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Consejo de Salubridad General Dr. JESÚS ANCER RODRÍGUEZ Mayo 12, 2017 Secretario del Consejo de Salubridad General Centenario de su Constitucionalidad Primer curso estatal de Cuidados Paliativos y Clínica del dolor. Foro: “El Consejo de Salubridad General, un Siglo de Existencia y su vínculo con los Cuidados Paliativos”

Centenario de su - Gobierno del Estado de Tamaulipas · su vínculo con los Cuidados Paliativos” I. El CSG Un Siglo de Existencia y su vínculo con los CP ... DE LIC. EN ENFERMERÍA

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Consejo de Salubridad General

Dr. JESÚS ANCER RODRÍGUEZ Mayo 12, 2017 Secretario del Consejo de Salubridad General

Centenario de su Constitucionalidad

Primer curso estatal de Cuidados Paliativos y Clínica del dolor.

Foro: “El Consejo de Salubridad General, un Siglo de Existencia y

su vínculo con los Cuidados Paliativos”

I. El CSG Un Siglo de Existencia y su vínculo con los CP Dr. Jesús Ancer Rodríguez. Secretario del Consejo de Salubridad General II. Consideraciones Generales de los cuidados paliativos. Dr. Juan García Moreno. Director Técnico del Consejo de Salubridad General. III. Control del dolor. Dr. José de Jesús Salvador Villafaña Tello. Jefe de la Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos. UMAE Oncología, CMN SXXI. IMSS IV. Consideraciones bioéticas y aspectos espirituales. Psic. y Tanatóloga: Margarita Dávila Robledo. V. Panel: Modelos de atención en Cuidados Paliativos. Coordina: Dr. Jesús Ancer Rodríguez.

Foro:

NAHUATL SIGLO XVI

C A R I D A D COMO SUSTRATO

128 HOSPITALES EN TODO EL TERRITORIO

HOSPEDERÍAS, ORFELINATOS, ASILOS Y SANATORIOS

Protomedicato 1527: Evaluar Ejercicio profesional

Certificar el adecuado ejercicio o desempeño

Físicos

Médicos

Especieros

Herbolarios

Oculistas

Ensalmadores

Maestros De Curar:

Roturas Y Enfermos De Lepra

1527 - 1830

Junta: Facultad Médica del Distrito Federal

Protomedicato

1831 - 1841

AYUNTAMIENTO RSPONSABLE DE

Combatir los daños (Epidemias)

Policía de Salubridad

Hospitales Casas de

beneficencia Aplicación de

vacunas Aseo y limpieza

de cementerios y calles

Facultad Médica Del Distrito Federal 1831-1841

Consejo Superior de Salubridad. Enero 4, 1841 /1917

1527 - 1830

Junta: Facultad Médica del Distrito Federal

Consejo Superior de Salubridad

Protomedicato

1831 - 1841

1841 - 1917

Sarampión, paludismo, tifo, fiebre tifoidea, viruela, escarlatina,

difteria, tuberculosis pulmonar, erisipela y tosferina. 1831 - 1841

Consejo Superior de Salubridad

Facultades de Medicina: Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, 1830

Benemérita Universidad Autónoma de Puebla 1831

Universidad Autónoma de Yucatán 1833 Universidad Autónoma de Nuevo León 1859 Universidad autónoma de San Luis Potosí 1877 Escuela de Medicina y Homeopatía, IPN 1896 Escuela Médico Militar 1917

ANM Universidad de Guadalajara 1792 Universidad de Nuevo León 1859

DF Michoacán

Consejo Superior de Salubridad

1846: Academia de Farmacia CSG Publicó la Primera Farmacopea Nacional

Medicamentos más usuales

Plantas medicinales

Efecto terapéutico

1874 Nueva Farmacopea Mexicana Sociedad Farmacéutica Mexicana

3ª. Ed. 1896 / 1928 / 1952 (SS)…

Consejo Superior de Salubridad

1891: Expide el Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 208: Beleño, belladona, cicuta, cloroformo, cocaína, codeína, ergotina, estramonio, opio, morfina,

extracto de adormidera y canabina

Ausencia de un Sistema Público Nacional de Salud

ACCIONES AISLADAS DE CONTROL EPIDEMIOLÓGICO Y ASISTENCIALES

PRESCRIPCIÓN ESCRITA Y FIRMADA POR MÉDICO

Consejo Superior de Salubridad

1893

Primer Anuario Estadístico de la República Mexicana

La CIE se aplica por primera vez en México.

