13
INFORME No. 28/13 1 PETICIÓN 1345-05 ADMISIBILIDAD PROFESORES DE CHAÑARAL CHILE 20 de marzo de 2013 I. RESUMEN 1. El presente informe se refiere a la admisibilidad de la petición 1345-05, abierta por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en lo sucesivo "Comisión Interamericana", "Comisión" o "CIDH") en virtud de la presentación de una petición, recibida el 23 de noviembre de 2005, por parte de dos estudios jurídicos, Etcheberry/Rodríguez y Colombara Olmedo, a favor de 84 profesores 2 de la Municipalidad de Chañaral, en contra del Estado de Chile (en adelante "el Estado" o "el Estado chileno"). En comunicaciones de febrero de 2007 y diciembre de 2008 los peticionarios ampliaron su denuncia a favor de 80 profesores de la Municipalidad de Chanco, 32 de la Municipalidad de Pelluhue, 90 de la Municipalidad de Parral, 193 de la Municipalidad de Vallenar y 373 de la Municipalidad de Cauquenes, dando un total de 852 presuntas víctimas. Los peticionarios alegan que el Estado ha incurrido en responsabilidad en el marco de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en lo sucesivo "Convención Americana" o “la Convención”); en especifico, por violación a las garantías judiciales, al derecho a la propiedad privada, a la protección judicial y al desarrollo progresivo, derechos consagrados en los artículos 8, 21, 25 y 26 de la Convención, respectivamente, con relación a la obligación de respetar los derechos y de adoptar disposiciones de derecho interno, según lo establecido en los artículos 1.1 y 2 de la misma Convención. 2. En la petición inicial se señala que, mediante sentencia definitiva del 20 de julio de 1994, el Juzgado de Letras del Trabajo habría ordenado que se pagara a las presuntas víctimas una deuda que el Municipio de Chañaral tenía con ellas por concepto de asignaciones de previsión social. Los peticionarios aclaran que dado que la municipalidad no cumplía con la sentencia, habrían interpuesto diversos recursos de ejecución, sin lograr el objetivo. Agregan que el 18 de mayo de 2005, el Juzgado de Letras de Trabajo de Chañaral habría ordenado que el municipio, a través de su alcalde, emitiera un decreto alcaldicio de pago, el cual no se habría emitido y, a la fecha de la presentación de la petición, la sentencia no se habría cumplido. 3. En cuanto a las municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes los peticionarios indican que de igual manera, los profesores de esas municipalidades obtuvieron sentencias definitivas en las que se ordenó a los municipios a pagarles determinados montos que se les debían por concepto de asignaciones de previsión social. Si bien se habrían presentado convenios de pago, los peticionarios alegan que no se habrían cumplido y que solamente con relación a las municipalidades de Chañaral y Vallenar se habrían hecho algunos pagos, en montos inferiores a lo que se les debía y que, alegan, no pueden ser tomados sino como abonos a la deuda total. 4. En el caso de los profesores de Chañaral, los mismos no habrían obtenido una decisión final que ordene el cumplimiento y el Estado sostiene que no se habrían agotado los recursos disponibles en la jurisdicción interna para reparar las presuntas violaciones, pues las presuntas víctimas tendrían que haber substanciado recursos de apelación o reposición y, posteriormente de casación y 1 El Comisionado Felipe González, de nacionalidad chilena, no participó en las deliberaciones ni en la decisión del presente caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17(2)(a) del Reglamento de la Comisión. 2 Las presuntas víctimas fueron debidamente identificadas en la petición inicial con respecto a la Municipalidad de Chañaral.

CIDH. Informe admisibilidad denuncia contra Estado de Chile por deuda histórica a Profesores

  • Upload
    ceppdi

  • View
    90

  • Download
    7

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. CIDH. Marzo 2013. Informe de admisibilidad denuncia contra el estado de Chile por violación de derechos humanos de profesores, por Deuda Histórica.

Citation preview

  • INFORME No. 28/131 PETICIN 1345-05

    ADMISIBILIDAD PROFESORES DE CHAARAL

    CHILE 20 de marzo de 2013

    I. RESUMEN

    1. El presente informe se refiere a la admisibilidad de la peticin 1345-05, abierta por la Comisin Interamericana de Derechos Humanos (en lo sucesivo "Comisin Interamericana", "Comisin" o "CIDH") en virtud de la presentacin de una peticin, recibida el 23 de noviembre de 2005, por parte de dos estudios jurdicos, Etcheberry/Rodrguez y Colombara Olmedo, a favor de 84 profesores2 de la Municipalidad de Chaaral, en contra del Estado de Chile (en adelante "el Estado" o "el Estado chileno"). En comunicaciones de febrero de 2007 y diciembre de 2008 los peticionarios ampliaron su denuncia a favor de 80 profesores de la Municipalidad de Chanco, 32 de la Municipalidad de Pelluhue, 90 de la Municipalidad de Parral, 193 de la Municipalidad de Vallenar y 373 de la Municipalidad de Cauquenes, dando un total de 852 presuntas vctimas. Los peticionarios alegan que el Estado ha incurrido en responsabilidad en el marco de la Convencin Americana sobre Derechos Humanos (en lo sucesivo "Convencin Americana" o la Convencin); en especifico, por violacin a las garantas judiciales, al derecho a la propiedad privada, a la proteccin judicial y al desarrollo progresivo, derechos consagrados en los artculos 8, 21, 25 y 26 de la Convencin, respectivamente, con relacin a la obligacin de respetar los derechos y de adoptar disposiciones de derecho interno, segn lo establecido en los artculos 1.1 y 2 de la misma Convencin.

    2. En la peticin inicial se seala que, mediante sentencia definitiva del 20 de julio de 1994, el Juzgado de Letras del Trabajo habra ordenado que se pagara a las presuntas vctimas una deuda que el Municipio de Chaaral tena con ellas por concepto de asignaciones de previsin social. Los peticionarios aclaran que dado que la municipalidad no cumpla con la sentencia, habran interpuesto diversos recursos de ejecucin, sin lograr el objetivo. Agregan que el 18 de mayo de 2005, el Juzgado de Letras de Trabajo de Chaaral habra ordenado que el municipio, a travs de su alcalde, emitiera un decreto alcaldicio de pago, el cual no se habra emitido y, a la fecha de la presentacin de la peticin, la sentencia no se habra cumplido.

    3. En cuanto a las municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes los peticionarios indican que de igual manera, los profesores de esas municipalidades obtuvieron sentencias definitivas en las que se orden a los municipios a pagarles determinados montos que se les deban por concepto de asignaciones de previsin social. Si bien se habran presentado convenios de pago, los peticionarios alegan que no se habran cumplido y que solamente con relacin a las municipalidades de Chaaral y Vallenar se habran hecho algunos pagos, en montos inferiores a lo que se les deba y que, alegan, no pueden ser tomados sino como abonos a la deuda total.

    4. En el caso de los profesores de Chaaral, los mismos no habran obtenido una decisin final que ordene el cumplimiento y el Estado sostiene que no se habran agotado los recursos disponibles en la jurisdiccin interna para reparar las presuntas violaciones, pues las presuntas vctimas tendran que haber substanciado recursos de apelacin o reposicin y, posteriormente de casacin y

    1 El Comisionado Felipe Gonzlez, de nacionalidad chilena, no particip en las deliberaciones ni en la decisin del

    presente caso, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 17(2)(a) del Reglamento de la Comisin. 2 Las presuntas vctimas fueron debidamente identificadas en la peticin inicial con respecto a la Municipalidad de

    Chaaral.

  • 2

    queja, para revertir la decisin judicial que habra tenido presente los alegatos de cumplimiento hechos valer por el municipio. El Estado aade que, aunado a los recursos sealados, los peticionarios contaban tambin con el recurso de proteccin, consagrado en la Constitucin Poltica de la Repblica de Chile, contra actos u omisiones que consideraran violatorios de sus derechos fundamentales.

    5. Respecto a los profesores de los dems municipios que han sido sealados como presuntas vctimas por los peticionarios, el Estado alega la inadmisibilidad del reclamo indicando que se trata de una simple enunciacin generalizada.

    6. De acuerdo a lo previsto en los artculos 46 y 47 de la Convencin Americana, as como en los artculos 30 y 36 de su Reglamento, y luego de analizar las posiciones de las partes, la Comisin decidi declarar admisible la peticin en relacin a las presuntas violaciones a los artculos 5 (integridad personal), 8.1 (garantas judiciales), 21 (derecho a la propiedad privada) y 25 (proteccin judicial) con relacin al 1.1 (obligacin de respetar los derechos) y al 2 (deber de adoptar disposiciones de Derecho interno) de la Convencin Americana, pero no respecto del artculo 26 del mismo instrumento. La Comisin decidi igualmente notificar esta decisin a las partes, publicarla e incluirla en su Informe Anual a la Asamblea General de la Organizacin de los Estados Americanos.

    II. TRMITE ANTE LA COMISIN

    7. La denuncia fue presentada por los peticionarios ante la Secretara Ejecutiva de la Comisin el 23 de noviembre de 2005. La CIDH inici el trmite de la peticin el 8 de mayo de 2006, cuando transmiti al Estado las partes pertinentes de la peticin y le solicit que presentara una respuesta dentro del trmino de 2 meses. En comunicacin del 27 de julio de 2006, el Estado solicit una prrroga y, mediante nota 273 del 9 de agosto de 2006, present sus observaciones, mismas que fueron trasladadas a los peticionarios el 29 del mismo mes.

    8. Los peticionarios presentaron observaciones e informacin adicional mediante comunicaciones del 8 de agosto de 2006, 20 de febrero de 2007, 22 de diciembre de 2008 y 6 de julio de 2009, que fueron debidamente trasladadas al Estado. Por su parte, el Estado present observaciones adicionales mediante comunicaciones del 26 de abril de 2007 y 29 de agosto de 2008, las cuales fueron debidamente trasladadas a los peticionarios. La Comisin, en comunicacin del 18 de mayo de 2010, solicit a los peticionarios informacin especfica respecto al agotamiento de los recursos internos en los casos de las Municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes, misma que fue presentada el 21 de enero de 2011 y trasladada al Estado el 22 de marzo del mismo ao, para sus observaciones.

