia Ejecución de títulos judiciales nº 0000208/2015, seguidos a instancia del ejecu-tante Ayoze Sánchez Ortega contra el ejecutado FOGASA y Defruve Tenerife S.L., por la presente se ha acordado citarle mediante edicto dado su ig-norado paradero, para la comparecencia sobre la no readmisión o readmisión irregular que tendrá lugar el próximo día 15 de octubre de 2015 a las 9:05, con la advertencia de que debe concurrir con las pruebas de que intente valerse y que versen sobre los hechos de la no readmisión o readmisión irregular alegada. Asimismo, se le advierte que el acto se celebrará no obstante su incomparecencia.

Y para que sirva de citación en legal forma a De-fruve Tenerife S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 3 de agosto de 2015.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

La Secretaria.

CITACIÓN COMPARECENCIA ART. 278 LPL8016 7405

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales.

N° procedimiento: 0000204/2015.

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17836 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

Proc. origen: Despidos/Ceses en general.

N° proc. origen: 0000244/2014.

NIG: 3803844420140001751.

Materia: resolución contrato.

IUP: TS2015026222.

Ejecutante: Siddharta Garbini.

Ejecutado: FOGASA; Huaax Chen.

Abogado: Juan González Castro.

Procurador: ---.

Dña. María Mercedes Guerrero Rodríguez, Se-cretario Judicial de este Juzgado de lo Social n° 6 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en los autos de referencia Ejecución de títulos judiciales n° 0000204/2015, seguidos a instancia del ejecutante Siddharta Garbini, contra el ejecutado Huaax Chen, por la presente se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignorado paradero, para la comparecencia sobre la no readmisión o readmisión irregular que tendrá lugar el próximo día 21 de octubre de 2015 a las 9:10 horas, con la advertencia de que debe concurrir con las pruebas de que intente valerse y que versen sobre los hechos de la no readmisión o readmisión irregular alegada. Asimismo, se le advierte que el acto se celebrará no obstante su incomparecencia.

Y para que sirva de citación en legal forma a Huaax Chen, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 3 de agosto de 2015.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

La Secretaria.

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 7 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL8017 7407

Procedimiento: Procedimiento ordinario.

N° procedimiento: 0000456/2015.

NIG: 3803844420150003228.

Materia: reclamación de cantidad.

IUP: TS2015018084.

Demandante: Claudia Marcela Mina Riascos.

Demandado: Francisco José Cáceres Acosta; Fondo de Garantía Salarial.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

Dña. María del Cristo Saavedra Oliva, Secretaria Judicial de este Juzgado de lo Social n° 7 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en los autos se-guidos bajo el número 0000456/2015 en materia de reclamación de cantidad a instancia de Dña. Claudia Marcela Mina Riascos contra D. Francisco José Cáceres Acosta y Fondo de Garantía Salarial, se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignorado paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 14 de octubre de 2015 a las 10 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo, se le requiere para que concurra al acto, al efecto de contestar al interrogatorio de preguntas de la contraparte, si así se hubiese interesado, así como para que aporte la documental que se indica en la demanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial, haciéndole saber que las copias de la misma se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a Fran-cisco José Cáceres Acosta, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Santa Cruz de Tenerife, a 31 de julio de 2015.

Se advierte al destinatario que las siguientes comu-nicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

La Secretaria Judicial.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17837

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

E D I C T O8018 7376

Procedimiento: ejecución de títulos judiciales.

Nº procedimiento: 0000131/2015.

Proc. origen: despidos/ceses en general.

Nº proc. origen: 0000507/2014.

NIG: 3501644420140005164.

Materia: despido disciplinario

IUP: LS2015028079.

Demandado: Yeray Pérez Jiménez; Distin Rapid Canarias S.L.

Abogado: Domingo Tarajano Mesa.

Procurador: ---.

D./Dña. Margarita Betancor Rodríguez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria I, hago saber: que en procedimiento tramitado en este Juzgado al 0000131/2015, a ins-tancia de D./Dña. Yeray Pérez Jiménez contra Distin Rapid Canarias S.L. se ha dictado Auto de fecha 29 de julio de 2015 contra el que cabe interponer el siguiente recurso:

“Modo de impugnación.- Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a Distin Rapid Canarias S.L., en ignorado paradero, y haciéndole saber que las resoluciones íntegras se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en la oficina judicial, expido la presente para su publicación en el BO Prov. de Las Palmas de Gran Canaria.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de julio de 2015.

El/la Secretario/a Judicial.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE

LOS LLANOS DE ARIDANE

E D I C T O8019 7377

Procedimiento: Juicio de Faltas.

Nº procedimiento: 0000460/2015.

NIG: 3802441220150000955.

Denunciante: María Teresa Nat Peinado.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

D./Dña. María Lourdes Zárate Salazar, Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Llanos de Aridane (Los).

