Causación y Acreditamiento Del IVA Para Contribuyentes Del RIF

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    Causacin y acreditamientodel IVA para contribuyentes del RIF

    L.C. y E.F. Rodmyna Aurora Domnguez Pastrana

    Licenciada en contadura y especialista en scal por la FCA de la UNAM. Colaboradora en el departamento de ConsultoraTelefnica de Suscriptores de Grupo Gasca.

    Introduccin

    Las personas fsicas que tributan en el Rgimen de IncorporacinFiscal (RIF) en trminos de la Ley del Impuesto sobre la Renta(LISR) tienen ciertos bene cios scales, entre los que se encuen -tra la aplicacin de un porcentaje especial para el impuesto alvalor agregado (IVA), as como la reduccin del mismo impuestocausado por las operaciones que realizan con el pblico engeneral.

    De optar por este bene cio scal, los contribuyentes del RIFno tendrn derecho a acreditar el IVA que se les traslada poradquisicin de bienes o servicios, o por recibir el uso o gocetemporal de bienes; sin embargo, si el contribuyente, adems derealizar actos o actividades con el pblico en general, las realizacon personas que no se consideran como tal, podr acreditar elIVA en la proporcin que representen las actividades por las queel contribuyente deba pagar dicho impuesto respecto del total desus actos o actividades.

    Aunado a lo anterior, cuando los contribuyentes, adems derealizar actos o actividades gravadas, a la tasa de 16 o 0%, rea-lizan actos o actividades exentas, debern, a su vez, acreditar elIVA en la proporcin que representan sus actos o actividadesgravadas con respecto al total de los actos o actividades realiza-das por el contribuyente, ya sea gravado o exento.

    Con el n de que el contribuyente del RIF determine en formacorrecta el acreditamiento del IVA que corresponda cuando rea-liza actos o actividades gravadas y exentas, y adems realice

    operaciones con el pblico en general por las que no se encuen-tre obligado al pago del IVA por el decreto de bene cios scalesque le es aplicable, se presentan a continuacin algunos casosprcticos.

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    e r e spagado en el mes de que se trate,

    que haya sido trasladado en formaexpresa y por separado en el com-probante scal digital por internet(CFDI) correspondiente, entre otros.

    Cabe mencionar que cuando elcontribuyente del RIF realiza actoso actividades gravadas y exentas,para determinar el impuesto acre-ditable, el contribuyente deberseguir el siguiente procedimiento:

    1. Erogaciones por actos o ac-tividades gravadas. Se debe-rn identi car aquellas eroga -

    ciones que se encuentrenplenamente relacionadas con larealizacin de actividades gra-vadas a excepcin de las inver-siones, el IVA trasladado pordichas erogaciones ser total-mente acreditable.

    2. Erogaciones por actos o ac-tividades exentas. Identi caraquellas erogaciones plena-mente relacionadas para larealizacin de actividades exen-

    tas, excepto las inversiones, elIVA que se traslada por lasmismas no ser acreditable.

    3. Proporcin por erogacionespor actos gravados y exentos. Aquellas erogaciones que elcontribuyente no puede identi-

    car plenamente si fueron utili -zadas para obtener ingresosgravados o exentos, excepto lasinversiones, el IVA que se tras-lada por las mismas slo podracreditarse en la proporcin enla que el valor de las actividadespor las que deba pagarse elimpuesto o por las que se apli-que 0%, represente del valortotal de las citadas actividadesque el contribuyente realice enel bimestre de que se trate.

    Para calcular la citada pro-porcin no se debern incluirlos conceptos previstos en elartculo 5-C de la LIVA, entrelos que podemos mencionar:

    Determinacin del IVAconforme a la LIVA

    Como es sabido, la Ley del Im-puesto al Valor Agregado (LIVA)prev que las personas fsicasestarn obligadas al pago de esteimpuesto cuando en territorio na-cional enajenen bienes, prestenservicios independientes, otorguenel uso o goce temporal de bienes,o importen bienes o servicios.

