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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN EL DIA 4 DE JUNIO DE 2012. En Grijota, siendo las diecinueve horas del día cuatro de junio de dos mil doce, se reunió este Ayuntamiento Pleno al objeto de celebrar Sesión ordinaria, en primera convocatoria en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, para la que habían sido previamente convocados con las asistencias de los Sres. Concejales al margen anotados. Preside el acto el Sr. Alcalde D. Juan Carlos Pando Fernández y da fe del mismo la Secretaria de la Corporación. Declarado abierto el acto por la Presidencia de su orden se procedió a tratar los asuntos incluidos en el orden del día, sobre cuyos puntos recayeron los siguientes acuerdos: ORDEN DEL DIA 1º.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. Preguntado por el Sr. Alcalde, si había algún reparo al Acta de la Sesión celebrada el día 2 de abril de 2012, por el Sr. Portavoz del Grupo Socialista D. Gabriel Márquez se solicita modificar en el punto 6º donde dice “preguntando el Sr. Portavoz del Partido Socialista, D. Gabriel Márquez, sobre la titularidad de la acequiadebe decir que pregunta por la titularidad de los terrenos del tramo por donde va la tubería. Por el Sr. Alcalde le puntualiza que no sabe de quien son los terrenos, que hay que poner la titularidad del desagüe. En los puntos 7º y 8º, relativos a las mociones que presenta su Grupo Político, solicita que en la redacción dada, cuando se debaten las mociones, se cambie la palabra rechazo, por votar en contra. Por la Sra. Secretaria, se aclara que en este caso significan lo mismo. El Sr. Alcalde propone que no se recogen las rectificaciones. En el punto 9º , solicita que se añadan las preguntas, a las respuestas del Sr. Alcalde. El Sr. Alcalde, propone que busquen las preguntas en el acta anterior. Sometida a votación el acta de sesión celebrada el día 2 de abril de 2012, fue aprobada en sus mismos términos, por seis votos a favor y tres en contra de los Sres. Concejales del Grupo Socialista 2º.- APROBACIÓN PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2012.- Se da cuenta del expediente de Presupuesto General de ésta Corporación, formado por la Alcaldía-Presidencia, a tenor de lo dispuesto en el artículo 168 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y de los documentos e informes que se unen al mismo, se propone al Pleno Corporativo el debate para su aprobación: Se formula pues, sin déficit inicial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 165.4 del SEÑORES ASISTENTES: Señores asistentes: Sr. Alcalde: D. Juan Carlos Pando Fernández. Sres. Concejales: D. Jesús Ángel Tapia Cea D. Santino Aparicio Guantes Dª. Nuria Andrés Frechilla D. Antonio Ángel Seco de Guzmán Flavia Castro Alonso D. Gabriel Márquez Rubio Dª María Belén Macías Escaño y Dª María Arántzazu Oblanca Colinas Secretaria : Dª María José Tamayo de la Pinta.

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN

EL DIA 4 DE JUNIO DE 2012.

En Grijota, siendo las diecinueve horas del día cuatro de junio de dos mil doce, se reunió este Ayuntamiento Pleno al objeto de celebrar Sesión ordinaria, en primera convocatoria en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, para la que habían sido previamente convocados con las asistencias de los Sres. Concejales al margen anotados. Preside el acto el Sr. Alcalde D. Juan Carlos Pando Fernández y da fe del mismo la Secretaria de la Corporación.

Declarado abierto el acto por la Presidencia de su orden se procedió a tratar los asuntos incluidos en el orden del día, sobre cuyos puntos recayeron los siguientes acuerdos:

ORDEN DEL DIA

1º.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

Preguntado por el Sr. Alcalde, si había algún reparo al Acta de la Sesión celebrada el

día 2 de abril de 2012, por el Sr. Portavoz del Grupo Socialista D. Gabriel Márquez se solicita modificar en el punto 6º donde dice “preguntando el Sr. Portavoz del Partido Socialista, D. Gabriel Márquez, sobre la titularidad de la acequia” debe decir que pregunta por la titularidad de los terrenos del tramo por donde va la tubería. Por el Sr. Alcalde le puntualiza que no sabe de quien son los terrenos, que hay que poner la titularidad del desagüe.

En los puntos 7º y 8º, relativos a las mociones que presenta su Grupo Político, solicita que en la redacción dada, cuando se debaten las mociones, se cambie la palabra rechazo, por votar en contra.

Por la Sra. Secretaria, se aclara que en este caso significan lo mismo. El Sr. Alcalde propone que no se recogen las rectificaciones.

En el punto 9º , solicita que se añadan las preguntas, a las respuestas del Sr. Alcalde. El Sr. Alcalde, propone que busquen las preguntas en el acta anterior. Sometida a votación el acta de sesión celebrada el día 2 de abril de 2012, fue aprobada

en sus mismos términos, por seis votos a favor y tres en contra de los Sres. Concejales del Grupo Socialista

2º.- APROBACIÓN PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2012.-

Se da cuenta del expediente de Presupuesto General de ésta Corporación, formado

por la Alcaldía-Presidencia, a tenor de lo dispuesto en el artículo 168 del Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y de los documentos e informes que se unen al mismo, se

propone al Pleno Corporativo el debate para su aprobación:

Se formula pues, sin déficit inicial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 165.4 del

SEÑORES ASISTENTES:

Señores asistentes:

Sr. Alcalde:

D. Juan Carlos Pando Fernández.

Sres. Concejales:

D. Jesús Ángel Tapia Cea

D. Santino Aparicio Guantes

Dª. Nuria Andrés Frechilla

D. Antonio Ángel Seco de Guzmán

Dª Flavia Castro Alonso

D. Gabriel Márquez Rubio

Dª María Belén Macías Escaño y

Dª María Arántzazu Oblanca Colinas

Secretaria :

Dª María José Tamayo de la Pinta.

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Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,

Por el Sr. Portavoz del Partido Popular D. Jesús Tapia, toma la palabra y presenta el

Presupuesto para el ejercicio 2012, como un presupuesto ajustado, que se reduce en su

cuantía respecto al del año pasado y que se ha hecho un esfuerzo por mantener los servicios

básicos. Se han reducido las partidas, por la falta de subvenciones sobre todo en materia de

personal y que de ser necesario se harán expedientes de modificación de créditos. Se ha

hecho en base a los ingresos reales.

