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Campaña 2020 - 2021 1

CAMPAÑA PRESENTACIÓN SECRETARÍA DE FINANZAS

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Page 1: CAMPAÑA PRESENTACIÓN SECRETARÍA DE FINANZAS

Campaña 2020 - 2021

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ANTECEDENTES

La función de la Fiscalía inicia cuando se presenta una denuncia o se tenga conocimiento de la existencia de un hecho que la ley señale como delito en materia de corrupción.

La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción fue creada en el año 2017, es constitucionalmente un órgano público con autonomía administrativa, técnica y operativa para investigar y perseguir los hechos de corrupción que la ley considera como delitos, con las atribuciones contenidas en el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas.

Cabe señalar que el titular de la Fiscalía Especializada es nombrado por el término de 8 años, mediante convocatoria pública que emite el Congreso del Estado, mismo que es elegido por las dos terceras partes de los Diputados.

Siendo atribución de ésta institución pública conocer e investigar los hechos de especial trascendencia para el estado y sociedad, relativo a delitos cometidos por funcionarios, servidores públicos, particulares y personas jurídicas que vulneran la ley realizando actos de corrupción beneficiándose de manera personal o favoreciendo a terceras personas.

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Nuestros principales emisores de denuncias son los ciudadanos que directamente acuden a hacerlo por escrito, comparecencia, medios electrónicos o incluso de manera anónima.

Gracias a ellos la Fiscalía se ha posicionado como una institución pública de confianza entre los Tamaulipecos, prueba de ello es que las denuncias se han incrementado respecto a hechos sucedidos antes de que esta institución fuera creada.

Así mismo también recibimos denuncias entre otros de:

Auditoría Superior del Estado

Contraloría Gubernamental

Juzgados Federales y del Fuero Común

Unidades Generales de Investigación de la Fiscalía General de Justicia del Estado

Fiscalía General de la República

Comisiones Nacional y Estatal de Derechos Humanos

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La Fiscalía forma parte del Sistema Estatal Anticorrupción el cual se crea como la oportunidad más importante que ha surgido en décadas para combatir frontalmente este dañino flagelo, que lacera gravemente a nuestra sociedad.

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•Semana Estatal Anticorrupción

•Panel “El Anexo Transversal De Transparencia y Combate A Corrupción

•Taller Para Servidores Públicos Municipales

“Sistema Estatal Anticorrupción Tamaulipas”

•Panel “Política Anticorrupción Tamaulipas»

•Convenio De Colaboración UAT – SEAT

•Participación en el desarrollo de la Política Nacional Anticorrupción

•Desarrollo de la política Estatal Anticorrupción

•Mesa de trabajo legislativa para Mejorar la operatividad del Sistema Estatal Anticorrupción

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Delitos por Hechos de Corrupción

1. Ejercicio Ilícito de Servicio Público.2. Abandono de Funciones Públicas.3. Abuso de Autoridad.4. Coalición de Servidores Públicos.5. Cohecho.6. Peculado.7. Concusión.8. Uso Ilícito de Atribuciones y Facultades.9. Intimidación.10. Ejercicio Abusivo de Funciones.11. Tráfico de Influencia.12. Enriquecimiento Ilícito.13. Desempeño de Funciones Judicialeso Administrativas.

Las conductas más reiteradas de las cuales se ha tenido conocimiento en base a las denuncias presentadas, se observa que las mismas en algunos de los casos son por desconocimiento de los tipos penales, y eso nos motiva a realizar esta campaña para dar a conocer a los funcionarios y servidores públicos.

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Campaña 2020 - 2021

SECRETARÍAS, DESCENTRALIZADOS

Y MUNICIPIOS

104FUNCIONARIOS Y SERVIDORES

PÚBLICOS

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La honestidad es un valor propio de los seres humanos relacionado estrechamente con los principios de verdad, justicia e integridad moral. Se considera que una persona honesta es aquella que procura siempre anteponer la verdad en sus pensamientos, expresiones y acciones, ante cualquier adversidad

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ACCIÓN OMISIÓN

Es una manifestación externa de la voluntad y la existencia de una relación entre tal manifestación establecida en la descripción del delito y el resultado.

Es la abstención de hacer algo ya sea voluntaria o involuntariamente, es decir dejar de hacer lo necesario para evitar el resultado o por no haberla ejecutado.

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PARTICIPACIÓNAUTORÍA

Se entiende por participación cuando el participe de alguna forma contribuye a la realización de un hecho delictivo, a quien se le impondrá la pena en función del modo de intervención en el delito.

Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro que sirve como instrumento.

