21
http://www.asturias.es/bopa BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS NÚM. 7 DE 11-I-2016 1/21 Cód. 2016-00056 I. Principado de Asturias OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES RESOLUCIÓN de 4 de enero de 2016, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se aprueba la convocatoria anticipada de gasto de las ayudas destinadas a la distribución de fruta a los alumnos de centros escolares. El Reglamento (CE) n.º 288/2009 de la Comisión, de 7 de abril de 2009, establece las disposiciones de aplicación para la concesión de una ayuda comunitaria para la distribución de frutas y hortalizas, frutas y hortalizas transforma- das y productos del plátano a los alumnos en los centros escolares, en el marco de un Plan de consumo de fruta en las escuelas. Para participar en el Plan de fruta en las escuelas, el Principado de Asturias elaboró una Estrategia regional conforme al artículo 103 octies bis, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, y en base al Reglamento (CE) n.º 288/2009, de la Comisión, que será enmarcada en un programa de coordinación nacional común, y cuya ayuda se solicita anualmente a la Comisión Europea. La Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, con la colaboración de la Consejería de Sanidad y de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, quiere contribuir a la mejora de los hábitos alimenticios y a una nutrición saludable del alumnado de los centros escolares del Principado de Asturias, favoreciendo a su vez la estabilización de los mercados, y a garantizar la disponibilidad de los suministros. El Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 (Reglamento único para las OCM), regula en su artículo 23 las disposiciones por las cuales la Unión Europea sufraga una ayuda comu- nitaria para la distribución de productos de los sectores de frutas y hortalizas, de las frutas y hortalizas transformadas y del plátano a los alumnos en los centros escolares, en el marco de un Plan de consumo de fruta. El Reglamento (UE) n.º 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, establece las medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas. El Reglamento Delegado (UE) n.º 500/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, completa el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante la modificación del Reglamento (CE) n.º 288/2009 de la Comisión, en lo que atañe a la concesión de ayudas para las medidas de acompañamiento en el marco de un plan de consumo de frutas y hortalizas en las escuelas. En su virtud, y de conformidad con lo establecido en la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración del Princi- pado de Asturias; la Ley del Principado de Asturias 11/2014, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2015; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones; la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre, y el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, RESUELVO Primero.—Aprobar la convocatoria anticipada de gasto de concesión de ayudas destinadas a la distribución de fruta a los alumnos de centros escolares, en el ámbito del Principado de Asturias para el curso 2015/2016, en el año 2016, con cargo a la aplicación presupuestaria 19.03.712C.473.000, en la cuantía de 285.000 euros (doscientos ochenta y cinco mil euros), todo ello condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente. Segundo.—La concesión de las ayudas se regirá por las bases reguladoras aprobadas por Resolución de 11 de no- viembre de 2014, de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos de ayudas destinadas a la distribución de fruta a los alumnos de centros escolares del Principado de Asturias (BOPA de 17/11/2014). El objeto de la convocatoria es la concesión de las ayudas para la distribución de la fruta a los alumnos de centros escolares del Principado de Asturias con el fin de promover el consumo y contribuir a la promoción de hábitos saludables en el marco del Reglamento (CE) n.º 288/2009 de la Comisión, de 7 de abril de 2009, que establece las disposiciones de aplicación para la concesión de una ayuda comunitaria para la distribución de frutas y hortalizas, frutas y hortalizas transformadas y productos del plátano a los alumnos en los centros escolares, y de conformidad con la Estrategia re- gional elaborada por el Principado de Asturias para participar en el Plan de fruta en las escuelas, que se describe en el anexo I de esta convocatoria. La actividad subvencionable es la distribución de fruta en los centros escolares, así como los actos de comunicación consistentes en el cartel, y las medidas de acompañamiento contempladas en el Reglamento (CE) n.º 288/2009 de la Comisión, de 7 de abril de 2009, y descritos en la Estrategia que se relaciona en el anexo I de esta convocatoria.

Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 1/21

Cód.

2016-0

0056

I. Principado de Asturias

Otras DispOsiciOnes •Consejería de desarrollo rural y reCursos naturales

ResoluCión de 4 de enero de 2016, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos naturales, por la que se aprueba la convocatoria anticipada de gasto de las ayudas destinadas a la distribución de fruta a los alumnos de centros escolares.

el reglamento (Ce) n.º 288/2009 de la Comisión, de 7 de abril de 2009, establece las disposiciones de aplicación para la concesión de una ayuda comunitaria para la distribución de frutas y hortalizas, frutas y hortalizas transforma-das y productos del plátano a los alumnos en los centros escolares, en el marco de un Plan de consumo de fruta en las escuelas.

Para participar en el Plan de fruta en las escuelas, el Principado de asturias elaboró una estrategia regional conforme al artículo 103 octies bis, apartado 2, del reglamento (Ce) n.º 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, y en base al reglamento (Ce) n.º 288/2009, de la Comisión, que será enmarcada en un programa de coordinación nacional común, y cuya ayuda se solicita anualmente a la Comisión europea.

la Consejería de desarrollo rural y recursos naturales, con la colaboración de la Consejería de sanidad y de la Consejería de educación, Cultura y deporte, quiere contribuir a la mejora de los hábitos alimenticios y a una nutrición saludable del alumnado de los centros escolares del Principado de asturias, favoreciendo a su vez la estabilización de los mercados, y a garantizar la disponibilidad de los suministros.

el reglamento (ue) n.º 1308/2013 del Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 (reglamento único para las oCm), regula en su artículo 23 las disposiciones por las cuales la unión europea sufraga una ayuda comu-nitaria para la distribución de productos de los sectores de frutas y hortalizas, de las frutas y hortalizas transformadas y del plátano a los alumnos en los centros escolares, en el marco de un Plan de consumo de fruta.

el reglamento (ue) n.º 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, establece las medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas.

el reglamento delegado (ue) n.º 500/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, completa el reglamento (ue) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante la modificación del Reglamento (CE) n.º 288/2009 de la Comisión, en lo que atañe a la concesión de ayudas para las medidas de acompañamiento en el marco de un plan de consumo de frutas y hortalizas en las escuelas.

en su virtud, y de conformidad con lo establecido en la ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de asturias; la ley 2/1995, de 13 de marzo, de régimen jurídico de la administración del Princi-pado de asturias; la ley del Principado de asturias 11/2014, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2015; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones; la ley 38/2003 General de subvenciones, de 17 de noviembre, y el real decreto 887/2006 de 21 de julio, reglamento de la ley 38/2003 de 17 de noviembre General de subvenciones,

r e s u e l V o

Primero.—aprobar la convocatoria anticipada de gasto de concesión de ayudas destinadas a la distribución de fruta a los alumnos de centros escolares, en el ámbito del Principado de asturias para el curso 2015/2016, en el año 2016, con cargo a la aplicación presupuestaria 19.03.712C.473.000, en la cuantía de 285.000 euros (doscientos ochenta y cinco mil euros), todo ello condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

segundo.—la concesión de las ayudas se regirá por las bases reguladoras aprobadas por resolución de 11 de no-viembre de 2014, de la Consejería de agroganadería y recursos autóctonos de ayudas destinadas a la distribución de fruta a los alumnos de centros escolares del Principado de asturias (BoPa de 17/11/2014).

el objeto de la convocatoria es la concesión de las ayudas para la distribución de la fruta a los alumnos de centros escolares del Principado de Asturias con el fin de promover el consumo y contribuir a la promoción de hábitos saludables en el marco del reglamento (Ce) n.º 288/2009 de la Comisión, de 7 de abril de 2009, que establece las disposiciones de aplicación para la concesión de una ayuda comunitaria para la distribución de frutas y hortalizas, frutas y hortalizas transformadas y productos del plátano a los alumnos en los centros escolares, y de conformidad con la estrategia re-gional elaborada por el Principado de asturias para participar en el Plan de fruta en las escuelas, que se describe en el anexo i de esta convocatoria.

la actividad subvencionable es la distribución de fruta en los centros escolares, así como los actos de comunicación consistentes en el cartel, y las medidas de acompañamiento contempladas en el reglamento (Ce) n.º 288/2009 de la Comisión, de 7 de abril de 2009, y descritos en la estrategia que se relaciona en el anexo i de esta convocatoria.

