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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 185 Martes 4 de agosto de 2015 Sec. IV. Pág. 34274 cve: BOE-B-2015-24653 Verificable en http://www.boe.es IV. Administración de Justicia JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN 24653 ALCOBENDAS EDICTO En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente: Sentencia n.º 48 En Alcobendas a diecisiete de febrero de dos mil quince. Doña María Cruz Mingo Belloso, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Alcobendas, habiendo visto los presentes autos de juicio de divorcio seguidos ante este juzgado con el n.º 427/2012, a instancia de doña Blanca Azucena Barrionuevo Silva, representada por la procuradora doña Yolanda Pulgar Jimeno contra don Patricio Nolivos Díaz, en situación de rebeldía procesal y atendiendo a los siguientes, F A L L O Que estimando en parte la demanda interpuesta por doña Blanca Azucena Barrionuevo Silva, representada por la procuradora doña Yolanda Pulgar Jimeno contra don Patricio Nolivos Díaz, en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio de ambos cónyuges con los efectos legales inherentes a dicha declaración, adoptando como medidas definitivas las siguientes: La disolución del matrimonio de ambos cónyuges, cesando la presunción de convivencia conyugal. Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado en favor del otro, y cesa la posibilidad de vincular bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica. Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas. Comuníquese esta sentencia, una vez firme, al consulado de Ecuador así como al Registro Central del Ministerio de Justicia. Así por esta mi Sentencia, contra la que cabe interponer dentro del plazo de veinte días recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, que no suspenderá la eficacia de las medidas acordadas, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 455 y 774 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, lo pronuncio, mando y firmo. Y como consecuencia del ignorado paradero de CRISTÓBAL PATRICIO NOLIVOS DÍAZ, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. En Alcobendaas, 8 de junio de 2015.- La Secretaria Judicial. ID: A150031103-2 http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO - asigno.es 04 AGO 2015.pdf · declaro disuelto por divorcio el matrimonio de ambos cónyuges con los efectos legales inherentes a dicha declaración,

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADONúm. 185 Martes 4 de agosto de 2015 Sec. IV. Pág. 34274

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

24653 ALCOBENDAS

EDICTO

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literalsiguiente:

Sentencia n.º 48

En Alcobendas a diecisiete de febrero de dos mil quince.

Doña María Cruz Mingo Belloso, Magistrada del Juzgado de Primera Instancian.º 4 de Alcobendas, habiendo visto los presentes autos de juicio de divorcioseguidos ante este juzgado con el n.º 427/2012, a instancia de doña BlancaAzucena Barrionuevo Silva, representada por la procuradora doña Yolanda PulgarJimeno contra don Patricio Nolivos Díaz, en situación de rebeldía procesal yatendiendo a los siguientes,

F A L L O

Que estimando en parte la demanda interpuesta por doña Blanca AzucenaBarrionuevo Silva, representada por la procuradora doña Yolanda Pulgar Jimenocontra don Patricio Nolivos Díaz, en situación de rebeldía procesal, debo declarar ydeclaro disuelto por divorcio el matrimonio de ambos cónyuges con los efectoslegales inherentes a dicha declaración, adoptando como medidas definitivas lassiguientes:

La disolución del matrimonio de ambos cónyuges, cesando la presunción deconvivencia conyugal.

Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de loscónyuges hubiera otorgado en favor del otro, y cesa la posibilidad de vincularbienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas.

Comuníquese esta sentencia, una vez firme, al consulado de Ecuador asícomo al Registro Central del Ministerio de Justicia.

Así por esta mi Sentencia, contra la que cabe interponer dentro del plazo deveinte días recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, queno suspenderá la eficacia de las medidas acordadas, de conformidad con lodispuesto en los arts. 455 y 774 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, lopronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de CRISTÓBAL PATRICIONOLIVOS DÍAZ, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Alcobendaas, 8 de junio de 2015.- La Secretaria Judicial.ID: A150031103-2

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

24654 CÁCERES

Edicto

D. Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial de Jdo. 1.ª. Inst. eInstrucción n.º.1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:

1.- Que en el Sección V Liquidación 0000490/2013, referente al concursadoCeres House, S.L., se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el día 23-07-2015, el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaboradopor la administración concursal.

2.- El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de Quince Días,computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formularobservaciones y propuestas de modificación del mismo.

Cáceres, 23 de julio de 2015.- El Secretario Judicial,ID: A150035468-1

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24655 MARTORELL

Judit Péries Íñiguez, Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Martorell,hago saber:

Se tramita en este Juzgado de mi cargo y bajo el cardinal n.º 770/2014procedimiento sobre extravío de valores, instando por el procurador Antonio UrbeaAneiros, en nombre e interés de Fuchs Lubricantes, Sociedad Anónima, quienformuló denuncia de extravío de la cambial que a continuación se describe:

Beneficiario del cheque: Cepsa Química, Sociedad Anónima.

Librador de cheque: Banco Bilbao Vizcaia Argentaria, Sociedad Anónima.

Ordenante del cheque: Fuchs Lubricantes, Sociedad Anónima.

Formulada denuncia de extravío de Cheque emitido el día 15.10.14 por laentidad bancaria Banco Bilbao Vizcaia Argentaria, Sociedad Anónima, de la oficinanúm. 5424, con código 7532, de la serie ZA, y número 006330219, por importe de50.302,61 euros;

Y en cumplimiento de lo resuelto, se acuerda publicar la indicada denuncia enel BOE fijando un plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación para queel tenedor del título pueda comparecer en estos autos y formular oposición; todoello conforme a lo prevenido en el art. 85 y concordantes de la Ley Cambiaria y delCheque.

Martorell, 14 de mayo de 2015.- La Jueza. La Secretaria Judicial.ID: A150035390-1

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24656 BADAJOZ

D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 deBadajoz, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la sección I bajo elnúmero 475 /2015 se ha dictado en fecha 23 de julio de 2015 auto de declaraciónde Concurso Voluntario Abreviado del deudor BOREAL INSTALACIONES, S.L.,con CIF B-06596613, cuyo centro de interés principal lo tiene en Almendralejo(Badajoz), calle López de Ayala, n.º 124.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración ydisposición que seguirá ejerciendo la concursada. Se ha designado, comoadministración concursal al letrado D. FRANCISCO JESÚS ELÍAS MESÍAS, condomicilio postal en calle Ricardo Romero, n.º 35, de Almendralejo, y direcciónelectrónica [email protected], para que los acreedores, a suelección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ningunacircunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismasdeben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existirpersonaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas encuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para quecomuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditosque deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a ladirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mesa partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial delEstado.

4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en lasiguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal.

