14
Núm. 74 página 100 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía 20 de abril 2015 2. Autoridades y personal 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias CONSEJERÍA DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2015, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Auxiliar Administrativo/a, Celador/a-Conductor/a, Telefonista, Celador/a, Limpiador/a y Personal de Lavandería y Planchado dependientes del Servicio Andaluz de Salud. Siendo precisa la cobertura de determinadas plazas vacantes, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por el Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, en el Decreto 235/2013, de 10 de diciembre (BOJA núm. 242, de 12 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2013, en el Decreto 170/2014, de 9 de diciembre (BOJA núm. 241, de 11 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2014, y en el Decreto 96/2015, de 3 de marzo (BOJA núm. 44, de 5 de marzo), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2015 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y estando previsto que las plazas que se oferten en cada una de estas Ofertas de Empleo Público se convoquen conjuntamente, esta Dirección General, en virtud de las atribuciones que se le asignan en el Decreto 140/2013, de 1 de octubre (BOJA núm. 193, de 2 de octubre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y del Servicio Andaluz de Salud, RESUELVE Primero. Convocar concurso-oposición para cubrir las plazas básicas vacantes que se detallan en el Anexo III correspondientes a Auxiliar Administrativo/a, Celador/a-Conductor/a, Telefonista, Celador/a, Limpiador/a y Personal de Lavandería y Planchado, por el sistema de acceso libre. Segundo. Aprobar las bases y el baremo de méritos, contenidos en los Anexos I y II, que regirán la convocatoria, así como el Anexo IV y el Anexo V de criterios de prelación y orden alfabético. En lo no previsto en los mismos se regirá por las disposiciones vigentes que le sean de aplicación. Tercero. Reservar, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 59 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.6 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre; en el artículo 4, apartados 3 y 4, del Decreto 136/2001, de 12 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el artículo 3 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el que se regula el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía, el 7 por ciento de las plazas ofertadas para su cobertura por personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. El 5% se reserva para su cobertura por personas con discapacidad física, sensorial o psíquica, y el 2% restante se reserva para ser cubiertas por personas con discapacidad intelectual. Las plazas reservadas a las personas con discapacidad intelectual que no resulten cubiertas por las mismas se acumularán a las ofertadas a las personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad. Así mismo, las plazas ofertadas a las personas con discapacidad que no resulten cubiertas por las mismas se acumularán a las ofertadas en el cupo general. Esta reserva se aplicará en categorías y especialidades u opciones de acceso de personal estatutario, cuyas actividades o funciones sean compatibles con la existencia de una discapacidad. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante esta Dirección General de Profesionales en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso- administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de 00067947

celador subrayado

Embed Size (px)

DESCRIPTION

convocatoria andalucia resumen

Citation preview

  • Nm. 74 pgina 100 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 20 de abril 2015

    2. Autoridades y personal

    2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

    CONseJerA de IguAldAd, sAlud y POltICAs sOCIAles

    Resolucin de 13 de abril de 2015, de la Direccin General de Profesionales del servicio Andaluz de salud, por la que se convoca concurso-oposicin, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas bsicas vacantes de Auxiliar Administrativo/a, celador/a-conductor/a, Telefonista, celador/a, limpiador/a y Personal de lavandera y Planchado dependientes del servicio Andaluz de salud.

    siendo precisa la cobertura de determinadas plazas vacantes, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BoJA nm. 80, de 14 de julio), modificado por el Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BoJA nm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de seleccin del personal estatutario y de provisin de plazas bsicas en los centros sanitarios del servicio Andaluz de salud, en el Decreto 235/2013, de 10 de diciembre (BoJA nm. 242, de 12 de diciembre), por el que se aprueba la oferta de empleo Pblico para el ao 2013, en el Decreto 170/2014, de 9 de diciembre (BoJA nm. 241, de 11 de diciembre), por el que se aprueba la oferta de empleo Pblico para el ao 2014, y en el Decreto 96/2015, de 3 de marzo (BoJA nm. 44, de 5 de marzo), por el que se aprueba la oferta de empleo Pblico para el ao 2015 de los centros sanitarios del servicio Andaluz de salud, y estando previsto que las plazas que se oferten en cada una de estas ofertas de empleo Pblico se convoquen conjuntamente, esta Direccin General, en virtud de las atribuciones que se le asignan en el Decreto 140/2013, de 1 de octubre (BoJA nm. 193, de 2 de octubre), por el que se establece la estructura orgnica de la consejera de igualdad, salud y Polticas sociales y del servicio Andaluz de salud,

    R e s u e l V e

    Primero. convocar concurso-oposicin para cubrir las plazas bsicas vacantes que se detallan en el Anexo iii correspondientes a Auxiliar Administrativo/a, celador/a-conductor/a, Telefonista, celador/a, limpiador/a y Personal de lavandera y Planchado, por el sistema de acceso libre.

    segundo. Aprobar las bases y el baremo de mritos, contenidos en los Anexos i y ii, que regirn la convocatoria, as como el Anexo iV y el Anexo V de criterios de prelacin y orden alfabtico. en lo no previsto en los mismos se regir por las disposiciones vigentes que le sean de aplicacin.

    Tercero. Reservar, en cumplimiento de lo previsto en el artculo 59 de la ley 7/2007, de 12 de abril, y de acuerdo con lo establecido en el artculo 30.6 de la ley 55/2003, de 16 de diciembre; en el artculo 4, apartados 3 y 4, del Decreto 136/2001, de 12 de junio, por el que se regulan los sistemas de seleccin del personal estatutario y de provisin de plazas bsicas en los centros sanitarios del servicio Andaluz de salud, y en el artculo 3 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el que se regula el ingreso, la promocin interna y la provisin de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Funcin Pblica de la Administracin General de la Junta de Andaluca, el 7 por ciento de las plazas ofertadas para su cobertura por personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. el 5% se reserva para su cobertura por personas con discapacidad fsica, sensorial o psquica, y el 2% restante se reserva para ser cubiertas por personas con discapacidad intelectual. las plazas reservadas a las personas con discapacidad intelectual que no resulten cubiertas por las mismas se acumularn a las ofertadas a las personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad. As mismo, las plazas ofertadas a las personas con discapacidad que no resulten cubiertas por las mismas se acumularn a las ofertadas en el cupo general. esta reserva se aplicar en categoras y especialidades u opciones de acceso de personal estatutario, cuyas actividades o funciones sean compatibles con la existencia de una discapacidad.

    contra la presente Resolucin, que agota la va administrativa, se podr interponer, potestativamente, recurso de reposicin ante esta Direccin General de Profesionales en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artculos 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo comn, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal superior de Justicia de Andaluca, sala de Granada, conforme a lo establecido en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdiccin contencioso-Administrativa, en el plazo de 00

    0679

    47

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

  • 20 de abril 2015 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 74 pgina 101

    dos meses, contados ambos plazos desde el da siguiente al de la publicacin de la presente Resolucin en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca.

    sevilla, 13 de abril de 2015.- la Directora General, celia Gmez Gonzlez.

