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Consejo de Salubridad General
Dr. JESÚS ANCER RODRÍGUEZ Mayo 12, 2017 Secretario del Consejo de Salubridad General
Centenario de su Constitucionalidad
Primer curso estatal de Cuidados Paliativos y Clínica del dolor.
Foro: “El Consejo de Salubridad General, un Siglo de Existencia y
su vínculo con los Cuidados Paliativos”
I. El CSG Un Siglo de Existencia y su vínculo con los CP Dr. Jesús Ancer Rodríguez. Secretario del Consejo de Salubridad General II. Consideraciones Generales de los cuidados paliativos. Dr. Juan García Moreno. Director Técnico del Consejo de Salubridad General. III. Control del dolor. Dr. José de Jesús Salvador Villafaña Tello. Jefe de la Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos. UMAE Oncología, CMN SXXI. IMSS IV. Consideraciones bioéticas y aspectos espirituales. Psic. y Tanatóloga: Margarita Dávila Robledo. V. Panel: Modelos de atención en Cuidados Paliativos. Coordina: Dr. Jesús Ancer Rodríguez.
Foro:
NAHUATL SIGLO XVI
C A R I D A D COMO SUSTRATO
128 HOSPITALES EN TODO EL TERRITORIO
HOSPEDERÍAS, ORFELINATOS, ASILOS Y SANATORIOS
Protomedicato 1527: Evaluar Ejercicio profesional
Certificar el adecuado ejercicio o desempeño
Físicos
Médicos
Especieros
Herbolarios
Oculistas
Ensalmadores
Maestros De Curar:
Roturas Y Enfermos De Lepra
1527 - 1830
Junta: Facultad Médica del Distrito Federal
Protomedicato
1831 - 1841
AYUNTAMIENTO RSPONSABLE DE
Combatir los daños (Epidemias)
Policía de Salubridad
Hospitales Casas de
beneficencia Aplicación de
vacunas Aseo y limpieza
de cementerios y calles
Facultad Médica Del Distrito Federal 1831-1841
1527 - 1830
Junta: Facultad Médica del Distrito Federal
Consejo Superior de Salubridad
Protomedicato
1831 - 1841
1841 - 1917
Sarampión, paludismo, tifo, fiebre tifoidea, viruela, escarlatina,
difteria, tuberculosis pulmonar, erisipela y tosferina. 1831 - 1841
Consejo Superior de Salubridad
Facultades de Medicina: Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, 1830
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla 1831
Universidad Autónoma de Yucatán 1833 Universidad Autónoma de Nuevo León 1859 Universidad autónoma de San Luis Potosí 1877 Escuela de Medicina y Homeopatía, IPN 1896 Escuela Médico Militar 1917
ANM Universidad de Guadalajara 1792 Universidad de Nuevo León 1859
DF Michoacán
Consejo Superior de Salubridad
1846: Academia de Farmacia CSG Publicó la Primera Farmacopea Nacional
Medicamentos más usuales
Plantas medicinales
Efecto terapéutico
1874 Nueva Farmacopea Mexicana Sociedad Farmacéutica Mexicana
3ª. Ed. 1896 / 1928 / 1952 (SS)…
Consejo Superior de Salubridad
1891: Expide el Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 208: Beleño, belladona, cicuta, cloroformo, cocaína, codeína, ergotina, estramonio, opio, morfina,
extracto de adormidera y canabina
Ausencia de un Sistema Público Nacional de Salud
ACCIONES AISLADAS DE CONTROL EPIDEMIOLÓGICO Y ASISTENCIALES
PRESCRIPCIÓN ESCRITA Y FIRMADA POR MÉDICO
Consejo Superior de Salubridad
1893
Primer Anuario Estadístico de la República Mexicana
La CIE se aplica por primera vez en México.
FARMACEUTICO RESPONSABLE DE DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS
Consejo Superior de Salubridad
Protomedicato
1527 - 1830
Facultad de Medicina del Distrito Federal
1831 - 1841
Consejo Superior de Salubridad
1841 - 1917
Consejo de Salubridad General
1917…….
