72
I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO PUERTOS DE LAS PALMAS 150510 Delegación de competencias en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas de la competencia para adjudicar el contrato de obras para la ejecución del proyecto de “Duque de Alba en el Muelle de Naos” (Arrecife – Lanzarote) ...... 150516 Delegación de competencias en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas de la competencia para adjudicar el contrato de obras para la ejecución del proyecto de “Servicios de mantenimiento e inspecciones submarinas para la Autoridad Portuaria de Las Palmas” ....................................................................................................................................................... 150521 Delegación de competencias en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas la competencia para adjudicar el contrato de una “Póliza de seguro de daños patrimoniales para los bienes de la Autoridad Portuaria de Las Palmas” ........ 150531 Delegación de competencias en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas la competencia para adjudicar el contrato de obras para la ejecución del proyecto de “Explanada en dársena deportiva (Puerto del Rosario)” ..................... III. ADMINISTRACIÓN LOCAL EXCMO. CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA 150151 Convocatoria de subvenciones destinadas a incentivar la contratación de colectivos de difícil inserción. Eje 1 de la línea estratégica 3 “Apoyo a la empleabilidad” del FDCAN. Anualidad 2018 .............................................................................. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 150731 Resolución del Alcalde nº 31805/18, de 21 de agosto, por la que se procede al cese de María Cristina Rodríguez Rodríguez, como personal eventual .......................................................................................................................................................... 150730 Decreto del Alcalde nº 23134/18, de 21 de junio por el que se procede al nombramiento de Juana Teresa García Vizcaíno, como personal eventual .......................................................................................................................................................... 150733 Decreto del Alcalde nº 31853/18, de 21 de agosto por el que se procede al nombramiento de Gustavo Sánchez Carrillo, como personal eventual .......................................................................................................................................................... 150736 Decreto del Alcalde nº 33858/18, de 12 de septiembre por el que se procede al nombramiento de Heriberto José Dávila Ojeda, como personal eventual .............................................................................................................................................. ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE AGÜIMES 150746 Exposición al público de la ordenanza fiscal TS.01.- Tasas por prestación de servicios o realización de actividades administrativas de competencia local. Expedición de documentos, y otras .......................................................................... BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS GOBIERNO DE CANARIAS Año XCIII Miércoles, 3 de Octubre de 2018 Número 119 SUMARIO Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas Depósito Legal G.C. 1/1958 Edita: Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad Servicio de Publicaciones C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Edificio de Usos Múltiples II, cuarta planta Bloque Oeste 35003 Las Palmas de Gran Canaria Tfnos: 928 211062 - 928 211088 - 928 211053 Fax: 928 455814 Imprime: Sociedad Laboral Edición Canaria, S.A. C/ Doctor Juan de Padilla, 7 Tfno.: 928 362411 - 928 362336 Correo electrónico: [email protected] 35002 Las Palmas de Gran Canaria TARIFAS Inserción: 0,81 euros/mm de altura Suscripción anual: 60,10 euros más gastos de franqueo Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad mediante oficio 9667 9668 9670 9672 9674 9674 9676 9678 9680 9682 NÚMERO REGISTRO PÁGINA

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS · 150531 Delegación de competencias en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas la competencia para adjudicar el contrato

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I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOPUERTOS DE LAS PALMAS

150510 Delegación de competencias en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas de la competencia para adjudicarel contrato de obras para la ejecución del proyecto de “Duque de Alba en el Muelle de Naos” (Arrecife – Lanzarote)......

150516 Delegación de competencias en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas de la competencia para adjudicarel contrato de obras para la ejecución del proyecto de “Servicios de mantenimiento e inspecciones submarinas para la AutoridadPortuaria de Las Palmas” .......................................................................................................................................................

150521 Delegación de competencias en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas la competencia para adjudicar elcontrato de una “Póliza de seguro de daños patrimoniales para los bienes de la Autoridad Portuaria de Las Palmas”........

150531 Delegación de competencias en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas la competencia para adjudicar elcontrato de obras para la ejecución del proyecto de “Explanada en dársena deportiva (Puerto del Rosario)” .....................III. ADMINISTRACIÓN LOCALEXCMO. CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA

150151 Convocatoria de subvenciones destinadas a incentivar la contratación de colectivos de difícil inserción. Eje 1 de la líneaestratégica 3 “Apoyo a la empleabilidad” del FDCAN. Anualidad 2018..............................................................................EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

150731 Resolución del Alcalde nº 31805/18, de 21 de agosto, por la que se procede al cese de María Cristina Rodríguez Rodríguez,como personal eventual..........................................................................................................................................................

150730 Decreto del Alcalde nº 23134/18, de 21 de junio por el que se procede al nombramiento de Juana Teresa García Vizcaíno,como personal eventual..........................................................................................................................................................

150733 Decreto del Alcalde nº 31853/18, de 21 de agosto por el que se procede al nombramiento de Gustavo Sánchez Carrillo,como personal eventual..........................................................................................................................................................

150736 Decreto del Alcalde nº 33858/18, de 12 de septiembre por el que se procede al nombramiento de Heriberto José DávilaOjeda, como personal eventual ..............................................................................................................................................ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE AGÜIMES

150746 Exposición al público de la ordenanza fiscal TS.01.- Tasas por prestación de servicios o realización de actividadesadministrativas de competencia local. Expedición de documentos, y otras ..........................................................................

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS

GOBIERNO DE CANARIAS

Año XCIII Miércoles, 3 de Octubre de 2018 Número 119

SUMARIO

Boletín Oficial de la Provincia de Las PalmasDepósito Legal G.C. 1/1958Edita: Secretaría General TécnicaConsejería de Presidencia, Justicia e IgualdadServicio de Publicaciones

C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18Edificio de Usos Múltiples II, cuarta plantaBloque Oeste 35003 Las Palmas de Gran CanariaTfnos: 928 211062 - 928 211088 - 928 211053 Fax: 928 455814

Imprime: Sociedad Laboral Edición Canaria, S.A.C/ Doctor Juan de Padilla, 7Tfno.: 928 362411 - 928 362336Correo electrónico: [email protected] Las Palmas de Gran Canaria

TARIFASInserción: 0,81 euros/mm

de alturaSuscripción anual: 60,10 euros

más gastos de franqueo

Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad mediante oficio

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NÚMERO

REGISTRO PÁGINA

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9666 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GÁLDAR150557 Información pública del proyecto “Rehabilitación del muro de contención de la c/ La Degollada” ....................................150561 Información pública del proyecto “Mejora y acondicionamiento del campo de fútbol de Saucillo”....................................150568 Información pública del proyecto “Rehabilitación del muro de contención del solar del campo de fútbol de Fagajesto”...150571 Información pública del proyecto “Mejora de la vía c/ Peregil” ...........................................................................................150573 Información pública del proyecto “Rehabilitación del muro de protección de la c/ Tazirga”...............................................150575 Información pública del proyecto “Mejora y modernización de la Plazoleta de la Iglesia de San Telmo y su entorno”......151350 Relación de titulares afectados por las obras urgentes de reconstrucción del Grupo 7 del cementerio municipal de San Isidro ...

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA OLIVA150156 Extracto de la convocatoria de subvenciones para la organización de eventos deportivos año 2018 ...................................150144 Extracto de la convocatoria pública de subvenciones deportivas genérica año 2018 ...........................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN150739 Modificación del nombramiento de los distintos asesores/as especialistas para llevar a cabo el desarrollo de las pruebas

psicotécnicas del proceso selectivo para la provisión en propiedad por el sistema de oposición libre de cuatro plazasde policía local ................................................................................................................................................................ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TEGUISE

150108 Información pública del acuerdo de gratificaciones por especificidad de la policía local ....................................................ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TUINEJE

151354 Exposición pública del expediente de modificación presupuestaria nº 21/18 .......................................................................ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE VALLESECO

151488 Exposición al público de la cuenta general correspondiente al ejercicio 2017 .....................................................................150744 Convocatoria de ayudas al estudio, curso 2018/2019............................................................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE YAIZA150112 Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla de personal para el ejercicio 2018 .............................................

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIATRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS

148359 Recurso 149/18, Julián Alberto Arrocha Hernández contra Swissport Handling, S.A. y otros ............................................JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1

149884 Juicio 695/18, Fremap Mutua Colaboradora con la Seguridad Social Número 61 contra Provitelsa, S.L. y otros...............JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

148336 Juicio 91/18, Jesús Salvador Martín Rodríguez contra Conde Canceco, S.L.U. y otro ........................................................JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2

150320 Juicio 713/18, Mario Abou Medlej García y otro contra Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y otros................JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE ARRECIFE-SEDE EN PUERTO DEL ROSARIO (FUERTEVENTURA)

148369 Juicio 264/18, María Jesús Fernández Garrido contra Ana Veira Lauzara (Cafetería El Expreso) y otro ............................JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3

148904 Juicio 57/18, Amanda Moreno Déniz contra La Corona de Arucas, S.L. y otro...................................................................151541 Juicio 718/18, Erik Londoño Valencia contra Vandamarte, S.L. y otro ................................................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ARRECIFE148334 Juicio 39/18, Mouloud Baitas Bighidene contra Amadovi Lanzarote, S.L. y otro................................................................148360 Juicio 26/18, Michael Dennis Aguirre Bermello contra Free Outsourcing, S.L. y otro ........................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE GIJÓN149036 Juicio 86/18, Yasmina Villena Martínez contra Hemeye, S.L. y otro ...................................................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4149898 Juicio 146/18, Patrick Herve Cosson contra Kitzya, S.L. y otro ...........................................................................................149902 Juicio 243/18, María José Reyes González contra Clece, S.A. y otros .................................................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 5148349 Juicio 530/18, Óscar Javier Sánchez López contra Jimaplast, S.L. y otro ............................................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 7148340 Juicio 28/18, Héctor Valdivia González contra Genoveva Castellano Rodríguez.................................................................150344 Juicio 603/18, Delia Cuasay Delasay y otros contra Eureka AK, S.L. y otro .......................................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 7 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE149939 Juicio 453/18, Julio César Casabieja Matías contra Josefina Ladeveze Cullen y otros ........................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8152065 Juicio 868/17, José Manuel Santana Ramírez contra Insular Técnicas Constructiva, S.L. y otro ........................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9148356 Juicio 716/15, Francisco José Bordón Guedes contra Alumiejido, S.L. y otros ...................................................................

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I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

PUERTOS DE LAS PALMAS

Autoridad Portuaria de Las Palmas

ANUNCIO5.765

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LASPALMAS POR LA QUE SE APRUEBA DELEGAR EN EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIADE LAS PALMAS LA COMPETENCIA PARA ADJUDICAR EL CONTRATO DE OBRAS PARA LAEJECUCIÓN DEL PROYECTO DE “DUQUE DE ALBA EN EL MUELLE DE NAOS (ARRECIFE-LANZAROTE)”.

ANTECEDENTES

Primero. En la sesión del Consejo de Administración celebrada el 12 de abril de 2018, se acordó la aprobacióndel expediente y la apertura del procedimiento para la adjudicación del contrato así como el Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares de la contratación de las obras para la ejecución del proyecto de DUQUE DE ALBAEN EL MUELLE DE NAOS (ARRECIFE-LANZAROTE), por un valor estimado del contrato de NOVECIENTOSCINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE EUROS CON CINCUENTA Y NUEVECÉNTIMOS (955.729,59 EUROS), sin incluir el IGIC, y un plazo de ejecución de OCHO (8) MESES.

Segundo. De acuerdo con lo anterior se procedió a la convocatoria de licitación por los medios que señala elPliego de Cláusulas Administrativas Particulares de conformidad con la normativa vigente.

Tercero. Seguido el procedimiento en todas sus fases, y según consta en Acta de la Mesa de Contratación defecha 14 de agosto de 2018, se procedió a la apertura de los criterios basados en juicio de valor, dando trasladode la documentación contenida en el SOBRE NÚMERO DOS (Documentación técnica) a la Comisión Técnicadesignada al efecto para su estudio y valoración.

Cuarto. Actualmente el expediente se encuentra justamente en la fase de estudio y valoración de las ofertastécnicas estando prevista la apertura de las ofertas económicas para principios de la semana que viene, por loque no se ha podido emitir propuesta de adjudicación antes de la fecha prevista para la sesión del presente Consejode Administración.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9667

149936 Juicio 507/18, Magdalena Fernanda Giménez Larrosa contra Hitto Emprende, S.L. y otro ..................................................150293 Juicio 744/18, Begoña Lucía Carballo Jerez contra Wmeru Express, S.L. y otro ..................................................................150294 Juicio 703/18, Fernando González García contra Ávila Comunicaciones, S.L. y otro...........................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 10148354 Juicio 120/18, José Oliverio Falcón Almeida contra Iniciativas Canamer, S.L. y otro ..........................................................148915 Juicio 123/18, Carmelo Santana Suárez contra Panaobra Buiding y Design, S.L. y otro.......................................................148920 Juicio 142/14, Alina Cinar contra Lingna He y otro...............................................................................................................148951 Juicio 163/18, Fremap Mutua Colaboradora de la Seguridad Social Número 61 contra Construcciones Teberite, S.L. y otros ...

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 7148345 Juicio 1.789/18, Albina María Enríquez Falcón contra Carlos José Lorenzo Martell ............................................................148343 Juicio 1.253/17, Santiago Wong García contra Dayara González Hernández y otra..............................................................

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QUINTO. La celebración de la siguiente sesión del Consejo de Administración se prevé para el mes denoviembre de 2018. A fin de no demorar la adjudicación del contrato y contribuir en el cumplimiento del plande inversiones aprobado, se estima como fórmula más adecuada la delegación de esta competencia del Consejode Administración en el Presidente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En su virtud, de acuerdo con la propuesta de la Dirección de la Autoridad Portuaria de fecha 17 de septiembrede 2018 y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RégimenJurídico del Sector Público, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas en sesióncelebrada el día de la fecha dicta el siguiente.

RESUELVE

PRIMERO. APROBAR la DELEGACIÓN en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas la competenciapara adjudicar el contrato de obras para la ejecución del proyecto de “DUQUE DE ALBA EN EL MUELLEDE NAOS (ARRECIFE-LANZAROTE)”.

SEGUNDO. Las resoluciones que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y seconsiderarán dictadas por el órgano delegante.

TERCERO. La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

Contra la presente resolución cabe interponer Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejo deAdministración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, en el plazo de UN MES, o Recurso Contencioso-Administrativoante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de DOSMESES, a contar desde el día siguiente a su notificación.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 19.5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, Régimen Jurídicodel Sector Público, se advierte que el ACTA de la presente sesión del Consejo de Administración no ha sidoaprobada aún.

Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de septiembre de dos mil dieciocho.

V°. B°. EL PRESIDENTE, Juan José Cardona González.

LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, María Bosch Mauricio.

150.510

Autoridad Portuaria de Las Palmas

ANUNCIO5.766

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LASPALMAS POR LA QUE SE APRUEBA DELEGAR EN EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIADE LAS PALMAS LA COMPETENCIA PARA ADJUDICAR EL CONTRATO DE LOS “SERVICIOS DEMANTENIMIENTO E INSPECCIONES SUBMARINAS PARA LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LASPALMAS”.

ANTECEDENTES

PRIMERO. En la sesión del Consejo de Administración celebrada el 14 de junio de 2018, se acordó la aprobación

9668 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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del expediente y la apertura del procedimiento para la adjudicación del contrato de los SERVICIOS DEMANTENIMIENTO E INSPECCIONES SUBMARINAS PARA LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LASPALMAS, por un valor estimado del contrato de CUATROCIENTOS MIL (400.000,00 EUROS), sin incluirel IGIC, y una duración inicial de DOS (2) AÑOS con posibilidad de DOS (2) PRÓRROGAS ANUALES potestativas.

SEGUNDO. De acuerdo con lo anterior se procedió a la convocatoria de licitación por los medios que señalael Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de conformidad con la normativa vigente.

TERCERO. Seguido el procedimiento en todas sus fases, y según consta en Acta de la Mesa de Contrataciónde fecha 5 de septiembre de 2018, se procedió a la valoración de los criterios evaluables automáticamente, quedandolas proposiciones clasificadas, por orden decreciente, con el siguiente resultado según tenor literal del Acta:

“En atención a las proposiciones económicas de las licitadoras admitidas, teniendo en cuenta que el criteriode adjudicación es el mayor porcentaje descuento ofertado, se propone la siguiente clasificación de ofertas ordenadade manera decreciente atendiendo precisamente porcentaje de descuento ofertado:

Porcentaje delOrden Entidad descuento ofertado

1 CANARY DIVING SERVICES, S.L. 33,60%

2 REPROSUB 2008, S.L. 30,00%

3 TEMS MARITIME WORKS, S. L. 30,00%

4 ACOSTA INGENIERÍAS SUBACUÁTICA, S.L. 13,00%

En su virtud, se propone la adjudicación del contrato a CANARY DIVING SERVICES, S.L. por un porcentajede descuento del 33,60% con respecto a los precios máximos establecidos en el Pliego de PrescripcionesTécnicas (más el IGIC correspondiente). La partida número 7 del presupuesto relativa a la “Configuración yadaptación de la plataforma informática eXterna” es un precio fijo sin descuento aplicable.”

CUARTO. De conformidad con lo establecido en la Cláusula 22ª del Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares, una vez valoradas las ofertas presentadas por los licitadores, y con carácter previo a la adjudicaciónpor el órgano de contratación, se requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro delplazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento,presente la documentación detallada en la cláusula 22ª.4 del Pliego (Documentos que justifiquen la personalidady capacidad de obrar, la representación, la clasificación, las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social,y la Garantía definitiva), tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sifuese el caso.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador haretirado su oferta, procediendo a exigirle el importe del 3% por ciento del presupuesto base de licitación (IGICexcluido), en concepto de penalidad. En este supuesto, se procederá a recabar la misma documentación al licitadorsiguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

QUINTO. En los próximos días se notificará el requerimiento, por lo que la documentación exigida no hapodido aportarse antes de la fecha en la que este Consejo de Administración se está celebrando (20 de septiembrede 2018).

SEXTO. La celebración de la siguiente sesión del Consejo de Administración se prevé para el mes denoviembre de 2018. A fin de no demorar la adjudicación del contrato y contribuir en el cumplimiento del plan

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9669

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de inversiones aprobado, se estima como fórmula más adecuada la delegación de esta competencia del Consejode Administración en el Presidente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En su virtud, de acuerdo con la propuesta de la Dirección de la Autoridad Portuaria de fecha 17 de septiembrede 2018 y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RégimenJurídico del Sector Público, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas en sesióncelebrada el día de la fecha dicta el siguiente

RESUELVE

PRIMERO. APROBAR LA DELEGACIÓN en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas la competenciapara adjudicar el contrato de los “SERVICIOS DE MANTENIMIENTO E INSPECCIONES SUBMARINASPARA LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LAS PALMAS”.

SEGUNDO. Las resoluciones que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y seconsiderarán dictadas por el órgano delegante.

TERCERO. La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

Contra la presente resolución cabe interponer Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejo deAdministración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, en el plazo de UN MES, o Recurso Contencioso-Administrativoante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de DOSMESES, a contar desde el día siguiente a su notificación.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 19.5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, Régimen Jurídicodel Sector Público, se advierte que el ACTA de la presente sesión del Consejo de Administración no ha sidoaprobada aún.

Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de septiembre de dos mil dieciocho.

V°. B°. EL PRESIDENTE, Juan José Cardona González.

LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, María Bosch Mauricio.

150.516

Autoridad Portuaria de Las Palmas

ANUNCIO5.767

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LASPALMAS POR LA QUE SE APRUEBA DELEGAR EN EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIADE LAS PALMAS LA COMPETENCIA PARA ADJUDICAR EL CONTRATO DE UNA “PÓLIZA DESEGURO DE DAÑOS PATRIMONIALES PARA LOS BIENES DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LASPALMAS”.

ANTECEDENTES

PRIMERO. En la sesión del Consejo de Administración celebrada el 12 de abril de 2018, se acordó laaprobación del expediente y la apertura del procedimiento para la adjudicación de una PÓLIZA DE SEGURO

9670 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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DE DAÑOS PATRIMONIALES PARA LOS BIENES DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LAS PALMAS,por un valor estimado del contrato de UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA MIL (1.150.000,00 EUROS), sinincluir el IGIC, y una duración inicial de contrato de DOS (2) AÑOS, con la posibilidad de TRES (3)PRÓRROGAS ANUALES, de carácter potestativo.

SEGUNDO. De acuerdo con lo anterior se procedió a la convocatoria de licitación por los medios que señalael Pliego de Condiciones de conformidad con la normativa vigente.

TERCERO. Seguido el procedimiento en todas sus fases, y según consta en Acta de la Mesa de Contrataciónde fecha 11 de septiembre de 2018, se procedió a la valoración de los criterios evaluables automáticamente dela mencionada licitación, con el siguiente resultado según tenor literal del Acta:

“De acuerdo a la evaluación de la única oferta presentada a la presente licitación, no incursa en valores anormalesy siendo de calidad técnica suficiente, la mesa propone para la adjudicación del contrato a la entidad MAPFREESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S. A. por un precio de ciento ochenta y cuatro mil(184.000,00) euros de prima anual.”

CUARTO. De conformidad con lo establecido en la Cláusula 24ª del Pliego de Condiciones, una vez valoradaslas ofertas presentadas por los licitadores, y con carácter previo a la adjudicación por el órgano de contratación,se requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES,a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación detalladaen la cláusula 24ª.4 del citado Pliego (Documentos que justifiquen la personalidad y capacidad de obrar, la representación,la clasificación, las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y la Garantía definitiva), tanto del licitadorcomo de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, si fuese el caso.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador haretirado su oferta, procediendo a exigirle el importe del 3% por ciento del presupuesto base de licitación (IGICexcluido), en concepto de penalidad. En este supuesto, se procederá a recabar la misma documentación al licitadorsiguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

QUINTO. En los próximos días se notificará el requerimiento, por lo que la documentación exigida difícilmentepodrá aportarse antes de la fecha prevista para la sesión del Consejo de Administración del día 20 de septiembrede 2018.

SEXTO. La celebración de la siguiente sesión del Consejo de Administración se prevé para el mes denoviembre de 2018. A fin de no demorar la adjudicación del contrato y evitar el riesgo de falta de cobertura delseguro de daños patrimoniales, se estima como fórmula más adecuada la delegación de esta competencia delConsejo de Administración en el Presidente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015,de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En su virtud, de acuerdo con la propuesta de la Dirección de la Autoridad Portuaria de fecha 17 de septiembrede 2018 y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RégimenJurídico del Sector Público, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas en sesióncelebrada el día de la fecha dicta el siguiente

RESUELVE

PRIMERO. APROBAR LA DELEGACIÓN en el presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas la competenciapara adjudicar el contrato de una “PÓLIZA DE SEGURO DE DAÑOS PATRIMONIALES PARA LOS BIENESDE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LAS PALMAS”.

SEGUNDO. Las resoluciones que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y seconsiderarán dictadas por el órgano delegante.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9671

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TERCERO. La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

Contra la presente resolución cabe interponer Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejo deAdministración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, en el plazo de UN MES, o Recurso Contencioso-Administrativoante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de DOSMESES, a contar desde el día siguiente a su notificación.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 19.5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, Régimen Jurídicodel Sector Público, se advierte que el ACTA de la presente sesión del Consejo de Administración no ha sidoaprobada aún.

Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de septiembre de dos mil dieciocho.

V°. B°. EL PRESIDENTE, Juan José Cardona González.

LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, María Bosch Mauricio.

150.521

Autoridad Portuaria de Las Palmas

ANUNCIO5.768

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LASPALMAS POR LA QUE SE APRUEBA DELEGAR EN EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIADE LAS PALMAS LA COMPETENCIA PARA ADJUDICAR EL CONTRATO DE OBRAS PARA LAEJECUCIÓN DEL PROYECTO DE “EXPLANADA EN DÁRSENA DEPORTIVA (PUERTO DEL ROSARIO)”.

ANTECEDENTES

PRIMERO. En la sesión del Consejo de Administración celebrada el 12 de abril de 2018, se acordó laaprobación del expediente y la apertura del procedimiento para la adjudicación del contrato así como el Pliegode Cláusulas Administrativas Particulares de la contratación de las obras para la ejecución del proyecto de EXPLANADAEN DÁRSENA DEPORTIVA (PUERTO DEL ROSARIO), por un valor estimado del contrato de UN MILLÓNTRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS CON TREINTAY TRES CÉNTIMOS (1.377.997,33 EUROS), sin incluir el IGIC, y un plazo para la ejecución de las obras deSEIS (6) MESES.

SEGUNDO. De acuerdo con lo anterior se procedió a la convocatoria de licitación por los medios que señalael Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de conformidad con la normativa vigente.

TERCERO. Seguido el procedimiento en todas sus fases, y según consta en Acta de la Mesa de Contrataciónde fecha 22 de agosto de 2018, se procedió a la valoración de los criterios evaluables automáticamente de lamencionada licitación, extrayéndose de dicha Acta el siguiente tenor literal:

“De conformidad con la cláusula 19ª del PCAP, el criterio de adjudicación es el precio más bajo ofertado. Portanto la puntuación asignada coincide con el porcentaje de descuento ofertado con respecto al presupuesto basede licitación que asciende a un millón trescientos setenta y siete mil novecientos noventa y siete euros con treintay tres céntimos (1.377.997,33 €).

9672 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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Las ofertas se ordenarán de mayor a menor porcentaje de baja:

Entidad Precio ofertado Porcentaje de baja

SOCIEDAD ANÓNIMA TRABAJOS Y OBRAS 1.123.067,82 € 18,50%

UTE ACCIONA CONSTRUCCIÓN, S.A. - 1.212.637,65 € 12,00%OBRAS PÚBLICAS CANARIAS, S.L.

JOCA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES, S.A. 1.243.256,44 € 9,78%

CYES MARITIME WORKS, S.L. 1.271.615,94 € 7,72%

CUARTO. Una vez valoradas las ofertas presentadas por los licitadores, y con carácter previo a la adjudicaciónpor el órgano de contratación, se requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro delplazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento,presente la documentación detallada en la cláusula 19ª.4 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares,tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, si fuese el caso.