    AneXo i

    BAses ReGulADoRAs Del concuRso-oPosicin

    1. sistema selectivo. el sistema selectivo para ingresar en las categoras convocadas ser el de concurso-oposicin y, en

    consecuencia, constar de dos fases: fase de oposicin y fase de concurso de mritos.1.1. Fase de oposicin. la puntuacin mxima de esta fase sern 100 puntos. Tendr carcter

    eliminatorio y consistir en la realizacin de las siguientes pruebas:a) cuestionario terico de 100 preguntas tipo test ms 3 de reserva con 4 respuestas alternativas. el

    contenido de dicho ejercicio se ajustar al programa de materias aprobado por Resolucin de 11 de agosto de 2014 (BoJA nm. 161, de 20 de agosto), Resolucin de 25 de agosto de 2014 de correccin de errores (BoJA nm. 169, de 1 de septiembre), Resolucin de 2 de enero de 2015 (BoJA nm. 7, de 13 de enero), Resolucin de 19 de febrero de 2015 por la que se actualizan los programas de materias de determinadas categoras (BoJA nm. 38, de 25 de febrero), y Resolucin de 25 de marzo de 2015 (BoJA nm. 63, de 1 de abril), todas ellas de la Direccin General de Profesionales del servicio Andaluz de salud. cada respuesta correcta se valorar con 0,5 puntos. la puntuacin mxima posible ser de 50 puntos. Dicha puntuacin se obtendr aplicando la siguiente frmula matemtica: (A-e/4) x 0,5 donde A = nm. aciertos y e = nm. de errores.

    b) cuestionario prctico de 50 preguntas tipo test con 4 respuestas alternativas, adecuado a las funciones propias de la categora a la que se aspira y relacionado con el programa de materias citado en el apartado anterior. cada respuesta correcta se valorar con 1 punto. la puntuacin mxima posible ser de 50 puntos. Dicha puntuacin se obtendr aplicando la siguiente frmula matemtica: A-e/4 donde A = nm. aciertos y e = nm. de errores.

    1.1.1. Para superar la fase de oposicin, la puntuacin obtenida por la persona aspirante (suma de las puntuaciones obtenidas en el cuestionario terico y en el cuestionario prctico) habr de alcanzar, al menos, el 60% de la puntuacin resultante de la media de las 10 puntuaciones ms altas logradas por las personas opositoras, tras la suma de las puntuaciones obtenidas en el cuestionario terico y en el cuestionario prctico. Podr superar la fase de oposicin un nmero mayor de aspirantes al de las plazas convocadas.

    1.1.2. las pruebas citadas en los puntos 1.1.a) y b) se realizarn el mismo da en una nica sesin. el tiempo concedido para la realizacin de cada prueba ser determinado por el Tribunal calificador, siendo la duracin total de las citadas dos pruebas, como mximo, de 4 horas.

    1.2. Fase de concurso. A esta fase slo accedern los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposicin. el concurso consistir en la valoracin, por el Tribunal correspondiente y con arreglo al baremo que se publica como Anexo ii de la presente convocatoria, de los mritos que acrediten las personas aspirantes, referidos al da de la publicacin de la presente Resolucin en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca.

    1.2.1. la puntuacin mxima de esta fase ser de 100 puntos, y a la misma se le sumarn los puntos obtenidos en la fase de oposicin, siempre que en esta ltima se haya superado la puntuacin mnima necesaria para aprobar, determinando de esta forma la puntuacin final de cada persona aspirante y el nmero de aprobados/as, que no podr ser superior al de plazas convocadas.

    1.2.2. en ningn caso la puntuacin obtenida en la fase de concurso podr ser aplicada para superar la fase de oposicin.

    2. sistema de acceso.2.1. el sistema de acceso previsto es el sistema general de acceso libre.2.2. en aquellas categoras/especialidades, en las que resulte de aplicacin, las plazas reservadas

    a las personas con discapacidad intelectual que no resulten cubiertas por las mismas se acumularn a las ofertadas a las personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad. As mismo, las plazas ofertadas a las personas con discapacidad que no resulten cubiertas por las mismas se acumularn a las ofertadas en el cupo general. las personas aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad podrn solicitar la alteracin del orden de prelacin establecido para la eleccin de plaza y demandar un mbito territorial concreto, alegando para ello motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otros anlogos, resolviendo la Direccin General de Profesionales lo que proceda conforme al artculo 29.2 del Decreto 136/2001, de 12 de junio. 00

    0679

    47

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

  • Nm. 74 pgina 102 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 20 de abril 2015

    3. Requisitos de las personas aspirantes.3.1. las personas aspirantes debern reunir los requisitos que se sealan a continuacin, referidos al

    ltimo da de plazo de presentacin de solicitudes, y mantenerlos durante todo el proceso selectivo hasta, en su caso, el momento de la toma de posesin de la plaza adjudicada.

    3.1.1. Tener cumplidos diecisis aos y no exceder de la edad de jubilacin forzosa.3.1.2. Poseer la nacionalidad espaola. Tambin podrn participar:a) los nacionales de los estados miembros de la unin europea.b) el cnyuge de los espaoles y de los nacionales de otros estados miembros de la unin europea,

    cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estn separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrn participar los descendientes menores de veintin aos o mayores de dicha edad que sean dependientes.

    c) las personas incluidas en el mbito de aplicacin de los Tratados internacionales celebrados por la unin europea y ratificados por espaa en los que sea de aplicacin la libre circulacin de trabajadores.

    3.1.3. Poseer el ttulo exigido para el acceso a la correspondiente categora a la que se opta, expedido por el Ministerio competente en materia de educacin, o por los rganos competentes de los pases citados en el apartado anterior, o por cualquier otro pas siempre que estn oficialmente reconocidos y/o homologados por el citado Ministerio; o estar en condiciones de obtenerlo habiendo finalizado la formacin exigida para su obtencin dentro del plazo de presentacin de solicitudes.

    a) Auxiliar Administrativo/a, celador/a-conductor/a, y Telefonista: Ttulo de Tcnico (Formacin Profesional de Grado Medio), enseanza secundaria obligatoria, Formacin Profesional de Primer Grado, Graduado escolar, Bachiller elemental, certificado de estudios Primarios expedido con anterioridad a la finalizacin del ao acadmico 1975-1976, o ttulo equivalente.

    Para acceder a plazas de celador/a-conductor/a, se exigir adems de lo anterior, el permiso de conducir de clase B con autorizacin para transporte escolar, transporte pblico de viajeros y vehculos prioritarios que utilicen seales especiales (BTP).

    b) celador/a, limpiador/a, Personal de lavandera y Planchado: certificado de escolaridad o equivalente.

    3.1.4. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeo de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento.

    3.1.5. no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier servicio de salud o Administracin Pblica, de los rganos constitucionales o estatutarios de las comunidades Autnomas, en los seis aos anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a con carcter firme para el ejercicio de funciones pblicas ni, en su caso para la correspondiente profesin.

    3.1.6. en el caso de las personas nacionales de los otros estados mencionados en el apartado 3.1.2, no encontrarse inhabilitadas por sancin o pena, para el ejercicio profesional, o para el acceso a funciones o servicios pblicos en un estado miembro ni haber sido separadas por sancin disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o servicios Pblicos en los seis aos anteriores a la convocatoria.

    3.1.7. no poseer la condicin de personal estatutario fijo en la misma categora a la que se pretende acceder en el sistema nacional de salud, cualquiera que sea su situacin administrativa.

    3.1.8. en el cupo de reserva para personas con discapacidad slo podrn participar aquellas personas aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33%.

    3.1.9. Haber abonado las tasas a las que se refiere la base 4.7, salvo encontrarse en el supuesto de exencin de la misma, conforme a dicha base.