DIP. JOSÉ MA. RODRÍGUEZ DR. MIGUEL ALONSO ROMERO
Artículo 73 · Fracc. XVI
“El Consejo de Salubridad General”
Autoridad Sanitaria
Necesidad de que el Estado mexicano
tuviera un órgano ejecutivo capaz de
prevenir y reaccionar de manera rápida y
eficaz ante los distintos problemas que se
suscitaban en el país, creándose además
el Departamento de Salubridad
Un siglo de existencia
Artículo 73 · Fracc. XVI
1ª. “El Consejo de Salubridad General dependerá directamente del Presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país”
Un siglo de existencia
3ª. La autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del País.
Salud: un derecho de la población
1943
Instituto Mexicano del Seguro Social Secretaría de Salud
Enfoque moderno sobre el proceso
salud enfermedad Hospital Infantil de México Hospital Rubén Leñero
Salud: un derecho de la población
Salud como un derecho de la población Protección de la salud como obligación del Estado
C Ó D I G O S A N I T A R I O
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL
RECTORIA
UNAM
ISSSTE
7
SECRETARIAS DE ESTADO
SECRETARIA DE SALUD IMSS
ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA Y
MEX. DE CIRUGÍA
DIF
Artículo 73, Fracción XVI
SALUD, EDUCACIÓN, ECONOMÍA, HACIENDA, DESARROLLO SOCIAL, MEDIO AMBIENTE, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES; y AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
LEY GENERAL DE SALUD:
Artículos 4 – 15 – 16 y 17
CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL
CSG INVITADOS
SRIOS. DE SALUD REGIONALES (4)
SRIO. SALUD D.F. SEDENA SEMAR PEMEX FUNSALUD CONACYT PROTECCIÓN CIVIL CONSEJO ETICA Y
TRANSPARENCIA DE INDUSTRIA FARMACÉUTICA
CÁMARA NAL. INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACIÓN
IPN ANUIES ACADEMIA MEX
PEDIATRÍA SOC. MEX DE
SALUD PÚBLICA AC. NAL
CIENCIAS FARMACÉUTICAS
COLEGIO MED DE MÉXICO
COLEGIO MEX. DE LIC. EN ENFERMERÍA
ASOC. NAL. HOSPITALES PRIVADOS
Artículo 4. Son autoridades Sanitarias: - El Presidente de la República. - El Consejo de Salubridad General. - La Secretaría de Salud. - Los gobiernos de las entidades federativas, incluyendo el gobierno del DF. Art. 15 El CSG es un órgano colegiado que depende directamente del Presidente de la República y tiene el carácter de autoridad sanitaria, con funciones normativas, consultivas y ejecutivas.
LEY GENERAL DE SALUD
REGLAMENTO INTERIOR DEL CSG
Diario Oficial de la Federación | 11 de Diciembre de 2009
Aprobar los acuerdos necesarios y demás disposiciones generales de observancia obligatoria en el país en materia de salubridad general, dentro del ámbito de su competencia;
Elaborar junto con la Secretaría de Salud, las instituciones públicas de seguridad social y las demás que señale el Presidente de la República, el Cuadro Básico de Insumos para el primer nivel de atención médica y el Catálogo de Insumos para el segundo y tercer niveles, así como actualizarlos y difundirlos;
Rendir opiniones y formular sugerencias al Presidente de la República tendientes al mejoramiento de la eficiencia del Sistema Nacional de Salud y al mejor cumplimiento del programa sectorial de salud;
Proponer a las autoridades sanitarias el otorgamiento de reconocimientos y estímulos para las instituciones y personas que se distingan por sus méritos a favor de la salud;
Analizar las disposiciones legales en materia de salud y formular propuestas de reformas o adiciones a las mismas; Determinar las acciones e instrumentos que sean necesarios para la evaluación y la certificación de la calidad de los establecimientos de
atención médica Coadyuvar en la determinación de políticas y línea de acción para alcanzar la federalización efectiva de la salud y converger en acciones
coordinadas con el Consejo Nacional de Salud; Definir aquellos tratamientos y medicamentos asociados a gastos catastróficos, conforme lo establece el Artículo 77 Bis 29 de la Ley
General de Salud; Aprobar y publicar en el Diario Oficial de la Federación la declaratoria en los casos de enfermedades graves que sean causa de emergencia
o atenten contra la seguridad nacional, por iniciativa propia o a solicitud por escrito de instituciones nacionales especializadas en la enfermedad, que sean acreditadas por el Consejo, en la que se justifique la necesidad de atención prioritaria;
Operar y resguardar la base de datos relativa a la información sobre precursores químicos y productos químicos esenciales; Cotejar el padrón de beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud, contra los registros de afiliación de los institutos de seguridad
social y otros esquemas públicos y sociales de atención médica
Las demás que le señalen otras disposiciones aplicables
.
