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Procuraduría Federal del Consumidor Coordinación General de Administración Lineamientos para el Ejercicio y Control del Gasto de las Delegaciones y Subdelegaciones “Circular 01/2009” José Vasconcelos 208, Col Condesa, C.P. 06140 06 de febrero de 2009

Cédula de Autorización del Procedimiento: · Web viewElaboración: Ex servidor público Presentación: Computadora (Software MS Word) Clave de Identificación: Anexo 8 No. de Identificación

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Procuraduría Federal del ConsumidorCoordinación General de Administración

Lineamientos para el Ejercicio y Control del Gasto de las Delegaciones

y Subdelegaciones

“Circular 01/2009”

José Vasconcelos 208, Col Condesa, C.P. 06140http://www.profeco.gob.mx

06 de febrero de 2009

Lineamientos para el Ejercicio y Control delGasto de las Delegaciones y Subdelegaciones

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Aprobación del Documento

Control de las Revisiones

Revisión FechaRevisión Consideración del cambio en el documento

00 19 de febrero de 2007

Como resultado de la adopción de la buena práctica número 16 “Índice para Integrar la Circular 01”, se actualizaron los presentes lineamientos para facilitar a las unidades responsables de las delegaciones y subdelegaciones de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) el ejercicio y control del gasto asignado, en cumplimiento al programa de mejora regulatoria de la Institución; así como en apego a los Lineamientos para Emitir Disposiciones Normativas y la Guía Técnica para Elaborar o Actualizar Lineamientos.

01 14 de febrero de 2008

Actualización derivada de nuevas disposiciones presupuestarias, adquisiciones, laborales y de tecnologías de la información y comunicaciones, en cumplimiento al Programa de Trabajo 2008 del Comeri; así como en apego a los Lineamientos para Emitir Disposiciones Normativas y la Guía Técnica para Elaborar o Actualizar Lineamientos. Versión dictaminada viable por el Comeri en su Primera Sesión Ordinaria de 2008 (14-02-08).

02 05 de febrero de 2009

Actualización derivada de nuevas disposiciones presupuestarias, adquisiciones, laborales y de tecnologías de la información y comunicaciones, en cumplimiento al Programa de Trabajo 2009 del Comeri, y en apego a los Lineamientos por el que se establece el Proceso de Calidad Regulatoria en la Procuraduría Federal del Consumidor. Versión dictaminada por el Comeri en la Primera Sesión Ordinaria de 2009(05-02-2009).

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Contenido

Página

I. Introducción...................................................................................................5

II. Glosario.........................................................................................................6

III. Objetivo.......................................................................................................10

IV. Alcance........................................................................................................10

V. Normatividad Aplicable................................................................................10

VI. Disposiciones Generales.............................................................................16

Del techo presupuestal asignado................................................................16De las responsabilidades de los Delegados y Subdelegados.....................16De las responsabilidades de las CA............................................................16De los subejercicios presupuestarios..........................................................16

VII. Lineamientos...............................................................................................17

Programación...................................................................................................17

Estructura programática..............................................................................17Clave presupuestaria...................................................................................17Fuente de financiamiento............................................................................18Unidades responsables...............................................................................18Responsables del manejo de recursos.......................................................20

Presupuestación...............................................................................................20

Anualidad....................................................................................................20Compromisos que rebasan el ejercicio fiscal..............................................21Suficiencia presupuestaria..........................................................................21Disponibilidad presupuestal.........................................................................21Compromisos devengados..........................................................................21Corresponsabilidad......................................................................................22Sistema informático para presupuesto y contabilidad.................................22Comunicación del presupuesto...................................................................22Adecuaciones presupuestarias...................................................................22

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Disposiciones de austeridad y disciplina del gasto......................................23Ejercicio del gasto.............................................................................................23

Requisitos de los comprobantes fiscales....................................................23Documentación justificativa y comprobatoria..............................................24Viáticos y pasajes........................................................................................24Pasajes locales...........................................................................................24Gastos por productos alimenticios..............................................................25Gastos por servicios oficiales......................................................................25Gastos de comunicación social...................................................................26Caja Chica...................................................................................................26Ministración.................................................................................................26Comprobación de los recursos ministrados................................................26Ahorros y economías presupuestarias........................................................27Reintegros presupuestarios.........................................................................27Validación del ejercicio del gasto................................................................28

Ingresos............................................................................................................28

Modulo de Ingresos del SIIP.......................................................................28Recuperación de ingresos...........................................................................29Facturas, Flexogramas y Precintos.............................................................29

Servicios Personales........................................................................................29

Generales....................................................................................................29Estructura Orgánica.....................................................................................30Catálogo de Firmas Autorizadas de los Servidores Públicos......................30Plantilla de Personal....................................................................................30Movimientos de personal.............................................................................31Contrataciones por honorarios asimilados a salarios..................................31Relaciones laborales...................................................................................31Remuneraciones y prestaciones al personal...............................................33Listados de Firmantes de Nómina...............................................................34Capacitación................................................................................................34

Recursos Materiales.........................................................................................34

Gasto directo descentralizado.....................................................................34Pagos de gasto directo................................................................................35

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Integración de expedientes de gasto directo...............................................35Partidas restringidas....................................................................................35Adquisiciones y contrataciones...................................................................36Contratos de arrendamiento........................................................................36Penas convencionales y deducciones.........................................................37Informes......................................................................................................37

Servicios Generales..........................................................................................37

Medidas de austeridad................................................................................37Parque vehicular.........................................................................................38Combustibles y lubricantes..........................................................................38Almacén e Inventarios.................................................................................39

Informática........................................................................................................39

Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC’s)..........................39Servicios de telecomunicaciones................................................................39Recuperaciones por el cobro de llamadas de larga distancia.....................40Servicios de Internet y correo electrónico...................................................40Servicios de impresión y fotocopiado..........................................................40

Contabilidad......................................................................................................40

Generales....................................................................................................40Deudores diversos.......................................................................................41Pasivos........................................................................................................41Cartas de no adeudo...................................................................................41Informes......................................................................................................42

Modificaciones e interpretación........................................................................42

Vigencia.......................................................................................................43VIII. Anexos........................................................................................................44

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I. Introducción

La Coordinación General de Administración (CGA), emite los presentes Lineamientos con fundamento en el artículo 16 del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, que la facultan para establecer las normas, criterios, sistemas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, materiales, financieros e informáticos de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

En este sentido, los Lineamientos se emiten para facilitar a las delegaciones y subdelegaciones de Profeco, el ejercicio y control del gasto asignado, para el cabal cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, así como a la normatividad aplicable en la materia.

Por lo anterior, con los presentes Lineamientos es posible contribuir a la optimización en el uso de los recursos financieros autorizados a Profeco, mediante criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas, así como dar cumplimiento a la misión, visión y objetivos institucionales.

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II. Glosario

Acta. Documento en el que se hace constar hechos, acuerdos y decisiones efectuadas en la celebración de un evento.

Adscripción. Lugar en que se encuentran ubicadas las oficinas, instalaciones o representaciones de Profeco, en las que normalmente prestan sus servicios los comisionados y cuyo ámbito geográfico delimita el desempeño de sus funciones.

Ahorro presupuestario. Los remanentes de recursos del presupuesto modificado una vez que se hayan cumplido las metas establecidas.

Bienes inmuebles. Se tienen como tales aquellos que no se pueden trasladar de un lugar a otro sin alterar, en algún modo, su forma o sustancia, siéndolo unos por su naturaleza y otros por disposición legal expresa en atención a su destino.

Calendarización presupuestaria. Es la dosificación temporal de los gastos que realizará la Administración Pública Federal para la ejecución de sus programas. Los gastos recurrentes o fijos constituyen erogaciones relativamente estables, pero existen otros gastos como los destinados a la inversión que se asignan de acuerdo al grado de avance en la ejecución del proyecto o se asignan en temporadas determinadas, "acuerdos de secas", con el fin de evitar liquidez ociosa y aprovechar condiciones climatológicas favorables.

Coordinación Administrativa. Área responsable de las actividades orientadas a la gestión y aprovechamiento de los recursos materiales, humanos, financieros e informáticos de una Unidad Responsable (UR) hacia el cumplimiento de los objetivos y metas Institucionales.

Comprobante. Documento que sirve de prueba de un desembolso en efectivo y que reúne requisitos fiscales y administrativos señalados en la normatividad vigente.

Deducciones. Pago que deberán rezar los proveedores o prestadores de servicio con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir respecto a las partidas o conceptos que integran el contrato.

Documento Fiscal. Documento en donde se plantea un convenio de dinero, esa es su principal característica, puede ser un contrato de trabajo, contrato de compra-venta, o un crédito de cualquier tipo.

Economías. Los remanentes de recursos no devengados del presupuesto modificado.

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Ejercicio fiscal. Es el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año para los propósitos fiscales.

Erogaciones. Se consideran erogaciones tanto los gastos como las inversiones que realice Profeco en un ejercicio fiscal, sea cual fuere el nombre con que se les designe.

Estructura programática. Conjunto de programas y subprogramas ordenados en forma coherente; define las acciones que efectúan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para alcanzar sus objetivos y metas de acuerdo con las políticas definidas por el Plan Nacional de Desarrollo y los lineamientos que sobre aperturas programáticas establece la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Gasto público. Es el conjunto de erogaciones que realiza el Gobierno Federal, Estatal y Municipal incluidos los Poderes Legislativo y Judicial y el sector paraestatal en sus respectivos órdenes, en el ejercicio de sus funciones.

Honorarios. Remuneración pactada en favor del prestador de los servicios a cambio de la ejecución del o los servicios estipulados en el contrato.

Nota de Crédito. Documento expedido para disminuir (abonar o acreditar) el importe de una factura a la que no se le ha considerado oportunamente ciertos descuentos o que por pronto pago se deba conceder un determinado descuento, así como por la anulación de operaciones.

Oficio de comisión y solicitud de viáticos y pasajes. Documento oficial mediante el cual al servidor público se le instruye el objetivo, funciones, temporalidad y lugar(es) de la Comisión, se autoriza ésta y se solicitan los viáticos y pasajes.

Penas convencionales. Sanciones económicas aplicadas a los proveedores derivadas del retraso en el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la celebración de contratos o pedidos en la prestación de los servicios.

Personal de base. Son los trabajadores al servicio de la Federación que no están incluidos como personal de confianza según lo dispuesto por el Artículo 5 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Artículo 9 de la Ley Federal del Trabajo o en las disposiciones legales que formalicen la creación de sus categorías o cargos.

Personal de confianza. Son los trabajadores que desempeñan los puestos enumerados en el Artículo 5 de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado y los que deban considerarse como tales por que así lo establezca la disposición legal que formalice la creación del puesto que ocupen.

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Personal eventual. Personal técnico, administrativo, especialista y profesional, contratados para desempeñar actividades específicas por un periodo y trabajo determinado derivado de estudios u obras, por lo que su desempeño se sujeta a plazo establecido en el contrato.

Personal de honorarios. La persona física que cuenta con los conocimientos y, en su caso, con el equipo e instrumentos necesarios para prestar de manera independiente, los servicios profesionales contratados bajo el régimen de honorarios.

Presupuesto. Estimación financiera, generalmente anual, de los egresos e ingresos del Sector Público Federal, necesarios para cumplir con las metas y objetivos de los programas establecidos. Asimismo, constituye el instrumento operativo básico que expresa las metas en materia de política económica y de planeación.

Recursos. Conjunto de personas, bienes materiales, financieros e informáticos con que cuenta y utiliza una dependencia, entidad u organización para alcanzar sus objetivos y producir los bienes o servicios que son de su competencia.

Requisitos fiscales. Es la información obligatoria que se debe asentar en la documentación de carácter fiscal conforme lo establece el Código Fiscal de la Federación.

Remuneración. Percepción de un trabajador o retribución monetaria que se da en pago por un servicio prestado o actividad desarrollada.

Servidores públicos. Toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal, siendo responsables de los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus funciones.

Spam. Envío masivo, indiscriminado y no solicitado de información a través de correo electrónico.