    Cabe mencionar que el IVA segrava en trminos generales a la

    tasa de 16% sobre la contrapres-tacin efectivamente cobrada delos actos o actividades menciona-das, no obstante, algunos actos oactividades estarn gravadas a latasa de 0%, de conformidad conel artculo 2-A de la LIVA, como laenajenacin de animales y vege-tales, de productos destinados ala alimentacin, de medicinas de

    patente, de libros, peridicos yrevistas cuando el propio contribu-yente los edita, la prestacin deservicios independientes presta-dos directamente a los agricultoresy ganaderos, entre otros. De igualforma, la LIVA contempla algunosactos o actividades exentos de esteimpuesto, de conformidad con susartculos 9o., 15, 20, 25, entre losque podemos mencionar principal-mente: la enajenacin de bienesmuebles usados, excepto losenajenados por empresas, la ena-

    jenacin de libros peridicos y

    revistas, la prestacin de serviciosde enseanza, el transporte pblicoterrestre, entre otros.

    Tratndose de los contribuyen-tes del RIF, stos debern calculary enterar el IVA en forma bimestral,a ms tardar el ltimo da del mesinmediato siguiente a aquel al quecorresponde el pago, de acuerdocon los siguientes periodos:

    Periodo del bimestre Entero

    Enero-febrero MarzoMarzo-abril MayoMayo-junio JulioJulio-agosto SeptiembreSeptiembre-octubre NoviembreNoviembre-diciembre Enero

    El pago bimestral se determinar conforme a lo siguiente:

    IVA trasladado en el bimestre() IVA acreditable del bimestre() IVA retenido en el bimestre, en su caso(=) IVA por pagar o (saldo a favor del IVA)

    Para llevar a cabo el acreditamiento del IVA, los contribuyentesdebern cumplir con ciertos requisitos previstos en el artculo 5o. de laLIVA, como son que las erogaciones por las que se haya traslado el IVAsea deducible para efectos del ISR, que el IVA haya sido efectivamente

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    Las importaciones de bienes o servicios. Las enajenaciones de sus activos jos, gastos

    y cargos diferidos, as como la enajenacindel suelo, salvo que sea parte del activo cir-culante del contribuyente, aun cuando se hagaa travs de certi cados de participacin inmo -biliaria.

    Las enajenaciones de moneda nacional yextranjera, as como la de piezas de oro o deplata que hubieran tenido tal carcter y lade piezas denominadas onza troy. No aplicaal sistema nanciero.

    Los intereses percibidos ni la ganancia cambiaria. Las enajenaciones de bienes adquiridos por

    dacin en pago o adjudicacin judicial o du -

    ciaria, siempre que sean realizadas por con-tribuyentes que por disposicin legal no puedanconservar en propiedad los citados bienes.

    No obstante lo anterior, el contribuyentepodr acreditar el IVA que le haya sido tras-ladado al efectuar las erogaciones en la can-tidad que resulte de aplicar al impuestomencionado la proporcin que el valor de lasactividades por las que se deba pagar el im-puesto o a las que se les aplique la tasa de0%, correspondientes al ao de calendarioinmediato anterior al mes por que se calcula

    el impuesto acreditable, represente del valor

    total de las actividades realizadas por el con-tribuyente en el mismo ao de calendario.

    Proporcin de acreditamiento por inversionespara actos o actividades gravadas o exentas. Cuando el contribuyente adquiera o importeinversiones por las cuales haya pagado el IVA,dicho impuesto ser acreditable considerandoel destino habitual que dichas inversiones tenganpara realizar las actividades por las que se debao no pagar el IVA, o se les aplique la tasa de0%, debiendo efectuar el ajuste correspondien-te, de acuerdo con el procedimiento previsto enel artculo 5-A de la LIVA.

