14
. ' .. - t , 1 . ! ! i EXP. No. 13 1 1 ' . · SEGUND EXPEDIENTE NUMERO C. SECRETARIA DE EDU ,4.CION: P BLICA¡ DIVERSAS PRESTA lbNES.: L A U D O Méxic;:o Distrito Federal, a veintinueve de' ener-o de ¡ V 1 S T O S , para dictar resolución definitiv en los 1 autos del expediente que corresponde al juicio que al rybro sé cita, y: ----:---------------------------------------.--------------------- -1 -------- ·¡. R E S U L T A· N D O 1.- Mediante escrito de fojas de la 1 a por s derecho demandó de la SECRETARÍA DE EDU 1 1 1 ,1 1 ' •1 .. , ·· .: el · c. l CIÓ N PÚBLICA, las siguientes prestaciones: A).- El pag pe las prestaciones sociales, culturales y económicas de con ormidad 1 con los artículos 137, 139, 140 y demás relativos y a llcables de la ·Ley del INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SE JICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL EST do del perioqo de 1995 a la fecha de prese.ntación de la demanla. B).- EI pago de $53,570.89, prima vacacional del p ri f do de 1995 a la fecha de presentación de la demanda.- C). pago ?e por concepto de despensa periodo d r 995 a fecha de presentación de la D).- El Jgo de . $6,695.00, de ayuda por servicios del periodo de 1 j5 a la fecha de presentación de la demanda. E).- El lgo de $9,862.95, por concepto de previsión social múltiple d 1 P,>eriodo · . 1 de 1995 a la fecha de presentación de la demanda. F). q:1 pago 1

C. · a las'.mismas.-Dio contestación a los HECHOS en la forma que hizo .valer sus excepciones y en los términos que estimó conv~nientes (f 48 y 49).- Ofreció las pruebas que

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EXP. No. 13 0~05 1 1 '

. · SEGUND ~ALA . EXPEDIENTE NUMERO 1~00/05

C.

SECRETARIA DE EDU ,4.CION: P BLICA¡

DIVERSAS PRESTA lbNES.:

L A U D O

Méxic;:o Distrito Federal, a veintinueve de' ener-o de

ocho.----- --- ~ --------------~--------~---------

¡ V 1 S T O S , para dictar resolución definitiv en los 1

autos del expediente que corresponde al juicio que al rybro sé

cita, y: ----:---------------------------------------.--------------------- -1--------·¡.

R E S U L T A· N D O

1.- Mediante escrito de fojas de la 1 a

por s

derecho demandó de la SECRETARÍA DE EDU

1 1

1

, 1

1

'

•1 ..

, ·· .:

el ·c.l

CIÓ N

PÚBLICA, las siguientes prestaciones: A).- El pag pe las

prestaciones sociales, culturales y económicas de con ormidad 1

con los artículos 137, 139, 140 y demás relativos y a llcables

de la ·Ley del INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SE JICIOS

SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL EST do del

perioqo de 1995 a la fecha de prese.ntación de la demanla. B).­

EI pago de $53,570.89, ci~ prima vacacional del p ri f do de

1995 a la fecha de presentación de la demanda.- C). 1~ pago

?e $7~909.40, por concepto de despensa de~ periodo d r 995 a

1~ fecha de presentación de la dem~nda.- D).- El Jgo de .

$6,695.00, de ayuda por servicios del periodo de 1 j5 a la

fecha de presentación de la demanda. E).- El lgo de

$9,862.95, por concepto de previsión social múltiple d 1 P,>eriodo · . 1

de 1995 a la fecha de presentación de la demanda. F). q:1 pago 1

2

' de $~.919 . 50, por concepto de ayuda de servicios a la docencia

• t • •

del p~riodo de 1995 a la fecha de presentación de la demanda.

G).-.. El pag~ de $9,480.95, .de compensación adicional del 1

periodo de 1995 a la fecha de presentación de la demanda.-

H).- .El pago de $4,600.00, de asig.nación de apoyo a la

' docencia del periodo de 1995 a la fecha de presentación de la

dem~nda. 1 ).- El pago de $30,712.1 O, de aguinald9 del periodo

de 1995 a la fecha de presentación de la demanda. J).- El pago

de $25,000.00, de estímulos y recompensas del periodo de

1995 a la fecha de presentación de la demanda . K).- El pago

de $65,000.'00, de veles del periodo de 1995 a ia fecha de

presentación de la demanda. L).- El pago de $15,0000, de días 1

económicos no disfrutados del periodo de 1995 a la fecha de

presentación de la demanda. LL).- El pago de $18.000.00, de

prem,ios que percibe el trabajador de apoyo y asistencia a la

educ~ción . cada veintiuno de julio, del periodo de 1995 a la ,1

fechá de presentación de la demanda. M).- El pago de . .

