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  Página 1 de 27 BORRADOR DEL PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO- ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE SERVIRÁN DE BASE AL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE ARRENDAMIENTO PARA EL APROVECHAMIENTO CON GANADO DE HIERBAS, PASTOS Y MONTANERAS DE LA DEHESA BOYAL DE PROPIOS, EN LOS AÑOS AGRÍCOLAS 2012-13, 2013-14, 2014-15, PROPIEDAD DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE POZOBLANCO INDICE 1. JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. 2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y JURISDICCION COMPETENTE. 3. OBJETO DEL CONTRATO. 4. DURACIÓN DE LOS CONTRATOS. 5. TIPO DE LICITACIÓN. 6. RENTA DE ALQUILER Y FORMA DE PAGO. 7. CAPACIDAD PARA CONTRATAR. 8. LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSIONES. 9. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL. 10. APERTURA DE OFERTAS ECONOMICAS Y SOBRE Nº3. 11. CRITERIOS DE EVALUCIACIÓN Y ADJUDICACIÓN. 12. MESA DE CONTRATACIÓN Y ORGANO DE CONTRATACIÓN. 13. GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA. 14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. 15. DEBERES Y FACULTADES DEL ARRENDATARIO. 16. DEBERES Y FACULTRADES DE LA CORPORACIÓN. 17. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN. 18. CAUSAS DE RESOLUCIÓN. 19. ANEXO I. SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y DECLARACIONES. 20. ANEXO II. MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA. 21. ANEXO III. DOCUMENTACIÓN A INCORPORAR PARA LA APLICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN. 1. JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.  La forma de adjudicación del arrendamiento será mediante procedimiento negociado sin publicidad de conformidad con el artículo 36 y 37.3.a de la Ley de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y 77.3 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía,

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BORRADOR DEL PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE SERVIRÁN DE BASE ALPROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE ARRENDAMIENTO PARA ELAPROVECHAMIENTO CON GANADO DE HIERBAS, PASTOS Y

MONTANERAS DE LA DEHESA BOYAL DE PROPIOS, EN LOS AÑOSAGRÍCOLAS 2012-13, 2013-14, 2014-15, PROPIEDAD DEL EXCMO.AYUNTAMIENTO DE POZOBLANCO

INDICE

1. JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y PROCEDIMIENTO DESELECCIÓN.

2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y JURISDICCION COMPETENTE.

3. OBJETO DEL CONTRATO.

4. DURACIÓN DE LOS CONTRATOS.

5. TIPO DE LICITACIÓN.

6. RENTA DE ALQUILER Y FORMA DE PAGO.

7. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.

8. LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSIONES.

9. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL.

10. APERTURA DE OFERTAS ECONOMICAS Y SOBRE Nº3.

11. CRITERIOS DE EVALUCIACIÓN Y ADJUDICACIÓN.

12. MESA DE CONTRATACIÓN Y ORGANO DE CONTRATACIÓN.13. GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA.

14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.

15. DEBERES Y FACULTADES DEL ARRENDATARIO.

16. DEBERES Y FACULTRADES DE LA CORPORACIÓN.

17. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.

18. CAUSAS DE RESOLUCIÓN.

19. ANEXO I. SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y DECLARACIONES.

20. ANEXO II. MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA.

21. ANEXO III. DOCUMENTACIÓN A INCORPORAR PARA LA APLICACIÓNDE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

1. JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y PROCEDIMIENTO DESELECCIÓN. 

La forma de adjudicación del arrendamiento será mediante

procedimiento negociado sin publicidad de conformidad con el artículo 36 y37.3.a de la Ley de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y 77.3 ysiguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía,

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se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación por la normativareguladora de contratación de las Administraciones Públicas.

En el procedimiento negociado podrán valorarse como criterios deadjudicación, además del precio a satisfacer, otros de carácter social, cultural,

deportivo, de promoción, fomento o análogos en la proporción que este pliegode cláusulas administrativas se determine, dando preferencia a los ganaderoscon menos recursos para el ejercicio de su profesión, y con la finalidad deevitar que jóvenes dedicados a este sector abandonen el ejercicio de estaprofesión, mejorando sus condiciones de trabajo para evitar la pérdida de unsaber transmitido de padres a hijos y el abandono de las zonas rurales.

2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y JURISDICCION COMPETENTE.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la ley 5/2010 de

autonomía local de Andalucía, los contratos, convenios y demás negocios jurídicos sobre los bienes y derechos patrimoniales están sujetos al principio delibertad de pacto. Las entidades locales podrán para la consecución del interéspúblico concertar las cláusulas y condiciones que tengan por convenientesiempre que no sean contrarias al ordenamiento jurídico o a los principios debuena administración.

El contrato definido tiene la calificación de contrato privado y por lo tantose regirán por la legislación patrimonial especifica, tal y como establece elartículo 4.1.p) del texto refundido de la Ley de contratos del Sector Públicoaprobada mediante Real Decreto Legislativo 3/11 de 14 de noviembre de 2011

Será de aplicación estos contratos lo dispuesto en:El capítulo II de utilización de los bienes patrimoniales establecido en el

Real Decreto 18/2006 de 24 de enero por el que se aprueba el Reglamento debienes de las entidades Locales de Andalucía.

Sin embargo su preparación y adjudicación se regirá por lo establecidoen este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el texto refundidode la Ley 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público y susdisposiciones de desarrollo tal y como establece el artículo 77.1 del RealDecreto 18/2006; supletoriamente se aplicarán las restantes normas dederecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado( 20.2TRLCSP).

En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las normas de derechoprivado.20.2 (TRLCSP)

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competentepara el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con lapreparación y adjudicación de este contrato. También será competente paraconocer de los recursos interpuestos contra las resoluciones que se dicten porlos órganos de resolución de recursos previsto en el artículo 41 del TRLCSP(Art. 21.1 TRLCSP)

El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver lascontroversias que surjan entre las partes en relación con los efectos,cumplimiento y extinción del contrato.

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3. OBJETO DEL CONTRATO.

El contrato tiene por objeto otorgar el arrendamiento para

aprovechamiento con ganado de hierbas, pastos y montaneras de los diversoslotes de la dehesa boyal, finca de carácter patrimonial, situada en el término dePozoblanco, e inscrita en el inventario de Bienes y Derechos de la Corporaciónen el epígrafe de bienes inmuebles, apartado de terrenos y con el número deasiento A01-92, con título de inscripción mediante certificación del secretariodel Ayuntamiento Constitucional de fecha 12 de julio de 1893.