Badajoz, 23 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.ID: A150035290-1

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24657 BARCELONA

Don Francesc Xavier Rafí Roig, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantilnº 9 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: "Que en el concurso voluntario nº 458/2015, seguido en esteJuzgado a instancia de Itzel Integral facility Services 2012, S. L. Unipersonal, se hadictado Auto de Declaración y conclusión del Concurso por insuficiencia de masaactiva, en fecha 9 de julio de 2015, ordenándose la disolución y extinción de lasociedad."

Barcelona, 10 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150034816-1

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24658 BARCELONA

El Secretario Judicial D. José Vela Perea, del Juzgado Mercantil nº 6 deBarcelona,

Hago saber: "Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número489/2015 se ha declarado, mediante auto de fecha 26/06/2015, el concursovoluntario de Vallesian Engineering Projects 2011, S. L., con domicilio en Sabadell,Av. Francesc Macià, nº 60, planta 19, con CIF: B-57734006, al tiempo que suconclusión por falta de masa activa de conformidad con lo dispuesto en el art. 176bis 4 de la ley Concursal."

Barcelona, 26 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150034818-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24659 BARCELONA

Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 deBarcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes,n.º 111, Edificio C, 12.ª planta.

Número de Asunto.- Concurso voluntario 475/2015 7.ª

Tipo de Concurso,. Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF.- Tullis Russell Iberia, S.L. NIF B-65330334.

Fecha del Auto de declaración.- 12 de junio de 2015.

Administradores concursales.- Miriam Magdalena Cámara, con NIF45498406J, domiciliada en Terrassa, calle Font Vella, 82-2.º-2.ª, como abogada,con correo electrónico [email protected]

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso pormedio de abogado y procurador.

Régimen de intervenidas las facultades de la concursada.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberánponer en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado alefecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación pormedios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demásdatos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto,cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que sepretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes oderechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará undomicilio o una dirección electrónica para que la administración concursalpractique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Seacompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esaforma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudirpersonalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos oinformes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio deabogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 21 de julio de 2015.- El Secretario judicial.ID: A150034941-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24660 BARCELONA

D. Rafael Huerta García, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en el concurso n.º 528/11 B, seguido en este Juzgado ainstancia del Procurador Sr. Juan Alvaro Ferrer Pons, en nombre de DENTELL,S.L., se ha dictado en esta fecha autos acordando la conclusión del concurso,cesando todos los efectos de la declaración del concurso y la Administracionconcursal en el ejercicio de su cargo.

Barcelona, 28 de mayo de 2015.- El Secretario judicial.ID: A150035529-1

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24661 BARCELONA

El Secretario Judicial D. Francisco Velasco García-Plata, del Juzgado Mercantilnº 5 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número241/2011, por auto de fecha 18 de mayo de 2015, se ha declarado la conclusióndel presente procedimiento concursal, acordándose la extinción de la personalidadjurídica de la sociedad instante y la cancelación de sus asientos registrales.

Barcelona, 26 de mayo de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035530-1

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24662 BARCELONA

El Secretario judicial, don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 deBarcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número531/2015, se ha declarado, mediante auto de fecha 13 de julio de 2015, elconcurso voluntario de Ibb Auto Racing, S.L. con NIF B-613402085 y con domicilioen C/ La Masia, n.º 26, n.º 2 de Odena (Barcelona), en el que se ha decretado elmantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre supatrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso ordinario.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos aladministrador concursal designado D. Christian Herrera Petrus, abogado, pormedio de escrito que se presentará personalmente, por vía postal en el domiciliodel administrador concursal, sito en Via Augusta, n.º 4, planta 6.ª de Barcelona, oen la dirección electrónica designada por el administrador [email protected] en el plazo de un mes, a contar desde lapublicación del BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante,expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como losrelativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento,características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especialse indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datosregistrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de losdocumentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que sehaya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho acomparecer y personarse en las actuaciones, designado abogado y procuradorque les defienda y presente, salvo que pretenda exclusivamente comunicar suscréditos o asistir a juntas, debido a efectuar en su caso la personación en elServicio Común de los juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el RegistroPúblico Concursal

Barcelona, 13 de julio de 2015.- El Secretario judicial.ID: A150035532-1

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24663 BARCELONA

Edicto de Declaración de Concurso.

Francesc Xavier Rafí Roig, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 9 delos de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto dedeclaración de concurso dictado por este Juzgado:

Número de asunto: Concurso 469/2015, Sección C2.

Fecha del auto de declaración: 25/6/15.

Clase de concurso: Voluntario Abreviado y apertura liquidación.

Entidad concursada: Novetats Fra Fer, S.A., con domicilio en Barberá delVallés (Barcelona), c/ Josep M. de Segarra, 77, con CIF A58092677.

Administradores concursales: La sociedad AC Solvency, S.L.P., que nombra aD. Ignacio Ripol Carulla, como persona física para desempeñar el cargo.Recepción de créditos en: Dirección postal: Avda. Diagonal, 405, bis, 2.ª, 08008Barcelona. Dirección electrónica: [email protected].

Regimen de las facultades del concursado: Suspendidas.

Registro público de resoluciones concursales: www.publicidadconcursal.es.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberánponer en conocimiento de la administración concursal a través de su direcciónpostal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el díasiguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un plazo máximode un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse medianteAbogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de ApoyoConcursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Via de les CortsCatalanes, 111, edificio C, planta 13, 08014 Barcelona).

Barcelona, 30 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035613-1

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Edicto abriendo fase de liquidación por incumplimiento de convenio.

María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantilnúm. 3 de Barcelona, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la LeyConcursal, dicto el presente edicto al objeto de:

- Dar publicidad a la resolución que acuerda la apertura de la fase deliquidación por incumplimiento de convenio del concurso de la mercantil por la cualse tiene por concluida la fase común del concurso de Oxicortin Industrial, S.A.

- Dar posibilidad a los acreedores que no lo fueran en la fecha de la sentenciaaprobando el convenio incumplido para que puedan comunicar su crédito en laforma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal en el plazo máximo de unmes a:

Alejandro Benavente Antolín, con domicilio profesional en plaza Cardona, 11,1.º 2ª, de Barcelona, 08006, teléfono 933621698 y dirección electró[email protected].

Luís Guerra Vidiella con domicilio profesional en calle Comte d'Urgell, 240, 3.ºD, 08036 Barcelona, teléfono 934949696, fax 934949697 y dirección electró[email protected].

Procedimiento: Concurso voluntario 60/2011-C2.

Fecha de apertura de la fase de liquidación: 25-5-2015.

Sociedad Mercantil concursada: Oxicortín Industrial, S.A.