$18,QOO.OO por concepto de apoyo de útiles escolares, del

perio1

do de 1995 a la fecha de presentación de la demanda.

N).- q l pago de $21 ,000.00, del Sistema del Ahorro del Retiro

del periodo de 1995 a la fecha de presentación de la demanda. t;:.

0).- :El pago de gastos y costas que se generen durante el '.

prese.nte juicio.- ~n cuanto a' los hechos 1.- Que el treinta y .

· uno de mayo de mil novecientos noventa y seis, la Segunda

SalaJ de este Tribunal, dictó laudo a su favor, en el que ni

fueron consi·deradas dichas prestaciones. 2.- Con fecha 4 de

junio:idel 2002 se ordeno a la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

PÚBLICA que lo reinstalara en el categoría de Auxiliar

admtnistrativo con clave 34.03 A.D 1805/1 00033 adscrito al

Dep~f.tamento de Recursos Humanos de la Dirección General ! :t 1~

de Educación Secundaria Técnica en el Distrito Federal. 3.- El • __ ·t.

Demandado derivado del laudo dictado en el expediente

14747/95 tiene la obligación de acatar, recocer y pagarle todas ... y cada una de las prestaciones a las cueles tiene derecho, en

i "·

virtud; de que por su negligencia de no acatar el laudo de

..... u ·"

11 ' ¡, 1

' • . <é~,'l)~\t>Os Af~"

~"' ~ ' V) oi¡, o ! ... ~.~ 9!1 ~- .· Jj

~#· ¡ · TI" "''·lNAL FEDERA C.

DE 1 CONCILIACION y ARBITRAJE

1

1 1

1 1 !

1

l 1

! 1

3 EXP. No. 13 0/05

refe~encia , no se me reinstalo en el tiempo que dete minó el:·~ i

Tribunal.- lo que ocasionó . que no percibiera el pa o de m¡:

salario, ni las· prestaciones que motivan ·la presente d~m~nda .• 4.- Hasta el 26 de noviembre del 2004 la SECRET1RIA DE

EDUCACIÓN PÚB.LICA llevo a cabo la reinstalación ~1rdenada: en el laudo, sin embargo no se le han pagado las pres acione~

sociales, cultu rares y económicas que dejo de perci ir por el

despido · injustificado del que fue víctima, debido al erro~

administrativo pn:wocado por ~a demandada.- Ofreció iversa~

pruebai lpara acreditar la procedencia de su acción e i vocó los

preceptos legales que consideró procedentes.------------ ----------..

2.- LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚB

contestación mediante escrito visible de la foja 23 a 5 , opuso

como Excepciones y Defensas: LA DE COSA JU ·GADA.¡

que pretende son derivadas del incidente de liquida

expediente 14747/95,por lo que se debe absolve a su

representado de las mismas.- LA DE PRESCRIPCI9N - La

que es procedente respecto de todas las prestadores que

intenta, toda vez que se encuentra promoviendo uera de

tiempo al ser prestaciones de 1995, sin omitir que las mismas

son extralegales, toda vez que con fundamento en e artículo

112 de la Ley Federal de los Trabajadores al Ser icio del

Estado estable<;;e un término de un año para reclam r dichas

prestaciones y al presentar su demanda hasta el 28

de 2005 se observa que las mismas se encuentran pr scritas.- .