La situación actual de los lotes es la siguiente:

TERCIO Lote Superf. Euros/fanega/año Categ. Servicios

La Morra 1 12,59 50 Cereal 1ª Nave y pozo

La Morra 2 16,86 50 Cereal 1ª Nave y pozo

La Morra 3 22,57 45 Cereal 1ª Sin servicios

La Morra 4 24,83 45,5 Cereal 2ª Nave.

La Morra 5 32,79 47,5 Cereal 1ª Pozo.

La Morra 6 18,65 42,5 Cereal 3ª Pozo.

La Morra 7 18,65 45 Cereal 3ª Nave y pozo.

La Morra 8 21,25 48 Cereal 2ª Nave y pozo.

La Morra 9 30,17 45,5 Erial-Encinar 2ª Pozo.

La Morra 10 22,41 48 Erial-Encinar 2ª Nave y pozo.

La Morra 11 20,39 45,5 Erial-Encinar 2ª Pozo.

La Morra 12 20,31 48 Erial-Encinar 2ª Nave y pozo.

La Morra 13 18,69 45,5 Erial-Encinar 2ª Nave.

La Morra 14 17,71 40 Cereal 3ª Sin servicios.

La Morra 15 1,46 42,5 Erial-Encinar 3ª Pozo.

Camino de Obejo 1 5,74 45 Cereal 1ª Sin servicios.

Camino de Obejo 2 13,82 47,5 Cereal 1ª Nave.

Camino de Obejo 3 23,23 48 Cereal 2ª Nave.

Camino de Obejo 4 23,25 45,5 Cereal 2ª Pozo.

Camino de Obejo 5 19,10 48 Cereal 2ª Nave.

Camino de Obejo 6 45,29 45,5 Cereal 2ª Sin servicios.

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Camino de Obejo 7 6,77 42,5 Cereal 3ª Nave.

Carretera de Villaharta 1 1,75 44 Erial 1ª Sin servicios.

Carretera de Villaharta 2 19,55 48 Cereal 2ª Nave, pozo

Carretera de Villaharta 3 20,24 48 Cereal 2ª Nave, pozo y charca.

Carretera de Villaharta 4 13,48 42,5 Cereal 3ª Pozo.

Carretera de Villaharta 5 4,88 45,5 Cereal 2ª Nave.

Carretera de Villaharta 6 35,75 45 Cereal 3ª Nave y pozo.

Carretera de Villaharta 7 20,24 45,5 Cereal 2ª Pozo y charca.

Carretera de Villaharta 8 28,09 45,5 Cereal 2ª Nave.

Carretera de Villaharta 9 4,71 43 Cereal 2ª Sin servicios.

Carretera de Villaharta 10 13,56 43 Cereal 2ª Sin servicios.

Carretera de Villaharta 11 19,63 42,5 Cereal 3ª Nave.

Carretera de Villaharta 12 35,64 42,5 Cereal 3ª Sin servicios

Carretera de Villaharta 13 6,53 40 Cereal 3ª Sin servicios.

Carretera de Villaharta 14 22,43 45 Cereal 3ª Nave, pozo, pozata .

Carretera de Villaharta 15 28,03 42,5 Cereal 3ª Pozata.

4. DURACIÓN DE LOS CONTRATOS.

Plazo.- El arrendamiento de los correspondientes lotes se realizarádurante un período de tres (3) AÑOS AGRICOLAS.

Modificación del plazo.- Si bien, este Excmo. Ayuntamiento podráextinguir este contrato respecto de todos o alguno de los lotes, o parcialmentede su superficie, siempre que se acredite la existencia de razones de interésgeneral, público o social en beneficio de los habitantes del término municipal,la necesidad deberá ser apreciada por la Corporación Municipal, quedandoobligado a comunicar al adjudicatario esta circunstancia con, al menos, un mesde antelación y compensar los gastos justificados por el adjudicatario duranteese año que deriven de la actividad de siembra, si no se ha podido recoger lacosecha, sin que se genere derecho a indemnización por ningún otroconcepto.

Cada año agrícola comienza el día 1 de octubre y finaliza el día 30 deseptiembre del año siguiente.

Prorroga.- Mediante resolución de la Administración se podrá prorrogardurante un año agrícola más la vigencia de esta contratación, sin que

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computando el plazo inicial más la prórroga pueda superarse el plazo máximode duración de 4 años agrícolas.

5. TIPO DE LICITACIÓN.

Se establecerá un tipo mínimo de licitación por lote que vendrá detalladoen el cuadro incorporado a este pliego, por lo que las ofertas económicasdeberán igualar o superar el tipo mínimo de licitación quedando excluidas todasaquellas que no lo respeten.

6. RENTA DE ALQUILER Y FORMA DE PAGO.

El Ayuntamiento se reserva el derecho de modificar anualmente el preciode los lotes, incrementándolo en el IPC.

El Ayuntamiento se reserva la posibilidad discrecional de modificar lascuotas de adjudicación en el supuesto de que se produzca evento o catástrofe(respecto de las liquidaciones afectadas en ese periodo) que produjera dañosen la explotación de los respectivos lotes, previa justificación mediante facturasde reposición de los daños o reportaje fotográfico o informe de técnicocompetente para su evaluación, o cualquier otro medio que acredite los dañossufridos y su repercusión sobre la explotación objeto de este pliego, que trasformalización de petición con la documentación acreditativa de tal situaciónserá objeto de resolución expresa por el órgano competente.

El adjudicatario de cada lote habrá de satisfacer el pago en las fechassiguiente, mediante domiciliación bancaria:

- Año agrícola 2012-13:

o El 50% del importe antes del día 30 de abril de 2013.

o El 50% restante, antes del día 31 de agosto de 2013.

- Año agrícola 2013-14:

o El 50% del importe antes del día 30 de abril de 2014.

o El 50% restante, antes del día 31 de agosto de 2014.

- Año agrícola 2014-15:

o El 50% del importe antes del día 30 de abril de 2015.o El 50% restante, antes del día 31 de agosto de 2015.

- Año agrícola 2015-16 (solamente si existe prórroga):

o El 50% del importe antes del día 30 de abril de 2016.

o El 50% restante, antes del día 31 de agosto de 2016.

7. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.

Tendrán capacidad para contratar las personas naturales o jurídicas quese hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, que acreditensu solvencia económica, financiera, técnica o profesional y en las que no

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concurran alguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo60 del Texto Refundido de Contratos del Sector Público.

Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyasprestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito deactividad que a tenor de su estatutos o reglas fundaciones le sean propios (Art.57.1TRLCSP),

De conformidad con el artículo 59 del texto Refundido de la Ley deContratos del Sector Público, respecto a las uniones de empresarios seestablece:

1. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que seconstituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalizaciónde las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la

adjudicación del contrato a su favor.2. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán

obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderadoúnico de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos ycumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción delmismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados quepuedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.

A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integradosen una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los

que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen elcompromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso deresultar adjudicatarios del contrato.

3. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente conla del contrato hasta su extinción.

El que presente solicitud como persona física no podrá presentarproposición como persona jurídica o en unión temporal de empresarios oviceversa.

8. LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.- 

8.1. Lugar de presentación de las proposiciones.

Las proposiciones junto con la documentación preceptiva se presentaránen el Registro de Entrada de la Casa Consistorial, de las 8.00 a las 15,00horas, de lunes a viernes y en el plazo de un mes a contar desde el díasiguiente hábil a aquel en que dicte la resolución aprobando el expediente decontratación y el pliego de condiciones al que se adjunta el modelo deinvitación.

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Las invitaciones junto con el pliego de condiciones que regula elprocedimiento se depositarán en el Registro de Entrada de la CasaConsistorial.

La presentación de las proposiciones presume la aceptación

incondicionada por parte del licitador de las cláusulas de este Pliego.

8.2. Forma de presentación de las proposiciones.

Los solicitantes presentarán tres sobres señalados con los números 1 y2, y 3 firmados, cerrados y lacrados. En cada uno figurará el nombre dellicitador, domicilio social, teléfono, fax, correo electrónico a efecto denotificaciones y el título del procedimiento e incluirá la documentación que acontinuación se indica:

Sobre núm. 1. Título: Documentación General.

A) Fotocopia compulsada del DNI. del empresario, si es persona física, y si setrata de una persona jurídica fotocopia compulsada del CIF de la empresa,del NIF del representante legal y de las escritura de constitución de laentidad, los estatutos o acto fundacional (donde conste su inscripción en elRegistro correspondiente, de conformidad con la legislación que le sea deaplicación, según el tipo de persona jurídica de que se trate).

1. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro,deberán presentar copia de su DNI o pasaporte y copia compulsada detítulo en el que se le ha otorgado poder bastante para concurrir.

2. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que seannacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará porsu inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación delEstado donde están establecidos, o mediante la presentación de unadeclaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcanreglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias deaplicación.

3. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad deobrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en elEstado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbitoterritorial radique el domicilio de la empresa.

4. los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporaldeberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan yla participación de cada uno, así como que asumen el compromiso deconstituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar

adjudicatarios del contrato.

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B) Declaración del proponente conforme al modelo I, incorporado como Anexoal presente Pliego, de tener capacidad de obrar y no estar incurso enprohibiciones de contratar con la Administración previstas en el artículo 60del TRLCSP.

C) Fotocopia compulsada de la última declaración de la renta efectuada(correspondiente al ejercicio 2010) o en el caso de no tenerla Declaración,firmada por el proponente, sobre el volumen global de negocios en elámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido comomáximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha decreación o de inicio de las actividades del empresario.

Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones depresentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar susolvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento

que se considere apropiado por el órgano de contratación, dentro losestablecidos en el artículo 75 del texto refundido de la Ley de contratos delsector público

D) Fotocopia compulsada del I.A.E o declaración censal de obligado tributario,en alguno/os de los epígrafes establecidos para el ejercicio de actividadesagrícolas o ganaderas.

E) Declaración del proponente, conforme al modelo I recogido como Anexo alpresente Pliego, de hallarse al corriente en sus obligaciones con elAyuntamiento, en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sinperjuicio de presentación de los certificados que acrediten tal circunstanciapor el que resulte adjudicatario.

Sobre núm. 2. Título: Proposición Económica. 

Proposición económica, formulada con arreglo al modelo de Proposicióninserto en el presente Pliego, debidamente firmada y fechada, y deberárespetar el tipo mínimo establecido por lote. Al darse la posibilidad de ofertarpor tres lotes, si alguna o algunas de las ofertas no es igual o superior al tipoestablecido para el lote ofertado, serán excluidas permaneciendo vigentes lasque lo igualen o superen.

Dicha proposición se presentará escrita a máquina o letras mayúsculas,y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras queimpidan conocer claramente todo aquello que la Mesa de Contratación estimefundamental para la oferta.

Sobre núm. 3 Título: Documentación para aplicación de criterios deEvaluación.

Este sobre se abrirá por la mesa de contratación siempre que laproposición económica, haya sido igual o superior al tipo mínimo económicoestablecido en el cuadro incorporado al pliego para cada lote.

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Documentación a incorporar:

A) Documentos que acrediten los criterios de evaluación referidos a la posesióno a la propiedad de terrenos o a su carencia.

- No tener tierras en propiedad: se acreditará mediante un certificado debienes rústicos expedido por hacienda local a nombre del solicitante.

- Tener tierras en propiedad (de 1º o 2ª categoría): se acreditará mediantefotocopia de las escrituras de propiedad o nota simple del Registro de laPropiedad y certificación gráfica y descriptiva a nombre del solicitante.

- Tener tierras en arrendamiento: se acreditará mediante fotocopia delcontrato de arrendamiento y certificación gráfica y descriptiva de laparcela objeto del arrendamiento.

B) Documentos que acrediten los criterios de evaluación social referidos:

- Menores de edad a cargo del peticionario: Se acreditará mediantecertificado de empadronamiento familiar expedido por el Ayuntamientode Pozoblanco o fotocopia del libro de familia.

- Miembros de la unidad familiar en desempleo: Se acreditará medianteCertificado de desempleo expedido por el Servicio Andaluz de Empleode los miembros de la unidad familiar.

- Discapacidad física o síquica de miembros de la unidad familiar: Seacreditará mediante Fotocopia compulsada de la resolución de

reconocimiento del grado de minusvalía.

C) Los documentos acreditativos de los criterios económicos se hanincorporado respectivamente en el sobre 1 y 2.

9. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL.- 

Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa deContratación procederá a la calificación de la documentación general

presentada por los participantes en el sobre núm. 1, en sesión no pública.Cuando las solicitudes se envíen por correo, el solicitante deberá

 justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar alórgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegramaen el mismo día, consignándose el título completo del objeto del contrato y elnombre del candidato. La acreditación de la recepción del referido télex, fax otelegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por elSecretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitidala oferta si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a lafecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todocaso, transcurridos diez días siguientes a esta fecha sin que se haya recibido ladocumentación, ésta no será admitida.

