Upload
gustavo-bobo
View
228
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
Chile:Chile: Potencia Potencia AlimentariaAlimentaria
Fuente: ODEPA, Banco Central y Chilealimentos
2003 2004Cobre 7,720 14,344
Alimentos 5,976 7,111Forestal 2,524 3,363
Otros 4,826 6,642TOTAL 21,046 31,460
Hoy constituyeHoy constituyelala Segunda fuerzaSegunda fuerza
Millones de US$
exportadoraexportadora del paísdel país
7,720 7,11
1
12%20%
11%
6%
8%14%
28%
Alimentos Procesados
Fruta Fresca
Vinos
Salmones Cultivados
Otros del Mar
Carnes
Otros
Fuente: ODEPA, Banco Central, Gremios y Chilealimentos
Alimentos Procesados
1,003
Fruta Fresca 1,991Vinos 842
Salmones Cultivados
1,452
Otros del Mar 809
Carnes 429Otros 585
MM US$
US$ 7.111 millones
Todos somosTodos somos parteparte
La industria de alimentos representa el 17% del empleo y el 23% de las exportaciones del país.*
Está presente en todas las regiones.
Más de 4.000 empresas.
Nuestro mercado es el mundo y nuestros clientes, los hombres, mujeres y niños de los cinco continentes.
Fuente: Banco Central, SOFOFA Chilealimentos. Año 2003* Empleo al 2003 en base a proyecciones ENIA 2001. Exportaciones proyectadas al 2004.
Fuente: FAO – Faostat, incluye categorías "Food and Animals“, "Beverages“, "Fish, Food“ Datos Chile: Reales 2004 Chilealimentos
Millones US$
Nº País 2004*
1º Estados Unidos 39,667
2º Francia 28,147
3º Bélgica 23,519
4º Alemania 20,512
5º Holanda 20,269
6º Canadá 18,190
7º China 17,219
8º España 15,379
9º Italia 14,582
10º Australia 12,998
11º Inglaterra 12,861
12º Brasil 11,307
13º Dinamarca 9,972
14º Tailandia 9,480
15º México 8,960
16º Argentina 8,428
17º Chile 7,111
18º Nueva Zelanda 6,328
19º Irlanda 5,860
20º India 5,466
Hoy ocupamos el lugarHoy ocupamos el lugar1717en el ranking mundial de exportaciones de alimentos
Ventajas Geográficas...Ventajas Geográficas...
Fuente: U.S. National Park Service
1.1. Clima MediterráneoClima Mediterráneo Entre los 30º y los 45º de latitud. Al oeste de los continentes. Inviernos húmedos y veranos secos.
Áreas de Clima Mediterráneo
California
Chile Sudáfrica
Europa
Australia
0º
45º
30º
30º
45º
Ventajas Geográficas...Ventajas Geográficas...
Norte: Desierto de Atacama.
Sur: Antártica.
Este: Cordillera de los Andes
Oeste: Océano Pacífico
Constituyen una barrera natural para pestes y enfermedades que han causado estragos en otros países.
2.2.”Isla Ecológica””Isla Ecológica”Aislamiento natural contra pestes y enfermedades
Ventajas Adquiridas...Ventajas Adquiridas...
Tratados de Libre Comercio:
Chile es el único país que se relaciona con el 75% del PIB mundial por esta vía.
Empresariado Comprometido: Visión integrada del Sistema
Alimentario. Orientación clara al mercado. Vocación empresarial
1.
2.
3.
Estabilidad de nuestras Instituciones públicas y privadas: Chile el Riesgo País más bajo de América Latina.
Mercados(2004)
6%
2%
14%
21% 24%
33%
Fuente: Chilealimentos
NAFTA 335Europa 240Am. Latina 208Asia 140Oceanía 22Otros 56Total general 1003
MM US$
US$1.000 millones en
exportaciones de alimentosprocesados el 2004
Exportaciones por más de US$2.000 millones
el 2010
Fuente: Chilealimentos
0
500
1.000
1.500
2.000
2.500
2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010
Conservas DeshidratadosCongelados JugosGalletas C. Pescado
MMUS$
Ley contra Ley contra
BioterrorismoBioterrorismo
1. Registro de Instalaciones
2. Nota Previa de Embarque
3. Establecimiento de Registros para Trazabilidad
4. Detención Administrativa
FDAFDA Desarrolló 04 iniciativas:Desarrolló 04 iniciativas:
¿Qué instalaciones deben registrarse?¿Qué instalaciones deben registrarse?
