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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE FUERTEVENTURA 17938 Ordenanza específica por la que se regula el régimen de subvenciones para la instalación de sistemas de depuración unifamiliar de aguas residuales domésticas ............................................................................................................................................ EXCMO. CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA 17866 Listas provisionales de la convocatoria de consolidación de empleo temporal para cubrir plazas de la plantilla de funcionarios incluidas en las ofertas de empleo público 2005 y 2008 de este Cabildo ....................................................... EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 17872 Notificaciones de unidades de enterramiento vencidas de Miguel Ángel Afonso Jiménez y otros .................................... 17531 Solicitud licencia municipal de Ronny Abelardo Barria Vargas, para sala de celebraciones .............................................. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE 17506-A Notificación a Julián Andrés Agudelo Alzate y otros ......................................................................................................... 17506-B Notificación a Rodolfo Acosta Ruiz y otros ........................................................................................................................ 17507-A Notificación a Jorge Adrián Alonso Hidalgo y otros........................................................................................................... 17507-B Notificación a Moh. Lamine Abidine Abidine y otros ........................................................................................................ ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE INGENIO 17747 Ordenanza municipal reguladora de la creación de varios ficheros de datos de carácter personal ..................................... ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA ALDEA DE SAN NICOLÁS 17871 Información pública de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de ayuda a domicilio........... BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS GOBIERNO DE CANARIAS Año LXXXV Lunes, 11 de Octubre de 2010 Número 131 SUMARIO Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas Depósito Legal G.C. 1/1958 Edita: Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad Secretaría Territorial Edificio de Usos Múltiples I, planta baja C/ Profesor Agustín Millares Carló, 22 Tfno.: (928) 30.63.84. Fax: (928) 30.67.00 35071 Las Palmas de Gran Canaria Imprime: Sociedad Laboral Edición Canaria, S.A. C/ Doctor Juan de Padilla, 7 Tfno.: (928) 36.24.11. - (928) 36.23.36 Correo electrónico: [email protected] 35002 Las Palmas de Gran Canaria TARIFAS Inserción: 0,81 euros/mm de altura Suscripción anual: 60,10 euros más gastos de franqueo Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad mediante oficio 21012 21024 21024 21026 21026 21028 21030 21032 21035 21051 NÚMERO REGISTRO PÁGINA

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III. ADMINISTRACIÓN LOCALCONSEJO INSULAR DE AGUAS DE FUERTEVENTURA

17938 Ordenanza específica por la que se regula el régimen de subvenciones para la instalación de sistemas de depuración unifamiliarde aguas residuales domésticas............................................................................................................................................EXCMO. CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA

17866 Listas provisionales de la convocatoria de consolidación de empleo temporal para cubrir plazas de la plantilla defuncionarios incluidas en las ofertas de empleo público 2005 y 2008 de este Cabildo.......................................................EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

17872 Notificaciones de unidades de enterramiento vencidas de Miguel Ángel Afonso Jiménez y otros ....................................17531 Solicitud licencia municipal de Ronny Abelardo Barria Vargas, para sala de celebraciones..............................................

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE17506-A Notificación a Julián Andrés Agudelo Alzate y otros .........................................................................................................17506-B Notificación a Rodolfo Acosta Ruiz y otros ........................................................................................................................17507-A Notificación a Jorge Adrián Alonso Hidalgo y otros...........................................................................................................17507-B Notificación a Moh. Lamine Abidine Abidine y otros ........................................................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE INGENIO17747 Ordenanza municipal reguladora de la creación de varios ficheros de datos de carácter personal .....................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LAALDEADE SAN NICOLÁS17871 Información pública de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de ayuda a domicilio...........

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DELAS PALMAS

GOBIERNO DE CANARIAS

Año LXXXV Lunes, 11 de Octubre de 2010 Número 131

SUMARIO

Boletín Oficial de la Provincia deLas PalmasDepósito Legal G.C. 1/1958Edita: Secretaría General TécnicaConsejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

Secretaría TerritorialEdificio de Usos Múltiples I, planta bajaC/ Profesor Agustín Millares Carló, 22Tfno.: (928) 30.63.84. Fax: (928) 30.67.0035071 Las Palmas de Gran Canaria

Imprime: Sociedad Laboral Edición Canaria, S.A.C/ Doctor Juan de Padilla, 7Tfno.: (928) 36.24.11. - (928) 36.23.36Correo electrónico: [email protected] Las Palmas de Gran Canaria

TARIFASInserción: 0,81 euros/mm

de alturaSuscripción anual: 60,10 euros

más gastos de franqueo

Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de laConsejería de Presidencia, Justicia y Seguridad mediante oficio

21012

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2102421026

21026210282103021032

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NÚMEROREGISTRO PÁGINA

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21010 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN17792 Información pública del reglamento del registro de parejas de hecho ................................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA17824 Concurso para el suministro denominado “Red de Cámaras”.............................................................................................17823 Concurso para las obras “Escuela Taller Municipal9” ........................................................................................................17745 Notificación a Siham Khalakhi y otros................................................................................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCÍADE TIRAJANA16291 Solicitud licencia municipal de Rodríguez y Ortiz, S.C.P., para bar-cafetería ....................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TÍAS17788 Solicitud licencia municipal de Restaurante Macdonald´s, S.A., para restaurante .............................................................17789 Solicitud licencia municipal de Inversiones Terrenales Europeas, S.L., para bar ...............................................................17787 Solicitud licencia municipal de Dante Palsario Zepeda, para bar........................................................................................17786 Apertura de convocatoria para Juez de Paz Titular y Sustituto ...........................................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TUINEJE17937 Instrucción interna para el establecimiento de criterios de interpretación puntuales de las normas subsidiarias ...............17936 Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida domiciliaria de basura ........................................

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIATRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS

17503 Recurso 400/10, Ernesto Santos León contra Comunidad de Propietarios Play, GCSLHB, S.L. y otros ...........................JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1

17560 Juicio 863/10, Grigore Pop contra Fixit Spain, S.L. y otro .................................................................................................17561 Juicio 1.156/09, Antonio Ascanio Santana contra Yesos de Proyección Hermanos Sarmiento y otros..............................17562 Juicio 280/10, Pedro Vera Hernández contra Discosen´K, S.L. y otro................................................................................17563 Juicio 264/10, Salvador Ignacio Murciano Álvarez contra Discosen´K, S.L. y otro ..........................................................17558 Juicio 691/09, Carmen Pilar Siverio González contra Servicios Financieros a Medida Las Palmas, S.L. .........................17559 Juicio 23/09, Gonzalo Blanco Albéniz contra Fix Obras y Reformas, S.L. y otros ............................................................17564 Juicio 881/08, María del Pino Santana Martín y otras contra Coralia Alemán Reyes y otros ............................................17565 Juicio 1.058/04, Susana Cabrera Cabrera contra José Verdugo Acedo y otros ...................................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE SANTACRUZ DE TENERIFE17480 Juicio 59/10, Manuel Jesús González González contra Canary International Forwarding, S.L..........................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 217571 Juicio 1.063/09, Francisca Moreno Navarro contra Kanarische Hightlights, S.L. y otro....................................................17572 Juicio 1.073/09, Octavio Díaz Reyes contra Kanarische Hightlights, S.L. y otro...............................................................17566 Juicio 632/09, Romina Natalia Dávila Hernández contra Holiday Jack Group, S.A. y otro...............................................17567 Juicio 956/09, Alberto Hernández Pérez contra Frobe Canarias, S.L. y otro......................................................................17568 Juicio 687/09, Fernando Betancor Medina contra Spania Fresh Canarias, S.L. y otro .......................................................17569 Juicio 1.199/09, Carmen Nayra Castillo Santana contra Pastelería Los Corales, S.L. y otros............................................17570 Juicio 1.307/08, Juan José López Vera contra Manazil, S.L. y otro ....................................................................................

JUZGADODELOSOCIALNÚMERO2DEARRECIFE-SEDEENPUERTODELROSARIO (FUERTEVENTURA)17934 Juicio 892/10, Enrique Albert González contra Suvane Fomento de Obras, S.L. y otros...................................................17776 Juicio 620/10, Bélgica Perdomo Soto contra Multiservicios Aeroportuarios, S.A. y otros ................................................17777 Juicio 1.724/09, José Antonio Rodríguez Hernández contra Hostmanex, S.L. y otros.......................................................17780 Juicio 1.714/09, Alejandra Beatriz Cuenca contra Las Caletas Decoración, S.L. y otros...................................................17696 Juicio 188/10, Sergio García Corujo contra Inmocabra, S.L. y otro ...................................................................................17497 Juicio 227/10, Estela Verónica Gambetta contra Canarias Turística 2000, S.L. y otro .......................................................17498 Juicio 1.748/09, Asier Benito Díaz contra Moelca, S.L. y otro...........................................................................................17499 Juicio 1.749/09, Francisco Manuel Guerra Guerra contra Moelca, S.L. y otro...................................................................17473 Juicio 212/10, José Antonio Calvo Bengoa contra Krriscee, S.L. y otro ............................................................................17881 Juicio 1.716/09, Óscar Alejandro Lorenzo Santana contra Asturcana, S.L. y otros............................................................17880 Juicio 1.715/09, Roxana Soledad Romano contra Hostmanex, S.L. y otros .......................................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 317612 Juicio 392/10, Graciele Juliana Siqueira contra Juan José Santome López y otros ............................................................17619 Juicio 390/10, Nayra Monroy Hermogenes contra Mantenimiento de Comunidades y Edificios H. Jiménez, S.L.U........

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 417556 Juicio 274/10, Francisco Serrudo contra José Luis Sosa Jiménez y otro ............................................................................17582 Juicio 226/10, Alfredo Gil Bacallao contra Sil Grupo de Servicios Integrales Canarios de Limpiezas, S.L. y otro ..........

21052

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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21011

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE SANTACRUZ DE TENERIFE17481 Juicio 317/10, Modesto A. Morell Jiménez contra Promotur Gran Canaria JL, S.L...........................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 517555 Juicio 351/10, Nicolás Viera Socorro contra Timagada, S.L. y otro ...................................................................................17583 Juicio 930/10, Julio Alberto Márquez Darias contra Postcenter Canarias, S.L.U. y otro....................................................17584 Juicio 301/10, Sergio Garvey Pozo Chavez contra Canary Col Import Export, S.L. y otro ...............................................17590 Juicio 105/08, Francisco Javier González Martín contra Tazirga Canarias, S.L. ................................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 617554 Juicio 947/10, Pino Ángela Monzón Santiago contra Multiservicios Aeroportuarios, S.A. y otros ...................................17557 Juicio 915/10, Orlando Manuel Jorge García contra Samper Croissier, S.L. y otros ..........................................................17573 Juicio 458/09, Yéssica Medina Cedrés contra Summerfield, S.A. Pinkie y otro ................................................................17574 Juicio 459/09, Consorcio de Servicios, S.A. contra Laura Santana Rodríguez ...................................................................17575 Juicio 488/09, Roberto Javier Acosta Santana. contra Comercial Lobot, S.L.....................................................................17576 Juicio 514/09, Luis Hernández González contra Jerober Construcciones y Reformas, S.L. y otros...................................17577 Juicio 542/09, Juana María Ballesteros Randzio contra Jusati Sessions, S.L. y otro ..........................................................17578 Juicio 530/09, Antonio Lorenzo Trujillo Santana contra Las Palmas Los Jiles, S.L. y otro ...............................................17657 Juicio 1.406/08, Rosario Ramírez Quintana contra Mutua Universal y otros .....................................................................17544 Juicio 46/10, Pedro Jorge Tavio Sánchez contra Juedanissa, S.L. y otro ............................................................................17545 Juicio 324/10, Santiago Figueiras Artiles contra Mengana, S.L. y otro ..............................................................................17546 Juicio 150/10, Mónica Marrero Jiménez contra Grupo FCG y otros ..................................................................................17547 Juicio 234/10, Juan Francisco García Rodríguez contra Comerfra, S.L. y otros.................................................................17548 Juicio 360/09, Francisco Marcial Vega contra Taller Los Clavos y otro .............................................................................17549 Juicio 284/10, Francisco Castellano Padilla contra Carmen Melián Ortega, S.L. y otro ....................................................17550 Juicio 275/10, Agustín Santana Déniz contra Infecla, S.L. y otro.......................................................................................17551 Juicio 319/09, Alfredo José González Peñate contra Ismael Gisbert Monzo y otro............................................................17553 Juicio 1.326/08, Juan Pedro Márquez Méndez contra Detralquil Canarias, S.L. y otro......................................................17658 Juicio 570/09, Guadalupe Pérez Miranda contra Provicasa 500, S.L. y otros.....................................................................17659 Juicio 529/09, Gena del Pino Padilla López contra Canarias de Limpieza Urbana, S.A. ...................................................17660 Juicio 1.158/08, Domingo Vega Talavera y otros contra Central Restauración Calabria, S.L. y otro.................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 717761 Juicio 954/10, María del Carmen Lorenzo Montesdeoca contra El Oráculo de Abatar, S.L. y otro ...................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 917648 Juicio 688/10, Domingo Falcón Rivero contra Camacan 50, S.L. y otro ............................................................................17579 Juicio 546/10, Pedro Manuel Ramos Morán contra Francisco Javier Pérez Cabrera y otro ...............................................17580 Juicio 333/10, Mutua Unversal Mugenat de Accidentes de Trabajo y E.P. de la S.S. Número 10 contra Proinde Industrial,

S.L. y otros...........................................................................................................................................................................17581 Juicio 427/10, María Concepción Rivero Rivero contra Domingo Tarajano Lantigua, S.L. ..............................................

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 1 DE ARUCAS15976 Expediente de dominio 212/08, de Jesús Vicente Medina Quintana y otra (Valleseco)......................................................

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 2 DE SANTAMARÍADE GUÍA17060 Expediente de dominio 66/10, de José Juan Rodríguez Pérez (Gáldar) ..............................................................................

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 8 DE ARRECIFE16506 Expediente de dominio 639/08, de Gestiones Negi Siglo XXI, S.L....................................................................................17063 Expediente de dominio 461/10, de Rogelio Tenorio de Paíz...............................................................................................

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 147582-Bis Juicio 1.085/08, Enrique Schamann González contra Asociación Socio Cultural de Ayuda a los Animales Lassie

y otros .................................................................................................................................................................................JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 3 DE ARRECIFE

17868 Juicio 97/10, citación a Tania Betina Robayna Lemes y otros ............................................................................................17869 Juicio 124/10, citación a Mussa Balde y otro ......................................................................................................................

JUZGADO DE PAZ DE PÁJARA17928 Relación citaciones. Juicio 36/10 y otros.............................................................................................................................

V. ANUNCIOS PARTICULARESAQUALIA-GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA, S.A. (INGENIO)

17734 Plazo fijado como período voluntario para el cobro de los recibos correspondientes a la tasa de abastecimiento de aguapotable y otros......................................................................................................................................................................

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

CONSEJO INSULAR DE AGUASDE FUERTEVENTURA

ANUNCIO16.334

De 6 de octubre de 2010, referente al acuerdoadoptado por la Junta General del Consejo Insular deAguas de Fuerteventura, sesión extraordinaria, defecha 4 de octubre de 2010, relativo a la rectificaciónde error en las Ordenanzas Generales de subvenciónpara la instalación de depuradoras unifamiliares:

1º. Rectificar el error material padecido en la BaseSexta, párrafo segundo de la Ordenanza Específicadel Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, porla que se regula el régimen de las subvenciones parala instalación de sistemas de depuración unifamiliarde aguas residuales domésticas, en la Isla deFuerteventura, aprobadas en la sesión extraordinariade la Junta General, celebrada e 2 de julio de 2010,en los siguientes términos:

DONDE DICE: “el plazo de presentación desolicitudes finalizará transcurridos DOS (2) MESESdesde el día siguiente al de la publicación de laspresentes Ordenanzas en el Boletín Oficial de LasPalmas.”

DEBE DECIR: “El plazo de presentación desolicitudes finalizará transcurridos DOS (2) MESESdesde el día siguiente al de la publicación de laconvocatoria efectuada por la Junta de Gobierno deeste Organismo.”

2º. Publicar definitivamente dichas Ordenanzasconteniendo la corrección de error reseñado, que seadjunta como anexo.

ANEXO

ORDENANZAESPECÍFICADELCONSEJOINSULARDEAGUASDEFUERTEVENTURA,POR LA QUE SE REGULA EL RÉGIMEN DESUBVENCIONESPARALAINSTALACIÓNDE

SISTEMASDEDEPURACIÓNUNIFAMILIARDE AGUAS RESIDUALES DOMÉSTICAS, ENLA ISLADE FUERTEVENTURA.

El Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura,dentro de su programa de actuación, contempla unalínea de subvención encaminada a la colaboracióneconómica para la instalación de sistemas de depuraciónunifamiliar de aguas residuales domésticas en aquellasviviendas unifamiliares que no puedan realizar elenganche al sistema de saneamiento local, en la Islade Fuerteventura.

Conforme a las condiciones de organización yfuncionamiento de este Organismo, y con la finalidadde continuar con las actuaciones llevadas a cabo enaños anteriores, mediante la presente ordenanzaespecífica se pretende adaptar el marco regulador delas citadas subvenciones a los sistemas existentes dedepuración de las aguas residuales procedentes deviviendas unifamiliares.

Básicamente hay tres sistemas habituales para tratarlas aguas residuales procedentes de viviendasunifamiliares, que se describen a continuación deforma general:

- Fosa Séptica: es el sistema más básico de depuración,y el que suele ofrecer los resultados más pobres. Encondiciones normales de servicio, se hace muy difícilcumplir normativa alguna con la sola instalación deuna fosa séptica.

En la fosa séptica, que puede contar con doscompartimentos o dispositivos, las aguas residualesentran en el primero donde las materias más pesadasse sitúan por su peso en la parte inferior del depósito,y las más ligeras, flotan encima del nivel del agua.Posteriormente el agua pasa al segundo compartimentoen el que se realiza el mismo proceso, pero en menorcuantía. En los dos compartimentos o dispositivos seefectúa una degradación anaerobia de la materiaorgánica.

- Conjunto Compacto (fosa + filtro): Se trata de unsistema formado por decantador digestor fosa y filtrobiológico, en el que las aguas residuales pasan primero

21012 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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por el decantador digestor, que realiza la sedimentaciónprimaria y la digestión de fangos, donde las bacteriasanaeróbicas degradan la materia orgánica,descomponiendo los sólidos. Las aguas clarasposteriormente pasan por el filtro biológico rellenode material filtrante, donde las bacteriasaerobias/anaerobias siguen depurando los restosorgánicos del agua, permitiendo que la calidad del aguade salida sea bastante mejor que con una simple fosaséptica, pudiendo cumplir con la normativa de vertido.

- Depuradora por Oxidación Total: es la solucióndepuratoria más completa y cuenta con dos procesos,en el primero se realiza las funciones de digestiónbiológica aerobia, consiguiendo la descomposiciónbiológica de la materia orgánica mediante la oxidación,mientras que en el segundo se realiza una decantaciónde la materia orgánica y la clarificación del agua.

Con arreglo a ello se establece el siguiente régimende bases:

PRIMERA. OBJETO.

Es objeto de las presentes Bases regular la concesión,en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdocon los principios de publicidad, de disposicióndineraria para la realización de la instalación desistemas de depuración unifamiliar de aguas residualesdomésticas de aquellas viviendas unifamiliares queno puedan realizar el enganche al sistema de saneamientolocal en la isla de Fuerteventura, estableciéndosecomo concepto subvencionable lo siguiente:

Sistema de depuración unifamiliar de aguas residualesdomésticas que permita el vertido de las aguasresiduales sin peligro sanitario, cumpliendo losparámetros exigidos en la legislación vigente:

- Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas.

- Decreto 174/1994, de 29 de julio, por el que seaprueba el Reglamento de Control de Vertidos parala protección del Dominio Público Hidráulico.

- Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que seaprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico.

- Decreto 81/1999, de 6 de mayo, por el que se apruebael Plan Hidrológico Insular de Fuerteventura.

Se describe a continuación los posibles elementosobjeto de subvención que pueden formar parte del sistemade depuración unifamiliar:

A) Arqueta de desbaste: dispositivo de pre-tratamientoque tiene por misión “retirar” de las aguas residuales,los sólidos de gran tamaño que son arrastrados porlas aguas y que pudieran perjudicar a la depuraciónen etapas posteriores, y obstruir las canalizaciones.

B) Separador de grasas y detergentes: dispositivoque recibe las aguas residuales no fecales procedentesde lavabos, bidés, fregaderos, bañeras, etc. Las grasasen suspensión flotan en el agua residual, de donde seretiran periódicamente pasando el agua directamenteal filtro biológico.

C) Conjunto Compacto (fosa con prefiltro + filtrobiológico): sistema decantador digestor fosa y filtrobiológico, en el que las aguas residuales pasan primeropor el decantador digestor, en el que se realiza lasedimentación primaria y la digestión de fangos,donde las bacterias anaeróbicas degradan la materiaorgánica descomponiendo los sólidos. Las aguasclaras posteriormente pasan por el filtro biológico rellenode material filtrante, donde las bacteriasaerobias/anaerobias siguen depurando los restosorgánicos del agua, permitiendo que la calidad del aguade salida cumpla con la normativa de vertido.

D) Depuradora por Oxidación Total: Sistema quecuenta con dos procesos, en el primero se realiza lasfunciones de digestión biológica aerobia, consiguiendola descomposición biológica de la materia orgánicamediante la oxidación, mientras que en el segundose realiza una decantación de la materia orgánica yla clarificación del agua, permitiendo que la calidaddel agua de salida cumpla con la normativa de vertido.

E) Arqueta toma muestras.

F) Elementos de conexión desde la arqueta deregistro colocada en el exterior de la vivienda hastael sistema de depuración.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21013

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En caso de instalación de fosa séptica, solo será objetode subvención si se instala conectando a la salida dela fosa un filtro biológico externo con material filtrantede alto rendimiento, u otro dispositivo externo quepermita que la calidad del agua de salida cumpla conla normativa de vertido.

NO SERÁ CONCEPTO SUBVENCIONABLE:

A) Fosas sépticas como único sistema de depuración.

B) Conjunto Compacto (fosa con prefiltro + filtrobiológico) que no cumpla con la normativa de vertido.

C) La instalación unitaria de los elementos descritosen los apartados A), B), E) y F).

Quedan excluidas de la obtención de subvencioneslas viviendas unifamiliares situadas en urbanizacionesturísticas, residenciales o privadas.

SEGUNDA. CONVOCATORIA.

De conformidad con lo establecido en el artículo23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Generalde Subvenciones (LGS), B.O.E. número 276 de 18de noviembre de 2003, el procedimiento se iniciaráde oficio mediante convocatoria aprobada por laJunta de Gobierno de este Consejo Insular de Aguas.

TERCERA. BENEFICIARIOS:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones queregulan las siguientes ordenanzas las personas físicasque en el momento de solicitar la subvención hayaninstalado un sistema de depuración unifamiliar,cumpliendo los condicionantes impuestos por esteOrganismo en la correspondiente resolución deautorización, no habiendo sido beneficiarios enconvocatorias anteriores, así como aquellos que enel momento de la solicitud de subvención pretendaninstalar el sistema mencionado y se encuentren en trámitede autorización, en ningún caso se atenderá más deuna solicitud por peticionario.

Los peticionarios habrán de reunir, a la finalizacióndel plazo de presentación de solicitudes, los requisitosestablecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS),

los cuales habrán de mantenerse durante el períodode ejecución y justificación de la subvención concedida.

Así mismo los peticionarios de las subvenciones debencumplir adicionalmente los requisitos reseñados acontinuación:

A) Disponer de autorización para la instalación delsistema de depuración unifamiliar de aguas residualesdomésticas objeto de subvención, o bien encontrarseen trámite de resolución.

B) Hallarse al corriente en el cumplimiento de lasobligaciones con la Seguridad Social y con lasobligaciones tributarias con la Hacienda Autonómicay Agencia tributaria. No tener deudas pendientes conel Cabildo Insular de Fuerteventura y Consejo Insularde Aguas de Fuerteventura.

C) Haber procedido a la justificación de las ayudasconcedidas por este Organismo con anterioridad a lapresente convocatoria en la forma y plazos establecidos.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 23.4 de laLGS, la acreditación mediante documentos de loreferido en los párrafos anteriores podrá sustituirsepor la presentación de una declaración responsable(ver anexo II), que será acompañada con la instanciamodelo que se incluye en el anexo I de estas bases.

CUARTA. FINANCIACIÓN.

El importe de la subvención tendrá como límitemáximo el cincuenta por ciento (50%) del coste dela instalación, no pudiendo en ningún caso superardicho importe la cantidad de mil ochocientos euros(1.800,00 €).

El precio de los equipos a instalar ha de estar acordecon el mercado en la fecha de presentación de lasolicitud; de no ser así los servicios técnicos de esteOrganismo procederán a su actualización de cara aobtener el presupuesto subvencionable.

La dotación económica estará condicionada a lasaplicaciones presupuestarias del Consejo Insular deAguas de Fuerteventura, en el capítulo de subvencionesde depuradoras unifamiliares y con el límite de sus

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respectivas disponibilidades crediticias. Esta cantidadpodrá aumentarse, atendiendo a las disponibilidadespresupuestarias del organismo, facultándose paraadoptar las resoluciones que procedan al respecto alPresidente del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventurao Consejero en quien delegue.

QUINTA. DOCUMENTACIÓN.

Los solicitantes deberán aportar los siguientesdocumentos:

A) Solicitud conforme al modelo que se adjunta enanexo I, suscrito por los interesados directamente opor personas que acrediten su representación porcualquier medio válido en derecho.

B) Declaración responsable según modelo anexo II.

C) Documentación que justifique la personalidadde los solicitantes (D.N.I / N.I.F./N.I.E) y su capacidadpara actuar por sí mismos o como representantes,apoderados o cualquier forma de actuación legalmenteválida.

D) Documentos o títulos que acrediten la propiedado disponibilidad del terreno o instalación donde se vayana instalar el sistema de depuración unifamiliar.

E) Autorización emitida por el Consejo Insular deAguas para la instalación del sistema de depuraciónfamiliar, o en su defecto la solicitud de autorizaciónen caso de que se encuentre en trámite.

F) Información técnica básica del sistema dedepuración unifamiliar, emitido por el fabricante o eldistribuidor, que indique el método de depuración, lacapacidad de tratamiento del sistema y el cumplimientode la normativa de vertidos.

G) Factura proforma o presupuesto del coste del sistemade depuración unifamiliar que se pretende colocar, oen su caso factura original de la adquisición delmismo y documentación acreditativa del pago del sistemade depuración unifamiliar (copia del talón, documentoacreditativo de la transferencia, declaración delperceptor del cobro de la depuradora que acredite queha recibido los fondos en el caso en que el pago seha efectuado en efectivo, etc.).

H) En los casos en que el sistema de depuraciónunifamiliar haya sido instalado antes de la presentaciónde la solicitud de subvención, y de conformidad conla resolución de autorización, deberá aportarse lacuenta justificativa del gasto realizado con losjustificantes de gasto reflejados en el punto 2 de laBase Decimosegunda.

I) Copia de Alta de Terceros debidamentecumplimentada por esta Tesorería.

Examinadas las solicitudes y documentación quese acompaña, en el caso de insuficiencia de algúndocumento, se publicará en el Boletín Oficial de laProvincia de Las Palmas un anuncio en el que seharán constar las deficiencias observadas en ladocumentación inicial aportada por los solicitantes,concediéndoseles un plazo de diez (10) días a fin deque subsanen los defectos observados. Excepcionalmente,se podrá conceder un nuevo plazo extraordinario dehasta un (1) mes para la presentación de la referidadocumentación, previa solicitud y con justificacióndel retraso por parte de los interesados. El incumplimientode estas obligaciones dará lugar, previa resolución dictadaen los términos previstos en el artículo 71 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, al archivo de la solicitudcomo consecuencia del desistimiento del interesado.

SEXTA. LUGAR Y PRESENTACIÓN.

Las solicitudes serán dirigidas al Consejo Insularde Aguas de Fuerteventura y se presentarán, junto conla documentación requerida, en las dependencias deeste Organismo sitas en la calle Veintitrés de mayo,número 11 de Puerto del Rosario, o en cualquiera delas dependencias o formas previstas en el artículo 38.4de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada porla Ley 4/1999, de 13 de enero.

El plazo de presentación de solicitudes finalizarátranscurridos DOS (2) MESES desde el día siguienteal de la publicación de la convocatoria efectuada porla Junta de Gobierno de este Organismo.

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SÉPTIMA. CRITERIOS DE VALORACIÓN.

A los efectos previstos en el artículo 22.1 de laLGS, para resolver sobre las solicitudes que sepresenten, el órgano colegiado integrado por elVicepresidente, el Gerente, y un Técnico del ConsejoInsular de Aguas de Fuerteventura designado al efectoen cada convocatoria, a la vista de la documentaciónaportada y de los datos obrantes en el expediente, odemás complementaria que se pudiera recabar, seráel encargado de evaluar las solicitudes y de asignarlas cantidades que correspondan a cada beneficiario,que tendrán como límite máximo el cincuenta por ciento(50%) del coste de la instalación, no pudiendo en ningúncaso superar dicho importe la cantidad de milochocientos euros (1.800,00 €).

En consecuencia la dotación económica máximadisponible recogida en las aplicaciones presupuestariasde subvenciones a depuradoras unifamiliares seráprorrateada entre los beneficiarios de la subvenciónteniendo en cuenta los límites máximos del cincuentapor ciento (50%) del coste de la instalación, así comola cantidad de mil ochocientos euros (1.800,00 €),debiéndose emitir por el órgano colegiado un informeen el que se concrete el resultado de la evaluaciónefectuada.

OCTAVA. INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DELPROCEDIMIENTO.

1. Los órganos competentes para la realización detodas las actuaciones del procedimiento de concesiónserán el órgano instructor, el órgano colegiado y elórgano concedente.

2. El procedimiento para la concesión de subvenciónpara la instalación de sistemas de depuración unifamiliarde aguas residuales domésticas será instruido por laGerencia, y en su defecto por el funcionario designadoal efecto, y resuelto por el Presidente del Consejo Insularde Aguas en el plazo máximo de seis (6) meses,contados a partir del día siguiente al de la finalizacióndel plazo de presentación de solicitudes, siendo la Juntade Gobierno de este Organismo quien formulará lapropuesta de concesión al órgano concedente.

3. Emitido el informe del órgano colegiado, la Juntade Gobierno del Consejo Insular de Aguas evacuaráuna propuesta de resolución provisional de concesiónde subvenciones, que se publicará en el tablón de anunciosde este Consejo Insular de Aguas a los efectos de quedurante diez (10) días se puedan formular alegacionespor los solicitantes.

4. La resolución de concesión de la subvenciónadoptada por el Presidente, que resuelve el procedimiento,y que será notificada individualmente a cada interesado,contendrá indicación expresa de la cuantía inicialque corresponda a cada solicitud aceptada, ademásde las condiciones que deben cumplir los beneficiarios,con señalamiento expreso de los plazos. Así mismose publicará en el Boletín Oficial de la Provincia unarelación de las subvenciones concedidas, precisandoel beneficiario, el destino y la cuantía.

5. En el plazo de quince (15) días hábiles, contadosa partir del siguiente al de la recepción de la notificaciónde concesión de la subvención, los interesados deberánaceptar formalmente la cuantía así como los compromisosque se adquieren (ver modelo anexo III).

6. Contra las Resoluciones del Presidente delConsejo Insular de Aguas podrá interponersepotestativamente Recurso de Reposición ante elmismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un (1)mes, contado a partir del día siguiente al de la recepciónde la notificación, o bien podrá interponerse directamenteRecurso Contencioso-Administrativo en el plazo dedos (2) meses en los términos establecidos en la Leyreguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

7. Toda alteración de las circunstancias y de losrequisitos subjetivos y objetivos, tenidos en cuentapara el otorgamiento del la subvención y, en todo caso,la obtención por el beneficiario de ayudas o subvencionesconcedidas por otras Administraciones o Entespúblicos, podrá dar lugar a la modificación de laresolución de la subvención.

8. En el supuesto de que la instalación que cuentecon subvención de este Organismo, fuese objeto detransferencia de titularidad, tal circunstancia deberáser puesta en conocimiento de este Consejo Insularde Aguas, en el plazo máximo de quince (15) días, a

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los efectos de valorar si es admisible o no la transferenciade la subvención.

9. Las instalaciones objeto de subvención deberánpermanecer como mínimo diez (10) años al serviciode la finalidad para la que aquélla se conceda o, ensu caso, el tiempo de vida útil de la instalación. Enel supuesto de que se pretenda introducir algunamodificación en las instalaciones subvencionadas,se deberá obtener previa y expresa autorización deeste Organismo.

NOVENA. OBLIGACIONES.

1. La aceptación de las subvenciones implica laconformidad y el acatamiento de lo dispuesto en laspresentes Ordenanzas y la legislación aplicable.

2. Los beneficiarios de las subvenciones, antes dela instalación del sistema de depuración unifamiliarobjeto de subvención, deberán contar con la autorizaciónde este Organismo, siendo a su cargo el pago decualquier tributo necesario para las mismas. Elincumplimiento de esta previsión puede originar lapérdida de la subvención otorgada.

3. Los beneficiarios están sujetos a las siguientesobligaciones:

A) Cumplir el objetivo que fundamenta la concesiónde la subvención.

B) Acreditar los requisitos exigidos para teneracceso a la subvención.

C) Realizar y acreditar la realización de la actividado adoptar la conducta que fundamentó la concesiónde la subvención, así como el cumplimiento de lascondiciones impuestas en la resolución de concesiónde la subvención.

D) Someterse a las actuaciones de comprobaciónque, en relación con las subvenciones concedidas, sepractiquen por el Consejo Insular de Aguas deFuerteventura, la Intervención Delegada y la Audienciade Cuentas, facilitando el acceso a las instalacionesasí como facilitar toda la información que le searequerida por los mismos para las labores de inspecciónque se demanden.

E) Comunicar al Consejo Insular de Aguas deFuerteventura, la obtención de otras ayudas osubvenciones, ingresos o recursos que financien laactividad subvencionada, debiendo realizar estacomunicación tan pronto como se conozca, y, en todocaso, con anterioridad a la justificación de la aplicacióndada a los fondos percibidos.

F) Adoptar las medidas de difusión contenidas enel apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, segúnmodelo facilitado por este Consejo.

G) Conservar los documentos justificativos de laaplicación de los fondos recibidos, incluidos losdocumentos electrónicos, en cuanto puedan ser objetode más actuaciones de comprobación y control.

DÉCIMA. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LASACTIVIDADES SUBVENCIONADAS.

El plazo de ejecución de las actividades objeto desubvención será el establecido en la correspondienteconvocatoria pública de subvenciones.

DECIMOPRIMERA. PLAZOS EXTRAORDI-NARIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LASOBLIGACIONES.

1. Transcurrido el plazo previsto en el apartado 5ºde la Base Octava, el Presidente del Consejo Insularde Aguas de Fuerteventura podrá, previa solicitudformulada por los beneficiarios y a propuesta delÓrgano Instructor conceder un plazo extraordinariode hasta QUINCE (15) DÍAS, contado a partir del díasiguiente a aquel en que tenga lugar la notificaciónde concesión del plazo extraordinario, para elcumplimiento de la obligación referida en la citadaBase.

2. Asimismo, y respecto al plazo previsto en laBase Decimosegunda, el Presidente del ConsejoInsular de Aguas podrá, previo informe del técnicodel Consejo Insular de Aguas de Fuerteventuradesignado al efecto, y a propuesta del Órgano Instructor,con carácter excepcional e improrrogable, concederun plazo extraordinario, a aquellos beneficiarios desubvenciones que lo soliciten antes de la finalizacióndel plazo anteriormente previsto.

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3. En los supuestos de no concesión de los periodosextraordinarios, el citado órgano iniciará expedientede caducidad de la concesión de la subvención apropuesta del Órgano instructor, quedando laAdministración facultada para adoptar la decisiónque estime oportuna en relación al importe noconcedido.

DECIMOSEGUNDA. JUSTIFICACIÓN YABONODE LA SUBVENCIÓN.

1. La subvención se abonará al beneficiario previajustificación de los gastos de la ejecución de lasinstalaciones del sistema de depuración unifamiliarde acuerdo a la autorización otorgada por esteOrganismo.

2. La justificación de la subvención por parte delbeneficiario se realizará mediante la aportación de lasiguiente documentación:

- Cuenta Justificativa del gasto realizado conformeal anexo V de la presente Ordenanza.

- Factura original de la adquisición del sistema dedepuración unifamiliar, acompañada de la documentaciónque acredite el pago de la misma.

- Certificado del fabricante o del distribuidor queindique la información técnica básica del tipo desistema de depuración unifamiliar instalado, incluyendoel método de depuración, la capacidad de tratamientodel sistema y el cumplimiento de la normativa de vertido.

3. El plazo máximo de justificación de las subvencionesconcedidas será de dos (2) meses contado a partir dela finalización del plazo de instalación del sistema dedepuración.

En los casos en que el sistema de depuraciónunifamiliar haya sido instalado antes de la presentaciónde la solicitud de subvención, y de conformidad conla resolución de autorización, deberá aportarse juntocon el modelo de solicitud (anexo I) y declaraciónresponsable (anexo II) la cuenta justificativa del gastorealizado con los justificantes de gasto reflejados enel punto 2 de esta Base.

4. Las facturas que acrediten el pago del sistemade depuración unifamiliar, deberán ser originales yreunir todos los requisitos que establezca la normativavigente aplicable. Los justificantes originales presentadosse marcarán con una estampilla indicando en la mismala subvención para cuya justificación han sidopresentados y la cuantía exacta que resulte afectadapor la subvención.

5. No podrá realizarse el pago de subvenciones entanto el beneficiario no se halle al corriente en elcumplimiento de sus obligaciones tributarias y frentea la seguridad social o sea deudor por resolución deprocedencia de reintegro, para ello deberá adjuntarsedeclaración responsable actualizada (anexo IV).

DECIMOTERCERA. APROBACIÓN DE LAJUSTIFICACIÓN.