Techo financiero. Límite máximo del presupuesto que se asigna a un periodo determinado, generalmente de un año, a una dependencia o entidad del Gobierno Federal el cual incluye gasto corriente y gasto de inversión.

Unidad Administrativa. Cada una de las áreas que integran a Profeco, tales como la Oficina del C. Procurador, Subprocuradurías, Coordinaciones Generales, Direcciones Generales, Delegaciones y Subdelegaciones, las cuales registran en su presupuesto el importe de los gastos efectuados por concepto de viáticos y pasajes originados durante el cumplimiento de una comisión y que presupuestalmente se conoce como Unidad Responsable.

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Unidad Responsable (UR). Unidad administrativa perteneciente a la estructura básica de Profeco, facultada para ejercer gasto con el fin de llevar a cabo actividades que conduzcan al cumplimiento de objetivos y metas establecidas en los programas de la Institución.

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III. Objetivo

Establecer las disposiciones en materia programática, presupuestaria, financiera, contable, de recursos humanos, adquisiciones, servicios e informática que regulan el ejercicio y control del gasto de las unidades responsables de Profeco, para el cumplimiento de los objetivos de sus programas, a fin de garantizar un uso racional y eficiente de los recursos, así como facilitar su registro y seguimiento programático, presupuestal y contable dentro del marco normativo aplicable en la materia contribuyendo así al cumplimiento ordenado y sistemático de los objetivos y propósitos institucionales.

IV. Alcance

Los presentes lineamientos son de carácter obligatorio para las delegaciones y subdelegaciones (DS) de Profeco que ejercen recursos del presupuesto autorizado, así como las coordinaciones administrativas (CA) que coadyuvan en el ejercicio y control del gasto.

V. Normatividad Aplicable

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.DOF 05-02-1917 y sus reformas.

Leyes

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.DOF 04-01-2000 y sus reformas.

Ley de Instituciones de Crédito.DOF 18-07-1990 y sus reformas.

Ley del Impuesto al Valor Agregado.DOF 29-12-1978 y sus reformas.

Ley del Impuesto Sobre la Renta.DOF 1-01-2002 y sus reformas.

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.DOF 28-12-1963 y sus reformas.

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Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría.DOF 30-03-2006 y sus reformas.

Ley Federal de Protección al Consumidor.DOF 24-12-1992 y sus reformas.

Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.DOF 31-12-2004 y sus reformas.

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.DOF 13-03-2002 y sus reformas.

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.DOF 11-06-2002 y sus reformas.

Ley Federal del Trabajo.DOF 01-04-1970 y sus reformas.

Ley General de Contabilidad Gubernamental.DOF 31-12-2008.

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.DOF 27-08-1932 y sus reformas.

Ley de Planeación.DOF 05-01-1983 y sus reformas.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.DOF 4-01-2000 y sus reformas.

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.DOF 29-12-1976 y sus reformas.

Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación.DOF 31-12-1985 y sus reformas.

Códigos

Código Fiscal de la Federación.DOF 31-12-1981 y sus reformas.

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Reglamentos

Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.DOF 20-08-2001 y sus reformas.

Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.DOF 20-08-2001 y sus reformas.

Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.DOF 04-12-2006.

Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.DOF 17-10-2003 y sus reformas.

Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría.DOF 28-06-2006 y sus reformas.

Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.DOF 11-06-2003 y sus reformas.

Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor.DOF 16-07-2004 y sus reformas.

Reglamento del Código Fiscal de la Federación.DOF 29-02-1984 y sus reformas.

Decretos

Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009.DOF 28-11-2008.

Decreto que establece las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal.DOF 4-12-2006.

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Acuerdos

Acuerdo por el que se adicionan y modifican los lineamientos específicos para la aplicación y seguimiento de las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal.DOF 14-05-2007.

Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos generales para la orientación, plantación, autorización, coordinación, supervisión y evaluación de las estrategias, los programas y las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal 2009.DOF 31-12- 2008.

Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para el arrendamiento de inmuebles por parte de las dependencias de la Administración Pública Federal.DOF 03-02-1997.

Acuerdo por el que se expide el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Publica Federal.DOF 13-10-2000 y sus reformas.

Acuerdo por el que se expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. DOF 30-05-2008.

Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para la Operación del Programa de Mediano Plazo.DOF 05-02-2009.

Documentos Normativos Administrativos

Estatuto Orgánico de la Procuraduría Federal del Consumidor.DOF 10-07-2006 y sus reformas.

Otras disposiciones

Contrato Colectivo de Trabajo 2008-2010 de Profeco.27-03-2008.

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Lineamientos específicos para la aplicación y seguimiento del Decreto que establece las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal.DOF 29-12-2006.

Lineamientos Generales para la Asignación, Uso y Control del Parque Vehicular Propiedad de la Procuraduría Federal del Consumidor.Profeco 13 de julio de 2007.

Lineamientos para la autorización, Ejercicio y Comprobación de Viáticos y Pasajes.Profeco 15 de febrero de 2008.

Lineamientos para la elaboración y presentación de los análisis costo y beneficio de los programas y proyectos de inversión.DOF. 18-03-2008.

Lineamientos para regular los gastos de alimentación de los servidores públicos de mando de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.DOF 31-01-2007.

Manual Específico de Organización de la Coordinación General de Administración.Profeco 8 de noviembre de 2007.

Manual Específico de Organización de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto.Profeco 8 de noviembre de 2007.

Manual Específico de Organización de la Dirección General de Informática.Profeco 8 de noviembre de 2007.

Manual Específico de Organización de la Dirección General de Recursos Humanos.Profeco 13 de septiembre de 2007.

Manual Específico de Organización de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.Profeco 13 de septiembre de 2007.

Manual de Políticas y Procedimientos para la Organización de Archivos.Profeco octubre de 2006.

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Norma para la celebración de contratos de servicios profesionales por honorarios y el modelo de contrato.DOF 11-04-2006.

Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Prestación de Servicios de la Procuraduría Federal del Consumidor.01-08-2008.

Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas de la Procuraduría Federal del Consumidor.16-10-2007.

Procedimiento comunicado por la Tesorería de la Federación, a través del oficio circular No. 401-T-21489.1/septiembre/2008

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VI. Disposiciones Generales

1. El ejercicio del gasto, las acciones y programas de austeridad, así como las actividades administrativas y de apoyo que realicen las delegaciones y subdelegaciones (DS), deberán sujetarse a las disposiciones que establezca el Ejecutivo Federal, así como la Coordinación General de Administración (CGA).

Del techo presupuestal asignado2. Las DS se deberán de apegar al techo presupuestal calendarizado y asignado

mensualmente para el ejercicio fiscal 2009.

De las responsabilidades de los Delegados y Subdelegados3. Las responsabilidades de los titulares de las DS, en materia presupuestaria,

financiera, contable, de recursos humanos y materiales, son las establecidas en los artículos 19 y 21 del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor; por lo que el ejercicio, control y comprobación de los recursos presupuestarios y financieros asignados a las DS, son estricta responsabilidad de sus titulares, quienes deberán optimizar su ejercicio en el marco de las disposiciones de austeridad y disciplina del gasto, para el logro de los programas, proyectos, objetivos, metas e indicadores de Profeco, además de vigilar que se cumplan las disposiciones normativas aplicables en la materia. El incumplimiento de dichas disposiciones, se hará del conocimiento de las instancias correspondientes conforme a las atribuciones respectivas.

De las responsabilidades de las CA4. Conforme a lo señalado en el articulo 20, fracción IV del Reglamento de la

Procuraduría Federal del Consumidor, quienes estén a cargo de las CA, son responsables de coadyuvar con los titulares de las DS en el ejercicio y control de los recursos asignados, así como ser el enlace ante la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP), a efecto de que las DS comprueben en tiempo y forma las ministraciones mensuales radicadas y demás asuntos en materia presupuestaria, financiera y contable.

De los subejercicios presupuestarios5. Los titulares de las DS deberán evitar subejercicios al término de cada mes, ya

que de conformidad con lo establecido en el Artículo 15 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009 (PEF 2009), los recursos disponibles serán reasignados a otros programas y proyectos prioritarios.

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VII. Lineamientos

P r o g r a m a c i ó n

Estructura programática

6. Para las asignaciones y el ejercicio del presupuesto, la estructura programática 2009 para las DS de Profeco es la siguiente:

AI PP-ID PP-NUM IE UR’s007. Equidad en las relaciones de consumo

B. Producción de bienes públicos

002. Elaboración de productos informativos para promover un consumo inteligente

3. Apoyo a indicadores estratégicos

801 a la 861E. Prestación de servicios públicos

005. Prevención y corrección de prácticas abusivas en las relaciones de consumo entre consumidores y proveedores

2. Porcentaje del monto de las quejas solucionadas

G. Regulación y supervisión

003. Verificación y vigilancia de los derechos del consumidor plasmados en la LFPC

1. Índice de cumplimiento del programa de visitas de verificación a establecimientos comerciales

Clave presupuestaria7. Para el control, registro, seguimiento y evaluación del gasto público, la clave

presupuestaria está integrada conforme a los Artículos 27 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidades Hacendarías (LFPRH) y 28 de su Reglamento (RLFPRH), misma que se conforma por doce componentes y cuarenta y nueve dígitos, conforme a la siguiente estructura:

Componentes Abreviatura Longitud de Registro

Institución. Agrupa a las UR de la Entidad. IN 2

Año. Identifica el año calendario de vigencia del Presupuesto de Egresos. AÑO 4

Unidad Responsable. Establece la unidad administrativa perteneciente a la estructura orgánica de Profeco responsable de ejercer la asignación presupuestaria correspondiente.

UR 5

Actividad Institucional. Permite agrupar los proyectos y procesos que realizan las UR del ejercicio presupuestario para dar cumplimiento a la misión que tienen encomendada.

AI 5

Proceso Presupuestario Id y Número.- Permite identificar el conjunto de actividades que comprende la planeación, programación, presupuestación, ejercicio, control, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas.

PP-ID-NUM 6

Indicador Estratégico. Permite identificar el costo financiero de las metas programadas. IE 4

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Objeto del Gasto. Identifica en los distintos niveles de agrupación (capítulo, concepto y partida), los insumos que adquieren las UR para cumplir con la misión que tienen encomendada.

OG 6

Fuente de Financiamiento. Identifica el origen de los recursos con que se cubre la asignación presupuestaria respectiva. FF 1

Responsable del Manejo de Recursos. Identifica el manejo de los recursos en cuatro grandes rubros: Unidad Responsable (UR), Recursos Materiales (RM), Recursos Humanos (RH) e Informática (DI) quienes serán los responsables de ejercer la asignación presupuestaria correspondiente.

RMR 2

Entidad Federativa. Permite la identificación del gasto por cada uno de los estados de la Federación y el Distrito Federal EF 2

Grupo, Función y Subfunción.- Grupo.- Identifica las actividades que realiza el estado para cumplir con sus fines, de conformidad con la constitución Política del los Estados Unidos Mexicanos y sus leyes reglamentarias.Función: Permite Identificar las acciones que realizan las UR’s para cumplir con el cometido que les imponen los ordenamientos legales. Subfunción.-Identificación en forma precisa de las actividades que realizan las dependencias y entidades al interior de una función.

GFS 6

Tipo Gasto.- Identifica el gasto publico en sus vertientes: económica, corriente o de capital, y gasto federal participable, ambas con relación al objeto del gasto.

