Capítulo 2

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  • ECONOMA DEL

    ECUADOR

    C A P T U LO 2

    S I T U AC I N P O L T I C A

  • 2.1. ESCENARIO POLTICO

  • Presidencia

    Secretaria Nacional de Administracin

    Pblica

    Secretaria Nacional de Planificacin y

    Desarrollo

    Vicepresidencia

  • Presidencia de la Repblica

    Ministerio Coordinador de Desarrollo Social

    Ministerio Coordinador de Poltica y Gobiernos

    Autnomos y Descentralizados

    Ministerio Coordinador de Produccin, Empleo

    y Competitividad

    Ministerio Coordinador de Patrimonio

    Ministerio Coordinador de Poltica Econmica

    Ministerio Coordinador de Sectores Estratgicos

    Ministerio Coordinador de Seguridad

    Ministerio Coordinador de Conocimiento y Talento Humano

    Etc.

  • MINISTERIOS Y SECRETARIAS?

    Divisin de trabajo.

    Orientaciones diferentes.

    Un simple cambio de nombre?

    Trabajo bajo delegaciones.

    Anlisis

    Se ha llegado a una situacin de eficiencia?

    Se ha logrado cumplir el propsito de su creacin?

    Pasado Presente Futuro.

  • 2.2 SISTEMA DE PARTIDOS POLTICOS

    Origen

    Conservadores

    Liberales Socialistas

  • PARTIDOS POLTICOS

    Partido Conservador (Sierra Pichincha).

    Partido Liberal (Costa Guayaquil).

    Partido Socialista (1926).

  • PARTIDO CONSERVADOR

    Expresin poltica de los terratenientes criollos, herederos de las instituciones

    econmicas de la colonia.

    Consanguinidad a los colonialistas espaoles.

    Ideologa feudal clerical: Iglesia Catlica (filosfico) y tena como base el latifundio

    (econmico).

    Iglesia: Tributos y diezmos.

    2002 desaparece por no cumplir el 5% de votos.

  • PARTIDO LIBERAL

    De carcter profundamente liberal (libertad a los civiles y a los derechos individuales).

    Conflicto constante incluso entre partidarios.

    1895-1911-1921-1952 y de 1960 a1970.

    Derrocados por golpes militares.

    2002 desaparece por no cumplir el 5% de votos.

  • PARTIDO SOCIALISTA

    Surge como respuesta a una matanza en un ingenio azucarero (Guayaquil) Libro: Las cruces sobre el agua (Joaqun Gallegos Lara).

    Alianzas polticas.

    Tendencia: Moderados y radicales.

    Cogobierno con el actual Presidente de la Repblica?

  • LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLTICOS DE ECUADOR

    SE RIGEN BAJO LA LEY ORGNICA DE ELECCIONES

    (TAMBIN LLAMADO CDIGO DE LA DEMOCRACIA) Y SUS

    ESTATUTOS INTERNOS, Y ESTN REGULADOS POR EL

    CONSEJO NACIONAL ELECTORAL.

    PARA INSCRIBIR UN PARTIDO POLTICO SE REQUIERE LA

    ADHESIN PERMANENTE DE AL MENOS EL 1.5% DEL

    PADRN ELECTORAL, LOS PARTIDOS POLTICOS SOLO

    SON PARA MBITO NACIONAL. PARA INSCRIBIR UN

    MOVIMIENTO POLTICO SE REQUERIR TAMBIN DEL 1.5%

    DEL PADRN PERO LOS AFILIADOS AL PARTIDO PODRN

    SER PERMANENTES O SOLO RESPALDAR LA INSCRIPCIN

    DEL MOVIMIENTO. LOS MOVIMIENTOS PODRN SER

    NACIONALES O PROVINCIALES.

  • PROCESO ELECTORAL

    El Estado ecuatoriano est conformado por cinco funciones estatales: Funcin Ejecutiva,

    Funcin Legislativa, Funcin Judicial, Funcin Electoral y Funcin de Transparencia y

    Control Social.

    Las elecciones presidenciales son cada 4 aos.

    El Presidente y Vicepresidente de la Repblica se eligen por mayora absoluta, mediante

    un sistema de dos vueltas (de ser necesario).

    Ser electo Presidente de la Repblica en una sola vuelta cuando tienen ms del 50% de

    los votos.

    Elecciones nacionales y provinciales.

    Los asamblestas se votan mediante un sistema de listas, nacionales y provinciales.

  • No podrn ser candidatos, quienes:

    Tengan contrato pblico o privado.

    Contemplen sentencias condenatorias por delitos.

    Adeuden pensin alimenticia.

    Jueces y juezas de la funcin judicial.

    Miembros de las Fuerzas Armadas y Polica Nacional.

  • ASAMBLEA NACIONAL

    Se integrar por:

    1. Quince asamblestas elegidos en circunscripcin nacional.

    2. Dos asamblestas elegidos por cada provincia, y uno ms por cada doscientos mil

    habitantes o fraccin que supere los ciento cincuenta mil, de acuerdo al ltimo

    censo nacional de la poblacin (INEC).

    3. La ley determinar la eleccin de asamblestas de regiones, de distritos

    metropolitanos y de circunscripciones del exterior (6).

  • Las asamblestas y los asamblestas no podrn:

    1. Desempear ninguna otra funcin pblica o privada, ni dedicarse a sus

    actividades profesionales si fueran incompatibles con su cargo, excepto la

    docencia universitaria siempre que su horario lo permita.

    2. Ofrecer, tramitar, recibir o administrar recursos del Presupuesto General

    del Estado, salvo los destinados al funcionamiento administrativo de la

    Asamblea Nacional.

    3. Gestionar nombramientos de cargos pblicos.

    4. Percibir dietas u otros ingresos de fondos pblicos que no sean los

    correspondientes a su funcin de asamblestas.

    5. Aceptar nombramientos, delegaciones, comisiones o representaciones

    remuneradas de otras funciones del Estado.

    6. Integrar directorios de otros cuerpos colegiados de instituciones o

    empresas en las que tenga participacin el Estado.

    7. Celebrar contratos con entidades del sector pblico.