Page 2: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 2/21

Cód.

2016-0

0056

Las condiciones y obligaciones de los beneficiarios son los establecidos en el artículo segundo del anexo I y en las bases tercera, cuarta, y quinta del anexo ii, de la resolución de 11 de noviembre de 2014.

Los requisitos de los beneficiarios y su acreditación, son los establecidos en los artículos segundo y tercero del anexo i y en las bases quinta y séptima, del anexo ii, de la resolución de 11 de noviembre de 2014. además, el solicitante deberá presentar declaración responsable relativa a si ha procedido a la justificación de las subvenciones y ayudas con-cedidas con anterioridad por la Comunidad autónoma.

el contenido de la memoria descriptiva mencionada en la base séptima del anexo ii de la resolución de 11 de noviem-bre de 2014, que deberá acompañar a la solicitud de la ayuda, contendrá detalladamente todos los elementos descripti-vos necesarios que indiquen cómo pretende llevar a cabo el solicitante la estrategia regional elaborada por el Principado de asturias para participar en el Plan de fruta en las escuelas, descrita como anexo i de esta convocatoria.

el proyecto subvencionado deberá realizarse en los términos planteados por el solicitante en su solicitud, y que hayan sido aceptados por la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, sin perjuicio de las modificaciones autoriza-das, según la base decimoséptima de la resolución de 11 de noviembre de 2014.

La finalidad de la concesión coincide con los objetivos recogidos en la base primera del anexo II de la Resolución de 11 de noviembre de 2014.

en todo caso, la concesión se efectuará mediante un régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los crite-rios de valoración establecidos en la base reguladora octava.

Para lo no contemplado en dicha resolución se estará a lo dispuesto en el reglamento (Ce) n.º 288/2009 de la Co-misión, de 7 de abril de 2009.

Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), y el Principado de Asturias, de acuerdo con la siguiente distribución: 75% con fondos del FEAGA, 25% restante con fondos del Principado de Asturias.

Tercero.—los interesados formularán su solicitud de ayuda en un único ejemplar debidamente cumplimentado con-forme al modelo que se recoge en el anexo iii de esta convocatoria. la solicitud deberá acompañarse de la documen-tación que asimismo se determina en la base reguladora séptima y contendrá al menos los datos de los anexos iV, V y Vi de esta convocatoria.

la presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación de las bases reguladoras.

las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

las solicitudes podrán presentarse en el registro de la Consejería de desarrollo rural y recursos naturales, o en las Oficinas Comarcales de esta Consejería, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero; si, en uso de este derecho, el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de correos antes de que se proceda a su certificación.

Cuarto.—el órgano instructor será el servicio de desarrollo agroalimentario de la dirección General de desarrollo rural y agroalimentación.

la valoración de los criterios se efectuará de acuerdo con la base reguladora octava.

De acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, las subvenciones serán resueltas y notificadas en el plazo máxi-mo de tres meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Corresponde la resolución de concesión al director General de desarrollo rural y agroalimentación por delegación de la titular de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales. La resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición.

las solicitudes de pago se presentarán de acuerdo al anexo Vii de la resolución, y deberán ir acompañadas de la documentación a estos efectos indicada en la base decimoquinta, conteniendo al menos los datos de los anexos Viii, iX y X. deberán ajustarse en el tiempo a lo señalado en la resolución de concesión correspondiente y a lo indicado en la base reguladora decimoquinta, quedando sujeta a las reducciones previstas en la base reguladora decimosexta.

Quinto.—De conformidad con los artículos 58 y 59.1 y 2 de la citada ley 30/1992, la notificación de la resolución del procedimiento se realizará, personal e individualmente, a cada uno de los solicitantes, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 18 de la ley General de subvenciones.

sexto.—disponer la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-administrativo del tribunal superior de justicia de asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su noti-ficación, no pudiendo simultanear ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

en oviedo, a 4 de enero de 2016.—el director General de desarrollo rural y agroalimentación.—P.d. de la Conse-jera de desarrollo rural y recursos naturales, resolución de 11 de septiembre de 2015 (BoPa de 28 de septiembre de 2015).—Cód. 2016-00056.

Page 3: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 3/21

Cód.

2016-0

0056

aneXo i AYUDAS DESTINADAS A LA DISTRIBUCIÓN DE FRUTA A LOS ALUMNOS DE CENTROS ESCOLARES DEL

PrinCiPado de asturias Para el Curso esColar 2015/2016

estrateGia

1. Presupuesto: ...................................................... 285.000 € a. distribución de fruta: ...................................... 242.500 € b. medidas de comunicación y acompañamiento: ......42.500 €

2. indicadores cuantitativos: a. Colegios: ......................................... 174 (200 centros de reparto) b. niños participantes: .......................... 28.000 c. edad Grupo de niños: ........................ 3 a 16 años. d. Frecuencia de distribución: ................. 5 veces por semana, 1 de ellas zumo. e. duración durante el curso escolar: ...... 5 semanas durante el periodo del curso en el que los

niños asistan a clase. (Ver calendario escolar). f. Consumo por niño y semana: ............. 0,680 kg fruta y 0,15 l de zumo de fruta ecológico. g. Consumo por niño y curso: .................3,4 kg fruta, y 0,75 l zumo de fruta ecológico. h. Porciones por niño y curso: ................ 20 de fruta y 5 de zumo. i. tipo de distribuidor: .......................... entidades con actividad en el sector hortofrutícola. j. entrega de la fruta en el colegio: .........en horario lectivo y para una semana completa. k. entrega de la fruta al niño: .................recreo o de forma previa al mismo.

deberá tenerse en cuenta el calendario escolar, los días festivos de cada municipio y los que afectan a los colegios de cada localidad. todo ello podrá consultarse en la ficha de servicio de la ayuda. Código 201400061.

3. Productos y disponibilidad: a. lista de productos. Cantidades máximas por ración y alumno:

de albaricoque, clementina, mandarina, manzana, melocotón, naranja, pera, o uva:0,170 kg. de kiwi: ..................................... 0,080 kg. de plátano: ................................ 0,145 kg.

las frutas incluidas en el plan serán frutas frescas, calibradas y enteras, de excelente calidad y deberán encontrarse en el momento óptimo de madurez para su consumo.

Zumo de fruta ecológico sin azúcares ni edulcorantes añadidos: ........ 0,15 litros. se entregará en cantidad suficiente para los alumnos de cada colegio, redondeando al alza en función del cálculo 0,15 l/alumno y del contenido de los envases disponibles, siendo esta cantidad también subvencionable.

los envases utilizados en la distribución de la fruta y del zumo deberán ser destinados a reciclaje, siendo esta fase una parte más del aprendizaje de los participantes en el Plan. los envases de vidrio serán recogidos por la empresa distribuidora, a excepción de las botellas de la última entrega, que deberán ser destinadas a reciclaje por los participantes en el Plan.

b. Cantidad máxima a distribuir: i. Fruta: ................................................ 95.000 kg. ii. Zumo de fruta ecológico: ...................... 21.000 litros.

c. Precio máximo incluido transporte y distribución: i. Fruta: ................................................ 2,00 €/kg. ii. Zumo de fruta ecológico: ...................... 2,50€/litro.

d. Criterios adicionales: i. seguridad: ......................................... Comunicación del Plan a los padres. ii. Zumo: ............................................... de fruta y ecológico. iii. Fruta: ................................................ Estacional, y local o nacional, según disponibilidad,

con el objeto de minorizar los costes relativos al producto a distribuir, así como los medioambientales relacionados con la logística de la distribución.

