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DERECHOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS.
DERECHOS INDIVIDUALESDerechos individuales es un concepto perteneciente al Derecho constitucional, nacido de la concepción liberal que surgió de la Ilustración, que hace referencia a aquellos derechos de los que gozan los individuos como particulares y que no pueden ser restringidos por los gobernantes.
Hay restricciones de la libertad individual por los Estados fijados en su código penal respectivo; restricciones de la libertad individual que son excesivas podemos considerar como violaciones de los derechos humanos. Un ejemplo de una injerencia (sea legítima o no) por el Estado está representado como sigue: “Las relaciones entre chicos y chicas son un problema de nuestra sociedad, predominantemente joven.
Derechos colectivos El término derechos colectivos se refiere al derecho de los pueblos a ser
protegidos de los ataques a sus intereses e identidad como grupo. El más
importante de estos derechos es el derecho de autodeterminación. Para
algunos colectivos se clasifican entre los derechos de tercera generación
(ver derechos humanos).
El derecho de autodeterminación de los pueblos tendría su primera
utilización a gran escala en los catorce puntos de Wilson, con los que
pretendía acabar con la Primera Guerra Mundial. Eltratado de Versalles
(1919) no fue una aplicación de dicho principio, pero sí que hubo
referenda de autodeterminación en diferentes territorios europeos en el
periodo de entreguerras, (por ejemplo, el Sarre).
En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó (por 48
votos a favor, ninguno en contra y 8 abstenciones) la Declaración
Universal de Derechos Humanos, y a partir de entonces ha sido adoptada
por cada uno de los Estados. Todos los derechos especificados en la
declaración estaban basados en el individuo, como el derecho a la
no discriminación, a la libertad de movimiento, privacidad,
al matrimonio por libre consentimiento de los esposos, a condiciones
justas y favorables en el trabajo, a la participación en la vida cultural, a
una igual protección ante laley, etc.
Carta de las Naciones Unidas
La Carta de las Naciones Unidas es el tratado internacional fundador del organismo,
y que hace las bases de su constitución interna. El documento fue firmado el 26 de
junio de 1945 en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización
Internacional en el Auditorio de los Veteranos (actualmente el Teatro Herbst), de
la Memorial de los Veteranos de la Guerra en San Francisco, California, Estados
Unidos, y sujeto a la ratificación de los 50 de los 51 originales a los países miembros
(Polonia, el otro miembro original, que no estuvo representada en la conferencia,
firmado más tarde). Entró en vigor el 24 de octubre de 1945, después de ser
ratificado por los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad son
los Estados Unidos, la República Francesa, el Reino Unido, la República de
China (posteriormente sustituido por la República Popular China) y la Unión de
Repúblicas Socialistas Soviéticas (más tarde reemplazado por la Federación de
Rusia).1
Además, la Carta establece las obligaciones de las Naciones Unidas por encima de
las demás obligaciones del tratado.1 La mayoría de los países del mundo han
ratificado ya la Carta. Una notable excepción es la Santa Sede, que ha optado por
seguir siendo un estado permanente de observación y, por tanto, no es un completo
signatario de la Carta.
Harry Truman en la conferencia fundacional en San Francisco, 1945.
Declaración Universal de los Derechos HumanosLa Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es un
documento declarativo adoptado por la Asamblea General de
las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), el 10 de
diciembre de 1948 en París, que recoge en sus 30 artículos los Derechos
Humanos considerados básicos.
La unión de esta declaración y
los Pactos Internacionales de
Derechos Humanos y sus
Protocolos comprende lo que
se ha denominado la Carta
Internacional de Derechos
Humanos. Mientras que la
Declaración constituye,
generalmente, un documento
orientativo, los Pactos
son tratados
internacionales que obligan a
los Estados firmantes a cumplirlos.
En numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones
internacionales de derechos humanos se han reiterado los principios
básicos de derechos humanos enunciados por primera vez en la
Declaración Universal de Derechos Humanos, como su universalidad,
interdependencia e indivisibilidad, la igualdad y la no discriminación, y el
hecho de que los derechos humanos vienen acompañados de derechos y
obligaciones por parte de los responsables y los titulares de éstos. En la
actualidad, todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas han
ratificado al menos uno de los nueve tratados internacionales básicos de
derechos humanos, y el 80% de ellos ha ratificado al menos cuatro de
ellos, lo que constituye una expresión concreta de la universalidad de la
DUDH y del conjunto de los derechos humanos internacionales.
ONU: Fundamento de las normas internacionales de derechos humanos.
Derechos humanosLos derechos humanos son aquellas libertades, facultades,
instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o
básicos1 que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su
condición humana, para la garantía de una vida digna, sin
distinción alguna de etnia,color, sexo, idioma, religión, orientación
sexual, opinión política o de cualquier otra índole, origen
nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra
condición.