Una vez se presente por parte del beneficiario ladocumentación prevista en la Base anterior, se emitiráun informe del técnico del Consejo Insular de Aguasde Fuerteventura designado al efecto en la convocatoria,que acredite que el sistema de depuración unifamiliarobjeto de subvención ha sido instalado y que lainversión cumple con la autorización de instalaciónemitida al efecto por este Organismo.

Así mismo deberá incorporarse informe del órganoinstructor que acredite la adecuación de la documentaciónpresentada y la inversión ejecutada a las BasesReguladoras.

Posteriormente se deberá remitir los expedientes ala Intervención Delegada, y previa fiscalización dela misma, el órgano concedente resolverá la justificaciónde la subvención.

En el caso que el beneficiario de la subvenciónhaya instalado otro sistema de depuración unifamiliar,con capacidad de depuración o tecnología diferentea la subvencionada y autorizada, y a la vista de loscertificados presentados, los órganos competentesacordarán si procede la modificación de la autorizacióny concesión de subvención, previo informe técnicoy a propuesta del Órgano Instructor.

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DECIMOCUARTA. PERDIDA DEL DERECHODE COBRO DE LASUBVENCIÓN YREINTEGRO.

1. No será exigible el abono de la subvención o, ensu caso, procederá la devolución íntegra de lascantidades percibidas más el interés de demoradevengado desde el momento del abono de la subvenciónhasta la fecha en que se acuerde la procedencia delreintegro, cuando concurra alguno de los siguientessupuestos:

A) La obtención de la subvención falseando lascondiciones requeridas para ello u ocultando aquéllasque lo hubieran impedido.

B) El incumplimiento del deber de justificacióndel empleo de los fondos o bienes recibidos enconcepto de subvención.

C) El incumplimiento del destino o de las condicionesimpuestas en la resolución de concesión de lasubvención.

D) El incumplimiento de la obligación de justificaro la justificación insuficiente de la realización de laactividad o conducta subvencionada y su coste real.

2. En los supuestos en que la subvención estédestinada a la realización de una pluralidad deactividades o a la adopción de diversas medidas y procedael reintegro por incumplimiento de cualesquiera delas condiciones impuestas en la resolución de concesióno de la obligación de justificar la realización de la actividado conducta subvencionadas y su coste real, podrádisponerse el reintegro parcial de las cantidadespercibidas destinadas a las actividades o conductasen las que no se han cumplido las referidas condicioneso la obligación de justificar.

3. Asimismo, procederá a la pérdida del derecho alcobro total de la subvención del exceso en los supuestosen que, por concesión de ayudas o subvenciones deotros Departamentos de la Administración Autonómica,Administraciones o Entes públicos, la cuantía de lasayudas o subvenciones concedidas supere el coste dela obra a ejecutar por el beneficiario.

4. Procederá igualmente el reintegro en los demássupuestos contemplados en el artículo 37.1 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

5. Con carácter general, serán aplicables lascondiciones y el procedimiento de reintegro previstoen el Capítulo II, del Título II de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones.

DECIMOQUINTA. CONTROL FINANCIERO.

El control financiero de las subvenciones otorgadascon cargo a los presupuestos del Consejo Insular deAguas de Fuerteventura se ejercerá conforme a loestablecido en el título III de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones de acuerdocon lo dispuesto en la Disposición adicional decimocuartade la misma.

DECIMOSEXTA. CADUCIDAD.

Procederá la caducidad de las subvenciones otorgadas,previo trámite de audiencia a los beneficiarios, en lossupuestos expresamente previstos en las presentes basesy en la normativa que resulte de aplicación.

DECIMOSEPTIMA. RÉGIMEN SANCIONADOR.

El régimen sancionador en materia de auxilios a obrashidráulicas de iniciativa privada se regirá por lodispuesto en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, en elDecreto 276/1993, de 8 de octubre, por el que seaprueba el Reglamento Sancionador en materia de Aguasy demás disposiciones que le sean de aplicación.

DISPOSICIÓN FINAL.

Única. En lo no previsto en estas Bases se estará alo dispuesto en los preceptos básicos contenidos enla Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones, y su Reglamento de desarrollo, asícomo en la Ordenanza General Reguladora de lasSubvenciones del Cabildo Insular de Fuerteventura,.

Así mismo se estará a lo dispuesto en la Ley 12/1990,de 26 de julio, de Aguas de Canarias, y demáslegislación que resulte aplicable.

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ANEXO I. MODELO DE INSTANCIADon/Dña. ________________________________________________________________________ conDocumento Nacional de Identidad número _____________________________, en calidad de ____________________________________, de ____________________________________, cuya representaciónacredita, con domicilio a efecto de notificaciones en __________________________________________y número de teléfono_______________________________ Ante V.I., comparece y, como mejor procedaEXPONEQue acogiéndose a las Bases por la que se regula el RÉGIMEN DE SUBVENCIONES PARALAINSTALACIÓN

DE SISTEMAS DE DEPURACIÓN UNIFAMILIAR DE AGUAS RESIDUALES DOMÉSTICAS, EN LAISLADE FUERTEVENTURA, anualidad ______, y estimando que la instalación reúne las condiciones requeridasen cuanto al concepto subvencionable:

CAPACIDAD DEPURACIÓN MEDIA L/DÍA ______________________________________________

MÉTODO DE DEPURACIÓN ___________________________________________________________

COSTE ______________________________________________________________________________

SOLICITA LA CONCESIÓN DE UNA SUBVENCIÓN:

Se acompaña a la solicitud la siguiente documentación:

( ) Declaración responsable conforme modelo formalizado del anexo II.

( ) Documentación que justifique la personalidad de los solicitantes (D.N.I / N.I.F.) y su capacidad para actuarpor sí mismos o como representantes, apoderados o cualquier forma de actuación legalmente válida.

( ) Documentos o Títulos que acrediten la propiedad de la vivienda o del terreno donde se vaya a instalar elsistema de depuración unifamiliar.

( ) Autorización emitida por el Consejo Insular de Aguas para la instalación del sistema de depuración familiar,o en su defecto la solicitud de autorización en caso de que se encuentre en trámite.

( ) Información técnica básica del tipo de sistema de depuración unifamiliar que se quiere instalar, incluyendoel método de depuración, la capacidad de tratamiento del sistema y el cumplimiento de la normativa de vertido.

( ) Factura proforma o presupuesto del coste del sistema de depuración unifamiliar que se pretende colocar,o en su caso factura original de la adquisición del mismo y documentación acreditativa del pago del sistema dedepuración unifamiliar (copia del talón, documento acreditativo de la transferencia, etc).

( ) Cuenta justificativa del gasto realizado con los justificantes de gasto.

( )Copia de Alta de Terceros debidamente cumplimentada por la Tesorería.

(Tachase lo que se acompañe)

Puerto del Rosario, a ____ de ____________ de dos mil ____

(Firma del peticionario)

ATT./ EXCMO. SR. PRESIDENTE DEL CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE FUERTEVENTURA.

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ANEXO II. DECLARACIÓN RESPONSABLEDon/Doña _________________________________________________________________________ conD.N.I. número _________________________ en calidad de ____________________________________de _________________ cuya representación acredita mediante __________________________________con domicilio a efecto de notificaciones en __________________________________________________teléfono número _____________________

Comparece ante el Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura y, como mejor proceda realiza de formaresponsable la siguiente declaración correspondiente a la convocatoria de subvenciones para la instalación desistemas de depuración unifamiliar de aguas residuales domesticas, en la isla de Fuerteventura, anualidad_________:

a) De conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, puedeobtener la condición de beneficiario al no haber incurrido en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo13.2 de la mencionada Ley.

b) Se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

c) No tiene deudas pendientes con el Cabildo Insular de Fuerteventura y Consejo Insular de Aguas deFuerteventura.

d) Ha procedido a la justificación de las subvenciones que se le hubiesen concedido con anterioridad la presenteconvocatoria en la forma y plazo establecida por el Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura.

e) ____ ha solicitado y ____ ha recibido ayudas y/o subvenciones de cualquier Administración con la mismafinalidad. (Rellénese con SI o NO según lo que proceda)

En caso de haber solicitado alguna subvención con igual finalidad, relacionarlas a continuación reseñando laentidad a la que se solicita así como el importe solicitado y/o percibido:

_____________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________

En caso de haber recibido alguna subvención y así haberse declarado por el solicitante se aportará copia dela/s misma/s.

Puerto del Rosario, a ____ de ____________ de dos mil ___

(Firma del peticionario)

ATT./ EXCMO. SR. PRESIDENTE DEL CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE FUERTEVENTURA.ANEXO III

D./Dña.______________________________________________________________________________,con D.N.I. número _________________________en calidad de _________________________________,cuya representación acredita, titular del expediente número ________________ con domicilio a efectos denotificaciones en _______________________________________________________________________localidad _______________________________ y teléfonos de contacto: __________________________

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EXPONE:

Que acogiéndose a las Bases de la presente Convocatoria de subvenciones para la instalación de sistemas dedepuración unifamiliar de aguas residuales domesticas, en la isla de Fuerteventura, anualidad ______ y en virtudde la concesión de subvención acordada por Decreto de la Presidencia de fecha ___________

1. ACEPTO la cuantía, modalidad y condiciones de la ayuda otorgada, así como todos los condicionamientosgenerales de la Ley de Aguas de Canarias (L12/1990) y reglamentos que la desarrollan, además de los específicosde esta convocatoria.

2. ME COMPROMETO a mantener las instalaciones objeto de subvención, al servicio de la finalidad para laque se ha concedido, como mínimo diez (10) años o, en su caso, el tiempo de vida útil de la instalación.

3. ME COMPROMETO, en caso de introducir alguna modificación en las obras o actuaciones subvencionadas,a obtener previa y expresamente autorización de este Organismo, pudiendo ser adaptado, si procede, el importede la subvención a las nuevas circunstancias.

Puerto del Rosario, a ____ de ____________ de dos mil ___

(Firma del Beneficiario)

ATT./ EXCMO. SR. PRESIDENTE DEL CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE FUERTEVENTURA.

ANEXO IV. DECLARACIÓN RESPONSABLE

(FASE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN)

Don/Doña ___________________________________________________________________ con D.N.I.

número _____________________ en calidad de __________________________ de _________________

cuya representación acredita mediante ______________________________________________________

con domicilio a efecto de notificaciones en __________________________________________________

teléfono número ______________________

Comparece ante el Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura y, como mejor proceda realiza de formaresponsable la siguiente declaración correspondiente a la convocatoria de subvenciones para la instalación desistemas de depuración unifamiliar de aguas residuales domesticas, en la isla de Fuerteventura, anualidad______

a) Se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

b) No tiene deudas pendientes con el Cabildo Insular de Fuerteventura y Consejo Insular de Aguas deFuerteventura.

Puerto del Rosario, a ____ de ____________ de dos mil ___

(Firma del Beneficiario)ATT./ EXCMO. SR. PRESIDENTE DEL CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE FUERTEVENTURA.

21022 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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ANEXO V

CUENTA JUSTIFICATIVA DE LA APLICACIÓN DE LOS FONDOS DE LAS SUBVENCIONES PARALA INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE DEPURACIÓN UNIFAMILIAR DE AGUAS RESIDUALESDOMÉSTICAS CONCEDIDA MEDIANTE RESOLUCIÓN DE FECHA ______________________ POR ELCONSEJO INSULAR DE AGUAS DE FUERTEVENTURA.

Don/Doña ___________________________________________________________________ con D.N.I.número _____________ con domicilio a efecto de notificaciones en ___________________________________________________________________________________ teléfono número __________________Importe de la subvención concedida: _______________________________________________________Importe del gasto realizado, según factura/s adjunta/s: _________________________________________Como BENEFICIARIO de la subvención arriba referenciada rindo ante el Órgano Concedente de la subvención,

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14.1.b) y 14.2, en relación con el artículo 30.2 de la Ley Generalde Subvenciones, cuenta justificativa del gasto realizado que, de conformidad con lo prevenido en las BasesReguladoras en relación con el artículo 72.3 RLGS, se compone de la siguiente memoria de actuación y comodocumentos justificativos la/s siguiente/s factura/s acreditativa/s del gasto realizado expedida/s por

Número Fecha CuantíaFactura/s expedida/s por: de factura de Factura Factura______________________________________ ____________ ____________ _________________________________________________ ____________ ____________ _________________________________________________ ____________ ____________ _________________________________________________ ____________ ____________ _________________________________________________ ____________ ____________ ___________

TOTAL GASTOS JUSTIFICADOS ___________

Ala/s cual/es ha prestado su conformidad el beneficiario que suscribe y con la que queda acreditada la aplicacióna sus fines de los fondos recibidos.

MEMORIA DE ACTUACIÓN

La subvención concedida, de acuerdo con la resolución de concesión que aceptó la propuesta formulada enla solicitud, tenía por objeto la instalación de un SISTEMA DE DEPURACIÓN UNIFAMILIAR del tipo________________________________________________________ habiéndose cumplido el plazo establecidopara su instalación, así como adoptado las medidas de difusión según modelo aportado por el Consejo Insularde Aguas, además de cumplidos las restantes condiciones específicamente impuestas en las Bases.

Puerto del Rosario, a ____ de ____________ de dos mil ___

(Firma del Beneficiario)

ATT./ EXCMO. SR. PRESIDENTE DEL CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE FUERTEVENTURA.

EL VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO INSULAR DE AGUAS, Manuel Miranda Medina.

17.938

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21023

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EXCMO. CABILDO INSULARDE GRAN CANARIA

Consejería de Recursos Humanosy Organización

Servicio de Recursos Humanos

ANUNCIO16.335

En virtud de lo dispuesto en las Bases Generalesde la convocatoria de consolidación de empleotemporal para cubrir plazas de la plantilla de funcionariosincluidas en las Ofertas de Empleo Público 2005 y2008 de este Cabildo la Sra. Consejera de RecursosHumanos y Organización, por delegación del Consejode Gobierno Insular (Acuerdo de 16.07.07) medianteResoluciones de fecha 17 de septiembre de 2010, hadispuesto:

1°. La aprobación de las Listas provisionales deadmitidos y excluidos de las convocatorias deconsolidación de empleo temporal, para cubrir plazasde la plantilla de funcionarios incluidas en las Ofertasde Empleo Público 2005 y 2008 de este Cabildo, delas categorías de Administrativo/a, Delineante, Oficial1º Conductor/a, Oficial de Explotación y Obras, ySubalterno/a, publicadas en el Boletín Oficial de laProvincia de Las Palmas número 68, de 26 de mayode 2010.

2°. Publicar las listas certificadas completas deaspirantes admitidos y excluidos en el Tablón deAnuncios de la Corporación, sito en la Oficina deInformación y Atención al Ciudadano, calle ProfesorAgustín Millares Carló, s/n, Edificio Insular I, 35003,Las Palmas de Gran Canaria, así como en la páginaweb www.grancanaria.com.

3°. Conceder a los interesados un plazo de DIEZDIAS HABILES para subsanar el defecto que hayamotivado la exclusión u omisión, que se computaráa partir del día siguiente a la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de septiembrede dos mil diez.

LACONSEJERADE RECURSOS HUMANOS YORGANIZACIÓN, Teresa Mayoral Fernández.

17.866

EXCMO. AYUNTAMIENTODE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Área de Gobierno de Hacienda,Economía y Turismo

Unidad Administrativade Cementerios y Servicios Funerarios

ANUNCIO16.336

Intentada la notificación individual sin habersepodido practicar, por desconocerse su actual domicilio,a los titulares sobre derechos de sepultura en Cementeriosde este Municipio relacionados en el presente Edicto,y que no han procedido a solicitar la prórroga del contratode arrendamiento, ni al pago de las tarifascorrespondientes por ocupación de las señaladasunidades de enterramiento, en cumplimiento de loestablecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicasy Procedimiento Administrativo Común, vengo endisponer el presente anuncio, con advertencia de quesi en el plazo de QUINCE DÍAS, a contar desde elsiguiente a su completa publicación no comparecena regularizar su situación, se procederá sin más trámite,a la aplicación de lo dispuesto en los artículos 114,116, 159 y 167 del vigente Reglamento Regulador delServicio de Cementerios Municipales de Las Palmasde Gran Canaria. Todos los gastos que se originen enel presente expediente serán soportados por los titularesen situación de mora. Publíquese asimismo en elTablón de Edictos del Ayuntamiento y en los Tablonesde Anuncios de los cuatro Cementerios Municipalesde la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.

21024 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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CEMENTERIO SAN LÁZARO

TITULAR NICHO SECCIÓN

Afonso Jiménez, Miguel Ángel 94 Ensanche L- Patio II- Edf. 27

Álvarez Alcántara, Eduardo 17 Ensanche L- Patio II- Edf. 29

Armas Ramírez, Miguel 7688 Ensanche L- Patio II- Edf. 17

Armas Ramírez, Miguel 101 Ensanche L- Patio II- Edf. 33

Arrocha Curbelo, Carmen 858 Naciente E

Dárdenes Santana, Herederos de David 49 LP- Edf. 1

Franchy Rodríguez, Marianela 5649 Ensanche L- Patio II- Edf. 6

Galván Herrera, Domingo Luis 5799 Ensanche L- Patio II- Edf. 7

Gómez Romero, José María 7706 Ensanche L- Patio II- Edf. 17

González González, Francisco y hermanos 627 Ensanche L- Patio I- Edf. 4

González Pérez, Miguel 63 Ensanche L- Patio II- Edf. 28

López Linares, Cándido 701 Ensanche L- Patio I- Edf. 4

Marrero Domínguez, Andrés del Pino 6368 E- Edf. 43

Martín García, Isabel 95 Ensanche L- Patio II- Edf. 29

Morales Navarro, Carmen 287 Naciente A- Edf. 3

Orduña Cazorla, Víctor Manuel 8185 E- Edf. 54

Owuso, Kwadwo 861 Parvulo- Edf. 8

Pérez Ruíz, José Antonio 8527 Ensanche L- Patio II- Edf. 23

Powelld Lively, Elsie Evelya 128 LP- Edf. 2

Quevedo Quevedo, Manuel 245 Ensanche L- Patio I- Edf. 2

Quintana Martínez, Carmen Delia 5251 Ensanche L- Patio II- Edf. 1

Quiñones Rodríguez, Herederos de Inés 11 Ensanche L- Patio I- Edf. 43

Segura Déniz, Saturnino 1199 Naciente A- Edf. 10

Suárez Batista, José 7220 Ensanche L- Patio II- Edf. 15

Taisma Santana, Antonio 8112 Ensanche L- Patio II- Edf. 20

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21025

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Las Palmas de Gran Canaria, a cinco de octubre de dos mil diez.

EL DIRECTOR DE GOBIERNO DEL ÁREA DE HACIENDA, ECONOMÍA Y TURISMO, Benito CabreraFigueroa.

17.872

Área de Gobierno de Ordenación del Territorio, Vivienda y Desarrollo Sostenible

Servicio de Actividades Comerciales e Industriales

ANUNCIO16.337

LADIRECTORAGENERAL DE EJECUCIÓN URBANÍSTICADEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMASDE GRAN CANARIA.

COMUNICA:

Que por DON RONNY ABELARDO BARRIA VARGAS se ha presentado en estas Oficinas municipalesproyecto (Expte. número IND/141/2010), solicitando autorización para instalar SALA DE CELEBRACIONES,en la calle ALMUDENA, ESQ. AGAY.

Lo que se hace público, de conformidad con lo previsto por el artículo 16 de la Ley 1/1998, de 8 de enero, deRégimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas del Gobierno de Canarias, a fin deque las personas que se consideren perjudicadas puedan aducir sus reclamaciones, por escrito fundado yacompañado de copia simple, dentro del plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales, de lunes a viernes de 08:30a 14:30 (08:30 a 13:30 los meses de julio, agosto y septiembre), podrá ser examinado el expediente en el Serviciode Actividades Comerciales e Industriales de este Excmo. Ayuntamiento.

Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de septiembre de dos mil diez.

LA DIRECTORA GENERAL DE EJECUCIÓN URBANÍSTICA (Decreto N° 24.314/2007, de 24 deseptiembre), Carmen Nieves Martín Pérez.

17.531

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE

ANUNCIO16.338

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentadola notificación al interesado sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a el Ayuntamientode Arrecife, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, el siguiente

“Decreto ES 40/10

Transcurrido el plazo previsto en la Resolución de 26 de mayo de 2005, de la Subsecretaría por la que se disponela publicación de la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección

21026 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el que sedictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripcionespadronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadoscada dos años, por medio del presente y en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,RESUELVO declarar la caducidad de las inscripciones padronales.

APELLIDOS Y NOMBRE FECHA NACIMIENTO D. IDENTIDAD FEC. ALTA

AGUDELO ALZATE JULIAN ANDRES 01/09/1987 X6198219H 14/02/2005

BARRERA BRAND JULIO CESAR 11/05/1971 X6649537F 18/08/2008

BOUSSALEM ALI 12/03/1975 X4536172C 19/08/2008

BUCANCIL NABIAN NIZA 30/11/1976 CA0024730 19/08/2008

DA SILVA BRANDAO FELICIANO 05/08/1970 X0849774Q 09/09/2003

DELGADO MEDINA YOHANIS 04/12/1971 Y00472913R 29/08/2008

FAJARDO CASTAÑEDA JOSE JOAQUIN 09/05/1971 X9488278L 28/08/2008

FERMIN GARCIA OLIVER 30/08/2008 Y0604657R 30/08/2008

FRANCO HENAO NIDIA 17/07/1957 X8470566B 20/08/2008

GAO ZHENDENG 20/03/1964 GL8050331 22/08/2008

GARCIA HENAO KAREN KATIANA 08/06/1997 X5997472S 27/08/2008

GIL RAMIREZ YLEYSIS MIGUELINA 02/09/1998 X6066834D 17/01/2008

GIRALDO FERNANDEZ LINA MARCELA 06/11/1992 X09054658H 27/08/2008

GONZALEZ JUAN RAMON 19/01/1961 X8249444B 19/01/2005

GONZALEZ CARMISIMO JOSE LUIS 14/10/1982 C38016 20/08/2008

GWALANI MOHAN LEKHRAJMAL 15/01/1944 X6975825V 03/02/2005

GWALANI REKHA MOHAN 02/06/1946 X8497626T 03/02/2005

JARAMILLO BECERRA GILBERTO 04/02/1962 X6656907V 19/07/2006

JIANG GAO SHAOYU 14/11/2005 X09617205P 22/08/2008

KHAABACHE YOUSSEF 01/01/1979 W227992 28/08/2008

MARSSO AZIZ 03/12/1977 T394789 22/08/2008

MENDONCA GOMES DA SILVA CARLOS L. 29/12/1978 CA0084139 21/08/2008

OLIVERO FELIZ CARLOS JULIO 08/05/1984 X6257228D 25/10/2006

ONDO NCHAMA 24/07/1986 4837/7 21/08/2008

OULD MOHAMED LAMINA M. MAH. 01/01/1964 X5920709A 23/09/2004

PEREZ HAROS ELIANA GLADYS 12/02/1964 10505795-4 21/09/2006

PIÑERES CAMELO LINA MARIA 17/07/1982 X7102213C 26/06/2006

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21027

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QASSAS RAZAN 18/08/2008 Y00308225Q 18/08/2008

RESTREPO JARAMILLO CRISTHIAN CAMI. 23/03/1993 X7129135D 21/09/2006

RESTREPO JARAMILLO VANESSA 16/06/1996 X7129166V 21/09/2006

RODRIGUES RIVERO ANA NATALIA 25/09/1979 C057836 18/08/2008

ROJAS LEAL JUAN CARLOS 07/05/1972 11992638-6 21/09/2006

DE LA ROSA ABREU MIGUEL ANGEL 18/08/1977 SF0042319 26/08/2008

SIDI MOHAMED HABIB MOHAMED M. 31/12/1971 M0405049 22/08/2008

VARGAS GOMEZ MONICA DYAN 19/02/1997 X7574723H 19/09/2006

VIÑA PEREZ BORROTO ENRIQUE GASPAR 04/07/1927 P673835 27/07/2006

YEPES FELIX SHARON LICETH 17/08/2008 17/08/2008

Así lo manda y firma la Sra. Concejal Delegada de Régimen Interno (SEG. 111/09), en Arrecife, a 20 de septiembrede 2010. La Concejal, firmado. El Secretario Accidental, firmado”.

Arrecife, veinte de septiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIO ACCIDENTAL.

17.506-A

ANUNCIO16.339

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentadola notificación al interesado sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a el Ayuntamientode Arrecife, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, el siguiente

“Decreto ES 39/10

Transcurrido el plazo previsto en la Resolución de 26 de mayo de 2005, de la Subsecretaría por la que se disponela publicación de la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la DirecciónGeneral de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el que sedictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripcionespadronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadoscada dos años, por medio del presente y en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,RESUELVO declarar la caducidad de las inscripciones padronales.APELLIDOS Y NOMBRE FECHA NACIMIENTO D. IDENTIDAD FEC. ALTA

ACOSTA RUIZ RODOLFO 07/05/1968 X4330101Y 01/09/2004

AKIK KHDIJA 01/01/1989 Y00037377Q 04/08/2008

21028 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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BADAHI LATIFA 06/05/1979 X09771267Q 06/08/2008

BADAHI SOUAD 06/05/1979 X8533275E 08/08/2008

BAH MAMADOU SAMBA 01/11/1987 R0154978 11/08/2008

CAMARGO OLIVA SURAMA 22/11/1976 X09306284R 13/08/2008

CESARIO DJAU MOISES 03/11/1977 CA0085523 14/07/2004

CHEN DANBIN 28/09/1976 X7579540M 30/10/2006

DAOUDI EL WALI 11/11/1985 Y00195515Y 03/10/2006

DUQUE CASTAÑO JULIO CESAR 13/03/1959 X4343791B 06/08/2008

EL BOSSAIRI YOUSSEF 01/12/1964 X0839679H 16/11/2004

EL HORF EP ZOUIZER MBARKA 30/12/1973 X5470454L 25/10/2006

FENG YANQIN 17/06/1984 X09700527R 12/08/2008

GOMES AQUILINO 15/07/1970 X6902581M 05/08/2008

GOMES DJATA 25/08/1981 CA0024602 13/06/2006

GOMES WILSON ANTONIO 13/04/1969 CA0075974 06/08/2008

HAMZI JAMAL 10/08/2008 Y00211670S 10/08/2008

HULIPAS ALEXIE 26/09/1967 X09797622J 11/08/2008

HURTADO VIEDA CARLOS ALBERTO 21/03/1980 CC94150910 06/08/2008

JIMENEZ PINEDA JUAN DAVID 19/04/1993 X6128586Y 21/07/2004

KAMRANE SALAH EDDINE 12/08/1982 X5207419N 08/08/2008

LI CHUANG 30/05/1981 X6737557Z 06/08/2008

LOPEZ VALENCIA ALEXANDER 10/09/1997 X7313396V 26/06/2006

LOPEZ VALENCIA STEFANY JULIETH 28/10/1992 X9534015D 05/08/2008

MERA OLIVO MARIANA PATRICIA 02/07/1982 X8846077R 05/08/2008

MIRANDA FUQUENE JHON JAIRO 03/01/1988 X08948551X 11/08/2008

ONDO MASA FERMIN FELIPE 06/04/1962 1668/05 06/08/2008

OREJUELA MINA SHAMIR 03/07/1974 X5479473E 13/10/2006

OULD HUSSEIN OULD CHRIF TEYEB 01/01/1977 X6854256A 11/08/2008

OULD MOHAMED LEMINE MOHAMED Y. 01/01/1975 X2725209P 26/10/2004

OULD MOHAMED OULD M. LEMINE BR. 31/12/1971 Y00991659M 10/08/2006

PEREZ NAVARRO LUZHERY 23/04/1987 1405594 18/09/2006

PINEDA CUARTAS MARTHA CECILIA 24/02/1965 X6127600D 21/07/2004

RINCON PEREZ YESICA MILDRED 13/06/1989 X07574840C 26/10/2006

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21029

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RODRIGUEZ SALAZAR JAIRO 15/11/1957 X6435560E 18/04/2002

RODRIGUEZ ZUNIGA DANIELA ALEJANDRA 19/09/1996 C086349 18/09/2006

RODRIGUEZ ZUNIGA LUIS DANIEL 28/11/1998 C086336 18/09/2006

SALAZAR ALEXANDRA 14/04/1973 X5365978D 05/08/2008

SERNA MORENO ANA MILENA 12/04/1979 CC42132865 23/08/2006

DA SILVA SOARES EMERSON 23/09/1987 CT019862 16/10/2006

SOTO CRUZ SANDRA CAMILA 03/08/2000 X9608520V 04/08/2008

SOTO ROJAS MARIA ELENA 13/03/1972 3833985 23/08/2006

TAZZA MORENO SERGIO ANTONIO 27/12/1989 X7219845F 25/09/2006

TAZZA MORENO VALERIA ALEJANDRA 20/04/1998 X7219862R 25/09/2006

TIMANA SANDOVAL GERARDO 10/11/1972 X3251139C 09/08/2000

TORO GUEVARA MARIA CONSUELO 10/11/1972 X3251139C 09/08/2000

TOUNKARA N NA CISSE GALLE 30/06/1965 X6142988X 25/10/2006

VASQUEZ ZUNIGA CARLOS ANDRES 27/08/2002 C086338 18/09/2006

VERDUN CACERES SANTIAGO 06/03/1985 004220600 01/08/2008

VIDELA EDUARDO ERNESTO 24/07/1973 X08391402J 11/08/2008

YAGUANA OBACO YADIRA DEL CISNE 02/02/1985 X6643656Z 22/09/2004

Así lo manda y firma la Sra. Concejal Delegada de Régimen Interno (SEG. 111/09), en Arrecife, a 20 de septiembrede 2010. La Concejal, firmado. El Secretario Accidental, firmado”.

Arrecife, veinte de septiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIO ACCIDENTAL.

17.506-B

ANUNCIO16.340

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentadola notificación al interesado sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a el Ayuntamientode Arrecife, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, el siguiente

“Decreto ES 38/10

Transcurrido el plazo previsto en la Resolución de 26 de mayo de 2005, de la Subsecretaría por la que se disponela publicación de la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la DirecciónGeneral de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el que se

21030 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

Page 23: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASaguasfuerteventura.com/documentos/BOP_11-10-10.pdf · de aguas residuales domésticas, en la Isla de ... -Ley12/1990,de26dejulio,deAguas

dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripcionespadronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadoscada dos años, por medio del presente y en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,RESUELVO declarar la caducidad de las inscripciones padronales.APELLIDOS Y NOMBRE FECHA NACIMIENTO D. IDENTIDAD FEC. ALTA

ALONSO HIDALGO JORGE ADRIAN 28/05/1982 29327346N 24/07/2008

ANDOUS MOHAMED 07/10/1992 X7255335P 05/10/2006

BEDOYA ZAPATA GLORIA AMANDA 21/11/1954 X6667960F 17/01/2002

BOUHOUD MOHAMED 30/12/1991 X7066735P 05/10/2006

CAMPOS BUSTOS MARIA NELLY 29/01/1966 X6909392P 30/10/2006

CRUZ JORGE ARIEL 11/02/1982 Y00769294G 21/09/2006

DSOUZA ALVIA KEVIN 25/07/2008 Y00437234H 25/07/2008

DUARTE RIVERA SILVIA YOHANA 28/07/1985 C423362 29/07/2008

EDIGUN SOLOMON 05/03/1975 X6909564L 26/04/2004

EKOBO KUMA REBECA 24/07/2008 24/07/2008

FATIH AZ EDDINE 10/01/1990 X05506261S 05/10/2006

FRESERO YOLANDA 24/01/1936 833941-3 15/01/2004

FUENTES MARTHA LIDIA 15/11/1964 C0403238 30/07/2008

GIRALDO GIRALDO JOSE JULIAN 27/01/1978 X5860027H 24/07/2008

GORDILLO VALAREZO LUIS ALBERTO 08/05/1980 1900431923 22/07/2008

LAHDAYLI FAYSAL 02/10/1987 X6246587V 18/10/2004

MESA CORDOBA ANDRES MAURICIO 09/06/1994 X7698008T 28/09/2006

MUYULEMA LEMA PAULA FERNANDA 30/07/2008 30/07/2008

ODIA SANDRA 06/05/1980 X3892621D 25/09/2006

PACHON DE TORRES GRACIELA 07/10/1944 X06529964B 22/07/2008

QASSAS MOHAMED 08/09/1975 X6456810C 15/06/2004

QUIJERA ANSU 22/04/1989 CA0063963 23/07/2008

QUINTERO RAMIREZ HECTOR IVAN 18/09/1966 8 00850918 28/07/2008

RODRIGUEZ ALMENDAREZ MARCO ANT. 18/09/1966 C436038 29/07/2008

RODRIGUEZ DUARTE MARCO ANTONIO 27/12/2007 C424052 29/07/2008

SAMBA COLETTE DIALY 21/07/2008 Y00413321W 21/07/2008

SANGUEZA MELINDA 23/05/1972 X7547106R 08/08/2008

SEDDIKI ABDESLEM 30/03/1964 X07344688Y 24/07/2008

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21031

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TAIBU JAMES 22/11/1982 X551949E 21/07/2008

TALAININ ZINELABIDUM 19/04/1991 X7225094N 05/10/2008

TAUNACHE MOHAMED 09/04/1994 X06290140P 05/10/2006

TELLO CHAVEZ ANA BOLENA 28/03/1972 X6797359P 20/07/2006

VALENCIA RUIZ MANUEL DARIO 08/02/1982 X6491174E 30/07/2008

Así lo manda y firma la Sra. Concejal Delegada de Régimen Interno (SEG. 111/09), en Arrecife, a 30 de agostode 2010. La Concejal, firmado. El Secretario Accidental, firmado”.

Arrecife, treinta de agosto de dos mil diez.

EL SECRETARIO ACCIDENTAL.

17.507-A

ANUNCIO16.341

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentadola notificación al interesado sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a el Ayuntamientode Arrecife, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, el siguiente

“Decreto ES 37/10

Transcurrido el plazo previsto en la Resolución de 26 de mayo de 2005, de la Subsecretaría por la que se disponela publicación de la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la DirecciónGeneral de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el que sedictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripcionespadronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadoscada dos años, por medio del presente y en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,RESUELVO declarar la caducidad de las inscripciones padronales.APELLIDOS Y NOMBRE FECHA NACIMIENTO D. IDENTIDAD FEC. ALTA

ABIDINE ABIDINE MOH. LAMINE 31/12/1986 M0390157 04/07/2008

ADRDER MEHAMAD 01/01/1991 X9749161J 11/07/2008

AGRIEL RUSSO BLANCA ELIZABETH 25/02/1950 X6975861F 14/10/2004

AGUILAR ZELAYA JOSE FRANCISCO 08/09/1971 223422 10/07/2008

AHMED EL KORY AICHETOU 29/01/2005 M0404954 09/07/2008

ALLENDES VALLEJOS SUSANA WENDY 31/07/1976 X6981524N 10/09/2004

AMADO SILVA WILLIAM 07/09/1958 X4251157K 14/07/2008

AZZOUZ LATIFA 29/06/1982 X9487583Z 15/07/2008

BALDE AISSATU 02/10/1989 CA0078317 18/07/2008

21032 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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BERRADI IKRAM 28/11/1989 X05768450G 14/07/2008

BOUJERFAOUI MOHAMED RAMDAN 22/04/1987 Y00866812W 05/07/2006

BOUTASSOUFRA EL ALEM 01/01/1978 X7801899T 15/07/2008

CASTELLANOS CHAVES JONY JEFERSON 27/09/1981 X05861938C 10/07/2008

CASTILLO GOMEZ JUANA 10/10/1971 X3012787V 19/12/2003

CHEN JUAN 02/02/1985 G08383559 02/07/2008

CORDOBA ORTEGA CARLOS ALBERTO 01/02/1970 X7477389C 01/08/2006

DSOUZA KEVIN SANTAN 01/10/1975 X6844880B 20/09/2004

DSOUZA MELVIN RICARD 26/08/1976 A2772116 11/07/2008

ECHEVERRY ANGULO TATIANA ANDREA 11/06/1997 X7724565S 12/09/2006

EKOBO KUMA ANA RAQUEL 24/10/1984 G0102561E 18/07/2008

FERRERO MORALES HEBER DIEGO 05/04/1986 04638548-4 17/07/2008

FRICA HERNANDEZ ANGEL MIGUEL 04/07/2008 04/07/2008

GAMBOA CRUZ AIDA RAMONA 31/08/1931 C682284 08/07/2008

GARCIA CARMONA ALEJANDRA 21/12/1980 X09654785Y 07/07/2008

GONZALEZ JURE ELIANA DEL CARMEN 01/11/1958 7775784-8 16/08/2006

GONZALEZ LLUMIQUINGA GISELLA E. 04/07/2008 04/07/2008

GUEVARA TORRES LEONEL JOSE 08/01/1985 X6397773R 26/08/2004

HERNANDEZ GONZALEZ CLAUDIO ADRIAN 25/11/1990 Y00270986V 16/08/2006

HULIPAS GEVERJUAN LIBERTY 12/01/1970 X7550078Y 16/07/2008

LAHMAR MOHAMED 27/10/1993 X9894994A 11/07/2008

LARGO BUITRAGO JOSE JAIR 16/02/1966 X3900030N 07/07/2008

LIU FANG 02/01/1983 X9536839G 10/07/2008

LOJANO GUACHUN MARIO ENRIQUE 22/02/1976 X6500859R 17/07/2008

MAGRI ALBA FRANCO LUCIANO 18/01/1988 Y01054849Z 13/09/2006

MANU JOSEPH 20/03/1976 X06817328J 04/07/2008

MASCARENHAS EVNI MONICA 18/07/1977 A7895516 11/07/2008

MASCARENHAS JYOTHI CYRIL 01/03/1976 X4782861B 10/05/2006

MEJIA GONZALEZ MARIO GERMAN 03/03/1982 X07600585W 04/08/2006

MEZU MONDRAGON MARIA JOSE 24/03/2005 X9526535G 14/07/2008

MOHAMED SALEM ETHEIMINE MARIEM 07/08/1986 X9526534A 14/07/2008

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21033

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MONDRAGON PEREZ XIMENA 07/08/1986 X9526534A 14/07/2008

MORA AREVALO DIXON VICENTE 22/07/1971 X6797329R 01/07/2008

NAVIA PERLAZA FERNANDO ANDRES 12/07/1989 X8841300P 15/07/2008

DE NAZARE MENDONCA CLEICE SIMONE 14/08/1979 CO488301 12/07/2006

NINI SOUKAINA 10/07/1991 T884977 08/07/2008

OLIVARES RIVERA LUIS ALBERTO 17/05/1967 X09228805D 07/09/2006

OULD HOUSSEIN MOHAMED 24/06/1976 M0257766 04/07/2008

OULD MOHAMED MAHMOUD M. EL MOCT. 01/01/1979 X6815502G 23/09/2004

OUSBANE FATIMA ZOHRA 29/04/1979 M279409 03/07/2008

PARRA RIOS LUIS GUSTAVO 20/05/1965 X6333421A 08/05/2001

QUEZADA HERAS JOSUE NEHEMIAS 27/12/1987 X6739198Z 01/07/2008

QUINO CUBA EVER 14/10/1971 3858259 12/05/2006

REMPILLO ROBLES RAMONA 05/05/1982 X9594361A 03/07/2008

RESTREPO GARCIA JOHN ESTEBAN 19/10/2000 X07764186F 21/07/2006

RODRIGUEZ TRASHORRAS ENRIQUE 30/12/1931 B172698 08/07/2008

ROMAN GUTIERREZ BRIAN JUNIOR 11/07/2008 11/07/2008

SAMTANI LAVISHA MADAN 11/08/2001 11/07/2008

SAMTANI MUSKAN MADAN 23/06/2000 X3415796C 11/07/2008

SARGUINI FATIMA ZOHRA 01/01/1958 U885769 07/07/2008

SERRADI RADOUAM 25/11/1979 X6397795T 07/07/2008

SOSA AGRIEL IGNACIO MARIA 08/12/1989 Y00196991X 14/10/2004

TENORIO DE CAMACARO MERCEDES 28/11/1955 D0641738 16/07/2008

TENORIO MENDOZA DIANA KARINA 19/07/1982 C1747746 16/07/2008

TISSERT HERRERA WILLIAM 09/07/1977 JG837662 18/07/2008

VAN VLIET DIANA BELEN 11/01/2008 16/07/2008

ZERBAOUI RABAB 07/02/1986 X8848343J 15/07/2008

Así lo manda y firma la Sra. Concejal Delegada de Régimen Interno (SEG. 111/09), en Arrecife, a 30 de agostode 2010. La Concejal, firmado. El Secretario Accidental, firmado”.

