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I N F O R M E 19 99 ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Caratula - Asociación Iberoamericana de Entidades

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1 9 9 9ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Suipacha 636 (C1008AAN) Capital Federal República Argentina

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PRESENTACIÓN

CAPÍTULO ICarta del Directorio

CAPÍTULO IIEl Ente Nacional Regulador del Gas

CAPÍTULO IIIActividades del ENARGAS

CAPÍTULO IVEl ENARGAS y su relación con los usuarios

CAPÍTULO VEvolución de la industria del gas en la Argentina

ANEXO IMemoria y estados contables ENARGAS 1999

ANEXO IIResoluciones ENARGAS 1999

ANEXO IIILicenciatarias del servicio del gas

ANEXO IVSistema de transporte de gas

ANEXO VOferta y demanda de gas en Argentina 1995/1999

ANEXO VIGas entregado por área licenciada - 1995/1999

ANEXO VIIEntregas de gas natural a grandes usuariospor rama de actividad y área de licencia 1999

ANEXO VIIINiveles tarifarios del servicio de distribución

ANEXO IXEvolución económico-financiera de las licenciatarias

ANEXO XSistema gasífero Argentino: Flujo del gas 1999

INDICE DETALLADO

INDICE DE CUADROS

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Ing. Hugo Daniel Muñoz1er Vocal

Ing. Héctor Enrique FormicaPresidente

Ing. José Andrés ReparVicepresidente

Ing. Ricardo Víctor Busi3er Vocal

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Presidente

Ing. Héctor Enrique Formica

Vicepresidente

Ing. José Andrés Repar

1er Vocal

Ing. Hugo Daniel Muñoz

3er Vocal

Ing. Ricardo Víctor Busi

Unidad de Auditoría Interna

Cra. Beatríz Suárez Trillo

Secretaría del Directorío

Dra. Marcela Paula Valdez

Gerente de Asuntos Legales

Dr. Osvaldo Felipe Pitrau

Gerente de Desempeño y Economía

Cra. Alicia Isabel Federico

Gerente de Transmisión

Ing. Roberto Nicasio Artola

Gerente de Distribución

Ing. Jorge Osvaldo José Deferrari

Gerente de Admistración y Sistemas

Lic. Santiago Walter Carradori

Gerente de Regiones

Ing. Pedro Angel De Falco

Gerente de Relaciones Institucionales

Ing. Oscar Alberto Domínguez

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Como todos los años, y dando cumplimiento al

Artículo 52, Inciso s) de la Ley Nº 24.076 el

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS da a

conocer su informe anual de actividades.

En esta ocasión con cambios, tanto en

el diseño como en la información

contenida en las cuadros, los que se

han adaptado a la nueva regulación

emitida por el Ente, especialmente en

materia de usuarios.

Con ello se ha intentado facilitar la

lectura del material, sin menoscabo de

su amplitud de contenido.

Esperamos que esta tarea sirva para

estrechar, aún más, el vínculo de esta

Autoridad Regulatoria con la

comunidad, de la que es parte y a la

que está llamada a servir.

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C A R T A D E L D I R E C T O R I O

El año 1999 marca el cierre de una etapa en la

regulación de la industria del gas, a la que podríamos

calificar de inaugural, que fue la que forjó las

estructuras a partir de las cuales debemos intentar

los nuevos desafíos, cuya concreción definitiva, en

muchos aspectos, se llevará cabo en oportunidad

de la Segunda Revisión Quinquenal Tarifaria.

Para ello, es necesario dar continuidad a todo

aquello que a lo largo de estos años ha constituido

una industria sólida y en abierta expansión, pero

a la vez, ser conscientes de los cambios que

reclaman los nuevos tiempos, para que los

beneficios de este desarrollo lleguen a un mayor

número de usuarios.

Entre los objetivos a los que corresponde dar

continuidad, cabe destacar el de alentar las inversiones,

que desde la privatización alcanzaron 2.867 millones

de pesos (aproximadamente 1.462 de ellos corres-

pondientes a las inversiones en el segmento de

transporte y los 1.405 restantes, en distribución).

Esto es de fundamental importancia, toda vez que

redundará, seguramente, en la continuidad del

crecimiento de otros indicadores, tales como la

capacidad de transporte, que, en el período 93-99,

ha aumentado en casi 50%, a la par de la inyección

de gas, que creció en un 44%, así como la

incorporación de nuevos usuarios a los beneficios

del gas natural, que en el citado período ha tenido

un modesto crecimiento de alrededor del 26,5% y

la consecuente extensión de las redes, que desde la

privatización se han incrementado en un 55%. Cabe

esperar, para los próximos ejercicios, mejores resul-

tados de estos últimos indicadores.

Ahora bien, cerrada ya la fase inaugural, con bases

sólidas y esquemas claros, se deben plantear los

desafíos teniendo en cuenta lo que la experiencia

internacional aconseja para el logro de los mejores

resultados, en términos de calidad de servicio y

precio al usuario final, a la vez que considerar las

realidades propias de nuestro país, las que señalarán

los tiempos y modalidades de implementación. Para

ver los avances en la nueva regulación, corresponde

detenerse en la tarea realizada durante el año 1999.

EL DESAFÍO DE LA CALIDAD

Como resultado de un proceso de debate abierto

con los sujetos de la industria, muestra clara del

cual fue la Audiencia Pública celebrada el 2 de junio

de 1999, se aprobó la Metodología de Control mediante

Indicadores de Calidad de Servicio, la que fuera

provisoriamente puesta en vigencia por la Resolución

ENARGAS Nº891/98, y definitivamente establecida

mediante la Resolución ENARGAS Nº1192/99.

Para su dictado, se contó con una etapa previa de

análisis, que posibilitó contar con las opiniones

de todos los sectores interesados antes de dictar el

acto definitivo.

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Los Indicadores de Calidad de Servicio son un

conjunto de índices que reflejan el nivel de calidad

del servicio público de gas prestado por las

Licenciatarias de Distribución y Transporte, verificando

en forma permanente la realización de la correcta

operación y mantenimiento de las instalaciones,

la introducción de mejoras tecnológicas y el

desempeño de una gestión comercial adecuada a

los intereses de los usuarios.

Entre los objetivos de estos indicadores, cabe destacar

el de facilitar la evaluación de la gestión de las

empresas en forma particular y en comparación de

unas con otras. Ello es posible toda vez que, al

establecerse parámetros uniformes, se puede realizar

una suerte de �competencia por comparación�, cuyos

resultados se reflejan en la elaboración de un

�ranking� de cumplimiento de los índices establecidos,

que permite determinar el nivel de calidad con que

cada empresa presta el servicio en relación con la

prestadoras de otras áreas.

Se ha previsto la realización de una publicación

anual donde se difundirán los ordenes de mérito

de las empresas en el cumplimiento de los indicadores.

Estos datos se difundirán a través de Internet, de

las publicaciones propias del organismo y de los

medios especializados de la industria.

Como se puede apreciar, con los indicadores se logra

que el usuario conozca la calidad de servicio de las

empresas, lo que se traduce en una medida que

fomenta la transparencia. Y esto es especialmente

importante en los que se han dado en llamar �índices

de transparencia de mercado�, por los cuales el usuario

puede conocer, vía Internet, la existencia de con-

cursos abiertos de capacidad de transporte,

propuestas de reventa de esa capacidad, eventos

extraordinarios que se produzcan en el sistema,

datos sobre el despacho diario, última tarifa afectada

a corte en el sistema de distribución, etc.

En este punto, cabe recordar que si bien se prorrogó

la consideración de algunos de los índices referidos

al servicio de distribución, durante el año 1999, en

el título siguiente se considerará su inminente

aprobación en tanto herramientas fundamentales

para la introducción de mayor transparencia en

los mercados.

Asimismo, los indicadores de calidad del servicio

permiten monitorear el esfuerzo realizado por las

empresas para lograr una correcta prestación del

servicio en cuanto a seguridad y calidad. Al respecto

cabe señalar que, si bien no es dificultoso verificar

si el servicio prestado por una Licenciataria es seguro

y continuo, pues está dado particularmente con el

cumplimiento de las normas técnicas vigentes; no

es tan sencillo establecer si la prestación del servicio

se realiza en forma prudente, diligente y eficiente,

es decir, si se brinda un servicio de calidad.

En cuanto a las características de los Indicadores,

es menester destacar que son representativos del

comportamiento del sistema, son fáciles de entender

y cuantificar, son imparciales y los datos requeridos

para su evaluación son trazables, verificables, no

alterables y posibles de obtener por una fuente

independiente, a la vez que están relacionados con

el mantenimiento de la calidad de servicio al cliente

y permiten que los sujetos de la industria tomen

conocimiento de la información relevante acerca

del sistema. Además, a los efectos de un correcto

control, son auditables por terceras partes para

determinar su certeza e imparcialidad.

Comprenden aspectos técnicos y comerciales acordes

con niveles internacionales que reflejen, globalmente,

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la calidad de la prestación brindada al usuario.

En lo que hace a la gestión comercial, los indicadores

comprenden todos aquellos supuestos en que la

distribuidora interactúa con el cliente y tienden a

que todas las empresas brinden a todos los usuarios

un mismo nivel básico de calidad de servicio: demoras,

relación comercial, servicios, atención, prestaciones

y la eficiencia con que son resueltos los reclamos y

consultas que se les plantean.

En cuanto a los índices técnicos, tanto en transporte

como en distribución, podemos agruparlos en tres

clases, los de Transparencia de Mercado que, como

se indicara, se traducen en la publicación vía Internet

de la información relevante para los sujetos de la

industria, los de Protección Ambiental, que verifican

que la operación y mantenimiento del sistema se

realice dentro de los estándares internacionales en

esta materia, minimizando el impacto ambiental

de las actividades, y los de Operación y

Mantenimiento, que permiten evaluar, entre otros

aspectos: la integridad de las cañerías, los niveles

de protección catódica, la diligencia en la atención

de emergencias, entre otras.

Se cuenta con una metodología de control que ha

implicado un cambio sustancial en la tarea de

fiscalización realizada hasta el presente, toda vez

que existe un conjunto de índices que brindarán al

Organismo la información necesaria para conocer

el servicio prestado en forma abarcativa y con

parámetros uniformes.

Ésta es la manifestación clara del inicio de una

nueva etapa de la regulación, ya que implica la

sustitución del esquema basado en inversiones

obligatorias, previstas para el primer quinquenio,

por un sistema más adecuado a esta etapa en la

evolución de la industria.

Pero el desafío del cambio quedará a mitad de camino

si las prestadoras del servicio no lo adoptan como

propio, transformando a los indicadores, previstos

como metodología de control, en herramienta de

autosuperación en la prestación del servicio.

MAYOR COMPETENCIA Y TRANSPARENCIA

COMO OBJETIVOS CERCANOS

Al cierre del ejercicio 1999, el ENARGAS se encuentra

con dos objetivos de cercana concreción, por un

lado, la adopción definitiva de medidas para fomentar

la transparencia, y, por otro, las propuestas necesarias

para la apertura de la competencia.

En cuanto al objetivo de incrementar la transparencia

en los mercados gasíferos, debemos señalar tres

cuestiones, a saber:

1) La adopción definitiva de los Indices de

Transparencia de Mercado para el Servicio de

Distribución, a fin de que, a través de la adecuada

difusión de la mayor tarifa que sufrió las restricciones

operativas, sea posible obtener, para la industria

en general, una información valiosa sobre la

procedencia de los cortes.

Para ello, se ha previsto que en el caso de que se

produjeran restricciones en los servicios ofrecidos

por las Distribuidoras, éstas deben publicar al día

siguiente los volúmenes operativos cortados, causas

de la restricción, tipo de servicio y la última tarifa

afectada al corte, en cada subzona tarifaria, du-

rante todos los días del período invernal.

Asimismo, resulta valiosa la publicación de las

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restricciones, el número de clientes afectados por

día y su comparación respecto al número total de

clientes interrumpibles de la Distribuidora,

generándose una estadística a partir de la recopilación

de dichos valores.

De esta forma, el conocimiento público de los

volúmenes operativos totales cortados por tipo de

servicio y sus distintos orígenes (restricciones de

gas, transporte o distribución), permitirá a los usuarios

de la industria, contar con elementos adicionales

para el análisis del servicio que mejor se adapte a

sus necesidades, conociendo los riesgos asociados.

Por otra parte, el indicador permitirá al ENARGAS

evaluar la eficiencia de la interrupción, a través de

la respuesta obtenida de los clientes a los

requerimientos de restricción determinados por la

Distribuidora, de manera tal de asegurar la integridad

de los sistemas y propender a un eficiente

aprovechamiento de los recursos.

Para ello, se ha previsto que las Licenciatarias

informen al ENARGAS los listados diarios de

restricciones efectuadas el día inmediato anterior,

donde se incluyan la totalidad de los clientes

afectados, en orden ascendente de su tarifa de corte.

De este modo, se podrá conocer la eficiencia gene-

ral lograda por la Distribuidora, a la vez que detectar

y propender a corregir los desvíos en exceso que

particularmente ocasionan determinados clientes,

previéndose la publicación del resultado global

alcanzado por cada Distribuidora y su participación

en el orden de mérito general.

2) La sanción de los Lineamientos de Asignación

de Capacidad de Transporte, a fin de brindar reglas

claras a todos los actores del sistema en cuanto al

procedimiento público de asignación (�Open Season�).

Cabe recordar que durante el año 1999, se enviaron

estos lineamientos en consulta y se recogieron las

opiniones de las Licenciatarias.

El acceso no discriminado y libre, considerado como

el derecho de acceder a la capacidad disponible del

Transportista o Distribuidor en condiciones de

igualdad con los demás clientes, resulta un requisito

fundamental para que los beneficios de la

desintegración vertical realizada en la industria no

se vean disminuidos a través de asignaciones de la

capacidad que dificulten el ingreso y evolución de

nuevos participantes en el mercado y vulneren el

desarrollo de la competencia.

Por ello, la transparencia y no discriminación en

el acceso a la capacidad de transporte son

imprescindibles para dinamizar el mercado secundario

de gas natural como herramienta de difusión de la

competencia.

En tal sentido, se han previsto los diferentes

procedimientos para los concursos de asignación

de capacidad, según se tratare de expansiones (con

los supuestos de factibilidad o no con la tarifa

vigente) o de asignación de capacidad remanente,

resguardando, en todos los casos, el derecho de los

sujetos de la industria a una adecuada difusión del

concurso y a una información clara y precisa acerca

de su objeto.

Con ello, se asegura un efectivo ejercicio de todos

los eventuales interesados de su derecho a adquirir

capacidad, ya sea proveniente de expansiones o

capacidad remanente, desalentándose las conductas

que contravengan el principio de acceso no

discriminatorio y libre previsto en el Marco

Regulatorio.

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3) El establecimiento de Reglas de Conducta a

aplicarse en la actividad de los Comercializadores

en su relación con otros sujetos de la industria

(Licenciatarias y Usuarios).

Tales reglas devienen necesarias fundamentalmente

en lo que hace a asegurar una efectiva competencia

entre Distribuidoras y Comercializadores, brindar

al usuario, tanto por parte de las Distribuidoras

como de los Comercializadores, una información

clara y veraz acerca de los tipos de servicios ofrecidos,

a la vez que determinar los criterios para realizar

la interrupción del suministro.

Por otra parte, resulta necesario asegurar el efectivo

cumplimiento, por parte de todos los sujetos del

sistema, de las normas de despacho de gas, observando

en forma adecuada los desbalances y las

nominaciones en los sistemas de transporte.

Estas reglas pretenden ser principios rectores para

una justa convivencia entre Transportistas,

Distribuidoras y Comercializadores, a la vez que

también considerarán las vinculaciones societarias

entre Licenciatarias y Comercializadores a fin de

asegurar la existencia real y eficaz de la competencia.

En este sentido, cabe recordar que durante el año

1999, el ENARGAS sancionó mediante la Resolución

Nº1013/99 a Gasmarket S.A. y a Gasnor S.A. por

sus incumplimientos de lo previsto en los Artículos

34 y 52 inc. d) de la Ley Nº24.076, dado que se

violaron las restricciones que, en materia de

vinculaciones societarias, establecen las normas

mencionadas.

Ahora bien, contando con un mercado con reglas

de juego claras y conocidas por todos los sujetos,

cabe avanzar hacia el segundo grupo de medidas,

relativas a la introducción de mayor competencia,

lo que implica acercar los beneficios del crecimiento

a un mayor número de sujetos.

Para hacer viable esta competencia, es de funda-

mental importancia la modificación a la

Reglamentación de la Reventa de Capacidad de

Transporte, con el objeto de desarrollar un mercado

secundario de capacidad firme en un marco que

respete el acceso abierto y la no discriminación.

Con tal fin, se prevé incentivar a aquellos cargadores

con capacidad firme temporalmente ociosa, a

ofertarla por períodos variables, permitiendo una

mayor eficiencia en el uso de la capacidad instalada

al reducir el costo unitario de dicha capacidad.

Para ello se deben dar mecanismos de licitación

similares a los previstos para la asignación de

capacidad, es decir, el cargador saliente ofrece la

capacidad que tiene disponible y el cargador

entrante solicita según sus necesidades (es decir,

la capacidad ofrecida incluye cualquiera de los

puntos intermedios entre la recepción y entrega

fijados en el contrato original).

Por otra parte, se prevé la eliminación del precio

tope fijado en la reventa, toda vez que se pretende

dinamizar este mercado secundario y, además, al

permitirse la reventa por períodos menores a un

año, la limitación impuesta por la tarifa máxima

no refleja el valor que podría alcanzar la capacidad

de ser vendida sólo en el período invernal.

Finalmente, y dado que actualmente son las

distribuidoras las que cuentan con el mayor porcentaje

de capacidad reservada, se propondrá la fijación de

algún mecanismo automático para inducirlas a

participar en el mercado de reventa.

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Como se puede apreciar, los mecanismos de

asignación de capacidad y la reventa guardan

estrecha relación, toda vez que, en forma conjunta,

tienden a una asignación de capacidad transparente

y eficiente, lo que resulta un requisito indispen-

sable para crear las condiciones para el desarrollo

de mayor competencia en la industria del gas.

Yendo al punto central en materia de incentivo a

la competencia y con el objeto de incorporar a las

pequeñas y medianas empresas a las opciones de

compra directa de gas y/o transporte, a la vez de

promover la competitividad de los mercados de

oferta y demanda de gas natural, el ENARGAS

estudia la modificación del Reglamento de Servicio

a fin de posibilitar a los usuarios del Servicio General

�P� y �G� la adquisición de gas y/o transporte de

terceros, reduciendo el límite del volumen de 10.000

a 5.000 m3/día.

De este modo, se ha evaluado la conveniencia de

lograr que un mayor número de consumidores pueda

optar entre adquirir gas y/o transporte directamente

de los distribuidores (usuarios servicio completo) o

diversificar los componentes del servicio comprando

el gas y/o el transporte a los productores, a las

compañías transportistas, y/o a los agentes

comercializadores de gas natural.

La restricción existente hasta la fecha, para que

pequeños y medianos consumidores industriales

accedan al mercado mayorista, se debe a la ausencia

de una �Condición Especial� en el Reglamento del

Servicio de Distribución que permita deducir del

servicio y de la tarifa, el gas y/o el transporte,

como en los casos de usuarios con consumos superiores

a 10.000 m3/día.

Resulta entonces concordante con los objetivos

expresados en el Art. 2º de la Ley Nº24.076, la

profundización de las medidas ya implementadas,

permitiendo en esta oportunidad que aquellos usuarios

cuyos volúmenes alcanzan los 5.000 m3/día, puedan

ejercer la opción de desagregar los distintos servicios

asociados al suministro de gas.

Sin lugar a dudas, la posibilidad de optar, por parte

de un mayor número de usuarios, entre distintas

alternativas en la provisión del servicio creará las

condiciones para obtener mejoras en los niveles de

precios obtenidos, lo cual redundará, finalmente,

en una reducción de sus costos en materia de gas

para las pequeñas y medianas empresas.

No deben considerarse estos pasos como la etapa

final en la búsqueda de transparencia y competencia,

sino tan solo como los inicios y la concreción de

los objetivos más cercanos en el camino de la nueva

regulación.

LA PREVENCIÓN: EL MÁS EFICAZ DE LOS CONTROLES

Año tras año, el ENARGAS realiza una eficiente

tarea de fiscalización, basada tanto en inspecciones,

auditorías y monitoreos, como en el control puntual

surgido a partir de las inquietudes de los usuarios.

En tal sentido, durante el año 1999 se llevaron a

cabo, entre inspecciones y auditorías, un total de

2077 acciones de control, a la vez que se concretaron

572 monitoreos, comprendiendo diversos aspectos

de la prestación del servicio, tales como el control

de las obras financiadas a través del factor de

inversión, las instalaciones domiciliarias e indus-

triales, los aspectos ambientales y de seguridad

vinculados a los nuevos gasoductos, la atención

de clientes, entre otros.

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Ahora bien, estos esfuerzos han sido importantes,

pero no se pueden considerar, en materia de seguridad,

como suficientes, toda vez que la magnitud del

universo a controlar aconseja que la tarea más eficaz

en este aspecto, es la tarea de prevención.

En este punto, cabe recordar el luctuoso accidente

de Las Mesitas, ocurrido hacia fines del año 1998,

respecto del cual, y en orden a los diversos incum-

plimientos detectados, el ENARGAS emitió la Reso-

lución Nº1262/99, con las sanciones pertinentes.

Más allá del cumplimiento del deber que el Marco

Regulatorio impone al ENARGAS en esta materia,

es menester reflexionar acerca de la seguridad en

la industria del gas, y concluir que la industria del

gas es segura, siempre que se haga la operación y

mantenimiento conforme a las normas vigentes.

Años de operación lo han demostrado así.

Los accidentes ocurren cuando se violan las buenas

prácticas que las normas técnicas y la prudencia

aconsejan. Las Mesitas es la confluencia de varios

incumplimientos, tal como se señalara en la

resolución antes mencionada. Este accidente debe

servir para que las empresas tomen conciencia de

las graves consecuencias del error humano,

desarrollando una labor preventiva eficaz.

Otro aspecto en el que la prevención es fundamen-

tal, es el relativo a los accidentes provocados por

inhalación de monóxido de carbono, tema sobre el

cual se realizaron diversas tareas en el año 1999.

Entres ellas, es menester destacar el dictado de las

Resoluciones ENARGAS Nº1188/99 y Nº1256/99.

En la primera, se estableció la obligación, para los

fabricantes e importadores de calentadores de

ambiente de cámara abierta sin salida al exterior

de los productos de combustión, de producir y

comercializar estos artefactos con un dispositivo

quemador piloto control de atmósfera, que corte el

suministro de gas al artefacto ante una disminución

prefijada del porcentaje de oxígeno en el ambiente.

Por su parte, la Resolución Nº1256/99 aprobó las

pautas generales y procedimientos técnicos

provisorios destinados a la elaboración e

implementación de un reglamento para la realización

de revisiones periódicas de la ubicación, el

funcionamiento y la evacuación de los productos

de la combustión, de los artefactos a gas natural o

gas licuado distribuido por redes que poseen los

usuarios residenciales, con el propósito de prevenir

accidentes por causa de emanaciones de monóxido

de carbono.

Además de la tarea regulatoria en esta materia, cabe

recordar el contacto directo con los usuarios. Así, el

12 de febrero se llevó a cabo, en la Agencia Mar del

Plata del ENARGAS, una jornada sobre prevención

durante la cual se presentó y analizó el tema desde

distintos enfoques: técnico, médico y legal,

convocándose a amplios sectores de la comunidad.

Por otra parte, y con el objeto de dar plena difusión

a las recomendaciones y consejos para prevenir

accidentes originados por inhalación de monóxido

de carbono a causa de artefactos instalados o

mantenidos en forma incorrecta o deficiente, o

ubicados en ambientes carentes de ventilación

adecuada, se distribuyeron videos educativos a

distintos Organismos, Asociaciones, medios de

difusión, etc. y, en conjunto con las distribuidoras

de gas, se confeccionó un afiche con las

recomendaciones para la prevención de este tipo

de accidentes, que el ENARGAS distribuyó entre las

Asociaciones de Defensa del Consumidor y en las

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provincias, a través de las Delegaciones y Agencias.

Asimismo, durante los cursos realizados en el año

1999 en las Delegaciones y Agencias Regionales,

se complementó la acción informativa y educativa

programada con la proyección del mencionado video

y la explicación técnica complementaria.

Continuando con las materias objeto de control,

en lo que hace al transporte vehicular propulsado a

gas natural comprimido, el ENARGAS realizó, du-

rante el año 1999, los análisis necesarios para iniciar

el camino del cambio del sistema de fiscalización,

a fin de dotarlo de mayor eficacia. Cabe recordar,

que no obstante lo señalado, la tarea de control en

esta materia ha sido de gran magnitud: 788

constataciones a estaciones de carga son sólo una

muestra de la labor realizada.

Finalmente, durante el año 1999, se cerró el análisis

y se aplicaron las sanciones pertinentes en mate-

ria de control de las inversiones obligatorias

correspondientes al primer quinquenio. Así, el

ENARGAS sancionó con multas a las distribuidoras

en razón de los incumplimientos detectados en

materia de protección catódica, a la vez que resolvió

continuar monitoreando el cumplimiento de su

obligación de proteger el 100% de sus redes, a través

del Indicador de Calidad previsto a tal fin.

Asimismo, fue sancionada por tal incumplimiento

Transportadora de Gas del Norte S.A., que además

fue objeto de una multa a raíz del incumplimiento

de su deber de inspección interna, relevamiento e

informe de los gasoductos con revestimiento asfáltico.

También el cumplimiento de las obligaciones atinentes

a la integridad estructural de los ductos seguirá

siendo controlada a través de los Indicadores de

Calidad del Servicio.

TAREAS DE REGULARIZACIÓN

DE SERVIDUMBRES DE PASO DE GASODUCTOS

Durante su existencia jurídica la ex Gas del Estado

SE apenas realizó algunas tareas relativas a la

constitución regular de las servidumbres de paso

de los gasoductos que tenía en explotación, es decir,

no se había realizado el relevamiento físico de las

instalaciones, y, por ende, no se había llegado a la

instancia de emitir los instrumentos necesarios y

cumplir con los recaudos de inscripción de las

servidumbres en los Registros de Propiedad y Catastros.

De allí que, al momento de la privatización, se previó

un período inicial de cinco años para llevar a cabo

tales tareas y que la empresa estatal se hiciera cargo

de los costos asociados.

Las dificultades que afectaron a los recursos del

Tesoro Nacional obstaculizaron la remisión de los fondos

necesarios para la tarea, lo que ocasionó un atraso

de casi tres años en el cronograma previsto, cuyo

inicio de ejecución tuvo lugar a partir del año 1993.

Por su parte, y atento que el punto 7.5. de las

Reglas Básicas de la Licencias de Transporte y

Distribución previó la constitución de un Fondo de

Contribución para solventar este tipo de erogaciones,

se dispuso su creación mediante el Decreto Nº1136/

96, que fuera reglamentado por el ENARGAS

mediante las Resoluciones Nº393/96 y Nº408/96.

Con fecha 3 de octubre de 1997, se suscribió un

Acuerdo de Transferencia con la Secretaría de Energía,

mediante el cual se cedió al ENARGAS el contrato

suscripto por la ex - Gas del Estado S.E. para la

realización de las tareas pendientes.

No obstante que el Fondo de Contribución permitió

dar a los trabajos de regularización la continuidad

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que no se tuvo en años anteriores, no fue posible

con su recaudación recuperar el atraso que tuvo el

Plan Rector en marcha, de allí que se sancionó el

Decreto Nº186/99, por el cual se prorrogó en tres

años el plazo previsto originalmente para completar

las tareas de regularización. Cabe señalar que dicha

prórroga no implicó, en modo alguno, modificar el

criterio por el cual las Licenciatarias deben abonar

los cánones que correspondan a los superficiarios

afectados a partir del 28 de diciembre de 1997.

Hacia fines del año 1999, y como resultado del

nuevo impulso tomado por estas tareas a partir

1997, se había logrado un avance del 92% en el

cumplimiento del Plan Rector Global, habiéndose

emitido resoluciones administrativas para un total

de 12.973 inmuebles afectados, sobre un total de

15.538, a la vez que se tramitaron, en los Registros

de la Propiedad Inmueble de cada jurisdicción pro-

vincial, las inscripciones pertinentes de las

restricciones al dominio, realizándose un notable

esfuerzo dentro de un plazo acotado. Muestra de

ello es el análisis de 22.290 planos y el estudio de

16.799 títulos de propiedad.

El paso final de esta tarea se ha iniciado hacia

fines del año 1999 con la firma de los convenios

con los superficiarios, lo que implica, en la práctica,

que los titulares de dominio comiencen a percibir

los cánones correspondientes, quedando de este modo

regularizada la tarea.

EL ENARGAS COMO PARTE DE LA COMUNIDAD:

SU RELACIÓN CON LOS USUARIOS

Como se hiciera en años anteriores, durante 1999

se continuó desarrollando el Programa de

Capacitación e Información a Asociaciones de Defensa

del Consumidor, el que está dirigido no sólo a los

usuarios nucleados por las Asociaciones, sino también

a éstos a título individual, como integrantes de

todo tipo de entidades intermedias, funcionarios y

comunidad en general. Así, se realizaron siete cursos

en las ciudades de Concordia, Río Grande, Santa

Rosa, Tucumán, Bahía Blanca, Formosa y Santa

Fe, donde, además de abordarse los temas propios

del programa, se atendieron los requerimientos

informativos de cada comunidad, relacionados con

las problemáticas locales.

Es importante destacar que fueron invitados a

participar, las Asociaciones de Defensa del

Consumidor, las autoridades nacionales, provinciales

y municipales, legisladores nacionales, las Defensorías

del Pueblo de la Nación y de las Provincias y los

representantes de entidades comunitarias, habiendo

sido superadas las expectativas de concurrencia,

con una asistencia total de alrededor de 450 perso-

nas. Tales encuentros contaron con una importante

repercusión en los medios de prensa locales.

Otro hecho a destacar, en lo que hace al proceso de

integración con la comunidad, está dado por la

inauguración de la Agencia Tucumán, que marcó

un paso más hacia la descentralización de las

actividades del Organismo.

Ahora bien, además del contacto directo con los

usuarios, cabe mencionar que el año 1999 puede

ser señalado como un año de �regulación� para

los usuarios.

Ello encuentra sustento, por un lado, en la emisión

de los Indicadores de Calidad del Servicio Comercial,

que les permitirán conocer la gestión de las

empresas en los aspectos en que interactúan con

sus clientes, y, por otro, en el trabajo conjunto,

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llevado a cabo por los Entes Reguladores, las

Asociaciones de Usuarios y las empresas prestadoras

de servicios públicos, en el ámbito de la Jefatura

de Gabinete de Ministros, en materia de �factura

de conceptos� o factura armonizada, fruto del

cual se ha estandarizado su contenido, facilitando,

de tal modo, su lectura y control por parte de los

destinatarios del servicio.

En lo que hace a la atención de consultas y reclamos,

durante el año 1999 se han mantenido 58.255

contactos, de los cuales 6.989 (12%) han correspondido

a reclamos, mientras que 51.266 (88%) se trataron

de consultas.

Siguiendo una tendencia iniciada en años anteriores,

el año 1999 mostró un crecimiento del número de

reclamos de los usuarios, aunque a diferencia de

períodos anteriores, esto no se correspondió con

un crecimiento, en la misma proporción, de las

consultas. Así, los reclamos del año 1999 muestran

un incremento de aproximadamente un 11% en

relación con 1998, aunque el número total de

contactos, en razón de la baja en las consultas, ha

decrecido en relación con el período anterior, en

alrededor de un 9,5%.

Se ha previsto, para el año próximo, la firma con

el Ente Nacional Regulador de la Electricidad de un

acuerdo preliminar para la implementación conjunta

de una Oficina de Protección de los Derechos de

los Usuarios de Gas y Electricidad, en la que se

prevé canalizar en forma centralizada la información

a las Asociaciones de Usuarios, a la vez que generar

un nuevo ámbito de intercambio.

LAS TAREAS QUE COMIENZAN

Analizada la actividad realizada, vemos que estamos

en los comienzos de una ardua tarea, que si bien

ha sido concretada en gran parte en calidad de

servicio y transparencia en la información, restan

mayores logros en materia de competencia en los

mercados, como herramienta válida para trasladar

los beneficios de una industria en crecimiento a un

mayor número de usuarios.

Y en este punto, es clave la consigna de la Ley

Nº24.076 en cuanto viabiliza la posibilidad de todos

los usuarios de elegir el servicio que mejor se adapte

a sus necesidades y, por tanto, efectuar dentro del

libre juego del mercado las negociaciones que sean

necesarias para obtener el mejor resultado en términos

de precio y calidad. En esto, el regulador es un

árbitro necesario para el leal cumplimiento de las

disposiciones de la Ley.

Concluyendo, cabe convocar a todos quienes se

encuentren interesados en el logro de los objetivos

de la regulación a una tarea para el año 2000 que

tenga como metas:

1. Que los beneficios de la competencia se extiendan

a un mayor número de usuarios;

2. Que la calidad, además de un sistema de control,

se transforme en una suerte de incentivo de

autosuperación y se haga realidad la �competencia

por comparación�;

3. Que el mayor acceso a la información por parte

de los usuarios, gracias a los nuevos medios

disponibles, posibilite un ejercicio cada vez más

efectivo de sus derechos;

4. Que los pasos iniciados por la industria con la

exportación de gas a los países vecinos se cristalice

en la adecuación de los marcos regulatorios para

evitar inequidades o desequilibrios que atenten

contra el proceso de integración;

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5. Que se genere un crecimiento genuino de las

inversiones a partir de las oportunidades de nuevos

negocios en el mercado de gas natural, derivados

de medidas de fomento para su uso y de la creación

de nuevos servicios optativos;

6. Que se avance en la creación de servicios de interés

social dirigidos a promover y desarrollar programas

de eficiencia energética para hogares de bajos

recursos económicos;

7. Que comencemos a trabajar, en forma creativa y

en conjunto, para suprimir barreras a fin de que

las personas con discapacidades físicas participen

activamente en el mercado, a la vez que garantizar

que los servicios sean prestados de modo que

satisfagan las especiales necesidades de ancianos,

discapacitados y enfermos crónicos, y

8. Que se siga avanzando en el trabajo conjunto

con otros organismos de regulación, nacionales

y extranjeros en pos de objetivos comunes.

Las consignas son ambiciosas, pero los años

transcurridos y la experiencia recogida desde la

privatización del servicio avalan la esperanza, y al

servicio de ella invitamos a trabajar con compromiso

y voluntad a todos los sujetos de la industria, con

la mira puesta, no en el rédito inmediato, sino en

la construcción de un futuro superador en el cual

los intereses del conjunto de la sociedad nos sirva

a todos de justa medida de nuestras acciones.

El Directorio

El ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

(ENARGAS) es el organismo descentralizado creado

por la Ley Nº 24.076, con el objeto de regular,

fiscalizar y resolver las controversias suscitadas en

relación con el servicio público de gas.

Los objetivos de la regulación establecidos por el

mencionado texto legal, y respecto de los cuales el

ENARGAS cumple la misión de ejecutarlos y controlar

su cumplimiento, son:

a) Proteger adecuadamente los derechos de los

consumidores;

b) Promover la competitividad de los mercados de oferta

y demanda de gas natural, y alentar inversiones

para asegurar el suministro a largo plazo;

c) Propender a una mejor operación, confiabilidad,

igualdad, libre acceso, no discriminación y uso

generalizado de los servicios e instalaciones de

transporte y distribución de gas natural;

d) Regular las actividades del transporte y distribución

de gas natural, asegurando que las tarifas que se

apliquen a los servicios sean justas y razonables;

e) Incentivar la eficiencia en el transporte,

almacenamiento, distribución y uso del gas natural;

f) Incentivar el uso racional del gas natural, velando

por la adecuada protección del medio ambiente;

g) Propender a que el precio de suministro de gas

natural a la industria sea equivalente a los que

rigen internacionalmente en países con similar

dotación de recursos y condiciones.

Al establecer sus funciones, esencialmente contenidas

en el Artículo 52 de su ley de creación, el legislador

tuvo especialmente en cuenta la especialidad técnica

del ENARGAS, dotándolo, para el cumplimiento de

sus objetivos, de todas las facultades necesarias

para ello.

Así, previó que el ENARGAS dictara los reglamentos

necesarios que aseguraran la prestación de un servicio

seguro, continuo y eficiente, que contara con las

herramientas necesarias para controlar, ya sea

mediante requerimientos informativos de diversa

índole, inspecciones y/o auditorías, la actividad de

las prestadoras, que aplicara las sanciones pertinentes

y que contara con la facultad de resolver, en forma

previa a la instancia judicial, las controversias

suscitadas entre los sujetos de la industria, en el

marco del Artículo 66 de la Ley Nº24.076, entre

ellas, y muy especialmente, los reclamos de los

usuarios del servicio de gas.

Asimismo, estableció una función que el ENARGAS

está llamado a desempeñar en relación con la

comunidad en general, que es la de asesoramiento,

es decir, el organismo ejerce una función en cierto

modo docente respecto de los derechos y obligaciones

contenidos en la normativa del sector.

C a p í t u l o IIE L E N T E N A C I O N A L R E G U L A D O R D E L G A S

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ORGANIZACIÓN INTERNA DEL ENARGAS

El Directorio

Conforme lo dispuesto por la Ley Nº 24.076, el

ENARGAS se encuentra dirigido y administrado por

un Directorio de cinco miembros, todos ellos

designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL,

previa intervención de una Comisión Bicameral del

HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

Teniendo en cuenta lo antes enunciado, respecto

de la especialidad técnica del Organismo y, a fin

de que los Directores del ENARGAS sean seleccionados

entre personas con antecedentes técnicos y

profesionales en la materia, la reglamentación del

Artículo 54 de la Ley Nº 24.076, aprobada mediante

el Decreto Nº1738/92, estableció que a los efectos

de la designación de los integrantes del Directorio

del Ente, la SECRETARÍA DE ENERGÍA conduzca

un proceso de selección que garantice que la elección

final se realice entre profesionales con conocimientos

y antecedentes suficientes.

Durante el año 1999, y como resultado de un proceso

de selección de tales características, se designó

mediante el Decreto Nº651/99, al segundo presidente

del Organismo, el Ing. Héctor Enrique Formica, quien

hasta entonces se desempeñaba como Vocal Segundo.

Los mandatos de los miembros del Directorio son

de cinco años y se ha previsto que tengan dedicación

exclusiva en su función y que gocen de estabilidad,

de manera que sólo puedan ser removidos de sus

cargos por acto fundado del PODER EJECUTIVO

NACIONAL, previa intervención de la Comisión

Bicameral.

La estructura orgánica

Durante el año 1999, la estructura del ENARGAS

no sufrió modificaciones en relación con los ejercicios

anteriores. El cuadro II-1 da cuenta del organigrama

del ENARGAS.

Cuadro II - 1 | Organigrama del ENARGAS

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Descentralización de las actividades del

ENARGAS

En el transcurso del año 1999, y continuando con

una tarea iniciada en ejercicios anteriores, el ENARGAS

inauguró la Agencia Tucumán.

En tal ocasión fueron invitadas Autoridades

Nacionales, Provinciales y Municipales de su área

de influencia, como así también Asociaciones de

Defensa del Consumidor, Defensoría del Pueblo de

la Nación, Defensorías del Pueblo Provinciales y

representantes de diversos sectores de la comunidad,

a la vez que los medios de prensa locales.

En el mapa obrante como cuadro II-2 se encuentra

un detalle de las delegaciones y agencias y la forma

de contactarse con ellas.

R ivadavia 893 - S . M . de Tucum án (4000)Tel. (03 81) 431 1994 / 18 07

Cuadro II - 2 | ENARGAS: Sede Central, Delegaciones y Agencias

(*) Apertura prevista durante el año 2000

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METODOLOGÍA DE TRABAJO

Durante el año 1999 el ENARGAS continuó con la

modalidad de trabajo adoptada desde su puesta en

funcionamiento: el trabajo en grupo. Este enfoque,

que en la práctica ha demostrado ser muy fructífero,

facilita el intercambio dentro del equipo

interdisciplinario de los conocimientos y experiencias

provenientes de las distintas áreas del saber. Además,

como en años anteriores, los miembros del Directorio,

coordinan los grupos de trabajo, encontrándose

directamente involucrados en la tarea cotidiana. El

cuadro II-3 da cuenta de esta metodología.

EL ENARGAS Y SU PERSONAL

Tal como lo establece el Artículo 60 de la Ley

Nº24.076, las relaciones del ENARGAS con su per-

sonal se rigen por la Ley de Contrato de Trabajo,

no resultando de aplicación al Régimen Jurídico

Básico de la Función Pública.

Para el cumplimiento de sus funciones el ENARGAS

cuenta con un número reducido de personal cuya

característica esencial está dada por su alta

profesionalización.

Así, la planta de personal exhibe un 82% de

profesionales y técnicos y entre las diversas

profesiones, la mayoría son ingenieros (28%), seguidos

por los profesionales en ciencias económicas (20 %)

y derecho (11%). Todo ello puede apreciarse en el

cuadro II-4.

Para que la labor regulatoria se desempeñe

eficientemente, es necesario que los profesionales

del ENARGAS cuenten con una capacitación

adecuada. Para ello, durante el año 1999, se

destinaron 12.335 horas a capacitación. Cabe destacar

que, a fin de llevar a cabo una tarea que alcanzara

al mayor número posible de agentes y, teniendo en

cuenta las limitaciones presupuestarias, se optó por

privilegiar la capacitación interna, es decir, la

transmisión de conocimientos entre los mismos

integrantes del Organismo, y la capacitación �in

company�, dada dentro de la empresa por

capacitadores externos, lo que posibilita la asistencia

Cuadro II - 3 | Metodología de Trabajo del ENARGAS

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de un mayor número de profesionales. Además, en

aquellos casos en que resultara necesario, se continuó

con la capacitación externa. El cuadro II-5 nos

ilustra al respecto.

Los temas de la capacitación versaron esencialmente

sobre cuestiones regulatorias, temas técnicos

vinculados a la industria del gas y a sus aspectos

11 %

2 0 %5 %

1 8 %

2 8 %1 2 %

6 %

C ie n c ia s E c o n ó m ic a s T é c n ic o s

In g e n ie ría O tro s

A b o g a c ía

E s tu d io s B á s ic o s

E s t. U n iv e rs i ta r io s

Cuadro II - 4 | Personal Según Área de Especialización

3 3 %

4 6 %

1 4 %

7 %

R e g u la to r io s

T é c n ic a s d e l G a s

E c o n . e n e rg é t ic a / f in a n z a s /a d m .

A s u n to s L e g a le s

Capacitación por Temas

7 4 %1 %

1 5 %

1 0 %

In c o m p a n y

In te rn a

S e m in a r io s In te rn a c io n a le s in c o m p a n y

E x te rn a

Tipo de Capacitación

legales y económicos, además de la capacitación

básica (esencialmente idiomas y computación).

RELACIONES INSTITUCIONALES

En el marco de una creciente relación del ENARGAS

con la comunidad se llevaron a cabo diversas

Cuadro II - 5 | Capacitación del Personal

8 2 %

1 8 %

P ro fe s io n a le s y T é c n ic o s

A d m in is tra t iv o s

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actividades, a saber:

1. Desarrollo del Programa de Capacitación e

Información a Asociaciones de Defensa del

Consumidor, del que se da cuenta en el Cap. IV.

2. Se organizaron diversos Seminarios, Jornadas y

cursos, entre los que cabe mencionar:

2.1: Seminario �Negociación del Suministro y la

Comercialización de Gas e Implementación

Efectiva del Acceso de Terceros(TPA)�, dictado

por el Dr. Ronald Hopper.

2.2: Seminario �La Competencia en el Mercado

de Gas � Esbozo de Estrategias para el Fu-

turo�, dictado por el Dr. Antonio Freije Uriarte.

2.3: Curso �Programa Avanzado de Capacitación

Internacional en Estrategia y Regulación de

los Servicios Públicos�, organizado

conjuntamente con el Public Utility Research

Center (PURC) de la Universidad de Florida, el

que contó con la asistencia, en carácter de

expositores de los Dres. Sanford V. Berg,

Lawrence Kaufmann y Daniel Fessler.

2.4: Curso �Control de Odorización de Gas Natural�,

dictado por el Ing. Frank Sasse.

3. Se inauguró la Agencia Tucumán, oportunidad

propicia para el intercambio con la comunidad

local.

4. Durante el año 1999, se llevó a cabo la EXPO

´99 Oil & Gas, en la que el ENARGAS participó

activamente, instalando un stand institucional

donde el personal especializado asesoraba

permanentemente a los visitantes en los aspectos

regulatorios vinculados a la muestra.

5. En materia de prevención de accidentes por

inhalación de monóxido de carbono, se realizaron

las siguientes tareas:

5.1: El 12 de febrero de 1999 se llevó a cabo, en

Agencia Tucumán

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la Agencia Mar del Plata del ENARGAS, una

jornada sobre prevención durante la cual se

presentó y analizó el tema desde distintos

enfoques: técnico, médico, legal. Es de destacar

que se contó con la asistencia de 75 personas

a dicha jornada. Durante su desarrollo, además

de la presentación del tema realizada por el

ENARGAS, se contó con la intervención de

distintas organizaciones y asociaciones de la

Ciudad de Mar del Plata y zona de influencia,

vinculadas con la seguridad, destacándose

especialmente la participación, a instancias

del ENARGAS, de la Jefa de la Unidad de

Toxicología del Hospital Juan B. Fernández y

del representante de la Superintendencia Fede-

ral de Bomberos División Incendios de la Policía

Federal.

5.2: Con el objeto de dar plena difusión a las

recomendaciones y consejos para prevenir

accidentes, originados por inhalación de

monóxido de carbono a causa de artefactos

instalados o mantenidos en forma incorrecta

o deficiente, o ubicados en ambientes carentes

de ventilación adecuada, se distribuyeron vi-

deos educativos a distintos Organismos,

Asociaciones, medios de difusión, etc. Además,

en conjunto con las distribuidoras de gas, se

confeccionó un afiche con las recomendaciones

para la prevención de este tipo de accidentes,

que el ENARGAS distribuyó entre las

Asociaciones de Defensa del Consumidor y en

las provincias, a través de las Delegaciones y

Agencias.

Asimismo, durante los cursos realizados en el

año 1999 en las Delegaciones y Agencias

Regionales, se complementó la acción

informativa y educativa programada con la

Argentina Oil & Gas '99

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proyección del mencionado video y la

explicación técnica complementaria.

6. En el transcurso del año 1999, el ENARGAS recibió

la visita de cinco delegaciones extranjeras: Ko-

rea Gas Corporation; International Energy Agency;

Vietnam National Oil & Gas Corp.; Super-

intendencia de Hidrocarburos de la República de

Bolivia y Ministerios de Energía y Minas de la

República del Perú.

Dichas visitas estuvieron orientadas a tomar

conocimiento de la implementación del sistema

regulatorio del gas en nuestro país, en sus aspectos

técnicos, económicos y legales e iniciar actividades

de intercambio.

7. Se produjeron, además del antes mencionado, dos

videos educativos: uno acerca de las misiones y

funciones del ENARGAS y otro sobre atención al

usuario, que muestra el procedimiento de recepción

y solución de distintos tipos de reclamos.

8. El 29 de diciembre de 1999, se impuso a la Sala

de Audiencias Públicas del ENARGAS el nombre

de �Ing. Julio V. Canessa�, como homenaje del

Directorio del Organismo a la memoria de quien

hiciera posible la construcción del Gasoducto

Comodoro Rivadavia -Buenos Aires. Tal acto se

llevó a cabo en oportunidad de cumplirse el

cincuentenario de la inauguración del ducto, cuya

construcción significó una magnífica epopeya para

su época.

Por último, el ENARGAS, atendiendo a las solici-

tudes de informes de los legisladores, ha dado respuesta

mediante las notas detalladas como Cuadro II-6.

Descubrimiento de placa en Sala de Audiencias Públicas del ENARGAS (de izquierda a derecha: Ing. Formica e Ing. Pérez)

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Cuadro II - 6 | Información al Poder Legislativo Nacional - 1999

N o t aE N A R G A S F e c h a S o l i c i t a n t e Tema

Cuadros Tarifarios Diferenciales de Camuzzi Gas del Sur S.A.

Posible estudio de factibilidad para construcción de un ga-soducto desde la Pcia. de Tierra del Fuego hacia la isla deNavarino (Chile).

Pedido de información sobre las medidas adoptadas por elENARGAS para prevenir el llamado efecto 2000 ó Y2K (Crisisdel Milenio).

Abastecimiento de gas a la localidad de Malargüe.

Modificación de la estructura de las tarifas diferenciales de laPcia. de Neuquén.

Solicitud de información sobre inconvenientes en el suminis-tro de gas en un domicilio de la Capital Federal.

Redistribución del subsidio al consumo de gas en la Provincia deSanta Cruz.

Respuesta a pedido de informes referido a cuestiones tributariasde las empresas privatizadas.

Auditoría de verificación de procedimientos de facturación enla Unidad Operativa Comodoro Rivadavia, Pcia. de Chubut, deCamuzzi Gas del Sur S.A..

Auditoría de verificación de procedimientos de facturación enla Unidad Operativa Comodoro Rivadavia, Pcia. de Chubut, deCamuzzi Gas del Sur S.A.

Distribución de gas a las localidades de El Chaltén, Tres Lagos,H. Irigoyen y Bajo Caracoles, Pcia. de Santa Cruz.

Facturación a usuarios de Camuzzi Gas del Sur S.A.

Subsidio al consumo residencial de gas en las provinciaspatagónicas.

2 7 6/1 Dip. NacionalDa. Carmen Drajicevic

687 16/2 Dip. NacionalDa. Carmen Drajicevic

2230 26/5 Dip. NacionalRodolfo Terragno

3132 23/7 Dip. NacionalDn. Carlos Balter

3295 2/8 Sen. NacionalDa. Silvia Sapag

3332 4/8 Dip. NacionalDn. Lorenzo Pepe

3397 10/8 Sen. NacionalDn. Daniel Varizat

3883 14/9 Honorable Cámarade Diputados de la Nación

3987 20/9 Dip. NacionalDn. Jorge Aubia

4103 24/9 Dip. NacionalDn. José Corchuelo Blasco

4140 29/9 Sr. Sen. NacionalDn. Daniel Varizat

4883 12/11 Sr. Dip. NacionalDn. Jorge E. Aubia

5273 7/12 Sr. Sen. NacionalDn. Juan Carlos Altuna

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CONTROLES AL ENARGAS

El Artículo 60 de la Ley Nº 24.076 prevé que el

ENARGAS quedará sujeto al control externo que

establece el régimen de Contralor Público. A poste-

riori y con el dictado de la Ley Nº 24.156, se han

creado las Unidades de Auditoría Interna en cada

jurisdicción o entidad que forman parte del Sistema

de Control Interno, en forma conjunta con la

Sindicatura General de la Nación (SiGeN) la que

actúa en carácter de órgano de coordinación técnica.

Los Planes Anuales de Trabajo de la Unidad de

Auditoría Interna, la que depende de la máxima

autoridad del organismo, son orientados, aprobados

y supervisados por la SiGeN.

El Control externo posterior de la gestión

presupuestaria, económica, financiera, patrimonial

y legal, así como el dictamen sobre los estados

contables financieros del Organismo son realizados

por la Auditoría General de la Nación (AGN).

Por otra parte, el ENARGAS ha establecido en su

asignación de funciones a las distintas Gerencias,

que sea la Unidad de Auditoría Interna, quien coordine

la relación con la Auditoría General de la Nación.

El cuadro II-7 nos indica sintéticamente los controles

al ENARGAS.

En los Cuadros II�8, II�9 y II�10 se encuentra un

detalle de los informes de la Unidad de Auditoría

Interna emitidos durante el año 1999, y de las

auditorías llevadas a cabo por la SiGEN y la AGN,

en igual período.

GESTIÓN FINANCIERA, PATRIMONIAL Y CONTABLE

Conforme lo establecido por el Artículo 51 de la

Ley Nº 24.076, el ENARGAS goza de autarquía y

posee plena capacidad jurídica para actuar en los

ámbitos del derecho público y privado.

Cuadro II - 7 | Controles al ENARGAS

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Informe Nº 78 Auditoría de AtenciónTel. de Reclamos

Informe Nº 79 Tareas de CierreEjercicio 1998

Informe Nº 80 Cumplimiento DecretoNº 290/95-PEN

Reducción SalarialAño 1998

Informe Nº 81 Compras Informáticas

Informe Nº 82 Cuenta de InversiónEjercicio 1998

Control Preliminarde Registros

Informe Nº 83 Cuenta de InversiónEjercicio 1998

Informe Nº 84 Problemáticadel año 2000

Circular N° 1/99-SGN

Informe Nº 85 Disposición Nº 41/99-CGN

Cierre Preliminaral 30/09/99

Informe Nº 86 DecretoNº 1180/94-PENPago de Haberes

Informe Nº 87 DecretoNº 290/95-PEN

Reducción SalarialAño 1999

Verificar el procedimiento de Atención de Reclamos de Usuarios, a través delfuncionamiento de la línea telefónica gratuita 0-800-34444.

Informar acerca del desarrollo de las tareas propias de cierre del ejercicio1998, llevadas a cabo de acuerdo a las instrucciones impartidas por la SIGEN,a través de las Resoluciones Nros. 152/95 y 141/97, y en concordancia con elPlaneamiento de Auditoría establecido por la UAI para el presente ejercicio.

Informar acerca del cumplimiento, por parte del ENARGAS, de las disposicio-nes contenidas en el Decreto N° 290/95, y sus modificatorio N° 01/98, en loreferente a las reducciones salariales impuestas para las autoridades superio-res de los Organismos Descentralizados, quienes de acuerdo a dicha normativase encuentran alcanzados por el artículo 4° del Decreto N° 1085/96.

Examinar el procedimiento implementado por la GAyS para la realización decompras y contrataciones de bienes informáticos y comunicaciones asocia-das, verificando el cumplimiento del �Reglamento de Compras y Contratacio-nes� aprobado por la Resolución ENRG Nº 330/96, y de la normativa vigente,con relación a la intervención que le compete a la Secretaría de la FunciónPública en lo referente a los Estándares Tecnológicos de la AdministraciónPública (ETAP).

Verificar la concordancia entre la información de la ejecución presupuestariacorrespondiente al Ejercicio 1998 procesada por el S.A.F., según los registros delOrganismo (CONPRE), y la contenida en los registros del S.I.D.I.F. en la ContaduríaGeneral de la Nación, la que se remite para su validación, conforme lo dispuestoen el artículo 7° de la Resolución N° 544/98 de la Secretaría de Hacienda.

Informar sobre el cumplimiento de la normativa vigente y razonabilidad de lainformación contenida en la Cuenta de Inversión y Estados Contables delENARGAS, para el ejercicio comprendido entre el 01/01 y el 31/12/98.

Determinar el estado de avance del Organismo en la búsqueda de solucionesal problema del Año 2000, de acuerdo con las pautas establecidas en laCircular N° 01/99 de la SIGEN.

Informar acerca de las tareas de control desarrolladas con motivo del cierrepreliminar de cuentas al 30/09/99, así como del cumplimiento de lo estable-cido por Disposición Nº 41/99-CGN, por la cual se aprobaron los modelos yprocedimientos para la confección de los Cuadros y Estados Contables a serpresentados por el Organismo.

Verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto Nº1180/94, respecto al pago de haberes al personal a través del depósito encuentas bancarias.

Informar acerca del cumplimiento, por parte del ENARGAS, de las disposicio-nes contenidas en el Decreto Nº 290/95, y su modificatorio Nº 01/98, en loreferente a las reducciones salariales impuestas para las autoridades superio-res de los Organismos Descentralizados, quienes de acuerdo a dicha normativase encuentran alcanzados por el artículo 4º del Decreto Nº 1085/96.

Informe UAI Tema Objeto de Auditoría

Cuadro II - 8 | Informes de la Unidad de Auditoría Interna (UAI) - 1999

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Informe de Ejecución PlanSupervisión N° 25/99 Anual 1998

Informe de Ejecución PlanSupervisión N° 26/99 Anual 1999

Informe de Primer SemestreSupervisión N° 27/99 Crisis del

Año 2000

Evaluar el grado de cumplimiento, correspondiente al año 1998, delPlan Anual de Trabajo de la Unidad de Auditoría Interna del ENARGAS.

Evaluar el grado de cumplimiento, correspondiente al primer semestrede 1999, del Plan Anual de Trabajo de la Unidad de Auditoría Interna delENARGAS.

Analizar las tareas de control encaradas por el ENARGAS, respecto de lasacciones desarrolladas por las empresas licenciatarias de transporte ydistribución de gas natural, para enfrentar la problemática de la deno-minada crisis del año 2000, a los efectos de lograr una adecuada prepa-ración para afrontar la transición al nuevo milenio.

Informe Nº 88 Auditoría sobreAtención Telefónica

de Usuarios

Informe N° 89 RelevamientoDel. Regional Centro

Informe Nº 90 Procedimientosde Control al 09/12/99Res. SIGEN Nº 191/99

Informe Nº 91 Valuación Técnicade Inmuebles

Informe N° 92 EjecuciónPresupuestaria Período01/01/99 al 30/09/99

Verificar el procedimiento de Atención Telefónica de Usuarios a través de llama-dos entrantes a la línea gratuita 0-800-3334444, estimando el tiempo prome-dio de respuesta de los llamados realizados desde la Auditoría Interna.

Efectuar un relevamiento integral de la Delegación Regional Centro (DRC),evaluando su funcionamiento administrativo y operacional, como así tambiénsu interrelación con la Gerencia de Regiones (GR) y demás Gerencias del Ente.

Informar acerca de las tareas de control desarrolladas en cumplimiento de loestablecido por la Resolución Nº 191/99-SGN, por la cual se dispuso que lasautoridades superiores de las Jurisdicciones y Entidades dependientes del PoderEjecutivo Nacional implementaran las medidas necesarias para llevar a cabo, eldía 09/12/99, arqueos de fondos y valores, corte de documentación y de libros,y todo otro procedimiento tendiente a determinar los saldos de fondos, valores ycréditos presupuestarios a esa fecha.

Informar acerca del cumplimiento de las tareas previstas en la Decisión Admi-nistrativa Nº 56/99, de fecha 09 de marzo, mediante la cual se establecenprocedimientos para la determinación de la valuación de la totalidad de losinmuebles de dominio privado pertenecientes al Organismo, como así tambiénevaluar los procedimientos internos implementados por la Gerencia de Admi-nistración y Sistemas para llevar a cabo el nuevo sistema de valuación.

Analizar la ejecución del presupuesto de gastos del ENARGAS, desde el 01 deenero al 30 de setiembre del ejercicio 1999, así como la ejecución de las metasfísicas programadas para dicho período.

Informe UAI Tema Objeto de Auditoría

Cuadro II - 8 | Informes de la Unidad de Auditoría Interna (UAI) - 1999 /Continuación /

Informe SIGEN Tema Objeto de Auditoría

Cuadro II - 9 | Auditorías realizadas por la SIGEN al ENARGAS - 1999

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Cuadro II - 10 | Auditorías realizadas por la AGN al ENARGAS - 1999

R e s o l u c i ó n F e c h a Tema Objeto de AuditoríaAGN Nº de Entrada

N° 102/99 31/08/99 Relevamiento del Circuitodel Sector Reclamos y del Ré-gimen Sancionatorio (Perío-do marzo-diciembre 1997)

Verificar si el ENARGAS ha instrumentado un sistemade control eficiente y eficaz de los reclamos que efectúael usuario, como así también constatar el funciona-miento del manual de procedimientos administrativosque regula la tramitación interna de los mismos.

Anualmente debe formular el presupuesto de gastos

y cálculo de recursos que se eleva a aprobación del

PODER EJECUTIVO NACIONAL para su inclusión

en el Proyecto de Ley Nacional de Presupuesto del

ejercicio correspondiente.

Los recursos del ENARGAS se forman, fun-

damentalmente, con los ingresos provenientes de

la Tasa de Fiscalización y Control prevista en el

Art. 63 del citado texto legal. Así, durante el año

1999, se emitió la Resolución Nº 1267 del 14/10/99,

mediante la cual se estableció el monto de la Tasa,

mientras que por las Resoluciones Nº 889/98,

Nº 1011/99 y Nº 1155/99 se establecieron los anticipos

a abonarse.

PRESUPUESTO 1999

De acuerdo a lo señalado precedentemente, el ENARGAS

Trabajo en grupo

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Cuadro II - 11 | Resumen del Presupuesto Ejecutado (Devengado en Pesos) - 1999 -

CONCEPTO MONTO

Gastos en Personal 8.330.451,66

Personal Permanente 7.813.130,41Asignaciones Familiares 1.760,00Asistencia Social al Personal 472.023,66Beneficios y Compensaciones 43.537,59

Bienes de Consumo 299.101,37

Productos Alimenticios 49.497,55Textiles y Vestuarios 2.056,60Productos de Papel, Cartón e Impresos 160.980,04Productos de Cuero y Caucho 97,70Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes 34.194,98Productos Metálicos 2.873,65Otros Bienes de Consumo 49.400,85

Servicios no Personales 5.558.857,75

Servicios Básicos 582.158,28Alquileres y Derechos 396.875,82Mantenimiento, Reparación y Limpieza 362.863,35Servicios Técnicos y Profesionales 3.021.798,56Servicios Comerciales y Financieros 655.315,38Pasajes y Viáticos 287.198,01Impuestos, Derechos y Tasas 115.720,07Otros Servicios 136.928,28

Bienes de Uso 220.460,37

Maquinaria y Equipo 217.986,77Libros y revistas coleccionables 1.747,60Programas de computación 726,00

Transferencias 49.000,00

Para actividades científicas o académicas 4.000,00A Universidades Nacionales 49.000,00

Contribuciones Figurativas 444.131,00

Secretaría de Prensa y Difusión 444.131,00

Total Ejecutado Presupuesto 1999 14.902.002,15

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Presupuesto de Recursos

Tasa de Fiscalización y Control 22.000.000Otros Recursos 570.000

Total Presupuesto de Recursos 22.570.000

Presupuesto de Gastos

Gastos CorrientesGastos en Personal 9.427.775Bienes de Consumo 324.841Servicios No Personales 8.020.754Transferencias 95.000Gastos Figurativos 1.100.000

Gastos de CapitalBienes de Uso 331.000

Total Presupuesto de Gastos 19.299.370

Activos FinancierosIncremento de Disponibilidades 3.270.630

To ta l 22.570.000

elaboró su presupuesto de gastos y cálculo de recursos,

el que fue elevado al Poder Ejecutivo Nacional.