4. información: a. Cartel:

i. tamaño: ............................................ en formato a3 o mayor, en soporte rígido. ii. letras: ............................................... 1 centímetro o mayor. iii. título:................................................ “Plan de consumo de fruta en las escuelas”. iv. Contenido: ......................................... deberá figurar al menos la siguiente frase, que se

adaptará en función del centro escolar: nuestro (colegio, guardería, centro escolar, etc.,) participa en el “Plan de consumo de fruta en las escuelas” con la ayuda financiera de la unión europea. el cartel llevará el emblema de la unión europea.

Presupuesto máximo: ................................ 500 €.

Page 4: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 4/21

Cód.

2016-0

0056

5. medidas de acompañamiento:

el coste de las medidas de acompañamiento no podrá ser superior al 15% del coste total de la actividad.

medidas de acompañamiento y costes subvencionables: 1. Visitas a explotaciones agrícolas, almacenes de clasificación y envasado, mercados, y

actividades similares, destinadas a conectar a los niños con la agricultura. (transporte, entradas, folletos relacionados con la actividad).

2. Creación y mantenimiento de sesiones de jardinería, huertos escolares ecológicos. (material, herramientas manuales, folletos educativos sobre jardinería, asesoramiento).

3. organización de talleres de cocina y clases de cata, con frutas y verduras. (Herramientas y utensilios necesarios para el taller, frutas y verduras, apoyo de profesionales dietistas, folletos educativos relacionados con la actividad).

4. medidas destinadas a educar a los niños sobre la agricultura, a promover hábitos alimentarios saludables y cuestiones ambientales relacionadas con la producción, distribución y consumo de frutas y productos hortofrutícolas. (animaciones relacionadas directamente con las degustaciones de fruta).

5. medidas que apoyen la distribución de productos y que estén en consonancia con los objetivos del plan de consumo de frutas y hortalizas en las escuelas. (Premios o recompensas en forma de material educativo, lápices, pegatinas, juegos, etc., vinculados directamente con la preparación, degustación o consumo de la fruta).

6. actividades en combinación con otras medidas de acompañamiento: Concursos, juegos, etc.

el material divulgativo deberá tener relación directa con la medida a desarrollar, o versar sobre las características y beneficios para la salud de las frutas y verduras, haciendo hincapié en las variedades locales, de temporada y ecológicas.

Para que los niños aprendan más sobre las frutas y las verduras, se han creado una serie de juegos didácticos y divertidos, como el Frutijuego, el Alimentraining, la Batidora o el Caleidoscopio. Además, también se ponen a disposición de los padres, educadores y demás usuarios, contenidos pedagógicos como las fichas educativas, el mapa con las denominaciones de calidad, el calendario de las frutas y verduras, etc. acceso en la dirección http://bit.ly/1v0mulV.

las medidas de acompañamiento deberán estar dirigidas al mayor número posible de alumnos.

Presupuesto máximo: ................................ 42.500 € (o el 15% del coste total de la actividad de distribución, comunicación y medidas de acompañamiento, llevada a cabo).

Page 5: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 5/21

Cód.

2016-0

0056

AN

EX

O I

I A

YU

DA

S D

ES

TIN

AD

AS

A L

A D

ISTR

IBU

CIÓ

N D

E F

RU

TA

A L

OS

ALU

MN

OS

DE C

EN

TR

OS

ES

CO

LA

RES

DEL

PR

INC

IPA

DO

DE A

STU

RIA

S P

AR

A E

L C

UR

SO

ES

CO

LA

R 2

01

5/

20

16

LIS

TA

DO

DE C

EN

TR

OS

ES

CO

LA

RES

DEL P

RIN

CIP

AD

O D

E A

STU

RIA

S P

AR

TIC

IPA

NTES

ord.

C

entr

o es

cola

r D

irecc

ión

Loca

lidad

M

unic

ipio

A

lum

nos

Hue

rto

Esco

lar

Ecol

ógic

o To

tal

Infa

ntil

Prim

ar.

Secu

nd.

Cre

ació

n M

ante

nim

.

1 C

.P. "

Ber

duce

do"

Ber

duce

do s

/n

3388

7 B

erdu

cedo

A

lland

e 15

510

01

1

2 C

.P.E

.B. d

e P

ola

de A

lland

e La

s V

eiga

s, s

/n

33

880

Pol

a de

Alla

nde

Alla

nde

9314

3940

1 1

3 C

.P.E

.B. d

e C

abañ

aqui

nta

Jard

ines

Mun

icip

ales

, s/n

33

686

Cab

añaq

uint

a A

ller

118

3385

0-

-

4C

.R.A

. "M

aest

ro D

on J

osé

Ant

onio

R

oble

s"La

Tor

re, 2

3368

4 C

abor

ana

Alle

r 94

3757

0-

1

4a

Esc

uela

de

Boo

B

oo s

/n

3368

4 B

oo

Alle

r 11

74

0-

-

5 C

.P. "

San

Ped

ro"

Ctra

. Gen

eral

s/n

3368

5 E

l Esc

obio

A

ller

165

110

- 1

6 C

.P. "

Fele

chos

a"

Ctra

. Gen

eral

s/

n 33

688

Fele

chos

a A

ller

398

310

- -

7 C

.P. "

San

ta B

árba

ra"

Ctra

. Gen

eral

, 35

33

679

Oya

nco

Alle

r 42

1032

0-

1

8 C

.P. M

ored

a C

/ La

Est

ació

n s/

n 33

678

Mor

eda

Alle

r 17

258

114

01

1

9 C

.P. "

Mar

celo

Gag

o"

Leop

oldo

Ala

s, 3

3340

2 A

vilé

s A

vilé

s 74

3440

0-

1

10

C.P

. "S

an C

risto

bal"

Val

dred

o 1

3340

0 A

vilé

s A

vilé

s 80

749

241

2

11

C.P

. "A

polin

ar G

arcí

a H

evia

" La

Tob

a, 7

3346

0 A

vilé

s A

vilé

s 17

358

115

0-

-

12

C.P

. "Ll

aran

es"

Mon

te C

aurib

o, s

/n

33

460

Avi

lés

Avi

lés

156

3811

80

- -

13

C.P

. "M

arco

s de

l Tor

niel

lo"

Trav

esía

de

la D

epur

ador

a, 2

-3

3340

0 A

vilé

s A

vilé

s 23

059

171

0-

-

14

C.E

.I.P

. "P

alac

io V

aldé

s"

Avd

a. d

e P

ortu

gal,

11

33

402

Avi

lés

Avi

lés

127

127

00

- -

15

C.P

. "P

oeta

Jua

n O

choa

" P

once

de

León

, s/n

334

03 A

vilé

s A

vilé

s 29

585

210

0-

1

16

C.P

. "V

illal

egre

" A

lons

o de

Oje

da, 2

B

33

403

Avi

lés

Avi

lés

392

129

263

0-

1

17

C.P

. "S

abug

o"

Gon

zále

z A

barc

a, B

loqu

e 5

33

401

Avi

lés

Avi

lés

215

6814

70

- -

18

C.P

. "V

ersa

lles"

R

econ

quis

ta, 2

3

33

402

Avi

lés

Avi

lés

357

102

255

01

1

19

C.P

. "La

Car

riona

-Mira

nda"

A

vda.

de

Ast

uria

s, 3

6

33

401

Avi

lés

Avi

lés

9621

750

1 1

20

C.P

. "Fe

rnán

dez

Car

baye

da"

Los

Car

baye

dos,

19

33

490

Val

linie

llo

Avi

lés

101

90

1 1

21

C.P

. "E

nriq

ue A

lons

o"

Avd

a. d

e C

erva

ntes

, 24

33

402

Avi

lés

Avi

lés

282

028

20

- 1

22

C.P

. Bel

mon

te d

e M

irand

a A

vda.

de

la C

hocl

a s/

n 33

830

Bel

mon

te d

e M

irand

a B

elm

onte

de

Mira

nda

4114

270

1 1

23

C.P

. "M

artim

porr

a"

Ctra

. Gen

eral

, s/n

33

527

Mar

timpo

rra

Bim

enes

83

2855

0-

-

24

C.P

.E.B

. "C

arlo

s B

ouso

ño"

Ctra

. Gen

eral

, s/n

3372

0 B

oal

Boa

l 86

1437

351

1

25

C.P

.E.B

. de

Las

Are

nas

Las

Are

nas

3355

4 La

s A

rena

s C

abra

les

171

4876

47-

1

26

C.P

. "P

rieto

Ban

ces"

E

l Cha

rco

62

33

829

Gru

llos

Can

dam

o 73

2152

0-

-

Page 6: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 6/21

Cód.

