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- BOLETIN OFICIAL 1 DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 1 Direc.: PI. Gral. Ord6ñez, 1 - 8.'Planta, dcha. Depósito Legal: 012532-82 Lunes, 10 de Abril de 1989 SUMARIO 1.-PRINCIPADO DE ASTURIAS DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERIA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES: Decreto 52/89, de 21 de marzo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ............................................................... Decreto 53/89, de 21 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Servicios Sociales dependientes del Principado de Asturias .. AUTORIDADES Y PERSONAL CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA: Resolución de 20 de marzo de 1989, de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos, la designación del Tribunal calificador y el comienzo de las pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos, especialidad museos, en régimen de funcionario de carrera (con- vocatoria BOLETIN OFICIAL del Primipado de Asturias y de la Provincia de 13 de enero de 1989, número 10) ........................... .. .......................................... Resolución de 21 de marzo de 1989, de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos, la designación del Tribunal calificador y el comienzo de las pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Geógrafo, en régi- men de contratación laboral por tiempo indefinido (convocatoria BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturim y de la Provincia de 27 de enero de 1989) . Resolución de 29 de marzo de 1989, de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos, la designación del Tribunal calificador y el comienzo de las pruebas selectivas para la provisión de una plaza del Cuerpo de Técni- cos Superiores, Escala Facultativos, y Especialistas Sanitarios, Médico Especialista en Medicina Interna y Geriatría, en régimen de funcionario de carrera (convocatoria BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y de la Provincia de 16 de diciembre de ............................................................ 1989) . : . ................. Págs - 1449 1454 1457 1457 1458 Núm. 82 Resolución de 29 de marzo de 1989, de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos, la designación del Tribunal calificador y el comienzo de las pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Médico Especia- lista en Anestesiología y Reanimación, en régimen de funcionario de carrera (convocatoria BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y de la Provin- cia de 16 de diciembre de 1988) ................................. Información Pública sobre aplazamiento de la fecha de ovosición vara daza de Veterinario. convocada en ei BOLETIN O'FICIAL del ~rinci~ádo de Astu- rias y de la Provincia de fecha 7-2-89, número 31 . Información Pública sobre la identidad de la equiva- lencia de titulación exigida en las respectivas bases segundas de las convocatorias para provisión de 25 y I plazas de Educadores (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y de la Provincia de 29 de marzo de 1989, número 72) ........................................... ANUNCIOS CONSEJERIA DE HACIENDA, ECONOMIA Y PLANIFICACION: Notificación de la Recaudación de la Zona de Gijón a los deudores tributarios que se relacionan ............ CONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO: Información Pública relativa a la expropiación de bienes y derechos necesarios para la instalación de la línea eléctrica a 132 KV. "Pumarín-Villaviciosa" en los términos municipales de Gijón y Villaviciosa .. ............... 111.-ADMINISTRACION DEL ESTADO V.-ADMINISTRACION DE JUSTICIA ................. ............ ..................................................... 1. PRINCIPADO DE ASTURIAS - DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERIA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES. DECRETO 52/89, de 21 de marzo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consej6ía de Sanidad y Servicios Sociales.

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- BOLETIN OFICIAL 1 DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 1 Direc.: PI. Gral. Ord6ñez, 1 - 8.'Planta, dcha. Depósito Legal: 012532-82 Lunes, 10 de Abril de 1989

SUMARIO

1.-PRINCIPADO DE ASTURIAS

DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERIA D E SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES:

Decreto 52/89, de 21 de marzo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ...............................................................

Decreto 53/89, de 21 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Servicios Sociales dependientes del Principado de Asturias ..

AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA:

Resolución de 20 de marzo de 1989, de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos, la designación del Tribunal calificador y el comienzo de las pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos, especialidad museos, en régimen de funcionario de carrera (con- vocatoria BOLETIN OFICIAL del Primipado de Asturias y de la Provincia de 13 de enero de 1989, número 10) ........................... .. ..........................................

Resolución de 21 de marzo de 1989, de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos, la designación del Tribunal calificador y el comienzo de las pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Geógrafo, en régi- men de contratación laboral por tiempo indefinido (convocatoria BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturim y de la Provincia de 27 de enero de 1989) .

Resolución de 29 de marzo de 1989, de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos, la designación del Tribunal calificador y el comienzo de las pruebas selectivas para la provisión de una plaza del Cuerpo de Técni- cos Superiores, Escala Facultativos, y Especialistas Sanitarios, Médico Especialista en Medicina Interna y Geriatría, en régimen de funcionario de carrera (convocatoria BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y de la Provincia de 16 de diciembre de

............................................................ 1989) ..:. .................

Págs -

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Núm. 82

Resolución de 29 de marzo de 1989, de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos, la designación del Tribunal calificador y el comienzo de las pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Médico Especia- lista en Anestesiología y Reanimación, en régimen de funcionario de carrera (convocatoria BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y de la Provin- cia de 16 de diciembre de 1988) .................................

Información Pública sobre aplazamiento de la fecha de ovosición vara daza de Veterinario. convocada en ei BOLETIN O'FICIAL del ~ r i n c i ~ á d o de Astu- rias y de la Provincia de fecha 7-2-89, número 31 .

Información Pública sobre la identidad de la equiva- lencia de titulación exigida en las respectivas bases segundas de las convocatorias para provisión de 25 y I plazas de Educadores (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y de la Provincia de 29 de marzo de 1989, número 72) ...........................................

ANUNCIOS

CONSEJERIA DE HACIENDA, ECONOMIA Y PLANIFICACION:

Notificación de la Recaudación de la Zona de Gijón a los deudores tributarios que se relacionan ............

CONSEJERIA D E INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO:

Información Pública relativa a la expropiación de bienes y derechos necesarios para la instalación de la línea eléctrica a 132 KV. "Pumarín-Villaviciosa" en los términos municipales de Gijón y Villaviciosa ..

............... 111.-ADMINISTRACION D E L ESTADO

V.-ADMINISTRACION DE JUSTICIA .................

............ .....................................................

1. PRINCIPADO DE ASTURIAS

- DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERIA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES.