    4. solicitudes y documentacin.4.1. la presentacin de las solicitudes de participacin y el pago de las tasas de examen se realizarn

    por alguno de los siguientes medios:a) solicitud de participacin y pago telemtico va on line a travs del Registro Telemtico de la Junta

    de Andaluca, al que se acceder desde la web del servicio Andaluz de salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandauzdesalud). Por esta va se podr realizar la presentacin de la solicitud de participacin y efectuar el pago de las tasas conforme se especifica en la base 4.7.1.a), quedando ambos automticamente registrados sin necesidad de presentarlos en soporte papel. los/las aspirantes que se inscriban y abonen las tasas por va telemtica no tendrn que adjuntar a su solicitud documentacin alguna, excepto en el supuesto de participar por el cupo de reserva para personas con discapacidad. en este ultimo caso el/la aspirante tendr que presentar, antes de la expiracin del plazo de presentacin de instancias, copia de la inscripcin telemtica de su solicitud y fotocopia del certificado de discapacidad emitido por el rgano competente en esta materia de la Junta de Andaluca u rganos similares de otras Administraciones Pblicas, en los lugares indicados en la base 4.1.b). Dicho certificado se debe encontrar vigente a la fecha de finalizacin del plazo de presentacin de 00

    0679

    47

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

  • 20 de abril 2015 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 74 pgina 103

    instancias. las fotocopias sern suscritas y firmadas por el/la solicitante bajo el texto es copia del original, responsabilizndose de su veracidad.

    solo se permitir el acceso a la inscripcin telemtica con el certificado digital emitido por la Fbrica nacional de Moneda y Timbre.

    b) solicitud de participacin en papel y pago de tasas mediante personacin en entidad colaboradora conforme se especifica en la base 4.7.1.b). Tanto la solicitud de participacin en soporte papel como el documento acreditativo del pago de las tasa debern presentarse en las oficinas de Registro de los centros sanitarios y servicios centrales del servicio Andaluz de salud, cuyas direcciones y horarios pueden consultarse en el directorio de la Plataforma de Relacin con la ciudadana de la Junta de Andaluca (http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/clara/gaaDirectorio.htlm), sin perjuicio de lo dispuesto en el artculo 38 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo comn. en el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una oficina de correos se har en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por personal de correos antes de certificarse. las solicitudes suscritas en el extranjero podrn cursarse a travs de las representaciones diplomticas o consulares espaolas correspondientes, que las remitirn seguidamente al servicio Andaluz de salud.

    en caso de que las personas aspirantes opten por esta va de presentacin, en soporte papel, la solicitud de participacin y el abono de la tasa debern cumplimentarse en los impresos que podrn descargarse de la web del servicio Andaluz de salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), los cuales debern dirigirse a la persona titular de la Direccin General de Profesionales (Avenida de la Borbolla, nm. 1, 41004, sevilla).

    en el supuesto de participar por el cupo de reserva para personas con discapacidad la persona aspirante deber adjuntar, adems, copia del certificado acreditativo al que hace referencia el punto a), con los requisitos que en dicho punto se establecen.

    4.2. con independencia de la va utilizada para presentar su solicitud, ante el Registro Telemtico o ante oficina de Registro, las personas aspirantes podrn realizar futuras actuaciones por cualquiera de dichas vas. en cualquier caso la realizacin de actuaciones o trmites posteriores a la presentacin de la solicitud debern hacer referencia expresa a la identificacin de la solicitud y a la va utilizada para su registro.

    4.3. las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en su solicitud. el domicilio que figure en la misma se considerar el nico vlido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignacin del mismo como la falta de comunicacin de cualquier cambio de domicilio.

    4.4. Para ser admitido/a a la realizacin de las pruebas bastar con que las personas solicitantes manifiesten y declaren en su instancia que renen todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidos, referidos a la fecha de expiracin del plazo para la presentacin de solicitudes, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en las mismas.

    4.5. las personas aspirantes con discapacidad que deseen acceder por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad, conforme a la oferta de plazas contenida en el Anexo iii, debern indicarlo en su solicitud especificando el cupo de reserva por el que pretenden concurrir: por el cupo de discapacidad fsica, sensorial o psquica, o por el cupo de discapacidad intelectual, en su caso. sin perjuicio de que hagan uso o no del cupo de discapacidad, aquellas personas aspirantes con discapacidad que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realizacin de las pruebas que forman parte de esta convocatoria, debern indicarlo en su solicitud y ello sin perjuicio de que no podrn desvirtuar el carcter de las pruebas cuya finalidad es valorar la aptitud de los/las aspirantes para las funciones propias de la plaza a la que aspiran.

    si en el transcurso del proceso selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguna de las personas aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar por el cupo de reserva de personas con discapacidad, se proceder previa audiencia y conformidad de la persona interesada, a su inclusin en el sistema de acceso libre, si reuniese los requisitos para ello.

    4.6. Respecto a las solicitudes presentadas en soporte papel sern desestimadas las enmiendas o tachaduras, tanto en la instancia como en el autobaremo o en cualquiera de las hojas de solicitud de destino, siempre que no se encuentren salvadas bajo firma.

    4.7. Autoliquidacin de la tasa. De conformidad con lo dispuesto en la seccin 1. del captulo i de la ley 9/1996, de 26 de diciembre, quienes se inscriban como aspirantes debern hacer efectiva una tasa de inscripcin de 12,08 euros, cuyo hecho imponible lo constituye la presentacin de la solicitud para participar en la convocatoria. no obstante, en aplicacin de las previsiones del art. 78 de la ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas de la comunidad Autnoma de Andaluca (BoJA nm. 251, de 31 de diciembre), la presentacin y pago telemticos de la solicitud supone una bonificacin de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar. 00

    0679

    47

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

  • Nm. 74 pgina 104 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 20 de abril 2015

    4.7.1. conforme a lo indicado en la base 4.1 la tasa de examen puede ser abonada de alguna de las formas siguientes:

    a) la tasa se abonar preferentemente va on line a travs del Registro Telemtico de la Junta de Andaluca, al que se acceder desde la web del servicio Andaluz de salud indicada anteriormente en la base 4.1.a). en este caso una vez cumplimentada la solicitud, la persona aspirante es conectada con la Plataforma de Pago dependiente de la consejera de Hacienda y Administracin Pblica y enlaza la presentacin telemtica de la solicitud con el abono telemtico de la tasa correspondiente (Modelo 046). los requisitos para acceder por esta va son disponer del certificado digital emitido por la FnMT, y de cuenta bancaria en alguna de las entidades adscritas a la Plataforma de Pago de la Junta de Andaluca o de alguno de los medios habilitados por la Plataforma de Pago referida.

    b) Abono de la tasa a travs de personacin en entidad colaboradora. la pgina web del servicio Andaluz de salud pone a disposicin de la persona aspirante la generacin del Modelo 046 de autoliquidacin de tasas para su abono en oficina bancaria. este procedimiento no incorpora la bonificacin de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar.

    en este caso, la acreditacin del pago de la tasa se realizar adjuntando a la solicitud el ejemplar para la Administracin del referido impreso Modelo 046, en el que debern constar la validacin mecnica de la entidad financiera donde se efecte el ingreso, la sucursal, el importe y la fecha del mismo.

    la falta de acreditacin del pago de la tasa, o de encontrarse exento/a conforme a la base 4.7.2, determinar la exclusin de la persona aspirante.

    independientemente del modo de presentacin del pago de la tasa, el cdigo numrico del Modelo 046 debe incluirse en la solicitud de participacin.

    4.7.2. contarn con exencin del pago de la tasa aquellas personas aspirantes que acrediten su condicin de personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%, mediante fotocopia del certificado de discapacidad emitido por el rgano competente en esta materia de la Junta de Andaluca u rganos similares de otras Administraciones Pblicas y que se encuentre vigente a la fecha de finalizacin del plazo de presentacin de instancias. Dicha fotocopia se debe suscribir y firmar por la persona solicitante bajo el texto es copia del original, que se responsabilizar de su veracidad.

    4.7.3. en ningn caso la mera presentacin de la acreditacin del pago de la tasa supondr la sustitucin del trmite de presentacin, en tiempo y forma, de la solicitud de participacin, de acuerdo con lo dispuesto en la presente base.

    4.7.4. Proceder, previa solicitud de la persona interesada, la devolucin de la tasa cuando no se realice su hecho imponible (presentacin de la solicitud de participacin) o se constate abono de mayor cuanta a la exigida en la presente base. la exclusin definitiva del proceso selectivo de algn o alguna aspirante, o la no presentacin a la realizacin de las pruebas en que consiste la fase de oposicin, no dar lugar a la devolucin de los derechos de examen.