QUINTO. El Consejo de Administración es el órgano competente para la adjudicación del contrato.

SEXTO. Actualmente el expediente se encuentra justamente en la fase de requerimiento de la documentaciónprevia a la adjudicación, por lo que dicha documentación no se ha podido recibir antes del día en que este Consejode Administración se está celebrando (20 de septiembre de 2018). La próxima sesión del Consejo está previstainicialmente para el mes de noviembre de 2018.

SÉPTIMO. - De acuerdo con lo anterior y a fin de no demorar la adjudicación del contrato del asunto, se estimacomo fórmula más adecuada la delegación de esta competencia del Consejo de Administración en el Presidente,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico delSector Público.

En su virtud, de acuerdo con la propuesta de la Dirección de la Autoridad Portuaria de fecha 14 de septiembrede 2018 y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RégimenJurídico del Sector Público, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas en sesióncelebrada el día de la fecha dicta el siguiente

RESUELVE

PRIMERO. APROBAR la DELEGACIÓN en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas la competenciapara adjudicar el contrato de obras para la ejecución del proyecto de “EXPLANADA EN DÁRSENA DEPORTIVA(PUERTO DEL ROSARIO)”.

SEGUNDO. Las resoluciones que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y seconsiderarán dictadas por el órgano delegante.

TERCERO. La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

Contra la presente resolución cabe interponer Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejo deAdministración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, en el plazo de UN MES, o Recurso Contencioso-Administrativoante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de DOSMESES, a contar desde el día siguiente a su notificación.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9673

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En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 19.5de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, Régimen Jurídicodel Sector Público, se advierte que el ACTA de la presentesesión del Consejo de Administración no ha sidoaprobada aún.

Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de septiembrede dos mil dieciocho.

V°. B°. EL PRESIDENTE, Juan José CardonaGonzález.

LA SECRETARIA DEL CONSEJO DEADMINISTRACIÓN, María Bosch Mauricio.

150.531

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

EXCMO. CABILDO INSULARDE GRAN CANARIA

ANUNCIO5.769

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONESDESTINADAS A INCENTIVAR LA CONTRA-TACIÓN DE COLECTIVOS DE DIFÍCILINSERCIÓN. EJE 1 DE LA LÍNEA ESTRATÉGICA3 “APOYO A LA EMPLEABILIDAD” DEL FONDODE DESARROLLO DE CANARIAS (FDCAN).ANUALIDAD 2018. Extracto de

BDNS (Identif.): 416700

Extracto de la convocatoria: Por acuerdo adoptadopor el Consejo de Gobierno Insular, en su sesiónordinaria del día 18 de junio de 2018, se procedió ala aprobación de la CONVOCATORIA DESUBVENCIONES DESTINADAS A INCENTIVARLA CONTRATACIÓN DE COLECTIVOS DEDIFÍCIL INSERCIÓN. EJE 1 DE LA LÍNEAESTRATÉGICA 3 “APOYO A LA EMPLEA-BILIDAD” DEL FONDO DE DESARROLLO DECANARIAS (FDCAN). ANUALIDAD 2018.

Beneficiarios: Entidades sin ánimo de lucro que realicenactividades y acciones dentro del marco de estassubvenciones y que cumplan con los requisitos para

obtener la condición de beneficiario establecidos enel artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones, en la Base 6ª.1 de laOrdenanza General de Subvenciones del Cabildo deGran Canaria y en la disposición segunda de lapresente convocatoria.

Objeto: Fomentar la contratación y contribuir a laincorporación y reincorporación al mercado laboralen Gran Canaria de personas desempleadas,especialmente procedentes de colectivos de difícilinserción laboral, mediante el establecimiento deincentivos a su contratación laboral, con los requisitosseñalados en las bases cuarta y quinta de la presenteconvocatoria.

Bases reguladoras: Ordenanza General deSubvenciones del Cabildo de Gran Canaria.

Cuantía: 2.250.000 euros

Plazo de presentación de solicitudes:

1. De solicitudes de incentivo para contratos iniciados:Hasta 31 de diciembre de 2018.

2. De solicitudes de incentivo para contratos noiniciados: Hasta 30 de octubre de 2018.

La información relativa a esta Convocatoria puedeconsultarse en las siguientes páginas web:

wwww.grancanaria.com

www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/

Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco deseptiembre de dos mil dieciocho.

EL CONSEJERO DE EMPLEO Y TRANS-PARENCIA, Gilberto Díaz Jiménez.

150.151

EXCMO. AYUNTAMIENTODE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Secretaría General del Pleno

ANUNCIO5.770

Se hace público, a los efectos del artículo 44 del R.O.F.,

9674 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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que por el Alcalde, con fecha 21 de agosto de 2018,se ha dictado el siguiente acuerdo:

“Resolución del Alcalde número 31805/2018, de21 de agosto, por la que se procede al cese de doñaMaría Cristina Rodríguez Rodríguez como personaleventual.

Dictada en los términos de la propuesta formuladapor la Secretaría de la Alcaldía, de fecha 20 de agostode 2018, que dice.

I.- ANTECEDENTES

Primero.- Visto el escrito de fecha 16 de agosto de2018, con entrada en el Servicio de Recursos Humanoscon fecha 20 de agosto de 2018, del portavoz del GrupoMunicipal Popular, por el que se solicita el cese dela Técnico Asesor M.ª Cristina Rodríguez Rodríguez.

Segundo.- Visto el Acuerdo Plenario de fecha19/06/15 por el que se aprueba el nombramiento depersonal eventual y el Decreto del Alcalde número20084/2015, de nombramiento de personal eventual,entre los que se encuentra doña María CristinaRodríguez Rodríguez, como Técnico Asesor delGrupo Político Municipal Popular.

II.- LEGISLACIÓN APLICABLE

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local, en su artículo 104, de regulacióndel nombramiento y cese del personal eventual, asícomo su publicidad.

- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Leydel Estatuto Básico del Empleado Público, que en suartículo 12.3 regula el nombramiento y cese delpersonal eventual.

En el ejercicio de las funciones que me son propiasy según dispone el artículo 31.1,ñ) de la Ley 7/2015,de 1 de abril, de los Municipios de Canarias,

DECRETO

PRIMERO.- Aceptar el cese de la Técnico Asesordel Grupo Municipal Popular, doña María CristinaRodríguez Rodríguez, con DNI 44309880N, conefectos 20 de agosto de 2018.

SEGUNDO.- Comunicar este acto al Área de

Gobierno de Nuevas Tecnologías, AdministraciónPública y Deportes, a los efectos oportunos.

TERCERO.- Notificar este acto a la interesada yal Grupo Municipal Popular.

RÉGIMEN DE RECURSOS. Contra el citado actoexpreso, que es definitivo en vía administrativa, podráinterponer en el plazo de DOS MESES, contadosdesde el día siguiente al de la recepción de la presentenotificación, Recurso Contencioso-Administrativoante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo deLas Palmas que por reparto corresponda, a tenor delo establecido en el artículo 46 de la Ley 19/1998, de13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 123.1de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las AdministracionesPúblicas.

No obstante, con carácter potestativo y previo alRecurso Contencioso-Administrativo, señalado enel párrafo anterior, contra este acto expreso, podráinterponerse Recurso de Reposición ante el mismoórgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES,que se contará desde el día siguiente al de la fechade la recepción de la presente notificación, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 123.1 dela Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las AdministracionesPúblicas.

A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las AdministracionesPúblicas, el plazo máximo para dictar y notificar laresolución del recurso será UN MES; transcurrido dichoplazo sin haberse notificado resolución expresa, deconformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero, dela ley referida, se producirá silencio administrativodesestimatorio, y podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de SEIS MESES, computadosa partir del día siguiente a aquel en el que el RecursoPotestativo de Reposición debe entenderse desestimadopor silencio administrativo.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción orecurso que estime oportuno interponer para la mejordefensa de sus derechos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de agosto de 2018.El Alcalde. Augusto Hidalgo Macario.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9675

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Dada con la intervención del Secretario GeneralTécnico de la Junta de gobierno de la Ciudad de LasPalmas de Gran Canaria, conforme a lo establecidoen la Disposición Adicional 8.ª de la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal y el artículo 28 del Reglamento Orgánico delGobierno y de la Administración del Ayuntamientode Las Palmas de Gran Canaria.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de agosto de 2018.El Secretario General Técnico de la Junta de Gobiernode la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria (Porsustitución, Resolución 2656/2017, de 30 de enero)Domingo Arias Rodríguez”.

Las Palmas de Gran Canaria, veintisiete de septiembrede dos mil dieciocho.

LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO, AnaMaría Echeandía Mota.

150.731

Secretaría General del Pleno

ANUNCIO5.771

Se hace público, a los efectos del artículo 44 del R.O.F.,que por el Alcalde, con fecha 21 de junio de 2018,se ha dictado el siguiente acuerdo:

“Decreto del Alcalde número 23134/2018, de 21 dejunio, por el que se nombra personal eventual.

I.- ANTECEDENTES

De conformidad con el acuerdo de Junta de Gobiernode 21 de diciembre de 2017, que vino a modificar elacuerdo de Junta de Gobierno de 15 de junio de 2015,que determinó el número y régimen del personaleventual, y a tenor de lo establecido en el artículo 127.h),en relación con el artículo 104 de la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local(LRBRL) ambos desarrollados en el artículo 176 delTexto Refundido de las disposiciones legales vigentesen materia de Régimen Local, aprobado por el RealDecreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, ydeterminado su régimen retributivo, modificadoparcialmente por acuerdo plenario de 19 de enero de2018 con carácter inicial y en fecha 23 de febrero del

mismo año con carácter definitivo, en virtud de lasatribuciones que ostenta el Alcalde por el artículo 104.2LRBRL.

II.- NORMATIVA APLICABLE

- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Leydel Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).

- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba el Texto Refundido de lasDisposiciones Legales vigentes en materia de RégimenLocal.

- Reglamento Orgánico del Gobierno y de laAdministración del Ayuntamiento de Las Palmas deGran Canaria (ROGA).

III.- FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA.

PRIMERO.- El artículo 104 de la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal, establece el régimen común y general delpersonal eventual, aplicable tanto a los municipios delrégimen común, como a los del régimen especial degrandes ciudades, con la salvedad respecto de losúltimos del órgano competente para la adopción deloportuno acuerdo. Dicha disposición es del siguientetenor:

“1. El número, características y retribuciones delpersonal eventual será determinado por el Pleno decada Corporación, al comienzo de su mandato. Estasdeterminaciones solo podrán modificarse con motivode la aprobación de los Presupuestos anuales.

2. El nombramiento y cese de estos funcionarios eslibre y corresponde al Alcalde o al presidente de laentidad local correspondiente. Cesan automáticamenteen todo caso cuando se produzca el cese o expire elmandato de la autoridad a la que presten función deconfianza o asesoramiento.

3. Los nombramientos de funcionarios de empleo,el régimen de sus retribuciones y su dedicación sepublicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, y ensu caso, en el propio de la Corporación”.

SEGUNDO.- Como desarrollo de la disposiciónanterior, el artículo 176 del Texto Refundido de lasdisposiciones legales vigentes en materia de RégimenLocal, aprobado por el Real Decreto Legislativo

9676 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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781/1986, de 18 de abril, dispone que el personal eventual se rige por lo establecido en el artículo 104 de laLey 7/1985, de 2 de abril.

TERCERO.- El Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas deGran Canaria, en su artículo 15.2 estipula que los asesores serán nombrados y cesados libremente por el Alcaldemediante decreto.

CUARTO.- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido dela Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).

QUINTO.- Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establece en su artículo12.3, que “El nombramiento y cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de laautoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento”.

Por todo lo anteriormente expuesto y en virtud de las atribuciones que legalmente me están conferidas, vengoa dictar el siguiente,

DECRETO

PRIMERO.- El nombramiento del siguiente personal eventual:

RELACIÓN DE PERSONAL EVENTUAL NOMBRE Y APELLIDOS

Técnico Asesor(Grupo Municipal Las Palmas de Gran Canaria Puede) Juana Teresa García Vizcaíno

SEGUNDO.- El nombramiento efectuado tiene efectos inmediatos desde la fecha de su otorgamiento yconlleva inherente los efectos económicos y el régimen jurídico acordado por la Junta de Gobierno de la Ciudadpara el puesto y régimen retributivo acordado por el Pleno en su sesión de 19 de enero de 2018 con carácterinicial y en fecha 23 de febrero del mismo año con carácter definitivo.

TERCERO.- Practíquense las procedentes publicaciones y comunicaciones, dándose cuenta de todo ello alPleno Municipal.

RÉGIMEN DE RECURSOS. Contra el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, podráinterponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de la presentenotificación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de LasPalmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 19/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 123.1 de laLey 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo, señalado en el párrafoanterior, contra este acto expreso, podrá interponerse Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo hadictado, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la presentenotificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las Administraciones Públicas.

A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento AdministrativoComún de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso seráUN MES; transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, de conformidad con el artículo24.1, párrafo tercero, de la ley referida, se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponerRecurso Contencioso-Administrativo en el plazo de SEIS MESES, computados a partir del día siguiente a aquelen el que el Recurso Potestativo de Reposición debe entenderse desestimado por silencio administrativo.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9677

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Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción orecurso que estime oportuno interponer para la mejordefensa de sus derechos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de junio de 2018.El Alcalde. Augusto Hidalgo Macario.

Dado con la intervención del Secretario GeneralTécnico de la Junta de gobierno de la Ciudad de LasPalmas de Gran Canaria, conforme a lo establecidoen la Disposición Adicional 8.ª de la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal y el artículo 28 del Reglamento Orgánico delGobierno y de la Administración del Ayuntamientode Las Palmas de Gran Canaria.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de junio de 2018.El Secretario General Técnico de la Junta de Gobiernode la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria (Porsustitución, Resolución 2656/2017, de 30 de enero)Domingo Arias Rodríguez”.

Las Palmas de Gran Canaria, veintisiete de septiembrede dos mil dieciocho.

LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO, AnaMaría Echeandía Mota.

150.730

Secretaría General del Pleno

ANUNCIO5.772

Se hace público, a los efectos del artículo 44 del R.O.F.,que por el Alcalde, con fecha 21 de agosto de 2018,se ha dictado el siguiente acuerdo:

“Decreto del Alcalde número 31853/2018, de 21 deagosto, por el que se procede al nombramiento de donGustavo Sánchez Carrillo como personal eventual.

I.- ANTECEDENTES

De conformidad con el acuerdo de Junta de Gobiernode 21 de diciembre de 2017, que vino a modificar elacuerdo de Junta de Gobierno de 15 de junio de 2015,que determinó el número y régimen del personaleventual, y a tenor de lo establecido en el artículo 127.h),en relación con el artículo 104 de la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen

Local (LRBRL) ambos desarrollados en el artículo176 del Texto Refundido de las disposiciones legalesvigentes en materia de Régimen Local, aprobado porel Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,y determinado su régimen retributivo, modificadoparcialmente por acuerdo plenario de 19 de enero de2018 con carácter inicial y en fecha 23 de febrero delmismo año con carácter definitivo, en virtud de lasatribuciones que ostenta el Alcalde por el artículo 104.2LRBRL.

II.- NORMATIVA APLICABLE

- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Leydel Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).

- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba el Texto Refundido de lasDisposiciones Legales vigentes en materia de RégimenLocal.

- Reglamento Orgánico del Gobierno y de laAdministración del Ayuntamiento de Las Palmas deGran Canaria (ROGA).

III.- FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

PRIMERO.- El artículo 104 de la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal, establece el régimen común y general delpersonal eventual, aplicable tanto a los municipios delrégimen común, como a los del régimen especial degrandes ciudades, con la salvedad respecto de losúltimos del órgano competente para la adopción deloportuno acuerdo. Dicha disposición es del siguientetenor:

“1. El número, características y retribuciones delpersonal eventual será determinado por el Pleno decada Corporación, al comienzo de su mandato. Estasdeterminaciones solo podrán modificarse con motivode la aprobación de los Presupuestos anuales.

2. El nombramiento y cese de estos funcionarios eslibre y corresponde al Alcalde o al presidente de laentidad local correspondiente. Cesan automáticamenteen todo caso cuando se produzca el cese o expire elmandato de la autoridad a la que presten función deconfianza o asesoramiento.

9678 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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3. Los nombramientos de funcionarios de empleo, el régimen de sus retribuciones y su dedicación se publicaránen el Boletín Oficial de la Provincia, y en su caso, en el propio de la Corporación”.

SEGUNDO.- Como desarrollo de la disposición anterior, el artículo 176 del Texto Refundido de las disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 deabril, dispone que el personal eventual se rige por lo establecido en el artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 deabril.

TERCERO.- El Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas deGran Canaria, en su artículo 15.2 estipula que los asesores serán nombrados y cesados libremente por el Alcaldemediante decreto.

CUARTO.- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido dela Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), establece en su artículo 12.3, que “El nombramientoy cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se prestela función de confianza o asesoramiento”.

Por todo lo anteriormente expuesto y en virtud de las atribuciones que legalmente me están conferidas, vengoa dictar el siguiente.

DECRETO

PRIMERO.- El nombramiento del siguiente personal eventual:

RELACIÓN DE PERSONAL EVENTUAL NOMBRE Y APELLIDOS

Técnico Asesor

(Grupo Municipal Popular) Gustavo Sánchez Carrillo

SEGUNDO.- El nombramiento efectuado tiene efectos inmediatos desde la fecha de su otorgamiento (firmade la toma de posesión) y conlleva inherente los efectos económicos y el régimen jurídico acordado por la Juntade Gobierno de la Ciudad para el puesto y régimen retributivo acordado por el Pleno en su sesión de 19 de enerode 2018 con carácter inicial y en fecha 23 de febrero del mismo año con carácter definitivo.

TERCERO.- Practíquense las procedentes publicaciones y comunicaciones, dándose cuenta de todo ello alPleno Municipal.

RÉGIMEN DE RECURSOS. Contra el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, podráinterponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de la presentenotificación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de LasPalmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 19/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 123.1 de laLey 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, con carácter potestativo y previo al Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en el párrafoanterior, contra este acto expreso, podrá interponerse Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo hadictado, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la presentenotificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las Administraciones Públicas.

A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento AdministrativoComún de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será

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UN MES; transcurrido dicho plazo sin habersenotificado resolución expresa, de conformidad con elartículo 24.1, párrafo tercero, de la ley referida, seproducirá silencio administrativo desestimatorio, y podráinterponer Recurso Contencioso-Administrativo enel plazo de SEIS MESES, computados a partir del díasiguiente a aquel en el que el Recurso Potestativo deReposición debe entenderse desestimado por silencioadministrativo.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción orecurso que estime oportuno interponer para la mejordefensa de sus derechos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de agosto de 2018.El Alcalde. Augusto Hidalgo Macario.

Dado con la intervención del Secretario GeneralTécnico de la Junta de gobierno de la Ciudad de LasPalmas de Gran Canaria, conforme a lo establecidoen la Disposición Adicional 8.ª de la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal y el artículo 28 del Reglamento Orgánico delGobierno y de la Administración del Ayuntamientode Las Palmas de Gran Canaria.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de agosto de 2018.El Secretario General Técnico de la Junta de Gobiernode la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria (Porsustitución, Resolución 2656/2017, de 30 de enero)Domingo Arias Rodríguez”.

Las Palmas de Gran Canaria, veintisiete de septiembrede dos mil dieciocho.

LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO, AnaMaría Echeandía Mota.

150.733

Secretaría General del Pleno

ANUNCIO5.773

Se hace público, a los efectos del artículo 44 del R.O.F.,que por el Alcalde, con fecha 12 de septiembre de 2018,se ha dictado el siguiente acuerdo:

“Resolución del Alcalde número 33858/2018, de12 de septiembre, por el que se procede al nombramientode don Heriberto José Dávila Ojeda como personaleventual.

I.- ANTECEDENTES

I.- Providencia de esta Alcaldía, de fecha 06/09/2018,ordenando instrucción de expediente para llevar a caboel nombramiento, como personal eventual, donHeriberto José Dávila Ojeda, con DNI 42872127-N,concretamente a plaza/puesto de Asesor de Movilidad.

II.- Encontrándose vacante en la plantilla orgánicadel Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria laplaza de Asesor de Movilidad, reservada a personaleventual número 3EVE016, así como el puesto CódigoGAL-E-16, de Técnico Asesor de Movilidad en larelación de puestos de trabajo, procede efectuar lapropuesta pertinente, previo análisis del cumplimientode la normativa aplicable.

III.- Propuesta de Resolución de la Jefatura deServicio de Recursos, así como informes de que elexpediente instruido se ajusta a la legalidad y a loacordado por el Pleno del Ayuntamiento de LasPalmas de Gran Canaria, en sesión celebrada el 27de julio de 2018, en cuanto al Régimen de Fiscalizaciónde Ingresos y de Fiscalización e Intervención LimitadaPrevia sobre Gastos y Obligaciones para el ejerciciode la Función Interventora para el Ayuntamiento, susOrganismos Autónomos y el Consorcio Museo Néstor.

IV.- Informe de fiscalización favorable emitido porla Intervención General Municipal.

II.- FUNDAMENTOS DE DERECHO

a) Normativa aplicable

- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Leydel Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).

- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba el Texto Refundido de lasDisposiciones Legales vigentes en materia de RégimenLocal.

- Acuerdo de la Junta de Gobierno de 21 de diciembrede 2017 (BOP 156, de 28 de diciembre de 2017, quemodifica el acuerdo de Junta de Gobierno de 15 dejunio de 2015, que determinó el número y régimendel personal eventual, ampliando su número y Acuerdoplenario de 19 de enero de 2018 que modifica el

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régimen de retribuciones del personal eventual, con carácter inicial y en fecha 23 de febrero del mismo año concarácter definitivo.

- Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de GranCanaria (ROGA).

b) Consideraciones Jurídicas.

PRIMERO.- El artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,establece el régimen común y general del personal eventual, aplicable tanto a los municipios del régimen común,como a los del régimen especial de grandes ciudades, con la salvedad respecto de los últimos del órgano competentepara la adopción del oportuno acuerdo. Dicha disposición es del siguiente tenor:

“1. El número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de cadaCorporación, al comienzo de su mandato. Estas determinaciones solo podrán modificarse con motivo de la aprobaciónde los Presupuestos anuales.

2. El nombramiento y cese de estos funcionarios es libre y corresponde al Alcalde o al presidente de la entidadlocal correspondiente. Cesan automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato dela autoridad a la que presten función de confianza o asesoramiento.

3. Los nombramientos de funcionarios de empleo, el régimen de sus retribuciones y su dedicación se publicaránen el Boletín Oficial de la Provincia, y en su caso, en el propio de la Corporación”.

SEGUNDO.- Como desarrollo de la disposición anterior, el artículo 176 del Texto Refundido de las disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 deabril, dispone que el personal eventual se rige por lo establecido en el artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 deabril.

TERCERO.- El Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas deGran Canaria, en su artículo 15.2 estipula que los asesores serán nombrados y cesados libremente por el Alcaldemediante decreto.

CUARTO.- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido dela Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), establece en su artículo 12.3, que “El nombramientoy cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se prestela función de confianza o asesoramiento”.

QUINTO.- Acreditado en el expediente que se encuentran vacantes puesto y plaza respectiva y que existecrédito adecuado y suficiente para acceder al nombramiento interesado, así como la conformidad del órganointerventor para ello.

SEXTO.- Acredito que la tramitación del expediente se ajusta a la normativa de aplicación.

Por todo lo anteriormente expuesto y en virtud de las atribuciones que legalmente me están conferidas, vengoa dictar el siguiente.

DECRETO

PRIMERO.- El nombramiento del siguiente personal eventual:

DENOMINACIÓN PUESTO PLAZA CÓDIGO PUESTO NOMBRE Y APELLIDOS

Técnico Asesor de Movilidad 3EVE016 GAL-E-16 Heriberto José Dávila Ojeda

DNI 42872127-N

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SEGUNDO.- El nombramiento efectuado tieneefectos inmediatos desde la fecha de su otorgamiento(firma de la toma de posesión) y conlleva inherentelos efectos económicos y el régimen jurídico acordadopor la Junta de Gobierno de la Ciudad en sesión defecha 21 de diciembre de 2017 para el puesto, así comoel régimen retributivo acordado por el Pleno en su sesiónde 19 de enero de 2018 con carácter inicial y en fecha23 de febrero del mismo año con carácter definitivo.

TERCERO.- Practíquense las procedentespublicaciones y comunicaciones, dándose cuenta detodo ello al Pleno Municipal.

RÉGIMEN DE RECURSOS. Contra el citado actoexpreso, que es definitivo en vía administrativa, podráinterponer en el plazo de DOS MESES, contadosdesde el día siguiente al de la recepción de la presentenotificación, Recurso Contencioso-Administrativoante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo deLas Palmas que por reparto corresponda, a tenor delo establecido en el artículo 46 de la Ley 19/1998, de13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 123.1de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las AdministracionesPúblicas.

No obstante, con carácter potestativo y previo alRecurso Contencioso-Administrativo, señalado enel párrafo anterior, contra este acto expreso, podráinterponerse Recurso de Reposición ante el mismoórgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES,que se contará desde el día siguiente al de la fechade la recepción de la presente notificación, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 123.1 dela Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las AdministracionesPúblicas.

A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las AdministracionesPúblicas, el plazo máximo para dictar y notificar laresolución del recurso será UN MES; transcurrido dichoplazo sin haberse notificado resolución expresa, deconformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero, dela ley referida, se producirá silencio administrativodesestimatorio, y podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de SEIS MESES, computadosa partir del día siguiente a aquel en el que el RecursoPotestativo de Reposición debe entenderse desestimadopor silencio administrativo.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción orecurso que estime oportuno interponer para la mejordefensa de sus derechos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de septiembrede 2018. El Alcalde. Augusto Hidalgo Macario.