    9. Por otra parte, el 10 de marzo de 2008, dentro del marco del 131 periodo ordinario de sesiones de la Comisin, se llev a cabo una audiencia pblica respecto de la presente peticin en la que participaron tanto los peticionarios como el Estado y, el 26 de octubre de 2011, durante el 143 periodo ordinario de sesiones se llev a cabo una reunin de trabajo entre las partes.

    III. POSICIONES DE LAS PARTES

    A. Posicin de los peticionarios

    10. Segn el relato de la peticin, con base en dos decretos con fuerza de ley de 1979 y 1980, el Estado de Chile transfiri al Sector Municipal a los docentes que prestaban servicios en establecimientos educacionales dependientes del Ministerio de Educacin, hecho acontecido el 19 de agosto de 1981. La medida fue una decisin poltica del Gobierno Militar de la poca, fundada en principios de descentralizacin y privatizacin. As, en el proceso de municipalizacin de la educacin primaria se habra considerado expresamente que los profesores mantendran en el rgimen municipal las mismas remuneraciones y beneficios que gozaban anteriormente. Los peticionarios aclaran que dichas disposiciones que regularon el proceso se hicieron imperativas y no voluntarias para los profesores y los municipios.

  • 3

    11. Los peticionarios sealan que el pago de las asignaciones previsionales habra sido suspendido unilateralmente por los municipios, por lo que, el 28 de marzo de 1994, los 80 profesores de Chaaral interpusieron una demanda ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo y, el 20 de julio de 1994, mediante sentencia definitiva se habra ordenado que se les pagaran los montos adeudados, debiendo determinarse el monto en forma incidental en la ejecucin del fallo.

    12. Agregan que habindose solicitado el cumplimiento incidental de la sentencia, se designaron peritos y, en agosto de 1999, el Municipio de Chaaral y las vctimas firmaron un convenio de pago y, toda vez que el municipio habra incumplido, los profesores de Chaaral solicitaron al tribunal que se dejara sin efecto, a lo cual se accedi mediante resolucin del 19 de octubre de 2003.

    13. Mediante resolucin del Juzgado de Letras de Trabajo de Chaaral de 18 de mayo de 2005, se orden que el municipio, a travs de su alcalde, emitiera un decreto alcaldicio de pago de la liquidacin de las sumas ordenadas en la sentencia definitiva del 20 de julio de 1994, por concepto de asignaciones de previsin social. Los alegatos de los peticionarios derivan de la presunta negativa de la Municipalidad de Chaaral de dar cumplimiento a esta resolucin.

    14. Agregan que con fecha 16 de junio de 2005, la Municipalidad de Chaaral habra solicitado al Tribunal que se la excusara del cumplimiento de la resolucin judicial, toda vez que con ello se producira una grave situacin financiera que vaciara de contenido los recursos municipales y anulara absoluta y totalmente el cumplimiento de las funciones esenciales del Municipio. Los peticionarios sealan que, mediante resolucin de fecha 20 de junio de 2005, el tribunal tuvo presente la solicitud presentada, no existiendo recurso alguno que permitiera apercibir a la municipalidad de Chaaral para proceder al dictado del decreto alcaldicio y, en consecuencia, al pago de las sumas adeudadas a los profesores de Chaaral.

    15. En su peticin inicial, los peticionarios indicaron que ante el incumplimiento por parte del Alcalde de Chaaral y a solicitud de los profesores, el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Chaaral apercibi al alcalde con un arresto de 5 das en el evento de incumplimiento de lo ordenado. Dicha medida de apremio fue objeto de recurso de amparo preventivo y, al acogerse la accin, se dej sin efecto el apercibimiento. As, los peticionarios afirman que durante el desarrollo del procedimiento se utilizaron todos los recursos que fueron pertinentes e idneos en cada ocasin, para que el Estado de Chile, por intermedio de la Municipalidad de Chaaral, diera cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado de Letras del Trabajo de Chaaral.

    16. En sus comunicaciones de febrero de 2007 y diciembre de 2008, los peticionarios aclararon que la denuncia estara siendo presentada a favor de profesores de la Municipalidad de Chaaral, as como de todos aquellos profesores en posiciones jurdicas similares, esto es, con sentencias judiciales firmes ejecutoriadas de pago de las asignaciones previsionales devengadas por las Municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes; mismos que fueron individualizados por los peticionarios.

    17. Asimismo, los peticionarios informaron que, efectivamente, segn lo indicado por el Estado, constan los pagos realizados a profesores de las municipalidades de Chaaral y Vallenar en 2008. Agregaron que, tras ms de 15 aos de espera, la aceptacin de los acuerdos de cantidades muy inferiores a los comprometidos, habra obedecido a la frustracin ante la constatacin de carecer de recursos internos que les permitiera obtener el pago de las cantidades ordenadas por las sentencias judiciales. Aclaran que los montos pagados tienen una naturaleza de abono que, segn refieren, queda manifiesta en las actualizaciones de los crditos adeudados efectuadas por los Juzgados del Trabajo de dichas comunas con fecha 24 y 28 de noviembre de 2008, en las cuales se reconoce que las cantidades pagadas constituyen un abono al total del crdito adeudado, por lo que an estaran pendientes de pago, los montos restantes. Aclaran que los profesores de las dems municipalidades no habran recibido ningn tipo de pago.

    18. Respecto al alegato del Estado de la falta de legitimidad de las vctimas de otras municipalidades, en su escrito de 22 de marzo de 2007, los peticionarios aclararon que no se trata de

  • 4

    una enunciacin generalizada, puesto que las presuntas vctimas estn debidamente individualizadas, y los 12 procesos judiciales seguidos contra las municipalidades identificados. As, sealan que, al igual que los profesores de Chaaral, los profesores de las municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes, interpusieron demandas contra los municipios y, tanto en primera instancia como en instancias superiores, las autoridades jurisdiccionales ordenaron que se les pagaran los montos adeudados por conceptos de previsin social3. Los peticionarios afirman que no se ha dado cumplimiento

    3 Constan en los anexos presentados por los peticionarios las sentencias definitivas de cada proceso judicial, as como

    los montos de liquidacin.

    BENAVIDES Y OTROS con I. Municipalidad de Chaaral, Rol: 18.629, del Juzgado de Letras de Chaaral, por el pago de la asignacin del artculo 490 del D.L. 3.551/1980.

    Cornejo Campos, Alexis J. (*); Andreani Rossinelli, Gabriela R. (80 aos); Lagos Carrasco, Cristina D. (77 aos); Montenegro Montenegro, Angela D. (77 aos); Benavides Montaa, Clarisa E. (76 aos); Paralta Olivera, Angela B. (73 aos); Vallejos Corts, Hugo Segundo (73 aos); Campos Bugeo, Violeta M. (72 aos); Muoz Gilberto, Bernardita (72 aos); Robles Leiton, Gustavo Arnoldo (72 aos); Rojas Castillo, Gladys (72 aos); Valencia Corts, Rubn Enrique (72 aos); Venegas Hernndez, Mireya Olimpia (72 aos); Flores Corts, Raquel D. (71 aos); Bugueo Chacana, Gumercindo (70 aos); Hurtado Clunes, Ruperto H. (70 aos); Alcota Goya, Juana Angela (69 aos); Figueroa Torres, Orielle (69 aos); Larrea Herrera, Laura J. (69 aos); Torres Saint Lawrence, Marleine (69 aos); Flores Corts, Elizabet D (68 aos); Osorio Astorga, Juan Antonio (68 aos); Torres Montao, Lucila (68 aos); Valdivieso Moran, Ruth Carlota (68 aos); Godoy Avils, Luzmelia O. (66 aos); Gutirrez Castillo, Lindora D. (66 aos); Kong Urbina, Isabel Margarita (66 aos); Zepeda Viera, Alejandro del Carmen (66 aos); Godoy Monardez, Elizabeth (65 aos); Morales Mena, Sergio Hugo (*); Valdivia Rivera, Baldomera D (65 aos); ngel Ardiles, Bernardo D. (64 aos); Barros Rojas, Lucrecia D. (64 aos); Carrasco Carrasco, Clara E. (64 aos); Valenzuela Gonzlez, Lucit Violeta (64 aos); ngel Corts, Diosa De L. (63 aos); Durn Vargas, Yorka Flavia (63 aos); Egaa Romo, Hernn Gabriel (63 aos); Loyola Funes, Sergio Manuel (63 aos); Marin Guerra, Rosa Otilia (63 aos); Rivera Hidalgo, Jess Arturo (63 aos); Snchez Contreras, Carmenci J. (63 aos); Tapia Pez, Elba Ernestina (63 aos); Trujillo Arredondo, Maria Anglica (63 aos); Godoy Avils, Mitzi Daysi (62 aos); Lpez Gonzlez, Antonio P. (62 aos); Lorca Arredondo, Edda Adriana (62 aos); Medina Benavides, Maria Cristina (62 aos); Snchez Contreras, Mavel Selic (62 aos); Avendao Pea, Enilde (61 aos); Castillo Morales, Gabriel F. (61 aos); Jimnez Acevedo, Ramn Gastn (61 aos); Astorga Astorga, Ana Maria (60 aos); Daz Aguilar, Hctor David (60 aos); Pizarro Alquinta, Luisa D. (60 aos), Serazzi Ahumada, Nelda Luisa (60 aos); Tolmo Sosa, Ernesto Carlos (60 aos); Vega Cordovez, Delicia D. (60 aos); Bugueo Chacana, Eliana A. (59 aos); Quiroga Cortes, Graciela L. (59 aos); Rivas Tapia, Lino Alberto (59 aos); Tapia Escudero, Estela Marlene (59 aos); Martnez Rodrguez, Hugo E. (58 aos); Miles Segovia, Jaime Hernn (58 aos); Muoz Segura, Nelly Alejandrina (58 aos); Plaza Henrquez, Carlos D. (58 aos); Gaspar Alquinta, Grumilda G. (57 aos); Gonzlez Rodrguez, Clara D. (57 aos); Ossandon Veliz, Griselma D.(57 aos); Pasten Castillo, Vernica D. (57 aos); Bugueo Elo, Priscila Palmira (56 aos); Cofre Briceo, Ana Elizabeth (56 aos); Arredondo Bugueo, Isabel D. (55 aos); Cortes Cisterna, Aldecira V. (55 aos); Molina Hurtado, Ins Wacolda (55 aos); Palma Sias, Ana Maria (55 aos); Recharte Carrasco, Griselda A. (55 aos); Tejada Moreno, Silvia Teresa (55 aos); Arancibia Ramrez, Isabel D. (54 aos); Araya Corts, Shenda Janeth (54 aos). Adicionalmente, en la peticin original se hace referencia a las siguientes cuatro vctimas: Ada del Carmen Alquinta, Dulcinea Gonzlez Ortiz, Petronila Brgida Fajardo Alanz e Irma de Lourdes Cisterna Bravo.