Da la palabra al Sr. Portavoz del Partido Socialista, que pone de manifiesto que el

Presupuesto no le encuentra ajustado a Grijota,, que las inversiones son nulas o muy

pequeñas. Si es cierto que los ingresos son más reales. El prepuesto es muy austero, aunque

considera que se pueden reducir gastos como por ejemplo el teléfono, la Recaudación, que se

podía hacer desde el Ayuntamiento y otras. Que la partida de las fiestas no parece real. Que

por ejemplo el cierre del Polideportivo, no es un compromiso nuevo, como tampoco lo es la

venta de viviendas de VPO. Que le gustan menos que otros años, aunque son más realistas.

Por el Sr Concejal D. Jesús Tapia, se toma la palabra y le da contestación a cada una

de las observaciones realizadas por el Portavoz del Partido Socialista, como a la inclusión del

cerramiento del Polideportivo, la inclusión del curso de formación (cocina) solicitado y no

concedido, explicando que con esta inclusión se dota de consignación presupuestaria unas

serie de proyectos por los que han apostado, unos saldrán y otros no.

Finalizado el debate, el Sr. Alcalde somete a votación la aprobación de la propuesta de

acuerdo presentada, resultado aprobada por seis votos a favor y tres en contra de los Sres.

Concejales del PSOE, declarándose por e Sr. Alcalde adoptado el siguiente acuerdo:

Primero: Aprobar el Presupuesto General para el ejercicio 2012 que asciende a

1.502.780,00.- tanto en ingresos como en gastos, con el siguiente resumen por capítulos:

INGRESOS GASTOS

Capítulo: Capítulo:

Operaciones corrientes Operaciones corrientes

1º.-Impuestos directos 687.000.- 1º.-Remuneraciones del personal 473.000.-

2º.-Impuestos indirectos 80.100.- 2º.-Gastos en bienes corrientes y

servicios

771.880.-

3º.-Tasas y otros ingresos 342.200.- 3º.-Gastos financieros 18.700.-

4º.-Transferencias

corrientes

302.000.- 4º.-Transferencias corrientes 129.500.-

5º.-Ingresos Patrimoniales 12.400.-

Total: 1.423.700.- Total: 1.393.080.-

Operaciones de capital Operaciones de capital

6º.-Enajenación de

inversiones

32.000.- 6º.-Inversiones reales 69.800.-

7º.-Transferencias de

capital

47.080.- 7º.-Transferencias de capital 14.900.-

Total: 79.080.- Total: 84.700.-

Operaciones financieras Operaciones financieras

8º.-Activos financieros 8º.-Activos financieros

9º.-Pasivos financieros 9º.-Pasivos financieros 25.000

Total Total 25.000.-

TOTAL INGRESOS 1.502.780.- TOTAL GASTOS 1.502.780.-

Segundo.- Aprobar las bases de ejecución y las relaciones que integran el expediente,

así como la plantilla de personal.

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Tercero.- exponer al público el presente acuerdo, en cumplimiento de lo previsto en el

artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en relación con el artículo 112

de la Ley 7/1985, de 2 de Abril. Si durante el plazo de exposición, no se presentara

reclamación alguna, se entenderá definitivamente aprobado, sin nuevo acuerdo Corporativo.

Cuarto.- Que en cumplimiento de lo previsto en el artículo 169,4 del Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se remita copia de éste Presupuesto a la Administración

del Estado y a la Comunidad Autónoma, simultáneamente al envío al Boletín Oficial de la

provincia del resumen por capítulos."

3º.- APROBACION INICIAL MODIFICACION ORDENANZA PRESTACON SERVICIOS DEL CENTRO DE EDUCACION INFANTIL DE GRIJOTA.-

Se da cuenta del expediente tramitado, relativo a la modificación de la Ordenanza

Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio del Centro de Educación Infantil de Grijota, , del texto íntegro de la modificación de dicha Ordenanza, y del informe de Secretaría-Intervención, conforme al artículo 54 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el Pleno del Ayuntamiento de Grijota, somete a deliberación la incorporación del siguiente texto en el art. 6 de la citada ordenanza:

“ARTICULO 6.- CUOTA TRIBUTARIA Y TARIFAS 1.-La cantidad a liquidar y exigir, en concepto de cuota tributaria, se obtendrá de la aplicación de las siguientes tarifas:

C ONCEPTO DEL SERVICIO

IMPORTE €UROS/MES HORARIO GENERAL

IMPORTE €UROS/MES HORARIO REDUCIDO

1.-Cuota de inscripción matrícula

100,00.-€uros/año

2.-Por la asistencia y estancia de los niños cuya unidad familiar esté empadronada y residiendo en el municipio de Grijota, con rentas familiares hasta 1,5 veces el SMI anual

88,00.-

54,56.-

3.- Por la asistencia y estancia de los niños cuya Unidad Familiar esté empadronada y residiendo en el Municipio de Grijota, con rentas familiares de más de 1,5 veces el SMI a 2,5 veces el SMI anual

105,00.-

65,10.-

4.-Por la asistencia y estancia de los niños cuya Unidad Familiar esté empadronada y residiendo en el Municipio de Grijota, con rentas familiares hasta 3,5 veces el SMI anual

120,00.-

74,40.-

5.-Por la asistencia y estancia de los niños cuya Unidad Familiar esté empadronada y residiendo en el Municipio de Grijota, con rentas familiares superiores a 3,5 veces el SMI anual

140,00.-

86,80.-

6.-Por la asistencia y estancia de niños cuya Unidad Familiar no esté empadronada en el Municipio de Grijota (caso de no ocuparse todas la plazas) se pagará

280,00.-

7.-Por el uso del servicio comedor con comida 70,00.-

8.-Por el uso del servicio comedor sin comida 20,00.-

9.-Por el uso del servicio comedor por día y niño 4,20.-

10.-Por asistencia en horario ampliado, por hora o fracción y mes

45,00.-

11.-Por asistencia en horario ampliado por hora o

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fracción por día y niño 4,00.-

2.- Esta Ordenanza queda afectada al incremento anual del IPC para los siguientes años de su aplicación, al comienzo del curso, en base a lo que certifique la Delegación Provincial de Estadística de la subida de cada año anterior.”