Arrecife, treinta de agosto de dos mil diez.

EL SECRETARIO ACCIDENTAL.17.507-B

21034 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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ILUSTRE AYUNTAMIENTODE INGENIO

ANUNCIO16.342

Habiendo aprobado inicialmente el Pleno Corporativode este Ilustre Ayuntamiento, por acuerdo adoptadoen sesión ordinaria celebrada el día 24 de junio de 2010,la Ordenanza Municipal reguladora de la Creación deVarios Ficheros de Datos de Carácter Personal; habersesometido la misma a Información Pública durante elplazo de treinta días, contados a partir del siguienteal de la publicación del citado acuerdo en el BoletínOficial de la Provincia, (B.O.P. de Las Palmas número94, de miércoles 21 de julio de 2010), y habiendotranscurrido dicho plazo de Información Pública sinque se haya presentado ninguna reclamación osugerencia, se entiende definitivamente adoptado elmismo, hasta entonces provisional, de conformidadcon lo establecido en el artículo 49 in fine de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases deRégimen Local, publicándose a continuación el textoíntegro y definitivo de la Ordenanza.

Contra tal resolución podrán los interesados interponerrecurso contencioso – administrativo ante la Sala delo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superiorde Justicia de Canarias en el plazo de DOS MESEScontados a partir del día siguiente a la publicación deeste Anuncio, de conformidad con el apartado 1 delartículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso – Administrativa, enrelación con el apartado 3 del artículo 107 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, sin perjuicio de que puedaninterponer cualquier otro recurso que, en su caso,estimen procedente.“ORDENANZAMUNICIPALREGULADORA

DE LA CREACIÓN DE VARIOS FICHEROSDE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

El apartado 1 del artículo 18 de la ConstituciónEspañola garantiza el derecho al honor, a la intimidadpersonal y familiar y a la propia imagen. Asimismo,su apartado 4 dispone que la ley limitará el uso de lainformática para garantizar el honor y la intimidadpersonal y familiar de los ciudadanos y el plenoejercicio de sus derechos.

Este precepto se encuadra dentro de la Sección I delCapítulo II del Título I de nuestra Carta Magna,comprensiva de los Derechos Fundamentales y lasLibertades Públicas y, por tanto, el desarrollo normativode su contenido se ha realizar a través de Ley Orgánica,tal y como dispone el apartado 1 del artículo 81 dela Norma Fundamental.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, deProtección de Datos de Carácter Personal adaptónuestro Ordenamiento a lo dispuesto por la Directiva95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de24 de octubre de 1995, relativa a la protección de laspersonas físicas en lo que respecta al tratamiento dedatos personales y a la libre circulación de estosdatos, derogando, a su vez, la hasta entonces vigenteLey Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulacióndel Tratamiento Automatizado de Datos de CarácterPersonal; previendo en su artículo 1 que «(…) tienepor objeto garantizar y proteger, en lo que concierneal tratamiento de los datos personales, las libertadespúblicas y los derechos fundamentales de las personasfísicas, y especialmente de su honor e intimidadpersonal. (…)». Comprende, por tanto, el tratamientoautomatizado y el no automatizado de los datos decarácter personal.

Es, por tanto, la mentada Ley Orgánica 15/1999,de 13 de marzo, de Protección de Datos de CarácterPersonal, la norma que actualmente garantiza eltratamiento adecuado de estos datos respecto de laslibertades públicas y los derechos al honor y laintimidad personal y familiar.

El apartado 1 del artículo 20 de dicha Ley Orgánica,así como el apartado 1 del artículo 52 del Reglamentoque la desarrolla, aprobado por el Real Decreto1.720/2007, de 21 de diciembre, prescriben que lacreación, modificación o supresión de ficheros delas administraciones públicas podrá hacerse pordisposición de carácter general o acuerdo publicadosen el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficialcorrespondiente.

Por todo lo anteriormente expuesto y de conformidadcon la citada normativa y demás de general y pertinenteaplicación, se da la presente disposición general,cuyo articulado es el siguiente:

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21035

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Artículo 1. Objeto.

El objeto de la presente Ordenanza es la creaciónde los ficheros de datos de carácter personal que seespecifican en su Anexo, recogiéndose las indicacionesseñaladas en el apartado 2 del artículo 20 de la Ley15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datosde Carácter Personal.

Artículo 2. Responsabilidad sobre los ficheros.

Corresponde al titular del Órgano responsable delfichero adoptar las medidas necesarias para garantizarla confidencialidad, seguridad e integridad de losdatos y hacer efectivo el ejercicio de los derechos deacceso, oposición, rectificación y cancelación que, ensu caso, sean solicitados por los interesados.

Artículo 3. Información a los afectados.

Los afectados, respecto de los cuales se solicitandatos de carácter personal, serán previamente informadosde modo expreso en los términos previstos en elartículo 5 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, deProtección de Datos de Carácter Personal, salvo enlos supuestos exceptuados en la Ley.

Artículo 4. Régimen de protección de datos.

1. Los ficheros que se crean mediante esta Ordenanzaquedan sometidos a las disposiciones de la LeyOrgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protecciónde Datos de Carácter Personal y su legislación dedesarrollo.

2. Los datos registrados en los ficheros reguladosen esta Ordenanza se usarán exclusivamente para lafinalidad y usos para los que fueron creados.

3. Los ficheros regulados en esta Ordenanza seajustarán, en todo caso, a las medidas de seguridadestablecidas en el real Decreto 1.720/2007, de 21 dediciembre, por el que se aprueba el Reglamento dedesarrollo de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, deProtección de Datos de Carácter Personal.

4. El tratamiento de los datos personales procedentesde la imágenes obtenidas mediante la utilización decámaras y videocámaras por las Fuerzas y Cuerposde Seguridad se regirá por su normativa específica,Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que seregula la Utilización de Videocámaras por las Fuerzasy Cuerpos de Seguridad y Real Decreto 596/1999, de

16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento deEjecución y Desarrollo de la Ley Orgánica 4/1997,de 4 de agosto.

Artículo 5. Inscripción en el Registro General deProtección de Datos.

De conformidad con lo establecido en el apartado2.a) del artículo 39 de la Ley 15/1999, de 13 dediciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal,los ficheros serán inscritos en el Registro General deProtección de Datos.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Ordenanza entrará en vigor transcurridos15 días hábiles desde la publicación del texto íntegrode la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, envirtud de lo establecido en los apartados 2 de losartículos 65 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,reguladora de las Bases de Régimen Local.

ANEXO

I. Fichero “RegistroGeneral de Entrada y Salidade Documentos”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro de todos los documentos que tienen entradaen el Ayuntamiento y salida del mismo.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Cualquier persona que presentedocumentos en el Ayuntamiento o a la que se le hagaentrega.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Mediante la recepción de los formularioso escritos que se presenten y cuando se da registrode salida a cualquier documento.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad, Número de Identificación deExtranjeros, Número de Identificación Fiscal, nombrey apellidos, dirección postal y electrónica, teléfono,fax, firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

21036 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Básico.

II. Fichero “PadrónMunicipal de Habitantes”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Constancia de los vecinos del Municipio.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Las obligadas a inscribirse en el mismo.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Mediante la recepción de los formularioso escritos que se presenten.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad, Número de Identificación deExtranjeros, Número de Identificación Fiscal, nombrey apellidos, dirección, teléfono, datos académicos yprofesionales y circunstancias sociales.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Medio.

III. Fichero “Registro de Uniones de Hecho”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Constancia de las uniones de hecho existentes en elMunicipio. Emisión de certificados.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Las personas que peticioneninscripción en el mismo.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Mediante la recepción de los formularioso escritos que se presenten.

4. Estructura básica del fichero y descripción de los

tipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad, Número de Identificación deExtranjeros, Número de Identificación Fiscal, nombrey apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, vidasexual.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

IV. Fichero “Incidencias Diarias Policía Local”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro de todas las incidencias diarias de las quetiene conocimiento la Policía Local. Usos: Justicia;seguridad pública y defensa; fines históricos yestadísticos; procedimientos administrativos.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Cualquier persona que requiera laactuación de la Policía Local.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Mediante la recepción de los formularioso escritos que se presenten, de llamadas telefónicasy la personación de los interesados.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; fecha de nacimiento;características personales; circunstancias sociales;información comercial; económicos, financieros yde seguros; transacciones de bienes y servicios; marca,modelo, matrícula, color, seguros, ITV y otros datosanálogos relativos a ciclomotores y vehículos a motor;origen racial o étnico; salud; vida sexual; ideología;afiliación sindical; religión y creencias; imagen;firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21037

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6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

V. Fichero “Comparecencias en dependenciaspoliciales”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Constancia de la recepción de denuncias y/omanifestaciones de particulares, dirigidas a laAdministración Pública, en la que se hace constar laversión personal de unos presuntos hechos ocurridos.Usos: Judicial; seguridad pública y defensa; fineshistóricos y estadísticos; procedimientos administrativos.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Las personas que se dirigen a lasdependencias policiales para participar hechos presuntos.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Mediante toma de declaración de lospersonados.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; marcas físicas;imagen/voz; fecha de nacimiento; datos económicos,financieros y de seguros; firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Medio.

VI. Fichero “Atestados”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro de sucesos de orden jurídico penal o civil,

e incidencias en el ámbito de la seguridad vial, y depersonas y cosas relacionadas con los mismos. Usos:Justicia; seguridad pública y defensa; servicios sociales;gestión y control sanitario; fines históricos, estadísticoso científicos; procedimientos administrativos; gestiónsancionadora.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: las personas que guardan relacióncon los hechos acaecidos.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Comunicación directa de la persona a losSres. Agentes.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; fecha de nacimiento;infracciones penales y administrativas; número de laSeguridad Social/Mutualidad; marcas físicas; tarjetasanitaria; características personales; circunstanciassociales; académicos y profesionales; detalles deempleo; información comercial; económicos, financierosy de seguros; transacciones de bienes y servicios; marca,modelo, matrícula, color, seguros, ITV y otros datosanálogos relativos a ciclomotores y vehículos a motor;origen racial o étnico; salud; vida sexual; ideología;afiliación sindical; religión y creencias; imagen/voz;firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

VII. Fichero “Cumplimientos de condena yrequisitorias”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro de los cumplimientos de condena y vigilanciaordenados por las autoridades judiciales, de penasprivativas y no privativas de libertad, (tales comolocalizaciones permanentes, órdenes de alejamiento

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e incomunicación y similares), y señalamientosordenados por la autoridad judicial. Usos: Justicia;seguridad pública y defensa; fines históricos, estadísticoso científicos.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Juzgados y Tribunales,Administraciones Públicas.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: A través de documentos administrativos yjudiciales.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; fecha de nacimiento;infracciones penales; marcas físicas; característicaspersonales; circunstancias sociales; firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Administraciones Públicas, (Fuerzasy Cuerpos de Seguridad), Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

VIII. Fichero “Actuaciones con vehículos”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro de las actuaciones policiales que tienenrelación con vehículos, seguimientos por posibleabandono, retirada de la vía pública por accidente,abandono u otros, descontaminación de vehículos,precinto de vehículos por orden judicial o administrativa,accidentes de tráfico y similares. Usos: Justicia;seguridad pública y defensa; fines históricos, estadísticoso científicos; procedimientos administrativos.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: El propio interesado o su representantelegal, registros públicos, administraciones públicas,entidades privadas, otras personas.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Comunicación directa de la persona interesada

o terceras personas a los Sres. Agentes, consultabases de datos, etc.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; fecha de nacimiento;infracciones penales y administrativas; número de laSeguridad Social/Mutualidad; marcas físicas; informacióncomercial; económicos, financieros y de seguros;transacciones de bienes y servicios; marca, modelo,matrícula, color, seguros, ITV y otros datos análogosrelativos a ciclomotores y vehículos a motor; imagen;firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

IX. Fichero “Citaciones”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro de las notificaciones y citaciones judiciales,administrativas y policiales. También, órdenes deaveriguación de domicilio y paradero de la autoridadjudicial. Usos: Justicia; seguridad pública y defensa;fines históricos, estadísticos o científicos; procedimientosadministrativos.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Administraciones Públicas, Juzgadosy Tribunales.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: A través de los documentos administrativosy judiciales.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; fecha de nacimiento;infracciones penales y administrativas; circunstancias

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21039

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sociales; salud; económicos, financieros y de seguros;detalles del empleo; información comercial; transaccionesde bienes y servicios; firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

X.Fichero “Seguimientos de violencia de género”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro de seguimiento y situación de las mujeresvíctimas de violencia de género. Usos: Justicia;seguridad pública y defensa; historial clínico;procedimientos administrativos.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesadas, AdministracionesPúblicas, Juzgados y Tribunales.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Comunicación directa de la persona interesadao terceras personas a los Sres. Agentes o a través delos documentos administrativos y judiciales.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; fecha de nacimiento;imagen; marcas físicas; número de la SeguridadSocial/Mutualidad; tarjeta sanitaria; salud; vida sexual;infracciones penales; características personales;circunstancias sociales; académicos y profesionales;detalles del empleo; económicos, financieros y de seguros;transacciones de bienes y servicios; todo lo relacionadocon la situación personal, social, familiar y emocionalde la víctima y el agresor; firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, entidades sanitarias,Administraciones Públicas, Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

XI. Fichero “Seguimientos de seguridadciudadana”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro para recabar información que pueda ser deinterés o necesidad en materia de seguridad ciudadana,tales como vehículos, delincuentes conocidos yreincidentes, diferentes tipos de vehículos que sesuelen usar y, en general, cualquier dato que puedaser necesario para la seguridad ciudadana. Usos:Justicia; seguridad pública y defensa; procedimientosadministrativos; fines históricos, estadísticos ocientíficos; gestión sancionadora.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal, Administraciones Públicas, Juzgados y Tribunales,terceras personas.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Comunicación directa de la persona interesadao terceras personas a los Sres. Agentes o a través delos documentos administrativos y judiciales.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; fecha de nacimiento;imagen/voz; marcas físicas; infracciones penales yadministrativas; características personales; circunstanciassociales; académicos y profesionales; detalles delempleo; información comercial; económicos, financierosy de seguros; transacciones de bienes y servicios;ideología, religión y creencias; origen racial o étnico;salud; vida sexual; firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, entidades aseguradoras,Administraciones Públicas, Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

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8. Medidas de seguridad: Alto.

XII. Fichero “Planificación de servicios y datosdel personal policial”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro para organización interna de la Jefatura,para planificar servicios y cuadrantes de turnos,solicitud de permisos, informes sobre actosextraordinarios, informes para abono en nómina deconceptos extraordinarios, etc. También para recabartodos los datos personales de carácter policial o quepuedan ser necesarios de los miembros de la PolicíaLocal. Usos: Justicia; seguridad pública y defensa;procedimientos administrativos; fines históricos,estadísticos o científicos.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados, AdministracionesPúblicas, terceras personas.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Comunicación directa de la persona interesadao terceras personas o a través de los documentosadministrativos.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; número de identificaciónpolicial; nombre y apellidos; dirección; teléfono;firma electrónica; fecha de nacimiento; imagen;infracciones administrativas; características personales;circunstancias sociales; académicos y profesionales;salud; número de la Seguridad Social/Mutualidad;firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, sindicatos y juntas depersonal, Administraciones Públicas, Juzgados yTribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

XIII. Fichero “Educación y Seguridad Vial”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:

Registro aglutinador de todas las actuaciones relativastanto a la educación vial como a las acciones que serealicen con fines de seguridad vial, tales comocontroles preventivos, campañas de sensibilización,visitas a centros educativos, etc. Usos: Justicia;seguridad pública y defensa; procedimientosadministrativos; fines históricos, estadísticos ocientíficos; gestión sancionadora.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal, Administraciones Públicas, entidades privadas,terceras personas.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Comunicación directa de la persona interesadao terceras personas o a través de documentos.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; fecha de nacimiento;imagen/voz; marcas físicas; infracciones administrativas;características personales; académicos y profesionales;económicos, financieros y de seguros; transaccionesde bienes y servicios; firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

XIV. Fichero “DUMAC”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro para la gestión de todas las actuacionespoliciales con relación al urbanismo, medio ambientey comercio, con carácter preventivo, sancionador,averiguación e información, etc. Usos: Justicia;seguridad pública y defensa; procedimientosadministrativos; fines históricos, estadísticos ocientíficos; gestión sancionadora.

2. Personas o colectivos origen de los datos de

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carácter personal: Interesados o su representantelegal, Administraciones Públicas, entidades privadas,terceras personas.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Comunicación directa de la persona interesadao terceras personas o a través de documentos.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; fecha de nacimiento;imagen/voz; infracciones administrativas; característicaspersonales; académicos y profesionales; detalles delempleo; información comercial; económicos, financierosy de seguros; transacciones de bienes y servicios;firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,entidades aseguradoras y financieras, Juzgados yTribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

XV. Fichero “Transportes”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro para la gestión de todos los aspectosrelacionados con el transporte dentro del Municipio,tanto el transporte colectivo de viajeros, como eltransporte de mercancías, incluidas las peligrosas.También la información sobre paradas de transportes,titulares de tarjetas de transportes, asalariados, vehículosempleados y sanciones administrativas. Usos: Justicia;seguridad pública y defensa; procedimientosadministrativos; fines históricos, estadísticos ocientíficos; gestión sancionadora.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal, Administraciones Públicas, entidades privadas,terceras personas.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Comunicación directa de la persona interesadao terceras personas o a través de documentos.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; fecha de nacimiento;imagen; infracciones administrativas; académicos yprofesionales; detalles del empleo; informacióncomercial; económicos, financieros y de seguros;transacciones de bienes y servicios; firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

XVI. Fichero “Policía Social”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro para la gestión de las actuaciones concolectivos tales como enfermos mentales, personascon problemas de dependencia de sustancias, menores,prostitución, indigentes y, en general, cualquiercolectivo en riesgo social. Usos: Justicia; seguridadpública y defensa; servicios sociales; gestión y controlsanitario; procedimientos administrativos; finesestadísticos.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal, Administraciones Públicas, entidades privadas,terceras personas.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Comunicación directa de la persona interesadao terceras personas o a través de documentos.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombre

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y apellidos; dirección; teléfono; fecha de nacimiento;imagen/voz; infracciones penales y administrativas;características personales; circunstancias sociales;económicos, financieros y de seguros; salud; vidasexual; firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,entidades sanitarias, Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

XVII. Fichero “Videovigilancia”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro de grabaciones de vigilancia de las instalacionespoliciales y sus accesos, del tráfico en las víasmunicipales y las imágenes, tanto fijas como móviles,relativas a controles preventivos de tráfico. Usos:Justicia; seguridad pública y defensa; procedimientosadministrativos; gestión sancionadora; fines estadísticos.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: ciudadanos/as que transitan por lazona de cobertura de las cámaras destinadas avideovigilancia.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Videocámara.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: Imágenes.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Básico.

XVIII. Fichero “Tráfico”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro de sanciones de tráfico y controles preventivos.También de señalización viaria, tanto de oficio comoa petición particular. Usos: Justicia; seguridad públicay defensa; procedimientos administrativos; finesestadísticos; gestión sancionadora.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal, Administraciones Públicas, entidades privadas,terceras personas.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Comunicación directa de la persona interesadao terceras personas o a través de documentos.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; fecha de nacimiento;imagen/voz; infracciones administrativas; académicosy profesionales; económicos, financieros y de seguros;transacciones de bienes y servicios; firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

XIX. Fichero “Transportes”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro para la gestión de todos los aspectosrelacionados con el transporte dentro del Municipio,tanto el transporte colectivo de viajeros, como eltransporte de mercancías, incluidas las peligrosas.También la información sobre paradas de transportes,titulares de tarjetas de transportes, asalariados, vehículosempleados y sanciones administrativas. Usos: Justicia;seguridad pública y defensa; procedimientosadministrativos; fines históricos, estadísticos ocientíficos; gestión sancionadora.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21043

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2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal, Administraciones Públicas, entidades privadas,terceras personas.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Comunicación directa de la persona interesadao terceras personas o a través de documentos.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; fecha de nacimiento;imagen; infracciones administrativas; académicos yprofesionales; detalles del empleo; económicos,financieros y de seguros; transacciones de bienes yservicios; firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

XX. Fichero “De Personal”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro para la elaboración de contratos, gestión denóminas y otros usos en materia de personal,(reconocimiento de grado, trienios, etc.).

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal, (empleados).

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Comunicación de la persona interesada osu representante legal o a través de documentos.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; firma/huella; númerode la Seguridad Social/Mutualidad; afiliación sindical;

estado civil; fecha de nacimiento y número de hijos;estudios terminados; cuenta para transferencia bancarianómina; discapacidad y grado de la misma.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Sindicatos y Juntas dePersonal, Administraciones Públicas, Juzgados yTribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

XXI. Fichero “Servicios Sociales y Mayores”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro de datos de usuarios para tramitación deprestaciones, consultas, inscripción en accionessocioeducativas, etc.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal, otras personas físicas, fuentes accesibles alpúblico, registros públicos, Administraciones Públicas.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Comunicación de la persona interesada, surepresentante legal, tercera persona o a través dedocumentos.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: Salud; datosrelativos a infracciones penales y administrativas;Documento Nacional de Identidad; Número deIdentificación de Extranjeros; Número de IdentificaciónFiscal; número de la Seguridad Social/Mutualidad;número registro de personal; nombre y apellidos;dirección; teléfono; firma/huella; tarjeta sanitaria;características personales; circunstancias sociales;académicos y profesionales; detalles del empleo;económicos, financieros y de seguros.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

21044 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Alto.

XXII. Fichero “Solicitudes de vecinos dirigidasal Departamento de Servicios Públicos y Parquesy Jardines”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro de las solicitudes dirigidas al Departamentode Servicios Públicos y Parques y Jardines para mejorcontrol de la atención y respuesta al ciudadano en dichoDepartamento.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Mediante la recepción de los formularioso escritos que se presenten.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Básico.

XXIII. Fichero “Usuarios Centro DeportivoIngenio”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro de los usuarios del Centro Deportivo Ingeniopara su organización y gestión.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Mediante la recepción de los formularioso escritos que se presenten.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; firma/huella; e –mail; circunstancias sociales, (desempleados ypensionistas).

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Básico.

XXIV. Fichero “Alquiler instalaciones deportivasy propuestas de gastos de Deportes”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Registro de los usuarios que alquilan las instalacionesdeportivas para su organización y gestión y de losproveedores.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Mediante la recepción de los formularioso escritos que se presenten.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; teléfono; firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21045

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6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Básico.

XXV. Fichero “Del personal de Deportes”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Gestión de personal, control de permisos.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Personalmente.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: nombre, apellidosy teléfono.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: No se prevé ninguna.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Básico.

XXVI. Fichero “Trabajadores en beneficio de lacomunidad”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Organización, control y contacto con las personas quecumplen trabajos en beneficio de la comunidad.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal, Administraciones Públicas, Juzgados y Tribunales.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Mediante la recepción de documentaciónvaria remitida por la Administración Pública, Juzgados

y Tribunales y de los formularios o escritos que sepresenten.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: Infracciones penalesy administrativas; Documento Nacional de Identidad;Número de Identificación de Extranjeros; Número deIdentificación Fiscal; nombre y apellidos; dirección;teléfono; firma/huella; e – mail.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Medio.

XXVII. Fichero “Ligas Fútbol Sala y Baloncestoaficionados y otras actividades”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Organización, control y contacto con las personas queparticipan den las distintas actividades deportivas.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Mediante la recepción de los formularioso escritos que se presenten.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; firma/huella; imagen/voz;e – mail.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, clubes deportivos,Administraciones Públicas, Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

21046 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Básico.

XXVIII. Fichero “Voluntariado Ambiental –Actividad de reforestación – ”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Organización, control y contacto con las personasvoluntarias en la actividad de reforestación, conservacióny mantenimiento forestal de las medianías.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Mediante la recepción de los formularioso escritos que se presenten.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; teléfono; firma/huella.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Fundación Canaria parala Reforestación “Foresta”, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Básico.

XXIX. Fichero “De Artesanos”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Organización, control y contacto con los artesanos ala hora de dar información sobre cursos, subvenciones,realización de mercadillos, ferias y otros eventosanálogos.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal, asociaciones del Municipio, censo de artesanosde la FEDAC y otras administraciones locales.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Mediante la recepción de documentaciónvaria remitida por Administraciones Públicas oasociaciones y de los formularios o escritos que sepresenten.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; firma/huella; imagen/voz;número carné de la FEDAC; característica personal,(oficio artesanal).

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Básico.

XXX. Fichero “Del Departamento de Festejos”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Contacto para organizar las fiestas municipales.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representante legaly Administraciones Públicas.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Personalmente, mediante la recepción dedocumentación remitida por Administraciones Públicasy de los formularios o escritos que se presenten.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: Nombre, apellidosy teléfono.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21047

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5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Básico.

XXXI. Fichero “Base de datos de terceros”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Información sobre datos referente a las personasfísicas y jurídicas que se relacionan con esta IlustreAdministración de forma que se guarden una sola vez,evitando duplicidades y asegurando la coherencia dela información.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Contribuyentes y sujetos obligados.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: El propio interesado o su representantelegal, fuentes accesibles al público y AdministracionesPúblicas.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; imagen/voz; datosbancarios.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Colaboración Tributaria y Tesorería,interesados, Administraciones Públicas, Juzgados yTribunales.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Medio.

XXXII. Fichero “Gestión de Procedimientos”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Información para la realización de la gestión de losprocedimientos administrativos de esta Ilustre EntidadLocal.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Ciudadanos y residentes.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: El propio interesado o su representantelegal y Administraciones Públicas.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; infraccionesadministrativas.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales, colaboración tributaria.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Medio.

XXXIII. Fichero “Padrones fiscales”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Información de los distintos objetos tributariosunificados por contribuyentes, (ingresos directos,impuestos, tasas, precios públicos, etc.). Facilita lalabor tributaria permitiendo la gestión de los diferentesobjetos tributarios, su mantenimiento y actualización.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Contribuyentes y sujetos obligados.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: El propio interesado o su representantelegal; Administraciones Públicas y fuentes accesiblesal público.

21048 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; infraccionesadministrativas.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales, colaboración tributaria.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Medio.

XXXIV. Fichero “Gestión censal del I.A.E.”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Información para la gestión censal del I.A.E.,mantenimiento de la matrícula, comunicación a laA.E.A.T. y simulación y generación de padrones.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Contribuyentes y sujetos obligados.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: El propio interesado o su representantelegal; Administraciones Públicas y fuentes accesiblesal público.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; infraccionesadministrativas.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales, colaboración tributaria.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Medio.

XXXV. Fichero “Recibos”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Información para la gestión de deudas de los ciudadanoscon este Ilustre Ayuntamiento. Contiene ademásinformación sobre las operaciones realizadas a los recibos,(aprobación, notificación, pase a ejecutiva, cobros,anulación, etc.). Permite la gestión al detalle de lasactuaciones realizadas con cada recibo.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Contribuyentes y sujetos obligados.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: El propio interesado o su representantelegal y registros públicos.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; infraccionesadministrativas.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales, colaboración tributaria.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Medio.

XXXVI. Fichero “Expedientes en ejecutiva”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Información de los expedientes en vía ejecutiva aefectos de posibilitar el control y su gestión recaudatoria.Contiene, además, información de bienes del deudorpara proceder a embargos. Facilita la labor recaudatoriapermitiendo el control de actuaciones de dichosexpedientes.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21049

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2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Contribuyentes y sujetos obligados,representantes legales y personas de contacto.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: El propio interesado o su representantelegal, registros públicos, otras personas físicas, fuentesaccesibles al público y Administraciones Públicas.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; infraccionesadministrativas.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales, Colaboración Tributaria, S.L.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Medio.

XXXVII. Fichero “Gestión Catastral”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Información de todos los inmuebles del términomunicipal. Facilita la labor censal.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Contribuyentes y sujetos obligados.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: El propio interesado o su representantelegal, registros públicos y Administraciones Públicas.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales, Colaboración Tributaria, S.L.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Básico.

XXXVIII. Fichero “Multas”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Información de todas las multas y sanciones tramitadaspara su gestión de cobro. Facilita la labor del control,posibilitando la gestión y la ordenación de la seguridadvial y la recaudación de las denuncias y sancionesimpuestas.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Contribuyentes, sujetos obligadosy representantes legales.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: El propio interesado o su representantelegal, otras personas físicas y AdministracionesPúblicas.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; infraccionesadministrativas.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales, Colaboración Tributaria, S.L.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Medio.

21050 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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XXXIX. Fichero “Agua, basura y alcantarillado”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Base de datos que contiene el censo de deudores deestos conceptos para facilitar su gestión de cobro.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Contribuyentes y sujetos obligados.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: El propio interesado o su representantelegal, Administraciones Públicas, otras personasfísicas, registros públicos, entidad privada, fuentesaccesibles al público.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; dirección; teléfono; circunstancias sociales;información comercial; económicos, financieros yde seguros.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: Interesados, Administraciones Públicas,Juzgados y Tribunales, Aqualia, S.A.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Medio.

XL.Fichero “Citas con el Sr.Alcalde –Presidente”.

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:Organización, control y contacto con las personas quesolicitan cita para entrevistarse con el Sr. Alcalde –Presidente.

2. Personas o colectivos origen de los datos decarácter personal: Interesados o su representantelegal.

3. Procedimiento de recogida de los datos de carácterpersonal: Mediante la recepción de los formularioso escritos que se presenten.

4. Estructura básica del fichero y descripción de lostipos de datos incluidos en el mismo: DocumentoNacional de Identidad; Número de Identificación deExtranjeros; Número de Identificación Fiscal; nombrey apellidos; teléfono.

5. Cesiones de datos y, en su caso, transferenciasinternacionales: No se prevé ninguna.

6. Órgano de la Administración responsable delfichero: Alcaldía – Presidencia.

7. Servicio ante el cual el afectado puede ejercitarlos derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición: Oficina de Atención Ciudadana, (O.A.C.).

8. Medidas de seguridad: Básico”.

En la Villa de Ingenio, a uno de septiembre de dosmil diez.

EL ALCALDE-PRESIDENTE, Juan Díaz Sánchez.17.747

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE LAALDEADE SAN NICOLÁS

ANUNCIO16.343

ANUNCIO EXPEDIENTE PARA ELESTABLECIMIENTO DE LA ORDENANZAREGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LAPRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA ADOMICILIO.

Aprobado inicialmente, por el Pleno de este IlustreAyuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 28de septiembre de 2010, el expediente para elestablecimiento de la ORDENANZAREGULADORADELPRECIO PÚBLICO POR LAPRESTACIÓN DELSERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladorade las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 delReal Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba el Texto Refundido de lasdisposiciones legales vigentes en materia de Régimen

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21051

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Local, se somete el expediente a información públicapor el plazo de treinta días a contar desde el díasiguiente a la inserción de este anuncio en el BoletínOficial de la Provincia, para que los interesadospuedan examinar el expediente y presentar lasreclamaciones que estimen oportunas. Lo anteriorcon sujeción a las normas que se señalan a continuación:

a) Si transcurrido el citado plazo no se hubiesenpresentado reclamaciones, se considerará aprobadodefinitivamente dicho Acuerdo.

b) Oficina de presentación de las reclamaciones:Registro General de este Ayuntamiento.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.En la Aldea de San Nicolás, a uno de octubre de

dos mil diez.

ELALCALDE-PRESIDENTE, Tomás Pérez Jiménez.

17.871

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE MOGÁN

ANUNCIO16.344

Este Ayuntamiento en sesión de Pleno Ordinariocelebrado el día 24 de septiembre de 2010, aprobóinicialmente el “REGLAMENTO DEL REGISTRODE PAREJAS DE HECHO”.

Por el presente se comunica su exposición ainformación pública por TREINTA DÍAS, deconformidad con lo previsto en el artículo 49 de laLey 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases deRégimen Local, para que cuantos se considereninteresados puedan examinar el expediente y alegarlo que a su derecho convenga, significándole que elmismo se encuentra de manifiesto en la Secretaría Generalde este Ayuntamiento, pudiendo ser examinado duranteel referido plazo en días laborables y en horario deoficina.

En el supuesto de que no se presentaren reclamaciones,el acuerdo se entenderá definitivamente aprobadoque será ejecutivo sin más trámite, y entrando en

vigor una vez se hayan transcurrido 15 días desde lapublicación íntegra del texto del Reglamento en el BoletínOficial de la Provincia.

Lo que se hace público para general conocimientoy a los efectos oportunos.

En Mogán, a treinta de septiembre de dos mil diez.

EL ALCALDE-PRESIDENTE, Francisco GonzálezGonzález.

17.792

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA

Contratación

ANUNCIO DE CONCURSO PÚBLICO16.345

OBJETO:

SUMINISTRO DENOMINADO “RED DECÁMARAS”

PROCEDIMIENTO:

Abierto oferta económicamente más ventajosa,varios criterios de adjudicación, tramitación urgente,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 delReal Decreto-ley 13/2008, de 26 de octubre, por elque se crean el Fondo Estatal para el Empleo y laSostenibilidad Local.

PLAZO DE EJECUCIÓN:

El plazo de ejecución del presente suministro se fijaen SESENTA (60) DÍAS, contados desde la firma delActa de Replanteo.

CONDICIONES ECONÓMICAS:

Cuantía y forma de pago: SESENTAY SIETE MILCIENTO CUARENTA Y DOS EUROS CONOCHENTAY SEIS CÉNTIMOS (67.142,86 EUROS)y TRES MILTRESCIENTOS CINCUENTAYSIETEEUROS CON CATORCE CÉNTIMOS (3.357,14EUROS) de I.G.I.C.

21052 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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El suministro objeto de esta contrata se financiarácon cargo al Fondo Estatal para el Empleo y laSostenibilidad Local creado por el 13/2008, de 26 deoctubre.

CLASIFICACIÓN:

No se exige clasificación.

GARANTÍAS:

Provisional: No se exige la constitución de garantíaprovisional.

Definitiva: Deberá constituir una garantía del cincopor ciento (5%) de la adjudicación.

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES:

Las propuestas se presentarán en el Registro Generalde las Oficinas Municipales del Ayuntamiento deSan Bartolomé de Tirajana, sito en el Edificio de laAgencia Tributaria, Avenida Touroperador ThomsonHoliday, número 1 -Campo Internacional de Maspalomas,C.P. 35100 -; de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horasy los sábados de 09:00 a 12:00 horas, en el Edificiode la Policía Local, sito en Campo Internacional;durante los OCHO (8) DÍAS NATURALES siguientescontados a partir de la publicación del anuncio de contrataen el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas,debiendo aportar dos sobres en la forma indicada enel Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:

Los criterios de valoración de las ofertas se encuentranrecogidos en la cláusula 16 del Pliego de cláusulasadministrativas particulares que rigen la citada contrata.

APERTURA DE PLICAS:

Tendrá lugar en acto público en la Casa Condal, sitoen la calle Alcalde Marcial Franco, San Fernando deMaspalomas, tras el cierre de presentación deproposiciones, previo anuncio de fecha y hora en elPerfil del Contratante del Ayuntamientowww.maspalomas.com

VALIDEZ DE LA OFERTA:

La oferta vinculará al proponente desde su formulaciónhasta la adjudicación de la citada contrata.

AGRUPACIONES DE EMPRESAS:

No se exigirá ninguna forma específica de sociedadpara los supuestos de agrupación temporal de contratistas,bastando su constitución en la forma prevenida en elartículo 48 de la Ley 30/2007 de Contratos del SectorPúblico.