FARMACEUTICO RESPONSABLE DE DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS

Consejo Superior de Salubridad

Protomedicato

1527 - 1830

Facultad de Medicina del Distrito Federal

1831 - 1841

Consejo Superior de Salubridad

1841 - 1917

Consejo de Salubridad General

1917…….

DIP. JOSÉ MA. RODRÍGUEZ DR. MIGUEL ALONSO ROMERO

Artículo 73 · Fracc. XVI

“El Consejo de Salubridad General”

Autoridad Sanitaria

Necesidad de que el Estado mexicano

tuviera un órgano ejecutivo capaz de

prevenir y reaccionar de manera rápida y

eficaz ante los distintos problemas que se

suscitaban en el país, creándose además

el Departamento de Salubridad

Un siglo de existencia

Artículo 73 · Fracc. XVI

1ª. “El Consejo de Salubridad General dependerá directamente del Presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país”

Un siglo de existencia

3ª. La autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del País.

Salud: un derecho de la población

1943

Instituto Mexicano del Seguro Social Secretaría de Salud

Enfoque moderno sobre el proceso

salud enfermedad Hospital Infantil de México Hospital Rubén Leñero

Salud: un derecho de la población

Salud como un derecho de la población Protección de la salud como obligación del Estado

C Ó D I G O S A N I T A R I O

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL

RECTORIA

UNAM

ISSSTE

7

SECRETARIAS DE ESTADO

SECRETARIA DE SALUD IMSS

ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA Y

MEX. DE CIRUGÍA

DIF

Artículo 73, Fracción XVI

SALUD, EDUCACIÓN, ECONOMÍA, HACIENDA, DESARROLLO SOCIAL, MEDIO AMBIENTE, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES; y AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

LEY GENERAL DE SALUD:

Artículos 4 – 15 – 16 y 17

CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL

CSG INVITADOS

SRIOS. DE SALUD REGIONALES (4)

SRIO. SALUD D.F. SEDENA SEMAR PEMEX FUNSALUD CONACYT PROTECCIÓN CIVIL CONSEJO ETICA Y

TRANSPARENCIA DE INDUSTRIA FARMACÉUTICA

CÁMARA NAL. INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACIÓN

IPN ANUIES ACADEMIA MEX

PEDIATRÍA SOC. MEX DE

SALUD PÚBLICA AC. NAL

CIENCIAS FARMACÉUTICAS

COLEGIO MED DE MÉXICO

COLEGIO MEX. DE LIC. EN ENFERMERÍA

ASOC. NAL. HOSPITALES PRIVADOS

Artículo 4. Son autoridades Sanitarias: - El Presidente de la República. - El Consejo de Salubridad General. - La Secretaría de Salud. - Los gobiernos de las entidades federativas, incluyendo el gobierno del DF. Art. 15 El CSG es un órgano colegiado que depende directamente del Presidente de la República y tiene el carácter de autoridad sanitaria, con funciones normativas, consultivas y ejecutivas.

LEY GENERAL DE SALUD

REGLAMENTO INTERIOR DEL CSG

Diario Oficial de la Federación | 11 de Diciembre de 2009

Aprobar los acuerdos necesarios y demás disposiciones generales de observancia obligatoria en el país en materia de salubridad general, dentro del ámbito de su competencia;

Elaborar junto con la Secretaría de Salud, las instituciones públicas de seguridad social y las demás que señale el Presidente de la República, el Cuadro Básico de Insumos para el primer nivel de atención médica y el Catálogo de Insumos para el segundo y tercer niveles, así como actualizarlos y difundirlos;

Rendir opiniones y formular sugerencias al Presidente de la República tendientes al mejoramiento de la eficiencia del Sistema Nacional de Salud y al mejor cumplimiento del programa sectorial de salud;

Proponer a las autoridades sanitarias el otorgamiento de reconocimientos y estímulos para las instituciones y personas que se distingan por sus méritos a favor de la salud;

Analizar las disposiciones legales en materia de salud y formular propuestas de reformas o adiciones a las mismas; Determinar las acciones e instrumentos que sean necesarios para la evaluación y la certificación de la calidad de los establecimientos de

atención médica Coadyuvar en la determinación de políticas y línea de acción para alcanzar la federalización efectiva de la salud y converger en acciones

coordinadas con el Consejo Nacional de Salud; Definir aquellos tratamientos y medicamentos asociados a gastos catastróficos, conforme lo establece el Artículo 77 Bis 29 de la Ley

