21
1 CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO MEXICANO DE TECNOLOGÍA DEL AGUA COMITÉ DE ÉTICA Y DE PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERESES

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO MEXICANO DE …³digo de Conducta IMTA 2019.pdf · Así, con la creación del Instituto, el Gobierno Federal ubicó la investigación para el cuidado

  • Upload
    others

  • View
    8

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

1

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO

MEXICANO DE TECNOLOGÍA

DEL AGUA

2019

COMITÉ DE ÉTICA Y DE PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERESES

2

ÍNDICE

1. CARTA INVITACIÓN DEL DIRECTOR GENERAL

2. ANTECEDENTES

3. MARCO JURÍDICO

4. OBJETIVOS ESPECÍFICOS, MISIÓN Y VISIÓN

4.1 Objetivos específicos

4.2 Misión

4.3 Visión

5. OBJETIVO GENERAL DEL CÓDIGO DE CONDUCTA

6. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD

7. RIESGOS ÉTICOS

8. REGLAS DE CONDUCTA Y JUICIO ÉTICO A OBSERVAR POR LAS PERSONAS

SERVIDORAS PÚBLICAS DEL IMTA

9. VALORES INSTITUCIONALES

10. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y DE DISCIPLINA, VALORES DE ÉTICA

PÚBLICA Y REGLAS DE INTEGRIDAD QUE TODA PERSONA SERVIDORA

PÚBLICA ADSCRITA AL IMTA DEBE OBSERVAR EN EL DESEMPEÑO DE SU

EMPLEO, CARGO, COMISIÓN O FUNCIÓN

10.1 Principios constitucionales

10.2 Valores de ética pública

10.3 Reglas de integridad a observar

11. INSTANCIA ENCARGADA DE LA INTERPRETACIÓN DEL CÓDIGO DE

CONDUCTA

12. COMUNICACIÓN, DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN

13. INDICADORES DE CUMPLIMIENTO

14. VIGENCIA Y ACTUALIZACIÓN

15. GLOSARIO

3

4

2. ANTECEDENTES Desde su creación en 1986, el IMTA ha sido el vínculo científico y tecnológico que enlaza a la sociedad con el Gobierno Federal, mediante la investigación y generación de conocimiento dirigidos a la atención de los problemas del agua. Así, con la creación del Instituto, el Gobierno Federal ubicó la investigación para el cuidado y preservación del recurso en el primer plano de la Agenda Nacional. El IMTA es un organismo público descentralizado coordinado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y reconocido por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología como centro público de investigación. Con alrededor de trescientos especialistas altamente calificados, el Instituto, localizado en el municipio de Jiutepec, en el estado de Morelos, desarrolla con visión multidisciplinaria un promedio de doscientos proyectos anuales en todo el país, en colaboración con instituciones públicas y privadas, y participa en el establecimiento de las prioridades y metas nacionales en torno al agua. 3. MARCO JURÍDICO

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 2. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores

Públicos. 3. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. 4. Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública

Federal. 5. Lineamientos generales para el establecimiento de acciones permanentes

que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones.

4. OBJETIVOS ESPECÍFICOS, MISIÓN Y VISIÓN 4.1 Objetivos específicos

1. Contribuir a la gestión sustentable del agua a través del conocimiento, la tecnología, la formación de recursos humanos y la innovación.

2. Incorporar al sector hídrico en la sociedad del conocimiento. 3. Crear un alto valor agregado para las instituciones del sector hídrico

mediante el conocimiento, la creación y adaptación de tecnologías y el suministro de servicios tecnológicos altamente especializados.

4. Impulsar el desarrollo de la ciencia y la tecnología del agua, en especial mediante la formación de personal altamente capacitado a niveles de especialización y posgrado.