Barcelona, 2 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.ID: A150035614-1

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24665 BARCELONA

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

MARÍA JOSÉ HOMPANERA GONZÁLEZ, Secretaria Judicial del JuzgadoMercantil n.° 10 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado: Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.°111, edificio C, planta 13, de Barcelona.

Número de asunto: Concurso voluntario núm. 412/2015- B.

Tipo de concurso: Concurso Voluntario Abreviado.

Entidad instante del concurso y CIF: EDUMUN MALTA, S.L. CIF B62552138.

Fecha del auto de declaración: 8 de julio de 2015.

Administradores concursales: CAROLINA GLADIS GENCO SCHREIER, condomicilio C/ Muntaner, 269, 5.º, 1.ª, 08021 Barcelona (Barcelona), y teléfono n.°610937894 , y en ca l i dad de abogada , y d i recc ión e lec t rón i cagencoabogados@icab .ca t

Facultades del concursado: Intervenidas.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada enconcurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a travésde la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditosen el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el BoletínOficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por elacreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demásdatos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto ycuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que sepretende. También se señalará un domicilio/o una dirección electrónica para que laAdministración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias oconvenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a ladirección indicados.

Barcelona, 15 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.ID: A150035635-1

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24666 BARCELONA

Edicto de declaración y conclusión de concurso.

Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de loMercantil n.º 8 de los de Barcelona, dicto el presente Edicto al objeto de darpublicidad al Auto de Declaración de Concurso y la conclusión del Concurso porinsuficiencia de masa activa dictado por este Juzgado:

Número de asunto.- Concurso 542/2015, Sección E.

NIG.- 08019-47-1-2015-8005311.

Fecha del Auto de Declaración y Conclusión.- 29-06-2015.

Clase de concurso.- Voluntario.

Entidad concursada.- Irina Textil, S.L., en liquidación, con domicilio en Barberàdel Vallès, Barcelona, c/ Josep María de Segarra, 77, con CIF B59908913.

Barcelona, 30 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035665-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24667 BARCELONA

Edicto

D. Rafael Huerta García, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.° 7de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en el Concurso n.° 346/2014-G seguido en este Juzgado ainstancia del Procurador sr. Noel Mas Bagà Munné, en nombre de MANFEMGRANCIA, S.C.P., con C.I.F. núm.: J-65.499.683, se ha dictado en fecha 16 dejulio de 2015 auto acordando la conclusión del concurso, cesando todos losefectos de la declaración del concurso y la Administración concursal en el ejerciciode su cargo.

Barcelona, 16 de julio de 2015.- El Secretario judicial.ID: A150035680-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24668 BARCELONA

Edicto.

Don Rafael Huerta García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.° 7de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en el Concurso n.° 344/2014-G, seguido en este Juzgado ainstancia del Procurador Sr. Noel Mas Bagà Munné, en nombre de MANFEMGLORIES, S.C.P., con CIF núm. J-65.376.394, se ha dictado en fecha 16 de juliode 2015 auto acordando la conclusión del concurso, cesando todos los efectos dela declaración del concurso y la Administración concursal en el ejercicio de sucargo.

Barcelona, 16 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035681-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24669 BARCELONA

Edicto

D. Rafael Huerta García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.° 7de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en el concurso n.° 348/2014-G, seguido en este Juzgado ainstancia del Procurador sr. Noel Mas Bagà Munné, en nombre de MANFEM,S.C.P., con C.I.F. núm.: J-65.345.159, se ha dictado en fecha 16 de julio de 2015auto acordando la conclusión del concurso, cesando todos los efectos de ladeclaración del concurso y la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.

Barcelona, 17 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035683-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24670 BARCELONA

Edicto

Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Secretario Judicial del Juzgado de loMercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 561/2015en el que se ha dictado con fecha 2 de julio de 2015 auto declarando en estado deconcurso a la entidad STOCKS IMMOBILIARIS EL PRAT DE LLOBREGAT, S.L.U.,en liquidación, con CIF B62891353, y mandando darle publicidad con lossiguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2015 - 8005275.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administraciónconcursal de las facultades de administración y disposición de la entidad enconcurso.

Concursada: STOCKS IMMOBILIARIS EL PRAT DE LLOBREGAT, S.L.U., enliquidación, con domicilio en Barcelona, calle Muntaner, 379.

Administrador concursal: "PERNA BERTRÁN Y ASOCIADOS, S.L.P.", condomicilio en Trav. de Gracia, 18-20, 5.º, 3.ª de Barcelona con correo electró[email protected]

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso pormedio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner enconocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto oremitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medioselectrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos deidentidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía,fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda.Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos aque afecte y, en su caso los datos regístrales. También se señalará un domicilio ouna dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantascomunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia enforma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación,del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudirpersonalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar, el examen de aquellosdocumentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos, o hacerlo pormedio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad depersonarse.

Barcelona, 16 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035689-1

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24671 BARCELONA

Edicto de aprobación de convenio.

Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de loMercantil n.º 8 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en el Concurso n.º 530/14, seguido en este Juzgado harecaído la siguiente Sentencia, cuyo encabezamiento y extracto del fallo es deltenor literal siguiente:

Sentencia n.º 144/15.

En Barcelona, a ocho de julio de dos mil quince.

Vistos por Marta Cervera Martínez, Magistrada del Juzgado Mercantil n.º 8 deBarcelona, los presentes autos de procedimiento concursal, sección 5.ª deconvenio, seguidos con el número 530/2014 entre:

Partes.- La entidad mercantil Teatromax, S.A., representada por el Procuradorde los Tribunales D. Alfredo Martínez.

La Administración concursal (Sr. Víctor Marroquín).

Causa.- Aprobación de convenio.

Fallo.

La aprobación del convenio de acreedores de la entidad mercantil Teatromax,S.A., sometido a votación el 19 de junio de 2015, adquiriendo plena eficacia en lostérminos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de ladeclaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores defiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala delo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona.

Barcelona, 8 de julio de 2015.- El Secretario Judicial, Jesús Santiago OrtegoBriongos.

ID: A150035854-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24672 BILBAO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 476/2012 en el que figura comoconcursado/a Troqueles y Mecanizados, S.A., se ha dictado el 23/7/2015 autodeclarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por haberquedado firme y cuya parte dispositiva figuran los particulares siguientes.

Parte dispositiva.

Primero.- Se declara concluso el procedimiento concursal número 476/2012referente al deudor Troqueles y Mecanizados, S.A., por insuficiencia de la masaactiva para la satisfacción de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo delas actuaciones.

Segundo.- Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades deadministración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes, salvo las quese contengan en la sentencia firme de calificación.