    Caso prcticoEjemplo:

    Un contribuyente del RIF que tiene una tienda deabarrotes, donde adems de vender productos des-tinados a la alimentacin gravados a la tasa 0%,vende productos de limpieza y de aseo personal, loscuales se encuentran gravados a la tasa general, ytambin vende algunas revistas, las cuales se en-cuentran exentas del IVA, determin el impuestocorrespondiente al bimestre mayo-junio del ejercicio

    2015, de acuerdo con los siguientes datos:

    Actos o ac tividades realizadas en el bimestre Impor te IVAEnajenacin de productos destinados a la alimentacin $45,200.00 0%Enajenacin de productos de limpieza y aseo personal 135,300.00 16%Enajenacin de revistas 1,500.00 ExentoTotal $182,000.00

    Erogaciones efectuadas en el bimestreConcepto Importe IVA Trasladado

    Productos destinados a la alimentacin $22,400.00 0.00Productos de limpieza y aseo personal 97,500.00 15,600.00Compra de revistas 700.00Flete revistas 300.00 48.00Renta de local comercial 15,000.00 2,400.00Luz 1,200.00 192.00Telfono 800.00 128.00Fletes y acarreos 2,300.00 368.00Honorarios 12,500.00 2,000.00Publicidad 1,500.00 240.00Mantenimiento 3,200.00 512.00Total $157,400.00 $21,488.00

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    T a l l

    e r e sDeterminacin del IVA acreditable por actos o actividades gravadas:

    En el ejemplo, las erogaciones que se identi can plenamente con las actividades que se encuentran gravadas(0 y 16%) son:

    Concepto Importe IVA

    Productos destinados a la alimentacin $22,400.00 $0.00Productos de limpieza y aseo personal $97,500.00 15,600.00IVA acreditable $15,600.00

    Identifcacin del IVA trasladado por actos o actividades exentas:

    Erogaciones identi cadas plenamente con las actividades exentas

    Concepto Importe IVA

    Compra de revistas $700.00Flete revistas $300.00 $48.00IVA no acreditable $48.00

    Determinacin del IVA acreditable por erogaciones no identifcadas:

    Erogaciones que no se identi can plenamente para realizar las actividades gravadas o exentas del IVA

    Concepto Importe IVA

    Renta de local comercial $15,000.00 $2,400.00(+) Luz 1,200.00 192.00(+) Telfono 800.00 128.00(+) Fletes y acarreos 2,300.00 368.00(+) Honorarios 12,500.00 2,000.00(+) Publicidad 1,500.00 240.00(+) Mantenimiento 3,200.00 512.00(=) IVA no identi cado $5,840.00

    () Proporcin 0.9917(=) IVA proporcionalmente acreditable $5,791.53

    Donde:

    Enajenaciones gravadas (0 y 16%) $180,500.00

    () Total de enajenaciones realizadas en el mes 182,000.00(=) Proporcin 0.9917

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    Determinacin del IVA bimestral mayo-junio de 2015:

    Actos o act ividades realizadas en el bimestre Impor te IVA

    Actos o actividades gravadas a la tasa de 0% $45,200.00 $0.00(+) Actos o actividades gravadas a la tasa de 16% 135,300.00 21,648.00(+) Actos o actividades exentos 1,500.00(=) Total $21,648.00() IVA acreditable 15,600.00() IVA proporcionalmente acreditable 5,791.53(=) IVA por pagar $256.47

    Decreto de benefcios fscales

    Los contribuyentes del RIF tienen ciertos bene cios scales, de acuerdo con los siguientes decretos:

    Concepto Fecha de publicacin en el DOF

    Decreto por el que se otorgan bene cios scales a quienes tributen enel RIF

    10 de septiembre de 2014

    Decreto por el que se amplan los bene cios scales a los contribuyen -tes del RIF

    11 de marzo de 2015

    Dentro de estos bene cios se encuentra que los contribuyentes de este rgimen que realicen opera-ciones con el pbli co general, en lugar de aplicar las tasas previstas en la LIVA podrn optar por aplicarlos siguientes porcentajes a las contraprestaciones efectivamente cobradas por las actividades afectas alpago del IVA en el bimestre de que se trate, considerando el giro o actividad a que se dedique el contribu-yente del RIF:

    TABLA DE PORCENTAJES PARA DETERMINAR EL IVA A PAGARSector econmico Porcentaje de IVA

    1 Minera 82 Manufacturas y/o construccin 63 Comercio (incluye arrendamiento de bienes muebles) 24 Prestacin de servicios (incluye restaurantes, fondas, bares y dems negocios

    similares en que se proporcionen servicios de alimentos y bebidas) 85 Negocios dedicados nicamente a la venta de alimentos y/o medicinas 0

    Cuando el contribuyente realice dos o ms actividades de los sectores econmicos mencionados ante-riormente, debern aplicar el porcentaje que corresponda al sector preponderante, es decir, de dondeprovenga la mayor parte de los ingresos del contribuyente.