    RAMREZ Y OTROS con I. Municipalidad de Vallenar, Rol: 4.443, del Primer Juzgado de Letras de Vallenar, por el pago de la asignacin del artculo 40 del D.L. 3.551/1980.

    Valderrama Martnez, Norma E. (*); Melndez Corts, Silvia Edith (*); Gonzlez Zepeda, Rosa Elena (*); Silvia Gonzlez, Elba del C. (*); Zamora Rowe, Ana Mara Eugenia (*); Rivera Barrera, Csar Hernn (*); Cavada Mauske, Enrique G. (*); Valenzuela Portilla, Mara Edilia (*); Gonzlez Rojas, Gladys Ruth (*); Zuleta Aguilera, Noel Salomn (*); Rojas Vliz, Nolvia Luisa (*); Marn Escobar, Norma Antonia (*), Pez Buigley, Maranda Yolanda (*); Quezada Araya, Edmundo Mximo (*); Seplveda Godoy, Carlos E. (*); Morales Morales, Hctor Miguel (*); Pacheco Pacheco, Cecilia del C. (*); Pierotic Corts, Mateo Segundo (*); Concha Girn, Eduardo Hernando (*); Monrdez Lillo, Felisa del C. (*); Castillo Marn, Gregorio Vctor (*); lvarez Farias, Rosa Mafalda. (83 aos); Lpez Rojas, Ana Josefina (81 aos); Vega Araya, Graciela del R. (*); Adriazola Berger, Ina Sonia. (80 aos); Sorich Olivares, Alexandrina A. (80 aos); Tapia Castillo, Domitila del C. (80 aos); Farias, Jos Porfirio. (79 aos); Rivera Cortes, Carmen Eliana D. (78 aos); lvarez Davies, Adriana Violeta (78 aos); Piones Urbina, Miguel Segundo (77 aos); Ramrez Ferrari, Norma Eliana (77 aos); Arancibia Martnez, Juana M.(77 aos); Herrera Rivera, Rolando del R.(77 aos); Cruz Rivera, Smara del Carmen (77 aos); Mamani Jofre, Orlando (76 aos); Adaos Ramrez, Gladys Mara (76 aos); lvarez Flores, Sergio Ricardo (76 aos); Pez Varas, Adela del Rosario (76 Aos); Snchez Cortes, Iris del C.(76 aos); Pineda Castillo, Indra Benita (76 aos); Romero Romero, Hernn W.(76 aos); Cataln Vallejo, Filadelfo del C.(75 aos); Carvajal Campillay, Felisa (75 aos); Nez Mndez, Amelia Olivia (75 aos); Barrios Craig, Mara Teresita D. (75 aos); Petzold Zanforlin; Adriana Alicia. (75 aos); Zavala Cortes, Gladys del R.(75 aos);Gutirrez Rivera, Sergio Alberto (74 aos); Phillips Reyes, Mara Anglica (74 aos); Valds Robles, Iris Eliana (74 aos); La Torre Herrera, Enoe de L (74 aos); Cubillos Cuello, Bahaman Antonio (74 aos); Pizarro Bugueo, Elena Ester (73 aos); Briceo Gutirrez, Nila (73 aos); Flores Flores, Rosa Elizabex (73 aos); Lima Marn, Jorge Oriel (73 aos); Barrios Olivares, Mara Cristina (72 aos); Segovia Martnez, Adriana G.( 72 aos); Laferte, Adriana del Rosario (72 aos); Velaz Guaman, Claudina del C. (72 aos); Fernndez Espinoza, Ana Mara C. (72 aos); Gajardo Olivares, Juana Rosa (71 aos); Morales Morales, Aldo Vicente (71 aos); Herrera Vargas, Alexis Orlando (71 aos); Geraldo Ramrez, Elsa Blanca (71 aos); Daz Ortiz, Marcos Jorge (71 aos); Meyer Flores, Rebeca M. (70 Aos); Cortes Gajardo, Juan Gabriel (70 aos); Borcoski Pez, Norma Cristina (69 aos); Rivero, Nelly del Carmen (69 aos); Ferreira Rojas, Silvia Bersave (68 aos); Borcoski Pez, Nancy Margarita (68 aos); Villegas Traslavia, Alicia M. (68 aos); Velas Guaman, Doris Francisca (68 aos); valos Daz, Fresia del Carmen (68 aos); Pizarro Veas, Mara del Carmen (68 aos); Barrios Olivares, Romelio A. (68 aos); Escobar Aguilera, Eulalia Ester (68 aos); Ocaranza Torres, Agueda B. (68 aos);Pizarro Alfaro, Aurora Isabel (67 aos);Balut Streeter, Mara Ledda (67

  • 5

    Aos); Lobos Vargas, Luis Sergio (67 aos); Santander Vallejos, Mario D (67 aos); Tapia Tosetti, Mara Anglica (67 aos); Ramrez Ortiz, Ins Ariela (67 aos); Zepeda Cena, Norma Yolanda (67 aos); Tapia Castillo, Alejandro A. (67 aos); Cortes Olmedo, Elsi Raquel (67 aos); Guerrero Sandoval, Gloria D. (67 aos); Cerda Ortiz, Elena Lelia (66 aos); Iribarren Cardenas, Isabel del C. (66 aos); Collao Rojas, Gladys (66 aos); Garrido Berrios, Mirtha Flor D. (66 aos); Ubilla Rojas, Ada Mara Ins (66 aos); Rojas Romero, Rodrigo Antonio (65 aos); Molgas Corts, Misael Enrique (65 aos) Reyes Locatelli, Miguel Orlando (65 aos); Castillo Cruz, Pedro Gabriel (65 aos); Munizaga Espinosa, Jaime Enrique (65 aos); Cuadra Caldern, Sonia Elsa (65 aos); Lpez Zambrano, Juan de La Luz (65 aos); Carvajal Reyes, Gloria de Las M. (65 aos); Cofre Caldern, Jorge Orlando (65 aos); Requea Nez, America Elena (65 aos); Fredes Soza, Hilda Irene (65 aos); Soto Campillay, Rubn Emilio (64 aos); Cortes Rojas, Juana Aurora (64 aos); Peralta Seplveda, Gladys del C. (64 aos); Poblete Lemus, Fresia Elena (64 aos); Espejo Chepillo, Dilma Eliana (63 aos);Barrera Cruz, Mara Luisa (63 aos); Astudillo Morales, Hctor Over (63 aos); Vicentelo Gatta, Laura Graciela (63 aos); Alegra Olivares, Roberto E. (63 aos); Araya Cabrera, Victoria del C. (63 aos); Maldini Robles, Mara Alicia (63 aos); Silva Castillo, Miriam Jess (63 aos); Sanhueza Valeria, Gricelda M. (63 aos); Aracena Valladares, Ruth Mara (63 aos); Flores Flores, Pedro Edmundo (63 aos); Alzamora Alzamora, Orlando E. (63 aos); Cabeza Bravo, Gilda Eliana (63 aos); Melndez Daz, Renn Alberto (63 aos) Alcayaga Rojas, Mnica del R. (63 aos); Bez Ramrez, Nelly del Carmen (63 aos); Podesta Morales, Manlio Luis (63 aos); Sez Ordenes, Antonio Reginaldo (63 aos); Gutirrez Rivera, Hctor Abel (63 aos); Espinoza Navea, Uberlinda D. (63 aos); Nez Daz, Edith del Carmen (62 aos); Daz Gonzlez, Nancy Leonor (62 aos); Callejas Laferte, Yolanda del C (62 aos); Rojas Toro, Orlando Efran (62 aos); Cruz Barrera, Nelson Ives (62 aos); Ortega Zambra, Sergio Ismael (62 aos); Araya Cortes, Sergio Enrique (62 aos); lvarez lvarez, Gabriela Iris (62 aos); Vega Seriche, Wilfredo (61 aos); Alcayaga Leyton, Luzmila B. (61 aos); Morales Ros, Gadys Graciela (61 aos); vila Guerra, Nelson Camilo (61 aos); Molina Molina, Betty del Rosario (61 aos); Palma Seplveda, Ana Cecilia (61 aos); Loyola Tapia, Silvia Ins (61 aos); Tapia Tossetti, Mara de la Luz (61 aos); Flores Pineda, Texa Gladys (61 aos); Alfaro Arcaya, Ada Marina (61 aos); Flores Flores, Mara Amelia (61 aos); Sotella Vernal, Celinda del C. (61 aos); Zubieta Kong, Elena Ernestina (61 aos); Gatica Fernndez, Gladys Z. (61 aos); Alcayaga Pinto, Gloria Patricia (61 aos); Wasaff Cabello, Nelly D. (61 aos); Ardiles Quinteros, Luis Alberto (60 aos); Briceo Figueroa, Rosa A. (60 aos); Lpez Miranda, Ana del C.(60 aos); Conteras Carmona, Celsa C. (60 aos); Spataris Schaffhauser, Cinthia D. (60 aos); Araya Salinas, Delia De Lourdes (60 aos); Pez Pez, Patricia Armidita (60 aos); Callejas Rojas, Adela Haydee (60 aos); Flores Gonzlez, Elly Milena (60 aos); Caballero Castillo, Oscar A. (60 aos); Santibez Sagua, Ral Segundo (60 aos); Leiva Ortiz, Luis Alberto (59 aos); Pacheco Pacheco, Mara Cristina (59 aos); Zambrano Aros, Rosa Otilia (59 aos); Campusano lvarez, Mnica C. (59 aos); Caldern Lean, Juan Benito (58 aos); Aguilar lvarez, Vernica E. (58 aos); Fuentes Cortes, Marfri Iris (58 aos); Melndez Varas, Nora Rita (58 aos); Espinoza Villegas, Jose Enrique (58 aos); Campillay Cortes, Gladys Mirian (58 aos); Valdes Delgado, Ana Manuela (58 aos); Mery Mery, Patricia de Lourdes (57 aos); Flores Gonzlez, Gloria M (57 aos) Mortola Godoy, Olga Marianela (57 aos); lvarez Munizaga, Rosa del L. (57 aos); Borquez Morales, Sonia Margot (56 aos); Guerrero Hurtado, Carlos Rubn (56 aos); Santibez Espinoza, Enrique A. (56 aos); Rojas Hernndez, Daniel Segundo (56 aos); La Rosa Rivera, Mnica Gabriela (56 aos); Campillay Villalobos, Laura M. (56 aos); Toro Vzquez, Nolvia Anglica (56 aos); Reyes Trujillo, Julio Ernesto (55 aos); Ossando Pizarro, Isabel Danisa (55 aos); Prez Aguilar, Manuel Antonio (55 aos); Naranjo Tapia, Juana Hortensia (54 aos); Rojas Vega, Ana Mara del C. (54 aos); Olgun Aguirre, Danilo Waldemar (53 aos).