    4.8. Plazo de presentacin: el plazo de presentacin de solicitudes ser de 30 das naturales, comenzando el da 21 de abril hasta el da 20 de mayo de 2015, ambos inclusive.

    5. Admisin de solicitudes.5.1. Finalizado el plazo de presentacin de solicitudes, la persona titular de la Direccin General de

    Profesionales dictar resolucin declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as a las pruebas selectivas de las categoras convocadas, as como las causas de exclusin. Dicha resolucin se publicar en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca y en ella se sealar el lugar en la que se encontrar expuesta al pblico la citada lista, que sern al menos, los tablones fsicos o virtuales que dispongan los servicios centrales del servicio Andaluz de salud y las Delegaciones Territoriales de la consejera de igualdad, salud y Polticas sociales, as como en la pgina web del servicio Andaluz de salud (www.juntadeandalucia.es/ servicioandaluzdesalud).

    5.2. las personas aspirantes dispondrn de un plazo de 15 das hbiles, contados a partir del da siguiente al de la publicacin de la resolucin citada en el apartado anterior, para formular alegaciones contra la misma. Dichas alegaciones, que no tendrn carcter de recurso, sern admitidas o desestimadas por medio de la resolucin que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, la cual se publicar en los lugares sealados en el apartado anterior e indicar el lugar, fecha y hora de realizacin de las pruebas selectivas indicadas en los puntos a) y b) de la base 1.1.

    5.3. las alegaciones a las que hace referencia el apartado anterior, y en general cualquier documentacin relacionada con el concurso-oposicin, podrn presentarse por alguno de los siguientes medios:

    a) Va on line a travs del Registro Telemtico de la Junta de Andaluca, al que se acceder desde la web del servicio Andaluz de salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud). los/las aspirantes que 00

    0679

    47

    TOLIPORTATILResaltar

  • 20 de abril 2015 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 74 pgina 105

    deseen adjuntar documentacin debern aportarla digitalmente. las fotocopias que se adjunten sern suscritas y firmadas por el/la solicitante bajo el texto es copia del original, responsabilizndose de su veracidad.

    solo se permitir el acceso a la inscripcin telemtica con el certificado digital emitido por la Fbrica nacional de Moneda y Timbre.

    b) en soporte papel ante algunas de las oficinas de Registros indicadas en la base 4.1.b). los/las que opten por la presentacin va papel podrn hacerlo mediante impreso que podrn descargarse de la web del servicio Andaluz de salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) debiendo dirigirlo a la persona titular de la Direccin General de Profesionales (Avenida de la Borbolla, nm. 1, 41004, sevilla).

    5.4. contra la Resolucin que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as a las pruebas selectivas, que agota la va administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposicin ante la Direccin General de Profesionales en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artculos 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo comn, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal superior de Justicia de Andaluca, sala de Granada, conforme a lo establecido en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdiccin contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el da siguiente al de la publicacin de la Resolucin en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca.

    5.5. los recursos a los que hace referencia el apartado anterior podrn presentarse por alguno de los medios indicados en los apartados 5.3.a) y 5.3.b).

    6. Tribunal.6.1. Designacin. se constituir un Tribunal calificador para las categoras convocadas. el Tribunal estar

    compuesto por un/a presidente/a, un/a secretario/a y, al menos, tres vocales, nombrados por la persona titular de la Direccin General de Profesionales. su designacin ser publicada conjuntamente en la resolucin que declare aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as referida en la base 5.1.

    Deber designarse el mismo nmero de miembros titulares y suplentes. Todas las personas designadas, tanto titulares como suplentes, debern encontrarse en posesin de titulacin acadmica de nivel igual o superior a la exigida para el ingreso en las categoras convocadas y ostentar la condicin de personal fijo de las Administraciones Pblicas o de los servicios de salud o de los centros concertados o vinculados al sistema nacional de salud, si bien los/las vocales habrn de estar en posesin del ttulo exigido para el acceso a la correspondiente categora.

    6.2. organizaciones sindicales. las organizaciones sindicales, miembros de la Mesa sectorial de negociacin de la Administracin sanitaria de la Junta de Andaluca, podrn estar presentes en las sesiones del Tribunal calificador.

    6.3. Asesores/as especialistas. los Tribunales podrn proponer a la Direccin General de Profesionales la incorporacin a sus trabajos de asesores/as especialistas, quienes se limitarn al ejercicio de sus especialidades tcnicas, que son la nica base de su colaboracin con el rgano de decisin. Dichos asesores/as debern poseer titulacin acadmica de nivel igual o superior a la exigida en la correspondiente categora.

    6.4. Abstencin y recusacin. los miembros de los Tribunales, y sus asesores/as especialistas, debern abstenerse de intervenir, notificndolo a la Direccin General de Profesionales, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artculo 28 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, o cuando en los cinco aos anteriores a la fecha de publicacin de la convocatoria hubieran realizado tareas de preparacin de personas aspirantes a pruebas selectivas de las categoras convocadas.

    Asimismo, las personas aspirantes podrn promover la recusacin de los miembros del Tribunal en los casos previstos en el prrafo anterior.

    la recusacin podr presentarse por alguno de los medios indicados en los apartados 5.3.a) y 5.3.b).6.5. Funciones de los Tribunales. corresponden a los Tribunales calificadores la determinacin concreta

    del contenido de las pruebas y la calificacin y valoracin de las personas aspirantes, as como, en general, la adopcin de cuantas medidas sean precisas en orden al desarrollo de las pruebas selectivas.

    6.6. comprobacin de los requisitos. si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento de los Tribunales que alguno/a de los/las aspirantes carece de uno o varios de los requisitos necesarios, o que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud de participacin en la convocatoria, debern proponer a la persona titular de la Direccin General de Profesionales la oportuna rectificacin o exclusin para que sta, previa audiencia al interesado/a, resuelva de forma motivada lo que proceda. contra esta resolucin podr interponerse recurso potestativo de reposicin ante la Direccin General de Profesionales en el plazo de un mes, contado desde el da siguiente al de la notificacin de la misma, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal superior de Justicia de Andaluca sala de lo contencioso-Administrativo de Granada en el plazo de dos meses contados a partir del da siguiente al de la notificacin de dicha resolucin. 00

    0679

    47

    TOLIPORTATILResaltar

  • Nm. 74 pgina 106 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 20 de abril 2015

    6.7. Responsabilidad. los miembros de los Tribunales son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria. Asimismo, adoptarn las medidas oportunas en orden a que los ejercicios en que consiste la fase de oposicin sean corregidos a la mayor brevedad posible y sin conocimiento de la identidad de las personas aspirantes, quedando automticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los cuales consten marcas o signos de las personas aspirantes, fuera del lugar reservado para ello.

    6.8. Personal colaborador. Por resolucin de la persona titular de la Direccin General de Profesionales se proceder al nombramiento del personal funcionario o estatutario que deber colaborar temporalmente en el desarrollo del proceso selectivo, con las competencias de ejecucin material y ordenacin administrativa de la prueba de la fase de oposicin y apoyo a la fase de concurso.

    7. Desarrollo de las pruebas.7.1. lugar, fecha y hora. el lugar de realizacin de las pruebas indicadas en los puntos a) y b) de la base 1.1

    se anunciar oportunamente conforme previene la base 5.2. los/las aspirantes sern convocados para la realizacin de las mismas en llamamiento nico, quedando decados en sus derechos los que no comparezcan a realizarlas.

    7.2. Acreditacin de la identidad. en cualquier momento los Tribunales podrn requerir a los/las aspirantes que acrediten su identidad, debiendo concurrir a la celebracin de los ejercicios con el documento nacional de identidad, pasaporte o cualquier otro documento oficial que permita acreditar su personalidad.