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Ejerza las funciones de un empleo, cargo o comisión, sin haber tomado posesión legítima, o sin satisfacer todos los requisitos legales.

*2 a 6 años de prisión.

*Multa de 100 a 500 veces el UMA.

*Destitución e inhabilitación de 3 a 7 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Ejercicio Ilícito deServicio Público

Comete éste delito el que sin habérsele admitido la renuncia de su comisión, empleo o cargo lo abandone sin causa justificada.

*2 a 6 años de prisión.

*Multa de 100 a 400 UMA.

*Destitución en su caso, e inhabilitación de 3 a 6 años para desempeñar un empleo, cargo o comisión públicos

Abandonode Funciones

Públicas

Conducta Delito Penalidad10

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Ejerciendo sus funciones o con motivo de ellas hiciere violencia a una persona sin causa legítima o la vejare o la insultare.

Indebidamente retarde o niegue a los particulares la protección o servicios que tenga obligación de otorgarles o impida la presentación o el curso de una solicitud.

Otorgue cualquier identificación en que se acredite como servidor público a cualquier persona que realmente no desempeñe el empleo, cargo o comisión a que se haga referencia en dicha identificación.

*2 a 9 años de prisión.

*Multa de 100 a 400 UMA.

*Destitución e inhabilitación de 1 a 8 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Abuso deAutoridad

Los que teniendo tal carácter se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley, reglamento u otras disposiciones de carácter general.

*2 a 8 años de prisión.

*Multa de 100 a 400 UMA.

Coalición deServidores

Públicos

Conducta Delito Penalidad11

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Cohecho

El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba ilícitamente para sí o para otro, dinero o cualquier beneficio, o acepte una promesa, para hacer o dejar de realizar un acto propio de sus funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión.

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Todo servidor público que para su beneficio o el de una tercera persona física o moral, distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado o a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito, en posesión o por otra causa.

Comete el delito de concusión el servidor público que con el carácter de tal y a título de impuesto o contribución, recargo, renta, rédito, salario o emolumento exija, por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicios o cualquiera otra cosa que tenga conocimiento no ser debida, o en mayor cantidad a la señalada por la ley.

Concusión

Peculado

Conducta Delito Penalidad

*2 a 14 años de prisión.

*Multa de 100 a 400 UMA.

*2 a 14 años de prisión.

*Multa de 100 a 400 UMA.

*2 a 14 años de prisión.

*Multa de 100 a 150 UMA.

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Conducta Delito Penalidad

*2 a 9 años de prisión.

*Multa de 200 a 400 UMA.

El servidor público que por sí, o por interpósita persona, utilizando la violencia física o moral, inhiba o intimide a cualquier persona para evitar que ésta o un tercero denuncie, formule querella o aporte información relativa a la presunta comisión de una conducta sancionada por la Legislación Penal o por la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Intimidación

Uso Ilícito de Atribuciones y Facultades

Otorgue franquicias, exenciones, deducciones o subsidios sobre impuestos, derechos, productos, aprovechamientos o aportaciones y cuotas de seguridad social, en general sobre los ingresos fiscales, y sobre precios y tarifas de los bienes y servicios producidos, o prestados en la administración pública del Estado y los Municipios.

Siendo responsable de administrar y verificar directamente el cumplimiento de los términos de una concesión, permiso, asignación o contrato, se haya abstenido de cumplir con dicha obligación.

*2 a 14 años de prisión.

*Multa de 100 a 400 UMA.

*Destitución e inhabilitación de 3 a 14 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

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Penalidad

El servidor público que por sí o por interpósita persona promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión.

*2 a 8 años de prisión.

*Multa de 200 a 400 UMA.

Conducta Delito

Tráfico deinfluencia

*2 a 14 años de prisión.

*Multa de 100 a 400 UMA.

El servidor público que ilícitamente otorgue por sí o por interpósita persona, contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor público, a su cónyuge, descendiente o ascendiente, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte.

Ejercicio Abusivo de Funciones

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No cumplir una disposición que legalmente se les comunique por su superior competente, sin causa fundada para ello;

Dañar o beneficiar a alguien indebidamente mediante una conducta dolosa;

Tratar en el ejercicio de su cargo con ofensas o deshonestidad a las personas que asistan a su tribunal u oficina;

*3 a 10 años de prisión.

*Multa de 30 a 1,100 UMA.

*Destitución e inhabilitación de 1 a 10 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Comenzará a computarse una vez compurgada en cualquiera de su formas la pena corporal impuesta, y cubierta la multa y reparación del daño cometido.

