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CATÁLOGO DE SUJETOS SANCIONADOS EN LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (CASS) 1 No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de Sentencia 1. SRE-PSC-21/2015 20 de febrero de 2015 Sóstenes Bravo Rodríguez, en su calidad de concesionario de la emisora XHXP-FM 106.5. Organización Radiofónica del Papaloapan, S.A. de C.V. Se acreditó la contratación de Organización Radiofónica del Papaloapan, S.A. de C.V., para la difusión por el concesionario Sóstenes Bravo Rodríguez, de un promocional que constituye propaganda electoral, a través de la emisora XHXP-FM 106.5. Amonestación Pública SRE-PSC-0021-2015 2. SRE-PSD-9/2015 20 de febrero de 2015 José Antonio Zárate Reyes Se acreditó la colocación de lonas alusivas a la precampaña de José Antonio Zárate Reyes, precandidato a Diputado Federal por el 15 Distrito Electoral Federal, en Veracruz en equipamiento urbano, en el municipio de Río Blanco, en dicha entidad federativa. Amonestación Pública SRE-PSD-0009-2015 3. SRE-PSD-17/2015 26 de febrero de 2015 Alfredo González González Se acreditó la colocación de pendones en equipamiento urbano alusivos a la precampaña de Alfredo González González, precandidato a Diputado Federal por el 02 Distrito Electoral Federal, en el estado de Nayarit Amonestación Pública SRE-PSD-0017-2015 4. SRE-PSD-19/2015 26 de febrero de 2015 Tomás Orea Albarrán Se acreditó la infracción consistente en colocación de propaganda electoral en un edificio público, atribuida a Tomás Orea Albarrán, precandidato a Diputado Federal por el 03 Distrito Electoral Uninominal en el estado de Tlaxcala. Amonestación Pública SRE-PSC-0027-2015

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CATÁLOGO DE SUJETOS SANCIONADOS EN LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

(CASS)

1

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

1. SRE-PSC-21/2015 20 de febrero de 2015

Sóstenes Bravo Rodríguez, en su calidad de concesionario de la emisora XHXP-FM 106.5.

Organización Radiofónica del Papaloapan, S.A. de C.V.

Se acreditó la contratación de Organización Radiofónica del Papaloapan, S.A. de C.V., para la difusión por el concesionario Sóstenes Bravo Rodríguez, de un promocional que constituye propaganda electoral, a través de la emisora XHXP-FM 106.5.

Amonestación Pública SRE-PSC-0021-2015

2. SRE-PSD-9/2015 20 de febrero de 2015 José Antonio Zárate Reyes

Se acreditó la colocación de lonas alusivas a la precampaña de José Antonio Zárate Reyes, precandidato a Diputado Federal por el 15 Distrito Electoral Federal, en Veracruz en equipamiento urbano, en el municipio de Río Blanco, en dicha entidad federativa.

Amonestación Pública SRE-PSD-0009-2015

3. SRE-PSD-17/2015 26 de febrero de 2015 Alfredo González González

Se acreditó la colocación de pendones en equipamiento urbano alusivos a la precampaña de Alfredo González González, precandidato a Diputado Federal por el 02 Distrito Electoral Federal, en el estado de Nayarit

Amonestación Pública SRE-PSD-0017-2015

4. SRE-PSD-19/2015 26 de febrero de 2015 Tomás Orea Albarrán

Se acreditó la infracción consistente en colocación de propaganda electoral en un edificio público, atribuida a Tomás Orea Albarrán, precandidato a Diputado Federal por el 03 Distrito Electoral Uninominal en el estado de Tlaxcala.

Amonestación Pública SRE-PSC-0027-2015

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(CASS)

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

5. SRE-PSC-27/2015 6 de marzo de 2015

1. Frecuencia Modulada de Apizaco S.A. de C.V. o FM Centro

2. Radio Huamantla S.A. de C.V., Radio Calpulalpan

3. Voz e Imagen de Tlaxcala, S.A. de C.V. o Radio Tlaxcala

4. Radio Altiplano F.M., S.A. de C.V 5. Televisión de Tlaxcala

Se acreditó la conducta consistente en la extensión de la difusión del 4° Informe de Gobierno del Gobernador de Tlaxcala, por parte de diversas concesionarias de radio y televisión con cobertura local en la referida entidad federativa.

Amonestación Pública SRE-PSC-0027-2015

6. SRE-PSD-26/2015 10 de marzo de 2015 Hernán de Jesús Orantes López

Se acreditó la infracción consistente en colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano y carretero atribuida a Hernán de Jesús Orantes López, precandidato a Diputado Federal por el 02 Distrito Electoral Federal en el estado de Chiapas.

Multa Equivalente a $4,626.60

(cuatro mil seiscientos veintiséis pesos 60/100 M.N.)

SRE-PSC-0027-2015.pdf

7. SRE-PSC-35/2015 13 de marzo de 2015

1) Communication Group S.A. de C.V. (TELE URBAN)

2) Partido Acción Nacional

Se acreditó el uso indebido de la pauta por el Partido Acción Nacional, lo que implicó promoción personalizada del Gobernador de Puebla, al difundir propaganda alusiva a su Cuarto Informe de Gobierno.

Amonestación Pública SRE-PSC-0035-2015

8. SRE-PSD-32/2015 13 de marzo de 2015 Próspero Manuel Ibarra Otero

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano y carretero atribuida a Próspero Manuel Ibarra Otero, precandidato del Partido Revolucionario Institucional a la diputación federal del 07 distrito electoral federal en Navojoa, Sonora.

Amonestación Pública SRE-PSD-0032-2015

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

9. SRE-PSC-14/2015 20 marzo 2014 Partido Verde Ecologista de México

Se acreditó la difusión de promocionales denominados cineminutos en las salas de cine de las empresas Cinemex y Cinepolis, así como la colocación de propaganda alusiva a logros del PVEM.

Multa Equivalente a $7,011,424.56

(siete millones once mil cuatrocientos veinticuatro pesos

56/100 M.N.)

SRE-PSC-0014-2015

10. SRE-PSC-37/2015 20 de marzo de 2015

1. Radio Sistema de Occidente S.A. de C.V.

2. Estéreo Mundo S.A. de C.V. 3. Sistema Jalisciense de Radio y

Televisión

Se acreditó la conducta de los concesionarios consistente en la difusión de tres promocionales (dos en radio y uno en televisión) alusivos al Segundo Informe de labores del Gobernador de Jalisco, fuera de la temporalidad permitida.

Amonestación Pública SRE-PSD-0032-2015

11. SRE-PSC-45/2015 27 de marzo de 2015

1. Radio del Sureste, S.A., concesionaria de la emisora XHONC-FM-92.3.

2. Estéreo Sistema, S.A. concesionaria de la emisora XHCQ-FM-98.5.

3. Radio Espectáculo, S.A. concesionaria de la emisora XHVV-FM-101.7.

Se acreditó la conducta de los concesionarios consistente en la difusión de dos promocionales que contienen propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada del Titular de la Secretaría de Infraestructura y Comunicaciones del Gobierno del estado de Chiapas.

Amonestación Pública SRE-PSC-0045-2015

12. SRE-PSD-37/2015 27 de marzo de 2015 1. Erick Mauricio Núñez Ventura 2. Carlos Alberto Paniagua Cunjama 3. Domingo Roldán Gómez Gómez

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano y carretero alusiva a Roberto Aquiles Aguilar Hernández, precandidato del Partido Revolucionario Institucional a la diputación federal del 02 distrito electoral federal en Chiapas.

Amonestación Pública SRE-PSD-0037-2015

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

13. SRE-PSD-31/2015 2 de abril de 2015 Partido Acción Nacional

Se acreditó la realización de actos anticipados de campaña atribuibles al Partido Acción Nacional, encaminados a posicionar a su precandidato a diputado federal en el 07 distrito electoral federal en el estado de Puebla, Mario Alberto Rincón González.

Amonestación Pública SRE-PSD-0031-2015

14. SRE-PSD-41/2015 2 de abril de 2015 Rosalinda Muñoz Sánchez

Se acreditó la realización de actos anticipados de campaña y el incumplimiento a la obligación en el retiro de propaganda de precampaña en los plazos previstos en la ley, atribuidas a Rosalinda Muñoz Sánchez, por la difusión de publicidad alusiva a su precandidatura a diputada federal por el 01 distrito electoral federal en el estado de Tlaxcala, a través de una lona y dos pintas en bardas.

Amonestación Pública SRE-PSD-0041-2015

15. SRE-PSC-5/2014

Y ACUMULADOS

9 de abril de 2015 PVEM

Multa de $76,160, 361.80 (Setenta y seis millones ciento

sesenta mil trecientos

sesenta y un pesos 80/100 M.N.). Cabe

señalar que la multa fue

impuesta por la Sala Superior en el diverso SUP-REP-120/2015.

Se actualizó la conducta relativa a la vulneración al modelo de comunicación política consagrado en el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la difusión de 15 (quince) spots en radio y 241,756 (doscientos cuarenta y un mil setecientos cincuenta y seis) spots en televisión, relativos a informes de labores de diversos legisladores del Partido Verde Ecologista de México.

Multa SRE-PSC-0005-2014

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

Televisa S.A. de C.V.

$414,338.17

TV AZTECA S.A.B. de C.V

$445,123.35

Televisión Puebla S.A. de C.V.

$74,792.83

CANAL XXI S.A. de C.V.

$74,792.83

Canal 13 de Michoacán, S.A de

C.V $725.58

Canales de Televisión

Populares, S.A. de C.V.

$24,932.43

Comunicación 2000, S.A. de C.V.

$70.89

Comunicación del Sureste, S.A. de

C.V. $1,134.24

SRE-PSC-5/2014 Y

ACUMULADOS 9 de abril de 2015

Coorporación Tapatía de

Televisión, S.A. de C.V

$658.86

SRE-PSC-0005-2014

Flores y Flores, S. en N.C. de C.V.

$587.97

Hilda Graciela Rivera Flores

$58.38

José de Jesús Partida Villanueva

$2,406.09

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6

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

José Humberto y Loucille Martínez

Morales $5,341.77

Lucia Perez Medina Vda. de

Mondragón $120.93

Mario Enrique Mayans Concha

$175.14

Multimedios Televisión, S.A. de

C.V. $246.03

Patro. para Inst. Repet. Canales de T.V., Coatz., Ver.,

A.C.

$150.12

Radio Impulsora de Occidente, S.A.

de C.V. $62.55

Radio Televisión, S.A. de C.V.

$2,097.51

SRE-PSC-5/2014 Y

ACUMULADOS 9 de abril de 2015

Radio Televisora de México Norte,

S.A. de C.V. $128,707.05

SRE-PSC-0005-2014

Ramona Esparza González

$642.18

Sucn. Beatriz Molinar Fernández

$12.51

T.V. de Culiacán, S.A. de C.V.

$137.61

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

T.V. de los Mochis, S.A. de C.V.

$18,076.95

Tele-Emisoras del Sureste, S.A. de

C.V. $692.22

Teleimagen del Noroeste, S.A. de

C.V. $638.01

Telemision, S.A. de C.V.

$692.22

Televimex, S.A. de C.V.

$244,962.48

Televisión Azteca, S.A. de C.V.

$548,655.24

Televisión de la Frontera, S.A.

$537.93

Televisión de Michoacán, S.A. de

C.V. $2,852.28

Televisión de Tabasco, S.A.

$2,681.31

SRE-PSC-5/2014 Y

ACUMULADOS 9 de abril de 2015

Televisión del Pacifico, S.A. de

C.V. $254.37

SRE-PSC-0005-2014 Televisora de

Mexicali, S.A. de C.V.

$4,007.37

Televisora de Navojoa, S.A.

$3,690.45

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

Televisora de Occidente, S.A. de

C.V $2,030.79

Televisora de Yucatán, S.A. de

C.V. $45.87

Televisora del Yaqui, S.A. de C.V.

$170.97

Televisora Peninsular, S.A. de

C.V. $3,523.65

Televisora XHBO, S.A. de C.V.

$137.61

TV Diez Durango, S.A. de C.V.

$496.23

TV Ocho, S.A. de C.V.

$437.85

Silvia Elizabeth Raygosa Jáuregui

67.29

Nueva Era Radio de Occidente S.A.

de C.V. 67.29

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

16. SRE-PSC-57/2015 9 de abril de 2015

1. XEUE-AM, S.A. de C.V. concesionaria de la emisora XHUE-FM-99.3;

2. Radiodifusora XELM-AM S.A. de C.V. concesionaria de la emisora XHLM-FM-105.9

3. Radio Celebridad, S.A. concesionaria de la emisora XHRPR-FM-88.3;

4. Espectáculo Auditivo, S.A. concesionaria de la emisora XHTUG-FM-103.5

Se acreditó la conducta de los concesionarios consistente en la difusión de dos promocionales que contienen propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada del Titular de la Secretaría de Infraestructura y Comunicaciones del Gobierno del estado de Chiapas.

Amonestación Pública SRE-PSC-0057-2015

17. SRE-PSC-26/2015 17 de abril de 2015 Partido Verde Ecologista de México

Se acreditaron las conductas por parte del Partido Verde Ecologista de México con motivo de las campañas “Propuesta cumplida” así como “El verde cumple lo que promete”, así como la relativa a la distribución de papel grado alimenticio para envolver tortillas con el emblema del referido partido político

Reducción del 40% de una ministración mensual

equivalente a $5,411,840.76 (cinco millones,

cuatrocientos once mil, ochocientos cuarenta 76/100

M.N.)

RE-PSC-0057-2015

18. SRE-PSC-39/2015 17 de abril de 2015 Partido Verde Ecologista de México

Se acreditó la conducta del Partido Verde Ecologista de México relativa a la alteración del modelo de comunicación política realizando una sobreexposición ilegal de manera reiterada y sistemática con motivo de la distribución de calendarios 2015 con su logotipo relativos a la campaña “Verde si Cumple”.

Reducción del 36% de una ministración mensual

equivalente a $4,167,117.38 (cuatro millones ciento sesenta y siete mil ciento diecisiete pesos 38/100 M.N.)

SRE-PSC-0039-2015

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(CASS)

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

19.

SRE-PSC-58/2015 Y

SRE-PSC-59/2015 ACUMULADOS

17 de abril de 2015 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la difusión en radio y televisión de promocionales que contiene expresiones calumniosas en contra del Gobernador del Estado de Sonora, del Presidente del Comité Directivo Estatal del PAN y Javier Gándara Magaña, candidato del aludido partido político a la gubernatura del referido estado.

Amonestación Pública SRE-PSC-0058-2015

20. SRE-PSC-62/2015 17 de abril de 2015 Partido del Trabajo

Se acreditó la difusión en televisión de un promocional que contiene expresiones calumniosas en contra de Claudia Pavlovich Arellano.

Amonestación Pública SRE-PSC-0062-2015

21. SRE-PSC-64/2015 17 de abril de 2015 Laura Guadalupe de Haro Ávila

Se acreditó la conducta consistente en la difusión extemporánea de un promocional radial alusivo al Segundo Informe de labores del Gobernador de Jalisco.

Amonestación Pública SRE-PSC-0064-2015

22. SRE-PSD-49/2015 17 de abril de 2015 1. José Manuel de Jesús

Viramontes Rodarte. 2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la conducta consistente en la difusión de propaganda electoral relativa a José Manuel de Jesús Viramontes Rodarte, ubicada en dos camionetas en el 02 Distrito Electoral en Zacatecas. Se acreditó el incumplimiento al deber de cuidado por parte del partido político.

Amonestación Pública SRE-PSD-0049-2015

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

23. SRE-PSD-50/2015 17 de abril de 2015 Verónica Delgadillo García

Se acreditó la conducta consistente en el incumplimiento a la obligación de retirar propaganda electoral de precampaña en los plazos establecidos por parte de Verónica Delgadillo García,.

Amonestación Pública SRE-PSD-0049-2015

24. SRE-PSD-56/2015 17 de abril de 2015 Jesús Amador Hernández Barbosa

Se acreditó la conducta consistente en el incumplimiento a la obligación de retirar propaganda electoral en los plazos establecidos por parte de Jesús Amador Hernández Barbosa.

Amonestación Pública SRE-PSD-0056-2015

25. SRE-PSD-59/2015 17 de abril de 2015 María Trinidad Cardiel Sánchez

Se acreditó el incumplimiento a la obligación de respetar el plazo legal establecido para el inicio de los actos de campaña, por parte de María Trinidad Cardiel Sánchez.

Amonestación Pública SRE-PSD-0059-2015

26.

SRE-PSC-65/2015 Y

SRE-PSC-66/2015 ACUMULADOS

24 de abril de 2015 Partido Acción Nacional

Se acreditó la infracción consistente en la difusión de propaganda con contenido calumnioso (promocional “Relojes-casas”), en radio y televisión, así como en los portales de internet “YouTube” y “Facebook”.

Amonestación Pública SRE-PSC-0065-2015

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(CASS)

12

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

27. SRE-PSD-70/2015 24 de abril de 2015 Gilberto Zamora Salas, candidato a diputado federal por el 04 distrito

electoral federal en Zacatecas.

Se acreditó la omisión de retirar propaganda de precampaña en el plazo legal, y como consecuencia, la configuración de actos anticipados de campaña.

Amonestación Pública SRE-PSD-0070-2015

28. SRE-PSD-73/2015 24 de abril de 2015

Manuel Jesús Clouthier Carrillo, candidato independiente diputado federal por el 05 distrito electoral

federal en Sinaloa.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (estructuras metálicas tipo bastidor)

Amonestación Pública SRE-PSD-0073-2015

29. SRE-PSD-74/2015 24 de abril de 2015

1. Ricardo Hernández Guerrero, candidato a diputado federal por el 05 distrito electoral federal en Sinaloa.

2. Partido Revolucionario Institucional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (fijación de cadenas para asegurar bastidores y mamparas)

Amonestación Pública SRE-PSD-0074-2015

30. SRE-PSD-75/2015 24 de abril de 2015

1. Guadalupe Francisco Javier Castellón Fonseca, candidato a diputado federal por el 02 distrito electoral federal en Nayarit.

2. Partido de la Revolución Democrática.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones)

Amonestación Pública SRE-PSD-0075-2015

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(CASS)

13

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

31. SRE-PSD-82/2015 24 de abril de 2015

1. Héctor Javier Lagunes Marín, candidato a diputado federal por el 07 distrito electoral federal en Veracruz.

2. Partido de la Revolución Democrática.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas)

Amonestación Pública RE-PSD-0082-2015

32.

SRE-PSD-87/2015 Y

SRE-PSD-78/2015 ACUMULADOS

24 de abril de 2015

1. Enrique Zamora Morlet, candidato a diputado federal por el 11 distrito electoral federal en Chiapas.

2. Partido Verde Ecologista de México.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas)

Amonestación Pública RE-PSD-0087-2015

33. SRE-PSD-88/2015 24 de abril de 2015

1. Mario Alberto Rincón González, candidato a diputado federal por el 07 distrito electoral federal en Puebla.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas y pendones)

Amonestación Pública SRE-PSD-0088-2015

34.

SRE-PSD-90/2015 Y

SRE-PSD-91/2015 ACUMULADOS

24 de abril de 2015

1. José Domingo Esquitín Lastiri, candidato a diputado federal por el 01 distrito electoral federal en Puebla.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones)

Amonestación Pública SRE-PSD-0090-2015

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(CASS)

14

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

35. SRE-PSD-94/2015 24 de abril de 2015

1. César Bleizeffer Vega, candidato a diputado federal por el 07 distrito electoral federal en Sonora.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones)

Amonestación Pública SRE-PSD-0094-2015

36. SRE-PSD-96/2015 24 de abril de 2015

1. Gianni Raúl Ramírez Ocampo, candidato a diputado federal por el 02 distrito electoral federal en Nayarit.

2. Partido Revolucionario Institucional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (espectaculares)

Amonestación Pública SRE-PSD-0096-2015

37. SRE-PSD-97/2015 24 de abril de 2015

1. Jesús Antonio López Rodríguez, candidato a diputado federal por el 04 distrito electoral federal en Sinaloa.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas)

Amonestación Pública SRE-PSD-0097-2015

38.

SRE-PSD-98/2015 Y

SRE-PSD-99/2015 ACUMULADOS

24 de abril de 2015

1. Isaías Villa González, candidato a diputado federal por el 04 distrito electoral federal en Sinaloa.

2. Partido de la Revolución Democrática.

Se acreditó la conducta consistente en la pinta de propaganda electoral en dos bardas de edificios públicos.

Amonestación Pública SRE-PSD-0098-2015

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(CASS)

15

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

39. SRE-PSD-100/2015 24 de abril de 2015

1. Othón Cuevas Córdova, candidato a diputado federal por el 09 distrito electoral federal en Oaxaca.

2. MORENA.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas)

Amonestación Pública SRE-PSD-0100-2015

40. SRE-PSD-102/2015 24 de abril de 2015

1. Eliza Rosana Soto Agüero, candidata a diputada federal por el 08 distrito electoral federal en Baja California.

2. Partido Revolucionario Institucional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (espectacular)

Amonestación Pública SRE-PSD-0102-2015

41. SRE-PSC-72/2015 1 de mayo de 2015 Sistema Chiapaneco de Radio,

Televisión y Cinematografía

Se acreditó la conducta consiste en la divulgación de propaganda gubernamental con fines de promoción personalizada a través del programa “Platicando con Eduardo Ramírez Secretario General de Gobierno”.

Amonestación Pública SRE-PSC-0072-2015

42. SRE-PSC-73/2015 1 de mayo de 2015 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la infracción consistente en la difusión en radio y televisión del promocional “Impuestos”, el cual constituye calumnia en contra del Partido Acción Nacional y de José Alejandro Zapata Perogordo.

Amonestación Pública SRE-PSC-0073-2015

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(CASS)

16

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

43. SRE-PSC-74/2015 1 de mayo de 2015 Partido Acción Nacional

Se acreditó la infracción consistente en la difusión en radio y televisión del promocional “Londres-Gasolina”, el cual constituye calumnia en contra del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

Amonestación Pública SRE-PSC-0074-2015

44. SRE-PSC-77/2015 1 de mayo de 2015 Partido Verde Ecologista de México Se acreditó la infracción consistente en la entrega de boletos para asistir a funciones en salas de cine de complejo CINEMEX.

Reducción del 45% de una ministración mensual ordinaria

equivalente a $5,052,629.79 (cinco millones cincuenta y dos mil seiscientos

veintinueve pesos 79/100 M.N.)

SRE-PSC-0077-2015

45. SRE-PSD-103/2015 1 de mayo de 2015 Partido Nueva Alianza Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lona)

Amonestación Pública SRE-PSD-0103-2015

46. SRE-PSD-105/2015 1 de mayo de 2015

1. Miguel Ángel Polvo Rea, candidato a diputado federal por el 02 distrito electoral federal en Tlaxcala.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en edificio público.

Amonestación Pública SRE-PSD-0105-2015

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

47. SRE-PSD-106/2015 1 de mayo de 2015

1. Santiago Sesión Maldonado, candidato a diputado federal por el 02 distrito electoral federal en Tlaxcala.

2. Partido de la Revolución Democrática

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento carretero y accidente geográfico. (barda)

Amonestación Pública SRE-PSD-0106-2015

48. SRE-PSD-107/2015 1 de mayo de 2015 International Outdoor Advertising de

México, S.A. de C.V.

Se acreditó la infracción consistente en la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido (espectaculares), alusivos a programas de gobierno de la Secretaria de Desarrollo y Bienestar Social del municipio de Matamoros, Tamaulipas.

Amonestación Pública SRE-PSD-0107-2015

49. SRE-PSD-112/2015 1 de mayo de 2015 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la conducta consistente en la pinta de una barda con propaganda electoral en las oficinas ejidales de Emiliano Zapata, Morelos.

Amonestación Pública SRE-PSD-0112-2015

50. SRE-PSD-113/2015 1 de mayo de 2015

1. Rosalinda Rodríguez Flores, candidata a diputada federal por el 07 distrito electoral federal en Oaxaca.

2. MORENA

Se acreditó la infracción consistente en la realización de actos anticipados de campaña de Rosalinda Rodríguez Flores, por la colocación de una lona que constituye propaganda electoral que hace alusión a la referida candidata, en periodo prohibido.

Amonestación Pública SRE-PSD-0113-2015

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(CASS)

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Sentencia

51. SRE-PSD-116/2015 1 de mayo de 2015 Gustavo Clausen Iberri, candidato a diputado federal por el 03 distrito electoral federal, en Sonora.

Se acreditó la infracción consistente en la realización de actos anticipados de campaña de Gustavo Clausen Iberri, por la difusión de propaganda electoral a través de anuncios y pinta de bardas.

Amonestación Pública SRE-PSD-0116-2015

52. SRE-PSD-117/2015 1 de mayo de 2015

1. Luis Gilberto Marrón Agustín, candidato a diputado federal por el 21 distrito electoral federal, en el Estado de México.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento carretero. (muros de contención).

Amonestación Pública SRE-PSD-0117-2015

53. SRE-PSD-119/2015 1 de mayo de 2015 Miguel Ángel Huepa Pérez, candidato a diputado federal por el 10 distrito electoral federal, en Puebla.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendón).

Amonestación Pública SRE-PSD-0119-2015

54. SRE-PSD-120/2015 1 de mayo de 2015

1. Beatriz María Rodríguez Casasnovas, candidata a diputada federal por el 08 distrito electoral federal, en Oaxaca.

2. Partido Revolucionario Institucional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (caballetes).

Amonestación Pública SRE-PSD-0120-2015

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(CASS)

19

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

55. SRE-PSD-122/2015 1 de mayo de 2015

1. Leonardo Rafael Guirao Aguilar, candidato a diputado federal por el 01 distrito electoral federal, en Chiapas.

2. Partido Verde Ecologista de México.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas y pendones).

Amonestación Pública SRE-PSD-0120-2015

56. SRE-PSD-125/2015 1 de mayo de 2015

1. Jesús Antonio López Rodríguez, candidato a diputado federal por el 04 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Aurora Alvarado Meléndez, candidata a diputada federal por el 04 distrito electoral federal, en Sinaloa.

3. Diana Armenta Armenta, candidato a diputado federal por el 04 distrito electoral federal, en Sinaloa.

4. Partido Acción Nacional 5. Partido Movimiento

Ciudadano 6. Partido Revolucionario

Institucional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (gallardetes y bastidores).

Amonestación Pública SRE-PSD-0125-2015

57. SRE-PSD-127/2015 1 de mayo de 2015

Jesús Amador Hernández Barbosa, candidato independiente a diputado federal por el 15 distrito electoral federal, en Puebla.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas y calcomanías).

Amonestación Pública SRE-PSD-0127-2015

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(CASS)

20

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

58. SRE-PSC-80/2015 8 de mayo de 2015

1. Ricardo Múzquiz Rodríguez, candidato a diputado federal por el 01 distrito electoral federal, en Coahuila.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la realización de actos anticipados de campaña a través de la colocación de propaganda electoral en la parte trasera de un camón (publicidad móvil).

Amonestación Pública SRE-PSC-0080-2015

59. SRE-PSD-134/2015 8 de mayo de 2015

Alicia Barrientos Pantoja, candidata a diputada federal por el 12 distrito electoral federal, en el Distrito Federal.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas).

Amonestación Pública SRE-PSD-0134-2015

60. SRE-PSD-137/2015 8 de mayo de 2015

1. Luz Argelia Paniagua Figueroa, candidata a diputada federal por el 02 distrito electoral federal, en Baja California.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la distribución de propaganda impresa, consistente en engomados (calcomanías) alusivas a Luz Argelia Paniagua, mismos que no son de material reciclable.

Amonestación Pública SRE-PSD-0137-2015

61. SRE-PSD-142/2015 8 de mayo de 2015

1. Mario Mata Carrasco, candidato a diputado federal por el 05 distrito electoral federal, en Chihuahua.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la conducta consistente en la colocación de propaganda electoral en un inmueble de propiedad privada, sin que mediara permiso por escrito del propietario.

Amonestación Pública SRE-PSD-0142-2015

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21

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

62. SRE-PSD-143/2015 8 de mayo de 2015

1. Nancy Cecilia Ortíz Cabrera, candidata a diputada federal por el 02 distrito electoral federal, en Oaxaca.

2. MORENA.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones).

Amonestación Pública SRE-PSD-0143-2015

63. SRE-PSD-144/2015 8 de mayo de 2015

1. Diana Armenta Armenta, candidata a diputada federal por el 04 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Partido Revolucionario Institucional.

Se acreditó la conducta consistente en la colocación de propaganda electoral en un inmueble de propiedad privada, sin que mediara permiso por escrito del propietario.

Amonestación Pública SRE-PSD-0144-2015

64. SRE-PSD-145/2015 8 de mayo de 2015

1. Miguel Ángel Polvo Rea, candidato a diputado federal por el 02 distrito electoral federal, en Tlaxcala.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pinta).

Amonestación Pública SRE-PSD-0145-2015

65. SRE-PSD-149/2015 8 de mayo de 2015

1. Laura Alejandra Ramírez Ortiz, candidata a diputada federal por el 02 distrito electoral federal, en Tlaxcala.

2. Patssy Amaro Ramírez, candidata suplente a diputada federal por el 02 distrito electoral federal, en Tlaxcala.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en un accidente geográfico montañoso y en un bien de dominio público.

Amonestación Pública SRE-PSD-0149-2015

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22

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

3. Partido del Trabajo.

66. SRE-PSD-152/2015 8 de mayo de 2015

1. Najla Souraya Wehbe Dipp, candidata a diputada federal por el 06 distrito electoral federal, en Baja California.

2. Partido Revolucionario Institucional.

3. Partido Verde Ecologista de México.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (espectaculares).

Amonestación Pública SRE-PSD-0152-2015

67. SRE-PSD-157/2015 8 de mayo de 2015 Carlos Lomelí Bolaños, candidato a diputado federal por el 04 distrito electoral federal, en Jalisco.