5

4.2 Misión Producir, implantar y diseminar conocimiento, tecnología e innovación para la gestión sustentable del agua en México. Cumpliremos nuestra Misión mediante:

a) La investigación científica (básica y aplicada). b) El desarrollo, adaptación y transferencia de tecnología. c) La innovación en los diferentes aspectos de la gestión de los recursos

hídricos. d) La formación de recursos humanos calificados. e) La prestación de servicios tecnológicos, de capacitación, de consultoría y

asesoría especializadas, de información y de difusión del conocimiento, científica y tecnológica.

4.3 Visión Ser una institución líder y de clase mundial que propicie la transformación del sector hídrico e impulse la gestión sustentable del recurso agua en el país, por medio de:

a) La generación de conocimiento original y de frontera. b) Los resultados de impacto con pertinencia social y económica en su

investigación. c) El desarrollo tecnológico y formación de recursos humanos. d) El compromiso con la mejora continua, y la entrega de productos y servicios

de calidad. e) La competitividad, de acuerdo con parámetros internacionales. f) La unidad y colaboración en los equipos de trabajo. g) El diseño organizacional flexible y ágil en su adaptación al entorno

cambiante. h) La capacidad de obtención de recursos complementarios para el

cumplimiento de su misión. i) El liderazgo que encabece las sinergias en el subsector de ciencia y

tecnología del agua, para apoyar el cumplimiento de las metas nacionales. j) El respeto al medio ambiente. k) El impulso a la ética del agua. l) La investigación prospectiva para prever futuros escenarios de

oportunidades y riesgos en el sector hídrico. 5. OBJETIVO GENERAL DEL CÓDIGO DE CONDUCTA

Regular las pautas de conducta que definan la actuación y juicio ético que orienten, en situaciones concretas, a quienes ejercen el servicio público, en el contexto de las funciones y responsabilidades propias del servicio público.

6

Lo anterior, al establecer los principios, valores, conductas, compromisos y reglas de integridad que deberán ser respetados, observados y promovidos por todo el personal del IMTA y personal que preste sus servicios en las instalaciones del Instituto. Asimismo, delimitando los riesgos éticos derivados de conductas riesgosas en cargos, áreas y funciones, con la finalidad de que la institución se desempeñe con criterios éticos y un alto desempeño profesional en sus funciones sustantivas: prestación de servicios tecnológicos, desarrollo y transferencia de tecnología, investigación y formación de recursos humanos. 6. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD El presente código de conducta es un instrumento de observancia obligatoria al que deberá sujetarse toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en el IMTA sin importar el régimen de contratación, para lo cual, toda persona servidora pública deberá manifestar su compromiso, por escrito, de llevar a la práctica las directrices que rigen el servicio público. Las personas servidoras públicas del IMTA deberán observar puntualmente lo que en este Código se establece, evitando conflictos de interés, anteponiendo los objetivos institucionales a los particulares, sin menoscabo de los previsto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y demás disposiciones aplicables. 7. RIESGOS ÉTICOS En el IMTA trabajamos en torno a una misión y visión compartidas, las cuales consisten en contribuir a la sustentabilidad y seguridad hídrica mediante la investigación, innovación tecnológica, prestación de servicios tecnológicos, formación de capital humano y difusión del conocimiento, en beneficio del país y de la sociedad que lo constituye. A continuación, se enlistan las áreas identificadas como de riesgo más frecuente:

Manejo de información. Conflicto de intereses. Manejo de los recursos humanos, financieros, materiales e informáticos. Seguridad, salud y medio ambiente. Relaciones entre la comunidad IMTA. Relación con el gobierno y la sociedad.

7

8. REGLAS DE CONDUCTA Y JUICIO ÉTICO A OBSERVAR POR LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL IMTA Es necesario establecer pautas de conducta específicas a observar, tanto para el personal que se encuentra en las áreas técnicas como las áreas administrativas. Las reglas de comportamiento aquí contenidas tienen un sentido positivo, para lo cual se han establecido los siguientes:

PRECEPTOS

1. En la realización de investigación, me comprometo a difundir resultados fidedignos, compartiéndolos con los compañeros que lo requieran para el desarrollo de sus actividades y manteniendo discreción en situaciones confidenciales o reservadas.