COSTE DE LOS ANUNCIOS: Será asumido porquien resulte adjudicatario de la contrata.

MODELOS DE PROPOSICIÓN E INFORMACIÓN:Constan en el Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares. La información y documentación paraparticipar en la licitación, estará disponible en elPerfil de Contratante www.maspalomas.com. Paracualquier información, los interesados deberán dirigirsea la Unidad de Contratación de este Ayuntamientoemplazado en la calle San Mateo s/n, San Fernandode Maspalomas, de este Término Municipal. Teléfono928.762.047 y al fax. 928.766.042.

Villa de San Bartolomé de Tirajana, a cuatro de octubrede dos mil diez.

LA CONCEJALA DELEGADA DECONTRATACIÓN, Dunia Santana Santana.

17.824

ANUNCIO16.346

Mediante Resolución de la Concejala Delegada deContratación, de fecha 29 de septiembre de 2010, sesuspendió la licitación por error en la aplicación delI.G.I.C., en el Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares de las obras de “ESCUELA TALLERMUNICIPAL”, tramitado por urgencia, procedimientoabierto, varios criterios de adjudicación, y publicadala convocatoria de licitación en el Boletín Oficial deProvincia de Las Palmas número 119 de fecha 15 deseptiembre de 2010, se hace pública nueva licitación,suprimiéndose el I.G.I..C en el Pliego, e iniciándosede nuevo el plazo para la presentación de ofertas apartir de la publicación del presente anuncio en el BoletínOficial de la Provincia.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21053

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1. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN:

El Presupuesto base de licitación tiene un importede SEISCIENTOS TRECE MIL SETECIENTOSTRES EUROS CON SESENTA Y UN CÉNTIMOS(613,703,61 EUROS).

I.G.I.C.: (0%).

Importe total: SEISCIENTOS TRECE MILSETECIENTOS TRES EUROS CON SESENTA YUN CÉNTIMOS (613,703,61 EUROS).

2. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS:

Fecha límite de presentación: Hasta transcurridosTRECE (13) DÍAS NATURALES contados a partirdel siguiente de la publicación del presente anunciode contrata en el Boletín Oficial de la Provincia.

Documentación a presentar: La indicada en lacláusula 14ª del Pliego de Cláusulas EconómicoAdministrativas que sirve de base a esta licitación yse encuentra publicado en el Perfil del Contratantede la pagina web: www.maspalomas.com.

Lugar de presentación: En las Oficinas Municipales,Departamento de Registro General de Entrada, sitoen la 3ª planta del Edificio de la Agencia Tributaria- Avenida Touroperador Thomson Holidays, número1 - Campo Internacional de Maspalomas, en horariode lunes a viernes de 08:30 h. a 13:00 h. y los sábadosde 09:00 a 12:00 horas en el Edificio de la Policía Local(Campo Internacional de Maspalomas) - C.P. 35100San Bartolomé de Tirajana, bien personalmente obien mediante envío por mensajería entregado dentrodel plazo señalado.

3. OTROS DETALLES:

Figuran publicados en el Boletín Oficial de laProvincia de Las Palmas número 119, de fecha 15 deseptiembre de 2010 y en el Perfil del Contratante dela página web: www.maspalomas.com.

San Bartolomé de Tirajana, a veintinueve deseptiembre de dos mil diez.

LA CONCEJALA DELEGADA DECONTRATACIÓN (Decreto 11.08.10), Dunia SantanaSantana.

17.823

ANUNCIO16.347

Este Ayuntamiento en el ejercicio de sus competenciasy no habiendo sido posible la notificación a losinteresados por no encontrarse en el domicilio en elque figuran empadronados, se comunica a los Sres./Sras.que se indica a continuación:

• D. SIHAM KHALAKHI

• D. ABDEL AZIZ SAMRAN

• D. ALEJANDRO CARDO CABEZAS

• D. ALEJANDRO CARDO VEGA

• Dª. DIANA CARDO VEGA

• D. FRANCISCO PEREZ GONZALEZ

• Dª. MALIKA KHARBACHI

• D. GAVIN JHON DISNEY

• D. PERNO FELNER

• D. PETRA JHON

• D. JUAN JESUS DENIZ ROQUE

• D. MONICA DE LOS REYES SANTANAHERNANDEZ

• D. VICTOR MANUEL MARTINEZ

• D. PAUL JOHN OBENEY

• D. DIANA LORENA CASTAÑO BEDOYA

• D. SAMANTA MARTINEZ CASTAÑO

• D. MELANIE WEISSENBERG

• Dª. GABRIELE ZOCHE

• Dª. MABEL JIMENA TORO SOLANO

• Dª. ELISABETH PIEROLA

• D. LEONARDO PEÑA MONTAÑO

• D. EMIL PANOV PETROV

• D. ARTHUR DAVID GROVER

21054 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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• D. MANUEL LORENZO DEL TORO

• Dª. ZOIE ISABELLE GROVER

• Dª. CAROLINA GUEDES

• Dª. MARIA ANTONIA GUEDES

• Dª. MARIE MADELEINE NDOUR

• D. SILVIA SUSANA SANCHEZ

• D. JORGE DOMINGUEZ DIAZ

• Dª. MARIA ANTONIA DIAZ

• D. JOSE MANUEL LOPEZ RUEDA

• D. LIDIA SUSANA FABRA BELINCHON

• D. BIANKA WERCHAN

• D. LARS ANDREAS JOHANSSON

• D. Mª DOLORES HENRIQUEZ GARCIA

• Dª. NAYRA ARMINDA GONZALEZHENRIQUEZ

• D. YERAY BENAHOARE GONZALEZHENRIQUEZ

• D. WESA HODEM HAMDAN SANTANA

• D. ANIS HODEM HAMDAN SANTANA

• D. ALFRED ZOCHE

• D. INGRID KLEIN

• Dª. BRIGITTA ELISA SCHNELLTING

• D. GERARDO JOSE ARMAS MATOS

• Dª. CORAL ARMAS MATOS

• Dª. CARMEN JESUS ARMAS MATOS

• Dª. AMINA EL BAGDADI

• D. MIMOUNT ALBARAGRAGUI

• Dª. LAURA BEATRIZ CANARELLI

• D. RAFAEL FELIZ VERA ARAUJO

• D. MEENA HARISH NARWANI

• D. LUIS ESTRADA ALVAREZ

• D. JOSE CARLOS SANCHEZ MIGUELEZ

• D. PILLERTH BURKHARD

• D. RIFI SALIM

• D. TIKAM SHABLANI SHABLANI

• D. KLAUS DIETER MOSER

• D. RENATE EVA ELISABE MOSER

• D. SHEILA MARIA TYSON

• Dª. SUZANA SKABAR

• D. HERNAN LOAIZA HERNANDEZ

• Dª. VIVIANA COSSIO ROMERO

• D. MIGUEL ANGEL LOAIZA COSSIO

• D. TOMASZ MALINSKI

• D. IWONA MALINSKA

• D. BARTOSZ MALINSKI

• D. CRISTOBAL BRAVO GARCIA

• D. KARIM PELZER

• D. JOHAN SCHMITZ

• D. JOSE MIGUEL MENDEZ SANCHEZ

• D. EREDITA FERRER HERNANDEZ

• D. MOHAMED AlT ZEMMI

• D. YONG GANG XU

• D. WILSON FABIAN VALENCIAARBOLEDA

• D. CARLOS DENIZ BOLAÑOS

• D. SHANE SAMUEL BASTABLE

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21055

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• D. MICHAEL GORKA

• D. KARSTEN BEHRENS

• D. MAHEK LALIT BAJAJ

• D. MADHU SURESH KUMAR

• D. HRIDAY RUPANI SUNIL

• D. KUNAL CHANDRU MALKANI MALKANI

• D. LALIT PRAKASH BAJAJ

• Dª. SONIA RUPANI SUNIL

• D. JIYOA RUPANI SUNIL

• D. JAMAL HAMADI ROAD

• D. OUSSAMA KADJOA

• D. MOHAMED LAZBI OUCHIAKH

• D. MELCHERT STEPHAN

• D. RENE GUST

• Dª TARA GORRIZ TOL

• D. TOR HENRIK MIKAEL APPELGVIST

• Dª. RENATE MARIE BEKMANN APPELGVIST

• D. TAO ZHANG

• D. SHUYAO DENG

• D. PAL LEINAD

• D. HENDRIK KURSTEN

• D. JOSE Mª VALLEJO GARCIA

• D. FERNANDO NICOLAS GONZALEZ BRUN

• Dª. BLANCA ESTHER BRUN ARCHENTO

• D. ERIK SCHAFER

• D. ABDELKADER RAHOU

• D. DEBLAJI SALID

• D. MARIANO FRASCHERI

• D. ROMINA SYTY MANCILLA

• D. MOHAMED EJJABRI

• Dª. KHATRY OULD MOHAMED

• Dª. LISA LAMBERT

• D. AHMED SAMARI

• D. HOURIA BEN HADDORU

• D. JAOUAD CHANRAK

• D. SAID BOUMENJEL

• D. KAOUTAR AZHOUD

• Dª FATIMA ZOHRA SAMARI

• D. KARIM SAMARI

• Dª. NORA SAMARI

• D. BADR BOUMENJEL

• D. ADAM BOUMENJEL

que se encuentran incursos en procedimiento de bajade oficio del Padrón Municipal de Habitantes de estemunicipio, por supuesto incumplimiento de losrequisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación Territorialde la Entidades Locales, dándoles un plazo de audienciade DIEZ DÍAS para que presente las alegacionesoportunas en virtud de lo establecido en el artículo84 de la Ley del Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común. Transcurrido dicho plazo sinque presente alegación, se procederá, previo informedel Consejo de Empadronamiento, a decretar su bajadel padrón Municipal de habitantes de San Bartoloméde Tirajana

San Bartolomé de Tirajana, a veintitrés de septiembrede dos mil diez.

LA ALCALDESA PRESIDENTA, María del PinoTorres Melián.

17.745

21056 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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ILUSTRE AYUNTAMIENTODE SANTALUCÍADE TIRAJANA

EDICTO16.348

Por parte de RODRÍGUEZ Y ORTIZ, S.C.P., se hasolicitado licencia municipal de apertura (Exp. 26/10M)para el ejercicio de la actividad de BAR-CAFETERÍA,en la calle ACHAMAN, NÚMEROS 13-15, LOCALB, de esta municipalidad.

Lo que se hace público para general conocimientoy al objeto de quienes se consideren afectados dealgún modo por la actividad que se pretende establecer,puedan hacer las observaciones pertinentes dentro delplazo de VEINTE DÍAS, de conformidad con lodispuesto en el artículo 16.a de la Ley 1/1998, de 8de enero, de Régimen Jurídico de EspectáculosPúblicos y Actividades Clasificadas, mediante escritoa presentar en el Registro General de entrada de esteAyuntamiento.

Santa Lucía, a dos de septiembre de dos mil diez.

LACONCEJALADELEGADADE URBANISMOY EDUCACIÓN, (P.D.: Decreto de Alcaldía de fecha31/03/2008, publicado en B.O.P. nº 47 de fecha09/04/2008), Dunia González Vega.

16.291

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE TÍAS

EDICTO16.349

Por DON FÉLIX SOLER GARCÍA, en representaciónde RESTAURANTE MCDONALD’S, S.A., conN.I.F. n° A-28586097 y domicilio en calle Somera,5 (MADRID), ha sido solicitada Licencia Municipalde Actividad Clasificada de un RESTAURANTE,(Expediente 32/2010-AC) denominado“RESTAURANTE MCDONALD’S” en C.C.BIOSFERA PLAZA, P-4 L-4 Y 5 (PUERTO DELCARMEN) en este Término Municipal.

Conforme a lo determinado en el artículo 16.a) dela Ley 1/1998, de 8 de enero de Régimen Jurídico delos Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas,de la Comunidad Autónoma de Canarias, se abre un

plazo de información pública por término de VEINTEDÍAS a partir de su publicación en el Boletín Oficialde la Provincia, para que quienes se considerenafectados de algún modo por la actividad que sepretende establecer puedan hacer las observacionespertinentes.

En Tías (Lanzarote), a catorce de septiembre de dosmil diez.

ELCONCEJALDELEGADO, José Antonio GutiérrezGutiérrez.

17.788

EDICTO16.350

Por DOÑA RENATE URSULA HEINRICH, enrepresentación de INVERSIONES TERRENALESEUROPEAS, S.L., con N.I.F. n° B-35490366 ydomicilio en C.C. Columbus, L-5 y 6 (PUERTO DELCARMEN), ha sido solicitada Licencia Municipal deActividad Clasificada de un BAR CON MÚSICA,(Expediente 30/2010-AC) denominado “PARADISEII” en C.C. COLUMBUS, L-5 Y 6 (PUERTO DELCARMEN), en este Término Municipal.

Conforme a lo determinado en el artículo 16.a) dela Ley 1/1998, de 8 de enero de Régimen Jurídico delos Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas,de la Comunidad Autónoma de Canarias, se abre unplazo de información pública por término de VEINTEDÍAS a partir de su publicación en el Boletín Oficialde la Provincia, para que quienes se considerenafectados de algún modo por la actividad que sepretende establecer puedan hacer las observacionespertinentes.

En Tías (Lanzarote), a catorce de septiembre de dosmil diez.

ELCONCEJALDELEGADO, José Antonio GutiérrezGutiérrez.

17.789

EDICTO16.351

Por DON DANTE PALSARIO ZEPEDA, con N.I.F.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21057

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n° X-6703719-R, en representación propia y domicilioen C.C. La Hoya, L-21 (PUERTO DEL CARMEN),ha sido solicitada Licencia Municipal de ActividadClasificada de un BAR KARAOKE, (Expediente34/2010-AC) denominado “MABUHAY” en C.C.LA HOYA, L-21 (PUERTO DEL CARMEN), eneste Término Municipal.

Conforme a lo determinado en el artículo 16.a) dela Ley 1/1998, de 8 de enero de Régimen Jurídico delos Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas,de la Comunidad Autónoma de Canarias, se abre unplazo de información pública por término de VEINTEDÍAS a partir de su publicación en el Boletín Oficialde la Provincia, para que quienes se considerenafectados de algún modo por la actividad que sepretende establecer puedan hacer las observacionespertinentes.

En Tías (Lanzarote), a veinticuatro de septiembrede dos mil diez.

ELCONCEJALDELEGADO, José Antonio GutiérrezGutiérrez.

17.787

ANUNCIO16.352

BANDO DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA

Don José Juan Cruz Saavedra, Alcalde-Presidentedel Ayuntamiento de Tías,

HACE SABER:

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegirlas personas para ser nombradas Juez de Paz, titulary sustituto de este Municipio, de conformidad a lo quedisponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánicadel Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de quince días hábiles paraque las personas que estén interesadas, y reúnan lascondiciones legales lo soliciten por escrito dirigidoa esta Alcaldía. A la solicitud deberá acompañarse lasiguiente documentación:

- Certificado de nacimiento

-Certificado médico de no padecer enfermedad quele incapacite para el ejercicio de cargo de Juez de Paz.

- Declaración Jurada de no estar incurso en causasde incompatibilidad.

Que en las dependencias del Ayuntamiento de Tías,sitas en la calle Libertad, número 50, puede serexaminado el expediente y recabar la información quese precise en cuanto a requisitos, duración del cargo,etc.

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Plenode la Corporación elegirá libremente, comunicandoel Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Tías , a dieciséis de septiembre de dos mil diez.

EL ALCALDE-PRESIDENTE, José Juan CruzSaavedra.

17.786

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE TUINEJE

ANUNCIO16.353

Por el que se hace público que mediante acuerdoplenario de fecha 16 de septiembre de 2010, se aprobóla Instrucción Interna para Establecimiento de Criteriosde Interpretación puntuales de las Normas Subsidiariasde Tuineje cuyo texto íntegro es el siguiente:

“INSTRUCCIÓN INTERNA.

INTRODUCCIÓN

Finalidad de la Instrucción: es el establecimientode criterios de interpretación de aspectos puntualesde la normativa de las Normas Subsidiarias de Tuineje,a los efectos de homogeneizar posturas ante laconsideración del uso energético de las energíasrenovables en nuestro municipio y la posibilidadlegal de implantación en suelo rústico como uso noexpresamente prohibido por nuestro planeamiento.Igualmente se pretende potenciar el desarrollo de la

21058 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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actividad agropecuaria, en una situación de desaceleracióndel crecimiento económico y con el afán de potenciarel desarrollo rural,

La presente instrucción se dicta en virtud de lascompetencias de dirección de los servicios establecidaen el artículo 21 de la ley 30/1992, de 26 de noviembrede de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Comúnque establece que Los órganos administrativos podrándirigir las actividades de sus órganos jerárquicamentedependientes mediante instrucciones y órdenes deservicio, así como las facultades de interpretación deCuando una disposición específica así lo establezcao se estime conveniente por razón de los destinatarioso de los efectos que puedan producirse, las instruccionesy órdenes de servicio se publicarán en el periódicooficial que corresponda.

MOTIVACIÓN

Anivel nacional, el Ministerio de Ciencia y Tecnologíaa través del Instituto para Diversificación y Ahorrode la Energía (IDAE) ha elaborado el Plan de Fomentode las Energías Renovables, que establece comoobjetivo para el año 2010, el cubrir con energíasrenovables el 12% del consumo de energía primaria.

Conscientes del importante papel a desempeñarpor las entidades locales, el IDAE con la colaboraciónde la Federación Española de Municipios y Provincias(FEMP), esta última a través de la Red Española deCiudades por el Clima, instan a las AdministracionesLocales a apoyar el uso de la energía solar y laincorporación de las instalaciones de energía solarfotovoltaica para la generación de electricidad. Tambiénel Gobierno de Canarias aboga por la implantaciónde este tipo de instalaciones, incluso en suelos de mayorprotección que el urbanizable industrial, como es elsuelo rústico.

La propia Ley llamada de Mediadas Urgentes( L6/2009, de 6 de mayo) en su exposición de motivosargumenta que “afronta la ordenación del uso delsuelo rústico, con el objetivo de la promoción de laactividad agropecuaria, y el dinamismo del medio rural,así como la diversidad económica a través del fomentode la implantación industrial, de los servicios,equipamientos y dotaciones públicas y la diversificaciónenergética renovable”,

Prueba de ello es la Resolución de 11 de junio de

2010, por la que se hace público el Acuerdo de laComisión de Ordenación del Territorio y MedioAmbiente de Canarias de 26 de mayo de 2010, relativoa criterio interpretativo sobre determinados preceptosde la Ley 6/2009, de 6 de mayo, en donde se argumentaque dicha norma supone un importante cambio deorientación legislativa, al decir entre, otras cuestioneslas siguientes:

“(...)

Sin embargo, esos mismos poderes públicos debenvelar a su vez para que las prescripciones legalesestablecidas al efecto y el funcionamiento de lasadministraciones públicas no se conviertan en obstáculosque dificulten las iniciativas públicas y privadas, quecon observancia de la legalidad tienden a la generaciónde riqueza, mejorando la competitividad de los sectorescon carácter general, (...), más aún en momentos degrave desaceleración económica y de pérdida de losniveles de empleo.

(...)

Sin embargo, la experiencia en la aplicación delexpresado marco normativo aconseja realizardeterminados ajustes en orden a facilitar los procesosde adaptación del planeamiento, a la vez de precisarla regulación a los elementos sustantivos de losobjetivos de sostenibilidad, liberalizando con criteriossimplificadores aquellas actividades de menortrascendencia territorial, con especial incentivaciónal desarrollo rural, a la producción de energías limpiasendógenas, y al equilibrio sectorial, especialmente através de la promoción industrial.

(...)

El capítulo II, coherente con los principios demínima regulación que inspiran esta ley, afronta laordenación del suelo rústico, con el objetivo de lapromoción de la actividad agropecuaria, y el dinamismodel medio rural, así como la diversificación económicaa través del fomento de la implantación industrial, delos servicios, equipamientos y dotaciones públicas yla diversificación energética renovable.”

CONSIDERACIÓN PRIMERA: POSIBILIDAD DESU IMPLANTACIÓN DE ENERGÍARENOVABLEEN BASE A LA CATEGORÍA DE SUELO.

Cuando se trata de implantar instalaciones eólicaso fotovoltaicas en suelo, la necesidad de ocupar una

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21059

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gran superficie de terreno, con vientos, sin sombrasegún los casos o con un tendido eléctrico próximopara evacuar la energía generada a la red, hace queel lugar propicio para su instalación sea el suelorústico. Pese a ello, la mayoría de las legislacionesautonómicas no prevén expresamente estas instalacionescomo uno de los usos permitidos en el suelo rural, aunquetampoco lo prohíben, por lo que existe un notable vacíolegal en esta materia. El legislador canario conscientede la necesidad de potenciar e incentivar el desarrollorural y la implantación de energías limpias endógenasha emprendido pequeñas reformas normativas, algunasde difícil aplicación práctica si tenemos en cuenta elsentido literal de la norma y la realidad de muchosayuntamientos canarios, como el de Tuineje, quecuenta con unas NNSS, no adaptadas y con mas dediez años de vigencia.

El artículo 63.8 del TRLOTCENC establece que “Ensuelo rústico protegido por razón de sus valoreseconómicos a que se refiere la letra b del artículo 55anterior, se podrá autorizar la instalación de plantasde generación de energía fotovoltaica, eólica, ocualquier otra proveniente de fuentes endógenasrenovables, siempre que no exista prohibición expresaen el Plan Insular de Ordenación, en los PlanesTerritoriales de Ordenación o en el Planeamiento delos Espacios Naturales Protegidos que resultenaplicables al ámbito donde se pretenda ubicar lainstalación.”con determinados requisitos, al menos paraque sean autorizables mediante Calificación Territorial,tal y como ha reconocido la COTMAC en sesión de26 de mayo de 2010..

Por su parte el artículo 62-ter. del mismo cuerpo legalestablece “1. Los Proyectos de Actuación Territorialson instrumentos que permiten con carácter excepcional,y por razón de interés público o social, la previsióny realización de obras, construcciones e instalacionesprecisas para la implantación en suelo rústico noclasificado como de protección ambiental, de dotaciones,de equipamiento, o de actividades industriales,energéticas o turísticas que hayan de situarsenecesariamente en suelo rústico o que por su naturalezasean incompatibles con el suelo urbano y urbanizabley siempre que dicha implantación no estuviereespecíficamente prohibida por el planeamiento.”

Al respecto las NNSS no prevé, ni por tanto ordenael uso energético, tampoco, por tanto, lo prohíbeexpresamente, en ninguna de las categorías de suelorústico, por lo que es viable su implantación, desde

el punto de vista del planeamiento municipal aunquerequerirá en todo caso autorizarse a través de CalificaciónTerritorial, en el supuesto del artículo 63.8 delTRLOTCENC o Proyectos de actuación territorial,en los supuestos del artículo 62-ter. del mismo cuerpolegal, la Circular 3/2009, de 4 de marzo de la SecretariaGeneral Técnica de la Consejería de Medio Ambientede Canarias, La Resolución de 11 de junio de 2010,por la que se hace público el Acuerdo de la Comisiónde Ordenación del Territorio y Medio Ambiente deCanarias de 26 de mayo de 2010, relativo a criteriointerpretativo sobre determinados preceptos de laLey 6/2009, de 6 de mayo y la Resolución de 30 denoviembre de 2009, por la que se hace público el Acuerdode la Comisión de Ordenación del Territorio y MedioAmbiente de Canarias de 30 de octubre de 2009,relativo a la Adopción de los Criterios para ladeterminación de la trascendencia estratégica oterritorial de los Proyectos de Actuación Territorial.

CONSIDERACIÓN SEGUNDA. FOMENTO DELA ACTIVIDAD AGROPECUARIA. CONSIDE-RACIÓN DE NÚCLEO DE POBLACIÓN.

Otra novedad que introduce la Ley 6/2009 de 6 demayo de medidas urgentes en su artículo 5, como medidapara el fomento del desarrollo del suelo rural es laRegularización y Registro de Explotaciones Ganaderas,dependiendo de criterios como su antigüedad, supreexistencia en relación con las edificaciones deresidencia, compatibilidad o tipo de suelo.

En uso de la potestad que daba el artículo 4 del RAM,el Ayuntamiento en sus Normas Subsidiarias, fijó ensu artículo 1.5.7.2. que vaquerías, establos, cuadras,corrales de ganado y aves, solo podrán establecersea una distancia no inferior a 2.000 metros del núcleode población más próximo, a pesar de que el citadoReglamento y su Circular de 10 de abril de 1968, taly como reconoce la propia STS de 10 de marzo de1987, lo limitaban a Industrias fabriles, que fueranconsideradas peligrosas o insalubres.

No obstante la determinación de las distancias quese marcan en dicho artículo de las NNSS, dado el carácterde prescripción urbanística que el emplazamientoresultante posee, es vinculante y su alteración omodificación requiere ineludiblemente el previocumplimiento de los trámites y requisitos legalmenteestablecidos para variar los Planes y Ordenanzas.

Esta situación no planteó excesivos problemas, yaque hasta la aparición del Plan Insular de Ordenación

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Territorial, en el municipio, la población se concentrabaen los núcleos residenciales que tradicionalmentevenían existiendo. En concreto, Las Normas Subsidiarias,a parte de los pueblos o núcleos urbanos y urbanizablesde Tuineje, Tiscamanita, Las Playitas, Tarajalejo y GranTarajal, solo establecen un único tipo de AsentamientoRural en su artículo 4.3.3.1. en Tesejerague, JuanGopar y Teguitar, cuyas condiciones de uso, edificacióny parcelación son las señaladas para el suelo Urbanoy que los define como “Asentamientos poco densosdestinados a concentrar y dotar de equipamiento yservicios a la población de áreas agrícolas dispersas.Dichos asentamientos se destinan a viviendasunifamiliares adosadas o en hilera y equipamiento dezonas verdes, docente, deportivo y social.” Fuera deestaos núcleos de población y con aplicación de lasdistancias establecidas, se podían establecer actividadesganaderas, tradicionales en nuestro municipio.

Incluso las zonas de extensión de suelo urbano oapto para urbanizar denominado como ResidencialIntensivo y Extensivo se establecían unas densidadesorientativas de 45 Vdas/Ha y 31,5Vdas/Ha,respectivamente, suelos que no se llegaron, en sumayoría a desarrollar, pero sí da una idea de que loque se pretendía era una colmatación de los núcleosresidenciales que ya existían desde antaño. Frente aesto en los artículos 4.3.3.2 y 4.3.3.5 se establecía laposibilidad de construcción de viviendas aisladas enparcelas de 10.000 m2 vinculadas a la actividadagrícola y 20.000 m2 en suelo rústico residual, conlas autorizaciones previas preceptivas.

En este contexto, si bien las NNSS de Tuineje, nodefine lo que, a efectos de aplicación de distanciasse debe considerar “núcleo de población agrupada”,pues solo en la memoria de dichas Normas apareceuna definición en negativo al señalar donde nunca sepodrá implantar un núcleo de población, sí se podíahacer una identificación racional de núcleo de poblacióncon los suelos urbanos residenciales o aptos paraedificar, incluidos los asentamientos rurales quefijaban las referidas Normas.

Con la Entrada en vigor del PIOF, se produce, enconcreto en nuestro municipio, un aumento dediseminados y viviendas dispersas por el suelo rural,que viene a desvirtuar en gran medida la idea del usoresidencial agrupado en núcleos de población, que veníaestableciendo la Normativa municipal.

Por otro lado el Plan Insular no establece distanciasmínimas de instalaciones ganaderas a núcleos depoblación.

El Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres,Nocivas y Peligrosas, aprobado mediante Decreto2414/1961, de 30 de noviembre, ha sufrido derogacionestanto parcial por la ley 1/1998, de 8 de enero, deRégimen Jurídico de los Espectáculos Públicos yActividades Clasificadas, como total por la Ley34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire yprotección de la atmósfera, Imperando en la actualidadel establecimiento de medidas correctoras para elestablecimiento de este tipo de instalaciones ganaderasen suelo rústico, como criterio mas acorde con elartículo 45 de la Constitución que establece que“todos tienen el derecho a disfrutar de un medioambiente adecuado para el desarrollo de la persona,así como el deber de conservarlo. Los poderes públicosvelarán por la utilización racional de todos los recursosnaturales, con el fin de proteger y mejorar la calidadde la vida y defender y restaurar el medio ambiente,apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.”

Con el objetivo de la promoción de la actividadagropecuaria, en una situación de desaceleración delcrecimiento económico y con el afán de potenciar eldesarrollo rural, tan olvidado en los últimos años debonanza económica y considerando que la laborinterpretativa de la normativa aplicable, en este casolas NNSS de Tuineje, no solo se debe llevar a caboconforme a su tenor literal, sino, también, a la vistadel artículo 3.1 del Código Civil , con utilización delos métodos histórico, lógico, sistemático y sociológico,que, junto a la literalidad, integran ese proceso únicoque es la interpretación, lo que significa que, la normase debe considerar en relación con el contexto, losantecedentes históricos y legislativos, y la realidadsocial del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendofundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas,se establece el siguiente criterio interpretativo:

A efectos de la aplicación del artículo 1.5.7.2. delas NNSS se considera que núcleo de población máspróximo, son los establecidos como tales en laspropias NNSS, esto es, los pueblos o núcleos urbanosy urbanizables de Tuineje, Tiscamanita, Las Playitas,Tarajalejo y Gran Tarajal, y sus zonas de extensiónincluido el tipo de Asentamiento Rural establecidoen su artículo 4.3.3.1. en Tesejerague, Juan Gopar yTeguitar, cuyas condiciones de uso, edificación yparcelación son las señaladas para el suelo Urbano y

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21061

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que se definen como “Asentamientos poco densosdestinados a concentrar y dotar de equipamiento yservicios a la población de áreas agrícolas dispersas.Dichos asentamientos se destinan a viviendasunifamiliares adosadas o en hilera y equipamiento dezonas verdes, docente, deportivo y social.”

CONSIDERACIÓN TERCERA. CRITERIOSSOBRE EL MODO DE APLICACIÓN DE LASMEDIDAS ESTABLECIDAS EN LA LEY 6/2009A DETERMINADAS CATEGORÍAS DE SUELORÚSTICO, CUANDO EL PLANEAMIENTOVIGENTE DE APLICACIÓN, INSULAR OMUNICIPAL, NO SE ENCUENTRA ADAPTADOA LAS CATEGORÍAS REGULADAS EN ELARTÍCULO 55 TRLOTENC.

El artículo 55 del TRLOTENC contiene trececategorías de suelo rústico, especialmente definidasy reguladas en atención a los valores que, dentro deesa clase de suelo, se pretenden preservar. Talcategorización supuso un cambio evidente sobre las6 categorías definidas por la ya derogada Ley 5/1987.

En la actualidad nos encontramos con instrumentosde planeamiento, fundamentalmente insular y municipal,que no han adaptado sus determinaciones alTRLOTENC. Por tanto, no han actualizado lacategorización de suelos rústicos contenida en los mismos,por lo que resulta complejo determinar, a priori, si ladenominación de una categoría establecida en unplan no adaptado para un determinado suelo esequiparable a una determinada categoría establecidaen el artículo 55 TRLOTENC.

Es evidente que, la constatación de su adecuacióna lo establecido en el TRLOTENC requerirá, cuandodeban implantarse en suelos ordenados por planes noadaptados, el examen caso a caso del régimen jurídicoestablecido por el plan no adaptado, con objeto dedeterminar, por un lado, el valor prevalente que sepretende preservar en virtud del régimen jurídicoestablecido y no de su denominación formal, tratandode equiparar ese régimen con alguno de los 4 grandesgrupos establecidos en el artículo 55 TRLOTENC;y por otro, el régimen de compatibilidades establecido,de forma que la implantación de nuevos usos permitidospor la LMU no pueda verse limitada por prohibicionesgenéricas o por regímenes jurídicos incongruentes.

CONSIDERACIÓN CUARTA. ACTUACIONESEN SUELO RÚSTICO LEGITIMADAS PORLICENCIA MUNICIPAL, SIN NECESIDAD DECALIFICACIÓN TERRITORIALO PROYECTO DEACTUACIÓN TERRITORIAL PREVIOS.

La ley de medidas urgentes en su capítulo II,coherente con los principios de mínima regulación queinspiran esta ley, afronta la ordenación del suelorústico, con el objetivo de la promoción de la actividadagropecuaria, y el dinamismo del medio rural, así comola diversificación económica a través del fomento dela implantación industrial, de los servicios, equipamientosy dotaciones públicas y la diversificación energéticarenovable.”

Fruto de tales planteamientos se introducen, en loque aquí interesa, las siguientes modificacioneslegales:

Se introduce un nuevo apartado d) en el número 1del artículo 63 TRLOTENC, que, con referencia a los“suelos rústicos de protección agraria”, definiendo elalcance de la ordenación de la actividad agrícola,ganadera o piscícola: “producción, transformación ycomercialización de las producciones ... así comotodas aquellas actividades directamente vinculadas ala actividad de la explotación agraria que permitanla obtención de renta complementaria y diversifiquenla economía del medio rural y la calidad de vida delos agricultores”.

Se amplía el elenco de actos de uso y explotacióneconómica de los suelos categorizados como deprotección agraria mediante la inserción de un nuevoapartado c) al número 2 del artículo 63 TRLOTENC,liberando a las “construcciones y actividades” allírelacionadas de la previa obtención de CalificaciónTerritorial o, en su caso, de PAT, aunque determinandoque “cuando las construcciones establecidas en losapartados anteriores excedan de las dimensionesestablecidas la licencia municipal quedará condicionadaa la aprobación de la calificación territorial o de unproyecto de actuación territorial, en su caso”.

Este apartado C reza literalmente

“En los suelos categorizados como de protecciónagraria en los que no estuviera expresamente prohibidopor las determinaciones del Plan Insular de Ordenación,de los Planes Territoriales que se dicten en su desarrollo,o de los Planes Generales de Ordenación se podrán

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levantar construcciones e instalaciones sin necesidadde obtener la previa Calificación Territorial, cuandotengan por finalidad el establecimiento o mejora delas condiciones técnico-económicas de explotaciónde la actividad agraria, ganadera o piscícola, y sejustifique de forma fehaciente la vinculación de laconstrucción con la actividad agrícola o ganadera. Enconcreto se podrán realizar, previa la obtención de lalicencia municipal correspondiente cuando resultareexigible, las siguientes construcciones y actividades:

- Las previstas en el apartado 1.a) del artículo 62del texto refundido de las Leyes de Ordenación delTerritorio de Canarias y de Espacios Naturales deCanarias.

- Tareas de restauración de instalaciones agrícolasy agropecuarias existentes.

- Limpieza de los terrenos e instalaciones

- Reparación y construcción de caños, acequias,embalses, gavias, nateros y otras infraestructurashidráulicas del sistema de regadíos o de aprovechamientode escorrentías.

- Muros de contención, de nueva construcción quecon la misma finalidad se levanten con materialesnaturales del lugar y no sobrepasen la altura de un metrosobre la cota natural del terreno.

- Depósitos de agua con finalidad agropecuaria queno excedan de un metro sobre la cota natural delterreno, cuya capacidad sea inferior a 1.000 m3.

- Cuartos de apero que no excedan ni de 25 m2 nidel uno por ciento de la superficie de la parcela dondese establezcan, exceptuando la superficie ocupadapor las instalaciones sanitarias complementarias quesean precisas siempre que esa superficie no superelos 10 m2.

- Bodegas en la zona de cultivo vitícola que seansubterráneas o se establezcan en oquedades naturalesdel terreno.

- Pequeños almacenes, proporcionales a las necesidadesacreditadas y a las características de la explotación,cuyas dimensiones no superen los 40 m2 de superficieocupada, siempre que la distancia entre el suelo y eltecho no sea superior a 2 m.

- En estas edificaciones se deberán utilizar materialespropios del lugar para conseguir la mimetización conel paisaje

- Las zanjas y otras excavaciones subterráneas queno sobrepasen un metro de profundidad a partir de lacota natural del terreno.

- Vallados con material transparente de hasta dosmetros de alto.

- Muros de hasta un metro de altura siempre quesean de piedra y materiales naturales del lugar.

- Cerramientos mixtos de muros y vallados conmaterial transparente siempre que la altura de losmuros no exceda de 60 cm.

- En todo caso, estarán prohibidas las nuevasconstrucciones destinadas a viviendas o habitación oa la implantación del uso residencial.

- Los ayuntamientos podrán establecer requisitosmínimos y procedimientos simplificados de otorgamientode licencias para estas actividades, siempre que segaranticen los aspectos técnicos de seguridad, deconformidad con los estudios exigibles siempre quese aporten los documentos necesarios y la finalidadsea la efectiva mejora de las condiciones de la actividadagropecuaria.

- En todo caso, cuando las construcciones establecidasen los apartados anteriores excedan de las dimensionesestablecidas la licencia municipal quedará condicionadaa la aprobación de la calificación territorial o de unproyecto de actuación territorial, en su caso.».

El Ayuntamiento de Tuineje en base al enunciadode este artículo procederá a tramitar como licenciamunicipal sin solicitar previa calificación territorialni PAT a todas las solicitudes enmarcadas en la letray en el espíritu de esta norma en base a los criteriossobre el modo de aplicación de las medidas establecidasen la Ley 6/2009 a determinadas categorías de suelorústico, cuando el planeamiento vigente de aplicación,insular o municipal, no se encuentra adaptado a lascategorías reguladas en el artículo 55 TRLOTENC,que forma parte de la consideración tercera de estainstrucción.

Y en su virtud se propone al Pleno de la Corporaciónla adopción del siguiente ACUERDO:

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21063

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PRIMERO. Aprobar la presente Instrucción con loscriterios de Interpretación de aspectos puntuales quecontiene.

SEGUNDO. Publicar el presente acuerdo en elBoletín Oficial de la Provincia, para su generalconocimiento y entrada en vigor.”

Contra el anterior acuerdo, que pone fin a la víaadministrativa, se podrá interponer con carácterpotestativo recurso de reposición, en el plazo de unmes a contar desde el día siguiente del recibí de lapublicación en el Boletín Oficial de la Provincia,ante el Pleno Municipal; o bien directamente elrecurso contencioso-administrativo, ante la Sala delo Contencioso Administrativo, del Tribunal Superiorde Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses acontar desde el día siguiente al de su publicación.