    BELMAR Y OTROS con I. Municipalidad de Parral, Rol: 4.051; BUSTAMENTE Y OTROS con I. Municipalidad de Parral, Rol: 4.071; SALAZAR Y OTROS con I. Municipalidad de Parral, Rol: 4.096; Y BAYER Y OTROS con I. Municipalidad de Parral, Rol: 4.274 del Primer Juzgado de Letras de Parral, por el pago de la asignacin del artculo 40 del D. L. 3.551/1980.

    Salvo Candia, Ada del C. (*); Ruiz Morales, Miguel ngel(*); Bustamante Pincheira, Alicia del C (*); Salazar Aravena, Nilsa Fredes (*); Seplveda Gutirrez, Fortunato de las Rosas (*); Muoz Gonzlez, Gladys Elena del Carmen (*); Fuentes Arriagada, Luis Arturo (*); Czischke Oyharcabal, Sonia A (*); Aravena Fuentes, Jos del Carmen (*); Rivas Ahumada, Nahor (*); Chacn Bustos, Ana Rosa (76 aos); Jerez Jerez, Alfonso E. (76 aos); vila Ceroni, Ulises Napolen (71 aos); Matus Rodrguez, Ceferina Olivia (71 aos); Parada Bustamante, Haydee del Carmen (71 aos); Salvo San Martn, Enedina del C. (71 aos); vila Lobos, Nelson Alfonso (70 aos); Bastas Manrquez, Lilia del Carmen (70 aos); Cceres Bustos, Juan Orlando (70 aos); Fuentes Ramrez, Litta Gaby (70 aos); Gmez Villagrn, Luis Ernesto (70 aos); Gonzlez Domnguez, Eugenio A. (70 aos); Ibez Agurto, Sonia Andrea (70 aos); Matus Oate, Elisa de las Mercedes (70 aos); Silva Seplveda, Lidia Rosa (70 aos); Troncoso Hernndez, Sigisfredo (70 aos); Vergara Troncoso, Carlos Eliseo (70 aos); vila Lobos, Iliana de las Mercedes (69 aos); Espinoza Daz, Juan Luis (69 aos); Rivas Ahumada, Ramona (69 aos); Carsalade Manrquez, Morelia Ernestina (68 aos); Gonzlez Bravo, Mara Isolina (68 aos); Surez Fermandoy, Mirella del Rosario (68 aos); Ziga Luna, Laura del C. (68 aos); Ziga Mndez, Mery del C. (68 aos); Ibarra Aravena, Fresia (67 aos); Moraga Alarcn, Yolanda Telsfora (67 aos); Nader Zerene, Isabel del C. (67 aos); Rojas Prado, Raquel Eulalia (67 aos); vila Contreras, Dalia Edith (66 aos); Belmar Montero, Isabel (66 aos); Cabrera Ortega, Mara Virginia (66 aos); Chvez Cuevas, Silvia Guillermina (66 aos); Montoya Castro, Yolanda del T. (66 aos); Morales Agurto, Ana Luz (66 aos); Muoz Navarrete, Gladys de las Mercedes (66 aos); Ortega Arevalo, Eliana E (66 aos); Parra Moraga, Aquiles Otoniel (66 aos); Ramos Matus, Raquel del C. (66 aos); Urra Torres, Fresia del Carmen (66 aos); Acua Fuentes, Jaime N. (65 aos); Escobar Espinoza, Nirma Flor (65 aos); Ramos Ramrez, Alicia del Carmen (65 aos); Saravia Lawrence, Fernando (65 aos); Araneda Fuentes, Elba del R. (64 aos); vila Contreras, Juan C. (64 aos); Bustamante Snchez, Ana Rosa (64 aos); Cancino Riquelme, Mara del L. (64 aos); Fuentes Gatica, Bersabet de las Mercedes (64 aos); Hernndez Hernndez, Julia del C.(64 aos); Lpez Labra, Adriana del C. (64 aos); Lpez Labra, Yolanda E, (64 aos); Parra Gaete, Juan Roespiel (64 aos); Seplveda Seplveda, Mara A. (64 aos); Soto Inzunza, Ovidio Gamadiel (64 aos); Araya Castro, Julia Hortencia (63 aos); Balladares Conteras, Mara Cristina (63 aos); Bayer Torres, Gerardo Jess (63 aos); Contreras Majulez, Sonia del Carmen (63 aos); Contreras Medel, Jimena de Sta. Teresita (63 aos); Espinace Gonzlez , Eugenia Uberlinda (63 aos); Hernndez Fuentes, Ana A. (63 aos); Hernndez Fuentes, Berta del Carmen (63 aos); Jimnez Espinoza, Patricia del Carmen (63 aos); Manrquez Daz, Nereida Mara Ins (63 aos); Maureira Troncoso, Servando Enrique (63 aos); Ortega Tejos, Irene Adelaida (63 aos); Urrutia Muoz, Juana de las Mercedes (63 aos); Urrutia Muoz, Mara F. (63 aos); Valenzuela Puentes, Mara Doralisa (63 aos); Fuentes Videla, Carmen G. (62 aos); Molina Santana, Mara Teresa (62 aos);

  • 6

    Quintana Zurita, Mara Ins (62 aos); Roca Sayes, Fresia Celina del C. (62 aos); Soto Vera, Mara Soledad (62 aos); Vergara Troncoso, Nancy del Carmen (62 aos); Riquelme Contreras, Juana del Rosario (60 aos); Aguayo Yaez, Margarita C. (58 aos); Tapia Toro, Mara Anglica (57 aos); Ulloa Neira, Mara E. (54 aos).

    AGURTO CHUENG GUISAN, ELENA con I. Municipalidad de Cauquenes, Rol: 63-93; BARRA ENRIQUEZ MIRTA Y OTROS con I. Municipalidad de Cauquenes, Rol: 123-93, y AGULERA MACHUCA ANGEL Y OTROS con I. Municipalidad de Cauquenes, Rol: 38-93, del Juzgado de Letras de Cauquenes, por el pago de la asignacin del artculo 40 del D.L. 3.551/1980.