2. De igual manera, reconoceré el trabajo de mis colegas y daré crédito de su

participación, por lo que incluiré citas y referencias bibliográficas en todos los textos que publique, ya sean artículos, libros, capítulos de libros, ponencias, etcétera.

3. Al hacer arbitrajes técnicos me conduciré de manera objetiva, imparcial e independiente y me abstendré de elaborar, impulsar y aplicar normas en beneficio personal, familiar o de una tercera persona, o bien, para perjudicar a una tercera persona.

4. En la atención de controversias, garantizaré que toda contestación se lleve

a cabo bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad, y que la misma se proporcione a través de mecanismos idóneos y sencillos para la ciudadanía.

5. En la prestación de servicios tecnológicos, me conduciré con imparcialidad,

diligencia y prontitud, y me abstendré de favorecer o ayudar a otras personas u organizaciones a cambio o bajo la promesa de recibir dinero, dádivas, obsequios, regalos o beneficios personales o para terceros.

6. En la preparación de recursos humanos calificados, me deberé apegar a los

principios de igualdad y no discriminación, legalidad, imparcialidad y transparencia, proporcionando la orientación e información necesaria para colaborar en el desarrollo profesional de toda aquella persona interesada en el sector hídrico.

8

7. Actuaré conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuyen a mi empleo, cargo o comisión, por lo que debo conocer y cumplir las disposiciones que regulan el ejercicio de mis funciones, facultades y atribuciones.

8. Me conduciré con rectitud sin utilizar mi empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización.

9. Satisfaré el interés superior de las necesidades colectivas por encima de

mis intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población.

10. Daré a todas las personas el mismo trato digno, por lo que no concederé privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permitiré que influencias, intereses o prejuicios afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva.

11. Actuaré conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados,

procurando en todo momento un mejor desempeño de mis funciones a fin de alcanzar las metas institucionales, de acuerdo con mis responsabilidades.

12. Administraré los recursos públicos que estén bajo mi responsabilidad, sujetándome a los principios de austeridad, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

13. Promoveré, respetaré, protegeré y garantizaré los derechos humanos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano; corresponderé a la confianza que la sociedad me ha conferido; tendré una vocación absoluta de servicio a la sociedad, y preservaré el interés superior de las necesidades colectivas por encima de mis intereses particulares, personales o ajenos al interés general.

14. Me abstendré de realizar cualquier trato o promesa privada que comprometa al Estado mexicano.

15. Evitaré y daré cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto de interés con el desempeño responsable y objetivo de mis facultades y obligaciones.

9

16. Atenderé con profesionalismo, eficacia y eficiencia las funciones a cargo para lograr un bien común.

17. Conoceré la normatividad que regula mis funciones del empleo, cargo o comisión que desempeño.

18. Participaré y permitiré la participación de las actividades de capacitación que lleve a cabo el Instituto.

19. Colaboraré con mis compañeros en el cumplimiento de los objetivos del área en la que me encuentra adscrito.

20. Utilizaré mi tiempo y recursos exclusivamente para el cumplimiento de mis funciones.

21. Evitaré desempeñar mis funciones y actividades o acudir al IMTA en estado de ebriedad, con aliento alcohólico o bajo la influencia de algún psicotrópico o enervante.

22. Utilizaré la información contenida en los documentos, las bases de datos o cualquier otro formato que haya generado, o a la que tenga acceso con motivo de mi empleo, cargo o comisión que desempeño, únicamente para el cumplimiento de mis funciones.

23. Guardaré la confidencialidad de los datos personales que con motivo de mi empleo, cargo o comisión que desempeño, y que conozca respecto de mis compañeros de trabajo, alumnos, proveedores o cualquier otra persona.

