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Bolilla 8 Acto administrativo: Toda declaración de voluntad dictada por el estado en ejercicio de función administrativa. Se manifiesta la exteriorización de un juicio de valor opiniones y constatación de los hechos. Es Forma en que el órgano de la administración activa se exterioriza. Es la consecuencia de una serie de actos Tienen efectos individuales y directos a partir de la notificación. Criterio material: todo órgano habilitado por la norma. El acto administrativo unilateral puede decidir, disponer y resolver. Caracteres: presunción de legitimidad: es una característica del acto por la cual se supone que al acto a sido dictado en conformidad con el orden jurídico, dictado confirme a derecho. Es una presunción iurus tamtun. Se mantiene mientras no sea declarado nulo. Es el producto de una decisión legislativa que decide plasmarla en el ordenamiento jurídico de un estado. Ejecutoriedad: Consiste en la posibilidad que tiene la autoridad administrativa para disponer luego de la decisión, la ejecución de sus actos por si y ante si, sin necesidad de intervención judicial. Su fuerza ejecutoria faculta a la administración a ponerlo en practica por sus medios.

Bolilla 8Acto administrativo

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Bolilla 8 Acto administrativo:Toda declaracin de voluntad dictada por el estado en ejercicio defuncin administrativa.Se manifiesta la exteriorizacin de un juicio de valor opiniones y constatacin de los hechos.Es orma en !ue el r"ano de la administracin activa se exterioriza. Es la consecuencia de una serie de actos Tienen efectos individuales y directos a partir de la notificacin.#riterio material: todo r"ano ha$ilitado por la norma. El acto administrativo unilateral puede decidir% disponer y resolver.#aracteres:presuncin de le"itimidad: es una caracter&stica del acto por la cual se supone !ue al acto a sido dictado en conformidad con el orden jur&dico% dictado confirme a derecho. Es una presuncin iurus tamtun. Se mantiene mientras no sea declarado nulo. Es el producto de una decisin le"islativa !ue decide plasmarla en el ordenamiento jur&dico de un estado.Ejecutoriedad: #onsiste en la posi$ilidad !ue tiene la autoridad administrativa para disponer lue"o de la decisin% la ejecucin de sus actos por si y ante si%sin necesidad deintervencin judicial. Su fuerza ejecutoria faculta a la administracin a ponerlo en practica por sus medios.'ropia: !ue la administracin puede por si misma cumplir el acto.(mpropia: la administracin de$e solicitar la autorizacin al r"ano judicial.Ejecutividad: como o$li"atoriedad consiste en la prerro"ativa !ue tiene el estado de tomar decisiones!ue son o$li"atorias para el estado. Si"nifica !ue la decisin de la administracin produce efectos jur&dicos. )a o$li"atoriedad tanto para el administrado como para !uien lo dicta. * otros lo relacionan con los t&tulos ejecutivos. 'ero la mayor&a ha$la de !ue es o$li"atorio.(mpu"na$ilidad: por exi"encia del derecho a la tutela judicial efectiva todo acto es recurri$le. Al"unos lo ven como una consecuencia presuncin iuris tantum. (mpu"nar un acto es hacerlo caer. Si"nifica !ue para cuestionar un acto ten"o !ue adoptar los medios necesarios !ue son los recursos.+e"la: impu"narlo no suspende la ejecucin. * la excepcin es !ue si suspende a pedidodel administrado o de oficio. Si se dan dos condiciones: es !ue la ejecucin cause un "ra$e da,o al interesado% y !ue la suspensin del acto no afecte el inter-s pu$lico o cuando se ale"are una nulidad a$soluta.Art ..: eficacia del acto. /otificacin y pu$licacin: par !ue acto administrativo de alcance particular ad!uiera eficacia de$e ser o$jeto de notificacin al interesado y el del alcance "eneral de pu$licacin. )os administrados podr0 antes no o$stante pedir el cumplimiento de esos actos si no resultaren perjuicios para el derecho. Elementos #ompetencia: es un elemento esencial. #onjunto de facultades y atri$uciones !ue el ordenamiento le atri$uye a un r"ano estatal. 1ictado por r"ano competente. #onsecuencia l"ica de la presencia del principio de jerar!u&a.(ncompetencia: .2 ante la inexistencia de la norma !ue otor"a competencia.32 ante la prohi$icin expresa de la competencia del r"ano.a2 incompencia en razn del "rado: de$ido a su u$icacin en la escala jer0r!uica% dentro de la or"anizacin administrativa del estado.$2 incompencia en razn de la materiac2 incompencia en razn en razon del territoriod2 incompencia en razn del tiempoe2 competencia cole"iada.2 )a causa: son los antecedentes de hecho y de derecho y su falta causa la nulidad. 'or ser falsa% por!ue no existe. #ausa material: !ue acaesca en el mundo material circustancias o antecedentes !ue autoricen el dictado.32 4$jeto: es el contenido del hecho administrativo. 1e$e ser cierto% fisica y jur&dicamente posi$le licito y de$e decidir todas las peticiones formuladas. 52 inalidad: de$e cumplimentar con el fin previsto por la normativa. +esponde la pre"unta de para !ue se dicta el acto. 1esviacin del poder 6ocaciona la invalidez272 orma: de$e estar preesta$lecida normativamente y a traves de un determinado procedimiento.82 'rocedimiento: Es el cause formal !ue el ordenamiento ha dispuesto para !ue la administracin resuelva un Asunto y exprese su voluntad.El acto no nace de manera espont0nea el procedimiento !ue de$e cumplir depende del acto !ue tiene !ue dictar% interviene el r"ano consultivo atreves de un dictamen hacia elcontrol y el res"uardo dela juridicidad. 92 motivacin es la exteriorizacin fundada y razonada de los antecedentes de hecho y de derecho. 'apa fundamentar el ejercicio de la actividad discrecional. A mayor li$ertad mayor motivacin.Es definitivo resulte una cuestion de fondo. interlocutorio no resuelve la cuestion de fondo y se dicta como un tramite. irme es el acto al !ue ya se vencieron los plazos le"ales para imponer recursos o impu"nar o el !ue el interesado lo acepa. #ausa estado fue impu"nado !ue o$tu$o un pronunciamiento la autoridad dicto sentencia./ulidad: Actos nulos y anula$les /ulidad manifiesta