Se presenta, la modificación de las tarifas como necesaria, para adaptarlas a la realidad y reducir parte del déficit que genera la prestación de este servicio. Se propone cambiar el índice de medición de IPREM a SMI, se incluye un tramo más. Lo que se pretende es beneficiar a las rentas más bajas. Toma la palabra, la Sra. Concejal Dª Belén Macias, como miembro de la Comisión de Control y Seguimiento del Centro de Educación Infantil , y pone de manifiesto que los tramos les parecen bien, que es un acierto incluir el tramo de servicio comedor sin comida. Manifiesta que sería necesario fijar la fecha de aplicación de la subida del IPC y en nombre de su Grupo propone que el servicio de comedor al comienzo del curso y en épocas de vacaciones, se facture por la parte proporcional a los días que este en servicio el comedor y no como ahora que se paga el mes completo. Tras la deliberación el Pleno por seis votos a favor y tres abstenciones, adopta el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por

prestación de servicios del Centro de Educación Infantil de 0 a 3 años de Grijota, en los términos anteriormente señalados.

SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante

exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al

expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir los documentos

relacionados con este asunto.

4º.- APROBACION INICIAL REGLAMENTO ADMISION GUARDERIA.-

Por las causas que constan en el expediente, y conforme a las necesidades que el

funcionamiento diario del mismo va demandando, se propone a este Pleno, la modificación de los arts. 2 y 4 , 5 y 7 del Reglamento Regulador de Admisión de Alumnos en el Centro de Educación Infantil de 0 a 3 años de Grijota

Considerando que por Providencia de Alcaldía de fecha 21 de mayo de 2012 se solicitó

informe de Secretaría en relación con el procedimiento y la Legislación aplicable para modificar el Reglamento Regulador de Admisión de Alumnos en el Centro de Educación Infantil de 0 a 3 años de Grijota

Considerando dicho informe, que fue emitido en fecha 23 de mayo de 2012, visto el proyecto de modificación del Reglamento Regulador de Admisión de Alumnos en el Centro de Educación Infantil de 0 a 3 años de Grijota, solicitado por Providencia de Alcaldía.

El Pleno del Ayuntamiento, en virtud de los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2

de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, previa deliberación, unanimidad de los miembros asistentes, ACUERDA:

PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación del Reglamento Regulador de

Admisión de Alumnos en el Centro de Educación Infantil de 0 a 3 años de Grijota, con la redacción que a continuación se recoge:

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1.- Los niños y niñas que ingresen en el centro de educación infantil (de 0 a 3 años) tendrán derecho a una reserva de plaza para los cursos posteriores, siempre que se acredite que siguen cumpliendo los requisitos de acceso del presente Reglamento. Se generaran vacantes adicionales en los casos en que los beneficiarios del derecho a reserva de plaza por previsión de continuidad perdieran el mismo por no presentar la solicitud en plazo o no acreditar debidamente el cumplimiento de los requisitos generales de admisión. Tendrán la consideración de vacantes extraordinarias las que no resulten cubiertas a la finalización del plazo de matrícula y las vacantes por bajas de niños que se produzcan a lo largo del curso escolar. 2.- La totalidad de plazas que no se hayan reservado serán consideradas como de nuevo ingreso, y serán objeto de la correspondiente convocatoria por parte del Ayuntamiento de Grijota, a través de los tablones de anuncio del centro de educación infantil y del Ayuntamiento, con anterioridad a que se abra el plazo de admisión de solicitudes de nuevo ingreso. Para las plazas que no se hayan cubierto, se abrirá un periodo extraordinario de admisión que comprende desde el 1 de julio hasta el 31 de marzo del año siguiente. Los integrantes de las listas de espera del Centro de E.I. se ordenaran en grupo de acuerdo con la siguiente prioridad.

Solicitantes de plaza en periodo ordinario en el Centro de E.I. que no obtuvieron plaza en la misma.

Solicitantes de plaza en el periodo extraordinario en el Centro que no participaron en el proceso de admisión en periodo ordinario. Estos solicitantes se ordenarán por orden de presentación de las solicitudes.

ART. 2.- DESTINATARIOS/AS Y REQUISITOS GENERALES DE ACCESO 2.1.- Destinatarios.- Las plazas tendrán como destinatarios/as a los niños/as con una edad comprendida entre 16 semanas y los dos años a fecha de 31 de Diciembre del año en que se solicite la plaza, y en el caso de los que estén en gestación su nacimiento ha de estar previsto 16 semanas antes del 1 de septiembre de cada año. 2.2.-Requisitos.- 2.2.1 La Unidad Familiar deberá estar de alta en el Padrón de Grijota en la fecha de solicitud y residiendo en el municipio de Grijota. Se considera por Unidad Familiar a efectos de este Reglamento la formada por los padres o tutores del niño/a para la que se solicite la plaza y el citado niño/a, y en el caso de familias monoparentales la formada por uno de los progenitores del niño/a para la que se solicita la plaza, y el niño/a en cuestión. En los casos en que no se ocuparan todas las plazas por niños cuya unidad familiar cumpla el requisito anterior, tendrán preferencia los niños cuando algún miembro de la Unidad Familiar, este empadronada y residiendo en Grijota. En caso de existir más vacantes se admitirán niños cuya Unidad Familiar no este empadronada ni residiendo en Grijota. En los casos en que las circunstancias sociofamiliares ocasionen un grave riesgo para el niño/a, el acceso a la plaza no estará sujeto al cumplimiento de los requisitos referidos al nivel de renta. Se consideran como circunstancias sociofamiliares de grave riesgo: Las situaciones en que exista violencia de género o doméstica en el seno de la familia y las que originen carencias o dificultades en la atención a las necesidades básicas que los menores precisan para su correcto desarrollo físico, psíquico y social, y que no requieran en principio la separación del medio familiar. 2.2.2 Los padres o tutores de los/as niños/as, al tiempo de formalizarse la matrícula, no pueden tener deudas de derecho público con el Ayuntamiento de Grijota pendientes de pago, salvo que debido a circunstancias económicas y socio-familiares se autorice expresamente su inclusión ART. 4.- RESERVA DE PLAZAS Y NUEVO INGRESO

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3.- Se reservará, para niños/as con discapacidad física, psíquica o sensorial, con minusvalía reconocida igual o superior al 33%, hasta tres plazas del total ofertado para el primer curso de funcionamiento y hasta el 10% de las vacantes ofertadas en años sucesivos. En el supuesto de existir más solicitudes que reserva de plaza, se aplicará el baremo previsto en este Reglamento.