Mediante la Ley Nº 25.064 se aprobó el Presupuesto

para la Administración Pública, el que fuera distribuido

mediante Decisión Administrativa Nº 1/99,

contemplándose un monto total para el ENARGAS

de $ 22.573.000.

La Tasa de Fiscalización y Control para el período

fue fijada en $ 22.000.000.

El cuadro II-11 da cuenta de la ejecución de tal

presupuesto.

PRESUPUESTO 2000

El Congreso de la Nación aprobó mediante la Ley

Nº 25.237 para el año 2000, el Presupuesto de Gastos

y Recursos, que ha sido distribuido mediante Decisión

Administrativa Nº 1/00, por un monto de

$ 22.570.000, conforme el detalle obrante como

cuadro II-12.

ESTADOS CONTABLES

La Memoria y los Estados Contables correspondientes

al año 1999, pueden apreciarse en el Anexo I del

presente informe.

Cuadro II - 12 | Presupuesto Anual de Gastos y Recursos - 2000 - Aprobado por Decisión Administrativa Nº1/00

ACTIVIDADES DE REGULACIÓN

El tema que comprometió gran parte de los esfuerzos

del ENARGAS en materia de regulación durante el

año 1999 ha sido el establecimiento de los Indicadores

de Calidad de Servicio, cuyo análisis y proceso de

fijación se había iniciado en períodos anteriores.

Además de concluirse con esta tarea, se continuó

con el análisis de materias cuyas conclusiones se

darán seguramente en el próximo ejercicio. Tal es

el caso de los Lineamientos para la Asignación de

Capacidad de Transporte Firme.

Merece especial atención la tarea regulatoria

desarrollada en torno a la prevención de accidentes

por inhalación de monóxido de carbono, ya sea a

través del establecimiento de requisitos a cumplir

por los artefactos a instalarse, como el análisis de

eventuales revisiones periódicas de instalaciones.

Por otra parte, se continuó con las tareas regulatorias

que han guardado continuidad en el accionar del

Ente, fijación de tarifas, revisión y adecuación de

normas técnicas, establecimiento de precios de

referencia y de cuenca, etc.

Sobre todo ello versa la primera parte de este capítulo,

sin que el accionar del Ente se agote con la temática

que se enunciará a continuación, la que intenta

reflejar sólo los aspectos más destacados.

INDICADORES DE CALIDAD DE SERVICIO

Antecedentes

El sistema regulatorio vigente - de tarifas máximas

o "price cap" - establece que las tarifas quedan

fijas por el término de cinco años, por lo que las

Licenciatarias tienen fuertes incentivos para reducir

sus costos en aras de aumentar sus ganancias, ya

que éstas surgirán de la menor o mayor eficiencia

con que operen sus sistemas. Por ello, durante el

primer quinquenio, se optó por un control directo

de las Inversiones, a través de metas físicas y

monetarias, de cumplimiento obligatorio. Estas

Inversiones Obligatorias, consistieron en la

realización de obras que habrían de permitir poner

las instalaciones de las Licenciatarias en línea con

lo exigido por las reglas del arte y los estándares

internacionales en la materia.

Para el segundo quinquenio, en cambio, se prefirió

un control indirecto de las inversiones pero directo

sobre el resultado en calidad de servicio al usuario,

a través del establecimiento de Indicadores de

Calidad que fijaran parámetros mínimos a cumplir.

De esta forma se evitarán acciones de las

Licenciatarias que persigan incentivar la reducción

de costos, en detrimento de la calidad del servicio

al usuario.

C a p í t u l o IIIACTIVIDADES DEL ENARGAS

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Obje t ivos

Los Indicadores de Calidad de Servicio son un

conjunto de índices que reflejan el nivel de calidad

del servicio público de gas, prestado por las

Licenciatarias de Distribución y Transporte, verificando

en forma permanente la realización de la correcta

operación y mantenimiento de las instalaciones,

la introducción de mejoras tecnológicas y el

desempeño de una gestión comercial adecuada a

los intereses de los usuarios.

Así, podemos sintetizar los objetivos de los indicadores

como los siguientes:

n Evaluar la gestión de las empresas en forma par-

ticular y en comparación de unas con otras. Esto

conlleva una suerte de �competencia por

comparación�. La herramienta que usa el regulador

está dada por la elaboración de un �ranking� de

cumplimiento de los índices establecidos, que permite

determinar el nivel de calidad con que cada empresa

presta el servicio en relación con las otras.

n Lograr el conocimiento del usuario sobre la calidad

de servicio de las empresas, lo que no sólo fomenta

la calidad, sino que redunda en una medida que

privilegia la transparencia. Y esto es especialmente

importante en los que se han dado en llamar

�índices de transparencia de mercado�, por los

cuales el usuario puede conocer vía Internet, de

la existencia de concursos abiertos de capacidad,

propuestas de reventa, eventos extraordinarios

que se produzcan en el sistema, datos sobre el

despacho diario, restricciones en cada Licenciataria

a los servicios interrumpibles y última tarifa que

sufre el corte, etc.

n Necesidad de monitorear el esfuerzo realizado por

las empresas para lograr una correcta prestación

del servicio en cuanto a seguridad y calidad. En

este punto, debemos recordar que si bien no es

dificultoso verificar si el servicio prestado por

una Licenciataria es seguro y continuo, pues

estas obligaciones se demuestran particularmente

con el cumplimiento de las normas técnicas

vigentes; no es tan sencillo establecer si la

prestación del servicio se realiza en forma

prudente, diligente y eficiente, es decir si se

brinda un servicio de calidad.

Resolución ENARGAS Nº891/98

Sobre esta base, se dictó la Resolución ENARGAS

Nº891/98, que aprobó, en forma provisoria y con

vigencia a partir del 1/1/99, el �Marco de Referencia

del Sistema de Control por Indicadores de Calidad�

aplicable a las Licenciatarias de Distribución y

Transporte de gas.

Se estableció así, que el modelo de Indicadores sería

de una sola dirección, es decir, que no prevé

recompensas, y que el sistema estaría basado en la

no discriminación, atento a que todos los usuarios

de gas tienen derecho a recibir el mismo nivel básico

de calidad de servicio.

La Resolución ENARGAS 891/98 puso especial énfasis

en la necesidad de fijar un nuevo régimen de con-

trol que revelara el grado de cumplimiento de las

normas de seguridad, el nivel de mantenimiento

de las instalaciones, la protección ambiental, la

satisfacción del cliente y, por otra parte, que hiciera

hincapié en la publicación de información tendiente

a incentivar la competencia y la transparencia en

el mercado.

Dicha resolución fijó un período de instrumentación,

desde la fecha de puesta en vigencia del sistema

hasta el 30/6/99, a fin de perfeccionar el sistema y

de generar, homogeneizar y optimizar el registro

de medición e información.

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Audiencia pública

Con fecha 2 de junio de 1999 se celebró una Audiencia

Pública que tuvo por objeto tratar el tema en cuestión,

de forma tal de contar con las opiniones de todos

los sectores interesados antes de dictar el acto

definitivo. Participaron de esta Audiencia, las

Licenciatarias de Transporte y Distribución, las

Asociaciones de Usuarios, Autoridades Públicas y

el público en general, como resultado de una amplia

convocatoria efectuada por el Ente.

Resolución ENARGAS Nº1192/99

Como conclusión del proceso llevado a cabo, y del

análisis de cada uno de los Indicadores, se decidió

que resultaba necesario efectuar diversas

modificaciones en los Indicadores aprobados

provisoriamente por la Resolución ENARGAS

Nº 891/98, a fin de optimizar el sistema de control

a implementarse. Ello, dio lugar al dictado de la

Resolución ENARGAS Nº 1192/99, que estipuló que

los Indicadores deben reunir las siguientes

características:

n Ser representativos del comportamiento del sistema.

n Ser fáciles de entender y cuantificar.

n Ser imparciales.

n Los datos requeridos para su evaluación deben

ser: trazables, verificables, no alterables y posibles

de obtener por una fuente independiente.

n Ser auditables por terceras partes para determinar

su certeza e imparcialidad.

n Estar relacionados con el mantenimiento de la

calidad de servicio al cliente.

n Permitir que los sujetos de la industria tomen

conocimiento de la información relevante acerca

del sistema.

La Resolución ENARGAS Nº 1192/99, fijó las bases

metodológicas del Sistema de Control por Indicadores

de Calidad del Servicio y estableció:

a) los objetivos a ser cumplimentados y los

antecedentes en que se basó la propuesta;

b) la fijación de los plazos en que comenzaría la

vigencia de los Indicadores;

c) las metodologías de control a implementar;

d) las penalizaciones y

e) la modalidad de publicación.

Se estipuló que los Indicadores abarcarían aspectos

técnicos y comerciales acordes con niveles

internacionales que reflejen, globalmente, la calidad

de la prestación brindada al usuario. De allí que se

los ha clasificado como Indicadores de Calidad del

Servicio Comercial e Indicadores de Calidad del

Servicio Técnico cuyas características se describen

a continuación.

Indicadores de calidad del servicio comercial

En lo que hace a la gestión comercial, los indicadores

comprenden todos aquellos aspectos en que la

distribuidora interactúa con el cliente (demoras,

relación comercial, servicios, atención, prestaciones

y la eficiencia con que son resueltos los reclamos y

consultas que se les plantean) y tienden a que todas

las empresas brinden a todos los usuarios un mismo

nivel básico de calidad de servicio.

Los indicadores comerciales son reseñados con mayor

detalle en el Capítulo IV, dedicado a los usuarios.

Indicadores de Calidad del Servicio Técnico

En cuanto a los indicadores técnicos, tanto de trans-

porte como de distribución, podemos agruparlos en

tres clases:

n Indicadores de Transparencia de mercado, a los

que aludíamos al referirnos a la publicación vía

internet de información relevante para los sujetos

de la industria;

n Indicadores de Protección Ambiental, tales como

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los que establecen límites máximos a la emisión

de gases contaminantes y de ruidos en plantas

compresoras y reguladoras. En este punto, el

ENARGAS creyó necesario establecer un criterio

uniforme, acerca de lo que debe entenderse por

emisiones contaminantes en los sistemas de

transporte y tender, a través de la fijación de

estos parámetros, al uso de nuevas tecnologías

que minimicen el impacto ambiental de la actividad.

Así, todos aquellos sujetos que prestaren los servicios

de transporte o de distribución, bajo cualquier

título legal, deberán dar cumplimiento a los valores

máximos de emisión de gases contaminantes para

las nuevas instalaciones, previstos en la Resolución

ENARGAS Nº1192/99.

n Indicadores de Operación y Mantenimiento, que

permiten evaluar, entre otros aspectos: la integridad

de las cañerías, los niveles de protección catódica,

la diligencia en la atención de emergencias, en-

tre otros.

Los indicadores técnicos se reseñan en los Cuadros

III-1 y III-2.

Incumplimiento de los Indicadores

Como vemos, cada uno de los aspectos relevantes

de la actividad de la Licenciataria ha sido objeto de

este sistema de control, el que prevé la aplicación

de sanciones para aquellos casos en que se produzcan

desvíos respecto de los valores de referencia previstos

para cada indicador. Los Indicadores de Calidad

del Servicio son de carácter obligatorio; la evaluación

y, de corresponder, la penalización de cada índice

se efectuará por separado de forma de no permitir

la compensación entre los diferentes objetivos y

así lograr un mejor control de los desvíos.

En el caso de determinarse que existen incum-

plimientos, y respetando las reglas del debido

proceso, se aplicarán, de corresponder, las sanciones

previstas en el Capítulo X de las Reglas Básicas

de la Licencia.

El Ente puso en vigencia la Resolución ENARGAS

Nº1192/99, con excepción de algunos de los

Indicadores de "Transparencia de Mercado" y "Gas

no contabilizado" ya que éstos requirieron, para su

determinación, un análisis más exhaustivo.

Es dable señalar que, tanto la introducción de nuevos

Indicadores de Calidad de Servicio como la reevaluación

de los existentes se harán en oportunidad de cada

Revisión Quinquenal Tarifaria.

Índice Global - Orden de méritos

Se han previsto dos �Órdenes de méritos� (o rankings)

de las Licenciatarias, donde se visualizan las

posiciones relativas de cada una de las empresas

en lo que respecta a su Calidad del Servicio Comercial

y Calidad del Servicio Técnico respectivamente, de

forma tal de fomentar la competencia por comparación.

A fin de que se tome conocimiento de la información

relevante acerca de la calidad del servicio prestado,

se realizará una publicación anual donde se

difundirán, los mencionados ordenes de mérito. Estos

datos se difundirán a través de Internet, de las

publicaciones propias del organismo y de los medios

especializados de la industria.

TARIFAS

El artículo 37 de la Ley Nº 24.076 establece que la

tarifa del gas a los consumidores será el resultado

de la suma del precio del gas en el punto de ingreso

al sistema de transporte, la tarifa de transporte y

la tarifa de distribución.

A su vez, las Licencias otorgadas para la prestación

del servicio, establecen las diferentes clases de ajustes

tarifarios, con fundamento en las disposiciones del

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Protección Catódica

Fugas por Kilómetro

Tiempo Promedio de Reparación deFugas Grado 2

Capacidad de Reserva en PlantasReguladoras para Sistemas Aislados

Capacidad de Reserva en PlantasReguladoras para Sistemas Ligados

Tiempo de Respuesta ante Emergencias

Interrupción del Suministro

Concepto y ObjetivoControl de la corrosión de redes y gasoductos mediante la aplicación delos criterios normativos, verificados a través de una metodología predeter-minada.El Indice de Protección resulta de la sumatoria del indice de medicionesde potencial más la consideración de las mejoras, que contribuyan aasegurar la mejor protección de los sistemas.

Valor de referenciaAnualmente, se deberá verificar que el Indice de Protección sea igual a 1para considerar que el sistema está protegido al 100%.

Concepto y ObjetivoDeterminación de la cantidad de pérdidas detectadas por denuncias (decualquier grado), que se produzcan en la cañería principal y servicios delsistema.

Valor de referenciaAnualmente, se deberá verficar que los valores de fugas por kilómetro,deberán ser menores a los obtenidos al año que se toma como base, 1997.

Concepto y ObjetivoEvaluar anualmente la celeridad con que el prestador realiza la repara-ción de fugas grado 2, en procura de limitar su permanencia en cadasistema. La normativa vigente fija 12 meses.

Concepto y ObjetivoDeterminar la cantidad de estaciones de regulación que no posean ramalde reserva. Una planta de regulación tendrá capacidad de reserva cuandoprescindiendo del mayor de sus ramales, el ramal de reserva pueda suplira éste y la planta reguladora pueda cumplir con el caudal requeridomáximo.

Valor de referenciaEl porcentaje de plantas que posean ramal de reserva respecto del númerototal de plantas reguladoras será de un 90 % para el año 1999. Esteporcentaje se incrementará en un 5 % por año hasta alcanzar un valordel 100 %.

Concepto y ObjetivoDeterminar la cantidad de estaciones de regulación que no posean ramalde reserva cuya capacidad garantice el suministro ante la salida de servi-cio de un ramal activo en sistemas de distribución ligados.

Valor de referenciaEl porcentaje de plantas que posean ramal de reserva de acuerdo alcriterio adoptado de capacidad de reserva mínima para sistemas ligadosserá de un 90 % para el año 1999. Este porcentaje se incrementará en un5 % por año hasta alcanzar un valor del 100 %.

Concepto y ObjetivoControlar el tiempo transcurrido en una situación de emergencia, entrela denuncia, y el arribo al lugar del personal responsable de la Licenciataria.

Valor de referenciaEl tiempo máximo de respuesta preestablecido es de 60 minutos, el quedeberá ser cumplimentado en el 90 % de las intervenciones por emergen-cias para el año 1.999, 91% para el 2000, 93 % para el 2.001 y 95 % parael año 2.002.

Concepto y ObjetivoDeterminar el tiempo en minutos por semestre, con que son afectados losusuarios ininterrumpibles por la ocurrencia de cortes del suministro, so-bre el total de usuarios de la distribuidora.

INDICADORES DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO

Cuadro III - 1 | Calidad del Servicio Técnico de Distribución

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Control de la Emisiónde Gases Contaminantes

Ruidos en Estaciones Reguladoras

Ruidos en Plantas Compresoras

Difusión de Olor en Plantas deOdo r i zac ión

Concepto y ObjetivoEvaluación de la concentración y de los volúmenes emitidos de óxido denitrógeno y monóxido de carbono en el escape de fuentes estacionarias,instaladas en las plantas compresoras.

Valor de referenciaAnualmente, la Licenciataria deberá efectuar una medición de rutina yuna de referencia en el 100% de los casos, con una metodología deter-minada

Concepto y ObjetivoControl de la emisión sonora en plantas reguladoras teniendo en cuentasu cercanía a zonas residenciales o asentamientos poblacionales.

Valor de referenciaAnualmente, se deberá verificar que en el 100% de los casos no seregistre afectación, midiéndose el ruido en la vivienda más cercana.

Concepto y ObjetivoControl de la emisión sonora en plantas compresoras teniendo en cuen-ta las instalaciones de uso común para el personal de la planta (p.ej. salade control, comedor, etc.).

Valor de referenciaAnualmente, se deberá registrar un valor menor a 60 dB en el 100% delos casos.

Concepto y ObjetivoControlar la difusión de Olor por pérdidas de agente odorante en lasproximidades de plantas de odorización, para evitar molestias ambienta-les y el enmascaramiento de una pérdida de gas, por presencia de unaatmósfera enrarecida con vapores de odorante.

Valor de referenciaAnualmente se deberá verificar que en el 100% de los casos no seregistre presencia de olor del agente odorizante, fuera de un radio esta-blecido como de seguridad de la planta.

INDICADORES DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

Cuadro III - 1 | Calidad del Servicio Técnico de Distribución / Continuación /

Capítulo IX del citado texto legal. Tales ajustes son:

a) Periódicos y de tratamiento preestablecido,

que son aquellos relativos a variaciones en:

1) los indicadores de mercado internacional;

2) en el precio del gas comprado y 3) en el

costo del transporte.

b) Periódicos y con tratamiento a preestablecer por

la Autoridad Regulatoria, tal como la revisión

quinquenal de tarifas.

c) No recurrentes, tales como los basados en

circunstancias objetivas y justificadas o en cambios

en los impuestos.

Como parte de la tarea regulatoria habitual del

ENARGAS se encuentra la emisión periódica de los

cuadros tarifarios, en oportunidad de cada ajuste,

momento en el cual se pondera, con razonable

discrecionalidad, la adecuación de los cuadros

presentados para su aprobación a los presupuestos

normativos.

Ajustes tarifarios autorizados por

variaciones en PPI

El Artículo 41 de la Ley Nº24.076 establece que en

el curso de la habilitación las tarifas se ajustarán

con una metodología elaborada en base a indicadores

de mercado internacional, que reflejen los cambios

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Transparencia del Mercado

Protección Catódica

Estado de los Gasoductos(Integridad Estructural)

Confiabilidad del Sistemade Compresión

Disponibilidad del Sistemade Compresión

Capacidad de Reserva en PlantasReguladoras para Sistemas Aislados

Concepto y ObjetivoPublicación de los eventos críticos del sistema de transporte, de lasmanifestaciones de Interés o Concursos de Capacidad y sus adjudicacio-nes, de las Ofertas de Reventa de Capacidad y sus resultados y la publi-cación diaria del despacho operativo de gas del día anterior.

Valor de referenciaLa información en tiempo y forma deberá verificarse en un 90% del totalde los días remanentes del año para 1999, 92 % para el año 2000 y 95%para el año 2001 en adelante.

Concepto y ObjetivoControl de la corrosión de redes y gasoductos mediante la aplicación delos criterios normativos, verificados a través de una metodología prede-terminada.El Indice de Protección resulta de la sumatoria del indice de medicionesde potencial más la consideración de las mejoras, las que podrán consis-tir en, pasaje de scraper instumentado, testigos de corrosión, relevamientoscontinuos, telemedición y telecontrol, entre otras.

Valor de ReferenciaAnualmente, se deberá verificar que el Indice de Protección sea igual a 1para considerar que el sistema está protegido al 100%.

Concepto y ObjetivoControl del estado de los gasoductos de transmisión desde el punto devista del espesor de la pared de las cañerías, para la seguridad en generaly de las instalaciones en particular.

Valor de ReferenciaAnualmente, se deberá constatar que no existan defectos con un factorestimado de reparación igual o mayor a uno, en el 100% de los casos.

Concepto y ObjetivoFiscalizar anualmente el tiempo fuera de servicio por avería de los equi-pos de compresión.

Valor de ReferenciaEl valor mínimo de referencia que deberá cumplir el parque de compresiónde gas natural (sean máquinas turbo o motocompresoras) será del 96 % enconjunto.

Concepto y ObjetivoFiscalizar anualmente el tiempo fuera de servicio por mantenimientomás avería de los equipos de compresión.

Valor de ReferenciaEl valor mínimo de referencia del parque de compresión de gas natural(sean máquinas turbo o motocompresoras) será del 88 % para el año1999 y del 90% de allí en más.

Concepto y ObjetivoControlar la cantidad de estaciones de regulación que no posean ramalde reserva. Una planta de regulación tendrá capacidad de reserva cuandoprescindiendo del mayor de sus ramales, el ramal de reserva pueda suplira éste y la planta reguladora pueda cumplir con el caudal requeridomáximo.

Valor de ReferenciaEl porcentaje de plantas que posean ramal de reserva respecto del númerototal de plantas reguladoras será de un 90 % para el año 1999. Esteporcentaje se irá incrementando en un 5 % por año hasta alcanzar unvalor del 100 %.

INDICADOR DE TRANSPARENCIA DEL MERCADO

INDICADORES DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO

Cuadro III - 2 | Calidad del Servicio Técnico de Transmisión

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Concepto y ObjetivoFiscalizar el tiempo máximo en que la Licenciataria deberá restablecer elservicio interrumpido a raíz del inconveniente acaecido, teniendo encuenta el lapso transcurrido desde el momento en que se produce elhecho y hasta el normal abastecimiento de la zona afectada (TRS) y eltiempo transcurrido entre que la Licenciataria toma conocimiento delinconveniente y el arribo al lugar del personal responsable de laLicenciataria (TRI).

Valor de ReferenciaEl TRI será inferior a 2 (dos) horas en el 100% de los casos y el TRS seráde 36 hs, para terreno transitable, 3 días para terreno intransitable porrazones meteorológicas y 6 días en caso de laguna, bañado, ríos y terrenomontañoso.

Concepto y ObjetivoEvaluación de la concentración y de los volúmenes emitidos de óxido denitrógeno y monóxido de carbono en el escape de fuentes estacionarias,como equipos turbo o motocompresores y motogeneradores instalados enlas plantas compresoras.

Valor de ReferenciaAnualmente, la Licenciataria deberá efectuar una medición de rutina yuna de referencia en el 100% de los casos.

Concepto y ObjetivoControl de la emisión sonora en plantas reguladoras teniendo en cuentasu cercanía a zonas residenciales o asentamientos poblacionales.

Valor de ReferenciaAnualmente, se deberá registrar un valor de 45dB nocturnos y 55 dBdiurnos en el 100% de los casos.

Concepto y ObjetivoControl de la emisión sonora en plantas compresoras teniendo en cuen-ta las instalaciones de uso común para el personal de la planta (p.ej. salade control, comedor, etc.).

Valor de ReferenciaAnualmente, se deberá registrar un valor menor a 60 dB en el 100% delos casos.

Cuadro III - 2 | Calidad del Servicio Técnico de Transmisión / Continuación /

Tiempo de Respuestaante Emergencias

Control de la Emisiónde Gases Contaminantes

Ruidos en Estaciones Reguladoras

Ruidos en Plantas Compresoras

INDICADORES DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO (continuación)

INDICADORES DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

de valor de bienes y servicios representativos de la

actividad de los prestadores. En tal sentido, las

Licencias de Transporte y Distribución previeron

tal metodología a través de la utilización del Pro-

ducer Price Index, Industrial Commodities (PPI),

confeccionado por el Bureau of Labor de EEUU.

Estos reajustes se realizan sobre los componentes

de la tarifa que corresponden a la tarifa de transporte

y margen de distribución y no sobre el costo del

gas comprado por el prestatario del servicio de

distribución.

Durante el año 1999 se emitieron las Resoluciones

Nº899 a 912, correspondientes a la puesta en vigencia

del ajuste correspondiente al primer semestre, a partir

del 1º de enero de 1999, con un valor de 0,9936,

que implicó una rebaja equivalente al 0,64% de los

componentes de transporte y distribución, y las

Resoluciones Nº1160 a 1172 para el ajuste del segundo

semestre, con vigencia a partir del 1º de julio de

1999, y con un valor de 1,0024, que redundó en un

incremento del 0,24% de tales componentes.

Los efectos de los ajustes por PPI en las tarifas que

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Transportadora de Gas del Norte S.A. Obras de Confiabilidad y Seguridad relacionadas con la DensidadPob lac iona l� Reemplazo Piquirenda (Provincia de Salta)� Reemplazo Tranquitas (Provincia de Salta)� Reemplazo Quirós (Provincia de Catamarca)� Reemplazo en Rosario de la Frontera (Provincia de Salta)� Reemplazo Capilla del Señor (Provincia de Buenos.Aires)� Reemplazo en Yacuy (Provincia de Jujuy)� Reemplazo en Cornejo (Provincia de Salta)� Reemplazo en Puma Pozo (Provincia de Tucumán)

Transportadora de Gas del Sur S.A. Obras en cañerías� Recomposición de tapada (Gasoducto San Martín).� Recomposición de tapada.� Acondicionamiento del Gasoducto Rodríguez � Pacheco e instalación de trampas.

Obras de Confiabilidad en Compresoras� Reemplazo de turbo compresores en planta compresora Manantiales Behr

(Gasoducto San Martín)

Obras en comunicaciones� Comunicaciones (Gasoducto San Martín)� Comunicaciones (Gasoducto del Oeste)

abonan los usuarios finales y la evolución de éstas

en 1999, se tratan en detalle en el Capítulo V del

presente informe.

Ajustes por aplicación del factor de

inversión (k)

Entre los �Ajustes periódicos y de tratamiento a

preestablecer�, se encuentra el previsto en oportunidad

de la Revisión Quinquenal de Tarifas. La primera de

estas revisiones culminó en el año 1997.

Como resultado del proceso de revisión tarifaria se

establecieron los factores de eficiencia (x) y de

inversión (k). El primero de ellos implicó una baja

en las tarifas y se aplicó en una única oportunidad

al emitirse el primer cuadro tarifario a posteriori

del proceso de revisión.

Cabe recordar que el factor K es un valor porcentual

que representa el aumento de tarifas fundado en

proyectos de inversión que requieren un aporte, ya

que a las tarifas vigentes no se hace viable el proyecto.

En cuanto a la oportunidad de efectivizarse el traslado,

para el factor de inversión se ha previsto que el

ajuste tarifario se produzca una vez que los proyectos

presentados por las Licenciatarias y autorizados por

ENARGAS, comienzan a prestar el servicio a los

usuarios (�cláusula gatillo�).

En consecuencia, si no se termina la obra y/o la

misma no cumple con el objetivo previsto no se

produce el pase a tarifas de la inversión realizada.

Durante el año 1999, se analizaron los proyectos,

y su eventual consideración tarifaria, en oportunidad

de cada ajuste semestral, emitiéndose, las Resoluciones

consignadas en el apartado anterior.

Los Cuadros III-3 y III-4 dan cuenta de los proyectos

cuya concreción ha dado lugar al pertinente traslado

a tarifas.

Cuadro III - 3 | Obras de Inversión realizadas durante 1999 - Transportistas -

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Cuadro III - 4 | Obras de Inversión realizadas durante 1999 - Distribuidoras -

L ICENCIATARIA O B R A S

Camuzzi Gas del Sur S.A. � Alimentación a Río Gallegos.� Sistema Cordillerano.

Metrogas S.A. � Trabajadores Autónomos Ezeiza GP/IP 151� Universidad Nacional E. Echeverría GP/IP 291� Monte Grande I-II E. Echeverría GP/IP 230� Balneario de Quilmes GP/IP 008� Villa Albertina Lomas de Zamora GP/IP 288� Santa Marta Ezeiza GP/IP 336� Guernica Pres. Peron EP/RG 24731� Villa Brown-San Francisco F. Varela GP/IP 161� La Colorada-Las Alicias F. Varela GP/IP 019� Ing. Allan F. Varela GP/IP 387� Ampliación Guernica 1º Etapa GP/IP 259� Ampliación Guernica 2º Etapa GP/IP 259 (2)� Barrio Lindo GP/IP 253� Bosques I EP/RG 80679� Bº 106 Viviendas GP/IP 152� Rayo de Sol GP/IP 11� Ezeiza II GP/IP 231� Frente Pepsi GP/IP 18 A� Guernica Sur GP/IP 20� Villa Numancia GP/IP 160� La Carolina II GP/IP 18 A� Cootepa GP/IP 376� Villa Independencia 2º Etapa GP/IP 272� Obras menores primer semestre de 1999 (total: 41 obras)

Gas Natural Ban S.A. � Provisión Gas Barrio Los Cachorros (Galápagos)� Provisión Gas Barrio El Faro� Provisión Gas Barrio Trujui� Provisión Gas Barrio M. Alberti� Provisión Gas Barrio Las Campanas� Provisión Gas Localidad Otamendi� Provisión Gas Barrio Rivadavia� Provisión Gas Barrio Acc. B. Horizonte� Provisión Gas Barrio Gowland� Provisión Gas Barrio El Ceibo� Provisión Gas Villanueva, Dallera y San Felipe� Provisión Gas Barrio Montecarlo� Provisión Gas Barrio Ikelar� Provisión Gas Barrio Parque San Martín� Provisión Gas Barrios Amat y Cabot� Provisión Gas Barrios El Arco y La Bota� Provisión Gas Barrio a Lezica� Provisión Gas a Olivera� Provisión Gas Barrio Reconquista� Obras Complamentarias (Villa Ariza)� Obras Complamentarias (Hurlingham)� Provisión Gas al Barrio San José del Tala� Provisión Gas a Villa Rosa� Provisión Gas a la localidad de Zelaya� Provisión Gas al Barrio La Josefa� Provisión Gas al Barrio San Jacinto

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Cuadro III - 4 | Obras de Inversión realizadas durante 1999 - Distribuidoras - / Continuación /

L ICENCIATARIA O B R A S

Gas Natural Ban S.A. � Provisión Gas al Barrio Arco Iris( c o n t i n u a c i ó n ) � Provisión Gas al Barrio La Foresta

� Provisión Gas al Barrio Cementerio� Refuerzo de red media presión en Escobar� Refuerzo de red media presión en Zarate� Refuerzo alta presión Ituzaingo III� Ramal de alta presión y estación reductora de presión en Laferrere Este

Dis t r ibu idora � Incremento de capacidad de ramales de alta presiónde Gas Cuyana S.A. � Incremento Capacidad Gasoducto de 60 bar (Gto. paralelo Quintana - Mza. Norte)

� Incremento Capacidad P.R.Principal e Intermedia� Incremento de Capacidad de Plantas Reguladoras Finales (Trapiche - Mendoza)� Gasoducto y Red de Alimentación a Caucete - San Juan� Incremento capacidad gasoducto de 60 bar (Gto. paralelo La Dormida - Sta. Rosa)� Ramal de alimentación y Planta de Regulación de San Rafael.� Incremento Capacidad Plantas Reguladoras Finales (P.R.F. Maipú)

Dis t r ibu idora � Gasoducto Valle de Punilla. Tramo 2 (Cruz del Eje - La Cumbre)de Gas del Centro S.A. � Gasoducto Berrotarán y Valle de Calamuchita (Almafuerte - Villa Gral. Belgrano)

� Potenciamiento Ciudad de la Rioja� Sistema de 10 bar Ciudad de Villa María� Anillo 25 bar Ciudad Río Cuarto.� Ramal y E.R.P. en Fray M. Esquiú - Catamarca.� Potenciamiento Ciudad de Catamarca.� Potenciamiento E.R.P. en Barrio Poeta Lugones - Córdoba.� Anillo 25 bar � Ciudad de Río Cuarto� Loop Refuerzo 25 bar El Pantanillo (Catamarca)� Potenciamiento Ciudad de La Rioja� Potenciamiento de E.R.P. en Barrio Don Bosco - Córdoba� Gasoducto Valle de Punilla, Tramo 3. (La Cumbre-Cosquín-Bialet Masse-Tanti)� Gasoducto Berrotarán y Valle Calamuchita. (Oncativo � Río Tercero y bifurcación

Berrotarán -Alcira Gigena).

Litoral Gas S.A. � Gasoducto Regional Sur: a) Refuerzo gasoducto, b) Carmen - Teodelina� Gasoducto Regional Centro� Refuerzo Gasoducto Regional Centro-2°Etapa� Refuerzo Gasoducto Regional Sur 2°Etapa� Refuerzo Gasoducto Funes� Modificación Estación Reguladora de Presión Funes� Refuerzo Gasoducto Pergamino� Gasoducto Regional Oeste � Las Parejas � El Trébol 1° Etapa� Gasoducto Regional Oeste � El Trébol � María Juana 2° Etapa

Ajustes tarifarios por variaciones en el

precio del gas

La reglamentación del Artículo 37 de la Ley Nº24.076

establece en su inciso 5) que las variaciones en el

precio de adquisición del gas serán trasladadas a

la tarifa final al usuario.

El punto 9.4.2.6 de las Reglas Básicas de la Licencia

de Distribución establece que el precio de compra

estimado deberá surgir del promedio ponderado de

los precios correspondientes a los contratos vigentes

en el período y del precio de compra estimado para

las adquisiciones proyectadas para éste que no estén

cubiertas por contratos, a lo que deberá adicionarse,

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con su signo, la diferencia unitaria a que se refiere

el punto 9.4.2.5 de la Licencia.

Tal como lo hiciera en años anteriores y para la

consideración del ajuste tarifario se convocó, tanto

para el período invernal como para el período estival,

a sendas audiencias públicas, a fin de que las

Asociaciones de Usuarios, Licenciatarias, Defensoría

del Pueblo, grandes usuarios y la comunidad en

general, tuvieran oportunidad de expresarse al

respecto, las que se llevaron a cabo los días 28 de

abril y 28 de setiembre.

Reseñando las resoluciones dictadas en esta mate-

ria durante el año 1999, cabe señalar:

Período invernal (cuadros tarifarios vigentes a partir

del 1/5/1999): Resoluciones ENARGAS Nº1032 a 1036

y Nº1038 a 1041(distribuidoras) y Nº1037 y Nº1042

a 1049 (subdistribuidoras).

Período estival (cuadros tarifarios vigentes a partir

del 1/10/1999): Resoluciones ENARGAS Nº 1287 a

1289, Nº1291 a 1294 y Nº1296 a 1297 (distribuidoras)

y Nº1295 y Nº1299 a 1305 (subdistribuidoras).

En lo atinente a lo resuelto por el Ente en materia

de traslado a tarifas finales de las modificaciones

del precio del gas, merece destacarse:

El 26 de marzo de 1999 el ENARGAS remitió una

nota a las distribuidoras de gas mediante la cual

se efectuaron diversas aclaraciones acerca del proceso

de negociación de sus contratos de compraventa

de gas natural. En tal oportunidad, se les requirió

la obtención de los menores precios de gas factible,

asegurando el suministro a mediano y largo plazo,

tal como lo establecen los Arts. 38 inc. d) y 24 de

la Ley Nº24.076, advirtiéndose que el ENARGAS no

convalidaría precios que contraríen las condiciones

operadas en mercados competitivos y que permitieran

vislumbrar ejercicio de poder de mercado del oferente.

Asimismo, se remitió al principal productor de gas

una comunicación regulatoria, con fecha 22 de abril

de 1999, mediante la cual se dejó constancia de las

graves consecuencias que podría tener un accionar

contractual indebido de su parte en la venta de su

producción de gas natural sobre las actividades

reguladas por el Ente y se destacó la competencia

del ENARGAS para observar los niveles de precios

y, de ser necesario, aplicar las limitaciones

correspondientes en ocasión del traslado del costo

del gas natural a las tarifas de los usuarios finales.

Por su parte, en oportunidad de la aprobación de

los cuadros tarifarios vigentes a partir del 1º de

mayo, se destacó la necesidad de que tal aprobación

fuera provisoria en orden a no convalidar cláusulas

ni precios que no respondieran a procesos

transparentes, abiertos y competitivos y que no

aseguraran el menor costo para los consumidores,

compatible con la seguridad del abastecimiento. Ello

así, hasta tanto el Ente reuniera los elementos

necesarios para su consideración definitiva.

Además, se dispuso que mientras las tarifas tuvieran

el carácter de provisoriedad antes enunciado, el

ENARGAS trasladaría a las Distribuidoras un precio

del gas vendido por YPF S.A. que acotara las

diferencias entre el precio resultante de la fórmula

anterior ajustada por PPI y el nuevo precio, de modo

que la ejecución provisoria de los contratos no

constituyera un mayor perjuicio para los usuarios

de la Licenciataria. Se tomó como referencia el precio

al que habían vendido otros productores en

condiciones similares.

Asimismo, en pos de una mayor transparencia del

mercado, se dispuso la publicación mensual en la

página web del ENARGAS de la información sobre

precios promedio de gas natural por cuenca,

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desagregada en mercado interno y de exportación.

En oportunidad del ajuste correspondiente al período

estival, se resolvió dar carácter definitivo a las tarifas

invernales (mayo-setiembre 1999), toda vez que,

como resultado del análisis realizado y de la Audiencia

Pública llevada a cabo, se arribó a la conclusión de

que las limitaciones establecidas debían adquirir

carácter definitivo. Sin embargo, en los casos de

Camuzzi Gas del Sur S.A., Camuzzi Gas Pampeana

S.A., Hidenesa S.A. y Cooperativa FEL Ltda., las

diferencias diarias acumuladas (para los dos primeras

en los meses de abril a agosto y para las restantes

de mayo a setiembre) resultaron provisorias, hasta

tanto se regularizara la documentación respaldatoria.

Cabe destacar que, en modo previo a la citada

Audiencia, el ENARGAS elaboró un documento de

avance respecto de la estructura del mercado de

oferta de gas natural. Asimismo, se llevaron a cabo

una serie de reuniones de trabajo con los productores,

las que versaron sobre tres tópicos: 1) la participación

de los distintos productores en el mercado del gas

natural; 2) las conductas plasmadas por éstos a

través de las cláusulas de los contratos celebrados

en el mercado interno y externo y 3) la evolución

de los precios del gas por cuenca.

Como resultado de tales reuniones, se comprobó

un cambio de actitud de YPF S.A., que se mostró

dispuesta a suministrar la información necesaria

para el análisis de la situación del mercado del gas

natural, a la vez que anunció, en oportunidad de la

Audiencia Pública, su decisión de desprenderse de

los contratos de comercialización de gas de terceros

en un lapso inferior al del efectivo vencimiento

contractual, rebajar los precios base de los contratos

en que esa operatoria continuara, comenzando con

un 3% para el período octubre 99-setiembre 2000,

así como eliminar todas las cláusulas observadas

por el ENARGAS como restrictivas de la competencia,

tanto en los contratos celebrados en el mercado

interno como en los contratos de exportación de

gas natural.

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En cuanto a los cuadros tarifarios para el período

estival, el ENARGAS consideró necesario aprobarlos

en forma provisoria, a fin de observar las conductas

seguidas por los productores de gas natural y a los

efectos de no generar situaciones que pudieran resultar

perjudiciales para los usuarios en general. Así, en

algunos casos en que, a juicio de la Autoridad

Regulatoria, las operaciones se habían apartado del

marco establecido, se tomó como referencia el precio

al que habían vendido otros productores en

condiciones similares.

Finalmente, en lo atinente a las tarifas corres-

pondientes al período estival de Distribuidora de

Gas del Centro S.A., y como resultado de las auditorías

de compra de gas efectuadas por la Autoridad

Regulatoria, se dispuso una deducción a la contabilidad

diaria del período abril 1998- agosto 1998 de $223.264,

toda vez que la proporción de los volúmenes de

compra de gas de la cuenca neuquina que la

Licenciataria incluyó en el cálculo de las diferencias

diarias acumuladas para el período abril-agosto 1998

excedió la proporción del transporte desde dicha

cuenca incluida en los cuadros tarifarios y la

proporción transportada desde la misma cuenca para

sus clientes con �by pass�.

Mayor información acerca de los aspectos tarifarios

puede ser consultada en el Capítulo V del presente

informe.

PRECIOS DE CUENCA Y DE REFERENCIA

A fin de otorgar incentivos a la realización de

operaciones en el Mercado de Corto Plazo de Gas

Natural, el Decreto Nº1020/95 creó un sistema de

estímulo alternativo y optativo para las distribuidoras

de gas.

Tal sistema prevé la determinación, para cada período

estacional, de un precio de referencia y de un precio

de cuenca y tiene como objetivo trasladar, sólo en

parte, al período estacional siguiente el efecto de

las compras de gas natural que se pacten en este

mercado a precios inferiores al de referencia o

superiores al de cuenca, otorgando un incentivo a

la compra de gas más barato por parte de las

distribuidoras. Es decir, quien realiza una gestión

de compra beneficiosa para el usuario final, recibe

un incentivo por ella, a la vez que se desalientan

las compras por encima del precio de cuenca.

Las operaciones en este mercado han tenido una

importancia creciente en el tiempo permitiendo

incrementar los volúmenes operados, lo cual ha

resultado beneficioso tanto para las distribuidoras

como para los usuarios.

Durante el año 1999, el ENARGAS emitió las

Resoluciones Nº1099 y 1308, en las que se fijaron

los precios de referencia y de cuenca para cada

período estacional, tal como se da cuenta en el

Cuadro III-5.

INCIDENCIA TARIFARIA DE LA MODIFICACIÓN DE LAS

CONTRIBUCIONES SOCIALES

El Art. 23 del Decreto Nº292/95 estableció que, para

acceder a los beneficios de la reducción de

contribuciones a cargo de los empleadores, las

empresas que brinden servicios públicos con precios

regulados debían ser autorizados por el Ente Regulador

correspondiente, debiendo presentar un estudio que

cuantifique la incidencia sobre la tarifa de la reducción

de los costos laborales. El objetivo consistía en que

tal reducción redundara en una completa

transferencia de beneficios a los usuarios y

consumidores.

Tal norma se mantuvo vigente con el dictado del

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Decreto Nº1520/98, que dispone otra disminución

de las contribuciones sociales de los empleadores.

Ahora bien, el objeto de estas normas ha sido el de

incentivar a los sectores productivos, sentando las

bases de una creciente competitividad económica

contribuyendo a la reducción de los costos que gravan

la producción.

En el marco de lo dispuesto en el Decreto Nº292/

95, el ENARGAS había autorizado a las Licenciatarias

y Subdistribuidores de gas, mediante las Resoluciones

ENARGAS Nº234, 235,242, 243, 244, 245, 247, 248,

249, 251, 265 y 1102 (esta última dictada durante

el ejercicio 1999), a trasladar a las tarifas de sus

usuarios industriales las reducciones derivadas de

la modificación de las contribuciones patronales,

las que mantuvieron su vigencia con el dictado del

Decreto Nº1520/98. En consecuencia, se dictó la

Resolución ENARGAS Nº1190/99, mediante la cual

se autorizó a incluir, del mismo modo, las reducciones

derivadas de la Ley Nº25.063 y el Decreto Nº1520/98,

antes mencionado.

IMPUESTOS

El punto 9.6.2. de las Reglas Básicas de la Licencia

de Distribución establece que las variaciones de costos

que se origen en cambios en las normas tributarias

(excepto en el impuesto a las ganancias o el impuesto

que lo reemplace o sustituya) serán trasladadas a

las tarifas de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo

41 de la Ley 24.076.

A los fines de la consideración de la actividad

desarrollada por el ENARGAS, en este punto, du-

rante el ejercicio 1999, cabe distinguir, según la

jurisdicción del tributo, a saber:

Nac iona l :

Las Licenciatarias del servicio de transporte y de

distribución (a excepción de GasNea S.A. y Gasnor

S.A.) solicitaron el traslado a tarifa de la incidencia

del Impuesto sobre los Intereses Pagados y el Costo

Financiero del Endeudamiento Empresario, que fue

rechazado, habiéndose resuelto, asimismo los recursos

incoados contra tales actos administrativos.

En tal ocasión, el ENARGAS entendió que los intereses

y el costo financiero de las empresas posibilitan

determinar una menor base imponible para el

Impuesto a las Ganancias, lo que ha generado desde

la Toma de Posesión una disminución en el pago

del mismo que oscila entre el 33% y el 35% sobre

dichos conceptos, implicando asimismo un fuerte

PRECIO DE CUENCA PRECIO DE REFERENCIA

C U E N C A Mayo '99 - Set. '99 ($/m3) Mayo '99 - Set. '99 ($/m3)

NEUQUINA 0,0489 0,0482AUSTRAL 0,0349 0,0340NOROESTE 0,0417 0,0415

Octubre ´99-Abril 2000 Octubre ´99-Abril 2000

NEUQUINA 0,0459 0,0449AUSTRAL 0,0347 0,0340NOROESTE 0,0392 0,0383

Cuadro III - 5 | Precios de Cuenca y Precios de Referencia - Aplicación Decreto 1020/95 -

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apalancamiento financiero sobre la rentabilidad de

su capital propio. Dicha disminución no ha sido

trasladada a los usuarios, y en consecuencia,

resultaba inequitativo que, al verse reducido tal

beneficio, se pretendiera su traslado a los mismos,

teniendo en cuenta que, tanto en lo que respecta a

los montos del endeudamiento, como a la modalidad

de su instrumentación y las tasas pactadas, han

resultado del exclusivo resorte decisorio de las

Licenciatarias.

Por otra parte, se consideró que, si se autorizara el

pretendido traslado del tributo en cuestión a la tarifa,

se generaría una situación diametralmente opuesta

a la pretendida por el Impuesto sobre los Intereses

Pagados y el Costo del Endeudamiento Empresario,

por cuanto incentivaría a las empresas licenciatarias

a financiarse a través de instrumentos de deuda

que paguen interés y no a través de acciones o

capital propio.

De lo expuesto, se concluyó que, a los fines regulatorios,

el Art. 1º del Título IV de la Ley Nº25.063 era equivalente

a una modificación del régimen vigente del Impuestos

a las Ganancias, por gravar un concepto que es de-

ducible de la base imponible de éste.

La asimilación técnica de ambos tributos fue

compartida en su oportunidad por la Subdirección

General de Legal y Técnica Impositiva dependiente

de la Dirección General Impositiva �Administración

Federal de Ingresos Públicos-.

Finalmente, el objetivo de política regulatoria que

se persigue con los traslados a tarifas de las

variaciones impositivas es el de neutralizar el impacto

motivado por decisiones exógenas a las Licenciatarias,

y la modificación en cuestión configura una excepción

al alcance de tal objetivo, toda vez que el costo del

financiamiento y, por ende, del Impuesto, depende

de una decisión de financiamiento propia a ser

adoptada por cada empresa.

Provinc ia l :

1. Gasnor S.A se presentó ante el ENARGAS alegando

un presunto cambio normativo, producido en el

ámbito de la Provincia de Jujuy, y que estaría

determinado por una modificación del criterio

utilizado por el Fisco Provincial en la liquidación

del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Cabe

destacar que Gasnor S.A. había tributado el referido

gravamen aplicando la alícuota del tributo sobre

la facturación total y que la Licenciataria se presentó

ante la sede administrativo-tributaria provincial,

requiriendo la devolución de las sumas abonadas

en exceso.

La pretensión de Gasnor S.A. fue rechazada tanto

por la Dirección de Rentas de Jujuy, como por

el Ministerio de Economía provincial. Analizada

la cuestión por el ENARGAS, se llegó a la

conclusión, de la que da cuenta la Resolución

ENARGAS Nº971/99, que Gasnor S.A. no sostuvo

ni demostró que los cambios impositivos

denunciados fueran el resultado de cambios en

las normas tributarias (sanción, modificación,

derogación o exención) producidos con

posterioridad a la toma de posesión, por lo que

se resolvió no hacer lugar a la pretensión.

2. Por su parte, Servicio Gas Junín S.A. solicitó

autorización para que los subdistribuidores de gas

por redes, que operan en la Provincia de Buenos

Aires, recuperen los mayores costos facturados

por las Distribuidoras en concepto de recupero

por cambio de base imponible del Impuesto sobre

los Ingresos Brutos, previsto en la Resolución

ENARGAS Nº544/97. Dado que los clientes de los

subdistribuidores pagaban una tarifa menor que

los conectados a las Distribuidoras, generando

una fuente de inequidad y que ello reducía el margen

de utilidad de los subdistribuidores, el ENARGAS

autorizó tal traslado de costos, mediante Resolución

ENARGAS Nº1158/99.

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Munic ipal :

1. Distribuidora de Gas Centro S.A. solicitó al

ENARGAS el traslado a tarifas (resuelto por

Resolución ENARGAS Nº929/99) de la contribución

de inspección, seguridad e higiene que incide sobre

la actividad comercial, industrial y de servicios

de la Municipalidad de Oncativo, Provincia de

Córdoba. Dado el retraso de 36 meses en la

presentación de la solicitud de traslado a tarifa,

por parte de la Licenciataria, y teniendo en cuenta

que tal actitud implicaría un importante perjuicio,

en especial, para los usuarios industriales y

comerciales, por cuanto se verían imposibilitados

de recuperar este mayor costo que no fue

considerado oportunamente, el ENARGAS resolvió

autorizar el traslado sólo a partir del mes de octubre

de 1998, mes en el cual se efectuó el pedido.

2. Distribuidora de Gas Cuyana S.A., por su parte,

solicitó el ajuste tarifario derivado del dictado de

la Ordenanza Tarifaria Nº2566/97 de la

Municipalidad de Rawson de la Provincia de San

Juan, que consideró sujetos al pago de la

contribución por servicios a la actividad comercial,

industrial y de servicios, a todas las empresas

privadas, públicas o mixtas que presten servicios

en jurisdicción del Departamento de Rawson,

inclusive las prestadoras de gas natural por redes.

Por idénticas razones a las expuestas en el caso

del traslado de Oncativo, se autorizó el traslado

a tarifa, por Resolución ENARGAS Nº1108/99, a

partir del mes de enero de 1999, y a posteriori

mediante Resolución ENARGAS Nº1445/99 el

recupero de períodos anteriores, pero no así de

sus intereses.

3. Distribuidora de Gas del Centro S.A. solicitó el

reconocimiento tarifario de la contribución por

ocupación de espacios de dominio público del

Municipio de Río Cuarto �Pcia. de Córdoba. Ahora

bien, en este caso la Licenciataria no demostró

fehacientemente que ella gozaba de una exención

previa, por cuanto las que invocó eran propias

de Gas del Estado S.E. y, en consecuencia, anteriores

a la Toma de Posesión y no aplicables a la

Licenciataria, por no ser ésta continuadora de

Gas del Estado S.E. y por no haber existido hecho

o pedido alguno de la Distribuidora que diera lugar

a la excepción pretendida. Por lo que se rechazó

el traslado a tarifa solicitado, mediante la

Resolución ENARGAS Nº1112/99.

4. En lo que hace a la contribución que incide sobre

el comercio, la industria y las empresas de servicios

del Municipio de Río Cuarto, cabe señalar que,

ante su modificación (de $5,5 a $12 por cada

10.000 metros cúbicos de gas facturado a usuarios

del servicio de distribución de gas), y mediando

la pertinente solicitud de Distribuidora de Gas

del Centro S.A., el ENARGAS hizo lugar al traslado

tarifario a través de la Resolución Nº1341/99.

5. En lo que respecta al traslado a tarifa solicitado

con anterioridad por Litoral Gas S.A., respecto

del Derecho de Uso y Ocupación del Dominio Público

de la Municipalidad de Villa Constitución, cabe

señalar que, si bien éste se había autorizado

provisoriamente por el ENARGAS, ante el acuerdo

suscripto con fecha 2 de junio de 1999 entre la

citada Licenciataria y el Concejo Deliberante de

esa localidad, se emitió la Resolución ENARGAS

Nº1173/99, mediante la cual se dejó sin efecto su

aplicación. Es menester recordar, que en el

mencionado acuerdo se estableció que Litoral Gas

S.A. no trasladaría a las facturas de sus usuarios

del Municipio de Villa Constitución la alícuota

correspondiente al derecho de ocupación del

dominio público, establecido por la Ordenanza

Tarifaria Nº1458, ni efectuaría el cobro del

financiamiento en cuotas del importe resultante

de los tributos, costas judiciales e intereses

devengados a partir de 1993 y que fueran motivo

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de ejecución judicial, hasta tanto no se contara

con sentencia definitiva de la Corte Suprema de

Justicia de la Nación. Por su parte, los señores

concejales se comprometieron a implementar la

reducción a cero por ciento de la alícuota

correspondiente al citado Derecho, a partir del 1º

de junio de 1999.

6. Ante la solicitud de Litoral Gas S.A. derivada de

la modificación del Derecho de Registro e Inspección

del Municipio de Pérez de la Provincia de Santa

Fe, el que estableció un importe fijo mensual a

ser tributado, se autorizó el pertinente traslado a

tarifas de la incidencia de la modificación, mediante

Resolución ENARGAS Nº1340/99.

NUEVOS GASODUCTOS DE TRANSPORTE

Durante el año 1999, y como parte de su tarea de

regulación y control, el ENARGAS analizó proyectos

de nuevos gasoductos, a saber: a) de exportación

de gas natural, b) regidos por la Ley Nº17.319 y c)

instalaciones complementarias.

La Ley Nº24.076 y su reglamentación han previsto

la facultad de la Secretaría de Energía de la Nación

de aprobar o rechazar las solicitudes de exportación

de gas, teniendo en cuenta la factibilidad del

abastecimiento interno. Ahora bien, a tal facultad

debe añadirse que, cuando se encuentre involucrada

la construcción de nuevas instalaciones, o nuevas

conexiones a los gasoductos, o el uso de cualquiera

de los sistemas existentes, u otras alternativas

de transporte, deviene necesaria la intervención

previa del ENARGAS, quien velará por el estricto

cumplimiento de las normas, esencialmente en

lo que respecta al acceso abierto y no

discriminatorio y a la seguridad y protección del

medio ambiente, tanto durante la construcción

como en la operación del ducto.

En este contexto, podemos mencionar entre los objetos

de estudio del ENARGAS durante el pasado ejercicio,

y con distinto grado de avance, tanto en lo físico

como en su instrumentación jurídica, los proyectos:

n Casablanca, destinado a proveer a la República

Oriental del Uruguay, con una longitud en territorio

argentino de 9,5 Km, un diámetro de 16�,

actualmente en construcción y encuadrado en la

Ley Nº24.076. Se prevé para el año 2000, el cruce

del Río Uruguay. En relación con este nuevo

gasoducto, cabe destacar que, durante el año 1999,

y mediante Resolución ENARGAS Nº1015, se

autorizó el acuerdo suscrito por Compañía

Entrerriana de Gas S.A. y Transportadora de Gas

del Norte S.A. para extender el Sistema de

Gasoductos Norte desde Aldea Brasilera hasta las

localidades de Concepción del Uruguay y Colón,

desde ésta última hasta Concordia y desde

Concepción del Uruguay hasta Gualeguaychú.

Asimismo, se aclaró en tal oportunidad que dicha

autorización no implicó validación alguna del

inconsulto inicio de obras del Gasoducto Casablanca

que fuera oportunamente imputado por el

ENARGAS, mediante Nota Nº3067/98.

nAldea Brasilera-Uruguaiana, con provisión a la

República Federativa del Brasil, con una longitud

de 450 Km. y un diámetro de 24�, se encuentra

en estado avanzado de construcción y encuadrado

en la Ley Nº24.076.

n Campo Durán-Pocitos, proyecto destinado a la

República de Bolivia como inversión de flujo, se

encontraba durante el año 1999 en estado de

información preliminar, contando con una longitud

de 23 Km. y un diámetro de 12�. Hacia fines de

1999 resultaba factible la modificación del proyecto

inicial.

n Cruz del Sur, emprendimiento respecto del cual

se efectuaron pedidos de informes, sin contarse

al finalizar el año 1999 con presentación formal

del proyecto. Estaría destinado a abastecer a la

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República Oriental del Uruguay, con una longitud

total de 54 Km. y 24� de diámetro (16 Km. en

territorio argentino).

En lo que respecta a las concesiones de transporte

otorgadas en el marco de la Ley Nº 17.319, du-

rante 1999 y en los términos fijados por el Decreto

Nº729/95, se estudiaron los proyectos que se detallan

en el Cuadro III-6.

Finalmente, se estudiaron otros proyectos de

instalaciones complementarias, a raíz de

requerimientos puntuales surgidos en distintos cam-

pos de la industria como consecuencia de la necesaria

ampliación de los sistemas.

Así, durante 1999, se estudiaron las estaciones de

medición correspondientes a los Gasoductos Pacífico

y Norandino, la planta compresora Baldissera

(Gasoducto Centro Oeste) y el ramal de alimentación

a Profertil (by pass físico), obras actualmente

finalizadas.

Además, los gasoductos Norandino y Cuenca Noroeste

poseen instalaciones complementarias dentro de sus

propios sistemas, tal es el caso de las plantas compresoras

Volcán y Cornejo (Gasoducto Cuenca Noroeste) y la

planta compresora Tres Cruces (Gaso-ducto Norandino)

que sería habilitada en septiembre del 2000.

Las obras de expansión interna de los sistemas

licenciados a Transportadora de Gas del Norte S.A.

y Transportadora de Gas del Sur S.A., en algunos

casos necesarias para hacer viables los proyectos

de nuevos gasoductos, serán extensamente

desarrolladas en el Capítulo V del presente informe,

al cual nos remitimos.

CONTRAPRESTACIÓN A USUARIOS POR REDES TRANSFERIDAS

El diseño tarifario adoptado prevé que para el cálculo

de las tarifas máximas autorizadas se contemple

un incentivo a fin de que las Licenciatarias inviertan

en la expansión de su propio negocio. En tal sentido,

el Art. 16 de la Ley Nº24.076 y el punto 8.1.3. de

las RBL establecen que corresponde a las empresas

encarar las extensiones de redes, no sólo las que

ellas proyectaren, sino también atender a cualquier

solicitud de suministro que se les requiera.

Ahora bien, para el caso de que las tarifas vigentes

no les provean el incentivo suficiente a fin de llevar

a cabo un proyecto determinado, corresponde a las

Licenciatarias demostrar, previo al inicio de las obras,

la necesidad de aporte de terceros interesados.

En este punto, es el ENARGAS quien finalmente

define cuál es la contraprestación que las Distri-

buidoras deben reconocer a los futuros usuarios que

hubieran financiado total o parcialmente redes de

distribución para su posterior transferencia al pa-

trimonio de las Licenciatarias para su operación y

mantenimiento.

Teniendo en cuenta los criterios establecidos en

Gasoduc to Expediente Nº Long i tud D iámet ro Estado de situación

M. Inés - B. Las Vegas - 4829 65 Km 18" FinalizadoGto. San Martín

Loop L. Las Yeguas - 5311 35 Km 24" En construcciónInterc. Neuba II

Cuadro III - 6 | Gasoductos Bajo Concesión de Transporte - Ley Nº 17.319 -

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oportunidad de la Primera Revisión Quinquenal

Tarifaria y dada la creciente cantidad de proyectos

de pequeña envergadura que se llevaron a cabo bajo

el amparo legal de la Resolución ENARGAS Nº44/

94, se decidió realizar en forma global (al igual que

en períodos anteriores) los cálculos de la

contraprestación debida por las Distribuidoras por

cada nuevo usuario que se conecte al sistema de

distribución y que, previa o simultáneamente, hubiera

financiado los emprendimientos para su transferencia

a la Licenciataria.

Los valores fijados durante el año 1999, mediante

la Resolución ENARGAS Nº1356, aplicables a las

obras de expansión ejecutadas y transferidas du-

rante el año 1998, bajo la normativa de la Resolución

ENARGAS Nº44/94, y las que, habiéndose iniciado

durante 1997, se hubieran transferido durante 1998,

se consignan en el Cuadro III-7.

Esta fijación de valores por parte de la Autoridad

Regulatoria otorga un marco de seguridad a los

usuarios, ya que le permite conocer el monto a cargo

de las Licenciatarias, evitando así conflictos y

dilaciones excesivas en su reintegro. Asimismo, se

estableció que la contraprestación debe efectuarse

reconociendo el 100% del valor del gas consumido

por cada usuario, hasta agotar la totalidad del crédito

fijado y que corresponderá a todos aquéllos que,

habiendo financiado y transferido redes de distribución

al patrimonio de las Licenciatarias, se conecten a

éstas dentro de los primeros dos años de su

habilitación.

PREVENCIÓN DE ACCIDENTES POR INHALACIÓN DE MONÓXIDO DE

CARBONO

Entre los objetivos de la regulación de los servicios

de transporte y distribución de gas, cuyo

cumplimiento la Ley Nº24.076 pone a cargo del

ENARGAS, se encuentran, entre otros, la protección

adecuada de los derechos de los consumidores, el

propender a una mejor operación y confiabilidad

de los servicios e instalaciones - en especial lo relativo

a la seguridad de las personas - y el incentivo a la

L i cenc ia ta r i a Subzona Tarifaria M3/Usua r i o

Metrogas S.A. 1,200

Gas Natural Ban S.A. 1,050

Litoral Gas S.A. 900

Distribuidora de Gas del Centro S.A. 1,100

Distribuidora de Gas Cuyana S.A. 1,500

Gasnor S.A. Salta 850Tucumán 700

Camuzzi Gas Pampeana S.A. Buenos Aires 1,200Bahía Blanca 1,300La Pampa Norte 1,700La Pampa Sur 1,900

Camuzzi Gas del Sur S.A. Buenos Aires Sur 3,100Neuquén 3,400Cordillerano 3,400Chubut Sur 4,300Santa Cruz Sur 7,400Tierra Del Fuego 8,500

Cuadro III - 7 | Contraprestación a Usuarios por Redes Transferidas

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eficiencia, uso racional y protección ambiental.