En el caso de interponerse el recurso de reposicióncon carácter potestativo, no se podrá interponer el recursocontencioso administrativo, sino hasta la resoluciónexpresa o presunta del mismo. No obstante, podrá utilizarcualquier otro recurso o medio de impugnación queconsidere conveniente.”

En Tuineje, a uno de octubre de dos mil diez.

EL ALCALDE-PRESIDENTE, Salvador DelgadoGuerra.

17.937

ANUNCIO16.354

Por el que se hace público que mediante acuerdoplenario de fecha 15 de julio de 2010, se aprobóinicialmente la modificación de la Ordenanza FiscalReguladora de la Tasa por Recogida Domiciliaria deBasura del Ayuntamiento de Tuineje, acuerdo elevadoa definitivo al no haberse presentado en el plazohabilitado al efecto reclamación alguna y determinandola aprobación definitiva de la modificación de laOrdenanza en cuestión, cuyo texto íntegro es elsiguiente:

“MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCALREGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDADOMICILIARIA DE BASURA DELAYUNTAMIENTO DE TUINEJE.

DEVENGO Y PERÍODO IMPOSITIVO

ARTÍCULO 9

1. La Tasa por prestación del servicio de recogidadomiciliaria de basura tiene carácter periódico.

2. Su período impositivo coincide con el año natural,salvo en los supuestos de inicio o cese en su prestación,en los que el período impositivo será el siguiente:

a) En los supuestos de inicio, desde el día en queéste tenga lugar hasta el 31 de diciembre.

Se entenderá iniciada la prestación del servicio enla fecha de otorgamiento de la licencia de primeraocupación y funcionamiento, o desde el momento enque haya de considerarse iniciada la actividad.

b) En los supuestos de cese, desde el 1 de enero hastael día en que se produzca aquél.

3. Cuando el período impositivo de la tasa seainferior al año natural, su importe se prorrateará portrimestres naturales, computándose como completoel de inicio o cese en la prestación del servicio.

4. La Tasa por la prestación del servicio de recogidadomiciliaria de basuras se devenga el primer día elperíodo impositivo.”

En Tuineje, a cuatro de octubre de dos mil diez.

EL ALCALDE, Salvador Delgado Guerra.

17.936

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIADE CANARIAS

CÉDULADE NOTIFICACIÓN16.355

Tipo de procedimiento: Recurso de suplicación400/2010. Materia: Despido. Órgano origen: Juzgadode lo Social Número Ocho de Las Palmas de Gran

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Canaria. Procedimiento origen: Demanda 756/2007.Recurrente: Ernesto Santos León. Recurridos:Comunidad De Propietarios Play, GCSLHB, S.L.,Bouleverd Venezia, S.L., Cristina Berbis, S.L. yFondo de Garantía Salarial. Abogado: DomingoTarajano Mesa.

En el rollo de Sala número 400/2010 formado pararesolver el Recurso de Suplicación interpuesto contraresolución dictada por el Juzgado de lo Social NúmeroOcho de Las Palmas de Gran Canaria en los autos número756/2007, la Sala de lo Social del Tribunal Superiorde Justicia de Canarias ha dictado, con fecha 17 dejunio de 2010 la sentencia que por copia autorizadase acompaña a la presente.

Ypara que sirva de notificación en forma a GCSLHB,S.L. y Cristina Berbis, S.L (paradero desconocido),libro la presente que firmo en Las Palmas de GranCanaria, a veinticuatro de septiembre de dos mil diez.

EL/LA SECRETARIO/A.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de junio de2010.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justiciade la Comunidad Autónoma de Canarias formadapor los Iltmos. Sres. don Humberto GuadalupeHernández Presidente, doña María Jesús GarcíaHernández (Ponente) y don Ignacio Duce Sánchez deMoya Magistrados, ha pronunciado

En nombre del Rey la siguienteEn el Recurso de Suplicación interpuesto por Ernesto

Santos León contra Sentencia de fecha 30 de octubrede 2009 dictada en los autos de juicio número 756/2007en proceso sobre Despido, y entablado por ErnestoSantos León contra GCSLHB, S.L.; Boulevard Venezia,S.L.; Cristina Berbis, S.L.; Comunidad de PropietariosPlaymar y Fondo de Garantía Salarial.

El Ponente, la Iltma. Sra. doña María Jesús GarcíaHernández, quien expresa el criterio de la Sala.

FALLAMOS: Desestimamos el recurso interpuestopor Ernesto Santos León, contra la sentencia de fecha30-10-2009, dictada por el Juzgado de lo SocialNúmero Ocho de Las Palmas de Gran Canaria de estaProvincia, que confirmamos.

Notifíquese esta sentencia a las partes y al MinisterioFiscal de esta Tribunal Superior de Justicia.

ADVERTENCIAS LEGALES.Contra esta sentencia cabe Recurso de Casación para

la unificación de doctrina ante la Sala de lo Social delTribunal Supremo, que necesariamente deberáprepararse por escrito firmado por Letrado dirigidoa esta Sala de lo Social y presentado dentro de los DIEZDÍAS HÁBILES siguientes al de su notificación.

Además, si el recurrente hubiere sido condenado enla sentencia, deberá acompañar, al preparar el recurso,el justificante de haber ingresado en la cuenta deDepósitos y Consignaciones abierta en el Banesto cta.número; 3537/0000660400/2010 a nombre de esta Salael importe de la condena, o bien aval bancario en elque expresamente se haga constar la responsabilidadsolidaria del avalista. Si la condena consistiere enconstituir el capital-coste de una pensión de SeguridadSocial, el ingreso de éste habrá de hacerlo en laTesorería General de la Seguridad Social y una vezse determine por éstos su importe, lo que se lecomunicará por esta Sala.

El recurrente deberá acreditar mediante resguardoentregado en la Secretaría de la Sala de lo Social delTribunal Supremo al tiempo de la personación, laconsignación de un depósito de 300 euros en laentidad de crédito de Banesto c/c 24100000660400/2010, Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

Están exceptuados de hacer todos estos ingresos lasEntidades Públicas, quienes ya tengan expresamentereconocido el beneficio de justicia gratuita o litigasenen razón de su condición de trabajador o beneficiariodel régimen público de la Seguridad Social (o comosucesores suyos), aunque si la recurrente fuese unaEntidad Gestora y hubiese sido condenada al abonode una prestación de Segundad Social de pagoperiódico, al anunciar el recurso deberá acompañarcertificación acreditativa de que comienza el abonode la misma y que lo proseguirá puntualmente mientrasdure su tramitación.

Una vez firme lo acordado, devuélvase las actuacionesal Juzgado de lo Social de origen para el oportunocumplimiento.

Así, por esta nuestra Sentencia, definitivamentejuzgado, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Diligencia. En Las Palmas de Gran Canaria. Dadaha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Presidenteque la suscribe a los efectos de su notificación,

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21065

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uniéndose certificación literal de la misma a los autosoriginales, conforme a lo dispuesto en los artículos266.1 de la L.O.P.J. y 212 de la L.E.C., archivándosela presente en la Secretaría de este Juzgado en elLibro de su clase. Doy fe.

17.503

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.356

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 863/2010.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: GrigorePop. Demandados: Fixit Spain, S.L. y Fogasa.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Uno de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 863/2010, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de Grigore Pop, contra Fixit Spain, S.L.y Fogasa, por S.Sª., se ha acordado citarle medianteedictos dado su ignorado paradero, para el acto de vistaoral que tendrá lugar el próximo día 20.10.10, a las09:40 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar al interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a FixitSpain, S.L., en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el Boletín Oficial de esta Provincia,en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro deseptiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.560

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.357

Procedimiento: Demanda 1.156/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Antonio Ascanio Santana.Demandados: Yesos de Proyección Hermanos Sarmiento,Carmelo Sarmiento Santana y Ramisan, S.L.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Uno de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 1.156/2009, en materia de Cantidad, a instanciade Antonio Ascanio Santana, contra Yesos de ProyecciónHermanos Sarmiento, Carmelo Sarmiento Santana yRamisan, S.L., por S.Sª., se ha acordado citarlemediante edictos dado su ignorado paradero, para elacto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 02.12.10,a las 10:00 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar al interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a Yesosde Proyección Hermanos Sarmiento, Carmelo SarmientoSantana y Ramisan, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficialde esta Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, aveinte de septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.561

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.358

Procedimiento: Demanda 280/2010. Materia:Cantidad. Demandante: Pedro Vera Hernández.Demandados: Discosen´K, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Uno de Las Palmas de Gran Canaria.

21066 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 280/2010, en materia de Cantidad, a instanciade Pedro Vera Hernández, contra Discosen´K, S.L.y Fondo de Garantía Salarial, por S.Sª., se ha acordadocitarle mediante edictos dado su ignorado paradero,para el acto de vista oral que tendrá lugar el próximodía 14.04.11, a las 11:00 horas, advirtiéndole de lodispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley deProcedimiento Laboral. Asimismo se le requiere paraque concurra al acto al efecto de contestar al interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como que aporte la documental quese indica en la demanda, haciéndole saber que las copiasde la misma se encuentran a su disposición en laSecretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aDiscosen´K, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de estaProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiunode septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.562

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.359

Procedimiento: Demanda 264/2010. Materia:Cantidad. Demandante: Salvador Ignacio MurcianoÁlvarez. Demandados: Discosen´K, S.L. y Fondo deGarantía Salarial.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Uno de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 264/2010, en materia de Cantidad, a instanciade Salvador Ignacio Murciano Álvarez, contraDiscosen´K, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, porS.Sª., se ha acordado citarle mediante edictos dadosu ignorado paradero, para el acto de vista oral quetendrá lugar el próximo día 14.04.11, a las 10:40horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar al interrogatorio de preguntas de

la contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aDiscosen´K, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de estaProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiunode septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.563

ACTA16.360

Procedimiento: Demanda 691/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Carmen Pilar Siverio GonzálezDemandado: Servicios Financieros a Medida LasPalmas, S.L.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de septiembrede 2010.

Siendo las 11:40 horas del día de la fecha, seconstituyó en Audiencia Pública, la Iltma. Sra.Magistrado Juez doña María Mercedes GonzálezJiménez, con mi asistencia como Secretario Judicialdon Isidoro Prieto González, para la celebración delpresente acto compareciendo al efecto:

Por la parte actora, Carmen Pilar Siverio González,que no comparece, pese a estar citada en legal forma.

La parte demandada, Servicios Financieros a MedidaLas Palmas, S.L., no comparece.

Por su S.Sª.I. se procede, con fundamento en lo previstoen el artículo 49 de la Ley de Procedimiento Laboral,a dictar in voce la siguiente Resolución:

AUTOVistos los preceptos legales dictados y demás de general

y pertinente aplicación al caso,PARTE DISPOSITIVA

Tener y tenía por desistido a Carmen Pilar SiverioGonzález de su demanda contra Servicios Financieros

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21067

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a Medida Las Palmas, S.L., sobre Ordinario; origende las presentes actuaciones, las cuales se archivaránsin más trámite llevándose el original al correspondientelegajo y certificación del presente Auto en lasactuaciones.

Extendida la presente es firmada por S.Sª.I. y demásintervinientes, conmigo de lo que doy fe.

17.558

ACTA16.361

Procedimiento: Demanda 23/2009. Materia: Cantidad.Demandante: Gonzalo Blanco Albéniz. Demandados:Fix Obras y Reformas, S.L., Constructora San José,S.A., Mapfre Empresas, Mapfre Seguros de EmpresaCía de Seguros y Reaseguros, S.A.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de septiembrede 2010, siendo la hora señalada y constituido enAudiencia Pública el Magistrado Juez, Iltma. Sra.doña María Mercedes González Jiménez asistido demí como Secretaria, son llamadas las partes desde lapuerta del Juzgado por el Agente Judicial, compareciendo:

De la actora: Gonzalo Blanco Albeniz, representadopor José María Gómez Guedes.

De la demandada: Fix Obras y Reformas, S.L.; nocomparece.

- Constructora San José, S.A.: Representada por elProcurador don Francisco Javier Pérez Almeida,según poder que consta en autos, y asistido por la Letradadoña Tamara García Pérez,

- Mapfre Global Risks Compañía Internacional deSeguros y Reaseguros: Representada por la Procuradoradoña Manuela Rodríguez Báez, según copia de poderque aporta a autos, y asistido por la letrada AdrianaAcosta Castro

- Mapfre Seguros de Empresa Cía de Seguros yReaseguros, S.A.: Representada por la Procuradoradoña Manuela Rodríguez Báez, según copia de poderque aporta a autos, y asistido por la letrada AdrianaAcosta Castro

Exhortadas las partes por el Magistrado para quelleguen a una avenencia, advirtiendo a estas de losderechos y obligaciones que pudieran corresponderlesy sin prejuzgar el contenido de la eventual sentencia,se consigue un acuerdo en los siguientes términos:

Las partes comparecientes acuerdan en este actoindemnizar al demandante por el siniestro en la cuantía

de 150.000 euros, desglosados de la siguiente forma:90.000 euros serán abonados por la demandada GlobalRisks, como aseguradora de Constructora San José,y el resto de la cantidad, 60.000 euros, serán abonadospor la entidad Mapfre Seguros de Empresa, comoaseguradora de Fix Obras y Reformas, S.L., siendoambas cantidades ingresadas antes del día 02 deoctubre de 2010 en la cuenta corriente designada porel letrado, cuyo n° es el siguiente: 0049 4996 352116801847.

Al percibo de la totalidad de las cantidades indicadasanteriormente, la parte actora dará por saldada yfiniquitada cualquier tipo de reclamación con respectoa los hechos de la presente demanda.

S.S. tuvo a las partes por conciliadas en los términosconsignados, ordenando seguidamente el archivo deestas actuaciones previa nota en el Registro y sinperjuicio a efectos de su ejecución, y leída que fuela presente y hallándola conforme, la firman despuésel Sr. Magistrado y conmigo el Secretario, de lo quedoy fe.

S.S. aprueba el acuerdo obtenido por las partes,ordenando se procede seguidamente al cierre y archivode las presentes actuaciones. Con lo que se da porterminado este acto, del que se extiende la presenteacta que firman los que en la misma intervienendespués de S.Sª., de lo que yo, Secretario Judicial, doyfe.

EL SECRETARIO JUDICIAL.AUTO

Procedimiento: Demanda 23/2009. Materia: Cantidad.Demandante: Gonzalo Blanco Albéniz. Demandados:Fix Obras y Reformas, S.L., Constructora San José,S.A., Mapfre Empresas, Mapfre Seguros de EmpresaCía de Seguros y Reaseguros, S.A.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de septiembrede 2010.

Dada cuenta; Vistos los preceptos legales citadosy demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVAAcuerdo aprobar la avenencia alcanzada entre las

partes en el día de la fecha y archivar las actuaciones.Notifíquese la presente resolución a Gonzalo Blanco

Albéniz, Fix Obras y Reformas, S.L., ConstructoraSan José, S.A., Mapfre Global Risk CompañíaInternacional de Seguros y Reaseguros y Mapfre

21068 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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Seguros de Empresa Cía de Seguros y Reaseguros,S.A..

Modo Impugnación: Recurso de Reposición en elplazo de CINCO DÍAS ante este Secretario Judicial.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,para la admisión del recurso se deberá acreditar haberconstituido dentro del referido plazo, en la cuenta dedepósitos y consignaciones de este órgano, un depósitode 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiariode justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado,Comunidad Autónoma, entidad local u organismoautónomo dependiente de alguno de los anteriores.

Así lo acuerdo, mando y firmo doña María MercedesGonzález Jiménez, Magistrado Juez del Juzgado delo Social Número Uno. Doy fe.

EL MAGISTRADO JUEZ.EL SECRETARIO.

17.559

SENTENCIA 535/201016.362

En Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de septiembrede 2010.

Vistos por doña María Mercedes González, Juez-Sustituta del Juzgado de lo Social Número Uno deLas Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentesautos N° 881-08 de Juicio ordinario por derechos, siendodemandante 1ª María del Pino Santana Martín, 2ªDolores Hernández Segura y 3ª Zenaida RománSantana, asistidos de la Letrada doña María DoloresRodríguez Rosales y demandados Coralia Alemán Reyes,que no compareció, Fomento de Construcciones yContratas, S.A. representada por la Letrada doñaRosa del Carmen Fernández, Clece, representada porla Letrada doña Cristina Ravelo Ferrer, Ministerio deDefensa, representado por el abogado del estadoGerónimo Domínguez Bascoy y Fogasa, que nocompareció.

FALLO: Que desestimando como desestimo laexcepción de falta de legitimación pasiva alegadapor las demandadas y estimando parcialmente lademanda interpuesta por: 1ª María del Pino SantanaMartín, 2ª Dolores Hernández Segura y 3ª ZenaidaRomán Santana frente a Coralia Alemán Reyes,Fomento de Construcciones y Contratas, S.A., Clece,Ministerio de Defensa, debo condenar y condenosolidariamente a las empresa Coralia Alemán Reyes

y Fomento de Construcciones y Contratas, S.A. al abonoa las actoras de las siguientes cantidades: A María delPino Santana Martín la de 1.654,39 euros, a DoloresHernández Segura la cantidad de 1.775,74 euros y aZenaida Román Santana, la cantidad de 1.612,27absolviendo al resto de las demandadas de laspretensiones contra ellas deducidas en la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias en Las Palmas de GranCanaria, anunciándolo ante este Juzgado porcomparecencia o por escrito en el plazo de los CINCODÍAS HÁBILES siguientes a la notificación delpresente fallo, de conformidad con lo dispuesto porlos artículos 192 y ss del T.R.L.P.L.; siendo indispensableque al tiempo de anunciarlo acredite la parte que noostente el carácter de trabajador y no goce del beneficiode justicia gratuita, haber consignado el importeíntegro de la condena en el banco Banesto de Las Palmasde Gran Canaria de este Juzgado, n° 34860000650881-08 o presentar aval solidario de Entidad Financierapor el mismo importe. Asimismo deberá constituir otrodepósito por importe de 150,25 euros en la misma cuenta,del referido banco, presentando el resguardocorrespondiente a éste último depósito en la Secretariadel Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y eldel primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyosrequisitos no podrá ser admitido.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Diligencia de Publicación.- La extiendo yo el Sr.

Secretario para dar fe de que la anterior resoluciónse publicó en el día de su fecha, estando el Iltmo. Sr.Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública.Reitero fe.

17.564

SENTENCIA 539/201016.363

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 20de septiembre de 2010.

Vistos por Dña. María Mercedes González Jiménez,Juez-Sustituta del Juzgado de lo Social número unode Las Palmas de Gran Canaria, los precedentes autosnúmero 1.058/2004 seguidos a instancia de SusanaCabrera Cabrera, asistida de la Letrada doña Maríadel Mar Sánchez Reyes frente I.N.S.S., representaday asistida de la Letrada Susana de Antonia Martín yJosé Verdugo Acedo, Comunidad Fuentes Quintana

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21069

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y Bruno Naranjo Compañía Limitada, que nocomparecieron, sobre Prestaciones de Jubilación.

FALLO: Que debo desestimar y desestimo lademanda interpuesta por Susana Cabrera Cabrerafrente al I.N.S.S., José Verdugo Acedo, ComunidadFuentes Quintana y Bruno Naranjo Compañía Limitadasobre Prestaciones de Jubilación, absolviendo a losdemandados de las pretensiones aducidas en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias en Las Palmas de GranCanaria, anunciándolo ante este Juzgado porcomparecencia o por escrito en el plazo de los CINCODÍAS HÁBILES siguientes a la notificación delpresente fallo, de conformidad con lo dispuesto porlos artículos 192 y ss del T.R.L.P.L.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Diligencia de Publicación.- La extiendo yo el Sr.

Secretario para dar fe de que la anterior resoluciónse publicó en el día de su fecha, estando el Iltmo. Sr.Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública.Reitero fe.

17.565

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1

DE SANTACRUZ DE TENERIFE

EDICTOCÉDULANOTIFICACIÓN AUTO

16.364Procedimiento: Ejecución Semac 59/2010. Materia:

Ejecución Semac. Ejecutante: Manuel Jesús GonzálezGonzález. Ejecutado: Canary International Forwarding,S.L.

Doña María Cleofé Romero Concepción, SecretariaJudicial de este Juzgado de Juzgado de lo SocialNúmero Uno de Santa Cruz de Tenerife,

HACE SABER: Que en el procedimiento número59/2010 en materia de Ejecución Semac a instanciade Manuel Jesús González González, contra CanaryInternational Forwarding, S.L., por su S.Sª. se hadictado Auto de fecha 2 de marzo de 2010 y Decretodel día de la fecha, son del tenor literal siguiente:

AUTOEn Santa Cruz de Tenerife, a 2 de marzo de 2010.

Dada cuenta. Por presentado el anterior escritoúnase, dese a la copia su destino legal, y regístresela solicitud a que se refiere con su número de ordenen el Libro correspondiente.

Vistos los preceptos legales dictados y demás de generaly pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí laSecretaria, DIJO:

Se despacha ejecución a instancia de Manuel JesúsGonzález González contra la entidad Canary InternationalForwarding, S.L., por un principal de 5.500 euros, más550 euros de intereses y costas calculadosprovisionalmente.

Requiérase a Canary International Forwarding, S.L.para que en el término de Una Audiencia proceda adar cumplimiento en el acto de Conciliación ante elSEMAC. Caso de no verificar en el plazo otorgadose tomarán las medidas ejecutivas oportunas iniciándosela vía de apremio hasta el total cumplimiento de loacordado.

Se significa al deudor que podrá efectuar el pagode las cantidades reclamadas mediante ingreso en lacuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,c.c.c. 3794000064005910, en el Grupo Banesto.

Notifíquese la presente Resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposiciónque pueda formular el ejecutado dentro del plazo delos DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación,fundada en defectos procesales tasados por Ley, pagoo cumplimiento que habrá de justificar documentalmente,caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos ytransacciones que se hubieren convenido para evitarla ejecución siempre que consten en documentopúblico, significándose a dicha parte que la oposiciónno suspenderá el curso de la ejecución.

Así se acuerda, manda y firma por doña Begoña MaríaDelgado Pérez la Magistrado-Juez del Juzgado de loSocial Número Uno de Santa Cruz de Tenerife. Doyfe.

Ante míDECRETO

En Santa Cruz de Tenerife, a 24 de septiembre de2010.

PARTE DISPOSITIVAACUERDO: Trabar embargo de los bienes de la

ejecutada Canary Internacional Forwarding, S.L. en

21070 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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cuantía suficiente para cubrir el importe de 5.500euros de principal, más otros 550 euros calculadosprovisionalmente para costas e intereses.

Se significa al deudor que podrá efectuar el pagode las cantidades reclamadas mediante ingreso en lacuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,c.c.c. 3794 0000 64005910 de la Entidad Banesto.

Se autoriza al Funcionario de este Juzgado para que,a través del Punto Neutro Judicial, recabe la informaciónprecisa, para lograr la efectividad de la obligaciónpecuniaria que se ejecuta en el procedimiento dereferencia, tanto de entidades públicas como entidadesfinancieras o depositarías o de otras privadas que porel objeto de su normal actividad o por sus relacionesjurídicas con el ejecutado deban tener constancia delos bienes o derechos de éste o pudieran resultardeudoras del mismo.

Vista la averiguación de bienes del ejecutadopracticada, se acuerda el embargo hasta cubrir ellímite total por el que se despacha la presente ejecución,de los saldos acreedores que consten a favor de la empresaejecutada en las siguientes entidades bancarias: CajaRural, Banco Popular, La Caixa, Caja Insular deAhorros de Canarias, BBVA, Banco Santander yBarclays Bank, librando a tal efecto los correspondientesoficios comunicando el embargo practicado.

Ofíciese al Servicio de Índices a fin de que procedana informar a este Juzgado de los bienes que figurenregistrados en los mismos a nombre del ejecutado, yobténgase la referida información de la JefaturaProvincial de Tráfico a través de la dotación informáticade este Juzgado.

Modo de Impugnación: Recurso de Revisión, en elplazo de CINCO DÍAS ante este Tribunal.

Así lo acuerdo y firmo doña María Cleofé RomeroConcepción, Secretaria Judicial de Juzgado de loSocial Número Uno de Santa Cruz de Tenerife. Doyfe.

LA SECRETARIA JUDICIAL.Y para que sirva de notificación en legal forma a

Canary International Forwarding, S.L. en ignoradoparadero, expido la presente para publicación en elB.O.P., en Santa Cruz de Tenerife, a veinticuatro deseptiembre de dos mil diez.

LA SECRETARIA.17.480

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2

CÉDULADE CITACIÓN16.365

Procedimiento: Demanda 1.063/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Francisca Moreno Navarro.Demandados: Kanarische Hightlights, S.L. y Fondode Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de este Juzgado, en resolución de esta fecha, dictadaen los autos de Juicio número 1.063/2009, que en esteJuzgado se sigue a instancia de Francisca MorenoNavarro, contra Kanarische Hightlights, S.L. y Fondode Garantía Salarial, sobre Cantidad, por la presentese le cita a Vd., para que comparezca el día 19.10.10,a las 10:40 horas, a la celebración de los actos deconciliación, si procede y Juicio, bajo apercibimientode que no se suspenderá por falta de asistencia y quedebe concurrir con las pruebas de que intente valerse.Al propio tiempo se le cita para que concurra al actoal efecto de contestar el interrogatorio de preguntasde la contraparte si así se hubiese interesado, bajoapercibimiento de tenerse por ciertos los hechos quele perjudiquen y de multa de 180 a 600 euros.

Y para que tenga lugar la citación ordenada deKanarische Hightlights, S.L., expido la presente enLas Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de septiembrede dos mil diez.

LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no

fuese el propio destinatario, se le hace saber que decumplir el deber público que se le encomienda de hacerlallegar al interesado a la mayor brevedad, o darleaviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicialla imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimientode poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20euros, significándole que tiene derecho al resarcimientode los gastos que se le ocasionen.

17.571

CÉDULADE CITACIÓN16.366

Procedimiento: Demanda 1.073/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Octavio Díaz Reyes.Demandados: Kanarische Hightlights, S.L. y Fondode Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de este Juzgado, en resolución de esta fecha, dictada

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21071

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en los autos de Juicio número 1.073/2009, que en esteJuzgado se sigue a instancia de Octavio Díaz Reyes,contra Kanarische Hightlights, S.L. y Fondo deGarantía Salarial, sobre Cantidad, por la presente sele cita a Vd., para que comparezca el día 19.10.10, alas 10:50 horas, a la celebración de los actos deconciliación, si procede y Juicio, bajo apercibimientode que no se suspenderá por falta de asistencia y quedebe concurrir con las pruebas de que intente valerse.Al propio tiempo se le cita para que concurra al actoal efecto de contestar el interrogatorio de preguntasde la contraparte si así se hubiese interesado, bajoapercibimiento de tenerse por ciertos los hechos quele perjudiquen y de multa de 180 a 600 euros.

Y para que tenga lugar la citación ordenada deKanarische Hightlights, S.L., expido la presente enLas Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de septiembrede dos mil diez.

LA SECRETARIA, María Teresa Alonso García.ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no

fuese el propio destinatario, se le hace saber que decumplir el deber público que se le encomienda de hacerlallegar al interesado a la mayor brevedad, o darleaviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicialla imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimientode poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20euros, significándole que tiene derecho al resarcimientode los gastos que se le ocasionen.

17.572

EDICTO16.367

Procedimiento: Demanda 632/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Romina Natalia DávilaHernández. Demandados: Holiday Jack Group, S.A.y Fondo de Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los arts. 59 de laL.P.L. y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presente senotifica a Holiday Jack Group, S.A. a fin de que senotifique en la Sentencia de 15 de septiembre de2010 bajo apercibimiento de que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la OficinaJudicial.

Insértese un extracto de la resolución en el BoletínOficial de la Provincia..

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintitrés deseptiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIO JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a quince deseptiembre de dos mil diez. El Iltmo. Sr. FernandoHerrada Romero, Magistrado juez del juzgado de loSocial número Dos de Las Palmas, ha visto los autosnúmero 632/2009, seguidos a instancia de Romina NataliaDávila Hernández, con domicilio en San Bartoloméde Tirajana (Las Palmas), asistida del Abogado doñaElena Tejedor Jorge, contra la entidad Holiday JackGroup, S.A., con domicilio en esta ciudad, y contrael Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen.

Sobre: reclamación de cantidad.FALLO: Que estimando en parte la demanda

deducida por Romina Group, S.A. y contra el Fondode Garantía Salarial, debo condenar y condeno a laparte demandada a abonar la suma de 19.473,42 eurosmás la que esta suma devengue conforme al interésdel diez por ciento anual desde el día 08-05-09 hastael de su completo pago.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendoque contra ella podrán interponer Recurso de Suplicaciónante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justiciade Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante esteJuzgado por comparecencia o por escrito en el plazode CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificacióndel presente fallo, de conformidad con lo dispuestopor los artículos 192 y siguientes de la L. P. L.; siendoindispensable que al tiempo de anunciarlo acredite laparte que no ostente del carácter de trabajador y nogoce del beneficio de justicia gratuita, haber consignadoel importe íntegro de la condena en la Cuenta deDepósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidadbancaria BANESTO; en la CCC n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave 3487000065063209o, presentar aval solidario en la Entidad Financierapor el mismo importe. Asimismo deberá constituir otrodepósito por importe de 150 ‘25 euros en la mismacuenta del referido banco, presentando el resguardocorrespondiente de éste último depósito en la Secretaríadel Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y eldel primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyosrequisitos no podrá ser admitido.

Incorpórese esta Sentencia al correspondiente libroy expídase certificación literal de la misma paraconstancia en las actuaciones.

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Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando,lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: En la misma fecha fue leída y publicadala anterior resolución por el Iltmo. Sr. Magistrado quela dictó celebrando Audiencia Pública, de lo que yo,el Secretario Judicial, doy fe.

17.566

EDICTO16.368

Procedimiento: Demanda 956/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Alberto Hernández Pérez.Demandados: Frobe Canarias, S.L. y Fondo deGarantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los arts. 59 de laL.P.L. y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presente senotifica a Frobe Canarias, S.L. a fin de que SEnotifique en la sentencia de 15 de septiembre de 2010bajo apercibimiento de que las siguientes comunicacionesse harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

Insértese un extracto de la resolución en el BoletínOficial de la provincia..

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintitrés deseptiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIO JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de septiembrede 2010.

El Iltmo. Sr. don Fernando Herrada Romero,Magistrado Juez del Juzgado de lo Social número Dosde Las Palmas, ha visto los autos número 956/2009,seguidos a instancia de Alberto Hernández Pérez,con domicilio en esta ciudad, asistido del AbogadoDomingo Tarajano Mesa, contra la entidad FrobeCanarias, S.L., con domicilio en Mogán (Las Palmas)y contra el Fondo de Garantía Salarial, que nocomparecen.

Sobre: reclamación de cantidad.FALLO: Que estimando la demanda deducida por

Alberto Hernández Pérez contra la entidad FrobeCanarias, S. L. y contra el Fondo de Garantía Salarial,debo condenar y condeno a la mercantil Frobe Canarias,S. L. a que pague a la parte actora la suma de cincomil quinientos sesenta y seis euros con noventa y ocho

céntimos, más la que ésta devengue a razón del diezpor ciento anual desde el día 21-7-2009 hasta el desu completo pago.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendoque contra ella podrán interponer Recurso de Suplicaciónante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justiciade Canarias/Las Palmas, anunciándolo ante esteJuzgado por comparecencia o por escrito en el plazode CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la notificacióndel presente fallo, de conformidad con lo dispuestopor los artículos 192 y siguientes de la L. P. L.; siendoindispensable que al tiempo de anunciarlo acredite laparte que no ostente del carácter de trabajador y nogoce del beneficio de justicia gratuita, haber consignadoel importe íntegro de la condena en la Cuenta deDepósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidadbancaria BANESTO; en la C.C.C. n° 0030-1846-42-0005001274, y al concepto clave 3487000065095609o, presentar aval solidario en la Entidad Financierapor el mismo importe. Asimismo deberá constituir otrodepósito por importe de 150,25 euros en la misma cuentadel referido banco, presentando el resguardocorrespondiente de éste último depósito en la Secretaríadel Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y eldel primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyosrequisitos no podrá ser admitido.

Incorpórese esta Sentencia al correspondiente libroy expídase certificación literal de la misma paraconstancia en las actuaciones.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando,lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: En la misma fecha fue leída y publicadala anterior resolución por el Iltmo. Sr. Magistrado quela dictó celebrando Audiencia Pública, de lo que yo,el Secretario Judicial, doy fe.

17.567

EDICTO16.369

Procedimiento: Demanda 687/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Fernando Betancor MedinaDemandados: Fondo de Garantía Salarial y Spania FreshCanarias, S.L.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los arts. 59 de laL.P.L. y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presente senotifica a Spania Fresh Canarias, S.L. el auto y decretode fecha 21/09/10 bajo apercibimiento de que lassiguientes comunicaciones se harán fijando copia de

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21073

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la resolución o de la cédula en el tablón de anunciosde la Oficina Judicial.

Insértese un extracto de la resolución en el BoletínOficial de Las Palmas.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiuno deseptiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIO JUDICIAL.AUTO

Procedimiento: Demanda 687/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Fernando Betancor MedinaDemandados: Fondo de Garantía Salarial y Spania FreshCanarias, S.L.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de septiembrede 2010.

Dada cuenta;PARTE DISPOSITIVA

Se despacha ejecución a instancia de FernandoBetancor Medina contra Spania Fresh Canarias, S.L.,por un principal de 7.033,43 euros, más 700 euros deintereses provisionales y la de 700 euros de costasprovisionales, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Se significa al deudor que podrá efectuar el pagode las cantidades reclamadas mediante ingreso en lacuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,c.c.c. 0030-1846-42-0005001274 al concepto3487000064038710 del Banesto.

Practíquense por el Sr. Secretario Judicial lasactuaciones previstas en los art. 247 y concordantesde la L.P.L.

Modo de Impugnación: Contra este auto no caberecurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutadapueda oponerse al despacho de la ejecución en lostérminos previstos en el art. 556 de la L.E.C. y en elplazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a lanotificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así se acuerda, manda y firma por don FernandoHerrada Romero el Magistrado-Juez del Juzgado delo Social Número Dos de Las Palmas de Gran Canaria.Doy fe.

EL MAGISTRADO-JUEZ.EL SECRETARIO.

DECRETOProcedimiento: Demanda 687/2009. Materia:

Cantidad. Demandante: Fernando Betancor Medina

Demandados: Fondo de Garantía Salarial y Spania FreshCanarias, S.L.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de septiembrede 2010.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación, acuerdo:

Habiéndose declarado la insolvencia de la ejecutadacon anterioridad por el Juzgado de lo Social NúmeroCinco de esta ciudad, en la ejecución número 5/2010,óigase al Fondo de Garantía Salarial y al ejecutante,por plazo de quince días, para que puedan instar lapráctica de las diligencias que a su derecho convengay designar los bienes del deudor de que tenganconstancia y con su resultado se acordará.

Notifíquese la presente resolución a ¡as partes enlegal forma.

Modo Impugnación: Recurso de Revisión en elplazo de CINCO DÍAS ante el Secretario Judicial.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,para la admisión del recurso se deberá acreditar haberconstituido, en la cuenta de depósitos y consignacionesde este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que elrecurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, elMinisterio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,entidad local u organismo autónomo dependiente dealguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en el, n° 0030-1846-42-0005001274 alconcepto 3487000030038710.

Así lo acuerdo y firmo, doña María Teresa AlonsoGarcía, Secretaria Judicial de Juzgado de lo SocialNúmero Dos. Doy fe.

EL SECRETARIO JUDICIAL.17.568

EDICTO16.370

Procedimiento: Demanda 1.199/2009. Materia:Despido. Demandante: Carmen Nayra Castillo Santana.Demandados: Pastelería Los Corales, S.L., Fondode Garantía Salarial y Alonso Santana Vega.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los arts. 59 de laL.P.L. y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presente senotifica a Pastelería Los Corales, S.L. y AlonsoSantana Vega el Decreto de fecha 11/08/10, bajoapercibimiento de que las siguientes comunicaciones

21074 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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se harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

Insértese un extracto de la resolución en el BoletínOficial de Las Palmas.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós deseptiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIO JUDICIAL.DECRETO

En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de agosto de2010.

Vistos los preceptos legales dictados y demás de generaly pertinente aplicación al caso, DISPONGO: Sedeclara al ejecutado Pastelería Los Corales, S.L. y AlonsoSantana Vega en situación de insolvencia con carácterprovisional por un importe de 4.870,37 euros y sinperjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivose conoce bienes del ejecutado.

Una vez firme el presente, expídanse los testimoniosoportunos para su entrega a la parte actora a losefectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicitecompareciendo en esta Oficina Judicial para suretirada.

Procédase al archivo de las presentes actuaciones,dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Expídase testimonio del presente para su unión alos autos, quedando el original en el legajo de Decretos.

Modo de Impugnación: Recurso de Revisión, en elplazo de CINCO DÍAS ante este Secretario Judicial.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,para la admisión del recurso se deberá acreditar haberconstituido, en la cuenta de depósitos y consignacionesde este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que elrecurrente sea beneficiario de justicia gratuita, elMinisterio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,entidad local u organismo autónomo dependiente dealguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en la Cuenta de Depósitos y Consignacionesde este Órgano, n° 0030-1846-42-0005001274 alconcepto 3487000030019710.

Así se acuerda, manda y firma por doña MaríaTeresa Alonso García, Secretaria Judicial de Juzgadode lo Social Número Dos.

EL SECRETARIO JUDICIAL.17.569

EDICTO16.371

Procedimiento: Demanda 1.307/2008. Materia:Cantidad. Demandante: Juan José López Vera.Demandados: Manazil, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los arts. 59 de laL.P.L. y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presente senotifica a Manazil, S.L. el Decreto de fecha 24/09/10,bajo apercibimiento de que las siguientes comunicacionesse harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

Insértese un extracto de la resolución en el BoletínOficial de Las Palmas..