DECRETO 52/89, de 21 de marzo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consej6ía de Sanidad y Servicios Sociales.

1450 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 10-Iv-89

El D u r e t o 59/1987, de 17 de setiembre, aprob6 la estructura orphica de la Consejeria de Sanidad y Servicios Socialms. aduu.ndola a la n w v a w p r n l z u i 6 n de las Consejerras que intqran 1a Mministr~cibn del Principado de Asturias o p u a d a p w el Decreto 9/1987. de 28 de julio, de1 Presidente de1 Principaao.

La mxperimcls acumulada m n t e tiempo, e1 desarrol lo 0- las c o q e t m c i a s y funciones atribuidas al Principado oe asturias Rn materia de servicios sociales a t m o r de la Ley 511967, de 11 de abril. de Servicios Sociales. asi cono la volunta0 oe alcanzar los objetiva programados por la Consejeria m mat r i a de accibn social. aconsejan una d i f i c a c i b n parcial dm la vigente estructura orgAnica introduciendo las alteraciones precisas para hacer p l m a n m t e efectiva su wpanizaci6n administrativa.

En este sentido m1 presente Decreto introduc. una modificaci6n de la estructura de la Casejeria m determinados aspectos parciales m funcibn de las necesidades organizativas. cambiantes 'pu se. m un proceso que por definici6n es transitwio. ai -nos m el Ambito de la Sanidad. Las alteraciones mAs sipnlficativas se reducen bAsicamente a la configuracr6n dm los S u v i c i a Sociales como un 6rpano desconcentrado de la Consmjeria con la finalidad de conseguir una mayor operatividad y eficacia y cuya reordcnaci6n habrA de s r objeto di una norma ringular.

Estm planteamimto hace necesario, de una parte la simpliiicacl6n de la estructura cmtral de la Direccibn Regional de Accibn Social, lo que pamitir4 una r.admaci6n de sus sistemas de p n t i b n y dm otra, la r~duccibn d. la estructura administrativa dr 1a S u r e t u l a Tlcnlca.

igualmente se adscribe a la Dirección Regional para la Reiorma de la Asistmncia a Ir Salud Mental la Sección de Toxicomanias nasta anora incardinada en la Direcci6n Regional de Acci6n Sccii! con objeto dm crear una Oficina de Coordinacibn par? el Flan Re'ional d. Drogas siguiendo las recomendaciones del Plan Nacional.

Finalmente y in tanto se prsste aprobacl6n a la norma que habrb de resular la nueva organizaci6n y funcionamiento del Hospiral General de Ascurias dste mantendrA la estructura orgAnica y funcional prevista en el D.crmto 94/80, de 20 de junio aslnismo dm aplicaci6n a1 Hospital Monte Naranco.

en su virtud. a propuesta del Consmjero de Sanidad y Servicios Sociales y prmvio acuerdo del Consajo de Goblerno, en su rmuni6n de 21 de &rzo de 1.989.

I - ORGAN1ZACION GENERAL DE LA CONSEJERiA

La Consrjrrli de Sanidad y 5erv:cinr 5ociaies es el brgrno de !a Adninistraci6n del Principado de Asruriar encargado "e la propuesta y ejecuci6n d. las dir.ctrices gmnoraies del Goticrni Regional sobre politica de sanidad. Sarvicios Sociaies y Consumo.

Pglp'gg;La ConseJeria de Sanidad y Servicios Socia les. bajo la superior direcci6n de su titular, dmsarrolla las funciones que legalmenre le corrmsponden a travds de !os siguientes órganos administrativos de nivel superior:

Organor Centrales:

1 . Smcratarla Tacnica. 2. DireCCi6n-RegiOnal de SalUd Pública. 3. Dirmcci6n Reglonal para la Reforma de la A=istmncia a la Salud

Mental. 4. Direccibn Regional de AccI6n Social.

Organos drsconcencrados:

I . Servic~os de Salud mental. 2. Servicios Sociaies. 3 . Hospital General de Asturias. 4 . Hospital Monte Naranco. S.. Apncia Re6ional de Consumo.

qsggfibg; Como órgano de asistencia y apoyo inmediato a1 Consejero, rxisrir* un Gabinete Tlcnico. con nivel orgdnico de Servicio-

Pxlp$~o;La Secreraria TCcnica desarroilarl las iunciones de asmsoramionto, estudio. programaci6n. organiración, Imgisiaci6n y resti6n de los servicios zmnerales. rerimen interior de DPrSOnai . - ;m Ir ConseJeria. archivo. registro. habi litrci6n de m;teriai, contratación, inventario. mecanizaci6n. relaciones con el Consejo de Gobierno. coordinacih da la elaboraci6n de los anteproyectos

de presupuesto de la Consejerla desarro: iando a rravds de las unidades corraapondientes la tramiricicn de los expedientes de gascos, o; contra! y seguimiento prescpiosrario y, en genera,. todas aquel las funciones que no esian exFresamenre ar riocidar a otras unidades de ie Cons~jerie

Ssjggb?:La 5.ecretaria Tácnica ertrrl inrsyreia por 1.5 5:gu~enres unidades idminisr rar ivas

a > Servicio de Asunros Econ6miso-Adminisrrativn5

b) Seccihn de Personal

d ) Seccihn de Infcrmdrica

e: SecciPn de Obras y Mantenimiento

Pringrg: El Servicio de Asunros Econ6rnico-Alain:srraf1vc.~ -endrl a su cargo las funciones que Competen a la Secretaria Tecnica en materia de elaboraci6n de presupuesros; gesti6n y cinfrol presupriestarlo; actual ización del Invenrario de E:snez :r Derechos; de contratación y comprar: de asesora mi en:^ eTonnmrr9- financiero: a61 como la geSt16n de asunros de carácter general

%gg'<o; Se estructura en las siguientes unidades con nivei orgbnlco de Secci6n:

a ) Oficina de Anlliois y Control Presupuestaria

b) Secci6n de Contrataci6n y Asuntos Generales

Primero. La Oficina de An4lisIs y Control Presupuertrrio tendri a - - - - - - - - su cargo La ejecuci6n do las funciones que comparen a la Secretarla Tecnica en nareria do elaboraci6n de presupuestos; desarrollo de la contabilidad presupuestaria: cramitación de expedientes de gasto; gestión y recaudaci6n de rasas: control de La ejeouci6n del presupuesto de la Consejeria y elaboración de infornes econ6nlco-financieros.