En este sentido y, a fin de prevenir los accidentes

que se producen en ambientes habitables por

inhalación de monóxido de carbono (CO) como

consecuencia de instalaciones de gas defectuosas

o antirreglamentarias, el ENARGAS diseñó e impulsó

un plan de acción que se inició el 17 de junio de

1998, con la realización de la �Jornada sobre

Prevención de Accidentes por Inhalación

de Monóxido de Carbono�, en la que participaron

representantes de distintas áreas de la industria

del gas, organismos afines a los consumidores y

entidades científicas y técnicas.

En su transcurso, el ENARGAS informó el plan de

trabajo aprobado por el Directorio, que comprendía

tres rutas de acción convergentes: a) campaña

educativa y de concienciación, b) incorporación de

dispositivos de seguridad en los artefactos, y c) revisión

periódica y obligatoria del funcionamiento de los

artefactos a gas en las instalaciones domiciliarias;

todo ello, con el único fin de prevenir accidentes

por inhalación de CO.

Acerca de la primer medida, se dio cuenta en el

capítulo II, y en cuanto a la segunda, cabe señalar

que se basó en dos orientaciones: una técnica y

otra de regulación comercial, esta última a cargo

de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería

de la Nación.

En lo que hace a los aspectos técnicos y teniendo

en cuenta las particularidades específicas de nuestro

país, así como los avances de los criterios en ma-

teria de seguridad, se llegó a la conclusión de que

el dispositivo de seguridad más adecuado es el

�quemador piloto control de atmósfera� ,

que actúa como dispositivo de seguridad, mediante

el corte del pasaje de gas ante el enrarecimiento de

la atmósfera circundante por disminución del

porcentaje de oxígeno en el ambiente.

La ventaja de este dispositivo es que presenta una

�seguridad positiva�, dado que ante cualquier

inconveniente en su funcionamiento, por causas

propias o externas, entra en la condición de seguridad,

cortando el suministro de gas al artefacto.

En base a estos antecedentes, en agosto de 1999,

el ENARGAS dictó la Resolución Nº1188, que estableció

que los fabricantes e importadores de calentadores

de ambiente de cámara abierta sin salida al exte-

rior de los productos de la combustión, deberán

producir y comercializar estos artefactos con un

dispositivo quemador piloto control de atmósfera,

que corte el suministro de gas al artefacto ante

una disminución prefijada del porcentaje de oxigeno

en el ambiente.

Además, los fabricantes e importadores de artefactos

de cámara abierta con conducto de salida al exte-

rior de los productos de la combustión, deberán

producir y comercializar estos artefactos con un

dispositivo sensor de temperatura de los productos

de la combustión, con un quemador piloto sensor

de ambiente o con ambos.

La citada resolución dispuso que estas exigencias

serán de cumplimiento obligatorio a partir del 1º

de marzo del 2000 y, con el fin de que estas medidas

fueran acompañadas por controles que aseguraran

que lo resuelto no quedara invalidado por la

comercialización de los productos sin la autorización

correspondiente, resolvió que las modificaciones en

los artefactos que implican los requisitos fijados,

contaran con la aprobación de un Organismo de

Certificación acreditado por el ENARGAS.

Ahora bien, la no existencia de un uso masivo en

otros países del piloto analizador de ambiente aplicado

a artefactos de cámara abierta, con evacuación al

exterior de los productos de la combustión, ha

limitado el análisis del grupo técnico del ENARGAS

a lo estrictamente teórico. Esta situación obligó a

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la realización de una prueba de campo por los

fabricantes de este tipo de artefactos provistos de

quemador piloto control de atmósfera, bajo los

lineamientos generales establecidos en aquella

Resolución.

En lo que hace a las revisiones periódicas previstas

como parte del plan de trabajo, cabe señalar que

las estadísticas demuestran que los accidentes por

inhalación de monóxido de carbono ocurren como

consecuencia de artefactos con inadecuada ubicación,

falta de mantenimiento -en especial ventilaciones

obstruidas o desacopladas-, o con modificaciones

no autorizadas en el mismo artefacto o en su

instalación. Tales condiciones riesgosas están

potenciadas por la antigüedad que tiene un importante

número de las instalaciones en uso, sin que nunca

fueran revisadas.

Si bien el Reglamento de Servicio de la Licenciatarias

de Distribución, en su Artículo 13, deposita en el

usuario la responsabilidad del mantenimiento de

su instalación interna en las condiciones

reglamentarias, no puede dejar de tomarse en cuenta

la falta de idoneidad del usuario común para advertir

efectivamente la totalidad de las situaciones de riesgo

en las que pueda llegar a encontrarse.

Por ello, el ENARGAS propulsó, como tercer vía de

acción para evitar accidentes causados por la

concentración de CO, la revisión periódica y

obligatoria del funcionamiento de los artefactos a

gas en las instalaciones domiciliarias.

Para analizar esta vía, el ENARGAS mantuvo reuniones

con las Distribuidoras, coordinadas por el Instituto

Argentino del Petróleo y del Gas, y con la Federación

de Constructores de Obras Sanitarias e Instaladores

de Gas de la República Argentina (FECOSIGRA).

Finalmente, en septiembre del año 1999, se dictó

la Resolución ENARGAS Nº1256, que aprobó las

pautas generales y procedimientos técnicos

provisorios, destinados a la elaboración e

implementación de un reglamento para la realización

de revisiones periódicas de la ubicación, el

funcionamiento y la evacuación de los productos

de la combustión, de los artefactos a gas natural o

gas licuado distribuido por redes que poseen los

usuarios incluidos en la categoría �Residencial�, cuya

cantidad, en todo el país, está cercana a los cinco

millones cuatrocientos mil (5.400.000).

La Resolución estableció, como paso previo para

el diseño del sistema a implementar, la realización

de un muestreo representativo de las condiciones

de los artefactos involucrados, a los efectos de

reunir la información necesaria para obtener

parámetros objetivos, que permitan confeccionar

los procedimientos definitivos de prevención y

evaluar su alcance e impacto, así como la respuesta

de los usuarios.

Estableció, también, que las Licenciatarias de

Distribución debían efectuar el muestreo mencionado

en sus respectivas áreas de jurisdicción y a su exclusiva

costa, debiendo poner a consideración del ENARGAS,

en forma fundamentada, los parámetros adoptados

para definir las muestras (tamaño, distribución

geográfica, etc.) y los procedimientos operativos.

Se fijó un lapso de hasta ciento ochenta días corridos,

contados a partir de la fecha en que el Ente preste

conformidad a la presentación requerida, para que

las Licenciatarias de Distribución remitan la

información obtenida en el muestreo, una opinión

fundada acerca de sus resultados y posibilidades

de implementación de métodos conducentes al

objetivo de prevención buscados, un análisis del

costo de la revisión y un plan de capacitación para

los revisores, así como el aporte de toda otra

información relevante para el sistema.

A título ilustrativo, el Cuadro III-8 muestra una

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14

Monóxido de Carbono Fugas de Gas0

10

20

30

40

50

60

70

Casos

Muertos

Heridos

tabla comparativa entre los efectos causados por

los accidentes ocurridos durante el año 1999, debidos

a la inhalación de monóxido de carbono y los

vinculados con fugas de gas con posterior encendido

y/o explosión. Este cuadro pone de manifiesto que,

ante un número igual de casos, las consecuencias

son considerablemente más graves en los accidentes

causados por inhalación de CO.

NORMAS TÉCNICAS

Una de las tareas habituales del ENARGAS en ma-

teria regulatoria es la emisión de las normas técnicas

a aplicarse en la industria del gas natural. Así el

Art. 52 de la Ley Nº24.076 establece entre las

funciones y facultades del Ente la de �dictar

reglamentos a los cuales deberán ajustarse todos

los sujetos de esta Ley en materia de seguridad,

normas y procedimientos técnicos�.

Asimismo, el Art. 86 del mismo cuerpo legal sostiene

la plena vigencia de las normas dictadas por la ex

Gas del Estado SE, hasta tanto el Ente apruebe nuevas

normas técnicas en su reemplazo. Así, el ENARGAS,

desde el comienzo de sus actividades, ha emitido

diversas normativas, tanto en materias ya receptadas

en el clasificador de la empresa estatal, como en

cuestiones novedosas propias de la dinámica de la

industria.

Durante el año 1999, se continuó el análisis de las

�Disposiciones y Normas Mínimas para la ejecución

de las Instalaciones Domiciliarias de Gas� y de la

NAG 102-�Conducción de gas natural y otros gases

por cañerías. Informes anuales, informes de

accidentes e informes relacionados con condiciones

de seguridad�, y, como resultado de trabajos iniciados

en ejercicios anteriores, se remitió en consulta un

proyecto de �Norma argentina para la protección

ambiental en el transporte y distribución de gas

natural y otros gases por cañerías� (NAG 153).

Respecto de esta última, cabe señalar que la consulta

comprendió a un amplio espectro de la industria,

aguardándose sus comentarios y sugerencias, después

de cursarse 130 notificaciones del proyecto, entre

las que se incluyeron a las firmas consultoras en

materia ambiental, registradas ante la Secretaría

de Energía de la Nación.

A las tareas antes reseñadas debemos añadir, que

se avanzó en la elaboración de la Especificación

Técnica para la aprobación de accesorios roscados

Cuadro III - 8 | Comparativa de Efectos entre Inhalación de Monóxido de Carbono y Fugas de Gas - Año 1999 -

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de fundición para uso en cañerías de gas.

Finalmente, y en materia de aprobaciones, con fecha

20 de agosto de 1999, se emitió la Resolución

ENARGAS Nº1189, mediante la cual se puso en

vigencia la �Norma de aprobación para conjuntos

puerta-marco de gabinetes o nichos que alojan al

sistema de regulación � medición�.

En tal oportunidad, se tuvo en cuenta la necesidad

de lograr economicidad en las instalaciones, ya que

es propósito del Marco Regulatorio que el servicio

se expanda al menor costo posible. Para ello, y sin

desmedro de las condiciones de eficiencia y seguridad,

la norma se elaboró sobre la base del clásico conjunto

puerta-marco, incluyendo los materiales usados hasta

el presente, sin impedir �a priori� otros que resultaren

aptos. Con ello, se han solucionado las falencias

de la norma que viene a reemplazar, tales como

limitación de los materiales de fabricación y pará-

metros inadecuados de ensayos.

A su vez, los elementos a que se refiere la norma

se incluyen en la política general de certificaciones

de producto y garantía de calidad que propugna el

ENARGAS, además de no resultar impedidas otras

soluciones de diseño, siempre que el proyecto cumpla,

como mínimo, con las exigencias de la norma.

PROCEDIMIENTO DE OPERACIÓN DEL SERVICIO ED EN PACHECO Y

RODRÍGUEZ

Durante el año 1999, y previa consulta con los

interesados, el ENARGAS emitió la Resolución Nº1201

del 17 de setiembre, mediante la cual se aprueba el

Procedimiento de Operación del Servicio ED en

Pacheco, a través de los siguientes puntos de medición

(PM): PM 239 (TGS) y PM P5540 (TGN); y en

Rodríguez a través del PM 240 (TGS) y el PM R

5320 (TGN).

Entre los objetivos tenidos en cuenta para su dictado

cabe destacar que dicho procedimiento procura

proveer un reglamento transparente, expeditivo,

y que promueva la factibilidad de la realización

del servicio ED.

En este punto, es menester recordar que el servicio

ED permite una utilización más eficiente de la

capacidad disponible, y en consecuencia la prestación

de un servicio más confiable para los usuarios y la

promoción de la competitividad de los mercados de

gas natural, lo que es particularmente evidente cuando

este servicio involucra más de un gasoducto o más

de un sistema de transporte. En tal caso, el servicio

ED permite transportar el gas por un gasoducto

donde exista capacidad remanente de transporte y

consumirlo en un gasoducto donde no exista

capacidad de transporte disponible.

Entre las disposiciones adoptadas por el nuevo

procedimiento, que se incorporará a los Reglamentos

Internos de los Centros de Despacho en oportunidad

de su modificación, podemos mencionar:

n Resulta aplicable en caso de que un cargador tenga

al mismo tiempo por punto de recepción y punto

de entrega a Pacheco, o, alternativamente, a

Rodríguez. No se aplica para la entrega de gas en

Pacheco y la recepción de ese mismo gas en Rodríguez

o viceversa.

n Las modalidades de prestación previstas son dos:

1) Servicio TF o TI sobre TGS, servicio ED sobre

TGN y 2) Servicio TF o TI sobre TGN, servicio ED

sobre TGS.

n Se detalla el esquema de solicitudes a efectuar a

las transportistas y comunicaciones tanto a Gas

Natural Ban S.A., como al Operador Relacionado

del Punto de Entrega Final, a efectuar por el cargador

ED, así como los plazos para responder a los

requerimientos y las razones taxativas en que

podría fundarse el rechazo. Se prevé en todos los

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casos que la falta de respuesta implica conformidad,

de manera de despejar toda posible situación de

incertidumbre.

n Finalmente, se asignan las responsabilidades

emergentes de los desbalances, teniendo en cuenta

los distintos supuestos operativos que podrían

acontecer.

SUBDISTRIBUIDORES

El ENARGAS, en su carácter de Autoridad Regulatoria,

es quien tiene la facultad de otorgar el carácter de

subdistribuidor, lo que ha acontecido durante el

año 1999 respecto de Cooperativa de Obras, Servicios

Públicos y Sociales de Hernando Limitada, a la

que se ha otorgado tal carácter por un plazo de

diez años, a través de la Resolución ENARGAS

Nº1307/99.

Ahora bien, en algunas oportunidades el otorgamiento

del carácter de subdistribuidor se ha dado en el

marco de una controversia entre el aspirante a la

subdistribución y la Licenciataria zonal. En tales

casos, el ENARGAS ha evaluado las conductas de

las partes respecto del emprendimiento en cuestión

y ha resuelto teniendo en cuenta la mayor

conveniencia para el usuario final. En tal sentido,

cabe recordar las decisiones adoptadas mediante

las Resoluciones Materialmente Jurisdiccionales

Nº240, respecto de la subdistribución en el ejido

urbano de la Ciudad de Villa Gesell, y Nº244, en lo

atinente a la localidad de Humboldt � Provincia de

Santa Fe.

LINEAMIENTOS DE ASIGNACIÓN DE CAPACIDAD

Durante el año 1999 se envió en consulta a las

Licenciatarias y cargadores del sistema un borrador

sobre �Lineamientos de Asignación de Capacidad

del Sistema�, de aplicación para toda la capacidad

regida por el principio de acceso abierto, incluidas

las ofertas de capacidad de transporte en firme de

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las Licenciatarias de Transporte (Ley 24.076), la

capacidad disponible de las concesiones de transporte

otorgadas en el marco de la Ley 17.319 y las cesiones

de capacidad de transporte.

En la citada consulta, el ENARGAS planteó la necesidad

de especificar que en los sistemas de gasoductos a

ser ampliados o con capacidad remanente, los puntos

de recepción y entrega extremos, comprendan también

los puntos intermedios.

Además, se puso énfasis en la fijación de plazos

mínimos para la publicación de las ofertas de capacidad

de transporte.

El mecanismo propuesto de llamado a Concurso

previó dos etapas, una de manifestación de interés;

solicitudes que en caso de poder concretarse a las

tarifas vigentes, la Transportista debe cursar la oferta

definitiva. A partir de la notificación, se da comienzo

a la segunda etapa, teniendo derecho los participantes

de desistir o realizar una oferta irrevocable. Una

vez realizado el Acto de Apertura de las ofertas

irrevocables, la Transportista dispone de 15 días

hábiles para efectuar la adjudicación.

Si en el caso de realizadas las manifestaciones de

interés, fueran necesarias tarifas mayores a las

vigentes, la transportista debe evaluar si solicita

un ajuste de tarifas por factor K (criterio �roll-in�),

según los lineamientos establecidos en el Informe

de Aprobación de la Revisión Quinquenal de Tarifas

(de fecha 27/6/97), o si aplica un criterio de costo

incremental, por el cual el solicitante de la nueva

capacidad sea el que pague los aportes adicionales

para viabilizar las obras necesarias para realizar la

Expansión.

A su vez, se previó el caso de existencia de Capacidad

Remanente, identificable porque el transportista

no tiene necesidad de hacer nuevas obras. A tales

efectos, se propuso la cuantificación de los volúmenes

remanentes, el correspondiente tramo de gasoducto

y el plazo máximo de disponibilidad. Para esta

situación, se pensó en una sola etapa, mediante

la modalidad de oferta irrevocable y un plazo en-

tre la apertura de las ofertas y la adjudicación de

10 días hábiles.

Se reforzó el concepto de que los actos de apertura,

tanto de las manifestaciones de interés como de

las ofertas irrevocables, debían ser públicos, con

libre acceso de interesados y de representantes de

la Autoridad Regulatoria.

En cuanto a los criterios para la adjudicación, se

propuso que se tomaran en cuenta los siguientes:

n Criterio de valuación: Mayor Valor Actual de las

ofertas calculado con una tasa de descuento

equivalente al costo del capital indicado para los

proyectos K, tomando en cuenta volumen, precio

y plazo, valor unitario por m3 de capacidad

reservada u otros.

n Criterio de asignación de costos e ingresos por

zona: cuando una expansión involucre demanda

en más de una zona tarifaria se proponen los

siguientes criterios alternativos: a) análisis por

separado (incremental) de la expansión necesaria

para las zonas intermedias; b) análisis conjunto

asignando ingresos y costos por zona de acuerdo

a las obras necesarias; c) análisis conjunto

asignando costos proporcionalmente a la distancia

u otros.

n Capacidad remanente: posibilidad de priorizar a

los cargadores de la zona donde se genere.

n Prioridad para distribuidoras y subdistribuidoras

para abastecer a los consumos ininterrumpibles:

valorizando la oferta a través de la prórroga de

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algún acuerdo existente o asignándoles en primer

lugar a igualdad de condiciones, o sin asignarles

prioridad.

Además se plantearon otras cuestiones contractuales,

a saber:

nA partir de la vigencia de la Resolución ENARGAS

Nº 419 (art. 4), las cesiones de capacidad de

transporte entre cargadores deben realizarse a través

de mecanismos de oferta pública, en concordancia

con lo dispuesto por los lineamientos. Se propuso

que esta condición sea especificada en los artículos

referidos a las cesiones dentro de los contratos

de transporte suscriptos a partir del momento de

vigencia de la mencionada Resolución.

n Opciones de reducción de la capacidad contratada

(�step down�): Se manifestó que la capacidad

proveniente de este tipo de opciones previstas

contractualmente debía ser ofrecida por la

transportista.

n Prórrogas contractuales: Se planteó el estudio de

la posibilidad de establecer un criterio uniforme

cuando opere el vencimiento de los contratos para

la posibilidad de prórroga. Las alternativas podrían

ser: a) opción para el cargador saliente de igualar

la mejor oferta en un concurso abierto de capacidad

remanente (posibilidad de excepción para

distribuidoras y subdistribuidoras para la demanda

ininterrumpible), b) opción para el cargador saliente

de renovar el contrato en iguales condiciones por

un plazo mínimo estipulado (ej.10 años).

n Como último punto, las Licenciatarias deben tener

en cuenta que las operaciones que se realizaren

entre compañías vinculadas deben aprobarse

expresamente según el art. 34 (in fine) de la Ley

y su reglamentación.

El Cuadro III-9 nos ilustra acerca del procedimiento

propuesto.

TRANSPARENCIA Y COMPETENCIA EN LOS MERCADOS

Al finalizar el ejercicio 1999, y como resultado de

las consultas y estudios realizados con anterioridad,

el ENARGAS se encontraba abocado a la elaboración

de diversos documentos para propiciar la mayor

competencia y transparencia en los mercados, a

saber:

n Los lineamientos de asignación de capacidad, ya

reseñados, a fin de brindar reglas claras a todos

los actores del sistema en cuanto al procedimiento

público de asignación (�Open Season�), asegurando

el principio de �libre acceso� a la capacidad de

transporte, consagrado por el Marco Regulatorio

de la Industria del Gas (Ley Nº24.076).

n La aprobación definitiva de los Indices de

Transparencia de Mercado para el Servicio de

Distribución, con el fin de que, a través de la

adecuada difusión de la mayor tarifa que sufrió

las restricciones operativas, sea posible obtener,

para la industria en general, una información

valiosa sobre la procedencia de los cortes.

Asimisimo, el conocimiento público de los

volúmenes operativos totales cortados por tipo

de servicio y sus distintos orígenes (restricciones

de gas, transporte o distribución), permitirá a los

usuarios de la industria, contar con elementos

adicionales para el análisis del servicio que mejor

se adapte a sus necesidades, conociendo los riesgos

asociados.

n La Modificación a la Reglamentación de la Reventa

de Capacidad de Transporte Firme, con el objeto

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EXPANSIONES CAPACIDAD REMANENTE

Informe

al ENARGAS

Avisos

Apertura manifest.

de interés

Sin aumentotarifa

Oferta definitiva

transco a los

interesados y al

ENARGAS

Apertura ofertas

irrevocablescargadores

Adjudicación

Plazo máximo70 dh

Oferta definitiva

transco a los

interesados y alENARGAS

Apertura ofertas

irrevocables

cargadores

Adjudicación

Plazo máximo85 dh

Presentación al

ENARGAS

factor k

Informe

al ENARGAS

Avisos

Apertura ofertas

irrevocables

cargadores

Adjudicación

Plazo máximo25 dh

Con aumentotarifa

Incremental Roll in

10 dh

15 dh

5 dh

10 dh

10 dh

20 dh

10 dh

15 dh

15 dh

15 dh

30 dh 30 dh

Procedimientopunto 5.2.4

informe RQT

Cuadro III - 9 | Esquema de Procedimientos para Asignación de Capacidad de Transporte Firme

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de fomentar un uso más eficiente y competitivo

de la capacidad del sistema, restringiendo las

barreras artificiales, y procurando la igualdad,

no discriminación, libre acceso y uso generalizado

de los servicios.

n La Modificación del Reglamento de Servicio. En

este último caso, con el objeto de incorporar a

las pequeñas y medianas empresas a las opciones

de compra directa de gas y/o transporte.

Es así que, en aras de promover la competencia

en el mercado de gas natural, el ENARGAS ha

evaluado la conveniencia de lograr que un mayor

número de consumidores pueda optar entre adquirir

gas y/o transporte directamente de los distribuidores

(usuarios servicio completo) o diversificar los

componentes del servicio comprando el gas y/o

el transporte a los productores, a las compañías

transportistas, y/o a los agentes comercializadores

de gas natural.

La restricción actualmente existente, para que

pequeños y medianos consumidores industriales

accedan al mercado mayorista, se debe a la ausencia

de una �Condición Especial� en el Reglamento

del Servicio de Distribución que permita deducir

del servicio y de la tarifa, el gas y/o el transporte,

como en los casos de usuarios con consumos

superiores a 10.000 m3/día. Resulta entonces

concordante con los objetivos expresados en la

Ley Nº24.076, la profundización de las medidas

ya implementadas, previéndose que aquellos

usuarios cuyos volúmenes alcancen los 5.000 m3/

día, puedan ejercer la opción de desagregar los

distintos servicios asociados al suministro de gas.

n Por último, se inició el análisis de las Reglas de

Conducta a aplicarse en la actividad de los

Comercializadores, en su relación con otros sujetos

de la industria (Licenciatarias y Usuarios).

ACTIVIDADES DE FISCALIZACIÓN

INTRODUCCIÓN

La segunda de las actividades esenciales del ENARGAS,

reseñada ya la labor regulatoria, es la de fiscalización.

Para su ejercicio, el Organismo realiza auditorías,

inspecciones y monitoreos, a través de las cuales detecta

los incumplimientos de las prestadoras, a los fines de

su oportuna corrección y, de corresponder, sanciona.

Durante el año 1999, tal como da cuenta el Cuadro

III-10, se llevaron a cabo 2077 auditorías e

inspecciones, las que sumadas a los 572 monitoreos,

nos dan un resultado de 2649 acciones de fiscalización

en el ejercicio.

Tales controles han versado sobre los aspectos técnicos

y ambientales de los gasoductos en construcción,

el mantenimiento de las instalaciones afectadas al

servicio (integridad estructural de los ductos, protección

catódica, etc.), el cumplimiento de la normativa

vigente por parte de los sujetos del GNC, las obras

correspondientes al factor de inversión (�k�), las

compras de gas, el cumplimiento del acceso abierto

por parte de distribuidoras y transportistas a su

capacidad, entre otros temas.

Pero la tarea de control no se agota en las acciones

antes descriptas, toda vez que se deben considerar

como parte de las actividades de fiscalización la

revisión periódica de la información requerida a

las licenciatarias y las acciones tomadas en virtud

de los reclamos presentados por los usuarios del

servicio. Los temas sobre los que versan los

requerimientos de información se encuentran

detallados en el Cuadro III-11.

A continuación se describen los resultados de estas

tareas, a través de los actos administrativos emitidos

en consecuencia.

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Cuadro III - 10 | Actividades de Fiscalización - 1999

R e g i o n e s Técnicas 281Estaciones de GNC 405Atención de Clientes 114Facturación y Cobranza a Distribuidoras 73Facturación y Cobranza a Subdistribuidoras 45Total por Gerencia 9 1 8

T ransmis ión Detección de fugas en ductos e instalaciones 16Protección ambiental. Proyectos y Operación 103Proyectos de By Pass fisicos 20Proyectos de Gasoductos (Ley 17319) 52Sistemas de control de protección catódica 7Sistemas de control de medición 5Expansiones de los sistemas de transporte 44Auditorías de plantas p/control programa de inversiones (factor K) 35Auditorías de instalaciones - Estudios especiales 19Auditorías a oficinas de despacho 38Auditorías de estándares de calidad 24Auditorías de mantenimiento de instalaciones 63Monitoreo de la calidad del gas 34Total por Gerencia 4 6 0

D i s t r i buc i ón Sistema de Certificación de elementos para gas 20Calidad del Gas 14Instalaciones domiciliarias e industriales 33GNC 391Operación y Mantenimiento 46Pautas para la Administración de Despacho 4Siniestros, peritajes, escapes y denuncias 21Trabajos en la vía pública 20Verificación de Proyectos Res. 10 y 44 9Control de obras Factor K 87Total por Gerencia 6 4 5

Desempeño Verificación cumplimiento Decreto 1136 11y Economía Compra de Gas (verano) 12

Compra de Gas (invierno) 11Auditoría especial SDB 1Decreto N° 292/95 1Tasas y Cargos 2Sustitución inversiones obligatorias (Cat. 2 y 3) 6Aplicación y recupero dcho. dominio pub. Va. Constitución 1Verificación cumplimiento Res. 420 y 658 9Total por Gerencia 5 4

MONITOREOS REALIZADOS EN EL AÑO 1999

GERENC IA TEMA AUDITADO CANTIDAD

Transmis ión Supervisión del Tablero de Datos de Despacho 5 7 2

AUDITORIAS REALIZADAS EN EL AÑO 1999

GERENC IA TEMA AUDITADO CANTIDAD

INVERSIONES OBLIGATORIAS

Finalizada la tarea de control de las Inversiones

Obligatorias previstas en las Licencias de Transporte

y Distribución, el ENARGAS procedió a aplicar, de

corresponder, las sanciones pertinentes en aquellos

casos en que no se hubiera cumplido la meta prevista,

sin perjuicio de continuar la tarea de fiscalización

de tal rubro, a través de los Indicadores de Calidad

del Servicio.

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Así, a través de la Resolución ENARGAS Nº1017/99

se sancionó a Transportadora de Gas del Norte

S.A. por su incumplimiento de lo establecido en el

Cuadro 1, punto 1.b. �Corrosión externa del

revestimiento asfáltico- del Apéndice 1 y de los

puntos 4.2.4, 4.2.5., 4.2.13. y 5.1. de las Reglas

Básicas de Transporte, toda vez que no cumplió

en término con los trabajos necesarios para alcanzar

el 100% de cañería protegida.

Por su parte, en lo que hace a las distribuidoras y

respecto del mismo rubro �Protección Catódica- se

sancionó por no alcanzar los valores previstos de

protección a la finalización del quinquenio �meta

física- a las Licenciatarias: Camuzzi Gas Pampeana

S.A. (Resolución ENARGAS Nº1344/99); Camuzzi Gas

del Sur S.A. (Resolución ENARGAS Nº1345/99); Metrogas

S.A. (Resolución ENARGAS Nº1346/99); Gasnor S.A.

(Resolución ENARGAS Nº1347/99); Gas Natural Ban

S.A. (Resolución ENARGAS Nº1348/99); Distribuidora

de Gas del Centro S.A. (Resolución ENARGAS Nº1349/

99); Litoral Gas S.A. (Resolución ENARGAS Nº1353/

99) y Distribuidora de Gas Cuyana S.A. (Resolución

ENARGAS Nº1354/99).

Cabe recordar que las Reglas Básicas de la Licencia

tanto de Transporte como de Distribución establecieron

un Programa de Inversiones Obligatorias, cuyo

objetivo fue el de adecuar sustancialmente las

operaciones a los estándares internacionales de

seguridad y control en un plazo promedio de 3 a 5

años, previéndose tanto metas físicas como

monetarias (obligaciones de hacer y de gastar).

En el caso específico del rubro Protección Catódica

se fijaron distintos porcentajes a alcanzar para cada

año, siendo que al finalizar el período previsto para

completar las Inversiones Obligatorias debía obtenerse

un nivel del 100% de protección del sistema de

cañerías (meta física).

Finalmente, y a los efectos de dar continuidad a

este control, uno de los estándares de calidad técnicos

implementados por la Resolución ENARGAS

Nº1192/99 se refiere precisamente al tema en cuestión,

previéndose esta nueva metodología de control para

el monitoreo del mantenimiento de los niveles de

protección catódica, garantizando así la seguridad

operativa.

En lo atinente a otros rubros de las Inversiones

Obligatorias �Inspección Interna y Reparación de

las Secciones Dañadas-, se imputó su

incumplimiento y a posteriori se aplicó sancionó,

por Resolución ENARGAS Nº1343/99, a Trans-

portadora de Gas del Norte S.A., ya que a la fecha

de cierre de las Inversiones no se había cumplido

con parte del pasaje de scraper instumentado -tal

fue el caso de la sección comprendida entre la

localidad de Río Piedras y Tucumán del loop de

16�, así como el correspondiente al gasoducto de

24� entre San Jerónimo y Aldao, a la vez que no

finalizó similares trabajos en el gasoducto de 16�

entre Aldao y Santo Tomé-.

Es menester señalar que se ha previsto que las

cuestiones atinentes a la integridad estructural de

los ductos seguirán siendo controladas a través de

la metodología de indicadores de calidad de servicio

(Indicador de Integridad Estructural aprobado por

Resolución ENARGAS Nº1192).

INTERRUPCIÓN DEL SUMINISTRO

Dada la condición de servicio público que revisten

los servicios de transporte y distribución de gas

natural, y conforme las obligaciones impuestas a

las Licenciatarias por el Marco Regulatorio de la

Industria del Gas, éstas deben prestar el servicio

en forma �regular y continua�. Esta obligación implica

la de efectuar todas las inversiones y trabajos que

resulten necesarios para la prestación en tales

condiciones, a la vez que asumen la responsabilidad

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Gerencia Nombre

Distr ibución Informe de accidentes (form. 102.1)

Informe de accidentes (form. 102.1-1)

Averías en ramales y redes de distribución

Cortes o interrupciones del servicio

Siniestros provocados por fugas de gas envía pública

Denuncia y Verificación de Fugas(Indicador O&M: Fugas por kilómetro)

Informe de Calidad del Gas

Actas de las inspecciones en las bocas deexpendio de GNC

Plan de Ampliaciones y Mejoras

Centro Informático del parque automotorde GNC según Res. 139/95 (Informaciónsuministrada por los PEC)

Reclamos por baja presión

Indicador Protección ambiental: Ruido enplantas de regulación

Indicador Protección ambiental: Emisiónde olor en plantas de odorización

Indicador O&M: Protección catódica

Indicador O&M: Tiempo promedio dereparación de fugas grado 2

Indicador O&M: Capacidad de reserva enplantas de regulación aisladas

Indicador O&M: Capacidad de reserva enplantas de regulación ligadas

Indicador O&M: Tiempo de respuestaante emergencias

Transmis ión Parte Operativo (por Transportista)

Parte Operativo (por Productor)

Parte Operativo (por Distribuidora)

Parte Operativo (Distribuidora BAN)

Datos Operativos (TGS, TGN, todas las Dist.)

Informe de Desbalance

Descripción

Datos acerca de accidentes que hayan producido daños graves para lacomunidad o pérdidas por más de U$S 25.000 (por distribución de gas).

Resumen de todos los accidentes ocurridos por distribución de gas.

Características de la red en el lugar (dimensiones, material, presión. etc.,),causas y consecuencias.

Resumen de cortes donde se indica zona afectada, motivos, duración de lafalla de suministro, características, etc.

Resumen de las características de la red en el lugar averiado, origen,responsabilidad, consecuencias sobre personas y/o bienes, etc.

Las Licenciatarias deben enviar la cantidad de fugas denunciadas, laubicación de las mismas y el material en cañería principal.

Descripción de la composición molar y poder calorífico en puntosseleccionados del sistema.

Informe detallado del estado de situación de las estaciones de GNC.Información recibida en soporte magnético.

Informe sobre las obras de magnitud que se prevén realizar en el año.

Incorporación a una base de datos de todos los vehículos convertidos.Detección de anomalías de los sujetos del sistema. Información recibida ensoporte magnético.

Las licenciatarias deben enviar los reclamos recibidos.

Planilla con mediciones de ruido para la determinación del impacto ambientalque genera el ruido de la operación de cada planta reguladora de laDistribuidora.

Planilla con los registros de percepción de olor fuera del radio de seguridadde las estaciones de odorización de las Distribuidoras.

Base de datos con las lecturas de los potenciales para la protección catódicade cada punto de medición del sistema operado por cada Distribuidora. Medidascorrectivas a implementar en el transcurso del año evaluado. Resultadoobtenido de la realización de las mismas.

Listado con datos pertenecientes a la atención que recibe cada fuga grado2 detectada dentro del área licenciada por cada Distribuidora.

Listado con los parámetros técnicos pertenecientes a cada planta deregulación de presión que alimentan sistemas de distribución aislados.

Listado con los parámetros técnicos pertenecientes a cada planta deregulación de presión que alimentan sistemas de distribución ligados.

Listado con el detalle de la atención de cada una de las emergencia producidasen la zona licenciada de la distribuidora.

Datos de inyección por cuenca, line pack y presión en los gasoductos y enlos puntos de entrega.

Datos de inyección por yacimiento: programado, real y presiones (Ley Nº17.319.)

Volúmenes de gas asignados por las Transportadoras, requeridos por laDistribuidora y autorizados por la Transportista. Datos reales.

Volúmenes de gas previstos a ingresar, licuefaccionado y vaporizado porPlanta de Peak Shaving.

Presiones y volúmenes de los sistemas de transporte, recepcionados en elTablero de Datos de Despacho.

Relación entre el volumen autorizado por la Transportista y real tomado porlas Distribuidoras.

Periodicidad

Por accidente

Anual

Cuatrimestral

Cuatrimestral

Cuatrimestral

Cuatrimestral

Mensual / Trimestral

Mensual

Anual

Mensual

Diarios en los meses deinvierno

Anual

Anual

Anual

Trimestral

Anual

Anual

Mensual

Diario

Diario

Diario

Diario

Horaria

Diario

Cuadro III - 11 | Ciclo de Informes Requeridos a los Sujetos de la Industria del Gas

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Transmis ión Informe de Desbalance(Continuación)

Informe de Calidad del Gas

Informe de Accidentes (form. 102.2)

Informe de Accidentes (form.102.2 2-1)

Informe de protección catódica

Informe de mantenimiento de lasinstalaciones

Datos Operativos de inyección y entrega

Datos sobre integridad de gasoductos

Informe sobre emisiones gaseosas

Índices de confiabilidad y seguridad enplantas compresoras

Informe capacidad de reserva enestaciones reguladoras

Informe gas retenido

Regiones Respuesta a Reclamos

Estadística de Reclamos

Cortes y reaperturas del servicio

Desempeño Estados Contablesy Economía

Estados Contables

Estados Contables

Estados Contables

Parte Operativo Mensual (Licenciatariasy Subdistribuidoras)

Información Impositiva

Información Laboral y Previsional

Bonificación Decreto 292

Obligaciones Negociables

Composición accionaria

Descripción

Relación entre el volumen autorizado por la Transportista y real tomado porlas Distribuidoras.

Descripción de la composición molar y poder calorífico en puntosseleccionados del sistema. Incluye los gasoductos de concesión de transportede la Ley Nº 17.319.

Datos acerca de accidentes que hayan producido daños graves para lacomunidad o pérdidas por más de U$S 25.000 (por transmisión y captaciónde gas). Incluye los gasoductos de concesión de transporte de la Ley Nº17.319.

Resumen de todos los accidentes ocurridos por transporte de gas. Incluye losgasoductos de concesión de transporte de la Ley Nº 17.319.

Valores de potenciales de protección catódica (on, off, natural) en todo elsistema (cada kilómetro). Gráficos y tablas.

Cronograma de mantenimiento predictivo y correctivo de gasoductos yplantas compresoras.

Información que es publicada en la página web de ENARGAS. Incluyeinyección por cargador y cuenca y entregas por cargador dependiendo desubzonas tarifarias.

Información referente a los defectos en gasoductos que no cumplen con lanormativa vigente y que anualmente deben ser estudiados.

Toneladas por año de NOx emitidas por las diferentes fuentes del sistema detransporte.

Relaciones entre el tiempo disponible total del parque de máquinas y eltiempo que éstas estuvieron fuera de servicio por mantenimiento y averías.

Para el caso de sistemas aislados, la Transportista debe informar una serie dedatos técnicos (tipo de válvula, diámetro, orificio, etc.) que permita chequearla capacidad de los ramales.

La Transportista debe informar el consumido en gas combustible, ventas ygas no contabilizado (pérdidas).

Respuesta de la Distribuidora a cada Reclamo cursado por Enargas.

Información de cada Distribuidora sobre cantidad, motivo y status de losreclamos recibidos de usuarios.

Cantidad de cortes, reaperturas y saldo de meses anteriores de usuarios sin gas.

Estados contables de las Licenciatarias.

Estados Contables de las Inversoras de las Licenciatarias y sus Accionistas.

Estados Contables de los Subdistribuidores

Estados Contables de los Comercializadores.

Informe de datos operativos de Transp., Distrib.y SDB.

Análisis de los aspectos técnicos, estudio de las variaciones de las alícuotase incidencia de las mismas en las tarifas de transporte y distribución de gas.Declaración de convenio multilateral. Remisión de las DDJJ.

Detalle de la cantidad de personal y cargas sociales, total de remuneracionespagadas.

Ahorro de cargas sociales de las Licenciatarias y su traslado a clientes.

Análisis y control de los requisitos formales para la posterior aprobación dela emisión por parte del ENARGAS.

Modificación en la composición accionaria de las Licenciatarias, SociedadesInversoras, Comercializadores y Subdistribuidores.

Periodicidad

Mensual

Mensual

Por accidente

Anual

Anual

Anual

Diario

Anual

Anual

Semestral

Anual

Semestral

Por reclamo cursado

Mensual

Mensual

Trimestral - Anual

Anual

Trimestral-Anual

Anual

Mensual

Anual y cuando existancambios.

Anual

Trimestral

Cada vez que se emitan

Anual y cuando existancambios

Cuadro III - 11 | Ciclo de Informes Requeridos a los Sujetos de la Industria del Gas / Continuación /

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Descripción

Información técnica y económica sobre nuevos emprendimientos.

Informados por los Comercializadores.

Presentación de usuarios directos

Presentación de contratos firmados según tipo de Servicio.

Las empresas distribuidoras y SDB deben acreditar haber contratado el 50% de sus necesidades del período estacional respectivo (pass through)

Presentación de distribuidoras y SDB

Montos asegurados, unidades de riesgo tomadas como pautas para lacontratación de pólizas, alcances de la cobertura de todos los bienes. Informedetallado de seguros contratados y accidentes producidos.

Control de vencimientos y modificaciones de todos los bienes

Información sobre los Activos Esenciales. Incorporaciones y bajas de activosesenciales, con descripción del bien, fecha de origen y valor de adquisición(en el primer caso)

Análisis y control de la categorización de inversiones.Plan de Inversión Anual y Quinquenal.Control del grado de avance de la inversión anual.

Verificación de los pagos

Contabilidad diaria de gas cargado y entregado a los fines del ajuste tarifarioprevisto en el punto 9.4.2. R.B.L. (pass through)

Información de cada oferta y adjudicación de capacidad.

Planes de Cuentas utilizados por las Licenciatarias

Información sobre tasas de interés utilizadas por las Licenciatarias en su girocomercial.

Registración contable y DD JJ de las bonificaciones por redes cedidas porterceros.

Detalle de los montos facturados por tales conceptos por las Distribuidoras.

Periodicidad

Previo a cada obra.

Al momento deinscribirse en elRegistro,modificaciones ynuevos contratos.

Mensual

Mensual

Mayo y octubre de cadaaño

Mensual

Mensual - Anual

Permanente

Anual -Quinquenal

PermanenteAnualTrimestral

Trimestral - Anual

Trimestral

Ante cada modificación

Anual y cuando existancambios.

Anual

Trimestral-Anual

Trimestral-Anual

Cuadro III - 11 | Ciclo de Informes Requeridos a los Sujetos de la Industria del Gas / Continuación /

Gerencia Nombre

Desempeño Extensiones de redes y ramalesy Economía(Continuación) Contratos Compraventa de Gas y

Transporte

Contratos compra venta de gas ytransporte

Contratos con Usuarios

Contratos con Productores

Contratos con transportistas

Seguros

Seguros - Vencimientos

Actualización del Estado de los ActivosEsenciales

Inversiones Obligatorias

Honorarios Operador Técnico

Información operativa diaria sobrecompras de gas

Reventa de Capacidad (Transportistas)

Plan de Cuentas

Costo Endeudamiento

Bonificación por redes cedidas porTerceros.

Tasas y Cargos

derivada de su interrupción, en tanto son operadores

del sistema.

Cabe ahora analizar algunos de las resoluciones

adoptadas por el ENARGAS en el curso del año

1999, como resultado del análisis realizado en cada

caso acerca de la causal de interrupción del suministro,

a saber:

n En relación con la interrupción acaecida en la

localidad de Cholila (Provincia de Chubut), el Ente

señaló que no puede ser confiada a terceros ajenos

a la prestataria la responsabilidad de la operación

de la red de distribución y que lo que se imputó a

la Licenciataria no fue su responsabilidad por el

accidente acaecido (embestida de un automóvil

contra un gabinete de un medidor de gas), sino

la carencia de personal (propio o contratado)

destacado en la Localidad para atender sin demoras,

situaciones de esa índole, que provocó la

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interrupción del servicio a 155 usuarios. De este

modo se aplicó a Camuzzi Gas del Sur S.A., la

pertinente sanción, mediante la Resolución

ENARGAS Nº1098/99, a la vez que se ordenó el

pago a cada usuario afectado de un cargo fijo.

nMediante la Resolución ENARGAS Nº1194/99, se

sancionó a Camuzzi Gas del Sur S.A. por el anormal

funcionamiento de las instalaciones a su cargo

que derivaran en que la usina de Ushuaia quedara

fuera de servicio. En tal oportunidad se entendió

que la Licenciataria debió haber regulado

correctamente su sistema de seguridad y regulación,

de forma tal que cuando quede fuera de servicio

un ramal, por cualquier eventualidad,

automáticamente comience a funcionar el otro.

n En el caso resuelto por la Resolución ENARGAS

Nº1198/99, se consideró la interrupción del

suministro a la localidad de Pujato, en el área de

Litoral Gas S.A., ocurrida el 16/4/99, concluyéndose

que tal interrupción obedeció a factores que no

resultaron ajenos a la operación de la licenciataria

(p.ej. formación de hidratos) y que por tanto

correspondía la aplicación de una sanción, a la

vez que ordenar el pago a cada usuario afectado

de un cargo fijo.

nA raíz de los inconvenientes acaecidos los días

16 y 19 de abril de 1999 en la operación de las

plantas reguladoras de Plaza Lavallol y Claypole,

que ocasionaron interrupciones de suministro y

deficiencias en la prestación del servicios a los

clientes de Metrogas S.A. de la zona, se emitió la

Resolución ENARGAS Nº1355/99, mediante la cual

se sancionó a la Licenciataria y se le ordenó el

pago de un cargo fijo a los usuarios afectados.

ACCIDENTES

En materia de accidentes, el tema que resulta de

tratamiento excluyente es el ocurrido en Las Mesitas,

Provincia de Salta, que fuera objeto de resolución

del Ente durante el año 1999.

Los hechos

El 11 de diciembre del año 1998, se produjo un

reventón en un tramo del Gasoducto Norte (16")

seguido de fuego en la localidad de Las Mesitas,

Provincia de Salta, que provocó el fallecimiento de

nueve operarios y un herido grave.

El día 14 de diciembre del mismo año, el ENARGAS

procedió a imputar a la Transportista la violación

de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley de Gas,

esto es, la obligación de operar y mantener sus

instalaciones y equipos en forma tal que no

constituyan peligro para la seguridad publica, y a

cumplir con los reglamentos y disposiciones del

ENARGAS, y la violación de su Licencia de

Transporte, en los puntos 4.2.2 - operar el sistema

de gasoductos y prestar el servicio en forma prudente,

eficiente y diligente y de acuerdo a las buenas

prácticas de la industria, 4.2.4 - operar y mantener

el sistema de gasoductos en condiciones tales que

no constituyan peligro para la seguridad de las

personas y bienes de sus empleados, usuarios y del

público en general y 4.2.5 - establecer sistemas de

control y medición adecuados, pronosticar y planificar

adecuadamente la reparación y el mantenimiento

del sistema de gasoductos.

Además, el ENARGAS contrató al Laboratorio Gie

Fundación Tecnológica, a fin de realizar los estudios

necesarios sobre el tramo de cañería siniestrada,

quien, en su informe técnico, concluyó que la elevación

de presión fue un factor decisivo para que, a partir

de las fugas en el interior de los pits por corrosión,

se propagara una fractura longitudinal que ocasionó

el reventón del mismo tramo siniestrado.

El día 22/12/98 el Organismo dictó una segunda

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orden regulatoria en la que adoptó diversas medidas

atinentes a la realización de los ensayos, al tiempo

que ordenó el corte del tramo de cañería remanente,

a fin de garantizar la no afectación de las partes

objeto del estudio.

El 13/1/99, se dispuso la realización de auditorías

en las sedes de Tucumán, Jujuy y Ciudad de Buenos

Aires, correspondientes a la transportista.

Con motivo de la presentación de información por

parte de la licenciataria a requerimiento del Ente, y

la obtenida en las auditorías, surgieron diversas

irregularidades, por lo que el ENARGAS resolvió

ampliar las imputaciones mediante la orden

regulatoria del 21/4/99. Así, además de la imputación

por el incumplimiento del artículo 21 del la Ley Nº

24.076, de los puntos 4.2.2, 4.2.4 y 4.2.5 de las

RBLT, se imputó la violación al punto 4.2.3 de las

mismas reglas - proveer lo necesario para mantener

en operación permanente instalaciones adecuadas

e idóneas para el transporte de gas, la violación a

los Procedimientos y Programas para mantenimiento,

seguridad y prevención de accidentes en gasoductos,

que completan la NAG-100 y el apéndice G-11 (tabla

3 A) y punto 5 del mismo apéndice.

A su vez, el organismo contrató a la empresa Pipe-

line Integrity International (PII), por su amplia

experiencia internacional en la industria del gas y

en la investigación de incidentes en gasoductos,

para que determine las causas y consecuencias del

incendio producido en el siniestro.

Esta consultora, finalmente, identificó como la

explicación más probable de las posibles fuentes

causantes del fuego a las chispas originadas por el

impacto de las rocas arrojadas como resultado de

la ruptura, dadas las condiciones particulares en

que se produjo el siniestro.

De las conclusiones aportadas por la consultora,

así como de las de Engineering and Fire Investiga-

tion (presentado por la Transportista), surgió que

fue poco probable que la presencia del personal de

TGN haya influido en la causa del fuego.

Resolución ENARGAS Nº 1262/99

La transportista efectuó dos descargos en virtud de

las imputaciones efectuadas por las órdenes

regulatorias del 14/12/98 y del 21/4/99, y, finalmente,

el 1 de octubre de 1999 el ENARGAS dictó la

Resolución 1262, que sancionó a Transportadora

de Gas del Norte S.A. atento a las serias irregu-

laridades por ella cometida además de obligarla a

realizar tareas que se detallarán oportunamente.

En cuanto a la resolución, cabe detallar cada

irregularidad detectada y la sanción correspondiente:

nMulta de $500.000 por la incorrecta operación

del gasoducto, ya que aumentó la presión de trabajo

existiendo fuga detectada el 10/12/98 en el ducto

y teniendo la posibilidad de realizar otras

maniobras en el sistema que no hubieren afectado

el tramo donde se encontraba la pérdida. Es decir,

pudo haber aislado el tramo de la operación del

gasoducto, en tanto la pinchadura se localizaba

en el loop de 16", quedando la posibilidad de

operar el Gasoducto Norte en esa zona mediante

el troncal de 24".

nMulta de $500.000 por haber destacado per-

sonal el día 11/12/98, en zona donde se había

detectado una fuga, mientras se aumentaba la

presión operativa de ese tramo de cañería, poniendo

en riesgo la seguridad de los empleados y del

personal contratado. Esta falta reviste la

característica de grave repercusión social, motivo

por el cual se aplica la máxima multa prevista.

nMulta de $500.000, porque el permiso de trabajo

en caliente del día 10/12/98, otorgado por per-

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sonal de TGN, se expidió sin haberse realizado la

correspondiente �Reunión previa a los Trabajos�,

requisito éste exigido por el propio �Manual de

procedimientos y programas para mantenimiento,

seguridad y prevención de accidentes� de la

licenciataria, cada vez que va a realizar un trabajo

en caliente.

Cabe señalar en este punto que, en el capítulo de

�Reuniones Previas� del mismo procedimiento,

se establece como objetivo de dichas reuniones

asegurar que los trabajos peligrosos sean

adecuadamente planificados y organizados en

reuniones previas al comienzo de los mismos,

habiéndose identificado y controlado todo riesgo

de seguridad relacionado con dicho trabajo.

nMulta de $500.000, en orden a que el día

10/12/98 el personal de la Transportista, procedió

a realizar excavaciones manuales en el sitio de

la fuga a fin de precisar la misma, omitiendo

despresurizar el ducto y observando un nivel del

60% del límite inferior de explosividad (L.E.L.),

en dicha zona. En este punto, se aclara que se

violó lo dispuesto en el punto 7 del Capítulo

�Excavaciones� de los Procedimientos y Programas

para mantenimiento, seguridad y prevención de

accidentes en gasoductos de TGN, que dispone

que cuando exista algún riesgo o indicio de algún

caño cuya integridad sea cuestionable (fugas,

excesiva corrosión, suelo inestable), debe

despresurizarse el tramo del caño hasta lograr

un nivel seguro y aceptable, no pudiendo efectuarse

ningún trabajo cuando el nivel de gas en la zona

supere el 10% del L.E.L. El 10/12/98 se había decidido

seguir excavando, por lo que la cuadrilla víctima

del siniestro del 11/12/98, era la que estaba afectada

a esa tarea.

nMulta de $500.000, por calificar erróneamente

la fuga detectada el día 10/12/98 como de grado

2, la cual se verificó en un cruce especial - Cruce

del Ferrocarril Gral. Belgrano - y en la cercanía

de la Ruta Nacional Nº 9, en un gasoducto de

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alta presión y con valores del 60% del L.E.L,

elementos éstos que necesariamente implican la

calificación de la fuga como de grado 1. Se debe

recordar aquí que la definición normativa de la

pérdida de grado 1 es la de la pérdida que representa

un riesgo real o probable a las personas o a la

propiedad y requiere una reparación inmediata o

acción continua hasta que las condiciones dejen

de ser peligrosas. Y, como puede observarse, la

pérdida ha sido detectada en un cruce de Ferrocarril

y a 75 metros de una ruta nacional que une las

capitales provinciales de Salta y Tucumán , por

lo que tiene asociado un riesgo insoslayable para

su calificación, la cual no es un mero hecho

estadístico, a los efectos de agrupar las fugas

por clases, sino el punto de partida para tomar

medidas correctivas, a fin de llevar un tramo de

gasoducto que presenta una fuga, a niveles de

seguridad óptimos para su operación.

nMulta de $500.000, por omitir calificar las

fugas durante el año 1998 en forma reiterada.

Luego de analizar la información correspondiente

al año 1998 requerida a TGN a los efectos de

evaluar su accionar ante la detección de una fuga,

pudo verificarse que existen gran cantidad de fugas

que no fueron siquiera calificadas oportunamente

por el Jefe de la Base al momento de detectarlas.

Es decir, TGN no habría cumplido con lo dispuesto

en el punto 5 del Apéndice G-11 del Material de

Guía de la NAG-100, que se corresponde con lo

establecido en los Procedimientos y Programas

para mantenimiento, seguridad y prevención de

accidentes en gasoductos de TGN. Además, estas

fugas detectadas durante el año 1998, no fueron

merituadas por el Operador Técnico de la

Licenciataria para tomar medidas tendientes a

cumplir y a hacer cumplir por parte del personal

de TGN, concretas y expresas disposiciones técnicas

relacionadas con la obligación inexcusable de

calificar inmediatamente las fugas al momento

de su detección.

nMulta de $500.000 por omitir contar con un

procedimiento escrito que determine la

coordinación con la operación, cuando se detecta

una fuga en la cañería. En este caso, la omisión

que ha sido imputada, es la falta de un

procedimiento de coordinación de Despacho de

gas (para manejo de presiones) y el área de

mantenimiento correspondiente (detección de

fugas). Este procedimiento escrito es el nexo

necesario entre la operación de Despacho de Gas

y la ocurrencia de una situación de riesgo, como

lo es una fuga.

nMulta de $500.000 por omitir tomar medidas

preventivas de seguridad para preservar la vida

de las personas, (tales como el aislamiento de la

zona) en tanto no se alertó sobre la existencia

de un peligro potencial en la zona donde se había

detectado la fuga, siendo que la Licenciataria había

operado el ducto de manera que se incrementara

la presión en dicho tramo, cercano a las vías del

Ferrocarril Gral. Belgrano y a la Ruta Nacional

Nº 9. En el permiso de trabajo del día 10/12/98,

se había determinado que las tareas se continuarían

y, aún así, no se efectuaron las comunicaciones

necesarias para prevenir situaciones de riesgo.

TGN no tomó las medidas necesarias siquiera para

alertar al personal de campo que se mantuviera

alejado de la zona donde se encontraba la fuga,

aún con todos los elementos en conocimiento de

Gas Control o que estaban a su disposición para

ser tenidos en cuenta en la operación. La

Licenciataria debió mínimamente avisar a la

empresa de transporte ferroviario y a la policía,

a efectos de alertar sobre el peligro imperante en

la zona. Omitió, por negligencia e imprudencia,

tomar las medidas precautorias necesarias para

alertar sobre la existencia de un peligro potencial,

para evitar perjuicios graves en la vida y los bienes

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de las personas, en razón de que ni siquiera colocó

señalizaciones en la zona.

nMulta $100.000, en orden a la falta de per-

sonal de seguridad que vigilara el ingreso y egreso

de las personas y equipos en la Planta Miraflores

y en las Bases de Mantenimiento, ubicadas en

dicho lugar y en Tucumán, y por no contar con

un control de ingreso y egreso de herramientas

de pañol en ambas bases. Las personas que

ingresan en estas instalaciones pueden desconocer

los principios básicos de las medidas de seguridad

a tomar. Es de hacer notar que durante horarios

nocturnos y los fines de semana y feriados, TGN

sólo contaba con una única persona (operador

de turno) que debía cumplir con múltiples funciones,

y si ésta debía salir de la sala de control hacia

otra instalación, el acceso quedaba sin vigilancia.

También, la falta de control de ingreso y egreso

de herramientas de pañol, podría provocar que,

ante una emergencia, no se encontraran las

herramientas necesarias, o que las tareas se realicen

con material no adecuado. Al ser material de

consumo, quedaba a consideración del empleado

determinar el reemplazo cuando considerara que

había llegado fin de su vida útil. Por lo tanto, la

licenciataria desconocía en forma cuantitativa y

cualitativa sus herramientas, es decir, no podía

ejercer ningún tipo de control en su correcta

utilización.

nMulta de $500.000, por la falta de Coordinadores

Locales de Seguridad e Higiene Industrial tal como

lo establecen los procedimientos de la Licenciataria,

y en tanto la responsabilidad de la seguridad e

higiene industrial en toda la Región Norte recaía

sobre una única persona que debía cumplir

numerosas funciones en toda la línea de la región

que abarca aproximadamente 1.000 km. de

gasoducto. Es evidente que la amplia dispersión

geográfica hacía que en forma alguna se pueda

considerar que una sola persona pudiera cumplir

eficientemente esa tarea, en particular las funciones

que específicamente le otorga el Manual de

Procedimientos de TGN al Coordinador de SHyMA.

nMulta de $500.000 por la omisión de asegurar

los niveles de protección catódica suficientes para

mantener la velocidad de corrosión en valores

aceptables, no habiendo evaluado oportunamente

la causa de corrosión del caño aledaño al

siniestrado. La licenciataria contaba con

información correspondiente al pasaje de scraper

del año 1997 y sin embargo a momento de la

detección de la fuga producida el 10/12/98 no

evaluó aquella información, ni impartió órdenes

o avisos de prevención sobre los potenciales riesgos

que, en definitiva, se tradujeron en las causas

del accidente del 11/12/98. En ejercicio de las

buenas prácticas de la industria y del buen arte,

el Departamento de Integridad debió pronunciarse

ante cualquier evidencia de daño estructural. El

Departamento de Integridad es indispensable para

que se pueda evaluar con mayor precisión el riesgo

que representaba dicha fuga, debiendo indicar los

cursos de acción a seguir en la reparación, pudiendo

hasta cambiar su graduación con la que fue

calificada en el momento de su detección.

nMulta de $500.000 en orden a que la

Licenciataria omitió asegurar los niveles de

protección catódica suficientes para mantener la

velocidad de corrosión en valores aceptables, no

habiendo evaluado, oportunamente, la causa de

corrosión del caño aledaño al siniestrado, en

momento de su reparación en el mes de marzo

del año 1995, a efectos de verificar la presencia

de bacterias sulfato reductoras en la zona. Es

decir, en la zona del accidente hubo un proceso

de corrosión microbiológica, el cual desarrolló una

velocidad de corrosión muy alta. La Norma NAG

100 es terminante al establecer en su Apéndice D

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los umbrales de potenciales negativos que deben

aplicarse a la cañería para mitigar el proceso de

corrosión. Es decir, la norma tiene contemplado

explícitamente los potenciales que deben aplicarse

al gasoducto en caso de presencia de bacterias

sulfato reductoras. Podemos entonces concluir que,

si la licenciataria hubiera aplicado correctamente

la norma, hubiera disminuido la velocidad de

corrosión a niveles aceptables.

Debe tenerse en cuenta que TGN contaba con la

evidencia de la presencia de bacterias sulfato

reductoras en las inmediaciones de la zona del

siniestro desde marzo de 1995, pero debido a que

su accionar se limitó sólo a reparar el caño, sin

proceder a investigar la causa de la corrosión,

no aplicó correctamente las medidas para mitigar

este proceso de corrosión, es decir no aplicó los

niveles de protección catódica inherentes a esta

condición especial. Como agravante podemos decir

que TGN cuenta con la asistencia técnica de un

operador internacional - NOVAGAS INTERNA-

TIONAL S.A. - originario de Canadá, país éste

reconocido como el de mayor desarrollo en el

campo de la investigación de la corrosión

microbiológica.

Finalmente, se resolvió diferir el tratamiento de las

imputaciones referidas a la falta de comunicación y

coordinación entre los diversos sectores de operación

y mantenimiento de la transportista, la evaluación de

la capacitación de su personal y del contratado por la

Licenciataria, el cumplimiento de los procedimientos

internos sobre Permisos de Trabajo y documentación

en poder de las secciones regionales para la correcta

calificación de las fugas, para el momento de la realización

de la Auditoría Integral de Gestión ordenada en la

Orden Regulatoria del 21/4/99.

Resumiendo, el hecho acaecido en Las Mesitas fue

previsible debido a que en el tramo en cuestión se

localizó una fuga, y que en el mismo se habían

detectado previamente focos de corrosión alineados,

que si bien los mismos, en la oportunidad de su

detección (1997), presentaban una pérdida de ma-

terial dentro de los límites de seguridad indicados

en las normas técnicas, la conjunción de estos dos

hechos - fuga/pérdida de material - producían

indudablemente una situación de riesgo que requería

extremar las medidas tendientes a evitar comprometer

la seguridad de la cañería. El acontecimiento no

fue ni imprevisible, ni extraño a la Licenciataria,

quien incrementó la presión en el tramo.

En razón de las serias irregularidades cometidas

por TGN, se impuso a la licenciataria, además, la

obligación de realizar las tareas que a continuación

se detallan:

1. Colocar cupones de corrosión en todos los puntos

representativos de su Sistema de Transporte, a

los efectos de que tenga monitoreado las

velocidades de corrosión que se producen en sus

cañerías, debiendo entregar al ENARGAS un

informe de la metodología utilizada para determinar

la cantidad, ubicación, especificaciones técnicas

y equipo asociado a los citados cupones. Asimismo,

también debió presentar un cronograma de tareas

asociadas, conteniendo todos los plazos de ejecución,

desde la compra hasta la colocación efectiva de

los mismos. También debió desarrollar y presentar

un procedimiento de medición y monitoreo,

conteniendo la frecuencia y método de relevamiento

y registración de los valores, para que, luego de

su análisis, sea incluido en sus Manuales de

Mantenimiento y Operación.

2. Limitar la cantidad de reparaciones con montura

a tres por caño reparado con anterioridad a la

fecha, no pudiendo existir más de ocho monturas

por cada tres caños consecutivos; asimismo

también debió limitar la cantidad de reparaciones

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con montura a dos por caño no reparado,

estableciendo un máximo de dos caños reparados

en estas condiciones por cada tres consecutivos.

Esta metodología descripta sería incluida dentro

de los Manuales de Mantenimiento y Operación.

Para ello, la Licenciataria debió remitir al ENARGAS,

las modificaciones a introducir, a los efectos de

ser analizada por el Ente. A su vez, debió remitir

información complementaria con el detalle de la

cantidad de monturas existentes por caño en todo

su Sistema de Transporte, de manera tal que pueda

individualizarse, caño por caño, la cantidad existente

en la actualidad.