TG 6

TOTAL: 12 componentes 49 dígitos

Fuente de financiamiento8. El origen de los recursos asignados, será conforme a las siguientes claves:

Fuente deFinanciamiento Descripción

1 Recursos fiscales

2 Recursos por apoyos de estados y/o municipios

3 Recursos propios por otros conceptos

Unidades responsables9. Las asignaciones del presupuesto de las DS de Profeco, será conforme a lo

siguiente:

Unidad Responsable (UR) Descripción

06801 Aguascalientes06802 Baja California

06803 Mexicali (Subdelegación)06804 Baja California Sur

06805 Comondú (Subdelegación)06806 Campeche

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06807 Carmen (Subdelegación)06808 Coahuila06809 Torreón (Subdelegación)06810 Colima 06811 Manzanillo (Subdelegación)06812 Chiapas 06813 Chihuahua 06814 Chihuahua (Subdelegación)06815 Delegación Centro06816 Delegación Norte06817 Delegación Oriente06818 Delegación Poniente06819 Delegación Sur

06820 Durango

06821 Guanajuato

06822 Irapuato (Subdelegación)

06823 Guerrero

06824 Iguala (Subdelegación)

06825 Hidalgo

06826 Jalisco

06827 Naucalpan

06828 Nezahualcóyotl

06829 Tlalnepantla

06830 Toluca

06831 Ecatepec (Subdelegación)

06832 Michoacán

06833 Morelos

06834 Nayarit

06835 Nuevo León

06836 Oaxaca

06837 Puebla

06838 Querétaro

06839 San Juan Del Río (Subdelegación)

06840 Quintana Roo

06841 Chetumal (Subdelegación)

06842 San Luis Potosí

06843 Sinaloa

06844 Mazatlán (Subdelegación)

06845 Sonora

06846 Cd. Obregón (Subdelegación)

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06847 Tabasco

06848 Tamaulipas

06849 Matamoros (Subdelegación)

06850 Nuevo Laredo (Subdelegación)06851 Reynosa (Subdelegación)06852 Tampico (Subdelegación)06853 Tlaxcala06854 Veracruz06855 Coatzacoalcos (Subdelegación)06856 Poza Rica (Subdelegación)06857 Xalapa (Subdelegación)06858 Yucatán 06859 Zacatecas06860 Tapachula (Subdelegación)

06861 Playa del Carmen (Subdelegación)

Responsables del manejo de recursos

10. Los responsables de ejercer los recursos asignados a las DS, serán conforme a las siguientes claves:

Clave Descripción

UR Delegaciones y Subdelegaciones

RH Dirección General de Recursos Humanos (DGRH)

RM Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMySG)

DI Dirección General de Informática (DGI)

GC Gasto Controlado por la DGPOP

PA Proyectos Adicionales

P r e s u p u e s t a c i ó n

Anualidad

11. El ejercicio del presupuesto inicia el 1 de enero y concluye el 31 de diciembre; las DS no podrán contraer compromisos con cargo a su presupuesto asignado a erogarse con posterioridad al cierre del ejercicio. El cierre de las operaciones del ejercicio presupuestario lo determina la CGA conforme las medidas que emita para el efecto la SHCP.

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Compromisos que rebasan el ejercicio fiscal

12. Para contraer obligaciones que impliquen comprometer recursos para el siguiente ejercicio fiscal, se deberá observar lo señalado en los Artículos 35 de la LFPRH y 146 del RLFPRH y su autorización deberá solicitarse a la DGPOP.

13. Para contraer obligaciones que impliquen comprometer recursos plurianuales se deberá observar lo señalado en los Artículos 50 de la LFPRH y 148 del RLFPRH y las autorizaciones en la materia que emita el C. Procurador deberán solicitarse por conducto de la DGPOP.

Suficiencia presupuestaria

14. Los titulares de las DS deberán contar con la suficiencia presupuestaria que autorice la DGPOP, previo a la celebración de un contrato, convenio, pedido o cualquier documento que contraiga una obligación de pago.

Disponibilidad presupuestal

15. Para efectuar cualquier erogación con cargo al presupuesto asignado, las DS deberán contar con saldo disponible en la partida específica y sujetarse al calendario presupuestal autorizado conforme el Artículo 66 del RLFPRH. Las asignaciones consignadas en el presupuesto determinan el límite máximo de las erogaciones, por lo que en ningún caso se podrán adquirir compromisos que rebasen dicho monto.

16. En el caso de requerir suficiencias presupuestarias para asumir compromisos, los titulares de las DS, por conducto de las CA, deberán solicitarlas a la DGPOP mediante el formato del Anexo 1.

Compromisos devengados

17. Los pagos con cargo al presupuesto asignado a las DS, se efectuarán una vez que los bienes o servicios respectivos se hubieren recibido a su entera satisfacción, por lo que sólo podrán otorgarse anticipos para adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles, obras públicas y contratación de servicios, siempre y cuando reúnan los requisitos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM) y sus reglamentos respectivos.

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Corresponsabilidad

18. Las DS participarán en la programación, presupuestación, ejercicio, control y evaluación del gasto público, bajo un esquema de organización y funcionamiento, que permita una mayor eficiencia y transparencia del gasto público.

Sistema informático para presupuesto y contabilidad

19. Para el registro del ejercicio y control del presupuesto asignado a las DS, se establece el sistema informático denominado Sistema Integral de Información y Procesos (SIIP).

20. Los titulares de las DS a través de las CA serán responsables de verificar que las operaciones registradas estén debidamente validadas y contabilizadas antes del cierre de cada mes, conforme las fechas que se comuniquen.

Comunicación del presupuesto

21. Una vez comunicado el presupuesto a Profeco por parte de la Secretaría de Economía, la CGA comunicará el presupuesto asignado a las DS.

Adecuaciones presupuestarias

22. Son adecuaciones presupuestarias los traspasos de recursos y movimientos que se realizan durante el ejercicio fiscal a la estructura programática presupuestaria, a los calendarios de presupuesto de las DS, así como a las ampliaciones y reducciones líquidas al presupuesto, las cuales se clasifican en internas y externas conforme a lo establecido en los Artículos 57, 58 y 59 de la LFPRH y los Artículos 94, 95, 96 y 97 del RLFPRH.

23. Las adecuaciones presupuestarias internas no requieren la autorización de la SHCP y consisten en traspasos de recursos de partidas del mismo capítulo de gasto y demás componentes de la clave presupuestaria, las cuales deberán registrarse por las DS en el módulo de afectaciones del SIIP, para su revisión y autorización por parte de la DGPOP, debiéndolas remitir por correo electrónico a la dirección: [email protected] .

24. Las adecuaciones presupuestarias externas consisten en traspasos de recursos derivados de las modificaciones a la estructura administrativa, funcional y programática, económica, movimientos de calendario, ampliaciones y reducciones líquidas, por lo que las DS procurarán que éstas sean las mínimas

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indispensables para garantizar el cumplimiento de los objetivos. Las solicitudes deberán estar plenamente justificadas y autorizadas por los titulares de las DS correspondientes, y el ejercicio del gasto se realizará hasta contar con la autorización respectiva de la SHCP.

25. Por causas justificadas y excepcionalmente las DS podrán solicitar a la DGPOP, previa autorización de la CGA, adecuaciones presupuestarias a los calendarios de gasto autorizados por la SHCP.

26. De conformidad con el PEF 2009, quedan prohibidos los traspasos de recursos fiscales a recursos propios o a recursos por apoyos de estados y/o municipios y viceversa.

Disposiciones de austeridad y disciplina del gasto

27. Las DS deberán atender las disposiciones de austeridad, mejora y modernización de la gestión pública contenidas en el PEF 2009, para dar cumplimiento del Decreto que establece las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal (DEMADGAPF) y en los Lineamientos específicos para la aplicación y seguimiento de las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal (LEASMADGAPF) , así como atender lo dispuesto en el Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones para la Operación del Programa de Mediano Plazo (PMP).

28. Las erogaciones que efectúen las DS deberán:

a. Reducirse a lo estrictamente indispensable.b. Corresponder a la satisfacción de necesidades de carácter oficial.c. Obedecer al cumplimiento y logro de los objetivos, metas e indicadores que

tengan autorizados.d. Evitar gastos suntuarios, observando la austeridad a que obliga la aplicación

de los recursos públicos.

E j e r c i c i o d e l g a s t o

Requisitos de los comprobantes fiscales

29. Toda la documentación comprobatoria deberá ser original y cumplir con requisitos fiscales, de conformidad con lo señalado en los Artículos 29 y 29A del Código Fiscal de la Federación (CFF) y las modificaciones de actualización por parte de la Miscelánea Fiscal, conforme lo establecido en el Anexo 2.

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Documentación justificativa y comprobatoria

30. Los documentos justificativos y comprobatorios del gasto deberán presentarse para su revisión, validación y trámite de pago ante las CA de las DS, a más tardar dentro de los 10 días hábiles siguientes de su expedición.

31. Las CA de las DS atenderán solicitudes de pago para cubrir las obligaciones contraídas, contra la presentación de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, la cual deberá cumplir con lo señalado en el Artículo 66, fracciones I, II y III del RLFPRH.

32. Los titulares de las DS serán los únicos facultados para autorizar los documentos comprobatorios del gasto.

Viáticos y pasajes

33. La asignación, ejercicio y comprobación de viáticos y pasajes deberá apegarse en forma estricta a lo establecido en los Lineamientos para la Autorización, Ejercicio y Comprobación de Viáticos y Pasajes y su comprobación es responsabilidad de los titulares de las DS por conducto de las CA.

Pasajes locales

34. Para la autorización de pasajes locales, los titulares de las DS deberán observar los siguientes criterios:

a. Que el traslado se origine por actividades institucionales ordinarias o extraordinarias.

b. Que la realización de las actividades institucionales ordinarias o extraordinarias del servidor público, en cumplimiento de la función pública, implique trasladarse de su lugar de adscripción a otra instalación que requiera servicio de transportación.

c. Cuando por razones del servicio, sea necesario que el trabajador inicie o termine sus labores fuera de su lugar de adscripción.

35. En ningún caso las DS podrán asignar con cargo a su presupuesto pasajes locales para complementar las remuneraciones del personal.

36. Los titulares de las DS que autoricen pasajes locales, seleccionarán el medio de transporte idóneo considerando lo siguiente:

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a. Lugar de destino y medios de transporte existentes.b. Urgencia de las funciones a desarrollar.c. Ventajas en los costos de los diversos medios de transporte y en las clases

o modalidades del servicio.

37. La comprobación de pasajes locales se realizará de acuerdo al formato denominado “Relación de Pasajes Locales”, previa justificación ante la CA, con la autorización de los titulares de las DS, conforme al Anexo 3.

38. Los gastos de pasajes locales, se deberán cargar en la partida 3808 “Pasajes nacionales para labores en campo y de supervisión” del Clasificador por Objeto del Gasto de la Administración Pública Federal (COGAPF) y las DS podrán disponer de los recursos que les fueron asignados sin excederse de su presupuesto, por lo que deberán otorgarse conforme a las necesidades del servicio, quedando bajo la responsabilidad de los titulares de las DS el ejercicio y comprobación del mismo.

Gastos por productos alimenticios

39. Las erogaciones que realicen las DS deberán limitarse exclusivamente a los gastos de alimentación con motivo de la ejecución de programas que requieran la permanencia de servidores públicos dentro de las instalaciones de la Institución y por las actividades extraordinarias requeridas en el cumplimiento de la función pública, con cargo a las partidas 2204 “Productos alimenticios para el personal en las instalaciones de las dependencias y entidades” y 2206 “Productos alimenticios para el personal derivado de actividades extraordinarias” del COGAPF.

40. En las partidas anteriores, el ejercicio del gasto no deberá incluir erogaciones por concepto de bebidas alcohólicas y propinas, ya que no se considerarán como parte integrante del gasto.

Gastos por servicios oficiales

41. Para realizar erogaciones por concepto de orden social, congresos, convenciones, seminarios, simposios y cualquier otro tipo de foro análogo o de características similares, las DS deberán contar con la autorización del C. Procurador, así como con los recursos en el presupuesto respectivo; su contratación se sujetará a lo dispuesto por la LAASSP y su Reglamento .

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Gastos de comunicación social

42. Los gastos de comunicación social con cargo a la partida 3603 “Información en medios masivos derivada de la operación y administración de las dependencias y entidades” en lo que se refiere a periódicos y revistas, así como del concepto 3700 “Servicios de Comunicación Social” del COGAPF deberán observar lo establecido en el Artículo 18 del PEF 2009 y demás disposiciones aplicables además de estar autorizados por la Dirección General de Comunicación Social.

Caja Chica

43. En caso de contar con caja chica para solventar gastos menores o urgentes, ésta deberá constituirse por un monto máximo de $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 MN) mensuales, misma que deberá ser autorizada por los titulares de las DS.