EXCEPCION DE EXTRALEGALIDAD.- Que es prJcedente1 por las prestaciones señaladas en los incisos A, C, D. E, F, G, ;

H, J, K, L, LL, M, N y O, que consisten en pre rtaciones '

sociales, culturales y económicas, despensa, ay da por : 1

1 1

4

servicios. servicios a la docencia entre otros. que resultan extr~l:egales y corresponde al actor acreditar que tiene derecho

1

a las' .mismas.- Dio contestación a los HECHOS en la forma que

hizo .valer sus excepciones y en los términos que estimó

conv~nientes (f 48 y 49).- Ofreció las pruebas que consideró

acreditaran las excepciones y defensas que hizo valer, señaló

el fundamento 1 eg al correspondiente.-----------------------------------

Objetadas que fueron las pruebas ofre.cidas por las

parte·s recíprocamente, se desahogaron las que así lo

ameritaron y una vez sustanciado el procedimiento se remitió el

expediente a proyecto de resolución.------------------------------------

.C O N S IDER A ·NDO

·:&,. 1.-· Que este Tribunal Federal de Conciliación y

1

¡: . Arbitraje y su Segunda Sala son competentes para conocer y

resolver el presente conflicto laboral, atento a lo dispuesto por

los artículos. 1 o, 2°, 3°, 124 fracción 1 y 124-B fracción 1 .de la

Ley ·Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, .,

reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional.----,.

11. - La litis del presente asunto, consiste en determinar .·

si el actor ~iene acción y derecho para reclamar el pago y

cumpl.imiento de las prestaciones que intenta o bien como '.

indic'a11a SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, que carece

de acCión y derecho toda vez que en el expediente 14 7 4 7/95 el

acto(: solo demandó la reinstalación, el pago de salarios

vencidos cc:m incrementos, el pago de vacaciones, prima

vacé!~ional ,. el aguinaldo, el pago de quinquenios y la nulidad

del qficio de 16 de mayo de 1995, y nunca reclamó las . ¡

presf~ciones sociales, culturales y económicas que _son de

caráb~er extralegal..- Existiendo prescripción.- De la forma en

que ha quedado fijado la litis corresponde a las partes soportar 1

1 ( b t . t . . . a carga pro a ona en es e JUICIO.----------------------------------------,,

,l •. ~~\OOS A({¡;,~

~~·,, a~ ~- . ".fi

• 7>"./fJ ~~

·t~"''"'UNAL FEDERA DE

CONCILIACION Y ARBIT AJ#:

1 1 j

5 1

EXP. No. 1300 05

111 - En cuanto a la excepción de prescr pción q

valer el mandado en términos del artículo 12 de

Federal d los Trabajadores al Servicio del Esta ·''

procedent por todas aquellas prestaciones recl madas on un· ,'j

año de an erioridad a la fecha de presentación 1 e la de andi ·

por la tan o deberán analizar. las pruebas de f l ndo of cida~t t t·'

es.------~--------------------------------------- -~-------- -------~:: , !

' .:;

\' ~

1 .- En cuanto a las pruebas de la parte ctora;t· , 1. '

1 tenemos que ofreció copia al .carbón con firmas autógr as d~ · ~/.' . .

la hoja úni a de servicios de 21 de junio de 200 . , de foj s 17 ~: ;

19, objeta a en términos generales, de la que se des rend~ .

O iginal del oficio def . de 2005, de fojas 14, en

. '

la SEfRETA ÍA 0~:.' de despensa como¡·

~ .. beneficio e fin de año de 1996, estímulos··por antigüe ad d~¡ ,

i;. 1 O, 15, 20, 25, 30, 35, 40, 45 y 50 años de -1995 2004,

t 1995 al 20 4 no se han entregado incentivos económico comó ·.·

compensa ión en el mes de ·diciembre a los tlabajado es d~ : apoyo y sistencia a la educación, que se c,l bre el ueldQ:)

f ., tabular de los días económicos no disfrutados, u e a p rtir d<=t .

j ~ 996, en· 1 mes de julio de cada año al perso al de a oyo ; ; ·{

, J asistencia a la educación del catálogo institucio al de p estos,!

ETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, con mo vo del \

lea do se le otorgan 1 O días de sueldo tabular que a.: partir de 1 96 se otorga al personal de apoyo y asisten ia a la ·.

educación 1 apoyo para la compra de útiles ese lares p

,• hijos de lo trabajadores, que el aguinaldo se o orga co

2 de la Ley Federal de los Trabajadores al . 1

, la prima vacacional en términos 1el artíc

rYICIO ·' :1

40 . '• ' ,.

