Upload
nataliasierravalenzuela
View
213
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
7/21/2019 Carta de Compromiso Version Extendida
1/4
ANTECEDENTES
La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), creada por la Ley N 17.301 del ao 1970, es el org
nismo del Estado de Chile especializado en otorgar Educacin Parvularia en forma gratuita a los nios
nias menores de cuatro aos y sus familias que viven en situacin de vulnerabilidad social. Esta labor
realiza en todo el pas, desde Putre hasta la Antrtida, incluyendo Isla de Pascua y el Archipilago Ju
Fernndez, a travs de la administracin directa de salas cuna y jardines infantiles o mediante la adm
nistracin de terceros nanciados por JUNJI. Asimismo, dentro de sus funciones se encuentra el crea
planicar, promover, estimular y supervigilar la organizacin y funcionamiento de jardines infantiles.
En este sentido, JUNJI en el marco de la Ley Orgnica Constitucional N 20.370, que establece
Ley General de Educacin, debe promover la Educacin Parvularia en todos sus niveles, favorecienla igualdad desde la cuna y, por ende, aportar a una sociedad ms justa y equitativa que termine con
crculo vicioso de la pobreza, valore a todos sus miembros y les ofrezca a ellos todas las posibilidades
desarrollarse plenamente y en todos los mbitos.
MISIN INSTITUCIONAL
Nuestro compromiso es brindar Educacin Parvularia inclusiva y de calidad a nios y nias, pre
rentemente menores de cuatro aos en situacin de vulnerabilidad, a travs de salas cunas y jardin
infantiles de excelencia administrados en forma directa y por terceros, garantizndoles un desarro
en igualdad de oportunidades y constituyndose en un apoyo a sus familias.
Para cumplir con su misin, JUNJI ha denido como objetivos estratgicos:
SERVICIOS A LA CIUDADANA
JUNJI ofrece a la ciudadana los siguientes servicios:
Carta de CompromisosJunta Nacional de Jardines Infantiles
JUNJI
- 1 -
1. Mejorar la calidad de la accin pedaggica que desarrolla JUNJI en los distintos programas admin
trados directamente y por terceros de acuerdo a estndares denidos en el Modelo de Gestin de C
lidad y por las orientaciones del Referente Curricular de la institucin, para fortalecer las competenc
del recurso humano y optimizar las condiciones fsicas de los establecimientos.
2. Mantener y ampliar la oferta de Educacin Parvularia de calidad mediante la demanda de con
truccin, reparacin y habilitacin de salas cuna y jardines infantiles administrados directamente y p
terceros.
3. Garantizar a las familias usuarias de jardines infantiles particulares sin nanciamiento de JUNJI
existencia de las condiciones necesarias para la atencin a los nios y nias, mediante la certicaci
del cumplimiento de normativas legales y requerimientos tcnicos que rigen el funcionamiento de l
jardines infantiles.
Acceso a Educacin Parvularia en las quince regiones del pas a travs de distintos programas ed
cativos que responden a las necesidades y demandas de cada territorio, procurando con ello una s
ciedad ms democrtica, igualitaria e inclusiva.
Empadronamiento de salas cuna y jardines infantiles particulares, velando con ello por el cumplimie
to de las normativas tcnicas, legales, sanitarias y de construccin.
7/21/2019 Carta de Compromiso Version Extendida
2/4
ACCESIBILIDAD DE LA CIUDADANA PAR A EJERCER SUSDERECHOS
Canales y mecanismos legales para la atencin:
Con el propsito de mantener una uida comunicacin con las personas que acceden a los servicio
que se ofrecen y con la ciudadana en general, JUNJI ha habilitado espacios presenciales y virtuales
travs del Sistema Integral de Informacin y Atencin Ciudadana (SIAC).
MECANISMOS LEGALES
Ley N 20.285 establece que son pblicos los actos y resoluciones de los rganos de la administraci
del Estado, sus fundamentos y documentos que sirvan de sustento o complemento directo o esencial,
adems dene un procedimiento para el acceso a la informacin pblica. Asimismo, establece un plaz
de 20 das hbiles, prorrogables excepcionalmente por 10 das ms, para responder solicitudes de info
macin, proporcionndola o denegndola.
Ley N 19.880 establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de lo
rganos de la administracin del Estado. Adems, regula la relacin de las instituciones pblicas co
los espacios de atencin a usuarios/as, a travs del reconocimiento de los derechos de las persona
estableciendo las vas de recepcin de las solicitudes ciudadanas y precisando la forma y contenido d
dichas solicitudes.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS/AS DEL SERVICIO
Todos los derechos que se detallan en la presente carta deben ser ejercidos a travs de los diverso
espacios de atencin dispuestos por JUNJI para la ciudadana.
Derechos de la ciudadana:
- 2 -
Presenciales:
Ocinas de Informacin, Reclamos y Sugerencias (OIRS). El horario de atencin es de lunes a jueve
de 08:30 a 17:30 hrs., y los viernes de 08:30 a 16:30 hrs.
Buzones presenciales en jardines infantiles y salas cuna de administracin directa y en cada Direcci
Regional de JUNJI, como complemento de la atencin personalizada. Las solicitudes se ingresan
formularios dispuestos para este efecto.
Actividades en terreno, a las que el usuario/a puede concurrir y solicitar la informacin que requier
Virtuales:
Lnea telefnica, instalada en cada una de las Ocinas de Informacin, Reclamos y Sugerenci
(OIRS), atendidas por profesionales capacitadas que orientarn al usuario/a. El horario de atencin
de lunes a jueves, de 08:30 a 17:30 hrs., y los viernes de 08:30 a 16:30 hrs.
Correo electrnico y sitio web institucional (www.junji.cl).
Derecho a una atencin e informacin oportuna, de calidad y gratuita.