Instalaciones extranjeras o en EE.UU. que manufacturan o procesan, embalan, almacenan alimentos, para consumo humano o animal en EE.UU.
No los exportadores.
Instalaciones que exporten al distrito de Columbia y Puerto Rico, también deben registrarse.
1. Registro de Instalaciones1. Registro de Instalaciones
Ejs: Frutas, hortalizas, peces, mariscos, lácteos, huevos, ingredientes, aditivos, suplementos e ingredientes dietéticos, fórmulas infantiles, bebidas, agua embotellada, productos de panadería, snacks, caramelos, alimentos en conservas, etc.
Alimento
Excepciones para la definición de Alimento:• Sustancias en contacto directo (envases)• Pesticidas
InstalaciónEstructura que incluye instalaciones contiguas, de un mismo dueño, en una misma ubicación, que procesa, envasa, o almacena alimento para consumo en EE.UU. Una sola construcción, con dos instalaciones distintas, con propietarios distintos, son dos instalaciones independientes.
Definiciones ImportantesDefiniciones Importantes
¿Cuáles instalaciones extranjeras están exentas del ¿Cuáles instalaciones extranjeras están exentas del registro?registro?
a) Una instalación extranjera está exenta, si desde la primera instalación el alimento debe ser enviado a una segunda instalación fuera de EE.UU. para recibir un proceso o manufactura adicional, en ese caso, esta última es la que debe registrarse.
Si en la segunda instalación solo se realiza una actividad de naturaleza menor (de minimis nature), entonces ambas deben registrarse.
¿Cuáles instalaciones extranjeras están exentas del ¿Cuáles instalaciones extranjeras están exentas del registro?registro?
b) “Farms” (granja-huertos), se definen como una instalación orientada a la producción y cosecha de sus productos. Incluyendo actividades de lavado, eliminación de hojas, enfriado, embalan o almacenan alimentos siempre que todo el alimento sea cultivado en esa granja o sea consumido en ella.
c) Instalaciones de donde se exportará producto en tránsito por USA (sin abandonar puerto de arribo).
d) Instalaciones que procesan productos exceptuados: Sustancias en contacto directo con el alimento (envase) y pesticidas.
Agente en EE.UU.Agente en EE.UU.
1. Todas las instalaciones extranjeras deberán designar a un agente único en EE.UU., que puede ser cualquier “persona” que resida o mantenga una dirección comercial en EE.UU.
2. Su rol es actuar como medio de contacto entre el FDA y la instalación extranjera. Necesita estar disponible las 24 horas del día y los 7 días de la semana, para comunicaciones de emergencia y rutinarias.
3. Si la instalación designa a otra persona como contacto de emergencia, entonces el agente en EE.UU. actuará sólo para comunicaciones rutinarias.
¿Quién debe realizar el registro?¿Quién debe realizar el registro?
El propietario, operador o agente encargado de la instalación o a quien éste designe.
¿Cuándo debe registrarse?¿Cuándo debe registrarse?
Originalmente: después del 16 de Octubre y antes del 12 de diciembre de 2003.
Después de Diciembre 2003: Instalaciones nuevas o que no hubieren exportado a USA podrán registrarse con posterioridad a esta fecha, pero antes de exportar.
¿Cómo debe registrarse?¿Cómo debe registrarse?
Por medio de la Forma 3537, la que está disponible en Internet
Para lo cual, se debe crear una cuenta y luego proceder al registro.