3. Realizar un mapeo de suelos de todo su Sistema

de Transporte, a los efectos de determinar las

reales y posibles áreas de presencia de bacterias

sulfato reductoras en el suelo circundante a la

cañería. La Licenciataria debió remitir un programa

detallado de las tareas específicas, debiendo

contener los plazos de ejecución. Asimismo debió

instrumentar un programa de monitoreo periódico

a los efectos de conocer los posibles cambios sobre

el mapeo original. También debió introducir esta

metodología dentro de sus Manuales de

Mantenimiento y Operación, para lo cual

previamente debió enviar al ENARGAS las

modificaciones al mismo para su análisis.

4. Instrumentar un Programa de Control y Análisis

de Riesgo, especialmente adecuado para evaluar

presencia de corrosión bajo tensión en todo su

sistema licenciado. Asimismo, la Licenciatara debió

remitir al ENARGAS, un informe de lo realizado

con relación al tema de corrosión bajo tensión, y

un cronograma detallado de tareas faltantes para

dar cumplimiento al Programa de Control y

Análisis de Riesgo antes indicado.

5. Realizar, dentro del programa de evaluación de

la Protección Catódica, un relevamiento de

potenciales paso a paso, con el objetivo de adecuar

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los niveles de protección necesarios en todas las

áreas que presenten riesgos de existencia de bacterias

sulfato reductoras, etc. La Licenciataria debió remitir

un cronograma detallado de tareas a realizar en

este sentido, a fin de ser evaluado por el Ente.

6. Incorporar dentro de su plantel, profesionales

especializados en Seguridad e Higiene en el Trabajo,

en número tal, que no exista tarea que se efectúe

sin su respectivo control, debiendo dichos

profesionales estar destacados sólo a las tareas

inherentes a su función específica, tal como lo

prescribe el Manual de Operación, Mantenimiento

y Prevención de Accidentes de esa Licenciataria,

quien debió remitir el organigrama completo del

departamento correspondiente de Seguridad e

Higiene, detallando funciones, antecedentes y área

de operación de todos y cada uno de los

profesionales respectivos.

FUGAS Y ODORIZACIÓN

La Resolución ENARGAS Nº1192/99, que aprobó la

metodología de control mediante Indicadores de

Calidad de Servicio, estableció en materia de fugas

los indicadores de �Fugas por kilómetro� y �Tiempo

promedio de reparación de fugas grado 2�. Mediante

tales índices se ha pretendido acentuar la eliminación

progresiva de las pérdidas de gas producidas en las

redes, con el fin de mantener o mejorar los niveles

obtenidos de fugas por kilómetro alcanzados por las

realizaciones del primer quinquenio, logrando en el

futuro mejores condiciones de integridad y confiabilidad

en el sistema operado por los prestadores, a la vez

que evaluar la celeridad con que el prestador realiza

la reparación de fugas grado 2, en procura de limitar

su permanencia en cada sistema.

En lo atinente a odorización, y a fin de evitar el

enmascaramiento de una pérdida de gas odorizado

por presencia de una atmósfera enrarecida con

vapores de odorante, se estableció entre los indicadores

ambientales el de �Difusión de olor en plantas de

odorización�.

La Norma NAG 102 ( �Conducción de gas natural

y otros gases por cañerías, informes anuales, informes

de accidentes e informes relacionados con condiciones

de seguridad�), prevé la remisión de información

periódica, cuyos resultados obran como Cuadros

III-12 y III-13.

El Cuadro III-12 da cuenta de la ubicación general

14189

4875

72148

Serv. c/Prolong. Dom.

Cañeria Ppal.

Medidores y Acces.

P.V.C.

P.E.

H.F.

Acero

0 500 1000 1500 2000 2500 3000 3500

Cañería Principal

Cuadro III - 12 | Ubicación General de Fugas

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de fugas, discriminándose los porcentuales de fugas

verificados en medidores y accesorios, en servicios

de prolongación domiciliaria y en cañería princi-

pal. En este último caso se identifica el tipo de

cañería utilizada.

En el Cuadro III-13 se puede apreciar el total de

fugas por distribuidora, con la discriminación

antedicha.

Durante el año 1999, y como consecuencia de

constatarse el incumplimiento de las previsiones

de la Sección 723 de la NAG 100, se aplicaron

sanciones a Distribuidora de Gas del Centro S.A.

(Resolución ENARGAS Nº919/99), Distribuidora de

Gas Cuyana S.A. (Resolución ENARGAS Nº920/99),

Camuzzi Gas del Sur S.A. (Resolución ENARGAS

Nº921/99), Camuzzi Gas Pampeana S.A. (Resolución

ENARGAS Nº922/99), Gas Natural Ban S.A.

(Resolución ENARGAS Nº923/99), Gasnor S.A.

(Resolución ENARGAS Nº925/99) y Metrogas S.A.

(Resolución ENARGAS Nº928/99), a la vez que se

intimó a las citadas Licenciatarias a encuadrar de

inmediato sus procedimientos de detección y con-

trol de fugas a lo prescripto en la normativa vigente.

CONTROL A LOS SUJETOS DEL GAS NATURAL COMPRIMIDO

En cumplimiento de las disposiciones de la Ley

Nº24.076 (art. 2 inc. a), c) y f); 21 tercer párrafo y

52 incs. b), m), n) y x) que establece el marco

regulatorio de la actividad y previendo la necesidad

de precisar el ordenamiento administrativo y de

control del parque automotor de GNC y afianzar

los procedimientos de sustitución de combustibles

líquidos para uso vehicular, asegurando mayor control

y seguridad del ejercicio de esa actividad, el ENARGAS

dictó la Resolución Nº139/95, que reglamenta los

mecanismos para optimizar el funcionamiento del

parque automotor de GNC, de modo tal de garantizar

la calidad y seguridad de la actividad.

El Cuadro III-14 da cuenta de los controles realizados

por el ENARGAS durante el año 1999 en el área de

GNC, entre los que cabe destacar las constataciones

en Estaciones de Carga.

Distribuidora Denunc . % de Fugas Fugas Verificadas (cant.)

Verific. con Serv. (con Medidores Total fugas

Respec. del prolong. y verif icadas

Tot. de Denun. Acero P .E . Hº Fº P V C Total domici l ia . ) Accesorios por denun.

Metrogas 48.706 35.2 % 128 102 3.199 0 3.429 4.348 9.350 17.127

Ban 27.196 68.6 % 270 158 44 0 472 5.392 12.798 18.662

Litoral 10.143 82.0 % 82 178 29 0 289 1.196 6.830 8.315

Gasnor 10.406 61.8 % 19 6 0 0 25 58 6.343 6.426

Centro 12.091 66.3 % 20 78 0 0 98 1.825 6.094 8.017

Cuyana 18.051 62.8 % 38 107 0 0 145 310 10.881 11.336

Pampeana 14.848 81.1 % 64 184 67 0 315 769 10.953 12.037

Sur 9.620 95.3 % 57 38 0 0 95 258 8.814 9.167

Gas NEA 215 58.1 % 0 7 0 0 7 33 85 125

T o t a l e s 151 .276 60.3 % 6 7 8 8 5 8 3 .339 0 4 .875 14 .189 72 .148 91 .212

La diferencia entre denuncias y verificación es debido a denuncias en las cuales no se constató la pérdida de gas en sistema de distribución.

Cañería Principal

Cuadro III - 13 | Total de Denuncias y Verificación de Fugas

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Como resultado de tales controles, se aplicaron las

sanciones pertinentes. (Cuadro III-15).

Por su parte, y como resultado del control llevado

a cabo por las Licenciatarias del servicio de

distribución, conforme la Resolución ENARGAS

Nº197/95, se aplicaron las sanciones reseñadas en

el Cuadro III-16.

El control en materia de GNC ha requerido de un

esfuerzo creciente con el transcurso del tiempo, en

razón del gran desarrollo de esta actividad. Valga

como ejemplo de ello, la evolución en la venta de

obleas reseñada en el Cuadro III-17

CONTROL DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS TÉCNICAS

Dado que buena parte de los controles que lleva a

cabo el ENARGAS están relacionados con el efectivo

cumplimiento por parte de las prestadoras de las

normas técnicas, en este apartado cabe referirse a

dos puntos en especial, el control de instalaciones

domiciliarias e industriales y de obras en la vía pública.

Cuadro III - 14 | Control a los Sujetos del GNC durante 1999

Control a los Sujetos del GNC Durante 1999

Constataciones a estaciones de Carga 383

Productores de Equipos Completos (PEC) 2

Centros de Revisión Periódica de Cilindros (CRPC) 1

Talleres de Montaje 5

Organismos de Certificación 20

Dist r ibu idora Empresa Multa ($)

Gas Natural Ban S.A. Servitigre S.A. 3500

Distribuidora de Gas Cuyana S.A. Gubelco S.R.L. 2000

Distribuidora de Gas Cuyana S.A. Independencia S.A. 1000

Camuzzi Gas Pampeana S.A. Centro GNC S.A. 1200

Camuzzi Gas Pampeana S.A. GNC Tandil S.R.L. 1200

Cuadro III - 16 | Sanciones aplicadas por las Distribuidoras a Estaciones de expendio de GNC - 1999

Res Nº Empresa Sanción ($) M o t i v o

1018 Zappani y Asociados SRL 5.000 Violación Anexo I Resol. ENARGAS 139/95

1026 Differ 5.000 Violación Anexo I Resol. ENARGAS 139/95

Cuadro III - 15 | Sanciones aplicadas por el ENARGAS en el Area de GNC - 1999

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Del Anexo XXVII del Contrato de Transferencia de

Acciones surge la obligación de las Licenciatarias

de controlar, inspeccionar y habilitar las instalaciones

domiciliarias e industriales de su área de servicio.

La misma obligación les cabe a las Subdistribuidoras.

En este caso, el ENARGAS verifica el cumplimiento

de la normativa vigente y los procedimientos seguidos

por las Licenciatarias respecto de la inspección y

aprobación de las instalaciones domiciliarias e in-

dustriales.

Para ello, realiza auditorías tanto a las Licenciatarias

como a las Subdistribuidoras y, de constatarse

incumplimientos a la normativa vigente en la materia,

es decir, a las �Disposiciones , Normas y

Recomendaciones para uso de gas natural en

instalaciones domiciliarias de gas� - (DNyR) o a

las �Disposiciones y Normas Mínimas para la ejecución

de instalaciones domiciliarias de gas� - (DyNM) ,

aplica las sanciones que correspondieren.

En tal sentido, durante el año 1999, se han aplicado

las siguientes sanciones:

n Por Resolución ENARGAS Nº918/99, se sancionó

a Metrogas S.A. por su inobservancia a lo

establecido en el Capítulo VIII de las DNyR, por

proceder a habilitar las instalaciones sin aprobar

previamente los planos correspondientes. Al mismo

tiempo se intimó a la Licenciataria a dejar expresa

constancia de aprobación en el sello que identifica

a los planos de proyecto que supervisa y que se

encuadran en la citada normativa.

nMediante Resolución ENARGAS Nº924/99 se

sancionó a Camuzzi Gas del Sur S.A. por su

incumplimiento en la obligación de control

establecida en el Anexo XXVII de su Contrato

de Transferencia, al verificarse diversas

irregularidades en un edificio sito en la Ciudad

de Bariloche.

n La Cooperativa de Electricidad, Otros Servicios y

Obras Públicas Suipacha - J.J. Almeira Ltda. fue

sancionada (Resolución ENARGAS Nº926/99), en

razón de haber incurrido en negligencia en el control

del cumplimiento de las DyNM. Asimismo, y por

la misma Resolución, se intimó a la Subdistribuidora

305.655

352.095

436.155

494.099

557.580

1995 1996 1997 1998 1999

0.000

100.000

200.000

300.000

400.000

500.000

600.000

Cuadro III - 17 | Evolución de la Venta de Obleas para GNC

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al inmediato cumplimiento de lo ordenado por

Nota ENRG/GD/GAL/P Nº365, es decir, a arbitrar

los medios tendientes a subsanar las irregularidades

detectadas en la auditoría que sirvió de antecedente

a la mencionada sanción.

nMediante la realización de una auditoría para

verificar los procedimientos de aplicación y

condiciones técnicas de aprobación de las

instalaciones domicil iarias de gas, en la

jurisdicción correspondiente a la Cooperativa

Eléctrica y de Servicios Públicos �Mariano

Moreno� Lda. (CEyS), se detectó el incumplimiento

de las DyNM y se aplicó la pertinente sanción.

Por la misma Resolución se la intimó al

cumplimiento inmediato de lo ordenado por Nota

ENRG/GD/GAL/P Nº367.

nA fin de verificar el cumplimiento de la normativa

vigente en lo referente a los procedimientos de

inspección y aprobación de las instalaciones

domiciliarias, se realizó una auditoría en el sistema

de subdistribución existente en la ciudad de Junin,

operado por la firma Servicios de Gas Junin S.A.

Luego de constatar su negligencia en el control

del cumplimiento a las DyNM, se sancionó a la

Subdistribuidora, intimándosela, a su vez, a acreditar

en forma inmediata haber arbitrado los medios

a los efectos de que se subsanaren las irregu-

laridades detectadas.

n Por Resolución ENARGAS Nº1107/99, se sancionó

a Gas Natural Ban S.A. en razón de haber

empalmado un servicio domiciliario a una cañería

de alta presión, circunstancia que no fue detectada

al momento de proceder a la habilitación de la

instalación.

n En razón de auditorías dispuestas en el área de

distribución de Camuzzi Gas Pampeana S.A. y

de Camuzzi Gas del Sur S.A., dichas licenciatarias

fueron objeto de sendas sanciones en razón de

su negligencia en el control del cumplimiento de

las DyNM (Resoluciones ENARGAS Nº1195/99 y

Nº1196/99, respectivamente).

n Similar decisión se adoptó en el caso de Distrigas

S.A, mediante la Resolución ENARGAS Nº1197/99.

Entre las obligaciones de las Licenciatarias, previstas

en el Anexo XXVII del Contrato de Transferencia,

se encuentra la de controlar las obras en la vía

pública, de manera de cumplir y hacer cumplir por

parte de las contratistas las previsiones en materia

de señalización, vallado y seguridad de la obra.

Por otra parte, cabe aclarar que las facultades del

ENARGAS en esta materia se enmarcan en el con-

trol del cumplimiento de las Reglas Básicas de la

Licencia, y no deben ser entendidas como sustitución

de la competencia que, en la materia, le correspondiere

a otros organismos (p. ej. municipalidades). Por

otra parte, y teniendo en cuenta que el ENARGAS

ejerce su competencia en todo el país, de allí que

resulta de cumplimiento imposible un control �por

obra�, la tarea de fiscalización en esta materia se

realiza con la modalidad de control por excepción

(sobre muestra).

Con tales alcances, y durante el año 1999, se sancionó

a Gasnor (Resolución ENARGAS Nº1193/99) por el

incumplimiento detectado en obras en Tartagal y a

Gasnea S.A. (Resolución ENARGAS Nº1298/99), como

resultado de las auditorías oportunamente realizadas.

CONTROL DE OBRAS RELATIVAS AL FACTOR DE INVERSIÓN (�K�)

Atento que se ha previsto durante la Revisión

Quinquenal Tarifaria que no se produciría el ajuste

por factor de inversión, hasta tanto no se

encontraran habilitadas las obras respectivas, es

decir se aplica una �cláusula gatillo�, el ENARGAS

controla en forma previa a cada ajuste semestral

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la efectiva concreción de las obras y el cumplimiento

de los objetivos propuestos.

Ello ha implicado que en ciertas ocasiones, si bien

la obra estaba prevista, al comprobarse que no se

había materializado su concreción, el ENARGAS ha

denegado el traslado tarifario.

En el apartado referido a �Actividades de Regulación�

se da cuenta de las obras aprobadas.

COMPRAS DE GAS

En forma previa a cada ajuste estacional, el ENARGAS

efectúa auditorías respecto de las compras del fluido

efectuadas por las prestadoras. Como resultado de

tales auditorías, en diversas oportunidades, se han

dispuesto deducciones de las diferencias diarias y/o

el recálculo del precio del gas en el punto de ingreso

al sistema de transporte (ver al respecto el apartado

�Tarifas� de este capítulo).

En el marco de tales auditorías, y como resultado

de su incumplimiento en materia de suministro de

información fue apercibida la firma Emgasud S.A.,

mediante la Resolución ENARGAS Nº1396/99.

CARGOS A PAGAR

Las Licenciatarias sólo pueden percibir de los usuarios

aquellos cargos debidamente autorizados por el

ENARGAS, y que constituyen costos necesarios para

cumplimentar prestaciones de servicios adicionales

a las tareas propias al objeto de la Licencia. Por

otra parte, tales cargos deben reflejar las tareas

efectivamente realizadas.

El ENARGAS fija semestralmente los montos de

dichos cargos y verifica su correcta aplicación y, de

corresponder, aplica las sanciones pertinentes. Valgan

al respecto los siguientes ejemplos:

nMediante la Resolución ENARGAS Nº962/99 se

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sancionó a Gas Natural Ban S.A. por haber cobrado

cargos indebidos al facturar servicio completo sin

zanjeo ni reparación de veredas, siendo que los

trabajos realizados por esa Licenciataria no se

correspondían con las tareas que este cargo

comprende. Asimismo, se dispuso que la

Licenciataria reintegrara a los usuarios afectados

la diferencia entre el monto percibido y el que

corresponde por soldadura de servicio sin zanjeo

ni reparación de veredas.

nMetrogas S.A. fue sancionada, por Resolución

ENARGAS Nº963/99, en razón del cobro del cargo

por servicio completo en casos en que los trabajos

realizados por la Licenciataria no se correspondían

con las tareas comprendidas en ese cargo,

ordenándose, además, el reintegro pertinente a

los usuarios.

COMERCIALIZADORES

En lo atinente a la actividad de los comercializadores,

y sin perjuicio del análisis de las Reglas de Conducta

a aplicarse en su relación con otros sujetos de la

industria (Licenciatarias y Usuarios), el ENARGAS

ejerce el control respecto de las restricciones previstas

en el art.34 de la Ley Nº24.076.

Así, durante el año 1999 y en pos del cumplimiento

de las disposiciones que vedan la integración ver-

tical de los distintos sujetos de la industria, se

advirtió que la existencia de un controlante común

(Gascart S.A.) tanto de la Distribuidora (Gasnor

S.A.) como del comercializador (Gasmarket S.A.)

era una situación expresamente prohibida por la

normativa vigente. Por lo tanto, y mediante la

Resolución ENARGAS Nº1013/99, se aplicaron las

sanciones pertinentes tanto al comercializador como

a la Distribuidora.

REGISTRO DE CONTRATOS

Conforme lo dispuesto oportunamente por el

ENARGAS, son remitidos a su sede los contratos

suscritos tanto por las Transportistas, como por

las Distribuidoras y Comercializadores, a fin de

posibilitar su seguimiento y evaluar su adecuación

a las normas vigentes.

Los cuadros III-18 y III-19 nos ilustran acerca del

número de tales contratos.

1 9 9 5 1996 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9

T G S 4 3 6 0 6 8 8 1 1 0 4

Firme (TF) 13 15 17 22 33Interrumpible (TI) 22 33 38 40 46Desplazamiento (ED) 8 12 13 19 25

T G N 3 2 4 4 5 2 6 5 7 9

Firme (TF) 21 30 38 44 56Interrumpible (TI) 8 9 10 14 14Desplazamiento (ED) 3 5 4 7 9

To ta l 7 5 1 0 4 1 2 0 1 4 6 1 8 3

Firme (TF) 34 45 55 66 89Interrumpible (TI) 30 42 48 54 60Desplazamiento (ED) 11 17 17 26 34

Cuadro III - 18 | Contratos Suscriptos por Transportistas - 1995 / 1999

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RÉGIMEN SANCIONATORIO

El Marco Regulatorio de la Industria del Gas, y las

Licencias otorgadas en consecuencia, facultan al

ENARGAS a aplicar sanciones ante el incumplimiento

de las obligaciones establecidas. Para ello, se lleva

a cabo un procedimiento en el cual se asegura el

derecho de defensa del imputado.

Durante 1999, se aplicaron cuatro apercibimientos

y cincuenta y dos multas. Estas últimas, por un

valor de siete millones ochenta y siete mil pesos

($7.087.000). El cuadro III-20 sintetiza las sanciones

aplicadas y sus motivos.

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

El artículo 66 de la Ley Nº24.076 establece que toda

controversia que se suscite entre los sujetos de la

ley, así como con todo tipo de terceros interesados,

ya sean personas físicas o jurídicas, con motivo de

los servicios de captación, tratamiento, transporte,

almacenamiento, distribución y comercialización de

gas, deberán ser sometidas en forma previa y

obligatoria a la jurisdicción del Ente.

A fin de asegurar el control judicial suficiente de

las decisiones adoptadas por el Enargas, la citada

ley ha previsto la apelación ante la Cámara Nacional

de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo

Federal de la Capital Federal.

La mayor parte de las decisiones del ENARGAS en

esta materia versan acerca de las controversias

suscitadas entre las Licenciatarias del servicio de

distribución y los usuarios residenciales, que son

objeto de consideración del Directorio del Organismo

por vía jerárquica, toda vez que se ha previsto un

procedimiento ágil y simplificado de resolución por

parte del funcionario interviniente a partir de la

Resolución ENARGAS Nº124/95.

Cuadro III - 19 | Contratos Suscriptos por Distribuidoras - 1998 / 1999

Tipos de Servicios

By PassDis t r ibu idora SG-G G N C F D F T S D B ID IT Comerciales TOTAL

9 8 9 9 9 8 9 9 9 8 9 9 9 8 9 9 9 8 9 9 9 8 9 9 9 8 9 9 9 8 9 9 9 8 9 9

Gasnor 27 24 35 42 20 18 - - 1 1 16 11 - - 8 9 107 105

Centro 21 16 64 89 21 24 1 2 14 14 8 12 - - 11 12 140 169

Cuyana 14 17 55 61 28 27 - 1 3 3 10 13 - - 7 10 117 132

Litoral Gas - - 60 65 22 22 - - 16 17 12 12 - - 23 29 133 145

Gas Natural Ban - - 147 174 47 44 - - 3 3 12 13 - - 8 13 217 247

Metrogas 9 10 156 243 49 47 - - 2 2 3 5 - - 12 17 231 324

Camuzzi Gas 1 - 62 77 27 30 3 3 8 9 9 10 - - 6 8 116 137Pampeana

Camuzzi Gas - - 7 12 15 17 1 - 6 5 16 10 1 1 8 8 54 53del Sur

TOTALES 72 67 586 763 229 229 5 6 53 54 86 86 1 1 83 106 1115 1312

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Res. Nº Empresa S a n c i ó n M o t i v o

Inobservancia en lo referente a habilitación de instalaciones sin aprobar

previamente los planos correspondientes.

Incumplimiento de lo establecido en la Sección 723 de la Norma NAG 100.

Incumplimiento de lo establecido en la Sección 723 de la Norma NAG 100.

Incumplimiento de lo establecido en la Sección 723 de la Norma NAG 100.

Incumplimiento de lo establecido en la Sección 723 de la Norma NAG 100.

Incumplimiento de lo establecido en la Sección 723 de la Norma NAG 100

Incumplimiento de su obligación de control establecida en el Anexo XXVII

del Contrato de Transferencia .

Incumplimiento de lo establecido en la Sección 723 de la Norma NAG 100.

Negligencia en el control del cumplimiento de la Normativa Técnica vigente

- Disposiciones y Normas Mínimas para la Ejecución de Instalaciones

Domicliarias de Gas.

Incumplimiento de lo establecido en la Sección 723 de la Norma NAG 100

Cobro de cargos indebidos al facturar Servicio Completo sin zanjeo ni repa-

ración de veredas, siendo que los trabajos realizados por esa Licenciataria no

se correspondían con las tareas que este cargo comprende.

Cobro de cargos indebidos , al facturar Servicio Completo, siendo que los

trabajos realizados por la Licenciataria no se corresponden con las tareas

que este cargo comprende.

Ingreso al inmueble propiedad de la �ESTANCIA PUERTO LOBOS� sin con-

sentimiento.

Incumplimiento de los Arts. 34 y 52 de la Ley 24.076.-

Incumplimiento de lo establecido en el Cuadro 1 Punto 1 B � Corrosión

externa del revestimiento asfáltico del Apéndice 1 de las Reglas Básicas.

Incumplimiento de la Resolución ENARGAS Nº139/95. Elementos sin homo-

logación. Se efectúa un llamado de atención al Rep. Técnico de la firma.

Incumplimiento con lo establecido en el Art. 16 Inc. b) y c) de la Ley 24.076

Art. 8.1.3. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución, la Resolución

100 y el Apéndice 1 de las Reglas Básicas.

Negligencia en el Control del Cumplimiento de la Normativa Técnica Vigente

-Disposiciones y Normas Mínimas para la Ejecución de Instalaciones Domi-

ciliarias.

Incumplimiento de la Resolución ENARGAS Nº139/95. Se efectúa un llama-

do de atención al Rep. Técnico de la firma.

Incumplimiento de lo establecido en el Art. 21 de la Ley 24076 y en el Cap.

IV de las Reglas Básicas de la Licencia.

Negligencia en el control del Cumplimiento de la Normativa Técnica Vigente.

Incumplimiento de lo establecido en los Puntos 4.2.2.., 4.2.3 y 4.2.4 de las

Reglas Básicas de la Licencia.

918 Metrogas S.A. Apercibimiento

919 Distrib. de Gas del Centro S.A. Multa $ 15.000

920 Distrib. de Gas Cuyana S.A. Multa $ 20.000

921 Camuzzi Gas del Sur S.A. Multa $ 20.000

922 Camuzzi Gas Pampeana S.A. Multa $ 20.000

923 Gas Natural Ban S.A. Multa $ 20.000

924 Camuzzi Gas del Sur S.A. Multa $ 15.000

925 Gasnor S.A. Multa $ 15.000

926 Coop. de Electricidad, otros Multa $ 4.000

Servicios y O. Públicas de

Suipacha , J.J. Almeira Ltda.

928 Metrogas S.A. Multa $ 15.000

962 Gas Natural Ban S.A. Multa $ 5.000

963 Metrogas S.A. Multa $ 10.000

1012 Camuzzi Gas del Sur S.A. Multa $ 5.000

1013 Gas Market S.A. Multa $ 15.000

Gasnor S.A. Multa $ 15.000

1017 Transp. de Gas del Norte S.A. Multa $ 100.000

1018 Zappani y Asoc. SRL Multa $ 5.000

1022 Camuzzi Gas Pampeana S.A. Multa $ 5.000

1023 Coop. Mariano Moreno Ltda. Multa $ 2.000

1026 Differ de Carlos Colombo Multa $ 5.000

y Angela Cerato

1098 Camuzzi Gas del Sur S.A. Multa $ 25.000

1106 Servicios de Gas Junín S.A. Multa $ 2.000

1107 Gas Natural Ban S.A. Multa $ 10.000

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Incumplimiento de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución. Dispónese

que la Coop. deberá abonar a los usuarios afectados la suma equivalente

a un cargo fijo, correspondiente al primer período a los 15 días a partir de

su notificación.

Incumplimiento de la obligación de control establecida en el Anexo XXVII de

su Contrato de Transferencia.

Incumplimiento de lo establecido en los Arts. 4.2.2.. y 4.2.3. de las Reglas

Básicas de la Licencia.

Negligencia en el control del cumplimiento de las Disposiciones y Normas

Mínimas para la ejecución de Instalaciones Domiciliarias de Gas.

Negligencia en el Control del Cumplimiento de las Disposiciones y Normas

Mínimas para la ejecución de instalaciones domiciliarias de gas.

Negligencia en el control del cumplimiento de las Disposiciones y Normas

Mínimas para la ejecución de Instalaciones Domiciliarias de Gas.

Incumplimiento de lo establecido en los Arts. 4.2.2. y 4.2.3. del Régimen de

Prestación del Servicio de las Reglas Básicas de la Licencia.

1) Incumplimiento de lo dispuesto en el pto. 4.2.2 de las RBL y art. 21 de la

Ley Nº 24.076 (incorrecta operación por aumento de presión).

2) Incumplimiento de lo dispuesto en el pto. 4.2.4. de las RBL (envío de

personal mientras se aumentaba presión operativa en fuga).

3) Incumplimiento de lo dispuesto en el punto 4.2.2. de las RBL, art. 21 de la Ley

Nº 24.076 y el punto 4 del Cap. �Permisos p/Trabajos en Caliente�.

4) Incumplimiento de lo dispuesto en el punto 4.2.2. de las RBL y el punto

7 del Cap. �Excavaciones� de los �Procedimientos y Programas p/Man-

tenimiento, Seguridad y Prevención de Accidentes en Gasoductos�

(excavaciones sin despresurización y un nivel del 60% del LEL).

5) Incumplimiento de lo dispuesto en los puntos 4.2.2. y 4.2.3. de las RBL,

el art. 21 de la Ley Nº24.076 y la Tabla 3ª) del punto 5 del Apéndice G-

11 del Material de Guía de la NAG 100, y lo prescripto en el Cap.

�Detección de Pérdidas� (errónea calificación de fugas).

6) Incumplimiento de lo dispuesto en el punto 4.2.2. de las RB L, el punto 5

del Apéndice G-11 de la NAG 100 y el Capítulo �Detección de Pérdidas�

(Omisión de calificación de fugas durante el año 1998).

7) Incumplimiento de lo dispuesto en el punto 4.2.2. de las RBL y el art. 21

de la Ley Nº24.076 (omitir contar con un procedimiento escrito que

determine la coordinación con la operación, cuando se detecte una fuga

en la cañería).

8) Incumplimiento de lo dispuesto en el punto 4.2.2. de las RBL y el art.

21 de la Ley Nº24.076 (omitir tomar medidas preventivas de seguri-

dad p/preservar la vida de las personas).

1159 Cooperativa F.E.L. Ltda Apercibimiento

1193 Gasnor S.A. Multa $ 10.000

1194 Camuzzi Gas del Sur S.A. Multa $ 25.000

1195 Camuzzi Gas Pampeana S.A. Multa $ 10.000

1196 Camuzzi Gas del Sur S.A. Multa $ 10.000

1197 Distrigas Multa $ 2.000

1198 Litoral Gas S.A. Multa $ 20.000

1262 Transp. de Gas del Norte S.A. Multas:

1) $ 500.000

2) $ 500.000

3) $ 500.000

4) $ 500.000

5) $ 500.000

6) $ 500.000

7) $ 500.000

8) $ 500.000

Res. Nº Empresa S a n c i ó n M o t i v o

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9) Incumplimiento de lo dispuesto en el punto 4.2.2. de las R.B.L. y el art. 21 de la

Ley Nº 24.076 (falta de personal de seguridad y control de herramientas).

10) Incumplimiento de lo dispuesto en el punto 4.2.2 de las RBL y en los

�Procedimientos para Mantenimiento, Seguridad y Prevención de Acci-

dentes en Gasoductos� (falta de coordinadores locales de seguridad).

11) Incumplimiento de lo dispuesto en el punto 4.2.2. de las RBL (omisión

por parte del Departamento de Integridad de la Licenciataria, de impar-

tir las órdenes o avisos de prevención s/los potenciales riesgos imperantes

en el gasoducto).

12) Incumplimiento de lo dispuesto en el punto 4.2.2. de las RBL de Trans-

porte, el art. 21 de la Ley Nº 24.076 y el Apéndice D de la NAG 100

(omitir asegurar los niveles de protección catódica suficientes p/mante-

ner la velocidad de corrosión en valores aceptables).

Incumplimiento de lo establecido en la reglamentación relativa señalización

y vallado de obras en la vía pública y los puntos 8,9,10 y 11 de la Norma

GE-N1-136.

Incumplimiento de lo establecido en el Cuadro I del Apéndice 1 en relación

a la inspección interna, relevamiento e informe de los gasoductos con

revestimiento asfáltico de las Reglas Básicas de la Licencia.

Incumplimiento meta física de alcanzar el 100% en el nivel de protección

catódica de su sistema licenciado al final del quinquenio 1993-1997.

Incumplimiento meta física de alcanzar el 100% en el nivel de protección

catódica de su sistema licenciado al final del quinquenio 1993-1997.

Incumplimiento meta física de alcanzar el 100% en el nivel de protección

catódica de su sistema licenciado al final del

quinquenio 1993-1997.

Incumplimiento meta física de alcanzar el 100% en el nivel de protección

catódica de su sistema licenciado al final del quinquenio 1993-1997.

Incumplimiento meta física de alcanzar el 100% en el nivel de protección

catódica de su sistema licenciado al final del quinquenio 1993-1997.

Incumplimiento meta física de alcanzar el 100% en el nivel de protección

catódica de su sistema licenciado al final del quinquenio 1993-1997.

Incumplimiento meta física de alcanzar el 100% en el nivel de protección

catódica de su sistema licenciado al final del quinquenio 1993-1997.

Incumplimiento meta física de alcanzar el 100% en el nivel de protección

catódica de su sistema licenciado al final del quinquenio 1993-1997.

Inobservancia a los puntos 4.2.2. y 4.2.3. de las Reglas Básicas de la

Licencia.

Inobservancia a lo dispuesto en el Art. 4.1.16 de las Reglas Básicas de la

Licencia.

Violación de la Resolución ENARGAS Nº139/95.

Incumplimiento de normas detectado por auditoría técnica.

9) $ 100.000

10) $ 500.000

11) $ 500.000

12) $ 500.000

1298 Gas Nea S.A. Multa $ 5.000

1343 Transp. de Gas del Norte S.A. Multa $ 390.000

1344 Camuzzi Gas Pampeana S.A. Multa $ 90.000

1345 Camuzzi Gas del Sur S.A. Multa $ 80.000

1346 Metrogas S.A. Multa $ 80.000

1347 Gasnor S.A. Multa $ 80.000

1348 Gas Natural Ban S.A. Multa $ 80.000

1349 Distrib. de Gas del Centro S.A. Multa $ 80.000

1353 Litoral Gas S.A. Multa $ 85.000

1354 Distrib. de Gas Cuyana S.A. Multa $ 80.000

1355 Metrogas S.A. Multa $ 10.000

1396 Emgasud S.A. Apercibimiento

1448 GNC Hernando Bonardi e Hijos Apercibimiento

1449 Olivero Gas S.A. Multa $ 2.000

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67 14/01 Gasoducto Norandino S.A., Pluspetrol Energy S.A.,

Astra CAPSA, Gasoducto Cuenca Noroeste Ltda Suc.

Argentina y sus Operadores Técnicos.

Invitados: Gobernaciones y Asociaciones de Usua-

rios y Consumidores de las Pcias. de Jujuy y Salta.

68 28/04 Licenciatarias de Distribución de Gas y Subdis-

tribuidores autorizados por el ENARGAS.

Invitadas: Asociaciones de Usuarios y Consumidores.

69 02/06 Licenciatarias de Transporte y Distribución de Gas.

Invitadas: Asociaciones de Usuarios y Consumidores.

70 28/09 Licenciatarias de Distribución de Gas y Subdis-

tribuidores autorizados por el ENARGAS.

Invitadas: Asociaciones de Usuarios y Consumidores.

N º D í a Partes Interesadas Tema

Informar a las comunidades de Salta y Jujuy acerca de

las condiciones de seguridad, prevención ambiental y

arqueológica, control y condiciones de operación y man-

tenimiento de los gasoductos �Norandino�y Ätacama�.

Ajuste de cuadros tarifarios por variaciones en el precio

del gas en boca de pozo.

Análisis de los Indicadores de Calidad de Servicio pro-

puestos y de la información recabada conforme la Reso-

lución ENARGAS Nº981/98.

Ajuste de cuadros tarifarios por variaciones en el precio

del gas en boca de pozo.

Cuadro III - 21 | Audiencias Públicas realizadas durante 1999

AUDIENCIAS PÚBLICAS

Entre las audiencias públicas celebradas durante el

año 1999, y que se reseñan en el Cuadro III-21

merece destacarse especialmente la convocada a

los fines de analizar los Indicadores de Calidad de

Servicio, como nueva metodología de control, la

que es indicativa de la tendencia que se ha producido

en los últimos años consistente en que las audiencias

públicas han servido de ámbito de discusión de

cuestiones eminentemente regulatorias, en oposición

a la solución de controversias que fue el objeto de

las audiencias del Ente, en su etapa inicial.

En oportunidad de cada una de las audiencias, además

de las publicaciones de rigor, el ENARGAS convoca

a las Asociaciones de Usuarios y a todos los

eventualmente interesados en el tema, sean o no

parte de las actuaciones en cuestión, asegurándose

de este modo la más amplia participación de la

comunidad.

VÍAS DE IMPUGNACIÓN

DE LOS ACTOS DEL ENARGAS

Los actos administrativos emitidos por el ENARGAS

son susceptibles de ser recurridos tanto en sede

administrativa como judicial, conforme las previsiones

de la Ley Nº24.076 en la materia.

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

Los actos administrativos emitidos por el ENARGAS

son susceptibles de los recursos de Reconsideración

y Alzada. Los Recursos de Alzada son resueltos por

el Ministerio de Economía, conforme lo dispuesto

por el Decreto � Ley Nº 1759/72.

Cabe señalar que las resoluciones emitidas por el

ENARGAS, en cuestiones en las que ejerce funciones

materialmente jurisdiccionales, asignadas al órgano

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en razón de la especialidad técnica, no son recurribles

ante la Alzada, quedando expedita la vía judicial

ab initio.

Asimismo, y en las materias en que es susceptible

del control de la alzada, éste se limita a la legitimidad

del acto impugnado y no se expide sobre cuestiones

de oportunidad, mérito o conveniencia.

VÍA JUDICIAL

Conforme el Artículo 66 de la Ley Nº 24.076, las

decisiones materialmente jurisdiccionales del

ENARGAS son susceptibles de apelación ante la

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso

Administrativo Federal de la Capital Federal. Este

recurso es de carácter devolutivo, es decir no suspende

la ejecución del acto recurrido.

En caso de recurrirse judicialmente la imposición

de sanciones, el Artículo 73 de la Ley Nº24.076 ha

previsto que tal recurso podrá interponerse en forma

directa, es decir, sin agotar la instancia administrativa,

ante la citada Cámara. Ahora bien, al momento de

recurrir se deberá caucionar el monto de la multa,

para que el recurso revista carácter suspensivo. De

no cumplirse con dicha caución, el recurso es concedido

al sólo efecto devolutivo.

Para aquellos casos en que el ENARGAS no hubiera

ejercido funciones materialmente jurisdiccionales o

aplicado sanciones, la vía judicial prevista es la del

Artículo 70 de la Ley, que exige agotar previamente

la instancia administrativa.

Los Cuadros III-22, III-23 y III-24 nos ilustran

acerca de la causas en que se recurrieron resoluciones

del ENARGAS, las sentencias recaídas y la efectividad

de la representación letrada del Organismo.

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Cuadro III - 22 | Representación del ENARGAS en Sede Judicial - 1993 / 1999 -

0

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14Desfavor.

Desistim.

Favorables

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5

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. 5; Sec

9

Juzg

. 5; Sec

10

Juzg

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3

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. 7; Sec

13

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21

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2

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10

12

Desfavorable

Desist.

Modific.

Confirmada

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Sala

II

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a III

Sala

IV

Sal

a V

C.S

.J.N

.

Informe General sobre el estado de causas en las que se recurrieron Resoluciones

Sentencias recaídas en Sede Judicial sobre Resoluciones M.J.

Total Sentencias a Diciembre de 1999: 121

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Cuadro III - 23 | Representación del ENARGAS en Sede Judicial - Sentencias Recaídas en el Paríodo1993 / 1999 -

Detalle por efectividad de la representación letrada del ENARGAS

Detalle por confirmación o modificación de las Resoluciones M.J. del ENARGAS

Total Sentencias a Diciembre de 1999: 121

6 5

33

51

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10

20

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Des

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Confi

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Apelación Art. 73

Apelación Art. 70

Cuadro III - 24 | Sentencias Recaídas en Sede Judicial durante 1999 según Vías Recursivas

El ENARGAS, tal como lo hiciera en años anteriores,

continuó, durante el año 1999, manteniendo un

fluido contacto con los usuarios del servicio, así

como con las asociaciones que los representan.

Pero más allá de esta relación, cabe destacar las

acciones llevadas a cabo en materia regulatoria cuyas

consecuencias se reflejan en la calidad de servicio

a los usuarios. En este campo merece destacarse,

muy especialmente, el dictado de la Resolución

ENARGAS Nº1192/99 que establece la Metodología

de Control mediante Indicadores de Calidad del

Servicio. La importancia de ello radica en el hecho

de establecer pautas objetivas, a fin de que el usuario

conozca si el servicio prestado por la Licenciataria

se adecua o no a los parámetros de calidad establecidos

para su prestación. Con tal motivo, se ha previsto

la publicación de los niveles de cumplimiento

alcanzados y la difusión de un orden de méritos de

las prestadoras.

Otro hecho destacado está dado por el establecimiento

de la �factura armonizada�, que tiene por objeto facilitar

el control de la facturación por parte del usuario,

dando parámetros similares a los distintos servicios.

Sobre ambas novedades se dará cuenta en este

capítulo, a la vez que se mantiene la información

habitual acerca de las consultas y reclamos de los

usuarios y de los cursos dictados durante el pasado

ejercicio.

Comenzando con el contacto directo del ENARGAS

con los usuarios, cabe recordar los medios con que

cuentan para dirigirse a la Autoridad Regulatoria,

los que se exponen en la gráfica obrante como

Cuadro IV-1.

LA NUEVA REGULACIÓN

Indicadores de Calidad del Servicio

Comerc ia l

Mediante la Resolución ENARGAS Nº1192/99, el

ENARGAS aprobó en forma definitiva la metodología

de control basada en Indicadores de Calidad del

Servicio. En lo que respecta a los usuarios, revisten

especial trascendencia los referidos a la calidad del

servicio comercial.

Los índices relacionados con este punto evalúan la

gestión de las empresas distribuidoras en todas

aquellas actividades en que éstas interaccionan con

sus clientes y con terceras personas (demoras, relación

comercial, servicios, atención, prestaciones) y la

eficiencia con que son resueltos los reclamos y

consultas que se les plantean.

Tienen como objetivo uniformar procedimientos en

la atención del cliente, así como calificar y obtener

opinión fundada respecto de la gestión de cada

Licenciataria.

Asimismo, permiten conocer tendencias y anticipar

rectificaciones que posibiliten mejorar el servicio.

Por sus características particulares y, con el objeto

C a p í t u l o IVEL ENARGAS Y SU RELACIÓN CON LOS USUARIOS

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de definir áreas de gestión, los indicadores

seleccionados se agruparon en tres conjuntos: A,

B y C, tal como surge del Cuadro IV-2.

Los índices de los grupos A y B toman, como base

de información, la cantidad de �reclamos procedentes�

que los usuarios plantean a las Licenciatarias.

Se ha entendido como reclamo a todo contacto que,

en principio, denota una posible transgresión a la

normativa vigente o error por parte de la Licenciataria;

en tanto reclamo procedente, es aquél en el que,

luego de su análisis, se concluye que requiere una

acción, corrección, contraprestación o resarcimiento

por responsabilidad de la Licenciataria.

En los grupos A y B se adoptó como criterio tomar

el promedio del conjunto de los índices de reclamos

de cada una de las Licenciatarias por cada 1000

usuarios propios para el año 1999.

Este promedio será tomado como nivel de referencia

1. Si Usted tiene problemas con el servicio de gas,deberá comunicarse con su distribuidora. En ellale entregarán un número de reclamo y la fechaestimada de resolución. Si su reclamo no es atendidodebidamente o necesita asesoramiento, el EnteNacional Regulador del Gas atenderá sus consultasy reclamos en forma inmediata.

2. Usted podrá hacerlo en forma personal en la SedeCentral sita en Suipacha 636 (Cap. Fed.) o encualquiera de sus Delegaciones o Agencias.

3. También tiene la posibilidad de contactarse conENARGAS por correo, al Apartado Especial Nº 600 (C1000WAF) Correo Central.

4. Si usted lo desea puede Conectarse Vía Internet consultando la sección de Atención alUsuario en la página que encontrará en www.enargas.gov.ar y efectuar su reclamo.

5. O bien, si cuenta con acceso a correo electrónico, puede contactarse [email protected]

6. También, puede llamar a la línea gratuita de Consultas y Reclamos 0800 333 4444

ATENCIÓN AL USUARIO.

LÍNEA GRATUITA DE CONSULTAS Y RECLAMOS

0800 333 4444

Cuadro IV - 1 | Contactos con el ENARGAS

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Índice IDenotar situaciones relacionadas con:

1. Facturación errónea.2. Factura no recibida.3. Factura recibida con atraso.4. Reclamo deuda inexistente.5. Cobro cargo incorrecto.6. Error en el período de consumo facturado.7. Datos de usuario incorrectos.8. Corte improcedente de suministro.9. Otros de facturación y gestión de deudas.

Índice IIDenotar situaciones relacionadas con:

1. Escaso suministro (sin gas/poco gas).2. Pérdida de gas (olor a gas).3. Otros por inconvenientes en el suministro de gas.

Índice IIIDenotar situaciones relacionadas con:

1. Demora en atender solicitud de cierre de suminis-tro.

2. Habilitación o rehabilitación demorada.3. Reparación vía pública incorrecta o demorada.4. Mala atención al reclamante.5. Otros por gestión de prestaciones

Índice IVDenotar la cantidad de situaciones anómalas que seplantean a cada una de las distribuidoras.

Índice VDenotar la cantidad de reclamos procedentes queson resueltos por las Licenciatarias a satisfaccióndel usuario sin intervención de ENARGAS, v.g.Grado de Satisfacción.

Índice VIDenotar las demoras en atender los reclamos recibi-dos telefónicamente.

Índice VII

Denotar las demoras en acusar recibo de los recla-mos presentados por libro de quejas o vía postal.

GRUPO C

GRUPO B

Índice l - Gestión de FacturaciónCantidad (cada 1000 usuarios) de reclamos procedentes porfacturación que se presentan a la Licenciataria.

Índice ll- Inconvenientes en el Suministro de GasDomic i l i a r i oCantidad (cada 1000 usuarios) de reclamos procedentes porproblemas en el suministro de gas domiciliario que se presentana la Licenciataria.

Índice Ill - Gestión de PrestacionesCantidad (cada 1000 usuarios) de reclamos procedentes por lagestión en las prestaciones solicitadas a las Licenciatarias

Índice lV - Reclamos ante las LicenciatariasCantidad (cada 1000 usuarios) de reclamos procedentes recibi-dos en la Distribuidora.

Índice V - Satisfacción del UsuarioUNO (1) menos la cantidad de reclamos procedentes recibidosen el ENARGAS, previo tratamiento por la Distribuidora, divididolos reclamos procedentes recibidos en la Licenciataria.

Índice Vl - Demora en la Atención Telefónica deR e c l a m o sDemora en atender persona a persona en determinado tiempolos reclamos recibidos vía telefónica.Nivel de referencia:Primer año: el 80% de la cantidad total de llamadas atendidasen 40�.Segundo año: el 85% de la cantidad total de llamadas atendi-das en 40�.Tercer año: el 90% de la cantidad total de llamadas atendidasen 40�.

Índice Vll - Demora en Acusar Recibo de los Recla-mos Presentados por Libro de Quejas o Vía PostalDemora en acusar recibo, en forma expresa, de los reclamospresentados por libro de quejas o vía postal.Nivel de referencia:Primer año: 5 días hábiles con una tolerancia del 5% fuera delos 5 días hábiles de recibido el reclamo.Segundo año: 5 días hábiles con una tolerancia del 3% fuerade los 5 días hábiles de recibido el reclamo.Tercer año: 5 días hábiles con una tolerancia del 0% fuera delos 5 días hábiles de recibido el reclamo.

GRUPO A

OBJETIVO DEL INDICETIPO DE INDICE

Cuadro IV - 2 | Indicadores de Calidad del Servicio

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fijo para el índice de cada rubro para los primeros

tres años con tolerancias que se modificarán en

cada período anual.

Las tolerancias para cada período y para cada índice

de los Grupos A y B, son la que a continuación se

detallan:

� Primer año: una banda de tolerancia por encima

del promedio, equivalente a una desviación estándar

de los valores analizados.

� Segundo año: una banda de tolerancia equivalente

al 80% de la banda establecida para el primer

período.

� Tercer año: una banda de tolerancia equivalente

al 60% de la banda de tolerancia establecida para

el primer período.

En el Grupo C, la determinación de los índices es

directa y tratan de evaluar aspectos relacionados

con las demoras en establecer contacto con los

recurrentes una vez planteado el reclamo vía telefónica,

postal o por libro de quejas.

En el Índice de Demora en las Respuestas a los

Reclamos, se toma en consideración un margen

admisible de tardanza en el acuse de recibo de los

planteos recepcionados.

En el caso del Indice de Demora en la Atención

Telefónica, el valor referencial surge del análisis de

los niveles empleados internacionalmente y se fijó,

sobre la base de ello, en los siguientes valores:

� Primer año: el 80% de la cantidad total de llamadas

atendidas en 40�

� Segundo año: el 85% de la cantidad total de

llamadas atendidas en 40�.

� Tercer año: el 90% de la cantidad total de llamadas

atendidas en 40�.

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Se previó la aplicación de sanciones cuando las

Licenciatarias no alcanzaren los niveles de referencia

establecidos.

Factura armonizada

Mediante la Nota ENRG/GR/GDyE/GAL/P Nº 5471

del 22 de diciembre de 1999, el Directorio del

ENARGAS remitió a las Licenciatarias de Distribución

una instrucción respecto de la información a consignar

en las facturas a emitirse, como resultado del trabajo

conjunto, llevado a cabo por los Entes Reguladores,

las Asociaciones de Usuarios y las empresas

prestadoras de servicios públicos, en materia de

�factura de conceptos�, con el objetivo de armonizar

su contenido, facilitando, de tal modo, su lectura y

control por parte del usuario.

Sintéticamente, cabe enunciar las siguientes

previsiones:

1. En materia de cuadros tarifarios, se debe consignar:

la fecha de aplicación, el valor del cargo fijo, el

del cargo por m3, el de la facturación mínima, la

resolución que establece dichos valores, el costo

del aviso de deuda y del cargo por reconexión.

En caso de haber ocurrido un cambio de tarifa

durante el período de consumo, se informarán

ambas, y en una tercera línea la �tarifa prorrateada

o ponderada�.

2. En el rubro �total a pagar� se debe consignar en

forma desagregada: a) el valor del gas (cargo fijo

y cargo variable); b) los impuestos desagregados

que integran el precio; c) otros cargos (los que

deben contar con autorización expresa y previa

del ENARGAS); d) Impuesto al Valor Agregado;

e) otros impuestos y f) otros conceptos (por ejemplo:

el Fondo Contribución Decreto Nº1136/96,

Instalaciones Internas Res 412, etc.).

3. Se estableció la leyenda a incorporarse en la factura

respecto de la tasa máxima de interés aplicable,

así como la tasa promedio mensual vigente a la

fecha de emisión.

4. Respecto de la interrupción del suministro y el

consiguiente cobro del cargo por reconexión, se

previó que la Distribuidora informe, junto con lo

referido a Cuadros Tarifarios, el importe del cargo

por �Aviso de deuda común bajo firma� y el del

�Cargo por reconexión� y que en el dorso de la

factura se informe al usuario acerca de la facultad

de corte por falta de pago, mediante la leyenda

establecida por la Autoridad Regulatoria.

5. Finalmente, y tal como se había instruido con

anterioridad, se detalló la información a

suministrarse respecto del ENARGAS, a fin de que

el usuario se contacte con la Autoridad Regulatoria.

EL CONTACTO CON LOS USUARIOS

Capacitación e información a

asociaciones de defensa del consumidor

En cumplimiento del Programa de Capacitación e

Información a Asociaciones de Defensa del

Consumidor, aprobado por el Directorio, a lo largo

del año se realizaron diversos cursos en distintas

ciudades del interior del país. Cabe destacar que dichos

cursos fueron declarados de Interés por el Honorable

Senado de la Nación. Asimismo, la Municipalidad

de Río Grande (Tierra del Fuego), mediante Decreto

Municipal Nº275/99 del 16 de abril de 1999, declaró

de Interés Municipal el curso realizado en dicha ciudad

el día 21 de abril de 1999.

Así, se realizaron siete cursos en las ciudades de

Concordia, Río Grande, Santa Rosa, Tucumán, Bahía

Blanca, Formosa y Santa Fe, donde se abordaron

los siguientes temas: Introducción a la industria

del gas y su marco regulatorio; Atención al usuario;

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Expansión de redes y tarifas, además de atender

los requerimientos informativos de cada comunidad,

relacionados con las problemáticas locales.

Es importante destacar que fueron invitados a

participar en los mencionados cursos, las Asociaciones

de Defensa del Consumidor, las Autoridades

Nacionales, Provinciales y Municipales, las

Defensorías del Pueblo de la Nación y de las Provincias

y los representantes de entidades relacionadas con

el tema de interés, habiendo sido superadas las

expectativas de concurrencia a dichos cursos de

capacitación, con una asistencia total de alrededor

de 450 personas.

Encuesta ENARGAS

Con el fin de conocer la opinión de los usuarios

acerca de la gestión de sus reclamos por parte del

ENARGAS, desde el año 1996, se viene realizando

una encuesta a todos aquellos que reclamaron ante

sus oficinas. Los usuarios completan un formulario

de respuesta gratuita diseñado al efecto.

En el transcurso del año 1999, la encuesta arrojó

como resultado que, en lo que a la resolución de los

reclamos se refiere, el 95,23% fueron resueltos por

completo o en su mayor parte. Sólo el 1,68%

manifiestan demoras en su gestión.

Es de destacar, que el 99,10% de los consultados

estimó que el reclamo fue tramitado correctamente,

calificando, el 86,34% de ese total, como excelente

la gestión, mientras que sólo el 0,90% la calificó

como inadecuada.

El Cuadro IV-3 da cuenta de los resultados de la

encuesta de opinión.

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Rápidamente

Medianamente rápido

Con Demora

92.27%

6.06%

1.68%

86.34%0.90%

10.70%

2.06%

Excelente

Buena

Aceptable

Inadecuada

98.97%

1.03%

Ninguno

Alguno

Cuadro IV - 3 | Encuesta de Opinión

¿Cómo fue tramitado su reclamo?

¿Cómo cree Ud. que fue nuestra acción?

¿Tuvo Ud. algún problema con el servicio prestado por ENARGAS?

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Consultas y reclamos

Se llama �contacto� a la comunicación que se establece

entre el usuario y el ENARGAS, independientemente

del medio utilizado. Durante el año 1999, se han

mantenido 58.255 contactos, de los cuales 6.989

(12%) se constituyeron en un reclamo formal por

ante las prestadoras, mientras que 51.266 (88%) se

trataron de consultas.

Cabe señalar, que del total de reclamos, 5.858 han

sido presentados en Sede Central y 1.131 en las

delegaciones y agencias del interior del país.

Es de hacer notar que en el interior, se mantiene la

tendencia existente en Sede Central, en el sentido

de que las consultas exceden ampliamente el número

de reclamos. Así, se observan 37.918 consultas para

Sede Central y 13.348 para el interior del país.

Sobre estos puntos, y acerca de la evolución men-

sual de los reclamos durante el ejercicio 1999, resultan

ilustrativos, los Cuadros IV-4 y IV-5.

Siguiendo una tendencia iniciada en años anteriores,

el año 1999 mostró un crecimiento del número de

reclamos de los usuarios, aunque a diferencia de

períodos pasados, esto no se correspondió con un

crecimiento, en la misma proporción, de las consultas.

Así, tal como nos ilustra el Cuadro IV-6, los reclamos

del año 1999 muestran un incremento de

aproximadamente un 11% en relación con 1998,

aunque el número total de contactos, en razón de

la baja en las consultas, ha decrecido en relación

con el período anterior, en alrededor de un 9,5%.

En cuanto a los medios que utilizan los usuarios

para hacer reclamos ante el ENARGAS - Cuadro

IV-7 - se puede apreciar que continúa la tendencia

creciente a relacionarse con el Ente telefónicamente.

Considerando los motivos que dan origen a los

reclamos en tres grandes grupos, conforme las

previsiones de la Resolución ENARGAS Nº1192/99

�Indicadores de Calidad de Servicio, a saber:

facturación y gestión de deudas, inconvenientes

con el suministro de gas y gestión de prestaciones

y tal como surge del Cuadro IV-8, se puede observar

que el rubro facturación es el que origina el mayor

porcentaje de reclamos, tal como surge del gráfico.

Considerando la prestadora del servicio, y el número

65.1%

10.1%

22.9%

1.9%

Consultas Sede Central

Reclamos Sede Central

Consultas Del. Regionales

Reclamos Del. Regionales

Sede Central Delegaciones y Agencias Totales

Reclamos Consultas Reclamos Consultas Reclamos Consultas Contactos

TOTAL 5.858 37.918 1.131 13.348 6.989 51.266 58.255(13.4%) (86,6%) (7,8%) (92,2%) (12,0%) (88,0%) (100%)

Cuadro IV - 4 | Contactos Establecidos con ENARGAS - Enero / Diciembre 1999

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de reclamos recibidos cada 100.000 usuarios, podemos

apreciar, en el Cuadro IV-9, que durante el año

1999 no existió una tendencia única entre las

distribuidoras. Muestra de ello es que mientras

Metrogas S.A., Camuzzi Gas Pampeana S.A., Gasnor

389

435 443

545

486

696727

692

739

593

731

513

Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Set Oct Nov Dic

0

200

400

600

800

1000

Total Anual = 6.989

S.A. y, en menor medida, Litoral Gas S.A. observaron

un crecimiento en el número de reclamos, Gas Natural

Ban S.A., Distribuidora de Gas del Centro S.A.,

Distribuidora de Gas Cuyana S.A. y Camuzzi Gas

del Sur S.A. evidenciaron un menor número que en

68.740

51.220

47.895

64.365

58.255

1995 1996 1997 1998 1999

10.000

20.000

30.000

40.000

50.000

60.000

70.000

80.000

Cuadro IV - 6 | Reclamos Recibidos y Consultas Atendidas por ENARGAS - 1995 / 1999

I t e m 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9

Cantidad % Cantidad % Cantidad % Cantidad % Cantidad %

Rec lamos 4.441 6,5 4.259 8,4 4.880 10,2 6.243 9,7 6.989 12,0Consu l t a s 64.299 93,5 46.961 91,6 43.015 89,8 58.122 90,3 51.266 88,0

Total Contactos 68.740 100,0 51.220 100,0 47.895 100,0 64.365 100,0 58.255 100,0

Cuadro IV - 5 | Total Reclamos de Usuarios presentados al ENARGAS - 1999

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Cuadro IV - 7 | Modo de presentación de Reclamos presentados al ENARGAS - 1995 / 1999

Año 1995 Año 1996

Año 1997 Año 1998

Año 1999 Referencias

28.37%0.97%

26.14%

0.47%

44.04%

30.27%0.63%

24.49%

0.12%

44.49%

17.70%

0.41%20.88%

0.08%

60.92%

11.39%

0.27%14.54%

0.26%

73.54%

Correspondencia

Carta Documento

Personal

Medios de Prensa

Telefónico

e-mail

10.65%0.27%

11.36%0.46%

77.18%

0.09%

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Metr

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Natu

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na

GasN

or

Cen

tro

Lito

ral

Cu

yan

a

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i

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del

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172

77

21 18 15

30

51

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33

18

55

67

27

8

119

139

49

26

52

84

53

23

161

142

70

27

69 71

109

32

209

114

85

42

6472

52

20

0

50

100

150

200

250

1995

1996

1997

1998

1999

Cuadro IV - 8 | Reclamos Recibidos por el ENARGAS por Motivo - 1999

Cuadro IV - 9 | Reclamos Recibidos en el ENARGAS por Distribuidora cada 100.000 Usuarios - 1999

Nº Facturación y Gestión de Deudas Nº Inconvenientes con el Suministro de Gas

01 Facturación errónea 10 Escaso suministro (sin gas / poco gas)

02 Factura no recibida 11 Pérdida de gas (olor a gas)

03 Factura recibida con atraso 12 Otros por inconvenientes en el suministro de gas

04 Reclamo deuda inexistente Nº Gestión de Prestaciones

05 Cobro cargo incorrecto 13 Demora en atender solicitud cierre de suministro

06 Error en el período de consumo facturado 14 Habilitación o rehabilitación demorada

07 Datos de usuario incorrectos 15 Reparación vía pública incorrecta o demorada

08 Corte improcedente de suministro 16 Mala atención al reclamante

09 Otros de facturación y gestión de deudas 17 Otros por gestión de prestaciones

64.0%

11.0%

25.0%

Facturación y Gestión de Deudas:

Inconvenientes con el Suministro de Gas:

Gestión de Prestaciones:

1 a 9

10 a 12

13 a 17

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el ejercicio anterior. Cabe destacar que no se han

considerado los valores correspondientes a GasNea

S.A. toda vez que, por el número de usuarios de

esta distribuidora, no se dan situaciones que resulten

comparables.

En los Cuadros IV-10, IV-11 y IV-12 se ha tenido

en cuenta la cantidad de usuarios de cada

Distribuidora, a la vez que los motivos de los reclamos,

agrupados conforme el detalle antes reseñado y por

prestadora del servicio.

En estos Cuadros, tampoco se han considerado los

valores correspondientes a GasNea S.A, por el motivo

antes expuesto.

Tanto para esta información como para el índice

de satisfacción del usuario que se detalla en el Cuadro

0,8

1,1

0,5

0,6

1,0

0,7

0,6

0,2

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1,0

1,2

Met

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Gas

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i

Gas

Pam

pea

na

Gas

Nor

Cen

tro

Lito

ral

Cuya

na

Cam

uzz

i

Gas

del

Sur

0,9

0,5

1,2

0,5 0,50,4

1,4

2,1

0

0,5

1,0

1,5

2,0

2,5

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i

Gas

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pea

na

Gas

Nor

Cen

tro

Lito

ral

Cuya

na

Cam

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i

Gas

del

Sur

Cuadro IV - 11 | Inconvenientes en el Suministro de Gas - Promedio Mensual del Año cada 1.000 Usuarios - 1999

Cuadro IV - 10 | Facturación y Gestión de Deudas - Promedio Mensual del Año cada 1.000 Usuarios - 1999

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IV-13, se ha considerado solamente el segundo

semestre de 1999 para el cálculo de valor de referencia,

en un todo de acuerdo con lo dispuesto por la

Resolución ENARGAS Nº 1192/99.