Se acreditó la conducta consistente en la difusión de propaganda electoral a través de tres calcomanías tipo vinil.

Amonestación Pública SRE-PSD-0157-2015

68. SRE-PSD-158/2015 8 de mayo de 2015

Elí César Eduardo Cervantes Rojas, candidato a diputado federal por el 02 distrito electoral federal, en San Luis Potosí.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pinta de barda).

Amonestación Pública SRE-PSD-0158-2015

69. SRE-PSC-29/2015 15 de mayo de 2015 MORENA Se acreditó la difusión en radio y televisión de un promocional que constituye acto anticipado de campaña.

Reducción del 12% de una ministración mensual ordinaria

equivalente a $781,909 (setecientos ochenta y un mil novecientos nueve pesos

00/100 M.N.)

SRE-PSC-0029-2015

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CATÁLOGO DE SUJETOS SANCIONADOS EN LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

(CASS)

23

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

70. SRE-PSC-46/2015 15 de mayo de 2015 Partido Verde Ecologista de

México

Se acredita la infracción a cargo del Partido Verde Ecologista de México consistente en la entrega de artículos promocionales que implican un beneficio directo, inmediato e indirecto para quienes los reciben, con motivo de la producción y distribución de las tarjetas de descuento PREMIA PLATINO.

Reducción del 15% de una ministración mensual ordinaria,

equivalente a la cantidad de $4,040,423.14 (cuatro millones

cuarenta mil cuatrocientos veintitrés 14/100 M.N.)

SRE-PSC-0046-2015

71. SRE-PSC-94/2015 15 de mayo de 2015 Partido del Trabajo

Se acredita el uso indebido del tiempo pautado en televisión, por parte del Partido del Trabajo, mediante la difusión de propaganda electoral que afecta el derecho de Adán Cortés Salas, al incluir su imagen en un promocional, sin que haya otorgado su consentimiento para ello.

Amonestación Pública SRE-PSC-0094-2015

72. SRE-PSC-98/2015 15 de mayo de 2015 Partido Acción Nacional Se acreditó la infracción consistente en uso indebido de la pauta

Amonestación Pública SRE-PSC-0098-2015

73.

SRE-PSD-161/2015 Y

SRE-PSD-162/2015 ACUMULADOS

15 de mayo de 2015

1. Zenén Xochihua Enciso, candidato a diputado federal por el 02 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lona).

Amonestación Pública SRE-PSD-0161-2015

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(CASS)

24

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

74.

SRE-PSD-164/2015 Y

SRE-PSD-165/2015ª ACUMULADOS

15 de mayo de 2015

1. Ángel Francisco Javier Trauwitz Echeguren, candidato a diputado federal por el 12 distrito electoral federal, en Puebla.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones).

Amonestación Pública SRE-PSD-0164-2015

75. SRE-PSD-169/2015 15 de mayo de 2015

1. Mario Alberto Rincón González, candidato a diputado federal por el 07 distrito electoral federal, en Chiapas.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones).

Amonestación Pública SRE-PSD-169/2015

76. SRE-PSD-170/2015 15 de mayo de 2015

1. Víctor Manuel Giorgana Jiménez, candidato a diputado federal por el 12 distrito electoral federal, en Puebla.

2. Partido Revolucionario Institucional.

3. Partido Verde Ecologista de México

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones).

Amonestación Pública SRE-PSD-0170-2015

77. SRE-PSD-172/2015 15 de mayo de 2015

1. Jorge Ramos Hernández, candidato a diputado federal por el 04 distrito electoral federal, en Baja California.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (espectacular).

Amonestación Pública SRE-PSD-0172-2015

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(CASS)

25

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

78. SRE-PSD-173/2015 15 de mayo de 2015

1. Gerardo Gabriel Cuanalo Santos, candidato a diputado federal por el 03 distrito electoral federal, en Querétaro.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (anuncios).

Amonestación Pública SRE-PSD-0173-2015

79. SRE-PSD-175/2015 15 de mayo de 2015

1. Antonio Acuña Millán, candidato a diputado federal por el 08 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Movimiento Ciudadano.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (bastidores).

Amonestación Pública y retiro de la propaganda

SRE-PSD-0175-2015

80. SRE-PSD-176/2015 15 de mayo de 2015

1. Nancy Haydee Vega Olivas, candidata a diputada federal por el 06 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas).

Amonestación Pública SRE-PSD-0176-2015

81. SRE-PSD-177/2015 15 de mayo de 2015

1. Martín Pérez Torres, candidato a diputado federal por el 08 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas).

Amonestación Pública SRE-PSD-0177-2015

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(CASS)

26

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

82. SRE-PSD-178/2015 15 de mayo de 2015

1. Carlos Díaz de León, candidato a diputado federal por el 02 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Movimiento Ciudadano.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones).

Amonestación Pública SRE-PSD-0178-2015

83. SRE-PSD-180/2015 15 de mayo de 2015

1. Víctor Hugo Lozano Poveda, candidato a diputado federal por el 04 distrito electoral federal, en Yucatán.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano. (manta).

Amonestación Pública SRE-PSD-0180-2015

84. SRE-PSD-181/2015 15 de mayo de 2015

1. Mónica del Carmen Escobar González, candidata a diputada federal por el 12 distrito electoral federal, en Chiapas.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en accidente geográfico. (lona).

Amonestación Pública SRE-PSD-0181-2015

85. SRE-PSD-185/2015 15 de mayo de 2015 Martín Pérez Torres, candidato a diputado federal por el 08 distrito electoral federal, en Sinaloa.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano. (espectaculares).

Amonestación Pública y retiro de propaganda

SRE-PSD-0181-2015

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(CASS)

27

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

86. SRE-PSD-197/2015 15 de mayo de 2015

1. Enrique Zamora Morlet, candidato a diputado federal por el 11 distrito electoral federal, en Chiapas.

2. Partido Verde Ecologista de México.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano. (lonas).

Amonestación Pública SRE-PSD-0197-2015

87. SRE-PSD-199/2015 15 de mayo de 2015 Sasil Dora Luz de León Villard, candidata a diputada federal por el 06 distrito electoral federal, en Chiapas.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano. (espectaculares).

Amonestación Pública y retiro de propaganda

SRE-PSD-0199-2015

88. SRE-PSD-207/2015 15 de mayo de 2015

1. Patricia Núñez Román, candidata a diputada federal por el 03 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Movimiento Ciudadano.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano. (lonas).

Amonestación Pública SRE-PSD-0207-2015

89. SRE-PSC-109/2015 22 de mayo de 2015 Partido Acción Nacional

Se acreditó la difusión de propaganda electoral de la campaña federal, en los tiempos asignados por el INE, como parte de sus prerrogativas para las campañas electorales de Morelos y Tabasco.

Multa Equivalente a $70,100.00

(Setenta mil cien pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0109-2015

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(CASS)

28

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

90. SRE-PSC-114/2015 22 de mayo de 2015

1. Mario Mata Carrasco, candidato a diputado federal por el 05 distrito electoral federal, en Chihuahua.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la realización de actos anticipados de campaña por la difusión de tres entrevistas en un canal de televisión restringida del municipio de Delicias, Chihuahua

1. Multa al candidato equivalente a $40,027.10 (cuarenta mil veintisiete pesos 10/100 M.N.)

2. Amonestación Pública.

SRE-PSC-0114-2015

91. SRE-PSD-209/2015

y acumulados

22 de mayo de 2015

Víctor Antonio Corrales Brugueño, candidato independiente a diputado federal, por el 06 distrito electoral federal, en Sinaloa.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (biombos).

Amonestación Pública SRE-PSD-0209-2015

92.

SRE-PSD-212/2015 Y

SRE-PSD-213/2015 acumulados

22 de mayo de 2015

1. Germán Escobar Manjarrez y/o “German Escobar”, candidato a diputado federal por el 06 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Partido Revolucionario Institucional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (estructura metálica con lona).

Amonestación Pública SRE-PSD-0212-2015

93.

SRE-PSD-215/2015 Y

SRE-PSD-249/2015 acumulados

22 de mayo de 2015

1. Víctor Manuel Giorgana Jiménez, candidato de la coalición PRI-PVEM, a diputado federal por el 12 distrito electoral federal, en Puebla.

2. Partido Revolucionario Institucional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones).

Amonestación Pública SRE-PSD-0215-2015

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29

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

3. Partido Verde Ecologista de México.

94.

SRE-PSD-216/2015 Y

SRE-PSD-247/2015 acumulados

22 de mayo de 2015

1. Jesús Antonio López Rodríguez, candidato a diputado federal por el 04 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pinta).

1. Multa al candidato equivalente a $2,944.20 (dos mil novecientos cuarenta y cuatro pesos 20/100 M.N.)

2. Amonestación Pública.

SRE-PSD-0216-2015

95. SRE-PSD-218/2015 22 de mayo de 2015

1. Sasil Dora Luz de León, candidata a diputada federal por el 06 distrito electoral federal, en Chiapas.

2. Partido Revolucionario Institucional.

3. Partido Verde Ecologista de México.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas).

Amonestación Pública SRE-PSD-0218-2015

96. SRE-PSD-219/2015 22 de mayo de 2015

1. César Bleizeffer Vega, candidato a diputado federal por el 06 distrito electoral federal, en Chiapas.

2. Partido Revolucionario Institucional.

3. Partido Verde Ecologista de México.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano y ferroviario. (pendones).

1. Multa al candidato de $1,261.80 (dos mil doscientos sesenta y un pesos. 80/100 M.N.)

2. Amonestación Pública.

SRE-PSD-0218-2015

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30

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

97. SRE-PSD-220/2015 22 de mayo de 2015

1. Isabel Ayón López, candidata a diputada federal por el 07 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Movimiento Ciudadano.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano y ferroviario. (pendones).

Amonestación Pública SRE-PSD-0220-2015

98. SRE-PSD-221/2015 22 de mayo de 2015

1. Xabier Albizuri Morett, candidato a diputado federal por el 06 distrito electoral federal, en Puebla.

2. Xitlalic Ceja García 3. Partido Acción Nacional. 4. Partido Revolucionario

Institucional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral monumentos históricos en la ciudad de Puebla.

Amonestación Pública SRE-PSD-0221-2015

99. SRE-PSD-222/2015 22 de mayo de 2015

1. Luis Galindo Ramírez, candidato a diputado federal por el 04 distrito electoral federal, en Durango.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (bastidor).

Amonestación Pública SRE-PSD-0222-2015

100.

SRE-PSD-224/2015 Y

SRE-PSD-238/2015 acumulados

22 de mayo de 2015

1. Mario Alberto Rincón González, candidato a diputado federal por el 07 distrito electoral federal, en Puebla.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas y pendones).

1. Multa al candidato equivalente a $21,030.00 (veintiún mil treinta pesos 00/100 M.N.)

2. Amonestación Pública.

SRE-PSD-0224-2015

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31

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

101.

SRE-PSD-226/2015 Y

SRE-PSD-232/2015 acumulados

22 de mayo de 2015

1. José Manuel del Río Virgen, candidato a diputado federal por el 06 distrito electoral federal, en Veracruz.

2. Movimiento Ciudadano.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones).

Amonestación Pública (retiro inmediato de la

propaganda) SRE-PSD-0226-2015

102. SRE-PSD-234/2015 22 de mayo de 2015 Edgardo Burgos Marentes, Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en Sinaloa.

Se acreditó calumnia en contra de Evelio Plata Inzunza, candidato a diputado Federal del Partido Revolucionario Institucional en el 03 Distrito Electoral Federal en Sinaloa.

Amonestación Pública (Como reparación del daño debe publicar a su costa los

puntos resolutivos en el periódico “Noroeste”)

SRE-PSD-0234-2015

103. SRE-PSD-236/2015 22 de mayo de 2015

1. Efraín Lozada Sánchez, candidato a diputado federal por el 03 distrito electoral federal, en Puebla.

2. Nancy de la Sierra Arumburu, candidata a diputada federal por el 03 distrito electoral federal, en Puebla.

3. Partido Revolucionario Institucional.

4. Partido Verde Ecologista de México.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en accidentes geográficos. (pinta)

Amonestación Pública SRE-PSD-0236-2015

104. SRE-PSD-237/2015 22 de mayo de 2015

1. Ignacio Salvador Hernández, candidato a diputado federal por el 16 distrito electoral federal, en Puebla.

2. Movimiento Ciudadano.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en accidentes geográficos. (pinta)

Amonestación Pública

SRE-PSD-0237-2015

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32

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

105. SRE-PSD-239/2015 22 de mayo de 2015

1. Diana Armenta Armenta candidata a diputada federal por el 04 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Partido Revolucionario Institucional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (bastidores y pendones).

1. Multa a la candidata equivalente a $6,028.06 (seis mil veintiocho pesos 06/100 M.N.)

2. Amonestación Pública.

SRE-PSD-0239-2015

106. SRE-PSD-240/2015 22 de mayo de 2015

1. María Guadalupe Conde Duarte, candidata a diputada federal por el 07 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones).

Amonestación Pública SRE-PSD-0240-2015

107. SRE-PSD-242/2015 22 de mayo de 2015

1. Angélica Ramírez Luna, candidata a diputada federal por el 11 distrito electoral federal, en Puebla.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lona).

Amonestación Pública SRE-PSD-0242-2015

108. SRE-PSD-243/2015 22 de mayo de 2015

1. Ernesto Villareal Cantú, candidato a diputado federal por el 26 distrito electoral federal, en Distrito Federal.

2. Partido de la Revolución Democrática.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0243-2015

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(CASS)

33

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

109.

SRE-PSD-245/2015 Y

SRE-PSD-246/2015 acumulados

22 de mayo de 2015

José Vidal Jiménez Ramírez, candidato independiente a diputado federal por el 01 distrito electoral federal, en Sinaloa.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (bastidores)

Amonestación Pública SRE-PSD-0245-2015

110. SRE-PSD-248/2015 22 de mayo de 2015

1. Angélica González Vázquez, candidata a diputada federal por el 02 distrito electoral federal, en Nayarit.

2. Movimiento Ciudadano.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones)

Amonestación Pública SRE-PSD-0248-2015

111. SRE-PSD-251/2015 22 de mayo de 2015

1. Marco Antonio Medrano Palazuelos, candidato a diputado federal por el 07 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. MORENA.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lona)

Amonestación Pública SRE-PSD-0251-2015

112. SRE-PSD-253/2015 22 de mayo de 2015

1. Ángel Francisco Javier Trauwitz Echeguren, candidato a diputado federal por el 12 distrito electoral federal, en Puebla.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones)

Amonestación Pública SRE-PSD-0253-2015

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(CASS)

34

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

113. SRE-PSC-121/2015 29 de mayo de 2015 Partido Acción Nacional Se acreditó la conducta consistente en el uso indebido de la pauta federal por transmitir propaganda de carácter local.

Multa Equivalente a $84,120.00

(ochenta y cuatro mil ciento veinte 00/100 M.N.)

Amonestación pública

SRE-PSC-0121-2015

114. SRE-PSC-123/2015 29 de mayo de 2015 Partido Acción Nacional Se acreditó la conducta consistente en el uso indebido de la pauta federal.

Multa Equivalente a $105,150.00

(ciento cinco mil ciento cincuenta 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0123-2015

115. SRE-PSD-80/2015 29 de mayo de 2015 Luis Cobo Velasco, candidato a

diputado federal por el 15distrito electoral federal, en Puebla.

Se acreditó la conducta consistente en actos anticipados de campaña a través de la colocación de espectaculares con la leyenda “Guicho Cobo” y una pinta de barda.

Multa Equivalente a $3,505.00

(Tres mil quinientos cinco 00/100 M.N.)

SRE-PSD-0080-2015

116. SRE-PSD-159/2015 29 de mayo de 2015

1. José César Carvajal González quien fuera precandidato a diputado federal por el 01distrito electoral federal, en Tlaxcala.

2. Partido de la Revolución Democrática.

Se acreditó la pinta de bardas alusivas al candidato denunciado.

Amonestación pública SRE-PSD-0159-2015

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(CASS)

35

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

117. SRE-PSD-255/2015 29 de mayo de 2015

1. Francisco Javier Niño Hernández, candidato a diputado federal por el 01 distrito electoral federal, en Oaxaca.

2. Partido de la Revolución Democrática.

3. Partido del Trabajo

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones)

Amonestación pública SRE-PSD-0255-2015

118. SRE-PSD-256/2015 29 de mayo de 2015

1. Mónica Adriana Chacón Erives, candidata a diputada federal por el 07 distrito electoral federal, en Chihuahua.

2. Partido del Trabajo.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones)

Amonestación pública SRE-PSD-0256-2015

119. SRE-PSD-258/2015 29 de mayo de 2015

1. José Castillo Labra, candidato a diputado federal por el 26 distrito electoral federal, en el Distrito Federal.

2. Movimiento Ciudadano.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (carteles)

Amonestación pública SRE-PSD-0258-2015

120. SRE-PSD-259/2015 29 de mayo de 2015

Gioava Camacho Casto, candidato independiente a diputado federal por el 08 distrito electoral federal, en Sinaloa.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (biombos)

Amonestación pública SRE-PSD-0259-2015

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CATÁLOGO DE SUJETOS SANCIONADOS EN LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

(CASS)

36

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

121. SRE-PSD-260/2015 29 de mayo de 2015

Alfredo del Mazo Maza, candidato a diputado federal por el 18 distrito electoral federal, en el Estado de México.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento carretero. (pinta)

Amonestación pública SRE-PSD-0260-2015

122.

SRE-PSD-262/2015 Y

SRE-PSD-303/2015 ACUMULADOS

29 de mayo de 2015

1. Alicia Barrientos Pantoja, candidata a diputada federal por el 12 distrito electoral federal, en el Distrito Federal.

2. MORENA

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (mantas)

Amonestación pública SRE-PSD-0262-2015

123. SRE-PSD-263/2015 29 de mayo de 2015

1. Juan de Dios Mendoza López, candidato a diputado federal por el 06 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Partido del Trabajo.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación pública SRE-PSD-0263-2015

124.

SRE-PSD-265/2015 Y

SRE-PSD-292/2015 ACUMULADOS

29 de mayo de 2015

1. Matiana Martínez Guerrero, candidata a diputada federal por el 06 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Movimiento Ciudadano

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas)

Amonestación pública SRE-PSD-0265-2015

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CATÁLOGO DE SUJETOS SANCIONADOS EN LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

(CASS)

37

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

125. SRE-PSD-266/2015 29 de mayo de 2015

1. Edith Villa Trujullo, candidata a diputada federal por el 16 distrito electoral federal, en Puebla.

2. Partido Revolucionario Institucional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano y edificio público

Amonestación pública SRE-PSD-0266-2015

126. SRE-PSD-268/2015 29 de mayo de 2015

1. Gabriela Olvera Marcial, candidata a diputada federal por el 09 distrito electoral federal, en Oaxaca.

2. Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas)

Amonestación pública SRE-PSD-0268-2015

127. SRE-PSD-269/2015 29 de mayo de 2015

Jesús Alfredo Ayala López, candidato independiente a diputado federal por el 01 distrito electoral federal, en Sinaloa

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (carteles)

Amonestación pública SRE-PSD-0269-2015

128. SRE-PSD-271/2015 29 de mayo de 2015

1. Edith Anabel Alvarado Varela, candidata a diputada federal por el 02 distrito electoral federal, en Tlaxcala.

2. Partido Revolucionario Institucional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en edificio público. (lonas)

Amonestación pública SRE-PSD-0271-2015

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38

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

129. SRE-PSD-273/2015 29 de mayo de 2015

1. Víctor Manuel Giogana Jiménez, candidato a diputada federal por el 12 distrito electoral federal, en Pueblas.

2. Partido Revolucionario Institucional.

3. Partido Verde Ecologista de México.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (dipticos)

Amonestación pública SRE-PSD-0273-2015

130. SRE-PSD-274/2015 29 de mayo de 2015 Jesús Alfredo Ayala López, candidato independiente a diputado federal por el 01 distrito electoral, en Sinaloa

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones)

Amonestación pública SRE-PSD-0274-2015

131. SRE-PSD-279/2015 29 de mayo de 2015

1. Hugo Alejandro Galván Araiza, candidato a diputado federal por el 02 distrito electoral federal, en Nayarit.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la conducta consistente en la entrega de diversos artículos que general un beneficio directo, inmediato y en especie.

Amonestación pública SRE-PSD-0279-2015

132. SRE-PSD-298/2015 29 de mayo de 2015

1. Teodoro Araiza Castaños, candidato a diputado federal por el 03 distrito electoral federal, en Baja California.

2. MORENA

Se acreditó la conducta consistente en actos anticipados de campaña, por la colocación de un espectacular.

Amonestación pública SRE-PSD-0298-2015

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(CASS)

39

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

133.

SRE-PSD-304/2015 Y

SRE-PSD-305/2015 ACUMULADOS

29 de mayo de 2015

1. Guadalupe Manjarrez Bastidas, candidato a diputado federal por el 06 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Partido de la Revolución Democrática

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación pública SRE-PSD-0304-2015

134. SRE-PSC-127/2015 2 de junio de 2015 XEAD-AM, S.A. de C.V.

“Radio Metrópoli”

Se acreditó la conducta consistente en la vulneración a las normas que rigen la transmisión de debates en medios de comunicación social, al no haber invitado a todos los candidatos a presidentes municipales de Guadalajara, Jalisco, a participar en el debate.

Multa Equivalente a $35,050.00

(treinta y cinco mil cincuenta pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0127-2015

135. SRE-PSC-129/2015 2 de junio de 2015 Partido Verde Ecologista de México

Se acredito la conducta consistente en uso indebido de la pauta federal, por la difusión en radio y televisión del promocional “Era Federal”.

Multa Equivalente a $70,100.00

setenta mil cien pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0129-2015

136. SRE-PSD-309/2015 2 de junio de 2015

1. Alberto Silva Ramos, candidato a diputado federal por el 03 distrito electoral federal, en Veracruz.

2. Partido Revolucionario Institucional

3. Partido Verde Ecologista de México.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano y edificios públicos. (lonas)

Amonestación pública SRE-PSD-0309-2015

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(CASS)

40

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

137. SRE-PSD-311/2015 2 de junio de 2015

1. Miriam Saldaña Chairez, candidata a diputada federal por el 24 distrito electoral federal, en Distrito Federal

2. David Aranda Martínez, Coordinador de Campaña de la candidata

3. Partido de la Revolución Democrática

4. Partido del Trabajo

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación pública SRE-PSD-0311-2015

138. SRE-PSD-315/2015 2 de junio de 2015

1. Alexi Yamileth Mendoza Monarrez, candidata a diputada federal por el 03 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la conducta consistente en emisión de expresiones de carácter calumnioso en contra de Evelio Plata Inzunza, candidato a diputado federal en Sinaloa.

Amonestación pública SRE-PSD-0315-2015

139. SRE-PSD-318/2015 2 de junio de 2015

1. Antonio Méndez de Llano Bermúdez, candidato a diputado federal por el 02 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. MORENA

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas)

Amonestación pública SRE-PSD-0318-2015

140. SRE-PSD-321/2015 2 de junio de 2015

1. Mario Alberto Cruz González candidato a diputado federal por el 02 distrito electoral federal, en Puebla.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones)

Amonestación pública SRE-PSD-0321-2015

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(CASS)

41

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

141.

SRE-PSD-322/2015 Y

SRE-PSD-325/2015 ACUMULADOS

2 de junio de 2015

1. Jesús Amador Hernández Barbosa, candidato a diputado federal por el 15 distrito electoral federal, en Puebla.

2. Sergio Emilio Gómez Olivier, candidato a diputado federal por el 15 distrito electoral federal, en Puebla.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones)

Amonestación pública SRE-PSD-0322-2015

142. SRE-PSD-324/2015 2 de junio de 2015

1. Clementina Montes de Oca, candidata a diputada federal por el 15 distrito electoral federal, en el Distrito Federal.

2. Partido Verde Ecologista de México

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones)

Amonestación pública SRE-PSD-0324-2015

143. SRE-PSD-327/2015 2 de junio de 2015

1. Claudia Fernández Romero, candidata a diputada federal por el 08 distrito electoral federal, en el Distrito Federal.

2. Partido de la Revolución Democrática.

3. Partido del Trabajo

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas y carteles)

Amonestación pública SRE-PSD-0327-2015

144. SRE-PSD-332/2015 2 de junio de 2015

1. Mario Alberto Cruz González, candidato a diputado federal por el 02 distrito electoral federal, en Puebla.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la pinta de propaganda electoral en edificio público.

Amonestación pública SRE-PSD-0332-2015

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(CASS)

42

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

145. SRE-PSC-135/2015 4 de junio de 2015

1. XEQD, S.A. DE C.V. (XHQD-FM).

2. Radio XEBU, S.A. DE C.V. (XHB-FM) y

3. Radiofónica XEBW del Norte S.A. de C.V. (HXBW-FM)

Difusión en radio de encuestas y/o sondeos de las preferencias electorales que incumplen los requisitos establecidos en el acuerdo INE/CG220/2014.

Multa a cada una de las sancionadas por la cantidad de $14,020.00 (catorce mil veinte

pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0135-2015

146. SRE-PSD-335/2015 4 de junio de 2015

1. Mario Alberto Rincón González, candidato a diputado federal por el 07 distrito electoral federal, en Puebla

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pendones)

1. Multa $14,020.00 (catorce mil veinte pesos 00/100 M.N.)

2. Multa $10,515.00 (diez mil quinientos quince pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSD-0335-2015

147. SRE-PSD-339/2015 4 de junio de 2015

1. Mario Alberto Cruz González, candidato a Diputado Federal por el 02 Distrito Electoral, en Puebla.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la pinta de propaganda electoral en accidente geográfico.

Amonestación pública SRE-PSD-0339-2015

148.

SRE-PSC-32/2015 Y

SRE-PSC-33/2015 ACUMULADOS

6 de junio de 2015

Televisión Azteca S.A. de C.V.

$90,632.96

Vulneración a la normativa electoral que puso en riesgo el principio de equidad, promoción personalizada, uso indebido de la pauta, violación a reglas relativas a la rendición y difusión de informes de labores, contratación y/o adquisición de tiempo en televisión, actos anticipados de campaña, utilización de recursos públicos a través del programa social vales de medicina, así como difusión y entrega de beneficios.

Multa SRE-PSC-0032-2015

Televimex S.A. de C.V.

$39,277.59

Radiotelevisora de México Norte, S.A.

de C.V. $17,985.88

José Humberto y Loucille Martínez

Morales $297.66

Canales de Televisión Populares S.A. de

C.V. $2,809.73

T.V. de los Mochis S.A. de C.V.

$2,264.02

Televisora Peninsular S.A. de C.V.

$662.97

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(CASS)

43

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

Radio Televisión S.A. de C.V.

$351.78

José de Jesús Partida Villanueva

$333.74

Televisora de Occidente S.A. de

C.V. $469.04

Televisión de Puebla S.A. de C.V.

$550.22

Televisión de Michoacán S.A. de

C.V. $144.32

Televisora de Navojoa S.A.

$649.44

Televisión de Tabasco S.A. de C.V.

$378.84

Ramona Esparza González

$117.26

Televisora de Mexicali S.A. de C.V.

$577.28

149. SRE-PSC-53/2015 6 de junio de 2015 Partido Verde Ecologista de México

Se acreditó la vulneración al modelo de comunicación política por parte del Partido Verde Ecologista de México, al difundir la campaña sistemática, reiterada y continua bajo los slogan “verde sí cumple”, “propuesta cumplida”, “cumple lo que promete”, con sus diversas temáticas, así como la utilización indebida del programa social “vales de medicina” a través de propaganda política difundida en cuatro revistas y mensajes de texto

Multa Equivalente a $717,308.96 (setecientos diecisiete mil trescientos ocho pesos 96/100 M.N.)

SRE-PSC-0053-2015

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(CASS)

44

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

150. SRE-PSC-99/2015 6 de junio de 2015 Partido Revolucionario Institucional

Se acredito el uso indebido de la pauta federal por la transmisión en radio y televisión de dos promocionales para beneficiar una candidatura local.

Multa Equivalente a $210,300.00 (doscientos diez mil trescientos pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0099-2015

151. SRE-PSC-143/2015 6 de junio de 2015 1. Armando Jesús Félix Holguin 2. Orlando Salido Rivera 3. Partido Acción Nacional,

Se acreditó la vulneración al modelo de comunicación política, por la exhibición de propaganda electoral de Armando Jesús Félix Holguín, misma que fue difundida en televisión durante una pelea de box.

Multa Equivalente a $15,071.00 (quince mil setenta y un pesos 00/100 M.N.)

Multa

Equivalente a $21,030.00 (veintiún mil treinta pesos 00/100 M.N.)

Amonestación pública

SRE-PSC-0143-2015

152. SRE-PSC-145/2015 6 de junio de 2015 Partido de la Revolución Democrática

Transmisión de un promocional en radio y televisión dentro de la pauta del PRD, que constituye propaganda calumniosa en contra del PRI.

Amonestación pública SRE-PSC-0145-2015

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(CASS)

45

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

153. SRE-PSC-149/2015 6 de junio de 2015

1. Televisión Alteña S.A. de C.V. 2. Salvador López Hernández, 3. Revolucionario Institucional 4. Partido Verde Ecologista de

México,

Difusión de un spot que indebidamente promociona al candidato a presidente municipal de Arandas, Jalisco, y que podría configurar contratación y/o adquisición de tiempo en televisión.