6

tercer párrafo y artículo 30 de esta Ley, a partir de 1995 la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA otorga despensas

de fin de año a los trabajadores de ?"Joyo y asistencia y a partir

de 1996 por disposición de la SECRETARÍA DE HACIENDA Y

CRÉDITO PÚBLICO se otorgan en el mes de diciembre vales

de despensa.------------------------------------------------------------------

Tres comprobantes de percepciones de 31 de enero,

· 31 de agosto y 30 de noviembre de 2005 de fojas 20, objetados

en té.rminos generales de los cuales se desprenden el salario' y

de más pe rce pci on es del a cci o nante.------------------------------------

·· · Tre,s recibos de nómina de 31 de marzo, 15 y 30 de

abril ... ~e 1995 que se encuentra en el expediente 14 7 4 7/95 '

mismo que se tiene a la vista y que se encuentra de la foja 8 a

1 O, de lO$ que se observa el . salario y demás prestaciones . ..f\· .

pe rcr o r das por e 1 actor.---------------------------:---------------------------l •• 1 r

'.)

· · !

Original del oficio 614.4.1.2005/2038 de 28 de febrero

de 2005, de fojas 21, objetado en términos generales del que

se aprecia que la C. ,

Jefa: .9el Área de Recursos Humanos informó al actor uque de

acuerdo al laudo emitido por la Segunda Sala del Tribunal ,

Fed~~al de Conciliación y Arbitraje de fecha 31 de mayo de

1996; contenido en el juicio laboral 14747195 se condenó a la

· SEC/~ETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA a reinstalarlo en los

mis~os términos y condiciones en los que se venía

desJippeñando, antes de la instrumentación del acta por : ~. '

abaf)dono de empleo de 24 de mayo de 1995, en ese tenor

uste1d ocupaba la clave presupuesta/ 3403A01 E05 OO. O 1000

33, :en interinato ilimitado, siendo usted reinstalado en esa r ·,.

condYciones (interinato ilimitado), asimismo y de acuerdo a los t 1 ~

lineamientos de/ programa de retiro voluntario la clave ' .

presupuesta/ antes mencionada fue cancelada por la 1 • ,

SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, al . :f

•<f • . ... .

. . ..

CONt.:IL;ACION Y A

1.

7 EXP. No. 130

1 haberse f !

eneficiado en dicho programa la C. ,

E

ya que en el in ter d 1 juicio 1 bora~i \

ó en forma interina la citada clave pre· upuest l. _____ _;;; usted ocu .,

O iginal del oficio de 8 de abril de 2005, de fo as 35., , ~

objetada n términos generales, del que se de . prende que la ... Jefa del Área de Recursos Humanos

informó al actor ei tr, mite rel tivo ~ ; su sol1c1tu 1 del pago de vales de despensa.------- ---------- -------5 , .. ' . . , ..

;..;· t 11- '?

O iginal del escrito de 11 de abril de 20 5, de f jas 3{!;\·

y 33, objet do en términos generales del que· se advierte que é(:

"' Dirección eneral de Asuntos Jurídicos para su nálisis.- -------~¡;.

1· l :· )._.

O icio de 21 de febrero de 2006 de foj · s 70, o recidoH

como pru ba superveniente en el cual la Djrec or Gen ral d~, 1·

, Personal e la Secretaría demandada, indicó " ue en 1 cas4:;i

de las p/a as de /as categorías iniciales o de ie de ra a e~· b. ' 1

' ! cada línea escalafónaria que no tenga titular, el trabaja r qu&li

/as ocupa odrá ser basificado ·cuando tenga m · s de 6 nese~~f·

· en la plaz sin nota desfavorable en ~u expedien e".------- _______ ,.1 ft

T mbién ofreció como prueba superve¡ iente e

, de 22 de arzo de 2006 de fojas 69, mismo qu . fue ad

1 del cual e desprende que la Jefa del Área de Re

Humanos

actor que ~ la fecha de su reinstalación ya se : ncontr

1 ¡ 1

oficiq_,1

:· 1 •

itido :¡ ,t 1\

ó al

jJ·

8

operación el ,padrón de basificaciones en apego a los acuerdos . .

emitiqos por la Comisión Nacional Mixta de Escalafón y que su '

área éarece de facultades para solicitar el trámite solicitado.-

:·:~ Instrumental y presunéional en su doble aspecto legal

y humana, las cuales fueron desahogadas por su propia y

espm:<;ial naturaleza y serán valoradas en conjunto con las

demás probanzas.------------------------------------------------------------

·:i IV.- De las pruebas de la SECRETARÍA DE

EDu'CACIÓN PÚBLICA tenemos que ofreció la confesion~l a • f

1

cargó' del actor desahogada en audiencia de fojas 95 y 96 la

cual ·no favorece a su oferente toda vez que negaron la

totali(fad de las posiciones formuladas.--------------------------------- ·, . .. . .