Dada con la intervención del Secretario GeneralTécnico de la Junta de gobierno de la Ciudad de LasPalmas de Gran Canaria, conforme a lo establecidoen la Disposición Adicional 8.ª de la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal y el artículo 28 del Reglamento Orgánico delGobierno y de la Administración del Ayuntamientode Las Palmas de Gran Canaria.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de septiembrede 2018. El Secretario General Técnico de la Juntade Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria(Por sustitución, Resolución 2656/2017, de 30 deenero) Domingo Arias Rodríguez”.

Las Palmas de Gran Canaria, veintisiete de septiembrede dos mil dieciocho.

LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO, AnaMaría Echeandía Mota.

150.736

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE AGÜIMES

ANUNCIO5.774

Aprobado provisionalmente por el Pleno de este IlustreAyuntamiento en sesión celebrada el día 24 deseptiembre de 2018, la modificación de las siguientesOrdenanzas:

1.- Ordenanza Fiscal TS.01.- Tasas por prestaciónde servicios o realización de actividades administrativasde competencia local. Expedición de documentos.

2.- Ordenanza Fiscal TS.03.- Tasas por prestaciónde servicios o realización de actividades administrativasde competencia local. Por intervención a través de actosautorizatorios y comunicaciones previas exigidas porla ley del suelo.

3.- Ordenanza Fiscal TS.07.- Tasa por prestaciónde servicios o realización de actividades administrativas

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de competencia local. Prestación de los servicios depiscinas e instalaciones deportivas municipales.

4.- Ordenanza Fiscal TS.10.- Tasa por servicio dedistribución de agua a domicilio.

5.- Ordenanza Fiscal TS.11.- Tasa por la prestaciónde los servicios de enseñanzas en centros de culturay en otras instalaciones municipales.

6.- Ordenanza Municipal IM.01.- Impuesto sobrebienes inmuebles.

7.- Ordenanza Fiscal IM.02.- Impuesto sobrevehículos de tracción mecánica.

Se expone al público, en la Intervención de esteAyuntamiento, y en horario de oficina, el acuerdo consu expediente correspondiente y demás antecedentesnecesarios para la fijación y determinación de lasrespectivas cuotas tributarias, así como el texto de laOrdenanza, por plazo de TREINTA DÍAS a contardesde el siguiente a la publicación de este anuncio enel Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cualeslos interesados podrán examinar el expediente ypresentar las reclamaciones que estimen oportunas,según el artículo 17 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, aprobado porR.D.L. 2/2004, de 5 de marzo y artículo 38 del R.O.500/90, de 20 de abril; y en caso de no formularseeste acuerdo quedaría elevado a definitivo.

En la Villa de Agüimes, martes veinticinco deseptiembre de dos mil dieciocho.

EL ALCALDE-PRESIDENTE, Óscar R. HernándezSuárez.

150.746

EXCMO. AYUNTAMIENTODE GÁLDAR

ANUNCIO5.775

Por Resolución de la Junta de Gobierno de 18 deseptiembre de 2018, se acordó someter a informaciónpública el proyecto “REHABILITACIÓN DEL MURODE CONTENCIÓN DE LA CALLE LADEGOLLADA”, promovido por el Ayuntamiento deGáldar.

Se somete a información pública por el plazo de DIEZ

DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente alde la publicación del presente anuncio en el BoletínOficial de la Provincia de conformidad en el artículo83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo común de las AdministracionesPúblicas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado porcualquier interesado en las dependencias municipalespara que se formulen las alegaciones que se estimenpertinentes. Asimismo, estará a disposición de losinteresados en la sede electrónica de este Ayuntamiento(http://galdar.sedelectronica.es).

En Gáldar, a veinticinco de septiembre de dos mildieciocho.

EL ALCALDE, Teodoro Claret Sosa Monzón.

150.557

ANUNCIO5.776

Por Resolución de la Junta de Gobierno de 18 deseptiembre de 2018, se acordó someter a informaciónpública el proyecto “MEJORA YACONDICIONAMIENTO DEL CAMPO DEFÚTBOL DE SAUCILLO”, promovido por elAyuntamiento de Gáldar.

Se somete a información pública por el plazo de DIEZDÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente alde la publicación del presente anuncio en el BoletínOficial de la Provincia de conformidad en el artículo83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo común de las AdministracionesPúblicas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado porcualquier interesado en las dependencias municipalespara que se formulen las alegaciones que se estimenpertinentes. Asimismo, estará a disposición de losinteresados en la sede electrónica de este Ayuntamiento(http://galdar.sedelectronica.es).

En Gáldar, a veinticinco de septiembre de dos mildieciocho.

EL ALCALDE, Teodoro Claret Sosa Monzón.

150.561

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9683

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ANUNCIO5.777

Por Resolución de la Junta de Gobierno de 18 deseptiembre de 2018, se acordó someter a informaciónpública el proyecto “REHABILITACIÓN DEL MURODE CONTENCIÓN DEL SOLAR DEL CAMPODE FÚTBOL DE FAGAJESTO”, promovido por elAyuntamiento de Gáldar.

Se somete a información pública por el plazo de DIEZDÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente alde la publicación del presente anuncio en el BoletínOficial de la Provincia de conformidad en el artículo83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo común de las AdministracionesPúblicas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado porcualquier interesado en las dependencias municipalespara que se formulen las alegaciones que se estimenpertinentes. Asimismo, estará a disposición de losinteresados en la sede electrónica de este Ayuntamiento(http://galdar.sedelectronica.es).

En Gáldar, a veintiséis de septiembre de dos mildieciocho.

EL ALCALDE, Teodoro Claret Sosa Monzón.

150.568

ANUNCIO5.778

Por Resolución de la Junta de Gobierno de 18 deseptiembre de 2018, se acordó someter a informaciónpública el proyecto “MEJORA DE LA VÍA CALLEPEREGIL”, promovido por el Ayuntamiento deGáldar.

Se somete a información pública por el plazo de DIEZDÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente alde la publicación del presente anuncio en el BoletínOficial de la Provincia de conformidad en el artículo83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo común de las AdministracionesPúblicas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado porcualquier interesado en las dependencias municipalespara que se formulen las alegaciones que se estimenpertinentes. Asimismo, estará a disposición de losinteresados en la sede electrónica de este Ayuntamiento(http://galdar.sedelectronica.es).

En Gáldar, a veinticinco de septiembre de dos mildieciocho.

EL ALCALDE, Teodoro Claret Sosa Monzón.

150.571

ANUNCIO5.779

Por Resolución de la Junta de Gobierno de 18 deseptiembre de 2018, se acordó someter a informaciónpública el proyecto “REHABILITACIÓN DEL MURODE PROTECCIÓN DE LA CALLE TAZIRGA”,promovido por el Ayuntamiento de Gáldar.

Se somete a información pública por el plazo de DIEZDÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente alde la publicación del presente anuncio en el BoletínOficial de la Provincia de conformidad en el artículo83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo común de las AdministracionesPúblicas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado porcualquier interesado en las dependencias municipalespara que se formulen las alegaciones que se estimenpertinentes. Asimismo, estará a disposición de losinteresados en la sede electrónica de este Ayuntamiento(http://galdar.sedelectronica.es).

En Gáldar, a veinticinco de septiembre de dos mildieciocho.

EL ALCALDE, Teodoro Claret Sosa Monzón.

150.573

ANUNCIO5.780

Por Resolución de la Junta de Gobierno de 18 deseptiembre de 2018, se acordó someter a informaciónpública el proyecto “MEJORA Y MODERNIZACIÓNDE LA PLAZOLETA DE LA IGLESIA DE SANTELMO Y SU ENTORNO”, promovido por elAyuntamiento de Gáldar.

Se somete a información pública por el plazo de DIEZDÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente alde la publicación del presente anuncio en el Boletín

9684 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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Oficial de la Provincia de conformidad en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo común de las Administraciones Públicas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para quese formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en lasede electrónica de este Ayuntamiento (http://galdar.sedelectronica.es).

En Gáldar, a veinticinco de septiembre de dos mil dieciocho.

EL ALCALDE, Teodoro Claret Sosa Monzón.

150.575

ANUNCIO5.781

Por el que se hace pública la relación de titulares afectados por las obras urgentes de reconstrucción del Grupo7 del Cementerio Municipal de San Isidro.

Por medio del presente se comunica que la entidad GALOBRA S.A.U., concesionaria del servicio públicodel Tanatorio y Cementerio Municipal de San Isidro del T.M. de Gáldar, va a llevar a cabo con carácter de urgenciala reconstrucción del Grupo Número 7 del Cementerio que afecta a los Nichos que se relacionarán posteriormente;resultando para ello necesaria la exhumación y traslado de los restos cadavéricos que se encuentran en ellos aun lugar provisional, para posteriormente, una vez concluidas las obras, reponerlos a su ubicación actual.

Se trata de personas fallecidas por causas comunes, pertenecientes al grupo II, no incluidas en el Grupo I,conforme a la clasificación del Decreto 2263/1974 y Grupo III del Decreto 132/2014, de 29 de diciembre, deSanidad Mortuoria de CCAA de Canarias.

A pesar de las gestiones realizadas no ha podido notificarse personalmente la urgente actuación a realizar alos titulares de los nichos afectados que se relacionan a continuación, por lo que se practica la presentenotificación a quienes pudieran resultar interesados para que aleguen y presenten los documentos y justificacionesque estimen pertinentes durante el plazo de DIEZ DÍAS, transcurrido el cual se llevará a cabo la actuación antesmencionada.

PROPIETARIO FALLECIDO GRUPO FILA NICHO

JUAN PÉREZ MEDINA SATURNINO PÉREZ DÍAZ 7 1 1PABLO DÍAZ DÍAZ

JOSÉ RAMOS RODRÍGUEZ ENRIQUE DELGADO CAMINO 7 1 8MARÍA MOLINA DOMÍNGUEZ

Mª DEL PINO RAMOS MOLINA E HIJOS CRISTÓBAL ESTÉVEZ RAMOS 7 2 8

CARMEN TOVAR MORENO E HIJOS RAFAEL DÍAZ SILVA 7 2 9

FRANCISCO GONZÁLEZ SANTANA JOSÉ GONZÁLEZ QUINTANA 7 2 11

ANTONIO ALMEIDA TRAVIESO ANTONIA SANTANA SUÁREZ 7 2 13JOAQUÍN ALMEIDA PÉREZ 7 2 13

J. ANTONIO QUINTANA QUINTANA Y HROS. DANIEL QUINTANA BENÍTEZ 7 2 17JOSÉ ANTONIO QUINTANA QUINTANA

ROSA PÉREZ OLIVA CRISTÓBAL PÉREZ QUESADA 7 2 22

JUAN MELIÁN ÁLAMO MANUEL MELIÁN PULIDO 7 3 12

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9685

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ENCARNACIÓN QUESADA REYES E HIJOS NICHO VACÍO 7 3 14

ANTONIO PÉREZ ORIHUELA Mª DOLORES ORIHUELA RODRÍGUEZ 7 3 18

ANTONIO PÉREZ QUEVEDO Y HDROS. JUANA RAMÍREZ MOYA 7 3 30

ANTONIA QUINTANA GONZÁLEZ ANTONIO MOLINA SOSA 7 3 37

CARMEN MEDINA MEDEROS JOSÉ MOLINA MEDINA 7 3CARMEN MEDINA MEDEROS

JUAN DÍAZ VALENCIA Y HROS. JUAN DÍAZ VALENCIA 7 4 3ANA RODRÍGUEZ MARRERO

ANTONIO MEDINA GONZ. Y HDROS. CARMEN RODRÍGUEZ MARRERO 7 4 5ANTONIO MEDINA RODRÍGUEZANTONIA MEDINA RODRÍGUEZ

Mª DE LOS DOLORES MEDINA GONZÁLES E HIJOS JUAN M. MARTÍN HERNÁNDEZ 7 4 6JUANA MARÍA MARTÍN MEDEROS

JOSEFA GODOY JIMÉNEZ Y HROS. JOSEFA GODOY JIMÉNEZ 7 4 9JUAN VEGA SANTANA

PINO SANTANA SUÁREZ Y HROS. PINO SANTANA SUÁREZ 7 4 10

FAUSTINA MENDOZA MENDOZA ANTONIO BENÍTEZ MONTESDEOCA 7 4 11

CANDELARIA RODGZ. LÓPEZ Y HROS. CANDELARIA RODRÍGUEZ LÓPEZ 7 4 14

ANA VEGA JIMÉNEZ JOSÉ M. BOLAÑOS MEDINA 7 4 18ANA VEGA JIMÉNEZ

JUAN AGUIAR MOLINA ENCARNACIÓN AGUIAR AGUIAR 7 4 24

DOLORES VEGA GARCÍA E HIJOS JUAN JIMÉNEZ SOSA 7 4 25ANDRÉS JIMÉNEZ PERDOMO

NICHO VACÍO 7 4 29

VÍCTOR GARCÍA SOSA JOSÉ FRANCISCO GARCÍA BETANCORT 7 4 32

ENCARNACIÓN QUESADA REYES E HIJOS JUAN SOSA MIRANDA 7 4 33

JUAN RUIZ RODRÍGUEZ ELENA MEDINA GONZÁLEZ 7 4 34ENCARNACIÓN SANTANA MEDINA

NICHO VACÍO NICHO VACÍO 7 4 35

FELISA LÓPEZ PERDOMO SALVADOR PEÑA MORENO 7 4 37FELISA LÓPEZ PERDOMO

JOSÉ GONZÁLEZ MOLINA MANUEL CARLOS GONZÁLEZ GODOY 7 4 38VICTORIANA GODOY DÍAZ

FRANCISCA MENDOZA JIMÉNEZ BARTOLOMÉ MORENO JIMÉNEZ 7 5 2

ANTONIO MARTÍN CASTILLO Y HROS. ANTONIO JULIÁN MARTÍN QUINTANA 7 5 3MARINA QUINTANA SOSA

PEDRO MATEOS SOSA VALENTÍN MATEOS SILVA 7 5 4

SALVADOR BOLAÑOS MEDINA ANTONIO BOLAÑOS MARTÍN 7 5 6CARMEN MARTÍN CASTILLO

CONSUELO SAAVEDRA REYES ANTONIO JIMÉNEZ JIMÉNEZ 7 5 7

9686 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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ANDREA SUÁREZ TAISMA EULOGIA OJEDA PÉREZ 7 5 8

Mª JOSÉ PADRÓN BOLAÑOS Y HROS. FRANCISCO GUTIÉRREZ ROQUE 7 5 10MARÍA PADRÓN BOLAÑOS

DOLORES QUINTANA LÓPEZ FRANCISCO GONZÁLEZ QUINTANA 7 5 14DOLORES QUINTANA LÓPEZ

RAFAELA OLIVA SÁNCHEZ JUAN OLIVA RUIZ 7 5 16

ANDRÉS CASTELLANO MOLINA ENCARNACIÓN PÉREZ MOLINA 7 5 19ANDRÉS CASTELLANO MOLINA

Mª DEL PINO AGUIAR DÍAZ E HIJOS SANTIAGO GARCÍA GUILLÉN 7 5 20CECILIO GARCÍA DÍAZ

PINO VEGA SANTANA Y HROS. PINO VEGA SANTIAGO 7 5 21

ANTONIO SUÁREZ CUBAS E HIJOS Mª ANTONIA SUÁREZ CALCINES 7 5 23

MODESTA ALONSO DELGADO Y HROS. MODESTA ALONSO DELGADO 7 5 24

Gáldar, a veintisiete de septiembre de dos mil dieciocho.

EL ALCALDE, Teodoro Claret Sosa Monzón.

151.350

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA OLIVA

ANUNCIO5.782

CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUNTAMIENTO DE LA OLIVA, SUBVENCIONES PARA LAORGANIZACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS AÑO 2018

BDNS (Identif.): 416755

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE LA OLIVA, SUBVENCIONESDEPORTIVAS GENÉRICA AÑO 2018

Extracto de la convocatoria del Ayuntamiento de La Oliva, Subvenciones Deportivas Genéricas año 2018,aprobada por Junta de Gobierno Local el 11 de septiembre 2018, por la que se convocan subvenciones deportivasgenéricas para el año 2018 por el procedimiento de concurrencia competitiva.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, Generalde Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Basede Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

1. OBJETO

ARTÍCULO 3. OBJETO, FINALIDAD Y LÍNEAS DE LA SUBVENCIÓN

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones en materia de deportes, en régimende concurrencia competitiva, basándose en los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,igualdad y no discriminación, con la finalidad de promocionar de manera efectiva la actividad físico-deportivay crear hábitos de vida saludable en la población insular.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9687

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Se considerarán objeto de subvención con caráctergeneral las Acciones Federadas de carácter regular(organizada mediante calendarios oficiales y sistemasde control arbitral) de los deportes de equipo eindividuales. Excepcionalmente serán objeto desubvención los gastos de funcionamiento (canon,licencias, mutualidad, transportes, arbitrajes, materialy equipamiento deportivo, cursos de formación,alojamientos, manutención etc…) generados enaquellas acciones Federadas de carácter regular quese organicen por el sistema de concentraciones, etc.y los generados por la competición regular nacional,interinsular si no existe la misma a nivel insular, losproyectos de especial atención e interés deportivo yde los Colectivos de atención especial. Deberáacreditarse su excepcionalidad mediante la oportunadocumentación

LÍNEA DE APOYO:

- GASTOS DE COMPETICIONES: gastosfederativos, y de competición, material de entrenamientoy competición y cursos relacionados con la formaciónprofesional etc... para la participación en competicionesinsulares e interinsulares o nacionales y actividadesdeportivas de capacitación y jornadas deportivas, etc.

- GASTOS DE ARBITRAJE Y JUECES DECOMPETICIÓN: Actividad arbitral para la realizacióny control de la Competición Deportiva.

- GASTOS EN TRANSPORTE TERRESTRE,MARÍTIMO y AÉREO: Elementos de transporte dedeportistas o de elementos alojamientos, manutención.

- GASTOS DE MATERIALES y EQUIPAMIENTOSDEPORTIVOS imprescindibles para la actividaddeportiva.

REQUISITOS PARA SOLICITAR SUBVENCIÓN

ARTÍCULO 4. REQUISITOS GENERALES: LosBeneficiarios.

Tendrán la consideración de beneficiarios losresidentes o Entidades con sede deportiva en elmunicipio de la Oliva que fomenten actividadesdeportivas en el Municipio de La Oliva:

1. Las asociaciones privadas formadas tanto porpersonas físicas como jurídicas, dotadas de personalidadjurídica propia con capacidad de obrar que tengan porobjeto primordial el fomento y la práctica del deporte

y figuren inscritos en el Registro de Entidadesdeportivas de Canarias: Clubes deportivos, Gruposde recreación físico-deportivas, Clubes registrados porentidades No deportivas

2. Los de deportistas de deportes individualespertenecientes (previo estudio de compatibilidadrespecto a pertenencia a la Entidad Deportiva matriz)o no pertenecientes, a las asociaciones anteriormentemencionadas con licencia federativa de carácterindependiente.

3. Los deportistas cuyos logros relevantes o resultadosen competición regular federada merezcan otraconsideración especial, y que por motivos deportivoso de estudios deban de desarrollar su actividad fuerade la Isla.

4. Para ser beneficiario SE REQUIERE del solicitanteque se encuentre:

Al corriente de sus obligaciones: Fiscales con lasHaciendas Estatal y de la Comunidad AutónomaCanaria, frente a la Seguridad Social y Registrales conel Registro de Entidades Deportivas Canarias, teniendoen posesión del oportuno certificado que así lo acredite.

No ser deudoras por resolución de procedencia dereintegro, que no tenga pendientes justificaciones desubvenciones concedidas con anterioridad y estar alcorriente con las obligaciones de pago con esteAyuntamiento, en el momento de la concesión.

No estar incurso en alguna de las circunstancias queestablece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones.

ARTÍCULO 5. OBLIGACIONES DE LOSBENEFICIARIOS

Los Beneficiarios esteran sujetos a las siguientesobligaciones:

Comunicar al Ayuntamiento de La Oliva cualquiereventualidad en el desarrollo de la actividadsubvencionada, en el momento que se produzca.

Justificar ante el Ayuntamiento de La Oliva, elcumplimiento de los requisitos y condiciones, asícomo la realización de la actividad y finalidad quedetermine la concesión de la subvención.

Conservar los documentos justificativos de la

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realización del proyecto o actividad subvencionada,incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedanser objeto de las actuaciones de control y comprobación

Proceder al reintegro de la subvención concedidaen los supuestos contemplados en el artículo 37 dela Ley General de Subvenciones.

Realizar el proyecto o actividad que fundamentó laconcesión de la subvención.

Hacer constar en toda su información, vestimenta,publicaciones y publicidad, que la actividad estásubvencionada por el Ayuntamiento de La Oliva,Concejalía de Deportes, utilizando el logotipo aprobadopor el Ayuntamiento de la Oliva, conforme a lasinstrucciones recogidas en cada convocatoria, aexcepción de las actividades en las que no se elaboredocumentación o programa impreso. Teniendo encuenta la complejidad de los distintos deportes, en algúncaso concreto, se estudiará por representantes de laEntidad Beneficiaria y de la Concejalía de Deportes,la ubicación de la propaganda institucional.

Facilitar toda la información que le sea debidamenterequerida por el Ayuntamiento de La Oliva y sometersea las actuaciones de comprobación y control relacionadascon las subvenciones concedidas.

Acreditar los requisitos exigidos para tener accesoa la subvención.

Comunicar al Ayuntamiento de La Oliva la obtenciónde otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad,procedente de cualquier otra administración públicao institución privada.

FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LASOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

ARTÍCULO 6. FORMA Y PLAZO DEPRESENTACIÓN.

Las solicitudes se formularán en el modelo quefigura como Anexo I de esta convocatoria. Se dirigiránal Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán en elRegistro de entrada del Ayuntamiento o por cualquierade los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las AdministracionesPúblicas, en 20 días hábiles contados a partir de lapublicación de esta convocatoria en el BOP de laProvincia de Las Palmas.

4. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

ARTÍCULO 7. DOCUMENTACIÓN APRESENTAR CON LA SOLICITUD

Los solicitantes deberán aportar:

1. Solicitud dirigida al Sr. Alcalde (Anexo I).

2. Copias compulsadas de la siguiente documentación:

- Documento acreditativo de la personalidad delsolicitante y, en su caso, de la representación delactuante.

- Número de Identificación Fiscal o Código deIdentificación Fiscal del solicitante.

- Alta fundacional y estatutos, actualizados y alcorriente de sus obligaciones registrales ante elRegistro de Entidades Deportivas Canarias.

3. Declaración responsable de las subvencionesobtenidas para la misma finalidad y de no estar incursoen ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Generalde Subvenciones.

4. Certificados emitidos por los órganos competentesacreditativos de estar al corriente en las obligacionesfiscales (Hacienda Autonómica y Hacienda Estatal)y con la Seguridad Social. En tal caso, se aplicará lodispuesto al efecto en el artículo 24 del Real Decreto887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba elReglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones.

5. Memoria explicativa.

6. Alta a terceros (el impreso será facilitado por laTesorería o la Unidad Administrativa que tramite elexpediente).

7. Documentos necesarios para tener en cuenta enlas valoraciones especificadas en los criterios dedistribución (punto 6):

- Calendarios oficiales temporadas 2017-2018.

- Presupuestos de ingresos y gastos, relacionadoscon la actividad deportiva federada

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8. Posterior a la publicación de la resolución,presentar cuenta justificativa (anexo IV).

En toda documentación complementaria que seapresentada posteriormente para unir al expediente sedeberá indicar el nombre del solicitante y de laconvocatoria a la que corresponda.

En el supuesto de que los documentos exigidos yaestuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante,siempre que no hayan transcurrido más de cinco añosdesde la finalización del procedimiento al quecorrespondan, podrá hacer uso de su derecho a nopresentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano odependencia en que fueron presentado o emitidos.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LASSUBVENCIONES

ARTÍCULO 8. PROCEDIMIENTO DECONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES

El órgano competente es la Junta de GobiernoMunicipal de conformidad con el decreto de delegaciónnúmero 875 de 18 de mayo de 2017, que iniciará elprocedimiento aprobando la Convocatoria Pública yordenando su publicación en el Boletín Oficial de LaProvincia de las Palmas así como en según la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,en la página web del Sistema Nacional de Publicaciónde Subvencioneshttp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, y enel tablón de edictos y en la página Web oficial delAyuntamiento de La Oliva.

El procedimiento de concesión de las subvencionestendrá carácter ordinario y se tramitará en régimende concurrencia competitiva en la forma que establecela Ordenanza General Reguladora de Subvencionesdel Ayuntamiento de La Oliva, así como en losartículos 23 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, siguiendo elsiguiente procedimiento:

1. El Órgano Instructor, Sección de Deportes estaráconstituido como mínimo por los siguientes miembrostécnicos y administrativos, y otros a quienes sedesignen en cada convocatoria, verificará el cumplimientode las condiciones establecidas en la presenteconvocatoria para adquirir la condición de beneficiario.

2. Examinadas las solicitudes presentadas en plazo,

en los casos de insuficiencia de algún documento, laConcejalía de Deportes, requerirá al interesado, paraque subsane la falta o acompañe los documentosrequeridos, en un plazo máximo e improrrogable dediez días hábiles, con indicación de que si así no lohiciera, se le tendrá por desistida su petición, previaresolución por la Junta de Gobierno municipal quedeberá ser dictada en los términos previstos según Ley39/2015, de 01 de octubre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

3. La notificación del requerimiento se realizará enlos términos previsto en el Art. 42 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento AdministrativoComún de las Administraciones Públicas, a través dela publicación en los Tablones Oficiales del Ayuntamientode La Oliva y página Web oficial, en el plazo fijadoen la convocatoria del ejercicio correspondiente, conapercibimiento de que, de no hacerse, se archivará sinmás trámite la documentación recibida.