1.-Reserva de Plaza: a) Los padres/madres o tutores/as de los niños/as ya matriculados en el Centro de Educación Infantil, presentarán la solicitud de reserva de plaza, dirigida al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Grijota, en el Registro del Ayuntamiento de Grijota o en la Dirección del Centro Escolar, conforme al modelo del Anexo I de este Reglamento y durante los quince primeros días naturales del mes de marzo anterior al comienzo de cada curso. b) Una vez que estos/as alumnos/as hayan solicitado la reserva de plaza tendrán garantizada la continuidad en el centro sin necesidad de someterse a un nuevo proceso de baremación, siempre que junto con la solicitud de reserva se acredite que siguen cumpliendo los requisitos generales establecidos en este Reglamento.

2.4. Situación de vecindad o arraigo.

SEGUNDO. Someter dicha modificación de la Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar

reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.

TERCERO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de

documentos relacionados con este asunto.

5º.- APROBACION CONVENIO CON EL AYUNTAMIENTO DE PALENCIA PARA REFORZAMIENTO DEL ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE AL MUNICIPIO DE GRIJOTA.-

Se da cuenta por el Sr. Alcalde del convenio de colaboración suscrito entre el

Ayuntamiento de Palencia y el Ayuntamiento de Grijota para el “Reforzamiento del abastecimiento de agua potable al Municipio de Grijota”, debido a la falta de capacidad de la planta existente. Se da cuenta también que las obras se realizaran en un breve plazo, por la empresa AQUAGETS, que es la Empresa que gestiona el Abastecimiento tanto de la capital, como de este Municipio y por tanto conocedora de las obras a realizar. Que serán las Urbanizaciones las primeras en recibir este servicio. Por el Sr. Portavoz del Partido Socialista D. Gabriel Márquez se pone de manifiesto que apoya la suscripción de este convenio, pues

ART. 5.- SOLICITUDES, PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

ART. 7.- CRITERIOS DE ADMISIÓN

La baremación de la situación 2.3. Situación socioeconomica, se realizará con el indicador del Salario Mínimo Interprofesional, y no con el Indicador Publico de Renta de Efectos Multiples (IPREM) Los criterios a tener en cuenta para la valoración de las solicitudes, en el momento de la baremación, será el siguiente:

EMPADRONAMIENTO DE LA UNIDAD FAMILIAR PUNTUACIÓN

Con antigüedad de más de 3 años ……………………………………… 6 puntos

Con antigüedad de entre 2 y 3 años …………………………………. 5 puntos

Con antigüedad de entre 1 y 2 años ……………………………………… 4 punto

Con antigüedad menor a 365 días …………………………………………. 1 punto

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considera muy necesaria la obra, y que espera que se realice pronto. Posteriormente pregunta como quedará el canon. Por el Sr. Portavoz del Partido Popular D.Jesús Tapia, le contesta que es precio está claro, que se pondrá un contador a la salida de Palencia y estos facturarán por consumo. El Ayuntamiento tendrá que revisar la Ordenanza que esta se hará de tal forma para que el precio no resulte mucho más caro.

Sometido el asunto a votación, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad, acuerda aprobar

el convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Palencia, cuyo texto se reproduce a continuación:

“CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE PALENCIA Y EL AYUNTAMIENTO DE GRIJOTA, PARA EL REFORZAMIENTO DEL ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE AL MUNICIPIO DE GRIJOTA.En Palencia, a uno de junio de dos mil doce.

A N T E C E D E N T E S

El 9 de abril de 2012, en reunión celebrada en la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Palencia, el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Grijota, solicitó la colaboración del Ayuntamiento de Palencia para reforzar el abastecimiento de agua al Municipio de Grijota, desde Palencia, con objeto de resolver las insuficiencias de abastecimiento que, en ciertas épocas del año, se producen en algunas urbanizaciones próximas al municipio de Palencia, como las de El Puente Don Guarín, Dos Pasos y otras. El Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Palencia siendo receptivo a la petición del Ayuntamiento de Grijota, se mostró conforme en prestar, en este ámbito del abastecimiento de agua, al tratarse de un servicio mínimo y obligatorio de todo municipio, la cooperación y asistencia precisas para el eficaz cumplimiento de sus obligaciones por parte del Ayuntamiento de Grijota, siempre que ello resulte posible desde el punto de vista técnico y quede garantizado que no van a verse afectados de forma negativa los servicios de igual naturaleza del municipio de Palencia. Para ello se acordó iniciar los correspondientes expedientes, al objeto de aprobar y formalizar un convenio que recogiese la cooperación y colaboración pretendidas. En consecuencia, R E U N I D O S DE UNA PARTE, D. Alfonso Polanco Rebolleda, Alcalde del Excmo Ayuntamiento de Palencia, actuando en nombre y representación del referido Ayuntamiento, en virtud de lo dispuesto en el art. 21. 1b de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/ 2003, de 16 de diciembre. DE OTRA PARTE, D. Juan Carlos Pando Fernández, en calidad de Alcalde del Ayuntamiento de Grijota, actuando en nombre y representación del referido Ayuntamiento, en virtud de lo dispuesto en el art. 21. 1b de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/ 2003, de 16 de diciembre (en adelante Ley de Bases de Régimen Local) E X P O N E N: 1º.- Los municipios de Grijota y Palencia, con arreglo a lo dispuesto en el art. 25.1 de la Ley de Bases de Régimen Local, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, pueden promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. Ambos municipios tienen competencia en materia de suministro de agua, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, según el art. 25.2 l), del art. 25.2 de la citada Ley de Bases de Régimen Local, cuyo art. 26.1a), considera el abastecimiento domiciliario de agua potable y el alcantarillado servicios de prestación obligatoria, para todos los municipios. 2º. Que, por parte de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Palencia, se ha realizado un estudio técnico sobre la viabilidad del suministro de agua potable al municipio de Grijota, teniendo en cuenta las necesidades de algunas de sus urbanizaciones como las del Puente Don Guarín, Dos Pasos, y otras, en ciertas épocas del año, del que se deduce la posibilidad de reforzar el abastecimiento de agua a dicho municipio, desde las instalaciones que posee el Ayuntamiento de Palencia, sin menoscabo o detrimento de las necesidades de abastecimiento de agua a la ciudad de Palencia. 3º. Que, el art. 55 de la Ley de Bases de Régimen Local prevé como un deber, derivado de las recíprocas relaciones interadministrativas, el de prestar la cooperación y asistencia activas que las Administraciones pudieran precisar para el eficaz cumplimiento de sus tareas, precisando el art. 57 del mismo cuerpo legal que, la cooperación económica, técnica y administrativa, tanto en servicios locales, como en asuntos de interés común, se