" La confesión expresa del actor señalada en el hecho · · \ .. -l: '

1, e : 'i:os siguientes términos ((La Segunda Sala del Tribunal' '-i

Fed~'fal de Conciliación y Arbitraje emitió laudo el 31 de mayo ··

de 1 ~96 a mi favor, en el cual dichas prestaciones arriba . .

mencjonadas no fueron consideradas por esa .Sala", la cual

surt~ 1efectos de prueba plena en términos del artículo 794 de la ¡ .¡• ,

Ley F)~deral del Trabajo de aplicación supletoria.--------------------

.. . : '·• Instrumental y presuncional en su doble aspecto legal 1','

y ht.fr:nana, las cuales fueron desahogadas por su propia y ··. ~

esp~pial naturaleza y. serán valoradas en conjunto con las . '

de m'¿f s probanzas . --------------------------.,.---------------------------------

V.- Del -análisis y valoración de las pruebas j

ofreci,das en este juicio, en primer término .tenemos que el actor • 1 ~

en ~4 oportunidad inició el expediente 14747/95 que se tiene a r.f

la vi~ta, en el cual reclamó las siguientes prestaciones la

reinstalación, el pago de salarios vencidos con incrementos, el

pago·:de vacaciones, prima vac~cional, el aguinaldo, el pago de . .

quinq1uenios y la nulidad del oficio de 16 de mayo de 1995, ..

... . ,. . JI~

\R'BUNAL FEDER DE

CONCl\..oACION Y ARBI

9 EXP. No. 1300 05

emitiéndo~e laudo con fecha 31 de mayo de 1996 mis 1

se encue~tra de la foja 62 a 67 de los autos,, en el su : .! ..

segundo punto resolutivo establece: "se condena a la. 1 1 •

. . . i . l.

SECRET RIA DE EDUCACION PUBLICA a r¡einstala al C~. . ~~· ..

en /e categ ría d~ , auxiliar de administrador adscrito al departame+ o de r r:urso:¡ :

humanos e la Dirección General de Educacipn Sec ndaríéf;

Técnica el Distrito Federal, con 1 clave 34. 0~ .. 1

AD 1805/1 1 0033, adscrito al Departamento ¡ de R ' 1

Humanos de la Dirección General de Educacipn Sec '¡!

ndaría, t·

' J.;écnica n el Distrito Federal, a pagarle 1~ canti • 1

. 1

N$13, 020. 8 (TRECE MIL VEINTE NUEVOS P¡ESOS.

d dé· :í' l

8/10Q ~ ' 1

M. N), por concepto de salarios vencidos con l~s incre 1 .

salariales correspondientes, dejando a salvo Jos .derecho

ehto~ ·\ :'

de /8, ,: ' .

acto a por lo que pudiesen generarse a /partir de 1

de 1996 y hasta la fecha eh que se dé cup plimie to a lé(.

~ . .

1° d~:;'

· nte ¡esolución; a pagarle la cantidad de l N$685, 00.29, .:

ISCIE TOS OCHENTA Y CINCO MIL NUftVOS P SOS{.

'SlJ-61100 M. .), por concepto de salarios caídos ~ se de !aró 1.~ ·¡ •¡zr: 1 1' i - nulidad ·d 1 oficio núm. 614.3-95 del 16 de ma¡yo de 1 95: .. ; ·

Tercero.- e absuelve al C. SECRETARIO DB EDUC CIONi" ~ 1 ~

PÚBLICA de las prestaciones que le reclama el ·l¡

consistentes en el p go d~.,

' · vacacione , prima vacacional y pago de aguinkldo, as comq 1

de los qui quenios correspondientes ... ", laudo q ~e qued' firmé:t

' como se 1

esprende de la constancia de la unidt d. de a paro~;~ que se e1cuentra a foJas 75 y del acuerdo eJ 1t1do el 25 ded

septiem bri. de 1995 de fojas 76 del expediente m 7 4 7195 por 11 :· tanto _la f~cepción de cosa . juzgad_a que

1

hizo v ler 19 ·. SECRET 1 RIA DE EDUCACION PUBLICA 1 respec del:'¡

reclamo db prima vacacional , en el inciso B), ¡el recia o de~~.

aguinaldo !en el inciso 1) y vacaciones del inciso; Q), rela ivas ai··; 1 1

1995 resu¡ta procedente; más aún tomando en] cuenta que el.:~·: demandad¡o en este juicio promovió la iexcepci n d~:~· prescripciqn misma que ·fue procedente por fodas a uella~ \

·1

•' i ..