Multa Equivalente a $70,100.00 (setenta mil cien pesos 00/100 M.N.)

Multa Equivalente a $35,050.00 (treinta y cinco mil cincuenta pesos 00/100 M.N.)

Amonestación pública

SRE-PSC-0149-2015

154. SRE-PSC-152/2015 6 de junio de 2015 Partido Verde Ecologista de México

Difusión de diversos desplegados en periódicos de circulación nacional (EL Universal, Excélsior, Milenio y La Jornada) del grupo parlamentario del PVEM.

Amonestación pública SRE-PSC-0152-2015

155. SRE-PSD-89/2015 6 de junio de 2015

1. Mario Alberto Rincón González

2. Epifania Tejeda Juárez, 3. a Asociación Periodística

Síntesis S.A. de C.V.,

Se acreditaron actos anticipados de precampaña y campaña, así como promoción personalizada de Mario Alberto Rincón González, por la aparición de su imagen y/o nombre en la portada y contenido de la revista “Puebla, Nueva Era”, en un periódico de bolsillo “Síntesis”, así como en espectaculares, lonas, bardas y pendones.

1. Multa de $70,100.00 (setenta mil cien pesos 00/100 M.N.)

2. Multa de $7,010.00 (siete mil diez pesos 00/100 M.N)

3. Multa de $14,020.00 (catorce mil veinte pesos 00/100 M.N)

SRE-PSD-0089-2015

156. SRE-PSD-345/2015 6 de junio de 2015 Partido Acción Nacional

Se sanciona al Partido Acción Nacional, por faltar a su deber de cuidado respecto de la asistencia del Secretario del Ayuntamiento de Delicias, Chihuahua, a la Primera Sesión Ordinaria del 05 Consejo Distrital Electoral y en la que hizo uso de la voz como representante del PAN.

Amonestación pública SRE-PSD-0345-2015

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(CASS)

46

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

157. SRE-PSD-349/2015 6 de junio de 2015

1. Jesús Salomé Rodríguez Manjarrez, en su calidad de candidato al cargo de Diputado Federal del 06 Distrito Electoral Federal, en el estado de Sinaloa,

2. Nueva Alianza

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación pública SRE-PSD-0349-2015

158. SRE-PSD-350/2015 6 de junio de 2015

1. Guadalupe Manjarrez Bastida candidata a Diputada Federal por el Distrito Electoral Federal 06 en Sinaloa,

2. Partido de la Revolución Democrática

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación pública SRE-PSD-0350-2015

159. SRE-PSD-351/2015 6 de junio de 2015

1. Matiana Martínez Guerrero, candidata a diputada federal por el 06 distrito electoral federal, en Sinaloa

2. Movimiento Ciudadano.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (bastidores)

Amonestación pública SRE-PSD-0351-2015

160. SRE-PSD-354/2015 6 de junio de 2015

1. Olegaria Carrasco Macías, candidata a diputada federal por el 06 distrito electoral federal, en Sinaloa.

2. Rocío Margarita Hernández Tirado, candidata suplente a diputada federal por el 06 distrito electoral federal, en Sinaloa.

3. MORENA

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (bastidores)

Amonestación pública SRE-PSD-0354-2015

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(CASS)

47

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

161. SRE-PSD-363/2015 6 de junio de 2015

1. Alberto Silva Ramos, candidato a diputado federal por el 03 distrito electoral federal, en Veracruz

2. Partido Revolucionario Institucional

3. Partido Verde Ecologista de México

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (pinta de bardas)

Amonestación pública SRE-PSD-0363-2015

162. SRE-PSD-371/2015 6 de junio de 2015

1. Arlette Ivette Muñoz Cervantes, candidata a diputada federal por el distrito electoral federal 02 en Aguascalientes, Aguascalientes

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación pública SRE-PSD-0371-2015

163. SRE-PSD-374/2015 6 de junio de 2015 Partido Verde Ecologista de México Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación pública SRE-PSD-0374-2015

164. SRE-PSD-376/2015 6 de junio de 2015

Héctor Javier Lagunes Marín, candidato a Diputado Federal, por el 07 Distrito Electoral en el estado de Veracruz

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. (lonas)

Amonestación pública con apercibimiento

SRE-PSD-0376-2015

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(CASS)

48

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

165. SRE-PSC-155/2015 12 de junio de 2015

Coalición “Alianza por tu Seguridad”, integrada por los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y Demócrata.

Se acreditó la infracción relativa a la difusión de un promocional en los tiempos destinados para la candidatura a la gubernatura del Estado de Nuevo León.

Multa Equivalente a $70,100.00 (setenta mil cien pesos 00/100 M.N)

SRE-PSC-0155-2015

166. SRE-PSC-157/2015 12 de junio de 2015 Partido Acción Nacional

Se acreditó la conducta consistente en la difusión de propaganda electoral con contenido calumnioso en contra de Francisco Reynaldo Cienfuegos Martínez.

Amonestación pública SRE-PSC-0157-2015

167. SRE-PSD-380/2015 12 de junio de 2015 Movimiento Ciudadano Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación pública SRE-PSD-0380-2015

168. SRE-PSD-386/2015 12 de junio de 2015

1. Mario Ramos del Carmen, otrora candidato a diputado federal por el 04 distrito electoral federal en Guerrero.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación pública SRE-PSD-0386-2015

169. SRE-PSD-390/2015 12 de junio de 2015

1. Krinagemma Rodríguez Contreras, otrora candidata a diputada federal, por el 03 distrito electoral federal electoral en Quintana Roo.

2. Brasilia de la Cruz Madera Sarabia, otrora candidata suplente a diputada federal, por el 03 distrito electoral federal electoral en Quintana Roo

3. Partido Acción Nacional

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación pública SRE-PSD-0390-2015

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(CASS)

49

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

170. SRE-PSC-159/2015 17 de junio de 2015 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la conducta consistente en la transmisión de la propaganda electoral con contenido calumnioso en el promocional de televisión identificado con la clave “RV02054-15” y título “VERDAD” dentro de las pautas otorgadas por el Instituto Nacional Electoral a dicho partido político.

Amonestación pública SRE-PSC-0159-2015

171. SRE-PSC-162/2015 17 de junio de 2015 1. Partido Acción Nacional 2. Movimiento Ciudadano

Se acreditó el uso indebido de la pauta federal por difundir propaganda de carácter local por parte de los partidos políticos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano; así como calumnia en contra de Claudia Artemiza Pavlovich Arellano, el Partido Revolucionario Institucional e Ivonne Liliana Álvarez García

Multa Equivalente a $140,200.00 (ciento cuarenta mil doscientos días 00/100 M.N,).

Multa

Equivalente a $70,100.00 (setenta mil cien pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0162-2015

172. SRE-PSC-163/2015 17 de junio de 2015 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó calumnia y el uso indebido de la pauta por la difusión del promocional “No más”, el cual, incluyó comunicaciones privadas producto de intervenciones ilícitas.

Multa Equivalente a $140,200.00 (ciento cuarenta mil doscientos días 00/100 M.N,)

SRE-PSC-0163-2015

173. SRE-PSC-166/2015 17 de junio de 2015 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó el uso indebido de la pauta de radio y televisión al no incluir en 27 spots de televisión y 60 en radio, que eran de candidatos de la coalición parcial integrada por los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México.

Multa Equivalente a $70,100.00 (setenta mil cien pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0166-2015

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(CASS)

50

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

174. SRE-PSC-167/2015 17 de junio de 2015 Televisión Azteca, S.A. de C.V.

Se acreditó la conducta consistente en la difusión en televisión de cortinillas previas a la transmisión de los mensajes políticos ordenados por el Instituto Nacional Electoral.

Amonestación Pública SRE-PSC-0167-2015

175. SRE-PSD-405/2015 17 de junio de 2015

1. Roberto Cortez Hernández, en su carácter de candidato a diputado federal por el 03 distrito electoral en Veracruz.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0405-2015

176. SRE-PSD-406/2015 17 de junio de 2015 Comunicación Especializada S.A. de

C.V. (Olmeca TV).

Se acreditó la conducta consistente en la exclusión de Esteban Valles Martínez, candidato independiente a diputado federal por el 11 distrito electoral en Veracruz, del debate de candidatos a la diputación del referido distrito.

Multa Equivalente a $701.00 (setecientos un peso 00/100 M.N.)

SRE-PSD-0406-2015

177. SRE-PSC-107/2015 19 de junio de 2015 Partido Acción Nacional

Se acreditó el uso indebido de la pauta federal por la transmisión en radio y televisión de dos promocionales relativos a comicios locales, en los estados de Guanajuato y San Luis Potosí.

Multa Equivalente a $245,350.00 (doscientos cuarenta y cinco mil trescientos cincuenta pesos 00/100 M.N.),

SRE-PSC-0107-2015

178. SRE-PSC-174/2015 19 de junio de 2015 Partido Acción Nacional Se acredita calumnia en contra de Claudia Artemiza Pavlovich Arellano, así como el uso indebido de la pauta.

Multa Equivalente a $280.400.00 (doscientos ochenta mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0174-2015

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(CASS)

51

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

179. SRE-PSC-176/2015 19 de junio de 2015 Partido Acción Nacional

Se acreditó el uso indebido de la pauta por la difusión de los promocionales denominados “Estamos hartos”, en su versión de radio y televisión.

Multa Equivalente a $175,250.00 (ciento setenta y cinco mil doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0176-2015

180. SRE-PSD-264/2015 19 de junio de 2015

1. José Domingo Esquitín Lastiri, entonces candidato a diputado federal.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

1. Multa equivalente a $35,050.50 (treinta y cinco mil cincuenta pesos 50/100 M.N.)

2. Multa equivalente a

$35,050.50 (treinta y cinco mil cincuenta pesos 50/100 M.N.)

SRE-PSD-0264-2015

181. SRE-PSD-407/2015 19 de junio de 2015

1. Mario Alberto Rincón González, entonces candidato a diputado federal por el 07 distrito electoral en Puebla

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

1. Multa equivalente a $12,267.50 (doce mil doscientos sesenta y siete pesos 50/100 M.N.)

2. Multa equivalente a $7,010.00 (siete mil diez pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSD-0407-2015

182. SRE-PSD-413/2015 19 de junio de 2015

1. Marcos Salas Contreras, entonces candidato a diputado federal por el 08 distrito electoral en Veracruz

2. Partido Movimiento Ciudadano.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0413-2015

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

183. SRE-PSD-414/2015 19 de junio de 2015 Mario Alberto Rincón González, entonces candidato a diputado federal por el 07 distrito electoral en Puebla.

Se acreditó el incumplimiento a los acuerdos de medidas cautelares A15/INE/PUE/CD07/18-04-2015 y A16/INE/PUE/CD07/23-04-2015, que le ordenaron retirar la propaganda electoral colocada en equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0414-2015

184. SRE-PSD-415/2015 19 de junio de 2015 1. Jorge Rodríguez Pasos 2. Partido del Trabajo

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0415-2015

185. SRE-PSD-416/2015 19 de junio de 2015 Martín Pérez Torres Se acreditó la colocación de propaganda electoral en accidente geográfico.

Amonestación Pública SRE-PSD-0416-2015

186. SRE-PSD-418/2015 19 de junio de 2015

1. Mario Alberto Rincón González, entonces candidato a diputado federal por el 07 distrito electoral en Puebla.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó el incumplimiento a los acuerdos de medidas cautelares, que le ordenaron retirar la propaganda electoral colocada en equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0418-2015

187. SRE-PSD-420/2015 19 de junio de 2015

1. Apolinar Casillas Gutiérrez, otrora candidato a diputado federal por el 04 distrito electoral federal en Querétaro.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la conducta consistente en proporcionar diversos servicios que generaron un beneficio directo, en especie, inmediato y mediato a la ciudadanía.

Amonestación Pública SRE-PSD-0420-2015

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Sentencia

188. SRE-PSC-179/2015 26 de junio de 2015 AP&H COMMUNICATION GROUP, S.A. de C.V. (Tele Urban),

Se acreditó la conducta consistente en la difusión de propaganda electoral del Partido Verde Ecologista de México en las pantallas del sistema de transporte público conocido como Metrobús, durante el periodo de reflexión.

Multa Equivalente a $70,100.00 (Setenta mil cien pesos cero centavos M.N).

SRE-PSC-0179-2015

189. SRE-PSC-182/2015 26 de junio de 2015 GRUPO RADIODIGITAL SIGLO XXI, S.A. de C.V., concesionaria de la emisora XHXV-FM 88.9 “La Z”.

Se acreditó la conducta consistente en la difusión de un fragmento del programa de cinco minutos pautado para el Partido Verde Ecologista de México, en 2014 y difundido el 6 de junio de 2015.

Multa Equivalente a $70,100.00 (Setenta mil cien pesos cero centavos M.N).

SRE-PSC-0182-2015

190. SRE-PSC-185/2015 26 de junio de 2015 Partido de la Revolución Democrática

Se acreditó la conducta consistente en la difusión del promocional “Diputados Tabasco” en radio y televisión, el cual contiene expresiones calumniosas.

Amonestación Pública SRE-PSC-0185-2015

191. SRE-PSD-432/2015 26 de junio de 2015

1. Gabriel Rodríguez Medina, otrora candidato a Diputado Federal

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0432-2015

192. SRE-PSD-434/2015 26 de junio de 2015

1. Arlette Ivette Muñoz Cervantes, entonces candidata a diputada federal por el distrito electoral federal 02 en Aguascalientes.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0434-2015

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193. SRE-PSC-7/2015 3 de julio de 2015 Partido Verde Ecologista de México

Se acreditó la difusión de 19,097 spots a través de una estrategia sistemática e integral por parte del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Multa Equivalente a $4,500,000.00 (cuatro millones quinientos mil pesos)

SRE-PSC-0007-2015

194. SRE-PSC-54/2015 3 de julio de 2015 Televisión Azteca, S.A. de C.V.

Se acreditó la vulneración al modelo de comunicación político-electoral por la alteración de la propaganda electoral de los partidos políticos.

Multa Equivalente a $140,200.00 (ciento cuarenta mil doscientos pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0054-2015

195. SRE-PSC-105/2015 3 de julio de 2015 Partido Verde Ecologista de México Se acreditó la entrega de un kit escolar que implica un beneficio para quienes lo reciben.

Reducción del 15% de una ministración mensual para

actividades ordinarias, equivalente a la cantidad de

$4,040,423.14 (cuatro millones cuarenta mil

cuatrocientos veintitrés, 14/100)

SRE-PSC-0105-2015

196. SRE-PSC-196/2015 3 de julio de 2015 Movimiento Ciudadano

Se acreditó el uso indebido de la pauta por la difusión de los promocionales denominados “Alianza NL” y “Testimonio v1”.

Multa Equivalente a $35,050.00 (treinta y cinco mil cincuenta pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0196-2015

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197. SRE-PSC-197/2015 3 de julio de 2015 Partido Verde Ecologista de México

Se acreditó la publicación de un desplegado a nivel nacional en el periódico “Reforma” en se convoca a la ciudadanía en general a participar en el acto simbólico denominado “UN APAGÓN PARA DARLE LUZ A LA TIERRA”.

Multa Equivalente a $210,300.00 (doscientos diez mil trescientos pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0197-2015

198. SRE-PSC-199/2015 3 de julio de 2015

1. Transmisora Regional Radio Fórmula, S.A. de C.V. concesionario de la emisora XEKAM-AM-950

2. Fronteradio, S.A. concesionario de XHEM-FM-103.5.

Se acreditó el incumplimiento a las medidas cautelares por la difusión de los promocionales “Mas verde que nunca”.

Amonestación Pública SRE-PSC-0199-2015

199.

SRE-PSD-48/2015 Y

SRE-PSD-310/2015 ACUMULADOS

3 de julio de 2015 Partido Verde Ecologista de México Se acreditó la entrega de despensas que constituye un beneficio directo en especie

Reducción del 10% de una ministración mensual para

actividades ordinarias, equivalente a la cantidad de $2,693,615.43 (dos millones

seiscientos noventa y tres mil seiscientos quince 43/100 ).

200. SRE-PSD-439/2015 3 de julio de 2015

1. Antonio Amaro Cancino, entonces candidato a diputado federal por el distrito electoral federal 01 en Oaxaca

2. Partido Revolucionario Institucional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0439-2015

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201. SRE-PSD-441/2015 3 de julio de 2015 1. Isabel Ayón López, entonces

candidata a diputada federal. 2. Movimiento Ciudadano

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

1. Multa equivalente a $1,682.40 (mil seiscientos ochenta y dos pesos 40/100)

2. Multa equivalente a $1,121.60 (mil ciento veintiún pesos 60/100 M.N.)

SRE-PSD-0441-2015

202. SRE-PSD-448/2015 3 de julio de 2015

Ramón Llanos Ruelas, entonces candidato a diputado federal por el distrito electoral federal 23 en el Distrito Federal.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0448-2015

203. SRE-PSD-451/2015 3 de julio de 2015

1. Víctor Manuel Sarmiento Armenta, entonces candidato a diputado federal por el distrito electoral federal 01 en Sinaloa.

2. Partido Acción Nacional.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0451-2015

204. SRE-PSD-453/2015 3 de julio de 2015

1. Víctor Manuel Sarmiento Armenta, entonces candidato a diputado federal por el distrito electoral federal 01 en Sinaloa.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0453-2015

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

205. SRE-PSD-454/2015 3 de julio de 2015

1. Lizandro Sillas López, entonces candidato a diputado federal por el distrito electoral federal 01 en Sinaloa.

2. Partido Nueva Alianza.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0454-2015

206. SRE-PSD-455/2015 3 de julio de 2015

1. Ángel García Contreras, entonces candidato a diputado federal por el distrito electoral federal 08 en Sinaloa.

2. Partido de la Revolución Democrática.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0455-2015

207. SRE-PSD-456/2015 3 de julio de 2015

1. Gerardo Brambila Rojo, entonces candidato a diputado federal por el distrito electoral federal 01 en Sinaloa.

2. Movimiento Ciudadano

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0456-2015

208. SRE-PSD-457/2015 3 de julio de 2015

1. Maximiliano Ruiz Arias, entonces candidato a diputado federal por el distrito electoral federal 08 en Sinaloa.

2. MORENA.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0457-2015

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58

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

209. SRE-PSD-459/2015 3 de julio de 2015

1. Jorge Alberto Rodríguez Pasos, entonces candidato a diputado federal por el distrito electoral federal 08 en Sinaloa.

2. Partido del Trabajo.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0459-2015

210. SRE-PSD-462/2015 3 de julio de 2015

1. Nancy de la Sierra Arámburo, entonces candidata a diputada federal por el distrito electoral federal 03 en Puebla.

2. Partido Revolucionario Institucional.

3. Partido Verde Ecologista de México.

Se acreditó la conducta consistente en la difusión de propaganda electoral en periodo prohibido por la ley, consistente en la publicación de notas en Facebook y Twitter.

Amonestación Pública SRE-PSD-0462-2015

211.

SRE-PSD-463/2015 Y

SRE-PSD-464/2015 ACUMULADOS

3 de julio de 2015

1. Quirino Ordaz Coppel, entonces candidato a diputado federal por el distrito electoral federal 08 en Sinaloa.

2. Partido Revolucionario Institucional.

3. Partido Verde Ecologista de México.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0463-2015

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

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212. SRE-PSC-131/2015 9 de julio de 2015

1. Partido Revolucionario Institucional

2. Partido Verde Ecologista de México

3. Publicidad Virtual, S.A. de C.V.

Se acreditó la adquisición de tiempo en televisión fuera del pautado por el Instituto Nacional Electoral.

1. Multa equivalente a $175,250.00 (Ciento setenta y cinco mil doscientos cincuenta pesos cero centavos M.N.).

2. Multa equivalente a $385,550.00 (Trescientos ochenta y cinco mil quinientos cincuenta pesos cero centavos M.N.).

3. Multa equivalente a $385,550.00 (Trescientos ochenta y cinco mil quinientos cincuenta pesos cero centavos M.N.).

SRE-PSC-0131-2015

213. SRE-PSC-132/2015

Y SRE-PSC-133/2015

9 de julio de 2015

1. Partido Verde Ecologista de México.

2. Partido Acción Nacional 3. The Game Marketing S.A. de

C.V. 4. Corporación de Medios

Integrales S.A. de C.V: 5. Alfonso Petersen Farah

Se acreditó la adquisición de tiempo en televisión fuera del pautado por el Instituto Nacional Electoral.

1. Multa equivalente a $368,025.00 (trescientos sesenta y ocho mil veinticinco pesos)

2. Multa equivalente a $184,012.50 (ciento ochenta y cuatro mil doce pesos 50/100)

3. Multa equivalente a $273,950.80 (doscientos setenta y tres mil novecientos cincuenta pesos 80/100)

4. Multa equivalente a $198,172.70

SRE-PSC-0132-2015

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(CASS)

60

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

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(ciento noventa y ocho mil ciento setenta y dos pesos 70/100)

5. Multa equivalente a $52,785.30 (cincuenta y dos mil setecientos ochenta y cinco pesos 30/100)

214. SRE-PSC-208/2015 9 de julio de 2015 Formula Radiofónica S.A. de C.V., concesionario de la emisora con distintivo de llamada XEHF-AM.

Se acreditó la infracción relativa al incumplimiento de las medidas cautelares con motivo de la suspensión de la difusión del promocional identificado como “Anticorrupción 3”.

Amonestación Pública SRE-PSC-0208-2015

215. SRE-PSC-213/2015 9 de julio de 2015

1. Proyectos Juveniles, S.A. de C.V.

2. Partido Verde Ecologista de México

Se acreditó la infracción relativa al incumplimiento de las medidas cautelares con motivo de la suspensión de la campaña de las tarjetas de descuentos PREMIA PLATINO.

Multa Equivalente a $100,032.7 (cien mil treinta y dos pesos 7/100 M.N.).

Multa

Equivalente a $462,660.00 (cuatrocientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta mil pesos 00/100 M.N.).

SRE-PSC-0213-2015

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

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216. SRE-PSD-467/2015 9 de julio de 2015

1. Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, otrora candidata a diputada federal por el 04 distrito electoral federal en Durango.

2. Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la difusión de propaganda electoral en el periodo de reflexión, visible en la red social conocida públicamente como Twitter®.

Multa Equivalente a $8,762.50 (Ocho mil setecientos sesenta y dos pesos cincuenta centavos M.N.).

Multa

Equivalente a $17,525.00 (Diecisiete mil quinientos veinticinco pesos cero centavos M.N.).

SRE-PSD-0467-2015

217. SRE-PSD-472/2015 9 de julio de 2015

1. Antonio Acuña Millán, otrora candidato a diputado federal por el 08 distrito electoral federal en Sinaloa.

2. Movimiento Ciudadano

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0472-2015

218. SRE-PSD-475/2015 9 de julio de 2015

1. Arlet Mólgora Glover, otrora candidata a diputada federal por el 02 distrito electoral federal en Quintana Roo.

2. Partido Revolucionario Institucional

3. Partido Verde Ecologista de México.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en inmueble de propiedad privada, sin que medie permiso del propietario.

Amonestación Pública SRE-PSD-0475-2015

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219. SRE-PSD-477/2015 9 de julio de 2015

1. Catalina Caravantes Almaraz, otrora candidata a Diputada Federal por el 06 distrito electoral federal en Chiapas.

2. Jorge Ordoñez Ruiz, otrora candidato a Diputado Federal por el 06 distrito electoral federal en Chiapas.

3. Movimiento Ciudadano 4. Partido Verde Ecologista de

México. 5. Partido Acción Nacional 6. MORENA

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0477-2015

220. SRE-PSC-215/2015 16 de julio de 2015

1. Transmisora Regional Radio Fórmula S.A. de C.V.

2. Imagen Monterrey S.A. de C.V

3. Gobierno del Estado de Nuevo León

4. Universidad Autónoma de Nuevo León

5. Radio Centinela S.A. de C.V. 6. Radio Informativa S.A de C.V.

Se acreditó el incumplimiento a las medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto nacional Electoral, por la difusión del promocional “Dilema 1” para radio y televisión.

Amonestación Pública SRE-PSC-0215-2015

221. SRE-PSC-216/2015 16 de julio de 2015

1. Partido Acción Nacional 2. Sabe Digital S.A. de C.V. 3. Radio Casas Grandes S.A. 4. Israel Beltrán Montes

Se acreditó la contratación de tiempos en radio y la difusión de material distinto al ordenado por el Instituto Nacional Electoral.

Multa al PAN equivalente a $5,257.50 (Cinco mil doscientos cincuenta y siete pesos 50/100

M.N)

Amonestación Pública

SRE-PSC-0216-2015

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(CASS)

63

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

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222. SRE-PSC-226/2015 16 de julio de 2015 Partido Revolucionario Institucional

Se acredito la difusión de promocionales en radio y televisión en los que no se identificó la calidad de candidato de coalición.

Multa Equivalente a $105,150.00

(ciento cinco mil ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0226-2015

223. SRE-PSC-227/2015 16 de julio de 2015

1. Tele Nacional, S. de R.L. de C.V.;

2. Compañía de Radio y Televisión S.A. de C.V.

3. Multimedios Televisión, S.A. de C.V.

4. Universidad Autónoma España de Durango

5. Universidad Autónoma de Nuevo León.

Se acreditó el incumplimiento a medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias, respecto de la difusión de los promocionales de televisión del Partido Verde Ecologista de México denominados “Ninfa Salinas Sada”, “Carlos Puente Vocero 2” y “Cumple lo Que Propone versión 02”.

Amonestación Pública SRE-PSC-0227-2015

224. SRE-PSC-228/2015 16 de julio de 2015 Partido Verde Ecologista de México

Se acreditó que el Partido Verde Ecologista de México vulneró la confidencialidad de los datos personales de diversos ciudadanos.

Multa Equivalente a $94,635.00 (noventa y cuatro mil seiscientos treinta y cinco pesos 00/100 M.N)

SRE-PSC-0228-2015

225. SRE-PSD-485/2015 16 de julio de 2015

Fabiola Guerrero Aguilar, otrora candidata a diputada federal, en el 03 distrito electoral federal en San Luis Potosí.

Se acreditó la colocación de propaganda electoral de Fabiola Guerrero Aguilar, durante un mitin realizado en el interior de un inmueble que pertenece a una asociación religiosa en San Luis Potosí.

Amonestación Pública SRE-PSD-0485-2015

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(CASS)

64

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

226. SRE-PSD-489/2015 16 de julio de 2015

1. Hugo Alejandro Galván Araiza, entonces candidato a diputado federal por el 02 distrito electoral federal en Nayarit.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la rifa de un artículo electrónico que genera un beneficio directo, inmediato y en especie a la ciudadanía.

Amonestación Pública SRE-PSD-0489-2015

227. SRE-PSD-491/2015 16 de julio de 2015

1. Oscar Luis Chávez Rendón, entonces candidato a diputado federal por el 08 distrito electoral federal en Guerrero.

2. Partido de la Revolución Democrática

3. Partido del Trabajo

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0491-2015

228. SRE-PSC-108/2015 23 de julio de 2015 Partido Acción Nacional

Se acreditó el uso indebido de la pauta federal por la difusión en radio y televisión del promocional denominado “Dilema 1”, relativos a su candidato a la Gubernatura en el estado de Nuevo León.

Multa Equivalente a $350,500.00 (trescientos cincuenta mil quinientos pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0108-2015

229. SRE-PSC-245/2015 23 de julio de 2015 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la difusión del promocional “Spot Castellanos”, en el que no se identificó la calidad de candidato de coalición de Luis Fernando Castellanos Cal y Mayor

Multa Equivalente a $70,100.00 (setenta mil cien pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0245-2015

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

230. SRE-PSC-247/2015 23 de julio de 2015 1. Flavio Morales Cortés 2. Jonathan Agustín Hernández

Velasco

Se acreditó la infracción consistente en la realización y publicación en un portal de internet de una encuesta relativa a las preferencias electorales sin cumplir con la normativa electoral.

Amonestación Pública SRE-PSC-0247-2015

231. SRE-PSC-248/2015 23 de julio de 2015 Partido Verde Ecologista de México Se acreditó la infracción consistente en el uso indebido de datos personales.

Multa Equivalente a $5,047.20 (cinco mil cuarenta y siete pesos 20/100 M.N)

SRE-PSC-0248-2015

232. SRE-PSC-249/2015 23 de julio de 2015

Manuel Salvador Ramírez Cárdenas, encargado de difundir y/o transmitir desde Radio Amistad, en Tomatlán,

Jalisco

Se acreditó la infracción objeto del procedimiento especial derivada de la contratación de tiempos de radio para la difusión de propaganda electoral.

Amonestación Pública SRE-PSC-0249-2015

233. SRE-PSC-251/2015

Y ACUMULADOS

23 de julio de 2015

1. Raúl Osorio Alonzo, ex candidato suplente a Diputado Federal, en el 29 distrito electoral federal en el estado de México.

Se acreditó la difusión de mensajes en la red social Twitter® en el periodo de reflexión previo a la jornada electoral, a favor del Partido Verde Ecologista de México.

Multa Equivalente a $50,472.00.00 (cincuenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N)

SRE-PSC-0251-2015

234.

SRE-PSD-495/2015 Y

SRE-PSD-496/2015 ACUMULADOS

23 de julio de 2015

1. Sofía Castro Ríos, entonces candidata a diputada federal por el 05 distrito electoral federal, en Oaxaca.

2. Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la pinta de una barda con propaganda electoral en el panteón municipal, así como la colocación de una lona en equipamiento urbano,

Amonestación Pública SRE-PSD-0495-2015

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

235. SRE-PSC-169/2015 30 de julio de 2015 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la conducta consistente en el uso indebido de la pauta, por la difusión en radio y televisión de diversos promocionales relativos a Alicia Guadalupe Gamboa Martínez.