Derecho a recibir un trato digno y respetuoso.
Derecho a la no discriminacin o igualdad ante la ley.
Derecho a denunciar posibles abusos de poder.
Derecho a obtener respuesta a su consulta o solicitud en los plazos establecidos y declarados en
presente carta y a conocer el estado de su tramitacin a travs de los espacios de atencin dispuest
por JUNJI para la ciudadana.
Derecho a presentar a las autoridades peticiones de distinta ndole en el marco de la misin instit
cional, a criticar las polticas pblicas en el mbito de la Educacin Parvularia, a que las autoridad
pertinentes corrijan errores u omisiones que afecten a la persona y a solicitar informacin institucion
7/21/2019 Carta de Compromiso Version Extendida
3/4
Deberes de la ciudadana:
Derechos de las familias y apoderados:
Derechos de los nios y nias:
COMPROMISOS DE CALIDAD
Solicitudes de la ciudadana:
JUNJI se compromete a responder las diferentes solicitudes ciudadanas dentro de los plazos estab
cidos por la Ley N 19.880, de acuerdo al siguiente detalle:
Solicitudes de Acceso a la Informacin Pblica (SAIP):
MECANISMOS DE RECLAMOS, QUEJAS Y COMPENSACIN
Solicitudes de la ciudadana:
- 3 -
Derecho a conocer los actos y resoluciones de los rganos de la administracin del Estado, sus fu
damentos y los documentos que sirvan de sustento o complemento directo o esencial, a travs del si
web institucional (banner Gobierno Transparente), mediante la informacin disponible en transparen
activa y las eventuales peticiones a efectuar a travs del portal www.junji.cl.
Expresarse en trminos respetuosos con los funcionarios y funcionarias que lo atienden.
Respetar los procedimientos establecidos y la normativa legal vigente.
Informarse sobre el mbito de accin de la institucin.
Cuidar, conservar y no alterar los documentos que la institucin le entregue. Realizar las sugerencias que estime conveniente, para mejorar la calidad del servicio.
Derecho a participar activamente en el proceso educativo de sus hijos e hijas.
Derecho a ser informados peridicamente del estado de avance del aprendizaje y desarrollo de s
hijos e hijas.
Derecho a opinar sobre la calidad de la educacin y alimentacin entregada a sus hijos e hijas.
Derecho a solicitar informacin sobre el funcionamiento del jardn infantil y a opinar sobre ste.
Derecho a solicitar la scalizacin y/o supervisin de jardines infantiles administrados por tercer
(pblicos y privados) de acuerdo a sus facultades legales.
Derecho a recibir gratuitamente una educacin integral de calidad.
Derecho a recibir alimentacin gratuita y adecuada a su edad.
Derecho a ser protegido, cuidado y a recibir buen trato.
Derecho a no ser discriminado por sexo, etnia, nacionalidad, condicin fsica o socioeconmica.
Solicitud: se respondern en 48 horas como plazo mximo cuando puedan ser resueltas por
funcionario/a de la Ocina de Informacin Reclamos y Sugerencias (OIRS) o en un plazo mximo de
das hbiles cuando requieran diligencias de otros.
Reclamo o solicitud que requiera de informes, dictmenes u otros procedimientos similares o q
impliquen realizar scalizaciones o supervisiones en terreno, se responder en un plazo mximo de
das hbiles.
Solicitudes de empadronamiento: se respondern en un plazo mximo de 7,5 das hbiles.
Las solicitudes de Acceso a la Informacin Pblica en el marco de la Ley N 20.285, se responder
en un plazo mximo de 20 das hbiles. Slo en casos de excepcin, dicho plazo se puede prorrog
por 10 das hbiles ms.
Los/as usuarios/as pueden solicitar a la autoridad regional y luego a la Vicepresidencia Ejecutiv
como instancia nal, el reconsiderar la respuesta entregada por JUNJI, dentro de los 8 das hbil
siguientes, a contar de la fecha de envo de la respuesta.
Los/as usuarios/as tambin pueden dirigirse a la Comisin Defensora Ciudadana del Ministerio Sec
tara General de la Presidencia, si estiman que sus derechos estn siendo vulnerados por JUNJI.
7/21/2019 Carta de Compromiso Version Extendida
4/4
Solicitudes de acceso a la informacin pblica (Ley N 20.285):
Compensacin:
ACCESIBILIDAD PAR A CONOCER SUS DERECHOS
La Carta de Compromisos est disponible en:
MECANISMOS DE EVALUACIN
La institucin realiza anualmente a una muestra aleatoria una encuesta de satisfaccin de usuarios/a
para evaluar la percepcin respecto de la calidad del servicio recibido a travs de los distintos espacio
de atencin. Con estos resultados se efectan las mejoras que correspondan para entregar una atenci
de calidad a los usuarios/as. Adems, a una muestra representativa de padres, madres y/o apoderado
de los jardines infantiles se aplica una encuesta para medir el grado de satisfaccin respecto de la edu
cacin y alimentacin entregada por la institucin a sus hijos e hijas.
- 4 -
En caso de vulneracin del derecho a Acceso a la Informacin Pblica en el marco de la Le
N 20.285, el usuario/a podr solicitar una infraccin o amparo, dirigindose al Consejo para la Transp
rencia. Si requieren mayor informacin, pueden ingresar a www.consejotransparencia.cl.
En el caso de que se haya cometido un error u omisin en la atencin y/o entrega de informacin,
funcionario/a a cargo del tema contactar al usuario/a para dar a conocer la situacin y ofrecer las d
culpas, realizando conjuntamente las gestiones internas para tomar las medidas pertinentes y correel error.
En el sitio web www.junji.cl.
En material impreso para difusin en actividades en terreno.
En lugares de acceso al pblico.