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro deseptiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIO JUDICIAL.DECRETO

Procedimiento: Demanda 1.307/2008. Materia:Cantidad. Demandante: Juan José López Vera.Demandados: Manazil, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial.

Diligencia.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 24de septiembre de 2010.

La extiendo yo la Secretaria para hacer constar quese recibe exhorto cumplimentado del Juzgado dePrimera Instancia Número Diez de esta ciudadindicando que ha procedido a anotar el embargo desobrante solicitado. Doy fe.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de septiembrede 2010.

Vistos los preceptos legales dictados y demás de generaly pertinente aplicación al caso,

DISPONGO:Se declara al ejecutado Manazil, S.L. en situación

de insolvencia con carácter provisional por un importede 5.317,76 euros (de los cuales 758,73 euros enconcepto de mora) y sin perjuicio de continuar laejecución si en lo sucesivo se conoce bienes delejecutado.

Procédase al archivo de las presentes actuaciones,dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Expídase testimonio del presente para su unión alos autos, quedando el original en el legajo de Decretos.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21075

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Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de CINCODÍAS ante este Secretario Judicial.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,para la admisión del recurso se deberá acreditar haberconstituido, en la cuenta de depósitos y consignacionesde este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que elrecurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, elMinisterio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,entidad local u organismo autónomo dependiente dealguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en la cuenta de este órgano judicial con n°0030-1846-42-0005001274 al concepto3487000030017710.

Así se acuerda, manda y firma por María Teresa AlonsoGarcía, Secretaria Judicial de Juzgado de lo SocialNúmero Dos.

EL SECRETARIO JUDICIAL17.570

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE ARRECIFE

(Sede en Puerto del Rosario)Fuerteventura

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.372

Procedimiento: Despido Objetivo Individual 892/2010.Materia: Despido Objetivo. Demandante: EnriqueAlbert González. Demandados: Suvane Fomento deObras, S.L., Canary Lemon, S.L. y Fogasa.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Dos de Arrecife con Sede en Puerto delRosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajonúmero 892/2010, en materia de Despido Objetivo,a instancia de Enrique Albert González, contra SuvaneFomento de Obras, S.L., Canary Lemon, S.L. yFogasa, por S.Sª., se ha acordado citarle mediante edictodado su ignorado paradero, para el acto de vista oralque tendrá lugar el próximo día 14.10.10, a las 11:30horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar al interrogatorio de preguntas de

la contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a CanaryLemon, S.L., en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el Boletín Oficial de esta Provincia,en Puerto del Rosario, a ocho de octubre de dos mildiez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.934

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.373

Procedimiento: Despido Objetivo 620/2010. Materia:Despido Objetivo. Demandante: Bélgica PerdomoSoto. Demandados: Multiservicios Aeroportuarios, S.A.,Servicios Plusmar, Pansfood, S.A. y Fogasa.

Don Eugenio Félix Ortega Ugena, Secretario Judicialde este Juzgado de lo Social Número Dos de Arrecifecon Sede en Puerto del Rosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajonúmero 620/2010, en materia de Despido Objetivo,a instancia de Bélgica Perdomo Soto, contraMultiservicios Aeroportuarios, S.A., Servicios Plusmar,Pansfood, S.A. y Fogasa, por S.Sª., se ha acordadocitarle mediante edicto dado su ignorado paradero, parael acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día14.10.10, a las 10:00 horas, en la Sede de este Juzgado,advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y83 de la Ley de Procedimiento Laboral. Asimismose le requiere para que concurra al acto al efecto decontestar al interrogatorio de preguntas de la contraparte,si así se hubiese interesado, así como que aporte ladocumental que se indica en la demanda, haciéndolesaber que las copias de la misma se encuentran a sudisposición en la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aServicios Plusmar, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de estaProvincia, en Puerto del Rosario, a cuatro de octubrede dos mil diez.

21076 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.776

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.374

Procedimiento: Demanda 1.724/2009. Materia:Cantidad. Demandante: José Antonio RodríguezHernández. Demandados: Hostmanex, S.L., Asturcana,S.L., María Teresa Campomanes Iglesias, MiguelValdés-Hevia Temprano, Fogasa y Las CaletasDecoración, S.L.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Dos de Arrecife con Sede en Puerto delRosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajonúmero 1.724/2009, en materia de Cantidad, a instanciade José Antonio Rodríguez Hernández, contraHostmanex, S.L., Asturcana, S.L., María TeresaCampomanes Iglesias, Miguel Valdés-Hevia Temprano,Fogasa y Las Caletas Decoración, S.L., por S.Sª., seha acordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 15.10.10, a las 11:05 horas, advirtiéndolede lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Leyde Procedimiento Laboral. Asimismo se le requierepara que concurra al acto al efecto de contestar alinterrogatorio de preguntas de la contraparte, si asíse hubiese interesado, así como que aporte la documentalque se indica en la demanda, haciéndole saber quelas copias de la misma se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aAsturcana, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Puerto del Rosario, a uno de octubre dedos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.777

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.375

Procedimiento: Demanda 1.714/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Alejandra Beatriz Cuenca.Demandados: Las Caletas Decoración, S.L., MiguelValdés-Hevia Temprano, Hostmanex, S.L., Asturcana,S.L., María Teresa Campomanes Iglesias y Fogasa.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Dos de Arrecife con Sede en Puerto delRosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajonúmero 1.714/2009, en materia de Cantidad, a instanciade Alejandra Beatriz Cuenca, contra Las CaletasDecoración, S.L., Miguel Valdés-Hevia Temprano,Hostmanex, S.L., Asturcana, S.L., María TeresaCampomanes Iglesias y Fogasa, por S.Sª., se haacordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 15.10.10, a las 10:20 horas, advirtiéndolede lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Leyde Procedimiento Laboral. Asimismo se le requierepara que concurra al acto al efecto de contestar alinterrogatorio de preguntas de la contraparte, si asíse hubiese interesado, así como que aporte la documentalque se indica en la demanda, haciéndole saber quelas copias de la misma se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aAsturcana, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Puerto del Rosario, a uno de octubre dedos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.780

EDICTO

CÉDULADE NOTIFICACIÓNDE AUTO

16.376Procedimiento: Ejecución 188/2010. Materia:

Despido. Ejecutante: Sergio García Corujo. Ejecutados:Inmocabra, S.L. y Fogasa.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21077

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Don Eugenio Félix Ortega Ugena, Secretario Judicialde este Juzgado de lo Social Número Dos de Arrecifecon Sede en Puerto del Rosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en el procedimiento número188/2010, en materia de Despido, a instancia deSergio García Corujo, contra Inmocabra, S.L., por suS.Sª., se ha dictado Diligencia de Ordenación con fecha30.09.10, cuya parte dispositiva es el tenor literalsiguiente:

PARTE DISPOSITIVADiligencia de Ordenación del Secretario Judicial,

don Eugenio Félix Ortega Ugena.En Puerto del Rosario, a 30 de septiembre de 2010.El anterior escrito registrado bajo el número 2.371/10,

únase a los autos de su razón, con traslado a lacontraparte.

Habiéndose dictado auto conteniendo la ordengeneral de ejecución de la sentencia de despido dictadaen los presentes autos y despachando la misma porno haberse procedido por el demandado a la readmisiónacordada, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 281 de la L.P.L.t cítese a ambas partes decomparecencia ante éste Juzgado, el día 10.11.10, alas 12:00 horas de su mañana, a fin de ser examinadassobre los hechos concretos de la no readmisión alegaday con la advertencia de que únicamente podrá aportarlas pruebas que estimadas pertinentes, puedan practicarseen el mismo acto y de que si el actor no compareciere,se archivarán sin más las actuaciones y si no lo hiciereel demandado, se celebrará el acto en su ausencia.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma aInmocabra, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para publicación en el Tablón de Anunciosde este Juzgado, en Puerto del Rosario, a cuatro deoctubre de dos mil diez.

EL SECRETARIO.EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓNDE AUTO

Procedimiento: Ejecución 188/2010. Materia:Despido. Ejecutante: Sergio García Corujo. Ejecutados:Inmocabra, S.L. y Fogasa.

Don Eugenio Félix Ortega Ugena, Secretario Judicialde este Juzgado de lo Social Número Dos de Arrecifecon Sede en Puerto del Rosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en el procedimiento número188/2010, en materia de Despido, a instancia deSergio García Corujo, contra Inmocabra, S.L., por suS.Sª., se ha dictado Auto con fecha 30.09.10, cuya partedispositiva es el tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVADictar orden general y despachar la ejecución del

título indicado a favor del ejecutante Sergio GarcíaCorujo, frente a Inmocabra, S.L., parte ejecutada.

Procédase por el Sr. Secretario a citar a las partesa comparecencia en los términos previstos en elartículo 278 de la L.P.L.

Modo de Impugnación: Contra este auto no caberecurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutadapueda oponerse al despacho de la ejecución en lostérminos previstos en el artículo 556 de la L.E.C. yen el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguientea la notificación del presente auto y del decreto quese dicte.

Así lo acuerdo y firmo, don Magistrado-Juez, donPedro Tuset del Pino, de Juzgado de lo Social NúmeroDos con Sede en Puerto del Rosario (Fuerteventura)de Puerto del Rosario. Doy fe,

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado,

Y para que sirva de notificación en legal forma aInmocabra, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para publicación en el Tablón de Anunciosde este Juzgado, en Puerto del Rosario, a cuatro deoctubre de dos mil diez.

EL SECRETARIO.17.696

EDICTO

CITACIÓN COMPARECENCIAARTÍCULO 278 LPL

16.377Procedimiento: Ejecución 227/2010. Materia:

Despido. Ejecutante: Estela Verónica Gambetta.Ejecutados: Canarias Turística 2000, S.L. y Fogasa.

21078 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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Don Eugenio Félix Ortega Ugena, Secretario Judicialde este Juzgado de lo Social Número Dos de Arrecifecon Sede en Puerto del Rosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en los autos de referenciaEjecución número 227/2010, seguidos a instancia dela ejecutante Estela Verónica Gambetta, contra laejecutada Canarias Turística 2000, S.L., por la presentese ha acordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para la comparecencia sobre la no readmisióno readmisión irregular que tendrá lugar el próximodía 26.10.10, a las 10:50 horas, con la advertencia deque debe concurrir con las pruebas de que intente valersey que versen sobre los hechos de la no readmisión oreadmisión irregular alegada. Asimismo, se le advierteque el acto se celebrará no obstante su incomparecencia.

Y para que sirva de citación en legal forma aCanarias Turística 2000, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficialde esta Provincia, en Puerto del Rosario, a veintidósde septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓNAUTO

Procedimiento: Ejecución 227/2010. Materia:Despido. Ejecutante: Estela Verónica Gambetta.Ejecutados: Canarias Turística 2000, S.L. y Fogasa.

Don Eugenio Félix Ortega Ugena, Secretario Judicialde este Juzgado de lo Social Número Dos de Arrecifecon Sede en Puerto del Rosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en el procedimiento número227/2010, en materia de Despido, a instancia deEstela Verónica Gambetta, contra Canarias Turística2000, S.L. y Fogasa, por S.Sª., se ha dictado AutoEjecución con fecha 22.10.10, cuya parte dispositivaes el tenor literal siguiente:

Dictar orden general de ejecución y despacho dela misma a instancia de Estela Verónica Gambetta,contra Canarias Turística 2000, S.L.

Procédase por el Sr. Secretario a citar a las partesa comparecencia en los términos previstos en elartículo 278 de la L.P.L.

Modo de Impugnación: Contra este auto no caberecurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutadapueda oponerse al despacho de ejecución en lostérminos previstos en el artículo 556 de la L.E.C., yen el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguientea la notificación del presente auto y del decreto quese dicte.

Así se acuerda, manda y firma por don Pedro Tusetdel Pino, el Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Dos con sede en Puerto del Rosario(Fuerteventura) de Las Palmas. Doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma aCanarias Turística 2000, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficialde la Provincia de Las Palmas, en Puerto del Rosario,a veintidós de septiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIO.17.497

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.378

Procedimiento: Demanda 1.748/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Asier Benito Díaz. Demandados:Moelca, S.L. y Fogasa.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Dos de Arrecife con Sede en Puerto delRosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajonúmero 1.748/2009, en materia de Cantidad, a instanciade Asier Benito Díaz, contra Moelca, S.L. y Fogasa,por S.Sª., se ha acordado citarle mediante edicto dadosu ignorado paradero, para el acto de vista oral quetendrá lugar el próximo día 02.11.10, a las 11:20horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar al interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21079

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Y para que sirva de citación en legal forma a Moelca,S.L., en ignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el Boletín Oficial de esta Provincia,en Puerto del Rosario, a veintinueve de septiembrede dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.498

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.379

Procedimiento: Demanda 1.749/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Francisco Manuel GuerraGuerra. Demandados: Moelca, S.L. y Fogasa.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Dos de Arrecife con Sede en Puerto delRosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajonúmero 1.749/2009, en materia de Cantidad, a instanciade Francisco Manuel Guerra Guerra, contra Moelca,S.L. y Fogasa, por S.Sª., se ha acordado citarlemediante edicto dado su ignorado paradero, para elacto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 03.11.10,a las 09:30 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar al interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a Moelca,S.L., en ignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el Boletín Oficial de esta Provincia,en Puerto del Rosario, a veintinueve de septiembrede dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.499

EDICTO

CÉDULADE NOTIFICACIÓNAUTO

16.380Procedimiento: Ejecución 212/2010. Materia:

Despido. Ejecutante: José Antonio Calvo Bengoa.Ejecutados: Krriscee, S.L. y Fogasa.

Don Eugenio Félix Ortega Ugena, Secretario Judicialde este Juzgado de Juzgado de lo Social Número conSede en Puerto del Rosario (Fuerteventura) de Puertodel Rosario

HACE SABER: Que en el procedimiento número212/2010, en materia de Despido, a instancia de JoséAntonio Calvo Bengoa, contra Krriscee, S.L., por suS.Sª., se ha dictado Auto y diligencia de ordenacióncon fecha 30.09.10, cuyas partes dispositivas son atenor literal las siguientes:

PARTE DISPOSITIVAAcuerdo: Se despacha ejecución a instancia de José

Antonio Calvo Bengoa, contra Krriscee, S.L., parael cumplimiento de la sentencia firme de despidodictada en autos, llevándose a efecto por los trámitesdel incidente de no readmisión recogido en los artículos278 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.

Póngase el procedimiento a disposición del Sr.Secretario Judicial a los efectos del artículo 278 dela L.P.L.

Modo de Impugnación: Recurso de Reposición enel plazo de CINCO DÍAS ante este Tribunal.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la LO.P.J., parala admisión del recurso se deberá acreditar haberconstituido dentro del referido plazo, en la Cuenta deDepósitos y Consignaciones de este Órgano, undepósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea:Beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal,el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local uorganismo autónomo dependiente de alguno de losanteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en la Cuenta de Depósitos y Consignacionesde este órgano, número 0030/1358/20/0000000000en concepto 2290/0000/64/0212/10. En el campo“concepto” se indicará “Recurso de Reposición”seguida del código “31”. Si el ingreso se hace mediantetransferencia bancaria tras la modificación sufrida relativa

21080 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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a la Circular 1/2010, deberá añadirse: Deberá realizarseal número de cuenta 0030 - 1864 - 42 - 0005001274indicando en el campo concepto, el número de cuenta0030/1358/20/0000000000 en concepto2290/0000/64/0212/10 “recurso” seguida del código“31”.

En el caso de que deba realizar otros pagos en lamisma cuenta, deberá verificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando, en este caso, en elcampo observaciones la fecha de la resolución recurridacon el formato DD/MM/AAAA.

En el caso de que deba realizar otros pagos en lamisma cuenta, deberá verificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando, en este caso, en elcampo observaciones la fecha de la resolución recurridacon el formato DD/MM/AAAA.

Así lo acuerdo y firmo, don Pedro Tuset del Pino,Magistrado-Juez, del Juzgado de lo Social NúmeroDos con sede en Puerto del Rosario (Fuerteventura)de Puerto del Rosario. Doy fe.

DILIGENCIADiligencia de Ordenación del Secretario Judicial,

don Eugenio Félix Ortega Ugena.En Puerto del Rosario, a 30 de septiembre de 2010.Tal y como se ha acordado en auto de 30.09.10, cítese

a ambas partes de comparecencia, a celebrar anteeste juzgado, el día 23.11.10, a las 11:30 horas de lamañana, a fin de ser examinadas sobre los hechosconcretos de la no readmisión alegada y con laadvertencia de que únicamente podrá aportar laspruebas que estimadas pertinentes, puedan practicarseen el mismo acto y de que si el actor no compareciere,se archivarán sin más las actuaciones y sí no lo hiciereel demandado, se celebrará el acto en su ausencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe interponer Recurso de Reposición enel plazo de CINCO DÍAS ante el Secretario que lodicta con indicación de la infracción en la que laresolución hubiera incurrido ajuicio del recurrente.

EL SECRETARIO.Se advierte al destinatario que las siguientes

comunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma aKrriscee, S.L., en ignorado paradero, expido la presentepara publicación en el Tablón de Anuncios de esteJuzgado, en Puerto del Rosario, a treinta de septiembrede dos mil diez.

EL SECRETARIO.17.473

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.381

Procedimiento: Demanda 1.716/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Óscar Alejandro LorenzoSantana. Demandados: Asturcana, S.L., Las CaletasDecoración, S.L., Miguel Valdés-Hevia Temprano,Fogasa, Hostmanex, S.L. y María Teresa CampomanesIglesias.

Don Eugenio Félix Ortega Ugena, Secretario Judicialde este Juzgado de lo Social Número Dos de Arrecifecon Sede en Puerto del Rosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajonúmero 1.716/2009, en materia de Cantidad, a instanciade Óscar Alejandro Lorenzo Santana, contra Hostmanex,S.L., Asturcana, S.L., María Teresa CampomanesIglesias, Miguel Valdés-Hevia Temprano, Las CaletasDecoración, S.L. y Fogasa, por S.Sª., se ha acordadocitarle mediante edicto dado su ignorado paradero, parael acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día15.10.10, a las 10:40 horas, advirtiéndole de lodispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley deProcedimiento Laboral. Asimismo se le requiere paraque concurra al acto al efecto de contestar al interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como que aporte la documental quese indica en la demanda, haciéndole saber que las copiasde la misma se encuentran a su disposición en laSecretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aAsturcana, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Puerto del Rosario, a quince de septiembrede dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de este

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21081

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Juzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.881

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.382

Procedimiento: Demanda 1.715/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Roxana Soledad Romano.Demandados: Hostmanex, S.L., Asturcana, S.L.,María Teresa Campomanes Iglesias, Miguel Valdés-Hevia Temprano, Las Caletas Decoración, S.L. yFogasa.

Don Eugenio Félix Ortega Ugena, Secretario Judicialde este Juzgado de lo Social Número Dos de Arrecifecon Sede en Puerto del Rosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajonúmero 1.715/2009, en materia de Cantidad, a instanciade Roxana Soledad Romano, contra Hostmanex, S.L.,Asturcana, S.L., María Teresa Campomanes Iglesias,Miguel Valdés-Hevia Temprano, Las Caletas Decoración,S.L. y Fogasa, por S.Sª., se ha acordado citarlemediante edicto dado su ignorado paradero, para elacto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 15.10.10,a las 10:30 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar al interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aAsturcana, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Puerto del Rosario, a quince de septiembrede dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.880

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3

EDICTO

CÉDULADE NOTIFICACIÓN16.383

Procedimiento: Ejecución 392/2010. Materia:Despido. Ejecutante: Graciele Juliana Siqueira.Ejecutados: Juan José Santome López y Junsalo,S.LU. (Restaurante Pizzería Don Vito). Demandado:Fondo de Garantía Salarial.

Doña María Jesús Sánchez Ferrer, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Tres de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número439/2010, ejecución número 392/2010, en materia deDespido a instancia de Graciele Juliana Siqueira,contra Juan José Santome López, Junsalo, S.L.U. yFondo de Garantía Salarial, se han dictado resolucionesque son del tenor literal siguiente:

AUTOEn Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de septiembre

de 2010.Dada cuenta;

PARTE DISPOSITIVAAcuerdo: Dictar orden general de ejecución y

despacho de la misma a instancia de Graciele JulianaSiqueira, contra Juan José Santome López y Junsalo,S.L.U. (Restaurante Pizzeria Don Vito).

Procédase por la Sra. Secretaria a citar a las partesa comparecencia en los términos previstos en elartículo 278 de la L.P.L.

Modo de Impugnación: Contra este auto no caberecurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutadapueda oponerse al despacho de ejecución en lostérminos previstos en el artículo 556 de la L.E.C. yen el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguientea la notificación del presente auto y del decreto quese dicte.

Así se acuerda, manda y firma por doña RosarioArellano Martínez, la Magistrado-Juez del Juzgadode lo Social Número Tres de Las Palmas . Doy fe.

LA MAGISTRADO-JUEZ.LA SECRETARIA JUDICIAL.

21082 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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DILIGENCIADiligencia de Ordenación de la Secretaria Judicial,

doña María Jesús Sánchez Ferrer.En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de septiembre

de 2010.Tal y como se ha acordado en auto del día de la fecha,

cítese a ambas partes de comparecencia, a celebrarante este juzgado, el día 21.10.10, a las 10:00 horasde la mañana, a fin de ser examinadas sobre loshechos concretos de la no readmisión alegada y conla advertencia de que únicamente podrá aportar laspruebas que estimadas pertinentes, puedan practicarseen el mismo acto y de que si el actor no compareciere,se archivarán sin más las actuaciones y si no lo hiciereel demandado, se celebrará el acto en su ausencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber que contra la mismacabe interponer Recurso de Reposición en el plazode CINCO DÍAS ante la Secretaria que la dicta conindicación de la infracción en la que la resolución hubieraincurrido a juicio del recurrente, siendo indispensableque al tiempo de interponerlo acredite la parte que noostente el carácter de trabajador y no goce del beneficiode justicia gratuita, haber consignado el importe de25 euros en el Banco Banesto, Sucursal de Triana número120, Las Palmas de Gran Canaria, en la cuenta de esteJuzgado, Cta. número 030-1105-50-0000000000 y clavede procedimiento número 3488/0000/30/0392/10 deconformidad con lo dispuesto en la DisposiciónAdicional Decimoquinta de la L.O. 1/2009 de 3 denoviembre, por lo que se modifica la L.O. 6/1985 delPoder Judicial.

Y para que sirva de notificación en legal forma aJuan José Santome López y Junsalo, S.L.U., enignorado paradero, haciéndole los apercibimientos delartículo 59 de la LPL, expido la presente para supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia deLas Palmas, en Las Palmas de Gran Canaria, aveintisiete de septiembre de dos mil diez.

LA SECRETARIA.17.612

EDICTO

CÉDULADE NOTIFICACIÓN16.384

Procedimiento: Ejecución 390/2010. Materia:Despido. Demandante: Nayra Monroy Hermogenes.

Demandada: Mantenimiento de Comunidades yEdificios H. Jiménez, S.L.U.

En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de este Juzgado, en resolución de esta fechacuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,que en este Juzgado se siguen a instancia de NayraMonroy Hermogenes, contra Mantenimiento deComunidades y Edificios H. Jiménez, S.L.U., sobreDespido, por la presente se le notifica a Vd., laindicada resolución, expresiva de su tenor literal y recursoque contra la misma cabe interponer, Órgano y plazoal efecto.

AUTOEn Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de septiembre

de 2010.Dada cuenta;

PARTE DISPOSITIVAAcuerdo: Dictar orden general de ejecución y

despacho de la misma a instancia de Nayra MonroyHermogenes, contra Mantenimiento de Comunidadesy Edificios H. Jiménez, S.L.U.

Procédase por la Sra. Secretaria a citar a las partesa comparecencia en los términos previstos en elartículo 278 de la L.P.L.

Modo de Impugnación: Contra este auto no caberecurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutadapueda oponerse al despacho de ejecución en lostérminos previstos en el artículo 556 de la L.E.C. yen el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguientea la notificación del presente auto y del decreto quese dicte.

Así se acuerda, manda y firma por doña RosarioArellano Martínez, la Magistrado-Juez del Juzgadode lo Social Número Tres de Las Palmas. Doy fe.

DILIGENCIADiligencia de Ordenación de la Secretaria Judicial,

doña María Jesús Sánchez Ferrer.En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de septiembre

de 2010.Tal y como se ha acordado en auto de esta fecha,

cítese a ambas partes de comparecencia, a celebrarante este juzgado, el día 21.10.10, a las 09:30 horasde la mañana, a fin de ser examinadas sobre loshechos concretos de la no readmisión alegada y conla advertencia de que únicamente podrá aportar laspruebas que estimadas pertinentes, puedan practicarse

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21083

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en el mismo acto y de que si el actor no compareciere,se archivarán sin más las actuaciones y si no lo hiciereel demandado, se celebrará el acto en su ausencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe interponer Recurso de Reposición enel plazo de CINCO DÍAS ante la Secretaria que lodicta con indicación de la infracción en la que laresolución hubiera incurrido ajuicio del recurrente

Y para que sirva de notificación a la empresaMantenimiento de Comunidades y Edificios H.Jiménez, S.L.U., con domicilio desconocido, haciéndolelos apercibimientos del artículo 59 de la L.P.L., expidola presente en Las Palmas de Gran Canaria, a veintisietede septiembre de dos mil diez.

LA SECRETARIA, María Jesús Sánchez Ferrer.ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no

fuese el propio destinatario, se le hace saber que decumplir el deber público que se le encomienda de hacerlallegar al interesado a la mayor brevedad, o darleaviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicialla imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimientode poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20euros, significándole que tiene derecho al resarcimientode los gastos que se le ocasionen.

17.619

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4

EDICTO16.385

Procedimiento: Ejecución 274/2010. Materia:Cantidad. Demandante: Francisco Serrudo. Demandados:José Luis Sosa Jiménez y Fondo de Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los arts. 59 de laL.P.L. y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presente senotifica José Luis Sosa Jiménez a los efectos oportunosbajo apercibimiento de que las siguientes comunicacionesse harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

Insértese un extracto de la resolución en el BoletínOficial de la Provincia de Las Palmas.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintitrés deseptiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIO JUDICIAL.

AUTOProcedimiento: Ejecución 274/2010. Materia:

Cantidad. Demandante: Francisco Serrudo. Demandados:José Luis Sosa Jiménez y Fondo de Garantía Salarial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de septiembrede 2010.

Dada cuenta. Por presentado el anterior escritoúnase, dese a la copia su destino legal, y regístresela solicitud a que se refiere con su número de ordenen el Libro correspondiente.

Vistos los preceptos legales dictados y demás de generaly pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí elSecretario, DIJO: Se despacha ejecución a instanciade Francisco Serrudo contra José Luis Sosa Jiménezy Fondo de Garantía Salarial, por un principal de6.611,53 euros, más 264,46 euros de interesesprovisionales y la de 661,15 euros de costas provisionalesy la cantidad de 1.322,30 euros de interés por mora.

Se significa al deudor que podrá efectuar el pagode las cantidades reclamadas mediante ingreso en lacuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,c.c.c. 3499.0000.64.0274.10 del Banco Banesto sitoen la calle Triana n° 120 de Las Palmas.

Asimismo, líbrese oficio al Decanato para averiguaciónde bienes a través de la A.E.A.T. y al Colegio deRegistradores de la Propiedad y Mercantiles deEspaña, a fin de averiguar bienes del ejecutadosusceptibles de trabar embargo. Y obténgase asimismovida laboral de la parte ejecutada a través del sistemade aplicación informática de este Juzgado.

Notifíquese la presente Resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe interponer Recurso de Reposición enel plazo de CINCO DÍAS a constar desde el siguientea la notificación de la presente ante éste Juzgado.

Así lo acuerda y firma don Javier Ramón DíezMoro, Magistrado Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro. Doy fe.

EL MAGISTRADO JUEZ.EL SECRETARIO JUDICIAL.

17.556

EDICTO16.386

Procedimiento: Ejecución 226/2010. Materia:Cantidad. Demandante: Alfredo Gil Bacallao.

21084 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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Demandados: Sil Grupo de Servicios IntegralesCanarios de Limpiezas, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los arts. 59 de laL.P.L. y 156,4 y 164 de la L.E.C., por el presente senotifica a Sil Grupo de Servicios Integrales Canariosde Limpiezas, S.L. a fin de que notificar resoluciónde fecha 14.09.2010 bajo apercibimiento de que lassiguientes comunicaciones se harán fijando copia dela resolución o de la cédula en el tablón de anunciosde la Oficina Judicial.

Insértese un extracto de la resolución en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a catorce deseptiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIA JUDICIAL.DECRETO

Procedimiento: Ejecución 226/2010. Materia:Cantidad. Demandante: Alfredo Gil Bacallao.Demandados: Sil Grupo de Servicios IntegralesCanarios de Limpiezas, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de septiembrede 2010.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral aplicación.

PARTE DISPOSITIVASe declara al ejecutado Sil Grupo de Servicios

Integrales Canarios de Limpiezas, S.L. en situaciónde insolvencia con carácter provisional por un importede 8.442,40 euros de principal, 337,96 euros deintereses, 844,24 euros de cosías y 844,24 euros demora y sin perjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conoce bienes del ejecutado.

Procédase al archivo de las presentes actuaciones,dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Notifíquese la presente resolución a las partes enlegal forma y al Fondo de Garantía Salarial haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Revisión en el plazo de CINCO DÍAS ante esteSecretario Judicial.

Así se acuerda, manda y firma por don IsmaelCubero Truyo, Secretario Judicial del Juzgado de loSocial Número Cuatro.

EL SECRETARIO JUDICIAL.17.582

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4

DE SANTACRUZ DE TENERIFE

EDICTOCÉDULANOTIFICACIÓN AUTO

16.387Procedimiento: Ejecución 317/2010. Materia:

Cantidad. Ejecutante: Modesto A. Morell Jiménez.Ejecutado: Promotur Gran Canaria JL, S.L.,

Doña Herminia Hernández Sandalio, SecretariaJudicial de este Juzgado de Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro de Santa Cruz de Tenerife,

HACE SABER: Que en el procedimiento número317/2010 en materia de Cantidad a instancia deModesto A. Morell Jiménez, contra Promotur GranCanaria JL, S.L., por su S.Sª. se ha dictado Auto yDecreto de fecha 20 de Septiembre de 2010, cuya partedispositiva es el tenor literal siguiente:

Vistos los preceptos legales dictados y demás de generaly pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí laSecretaria, DIJO:

Se despacha ejecución a instancia de Modesto A.Morell Jiménez contra Promotur Gran Canaria JL, S.L.,por un principal de 1.562,74 euros, más 312,54 eurosde intereses provisionales y la de costas provisionales.

Se significa al deudor que podrá efectuar el pagode las cantidades reclamadas mediante ingreso en lacuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,c.c.c. 3797000064031710 del Banesto sito en calleVillalba Hervas número 12.

Practíquense por la Sra. Secretaria Judicial lasactuaciones previstas en los artículos 247 y concordantesde la LPL.

Notifíquese la presente Resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe interponer Recurso de Reposición enel plazo de CINCO DÍAS a constar desde el siguientea la notificación de la presente ante éste Juzgado.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,para la admisión del recurso se deberá acreditar haberconstituido, en la cuenta de depósitos y consignacionesde este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que elrecurrente sea: Beneficiario de justicia gratuita, elMinisterio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,Entidad Local u Organismo Autónomo dependiente.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21085

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El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en la cuenta de este Órgano, con número 3797seguido de cuatro ceros y del número de expedientecompuesto por cuatro dígitos seguido de los dosúltimos dígitos del año al que corresponde el expediente.Asimismo, en el campo “concepto”, la indicación“Recurso” seguida del código “84-Reposición-Social”.Si el ingreso se hace mediante transferencia bancariadeberá incluir, tras la cuenta referida, separados porun espacio la indicación “recurso” seguida del código“84- Reposición- Social”.

En el caso de que deba realizar otros pagos en lamisma cuenta, deberá verificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando, en este caso, en elcampo observaciones la fecha de la resolución recurridacon el formato DD/MM/AAAA.

Así se acuerda, manda y firma por doña MaríaCarmen García Marrero la Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Santa Cruzde Tenerife. Doy fe.

ACUERDO: Se dicta orden general de ejecucióny se despacha la misma contra Promotur Gran CanariaJL, S.L. en cantidad suficiente a cubrir la suma de1.562,74 euros de principal, más 312,54 euros paraintereses y costas que se presupuestan para interesesy costas de esta ejecución, sin perjuicio de ulteriorliquidación.

Procédase sin previo requerimiento de pago, alembargo de bienes y derechos de la parte ejecutadaPromotur Gran Canaria JL, S.L., en cantidad suficientepara cubrir dichas sumas.

Y a tal efecto, recábese información, a través delPunto Neutro Judicial, de las bases de datos de lasentidades y organismos a que este Juzgado tieneacceso y que deban tener constancia de bienes oderechos susceptibles de embargo, procediéndosedesde ahora sobre los más realizables que resulten dela consulta, guardándose el orden fijado en la Ley ylibrándose los despachos que resulten necesarios parala anotación del embargo y las retenciones dinerariasque procedan.

Hágase saber al deudor que puede evitar el embargosi efectúa el pago de las cantidades reclamadasingresándolas en la Cuenta de Depósitos yConsignaciones que este Juzgado tiene abierta en la

Entidad Banesto, expresando en el documento deingreso la siguiente clase del procedimiento y cuentaEjecución, 0000317/2010, 3797000064031710.

Notifíquese la presente resolución a Promotur GranCanaria JL, S.L. y Modesto A. Morell Jiménez.

Modo Impugnación: Recurso de Revisión en elplazo de CINCO DÍAS ante la Secretaria Judicial.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,para la admisión del recurso se deberá acreditar haberconstituido dentro del referido plazo, en la cuenta dedepósitos y consignaciones de este órgano, un depósitode 25 euros, salvo que el recurrente sea: Beneficiariode justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado,Comunidad Autónoma, Entidad Local u OrganismoAutónomo dependiente de alguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en la Cuenta de Depósitos y Consignacionesde este órgano, número 3797 seguida de cuatro cerosy del número de expediente compuesto por cuatro dígitos,y los dos últimos dígitos del año al que correspondeel expediente. En el campo “concepto” se indicará“Recurso de Reposición“ seguida del código “31”.Si el ingreso se hace mediante transferencia bancariadeberá realizarse al número de cuenta 0030 - 1864 -42 - 0005001274 indicando en el campo concepto,el número de cuenta 3797000064031710 seguida delcódigo “31”.

En el caso de que deba realizar otros pagos en lamisma cuenta, deberá verificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando, en este caso, en elcampo observaciones la fecha de la resolución recurridacon el formato DD/MM/AAAA.

Así lo acuerdo y firmo doña Herminia HernándezSandalio, Secretaria Judicial de Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro, de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma aPromotur Gran Canaria JL, S.L. en ignorado paraderoexpido la presente para publicación en el Tablón deAnuncios de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife,a veinte de septiembre de dos mil diez.

LA SECRETARIA.17.481

21086 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 5

EDICTO16.388

Procedimiento: Ejecución 351/2010. Materia:Despido. Ejecutante: Nicolás Viera Socorro. Ejecutados:Timagada, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la L.P.L. y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presentese notifica a Timagada, S.L., bajo apercibimiento deque las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en el Tablón deAnuncios de la Oficina Judicial.

Insértese un extracto de la resolución en el BoletínOficial de la Provincia de Las Palmas de Gran Canaria.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintinueve deseptiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIO JUDICIAL.PROVIDENCIA

Procedimiento: Ejecución 351/2010. Materia:Despido. Ejecutante: Nicolás Viera Socorro. Ejecutados:Timagada, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

Providencia del Magistrado-Juez, don Miguel ÁngelLimón Luque.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de septiembrede 2010.

Dada cuenta, el anterior escrito únase a los autosde su razón.

Notificada la sentencia a todas las partes se declarala misma firme y consentida.

Se tiene por solicitada ejecución de sentencia recaídaen autos, por no haberse procedido por el demandadoa la readmisión acordada, cítese a ambas partes decomparecencia, a celebrar ante este Juzgado, el día19.10.10, a las 09:00 horas de la mañana, a fin de serexaminadas sobre los hechos concretos de la noreadmisión alegada y con la advertencia de queúnicamente podrá aportar las pruebas que estimadaspertinentes, puedan practicarse en el mismo acto y deque si el actor no compareciere, se archivarán sin máslas actuaciones y si no lo hiciere el demandado, secelebrará el acto en su ausencia.

Notifíquese la presente Resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe interponer Recurso de Reposiciónante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍASHÁBILES, siguientes a su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma S.Sª.I., por ante míel Secretario. Doy fe.

EL MAGISTRADO-JUEZ.EL SECRETARIO JUDICIAL.Diligencia: Seguidamente se cumple lo acordado,

y se procede a su notificación a los interesados porlos medios y con los requisitos establecidos en losartículos 55 a 60 L.P.L., doy fe.

17.555

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.389

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 930/2010.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: JulioAlberto Márquez Darias. Demandados: PostcenterCanarias, S.L.U. y Fogasa.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 930/2010, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de Julio Alberto Márquez Darias, contraPostcenter Canarias, S.L.U. y Fogasa, por S.Sª., seha acordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 28.10.10, a las 11:10 horas, advirtiéndolede lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Leyde Procedimiento Laboral. Asimismo se le requierepara que concurra al acto al efecto de contestar elinterrogatorio de preguntas de la contraparte, si asíse hubiese interesado, así como que aporte la documentalque se indica en la demanda, haciéndole saber quelas copias de la misma se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aPostcenter Canarias, S.L.U., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, aveintinueve de septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de este

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21087

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Juzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.583

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.390

Procedimiento: Demanda 301/2010. Materia:Cantidad. Demandante: Sergio Garvey Pozo Chavez.Demandados: Canary Col Import Export, S.L. yFondo de Garantía Salarial.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 301/2010, en materia de Cantidad, a instanciade Sergio Garvey Pozo Chavez, contra Canary ColImport Export, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, porS.Sª., se ha acordado citarle mediante edicto dado suignorado paradero, para el acto de vista oral quetendrá lugar el próximo día 25.10.10, a las 11:20horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a CanaryCol Import Export, S.L., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, aveintidós de septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.584

EDICTO16.391

Procedimiento: Ejecución 105/2008. Materia:Despido. Demandante: Francisco Javier GonzálezMartín. Demandado: Tazirga Canarias, S.L.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica la providencia de fecha 23 septiembre de2010 a Tazirga Canarias S.L. bajo apercibimiento deque las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en el tablón deanuncios de la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintitrés deseptiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIO JUDICIAL., Lauro ArellanoMartínez.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓNProcedimiento: Ejecución 105/2008. Materia:

Despido. Demandante: Francisco Javier GonzálezMartín. Demandado: Tazirga Canarias, S.L.