La división de los derechos humanos en tres generaciones, fue
inicialmente propuesta en 1979 por el jurista checo Karel Vasak1 en
el Instituto Internacional de Derechos
Humanos en Estrasburgo, Francia. El término fue utilizado desde,
al menos, noviembre de 1977. Las
teorías de Vasak tenían sus raíces
sobre todo en la legislación europea,
ya que reflejaban principalmente los
valores europeos.
Primera generación
Los derechos humanos de primera generación, tratan esencialmente de la libertad y la participación en la
vida política. Son fundamentalmente civiles y políticos, protegen al individuo de los excesos del Estado. Los derechos de primera generación incluyen, entre otras cosas, la libertad de expresión, el derecho a un juicio justo, la libertad de religión, y el sufragio. Estos derechos fueron propuestos por primera vez en la Carta de Derechos de los Estados Unidos, y en Francia por la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en el siglo XVIII, y fueron consagrados por primera vez a nivel global por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y dándole lugar en el derecho internacional en los artículos 3 al 21 de la Declaración Universal y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Segunda generación
La constituyen los derechos económicos, sociales y culturales. Estos derechos demandan un ESTADO DE BIENESTAR que implemente acciones, programas y estrategias, para lograr que las personas gocen de manera efectiva de estos derechos, entre los que citamos:
Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos
económicos, sociales y culturales. Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa
de sus intereses.
Tercera generación
Se denominan así a un conjunto de derechos de aparición reciente, producto de acuerdos de la comunidad internacional, se demanda un medio ambiente sano y libre de problemas. Por su parte, la tercera generación de derechos humanos, surgida en la doctrina en los años 1980, se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario y universal. Se originan de la segunda postguerra.
Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías frente a la manipulación genética, aunque diferentes juristas asocian estos derechos a otras generaciones.
Derechos humanos en México.Diversas Organizaciones no gubernamentales mexicanas han denunciado los importantes déficits en la defensa y protección de los Derechos Humanos en México. De esta manera, las violaciones del derecho a la vida, a la integridad y a la libertad personal, y también a las garantías y protección judiciales, han sido motivo de preocupación de las organizaciones civiles mexicanas.
En cuanto a las violaciones del derecho a la vida, en México se han incrementado y gozan de una total impunidad, especialmente en las zonas militarizadas. Los actores señalados como autores de la mayoría de los delitos asociados a la violación del derecho de la vida son el ejército, los cuerpos de seguridad del Estado y los grupos paramilitares. Los casos de tortura, tratamientos crueles e
inhumanos, detenciones arbitrarias, intimidación, etc., continúan produciéndose. Y se justifican con argumentos de lucha contra la insurrección y contra la delincuencia. La mayoría de las violaciones de los Derechos Humanos son consecuencia de la actuación del ejército o de los grupos paramilitares que actúan en diversas zonas del país (Chiapas, Guerrero, etc.). En cuanto a los casos de tortura, Amnistía Internacional afirma que hay muchos en México a causa, entre otras cuestiones, de las deficiencias en el sistema judicial (los jueces admiten confesiones obtenidas bajo tortura) y de los déficits que sufre la policía judicial mexicana.
Organización no gubernamentalUna organización no gubernamental (también conocida por las siglas ONG) es una
entidad de carácter civil (entendido como "El derecho y la disposición de participar
en una comunidad, a través de la acción autorregulada, inclusiva, pacífica y
responsable, con el objetivo de optimizar el bienestar público.") o social,1 2 con
diferentes fines integrantes, creada independientemente de los gobiernos ya sea
locales, regionales y nacionales, así como también de organismos internacionales.
Jurídicamente adoptan diferentes estatus, tales
como asociación, fundación, corporacióny cooperativa, entre otras formas.
Las ONG como su nombre lo indica: Organización no gubernamental, no depende de
gobierno alguno y por ende será decisión de sus miembros si quieren o no optar por
personería jurídica, los Estados y defensores jurídicos han querido crear una matriz
de opinión induciendo a su registro lo cual contradice su propia naturaleza como
ONG.
Una clasificación usada para los tipos de ONG, puede ser:
1. Organizaciones voluntarias
2. Agencias y organismos de servicios no lucrativos
3. Organizaciones comunitarias o populares
4. Organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD)
5. Organizaciones de inmigración
Algunos nombres de algunas ONG:
Caritas
Manos Unidas
Algunas actividades a nivel internacional afrontadas por las ONG son:
Garantías de la aplicación de tratados internacionales humanitarios.
Promoción y denuncia de los abusos de los derechos humanos.
Ayuda humanitaria.
Protección del medio ambiente.
Mejoras laborales y medioambientales.
Cooperación para el desarrollo.
Ayuda a la infancia.
Ayuda y orientación a la tercera edad.
Migración.
Ciencia, Tecnología, Derechos Humanos y
Colectivos.
Sociedad –cultura
Índice:1.-Derechos humanos colectivos y personales.
2.-Carta de la ONU.
3.-Declaracion universal de los derechos humanos.
4.-Derechos humanos
4.1 Primera generación.
4.2 Segunda generación.
4.3 Tercera generación.
5.- Derechos humanos en México.
6.-Organisaciones no gubernamentales.