4. El órgano instructor, una vez verificados losexpedientes, elevará formalmente al órgano colegiadopara su estudio e informe, aquellos expedientes quehan reunido las condiciones establecidas en la presenteconvocatoria, procediéndose a la propuesta de resoluciónprovisional y definitiva conforme a lo dispuesto enel artículo 10 de la Ordenanza General Reguladorade subvenciones del Ayuntamiento de La Oliva.

5. El Órgano Colegiado estará constituido comomínimo por los siguientes miembros, la/el Concejala/oDelegada/o correspondiente, dos Técnicas/os de laSección de Deportes nombrados por la/el Consejera/oDelegada/o en materia de Deportes y otros a quienesse designen en cada convocatoria.

6. El Órgano Instructor, a la vista de los expedientese informes del Órgano Colegiado, realizará la propuestade resolución provisional con la relación de beneficiariosque expresará la cuantía de la subvención y puntuaciónobtenida, procediéndose a publicar la propuesta,otorgando plazo de 10 días para presentación dealegaciones, la aceptación expresa de la subvenciónconcedida y la posibilidad de reformulación de la solicitudpara ajustar los compromisos y condiciones de lasubvención otorgable. Dicha reformulación desolicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y

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finalidad de la subvención, así como los criterios devaloración establecidos respecto de las solicitudes opeticiones (Anexo III).

7. La notificación de la propuesta de resoluciónprovisional a los interesados se realizará medianteinserción en el tablón de anuncios y página Web delAyuntamiento de La Oliva pudiendo ser informadoel beneficiario mediante medios electrónicos ocualquiera de las opciones preferentes que elija en susolicitud.

8. El Órgano Instructor remitirá al Órgano Colegiadolas alegaciones presentadas en su caso, que resolverácon una propuesta definitiva. Dicha propuesta seráremitida a la Intervención General para su fiscalizaciónpor parte del Órgano Instructor para su posteriorelevación a la Junta de Gobierno Local.

9. La propuesta de resolución definitiva deberácontener la relación de solicitantes a los que se lesconcede, puntuación, importe de la concesión, asícomo de manera expresa, la desestimación del restode las solicitudes. Condicionado a las disponibilidadespresupuestarias, tendrán prioridad entre las solicitudespresentadas en tiempo y forma, aquellos proyectosde eventos que obtengan mayor puntuación valoradaatendiendo a los criterios establecidos. Excepcionalmenteel órgano competente procederá al prorrateo entre losbeneficiarios de la subvención del importe globalmáximo destinado.

10. El Órgano Concedente, el Junta de Gobierno Localdel Ayuntamiento de La Oliva resolverá en un soloacto la convocatoria. El plazo máximo para resolvery notificar la resolución del procedimiento será de seismeses, contados a partir de la publicación de lacorrespondiente convocatoria. La notificación de laconcesión será comunicada a los interesados en lostérminos previstos en el artículo 42 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento AdministrativoComún de las Administraciones Públicas.

ARTÍCULO 9. PUBLICIDAD DE LASSUBVENCIONES CONCEDIDAS.

Serán publicadas según la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, en la páginaweb del Sistema Nacional de Publicación deSubvenciones

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index., asícomo en el tablón de edictos y en la página Weboficial del Ayuntamiento de La Oliva

ARTÍCULO 10. CONCESIONARIOS DE LASUBVENCIÓN.

La notificación de la concesión será comunicada alos interesados en los términos previstos en el artículo42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las AdministracionesPúblicas, así mismo se publicará en el tablón deedictos y en la página Web oficial del Ayuntamientode La Oliva

El acto de resolución de la subvención agota la víaadministrativa.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 123y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas, contra dicha resoluciónpodrá interponerse recurso potestativo de reposiciónante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el términode un mes a contar desde el día siguiente de larecepción de la notificación, o bien directamenterecurso contencioso administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas enel plazo de dos meses, a contar desde el día siguienteal de la recepción de la notificación, de conformidadcon el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LASSOLICITUDES

ARTÍCULO 11. CRITERIOS DE VALORACIÓNDE LAS SOLICITUDES

1. COLECTIVOS E INDIVIDUALES

Las asociaciones privadas formadas tanto porpersonas físicas como jurídicas, dotadas de personalidadjurídica propia con capacidad de obrar que tengan porobjeto primordial el fomento y la práctica del deportey figuren inscritos en el Registro de Entidadesdeportivas de Canarias: Clubes deportivos, Gruposde recreación físico-deportivas, Clubes registrados porentidades No deportivas

Los de deportistas de deportes individualespertenecientes (previo estudio de compatibilidadrespecto a pertenencia a la Entidad Deportiva matriz)

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o no pertenecientes, a las asociaciones anteriormentemencionadas con licencia federativa de carácterindependiente.

Procurando garantizar la mayor objetividad en laconcesión de las subvenciones reguladas en estaconvocatoria, se consideraran gastos subvencionadospara los siguientes fines y actuaciones de carácterdeportivo GASTOS DE COMPETICIÓNFEDERATIVOS, GASTOS DE ARBITRAJE YJUECES DE COMPETICIÓN, GASTOS ENTRANSPORTE TERRESTRE , MARÍTIMO YAÉREO, GASTOS DE FORMACIÓN, MATERIALESY EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS imprescindiblespara la actividad en competiciones deportivas, hastaun total de 10.000,00 € del gasto del presupuestopresentado sobre un baremo donde se establecen 100puntos a repartir en los siguientes criterios de valoración:

Deportes Colectivo:

A. Gastos de Competición: Costes federativos

1.1 Números de Licencias:

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode licencias federativas costeadas. Hasta 15 puntosde un total de 100 posibles.

LICENCIAS FEDERATIVAS

* 1-10 licencias

Puntos: 1

* 11-25 licencias.

Puntos: 5

* 26-50 licencias.

Puntos: 7

* 51-100 licencias.

Puntos: 10

* 101-150 licencias.

Puntos: 12

* Más de 151 licencias.

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el número delicencias deportivas costeadas.

1.3 Mutualidad y Canon:

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo a lamutualidad y el canon deportivo costeadas. Hasta 15puntos de un total de 100 posibles.

MUTUALIDAD Y CANON FEDERATIVO

* Entre 100 € y 1.000 € de coste de la mutualidaddeportiva.

Puntos: 5

* Entre 1.001 € y 3.000 € de coste de la mutualidaddeportiva.

Puntos: 10

* Más de 3.001 € de coste de la mutualidad deportiva..

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el coste de lalicencia deportiva.

1.4 Arbitrajes

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode arbitrajes costeados. Hasta 10 puntos de un totalde 100 posibles.

ARBITRAJES

* Entre 100 € y 500 € de coste los arbitrajesdeportivos

Puntos: 2,5

* Entre 501 € y 1.500 € de coste los arbitrajesdeportivos

Puntos: 5

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* Entre 1.501 € y 2.500 € de coste los arbitrajesdeportivos

Puntos: 7

* Más de 2.501 € de coste los arbitrajes deportivos

Puntos: 10

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el número deArbitrajes costeadas.

1.5 Desplazamiento.

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode desplazamientos costeados. Hasta 15 puntos de untotal de 100 posibles.

DESPLAZAMIENTOS

* Hasta 100 € y 500 € de coste de desplazamientosdeportivos

Puntos: 5

* Entre 501 € y 1.000 € de desplazamientosdeportivos

Puntos: 7

* Entre de 1.001 y 2.000 € de coste de desplazamientosdeportivos

Puntos: 10

* Entre de 2.001 y 3.000 € de coste de desplazamientosdeportivos

Puntos: 12

* Más de 3.001 € de coste de desplazamientosdeportivos

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el número dedesplazamientos costeadas.

B. Consideración de Atención Especial

2.1 Apoyo a la Mujer y a Personas de Discapacidad

Programas o proyectos que incidan particularmenteen la participación en competiciones oficiales, encualquiera de las modalidades deportivas y categorías,que merezcan atención especial. Hasta 05 puntos deun total de 100 posibles.

ACTIVIDAD DEPORTIVA CONSIDERACIÓNATENCIÓN ESPECIAL

* Por acreditar: entre 01 y 10 licencias femeninasy/o discapacidad (inclusive).

Puntos: 1

* Por acreditar: entre 11 y 25 licencias femeninasy/o discapacidad (inclusive).

Puntos: 2,5

* Por acreditar: Más de 26 licencias femeninas y/odiscapacidad (inclusive).

Puntos: 5

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo y/o certificado del Secretario/a de la entidad,en el que se especifique el número de licenciasdeportivas costeadas.

2.2 Acervo Cultural:

1.1- Número de Actividades Autóctonas:

Programas o proyectos de entidades deportivas ydeportistas que desarrollando como principal modalidady/o especialidad deportiva (incluidas secciones)cualquiera de las modalidades de los juegos y deportesautóctonos y tradicionales, promuevan la divulgacióny enseñanza del acervo deportivo y cultural deCanarias. Deportistas individuales de los juegos y deportesautóctonos y tradicionales. Hasta 05 puntos de un totalde 100 posibles.

ÁMBITO DE ACTUACIÓN

* Por participar de hasta 2 actividades. A nivel: insular//interinsular.

Puntos: 2,5

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9693

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* Por participar de más de 2 actividades. A nivel:insular //interinsular

Puntos: 5

C. Formación:

Programas o proyectos relacionados con la formacióndeportiva. Hasta 10 puntos de un total de 100 posibles.

FORMACIÓN

* Por asistencia a: charlas, cursos, jornadas ycongresos

Puntos: 2,5

* Por organización de: charlas, cursos, jornadas ycongresos.

Puntos: 7

* Por asistencia y/u organización de: formaciónoficial que acredite la cualificación para impartirenseñanzas deportivas.

Puntos: 10

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadodel Secretario/a de la entidad. De forma complementariase podrán adjuntar documentos probatorios y acreditativosoportunos de la formación; inscripciones, cartelería,etc.

Programas o proyectos de carácter deportivoespeciales por su calidad y singularidad. Hasta 05 puntosde un total de 100 posibles.

OTRAS CONSIDERACIONES ESPECIALES

* Como deportista individual acreditar formar partecomo ponente en charla, cursos, jornadas y congresos

Puntos: 2,5

* Por acreditar tres o más docentes de la Entidadel estar en posesión de una titulación oficial deportiva

Puntos: 2,5

* Por acreditar la entidad desarrollar actividades en

más de una sección, debidamente inscrita en el Registrode Entidades Deportivas de Canarias

Puntos: 5

* Por el desempeño de las funciones propias e lasfederaciones y delegaciones deportivas insulares

Puntos: 5

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno título oficialdeportivo.

D. Material Deportivo:

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al materialdeportivos costeadas para entrenamiento y competición.Hasta 10 puntos de un total de 100 posibles.

MATERIAL DEPORTIVO

* Entre 500 € y 1.000 € de coste de materialdeportivo.

Puntos: 2,5

* Entre 1.001 € y 2.500 € de coste de material

deportivo.

Puntos: 7

* Más de 2.501 € de coste de material deportivo..

Puntos: 10

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el coste de lalicencia deportiva.

E. Inversiones Equipamiento Deportivo:

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al equipamientodeportivo costeadas para entrenamiento y competición.Hasta 10 puntos de un total de 100 posibles.

9694 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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INVERSIONES EQUIPAMIENTOS DEPORTIVO

* Entre 500 € y 1.000 € de coste de materialdeportivo.

Puntos: 2,5

* Entre 1.001 € y 2.500 € de coste de materialdeportivo.

Puntos: 7

* Más de 2.501 € de coste de material deportivo..

Puntos: 10

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el coste de lalicencia deportiva.

Deportes Individual:

A. Gastos de Competición:

1.1. Licencias

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode licencias federativas costeadas. Hasta 15 puntosde un total de 100 posibles.

LICENCIAS FEDERATIVAS

* Hasta 100 € de coste de la licencia deportiva.

Puntos: 5

* Entre 101 € y 200 € de coste de la licenciadeportiva.

Puntos: 10

* Más de 201 € de coste de la licencia deportiva..

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el coste de lalicencia deportiva.

1.2. Mutualidad y Canon:

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode mutualidad deportiva costeadas. Hasta 15 puntosde un total de 100 posibles.

MUTUALIDAD y CANON DEPORTIVO

* Hasta 100 € y 500 € de coste de la licenciadeportiva.

Puntos: 5

* Entre 501 € y 1.000 € de coste de la licenciadeportiva.

Puntos: 10

* Más de 1.001 € de coste de la licencia deportiva..

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el coste de lalicencia deportiva.

1.3. Arbitrajes o Jueces de competición

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode arbitrajes costeados. Hasta 15 puntos de un totalde 100 posibles.

ARBITRAJES

* Entre 100 € y 500 € de coste los arbitrajes o juecesde competición

Puntos: 5

* Entre 501 € y 1.500 € de coste los arbitrajes ojueces de competición

Puntos: 7

* Entre 1.501 € y 2.500 € de coste los arbitrajeso jueces de competición

Puntos: 10

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* Entre 2.501 € y 3.500 € de coste los arbitrajeso jueces de competición

Puntos: 12

* Más de 3.501 € de coste los arbitrajes o juecesde competición

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el número deArbitrajes costeadas.

1.4 Desplazamiento

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode desplazamientos costeados. Hasta 15 puntos de untotal de 100 posibles.

DESPLAZAMIENTOS

* Hasta 100 € y 500 € de coste de desplazamientosdeportivos

Puntos: 2,5

* Entre 501 € y 1.000 € de desplazamientosdeportivos

Puntos: 5

* Entre de 1.001 y 2.000 € de coste de desplazamientosdeportivos

Puntos: 7

* Entre de 2.001 y 3.000 € de coste de desplazamientosdeportivos

Puntos: 10

* Más de 3.001 € de coste de desplazamientosdeportivos

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificado

federativo en el que se especifique el número dedesplazamientos costeadas.

B. Participación del deportista individual encompeticiones oficiales

DEPORTISTAS INDIVIDUALES

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode participación en eventos deportivos costeadas.Hasta 10 puntos de un total de 100 posibles.

* Por participar en tres o más eventos deportivosen Fuerteventura de carácter no federado.

Puntos: 1,5

* Por participar en tres o más eventos deportivosen Fuerteventura de carácter federado.

Puntos: 2,5

* Por participar en un evento deportivo federado decarácter AUTONÓMICO

Puntos: 5

* Por participar en más de un evento deportivofederado de carácter AUTONÓMICO

Puntos: 7

* Por participar en un evento deportivo federado decarácter NACIONAL e INTERNACIONAL

Puntos: 10

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: En este apartadodeberá acreditarse la participación en el eventodeportivo mediante certificado de la federacióncorrespondiente de participación en el evento deportivo.De forma complementaria se podrán adjuntar documentosprobatorias y acreditativos oportunos de la organizacióndel evento; calendarios, inscripciones, cartelería, etc.

C. Consideración de Atención Especial

3.1 Apoyo a la Mujer y a Personas de Discapacidad

Programas o proyectos que incidan particularmenteen la participación en competiciones oficiales, en

9696 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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cualquiera de las modalidades deportivas y categorías,que merezcan atención especial. Hasta 05 puntos deun total de 100 posibles.

ACTIVIDAD DEPORTIVA

* Por acreditar: entre 01 y 10 licencias femeninasy/o discapacidad (inclusive).

Puntos: 1

* Por acreditar: entre 11 y 25 licencias femeninasy/o discapacidad (inclusive).

Puntos: 2,5

* Por acreditar: Más de 26 licencias femeninas y/odiscapacidad (inclusive).

Puntos: 5

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo y/o certificado del Secretario/a de la entidad,en el que se especifique el número de licenciasdeportivas costeadas.

3.2 Acervo Cultural:

- Número de Actividades Autóctonas:

Programas o proyectos de entidades deportivas ydeportistas que desarrollando como principal modalidady/o especialidad deportiva (incluidas secciones)cualquiera de las modalidades de los juegos y deportesautóctonos y tradicionales, promuevan la divulgacióny enseñanza del acervo deportivo y cultural deCanarias. En el caso de las Entidades Públicas Locales(Ayuntamientos) se valorará la organización deactividades que contribuyan a fortalecer la identidadpropia. Deportistas individuales de los juegos ydeportes autóctonos y tradicionales. Hasta 05 puntosde un total de 100 posibles.

ÁMBITO DE ACTUACIÓN

* Por participar de hasta 2 actividades. A nivel: insular//interinsular.

Puntos: 2,5

* Por participar de más de 2 actividades. A nivel:insular //interinsular

Puntos: 5

D. Material Deportivo

MATERIAL DEPORTIVO

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al materialdeportivos costeadas para entrenamiento y competición.Hasta 10 puntos de un total de 100 posibles

* Hasta 500 € de coste de material deportivo.

Puntos: 1,5

* Entre 501 € y 1.500 € de coste de materialdeportivo.

Puntos: 2,5

* Entre 1.501 € y 3.000 € de coste de materialdeportivo..

Puntos: 7

* Más de 3.001 € de coste de material deportivo

Puntos: 10

E. Formación:

Programas o proyectos relacionados con la formacióndeportiva. Hasta 05 puntos de un total de 100 posibles.

FORMACIÓN

* Por asistencia a: charlas, cursos, jornadas ycongresos

Puntos: 2,5

* Por organización de: charlas, cursos, jornadas ycongresos.

Puntos: 5

* Por asistencia y/u organización de: formaciónoficial que acredite la cualificación para impartirenseñanzas deportivas.

Puntos: 5

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadodel Secretario/a de la entidad. De forma complementaria

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se podrán adjuntar documentos probatorios y acreditativosoportunos de la formación; inscripciones, cartelería,etc.

Programas o proyectos de carácter deportivoespeciales por su calidad y singularidad. Hasta 05 puntosde un total de 100 posibles.

OTRAS CONSIDERACIONES ESPECIALES

* Como deportista individual acreditar formar partecomo ponente en charla, cursos, jornadas y congresos

Puntos: 2,5

* Por acreditar tres o más docentes de la Entidadel estar en posesión de una titulación oficial deportiva

Puntos: 2,5

* Por acreditar la entidad desarrollar actividades enmás de una sección, debidamente inscrita en el Registrode Entidades Deportivas de Canarias

Puntos: 5

* Por el desempeño de las funciones propias e lasfederaciones y delegaciones deportivas insulares

Puntos: 5

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno título oficialdeportivo.

Los porcentajes de distribución de los puntos seajustarán a las solicitudes presentadas en la presenteconvocatoria y a las Ayudas y Subvenciones queotras instituciones Subvencionan por la misma finalidad.

Condicionado a las disponibilidades presupuestarias,tendrán prioridad ente las solicitudes presentadas entiempo y forma, aquellos programas o proyectos queobtengan mayor puntuación valorada atendiendo a loscriterios de gastos establecidos. Excepcionalmente elórgano competente proceda al prorrateo entre losbeneficiarios de la subvención del importe globalmáximo destinado.

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADESSUBVENCIONADAS

ARTÍCULO 12. PLAZO DE EJECUCIÓN DELAS ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS.

Las actividades subvencionadas deberán realizarseen el plazo previsto de cada convocatoria anual queatenderá a las peculiaridades de la práctica deportivainsular, pudiendo procederse por anualidades o porperiodos de competición deportiva del 01 de Septiembrede 2017 al 30 de junio de 2018.

GASTOS SUBVENCIONABLES

ARTÍCULO 13. LOS GASTOS SUBVEN-CIONABLES.

Se considerarán gastos subvencionables, los siguientesfines y actuaciones de carácter deportivo:

Gastos realizados en la formación de los monitores,entrenadores y demás personal relacionados con lagestión del club. Gastos de formación , desarrollo yparticipación de carácter deportivo, y de formaciónen la materia, incluidos los necesarios para traslados,hospedaje y manutención, siempre que se hayanprevisto en el presupuesto del proyecto a subvencionar.

Gastos de Equipamiento deportivo para la participaciónen competiciones y Gastos de personal. Gastosnecesarios para el funcionamiento habitual de lasasociaciones, clubes, deportistas individuales yentidades cuyo objeto principal esté directamenterelacionado con las actividades deportivas y deformación en tal materia, así como actividades de difusiónde deportes autóctonos y de participación de la mujeren el deporte, siempre que se hayan previsto en elpresupuesto del proyecto a subvencionar, como son:- gastos de servicios profesionales. - materialesfungibles. - arrendamientos. - reparación. conservación.- suministros.

Gastos federativos no subvencionables por el CabildoInsular, Gastos necesarios para el ejercicio de laactividad deportiva de las asociaciones, clubes, odeportistas individual canon de inscripción, licenciasfederativas, mutualidad, etc.

Gastos de Material Deportivo y EquipamientoDeportivo para la participación en competiciones:material de entrenamiento y de competición.

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Gastos de desplazamiento relacionados con laparticipación en competiciones oficiales: transporte,alojamiento y manutención, no subvencionados porla Dirección General de Deportes y el Cabildo Insular.

Gastos de arbitraje- jueces de competición-órganosde control, los cuales en el desarrollo de las reglasdeportivas decretadas ordenan y regulan lascompeticiones.

Quedan expresamente excluidos los gastos de losde bienes destinados a la venta, las multas y recargospor prórroga o apremio impuestos por lasAdministraciones Públicas, y entre otros productosque se consideren, el alcohol y tabaco.

JUSTIFICACIÓN Y ABONO DE LASUBVENCIÓN

ARTÍCULO 14. JUSTIFICACIÓN Y ABONO DELA SUBVENCIÓN.

1. Con carácter General las subvenciones se abonarána los beneficiarios previa justificación de la realizaciónde la actividad y de los gastos.

2. La justificación de los gastos se realizará a travésde cuenta justificativa (Anexo III), donde se reflejarála justificación de:

La actividad deportiva: documento redactado tipoMemoria deportiva que refleje el cumplimiento de lascondiciones impuestas en la concesión de la subvención,con indicación de las actividades realizadas y de losresultados obtenidos, en la que se incluirá los certificadosfederativos que especifiquen el número de licenciasdeportivas tramitadas, calendarios de participación oinscripciones/solicitudes de competición federada ono federada, carteles del evento, listados de inscripcióny asistencia, fotografías, etc. (El incumplimiento dela justificación de actividad deportiva solicitada podrádar lugar al prorrateo de la puntuación obtenida y suoportuna minoración de la subvención).

De los gastos mediante Memoria Económica (elincumplimiento de la justificación de actividadeconómica solicitada podrá dar lugar al prorrateo dela puntuación obtenida y su oportuna minoración dela subvención) con la aportación de la facturación ydocumentación oportuna:

Gastos corrientes: Facturas originales del total delos gastos efectivamente realizados de acuerdo al

presupuesto que fundamenta la subvención, y deberáncumplir los requisitos exigidos en la legislaciónvigente: nombre, dirección, NIF o CIF del expendedor,descripción detallada del gasto, contraprestación totalcon su correspondiente IGIC en su caso y datosidentificativos y CIF de la entidad que realiza elgasto; acreditación de que el importe total ha sido pagado.Además, podrán ser admitidos como justificantes degastos los documentos con valor probatorio equivalenteen el tráfico jurídico mercantil o con eficacia mercantilo con eficacia administrativa en original. Los Gastosfederativos: - factura o Certificado emitido por laFederación-Delegación correspondiente sobre losgastos federativos efectivamente pagados por elbeneficiario.

Gastos de desplazamiento relacionados con laparticipación en competiciones. oficiales: transporte,alojamiento y manutención: facturas originales delos gastos efectivamente realizados.

Gastos de arbitraje- jueces de competición-órganosde control factura o certificado emitido por el Comitéde Árbitros de la Delegación/Federación correspondiente,sobre los pagos efectivamente realizados durante latemporada objeto de subvención.

Gastos federativos no subvencionables por el CabildoInsular factura o certificado emitido por laDelegación/Federación correspondiente, sobre lospagos efectivamente realizados durante la temporadaobjeto de subvención.

Gastos de Material Deportivo para la participaciónen competiciones: material de entrenamiento y decompetición: facturas originales de los gastosefectivamente realizados.

Gastos realizados en la formación de los monitores,entrenadores y demás personal relacionados con lagestión del club: facturas originales de los gastosefectivamente realizados por las entidades dehomologaciones de formación realizados durante latemporada.

Gastos de Equipamiento deportivo para la participaciónen competiciones y gastos de personal: factura ocertificado emitido por las entidades correspondiente,sobre los pagos efectivamente realizados durante latemporada objeto de subvención.

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c) Los beneficiarios podrán acogerse a la CuentaJustificativa Simplificada que contendrá la siguienteinformación:

Una relación clasificada de los gastos e inversionesde la actividad con el montante total solicitado, conidentificación del acreedor y del documento, suimporte, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.En caso de que la subvención se otorgue con arregloa un presupuesto estimado, se indicarán las desviacionesacaecidas.

Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayanfinanciado la actividad subvencionada con indicacióndel importe y su procedencia.

En su caso, carta de pago de reintegro en el supuestode remanentes no aplicados así como de los interesesderivados de los mismos.

El órgano concedente comprobará la evidenciarazonable sobre la adecuada aplicación de la subvencióna través de técnicas de muestreo solicitando el totalde la facturación por el montante económico concedido,no obstante, se podrá requerir la totalidad de lafacturación a criterio del Órgano Instructor.

3. Se podrá solicitar prórroga del plazo de justificaciónen casos excepcionales y debidamente justificados apetición del beneficiario.

4. Las justificaciones irán dirigidas a la Sr. Alcaldedel Ayuntamiento de La Oliva, especificando laConcejalía de Deportes y se presentarán en el RegistroGeneral del Ayuntamiento de La Oliva, , especificandola Sección de Deportes

LA PÉRDIDA DEL DERECHO AL COBRO DELA SUBVENCIÓN

ARTÍCULO 15. COMPATIBILIDADES Y LAPÉRDIDA DEL DERECHO AL COBRO DE LASUBVENCIÓN.

La subvención que regula la presente convocatoriapresenta compatibilidad con otras subvenciones,ayudas, ingresos o recursos para misma finalidadprocedentes de cualesquiera Administraciones o entespúblicos o privados, nacionales, de la Unión europeao de organismos internacionales.