También se puede registrar en papel y realizar el envío por Fax o por correo.
www.cfsan.fda.gov/~furls/ovffreg.html
InformaciónInformación ObligatoriaObligatoria: 08 elementos: 08 elementos
1. Instalación: Nombre, dirección y fono.
2. Compañía dueña de la instalación: Nombre, dirección y fono.
3. Propietario, operador o agente encargado de la instalación: Nombre, dirección y fono.
4. Agente FDA: Nombre, dirección, teléfono normal. Además un teléfono específico para contacto de emergencia, si la instalación opta por el agente en caso de emergencia.
InformaciónInformación ObligatoriaObligatoria: 08 elementos: 08 elementos
5. Todos los nombres comerciales usados por la instalación.
6. Instalaciones domésticas deben indicar un número de teléfono como contacto de emergencia.
7. Categoría del Alimento ( ej fruits and fruits products)
8. Declaración indicando que la información proporcionada es fidedigna y que el individuo que está enviando el registro, si no es el dueño, operador o agente encargado, está autorizado para hacerlo.
Información “Opcional”: 12 elementosInformación “Opcional”: 12 elementos..
1. Fax, e-mail de la instalación.2. Dirección postal preferida.3. Fax, e-mail de la compañía dueña de la instalación.4. Tipo de actividad (proceso o almacenamiento, etc.)5. Cargo, fax , e-mail del agente en EE.UU. 6. Tipo de almacenaje.7. Fax, e-mail, del propietario, operador o agente
encargado de la instalación .8. Para una instalación extranjera, nombre de contacto de
emergencia, cargo, fono, e-mail.
Información “Opcional”: 12 elementos.Información “Opcional”: 12 elementos.
9. Otras categorías de alimentos, señaladas en el formulario 3537 secciones 11a y 11b (por ejemplo, fórmulas infantiles).
10. Indicar “todas o la mayoría de las categorías de productos alimenticios”, si la instalación manufactura/procesa, envasa, o almacena alimentos de la mayoría o todas las categorías identificadas.
11. Fechas aproximadas de operación, si la operación de la instalación es estacional.
12. Número de fax y dirección de e-mail del individuo que autorizó el envío del registro.
Actualización o Cancelación del RegistroActualización o Cancelación del Registro
Cualquier modificación de la información del registro o cancelación del mismo debe ser informada al FDA no más allá de 60 días después de hecha la modificación. Debe realizarse a través de la misma forma de la inscripción.
ConsecuenciasConsecuencias
El no registrarse es un acto prohibido por ley, así como la no actualización del registro. El producto será retenido en el puerto de entrada.
EE.UU. puede presentar una acción civil o criminal en una Corte Federal en contra de las personas que cometen actos prohibidos.
¿Qué significa el número de registro?¿Qué significa el número de registro?
Que está inscrito ante el FDA. Con esto FDA no está calificando la instalación, sola la identifica y no es necesaria su rotulación en las cajas, pallets o facturas.
O b j e t i v oO b j e t i v o
Disponer de información sobre exportaciones de alimentos antes de arribar a EE.UU. FDA podrá evaluar y determinar el riesgo asociado y decidir inspección del embarque.
2. Nota Previa de Embarque2. Nota Previa de Embarque
A l c a n c eA l c a n c e
Alimento para seres humanos y animales que es importado u ofrecido para la importación a los E.E.U.U. para uso, almacenamiento, o distribución, inclusive para obsequios, comercio y muestras de control para aseguramiento de calidad/control de calidad, para transbordo a través de EE.U.U. a otro país, para futuras exportaciones, y para uso en zona franca de EE.UU.
Definiciones ImportantesDefiniciones Importantes
Puerto de arribo: Primer puerto marítimo, aéreo o terrestre por el cual el alimento importado arriba a los EE.UU.. Puede ser distinto del puerto donde ingresa para propósitos del Servicio de Aduana.
EE.UU.: Los 50 estados, Distrito de Columbia y Puerto Rico.
País de Producción según FDA
En estado natural: país donde se cultivó, cosechó, recolectó y preparó para el embarque a EE.UU.
No en estado natural: país en el cual el artículo de alimento fue producido.