24. Utilizaré los insumos de papelería únicamente para el cumplimiento de mis funciones.

25. Tendré actitud proactiva y de trabajo en equipo para el cumplimiento de los objetivos y metas.

26. Evitaré cualquier conducta de acoso, hostigamiento sexual y laboral.

27. Me dirigiré con respeto y daré un trato digno a mis compañeras y compañeros de trabajo, con base en el respeto mutuo, cortesía y equidad, sin importar la jerarquía, evitando conductas y actitudes ofensivas, lenguaje soez, prepotente o abusivo.

9. VALORES INSTITUCIONALES Existen valores de observancia obligatoria cuya práctica resulta imprescindible en el IMTA, por estar directamente vinculados con situaciones específicas que se

10

presentan o pueden presentarse a las personas servidoras públicas en el desempeño de sus empleos, cargos, comisiones o funciones. En el IMTA fomentamos la práctica de nuestros valores institucionales: Innovación. Como institución de investigación y desarrollo tecnológico, reconocemos la innovación como uno de nuestros más importantes valores. De ella dependerá en buena medida el cumplimiento de nuestra razón de ser. La innovación produce conocimiento y tecnologías creadoras de soluciones para la problemática del agua en México. Excelencia. Entendemos por excelencia el logro continuo de mejores resultados en nuestros indicadores de gestión. Son las capacidades de la institución y de su personal para llegar a ser excelentes y mantenerse en los primeros lugares dentro de nuestros ámbitos de competencia. Servicio. Estaremos atentos a las necesidades de la ciudadanía y de quienes se benefician de nuestros productos y servicios, con una actitud de servicio que genere un alto valor agregado, procurando crear beneficios sociales o económicos tangibles. Mantendremos una actitud proactiva, realizando nuestras tareas con oportunidad y eficiencia, así como en forma cálida, consciente y humana. Respeto. Nos respetamos a nosotros mismos cumpliendo nuestras responsabilidades y colaborando en el engrandecimiento de nuestra institución, ya que es fundamental respetar a las autoridades, colegas y a todas aquellas personas con quienes desarrollamos nuestra labor. Congruencia. En el IMTA guiamos y promovemos los valores y comportamientos institucionales mediante el ejemplo personal, estableciendo un verdadero compromiso con nosotros mismos, con el equipo de trabajo del que formamos parte, con el IMTA y con la ciudadanía. Bien común. Todas nuestras decisiones y acciones buscarán el máximo beneficio colectivo por encima de intereses ajenos o particulares, evitando que nuestros juicios y conductas beneficien o perjudiquen a personas o grupos en detrimento del bienestar de la sociedad. 10. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y DE DISCIPLINA, VALORES DE ÉTICA PÚBLICA Y REGLAS DE INTEGRIDAD QUE TODA PERSONA SERVIDORA PÚBLICA ADSCRITA AL IMTA DEBE OBSERVAR EN EL DESEMPEÑO DE SU EMPLEO, CARGO, COMISIÓN O FUNCIÓN

11

El presente código de conducta es un instrumento para el fortalecimiento de un servicio público e íntegro, que contiene los principios constitucionales, valores de ética pública y reglas de integridad para el fomento de la ética. Las personas servidoras públicas del IMTA deberán orientar su conducta y comportamiento, considerando los siguientes principios constitucionales, valores de ética pública y reglas de integridad: 10.1 Principios constitucionales y de disciplina

1. Legalidad. Fomenta el cumplimiento de las normas jurídicas, con un estricto sentido de vocación de servicio a la sociedad, garantizando el profesionalismo y los valores de respeto a los derechos humanos y al liderazgo.

2. Honradez. Fomenta la rectitud en el ejercicio del empleo, cargo o comisión, promoviendo un gobierno abierto que promueva la máxima publicidad y el escrutinio público de sus funciones ante la sociedad, garantizando la transparencia y la rendición de cuentas, así como el valor de respeto.

3. Lealtad. Busca que las personas servidoras públicas correspondan a la confianza que el Estado les ha conferido, a fin de satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas y generar certeza plena de su conducta frente a todas las personas, garantizando la integridad, los valores de interés público y entorno cultural y ecológico, así como las reglas de integridad de cooperación y desempeño permanente con la integridad.