Se perderá el derecho al cobro total de la subvencióncuando no se presente la documentación justificativa

en el plazo establecido en el artículo 13º de la presenteconvocatoria o por la no realización de la actividadobjeto de la subvención conforme a la documentaciónpresentada.

Se perderá el derecho al cobro parcial de la subvencióncuando el beneficiario haya obtenido para la mismaactuación o finalidad otras subvenciones o ayudaspúblicas o privadas, que sumadas a las del Ayuntamiento,superen el porcentaje de los costes totales así comopor considerarse incompleta la justificación aportada,en tal caso se recalculará la subvención de acuerdoal porcentaje concedido sobre el presupuesto inicial.

La pérdida del derecho al cobro total o parcial dela subvención será declarada por el órgano concedente.Las causas de nulidad y anulabilidad serán lasestablecidas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas.

REINTEGRO, INFRACCIONES ADMINIS-TRATIVAS Y RESPONSABILIDADES EN MATERIADE SUBVENCIONES

ARTÍCULO 16. REINTEGRO, INFRACCIONESADMINISTRATIVAS Y RESPONSABILIDADESEN MATERIA DE SUBVENCIONES.

Procederá el reintegro de las cantidades percibidasy la exigencia del interés de demora correspondientedesde el momento del pago de la subvención hastala fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro,en los casos establecidos en el artículo 37 de la LeyGeneral de Subvenciones y artículo 16 de las OrdenanzasGenerales del Ayuntamiento de La Oliva.

ARTÍCULO 17. CONTROL FINANCIERO

El Control Financiero se formulará de acuerdo a loprevisto en materia de subvenciones en el artículo 213del texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, el artículo 44 de la Ley Generalde Subvenciones, y artículo de la Ordenanza Generalde Subvenciones del Ayuntamiento de La Oliva.

ARTÍCULO 18. DISPOSICIÓN FINAL

La presente convocatoria será de aplicación para laconcesión de subvenciones con el objeto regulado enlas mismas para el ejercicio 2018.

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En La Oliva, a veintiséis de septiembre de dos mildieciocho.

LA CONCEJALA DELEGADA DE DEPORTES,Gleiber Carreño Lasso.

150.156

ANUNCIO5.783

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICADEL AYUNTAMIENTO DE LA OLIVA,SUBVENCIONES DEPORTIVAS GENÉRICASAÑO 2018

BDNS (Identif.): 416686

Extracto de la convocatoria del Ayuntamiento de LaOliva, Subvenciones Deportivas Genéricas año 2018,aprobada por Junta de Gobierno Local el 11 deseptiembre 2018, por la que se convocan subvencionesdeportivas genéricas para el año 2018 por elprocedimiento de concurrencia competitiva.

De conformidad con lo previsto en los artículos17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre,General de Subvenciones, se publica el extracto dela convocatoria cuyo texto completo puede consultarseen la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

1. OBJETO

ARTÍCULO 3. OBJETO, FINALIDAD Y LÍNEASDE LA SUBVENCIÓN

El objeto de la presente convocatoria es regular laconcesión de subvenciones en materia de deportes,en régimen de concurrencia competitiva, basándoseen los principios de publicidad, transparencia,concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación,con la finalidad de promocionar de manera efectivala actividad físico-deportiva y crear hábitos de vidasaludable en la población insular.

Se considerarán objeto de subvención con caráctergeneral las Acciones Federadas de carácter regular(organizada mediante calendarios oficiales y sistemasde control arbitral) de los deportes de equipo eindividuales. Excepcionalmente serán objeto desubvención los gastos de funcionamiento (canon,licencias, mutualidad, transportes, arbitrajes, material

y equipamiento deportivo, cursos de formación,alojamientos, manutención etc…) generados enaquellas acciones Federadas de carácter regular quese organicen por el sistema de concentraciones, etc.y los generados por la competición regular nacional,interinsular si no existe la misma a nivel insular, losproyectos de especial atención e interés deportivo yde los Colectivos de atención especial. Deberáacreditarse su excepcionalidad mediante la oportunadocumentación

LÍNEA DE APOYO:

- GASTOS DE COMPETICIONES: gastosfederativos, y de competición, material de entrenamientoy competición y cursos relacionados con la formaciónprofesional etc... para la participación en competicionesinsulares e interinsulares o nacionales y actividadesdeportivas de capacitación y jornadas deportivas, etc.

- GASTOS DE ARBITRAJE Y JUECES DECOMPETICIÓN: Actividad arbitral para la realizacióny control de la Competición Deportiva.

- GASTOS EN TRANSPORTE TERRESTRE,MARÍTIMO y AÉREO: Elementos de transporte dedeportistas o de elementos alojamientos, manutención.

- GASTOS DE MATERIALES y EQUIPAMIENTOSDEPORTIVOS imprescindibles para la actividaddeportiva.

REQUISITOS PARA SOLICITAR SUBVENCIÓN

ARTÍCULO 4. REQUISITOS GENERALES: LosBeneficiarios.

Tendrán la consideración de beneficiarios losresidentes o Entidades con sede deportiva en elmunicipio de la Oliva que fomenten actividadesdeportivas en el Municipio de La Oliva:

1. Las asociaciones privadas formadas tanto porpersonas físicas como jurídicas, dotadas de personalidadjurídica propia con capacidad de obrar que tengan porobjeto primordial el fomento y la práctica del deportey figuren inscritos en el Registro de Entidadesdeportivas de Canarias: Clubes deportivos, Gruposde recreación físico-deportivas, Clubes registrados porentidades No deportivas

2. Los de deportistas de deportes individualespertenecientes (previo estudio de compatibilidad

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respecto a pertenencia a la Entidad Deportiva matriz)o no pertenecientes, a las asociaciones anteriormentemencionadas con licencia federativa de carácterindependiente.

3. Los deportistas cuyos logros relevantes o resultadosen competición regular federada merezcan otraconsideración especial, y que por motivos deportivoso de estudios deban de desarrollar su actividad fuerade la Isla.

4. Para ser beneficiario SE REQUIERE del solicitanteque se encuentre:

Al corriente de sus obligaciones: Fiscales con lasHaciendas Estatal y de la Comunidad AutónomaCanaria, frente a la Seguridad Social y Registrales conel Registro de Entidades Deportivas Canarias, teniendoen posesión del oportuno certificado que así lo acredite.

No ser deudoras por resolución de procedencia dereintegro, que no tenga pendientes justificaciones desubvenciones concedidas con anterioridad y estar alcorriente con las obligaciones de pago con esteAyuntamiento, en el momento de la concesión.

No estar incurso en alguna de las circunstancias queestablece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones.

ARTÍCULO 5. OBLIGACIONES DE LOSBENEFICIARIOS

Los Beneficiarios estaran sujetos a las siguientesobligaciones:

Comunicar al Ayuntamiento de La Oliva cualquiereventualidad en el desarrollo de la actividadsubvencionada, en el momento que se produzca.

Justificar ante el Ayuntamiento de La Oliva, elcumplimiento de los requisitos y condiciones, asícomo la realización de la actividad y finalidad quedetermine la concesión de la subvención.

Conservar los documentos justificativos de larealización del proyecto o actividad subvencionada,incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedanser objeto de las actuaciones de control y comprobación

Proceder al reintegro de la subvención concedidaen los supuestos contemplados en el artículo 37 dela Ley General de Subvenciones.

Realizar el proyecto o actividad que fundamentó laconcesión de la subvención.

Hacer constar en toda su información, vestimenta,publicaciones y publicidad, que la actividad estásubvencionada por el Ayuntamiento de La Oliva,Concejalía de Deportes, utilizando el logotipo aprobadopor el Ayuntamiento de la Oliva, conforme a lasinstrucciones recogidas en cada convocatoria, aexcepción de las actividades en las que no se elaboredocumentación o programa impreso. Teniendo encuenta la complejidad de los distintos deportes, en algúncaso concreto, se estudiará por representantes de laEntidad Beneficiaria y de la Concejalía de Deportes,la ubicación de la propaganda institucional.

Facilitar toda la información que le sea debidamenterequerida por el Ayuntamiento de La Oliva y sometersea las actuaciones de comprobación y control relacionadascon las subvenciones concedidas.

Acreditar los requisitos exigidos para tener accesoa la subvención.

Comunicar al Ayuntamiento de La Oliva la obtenciónde otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad,procedente de cualquier otra administración públicao institución privada.

FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LASOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

ARTÍCULO 6. FORMA Y PLAZO DEPRESENTACIÓN.

Las solicitudes se formularán en el modelo quefigura como Anexo I de esta convocatoria. Se dirigiránal Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán en elRegistro de entrada del Ayuntamiento o por cualquierade los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las AdministracionesPúblicas, en el 20 días hábiles contados a partir de lapublicación de esta convocatoria en el BOP de laProvincia de Las Palmas.

4. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

ARTÍCULO 7. DOCUMENTACIÓN APRESENTAR CON LA SOLICITUD

Los solicitantes deberán aportar:

1. Solicitud dirigida al Sr. Alcalde (Anexo I).

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2. Copias compulsadas de la siguiente documentación:

- Documento acreditativo de la personalidad delsolicitante y, en su caso, de la representación delactuante.

- Número de Identificación Fiscal o Código deIdentificación Fiscal del solicitante.

- Alta fundacional y estatutos, actualizados y alcorriente de sus obligaciones registrales ante elRegistro de Entidades Deportivas Canarias.

3. Declaración responsable de las subvencionesobtenidas para la misma finalidad y de no estar incursoen ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Generalde Subvenciones.

4. Certificados emitidos por los órganos competentesacreditativos de estar al corriente en las obligacionesfiscales (Hacienda Autonómica y Hacienda Estatal)y con la Seguridad Social. En tal caso, se aplicará lodispuesto al efecto en el artículo 24 del Real Decreto887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba elReglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones.

5. Memoria explicativa.

6. Alta a terceros (el impreso será facilitado por laTesorería o la Unidad Administrativa que tramite elexpediente).

7. Documentos necesarios para tener en cuenta enlas valoraciones especificadas en los criterios dedistribución (punto 6):

- Calendarios oficiales temporadas 2017-2018.

- Presupuestos de ingresos y gastos, relacionadoscon la actividad deportiva federada

8. Posterior a la publicación de la resolución,presentar cuenta justificativa (anexo IV).

En toda documentación complementaria que seapresentada posteriormente para unir al expediente sedeberá indicar el nombre del solicitante y de laconvocatoria a la que corresponda.

En el supuesto de que los documentos exigidos yaestuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante,

siempre que no hayan transcurrido más de cinco añosdesde la finalización del procedimiento al quecorrespondan, podrá hacer uso de su derecho a nopresentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano odependencia en que fueron presentado o emitidos.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LASSUBVENCIONES

ARTÍCULO 8. PROCEDIMIENTO DECONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES

El órgano competente es la Junta de GobiernoMunicipal de conformidad con el decreto dedelegación número 875 de 18 de mayo de 2017, queiniciará el procedimiento aprobando la ConvocatoriaPública y ordenando su publicación en el BoletínOficial de La Provincia de las Palmas así como ensegún la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Generalde Subvenciones, en la página web del SistemaNacional de Publicación de Subvencioneshttp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, y enel tablón de edictos y en la página Web oficial delAyuntamiento de La Oliva.

El procedimiento de concesión de las subvencionestendrá carácter ordinario y se tramitará en régimende concurrencia competitiva en la forma que establecela Ordenanza General Reguladora de Subvencionesdel Ayuntamiento de La Oliva, así como en losartículos 23 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, siguiendo elsiguiente procedimiento:

1. El Órgano Instructor, Sección de Deportes estaráconstituido como mínimo por los siguientes miembrostécnicos y administrativos, y otros a quienes sedesignen en cada convocatoria, verificará el cumplimientode las condiciones establecidas en la presenteconvocatoria para adquirir la condición de beneficiario.

2. Examinadas las solicitudes presentadas en plazo,en los casos de insuficiencia de algún documento, laConcejalía de Deportes, requerirá al interesado, paraque subsane la falta o acompañe los documentosrequeridos, en un plazo máximo e improrrogable dediez días hábiles, con indicación de que si así no lohiciera, se le tendrá por desistida su petición, previaresolución por la Junta de Gobierno municipal quedeberá ser dictada en los términos previstos según Ley39/2015, de 01 de octubre, de Régimen Jurídico de

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las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

3. La notificación del requerimiento se realizará enlos términos previsto en el Art. 42 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento AdministrativoComún de las Administraciones Públicas, a través dela publicación en los Tablones Oficiales del Ayuntamientode La Oliva y página Web oficial, en el plazo fijadoen la convocatoria del ejercicio correspondiente, conapercibimiento de que, de no hacerse, se archivará sinmás trámite la documentación recibida.

4. El órgano instructor, una vez verificados losexpedientes, elevará formalmente al órgano colegiadopara su estudio e informe, aquellos expedientes quehan reunido las condiciones establecidas en la presenteconvocatoria, procediéndose a la propuesta de resoluciónprovisional y definitiva conforme a lo dispuesto enel artículo 10 de la Ordenanza General Reguladorade subvenciones del Ayuntamiento de La Oliva.

5. El Órgano Colegiado estará constituido comomínimo por los siguientes miembros, la/el Concejala/oDelegada/o correspondiente, dos Técnicas/os de laSección de Deportes nombrados por la/el Consejera/oDelegada/o en materia de Deportes y otros a quienesse designen en cada convocatoria.

6. El Órgano Instructor, a la vista de los expedientese informes del Órgano Colegiado, realizará la propuestade resolución provisional con la relación de beneficiariosque expresará la cuantía de la subvención y puntuaciónobtenida, procediéndose a publicar la propuesta,otorgando plazo de 10 días para presentación dealegaciones, la aceptación expresa de la subvenciónconcedida y la posibilidad de reformulación de la solicitudpara ajustar los compromisos y condiciones de lasubvención otorgable. Dicha reformulación desolicitudes deberá respetar el objeto, condiciones yfinalidad de la subvención, así como los criterios devaloración establecidos respecto de las solicitudes opeticiones (Anexo III).

7. La notificación de la propuesta de resoluciónprovisional a los interesados se realizará medianteinserción en el tablón de anuncios y página Web delAyuntamiento de La Oliva pudiendo ser informadoel beneficiario mediante medios electrónicos ocualquiera de las opciones preferentes que elija en susolicitud.

8. El Órgano Instructor remitirá al Órgano Colegiadolas alegaciones presentadas en su caso, que resolverácon una propuesta definitiva. Dicha propuesta seráremitida a la Intervención General para su fiscalizaciónpor parte del Órgano Instructor para su posteriorelevación a la Junta de Gobierno Local.

9. La propuesta de resolución definitiva deberácontener la relación de solicitantes a los que se lesconcede, puntuación, importe de la concesión, asícomo de manera expresa, la desestimación del restode las solicitudes. Condicionado a las disponibilidadespresupuestarias, tendrán prioridad entre las solicitudespresentadas en tiempo y forma, aquellos proyectosde eventos que obtengan mayor puntuación valoradaatendiendo a los criterios establecidos. Excepcionalmenteel órgano competente procederá al prorrateo entre losbeneficiarios de la subvención del importe globalmáximo destinado.

10. El Órgano Concedente, el Junta de Gobierno Localdel Ayuntamiento de La Oliva resolverá en un soloacto la convocatoria. El plazo máximo para resolvery notificar la resolución del procedimiento será de seismeses, contados a partir de la publicación de lacorrespondiente convocatoria. La notificación de laconcesión será comunicada a los interesados en lostérminos previstos en el artículo 42 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento AdministrativoComún de las Administraciones Públicas.

ARTÍCULO 9. PUBLICIDAD DE LASSUBVENCIONES CONCEDIDAS.

Serán publicadas según la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, en la páginaweb del Sistema Nacional de Publicación deSubvencioneshttp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index., asícomo en el tablón de edictos y en la página Weboficial del Ayuntamiento de La Oliva

ARTÍCULO 10. CONCESIONARIOS DE LASUBVENCIÓN.

La notificación de la concesión será comunicada alos interesados en los términos previstos en el artículo42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las AdministracionesPúblicas, así mismo se publicará en el tablón deedictos y en la página Web oficial del Ayuntamientode La Oliva

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El acto de resolución de la subvención agota la víaadministrativa.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 123y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas, contra dicha resoluciónpodrá interponerse recurso potestativo de reposiciónante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el términode un mes a contar desde el día siguiente de larecepción de la notificación, o bien directamenterecurso contencioso administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas enel plazo de dos meses, a contar desde el día siguienteal de la recepción de la notificación, de conformidadcon el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LASSOLICITUDES

ARTÍCULO 11. CRITERIOS DE VALORACIÓNDE LAS SOLICITUDES

1.COLECTIVOS E INDIVIDUALES

Las asociaciones privadas formadas tanto porpersonas físicas como jurídicas, dotadas de personalidadjurídica propia con capacidad de obrar que tengan porobjeto primordial el fomento y la práctica del deportey figuren inscritos en el Registro de Entidadesdeportivas de Canarias: Clubes deportivos, Gruposde recreación físico-deportivas, Clubes registrados porentidades No deportivas

Los de deportistas de deportes individualespertenecientes (previo estudio de compatibilidadrespecto a pertenencia a la Entidad Deportiva matriz)o no pertenecientes, a las asociaciones anteriormentemencionadas con licencia federativa de carácterindependiente.

Procurando garantizar la mayor objetividad en laconcesión de las subvenciones reguladas en estaconvocatoria, se consideraran gastos subvencionadospara los siguientes fines y actuaciones de carácterdeportivo GASTOS DE COMPETICIÓNFEDERATIVOS, GASTOS DE ARBITRAJE YJUECES DE COMPETICIÓN, GASTOS ENTRANSPORTE TERRESTRE , MARÍTIMO YAÉREO, GASTOS DE FORMACIÓN, MATERIALESY EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS imprescindibles

para la actividad en competiciones deportivas, hastaun total de 10.000,00 € del gasto del presupuestopresentado sobre un baremo donde se establecen 100puntos a repartir en los siguientes criterios de valoración:

Deportes Colectivo:

A. Gastos de Competición: Costes federativos

1.1 Números de Licencias:

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode licencias federativas costeadas. Hasta 15 puntosde un total de 100 posibles.

LICENCIAS FEDERATIVAS

* 1-10 licencias.

Puntos: 1

* 11-25 licencias.

Puntos: 5

* 26-50 licencias.

Puntos: 7

* 51-100 licencias.

Puntos: 10

* 101-150 licencias.

Puntos: 12

* Más de 151 licencias.

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el número delicencias deportivas costeadas.

1.3 Mutualidad y Canon:

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo a lamutualidad y el canon deportivo costeadas. Hasta 15puntos de un total de 100 posibles.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9705

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MUTUALIDAD Y CANON FEDERATIVO

* Entre 100 € y 1.000 € de coste de la mutualidaddeportiva.

Puntos: 5

* Entre 1.001 € y 3.000 € de coste de la mutualidaddeportiva.

Puntos: 10

* Más de 3.001 € de coste de la mutualidad deportiva..

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el coste de lalicencia deportiva.

1.4 Arbitrajes

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode arbitrajes costeados. Hasta 10 puntos de un totalde 100 posibles.

ARBITRAJES

* Entre 100 € y 500 € de coste los arbitrajesdeportivos

Puntos: 2,5

* Entre 501 € y 1.500 € de coste los arbitrajesdeportivos

Puntos: 5

* Entre 1.501 € y 2.500 € de coste los arbitrajesdeportivos

Puntos: 7

* Más de 2.501 € de coste los arbitrajes deportivos

Puntos: 10

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el número deArbitrajes costeadas.

1.5 Desplazamiento.

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode desplazamientos costeados. Hasta 15 puntos de untotal de 100 posibles.

DESPLAZAMIENTOS

* Hasta 100 € y 500 € de coste de desplazamientos

deportivos

Puntos: 5

* Entre 501 € y 1.000 € de desplazamientos

deportivos

Puntos: 7

* Entre de 1.001 y 2.000 € de coste de desplazamientos

deportivos

Puntos: 10

* Entre de 2.001 y 3.000 € de coste de desplazamientos

deportivos

Puntos: 12

* Más de 3.001 € de coste de desplazamientos

deportivos

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el número dedesplazamientos costeadas.

B. Consideración de Atención Especial

2.1 Apoyo a la Mujer y a Personas de Discapacidad

Programas o proyectos que incidan particularmenteen la participación en competiciones oficiales, encualquiera de las modalidades deportivas y categorías,que merezcan atención especial. Hasta 05 puntos deun total de 100 posibles.

9706 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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ACTIVIDAD DEPORTIVA CONSIDERACIÓNATENCIÓN ESPECIAL

* Por acreditar: entre 01 y 10 licencias femeninasy/o discapacidad (inclusive).

Puntos: 1

* Por acreditar: entre 11 y 25 licencias femeninasy/o discapacidad (inclusive).

Puntos: 2,5

* Por acreditar: Más de 26 licencias femeninas y/odiscapacidad (inclusive).

Puntos: 5

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo y/o certificado del Secretario/a de la entidad,en el que se especifique el número de licenciasdeportivas costeadas.

2.2 Acervo Cultural:

1.1- Número de Actividades Autóctonas:

Programas o proyectos de entidades deportivas ydeportistas que desarrollando como principal modalidady/o especialidad deportiva (incluidas secciones)cualquiera de las modalidades de los juegos y deportesautóctonos y tradicionales, promuevan la divulgacióny enseñanza del acervo deportivo y cultural deCanarias. Deportistas individuales de los juegos y deportesautóctonos y tradicionales. Hasta 05 puntos de un totalde 100 posibles.

ÁMBITO DE ACTUACIÓN

* Por participar de hasta 2 actividades. A nivel: insular//interinsular.

Puntos: 2,5

* Por participar de más de 2 actividades. A nivel:insular //interinsular

Puntos: 5

C. Formación:

Programas o proyectos relacionados con la formacióndeportiva. Hasta 10 puntos de un total de 100 posibles.

FORMACIÓN

* Por asistencia a: charlas, cursos, jornadas ycongresos

Puntos: 2,5

* Por organización de: charlas, cursos, jornadas ycongresos.

Puntos: 7

* Por asistencia y/u organización de: formaciónoficial que acredite la cualificación para impartirenseñanzas deportivas.

Puntos: 10

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadodel Secretario/a de la entidad. De forma complementariase podrán adjuntar documentos probatorios y acreditativosoportunos de la formación; inscripciones, cartelería,etc.

Programas o proyectos de carácter deportivoespeciales por su calidad y singularidad. Hasta 05 puntosde un total de 100 posibles.

OTRAS CONSIDERACIONES ESPECIALES

* Como deportista individual acreditar formar partecomo ponente en charla, cursos, jornadas y congresos

Puntos: 2,5

* Por acreditar tres o más docentes de la Entidadel estar en posesión de una titulación oficial deportiva

Puntos: 2,5

* Por acreditar la entidad desarrollar actividades enmás de una sección, debidamente inscrita en el Registrode Entidades Deportivas de Canarias

Puntos: 5

* Por el desempeño de las funciones propias e lasfederaciones y delegaciones deportivas insulares

Puntos: 5

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9707

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* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno título oficialdeportivo.

D. Material Deportivo:

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al materialdeportivos costeadas para entrenamiento y competición.Hasta 10 puntos de un total de 100 posibles.

MATERIAL DEPORTIVO

* Entre 500 € y 1.000 € de coste de materialdeportivo.

Puntos: 2,5

* Entre 1.001 € y 2.500 € de coste de materialdeportivo.

Puntos: 7

* Más de 2.501 € de coste de material deportivo..

Puntos: 10

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el coste de lalicencia deportiva.

E. Inversiones Equipamiento Deportivo:

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al equipamientodeportivo costeadas para entrenamiento y competición.Hasta 10 puntos de un total de 100 posibles.

INVERSIONES EQUIPAMIENTOS DEPORTIVO

* Entre 500 € y 1.000 € de coste de materialdeportivo.

Puntos: 2,5

* Entre 1.001 € y 2.500 € de coste de materialdeportivo.

Puntos: 7

* Más de 2.501 € de coste de material deportivo..

Puntos: 10

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el coste de lalicencia deportiva.

Deportes Individual:

A. Gastos de Competición:

1.1. Licencias

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode licencias federativas costeadas. Hasta 15 puntosde un total de 100 posibles.

LICENCIAS FEDERATIVAS

* Hasta 100 € de coste de la licencia deportiva.

Puntos: 5

* Entre 101 € y 200 € de coste de la licenciadeportiva.

Puntos: 10

* Más de 201 € de coste de la licencia deportiva..

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el coste de lalicencia deportiva.

1.2. Mutualidad y Canon:

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode mutualidad deportiva costeadas. Hasta 15 puntosde un total de 100 posibles.

MUTUALIDAD y CANON DEPORTIVO

* Hasta 100 € y 500 € de coste de la licenciadeportiva.

Puntos: 5

9708 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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* Entre 501 € y 1.000 € de coste de la licenciadeportiva.

Puntos: 10

* Más de 1.001 € de coste de la licencia deportiva..

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el coste de lalicencia deportiva.

1.3. Arbitrajes o Jueces de competición

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode arbitrajes costeados. Hasta 15 puntos de un totalde 100 posibles.

ARBITRAJES

* Entre 100 € y 500 € de coste los arbitrajes o juecesde competición

Puntos: 5

* Entre 501 € y 1.500 € de coste los arbitrajes ojueces de competición

Puntos: 7

* Entre 1.501 € y 2.500 € de coste los arbitrajeso jueces de competición

Puntos: 10

* Entre 2.501 € y 3.500 € de coste los arbitrajeso jueces de competición

Puntos: 12

* Más de 3.501 € de coste los arbitrajes o juecesde competición

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el número deArbitrajes costeadas.

1.4 Desplazamiento

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode desplazamientos costeados. Hasta 15 puntos de untotal de 100 posibles.