10

prestaciones reclamadas con un año de anterioridad a la fecha

de presentación de su demanda, es decir por todas aquellas

anteriores al 28 de marzo de 2004. --------------------------------------

En tales términos, este H. Tribunal determina que '

resp~cto al reclamo de prima vacacional el actor reclama este . . . pago, a la fecha de presentación de la demanda,· sin que el

demandado haya exhibido prueba idónea para demostrar que

dio · cumplimiento a dicha prestación, por lo tanto y 1

despendiéndose d_el talón de pago de fojas 20 de 31 de enero

de 2005 qu.~ctor tenía un· sal~rio qu inc~n~i .. de $6,454.28,

se desprende un salario diario de $430.28 por 20 días, resultan

$8,605.60, por 30°/o le deberán pagar $2,581 .68.--------------------

, ... ,· Por lo que se refiere al reclamo de aguinaldo a la ' ,

fech~· de presentación de la demanda sin que la Secretaría

haya ofrecido prueb<? idónea para demostrar que dio

cumplimiento a dicha prestación, por lo tanto y

desprendiéndose del talón de pago de fojas 20, de 31 de. enero

de 2005 que el actor tenía un salario quincenal de $6,454.28,

se d$sprende un salario diario de $430.28 por ello del 28 de

marzo al 31 de diciembre de 2004, de parte proporcional le

corrésponden 30.46 días, por el salario diario acreditado en

autos·, deberán pagarle $13,106.32, lo anterior en términos del

artículo 42 bis de la ley de la materia.-----------------------------------

.: .. Asimismo se condena al demª_ndado a la entrega

de lós vales de despensa relativos al 2oo4} únicamente toda

vez _que operó la prescripción y los''mism;s se entregan en el 1

mes de diciembre de cada año, como se desprende del oficio

de 26' de septiembre de 2005 de fojas 14 a 16.-----------------------

' !.\ También se ·condena al demandado al pago en la

cantidad que corresponda del Siste-ma de Ahorro para el Retiro,

al tratarse de una prestación de seguridad social, que tiene su

/ /

V

/

·~"WNAL FEDERA DE

CONCILIACION Y ARBIT AJ

11

fundamento en el artículo 123, Apartado A, fra eón XJ~

e o n stitu ci o na l.------------------------------------·------------------ -- -------~¡ · )

j:. ' 1

Se absuelve al demandado del de};· . t.·.

quinquenio, toda vez que de los. talones de pago exhi i os as:U :.J ;, <

como de la hoja única de servicios ya mencionados, se o serva, ·, )'.

que se lé cubría dicha prestación.---------------------------- -- -------:t·.~· .. . . ...

Ahora bien, respecto a la basificación que r tend~·~ .. el a,ctor toda vez que se desempeñaba en la clave pre u uest1i;

100033 misma en la cua l se condenó al de m a d do ~·:: 1 ' .f . .1

reinstalarlo en diligencia que se llevó .a cabo el 5 de rzo da .1

.,, 1999 como se desprende de la foja 150 .del ex dient~ '

14 7 4 7/95, siendo que dicha clave presupuesta! fue e biad~;

por la 0100107 como se desprende de los talones de p go dd ,

·, fojas 20, no obstante ello , del oficio de 22 de febrero d 200~ . :~-: ~~: ~ e fojas 21 , el propio Útular demandado señaló que el a tor ei f

it do ser. 1'1

le\ reinstaló como interino ilimitado en la clave pre u uestaJ ·~~ ~ ~0033 misma que fue cancelada por la SECRET ÍA D~ :t

t.~ACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO "a/. haberse benef1 i do en i. ~· '

dicho programa la C.

