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ejemplos exportacion
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CASO 11
La empresa ABC S.A. que se dedica a exportar el 100% de sus ventas desea saber cual es su
saldo a favor exportador en el periodo mayo 2011 sabiendo que ha realizado las siguientes
adquisisciones y exportaciones.
EXPORTACIONES
FACTURADAS
INGRESOS PAGO A CUENTA DE IR
MAYO 652 000.00 13040
EXPORTACIONES
EMBARCADAS
BASE
IMPONIBLE
N DE
DUA
FECHA DE
EMB
FECHA DE
NUM
LIMITE
18%
MAYO 720 000.00 41-22500 02/05/2011 15/05/2011 129 600.00
ADQUISICIONES NACIONALES
BASE IMPONIBLE IGV
MAYO 1 252 000.00 225 360.00
ADQUISICIONES NACIONALES
BASE IMPONIBLE IGV
MAYO 48 000.00 8640.00
TOTAL IGV DEL MES DE MAYO: 225 360.00+8 640.00=234 000.00
SE PIDE CALCULO A FAVOR EXPORTADOR
SOLUCION
CALCULO DE SALDO A FAVOR EXPORTADOR
IGV de ventas 0.00
IGV de compras -2 340 000.00
SALDO A FAVOR EXPORTADOR -2 340 000.00
Limite de exportaciones
18% EMBARCADAS CON dua 720 000 129 600.00
MENOS COMPENSACIONES
Pago a cuenta IR 13 040.00
ITAN 0.00
TOTAL COMPENSACIONES 13 040.00
SALDO A FAVOR DEL EXPORTADOR -2 340 000.00
MENOS TOTAL COMPENSACIONES 13 040.00
SALDO A FAVOR MATERIA DE BENEFICIO -2 326 960.00
Se compara con el limite que es igual a 129 600.00
Monto a solicitar
Caso 12 saldo a favor exportador
(similar a la 11)
Caso 13
La empresa EL PERUANO S.A. que se dedica a la exportación de us productos on solo
insumos nacionales
En el mes de mayo ha realizado las siguientes operaciones
VENTAS
GRAVADAS
VENTAS NO
GRAVADAS
EXPORTACIONES INGRESOS IR
B.I. IGV B.I. IGV MAYO 128 000 24 320 0 0 621 692 749 692 14 994
EXPORTACIONES
EMBARCADAS
BASE
IMPONIBLE
N DE
DUA
FECHA DE
EMB
FECHA DE
NUM
LIMITE
18%
MAYO 621 692 20368 23/05/2011 25/05/2011 111 905
ADQUISICIONES NACIONALES
BASE IMPONIBLE IGV
MAYO 495 380 89 168
SOLUCION
CALCULO DE SALDO A FAVOR EXPORTADOR
IGV de ventas 24 320
IGV de compras - 89 168
SALDO A FAVOR EXPORTADOR - 64 848
Limite de exportaciones
18% EMBARCADAS CON dua 111 905
MENOS COMPENSACIONES
Pago a cuenta IR 14 994
ITAN 0.00
TOTAL COMPENSACIONES 14 994
SALDO A FAVOR DEL EXPORTADOR -64 848
MENOS TOTAL COMPENSACIONES 14 994
SALDO A FAVOR MATERIA DE BENEFICIO -49 854
CASO 14 calculo de tasas y derechos
La empresa BUGUI S.A.C. decide importar desde Japón un lote de 3 vehículos usados (año
2001) marca Toyota Corona de 1800 cc de cilindrada, timón hidráulico, sistema de conducción
mecánico y full equipo. Para estos efectos contrata los servicios de una agencia de aduana, la
misma que le comunica que la Declaración Única de Aduanas ha sido cancelada el 11 de Junio
del 2005 (trecer día después de numeradas) tomando como base imposible l Factura Comercial
por el monto de US$ 5,400.00 cada uno, prima de seguro US$ 500.00 por el lote y flete
marítimo por el monto de US$ 1,600.00 por cada vehículo. Finalmente le comunica que esta
importación estuvo sujeta al pago de Derechos Ad Valorem 12%, IPM 2%, IGV 17% e ISC
30%. Lea atentamente u responda las siguientes preguntas: 1.
El importador decide nacionalizar sólo 1 vehiculo. Determine el monto de los tributos que se
cancelaron, teniendo en cuenta que el tipo de cambio que la fecha de pago S/.3.253 y para fecha
de numeración era de S/.3.277. 3.