Multa Equivalente a $175,250.00 (ciento setenta y cinco mil doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.).

SRE-PSC-0169-2015

236. SRE-PSC-257/2015 30 de julio de 2015 Partido Revolucionario Institucional

Se determinó que el promocional denominado “Contrapropuesta”, pautado por el Partido Revolucionario Institucional para el proceso electoral local en Chiapas, constituye propaganda calumniosa.

Amonestación Pública SRE-PSC-0257-2015

237. SRE-PSD-497/2015 30 de julio de 2015

1. Heliodoro Carlos Díaz

Escárraga, entonces

candidato a diputado federal

por el 06 Distrito Electoral en

el estado de Oaxaca.

2. Partido Revolucionario

Institucional

Se acreditó la pinta de una barda con propaganda electoral en edificio público.

Amonestación Pública SRE-PSD-0497-2015

238. SRE-PSD-500/2015 30 de julio de 2015

1. Reyna Engracia Pérez Aldaco, entonces candidata a diputada federal por el 03 Distrito Electoral Federal en el Estado de Baja California.

2. Partido de la Revolución Democrática

Se acreditó la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0500-2015

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Sentencia

239. SRE-PSC-131/2015 27 de agosto de 2015 CPM Medios, S.A. DE C.V.

Se acreditó la adquisición de tiempo en televisión con motivo de la difusión televisiva de la propaganda electoral fija contratada por el Partido Revolucionario Institucional con CPM Medios, S.A. de C.V.

Multa Equivalente a $81,175.80 (ochenta y un mil ciento setenta y cinco pesos ochenta centavos)

SRE-PSC-0131-2015

240.

SRE-PSC-32/2015 Y

SRE-PSC-33/2015 ACUMULADOS

2 de septiembre de 2015 Partido Verde Ecologista de México

En cumplimiento a la sentencia SUP-REP-460/2015. Se acreditó la infracción relacionada con la vulneración al modelo de comunicación política por la difusión del promocional denominado “Ninfa” en televisión abierta.

Multa Equivalente a $5,000,000.00 (Cinco millones de pesos 100/00).

SRE-PSC-0032-2015

241. SRE-PSC-196/2015 2 de septiembre de 2015 1. Fernando Elizondo Barragán.

En cumplimiento a la ejecutoria SUP-REP-504/2015. Se acreditó la coparticipación del uso indebido de la pauta de radio y televisión.

Multa Equivalente a la cantidad de $1,752.50 (Mil setecientos cincuenta y dos pesos y cincuenta centavos M.N.)

SRE-PSC-0196-2015

242. SRE-PSC-222/2015 18 de septiembre de 2015 Partido Verde Ecologista de México

En cumplimiento a la ejecutoria SUP-REP-537/2015. Se acreditó el uso indebido de la pauta por la divulgación de propaganda en la que no se identificó la coalición que postuló al candidato Luis Fernando Castellanos Cal y Mayor.

Multa Equivalente a $96,037.00 (noventa y seis mil treinta y siete pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0222-2015

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243. SRE-PSC-264/2015 18 de septiembre de 2015

Sistema Chiapaneco de Radio, Televisión y Cinematografía, en su carácter de operadora de las emisoras XHITC-TV y XHSBB-TV, concesionadas al Gobierno de Chiapas.

Se acreditó el incumplimiento de la obligación de transmitir los mensajes de los partidos políticos y las autoridades electorales, conforme a las pautas aprobadas por el Instituto Nacional Electoral, durante el periodo de campaña electoral del proceso electoral local en Chiapas.

Multa Equivalente a $1,752,500.00 (un millón setecientos cincuenta y dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0264-2015

244. SRE-PSD-512/2015 15 de octubre de 2015 Partido Acción Nacional.

Se determinó la existencia de la conducta consistente en colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, por parte del Partido Acción Nacional.

Amonestación Pública SRE-PSD-0512-2015

245. SRE-PSC-265/2015 27 de octubre de 2015

1. Raquel Soto, precandidata a diputada federal por el 02 distrito electoral en el estado de Aguascalientes.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la existencia de la inobservancia a la normativa electoral respecto a la utilización de propaganda político electoral consistente en material prohibido.

Amonestación Pública SRE-PSC-0265-2015

246. SRE-PSL-26/2015 19 de noviembre de 2015 1. Benito Bahena y Lome otrora

candidato a diputado federal 2. MORENA

Se acreditó la existencia de las infracciones a la normativa electoral consistente en la colocación de propaganda electoral en lugares prohibidos en su modalidad de pinta de bardas.

Amonestación Pública SRE-PSL-0026-2015

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

247. SRE-PSD-517/2015 3 de diciembre de 2015 Movimiento Ciudadano

Se acreditó la realización de actos anticipados de campaña en la elección e de gobernador de Colima, por la difusión de propaganda electoral en cuatro espectaculares con la leyenda “GUADALAJARA ELIGIÓ UN BUEN GOBIERNO. SIGUE COLIMA”

Amonestación Pública SRE-PSD-0517-2015

248. SRE-PSL-27/2015 10 de diciembre de 2015 Movimiento Ciudadano

Se acreditó la realización de actos anticipados de precampaña y campaña, consistente en colocación de seis anuncios espectaculares en diversos municipios de Colima.

Amonestación Pública SRE-PSL-0027-2015

249. SRE-PSC-250/2015 18 de diciembre de 2015 Partido Verde Ecologista de México

Se acreditó el uso indebido de la pauta por parte del Partido Verde Ecologista de México, toda vez que el spot de radio controvertido no menciona la Coalición ni tampoco al partido que promociona a su candidato a Presidente Municipal de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, Luis Fernando Castellanos Cal y Mayor.

Multa Equivalente a $56,080.00 (cincuenta y seis mil ochenta pesos 00/100 M.N).

SRE-PSC-0250-2015

250. SRE-PSC-280/2015 18 de diciembre de 2015 La Onda del Mar, S.A. de C.V.,

concesionaria de la emisora XHMZO-FM 92.9

La vulneración al modelo de comunicación política electoral por la alteración de la propaganda electoral, en su modalidad de la transmisión de cortinilla de manera previa a los mensajes pautados por el Instituto Nacional Electoral.

Multa Equivalente a $10,795.40 (Diez mil setecientos noventa y cinco Pesos 40/100 M.N.).

SRE-PSC-0280-2015

251. SRE-PSL-28/2015 18 de diciembre de 2015 Movimiento Ciudadano Se acreditó la existencia de la infracción, consistente en la comisión de actos anticipados de precampaña y campaña.

Amonestación Pública SRE-PSL-0028-2015

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

252. SRE-PSC-284/2015 23 de diciembre de 2015 Partido Acción Nacional

Se acreditó la existencia de la infracción, consistente en la difusión de promocionales en radio y televisión, denominado “No tiene color”, en los cuales el Partido Acción Nacional promocionó la imagen y el nombre de Jorge Luis Preciado Rodríguez.

Multa Equivalente a $70,100.00

(setenta mil cien pesos 00/100 M.N.),

SRE-PSC-0284-2015

253. SRE-PSC-269/2015 30 de diciembre de 2015

1. Leoncio Alfonso Morán Sánchez, otrora precandidato a Gobernador en el Estado de Colima

2. Movimiento Ciudadano

Se acreditó la realización de actos anticipados de campaña por la difusión de 98 impactos del promocional “Son lo mismo” en radio y televisión.

1. Multa equivalente a $3,505.00 (tres mil quinientos cinco pesos 00/100 M.N.)

2. Multa equivalente a

$7,010.00 (siete mil diez pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0269-2015

254. SRE-PSC-287/2015 30 de diciembre de 2015 Movimiento Ciudadano

Se acreditó la realización de actos anticipados de campaña mediante la difusión de propaganda electoral en radio y televisión de dos promocionales denominados “Inter Colima” e “Inter Colima 2”.

Multa Equivalente a $7,010.00 (siete mil diez pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0287-2015

255. SRE-PSD-522/2015 30 de diciembre de 2015 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la falta a su deber de cuidado de quitar propaganda electoral correspondiente al proceso electoral ordinario 2014-2015, consistente en dos lonas y pinta de dos bardas en diversos puntos del Distrito 01 en Colima.

Amonestación Pública SRE-PSD-0522-2015

256. SRE-PSD-523/2015 30 de diciembre de 2015 Movimiento Ciudadano

Se acredita la realización de actos anticipados de campaña por la difusión de propaganda electoral en un espectacular con la leyenda “EL PRI YA PERDIÓ”.

Amonestación pública SRE-PSD-0523-2015

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71

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

257. SRE-PSL-34/2015 30 de diciembre de 2015

1. Jorge Luis Preciado Rodríguez, entonces precandidato a Gobernador de Colima

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la infracción consistente en difusión de propaganda calumniosa.

Amonestación Pública SRE-PSL-0034-2015

258. SRE-PSL-1/2016 7 de enero de 2016

1. Jorge Luis Preciado Rodríguez, candidato a Gobernador de Colima

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la infracción consistente en actos anticipados de campaña en el proceso electoral extraordinario por propaganda electoral en dos bardas, que posición al candidato como una opción política viable.

Amonestación Pública SRE-PSL-0001-2016

259. SRE-PSC-7/2016 18 de enero de 2016 Partido Acción Nacional

Se acreditó la realización de actos anticipados de campaña por la difusión en la etapa de precampaña del promocional denominado “No tiene color” versiones radio y televisión.

Multa Equivalente a $70,100.00 (setenta mil cien pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0007-2016

260. SRE-PSL-24/2015 27 de enero de 2016

1. Rafael Hernández Soriano, otrora candidato a diputado federal en el 11 distrito electoral federal.

2. Partido de la Revolución Democrática

Se acreditó la infracción relativa a colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, consistente en pinta de dos bardas a favor de entonces candidato.

Amonestación Pública SRE-PSL-0024-2015

261. SRE-PSD-3/2016 27 de enero de 2016

1. J.Jesús Dueñas Llerenas 2. Jorge Luis Preciado Rodríguez,

entonces candidato a Gobernador en Colima

3. Partido Acción Nacional

Se acreditó la infracción consistente en actos anticipados de campaña por la colocación de una lona con propaganda electoral en domicilio particular.

Amonestación Pública SRE-PSD-0003-2016

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

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262. SRE-PSD-4/2016 27 de enero de 2016

1. Gerardo Federico Salas Díaz, otrora candidato propietario a diputado electoral federal en Aguascalientes, por la coalición conformada por los partidos políticos Acción Nacional y Nueva Alianza.

2. José de Jesús Valdez Gómez., otrora candidato suplente a diputado electoral federal en Aguascalientes, por la coalición conformada por los partidos políticos Acción Nacional y Nueva Alianza.

3. Partido Acción Nacional 4. Partido Nueva Alianza 5. Laboratorio de Magistrales,

S.A. de C.V.

Se acreditó la infracción consistente en actos anticipados de campaña por la difusión de tres promocionales de propaganda electoral en una pantalla digital.

Amonestación Pública SRE-PSD-0004-2016

263. SRE-PSL-4/2016 27 de enero de 2016 Movimiento Ciudadano

Se acreditó la infracción consistente en actos anticipados de campaña por la colocación de dos espectaculares en el estado de Colima

Amonestación Pública SRE-PSL-0004-2016

264. SRE-PSL-5/2016 27 de enero de 2016

1. Jorge Luis Preciado Rodríguez, entonces candidato a Gobernador de Colima.

2. Partido Acción Nacional

Se acreditó la colocación de 9 espectaculares con propaganda electoral alusiva a la campaña del entonces candidato denunciado, que no presentaban el símbolo de reciclaje.

Amonestación Pública SRE-PSL-0005-2016

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265. SRE-PSL-6/2016 4 de febrero de 2016 Movimiento Ciudadano

Se acreditó la infracción consistente en actos anticipados de precampaña por la difusión de propaganda en unidades de transporte público en los municipios de Armería, Colima, Tecomán y Manzanillo, en el estado de Colima.

Amonestación Pública SRE-PSL-0006-2016

266. SRE-PSC-10/2016 10 de febrero de 2016 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la infracción consistente en uso indebido de la pauta por la difusión de los promocionales de radio y televisión “Spot registro EVV” durante la precampaña del proceso electoral de Gobernador en Durango.

Multa Equivalente a $73,040.00 (setenta y tres mil cuarenta pesos 00/100 M.N.).

SRE-PSC-0010-2016

267. SRE-PSL-11/2016 24 de febrero de 2016 Movimiento Ciudadano

Se acreditó la difusión de propaganda electoral en seis espectaculares, que entre otras cuestiones, contenía la leyenda “QUE LA VERGÜENZA DEL PAN NO SEA LA DE COLIMA”, previo al inicio de la campaña electoral para Gobernador en el Estado de Colima.

Amonestación Pública SRE-PSL-0011-2016

268. SRE-PSC-17/2016 10 de marzo de 2016 Movimiento Ciudadano

Se acredita la inobservancia a la legislación electoral por el uso indebido de la pauta, con motivo de la transmisión de los promocionales “PREC CRUZ V3” (RV00183-16) y “PREC CRUZ V2” (RA00221-16) por parte de Movimiento Ciudadano

Multa Equivalente a $36,520.00 (treinta y seis mil quinientos veinte pesos 00/100 M.N.).

SRE-PSC-0017-2016

269. SRE-PSD-10/2016 10 de marzo de 2016 Partido Acción Nacional Se acredita la existencia de la infracción atribuida al Partido Acción Nacional

Amonestación Pública SRE-PSD-0010-2016

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270. SRE-PSD-11/2016 10 de marzo de 2016 Movimiento Ciudadano

Se acredita la existencia de la infracción atribuida a Movimiento Ciudadano, consistente en actos anticipados de campaña, mediante la colocación de dos espectaculares que no fueron retirados en los tiempos legalmente establecidos, lo que le da un posicionamiento anticipado.

Amonestación Pública SRE-PSD-0011-2016

271. SRE-PSC-20/2016 16 de marzo de 2016 Partido Revolucionario Institucional

Uso indebido de la pauta mediante la transmisión de los promocionales “BIO 1”, “BIO 3” y “BIO4” en radio y televisión, dentro del proceso electoral en Chihuahua, en los que se posiciona a Enrique Serrano ante la ciudadanía para la elección de gobernador en ese estado.

Multa Equivalente a $73,040.00

(setenta y tres mil cuarenta pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0020-2016

272. SRE-PSC-27/2016 9 de abril de2016 Partido Acción Nacional

Se acreditó la infracción consistente en uso indebido de la pauta por parte del Partido Acción Nacional, por la omisión de subtitular el promocional de televisión “Ya estuvo bueno” identificado con la clave RV00180-16, a efecto de salvaguardar el derecho a la información política electoral de las personas con alguna discapacidad.

Amonestación Pública SRE-PSC-0027-2016

273. SRE-PSD-513/2015 13 de abril de2016 1. Remberto Estrada Barba 2. Partido Verde Ecologista de

México

En cumplimiento al SUP-REP-560/2015 y acumulado, se acreditó la distribución de promocionales utilitarios elaborados con material no textil.

1. Multa equivalente a $10,956.00 (diez mil novecientos cincuenta y seis pesos 00/100 M.N.)

2. Reducción del cinco por ciento de una ministración mensual correspondiente al del financiamiento público para el sostenimiento de

SRE-PSD-0513-2015

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(CASS)

75

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

actividades ordinarias permanentes para 2016.

274. SRE-PSC-31/2016 21 de abril de 2016 Telefutura, S.A. de C.V.

Se acreditó la infracción consistente en la omisión de incorporar, en la retransmisión que realiza, los mensajes de partidos políticos y autoridades electorales durante el proceso electoral local en Tamaulipas.

Multa Equivalente a $73,040.00 (setenta y tres mil cuarenta pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0031-2016

275. SRE-PSC-36/2016 20 de mayo de 2016 Partido Acción Nacional

Se acreditó la infracción consistente en uso indebido de la pauta ya que continuó difundiendo promocionales en radio y televisión de la etapa de precampaña a pesar de haber designado a su candidato a Gobernador en Quintana Roo.

Multa

Equivalente a $36,520.00 (treinta y seis mil quinientos veinte pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0036-2016

276. SRE-PSC-45/2016 20 de mayo de 2016 Movimiento Ciudadano

Se acreditó la infracción consistente en uso indebido de la pauta con motivo de la difusión de los promocionales “Arranque Gustavo Cárdenas”, “Arranque Gustavo Cárdenas v2” y “Gustavo Cárdenas V3”, al contravenir el artículo 6° párrafo 1, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al incluir indebidamente y sin consentimiento la imagen de Ma. Graciela Vázquez Zapata, vulnerándose con ello su derecho de libre afiliación, al vincularla con una ideología política.

Multa Equivalente a $73,040.00 (ciento cuarenta y seis mil ochenta pesos 00/100 M.N)

SRE-PSC-0045-2016

277. SRE-PSC-53/2016 1 de junio de 2016 1. Megacable S.A. de C.V.

Se acreditó la infracción consistente en la omisión de incorporar mensajes de partidos políticos y autoridades electorales en la retransmisión de señales radiodifundidas, en su zona de cobertura.

1. Multa equivalente a $146,080.00 (ciento cuarenta y seis mil ochenta pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0053-2016

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

278. SRE-PSC-59/2016 4 de junio de 2016 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la infracción consistente en uso indebido de la pauta por la difusión de propaganda electoral que afecta el interés superior de los menores.

Amonestación Pública SRE-PSC-0059-2016

279. SRE-PSC-60/2016 4 de junio de 2016 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la infracción consistente en uso indebido de la pauta por la difusión de propaganda electoral que afecta el interés superior de los menores.

Amonestación Pública SRE-PSC-0060-2016

280. SRE-PSC-61/2016 4 de junio de 2016 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la infracción consistente en uso indebido de la pauta por la difusión de propaganda electoral que afecta el interés superior de los menores.

Amonestación Pública SRE-PSC-0061-2016

281. SRE-PSC-64/2016 4 de junio de 2016 GAIA FM, A.C. concesionaria de la

emisora XHCQR-FM

Se acreditó la infracción consistente en incumplimiento de la pauta por la difusión excedente de promocionales partidistas de radio, en lugar de la campaña de salud “PREVENCIÓN DEL ZIKA EN MUJERES EMBARAZADAS”.

Amonestación Pública SRE-PSC-0064-2016

282. SRE-PSC-65/2016 4 de junio de 2016 Partido Acción Nacional

Se acreditó el incumplimiento a la obligación del PAN de ostentarse con su emblema y colores en un promocional televisivo, lo que dificultó la plena identificación de quién es el responsable de la información difundida en el promocional.

Amonestación Pública SRE-PSC-0065-2016

283. SRE-PSL-15/2016 4 de junio de 2016 Partido de la Revolución Democrática

Se acreditó la infracción consistente en la pinta de bardas con propaganda política durante el proceso electoral de la Asamblea Constituyente en la Ciudad de México.

Amonestación Pública SRE-PSL-0015-2016

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Sentencia

284. SRE-PSC-13/2016 8 de junio de 2016

1. Publicidad Exterior Lagunas, S.C.

2. Máxima Vallas Unipolares, S.A. de C.V.

En cumplimiento al SUP-REP-27/2016, se acreditó la difusión de propaganda política de forma indirecta en seis espectaculares durante el contexto del proceso electoral federal 2014-2015.

1. Multa equivalente a $36,520.00 (treinta y seis mil quinientos pesos 00/100 M.N.)

2. Multa equivalente a $18,260.00 (dieciocho mil doscientos sesenta pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0013-2016

285. SRE-PSC-76/2016 15 de junio de 2016 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la infracción consistente en la difusión de propaganda con contenido calumnioso, a través del promocional “ZAC casa”, en sus versiones de radio y televisión.

Amonestación Pública SRE-PSC-0076-2016

286.

SRE-PSC-77/2016 Y

SRE-PSC-78/2016 ACUMULADOS

15 de junio de 2016 Partido Acción Nacional

Se acreditó la infracción consistente en la difusión en televisión del promocional “No cumple”, en el que se omite incluir el emblema del partido político denunciado, así como no identificar la calidad de candidatura común de sus aspirantes a diputado locales en Durango

Amonestación Pública SRE-PSC-0077-2016

287. SRE-PSC-86/2016 15 de junio de 2016

1. Partido Acción Nacional 2. Javier Corral Jurado, otrora

candidato a Gobernador del Estado de Chihuahua.

Se acreditó la infracción consistente en la difusión en Radio de propaganda con contenido calumnioso, “SEGURIDAD” en su versión radio.

Amonestación Pública SRE-PSC-0086-2016

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

288. SRE-PSC-87/2016 15 de junio de 2016 Partido Nueva Alianza

Se acreditó la infracción consistente en la difusión en radio y televisión de los promocionales “NA Aguascalientes” y “Aguascalientes”, en el que se omite identificar la calidad de candidata de coalición,

Amonestación Pública SRE-PSC-0087-2016

289. SRE-PSD-12/2016 15 de junio de 2016 Partido de la Revolución Democrática

Se acreditó la infracción consistente en la pinta de seis bardas con propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano.

Amonestación Pública SRE-PSD-0012-2016

290. SRE-PSC-36/2016 22 de junio de 2016 Partido de la Revolución Democrática

Se acreditó la infracción consistente en uso indebido de la pauta ya que el PRD continuó difundiendo promocionales en radio y televisión de la etapa de precampaña a pesar de haber designado a su candidato a Gobernador en Quintana Roo.

Multa Equivalente a $8,800.00 (ocho mil ochocientos pesos 00/100 M.N)

SRE-PSC-0036-2016

291. SRE-PSC-44/2016 22 de junio de 2016 Partido de la Revolución Democrática

Se acreditó la infracción consistente en uso indebido de la pauta por la difusión de promociones en radio y televisión, en los que no se identifica la coalición, los partidos que la integran y la referencia a la calidad de candidato de coalición.

Multa Equivalente a $73,040.00 (ciento cuarenta y seis mil ochenta pesos 00/100 M.N)

SRE-PSC-0044-2016

292. SRE-PSC-96/2016 22 de junio de 2016 Partido Acción Nacional

Se acreditó la infracción consistente en la difusión del promocional en radio denominado “GOBERNADOR DE VERDAD”, sin incluir la calidad de candidato común., durante las campañas en el proceso electoral de Durango.

Amonestación Pública SRE-PSC-0096-2016

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

293. SRE-PSC-97/2016 22 de junio de 2016 Federación de Sindicatos de

Trabajadores al Servicio del Estado

Se acreditó la infracción consistente en la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Amonestación Pública SRE-PSC-0097-2016

294. SRE-PSC-98/2016 22 de junio de 2016 Partido de la Revolución Democrática

Se acreditó la infracción consistente en uso indebido de la pauta, así como la difusión de propaganda calumniosa, respecto de los promocionales “Corrupción Roxana Luna”, “Médico en tu casa” y Médico en tu casa V2” respectivamente.

Amonestación Pública SRE-PSC-0098-2016

295. SRE-PSC-88/2016 6 de julio de 2016 Partido Revolucionario Institucional

Se acreditó la infracción consistente en la difusión de propaganda con contenido calumnioso, a través de los promocionales “Ver Periódico” y “Ver Periódico 2”, en sus versiones de radio y televisión.

Multa Mil veces la Unidad de Medida y Actualización equivalente a $73,040.00 (setenta y tres mil cuarenta pesos)

SRE-PSC-0088-2016

296. SRE-PSC-105/2016 13 de julio de 2016

Televisión y Audio Restringido de CD. Victoria, S.A. de C.V. (Ultravisión),

concesionaria de televisión restringida

Incumplimiento de incorporar las señales radiodifundidas de televisión abierta que se difunden dentro de su misma zona de cobertura geográfica, con el pautado del Instituto Nacional Electoral, relativos a los promocionales y mensajes de partidos políticos y autoridades electorales locales, durante dos meses, en el proceso electoral de Tamaulipas.

Multa Dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización equivalente a $146,080.00 (ciento cuarenta y seis mil ochenta pesos)

SRE-PSC-0105-2016

297. SRE-PSL-23/2016 14 de julio de 2016 Partido de la Revolución Democrática

Propaganda electoral del Partido de la Revolución Democrática en bardas o en construcciones del Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

Amonestación Pública SRE-PSL-0023-2016

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

298. SRE-PSC-102/2016 Cumplimiento

1 de septiembre de 2016 Partido Revolucionario institucional

Propaganda calumniosa y aparición de una menor de edad en el promocional “Yunes abuso” en el que se le vincula como una víctima de delito de pederastia.

Multa

2000 veces la Unidad de Medida y Actualización, equivalente a $146,080.00 (ciento cuarenta y seis mil ochenta pesos)

SRE-PSC-0102-2016

299. SRE-PSC-103/2016 Cumplimiento

1 de septiembre de 2016 Partido Revolucionario institucional

Propaganda calumniosa y aparición de una menor de edad en el promocional “May entrevista” en el que se le vincula como una víctima de delito de pederastia.

Multa

2000 veces la Unidad de Medida y Actualización, equivalente a

$146,080.00 (ciento cuarenta y seis mil ochenta pesos)

SRE-PSC-0103-2016

300. SRE-PSL-27/2016- 21 de septiembre de 2016

1. Julio César Moreno Rivera, candidato a diputado de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México.

2. Partido de la Revolución Demócratica.

Pinta de propaganda política electoral en edificios públicos, lugares de uso común y elementos de equipamiento urbano, en la Delegación Venustiano Carranza, durante el proceso electoral de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México.

Amonestación pública (2) SRE-PSL-0027-2016

301. SRE-PSL-28/2016 21 de septiembre de 2016 Xavier González Zirión

Propaganda electoral impresa en espectaculares, lonas y diversas rutas de transporte público que carecían del logo internacional de reciclaje, con materiales diversos a los permitidos por la normativa electoral.

Amonestación pública SRE-PSL-0028-2016

302. SRE-PSC-251/2015 Y SUS ACUMULADOS

18 de noviembre de 2016 Partido Verde Ecologista de México

Se acreditó la difusión de mensajes en la red social Twitter® en el periodo de reflexión previo a la jornada electoral, a favor del Partido Verde Ecologista de México.

Reducción de ministración Equivalente a $7,000,000.00 (siete millones de pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-251/2015 Y SUS ACUMULADOS

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

303. SRE-PSC-3/2016 18 de noviembre de 2016 1. Jorge Luis Preciado Rodríguez. 2. Partido Acción Nacional. 3. Pedro Miguel Haces Barba.

Difusión de mensaje proselitista por parte de Jorge Luis Preciado Rodríguez en el programa “Teletón 2015. México”, el cual fue transmitido por televisión nacional.

1. Multa de 2,000 veces la unidad de medida y actualización, equivalente a $146,080.00 (ciento cuarenta y seis mil ochenta pesos 00/100 M.N.).

2. Multa de 1,000 veces la unidad de medida y actualización, equivalente a $73,040.00 (setenta y tres mil cuarenta pesos 00/100 M.N.).

3. Amonestación Pública.

SRE-PSC-0003-2016

304. SRE-PSC-114/2016 18 de noviembre de 2016 Cablemás Telecomunicaciones, S.A.

de C.V.

Cablemás Telecomunicaciones, S.A. de C.V. incumplió con la obligación de retransmitir en forma integra, simultanea y sin modificaciones las señales de los canales XHOPOA-TDT y XHCHU-TTDT, en

Multa 2,000 Unidades de Medida y Actualización, equivalente a la cantidad de $146,080.00 (Ciento cuarenta y seis mil ochenta pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0114-2016

305. SRE-PSC-115/2016 18 de noviembre de 2016 Mega Cable S.A. de C.V.

Mega Cable S.A. de C.V., concesionaria de televisión restringida terrenal omitió retransmitir diversas señales radiodifundidas dentro de su zona de cobertura que incluía los promocionales pautados en el ámbito local por el Instituto Nacional Electoral, con la consecuente vulneración a las prerrogativas en radio y televisión a que tiene derecho los partidos políticos y las autoridades locales elctorales y federales en el estado de Durango.

Multa

5,000 unidades de medida y actualización, equivalentes a $365,200 (trescientos sesenta y cinco mil dos cientos pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0115-2016

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

306. SRE-PSC-8/2017 2 de marzo de 2017 Partido político local “Partido Joven”

de Coahuila.

Uso indebido de la pauta con motivo de la difusión del promocional RV02037-16, en el que aparecen menores de edad, 3 niñas y una adolescente.

Amonestación Pública SRE-PSC-0008-2017

307. SRE-PSC-22/2017

Y SRE-PSC-23/2017 acumulados

16 de marzo de 2017 MORENA

Uso indebido de la pauta atribuida a MORENA, en virtud de que sus precandidatos registrados para la gubernatura del Estado de Coahuila, tuvieron un acceso inequitativo a las prerrogativas en radio y televisión correspondientes a dicho partido político para la etapa de precampañas del proceso electoral 2016-2017 de dicha entidad federativa.

Multa

1000 UMA, equivalente $75,490.00 (setenta y cinco mil cuatrocientos noventa pesos 00/100 M.N.), misma que deberá hacerse efectiva a partir del mes siguiente a que cause ejecutoria esta sentencia.

SRE-PSC-0022-2017

308. SRE-PSC-26/2017 23 de marzo de 2017 Partido Revolucionario Institucional

Uso indebido de la pauta, por parte del Partido Revolucionario Institucional, al haber vulnerado el interés superior de los 14 menores de edad que participaron en el promociona! "Riquelme seguridad", en su versión para televisión.

Multa 1000 UMA, equivalente $75,490.00 (setenta y cinco mil cuatrocientos noventa pesos 00/100 M.N.).

SRE-PSC-0026-2017

309.