4. Imparcialidad. Busca fomentar el acceso neutral y sin discriminación de todas las personas a las mismas condiciones, oportunidades y beneficios institucionales y gubernamentales, garantizando así la equidad, objetividad y competencia por mérito, los valores de equidad de género e igualdad y no discriminación, y la regla de integridad de comportamiento digno.

5. Eficiencia. Busca consolidar los objetivos gubernamentales mediante una cultura de servicio público austero, orientada a resultados y basada en la optimización de recursos, garantizando la eficacia, economía, disciplina, profesionalismo, así como el valor de cooperación.

6. Economía. Las personas servidoras públicas, en su ejercicio del gasto público, administrarán los bienes, recursos y servicios públicos con legalidad, austeridad y disciplina, satisfaciendo los objetivos y metas a los que estén destinados y siendo estos de interés social.

12

7. Disciplina. Las personas servidoras públicas desempeñarán su empleo,

cargo o comisión de manera ordenada, metódica y perseverante, con el propósito de obtener los mejores resultados en los servicios o bienes ofrecidos.

8. Profesionalismo. Las personas servidoras públicas deberán conocer, actuar y cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas de conformidad con las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuibles a su empleo, cargo o comisión, observando en todo momento disciplina, integridad y respeto, tanto a las demás personas servidoras públicas como a los particulares con los que llegare a tratar.

9. Objetividad. Las personas servidoras públicas deberán preservar el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general, actuando de manera neutral e imparcial en la toma de decisiones y que, a su vez, deberán ser informadas, en estricto apego a la legalidad.

10. Transparencia. Las personas servidoras públicas en el ejercicio de sus funciones privilegian el principio de máxima publicidad de la información pública, atendiendo con diligencia los requerimientos de acceso y proporcionando la documentación que generan, obtienen, adquieren, transforman o conservan; así como, en el ámbito de su competencia, difunden de manera proactiva información gubernamental como un elemento que genera valor a la sociedad y promueve un gobierno abierto, protegiendo los datos personales que estén bajo su custodia.

11. Rendición de cuentas. Las personas servidoras públicas asumen plenamente ante la sociedad y sus autoridades la responsabilidad que deriva del ejercicio de su empleo, cargo o comisión, por lo que informan, explican y justifican sus decisiones y acciones, y se sujetan a un sistema de sanciones, a la evaluación y al escrutinio público de sus funciones, por parte de la ciudadanía.

12. Competencia por mérito. Las personas servidoras públicas deberán ser seleccionadas para sus puestos, de acuerdo con su habilidad profesional, capacidad y experiencia, garantizando la igualdad de oportunidad, atrayendo a los mejores candidatos para ocupar los puestos mediante procedimientos transparentes, objetivos y equitativos.

13. Eficacia. Las personas servidoras públicas actúan conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas

13

institucionales, según sus responsabilidades y mediante el uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación.

14. Integridad. Las personas servidoras públicas actúan siempre de manera congruente con los principios que se deben observar en el desempeño de un empleo, cargo, comisión o función, convencidas del compromiso de ajustar su conducta para que impere en su desempeño una ética que responda al interés público y genere certeza plena frente a todas las personas con las que se vinculen u observen su actuar.

15. Equidad. Las personas servidoras públicas procurarán que toda persona acceda con justicia e igualdad al uso, disfrute y beneficio de los bienes, servicios, recursos y oportunidades.

10.2 VALORES DE ÉTICA PÚBLICA 10.2.1 Interés público Compromiso. Atender las necesidades y demandas de la sociedad, por encima de intereses y beneficios particulares. Conducta

a) Proporcionaré a todas las personas que lo soliciten, orientación e información necesaria con respecto a la forma en que se debe presentar una solicitud y/o queja, así como responderla de forma clara, suficiente y oportuna.

b) Informaré a mis superiores jerárquicos y excusaré de intervenir cuando me encuentre en una situación de conflictos de intereses personales, familiares o de negocios que puedan afectar mi desempeño parcial de mi empleo, cargo o comisión.