Diligencia de Ordenación del Secretario Judicial donLauro Arellano Martínez.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de septiembrede 2010.

Por recibida en la cuenta de consignaciones de esteJuzgado transferencia del Banco Bilbao Vizcaya,S.A. por importe de 11.166,35 euros, en nombre dela ejecutada Tazirsa Canarias, S.L., únase el comprobantea los autos de su razón.

Asimismo se procede a unir a las actuaciones el escritoremitido por fax en fecha 15/09/10, por los ServiciosJurídicos del BBVA, en el cual se solicita les seadevuelta la cantidad consignada por transferencia ala cuenta de este Juzgado, toda vez que la misma seingresó por error, ya que el importe se correspondecon el abono de un plan de pensiones titularidad deFélix Peña Alonso y se une también el escrito presentadoen fecha 17/09/10 por Félix Peña Alonso, solicitandola devolución de la cantidad transferida al no tenerrelación con la ejecutada y al tratarse de un error dela entidad bancaria en el ingreso de su plan depensiones.

Visto el estado de las presentes actuaciones, con carácterprevio a proceder a la devolución de la cantidad de11.166,35 euros, cítese de comparecencia a las partes,y a Félix Peña Alonso y a los Servicios Jurídicos delB.B.V.A. para el día 19.10.10 a las 09:00 horas de sumañana, debiendo comparecer las partes con losmedios de prueba de que intenten valerse.

21088 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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Modo de Impugnación: Recurso de Reposición enel plazo de CINCO DÍAS ante el Secretario Judicial.

EL SECRETARIO JUDICIAL.17.590

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.392

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 947/2010.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: PinoÁngela Monzón Santiago. Demandados: MultiserviciosAeroportuarios, S.A., F.C.C., S.A., Limpair, S.A.,Limpialux, S.A. y Fogasa.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Seis de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 947/2010, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de Pino Ángela Monzón Santiago, contraMultiservicios Aeroportuarios, S.A., F.C.C., S.A.,Limpair, S.A., Limpialux, S.A. y Fogasa, por S.Sª.,se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 12.11.10, a las 10:05 horas, advirtiéndolede lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Leyde Procedimiento Laboral. Asimismo se le requierepara que concurra al acto al efecto de contestar elinterrogatorio de preguntas de la contraparte, si asíse hubiese interesado, así como que aporte la documentalque se indica en la demanda, haciéndole saber quelas copias de la misma se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aMultiservicios Aeroportuarios, S.A. y F.C.C., S.A.,en ignorado paradero, expido la presente para suinserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en LasPalmas de Gran Canaria, a veintidós de septiembrede dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.554

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.393

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 915/2010.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: OrlandoManuel Jorge García. Demandados: Samper Croissier,S.L., Administración Concursal de la empresa SamperCroissier, S.L., Panel Standard, S.L. y Fogasa.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Seis de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 915/2010, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de Orlando Manuel Jorge García, contraSamper Croissier, S.L., Administración Concursalde la empresa Samper Croissier, S.L., Panel Standard,S.L. y Fogasa, por S.Sª., se ha acordado citarlemediante edicto dado su ignorado paradero, para elacto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 12.11.10,a las 09:45 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a SamperCroissier, S.L. y Administración Concursal de laempresa Samper Croissier, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficialde la Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, aveintiuno de septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.557

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.394

Procedimiento: Demanda 458/2009. Materia:Derechos-Cantidad. Demandante: Yéssica Medina

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21089

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Cedrés. Demandados: Summerfield, S.A. Pinkie y Fondode Garantía Salarial.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Seis de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 458/2009, en materia de Derechos-Cantidad,a instancia de Yéssica Medina Cedrés, contraSummerfield, S.A. Pinkie y Fondo de Garantía Salarial,por S.Sª., se ha acordado citarle mediante edicto dadosu ignorado paradero, para el acto de vista oral quetendrá lugar el próximo día 28.10.10, a las 09:20horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aSummerfield, S.A. Pinkie, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficialde la Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, aveinticuatro de septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.573

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.395

Procedimiento: Demanda 459/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Consorcio de Servicios, S.A.Demandada: Laura Santana Rodríguez.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Seis de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 459/2009, en materia de Cantidad, a instanciade Consorcio de Servicios, S.A., contra Laura SantanaRodríguez, por S.Sª., se ha acordado citarle medianteedicto dado su ignorado paradero, para el acto de vistaoral que tendrá lugar el próximo día 28.10.10, a las

09:25 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a LauraSantana Rodríguez, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatrode septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.574

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.396

Procedimiento: Demanda 488/2009. Materia:Sanciones. Demandante: Roberto Javier AcostaSantana. Demandada: Comercial Lobot, S.L.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Seis de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 488/2009, en materia de Sanciones, a instanciade Roberto Javier Acosta Santana, contra ComercialLobot, S.L., por S.Sª., se ha acordado citarle medianteedicto dado su ignorado paradero, para el acto de vistaoral que tendrá lugar el próximo día 03.11.10, a las09:25 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aComercial Lobot, S.L., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial de

21090 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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la Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, aveinticuatro de septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.575

EDICTOCITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL

16.397Procedimiento: Demanda 514/2009. Materia:

Cantidad. Demandante: Luis Hernández González.Demandadas: Jerober Construcciones y Reformas, S.L.,Helvetia Compañía Suiza, S.A. y Reale Compañía deSeguros y Reaseguros, S.A.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Seis de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 514/2009, en materia de Cantidad, a instanciade Luis Hernández González, contra JeroberConstrucciones y Reformas, S.L., Helvetia CompañíaSuiza, S.A. y Reale Compañía de Seguros y Reaseguros,S.A., por S.Sª., se ha acordado citarle mediante edictodado su ignorado paradero, para el acto de vista oralque tendrá lugar el próximo día 10.11.10, a las 09:35horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a JeroberConstrucciones y Reformas, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficialde la Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, aveintitrés de septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.576

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.398

Procedimiento: Demanda 542/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Juana María BallesterosRandzio. Demandados: Jusati Sessions, S.L. y Fondode Garantía Salarial.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Seis de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 542/2009, en materia de Cantidad, a instanciade Juana María Ballesteros Randzio, contra JusatiSessions, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, por S.Sª.,se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 11.11.10, a las 09:10 horas, advirtiéndolede lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Leyde Procedimiento Laboral. Asimismo se le requierepara que concurra al acto al efecto de contestar elinterrogatorio de preguntas de la contraparte, si asíse hubiese interesado, así como que aporte la documentalque se indica en la demanda, haciéndole saber quelas copias de la misma se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a JusatiSessions, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintitrésde septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.577

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.399

Procedimiento: Demanda 530/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Antonio Lorenzo TrujilloSantana. Demandados: Las Palmas Los Jiles, S.L. yFondo de Garantía Salarial.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Seis de Las Palmas de Gran Canaria.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21091

Page 84: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASaguasfuerteventura.com/documentos/BOP_11-10-10.pdf · de aguas residuales domésticas, en la Isla de ... -Ley12/1990,de26dejulio,deAguas

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 530/2009, en materia de Cantidad, a instanciade Antonio Lorenzo Trujillo Santana, contra LasPalmas Los Jiles, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,por S.Sª., se ha acordado citarle mediante edicto dadosu ignorado paradero, para el acto de vista oral quetendrá lugar el próximo día 10.11.10, a las 10:25horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a LasPalmas Los Jiles, S.L., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, aveintitrés de septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.578

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.400

Procedimiento: Demanda 1.406/2008. Materia:Impugnación de Resolución. Demandante: RosarioRamírez Quintana. Demandados: Mutua Universal,Instituto Nacional de la Seguridad Social, ServicioCanario de Salud y Mutua Egersat.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Seis de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 1.406/2008, en materia de Impugnación deResolución, a instancia de Rosario Ramírez Quintana,contra Mutua Universal, Instituto Nacional de laSeguridad Social, Servicio Canario de Salud y MutuaEgersat, por S.Sª., se ha acordado citarle mediante edictodado su ignorado paradero, para el acto de vista oralque tendrá lugar el próximo día 21.10.10, a las 09:15

horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a HDHoteles Canarias, S.L., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a quincede septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.657

CÉDULADE NOTIFICACIÓN16.401

Procedimiento: Ejecución 46/2010. Materia: Cantidad.Demandante: Pedro Jorge Tavio Sánchez. Demandados:Juedanissa, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado por el/la Ilmo./a. Sr./a.Magistrado-Juez de este Juzgado, en resolución deesta fecha, dictada en los autos de juicio número46/2010, que en este Juzgado se sigue a instancia dePedro Jorge Tavio Sánchez contra Juedanissa, S.L. yFondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad, Elegir párrafo

Y para que tenga lugar la notificación ordenada deJuedanissa, S.L., con domicilio en Batalla del Ebro,52 Las Palmas de Gran Canaria, expido la presenteen Las Palmas de Gran Canaria, a dieciséis deseptiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIO, Lauro Arellano Martínez.ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no

fuese el propio destinatario, se le hace saber que decumplir el deber público que se le encomienda de hacerlallegar al interesado a la mayor brevedad, o darleaviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicialla imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimientode poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20euros, significándole que tiene derecho al resarcimientode los gastos que se le ocasionen.

21092 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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DECRETOProcedimiento: Ejecución 46/2010. Materia: Cantidad.

Demandante: Pedro Jorge Tavio Sánchez. Demandados:Juedanissa, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de septiembrede 2010.

Vistos los preceptos legales dictados y demás de generaly pertinente aplicación al caso, DISPONGO:

Se declara al ejecutado Juedanissa, S.L. y en situaciónde Insolvencia con carácter Provisional por un importede 350 euros y sin perjuicio de continuar la ejecuciónsi en lo sucesivo se conoce bienes del ejecutado.

Una vez firme el presente, expídanse los testimoniosoportunos para su entrega a la parte actora a losefectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicitecompareciendo en esta Oficina Judicial para suretirada.

Procédase al archivo de las presentes actuaciones,dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Expídase testimonio del presente para su unión alos autos, quedando el original en el legajo de Decretos.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de CINCODÍAS ante este Secretario Judicial. Conforme a la D.A.Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recursose deberá acreditar haber constituido, en la cuenta dedepósitos y consignaciones de este órgano, un depósitode 25 euros, salvo que el recurrente sea: Beneficiariode justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado,Comunidad Autónoma, Entidad Local u OrganismoAutónomo dependiente de alguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en el, en la cuenta de este órgano judicialcon número seguido de cuatro ceros y el número deexpediente compuesto por cuatro dígitos, y los dosúltimos dígitos del año al que corresponde el expediente,indicando en el campo “concepto” la indicación“Recurso” seguida del código “31- Social-Revisión”.Si el ingreso se hace mediante transferencia bancariadeberá realizarse al número de cuenta 0030 - 1864 -42 - 0005001274 indicando en el campo concepto,el número de cuenta seguida del código “31 Social-Revisión.”

En el caso de que deba realizar otros pagos en lamisma cuenta, deberá verificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando, en este caso, en el

campo observaciones la fecha de la resolución recurridacon el formato DD/MM/AAAA.

Así se acuerda, manda y firma por don LauroArellano Martínez, Secretario Judicial, de Juzgado delo Social Número Seis.

EL SECRETARIO JUDICIAL.17.544

CÉDULADE NOTIFICACIÓN16.402

Procedimiento: Ejecución 324/2010. Materia:Despido. Demandante: Santiago Figueiras Artiles.Demandados: Mengana, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial.

En virtud de lo acordado por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez de este Juzgado, en resolución de esta fecha, dictadaen los autos de juicio número 324/2010, que en esteJuzgado se sigue a instancia de Santiago Figueiras Artilescontra Mengana, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,sobre Despido, por la presente se le notifica la presenteen Las Palmas de Gran Canaria, a dieciséis deseptiembre de dos mil diez.

EL SECRETARIO, Lauro Arellano Martínez.ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no

fuese el propio destinatario, se le hace saber que decumplir el deber público que se le encomienda de hacerlallegar al interesado a la mayor brevedad, o darleaviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicialla imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimientode poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20euros, significándole que tiene derecho al resarcimientode los gastos que se le ocasionen.

AUTOProcedimiento: Ejecución 324/2010. Materia:

Despido. Demandante: Santiago Figueiras Artiles.Demandados: Mengana, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de septiembrede 2010.

Dada cuenta;PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Dictar orden general de ejecución ydespacho de la misma a instancia de Santiago FigueirasArtiles contra Mengana, S.L. y Fondo de Garantía

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21093

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Salarial, por un principal de 15.412,2 euros más localculado provisionalmente para intereses y costas,el 10%.

Elegir párrafoModo de Impugnación: Contra este auto no cabe

recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutadapueda oponerse al despacho de ejecución en lostérminos previstos en el artículo 556 de la LEC y enel plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente ala notificación del presente auto y del decreto que sedicte.

Así se acuerda, manda y firma por doña YolandaÁlvarez del Vayo Alonso la Magistrado-Juez delJuzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas. Doyfe.

LA MAGISTRADO-JUEZ.EL SECRETARIO JUDICIAL.

DECRETOProcedimiento: Ejecución 324/2010. Materia:

Despido. Demandante: Santiago Figueiras Artiles.Demandados: Mengana, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de septiembrede 2010.

PARTE DISPOSITIVAAcuerdo: Se decreta al embargo de bienes y derechos

de la parte ejecutada Mengana, S.L. y Fondo deGarantía Salarial, en cantidad suficiente a cubrir15.412,2 euros en concepto de principal, más 1.541,22euros, que se presupuestan para intereses y 1.541,22costas de esta ejecución, sin perjuicio de ulteriorliquidación.

Óigase al Fondo de Garantía Salarial y al ejecutante,por plazo de QUINCE DÍAS, para que puedan instarla práctica de las diligencias que a su derecho convengay designar los bienes del deudor de que tenganconstancia y con su resultado se acordará, y procédasea la Insolvencia, de la Empresa, ya que la misma fuedeclarada Insolvente en la Ejecución 366/10, en elJuzgado de lo Social Numero Cinco.

Notifíquese la presente resolución a SantiagoFigueiras Artiles, Mengana, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial.

Modo Impugnación: Recurso de Revisión en elplazo de CINCO DÍAS ante el Secretario Judicial.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,para la admisión del recurso se deberá acreditar haberconstituido, en la cuenta de depósitos y consignacionesde este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que elrecurrente sea: Beneficiario de justicia gratuita, elMinisterio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,Entidad Local u Organismo Autónomo dependientede alguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en el insertar entidad bancaria, númeroInsertar Número seguida de cuatro ceros y del númerode expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dosúltimos dígitos del año al que corresponde el expediente,indicando en el campo “concepto” la indicación“recurso” seguida del código “31-Social-Revisión”.Si el ingreso se hace mediante transferencia bancariadeberá realizarse al número de cuenta 0030 - 1864 -42 - 0005001274 indicando en el campo concepto,el número de cuenta Insertar cuenta 16 Dígitos seguidadel código “31 Social-Revisión”.

En el caso de que deba realizar otros pagos en lamisma cuenta, deberá verificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando, en este caso, en elcampo observaciones la fecha de la resolución recurridacon el formato DD/MM/AAAA.

Así lo acuerdo y firmo, don Lauro Arellano Martínez,Secretario Judicial de Juzgado de lo Social NúmeroSeis. Doy fe.

EL SECRETARIO JUDICIAL.17.545

CÉDULADE NOTIFICACIÓN16.403

Procedimiento: Ejecución 150/2010. Materia:Extinción de Contrato. Demandante: Mónica MarreroJiménez. Demandados: Grupo FCG y Otros, S.L., TamaraConsultores, S.L., Telefónica de España, S.A.Unipersonal y Macrotelsa, S.L.

En virtud de lo acordado por el Decreto de este Juzgado,en resolución de esta fecha, dictada en los autos dejuicio número 150/2010, que en este Juzgado se siguea instancia de Mónica Marrero Jiménez contra GrupoFCG y Otros, S.L., Tamara Consultores, S.L., Telefónicade España, S.A. Unipersonal y Macrotelsa, S.L.,sobre Extinción de Contrato, para que se notifique aMacrotelsa, S.A.

EL SECRETARIO, Lauro Arellano Martínez.

21094 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

Page 87: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASaguasfuerteventura.com/documentos/BOP_11-10-10.pdf · de aguas residuales domésticas, en la Isla de ... -Ley12/1990,de26dejulio,deAguas

ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente nofuese el propio destinatario, se le hace saber que decumplir el deber público que se le encomienda de hacerlallegar al interesado a la mayor brevedad, o darleaviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicialla imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimientode poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20euros, significándole que tiene derecho al resarcimientode los gastos que se le ocasionen.

DECRETOProcedimiento: Ejecución 150/2010. Materia:

Extinción de Contrato. Demandante: Mónica MarreroJiménez. Demandados: Grupo FCG y Otros, S.L., TamaraConsultores, S.L., Telefónica de España, S.A.Unipersonal y Macrotelsa, S.L.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de agosto de2010.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral aplicación.

PARTE DISPOSITIVASe declara al ejecutado Macrotelsa, S.L. en situación

de Insolvencia con carácter Provisional por un importede 14.725,36 euros y sin perjuicio de continuar laejecución si en lo sucesivo se conoce bienes delejecutado.

Procédase al archivo de las presentes actuaciones,dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Notifíquese la presente resolución a las partes enlegal forma y al Fondo de Garantía Salarial

Modo de Impugnación: Recurso de Revisión en elplazo de CINCO DÍAS ante este Secretario Judicial.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,para la admisión del recurso se deberá acreditar haberconstituido, en la cuenta de depósitos y consignacionesde este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que elrecurrente sea: Beneficiario de justicia gratuita, elMinisterio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,Entidad Local u Organismo Autónomo dependientede alguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en el Datos de Órgano Judicial, en la cuentade este órgano judicial con número 3509000064015010seguido de cuatro ceros y el número de expedientecompuesto por cuatro dígitos, y los dos últimos dígitosdel año al que corresponde el expediente, indicandoen el campo “concepto” la indicación “Recurso”

seguida del código “31- Social-Revisión”. Si el ingresose hace mediante transferencia bancaria deberárealizarse al número de cuenta 0030 - 1864 -42 -0005001274 indicando en el campo concepto, elnúmero de cuenta, seguida del código “31- Social-Revisión”.

En el caso de que deba realizar otros pagos en lamisma cuenta, deberá verificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando, en este caso, en elcampo observaciones la fecha de la resolución recurridacon el formato DD/MM/AAAA.

Así se acuerda, manda y firma por don LauroArellano Martínez, Secretario Judicial, del Juzgadode lo Social Número Seis.

EL SECRETARIO JUDICIAL.17.546

CÉDULADE NOTIFICACIÓN16.404

Procedimiento: Ejecución 234/2010. Materia:Despido. Demandante: Juan Francisco García Rodríguez.Demandados: Fondo de Garantía Salarial, Comerfra,S.L. y Envasados Yanibe, S.L.

En virtud de lo acordado por el auto de 05/07/10de este Juzgado, en resolución de esta fecha, dictadaen los autos de juicio número 234/2010, que en esteJuzgado se sigue a instancia de Juan Francisco GarcíaRodríguez contra Fondo de Garantía Salarial, Comerfra,S.L. y Envasados Yanibe, S.L., sobre Ordinario, porla presente se le cita a Vd. para que comparezca eldía Fecha cita, Elegir párrafo.

Y para que tenga lugar la notificación ordenada deComerfra, S.L., con domicilio en Josefina Mayor -(Urb. Industrial El Goro), 21 Telde, expido la presenteen Las Palmas de Gran Canaria, a diez de agosto dedos mil diez.

EL SECRETARIO, Lauro Arellano Martínez.ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no

fuese el propio destinatario, se le hace saber que decumplir el deber público que se le encomienda de hacerlallegar al interesado a la mayor brevedad, o darleaviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicialla imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimientode poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20euros, significándole que tiene derecho al resarcimientode los gastos que se le ocasionen.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21095

Page 88: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASaguasfuerteventura.com/documentos/BOP_11-10-10.pdf · de aguas residuales domésticas, en la Isla de ... -Ley12/1990,de26dejulio,deAguas

AUTOProcedimiento: Ejecución 234/2010. Materia:

Despido. Demandante: Juan Francisco García Rodríguez.Demandados: Fondo de Garantía Salarial, Comerfra,S.L. y Envasados Yanibe, S.L.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de julio de 2010.Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito

únase, dese a la copia su destino legal, y regístresela solicitud a que se refiere con su número de ordenen el Libro correspondiente.

Vistos los preceptos legales dictados y demás de generaly pertinente aplicación al caso, S.Sª.I., ante mí elSecretario, DIJO:

Se despacha ejecución a instancia de Juan FranciscoGarcía Rodríguez contra Comerfra, S.L.

Notifíquese la presente Resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe interponer Recurso de Reposición enel plazo de CINCO DÍAS a constar desde el siguientea la notificación de la presente ante éste Juzgado.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,para la admisión del recurso se deberá acreditar haberconstituido dentro del referido plazo, en la cuenta dedepósitos y consignaciones de este órgano, un depósitode 25 euros, salvo que el recurrente sea: Beneficiariode justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado,Comunidad Autónoma, Entidad Local u OrganismoAutónomo dependiente de alguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en la Cuenta de Depósitos y Consignacionesde esta Sala, número seguida de cuatro ceros y delnúmero de expediente compuesto por cuatro dígitos,y los dos últimos dígitos del año al que correspondeel expediente. En el campo “concepto” se indicará“Recurso de Reposición“ seguida del código “84”.Si el ingreso se hace mediante transferencia bancariadeberá incluir, tras la cuenta referida, separados porun espacio la indicación “recurso” seguida del código“84”.

En el caso de que deba realizar otros pagos en lamisma cuenta, deberá verificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando, en este caso, en elcampo observaciones la fecha de la resolución recurridacon el formato DD/MM/AAAA.

Así se acuerda, manda y firma por doña YolandaÁlvarez del Vayo Alonso, Magistrado-Juez, delJuzgado de lo Social Número Seis. Doy fe.

DECRETOEn Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de julio de 2010.Vistos los preceptos legales dictados y demás de general

y pertinente aplicación al caso, S.Sª., el Secretario:PARTE DISPOSITIVA

Consultado el anterior Registro de Insolvencias deeste Juzgado y cuyos datos más abajo se especifican,se manifiesta que ha sido dictada Insolvencia con fechaanterior respecto de la ejecutada, y que se constituirábase suficiente para estimar su pervivencia en estaejecución sin reiterar los trámites de averiguación debienes, previo traslado por QUINCE DÍAS que seconfiere al ejecutante y al Fondo de Garantía Salarial,para que puedan alegar o instar lo que a su derechoconvenga y en su caso señalar la existencia de nuevosbienes.

Especificación de datos: Auto de Insolvencia de fecha23 de abril de 2010 dictado en la Ejecución 44/10 porel Juzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmasde Gran Canaria.

Notifíquese la presente Resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al mismo tiempo quecontra la misma cabe interponer Recurso de Revisiónante el Juez que dictó la orden de ejecución, en el plazode CINCO DÍAS a contar desde el siguiente a lanotificación de la presente ante este Juzgado. Sesignifica además que todo el que sin tener la condiciónde trabajador o causahabiente suyo, beneficiario delrégimen público de la Seguridad Social o de justiciagratuita, Estado, Comunidades Autónomas, EntidadesLocales y Organismos Autónomos dependientes deellos, intente interponer Recurso de Revisión, deberáefectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta deDepósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidadBanesto número 3509/0000/64/.

Así se acuerda, manda y firma por don LauroArellano Martínez, el Secretario del Juzgado de lo SocialNúmero Seis de Las Palmas de Gran Canaria, de loque paso a dar cuenta. Doy fe.

17.547

NOTIFICACIÓN16.405

Procedimiento: Ejecución 360/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Francisco Marcial Vega.Demandados: Taller Los Clavos y Fondo de GarantíaSalarial.

21096 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicialdel Juzgado de lo Social Número Seis,

HACE SABER: Que en el procedimiento demanda757/07, este Juzgado de lo Social, seguidos a Instanciade Francisco Marcial Vega contra Taller Los clavos,sobre Cantidad se ha dictado la adjunta.

- Resolución a Notificar: Providencia de fecha08/07/10 a Taller Los Clavos, sobre cantidad.

- Para Notificar a: Taller Los Clavos. Domicilio: AlcaldeMostotes, 42 Telde.

Y para que sirva de notificación en legal forma aTaller Los Clavos, en ignorado paradero expido lapresente para su inserción en el B.O.P.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento

EL SECRETARIO JUDICIAL.DECRETO

Procedimiento: Ejecución 360/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Francisco Marcial Vega.Demandados: Taller Los Clavos y Fondo de GarantíaSalarial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de julio de 2010.Dada cuenta. Visto lo que antecede, y:Vistos los preceptos legales dictados y demás de general

y pertinente aplicación al caso, DISPONGO:Se declara al ejecutado Taller Los Clavos en situación

de Insolvencia con carácter Provisional por un importede 642,46 euros y sin perjuicio de continuar laejecución si en lo sucesivo se conoce bienes delejecutado.

Procédase al archivo de las presentes actuaciones,dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Así se acuerda, manda y firma por don LauroArellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado delo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.Doy fe.

EL SECRETARIO.17.548

CÉDULADE NOTIFICACIÓN16.406

Procedimiento: Ejecución 284/2010. Materia:

Cantidad. Demandante: Francisco Castellano Padilla.Demandados: Carmen Melián Ortega, S.L. y Fogasa.

En virtud de lo acordado por el/la Ilmo./a Sr./a.Magistrado-Juez de este, que en este Juzgado se siguea instancia de Francisco Castellano Padilla contraCarmen Melián Ortega, S.L. y Fogasa, sobre Cantidad,por la presente se notifique a Vd. el día, Elegir párrafo.

Y para que tenga lugar la notificación ordenada deCarmen Melián Ortega, S.L., con domicilio en CuraGordillo, 63 Telde, Las Palmas de Gran Canaria y deLos Artesanos, 244 Ingenio, expido la presente en LasPalmas de Gran Canaria, a seis de septiembre de dosmil diez.

LA SECRETARIA, Leonor Ferrer Sancho.ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no

fuese el propio destinatario, se le hace saber que decumplir el deber público que se le encomienda de hacerlallegar al interesado a la mayor brevedad, o darleaviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicialla imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimientode poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20euros, significándole que tiene derecho al resarcimientode los gastos que se le ocasionen.

DECRETOProcedimiento: Ejecución 284/2010. Materia:

Cantidad. Demandante: Francisco Castellano Padilla.Demandados: Carmen Melián Ortega, S.L. y Fogasa.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de septiembrede 2010.

PARTE DISPOSITIVAAcuerdo: Se decreta al embargo de bienes y derechos

de la parte ejecutada Fogasa y Carmen Melián Ortega,S.L., en cantidad suficiente a cubrir 2.767,67 eurosen concepto de principal, más 276,76 euros, que sepresupuestan para intereses y 276,76 euros costas deesta ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Óigase al Fondo de Garantía Salarial y al ejecutante,por plazo de QUINCE DÍAS, para que puedan instarla práctica de las diligencias que a su derecho convengay designar los bienes del deudor de que tenganconstancia y con su resultado se acordará.

Notifíquese la presente resolución a Carmen MeliánOrtega, S.L., Fogasa y Francisco Castellano Padilla.

Modo Impugnación: Recurso de Revisión en elplazo de CINCO DÍAS ante la Secretaria Judicial.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21097

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Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,para la admisión del recurso se deberá acreditar haberconstituido, en la cuenta de depósitos y consignacionesde este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que elrecurrente sea: Beneficiario de justicia gratuita, elMinisterio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma,Entidad Local u Organismo Autónomo dependientede alguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en el, seguida de cuatro ceros y del númerode expediente compuesto por cuatro dígitos, y los dosúltimos dígitos del año al que corresponde el expediente,indicando en el campo “concepto” la indicación“recurso” seguida del código “31-Social-Revisión”.Si el ingreso se hace mediante transferencia bancariadeberá realizarse al número de cuenta 0030 - 1864 -42 - 0005001274 indicando en el campo concepto,el número de cuenta seguida del código “31 Social-Revisión”.

En el caso de que deba realizar otros pagos en lamisma cuenta, deberá verificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando, en este caso, en elcampo observaciones la fecha de la resolución recurridacon el formato DD/MM/AAAA.

Así lo acuerdo y firmo, doña Leonor Ferrer Sancho,Secretaria Sustituta Judicial de Juzgado de lo SocialNúmero Seis. Doy fe.

EL SECRETARIO JUDICIAL.AUTO

Procedimiento: Ejecución 284/2010. Materia:Cantidad. Demandante: Francisco Castellano Padilla.Demandados: Carmen Melián Ortega, S.L. y Fogasa.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de septiembrede 2010.

Dada cuenta;PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Dictar orden general de ejecución ydespacho de la misma a instancia de FranciscoCastellano Padilla contra Fogasa y Carmen MeliánOrtega, S.L., por un principal de 2.767,67 euros, mas276,76 euros calculado provisionalmente para interesesy otros 276,76 euros para costas.

Modo de Impugnación: Contra este auto no caberecurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutadapueda oponerse al despacho de ejecución en los

términos previstos en el artículo 556 de la LEC y enel plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente ala notificación del presente auto y del decreto que sedicte.

Así se acuerda, manda y firma por doña YolandaÁlvarez del Vayo Alonso la Magistrado-Juez delJuzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas. Doyfe.

LA MAGISTRADO-JUEZ.EL SECRETARIO JUDICIAL.

17.549

CÉDULADE NOTIFICACIÓN16.407

Procedimiento: Ejecución 275/2010. Materia:Cantidad. Demandante: Agustín Santana Déniz.Demandados: Infecla, S.L. y Fogasa.

En virtud de lo acordado por el/la Ilmo./a Sr./a.Magistrado-Juez de este Juzgado, en resolución deesta fecha, dictada en los autos de juicio número275/2010, que en este Juzgado se sigue a instanciade Agustín Santana Déniz contra Infecla, S.L. yFogasa, sobre Cantidad, por la presente se le notificaa Vd.

Ypara que tenga lugar notificación ordenada de Infecla,S.L., con domicilio en Francisco Hernández González,Blq. 1 Pta. 18, San Bartolomé de Tirajana, expido lapresente en Las Palmas de Gran Canaria, a seis deseptiembre de dos mil diez.

LA SECRETARIA, Leonor Ferrer Sancho.ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente no

fuese el propio destinatario, se le hace saber que decumplir el deber público que se le encomienda de hacerlallegar al interesado a la mayor brevedad, o darleaviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicialla imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimientode poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20euros, significándole que tiene derecho al resarcimientode los gastos que se le ocasionen.

AUTOProcedimiento: Ejecución 275/2010. Materia:

Cantidad. Demandante: Agustín Santana Déniz.Demandados: Infecla, S.L. y Fogasa.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de septiembrede 2010.

21098 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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Dada cuenta;PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Dictar orden general de ejecución ydespacho de la misma a instancia de Agustín SantanaDéniz contra Infecla, S.L. y Fogasa.

Modo de Impugnación: Contra este auto no caberecurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutadapueda oponerse al despacho de ejecución en lostérminos previstos en el artículo 556 de la LEC y enel plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente ala notificación del presente auto y del decreto que sedicte.

Así se acuerda, manda y firma por doña YolandaÁlvarez del Vayo Alonso la Magistrado-Juez delJuzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas. Doyfe.

LA MAGISTRADO-JUEZ.EL SECRETARIO JUDICIAL.

DECRETOProcedimiento: Ejecución 275/2010. Materia:

Cantidad. Demandante: Agustín Santana Déniz.Demandados: Infecla, S.L. y Fogasa.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de septiembrede 2010.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVAACUERDO: Se dicta orden general de ejecución

y se despacha la misma contra Infecla, S.L. y Fogasaen cantidad suficiente a cubrir la suma de 3.264,75euros de principal, más 326 euros para intereses y 326euros costas que se presupuestan para intereses ycostas de esta ejecución, sin perjuicio de ulteriorliquidación.

Procédase sin previo requerimiento de pago, alembargo de bienes y derechos de la parte ejecutadaInfecla, S.L. y Fogasa, en cantidad suficiente para cubrirdichas sumas.

Y a tal efecto, recábese información, a través delPunto Neutro Judicial, de las bases de datos de lasentidades y organismos a que este Juzgado tieneacceso y que deban tener constancia de bienes oderechos susceptibles de embargo, precediéndosedesde ahora sobre los más realizables que resulten de

la consulta, guardándose el orden fijado en la Ley ylibrándose los despachos que resulten necesarios parala anotación del embargo y las retenciones dinerariasque procedan.

Hágase saber al deudor que puede evitar el embargosi efectúa el pago de las cantidades reclamadasingresándolas en la Cuenta de Depósitos yConsignaciones que este Juzgado tiene abierta en laEntidad Banesto, expresando en el documento deingreso la siguiente clase del procedimiento y cuentaEjecución, 0000275/2010.

Notifíquese la presente resolución a Infecla, S.L.,Fogasa y Agustín Santana Déniz.

Modo Impugnación: Recurso de Revisión en elplazo de CINCO DÍAS ante la Secretaria Judicial.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J.,para la admisión del recurso se deberá acreditar haberconstituido dentro del referido plazo, en la cuenta dedepósitos y consignaciones de este órgano, un depósitode 25 euros, salvo que el recurrente sea: Beneficiariode justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado,Comunidad Autónoma, Entidad Local u OrganismoAutónomo dependiente de alguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en la Cuenta de Depósitos y Consignacionesde este órgano, número seguida de cuatro ceros y delnúmero de expediente compuesto por cuatro dígitos,y los dos últimos dígitos del año al que correspondeel expediente. En el campo “concepto” se indicará“Recurso de Reposición“ seguida del código “31”.Si el ingreso se hace mediante transferencia bancariadeberá realizarse al número de cuenta 0030 - 1864 -42 - 0005001274 indicando en el campo concepto,el número de cuenta seguida del código “31”.

En el caso de que deba realizar otros pagos en lamisma cuenta, deberá verificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando, en este caso, en elcampo observaciones la fecha de la resolución recurridacon el formato DD/MM/AAAA.

Leonor Ferrer Sancho, Secretaria Judicial de Juzgadode lo Social Número Seis, de Las Palmas de GranCanaria. Doy fe.

LA SECRETARIA JUDICIAL.17.550

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21099

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CÉDULADE NOTIFICACIÓN16.408

Procedimiento: Demanda 319/2009. Materia:Despido. Demandante: Alfredo José González Peñate.Demandados: Ismael Gisbert Monzo y Fondo deGarantía Salarial.

Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicialdel Juzgado de lo Social Número Seis,

HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda319/2009 este Juzgado de lo Social, seguidos ainstancias de Alfredo José González Peñate contra IsmaelGisbert Monzo, sobre Despido, se ha dictado lasiguiente resolución.

Y para que sirva de notificación en legal forma aIsmael Gisbert Monzo, en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia. En Las Palmas de Gran Canaria, acatorce de junio de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO JUDICIAL.DECRETO

Procedimiento: Demanda 319/2009. Materia:Despido. Demandante: Alfredo José González Peñate.Demandados: Ismael Gisbert Monzo y Fondo deGarantía Salarial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de junio de2010.

Dada cuenta. Visto lo que antecede, y:Vistos los preceptos legales dictados y demás de general

y pertinente aplicación al caso, DISPONGO:Se declara al ejecutado Ismael Gisbert Monzo en

situación de Insolvencia con carácter Provisional porun importe de 26.181,53 euros más el 10%, calculadoprovisionalmente para intereses y costas y sin perjuiciode continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocebienes del ejecutado.

Procédase al archivo de las presentes actuaciones,dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Así se acuerda, manda y firma por don LauroArellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado de

lo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.Doy fe.

EL SECRETARIO.17.551

CÉDULADE NOTIFICACIÓN16.409

Procedimiento: Demanda 1.326/2008. Materia:Despido. Demandante: Juan Pedro Márquez Méndez.Demandados: Detralquil Canarias, S.L. y Fondo deGarantía Salarial.

Don Lauro Arellano Martínez Secretario Judicialdel Juzgado de lo Social Número Seis,

HACE SABER: Que en el procedimiento Demanda1.326/2008 este Juzgado de lo Social, seguidos ainstancias de Juan P. Maequez Méndez contra DetralquilCanarias, S.L., sobre Despido, se ha dictado la adjuntaAuto.

Y para que sirva de notificación en legal forma aDetralquil Canarias, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,en ignorado paradero, expido la presente para suinserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En LasPalmas de Gran Canaria, a quince de junio de dos mildiez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO JUDICIAL.DECRETO

Procedimiento: Demanda 1.326/2008. Materia:Despido. Demandante: Juan Pedro Márquez Méndez.Demandados: Detralquil Canarias, S.L. y Fondo deGarantía Salarial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de junio de2010.

Dada cuenta. Visto lo que antecede, y:Vistos los preceptos legales dictados y demás de general

y pertinente aplicación al caso, DISPONGO:Se declara al ejecutado Detralquil Canarias, S.L. en

situación de Insolvencia con carácter Provisional porun importe de 8.097,69 euros de principal, más el 10%calculado provisionalmente de intereses y costas y sin

21100 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivose conoce bienes del ejecutado.