SRE-PSC-29/2017 y sus acumulados SRE-PSC-30/2017 SRE-PSC-31/2017

23 de marzo de 2017 Partido Acción Nacional

Uso indebido de la pauta únicamente por la inequitativa distribución de los tiempos de acceso a los precandidatos a la gubernatura de Coahuila.

Multa 1000 UMA, equivalente $75,490.00 (setenta y cinco mil cuatrocientos noventa pesos 00/100 M.N.).

SRE-PSC-0029-2017

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

310. SRE-PSC-33/2017 29 de marzo de 2017

Radio Impulsora del Centro S. A.,

concesionaria de la estación XHELG-FM conocida como “LA GRANDE”

Difusión extemporánea del cuarto informe de labores del Senador Fernando Torres Graciano, en el estado de Guabajuato.

Multa 2000 UMA, equivalente a $150,980.00 (ciento cincuenta mil novecientos ochenta pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0033-2017

311. SRE-PSC-39/2017 7 de abril de 2017

Coalición Alianza Ciudadana por Coahuila, integrada por los Partidos Acción Nacional, Encuentro Social, Primero Coahuila y Unidad Democrática de Coahuila.

Violación al principio de equidad en la contienda y all interés superior de la niñez con motivo del pautado del promocional “Registro Coahuila Coalición” (RV00097 y RA00106), en sus prerrogativas en radio y televisión local, en el marco de las precampañas en el proceso electoral de dicha entidad federativa, concediendo mayor tiempo a uno de los contendientes del PAN y afectación a los derechos de los niños que aparecen en el promocional pues no contó con los documentos que acreditaran su participación libre y voluntaria.

Multa 1000 UMA, equivalente $75,490.00 (setenta y cinco mil cuatrocientos noventa pesos 00/100 M.N.), misma que deberá hacerse efectiva a partir del mes siguiente a que cause ejecutoria esta sentencia.

SRE-PSC-0039-2017

312. SRE-PSC-42/2017 7 de abril de 2017 Movimiento Ciudadano

Uso indebido de la pauta durante la intercampaña para la elección de ayuntamientos en Veracruz, al incluir en sus promocionales el nombre e imagen del entonces precandidato a Presidente municipal de Papantla de Olarte, José Manuel del Río Virgen.

Multa Equivalente $37,745.00 (treinta y siete mil setecientos cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0042-2017

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

313. SRE-PSC-45/2017 20 de abril de 2017 PAN

Uso indebido de la pauta del PAN en la intercampaña local en Coahuila, con motivo de la transmisión de 3 promocionales cuyo contenido no es genéricos y en uno de ellos se incluyó a menores sin proteger el interés superior de los mismos.

Amonestación pública SRE-PSC-0045-2017

314. SRE-PSC-47/2017 20 de abril de 2017 Partido Primero Coahuila

Uso indebido de la pauta y propaganda calumniosa en contra del PRI, por la difusión del promocional “Teatro” (RV00245-17 y RA00227-17), en la intercampaña de Coahuila.

Multa 1000 UMA, equivalente $75,490.00 (setenta y cinco mil cuatrocientos noventa pesos 00/100 M.N.), misma que deberá hacerse efectiva a partir del mes siguiente a que cause ejecutoria esta sentencia

SRE-PSC-0047-2017

315. SRE-PSC-54/2017 27 de abril de 2017 Cadena Tres I, S.A. de C.V. Presunto incumplimiento de la obligación de transmitir la pauta (periodo ordinario y de precampaña) ordenada por el INE.

Amonestación pública SRE-PSC-0054-2017

316. SRE-PSC-56/2017 27 de abril de 2017 Movimiento Ciudadano

Uso indebido de la pauta con motivo de la difusión del promocional “Aquí no eres bienvenido v2” (RA00267-17 y RV00287-17) en intercampaña. Asimismo, denuncia la aparición de menores.

Multa 1000 UMA, equivalente $37,745.00 (treinta y siete mil setecientos cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-0056-2017

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(CASS)

85

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

317. SRE-PSC-60/2017 4 de mayo de 2017 Partido Revolucionario Institucional

Aparición de menores de edad con posible afectación del interés superior de la niñez, en los promocionales: Creo en lo que veo Salud (RV02024-16) Creo en lo que veo Infraestructura

(RV02025-16) Creo en lo que veo Educación

(RV02026-16)

Amonestación pública SRE-PSC-0060-2017

318. SRE-PSL-1/2017 4 de mayo de 2017 Partido de la Revolución Democrática

Colocación de propaganda en elementos de equipamiento urbano y en edificio público de la Secretaria de Cultura de la Ciudad de México.

Multa 750 UMA, equivalente $56,617.50 (cincuenta y seis mil seiscientos diecisiete pesos 50/100 M.N.), que deberá restarse de las ministraciones de gasto ordinario que recibe el Instituto Nacional Electoral.

SRE-PSL-1/2017

319. SRE-PSC-64/2017 17 de mayo de 2017 MORENA

Uso indebido de la pauta de MORENA, con motivo de la difusión del promocional “Esperanza 2” (RV00393-17), en el que vulnera el interés superior de la niñez.

Amonestación pública SRE-PSC-64/2017

320. SRE-PSC-68/2017 17 de mayo de 2017 Partido Acción Nacional

Difusión del promocional “Vecinas Coahuila”, en el que se refuerzan estereotipos de género en relación con la violencia familiar y la violencia contra las mujeres.

Amonestación pública SRE-PSC-0068-2017

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

321. SRE-PSC-69/2017 25 de mayo de 2017 Partido Acción Nacional

Propaganda calumniosa en perjuicio de Delfina Gómez Álvarez, candidata de MORENA a la gubernatura del Estado de México y uso indebido de la pauta, derivado del incumplimiento de los parámetros establecidos para salvaguardar el interés superior de la niñez en el promocional “3 de 3” del Partido Acción Nacional.

Multa 1000 UMA, equivalente $75,490.00 (setenta y cinco mil cuatrocientos noventa pesos 00/100 M.N.), que deberá restarse de las ministraciones de gasto ordinario que recibe dicho partido político del Instituto Electoral del Estado de México.

SRE-PSC-69/2017

322. SRE-PSC-71/2017 25 de mayo de 2017 Partido Revolucionario Institucional

Uso indebido de la pauta, al incluir imágenes de niñas y niños sin consentimiento de los padres, y sin consultarles su opinión, acorde a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez, en los promocionales transmitidos en televisión durante el proceso electoral en Nayarit.

Amonestación pública SRE-PSC-71/2017

323. SRE-PSC-72/2017 25 de mayo de 2017 Partido Verde Ecologista de México

Uso indebido de la pauta, al descuidar la protección reforzada que debe tener al incluir en un promocional a menores de edad, para evitar un riesgo potencial, y no garantizar el derecho de acceso a la información de las personas con discapacidad auditiva al no incluir subtítulos en el promocional “Veracruz” transmitido en televisión.

Amonestación pública SRE-PSC-72/2017

324. SRE-PSC-80/2017 2 de junio de 2017

1. Coalición integrada por los Partidos Verde Ecologista de México, Revolucionario Institucional, Nueva Alianza y Encuentro Social.

2. Partido Verde Ecologista de México.

3. Partido Encuentro Social.

Uso indebido de la pauta por el Partido Verde Ecologista de México por la transmisión del promocional “Actitud verde 2 EDOMEX” al no cumplir las reglas establecidas en el artículo 91, párrafo 4, de la Ley General de Partidos Políticos

1. Multa. 1200 UMA equivalente a $94,362.25 (noventa y cuatro mil trescientos sesenta y dos pesos 25/100 M.N.)

2. Multa. 1000 UMA equivalente a $75,490.00 (setenta y cinco mil

SRE-PSC-80/2017

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CATÁLOGO DE SUJETOS SANCIONADOS EN LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

(CASS)

87

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

Uso indebido de la pauta por la vulneración al interés superior de la niñez, respecto de los partidos Verde Ecologista de México y Encuentro Social, en lo individual y en el tiempo asignado a la coalición.

cuatrocientos noventa pesos 00/100 M.N.)

3. Multa. 1000 UMA equivalente a $75,490.00 (setenta y cinco mil cuatrocientos noventa pesos 00/100 M.N.)

325. SRE-PSC-86/2017 2 de junio de 2017 Partido Revolucionario Institucional

Uso indebido de la pauta del PRI, ya que en los promocionales “Pánuco Nidia King”, “Córdoba Luis Díaz” y “Candidatas Veracruz” no se precisa el partido responsable de los mensajes.

Amonestación pública SRE-PSC-86/2017

326. SRE-PSC-87/2017 y su acumulado

SRE-PSC-88/2017 2 de junio de 2017

1. Partido Revolucionario Institucional.

2. Partido Verde Ecologista de México.

3. Coalición integrada por dichos institutos políticos y Encuentro Social y Nueva Alianza.

Uso indebido de la pauta por la difusión de diversos promocionales, ya que se aprecia la aparición de menores de edad sin contar con los consentimientos de padres y madres.

Amonestación pública a cada uno de ellos

SRE-PSC-87/2017

327. SRE-PSC-89/2017 2 de junio de 2017 MORENA

Uso indebido de la pauta de MORENA, por la difusión del promocional “Estados Cambio” en la campaña del proceso local extraordinario celebrado en el municipio de Santa María Xadani, Oaxaca, en el que no identificó elementos y características que pudieran identificarse con dicho comicio.

Multa

230 UMA equivalente a $17,362.70 (diecisiete mil trescientos sesenta y dos pesos 70/100 M.N.)

SRE-PSC-89/2017

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(CASS)

88

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

328. SRE-PSC-93/2017 2 de junio de 2017 1. Partido Acción Nacional. 2. Alto Impacto Publicidad S.A.

de C.V.

Adquisición de tiempos en televisión fuera de los administrados por el Instituto Nacional Electoral, en los que se difundió propaganda electoral a favor del PAN y su candidato a la gubernatura de Coahuila, contratada en vallas electrónicas del estadio “Corona”, visible en televisión durante la transmisión de una justa deportiva.

Multa

2189.69 UMA, equivalente a $165,300.00 (ciento sesenta y cinco mil trescientos pesos cero centavos, moneda nacional) a cada partido político.

SRE-PSC-93/2017

329. SRE-PSC-94/2017 2 de junio de 2017 Partido Verde Ecologista de México

Uso indebido de la pauta del PVEM, derivado de la difusión en radio del promocional “Estado PVE Final” en la campaña del Estado de México, al no identificar al partido responsable del mensaje.

Multa

1000 UMA equivalente a $75,490.00 (setenta y cinco mil cuatroceitnos noventa pesos moneda nacional), misma que se descontará de las ministraciones de gasto ordinario que recibe el PVEM del Instituto Electoral del Estado de México para el ejercicio 2017, correspondiente al mes siguiente en que quede firme esta sentencia.

SRE-PSC-94/2017

330. SRE-PSC-103/2017 21 de junio de 2017 Upscale Media Group, S.A. de C.V.

Difusión de propaganda personalizada a favor de Rafael Moreno Valle Rosas, otrora gobernador del estado de Puebla, mediante la transmisión del promocional “Salud Universal 1” en televisión restringida.

Multa

2500 UMA equivalente a $188,725.00 (ciento ochenta y ocho mil setecientos veinticinco pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-103/2017

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(CASS)

89

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

331. SRE-PSC-106/2017 21 de junio de 2017 Upscale Media Group, S.A. de C.V.

Difusión de promoción personalizada a favor de Rafael Moreno Valle Rosas, otrora gobernador del estado de Puebla, a través de la difusión de una inserción publicada en los números 1038 y 1039 de la revista TVNOTAS relacionada con la infraestructura en dicha entidad federativa.

Multa

1500 UMA equivalente a $113,235.00 (ciento trece mil doscientos treinta y cinco pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-106/2017

332. SRE-PSC-58/2017 4 de julio de 2017 Partido Acción Nacional

Cumplimiento al SUP-REP-96/2017. Uso indebido de la pauta al difundir el promocional “Microbús” con un contenido electoral.

Multa

850 UMA equivalente a $64,166.50 (sesenta y cuatro mil ciento sesenta y seis pesos 50/100 M.N.) misma que deberá hacerse efectiva a partir del mes siguiente a que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-58/2017

333. SRE-PSC-24/2017 22 de agosto de 2017

1. Partido Acción Nacional. 2. Grupo Radio Centro. 3. XEJP-FM, S.A. de C.V. 4. XEQR, S.A. de C.V. 5. XEQR-FM, S.A. de C.V. 6. XERC-FM, S.A. de C.V. 7. Grupo Radial Siete, S.A. de C.V. 8. Estación Alfa, S.A. de C.V. 9. Radio Red F.M., S.A. de C.V.

Compra y/o adquisición de tiempos en radio, con motivo de la difusión de tres cápsulas con segmentos de la entrevista realizada al Presidente del Partido Acción Nacional por el locutor “Toño Esquinca”, en diversas emisoras de Grupo Radio Centro, del 3 al 7 de diciembre de 2016.

1. Multa: 500 UMA equivalente a $37,745.00 (treinta y siete mil setecientos cuarenta y cinco pesos 00 M.N)

2. Multa: 2000 UMA equivalente a $150,980.00 (ciento cincuenta mil novecientos ochenta pesos 00 M.N)

3. Multa: 200 UMA equivalente a $15,098.00 (quince mil noventa y ocho pesos 00 M.N)

4. Multa: 200 UMA equivalente a $15,098.00

SRE-PSC-24/2017

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(CASS)

90

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

(quince mil noventa y ocho pesos 00 M.N)

5. Multa: 200 UMA equivalente a $15,098.00 (quince mil noventa y ocho pesos 00 M.N)

6. Multa: 200 UMA equivalente a $15,098.00 (quince mil noventa y ocho pesos 00 M.N)

7. Multa: 200 UMA equivalente a $15,098.00 (quince mil noventa y ocho pesos 00 M.N)

8. Multa: 100 UMA equivalente a $7,549.00 (siete mil quinientos cuarenta y nueve pesos 00 M.N.)

9. Multa: 100 UMA equivalente a $7,549.00 (siete mil quinientos cuarenta y nueve pesos 00 M.N.)

Mismas que deberá hacerse efectiva al mes siguiente que cause ejecutoria la sentencia.

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(CASS)

91

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

334. SRE-PSC-124/2017 28 de septiembre de 2017 Intermedia y Asociados de Mexicali,

S.A. de C.V., concesionario de la emisora XHILA-TDT canal 46.2

Incumplimiento de transmitir la pauta del Instituto Nacional Electoral, relativo al primer semestre de 2017, para el periodo ordinario en Baja California, en la señal radiodifundida XHILA-TDT canal 46.2, en su modalidad de multiprogramación, cuya señal de origen es la Ciudad de México.

Multa

1600 UMA equivalente a $120,784.00 (ciento veinte mil setecientos ochenta y cuatro pesos 00/100 M.N.) misma que deberá pagarse dentro del plazo de 15 días contados a partir del siguientes al que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-124/2017

335. SRE-PSC-138/2017 1 de noviembre de 2017

1. Corporación de Radio y Televisión del Norte de México, S. de R.L. de C.V.

2. Corporación Novavisión, S. de R.L. de C.V.

Incumplimiento de retransmitir las señales radiodifundidas del Instituto Politécnico Nacional y Televisión Metropolitana, S.A. de C.V., durante el periodo de veda y jornada electoral en los procesos comiciales de Coahuila, Estado de México, Nayarit y Veracruz, lo que implicó que no se llevara a cabo la difusión de los mensajes de la pauta local de autoridades electorales y en su lugar se difundiera propaganda de partidos políticos.

Amonestación pública SRE-PSC-138/2017

336. SRE-PSC-140/2015 30 de noviembre de 2017 1. Partido Acción Nacional. 2. Corporación de Medios

Integrales, S.A. de C.V.

Adquisición indebida de tiempos en televisión, con motivo de la transmisión de propaganda electoral en vallas electrónicas a nivel de cancha, durante 15 eventos deportivos en diversos estadios de fútbol, lo que se difundió en televisión nacional.

1. Reducción del 2.68% de una ministración mensual correspondiente al financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes para el ejercicio 2017, equivalente a $1,700,000.00 (un millón setecientos mil pesos 00/100 M.N.)

2. Multa por 6623.39 UMA equivalente a $500,000.00

SRE-PSC-140/2015

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(CASS)

92

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

(quinientos mil pesos 00/100 M.N.)

337. SRE-PSC-141/2017 30 de noviembre de 2017 TV Diez Durango, S.A. de C.V., concesionaria de la emisora de televisión abierta XHA-TDT, canal 36.

Difusión de diversas cápsulas informativas que constituyen propaganda gubernamental, en las que se promociona la imagen, el nombre, la voz y el cargo de José Ramón Enríquez Herrera, Presidente Municipal de Durango.

Multa

500 UMA equivalente a $37,745.00 (treinta y siete mil setecientos cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.), dentro de los 15 días siguientes a que cause estado la sentencia.

SRE-PSC-141/2017

338. SRE-PSC-145/2017 5 de diciembre de 2017

1. Patronato Pro Radio Cultural, A.C. XHRYA-FM (Tamaulipas)

2. Julián Orozco González. XHRGO-FM (Jalisco)

3. Belisario Virgilio Alvarado Alvarado. XHTMJ-FM (Jalisco)

Omisión de transmitir la pauta ordinaria ordenada por el Instituto Nacional Electoral, así como las reprogramaciones propuestas

Amonestación pública a cada uno de los concesionarios.

SRE-PSC-145/2017

339. SRE-PSL-2/2018 17 de enero de 2018 Consultoría, Administración y Servicio, S. de R.L. de C.V.

Actos anticipados de precampaña y/o campaña en favor de la Diputada Federal Martha Cristina Jiménez Márquez, por la colocación de cinco espectaculares en los municipios de Chihuahua y Ciudad Juárez.

Amonestación pública. SRE-PSL-2/2018

340. SRE-PSC-14/2018 24 de enero de 2018 1. TV Diez Durango S.A. de C.V. 2. TV Cable del Guadiana S.A. de

C.V.

Difusión de propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada del Presidente Municipal y la Presidenta del Sistema para el Desarrollo IOntegral de la Familia , ambos del Municipio de Durango.

Multa

1. 800 UMA equivalente a $60,392.00 (sesenta mil trescientos noventa y dos pesos 00/100 M.N.)

2. 125 UMA equivalente a $9,436.25 (nueve mis cuatroscientos treinta y seis pesos 25/100 M.N.)}

SRE-PSC-14/2018

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(CASS)

93

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

Ambas multas deben pagarse dentro de los 15 días siguientes a que cause estado la sentencia.

341. SRE-PSC-20/2018 29 de enero de 2018 Partido Revolucionario Institucional.

Difusión de los promocionales en radio y televisión denominados “AÑO NUEVO” y “AÑO NUEVO V2” identificados con las claves RA01746-17 y RV01397-17, respectivamente, mediante los cuales se difundieron materiales alusivos a la precampaña federal en los tiempos que le corresponden a la pauta local.

Reducción de ministración mensual.

2.2% equivalente a $2,007,310.56 (dos millones siete mil trescientos diez pesos 56/100 M.N.) que deberá restarse de la ministraciones de gasto ordinario que recibe dicho instituto político.

SRE-PSC-20/2018

342. SRE-PSC-38/2018 21 de febrero de 2018 Partido Nueva Alianza.

Uso indebido de la pauta al difundir el promocional “Nos entendemos” (RA00279-18 y RV00138-18) con contenido federal en la precampaña electoral del Estado de México, el 1 y 2 de febrero.

Multa

500 UMA equivalente a $44,330.00 (cuarenta y cuatro mil trescientos treinta pesos 00/100 M.N.) de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme esta sentencia.

SRE-PSC-38/2018

343. SRE-PSC-41/2018 28 de febrero de 2018 Omega Experimental S.A. Omisión de transmitir 484 mensajes pautados, del 1 de julio al 13 de diciembre de 2017, durante la pauta ordinaria.

Amonestación pública. SRE-PSC-41/2018

344. SRE-PSC-43/2018 28 de febrero de 2018

1. Sebastián Uc Yam, concesionario de la emisora XHRTO-FM.

2. Sebastián Uc Yam, concesionario de las emisoras XHECPQ-FM, y XHYAM-FM.

Violación al modelo de comunicación político electoral, con motivo de la omisión de transmitir la pauta conforme a lo ordenado por el Instituto Nacional Electoral, correspondiente al periodo ordinario durante los días 6, 8, 11, 12 y 13 de diciembre de 2017 y al periodo de

1. Amonestación pública. 2. Multa de 300 UMA

equivalente a $22,647.00 (veintidós mil seiscientos cuarenta y siete pesos 00/100 M.N), en un plazo de quince días contados a partir del siguiente al que cause

SRE-PSC-43/2018

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(CASS)

94

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

precampaña federal y local del 9 al 17 de enero de 2018 en Quintana Roo.

ejecutoria la presente sentencia.

345. SRE-PSC-45/2018 16 de marzo de 2018

1. Partidos Verde Ecologista de México y Revolucionario Institucional, integrantes de la Coalición “Por un Veracruz Mejor”.

2. Partido Revolucionario Institucional.

1. Uso indebido de la pauta con motivo de la difusión de la difusión de los promocionales “VER PEPE YUNES” y “LA OTRA MITAD” sin identificar a la coalición y la vulneración al interés superior de la niñez, derivado de la falta de autorizaciones correspondientes.

2. Uso indebido de la pauta por la difusión del promocional en televisión “VER PEPE YUNES” con contenido relativo a una elección local en pauta federal del PRI.

1. Multa de 2000 UMA equivalente a $161,200.00 (ciento sesenta y un mil doscientos pesos 00/100 M.N), de las ministraciones de gastos ordinario que reciben ambos partidos del Instituto Electoral Local.

2. Multa de 900 UMA equivalente a $72,540.00 (setenta y dos mil quinientos cuarenta pesos 00/100 M.N.)

SRE-PSC-45/2018

346. SRE-PSC-50/2018 16 de marzo de 2018 Partido Revolucionario Institucional.

Uso indebido de la pauta con motivo de la difusión del promocional “QUE PIENSA”, en sus versiones de radio y televisión, con 52,309 impactos, toda vez que tuvo la intención de difundirlos en los tiempos asignados para las precampañas del proceso electoral federal sa abiendas de que el pormocional no señalaba expresamente la calidad del precandidato promovido por el citado instituto político.

Multa 100 UMA equivalente a $80,600.00 (ochenta mil seiscientos pesos 00/100 M.N.) del financiamiento de su ministración mensual correspondiente a marzo.

SRE-PSC-50/2018

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(CASS)

95

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

347. SRE-PSC-52/2018 16 de marzo de 2018 Partido Acción Nacional.

Vulneración al interés superior de la niñez por la difusión del promocional “GOP307” con 1122 impactos durante la intercampaña, sin atender los requisitos legalmente establecidos.

Multa 750 UMA equivalente a $60,450.00 (sesenta mil cuatroscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) del financiamiento público para actividades ordinarias en febrero de 2018, a partir del mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-52/2018

348. SRE-PSD-3/2018 16 de marzo de 2018

Julio César Moreno Rivera, precandidato al senado de la República en la Ciudad de México, por el Partido de la Revolución Democrática.

Colocación de propaganda en equipamiento urbano, mediante 5 cartelones con publicidad electoral fijados en postes de la Delegación Venustiano Carranza

Amonestación pública. SRE-PSD-3/2018

349. SRE-PSC-34/2018 5 de abril de 2018 1. Partido de la Revolución

Democrática.

Vulneración al interés superior de la niñez por la difusión del promocional “JUNTOS TV” con 53,415 impactos durante el periodo de precampaña del proceso electoral federal 2017 - 2018, sin atender los requisitos legalmente establecidos respecto a la aparición de 4 menores de edad.

Multa 2,500 UMA equivalente a $201,500.00 (doscientos un mil, qunientos pesos 00/100 M.N.) del financiamiento público para actividades ordinarias de 2018, a partir del mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-34/2018

350. SRE-PSC-55/2018 5 de abril de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Vulneración al interés superior de la niñez por la difusión del promocional “CHIAPAS SPT1 PRI” con 1,723 impactos en TV durante el periodo de precampaña del proceso electoral 2017 – 2018 del Estado de Chiapas, sin cumplir de manera completa con los consentiminetos y opiniones de los padres o tutores.

Multa 750 UMA equivalente a $60,450.00 (sesenta mil cuatrocientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) del financiamiento público para actividades ordinarias de 2018, a partir del mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-55/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

351. SRE-PSC-59/2018 5 de abril de 2018 1. Benjamín Obeso Fernández. 2. Confederación Nacional

Campesina, A.C.

Vulneración al interés superior de la niñez por la difusión del video “Servir a México y Trabajar por él #Meade2018” en Facebook durante el periodo de precampaña del proceso electoral federal 2017-2018, sin contar con el consentimiento de los padres o tutores y la opinión de los menores de edad.

Amonestación pública. SRE-PSC-59/2018

352. SRE-PSC-22/2018 12 de abril de 2018 1. Partido Acción Nacional.

Uso indebido de la pauta, por la difusión del promocional “PANUN1S”, toda vez que su contenido se aparta de la finalidad de la propaganda política a que tiene derecho el PAN como parte de sus prerrogativas.

Multa 5,000 UMAS equivalente a $377,450.00 (Trecientos setenta y siete mil cuatrocientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) del financiamiento público para actividades ordinarias de 2018, a partir del mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-22/2018

353. SRE-PSC-42/2018 12 de abril de 2018 1. Samuel Alejandro García

Sepulveda.

Actos anticipados de campaña por la difusión, a través de la red social Facebook, por medio de su perfil personal, de tres publicaciones por las que solicitó la abstención del voto en agravio de Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, de José Antonio Meade Kuribreña y del PRI.

Amonestación Pública SRE-PSC-42/2018

354. SRE-PSC-68/2018 19 de abril de 2018 1. Televisión por Cable Toniná,

S.A. de C.V.

Incumplimiento con la normativa electoral respecto a la obligación de transmitir la pauta aprobada por el INE, consistente en la omisión de retransmitir en su programación la señal radiodifundida identificada como XHOCC-TDT, en Ocosingo, Chiapas, durante los meses de agosto a diciembre de dos mil diecisiete.

Multa 1,500 UMAS equivalente a $113,235.00 (Ciento trece mil, doscientos treinta y cinco pesos 00/100 M.N.), mismos que deberá cubrir en un plazo de quince días, contados a partir de que quede firme la sentencia. Solicitando a la Dirección

SRE-PSC-68/2018

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(CASS)

97

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

Ejecutiva de Administración del INE, informe cuando se lleve a cabo el pago.

355. SRE-PSL-12/2018 19 de abril de 2018 1. Víctor Hugo Lobo Román.

Colocación indebida de propaganda electoral en equipamiento urbano, consistente en la pinta de una barda propiedad de SACMEX, ubicada en Av. Texcoco y Av. Jhon F. Kennedy S/N, U.H. La Colmena, Delegación Iztapalapa, perteneciente al 22 Distrito Electoral Federal, en la Ciudad de México.

Amonestación Pública SRE-PSL-12/2018

356. SRE-PSC-40/2018 26 de abril de 2018 1. Encuentro Social.

Cumplimiento de sentencia de la Sala Superior dictada en los SUP-REP-40/2018 y su acumulado. Reindividualización de la sanción por uso indebido de la pauta local en televisión, debido a que difundió el promocional “Juntos Haremos Historia”, con elementos propios de la precampaña federal (imagen de Andrés Manuel López Obrador, precandidato a la presidencia de la República).

Multa

1000 UMAS equivalente a $75,490.00 (Setenta y cinco mil cuatrocientos noventa pesos 00/100 M.N.), que se descontarán de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme esta sentencia.

SRE-PSC-40/2018

357. SRE-PSC-75/2018 26 de abril de 2018 1. Sicre, Yepiz, Celaya y

Asociados, S.C.

Incumplimiento con la normativa electoral respecto a la contratación y difusión de propaganda calumniosa publicada en internet durante el periodo de precampaña, del cuatro al nueve de febrero en el actual proceso electoral federal.

Multa

350 UMAS equivalente a $28,210.00 (Veintiocho mil doscientos diez pesos 00/100 M.N.), misma que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los quince días siguientes en que cause estado la sentencia.

SRE-PSC-75/2018

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(CASS)

98

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

358. SRE-PSC-78/2018 26 de abril de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Actos anticipados de campaña y calumnia por la contratación y difusión del desplegado “Así no Anaya”, a través de diversos periódicos de circulación nacional así como en las cuentas de la red social Twiter, del PRI nacional, de su presidente y de su sector popular (CNOP), los días ocho y nueve de marzo del año dos mil dieciocho.

Multa

5,500 UMAS equivalente a $443,300.00 (Cuatrocientos cuarenta y tres mil trescientos pesos 00/100 M.N.), que se descontarán de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-78/2018

359. SRE-PSC-82/2018 11 de mayo de 2018 1. Partido de la Revolución

Democrática.

Uso indebido de la pauta por la difusión de los promocionales en televisión denominados “INVENCIBLES TV” y “JUNTARNOS TV” en el contexto de la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018 en los Estados de Yucatán, Guanajuato y Jalisco.

Multa

550 UMAS equivalente a $44,330.00 (Cuarenta y cuatro mil trescientos treinta pesos 00/100 M.N.), que se descontarán de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-82/2018

360. SRE-PSC-84/2018 11 de mayo de 2018 1. Partido del Trabajo.

Uso indebido de la pauta y vulneración al interés superior de la niñez por la difusión del promocional en radio y televisión denominado “MOR JALISCO CAMPAÑA PT” en el contexto de la etapa de campaña del proceso electoral local 2017 – 2018, en el Estado de Jalisco, donde incidentalemente aparecen 8 menores de edad.