Tercero.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendoel cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil de Bizkaia a cuyoefecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

Cuarto.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción dedeclaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

Quinto.- Anúnciese la resolución en el Registro Público Concursal y en elBoletín Oficial del Estado.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito porinsuficiencia de bienes y derechos de la masa activa.

Sexto.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judicialesadministrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos deejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a suarchivo definitivo.

Séptimo.- Si dentro del plazo de cinco años aparecieran nuevos bienes oderechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 ysiguientes de la LC.

Octavo.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administraciónconcursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

Firma del Juez.-Firma del Secretario.

Bilbao, 23 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035633-1

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24673 BILBAO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, en cumplimiento de lodispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento número 584/2015, NIG 48.04.2-15/019434,por auto de 24/7/2015, se ha declarado en concurso voluntario al deudorPromotora Viviendas de Zarauz, S.L., con CIF B20773578, con domicilio en calleGran Vía, 63 bis, 1.º, departamento G, 48011 Bilbao, y cuyo centro de principalesintereses lo tiene en Bilbao.

Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y dedisposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de laadministración concursal.

Tercero.- Que la administración concursal está integrada por Dataudit 200,S.L.P., quien designa al economista/auditor D. Eduardo García Mardones, condomicilio a efecto de notificaciones en la calle Gran Vía, 48. 1.º izquierda, 48011Bilbao, email: [email protected].

Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento dela administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con losdatos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el díasiguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en elprocedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado(artículo 184.3 LC).

Sexto.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán enla s iguiente di rección electrónica del Registro Públ ico Concursal :www.publ ic idadconcursal .es.

Bilbao, 24 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.ID: A150035791-1

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24674 BILBAO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao,

Anuncia: Que en el procedimiento número 563/2015, referente a PandaSecurity, S.L., con CIF: B48435218, se ha dictado el 20/7/2015 Auto deHomologación de Acuerdo de Refinanciación, acordando la publicación de unextracto del mismo en el BOE y el Registro Público Concursal.

Auto 361/2015.

De homologación de acuerdo de refinanciación.

(D.A. 4ª LC).

Magistrado-Juez Señor D. Marcos Bermúdez Ávila.

En Bilbao, a 20 de julio de 2015.

Procedimiento: 563/15.

Solicitante. Panda Security, S.L.

Procurador: Luis P. López-Abadia.

Abogado: Javier Yáñez Evangelista.

Acuerdo de Refinanciación: 16.06.2015.

Acreedores que han suscrito el acuerdo: BBVA, Banco de Santander, Bancode Sabadell, Kutxabank, Catalunya Bank, Bankinter, Abanca, Caixabank, BancoPopular, Banco Caixa Geral. Banco Cooperativo Expañol, Caja Rural de Navarra,Caixa Grl de Depósitos.

Acreedores disidentes: Mursi Labs, S.L. y Silversoft, S.L.

Parte dispositiva.

Es homologado el acuerdo de refinanciación de fecha 16.06.2015, suscritoentre Panda Security, S.L. y sus acreedores titulares de pasivos financieros, conlos siguientes efectos:

Primero. El AR homologado no podrá ser objeto de acciones de rescisiónconcursal.

Segundo. Sus efectos se extenderán a los acreedores de pasivos financierosdisidentes (Mursi Labs, S.L. y Silversoft, S.L.) en la forma concretada en la solicitudde homologación.

Tercero. Deberá mantenerse la paralización de las ejecuciones singularesiniciadas o de posterior iniciación que recaigan sobre bienes y derechos de lamercantil deudora, que fue acordada en la providencia de admisión a trámite de lasolicitud de homologación, hasta que se produzca la declaración de incumplimiento

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del acuerdo de refinanciación homologado por esta resolución.

Notifíquese la presente resolución a la solicitante, haciéndole saber que contraella no cabe recurso alguno. Y publíquese insertando el anuncio correspondienteen el Registro Público Concursal y en el BOE por medio de extracto. Dentro de los15 días hábiles siguientes a la última publicación, los acreedores disidentesafectados por la homologación podrán impugnarla, en la forma prevista en el ap. 7de la D.A. 4ª LC.

Así lo mando y firmo, Marcos Bermúdez Ávila, Magistrado-Juez del Juzgado delo Mercantil número 1 de Bilbao, ante el/la Secretario Judicial.

El Juez El/La Secretario Judicial.

Con fecha 27 de julio de 2015 se ha procedido a la rectificación de oficio delauto de fecha 20 de julio de 2015 cuya parte dispositiva dice:

Parte dispositiva.

Primero. Se acuerda rectificar el auto dictado en el presente procedimiento confecha 20/07/2015 en el sentido que se indica:

En el apartado del encabezamiento los acreedores que han suscrito elacuerdo, donde dice Banco Cooperativo Expañol, debe decir Banco CooperativoEspañol, S.A.

Segundo. La referida resolución queda definitivamente redactada en elparticular señalado en los antecedentes de la siguiente forma:

Procedimiento: 563/15.

Solicitante: Panda Security, S.L.

Procurador: Luis P. López Abadia.

Abogado: Javier Yáñez Evangelista.

Acuerdo de refinanciación 16.06.2015.

Acreedores que han suscrito el acuerdo: BBVA, Banco de Santander, Bancode Sabadell, Kutxabank, Catalunya Bank, Bankinter, Abanca, CaixaBank, BancoPopular, Banco Caixa Geral. Banco Cooperativo Español, S.A. Caja Rural deNavarra, Caixa Grl de depósitos.

Acreedores disidentes: Mursi Labs, S.L. y Silversoft, S.L.

Incorpórese esta resolución al libro de auto y llévese testimonio a los autosprincipales.

Bilbao, 27 de julio de 2015.- La Secretario Judicial.ID: A150036178-1

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24675 CÁCERES

Edicto.

D. Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial del Jdo. 1.ª Inst. eInstrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:

1. Que en la Sección V Liquidación 0000346/2013, referente al concursadoPROMOCIONES ESTELLES, S.L., se ha puesto de manifiesto en la OficinaJudicial el día 23-07-2015, el plan de liquidación de los bienes y derechos delconcursado, elaborado por la administración concursal.

2. El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computadosdesde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones ypropuestas de modificación al mismo.

Cáceres, 23 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035629-1

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24676 CASTELLÓN DE LA PLANA

D.ª Nieves Pérez Ibáñez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la LeyConcursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 20/05/15 y 11/06/15, dictado en elprocedimiento de Concurso Abreviado, n.º 000282/2015, N.I.G. n.º 12040-66-2-2015-0000338, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntarioy Abreviado al deudor "Hotelalias, S.L.", domiciliado en Plaza La Paz,1, bajo,Castellón, y C.I.F./D.N.I. número B12777710.