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Si la Mesa de Contratación observara defectos formales en ladocumentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, unplazo no superior a tres días para que se subsanen los mismos.

Si la documentación contuviere defectos sustanciales o deficienciasmateriales no subsanables, se rechazará la proposición.

10. APERTURA DE OFERTAS ECONÓMICA.-

La apertura de plicas se celebrará en acto público, en la CasaConsistorial.

Si la documentación general está completa, el acto de apertura de plicasse realizará a continuación de la apertura del sobre núm. 1.

En caso de subsanación de deficiencias, la apertura de plicas seefectuará, una vez finalizado el plazo de subsanación de deficiencias.

La Mesa de Contratación dará cuenta del resultado de la calificación dela documentación general presentada por los licitadores en los sobres núm. 1,indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión, invitando a losasistentes a formular observaciones que recogerán en el Acta.

A continuación, el Secretario de la Mesa, procederá a la apertura de lossobres núm. 2 y dará lectura a las proposiciones económicas formuladas por

los licitadores.

A continuación, se procederá a la apertura de sobre nº3 respecto deaquellos participantes que hubiesen realizado oferta económica igual o superioral tipo establecido para cada lote, si un participante realiza una ofertaeconómica por debajo del tipo para uno de los lotes, su oferta para ese lote seconsiderará rechazada, pero al darse la posibilidad de ofertar a tres lotes seprocederá a la apertura del sobre 3 que será valorado posteriormente por lamesa solamente respecto a las ofertas que igualen o superen el tipo mínimoestablecido para cada lote.

Concluido el acto público, la Mesa pasará al estudio y evaluación de lasofertas económicas y de la documentación presentada por cada participante enel sobre 3 y efectuará la propuesta que estime pertinente, elevándola junto conlas proposiciones y el Acta, a la Presidencia, que resolverá sobre elprocedimiento, salvo que exista delegación en el Pleno de la Corporación, siello es así, será este último órgano quien resuelva.

Las proposiciones que se suscriban, se ajustarán sustancialmente al

modelo inserto como Anexo II.

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11. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN.

1. Criterios de valoración.- 

A efectos de valoración todos los solicitantes parten inicialmente de 0puntos (independientemente de ser personas físicas o jurídicas). Cadasolicitante podrá obtener un máximo de 100 puntos, Cuando el solicitante seuna persona jurídica con varios socios o comuneros, dada la preferencia de loscriterios sociales en este pliego con las motivaciones ya referidas, se deberáincorporar al sobre correspondiente num. 3, los documentos que acrediten lascircunstancias sociales de cada uno de ellos, que una vez valoradasindividualmente, se sumaran y la cantidad resultante será dividida entre elnúmero total de miembros que componen la entidad.

Estableciéndose unos criterios que a continuación se expresan,

Circunstancias puntuables:

1.1. Criterios de evaluación referidos a la posesión o a la propiedad: 

a) No tener tierra en propiedad................................................. 10 puntos

b) Por cada Fanega de tierra de 1ª categoría en propiedad..... –1 punto

c) Por cada Fanega de tierra de 2ª categoría en propiedad –0,50 puntos

d) Por cada Fanega de tierra de 1ª categoría en arriendo... –0,50 puntos

e) Por cada Fanega de tierra de 2º categoría en arriendo... –0,25 puntos

A la 1ª categoría del criterio de evaluación referido a la posesión o a lapropiedad pertenecen los rasos y encinar, y a la 2ª categoría del mismo criteriopertenecen las tierras de pizarra y olivar.

Documentos que acrediten los criterios de evaluación referidos a laposesión o a la propiedad, sin perjuicios de otros que la mesa de contrataciónconsidere indispensable requerir:

En primer lugar, deberá presentarse el documento de la PAC (políticaagraria comunitaria) referida al último ejercicio presentado, acompañado de ladocumentación que se relaciona en los apartados siguientes, en función de lastierras que se tengan en propiedad o posesión:

- El apartado A se acreditará mediante un certificado de bienes rústicosexpedido por hacienda local a nombre del solicitante.

- El apartado B y C se acreditará mediante fotocopia de las escrituras de

propiedad o nota simple del Registro de la Propiedad y certificacióngráfica y descriptiva a nombre del solicitante.

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- El apartado D y E se acreditará mediante fotocopia del contrato dearrendamiento y certificación gráfica y descriptiva de la parcela objetodel arrendamiento.

1.2. Criterios de evaluación de carácter social por miembros de la unidad 

familiar: 1.2.A. El número de miembros menores de edad a cargo del

peticionario, (20 puntos como máximo).

•Si el peticionario tiene 7 o más miembros a su cargo: 20 puntos

•Si el peticionario tiene 6 miembros a su cargo: 17 puntos

•Si el peticionario tiene 5 miembros a su cargo: 14 puntos

•Si el peticionario tiene 4 miembros a su cargo: 11 puntos

•Si el peticionario tiene 3 miembros a su cargo: 8 puntos

•Si el peticionario tiene 2 miembros a su cargo: 5 puntos

•Si el peticionario tiene 1 miembros a su cargo: 2 puntos

•Si el peticionario tiene 0 miembros a su cargo: 0 puntos

1.2.B El número de desempleados existentes en la unidad familiar delpeticionario, (20 puntos como máximo).

•Si el número de desempleados en la unidad familiar es 4 o máspersonas: 20 puntos

•Si el número de desempleados en la unidad familiar es de 3personas: 15 puntos

•Si el número de desempleados en la unidad familiar es de 2personas: 10 puntos

•Si el número de desempleados en la unidad familiar es de 1persona: 5 puntos

•Si el número de desempleados en la unidad familiar es de 0personas: 0 puntos

1.2.C La discapacidad física o síquica de cualquiera de los miembrosde la unidad familiar del peticionario justificada documentalmentemediante la resolución pertinente y siempre que tal discapacidadsupere el 33%(20 puntos como máximo).

Presencia en la unidad familiar por cada persona con un grado dediscapacidad reconocida.

•Grado de discapacidad de 100% al 66%: 20 puntos

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•Grado de discapacidad de 65% al 34%: 10 puntos

•Grado de discapacidad igual o inferior al 33% : 5 puntos

•Si no existe ningún grado de discapacidad: 0 puntos

Documentos que acrediten los criterios de evaluación social referidos:

- El apartado 1.2.A, mediante certificado de empadronamiento familiarexpedido por el Ayuntamiento de Pozoblanco o fotocopia del libro defamilia.