desprendiéndose que esta última persona era la titula

plaza, no obstante ello y toda vez que el actor se dese . ,.

en dicha plaza de manera continua y permanente des

e está~< ,, \~ ,.,.

eñaba:'! :; {'

1995' ,.: '1

; ~· el mismo al ya no tene~ . titular la plaza y clave menci a da 1~.·.~

•1 \ misma correspondía al accionante, por:ello deberá co d nars~

a la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA a o o gar 1~ :

basificación al actor en la plaza 34.03A01805/1 033 • 1

si mi 1 a r. -------------------------------------------:--------------------:- - ------.-:--:; ·; ., lt· . , . . h

Asimismo se absuelve al demandado del p go d~ ~ ~~ ;~:

días económicos no disfrutados, apoyo de útiles es o ares Y.:~. ~r

del pago de cada 21 de julio toda vez que son prestaci n s qu~ h •J 4 .

de acuerdo con el oficio de 26 de septiembre de 2005 d foja~·;jit : !; 1 1

. ~i. t.

+

12

14 a . 16 mismo que adquirió valor probatorio , use paga al

personal de apoyo y asistencia ala educación'', y e l actor no

acreditó que se encuentre dentro de esa· clasificación.-------------

En 'relación al estímulo de antigüedad y rec<?mpensas

por 1'0 y 15 años de servicios, deberá absolverse al demandado,

toda vez que de la fecha de presentación de su demanda y tomando

en cúenta que ingresó el 1 o de agosto de 1987 al servicio del

demandado, como se desprende de la hoja única de servicios de la

foja 17 a 19,' dicha prestación se encuentra prescrita en términos del ' '

artículo 112 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del

Estado.--------------~--------------------------------------------------------------~---

/ t

Debiendo absolver' al demandado del reclamo por

concepto de despensa toda vez que del talón de pago ya

... · " .·· '' ~ ••

' . \ t. ·· f men~lonaqo se desprende que bajo el código 3~ el Accionant'~_ .... .' ~;)~, ·

recibla quincenalniente de ayuda de despensa $154.00.--1---J---~ ; 4 Co cv•tO e._ tCrQv-.·

Igualmente se absuelve al demandado de pago de

ayud~ por 'servicios toda vez que el ·actor percibe dicho 1 •

.;.. concepto bajo el código 46 como se desprende de los talones

"f-

de pago exhibidos por la cantidad de $40.00 quincena l es.--~-----

;. -: Asimismo se absuelve del pago de previsión

.:

soci~l múltiple, ayuda por servicios a la docencia,

com~ensación adicional, asignación de appyo a la docencia,

prestaciones sociales, culturales y económicas, toda vez que

se trata de prestaciones extralegales y la actora no ofreció

prueba idónea para d_emostrar que tenía derecho a las mismas,

sirviendo de .apoyo la siguiente jurisprudencia:

"PRESTACIONES EXTRALEGALES, CARGA DE LA PRUEBA TRATÁNDOSE DE. (MATERIA LABORAL). Quien alegue el otorgamiento de una prestación extralegal debe acreditar en el juicio que su contraparte esta obligada a satisfacerle la prestación que reclama; y si no lo hace, el laudo absolutorio que se pronuncio no es violatorio de garantías individuales. EPOCA: 9A TOMO: 1, MA YO DE 1995 TESIS: IV 2° J/2

~ <'~•sor n ¡ e ( (" ~¡.i<· dt ~ n~ <::'

~='«· 13 0 o .S. h. o ·r .ft), llln r~ ~('

. . PAGINA: 287, SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUI.TO Amparo directo 417/94. Felipe Gallegos Flores. 22 de junio de 1994. Unanimidad de votos, Ponente: Arizpe Narro. Secretario: Jesús S.

\>1\ .9 o ~ s pvc: &.c.! A.):Jv· • ;.¡ 0 ' '

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T ":.VNAL FEDERAL DE

' CONCILIACION Y ARBITRAJE 1

13 EXP. No. 1300/05

Fraustro Macareno. Arnparo directo 117195. Sergio Jiménez Triana 22 de febrero de 1995. UNANIMIDAD DE VOTOS. Ponente Arturo Barocio Vilfalobos. Secretario: Eduardo Ochoa Torres. · :.· ·

i .