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    T a l l

    e r e sEn caso de aplicar esta opcin,

    el impuesto se determinar aplican-do el porcentaje correspondiente alos actos o actividades realizadascon el pblico en general efectiva-mente cobradas por las que sedeba pagar el IVA, sin que procedaacreditamiento alguno por concep-to de impuestos trasladados alcontribuyente; por lo que tratndo-se de los actos o actividadesexentos, stos no se considerarnpara determinar el IVA correspon-diente conforme a los citadosporcentajes.

    Asimismo, el contribuyente nodeber desglosar el IVA en elcomprobante scal que para talesefectos expida, aun cuando setrate de un CFDI.

    Adicionalmente, los contribu-yentes tendrn derecho a un por-centaje de reduccin sobre el IVAdeterminado conforme a los por-centajes antes descritos, el cualcorresponder de acuerdo con losaos que tenga el contribuyente

    tributando en el RIF.

    Tabla

    AosPorcentaje

    de reduccin

    1 1002 903 804 705 606 507 408 309 20

    10 10

    Para los contribuyentes quecomenzaron a tributar en 2014 ylos que se dieron de alta en 2015,tendrn derecho para este mismo

    ejercicio la reduccin de 100% del IVA, de acuerdo con el ArtculoSegundo del decreto publicado el 11 de marzo de 2015.

    Considerando el ejemplo mostrado anteriormente, suponiendo quelos actos o actividades los llev a cabo en su totalidad con el pblicoen general, entonces el IVA correspondiente al bimestre mayo-junio2015 se determinara de la siguiente forma:

    Actos o actividades gravadas a la tasa de 0% $45,200.00(+) Actos o actividades gravadas a la tasa de 16% 135,300.00(=) Total $180,500.00() Porcentaje 2(=) IVA causado en el bimestre $3,610.00() Reduccin 3,610.00(=) IVA por pagar $0.00

    Donde:

    IVA causado en el bimestre $3,610.00() Porcentaje de reduccin 100(=) Reduccin $3,610.00

    Comentario:

    Como se podr apreciar, de tomar la op-cin el contribuyente no deber pagar IVApor el bimestre mayojunio de 2015 por lareduccin que le corresponde; sin embar-go, dicha reduccin se disminuir confor-me a los aos en que tribute en el RIF.

    Los contribuyentes del RIF tendrn derecho a un porcentajede reduccin sobre el IVA el cual

    corresponder de acuerdo con losaos que tenga el contribuyente

    tributando en el RIF

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    D a t o s :