Tal como se reseñara en el Cuadro IV-2 dedicado a

los Indicadores de Calidad del Servicio Comercial,

el �Indice de satisfacción del usuario� es igual a

uno menos la cantidad de reclamos procedentes

recibidos en el ENARGAS cada 1000 usuarios de la

Distribuidora, previo tratamiento por parte de ella,

dividido los reclamos procedentes recibidos en la

Licenciataria cada 1000 usuarios.

Lo que se intenta denotar con este índice es la cantidad

de reclamos que son resueltos por las Licenciatarias,

a satisfacción del usuario, sin intervención del

ENARGAS. Los resultados de este examen para el

año 1999, se indican en el cuadro IV-13.

0,13

0,02

0,03 0,03

0,04

0,10

0,02

0,03

0

0,05

0,10

0,15

Met

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Gas

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del

Sur

0

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0,4

0,6

0,8

1,0

1,2

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i

Gas

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pea

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Gas

Nor

Cen

tro

Lito

ral

Cuya

na

Cam

uzz

i

Gas

del

Sur

0.92 0.940.98

0.950.98 0.96 0.97 0.99

Cuadro IV - 13 | Indice de Satisfacción del Usuario - Promedio Mensual del Año - 1999

Cuadro IV - 12 | Gestión de Prestaciones - Promedio Mensual del Año cada 1.000 Usuarios - 1999

AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE

Las expansiones realizadas por ambas Transportistas

durante el año 1999 permitieron incrementar la

capacidad de transporte en aproximadamente 6 MM

m3/día, con una variación de 5,7% respecto del

año anterior. Así, a fines de 1999 la capacidad

total de transporte, incluyendo gasoductos regionales

y gasoductos de distribución al ingreso a los sistemas

de transporte, ascendía a 112 MM m3 diarios, con

un aumento de 37,3 MM m3/día desde 1993 a esa

fecha (+50%).

Al respecto, se destaca el dinamismo con que el

sistema norte de gasoductos troncales hizo frente

tanto a la demanda interna como a la de los países

limítrofes: en tres años, 1997-1999, TGN amplió

la capacidad de su sistema en casi 15 MM m3/día,

con la cual prácticamente duplicó la capacidad

disponible al inicio de su gestión (+94%).

A continuación se efectúa una breve reseña de los

proyectos de obras ejecutados por ambas Licenciatarias

en 1999.

Transportadora de Gas del Norte

n Gasoducto Norte: las obras previstas contemplaron

un incremento de la demanda en la cabecera de

2,8 MM de m3/día, con lo que la inyección máxima

posible en este gasoducto pasó a ser de 19,9 MM

m3/día. Dicha expansión permitió atender los

requerimientos que efectuara la Central Térmica

Termoandes (atento que la expansión no era ren-

table, este cargador directo debió afrontar una

sobretarifa de manera de hacer posible el proyecto

de expansión).

Las obras asociadas incluyeron la construcción

de una nueva planta compresora en la localidad

de Pichanal, con la instalación de dos equipos

turbocompresores, uno de 15.000 HP y otro de

7.100 HP. Esta obra considera expansiones previstas

para el año 2000, donde la potencia instalada

será utilizada en su totalidad.

n Gasoducto Centro Oeste: los trabajos realizados

en 1999 incluyeron un incremento de demanda

de 0,7 MM de m3/día, con lo que este gasoducto

pasa a tener una capacidad de inyección de 27,8

MM de m3/día. Este incremento se debió al

cumplimiento de los contratos previstos con los

cargadores chilenos.

Transportadora de Gas del Sur

n Gasoducto San Martín: sobre la base de los con-

cursos abiertos de la capacidad de transporte

realizados por esta Licenciataria, se verificaron

incrementos de demanda (proyectos industriales

principalmente) en el Gran Buenos Aires y en

Bahía Blanca, a ser satisfechos por la empresa

transportista a las tarifas vigentes. Las ampliaciones

realizadas permitieron atender una demanda

adicional de transporte de 0,5 MM m3/día en el

mes de junio y de 0,6 MM m3/día en el mes de

diciembre de 1999. Con esta perspectiva y atento

que a la altura de Cerro Bayo (Pcia. de Chubut)

C a p í t u l o VEVOLUCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL GAS EN ARGENTINA

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se verifican ingresos al gasoducto troncal, la

capacidad de transporte máxima en el citado punto

fue de 18 MM de m3/día.

Cabe considerar el efecto que produjo la planta de

extracción de líquidos a ser instalada en Cañadón

Alfa, la que luego de procesar el fluido lo inyectará

con un poder calorífico menor al que se venía

realizando; esta pérdida de poder calórico deberá

ser compensada mediante una mayor inyección para

mantener la entrega energética constante. Este efecto

está considerado en los volúmenes mencionados

anteriormente.

Las obras efectuadas para cumplir con los

compromisos asumidos consistieron en el tendido

de un total de 76 km de paralelos de 30� de diámetro.

El detalle es el siguiente: 20 km a la descarga de

planta Dolavon, 10 km a la descarga de planta

San Antonio Oeste, 6 km a la descarga de planta

Conesa, 5 km a la salida de planta Garayalde, 10

km a la salida de planta Dolavon, 15 km a la salida

de planta Gualicho, 5 km a la salida de planta San

Antonio Oeste y 5 km a la salida de planta Conesa.

Durante este período se verificó que la Transportista

adelantó obras con el fin de obtener economías

por un volumen de obra mayor y para satisfacer

compromisos futuros, por lo que se instalaron 47

km adicionales, que se dispusieron de la siguiente

forma: 7 km a la salida de planta Pico Truncado,

10 km a la salida de planta Manantiales, 20 km a

la salida de planta Garayalde y 10 km a la salida

de planta Dolavon. De esta manera, se totalizaron

123 km de loops de 30�.

En cuanto a las estaciones compresoras, se previó

la instalación de 2 turbocompresores de 13.000 HP

cada uno, en paralelo a los existentes en planta

Garayalde, y se previó el cambio de internos en los

equipos de la planta Solar de Gral. Cerri. Cabe aclarar

que el volumen de obra realizado permitió a la

Transportadora adelantar compromisos que contrajo

para el año 2.000 por un volumen de 0,26 MM de

m3/día.

n Tramos Finales: se agregaron 15 km de 36� de

diámetro en la descarga de planta Cerri sobre el

gasoducto Neuba II.

Un resumen de cómo evolucionó la capacidad de

transporte en el período 1993-1999 se muestra en

el Cuadro V-1, en tanto que en el Anexo IV se

presenta una panorámica de los sistemas de

transporte. En el Anexo IV-a se ofrece un resumen

detallado del sistema de transporte al 31 de diciembre

de 1999, con datos sobre capacidad, longitud, diámetro

y potencia, por tramo de gasoducto, mientras que

en el Anexo IV.b se informan las capacidades

nominales de transporte por tramo de gasoducto

Cuadro V - 1 | Capacidad Nominal del Sistema de Transporte - (MM m3/día) - (1)

TGS 47,1 61,3 130,1 1,7 2,3 1,0 0,4 0,7 14,2

TGN 24,6 47,7 193,9 2,1 2,9 4,1 5,2 5,2 23,1

SIST. TPTE. 71,7 109,0 152,0 3,8 5,2 5,1 5,6 5,9 37,3

Gtos. Distrib. 3 ,0 3,0 100,0 - - - - - -

TOTAL 74,7 112,0 149,9 3,8 5,2 5,1 5,6 5,9 37,3

(1) Incluye gasoductos regionales de transporte y gasoductos de exportación. No incluye consumos en boca de pozo.

Dic. '92 Dic. '99 I n d i c e Aumento absoluto

Dic. '92=100 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9 A c u m .

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para los últimos años y las previstas para el

año 2000.

PERSPECTIVAS PARA EL AÑO 2000

De concretarse las inversiones programadas para

el año 2000, la capacidad de transporte disponible

a diciembre de ese año ascenderá a 113,4 MM m3/día,

con la siguiente distribución: 54,3 MM de TGN y

59,1 MM de TGS. Corresponde destacar el crecimiento

que habrá logrado TGN, que de participar con un

34% de la inyección total de gas del país en 1993

tendría a fines del 2000 un 48% del mercado, merced

a las importantes inversiones realizadas en su sistema

(y de un mercado más del 50% más grande al de

aquel entonces).

A continuación se efectúa una breve reseña de los

proyectos de obras previstos por ambas Transportistas.

Transportadora de Gas del Norte

Gasoducto Norte: para el año 2000 se prevé un incre-

mento en la capacidad de 2,4 MM de m3/día atento

a los convenios que realizara esta Licenciataria con

Norandino, cuyo proyecto es transportar hacia el norte

de Chile. Es necesario aclarar que el volumen mencionado

sería posible si Norandino hiciera uso de la opción de

reducción del contrato cuyo máximo se encuentra en

4,6 MM m3/día. En este caso, la inyección máxima

prevista sería de 22,4 MM de m3/día.

Las obras asociadas constituyen la construcción de

una nueva planta compresora en la localidad de

Pichanal que se encuentra emplazada con las máquinas

ya descriptas, y la construcción de una cantidad de

km en paralelo de 24� de diámetro en la succión de

Pichanal, dependiendo esta cantidad del volumen

requerido por los cargadores chilenos; si fuera de 2,4

MM de m3/día la obra sería de 14 km.

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Gasoducto Centro Oeste: se calcula un incremento

de 2,8 MM de m3/día con entrega en Aldea Brasilera

a partir de Julio del año 2000, para abastecer a la

central eléctrica a ser instalada en Uruguayana y el

completamiento de un volumen de 8,1 MM de m3/día

contratados por los cargadores chilenos, con un in-

cremento para este período de 0,3 MM de m3/día.

Además se preven trabajos para un aumento de

0,85 MM m3/día en la región de Cuyo, con lo que

la inyección estimada en cabecera de gasoducto

llegaría a 31,9 MM de m3/día. Para ello la Licenciataria

prevé la desvinculación del troncal y el paralelo

desde Loma La Lata hasta la planta compresora La

Mora, de manera de trabajar a presiones de 60 kg/

cm2 (troncal) y 70 kg/cm2 (loop), respectivamente.

Conjuntamente a la construcción de 318,5 km de

loop (254,2 km de 30� y 64,3 km de 24�), para

alcanzar los volúmenes mencionados, se prevé la

construcción de un segundo colector en Puelén y

en La Mora, el cambio de internos en estas mismas

plantas y el desarrollo de un procedimiento detallado

para realizar el aumento de presión de 60 a 70 kg/cm2

compatible con la normativa vigente.

Con relación a las obras a ser realizadas en plantas

compresoras, para los volúmenes estimados se prevé

la colocación de 1 máquina de 8.900 HP en La

Carlota y la construcción de una nueva planta

compresora de 15.000 HP en la localidad de Gral.

Baldissera, en la Provincia de Córdoba.

Transportadora de Gas del Sur

Gasoducto San Martín: como se dijera anteriormente

el volumen de obra necesario para cumplir con los

compromisos para el año 2000 fueron adelantados

en el período 1.999, con el objeto de obtener economías

en la contratación de las obras. La Transportista

no ha realizado, hasta el momento, nuevos con-

cursos para sondear la demanda de transporte

insatisfecha.

EXPANSIÓN DE LOS SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN

El Art. 16 de la Ley Nº 24.076 ha previsto que las

obras necesarias para proveer del gas natural a los

vecinos sean llevadas a cabo por parte de las

Licenciatarias del Servicio de Distribución. Pero

también está previsto que, en caso de que las tarifas

autorizadas no provean el ingreso suficiente para

tal fin, las Distribuidoras deberán demostrar a los

futuros usuarios la necesidad de un aporte económico

por parte de ellos.

Oportunamente, y teniendo en cuenta lo dispuesto

en el citado articulado de la Ley, el ENARGAS dictó

las Resoluciones Nº 10/93 y Nº 44/94 que reglamentan

el procedimiento para la aprobación de las solicitudes

de expansión de redes a ejecutar tanto por las

licenciatarias como por los terceros interesados

(cooperativas, uniones vecinales, subdistribuidores, etc.).

Una vez probada la necesidad del aporte del usuario

beneficiario, es el ENARGAS quien determina, en

última instancia, la contraprestación que las

licenciatarias de gas deben reconocer a los usuarios

que financien en forma total o parcial las obras de

extensiones de redes, a cambio de la transferencia

de dichos emprendimientos al patrimonio de las

licenciatarias para su operación y mantenimiento.

Así, a los fines de una mayor celeridad admi-

nistrativa, el ENARGAS definió una metodología

para determinar la contraprestación, de manera

de brindarle un marco de seguridad a los usuarios

al permitirles conocer anticipadamente el monto

de la contraprestación a cargo de la Licenciataria,

evitando así conflictos y dilaciones en la

materialización del reintegro (para el caso de obras

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canalizadas por la Resolución Nº 44/94, ya que en

el caso de obras presentadas por Resolución Nº 10/93,

se analiza cada caso en particular).

Cabe señalar que si bien lo más frecuente es que

las Distribuidoras contrapresten en m3 de gas sin

cargo para los usuarios, las partes pueden

eventualmente acordar otra modalidad de

contraprestación (dinero, materiales, etc.).

En el Cuadro V-2 se muestra un detalle de las

ampliaciones de las redes de distribución de gas

ejecutadas en el período 1993/1999, por área de

licencia. Como puede observarse, en dicho período

se construyeron aproximadamente 35 M Km. de

nuevas redes de gas -incluyendo el reemplazo de

cañerías-, lo que significa una expansión del sistema

superior al 50% (una variación similar a la verificada

en la capacidad de transporte).

Las áreas Pampeana y BAN son las que registran

las mayores expansiones en términos absolutos,

mientras que Centro y Litoral presentan los mejores

desempeños en términos relativos.

INVERSIONES

El Marco Regulatorio estableció una serie de

inversiones a realizar por las Licenciatarias durante

el primer quinquenio: 1993/1997. Estas Inversiones,

fijadas en las Licencias y contempladas por las

tarifas que perciben las prestadoras, fueron

categorizadas oportunamente en Obligatorias y No

Obligatorias. Las primeras, denominadas por su

importancia como de categoría 1, son inversiones

relacionadas con la seguridad pública y la integridad

del sistema; las segundas, son aquellas inversiones

relacionadas con el crecimiento esperado de la

demanda (categoría 2) o deseables para hacer eficiente

la operación del sistema (categoría 3).

A partir del segundo quinquenio, 1998-2002, las

inversiones obligatorias (categoría 1) han sido

reemplazadas por un sistema de control de estándares

de calidad en la prestación del servicio.

Cuadro V - 2 | Expansión de Redes de Distribución, por Licenciataria - (En Km)

Metrogas 12.820 13.160 13.311 13.951 14.557 3.366 30,1 4,3

Gas Natural Ban 17.341 17.767 18.192 18.821 19.354 5.412 38,8 2,8

Camuzzi Gas Pampeana 18.056 18.372 18.932 19.470 19.900 6.943 53,6 2,2

Litoral Gas 6.751 7.076 7.438 7.862 8.329 3.582 75,5 5,9

Camuzzi Gas del Sur 10.607 10.941 11.607 11.920 12.128 4.030 49,8 1,7

Dist. de Gas del Centro 9.137 9.346 9.718 10.161 11.047 4.991 82,4 8,7

Dist. Gas Cuyana 6.815 7.276 7.674 7.978 8.165 2.835 53,2 2,3

Gasnor 5.127 5.299 5.549 6.025 6.283 1.838 41,3 4,3

GasNea - - - 591 1.806 1.806 N.a. 205,6

Total Pais 86.654 89.237 92.421 96.779 101.569 34.804 52,1 4,9

N o t a : Datos provenientes de los Informes anuales remitidos por las Licenciatarias de acuerdo a la Norma NAG 102.No se incluyen las cañerías de los SDB.

Licenciataria Stock de Cañerías al 31 de Diciembre Variación '99/'92 Var iac .

1995 1996 1997 1998 1999 Km. % '99 (%)

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En el Cuadro V-3 se muestran los montos invertidos

anualmente por las Licenciatarias. Puede observarse

que en el período 1993/1999, en forma conjunta

las Licenciatarias de gas realizaron inversiones por

un monto total superior a $ 2.500 Millones. De ese

total, $ 1.220 Millones corresponden a las

Distribuidoras, en tanto que aproximadamente

$ 1.350 Millones fueron invertidos por las Trans-

portistas para potenciar la capacidad de transporte

disponible en sus respectivos sistemas.

USUARIOS

En 1999 se incorporaron 164 Mil nuevos usuarios

de gas natural, una cifra levemente superior a la

media histórica (160 Mil). En los últimos 7 años se

incorporaron 1,2 Millones de nuevos usuarios, de

manera que a fines de 1999 el gas natural abastecía

a 5,76 Millones de clientes, de los cuales 5,5 Millones

usaban el gas para fines domésticos (ver Cuadro

V-4.a). Del total, más de la mitad de los usuarios

de gas natural (54%) se encuentran radicados en el

área metropolitana de la ciudad de Buenos Aires

(ver Cuadro V-4.b).

Con relación a la incorporación de nuevos usuarios,

se destacan Ban y Camuzzi Pampeana, con una

incorporación promedio anual superior a los 30 mil

usuarios cada una -producto, en buena medida, de

las importantes expansiones que tuvieron las redes

en ambas áreas (expansiones efectuadas tanto por

las Distribuidoras como por los terceros interesados).

Asimismo, es para destacar el caso de Ban, que en

1999 y por tercer año consecutivo, fue la Distribuidora

que más usuarios incorporó a su sistema de

distribución: 54 Mil (cifra similar a la del año previo

y que representa la tercera parte del total nacional;

ver Cuadro V-4.c).

1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9 A c u m .

TGN 83,9 120,7 131,0 97,2 123,0 656,7

TGS 90,1 67,8 113,3 99,4 137,6 691,3

Subtotal Transportistas 174,0 188,5 244,3 196,6 260,6 1.348,1

Metrogas 67,6 61,3 52,1 55,1 41,7 374,7

Gas Ban 62,9 34,7 32,3 29,7 28,2 292,5

Litoral Gas 10,9 15,2 13,0 12,0 26,0 94,6

Camuzzi Gas Pampeana 20,8 24,9 17,8 24,8 16,2 158,2

Camuzzi Gas del Sur 8,0 16,5 6,8 17,6 11,7 78,6

Distribuidora de Gas del Centro 5,1 6,6 6,9 25,7 22,8 80,2

Distribuidora de Gas Cuyana 10,4 12,3 20,4 16,9 14,2 92,0

Gasnor 3,9 4,3 2,9 20,3 9,8 49,2

Subtotal Distribuidoras 189,6 175,8 152,2 202,3 170,5 1.219,9

Total Licenciatarias 363,6 364,3 396,5 398,8 431,2 2.568,0

Cuadro V - 3 | Inversiones Realizadas por las Licenciatarias de Gas - Categorías 1, 2 y 3, en MM Pesos - (1)

(1) A partir del segundo quinquenio (01/01/98-31/12/2002) no existen Inversiones Obligatorias. En su reemplazo se ha implementado un sistema decontrol de Estándares de Calidad en la prestación del servicio. A partir de 1998 incluye el monto de las obras aprobadas por ENARGAS bajo la modalidadde Factor "K".

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INYECCIÓN

La inyección de gas a los sistemas de transporte

fue en 1999 de 32,7 Mil MM m3, con un promedio

anual cercano a los 90 MM m3/día y un crecimiento

del 12,2% respecto de 1998 (ver Cuadro V-5.a). Si a

ello se le adiciona el consumo de los usuarios en

boca de pozo (centrales térmicas sin conexión a

los ductos de transporte), la inyección alcanzó a

34,3 Mil MM m3, con una media diaria de 94 MM

de m3. De esta manera, el gas inyectado total creció

11,6% en el último año y un 46% con relación a

1993. Esta última cifra es, por otra parte, bastante

parecida a las ampliaciones registradas en la capacidad

de transporte, lo cual ofrece una idea de la plena

utilización de la misma.

Si bien TGS sigue siendo la principal transportista

por volumen inyectado, con un 57% del total, cabe

destacar, como se dijera, el notable avance que tuviera

TGN en los últimos 7 años. Así, mientras en 1993

esa Transportista participaba con un 33%, en 1999

alcanzó un 43% de la inyección de gas (y con tendencia

favorable).

El Cuadro V-5.b muestra la evolución de la participación

relativa de cada cuenca y de cada Transportista en

el gas ingresado al sistema de transporte para el

período de referencia. Puede observarse que

aproximadamente el 60% del gas consumido en el

país proviene de la cuenca Neuquina, en tanto el

40% restante se reparte, en proporciones bastante

similares, entre las cuencas Noroeste y Austral.

D i s t r i b u i d o r a 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9 Incorp. netaprom. año

Metrogas 1.743,8 1.762,7 1.773,7 1.795,0 1.810,9 20,2

Gas Natural Ban 967,9 997,2 1.036,1 1.090,6 1.143,6 37,6

Litoral Gas 330,1 345,2 359,1 373,7 384,3 16,3

Camuzzi Gas Pampeana 693,0 728,8 754,5 789,1 813,3 31,4

Camuzzi Gas del Sur 310,8 324,8 336,9 348,3 359,9 14,0

Distribuidora de Gas del Centro 321,2 340,6 357,0 371,6 382,0 16,3

Distribuidora de Gas Cuyana 262,7 276,1 291,0 305,0 318,9 13,8

Gasnor 212,5 222,9 242,5 267,0 287,6 14,5

TOTAL 4.842,0 4.998,3 5.150,7 5.340,4 5.500,5 164,2

Cuadro V - 4b | Usuarios Residenciales por Distribuidora - En Miles - (1)

(1) Usuarios al mes de diciembre de cada año.

1995 1996 1997 1998 1999

Usuarios Residenciales 4.842,0 4.998,3 5.150,7 5.340,4 5.500,5

Total Usuarios 5.076,2 5.238,8 5.398,8 5.596,7 5.760,7

Var. anual, Total Us. (%) 2,6 3,2 3,1 3,7 2,9

Incorporación Neta: 128,9 162,6 160,0 197,9 164,0

Cuadro V - 4a | Número de Usuarios - En Miles - (1)

(1) Usuarios al mes de diciembre de cada año.

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El máximo volumen diario inyectado se alcanzó el

17 de julio de 1999, con 108 MM de m3. Esa cifra

fue un 10% más alta respecto de la inyección de

igual mes de 1998 (98 MM) y un 52% superior a la

de julio de 1993 (71 MM). Como se afirmara, las

inversiones realizadas por las Transportistas para

ampliar la capacidad de sus respectivos sistemas

posibilitaron dar respuesta a los picos de demanda

invernal.

OFERTA Y DEMANDA DE GAS NATURAL

Un esquema general de la oferta y demanda del

gas natural en Argentina para el período 1995/1999

se presenta en el Anexo V. Se muestra allí, en forma

de un Balance consolidado, toda la cadena de

comercialización del gas natural, que comprende

desde la producción nacional e importación del fluido

hasta las ventas que realizan los productores y/o

L i cenc ia ta r i a Incorp. neta Tota l Pa r t i c ipac iónen 1999 Usuarios (1) Relat. (%)

Metrogas 14,1 1.890,7 32,8

Gas Natural Ban 54,1 1.187,7 20,6

Camuzzi Gas Pampeana 25,4 859,3 14,9

Litoral Gas 11,2 402,4 7,0

Camuzzi Gas del Sur 12,2 392,6 6,8

Distribuidora de Gas del Centro 11,2 398,7 6,9

Distribuidora de Gas Cuyana 14,7 333,6 5,8

Gasnor 21,1 295,7 5,1

Total Pais 164,0 5.760,7 100,0

Cuadro V - 4c | Total Usuarios, por Distribuidora - Año 1999, En Miles -

(1) Usuarios al mes de diciembre.

Gas Inyectado 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9 Var i ac . I n d i c e 99/98 (%) (1993=100)

a) Por Transco (1)TGS 42,776 44,890 43,943 42,848 49,586 15,73 119,90TGN 23,961 25,846 29,170 34,327 37,302 8,67 179,39

b) Por Cuenca (1)Neuquina 39,108 41,195 42,137 44,738 54,227 21,21 146,37

Austral 15,047 16,118 16,314 16,582 17,291 4,28 118,48Noroeste 12,582 13,423 14,662 15,856 15,370 (3,06) 146,27

Total Sistema de Transporte (1) 66,737 70,736 73,112 77,175 86,888 12,6 139,8

Total (2) 69,007 73,033 75,364 79,583 89,462 12,4 139,2

Total (3) 72,371 78,162 79,219 84,029 93,962 11,8 146,2

Cuadro V - 5a | Total Gas Inyectado - MM m3/día -

(1) Incluye gas para exportación. No incluye inyección a gasoductos propios de ingreso a los sistemas de distribución ni consumos de gas en boca de pozo. (2) Incluye inyección a gasoductos propios de ingreso a los sistemas de distribución. (3) Incluye inyección a gasoductos propios de ingreso a los sistemas de distribución y consumos de gas en boca de pozo.

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comercializadores, tanto en el mercado interno como

externo.

Las ventas al mercado interno, por su parte,

comprenden la cadena que va desde las compras

de gas que realizan los Distribuidores y Cargadores

no Distribuidores en el mercado mayorista -

incluyendo las compras en el mercado �spot�-, hasta

llegar a las ventas de gas a los usuarios finales en

el mercado minorista. En el citado Anexo el consumo

de gas de los usuarios finales se presenta abierto

según tipo de usuario -residenciales, industriales,

comerciales, centrales eléctricas, GNC y otros- y

según modalidad de comercialización (esto es, según

los usuarios le compren el gas a las Distribuidoras

o le compren directamente a los productores).

Es oportuno recordar que no todos los volúmenes

del Anexo V están expresados en la misma unidad

de medida. Así, mientras que en el apartado B) los

volúmenes están expresados en m3 de 9300 Kcal.,

las cifras del apartado A) indican volúmenes de

poder calorífico correspondiente a cada fuente (m3

std). Esto se debe, entre otras causas, a las diferentes

fuentes de origen de la información respectiva. Una

versión similar del balance general de la oferta y

Transco / Cuenca 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1999

TGS 64,1 63,5 60,1 55,5 57,1TGN 35,9 36,5 39,9 44,5 42,9Neuquina 58,6 58,2 57,6 58,0 62,4Austral 22,5 22,8 22,3 21,5 19,9Noroeste 18,9 19,0 20,1 20,5 17,7Total 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0

Iny. Sist. Tpte. (MM m3/día): 66,737 70,736 73,112 77,175 86,888

Cuadro V - 5b | Gas Inyectado, según Cuenca de Origen y Transportista - En % - (1)

(1) Inyección en gasoductos de transporte. Incluye gas para exportación.

8891

9698

108

1995 1996 1997 1998 199950

60

70

80

90

100

110

120

Cuadro V - 5c | Máximo Volumen Diario Inyectado en el Sistema - En MM m3/día -

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118

demanda de gas en Argentina puede encontrarse

también en el Anexo X del presente Informe Anual.

TRANSACCIONES EN EL MERCADO MAYORISTA

Desde que se desregulara el mercado del gas natu-

ral en el año 1994, el precio del fluido en boca de

pozo es pactado libremente por la oferta y la demanda.

En los Cuadros V-6 y V-7 se resumen las transacciones

realizadas en el mercado mayorista del gas para

los dos últimos años: compras a productores y/o

comercializadores de gas que efectúan las

Licenciatarias de Distribución y los Cargadores Directos

(grandes usuarios que contratan directamente con

los productores, by pass).

En el Cuadro V-6 se muestra una evolución de la

participación relativa de cada productor/

comercializador en las transacciones de gas realizadas

en cada cuenca. Puede observarse que si bien YPF

sigue siendo el principal referente del sector, su

participación se ha reducido en los últimos años,

en correspondencia con lo comprometido

oportunamente por esa empresa.

Esta diversificación en la oferta se refleja también

en el Cuadro V-7: puede observarse que en los últimos

años YPF redujo su participación relativa en las

compras de gas tanto de las Distribuidoras como

de los cargadores directos.

Al respecto, es importante aclarar que ambos Cuadros

se elaboran exclusivamente en base a la información

contractual que informan al ENARGAS los sujetos

de la industria, empero no cubren la totalidad de

(1) Volúmenes programados para el período mayo-abril según contratos presentados al ENARGAS por distribuidores y cargadores directos (By Pass).

YPF 61,0 48,4 72,1 59,1 52,2 26,2 39,0 44,3

Total- Bridas- Astra 3,8 - - 2,1 2,3 - - 1,4

PAE - Pioneer - Chauvco 2,5 16,8 - 6,3 3,8 20,5 8,5 8,3

Pluspetrol 1,5 - 5,5 1,7 3,2 - 5,2 2,8

CNPC - Astra 11,0 16,4 - 10,8 9,1 27,6 - 11,8

Quintana - CGC - 11,6 4,5 4,1 - 16,0 5,5 4,4

Pluspetrol -Tecpetrol-Astra - - 8,7 1,4 - - 9,2 1,5

Roch - 2,2 - 0,6 - 1,6 - 0,4

Oea - Amoco - 2,4 - 0,7 - 4,9 - 1,1

PCR 1,1 - - 0,6 0,9 - - 0,6

Santa Fe 7,2 - - 3,9 6,5 - - 4,0

Total- Bridas - Deminex 5,9 0,0 - 3,2 15,4 1,4 - 9,8

Tecpetrol - Mobil - Ampolex - CGC 0,4 - 9,1 1,7 1,0 0,3 30,5 5,5

Capex 5,3 - - 2,9 5,4 - - 3,3

Otros 0,3 2,2 0,1 0,8 0,2 1,5 2,1 0,8

Total 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0

Volumen (Mm M3/Día) 41,8 22,4 12,1 76,4 46,3 16,7 11,8 74,8

1 9 9 8 1 9 9 9

Productor - Cuenca Neuquina Austral Noroeste Total Neuquina Austral Noroeste Total

Cuadro V - 6 | Oferta de Gas Natural: Participación Relativa, por Cuenca - En % - (1)

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las transacciones realizadas en el mercado mayorista

del gas sino sólo una parte de las mismas.

Cabe recordar que el marco regulatorio vigente le

otorga al ENARGAS, entre otras, la misión de ��

proteger adecuadamente los derechos de los

consumidores, promover la competitividad de la oferta

y demanda de gas natural y regular las actividades

del transporte y distribución de gas natural,

asegurando que las tarifas que se apliquen a los

servicios sean justas y razonables�.

En tanto que, de acuerdo a lo indicado en el Art.

52 de la Ley, es obligación del ENARGAS ��prevenir

Cuadro V - 7 | Oferta y Demanda de Gas Natural: Participación relativa de cada Vendedor, por Destinatario - En % - (1)

Año 1998

Productor Ban Metro Litoral Centro Cuyana Gasnor Pamp. Sur Distcos Otros Total

YPF 86,8 54,3 70,5 79,0 70,7 62,1 44,4 70,0 62,1 49,0 59,1Total- Bridas- Astra - - - 4,9 29,3 - 7,5 - 2,7 - 2,1PAE - Pioneer - Chauvco - 7,8 - - - - 15,3 17,3 8,2 - 6,3Pluspetrol - - - - - - 5,7 - 0,9 4,3 1,7CNPC - Astra - 17,1 20,1 - - - 17,4 7,8 11,8 7,7 10,8Quintana - CGc - 4,9 - 7,7 - - - - 2,2 10,4 4,1Pluspetrol - Tecpetrol- Astra - - 9,4 - - 37,9 - - 1,8 - 1,4Roch - - - - - - 0,7 4,5 0,8 - 0,6Oea - Amoco - - - - - - 5,5 0,4 0,9 - 0,7PCR 2,0 - - - - - 3,5 - 0,8 0,0 0,6Santa Fe - 13,7 - - - - - - 5,1 - 3,9Total- Bridas - Deminex 9,7 - - - - - - 0,1 1,1 10,2 3,2Tec. - Mobil - Ampolex - CGC - - - 8,4 - - - - 0,4 5,8 1,7Capex - - - - - - - - - 12,3 2,9Otros 1,5 2,3 - - - - - - 1,0 0,2 0,8Total 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0

Volumen (En Mm M3/Día) 6,7 22,0 3,8 2,8 2,6 1,8 9,4 9,5 58,6 17,8 76,4

Año 1999

Productor Ban Metro Litoral Centro Cuyana Gasnor Pamp. Sur Distcos Otros Total

YPF 87,1 16,4 76,0 59,6 69,4 - 37,1 57,0 42,5 48,3 44,3Total- Bridas- Astra - 1,0 - 4,6 30,6 - - - 2,1 - 1,4PAE - Pioneer - Chauvco - 13,1 - 9,9 - 24,4 16,7 18,1 11,7 0,7 8,3Pluspetrol - - - - - - 9,1 - 1,5 5,7 2,8CNPC - Astra - 20,4 - - - - 25,9 19,0 14,3 6,4 11,8Quintana - CGC - 5,9 - 8,7 - - - - 2,6 8,5 4,4Pluspetrol - Tecpetrol - Astra - - 24,0 - - 21,7 - - 2,1 - 1,5Roch - - - - - - - 3,6 0,5 - 0,4Oea - Amoco - - - - - - 7,9 2,1 1,6 - 1,1PCR 2,0 - - - - - 3,4 - 0,8 - 0,6Santa Fe - 16,3 - - - - - - 5,8 - 4,0Total- Bridas - Deminex 9,4 25,5 - - - - - 0,1 10,4 8,5 9,8Tec. - Mobil - Ampolex - Cgc - - - 17,2 - 42,8 - - 2,8 11,3 5,5Capex - - - - - - - - - 10,6 3,3Otros 1,4 1,4 - - - 11,1 - 0,1 1,2 - 0,8Total 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0

Volumen (En Mm M3/Día) 7,0 18,4 2,5 2,9 2,5 2,2 8,3 7,6 51,4 23,4 74,8

(1) Volúmenes programados para el período Mayo-Abril según contratos presentados al ENARGAS por Distribuidores y Cargadores Directos (By Pass).

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pág.

120

conductas anticompetitivas, monopólicas o

indebidamente discriminatorias entre los participantes

de cada una de las etapas de la industria, incluyendo

a productores y consumidores�.

Por ello, el ENARGAS promueve permanentemente

distintas acciones conducentes a introducir mayor

transparencia y competencia en el mercado del gas

natural, que se desenvuelve con una estructura de

oferta altamente concentrada y con importantes

barreras a la entrada (un ejemplo de ello es la

propuesta de reducción de 10 Mil a 5 Mil m3/día

como umbral mínimo de consumo que le posibilite

a un usuario contratar el gas en forma directa con

un productor y/o comercializador).

En esta línea de acción, en el año 1995 el Poder

Ejecutivo dictó el Decreto 1020 que establece un

régimen de compra de gas optativo para las

Licenciatarias, tendiente a crear alternativas para

desarrollar el mercado de corto plazo del gas natu-

ral (también llamado mercado �spot�). Esto, porque

resulta de interés regulatorio que oferentes y

demandantes desarrollen el mercado de corto plazo

de gas natural, con suficiente información,

transparencia y publicidad, de modo tal de permitir

y alentar el funcionamiento eficiente y competitivo

de la industria del gas natural en Argentina.

El mecanismo creado supone dar incentivos a las

Distribuidoras para que compren gas en dicho mercado

a precios menores que los pactados en los contratos

de más largo plazo (estos últimos son los que

presentan las empresas en cada período estacional

al ENARGAS al solicitar las autorizaciones de pase

a tarifa del precio del gas).

El incentivo a comprar gas barato se expresa en

un mecanismo de premios y castigos. Esto es así

porque, por un lado, se premia a las Distribuidoras

que compran por debajo del �precio de referencia�

(precio que establece el ENARGAS para cada cuenca

al inicio de cada período estacional), permitiendo

que retengan la mitad de la diferencia entre el precio

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de compra y el de referencia.

Por otro lado, la normativa castiga a aquéllas

Licenciatarias que compran por encima del precio

testigo, ya que le permite trasladar a tarifa solamente

la mitad de la diferencia entre el precio de compra

y el citado precio de referencia.

Las operaciones realizadas en el mercado de corto

plazo han tenido una importancia creciente en el

tiempo, lo cual ha resultado beneficioso tanto para

las Distribuidoras como para los usuarios. En el

Cuadro V-8 se presenta un resumen de los volúmenes

y precios pactados en dicho mercado.

En el mismo se comparan las transacciones en dicho

mercado con los respectivos precios de referencia

establecidos por el Ente y los volúmenes emergentes

de los contratos que firmaron las Distribuidoras

para los períodos estacionales (invierno - verano)

de cada año. En líneas generales, se observa que

las empresas han pactado precios spot por debajo

de los establecidos como precios de referencia, siendo

mayores las diferencias para los períodos de verano.

CONSUMO POR TIPO DE USUARIO

Durante 1999, el consumo total de gas natural

fue de 30.145 MM m3, con un crecimiento del

10,7% respecto de 1998. Si la comparación se

hace con base en 1993, la variación es cercana

al 40%, un guarismo levemente inferior a la

variación del gas inyectado (46%) y de la capacidad

de transporte (50%).

El Cuadro V-9 muestra en forma sintética el

comportamiento del gas entregado para las distintas

categorías de usuarios en el período 1995/1999. Por

su parte, el Anexo VI-1 muestra la misma información

pero discriminada por área de licencia.

Como puede observarse en el cuadro antes mencio-

nado, la industria y las centrales eléctricas son los

mayores consumidores de gas del país, concentrando

dos tercios de la demanda total. Le siguen en

importancia los usuarios domésticos, que representan

aproximadamente el 22% de la demanda total, en

tanto que el resto de la demanda se compone de

usuarios comerciales, entes oficiales, subdistribuidores

Cuadro V - 8 | Transferencia de Gas en el Mercado "Spot" - Volúmenes en MM m3 de 9300 Kcal. - (1)

1995 1996 1997 1998 1999

Item Verano Invierno Verano Invierno Verano Invierno Verano Invierno Verano

(1) Según volúmenes de las Distribuidoras que se adhirieron al mecanismo opcional para compras de gas (Dec. 1020/95) y que realizaron compras spoten el período de referencia.

Cuenca Neuquina

Volumen Spot 70,7 57,5 91,7 118,8 287,6 182,5 202,0 216,8 288,6

Volumen Spot/Contratos (1) 4,4% 3,1% 4,2% 4,9% 10,3% 14,2% 13,3% 6,5% 24,5%

Precio spot ($/m3) 0,0434 0,0478 0,0406 0,0493 0,0416 0,0483 0,0413 0,0503 0,0411

Precio: Spot/Referencia (x100) 97,2 95,3 88,1 97,3 89,5 96,3 91,2 104,2 91,6

Cuenca Noroeste

Volumen Spot 15,0 12,8 30,8 153,5 186,9 219,5 196,6 103,5 50,1

Volumen Spot/Contratos (1) 2,8% 2,0% 3,7% 15,4% 19,6% 24,8% 27,9% 25,1% 12,2%

Precio spot ($/m3) 0,0430 0,0447 0,0372 0,0421 0,0387 0,0422 0,0371 0,0396 0,0371

Precio: Spot/Referencia (x100) 103,2 97,6 85,0 93,0 89,9 96,9 91,1 95,4 96,8

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122

y expendio de GNC.

Con relación al sector Residencial, durante 1999 se

observó un notable crecimiento del consumo de gas

natural: 11,5%. Es de destacar que el aumento

registrado en la demanda residencial abarcó todo

el país, como puede observarse en el citado Anexo,

producto principalmente de las expansiones realizadas

en las redes de gas y de las bajas temperaturas

invernales.

Al respecto, es conocida la relación inversa existente

entre el consumo de gas residencial y la temperatura

media. En el Cuadro V-10 puede observarse una

1995 1996 1997 1998 1999 Var. Indice

Tipo de Usuario Vol. % Vol. % Vol. % Vol. % Vol. % '99/'98 '93=100

Residencial 15,770 23,5 15,965 22,1 15,899 21,6 16,102 21,6 17,959 21,7 11,5 116,3

Comercial 2,596 3,9 2,526 3,5 2,726 3,7 2,600 3,5 2,783 3,4 7,1 117,2

Industrial 25,204 37,5 25,550 35,4 26,692 36,2 27,150 36,4 26,747 32,4 (1,5) 126,0

Ctrales. Elec. 19,567 29,1 23,806 33,0 23,525 31,9 23,317 31,3 29,224 35,4 25,3 184,0

GNC 2,759 4,1 2,983 4,1 3,474 4,7 3,868 5,2 4,131 5,0 6,8 198,3

Otros (1) 1,331 2,0 1,357 1,9 1,383 1,9 1,542 2,1 1,744 2,1 13,1 72,0

TOTAL PAIS 67,227 100,0 72,186 100,0 73,698 100,0 74,579 100,0 82,589 100,0 10,7 139,0

Industrial (2) 21,379 35,6 21,546 34,2 22,903 34,7 23,682 35,5 22,511 30,5 (4,9) 125,0

Ctrales. Elec.(3) 16,202 27,0 18,677 29,6 19,671 29,8 18,871 28,3 24,725 33,5 31,0 155,7

TOTAL PAIS (4) 60,038 100,0 63,053 100,0 66,056 100,0 66,665 100,0 73,853 100,0 10,8 131,4

Cuadro V - 9a | Gas Entregado por Tipo de Usuario - Volúmenes en MM m3/día de 9300 Kcal. -

Ref.: (1) Subdistribuidores y Entes Oficiales(2) No incluye gas de proceso (RTP Cerri)(3) No incluye consumo de centrales eléctricas en boca de pozo (�off system�)(4) No incluye gas de proceso (RTP Cerri) ni consumo de centrales eléctricas en boca de pozo

Ref.: (1) Subdistribuidores y Entes Oficiales(2) No incluye gas de proceso (RTP Cerri)(3) No incluye consumo de centrales eléctricas en boca de pozo (�off system�)(4) No incluye gas de proceso (RTP Cerri) ni consumo de centrales eléctricas en boca de pozo

Tipo de Usuario 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9 Prom. '93/'99

Residencial 1,86 1,24 (0,41) 1,28 11,53 2,55

Comercial 9,48 (2,73) 7,94 (4,63) 7,06 2,68

Industrial 4,62 1,37 4,47 1,71 (1,48) 3,93

Centrales Eléctricas 28,29 21,66 (1,18) (0,88) 25,33 10,70

GNC 7,11 8,11 16,45 11,35 6,81 12,09

Otros (1) (29,33) 1,98 1,90 11,49 13,12 (5,34)

TOTAL PAIS 9,04 7,38 2,09 1,20 10,74 5,64

Industrial (2) 2,42 0,78 6,30 3,40 (4,94) 3,78

Centrales Eléct. (3) 17,00 15,27 5,32 (4,07) 31,02 7,66

TOTAL PAIS 5,26 5,02 4,76 0,92 10,78 4,65

Cuadro V - 9b | Gas Entregado por Tipo de Usuario: Tasas de Variación Anual

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muestra de esa relación: en el mismo se hace uso

de un indicador conocido como déficit grado día,

DGD, cuya metodología de cómputo requiere comparar

la temperatura media diaria con un valor umbral

que se ha fijado en 18,3ºC (se supone que sólo existe

necesidad de calefacción cuando la temperatura media

se ubica por debajo de ese umbral).

Entre los usuarios que más incrementaron su

consumo se encuentran las Centrales térmicas, con

una variación de +25% respecto del año previo y

del 84% si la comparación se hace respecto de 1993.

En ese sentido, sobresalen nítidamente las centrales

térmicas localizadas en el área de Metrogas, que

más que duplicaron su consumo durante 1999: 114%

(sin menoscabar su importancia, dicha variación

es extraordinariamente alta debido a la fuerte merma

en el consumo que tuvieron estas centrales en 1998).

También aumentaron su demanda de gas natural

las usinas del área Litoral (+45%), en tanto que las

restantes centrales tuvieron una performance positiva

pero más acotada (excepción hecha de las centrales

del área Pampeana, que redujeron su consumo; ver

Anexo VI-1).

El consumo de gas natural como combustible ve-

hicular (GNC) registra un permanente aumento desde

1993 al presente, lo que es un claro indicador de la

creciente presencia y aceptación que tiene este com-

bustible en el mercado (ver Cuadro V-11). Así, a un

ritmo del 12% anual promedio, las ventas de GNC

se duplicaron en el lapso de tan sólo 7 años, y no

se vislumbra a corto plazo un techo para las mismas.

En tal sentido, si bien el 55% de las ventas totales

de GNC se concentran en el Gran Buenos Aires

(GBA), es de destacar el notable avance que viene

demostrando el gas como combustible sustituto en

casi todo el país. Además, y en correspondencia

con el aumento de ventas del GNC, en dicho período

más que se duplicaron las estaciones expendedoras

del citado combustible: 350 y 760 en diciembre de

1992 y 1999, respectivamente.

Por su parte, el consumo industrial tuvo un

comportamiento exactamente inverso al de las usinas.

Así, por ejemplo, mientras que las industrias del

área Camuzzi fueron las únicas que aumentaron

su consumo de gas durante 1999, las industrias

Cuadro V - 10 | Consumo Residencial vs. Necesidad de Calefacción - Promedio Invernal (Junio-Agosto) -

A ñ o m3/us/mes DGD (1) Temp. GBA (ºC)

1993 197 6.336 10,9

1994 188 5.656 11,8

1995 197 6.498 10,5

1996 190 5.299 11,9

1997 178 4.378 13,4

1998 169 5.940 12,7

1999 189 5.870 12,1

Indice 1993 = 100

1993 100 100 100

1994 95 89 108

1995 100 103 96

1996 96 84 109

1997 90 69 123

1998 86 94 117

1999 96 93 111

(1) DGD: Déficit Grado Día

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124

del resto del país redujeron su demanda, en diferentes

proporciones. En promedio, el sector industrial tuvo

una merma en su consumo de gas del 1,5%. En

cambio, si se analiza su comportamiento desde el

año 1993 (mediano plazo), la industria muestra un

crecimiento del consumo superior al 25%. A

continuación se presenta un análisis detallado del

sector industrial por rama de actividad.

CONSUMO POR RAMA INDUSTRIAL

En el Cuadro V-12 se muestran los consumos totales

de gas de la Industria Manufacturera en Argentina

para los cuatro últimos años, clasificados por Rama

de Actividad. Un detalle de los mismos por área de

Licencia se muestra en el Anexo VII (a los fines de

la categorización de los consumos por rama de

actividad se utilizó la revisión 3 de la Clasificación

Industrial Internacional Uniforme, CIIU, de las

Naciones Unidas).

Observando el citado Cuadro pueden extraerse algunas

conclusiones:

n El 87% de la demanda industrial de gas en Ar-

gentina está formada por las grandes industrias,

en tanto las pequeñas y medianas empresas in-

dustriales representan el 13% restante.

n En 1999 el consumo de los grandes usuarios in-

dustriales se redujo un 1,5%, al igual que la in-

dustria en general (la elevada participación de

los GU en el total hace que la tendencia que

muestren éstos sea definitoria del comportamiento

global del sector).

nMás del 50% de la demanda industrial de gas

natural se concentra en las siguientes actividades:

Química, Petroquímica, Destilería y Siderurgia.

n Si a los anteriores sectores se agrega el consumo

de los complejos Alimentario (16% incluyendo

las ramas aceitera, frigorífica y bebidas),

Metalúrgico y Cementero, se explica prácticamente

el 85% de la demanda de los grandes usuarios

industriales. El 15% restante se compone de una

gran variedad de actividades industriales.

n Entre las llamadas �grandes�, por su

comportamiento negativo merecen destacarse en

1999 las industrias del acero y del cemento, que

redujeron su consumo de gas en 21% y 17%,

respectivamente. En cambio, por su comportamiento

positivo sobresale en primer lugar la industria

del aluminio, con un aumento del consumo del

70%, y luego los rubros alimentos y destilería,

que incrementaron su demanda aproximadamente

un 8% en dicho año.

V e n t a s Variación (%)L i cenc ia ta r i a ( % ) ' 9 9 / ' 9 8 ' 9 9 / ' 9 3

Metrogas 31,1 2,5 40,1

Gas Natural Ban 23,7 7,1 95,1

Litoral Gas 9,2 6,0 159,7

Distribuidora de Gas del Centro 12,2 10,4 129,8

Gasnor 4,5 14,1 1.378,9

Distribuidora de Gas Cuyana 8,1 10,1 209,2

Camuzzi Gas Pampeana 10,3 10,7 173,1

Camuzzi Gas del Sur 1,0 6,5 60,8

Total 100,0 6,8 98,3

Cuadro V - 11 | Ventas de GNC, por Licenciataria - Variaciones, en % -

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Cuadro V - 12 Industria Manufacturera: Entregas de Gas Natural a Grandes Usuarios según rama de actividadTotal País: 1995/1999 (1) - En miles m3/día y en % -

(1) Categorización de actividades de acuerdo a la Revisión 3 de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) de las Naciones Unidas. Incluyeby pass físicos y usuarios SG-G.

(2 ) Incluye gas de proceso.(3 ) Incluye transporte por tuberías, extracción de petróleo y gas e industria militar, entre otras.(4 ) Incluye usuarios industriales con Servicio Gral. Pequeño (SG-P).

Destilería (2) 5.630 5.631 6.422 5.780 6.251 26,9 26,9 8,16

Química y Petroquímica 2.946 2.955 2.850 2.896 2.922 12,6 39,4 0,90

Siderúrgica 3.412 3.507 3.598 3.670 2.896 12,5 51,9 (21,09)

Alimenticia 1.785 1.851 1.867 2.038 2.212 9,5 61,4 8,54

Metalúrgica No Ferrosa 340 674 626 1.041 1.767 7,6 69,0 69,75

Cementera 1.841 1.694 2.035 2.131 1.758 7,6 76,6 (17,49)

Aceitera 779 811 774 1.051 1.036 4,5 81,0 (1,42)

Celulósica - Papelera 1.015 1.078 1.078 1.058 888 3,8 84,8 (16,08)

Cerámica 690 714 824 885 825 3,5 88,4 (6,82)

Cristalería 734 726 724 761 703 3,0 91,4 (7,67)

Frigorifica 215 228 248 255 266 1,1 92,5 4,43

Textil 203 232 311 274 227 1,0 93,5 (17,04)

Bebidas 197 210 230 225 226 1,0 94,5 0,66

Automotriz 219 214 254 272 212 0,9 95,4 (21,98)

Caucho y Plástico 189 180 196 178 144 0,6 96,0 (18,90)

Metalúrgica Ferrosa 105 122 153 131 140 0,6 96,6 7,03

Maderera 99 101 117 115 97 0,4 97,0 (16,17)

Cuero 45 48 52 49 50 0,2 97,3 0,22

Tabaco 21 18 14 10 11 0,0 97,3 8,98

Otras (3) 1.222 998 788 738 627 2,7 100,0 (14,96)

Total 21.686 21.994 23.162 23.558 23.258 100,0 � (1,27)

Total Industria (4) 25.204 25.550 26.692 27.150 26.747 � � (1,48)

G.U. / Total Industria (%) 86,0 86,1 86,8 86,8 87,0

1995 1996 1997 1998 1999 Particip. Relativa (1999) Variac.

Rama Industrial % Acum. 99/98 (%)

12%

4%

26%

4%

13%

13%

8%8%

7%

5%

Siderúrgica

Celulósica - Papelera

Destilería (2)

Cristalería

Química y Petroquímica

Aceites, Alim. y Bebidas

Alimenticia

Cementera

Cerámica y Vidrio

Otras Industrias

CONSUMO DE GAS, POR RAMA DE ACTIVIDAD - 1999

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1 9 9 9

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126

Al respecto, corresponden efectuar las siguientes

aclaraciones:

a) Con más de 4 MM de m3 diarios de promedio y

un crecimiento en el consumo del 22% durante

1999, la planta de gas de proceso de Gral. Cerri

es el mayor consumidor industrial de gas del país.

De acuerdo a la clasificación CIIU, dichos consumos

se asignan a la división 23 (Destilería). Esto explica

que el rubro Destilería se ubique en el primer lugar

del ranking sectorial, ya que si se excluye a Cerri,

el consumo de dicha rama se ubica en torno de

los 2 MM m3/día.

b) Los datos sobre consumo de los sectores indus-

triales no incluyen a las pequeñas y medianas

industrias (usuarios con Servicio Gral. P), por no

contarse para esos usuarios con información

discriminada por códigos CIIU. Como se dijera

anteriormente, las PyMes -entre las cuales se

encuentran, por ejemplo, el complejo tabacalero

de Salta y Jujuy- representan aproximadamente

el 13% del consumo industrial de gas natural.

En el Cuadro V-13 se muestran las variaciones que

registraron en su consumo de gas los usuarios

residenciales, los pequeños y medianos usuarios

(comerciales e industriales) y los grandes usuarios (in-

dustriales y usinas). La comparación se hace por área

de licencia para el año 1999, respecto de 1998 y 1993.

CONSUMO POR ÁREA DE LICENCIA

Debe aclararse que no todo el gas que se consume

en una provincia, región o área de licencia es vendido

por la Distribuidora zonal, sino que en muchos casos,

son los propios usuarios (industriales o usinas) los

que deciden comprar el gas (y eventualmente el

transporte) por su cuenta: son los llamados by pass

comerciales. También, previo aviso a la Distribuidora,

los grandes usuarios pueden separarse totalmente

de la misma, construyendo sus propios ductos con

conexión directa al sistema de transporte,

constituyéndose en tal caso en lo que se conoce

como by pass físicos.

De forma tal que, al analizar el gas consumido,

corresponde diferenciar según se trate de ventas de

gas que realizan las Distribuidoras ó ventas de gas

en el área de licencia de las Distribuidoras (en este

último caso se deben considerar los by pass, donde

la venta de gas no la realiza la Distribuidora). En

este apartado se analizará brevemente qué sucedió

con las ventas de gas por área de licencia, con

independencia de quién abastece de gas al consumidor

final. En el siguiente, se observará cómo han ido

variando las ventas de gas natural según modalidad

de comercialización o entrega.

En el período 1993-1999 el consumo de gas en el

país creció un 39%, lo que significa un ritmo de

crecimiento del 5,6% anual. Dentro del casi 11%

de aumento que registrara el consumo de gas en el

país durante 1999, sobresale claramente el área

metropolitana, donde las ventas de gas crecieron

un 38%, producto del pico histórico de consumo

que tuvieron las usinas. En efecto, las centrales

eléctricas son el mayor consumidor del área que

opera Metrogas y su comportamiento es definitorio

del total zonal (por caso, en 1998 las usinas

abastecidas por Metrogas redujeron un 33% su

consumo y eso significó que las ventas de gas en

el área cayeran un 13%; ver Anexo VI-1).

Por su parte, las ventas de gas en el área de Camuzzi

(Pampeana y Sur) experimentaron un crecimiento

del 6,5%, como resultado del importante aumento

en el consumo que tuvieron los sectores residencial

e industrial.

Mientras tanto, en las áreas Centro y Noroeste,

las entregas de gas durante 1999 crecieron entre

un 4% y 5%, impulsadas por el mayor consumo

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A

DE

L

GA

S

EN

A

RG

EN

TI

NA

residencial y de las centrales eléctricas.

Estos dos últimos segmentos de demanda (residencial

y usinas) explican también las mayores entregas

de gas registradas en las áreas Cuyana y Litoral.

Con relación a Ban, las mayores ventas de gas en

ese área se deben principalmente al crecimiento

del consumo doméstico, potenciado por la

incorporación de más de 50 Mil nuevos usuarios de

gas natural.

En el Cuadro V-14.a se muestra una evolución del

Total

Sur

Pampeana

Cuyana

Noroeste

Centro

Litoral

Bs. As. Norte

Metropolitana

0 10 20 30 40 50-10-20-30

Variaciones 1999/1998

Total

Sur

Pampeana

Cuyana

Noroeste

Centro

Litoral

Bs. As. Norte

Metropolitana

0 10 20 30 40 50-10-20-30-40

Variaciones 1999/1993

GU + SG-G (1)

Peq. Us. (SG-P)

Residencial

Cuadro V - 13 | Gas Entregado por Area de Licencia y Tipo de Usuario (1) - Variaciones, en % -

(1) Incluye Grandes Usuarios de Distribuidoras (servicios ID, IT, FD, FT y by pass comerciales) y gas de proceso (Cerri).No incluye by pass físicos ni consumos de gas en boca de pozo.

consumo de gas en cada área de licencia para el

período 1995/1999, en tanto las variaciones

respectivas se muestran en el Cuadro V-14.b. Por

su parte, en los cuadros del Anexo VI es posible

observar una evolución detallada de las entregas

de gas, por área de licencia. La información de los

cuadros incluye las entregas de gas según: a) tipo

de usuario (anexo VI-1), b) modalidad de

comercialización (anexo VI-2) y, c) tipo de servicio

(anexo VI-3).

CONSUMO POR MODALIDAD DE COMERCIALIZACIÓN

La mayor competencia que promueve el Marco

Regulatorio de la industria del gas se pone de

Sur

Pampeana

Cuyana

Noroeste

Centro

Litoral

Bs. As. Norte

Metropolitana

Total

0 5 10 15 20 25 30 35 40

Var. '99/'98

Var. '99/'93 (prom. año)

Cuadro V - 14b | Gas Entregado por Area de Licencia - Variaciones, en % -

1995 1996 1997 1998 1999

Area de Licencia Vol. % Vol. % Vol. % Vol. % Vol. %

Metropolitana 16,260 24,2 17,243 23,9 15,556 21,1 13,479 18,1 18,594 22,5

Bs. As. Norte 7,556 11,2 7,893 10,9 8,317 11,3 8,403 11,3 8,569 10,4

Litoral 6,834 10,2 7,245 10,0 8,493 11,5 8,489 11,4 8,781 10,6

Centro 3,445 5,1 3,581 5,0 4,013 5,4 4,439 6,0 4,619 5,6

Noroeste 4,580 6,8 5,456 7,6 6,699 9,1 7,330 9,8 7,680 9,3

Cuyana 3,358 5,0 3,529 4,9 4,045 5,5 4,864 6,5 4,975 6,0

Pampeana (1) 13,604 20,2 13,415 18,6 13,934 18,9 13,679 18,3 14,576 17,6

Sur (2) 11,532 17,2 13,751 19,0 12,560 17,0 13,796 18,5 14,690 17,8

Total (3) 67,227 100,0 72,186 100,0 73,698 100,0 74,579 100,0 82,589 100,0

Cuadro V - 14a | Gas Entregado por Area de Licencia - Volúmenes en MM m3/día de 9300 Kcal. -

(1) Incluye gas de proceso (Cerri)(2) Incluye consumos de gas en boca de pozo(3) Incluye SDB ciudad de Paraná

manifiesto, entre otras formas, en el creciente número

de grandes usuarios que año tras año toman la

decisión de comprarle el gas directamente a los

productores y/o comercializadores: de tan sólo cuatro

usuarios en 1993 a más de un centenar 7 años

después.

La mayor parte de esas empresas realizan lo que se

conoce como �by pass� comerciales, es decir, que

compran su propio gas y contratan con las

Distribuidoras el servicio de distribución y,

eventualmente, de transporte. En cambio, es mucho

menor el número de empresas que construye su

propio caño y se conecta directamente a los

gasoductos de transporte.

La importancia del �by pass� en el actual esquema

regulatorio de la industria del gas en Argentina se

visualiza claramente a través del Cuadro V-15. Según

puede observarse, las ventas directas de gas del

productor al usuario alcanzaron en el último año

un promedio de 27 MM de m3 diarios, lo que

representa un tercio de la demanda de gas del país

(en 1993 era sólo del 2,4%). Se observa, también,

una consolidación de esta tendencia en el tiempo,

ya que permanece más o menos estable desde 1997

a la fecha.

Asimismo, si a los by pass físicos y comerciales se

agregan los usuarios situados directamente en las

bocas de pozo -usuarios sin vinculación con los

sistemas de transporte y/o distribución- y el gas

de proceso de planta Gral. Cerri, resulta que

aproximadamente el 40% del gas que se consume

en el país es negociado directamente entre el productor

y/o comercializador y el usuario final (grandes

industrias y usinas), sin intermediación de

Distribuidora alguna.

En el Anexo VI-2 es posible observar cómo han

evolucionado las ventas de gas efectivamente

realizadas por las Distribuidoras, netas de los by

pass. Así, por ejemplo, en 1999 las ventas de gas

en bloque que realizaron las Distribuidoras (gas +

transporte + distribución) oscilaron entre un mínimo

de 28% (Gasnor) y un máximo de 83% (Ban) respecto

de las entregas totales de gas en sus respectivos

mercados.

Dicho Anexo muestra que las áreas donde mayor

peso o importancia relativa tienen los by pass son

Noroeste y Litoral, donde representan aproxima-

damente el 70% de la demanda final de gas (en el

caso de Litoral, se trata exclusivamente de by pass

comerciales).

Modalidad de 1995 1996 1997 1998 1999

Comercialización Vol. % Vol. % Vol. % Vol. % Vol. %

A - Reventa gas Us. Distco (1) 50,288 74,8 46,219 64,0 42,622 57,8 43,581 58,4 46,688 56,5

B - By Pass Comercial 8,349 12,4 14,934 20,7 20,323 27,6 19,478 26,1 20,920 25,3

Subtotal Sist. Dist. (A+B) 58,637 87,2 61,153 84,7 62,944 85,4 63,058 84,6 67,608 81,9

C - By Pass Físico 1,401 2,1 1,901 2,6 3,111 4,2 3,606 4,8 6,245 7,6

Subtotal By Pass (B+C) 9,750 14,5 16,834 23,3 23,434 31,8 23,084 31,0 27,165 32,9

D - Planta Gral. Cerri 3,825 5,7 4,004 5,5 3,788 5,1 3,468 4,6 4,236 5,1

E - Boca de Pozo 3,364 5,0 5,129 7,1 3,854 5,2 4,446 6,0 4,499 5,4

TOTAL PAIS (A+B+C+D+E) 67,227 100,0 72,186 100,0 73,698 100,0 74,579 100,0 82,589 100,0

Cuadro V - 15 | Gas Entregado según Modalidad de Comercialización - En MM m3/día de 9300 Kcal. -

(1) Incluye SDB de Paraná.

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pág.