2016-0

0056

ord.

C

entr

o es

cola

r D

irecc

ión

Loca

lidad

M

unic

ipio

A

lum

nos

Hue

rto

Esco

lar

Ecol

ógic

o To

tal

Infa

ntil

Prim

ar.

Secu

nd.

Cre

ació

n M

ante

nim

.

27

C.P

. "R

econ

quis

ta"

C/ L

a Ji

ra s

/n

3355

0 C

anga

s de

Oní

s C

anga

s de

Oní

s 16

516

50

0-

1

28

C.P

. "M

aest

ro C

asan

ova"

P

za. C

onde

de

Tore

no, s

/n

33

800

Can

gas

del N

arce

a C

anga

s de

l Nar

cea

216

021

60

- -

29

C.P

. "O

banc

a"

Oba

nca,

29

33

800

Can

gas

del N

arce

a C

anga

s de

l Nar

cea

127

4780

01

1

30

C.R

.A. "

Cot

o N

arce

a"

Reg

la d

e P

eran

done

s, 5

6

3381

4 La

Reg

la d

e P

eran

done

s C

anga

s de

l Nar

cea

223

190

- -

31

C.R

.A. "

Val

le d

el N

avie

go"

Reg

la d

e N

avie

go s

/n

3381

8 R

egla

de

Nav

iego

C

anga

s de

l Nar

cea

00

00

- -

31a

Esc

uela

de

Bim

eda

Esc

uela

de

Bim

eda

s/n

3381

8 B

imed

a C

anga

s de

l Nar

cea

176

110

- -

32

C.P

. "A

leja

ndro

Cas

ona"

La

Esp

eran

za 2

0

3380

0 C

anga

s de

l Nar

cea

Can

gas

del N

arce

a 64

064

0-

-

33

C.P

. "R

engo

s"

Veg

a de

Ren

gos

3381

3 V

ega

de R

engo

s C

anga

s de

l Nar

cea

4814

340

- -

34

C.R

.A. "

San

tana

" Ll

ano

3381

3 Ll

ano

Can

gas

del N

arce

a 9

27

0-

-

34a

Esc

uela

de

Cor

ias

Cor

ias

3381

6 C

oria

s C

anga

s de

l Nar

cea

124

80

- -

34b

Esc

uela

de

Bes

ullo

Irr

ondo

33

815

Irron

do d

e B

esul

lo

Can

gas

del N

arce

a 4

04

0-

-

34c

Esc

uela

de

Tron

es

Tron

es

3391

5 Tr

ones

C

anga

s de

l Nar

cea

82

60

- -

35

C.P

. "G

uim

arán

Val

le"

Gui

mar

án -

Val

le

33

438

El V

alle

C

arre

ño

167

90

- 1

36

C.P

. "S

an F

élix

" M

uyer

es d

e la

Pax

a, s

/n

3343

0 C

andá

s C

arre

ño

379

117

262

0-

1

37

C.P

. "Lo

grez

ana"

B

arrio

El M

onte

3343

8 E

l Mon

te L

ogre

zana

C

arre

ño

74

30

1 1

38

C.P

. "M

anue

l Mig

uel y

Tra

vies

as"

Cam

po d

e C

aso

33

990

Cam

po d

e C

aso

Cas

o 26

912

5-

1

39

C.P

. "E

l Val

lín"

Nub

eru,

33

3345

0 P

iedr

as B

lanc

as

Cas

trilló

n 34

995

254

01

1

40

C.P

. "C

astil

lo G

auzó

n"

C/ A

nton

io M

acha

do 1

7 33

405

Raí

ces

Nue

vo

Cas

trilló

n 41

410

0-

-

41

C.R

.A. "

Cas

trilló

n - I

llas"

V

egar

roza

das

89

3345

0 V

egar

roza

das

Cas

trilló

n 0

00

0-

-

41a

Esc

uela

de

Nav

eces

E

l Cal

amón

33

450

Nav

eces

C

astri

llón

228

140

- -

41b

Esc

uela

de

Pon

tón

Bar

rio S

an F

ranc

isco

33

450

Pie

dras

Bla

ncas

C

astri

llón

216

150

- -

41c

Esc

uela

de

Pill

arno

E

l Cua

dro.

San

Am

aro

s/n

3345

6 P

illar

no

Cas

trilló

n 36

1323

0-

-

41d

Esc

uela

de

San

Mig

uel d

e Q

uilo

ño

El L

lord

al

3345

9 S

an M

igue

l de

Qui

loño

C

astri

llón

1911

80

- -

41e

Esc

uela

de

Cal

lezu

ela

Cal

lezu

ela

3341

1 Ill

as

Cas

trilló

n-Ill

as

3213

190

- -

42

C.R

.A. "

Tapi

a-C

astro

pol"

La S

ienr

a

33

794

Figu

eras

C

astro

pol

3823

150

- 1

43

C.P

. "D

arío

Fre

án B

arre

ira"

Jarr

io

33

719

Jarr

io

Coa

ña

174

5511

90

1 1

44C

.P.

"Fra

ncis

co

Fern

ánde

z G

onzá

lez"

C

tra. G

ener

al, s

/n

33

470

Can

cien

es

Cor

vera

de

Ast

uria

s 10

430

740

- -

45

C.P

. "La

s V

egas

" R

ubén

Dar

ío, s

/n

33

404

Las

Veg

as

Cor

vera

de

Ast

uria

s 10

951

580

- -

46

C.P

. "Lo

s C

ampo

s"

Ctra

. Gen

eral

, s/n

3341

6 Lo

s C

ampo

s C

orve

ra d

e A

stur

ias

275

7520

00

1 1

47C

.P.

"Nue

stra

S

eñor

a de

la

H

umild

ad"

Ctra

. San

Ped

ro, s

/n

33

156

Sot

o de

Lui

ña

Cud

iller

o 92

2567

01

1

48

C.P

. "A

stur

amér

ica"

A

gust

ín B

ravo

, s/n

3315

0 C

udill

ero

Cud

iller

o 13

140

910

- -

49

C.P

.E.B

. de

Cer

redo

C

tra. G

ener

al s

/n

33

812

Cer

redo

D

egañ

a 61

1249

0-

-

Page 7: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 7/21

Cód.

2016-0

0056

ord.

C

entr

o es

cola

r D

irecc

ión

Loca

lidad

M

unic

ipio

A

lum

nos

Hue

rto

Esco

lar

Ecol

ógic

o To

tal

Infa

ntil

Prim

ar.

Secu

nd.

Cre

ació

n M

ante

nim

.