ExcepcionesExcepciones
1.- Alimento para el uso personal de un individuo cuando es llevado por o de otro modo acompaña al individuo cuando llega en los EE.U.U.
2.- Alimento hecho por un individuo en su residencia personal y mandado como un obsequio personal (sin fines comerciales) a un individuo en los EE.U.U.
3.- Alimento que es importado y luego exportado sin abandonar el puerto de arribo hasta la exportación.
4.- Productos alimenticios de carne, aves de corral y de huevos o derivados, sujetos a la jurisdicción exclusiva del USDA.
““Artículo Alimentario Artículo Alimentario vs.vs. Embarque de Alimento” Embarque de Alimento”
Atún Latas de 24/12 onzas 2000 cajas Compañía 1
Marca X
Atún Latas de 48/6 onzas 1000 cajas Compañía 1
Marca X
Atún Latas de 24/12 onzas 300 cajas Compañía 2
Marca Y
Atún Latas de 6/66 onzas 2400 cajas Compañía 3
Marca X
*1 Embarque: 4 diferentes productos ; 4 notas previas
*1 Embarque: 1 misma especie; 3 agricultores; 3 notas previas (en fruta fresca).
RequisitosRequisitos::
¿Quién debe enviarla?¿Quién debe enviarla?
I. Una nota previa puede ser enviada por cualquier persona con conocimiento de la información requerida. (Submitter)
II. El Submitter puede usar a otra persona para transmitir la información requerida en su nombre. (Transmitter)
III. El Submitter y el Transmitter pueden ser la misma persona.
RequisitosRequisitos::
¿Cuándo ¿Cuándo enviarlaenviarla??
Carretera 5 días hasta 02 horas antes del puerto de arribo en EE.UU.
Tren 5 días hasta 04 horas antes del puerto de arribo en EE.UU.
Aérea 5 días hasta 04 horas antes del puerto de arribo en EE.UU.
MarítimaMarítima 5 días hasta 08 horas antes del puerto de arribo en EE.UU.
Requisitos:Requisitos:
¿Cómo enviarla?¿Cómo enviarla?
Toda la información de la Nota Previa debe ser en inglés, excepto:
– Nombre de un individuo, nombre de una compañía y nombre de una calle, que pueden ser enviados en lenguaje extranjero.
Debe ser enviada electrónicamente a través de:– Interfaz de broker automatizado del CBP del sistema comercial automatizado (ABI/ACS); o – Interfaz de sistema de Nota Previa de FDA (PNSI) en http://www.access.fda.gov
Son 17 elementos de información distintos:
1. Submitter: Nombre, dirección comercial, teléfono, fax, correo electrónico. Nombre y dirección de la empresa que envía, si es aplicable.
2. Transmitter: Nombre, empresa, dirección comercial, teléfono, fax, correo electrónico.
Requisitos:Requisitos:
¿Qué información enviar?¿Qué información enviar?
3. Tipo de entrada.
4. Identificador CBP de entrada.
5. Identidad del alimento, como sigue:
• Código de producto del FDA completo.• Nombre común o usual o nombre comercial.• Cantidad de alimento estimada, descrita desde el
tamaño más grande de envase hasta el más pequeño.• Número o código de lote u otro identificador del
alimento.
Requisitos:Requisitos:
¿Qué información enviar?¿Qué información enviar?
6. Alimento procesado: • Nombre y dirección del manufacturador y número de
registro asignado a la instalación asociada.
7. Alimento en su estado natural:• Nombre y dirección del lugar de cultivo del
agricultor, si es conocida. • Si el submitter no conoce la identidad del agricultor
o, si el artículo ha sido consolidado, la identidad de cualquiera de los agricultores, se puede dar el nombre y dirección de la firma que consolidó el alimento de diferentes agricultores o diferentes lugares de cultivo.
Requisitos:Requisitos:
¿Qué información enviar?¿Qué información enviar?
8. Exportador (Shipper):• Nombre, dirección y número de registro asignado a
la instalación asociada, si corresponde.
9. País de Producción según FDA.
10. País de Embarque.
Requisitos:Requisitos:
¿Qué información enviar?¿Qué información enviar?