130

Si se agregan los usuarios off system y el gas de

proceso, esta modalidad da cuenta aproximadamente

de la mitad de los consumos de las áreas Sur,

Pampeana y Cuyana. En tanto que en el caso de

Centro, el 35% de la demanda compra el gas en

forma directa a los productores y/o comercializadores

(no existen los by pass físicos). Finalmente, donde

menor importancia relativa tienen los by pass es

en el área GBA, donde Metrogas y Ban tienen sus

respectivas licencias para la distribución del fluido.

USO DE LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE

Las inversiones realizadas en materia de transporte

en el período 1993/1999 le otorgaron al sistema un

mayor margen operativo, principalmente en el

invierno, que es la estación más crítica en cuanto

a los requerimientos de transporte. En el Cuadro

V-16.a se muestra el factor de utilización promedio

de la capacidad de transporte disponible en el sistema,

calculado para el invierno, verano y promedio año:

se observa, por ejemplo, que mientras que en 1993

la utilización promedio del sistema fue del 86%, la

misma bajó al 81% en 1999. La misma información,

pero mensualizada, se muestra en el Cuadro V-16.b.

El Cuadro V-16.c es complementario de los anteriores

sólo que, en lugar de coeficientes, muestra el nivel

de utilización de los gasoductos de acuerdo a los

volúmenes inyectados durante el invierno y promedio

año. Como se dijera anteriormente, puede observarse

que la inyección de gas ha ido creciendo en forma

casi ininterrumpida desde 1993 a la fecha,

especialmente durante el período invernal:

de 71 MM m3 diarios en el invierno de 1993, se

inyectaron más de 90 MM m3 en los dos últimos

inviernos.

En el Cuadro V-17 se consignan las capacidades

de transporte en firme contratadas por las

Distribuidoras y los Usuarios con By Pass en cada

Transportista (volúmenes promedio año), en tanto

que en el Cuadro V-18 se presenta una evolución

del nivel de utilización que hicieron las Distribuidoras

de sus respectivas capacidades reservadas en firme

en el sistema de transporte.

Puede observarse que durante estos últimos años

algunas Distribuidoras ajustaron las capacidades

Cuadro V - 16a | Utilización de la Capacidad de Transporte, Total Sistema - Inyección / Capacidad Nominal, en % -

78 79 7876

81

9093

9088

81

69 70 69 6866

1995 1996 1997 1998 199945

55

65

75

85

95

105

Promedio año

Invierno

Verano

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EN

A

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EN

TI

NA

oportunamente contratadas a sus necesidades de

demanda. Así, por ejemplo, mientras Litoral y

Camuzzi Sur resignaron capacidad en firme -lo que

les permitió mejorar el factor de utilización de la

misma-, las restantes Distribuidoras incrementaron

sus reservas en firme en el sistema de transporte.

En este último caso, por la magnitud del cambio se

destacan Camuzzi Pampeana (+50%), Centro (+43%),

Cuyana (+25%) y Metrogas (+17%). Por su parte

Ban, gracias a su planta de peak shaving, puede

abastecer su mayor demanda y los picos de consumo

invernal sin tener que contratar capacidad de

transporte adicional.

De la capacidad total de transporte disponible en

Cuadro V - 16b | Utilización Mensual de la Capacidad de Transporte - Inyección/Cap. Nominal, Total Sistema, en % -

76

87

97

83

74

8790

69

62

75

96

73

66

72

99

75

70

79

94

72

59

70

92

7269

79

98

73

40

50

60

70

80

90

100

110

E�93

Abr Ju

l

Oct

E�94

Abr Ju

l

Oct

E�95

Abr Ju

l

Oct

E�96

Abr Ju

l

Oct

E�97

Abr Ju

l

Oct

E�98

Abr Ju

l

Oct

E�99

Abr Ju

l

Oct

Cuadro V - 16c | Inyección vs. Capacidad de Transporte - Promedio Total Sistema, en MM m3/día -

8992

97

104

111

6973

75

80

89

80

85 86

9391

1995 1996 1997 1998 199940

50

60

70

80

90

100

110

120

Cap. prom. año

Inyec. total año

Inyec. invierno

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132

el sistema a diciembre de 1999 (109 MM m3/día),

más del 95% se encontraba vendida en servicio

firme, en tanto el remanente era vendido en forma

de servicio interrumpible.

En este sentido, cabe destacar la fuerte correlación

que presentan el gas inyectado, las expansiones de

la capacidad de transporte y la venta de transporte

en firme. Así, por ejemplo, entre 1993 y 1999 la

inyección de gas aumentó un 46%, la capacidad de

transporte se expandió un 50% y las ventas de transporte

en firme crecieron aproximadamente un 60%.

Esto pone de manifiesto no sólo la plena utilización

de las ampliaciones realizadas sino que las

Transportistas vendieron en firme toda la capacidad

1995 1996 1997 1998 1999 Variac. Diciembre 1999

Licenciataria 99/98 (%) Volumen 1993=100

Cuadro V - 17 | Capacidad de Transporte Contratada en Firme, por Licenciataria - Promedio Año, en MM m3/día -

(1) Incluye capacidad contratada para procesamiento (RTP) y exportación.

T G N

Gasnor 4,661 4,988 4,988 4,988 4,988 0,0 4,988 117,7

Cuyana 3,600 3,935 4,477 4,156 4,025 (3,2) 4,050 125,2

Centro 4,700 4,500 5,152 5,703 5,967 4,6 6,000 142,9

Litoral 6,393 6,242 6,093 6,613 7,093 7,3 7,093 94,3

Gasban 4,340 4,972 4,972 4,972 4,972 0,0 4,972 144,4

Metrogas 2,151 1,892 1,475 0,970 0,970 0,0 0,970 n.a.

GasNea - - - - 0,090 n.a 0,100 n.a.

Pampeana 0,120 0,153 0,250 0,250 0,250 0,0 0,250 n.a.

Cargadores Directos (1) 2,380 2,826 6,640 13,495 18,753 39,0 20,764 n.a.

TOTAL 28,346 29,508 34,047 41,147 47,108 14,5 49,187 217,3

T G S

GasBan 8,275 6,482 6,510 6,792 6,955 2,4 6,795 82,1

Metrogas 21,691 21,680 22,771 22,404 19,867 (11,3) 19,660 111,2

Pampeana 11,360 11,849 11,859 11,960 11,652 (2,6) 11,610 146,8

Sur 7,900 7,574 7,124 7,150 6,838 (4,4) 6,450 71,7

Cargadores Directos (1) 3,131 4,723 5,607 7,376 10,861 47,3 12,383 n.a.

TOTAL 52,357 52,309 53,870 55,681 56,174 0,9 56,898 132,7

TOTAL SISTEMA

Gasnor 4,661 4,988 4,988 4,988 4,988 0,0 4,988 117,7

Cuyana 3,600 3,935 4,477 4,156 4,025 (3,2) 4,050 125,2

Centro 4,700 4,500 5,152 5,703 5,967 4,6 6,000 142,9

Litoral 6,393 6,242 6,093 6,613 7,093 7,3 7,093 94,3

Gasban 12,615 11,454 11,482 11,764 11,927 1,4 11,767 100,4

Metrogas 23,843 23,572 24,246 23,374 20,837 (10,9) 20,630 116,7

GasNea - - - - 0,090 n.a 0,100 n.a.

Pampeana 11,480 12,002 12,109 12,210 11,902 (2,5) 11,860 149,9

Sur 7,900 7,574 7,124 7,150 6,838 (4,4) 6,450 71,7

Cargadores Directos (1) 5,511 7,549 12,248 20,870 29,614 41,9 33,147 n.a.

TOTAL 80,703 81,816 87,918 96,828 103,282 6,7 106,085 161,9

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de transporte adicional. E incluso más, ya que en

promedio, redujeron sus ventas de transporte

interrumpible con relación a 1993 (ver Cuadro V-19).

La mayor disponibilidad de transporte en el sistema

hizo posible que en los últimos años se redujeran

notablemente las restricciones de gas a los grandes

usuarios durante la época de mayor demanda

(invierno). Como se muestra en el Cuadro V-20, en

1999 el volumen de gas restringido fue relativamente

pequeño, equivalente al 1,2% del gas total entregado.

PRECIOS Y TARIFAS

La Ley Nº 24.076 establece como principios rectores

en materia tarifaria y objetivos de su política

regulatoria que las tarifas que se apliquen a los

servicios sean justas y razonables, a la vez que

aseguren el mínimo costo para los consumidores

compatible con la seguridad del abastecimiento. Estas

son las premisas que han guiado permanentemente

el accionar del ENARGAS en esta materia.

Conforme lo establecido en el Art. 37 de la Ley

Nº 24.076, las tarifas de gas natural se componen

de: a) Precio del gas en el punto de ingreso al sistema

de transporte; b) Tarifa de transporte; c) Tarifa de

distribución. Además, la Ley prevé que las tarifas

se ajusten por aplicación de indicadores de mercado

internacional y por variaciones en los costos de

gas y transporte.

L i c e n c i a t a r i a 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9 P romed io

Gasnor 77,2 86,9 84,5 89,3 84,0 83,1

Distribuidora de Gas Cuyana 89,2 85,9 87,2 85,3 79,0 85,5

Distribuidora de Gas del Centro 73,5 78,9 76,5 76,6 74,9 78,4

Litoral Gas 90,4 91,5 99,1 95,7 97,1 92,7

Gas Natural Ban 54,1 65,2 67,1 65,7 68,0 64,2

Metrogas 72,9 81,6 74,6 71,2 89,3 79,4

GasNea - - - - 46,4 46,4

Camuzzi Gas Pampeana 77,9 74,9 76,1 73,2 79,5 75,0

Camuzzi Gas del Sur 71,1 73,6 72,3 73,1 78,0 69,5

TOTAL 72,9 78,4 77,0 75,3 81,8 76,7

Cuadro V - 18 | Utilización de la Capacidad de Transporte Contratada en Firme, por Dist. - Promedio Anual, en % -

1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9 Var i ac . I n d i c e '99/'98 (%) (1993=100)

TGN 0,918 0,713 0,509 0,762 1,441 89,0 144,6

Distribuidoras 0,168 0,159 0,212 0,262 0,583 122,5 137,3

No Distribuidoras 0,750 0,554 0,297 0,500 0,858 71,5 150,1

TGS 2,338 3,067 3,984 4,644 3,236 -30,3 46,6

Distribuidoras 1,259 0,814 1,259 1,126 1,499 33,1 51,1

No Distribuidoras 1,079 2,253 2,725 3,518 1,737 -50,6 43,4

TOTAL 3,256 3,779 4,494 5,406 4,677 -13,5 58,9

Distribuidoras 1,427 0,972 1,471 1,388 2,082 50,0 61,9

No Distribuidoras 1,829 2,807 3,023 4,018 2,595 -35,4 56,7

Cuadro V - 19 | Ventas de Transporte Interrumpible - Promedio Anual, en MM m3/día -

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Así, conforme con lo indicado en el Art. 41 de la

Ley Nº 24.076 y en las Licencias de Transporte y

Distribución, las tarifas pueden ser reajustadas en

forma semestral (enero y julio) según la variación

operada en el Producer Price Index, Industrial Com-

modities (PPI), confeccionado por el Bureau of La-

bor Statistics de los Estados Unidos de América.

Dicho ajuste se realiza exclusivamente sobre los

componentes de la tarifa que corresponden al costo

de transporte y margen de distribución y no sobre

el costo del gas comprado por el prestatario del

servicio de distribución.

Asimismo, en virtud de la estacionalidad que registra

la demanda de gas, la Ley y las Licencias de

Distribución fijan las pautas y los mecanismos de

ajuste de las tarifas finales al usuario por variaciones

en el precio del gas en boca de pozo (mecanismo

conocido como �pass-through�, porque supone el

traslado a los usuarios de las variaciones producidas

1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9

Volumen (MM m3/día) (1) 5,1 8,1 2,4 0,9 1,0

Indice (1993=100) 23,7 38,2 11,5 4,2 4,6

Restricc./ Gas Entregado (en %) 7,9 12,2 3,5 1,3 1,2

Temperatura Media (ºC, GBA) 10,5 11,9 13,4 12,7 12,1

Cuadro V - 20 | Restricciones de Gas

(1) Vol. promedio de restricciones a Grandes Usuarios de gas para el período Junio-Agosto.

Metrogas 43,14 45,98 42,81 45,66 42,61 42,96 41,20 43,68 40,91 14,28

Gas Ban 47,16 50,79 47,22 50,51 46,61 49,66 45,45 47,87 44,84 25,25

Centro 44,54 46,77 45,08 45,19 43,80 46,06 43,16 42,78 40,23 12,38

Litoral 43,60 46,96 44,53 48,08 44,73 46,91 43,90 44,60 42,24 18,00

Cuyana Cuyo 47,33 50,44 47,75 50,69 47,08 49,95 46,22 49,60 46,89 30,98

Malargue 19,85 21,93 20,55 21,97 21,97 22,74 21,19 23,45 22,32 23,97

Gasnor Salta 42,83 45,84 43,70 45,60 43,34 44,62 42,05 40,20 39,00 8,94

Tucuman 43,15 46,02 43,72 45,85 43,17 44,89 41,75 42,05 38,99 8,91

Sur Neuquen 47,65 51,29 47,47 51,34 46,47 51,02 46,52 48,57 45,52 27,15

T. del Fuego 35,79 35,40 35,22 35,36 35,28 35,38 35,54 33,55 34,91 (2,48)

Sta. C. Sur 37,05 36,23 35,22 35,63 35,66 36,67 35,03 35,59 34,62 (3,29)

Chubut Sur 35,59 35,61 35,46 35,56 35,94 35,58 34,60 34,82 34,79 (2,83)

Bs. As. Sur 36,15 35,32 35,39 35,94 35,67 35,90 33,00 35,74 34,93 (2,43)

Pampeana Bs. As. 42,24 43,34 41,95 46,74 43,23 44,53 42,18 44,86 42,04 17,43

B. Blanca 44,61 44,01 42,11 44,10 42,35 42,45 41,46 43,41 40,70 13,70

Pampa Nte. 47,76 50,50 48,19 51,32 47,35 50,52 41,14 48,88 47,86 33,69

Pampa Sur 47,07 50,83 48,21 51,22 47,24 50,45 46,24 49,41 45,86 28,09

Gasnea - - - - - - 45,90 48,37 46,20 n.a.

Redengas (SDB) 46,21 47,61 45,90 48,73 45,32 45,32 44,71 45,67 43,49 n.a.

Distribuidora Subzona Oct. '95 May �96 Oct �96 May �97 Oct �97 May �98 Oct �98 May �99 Oct �99 Variación (%)Abr '96 Set �96 Abr �97 Set �97 Abr �98 Set �98 Abr �99 Set �99 Abr �00 (Dic �99/Ene �93)

Cuadro V - 21 | Precio del Gas Incluido en Tarifas Finales - En $ / 1000 m3 -

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en el costo del fluido).

Así, a partir de la desregulación del mercado del

gas natural, instrumentada por el Decreto Nº 2731

del 29/12/93, las tarifas de gas natural se ajustan

dos veces al año -mayo y octubre-, de modo de

reflejar las variaciones del precio del gas comprado

por las Licenciatarias del Servicio de Distribución

(el período invernal abarca de mayo a setiembre,

en tanto que el estival, de octubre a abril).

Cabe señalar que si bien el procedimiento de ajuste

por variación del precio del gas comprado es de

�tratamiento preestablecido�, ello no implica que se

lo deba considerar como de ajuste �automático�, sino

que se debe estudiar en cada caso que la Licenciataria

haya realizado los mayores esfuerzos para obtener

el menor precio compatible con la seguridad del

abastecimiento. Tal es la premisa del regulador.

En consecuencia, las tarifas máximas de gas a

usuarios finales se ajustaron en mayo y octubre de

1999 con el objeto de reflejar las variaciones

producidas en el precio del gas en boca de pozo en

cada una de las cuencas del país.

En el Cuadro V-21 se muestra en detalle la evolución

del precio del gas que autorizara el ENARGAS a ser

incluido en las tarifas finales por subzona para el

período 1994/1999. Las mayores variaciones se

produjeron en aquellas subzonas que se abastecen

de la cuenca neuquina, donde el gas es más caro.

Como se dijera anteriormente, mediante el Decreto

N° 1020/95 el PEN creó un sistema de estímulo

alternativo y optativo para las Distribuidoras de

gas, que opera como incentivo a la compra de gas

barato y a la realización de operaciones en el mercado

de corto plazo de gas natural (MCPGN).

Tal procedimiento -denominado como «punto 9.4.2.6.

bis» y que requiere la determinación por parte del

ENARGAS de un precio de referencia y de un precio

promedio ponderado para cada cuenca de origen

del gas-, permite trasladar a tarifas parte del efecto

de las compras de gas natural que se pacten en el

MCPGN a precios inferiores al precio de referencia

o superiores al precio de cuenca.

En efecto, el citado mecanismo provee incentivos

por dos vías: premiando a la Distribuidoras que

compren gas por debajo del Precio de Referencia

(PR), que conservan la mitad de la diferencia entre

el precio de compra y el de referencia, y castigando

a aquéllas que compren por encima del Precio

promedio de Cuenca (PC), permitiéndoles trasladar

sólo una parte de ese mayor precio.

De esta manera, las Distribuidoras tienen un fuerte

incentivo para minimizar el costo de sus compras

de gas, lo que también redunda en beneficio de los

usuarios. Una evolución estacional de los precios

promedios de cuenca y precios de referencia

determinados por el ENARGAS puede observarse

en el Cuadro V-22.

Como se afirmara, el ENARGAS realiza los mayores

esfuerzos para mejorar la transparencia informativa

Cuenca Inv.�95 Ver.�95/�96 Inv.�96 Ver.�96/�97 Inv.�97 Ver.�97/98 Inv.�98 Ver.�98/`99 Inv.�99 Ver.�99/`00

Neuquina 47,98 45,70 50,80 46,70 51,40 46,90 50,60 45,89 48,86 45,90

Noroeste 44,29 42,90 46,10 44,00 45,70 43,60 44,10 41,36 41,70 39,20

Austral 35,80 35,43 35,43 35,43 35,80 35,50 35,60 34,83 34,84 34,70

Cuadro V - 22 | Precio del Gas por Cuenca - En $ / 1000 m3 -

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que permitan a los usuarios optimizar la evaluación

sobre precios y condiciones de los diferentes servicios

de gas natural. Por ello, entre otros procedimientos,

el ENARGAS informa regularmente en su página

en internet un resumen de los precios promedio de

cuenca, con apertura de volúmenes y destino de

uso, con el fin de otorgar un mayor grado de

conocimiento y transparencia de información para

los actores del sistema de gas en Argentina.

Adicionalmente, y acorde a lo establecido por el

Marco Regulatorio, las tarifas finales se ajustaron

en julio de 1999 según las variaciones experimentadas

por el índice PPI-USA (nótese que, como se dijera,

este ajuste se aplica sobre los componentes de la

tarifa que corresponden al costo de transporte y

margen de distribución, excluyendo explícitamente

el costo del gas incluido en las tarifas de distribución).

Cabe señalar que si bien el ajuste tarifario por aplicación

de este indicador de mercado internacional se realiza

regularmente en los meses de enero y julio de cada

año, a instancias de la Secretaría de Energía de la

Nación, con carácter excepcional y con la debida

conformidad de las Licenciatarias de gas, el ajuste

correspondiente al primer semestre del 2000 fue

diferido hasta el mes de julio (en el período abril-

octubre de 1999 el PPI registró un incremento del

3,78%).

En consecuencia, en enero de 2000 las tarifas de

gas se modificaron de modo de reflejar

exclusivamente las variaciones de los factores �K�

aprobadas para las Licenciatarias de Transporte y

los nuevos �mix� de capacidad de transporte por

cuenca de origen (noroeste, neuquina y austral)

contratados por las Distribuidoras, de acuerdo a la

información contractual presentada ante el ENARGAS.

La variación anual punta a punta experimentada

por las tarifas entre enero de 1999 y enero de 2000

para los principales tipos de servicio -residencial,

servicio general pequeño, SG-P y distribución

interrumpible, ID) se informa en el Cuadro V-23,

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donde se muestra en forma desagregada la incidencia

tarifaria por variaciones en el precio del gas.

En líneas generales, la incidencia del PPI es mayor

en aquellas áreas geográficas más alejadas de los

yacimientos (GBA, por ejemplo) debido al mayor

componente de transporte, en tanto que la incidencia

del gas en las tarifas depende de la combinatoria

de proveedores y cuenca que tiene cada Distribuidora

(con un mayor impacto en aquellas distribuidoras

que compran relativamente más gas en la cuenca

neuquina, donde el gas es más caro que en las

restantes).

En términos de tipo de servicio, la incidencia del

PPI es mayor en el servicio residencial, porque en

dicha tarifa es mayor, en términos relativos, los

componentes de transporte y distribución en

Variación Ene./Ene. (%)

Licenciataria Subzona Enero-99 Mayo-99 Julio-99 Octubre-99 Enero-00 PPI + Fact. Precio Variac.

Tarifaria �X� y �K� de Gas Total

SERVICIO RESIDENCIAL

Metrogas 187,8 190,3 191,5 188,7 189,2 0,15 0,59 0,73Gas Ban 186,9 189,3 189,8 186,7 187,0 0,32 (0,27) 0,05Centro 186,6 186,2 191,0 188,5 189,0 1,55 (0,26) 1,29Litoral Gas 171,7 172,4 176,5 174,1 175,0 0,94 0,97 1,91Cuyana Cuyo 177,8 181,2 181,6 178,9 179,0 (0,37) 1,02 0,64Gasnor Salta 162,1 160,3 160,5 159,3 159,4 1,91 (3,55) (1,64)

Tucumán 185,7 185,9 186,3 183,2 183,5 1,51 (2,67) (1,16)Camuzzi Sur Neuquén 98,5 100,5 100,7 97,6 97,6 1,03 (1,92) (0,89)

Chubut Sur 81,1 81,3 81,6 81,6 81,2 (0,24) 0,36 0,13Bs. As. Sur 116,2 119,0 119,7 118,8 118,9 (1,62) 3,95 2,32

C. Pampeana Bs. As. 167,6 170,3 170,9 168,0 167,9 0,08 0,08 0,15B. Blanca 155,9 157,8 159,4 156,7 157,7 0,48 0,67 1,15

SERVICIO GENERAL �P�

Metrogas 147,6 150,0 150,8 148,0 148,3 0,19 0,33 0,52Gas Ban 143,8 146,2 146,5 143,5 143,7 0,42 (0,52) (0,10)Centro 142,9 142,5 145,3 142,7 143,1 2,05 (1,91) 0,14Litoral Gas 124,6 125,3 126,9 124,5 125,0 1,33 (1,01) 0,32Cuyana Cuyo 134,0 137,4 137,6 134,9 135,0 (0,49) 1,23 0,73Gasnor Salta 100,9 99,1 99,2 98,0 98,1 3,11 (5,91) (2,81)

Tucumán 123,8 124,1 124,3 121,3 121,4 2,28 (4,20) (1,93)Camuzzi Sur Neuquén 92,5 94,6 94,7 91,6 91,6 1,09 (2,06) (0,96)

Chubut Sur 74,4 74,6 74,8 74,8 74,5 (0,26) 0,45 0,19Bs. As. Sur 93,9 96,6 97,1 96,3 96,3 (2,00) 4,64 2,64

C. Pampeana Bs. As. 131,6 134,3 134,7 131,9 131,8 0,10 0,01 0,11B. Blanca 130,9 132,9 134,0 131,3 132,0 0,58 0,25 0,83

SERVICIO GRAN USUARIO �ID�

Metrogas 77,3 79,8 79,9 77,1 77,1 0,37 (0,62) (0,25)Gas Ban 84,4 86,8 86,9 83,8 83,8 0,72 (1,34) (0,61)Centro 74,6 74,2 74,4 71,8 71,9 4,08 (7,75) (3,68)Litoral Gas 71,4 72,1 72,1 69,7 69,8 2,37 (4,62) (2,25)Cuyana Cuyo 70,8 74,1 74,2 71,5 71,5 (0,93) 1,95 1,02Gasnor Salta 59,5 57,6 57,7 56,5 56,5 5,40 (10,45) (5,05)

Tucumán 66,3 66,6 66,6 63,6 63,6 4,34 (8,42) (4,08)Camuzzi Sur Neuquén 58,0 60,1 60,1 57,1 57,1 1,76 (3,44) (1,68)

Chubut Sur 51,1 51,3 51,3 51,3 51,1 (0,37) 0,47 0,10Bs. As. Sur 57,7 60,5 60,5 59,7 59,7 (3,23) 6,74 3,51

C. Pampeana Bs. As. 70,5 73,2 73,2 70,4 70,4 0,19 (0,36) (0,18)B. Blanca 68,8 70,8 71,2 68,5 68,9 1,11 (1,01) 0,10

Cuadro V - 23 | Evolución de las Tarifas de Gas en 1999 (1) - En $ / 1000 m3 -

(1) Tarifas promedios sin impuestos, calculadas en base a consumo tipo por usuario (los servicios R y SG-P incluyen cargo fijo; ID sólo cargo variable).

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comparación al componente gas, y decrece a medida

que los servicios se tornan interrumpibles. Por el

contrario, la incidencia de la variación en el precio

del gas es mayor en las tarifa ID, por ejemplo,

donde el componente principal está dado por el

costo del gas.

En el Cuadro V-24 se presenta el costo promedio

del transporte de gas según las distintas subzonas

de origen y destino, al 1º de enero de 2000. Como

se dijera, las tarifas de transporte reflejan el grado

de cercanía a los yacimientos de las distintas zo-

nas de consumo. Así, por ejemplo, puede observarse

que las tarifas en Salta y en Neuquén eran a esa

fecha aproximadamente un 17% y un 10%,

respectivamente, del máximo abonado por Metrogas

en Buenos Aires.

Por su parte, en el Cuadro V-25 se muestran las

tarifas de distribución vigentes a la misma fecha

(1/1/00) para algunos servicios y subzonas. En el

Anexo VIII se amplía dicha información para todas

las subzonas y tipos de servicios existentes.

En dicho Cuadro se ponen de manifiesto los principios

económicos generales que subyacen en el esquema

regulatorio vigente:

n Las tarifas de gas que abona el usuario final disminuyen

a medida que se reducen las distancias al yacimiento,

producto de un menor costo de transporte.

n Los servicios en firme son más caros que los

interrumpibles porque suponen un mayor costo

(lo cual se expresa en una reserva de la capacidad

disponible en el sistema de transporte).

n El costo por m3 disminuye a medida que aumenta

el consumo, en todas las categorías de servicios.

n En los servicios firmes, el costo por m3 disminuye

a medida que se utiliza más plenamente la

capacidad diaria contratada (esto supone un

consumo más uniforme en el tiempo, lo que se

DISTRIBUIDORA SUBZONA Cuenca de Enero IndiceRecepción 2000 Cap.Fed.=100

Metrogas Neuquina - Austral 22,50 100,0

Gasnea Neuquina 21,33 94,8

Ban Neuquina - Noroeste 18,32 81,4

Redengas (Sdb) Neuquina - Noroeste 18,09 80,4

Litoral Neuquina - Noroeste 17,60 78,2

CGP Buenos Aires Neuquina - Austral 18,19 80,9

B. Blanca Neuquina - Austral 16,02 71,2

La Pampa N. Neuquina - Austral 14,72 65,4

Centro Neuquina - Noroeste 15,12 67,2

Cuyana Cuyo Neuquina 10,10 44,9

Gasnor Tucumán Noroeste 8,28 36,8

Salta Noroeste 3,92 17,4

CGS Bs. As. Sur Austral 13,61 60,5

Chubut Sur Austral 9,35 41,6

Sta. Cruz Sur Austral 2,54 11,3

T. del Fuego Austral 2,51 11,1

Neuquén - Cordillerano Neuquina 2,24 9,9

Nota: Tarifas netas promedio, ponderadas según compras de las Distribuidoras por cuenca.

Cuadro V - 24 | Tarifas del Servicio de Transporte - En $ / 1000 m3 -

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traduce en un mejor factor de carga).

n Los servicios conectados a las redes de distribución

son más caros que los conectados directamente

a los gasoductos troncales.

Asimismo, es importante señalar que las tarifas

aprobadas por el ENARGAS son máximas y que

las Distribuidoras pueden -y de hecho lo hacen-

cobrar una tarifa inferior a la autorizada, siempre

que respeten el principio que marca la Ley con relación

a que no pueden dejar de recuperar los costos que

supone la prestación de cada tipo de servicio (no

están permitidos los subsidios cruzados). Un resumen

acerca de los descuentos tarifarios aplicados du-

rante 1999 por las Distribuidoras a sus grandes

clientes con riesgo de by pass (industrias y usinas)

se muestra en el Cuadro V-26.

0

50

100

150

200

Residencial

SG-P

SG-G

ID

FD

IT

FT

Met

roga

s

Gas

Ban

Cen

tro

Lito

ral

Gas

nor

(Sa

lta)

CG

S (P

amp.

)

Cuya

na

CG

P (B

s.A

s.)

Cuadro V - 25 | Tarifas Medias del Servicio de Distribución - En $ / 1000 m3 - (1)

(1) Tarifas medias netas de impuestos calculadas en base a consumos tipo por usuario. Los servicios R, P, y G incluyen cargo fijo, vigentes desde 1/1/2000.Los servicios G, FD y FT incluyen cargo por reserva de capacidad (factor de carga: 85%). Los servicios ID, IT, SDB y GNC, incluyen sólo cargo variable.

Cuadro V - 26 | Descuentos Tarifarios a Grandes Usuarios - Promedio Total Licenciatarias, 1999 -

Usuarios con Descuentos Descuento (%)

Usuarios sin �By Pass� 11,9

Centrales Térmicas 19,2

Industrias 15,3

Usuarios con �By Pass� 16,1

Centrales Térmicas 18,2

Industrias 17,0

Total Usuarios 12,7

Centrales Térmicas 14,2

Industrias 15,5

I n fo rme

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1 9 9 9

pág.

140

Con relación al tema tarifario, corresponde agregar

que los usuarios residenciales de la Patagonia que

se abastecen de gas por redes cuentan con descuentos

en sus tarifas (subsidios).

En el Cuadro V-27 se muestra una evolución de los

montos abonados por el Estado Nacional en concepto

de subsidio por este motivo entre los años 1993 y

1999. Se observa un crecimiento de dichos montos

71,8

81,8

91,4

82,7 82,5

1995 1996 1997 1998 19990

20

40

60

80

100

Cuadro V - 27 | Reembolsos por Subsidios en Tarifas de Gas a Us. Residenciales de la Patagonia - En Millones de Pesos-

17 1823

3025

12

1118

19

59

45

6

0

20

40

60

80

100

Monto que abona el Usuario

Monto del Subsidio

Neu

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Bs.

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el F

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Sta.

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Cuadro V - 28a Usuarios Residenciales de la Patagonia: Factura Tipo por Usuario y Subzona Tarifaria - Verano(En $/bimestre, sin impuestos)

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EN

A

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EN

TI

NA

hasta el año 1997, a partir del cual se estabilizó en

algo más de $ 82 Millones.

En el Cuadro V-28 se muestra la incidencia del

subsidio en la factura tipo que abona un usuario

doméstico del sur del país, la cual depende del período

estacional y de la subzona en que se encuentre.

Puede observarse que el subsidio es mayor en las

Cuadro V - 28b Usuarios Residenciales de la Patagonia: Factura Tipo por Usuario y Subzona Tarifaria - Invierno(En $/bimestre, sin impuestos)

3441 45 41 35 32

34

60 46

87

74

33

0

20

40

60

80

100

120

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Monto que abona el Usuario

Monto del Subsidio

Neu

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Bs.

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Cuadro V - 28c Usuarios Residenciales de la Patagonia: Factura Tipo por Usuario y Subzona Tarifaria - Verano, En % -

6050

55

34 35

66

4050 45

66 65

34

0

20

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% abona Usuario

% Subsidio

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142

zonas más frías debido a los mayores consumos

de gas.

VENTAS Y RESULTADOS DE LAS LICENCIATARIAS DE GAS

El ENARGAS establece y supervisa las normas a

las que deben ajustarse las Licenciatarias en la

información contable a suministrar a este organismo,

a efectos de identificar la evolución de sus activos

y pasivos, estado de resultados y todo aspecto que,

orientado a lograr una regulación adecuada,

contribuya a fortalecer este servicio público nacional.

En dicho marco, durante el año 1999 se realizó un

Concurso de Servicio de Consultoría para la

contratación de un consultor externo con la finalidad

de asistir al ENARGAS en la confección de un Plan

de Cuentas y criterios de registración uniformes

que permitan homogeneizar la estructura contable

de las Licenciatarias.

Como resultado de dicho concurso se contrataron

los servicios del estudio Bértora y Asociados, con

cuya asistencia, y en base al informe preliminar

presentado, se procedió a la confección de un proyecto

de Plan de Cuentas Único a ser aplicado por

Transportadoras y Distribuidoras. El mismo se

encontraba a diciembre de 1999 en la etapa final

de análisis para su redacción definitiva y posterior

elevación al Directorio para su aprobación y puesta

en vigencia.

En el Cuadro V-29 se muestra una panorámica general

de la evolución económica que tuvo el sector en el

período 1993/1999: ingresos por ventas y resultados,

así como de los montos pagados al fisco en concepto

de impuesto a las ganancias. Por su parte, el

desempeño individual de cada Licenciataria puede

verse en el Anexo IX del presente Informe Anual.

Como puede observarse en el citado Cuadro, los

ingresos de las Licenciatarias crecieron un 6,7% en

1999, producto tanto de las mayores ventas de las

Transportistas (9,2%) como de las Distribuidoras

(5,9%). Estos valores suponen una importante mejora

5041

50

32 32

49

5059

50

68 68

51

0

20

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120

% abona Usuario

% Subsidio

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Bs.

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Cuadro V - 28d Usuarios Residenciales de la Patagonia: Factura Tipo por Usuario y Subzona Tarifaria - Invierno, En % -

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respecto del desenvolvimiento evidenciado en años

anteriores.

En cambio, el comportamiento de las Licenciatarias

fue diferente en cuanto a las utilidades. Así, a

diferencia de años anteriores, en 1999 las utilidades

netas de las Distribuidoras crecieron un 13,7%, en

tanto que se redujeron las ganancias de ambas

Transportistas (-20,4% en el caso de TGN; -6,9%

en TGS). Sin embargo, las utilidades obtenidas por

las Transportistas en 1999 fueron 6% superiores a

las de 1993, mientras que las Distribuidoras, si bien

recortaron su caída merced al buen desempeño del

último año, se encuentran aún un 34% por debajo

de las ganancias generadas en 1993.

En tal sentido, por la magnitud del cambio se destaca

Metrogas, que incrementó sus ganancias un 81%

en el último año, producto de las mayores ventas

de gas. Luego se ubica Camuzzi, con un crecimiento

de las ganancias cercano al 30%. En el otro extremo

se encuentra Gasnor, con una merma del 12% en

las utilidades netas de 1999 con relación al año

previo (ver Anexo IX).

COMPOSICIÓN ACCIONARIA DE LAS LICENCIATARIAS DE GAS

Entre otras limitaciones, la Ley 24.076 y su

reglamentación establecen fuertes restricciones

tendientes a evitar la integración vertical de las

empresas que obtuvieron la Licencia para la

explotación del servicio público de transporte y

distribución de gas por redes. Para dar cumplimento

de lo dispuesto por la Ley, el ENARGAS realiza un

seguimiento permanente de la composición accionaria

de las Licenciatarias de Gas.

Durante 1999 se produjeron importantes

modificaciones en este tema. Un resumen de los

principales cambios operados en la participación

accionaria de las Compañías de gas se detalla a

I n fo rme

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1 9 9 9

pág.

144

continuación, en tanto que en el Cuadro V-30 se

muestra cuál era la situación respectiva al 31 de

diciembre de ese año.

n La participación accionaria en TGN correspondiente

al Programa de Propiedad Participada (PPP) fue

adquirida por CMS Gas Argentina Co., en tanto

que Transcogas Inversora S.A., Compañía Ge-

neral de Combustibles S.A., Tecgas S.A., Nova

Gas Andes Gas Transmission Ltd. y Nova Gas

International S.A. adquirieron participaciones

minoritarias de la sociedad inversora de TGN,

Gasinvest S.A. Por su parte, dentro de esta última,

Compañía General de Combustibles S.A. adquirió

parte de la tenencia accionaria de Nova Gas Andes

Gas Transmission Argentina Ltd.

n La participación accionaria de CIESA Inversora

S.A. y de ENRON de Inversiones de Energía S.A.

en TGS fue colocada en el mercado de oferta pública.

n La sociedad inversora de Metrogas, Gas Argentino

S.A., modificó la tenencia accionaria en poder de

British Gas Netherlands Holding a British Gas

International B.V., ello siempre dentro de los

términos del conjunto económico presentado

originalmente en la privatización.

n Gas Natural SDG Argentina S.A. adquirió el 19%

de la participación accionaria de Invergas S.A.

en Gas Natural Ban. Por su parte, Gas Natural

SDG S.A., sociedad participante de la inversora,

transfirió dentro de las pautas de conjunto

económico a su controlada Gas Natural

Internacional SDG S.A., manteniendo la titularidad

del contrato de asistencia técnica. Asimismo,

Compañía General de Combustibles S.A. y Discogas

Inversora S.A. vendieron sus tenencias accionarias

en Invergas S.A. a LG & Power Argentina III

LLC, en tanto que Farallon Gas Ban Investment

LLC redujo su participación accionaria en favor

de accionistas minoritarios.

n En Gasnea, como consecuencia de la fusión de

la empresas Bridas SAPIC y Amoco la tenencia

accionaria de la primera quedó en poder de Pan

VENTAS NETAS

Transportistas (1) 548,9 565,2 594,4 597,8 653,1 9,2 6,3 144,0Distribuidoras (2) 2.151,0 2.152,8 2.116,8 2.105,7 2.230,6 5,9 2,1 113,4Total Sector 2.699,9 2.718,0 2.711,2 2.703,5 2.883,7 6,7 3,0 119,1

RESULTADO NETO

Transportistas 233,3 208,6 220,3 216,4 193,4 (10,6) 1,0 105,9Distribuidoras 226,9 187,9 198,4 185,0 210,2 13,7 (6,7) 65,9Total Sector 460,2 396,5 418,7 401,4 403,7 0,6 (3,6) 80,5

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Transportistas 83,5 96,0 98,5 97,2 89,7 (7,8) 8,1 159,8Distribuidoras 72,9 97,3 104,0 119,6 124,1 3,8 5,5 137,8Total Sector 156,3 193,3 202,5 216,8 213,7 (1,4) 6,5 146,2

1995 1996 1997 1998 1999 Variación (%) Indice.

'99/'98 Prom. año 1993=100

Cuadro V - 29 | Ventas y Resultados de las Licenciatarias de Gas - En Millones de Pesos y en % -

(1) Incluye ingresos por transporte y procesamiento.(2) Incluye ingresos por ventas de gas y otras ventas.

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American Energy Holdings SRL, empresa totalmente

controlada por dicho grupo.

n Las acciones en poder del programa de propiedad

participada (PPP) de Gasnor S.A. fueron adquiridas

mayoritariamente por la sociedad inversora,

Gascart S.A., y en forma minoritaria por José

Cartellone Construcciones Civiles S.A.

n Lousiana Gas & Energy, participante en la sociedad

inversora y accionista directo de Distribuidora

Gas del Centro, modificó su razón social como

LG & E International Inc.

n Lousiana Gas & Energy, participante en la sociedad

inversora y accionista directo de Distribuidora

de Gas Cuyana, modificó su razón social como

LG & E Power Argentina III LLC, no registrándose

cambios en su participación accionaria. Por su

parte, la tenencia accionaria de la Provincia de

Mendoza fue colocada en oferta pública a accionis-

tas minoritarios.

n Loma Negra CIASA vendió la totalidad de su

tenencia accionaria en Sodigas Pampeana S.A. y

Sodigas Sur S.A. a CNG International Corp. y

Pacific Enterprises International, accionistas de

las sociedades inversoras antes citadas. A su vez,

Pacific Enterprises International vendió la totalidad

de sus acciones a Sempra Energy Int. Chile Holdings

I BV, en tanto que CNG International Corp. cedió

su participación accionaria, dentro del mismo grupo

económico, a CNG Cayman Three Ltd. Por su

parte, Camuzzi Argentina S.A., operador técnico

de las Licenciatarias Camuzzi Gas Pampeana y

Camuzzi Gas del Sur, adquirió la totalidad de las

tenencias accionarias minoritarias de las inversoras

Sodigas Sur S.A. y Sodigas Pampeana S.A..

I n fo rme

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146

Licenciataria Inversores Privados Nación Pcia. PPP

TGN S.A. Gasinvest S.A. 70,44 � � �-Transcogas Inversora S.A. 22,28-Compañía Gral. de Combustibles S.A. 4,96-Nova Gas Internac. S.A. (OT) 20,60-Nova Gas Andes Gas Transmission Arg. Ltd. 6,63-Petronas Argentina S.A. 18,29-Techint Argentina Overseas N.V. 4,96-Inversora Catalinas S.A. 22,28

CMS Gas Argentina Co. 29,42Transcogas Inversora S.A. 0,03Compañía General de Combustibles S.A. 0,01Tecgas S.A. 0,04Nova Gas Andes Gas Transmission Ltd. 0,01Nova Gas International S.A. 0,03Accionistas minoritarios en Oferta Pública 0,02

TGS S.A. Cía. de Inversiones de Energía S.A. 66,73 � ---Pérez Companc S.A. 25,00-Pérez Companc International 25,00-EPCA CIESA Inversiones Ltda. 8,33-Enron Pip. Co. Arg. S.A. (OT) 25,00-Enron Arg. CIESA Holdinga S.A. 16,67

Accionistas minoritarios en Oferta Pública 33,27

Metrogas S.A. Gas Argentino S.A. 70,00 � � 10,00-British Gas International B.V. (1) 45,37-Argentine Private Dev. Trust Co. Ltd. 22,37-Midland Bank PLC. 2,02-Rio Bank International 4,05-Select Energy Holding Ltd. 2,03-The Argentine Investment Co. 2,03-Astra Capsa 22,13

Accionistas minoritarios en Oferta Pública 20,00

Gas Natural Ban S.A. Invergas S.A. 51,00 1,42 � �-Gas Natural Internacional SDG S.A. (OT) 51,00-LG & Power Argentina III LLC 28,00-Manra S.A. 21,00

Gas Natural SDG Argentina S.A. 19,00Farallon Gas Ban Investment L.L.C. 7,45Accionistas minoritarios en Oferta Pública 21,13

Litoral Gas S.A. Tibsa Inversora S.A. 90,00 � � 10,00-Tractebel S.A. (OT) 70,00-Tecgas N.V. 30,00

Gas Nea S.A. Pan American Energy Holdings SRL 12,00 � 20,00 �Servicios del Centro S.A. 12,00Gas del Sur S.A. 44,00Gaseba S.A. (OT) 12,00

Gasnor S.A. Gascart S.A. 99,99 � � �-José Cartellone Const. Civiles S.A. 50,00-Cía. Consum. de Gas de Santiago S.A. (OT) 50,00

José Cartellone Const. Civiles S.A. 0,01

Cuadro V - 30 | Composición Accionaria de las Licenciatarias de Gas - En % -

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Referencias:Composición accionaria al 31/12/99PPP: Programa de Propiedad Participada.OT: Operador Técnico.(1) OT: British Gas PLC.

Licenciataria Inversores Privados Nación Pcia. PPP

Centro S.A. Inversora de Gas del Centro S.A. 51,00 � � 10,00-LG & E International Inc. 75,00-Societa Italiana per il Gas p.a. (OT) 25,00

LG & E International Inc. 7,65Sideco Americana S.A. 21,60Societa Italiana per il Gas p.a. 9,75

Cuyana S.A. Inversora de Gas Cuyana S.A. 51,00 � � 10,00-LG & E Power Argentina III LLC 24,00-Sideco Americana SA 51,00-Societa Italiana per il Gas p.a. (OT) 25,00

LG & E Power Argentina III LLC 2,16Sideco Americana S.A. 4,59Societa Italiana per il Gas p.a. 2,25Accionistas minoritarios en Oferta Pública 30,00

Camuzzi Gas Pampeana S.A. Sodigas Pampeana S.A. 70,00 20,00 � 10,00-Camuzzi Argentina S.A.(OT) 56,91-CNG Cayman Three Ltd. 21,54-Sempra Energy Int. Chile Holdings I BV 21,55

Camuzzi Gas del Sur S.A. Sodigas Sur S.A. 90,00 � � 10,00-Camuzzi Argentina S.A.(OT) 56,91-CNG Cayman Three Ltd. 21,54-Sempra Energy Int. Chile Holdings I BV 21,55

Cuadro V - 30 | Composición Accionaria de las Licenciatarias de Gas - En % - / Continuación /

A n e x o IMEMORIA ENARGAS 1999

I n f o r m e

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1 9 9 9

INTRODUCCIÓN

El ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS es el

Organismo Descentralizado, creado por la Ley Nº24.076,

con el objeto de hacer cumplir los objetivos de la

regulación �previstos en su Art. 2º-, a saber: proteger

los derechos de los consumidores; promover la

competencia en el sector; alentar las inversiones en

la industria para asegurar el suministro a largo plazo;

promover el uso generalizado del servicio y asegurar

la no discriminación para su acceso; propender a

una mejor operación y confiabilidad del servicio,

incentivando la eficiencia de los prestadores; asegurar

tarifas no discriminatorias, justas y razonables e

incentivar el uso racional del gas.

A fin de dar cumplimiento a tales objetivos ha sido

dotado de las facultades necesarias para el ejercicio

de tres funciones esenciales: regulación, fiscalización

y resolución de controversias.

ACCIONAR DEL ORGANISMO

Regulación

La tarea de regulación está dada esencialmente por

el dictado de los reglamentos necesarios para asegurar

la prestación de un servicio seguro, eficiente y

continuo, a la vez que fijar los cuadros tarifarios a

aplicar por las prestadoras, atendiendo a los principios

que en esta materia fija el Marco Regulatorio.

En tal sentido, y durante el año 1999, cabe destacar,

en forma sintética y sin perjuicio de otras actividades

no mencionadas, el dictado de los siguientes actos:

n Se estableció en forma definitiva la Metodología

de Control mediante Indicadores de Calidad del

Servicio, con el dictado de la Resolución ENARGAS

Nº1192/99, la que contempla tanto los aspectos

comerciales, como técnicos y de transparencia

del mercado, en la prestación del servicio.

n Se dictaron en oportunidad de los ajustes

estacionales y semestrales, las resoluciones

estableciendo los cuadros tarifarios pertinentes,

atendiendo en todo momento al principio

establecido en el Art. 38 de la Ley Nº24.076

(��mínimo costo compatible con la seguridad del

abastecimiento..�).

n Se establecieron los precios de cuenca y de

referencia conforme el mecanismo de incentivos

previsto en el Decreto PEN Nº1020/95.

n Se dictó la Resolución ENARGAS Nº1190/99, a

fin de trasladar a tarifa las reducciones derivadas

de la modificación de las contribuciones sociales

(Ley Nº25.063 y Decreto Nº1520/98), tal como en

su oportunidad lo estableciera el Ente respecto

del Decreto Nº292/95.

n Se estableció la contraprestación a otorgarle a

los usuarios por las redes transferidas (Resolución

I n f o r m e

E n a r g a s

1 9 9 9

pág.

150

ENARGAS Nº1356/99).

n Se dictaron las Resoluciones ENARGAS Nº 1188/99

y Nº1256/99, con el objeto de prevenir los accidentes

por inhalación de monóxido de carbono, previendo,

la primera de ellas, los requisitos a ser cumplidos

por determinados artefactos y, la segunda, dando

los pasos iniciales para la elaboración de un

reglamento de revisiones periódicas.

n Finalmente, se continuó el estudio de una serie

de medidas para alcanzar mayor transparencia y

competencia en los mercados, algunas de ellas

ya emitidas en consulta durante el ejercicio 1999

(Lineamientos de asignación de capacidad).

Mayor detalle acerca de la tarea realizada en ma-

teria de regulación, se encuentra en el Capítulo III

de este Informe.

Fiscalización y relación con los usuarios

El Marco Regulatorio de la Industria del Gas ha

previsto, además, que el Ente cuente con las

herramientas necesarias para el control de la actividad

de las prestadoras, dotándolo de amplias facultades

de control.

En su ejercicio, además de los requerimientos

informativos periódicos y preestablecidos y de la

atención de los reclamos de los usuarios,

oportunidades en que también se fiscaliza el servicio,

el ENARGAS ha llevado a cabo, durante el año 1999,

2077 auditorías e inspecciones y 572 monitoreos.

Tales procedimientos tuvieron por objeto controlar

los aspectos técnicos y ambientales de los gasoductos

en construcción, el mantenimiento de las

instalaciones afectadas al servicio (integridad

estructural de los ductos, protección catódica, etc.),

el cumplimiento de la normativa vigente por parte

de los sujetos del GNC, las obras correspondientes

al factor de inversión �k�, las compras de gas

por parte de las distribuidoras, el cumplimiento

del principio de acceso abierto a su capacidad

por parte de las distribuidoras y transportistas,

entre otros temas.

Como resultado de tales procedimientos de con-

trol, y ante la verificación de incumplimientos, se

aplicaron las sanciones correspondientes, previo

descargo del imputado.

Durante 1999, se aplicaron cuatro apercibimientos

y cincuenta y dos multas, por un valor de siete

millones ochenta y siete mil pesos ($7.087.000).

Las multas firmes cobradas durante el ejercicio 1999,

impuestas tanto en tal ejercicio, como en ejercicios

anteriores, y depositadas en la Tesorería General

de la Nación, ascendieron a $676.148,50 de los cuales

$11.675,39 corresponden a multas y sus accesorios,

aplicadas a Estaciones de GNC por las Licenciatarias,

en cumplimiento de la Resolución Nº93/94.

En cuanto a la resolución de controversias, du-

rante el año 1999, el Directorio del ENARGAS ejerció

tales funciones, esencialmente en materia de reclamos

de usuarios, por vía jerárquica, previa decisión del

funcionario interviniente (Resolución ENARGAS

Nº124/95).

Se llevaron a cabo cuatro audiencias públicas, en-

tre las que cabe destacar la convocada a fin de

analizar los Indicadores de Calidad de Servicio

propuestos por la Resolución ENARGAS Nº891/98

(Audiencia Nº69).

El Ente emitió, durante 1999, 557 resoluciones, a

las que deben adicionarse 26 con contenido

materialmente jurisdiccional.

I n f o r m e

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1 9 9 9

pág.

151

An

ex

o

I l

M

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OR

IA

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RG

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Y

E

ST

AD

OS

C

ON

TA

BL

ES

Durante el año 1999, se han mantenido 58.255

contactos con los usuarios, de los cuales 6.989 han

correspondido a reclamos, mientras que 51.266 se

trataron de consultas.

Cabe señalar, que del total de reclamos, 5.858 han

sido presentados en Sede Central y 1.131 en las

delegaciones y agencias del interior del país.

En cumplimiento del Programa de Capacitación e

Información a Asociaciones de Defensa del

Consumidor, aprobado por el Directorio, a lo largo

del año se realizaron diversos cursos en distintas

ciudades del interior del país.

Así, se realizaron siete cursos en las ciudades

de Concordia, Río Grande, Santa Rosa, Tucumán,

Bahía Blanca, Formosa y Santa Fe, donde se

abordaron los siguientes temas: Introducción a

la industria del gas y su marco regulatorio;

Atención al usuario; Expansión de redes y tarifas,

además de atender los requerimientos informativos

de cada comunidad , re lac ionados con las

problemáticas locales.

Asimismo, durante el año 1999, ha revestido par-

ticular importancia la inauguración de la Agencia

Tucumán del Organismo.

ORGANIZACIÓN, RECURSOS HUMANOS E INFRAESTRUCTURA

La dirección y administración del Ente se encuentra

a cargo de un Directorio compuesto de cinco miembros,

aunque durante el año 1999 no se encontró integrado

en su totalidad.

En tal ejercicio, se designó como presidente del

Organismo al Ingeniero Héctor Enrique Formica,

mediante el Decreto Nº651 del 11 de junio.

Al 31 de diciembre de 1999, el Directorio del ENARGAS

tenía la siguiente composición:

n Presidente: Ing. Héctor Enrique Formica

n Vicepresidente: Ing. José Andrés Repar

n Primer Vocal: Ing. Hugo Daniel Muñoz

n Tercer Vocal: Ing. Ricardo Víctor Busi

La estructura orgánica del ENARGAS se compone,

además del Directorio, de una Secretaría del Directorio,

una Unidad de Auditoría Interna y las siguientes

Gerencias: de Relaciones Institucionales, de Asuntos

Legales, de Desempeño y Economía, de Transmisión,

de Distribución, de Administración y Sistemas y

de Regiones, dependiendo de esta última las

Delegaciones Regionales y Agencias en el interior

del país.

La característica principal de la planta de personal

del ENARGAS está dada por su alta profe-

sionalización y capacitación y su número reducido.

Así, cabe señalar que del total de personal del

ENARGAS, un 82% corresponde a profesionales y

técnicos y entre las diversas profesiones existe

mayoría de ingenieros seguidos por los profesionales

en ciencias económicas y derecho.

Durante el año 1999 se destinaron 12.335 horas a

capacitación, en su mayor parte dictada en la sede

del Organismo.

ASPECTOS ECONÓMICO - FINANCIEROS Y PATRIMONIALES

El ENARGAS es un Organismo autárquico y

descentralizado que, en su gestión financiera, pa-

trimonial y contable se rige por las disposiciones

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152

previstas en la Ley Nº 24.076, su reglamentación y

los reglamentos que dicte el Directorio.

Sus erogaciones son solventadas, en su gran mayoría,

con los ingresos provenientes del pago de la Tasa

de Fiscalización y Control prevista en el Art. 63 de

la Ley Nº 24.076, la que es abonada por los prestadores

del servicio de gas, conforme su participación en

los ingresos brutos totales de la actividad.

Los ingresos en concepto de Tasa de Fiscalización

y Control, durante 1999, ascendieron a

$16.980.676,41. Adicionalmente, otros ingresos del

ejercicio han sido: Venta de obleas para GNC

($ 538.861) venta de normas ($ 10.075) y Tasas y

Derechos ($ 55.765).

Asimismo, y en razón de lo previsto en el Marco

Regulatorio, se aplicó al ejercicio 1999 el excedente

presupuestario del año 1998, que ascendió a la suma

de $5.023.660,34 (conf. Resolución Nº1267/99).

En oportunidad de la elaboración de su presupuesto,

el Ente programó las metas para el ejercicio 1999,

cuya ejecución puede resumirse del siguiente modo:

n Análisis Regulatorio: 5.060 casos

n Atención de Usuarios: 58.255 personas atendidas

n Audiencias de Conciliación: 12

n Audiencias Públicas: 4

n Auditorías Técnicas y Contables: 2.077

n Supervisión de Tablero de Datos de Despacho: 572

El ENARGAS elaboró su presupuesto para el año

1999, el que fuera aprobado mediante la Ley Nº25.064

y distribuido mediante la Decisión Administrativa

Nº1/99, por un monto de $22.573.000. La Tasa de

Fiscalización y Control para tal período fue fijada

en la suma de $ 22.000.000. El total ejecutado al

31.12.99 alcanzó la suma de $14.902.002,15.

Por último, el control interno está dado, conforme

la Ley 24.156 que instituye un Sistema de Control

del Sector Público Nacional, por una Unidad de

Auditoría Interna que forma parte del Sistema de

Control Interno, en forma conjunta con la Sindicatura

General de la Nación (SiGEN), la que actúa en carácter

de órgano de coordinación técnica.

El Control externo posterior de la gestión

presupuestaria, económica, financiera, patrimonial,

legal, así como el dictamen sobre los estados contables

financieros del Organismo son realizados por la

Auditoría General de la Nación (AGN), ente de control

externo del Sector Público Nacional, dependiente

del Congreso de la Nación.

PERSPECTIVAS FUTURAS

El ENARGAS encara el año 1999, con los siguientes

objetivos:

1. Avanzar en las medidas que contribuyan a otorgar

mayor transparencia y competencia a los mercados

de gas.

2. Afianzar el sistema de control por indicadores de

calidad, y hacer realidad la �competencia por

comparación�.

3. Brindar a los usuarios todas las herramientas de

conocimiento necesarias para un mejor ejercicio

de sus derechos.

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4. Avanzar con los organismos gubernamentales de

los países vecinos en la la adecuación de los marcos

regulatorios para evitar inequidades o desequilibrios

que atenten contra el proceso de integración.

5. Promover el crecimiento genuino de las inversiones

a partir de las oportunidades de nuevos negocios

en el mercado de gas natural, derivados de medidas

de fomento para su uso y de la creación de nuevos

servicios optativos y avanzar en la creación de

servicios de interés social dirigidos a promover y

desarrollar programas de eficiencia energética para

hogares de bajos recursos económicos.

6. Seguir trabajando en conjunto con otros organismos

de regulación, nacionales y extranjeros en pos

de objetivos comunes.

Estos son sólo algunos de los objetivos, pero las

tareas siguen siendo las mismas: regular, controlar

y resolver los diferendos, siendo fieles al mandato

que el legislador otorgó al Ente al dictar el Marco

Regulatorio de la Industria del Gas.

EL DIRECTORIO

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154

Organismo Autárquico creado por la Ley Nº 24.076

Estados Contables al 31 de Diciembre de 1999Ejercicio Económico Nº 7 - Iniciado el 1 de Enero de 1999

Nómina del Directorio

Presidente: Ing. Héctor Enrique FormicaVicepresidente: Ing. José Andrés Repar1º Vocal: Ing. Hugo Daniel Muñoz3º Vocal: Ing. Ricardo Víctor Busi

Actividad Principal

Fiscalización y Control del Transporte,Almacenamiento y Distribución de Gas

Domicilio Legal

Suipacha 636 - Capital Federal

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ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS - Estado de Situación Patrimonial al 31 de Diciembre de 1999

ACTIVO Pesos Pesos

ACTIVO CORRIENTE

Disponibi l idadesCaja Nota 4.1 2.433,17Bancos Nota 4.2 9.003.075,38Fondos Rotatorios Nota 4.3 240.511,61Fondos de Terceros Notas 3.1 y 4.4 2.176.351,11 11.422.371,27

CréditosCuentas a Cobrar Nota 4.5 70.941,55Anticipos Nota 4.6 3.143,50Gastos pagados por adelantado Nota 4.7 21.609,04Otros Créditos Nota 4.8 1.758,74 97.452,83

TOTAL ACTIVO CORRIENTE 11.519.824,10

ACTIVO NO CORRIENTE

Bienes de UsoEdificios e Instalaciones Anexo I y Nota 3.2 6.187.777,99Amortización Acumulada Edificios e Instalaciones -309.708,06 5.878.069,93

Maquinaria y Equipo Anexo I y Nota 3.2 2.726.189,06Amortización Acumulada Maquinaria y Equipo -2.136.682,19 589.506,87

Otros Bienes de Uso Anexo I y Nota 3.2 1.863.376,64Amortización Acumulada Otros Bienes de Uso -994.695,99 868.680,65

Total Bienes de Uso 7.336.257,45

TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE 7.336.257,45

TOTAL DEL ACTIVO 18.856.081,55

Las notas 1 a 8 y el anexo I forman parte integrante de este Estado.

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ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS - Estado de Situación Patrimonial al 31 de Diciembre de 1999

PASIVO Pesos Pesos

PASIVO CORRIENTE

DeudasCuentas a Pagar Nota 5.1 582.513,26Gastos en Personal a Pagar Nota 5.2 638.373,19Prestac. de la Seg. Social a Pagar Nota 5.3 278.017,12Retenciones a Pagar Nota 5.4 157.170,91Transferencias a Pagar Nota 5.5 14.000,00Otros Pasivos Nota 5.6 18.473,68 1.688.548,16

Fondos de Terceros y en GarantíaFondos en Garantía Nota 5.7 658.113,00Fondos de Terceros Nota 5.7 1.518.238,11 2.176.351,11

TOTAL PASIVO CORRIENTE 3.864.899,27

PASIVO NO CORRIENTE

Previsiones a Largo Plazo y Reservas TécnicasOtras Previsiones a Largo Plazo Nota 5.8 200.000,00 200.000,00

TOTAL PASIVO NO CORRIENTE 200.000,00

TOTAL DEL PASIVO 4.064.899,27

PATRIMONIO INSTITUCIONAL

Capital Institucional 7.648.192,94

Transferencias y Contribuciones de Capital Recibidas 398.396,40

Variaciones Patrimoniales Organismos DescentralizadosVariaciones Patrimoniales Res. SH N° 47/97 -628.528,64Variaciones Patrimoniales Disp. CGN N° 56/99 Nota 7.1 -198.791,51 -827.320,15

Resultado de la Cuenta CorrienteResultado de Ejercicios Anteriores Nota 7.2 5.864.678,67Resultado del Ejercicio 1.707.234,42 7.571.913,09

TOTAL PATRIMONIO 14.791.182,28

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 18.856.081,55

Las notas 1 a 8 y el anexo I forman parte integrante de este Estado.

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RECURSOS Pesos Pesos

INGRESOS CORRIENTES

Ingresos No TributariosTasa de Fiscalización y Control Nota 6.1 16.806.588,49Tasa de Fiscalización y Control Subdistribuidores Nota 6.1 154.087,92Tasa de Fiscalización y Control Comercializadores Nota 6.1 20.000,00Tasas y Derechos Nota 6.2 55.765,00 17.036.441,41

Venta de BienesVenta de Obleas GNC Nota 6.3 538.861,00Venta de Normas Nota 6.4 10.075,00 548.936,00

Otros IngresosOtros Nota 6.5 1.100,00 1.100,00

TOTAL RECURSOS 17.586.477,41

GASTOS Pesos Pesos

GASTOS CORRIENTES

Gastos de ConsumoRemuneraciones 8.331.290,28Bienes y Servicios 6.333.971,38Amortización Bienes de Uso Anexo I 697.685,74 15.362.947,40

Transferencias OtorgadasTransferencias al Sector Privado Nota 6.6 4.000,00Transferencias Corrientes al Sector Público Nota 6.6 63.000,00 67.000,00

Contribuciones OtorgadasContribuciones a la Administración Central Nota 6.7 444.131,00 444.131,00

Otras PérdidasOtras Nota 6.8 5.164,59 5.164,59

TOTAL GASTOS 15.879.242,99

AHORRO DE LA GESTION 1.707.234,42

Las notas 1 a 8 y el anexo I forman parte integrante de este Estado.