10.2.2 Respeto Compromiso. Conducirse con austeridad y sin orientación, otorgar trato digno y cordial a las personas en general, a los compañeros de trabajo, a los superiores y subordinados, mujeres y hombres, considerando sus derechos de cualquier índole (laboral, civil, sexual, etcétera). Conducta

14

a) Atenderé con amabilidad, respeto y dignidad a las personas.

b) Atenderé y orientaré con eficiencia, cortesía y espíritu de servicio los trámites, servicios y necesidades de información de todo el personal y de nuestros clientes.

c) Respetaré la libre expresión. 10.2.3 Respeto a los derechos humanos Compromiso. Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, indivisibilidad y progresividad, en la atención a la sociedad en general y con todas aquellas personas que me requieran colaboración. Conducta

a) Atenderé con pleno respeto a su dignidad y derechos humanos a todas las personas con las cuales deba tener trato, en el cumplimiento de mis tareas como persona servidora pública.

10.2.4 Igualdad y no discriminación Compromiso. En el IMTA se respeta a todas las personas y grupos con justicia y equidad, prestando el servicio público a todas las personas con un trato igualitario, sin distinción, exclusión, restricción o preferencia, independientemente del origen étnico o nacional; color de piel; cultura; sexo; género; edad; discapacidades; condición social, económica, de salud o jurídica; religión; apariencia física; características genéticas; situación migratoria; embarazo; lengua; opiniones; preferencias sexuales; identidad o filiación política; estado civil; situación familiar; responsabilidades familiares; idioma; antecedentes penales o cualquier otra situación que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Conducta

a) Promoveré la cordialidad e integración entre compañeros de trabajo, evitando la censura de ideas y sobre propuestas positivas en beneficio de la institución y del personal.

b) Ofreceré un trato respetuoso, diligente, cordial y libre de discriminación a las personas servidoras pública de otras áreas del gobierno de nuestro país, dentro de un marco de colaboración institucional.

15

10.2.5 Equidad de género Compromiso. Garantizar que mujeres y hombres accedan a las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades, bienes y servicios públicos, programas y beneficios institucionales, así como a los empleos, cargos y comisiones gubernamentales. Conducta

a) Contribuiré a que las mujeres y hombres tengan el mismo reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos y beneficios sociales.

b) Presentaré ante las instancias correspondientes las sugerencias e iniciativas con perspectiva de género, que permitan lograr mejoras en las condiciones de trabajo.

10.2.6 Entorno cultural y ecológico Compromiso. Evitar la afectación del patrimonio cultural de cualquier nación y de los ecosistemas del planeta, asumiendo una voluntad de respeto, defensa, protección y preservación de la cultura y del medio ambiente. Conducta

a) Reportaré a las áreas de la Coordinación de Administración toda situación que pudiere representar un riesgo para la salud, seguridad, higiene o entorno ambiental del IMTA, tomando en cuenta las necesidades diferenciadas de mujeres y hombres.

b) Atenderé con diligencia y sin excepción la normatividad referente a las áreas de no fumar, así como a todas las recomendaciones relativas a seguridad.

c) Utilizaré racionalmente el agua y el papel, así como la energía eléctrica, apagando, cuando no se utilicen, luz, computadoras y todos los equipos que requieran esta energía.

d) Reutilizaré la papelería y el materia de oficina todas las veces que la situación lo permita o amerite (tarjetas, sobres, hojas, carpetas, discos, etcétera).

e) Respetaré y cuidaré la flora y fauna silvestre que hay dentro de las instalaciones del Instituto.

16

f) Participaré en las campañas de no utilizar desechables que dañen el

ecosistema. 10.2.7 Integridad Compromiso. Desempeñar las actividades con una ética que responda al interés público y de manera congruente con los principios que se deben observar en el desempeño de un empleo, cargo, comisión o función. Conducta

a) Seré congruente con lo que pienso y actuaré en atención a los principios y valores que establece el presente código de conducta, siendo ejemplo para quienes me rodean.

b) Conoceré y aplicaré las leyes y la normatividad vigente inherentes a mi cargo, así como los reglamentos que rigen el funcionamiento del Instituto.