50

C.P

. "Je

sús

Álv

arez

Val

dés"

B

arrio

de

Long

ara,

s/n

3375

0 La

Car

idad

E

l Fra

nco

194

6912

50

- -

51

C.P

. "R

ey P

elay

o"

Avd

a. d

e la

Con

stitu

ción

, 57

33

208

Gijó

n G

ijón

990

990

1 1

52

C.P

. "M

igue

l de

Cer

vant

es"

Car

rete

ra A

S-1

9 G

ijón-

Avi

lés

1233

213

Gijó

n G

ijón

243

024

30

- -

53

C.P

. "P

rínci

pe d

e A

stur

ias"

A

vda.

de

la A

rgen

tina,

35

3321

2 G

ijón

Gijó

n 27

990

189

0-

-

54

C.P

. "Ja

cint

o B

enav

ente

" C

amín

de

la Ig

lesi

a, 3

42

33

391

La V

ega

Gijó

n 35

612

123

50

- 1

55

C.P

. "A

stur

ias"

P

uerto

de

Leita

riego

s, 6

3320

7 G

ijón

Gijó

n 33

110

023

10

- 1

56

C.P

. "La

Esc

uelo

na"

Saa

vedr

a, 6

9

33

208

Gijó

n G

ijón

276

5322

30

- -

57

C.P

. "X

ove"

E

ría d

e P

olía

, 3

33

205

Gijó

n G

ijón

150

5010

00

1 1

58

C.P

. "M

anue

l Mar

tínez

Bla

nco"

R

ío d

e O

ro, 2

9

33

209

Gijó

n G

ijón

324

032

40

- -

59

C.P

. "N

ican

or P

iñol

e"

Ctra

. del

Obi

spo,

98

3320

9 G

ijón

Gijó

n 17

055

115

0-

-

60

C.P

. "Tr

emañ

es"

El B

azán

, 47

33

211

Trem

añes

G

ijón

168

7890

0-

-

61

C.P

. "S

anta

Ola

ya"

La P

eña,

41

3321

2 G

ijón

Gijó

n 20

248

154

0-

-

62

C.P

. "S

ever

o O

choa

" R

ío E

o, 4

6 B

3321

0 G

ijón

Gijó

n 45

012

632

40

- 1

63

C.P

. "Ll

oreu

" C

amin

o de

l Cor

tijo,

17

33

212

Gijó

n G

ijón

311

031

10

- -

64

C.P

.E.E

. "C

astie

llo d

e B

ernu

eces

" C

amin

o de

la E

ría, 6

99

3339

4 C

astie

llo d

e B

ernu

eces

G

ijón

133

2947

57-

1

65

C.P

. "R

amón

de

Cam

poam

or"

Cal

deró

n de

la B

arca

, s/n

3320

4 G

ijón

Gijó

n 29

676

220

0-

-

66

C.P

. "Lo

s P

eric

ones

" P

epe

Orti

z, 1

3320

9 G

ijón

Gijó

n 40

010

529

50

1 1

67

C.P

. "M

ontia

na"

Cam

ín d

e la

Esc

uela

14

3369

1 M

ontia

na

Gijó

n 60

951

0-

-

68

C.P

. "Lo

s C

ampo

s"

Enr

ique

Mar

tínez

, 24-

26

33

205

Gijó

n G

ijón

180

3015

00

- -

69

C.P

. "P

inza

les"

C

amín

de

Car

aveo

29

33

392

Pin

zale

s G

ijón

2811

170

- -

70

C.E

.E. "

San

ator

io M

aríti

mo"

A

vda.

Jo

Gar

cía

Ber

nard

o 70

833

203

Gijó

n G

ijón

320

320

1 1

71

C.P

. "B

egoñ

a"

C/ A

nsel

mo

Sol

ar 2

5 33

204

Gijó

n G

ijón

970

970

- 1

72

C.P

. "E

l Lla

no"

C/ R

io d

e O

ro, 3

3 33

209

Gijó

n G

ijón

6565

00

- -

73

C.P

. "La

Can

al"

Suá

rez

Incl

án, s

/n

33

440

Luan

co

Goz

ón

140

4694

0-

-

74

C.R

.A. "

Cab

u P

eñes

" C

erín

, s/n

3344

8 B

añug

ues

Goz

ón

6923

460

1 1

75

C.P

. "La

Val

lina"

A

tene

o O

brer

o de

Lua

nco,

4

3344

0 Lu

anco

G

ozón

28

012

016

00

- 1

76

C.P

. "B

erna

rdo

Gur

diel

-La

Cru

z"

Flór

ez E

stra

da, s

/n

33

820

Gra

do

Gra

do

248

7117

70

- 1

77

C.P

. "V

irgen

del

Fre

sno"

A

vda.

de

Fe

rnan

do

Vill

abel

la,

s/n

3382

0 G

rado

G

rado

37

411

525

90

- 1

78

C.P

.E.B

. "E

l Sal

vado

r"

Ped

ro d

e P

edre

, 18

3373

0 G

rand

as d

e S

alim

e G

rand

as d

e S

alim

e 63

930

24-

1

79

C.P

. "S

an J

orge

" Lo

s V

illar

es s

/n

33

810

Luiñ

a Ib

ias

214

170

- 1

80

C.P

.E.B

. "A

urel

io M

enén

dez"

E

l Fox

o, s

/n

33

810

San

Ant

olín

Ib

ias

6910

2534

- 1

81

C.E

.E. "

Juan

Lui

s Ig

lesi

as P

rada

" P

aseo

de

Los

Ller

ones

, s/n

33

900

Sam

a

La

ngre

o 40

311

26-

1

Page 8: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 8/21

Cód.

2016-0

0056

ord.

C

entr

o es

cola

r D

irecc

ión

Loca

lidad

M

unic

ipio

A

lum

nos

Hue

rto

Esco

lar

Ecol

ógic

o To

tal

Infa

ntil

Prim

ar.

Secu

nd.

Cre

ació

n M

ante

nim

.

82

C.P

. "P

láci

do B

eltrá

n"

Man

uel R

oves

, s/n

33

900

Cia

ño

La

ngre

o 44

1628

0-

-

83

C.P

. "B

enja

mín

Mat

eo"

La R

egue

ra s

/n

3393

0 La

Fel

guer

a

Lang

reo

5012

380

- -

84

C.P

. "Tu

riello

s"

Hor

acio

Fe

rnán

dez

Ingu

anzo

, 11

3393

0 La

Fel

guer

a

Lang

reo

164

5910

50

- -

85

C.P

. "La

Lla

mie

lla"

Pol

ígon

o de

Ria

ño s

/n

3392

0 R

iaño

La

ngre

o 11

633

830

-

1

86

C.P

. "G

erva

sio

Ram

os"

Pas

eo d

e Lo

s Ll

eron

es, s

/n

3390

0 S

ama

de L

angr

eo

Lang

reo

188

5813

00

- -

87

C.P

. "R

egin

o M

enén

dez

Ant

uña"

P

laza

de

la Ig

lesi

a, s

/n

3393

5 Tu

illa

Lang

reo

248

160

- -

88

C.P

. "C

lara

Cam

poam

or"

Pol

ígon

o de

Ria

ño

s/n

339

20 R

iaño

La

ngre

o 11

740

770

1 1

89

C.P

. "P

rínci

pe d

e A

stur

ias"

S

antu

llano

, 8

3

3190

San

tulla

no

Las

Reg

uera

s 82

3151

0-

1

90

C.P

. "M

axim

ilian

o A

rbol

eya"

M

aest

ros

y M

aest

res,

s/n

3397

0 B

arre

dos

Lavi

ana

121

3982

0-

-

91

C.R

.A. "

Alto

Nal

ón"

Ctra

. De

La F

erre

ra, s

/n

33

992

Con

dado

La

vian

a 72

2349

0-

1

91a

Esc

uela

Vill

oria

P

z. L

es C

ampe

s s/

n 33

986

Vill

oria

La

vian

a 58

1741

0-

-

92

C.P

. "E

lena

Sán

chez

Tam

argo

" Lu

is A

lons

o, s

/n

33

980

Pol

a de

Lav

iana

La

vian

a 36

846

322

0-

-

93

C.E

.I.P

. "V

ital A

za"