    Daz Canales, Ilia Ester (*); Aravena Concha, Gastn (*); Moya Ramrez, Ana Haydee (*); Snchez Snchez, Ester (*); Rojas Ortiz, Mara (*); Muoz Flores, Humilde (*); Lpez Barra, Idia Rosa (*); Gutirrez Lara, Elia L. (*); Cerro Jara, Elcira de las M. (*); Martnez Suazo, Benita (*); Cisternas, Cisternas, Mara Graciela (*); Muoz Henrquez, Gladys (*); Aravena Verdugo, Jose H. (*); Duran Gutirrez, Brigido (*); Canales Espinoza, Silvio (*); Lara Pereira, Mara Apolina (*); Villegas Olivos, Jose (*); Quiroz Ravanal, Teresita (*); Vidal Valladares, Antonio (*); Canales Lpez, Miguel Segundo (*); Snchez Seplveda, Crisila (*); Cancino Prez, Clodomiro (*); Cofre Cofre, Julio del T. (*); Ros Muoz, Mara (*); Prez Guerrero, Fanor Arnaldo (*); Reyes Parra, Morelia (*); Daz Espinoza, Ramn E. (*); Valenzuela Enrquez, Gerarda (*); Alvear Miranda, Gladys (*); Martnez Salazar, Heriberto Antonio (*); Medina Aravena, Jose Flavio (*); Vega Vsquez, Marina (87 aos); Aravena Alarcon, Gildardo (86 aos); Rodrguez Seplveda, Fresia del Carmen (85 aos); Riquelme Bustos, Ral Ren (84 aos); Vargas Bustos, Mara Alicia (84 aos); Carikeo Vega, Ada (83 aos); Guzmn Urrutia, Jos Romualdo (83 aos); Alvear Mrquez, Nelly (83 aos); Acua Aravena, Graciela (82 aos); Duran Seplveda, Marta del Carmen (82 aos); Alvear Mrquez Lily (82 aos); Bustos, Bustos, Rene (82 aos); Jara Apablaza, Claudina del C. (82 aos); Leal Vega, Rene O. (82 aos); Briones Muoz, Elba o Elvia Nelly (81 aos); Cisterna Garrido, Mario (81 aos); Ibaez Soto, Adriana de las M. (81 aos); Muoz Henrquez, Edina (81 aos); Espinosa Len, Mara (80 aos); Pereira Garca, Carlos (80 aos); Soto Ormeo Manuel (80 aos); Landeros Alarcn, Rosalia (79 aos); Bahamondes Mena, Rolando (79 aos); Acua Aravena, Mara Teresa (78 aos); Aranda San Martn, Rodolfo (78 aos); Coloma Torres, Mara Teresa (78 aos); Echevarria Bravo, Waldo Ignacio (78 aos); Espinoza Espinoza, Hernn (78 aos); Figueroa Oyanzun, Jaime (78 aos); Medel Agurto, Mara (78 aos); Quiones Duran Martn (78 aos); Salagado Torres, Pedro Antonio (78 aos); Seplveda Valenzuela, Fresia D. (78 aos); Torres Moya, Manuela (78 aos); Yamal Albornoz, Seinap (78 aos); Abarza Farias, Mara (77 aos); Cerro Jara, Silvio A. (77 aos); Daz Espinoza, Mara N. (77 aos); Grez Bustos, Guacolda T. (77 aos); Soto Prez, Octavio (77 aos); Cerro Jara, Gerardo Mara (76 aos); Flores Domnguez, Ins del C. (76 aos); Gaete Aravena, Ana Rosa (76 aos); Jara Bustos Margarita del C. (76 aos); Len Len, Lucia del C.(76 aos); Quiroz Arriagada, Alicia (76 aos); Gajardo Rodrguez, Pedro Ivn (75 aos); Aravena Coloma, Fresia (75 aos); Arellano Daz, Manuel (75 aos); Barra Henrquez, Hugo (75 aos); Fuentes Aravena, Vitelia (75 aos); Muoz, Alberto Antonio (75 aos); Ortz Rojas, Mara Haydes (75 aos); Yamal Jimnez, Said (75 aos); Bustos Retamal Victoria (74 aos); Gallinato Monasterio, Mara (74 aos); Meza Muoz, Mario Arnaldo (74 aos); Moraga Moraga, Silvia Rosa (74 aos); Salgado Galaz, Luis H. (74 aos); Sanches Tapia, Ins Enriqueta (74 aos); Zuiga Morales, Juan Francisco (73 aos); Aravena Hernndez, Enrique (73 aos); Arellano Peailillo, Miguel (73 aos); Fuentes Muoz, Norma H (73 aos); Fuentes Tejos Mara (73 aos); Grandon Arellano, Jess (73 aos); Guijada Valenzuela, Ada (73 aos); Jimnez Inostroza, Isabel (73 aos); Orrego Contreras, Leonor (73 aos); Pea Castro, Mara Teresa (73 aos); Reyes Leal, Mara Magdalena (73 aos); Salazar Enrquez Sergio (73 aos); San Martn Vistoso, Rosa (73 aos); Seguel Novoa, Rosa (73 aos); Torres Muoz, Juan F. (73 aos); Canales Moya, Rosa Ester (72 aos); Salazar Salgado , Hctor Hernn (72 aos); Cceres Reyes, Luis W. (72 aos); Chamarro Pradenas, Francisco (72 aos); Jara Retamal, Rosa Mara (72 aos); Ortiz Rojas, Mara Irma (72 aos); Plaza Flores, Jorge Arnaldo (72 aos); Riquelme Paredes, Sara (72 aos); Ruiz Alarcn, Emiliano (*); Salazar Alarcn, Mara (72aos); Salgado Galaz, Edison (72 aos); Valencia Caceres, Miguel (72 aos); Yamal Jimnez, Bernardita (72 aos); lvarez Vega, Marta (71 aos); Bustamante Yevenes, Abdul (71 aos); Duran Prez, Auria A. (71 aos); Fuandez Henrquez, Isabel G. (71 aos); Garca Rojas, Rosamel Del C. (71 aos); Hernndez Recabarren, Hilda (71 aos); Lara Garca, Mara Teresa (71 aos); Martnez Suazo, Mara Filomena (71 aos), Martnez Suazo, Zunilda (71 aos); Moraga Opazo, Mara Eliana (71 aos); Muoz Osses, Adela del C. (71 aos); Muoz Torres Lucia (71 aos); Navarrete Moraga, Ral (71 aos); Salinas Olave, Estela (71 aos); Sobarzo Rocha, Gladys (71 aos); Yamal Albornoz, Alia (71 aos); Abarzua Farias, Marta (70 aos); Agurto Cancino, Anicia del Carmen (70 aos); Arce Sarmiento, Mara Mercedes (70 aos); Bueno Sorbazo, Rina del C. (70 aos); Capurro Albornoz, Rosa (70 aos); Castro Gutirrez, Elizabeth H. (70 aos), Jara Plaza, Jorge A. (70 aos); Landeros Alarcn, Luz (70 aos); Opazo Veliz, Jose del Carmen (70 aos); Salgado Galaz, Ricardo (70 aos); Soto Figueroa, Lutgarda (70 aos); Agurto Duran, Ruby (69 aos); Alarcn, Alarcn, Violeta del Carmen (69 aos); Apablaza Garcia, Silvia Rosa (69 aos); Canalaez Bravo, Rolando ( 69 aos); Faundez Aladana, Silvia Rosa (69 aos); Gonzlez Flores, Matilde (69 aos); Guevara Martnez, Lady Ada (69 aos); Hernndez Prez, Jos (69 aos); Hormazabal Duran German (69 aos); Leon Leal Heracrito (69 aos); Martnez Suazo, Luisa E.(69 aos); Meneses Pradenes, Jaime Boris (69 aos); Muoz Duran, Elizabeth (69 aos); Muoz Villanueva, Silvia Blanca (69 aos); Ortiz Letelier, Mara (69 aos); Paredenas Rivas Mara (69 aos); Rivas Snchez, Estela del Carmen (69 aos); Aguilera Machuca, ngel Armando (68 aos); Bustos Coloma, Mara Ins (68 aos); Espinaza Saavedra, Iris Esperanza (68 aos); Flores Domnguez, Juana (68 aos); Guevara Sanhueza, Margarita D. (68 aos); Jaque Aravena, Ena Sonia (68 aos); Prez Orellana, Guacolda (68 aos) ; Rojas Alarcn, Lucinda (68 aos); Ruiz Alarcn, Juan Nivaldo (68 aos); Toledo Cabeza, Mirtha Alicia (68 aos); Urra Cofre, Jaime (68 aos); Valenzuela Gmez, Gilda (68 aos); Aravena Aravena, Ana M. (67 aos); Aravena Moya, Corina (67 aos); Baravo Muoz, Mara (67 aos), Bravo Canales, Mara S. (67 aos); Canales Moya, Laura (67 aos); Castillo Castillo, Guillermo (67 aos); Espinoza Galdames, Norma (67 aos); Flores Domnguez, Ana Delia (67 aos); Herrera Pino, Alicia (67 aos); Macaya Gatica, Mara R. (67 aos); Pradenas Riffo, Gregorio (67 aos); Retamal vila, Mirian (67 aos); Valds Gutirrez, Filomena (67 aos); Veloso, Veloso, Lilian (67 aos); Yaez Garrido, Mercedes (67 aos); Agurto Chieng Guisan, Elena (66 aos); Canales Soto, Irma del Carmen (66 aos); Alvear Daz, Gladys P. (66 aos); Arellano Lira, Ana del C. (66 aos); Faundez Fuentes, Arturo (66 aos); Figueroa Daz, Mara (66 aos); Muoz Enrquez, Juana (66 aos); Parra Burgos, Teresa (66 aos); Peailillo Reyes, Estela del Carmen (66 aos); Pereira Opazo, Frasminia (66 aos); Prez Canales, Lucrecia (66 aos); Rojas Bustos, Sonia Petronila (66 aos);Urrutia Prat, Patricia (66 aos); Valds Quintana, Oscar (66 aos); Vsquez Henrquez, Pedro (66 aos); Gaviln Lpez, Magaly de las Mercedes (65 aos); Gonzlez Sez, Gladys Cristina (65 aos); Montecinos Vsquez, Alonso Mercedes (65 aos); Aguilera Machuca. ngel Alberto (65 aos); Canales Villarroel, Gastn (65 aos); Espinoza Mena, Guadalupe (65 aos); Muoz