S'gg_nbg; La Secci6n de Contratacih y Irunros Generales tendrl a su cargo la misión de tramirar y coordinar el procadimienro de 106 expedientes de obras. servicios y sirinisrris de 10s servicios de la Consejeria de Sanidad y Servicios Soclale;. Aslmismo la Secci6n de Contratación y Asunros Generales tondrA a su carbo el Registro General. Biblioteca. Unidad de Reprografia y la Unidad de Informacion a los Usuarios de Los 5crvicios exisrenter en la Consejeria-

La Sección de Personal rendrA a su cargo el :esarrollo de la poiitica de persona!: la gestión. rCgimen dircipiinarlo y programaci6n del personal adscrito a los servicios Centralas de la Consejeria de Sanidad y Servicios Sociaies; 1. cenrralizaci6n y canaliraci6n de Las actuaciones referentes a todo ci personal depmndiente de 1. misma. incluido el de los 6rganos dmsconcentrados;la planificaci6n. inpulso y coordinación de las nmgociaciones con los representantes de prsonal en los tlrminos previsroe por la normativa vipnte.

A la Sección de R6ginen Juridico le corraspondmrl la tramltaci6n de expedientes sancionadores y la mnisi6n dm Informes en loa recursos que se interpongan contra las resoluciones del ConseJero. sin perjuicio de 1.8 funciones atribuidas al Servicio Jurldico de la ConseJerla de la Prmsidmncia. lgualments tendrl i SU cargo la realizaci6n de los estudios y trabajos necesarios para la preparacih del desarrollo normativo competencia1 de ia Consejerla. prestando la asistmncia t6cnica corrmsoondiente.

LI Secci6n ds Informatlca deber4 prestar e1 apoyo t4cnico preciso para la informatizaci6n y utilizaci6n de los bancos de datos de Interds general: realizar e1 disetio de aplicaciones infornAticas que dsmanden loa usuarios d. los distintos servicios dep*ndientes de la ConseJerla. as1 cono su dmsarrollo y coordlnaci6n entre Las mismas; velar por el correcto manteninlento de los equipos m instalaciones informAticaa: eiaboraci6n de propuestas para la adquisición de material: estimación dd costes y necasidades de datos y equipos para la realizaci6n de Las aplicaciones: descripcih y creacibn de ficheros a utilizar: planlficaci6n de la entrmga de trabajos de acuerdo con los calendarios que se apruebrn

La Secci6n de Obras y Mantmnimiento tendra a su cargo la coordinaci6n de lis directrices que han de segulrse en el dmsarrollo de las obras de edificaci6n pronovidas por la Consejeria, asesorando, supervisando, proyectando y dirigiendo aquellas obras que no cuenten con dlrecci6n facultativa propl. igualmenta rendrh a su cargo la conservaciQn y mantmn!nimnto de L O S edificios. depandenclac. instalrcionos. maauinaria y utillaje de los centros depmndientes directanrnte de la Consejeria. asl como la mnisi6n de infornes tOcnicos en los casos en que sea requerido para ello

10-Iv-89 , BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 1451

I I i - DIRECCION REGIONAL DE SALUD PUBLICA

! rLlcslo N Prinero: A la Dirrcci6n Regional de Salud Pública le competerb la - - - - - - - planiflcaci6n. direcci6n. coordlnacl6n. evaluaci6n y ordenacl6n

de 1 3 % competencias arribuldas a la Conse!er:a en materia de Sriud Publica.

$ggg'&; La Direccih Regional de Salud Pública se estructurar3 en las siguienros unidades con nivel orgjnico de Servicio.

al Servicio da Epidemiologla. Pianificaci6n y Docencia

b) Servicio de Atenci6n Primaria.

C ) Servicio de Higiene Alimentarla y Verorinaria dc SaluC Pública.

d) Laboratorio de Salud Pública

e ) Servicio de Sanidad Ambiental.

T'g~ero: Aslmismo baJo ii inmediata dependencia de ia Dlrecci6n Regional existirdn las slgulentes unidades con nivel crganico de Seccion.

a ) 5ecci6n de Farmacia

b) Secci6n de Inspecci6n de Salud

Winemo; Al Serviclo Epidemiologia, Plan!ficacl6n y Docencia le corresponder& La dcfinicibn de los objetivos de sa:uC: la fornulaci6n. srguimiento y evaluaci6n de politicas sectoriales; la articulaci6n. elaboracibn. aJmcuci6n y coordinaci6n de planes, as1 cono e1 registro de todos los recursos de carlcter sanltarlo. centros e inscrliclones públicas y privadas. equipos especiales existentes en la región, tanto de carbcrer diagnosr ico cono rerapeurico y dotaciones de los dlrtintcs centros.

S ~ g g ~ ~ ~ L El Servicio de Epideaiologia, Planificaci6n y Docencia se escrucrura en las siguientes unidades con nivel or4bn:co de Secc i 6n :

b) Seccibn de PlaniflCaci6n Sanitaria Regional.

C) Seccibn de Sistemas de Informaci6n Sanltarla y evaluacl6n de de Sorvicios y Programas

A la SIccibn de VigilanCli Cpldemiol6gica le corresponde el estudio de todos los factores que puedan alterar la salud .si como la vigilancia permanente de los mlemos a trevds del ejercicio di les siguientes funciones:

t . Recogide de los partes de enfermedades de declaraci6n Obl igJtOI!a-

2. Dlfusl6n de la Informecl6n obtenlda a trevds de la hoja epldemioi6gica semanal.

3. Registro d. Las enfermedades de declarecl6n nominal

4 . Registro de enEermededes cr6nlcrs.

S . IdenclfIcacl6n, estudlo y control do brotes epldemlol6glcos

6. Estudio de le evoiucibn cemporel de las enfermodades Inclulda8 en o1 calendario vacunal.

7 . Registro de tumores: norbilidad y nortalldad

B . Control de1 Reglamento de Pollcla Sanltarla Nortuoria.