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desarrollará con carácter voluntario, bajo las formas y en los términos previstos en las leyes, pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los consorcios o convenios administrativos que suscriban. En consecuencia, reconociéndose las partes, en la representación que ostentan, capacidad suficiente para formalizar este convenio lo llevan a cabo, y conforme a las siguientes cláusulas.C O N V I E N E N: PRIMERA.- Reforzar el abastecimiento de agua potable del municipio de Grijota, desde las instalaciones del Ayuntamiento de Palencia, en las condiciones y términos que se precisan en el resto del clausulado. SEGUNDA.- La duración del convenio será de tres años, contados a partir del día del inicio del suministro. No será prorrogable, sin perjuicio de que pueda aprobarse y formalizarse un nuevo convenio, en su caso. TERCERA.- El Ayuntamiento de Palencia, si las necesidades prioritarias de abastecimiento de la Ciudad así lo demandan, podrá resolver unilateralmente este convenio, con un preaviso de seis meses y sin derecho a indemnización. CUARTA.- El Ayuntamiento de Grijota, con carácter previo a la prestación del abastecimiento de agua por parte del Ayuntamiento de Palencia, deberá:

- Instalar un contador en la tubería de distribución antes del límite del término municipal.

- Instalar dos válvulas antirretorno, una aguas arriba del contador y otra, aguas abajo, que pude ubicarse donde se ejecute las obras de conexión.

QUINTA.- El Ayuntamiento de Grijota abonará al Ayuntamiento de Palencia, en concepto de canon por la captación, potabilización y suministro de agua, objeto de este convenio, la cantidad trimestral de 0,760102 €, por metro cúbico, más el IVA que corresponda SEXTA.- Revisión de costes del suministro de agua potable.

1. Una vez transcurrido un año desde la iniciación de la prestación del suministro procederá la revisión de precios del convenio. 2. El precio anual por prestación del servicio será revisado el día 1 del mes siguiente al del inicio de la prestación del nuevo servicio, cada año de acuerdo con el siguiente coeficiente: Se utilizará un coeficiente multiplicador (Kr) que se aplicará al importe del precio por prestación del servicio ofertado:

00

15,085,0E

E

IPC

IPCKr tt

IPCt = Índice nacional de precios al consumo, publicado en el B.O.E. correspondiente al mes de inicio de prestación de servicio del año que corresponda la revisión. IPC0 = Índice nacional de precios al consumo, publicado en el B.O.E. correspondiente al mes y año en que se realizó el inicio de la prestación del nuevo servicio. Et = Índice de coste de la energía en el momento de la ejecución t, publicado en el IPRI, epígrafe E “Producción y distribución energía eléctrica y gas” correspondiente al mes de inicio de prestación de servicio del año que corresponda la revisión. Eo = Índice de coste de la energía en la fecha de licitación, publicado en el IPRI, epígrafe E “Producción y distribución energía eléctrica y gas”, correspondiente al mes y año en que se realizó el inicio de la prestación del nuevo servicio.

SEPTIMA.- El Ayuntamiento de Palencia, no se responsabilizará del mantenimiento de las conducciones de agua potable que discurran por el exterior del término municipal de Palencia, ni de los problemas de falta de suministro de agua potable que se produzcan fuera del término municipal que traigan causa de averías o roturas en sus líneas de captación, traída, tratamiento, elevación o regulación o depósito de regulación. OCTAVA.- El Ayuntamiento de Grijota, se compromete a respetar la normativa municipal reguladora del servicio de abastecimiento de agua potable de la Ciudad de Palencia, así como las cláusulas del vigente contrato de gestión del servicio, mediante concesión que, en su caso, resulten de aplicación.

NOVENA.- Para la interpretación y ejecución del presente Convenio, se crea una Comisión de Seguimiento, integrada del siguiente modo:

- Por el Ayuntamiento de Palencia: o El Concejal Delegado del Área de Hacienda. o El Concejal Delegado del Servicio de Obras e Infraestructuras.

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o El Ingeniero Municipal, Jefe del Servicio de Medio Ambiente. - Por el Ayuntamiento de Grijota:

o El Acalde o Concejal en quien delegue. o El Concejal de Obras, Infraestructuras y Vivienda.

o La Secretario del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. La Comisión de Seguimiento se encargará de: - Comprobar que las actuaciones emanadas de la aplicación del convenio se ajustan

a los objetivos de éste. - Resolver las incidencias que surjan en la ejecución y desarrollo del convenio, así

como proponer en su caso, las modificaciones que pudieran servir para el mejor logro de su finalidad principal. DÉCIMA.- Serán causas de resolución anticipada del convenio, las siguientes: a) El incumplimiento por cualquiera de las partes de los compromisos asumidos en el

presente convenio. b) El acuerdo de las partes intervinientes.

c) La imposibilidad técnica de llevar a cabo las actuaciones convenidas, por causas ajenas a las actuaciones de las partes que lo suscriben.