Estado de Recursos y Gastos Corrientes correspondientes al Ejercicio Nº 7 finalizado el 31 de Dic. de 1999

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SALDO INICIAL DE DISPONIBILIDADES 9.657.491,32

ORIGEN DE FONDOS

FLUJO ANUAL 2.404.920,16Ahorro/desahorro de la gestión 1.707.234,42Variación de prev. y reservas técnicas acumuladasVariación de amortizaciones acumuladas 697.685,74

PATRIMONIO 1.010.676,15Ajuste Resultado de Ejercicios Anteriores 1.010.676,15

VARIACION DE ACTIVOSDisminución de Activos CorrientesF inancieros 52.195,08DisponibilidadesInversiones financierasCréditos 52.195,08Otros activosDisminución de Activos no CorrientesReales 0,00Bienes de Uso 0,00Bienes inmateriales

VARIACION DE PASIVOSIncremento de Pasivos No Corrientes 200.000,00Deudas 200.000,00

Total Origen de Fondos 3.667.791,39

APLICACION DE FONDOS

PATRIMONIO 198.791,51Reducciones PatrimonialesTransferencias de CapitalVariación Patrimonial Disp. N° 56/99 198.791,51

VARIACION DE ACTIVOSIncremento de Activos CorrientesF inancieros 1.764.879,95Disponibilidades 1.764.879,95Inversiones financierasCréditosOtros activos

Incremento de Activos no CorrientesReales 22.006,19Bienes de uso 22.006,19Bienes inmateriales

VARIACION DE PASIVOSDisminución de Pasivos Corrientes 1.682.113,74Deudas 1.412.034,27Otras DeudasFondos de Terceros 270.079,47

Total Aplicación de Fondos 3.667.791,39

SALDO FINAL DE DISPONIBILIDADES 11.422.371,27

Nota: Modelo según Disposición C.G.N. Nº 20/99 - Anexo IX

Estado de Origen y Aplicación de Fondos al 31 de Diciembre de 1999

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NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES

AL 31 DE DICIEMBRE DE 1999

NORMAS CONTABLES PRINCIPALES

1. Modelo de Presentación y Normas de

Valuac ión .

Los Estados Contables básicos han sido preparados

teniendo en cuenta lo establecido por la Resolución

Técnica N° 10 de la F.A.C.P.C.E.; la Resolución Nº

473/96 y 609/99 de la Secretaría de Hacienda del

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos;

la Disposición Nº 20 y 63/99 de la Contaduría General

de la Nación; y demás Normativa Modificatoria

emitida por el Organo Rector.

2. Consideración de los Efectos de la

In f lac ión .

Los referidos estados contables se han preparado

teniendo en cuenta lo dispuesto por el Decreto Nº

316/95 del PEN.

3. Criterios de Valuación.

3.1 Activos y Pasivos en Moneda Extranjera

Han sido valuados a su valor nominal al cierre.

Los importes en moneda extranjera se convirtieron

atendiendo a la realidad económica de la paridad

efectiva, sin considerar fluctuaciones temporarias,

tomando el tipo de cambio de liquidación de las

operaciones, es decir U$S 1= $1; esto de acuerdo a

lo establecido en la Resolución Técnica Nº 10, segunda

parte punto 3.2 b), de la F.A.C.P.C.E..

3.2 Bienes de Uso

Los Bienes de Uso se encuentran valuados de acuerdo

a la Resolución de la Secretaría de Hacienda Nº 47/97.

En todos los casos se ha practicado la correspondiente

Amortización del Ejercicio, la que ha sido calculada

por el método de la línea recta, aplicando tasas

anuales establecidas en el Anexo I de la mencionada

Resolución S.H. Nº 47/97.

En el caso particular de los Bienes Inmuebles, por

aplicación de la Disposición N° 56/99 de la Contaduría

General de la Nación, los mismos han sido valuados

según lo informado por el Tribunal de Tasación de

la Nación como resultado de la Tasación de los

Inmuebles pertenecientes a este Ente Regulador

efectuada por el mencionado Organismo. Como

consecuencia de la implementación durante el

presente Ejercicio de la citada Disposición, se ha

efectuado un Ajuste a las Amortizaciones Acumuladas

y al Valor de Origen de los Bienes Inmuebles al 31/

12/98. Dicho ajuste contable originó una modificación

en el saldo de las depreciaciones acumuladas al

Inicio del Ejercicio 1999 como así también en el

Valor de Origen de los Inmuebles tasados con la

correspondiente contrapartida en la cuenta

�Variaciones Patrimoniales Disposición CGN N° 56/

99� - Rubro �Variaciones Patrimoniales Organismos

Descentralizados� dentro del Patrimonio Neto. No

obstante, se deja constancia que durante el Año

1999 se han recibido informes del Tribunal de Tasación

con relación a cada uno de los inmuebles

pertenecientes a este Organismo con excepción de

los correspondientes a: Edificio Sede Central, Depósito

Rivadavia, Agencia Río Grande, Delegación Sur y

Agencia Concordia; en cuyos casos los valores de

origen y amortización acumulada no sufrieron

modificación alguna con relación a los expuestos

en los Estados Contables al 31/12/98. En todos los

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supuestos, los Bienes Inmuebles han sido amortizados

adoptándose los criterios aplicables por la profesión

contable en la materia. Los movimientos reflejados

en el Anexo I de Bienes de Uso, con relación a los

Inmuebles, se componen de lo siguiente:

Valor de Origen Edificios

Saldo Inicio Ejercicio 1998 $ 6.378.741,54

Aumentos

Altas Ejercicio 1999 $ 23.207,80

Ajuste Valor de Origen Edificios $ 119.215,63

(Aumento) Disposición CGN

N° 56/99 Var. Patrimonial

Aumentos Valor Origen $ 142.423,43

Disminuciones

Ajuste Valor de Origen Edif.

(Disminución) Disposición CGN

N° 56/99 Var. Patrimonial $ -333.386,98

Disminuciones Valor Origen $ -333.386,98

Valor de Origen Edificios

al Cierre Ejercicio 1999 $ 6.187.777,99

Amortización Acumulada Edificios

Saldo Inicio Ejercicio 1998 $ 205.189,06

Aumentos

Amortización Ejercicio 1999 $ 119.898,84

Disminuciones

Ajuste Amortización Acumulada

Edificios (Disminución)

Disposición CGN N° 56/99

Var. Patrimonial $ -15.379,84

Amortización Acumulada

Edif. al Cierre Ejerc. 1999 $ 309.708,06

Valor Residual Edificios

al Cierre Ejercicio 1999 $ 5.878.069,93

4 .Composición de los Rubros del Activo.

4.1 Caja

Efectivo a Depositar $ 135,00

Valores a Depositar $ 2.115,00

Valores en Cartera $ 183,17

Tota l $ 2.433,17

4.2 Bancos

Bancos en Moneda Nacional:

Cuenta Corriente BNA CUT $ 9.003.075,38

Recaudadora - Escritural

Tota l $ 9 .003.075,38

4.3 Fondos Rotatorios

Fondo Rotatorio Sede Central:

Caja Chica Administración $ 5.056,45

Caja Chica Viáticos $ 10.000,00

Valores al Cobro $ 1.820,05

Caja Chica Admin.

Valores en Tránsito �

Fondos Rotatorios $ 2.724,22

Valores en Cartera �

Fondos Rotatorios $ 404,05

Cuenta Corriente

BNA CUT Pagadora $ 168.635,11

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Fondo Rotatorios Delegaciones

y Agencias Regionales

Cajas Chicas: $ 19.602,21

Deleg. Regional Cuyo $ 503,12

Deleg. Regional Sur $ 1.000,00

Deleg. Regional Centro $ 1.000,00

Deleg. Reg. Noroeste $ 980,53

Deleg. Regional Litoral $ 973,62

Ag. Chubut $ 2.275,78

Ag. Tierra del Fuego $ 5.000,00

Ag. Santa Rosa $ 869,16

Ag. Concordia $ 1.000,00

Ag. Mar del Plata $ 1.000,00

Ag. Tucumán $ 5.000,00

Banco Nación Cuenta Corriente: $ 32.269,52

Deleg. Regional Cuyo $ 4.496,88

Deleg. Regional Sur $ 3.985,48

Deleg. Regional Centro $ 3.663,58

Deleg. Reg. Noroeste $ 4.000,00

Deleg. Regional Litoral $ 3.992,74

Ag. Santa Rosa $ 4.130,84

Ag. Concordia $ 4.000,00

Ag. Mar del Plata $ 4.000,00

Tota l $ 240.511,61

4.4 Fondos de Terceros

Caja

Efectivo a Depositar $ 367,50

Valores a Depositar $ 7.452,50

Valores en Cartera $ 21.058,57

Total Caja $ 28.878,57

Bancos

Bancos en Moneda Nacional:

Cuenta Corriente BNA CUT

Fondos de Terceros $ 1.416.359,54 a)

Bancos en Moneda Extranjera:

Caja de Ahorro Banco $ 731.113,00 b)

de la Nación Argentina

Total Bancos $ 2.147.472,54

Total General

Fondos de Terceros $ 2.176.351,11

a) Corresponden a Fondos de Terceros, depositados

en la Cuenta Corriente CUT Banco Nación Recaudadora

Nº 2930/92. Su composición se encuentra detallada

en la Nota 5.7 a) a los Estados Contables.

b) Corresponden a Fondos de Terceros, depositados

en la Caja de Ahorro en dólares Nº 194555/1 por la

Licenciatarias del Servicio de Distribución y Transporte

de gas, en garantía de cumplimiento de Inversiones

Obligatorias y Depósitos en Consignación. Ver Nota

5.7 b) a los Estados Contables.

4.5 Cuentas a Cobrar

Corresponde a Deudores por Tasa de Fiscalización

y Control Subdistribuidores.

4.6 Anticipos

Su composición al cierre es la siguiente:

Anticipos a Proveedores $ 20,00

Anticipos para Gastos $ 3.123,50

Tota l $ 3.143,50

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4.7 Gastos Pagados por Adelantado

Su composición al cierre es la siguiente:

Gastos a devengar pagados

por adelantado $ 8.633,82

Seguros a devengar $ 12.975,22

Tota l $ 21 .609 ,04

4.8 Otros Créditos

Corresponde a un saldo a favor según Nota de Crédito

emitida por Telam S.A.yP.

5 .Composición de los Rubros del Pasivo

5.1 Cuentas a Pagar

Su composición al cierre es la siguiente:

Cuentas a Pagar Proveedores $ 542.079,99

Provisión Facturas a Pagar $ 40.433,27

Tota l $ 582.513,26

5.2 Gastos en Personal a Pagar

Se compone según el siguiente detalle:

Remuneraciones

a Pagar al Personal $ 554.156,07

Prestaciones Sociales

a Pagar (Obra Social) $ 84.217,12

Tota l $ 638.373,19

5.3 Prestaciones de la Seguridad Social a Pagar

Corresponde a los Aportes y Contribuciones a la

Seguridad Social sobre las Remuneraciones a Pagar

al Personal.

5.4 Retenciones a Pagar

Su composición al cierre es la siguiente:

Embargos sobre Sueldos $ 1.011,57

Retenciones Impuesto a

las Ganancias RG (D.G.I.) 3802 $ 142.689,16

Retenciones Impuesto a

las Ganancias RG (D.G.I.) 2784 $ 2.678,33

Retenciones Impuesto al

Valor Agregado RG (AFIP) 18 $ 8.753,25

A.R.T. a Pagar $ 1.972,60

Ley R. Trabajo � Decreto N° 590 $ 66,00

Tota l $ 157.170,91

5.5 Transferencias a Pagar

Corresponde al saldo pendiente de pago a favor de

la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales según

convenio de Asistencia con el Centro de Estudios

de la Actividad Regulatoria Energética (CEARE).

5.6 Otros Pasivos

Su composición al cierre es la siguiente:

Saldo a Favor Subdistribuidoras

según Liquidación Final $ 3.980,80

Tasa Fiscalización y Control

Año 1999 Anticipos de Clientes $ 4.130,00

Anticipos Tasa

Fiscalización Subdistrib. $ 3.379,71 a)

Otras Cuentas a Pagar $ 6.983,17

Tota l $ 18 .473 ,68

a) Corresponde a créditos de las empresas

Subdistribuidoras de gas, surgidos como consecuencia

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de la aplicación, por parte del Ente, del excedente

presupuestario del Ejercicio 1998 a la Tasa de

Fiscalización determinada para el Año 1999

(Resolución ENRG Nº 1267, de fecha 14/10/99 ), y

por pagos efectuados en exceso.

Estos créditos, de acuerdo al Artículo N° 5 de la

citada Resolución, serán aplicados al pago de la

Tasa de Fiscalización y Control establecida para el

Ejercicio 2.000.

5.7 Fondos de Terceros y en Garantía

Su composición al cierre es la siguiente:

Depósitos por Multas

en Caución $ 2.000,00 a)

Depósito en Garantía

Invers. Obligatorias $ 656.113,00 b)

Total Fondos en Garantía $ 658.113,00

Dep. por Auditorías de

Tasas y Cargos a Licenc. $ 869.150,61 a)

Reemplazo de Cilindros

GNC Res. ENRG 600 y 690/98 $ 490.306,43 a)

Anticipo de Clientes $ 11.722,50 a)

Depósito en Consig. �

Valores en Cartera $ 21.058,57

Depósito en Consignación $ 75.000,00 b)

Multas Pendientes de Transfer.

a la Tesorería Gral de la Nación

al Cierre de Ejercicio $ 51.000,00

Total Fondos de Terceros $1.518.238,11

Total Fondos de Terceros

y en Garantía $2.176.351,11

a) Corresponde a la composición de los Fondos de

Terceros y en Garantía, depositados en la Cuenta

Corriente CUT Banco de la Nación Argentina -

Recaudadora Nº 2930/92; e incluye $ 7.820.- que

constituyen recaudación pendiente de depósito al

cierre del ejercicio.

b)Corresponde a los fondos depositados por las

Licenciatarias en Garantía de Cumplimiento de

Inversiones Obligatorias, como así también a

Depósitos en Consignación efectuados en dólares,

de acuerdo al siguiente detalle:

Depósitos constituidos en Dólares (Nota 3.1 )

Inversión Obligatoria Camuzzi

Gas Pamp. S.A. Expte.1208/95 $ 216.400,00

Depósitos en Consignación

Gas Natural Ban S.A. $ 75.000,00

Intereses devengados

sobre los fondos depositados $ 439.713,00

Tota l $ 731.113,00

5.8 Otras Previsiones a largo plazo

Previsión estimada ante eventuales futuros reclamos

con relación al Decreto N° 290/95.

6 Composición de los Rubros del Estado

de Recursos y gastos.

6.1 Tasa de Fiscalización y Control

Corresponde a la Tasa de Fiscalización y Control,

establecida en el Artículo N° 62 de la Ley Nº 24.076,

determinada por el Directorio del Ente para el Ejercicio

1999, en función del Presupuesto del Ejercicio

aprobado a través de la Ley Nº 25.064 y distribuido

por la Decisión Administrativa Nº 1/99-JGM.

6.2 Tasas y Derechos

Corresponde a la Tasa de Habilitación para los Sujetos

del GNC, y Derecho de inscripción al Registro de

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1 9 9 9

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164

Comercializadores.

6.3 Venta de Obleas GNC

Corresponde a la Venta de Obleas de Control de

Habilitación para vehículos propulsados a GNC, de

acuerdo al sistema implementado a través de la

Resolución ENARGAS Nº 139/95.

6.4 Venta de Normas

Venta de Normas Regulatorias de la actividad gasífera,

publicadas por el Ente.

6.5 Otros

Resultado generado en Equipos de Comunicación

dados de Alta durante el Ejercicio en curso.

6.6 Transferencias

Se compone de la siguiente manera:

Transferencias al Sector Privado

a favor de la Universidad Argentina

de la Empresa (UADE) para

Actividades Científicas

o Académicas $ 4.000,00

Transf. Corrientes al Sector Público

a favor de la Facultad de Derecho

y Ccias. Sociales según convenio de

Asistencia con el Centro de Estudios

de la Actividad Energética (CEARE) $ 63.000,00

Tota l $ 67 .000 ,00

6.7 Contribuciones Otorgadas

Corresponden a Gastos Figurativos, en función del

Presupuesto del Ejercicio aprobado a través de la

Ley Nº 25064 y distribuido por la Decisión

Administrativa Nº 1/99-JGM. Durante el ejercicio

se efectuaron Contribuciones a la Administración

Nacional, Secretaría General de la Presidencia según

Decreto N° 993/96.

6.8 Otras Pérdidas

Resultado generado por la Desafectación de Bienes

de Uso durante el Ejercicio 1999.

7 Composición de los Rubros del

Pa t r imonio

7.1 Variaciones Patrimoniales Disposición CGN

N° 56/99

Corresponde al Ajuste Contable en la Valuación de

Inmuebles con motivo de la Tasación llevada a cabo

por el Tribunal de Tasación de la Nación por aplicación

de la Disposición CGN N° 56/99; según el siguiente

detalle:

Ajuste Amortización Acumulada

Edificios (Disminución) $ 15.379,84

Ajuste Neto Amortización

Acumulada Edificios $ 15.379,84

Ajuste Valor de Origen

Edificios (Disminución) $ -333.386,98

Ajuste Valor de Origen

Edificios (Aumento) $ 119.215,63

Ajuste Neto Valor

de Origen Edificios $ -214.171,35

Tota l $ -198.791,51

7.2 Resultado de Ejercicios Anteriores

Se compone del Total de Resultados Acumulados al

Inicio del Ejercicio 1999 y de Ajuste de Resultados

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de Ejercicios Anteriores, según el siguiente detalle:

Resultados Acumulados

al Inicio Ejercicio 1999 $ 4.854.002,52

Devolución Tasa

Fiscalización. y Control $ -183.17

Ejercicio 1998 � Coop.

Mariano Acosta Varios $ -233,61

Desafectación

Decreto N° 290/95 $ -321.439,21

Total Disminuciones

del Ejercicio $ -321.855,99

Desafectación de Deuda

Exigible Ejercicio 1998 $ 3.500,00

Desafectación

Decreto N° 290/95 $ 1.329.032,14

Total Aumentos del Ejercicio $ 1.332.532,14

Total Ajuste Resultado

Ejercicios Anteriores $ 1.010.676,15

Total Resultado

de Ejercicios Anteriores $ 5.864.678,67

8 Multas.

Se registraron contablemente la totalidad de las

multas impuestas por el Enargas en el Año 1999,

que ascendieron a $ 7.087.000.-, previsionándose

aquellas que al cierre se encontraban pendientes

de cobro.

Se registraron contablemente las multas impuestas

por las Licenciatarias a las estaciones de GNC, en

cumplimiento de la Resolución ENRG 93/94,

previsionándose aquellas que al cierre se encontraban

pendientes de cobro.

En cumplimiento del Artículo N° 31 de la Ley N°

24.447, fue depositada la suma de $ 676.148,50 en

concepto de las multas cobradas durante el Ejercicio

en la cuenta Nº 2510/46 del Banco de la Nación

Argentina perteneciente al TESORO NACIONAL. De

ese total $ 11.675,39 corresponden a multas

impuestas por las Licenciatarias en virtud de lo

dispuesto por la Resolución ENARGAS Nº 93/94 (GNC).

Asimismo $ 51.000.- corresponden a multas cobradas

pendientes de depósito a la Tesorería General de la

Nación al cierre del Ejercicio 1999.

Info

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166

Edificios 6.378.741,54 142.423,43 333.386,98 6.187.777,99 205.189,06 15.379,84 119.898,84 309.708,06 5.878.069,93

Rodados 40.649,00 33.289,00 0,00 73.938,00 33.428,40 0,00 10.267,60 43.696,00 30.242,00

Equipos de Comunicación 289.140,64 14.945,50 10.959,47 293.126,67 253.405,46 6.005,57 18.756,78 266.156,67 26.970,00

Equipos para Computación 1.874.772,23 70.842,95 25.715,87 1.919.899,31 1.342.648,84 25.706,87 291.862,34 1.608.804,31 311.095,00

Muebles y Maq. de Oficina 1.644.227,09 29.307,25 382,00 1.673.152,34 690.810,27 229,20 165.447,82 856.028,89 817.123,45

Equipos Educac.y Recreat. 171.093,13 15.911,61 122,22 186.882,52 113.513,28 73,33 35.902,13 149.342,08 37.540,44

Equipos Varios 293.611,98 32.668,58 0,00 326.280,56 75.812,72 0,00 36.566,41 112.379,13 213.901,43

Bibliotecas 15.512,60 5.789,60 0,00 21.302,20 0,00 0,00 0,00 0,00 21.302,20

Sala de Audiencias 94.984,10 0,00 0,00 94.984,10 75.987,28 0,00 18.983,82 94.971,10 13,00

TOTAL 1 0 . 8 0 2 . 7 3 2 , 3 1 3 4 5 . 1 7 7 , 9 2 3 7 0 . 5 6 6 , 5 4 1 0 . 7 7 7 . 3 4 3 , 6 9 2 . 7 9 0 . 7 9 5 , 3 1 4 7 . 3 9 4 , 8 1 6 9 7 . 6 8 5 , 7 4 3 . 4 4 1 . 0 8 6 , 2 4 7 . 3 3 6 . 2 5 7 , 4 5

CuentaPrincipal

NetoResultante

Valoresal comienzodel Ejercicio

Aumentos Disminuciones

Valoresal cierre

del Ejercicio Bajas Acumuladas alcierre

Depreciaciones

DelEjercicio

Al inicio

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Estados Contables al 31 de Diciembre de 1999 - Anexo I: Bienes de Uso - En Pesos

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Anexo II | Resoluciones ENARGAS - 1999

Tema

Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por METROGAS S.A. c/la Resolución ENARGASNº 441/97.Constitúyese servidumbre de paso a favor de la Prov. de Entre Ríos � Gto. aprox. Cdad. de Diamante.Constitúyese servidumbre a favor de la Prov. de Entre Ríos � Gasoducto Troncal Provincial.Constitúyese servidumbre a favor de la Prov. de Entre Ríos � Gasoducto a la Ciudad de VillaguayConstitúyese servidumbre a favor de la Prov. de Entre Ríos � Gasoducto Troncal Provincial.Constitúyese servidumbre a favor de la Prov. de Entre Ríos � Gasoducto de aproximación a la Ciudad deVictoria.Constitúyese servidumbre a favor de la Prov. de Entre Ríos - Gasoducto Troncal Provincial.Apruébase para TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE el factor de inversión K que será de aplicación enel primer semestre de 1999 y los Cuadros Tarifarios para los servicios de transporte de gas (actualizadossegún PP).Apruébase para TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. el Factor K que será de aplicación en el primersemestre de 1999 y los Cuadros Tarifarios para los servicios de transporte de gas (actualizados según PPI).Apruébase para METROGAS S.A. el factor K que será de aplicación en el primer semestre de 1999 y losCuadros Tarifarios para el servicio de distribución de gas (actualizados según PPI).Apruébase para GAS NATURAL BAN S.A. el factor de inversión K que será de aplicación en el primersemestre de 1999 y los Cuadros Tarifarios para el servicio de distribución de gas (actualizados según PPI).Apruébase para DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. el factor K que será de aplicación en el primersemestre de 1999 y los cuadros tarifarios para el servicio de distribución de gas (actualizados según PPI).Apruébase p/DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. el Factor de Inversión K que será de aplicación en elsemestre de 1999 y los cuadros tarifarios para el servicio de distribución de gas (actualizados según PPI).Apruébanse los Cuadros Tarifarios correspondientes a GAS NEA S.A. Vigencia: 1/1/99.Apruébase para GASNOR S.A. el factor de inversión K que será de aplicación en el 1º semestre de 1999y los Cuadros Tarifarios para el servicio de distribución de gas (actualizados según PPI).Apruébase para CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. el factor de inversión K que será de aplicación en el 1ºsemestre de 1999, los Cuadros Tarifarios (actualizados según PPI) para el servicio de distribución de gasy los Cuadros Tarifarios Diferenciales.Apruébanse los Cuadros Tarifarios y los Cuadros Tarifarios Diferenciales correspondientes a DISTRIGAS S.A.Vigencia: 1/1/99.Apruébanse los Cuadros Tarifarios correspondientes a REDENGAS S.A. . Vigencia :1/1/99.Apruébanse los Cuadros Tarifarios para: COARCO, Coop. Tostado, Coop. Carnerillo, Coop. F.E.L., Cía de Gasde la Costa, EMGASUD e HIDENESA.Apruébanse asimismo los Cuadros Tarifarios Diferenciales correspondientes a HIDENESA.Vigencia: 1/1/99Apruébase para CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. el factor de inversión K que será de aplicación en el 1ºsemestre de 1999, los Cuadros Tarifarios (actualizados según PPI) para el servicio de distribución de gasy los Cuadros Tarifarios Diferenciales.Apruébase para LITORAL GAS S.A. el factor K que será de aplicación en el primer semestre de 1999 y losCuadros Tarifarios para el servicio de distribución de gas (actualizados según PPI).Constitúyese servidumbre a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR - Gasoducto Viedma. (Expte. 4269)Constitúyese servidumbre a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR - Gasoducto Viedma (Expte. 4270)Constitúyese servidumbre a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto Viedma. (Expte. 4281)Constitúyese servidumbre a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto Viedma. (Expte. 4282)

N º F e c h a

892 6/1

893 6/1894 6/1895 6/1896 6/1897 6/1

898 6/1899 6/1

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913 13/1914 13/1915 13/1916 13/1

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TemaN º F e c h a

Anexo II | Resoluciones ENARGAS - 1999 / Continuación /

Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto Lib. Gral. SanMartín. (Expte. 4283)Sanciónase a METROGAS S.A. con apercibimiento, ya que procedió a habilitar instalaciones sin haberseaprobado previamente los planos correspondientes.Sanciónase a DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. con una multa de $ 15.000, por incumplimientode lo establecido en Sección 723 de la NORMA NAG -100.Sanciónase a DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. con una multa de $ 20.000, por incumplimiento delo establecido en la Sección 723 de la Norma NAG-100.Sanciónase a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. con una multa de $ 20.000 por incumplimiento de loestablecido en la Sección 723 de la Norma NAG-100.Sanciónase a CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. con una multa de $ 20.000 por incumplimiento de loestablecido en la Sección 723 de la Norma NAG-100.Sanciónase a GAS NATURAL BAN S.A. con una multa de $ 20.000 por incumplimiento de lo establecidoen la Sección 723 de la Norma NAG-100.Sanciónase a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. por incumplimiento de su obligación de control establecida enel Anexo XXVII del Contrato de Transferencia.Sanciónase a GASNOR S.A. con una multa de $ 15.000 por incumplimiento de lo establecido en laSección 723 de la Norma NAG-100.Sanciónase a COOP. de ELECTRICIDAD, otros SERVICIOS y O. PÚBLICAS DE SUIPACHA (J.J. ALMEYRA LTDA)con una multa de $4.000 por negligencia en el control del cumplimiento de la Normativa TécnicaVigente - Disposiciones y Normas Mínimas p/la Ejecución de Instalaciones Domiciliarias de Gas.Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. c/la Resolu-ción ENARGAS Nº 759/98.Sanciónase a METROGAS S.A. con una multa de $ 15.000 por incumplimiento de lo establecido en laSección 723 de la Norma NAG -100.Autorízase a DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. a partir del 1/10/98, a aplicar el procedimientodefinitivo referente a la incidencia tarifaria de la contribución de inspección de la Municipalidad deOncativo, Pcia. de Córdoba.Constitúyese servidumbre de paso a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. �Gto. CampoDurán-Bs.As-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. �Gto. LoopCampo Durán-Bs.As.Constitúyese servidumbre de paso a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. �Gto. CampoDurán-Bs.As-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. �Gto. CampoDurán-Bs.As-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. � GasoductoChumbicha-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. � GasoductoChumbicha-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. � Gasoducto LaGuardia -.Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. � GasoductoEsquiú -.Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. � Gasoducto LomaNegra -.

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Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. � GasoductoLoma Negra -.Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. � GasoductoLoma Negra -.Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. � Gasoducto aRecreo -.Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. � Gasoducto aCatamarca -.Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. � Gasoducto aCatamarca -.Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. � Gasoducto aCatamarca -.Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. �Gto Chumbicha-Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. � Gasoducto aCatamarca -.Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. �Gasoducto a LaRioja-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. �Gto. SubramalAlimentación a Chumbicha-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. �Gto. Medanito-Catriel-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. �Gto. a Fernández Oro-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. �Gto. a Urundel del Valle-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. �Gto. a Empresa Quilmes-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. �Gto. Transferen-cia Fernández Oro a Neuba I-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. �Gto. Huincul-Conesa-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. �Gto. Huincul-Conesa-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. �Gto. Villa Regina-OttoKrausse-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. �Gto. Huincul-Conesa-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. �Gto. Choele-Choel-Pomona-Constitúyese servidumbre de paso a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. �Gto. a Lamarque-.Constitúyese servidumbre de paso a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. �Gto.Choele Choel-Pomona-Desígnase representantes del ENARGAS en la jurisdicción de la Pcia. de Tucumán para actuar en todoslos juicios y actuaciones administrativas en que sea parte o tenga interés.Sanciónase con una multa de $ 5.000 a GAS NATURAL BAN S.A. por cobro de cargos indebidos.Sanciónase con una multa de $ 10.000 a METROGAS S.A. por cobro de cargos indebidos.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por la DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A.contra la Resolución ENARGAS Nº 604/98.Recházase parcialmente el Recurso interpuesto por METROGAS S.A. contra la Nota ENRG/GD/GDyE/GALNº 2352/98 (tareas correspondientes a cargos aprobados).Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por GAS NATURAL BAN S.A. contra el Proveídode fecha 27/7/98 respecto Caso Vandenfil.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. c/ la Resolu-ción ENARGAS Nº 609/98.

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944 1/2

945 1/2946 1/2

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950 1/2951 1/2952 1/2953 1/2

954 1/2955 1/2956 1/2

957 1/2958 1/2959 1/2960 1/2961 4/2

962 9/2963 9/2964 15/2

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967 18/2

TemaN º F e c h a

Anexo II | Resoluciones ENARGAS - 1999 / Continuación /

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TemaN º F e c h a

Anexo II | Resoluciones ENARGAS - 1999 / Continuación /

Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. c/la ResoluciónENARGAS N º 608/98.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por Distribuidora de Gas Cuyana S.A. contra laResolución ENARGAS Nº 605/98.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por GASNOR S.A. contra la Resolución ENARGASNº 606/98.Desestímase la pretensión de GASNOR S.A., declarándose formalmente improcedente la aplicación delAjuste Tarifario previsto en el Art. 41 de la Ley 24.076 y en el Punto 9.6.2 de las RBL.Rectifícase la referencia realizada en el VISTO de las Resoluciones ENARGAS Nº601,602,603,604,605,606y 607, sustituyéndose por la mención del Expte. Nº 3653.Constitúyese servidumbre de paso a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A., GasoductoCampo Durán � Bs. As.Constitúyese servidumbre de paso a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto Subramal SUR.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por Camuzzi Gas Pampeana contra la ResoluciónENARGAS Nº564/98.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. c/la ResoluciónENARGAS Nº563/98.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto Anillo Industrial.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto a Ingenio La Fronterita.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto a Ingenio La Providencia.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto a Ingenio San Pablo.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto ERP LA ISLA � R 38.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. �Gasoducto a Ingenio La Fronterita.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto Papel del Tucumán.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto Refuerzo Anillo Industrial.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto Subramal Sur.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR � Gasoducto a Tafí Viejo.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto Anillo IndustrialConstitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto Subramal Sur.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto a Ingenio La Corona.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto a Ingenio Santa BárbaraConstitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. � Gasoducto CampoDurán � Buenos Aires.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto del Este.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto del Este.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto Anillo Industrial.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto a Ingenio La Florida.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. � Gasoducto LoopCampo Durán � Buenos Aires.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto a Usina Independencia.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto Anillo Industrial.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. � Gasoducto CampoDurán � Buenos Aires.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. � Gasoducto Loop

Campo Durán � Buenos Aires.

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1001 10/31002 10/31003 10/31004 10/31005 10/31006 10/3

1007 10/31008 10/31009 10/31010 24/3

1011 9/41012 9/4

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Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A.� Gasoducto Refuerzo Anillo Industrial.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE � Gto. Tucumán Sur.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto Anillo Industrial.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. � Gto. Tucumán Sur.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto Refuerzo Anillo Industrial.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE � Gasoducto Campo Durán� Buenos Aires.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto Refuerzo Anillo Industrial.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto a SIMOCA.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. � Gasoducto Refuerzo Anillo Industrial.Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por GASNOR S.A. c/ lo dispuesto en la Resolu-ción ENARGAS Nº 820.Fíjase el 2º anticipo de la tasa de fiscalización y control correspondiente a 1999 de $ 5.000.000 .Sanciónase con una multa de $ 5.000 a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. por haber ingresado al inmueblepropiedad de la �Estancia Puerto Lobos�, sin consentimiento de su propietario.Sanciónase con una multa de $ 15.000 a GASMARKET y de $ 15.000 a GASNOR S.A. en virtud de haberincurrido ambas empresas en el incumplimiento del art. 34 y 52 de la Ley Nº 24.076.-Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por GAS NATURAL BAN S.A. c/lo dispuesto en laResolución ENARGAS Nº 765.Autorízase el acuerdo de extensión en los términos proyectados por TRANSPORTADORA DE GAS DELNORTE Y CÍA. ENTRERRIANA DE GAS.Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por METROGAS S.A. contra la ResoluciónENARGAS Nº 768.Sanciónase con una multa de $100.000 a TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. por haberincurrido en el incumplimiento de lo establecido en el Cuadro I del punto 1B �Corrrosión externa delrevestimiento asfáltico� del Apéndice 1 y de los artículos 4.2.4., 4.2.5, 4.2.13 y 5.1. de las RBL.Sanciónase con una multa de $ 5.000 al Productor de Equipo Completo ZAPANNI y Asoc. S.R.L. Seefectúa un llamado de atención al Representante Técnico.Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por REDENGAS S.A. contra la ResoluciónENARGAS Nº 695/98.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por GAS NEA S.A. contra la Resolución ENARGASNº 891/98.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por LITORAL GAS S.A. contra la ResoluciónENARGAS Nº 891/98.Sanciónase con una multa de $ 5.000 a CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. en razón de haber incumplidocon lo establecido en el Art. 16 inc. b) y c) de la Ley 24.076 , art. 8.1.3.y Apéndice 1 de las RBL y laResolución ENARGAS Nº10/93.Sanciónase con una multa de $ 2.000 a COOPERATIVA MARIANO MORENO LTDA. por negligencia enel control del cumplimiento de la normativa técnica vigente (instalaciones domiciliarias).Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A.contra la Resolución ENARGAS Nº891/98.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A.contra la Resolución ENARGAS Nº891/98.Sanciónase con una multa de $ 5.000 al Productor de Equipo Completo DIFFER y efectúase un llamadode atención al Rep. Técnico.

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Anexo II | Resoluciones ENARGAS - 1999 / Continuación /

Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. contra la Reso-lución ENARGAS Nº891/98.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por GASNOR S.A. contra la Resolución ENARGASNº 891/98.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. contra laResolución ENARGAS Nº891/98.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por GAS NATURAL BAN S.A. contra la ResoluciónENARGAS Nº891/98.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por METROGAS S.A. contra la Resolución ENARGASNº891/98.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribuciónpor redes de GAS NATURAL BAN S.A. Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas por redes de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas por redes de LITORAL GAS S.A. Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas por redes de GASNOR S.A. Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas por redes de GAS NEA S.A. Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de subdistribuciónde gas por redes de. REDENGAS S.A. Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas por redes de DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A . Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de gas por redes deCAMUZZI GAS DEL SUR S.A. Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas por redes de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas por redes de METROGAS S.A. Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas por redes de DISTRIGAS S.A. Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a COMPAÑÍA DE GAS DE LACOSTA S.A. por los servicios de distribución de gas por redes para la red de propano butano indiluído dela MUNICIPALIDAD DE LA COSTA. Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a COARCO S.C.A. por los serviciosde subdistribución de gas por redes de propano butano indiluído de la localidad de Villa Gesell .Vigencia 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de subdistribuciónde gas de EMGASUD S.A. para la localidad de Dolores . Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de subdistribución de gaspor redes de HIDENESA S.A. para las localidades de ALUMINÉ, ANDACOLLO y LONCOPUÉ .Vigencia: 1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de subdistribuciónde gas presentados por la Cooperativa CARNERILLO. Vigencia :1/5/99.Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de subdistribuciónde gas de Cooperativa TOSTADO. Vigencia: 1/5/99.

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Apruébanse en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a COOPERATIVA F.E.L. por losservicios de subdistribución de gas por redes de propano-butano indiluído de la localidad de Laboulaye.Vigencia: 1/5/99.Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por LITORAL GAS S.A. c/ la Resolución ENARGASNº 692/98.Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. c/la Resolución ENARGAS N º 693/98.Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por Distribuidora GAS NATURAL BAN S.A. c/ laResolución ENARGAS Nº 691/98.Desestímanse los Recursos de Reconsideración interpuestos por TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTEy LITORAL GAS S.A. contra lo dispuesto por la Resolución ENARGAS Nº 570/98.Constitución de servidumbres a favor de LITORAL GAS S.A. - Gasoducto Regional SUR.Constitución de servidumbres a favor de LITORAL GAS S.A. - Gasoducto a REGA.Constitución de servidumbres a favor de LITORAL GAS S.A. - Gasoducto a SANFORD.Constitución de servidumbres a favor de LITORAL GAS S.A. - Gasoducto a Los Molinos.Constitución de servidumbres a favor de LITORAL GAS S.A. - Gasoducto a Casilda .Constitución de servidumbres a favor de LITORAL GAS S.A. - Gasoducto Regional Sur.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. � Gasoducto CentroOeste.Constitución de servidumbres a favor de LITORAL GAS S.A. - Gasoducto a Elortondo.Constitución de servidumbres a favor de LITORAL GAS S.A. � Gasoducto a Chovet.Constitución de servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. � Gto. Industria Piuquen.Constitución de servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. � Gto. Mendoza � San Juan.Constitución de servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. � Gto. Mendoza � San Juan.Constitución de servidumbres a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. - Gto. a Industria ERSA.Constitución de servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. - Gasoducto a San Luis.Constitución de servidumbres a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. � Gasoducto LasMargaritas.Constitución de servidumbres a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. � Gasoducto Gigante.Constitución de servidumbres a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. � Gasoducto CentroOeste, Tramo Beazley � San Jerónimo.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A., Gasoducto Centro-Oeste, Tramo Loma de La Lata � Beazley.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A., Gasoducto CENTROOESTE, Tramo BEAZLEY � San Jerónimo.Constitución de servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. � Gasoducto a San Luis.Constitución de servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. � Gasoducto GIGANTE.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto NEUBA II.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A., Gto. Gral. San Martín.Constitución de servidumbres a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A., Gasoducto Cdro. Rivadavia �Buenos Aires.Constitución de servidumbres a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gto. Gral. San Martín.Constitución de servidumbres a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Cnel. Dorrego.Constitución de servidumbres a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto Neuba II.Constitución de servidumbres a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Cnel. Suárez.

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Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto Pigüé � Santa Rosa.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Puán.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Pigüé.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR � Gasoducto NEUBA II.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto Cdro. Rivadavia �Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Cnel. Suárez.Constitución de servidumbres a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Carhué.Constitución de servidumbres a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto Pigüé � Santa Rosa.Constitución de servidumbres a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto Parque Industrial.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Puán.Constitución de servidumbres a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto Neuba II.Constitución de servidumbres a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Trenque Lauquen.Constitúyese servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a CASBAS.Constitución de servidumbres a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Saliqueló.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por la DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A.contra la Resolución ENARGAS Nº 891/98.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por la DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A.contra la Resolución ENARGAS Nº 891/98.Sanciónase a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. con una multa de $ 25.000 en razón de haber incumplido conlo establecido en el Art. 21 de la Ley 24.076 y en el Cap. IV art. 4.2.3., 4.2.4. y 4.2.10 de las ReglasBásicas de la Licencia.Establécense los precios de cuenca y referencia correspondientes al período estacional que se extiendedel 1º de mayo al 30 de septiembre de 1999.Asígnanse los montos correspondientes a los fondos rotatorios de las Delegaciones Regionales y Agen-cias del ENARGAS.Modifícase el presupuesto del Ente Nacional Regulador del Gas para el ejercicio 1999.Apruébase con carácter provisorio el estudio que cuantifica la incidencia sobre la tarifa de la reducciónde los costos laborales presentados por GAS NEA S.A.Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por GAS NATURAL BAN S.A. y el de nulidadincoado por ENGER SRL contra lo dispuesto en la Resolución ENARGAS Nº 766/98.Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por GAS NATURAL BAN contra la ResoluciónENARGAS Nº 923/99.Desestímase el Recurso de Reconsideración incoado por GASNOR S.A. contra la Resolución ENARGAS Nº 925/99.Sanciónase con una multa de $ 2.000 a SERVICIOS DE GAS JUNÍN S.A. por negligencia en el control delcumplimiento de la normativa técnica vigente.Sanciónase con una multa de $ 10.000 a GAS NATURAL BAN S.A. por incumplimiento de lo establecidoen los Puntos 4.2.2., 4.2.3. y 4.2.4. de las Reglas Básicas de la Licencia.Autorízase a Distribuidora de GAS CUYANA S.A. a partir del 1/1/99 la aplicación del procedimientoreferente a la incidencia tarifaria de la contribución por servicios de la actividad comercial, Ind. y Serv.de la Municipalidad de Rawson, Pcia. de San Juan.Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por la DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA contrala dispuesto en la Resolución ENARGAS Nº 920/99.Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por Distribuidora GAS DEL CENTRO S.A. contra laResolución ENARGAS Nº 919/99.

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1087 1/61088 1/61089 1/61090 1/61091 1/61092 1/61093 1/61094 1/61095 1/61096 1/6

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Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por METROGAS S.A. contra la Resol. ENARGAS Nº 928/99.Recházase la solicitud de traslado a tarifa de la diferencia acumulada desde la toma de posesión en elMunicipio de Río Cuarto por el cambio de criterio respecto a la contribución que incide sobre laocupación de espacios del dominio público.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE � Gasoducto Loop SanJerónimo � Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto BahíaBlanca / Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto NEUBA II.Constitución de servidumbre a favor de GAS NATURAL BAN � Gasoducto Ramal 47.Constitución de servidumbre a favor de GAS NATURAL BAN � Gasoducto Linera Bonaerense.Constitución de servidumbre a favor de GAS NATURAL BAN � Gasoducto Algodonera Flandria.Constitución de servidumbre a favor de GAS NATURAL BAN � Gasoducto a E.R.P. Mercedes I.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE � Gasoducto CampoDurán � Buenos AiresConstitución de servidumbre a favor de GAS NATURAL BAN S.A. � Gasoducto a Zárate.Constitución de servidumbres a favor de GAS NATURAL BAN S.A. � Gasoducto Campana � Zárate.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. � Gasoducto Loop SanJerónimo � Bs As.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR � Gto. Gral. San Martín.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. - Gasoducto Neuba I.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto Neuba II.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto E.R.P. JuanCouste.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR � Gto. Gral San Martín.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto Cdro. Rivadavia �Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto � BahíaBlanca � Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto Noroeste.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR � Gasoducto Neuba II.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR � Gto. Gral San Martín.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR � Gasoducto NEUBA I.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA - Gto. Cdro. Rivadavia � Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto BahíaBlanca - Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Liquid Carbonic.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto Punta Alta.Constitución de servidumbre a favor de TRANPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A.� Gto. Gral. San Martín.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto Neuba II.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Cdro. Rivadavia �Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Cabildo.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto alimentación aCabildo � 2ª. etapa.-

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Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto Neuba II.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto Cdro. Rivadavia �Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto Cnel. Suárez.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gto. a Sierra de la Ventana.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Tornquist.Constitución de servidumbres a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto Cdro. Rivadavia �Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Cnel. Dorrego.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR - Gasoducto Bahía Blanca� Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. � Gasoducto a Cnel. Pringles.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA � Gasoducto a Indio Rico.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR � Gto. Gral. San Martín.Fíjase un tercer anticipo de la tasa de fiscalización y control para el año 1999 de $ 3.000.000 a abonarpor cada Licenciataria de Transporte y Distribución .Recházanse los Recursos de Reconsideración interpuestos por GAS NATURAL BAN S.A., METROGAS S.A.,LITORAL, GASNOR S.A., DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. y DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A.c/las Resoluciones ENARGAS Nº 666,667,668,671,669, 670 y 658/98.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A., titular de la licencia del gasoducto alimentación aPlanta Santiago del Estero.Autorízase a los Subdistribuidores cuya área de servicio comprenda la Pcia. de Buenos Aires a trasladara sus usuarios en su exacta incidencia, los mayores costos originados por la aplicación de la ResoluciónENARGAS Nº 544/97 de acuerdo a la metodología establecida en la misma.Sanciónase con apercibimiento a COOPERATIVA F.E.L. Ltda. por incumplimiento de las Reglas Básicas dela Licencia de Distribución. Dispónese que la Cooperativa deberá abonar a los usuarios afectados la sumaequivalente a un cargo fijo correspondiente al primer período, a los 15 días a partir de su notificación.Apruébase para METROGAS S.A. el factor de inversión que será de aplicación en el segundo semestre de1999 y, en forma provisoria, los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución de gaspor redes (actualizados según PPI). Vigencia: 1/7/99.Apruébase para LITORAL GAS S.A. el factor de inversión que será de aplicación en el segundo semestrede 1999 y, en forma provisoria, los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas por redes (actualizados según PPI). Vigencia: 1/7/99.Apruébase en forma provisoria los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas por redes correspondientes a GASNOR S.A. (actualizados según PPI). Vigencia: 1/7/99.Apruébase el factor de inversión que será de aplicación en el segundo semestre de 1999 y, en formaprovisoria, los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de Distribución de gas por redes deDISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. (actualizados según PPI). Vigencia: 1/7/99.Apruébase el factor de inversión que será de aplicación en el segundo semestre de 1999 y, en formaprovisoria, los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución de gas por redes deDISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. (actualizados según PPI). Vigencia: 1/7/99.Apruébase, en forma provisoria, los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas por redes de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. (actualizados según PPI). Vigencia: 1/7/99.Apruébase, en forma provisoria, los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas por redes de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. (actualizados según PPI). Vigencia: 1/7/99.

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Apruébase, en forma provisoria, los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas por redes de GAS NEA S.A. (actualizados según PPI). Vigencia: 1/7/99.Considérase para TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. un factor de inversión K igual a cero parael segundo semestre de 1999 y apruébase los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios detransporte de gas (actualizados según PPI). Vigencia: 1/7/99.Apruébase para TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. el factor de inversión K que será de aplicaciónen el segundo semestre de 1999 y los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de Transportede Gas (actualizados según PPI). Vigencia: 1/7/99.Apruébase, en forma provisoria, los Cuadros Tarifarios para REDENGAS S.A. correspondientes a los servi-cios de distribución de gas por redes (actualizados según PPI). Vigencia: 1/7/99.Apruébase, en forma provisoria, los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios de distribución degas propano indiluído por redes para COARCO � Coop. TOSTADO � Coop. CARNERILLO � Coop. LABOULAYE� CÍA. DE GAS DE LA COSTA � EMGASUD � DISTRIGAS � HIDENESA (actualizados según PPI).Vigencia: 1/7/99.Apruébase para GAS NATURAL BAN S.A. el Factor de inversión que será de aplicación en el segundosemestre de 1999 y, en forma provisoria, los Cuadros Tarifarios correspondientes a los servicios dedistribución de gas por redes (actualizados según PPI). Vigencia: 1/7/99.Déjase sin efecto la aplicación de la Resolución ENARGAS Nº 582 y la Nota ENARGAS Nº 2549/98 apartir del 1/6/99.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A., titular de la licencia del GASODUCTO a La Banda.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE, titular de la Licencia deTransporte del Gasoducto Campo Durán � Buenos Aires.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A., titular de la licencia de Distribución del Gasoductoa Ciudad de Frías.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. �Gasoducto Santiago del Estero.Constitúyese servidumbre a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto Filo Morado � Chos Malal.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto TransferenciaFernández Oro a Neuba I.Constitúyese servidumbre a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto Villa Regina � Otto Krause.Constitúyese servidumbre a favor de Gasoducto Interconexión con Neuba I.Constitúyese servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. � Gasoducto Gigante.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto GeneralLibertador San Martín.Constitúyese servidumbre a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto Gaiman.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. � Gasoducto GeneralLibertador San Martín.Recházanse los Recursos de Reconsideración interpuestos por LITORAL GAS S.A. contra la Nota ENRGNº2626/98 y la Orden Regulatoria de fecha 30/7/99.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por LITORAL GAS S.A. contra la Resolución ENARGASNº 912.Regulación acerca de dispositivo de seguridad para artefactos a gas.Apruébase la �Norma de Aprobación para conjuntos puerta-marco de gabinetes o nichos que alojan alsistema de regulación � medición� - NAG 137.Autorízase la inclusión de la reducción de las contribuciones a/c de los empleadores establecidas por laLey y el Decreto PEN Nº 1520 en la facturación de los usuarios del servicio de gas.

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Desestímase la denuncia de ilegitimidad presentada por la Compañía de Gas de la Costa S.A. contra laResolución ENARGAS Nº 626.Establécese en forma definitiva el sistema de control mediante indicadores de Calidad del Servicio(Reglamentación, Indicadores de Calidad del Servicio Comercial de Distribución, Indicadores de Calidaddel Servicio Técnico de Distribución e Indicadores de Calidad del Servicio Técnico de Transmisión)Sanciónase con una multa de $ 10.000 a GASNOR S.A. por Incumplimiento de la obligación de controlestablecida en el Anexo XXVII de su Contrato de Transferencia.Sanciónase con una multa de $ 25.000 a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. por incumplimiento de loestablecido en los Arts. 4.2.2. y 4.2.3. de las Reglas Básicas de la Licencia.Sanciónase con una multa de $ 10.000 a CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. por negligencia en el control delcumplimiento de las Disposiciones y Normas Mínimas para la Ejecución de Instalaciones Domiciliarias de Gas.Sanciónase con una multa de $ 10.000 a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. por negligencia en el control delcumplimiento de las Disposiciones y Normas Mínimas para la ejecución de instalaciones domiciliarias de gas.Sanciónase con una multa de $ 2.000 a DISTRIGAS S.A. por negligencia en el control del cumplimientode las Disposiciones y Normas Mínimas para la ejecución de instalaciones domiciliarias de gas.Sanciónase con una multa de $ 20.000 a LITORAL GAS S.A. por incumplimiento de lo establecido en losarts. 4.2.2. y 4.2.3. del Régimen de Prestación del Servicio de las Reglas Básicas de la Licencia.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. �Gasoducto Chumbicha � La Rioja.Modifícase el presupuesto del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS para el Ejercicio 1999.Apruébase el Procedimiento de Operación del Servicio ED en Pacheco a través del PM 239 (TGS) y el PMP5540 (TGN): y en Rodríguez a través del PM 240 (TGS) y el PM R 5320 (TGN).Constitúyese servidumbre de paso de Gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A., GasoductoComodoro Rivadavia - Buenos Aires.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Bahía Blanca - Buenos Aires.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoLaprida.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Bahía Blanca-Buenos Aires.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. - Gasoducto CampoDurán - Buenos Aires.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto General San Martín.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. - Gasoducto ParaleloCampo Durán - Tucumán.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. - Gasoducto CampoDurán - Buenos Aires.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. - Gasoducto paraleloCampo Durán - Tucumán.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. - Gasoducto CampoDurán - Buenos Aires.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. - Gasoducto paraleloCampo Durán - Tucumán.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto a Guemes.

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Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto a El Bordo.Constitución de servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto Cobos - Boroquímica.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoTres Arroyos.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. - Gasoducto CampoDurán - Buenos Aires.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE - Gasoducto Paralelo CampoDurán - Tucumán.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoGonzález Chaves.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. - Gasoducto CampoDurán - Buenos Aires.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoRamal a Tres Arroyos.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. - Gasoducto a Rosario dela Frontera.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. - Gasoducto ParaleloCampo Durán - Tucumán.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto Cobo- Boroquímica.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto Cobos - Lagunilla.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A.. Gasoducto a Güemes.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoMaría Ignacia Vela.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. Gasoducto a Santa Ana.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto Interconexión.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto Boronorte.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto San Agustín - Tramo I.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto a Cooperativa de Productores Tabacaleros.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR - Gasoducto Ciudad Milagro.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - Gto. Tolvas.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto a Finca.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto San Agustín - Tramo 2.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - Gto. Ayacucho.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto a San Agustín - Ramal 1.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto a San Agustín - Ramal 2.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto a San Agustín - Ramal 3.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto a San Agustín - Ramal 4.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto a San Agustín - Ramal 5.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A.- Ramal 6.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto a Finca La Patricia.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto a Finca El Huaico.Constitúyese servidumbre a favor de GASNOR S.A. - Gasoducto a Finca San Martín de Tours.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - Gto. Tandil.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A.Gasoducto a Microonda Nº 27.

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Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. - GasoductoFuerza Aérea.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoTandil - Mar del Plata.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoSubramal a Ayacucho.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto General San Martín.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoRauch.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - Gasoducto aAyacucho.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Gral. San Martín.Pautas generales y procedimientos técnicos provisorios para la elaboración e implementación de unreglamento de revisiones periódicas de artefactos de los usuarios residenciales para prevenir accidentespor emanaciones de monóxido.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR - Gto. Puerto Deseado.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Libertador Gral. San Martín.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. - GasoductoColector D.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Libertador Gral. San Martín.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR -Gasoducto Loop L302A.Sanciónase a TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. por el siniestro ocurrido en la localidad de LasMesitas, Provincia de Salta, con multas por un monto total de $ 5.600.000 por distintos incumplimien-tos de la Reglas Básicas del Transporte.Desígnase representante para actuar en sede administrativa y judicial en jurisdicción de la Pcia. de Sta. Fe.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR, Gasoduc-to Libertador General San Martín.Recházanse los Recursos de Reconsideración interpuestos por TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A.contra las Resoluciones Nº900 y 1169.Recházanse los Recursos de Reconsideración interpuestos por LITORAL GAS, METROGAS, DISTRIBUIDORADE GAS CUYANA, DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO y GAS NATURAL BAN contra las Notas Nº 1938/99, 1982/9 y 2123/99.Fíjase la Tasa de Fiscalización y Control para el año 1999 en la suma de $ 22.000.000.-.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Libertador General San Martín.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA - GasoductoComodoro Rivadavia.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoLoop Azul - Llavallol.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - Gto. Lobos.

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Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. -Gasoducto Campo Durán - Buenos Aires.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de GAS NATURAL BAN S.A. - Gto. a Los Horneros.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de GAS NATURAL BAN - Gasoducto PlantaOdorizanteConstitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoChilar.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Bahía Blanca - Buenos Aires.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - Gasoducto aSaladillo.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - Gasoducto a25 de mayo.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoRoque Pérez.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Bahía Blanca - Buenos Aires.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto -03025.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoLoop Azul - Llavallol.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoComodoro Rivadavia.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Bahía Blanca - Buenos Aires.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - GasoductoComodoro Rivadavia.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A - GasoductoLoop - Lavallol.Aprúebase en forma provisoria los cuadros tarifarios para el período estival de GASNOR SA y en formadefinitiva los correspondientes al período mayo/setiembre 1999.Apruébase en forma provisoria los cuadros tarifarios para el período estival de LITORAL GAS S.A. y en formadefinitiva los correspondientes al período mayo/setiembre 1999.Apruébase en forma provisoria los cuadros tarifarios para el período estival de GASNEA S.A. y en formadefinitiva los correspondientes al período mayo/setiembre 1999.Apruébase en forma provisoria los cuadros tarifarios para el período estival de REDENGAS S.A y en formadefinitiva los correspondientes al período mayo-setiembre 1999.Apruébase en forma provisoria los cuadros tarifarios para el período estival de GAS NATURAL BAN S.A. yen forma definitiva los correspondientes al período mayo-setiembre 1999.Apruébase en forma provisoria los cuadros tarifarios para el período estival de DISTRIBUIDORA DE GAS DELCENTRO S.A. y en forma definitiva los correspondientes al período mayo-setiembre 1999.Apruébase en forma provisoria los cuadros tarifarios para el período estival de METROGAS S.A. y en formadefinitiva los correspondientes al período mayo-setiembre 1999.Apruébase en forma provisoria los cuadros tarifarios para el período estival de DISTRIBUIDORA DE GASCUYANA S.A. y en forma definitiva los correspondientes al período mayo-septiembre 1999.

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Anexo II | Resoluciones ENARGAS - 1999 / Continuación /

Apruébase en forma provisoria los cuadros tarifarios de HIDENESA S.A. y en forma definitiva los corres-pondientes al período mayo-septiembre 1999.Apruébase en forma provisoria los cuadros tarifarios para el período estival de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A.y en forma definitiva los correspondientes al período mayo-setiembre 1999.Apruébase en forma provisoria los cuadros tarifarios para el período estival de CAMUZZI GAS PAMPEANAS.A. y en forma definitiva los correspondientes al período mayo-setiembre 1999.Sanciónase a GAS NEA S.A. con una multa de $ 5.000 en razón de haber incumplido con lo establecidoen la reglamentación relativa a señalización y vallado de obras en la vía pública y los puntos 8,9,10 y11 de la Norma GE-N1-136.Apruébase en forma provisoria los cuadros tarifarios para el período estival de COOPERATIVA F.E.L. y enforma definitiva los correspondientes al período mayo-setiembre 1999.Apruébase los cuadros tarifarios para el período estival de DISTRIBUIDORA GESELL S.A. y en formadefinitiva los correspondientes al período mayo-setiembre 1999.Apruébase los cuadros tarifarios para el período estival de EMGASUD S.A. y en forma definitiva loscorrespondientes al período mayo-setiembre 1999.Apruébase los cuadros tarifarios para el período estival de COOP. CARNERILLO y en forma definitiva loscorrespondientes al período mayo-setiembre 1999.Apruébase los cuadros tarifarios para el período estival de COMPAÑÍA DE GAS DE LA COSTA S.A. y enforma definitiva los correspondientes al período mayo-setiembre 1999.Apruébase en forma provisoria los cuadros tarifarios para el período estival de COOPERATIVA TOSTADO.Apruébase los cuadros tarifarios para el período estival de DISTRIGAS S.A. y en forma definitiva loscorrespondientes al período mayo-setiembre 1999.Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por LITORAL GAS S.A. y la denuncia de ilegiti-midad presentada por el Comité Ejecutivo del Programa de propiedad participada de esa Licenciataria,ambos contra la Nota ENRG Nº 772.Autorízase a la Coop. de Hernando Ltda. a operar como Subdistribuidor en la localidad de HERNANDO,Pcia. de Córdoba, en el área de la licencia de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A.Establécense los precios de referencia y cuenca correspondientes al período estacional que se extiendedel 1/10/99 al 30/4/2000 .Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Lib. Gral. San Martín.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto 03025.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR -Gasoducto Bahía Blanca - Buenos Aires.Constitúyese servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA - Gasoducto Comodoro Rivadavia.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA - GasoductoNecochea.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA - Gto. Loma Negra.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA � GasoductoMaría Ignacia.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Neuba II.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA - Gto. Pehuajó.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - Gto. Henderson.

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Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. - Gto. Bolívar.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA - Gto. Ramal a Bolívar.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. - Gasoducto SanMartín de los Andes.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. - GasoductoSubramal alimentación a San Martín de los Andes.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. - Gasoducto SanMartín de los Andes.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. - GasoductoSubramal alimentación a San Martín de los Andes.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. - Gasoducto aSan Martín de los Andes.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. - Gasoducto aSan Martín de los Andes.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. contra laResolución ENARGAS Nº 1012.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por LITORAL GAS S.A. contra el proveído de fecha19/8/99.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por CAMUZZI GAS PAMPEANA y CAMUZZI GASDEL SUR contra las Resoluciones ENARGAS Nº676 y 677.Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de la Provincia de Entre Ríos �Gto. Aprox.Macia (GAS NEA S.A.).Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de la Pcia. de Entre Ríos �Gto. Aprox. Gualeguay(GAS NEA S.A.).Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de la Pcia. de Entre Ríos �Gto.Aprox. Oro Verde(GAS NEA S.A.).Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de la Pcia. de Entre Ríos �Gto. Aprox. VillaLibertador Gral. San Martín (GAS NEA S.A.).Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de la Pcia. de Entre Ríos �Gto. Aprox. Villa Elisa(GAS NEA S.A.).Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de la Pcia. de Entre Ríos �Gto. Aprox. ParqueIndustrial Gualeguaychú (GAS NEA S.A.).Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de la Pcia. de Entre Ríos �Gto. Aprox. Urdinarrain(GAS NEA S.A.).Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de la Pcia. de Entre Ríos �Gto. Aprox. SanSalvador (GAS NEA S.A.).Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de la Pcia. de Entre Ríos �Gto. Aprox. Basavilbaso(GAS NEA S.A.).Constitúyese servidumbre de paso de gasoducto a favor de la Pcia. de Entre Ríos �Gto. Aprox. MaríaGrande (GAS NEA S.A.).Autorízase a LITORAL GAS S.A. a aplicar un procedimiento respecto a la incidencia tarifaria del derechode registro e inspección del Municipio de Pérez, Pcia. de Santa Fe.Autorízase a DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. a aplicar un procedimiento referido a la inciden-cia tarifaria de la contribución que influye sobre el comercio, la industria y las empresas de serviciosdel Municipio de Río Cuarto, Pcia. de Córdoba.