Segundo: Que se ha determinado el régimen de Intervención de las facultadesde administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero: Que se ha designado como Administrador Concursal a D. JesúsIbáñez Maicas, con domicilio en Avenida Jaime I, n.º 6, entresuelo, Despacho C,d e L a V a l l d ' U x o ( C a s t e l l ó n ) , y d i r e c c i ó n e l e c t r ó n i c [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, asu elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con elartículo 85 LC.

Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursalserá de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en elBoletín Oficial del Estado.

Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efectodirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación porProcurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para larepresentación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Castellón, 17 de junio de 2015.- Secretario Judicial.ID: A150032316-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24677 CASTELLÓN DE LA PLANA

Doña Nieves Pérez Ibáñez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantilnúm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la LeyConcursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 01/07/15 dictado en el procedimiento deConcurso Abreviado n.º 000138/2015, NIG n.º 12040-66-2-2015-0000169, seguidoen este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor"Adalma Tex, S.L.", domiciliado en calle San Roque, 42, Villarreal, y CIF númeroB12634358.

Segundo: Que se ha determinado el régimen de Intervención de las facultadesde administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero: Que se ha designado como Administrador Concursal a D. JavierLópez Bassets, con domicilio en calle Unamuno, n.º 1-2-6.º, de Castellón, ydirección electrónica [email protected], a través de los cualespodrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, deconformidad con el artículo 85 Ley Concursal.

Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursalserá de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en elBoletín Oficial del Estado.

Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efectodirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación porProcurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para larepresentación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Castellón, 9 de julio de 2015.- Secretaria Judicial.ID: A150034281-1

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24678 CASTELLÓN DE LA PLANA

Doña Nieves Pérez Ibáñez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantilnúm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la LeyConcursal, hago saber:

Primero.- Que por Auto de fecha 01/07/15 dictado en el procedimiento deConcurso Abreviado n.º 000106/2015, NIG 12040-66-2-2015-0000128, seguido eneste Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor "InetServicios Informáticos, S.L.", domiciliado en calle San Vicente, 4, Castellón, y CIFnúmero B12542346.

Segundo.- Que se ha determinado el régimen de Intervención de las facultadesde administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero.- Que se ha designado como Administrador concursal a D. IgnacioLópez Lapuente Ferraz, con domicilio en calle Falcó, n.º 2, 5.º, de Castellón, ydirección electrónica [email protected], a través de los cuales podránlos acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, deconformidad con el artículo 85 Ley Concursal.

Cuarto.- Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursalserá de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en elBoletín Oficial del Estado.

Quinto.- La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efectodirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación porProcurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para larepresentación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Castellón, 8 de julio de 2015.- Secretaria Judicial.ID: A150034283-1

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24679 CASTELLÓN DE LA PLANA

D. Jorge González Rodríguez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantilnúm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la LeyConcursal, hago saber:

Primero.- Que por Auto de fecha 01/07/15, dictado en el procedimiento deConcurso Abreviado n.º 000201/2015, NIG 12040-66-2-2015-0000243, seguido eneste Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor"Salones Vinaroz, S.L.", domiciliado en avenida Barcelona, s/n, Vinaroz, y CIFB44177202.

Segundo.- Que se ha determinado el régimen de Intervención de las facultadesde administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero.- Que se ha designado como Administrador concursal a D. José LuisLópez Gómez, con domicilio en Poeta Verdaguer, n.º 1, entresuelo derecha, deCastellón, y dirección electrónica [email protected], a través de los cualespodrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, deconformidad con el artículo 85 LC.

Cuarto.- Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursalserá de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en elBoletín Oficial del Estado.

Quinto.- La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efectodirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación porProcurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para larepresentación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Castellón, 6 de julio de 2015.- Secretario Judicial.ID: A150035528-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24680 CÓRDOBA

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba, anuncia:

1.- Conforme a providencia dictada el día 25 de mayo del año en curso, en elprocedimiento concursal número 715/2014, referente al deudor Láctea delGuadalquivir, S.L., se ha presentado el informe concursal (LC), junto con elinventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en laSecretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Se hace saber a los interesados que las partes personadas podránimpugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo diez días a contardesde la notificación a que se refiere el apartado 2 del artículo 95 de la LeyConcursal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Para los demás interesadosel plazo de diez días, se computará desde la última publicación de las previstas enel artículo 95.

3.- Las impugnaciones se sustanciarán por los trámites del incidente concursal,siendo preceptiva la intervención de Abogado y Procurador para la interposición dela demanda incidental.

Córdoba, 16 de julio de 2015.- El/La Secretario judicial.ID: A150035429-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24681 CÓRDOBA

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en elartículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia:

1 . - Q u e e n e l p r o c e d i m i e n t o n ú m e r o 8 6 3 / 2 0 1 4 , c o n N I G1402142M20140000906, por auto de 26 de junio de 2015, se ha declarado enconcurso Necesario al deudor Transportes de Áridos de Rute, S.L., con CIF:B14421879, y domicilio en Rute, calle Blas Infante, número 7, código postal 14960y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Córdoba.

2.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades deadministración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por laadministración concursal.

3.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administraciónconcursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados enel artículo 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursaldesignada ha sido don José Aguilar Martínez, con domicilio postal avenida deC e r v a n t e s , n ú m e r o 6 , e n t r e p l a n t a , y d i r e c c i ó n e l e c t r ó n i c at r a n s p o r t e s a r i d o s r u t e @ p r o a s a . o r g .

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la últimapublicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial delEstado.

4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en elprocedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado(artículo 184.3 LC).

Córdoba, 16 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035471-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24682 GIRONA

Don José Antonio Marquínez Beitia Secretario Judicial del Juzgado Mercantilnúmero uno de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado número 704/2010, se haacordado mediante auto de fecha 23 de junio de 2015, la conclusión y el archivopor inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario abreviado de lamercantil ALNUS, S. A., provista de CIF: A-17-122.516, con domicilio sito en calleTorres I Bages, número 1, de la población de Sant Hilari Sacalm, Girona, ycesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición de laconcursada mercantil subsistentes a la fecha de la citada resolución de conclusiónde concurso.

En cumplimiento del Real decreto 3/09, de 27 de marzo, en relación con ladisposición transitoria 2ª la publicidad en el Boletín Oficial del Estado será gratuitapara el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redaccióndada al artículo 23.1 de la Ley Concursal

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de laLey Concursal en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal,expido el presente en

Girona, 26 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035318-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24683 GIRONA

Edicto

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantilnúmero 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Abreviado numero 992/2014, se haacordado mediante Auto de esta fecha el archivo por inexistencia de bienes yderechos del concurso voluntario de la mercantil LA SOLANA DE PALAU,SOCIEDAD LIMITADA, con CIF B-17471962, con domicilio en Camí del Triai, s/n,de Olot (Girona).