A la Secci6n de PIanificaci6n Sanitaria Regional le corresponderh las siguientes funciones:

7 . Elaboraci6n del esquema general de loa planes regionales de salud y de los planes operaclvos anuales

2. Apertura y dlaeAo do los programas de salud.

3 . Desarrollo y actualiraci6n del ilepe Sanítarlo.

4. Estimaci6n. rrignaclon y dlstribuci6n equitativa de los recursos.

S. Diseno de las normas y procedimientos para la programecl6n de invrstlgaclones a corto. medlo y largo plazo de los servlclos y progranas de salud

PrLn'ro; La Secci6n de Sistemas de Informaclbn Mnltarla y Evaluacl6n de Servlcios y Programas elaborsrb un regletro

estadístico de base do datosquesirva a los fines de la planific.ci6n s4nltarla. Este banco de dato8 constarl. oeencialn.nte. de Los siguientes eplgrafes.

2. Factores SOCIO-econ6micos (alimentaci6n. vivienda. educaci6n. empleo, ingrcros, higiene ambiental, infraestructura y comunicaciones).

3. indicadores de salud (morbllidad. mortalidad y esperanza de Vid..

4. Recursos sanitarios (número de establecimientos. canas. equipanlentos, pereonal sanitario).

6. Narco econ6mlco ipresupueetos. costos de salud).

S$gg'Oo; Le Seccl6n de Sistemas de Infornacibn Sanitaria y Evaluaci6n de Servicios y Programas realizar6 un tratamiento opratlvo de los datos eetadlstlcos obtenidos analizando e interpretando el ooncenldo de los mismos.

T'rs'yo: Serlin tambldn funciones de esta S1cc16n:

1 . La evaIuacI6n de la estructura de los servicios d. atencibn de salud. deEiniendo los estbndares de excelencia y los procedimientos y actlvldades por los cuales se proyecta la atenci6n de salud. en tdrmlnos equivalencoe a la auditorla mCdica.

2. La evaluaci6n de los resultados obtenidos en cuanto a la modificacl6n del estado de salud de la poblacl6n y del grado de saflsfsccl6n de la misma.

3. La wdlcl6n de la callded de los programas de saneanlento bbslce, de los programas ,sietenciaies curativos y de 1. necesidad de los dlferentrs servicios iambularorios. d. hospltalizact6n y de urgencia) en orden a establecer una correcta asignacl6n do rocursos.

4. La evalu~c16n del rendlmlrnto de loa nrvlclos y del personal eenitario do los nlsnos.

La Secci6n de Docencia tendrb a su cargo el desarrollo de programas de formaci6n y prfeccionanlento del personal sanitario. 1s reallzacl6n de programas de estudios relaclonedos con la Salud Pública y la colaboraci6n con Instituciones anblogas de la Adminlsracibn Central del Estado y de otras Corunldades Aut6nomas.

P[~I)~Q; Al %rvicio de Atenci6n Rimarla le corrisponderb la oleboraclbn de los programa. de u l u d , la organlracibn de Iae actlvldedee de ioe Centros de Salud y le potenclacl6n de los consultorios bbslcos. tanto urbanos cono rurales. pronovlendo une asistencia integral e Integrada.

agy'#~; El 5orvlclo de Atenci6n Prlmarla se estructura en Ira slgulentes unldades or6bnices con nivel de secc16n:

a > %cci6n de Promoci6n de la Salud.

b > Secclbn d. Ordonacl6n Funcional do los Servlcios de Atenclbn PTlmarle.

c ) %cclbn de Lducaclbn Sanltarla.

La Secci6n de Pronocibn de la Salud desarrollarb dlferences actlvldedes sanltarlas encaminadas a le obtonclbn de Los flne8 que le son propios pera lo cual se organlrar4 en las sigulentms unidades :

a) Untdad Regional de Salud Escolar. que eervirb de soporte fundamentalunte a los centros de salud .para desarrollar sus progra*as en el &mblto escolar y eJercerb los slgulentas C O M t 1 dos:

l . Apoyo en la elaboraclbn d. los prosranas a desarrollar por el personal sanitario.

2. Apoyo en la r.rllracl6n & roconoclmioncos ds salud de todo el prsonal de la corunldad mecolar.

1. Apoyo en le Inipccl6n & las c o n d i c l o ~ s hlgldnlco-sanltarlas de los centro. escolares.

b) Unldad de Programas de Salud. que so encargarb. en genrral. de la eIaboreci6n y ejecucl6n de prosremas de prevenclbn. asI como de programas eipecleles para algunas enfermedades transmisibles y no transmlslbles y. esp*clflCamOntO. el drsarrolin do 18s aiguientee acciones:

l . La organlracl6n on el Principado de Asturlas del Plan ilacionel de Prevencl6n de le Subnormallded.

2. EL fomento do la planlflcacibn Eamlller, colaborendo con los Centros de Orientacl6n Pamlliar.

1452 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 10-IV-89

3. La protecci6n de la salud materno-infantil, encarg6ndose. en tanto los Centros de Salud no asuman esta funcibn. de la distribuci6n de ia cartilla de la embarazada y del documento de salud infantil, asi como del establecimiento de un calendario de vacunaci6n infantil.

4.La vigilancia sanitaria de las guarderias infantiles

Pri'erg;La Secci6n de Ordenaci6n Funcional de los Servicios de Arenci6n Primaria se encargar8 de todos estos establecimicnros y s u organiraci6n. planificaci6n y desarrollo en lo que se refiere a las materias que son competencia de ia ConseJerla de Sanidad y Servicios Sociales y. de forma especifica de consesuir la articulación de los Centros de Salud con los Or<anismos Administrativos Centrales y alcanzar su coordinacihn con !os restantes escalones del sistema sanitario. Para la realiraci6n de estas tareas, contara con el apoyo y colaboraci5n de los Agentes Coordinadores de las Areas Sanitarias, cuya adscripci6n funcional en cada una de las Areas, s e determinar6 mediante resolución de la Consejorla, a propuesta de la Direcci6n Regional de Salud Pijblica.