44. Las CA serán responsables de que con la caja chica únicamente se cubran gastos menores, por lo que los gastos mayores deberán cubrirse invariablemente a través de cheque nominativo a favor del proveedor o prestador del servicio, observando la vigencia determinada en los Artículos 191 y 192 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC), por lo que en caso de prescripción de los mismos, éstos deberán ser cancelados y reexpedidos cuando persista la obligación de pago; también podrán optar por pagos mediante transferencia electrónica.

Ministración45. Los titulares de las DS deberán solicitar a la DGPOP la totalidad de la

ministración mensual de recursos, conforme al presupuesto asignado sin afectar las partidas restringidas señaladas en el numeral 106 de los presentes Lineamientos, mediante el formato del Anexo 4.

Comprobación de los recursos ministrados

46. La comprobación del importe de la ministración mensual a las DS, se deberá efectuar ante la DGPOP por conducto de la Dirección de Presupuesto mediante el estado del ejercicio del presupuesto emitido por el SIIP, debidamente suscrito por los titulares de las DS y las CA respectivos, validándose en los términos y el plazo señalados en el numeral 55 de los presentes Lineamientos.

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Ahorros y economías presupuestarias

47. Queda prohibido realizar erogaciones que tengan por objeto evitar el reintegro de recursos no ejercidos conforme el calendario, de acuerdo con el Artículo 54 de la LFPRH y 15 del PEF 2009, por lo que las DS deberán reportar a la DGPOP sus ahorros y economías al cierre de cada mes y del ejercicio, mediante el formato del Anexo 5, a fin de proceder al retiro del saldo correspondiente que tengan las cuentas bancarias respectivas.

48. El Titular de la CGA, a través de la DGPOP, podrá autorizar adecuaciones presupuestarias con los ahorros y las economías que reflejen las DS, para cubrir programas y proyectos prioritarios de la Institución, a fin de subsanar los subejercicios que se presenten.

49. Al cierre del ejercicio fiscal, las DS deben solicitar a la DGPOP el retiro de los ahorros y economías conforme a las medidas de cierre que emita la CGA; el incumplimiento a dichas medidas causarán recargos y actualizaciones que serán cubiertos invariablemente por los titulares de las DS.

Reintegros presupuestarios

50. Los reintegros presupuestarios constituyen la devolución de recursos que ya afectaron el presupuesto autorizado, modificado y ejercido, por participaciones en el gasto que tengan que efectuar los servidores públicos de la Institución, cuando comprueben viáticos, pasajes o gastos por comprobar, así como, depósitos por observaciones del Órgano Interno de Control (OIC), liquidaciones de bazar, excedentes de telefonía convencional o celular o cualquier otro depósito a favor de la Institución.

51. Para realizar un reintegro presupuestario, las DS, a través de las CA, efectuarán el registro respectivo a través del Módulo de Reintegros del SIIP, generando la línea de captura mediante la cual se realizará el deposito referenciado, en cuyo caso, se emitirá el documento denominado “Reintegro Presupuestario”, el cual deberá precisar la clave presupuestal, la cuenta por liquidar certificada y, en su caso, el número de póliza-cheque que dio origen a la entrega del recurso.

52. Queda bajo responsabilidad de las DS dar seguimiento a los reintegros presupuestarios determinados, hasta que el deposito haya sido confirmado en el módulo señalado en el numeral anterior; en caso de que se generen comisiones por el banco, la DGPOP informara a las DS lo conducente, a efecto de que sean cubiertos por los servidores públicos responsables.

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53. Invariablemente, las CA deberán anexar en las comprobaciones el Reintegro Presupuestario emitido por el SIIP según corresponda.

54. Los reintegros presupuestarios que no sean efectuados en tiempo y forma al cierre del ejercicio, causaran cargas financieras que serán determinadas por la DGPOP y comunicadas al titular de la DS para los efectos conducentes, las cuales serán calculadas de conformidad con el procedimiento comunicado por la Tesorería de la Federación, a través del oficio circular No. 401-T-21489, de fecha 1 de septiembre de 2008.

Validación del ejercicio del gasto

55. Para efectos de las validación mensual del ejercicio del gasto, la DGPOP por conducto de la Dirección de Presupuesto, remitirá a las CA el estado del ejercicio del presupuesto a más tardar dentro de los 5 días hábiles posteriores al cierre de cada mes, con cifras acumuladas y del mes al cierre, a fin de que sean validadas mediante la firma de los CA y los titulares de las DS respectivas; una vez validado, deberán remitirlo a la DGPOP dentro de los siguientes 5 días hábiles subsecuentes a su recepción.

56. En caso de no recibir el estado del ejercicio validado a que se refiere el numeral anterior, la DGPOP por conducto de la Dirección de Presupuesto, evaluará la liberación del presupuesto asignado del mes siguiente.

I n g r e s o s

57. Las DS podrán obtener ingresos derivados de actos mercantiles formalizados con personas físicas y/o morales, con base en los precios y tarifas registradas en el Módulo de Ingresos del SIIP, así como por apoyos de estados y/o municipios.

58. Las penas convencionales no se consideran ingresos propios, por lo que su tratamiento se efectuará conforme lo estipulado en el numeral 111 de los presentes Lineamientos.

Módulo de Ingresos del SIIP

59. Las DS llevarán el registro de los ingresos de la Institución a través del Módulo de Ingresos del SIIP, para lo cual, las CA generarán la solicitud del servicio con depósitos referenciados y la facturación respectiva.

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60. Queda bajo responsabilidad de las DS prestar el servicio una vez que el depósito haya sido confirmado y, en caso de aceptar cheques, las comisiones bancarias y el IVA correspondiente por aquellos devueltos serán informados por la DGPOP a las DS respectivas para su recuperación correspondiente.

Recuperación de ingresos

61. Para la recuperación de los recursos por concepto de apoyos de estados y/o municipios derivados de los convenios correspondientes, los titulares de las DS por conducto de las CA, deberán solicitar a la DGPOP los recursos mencionados, acompañados de la ficha de depósito y las claves presupuestarias correspondientes; en caso de no contar con el techo respectivo, la DGPOP revisará el techo global de ingresos para definir lo conducente.

62. En el caso de los ingresos propios por calibración y venta de suscripciones de la Revista del Consumidor, serán depositados a las DS en los 5 días hábiles posteriores a cada quincena, siempre y cuando los ingresos captados no sean superiores al techo proyectado.

Facturas, Flexogramas y Precintos

63. La adquisición, control y distribución de facturas, flexogramas y/o precintos se realizará de conformidad a lo estipulado en el “Procedimiento para Administrar las Facturas, Flexogramas y/o Precintos a Oficinas Centrales y Delegaciones” del Manual de Procedimientos de la DGPOP.

S e r v i c i o s P e r s o n a l e s

Generales64. La DGRH realizará el otorgamiento de remuneraciones y prestaciones a los

servidores públicos de Profeco, en apego a lo establecido en el PEF 2009 y el Acuerdo por el que se Expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal (AEMPSPDEAPF), así como al tabulador de sueldos autorizado por la SHCP.

65. Será responsabilidad de los titulares de las DS, a través de sus CA, informar oportunamente de las licencias médicas, faltas de asistencia y bajas del personal, para evitar que se otorguen pagos indebidos. En caso de informes extemporáneos, la responsabilidad del reintegro recaerá en el titular de la DS.

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66. Los periodos vacacionales de los servidores públicos deberán ser autorizados por el jefe inmediato superior, incluyendo mandos medios y superiores, conforme a las disposiciones que para tal efecto emita la CGA en apego a lo establecido por la normatividad aplicable en la materia.

67. Los encargados de las CA serán los enlaces ante la DGRH para realizar los trámites relacionados con el personal adscrito a las DS, en tanto que los titulares de las DS serán directamente responsables del cumplimiento de los requerimientos expresados en los presentes Lineamientos.

Estructura Orgánica

68. Las DS, para el desarrollo de sus atribuciones y funciones, deberán apegarse invariablemente a la estructura orgánica autorizada por la SHCP y la Secretaría de la Función Pública (SFP).

69. La Dirección General de Delegaciones (DGD) en coordinación con las DS, solicitarán a la DGRH la modificación a la estructura orgánica de las DS, mediante oficio, con la justificación técnica respectiva, y no deberán implicar ampliaciones a su presupuesto autorizado en el ejercicio fiscal que corresponda ni en los subsecuentes.

70. La CGA difundirá a las DS la estructura orgánica autorizada y registrada por la SHCP y la SFP.

Catálogo de Firmas Autorizadas de los Servidores Públicos

71. La DGPOP integrará el Catálogo de Firmas Autorizadas de los Servidores Públicos de Profeco, mismas que se registrarán conforme al Anexo 6, por lo que los titulares de las DS, a través de las CA, serán los responsables de reportar a la DGPOP cualquier cambio que registre en la plantilla de servidores de mando medio y superior para elaborar la “Cédula de Identificación de Firmas Autorizadas”.

Plantilla de Personal

72. La DGRH realizará el pago de remuneraciones conforme a la Plantilla de Personal autorizada por la SHCP, así como las plazas ocupadas, en tanto las vacantes quedarán sujetas a la autorización de la DGRH para su cobertura.

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73. Los titulares de las DS a través de sus CA validarán trimestralmente las plantillas físicas de personal conforme al puesto funcional que envíe la DGRH, y solicitar las modificaciones que generen al respecto.

Movimientos de personal

74. Los movimientos de personal, deberán efectuase conforme al “Procedimiento para efectuar movimientos de personal” del Manual de Procedimientos de la DGRH.

75. Los titulares de las DS serán responsables de proponer al candidato para ocupar un puesto adscrito a sus áreas conforme al perfil de puesto respectivo; la DGRH evaluará las propuestas y determinará lo conducente, lo cual notificará por escrito a la UR.

76. Los candidatos a ocupar una plaza deberán iniciar labores hasta que cuenten con la autorización expresa de la DGRH, por lo tanto, no se autorizarán pagos de sueldos retroactivos.

77. Las plazas vacantes que no fueran ocupadas en un término de un año continuo, quedarán canceladas para el área de adscripción y se reubicarán conforme a las prioridades de la Institución.

Contrataciones por honorarios asimilados a salarios

78. Para el cumplimiento de la Norma para la celebración de contratos de servicios profesionales por honorarios y el modelo de contrato (NCCSPHMC), así como al “Procedimiento para realizar la contratación, pago de nómina y registro del personal bajo el régimen de honorarios” del Manual de Procedimientos de la DGRH , la celebración de contratos por honorarios asimilados a salarios sólo procederá como máximo por el presente ejercicio fiscal.

Relaciones laborales

79. Recae la facultad exclusiva en el Titular de la CGA de terminar los efectos del nombramiento sin responsabilidad para la Procuraduría, cuando exista causa grave prevista en la Ley Federal del Trabajo o mandato judicial que así lo indique, del personal adscrito a las DS, por lo que esta últimas deberán, en su caso, sujetarse a los procedimientos para instrumentar el “Levantamiento de Actas Administrativas en Materia Laboral” del Manual de Procedimientos de la DGCR.

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80. La DGRH es la única facultada para otorgar licencias sin goce de sueldo y suspensión de salario cuando resulta aplicable lo dispuesto por el Contrato Colectivo de Trabajo 2008-2010 de Profeco (CCT) y Ley Federal del trabajo (LFT).

81. La DGRH conjuntamente con la Subprocuraduría Jurídica y, en su caso, el OIC, de acuerdo al ámbito de sus respectivas competencias, tendrán la responsabilidad de determinar, con base en el acta administrativa que sea integrada por el jefe inmediato, la suspensión temporal, amonestación escrita, reubicación de área o la terminación de los efectos del nombramiento del servidor público que corresponda.

82. Para cubrir las plazas que presenten licencia sin goce de sueldos mayores de 30 días, será necesario contar con la autorización de la DGRH, conforme lo establece el “Procedimiento para efectuar movimientos de personal” del Manual de Procedimientos de la DGRH, debiendo de acompañar una nota informativa justificando la cobertura de dicha plaza.