- El apartado 1.2.B, mediante certificado de desempleo expedido por elServicio Andaluz de Empleo de los miembros de la unidad familiar.

- El apartado 1.2.C, mediante fotocopia compulsada de la resolución dereconocimiento del grado de minusvalía.

1.3. Criterios de evaluación de carácter económico: 

1.3.A Se realizará sobre la base imponible general de la últimadeclaración de la renta realizada, en la que se puntuará la baseimponible de la siguiente forma:

a. De 0 a 10.000,00 euros...................................... 15 puntos.

b. De 10.000,01 a 15.000,00 euros.......................... 12,5 puntos.c. De 15.000,01 a 20.000,00 euros.......................... 10 puntos.

d. De 20.000,01 a 25.000,00 euros............................ 7,5 puntos.

e. De 25.000,01 a 35.000,00 euros........................... 5 puntos.

f. De 35.000,01 a 45.000,00 euros.......................... 2,5 puntos.

g. A partir de 45.000,01 euros………………………... 0 puntos.

1.3.B Propuesta económica efectuada por el solicitante conforme almodelo oficial inserto en este pliego, que deberá respetar el tipomínimo de licitación para cada lote inserto en el cuadro incorporadoa este pliego, por lo que todas las ofertas económica serán igualeso superiores en cantidad al establecida como mínima para cadalote de los solicitados, por este criterio de valoración se obtendrácomo máximo 15 puntos, que se asignarán para el solicitante querealice la oferta económica más elevada, aplicándose la puntuacióna los demás solicitantes de forma proporcional.

Todas aquellas solicitudes que no respete el tipo mínimoestablecido por lote serán excluidas.

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La Mesa de contratación se reserva el derecho de hacercomparecer a los solicitantes que estime oportuno, a fin decomprobar la veracidad de cuanto se consigna en sus respectivasdeclaraciones y documentación adjunta, a efectos de constatar laveracidad de los mismos.

2. Adjudicación.- 

En principio no se adjudicará más de un lote por solicitante, si bien éstospodrán solicitar tres lotes como máximo, especificándose el orden depreferencia en el modelo redactado al efecto.

La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor delcandidato propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano

de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuestaformulada deberá motivar su decisión, pudiendo, asimismo, dejar laconvocatoria desierta en todo o en parte si, a juicio de dicho órgano, lassolicitudes presentadas no se ajustasen a los fines y condiciones de la misma.

Corresponde al Alcalde, la adjudicación del procedimiento, y a tal finresolverá discrecionalmente en orden a la proposición que considereeconómicamente más ventajosa para los fines del procedimiento. Deconformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda apartado 1,del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El Ayuntamientode Pozoblanco se reserva el derecho de declarar desierto el procedimiento si,en su apreciación, libre y discrecional, ninguna de las proposicionespresentadas resultare conveniente a los fines de aquél.

El órgano de contratación clasificará por orden decreciente las ofertaspresentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales,conforme a lo señalado en el artículo 152 de TRLCSP. Para realizar talclasificación se atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego,pudiendo solicitar para ello, cuantos informes técnicos se considerenpertinentes. La oferta económica más ventajosa será la que incorpore el preciomás alto.

El licitador con carácter previo a la adjudicación a su favor deberáaportar los documentos acreditativos de haber constituido la garantía definitivay la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento desus obligaciones con el Ayuntamiento de Pozoblanco, obligaciones tributariasy con la seguridad social, (art. 146 TRLCSP) además de haber abonado todoslos gastos derivados de la tramitación del expediente, dentro del plazo de 10días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se reciba elrequerimiento.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazoseñalado, se entenderá, que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en

ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el ordenen que hayan quedado clasificadas las ofertas.

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La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de cinco días hábilessiguiente a la recepción de la documentación, en lo no dispuesto expresamentese estará al texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En caso de Empate:

a) En el caso de dos o más solicitantes con opción a un mismo lote, conigualdad en la puntuación obtenida final, y que ninguno de ellos haya sido adjudicatario en proceso precedente , la adjudicación se haráfavor del que haya hecho la oferta económica más elevada, y si losdos han coincidido en el precio ofertado, se efectuará por sorteo.

b) En el caso de dos o más solicitantes con opción a un mismo lote, conigualdad en la puntuación obtenida final, y que uno de ellos haya sido adjudicatario en proceso precedente , la adjudicación se hará favordel que haya hecho la oferta económica más elevada, y si los doshan coincidido en el precio ofertado, la adjudicación se hará a favor

del que acredite la antigüedad, siempre que a esta administración nole conste deterioros en el estado de conservación de lasinstalaciones existentes en el lote del que ha resultado seradjudicatario, si constasen se procederá a resolver el empate porsorteo.

c) En el caso de dos o más solicitantes con opción a un mismo lote, conigualdad en la puntuación obtenida final, y que los dos o más, hayan sido adjudicatarios en proceso precedente , la adjudicación se haráfavor del que haya hecho la oferta económica más elevada, y si hancoincidido en el precio ofertado, la adjudicación se hará a favor del

que acredite mayor antigüedad, siempre que a esta administraciónno le conste deterioros en el estado de conservación de lasinstalaciones o cerramiento existentes en el lote del que ha resultadoser adjudicatario, en tal caso tendrá preferencia el adjudicatarioanterior que hubiese hecho un buen uso del lote, y de persistir elempate por sorteo.

Conocidas las adjudicaciones por los distintos solicitantes, si se da lacircunstancia de que dos de ellos desean intercambiar el lote que le ha sidoadjudicado, tal voluntad de intercambio será totalmente gratuita, y comunicadaal órgano de adjudicación, que como competente en materia de adjudicacióndictará resolución aceptando o denegando la modificación propuesta, pues laadministración resolverá discrecionalmente.

12. MESA DE CONTRATACIÓN YÓRGANO DE CONTRATACIÓN.

1) Al objeto de valorar los criterios de adjudicación determinados en losartículos precedentes y comprobar la documentación a aportar porlos solicitantes, se constituirá la siguiente Mesa de contratación,formada por:

PRESIDENTE: El Sr. Alcalde o miembro de la Corporación en quiendelegue.

VOCALES: El/la Concejal/a Delegado/a del Servicio y unrepresentante por cada uno de los grupos políticos municipales.

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ASESORES: Asimismo, estarán presentes un representante de cadauna de las siguientes organizaciones, con la correspondientecredencial acreditativa: COAG, ASAJA, y UPA, con voz pero sin voto.

Actuará como Secretario/a: el Secretario de la Corporación o pordelegación un funcionario de carrera adscrito/a al Negociado deSecretaría, que actuará con voz pero sin voto.