10.2.8 Cooperación Compromiso. Colaborar y trabajar en equipo para alcanzar los objetivos institucionales, generando una vocación de servicio público en beneficio de la colectividad. Conducta

a) Orientaré mi trabajo a la consecución de la misión, visión y objetivos del IMTA, aportando el máximo de mis capacidades, conocimientos y esfuerzo sin esperar algún beneficio adicional al que me corresponde por ley.

b) Serviré y ayudaré a los compañeros de trabajo, y los trataré con respeto para generar ambientes de tolerancia, sin discriminación, con espacios de trabajo libres de cualquier tipo de violencia, así como a todas las personas que lo requieran.

c) Desarrollaré hábitos de mejora continua, innovación y calidad, y mejoraré los procesos de mi área de adscripción.

d) Generaré canales de comunicación efectiva.

e) Me aseguraré que la toma de decisiones se mantenga siempre con un enfoque al logro de los objetivos del Instituto.

17

f) Respetaré la libre manifestación de las ideas y aportaciones de los compañeros.

10.2.9 Liderazgo Compromiso. Ser guía, ejemplo y promotor del código de ética, de las reglas de integridad y del código de conducta en el desempeño de mis funciones, a fin de lograr los objetivos institucionales. Conducta

a) Promoveré y estimularé el desarrollo laboral del personal a mi cargo, de acuerdo con sus conocimientos; con igualdad, respeto a los derechos humanos y sin discriminación.

b) Promoveré las medidas positivas a favor de la igualdad de oportunidades. 10.2.10 Transparencia Compromiso. Garantizar el derecho de acceso a la información, protegiendo los datos personales que estén bajo mi custodia y promoviendo un gobierno abierto. Conducta

a) Actuaré siempre con honestidad y transparencia.

b) Actuaré con imparcialidad, cuidado y dedicación al elaborar y preparar la información inherente al cargo, procurando que esté debidamente fundada.

c) Guardaré la debida confidencialidad y reserva de los asuntos que se encuentren a mi cargo y no usaré la información para fines personales, salvo autorización expresa (profesional, investigación).

d) Atenderé y facilitaré la información que requieran las demás instancias de los gobiernos federal, estatal y municipal, de otros países o de quien la pida, cuando se solicite por las vías oficiales establecidas y con autorización de mi superior jerárquico.

10.2.11 Rendición de cuentas Compromiso. Informar, explicar y justiciar las decisiones y acciones que se derivan del ejercicio del empleo, cargo o comisión.

18

Conducta

a) Me mantendré en permanente actualización sobre las disposiciones legales que sean aplicables al IMTA, emitidas por el Gobierno Federal, mismas que harán de mi conocimiento las autoridades competentes.

b) Me abstendré de aprovechar el cargo para obtener privilegios, gratificaciones o ventajas, así como para influir en los subordinados con fines de proselitismo político o religioso.

c) Realizaré mi declaración patrimonial y de intereses conforme las disposiciones vigentes aplicables.

10.3 Reglas de integridad a observar

1. Actuación pública. 2. Información pública. 3. Contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones. 4. Programas gubernamentales. 5. Trámites y servicios. 6. Recursos humanos. 7. Administración de bienes muebles e inmuebles. 8. Procesos de evaluación. 9. Control interno. 10. Procedimiento administrativo. 11. Desempeño permanente con integridad. 12. Cooperación con la integridad. 13. Comportamiento digno.

11. INSTANCIA ENCARGADA DE LA INTERPRETACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA El Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Intereses es la instancia oficial para la interpretación, consulta y asesoría de este código de conducta. En caso de dudas en su aplicación y observancia, su correo electrónico de contacto es: comité[email protected] 12. COMUNICACIÓN, DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN Este código de conducta se hará del conocimiento de cada una de las personas servidoras públicas del IMTA y será difundido mediante los medios electrónicos institucionales.