    7.3. impugnacin de las preguntas o respuestas de las pruebas. en el plazo mximo de 48 horas, desde la finalizacin de las pruebas selectivas, se publicarn en la pgina web del servicio Andaluz de salud las plantillas de respuestas correctas de los cuestionarios indicados en la base 1.1.a) y 1.1.b).

    las personas aspirantes podrn impugnar preguntas, o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, mediante escrito dirigido al Tribunal calificador; el plazo para ello finalizar al tercer da hbil de la publicacin de la plantilla en la web del servicio Andaluz de salud. si el Tribunal calificador estimara alguna de las reclamaciones se publicar una nueva plantilla de respuestas en la web del servicio Andaluz de salud antes de la publicacin del listado de aspirantes que superen la oposicin.

    la impugnacin podr presentarse por alguno de los medios indicados en los apartados 5.3.a) y 5.3.b).7.4. Tras la evaluacin de las pruebas indicadas en los puntos 1.1.a) y 1.1.b), la persona titular de la

    Direccin General de Profesionales dictar resolucin por la que se apruebe, a propuesta del correspondiente Tribunal calificador, la relacin de personas aspirantes que superan la fase de oposicin de las categoras convocadas. Dicha relacin ir ordenada alfabticamente y har constar la puntuacin obtenida por stos en cada uno de los dos ejercicios. la persona aspirante que no figure en dicha relacin tiene la consideracin de no apta.

    la citada Resolucin se publicar en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca y en ella se sealarn los lugares en los que se encontrar expuesta al pblico, que sern al menos, los tablones fsicos o virtuales que dispongan los servicios centrales del servicio Andaluz de salud y las Delegaciones Territoriales de la consejera de igualdad, salud y Polticas sociales, as como en la pgina web del servicio Andaluz de salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud). contra dicha Resolucin, que agota la va administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposicin ante la Direccin General de Profesionales en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artculos 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo comn, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal superior de Justicia de Andaluca, sala de Granada, conforme a lo establecido en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdiccin contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el da siguiente al de la publicacin de la Resolucin en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca.

    7.5. las reclamaciones y/o recursos a los que hacen referencia el apartado 7.4 podrn presentarse por alguno de los medios indicados en los apartados 5.3.a) y 5.3.b).

    7.6. en el supuesto de que alguna de las aspirantes no pudiera completar la fase de oposicin a causa de parto, aborto o situaciones relacionadas con los mismos y/o con el embarazo, o por nacimiento de hijos prematuros o que tengan que permanecer hospitalizados tras el parto, su situacin quedar condicionada a la finalizacin de la misma y a la superacin de las pruebas que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse stas de manera que se menoscabe el derecho del resto de aspirantes a una resolucin del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deber ser valorado por el Tribunal calificador, debiendo realizarse las pruebas en todo caso antes de la publicacin de la lista provisional de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.00

    0679

    47

    TOLIPORTATILResaltar

  • 20 de abril 2015 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 74 pgina 107

    8. Autobaremo y acreditacin de mritos y requisitos.8.1. Autobaremo.8.1.1. Todas las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposicin presentarn el autobaremo

    de los mritos conforme al baremo contenido en el Anexo ii, en el plazo de 15 das naturales contados a partir del da siguiente al de la publicacin de la Resolucin de aspirantes que superan la fase de oposicin.

    el autobaremo de mritos podr ser presentado va on line por el Registro Telemtico de la Junta de Andaluca, al que se acceder desde la web del servicio Andaluz de salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), o en soporte papel ante algunas de las oficinas de Registros indicadas en la base 4.1.b). las personas que opten por la presentacin va papel debern hacerlo mediante impreso que podrn descargarse de la web del servicio Andaluz de salud, debiendo dirigirlo a la persona titular de la Direccin General de Profesionales (Avenida de la Borbolla, nm. 1, 41004, sevilla).

    8.2. Acreditacin de mritos y requisitos.Pasado el plazo al que hace referencia el apartado anterior, dado que se espera un elevado nmero de

    aspirantes por plaza convocada, al efecto de evitar molestias y gastos innecesarios a las personas aspirantes sin opciones a obtener plaza, y una importante carga de trabajo al Tribunal calificador, ste, siguiendo el orden de puntuacin resultante de la suma de la fase de oposicin y autobaremo, ir requiriendo la documentacin que acredite los mritos alegados y autobaremados, y la documentacin acreditativa del cumplimiento de los requisitos alegados que se establecen en la base 3. el Tribunal calificador podr realizar varios y sucesivos requerimientos a personas aspirantes, en tanto stas tengan opcin a superar el proceso selectivo, en funcin del nmero de plazas ofertadas. Junto a la publicacin de la Resolucin de aspirantes que superan la fase de oposicin se indicar el intervalo de fechas en las que se publicarn estos requerimientos.

    las personas que sean requeridas, dispondrn de un plazo de 15 das naturales contados a partir del da siguiente al de la publicacin del requerimiento en la pgina web del servicio Andaluz de salud, para presentar la documentacin referida en el prrafo anterior.

    la acreditacin de los mritos autobaremados y de los requisitos podr ser presentada va on line utilizando el gestor documental del que dispone la aplicacin informtica a la que se acceder desde la web del servicio Andaluz de salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), o en soporte papel ante algunas de las oficinas de Registros indicadas en la base 4.1.b).

    las personas que opten por la presentacin va papel debern entregar un escrito de remisin al que se adjuntar la documentacin que acredite los mritos alegados y autobaremados y los requisitos alegados, y dirigirlos a la persona titular de la Direccin General de Profesionales (Avenida de la Borbolla, nm. 1, 41004, sevilla). A tal efecto, las personas aspirantes dispondrn de un modelo de escrito de remisin en la pgina web del servicio Andaluz de salud.

    Tanto en la presentacin del autobaremo va papel como en la presentacin telemtica, para la acreditacin de los requisitos y mritos alegados, bastar que la fotocopia del documento que los justifique se suscriba y firme por el/la solicitante bajo el texto es copia del original, que se responsabilizar de su veracidad.

    con independencia de la va de presentacin que se haya elegido, la documentacin acreditativa de los mritos valorados conforme al Anexo ii deber ir ordenada y numerada segn el orden en que se citan los mritos en el baremo contenido en dicho Anexo ii. en el caso de presentacin va papel, adems dicha documentacin deber ser grapada e introducida en sobre, al que deber adherirse la cartula cuyo modelo podr descargase desde la web del servicio Andaluz de salud.

    8.3. el autobaremo de mritos vincular al Tribunal correspondiente, en el sentido de que el mismo slo podr valorar los mritos que hayan sido alegados y autobaremados por las personas aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuacin mayor a la consignada por los mismos en cada uno de los apartados del baremo de mritos contenido en el Anexo ii, salvo errores aritmticos.

    en el supuesto de mritos autobaremados en subapartados errneos, el Tribunal podr trasladar los mismos al subapartado correcto, sin que ello pueda implicar aumento de la puntuacin total autoasignada por las personas aspirantes en cada apartado. en ningn caso podr el Tribunal otorgar una puntuacin mayor a la consignada en cada apartado del baremo por las personas aspirantes.