2) El órgano competente para iniciar el procedimiento de contratación yefectuar la adjudicación del procedimiento es de conformidad con laDisposición Adicional Segunda del Texto refundido de la Ley deContratos del Sector Público, aprobado por real decreto legislativo3/2011 de 14 de noviembre, el Alcalde-Presidente de la Corporación .El Ayuntamiento Pleno, en caso de que exista delegación delAlcalde-Presidente, a la vista de la propuesta formulada por la Mesade Contratación designada al efecto, será el que efectúedirectamente, la adjudicación definitiva de cada uno de los lotes.

13. GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA.-

La garantía provisional: no se exige.

El adjudicatario vendrá obligado a prestar una garantía definitivaequivalente al 5% del importe de la adjudicación, dentro del plazo de 15 díasdesde que se dicte la resolución de adjudicación y podrá constituirse encualquiera de las modalidades que se contemplan en el artículo 96 deLTRLCSP, responderá de los conceptos definidos en el artículo 100 delmencionado texto legal; Constituida la garantía esta Administración tendrápreferencia para hacerla efectiva sobre cualquier otro acreedor, sea cual fuerela naturaleza del mismo y el título del que derive su crédito.

La garantía definitiva responderá del fiel cumplimiento del objeto delcontrato y será devuelta una vez cumplido el mismo en los términos expuestosen el presente pliego.

El incumplimiento de este requisito por causas imputables aladjudicatario podrá dar lugar a una nueva adjudicación al licitador o licitadorespor el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ellofuera posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, encuyo caso se concederá a este un nuevo plazo de 10 días hábiles a contardesde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, paracumplimentar lo señalado en el artículo 151.2 del TRLCSP.

14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.

El contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se

ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dichodocumento título suficiente para acceder a cualquier registro público. Noobstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura

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pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso sepodrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas queimpliquen alteración de los términos de la adjudicación. (art.156 TRLCSP)

La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de losquince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de laadjudicación a los licitadores y candidatos. (art.156.3 TRLCSP) en el que setranscribirán los derechos y deberes de ambas partes que han sidoenumerados en este Pliego.

15. DEBERES Y FACULTADES DEL ARRENDATARIO.

1. Los solicitantes serán obligatoriamente Agricultores a Título Principal y laadjudicación de cada lote, se hará a riesgo y ventura el adjudicatario.

2. Los gastos que se originen en la extinción plagas que pudierenpresentarse, serán de cuenta del adjudicatario de los aprovechamientos,quien queda compelido por el hecho de la adjudicación a denunciar antela Alcaldía la presencia y/o ovación de la plaga.

3. La organización y los gastos de vigilancia, durante el tiempo delaprovechamiento de los lotes, serán de cuenta de los adjudicatarios, si aestos le interesa establecerla.

4. Los daños que se causen en árboles, abrevaderos, alambradas, etc, dela finca de la Dehesa boyal de Propios, propiedad de este Ayuntamiento,de cualquier clase que sean, por el ganado, serán de cuenta delpropietario de éste y los derivados del uso, a tal efecto una vez cumplidoel plazo de vigencia de la adjudicación o en el momento de su extinciónanticipada por razones de interés general, público o social o cualquierotra causa de extinción de las determinadas en este pliego o en lanormativa aplicable, se procederá por los servicios administrativos alevantar un acta donde se detallen los daños apreciados y los costes depersonal y material derivados de las labores de reposición, estedocumento será notificado al adjudicatario otorgándole un plazo para elabono de los mismos, pasado el plazo si no se ha producido el abono delos daños, esta administración podrá realizar las reparaciones

necesarias por ejecución subsidiaria tal y como establece la Ley deprocedimiento administrativo en sus artículos 96 a 98, siguiendo la víade apremio contra el adjudicatario o cualquiera de los medios deejecución forzosa determinados legalmente.

5. Caso de efectuarse el majadeo del ganado en los propios lotes, el mismose hará mudando, diariamente, los corrales.

6. El aprovechamiento de la poda del encinar será a beneficio delAyuntamiento y se realizará bajo sus directrices y de su cuenta.

7. Cada lote podrá ser sembrado dos años consecutivos sobre la totalidaddel período del arrendamiento, con la excepción expresa de no sembrar

en ningún caso trigo duro. No obstante, el órgano de contratación podráautorizar en casos excepcionales y previa solicitud escrita deladjudicatario, la siembra del lote algún año más, cuando se den

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circunstancias debidamente justificadas, y tal medida no implique unadegradación del suelo cultivable.

8. El cuidado de cada lote, se hará a riesgo y ventura del adjudicatario. Losadjudicatarios deberán estar en posesión de las oportunas

autorizaciones legales y fiscales para el correcto ejercicio de dichaactividad.

9. Siendo el contrato a riesgo y ventura del adjudicatario y de su exclusivaresponsabilidad la contratación y posibles incidencias del personal,incluido el cumplimiento de la legislación sobre Seguridad Social,Higiene y Seguridad en el Trabajo, no existiendo relación contractualalguna entre el personal al servicio del Adjudicatario y el Ayuntamientode Pozoblanco.

10. Todos gastos derivados de circunstancias atmosféricas y climatológicasque pudieran producirse, serán a cargo del adjudicatario, pudiendo

adoptar las medidas que considere convenientes para asegurar losriesgos.

11. El adjudicatario deberá concertar una póliza de responsabilidad por losdaños que en el ejercicio de su actividad se puedan producir a terceromientras este vigente el arrendamiento, debiendo entregar copia de lamisma en las dependencias de la secretaria municipal.

12. La conservación y reparación de averías de las instalaciones interioresen aquellos lotes que tiene la dotación de energía eléctrica y agua, seránde cuenta de los propios adjudicatarios, asumiendo este Ayuntamiento elmantenimiento de dichas instalaciones, exclusivamente en alta tensión o

presión. Aquellos lotes que cuenten con los servicios de agua oelectricidad deberán abonar a su costa los gastos derivados de la puestaen funcionamiento del suministro y de la facturación correspondiente alconsumo posterior por tales suministros.

13. Los adjudicatarios no podrán realizar obras o instalaciones estables sinla expresa autorización de este Ayuntamiento. En caso de autorizarse,todos los costes serán de cuenta del solicitante y deberá proceder allevantamiento de las instalaciones en el momento que pierda lacondición de adjudicatario de dicho lote, o bien, quedarán de propiedadde este Ayuntamiento si tal circunstancia se aprecia como conveniente

al interés general o público, previa petición del solicitante acompañadade los documentos justificativos de gasto , requiriendo un informe devaloración actualizada de la construcción e instalación para apreciar elestado actual de conservación, y a la vista de tales documento se dictaráresolución por el órgano de competente según la distribucióncompetencial establecida en la Ley Reguladora de las Bases deRégimen Local, que será comunicada al adjudicatario.