Segg'bg; La ordenaci6n de las Zonas Especiales de Salud, definidas en el napa Sanitario de Asturias, dependerd de esta Secci6n

Los servicios asistenciales de la Consejeria con la única excepci6n de los Centros de Salud Mental dependerdn de esta sección a efectos de la definici6n de sus planes de trabajo y organizacibn, y sin perjuicio de la adscripci6n funcional que se determine. La necesaria coordinaci6n entre estos iiltimns y el resto de Los servicios asistenciales será competencia de esta Secci6n en estrecha reiaci6n con la Direcci6n Regional para la Reforma de la Asistencia a la Salud Mental.

Tercero: Los Centros de Planificaci6n Familiar dependientes de !a consejerla de Sanidad y Servicios Sociales quedan adscritos a efe-tos quirúrgicos al Hospital Ronte Naranco Asimismo. los Cenrros de Planificaci6n Familiar relacionados con la Consejerla podran adscribirse funcionalmente e dicho Hospital mediante resolucidn del Consejero y previo acuerdo con la entidad o entidades corresponsables del mismo, siguiendo La estructura organizativa de los servicios de salud del Brea.

La Secci6n de Educaci6n Sanitaria, estimular6 y potenciara la educaci6n para la salud y en concreto dessrrollarh las siguientes funciones:

l . Establecer canales de comunicaci6n con la poblaci6n fundamentalmente a traves del sistema educativo y ou profesorado.

2. Organizar cursos de educaci6n sanitaria a la poblaci6n y al personal no sanitario.

3. Producir y suministrar material didiccico.

4 . Promover la educaci6n sanitaria a trav6s da los medios de comunicaci6n soclal.

5 Facilstar la utilizaci6n de los Centros de Salud como eje de la educación sanitaria

Pri'erg El Servicio de Higiene Alimencaria y Veterinaria de Salud PYblica tendri a su cargo la elaboraci6n del informe previo para la inscripci6n en el Registro General Sanitario de Industrias y Al iment0s;el control y vigilancia de estas indusrrias y de sus productos en todas sus fases de elaboraci6n. rransformación y distribuci6n; la ordrnaci6n. control y promoci6n de rodos los servicios veterinarios adscriros o dependientes de la Consejaria de Sanidad y Servicios Sociales: la inspecci6n y control de todas las actividades de ccnperenria de salud pública veterinaria as1 como La colaboración en Los planes de prevenci6n y lucha contra las zoonosis y la colaboraci6n o participaci6n. en su caso, en los planes de sanidad ambiental. El desarrollo de Las citadas funciones se desenpenar5 en colaboraci6n con la Agencia Regional de Consumo.

S e g g d g . El Servicio de Higiene Alimentaria y Versrinaria de Salud Públ ice se estructurarh en las siguientes unidades administrativas.

a ) Soccl6n de Higiene Alimentaria

b) Secci6n de Veterinaria de Salud Pública.

La Secci6n de Higiene Alimentaria tiene como misi6n el control sanitario de todas las actividades alimentarlas cuando se desarrollen en Asturias. entendiendo por actividad alimentaria "la producci6n. transformaci6n. elaboraci6n. envasado, conservaci6n. transporte, almacenamiento. distribución y venta de al imentos, bebidas, productos al lmentarlos y sustancias relacionadas con 10s mismos". En concreto a la Secci6n de Higiene Alimentaria le corresponderá e1 desarrollo de las siguientes funciones.

1 . El control de toda clase de alimentos no elaborados, a6rarios y pesqueros.

2. La autorizaci6n de funcionamiento, previa inspocc16n a las industrias alimentarias que hayan solicitado su inscripci6n en el Registro General Sanicario de Industrias y Alimenro;

3.E1 control de las industrias y errablecimrentos dedicados a actividades alimentarias y de sus instalaciones, urillaje y personal manipulador, asi cono de la calidad y condiciones higl6niCas y sanltarias de 16s alimentos, bebidas. aguas. productos alimentarlos y todas las sustancias relacionadas con los mismos.

4.La coordinaci6n y ordenaci6n de las campañas da conrroies especl f icos sobre un determinado al imento

5. La formulación de las pertinentes propurzras para la incoaciOn de los expedientes sancionadores a las industrias y establecimientos alimenrarios que infrinjan la normativa higiénico-sanitaria

6. La informaci6n al público sobre condiciones sanitarias de los alimentos y educación alimentaria en colaborac16n con el Servicio de Atenci6n Primaria.

7. La colaboraci6n con La Agencia Regional de Consumo en orden a elaborar un Plan Regional de Consumo.

La Secci6n de Veterinaria de Salud Pljbl > - a , ten.?ra la; sigf~ienres funciones.

l . Coordinar, promocionar y controlar rodos Los servicios y funciones encomendadas a los Veterinarios adscritos a los puestos de trabajo a que se refiere el Decreto 69/88. da 26 de Mayo, por el que se regulan las funciones de los puestos de trabajo de Inspectores Tecnicos de Matadero y Veterinarios Oficiales de Salud Pública dependientes de la Consejeria de Sanidad y Servicios Sociales.

2 . Coordinar las actuaciones de los Servicios Oficiales Veterinarios y las funciones a estos encomendadas en relici6n con las industrias y mataderos frigorlficos.

3. Inspeccionar periód~camente todos los servicios y actividades de competencia veterinaria. sin perjuicio de las competencias de la Consejerla de Agricultura y Pesca.