    8.4. los mritos a valorar por el Tribunal, de las personas que hayan superado la fase de oposicin y sean requeridas por el mismo conforme se establece en la base 8.2, sern los alegados, autobaremados y acreditados por dichas personas. el Tribunal no podr tomar en consideracin mritos alegados con posterioridad al plazo establecido en la base 8.1. Del mismo modo tampoco podr tomar en consideracin aquellos mritos acreditados con posterioridad a la fecha de finalizacin del plazo dado por el Tribunal en su requerimiento, sin perjuicio de lo establecido en la base 8.5.

    los mritos se valorarn con referencia al da de publicacin de la convocatoria en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca. 00

    0679

    47

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

  • Nm. 74 pgina 108 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 20 de abril 2015

    8.5. en el supuesto de que, solicitada por las personas aspirantes la acreditacin de mritos, no recibieran en tiempo la certificacin interesada, debern adjuntar fotocopia de dicha solicitud, suscrita y firmada por el/la solicitante bajo el texto es copia del original, responsabilizndose de su veracidad, sin perjuicio de que posteriormente, una vez emitida la certificacin requerida, deba aportarse en la misma forma, fotocopia de la misma, para su unin al expediente.

    8.6. cuando el idioma original de las certificaciones o acreditaciones o cualquier otra documentacin, sea distinto al castellano la persona aspirante deber presentar, junto a la fotocopia de dicha documentacin, la fotocopia de la traduccin literal del contenido de dichos documentos realizada por traductor/a jurado suscrita y firmada por el/la solicitante bajo el texto es copia del original, que se responsabilizar de su veracidad.

    8.7. De acuerdo con lo establecido en al artculo 71.1 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo comn, si la solicitud no reuniera los datos exigidos o no se aportara la documentacin acreditativa de los requisitos exigidos, se requerir a la persona interesada para que, en el plazo de diez das hbiles, subsane la falta.

    9. listados de aprobados/as.9.1. listados provisionales y definitivos.9.1.1. Finalizada la valoracin de los mritos autobaremados y acreditados, y de los requisitos alegados,

    la persona titular de la Direccin General de Profesionales, a propuesta del correspondiente Tribunal, dictar resolucin declarando aprobada la lista provisional de aspirantes que superan el concurso-oposicin, de dos formas, ordenada alfabticamente y por orden de puntuacin, haciendo constar la puntuacin total obtenida por stos tanto en la fase de concurso como en la de oposicin.

    Dicha resolucin se publicar en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca y en ella se sealarn los lugares en los que se encontrarn expuestas al pblico la citada lista, que sern, al menos, los tablones fsicos o virtuales que dispongan los servicios centrales del servicio Andaluz de salud y las Delegaciones Territoriales de la consejera de igualdad, salud y Polticas sociales, as como en la pgina web del servicio Andaluz de salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).

    9.1.2. contra esta Resolucin podrn presentarse alegaciones ante el correspondiente Tribunal, en el plazo de 15 das hbiles, contados a partir del da siguiente al de la publicacin de la misma en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca.

    Dichas alegaciones, que podrn presentarse por alguno de los medios indicados en los apartados 5.3.a) y 5.3.b), y que no tendrn carcter de recurso, sern admitidas o denegadas por medio de la resolucin que apruebe la relacin definitiva de aspirantes que superen el concurso-oposicin, que ser elevada por el correspondiente Tribunal calificador a la Direccin General de Profesionales, ordenada por la puntuacin obtenida una vez sumadas las puntuaciones de la fase de oposicin y de la fase de concurso. la relacin elevada tendr carcter vinculante, salvo que se hubiera incurrido en defectos esenciales de procedimiento.

    Por la persona titular de la Direccin General de Profesionales se dictar Resolucin por la que se aprobar la relacin definitiva de aspirantes que han superado el concurso-oposicin, de dos formas, ordenada alfabticamente y por orden de puntuacin, e indicar la relacin de plazas bsicas vacantes que se ofertan. Dicha resolucin, que agota la va administrativa, ser publicada en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca y en ella se sealarn los lugares en los que se encontrar expuesta al pblico la citada lista definitiva, que sern, al menos, los tablones fsicos o virtuales que dispongan los servicios centrales del servicio Andaluz de salud y las Delegaciones Territoriales de la consejera de igualdad, salud y Polticas sociales, as como en la pgina web del servicio Andaluz de salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud). contra dicha Resolucin, que agota la va administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposicin ante la Direccin General de Profesionales en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artculos 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo comn, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal superior de Justicia de Andaluca, sala de Granada, conforme a lo establecido en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdiccin contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el da siguiente al de la publicacin de la Resolucin en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca.

    el nmero de personas aprobadas no podr superar el nmero de plazas convocadas. cualquier resolucin que contravenga lo expuesto ser totalmente ineficaz en la parte en que exceda del nmero de plazas convocadas.

    en caso de empate en la puntuacin total, el orden se establecer atendiendo a la mayor puntuacin obtenida en la fase de oposicin; en caso de persistir el mismo, se atender a la puntuacin obtenida en los distintos apartados del baremo de mritos y por su orden. si se mantiene el empate, en aquellas categoras indicadas en el Anexo iV se atender a la discriminacin positiva de sexo femenino. en aquellas categoras no indicadas en el Anexo iV, o en caso de persistir el empate, se resolver, de acuerdo con los criterios de orden 00

    0679

    47

    TOLIPORTATILResaltar

  • 20 de abril 2015 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 74 pgina 109

    alfabtico que constan en el Anexo V, ordenndose por la letra H; en el supuesto de que no exista ningn/a aspirante cuyo primer apellido comience por la letra H, el orden se iniciar por aquellas personas cuyo primer apellido comience por la letra i y as sucesivamente.

    9.1.3. conforme al Decreto 93/2006, de 9 de mayo, que regula el ingreso, promocin interna y provisin de puestos de personas con discapacidad, en el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hayan presentado por el turno de reserva superase los ejercicios y la baremacin de mritos correspondiente pero no obtuviera plaza, y su puntuacin fuera superior a la obtenida por otras personas aspirantes del turno libre, ser incluida por su orden en el sistema de acceso general.

    9.1.4. con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas ofertadas, cuando se produzcan renuncias, o cuando alguna de las personas propuestas carezca de los requisitos sealados en la base 3, la persona titular de la Direccin General de Profesionales requerir al Tribunal calificador relacin complementaria con las personas aspirantes propuestas para su posible nombramiento como personal estatutario. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artculo 61.8 de la ley 7/2007, de 12 de abril, del estatuto Bsico del empleado Pblico.

    10. Peticin de centro de destino y presentacin de documentos.10.1. en el plazo de 15 das naturales, a contar desde el siguiente a la fecha de publicacin de la resolucin

    por la que se aprueba la relacin definitiva de aspirantes que han superado el concurso-oposicin, las personas aspirantes que figuren en la relacin definitiva contemplada en la base 9.1.2 debern efectuar la peticin de centro de destino, por alguno de los medios indicados en los apartados 5.3.a) y 5.3.b). en caso optar por la va papel, el modelo de solicitud de destino se podr descargar de la pgina web del servicio Andaluz de salud.

    con independencia de la va utilizada, las personas aspirantes que efecten la peticin de destino debern aportar la siguiente documentacin:

    a) Fotocopia del Documento nacional de identidad, Pasaporte o nmero de identidad extranjero, en vigor, suscrita y firmada por la persona aspirante bajo el texto es copia del original, que se responsabilizar de su veracidad.

    b) Declaracin jurada o promesa de no haber sido separada del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administracin Pblica en los seis aos anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitada con carcter firme para el ejercicio de funciones pblicas.

    c) certificado mdico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto fsico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Para las personas aspirantes que tengan reconocida la condicin de discapacidad, este certificado deber acreditar la capacidad funcional para el desempeo de las funciones propias de la categora a la que se opta.

    en caso de optar por la va telemtica, las copias de los documentos referidos en los apartados b) y c) anteriores debern estar suscritos y firmados por el/la solicitante bajo el texto es copia del original, que se responsabilizar de su veracidad.