Determinacion base imponible
FOB…………………………..US$ 5,400.00
FLETE………………………..…US$ 1,600.00
SEGURO………………………...US$ 166.66
CIF (base imponible)…………..US$ 7,166.66
Determinamos los derechos, tasas y contribuciones
Derechos AdValorem 12%...............US$ 860.00
ISC 30%...............US$2,408.00
IGV 17%..............US$1,774.00
IPM 2%................US$ 209.00
TASA……………US$ 24.00
D/A………………US$5,275.00 x S/.3.253……S/.17,160.00
PERCEP.5%........US$ 622.00 x S/.3.277……S/. 2,038.00
TOTAL………….US$5,897.00……………….S/.19,198.
Caso 15
La empresa VITAFARMA PERU S.A.C dedica ala importación y comercialización de
productos farmacéuticos, realiza la importación de un lote de medicamentos de uso humano por un
monto FOB de US$64,330.00, adicionalmente la factura de exportación indica gastos de embarque
por US$400.00, flete aéreo por US$1,300.00 y seguro por US$350.00 La mercancía es originada de
Colombia y cuenta con el respectivo Certificado de Origen el cual permitirá una rebaja
arancelaria del 100% en virtual del acuerdo de la CAN.
VITAFARMA PERU S.A.C
viene realizando importaciones mensuales desde hace un año y la presente importación fue
numerada el 15 de Septiembre del 2005 y el tipo de cambio vigente para la fecha de numeración
es de S/. 3.30 y para la fecha de cancelación es de S/. 3.332 Con esta información responder las
siguientes preguntas: 1.Determinar la base imposible. 2.determinar el total de los derechos de
aduana teniendo en cuenta la rebaja arancelaria. 3.
Solucion
a) Determinamos la base imponible
FOB US$ 64,730.00
FLETE US$ 1,300.00
SEGURO US$ 350.00
CIFUS$ 66,380.00...................... (1)
b) Determinamos los derechos, tasas y contribuciones
A/V 0% 0.00
IGV 16%. 11,285.00
IPM 2% 1,328.00
TASA SERV. 12.637.00 x S/.3.332 ……S/.42,106.00
PERCEP.3.5% 2,766.00 x S/.3.300 ……S/. 9,128.00
TOTAL 15,403.00……………….S/.51, 234.00………..(2)
CASO 16
Durante el mes de Agosto de 2010, la empresa agrícola “EXPORTACIONES AGRARIAS” S.R.L.
que siembra y cosecha naranjas (subpartida arancelaria 0805.10.00.00), ha efectuado una
primera exportación de estos productos a EEUU por un importe de S/. 150,000, para cuyo
proceso ha adquirido determinados bienes gravados con el IGV por un importe de S/. 100,000
más IGV. Al respecto, el Contador de la empresa nos consulta si ésta puede acceder al Saldo a
Favor del Exportador.
SOLUCIÓN:
A fin de responder la consulta de la empresa “EXPORTACIONES AGRARIAS” S.R.L. creemos por
conveniente considerar lo siguiente:
a) Tal como se observa del Apéndice I de la Ley del IGV e ISC, la venta en el país o la
importación de naranjas (subpartida arancelaria 0805.10.00.00) está exonerada del impuesto,
es decir las operaciones de venta en el país de estos bienes así como su importación, no están
gravados con el impuesto.
b) En relación a las exportaciones, la mayoritaria doctrina nacional ha convenido en que las
exportaciones de bienes o servicios están gravadas con tasa cero, aun cuando el artículo 33º
de la Ley del IGV e ISC señale que la exportación de bienes o servicios, así como los contratos
de construcción ejecutados en el exterior, no están afectos al Impuesto General a las Ventas.
Es decir, se asume que todas las exportaciones de bienes están gravadas con el impuesto, pero
con una tasa cero, ello independientemente del tipo de bien del cual se trate (exonerado o
no).
c) Esta teoría conlleva a que el exportador, por el hecho de trasladar para su consumo en el
exterior, los bienes exportados, tenga derecho a la devolución de los impuestos al consumo
que hayan gravado los bienes o servicios vinculados a la exportación
Lo anterior también ha sido plasmado en nuestra legislación, pues el artículo 34º de la Ley del
IGV e ISC, señala que tratándose de operaciones de exportación, el monto del impuesto que
hubiere sido consignado en los comprobantes de pago correspondientes a las adquisiciones de
bienes, servicios, contratos de construcción y las pólizas de importación, dará derecho a un
saldo a favor del exportador. Como se observa de la lectura de esta norma, no hay mayor
requisito para acogernos a este beneficio, que efectuar una exportación.
d) De acuerdo a lo expresado anteriormente, podríamos concluir que independientemente del
tipo de bien del que se trate, si se realiza una exportación, ésta dará derecho a aplicar las
normas del Saldo a Favor del Exportador, pudiendo efectuar la compensación y/o devolución
del referido saldo
En ese sentido, y tratándose del caso planteado por el contador de la empresa
“EXPORTACIONES AGRARIAS” S.R.L. podemos concluir que sí esta empresa exporta naranjas,
tendrá el derecho de acogerse a las normas del Saldo a favor del Exportador, pues aún cuando
la venta interna de estos bienes está exonerada, si se exportaran los mismos, esta operación
estará gravada con el impuesto, pero con una tasa cero.
