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1 CORTE SUPREMA DE LOS ESTADOS UNIDOS BUCK v. BELL, SUPERINTENDENTE DEL CENTRO ESTATAL PARA EPILÉPTICOS Y ENFERMOS MENTALES, 274 U.S. 200 (1927) recurso por error legal a la corte suprema de apelaciones del estado de virginia No. 292. Alegatos Abril 22, 1927 Fallo Mayo 2, 1927 Sumario 1. La ley de Virginia que dispone la esterilización de los reclusos de instituciones regidas por el Estado que hayan sido diagnosticados con problemas mentales hereditarios, se cuenta dentro de las atribuciones del Estado conforme a la 14ta Enmienda . P. 207. 2. El hecho que sus disposiciones no se extiendan a las personas que no se encuentran recluidas en las instituciones antes citadas no torna a dicha ley en contraria a la cláusula de igual protección. P. 208. RECURSO POR ERROR LEGAL contra una sentencia de la Corte Suprema de Apelaciones del Estado de Virginia, la cual confirmó un fallo que ordenó al Superintendente del Centro Estatal de Epilépticos y Enfermos Mentales que lleve adelante la salpinguectomía a Carrie Buck, la recurrente en autos. 143 Va. 310, 130 S.E. 516 confirmada. El Sr. I. P. Whitehead, de Lynchburg, Va., por la recurrente. El Sr. A. E. Strode, de Lynchburg, Va., por el recurrido. EL SR. MAGISTRADO HOLMES redacta la opinión de la Corte: Este caso se presenta en forma de un recurso por error legal destinado a la revisión del fallo de la Corte Suprema del Estado de Virginia, que confirmó el de la Corte de Circuito del Condado de Amherst, por el cual el ahora recurrido, el Superintendente del Centro Estatal para Epilépticos y Enfermos Mentales, ordenó intervenir quirúrgicamente a Carrie Buck, la recurrente, con el objeto de esterilizarla. 143 Va. 310, 130 S.E. 516. El caso ha llegado ante nosotros bajo el argumento de que la ley que permite tomar tal determinación es nula según la 14ta Enmienda puesto que niega a la recurrente el debido proceso legal y la igualdad ante la ley.

Buck v. Bell

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Sentencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos relativa a esterilizaciones forzosas realizadas en centros de internación para personas afectadas de problemas mentales. Contiene la famosa frase del magistrado Oliver Wendell Holmes Jr.: "Tres generaciones de imbéciles son suficientes". Versión no oficial en español correspondiente al titular de esta cuenta.

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CORTE SUPREMA DE LOS ESTADOS UNIDOS

BUCK v. BELL, SUPERINTENDENTE DEL CENTRO ESTATAL PARA EPILÉPTICOS Y

ENFERMOS MENTALES, 274 U.S. 200 (1927)

recurso por error legal a la corte suprema de apelaciones del estado de virginia

No. 292. Alegatos Abril 22, 1927 – Fallo Mayo 2, 1927

Sumario

1. La ley de Virginia que dispone la esterilización de los reclusos de instituciones

regidas por el Estado que hayan sido diagnosticados con problemas mentales

hereditarios, se cuenta dentro de las atribuciones del Estado conforme a la 14ta

Enmienda. P. 207.

2. El hecho que sus disposiciones no se extiendan a las personas que no se

encuentran recluidas en las instituciones antes citadas no torna a dicha ley en

contraria a la cláusula de igual protección. P. 208.

RECURSO POR ERROR LEGAL contra una sentencia de la Corte Suprema de

Apelaciones del Estado de Virginia, la cual confirmó un fallo que ordenó al

Superintendente del Centro Estatal de Epilépticos y Enfermos Mentales que lleve

adelante la salpinguectomía a Carrie Buck, la recurrente en autos.

143 Va. 310, 130 S.E. 516 confirmada.

El Sr. I. P. Whitehead, de Lynchburg, Va., por la recurrente.

El Sr. A. E. Strode, de Lynchburg, Va., por el recurrido.

EL SR. MAGISTRADO HOLMES redacta la opinión de la Corte:

Este caso se presenta en forma de un recurso por error legal destinado a la

revisión del fallo de la Corte Suprema del Estado de Virginia, que confirmó el de la

Corte de Circuito del Condado de Amherst, por el cual el ahora recurrido, el

Superintendente del Centro Estatal para Epilépticos y Enfermos Mentales, ordenó

intervenir quirúrgicamente a Carrie Buck, la recurrente, con el objeto de

esterilizarla. 143 Va. 310, 130 S.E. 516. El caso ha llegado ante nosotros bajo el

argumento de que la ley que permite tomar tal determinación es nula según la

14ta Enmienda puesto que niega a la recurrente el debido proceso legal y la

igualdad ante la ley.

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Carrie Buck es una mujer blanca mentalmente enferma que ha sido internada en el

Centro Estatal, antes mencionado, en debida forma. Es hija de una madre

mentalmente enferma internada en la misma institución, y es madre de un niño

ilegítimo también mentalmente enfermo. Contaba con dieciocho años al tiempo de

ser juzgado su caso en la Corte de Circuito en el último período de 1924.

Una Ley del Estado de Virginia promulgada el 20 de marzo de 1924 (Laws 1924, c.

394) establece que la salud del paciente y el bienestar de la sociedad serán

promovidos en ciertos casos a través de la esterilización de los enfermos

mentales, tomando todas las precauciones, etc.; que la esterilización se llevaría a

cabo mediante la vasectomía, en los varones y en las mujeres a través de la

ligadura de trompas, sin daño serio o peligro sustancial hacia la vida; que el

Estado se sostendrá en varias instituciones encargadas del cuidado de personas

mentalmente enfermas, quienes si dadas de alta podrían constituir una amenaza,

pero en caso de ser incapaces de procrear sí podrían ser dadas de alta con

seguridad y hasta sustentarse a sí mismas, con lo cual se beneficiarían tanto ellos

mismos como la sociedad; y que la experiencia ha demostrado que la herencia

juega un papel importantísimo en la transmisión de las enfermedades mentales.