Multas 2,000 UMAS equivalente a $161,720 (Ciento sesenta y un mil setecientos veinte pesos 00/100 M.N.), y 1000 UMAS equivalente a $80,600. (Ochenta mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), que se descontarán de su ministración mensual, el mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-84/2018

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99

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

361. SRE-PSC-85/2018 11 de mayo de 2018 1. Partido del Trabajo.

Uso indebido de la pauta por la difusión de los promocionales en radio y televisión denominados “GUANAJUATO SHEFFIELD PT-INE” Y “GUANAJUATO SHEFFIELD PT-INE DVC PRO”, respectivamente, en el contexto de la etapa de campaña del proceso electoral federal 2017 – 2018, en el Estado de Guanajuato.

Multa

620 UMAS equivalente a $49,972.00 (Cuarenta y nueve mil novecientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.), que se descontarán de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-85/2018

362. SRE-PSD-12/2018 11 de mayo de 2018 1. Víctor Hugo Lobo Román.

Uso indebido de equipamiento urbano, por la pinta de una barda del perímetro del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, Delegación Venustiano Carranza.

Amonestación Pública SRE-PSD-12/2018

363. SRE-PSD-16/2018 11 de mayo de 2018

1. Bertha Xóchitl Gálvez Ruíz. 2. Partido Acción Nacional. 3. Partido de la revolución

Democrática. 4. Movimiento Ciudadano.

Colocación de propaganda electoral y falta al deber de cuidado, por la pinta de una barda en inmueble de propiedad privada y sin consentimiento del dueño, en la colonia Barrio Los Ángeles, Delegación Iztapalapa, Ciudad de México.

Amonestación Pública SRE-PSD-16/2018

364. SRE-PSD-18/2018 11 de mayo de 2018 1. Espectaculares Exyme S.A. de

C.V.

Actos anticipados de campaña por la colocación de un espectacular con propaganda electoral un día antes del inicio de la etapa de campaña, ubicado en la Carretera Federal 180, Matamoros Puerto Juárez dirección Veracruz – San Andrés Tuxtla a la altura de la desviación a la comunidad de Texalpan de Arriba.

Amonestación Pública SRE-PSD-18/2018

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100

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

365. SRE-PSC-37/2018 17 de mayo de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Uso indebido de la pauta por la omisión de identificar correctamente al emisor del mensaje, dirigir el mensaje a los militantes del PRI, así como señalar la calidad del precandidato y utilizar el emblema del partido emisor.

Multa

500 UMAS equivalente a $37,745.00 (Treinta y siete mil setecientos cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.), que se descontarán de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-37/2018

366. SRE-PSC-98/2018 17 de mayo de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Vulneración al interés superior de la niñez por difundir un promocional en el que aparece un menor sin cumplir con los requisitos de la norma aplicable, durante el periodo del 26 de abril al 2 de mayo de 2018 durante la etapa de campaña en todas la entidades federativas.

Multa

1,000 UMAS equivalente a $80,600. (Ochenta mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), que se descontarán de su ministración mensual de actividades ordinarias, el mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-98/2018

367. SRE-PSC-100/2018 17 de mayo de 2018 1. MORENA

Uso indebido de la pauta local por la difusión del promocional en radio denominado “CAMPAÑA 1” en el contexto de la etapa de campaña del proceso electoral local 2017 – 2018 en el Estado de Jalisco. Transmitido los días cinco, seis y siete de abril de 2018 con un total de 214 impactos.

Multa

500 UMAS equivalente a $40,300.00 (Cuarenta mil trescientos pesos 00/100 M.N.), que se descontarán de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-100/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

368. SRE-PSC-103/2018 25 de mayo de 2018 1. TV Rey de Occidente, S.A. de

C.V.

Incumplimiento con la normativa electoral al no incorporar los mensajes de partidos políticos y autoridades electorales en la retransmisión de una señal radio difundida en su zona de cobertura estatal, Jiquilpan, Michoacán; durante el periodo del 1 de juno de 2017 al 28 de febrero de 2018.

Multa

1,250 UMAS equivalente a $94,362.50 (Noventa y cuatro mil trescientos sesenta y dos pesos 50/100 M.N.), misma que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los quince días siguientes en que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-103/2018

369. SRE-PSC-104/2018 25 de mayo de 2018 1. Movimiento Ciudadano.

Uso indebido de la pauta federal por la difusión de los promocionales en radio y tv, denominados “IDEAS CLEMENTE” y “VERÓNICA DE CORAZÓN ABIERTO” en el contexto de la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018 en el Estado de Jalisco. Transmitidos del quince al veintiocho de abril de 2018 con un total de 3,254 impactos.

Multa

4,000 UMAS equivalente a $322,400.00 (Trescientos veintidós mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), misma que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los quince días siguientes en que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-104/2018

370. SRE-PSC-108/2018 25 de mayo de 2018 1. Rodrígo Gonzálo Aguilera

Morales.

Publicación de contenidos en Facebook que constituyen violencia política en razón de género en contra de la candidata al senado, Magaly Fregoso Ortíz, durante el periodo de enero de 2017 y hasta la presentación de la denuncia, con un total de 14 publicaciones.

Multa

63 UMAS equivalente a $5,077.80 (Cinco mil setenta y siete pesos 80/100 M.N.), misma que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los quince días siguientes en que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-108/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

371. SRE-PSC-110/2018 25 de mayo de 2018 1. Radiorama de Juárez S.A.

Por la omisión de transmitir y reprogramar la pauta local y federal aprobada por el INE en Chihuahua, en las etapas de intercampaña y campaña durante el periodo del 21 de febrero al 10 de abril de 2018, con un total de 2,541 promocionales. Ello dentro del proceso elctoral 2017 – 2018.

Multa

100 UMAS equivalente a $8,060.00 (Ocho mil sesenta pesos 00/100 M.N.), misma que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los quince días siguientes en que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-110/2018

372. SRE-PSC-111/2018 25 de mayo de 2018 1. MORENA.

Uso indebido de la pauta por la difusión del promocional en televisión denominado “INTERCAMPAÑA 2” en el contexto de la etapa de intercampañas del proceso electoral local y federal 2017 – 2018. Transmitidos en treinta entidades federativas del dieciocho de febrero al al veinticuatro de marzo de 2018, con un total de 9,161 impactos.

Multa

5,000 UMAS equivalente a $403,000.00 (Cuatrocientos tres mil pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-111/2018

373. SRE-PSC-115/2018 25 de mayo de 2018 1. Omega Experimental, A.C.,

concesionaria de XHOEX-FM.

Incumplimiento con la normativa electoral al no transmitir la pauta conforme a lo ordenado por el INE, correspondiente al periodo de intercampaña federal coincidente con la local en el Estado de México, durante el periodo del 7 de marzo al 10 de abril de 2018, con un total de 1410 impactos omitidos.

Multa

15 UMAS equivalente a $1,209.00 (Mil doscientos nueve pesos 00/100 M.N.), misma que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los quince días siguientes en que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-115/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

374. SRE-PSC-116/2018 25 de mayo de 2018 1. MORENA.

Uso indebido de la pauta por la difusión en radio y televisión del promocional denominado “YUCATÁN HUACHO” en el contexto de la etapa de campaña del proceso electoral local 2017 – 2018. Transmitidos en Yucatán del quince de abril añ ocho de mayo de 2018, con un total de 359 impactos.

Multa

1,000 UMAS equivalente a $80,600.00 (Ochenta mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual bajo el concepto de gastos de campaña correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-116/2018

375. SRE-PSD-35/2018 25 de mayo de 2018 1. Jorge Antonio Illescas

Delgado.

Colocación de propaganda electoral impresa, tres lonas en árbolues ubicados en el área del derecho de vía de la carretera federal Tuxtepec – Valle Nacional, Estado de Oaxaca, relativas a la campaña del sancionado como candidatoa Diputado Federal de la coalición “Todos por México” por el 01 distrito electoral federal en Oaxaca.

Amonestación Pública SRE-PSD-35/2018

376. SRE-PSD-45/2018 25 de mayo de 2018 1. Benjamín Saúl Huerta

Corona. 2. MORENA.

1. Actos anticipados de campaña por la difusión de 3 imágenes en la cuenta personal de Facebook del sujeto sancionado que que contienen mensajes que lo promocionan anticipadamente.

2. Culpa in vigilando por la conducta de Benjamín Saúl Huerta Corona, pues al momento de la publicación ya era candidato electo por MORENA en el 11 distrito del estado de Puebla.

Amonestación Pública SRE-PSD-45/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

377. SRE-PSD-46/2018 25 de mayo de 2018 1. Antonio Illescas Marín. 2. Partido Verde Ecologista de

México.

1. Vulneración al interés superior de la niñez por la difusión de un video donde aparecen imágenes de menores sin contar con los permisos y consentimientos corresondientes..

2. Culpa in vigilando por no haber ralizado acto alguno tendente a evitar la infracción y/0 cesar los efectos de la misma. Video difundido en el periodo de campaña del proceso federal actual, durante un periodo de 50 días.

1. Multa 50 UMAS equivalente a $4,030.00 (Cuatro mil treinta pesos 00/100 M.N.), misma que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los quince días siguientes en que cause ejecutoria la sentencia.

2. Amonestación Pública

SRE-PSD-46/2018

378. SRE-PSC-120/2018 31 de mayo de 2018 1. MORENA

Uso indebido de la pauta por la difusión en televisión del promocional denominado “CLAUDIA EMOTIVO” en el contexto de la etapa de campaña del proceso electoral local 2017 – 2018. Transmitidos el seis y siete de mayo de 2018, con un total de 24 impactos.

Multa

50 UMAS equivalente a $4,030.00 (Cuatro mil treinta Pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-120/2018

379. SRE-PSC-121/2018 31 de mayo de 2018 1. Notmusa S.A. de C.V.

Infracción a la normativa electoral, por la publicación de una encuesta el nueve de octubre de dos mil diecisiete en el diario ¡Pásala! Sin haber presentado el estudio completo e integral sobre los criterios científicos solicitados por la secretaría ejecutiva del INE.

Amonestación Pública SRE-PSC-121/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

380. SRE-PSC-122/2018 31 de mayo de 2018 1. Vitre Proveedora S.A. de C.V.

Por la omisión de retransmitir la pauta ordinaria que recibión del INE, así como la pauta para la etapa de precampaña e intercampaña del proceso electoral local coincidente con el federal 2017 – 2018, durante el periodo del 7 de agosto al 15 de marzo21 de 2018.

Multa

1600 UMAS equivalente a $120,784.00 (Ciento veinte mil setecientos ochenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), misma que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los quince días siguientes en que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-122/2018

381. SRE-PSC-124/2018 31 de mayo de 2018 1. Notmusa S.A. de C.V.

Infracción a la normativa electoral, por la publicación de una encuesta el diecinueve de octubre de dos mil diecisiete en el diario ¡Pásala! Sin haber presentado el estudio completo e integral sobre los criterios científicos solicitados por la secretaría ejecutiva del INE.

Amonestación Pública SRE-PSC-124/2018

382. SRE-PSC-127/2018 31 de mayo de 2018 1. MORENA.

Uso indebido de la pauta por la difusión en radio y televisión del promocional denominado “TABASCO GOBERNADOR” en el contexto de la etapa de campaña del proceso electoral local de Tabasco, transmitido del 14 de abril al 8 de mayo de 2018, con un total de 3,051 impactos.

Multa

3,500 UMAS equivalente a $282,100.00 (Doscientos ochenta y dos mil cien pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual bajo el concepto de gastos de campaña correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-127/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

383. SRE-PSL-33/2018 31 de mayo de 2018 1. Lorena Martínez Rodríguez. 2. Partido revolucionario

Institucional.

Colocación de propaganda electoral, consistente en la pinta de una barda en edificio público , Instituto para la Educación de las Personas Jóvenes y Adultas, ubicado en Av. Aguascalientes esquina con Andador Begonias en Aguascalientes.

Amonestación Pública SRE-PSL-33/2018

384. SRE-PSD-49/2018 31 de mayo de 2018

1. Karla Yleana Romero Gómez. 2. Partido Acción Nacional. 3. Partido de la Revolución

Democrática. 4. Movimiento Ciudadano.

Colocación de trece pendones en elementos de equipamiento urbano, 8 postes de alumbrado público y 5 de telefonía durante la etapa de campañas del proceso electoral fedral, en Cancún, Quintana Roo. Culpa in vigilando por los tres partidos políticos.

Amonestación Pública SRE-PSD-49/2018

385. SRE-PSC-136/2018 7 de junio de 2018

1. Hernán Israel Márquez Tadeo.

2. Iris Sánchez Chiu. 3. Televisión Azteca S.A. de C.V.

Vulneración al modelo de comunicación política, por la exhibición de propaganda electoral de Iris Sánchez Chiu, durante la transmisión de una pelea de box por televisión a nivel nacional, el día 21 de abril de 2018, de las 23:032 a las 23:47.

Multa 1. 100 UMAS equivalente a $8,060.00. 2. 50 UMAS equivalente a $4,030.00. 3. 1000 UMAS equivalente a $80,600.00. Cantidades que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los quince días siguientes en que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-136/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

386. SRE-PSL-36/2018 7 de junio de 2018

1. Andrés Manuel López Obrador.

2. Mirtha Ileana Villalvazo Amaya.

3. Partido del Trabajo. 4. Partido Encuentro Social. 5. MORENA.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, consistente en 22 pendones y 2 lonas en diversos sitios del Estado de Nayarit.

Amonestación Pública SRE-PSL-36/2018

387. SRE-PSD-58/2018 7 de junio de 2018 1. Julián Leyzaola Pérez. 2. Partido Encuentro Social.

Colocación indebida de propaganda electoral, consistente en 1 espectacular ubicado en Boulevard Manuel J. Clouthier, esquina con Boulevard Federico Benitez López, frente de la gasolinera Ecco, en la Ciudad de Tijuana, Baja California; sin identificar debidamente al partio político que postuló al candidato a diputado federal sancionado.

Amonestación Pública SRE-PSD-58/2018

388. SRE-PSD-59/2018 7 de junio de 2018

1. Alejandro Barroso Chávez. 2. MORENA. 3. Partido Encuentro Social. 4. Partido del Trabajo.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, consistente en la pinta de una barda ubicada en la escuela primaria “Benito Juárez”, Tehuacán, Puebla, con propaganda alusiva al al candidato a diputado federal mencionado.

Amonestación Pública SRE-PSD-59/2018

389. SRE-PSD-60/2018 7 de junio de 2018

1. Paulina Alejandra del Moral Vela.

2. Partido RTevolucionario Institucional..

3. Partido Verde Ecologista de México.

4. Partido Nueva Alianza.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, consistente en la fijación de una lona en el mercado municipal de Tultitlán, estado de México, con propaganda alusiva a la campaña de la candidata a Senadora de la República mencionada.

Amonestación Pública SRE-PSD-60/2018

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(CASS)

108

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

390. SRE-PSC-139/2018 15 de junio de 2018 1. Partido Acción Nacional.

Uso indebido de la pauta por la difusión de del promocional “Gerardo Gaudiano Tabasco” durante la etapa de campaña del proceso electoral de Tabasco, con 282 impactos detectados, y con motivo de la aparición de 7 menores de edad sin cumplir con la norma aplicable.

Multa

250 UMAS equivalente a $20,150.00 (Veinte mil ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-139/2018

391. SRE-PSC-141/2018 15 de junio de 2018 1. Partido de la Revolución

Democrática.

Uso indebido de la pauta por la difusión extraterritorial del promocional “YUÑEZ TU CANDIDATO RA GOB” durante la etapa de campaña correspondiente al proceso electoral de Veracruz, difundido en Puebla con 38 impactos detectados el 28 de mayo de 2018.

Multa

300 UMAS equivalente a $24,180.00 (Veinticuatro mil ciento ochenta pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-141/2018

392. SRE-PSC-142/2018 15 de junio de 2018 1. MORENA.

Uso indebido de la pauta local por la difusión en Jalisco, del promocional “MEXICANISIMO” versión radio, en la etapa de campaña correspondiente al proceso electoral de dicho Estado, se escucha la voz de Andrés Manuel López obrador,con 100 impactos durante seis días, del 30 de marzo al 3 de abril, .

Multa

500 UMAS equivalente a $40,300.00 (Cuarenta mil trescientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-142/2018

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(CASS)

109

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

393. SRE-PSC-143/2018 15 de junio de 2018 1. Confederación Nacional

Campesina.

Vulneración al interés superior de la niñez, por la difusión de un video en la cuenta de Facebook de la confederación, en el que aparece un menor invitando al evento sobre la toma de protesta del nuevo dirigente de la CNC, sin contar con los permisos de los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad sobre el menor, vulnerando la normatividad constitucional y convencional sobre dicho aspecto.

Amonestación Pública SRE-PSC-143/2018

394. SRE-PSC-144/2018 15 de junio de 2018 1. Partido Acción Nacional.

Uso indebido de la pauta derivado de la difusión de diversos promocionales pautados para el proceso electoral federal, en los que aparecen contendientes a candidaturas locales, así como promocionales pautados para el proceso electoral local, en los que aparece una candidata a un cargo federal, con un total de 146,823 impactos detectados e imputables al PAN.

Multa

7000 UMAS equivalente a $564,200.00 (Quinientos sesenta y cuatro mil doscientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-144/2018

395. SRE-PSC-145/2018 15 de junio de 2018

1. Partido Acción Nacional. 2. Partido de la Revolución

Democrática. 3. Partido Movimiento

Ciudadano.

Uso indebido de la pauta derivado de la difusión de diversos promocionales en los que promovieron candidaturas locales es spots de pauta federal, así como pa promoción de candidaturas que postularon partidos políticos distintos a los que pautaron los promocionales. Con un total de 86,068 impactos detectados del PAN, 18,615 del PRD y 12,456 de Movimiento Ciudadano, todos durante la etapa de campaña del actual proceso electoral federal.

Multa 1. 5600 UMAS equivalente a $451,360.00 2. 2500 UMAS equivalente a $201,500.00 3. 2000 UMAS equivalente a $161,200.00 Cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-145/2018

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110

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

396. SRE-PSC-146/2018 15 de junio de 2018 1. Partido Verde Ecologista de

México.

Uso indebido de la pauta derivado de la difusión de 2 spots “Mariana Nacionales” con los que promociona una candidatura local en su pauta federal de la Ciudad de México y Estado de México, difundido del 28 de abril al 22 de mayo dentro de la etapa de campañas del proceso electoral federal en la Ciudad de México y estado de México con un total de 2076 impactos.

Multa

2000 UMAS equivalente a $161,200.00 (Ciento sesenta y un mil doscientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-146/2018

397. SRE-PSC-148/2018 15 de junio de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Uso indebido de la pauta, actos anticipados de campaña y calumnia, por la difusión del promocional “DIDACTICO” en radio y TV, pautados para el periodo de intercampaña federal, como local para diversas entidades federativas, difundido el 15 y 16 de marzo de 2018 en periodo de inetrcampañas, con un total de 479 impactos, previo a que se notificaran las medidas cautelares.

Multa

1500 UMAS equivalente a $120,900.00 (Ciento veinte mil novecientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-148/2018

398. SRE-PSC-149/2018 15 de junio de 2018 1. Partido Acción Nacional.

Uso indebido de la pauta, actos anticipados de campaña y calumnia, por la difusión del promocional “OJEPS307” en radio y TV, difundidos por el portal web de pautas INE con posterioridad a que el PAN solicitó su transmisión como parte de sus prerrogativas de acceso a radio y televisión, esto es, el 14 de marzo de 2018 para el periodo de intercampaña federal.

Multa

1000 UMAS equivalente a $80,600.00 (Ochenta mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-149/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

399. SRE-PSL-39/2018 15 de junio de 2018 1. Antonio Mahbub Sarquis.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, fijación de 4 espectaculares en tres puestes peatonales y uno vehicular en el Estado de San Luis Potosí, con propaganda del candidato a senador denunciado .

Amonestación Pública SRE-PSL-39/2018

400. SRE-PSD-69/2018 15 de junio de 2018 1. Jesús Guzmán Avilés. 2. Partido Acción Nacional.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano y carretero, fijación de una lona en el señalamiento “Puente de Aguacate” que esta sobre la carretera Colatlán – Llano en medio del municipio de Ixhuatlán de Madero, Veracruz, con propaganda del candidato a diputado denunciado. Culpa in vigilando del PAN.

Amonestación Pública SRE-PSD-69/2018

401. SRE-PSD-73/2018 15 de junio de 2018

1. Ricardo Anaya Cortés. 2. Andrés Manuel López

Obrador. 3. Partido Acción Nacional. 4. Partido de la Revolución

Democrática. 5. Movimiento Ciudadano. 6. MORENA.

Pinta de propaganda electoral en monumentos históricos, sobre un muro que pertenece al complejo Febril de “Santa Teresa”, ubicado en Avenida México 1256, colonia Santa Teresa, Delegación Magdalena Contreras, Ciudad de México, con propaganda de los candidatos y partidos políticos sancionados.

Amonestación Pública SRE-PSD-73/2018

402. SRE-PSD-75/2018 15 de junio de 2018

1. Ricardo Anaya Cortés. 2. Partido Acción Nacional. 3. Partido de la Revolución

Democrática. 4. Movimiento Ciudadano.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, consistente en la fijación de 49 gallardetes en postes de luz y luminarias de la “Alameda Sur” de la Ciudad de México, el día veinticuatro de mayo de 2018, con propaganda del candidato y partidos políticos sancionados.

Amonestación Pública SRE-PSD-75/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

403. SRE-PSD-76/2018 15 de junio de 2018 1. MORENA 2. Angélica García Arrieta.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, consistente en la fijación de una lona sujeta a postes de alumbrado público en el municipio de Actopan, Hidalgo, con propaganda de la candidata al Senado de la República.

Amonestación Pública SRE-PSD-76/2018

404. SRE-PSD-77/2018 15 de junio de 2018 1. Silverio Trejo González.

Violencia política en razón de género en contra de Raquel Bonilla Herrera, candidata a dipuatada federal, por la omisión de realizar algún acto para cesar los efectos de las frases que terceras personas consignaron en una lona en la que protestaban en contra de la candidata, esto en Poza Rica, Veracruz, conducta que perduró del 24 de abril y hasta el 16 de mayo de 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-77/2018

405. SRE-PSD-78/2018 15 de junio de 2018

1. Ana Patricia Peralta de la Peña.

2. Partido Revolucionario Institucional.

3. Partido Verde Ecologista de México.

4. Nueva Alianza.

Afectación al interés superior de la niñez por la difusión de de 14 fotografías y 4 videos en Facebook y twiter donde aparecen 76 menores de edad sin el debido permiso y/o consentimiento para su aparición, en el periodo de campañas desde el 15 de abril. Falta al deber de cuidado de los partidos políticos sancionados.

Multa 1. 200 UMAS equivalente a $16,120.00. Cantidad que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los quince días siguientes en que cause ejecutoria la sentencia. 2. Amonestación Pública. 3. Amonestación Pública. 4. Amonestación Pública.

SRE-PSD-78/2018

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Sentencia

406. SRE-PSD-79/2018 15 de junio de 2018

1. Joel Padilla Peña. 2. MORENA. 3. Partido del Trabajo. 4. Partido Encuentro Social.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, consistente en la fijación de cuatro bastidores de metal autosoportados o tipo paleta, durante la etapa de campañas del actual proceso electoral federal, en distintos puntos del Municipio de Manzanillo, Colima, con propaganda del candidato al Senado de la República. Falta al deber de cuidado de los partidos políticos sancionados.

Amonestación Pública SRE-PSD-79/2018

407. SRE-PSC-151/2018 21 de junio de 2018 1. MORENA.

Uso indebido de la pauta, por la difusión del promocional “SHEFFIELD2” en radio y TV, el cual se pautó para el periodo de campaña dentro del proceso electoral de Guanajuato, en el que se usó la voz e imagen de Andrés Manuel López Obrador, candidato presidencial vinculado al proceso federal. Se transmitió del diecinueve de abril al nueve de mayo, con un total de 1966 impactos.

Multa

1000 UMAS equivalente a $80,600.00 (Ochenta mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-151/2018

408. SRE-PSC-152/2018 21 de junio de 2018 1. Partido Acción Nacional.

Uso indebido de la pauta, por la omisión de identificar de manera plena, clara e incuestionable a Carlos Humberto Quintana Martínez como candidato a la presidencia municipal de Morelia, Michoacán, por la coalición “Por Michoacán al Frente” en los promocionales transmitidos del 14 de mayo al 19 de junio y del 20 de mayo al 6 de junio de 2018, dentro del periodo de campaña electoral local de dicho Estado.

Multa

550 UMAS equivalente a $44,330.00 (Cuarenta y cuatro mil trescientos treinta pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-152/2018

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(CASS)

114

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

409. SRE-PSD-80/2018 21 de junio de 2018

1. Roberto Ángel Domínguez Rodríguez.

2. MORENA. 3. Partido Encuentro Social. 4. Partido del Trabajo.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano y carretero, consistente en la pinta de cinco bardas destinadas a la promoción de las candidaturas de elección municipal, con propaganda de carácter federal; pinta de un muro de contensión y protección y dos bardas perimetrales de fraccionamientos privados sin que se haya acreditado haber obtenido el permiso correspondiente, en Huehuetoca, Estado de México.

Multa

100 UMAS equivalente a $8,060.00 (Ocho mil sesenta pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSD-80/2018

410. SRE-PSD-82/2018 21 de junio de 2018

1. Carol Antonio Altamirano. 2. MORENA. 3. Partido del Trabajo. 4. Partido Encuentro Social.

Colocación de propaganda electoral en lugares prohibidos, consistente en la fijación de propaganda en inmuebles de propiedad privada sin permiso por escrito de los propietarios, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal, en la circunscripción territorial del distrito por el cual compite el denunciado, en el Estado de Oaxaca.

Amonestación Pública SRE-PSD-82/2018

411. SRE-PSD-87/2018 21 de junio de 2018 1. Raúl Tadeo Nava.

Prohibición de entregar beneficios para influir en el electorado y la libertad para el ejercicio del voto, consistente en la donación de 10 cajas de loseta y un bote de pintura para la construcción de sanitarios de la escuela primaria “Emiliano Zapata” en el municipio de Ayala, Morelos.

Amonestación Pública SRE-PSD-87/2018

412. SRE-PSD-88/2018 21 de junio de 2018

1. Ricardo Anaya Cortés 2. Polimnia Romana Sierra

Bárcena. 3. Partido Acción Nacional. 4. Partido de la Revolución

Democrática. 5. Movimiento Ciudadano.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, consistente en la pinta de una barda propiedad de SACMEX “Presa la Mina” ubicada en Camino real y Calzada Desierto de los Leones, Colonia Lomas de los Ángeles, Tetelpan, Delegación Alvaro

Amonestación Pública SRE-PSD-88/2018

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115

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

Obregón, Ciudad de México, con propaganda electoral del candidato a presidente de la república y candidata a diputada federal.

413. SRE-PSD-89/2018 21 de junio de 2018

1. María del Rocío Corona Nakamura.

2. Hugo Contreras Zepeda. 3. Lucía Aguilar Carrillo. 4. Vecinos en pro de la salud de

los Ruiseñores A.C. 5. Partido Revolucionario

Institucional.

Colocación de propaganda electoral en edificio público, consistente en la fijación de dos lonas en la pared de una clínica de servicios médicos, en el municipio de Tala Jalisco, con propaganda relativa a las campañas de los candidatos postulados por el PRI a diversos cargos. Culpa in vigilando por parte del PRI.

Amonestación Pública SRE-PSD-89/2018

414. SRE-PSD-90/2018 21 de junio de 2018

1. Freyda Marybel Villegas Canché.

2. MORENA. 3. Partido Encuentro Social. 4. Partido del Trabajo.

Incumplimiento del acuerdo de medidas cautelares del 21 de abril de 2018, emitido por el 04 Consejo Distrital del INE en Quintana Roo, por no retirar la propaganda electoral denunciada dentro de las doce horas contadas a partir de la legal notificación sobre la detareminación que así lo ordenó. Espectacular colocado en camellón de Avenida las Torres, 37 – 56, Quetzales, Sm. 523, CP. 77500, Cancún, Q. Roo. Culpa in vigilando por parte de la coalición.

Amonestación Pública SRE-PSD-90/2018

415. SRE-PSC-106/2018 26 de junio de 2018 1. Partido del Trabajo.

Uso indebido de la pauta local, derivado de la difusión del promocional “SPOT EMOTIVO CLAUDIA TV 30 SEGS PT AJUSTADO” con elementos ajenos a la pauta local, durante la etapa de campañas respecto al proceso electoral local 2017 – 2018 de la Ciudad de México.

Multa 20 UMAS equivalente a $1,612.00 (Mil seiscientos doce 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-106/2018

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116

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

416. SRE-PSC-160/2018 26 de junio de 2018

1. Partido de la Revolución Democrática.

2. Partido Revolucionario Institucional.

Vulneración al Interés superior de la niñez, por la difusión de los promocionales “IZQUIERDA SI” (PRD) y “ORGULLO” (PRI) difundidos del 15 de abril al 19 de mayo con 1607 impactos y del 8 de marzo al 29 de mayo con 7508 impactos, respectivamente; Durante la etapa de campañas e intercampañas del proceso electoral federal y local 2017 – 2018, para los Estados de Nuevo León y Sinaloa.

Multa 1. 750 UMAS equivalente a

$60,450.00 (Sesenta mil cuatrocientos cincuenta pesos 00/100 M.N.).

2. 1000 UMAS equivalente a $80,600.00 (Ochenta mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), cantidades que se descontarán de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-160/2018

417. SRE-PSC-161/2018 26 de junio de 2018 1. Partido Acción Nacional.

Uso indebido de la pauta y vulneración al Interés superior de la niñez, por la difusión del promocional “BARRALES-CREEL CDMX TV” pautado para el proceso electoral local 2017 – 2018, durante el periodo de campañas transmitido el 5 de junio, con un total de 1 impacto.