11. Información anticipada de arribo del alimento: • Puerto de entrada anticipado.• Fecha y hora anticipada de arribo.
12. Importador: • Nombre y dirección. Número de registro si es que es
proporcionado. 13. Dueño:
• Nombre y dirección si diferente del importador o último consignatario.
• Número de registro si es que es proporcionado.
Requisitos:Requisitos:
¿Qué información enviar?¿Qué información enviar?
14. Último consignatario:• Nombre y dirección. Número de registro si es que es
proporcionado.
15. Modo de Transporte.
16. Código de Abreviación Standard (SCAC) o código de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) del portador (Carrier)• Si los códigos no son aplicables, entonces el nombre y
país del portador (Carrier).
Requisitos:Requisitos:
¿Qué información enviar?¿Qué información enviar?
17. Información de embarque planeada, si aplica:• Número de guía de carga. • Vía marítima, nombre de la nave y número de embarque.• Vía aérea, número de vuelo.• Vía terrestre (camión, autobús, o tren), número de viaje.• Alimentos como carga en container por agua, aire, o tierra, número(s)
de container. • Alimentos que arriban por tren, número de carro. • Alimentos que arriban en vehículos de propiedad privada, número de
patente y estado o provincia.• Código a 6 dígitos del sistema armonizado (HTS).
Requisitos:Requisitos:
¿Qué información enviar?¿Qué información enviar?
3. Establecimiento de Registros3. Establecimiento de Registrospara Trazabilidadpara Trazabilidad
• Personas nacionales de EE.UU. que fabrican, procesan, empacan, transportan, distribuyen, reciben, almacenan o importan alimentos.
• Personas extranjeras que transportan alimentos, y personas que colocan los alimentos directamente en contacto con su envase final.
• Personas incluye individuos, sociedades, corporaciones y asociaciones.
¿Quién debe establecer y mantener los registros?¿Quién debe establecer y mantener los registros?
• Personas extranjeras, excepto personas extranjeras que transportan alimentos en los E.E.U.U.
ExcepcionesExcepciones
Información necesaria de proveedor o Información necesaria de proveedor o transportista previo a su plantatransportista previo a su planta
Si usted es una planta de proceso, usted debe establecer y mantener los siguientes registros para todo el alimento que usted reciba:
• El nombre de la firma, dirección, número de teléfono y, si está disponible, E-mail y número de fax del proveedor, ya sea doméstico o extranjero.
• Descripción adecuada del tipo de alimento recibido, incluyendo marca y variedad específica, por ej.: marca “x” del queso Cheddar.
• Fecha en que usted recibió el alimento.
• Número o código de lote u otro identificador del alimento.
• Cantidad por cada uno de los formatos recibidos.
• Nombre de la firma, dirección, número de teléfono y, si está disponible, E-mail y número de fax del transportista que entregó el alimento a Ud.
Información necesaria de proveedor o Información necesaria de proveedor o transportista previo a su plantatransportista previo a su planta
Si Ud. es un una planta de proceso, usted debe establecer y mantener los siguientes registros para todo alimento que usted entrega:
• Nombre de la firma, dirección, número de teléfono y, si está disponible, E-mail y número de fax del receptor, ya sea doméstico o extranjero.
• Descripción adecuada del tipo de alimento entregado, incluyendo marca y variedad específica.
Información necesaria del receptor o Información necesaria del receptor o transportista posterior a su plantatransportista posterior a su planta
• La fecha en que usted entregó el alimento.
• El número o código de lote u otro identificador del alimento.
• Cantidad por cada uno de los formatos recibidos.
• Nombre de la firma, dirección, número de teléfono y, si está disponible, E-mail y número de fax de los transportistas que se llevaron el alimento.