General de Salud; Aprobar y publicar en el Diario Oficial de la Federación la declaratoria en los casos de enfermedades graves que sean causa de emergencia

o atenten contra la seguridad nacional, por iniciativa propia o a solicitud por escrito de instituciones nacionales especializadas en la enfermedad, que sean acreditadas por el Consejo, en la que se justifique la necesidad de atención prioritaria;

Operar y resguardar la base de datos relativa a la información sobre precursores químicos y productos químicos esenciales; Cotejar el padrón de beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud, contra los registros de afiliación de los institutos de seguridad

social y otros esquemas públicos y sociales de atención médica

Las demás que le señalen otras disposiciones aplicables

.

ARTÍCULO 9 Funciones (I – XXIV)

Centenario del Consejo de Salubridad General 1917 - 2017

Plan Nacional de Desarrollo

Programa Sectorial de Salud

Programas de Acción

Meta: México Incluyente.

Funciones, vinculadas al Plan Nacional de Desarrollo y al Programa Sectorial de Salud 2013 -2018

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Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018

Meta N° 3: México Incluyente

Plan de Acción México Incluyente: Integrar una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad

de oportunidades.

Objetivos: 1. Garantizar los derechos sociales de toda la población.

2. Una sociedad equitativa e incluyente.

3. Acceso a los servicios de salud.

4. Acceso a la seguridad social.

5. Proveer un entorno adecuado para una vivienda digna.

Impulso de la OMS de los cuidados paliativos hace más de dos décadas, 80’s:

2006: 15% de los países del mundo lo

habían hecho En 2011: sólo 20 países

habían integrado adecuadamente los CP

CARTA DE PRAGA

2012

Se urge a los

gobiernos a

aliviar el

sufrimiento y

a reconocer

los cuidados

paliativos

como un

derecho

humano.

Palliative Care – A Human Right

• Asociación Europea • Asociación

Internacional • Alianza Mundial • Observatorio de

Derechos Humanos

Paciente

Comunidad Familia

¿Quienes los necesitan? OMS

De 40 millones de pacientes que los necesitan:

39% enfermedades cardiovasculares 34% cáncer 10% neumopatías crónicas 6% VIH/sida 5% diabetes

86 % de quienes necesitan no los reciben

83 % de la población mundial no tiene acceso al alivio del dolor

98 % de los niños que los necesitan viven en países de ingresos

bajos y medianos WHO/NMH/NVI/15.5

Situación y Acciones

en México

PANORAMA 2013-15

CUIDADOS PALIATIVOS

Y CLÍNICAS DE DOLOR

Ambas

Ninguna

Cuidados

Paliativos

Clínica de Dolor

Lynch te et al. Pain Symptom Manage, 2013

País N° Población Razón

USA 6,568 314,659,000 1: 8,000

CANADÁ 500 33,573,000 1: 67,000

MÉXICO 14 109,610,000 1: 7,829,000

Fuente: INNCMSZ / Dirección General de Calidad y Educación en Salud, Septiembre 2014

Human Rights Watch, octubre de 2014

Existen 42 Clínicas de dolor en México y 57 Servicios de Cuidados Paliativos.

De 252,000 médicos, sólo 1,200 0.5 % tenían recetario especial.

Red. Del dolor en México. 2015

Función. Aprobar los acuerdos necesarios y demás

disposiciones generales de observancia obligatoria

en el país en materia de salubridad general, dentro

del ámbito de su competencia.

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PUBLICACIÓN EN DOF: 26 DE DICIEMBRE DEL 2014 «Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General declara la obligatoriedad de los esquemas de manejo integral de cuidados

paliativos, así como los procesos señalados en la Guía del Manejo Integral de los Cuidados Paliativos» (Población General)

PUBLICACIÓN EN DOF: 14 DE DICIEMBRE DEL 2016 «Acuerdo por el que se declara la obligatoriedad de los esquemas de

manejo integral de cuidados paliativos, así como los procesos señalados en la Guía del Manejo Integral de los Cuidados Paliativos en el

paciente pediátrico »

ACUERDOS CUIDADOS PALIATIVOS

GRACIAS Dr. Jesús Ancer Rodríguez Secretario del Consejo de Salubridad General