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LA CENSURA A LOS MIEMBROS DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO. REFLEXIONES SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARLAMENTARIO EN EL PERÚ ***** PATRICIA ROBINSON URTECHO ESPECIALISTA PARLAMENTARIA, CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ El presente escrito pretende reflexionar sobre el procedimiento parlamentario que en el Perú siguen las mociones de orden del día que proponen censurar a los miembros de la Mesa Directiva del Congreso. El Reglamento del Congreso, al respecto, establece lo siguiente: “Mociones de orden del día Artículo 68° .- Las mociones de orden del día son propuestas mediante las cuales los Congresistas ejercen su derecho de pedir al Congreso que adopte acuerdos sobre asuntos importantes para los intereses del país y las relaciones con el Gobierno. Se presentan ante la Oficialía Mayor del Congreso y proceden en los siguientes casos: a) Solicitud de conformación de Comisiones de Investigación. b) Pedidos de interpelación y de invitación al Consejo de Ministros o a los ministros en forma individual para informar. c)Pedidos de censura o negación de confianza al Consejo de Ministros en su conjunto o a los ministros en forma individual. d) Pedidos de censura o proposición de confianza a los miembros de la Mesa Directiva del Congreso. e)Pedidos para que el Pleno se pronuncie sobre cualquier asunto de importancia nacional. f) Las proposiciones de vacancia de la Presidencia de la República, por la causal prevista por el inciso 2) del artículo 113º de la Constitución Política. Las mociones de orden del día pueden ser fundamentadas por su autor por un tiempo no mayor de cinco minutos, y los grupos opositores tienen un minuto cada uno con un máximo de cinco minutos entre todos. Sin

Censura a La Mesa Directiva Del Congreso

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Procedimiento para censurar a los miembros de la Mesa Directiva del Congreso se

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CUESTIN DE CONFIANZA

La Censura a los miembros de la Mesa Directiva del Congreso. Reflexiones sobre el procedimiento parlamentario en el Per*****Patricia Robinson UrtechoEspecialista Parlamentaria, Congreso de la Repblica del Per

El presente escrito pretende reflexionar sobre el procedimiento parlamentario que en el Per siguen las mociones de orden del da que proponen censurar a los miembros de la Mesa Directiva del Congreso.

El Reglamento del Congreso, al respecto, establece lo siguiente:

Mociones de orden del da

Artculo 68.- Las mociones de orden del da son propuestas mediante las cuales los Congresistas ejercen su derecho de pedir al Congreso que adopte acuerdos sobre asuntos importantes para los intereses del pas y las relaciones con el Gobierno. Se presentan ante la Oficiala Mayor del Congreso y proceden en los siguientes casos:

a)Solicitud de conformacin de Comisiones de Investigacin.

b)Pedidos de interpelacin y de invitacin al Consejo de Ministros o a los ministros en forma individual para informar.

c)Pedidos de censura o negacin de confianza al Consejo de Ministros en su conjunto o a los ministros en forma individual.

d) Pedidos de censura o proposicin de confianza a los miembros de la Mesa Directiva del Congreso.

e)Pedidos para que el Pleno se pronuncie sobre cualquier asunto de importancia nacional.

f)Las proposiciones de vacancia de la Presidencia de la Repblica, por la causal prevista por el inciso 2) del artculo 113 de la Constitucin Poltica.Las mociones de orden del da pueden ser fundamentadas por su autor por un tiempo no mayor de cinco minutos, y los grupos opositores tienen un minuto cada uno con un mximo de cinco minutos entre todos. Sin embargo, en funcin de la cantidad de asuntos pendientes en la agenda, el Presidente puede sealar un tiempo menor. Su admisin a debate requiere el voto favorable de la mayora de Congresistas hbiles; salvo disposicin constitucional diferente.El escaso desarrollo reglamentario sobre los procedimientos que deben seguirse para la ejecucin de este proceso de orden poltico, nos impulsa a contribuir al debate, recurriendo, adems de a otros artculos del Reglamento del Congreso, a otras fuentes del derecho parlamentario como son la costumbre y las prcticas parlamentarias.1. ConceptualizacinLas mociones de orden del da, tal y como lo seala el Reglamento del Congreso de la Repblica del Per, en sus artculos 65, 66 y 68, son instrumentos procesales destinados a promover el desarrollo de los procedimientos parlamentarios. Los procedimientos parlamentarios que se ejecutan en el Congreso de la Repblica pueden iniciarse con la presentacin de cualquiera de los siguientes instrumentos: una iniciativa legislativa, una mocin de orden del da o un pedido de informacin, los cuales se plantean siempre por escrito. Para el caso de las mociones de orden del da, estas proceden, entre otros casos, para solicitar la censura o proponer un voto de confianza a los miembros de la Mesa Directiva del Congreso, proceso que se desarrolla en el presente documento.2. Requisitos y Presentacin