    10.2. los/las aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad podrn solicitar la alteracin del orden de prelacin establecido para la eleccin de plaza y demandar un mbito territorial concreto, alegando para ello motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento y otros anlogos. la Direccin General de Profesionales resolver, en cada caso, en funcin de la discapacidad acreditada y los cuidados que requiera la persona discapacitada, limitando la alteracin del citado orden de prelacin al mnimo requerido para posibilitar la eleccin de la plaza de la persona con discapacidad. la Direccin General de Profesionales podr solicitar a la persona aspirante los informes y certificados que estime precisos, as como requerir informe a rganos tcnicos, sanitarios o asistenciales.

    10.3. en los trminos que establece el artculo 11 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, las personas discapacitadas que superen el proceso selectivo, con independencia del cupo por el que hayan concurrido, y que requieran de una adaptacin del puesto, podrn indicarlo junto a su solicitud de destino.

    11. Adjudicacin de plazas.11.1. las plazas se adjudicarn entre las personas que figuren en la relacin de personas aprobadas

    por el orden de la puntuacin obtenida en el conjunto de las pruebas y de acuerdo con la opcin de destino que hubieran hecho conforme a lo dispuesto en las bases 10.1, y sin perjuicio de lo establecido en la base 10.2.

    11.2. Quienes dentro del plazo fijado no soliciten plaza, o no le correspondiese plaza alguna de entre las efectivamente solicitadas, se les adjudicar alguna de las plazas ofertadas que queden vacantes tras la adjudicacin prevista en el apartado anterior, siempre que hubiesen acreditado los requisitos exigidos.

    11.3. las personas aspirantes que no acrediten reunir los requisitos exigidos dentro del plazo establecido en la base 8.1 perdern los derechos derivados de su participacin en el proceso selectivo y no podrn ser nombrados, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud. 00

    0679

    47

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

  • Nm. 74 pgina 110 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 20 de abril 2015

    12. nombramientos y toma de posesin.12.1. Finalizado el plazo establecido en la base 10.1 la persona titular de la Direccin General de

    Profesionales dictar resolucin por la que se acordar el nombramiento de los/las aspirantes seleccionados/as, con expresin del destino que se les adjudica. la citada resolucin se publicar en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca y en la web del servicio Andaluz de salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).

    12.2. el plazo de toma de posesin ser de un mes, improrrogable, contado a partir del da siguiente al de publicacin de la citada resolucin en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca. Perdern los derechos derivados de su participacin en las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino, salvo causa justificada as apreciada por la Direccin General de Profesionales del servicio Andaluz de salud.

    12.3. contra esta Resolucin, que agota la va administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposicin ante la Direccin General de Profesionales en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artculos 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo comn, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal superior de Justicia de Andaluca, sala de Granada, conforme a lo establecido en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdiccin contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el da siguiente al de la publicacin de la Resolucin en el Boletn oficial de la Junta de Andaluca.

    AneXo ii

    BAReMo De MRiTos

    1. experiencia profesional (mximo 45 puntos).1.1. Por cada mes completo de servicios prestados, en la misma categora, en centros sanitarios pblicos

    del sistema nacional de salud, del sistema sanitario Pblico de Andaluca o de cualquier centro sanitario pblico de los pases miembros de la unin europea, gestionados por administracin pblica sanitaria, agencia administrativa, agencia pblica empresarial o cualesquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pblica admitida en derecho: 0,30 puntos.

    1.2. Por cada mes completo de servicios prestados, en la misma categora, en centros sanitarios pblicos del sistema nacional de salud, del sistema sanitario Pblico de Andaluca o de cualquier centro sanitario pblico de los pases miembros de la unin europea, gestionados por entidad de naturaleza distinta a las recogidas en el apartado anterior: 0,10 puntos.

    1.3. Por cada mes completo de servicios prestados, en la misma categora, en centros sanitarios pblicos de pases no integrados en la unin europea, gestionados por administracin pblica sanitaria, agencia administrativa, agencia pblica empresarial o cualesquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pblica admitida en derecho: 0,025 puntos.

    1.4. Por cada mes completo de servicios prestados en la misma categora, en centro hospitalario cuya gestin se encuentre encomendada a una entidad de naturaleza distinta a las recogidas en el apartado 1.1 por parte de entidad de derecho pblico del sistema sanitario Pblico de Andaluca: 0,10 puntos

    1.5. Por cada mes completo de servicios prestados, en la misma categora, en centros hospitalarios concertados en la totalidad de su cartera de servicios con la consejera competente en materia de salud de la Junta de Andaluca o con el servicio Andaluz de salud, o adscritos al sistema sanitario Pblico de Andaluca en virtud de un convenio singular de vinculacin: 0,10 puntos.

    1.6. Por cada mes completo de servicios prestados, en la misma categora, en centros no sanitarios de la Administracin Pblica: 0,15 puntos.

    1.7. Por cada mes completo de servicios prestados, en categora distinta a la que concursa, en centros sanitarios del sistema nacional de salud y del sistema sanitario Pblico de Andaluca y sus centros integrados, gestionados por administracin pblica sanitaria, agencia administrativa, agencia pblica empresarial o cualesquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pblica admitida en derecho: 0,10 puntos

    1.8. Por cada mes completo de servicios prestados desempeando puestos directivos o cargos intermedios, en centros sanitarios pblicos del sistema nacional de salud o del sistema sanitario Pblico de Andaluca y gestionados por administracin pblica sanitaria, agencia administrativa, agencia pblica empresarial o cualesquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pblica admitida en derecho:

    a) 0,30 puntos si se concursa para la categora desde la que se accedi al cargo intermedio o puesto directivo.

    b) 0,10 puntos en cualquier otro supuesto distinto al anterior. 0006

    7947

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

  • 20 de abril 2015 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 74 pgina 111

    1.9. Por cada mes completo de servicios prestados como alto cargo con nombramiento publicado en Boletn oficial, referidos a puestos del Ministerio competente en materia de sanidad, consejeras competentes en materia de salud o del servicio de salud de las comunidades Autnomas:

    a) 0,25 puntos si se concursa para la categora desde la que se accedi al alto cargo.b) 0,10 puntos en cualquier otro supuesto distinto al anterior.1.10. Por cada mes completo de servicios prestados ocupando un puesto de libre designacin (PlD)

    con nombramiento publicado en Boletn oficial o desempeando un puesto de los incluidos en las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT), referidos a puestos del Ministerio competente en materia de sanidad, consejeras competentes en materia de salud o del servicio de salud de las comunidades Autnomas:

    a) 0,15 puntos si el puesto ocupado pertenece a un cuerpo homlogo.b) 0,10 puntos en cualquier otro supuesto distinto al anterior.

    normas para el cmputo de servicios prestados a efectos de experiencia:1. el cmputo de servicios prestados se calcular aplicando la siguiente frmula: se sumarn todos los

    das de servicios prestados en cada uno de los subapartados anteriores y se dividirn entre 365, el cociente resultante se multiplicar por 12. Al resultado as obtenido, con dos decimales, se le aplicar el valor asignado al mes completo en el correspondiente subapartado.

    2. los servicios prestados coincidentes en el tiempo sern excluyentes entre s. Al efecto, slo se computarn en el subapartado en que les corresponda mayor valoracin.

    3. los dos primeros aos de excedencia por cuidados familiares y cuidados de hijos se computarn a efectos de experiencia profesional. Dicho cmputo se valorar en el apartado que corresponda, de los indicados anteriormente, atendiendo a la categora/especialidad desempeada cuando se accedi a dicha excedencia.

    4. los servicios prestados en centros sanitarios integrados en el sistema nacional de salud tendrn la misma consideracin que los prestados en dicho sistema, siendo indiferente la fecha de integracin del centro, es decir, sern valorables los servicios prestados en dichos centros antes de la integracin.