  • 7

    Henrquez, Elia E. (65 aos); Muoz Jara, Bernarda (65 aos); Reyes Aravena, Ema del P. (65 aos); Reyes Daz, Luis A. (65 aos); Soto Prez, Ximena (65 aos); Troncoso Venegas, Rebeca del R. (65 aos); Veliz Pereda, Jaime (65 aos); Amigo Yevenes, Carmen (64 aos); Araya Muoz, Orfelina (64 aos); Arellano, Arellano Manuel Antonio (64 aos); Arellano Lepe, Elba Rosa (64 aos); Candia Prez, Eva Vainey (64 aos); Cereceda Seplveda, Myreya del (64 aos); Eulufi Luuna, Ramona del C (64 aos); Fuentes Carreo, Dolores del C. (64 aos); Guevara Alegra, Gladys (64 aos); Moraga Berrios, Doris de las Nieves (64 aos); Muoz Salazar Fernando (64 aos); Opazo Veliz, Mara Eugenia (64 aos); Orellana Jara, Enedina (64 aos); Orellana Mendez, Silvia Ernestina (64 aos); Ramonet Grandon, Rosa (64 aos); Rojas Rojas, Mara (64 aos); Tapia Sepulveda, Margarita (64 aos); Torres Avila, Helmo del C (64 aos); Crdoba Filippi, Patricia Virginia (63 aos); Maldonado Pereda, Mara Ester (63 aos); Alarcn Ros , Hctor Ral (63 aos); Aravena Yaez, Mirta E. (63 aos); Arellano Valds, Lucia Isabel (63 aos); Canales Gutirrez, Francisco (63 aos); Carreo Cortes, Gloria (63 aos); Ceballos Mora, Nelly Filomena (63 aos); Faundez Hormazabal, Zoila del C. (63 aos); Moraga Bustos, Lidia (63 aos); Prez Roldan, Mirian (63 aos); Rivero Salgado, Mara (63 aos); Rojas Garca, Iris (63 aos); Ruiz Alarcn, Juan (63 aos); Suazo Ulloa, Hugo (63 aos); Villegas Venegas, Gabriel (63 aos); Fuentes Hidalgo, Mnica Anglica (62 aos); Ortiz Daz, Elizabeth Oriana (62 aos); Aguilera Machuca, ngel Arturo (62 aos); Amigo Merino, Miriam (62 aos); Benavente Hernndez, Mardoqueo (62 aos); Canales Eulufi, Mara Teresa (62 aos); Jara Espinoza, Jorge (62 aos), Merino Segura, Anglica (62 aos); Morales Orostica, Gimena (62 aos); Muoz Daz, Jose (62 aos);Norambuena Castro, Humberto (62 aos); Pinochet Garrido, Pedro Antonio (62 aos); Sanhueza Basaul, Isabel Alejandro (62 aos); Soto Prez, Carlos (62 aos); Urbina Canpos, Vernica (62 aos); Vera Briones, Laura del Carmen (62 aos); Villegas Olivos, Rosa (62 aos); Agurto Cancino, Estelvina (61 aos); Agurto Lpez, Mary Teresa (61 aos); Alvarado Urrutia, Alicia C. (61 aos); Andia Cariqueo, Marcial Ernesto (61 aos); Crdenas Peailillo, Mara (61 aos); Coloma Benavente, Marina Merced (61 aos); Duran Rodrguez, Carlos R. (61 aos); Escalona Prez, Lucila del C. (61 aos); Espinoza Torres, Mara (61 aos); Gonzlez Seplveda, Ciro Hernn (61 aos); Jara Norambuena, Hilda Luisa (61 aos); Len Vera, Ana del C (61 aos); Martnez Suazo, Rosario ( 61 aos); Muoz Norambuena, Adelina Rosa (61 aos); Norambuena Gutirrez, Adela del (61 aos); Opazo Vliz, Nancy Antonieta (61 aos); Torres Moya, Margarita (61 aos); Bueno Salgado, Gladis Yolanda (60 aos); Torres Castillo, Rubi Mara (60 aos); Burgos Norambuena, Amrica (60 aos); Cancino Prez, Mirta Aurora (60 aos); Carmona Pradenas, Ren (60 aos); Estuardo Vergara, Herna (60 aos); Landeros Novoa, Ida del Carmen (60 aos); Len Muoz, Heriberto (60 aos); Meza Irribarra, Gloria Paz (60 aos); Morales Orellana, Jorge Alejandro (60 aos); Opazo Prez, Ebaristo (60 aos); Prez Guzmn, Juan Eufrosinio (60 aos); Pinto Briones, Arlette (60 aos); Snchez Ibarra Yisel (60 aos); Yez Retamal, Blgica (60 aos); Pea Aravena, Mara Gloria (59 aos); Alegra Fuentes, Armando Antonio (59 aos); Alvial Loyola, Beatriz (59 aos); Aravena Luna, Eliana (59 aos); Barra Eulufi, Juana (59 aos); Daz Alarcn, Iris del (59 aos); Fuentes Carreo, Juana Mariua (59 aos); Jara Escalona, Juan Francisco (59 aos); Machado Barrera, Nancy (59 aos); Meza Gatica, Carlos Patricio (59 aos); Peiailillo Reyes, Augusto (59 aos); Prez Orellana, Marcelo (59 aos); Rivas Torres, Luz Herminia(59 aos); Rojas Crdenas, Mitzi Carolina (59 aos); Ruiz Geurra, Sara (59 aos); Salgado Gutirrez, Juana (59 aos); Seplveda Kaiser, Soledad de L. (59 aos); Urrutia Alarcn, Mara (59 aos); Veliz Grandon, Mara Anglica (59 aos), Vera Briones, Adelina del Carmen (59 aos); Espinoza Durn, Pedro Enrique (58 aos), Montesinos Becar, Sergio Enrique (58 aos), lvarez Cancino, Ins (58 aos), Aravena Amigo, Lilian Rosa (58 aos); Barrueto Seplveda, Jeanette (58 aos); Campos Lobos, Lilian Ester (58 aos); Candia Muoz, Eugenio del T (58 aos); Cerro Martnez, Mario Gerardo (58 aos); Cifuentes Flores, Mara (58 aos); Daz Faundez, Mara Anglica (58 aos); Domnguez Hormazabal, Miriam G. (58 aos); Pea Guajardo, Aura (58 aos); Pineda Tarac, Vctor (58 aos); Rojas Benavente, Gerardo Humberto (*); Salazar Salgado, Carmen (58 aos); Seguy Henrquez, Carmen Rosa (58 aos); Valenzuela Fandez, Delfina Mar (58 aos); Maureira Bueno, Carmen Rita (57 aos); Ahumada Ziga, Mara (57 aos); Cerro Martnez, Liliana Amanda (57 aos); Cisternas Chamorro, Vctor Manuel (57 aos); Concha Espinace, Alejandro Antonio (57 aos); Galdame Espinoza, Laura Rosa (57 aos); Luna vila, Malvina de las M. (57 aos); Maldonado Lobos, Vctoria (57 aos); Mellado Norambuena, Lilian M. (57 aos); Reyes Aravena, Hilda (57 aos); Villarroel Fuentes, Nilia de L. (57 aos); Zamorano Len, Gloria Eliana (57 aos), Barra Henrquez, Mirta Elizabeth (56 aos); Borda Peebles, Roberto Alfonso (56 aos); Campos Castro, Mara Rebeca (56 aos), Canales Torres, Gerardo (56 aos); Canales Torres, Jorge Enrique (56 aos), Crdenas Grandon, Hilda Elizabeth (56 aos); Salgado Barra, Mara (56 aos); Pincheira Leiva, Rafael Agustn (55 aos); Quiroga Molina, Carlos Antonio (55 aos); Sotomayor Hormazabal, Heraldo Ulises (55 aos); Espinoza Loyola, Luz Ester (55 aos); Hernndez Orellana, Gloria (55 aos); Yez Recabal, Juan (55 aos); Zapata Lagos, Graciela (55 aos); Neuez Vega, Carmen Sara (54 aos); Troncoso Venegas, Vctor Manuel (54 aos); Vliz vila, Nibaldo Enrique (54 aos); Vera Briones, Delia del Carmen (54 aos); Daz Acua, Rosario de las Mercedes (53 aos); Canales Pinochet, Luz Mara (53 aos); Canales Carrasco, Marco (52 aos); Marino Ayala, Patricia (52 aos); Arellano Araya, Leonor (51 aos).

    ABARZA FARAS, NEFTALI DANIEL Y OTROS con I. Municipalidad de Chanco, Rol: 217-93; y AGUILAR LAZCANO, ANA ELENA Y OTROS con I. Municipalidad de Chanco, Rol: 221-93, del Juzgado de Letras de Chanco, por el pago de la asignacin del artculo 40 del D.L. 3.551/1980.

    Contreras Fuentealba, Celso del Carmen (*); Contreras Jara, Guillermo Ernesto (*); lvarez Jara, Mara Liliam (*); Yez Recabal, Eduardo Andrs (*); Molina Oyarce, Rolando Antonio (*); Muoz Minchel, Humberto ngel (*); Escalona Espinoza, Rafaela de las Mercedes (*); Vistoso Seplveda, Liberato Segundo (*); Aldana Alvear, Ral Antonio (*); Prez Paredes, Luis Teobaldo (*); Corts Reyes, Mara Leontina (83 aos); Orellana Gutirrez, Heriberto del Carmen (80 aos); Espinoza Snchez, Beatriz (67 aos); Olivares Quezada, Clara Haydee (76 aos); Martnez Espinoza, Silvia Ins (73 aos); Orellana Verdugo, Ins del Carmen (72 aos); Guajardo Alvear, Norma Ins (71 aos); Verdugo Iturra, Jorge Humberto (71 aos); Muoz Minchel, Heriberto Arnaldo (69 aos); Salgado Fuentes, Juana del Carmen (69 aos); Muoz Loez, Hidal Amalia (67 aos); Orellana Gutirrez, Hugo del Trnsito (67 aos); Salgado Fuentes, Ada del Rosario (67 aos); Guajardo Parra, Nelly del Carmen (66 aos); Aravena Hernndez, Hugo (65 aos); Carrasco Moya, Haydee del Carmen (65 aos); Muoz Lpez, Sabina del Carmen (65 aos); Bustos Kuroki, Jaime Alberto (64 aos); Espinoza Seplveda, Mara Adrina (64 aos); Meza Montesinos, Marcelina de las Nieves (64 aos); Doizi Trucco, Elizabeth Vernica (63 aos); Vliz Pereda, Nelson Aler (63 aos); Vergara Encina, Angela Mara (63 aos); Arellano Lira, Genoveva de las Mercedes (62 aos); Contreras Manrquez, Elsa de las Nieves (62 aos); Garca Vera, Ramiro Aurelio (62 aos); Moraga Reyes, Marta Iris (62 aos); Muoz Minchel, Eliana Concepcin (62 aos); Guajardo Parra, Genoveva del Carmen (62 aos); Alvarado Mondaca, Rosa Eliana (61 aos); Norambuena Chamorro, Tefila Ester (61 aos); Prez Mrquez,

  • 8

    a las sentencias judiciales y que, dado que ha transcurrido tiempo en exceso, la salud de los profesores ha deteriorado significativamente y varios han fallecido4.

    19. Por lo anterior, los peticionarios afirman que el Estado habra incurrido en violaciones a los artculos 8, 21, 25 y 26 de la Convencin Americana en relacin al 1.1 y 2 del mismo instrumento internacional.

    B. Posicin del Estado

    20. El Estado alega que la peticin deba ser declarada inadmisible. Respecto de los profesores de Chaaral seala que los peticionarios no agotaron los recursos de jurisdiccin interna antes de presentarse ante la Comisin pues, por regla general, toda resolucin puede ser impugnada por

    Elsa del Carmen (61 aos); Prez Opaso, Alicia (61 aos); Gutirrez Fuentealba, Arturo Enrique (61 aos); Abarza Faras, Neftali Damaliel (60 aos); Canales Daz, Rosa del Carmen (60 aos); Castro Gonzlez, Oscar Enrique (60 aos); Letelier Fuentes, Eleodora del Rosario (60 aos); Retamal Orellana, Bernardita de Lorudes (60 aos); Arevalo Jara, Mara Rodope (59 aos); Castro Gonzlez, Rmulo Edgardo (59 aos); Espinoza Corts, Adelina de las Mercedes (59 aos); Fuentes Molina, Olivia del Carmen (59 aos); Gmez Moraga, Hctor Antonio (59 aos); Guajardo Parra, Elizabeth del Carmen (59 aos); Hernndes Vsquez, Gloria Elizabeth (59 aos); Pea Aravena, Manuel Antonio (59 aos); Rodrguez Torres, Mara Cecilia (59 aos); Prez Espinoza, Edith Adriana (59 aos); Alarcn Romero, Hugo Alberto (58 aos); Espinoza Campos, Leonor Clarina (58 aos); Guajardo Gutuerrez (sic), Juana Guillermina (58 aos); Meza Gatica, Anglica Violeta (58 aos); Muoz Hidalgo, Patricio Alberto (58 aos); Opazo Prez, Carmen Cecilia (58 aos); Daz Campos, Abraham del Rosario (58 aos); Yevenes Fandez, Sonia del Trnsito (58 aos); Aguilar Lazcano, Ana Elena (58 aos); Morn Gonzlez, Sergio Ivn (57 aos); Muoz Durn, Rosa Elena (57 aos); Prez Retamal, Elsa del Pilar (57 aos); Montesino Cancino, Blanca Josefina (56 aos); Rodrguez Torres, Orfelina Anglica (56 aos); Andia Cariqueo, Jos Gustavo (54 aos); Landeros Novoa, Eduardo Antonio (54 aos); Salazar Aguayo, Sonia Beatriz (54 aos), Tapia Tapia, Stanly Antonio (54 aos); Vera Fuentes, Yoconda de las Nieves (54 aos); Pea Ros, Vety de las Mercedes (54 aos); Martnez Espinoza, Nilvia Irene (53 aos).