    E j e r c i c i o

    2 0 1 5

    2 0 1 6

    2 0 1 7

    2 0 1 8

    2 0 1 9

    2 0 2 0

    A o s d e t r i b u

    t a c i n

    1

    2

    3

    4

    5

    6

    R e d u

    c c i n

    1 0 0 %

    9 0 %

    8 0 %

    7 0 %

    6 0 %

    5 0 %

    D e t e r m i n a c i n d e l I V A b i m e s t r a l

    p o r o p e r a c i o n e s c o n e l p b l i c o e n g e n e r a l

    A c t o s o a c t i v i d a d e s g r a v a

    d a s a l a t a s a d e 0 %

    $ 4 5 , 2 0 0

    . 0 0

    $ 4 5

    , 2 0 0

    . 0 0

    $ 4 5 , 2 0 0 . 0 0

    $ 4 5

    , 2 0 0

    . 0 0

    $ 4 5

    , 2 0 0 . 0 0

    $ 4 5

    , 2 0 0

    . 0 0

    ( + ) A c t o s o a c t i v i d a d e s g r a v a

    d a s a l a t a s a d e 1 6 %

    1 3 5 , 3 0 0

    . 0 0

    1 3 5

    , 3 0 0

    . 0 0

    1 3 5

    , 3 0 0 . 0 0

    1 3 5

    , 3 0 0

    . 0 0

    1 3 5

    , 3 0 0

    . 0 0

    1 3 5

    , 3 0 0 . 0 0

    ( = ) T o t a l

    $ 1 8 0 , 5 0 0 . 0 0

    $ 1 8 0 , 5 0 0 . 0 0

    $ 1 8 0 , 5 0 0 . 0 0

    $ 1 8 0 , 5 0 0 . 0 0

    $ 1 8 0 , 5 0 0 . 0 0

    $ 1 8 0 , 5 0 0 . 0 0

    ( ) P o r c e n t a j e

    2

    2

    2

    2

    2

    2

    ( = ) I V A c a u

    s a d o e n e l b i m e s t r e

    $ 3 , 6 1 0

    . 0 0

    $ 3

    , 6 1 0

    . 0 0

    $ 3

    , 6 1 0

    . 0 0

    $ 3

    , 6 1 0

    . 0 0

    $ 3

    , 6 1 0

    . 0 0

    $ 3

    , 6 1 0

    . 0 0

    ( ) R e d u

    c c i n

    3 , 6 1 0

    . 0 0

    3 , 2

    4 9 . 0 0

    2 , 8

    8 8

    . 0 0

    2 , 5

    2 7 . 0 0

    2 , 1

    6 6

    . 0 0

    1 , 8 0 5

    . 0 0

    ( = ) I V A p o r p a g a r

    $ 0

    . 0 0

    $ 3 6 1

    . 0 0

    $ 7 2 2

    . 0 0

    $ 1

    , 0 8 3

    . 0 0

    $ 1

    , 4 4 4

    . 0 0

    $ 1

    , 8 0 5

    . 0 0

    D o n d e :

    I V A c a u

    s a d o e n e l b i m e s t r e

    $ 3 , 6 1 0

    . 0 0

    $ 3

    , 6 1 0

    . 0 0

    $ 3

    , 6 1 0

    . 0 0

    $ 3

    , 6 1 0

    . 0 0

    $ 3

    , 6 1 0

    . 0 0

    $ 3

    , 6 1 0

    . 0 0

    ( ) P o r c e n t a j e d e r e d u

    c c i n

    1 0 0

    9 0

    8 0

    7 0

    6 0

    5 0

    ( = ) R e d u

    c c i n

    $ 3 , 6 1 0

    . 0 0

    $ 3

    , 2 4 9 . 0 0

    $ 2 , 8

    8 8

    . 0 0

    $ 2

    , 5 2 7 . 0 0

    $ 2

    , 1 6 6

    . 0 0

    $ 1 , 8 0 5

    . 0 0

    C o m e n t a r i o :

    P a r a e f e c t o s d i d c t i c o s s e u t i l i z l a m i s m a b a s e p a r a p o d e r o b s e r v a r l a r e d u c c i n d e l i m p u e s t o

    e n l o s

    s i g u i e n t e s a o s .

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    T a l l

    e r e sNo obstante lo anterior, cuando el contribuyente, adems de realizar operaciones con el pblico en ge-

    neral, realiza operaciones con personas que le solicitan CFDI con un Registro Federal de Contribuyentes(RFC) espec co, los contribuyentes debern trasladar en dicho comprobante el IVA en forma expresa y porseparado, y debern calcular y enterar el IVA conforme lo establece la propia ley, comentado inicialmente.En este caso, el acreditamiento del IVA se efectuar en proporcin que represente el valor de las activida-des por las que se expidieron comprobantes scales en las que se haya efectuado el traslado expreso ypor separado, del valor total de las actividades del bimestre que corresponda.

    Nuevamente, volvamos al ejemplo mostrado donde el contribuyente realiz tanto actividades conel pblico en general como en las que se expidi el CFDI donde se traslad expresamente elimpuesto.