El pedido de censura a los miembros de la Mesa Directiva se plantea mediante la presentacin de una mocin de orden del da firmada por uno o ms congresistas. Dicha mocin se presenta ante la Oficiala Mayor y es registrada en el sistema del rea de Trmite Documentario. 3. Orden del da

El Reglamento del Congreso no prev un plazo determinado para que el Pleno del Congreso discuta las mociones de orden del da que proponen la censura a los miembros de la Mesa Directiva. La prctica parlamentaria indica que, segn las circunstancias polticas y la oportunidad de la presentacin, las mociones de censura pueden ser tratadas por el Pleno de manera inmediata ( lo cual suele suceder con aquellas mociones que son presentadas en el estrado en el transcurso de una sesin plenaria(, o que, previamente a su tratamiento en el Pleno del Congreso, el Presidente d cuenta de su presentacin al Consejo Directivo. En todo caso, se entiende que su tratamiento por el Pleno del Congreso es inmediato.4. Quin conduce la sesin del Pleno en la que se discute una mocin de censura a los miembros de la Mesa Directiva? Las mociones de orden del da que proponen censurar a los miembros de la Mesa Directiva pueden estar dirigidas a uno o ms miembros de la Mesa o a la Mesa Directiva en pleno. 4.1 Cuando la mocin de censura est dirigida al Presidente del Congreso

La costumbre parlamentaria nos muestra que al momento de tratarse la mocin de censura dirigida al Presidente del Congreso, este cede su funcin de presidir y conducir la sesin del Pleno a uno de los vicepresidentes del Congreso, quienes lo reemplazan durante el tratamiento de la mocin. En este supuesto, el Presidente del Congreso ocupa su escao en el hemiciclo del Congreso e interviene en las mismas condiciones que los dems congresistas. 4.2 Cuando la mocin de censura est dirigida a uno de los vicepresidentes del Congreso

En el mismo sentido, cuando la censura est dirigida a uno de los vicepresidentes del Congreso, el vicepresidente objeto de la mocin de censura no conduce, en ningn estado del proceso, el debate de la mocin que propone censurarlo. 4.3 Cuando la mocin de censura est dirigida a la Mesa Directiva en plenoCuando la mocin de censura est dirigida a la Mesa Directiva, es decir, a todos sus miembros, la costumbre parlamentaria muestra que la Mesa a la que se propone censurar cede la conduccin del debate a los miembros de la lista de candidatos que qued en segundo lugar durante el proceso de eleccin. As, los miembros de dicha lista se convierten, para este caso especfico, en los accesitarios de la Mesa Directiva y asumen las funciones de conduccin del debate.4.4 Cuando la mocin de censura est dirigida a la Mesa Directiva en pleno y en su proceso de eleccin no hubo otras listas de candidatosA quines correspondera la conduccin del debate de una mocin de censura a la Mesa Directiva en ejercicio que, en su proceso de eleccin, no compiti con ninguna otra lista de candidatos? Recurriendo al Reglamento del Congreso, una solucin reglamentaria sera la figura parlamentaria que se utiliza para la eleccin de la primera Mesa Directiva del nuevo Congreso elegido, denominada Junta Preparatoria. En esta hiptesis, correspondera conducir el debate de la mocin de censura al congresista que obtuvo la mayor votacin preferencial dentro del grupo poltico que obtuvo la mayor votacin, actuando como primer secretario el congresista de mayor edad y como segundo secretario el congresista de menor edad. Tal y como sucede en el proceso de conformacin de la Mesa Directiva de la Junta Preparatoria, si alguno de los llamados no aceptara integrar la Mesa Directiva para conducir el debate de la mocin de censura, o si tuviera algn impedimento, se procedera a llamar en orden de edad a los dems congresistas hasta conformar la Mesa Directiva.5. Admisin a debate de la mocin de orden del da

Una vez ingresada la mocin de censura en el orden del da del Pleno del Congreso, se somete a debate su admisin. Para ello el Presidente del Congreso, o quien lo reemplace, otorga el uso de la palabra al autor de la mocin para que la fundamente por un tiempo no mayor de cinco minutos. Terminada su exposicin los grupos opositores tienen un minuto cada uno (con un mximo de cinco minutos entre todos( para expresarse. Sin embargo, en funcin a la cantidad de asuntos pendientes en la agenda, puede sealarse un tiempo menor.Terminadas las exposiciones de los grupos opositores se somete a votacin la admisin a debate, cuya aprobacin requiere el voto favorable de la mayora de congresistas hbiles.Debe sealarse que la fundamentacin de la mocin de orden del da y las intervenciones para oponerse a ella tienen la finalidad de expresar la oportunidad y la pertinencia del instrumento parlamentario, y no para pronunciarse sobre el fondo del asunto, esto ltimo se produce durante el debate, una vez que la mocin ha sido admitida.6. Debate

Una vez admitida la mocin de orden del da que propone la censura a los miembros de la Mesa Directiva, se da inicio al debate del fondo del asunto.