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 177.3 dela Ley Concursal en relación con el segundo párrafo del artículo 23 de la LeyConcursal, expido el presente

Girona, 20 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035401-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24684 GIRONA

Edicto.

D. Jose Antonio Marquinez Beitia Secretario Judicial del Juzgado Mercantilnúm. 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto dedeclaración de concurso dictado en este Juzgado:

Número de asunto: 154/2015.

Fecha del Auto de Declaración: 22 de abril de 2015.

Clase de concurso: Voluntario Abreviado.

Persona concursada: Judit Fernandez Sola.

D.N.I. de la concursada: 40.317.666-T.

Domicilio de la concursada: Calle Les Coves, número 5, de la población deSant Julià de Ramis (Girona).

Administrador concursal: Cuatrecasas, Gonçalves Pereira, S.L.P. Direcciónpostal: Avda. Jaume I, número 76, planta 3.º de la ciudad de Girona 17001.Dirección electrónica: [email protected].

Regimen de las facultades del concursado: La concursada conserva lasfacultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedandosometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal,mediante su autorización o conformidad.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberánponer en conocimiento de la administración concursal a través de su direcciónpostal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el díasiguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de unmes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el BOE.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse medianteAbogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el JuzgadoMercantil núm. 1 de Girona (Avda. Ramón Folch, núm. 4-6, de Girona).

Girona, 22 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035701-1

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24685 GRANADA

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuestoen el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1 . º Q u e e n e l p r o c e d i m i e n t o n ú m e r o 9 2 3 / 2 0 1 5 , c o n N I G1808742M20150001055, por auto de 6 de julio de 2015, se ha declarado enconcurso voluntario ordinario con apertura de fase de liquidación al deudor NicanDistribuciones, S.L., con CIF B18229161, con domicilio en Poligono Juncaril,parcela 121, naves 38 y 39, Peligros (Granada), y cuyo centro de principalesintereses lo tiene en Poligono Juncaril, parcela 121, naves 38 y 39, Peligros deGranada.

2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades deadministración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por laadministración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administraciónconcursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados enel art. 85 de la LC, a estos efectos se informa que la administración concursaldesignada ha sido la sociedad Mir y Romero Asesores Mercantiles, S.L.P., condomicilio postal c/ Pedro Antonio de Alarcón, n.º 34, 1.º 1, CP 18002 de Granada, ydirección electrónica: [email protected], siendo la persona natural que larepresenta D. Fernando Mir Gómez, de profesión abogado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el díasiguiente a la publicación en el Boletin Oficial del Estado del auto de declaracióndel concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en elprocedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado(artículo 184.3 LC).

5.º Que el Registro Público Concursal donde se públicaran las resolucionesque traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp.

Granada, 13 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.ID: A150033160-1

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24686 GUADALAJARA

Edicto.

D.ª M.ª Emma López Portillo, Secretaria Judicial del Jdo. de 1.ª Instancia n.º 4y Mercantil de Guadalajara, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 404/2015 y NIG19130 42 1 2015 0003418, se ha dictado en fecha 13 de julio de 2015, Auto dedeclaración de concurso abreviado voluntario del deudor José Melchor VicenteCuriel, con DNI 29089594E, Carmen Gómez Moraño, con DNI 08958131E, cuyocentro de intereses principales lo tienen en Guadalajara, calle Pico Ocejón, n.º 12.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración ydisposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, comoadministración concursal a Banner Concursal Profesional, S.L.P. (antes BaumConcursal Profesional, S.L.P.), con domicilio postal en Madrid, Gran Vía, 40, planta3.ª, oficina 11, y dirección electrónica [email protected]ñalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación decréditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para quecomuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditosque deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a ladirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mesa partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial delEstado.

Guadalajara, 23 de julio de 2015.- La Secretario judicial.ID: A150034947-1

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24687 GUADALAJARA

Edicto

Doña Mª Emma López Portillo, Secretaria Judicial del Juzgado de 1ª Instancianº 4 y Mercantil de Guadalajara,

Por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 708/2014 yNIG nº 19130 42 1 2014 0007707, se ha dictado en fecha 17 de julio de 2015, Autode Declaración de concurso abreviado necesario del deudor MENSALMAR, S.L.,con CIF: B19212331, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Azuqueca deHenares (Guadalajara), calle Mulhacén, nº 9.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración ydisposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, comoadministración concursal a D. Pedro Jesús Puerto Delgado, con domicilio postal enla Pza . Oña te , n º 6 , de Guada la ja ra , y d i recc ión e lec t rón i [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección,efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para quecomuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditosque deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a ladirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mesa partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial delEstado.

Guadalajara, 24 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.ID: A150035191-1

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24688 HUESCA

Edicto

Doña María Ángeles Pérez Périz, Secretaria Judicial del Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, por el presente, hago saber:

1º.- Que en la Sección I Declaración Concurso 257/2015 seguido en esteórgano judicial se ha dictado en fecha 22 de julio de 2015 auto de declaración deconcurso voluntario y ordinario de MADERAS PINARAN, S.L., con CIF B22185748,cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avenida Pirineos, n.º 40, deBarbastro (Huesca).

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración ydisposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, comoadministración concursal al abogado D. José María Elola Elizalde, con domiciliopostal en Calle Ainielle, n.º 10, 3.º, CP. 22005 de Huesca, Teléfono 619952794,Fax 901667166 y dirección electrónica [email protected], señalada para quelos acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para quecomuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditosque deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a ladirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mesa partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial delEstado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en elprocedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado(artículo 184.3 LC).

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en elRegistro Público Concursal.

Huesca, 22 de julio de 2015.- Secretaria Judicial.ID: A150034694-1

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24689 JAÉN

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia nº 4 y de lo Mercantil de Jaén,

Anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 657/2015referente al deudor Astorga Refrigeración S.L., con CIF nº B-23033855 se hapresentado el informe provisional de la administración concursal, al que se refiereel Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario debienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en laSecretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de DIEZ DIAS, computados desde la última de laspublicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de esteJuzgado, Boletín Oficial del Estado y Registro Público Concursal, los interesadosque se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la listade acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil,para hacerlo deberán actuar representados por procurador y asistidos de letrado.