UNDÉCIMA.- Este convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en los arts. 6 y 8, y demás aplicables, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en los arts. 25, 26, 28, 57, y demás aplicables, de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; por la legislación vigente en cada momento sobre la materia objeto del mismo y demás normas de derecho administrativo aplicables, y en defecto de estas últimas, por las normas de derecho privado. Para entender de los litigios que pudieran suscitarse entre las partes convinientes, será competente la jurisdicción Contencioso- administrativa y territorialmente el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palencia. Y en prueba de conformidad, firman las partes el presente documento por triplicado ejemplar, en lugar y fecha señalados en el encabezado.”

6º y 7º.- MOCIONES PRESENTADAS POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA Y POR EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR.-

Se da cuenta de las Mociones presentadas por los dos Grupos Políticos representados

en el Ayuntamiento (Socialista y Popular) relativas ambas a instar al Gobierno de España al mantenimiento del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Carrión de los Condes. Como quiera que ambas tienen el mismo objetivo y se informa que la Institución Provincial, ha acordado presentarla de forma conjunta de todos los grupos políticos, se somete el asunto a votación, y el Ayuntamiento Pleno por unanimidad, acuerda aprobar una MOCION conjunta de los dos Grupos Políticos, cuyo texto se reproduce a continuación:

“PROPOSICIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR, Y EL GRUPO SOCIALISTA, DEL AYUNTAMIENTO DE GRIJOTA PARA INSTAR AL GOBIERNO DE ESPAÑA A MANTENER EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE CARRIÓN DE LOS CONDES.

Los Concejales integrantes del Grupo Popular y del Grupo Socialista, del Ayuntamiento de Grijota (Palencia) al amparo de lo establecido en el art. 97 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, formulan, para su discusión y, en su caso aprobación en el pleno ordinario a celebrar en el mes de junio de 2012, la siguiente PROPOSICIÓN:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los partidos judiciales son unidades territoriales formadas por varios municipios limítrofes. Cada partido judicial cuenta con uno o varios juzgados a los que corresponde resolver los conflictos que surjan entre los habitantes de los municipios que constituyen el partido judicial. La actual Ley de Demarcación y Planta es de 1988 y ha sido modificada legislativamente en catorce ocasiones y desarrollada por sesenta y dos Reales Decretos. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado una propuesta que recoge los principios básicos que deben regir para implantar una nueva demarcación judicial, y que está a la espera de las aportaciones de cada Comunidad y los vocales territoriales. En dicha propuesta se considera

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que los partidos judiciales habrían de tener una población mínima de 100.000 habitantes en lugar de los 50.000 actuales. Parece oportuno que en cualquier proceso de diseño de las circunscripciones judiciales de España se tengan en cuenta criterios de eficiencia y modernización, pero no se puede perder de vista el carácter de servicio público de la justicia y, la igualdad de oportunidades de los ciudadanos para el acceso a los servicios básicos, con independencia de su lugar de residencia. De igual forma nos parece procedente que en el diseño de las circunscripciones judiciales sea tenido en cuenta el criterio de las comunidades autónomas, incluso en el caso de que estas no tengan transferidas las competencias en materia de justicia. La singular organización territorial de Palencia, así como del resto del territorio de Castilla y León, caracterizada por la dispersión de la población y la elevada esperanza de vida, colisiona con la nueva propuesta de circunscripciones judiciales que supondría, en la práctica, el traslado del juzgado de Carrión de los Condes a Palencia. De este modo 18.849 personas de 65 municipios de la zona centro de la provincia deberían trasladarse a la capital o a Cervera para realizar sus trámites con la justicia, cuando ahora lo hacen en un entorno más cercano. Esto supondría un paso atrás en la dinámica de prestar servicios en el territorio de manera eficiente y ordenada, que instituciones como la Diputación de Palencia y la Junta de Castilla y León están tratando de desarrollar. Por otra parte no parece que la medida suponga ahorro alguno, más bien entendemos que al contrario, puesto que en Carrión de los Condes se dispone de unas instalaciones modernas y amplias, inauguradas hace 9 años, mientras que en las sedes judiciales de la capital existen problemas de espacio. La carga de trabajo tampoco debe ser motivo, pues hasta donde conocemos, el amplio volumen de trabajo en el juzgado de Carrión justificaría incluso la presencia más personal. En definitiva, no vemos las posibles ventajas del traslado del juzgado de Carrión de los Condes, y si graves inconvenientes para las casi 19.000 personas que residen en los 65 municipios a los que da cobertura. El ayuntamiento de Carrión, con el acuerdo de los dos grupos políticos presentes en el mismo, PP y PSOE, ya han rechazado esta propuesta, y se están conociendo reacciones similares en la provincias vecinas de la Comunidad Autónoma por lo que podría significar de pérdida de servicios a los ciudadanos la aplicación de la propuesta del Consejo General del Poder Judicial. Por todo lo anteriormente expuesto se formula la siguiente PROPOSICIÓN:

1. Manifestar nuestro más absoluto rechazo a la propuesta del Consejo General del Poder Judicial que implica la supresión del juzgado de Carrión de los Condes.

2. Instar a la Junta de Castilla y León a realizar las gestiones oportunas para que el Gobierno de España tenga en cuenta los criterios de la Comunidad en el diseño de las circunscripciones, considerando las necesidades de la población y la realidad

socioeconómica del nuestro territorio.

3. Instar al Gobierno de España que, ante el documento aprobado por el Consejo General del Poder Judicial con los principios básicos para el diseño de las circunscripciones judiciales de España, tenga en cuenta las necesidades de la población y la realidad socioeconómica de nuestro territorio, el carácter de servicio público de la justicia y la necesidad que los ciudadanos puedan contar con las mejores condiciones posibles de acceso a la justicia, manteniendo, por tanto, el Juzgado de Primera instancia e Instrucción de Carrión de los Condes, incluso ampliando sus instalaciones con personal y medios materiales si fuese necesario.

4. Dar traslado de este acuerdo al Gobierno de España, al Consejo General del Poder Judicial, a la Junta de Castilla y León, al Ayuntamiento de Carrión de los Condes, así como a los parlamentarios nacionales y autonómicos por la provincia de Palencia.”