DESPLAZAMIENTOS

* Hasta 100 € y 500 € de coste de desplazamientosdeportivos

Puntos: 2,5

* Entre 501 € y 1.000 € de desplazamientosdeportivos

Puntos: 5

* Entre de 1.001 y 2.000 € de coste de desplazamientosdeportivos

Puntos: 7

* Entre de 2.001 y 3.000 € de coste de desplazamientosdeportivos

Puntos: 10

* Más de 3.001 € de coste de desplazamientosdeportivos

Puntos: 15

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo en el que se especifique el número dedesplazamientos costeadas.

B. Participación del deportista individual encompeticiones oficiales

DEPORTISTAS INDIVIDUALES

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al númerode participación en eventos deportivos costeadas.Hasta 10 puntos de un total de 100 posibles.

* Por participar en tres o más eventos deportivosen Fuerteventura de carácter no federado.

Puntos: 1,5

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9709

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* Por participar en tres o más eventos deportivosen Fuerteventura de carácter federado.

Puntos: 2,5

* Por participar en un evento deportivo federado decarácter AUTONÓMICO

Puntos: 5

* Por participar en más de un evento deportivofederado de carácter AUTONÓMICO

Puntos: 7

* Por participar en un evento deportivo federado decarácter NACIONAL e INTERNACIONAL

Puntos: 10

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: En este apartadodeberá acreditarse la participación en el eventodeportivo mediante certificado de la federacióncorrespondiente de participación en el evento deportivo.De forma complementaria se podrán adjuntar documentosprobatorias y acreditativos oportunos de la organizacióndel evento; calendarios, inscripciones, cartelería, etc.

C. Consideración de Atención Especial

3.1 Apoyo a la Mujer y a Personas de Discapacidad

Programas o proyectos que incidan particularmenteen la participación en competiciones oficiales, encualquiera de las modalidades deportivas y categorías,que merezcan atención especial. Hasta 05 puntos deun total de 100 posibles.

ACTIVIDAD DEPORTIVA

* Por acreditar: entre 01 y 10 licencias femeninasy/o discapacidad (inclusive).

Puntos: 1

* Por acreditar: entre 11 y 25 licencias femeninasy/o discapacidad (inclusive).

Puntos: 2,5

* Por acreditar: Más de 26 licencias femeninas y/odiscapacidad (inclusive).

Puntos: 5

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadofederativo y/o certificado del Secretario/a de la entidad,en el que se especifique el número de licenciasdeportivas costeadas.

3.2 Acervo Cultural:

- Número de Actividades Autóctonas:

Programas o proyectos de entidades deportivas ydeportistas que desarrollando como principal modalidady/o especialidad deportiva (incluidas secciones)cualquiera de las modalidades de los juegos y deportesautóctonos y tradicionales, promuevan la divulgacióny enseñanza del acervo deportivo y cultural deCanarias. En el caso de las Entidades Públicas Locales(Ayuntamientos) se valorará la organización deactividades que contribuyan a fortalecer la identidadpropia. Deportistas individuales de los juegos ydeportes autóctonos y tradicionales. Hasta 05 puntosde un total de 100 posibles.

ÁMBITO DE ACTUACIÓN

* Por participar de hasta 2 actividades. A nivel: insular//interinsular.

Puntos: 2,5

* Por participar de más de 2 actividades. A nivel:insular //interinsular

Puntos: 5

D. Material Deportivo

MATERIAL DEPORTIVO

Programas o proyectos de participación encompeticiones oficiales en cualquiera de las modalidadesdeportivas y ámbito territorial, atendiendo al materialdeportivos costeadas para entrenamiento y competición.Hasta 10 puntos de un total de 100 posibles

* Hasta 500 € de coste de material deportivo.

Puntos: 1,5

* Entre 501 € y 1.500 € de coste de materialdeportivo.

Puntos: 2,5

9710 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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* Entre 1.501 € y 3.000 € de coste de materialdeportivo..

Puntos: 7

* Más de 3.001 € de coste de material deportivo

Puntos: 10

E. Formación:

Programas o proyectos relacionados con la formacióndeportiva. Hasta 05 puntos de un total de 100 posibles.

FORMACIÓN

* Por asistencia a: charlas, cursos, jornadas ycongresos

Puntos: 2,5

* Por organización de: charlas, cursos, jornadas ycongresos.

Puntos: 5

* Por asistencia y/u organización de: formaciónoficial que acredite la cualificación para impartirenseñanzas deportivas.

Puntos: 5

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno certificadodel Secretario/a de la entidad. De forma complementariase podrán adjuntar documentos probatorios y acreditativosoportunos de la formación; inscripciones, cartelería,etc.

Programas o proyectos de carácter deportivoespeciales por su calidad y singularidad. Hasta 05 puntosde un total de 100 posibles.

OTRAS CONSIDERACIONES ESPECIALES

* Como deportista individual acreditar formar partecomo ponente en charla, cursos, jornadas y congresos

Puntos: 2,5

* Por acreditar tres o más docentes de la Entidadel estar en posesión de una titulación oficial deportiva

Puntos: 2,5

* Por acreditar la entidad desarrollar actividades enmás de una sección, debidamente inscrita en el Registrode Entidades Deportivas de Canarias

Puntos: 5

* Por el desempeño de las funciones propias e lasfederaciones y delegaciones deportivas insulares

Puntos: 5

* EN FASE DE JUSTIFICACIÓN: Este apartadodeberá justificarse mediante el oportuno título oficialdeportivo.

Los porcentajes de distribución de los puntos seajustarán a las solicitudes presentadas en la presenteconvocatoria y a las Ayudas y Subvenciones queotras instituciones Subvencionan por la misma finalidad.

Condicionado a las disponibilidades presupuestarias,tendrán prioridad ente las solicitudes presentadas entiempo y forma, aquellos programas o proyectos queobtengan mayor puntuación valorada atendiendo a loscriterios de gastos establecidos. Excepcionalmente elórgano competente proceda al prorrateo entre losbeneficiarios de la subvención del importe globalmáximo destinado.

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADESSUBVENCIONADAS

ARTÍCULO 12. PLAZO DE EJECUCIÓN DELAS ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS.

Las actividades subvencionadas deberán realizarseen el plazo previsto de cada convocatoria anual queatenderá a las peculiaridades de la práctica deportivainsular, pudiendo procederse por anualidades o porperiodos de competición deportiva del 01 de Septiembrede 2017 al 30 de junio de 2018.

GASTOS SUBVENCIONABLES

ARTÍCULO 13. LOS GASTOS SUBVEN-CIONABLES.

Se considerarán gastos subvencionables, los siguientesfines y actuaciones de carácter deportivo:

Gastos realizados en la formación de los monitores,entrenadores y demás personal relacionados con lagestión del club. Gastos de formación , desarrollo yparticipación de carácter deportivo, y de formación

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9711

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en la materia, incluidos los necesarios para traslados,hospedaje y manutención, siempre que se hayanprevisto en el presupuesto del proyecto a subvencionar.

Gastos de Equipamiento deportivo para la participaciónen competiciones y Gastos de personal. Gastosnecesarios para el funcionamiento habitual de lasasociaciones, clubes, deportistas individuales yentidades cuyo objeto principal esté directamenterelacionado con las actividades deportivas y deformación en tal materia, así como actividades de difusiónde deportes autóctonos y de participación de la mujeren el deporte, siempre que se hayan previsto en elpresupuesto del proyecto a subvencionar, como son:- gastos de servicios profesionales. - materialesfungibles. - arrendamientos. - reparación. conservación.- suministros.

Gastos federativos no subvencionables por el CabildoInsular, Gastos necesarios para el ejercicio de laactividad deportiva de las asociaciones, clubes, odeportistas individual canon de inscripción, licenciasfederativas, mutualidad, etc.

Gastos de Material Deportivo y EquipamientoDeportivo para la participación en competiciones:material de entrenamiento y de competición.

Gastos de desplazamiento relacionados con laparticipación en competiciones oficiales: transporte,alojamiento y manutención, no subvencionados porla Dirección General de Deportes y el Cabildo Insular.

Gastos de arbitraje- jueces de competición-órganosde control, los cuales en el desarrollo de las reglasdeportivas decretadas ordenan y regulan lascompeticiones.

Quedan expresamente excluidos los gastos de losde bienes destinados a la venta, las multas y recargospor prórroga o apremio impuestos por lasAdministraciones Públicas, y entre otros productosque se consideren, el alcohol y tabaco.

JUSTIFICACIÓN Y ABONO DE LA SUB-VENCIÓN

ARTÍCULO 14. JUSTIFICACIÓN Y ABONO DELA SUBVENCIÓN.

1. Con carácter General las subvenciones se abonarána los beneficiarios previa justificación de la realizaciónde la actividad y de los gastos.

2. La justificación de los gastos se realizará a travésde cuenta justificativa (Anexo III), donde se reflejarála justificación de:

La actividad deportiva: documento redactado tipoMemoria deportiva que refleje el cumplimiento de lascondiciones impuestas en la concesión de la subvención,con indicación de las actividades realizadas y de losresultados obtenidos, en la que se incluirá los certificadosfederativos que especifiquen el número de licenciasdeportivas tramitadas, calendarios de participación oinscripciones/solicitudes de competición federada ono federada, carteles del evento, listados de inscripcióny asistencia, fotografías, etc. (El incumplimiento dela justificación de actividad deportiva solicitada podrádar lugar al prorrateo de la puntuación obtenida y suoportuna minoración de la subvención).

De los gastos mediante Memoria Económica (elincumplimiento de la justificación de actividadeconómica solicitada podrá dar lugar al prorrateo dela puntuación obtenida y su oportuna minoración dela subvención) con la aportación de la facturación ydocumentación oportuna:

Gastos corrientes: Facturas originales del total delos gastos efectivamente realizados de acuerdo alpresupuesto que fundamenta la subvención, y deberáncumplir los requisitos exigidos en la legislaciónvigente: nombre, dirección, NIF o CIF del expendedor,descripción detallada del gasto, contraprestación totalcon su correspondiente IGIC en su caso y datosidentificativos y CIF de la entidad que realiza elgasto; acreditación de que el importe total ha sido pagado.Además, podrán ser admitidos como justificantes degastos los documentos con valor probatorio equivalenteen el tráfico jurídico mercantil o con eficacia mercantilo con eficacia administrativa en original. Los Gastosfederativos: - factura o Certificado emitido por laFederación-Delegación correspondiente sobre losgastos federativos efectivamente pagados por elbeneficiario.

Gastos de desplazamiento relacionados con laparticipación en competiciones. oficiales: transporte,alojamiento y manutención: facturas originales delos gastos efectivamente realizados.

Gastos de arbitraje- jueces de competición-órganosde control factura o certificado emitido por el Comitéde Árbitros de la Delegación/Federación correspondiente,sobre los pagos efectivamente realizados durante latemporada objeto de subvención.

9712 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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Gastos federativos no subvencionables por el CabildoInsular factura o certificado emitido por laDelegación/Federación correspondiente, sobre lospagos efectivamente realizados durante la temporadaobjeto de subvención.

Gastos de Material Deportivo para la participaciónen competiciones: material de entrenamiento y decompetición: facturas originales de los gastosefectivamente realizados.

Gastos realizados en la formación de los monitores,entrenadores y demás personal relacionados con lagestión del club: facturas originales de los gastosefectivamente realizados por las entidades dehomologaciones de formación realizados durante latemporada.

Gastos de Equipamiento deportivo para la participaciónen competiciones y gastos de personal: factura ocertificado emitido por las entidades correspondiente,sobre los pagos efectivamente realizados durante latemporada objeto de subvención.

c) Los beneficiarios podrán acogerse a la CuentaJustificativa Simplificada que contendrá la siguienteinformación:

Una relación clasificada de los gastos e inversionesde la actividad con el montante total solicitado, conidentificación del acreedor y del documento, suimporte, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.En caso de que la subvención se otorgue con arregloa un presupuesto estimado, se indicarán las desviacionesacaecidas.

Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayanfinanciado la actividad subvencionada con indicacióndel importe y su procedencia.

En su caso, carta de pago de reintegro en el supuestode remanentes no aplicados así como de los interesesderivados de los mismos.

El órgano concedente comprobará la evidenciarazonable sobre la adecuada aplicación de la subvencióna través de técnicas de muestreo solicitando el totalde la facturación por el montante económico concedido,no obstante, se podrá requerir la totalidad de lafacturación a criterio del Órgano Instructor.

3. Se podrá solicitar prórroga del plazo de justificaciónen casos excepcionales y debidamente justificados apetición del beneficiario.

4. Las justificaciones irán dirigidas a la Sr. Alcaldedel Ayuntamiento de La Oliva, especificando laConcejalía de Deportes y se presentarán en el RegistroGeneral del Ayuntamiento de La Oliva, , especificandola Sección de Deportes

LA PÉRDIDA DEL DERECHO AL COBRO DELA SUBVENCIÓN

ARTÍCULO 15. COMPATIBILIDADES Y LAPÉRDIDA DEL DERECHO AL COBRO DE LASUBVENCIÓN.

La subvención que regula la presente convocatoriapresenta compatibilidad con otras subvenciones,ayudas, ingresos o recursos para misma finalidadprocedentes de cualesquiera Administraciones o entespúblicos o privados, nacionales, de la Unión europeao de organismos internacionales.

Se perderá el derecho al cobro total de la subvencióncuando no se presente la documentación justificativaen el plazo establecido en el artículo 13º de la presenteconvocatoria o por la no realización de la actividadobjeto de la subvención conforme a la documentaciónpresentada.

Se perderá el derecho al cobro parcial de la subvencióncuando el beneficiario haya obtenido para la mismaactuación o finalidad otras subvenciones o ayudaspúblicas o privadas, que sumadas a las del Ayuntamiento,superen el porcentaje de los costes totales así comopor considerarse incompleta la justificación aportada,en tal caso se recalculará la subvención de acuerdoal porcentaje concedido sobre el presupuesto inicial.

La pérdida del derecho al cobro total o parcial dela subvención será declarada por el órgano concedente.Las causas de nulidad y anulabilidad serán lasestablecidas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas.

REINTEGRO, INFRACCIONES ADMINIS-TRATIVAS Y RESPONSABILIDADES EN MATERIADE SUBVENCIONES

ARTÍCULO 16. REINTEGRO, INFRACCIONESADMINISTRATIVAS Y RESPONSABILIDADESEN MATERIA DE SUBVENCIONES.

Procederá el reintegro de las cantidades percibidasy la exigencia del interés de demora correspondientedesde el momento del pago de la subvención hasta

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9713

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la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro,en los casos establecidos en el artículo 37 de la LeyGeneral de Subvenciones y artículo 16 de las OrdenanzasGenerales del Ayuntamiento de La Oliva.

ARTÍCULO 17. CONTROL FINANCIERO

El Control Financiero se formulará de acuerdo a loprevisto en materia de subvenciones en el artículo 213del texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, el artículo 44 de la Ley Generalde Subvenciones, y artículo de la Ordenanza Generalde Subvenciones del Ayuntamiento de La Oliva.

ARTÍCULO 18. DISPOSICIÓN FINAL

La presente convocatoria será de aplicación para laconcesión de subvenciones con el objeto regulado enlas mismas para el ejercicio 2018.

En La Oliva, a veintiséis de septiembre de dos mildieciocho.

LA CONCEJALA DELEGADA DE DEPORTES,Gleiber Carreño Lasso.

150.144

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE MOGÁN

ANUNCIODE SELECCIÓN DE PERSONAL

5.784Por el presente se hace público que, con fecha 24

de septiembre de 2.018, se ha modificado elnombramiento de asesores/as especialista para llevara cabo las pruebas psicotécnicas del proceso selectivopara la provisión en propiedad por el sistema deoposición libre cuatro (4) plazas de Policía Local, dondese recoge que:

Tal y como viene recogido en las BASES DE LACONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DECUATRO PLAZAS DE POLICÍA LOCAL,SUBGRUPO C1, VACANTES EN LA PLANTILLADE FUNCIONARIOS DE ESTE ILTREAYUNTAMIENTO DE MOGÁN.

BASE QUINTA. Tribunal Calificador, donde entreotros asuntos recoge que: “Podrán incorporarse paraasesorar al Tribunal otros especialistas en la materia

con voz y sin voto, de esta u otras AdministracionesPúblicas o del sector privado, que se limitarán alejercicio de sus especialidades técnicas, siendoacordada su designación por el órgano convocante apropuesta del Tribunal. La designación de asesoresdeberá ser publicada en el Boletín Oficial de laProvincia por si concurriera alguna de las causas deabstención o recusación.

Asimismo, podrá disponer la incorporación al mismode otros funcionarios o trabajadores municipales, asícomo técnicos cualificados para colaborar durante losprocesos de selección, siempre bajo la dirección delTribunal, cuando el procedimiento selectivo, porrazón del número de aspirantes presentados a laspruebas o por otras circunstancias lo aconsejaran.Este personal colaborador se incorporará al Tribunalcomo parte integrante del mismo y realizará tareasde auxilio a aquél, tales como llamamiento de aspirantes,entrega y recogida de documentos y otras análogas,actuando, en consecuencia, sin voz ni voto”.

Considerando que mediante publicación en el BOPnúmero 93 de fecha 3 de agosto de 2018, se publicóel nombramiento de los asesores especialistas tantopara las pruebas físicas como para las psicológicas ypsicotécnicas, donde los asesores nombrados fueronlos siguientes:

Para las pruebas psicológicas y psicotécnicas a:

- Doña Nira Pérez Santos, Colegiada número P-01684.

- Doña María José Martín Nombela, Colegiadanúmero P-01223.

- Doña María del Mar Sánchez Delgado, Colegiadanúmero P-00517.

Se modifica la designación de los asesores especialistasnombrados al efecto, no formando parte como asesorde dicho tribunal doña Nira Pérez Santos, Colegiadanúmero P-01684, y se nombra a don Francisco JavierSánchez Eisaguirre, Colegiado número P-00398,como asesor especialista del tribunal calificador.

Por lo que los asesores especialistas de dicha pruebason los siguientes:

- Doña María José Martín Nombela, Colegiadanúmero P-01223.

9714 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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- Doña María del Mar Sánchez Delgado, Colegiadanúmero P-00517.

- Don Francisco Javier Sánchez Eisaguirre, Colegiadonúmero P-00398.

En Mogán, a veinticuatro de septiembre de dos mildieciocho.

LA ALCALDESA-PRESIDENTA, P.D. ELTENIENTE ALCALDE CON COMPETENCIASEN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS S/Decretonúmero 400/2016 de 19 de febrero), Juan MenceyNavarro Romero.

150.739

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE TEGUISE

ANUNCIO5.785

Considerando los expedientes electrónicos delServicio de Recursos Humanos, con referencia alnúmero 3565 y 6548, en relación al asunto gratificacionespor especificidad de la Policía Local, modificando elartículo 51, apartado especificidad de la Policía Localdel Acuerdo que regula las condiciones de trabajocomunes a los empleados públicos del Ayuntamientode Teguise, sobre cantidades resultantes y diferidas.

El Ayuntamiento de Teguise, en sesión plenaria defecha 24 de junio de 2018, acordó aprobar inicialmentemodificar el artículo 51, apartado especificidad de laPolicía Local del Acuerdo que regula las condicionesde trabajo comunes a los empleados públicos delAyuntamiento de Teguise, sobre gratificaciones de laPolicía Local.

El Ayuntamiento de Teguise, en sesión plenaria defecha 11 de septiembre de 2018, acordó aprobarinicialmente aplicar los efectos económicos concarácter retroactivo al 1 de mayo de 2018, en relacióna la modificación del artículo 51 apartado especificidadde la Policía Local del Acuerdo que regula lascondiciones de trabajo comunes a los empleadospúblicos del Ayuntamiento de Teguise, sobregratificaciones de la Policía Local.

Someter el presente acuerdo a información públicapor plazo de QUINCE DÍAS mediante anuncio en el

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, duranteese plazo los interesados podrán examinar el expedientey presentar las reclamaciones que estimen pertinentes.Transcurrido dicho plazo, si no se han presentadoalegaciones, se entenderá elevado a definitivo este acuerdode aprobación inicial.

El expediente administrativo durante el períodoanteriormente señalado, estará a disposición de losinteresados en las Dependencias Municipales deSecretaría, en horario de oficinas de 08:00 horas a 14:00horas.

Teguise, a veintiséis de septiembre de dos mildieciocho.

EL ALCALDE ACCIDENTAL, Miguel ÁngelJiménez Cabrera.

150.108

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE TUINEJE

ANUNCIO5.786

De acuerdo con los artículos 169 y 177.2 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el quese aprueba el texto refundido de la Ley Reguladorade las Haciendas Locales, se hace público, parageneral conocimiento, que en sesión plenaria celebradael día 28 de septiembre de 2018, el Pleno delAyuntamiento de Tuineje adoptó, entre otros, elacuerdo de aprobación inicial del expediente demodificación presupuestaria número 21/2018 mediantetransferencias de crédito.

Quienes tengan la condición de interesados conformea lo establecido por el artículo 170 del R.D. Legislativo2/2004 podrán, durante el plazo de QUINCE DÍAScontados a partir del siguiente al de la publicación delpresente anuncio en el Boletín Oficial de la Provinciade Las Palmas, examinar el expediente y presentarlas reclamaciones que estimen oportunas.

En el caso de que en el plazo citado en el párrafoanterior no se formule ninguna reclamación, lamodificación se entenderá definitivamente aprobada,insertándose a continuación un resumen de la mismaa nivel de capítulo.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9715

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Tuineje, a veintiocho de septiembre de dos mildieciocho.

EL ALCALDE, Antonio Sergio Lloret López.

151.354

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE VALLESECO

ANUNCIO5.787

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212del Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales aprobado por Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que hasido debidamente informada por la Comisión Especialde Cuentas, se expone al público la Cuenta Generalcorrespondiente al ejercicio 2017, por un plazo deQUINCE DÍAS, durante los cuales y OCHO MÁSquienes se estimen interesados podrán presentarreclamaciones, reparos u observaciones que tenganpor convenientes.

En Valleseco, a uno de octubre de dos mil dieciocho.

EL ALCALDE, Dámaso Alexis Arencibia Lantigua.

151.488

ANUNCIO5.788

CONVOCATORIAAYUDAS ESTUDIO CURSO 2018/2019

Según Decreto de Alcaldía número 0421 de 26 deseptiembre de 2018, se ha aprobado las Bases yConvocatoria.

OBJETO:

La concesión de ayudas para la adquisición delibros de texto y material escolar para el curso 2018-2019.

BENEFICIARIOS: El alumnado empadronado enesta localidad y escolarizados en Centros Públicos queimpartan Educación Infantil, Primaria, SecundariaObligatoria, Ciclos Formativos, Bachillerato y EstudiosUniversitarios.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LASOLICITUD:

• Solicitud de beca, según modelo oficial, debidamentecumplimentado (Anexo I).

• Original y Fotocopia del Libro de Familia.

• Original y Fotocopia del D.N.I. de la personasolicitante y del resto de integrantes de la unidadfamiliar mayores de 16 años.

• Original y Fotocopia de la tarjeta de desempleoo mejora de empleo de los/as mayores de 16 años.

• Justificación de los ingresos de aquellos miembrosde la familia que estén cobrando: salario, subsidio,pensión o ayuda económica:

- Certificado del I.N.E.M. que acredite si percibeprestación por desempleo.

- Declaración jurada de ingresos, según modeloadjunto.

- Original y Fotocopia del contrato de trabajo y lasdos últimas nóminas si realiza actividad laboral.

- Original y Fotocopia de la declaración de la rentao certificado negativo de Hacienda.

- Certificados de percibir o no pensiones de laAdministración Pública.

• Sentencia de separación o divorcio, o convenioregulador donde aparezca la persona que ostenta laguarda y custodia de los/as hijos/as, en su caso.

• Dictamen de valoración del grado de discapacidad.

• Para alumnos/as escolarizados/as en un centrodiferente al C.E.O. Rey Juan Carlos I, Ciclos Formativos,Bachiller y Universitarios: fotocopia de la matrículadel presente curso escolar.

• Cualquier otra documentación que para la correctavaloración de su solicitud le pueda ser requeridadurante su tramitación.

* No es necesaria la aportación de documentos(libro de familia, DNI, certificado de minusvalía) sise han presentado en años anteriores, siempre y

9716 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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cuando las circunstancias que refieren no hayan variado, lo cual se justificará con la correspondiente declaraciónresponsable.

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES: VEINTE DÍAS NATURALES a contar a partir del siguiente alde la publicación del Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Valleseco, a veintisiete de septiembre de dos mil dieciocho.

EL ALCALDE, Dámaso A. Arencibia Lantigua.