ARTÍCULO 9 Funciones (I – XXIV)
Centenario del Consejo de Salubridad General 1917 - 2017
Plan Nacional de Desarrollo
Programa Sectorial de Salud
Programas de Acción
Meta: México Incluyente.
Funciones, vinculadas al Plan Nacional de Desarrollo y al Programa Sectorial de Salud 2013 -2018
22
Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018
Meta N° 3: México Incluyente
Plan de Acción México Incluyente: Integrar una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad
de oportunidades.
Objetivos: 1. Garantizar los derechos sociales de toda la población.
2. Una sociedad equitativa e incluyente.
3. Acceso a los servicios de salud.
4. Acceso a la seguridad social.
5. Proveer un entorno adecuado para una vivienda digna.
Impulso de la OMS de los cuidados paliativos hace más de dos décadas, 80’s:
2006: 15% de los países del mundo lo
habían hecho En 2011: sólo 20 países
habían integrado adecuadamente los CP
CARTA DE PRAGA
2012
Se urge a los
gobiernos a
aliviar el
sufrimiento y
a reconocer
los cuidados
paliativos
como un
derecho
humano.
Palliative Care – A Human Right
• Asociación Europea • Asociación
Internacional • Alianza Mundial • Observatorio de
Derechos Humanos
Paciente
Comunidad Familia
¿Quienes los necesitan? OMS
De 40 millones de pacientes que los necesitan:
39% enfermedades cardiovasculares 34% cáncer 10% neumopatías crónicas 6% VIH/sida 5% diabetes
86 % de quienes necesitan no los reciben
83 % de la población mundial no tiene acceso al alivio del dolor
98 % de los niños que los necesitan viven en países de ingresos
bajos y medianos WHO/NMH/NVI/15.5
PANORAMA 2013-15
CUIDADOS PALIATIVOS
Y CLÍNICAS DE DOLOR
Ambas
Ninguna
Cuidados
Paliativos
Clínica de Dolor
Lynch te et al. Pain Symptom Manage, 2013
País N° Población Razón
USA 6,568 314,659,000 1: 8,000
CANADÁ 500 33,573,000 1: 67,000
MÉXICO 14 109,610,000 1: 7,829,000
Fuente: INNCMSZ / Dirección General de Calidad y Educación en Salud, Septiembre 2014
Human Rights Watch, octubre de 2014
Existen 42 Clínicas de dolor en México y 57 Servicios de Cuidados Paliativos.
De 252,000 médicos, sólo 1,200 0.5 % tenían recetario especial.
Red. Del dolor en México. 2015
Función. Aprobar los acuerdos necesarios y demás
disposiciones generales de observancia obligatoria
en el país en materia de salubridad general, dentro
del ámbito de su competencia.
30
PUBLICACIÓN EN DOF: 26 DE DICIEMBRE DEL 2014 «Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General declara la obligatoriedad de los esquemas de manejo integral de cuidados
paliativos, así como los procesos señalados en la Guía del Manejo Integral de los Cuidados Paliativos» (Población General)
PUBLICACIÓN EN DOF: 14 DE DICIEMBRE DEL 2016 «Acuerdo por el que se declara la obligatoriedad de los esquemas de
manejo integral de cuidados paliativos, así como los procesos señalados en la Guía del Manejo Integral de los Cuidados Paliativos en el
paciente pediátrico »
ACUERDOS CUIDADOS PALIATIVOS