8º.- DACION DE CUENTA APROBACION LIQUIDACION PRESUPUESTO 2011.-

Se da cuenta de la Liquidación del Presupuesto del correspondiente al ejercicio de

2011 para su conocimiento por esta Corporación, y que arroja las siguientes magnitudes:

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Importe

-Resultado presupuestario ajustado. -181.251,76

-Remanente de Tesorería total. 520.930,77

-Derechos pendientes de cobro a 31 de diciembre.

301.551,95

-Obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre.

227.107,95

- Remanentes de crédito. 520.930,77

-Estabilidad presupuestaria. -419.298,85

El Ayuntamiento Pleno queda enterado de la citada Liquidación, a efectos de lo previsto en el artículo 193.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

9º.-DACCION DE CUENTA DE INFORMES, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ALCALDIA.-

Se da cuenta a los miembros de la Corporación de los Decretos y Resoluciones dictadas por el Sr. Alcalde-Presidente, cuyo contenido de forma resumida, así como la fecha y número de los mismos son los siguientes:

1) Resolución 24/12, de fecha 30 de marzo, resolviendo aprobar relación de pagos por importe de 225,65.-€uros

2) Resolución 25/12 de fecha 30 de marzo, resolviendo aprobar definitivamente la

Constitución y Estatutos de la Entidad Urbanística “Paredejas” del Sector Paredejas de las Normas Urbanísticas Municipales de Grijota.

3) Resolución 26/12 de 27 de marzo, resolviendo estimar las alegaciones presentadas

por D.Juan Miguel Andrés Delgado, Técnico Municipal , sobre régimen de incompatibilidades. 4) Resolución 27/12 de fecha 30 de marzo de 2012, aprobando gastos por importe de

705,71.- €uros 5) Resolución 28/12 de 4 de abril de 2012, acordando aprobar relación de facturas por

importe de 11.704,62.- €uros. 6) Resolución 29/12 de 9 de abril de 2012, acordando reconocer a Esther Durantez

Caminero su condición de interesado en el procedimiento iniciado relativo a la tramitación del expediente denominado “Nueva Delimitación del Suelo Urbanizable La Pinilla 2 de Grijota”.

7) Resolución 30/12 de 16 de abril de 2012, acordando aprobar relación de facturas por

importe de 1.105,00 .- €uros. 8) Decreto 31/12, de fecha 13 de abril de 2012, resolviendo aprobar los padrones/listas

cobratorias, correspondientes al 1º T/12 de Tasa servicio consumo agua, conservación de contador, conservación de acometidas, tasa servicio recogida de basuras y tratamiento de residuos, por importe de 38.758,66.- €uros

9) Resolución 32/12 de 18 de abril de 2012, acordando aprobar resolución nº 2/12,

resolviendo conceder licencia de obras a:

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-BOND SEVEN MOTOCICLETA, S.L., para realizar obras interiores en vivienda sita en la Urbanización Llanos de la Verdeguera, parcela B6. -DªJESSIKA MARCOS VILLAMEDIANA, para construcción de acera alrededor de la vivienda sita en la Urbanización Ciudad de la Juventud nº 76. -D. LUIS JAVIER MARIN DE VEGA, para construcción de una vivienda unifamiliar aislada en la parcela 87 de la Urbanización Jardín de la Pinilla. -D. JOSE LUS RODRIGUEZ CANTERA, para sustituir 5 ventanas de la fachada de la vivienda sita en la Calle Lavapies nº 12. -Dª MARIA JOSE SOTO CENTENO, para desmontar y colocar teja en tejado de vivienda unifamiliar sita en la parcela nº37 de la Urbanización El Tiento. 10) Resolución 33/12 de 18 de abril de 2012, aprobando resolución de de ocupación de vía 3/12 a: -Dª JESSIKA MARCOS VILLAMEDIANA, por ocupación via con materiales de construcción en la Urbanización Ciudad de la Juventud, nº 76. - EMPRESAS MARTIN DONCEL S.L.U., por instalar 8 veladores en Urbanización Ciudad del Golf s/n, durante la temporada estival. 11) Resolución 34/12 de 25 de abril de 2012, acordando acogerse a la convocatoria de “Conservación y Mantenimiento de Caminos Rurales”, y solicitar la reparación del Camino “Carrocastro”, por importe de 10.985,80.- €uros 12) Resolución 35/12 de 27 de abril de 2012, resolviendo no prestar conformidad al reconocimiento de existencia de obligaciones pendientes de pago, que solicita SETOCUR S.L. respecto de la factura 3482/247-07/2007, por importe de 1.044,00.- €uros 13) Resolución 36/12 de 3 de mayo de 2012, acordando aprobar relación de pagos, por importe de 225,65.- €uros 14) Resolución 37/12 de 3 de mayo de 2012, acordando incoar expediente sancionador a Dª Purificación Alonso López y a D. Jesús Ángel Alonso López, por infracción Urbanística, por proyecto de “Legalización de vivienda unifamiliar aislada en la parcela 28 de la Urbanización Verdeguera de Grijota”. 15) Resolución 38/12 de 3 de mayo de 2012, aprobando liquidación tributaria de Tasa por expedición de documentos, a GRIJOTA CHALETS SL., por tramitación expediente denominado “ Proyecto de Modificación Puntual de Plan Parcial del Sector los Prados 1-B-3 de Grijota”. 16) Resolución 39/12 de 3 de mayo de 2012, concediendo licencia de primera ocupación a Leticia Cisneros Prieto, para vivienda unifamiliar construida en la Travesía Panaderas, 2 de Grijota. 17) Resolución 40/12 de 3 de mayo de 2012, aprobando gastos por importe de 450,73.-€uros 18) Resolución 41/12 de 14 de mayo de 2012, acordando conceder licencia de primera ocupación a D. Benjamín Flores Riol, por vivienda unifamiliar construida en Urbanización Jardín de la Pinilla, 59 de Grijota. 19) Resolución 42/12 de 21 de mayo de 2012, acordando aprobar relación de facturas por importe de 28.091,98.- €uros 20) Decreto 43/12, de 22 de mayo de 2012, acordando la baja de los recibos de Basuras de finca el Hoyo de la Plata, 10 B/D, a nombre de D. Florentino Alvarez Porro, por no corresponder. 21) Resolución 44/12 de 22 de mayo de 2012, acordando devolver a S.A DE OBRAS Y SERVICIOS COPASA, el aval constituido por importe de 1.000 €uros, como garantía de obras de canalización de red subterránea de Media Tensión.