Esta ley autoriza a los superintendentes de ciertas instituciones incluido el supra

mencionado Centro Estatal a que cada vez que sean de opinión de que en interés

del paciente y de la sociedad un interno sea esterilizado sexualmente, podrán

intervenir quirúrgicamente a todo paciente afectado por cualquier forma

hereditaria de insanía, retraso mental, etc., cumpliendo con todas las provisiones

de cuidado y seguridad con las que la ley protege de posibles abusos a los

pacientes.

En primer lugar el superintendente debe presentar ante la Junta Especial de

Directores de su institución una petición escrita, en la cual hizo constar los hechos

y los fundamentos de su opinión, certificada por afidávit. La petición, día y lugar

de la audiencia en la institución debe ser comunicada al paciente y su curador, y

en caso de que el mismo carezca de uno, el superintendente debe solicitar a la

Corte de Circuito respectiva que le designe uno. Si el interno fuera menor de edad

la petición debe ser notificada también a sus padres, si los tiene, con copia de la

petición. La Junta deberá resolver si el interno puede presenciar la audiencia por sí

mismo o a través de su curador. La prueba se reduce al escrito, y después que la

Junta haya se haya expedido a favor o en contra de la intervención, el

superintendente, el interno o su curador, podrán apelar ante la Corte de Circuito

del Condado. La Corte de Circuito podrá considerar los archivos de la Junta y la

evidencia presentada ante la misma como cualquier otra evidencia admisible como

pueda ser ofrecida, y podrá, confirmar, revisar o revocar la resolución de la Junta y

pronunciar la decisión que considere justa. Por último, cualquiera de las partes

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está legitimada a apelar ante la Corte Suprema del Estado, que, en caso de admitir

el recurso, oirá el caso sobre la base de las actuaciones del juicio en la Corte de

Circuito y podrá dictar la resolución que crea la Corte de Circuito debió

pronunciar. No hay duda de que cada etapa del proceso concerniente a los

derechos del paciente ha sido cuidadosamente considerada, y toda medida en este

caso ha sido tomada respetando escrupulosamente la ley y tras meses de

observación, no hay duda que respecto a ello el accionante ha beneficiado del

debido proceso legal.

El recurso no se plantea contra el proceso sino contra la ley misma. Parece

reclamarse que no existen circunstancias que en las que tal orden pueda

ampararse. Ciertamente se reclama que la orden no halla justificación en las

razones enunciadas. El fallo en recurso tuvo por ciertos los hechos anteriormente

relatados y que Carrie Buck “es potencialmente madre de hijos socialmente

inadaptados, e igualmente, que la misma puede ser sometida a esterilización sin

que ello vaya en detrimento de su salud en general y que su bienestar y el de la

sociedad debe ser protegido a través de su esterilización”, y en consecuencia dictó

la orden. En vista de las declaraciones generales de la Legislatura y las

consideraciones específicas de la Corte obviamente no podemos sostener

jurídicamente que los motivos no existen, puesto que si ellos existieran el

resultado estaría justificado.

Hemos visto más de una vez que el bienestar público, en ciertas ocasiones,

requiere que los mejores ciudadanos sacrifiquen sus vidas en pro suyo. Por tanto,

parecería extraño que no se pueda requerir a aquellos que ya consumen la fuerza

del Estado un pequeño sacrificio, los cuales frecuentemente no serán sentidos por

ser tales por aquellos a quienes conciernen, en vista a prevenir nuestra existencia

de su incompetencia.

Es mejor para todos, en lugar de ejecutar a los inadaptados sociales por los

crímenes que hayan cometido, y en vez de dejarlos pasar hambre por su

deficiencia, que la sociedad prevenga esta situación y a aquellos que

manifiestamente sean propensos a continuar con su tipo. El principio que gobierna

la vacunación obligatoria es suficientemente amplio como para cubrir a la ligadura

de las Trompas de Falopio. Jacobson v. Massachusetts, 197 U.S. 11. Tres

generaciones de imbéciles son suficientes. Pero, se ha dicho, sin embargo que

puede que si este razonamiento resulta aplicado en términos generales, fracasará

si se lo restringe únicamente a las instituciones antes nombradas y se excluye a

las multitudes que no lo han sido. Usualmente es el último recurso de los

argumentos constitucionales el indicar y eliminar defectos de esta clase. Pero la

respuesta es que la ley puede todo aquello que sea necesario cuando ella realiza

todo aquello que puede, al indicar una política, es aplicable a todo aquello que se

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subsuma en sus disposiciones, y busca incluir dentro de sus disposiciones toda

situación similar situada lejos de ellas y tan rápido como pueda hacerlo. Por

supuesto, cuando las operaciones permitan que aquellos que de otra manera

tendrían que ser encerrados y confinados puedan retornar a la sociedad, y así abrir

el asilo a otros, la igualdad deseada estará casi totalmente lograda.

Por todo lo expuesto se confirma la sentencia en recurso.

Así se ordena.

EL SR. MAGISTRADO BUTLER vota en disidencia sin opinión escrita.

William Howard Taft, Oliver Wendell Holmes Jr., Willis Van Devanter, James Clark

McReynolds, Louis Brandeis, George Sutherland, Edward Terry Sanford, Harlan

Fiske Stone, Pierce Butler.