19

13. INDICADORES DE CUMPLIMIENTO Se realizará una evaluación del cumplimiento de las Reglas de Integridad y del Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno Federal, conforme lo establezca la Unidad de Ética, Integridad Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la Secretaría de la Función Pública, con objeto de conocer el grado de cumplimiento en el IMTA con respecto a los principios, valores, y reglas de integridad. 14. VIGENCIA Y ACTUALIZACIÓN El presente instrumento es aprobado, en cumplimiento al Acuerdo Diez, por el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Intereses, en su Segunda Sesión Ordinaria con fecha del 19 de julio de 2019, y entra en vigor a partir de su publicación en IMTAnet y en la página web institucional.

20

15. GLOSARIO

Para los efectos de este código de conducta, se entenderá por: Acoso. Forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos. Este puede ser, entre otros, psicológico, moral o sexual y ser practicado en varios ámbitos; entre ellos, el laboral, que consiste en acciones de intimidación sistemática y persistente, tales como palabras, actos, gestos y escritos que atentan contra la personalidad, dignidad o integridad de la víctima. Puede ser ejercido por agresoras o agresores de jerarquías superiores, iguales o, incluso, inferiores a las de las víctimas. Código de ética. El código de ética de las personas servidoras públicas de la Administración Pública Federal Vigente. Código. El Código de Conducta del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua. Comité. El Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés. Credo. Conjunto de doctrinas comunes a una colectividad. Denuncia. La narrativa que formula cualquier persona sobre un hecho o conducta atribuida a una persona servidora pública y que resulta presuntamente contraria al código de ética, al código de conducta o a las reglas de integridad. Discriminación. Toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas. También se entenderá como discriminación, xenofobia y antisemitismo, en cualquiera de sus manifestaciones. Hostigamiento. Ejercicio del poder que se expresa en conductas verbales, físicas, o ambas. Es una relación de subordinación real de la víctima frente a la persona que agrede, que puede darse en el abuso psicológico, moral o sexual. En el caso de hostigamiento sexual, se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, de connotación lasciva y pueden estar relacionadas con un premio/castigo o con condiciones de trabajo. IMTA. Instituto Mexicano de Tecnología del Agua.

21

Lineamientos. Lineamientos generales establecidos por la Secretaría de la Función Pública, para propiciar la integridad de las personas servidoras públicas y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés. Persona servidora pública. Toda persona que desempeñe un empleo, cargo, comisión o función al servicio de la Administración Pública Federal. Proactividad. Actitud en la que la persona u organización asume el pleno control de su conducta de modo activo, lo que implica la toma de iniciativa en el desarrollo de acciones creativas y audaces para generar mejoras, haciendo prevalecer la libertad de elección sobre las circunstancias del contexto. La proactividad no significa solo tomar la iniciativa, sino asumir la responsabilidad de hacer que las cosas sucedan; decidir en cada momento lo que queremos hacer y cómo lo vamos a hacer. Reglas de integridad. Las que incorporen las dependencias, entidades o empresas productivas del Estado, en atención al artículo 24 del Código de Ética. Religión. Conjunto de creencias o dogmas acerca de la divinidad, de sentimientos de veneración y temor hacia ella, de normas morales para la conducta individual y social y de prácticas rituales, principalmente la oración y el sacrificio para darle culto. Riesgo ético: Situaciones en las que pueden transgredirse principios, valores y reglas de integridad. Sustentable. Concepto aplicado al desarrollo económico y social que permite hacer frente a las necesidades del presente, sin poner en peligro la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades. Unidad de Ética. Unidad de Ética, Integridad Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la Secretaría de la Función Pública. Las definiciones del presente “Glosario” fueron tomadas de las siguientes fuentes: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, Ley General de Acceso de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Norma Mexicana para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres (NMX-R-025-SCFI-2009) y Diccionario de la lengua española, de la Real Academia Española.