150.744

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE YAIZA

ANUNCIO5.789

PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO DE 2.018

De conformidad con los artículos 112,3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, 127 del Texto Refundido de lasdisposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobadas por R.D.L. 781/1986; del 18 de abril;y 169.,3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por R.D.L. 2/2004, yuna vez adoptado acuerdo definitivo por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 21 de septiembrede 2018, para resolver las reclamaciones formuladas contra acuerdo aprobatorio inicial del Presupuesto Generalde esta Entidad para 2018, se hace público lo siguiente:

I ) RESUMEN DEL REFERENCIADO PRESUPUESTO PARA 2018

INGRESOS

Estado de ingresos

CAPÍTULO DENOMINACIÓN PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD

1 Impuestos Directos 10.552.569,07 €

2 Impuestos Indirectos 3.741.594,48 €

3 Tasas y Otros Ingresos 3.452.383,26 €

4 Transf. Corrientes 5.868.938,89 €

5 Ingresos Patrimoniales 1.696.035,00 €

7 Transf. Capital 0,00 €

8 Activos Financieros 60.000,00 €

TOTAL 25.371.520,70 €

GASTOS

Estado de gastos

CAPÍTULO DENOMINACIÓN PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD

1 Gastos personal 11.168.763,51 €

2 Bienes corrientes y Serv. 7.241.588,42 €

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9717

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3 Gastos financieros 56.000,00 €

4 Transf. Corrientes 896.394,00 €

6 Inversiones Reales 717.270,47 €

7 Transf. Capital 0,00 €

8 Activos Financieros 60.000,00 €

9 Pasivos Financieros 635.000,00 €

TOTAL 20.775.016,40 €

II) PLANTILLA Y RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE ESTA ENTIDAD, APROBADO JUNTOCON EL PRESUPUESTO GENERAL PARA 2018

a) PLAZAS DE FUNCIONARIOS Nº DE PLAZAS

1.Con habilitación Nacional

1.1 Secretario 1

1.2 Interventor 1

1.3 Tesorero 1

2. Escala de Administración General

2.1 Sub-escala Técnica 4

2.2 Sub-escala Administrativa 1

2.3 Sub-escala Auxiliar 3

2.4 Sub-escala Subalterna

3. Escala de Administración Especial

3.1 Sub-escala Técnica Superior 1

3.2 Sub-escala Técnica Media 4

3.3 Sub-escala Técnica Auxiliar

3.4 Sub-escala de Servicios Especiales

a) Policía Local 37

b) Subinspector 1

c) Oficiales 7

d) De personal de Oficios 1

b) PERSONAL LABORAL Nº DE PLAZAS

Arquitecto Superior 1

Arquitecto Técnico 1

Auxiliar Administrativo 39

Auxiliar de Clínica 1

9718 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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Auxiliar Hogar 0

Auxiliar Técnico de Electricidad 1

Auxiliar Técnico de Obra 1

Conductor 1ª 4

Conductor 2ª 2

Conductor 3ª 2

Controlador E.P. 17

Coordinador 1

Delineante 1

Educadora Familiar 3

Encuestadora 1

Gestor de Biblioteca y Archivo 1

Graduado Social 1

Ingeniero Superior 2

Ingeniero Técnico 1

Limpiadora 12

Monitor Deportivo 3

Monitor Socio-Cultural 10

Notificador 1

Oficial 1º Carpintero 0

Oficial 2º Carpintero 3

Oficial 2º Chapista 1

Oficial 2 º Fontanero 2

Oficial 2º Jardines 2

Oficia 2º Mantenimiento 5

Oficial 2º Mecánico 0

Oficial 2º Obras 12

Oficial 2º Sepulturero 0

Oficial 2º Electricista 1

Operario Almacén 2

Operario Carpintería 1

Operario Electricista 2

Operario Fontanero 1

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9719

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Operario Jardines 6

Operador Limpieza Viaria 14

Operario Mantenimiento 9

Operario Mecánico 1

Operario de obras 6

Operario Pintor 5

Oficial 2º Soldador 1

Operario Travelín 0

Palista -Tractorista 2

Pedagogo 2

Psicólogo 1

Sociólogo 1

Subalterno 2

Supervisor Personal 1

Técnico Deportivo 1

Técnico Informático 1

Técnico Medio Ambiente 1

Trabajadora Social 2

Vigilante 2

Director Coral Municipal 1

Monitor Banda Municipal 2

Profesor Banda Municipal 0

Profesor Baile Folklórico 1

Profesor Inglés 1

Profesor Música 1

Profesor Toque Folklórico 1

Licenciado en Derecho 1

A.E.D.L. 1

C) PERSONAL EVENTUAL Nº DE PLAZAS

Coordinador de Servicios Municipales 1

Personal Eventual Dpto. Jurídico 1

Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Localesaprobado por R.D.L.2/2004, se podrá interponer directamente contra el referenciado Presupuesto, Recurso Contencioso-

9720 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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Administrativo en el plazo de DOS MESES a contardesde el día siguiente a la publicación de este anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia.

Yaiza, a veintiséis de septiembre de dos mil dieciocho.

EL ALCALDE-PRESIDENTE, Oscar Manuel NodaGonzález.

150.112

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIORDE JUSTICIA DE CANARIAS

Sala de lo Social

EDICTO5.790

Rollo: Recursos de Suplicación 149/2018. Materia:Derechos. Procedimiento origen: ProcedimientoOrdinario 653/2016-00. Órgano origen: Juzgado delo Social Número Tres de Arrecife. Recurrente: JuliánAlberto Arrocha Hernández. Recurridos: SwissportHandling, S.A., U.T.E. Clece Eagle Iberia Lanzarote(Clever Handling Services), Swissport MenziesHandling Lanzarote U.T.E., Eurohandling U.T.E.,Flight Care, S.L., Air España Líneas Aéreas y Fogasa.Abogados: Natividad Pérez Cubas, Ana RodríguezLlorente, Francisco Navarro Sanz y Ana RodríguezLlorente.

Doña María Belén Zapata Monge, Letrada de laAdministración de Justicia de la Sala de lo Social delTribunal Superior de Justicia de Canarias, con sedeen Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el Recursos de Suplicación,número 149/2018, seguido ante esta Sala porEurohandling U.T.E., contra Swissport Handling,S.A., U.T.E. Clece Eagle Iberia Lanzarote (CleverHandling Services), Swissport Menzies HandlingLanzarote U.T.E., Eurohandling U.T.E., Fogasa, FlightCare, S.L. y Air España Líneas Aéreas, sobre Derechos,con fecha 31 de mayo de 2018, se dictó Sentencia, ycuyo encabezamiento y parte dispositiva constan deltenor literal siguiente:

En Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de mayo de2018.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justiciade la Comunidad Autónoma de Canarias en LasPalmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres.Magistrados don Humberto Guadalupe Hernández,doña María Jesús García Hernández y don JavierRamón Díez Moro, ha pronunciado:

En nombre del Rey la siguiente:

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación número 149/2018,interpuesto por Julián Alberto Arrocha Hernández,frente a Sentencia 280/2017 del Juzgado de lo SocialNúmero Tres de Arrecife los Autos Número 653/2016en Reclamación de Derechos siendo Ponente el Iltmo.Sr. don Humberto Guadalupe Hernández.

FALLAMOS: Estimamos el Recurso de Suplicacióninterpuesto por Julián Alberto Arrocha Hernández,contra Sentencia 280/2017 de 9 de noviembre de2017 dictada por el Juzgado de lo Social Número Tresde Arrecife en los Autos de 653/2016-00, sobreDerechos, que revocamos en el sentido de incluir enel fallo de la misma el derecho del actor a una jornadade 24 horas semanales, manteniendo el resto de lospronunciamientos de la Sentencia de instancia.Devuélvanse los Autos originales al Juzgado de lo SocialNúmero Tres de Arrecife, con testimonio de la presenteuna vez notificada y firme a las partes.

ADVERTENCIAS LEGALES

Contra esta sentencia cabe Recurso de Casación paraUnificación de doctrina, que se preparará por laspartes o el Ministerio Fiscal por escrito ante esta Salade lo Social dentro de los DIEZ DÍAS siguientes ala notificación de la sentencia de acuerdo con lodispuesto en los artículos 220 y 221 de la Ley 36/2011de 11 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Para su admisión será indispensable que todorecurrente que no tenga la condición de trabajador ocausahabiente suyo, o beneficiario del RégimenPúblico de la Seguridad Social, y no goce del beneficiode justicia gratuita efectúe, dentro del plazo depreparación del recurso, el depósito de 600 eurosprevisto en el artículo 229, con las excepcionesprevistas en el párrafo 4º, así como así como elimporte de la condena, dentro del mismo plazo, segúnlo previsto en el artículo 230, presentando loscorrespondientes resguardos acreditativos de haberseingresado en el Banco de Santander c/c Las Palmas

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9721

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número 3537/0000/66/149/18, pudiéndose sustituirdicha consignación en metálico por el aseguramientomediante aval bancario en el que se hará constar laresponsabilidad solidaria del avalista, y que habrá deaportarse en el mismo plazo. Si la condena consistiereen constituir el capital-coste de una pensión deSeguridad Social, el ingreso de éste habrá de hacerloen la Tesorería General de la Seguridad Social.

Para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria,deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta:IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.

Consignándose en el campo Beneficiario la Cuentade la Sala y en Observaciones o Concepto de laTransferencia los 16 dígitos que corresponden alprocedimiento.

Notifíquese la Sentencia a la Fiscalía de este Tribunaly líbrese testimonio para su unión al rollo de su razón,incorporándose original al Libro de Sentencias.

Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos,mandamos y firmamos.

Y para que conste y sirva de notificación de lapresente resolución a U.T.E. Eurohandling, hoy enignorado paradero, se expide el presente.

En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho deseptiembre de dos mil dieciocho.

148.359

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1

EDICTOCITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL

5.791Procedimiento: Procedimiento Ordinario 695/2018.

Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Fremap Mutua Colaboradora con la Seguridad SocialNúmero 61. Demandados: Provitelsa, S.L., InstitutoNacional de la Seguridad Social y Tesorería Generalde la Seguridad Social. Abogados: Domingo JesúsJiménez Rodríguez y Servicio Jurídico SeguridadSocial LP.

Doña Belén González Vallejo, Letrada de laAdministración de Justicia de este Juzgado de loSocial Número Uno de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en los Autos seguidos bajo elnúmero 695/2018 en materia de Reclamación de

Cantidad a instancia de Fremap Mutua Colaboradoracon la Seguridad Social Número 61 contra Provitelsa,S.L., se ha acordado citarle mediante Edicto dado suignorado paradero, para el acto de vista oral quetendrá lugar el próximo día 27.02.19 a las 09:10horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo, se le requiere para que concurra al acto,al efecto de contestar al interrogatorio de preguntasde la contraparte, si así se hubiese interesado, asícomo para que aporte la documental que se indica enla demanda, cuya admisión se acordó por resoluciónjudicial, haciéndole saber que las copias de la mismase encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma, aProvitelsa, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiunode septiembre de dos mil dieciocho.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

149.884

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1

DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

EDICTOCÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO

5.792Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales

91/2018. Materia: Resolución Contrato. Ejecutante:Jesús Salvador Martín Rodríguez. Ejecutados: CondeCanceco, S.L.U. y Fogasa. Abogado: Carlos ConcepciónMederos.

Doña Verónica Iglesias Suárez, Letrada de laAdministración de Justicia de este Juzgado de Juzgadode lo Social Número Uno de Santa Cruz de Tenerife,

HACE SABER: Que en el Procedimiento número91/2018 en materia de Resolución Contrato a instanciade Jesús Salvador Martín Rodríguez, contra CondeCanceco, S.L.U. y Fogasa, por su S.Sª. se ha dictado

9722 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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Auto con fecha 7 de septiembre de 2018, y por la Letradade la Administración de Justicia se ha dictado Decretode la misma fecha, cuyas partes dispositivas son deltenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

1. Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución ainstancia de Jesús Salvador Martín Rodríguez contraConde Canseco, S.L., Fogasa como responsablesubsidiario, por un principal de 22.119,1 euros(19.540,80 euros en concepto de indemnización +2.578,30 euros en concepto de salarios dejados de percibirdesde la fecha del Despido hasta la del presenteAuto).

2. Habiéndose acordado en fecha 16 de mayo de 2018,el despacho de la presente Ejecución a instancia deJesús Salvador Martín Rodríguez contra CondeCanseco, S.L., y Fogasa como responsable subsidiario,por la cantidad de 5.764,13 euros (5.764,13 euros +524,01 euros de 10% de mora); continúese la presenteejecución por los siguientes importes: 27.883,23euros de principal (5.764,13 + 19.540,80 euros deindemnización + 2.578,30 euros de salarios debidos),más 5.576,65 euros, presupuestados para intereses ycostas provisionales.

Se autoriza solicitar información patrimonial delejecutado a la Administración Tributaria.

Modo de Impugnación. Recurso de Reposición enel plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido,en el que podrá deducir oposición a la ejecuciónaduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otroshechos impeditivos, extintivos o excluyentes deresponsabilidad (artículo 239.4 LRJS).

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,Entidades Locales y Organismos Autónomosdependientes de ellos, intente interponer Recurso deReposición, deberá efectuar un depósito de 25,00euros en la Cuenta de Depósitos y Consignacionesde este Juzgado en el Banco Santander, S.A., en lac.c.c. ES 55, 0049 3569 9200 0500 1274, y al conceptoclave 3794 0000 64 0091 18.

Así se acuerda, manda y firma por don Roi LópezEncinas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Uno de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe.

PARTE DISPOSITIVA

Se decreta:

1. Autorizar al Funcionario de este Juzgado para que,a través del Punto Neutro Judicial, recabe la informaciónprecisa incluida la Agencia Tributaria, para lograr laefectividad de la obligación pecuniaria que se ejecutaen el procedimiento de referencia, tanto de entidadespúblicas como entidades financieras o depositarias ode otras privadas que por el objeto de su norma,actividad o por sus relaciones jurídicas con el ejecutadodeban tener constancia de los bienes o derechos deéste o pudieran resultar deudoras del mismo.

2. Vista la averiguación de bienes, el embargo yretención de las cantidades que la ejecutada, CondeCanseco, S.L., pudieran tener en cuentas de ahorro,crédito o cualquier otro producto financiero, ocantidades que se devenguen a su favor, tanto lasexistentes al momento del embargo como las que seproduzcan posteriormente, hasta cubrir las cantidadesde 27.883,23 euros, en concepto de principal, más5.576,65 euros, presupuestados inicialmente paraintereses y costas; a través de la aplicación telemáticadel Punto Neutro Judicial conforme a la Circular2/2011 de la Secretaría General de la Administraciónde Justicia. Librándose para la efectividad de loacordado la correspondiente orden telemática deembargo.

3. El embargo y retención de las cantidades que enconcepto de devolución existan a favor de la ejecutada,Conde Canseco, S.L., en la AEAT, de acuerdo con laCircular 2/2011 de la Secretaría General de laAdministración de Justicia mediante la aplicacióntelemática realizándose a través del Punto NeutroJudicial, y todo ello hasta cubrir el importe adeudadoque asciende a 27.883,23 euros en concepto deprincipal, más 5.576,65 euros, presupuestadosinicialmente para intereses y costas. Librándose parala efectividad de lo acordado la correspondiente ordentelemática de embargo.

Se significa a la ejecutada, Conde Canseco, S.L.,que podrá liberar sus bienes mediante el pago de lascantidades más arriba indicadas, que podrá efectuarmediante ingreso en la cuenta de este Juzgado en laentidad Santander, c.c.c. 0049-3569-9200-05001274,al concepto o procedimiento clave 3794-0000-64-0091-18 bajo expreso apercibimiento de que una vezrealizados en la presente vía ejecutiva, su transmisiónserá irrevocable.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9723

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Notifíquese la presente resolución a Conde Canceco,S.L.U. y Fogasa.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,Entidades Locales y Organismos Autónomosdependientes de ellos, intente interponer Recurso deRevisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 eurosen la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esteJuzgado en el Banco Santander, S.A., en la c.c.c. ES55, 0049 3569 9200 0500 1274, y al concepto clave3794 0000 64 0091 18.

Así lo acuerdo y firmo doña Verónica IglesiasSuárez, Letrada de la Administración de Justicia deJuzgado de lo Social Número Uno. Doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma aConde Canceco, S.L.U. en ignorado paradero, expidola presente para publicación en el Boletín Oficial dela Provincia de Las Palmas, en Santa Cruz de Tenerife,a siete de septiembre de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

148.336

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2

EDICTO5.793

Procedimiento: Conflicto Colectivo 713/2018.Materia: Sin Especificar. Demandantes: Mario AbouMedlej García y Sección Sindical de UGT Serviciode Recogida de Residuos Sólidos Urbanos delAyuntamiento de L.P.G.C. Demandados: Ayuntamientode Las Palmas de Gran Canaria, Comisiones Obreras,FSOC Frente Sindical Obrero de Canarias, SITCASindicato Independiente de Trabajadores de Canarias,CSIF Central Sindical Independiente de Funcionarios

CSI-CSIF y Sindicato Independiente. Abogados:Mario García Suárez y Ases. Jur. Ayto. Las Palmasde Gran Canaria.

Doña Nuria Álvarez Gómez, Letrada de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo SocialNúmero Dos de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en los Autos seguidos bajo elnúmero 713/2018 en materia de Sin Especificar ainstancia de Mario Abou Medlej García contraSindicato Independiente, se ha acordado citarlemediante Edicto dado su ignorado paradero, para elacto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 08.10.18a las 10:40 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de laJurisdicción Social. Asimismo, se le requiere para queconcurra al acto, al efecto de contestar al interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como para que aporte la documentalque se indica en la demanda, cuya admisión se acordópor resolución judicial, haciéndole saber que lascopias de la misma se encuentran a su disposición enla Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma, aSindicato Independiente, en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, adiecinueve de septiembre de dos mil dieciocho.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

150.320

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE ARRECIFE

Sede en Puerto del Rosario(Fuerteventura)

EDICTO5.794

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 264/2018.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:María Jesús Fernández Garrido. Demandados: AnaVeira Lauzara (Cafetería El Expreso) y Fogasa.Abogado: Francisco Manuel Álamo Arce.

9724 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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Doña María Rosario Pérez Cabrera, Letrada de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo SocialNúmero Dos con sede en Puerto del Rosario(Fuerteventura),

HACE SABER: Que en Procedimiento tramitadoen este Juzgado al 264/2018, a instancia de María JesúsFernández Garrido contra Ana Veira Lauzara (CafeteríaEl Expreso) y Fogasa se ha dictado Sentencia defecha 11 de septiembre de 2018 cuyo fallo es deltenor literal siguiente:

FALLO: Que estimando parcialmente la Demandaformulada por María Jesús Fernández Garrido contraAna Veira Lauzara, debo condenar y condeno a éstaa abonar a la actora la cantidad de 4.610,30 euros brutos,más un interés legal de demora del 10% anual sobredicha cantidad, obligándola a estar y pasar por dichopronunciamiento.

De conformidad con los artículos 23.1 y 23.6 de laLey 36/2011, de diez de octubre, Reguladora de laJurisdicción Social, póngase la presente resoluciónen conocimiento del Fondo de Garantía Salarial(Fogasa) a los efectos oportunos.

Notifíquese la presente Resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe Recurso de Suplicación, para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgadoen el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes ala notificación de esta sentencia, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciar el recurso, haberconsignado la cantidad objeto de la condena, quepodrá sustituirse por el aseguramiento mediante avalbancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banco Santander, en la c.c.c. ES55-0049-3569-9200-0500-1274 y al concepto clave 2290-0000-65-0264-2018. Se significa además que todo elque sin tener la condición de trabajador o causahabientesuyo, beneficiario del Régimen Público de la SeguridadSocial o de justicia gratuita, intente interponer Recursode Suplicación, deberá efectuar un depósito de 300euros, que ingresará con independencia a la consignaciónen su caso, en la indicada cuenta y concepto, debiendoel recurrente hacer entrega del resguardo acreditativoen la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponerel Recurso de Suplicación.

Y para que sirva de notificación en legal forma aAna Veira Lauzara (Cafetería El Expreso), en ignorado

paradero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegrasse encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia de Las Palmas.

En Puerto del Rosario, a once de septiembre de dosmil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

148.369

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3

EDICTO5.795

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales57/2018. Materia: Sin Especificar. Demandante:Amanda Moreno Déniz. Demandados: Fogasa y LaCorona de Arucas, S.L. Abogado: Alejandro BenignoPérez Peñate.

Doña Margarita Betancor Rodríguez, Letrada de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo SocialNúmero Tres de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en Procedimiento tramitadoen este Juzgado al 57/2018, a instancia de AmandaMoreno Déniz contra La Corona de Arucas, S.L. seha dictado Diligencia de Ordenación de 06/06/2018acordando librar oficios recordatorios, Diligencia deOrdenación de 20/06/2018 dando traslado a las partesy al Fogasa para que designen bienes del deudor ocaso contrarios proceder a dictar la Insolvencia de lamisma, y Decreto de 09/07/2018 declarando a laejecutada en situación de Insolvencia Provisional.

Y para que sirva de notificación en legal forma aLa Corona de Arucas, S.L., en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia de Las Palmas.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve deseptiembre de dos mil dieciocho.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9725

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LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

148.904

EDICTO

CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL5.796

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 718/2018.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: ErikLondoño Valencia. Demandados: Vandamarte, S.L.y Fogasa. Abogado: Alejandro Benigno Pérez Peñate.

Doña Margarita Betancor Rodríguez, Letrada de laAdministración de Justicia de este Juzgado de loSocial Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 718/2018, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de Erik Londoño Valencia, contra Vandamarte,S.L. y Fogasa, se ha acordado citarle mediante edictodado su ignorado paradero, para el acto de vista oralque tendrá lugar el próximo día 04.10.18, a las 11:00horas, en calle Málaga, número 2 - Torre 1 - Planta5ª - Sala Polivalente número 3 de esta ciudad,advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo, se le requiere para que concurra al acto,al efecto de contestar al interrogatorio de preguntasde la contraparte, si así se hubiese interesado, asícomo para que aporte la documental que se indica enla demanda, cuya admisión se acordó por resoluciónjudicial, haciéndole saber que las copias de la mismase encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma, aVandamarte, S.L. y Fogasa, expido la presente parasu inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deLas Palmas, en Las Palmas de Gran Canaria, aveintisiete de septiembre de dos mil dieciocho.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

151.541

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE ARRECIFE

EDICTOCÉDULA NOTIFICACIÓN SENTENCIA

5.797Procedimiento: Despidos/Ceses en General 39/2018.

Materia: Resolución Contrato. Demandante: MouloudBaitas Bighidene. Demandados: Amadovi Lanzarote,S.L. y Fogasa. Abogado: Manuel José Seijas López.

Doña Davinia de los Ángeles Jiménez Chamizo,Letrado de la Administración de Justicia de esteJuzgado de Juzgado de lo Social Número Tres deArrecife,

HACE SABER: Que en el Procedimiento número39/2018 en materia de Resolución Contrato a instanciade Mouloud Baitas Bighidene, contra AmadoviLanzarote, S.L., por su S.Sª. se ha dictado Sentenciacon fecha 17 de septiembre de 2018, cuya partedispositiva es el tenor literal siguiente:

Estimo la Demanda interpuesta por Mouloud BaitasBighidene frente a Amadovi Lanzarote, S.L. y Fogasaen materia de Despido, declaro Improcedente elDespido de la actora, y condeno a Amadovi Lanzarote,S.L. a estar y pasar por tal declaración y a que, a suelección, le Readmita en su puesto de trabajo en lasmismas condiciones que regían con anterioridad alDespido, así como al abono de los salarios de tramitaciónen una cantidad igual a la suma de los salarios dejadosde percibir desde el 30 de noviembre de 2017, fechadel Despido, hasta la notificación de la presenteSentencia, a razón de 31,12 euros diarios, o bien leindemnice con la cantidad de 5.477,12 euros, advirtiendopor último a la referida entidad mercantil demandadaque la opción señalada, habrá de efectuarse ante esteJuzgado de lo Social en el plazo de los CINCO DÍASsiguientes, desde la notificación de la Sentencia,entendiéndose, que de no hacerlo así, se opta por lareadmisión.

Y al Fogasa a estar y pasar por la declaraciónanterior.

Notifíquese la presente sentencia en legal forma alas partes, haciéndoles saber que contra la mismacabe interponer Recurso de Suplicación para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, recurso que deberá anunciarse ante esteJuzgado dentro de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes al de la notificación, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justicia

9726 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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gratuita acredite, al anunciarlo, haber consignado lacantidad objeto de la condena, que podrá sustituirsepor el aseguramiento mediante aval bancario; laconsignación deberá efectuarse en la cuenta dedepósitos y consignaciones de este Juzgado, abiertaen la entidad Banco Santander en la c.c.c. ES55 00499200 0500 1274 y al concepto clave3729/0000/65/0039/18. Se significará, además, quetodo el que, sin tener la condición de trabajador ocausahabiente suyo, beneficio del Régimen Públicode la Seguridad Social o de justicia gratuita, intenteinterponer Recurso de Suplicación, deberá efectuarun depósito de 300 euros, que ingresará, conindependencia de la consignación, en su caso, en laindicada cuenta y concepto, debiendo, el recurrente,hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaríadel Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso deSuplicación.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando yfirmo.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anteriorSentencia por el Ilmo. Juez Álvaro María HierroFuster, que la dicta en su fecha, estando celebrandoAudiencia ante mí, la Secretaria, de lo que doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma aAmadovi Lanzarote, S.L. en ignorado paradero,expido la presente para publicación en el Tablón deAnuncios de este Juzgado y en el BOP, en Arrecife,a diecisiete de septiembre de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

148.334

EDICTOCÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO

5.798Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales

26/2018. Materia: Reclamación de Cantidad. Ejecutante:Michael Dennis Aguirre Bermello. Ejecutados: FreeOutsourcing, S.L. y Fogasa. Abogada: Esther deAntón Ferrera.

Doña Davinia de los Ángeles Jiménez Chamizo,Letrado de la Administración de Justicia de esteJuzgado de Juzgado de lo Social Número Tres deArrecife,

HACE SABER: Que en el Procedimiento número26/2018 en materia de Reclamación de Cantidad ainstancia de Michael Dennis Aguirre Bermello, contraFree Outsourcing, S.L., por su S.Sª. se ha dictado Autocon fecha 12/09/18, cuya parte dispositiva es el tenorliteral siguiente:

Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución ainstancia de Michael Dennis Aguirre Bermello contraFree Outsourcing, S.L., por un principal de 22.206,01euros, más 2.220,60 euros de intereses provisionalesy la de 2.220,60 euros de costas provisionales.

Se autoriza solicitar información patrimonial delejecutado a la Administración Tributaria.

Modo de Impugnación. Recurso de Reposición enel plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido,en el que podrá deducir oposición a la ejecuciónaduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otroshechos impeditivos, extintivos o excluyentes deresponsabilidad (artículo 239.4 LRJS).

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,Entidades Locales y Organismos Autónomosdependientes de ellos, intente interponer Recurso deReposición, deberá efectuar un depósito de 25,00euros en la Cuenta de Depósitos y Consignacionesde este Juzgado en el Banco Santander c/c 3729-0000-64-0026-18; para el supuesto de ingreso portransferencia bancaria, deberá realizarse la misma alsiguiente número de cuenta: IBAN ES55 0049 35699200 0500 1274.