14. Todos los gastos del contrato serán de cuenta del adjudicatario de loslotes, en proporción al importe del precio de adjudicación.

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16. DEBERES Y FACULTADES DE LA CORPORACIÓN.

1. Dejar sin efecto el arrendamiento antes del vencimiento si lo  justificaren circunstancias sobrevenidas de interés público, interésgeneral o social mediante resarcimiento o no de daños, según lodispuesto en cláusula de duración de los contratos.

2. Inspeccionar en cualquier momento los bienes objeto de arrendamiento,las instalaciones y construcciones, para lo que el adjudicatario/afacilitará el acceso a las instalaciones y aportará cuanta documentaciónle sea requerida.

3. El Ayuntamiento de Pozoblanco deberá realizar, sin derecho a elevar porello la renta, todas las reparaciones extraordinarias que sean necesariaspara conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir

al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se tratesea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos1563 y 1564 del Código Civil.

4. Finalizado el período de vigencia del arrendamiento y la prórroga, en sucaso, el uso y aprovechamiento de los lotes, revertirá automáticamenteal Ayuntamiento de Pozoblanco, como propietario de las instalaciones,debiendo el adjudicatario entregarlos con arreglo al contrato y en elestado de conservación y funcionamiento adecuados, en el plazo de unmes desde que sea requerido al efecto.

5. Transcurrido el periodo indicado, en caso de apertura de un nuevo

proceso de adjudicación del arrendamiento de estos mismos inmuebles,los adjudicatarios que resulten en el actual proceso no adquiriránderecho alguno de adjudicación preferente sobre el posterior o losposteriores procesos de licitación, solamente siendo valorada talcircunstancia en el nuevo procedimiento en caso de empate en lapuntuación más alta para la obtención del lote solicitado.

17. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.

El órgano de contratación, de conformidad 20.2 del texto refundido de la

Ley de la Ley de Contratos del Sector Público, ostenta las prerrogativasseñaladas en el título V del Libro I respecto a modificación del contrato porrazones de interés público.

18. CAUSAS DE RESOLUCIÓN.

Según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 7/1999 de 29 deseptiembre de bienes de las entidades locales de Andalucía: los efectos yextinción del arrendamiento o de cualquier otra forma de cesión de uso de los

bienes patrimoniales se regirán por las normas de derecho privado que le seande aplicación según su naturaleza. Además de las prescripciones que alrespecto se contienen en el presente pliego:

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a. Por pérdida total de la cosa arrendada y por expropiación forzosacuando sea también total; si la pérdida es sólo parcial, el arrendatariotiene opción para continuar en el arriendo, y lo mismo en el caso deexpropiación forzosa, reduciendo proporcionalmente la renta.

b. Por expiración del término convencional o legal y de la prórroga, en sucaso.

c. Por mutuo acuerdo de las partes.d. Por desistimiento unilateral del arrendatario, al término del año agrícola,

notificándoselo al Ayuntamiento con dos meses de antelación.e. Por muerte del arrendatario, quedando a salvo el derecho de sus

sucesores legítimos. En tal caso, a falta de designación expresaefectuada por el testador, tendrá preferencia el que tenga la condiciónde joven agricultor, y si hubiera varios, será preferente el más antiguo. Sininguno la tuviera, los sucesores tendrán que escoger entre ellos, pormayoría, al que se subrogará en las, condiciones y derechos del

arrendatario fallecido. Si se da esta última circunstancia, será necesariala correspondiente notificación por escrito al Ayuntamiento, en el plazode dos meses desde el fallecimiento.

f. En los arrendamientos efectuados a favor de personas jurídicas o decomunidades de bienes, desde el momento mismo en que se extinga lapersona jurídica o la comunidad.

g. Por resolución que implique la perdida de las potestades dominicales delAyuntamiento sobre el lote adjudicado.

h. Si en el transcurso del periodo de contrato un adjudicatario accede a la  jubilación u obtiene resolución de baja laboral para el ejercicio de lasactividades que son el destino del arrendamiento.

i. Incumplimiento de los deberes establecidos al adjudicatario en estePliego.  j. Mediante resolución o rescisión del contrato en los supuestos

legalmente contemplados.

Resolución del arrendamiento a instancia del Ayuntamiento.

El contrato podrá resolverse en todo caso a instancia del Ayuntamiento poralguna de las causas siguientes:

a. Extinción del arrendamiento, parcial o total antes del vencimiento silo justificaren circunstancias sobrevenidas de interés público,interés general o social, debidamente motivadas, medianteresarcimiento o no de daños, según lo dispuesto en cláusula deduración de los contratos o en el ejercicio de las potestades deesta Corporación detalladas en este pliego o normativa deaplicación.

b. Demora en el pago de tres recibos consecutivos por el concepto de

arrendamiento o la falta de pago de dos liquidaciones de arrendamientoy de las cantidades asimiladas a la misma, sin perjuicio de la aplicaciónde las potestades de las entidades locales en defensa de su patrimonio.

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c. Incumplir gravemente la obligación de mejora o transformación de lafinca, a las que el arrendatario se hubiese comprometido en el contrato ya aquellas otras que vengan impuestas por norma legal o resolución judicial o administrativa.

d. No explotar la finca, aun parcialmente, o destinarla, en todo o en parte, afines o aprovechamientos distintos a los previstos en este pliego.

e. El incumplimiento de la obligación de subarriendo o cesión a favor deterceros

f. Causar graves daños en la finca, con dolo o negligencia manifiesta o lacomisión de un acto constitutivo de falta o delito en la propiedadmunicipal.

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SOBRE Nº 1

ANEXO I: SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y DECLARACIONES.1. Rellenar cuando el solicitante se persona física o jurídica y no

concurra en unión temporal de empresas:

D.__________________________________________ en nombrepropio/ en representación de la firma ______________________________, condomicilio, a efectos de notificaciones, en __________________________   ____________________________________________, titular del DNI. núm.  ______________________, en la Localidad de ____________, con correoelectrónico_________________, y teléfono____________.