Multa

100 UMAS equivalente a $8,060.00 (Ocho mil sesenta pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-161/2018

418. SRE-PSC-163/2018 26 de junio de 2018 1. Partido del Trabajo.

Uso indebido de la pauta, por la difusión del promocional “VOTA DR. IBARRA GENTE” en radio y televisión, pautado para el proceso electoral local 2017 – 2018 en Baja California Sur, durante el periodo de campañas y transmitido del 3 al 13 de junio, con un total de 128 impactos.

Multa

124 UMAS equivalente a $9,994.40 (Nueve mil novecientos noventa y cuatro pesos 40/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-163/2018

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(CASS)

117

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

419. SRE-PSC-164/2018 26 de junio de 2018 1. Movimiento Ciudadano.

Uso indebido de la pauta y vulneración al interés superior de la niñez, por la difusión del promocional “MEMORABLE I LOCAL” en televisión donde aparecen menores de edad sin cumplir con los requisitos establecidos por la norma electoral, pautado para el proceso electoral local 2017 – 2018, durante el periodo de campañas y transmitido en 23 entidades federativas del 20 de mayo al 9 de junio, con un total de 6640 impactos.

Multa

2000 UMAS equivalente a $161,200.00 (Ciento sesenta y un mil doscientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-164/2018

420. SRE-PSC-166/2018 26 de junio de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional. 2. José Enrique Doger Guerrero.

Por la publicación y difusión en Twitter de un mensaje que refuerza estereotipos que se traducen en violencia política en razón de género en contra de Martha Erika Alonso Hidalgo y las mujeres en general, el 23 de mayo de 2018, durante la etapa de campañas respecto al proceso electoral en puebla, y el Partido Revolucionario Institucional al utilizar su pauta del 27 al 30 de mayo.

Multa 1. 3000 UMAS equivalente a $241,800.00 (Doscientos cuarenta y un mil ochocientos pesos 00/100 M.N.). 2. 500 UMAS equivalente a $40,300.00 (Cuarenta mil trescientos pesos 00/100 M.N.), cantidades que deberán pagarse dentro de los quince días siguientes a partir de que quede firme la resolución.

SRE-PSC-166/2018

421. SRE-PSD-91/2018 26 de junio de 2018

1. Roberto Ángel Domínguez Rodríguez.

2. MORENA. 3. Partido del Trabajo. 4. Partido Encuentro Social.

Colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, consistente en la pinta de 2 bardas propiedad de CONAGUA, ubicadas en Tequixquiac y Zumpango, Estado de México, contienen propaganda del candidato sancionado; Durante el periodo de campaña del proceso electoral federal 2017 - 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-91/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

422. SRE-PSD-93/2018 26 de junio de 2018

1. Ana Cristina Ruiz Rangel. 2. Partido de la Revolución

Democrática. 3. Partido Acción Nacional. 4. Movimiento Ciudadano.

Culpa in vigilando de los institutos políticos y violencia política de género en contra de Nayeli Salvatori Bojalil y atribuida a Ana Cristina Ruiz Rangel, por publicar en su cuenta de Twitter un mensaje que constituyó la infracción que se le atribuye, realizada el 18 de mayo de 2018, durante el periodo de campaña del proceso electoral federal 2017 - 2018.

Multa 1. 10 UMAS equivalente a $806.00 (Ochocientos seis pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, una vez que cause estado la resolución. 2, 3 y 4. Amonestación Pública.

SRE-PSD-93/2018

423. SRE-PSD-94/2018 26 de junio de 2018 1. Partido Encuentro Social.

Colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, consistente en la pinta de una barda perimetral propiedad del cementerio del ayuntamiento de Naranjos Amatlán, Veracruz, misma que constituye propaganda electoral del partido denunciado. Durante el periodo de campañas del proceso electoral federal 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-94/2018

424. SRE-PSD-96/2018 26 de junio de 2018 1. Sergio Gill Rullán.

Vulneración al interés superior de la niñez, por la publicación de propaganda política en Facebook donde aparece la imagen de menores de edad sin contar con el consentimiento de quien ejerce legalmente la patria potestad de los menores, propaganda electoral que se difundió durante el periodo de campañas del proceso electoral federal 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-96/2018

425. SRE-PSD-97/2018 26 de junio de 2018

1. MORENA. 2. Andrés Manuel López

Obrador. 3. Pedro Zenteno Santaella.

Colocación de propaganda electoral en contravención al artículo 209, apartado 2 de la LEGIPE, por no contar con el símbolo internacional de reciclaje. Lona ubicada en Av. Benito Juárez, Barrio de San Martín, Tepotzotlán, Estado de México. Durante el

Amonestación Pública SRE-PSD-97/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

periodo de campaña del proceso electoral federal 2017 - 2018.

426. SRE-PSD-100/2018 26 de junio de 2018 1. Nelly Minerva Carrasco

Godínez. 2. MORENA.

Colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano y carretero, consistente en la pinta de un muro de contención ubicado en la Avenida Independencia esquina con calle Hidalgo, sobre la carretera principal Nicolás Romero – Valle del carbón, Municipio de Nicolás Romero, Estado de México. Durante el periodo de campaña del proceso electoral federal 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-100/2018

427. SRE-PSD-101/2018 26 de junio de 2018

1. Mayuli Latifa Martínez Simón.

2. Partido Acción Nacional. 3. Partido de la Revolución

Democrática. 4. Movimiento Ciudadano.

Colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, consistente en la fijación de un anuncio publicitario en una estructura metálica sobre un camellón ubicado en Av. Cancún, Municipio de Cancún, Q. Roo, con propaganda de la candidata a Senadora de la República, durante el periodo de campaña del proceso electoral federal 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-101/2018

428. SRE-PSD-103/2018 26 de junio de 2018 1. Juanita Guerra Mena.

Colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, consistente en la pinta de un muro de contención de un puente vehicular ubicado en el Municipio de Cuautla, Morelos, detectado el seis de junio de 2018 con propaganda de la candidata a Diputada Federal, durante el periodo de campaña del proceso electoral federal 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-103/2018

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Sentencia

429. SRE-PSC-172/2018 28 de junio de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Uso indebido de la pauta por la difusión de un promocional en Tv y radio al utilizar la imagen de María del Rosario Barbosa Orozco y por omitir de señalar al partido político emisor del mensaje. Pautado para el Estado de Puebla y transmitidos durante el periodo de campañas del proceso electoral local, del 7 al 8 de junio de 2018, con un total de 55 impactos.

Multa 1500 UMAS equivalente a $120,900.00 (Ciento veinte mil novecientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá pagarse al OPLE de Puebla, quien deberá descontar la cantidad de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-172/2018

430. SRE-PSC-173/2018 28 de junio de 2018 1. MORENA.

Uso indebido de la pauta local, por la difusión en radio de un promocional en Jalisco, en el que se escucha la voz de Andrés Manuel López Obrador. Pautado para el Estado de Jalisco durante el periodo de campañas del proceso electoral local, difundido del 8 de abril al 15 de junio de 2018, con un total de 2538 impactos.

Multa

2000 UMAS equivalente a $161,200.00 (Ciento sesenta y un mil doscientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-173/2018

431. SRE-PSC-176/2018 28 de junio de 2018 1. MORENA.

Uso indebido de la pauta local, por la difusión de un promocional en Ciudad de México, en el que aparece un candidato a un cargo de elección federal. Pautado para la CDMX durante el periodo de campañas del proceso electoral local, difundido del 17 al 20 de junio de 2018.

Multa

1000 UMAS equivalente a $80,600.00 (Ochenta mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-176/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

432. SRE-PSD-106/2018 28 de junio de 2018 1. Carla Jimena Morell Islas. 2. Partido Revolucionario

Institucional.

Colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, consistente en la fijación de 14 carteles en postes de alumbrado público y pinta de una barda propiedad de una escuela primaria, dentro del 38 Distrito Electoral Federal. Propaganda de la candidata denunciada, durante el periodo de campaña del proceso electoral federal 2017 - 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-106/2018

433. SRE-PSD-108/2018 28 de junio de 2018 1. José Juan Espinosa Torres.

Violencia política en razón de género, por la publicación de mensajes en Facebook que reproducen estereotipos que discriminaron y violentaron a Ana Cristina Ruiz Rangel. Conducta realizada el 24 de mayo de 2018, durante el periodo de campaña del proceso electoral federal 2017 - 2018.

Multa 63 UMAS equivalente a $5,077.80 (Cinco mil setenta y siete pesos 80/100 M.N.), cantidad que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, una vez que cause estado la resolución.

SRE-PSD-108/2018

434. SRE-PSD-109/2018 28 de junio de 2018 1. MORENA. 2. Partido Encuentro social. 3. Partido del Trabajo.

Colocación de propaganda electoral en contravención al artículo 209, apartado 2 de la LEGIPE, por no contar con el símbolo internacional de reciclaje. 3 lonas ubicada en Colonia Adolfo López Mateos, Naucalpan de Juárez, Estado de México. Durante el periodo de campaña del proceso electoral federal 2017 - 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-109/2018

435. SRE-PSD-110/2018 28 de junio de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, espectacular instalado en puente peatonal ubicado en el Municipio de Gómez Palacio Durando, en el que aparece la imagen de la candidata y del PRI, durante el periodo de campañas del proceso electoral federal 2017 - 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-110/2018

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Sentencia

436. SRE-PSC-178/2018 29 de junio de 2018 1. Partido de la Revolución

Democrática.

Uso indebido de la pauta y vulneración al interés superior de la niñez, por la difusión del promocional “PRD FRENTE JINGLE ANAYA TV” en TV, en el que aparecen 4 menores de manera incidental, pautado para el periodo de campañas federal, transmitido del 10 al 13 de junio de 2018 en cada una de las entidades federativas, con 3895 impactos detectados.

Multa

100 UMAS equivalente a $8,060.00 (Ocho mil sesenta pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-178/2018

437. SRE-PSC-180/2018 29 de junio de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Calumnia, por la difusión del promocional “CDMX L MIKEL TESTIMONIALES” en radio y TV, desde que se colocó en el portal de pautas del INE y durante los días siete y ocho de junio, en la etapa de campañas local de la CDMX, y difundido tanto en la ciudad como en el Estado de México, con 166 impactos detectados imputables al PRI.

Multa

1000 UMAS equivalente a $80,600.00 (Ochenta mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-180/2018

438. SRE-PSC-181/2018 29 de junio de 2018 1. Movimiento Ciudadano.

Uso indebido de la pauta, por la difusión del promocional “LLAMADO AL VOTO NACIONAL V2 SEN Y DIP” en radio y TV, incluye la imagen y voz de Luis Donaldo Colosio Rioja, candidato a diputado local en Nuevo León. Desde que se colocó en el portal de pautas del INE y durante los días 10 al 13 de junio, en la etapa de campañas federal y difundido en 16 entidades federativas con 6,015 impactos detectados.

Multa

1000 UMAS equivalente a $80,600.00 (Ochenta mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-181/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

439. SRE-PSC-182/2018 29 de junio de 2018 1. Partido del Trabajo.

Uso indebido de la pauta, por la difusión del promocional “VOTA DIPUTADOS LOCALES OAXACA 3” en radio y TV, que incluye la imagen de un candidato a la presidencia, durante los días 10 al 13 de junio, en la etapa de campañas locales y difundido en Oaxaca.

Multa

400 UMAS equivalente a $32,240.00 (Treinta y dos mil doscientos cuarenta pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias permanentes correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-182/2018

440. SRE-PSC-183/2018 29 de junio de 2018 1. Partido de la Revolución

Democrática.

Uso indebido de la pauta, por la difusión de los promocionales “TÉRMINOS TV” y “ENDOSO RA” en radio, menciona a Ricardo Anaya Cortés en la pauta reservada a las elecciones locales en Yucatán, Guanajuato y Jalisco. Del 30 de marzo al 4 de abril, en la etapa de campañas locales del proceso 2017 – 2018, con 883 impactos en dichas entidades federativas.

Multas

200 UMAS. $16,120.00 Yucatán 600 UMAS. $48,360.00 Gto. 750 UMAS. $60,450.00 Jalisco, cantidades que se descontarán de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-183/2018

441. SRE-PSC-184/2018 29 de junio de 2018 1. Revista Diálogos S.A. de C.V.

Por incumplir con las disposiciones normativas en materia de publicación de encuestas electorales y no presentar el informe correspondiente a los recursos aplicados para tal fin; Por la omisión de dar respuesta a los requerimientos de información hechos por la Secretaria Ejecutiva del INE. Encuesta publicada el 29 de noviembre de 2017 en Puebla, iniciado el proceso electoral federal 2017 – 2018.

Multa 310 UMAS equivalente a $24,986.00 (Veinticuatro mil novecientos ochenta y seis pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, al mes siguiente de que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-184/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

442. SRE-PSC-186/2018 29 de junio de 2018 1. Carlos Javier Ramírez

Hernández.

Por no presentar de forma integral el estudio relativo a los criterios científicos en materia de publicación de encuestas electorales ante la Secretaria Ejecutiva del INE, derivado de la divulgación, el 2 de octubre de 2017, de una encuesta de la empresa Prospecta Consulting en diversas publicaciones, así como la omisión de dar respuestas 2 requerimientos formulados por la citada Secretaría.

Amonestación Pública SRE-PSC-186/2018

443. SRE-PSC-187/2018 29 de junio de 2018 1. Convicción Ciudadana S.A. de

C.V.

Por la omisión de dar respuesta a los requerimientos de información formulados por la Secretaria Ejecutiva del INE derivados de los requisitos legales exigidos por la normatividad electoral respecto a la publicación de encuestas electorales. Encuesta publicada en “La Jornada de Aguascalientes” el 28 y 30 de noviembre de 2017, iniciado el proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSC-187/2018

444. SRE-PSC-188/2018 29 de junio de 2018

1. Concesiones Integrales, S.A. de C.V.

2. Ultra Digital de Puebla, S.A. de C.V.

3. Grupo Acir, S.A. de C.V. 4. Cinco Radio, S.A. de C.V. 5. Multimedios Grupo, S.A. de C.V. 6. Marconi Comunicaciones, S.A. de

C.V.

Contratación de tiempo en radio para difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido, para periodos comprendidos dentro del periodo de campañas del proceso electoral federal y local en Puebla, difusión de los días 8 al 11 y 14 de mayo de 2018 durante la etapa de campañas del proceso electoral federal y local 2017 – 2018.

Multas 1. 400 UMAS equivalente a $32,240.00. 2. a 6. 80 UMAS equivalente a $6,448.00; cantidades que deberán pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes a que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-188/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

445. SRE-PSC-189/2018 29 de junio de 2018 1. Sebastián Uc Yam.

Adquisición de tiempos en radio, locutor de estación de radio, fue postulado como candidato a suplente de tercer regidor de Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo, cuyo periodo de campaña se llevó a cabo del 14 de mayo al 27 de junio de 2018. La frecuencia de radiodifusión XHRTO-FM 100.5 con cobertura en el citado Municipio.

Multa 200 UMAS equivalente a $16,120.00 (Dieciséis mil ciento veinte pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los quince días a que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-189/2018

446. SRE-PSC-193/2018 29 de junio de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Calumnia en contra de Ricardo Anaya Cortés, por pautar el promocional “INCOHERENCIA” para su difusión en TV y que contiene la imputación de conductas delictuosas sin sustento alguno, alojado en el portal de pautas del INE del 11 al 15 de junio, en la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018, del cual la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó suspender la transmisión del citado spot.

Multa

1000 UMAS equivalente a $80,600.00 (Ochenta mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-193/2018

447. SRE-PSC-195/2018 29 de junio de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional. 2. José Enrique Doger Guerrero.

Uso indebido de la pauta (no identificó el partido emisor del spot) y por la publicación y difusión en Twitter de un mensaje que refuerza estereotipos que se traducen en violencia política en razón de género en contra de Martha Erika Alonso. Subordinan y minimizan las capacidades de la candidata dentro de la vida política, así como la afectación a la ciudadanía a su derecho a la información, todo durante el proceso electoral en Puebla.

Multa 1. 1000 UMAS equivalente a $80,600.00. 2. 500 UMAS. Cantidades que deberán pagarse dentro de los quince días siguientes a partir de que quede firme la resolución, así como descontarse de la ministración mensual de actividades ordinarias del PRI.

SRE-PSC-195/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

448. SRE-PSC-196/2018 29 de junio de 2018 1. Partido del Trabajo.

Uso indebido de la pauta local por pautar un promocional en versión radio y Tv para el Estado de Quintana Roo, donde aparece su candidato a Presidente de la República. El promocional se alojó en el portal del INE y se solicitó se transmitiera del 11 al 13 de junio de 2018 en el Estado de Q. Roo. Durante el periodo de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Multa

2000 UMAS equivalente a $161,200.00 (Ciento sesenta y un mil doscientos pesos 00/100 M.N.) cantidad que deberá descontarse de la ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-196/2018

449. SRE-PSL-51/2018 29 de junio de 2018 1. Gina Andrea Cruz Blackledge. 2. Jorge Ramos Hernández.

Por el uso de expresiones religiosas con fines políticos de proselitismo y propaganda político electoral durante un evento que se llevó a cabo en el Estado de Baja California, durante el periodo que transcurrían las campañas electorales, iniciado el proceso electoral federal 2017 – 2018.

1. Amonestación Pública. 2. Multa. 100 UMAS equivalente a $8,060.00 (Ocho mil sesenta pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes a que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSL-51/2018

450. SRE-PSL-52/2018 29 de junio de 2018

1. Raúl Bolaños Cacho Cué. 2. Partido Revolucionario

Institucional. 3. Partido Verde Ecologista de

México. 4. Partido Nueva Alianza.

Vulneración al interés superior de la niñez y culpa in vigilando por la difusión de 3 videos en redes sociales (Facebook y Twitter) en los que aparecen 24 menores de edad, sin contar con al documentación correspondiente para su participación; Publicados el 10 y el 25 de mayo de 2018 durante el periodo que transcurrían las campañas electorales del proceso electoral federal 2017 – 2018.

1 Multa. 50 UMAS equivalente a $4,030.00 (Cuatro mil treinta pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes a que cause ejecutoria la sentencia. 2, 3 y 4. Amonestación Pública.

SRE-PSL-52/2018

451. SRE-PSD-112/2018 29 de junio de 2018 1. Rosa Isela de la Rocha

Nevares. 2. Partido Acción Nacional.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. 19 estructuras sujetas a postes y palmeras con propaganda electoral de la candidata,

Amonestación Pública SRE-PSD-112/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

3. Partido de la Revolución Democrática.

4. Partido Movimiento Ciudadano.

sobre camellones del Boulevard Domingo Arrieta en la Ciudad de Durango, certificadas el 25 de mayo, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

452. SRE-PSD-117/2018 29 de junio de 2018 1. Nelly Carrasco Godínez. 2. MORENA.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. Lona con propaganda de la candidata sancionada, sujeta a un poste de luz ubicado en la Calle Emiliano Zapata esquina con Ernesto Guevara de la Serna, Colonia 22 de febrero, en el Municipio de Nicolás Romero, Estado de México, colocada el 8 de junio durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-117/2018

453. SRE-PSC-198/2018 05 de julio de 2018

1. Ana María Aguilar Silva. 2. Alma Tania Vite Torres. 3. Crispín Barrera Ponce. 4. Gerardo Rodolfo Tinájero Villareal. 5. Hidelgardo Bacilo Gómez. 6. Hugo Edgardo Rodríguez Torres. 7. Ileana Isla Moya. 8. Juan Carlos Cabrera Morales. 9. José Luis García Frapelli. 10. Justo Montesinos López. 11. Luis Javier Robles Gutiérrez. 12. Oliva Rebeca Cebrecos. 13. Pablo Fernando Hoyos Hoyos. 14. Sergio Edmundo Sánchezllanes Santa Cruz. 15. Mario Mauricio Hernández Gómez.

Detección de irregularidades consistentes en la indebida entrega de fotocopias y la simulación de credenciales de elector de la información correspondienyte a los registros capturados de apoyo ciudadano requerido para el registro de candidaturas independientes a una diputación federal durante el proceso electoral federal 2017 – 2018, en el Estado de México y la Ciudad de México, en contravención del acuerdo INE/CG387/2017.

Multa 7, 9, 10 y 15 40 UMAS equivalente a $3,224.00. 2, 3, 5, 11 y 14 50 UMAS equivalente a $4,030.00. 1, 4, 6, 8, 12 y 13 60 UMAS equivalente a $4,836.00. Cantidades que deberán pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes a que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-198/2018

454. SRE-PSC-200/2018 05 de julio de 2018 1. Partido Acción Nacional.

Calumnia, por la difusión en televisión del promocional “OJEPS307”, pautado para el proceso electoral local y difundido en diversas entidades federativas, en el periodo de campaña del proceso electoral 2017 – 2018, con elementos de pauta

Multa

300 UMAS equivalente a $24,180.00 (Veinticuatro mil ciento ochenta pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá descontarse de la ministración

SRE-PSC-200/2018

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(CASS)

128

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

federal, con un total de 154 impactos detectados.

mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

455. SRE-PSC-202/2018 05 de julio de 2018 1. Partido del Trabajo.

Uso indebido de la pauta y vulneración al interés superior de la niñez, por la difusión del promocional en televisión “Cierre de campaña 2018”, pautado para el periodo de campaña federal 2017 - 2018, con un total de 4220 impactos detectados durante el periodo comprendido del 21 al 25 de junio de 2018.

Multa

2500 UMAS equivalente a $201,500.00 (Doscientos un mil quinientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá descontarse de la ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-202/2018

456. SRE-PSC-204/2018 05 de julio de 2018

1. Partido Verde Ecologista de México.

2. Roberto Armando Albores Gleason.

Vulneración al interés superior de la niñez, por la difusión del promocional en Facebook en el que participaron menores de edad sin contar con la debida autorización para la aparición de los mismos. Difundido Facebook y en televisión del 3 al 9 de mayo, dentro de la campaña local en Chiapas, con un total de 810 impactos detectados durante dicho periodo.

Multa 1.- 150 UMAS equivalente a $12,090.00 (Doce mil noventa pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá descontarse de la ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia. 2.- Amonestación Pública.

SRE-PSC-204/2018

457. SRE-PSC-205/2018 05 de julio de 2018 1. Partido del Trabajo.

Uso indebido de la pauta local por incluir contenido federal, en radio y televisión, para los Estados de San Luis Potosí y Tamaulipas, donde se menciona al candidato a presidente de la República. Material alojado en el portal de putas del INE y se solictó que se transmitiera del 17 al 20 de junio de 2018 en los Estados citados.

Multas 1.- 150 UMAS equivalente a $12,090.00 (Doce mil noventa pesos pesos 00/100 M.N.), por su registro en San Luis Potosí. 2.- 2500 UMAS equivalente a $201,500.00 (Doscientos un mil quinientos pesos pesos 00/100 M.N.), por lo que hace a su registro nacional; cantidades que deberán descontarse de la ministración mensual de

SRE-PSC-205/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

458. SRE-PSC-206/2018 05 de julio de 2018 1. Jorge Arturo Gómez

González.

Por la obtención irregular de apoyos ciudadanos requeridos para el registro de candidaturas independientes a cargos federales de elección popular para el proceso electoral federal 2017 – 2018. Del 16 de octubre de 2017 al 19 de febrero de 2018 en el Estado de Aguascalentes.

Amonestación Pública SRE-PSC-206/2018

459. SRE-PSC-209/2018 05 de julio de 2018 16. Comunicación 2000 S.A. de

C.V.

Adquisición de tiempo en televisión distinto al administrado por el INE, derivado de la cobertura inequitativa de las actividades de campaña de la elección al Senado en San Luis Potosí, cobertura transmitida del dos de abril al quince de mayo, con un total de 02:23:47 durante el proceso electoral federal 2017 – 2018.

Multa

8500 UMAS equivalente a $685,100.00 (Seiscientos ochenta y cinco mil cien pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes a que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-209/2018

460. SRE-PSC-210/2018 05 de julio de 2018 1. Partido del Trabajo.

Uso indebido de la pauta por la difusión de diversos promocionales en radio y televisión, que contienen elementos de pauta federal, pautados para el periodo de campaña local, del 10 al 20 de junio de 2018 par los Estados de Quintana Roo, Oaxaca y Chiapas, con un total de 254 impactos detectados en ambas versiones.

Multa

2500 UMAS equivalente a $201,500.00 (Doscientos un mil quinientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá descontarse de la ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al

SRE-PSC-210/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

mes siguiente en que quede firme la sentencia.

461. SRE-PSC-211/2018 05 de julio de 2018 1. Notmusa S.A. de C.V.

Por no presentar de forma integral el estudio relativo a los criterios científicos en materia de publicación de encuestas electorales ante la Secretaria Ejecutiva del INE, derivado de la divulgación, el 13 de noviembre de 2017, a nivel nacional de una encuesta a través del Diario ¡Pásala! Y el Periódico Récord, así como la omisión de dar respuestas 2 requerimientos formulados por la citada Secretaria.

Amonestación Pública SRE-PSC-211/2018

462. SRE-PSD-121/2018 05 de julio de 2018

1. Andrés Manuel López Obrador.

2. MORENA. 3. Partido Encuentro Social. 4. Partido del Trabajo.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano y carretero. Pinta de barda de puente vehicular con propaganda del candidato sancionado, ubicada sobre la carretera Lago de Guadalupe en Tlalnepantla de Baz y Atizapan de Zaragoza, colocada desde el 9 de junio de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-121/2018

463. SRE-PSD-122/2018 05 de julio de 2018 1. MORENA. 2. Partido Encuentro Social. 3. Partido del Trabajo.

Utilización de propaganda electoral sin acreditar que su elaboración fue con material reciclable y/o biodegradable, no muestra el símbolo internacional de reciclaje. Un espectacular y 3 vinilonas así como la pinta de una barda en el Estado de México, colocados 7 y 9 de junio de

Amonestación Pública SRE-PSD-122/2018

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Sentencia

2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

464. SRE-PSD-126/2018 SRE-PSD-139/2018

(Acumulado) 05 de julio de 2018

1. Ricardo Anaya Cortés. 2. Partido Acción Nacional. 3. Partido de la Revolución

Democrática. 4. Movimiento Ciudadano.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. Fijación de 307 calcomanías con propaganda de Ricardo Anaya Cortés en postes de luz, teléfono, señalamientos y semáforos de la Ciudad de México, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-126/2018

465. SRE-PSD-129/2018 05 de julio de 2018 5. Xitlalic Ceja García. 6. Partido Revolucionario

Institucional.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. 2 espectaculares con propaganda de la candidata sancionada, ubicados sobre la carretera federal 190 Puebla – Atlixco, Km 15.5, frente al Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP) colocados desde el 31 de mayo de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-129/2018

466. SRE-PSD-130/2018 05 de julio de 2018 1. Paola Tenorio Adame. 2. MORENA.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. Pinta de 8 bardas con propaganda de la entonces candidata, sin mencional la coalicición que la postuló, ubicadas en calles del Municipio de San Andrés Tuxtla, Veracruz desde el 24 de mayo de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-130/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

467. SRE-PSD-137/2018 05 de julio de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. Pinta de una barda alusiva al PRI, propiedad de SACMEX, ubicada dentro del territorio de la Delegación Iztapalapa, de la Ciudad de México, colocada desde el 26 de junio de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-137/2018

468. SRE-PSC-214/2018 12 de julio de 2018 1. Massive Caller S.A. de C.V.

Por no presentar de forma puntual el estudio relativo a los criterios científicos en materia de publicación de encuestas electorales ante la Secretaria Ejecutiva del INE, derivado de la divulgación de diversas publicaciones en periódicos locales de diversos Estados de la República, dentro del periodo de campañas electorales del proceso federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSC-214/2018

469. SRE-PSC-215/2018 12 de julio de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Calumnia, por la difusión del promocional “DELINCUENTES V2” en radio y TV a nivel nacional del 3 al 12 de junio, en la etapa de campañas federales del proceso electoral 2017 - 2018, con 25,904 impactos detectados imputables al PRI.

Multa

4000 UMAS equivalente a $322,400.00 (Trescientos veintidós mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-215/2018

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Sentencia

470. SRE-PSC-217/2018 12 de julio de 2018 1. Partido Verde Ecologista de

México.

Uso indebido de la pauta local y vulneración al interés superior de la niñez, por la difusión de promocionales en radio y televisión en los que incluyeron contenido federal y participaron dos menores de edad sin contar con la debida autorización para su aparición. Difundidos entre el 31 de maya y el 19 de junio, durante la campaña local en diversos Estados, con un total de 186 spots detectados durante dicho periodo.

Multa 3000 UMAS equivalente a $241,800.00 (Doscientos cuarenta y un mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá descontarse de la ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-217/2018

471. SRE-PSC-220/2018 12 de julio de 2018 1. Carlos Javier Ramírez

Hernández.

Por no presentar de forma integral el estudio relativo a los criterios científicos en materia de publicación de encuestas electorales ante la Secretaria Ejecutiva del INE, derivado de 6 publicaciones efectuadas en su columna de opinión “Indicador Político” el 8 de septiembre de 2017, en los diarios El vigía, Capital de México, Por Esto, El Heraldo de San Luis, El Mañana de Matamoros y El Mañana de Reynosa, así como la omisión de dar respuesta a 3 requerimientos.