4. Colaborar con las organizaciones profesionales para el mejor desarrollo de las respectivas competencias.

5 . Recopialar y analizar los partes esradisticos y de funclonamiento de los Servicios Oficiales Veterinarios en nataderos. nercados de Abasto, Indurrrias. Fabricas y Almacenes de productos alimanricios

6 - Colaborarar y participar en los planes de ssnidad ambisntal

7 Desarrollar la vigilancia epidemil6gica. anilisis y cvaiuaci6n del cumplimiento de las medidas que se adopten en los programas de salud piiblica frenre a las roanosis. que comprenderá básicamente:

a ) El conrrol permanente del censo canino en colabnrici6n con los servicios correspondientes de la Consejeria de Agricultura y Pesca

b) El control permanente del sacrificio da porcinos en regimen de matanza domiciliaria asi como de las especies salvaies

c ) El control de las indusrrias de aprovechamiento y transformaci6n de subproductos carnicos para usos industriales conforme a1 Real Decreto 944f84, de 28 de marzo

d) El control de 1.6 actuaciones sanitarias en materia de desinfecci6n. deeinsectacl6n y desratizaci6n que afecten a la Salud oúblics

8. Colaborar con la Conseierla de Agriculfurr y Pesca en el desarrollo de Las campavias de saneami.nco banadero Dara el control de tuberculosis. brucelosis bovina. y de otras zoonosis as1 como en los aspectos relativos al comercio pecuario

9 Contralar aanitiriamence las plancas de curriiibn y renerian

10. Inspeccionar las plazas de toros permanentes y las provisionales o m6viles que puedan instalarse.

1 3 . Cualesquiera otras reconocidas en la legislaci6n vigente a la Vererinaria en materia de Salud Públ ica denrro de las competencias asignadas al Principado de Asruriaz

Wigerg; El Laboratorio de Salud Pública ejarceri las funciones de prestaci6n de los servicios anallttcos que se deriven de . a s actividades sanitarias que dependan de la Direcci6n Regional d e Salud Pública. Se encargarh. igualmente de ?analizar a otros laboratorios de caricter superior o nacional aquel 1 a s pat icienes que por su especialidad o compleJidad no puedan'ser abordadas oor 61 y realizar* las funciones propias de iaboratcrio en o1 Aroa de la bromatologla y toxicologla

Seggnr~g; El Laboratorio de Salud Pública se estructurar& en las siguientes unidades con nive! orghnico de secc;jn

C, Secc16n de AnBlisis de Aguas

10-IV-89 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 1453

Tercero: A la Seccibn de microbiologia se le encomiendan las funciones propias del Laboratorio en materia de inmunologia, bacteriologia general y parasitologia, microbiologia de los alimentos. de las aguas y microbiologia y parasitologia clinica de inreres epidemiológico

CggZ~g; La Seccibn de Bioqulmica y Fisicoauimica 'anitarias desarrollara las funciones propias del Laboratorio en el drea de bioquimica, con desarrollo de tecnicas de bioquimica clinica enfocadas s la investigaci6n epidemiolbgica. constituyendo adenas. el soporto analltico necesario de todas las consultas y dispensarlos asistenciales que dependen directamente de la Consejerla.

g g i - ~ g : La sección de Analisis de Agua efectuara el análisis fisico-quimico de los abasrecimientos de agua, aguas de recreo, asi romo de las aguas residuales.

Sexro:Ei Laboratorio de Salud P'iblica prosrara apoyo a la A g e n ~ i a ----- Regional de Consumo.

primero:El Servicio de sanidad Ambiental tendr6 Coma funciones - - - - - - - las relativas al control s a n i t a r i o - a p i d e m i o l ~ o del medio ambiente en los aspectos relacionados con el entorno en el que se desenvuelve la vida humana.

4 e g g d o : E n especial el Servicio de Sanidad Ambienral tendra a su cargo.

a ) La realización de estudios epidemiológicos como consecuencia de los Contaminantes del medio ambiente, para lo cual recibir& la información relativa a los resultados obtenidos por los distintos sensores de las redes de control de contaminación atmosf4rica. a ser posible, e n tiempo real.

b) La amisibn de informes en opdon al esrablecimiento de metodos analiticos oficiales cuya intercalibración correra a cargo del Laboratorio de Salud Pública.

c ) La supervisi6n y estudio de las condicionas sanirarias de los abastecimientos de aguas. redes de alcantarillado y de evacuación da aguas residuales, piscinas y condiciones higienicas de las aguas de recreo. playas. lagos y emhaisei.

d i La vigilancia y el control sanitario de la vivienda, locales de comivencia, transportes Duhlicos. urbanismo y , en general, cualquier otro aspecto relac:cn3do con los anteriores q.;e afecten a la salud ind~vidual o colectiva de la población.

'TTrcecg. Las funciones a que se refieren los apartados interiores deber&" entenderse atribuidas al Servicio de sanidad Ambienral sin perjuicio de las compe'enclas de La Agencia de nedro Ambiente del Principado de Asturias

La Sección de Ordenacibn Farmaieurica ejercerá las competencias relativas a la autorizacibn e inspección de todos los establecimientos farnac6utlcos; la frrnacovigllancia; e1

aprovisionamiento y control de los productos biológicos utilizados por la Dirección Regional de Salud Publica y cualesquiera otras de las competencias de dicha Direccion relacionadas con la farmacia en general

En concreto, le corresponder6 la tramitaci6n y propuesto de resolución de expedientes de apertura, traslado y modificac:?nes de establecimientos farmic6utlcos: la inspecci6n de oficinas de farmacia. de farmacia hospitalaria; de botiquines y dep6sitos de medicamentos; la inspección de almacenes farmac6iiticos; La promoción de las firmacias cono centros de educación sanitaria y como fuentes suministradoras de datos de intores epidemilógico y relaciones con asociaciones profesionales para articular su cooperaci6n en el campo de Ir salud pública; al aprovisionamiento de nedicamentos ex% ranjeros: el aprovisionamiento, Conservación, suministro y conrrol de sustancias innunizantes (vacunas y sueros) y otras especialidades farmaceuticas que se utilizen por la Dirección Regional de Salud Público; el estudio, vigilancia y recogida de Informacibn de consumo y producci6n de efectos de los medicamentos

La Inspeccibn de Salud. con nivel orLánico de sección tendr6 las siguientes funciones:

l . La inspección de centros, servicios y establecimientos sanitarios de cualquier clase y naturaleza, incluidos los balnearios y las entidades de seguro libre de asistencia mddico- iarmazeut ica

2 . La organi;ari6n, supervisión y conrrol da Las inspoccioncs realizadas a establecimientos por los funcionarios san:rarios locales y equipos da atención primaria

3 La inspección de la actuaci6n de los sanitarios locales y e q u ~ p o s de atenclbn primaria en sus misiones de salud p~jblica.