Desempeño de Funciones

Judiciales o Administrativas

Incurre en éste ilícito, el servidor público no pudiere acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño.

*Decomiso en beneficio del Estado de aquellos bienes cuya procedencia no se logre acreditar.

*2 a 14 años de prisión.

*Multa de 100 a 400 UMA.

Enriquecimiento Ilícito

PenalidadConducta Delito15

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Campaña 2020 - 2021

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Noviembre

24 Noviembre 2020 www.tamaulipas.gob.mx/fiscaliaanticorrupcion

ECONOMÍA CULTURA DEPORTE LOCAL

Por el delito de Peculado recibió auto de formal prisión Pablo “N”, al vencerse el término constitucional el viernes 18 de mayo. La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción informó que el Juez Segundo de Primera Instancia Penal de este Primer Distrito Judicial valoró los argumentos de la defensa y la Fiscalía, decretando la acción penal. Esto derivado de las investigaciones realizadas dentro del desglose de la Averiguación Previa 14/2017, por los

delitos de Peculado y Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. A Pablo “N” se le vincula con la enajenación indebida, a un precio inferior a su valor real, de un inmueble propiedad de gobierno del Estado que estaba destinado para el desarrollo urbano del puerto industrial, que se ubica en el Municipio de Altamira, Tamaulipas. Cuenta con una super�cie de más de 68 hectáreas

DAN FORMAL PRISIÓN A EX FUNCIONARIO DE TAMAULIPAS

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24 Noviembre 2020 www.tamaulipas.gob.mx/fiscaliaanticorrupcion

ECONOMÍA CULTURA DEPORTE LOCAL

La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción logró que el Ayuntamiento de Matamoros se obligara a pagar la Reparación del Daño por el delito de ejercicio ilícito del servicio público.

Lo anterior como resultado de la investigación en contra de treinta y cuatro servidores públicos del Ayuntamiento de Matamoros, quienes no obstante que su cargo era de vigilantes se hacían pasar por elementos de tránsito municipal, y aprovechándose de ello multaban a los automovilistas elaborando diariamente boletas de infracción.

El Ayuntamiento de Matamoros pagará por concepto de reparación del daño por la suma de un millón 34 mil 768 pesos por los ingresos indebidamente percibidos.

Los imputados reconocieron su participación en el hecho, por lo que un Juez les concedió la Suspensión Condicional del Proceso imponiéndoles como condiciones no salir del municipio, realizar servicio social en favor del Estado, apoyar a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción en las campañas Anticorrupción, no consumir drogas, entre otras

LA FISCALÍA LOGRÓ QUE EL AYUNTAMIENTO DE MATAMOROS PAGARA REPARACIÓN DE DAÑOS

condiciones que deberán cumplir durante un año, y serán supervisadas por la Unidad de Seguimiento de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional de Proceso.

Con lo anterior la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, refrenda su compromiso para seguir

Tamaulipas, contando con servidores públicos capacitados en la materia de hechos de corrupción.

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24 Noviembre 2020 www.tamaulipas.gob.mx/fiscaliaanticorrupcion

ECONOMÍA CULTURA DEPORTE LOCAL

La Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción informa que se llevó a cabo un procedimiento abreviado mediante el cual se dictó fallo condenatorio en contra de la Ciudadana Esperanza “N”, por el delito de Cohecho, en agravio de una ciudadana y de la Administración Pública.

Lo anterior, toda vez que en fecha 26 de junio del 2017, la ciudadana Esperanza “N”, en su calidad de servidor Público adscrita a la Dirección de Pagos de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Tamaulipas, solicitó y recibió

ilícitamente la cantidad de 10 mil pesos a través de un deposito en efectivo a su tarjeta de nómina para agilizar el trámite del cobro de seguro de vida que realizaba la parte denunciante ya que era

por la muerte de su esposo, toda vez que la sentenciada era la encargada de atender a los derechohabientes.

Se condenó a Esperanza “N”, a cumplir con la pena de 16 meses de prisión, además de una multa por 5 mil 33 pesos e inhabilitación por 16 meses para desempeñar un empleo,

CONDENAN A 16 MESES DE PRISIÓN A SECRETARÍA PARTICULAR

cargo o comisión públicos y la suspensión de derechos civiles y políticos durante el tiempo que dure la condena, así como el pago de la reparación del daño a favor del Estado por la cantidad de 11 mil pesos.

Con lo anterior la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción mantiene su compromiso permanente con la sociedad para llevar ante el Tribunal de Justicia a toda persona que haya cometido un hecho que la ley considera como delitos de corrupción.

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