C/ E

l Mas

gain

, s/n

3363

0 P

ola

de L

ena

Lena

22

774

153

0-

1

94

C.R

.A. "

Lena

" La

Igle

sia

s/n

3362

0 C

ampo

man

es

Lena

71

2447

01

1

95

C.P

. "Je

sús

Nei

ra"

Cor

pora

cion

es d

e Le

na, 1

3

3363

0 P

ola

de L

ena

Lena

17

652

124

0-

1

96

C.P

. Lug

o de

Lla

nera

Tr

uéba

no s

/n

3369

0 Lu

go d

e Ll

aner

a Ll

aner

a 49

114

634

50

- -

97

C.P

. "P

eña

Tú"

Cel

so A

mie

va, s

/n

33

500

Llan

es

Llan

es

319

031

90

- -

98

C.P

. de

Nue

va

Ctra

. San

tand

er, s

/n

33

592

Nue

va

Llan

es

398

310

- -

99

C.P

. "V

alde

llera

" C

arre

tera

de

Lled

ías,

s/n

3359

4 P

osad

a de

Lla

nes

Ll

anes

18

70

187

0-

-

100

C.P

. "La

s V

egas

" La

s V

egas

, s/n

3368

3 Fi

gare

do

Mie

res

9030

600

- 1

101

C.P

. "A

blañ

a-P

ered

a"

La P

ered

a s

/n

3368

2 La

Per

eda

Mie

res

2711

160

- 1

102

C.P

. "A

nice

to S

ela"

A

vda.

Man

uel L

lane

za, s

/n

33

600

Mie

res

Mie

res

333

9423

90

- -

103

C.P

. "Li

ceo

Mie

rens

e"

Avd

a. M

anue

l Lla

neza

, s/n

3360

0 M

iere

s M

iere

s 31

083

227

0-

1

104

C.P

. "Te

odor

o C

uest

a"

Edu

ardo

Mar

tínez

Tor

ner,

s/n

3360

0 M

iere

s M

iere

s 88

2464

0-

-

105

C.P

. "Ll

erón

-Cla

rín"

Veg

a de

Arr

iba

s/n

33

600

Mie

res

Mie

res

168

4812

00

- -

106

D.P

. Rio

turb

io

Pla

za d

e la

Igle

sia

s/n

33

614

Rio

turb

io

Mie

res

5816

420

- -

107

C.P

.E.E

. "S

antu

llano

" La

Ven

ta, s

/n

33

611

San

tulla

no

Mie

res

334

920

- -

108

C.P

. "S

anta

Eul

alia

" B

arrio

Cor

tina

33

640

Ujo

M

iere

s 63

2142

01

1

109

C.P

. Vill

apen

di

Vill

apen

di s

/n

3361

0 V

illap

endi

M

iere

s 30

822

0-

1

110

C.P

. "M

aest

ra

Hum

belin

a A

lons

o C

arre

ño"

El C

ardo

sal,

s/n

3313

8 M

uros

del

Nal

ón

Mur

os d

el N

alón

72

1359

0-

-

111

C.P

. "S

an B

arto

lom

é"

C/ L

a La

guna

, 30

3352

0 N

ava

Nav

a 94

940

0-

-

Page 9: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 9/21

Cód.

2016-0

0056

ord.

C

entr

o es

cola

r D

irecc

ión

Loca

lidad

M

unic

ipio

A

lum

nos

Hue

rto

Esco

lar

Ecol

ógic

o To

tal

Infa

ntil

Prim

ar.

Secu

nd.

Cre

ació

n M

ante

nim

.

112

C.R

.A. L

a C

oroñ

a C

ampo

de

la Ig

lesi

a s/

n 33

582

Cec

eda

Nav

a 82

2854

0-

-

113

C.P

. "R

amón

de

Cam

poam

or"

Avd

a. M

anue

l Suá

rez,

4

33

710

Nav

ia

Nav

ia

307

102

205

01

1

114

C.P

. "P

edro

Pen

zol"

Las

Cañ

osas

, s/n

3379

0 P

uerto

de

Veg

a N

avia

14

545

100

0-

-

115

C.P

. "C

onda

do d

e N

oreñ

a"

Ferm

ín C

ristó

bal,

4

33

180

Nor

eña

Nor

eña

200

3516

50

- -

116

C.R

.A. "

Pic

os d

e E

urop

a"

Ctra

. Gen

eral

, s/n

3355

6 B

enia

de

Oní

s O

nís

5515

400

- -

116a

E

scue

la d

e B

eleñ

o S

an J

uan

de B

eleñ

o 33

557

San

Jua

n de

Bel

eño

Pon

ga

113

80

- -

117

C.P

.E.E

. Lat

ores

Fi

nca

Font

anie

lla

33

193

Lato

res

Ovi

edo

158

3 a

21 a

15

8

1 1

118

C.P

. "P

ablo

Mia

ja"

Gen

eral

Elo

rza,

66

3300

1 O

vied

o O

vied

o 18

752

135

0-

-

119

C.P

. "Fo

zane

ldi"

May

oraz

u, 1

4

3300

8 O

vied

o O

vied

o 13

40

134

0-

1

120

C.P

. "S

an P

edro

de

los

Arc

os"

San

Ped

ro d

e lo

s A

rcos

, 18

3301

2 O

vied

o O

vied

o 18

055

125

0-

-

121

C.P

. "G

erm

án F

erná

ndez

Ram

os"

Man

uel F

erná

ndez

Ave

llo, 1

2

3301

1 O

vied

o O

vied

o 37

413

124

30

- 1

122

C.P

. "P

arqu

e In

fant

il"

Ped

ro C

arav

ia, s

/n

33

012

Ovi

edo

Ovi

edo

413

9431

90

- 1

123

C.P

. "V

illaf

ría d

e O

tero

" V

illaf

ría, 1

3300

8 O

vied

o O

vied

o 20

068

132

0-

1

124

C.P

. "V

enta

niel

les"

R

ío S

ella

, 31

3301

0 O

vied

o O

vied

o 66

121

744

40

- -

125

C.P

. "La

Ería

" La

Reg

enta

, 2

33

013

Ovi

edo

Ovi

edo

143

014

30

- 1

126

C.P

. "Lo

renz

o N

ovo

Mie

r"

Com

anda

nte

Bru

zo, 4

3301

1 O

vied

o O

vied

o 10

10

101

0-

-

127

C.P

. "S

an

Láza

ro-E

scue

las

Bla

ncas

"P

adre

Suá

rez,

39

3300

9 O

vied

o O

vied

o 24

762

185

0-

-

128

C.P

. "R

oces

" La

Ería

de

Roc

es, s

/n

3301

0 C

ollo

to

Ovi

edo

270

9517

50

1 1

129

C.P

. "S

oto"

S

oto

de A

bajo

3310

0 S

oto

Ovi

edo

144

100

1 1

130

C.P

. "R

ío S

ella

" E

l Bar

co, s

/n

33

540

Arr

iond

as

Par

res

391

109

282

0-

-

131

C.P

. "Jo

vella

nos"

C

tra. S

uaria

s, 1

0

33

570

Pan

es

Peñ

amel

lera

Baj

a 94

2454

16-

1

132

C.P

. "Ju

lio R

odríg

uez

Vill

anue

va"

Pas

eo d

e la

LLe

ra

33

583

Vill

amay

or

Pilo

ña

5320

330

1 1

133

C.R

.A. "

Baj

o N

alón

" C

tra. V

ieja

, s/n

3312

7 P

eñau

llan

Pra

via

00

00

1 1

133a

E

scue

la d

e S

omao

C

/ El P

arqu

e. E

scue

las

3313

9 S

omao

P

ravi

a 36

1026

0

134

C.P

. Pad

re N

icol

ás A

lbue

rne

La P

ortin

a s/

n 33

114

Pro

aza

Pro

aza

265

210

- 1

135

C.P

. "V

irgen

de

Alb

a"