4. La instrucción de expedientes de recompensas y sanciones al personal sanitario dependiente de la Consejeria

5 . Lns reconocimientos m4d:cos. formación de su- tribunales y oxpedici6n de informes y ccrrifiaados-

6. La inspecci6n y evaluación del trabajo del personal sanitario dependiente de la Consejeria con arreglo a las insrruccionis emanadas de la Dirección Regional de Salud Pública.

7 La recogida y tramitación de las denunctas que se formulen por personas o instituciones sobre materia sanitaria o sobre las funciones realizadas por el personll sant-ario dependiente de la Consejeria.

8 . La ~olaboracI6n para resolver el control de la publicidad y de la propaganda comercial en materia sanitaria

I V - DIRECCION REGIONAL PARA LA REPORHA DE LA ASISTENCIA A LA SALUD UENTAL.

Primero: A la Dlrecci6n Regional para la reforme de la asistencia - - - - - - - a la Salud Uencal le competerA promover e Impulsar la coordinaci6n de todos los servicios especlficamentc relacionados con la prevanci6n y arenci6n en salud monta: y arisrenci. pslqui6trica bajo la dependencia del Principado, =si Como proponer la creaci6n de nuevos sorvicios y la transformaci6n de los existentes a fin de posibilitar la ejecución de un plan que constituya el fomento y desarrollo de una as~sroncia integral e integrada en materia de salud mental

Para la ejecuci6n de las competencias citadas. la Direcci6n Regional para la Reforma de la Asinren-ia a la Salud Bental ejorcer6, en concreto, las siguientes €un-iones.

l . Elaborar y ejecutar el programa regio-al de atencien en Salud Uental .

2. Planificar. programar, organizar y evaluar las scc;anas y los servicios relacionados especlficamente con 1. Salud mental y la Asistencia Psiquiátrica. incluyendo el Hospiral Psiquiát ric? Regional

3. Promover la Integraci6n funcional u crgánlci de los recursos públicos de Salud mental y Asistencia Psi<.~i&trica. y de esros con los recursos sanitarios generales

4 . Estugiar les necesidades de creaci6n d. nuevos servicios, evaluar los existentes y ejecutar las modificaciones pertinenres para el desarrollo de los programas de Salud mental.

5. Conocer y dictaminar los presupuestos en loa diversos servicios de Salud Uental y Asistencia Psqui&trica, e Informar sobre las plantillas do personal de los mismos.

o. Evaluar los recursos humanos disponibles y elahorir programas de formaci6n y perfecclonamienro.

zeggnuo; La Dirección Regional do Salud Uencal se estructura en las siguientes unidades organicas:

a) llnidad de Sistemas de Informaci6n. Anblisis Epidemiológico y Evaluaci6n. con nivel organice de Servicio

b) Oficina de Coordinación del Plan Regional de Droga, con nivel orgJnico de Secci6n.

La Unidad do Sistemas de Informacihn. AnA!iois EpldemiolSpicn y Evaluaci6n dosarrollarb las siguientes -- funciones:

a ) Recogida y tratanlento central izado do la lnformaclón asistencial.

b ) ~ i s d í o y perfeccionamiento do los instrumentos adecuados para la recogida. estudio de Indicadoros y de los aspoctos epidemiológicos y socio16gicos de la demanda, asi como, de las nodificaciones que experimente s u tondoncia

~a Oficina. de Coordinacl6n del Plan Rm5ional de Drogas desarrollar6 las siguienteS funciones.

4 . Planificar y desarrollar el Plan Rc~ional +e Toxicomanias

2. Informar y orientar sobre los r e c ~ r s o s y *crivIdides en o1 Imbito Comunitario

3. Desarrollar y programar las acciones encaminadas a la prevención

4 . impi~lsar. fomentar y soordlnar los prcsr,mss encaminad- a la reinserción social de 106 foxic6manos.

5 . Apoyar t6cnlcamente a1 desarrollo de los servicios propios y silbvencionalos

o. Coordinar las actividades públicas y privadas, cuando 4sras tengan la correspondlonte subvonci6n.

La or&anizaci6n y funclJnanlonto do los servicios asi~renci.1es de Salud mental depondientes de 1. Dirección Regional y configurados como hrgano desconconrrado de la Cons.)orla de 5.nidad y Servicios Socialos so ro&ulan por su norma espoclfica.

1454 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 10-IV-89

V - DIRECCION REGIONAL DE ACClON SOCIAL.

PrLngro;A la Direcclbn Regional de AcciOn Social le compete promover e impulsar la coordinacion de la totalidad de los servlclos soclales deprndientes del Prlncipado de Asturlas, as1 como proponer la creaci4n de nuevos servicios y la transformaclOn de los existentes a fin de poslbilltar 1. ejecucl6n del Programa Regional de Ssrvlcios Sociales.

d Para 1. ejacuclOn de las competencias anteriormente citadas la Direcci6n Regional ejercer& en concreto las sIgulentes funclones:

1 . - Programar, organizar y evaluar las acciones y los servicios especlf1camente relacionados con la misma.

2 . - Promover la integraci6n funcional y or&&nlca de los recursos públicos directamente dependientes de la Oireccl6n Regional y de 6stos con los recursos sociales generales.

3 . - estudiar las necesidades de creaci6n de nuevos servlcios, evaluar las exiscenres y proponer las modificaciones pertinentes para e1 desarrollo de los programar de Accl6n Social.

4 . - Conocer y dictaminar los presupuestos de los diversos servicios.

5 . - Evaluar L O S recursos humanos disponibles y elaborar programas de formaci6n y perfecclonamlento

Srgg'<o;La Dlreccl6n Rc~ional de Acci6n Social conrard con una Unidad de 5isremas de Informacibn y Evaluaci5n con nivel org&nico de Secci6n cuyas funciones serln las slgulentes:

l . - La puesta en marcha de un sistema de lnfornaci6n que parmita una mayor comprensi6n de la estructura y del funcionamiento del sistama asistencia1 de Sarvlcios Sociales y ofrezca una base fiable para la investlgacldn y formaci6n.

2 . - El diseno de los lnstrudentos adecuados para' la racollda y tratamiento central izado de la lnformacl6n aslstenciai, el estudio y selecci6n de Indlcadoras as! como la elaboraci6n de nuevas muiid8s de observ8clOn y anbl isis qum parmitan conocer los diversos factores sociales que se encuentran en el &mbito de a c c i h de lo. servlcios socialas.