83. En caso de que un trabajador ocupe una plaza con carácter provisional se deberá hacer del conocimiento en la Constancia de Nombramiento y/o Asignación de Remuneraciones, recabando su firma de conformidad, en el entendido que dejará la plaza cuando ésta sea ocupada por su Titular.

84. Las DS por conducto de sus CA son los responsables de recabar firmas autógrafas de las Constancia de Nombramiento y/o Asignación de Remuneraciones; en caso de que el servidor público no firme dicho documento, la DGRH cambiará precautoriamente el método de pago hasta que regularice su situación laboral.

85. Cuando un trabajador ocupe una plaza provisional que se encuentre en proceso de laudo, ello deberá hacerse del conocimiento del mismo, recabando su firma de conformidad en el aviso de movimiento, en el sentido de que se sujetará al fallo del laudo correspondiente.

86. El personal de confianza que tenga reservada una plaza de base dentro de la Institución para regresar a ocuparla deberá notificarlo a la DGRH, con un mínimo de 15 días naturales de anticipación.

87. Las prestaciones derivadas del CCT no se harán extensivas a favor de los servidores públicos de confianza, con excepción de las de seguridad social y protección al salario.

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88. No podrán ser cubiertas de manera interina las plazas que se encuentren con licencias prejubilatorias y de maternidad y exceso de licencias médicas de acuerdo a lo ordenado por el artículo 111 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y 37 de la Ley del ISSSTE.

89. Sólo se pondrá a disposición de la DGRH a un servidor público cuando:

a. Incumpla con su trabajo, no cuente con los conocimientos necesarios, y/o sus servicios sean requeridos por otra UR.

b. Por reorganización de la UR.c. Cuando sus servicios ya no sean requeridos dentro de la UR.

90. En los casos anteriormente mencionados, el servidor público contará con un término no mayor a 5 días hábiles para encontrar nuevo centro de adscripción, antes de ser puesto a disposición de personal.

91. En los casos de indisciplina, ineficiencia, corrupción y negligencia, así como otras causales, debidamente justificadas, no se pondrá a disposición de la DGRH al servidor público, sino que se instrumentará el acta administrativa correspondiente ante la DGRH para determinar su situación jurídica laboral. Ver “Procedimiento para realizar el Levantamiento de Actas Administrativas en Materia Laboral” del Manual de Procedimientos de la Dirección General de lo Contencioso y de Recursos.

92. Las plazas que se pongan a disposición de la DGRH se cancelarán de la plantilla correspondiente y la DGRH reubicará al servidor público en las DS que considere conveniente, registrándolo en la plantilla correspondiente. Los servidores públicos de mando no se podrán poner a disposición de personal.

93. Para los cambios de adscripción que no sean con base a una permuta se deberá solicitar la autorización de la DGRH, vigilando no romper con las estructuras formales ocupacionales, toda vez que el área perderá la plaza.

94. Queda prohibido el otorgamiento de cualquier comisión en forma permanente.

Remuneraciones y prestaciones al personal

95. Las remuneraciones de los trabajadores se aplicarán estrictamente conforme a los niveles de sueldo expresados en el tabulador autorizado por la SHCP.

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96. El pago de tiempo extra que soliciten las áreas por las necesidades de su operación, se autorizará en función de los recursos presupuestales asignados a las DS de adscripción, misma que deberá contar con la autorización expresa de su jefe inmediato, siendo su responsabilidad de vigilar que éstas no excedan de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas a la semana; conforme la normativa aplicable en la materia emitida por la CGA.

97. Las erogaciones con cargo al presupuesto de la Institución por concepto de terminación de encargo, finiquito, liquidación o cualquier otro similar, se sujetaran a la normativa aplicable en la materia.

Listados de Firmantes de Nómina

98. La DGRH a través de la Dirección de Administración de Personal emitirá tres ejemplares de los Listados de Firmantes de Nómina, mismos que entregará al CA de las DS correspondientes y registrará dicha entrega en el control respectivo.

99. Las DS a través de las CA serán responsables de remitir a la DGRH dentro de los 10 días hábiles posteriores a la recepción de la nómina, dos ejemplares de Listados de Firmantes de Nómina debidamente firmados; en caso de incumplimiento, se informará por escrito al titular de la DS que corresponda.

100. La DGRH revisará y validará los Listados de Firmantes de Nómina recibidos dentro de los siguientes 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a su recepción, en cuyo caso, remitirá un ejemplar debidamente validado a la Dirección de Contabilidad de la DGPOP.

Capacitación

101. Las acciones consideradas en el programa anual de capacitación independiente de su modalidad son de carácter obligatorio, por lo que las DS deberán cumplirlas sin menoscabo de las que determinen adicionalmente con cargo a su presupuesto asignado.

R e c u r s o s M a t e r i a l e s

Gasto directo descentralizado

102. El gasto directo descentralizado en las DS es aquel que ejercen directamente los titulares de las DS por conducto de las CA, por lo que el resguardo de la comprobación del gasto es de su directa responsabilidad.

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Pagos de gasto directo

103. Para el pago del gasto directo se deberá sujetarse a los numerales del 29 al 32 de los presentes Lineamientos.

104. A efecto de agilizar la operación diaria, las DS podrán realizar gasto directo en la adquisición de bienes y la contratación de servicios, siempre y cuando sean menores a 300 veces el Salario Mínimo Diario General Vigente en el Distrito Federal, antes del IVA (Anexo 17 del PEF 2009), conforme al Artículo 55 del RLAASSP.

Integración de expedientes de gasto directo

105. En caso de que se rebasen los 300 SMDVDF, la adquisición de bienes o contratación de servicios, se realizará a través de la DGRMySG, toda vez que para estos importes se deberá elaborar el contrato o pedido correspondiente, debiendo integrar un expediente con la documentación siguiente:

a. Solicitud de compra o de prestación de servicios en la que se incluirá la descripción y las áreas que lo recibirán, avalada por el titular de la UR solicitante, con su firma y nombre.

b. Reporte de disponibilidad presupuestal emitido por el SIIP validado por la DGPOP.

c. Cotizaciones, en los casos aplicables.d. Copia de la factura conforme el numeral anterior.

e. Contrato o pedido original, elaborado por la DGRMySG.

Partidas restringidas

106. Invariablemente y sin importar el monto de la compra o servicio se deberán tramitar a través de la DGRMySG, adquisiciones y servicios con cargo a los capítulos, conceptos y partidas presupuestales siguientes:

Capítulo, Concepto y

PartidaDescripción

3103 Servicio telefónico convencional

3104 Servicio de telefonía celular

3105 Servicio de radiolocalización

3108 Servicios de telecomunicaciones

3109 Servicios de conducción de señales analógicas y digitales

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Capítulo, Concepto y

PartidaDescripción

3110 Servicios integrales de telecomunicación

3200 Servicios de arrendamiento

3300 Servicios de asesoría, consultaría, informáticos, estudios e investigaciones y otros servicios. Excepto la partida 3305 “Capacitación”

3404 Seguro de bienes patrimoniales

3409 Patentes, regalías y otros

5000 Bienes muebles e inmuebles

6000 Obras publicas

Adquisiciones y contrataciones

107. La CGA y la DGRMySG son las UR facultadas para formalizar pedidos para la adquisición de bienes y contratos para la prestación de servicios, conforme a lo establecido en el Manual de Procedimientos de la DGRMySG, excepto para las actuaciones establecidas en el numeral 104.

108. La DGRMySG atenderá las solicitudes de adquisición de bienes y contratación de servicios de acuerdo con los programas y presupuesto asignado a las DS; éstas deberán cumplir con la normatividad vigente en la materia y las disposiciones de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Prestación de Servicios de la Procuraduría Federal del Consumidor.

109. La fecha límite para la recepción de solicitudes de compra o contratación de servicios en la DGRMySG, será a más tardar el 15 de octubre de 2009. En casos excepcionales y con la autorización expresa del titular de la CGA, podrán recibirse requerimientos después de la fecha estipulada, siempre y cuando no impliquen procedimientos de licitación pública.

Contratos de arrendamiento

110. Los contratos de arrendamiento de inmuebles y la contratación de servicios de mantenimiento de inmuebles arrendados deberán realizarse de conformidad a lo estipulado en la Circular en Materia de Contratación en Arrendamiento de Inmuebles para el uso por parte de Oficinas Centrales, Delegaciones y Subdelegaciones de la Procuraduría Federal del Consumido (Oficio circular número CGA/022/2008), observando los siguientes puntos:

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a. Continuidad del Arrendamiento en 2009 del Inmueble Contratado para el 2008;

b. Nuevos Inmuebles;c. Establecimiento de cuotas mensuales para la conservación y mantenimiento

de las áreas de uso común del inmueble arrendado;d. Pago de renta mensual por el Inmueble Arrendado;e. Mejoras, adaptación e instalaciones de equipos especiales a inmuebles

arrendados, yf. Criterios a considerarse por las DS para el arrendamiento de inmuebles.

Penas convencionales y deducciones

111. Los depósitos por penas convencionales, deberán ser acreditados a la cuenta 0163749215 BBVA Bancomer, para ser reintegradas en el formato respectivo a la Tesorería de la Federación.

112. En los casos en que se originen deducciones, estas deberán ser aplicadas a través de notas de crédito con el desglose del Impuesto al Valor Agregado respectivo.

Informes113. Las adquisiciones de bienes y contrataciones de arrendamientos y servicios

directos deberán ser informados mensualmente a la DGRMySG, dentro de los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, mediante el formato del Anexo 7, a efecto de integrar los informes a los órganos fiscalizadores correspondientes.

S e r v i c i o s G e n e r a l e s

Medidas de austeridad114. Para generar ahorros en el consumo de energía eléctrica, las DS deberán

generar campañas entre su personal para el uso racional de la energía eléctrica, procurando que se utilice la iluminación natural y apagando los interruptores de lámparas y equipos eléctricos, cuando éstos no sean utilizados, restringiendo su uso a lo estrictamente necesario.

115. Las DS deberán establecer controles estrictos en la asignación y uso de materiales y útiles de oficina, a fin de evitar el dispendio de los recursos.

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116. Las DS deberán restringir en la medida de lo posible, los envíos por semana de correspondencia administrativa (Valija), a excepción de las notificaciones legales que estén sujetas a términos de ley.

Parque vehicular

117. La administración, aprovechamiento y uso de los vehículos asignados a las UR deberá apegarse a los Lineamientos para la Administración y Uso del Parque Vehicular de la Procuraduría Federal del Consumidor.

Combustibles y lubricantes118. Las DS deberán establecer asignaciones mensuales para combustibles y

lubricantes, conforme su presupuesto asignado y el siguiente tabulador propuesto por tipo de vehículo:

a. Vehículos de apoyo para áreas que realizan operativos de verificación, vigilancia, quejas y conciliación:

Tipo de vehículo Asignación mensual por vehículoAutomóviles $1,160.00

Motocicletas $350.00

Camionetas 04 cilindros $1,160.00

Camionetas 06 y 08 cilindros $1,650.00

b. Vehículos de apoyo para áreas administrativas:

Tipo de vehículo Asignación mensual por vehículoAutomóviles $850.00

Motocicletas $350.00

Camionetas 04 cilindros $850.00

Camionetas 06 y 08 cilindros $1,650.00

119. En casos excepcionales de que algún vehículo requiera de un apoyo adicional de combustible por razones operativas ó sustantivas, los titulares de las DS deberán autorizar los excedentes, justificando plenamente las razones de la dotación requerida.

120. Los titulares de las DS deberán vigilar que el consumo de combustibles y lubricantes se mantenga en los niveles estrictamente indispensables para el desempeño de funciones oficiales.

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Almacén e Inventarios

121. Las DS por conducto de las CA deberán presentar al Departamento de Almacén e Inventarios las solicitudes de altas, bajas, transferencias y modificaciones de bienes muebles instrumentales conforme “Procedimiento para Levantar el Inventario Físico de Bienes Muebles Instrumentales en Profeco” del Manual de Procedimientos de la DGRMS.

I n f o r m á t i c a

Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC’s)

122. Es responsabilidad de la Dirección General de Informática (DGI) la administración y control de las TIC’s de la Institución, por lo que las adquisiciones y contrataciones de servicios y arrendamientos que requieran las UR, se efectuarán a través de la DGI, conforme normatividad aplicable y las partidas restringidas que se señalan en el numeral 106 de estos Lineamientos.

