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Departamento del T rnbn] o y Recursos Humanos Hon. v ance Thomas Secretario 13 de septiembre de 2013 CARTA CIRCULAR NUM.: 2013-001 TRABAJADORES. PATRONOS. ABOGADOS. CORPORACIONES PUBLICAS Y PUBLICO EN GENERAL ASUNTO: CONSlILTAS A LA OFICINA DE LA PROCURADORA DEL TRABAJO I. pOLfTICA PUBLICA La presente carta circular tiene el prop6sito de oriental' a todos los trabajadores, patronos, abogados, corporaciones publlcas y al publico en general, en cuanto a los requisitos y criterios para solicitar opiniones a la Oficinade la Procuradora del Trabajo a tenor con la Ley Num, 15 del 14 de abril de 1931, segun enmendada, conocida como la Ley Organ/ca del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. Con la publicaci6n de este documento se establecen los requisitos que deben cumplir los interesados en presental' consultas en relaci6n a la legislaci6n protectora del traba]o, de modo que se puedan atender de forma agtl y eficiente las solicitudes de opini6n que recibe la Oficina de la Procuradora del Trabajo. II. AUTORIDAD LEGAL DE LA OFICINA DE LA PROCURADORA DEL TRABAJO PARA EMITIR OPINIONES Y LAS NORMAS APLICABLES PARA SU EJERCICIO La Ley Num. 15, antes citada, establece que, como organismo publico, el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) esta lIamado a patrocinar y alentar los intereses y el bienestar de los trabajadores de Puerto Rico; as! como laborar por mejorar sus condiciones de vida y de trabajo y promover sus oportunidades para obten er empleos lucrativos. El DTRH tiene, ademas, la responsabilidad ministerial de propiciar la paz laboral e implantar, desarrollar y coordinar la polftica publica y los programas dirigidos a la fonnacion y capacitaci6n de los recursos humanos indispensables para cubrir las necesidades del sector laboral. El Secretario del Trabajo y Recursos Humanos tendra a su cargo la direcci6n y administraci6n general del DTRH y de sus componentes. Este funcionario Indagara e lnqulrlra sobre las causas que producen malestar entre los trabajadores.' Adernas, proveera asesoramiento al Gobernador I Inciso(a), Secci6n 3, Facultades delSecretario, LeyNum, 15 del 14 de abril de 1931,segun cnmendada, Avenida Mui'loz Rivera 50S, Edificio Prudencio RiveraMartinez, Piso21, Halo Rey, Puerto Rico00919 PO Box 195540, San JUAD. PuertoRico00919·5540 T .787. 754.5353 Fax .781. 154.9SS 0

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Departamento del T rnbn] oy Recurs os Humanos

Hon. v ance ThomasSecretario

13 de septiembre de 2013

CARTA CIRCULAR NUM.: 2013-001

TRABAJADORES. PATRONOS. ABOGADOS. CORPORACIONES PUBLICAS Y PUBLICO ENGENERAL

ASUNTO: CONSlILTAS A LA OFICINA DE LA PROCURADORA DEL TRABAJO

I. pOLfTICA PUBLICA

La presente carta circular tiene el prop6sito de oriental' a todos los trabajadores, patronos,abogados, corporaciones publlcas y al publico en general, en cuanto a los requisitos y criteriospara solicitar opiniones a la Oficina de la Procuradora del Trabajo a tenor con la Ley Num, 15 del14 de abril de 1931, segun enmendada, conocida como la Ley Organ/ca del Departamento delTrabajo y Recursos Humanos. Con la publicaci6n de este documento se establecen los requisitosque deben cumpli r los interesados en pres ental' consultas en relaci6n a la legislaci6n protectoradel traba]o, de modo que se puedan atender de forma agtl y eficiente las solicitudes de opini6nque recibe la Oficina de la Procuradora del Trabajo.

II. AUTORIDAD LEGAL DE LA OFICINA DE LA PROCURADORA DEL TRABAJO PARAEMITIROPINIONES Y LAS NORMAS APLICABLES PARA SU EJERCICIO

La Ley Num. 15, antes citada, establece que, como organismo publi co, el Departamento delTrabajo y Recursos Humanos (DTRH) esta lIamado a patrocinar y alentar los intereses y elbienestar de los trabajadores de Puerto Rico; as! como laborar por mejorar sus condiciones devida y de trabajo y promover sus oportunidades para obtener empleos lucrativos. El DTRH tiene,ademas, la responsabilidad minister ial de propiciar la paz laboral e implantar, desarrollar ycoord inar la polftica publica y los programas dirigidos a la fonnacion y capacitaci6n de losrecursos humanos indispensables para cubrir las necesidades del sector laboral.

El Secretario del Trabajo y Recursos Humanos tendra a su cargo la dir ecci6n y administraci6ngeneral del DTRH y de sus componentes. Este funcionario Indagara e lnqulrlra sobre las causasque producen malestar entre los trabajadores. ' Adernas, proveera asesoramiento al Gobernador

I Inciso(a), Secci6n 3, Facultades del Secretario, LeyNum, 15 del 14 de abril de 1931,segun cnmendada,

Avenida Mui'loz Rivera 50S, Edificio Prudencio RiveraMartinez, Piso21, Halo Rey, Puerto Rico00919PO Box 195540, San JUAD. PuertoRico00919·5540T .787. 754.5353 Fax .781. 154.9SS0

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