Jaén, 9 de julio de 2015.- El/La Secretario Judicial.ID: A150036074-1

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24690 JAÉN

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia nº 4 y de lo Mercantil de Jaén,

Anuncia:

1.- Que en procedimiento concursal número 765/2015 referente al deudorCHEMIST, S.A., con C.I.F. nº A-23015159 y domicilio en P.I. LOS OLIVARES, C/MANCHA REA,L 21, JAÉN, se ha presentado el informe de la administraciónconcursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC),junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en laSecretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- La presentación del informe de la administración concursal y el de ladocumentación complementaria notifíquese a quienes se hayan personado en elconcurso y publíquese en el tablón de anuncios del Juzgado durante diez días, asícomo en el BOE.

Jaén, 2 de julio de 2015.- EL/La Secretario Judicial.ID: A150036075-1

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24691 LEÓN

Edicto

Doña Belén Iglesias Refoyo, Secretaria Judicial del Juzgado de PrimeraInstancia nº 8 y Mercantil de León, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en Sección I Declaración Concurso 193/2015 seguido en y NIG nº24089 42 1 2015 0001368, se ha dictado en fecha 13 de julio de 2015 AUTO DEDECLARACIÓN DE CONCURSO NCESARIO del deudor IN NUBIBUSENTERTAINMENT SL, con CIF nº B-24464174.

2º.- El administrador único de la deudora, cesará en el ejercicio de lasfacultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo en ellassustituido por la administración concursal.

3º.- Se ha designado, como administrador concursal al Letrado D. ANDRÉSREGUERA CALLEJA, con despacho profesional en Avenida de España, nº 14, 1ºde Ponferrada, y dirección electrónica [email protected] designada para lacomunicación de créditos en este concurso, señalada para que los acreedores, asu elección, efectúen la comunicación de créditos.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para quecomuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditosque deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a ladirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mesa partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial delEstado.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en elprocedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador asistidos de Letrado, nosiendo precisa la intervención de dichos profesionales para la comunicación decréditos.

6º.- En la dirección electrónica del Registro Público Concursal se publicarán lasresoluciones que traigan causa del concurso.

En León, 31 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.ID: A150036605-1

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24692 LLEIDA

Don Antonio Casas Capdevila, Secretario del Juzgado de lo Mercantil núm. 1de Lleida,

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue Concurso de Acreedores nº 595/2014 siendo la concursada Societat Anònima de Valoritzacions Agroramaderes, enel que se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, formándose la secciónquinta del concurso.

Mediante auto de fecha 16 abril de 2015, se ha dispuesto lo siguiente:

Declarar finalizada la fase común del concurso núm. 595/2014 con apertura dela fase de convenio.

La propia deudora solicitó la apertura de la fase de liquidación, que se abrió porauto de fecha 20 de mayo de 2015, formándose la Sección quinta de liquidación.

Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados, y la conversión endinero, de aquellos que consistan en otra prestación.

Queda disuelta la sociedad Societat Anónima de Valori tzacionsAgroramaderes, y cesan los administradores societarios, que serán substituidospor la siguiente administración concursal:

* D/Dña.- Unió de Despatxos d’Advocats Penta Associats, S.L., cuyos datos yaconstan en las actuaciones.

Lleida, 3 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150034738-1

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24693 MADRID

Edicto

Doña CRISTINA POUSA BLASCO, Secretaria del Juzgado de lo Mercantilnúmero 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la LeyConcursal (LC),

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 432/14, por auto de 30/04/2015 se hadeclarado en concurso de acreedores voluntario abreviado a D. Andrés LópezFernández, con DNI 47490538-T y domicilio en Móstoles (Madrid).

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposiciónde su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administraciónconcursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de laadministración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datosexpresados en el artículo 85 de la LC.

La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domiciliodesignado por el administrador concursal Dña. María Concepción GonzálezAndrés en la C/ Víctor Andrés Belaunde, número 8, Oficina n.º 10 de Madrid, CP:28016 Madrid, o en el correo electrónico:

[email protected]

No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente alJuzgado.

4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el díasiguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el RegistroPúblico Concursal no está desarrollado reglamentariamente.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en elprocedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado(artículo 184.3 LC).

Madrid, 22 de julio de 2015.- La Secretaria judicial.ID: A150034782-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24694 MADRID

El Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto enel artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia:

1º.- Que en el procedimiento numero 202/12, por Auto de 11 de Junio de 2015,se ha acordado la conclusión del Concurso Voluntario de la entidad Sandañol ySafej, S.L., en liquidación, con CIF: B84001809, así como el cese de laadministración concursal.

2º- Asimismo, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por laadministración concursal y se ha declarado la extinción de la entidad.

Madrid, 26 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035458-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24695 MADRID

Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 10de Madrid, anuncia:

Que en este Tribunal se sustancia procedimiento de homologación judicial deacuerdo de refinanciación previsto en la Disposición Adicional Cuarta de la LeyConcursal, con el número 467/2015, presentado por la Procuradora Sra. SampereMeneses, en nombre y representación del deudor DELAWARES CONSULTORÍA,S.L., con CIF número B82655788, domiciliado c/ Norias, n.º 92, 1.ª planta, EdificioNuestra Señora del Pilar, en Majadahonda, en el que se ha dictado auto de fecha16 de julio de 2015, en el que se acuerda:

1.-Aprobar la homologación judicial del acuerdo de refinanciación de fecha 7 demayo de 2015, y que se encuentra depositado en la secretaría del tribunal para supublicidad.

2.-Dentro de los quince días siguientes a la publicación, los acreedores depasivos financieros afectados por la homologación judicial que no hubieran suscritoel acuerdo de homologación o que hubiesen mostrado su disconformidad almismo, podrán impugnarla.

Los motivos de la impugnación se limitarán exclusivamente a la concurrenciade los porcentajes exigidos en esta disposición y a la valoración del carácterdesproporcionado del sacrificio exigido.

3.-Se ha acordado la continuación de la paralización de los procedimientos deejecución de deuda afectadas por el acuerdo de refinanciación.

Madrid, 16 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.ID: A150035824-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24696 MADRID

Edicto

DOÑA CARMEN FRESNEDA GARCIA, Secretaria Judicial del Juzgado de losMercantil nº 6 de Madrid,

Anuncia: Que en este Juzgado se sigue procedimiento en CONCURSOVOLUNTARIO ABREVIADO con el nº 16/2015, a instancia del Procurador D.ALBERTO ALFARO MATOS, en nombre y representación de D. CARLOS BARRIOBERNABÉ, con DNI 51.401.354-B, en el que se ha dictado Auto en fecha 03/02/2015, acordando:

1.- Se declare en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor D.CARLOS BARRIO BERNABÉ. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento lasnormas procedimentales del Capítulo II del Título VIII L.Co. para el procedimientoabreviado.