Información necesaria del receptor o Información necesaria del receptor o transportista posterior a su plantatransportista posterior a su planta
Conservación de Registros Conservación de Registros
Tipos de Alimentos Período de Retención para Plantas de Proceso
Riesgo importante de arruinarse, perder su valor o su sabor dentro de 60 días. 6 meses
Riesgo importante de arruinarse, perder su valor o su sabor después de mínimo de 60 días, pero dentro de los 6 meses
1 año
Riesgo importante de arruinarse, perder su valor o su sabor en no menos de 6 meses
2 años
Alimento animal, incluyendo alimentos para mascotas 1 año
Fechas de entrada en vigenciaFechas de entrada en vigencia
Todas las empresas cubiertas por esta norma deben encontrarse en cumplimiento de la misma el 9 de diciembre de 2005, con las siguientes excepciones:
• 9 de Junio de 2006, para las pequeñas empresas (entre 11 a 499 empleados equivalentes a tiempo completo)
• 11 de diciembre de 2006 para las empresas muy pequeñas (10 o menos empleados equivalentes a tiempo completo)
4. Detención Administrativa 4. Detención Administrativa de Alimentosde Alimentos
Definiciones importantesDefiniciones importantes
• Alimento perecible significa el alimento que no es sometido a un tratamiento térmico, no es congelado, ni es preservado de otra manera para prevenir que la calidad del alimento sea adversamente afectada si es almacenada por más de 7 días bajo condiciones normales de envío y almacenaje.
Criterio para ordenar una detenciónCriterio para ordenar una detención
• Si durante una inspección, análisis, o investigación, el oficial FDA o el empleado calificado tiene la evidencia creíble o información indicando que el alimento representa una amenaza de serias consecuencias adversas a la salud o de muerte para seres humanos o animales, puede ordenar una detención.
• La orden de detención debe ser aprobada, posteriormente, por el Director de Distrito correspondiente a donde el alimento sea detenido.
Información en orden de detenciónInformación en orden de detención
• Número, fecha y hora de la orden de detención.• Identificación del alimento.• Período de detención. • Declaración expresa de detención por período indicado.• Razones para la detención.• Nombre del representante de FDA autorizado que aprobó la
orden• Dirección y ubicación de detención.• Condiciones apropiadas de almacenamiento y transporte.
Custodia de alimento detenidoCustodia de alimento detenido
• No puede ser entregado a sus importadores, dueños, o consignatarios.
• El período de detención no puede exceder de 30 días.
• Una “solicitud de modificación de la orden de detencion” debe ser aprobada para los siguientes propósitos:
• Destruir el alimento. • Trasladarlo a una instalación segura. • Mantener o preservar la integridad o la calidad.• Otro propósito estimado apropiado.
Requisitos:Requisitos:Etiquetas FDA de DetenciónEtiquetas FDA de Detención
• El alimento detenido debe ser etiquetado o marcado.
• Las etiquetas o marcas incluirán entre otros antecedentes una declaración relativa a que el alimento detenido no se debe consumir, mover, alterar, o forzar de ninguna manera durante el período demostrado, sin permiso escrito.
¿Quién recibe copia de la orden de detención?¿Quién recibe copia de la orden de detención?
Se entrega la orden de detención:• al dueño, operador, o agente a cargo del lugar en donde el
producto está ubicado.• al dueño del artículo alimentario si la identidad del dueño
se puede determinar fácilmente (copia)
¿Quién puede apelar una orden de detención?¿Quién puede apelar una orden de detención?
Cualquier persona que sea nominada.
Requisitos de ApelaciónRequisitos de Apelación
Alimento perecible: • Debe ser formulada dentro de 2 días calendario desde la
recepción de la orden de detención.
Alimento no perecible:• Se formula primero una intención de apelación y una solicitud
de audiencia, dentro de 04 días desde la recepción. • Debe ser formulada dentro de 10 días calendario desde la
recepción de la orden de detención.
La audiencia se sostendrá 2 después de haberla solicitado, en ambos casos.FDA debe resolver la apelación 5 días después que recibir la apelación.
Término de una detenciónTérmino de una detención
• Si FDA termina una orden de detención o expira el período de detención, un representante autorizado de la FDA entregará una notificación de término de detención liberando el alimento.
• Si FDA no logra entregar la notificación de término de detención y expira el período de detención, la detención es considerada como terminada.