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22) Resolución 45/12 de 25 de mayo de 2012, resolviendo no prestar conformidad al reconocimiento de existencia de obligaciones pendientes de pago, que solicita HORMIGONES SALDAÑA SA. respecto de las facturas: nº 183, de 31/05/2009, por importe de 108,62.- €uros, nº 1462 de 07/10/2010, por importe de 12.747,63.- €uros,y la nº 1601 de31/10/2010, por importe 92.798,38.- €uros 23) Resolución 46/12 de 30 de mayo de 2012, acordando aprobar resolución nº 3/12, resolviendo conceder licencia de obras a : -Dª MARIA JOSE SOTO CENTENO, para construir piscina de 8 x 3,5 y una caseta en parcela 37 de la Urbanización el Tiento. -D. FRANCISCO JOSE GUTIERREZ ALVAREZ, para pavimentar 100 metros de acera en parcela 143 de la Urbanización Ciudad de la Juventud. -Dª MARIA OLVIDO DEL VALLE BARRIOS, para construcción de vivienda unifamiliar aislada, en parcela 12 de Urbanización Jardín de la Pinilla. -D. CARLOS BLANCO GOMEZ, para picar 17 ml de zocalo en fachada de vivienda sita en Calle Lavapies, 5 de Grijota -D.GABRIEL MARQUEZ RUBIO, para construcción de un muro de 5 x1 en vivienda Urbanización el Mirador, 10. 24) Resolución 47/12 de fecha 30 de mayo de 2012, autorizando segregación de 38 m en vivienda de Calle Abilio Calderón, 7 a solicitud de Dª Raquel, D. Juan José y D. Luis Quintano Moro. 25) Resolución 48/12 de 1 de junio de 2012, aprobando pagos por 72,65.- €uros. Se da cuenta de las siguientes solicitudes -A ARADUEY- CAMPOS, en la convocatoria de Ayudas a la Formación año 2012, para realizar la actividad de curso de COCINA, de 180 horas, con un presupuesto de 18.995.- €uros -A DIPUTACIÓN PROVINCIAL:

1. Para la convocatoria de subvención cultural, año 2012, solicitando 1.200.- €uros (noches culturales)

2. Para la convocatoria de subvenciones para la Promoción Deportiva año 2012, Triatlon de 23/06/12 y trofeo Ayuntamiento de Grijota 4/08/12 vuelta ciclista, se solicitan 1.500 con un pres

3. Para la convocatoria de equipamiento deportivo año 2012, se solicita subvención de 830.- €uros

10º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.-

-Por el Sr. Concejal del Partido Socialista D. Gabriel Márquez, pregunta por el problema de la Planta de Residuos, planteado en el Pleno anterior, suponiendo que ya se conocerá la Resolución de la Junta, en este Ayuntamiento. Por el Sr. Alcalde, le responde que no, que el Ayuntamiento no sabe nada. Por el Sr. Concejal se insiste, en que si es un tema de interés municipal, pues al parecer la Planta es de residuos no peligrosos y le han sancionado por almacenar residuos tóxicos y tienen una sanción de seis meses. El Sr. Alcalde le vuelve a responder que no es competencia del Ayuntamiento, que el sancionador es materia de Medio Ambiente y que el Ayuntamiento oficialmente no sabe nada. - Por la Sra. Concejala Dª Arancha Oblanca, vuelve a preguntar como va el tema de las obras del colector de la Urbanización Puente Don Guarin. El Sr. Concejal de Obras, D. Antonio Seco, le responde como en ocasiones anteriores que están esperando la autorización del Confederación Hidrográfica del Duero. El Sr. Alcalde, contesta que el Ayuntamiento ha hecho lo que tenía que hacer, y que hay otras administraciones implicadas y el Ayuntamiento no puede hacer nada.

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-Por la misma Concejal Dª Arancha Oblanca, se pregunta por la obra del futuro Colegio, pues en los terrenos, se ha visto una valla, un cartel y ya no está. Que cual es la situación? El Sr. Alcalde le responde que el Ayuntamiento ha cumplido con lo que pedía Educación, como era poner los terrenos a disposición para construir. Que el Ayuntamiento no es el adjudicatario de la obra y que el seguimiento lo llevará la Junta de CyL. Por la misma Concejal, ante la falta de información, le transmite la preocupación de su Grupo Político. -Por la misma Concejal Dª Arancha Oblanca, se pregunta por el tema de la Directora de la Guardería, ya que hay preocupación en la calle, y que los padres han firmado un escrito en apoyo a la actual dirección. Por el Sr. Alcalde se informa que la anterior Directora ha presentado escrito solicitando el reingreso en la plaza, da lectura al mismo y al art. 45.5 del Estatuto de los Trabajadores que hace referencia al reingreso de la Excedencia Voluntaria. Por el Sr. Concejal D. Jesús Tapia, le responde que se está estudiando si con el tipo de contrato existente se puede considerar si hay o no vacante. -Por el Sr. Concejal D. Gabriel Márquez, formula un ruego, en el sentido de que se ponga mayor esmero en la redacción de los saludas, pues el recibido para la IV Feria de Pan, no lo ha considerado adecuado. -Por la Sra. Concejal Dª Belén Macias, ruega para que se solucione el tema de la recogida de basura, pues lo contenedores están muy llenos.

Y no figurando en el Orden del día más asuntos de que tratar, por el Sr. Alcalde se dio por finalizada la sesión siendo las veintiuna horas y cincuenta minutos del día al principio indicado, de la que se extiende la presente acta que es autorizada con la firma del Sr. Alcalde de la que yo la Secretaria. Certifico

EL ALCALDE LA SECRETARIA

Fdo: Juan Carlos Pando Fernández fdo: Mª José Tamayo de la Pinta