Hago saber: que en este Juzgado de mi cargo se sigue Juicio de faltas por estafa habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

En Los Llanos de Aridane, a 15 de junio de 2015.

S.S.ª Ilma. doña Estrella Monleón Herrera, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Los Llanos de Aridane y su Partido Judicial, ha visto los presentes autos de Juicio de Faltas, seguidos con el núm. 460/2015, en los que son partes como denun-ciante María Teresa Nat Peinado y como denunciado Juan Antonio Alonso Martínez y en representación de la acción pública el Ministerio Fiscal.

Fallo:

Absuelvo a Juan Antonio Alonso Martínez de la falta por la que venía inculpado, declarando de oficio las costas causadas.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación en este juzgado en el plazo de cinco días a partir de la última notificación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

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17838 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015

Y para que sirva de notificación de sentencia a Dña. María Teresa Nat Peinado, hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente en Llanos de Aridane (Los), a 27 de julio de 2015.

El/la Secretario/a Judicial.

E D I C T O8020 7378

Procedimiento: Juicio de Faltas.

Nº procedimiento: 0000972/2014.

NIG: 3802441220140001856.

IUP: JI2014001315.

Denunciado: Yasandra Martín Martín.

Denunciante: Jacob Pérez Piñero; Mary Sol Aricapa Trejos; Mary Sol Aricapa Trejos.

Abogado: ---.

Procurador: ---.

D./Dña. María Lourdes Zárate Salazar, Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 2 de Llanos de Aridane (Los).

Hago saber: que en este Juzgado de mi cargo se sigue Juicio de faltas por amenazas habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

En Los Llanos de Aridane, a 1 de junio de 2015.

S.S.ª Ilma. doña Estrella Monleón Herrera, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N° 2 de Los Llanos de Aridane y su Partido Judicial, ha visto los presentes autos de Juicio de Faltas, se-guidos con el núm. 972/2014, en los que son partes como denunciantes Jacob Pérez Piñero y Mary Sol Aricapa Trejos y como denunciada Yasandra Martín Martín y en representación de la acción pública el Ministerio Fiscal.

Fallo:

Absuelvo a Yasandra Martín Martín de la falta por la que venía inculpada, declarando de oficio las costas causadas.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación en este juzgado en el plazo de cinco días a partir de la última notificación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a Dña. Yasandra Martín Martín, hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente en Llanos de Aridane (Los), a 28 de julio de 2015.

El/la Secretario/a Judicial.

V. ANUNCIOS PARTICULARES

COMUNIDAD DE AGUAS “SALTO DE LA BARANDA”

Santa Cruz de La Palma

A N U N C I O8021 7375

Habiéndose extraviado las certificaciones núme-ros 380 y 381, acreditativas de las participaciones que D.ª Rosario Gregoria Marante Pérez, posee en esta Comunidad, y con el fin de extenderles los correspondientes duplicados, se hace público por este medio, de acuerdo con el Artículo sexto de nuestros Estatutos, por si alguna persona se sintiere perjudicada y tuviere alguna reclamación que hacer.

Breña Baja, a 9 de marzo de 2015.

El Presidente.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 104, viernes 14 de agosto de 2015 17839

CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN

DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

A N U N C I O8022 7379

La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife informa de la exposición pública en su página www.camarate-nerife.com/tablón de anuncios, de la Convocatoria Pública de ayudas destinadas al fomento del empleo de 2015 en el marco del Programa Local de Apoyo al Empleo, cofinanciado por el Fondo Social Europeo y que cuenta con la participación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, la Cámara de Comercio Oficial de Comercio Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife, y el Cabildo Insular de Tenerife. En dicha dirección podrá descargarse, junto con la convocato-ria, la solicitud de participación que debe presentarse en las oficinas de esta Corporación. El plazo de aceptación de solicitudes se abre 10 días naturales después de la publicación de este anuncio y quedará

abierto hasta el 15 de octubre de 2015, siendo las 24 horas la hora límite; o hasta agotar la disponibilidad presupuestaria asociada a la presente convocatoria.

COMUNIDAD DE BIENES HIDRÁULICA BREÑA ALTA

EXTRAVÍO8023 7374

Se anuncia el extravío de las participaciones nú-mero 495 y 496 a nombre de doña Gregoria Marante Pérez, advirtiéndose que de no formularse reclama-ción alguna en el plazo de diez días se considerarán anuladas, procediéndose a expedir nuevos títulos de conformidad con lo dispuesto en los estatutos vigentes de esta comunidad.

Breña Baja, a 10 de abril de 2015.

El Presidente.

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Franqueo

Concertado

38/5

DEPÓSITO LEGAL: T.F. 1/1958

BOLETÍN OFICIALDE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

Año XC Número 104Viernes, 14 de agosto de 2015

GOBIERNO DE CANARIAS