    5. conforme a lo establecido en la orden de 12 de diciembre de 2002 (BoJA nm. 149 de 19 de diciembre), por la que se suprime la categora de conductor/a en el mbito de las instituciones sanitarias del servicio Andaluz de salud, los servicios prestados en plazas de conductores/as de instituciones sanitarias del sistema nacional de salud sern considerados, a efectos de esta convocatoria, como servicios prestados en la categora de celador/a-conductor/a.

    6. conforme a lo establecido en la orden de 27 de noviembre de 2002 (BoJA nm. 143 de 5 de diciembre), por la que se crea la categora de Personal de lavandera y Planchado y se suprimen las categoras de lavanderas y Planchadoras en el mbito de las instituciones sanitarias del servicio Andaluz de salud, los servicios prestados en plazas de las categoras de lavanderas y Planchadoras de instituciones sanitarias del sistema nacional de salud sern considerados, a efectos de esta convocatoria, como servicios prestados en la categora de Personal de lavandera y Planchado.

    2. Actividades Formativas (mximo 55 puntos).2.1. otras titulaciones acadmicas:Por cada titulacin acadmica de igual o superior nivel acadmico a la exigida para acceder a la

    categora, relacionada con el programa de materias que rigen las pruebas selectivas, y distinta a la presentada para acceder a la categora: 4 puntos por cada titulacin.

    2.2. cursos impartidos por centros universitarios, servicios de salud, consejeras de salud de las comunidades Autnomas, Ministerio competente en materia de sanidad, Ministerio competente en materia de Administraciones Pblicas, instituto nacional de la Administracin Pblica o sus homlogos en las comunidades Autnomas, escuelas de salud Pblicas adscritas a cualquiera de los organismos citados, instituto nacional de empleo, servicio Andaluz de empleo o sus homlogos en las comunidades Autnomas, organizaciones sindicales, corporaciones Profesionales, sociedades cientficas sanitarias, corporaciones locales, entidades sin nimo de lucro y entre cuyos fines se encuentre la formacin, y otras entidades de los sistemas sanitarios Pblicos acreditadas como centros para la formacin continuada:

    cursos de formacin relacionados directamente con el programa de materias generales o especficas o herramientas relacionadas con aquellas, no pertenecientes al cuerpo doctrinal propio de la categora a la que se concursa que rigen las pruebas selectivas de la correspondiente categora, tomando como referencia la fecha de publicacin de la convocatoria, se valorarn de la forma siguiente:

    a) Por cada hora de formacin como discente en actividades formativas que renan los requisitos exigidos en el apartado de normas para el cmputo de la formacin: 0,030 puntos.

    b) Por cada crdito de formacin como discente en actividades formativas que renan los requisitos exigidos en las normas para el cmputo de la formacin: 0,30 puntos. 00

    0679

    47

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

  • Nm. 74 pgina 112 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 20 de abril 2015

    los subapartados 2.2.a) y 2.2.b) son excluyentes entre s, slo se computarn en el subapartado en el que corresponda mayor valoracin.

    en el conjunto de actividades formativas del apartado 2.2 se podr valorar como mximo 450 horas anuales. si la actividad formativa se realiza en varios aos, las horas se proporcionarn en funcin del tiempo que dure la actividad formativa en cada uno de ellos. en caso de que slo se acredite la fecha de finalizacin (o en su defecto fecha de certificacin), se entender que todos las horas se han realizado en dicha fecha. A estos efectos, 1 crdito del sistema europeo de crditos (ecTs) equivale a 25 horas y el resto 10 horas.

    2.3. Actividades Docentes:Por cada hora como docente, en actividades de formacin relacionadas con el programa de materias

    que rigen las pruebas selectivas de la correspondiente categora o con las herramientas necesarias para el desempeo del puesto de trabajo y que hayan sido impartidas por escuelas de salud Pblica homologadas por Ministerios de sanidad de la unin europea, universidades, instituto nacional de la Administracin Pblica o sus homlogos en las comunidades Autnomas, centros sanitarios del sistema nacional de salud, por las organizaciones sindicales o sus fundaciones acreditadas para la formacin dentro de los Planes de Formacin de la Administracin Pblica o acreditadas por alguno de los rganos acreditadores que integran el sistema de Acreditacin de la Formacin continuada en el sistema nacional de salud, y por otras entidades de los sistemas sanitarios Pblicos acreditadas como centros para la formacin continuada: 0,030 puntos.

    solo se valorarn por una sola vez una nica edicin de actividades docentes relativas a una misma materia y programa.

    normas para el cmputo de la formacin:1. en ningn caso sern objeto de valoracin como mrito aqullos utilizados para cumplir alguno de los

    requisitos de acceso a la categora a la que se aspira.2. no se valorarn como mrito los ttulos acadmicos imprescindibles para la obtencin de otros de

    nivel superior que se aleguen.3. no se tendrn en cuenta las actividades formativas en cuya acreditacin no figuren ni horas ni

    crditos.4. solo se valorarn por una sola vez una nica edicin de actividades formativas relativas a una misma

    materia y programa.5. la fecha de referencia para la valoracin de los mritos de formacin es la fecha de publicacin de la

    convocatoria.

    AneXo iii

    PlAZAs oFeRTADAs

    cATeGoRA PRoFesionAl

    Acceso liBRe

    ReseRVA DiscAPAciDADResTo liBRe ToTAlFsicA, sensoRiAl

    o PsQuicA inTelecTuAl ToTAl

    AuXiliAR ADMinisTRATiVo/A 5 2 7 86 93

    celADoR/A conDucToR/A 2 1 3 33 36

    TeleFonisTA 1 0 1 6 7

    celADoR/A 7 3 10 112 122

    liMPiADoR/A 0 0 0 6 6

    PeRsonAl De lAVAnDeRA Y PlAncHADo 2 1 3 24 27

    AneXo iV

    RelAcin De cATeGoRAs en lAs Que se ATenDeR A lA DiscRiMinAcin PosiTiVA De seXo FeMenino en cAso De eMPATe

    cATeGoRA PRoFesionAlcelADoR/A conDucToR/A00

    0679

    47

    TOLIPORTATILResaltar

    TOLIPORTATILResaltar

  • 20 de abril 2015 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 74 pgina 113

    AneXo V

    cRiTeRios De PRelAcin Y oRDen AlFABTico

    1. Mediante Resolucin de 12 de febrero de 2015, de la Direccin General de Recursos Humanos y Funcin Pblica (por la que se hace pblico el resultado del sorteo que determina el orden de actuacin de los aspirantes en la pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicacin en BoJA de la presente Resolucin y se celebren durante el ao 2015), se concreta que el orden de actuacin de las personas aspirantes ser por orden alfabtico a partir de la persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra H. en el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra H, el orden de actuacin se iniciar por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra i y as sucesivamente.

    2. la letra se considerar tal y aparecer en su orden alfabtico correspondiente, detrs de la letra n.

    3. los primeros apellidos que comiencen con De, Del o De lA(s), sern tratados de forma igualitaria, independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesados, apareciendo en el lugar correspondiente a la inicial del apellido en s.

    ejemplo: luis Del Ro ser tratado como Ro, luis Del. 4. los segundos apellidos que comiencen De, Del o De lA(s), sern tratados de forma igualitaria,

    independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesadas, apareciendo en el lugar correspondiente a la inicial del apellido en s.

    5. los apellidos compuestos sern tratados de forma igualitaria, independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesadas, considerndose en cualquier caso sin guin. se situarn al final de la primera mitad del apellido compuesto.

    ejemplos: luis suReZ-FiGueRoA, aparecer despus de los anteriores suReZ.6. los acentos, diresis, apstrofes o cualquier otro signo ortogrfico no establecern distincin alguna

    en cuanto al orden alfabtico, considerndose para ello como si no existiesen.ejemplo:luis cAsTillo oconnoR = luis cAsTillo oconnoR.luis oDonnell AGeRo = luis oDonnell AGueRo.

    0006

    7947