Amonestación Pública SRE-PSC-220/2018

472. SRE-PSD-143/2018 12 de julio de 2018

1. Raymundo King de la Rosa. 2. Partido Revolucionario

Institucional. 3. Partido Verde Ecologista de

México. 4. Nueva Alianza.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. Anuncio en un camellón de la Ciudad de Cancún, Quintana Roo, con propaganda del entonces candidato al Senado, difundida durante la etapa de campañas del proceso electoral local 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-143/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

473. SRE-PSD-146/2018 12 de julio de 2018 1. MORENA. 2. Lidia García Anaya.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. Colocación de 2 espectaculares y pinta de 2 bardas con propaganda de la entonces candidata y del candidatoa presidente de la república, difundida del 23 al 28 de junio de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral local en Hidalgo 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-146/2018

474. SRE-PSC-130/2018 19 de julio de 2018 1. Partido Acción Nacional.

Cumplimiento al SUP-REP-256/2018. Uso indebido de la pauta, por la difusión de un promocional que contiene el emblema del canal de noticias “Foro TV”, lo que afecta la libertad e independencia del medio de comunicación que ejerce el periodismo y genera confusión en el electorado. Difundido en TV a nivel nacional por 5474 ocaciones entre el 29 de abril al 5 de mayo, durante la etapa de campaña del proceso electoral 2017 - 2018.

Multa 3000 UMAS equivalente a $241,800.00 (Doscientos cuarenta y un mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá descontarse de la ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-130/2018

475. SRE-PSC-228/2018 19 de julio de 2018 1. Raúl Meléndez Tevillo. 2. Araceli Rojas Tenorio.

Por la contratación de propaganda en radio y tv dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, del 4 al 19 de junio con 6 impactos diarios de lunes a sábado, transmitido exclusivamente en la señal de la radiodifusora XHART-FM 89.3, con cobertura en Morelos.

Multas 1.- 25 UMAS equivalente a $2,015.00 (Dos mil quince pesos 00/100 M.N.). 2.- 50 UMAS equivalente a $4,030.00 (Cuatro mil treinta pesos 00/100 M.N.). Cantidades que deberán ser pagadas en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-228/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

476. SRE-PSC-231/2018 19 de julio de 2018 1. Ricardo Anaya Cortés. 2. Fernado Belauzarán Méndez.

Incumplimiento de la veda electoral, por la difusión de un video en cuentas oficiales de Facebook y Twiter de los citados candidatos, los días veintinueve y treinta de junio, durante el periodo de reflexión del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSC-231/2018

477. SRE-PSL-59/2018 19 de julio de 2018

1. Julen Rementería del Puerto. 2. Partido Acción Nacional. 3. Partido de la Revolución

Democrática. 4. Movimiento Ciudadano.

Vulneración al interés superior de la niñéz, por la difusión de dos videos en en el perfil de Facebook del candidato a Senador, en el cual aparecieron dos menores de edad de manera central sobre los que no se acreditó el cumplimiento de los lineamientos legales, difundidos del 27 de abril al 26 de mayo de 2018, durante el periodo de campaña del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSL-59/2018

478. SRE-PSD-68/2018 19 de julio de 2018 1. MORENA. 2. Partido del Trabajo. 3. Partido Encuentro Social.

Cumplimiento al SUP-REP-639/2018. Uso de equipamiento urbano y falta al deber de cuidado. Por la pinta de propaganda electoral en un accidente geográfico ubicado en la localidad de Cañada Chica, Ixmiquilpan, Hidalgo, en etapa de campañas, iniciado el proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-68/2018

479. SRE-PSD-149/2018 19 de julio de 2018 1. Miguel Ángel Chico Herrera .

Uso indebido de la imagen de menores de edad en propaganda político – electoral, derivada de 29 publicaciones realizadas a través de su perfil de Facebook, donde se utilizan imágenes de 104 menores de edad, sin aportar la documentación requerida por los lineamientos del INE, difundido del 2 de abril al 8 de mayo de 2018 en etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Multa

400 UMAS equivalente a $32,240.00 (Treinta y dos mil doscientos cuarenta pesos 00/100 M.N.). Cantidad que deberán ser pagadas en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días

SRE-PSD-149/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

siguientes en que quede firme la sentencia.

480. SRE-PSD-151/2018 19 de julio de 2018 1. Jesús Guzmán Avilés. 2. Partido Acción Nacional.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. Lona en la que aparece el nombre e imagen del entonces candidato, colgada de una palmera y una malla ciclónica en la comunidad de Tetillas, del Municipio de Tantoyuca, Veracruz. Colocada el 16 de junio de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-151/2018

481. SRE-PSC-235/2018 27 de julio de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Calumnia, por la difusión del promocional “DELINCUENTES” en radio y TV a nivel nacional del 27 de mayo al 4 de junio de 2018, en la etapa de campañas federales del proceso electoral 2017 - 2018.

Multa

1500 UMAS equivalente a $120,900.00 (Ciento veinte mil novecientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-235/2018

482. SRE-PSC-246/2018 27 de julio de 2018 1. Jesús Ortega Martínez. 2. Partido de la Revolución

Democrática.

Incumplimiento de la veda electoral, por la difusión de un video en Facebook del citado candidato, en el que realiza propaganda electoral en contra de Andrés Manuel López Obrador y culpa in vigilando del PRD. Publicado el 28 de junio de 2018, durante el periodo de reflexión del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSC-246/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

483. SRE-PSD-160/2018 27 de julio de 2018 1. Juanita Guerra Mena.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. Pinta de una barda perimetral del panteón municipal de Ayala, Morelos en la que aparece propaganda de la entonces candidata. Colocada el 23 de junio de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-160/2018

484. SRE-PSD-162/2018 27 de julio de 2018

1. Ricardo Anaya Cortés. 2. Ismael García Cabeza de

Vaca. 3. María Elena Figueroa Smith. 4. Partido Acción Nacional. 5. Partido de la Revolución

Democrática. 6. Movimiento Ciudadano.

Uso de recursos públicos y coacción del voto, por la entrega de despensas a beneficiarios del programa social “Bienestar Alimentario Despensas” el 23 de mayo, en un domicilio particular de la comunidad de Río Bravo, Tamaulipas; cuya entrega pudo asiciarse a las candidaturas por contener propaganda en su favor. Durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-162/2018

485. SRE-PSC-76/2018 03 de agosto de 2018 1. Televisora de Durango S.A.

de C.V.

Cumplimiento al SUP-REP-215/2018 y su acumulado SUP-REP-225/2018. Se confirma el incumplimiento a la normativa electoral respecto a la participación en la difusión de cápsulas informativas sobre propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada, en TV del Estado de Durango, al ser el medio de comunicación por el que se materializó la conducta en 2017.

Multa

1000 UMAS equivalente a $75,490.00 (Setenta y cinco mil cuatrocientos noventa pesos 00/100 M.N.), misma que deberá pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los quince días siguientes en que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-76/2018

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486. SRE-PSC-249/2018 03 de agosto de 2018

1. Felipe Cruz Calvario. 2. Jorge Fernández Cerda. 3. XHECO-FM, S.A. de C.V. 4. Movimiento Ciudadano.

Contratación y/o adquisición de tiempos en radio. Al fungir como comentaristas y/o locutores en el programa “El Ganadero Ganador” de lunes a viernes en un horario de 6 a 7 horas, al mismo tiempo de que eran candidatos, ello durante la etapa de campañas del procespo electoral federal 2017 – 2018. Culpa in vigilando de Movimiento Ciudadano.

Multa y Amonestación 1.- Amonestación Pública. 2.- 100 UMAS equivalente a $8,060.00 3.- 300 UMAS equivalente a $24,180.00. 4.- 150 UMAS equivalente a $12,090.00. Cantidades que deberán pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes a que cause ejecutoria la sentencia. Y por descuento a MC.

SRE-PSC-249/2018

487. SRE-PSC-252/2018 03 de agosto de 2018 1. Partido Acción Nacional.

Uso indebido de la pauta y vulneración al interés superior de la niñez, por la difusión de 27 promocionales en tv en los que participaron menores de edad sin contar con la debida autorización para la aparición de los mismos. Difundidos durante el periodo de campaña federal en toda la República Mexicana.

Multa

5000 UMAS equivalente a $403,000.00 (Cuatrocientos tres mil pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá descontarse de la ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-252/2018

488. SRE-PSC-255/2018 03 de agosto de 2018

1. Héctor Armando Cabada Alvídrez.

2. José Rodolfo Martínez Ortega.

3. Televisora Nacional, S.A. de C.V.

Indebida adquisición de tiempo en televisión, derivado de su participación en el programa “El Cafecito de la Mañana” transmitido en vivo por el canal 44 y retransmitido en el 44.1 el 21 de junio de 2018 en el Estado de Chihuahua, difundidos durante el periodo de campaña del proceso electoral local 2017 – 2018.

Multa

1, 2 y 3. 500 UMAS equivalente a $40,300.00 (Cuarenta mil trescientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-255/2018

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Sentencia

489. SRE-PSC-258/2018 03 de agosto de 2018 1. Sociedad Editora de

Michoacán, S.A. de C.V.

Publicación de una encuesta relativa a las preferencias electorales, incurriendo en la prohibición de publicar o difundir encuestas electorales de salida antes del cierre oficial de las casillas el día de la elección. Difundida el 1 de julio de 2018 en el diario electrónico del Estado de Michoacán, durante la jornada electoral del proceso federal 2017 – 2018.

Multa

50 UMAS equivalente a $4,030.00 (Cuatro mil treinta pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-258/2018

490. SRE-PSC-259/2018 03 de agosto de 2018 1. Radio Espectáculo S.A.

Vulneración al periodo de veda electoral, por la transmisión de un mensaje en la estación de radio Estereo Joya 101.7, donde anuncian la postulación de Manuel Velasco Coello por parte del PVEM, al Senado de la República. Difundido el 29 de julio de 2018 de las 11 a la 18 horas en el Estado de Chiapas, durante el periodo de veda del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Multa

100 UMAS equivalente a $8,060.00 (Ocho mil sesenta pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-259/2018

491. SRE-PSL-66/2018 03 de agosto de 2018 1. Emmanuel Alberto Mojica

Linares.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, anuncios en las glorietas de “Niño Artillero” y “Las Palmas” en la ciudad de Cuernavaca, los días seis y siete de junio de 2018, en los que aparece propaganda del entonces candidato. Colocados durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSL-66/2018

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Sentencia

492. SRE-PSL-72/2018 03 de agosto de 2018 1. José Antonio Meade

Kuribreña.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, consistente en lonas fijadas a postes de luz, teléfono y estructura de energía eléctrica en la Av. Adolfo Ruíz Cortínez de la ciudad de Cuernavaca, Morelos, los días trece de abril y uno de mayo de 2018, en los que aparece propaganda del entonces candidato. Colocados durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSL-72/2018

493. SRE-PSD-170/2018 03 de agosto de 2018

1. Claudia Castello Rebollar. 2. Partido Acción Nacional. 3. Partido de la Revolución

Democrática. 4. Movimiento Ciudadano.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. 2 espectaculares que no contenían el símbolo internacional de reciclaje, ubicado en Av. Tecnológico, colona Valle de Aragón, Municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, en los que aparece propaganda de la entonces candidata. Colocada el 24 de junio de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-170/2018

494. SRE-PSD-174/2018 03 de agosto de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. 6 lonas fijadas en postes de energía electríca, las cuales hacen alusión a José Antonio Meade Kuribreña, entonces candidato a la presidencia; colocadas en el Municipo de Nicolas Romero, Estado de México, desde el 14 de junio de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-174/2018

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495. SRE-PSD-182/2018 03 de agosto de 2018

1. Andrés Manuel López Obrador.

2. Juana Martínez Rivera. 3. Partido del Trabajo.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. Una lona fijada en árboles a un costado de la carretera que lleva al parque eco turístico Koua, en Ixmiquilpan, Hidalgo, en los que aparece propaganda de los entonces candidatos. Colocada el 9 de junio de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-182/2018

496. SRE-PSD-184/2018 03 de agosto de 2018

1. Ricardo Janecarlo Lozano Reynoso.

2. Partido Acción Nacional. 3. Partido de la Revolución

Democrática. 4. Movimiento Ciudadano.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. Seis carteles en postes de alumbrado público y telefónico, en la Delegación Gustavo A. Madero, Ciudad de México, con propaganda del entonces candidato con la imagen de un menor de edad. Colocados durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018. Culpa in vigilando de los partidos políticos.

Multa

1.- 50 UMAS equivalente a $4,030.00 (Cuatro mil treinta pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia. 2, 3 y 4.- Amonestación Pública

SRE-PSD-184/2018

497. SRE-PSC-93/2018 24 de agosto de 2018 1. Partido Acción Nacional.

Uso indebido de la pauta por la pauta difusión de de los promocionales “ENDLNT” y “EDNLN” en radio y TV, durante la etapa de campaña del proceso electoral federal, con 13,278 impactos detectados en 4 entidades federativas, CDMX, Jalisco, Nuevo León y Veracruz.

Multa

1500 UMAS equivalente a $120,900.00 (Ciento veinte mil novecientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-93/2018

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Sentencia

498. SRE-PSC-260/2018 24 de agosto de 2018 1. Televisora Fronteriza S.A de

C.V.

Uso indebido de la pauta por el llamado al voto respecto de una de las fuerzas políticas de Baja California en radio y TV, durante la etapa de intercampaña 6 y 9 de marzo, y de campaña 9 y 10 de abril de 2018, del proceso electoral federal, detectados en dicha entidad federativa.

Multa

1000 UMAS equivalente a $80,600.00 (Ochenta mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-260/2018

499. SRE-PSC-261/2018 24 de agosto de 2018 1. Diario de Chiapas S.A de C.V.

Por la publicación de una encuesta de salida el día de la jornada electoral, el primero de julio de 2018 durante 18 horas con 26 minutos; Ello en la plataforma digital del Diario de Chiapas en internet.

Multa

500 UMAS equivalente a $40,300.00 (Cuarenta mil trescientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-261/2018

500. SRE-PSC-262/2018 24 de agosto de 2018

1. Ana Miriam Ferráez Centeno. 2. Radio Favorita, S.A de C.V. 3. MORENA. 4. Partido del Trabajo. 5. Partido Encuentro Social.

Por la inclusión de Ana Miriam Ferráez Centeno como titular de “Espejos del Alma”, a través de la difusión del programa en radio con coberura en Xalapa, durante 16 emisiones que transcurrieron del 19 de abril al 25 de mayo en un horario de 10:00 a 12:00 horas. Durante la etapa de intercampaña del proceso electoral local. Los partidos políticos por su falta al deber de cuidado.

Multa

1. 200 UMAS equivalente a $16,120.00. 2. 300 UMAS equivalente a $24,180.00 3. 4. Y 5. 150 UMAS equivalente a $12,090.00, cantidades que 1 y 2 deberán ser pagadas en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-262/2018

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Por su parte 3, 4 y 5 la cantidad se descontará de su ministración mensual de actividades ordinarias correspondiente al mes siguiente en que quede firme la sentencia.

501. SRE-PSC-264/2018 24 de agosto de 2018

1. Ricardo Anaya Cortés. 2. Partido Acción Nacional. 3. Partido de la Revolución

Democrática. 4. Movimiento Ciudadano.

Distribución de propaganda electoral elaborada con material que no es recliclable ni biodegradable, tarjetas de plástico relativa a la candidatura de Anaya, distribuidas del 11 al 27 de junio 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018, en la Ciudad de México y el Estado de México.

Amonestación Pública SRE-PSC-264/2018

502. SRE-PSC-265/2018 24 de agosto de 2018 1. Arnoldo Rodríguez Zermeño.

Por la difusión de un spot en radio con propaganda gubernamental en la que se exaltan logros y participación de dos funcionarios del Estado de Sonora, el 21 y 22 de junio de 2018 durante la etapa de campañas de los procesos electorales local y federal, con una detección de 8 impactos.

Multa

500 UMAS equivalente a $40,300.00 (Cuarenta mil trescientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-265/2018

503. SRE-PSC-266/2018 24 de agosto de 2018 1. Miguel Ángel López Farias.

Violencia política en razón de género, por manifestaciones en contra de María Rojo en el programa “En la noticia”, difundido en Facebook el 26 de junio en la estación d eradio XEABC-AM 760, durante la etapa de campañas de los procesos electorales local y federal.

Multa

50 UMAS equivalente a $4,030.00 (Cuatro mil treinta pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días

SRE-PSC-266/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

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siguientes en que quede firme la sentencia.

504. SRE-PSL-47/2018 24 de agosto de 2018 1. Gregorio Sánchez Martínez. 2. Partido Encuentro Social.

Colocación de propaganda electoral en transporte público y un edificio del PES, en la que se utilizó indebidamente la imagen de Andrés Manuel López Obrador. Colocada en mayo y junio de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018, en el Estado de Quintana Roo.

Amonestación Pública SRE-PSL-47/2018

505. SRE-PSL-74/2018 24 de agosto de 2018

1. Minerva Hernández Ramos. 2. Radio Huamantla S.A. de C.V. 3. Partido Acción Nacional. 4. Partido de la Revolución

Democrática. 5. Movimiento Ciudadano.

Difusión de propaganda electoral, relativa a la candidatura de la sancionada en el periódico digital “Estado29.mx” durante el periodo de veda electoral en los que aparece propaganda de la entonces candidata. Colocada el28 de junio de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSL-74/2018

506. SRE-PSL-76/2018 24 de agosto de 2018 1. MORENA. 2. Partido del Trabajo. 3. Partido Encuentro Social.

Colocación de propaganda electoral que no identifica a la coalición que registró a Andrés Manuel López Obrador, y que no tiene el símbolo internacional de reciclaje, consistente en un espectacular y diversas anuncios colocados en el Estado de Chihuahua el 8, 9, 10, 11 y 13 de junio de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSL-76/2018

507. SRE-PSD-193/2018 24 de agosto de 2018

1. Partido Acción Nacional. 2. Partido de la Revolución

Democrática. 3. Movimiento Ciudadano.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, colocación de una lona en una estructura metálica con propaganda relativa a los partidos políticos sancionados, durante la realización de un evento celebrado el 18 de mayo de 2018 durante el periodo de

Amonestación Pública SRE-PSD-193/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

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campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

508. SRE-PSD-195/2018 24 de agosto de 2018

1. Elda Candelaria Ayuso Achach.

2. Partido Revolucionario Institucional.

3. Partido verde Ecologista de México.

4. Partido Nueva Alianza.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano y el uso indebido de la imagen de un menor de edad en un espectacular difundido en Twiter y Facebook, difundido durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018, en el Estado de Quintana Roo. Omisión al deber de cuidado de los partidos políticos.

1. Multa de 200 UMAS equivalente a $16,120.00 (Dieciseismil ciento veinte pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia. 2, 3 y 4. Amonestación Pública

SRE-PSD-195/2018

509. SRE-PSD-196/2018 24 de agosto de 2018 1. MORENA.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, colocación de 4 lonas en un kiosko municipal de Villa de Tezontepec, Hidalgo, el 8 de junio relativo al periodo de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-196/2018

510. SRE-PSL-78/2018 30 de agosto de 2018

1. Rubén Eduardo Venadero Medinilla.

2. Partido de la Revolución Democrática.

Por la difusión de propaganda electoral en periodo prohibido a favor del Partido de la Revolución Democrática, difundido el primero de julio de 2018 en la red social de Twiter del entonces candidato a diputado federal por el principio de representanción proporcional.

Amonestación Pública SRE-PSL-78/2018

511. SRE-PSD-200/2018 30 de agosto de 2018

1. Fernando Castellanos Cal y Mayor.

2. Mariano Guadalupe Rosales Zuart.

3. Luis Enrique Guzmán Gallegos.

Por inobservar las normas sobre actos de campaña y propaganda electoral, establecidas en el artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, durante periodo de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-200/2018

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Sentencia

512. SRE-PSC-219/2018 14 de septiembre de 2018 1. Ricardo Anaya Cortés.

Difusión de propaganada calumniosa pronunciada durante el tercer debate presidencial, celebrado el 12 de junio de 2018, así como durante un evente de campaña celebrado en el Cerro de la Estrella el día 19 del mismo mes y año. Durante la etapa de campañas del proceso electoral federal.

Multa

200 UMAS equivalente a $16,120.00 (Dieciseis mil ciento veinte pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-219/2018

513. SRE-PSD-203/2018 14 de septiembre de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional.

Colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano, pinta de barda en las instalaciones del Sistema de Aguas de la Ciudad de México en la Delegación Xochimilco con propaganda electoral del candidato a la Presidencia de la república postulado por dicho Instituto Político. Durante el periodo de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-203/2018

514. SRE-PSD-204/2018 14 de septiembre de 2018

1. Partido Acción Nacional. 2. Partido de la Revolución

Democrática. 3. Movimiento Ciudadano.

Colocación de propaganda electoral en edificio público, pinta de barda en las instalaciones del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial con propaganda electoral del candidato a la Presidencia de la república postulado por dichos Institutos Políticos. Durante el periodo de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-204/2018

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Sentencia

515. SRE-PSD-205/2018 14 de septiembre de 2018 1. Partido Encuentro Social.

Colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, lona sobre puente peatonal que no contenía el símbolo internacional de reciclaje ni que fuese elaborada con material reciclable o biodegradable. En el municipio de Río Bravo, Tamaulipas; Durante el periodo de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-205/2018

516. SRE-PSD-206/2018 14 de septiembre de 2018 1. MORENA. 2. Jannet Téllez Infante.

Colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano y entrega de volantes en el Estado de Hidalgo, donde aparece la imagen de Andrés Manuel López Obrador, ello porque genera confusión al electorado. Durante el periodo de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-206/2018

517. SRE-PSD-208/2018 14 de septiembre de 2018 1. Fortunato Rivera Castillo. 2. MORENA.

Vulneración al interés superior de la niñez, por la difusión en la cuenta personal de Facebook del denunciado de fortografías que contienen imagenes de 242 menores de edad, exhibidas durante los meses de abril, mayo y junio de 2018, ello durante la etapa de campañas del proceso electoral federal. Falta al deber de cuidado por parte de Morena.

Multa 1.- 500 UMAS equivalente a $40,300.00 2.- 200 UMAS equivalente a $16,120.00 cantidades que deberán ser pagadas en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia y la correspondiente disminución de la ministración mensual a MORENA.

SRE-PSD-208/2018

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Sentencia

518. SRE-PSC-203/2018 19 de septiembre de 2018

1. Margarita Ester Zavala Gómez de Campo.

2. Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón.

3. Armando Ríos Peter.

Por recabar de manera irregular los apoyos ciudadanos que se requrían para el registro de candidaturas independientes a cargos federales de elección popular, del 15 de octubre de 2017 al 19 de febrero de 2018, dentro del proceso electoral federal 2017 – 2018, en diversos Estados de la República.

Multa 1.- 2500 UMAS equivalente a $201,500.00 2.- 3200 UMAS equivalente a $257,920.00 3.- 3800 UMAS equivalente a $306,280.00 Cantidades que deberán pagarse en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes a que cause ejecutoria la sentencia.

SRE-PSC-203/2018

519. SRE-PSL-79/2018 19 de septiembre de 2018

1. Angélica García Arrieta. 2. Julio Ramón Menchaca

Salazar. 3. Morena.

Publicación de diversas imágenes y un video consistentes en una encuesta, la imagen de dos menores de edad y la utilización de la frase “Juntos Haremos Historia”. Así como falta al deber de cuidado de Morena al no evitar el uso de la frase en las publicaciones de Angélica García Arrieta. Durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018, en el Estado de Hidalgo.

1 y 2. Multa de 100 UMAS equivalente a $8,060.00 (Ocho mil sesenta pesos 00/100 M.N.), cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia. 1, 2 y 3. Amonestación Pública

SRE-PSL-79/2018

520. SRE-PSD-209/2018 19 de septiembre de 2018 1. Cipriano Charrez Pedraza. 2. MORENA.

Por la infracción a la normatividad electoral por las diversas publicaciones realizadas en el perfil de Facebook de Cipriano Charrez Pedraza, con las que uso indebidamente un slogan electoral y afectó indebidamente el interés superior de la niñez, todo durante los meses de marzo y abril, durante la etapa de intercampañas y campañas del proceso electoral federa 2017 - 2018. Falta al deber de cuidado por parte de Morena.

Multa 1.- 300 UMAS equivalente a $24,180.00 cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia. 2.- Amonestación Pública.

SRE-PSD-209/2018

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No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

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521. SRE-PSD-210/2018 19 de septiembre de 2018

1. Jorge Arturo Argüelles Victorero.

2. Juan Ángel Flores Bustamante.

3. MORENA. 4. Partido del Trabajo. 5. Encuentro Social.

Por la entrega de artículos domésticos a personas damnificadas en evento de carácter proselitista en Jojutla, Morelos. Ello el 22 de junio de 2018, durante la etapa de campañas del proceso electoral federa 2017 - 2018. Falta al deber de cuidado por parte de los partidos sancionados.

Multa 1.- 200 UMAS equivalente a $16,120.00 cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia. 2, 3, 4 y 5.- Amonestación Pública.

SRE-PSD-210/2018

522. SRE-PSD-212/2018 19 de septiembre de 2018

1. Partido Acción Nacional. 2. Partido de la Revolución

Democrática. 3. Movimiento Ciudadano.

Por la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano. Llona correspondiente a propaganda electoral de Rafael Fararoni Mortera, entonces candidato a Diputado Federal, en un puente metalico ubicado en el Municipio de San Andrés Tuxtla, Veracruz. Durante la etapa de campañas del proceso electoral federa 2017 - 2018.

Amonestación Pública SRE-PSD-212/2018

523. SRE-PSC-272/2018 16 de octubre de 2018 1. Publicaciones Zafiro S.A. de

C.V.

Por no presentar el estudio metodológico de una encuesta publicada en el periódico “Quintana Roo hoy”

Amonestación Pública SRE-PSC-272/2018

524. SRE-PSD-215/2018 23 de octubre de 2018 1. Sayonara Vargas Rodríguez Publicaciones en redes sociales (Facebook y Twitter), y aparición de menores de edad.

500 UMAS equivalente a $40,300.00 cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSD-215/2018

Page 150: CATÁLOGO DE SUJETOS SANCIONADOS EN LOS …sitios.te.gob.mx/salas_regionales/media/pdf/fcef0a04a54c2ab.pdf · emisora XHXP-FM 106.5. de un prOrganización Radiofónica del Papaloapan,

CATÁLOGO DE SUJETOS SANCIONADOS EN LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

(CASS)

150

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

525. SRE-PSD-215/2018 23 de octubre de 2018 1. Partido Revolucionario

Institucional

Publicaciones en redes sociales (Facebook y Twitter), y aparición de menores de edad.

200 UMAS equivalente a $16,120.00 cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSD-215/2018

526. SRE-PSD-215/2018 23 de octubre de 2018 1. Partido Verde Ecologista de

México

Publicaciones en redes sociales (Facebook y Twitter), y aparición de menores de edad.

200 UMAS equivalente a $16,120.00 cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSD-215/2018

527. SRE-PSC-159/2018 09 de noviembre de 2018

1. Mexicanos Primero Visión 2030, A.C.

Contratación de propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales, por la difusión del promocional “¿Y si los niños fueran candidatos?” en todas las entidades federativas a excepción de Tlaxcala, con un total de 8010 impactos en radio, tv e internet; Durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

1,000 UMAS equivalente a $80,600.00 cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-159/2018

528. SRE-PSC-159/2018 09 de noviembre de 2018 2. Uno y Medio Publicidad México, S.

de R.L. de C.V.

Contratación de propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales, por la difusión del promocional “¿Y si los niños fueran candidatos?” en todas las entidades federativas a excepción de Tlaxcala, con un total de 8010 impactos en radio, tv e internet; Durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

2,000 UMAS equivalente a $161,200.00 cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-159/2018

Page 151: CATÁLOGO DE SUJETOS SANCIONADOS EN LOS …sitios.te.gob.mx/salas_regionales/media/pdf/fcef0a04a54c2ab.pdf · emisora XHXP-FM 106.5. de un prOrganización Radiofónica del Papaloapan,

CATÁLOGO DE SUJETOS SANCIONADOS EN LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

(CASS)

151

No. Expediente Fecha de Sesión Sujeto Sancionado Síntesis Sanción Dirección para consulta de

Sentencia

529. SRE-PSC-159/2018 09 de noviembre de 2018 3. Televisa S.A. de C.V.

Contratación de propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales, por la difusión del promocional “¿Y si los niños fueran candidatos?” en todas las entidades federativas a excepción de Tlaxcala, con un total de 8010 impactos en radio, tv e internet; Durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

2,000 UMAS equivalente a $161,200.00 cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-159/2018

530. SRE-PSC-159/2018 09 de noviembre de 2018 4. Televisora de Durango S.A. de C.V.

Contratación de propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales, por la difusión del promocional “¿Y si los niños fueran candidatos?” en todas las entidades federativas a excepción de Tlaxcala, con un total de 8010 impactos en radio, tv e internet; Durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

100 UMAS equivalente a $8,060.00 cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que quede firme la sentencia.

SRE-PSC-159/2018

531. SRE-PSC-159/2018 09 de noviembre de 2018 5. XEIX, S.A.

Contratación de propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales, por la difusión del promocional “¿Y si los niños fueran candidatos?” en todas las entidades federativas a excepción de Tlaxcala, con un total de 8010 impactos en radio, tv e internet; Durante la etapa de campañas del proceso electoral federal 2017 – 2018.

Amonestación Pública SRE-PSC-159/2018

532. SRE-PSD-218/2018 21 de noviembre de 2018 1. Germán Campos Campos Difusión de un video en Facebook, en el que se vulnera el interés superior de la niñez.

100 UMAS equivalente a $8,060.00 cantidad que deberá ser pagada en la Dirección de

Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes en que

quede firme la sentencia.