    ALEGRA CANCINO, LUCILA Y OTROS con I. Municipalidad de Pelluhue, Rol: 218-93; y ARAVENA ESPINOZA, MARA MERCEDES Y OTROS con I. Municipalidad de Pelluhue, Rol: 222-93, del Juzgado de Letras de Chanco, por el pago de la asignacin del artculo 40 del D.L. 3.551/1980.

    Espinoza Suazo, Fidelina del Carmen (*); Canales Paredes, Gladys Ester (80 aos); Orellana Leal, Sofanor (71 aos); Bravo Aravena, Adriana (70 aos); Yez Gallardo, Pedro Ramn (69 aos); Torres Yez, Eduardo Onofre (68 aos); Crdenas Mrquez, Irma Ester (64 aos); Salazar Soto, Mara Benita (63 aos); Ayala Gonzlez, Joaqun del Carmen (62 aos); Gonzlez Jaque, Adrin Gustavo (62 aos); Domnguez vila, Isabel de las Mercedes (61 aos); Mora de la Hoz, Elena del Carmen (61 aos); Espinoza Vallejos, Juan de la Cruz (60 aos); Zambrano Gonzlez, Wilson Edgardo (60 aos); Orellana Guajardo, Mara Ninfa (59 aos); Vera Aravena, Mnica Beatriz (59 aos); Araya Godoy, Melba Ivone (58 aos); Jara Amigo, Juan Francisco (58 aos); Maureira Cceres, Mara Socorro (58 aos); Paredes Orellana, Elena del Carmen (58 aos); Valds Medina, Manuel Eduardo (58 aos); Muoz Luna, Teolina Tavita (58 aos); Alegra Cancino, Lucila de las Mercedes (57 aos); Fandez Opazo, Alicia de las Mercedes (57 aos); Hernndez Prez, Crescencia Ester (57 aos); Leiva Salas, Jos Heriberto (57 aos), Aravena Espinoza, Mara Mercedes (57 aos); Villaseor Jara, Jaime Antonio (56 aos); Guayiler Yez, Gloria Mara (55 aos); Andaur Alarcn, Mara Marlene (54 aos); Flores Acua, Patricia (54 aos); Fuentes Recabal, Miriam del Carmen (53 aos).

    (*) Los peticionarios informaron del fallecimiento de la presunta vctima en el trmite ante la CIDH. 4 Segn informacin proporcionada por los peticionarios en la reunin de trabajo del 26 de octubre de 2011; a esa fecha,

    las siguientes presuntas vctimas haban fallecido: de la Municipalidad de Chaaral: Alexis, J. Cornejo Campos; de la Municipalidad de Vallenar: Norma E. Valderrama Martnez, Silvia Edith Melndez Corts, Rosa Elena Gonzlez Zepeda, Elba del C. Silva Gonzlez, Ana Maria Eugenia Zamora Rowe, Csar Hernn Rivera Barrera, Enrique G. Cavada Mauske, Mara Edilia Valenzuela Portilla, Gladys Ruth Gonzlez Rojas, Noel Salomon Zuleta Aguilera, Nolvia Luisa Rojas Veliz, Norma Antonia Marin Escobar, Maranda Yolanda Paez Buigley, Edmundo Mazimo Quezada Araya, Carlos E. Seplveda Godoy, Hctor Miguel Morales Morales, Cecilia del C. Pacheco Pacheco, Mateo Segundo Pierotic Corts, Eduardo Hernando Concha Jirn, Felisa del C. Monardez lillo, Gregorio Vctor Castillo Marin; de la Municipalidad de Parral: Adq del C. Salvo Candia, Miguel ngel Ruiz Morales, Alicia del C. Bustamante Pincheira, Nilsa Fredes Salazar Aravena, Fortunato de las Rosas Seplveda Gutirrez, Gladys Elena del Carmen Muoz Gonzlez, Luis Arturo Fuentes Arriagada, Sonia A. Czischke Oyharcabal, Jos del Carmen Aravena Fuentes, Nahor Rivas Ahumada; de la Municipalidad de Cauquenes: Ilia Ester Daz Canales, Gastn Aravena Concha, Ana Haydee Moya Ramrez, Ester Sncehz Snches, Mara Rojas Ortiz, Humilde Muoz Flores, Idia Rosa Lpez Barra, Elia L. Gutirrez Lara, Elcira de las M. Cerro Jara, Benita Martnez Suazo, Mara Graciela Cisternas Cisternas, Gladys Muoz Henrquez, Jos H. Aravena Verdugo, Brigido Durn Gutirrez, Silvio Canales Espinoza, Mara Apolina Lara Pereira, Jos Villegas Olivos, Teresita Quiroz Ravanal, Antonio Vidal Valladares, Miguel Segundo Canales Lpez, Crisila Snchez Seplveda, Clodomiro Cancino Prez, Julio del T. Cofre Cofre, Mara Ros Muoz, Fanor Arnaldo Prez Guerrero, Morelia Reyes Parra, Ramn E. Daz Espinoza, Gerarda Valenzuela Henrquez, Gladys Alvear Miranda, Heriberto Antonio Martnez Salazar, Jos Flavio Median Aravena; de la Municipalidad de Chanco: Celso del Carmen, Contreras Fuentealba, Guillermo Ernesto Contreras Jara, mara Liliam lvarez Jara, Eduardo Andrs Yez Recabal, Rolando Antonio Molina Oyarce, Humberto Angel Muoz Minchel, Rafaela de las Mercedes Escalona Espinoza, Liberato Segundo Vistoso Seplveda, Ral Antonio Aldana Alvear, Luis Teobaldo Prez Paredes; y de la Municipalidad de Pelluhue: Fidelina del Carmen Espinosa Suazo.

  • 9

    la parte afectada, ante el mismo tribunal que la dict, a travs del recurso de reposicin ante el tribunal superior, a travs del recurso de apelacin y posteriormente el de casacin y el de queja.

    21. As, el Estado alega que, teniendo a su disposicin dichos recursos jurisdiccionales, todos segn el Estado adecuados y eficaces, los peticionarios omitieron su presentacin, para revertir la decisin del 20 de junio de 2005, mediante la cual el Tribunal de Letras de Chaaral habra tenido presente la excusa de cumplimiento hecha valer por la parte demandada.

    22. El Estado aade que, aunado a los recursos sealados, los peticionarios contaban tambin con el recurso de proteccin, consagrado en la Constitucin Poltica de la Repblica de Chile, contra actos u omisiones que consideraran violatorios de sus derechos fundamentales. Agrega que dicho recurso es adecuado y eficaz y su objeto es que se tomen medidas inmediatas para reparar los perjuicios causados, en el caso concreto, la privacin, perturbacin o amenaza en el derecho de propiedad de las presuntas vctimas.

    23. El Estado alega que al no haber interpuesto ninguno de los recursos mencionados, los peticionarios privaron al Estado de la posibilidad de resolver en el orden interno la cuestin debatida.

    24. Por otra parte, el Estado seala que, al momento de la interposicin de la peticin, exista un contrato de transaccin extrajudicial suscrito por las partes, con el objeto de poner trmino al litigio pendiente ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Chaaral. As, seala que en cumplimiento de la clusula 4 del Convenio de Pago, el Municipio habra procedido a demandar al Fisco de Chile para que otorgara los fondos necesarios.

    25. En comunicacin del 29 de agosto de 2008, el Estado inform a la Comisin que la Municipalidad de Chaaral habra cumplido plenamente en junio de 2008, el convenio de pago por los montos adeudados a los profesores denunciantes ante la Comisin, acuerdo que habra sido suscrito ante el Juzgado de Letras de Chaaral, pago que se habra realizado con fondos propios de la municipalidad.

    26. El Estado subray la falta de legitimacin de los dems profesores que se encuentren en igual condicin jurdica que los profesores de Chaaral por exceder los mrgenes de admisibilidad permitidos por la Convencin al referirse a una generalidad. En ese sentido, el Estado no present ms alegatos relacionados con las municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes.

    IV. ANLISIS DE ADMISIBILIDAD

    A. Competencia de la Comisin ratione personae, ratione materiae, ratione temporis y ratione loci

    27. Los peticionarios estn legitimados para presentar una peticin ante la Comisin conforme a lo previsto en el artculo 44 de la Convencin Americana. En la peticin se nombra como supuestas vctimas a 852 individuos respecto a los cuales el Estado ha asumido el compromiso de respetar y garantizar los derechos reconocidos por la Convencin Americana. En cuanto al Estado, la Comisin toma nota de que Chile es un Estado parte de la Convencin desde el 21 de agosto de 1990, fecha en que deposit su instrumento de ratificacin. Por lo tanto, la Comisin posee competencia ratione personae para examinar la peticin.

    28. La Comisin posee competencia ratione loci para considerar la peticin, ya que en sta se alegan violaciones de derechos protegidos por la Convencin Americana ocurridos dentro del territorio de un Estado parte de la misma. La CIDH posee competencia ratione temporis puesto que la obligacin de respetar y garantizar los derechos protegidos en la Convencin Americana rega para el Estado a la fecha en que se afirma que ocurrieron las supuestas violaciones de derechos alegadas en la peticin que se relacionan con un presunto incumplimiento con decisiones judiciales emitidas despus de la entrada

  • 10

    en vigencia. Finalmente, la Comisin posee competencia ratione materiae porque en la peticin se aducen violaciones de derechos humanos protegidos por la Convencin Americana.

    B. Otros requisitos de admisibilidad de la peticin

    1. Agotamiento de recursos internos

    29. El artculo 46(1)(a) de la Convencin Americana dispone que, para que sea admisible una denuncia presentada ante la Comisin Interamericana, de conformidad con el artculo 44 de la Convencin, es necesario que se hayan intentado y agotado los recursos de jurisdiccin interna, conforme a los principios del derecho internacional generalmente reconocidos. Este requisito tiene como objeto garantizar al Estado en cuestin la posibilidad de resolver controversias dentro de su propio marco jurdico.