Debiendo absolver al demandado del pagó de · . 't :·

gastos y costas, ya que el mismo está prohibido -en materi~f'

1 abo ra l.-------------------------------.-------------------------------------------~ :¡ ~·

' . En mérito de lo expuesto y fundado, con apoyo en lo~

artículos 124 Fracción 1, 124 Bis Fracción 1, 137 y de~á~ \ e

relativos y concordantes de la Ley Federal de los Trabajadore$. .i~

al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del artículo>

R E ·s U EL V E

'>

'd t

' . ~ ·, ;1, ;t' = ... ~

;r,~ \ . ·PRIMERO.- El actor probó en parte su acción, ~-~: . ~~dado SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, justifict . • ilk'l 1

~parcialmente sus excepciones y defensas que hizo valer, eA .'. . l· :f. e o n se e u en e i a. _____________ :.. ___________________________________________________ .. · ·

'i 1 :-l· . ;.,

SEGUNDO.- Se condena · a la SECRETARÍA D~ ; ~~· 1 . . -.,

EDUCACION PUBLICA al pago de prima vacacional al c.:_ 1

:-. j

, por la cantidad de. q ,

$2,581 .68.- Al pago de aguinaldo la cifra de $13,1 06.'32.- A ~~ ·· ~·

. h

entrega de los vales de despensa relativos al 2004.- Al pagq ·

en la cantidad que corresponda del Sistema de Ahorro para eJ . 1

;

Retiro.- A otorgar la basificación al a<etor .en la plaz9 (1

34.03A01805/1 033 -o en una similar.- En términos de la:· .. '.

señalado en el último considerando de la presente resolución.--; :: ~ [1' 1 \'

r1 ~ TERCERO.- Se absuelve a la SECRETARÍA O: .! ·•

EDUCACIÓN PÚBLICA del pago del quinquenio.- Del pago d ,.'·1 n días económicos no disfrutados, apoyo de útiles escolares · :

'. 1· . ~ ~·

del pago de cada 21 de julio. - Del pago de estímulo d . :.

antigüedad y recompensas por 1 O y 15 arios de servicios.', J ..

Del pago de d_espensa.- Del pago de ayuda por servicios.,1 l1

:1

't•Jt

14

Del pago de previsión social múltiple, ayuda por servicios a la docencia, compensación adicional. asignación de apoyo a la

docencia, prestaciones sociales, culturales y económicas.- Del 1 •

pagq. de gastos y costas.- En términos de lo señalado en el

últim9 considerando de la present'e resolución.-----------------------,

·CUARTO.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A LAS

PARTES, CÚMPLASE y en su oportunidad archívese el

presente .expediente ·como asunto total y defin itivamente

e o n el u id o.-----------------------------------------------------------------------

"Con fundamento en el articulo 13 del Reglamento de , Transparencia y Acceso a la inrormación del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, aprobado por el Tribunal en Pleno en sesión del 1 O de junio del 2003 y publicado en el Diario Of1cial de la Federación de fecha 12 de junio de 2003, dé se vista a las partes interesadas en este juicio laboral, para que manifiesten si en el caso de que se haga público el laudo, están de acuerdo en que

. también se publiquen sus nombres y datos personales, en la

-,-:

.•. :?

-~.' .... <,V •

~ ~*. ..

. inteligencia de que la falta de aceptación expresa conlleva su ·:1

oposición para que el laudo respectivo se publique. con dichos • 1 " -.::,-t. • •

: datos':---------------------------------------------------------------~----------------

~. ' Así definitivamente juzgando lo resolvieron y firmaron

los CC. Magistrados que integran la Segunda Sala del Tribunal

' Federal de Conciliación y Arbitraje por Unan i mi d a d DE

VOTOS en Pleno celebrado con esta fecha.- DOY FE.------------RRV' Igv.

MAGISTRADO TERCER AR31TRO PRESIDENTE

. ·-· ~

~U~~O R. CARD;SO VALDÉS

MAGISTRADA REPRESENTANTE MAGISTRADO RE PRESENTANTE DEL GOBIJiRNO FEDERAL . DE LOS TRABAJADORES

..

,¿.·() l '( ~----··-·--·---

LIC. MARTHA SEGOVIA CAZARES C. L. EDUARDO. UEVAS AY ALA

LA SECRETARIA G ·--\ ( .

LIC. REGINA GA R!

..

.. .. ~

. . ,·