El F

elgu

eru

s/n

3311

7 B

árza

na d

e Q

uiró

s Q

uiró

s 33

1122

0-

1

136

C.P

. "P

ablo

Igle

sias

" C

arre

tera

Gen

eral

, s/n

3317

2 S

oto

de R

iber

a R

iber

a de

Arr

iba

8220

4517

- -

137

C.P

. "A

lcal

de

Pró

sper

o M

artín

ez

Suá

rez"

A

lcal

de

Pró

sper

o M

artín

ez

Suá

rez

3316

0 La

Ara

R

iosa

85

2461

0-

-

138

C.P

. de

Cor

nella

na

Bar

rio d

el C

urill

ón, 4

5

33

850

Cor

nella

na

Sal

as

6520

450

- -

139

C.R

.A. "

Eug

enia

Ast

ur-L

a E

spin

a"

El B

rañu

etu

s/n

33

891

La E

spin

a S

alas

59

1742

01

1

140

C.P

. "C

ham

berí"

La

Gar

ibal

da, s

/n

33

860

Sal

as

Sal

as

150

4310

70

- -

141

C.P

. "E

l Par

que"

A

vda.

del

Flo

rán,

s/n

3396

0 B

limea

S

an M

artín

del

Rey

Aur

elio

22

970

159

0-

1

Page 10: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 10/21

Cód.

2016-0

0056

ord.

C

entr

o es

cola

r D

irecc

ión

Loca

lidad

M

unic

ipio

A

lum

nos

Hue

rto

Esco

lar

Ecol

ógic

o To

tal

Infa

ntil

Prim

ar.

Secu

nd.

Cre

ació

n M

ante

nim

.

142

C.P

. "E

l Cot

o"

Avd

a. E

l Par

que,

18

3394

0 E

l Ent

rego

S

an M

artín

del

Rey

Aur

elio

13

127

104

01

1

143

C.P

. "E

l Bos

quín

" La

Osc

ura,

1

3394

0 E

l Ent

rego

S

an M

artín

del

Rey

Aur

elio

32

611

221

40

- -

144

C.P

. "R

ey A

urel

io"

Pas

eo d

e S

an M

artín

, 5

33

950

Sot

rond

io

San

Mar

tín d

el R

ey A

urel

io

9333

600

- 1

145

C.R

.A. "

San

Mar

tín"

La

Güe

ria 3

6 33

945

La G

üeria

de

Car

roce

ra, E

l E

ntre

go

San

Mar

tín d

el R

ey A

urel

io

124

80

- -

145a

E

scue

la L

a P

onto

na

Car

roce

ra

3394

5 C

arro

cera

S

an M

artín

del

Rey

Aur

elio

5

05

0-

-

146

C.R

.A. "

Osc

os"

Vill

ar d

e A

brai

ra s

/n

33

776

San

ta E

ulal

ia d

e O

scos

S

anta

Eul

alia

de

Osc

os

5215

370

1 1

147

C.P

. "S

alva

dor V

ega

Ber

ros"

La

Veg

a

33

518

La V

ega

Sar

iego

75

2748

0-

-

148

C.P

. "C

arba

yín

Baj

o"

Bda

. Pum

arab

ule,

s/n

3393

6 C

arba

llín

Baj

o S

iero

16

313

0-

-

149

C.P

. "E

l Cot

ayo"

C

/ El C

otay

o 33

936

Car

ballí

n A

lto

Sie

ro

7923

560

1 1

150

C.P

. "G

rand

a"

La S

ierr

a, s

/n

3

3199

Gra

nda

Sie

ro

2310

130

- -

151

C.P

. "La

Ería

" Le

opol

do L

ugon

es, 1

7

33

420

Lugo

nes

Sie

ro

401

128

273

0-

-

152

C.P

. "S

anta

Bár

bara

" E

l Res

baló

n, s

/n

33

420

Lugo

nes

Sie

ro

364

110

254

0-

-

153

C.P

. "C

eles

tino

Mon

toto

Suá

rez"

Fe

rnán

dez

Ped

rera

, s/n

3351

0 P

ola

de S

iero

S

iero

13

70

137

0-

-

154

C.P

. "H

erm

anos

Arr

egui

" P

árro

co F

erná

ndez

Ped

rera

, s/n

33

510

Pol

a de

Sie

ro

Sie

ro

403

040

30

- -

155

C.P

. "X

entiq

uina

" La

Est

ació

n, s

/n

33

580

Lier

es

Sie

ro

9025

650

- -

156

C.R

.A. d

e V

iella

C

tra. d

e Lu

gone

s, s

/n

33

429

Vie

lla

Sie

ro

5416

380

- -

156a

C

oleg

io F

aes

-Val

deso

to

Faes

95

3393

8 V

alde

soto

S

iero

75

2748

0-

-

156b

E

scue

la A

ram

il C

/ Arr

iba

s/n

3351

8 A

ram

il S

iero

17

116

0-

-

157

C.P

. "Á

lvar

o Fl

órez

Est

rada

" R

afae

l Rey

Lóp

ez, s

/n

33

840

Pol

a de

Som

iedo

S

omie

do

3911

217

1 1

158

C.P

. "V

entu

ra P

az S

uáre

z"

Rub

én D

arío

, 9

33

126

San

Jua

n de

la A

rena

S

oto

del B

arco

30

1317

01

1

159

C.E

.I.P

. "P

rínci

pe d

e A

stur

ias"

B

arre

do, s

/n

33

747

Tapi

a de

Cas

arie

go

Tapi

a de

Cas

arie

go

210

7413

60

1 1

160

C.R

.A. "

Occ

iden

te"

Pla

za d

el C

ampo

1

33

775

Tara

mun

di

Tara

mun

di

3710

270

1 1

161

C.P

. "La

Pla

za"

San

Mar

tín

33

110

La P

laza

Te

verg

a 45

1728

0-

1

162

C.P

.E.B

. "P

rínci

pe F

elip

e"

La C

ongo

sta

s/n

3387

3 N

avel

gas

Tine

o 87

2137

29-

-

163

C.P

. "V

erde

amor

" E

l Par

que,

s/n

3387

0 Ti

neo

Tine

o 18

060

120

0-

-

164

C.P

. "E

l Pas

cón"

Fe

rnán

dez

Lam

uño,

s/n

3387

0 Ti

neo

Tine

o 21

464

150

0-

-

165

C.P

. "R

amón

Muñ

oz"

Vill

ar, s

/n

33

700

Luar

ca

Val

dés

223

6016

30

- -

166

C.P

. "S

an M

igue

l" P

za. D

e la

Igle

sia,

s/n

337

80 T

reví

as

Val

dés

116

4571

0

-

1

167

C.R

.A. "

Pin

tor A

lvar

o D

elga

do"

Moa

nes

3379

1 M

oane

s V

aldé

s 15

69

01

2

167a

E

scue

la d

e A

nleo

A

nleo

s/n

33

719

Anl

eo

Val

dés-

Nav

ia

175

120

- -

167b

E

scue

la d

e B

arci

a P

arro

quia

rura

l de

Bar

cia

3378

7 B

arci

a V

aldé

s 26

1016

0-

-

167c

E

scue

la d

e C

adav

edo

Car

rete

ra G

ener

al s

/n

3378

8 C

adav

edo

Val

dés

175

120

- -

Page 11: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 11/21

Cód.

2016-0

0056

ord.

C

entr

o es

cola

r D

irecc

ión

Loca

lidad

M

unic

ipio

A

lum

nos

Hue

rto

Esco

lar

Ecol

ógic

o To

tal

Infa

ntil

Prim

ar.

Secu

nd.

Cre

ació

n M

ante

nim

.