Así se acuerda, manda y firma por don ÁlvaroMaría Hierro Fuster, Magistrado del Juzgado de loSocial Número Tres de Arrecife. Doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma aFree Outsourcing, S.L. en ignorado paradero, expidola presente para publicación en el BOP, en Arrecife,a diecisiete de septiembre de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

148.360

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9727

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JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE GIJÓN

EDICTO5.799

ETJ Ejecución de Títulos Judiciales 86/2018. SobreActos Prepara. y Medi. P. Demandante: YasminaVillena Martínez. Demandados: Fogasa y Hemeye,S.L. Abogados: Sandra Vega Valdés y Letrado de Fogasa.

Doña María del Pilar Prieto Blanco, Letrada de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo SocialNúmero Tres de Gijón,

HACE SABER: Que en el Procedimiento Ejecuciónde Títulos Judiciales 86/2018 de este Juzgado de loSocial, seguida en este Juzgado, en Reclamación porDespido, seguida en este Juzgado, en Reclamaciónpor Despido, se ha dictado en fecha 05/09/2018, Autoque Extingue el Contrato de Trabajo y despachaEjecución del que los interesados podrán tenerconocimiento íntegro en la oficina judicial y contrala que cabe Recurso de Reposición en el plazo de TRESDÍAS.

Y para que sirva de citación a Hemeye, S.L. CIFB52502937, se expide la presente cédula para supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia deLas Palmas.

En Gijón, a diecisiete de septiembre de dos mildieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

149.036

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4

EDICTOCITACIÓN COMPARECENCIA

ART. 280 LPL5.800

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales146/2018. Materia: Sin Especificar. Demandante:Patrick Herve Cosson. Demandados: Kitzya, S.L. yFogasa. Abogada: Carmen Yolanda Rodríguez Escobar.

Doña Inés Herrera Cubas, Letrada de la Administración

de Justicia de este Juzgado de lo Social NúmeroCuatro de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en los Autos de referenciaEjecución de Títulos Judiciales número 146/2018,seguidos a instancia del ejecutante Patrick HerveCosson contra el ejecutado Kitzya, S.L., por la presentese ha acordado citarle mediante Edicto dado suignorado paradero, para la Comparecencia sobre laNo Readmisión o Readmisión Irregular que tendrá lugarel próximo día 29.10.18 a las 09:00 horas, con laadvertencia de que debe concurrir con las pruebas deque intente valerse y que versen sobre los hechos dela No Readmisión o Readmisión Irregular alegada.Asimismo, se le advierte que el acto se celebrará noobstante su incomparecencia.

Y para que sirva de citación en legal forma, a Kitzya,S.L., en ignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, enLas Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de septiembrede dos mil dieciocho.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

149.898

EDICTOCITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL

5.801Procedimiento: Procedimiento Ordinario 243/2018.

Materia: Otros Derechos Laborales Individuales.Demandante: María José Reyes González. Demandados:Clece, S.A., Luz Canarias, S.A., Limpialux, S.A. yServicios Insulares de Limpieza Radisol. Abogados:María del Mar Sánchez Reyes y Cristina MargaritaRavelo Ferrer.

Doña Inés Herrera Cubas, Letrada de la Administraciónde Justicia de este Juzgado de lo Social NúmeroCuatro de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en los Autos seguidos bajo elnúmero 243/2018 en materia de Otros DerechosLaborales Individuales a instancia de María José

9728 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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Reyes González contra Clece, S.A., Luz Canarias, S.A.,Limpialux, S.A. y Servicios Insulares de LimpiezaRadisol, se ha acordado citarle mediante Edicto dadosu ignorado paradero, para el acto de vista oral quetendrá lugar el próximo día 22.10.18 a las 11:10horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo, se le requiere para que concurra al acto,al efecto de contestar al interrogatorio de preguntasde la contraparte, si así se hubiese interesado, asícomo para que aporte la documental que se indica enla demanda, cuya admisión se acordó por resoluciónjudicial, haciéndole saber que las copias de la mismase encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma, aLimpialux, S.A., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia de Las Palmas, en Las Palmas de GranCanaria, a cinco de septiembre de dos mil dieciocho.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

149.902

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 5

EDICTO5.802

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 530/2018.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: ÓscarJavier Sánchez López. Demandados: Jimaplast, S.L.y Fogasa. Abogada: Mirla Raquel Aldeguer Martín.

Don Francisco José Ramírez Ruiz, Letrado de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en Procedimiento tramitadoen este Juzgado a la Demanda número 530/2018, ainstancia de Óscar Javier Sánchez López contra

Jimaplast, S.L. se ha dictado Sentencia de fecha 18-09-2018, contra la que cabe interponer Recurso deSuplicación en el plazo de CINCO DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aJimaplast, S.L., en ignorado paradero, y haciéndolesaber que las Resoluciones íntegras se encuentran asu disposición en la Secretaría de este Juzgado y quelas siguientes comunicaciones se harán fijando copiade la resolución en la oficina judicial, expido lapresente para su publicación en el Boletín Oficial dela Provincia de Las Palmas.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve deseptiembre de dos mil dieciocho.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

148.349

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7

EDICTO5.803

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales28/2018. Materia: Modificación Condiciones Laborales.Ejecutante: Héctor Valdivia González. Ejecutada:Genoveva Castellano Rodríguez. Abogado: HéctorClemente Valdivia González.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Letrada de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo SocialNúmero Siete de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en Procedimiento tramitadoen este Juzgado al 28/2018, a instancia de Héctor ValdiviaGonzález contra Genoveva Castellano Rodríguez seha dictado Decreto fecha 18/09/18, contra el quecabe Recurso de Revisión en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aGenoveva Castellano Rodríguez, en ignorado paradero,y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia de Las Palmas.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9729

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En Las Palmas de Gran Canaria, dieciocho deseptiembre de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

148.340

EDICTOCITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL

5.804Procedimiento: Despidos/Ceses en General 603/2018.

Materia: Despido Disciplinario. Demandantes: DeliaCuasay Delasay, Dante Mercado Argete y ElenaMercado Tulabot. Demandados: Eureka AK, S.L. yFogasa. Fiscal: Ministerio Fiscal. Abogado: ManuelCarlos Martel Revuelta.

Don Francisco Ramírez Ruiz, Letrado de laAdministración de Justicia de este Juzgado de loSocial Número Siete de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en los Autos seguidos bajo elnúmero 603/2018 en materia de Despido Disciplinarioa instancia de Delia Cuasay Delasay, Dante MercadoArgete y Elena Mercado Tulabot contra Eureka AK,S.L. y Fogasa, se ha acordado citarle mediante Edictodado su ignorado paradero, para el acto de vista oralque tendrá lugar el próximo día 22.10.18 a las 11:30horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo, se le requiere para que concurra al acto,al efecto de contestar al interrogatorio de preguntasde la contraparte, si así se hubiese interesado, asícomo para que aporte la documental que se indica enla demanda, cuya admisión se acordó por resoluciónjudicial, haciéndole saber que las copias de la mismase encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma, a EurekaAK, S.L., en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia,en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro deseptiembre de dos mil dieciocho.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

150.344

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7

DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

EDICTOCITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL

5.805Procedimiento: Procedimiento Ordinario 453/2018.

Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Julio César Casabieja Matías. Demandados: JosefinaLadeveze Cullen, María Nieves Ruano del Campo,Miguel Ruano del Campo, Jorge Ruano Suso, EduardoRuano Viniegra, Caudal Hereditario o HerenciaYacente de don José María del Campo Cullen yFogasa. Abogado: Juan Eusebio Rodríguez Delgado.

Doña Belén Ruiz Ferrer, Letrada de la Administraciónde Justicia de este Juzgado de lo Social Número Sietede Santa Cruz de Tenerife,

HACE SABER: Que en los Autos seguidos bajo elnúmero 453/2018 en materia de Reclamación deCantidad a instancia de Julio César Casabieja Matíascontra Josefina Ladeveze Cullen, María Nieves Ruanodel Campo, Miguel Ruano del Campo, Jorge RuanoSuso, Eduardo Ruano Viniegra, Caudal Hereditarioo Herencia Yacente de don José María del Campo Culleny Fogasa, se ha acordado citarle mediante Edictodado su ignorado paradero, para el acto de vista oralque tendrá lugar el próximo día 01.07.19 a las 09:50horas, en la Sala de Audiencia de este Juzgado sitaen calle Leoncio Rodríguez (Edif. El Cabo - 4ª Planta)de Santa Cruz de Tenerife, advirtiéndole de lo dispuestoen los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de laJurisdicción Social. Asimismo, se le requiere para queconcurra al acto, al efecto de contestar al interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como para que aporte la documentalque se indica en la demanda, cuya admisión se acordópor resolución judicial, haciéndole saber que lascopias de la misma se encuentran a su disposición enla Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma, aJosefina Ladeveze Cullen, María Nieves Ruano delCampo, Miguel Ruano del Campo, Jorge Ruano Suso,

9730 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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Eduardo Ruano Viniegra y Caudal Hereditario oHerencia Yacente de don José María del CampoCullen, en ignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, enLas Palmas de Gran Canaria, a veintiuno de septiembrede dos mil dieciocho.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

149.939

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 8

EDICTOCITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL

5.806Procedimiento: Procedimiento Ordinario 868/2017.

Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:José Manuel Santana Ramírez. Demandados: InsularTécnicas Constructiva, S.L. y Fogasa. Abogado:Emilio Vicente Ruano Alejandro.

Doña María Luisa Serarols Gallostra, Letrada de laAdministración de Justicia de este Juzgado de loSocial Número Ocho de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en los Autos seguidos bajo elnúmero 868/2017 en materia de Reclamación deCantidad a instancia de José Manuel Santana Ramírezcontra Insular Técnicas Constructiva, S.L. y Fogasa,se ha acordado citarle mediante Edicto dado suignorado paradero, para el acto de vista oral quetendrá lugar el próximo día 04.10.18 a las 11:10horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo, se le requiere para que concurra al acto,al efecto de contestar al interrogatorio de preguntasde la contraparte, si así se hubiese interesado, asícomo para que aporte la documental que se indica enla demanda, cuya admisión se acordó por resoluciónjudicial, haciéndole saber que las copias de la mismase encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma, a InsularTécnicas Constructiva, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial

de la Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, aveintiséis de septiembre de dos mil dieciocho.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

152.065

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9

EDICTO5.807

Procedimiento: Seguridad Social en MateriaPrestacional 716/2015. Materia: Incapacidad Permanente.Demandante: Francisco José Bordón Guedes.Demandados: Instituto Nacional de la SeguridadSocial, Tesorería General de la Seguridad Social,Alumiejido, S.L., Mutua Asepeyo, Antonio MiguelMartel Rodríguez, Technal Ibérica y ManufacturasCanarias de Aluminio y Vidrio, S.A. Abogados:Héctor Clemente Valdivia González, Servicio JurídicoSeguridad Social LP, Manuel Carlos Martel Revuelta,Elena Tejedor Jorge y Lara Vivas Sanz.

Doña María Ivana Vega del Diego, Letrada de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo SocialNúmero Nueve de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en Procedimiento tramitadoen este Juzgado al 716/2015, a instancia de FranciscoJosé Bordón Guedes contra Instituto Nacional de laSeguridad Social, Tesorería General de la SeguridadSocial, Alumiejido, S.L., Mutua Asepeyo, Technal Ibéricay Manufacturas Canarias de Aluminio y Vidrio, S.A.se ha dictado Sentencia de fecha 17 de septiembre de2018 haciéndoles saber que contra la misma cabeinterponer Recurso de Suplicación para ante la Salade lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, recurso que deberá anunciarse ante esteJuzgado dentro de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes al de la notificación, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciarlo, haber consignado lacantidad objeto de la condena, que podrá sustituirsepor el aseguramiento mediante aval bancario; laconsignación deberá efectuarse en la cuenta dedepósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9731

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en la entidad Banco Santander al número IBAN ES550049 3569 9200 0500 1274 al concepto 3497 000065 0716 15. Se significará, además, que todo el que,sin tener la condición de trabajador o causahabientesuyo, beneficio del Régimen Público de la SeguridadSocial o de justicia gratuita, intente interponer Recursode Suplicación, deberá efectuar un depósito de 300euros, que ingresará, con independencia de laconsignación, en su caso, en la indicada cuenta yconcepto, debiendo, el recurrente, hacer entrega delresguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado,al tiempo de interponer el Recurso de Suplicación.

Y para que sirva de notificación en legal forma aManufacturas Canarias de Aluminio y Vidrio, S.A.,en ignorado paradero, y haciéndole saber que lasResoluciones íntegras se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado y que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resoluciónen la oficina judicial, expido la presente para supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia deLas Palmas.

En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho deseptiembre de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

148.356

EDICTOCITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL

5.808Procedimiento: Procedimiento Ordinario 507/2018.

Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Magdalena Fernanda Giménez Larrosa. Demandados:Hitto Emprende, S.L. y Fogasa. Abogada: PilarVictoria Hernández Molina.

Doña María Ivana Vega del Diego, Letrada de laAdministración de Justicia de este Juzgado de loSocial Número Nueve de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en los Autos seguidos bajo elnúmero 507/2018 en materia de Reclamación deCantidad a instancia de Magdalena Fernanda GiménezLarrosa contra Hitto Emprende, S.L. y Fogasa, se haacordado citarle mediante Edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 21.11.18 a las 10:00 horas, advirtiéndolede lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la LeyReguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo, sele requiere para que concurra al acto, al efecto de contestar

al interrogatorio de preguntas de la contraparte, si asíse hubiese interesado, así como para que aporte ladocumental que se indica en la demanda, cuya admisiónse acordó por resolución judicial, haciéndole saber quelas copias de la misma se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma, a HittoEmprende, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintede septiembre de dos mil dieciocho.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

149.936

EDICTOCITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL

5.809Procedimiento: Despidos/Ceses en General 744/2018.

Materia: Despido Disciplinario. Demandante: BegoñaLucía Carballo Jerez. Demandados: Wmeru Express,S.L. y Fogasa. Abogado: Domingo Tarajano Mesa.

Doña María Ivana Vega del Diego, Letrada de laAdministración de Justicia de este Juzgado de loSocial Número Nueve de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en los Autos seguidos bajo elnúmero 744/2018 en materia de Despido Disciplinarioa instancia de Begoña Lucía Carballo Jerez contra WmeruExpress, S.L., se ha acordado citarle mediante Edictodado su ignorado paradero, para el acto de vista oralque tendrá lugar el próximo día 31.10.18 a las 10:50horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo, se le requiere para que concurra al acto,al efecto de contestar al interrogatorio de preguntasde la contraparte, si así se hubiese interesado, asícomo para que aporte la documental que se indica enla demanda, cuya admisión se acordó por resoluciónjudicial, haciéndole saber que las copias de la mismase encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma, aWmeru Express, S.L., en ignorado paradero, expido

9732 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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la presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, adiecinueve de septiembre de dos mil dieciocho.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

150.293

EDICTOCITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL

5.810Procedimiento: Despidos/Ceses en General 703/2018.

Materia: Despido Disciplinario. Demandante: FernandoGonzález García. Demandados: Ávila Comunicaciones,S.L. y Fogasa. Abogado: Gustavo Adolfo TarajanoMesa.

Doña María Ivana Vega del Diego, Letrada de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo SocialNúmero Nueve de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en los Auto seguidos bajo elnúmero 703/2018 en materia de Despido Disciplinarioa instancia de Fernando González García contra ÁvilaComunicaciones, S.L., se ha acordado citarle medianteEdicto dado su ignorado paradero, para el acto de vistaoral que tendrá lugar el próximo día 24.10.18 a las11:40 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de laJurisdicción Social. Asimismo, se le requiere para queconcurra al acto, al efecto de contestar al interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como para que aporte la documentalque se indica en la demanda, cuya admisión se acordópor resolución judicial, haciéndole saber que lascopias de la misma se encuentran a su disposición enla Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma, a ÁvilaComunicaciones, S.L., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, adieciocho de septiembre de dos mil dieciocho.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

150.294

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 10

EDICTO5.811

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales120/2018. Materia: Sin Especificar. Ejecutante: JoséOliverio Falcón Almeida. Ejecutados: IniciativasCanamer, S.L. y Fogasa. Abogado: Jesús R. RodríguezCabrera.

Don Ismael Cubero Truyo, Letrado de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo SocialNúmero Diez de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en Procedimiento tramitadoen este Juzgado al 120/2018, a instancia de JoséOliverio Falcón Almeida contra Iniciativas Canamer,S.L. se ha dictado Decreto 19.09.2018, contra el cualcabe Revisión en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aIniciativas Canamer, S.L., en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia de Las Palmas.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve deseptiembre de dos mil dieciocho.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

148.354

EDICTO5.812

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales123/2018. Materia: Sin Especificar. Ejecutante:Carmelo Santana Suárez. Ejecutados: PanaobraBuiding y Design, S.L. y Fogasa. Abogado: HéctorClemente Valdivia González.

Don Ismael Cubero Truyo, Letrado de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo SocialNúmero Diez de Las Palmas de Gran Canaria,

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9733

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HACE SABER: Que en Procedimiento tramitadoen este Juzgado al 123/2018, a instancia de CarmeloSantana Suárez contra Panaobra Buiding y Design,S.L. se ha dictado Auto de fecha 19/09/18 contra elque cabe Recurso de Reposición en el plazo de TRESDÍAS ante este órgano, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido, en el que podrádeducir oposición a la ejecución aduciendo pago ocumplimiento, prescripción u otros hechos impeditivos,extintivos o excluyentes de responsabilidad (artículo239.4 LRJS) y Decreto de fecha 19/09/2018 contraesta resolución cabe interponer Recurso de Revisión,en el plazo de TRES DÍAS ante este Juzgado,expresando la infracción en que la resolución hubieraincurrido.

Y para que sirva de notificación en legal forma aPanaobra Buiding y Design, S.L., en ignorado paradero,y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia de Las Palmas.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve deseptiembre de dos mil dieciocho.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

148.915

EDICTO5.813

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales142/2014. Materia: Despido Disciplinario. Ejecutante:Alina Cinar. Ejecutados: Lingna He y Fogasa. Abogado:Domingo Tarajano Mesa.

Don Ismael Cubero Truyo, Letrado de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo SocialNúmero Diez de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en Procedimiento tramitadoen este Juzgado al 142/2014, a instancia de Alina Cinarcontra Lingna He se ha dictado Decreto 19.09.2018.

Y para que sirva de notificación en legal forma aLingna He, en ignorado paradero, y haciéndole saberque las Resoluciones íntegras se encuentran a sudisposición en la Secretaría de este Juzgado y que lassiguientes comunicaciones se harán fijando copia dela resolución en la oficina judicial, expido la presente

para su publicación en el Boletín Oficial de la Provinciade Las Palmas.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve deseptiembre de dos mil dieciocho.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

148.920

EDICTO5.814

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales163/2018. Materia: Reclamación de Cantidad.Ejecutante: Fremap Mutua Colaboradora de laSeguridad Social Número 61. Ejecutado: ConstruccionesTeberite, S.L. Demandados: Instituto Nacional de laSeguridad Social y Tesorería General de la SeguridadSocial. Abogados: Servicio Jurídico Seguridad SocialLP y Domingo Jesús Jiménez Rodríguez.

Don Ismael Cubero Truyo, Letrado de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo SocialNúmero Diez de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en Procedimiento tramitadoen este Juzgado al 163/2018, a instancia de FremapMutua Colaboradora de la Seguridad Social Número61 contra Construcciones Teberite, S.L. se ha dictadoAuto de 12 de septiembre de 2018 contra el que cabeRecurso de Reposición en el plazo de TRES DÍASante este órgano, expresando la infracción en que laresolución hubiera incurrido, en el que podrá deduciroposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento,prescripción u otros hechos impeditivos, extintivoso excluyentes de responsabilidad (artículo 239.4LRJS) y Decreto de 12 de septiembre de 2018 contraesta resolución cabe interponer Recurso de Revisión,en el plazo de TRES DÍAS ante este Juzgado,expresando la infracción en que la resolución hubieraincurrido.

Y para que sirva de notificación en legal forma aConstrucciones Teberite, S.L., en ignorado paradero,y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia de Las Palmas.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve deseptiembre de dos mil dieciocho.

9734 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

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EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

148.951

JUZGADO DE INSTRUCCIÓNNÚMERO 7

EDICTO5.815

Procedimiento: Juicio sobre Delitos Leves 1.789/2018.Investigado: Carlos José Lorenzo Martell. Denunciante:Albina María Enríquez Falcón. Tercerista: DirkMorales Janssen. Abogada: Albina María HenríquezFalcón.

Don Miguel Ángel Tabladillo López, Letrado de laAdministración de Justicia del Juzgado de InstrucciónNúmero Siete de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Extiendo y firma la presente, parasu publicación en el B.O. de la Provincia, paranotificación de la Sentencia al investigado, en ignoradoparadero Carlos José Lorenzo Martell.

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de julio de2018.

Vistos por Francisco Javier García García-Sotoca,Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción NúmeroSiete de Las Palmas de Gran Canaria, los presentesAutos de Juicio Inmediato por Delito Leve número1.789/18, seguidos por Hurto, en el que han sidopartes, Verónica Rodríguez Hernández como denunciante,Carlos José Lorenzo Martell como acusado, convengoen señalar los siguientes:

FALLO: Que debo condenar y condeno a Carlos JoséLorenzo Martell, como autor criminalmente responsablede Delito Leve de Hurto anteriormente definido, a lapena de multa de 20 días con una cuota de 10 Euros;si el condenado no satisficiere, voluntariamente opor vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujetoa una responsabilidad personal subsidiaria de 1 díade privación de libertad por cada 2 cuotas no satisfechas,que, tratándose de Delitos Leves, podrá cumplirsemediante localización permanente, imponiendoexpresamente las costas del proceso.

Notifíquese a las partes en la forma prevista en elartículo 248.4 de la LOPJ haciendo saber que estasentencia no es firme y que contra la misma cabe

interponer Recurso de Apelación ante la AudienciaProvincial en el plazo de los CINCO DÍAS siguientesal de su notificación, que deber formalizarse anteeste Juzgado por escrito en la forma prevista en el artículo795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando yfirmo.

EL MAGISTRADO-JUEZ.

Diligencia de Publicación. En Las Palmas de GranCanaria, a 13 de julio de 2018.

La extiendo yo, la Letrada de la Administración deJusticia, para hacer constar que en el día de la fechadon Francisco Javier García García-Sotoca, MagistradoJuez de este Órgano Judicial, me hace entrega de laanterior resolución debidamente firmada que paso ahacer pública, librando testimonio de la misma parasu unión a los Autos, llevándose el original al librode resoluciones de este Juzgado. Doy fe.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DEJUSTICIA.

En Las Palmas de Gran Canaria, a nueve de septiembrede dos mil dieciocho, de lo que yo el Letrado de laAdministración de Justicia, doy fe. Extiendo y firmala presente, para su publicación en el B.O. de LaProvincia, para notificación de la sentencia alinvestigado, en ignorado paradero Carlos José LorenzoMartell.

148.345

EDICTO5.816

Procedimiento: Juicio sobre Delitos Leves 1.253/2017.Investigadas: Dayara González Hernández e InmaculadaConcepción Sánchez Romero. Denunciante: SantiagoWong García.

Don Miguel Ángel Tabladillo López, Letrado de laAdministración de Justicia del Juzgado de InstrucciónNúmero Siete de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Extiendo y firma la presente, parasu publicación en el B.O. de la Provincia, paranotificación de la Sentencia al investigado, en ignoradoparadero Dayara del Carmen González Hernández.

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubrede 2017.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018 9735

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Vistos por Francisco Javier García García-Sotoca,Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción NúmeroSiete de Las Palmas de Gran Canaria, los presentesAutos de Juicio Inmediato de Delito Leve número1.253/17, seguidos por Hurto, en el que han sidopartes, Santiago Wong García como denunciante,Dayara del Carmen González Hernández e InmaculadaConcepción Sánchez Romero como acusadas, convengoen señalar los siguientes:

FALLO: Que debo condenar y condeno a InmaculadaConcepción Sánchez Romero y Dayara del CarmenGonzález Hernández, como autoras criminalmenteresponsables de un Delito Leve de Hurto en Gradode Tentativa, de los artículos 234.2,16 y 62 del CódigoPenal, a las penas respectivamente de multa de 20 y29 días con una cuota diaria de 4 euros; si lascondenadas no satisficieren, voluntariamente o porvía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto auna responsabilidad personal subsidiaria de 1 día deprivación de libertad por cada 2 cuotas no satisfechas,que, tratándose de Delitos Leves, podrá cumplirsemediante localización permanente e imponiendoexpresamente por mitad las costas del proceso.

Notifíquese a las partes en la forma prevista en el

artículo 248.4 de la LOPJ haciendo saber que estasentencia no es firme y que contra la misma cabeinterponer Recurso de Apelación ante la AudienciaProvincial en el plazo de los CINCO DÍAS siguientesal de su notificación, que deber formalizarse anteeste Juzgado por escrito en la forma prevista en el artículo795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando yfirmo.

Publicación. La anterior sentencia ha sido leída ypublicada en el día de su fecha por el Ilmo. Sr.Magistrado que la suscribe estando constituido enaudiencia pública. Doy fe.

En Las Palmas de Gran Canaria, a doce de septiembrede dos mil dieciocho, de lo que yo el Letrado de laAdministración de Justicia, doy fe. Extiendo y firmala presente, para su publicación en el B.O. de laProvincia, para notificación de la sentencia alinvestigado, en ignorado paradero de Dayara delCarmen González Hernández.

148.343

9736 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 119, miércoles 3 de octubre de 2018

BOLETÍN OFICIALDE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS

Año XCIII Miércoles, 3 de Octubre de 2018 Número 119

Franqueo

concertado

23/1

GOBIERNO DE CANARIAS