Segn la prctica parlamentaria, la modalidad del debate puede ser acordada entre los voceros de los grupos parlamentarios o en el Consejo Directivo. Esta modalidad (que es comunicada al inicio del debate al Pleno del Congreso( puede consistir en un debate global con un tiempo determinado, que puede ser distribuido de manera proporcional o equitativa entre todos los grupos parlamentarios; o bien en un debate global con la intervencin de los congresistas que soliciten el uso de la palabra.

7. Aprobacin Culminado el debate del fondo del asunto, se somete a votacin la mocin de orden del da que propone la censura a los miembros de la Mesa Directiva. Su aprobacin requiere el voto favorable de la mayora simple de los congresistas presentes, siguindose el mismo criterio que para la eleccin de los miembros de la Mesa Directiva, establecido en el literal d) del artculo 12 del Reglamento del Congreso.

8. Consecuencias de la aprobacin La aprobacin de una mocin de orden del da que censura a los miembros de la Mesa Directiva del Congreso acarrea la vacancia del cargo, de conformidad con el literal f) del artculo 12 del Reglamento del Congreso. 8.1 Oficializacin de la vacancia del cargoUna vez aprobada la mocin de censura a uno o ms miembros de la Mesa Directiva, el Presidente del Congreso o quien lo reemplaza debe proceder a oficializar la vacancia del cargo. El Reglamento del Congreso no prev un procedimiento para oficializar la vacancia del cargo de los miembros de la Mesa Directiva; segn el nico antecedente que obra en los archivos del Congreso, en lo que va de la vigencia de la Constitucin Poltica de 1993, la oficializacin ha sido expresada en el Pleno del Congreso de manera verbal e inmediatamente despus de aprobada la mocin censura.8.2 Convocatoria a eleccinUna vez oficializada la vacancia del cargo del miembro de la Mesa Directiva, el Presidente del Congreso o quien lo reemplaza procede a convocar a elecciones dentro de los cinco das posteriores. En esta hiptesis, de ser necesario, se puede citar a una sesin especial para la realizacin del acto electoral. La eleccin del cargo de la Mesa Directiva declarado vacante sigue, en lo que corresponda, el procedimiento establecido en el artculo 12 del Reglamento del Congreso, referido a la Eleccin de la Mesa Directiva.---------------------------------

El proceso de aprobacin de una proposicin de confianza a los miembros de la Mesa Directiva se desarrolla siguiendo los procedimientos expuestos en los numerales 2, 3, 5, 6 y 7 del presente escrito.--------------------------------- En el Per, para calcular el nmero hbil de congresistas, se resta al nmero legal de Congresistas (que es 130( el nmero de congresistas que se encuentra de HYPERLINK "http://www2.congreso.gob.pe/sicr/relatagenda/reglamento.nsf/ReglamentoLotus/35465286E66CA6080525672B0069F790?opendocument" licencia, el nmero de congresistas que se encuentran suspendidos, y el nmero de congresistas que no fueron incorporados. Para este efecto se considera con licencia a todo congresista que se encuentra fuera de la capital de la Repblica, internado en clnica u hospital o enfermo en su domicilio con certificado mdico en el momento de hacer el cmputo correspondiente, an si no la hubiere solicitado ( HYPERLINK "http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/RelatAgenda/reglamento.nsf/$$ViewTemplate%20for%20Regla?OpenForm&Start=1&Count=30&Expand=6.1&Seq=9" Art. 52, lit. b) del RC). Nota: los congresistas no incorporados son aquellos congresistas electos que, al no cumplir con los requisitos formales de presentacin de sus credenciales o declaraciones juradas, etc., sealados en el HYPERLINK "http://www2.congreso.gob.pe/sicr/relatagenda/reglamento.nsf/ReglamentoLotus/BFE8B0F8A806638B0525672B0067B744?opendocument" artculo 8 del Reglamento del Congreso, no pueden juramentar al cargo de congresista y, por tanto, no pueden ejercerlo.

() el Presidente proclama miembros electos de la Mesa Directiva a los candidatos de la lista que hayan logrado obtener un nmero de votos igual o superior a la mayora simple de Congresistas concurrentes. Si ninguna lista obtiene la mayora simple se efectuar, siguiendo el mismo procedimiento, una segunda votacin entre las dos listas con mayor nmero de votos, proclamndose a los candidatos de la lista que obtenga mayor votacin.

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