167d

E

scue

la d

e O

tur

Bar

rio P

inie

llo s

/n

3379

2 O

tur

Val

dés

245

190

- -

168

C.P

. "P

adre

Gal

o"

La F

eria

s/n

33

700

Luar

ca

Val

dés

114

3678

0-

-

169

C.R

.A. "

Ría

del

Eo"

P

laza

Pia

ntón

s/n

3377

8 P

iant

ón

Veg

adeo

17

611

01

1

169a

E

scue

la d

e A

bres

A

bres

-Cor

uja

3377

9 A

bres

V

egad

eo

152

130

- -

170

C.P

. "Jo

vella

nos"

La

Gal

ea, 3

3377

0 V

egad

eo

Veg

adeo

22

868

160

0-

-

171

C.R

.A. "

La M

arin

a"

Torr

etej

era,

s/n

333

14 C

astie

llo

Vill

avic

iosa

36

1026

01

1

171a

E

scue

la d

e Ta

zone

s C

/ San

Roq

ue s

/n

3331

5 Ta

zone

s V

illav

icio

sa

91

80

- -

171b

E

scue

la d

e Q

uint

es

Bar

rio S

anta

Ana

33

314

Qui

ntes

V

illav

icio

sa

6823

450

- -

171c

E

scue

la d

e O

les

Las

Are

nas

s/n

3331

5 O

les

Vill

avic

iosa

20

713

0-

-

171d

E

scue

la d

e A

rgüe

ro

Bar

rio M

anza

nedo

33

314

Arg

üero

V

illav

icio

sa

256

190

- -

171e

E

scue

la d

e P

eón

Bar

cena

s/n

33

314

Peó

n V

illav

icio

sa

287

210

- -

172

C.P

. "M

alia

yo"

Max

imin

o M

iyar

, s/n

3330

0 V

illav

icio

sa

Vill

avic

iosa

47

011

435

60

- 1

173

C.R

.A. d

e V

illay

ón

Col

egio

San

Ped

ro s

/n

3371

8 V

illay

ón

V

illay

ón

6413

438

- -

Tota

l (19

9 ce

ntro

s de

re

parto

) 26

.505

7.19

618

.920

389

40

89

Page 12: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 12/21

Cód.

2016-0

0056

Page 13: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 13/21

Cód.

2016-0

0056

Page 14: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 14/21

Cód.

2016-0

0056

ANEXO IV PRESUPUESTO JUSTIFICATIVO DE PRECIO MÁXIMO POR ALUMNO

Solicitante: CIF:

Distribución a realizar durante Nº

Ord. Colegio CIFNº

alumnos

Producto Cantidad(kg o l)

Precio unitario sin IVA Importe total

TOTAL TOTAL

PRECIO POR ALUMNO: (Importe total/total alumnos):

Página ……. de …….

Page 15: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 15/21

Cód.

2016-0

0056

ANEXO V DATOS NECESARIOS PARA LA DESCRIPCIÓN DE LAS RUTAS DE REPARTO

1.- Rutas de reparto:

RUTA DENOMINACIÓN 1ª ENTREGA

2ª ENTREGA

3ª ENTREGA

4ª ENTREGA

5ª ENTREGA

1 2 3 4

2.- Centros escolares pertenecientes a cada ruta de reparto: Modelo reducido

Nºruta

Nºord Centro escolar Dirección Municipio Nº alumnos

subvencionados Hora de entrega

Subtotal ruta 1

Subtotal ruta 2

Subtotal ruta 3

Subtotal ruta 4Total rutas

3.- Distribución de fruta por semanas: Modelo para cada ruta. Ejemplo Ruta 1. Nº

ruta Entrega Semana Kg de…………….

Kg de…………

Kg de…………..

Kg de …………..

TotalKg fruta

Lzumo

1 1 Del …… al ……de…………

Semana Kg de…………….

Kg de…………

Kg de…………..

Kg de …………..

TotalKg fruta

Lzumo

1 2 Del …… al ……de…………

Semana Kg de…………….

Kg de…………

Kg de…………..

Kg de …………..

TotalKg fruta

Lzumo

1 3 Del …… al ……de…………

Semana Kg de…………….

Kg de…………

Kg de…………..

Kg de …………..

TotalKg fruta

Lzumo

1 4 Del …… al ……de…………

Semana Kg de…………….

Kg de…………

Kg de…………..

Kg de …………..

TotalKg fruta

Lzumo

1 5 Del …… al ……de…………

Resumen Ruta 1

Nºruta

Kg de …………….

Kg de …………

Kg de …………

Kg de …………

Kg de …………

Kg de …………..

Kg de …………..

Kg de …………..

TotalKg

frutaL

zumo

1

Page 16: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 16/21

Cód.

2016-0

0056

ANEXO VI LISTADO DE CENTROS ESCOLARES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARTICIPANTES EN EL PLAN DE CONSUMO DE FRUTA EN LAS ESCUELAS CURSO 2015-2016 DONDE SE VAN A DESARROLLAR

MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO

el solicitante de la ayuda entregará a todos los alumnos participantes en el Plan el material divulgativo sobre las características y beneficios para la salud de las frutas y verduras, haciendo hincapié en las variedades locales, de temporada y ecológicas. su diseño deberá ser analizado y autorizado por la Consejería de desarrollo rural y recursos naturales.

el solicitante de la ayuda no entregará a los alumnos participantes en el Plan el material divulgativo sobre las características y beneficios para la salud de las frutas y verduras, haciendo hincapié en las variedades locales, de temporada y ecológicas.

el solicitante de la ayuda no procederá a la implantación de alguna de las medidas de acompañamiento indicadas en el apartado 5 del anexo i de la convocatoria.

el solicitante de la ayuda procederá a la implantación de alguna de las medidas de acompañamiento indicadas en el apartado 5 del anexo i de la convocatoria.

CENTROS ESCOLARES DONDE SE VA A DESARROLLAR ALGUNA DE LAS MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO INDICADAS EN EL APARTADO 5 DEL ANEXO I.

Nºord.

Centro escolar Dirección Municipio Medida de acompañamiento

Nº alumnos participantes en la

actividad 2º C infantil:

Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

Sello y firma Hoja 1 de ……

Page 17: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 17/21

Cód.

2016-0

0056

Page 18: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 18/21

Cód.

2016-0

0056

Page 19: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 19/21

Cód.

2016-0

0056

ANEXO VIII MEMORIA DE ACTUACIÓN

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD PARA LA QUE SE SOLICITA EL PAGO DE LA AYUDA

Solicitante: NIF:

distribución realizadas durante

Colegio nº alumnos

Producto Cantidad (kg o l)

Precio unitario sin iVa

importetotal

Página ……. de …….

En ,..................................................... a….. de……………………….. de 20…

Fdo.:............................................................

Page 20: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 20/21

Cód.

2016-0

0056

ANEXO IX CENTROS ESCOLARES DONDE SE HAN DESARROLLADO MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO

Nºord.

Centro escolar Dirección Municipio Medida de acompañamiento

realizada

Nº alumnos participantes en la

actividad 2º C infantil:

Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

2º C infantil: Primaria: secundaria obl.:

Sello y firma Hoja 1 de …..

Page 21: Boletín Oficial del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración del Principado de asturias y en el artículo 116 de la ley 30/1992,

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 7 de 11-i-2016 21/21

Cód.

2016-0

0056

ANEXO X CUENTA JUSTIFICATIVA DE GASTOS REALIZADOS POR COMUNICACIÓN

Nº de orden

Nº de factura

odocumento

Fecha

Factura emitida

porNIF Objeto

Baseimponibl

eIVA

Importe

total

Formade

pago

Fecha

el/la abajo firmante declara que todos los datos que se indican son ciertos y certifica haber comprobado los documentos relacionados y verificado las operaciones aritméticas correspondientes.

en ,..................................................... a….. de……………………….. de 20…

Fdo.:............................................................