Trrerro;Para el desarrollo de las funciones a que se relisre e1 apartado prlmero S la Oiracci6n Regional se adscribir& un 6r5ano dasconcentrado cuya estructura y funcionamiento se regular& por una norma singular.

PrlmrolDLrectamrnre dependiente de la Dlrecci6n Regional de Accl6n Soclal y en colrboraci6n con los servicios Juridicos del Principado existir& un Letrado Defensor del Honor 41 q u q s e le habilltarAn los medio. y recursos precisos para ejercer la acci6n pública en defensa del menor, en todos los casos en que la legislaci6n procesal y penal parmita el ejercicio de la acci6n pública. prestando su colaboracl6n y apoyo al Juzgado de Menores' y al Ministerio Fiscal, sin parjulcio y con expresa reserva de las faeultad8s que correspondan a los 6rganos ]urisdicionales

Slggdo; Ser&n asimismo funciones del Letrado üofensor del nenor -- las siguiente:

1. Llevar la coordinaci6n en las materias relacionadas en el artfculo anterior con los sarvicios municipales correspondientes y rendir memorla bimensual de sus actlvldadee.

2 . Investigar y dar a oonocer a Los Servicios de la Consijerla los hechos que conozca por raz6n de su funci6n.

3 . Coordinar las actuaciones para conseguir 1. supresl6n de las situaciones de desatcnci6n de los menores en periodo escolar. Todo ello en colaboracl4n con las Instituciones acad6micas y entidades iocalas siguiendo las instrucciones en esta materia de la Direccik Regional. pudiendo recabar informaci6n y apoyo de todos los servicos de1 drea.

VI - HOSPITAL GENERAL DE ASTURIAS Y HOSPlTAL RONTE NIRANCO.

Primoyo: El Hospital General de Asturias y el Hospital Monta Naranco. como establocimientos desconcentrados. tienen estructura orgdnicr propia pira el cumplimiento de los fines que les eatbn encomendados.

Sgggpbo; La Consejerla de Sanidad y Servicios Socialas ejercer4 a travds de sus Organos Centrales, las funclones de vigilancia. supervislh y control de los Sorvlclos del Hospital General de Asturias y Hospital Monte Naranco -

VI1 - AGENCIA REGlONAL DE CONSUMO

La Agenria Resional do Consumo. brg+n? d e s p o r -?r.r rajn r3srr i-r a la Consrjerla cuya org,aniracion y fun?lonamienr+ E- regula por el DeCret7 ' ? / S . ? . de 2 0 de e l o r ? , ejerc-ra las im~nciones que se establecen en la nornm c i r a d i

OISPOSICION DEROGATORIA

Queda derogado o1 Decreto 5 9 / 8 7 . de 1 7 da setiembre. que regula la estructura orglnica de la Consalerla de Sanidad y servlcios Sociales y cuanta; disposiciones de igual o Inferior rango se opongan al presente Decreto

El presente Decreto entrar* en vlgor al dla s i g u i e n r e ae su publlcaci6n en el Bolettn Oficial del Princtpado de Asturia; y de la Provlncis.

Dado en Oviedo, a veintiuno de marzo de mil novecientos ochenta y nueve.-El Presidente del Principado, Pedro de Silva Cienfuegos-Jove1lanos.-El Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, Juan Luis Rodríguez-Vigil Rubio.-3.582.

DECRETO 53/89, de 21 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Servi- cios Sociales dependientes del Principado de Astu- rias.

Por Lkcreto de Consejo de Goblerno.. . . . .% 11.989. de i i . d e Marzq, se procedl6 a una simpl iflcacl6n de la estructura central de l . DirecciOn Regional de AcclOn Social, a fin de parmltlr iina reordenaclan de su. sistemas de gestl6n.

El desarrollo de las competencias y funciones propias de la Dlraccl6n Regional de Accibn Social. 1. Inplantacl4n de un nuevo sistema de control presupuestarlo unido a la voluntad de exigir e1 mdximo de rlgor en la gmSt16n de los servlcios Soclalea reclaman una nueva concepcih de la estructura de los nlsmos y. por tanto. de una norma a travbs de la cual se dote a estos servlcios de la orgsnizacl6n que su actual nivel de desarrollo demanda.

Las acusadas paculiarldadas de los Servlclos Soclalcs y 1s necesaria sintonla que debe existlr entre las normas por las que se rl6e la Admlnlstrac16n del Principado de Asturlaa y 19s necasldades de un slstama da servlclos sociales en proceso de camblo justifican una modlficacl6n de la Ilnea expuest.

Para ello se e*tablece la confl&ureci6n d. los Serviclos Soclales depndlentes de la Direcclbn Regtonal de Accl6n Soclal cono un br;ano desconcentrado de 1s Consajmrla de Sanidad y Smrvlclos Soclalrs dotbndole de una üarencia.

Esta actuacl6n se aborda con el m l n l w esfuerzo presupueLtarl0. uttlizando criterios de reasl;nacl6n de los recursos humsnos y dotaciones presupuestarlas exisrentes con oblato de aicanzar e1 mayor srado de eficacia posible en la 6est16n de unos servlcios que se consideran de fundamental Inter6a para e1 bienestar de los ciudadanos

Con -1 nuevo esquema organizativo se pretende dotar a los servicios Sociales de una estructura org&nlca adecuada. concretando los conetldos de cada uno de los 6rganos previstos en la norma. de modo tal que facillte la dlreccl6n. ;est16n y coordlnacl6n de los mismos, as1 cono la Consecucl6n da los objetivo. establecidos

en su virtud, a propuesta del Consil.ro de Sanldad y Slrviclos Soclales y prevlo acuerdo del Conselo de Gobierno, en su reunl6n del dla 21 ¿e Mrzo de 1.989.

Tltulo Preliminar PRINCIPIOS OCWCRALLS

Capltulo Unico

l. El presente Decreto timni como oblmto regular la or6.nlzaci6n y funclonanlento de los Sarvlclos Soclales del Princtpado de Asturiae.