123. Las UR podrán realizar erogaciones para el mantenimiento de TIC’s y la adquisición de periféricos y consumibles asociados a la impresión de documentos, previa autorización mediante oficio de la DGI.

124. El control de los bienes informáticos se llevará a cabo mediante resguardos firmados por servidor público a quien se asigne, quien será responsable de su uso y, en el caso de las computadoras, de la información almacenada en el disco duro y los programas instalados, debiendo utilizarse exclusivamente para funciones institucionales. No deberá instalarse software, ni realizar modificaciones a la configuración de los equipos informáticos, salvo autorización expresa de la DGI.

125. En caso de reubicación de oficinas y/o remodelación de inmuebles, las DS deberán solicitar en materia TIC’s, con 30 días hábiles de anticipación a la DGI, anexando proyecto para su análisis y viabilidad. Los costos que se deriven ser considerados dentro del presupuesto de la DS.

Servicios de telecomunicaciones

126. Se podrán realizar llamadas telefónicas de larga distancia y a teléfonos celulares desde un teléfono de la Institución, de acuerdo a la línea telefónica se controlara por medio de un Número de Identificación Personal (NIP) intransferible, cuyo uso y resguardo será responsabilidad del servidor público a quien se asigne, como lo

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establece el “Procedimiento para controlar el uso y la operación de los servicios de telefonía” del Manual de Procedimientos de la DGI.

Recuperaciones por el cobro de llamadas de larga distancia

127. Los importes excedentes por la realización de llamadas de larga distancia y a teléfonos celulares podrán ser justificados ante la DGI, siempre y cuando se hayan realizado en atención a las funciones de Profeco, de acuerdo a lo establecido en el “Procedimiento para controlar la operación y uso de los servicios de telefonía” del Manual de Procedimientos de la DGI, en caso que existan diferencias no justificadas serán cubiertas invariablemente en su totalidad por el usuario correspondiente.

Servicios de Internet y correo electrónico

128. Tendrán acceso a Internet y al servicio de correo electrónico los servidores públicos a partir de nivel de jefe de departamento; en caso de que servidores públicos de nivel inferior al señalado justifiquen su uso para el adecuado desempeño de sus funciones, deberán solicitarlo a la DGI a través del “Procedimiento para administración de la infraestructura de cómputo y comunicaciones” del Manual de Procedimientos de la DGI.

Servicios de impresión y fotocopiado

129. Las UR deberán implementar medidas de control para el uso racional del servicio de impresión y fotocopiado, limitando éstos a la reproducción de documentos oficiales que resulten estrictamente necesarios y limitar las copias en los documentos que envíen dentro y fuera de sus UR, promoviendo el envío de comunicados mediante correo electrónico.

C o n t a b i l i d a d

Generales

130. La contabilidad de las DS será responsabilidad de los titulares de las mismas y deberá vigilar el correcto archivo y resguardo de la documentación que la integra, para su revisión por parte de las instancias fiscalizadoras.

131. Las pólizas contables generadas por el SIIP deberán ser archivadas en forma consecutiva en un registro de manera mensual, el cual deberá contener tres

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secciones para la póliza de diario, de egresos e ingresos, respectivamente, debiendo contar con la documentación soporte correspondiente.

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132. Los titulares de las DS serán responsables de vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de orden local y federal, para lo cual, deberán de informar por conducto de sus CA en tiempo y forma a la DGPOP, de aquellas disposiciones aplicables, así como emitir los informes y aclaraciones que le sean requeridos por las autoridades competentes y por la DGPOP.

Deudores diversos

133. La DGPOP dará vista a los titulares de las DS de los saldos deudores que estén a su cargo, así como al OIC de aquellos servidores públicos que haya incumplido con los términos de comprobación señalados en los numerales 33 y 55 del presente ordenamiento.

134. Las DS por conducto de las CA realizarán cortes semestrales de los deudores, para integrar los expedientes de aquellos que mantengan el incumplimiento en los plazos para la comprobación, remitiendo la información correspondiente al OIC y a la Dirección General de lo Contencioso y de Recursos (DGCR) para los trámites conducentes, conforme a lo señalado en el “Procedimiento para Cancelar Adeudos a Cargo de Terceros y a Favor de Profeco” del Manual de Procedimientos de la DGPOP.

Pasivos

135. Las DS por conducto de las CA son responsables de vigilar que todos aquellos recursos que hayan comprometido durante el ejercicio dentro del SIIP, queden debidamente devengados y pagados.

136. La DGPOP dará vista al OIC de aquellos servidores públicos que hayan incumplido con los términos de las medidas de cierre que emita la CGA.

Cartas de no adeudo

137. La DGPOP por conducto de la Dirección de Contabilidad es la única UR que podrá emitir carta de no adeudo, mismas que los servidores públicos de las DS deberán solicitar por conducto de las CA mediante el formato del Anexo 8.

138. Para el caso de los servidores públicos que soliciten cartas de no adeudo y que resulten deudores de Profeco deberán realizar la comprobación o aclaración correspondiente dentro de un plazo no mayor a 5 días hábiles a partir de la recepción del oficio de respuesta enviado por la Dirección de Contabilidad.

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139. Las cartas de no adeudo expedidas se mantendrán bajo resguardo de la Dirección de Contabilidad por un plazo máximo de 30 días naturales, por lo que una vez transcurrido dicho plazo se cancelarán y para su reexpedición será necesario realizar nuevamente la solicitud de la misma.

Informes

140. Las DS, por conducto de las CA, deberán enviar a la DGPOP dentro de los primeros 5 días hábiles al cierre de cada mes las conciliaciones bancarias emitidas por el SIIP debidamente firmadas por el titular de la DS y el de la CA respectivamente, conforme a los Anexos 9, 10 y 11.

141. Las DS por conducto de las CA deberán enviar a la DGPOP el informe Cédula de Retenciones del IVA e ISR y el acreditable de dicho impuesto, a más tardar los 5 días hábiles posteriores al cierre de cada mes, conforme el formato delAnexo 12.

142. De conformidad con el numeral anterior, todos aquellos cheques que se expidan a nombre de un servidor público de la DS, deberán desglosar la comprobación que ampara el mismo dentro del Anexo 12.

143. Las DS por conducto de las CA deberán remitir dentro de los 5 días hábiles posteriores a su pago vía correo electrónico a la dirección: [email protected] , la siguiente documentación: Por el concepto del impuesto sobre nómina, el formato expedido por la tesorería del estado debidamente sellado o, en su caso, ficha de pago; por lo que respecta al pago de arrendamiento de inmuebles, el recibo correspondiente.

M o d i f i c a c i o n e s e i n t e r p r e t a c i ó n

144. El contenido de los presentes Lineamientos podrá ser modificado durante el transcurso del presente ejercicio fiscal, por circunstancias internas o externas que conlleven a su revisión, complemento, adecuación o actualización, las cuáles se informarán oficialmente con la debida oportunidad para su cumplimiento.

145. La interpretación de los presentes Lineamientos corresponde exclusivamente a la CGA, por conducto de la DGPOP, para lo cual las DS deberán efectuar sus solicitudes de interpretación de manera formal, respuesta que será por el mismo medio, en un máximo de 5 días hábiles a partir de su recepción.

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146. Corresponde única y exclusivamente al Titular de la CGA, autorizar, los casos de excepción sobre la aplicación de los presentes Lineamientos, siempre y cuando se encuentren bajo la normativa aplicable en la materia y estén debidamente motivados y fundamentados por parte de las DS.

Vigencia

147. Los presentes lineamientos entrarán en vigor al siguiente día hábil de su dictamen por el Comité de Mejora Regulatoria Interna y dejarán sin efecto a los aprobados el 14 de febrero de 2008.

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VIII. Anexos

Anexo 1 Solicitud de Suficiencia Presupuestaria

Anexo 2 Requisitos de los Comprobantes Fiscales

Anexo 3 Relación de Pasajes Locales

Anexo 4 Solicitud de Ministración Mensual

Anexo 5 Informe para el Retiro de Ahorros y Economías

Anexo 6 Cédula de Identificación de Firmas Autorizadas

Anexo 7 Informe de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

Formato modificado en la Segunda Sesión Ordinaria del Comeri de 2009 (11-06-09)

Anexo 8 Solicitud de Carta de No Adeudo

Anexo 9 Resumen Conciliación

Anexo 10 Concentrado Conciliación

Anexo 11 Cheques en Transito

Anexo 12 Cédula de IVA Acreditable y Retenciones de IVA e ISR

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Anexo 1

PARA: Dirección General de Programación, Organización y PresupuestoDirección de Presupuesto

DE: Unidad Responsable: (1)

Número de Solicitud: (2)Número de Autorización: (4)Recursos: (6)

Del Al

(7) (9) (10) (10) (11)

(12)

Solicita Titular de la Unidad Responsable

Calendario Disponible

(8)

(15) (16) (17)

Autoriza Director de Presupuesto

Total

Justificación: (13)

Observaciones de la Dirección de Presupuesto: (14)

Elaboró Coordinador Administrativo

Mes

Coordinación General de AdministraciónDirección General de Programación, Organización y Presupuesto

Solicitud de Suficiencia Presupuestaria

Importe por Mes

Fecha: (3)Fecha: (5)

Núm. Cons. Clave Presupuestaria Importe Anual

Disponible

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Solicitud de Suficiencia Presupuestaria

Objetivo: Asegurar la reserva de los recursos para la contratación de los servicios.

Elaboración: Encargado Administrativo

Presentación: Computadora (Software MS Excel)

Clave de Identificación: Anexo 1

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Unidad Responsable: Nombre de la unidad responsable que envía la solicitud.

2 Número de Solicitud: Número de oficio con el cual envía la solicitud la delegación o subdelegación.

3 Fecha: Día, mes y año en el que elabora el formato.

4 Número de Autorización: Número que asigna la DGPOP a la solicitud. Eejm: CGA/DGPOP/DP/0012/2009

5 Fecha: Día, mes y año en que la DGPOP indica el número de autorización.

6 Recursos: Con que tipo de recursos solicitan la suficiencia (fiscales y/o propios).

7 Núm. Cons. Número que aplique a la suficiencia.

8 Clave PresupuestariaNúmero de la clave presupuestal completa. Ejem: 01-2009-06801-06007-06G003-063411-1-UR-01-063404-060001.

9 Importe Anual Disponible Con número el importe total disponible.

10 DelEl inicio y final del periodo del mes que corresponda.

10 Al

11 Importe por Mes Importe con número por mes solicitado.

12 Total Importe total solicitado.

13 Justificación:

Breve resumen del servicio solicitado. Ejem: Solicitar contrato de pensión vehicular para guardar los vehículos de la delegación ya que en las instalaciones no se cuenta con estacionamiento.

14 Observaciones de la Dirección de Presupuesto: Comentario realizado por la Dirección de Presupuesto.

15 Elaboró Nombre, apellido paterno, materno y firma del Encargado Administrativo.

16 Solicita Nombre, apellido paterno, materno y firma del Titular de la Unidad Responsable.

17 Autoriza Nombre, apellido paterno, materno y firma del Director de Presupuesto.

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Anexo 2

Coordinación General de Administración

Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto

Requisitos de los Comprobantes Fiscales

A. Los comprobantes deberán ser impresos en los establecimientos que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

B. Señalar en forma expresa si el pago de la contraprestación que ampara se hace en una sola exhibición o en parcialidades. Si la contraprestación se paga en parcialidades, en el comprobante se deberá indicar el monto de la parcialidad que se cubre en ese momento y el monto que por concepto de impuestos se trasladan en dicha parcialidad, desglosados por tasas de impuesto.

C. Contener impreso el nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del registro federal de contribuyente de quien los expida.

D. Tratándose de contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, deberán señalar en los mismos el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes.

E. Contener impreso el número de folio.

F. Lugar y fecha de expedición.

G. Clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.

H. Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.

I. Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra, así como el monto de los impuestos que en los términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse, desglosado por tasa de impuesto, en su caso.