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Anexo II | Resoluciones ENARGAS - 1999 / Continuación /

Autorízase a LITORAL GAS S.A. a aplicar un procedimiento respecto a la incidencia tarifaria de la tasa porinspección de seguridad e higiene del Municipio de Pergamino, Pcia. de Bs As.Sanciónase a TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. con una multa de $ 390.000 por haberincurrido en el incumplimiento de lo establecido en el Cuadro 1 del Apéndice 1 en relación a lainspección interna, relevamiento e informe de los gasoductos con revestimiento asfáltico de las RBL.Sanciónase a CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. con una multa de $ 90.000 por no haber cumplido con lameta física de alcanzar el 100% en el nivel de protección catódica de su sistema.Sanciónase a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. con una multa de $ 80.000 por no haber cumplido con lameta física de alcanzar el 100% en el nivel de protección catódica de su sistema.Sanciónase a METROGAS S.A. con una multa de $80.000 por no haber cumplido con la meta física dealcanzar el 100% en el nivel de protección catódica de su sistema.Sanciónase a GASNOR S.A. con una multa de $ 80.000 por no haber cumplido con la meta física dealcanzar el 100% en el nivel de protección catódica de su sistema.Sanciónase a GAS NATURAL BAN S.A. con una multa de $ 80.000 por no haber cumplido con la metafísica de alcanzar el 100% en el nivel de protección catódica de su sistema.Sanciónase a la DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. con una multa de $ 80.000 por no habercumplido con la meta física de alcanzar el 100% en el nivel de protección catódica de su sistema.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CUYANA S.A.contra la Resolución ENARGAS Nº 771/98.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A.contra la Resolución Nº 770/98.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por GASNOR S.A. contra la Resolución ENARGASNº 773/98 y Nota ENRG Nº 3504/98.Sanciónase a LITORAL GAS S.A. con una multa de $ 85.000 por no haber cumplido con la meta física dealcanzar el 100% en el nivel de protección catódica de su sistema.Sanciónase a la DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. con una multa de $ 80.000 por no habercumplido con la meta física de alcanzar el 100% en el nivel de protección catódica de su sistemalicenciado al final del quinquenio 1993-1997.Sanciónase a METROGAS S.A. con una multa de $ 10.000 en virtud de su inobservancia a los puntos4.2.2. y 4.2.3. de las RBL.Contraprestación a usuarios por redes transferidos durante el año 1998 (trámites iniciados por Resolu-ción ENARGAS Nº44/94).Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Bahía Blanca- Buenos Aires.Constitúyese servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A.- Gasoducto a Gral. Alvear.Constitúyese servidumbres a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A.-Gasoducto a Tapalqué.Constitúyese servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. -Gasoducto CampoDurán -Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de GAS NATURAL BAN S.A. �Gasoducto a Capitán Sarmiento.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A -Gasoducto CampoDurán - Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de GAS NATURAL BAN S.A.-Gasoducto a San Sebastián.Constitución de servidumbre a favor de GAS NATURAL BAN S.A. -Gasoducto a San Andrés de Giles.Constitución de servidumbre a favor de GAS NATURAL BAN S.A -Gasoducto San Antonio de Areco-SanAndrés de Giles.

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Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A.-Gasoducto a Baradero.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A.-Gasoducto Loop SanJerónimo-Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A.-Gasoducto a FIPLASTO.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A.-Gasoducto a Chacabuco.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A. -Gasoducto a Arrecifes.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto a Salto.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A. �Gasoducto a Arrecifes.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A. -Gasoducto a Ramallo.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. -Gasoducto CampoDurán - Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. �Gto. a Rincón Chico.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. -Gto. a San Martín de los Andes.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto a E.R.P.Piedra del Aguila.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto a PichiPicún Leufú.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Cordillerano.Constitución de servidumbres a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A -Gasoducto Cordillerano.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Cordillerano.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Zapala-Covunco.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. �Gasoducto Huincul-Zapala.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. �Gasoducto Huincul-Zapala.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Cordillerano.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Huincul�Zapala.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A.-Gasoducto Cordillerano.Constitución de servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. -Gto. a Gral. Cabrera.Constitución de servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. -Gasoducto a AceiteraGral. Cabrera.Constitución de servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. �Gasoducto a Leones.Constitución de servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. �Gto. a Marcos Juárez.Constitución de servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. -Gto. a Gral. Roca.Constitución de servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. -Gto. a Gral. Deheza.Constitución de servidumbre a favor de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. -Gasoducto a AceiteraGral. Deheza.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por GAS NATURAL BAN S.A. contra la ResoluciónENARGAS Nº769.Sanciónase a EMGASUD S.A. con apercibimiento por su inobservancia a lo dispuesto en el Art. 4.1.16 delas Reglas Básicas de la Licencia.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. -Gasoducto CampoDurán - Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A. -Gasoducto E.R.P. San Pedro.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A. -Gasoducto a ERP San Pedro.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A. �Gasoducto a Arrecifes.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A. -Gasoducto a GNC Shell.

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Anexo II | Resoluciones ENARGAS - 1999 / Continuación /

Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A. -Gasoducto a Papel Prensa.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A.�Gasoducto a ARCOR.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A.-Gasoducto a PREAR.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A. -Gasoducto 07-350.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A.-Gasoducto CampoDurán - Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A.� Gasoducto 07-340.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A �Gasoducto 07-345.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A.. -Gasoducto a SOMISA.Constitución de servidumbre a favor de LITORAL GAS S.A. -Gasoducto a ERP 25-5.Constitución de servidumbre a favor de GAS NATURAL BAN S.A. -Gasoducto a Las Heras - Primera Etapa.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A.-Gasoducto a Navarro.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A.�Gasoducto a Chascomús.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto a Gral. Belgrano.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto a Parque Industrial.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto a Neuba II.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto LibertadorGral. San Martín.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto a Loop Azul �Llavallol.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gto. a ERP-Ezeiza.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto a Brandsen.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. �Gasoducto L2-01C-030.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto Cdro. Rivadavia-Buenos Aires.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto a Miramar.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gto. Tandil - Mar del Plata.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto a Ciudad de Batán.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto a Mar del Plata.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto a ERP-México yRodríguez Peña.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gto. Tandil - Mar del Plata.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto a Miramar.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. �Gasoducto Barker-Necochea.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A -Gasoducto a Lobería.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto a Nicanor Olivera.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto Barker-Necochea.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A.-Gasoducto a J.N. Fernández.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A -Gasoducto a Quequén.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. -Gasoducto Lib. Gral.San Martín.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto Loop Azul-Llavallol.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto del By Pass.Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. -Gasoducto a Gorchs.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. �Gasoducto BahíaBlanca - Buenos Aires.

1402 28/121403 28/121404 28/121405 28/121406 28/12

1407 28/121408 28/121409 28/121410 28/121411 28/121412 28/121413 28/121414 28/121415 28/121416 28/121417 28/12

1418 28/121419 28/121420 28/121421 28/121422 28/12

1423 28/121424 28/121425 28/121426 28/121427 28/12

1428 28/121429 28/121430 28/121431 28/121432 28/121433 28/121434 28/121435 28/121436 28/12

1437 28/121438 28/121439 28/121440 28/12

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TemaN º F e c h a

Anexo II | Resoluciones ENARGAS - 1999 / Continuación /

Constitución de servidumbre a favor de CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. �Gasoducto a Lobos.Constitución de servidumbre a TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. �Gasoducto NEUBA II.Constitución de servidumbre a favor de TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. �Gasoducto NEUBA II.Constitución de servidumbre a favor de GAS NATURAL BAN S.A. -Gasoducto a Las Heras.Desestímase parcialmente el Recurso de Reconsideración interpuesto por la DISTRIBUIDORA DE GASCUYANA S.A. contra la Resolución ENARGAS Nº 1108 y autorízase a aplicar el procedimiento referido alrecupero de la contribución por servicios a la actividad comercial, industrial y servicios de la Municipa-lidad de Rawson, Pcia. de San Juan.Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por GASNOR S.A. contra la Resolución ENARGASNº 971/ 99.Fíjase un anticipo a cuenta de la Tasa de Fiscalización y Control que oportunamente se determine parael año 2000.Apercibimiento a la empresa GNC HERNANDO BONARDI e HIJOS por violación de la Resolución ENARGASNº139/95.Sanciónase a la empresa OLIVERO GAS S.A. con una multa de $ 2.000 por diversos incumplimientosdetectados por auditoría técnica.

1441 28/121442 28/121443 28/121444 28/121445 29/12

1446 29/12

1447 29/12

1448 29/12

1449 30/12

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Anexo II | Resoluciones ENARGAS en Materia Jurisdiccional - 1999

TemaN º F e c h a

Reclamo Nº 10281/97. Caso �Juan C. Magliola c/ Metrogas S.A. s/ Recurso Jerárquico c/ Resolución deFuncionario Interviniente�.Reclamo DRCU Nº465. Caso �Coronel, Aurelio Walter c/ Distribuidora de Gas Cuyana S.A. s/ RecursoJerárquico c/ Resolución Funcionario Interviniente.�Reclamo Nº 12624. Caso �Ampra Group S.A. c/ Metrogas S.A. s/ Recurso Jerárquico�Anulada por error de sistema.�Asociación Civil Club Newmann c/ Gas Natural Ban S.A. � Se declara de aplicación la Ley Nº24.348 yse reconoce la propiedad de la Asociación Civil Club Newman s/ las instalaciones destinadas a laprovisión de gas natural por redes ubicadas en el Club Newman.Reclamo ENARGAS Nº 8099/96. Caso �Romero Alejandro Marcelo c/Metrogas S.A. s/ Recurso Jerárquicoc/ Resolución Funcionario Interviniente.��Gas del Sur S.A. c/ Distribuidora de Gas Cuyana S.A. s/construcción, propiedad y operación delemprendimiento de gas para abastecer al os Barrios Matilde y Echevarrieta �San Rafael, Mendoza�Determínase que la Distribuidora de Gas Cuyana S.A. deberá tener a su cargo la construcción, propiedady operación de la obra, a iniciarse en forma inmediata, y se insta a las partes a negociar la transferencia.Se imputan incumplimientos a ambas partes.Reclamo ENARGAS Nº 13.220. �CANDILORO, Hugo c/ METROGAS S.A. s/ Recurso Jerárquico c/ decisióndel Funcionario Interviniente.��Heraclio Eusebio Toranza c/ Distribuidora de Gas Cuyana S.A.�Confírmase la sanción de suspensión por el término de 6 meses en el Registro de Instaladores aplicadapor la Distribidora de Gas Cuyana S.A. al instalador matriculado Sr. Heraclio Eusebio Toranza.�Municipalidad de Villa Gesell y otro c/ Camuzzi Gas Pampeana S.A. s/ operación y mantenimiento de lasinstalaciones existentes y que se ejecuten en la Cdad. de Villa Gesell�. Se otorga autorización definitivacomo Subdistribuidor en la Ciudad de Villa Gesell a la firma COARCO S.C.A.Diferendo entre �TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. y DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A.s/ Estación de Medición Gasoducto Valle de Punilla�. Se establece que la conexión y las instalacionescompletas correspondientes a las Estaciones de Medición en el Gasoducto Valle de Punilla deberánrealizarse según los criterios de diseño que TGN haya seleccionado p/las instalaciones cuyo manteni-miento y operación tendrá a cargo y la totalidad de dichos costos, excepto los de telemedición, será acargo total y exclusivo del solicitante CENTRO.�Cooperativa de Provisión de Servicios Telefónicos, otros Servicios Públicos y Consumo Mariano AcostaLtda. c/ Gas Natural Ban S.A.�. Determínase que Gas Natural Ban S.A.. deberá abonar a la Cooperativa porla transferencia de las instalaciones que debía operar hasta el día 22 de octubre de 1998 la suma de $189.670 y reconocer la cantidad de 300 m3 de gas a cada usuario existente a la fecha de la transferenciade las redes y a cada uno de los que se incorpore dentro de los 2 primeros años a partir de la toma deposesión de la Licenciataria.�Fondo Inmobiliario S.A. c/ Gas Natural Ban S.A.�. Declárase que las cañerías de gas existentes en elBarrio Maschwitz Privado no se ajustan estrictamente a lo establecido en la normativa vigente. Conse-cuentemente, deberán efectuarse las obras necesarias p/regularizar la situación, en el marco del Conve-nio celebrado entre las partes el día 14 de julio de 1998.�Coop. de Provisión de Agua Potable, Gas Natural y Otros Servicios Públicos de Humboldt c/ Litoral GasS.A. s/ operación y mantenimiento del emprendimiento de gas para abastecer a la localidad de Humboldt�Se autoriza provisoriamente para operar como subdistribuidor a la Cooperativa, dentro de los límitesfísicos del sistema determinado en los planos de proyecto.

231 18/2

232 18/2

233 24/3234235 11/5

236 11/5

237 18/5

238 2/6

239 16/6

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244 6/9

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Anexo II | Resoluciones ENARGAS en Materia Jurisdiccional - 1999 / Continuación /

TemaN º F e c h a

245 17/9

246 27/9

247 14/10

248 14/10

249 12/11

250 12/11

251 25/11

252 25/11

253 2/12

254 9/12

255 9/12

256 13/12

257 21/12

258 27/12

Diferendo entre Transportadora de Gas del Norte S.A. y Litoral Gas S.A. por construcción de la Estación deMedición correspondiente al Gasoducto Oeste Las Parejas � María Juana. Se expide acerca del proyectoy de los costos asociados.Reclamo Nº12.038. Caso �Daniel José Woloj y Susana N. Tomasi de Woloj c/ Metrogas S.A. s/ RecursoJerárquico contra Resolución del Funcionario Interviniente.�Reclamo Nº12942/98. Caso �Elsa N. Jofré de Arce c/Metrogas S.A. s/ Recurso Jerárquico c/ ResoluciónFuncionario Interviniente.��Nelly E. Ayala c/ Metrogas S.A.�. Declárase que Metrogas S.A. deberá aceptar que la matriculada deprimera categoría, Arq. Nelly E. Ayala confiera un poder especial a favor de Don Julio Daniel López, paraque actúe en su nombre y representación, en la medida en que en dicho instrumento se incluyanúnicamente actividades susceptibles de ser delegadas.Reclamo Nº4499/98. Caso �Alfredo J. Chávez c/ Gas Natural Ban S.A. s/ Recurso Jerárquico c/ Resolucióndel Funcionario Interviniente.�Reclamo Nº13.606. Caso �Nélida González s/ Recurso Jerárquico c/ Resolución del FuncionarioInterviniente.�Reclamo DRCU Nº773"Cooperativa Enrique Mosconi Ltda. c/Distribuidora de Gas Cuyana S.A. s/ RecursoJerárquico c/ Resolución del Funcionario Interviniente. �Reclamo DRCU Nº781/99. Caso �M. Bauza Ribot e Hijos SRL c/Distribuidora de Gas Cuyana S.A. s/RecursoJerárquico c/ Resolución del Funcionario Interviniente. �Caso �Central Piedra Buena S.A. c/Camuzzi Gas Pampeana S.A. s/art . 66 de la Ley 24.076.�. Impútase aCamuzzi Gas Pampeana S.A. por su incumplimiento a lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 24.076 y aCentral Piedra Buena S.A. por no haber realizado la operación y mantenimiento de su gasoductoconforme a las responsabilidades que le confiere el art. 21 de la Ley 24.076.-Caso �Alejandro C. Rabines c/Distribuidora de Gas Cuyana S.A.�. No se hace lugar al pedido del Sr.Alejandro C. Rabines, confirmando la inhabilitación de 2 años que le impusiera la Distribuidora de GasCuyana S.A., por la actuación que le cupo en la ejecución de distintas instalaciones domiciliarias.Reclamo Nº 1327. Caso �Eseba S.A. c/Camuzzi Gas Pampeana S.A. s/ Recurso Jerárquico c/Resolución delFuncionario Interviniente p/recupero de Variación Alícuota del Impuesto a los Ingresos Brutos de laProvincia de Buenos Aires en las facturaciones.�Reclamo Nº 11.807. Caso �Savidi SRL c/Metrogas S.A. s/Recurso Jerárquico c/ Resolución del FuncionarioInterviniente.�Reclamo Nº 11.150. Caso �María Szulman c/Metrogas S.A. s/ Recurso Jerárquico c/ la Resolución delFuncionario Interviniente.�Reclamo Nº 1.650. Caso �Adelaida Juaristi c/Camuzzi Gas Pampeana S.A. s/ Recurso Jerárquico c/Resolución del Funcionario Interviniente�.

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190

Anexo III | Licenciatarias del Servicio de Gas

GasNor S.A.

Distribuidora de

Gas del Centro S.A.

Camuzzi

Gas del Sur S.A.

Transportadora de

Gas del Norte S.A.

Distribuidora de

Gas Cuyana S.A.

Gas Natural BAN S.A.

MetroGas S.A.

Camuzzi

Gas Pampeana S.A.

Transportadora de Gas del Sur S.A.

Litoral Gas S.A.

Gas NEA S.A.

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Transportadora de Gas del Norte

Gasoducto Descripción Longitud Diámetro Capacidad Hp(Km.) (Pulg.) (Mm M3/Día)

N o r t e Troncal C. Durán (Salta)S. Jerónimo (Sta. Fe) 1454,8 24 19,9

Paralelos C. Durán (Salta)S. Jerónimo (Sta. Fe) 9 6 6 24-16

Plantas 9 Compresoras 115.770Centro Oeste Troncal L. de La Lata (Neuquén)

S. Jerónimo (Sta. Fe) YGtos. Área Cuyo 1257,8 30-18 27,8

Paralelos 580,6 30-24Plantas 8 Compresoras 172.440

Tramos Finales Troncal S. Jerónimo (Sta. Fe) -Gral. Pacheco (Bs. As.) 286,6 24 - 22

Paralelo S. Jerónimo (Sta. Fe) - 15,7Gral. Rodríguez Bs. As.) 2 9 7 30S. Jerón.-Sta. Fe- Paraná 188,2 24-16-12

Transportadora de Gas del Sur

Gasoducto Descripción Longitud Diámetro Capacidad Hp(Km.) (Pulg.) (Mm M3/Día)

Neuba II Troncal L. de La Lata (Neuquén)Gral. Cerri (Bs.as.) 590,4 36 27,6

Paralelos 45,1 30Plantas 4 Compresoras 95.380

Oeste-Neuba I Troncal S. Barrosa (Neuquén)Gral. Cerri (Bs. As.) 573,5 24 13,5

Paralelos 69,9 24Plantas 4 Compresoras 50.950

Gral. S. Martin Troncal S. Sebastián (T. Del Fuego)Gral. Cerri (Bs. As) 1968,9 30-24 17,9

Paralelos 610,3 30-24Plantas 12 Compresoras 268.330

Tramos Finales S. Martin Cerri - Gutiérrez (Bs. As.)Neuba I Cerri - Rodríguez (Bs. As.) 1841,7 30 38,4Neuba II Cerri - Las Heras (Bs. As.)Paralelos 60 36Plantas 5 Compresoras 79.970

Anillo Bs. As. Alta Ps. Buchanan - Las Heras 82,1 36-30C o r d i l l e r a n o Regional Pza. Huincul - Collón Curá

(Nuequén) 243,7 8 1,2Paralelos 68,4 12Plantas 3 Compresoras 10.640

Plaza Huincul Regional Pza. Huincul - SenillosaGral. Conesa (Neuquén) 67,1 10-8 0,45

Mainqué - Gral. Conesa(Río Negro) 219,6 8 0,50

Plantas 1 Compresora 2.240Gtos. de Interconexión y Derivaciones 543,7 18-16-12

10- 8- 6

Anexo IV-1 | Sistema de Transporte (1)

(1) Al 31/12/99 (Volúmenes de gas de poder calorífico correspondiente a cada fuente).

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Transportadora de Gas del Norte S.A.

Capacidad Nominal Gasoducto Norte

T ramo 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9 2 0 0 0 ( * )

Refinor - Miraflores 14,6 16,9 17,1 17,1 19,9 22,4Miraflores - Lumbreras 13,1 15,9 15,9 15,9 18,8 18,8Lumbreras - Tucumán 11,0 13,8 13,8 13,8 13,9 13,9Tucumán - Lavalle 9,8 10,8 10,8 10,8 12,9 12,9Lavalle - Ferreyra 8,9 8,9 8,9 8,9 8,9 8,9Ferreyra - Nodo San Jerónimo 6,0 6,0 6,0 6,0 7,1 7,1

Capacidad Nominal Gasoducto Centro Oeste

T ramo 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1998 1999 2000 (*)

Loma La Lata - La Mora 15,7 16,3 20,2 25,4 27,8 31,9La Mora - Beazley 15,7 16,3 17,1 18,1 19,5 23,3Beazley - Mendoza N/A N/A N/A N/A 5,2 6Beazley - Chaján 11,8 11,8 12,5 13,5 14,2 17,2Chaján - La Carlota N/A N/A N/A N/A 13,7 16,7La Carlota - Baldissera N/A N/A N/A N/A 13,1 16,1Baldissera - Nodo San Jerónimo 10,4 10,4 11,4 13,1 13,1 16,1

TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A.

Capacidad Nominal Gasoducto Neuba I / II

T r amo 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1998 1999 2000 (*)

Sierra Barrosa - Chelforó 11,2 13,5 13,5 13,5 13,5 13,6Chelforó - Nodo Cerri 8 ,4 8,9 9,1 9,5 9,5 9,6Loma La Lata - Cervantes 26,6 26,6 27,6 27,6 27,6 27,6Cervantes - Nodo Cerri N/A N/A N/A N/A 26,4 26,4

Capacidad Nominal Gasoducto Gral. San Martín

T ramo 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1998 1999 2000 (*)

S. Sebastián - Cerro Redondo 10,5 10,5 10,5 10,9 11,2 11,2Cerro Redondo - Piedra Buena 16,9 16,9 16,9 17,3 17,3 17,3Piedra Buena - Pico Truncado 16,5 16,5 16,5 16,5 16,8 16,8Pico Truncado - Cro. Rivadavia. 15,4 15,4 15,4 16,6 18,0 18,0Cro. Rivadavia - Deriv. Aluar 14,3 14,3 14,3 15,2 16,5 16,5Deriv. Aluar - Gral. Conesa 12,4 12,4 12,4 13,5 14,4 14,4Gral. Conesa - Nodo Cerri 12,3 12,3 12,3 12,7 14,2 14,2

Capacidad Nominal Tramos Finales

T ramo 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1998 1999 2000 (*)

TGN (Nodo San Jerónimo - Aldea B.) N/A N/A N/A N/A 2,0 5,1TGN (Nodo San Jerónimo - Bs. As.) 15,0 15,0 15,7 15,7 15,7 15,7TGS (Nodo Cerri - Bs. As. [Sur +Loop]) 24,0 24,0 24,7 25,1 25,1 27,3

(Nodo Cerri - Bs. As. [Neuba II]) 14,1 14,1 14,9 16,1 16,1 16,3TGS/TGN (Anillo Gran Bs. As.) 35,4 35,4 36,9 38,4 38,4 38,6

Anexo IV-2 | Capacidad de Transporte, por Licenciataria y Gasoducto - En MM m3/día) - (1)

(1) Capacidad Nominal al 31/12/99. No incluye consumos en boca de pozo. Gto. Neuba I incluye capacidad de reinyección a pozos declinados que seutilizan como reservorios de gas. Volúmenes de gas de poder calorífico correspondiente a cada fuente.

(*) Proyectado.

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A ) Balance Gral. Áreas de Producción

1995 1996 1997 1998 1999 Variac. Tasa Var. Indice �98/�99 Prom. año (1993=100)

A.1) Oferta de Gas - Producción 83,400 94,671 98,247 102,288 110,885 8,4 7,2 151,8 - Importación 5,622 5,796 4,667 4,800 1,151 (76,0) (20,9) 24,5Total 89,022 100,467 102,914 107,088 112,036 4,6 6,3 144,1

A.2) Demanda de Gas (Mercado Mayorista) - Consumo en yacimiento 5,071 6,679 7,728 8,692 9,228 6,2 13,0 208,4 - Inyección a formación 3,389 6,949 10,429 9,909 6,427 (35,1) 15,7 240,5 - Retenido en planta 0,709 0,677 0,950 0,833 1,375 65,1 10,9 186,4 - Gas aventado 8,675 9,237 5,126 3,317 2,400 (27,7) (17,5) 31,5 - Entregas al Mercado Interno 71,177 76,926 76,843 78,898 83,330 5,6 5,0 133,8 - Entregas al Mercado Externo - - 1,838 5,438 9,276 70,6 n.a. n.a.Total 89,022 100,467 102,914 107,088 112,036 4,6 6,3 144,1

B ) Balance Gral. Sistema de Transporte y Distribución

1995 1996 1997 1998 1999 Variac. Tasa Var. Indice�98/�99 Prom. año (1993=100)

B.1) Inyección de Gas- Gas Inyectado al Sistema (2) 69,007 73,033 75,364 79,583 89,462 12,4 5,7 139,2- Consumo Us. en boca de pozo 3,364 5,129 3,854 4,446 4,499 1,2 n.a. n.a.Total 72,371 78,162 79,219 84,029 93,962 11,8 6,5 146,2

B.2) Gas Entregado- Reinyección a formación (3) 0,807 1,742 1,348 1,209 0,958 (20,7) 15,7 239,4- Consumo Combustible S. Tpte. 2,249 2,479 2,420 2,545 2,715 6,7 5,0 134,2- Pérdidas y GNNC Sist. Tpte. 0,720 0,748 0,809 0,889 0,549 (38,2) (9,9) 53,6- Variación de Existencias S. Tpte. 0,031 0,002 0,018 0,015 0,106 606,7 49,5 1.117,2- Gas Utiliz. Op. y GNNC (S. Dist.) 1,257 0,786 0,790 0,917 0,906 (1,2) (2,9) 83,7- Entregas al Mercado Interno 67,227 72,186 73,698 74,579 82,589 10,7 5,6 139,0- Entregas al Mercado Externo - - 0,408 3,387 5,569 64,4 n.a. n.a.- Ajuste por Diferencias (4) 0,079 0,219 0,273 0,489 0,570 - - -Total 72,371 78,162 79,219 84,029 93,962 11,8 6,5 146,2

B.3) Gas Entregado a Usuarios Finales- Según Tipo de Usuario- Residencial 15,770 15,965 15,899 16,102 17,959 11,5 2,5 116,3- Industrial (5) 25,204 25,550 26,692 27,150 26,747 (1,5) 3 ,9 126,0- Centrales Eléctricas (6) 19,567 23,806 23,525 23,317 29,224 25,3 10,7 184,0- GNC 2,759 2,983 3,474 3,868 4,131 6,8 12,1 198,3- Otros Usuarios (7) 3,927 3,883 4,109 4,141 4,527 9,3 (1,0) 94,4Total 67,227 72,186 73,698 74,579 82,589 10,7 5,6 139,0- Según Mod. de Comerc.- Reventa de Gas Us. Distrib. 50,288 46,219 42,622 43,581 46,688 7,1 (2,6) 85,2- By Pass comerciales 8,349 14,934 20,323 19,478 20,920 7,4 68,5 2.289,5- By pass físicos 1,401 1,901 3,111 3,606 6,245 73,2 52,5 1.258,9- RTP Cerri 3,825 4,004 3,788 3,468 4,236 22,2 4,7 131,9- Usuarios en boca de pozo 3,364 5,129 3,854 4,446 4,499 1,2 n.a. n.a.Total 67,227 72,186 73,698 74,579 82,589 10,7 5,6 139,0

Anexo V | Oferta y Demanda de Gas Natural en Argentina: 1995 / 1999 - En MM m3/día) - (1)

Nota s :(1 ) El apartado A) indica volúmenes de poder calorífico correspondiente a cada fuente (sm3). Los volúmenes del apartado B) están expresados en m3

de 9300 Kcal.(2 ) Incluye inyección en gasoductos propios de distribución.(3 ) Gas que ingresa al sistema de transporte y luego es reinyectado a los pozos.(4 ) Diferencias por desbalances registrados en el sistema (GNNC, errores de medición, calibración de instrumentos, consumos no medidos, fugas y

variaciones de gas de inventario).(5 ) Incluye gas de proceso.(6 ) Incluye consumos de usuarios en boca de pozo (�off system�).(7 ) Usuarios Comerciales, Entes oficiales y Subdistribuidores.Fuente: ENARGAS, en base a datos de la Secretaría de Energía (apartado A) y Licenciatarias de Gas (apartado B).

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Anexo VI-1 | Gas Entregado por Area de Licencia y Tipo de Usuario - En MM m3/día de 9,300 Kcal. - (1)

Area de Licencia % sobre 1995 1996 1997 1998 1999 Variac. % Indice

y Tipo de Usuario Total País ('99) Vol % Vol % Vol % Vol % Vol % 99/98 1993=100

METROGAS 22,5% 16,260 100% 17,243 100% 15,556 100% 13,479 100% 18,594 100% 37,9 111,4

-Residencial 27,2% 4,598 28% 4,657 27% 4,536 29% 4,502 33% 4,890 26% 8,6 91,1

-Industrial 9,0% 2,414 15% 2,575 15% 2,556 16% 2,513 19% 2,420 13% -3,7 89,1

-Centrales Eléctricas 30,7% 6,946 43% 7,899 46% 6,259 40% 4,206 31% 8,985 48% 113,6 140,0

-Otros (2) 26,6% 2,301 14% 2,111 12% 2,205 14% 2,258 17% 2,300 12% 1,8 105,2

GAS NATURAL BAN 10,4% 7,556 100% 7,893 100% 8,317 100% 8,403 100% 8,569 100% 2,0 119,6

-Residencial 18,2% 2,852 38% 3,039 38% 2,994 36% 2,912 35% 3,262 38% 12,0 133,3

-Industrial 13,6% 3,744 50% 3,744 47% 3,988 48% 3,974 47% 3,637 42% -8,5 93,1

-Centrales Eléctricas 0,0% 0,000 0% 0,000 0% 0,000 0% 0,000 0% 0,000 0% n.a. n.a.

-Otros (2) 19,3% 0,960 13% 1,110 14% 1,334 16% 1,517 18% 1,669 19% 10,0 205,6

LITORAL 10,6% 6,834 100% 7,245 100% 8,493 100% 8,489 100% 8,781 100% 3,4 136,7

-Residencial 5,2% 0,745 11% 0,739 10% 0,786 9% 0,828 10% 0,938 11% 13,2 130,6

-Industrial 17,6% 4,655 68% 4,759 66% 4,929 58% 5,319 63% 4,703 54% -11,6 129,6

-Centrales Eléctricas 8,4% 0,979 14% 1,244 17% 2,212 26% 1,686 20% 2,441 28% 44,7 143,5

-Otros (2) 8,1% 0,454 7% 0,503 7% 0,565 7% 0,655 8% 0,698 8% 6,6 186,6

PAMPEANA 17,6% 13,604 100% 13,415 100% 13,934 100% 13,679 100% 14,576 100% 6,6 126,0

-Residencial 15,1% 2,287 17% 2,327 17% 2,275 16% 2,320 17% 2,708 19% 16,7 126,3

-Industrial 28,6% 7,156 53% 7,044 53% 7,249 52% 6,840 50% 7,660 53% 12,0 123,4

-Centrales Eléctricas 10,7% 3,389 25% 3,177 24% 3,393 24% 3,522 26% 3,138 22% -10,9 118,1

-Otros (2) 12,4% 0,773 6% 0,867 6% 1,017 7% 0,998 7% 1,070 7% 7,2 192,1

SUR 17,8% 11,532 100% 13,751 100% 12,560 100% 13,796 100% 14,690 100% 6,5 201,9

-Residencial 20,3% 3,365 29% 3,188 23% 3,277 26% 3,297 24% 3,650 25% 10,7 128,0

-Industrial 11,5% 2,274 20% 2,191 16% 2,407 19% 2,749 20% 3,072 21% 11,7 311,2

-Centrales Eléctricas 8,1% 1,431 12% 2,198 16% 2,006 16% 2,381 17% 2,376 16% -0,2 132,2

-Cent. Eléct. en boca de pozo 15,4% 3,364 29% 5,129 37% 3,854 31% 4,446 32% 4,499 31% 1,2 n.a.

-Otros (2) 12,6% 1,099 10% 1,046 8% 1,016 8% 0,923 7% 1,093 7% 18,4 66,6

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195 Anexo VI-1 l GAS ENTREGADO POR AREA DE LICENCIA Y TIPO DE USUARIO

Anexo VI-1 | Gas Entregado por Area de Licencia y Tipo de Usuario - En MM m3/día de 9,300 Kcal. - (1) / Continuación /

(1) Incluye gas entregado por Transportistas a usuarios directos y consumo de gas en boca de pozo(2) Comercios, Entes Oficiales, GNC y Subdistribuidores

Area de Licencia % sobre 1995 1996 1997 1998 1999 Variac. % Indice

y Tipo de Usuario Total País ('99) Vol % Vol % Vol % Vol % Vol % 99/98 1993=100

CENTRO 5,6% 3,445 100% 3,581 100% 4,013 100% 4,439 100% 4,619 100% 4,1 122,4

-Residencial 5,4% 0,727 21% 0,777 22% 0,780 19% 0,861 19% 0,967 21% 12,4 129,0

-Industrial 5,5% 1,329 39% 1,377 38% 1,454 36% 1,604 36% 1,471 32% -8,3 139,4

-Centrales Eléctricas 4,5% 0,838 24% 0,841 23% 1,100 27% 1,199 27% 1,326 29% 10,6 94,1

-Otros (2) 9,9% 0,551 16% 0,587 16% 0,679 17% 0,775 17% 0,854 18% 10,1 152,4

CUYANA 6,0% 3,358 100% 3,529 100% 4,045 100% 4,864 100% 4,975 100% 2,3 169,1

-Residencial 5,6% 0,812 24% 0,842 24% 0,844 21% 0,904 19% 1,012 20% 11,9 129,2

-Industrial 6,4% 1,683 50% 1,758 50% 2,024 50% 1,952 40% 1,709 34% -12,4 156,2

-Centrales Eléctricas 5,7% 0,490 15% 0,518 15% 0,711 18% 1,491 31% 1,680 34% 12,6 402,9

-Otros (2) 6,6% 0,373 11% 0,411 12% 0,467 12% 0,517 11% 0,574 12% 11,2 88,6

NOROESTE 9,3% 4,580 100% 5,456 100% 6,699 100% 7,330 100% 7,680 100% 4,8 214,7

-Residencial 3,0% 0,383 8% 0,396 7% 0,407 6% 0,479 7% 0,532 7% 11,1 138,0

-Industrial 7,8% 1,950 43% 2,103 39% 2,084 31% 2,200 30% 2,075 27% -5,7 127,4

-Centrales Eléctricas 16,4% 2,130 47% 2,800 51% 3,989 60% 4,386 60% 4,778 62% 9,0 322,2

-Otros (2) 3,4% 0,118 3% 0,157 3% 0,219 3% 0,266 4% 0,295 4% 10,9 371,2

TOTAL PAIS 100,0% 67,227 100% 72,186 100% 73,698 100% 74,579 100% 82,589 100% 10,7 139,0

-Residencial 100,0% 15,770 23% 15,965 22% 15,899 22% 16,102 22% 17,959 22% 11,5 116,3

-Industrial 100,0% 25,204 37% 25,550 35% 26,692 36% 27,150 36% 26,747 32% -1,5 126,0

-Centrales Eléctricas 100,0% 19,567 29% 23,806 33% 23,525 32% 23,317 31% 29,224 35% 25,3 184,0

-Otros (2) 100,0% 6,686 10% 6,866 10% 7,583 10% 8,009 11% 8,659 10% 8,1 125,8

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Anexo VI-2 | Gas Entregado por Area de Licencia y Modalidad de Comercialización - En MM m3/día de 9,300 Kcal. - (1)

Area de Licencia % sobre 1995 1996 1997 1998 1999 Variac. % Indice

y Modalidad Total País ('99) Vol % Vol % Vol % Vol % Vol % 99/98 1993=100

METROGAS 22,5% 16,260 100% 17,243 100% 15,556 100% 13,479 100% 18,594 100% 37,9 111,4

-Reventa de Gas Us. Disco 29,5% 15,695 97% 12,341 72% 9,278 60% 10,945 81% 13,757 74% 25,7 82,5

-By Pass Comercial 13,0% 0,565 3% 4,902 28% 6,278 40% 2,508 19% 2,716 15% 8,3 n.a.

-By Pass Físico 34,0% 0,000 0% 0,000 0% 0,000 0% 0,026 0% 2,122 11% n.a. n.a.

GAS NATURAL BAN 10,4% 7,556 100% 7,893 100% 8,317 100% 8,403 100% 8,569 100% 2,0 119,6

-Reventa de Gas Us. Disco 15,2% 6,477 86% 6,701 85% 6,748 81% 6,883 82% 7,116 83% 3,4 113,8

-By Pass Comercial 6,9% 1,074 14% 1,190 15% 1,566 19% 1,517 18% 1,450 17% -4,4 158,7

-By Pass Físico 0,1% 0,004 0% 0,002 0% 0,003 0% 0,003 0% 0,003 0% 20,6 n.a.

LITORAL 10,6% 6,834 100% 7,245 100% 8,493 100% 8,489 100% 8,781 100% 3,4 136,7

-Reventa de Gas Us. Disco 6,0% 4,867 71% 4,256 59% 3,633 43% 2,994 35% 2,800 32% -6,5 43,6

-By Pass Comercial 28,6% 1,967 29% 2,989 41% 4,860 57% 5,495 65% 5,981 68% 8,8 n.a.

-By Pass Físico 0,0% 0,000 0% 0,000 0% 0,000 0% 0,000 0% 0,000 0% n.a. n.a.

PAMPEANA 17,6% 13,604 100% 13,415 100% 13,934 100% 13,679 100% 14,576 100% 6,6 126,0

-Reventa de Gas Us. Disco 17,3% 8,631 63% 8,363 62% 8,833 63% 8,646 63% 8,087 55% -6,5 96,8

-By Pass Comercial 10,8% 1,149 8% 1,048 8% 1,312 9% 1,565 11% 2,252 15% 43,9 n.a.

-By Pass Físico 0,0% 0,000 0% 0,000 0% 0,000 0% 0,000 0% 0,000 0% n.a. n.a.

-Planta Gral Cerri 100,0% 3,825 28% 4,004 30% 3,788 27% 3,468 25% 4,236 29% 22,2 131,9

SUR 17,8% 11,532 100% 13,751 100% 12,560 100% 13,796 100% 14,690 100% 6,5 201,9

-Reventa de Gas Us. Disco 15,5% 6,327 55% 6,601 48% 6,222 50% 6,257 45% 7,247 49% 15,8 104,7

-By Pass Comercial 10,7% 1,457 13% 1,275 9% 1,843 15% 2,362 17% 2,241 15% -5,1 n.a.

-By Pass Físico 11,3% 0,384 3% 0,747 5% 0,641 5% 0,731 5% 0,704 5% -3,8 197,3

-Usuarios en boca de pozo 100,0% 3,364 29% 5,129 37% 3,854 31% 4,446 32% 4,499 31% 1,2 n.a.

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197 Anexo VI-2 l GAS ENTREGADO POR AREA DE LICENCIA Y MODALIDAD DE COMERCIALIZACIÓN

Anexo VI-2 | Gas Entregado por Area de Licencia y Modalidad de Comercialización - En MM m3/día de 9,300 Kcal. - (1) - / Continuación /

Area de Licencia % sobre 1995 1996 1997 1998 1999 Variac. % Indice

y Modalidad Total País ('99) Vol % Vol % Vol % Vol % Vol % 99/98 1993=100

CENTRO 5,6% 3,445 100% 3,581 100% 4,013 100% 4,439 100% 4,619 100% 4,1 122,4

-Reventa de Gas Us. Disco 6,3% 3,445 100% 3,277 92% 3,052 76% 2,988 67% 2,963 64% -0,8 78,5

-By Pass Comercial 7,9% 0,000 0% 0,304 8% 0,961 24% 1,451 33% 1,655 36% 14,1 n.a.

-By Pass Físico 0,0% 0,000 0% 0,000 0% 0,000 0% 0,000 0% 0,000 0% n.a. n.a.

CUYANA 6,0% 3,358 100% 3,529 100% 4,045 100% 4,864 100% 4,975 100% 2,3 169,1

-Reventa de Gas Us. Disco 5,3% 2,523 75% 2,584 73% 2,749 68% 2,594 53% 2,475 50% -4,6 84,1

-By Pass Comercial 11,5% 0,785 23% 0,886 25% 1,242 31% 2,207 45% 2,402 48% 8,8 n.a.

-By Pass Físico 1,6% 0,050 1% 0,060 2% 0,055 1% 0,062 1% 0,097 2% 56,6 n.a.

NOROESTE 9,3% 4,580 100% 5,456 100% 6,699 100% 7,330 100% 7,680 100% 4,8 214,7

-Reventa de Gas Us. Disco 4,6% 2,264 49% 2,024 37% 2,026 30% 2,173 30% 2,138 28% -1,6 62,2

-By Pass Comercial 10,6% 1,353 30% 2,340 43% 2,261 34% 2,373 32% 2,224 29% -6,3 n.a.

-By Pass Físico 53,1% 0,962 21% 1,092 20% 2,412 36% 2,784 38% 3,319 43% 19,2 2379,2

TOTAL PAIS 100,0% 67,227 100% 72,186 100% 73,698 100% 74,579 100% 82,589 100% 10,7 139,0

-Reventa de Gas Us. Disco (2) 100,0% 50,288 75% 46,219 64% 42,622 58% 43,581 58% 46,688 57% 7,1 85,2

-By Pass Comercial 100,0% 8,349 12% 14,934 21% 20,323 28% 19,478 26% 20,920 25% 7,4 2289,5

-By Pass Físico 100,0% 1,401 2% 1,901 3% 3,111 4% 3,606 5% 6,245 8% 73,2 1258,9

-Planta Gral Cerri 100,0% 3,825 6% 4,004 6% 3,788 5% 3,468 5% 4,236 5% 22,2 131,9

-Usuarios en boca de pozo 100,0% 3,364 5% 5,129 7% 3,854 5% 4,446 6% 4,499 5% 1,2 n.a.

(1) Incluye gas entregado por Transportistas a usuarios directos y consumo de gas en boca de pozo(2) Incluye SDB ciudad de Paraná.

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Anexo VI-3 | Gas Entregado por Area de Licencia y Tipo de Servicio - En MM m3/día de 9.300 Kcal. -

(1) Incluye a Grandes Usuarios de Distribuidores (servicios ID, IT, FD, FT y by pass comerciales), Us. directos de las Transportistas (by pass físicos), gas deproceso (RTP Cerri) y consumos de gas en boca de pozo (usuarios �off system�). Incluye usuarios SG-G.

(2) Total incluye SDB de Paraná

Año 1995

R SG-P Grandes GNC SDB TOTALLicenciataria Usuarios (1)

Metrogas 4,598 1,902 8,676 1,082 0,002 16,260Buenos Aires Norte 2 ,852 1,315 2,708 0,636 0,045 7,556Litoral Gas 0 ,745 0,532 5,258 0,234 0,064 6,834Distribuidora de Gas del Centro 0 ,727 0,283 2,080 0,290 0,065 3,445Gasnor 0 ,383 0,239 3,909 0,049 0,000 4,580Distribuidora de Gas Cuyana 0,812 0,360 1,934 0,202 0,050 3,358Camuzzi Gas Pampeana 2,287 0,876 10,128 0,239 0,074 13,604Camuzzi Gas del Sur 3 ,365 1,020 6,760 0,027 0,360 11,532Total (2) 15,770 6,527 41,454 2,759 0,717 67,227

Año 1996

Metrogas 4,657 1,800 9,675 1,108 0,002 17,243Buenos Aires Norte 3 ,039 1,423 2,731 0,683 0,017 7,893Litoral Gas 0 ,739 0,561 5,608 0,261 0,076 7,245Distribuidora de Gas del Centro 0 ,777 0,302 2,099 0,330 0,074 3,581Gasnor 0 ,396 0,252 4,722 0,075 0,011 5,456Distribuidora de Gas Cuyana 0,842 0,372 2,034 0,222 0,060 3,529Camuzzi Gas Pampeana 2,327 0,855 9,868 0,276 0,088 13,415Camuzzi Gas del Sur 3 ,188 1,053 9,214 0,029 0,268 13,751Total (2) 15,965 6,619 45,951 2,983 0,668 72,186

Año 1997

Metrogas 4,536 1,826 7,999 1,192 0,002 15,556Buenos Aires Norte 2 ,994 1,576 2,909 0,815 0,021 8,317Litoral Gas 0 ,786 0,582 6,733 0,310 0,082 8,493Distribuidora de Gas del Centro 0 ,780 0,314 2,442 0,394 0,083 4,013Gasnor 0 ,407 0,283 5,866 0,128 0,017 6,699Distribuidora de Gas Cuyana 0,844 0,398 2,470 0,264 0,071 4,045Camuzzi Gas Pampeana 2,275 0,979 10,236 0,336 0,107 13,934Camuzzi Gas del Sur 3 ,277 1,091 7,905 0,034 0,254 12,560Total (2) 15,899 7,049 46,560 3,474 0,716 73,698

Año 1998

Metrogas 4,502 1,826 5,897 1,251 0,003 13,479Buenos Aires Norte 2 ,912 1,714 2,839 0,914 0,024 8,403Litoral Gas 0 ,828 0,572 6,627 0,357 0,104 8,489Distribuidora de Gas del Centro 0 ,861 0,364 2,665 0,456 0,093 4,439Gasnor 0 ,479 0,302 6,364 0,165 0,020 7,330Distribuidora de Gas Cuyana 0,904 0,375 3,211 0,304 0,069 4,864Camuzzi Gas Pampeana 2,320 0,862 9,996 0,384 0,117 13,679Camuzzi Gas del Sur 3 ,297 0,963 9,249 0,037 0,251 13,796Total (2) 16,102 6,977 46,849 3,868 0,782 74,579

Año 1999

Metrogas 4,890 1,842 10,576 1,283 0,004 18,594Buenos Aires Norte 3 ,262 1,759 2,546 0,979 0,023 8,569Litoral Gas 0 ,938 0,543 6,807 0,379 0,114 8,781Distribuidora de Gas del Centro 0 ,967 0,358 2,694 0,503 0,096 4,619Gasnor 0 ,532 0,270 6,677 0,188 0,013 7,680Distribuidora de Gas Cuyana 1,012 0,361 3,188 0,335 0,079 4,975Camuzzi Gas Pampeana 2,708 0,898 10,408 0,425 0,136 14,576Camuzzi Gas del Sur 3 ,650 1,061 9,653 0,040 0,286 14,690Total (2) 17,959 7,093 52,550 4,131 0,856 82,589

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199 Anexo VII l ENTREGAS DE GAS NATURAL A GRANDES USUARIOS, POR RAMA DE ACTIVIDAD Y AREA DE LICENCIA

Anexo VII | Industria Manufacturera: Entregas de Gas Natural a Grandes Usuarios, por Rama de Actividad y Area de Licencia - En Miles m3 de 9.300 Kcal. - (1)

Ban Metrogas Gasnor Litoral Centro Cuyana Pampeana Sur Total

Rama Industrial Vol. % Vol. % Vol. % Vol. % Vol. % Vol. % Vol. % Vol. % Vol. %

Aceitera 2.280 0,2 28.779 5,0 7.464 1,1 289.733 18,4 49.745 10,0 249 0,0 - - - - 378.249 4,5

Alimenticia 64.992 7,0 14.452 2,5 402.703 58,1 101.982 6,5 114.867 23,2 40.004 7,4 54.754 2,1 13.614 1,3 807.368 9,5

Automotriz 27.338 2,9 1.494 0,3 1.557 0,2 10.354 0,7 33.201 6,7 3.420 0,6 - - - - 77.364 0,9

Bebidas 17.516 1,9 18.565 3,2 3.413 0,5 7.225 0,5 3.007 0,6 9.851 1,8 22.946 0,9 - - 82.523 1,0

Caucho y Plástico 28.521 3,1 17.810 3,1 - - 2.090 0,1 4.248 0,9 - - - - - - 52.669 0,6

Celulósica - Papelera 62.144 6,7 59.403 10,2 88.438 12,8 91.107 5,8 - - 2.960 0,5 20.075 0,8 - - 324.128 3,8

Cementera - - - - 44.270 6,4 - - 160.423 32,4 85.754 15,9 280.993 10,6 70.403 6,9 641.842 7,6

Cerámica 71.388 7,7 28.024 4,8 23.868 3,4 8.899 0,6 12.352 2,5 29.276 5,4 91.878 3,5 35.440 3,5 301.124 3,5

Cristalería 4.886 0,5 195.968 33,8 - - 11.876 0,8 - - 43.692 8,1 - - - - 256.423 3,0

Cuero 4.513 0,5 6.231 1,1 1.058 0,2 5.441 0,3 354 0,1 478 0,1 - - - - 18.075 0,2

Destilería (2) 27.363 2,9 52.412 9,0 - - 49.588 3,1 - - 241.695 44,7 1.746.981 65,8 163.654 16,1 2.281.693 26,9

Frigorifica 19.526 2,1 37.680 6,5 - - 36.402 2,3 - - 3.239 0,6 260 0,0 - - 97.108 1,1

Maderera 5.626 0,6 - - - - 27.444 1,7 - - 2.220 0,4 - - - - 35.290 0,4

Metalúrgica Ferrosa 2.589 0,3 18.800 3,2 - - 22.364 1,4 1.828 0,4 3.013 0,6 2.464 0,1 - - 51.058 0,6

Metalúrgica No Ferrosa 4.020 0,4 5.833 1,0 1.317 0,2 - - 4.242 0,9 - - 10.380 0,4 619.029 61,1 644.820 7,6

Química y Petroquímica 257.064 27,6 77.113 13,3 22.925 3,3 244.146 15,5 87.402 17,7 42.865 7,9 331.802 12,5 3.300 0,3 1.066.616 12,6

Siderúrgica 298.448 32,0 3.164 0,5 76.229 11,0 648.451 41,1 - - 986 0,2 29.804 1,1 - - 1.057.082 12,5

Tabaco 3.959 0,4 - - - - - - - - - - - - - - 3.959 0,0

Textil 26.804 2,9 14.833 2,6 10.009 1,4 19.694 1,2 3.483 0,7 511 0,1 - - 7.607 0,8 82.940 1,0

Otras (3) 3.959 0,4 - - 9.789 1,4 - - 20.042 4,0 30.293 5,6 64.263 2,4 100.644 9,9 228.991 2,7

Total Grandes Us. (GU) 932.935 100,0 580.562 100,0 693.040 100,0 1.576.795 100,0 495.193 100,0 540.505 100,0 2.656.602 100,0 1.013.689 100,0 8.489.322 100,0

GU Distco / Total GU (%) 11,0 - 6,8 - 8,2 - 18,6 - 5,8 - 6,4 - 31,3 - 11,9 - 100,0 -

Total Industria (4) 1.327.614 - 883.325 - 757.484 - 1.716.765 - 536.889 - 623.848 - 2.795.733 - 1.121.128 - 9.762.786 -

GU / Total Industria (%) 70,3 - 65,7 - 91,5 - 91,8 - 92,2 - 86,6 - 95,0 - 90,4 - 87,0 -

N o t a s :(1 ) Categorización de actividades de acuerdo a la Revisión 3 de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) de las Naciones Unidas. Incluye by pass físicos y usuarios SG-G.(2 ) Incluye gas de proceso (Planta Cerri).(3 ) Incluye transporte por tuberías, extracción de petróleo y gas e industria militar, entre otras.(4 ) Incluye pequeñas industrias (usuarios SG-P).

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Anexo VIII | Niveles Tarifarios del Servicio de Distribución - En $ / 1000 m3 - (1)

Distribuidora Subzona Resid. SG-P SG-G ID FD IT FT SDB GNC

Metrogas 189,2 148,3 115,8 77,1 101,9 70,6 92,8 88,8 91,4

Gas Ban 187,0 143,7 123,8 83,8 109,2 76,6 100,0 92,1 94,9

Centro 189,0 143,1 101,6 71,9 91,9 67,1 84,8 77,0 84,9

Litoral 175,0 125,0 111,1 69,8 90,4 63,1 80,9 82,4 85,3

Cuyana Cuyo 179,0 135,0 104,3 71,5 90,3 66,6 83,1 79,2 82,1

Malargüe 94,8 72,4 75,4 50,4 56,8 46,3 51,5 54,9 57,8

Noroeste Salta 159,4 98,1 80,6 56,5 64,7 49,4 56,8 67,5 71,7

Tucumán 183,5 121,4 90,4 63,6 76,2 56,6 68,3 67,6 72,0

Sur Neuquén 97,6 91,6 79,8 57,1 63,4 54,0 58,3 65,3 68,3

T. del Fuego 74,1 68,7 69,9 44,1 50,3 40,2 45,0 49,4 52,4

Sta. Cruz Sur 76,6 68,0 69,2 45,1 51,3 42,1 46,2 54,3 57,3

Chubut Sur 81,2 74,5 75,0 51,1 53,7 47,3 49,2 51,8 55,4

Bs. As. Sur 118,9 96,3 85,0 59,7 64,6 56,7 61,1 62,8 65,7

Pampeana Bs. As. 167,9 131,8 108,3 70,4 87,8 64,2 79,7 83,6 86,8

B. Blanca 157,7 132,0 101,0 68,9 86,6 62,7 78,0 78,9 81,5

Pampa Norte 155,6 137,2 99,5 65,8 80,8 63,1 80,8 74,1 81,0

Pampa Sur 141,7 94,9 91,5 60,2 73,7 57,1 73,7 74,1 77,1

(1) Tarifas medias netas de impuestos calculadas en base a consumos tipo por usuario. Los servicios R, P, y G incluyen cargo fijo, vigentes desde 1/1/2000.Los servicios G, FD y FT incluyen cargo por reserva de capacidad (factor de carga: 85%). Los servicios ID, IT, SDB y GNC, incluyen sólo cargo variable.

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201 Anexo IX l EVOLUCIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DE LAS LICENCIATARIAS DE GAS

Anexo IX | Evolución Económico-financiera de las Licenciatarias de Gas - En $ MM y en % -

Item Año Lic. Serv. Transporte Total Licenciatarias del Servicio de Distribución Total Total

TGS TGN. Transcos Metro Ban Cuyana Centro Litoral Gasnor GasNea Pampeana Sur Discos Sector

Ventas Netas 1995 393,5 155,4 548,9 699,1 378,8 115,5 133,9 185,4 81,9 - 360,7 195,8 2.151,0 2.699,91996 402,2 163,0 565,2 687,4 390,9 121,0 139,1 177,6 81,9 - 350,8 204,0 2.152,8 2.718,01997 412,3 182,1 594,4 627,8 388,6 129,5 137,7 169,0 85,7 - 372,4 206,0 2.116,8 2.711,21998 395,1 202,7 597,8 602,3 395,7 128,0 147,0 167,6 90,7 5,2 367,7 201,4 2.105,7 2.703,51999 430,3 222,8 653,1 692,6 403,2 129,2 151,8 162,8 89,6 17,1 361,9 222,5 2.230,6 2.883,7

Costo de Gas 1995 - - - 292,0 119,5 42,9 56,6 82,2 36,6 - 153,2 99,7 882,7 882,71996 - - - 251,0 131,1 47,0 56,3 74,1 34,2 - 149,6 104,7 848,0 848,01997 - - - 204,6 129,8 50,1 51,4 63,9 33,4 - 158,1 100,5 791,8 791,81998 - - - 211,0 132,8 47,0 50,8 50,8 35,4 - 155,2 98,8 781,8 781,81999 - - - 259,5 134,2 45,3 48,6 45,9 32,6 - 146,2 111,0 823,3 823,3

Costo de Transporte 1995 - - - 222,8 90,9 15,4 25,3 44,4 11,3 - 84,4 27,5 522,0 522,01996 - - - 226,1 86,1 16,5 26,3 43,0 12,3 - 85,3 24,7 520,3 520,31997 - - - 228,5 88,6 18,2 27,8 43,5 12,7 - 84,7 22,4 526,4 526,41998 - - - 205,8 83,7 16,6 29,1 43,6 12,3 - 80,4 20,4 491,9 491,91999 - - - 205,5 85,5 17,4 31,1 46,6 12,3 - 80,0 22,0 500,4 500,4

Impuesto a las Ganancias 1995 64,5 19,0 83,5 6,9 17,3 9,5 6,5 9,1 3,7 - 14,0 5,9 72,9 156,31996 72,8 23,2 96,0 24,1 20,3 10,2 8,9 8,8 5,1 - 11,8 8,2 97,3 193,31997 77,2 21,3 98,5 17,9 18,7 11,1 9,0 9,7 8,6 - 18,2 10,9 104,0 202,51998 73,9 23,3 97,2 13,9 25,2 11,4 12,5 15,5 7,5 (0,7) 22,1 12,1 119,6 216,81999 66,8 22,9 89,7 24,2 25,7 11,3 13,4 12,4 6,3 (0,9) 18,8 12,9 124,1 213,7

Resultado del Ejercicio 1995 181,0 52,3 233,3 38,6 47,4 23,6 16,5 17,3 9,4 - 53,2 21,0 226,9 460,21996 163,8 44,8 208,6 38,1 34,9 21,8 17,2 15,7 9,7 - 27,1 23,5 187,9 396,51997 168,0 52,3 220,3 45,0 35,2 22,5 17,9 16,5 10,9 - 26,7 23,7 198,4 418,71998 156,5 59,9 216,4 23,2 43,7 21,6 19,5 23,9 15,5 (6,1) 24,2 19,4 185,0 401,41999 145,7 47,7 193,4 42,0 45,6 20,7 22,4 22,2 13,6 (12,3) 31,2 24,7 210,2 403,7

Patrimonio Neto 1995 1.051,1 461,2 1.512,4 615,7 403,3 240,4 187,9 151,5 107,9 - 452,3 244,2 2.403,2 3.915,51996 1.064,0 466,7 1.530,6 611,2 395,2 244,8 188,9 149,0 114,7 - 443,8 232,3 2.379,9 3.910,51997 1.073,1 504,9 1.577,9 600,0 394,0 247,6 199,5 161,8 112,7 44,1 457,0 246,5 2.463,3 4.041,21998 1.070,6 564,6 1.635,2 586,8 401,2 251,8 194,0 152,0 114,6 38,0 431,8 235,1 2.405,4 4.040,61999 1.057,5 612,1 1.669,6 597,5 405,0 239,5 201,3 153,6 111,8 25,7 433,3 239,8 2.407,5 4.077,1

Activo 1995 1.704,5 681,7 2.386,2 999,3 682,2 267,3 252,1 204,5 122,1 - 580,0 310,3 3.417,8 5.803,91996 1.717,1 829,9 2.547,0 994,1 703,4 267,9 256,5 197,9 130,2 - 610,6 319,4 3.480,0 6.027,01997 1.876,8 926,5 2.803,3 1.009,8 701,9 291,9 263,9 198,3 153,2 74,1 615,9 330,7 3.639,6 6.442,91998 1.993,5 1.101,2 3.094,7 1.031,5 693,6 293,8 270,9 209,6 195,4 72,0 596,7 334,3 3.697,9 6.792,61999 2.135,3 1.213,6 3.348,9 1.050,7 696,0 299,9 273,7 219,9 215,3 88,7 591,3 357,2 3.792,7 7.141,6

Pasivo 1995 653,3 220,5 873,8 383,6 278,9 26,9 64,3 53,0 14,2 - 127,7 66,1 1.014,6 1.888,41996 653,1 363,2 1.016,3 382,9 308,2 23,2 67,6 48,9 15,5 - 166,7 87,0 1.100,1 2.116,41997 803,7 421,7 1.225,3 409,8 307,8 44,3 64,4 36,4 40,5 29,9 158,9 84,2 1.176,3 2.401,61998 922,9 536,6 1.459,5 444,6 292,4 42,0 76,9 57,6 80,8 34,0 164,9 99,2 1.292,5 2.752,01999 1.077,9 601,5 1.679,4 453,2 291,0 60,4 72,4 66,3 103,5 63,0 158,0 117,4 1.385,2 3.064,5

Sistema Gasífero Argentino: Flujo del Gas - 1999(en MM m3)

Anexo X

13.615,2

Gas Inyectado Gas Entregado

18.099,0

LITORAL

RESIDENCIALES

C) DEMANDA (MERCADO MAYORISTA)B) SISTEMA DE TRANSPORTE D) CONSUMIDORES FINALES (MERCADO MINORISTA)

INDUSTRIALES

138,6

1.716,8

656,0

833,0

1.326,5

1.249,4

1.105,1

1.546,3 1.546,3

342,4

38,5

194,1

1.784,8

1.190,6

988,3

1.332,4

USINAS

890,9

1.109,8

634,3

2.505,3

-

1.145,5

626,5

1.642,3

1.015,0 1.031,0

255,0

1.248,4

3.205,1

38,5

107,5 1.591,8

839,3 6.012,5

609,3 3.126,4

390,5 3.773,8

398,8 3.462,9

OTROS TOTAL

536,9353,1 484,2 311,7 1.685,8

CENTRO588,3369,3 613,1 209,6 1.780,2

CUYANA

GASNOR

SDB PARANA

METROGAS

BAN

PAMPEANA

SUR

Pta. Gral. Cerri

By Pass Físicos

11.199,9

29.041,131.714,2 (b)

17.841,2

GasoductosPropios Distrib.

(CabeceraGasoducto)

(PuertaCiudad)

GasoductosPropios Distrib.

9,1 (a)

930,3 (c)

TGN

TGS

By Pass Físicos

9.762,838,5 6.555,0 30.145,010.666,9 3.121,8CONSUMO TOTAL POR TIPO DE USUARIO:

Inyeccióna formación: 2.345,8

Retenidoen Planta: 502,1

Entregas al Mercado: 33.801,3

Gas Aventado: 875,9

Consumo enyacimiento: 3.368,2

Notas:(1) Todos los volúmenes están expresados en m3 de 9.300 Kcal. a excepción de la parte "A" (Areas de Producción) que expresa volúmenes de gas de poder calorífico correspondiente a cada fuente (sm3/año).Las diferencias que pudieran existir entre Recepción y Entregas de gas se debe a Gas Natural no Contabilizado, definido como las pérdidas "no explicables" que se producen en toda la cadena de transporte y distribución (errores de los métodos de medición, calibración de instrumentos, consumos no me didos, fugas), variaciones en line pack, y diversas incertidumbres de la corrección a la base de medición (m3 standar de 9.300 kcal).(2) Las Entregas al Mercado del apartado "A" incluyen las entregas al mercado interno (30.415,4 MM m3) y externo (3.385,9 MM m3) (respecto de esta última, téngase en cuenta que no todo el gas que se exporta ingresa al sistema de transporte).

Fuente: ENARGAS, en base a datos de la Secretaría de Energía (apartado "A") y Licenciatarias de Gas.

Boca de Pozo:1.642,3

GAS

INYE

CTAD

O AL

SIS

TEM

A (a

)+(b

)+(c

) = 3

2.65

3,7

A) ÁREAS DE PRODUCCIÓN

Total: 40.893,3

Var. Line Pack:Cons. Combustible:Pérdidas:Gas no Contabilizado:Gas exportado:

(8,8)308,7

13,378,7

2.032,5

1.642,3

Producción: 40.473,0

Importación: 420,3+

Var. Line Pack:Cons. Combustible:Pérdidas:Gas no Contabilizado:Gas Reinyectado:Gas exportado:

47,7682,4

46,461,9

349,7---

Total: 40.893,3

16,0