    Actos o ac tividades realizadas en el bimest re con el pblico en general Impor te

    Enajenacin de productos destinados a la alimentacin $35,200.00Enajenacin de productos de limpieza y de aseo personal 112,400.00Enajenacin de revistas 1,500.00Total $149,100.00

    Desglose del IVA en forma expresa y por separado Importe IVA trasladado

    Enajenacin de productos destinados a la alimentacin $10,000.00 $0.00Enajenacin de productos de limpieza y aseo personal 22,900.00 3,664.00Enajenacin de revistas 0.00Total $32,900.00 $3,664.00

    Para el acreditamiento del IVA, primeramente se deber determinar la proporcin en funcin de los actoso actividades gravadas y exentas conforme lo prev la LIVA, misma que se mostr en el ejemplo inicial,siendo el resumen el siguiente:

    En nuestro ejemplo las erogaciones que se identi can plenamente con las actividades que se encuentrangravadas (0 y 16%) son:

    Concepto Importe IVA

    Productos destinados a la alimentacin $22,400.00 $0.00Productos de limpieza y aseo personal 97,500.00 15,600.00IVA acredit able $15,600.00

    Erogaciones identifcadas plenamente con las actividades exentas

    Concepto Importe IVA

    Compra de revistas $700.00Flete de revistas $300.00 $48.00

    IVA no acredi table $48.00

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    Erogaciones que no se identifcan plenamente para realizar las actividades gravadas o exentas del IVA

    Concepto Importe IVA

    Renta de local comercial $15,000.00 $2,400.00(+) Luz 1,200.00 192.00(+) Telfono 800.00 128.00(+) Fletes y acarreos 2,300.00 368.00(+) Honorarios 12,500.00 2,000.00(+) Publicidad 1,500.00 240.00(+) Mantenimiento 3,200.00 512.00(=) IVA no identi cado $5,840.00() Proporcin 0.9917(=) IVA proporcionalmente acreditable $5,791.53

    Donde:

    Enajenaciones gravadas (0 y 16%) $180,500.00() Total de enajenaciones realizados en el mes 182,000.00(=) Proporcin 0.9917

    Comentario:

    En este caso, el IVA acreditable, para efectos del pago bimestral, se deter-min de acuerdo con las disposiciones que establece la LIVA, por lo que

    se tom en cuenta la totalidad de los ingresos gravados para efectos delIVA, independientemente de que una parte de ellos se realiz con el pblicoen general.

    Una vez determinado el IVA acreditable correspondiente, entonces se proceder a realizar un segundoclculo de proporcin, ello debido a que el contribuyente opt por aplicar el decreto de bene cios scales,por lo que del total de actos o actividades realiz una parte con el pblico en general.

    Actos o actividades por las que se desglos en forma expresa y por separado el IVA $32,900.00() Total de actos o actividades realizadas por el contribuyente por los que se aplica el decreto

    (35,200.00 + 112,400.00 + 10,000.00 + 22,900.00) 180,500.00(=) Proporcin 0.1822

    IVA acreditable $15,600.00(+) IVA proporcionalmente acreditable conforme a la LIVA 5,791.53(=) Suma $21,391.53() Proporcin 0.1822

    (=) IVA acreditable por los actos o actividades en las que se desglos el IVA $3,897.54

  • 7/25/2019 Causacin y Acreditamiento Del IVA Para Contribuyentes Del RIF

    10/10

    23 616

    T a l l

    e r e sIVA causado por los actos o actividades en las que se desglos el IVA $3,664.00

    () IVA acreditable por los actos o actividades en las que se desglos el IVA 3,897.54(=) Saldo a favor del IVA -$233.54

    En resumen, el contribuyente no deber pagar el IVA por las operaciones con el pblico en generaldebido a la reduccin de 100% del impuesto, y por las operaciones en las que s traslado el IVA determinun saldo a favor. En este caso, es conveniente aplicar la opcin de bene cios scales.

    Conclusin

    Si bien es cierto que actualmente los contribuyentes del RIF pueden optar por ciertos bene cios scales,

    en los que tienen derecho a un porcentaje menor del IVA por las operaciones con el pblico en general, elcual adems se reduce de acuerdo con los aos de tributacin en este rgimen, es conveniente queel contribuyente determine si realmente es conveniente o no.

    Dado que los citados bene cios scales son opcionales, el contribuyente del RIF podr decidir no apli -carlos en cualquier momento, debiendo pagar el IVA en trminos de la LIVA, a partir del bimestre en queejercen la opcin. No obstante, se debe tomar en cuenta que si el contribuyente decide abandonar la opcin,ya no podr volver a tomarla.

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