J. Número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la cual se realizó la importación, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

K. Fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado.

L. Fecha de vigencia impreso. El plazo para su validez es de dos años a partir de su fecha de impresión.

M Los comprobantes del régimen de pequeños contribuyentes deberán cumplir con los requisitos del inciso C, D, E y F de este anexo, y el importe total de la operación con número o letra.

N. Contener Impresa la cédula de identificación fiscal, no podrá efectuarse anotación alguna que impida su lectura.

O. Contener Impresa la leyenda: "la reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales"

P. Contener impreso el RFC y nombre del impresor, así como la fecha en que se incluyó la autorización correspondiente en la página de Internet del SAT.

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Coordinación General de Administración

Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto

Requisitos de los Comprobantes Fiscales

Q. Contener impreso el número de aprobación asignado por el Sistema Integral de Comprobantes, del impresor autorizado.

R. Los comprobantes de personas físicas con actividad empresaria o profesional y los que tributen en el Régimen Simplificado, deberán contener además de los requisitos mencionados en este anexo, la leyenda preimpresa “efectos fiscales al pago”

S. En el caso de los contribuyentes autorizados para imprimir sus propios comprobantes fiscales, estos comprobantes deberán de cumplir con los requisitos señalados en este Anexo, a excepción de los incisos P) y R).

T. En el caso de recibos de honorarios, deberán contener en su caso, la leyenda “Impuesto retenido de conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado”

U. En el caso de recibos de arrendamiento deberán señalar el número de cuenta predial del inmueble de que se trate, o en su caso, los datos de identificación del certificado de participación inmobiliaria no amortizable y firmarse por el contribuyente o su representante, así mismo deberán contener en su caso, la leyenda “Impuesto retenido de conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado”

V. Los comprobantes no deberán presentar tachaduras ni enmendaduras que denoten cualquier alteración.

X. En el caso de personas físicas, cuando el importe de los bienes o servicios sea mayor a $2,000.00, deberá señalarse en la factura la retención de las 2/3 partes del IVA, con la leyenda “Impuesto retenido de conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado” en su caso.

Y. No se aceptarán facturas que describan conceptos como “Varios” y “Otros”.

Contener el nombre, cargo y firma del servidor público acreditado para recibir y aceptar los bienes o servicios que se adquieran, así como la firma de autorización del funcionario facultado para hacerlo.

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Anexo 3

Fecha Nombre del Comisionado RFC Destino Importe Firma

(1) (2) (3) (4) (5) (6)0.000.000.000.000.000.000.000.000.000.000.000.000.00

TOTAL (7)

Coordinación General de AdministraciónDirección General de Programación, Organización y Presupuesto

Relación de Pasajes Locales

ElaboróCoordinador Administrativo

_________________________________________________(8)

AutorizóTitular de la Unidad Responsable

_________________________________________________(9)

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Relación de Pasajes Locales

Objetivo: Comprobar los recursos otorgados por concepto de pasajes locales, que autoricen los titulares de las Unidades Responsables de Profeco.

Elaboración: Encargado Administrativo

Presentación: Computadora (Software MS Excel)

Clave de Identificación: Anexo 3

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Fecha Día, mes y año en que fueron otorgados los pasajes locales al servidor público comisionado.

2 Nombre del Comisionado Nombre(s), apellido paterno y materno del servidor público comisionado.

3 RFC Clave del Registro Federal de Contribuyentes del servidor público comisionado.

4 Destino Lugar al que asistió el servidor público comisionado.

5 Importe Importe de los recursos otorgados al servidor público comisionado.

6 Firma Firma del servidor público comisionado.

7 TOTAL Suma de todos los importes.

8 Elaboró Nombre(s), apellido paterno, materno y firma del Encargado Administrativo.

9 Autorizó Nombre(s), apellido paterno, materno y firma del titular de la Unidad Responsable.

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Anexo 4

PARA: Dirección General de Programación, Organización y PresupuestoDirección de Presupuesto

DE: Unidad Responsable (1)Mes: (2)

Asunto (4) IMPORTE

(5)

Clave Presupuestal

(3)

Coordinación General de AdministraciónDirección General de Programación, Organización y Presupuesto

Solicitud de Ministración Mensual

Conforme al presupuesto autorizado calendarizado para el ejercicio fiscal2009 y el artículo 19, fracción XXXIII del Reglamento de la ProcuraduríaFederal del Consumidor, recibí la ministración y/o gastos a comprobar derecursos por el importe y el período que se señalan.

Lo anterior, con la finalidad de contar con los recursos del gasto directo parapoder dar cumplimiento a las funciones sustantivas de la Unidad Responsablea mi cargo, mismos que serán administrados por la CoordinacionAdministrativa correspondiente a esta Unidad Responsable.

ElaboróCoordinador Administrativo

______________________________________

(6)

RecibeTitular de la Unidad Responsable

_______________________________________

(7)

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Solicitud de Ministración Mensual

Objetivo: Contar con un documento que permita soportar los recursos ministrados a nivel de clave presupuestal.

Elaboración: Encargado Administrativo

Presentación: Computadora (Software MS Excel)

Clave de Identificación: Anexo 4

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Unidad Responsable: Número y nombre de la unidad responsable que realiza la Solicitud de Ministración Mensual.

2 Mes: Mes en el cual se solicita la ministración.

3 Clave Presupuestal Estructura programática y económica en la que se solicitan los recursos.

4 Asunto

El artículo y fracción correspondiente, de acuerdo con las atribuciones de la unidad responsable que se trate, según el Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor.

5 IMPORTE Monto de recursos solicitados.

6 Elaboró Nombre, apellido paterno, materno y firma del Encargado Administrativo.

7 Recibe Nombre, apellido paterno, materno y firma del Titular de la Unidad Responsable.

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Anexo 5

PARA: Dirección General de Programación, Organización y PresupuestoDirección de Presupuesto

DE: Unidad Responsable: (1)

Informe del mes de: (2)

Fecha: (3)

Importe

(4) (5)

Total Capítulo 2000 (6)

Total Capítulo 3000 (7)(8)Gran Total

Clave Presupuestaria

Coordinación General de AdministraciónDirección General de Programación, Organización y Presupuesto

Informe para el Retiro de Ahorros y Economías

Elaboró Coordinador Administrativo

_______________________________________

(9)

Autorizó Titular de la Unidad Responsable

_______________________________________

(10)

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Informe para el Retiro de Ahorros y Economías

Objetivo: Soportar por clave presupuestaria los importes a retirar presupuestalmente por concepto de ahorros y economías.

Elaboración: Encargado Administrativo

Presentación: Computadora (Software MS Excel)

Clave de Identificación: Anexo 5

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 DE: Número y nombre de la unidad responsable que envía el informe.

2 Informe del mes de: Nombre del mes al que corresponde el informe

3 Fecha: Día, mes año en que se requisitó el informe.

4 Clave Presupuestaria Estructura programática y económica en la que registran los ahorros o economías

5 Importe El monto a retirar por concepto de ahorros o economías

6 Total Capítulo 2000

Sumatoria de los importes de las claves presupuestarias correspondientes al capítulo 2000, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto vigente.

7 Total Capítulo 3000

Sumatoria de los importes de las claves presupuestarias correspondientes al capítulo 3000, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto vigente.

8 Gran Total Suma del importe total del capítulo 2000 y del capítulo 3000.

9 Elaboró Nombre(s), apellido paterno, materno y firma del Encargado Administrativo.

10 Autorizó Nombre(s), apellido paterno, materno y firma del Titular de la Unidad Responsable.

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Anexo 6

Nombre: (1)

Adscripción: (3)

Teléfono: (5) Ext. (6)

Vigencia: (7)

1

Domicilio: (4) Rúbrica Autorizada:

(9)

Cédula de Identificación de Firmas Autorizadas 2009

Firma Autorizada:

Puesto: (2)

Coordinación General de AdministraciónDirección General de Programación, Organización y Presupuesto

Catálogo de Firmas Autorizadas de los Servidores Públicos

(8)

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Cédula de Identificación de Firmas Autorizadas

Objetivo: Contar con un documento de apoyo y consulta para cotejar la autenticidad de firmas y antefirmas que los servidores públicos asientan en documentos oficiales de la Institución.

Elaboración: Departamento de Organización

Presentación: Computadora (Software MS Excel)

Clave de Identificación: Anexo 6

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Nombre: Nombre(s), apellido paterno y materno del servidor público.

2 Puesto: Nombre del puesto que ocupa del servidor público.

3 Adscripción: Nombre de la unidad administrativa a la que se encuentra adscrito el servidor público.

4 Domicilio:

Calle, número, colonia, código postal, delegación o municipio y estado donde se encuentra ubicada la unidad administrativa a la que se encuentra adscrito el servidor público.

5 Teléfono: Número telefónico (incluyendo clave lada y extensión) del servidor público.

6 Ext.: Número de extensión o VPN (Virtual Network Private).

7 Vigencia: Día, mes y año en que inicia la vigencia de la cédula

8 Firma Autorizada: Firma autorizada del servidor público.

9 Rúbrica Autorizada: Rúbrica autorizada del servidor público.

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Anexo 7

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Informe de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

Objetivo: Informar a la Dirección General de Recursos Materiales de las diversas contrataciones que llevan a cabo las Delegaciones y las áreas administrativas a efecto de poder integrar al informe trimestral que se presenta al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la PROFECO

Elaboración: Encargado Administrativo

Presentación: Computadora (Software MS Excel)

Clave de Identificación: Anexo 7

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Mes: Nombre del mes que se reporta

2 Fecha de envío: Día, mes año en que se requisito el informe.

3 Unidad Responsable: Nombre de la Unidad Responsable que envía el informe.

4 Partida Presupuestal Partida de gasto de acuerdo al Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal

5 Tipo de Contratación Precisar si se adquiere Bienes o Servicios

6 Descripción del Bien o Servicio Descripción general del Bien o Servicio

7 N° de Factura de Pago Numero correcto de la factura de pago

8 Fecha de Compra Fecha de la factura de pago

9 Fecha de Entrega Fecha en que se recibieron los bienes o se finalizó la prestación del servicio

10 Área que autorizó el pago de la Factura Área que autorizó el pago de la factura

11 Área que utilizará el bien o servicio Área que utilizará los bienes o servicios

12 Nombre o Razón Social del Proveedor Nombre o denominación social del proveedor

13 R.F.C. Registro Federal de Contribuyentes del proveedor

14 Tipo de Empresa Estratificación de empresa por tipo: Micro, Pequeña o Mediana, de conformidad con la Ley *

15 Giro Comercial Estratificación de empresa por sector: Industria, Comercio o Servicio, de conformidad con la Ley *

16 Monto con IVA Incluido Valor en pesos adjudicado

17 Total Total

18 Elaboró Nombre(s),apellido paterno, materno y firma del Coordinador Administrativo

19 Autorizó Nombre(s),apellido paterno, materno y firma del Titular de la Unidad Responsable

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Anexo 8

Coordinación General de Administración

SOLICITUD DE CARTA DE NO ADEUDO Para: Dirección General de Programación Organización y Presupuesto Dirección de Contabilidad

México, D.F. a _________(1)_________

Nombre del solicitante: (2) Área de adscripción: (3) Periodo laborado: (4) Número de empleado: (5) Por este conducto y bajo protesta de decir verdad, manifiesto que no cuento con adeudos pendientes de comprobar por concepto de viáticos y pasajes y gastos por comprobar, motivo por el cual solicito se sirvan girar instrucciones a quien corresponda, con la finalidad de que se lleve a cabo la elaboración de mi carta de no adeudo, para lo cual anexo copia de: (6) Oficio firmado por el Delegado o Subdelegado, en el cual se señale que el solicitante no mantiene

adeudo alguno con la Institución, (excepto para Delegados y Subdelegados) Atentamente (7) Nombre y firma del solicitante

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Solicitud de Carta de No Adeudo

Objetivo: Solicitar constancia de no adeudo de los exservidores públicos de la Institución.

Elaboración: Ex servidor público

Presentación: Computadora (Software MS Word)

Clave de Identificación: Anexo 8

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 México, D.F. a Día, mes y año en que fue elaborado el documento.