Procédase al archivo de las presentes actuaciones,dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Así se acuerda, manda y firma por don LauroArellano Martínez Secretario Judicial del Juzgado delo Social Número Seis de Las Palmas de Gran Canaria.Doy fe.

EL SECRETARIO.17.553

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.410

Procedimiento: Demanda 570/2009. Materia:Cantidad. Demandante: Guadalupe Pérez Miranda.Demandados: Provicasa 500, S.L., Proanca PromotoraAndaluza Canaria, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Seis de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 570/2009, en materia de Cantidad, a instanciade Guadalupe Pérez Miranda, contra Provicasa 500,S.L., Proanca Promotora Andaluza Canaria, S.L. y Fondode Garantía Salarial, por S.Sª., se ha acordado citarlemediante edicto dado su ignorado paradero, para elacto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 10.11.10,a las 11:05 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comoque aporte la documental que se indica en la demanda,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aProvicasa 500, S.L. y Proanca Promotora AndaluzaCanaria, S.L., en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia,en Las Palmas de Gran Canaria, a quince de septiembrede dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de este

Juzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.658

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.411

Procedimiento: Demanda 529/2009. Materia:Sanciones. Demandante: Gena del Pino Padilla López.Demandada: Canarias de Limpieza Urbana, S.A.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Seis de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 529/2009, en materia de Sanciones, a instanciade Gena del Pino Padilla López, contra Canarias deLimpieza Urbana, S.A., por S.Sª., se ha acordadocitarle mediante edicto dado su ignorado paradero, parael acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día11.11.10, a las 09:05 horas, advirtiéndole de lodispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley deProcedimiento Laboral. Asimismo se le requiere paraque concurra al acto al efecto de contestar el interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como que aporte la documental quese indica en la demanda, haciéndole saber que las copiasde la misma se encuentran a su disposición en laSecretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aCanarias de Limpieza Urbana, S.A., en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en elBoletín Oficial de la Provincia, en Las Palmas de GranCanaria, a quince de septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.659

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL16.412

Procedimiento: Demanda 1.158/2008. Materia:Cantidad. Demandantes: Domingo Vega Talavera,

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21101

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Cristo Javier Segura Morales, Álvaro Campos Santana,Lixandra Gutiérrez Arboleda, Gisbert Enrique MorenoCampagnola, Silvia Onelia Cohen, Leonardo JavierRomero Contreras, Jackson Ranier Romero Contreras,Jacinta del Pilar Pachay Parrales, Leda María VertizMéndez, Michel Rodrigo Galvis Guerrero, MaríaÁlvarez Rodríguez, Amalia Cristina Garrido Toledo,Patricio Enrique Miranda Lagos, Yomara MaríaÁlvarez Rodríguez y Eduardo Nelson Moreno.

El Secretario Judicial de este Juzgado de lo SocialNúmero Seis de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 1.158/2008, en materia de Cantidad, a instanciade Domingo Vega Talavera, Cristo Javier SeguraMorales, Álvaro Campos Santana, Lixandra GutiérrezArboleda, Gisbert Enrique Moreno Campagnola,Silvia Onelia Cohen, Leonardo Javier RomeroContreras, Jackson Ranier Romero Contreras, Jacintadel Pilar Pachay Parrales, Leda María Vertiz Méndez,Michel Rodrigo Galvis Guerrero, María ÁlvarezRodríguez, Amalia Cristina Garrido Toledo, PatricioEnrique Miranda Lagos, Yomara María ÁlvarezRodríguez, Eduardo Nelson Moreno, Carlos AlbertoCampos Santana, Patricia A. Santos Naranjo, MohamedMourinou, Saida Sbioui Moujahid, Julia Valenzuelade Cabanas Leandro Javier Márquez Pereira y GerardoArturno Moreno, contra Central Restauración Calabria,S.L. y Fondo de Garantía Salarial, por S.Sª., se haacordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 03.11.10, a las 11:30 horas, advirtiéndolede lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Leyde Procedimiento Laboral. Asimismo se le requierepara que concurra al acto al efecto de contestar elinterrogatorio de preguntas de la contraparte, si asíse hubiese interesado, así como que aporte la documentalque se indica en la demanda, haciéndole saber quelas copias de la misma se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a CentralRestauración Calabria, S.L., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, adieciséis de septiembre de dos mil diez.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO.17.660

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7

EDICTO

CÉDULADE NOTIFICACIÓNAUTO

16.413Procedimiento: Despidos/Ceses en General 954/2010.

Materia: Despido Disciplinario. Demandante: Maríadel Carmen Lorenzo Montesdeoca. Demandados: ElOráculo de Abatar, S.L. y Fogasa.

Doña María Leonor Ferrer Sancho, SecretariaJudicial de este Juzgado de lo Social Número Sietede Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número954/2010, en materia de Despido Disciplinario, ainstancia de María del Carmen Lorenzo Montesdeoca,contra El Oráculo de Abatar, S.L., por S.Sª., se ha dictadoDecreto con fecha 22/09/10, cuya parte dispositivaes el tenor literal siguiente:

DECRETOEn Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de septiembre

de 2010.PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Admitir a trámite la demanda interpuestapor María del Carmen Lorenzo Montesdeoca, contraEl Oráculo de Abatar, S.L., sobre Despido Disciplinario,y darle la tramitación correspondiente, citándose a laspartes en única, pero sucesiva convocatoria para losactos de conciliación, si procediera, y en su caso deJuicio, el primero ante la Secretaria Judicial quesuscribe, el segundo ante este órgano judicial, paralo cual se señala el próximo día 15.10.10, a las 12:10horas, que tendrán lugar en la Sala de Audiencia deeste Juzgado, sita en Avenida Marítima, s/n, Edif.Fundación Loyola de esta Ciudad, y una vez prestadaconformidad por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez deeste órgano judicial, hágase entrega a la demandadade copia de la demanda y documentos acompañados.

Al no constar haber intentado la conciliación previa,procede requerir a la parte demandante, para que enel plazo de QUINCE DÍAS subsane tal defecto conapercibimiento de archivo en caso de no verificarlo.

Se advierte a las partes que deben concurrir con losmedios de pruebas de que intenten valerse, nosuspendiéndose el Juicio por la incomparecencia de

21102 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendráen rebeldía sin necesidad de previa declaración, ypreviniéndose a la demandante que si no compareceni alega causa justa, que motive la suspensión del Juicio,se le tendrá por desistida de su demanda.

Si el demandado pretendiese comparecer en elJuicio asistido de Abogado o representado porprocurador o graduado social, lo pondrá en conocimientodel Juzgado por escrito, dentro de los DOS DÍASsiguientes al de su citación para el Juicio, con objetode que, trasladada tal intención al actor, pueda ésteestar representado por procurador o graduado social,designar Abogado en otro plazo igual o solicitar sudesignación a través del turno de oficio. La falta decumplimiento de este requisito supone la renuncia dela parte al derecho de valerse en el acto del Juicio deabogado, procurador o graduado social.

Se tiene por anunciada por la parte actora la asistencialetrada para asistir al Juicio.

Hágase saber a la parte actora, que deberá comparecerante este Juzgado a otorgar apoderamiento Apud-Acta, o bien, aportarlo con carácter notarial.

Modo de Impugnación: Contra la presente resolucióncabe interponer Recurso de Reposición dentro del plazode CINCO DÍAS HÁBILES ante esta SecretariaJudicial.

Así lo dispone, manda y firma, doña María LeonorFerrer Sancho, Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial Número Siete. Doy fe.

LA SECRETARIA JUDICIAL.Y para que sirva de notificación en legal forma a

El Oráculo de Abatar, S.L., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia de Las Palmas, en Las Palmas de GranCanaria, a cinco de octubre de dos mil diez.

LA SECRETARIA.17.761

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9

CÉDULADE NOTIFICACIÓN16.414

En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de este Juzgado don Óscar González Prieto, enel Juicio número 688/2010, seguido a instancia de

Domingo Falcón Rivero, contra Camacan 50, S.L. yFogasa, se cita a Vd., para que el día 22.10.10, a las09:50 horas, comparezcan ante este Juzgado a lacelebración de los actos de conciliación y Juicio,advirtiéndole que no se suspenderá por falta deasistencia de las partes y que las mismas debenconcurrir a dichos actos con todos los medios deprueba de que intenten valerse.

Al propio tiempo se cita al Representante Legal dela empresa demandada a que comparezca en el díaseñalado a la prueba de interrogatorio de parte bajoapercibimiento de que de no comparecer sin justa causapodrá ser tenido por conforme con los hechos de lademanda y se le requiere para que aporte recibo desalarios o nóminas de pagos correspondientes aldemandante así como el Libro de Matrícula.

Notifíquese la presente Resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe interponer Recurso de Reposiciónante este Juzgado, dentro del plazo de CINCO DÍASHÁBILES, siguientes a su notificación.

Y para citar y entregar al Representante Legal dela empresa Camacan 50, S.L., expido la presente enLas Palmas de Gran Canaria, a veintiuno de septiembrede dos mil diez.

EL SECRETARIO JUDICIAL.17.648

SENTENCIA16.415

Procedimiento: Demanda 546/2010. Materia:Cantidad. Demandante: Pedro Manuel Ramos Morán.Demandados: Francisco Javier Pérez Cabrera y Fondode Garantía Salarial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de septiembrede 2010.

Visto por mí, don Óscar González Prieto,Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social Número Nuevede los de Las Palmas de Gran Canaria y su provincia,en audiencia pública, el juicio sobre Cantidad, seguidoante este Juzgado bajo número 546/2010, promovidoa instancia de Pedro Manuel Ramos Morán con D.N.I.número 42794318 contra Francisco Javier PérezCabrera y Fondo de Garantía Salarial, atendiendo alos siguientes:

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21103

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FALLO: Estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones, promovida por Pedro ManuelRamón Moran, frente a la empresa Francisco JavierPérez Cabrera (CIF 42.795.431 -K) y frente al Fogasasobre Reclamación de Cantidad, debo condenar ycondeno a la empresa demandada a que abone alactor la cantidad de 4.349,97 euros, cantidad quedevengará un interés anual del 10 % por mora. Y alfondo de garantía salarial a estar y pasar por dichadeclaración.

Notifíquese la presente sentencia en legal forma alas partes, haciéndoles saber que contra la mismacabe interponer Recurso de Suplicación para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, recurso que deberá anunciarse ante esteJuzgado dentro de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes al de la notificación, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciarlo, haber consignado lacantidad objeto de la condena, que podrá sustituirsepor el aseguramiento mediante aval bancario; laconsignación deberá efectuarse en la cuenta dedepósitos y consignaciones de este Juzgado, abiertaen la entidad Banesto al número 0030 1105 000000000003497 0000 65 0546/10. Se significará, además, quetodo el que, sin tener la condición de trabajador ocausahabiente suyo, beneficio del régimen público dela Seguridad Social o de justicia gratuita, intenteinterponer Recurso de Suplicación, deberá efectuarun depósito de 150,25 euros, que ingresará, conindependencia de la consignación, en su caso, en laindicada cuenta y concepto, debiendo, el recurrente,hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaríadel Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso deSuplicación.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevarácertificación a los autos para constancia, lo pronuncio,mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anteriorsentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que ladictó, hallándose celebrando audiencia pública en laSala de Audiencias de este Juzgado, en el día de sufecha, asistido de mí, Secretaria, que doy fe.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós deseptiembre de dos mil diez.

EL/LA SECRETARIO/A.17.579

SENTENCIA16.416

Procedimiento: Demanda 333/2010. Materia:Prestaciones. Demandante: Mutua Unversal Mugenatde Accidentes de Trabajo y E.P. de la S.S. Número10. Demandados: Proinde Industrial, S.L., InstitutoNacional de la Seguridad Social y Tesorería Generalde la Seguridad Social.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de septiembrede 2010.

Visto por mí, don Óscar González Prieto,Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social Número Nuevede los de Las Palmas de Gran Canaria y su provincia,en audiencia pública, el juicio sobre Prestaciones, seguidoante este Juzgado bajo número 333/2010, promovidoa instancia de Mutua Unversal Mugenat de Accidentesde Trabajo y E.P. de la S.S. Número 10 con D.N.I.número G08242463 contra Proinde Industrial, S.L.,Instituto Nacional de la Seguridad Social y TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, atendiendo a lossiguientes

FALLO: Estimar parcialmente la demanda interpuestapor la Mutua Universal Mugenat contra la entidad ProindeIndustrial, S.L., I.N.S.S. y T.G.S.S. condenando a laentidad Proinde Industrial, S.L. a abonar a la MutuaUniversal la suma de 3.344,06 euros, cantidad quedevengará el oportuno interés legal, respondiendosubsidiariamente el I.N.S.S. en caso de Insolvenciade la entidad Proinde Industrial, S.L. y a la T.G.S.S.a estar y pasar por la presente resolución.

Notifíquese la presente sentencia en legal forma alas partes, haciéndoles saber que contra la mismacabe interponer Recurso de Suplicación para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, recurso que deberá anunciarse ante esteJuzgado dentro de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes al de la notificación, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciarlo, haber consignado lacantidad objeto de la condena, que podrá sustituirsepor el aseguramiento mediante aval bancario; laconsignación deberá efectuarse en la cuenta dedepósitos y consignaciones de este Juzgado, abiertaen la entidad Banesto al número 0030 1105 000000000003497 0000 65 0333/10. Se significará, además, quetodo el que, sin tener la condición de trabajador ocausahabiente suyo, beneficio del régimen público de

21104 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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la Seguridad Social o de justicia gratuita, intenteinterponer Recurso de Suplicación, deberá efectuarun depósito de 150,25 euros, que ingresará, conindependencia de la consignación, en su caso, en laindicada cuenta y concepto, debiendo, el recurrente,hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaríadel Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso deSuplicación.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevarácertificación a los autos para constancia, lo pronuncio,mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anteriorsentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que ladictó, hallándose celebrando audiencia pública en laSala de Audiencias de este Juzgado, en el día de sufecha, asistido de mí, Secretaria, que doy fe.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós deseptiembre de dos mil diez.

EL/LA SECRETARIO/A.17.580

SENTENCIA16.417

En nombre del Rey se ha dictado la siguiente:En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 29

de julio de 2010.Vistos por mi, doña Raquel María Rivero Mentado,

Magistrado Juez-Sustituta de Refuerzo del Juzgadode lo Social Número Nueve de los de Las Palmas ysu Provincia, los precedentes autos número 427/2010,seguidos a instancia de María Concepción RiveroRivero que comparece representada por la Letrada doñaIsabel Aide Navarro frente a la empresa DomingoTarajano Lantigua, S.L. que no comparece a pesar deestar debidamente citada, y Fogasa que comparecerepresentado por el Abogado del Estado don EnriqueMoya Angeler Cabrera versando la litis sobre Despidoatendiendo a los siguientes:

FALLO: Que estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones, promovida por María ConcepciónRivero Rivero frente a la empresa Domingo NaranjoLantigua, S.L. y Fogasa sobre Despido, debo declarary declaro Improcedente el Despido efectuado por laempresa demandada a la parte actora, y en su virtud,debo condenar y condeno a la expresada empresa aque indemnice a la trabajadora en la cuantía de

10.778,85 euros al ser computados 51 meses desdela fecha de antigüedad de la trabajadora (01-05-2010)hasta el día de hoy en que queda extinguida la relaciónlaboral; con el abono de los salarios dejados depercibir desde la fecha del Despido hasta la de estaresolución en cuantía de 8.150,36 euros al sercomputados 151 días desde el Despido (28-02-10) hastala fecha esta resolución a razón de un salario de 56,36euros/día brutos con prorrateo de pagas extras.Asimismo condeno al Fondo de Garantía Salarial aestar y pasar por la presente declaración.

Se declara extinguida la relación laboral de latrabajadora con la empresa demandada DomingoNaranjo Lantigua, S.L. con efectos del día de hoy.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias/Las Palmas,anunciándolo ante este Juzgado por comparecenciao por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes a la notificación del presente fallo, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 192y ss del TRLPL; siendo indispensable que al tiempode anunciarlo acredite la parte que no ostente elcarácter de trabajador y no goce del beneficio dejusticia gratuita, haber consignado el importe íntegrode la condena en el banco Banesto, en la cuenta deeste Juzgado con el número 0030/1105/50/0000000000o presentar aval solidario de Entidad Financiera porel mismo importe. Así mismo deberá constituir otrodepósito por importe de 150,00 euros en la referidacuenta bancaria al concepto 3497-0000-65-0427-10,presentando el resguardo correspondiente a ésteúltimo depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempode interponer el Recurso y el del primer depósito almomento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podráser admitido.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Diligencia. La extiendo yo la Sra. Secretaria para

dar fe de que la anterior resolución se publicó en eldía de su fecha, estando la Magistrado-Juez Sustitutaque la dictó celebrando Audiencia Pública. Reiterofe.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintitrés deseptiembre de dos mil diez.

LA SECRETARIA.17.581

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21105

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 1 DE ARUCAS

EDICTO16.418

Procedimiento: EXPEDIENTE DE DOMINIO.INMATRICULACIÓN NÚMERO 0000212/2008.

Materia: SIN ESPECIFICAR.

INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE YPROCURADOR:

Demandantes: DON JESÚS VICENTE MEDINAQUINTANAYDOÑALEOCADIAGILQUINTANA.

Procuradora: DOÑA MARTA PAISER GARCÍA.

Doña Mónica Soria Molina, Secretaria Judicial delJuzgado de Primera Instancia e Instrucción NúmeroUno de Arucas.

HACE SABER:

Que en este Juzgado se sigue en el procedimientoExpediente de Dominio. Inmatriculación, 0000212/2008,a instancia de DON JESÚS VICENTE MEDINAQUINTANAYDOÑALEOCADIAGILQUINTANA,expediente de dominio para la inmatriculación de lassiguientes:

FINCAS

RÚSTICA. Trozo de terreno de labradío, conocidopor parte por el Sur, en la cadena de riego en laCumbre, en el término municipal de Valleseco, quemide 3 áreas y 58 centiáreas aproximadamente.

LINDA: Al Naciente con terrenos de doña Maríadel Carmen Sánchez Silva; al Poniente, con macho-servidumbre de varios; al Norte con terrenos de la hijuelanúmero 4 (en la actualidad con don Eugenio SuárezFranchy); y al Sur con don Manuel Santana Silva, tienepara su riego un día de agua cada QUINCE DÍAS delheredamiento de Barranquillo de su situación, tieneuna servidumbre de paso por el macho-servidumbrede varios dueños, siendo el riego como uso y costumbre.

Según reciente medición topográfica y certificacióncatastral tiene una cabida de 408 metros cuadrados.

2. Trozo de terreno de labradío de secano, formandodos cadenas y la mayor parte de la cadena de ElLomo en la Cumbre, en la misma situación que la fincaanterior, mide 16 áreas y 18 centiáreas.

LINDA: Al Naciente con la hijuela número 4, enla actualidad con don Eugenio Suárez Sánchez; alPoniente con la hijuela número 6; al Norte con donAdolfo Aguiar Sánchez; y al Sur con don NemesioRamos Déniz.

Según reciente medición topográfica y certificacióncatastral tiene una cabida de 1.312 metros cuadrados.

3. Mitad de un alpendre enclavado en terreno de donEugenio Suárez Sánchez, con derecho a estercolero,que según certificado catastral y reciente medicióntopográfica dicha mitad tiene una superficie construidade 15 m2, delante del mismo, le corresponde unestercolero de 1 por 3 metros midiendo la totalidad18 m2.

4. Trozo de terreno erial a pastos y riscos conocidopor (Parte sobre el Barranco en el Manchón frente aCorcho). Mide 42 áreas aproximadamente.

LINDA: Al Naciente con terrenos de la hijuelanúmero 4, en la actualidad con don Eugenio SuárezSánchez; al Poniente con el Barranco de Corcho; alNorte con don José Vega, ahora Eleuterio GarcíaSuárez; al Sur con don Nemesio Ramos. Esta fincase halla atravesada por la carretera GC 230 queconduce de Corcho a Galás; según reciente medicióntopográfica y certificación catastral mide la partesobre la carretera 3.265 m2. La parte bajo la carreteramide 604 m2.

Por el presente y en virtud de lo acordado enprovidencia de esta fecha se convoca a las personasignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripciónsolicitada para que en el término de los DIEZ DÍASsiguientes a la publicación de este edicto puedancomparecer en el expediente alegado lo que a suderecho convenga.

En Arucas, a catorce de abril de dos mil diez.

LA SECRETARIA.

15.976

21106 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 2

DE SANTAMARÍADE GUÍA

EDICTO16.419

Procedimiento: EXPEDIENTE DE DOMINIO.REANUDACIÓN DEL TRACTO NÚMERO0000066/2010.

Materia: SIN ESPECIFICAR.

INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE YPROCURADOR:

Demandante: DON JOSÉ JUAN RODRÍGUEZPÉREZ. Fiscal: MINISTERIO FISCAL. Procurador:DOÑAMARÍATERESAGUILLÉN CASTELLANO.

Doña Sandra Batista Ortega Secretaria Judicial delJuzgado de Primera Instancia e Instrucción NúmeroDos de Santa María de Guía de Gran Canaria.

HACE SABER:

Que en este Juzgado se sigue el Expediente dedominio, número 66/2010 a instancia de DON JOSÉJUAN RODRÍGUEZ PÉREZ, expediente de dominiopara la reanudación del tracto sucesivo interrumpidode la siguiente:

FINCA

URBANA.- EDIFICACIÓN DE PLANTA BAJADESTINADA A VIVIENDA CON TERRENOANEXO, situada en el término municipal de Gáldar,donde llaman Lomo de Barrial, calle José de Viera,por donde se señala con el número 14 de gobierno.

Según el título, la totalidad de la parcela cuenta conuna superficie aproximada de seiscientos setentametros con ochenta decímetros cuadrados (670,80 m2,pero según medición taquimétrica practicada, resultacontar con una superficie de SEISCIENTOS SETENTAY OCHO METROS (678 M2).

La vivienda en planta baja, construida al fondo dela parcela, cuenta con una superficie particularintegrada en el total de la parcela de SESENTA YCUATRO (64) METROS CUADRADOS, y el resto,

destinado a huerto, tiene una superficie tambiénintegrada en la parcela de SEISCIENTOS CATORCE(614) METROS CUADRADOS.

LINDA: Al frente o Sur, con calle de su situación,llamada José de Viera por donde está señalada conel número 14 de gobierno; al fondo o Norte, conterrenos de hermanos Bolaños; derecha entrando oNaciente, con serventía de paso; e izquierda o Poniente,con don José Monzón Suárez, hoy don José MonzónPadrón.

Por el presente y en virtud de lo acordado enprovidencia de esta fecha se convoca a HEREDEROSDE DOÑACLARAVIERAMEDINA(DOÑAJUANAMARÍA PEREZA VIERA) en calidad deTRANSMITENTE; a DON JOSÉ VIERAÁLAMOSen calidad de TITULAR REGISTRAL; a DON JOSÉMONZÓN PADRÓN Y HERMANOS BOLAÑOSen calidad de COLINDANTES y a las personasignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripciónsolicitada para que en el término de los DIEZ DÍASsiguientes a la publicación de este edicto puedancomparecer en el expediente alegando lo que a su derechoconvenga.

En Santa María de Guía de Gran Canaria, a treintade julio de dos mil diez.

LA SECRETARIA.

17.060

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 8 DE ARRECIFE

EDICTO16.420

Procedimiento: EXPEDIENTE DE DOMINIONÚMERO 0000639/2008.

INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE YPROCURADOR:

Demandante: GESTIONES NEGI SIGLO XXI,S.L. Interviniente: DON ANTONIO GONZÁLEZRODRÍGUEZ. Procurador: DON JOSÉ CARLOSRONDA MORENO, SIN PROCURADOR.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21107

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Don Fernando Blasco Lices Secretario Judicial delJuzgado de Primera Instancia Número Ocho deArrecife.

HACE SABER:

Que en este Juzgado se sigue el procedimiento0000639/2008 a instancia de GESTIONES NEGISIGLO XXI, S.L., expediente de dominio para larectificación del exceso de cabida de la siguiente.

FINCA

8.409 del Registro de la Propiedad de Tías inscritaal Tomo 458, Folio 176.

Por el presente y en virtud de lo acordado enprovidencia de esta fecha se convoca a las personasignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripciónsolicitada para que en el término de los DIEZ DÍASsiguientes a la publicación de este edicto puedancomparecer en el expediente alegando lo que a su derechoconvenga, siendo preceptivo hacerlo por medio deLetrado.

Y para que conste y su inserción en el Tablón deAnuncios, expido la presente en Arrecife, a doce deenero de dos mil nueve.

EL SECRETARIO.

16.506

EDICTO16.421

Don Jesús Carboneras Tornero Secretario Judicialdel Juzgado de Primera Instancia e Instrucción NúmeroOcho de Arrecife.

HACE SABER:

Que en este Juzgado se sigue el procedimientoExpediente de dominio. Reanudación del tracto,0000461/2010 a instancia de DON ROGELIOTENORIO DE PAIZ, expediente de dominio para lainmatriculación de la siguiente:

FINCA

FINCA NÚMERO 492, TOMO 252, LIBRO 17,FOLIO 64, INSCRIPCIÓN 4ª. FINCA URBANA.-

Una casa de dos plantas situada en la calle León yCastillo, de esta ciudad, señalada con el númerocuarenta y uno; limita por su fachada con la propiacalle de León y Castillo, por su espalda con la de Franco,por su derecha entrando con la expresada de León yCastillo, que baja del Lomo o Puerto de Naos, y porla izquierda entrando con casa de don Lorenzo Cabrera,hoy herederos de don Rogelio Tenorio Villasante.

Verificada su medida resulta tener seiscientoscincuenta y ocho metros con dieciséis metros cuadrados.

Por el presente y en virtud de lo acordado enprovidencia de esta fecha se convoca a las personasignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripciónsolicitada para que en el término de los DIEZ DÍASsiguientes a la publicación de este edicto puedancomparecer en el expediente alegando lo que a su derechoconvenga.

Asimismo se cita a interesados para que dentro deltérmino anteriormente expresado puedan compareceren el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

Y para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, expido el presente.

En Arrecife, a diez de junio de dos mil diez.

EL SECRETARIO.

17.063

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 14

EDICTO16.422

Procedimiento: JUICIO VERBAL LEC. 2000NÚMERO 0001085/2008.

Materia: DESAHUCIO.

INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE YPROCURADOR:

Demandante: DON ENRIQUE SCHAMANNGONZÁLEZ. Demandado: ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL DE AYUDA A LOS ANIMALESLASSIE, DON FERNANDO LEOCADIO CABRERA

21108 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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MARTÍNEZ. Procurador: DON JOSÉ LORENZOHERNÁNDEZ PEÑATE, SIN PROCURADOR, SINPROCURADOR.

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia NúmeroCatorce de Las Palmas de Gran Canaria.

Juicio: JUICIO VERBAL LEC. 2000 NÚMERO0001085/2008.

Parte demandante: DON ENRIQUE SCHAMANNGONZÁLEZ.

PARTE DEMANDADA: ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL DE AYUDA A LOS ANIMALESLASSIE Y DON FERNANDO LEOCADIOCABRERA MARTÍNEZ.

Sobre: DESAHUCIO.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolucióncuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de septiembrede 2009.

Vistos por su S.Sª. Don Cosme Antonio LópezRodríguez, Magistrado-Juez del Juzgado de PrimeraInstancia Número Catorce de Las Palmas de Gran Canariay su partido, los presentes autos de Juicio Verbal, seguidosen éste Juzgado con el número 1085/2008, promovidospor el demandante Procurador de los Tribunales Sr.HERNÁNDEZ PEÑATE en representación de DONENRIQUE SCHAMANN GONZÁLEZ contra laparte demandada la ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL DE AYUDA A LOS ANIMALESLASSIE, en ejercicio de acción de desahucio.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Se presentó demanda por la actora, ala que acompañaba los documentos pertinentes yhacia alegación de los Fundamentos de Derecho queentendía aplicables al caso, y finalizaba con la súplicade que tras su legal tramitación finalizara dictándosesentencia por la que se declare resuelto el contrato dearrendamiento suscrito entre las partes condenandoal demandado a desalojar la finca urbana sita en lacalle Salvador Monsalud esquina calle Cádiz, de LasPalmas de Gran Canaria, así como a abonar a laactora las rentas devengadas hasta la fecha del

lanzamiento, todo ello con expresa condena en costas.

SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda, se ordenósu sustanciación por las normas establecidas para elJuicio Verbal, y a tales efectos, y de acuerdo con latramitación prevista por la LEC, se celebró el mismoel 2 de septiembre. En dicho acto el actor se ratificóen la demanda, ampliando la cuantía reclamada, y eldemandado fue declarado en rebeldía al no comparecerasistido de Letrado y Procurador. En el trámite deproposición de prueba, por la parte actora se solicitólas de documental por reproducida e interrogatorio,siendo admitidas.

Tras los trámites legales, quedó el procedimientovisto para sentencia.

TERCERO.- Que en la tramitación del presenteprocedimiento se han observado las prescripcioneslegales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Ejercita la parte demandante acción deresolución de contrato de arrendamiento de fincaurbana por falta de pago de la renta, causa cuyofundamento normativo analizaremos a continuación.

Así, conviene recordar que en todo contrato dearrendamiento, ya se concierte verbalmente o deforma escrita, es obligación esencial del arrendatariola de pagar la renta o precio del arrendamiento en lostérminos convenidos con el arrendador, según sedesprende del artículo 1.555 del Código Civil, y elincumplimiento de esta obligación determina que elarrendador pueda optar por el ejercicio de dos accionesdistintas, bien la reclamación de rentas, o, en su caso,la resolución del contrato, y no exigiéndose para quese declare la resolución del contrato, como expresanlas sentencias del Tribunal Supremo de 3 y 31 de mayoy 13 de noviembre de 1985, que el incumplimientocontractual sea consecuencia de una persistente ytenaz resistencia por el arrendatario al cumplimientode lo convenido, sino que es suficiente que talincumplimiento se produzca, frustrando las legítimasexpectativas del arrendador.

En el supuesto de autos, procede la estimación dela demanda pues el contenido de los artículos 1555.1del C.C. y 27.2 a) de la legislación especial dearrendamientos urbanos, en relación con los hechosdel pleito, permite comprobar como el demandado no

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21109

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ha abonado los importes relativos a la rentas pactadas,conforme se refiere en el escrito de demanda. Taleshechos se ven acreditados por la documental aportadaen autos, y que no ha sido impugnada de contrario,sin que por el demandado, que ha sido declarado enrebeldía, se haya aportado prueba alguna que desvirtúetales extremos no acreditando el abono de las rentasreclamadas.

SEGUNDO.- Resta la resolución sobre los interesesaplicables a la cantidad debida como principal y lascostas y sobre ello se debe decir que los artículos 1101y ss. del C. Civil, obligan a imponer el pago de losintereses debidos, en relación a la cantidad que se adeuda,a contar desde la fecha de la interpelación judicial yhasta su completo pago.

TERCERO.- Con relación a las costas, y toda vezla estimación de la demanda cabe la imposición delas mismas a la parte demandada.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por elProcurador de los Tribunales Sr. HERNÁNDEZPEÑATE en representación de DON ENRIQUESCHAMANN GONZÁLEZ contra la parte demandadala ASOCIACIÓN SOCIO CULTURAL DE AYUDAALOS ANIMALES LASSIE, debo declarar y declaro:

- Resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entrelas partes en relación con la finca urbana sita en lacalle Salvador Monsalud esquina calle Cádiz, de LasPalmas de Gran Canaria.

Condenando a los demandados:

- A desalojar la citada finca urbana, en el plazoseñalado legalmente, con la advertencia de que de nohacerlo podrán ser objeto de lanzamiento.

- Aabonar a la parte actora la cantidad de DOS MILEUROS (2000 EUROS), más las rentas que sedevenguen desde la fecha de interposición de lademanda hasta el lanzamiento, más los intereseslegales en la forma determinada en el fundamentosegundo de la presente resolución.

- Todo ello con expresa condena en costas.

Llévese certificación de la presente resolución a losautos de su razón, uniéndose el original al libro desentencias de éste Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partesconforme lo establecido en el Art. 248-4° de la LeyOrgánica del Poder Judicial, con indicación de quecontra esta sentencia cabe Recurso de Apelación antela Audiencia Provincial, a interponer en este Juzgadodentro del plazo de los CINCO DÍAS siguientes a lanotificación.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primerainstancia en nombre de S.M. el Rey, lo pronuncio, mandoy firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada ha sidola anterior sentencia por el Sr. Juez que la ha dictado,estando celebrando Audiencia Publica en el día de sufecha por ante mi el Sr. Secretario de lo que doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilioo residencia de la parte demandada, por providenciade 30 DICIEMBRE 2009 el señor Juez, de conformidadcon lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado lapublicación del presente edicto en el Tablón deAnuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligenciade NOTIFICAR.

En Las Palmas de Gran Canaria, a treinta de diciembrede dos mil nueve.

LA SECRETARIA JUDICIAL.

DILIGENCIA.- En Las Palmas de Gran Canaria,a treinta de diciembre de dos mil nueve.

La extiendo yo, la Secretaria Judicial, para hacerconstar que el presente edicto ha quedado fijado enel día de hoy en el Tablón de Anuncios.

Doy fe.

7.582-Bis

JUZGADO DE INSTRUCCIÓNNÚMERO 3 DE ARRECIFE

CÉDULADE CITACIÓN16.423

Por tenerlo así acordado en los autos de Juicio deFaltas número 97/2010, se cita a las personas que tambiénse indicarán a fin de que comparezcan ante la Sala

21110 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

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de Vistas de este Juzgado el próximo día y hora quetambién se menciona al objeto de asistir a la celebracióndel Juicio de Faltas, debiendo hacerlo con las pruebasde que intente valerse.

CITADOS: Tania Betina Robayna Lemes, GaesteyeidaQuintero Hernández, Marco Agoney Betancor Díaz,Fernando Pardo de Armas, Ulises González Muñozy Achian Nast Ramírez Jiménez.

CITA: 21.10.10, a las 10:40 horas.Y, para que conste y sea publicado en el Boletín Oficial

de la Provincia, expido y firmo la presente en Arrecife,a cinco de octubre de dos mil diez.

EL SECRETARIO.17.868

CÉDULADE CITACIÓN16.424

Por tenerlo así acordado en los autos de Juicio deFaltas número 124/2010, se cita a las personas quetambién se indicarán a fin de que comparezcan antela Sala de Vistas de este Juzgado el próximo día y horaque también se menciona al objeto de asistir a lacelebración del Juicio de Faltas, debiendo hacerlo conlas pruebas de que intente valerse.

CITADOS: Mussa Balde y José Antonio CabreraLuzardo.

CITA: 21.10.10, a las 09:40 horas.Y, para que conste y sea publicado en el Boletín Oficial

de la Provincia, expido y firmo la presente en Arrecife,a seis de octubre de dos mil diez.

EL SECRETARIO.17.869

JUZGADO DE PAZ DE PÁJARA

CÉDULADE CITACIÓNEN IGNORADO PARADERO

16.425De orden del Sr. Juez encargado del Juzgado de Paz

de Pájara, en proveído dictado en el día de la fechaen los Juicios de Faltas y sus números, que al final

se relacionarán, y en la actualidad en ignorado paradero,a fin de que el día y hora señalados, comparezcan antela Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en Plazade la Regla, s/n, provistos de su Documento Nacionalde Identidad, así como de las pruebas que intentenvalerse, apercibiéndoles que de no comparecer les pararáel perjuicio a que hubiere lugar en derecho, y por suausencia no se suspenderá la celebración del Juicio.

DÍA DE CELEBRACIÓN DEL JUICIO:14/10/2010

Juicio de Faltas 36/2010 por Amenazas, a las 10.10horas, Luis Arraez Solf, Jon Díaz López y Jorge F.Hernández Cabrera, en calidad de denunciados.

Juicio de Faltas 25/2010 por Vejaciones, a las 10.50horas, María del Pino Cabrera Lorenzo, en calidadde denunciada.

Juicio de Faltas 22/2010 por Amenazas, a las 10.40horas, Sergio Jesús Cruz Betancor.

17.928

V. ANUNCIOS PARTICULARES

AQUALIAGESTIÓN INTEGRALDELAGUA, S.A.

Ingenio

ANUNCIO16.426

Aqualia, Gestión Integral del Agua, S.A., empresaconcesionaria del Servicio de Abastecimiento deAgua Potable y Mantenimiento de Alcantarillado dela Villa de Ingenio.

HACE SABER:

Que el plazo fijado como período voluntario parael cobro de los recibos correspondientes a la Tasa deAbastecimiento de Agua Potable, Alcantarillado y Basuradel Cuarto Bimestre de 2010 (Jul-Ago. 10), serádesde el día 25 DE AGOSTO DE 2010 HASTA EL27 DE SEPTIEMBRE DE 2010.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010 21111

Page 104: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASaguasfuerteventura.com/documentos/BOP_11-10-10.pdf · de aguas residuales domésticas, en la Isla de ... -Ley12/1990,de26dejulio,deAguas

La Oficina de Recaudación, objeto del presenteanuncio, está ubicada de forma permanente en laAvenida de la Gloria, número 31, siendo el horariode atención al público de 08:30 a 12:30 horas delunes a viernes en horario de verano (del 01 de Juliohasta 30 de Septiembre ) y de 09:00 a 13:00 en horariode invierno

Las deudas no satisfechas en el plazo anteriormenteindicado serán reclamadas, según lo establecido enla Ordenanza Técnico-General Reguladora de SuministroMunicipal de Agua Potable a Domicilio, aprobada por

el Pleno del Ayuntamiento de la Villa de Ingenio el26 de abril de 2001.

Lo que se hace público para generar conocimientoy efectos oportunos.

Villa de Ingenio, a veintiocho de septiembre de dosmil diez.

ELJEFE DE SERVICIO, Héctor Pérez Montesdeoca.

17.734

21112 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 11 de octubre de 2010

BOLETÍN OFICIALDE LAPROVINCIADE LAS PALMAS

Año LXXXV Lunes, 11 de Octubre de 2010 Número 131

Franqueoconcertado

23/1GOBIERNO DE CANARIAS