Calificación de La Casación

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  • 7/25/2019 Calificacin de La Casacin

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    LA CASACIN.

    Artculo 384.- Fines de la casacin

    El recurso de casacin tiene por fines la adecuada aplicacin del derecho objetivo al caso concreto y launiformidad de la jurisprudencia nacional por la Corte Suprema de Justicia

    Artculo 386.- Causales

    El recurso de casacin se sustenta en la infraccin normativa que incida directamente sobre la decisincontenida en la resolucin impugnada o en el apartamiento inmotivado del precedente judicial.

    Para que el Recurso de Casacin proceda, hoy ser suficiente con invocar que lasentencia o resolucin que ponga fin al proceso infringe una norma, aunque, claro est,deber relacionarse tal infraccin normativa con la decisin contenida en ella, sealandoque incide directamente en el pronunciamiento.

    Del nuevo teto del art!culo "#$, la infraccin normativa puede estar referida tanto anormas de derecho material como de derecho procesal, de modo abierto y general. %n

    cambio, antes se eig!a que, en cuanto a las normas procesales infringidas, &stasdebieran ser las que garanticen el derecho al debido proceso, o las que contemplenalguna formalidad esencial para la valide' de los actos procesales.De este modo, actualmente el Recurso de Casacin procede ante cualquier infraccinnormativa.

    CALIFICACIN DE LA CASACIN.

    Artculo 391.- Trmite del recurso

    Recibido el recurso, la Corte (uprema proceder a eaminar el cumplimiento de los

    requisitos previstos en los art!culos "#) y "## y resolver declarando inadmisible,procedente o improcedente el recurso, seg*n sea el caso.

    Artculo 387.- Requisitos de admisibilidad.Artculo 388.- Requisitos de procedencia.

    Son requisitos de procedencia del recurso de casacin:

    1. ue el recurrente no hubiera consentido previamente la resolucin adversa de primera instancia! cuandoesta fuere confirmada por la resolucin objeto del recurso"

    #. describir con claridad y precisin la infraccin normativa o el apartamiento del precedente judicial"

    $. demostrar la incidencia directa de la infraccin sobre la decisin impugnada"

    %. indicar si el pedido casatorio es anulatorio o revocatorio. Si fuese anulatorio! se precisar& si es total oparcial! y si es este 'ltimo! se indicar& hasta donde debe alcan(ar la nulidad. Si fuera revocatorio! seprecisar& en qu) debe consistir la actuacin de la Sala. Si el recurso contuviera ambos pedidos! deber&entenderse el anulatorio como principal y el revocatorio como subordinado.