2. Rellenar en el supuesto de Unión temporal de empresas:

D.__________________________________________en nombrepropio/ o en representación de la entidad ______________________________,y D. _________________________en nombre propio/ o en representación dela entidad_______________________________declaran su compromiso deconstituirse en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatariosiendo la participación de cada miembro _____% y con domicilio, a efectos denotificaciones, en __________________________, designando como

representante ante esta Administración a D.________________________paratodas las cuestiones derivadas de esta contratación.

Que teniendo capacidad jurídica y de obrar, desea participar en elprocedimiento negociado para el arrendamiento de lotes en la dehesa boyal,conociendo el pliego de condiciones elaborado al efecto, cuyas cláusulasacepta.

 DECLARA BAJO SU PERSONAL RESPONSABILIDAD

a) No hallarse incurso en las prohibiciones de contratar previstas en el

artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico.

b) Hhallarse al corriente en sus obligaciones con el Ayuntamiento dePozoblanco, en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, yme comprometo a la presentación de los certificados con carácter previoa que se dicte la adjudicación a su favor y en el plazo indicado en elrequerimiento.

Asimismo autorizo al órgano de contratación a la consulta de mis datos

fiscales durante el período de ejecución del presente contrato.

En ______________ a ____ de ______________ de ________ 

Firmado:

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DOCUMENTACIÓN SOBRE Nº1

A. Fotocopia compulsada del DNI. del empresario, si es persona física, y si setrata de una persona jurídica fotocopia compulsada del CIF de la empresa,del NIF del representante legal y de las escritura de constitución de laentidad, los estatutos o acto fundacional (donde conste su inscripción en elRegistro correspondiente, de conformidad con la legislación que le sea deaplicación, según el tipo de persona jurídica de que se trate).

1. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro,deberán presentar copia de su DNI o pasaporte y copia compulsada detítulo en el que se le ha otorgado poder bastante para concurrir.

2. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que seannacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará porsu inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación delEstado donde están establecidos, o mediante la presentación de unadeclaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcanreglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias deaplicación.

3. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad deobrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el

Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbitoterritorial radique el domicilio de la empresa.

4. los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporaldeberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan yla participación de cada uno, así como que asumen el compromiso deconstituirse formalmente en unión temporal en caso de resultaradjudicatarios del contrato.

B) Fotocopia compulsada de la última declaración de la renta efectuada(correspondiente al ejercicio 2010) o en el caso de no tenerla Declaración,

firmada por el proponente, sobre el volumen global de negocios en elámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido comomáximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha decreación o de inicio de las actividades del empresario.

C) Fotocopia compulsada del I.A.E o declaración censal de obligado tributario,en alguno/os de los epígrafes establecidos para el ejercicio de actividadesagrícolas o ganaderas.

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SOBRE Nº2

ANEXOII: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONOMICA.- 

Las proposiciones que se suscriban, se ajustarán sustancialmente almodelo inserto a continuación:

-MODELO DE PROPOSICIÓN-

D./Dª________________________________________________________,domiciliado en ______________________________________________, calle  ___________________________________ nº ___________, con DNI. núm. _______________________, teléfono __________________________, correoelectrónico____________________, en plena posesión de su capacidad  jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de _____________________________________) hace constar:

Que teniendo conocimiento de que se va a proceder a la contrataciónpara el arrendamiento en lotes de la dehesa boyal, bajo el “PLIEGO DECONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUESERVIRÁN DE BASE AL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEARRENDAMIENTO PARA EL APROVECHAMIENTO CON GANADO DEHIERBAS, PASTOS Y MONTANERAS DE LA DEHESA BOYAL DEPROPIOS, EN LOS AÑOS AGRÍCOLAS 2012-13, 2013-14, 2014-15,PROPIEDAD DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE POZOBLANCO, se haceconstar:

Se compromete a la realización del objeto del presente procedimiento, porla cantidad de:

Ordenpreferente

Nº delote

Tercio alquepertenece

Superficie Categoría Precio ofertado (Poreuros/fanega/año)

(Fecha y firma)

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SOBRE Nº 3: DOCUMENTACIÓN A INCORPORAR PARA LAAPLICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

A) Documentos que acrediten los criterios de evaluación referidos a la posesióno a la propiedad de terrenos o a su carencia.

- No tener tierras en propiedad: se acreditará mediante un certificado debienes rústicos expedido por hacienda local a nombre del solicitante.

- Tener tierras en propiedad (de 1º o 2ª categoría): se acreditará mediantefotocopia de las escrituras de propiedad o nota simple del Registro de laPropiedad y certificación gráfica y descriptiva a nombre del solicitante.

- Tener tierras en arrendamiento: se acreditará mediante fotocopia delcontrato de arrendamiento y certificación gráfica y descriptiva de laparcela objeto del arrendamiento.

B) Documentos que acrediten los criterios de evaluación social referidos:

- Menores de edad a cargo del peticionario: Se acreditará mediantecertificado de empadronamiento familiar expedido por el Ayuntamientode Pozoblanco o fotocopia del libro de familia.

- Miembros de la unidad familiar en desempleo: Se acreditará medianteCertificado de desempleo expedido por el Servicio Andaluz de Empleode los miembros de la unidad familiar.

- Discapacidad física o síquica de miembros de la unidad familiar: Seacreditará mediante Fotocopia compulsada de la resolución dereconocimiento del grado de minusvalía.

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Resolución de la Presidencia.-

Al día de la fecha se ha dictado resolución de órgano………..iniciando elexpediente de contratación y aprobando el pliego de CONDICIONESECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE SERVIRÁN DEBASE AL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE ARRENDAMIENTOPARA EL APROVECHAMIENTO CON GANADO DE HIERBAS, PASTOS YMONTANERAS DE LA DEHESA BOYAL DE PROPIOS, EN LOS AÑOSAGRÍCOLAS 2012-13, 2013-14, 2014-15, PROPIEDAD DEL EXCMO.AYUNTAMIENTO DE POZOBLANCO

De conformidad con el artículo 36 y 37.3.a) de la Ley de Bienes de lasEntidades Locales de Andalucía y 77.3 y siguientes del Reglamento de Bienesde las Entidades locales de Andalucía, por este acto se le invita a participar eneste procedimiento para la adjudicación anteriormente mencionada,

adjuntándole el pliego de condiciones que rigen la contratación, puede Ud.presentar ofertar en el plazo indicado en el pliego, que finaliza tal -----------------en las dependencias del Registro de Entrada de la Casa Consistorial, enhorario de 8 a 15.00 horas, de lunes a viernes.

Pozoblanco a …. de………. de 2012.

El Presidente.

Recibí: ( fecha y firma).

D.___________________________ 

D.N.I ________________________