2 Nombre del solicitante: Nombre(s), apellido paterno y materno del solicitante.

3 Área de adscripción: Nombre de la Unidad Administrativa a la que se encontraba adscrito el solicitante.

4 Periodo laborado: Del día, mes y año al día, mes y año que laboró en la Institución.

5 Número de empleado: Número de empleado que tenía el solicitante.

6 anexo copia de: Documento de no adeudo expedido por el Delegado o Subdelegado.

7 Nombre y firma del solicitante Nombre(s), apellido paterno, materno y firma del solicitante.

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Página:62 de 69

Anexo 9

Nro C ta bancaria: (2) P eriodo conciliado: (6)Nro. De cuenta contable: (3)F uente de financiamiento: (4)Nom B anco: (5)

S aldo Auxiliar c ontable final (7)

Menos C argos bancos no conciliados (8)

Mas Abonos bancos no conciliados (9)

Menos C argos L ibros no conciliados (10)

Mas Abonos L ibros no conciliados (11)

Mas C heques en trans ito (12)

S aldo B anc os final (13)

Diferenc ia (14)

Resumen ConciliaciónUnidad Responsable (1)

PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDORCoordinación General de Administración

Direccion General de Programación, Organización y PresupuestoDirección de Contabilidad

(16)

R evis óE laboró

(15)

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Página:63 de 69

Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Resumen Conciliación

Objetivo: Que las UR conozcan la disponibilidad financiera con la que cuentan al cierre de cada mes, así como los movimientos que la conforman, para la toma de decisiones.

Elaboración: Encargado Administrativo

Presentación: SIIP

Clave de Identificación: Anexo 9

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Unidad Responsable Nombre de la UR que envía el resumen de conciliación.

2 Nro Cta bancaria: Número de la cuenta bancaria.

3 Nro. De cuenta contable: Número de la cuenta contable a conciliar.

4 Fuente de financiamiento: Tipo de recursos Fiscales, Propios o Estados y Municipios según corresponda.

5 Nom Banco: Nombre del Banco.

6 Periodo conciliado: Periodo de la información solicitada

7 Saldo Auxiliar contable final Saldo al final de periodo reportado en el auxiliar contable emitido por el SIIP.

8 Cargos bancos no conciliadosTotal de los cargos en bancos no registrados en libros tales como: comisiones bancarias, cheques, traspasos SPEI.

9 Abonos bancos no conciliados Total de los abonos en bancos no registrados en libros tales como: depósitos, traspasos, SPEI.

10 Cargos Libros no conciliadosTotal de los cargos en libros no reconocidos por el banco tales como: depósitos, traspasos, SPEI, reintegros.

11 Abonos Libros no conciliados Total de los abonos en libros no pagados por el banco tales como: comisiones bancarias, traspasos, SPEI.

12 Cheques en transito Total de los cheques no pagados por el banco.

13 Saldo Bancos final Saldo final del periodo a conciliar del estado de cuenta.

14 Diferencia

+ saldo final del auxiliar contable - cargos bancos + abonos bancos-cargos libros abonos libros+ cheques en transito - saldo bancos = invariablemente siempre debe ser $0.00.

15 Elaboró Nombre(s), apellido paterno, materno y firma de quien elabora las conciliaciones.

16 Revisó Nombre(s), apellido paterno, materno y firma de quien autoriza las conciliaciones.

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Vigencia:06 de febrero de 2009

Página:64 de 69Anexo 10

Nro C ta bancaria : (2) P erido conciliado : (6)Nro. De cuenta contable: (3)F uente de financiamiento: (4)Nom Banco: (5)

movimientos de libro no c onc iliados F ec ha R eferenc ia C onc epto C arg os Abonos C arg os Abonos

(7) (8) (9) (10) (11) (12) (13)

T otales (14) 0.00 0.00 0.00 0.00

Concentrado Conciliación

movimientos de banc o no c onc iliados

PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDORCoordinación General de Administración

Direccion General de Programación, Organización y PresupuestoDirección de Contabilidad

Unidad Responsable (1)

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Vigencia:06 de febrero de 2009

Página:65 de 69

Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Concentrado Conciliación

Objetivo: Que las UR conozcan la disponibilidad financiera con la que cuentan al cierre de cada mes, así como los movimientos que la conforman, para la toma de decisiones.

Elaboración: Encargado Administrativo

Presentación: SIIP

Clave de Identificación: Anexo 10

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Unidad Responsable Nombre de la UR que envía el concentrado de conciliación.

2 Nro Cta bancaria: Número de la cuenta bancaria.

3 Nro. De cuenta contable: Número de la cuenta contable a conciliar.

4 Fuente de financiamiento: Tipo de recursos Fiscales, Propios o Estados y Municipios según corresponda.

5 Nom Banco: Nombre del Banco.

6 Periodo conciliado: Periodo de la información solicitada.

7 Fecha Día, mes y año en que se realizó el movimiento.

8 ReferenciaNúmero de referencia que asigna el banco tales como: Folio de Internet, Número de operación, Número de cheque, Línea de captura, etc.

9 ConceptoConcepto del movimiento en transito tales como: deposito en firme, comisiones bancarias, I.V.A., rendimientos, traspasos SPEI, etc.

10 CargosDesglose por importe de los cargos en bancos no registrados en libros tales como: comisiones bancarias, cheques, traspasos SPEI.

11 AbonosDesglose por importe de los abonos en bancos no registrados en libros tales como: depósitos, traspasos, SPEI.

12 CargosDesglose de los cargos en libros no reconocidos por el banco tales como: depósitos, traspasos, SPEI, reintegros.

13 AbonosDesglose de los abonos en libros no pagados por el banco tales como: comisiones bancarias, traspasos, SPEI.

14 Totales Suma por cada uno de los conceptos.

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Vigencia:06 de febrero de 2009

Página:66 de 69Anexo 11

Nro C ta bancaria: (2) P erido conciliado: (6)Nro. De cuenta contable: (3)F uente de financiamiento (4)Nom B anco: (5)

F echa B eneficiario Número Importe

(7) (8) (9) (10)

Total (11)

Cheques en Transito Unidad Responsable (1)

PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDORCoordinación General de Administración

Direccion General de Programación, Organización y PresupuestoDirección de Contabilidad

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Vigencia:06 de febrero de 2009

Página:67 de 69

Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Cheques en Transito

Objetivo: Que las UR conozcan la disponibilidad financiera con la que cuentan al cierre de cada mes, así como los movimientos que la conforman, para la toma de decisiones.

Elaboración: Encargado Administrativo

Presentación: SIIP

Clave de Identificación: Anexo 11

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Unidad Responsable Nombre de la UR que envía el concentrado de conciliación.

2 Nro Cta bancaria: Número de la cuenta bancaria.

3 Nro. De cuenta contable: Número de la cuenta contable a conciliar.

4 Fuente de financiamiento: Tipo de recursos Fiscales, Propios o Estados y Municipios según corresponda.

5 Nom Banco: Nombre del Banco.

6 Periodo conciliado: Periodo de la información solicitada.

7 Fecha Día, mes y año de expedición del cheque.

8 Beneficiario Nombre, apellido paterno y materno del beneficiario del cheque.

9 Número Número del cheque.

10 Importe Importe del cheque.

11 Total Suma total de todos los cheques en transito a la fecha de la conciliación.

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Vigencia:06 de febrero de 2009

Página:68 de 69Anexo 12

PARA: Dirección General de Programación, Organización y PresupuestoDirección de Control y Evaluación Financiera

DE: Unidad Responsable: (1)

Informe del mes de: (2)Número de Cuenta: (3)Recursos: (4)

$0.00$0.00

Total Capítulo 1000 (16) $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

RFC (17)

$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00

Total Capítulo 2000 (16) $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00$0.00

Total Capítulo 3000 (16) $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Total 1000,2000 y 3000 (18) $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Titular de la Unidad ResponsableElaboró (19)

Coordinador Administrativo

ISR Retenido (13)

Partida del Gasto (7) Beneficiario (8) Importe (9)

Capítulo 1000

Autorizó (20)

Coordinación General de AdministraciónDirección General de Programación, Organización y Presupuesto

Cédula del IVA Acreditable y Retenciones de IVA e ISR

Fecha de emisión cheque (5)

Número de cheque (6)

Total Capítulo 1000 (14)

Fecha de cobro en el Banco (15)

IVA Acreditable Pagado (10)

IVA Acreditable NO

IVA Retenido (12)

Fecha de emisión

cheque

Número de cheque

Partida del Gasto Beneficiario

Total Capítulo 2000

Fecha de cobro en el

BancoIVA Acreditable

Pagado IVA Acreditable

NO IVA Retenido ISR Retenido ImporteCapítulo 2000Fecha de

emisión cheque

Número de cheque

Partida del Gasto Beneficiario

Importe Total Capítulo 3000

Fecha de cobro en el

BancoIVA Acreditable

Pagado IVA Acreditable

NO IVA Retenido ISR Retenido

Capítulo 3000

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Lineamientos para el Ejercicio y Control delGasto de las Delegaciones y Subdelegaciones

“Circular 01/2009”

Codificación:L-ECG-DS-600

Versión:03

Vigencia:06 de febrero de 2009

Página:69 de 69

Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Cédula del IVA Acreditable y Retenciones de IVA e ISR

Objetivo: Identificar mensualmente todas aquellas operaciones realizadas por las DS, en las cuales se hayan efectuado retenciones de impuestos, así como la separación del IVA Acreditable pagado y no pagado, a fin de que el área central este en posibilidad de integrar, calcular y pagar los impuestos causados, en tiempo y forma.

Elaboración: Encargado Administrativo

Presentación: Computadora (Software MS Excel)

Clave de Identificación: Anexo 12

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Unidad Responsable: Nombre de la Delegación o Subdelegación que envía la cédula.

2 Informe del mes de: Mes y año a que corresponde la cédula.

3 Número de Cuenta: Número de la cuenta de cheques de la Delegación o Subdelegación.

4 Recursos: Tipo de recursos al que pertenece la cuenta (fiscales, propios y Estados y/o Municipios).

5 Fecha de emisión cheque Día, mes y año en que se elaboró el cheque.

6 Número de chequeNúmero de cheque, el cual deberá coincidir necesariamente con el que se reporta en el SIIP y en la chequera.

7 Partida del Gasto Partida del gasto correspondiente.

8 Beneficiario

Nombre, apellido paterno y materno del beneficiario a favor del cual se expidió el cheque respectivo. (En caso de que el cheque se expida a nombre de algún empleado como gastos a comprobar, el total del cheque deberá de desglosarse en esta columna por cada una de las facturas que conformen su comprobación.)

9 Importe Importe por el cual se expidió el cheque.

10 IVA Acreditable Pagado Importe del IVA causado, toda vez que el cheque haya sido efectivamente pagado por el banco.

11 IVA Acreditable NO PagadoImporte del IVA causado de los cheques que aún no han sido pagados por el banco, es decir que se encuentran como partidas en conciliación.

12 IVA RetenidoImporte de la retención efectuada por el pago de bienes o servicios en operaciones mayores a $2,000.00 celebradas con personas físicas.

13 ISR Retenido Importe de la retención efectuada por el pago de renta y honorarios, aplica únicamente en el capítulo 3000.

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Lineamientos para el Ejercicio y Control delGasto de las Delegaciones y Subdelegaciones

“Circular 01/2009”

Codificación:L-ECG-DS-600

Versión:03

Vigencia:06 de febrero de 2009

Página:70 de 69

14 Total Capítulo Suma de cada una de las partidas del gasto más el IVA Acreditable.

15 Fecha de cobro en el Banco Fecha efectiva en que el cheque fue pagado por el banco (comprobar en estados de cuenta bancarios).

16 Total Capítulo Suma de las filas por cada capítulo.

17 RFC Clave del Registro Federal de Contribuyentes del beneficiario.

18 Total 1000, 2000 y 3000 Suma de las filas.

19 Elaboró Nombre, apellido paterno, materno y firma del Encargado Administrativo.

20 Autorizó Nombre, apellido paterno, materno y firma del Delegado o Subdelegado.

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