Caso 17 INCOTERMS
SUPUESTO PRÁCTICO
La empresa MARVAL, dedicada a la elaboración de conservas vegetales, desea realizar una
oferta comercial a una empresa americana. Calcula el valor de la oferta comercial en posición
FCA, FAS, FOB, sabiendo que la oferta se realiza en los siguientes términos:
o Precio de los productos (EXV)............................................................. 110.000 €
o Transporte interior (desde la fábrica hasta el puerto de embarque)........ 460 €
o Gastos de carga......................................................................................... 254 €
o Flete........................................................................................................ 1.140 €
o Derechos arancelarios exportación.............................................................. 60 €
o Derechos arancelarios importación……………………………………………………..… 60 €
o Seguro........................................................................................................ 153 €
o Transporte desde el puerto de destino al almacén del comprador......... 142 €
FCA:
EL VENDEDOR se compromete a poner la mercadería despachada de aduana para la
exportación a disposición del transportista elegido por el comprador, en el lugar fijado,
soportando los gastos hasta el momento de la entrega.
Precio de los productos (EXV)............................................................. 110.000 €
Derechos arancelarios importación…………………………………………………………60 €
Oferta comercial en posición de FCA = 110.060 EURO
FAS
EL VENDEDOR se compromete a poner la mercadería despachada de aduana para la
exportación al costado del buque sobre muelle o barcaza en el puerto de embarque
convenido, soportando los gastos hasta el momento de la entrega.
Precio de los productos (EXV).................................................................... 110.000 €
Transporte interior (desde la fábrica hasta el puerto de embarque)................460 €
Derechos arancelarios exportación.....................................................................60 €
Oferta comercial en posición de FAS: = 110.520 EUROS
FOB
EL VENDEDOR se compromete a cumplimentar la entrega de la mercadería cuando ésta a
bordo del buque, en el puerto de embarque convenido, soportando todos los riesgos de
pérdida o daño de la mercadería hasta la entrega. Debe pagar los gastos de verificación o de
embalaje, incluido el despacho aduanero de exportación, no así el transporte internacional.
Precio de los productos (EXV)......................................................................... 110.000 €
Transporte interior (desde la fábrica hasta el puerto de embarque)...................460 €
Gastos de carga.....................................................................................................254 €
Derechos arancelarios exportación.........................................................................60 €
Oferta comercial en posición de FOB = 110.774 EUROS
Caso 18 INCOTERMS
La empresa VIMAR, dedicada a la comercialización de productos cerámicos, desea realizar una
oferta comercial a una empresa japonesa. Calcula el valor de la oferta comercial en posición
CFR y CIF, sabiendo que la oferta se realiza en los siguientes términos
CASO 19 INCOTERMS
VALCA S.A. es una empresa dedicada a la fabricación de componentes electrónicos y desea
realizar una oferta comercial a una empresa coreana. Calcula el valor de la oferta comercial en
posición CPT y CIP, sabiendo que la oferta se realiza en los siguientes términos:
CASO 20 CALCULO DE TRIBUTO ADUANEROS
La empresa “INVERSIONES INFORMÁTICAS” S.R.L. ha efectuado la adquisición de 1,500 Impresoras a SAMSUNG de Korea, por un valor FOB Tokio de US$ 585 cada una, las que son embarcadas el 01.08.2011. Nos indican que los desembolsos por transporte equivalen a US$ 80 por cada unidad y aquellos por seguro re-presentan el 1% del valor de las mercancías. Al respecto, nos piden determinar el cálculo de los tributos correspondientes a dicha importación. SOLUCIÓN: A efecto de determinar los tributos que tendrá que pagar la empresa “INVERSIONES INFORMÁTICAS” S.R.L. por la nacionalización (importación) de las impresoras, es necesario seguir los siguientes pasos:
1. Determinar el Total Valor FOB de la mercancía a importar. 2. Determinar el valor del seguro y del flete que corresponde a dicha mercancía. 3. Una vez hallados estos valores, habremos determinado el valor CIF de la importación, el que para nuestro caso, se asume que es el Valor en aduana. 4. Determinar los Derechos Arancelarios que corresponde a la mercancía, verificando la partida arancelaria y la tasa correspondiente. 5. Calcular el importe del ISC, de corresponder, así como del IGV e IPM Visto esto, a continuación, desarrollaremos los cálculos correspondientes.