2.- El deudor D. CARLOS BARRIO BERNABÉ conservará las facultades deadministración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejerciciode éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante suautorización o conformidad.

3.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la CONCLUSIÓN DELCONCURSO por la causa 3ª del apartado 1º del art. 176.bis L.Co., con los efectosinherentes a dicha declaración, en especial: a.- se acuerda el cese de todas laslimitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor quepudieran derivarse de la presente declaración de concurso; b.- declarar lasubsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de loscréditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas yejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no sedeclare nuevo concurso; c.- firme la presente resolución, notifíquese la presente alos acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señaladoen el art. 24 L.Co.; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE

Y para que sirva de publicidad en forma, se expide el presente.

Madrid, 21 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.ID: A150036055-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24697 PALMA DE MALLORCA

D. Esteban Martínez Rovira, Secretario Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 2,por el presente

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial, con el n.º Concurso 21/2011-L y NIG 07040 47 1 2011 0000046, se ha dictado en fecha 22/05/2015 Autode apertura de liquidación del concurso voluntario del deudor Construcciones JoanCapó, S.L., con CIF B07326499, y con domicilio en C/ Ses Casetes, n.º 37, 1.º., deSanta Margarita.

2º.-Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración ydisposición que ejercerá la administración concursal.

3º.-Se ha nombrado administrador concursal a D. Esteban Siquier Vich,abogado, nombrado administrador concursal de la entidad Construcciones JoanCapó, S.L., mayor de edad, con domicilio profesional de calle San Miguel, n.º 65,3.º, de Palma de Mallorca, [email protected] como dirección de correoelectrónico para comunicaciones.

4º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en elprocedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a(art.º 184.3 Ley Concursal)

Palma de Mallorca, 4 de junio de 2015.- El/la Secretario Judicial.ID: A150035477-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24698 PALMA DE MALLORCA

Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil nº 1 dePalma de Mallorca,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con elnº 187/2010-D y NIG 07040 47 1 2010 0000298, se ha dictado a instancia de laadministración concursal en fecha 28 de julio de 2015, Auto de conclusión delconcurso del deudor Construcciones y Promociones Campoy 10, SLU, cuyo centrode intereses principales lo tiene en calle Perú, 33, de Son Serra Marina, SantaMargalida, (Islas Baleares) con CIF: B-07830664, habiéndose aprobado en elcitado auto la rendición de cuentas presentada por la administración concursal,quedando la misma de manifiesto en esta Oficina Judicial.

En Palma, 29 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150036464-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24699 PONTEVEDRA

Edicto

D. José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil 1de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1º.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección IDeclaración concurso 143/15-IF y NIG3603847120150000031 se ha dictado enfecha 23.6.15 auto de declaración de concurso voluntario del deudorESTABLECIMIENTOS OTERO, S.A., con CIF A36015071, cuyo centro deintereses principales lo tiene en Avda del Muelle, 23, Cambados.

2º.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración ydisposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado comoadministración concursal a ADDITIO GROUP, S.L.P., con domicilio postal en LgTriñanes, 78,15938 Boiro, A Coruña, y dirección electrónica señ[email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen lacomunicación de créditos.

3º.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para quecomuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditosque deberán efectuar conforme a lo previsto en el art 85 de la LC, a la direcciónpostal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partirde la ultima fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Pontevedra, 3 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035546-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24700 SAN SEBASTIÁN

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Donostia,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 800/2010, en el que figuracomo concursado FLIP SUPPLIES, S.A., CIF: A20081725, se ha dictado el 23-07-2015, auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de lasactuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditoscontra la masa.

La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieranquedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición deldeudor salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

Donostia, 23 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.ID: A150035017-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24701 SAN SEBASTIÁN

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Donostia,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 838/2012, en el que figuracomo concursada Transiedes, S.L., CIF: B20218335, se ha dictado el 24.07.15auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones porhaber finalizado la fase de liquidación.

La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieranquedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición deldeudor salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

San Sebastián, 24 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.ID: A150035183-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24702 VALENCIA

Edicto.

D. JOAQUÍN ANDRÉS SANCHO, Secretario Judicial del Juzgado de loMercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm.000650/2012, habiéndose dictado en fecha 9 de julio de 2015 por el Ilmo/a. Sr/a.Magistrado-Juez del JUZGADO DE LO MERCANTIL número 3 de Valencia autofirme de conclusión de concurso Voluntario, respecto de la mercantil LEITOSA,S.A.U., cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Se decreta la conclusión del concurso voluntario ordinario tramitado en esteJuzgado bajo el número de procedimiento 000650/2012, promovido por elProcurador Sr. Vázquez García, en nombre y representación de la mercantilLEITOSA, S.A.U., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por noexistir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con losque satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración ydisposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditosrestantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no seacuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Celestino AparicioArgilés, con DNI 19.506.660-S, revocando las autorizaciones otorgadas en elprocedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil LEITOSA, S.A.U., con CIF A-15099583, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en losRegistros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase mandamiento porduplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución nocabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

Valencia, 9 de julio de 2015.- El Secretario judicial.ID: A150035383-1

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IV. Administración de JusticiaJUZGADOS DE LO MERCANTIL

24703 VALENCIA

Edicto

Don Joaquín Andrés Sancho, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantilnúmero 3 de Valencia,

Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos deConcurso de Acreedores número 001323/2012, habiéndose dictado en fecha 8 dejulio de 2015, por el Ilustrísimo Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantilnúmero 3 de Valencia auto firme de conclusión del concurso voluntario, cuya partedispositiva es del siguiente tenor:

1.- se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado eneste Juzgado bajo el número de procedimiento 001323/2012, promovido por elProcurador señor Pons Font, Pascual, en nombre y representación de laAsociación Madres y Padres de Alumnos de la Guardería Infantil Laboral Cristo delAmparo, y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración ydisposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme decalificación

3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don ConradoMoreno Bardisa, con DNI nº 22.568.638-A, revocando las autorizaciones otorgadasen el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la extinción de la asociación Madres y Padres deAlumnos de la Guardería Infantil Laboral Cristo del Amparo, con C.I.F.: G-46200325, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en losRegistros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio ymandamiento por duplicado al Registro Oficial de Asociaciones de la GeneralitatValenciana ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177de la L.C.) y tiene carácter de firme.

5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informede fecha 14/05/2015.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursadoy a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saberque contra la presente resolución no cabe recurso alguno ( art. 177.1 LC ).

Valencia, 8 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.ID: A150035793-1

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