    30. El requisito de agotamiento de los recursos internos se refiere a los recursos judiciales disponibles, adecuados y eficaces para solucionar la presunta violacin de derechos humanos. La misma Convencin prev que esta disposicin no se aplique cuando los recursos internos no estn disponibles por razones de hecho o de derecho. Ms concretamente, el artculo 46.2 establece excepciones al principio general de agotamiento de los recursos internos: (a) cuando la legislacin interna del Estado no concede las debidas garantas para la proteccin de los derechos cuya violacin se alega; (b) si se ha obstaculizado el acceso del presunto damnificado a los recursos de jurisdiccin interna; (c) o si se ha presentado un retardo injustificado en la resolucin del asunto.

    31. Los peticionarios refieren que la responsabilidad de pago de lo ordenado por sentencia judicial es de las municipalidades y del Estado chileno. Los peticionarios alegan que las resoluciones son ejecutorias y no de trmino y que segn el Cdigo de Procedimiento Civil, corresponde al juez de la causa dictar las medidas conducentes a dicho cumplimiento.

    32. En sus observaciones adicionales, los peticionarios sealaron que los recursos de casacin y queja, sealados por el Estado, son recursos extraordinarios que proceden exclusivamente contra sentencias definitivas o interlocutorias que pongan trmino al juicio o hagan imposible su continuacin. Agregan que, por su parte, los recursos ordinarios de reposicin y apelacin tienen por objeto obtener la modificacin de una resolucin judicial, no siendo efectivos y eficaces, segn los peticionarios, para revertir el desacato de los municipios a la orden impartida por el Tribunal. Por otra parte, los peticionarios alegaron que en cuanto a la accin de garanta constitucional o de proteccin, la prctica interna mostrara que dicha accin no resulta apropiada tratndose de resoluciones judiciales.

    33. Por otra parte, sealaron que los recursos que haba sealado el Estado que deban interponer no seran eficaces puesto que la misma Ley de Municipalidades expresa claramente que los bienes municipales son inembargables por lo que, aclaran, mientras no se dicte el decreto alcaldicio para emitir el pago, las personas afectadas se ven imposibilitadas de seguir otros caminos para lograr que se les pague lo resuelto mediante sentencias judiciales.

    34. Respecto del proceso seguido por la Municipalidad de Chaaral en contra del Fisco de Chile, iniciado en el 2000 y que a la fecha de la audiencia ante la Comisin se encontrara pendiente ante la Corte Suprema de Chile, los peticionarios aclararon que era un proceso en el que la municipalidad pretenda que el Fisco le proporcionara el dinero para cumplir con el pago de las sumas decretadas por la Corte de Apelaciones. Agregaron que no se trataba de un recurso interno efectivo y eficaz por cuanto las presuntas vctimas no son parte del proceso judicial; las partes del juicio fueron el Fisco y la Municipalidad de Chaaral. En comunicacin del 29 de diciembre de 2008, los peticionarios informaron a la Comisin que el 12 de junio de 2008, la Corte Suprema habra rechazado la accin, poniendo fin a la instancia. En el mismo sentido, respecto a la Municipalidad de Cauquenes que pretenda obtener financiamiento del Fisco para el pago de las obligaciones impuestas por sentencia judicial, la Corte Suprema rechaz dicha pretensin.

  • 11

    35. La Comisin observa que para obtener el pago de sus previsiones sociales, las presuntas vctimas, profesores de las municipalidades de Chaaral, Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes, demandaron a los municipios ante las correspondientes autoridades jurisdiccionales en materia de trabajo y obtuvieron sentencia definitiva a su favor. Asimismo, de la informacin presentada a la Comisin, se observa que en todos los casos se inici un procedimiento de liquidacin, contando ya las deudas con montos especficos aprobados por los tribunales correspondientes y que desde entonces hasta la fecha, las presuntas vctimas han firmado varios convenios con los municipios, logrndose solamente en el caso de dos municipios el pago de ciertos montos, lo que ellos caracterizan como montos muy parciales e inferiores.

    36. As, la Comisin advierte que los peticionarios han acudido a las instancias jurisdiccionales competentes en el mbito interno, presentando los recursos ordinarios contemplados por la legislacin chilena, tendientes a remediar la afectacin de los derechos de las presuntas vctimas y, por lo tanto, que el Estado conoca plenamente las reclamaciones que dieron lugar a la peticin de autos y los recursos sealados por ste son de carcter extraordinario, de los que la Comisin no exige su agotamiento.

    37. La Comisin advierte que las sentencias definitivas a favor de las presuntas vctimas se dictaron entre 1993 y 1997 segn lo alegado por las autoridades jurisdiccionales competentes y, a la fecha de elaboracin del presente informe, no habran sido cumplidas, por lo que corresponde aplicar la excepcin contenida en el artculo 46.2.c. de la Convencin.

    2. Plazo para la presentacin de la peticin

    38. Conforme a lo dispuesto en el artculo 46.1.b de la Convencin, para que se admita una peticin sta debe presentarse dentro del plazo estipulado, o sea, seis meses contados a partir de la fecha en que el presunto lesionado en sus derechos haya sido notificado de la decisin definitiva dictada a nivel nacional. En el reclamo bajo anlisis, la CIDH ha establecido la aplicacin de las excepciones al agotamiento de los recursos internos conforme al artculo 46.2.c de la Convencin Interamericana. Al respecto, el artculo 32 del Reglamento de la Comisin establece que en los casos en los cuales resulten aplicables las excepciones al previo agotamiento de los recursos internos, la peticin deber presentarse dentro de un plazo razonable, a criterio de la Comisin. A tal efecto, la Comisin debe considerar la fecha en que haya ocurrido la presunta violacin de los derechos y las circunstancias de cada caso.

    39. En el presente caso, la Comisin observa que con posterioridad a la emisin por parte de las autoridades chilenas de las sentencias definitivas, se siguieron procesos de liquidacin de montos y, que en algunos casos, las presuntas vctimas habran suscrito convenios de pago los que no habran sido cumplidos, por tanto, el proceso de ejecucin de las sentencias continuara pendiente hasta el momento de elaboracin del presente informe. En ese sentido, y en consideracin de que el objeto del reclamo versa sobre el presunto incumplimiento de las sentencias judiciales mencionadas, y que ello constituye una situacin que continua, la Comisin considera que la peticin ha sido presentada en un tiempo razonable y que debe darse por satisfecho el requisito de admisibilidad referente al plazo de presentacin.

    3. Duplicacin de procedimientos y res judicata

    40. El artculo 46.1.c establece que la admisin de una peticin est supeditada al requisito de que el asunto "no est pendiente de otro procedimiento de arreglo internacional" y el artculo 47.d de la Convencin estipula que la Comisin no admitir una peticin que sea "sustancialmente la reproduccin de una peticin o comunicacin anterior ya examinada por la Comisin u otro organismo internacional."

    41. En el caso de autos, el Estado alega que el Colegio de Profesores de Chile habra presentado el caso ante la Organizacin Internacional del Trabajo. Al respecto, los peticionarios aclaran que dicho procedimiento internacional no es de aquellos sealados por el artculo 46.1.c aunado a que esa denuncia se encuentra presentada por el Colegio de Profesores que no es parte dentro de la peticin

  • 12

    que se analiza en el presente informe. Los peticionarios indican que la queja presentada ante la Comisin reclama la responsabilidad internacional del Estado por incumplimiento de sentencias judiciales determinadas, firmes y ejecutoriadas, mientras que la reclamacin del Colegio de Profesores de Chile A.G., entidad que rene a todos los profesores del pas, se avoca a la revisin del proceso de descentralizacin de la educacin respecto de la afectacin de los derechos del cuerpo docente en el marco de las obligaciones internacionales laborales asumidas por Chile.

    42. Cabe sealar que la Comisin ha sostenido que para que se considere que en un caso hay duplicacin o cosa juzgada internacional se requiere que la peticin est siendo considerada, o haya sido decidida, por un organismo internacional que tenga competencia para adoptar decisiones sobre los hechos especficos contenidos en la peticin, y medidas tendientes a la efectiva resolucin de la disputa de que se trate5.

    43. En ese sentido, la Comisin ha establecido que las recomendaciones emanadas por la OIT no tienen la misma naturaleza que el procedimiento ante el Sistema Interamericano de proteccin de los derechos humanos6, toda vez que dicho procedimiento produce recomendaciones y no un arreglo efectivo de la violacin denunciada; sus decisiones "no conlleva[n] ningn efecto jurdico vinculante, ni pecuniario-restitutivo, o de carcter indemnizatorio"7.

    44. La Comisin observa que no se presenta ninguna circunstancia de inadmisibilidad respecto de este punto. Por lo tanto, la Comisin concluye que en el presente caso corresponde dar por cumplidos los requisitos establecidos en los artculos 46.1.c y 47.d de la Convencin.

    4. Caracterizacin de los hechos alegados

    45. El artculo 47.b de la Convencin Americana establece que se declararn inadmisibles las peticiones en que no se expongan hechos que caractericen una violacin de los derechos garantizados por la Convencin.

    46. Ni la Convencin Americana ni el Reglamento de la CIDH exigen al peticionario identificar los derechos especficos que se alegan violados por parte del Estado en el asunto sometido a la Comisin, aunque los peticionarios pueden hacerlo. Corresponde a la Comisin, con base en la jurisprudencia del sistema, determinar en sus informes de admisibilidad, qu disposicin de los instrumentos interamericanos relevantes es aplicable o podra establecerse su violacin, si los hechos alegados son probados mediante elementos suficientes.

    47. En el presente caso, no le corresponde a la Comisin en esta etapa del procedimiento, decidir si se produjeron o no las alegadas violaciones a la Convencin Americana. La CIDH realiz una evaluacin prima facie y determin que la peticin plantea denuncias que, si se prueban, podran tender a caracterizar posibles violaciones a los derechos garantizados por la Convencin.

    48. De los argumentos y la informacin presentada por los peticionarios, se advierte que su denuncia versa sobre el incumplimiento de resoluciones judiciales con carcter definitivo, dictadas a favor de 852 profesores chilenos entre 1993 y 1996 y, que a la fecha, continan sin cumplimiento, no obstante que en el caso de dos municipalidades se habran hecho algunos pagos en el ao 2008. Tomando en cuenta los argumentos respecto al tiempo que ha transcurrido desde la emisin de las sentencias, y la presunta falta de medidas judiciales efectivas que permitan exigir la ejecucin de las mismas, la Comisin

    5 CIDH, Informe N 89/05 (Inadmisibilidad), Caso 12.103, Cecilia Rosa Nuez Chipana, (Venezuela), prr. 37.

    6 Corte IDH. Caso Baena Ricardo y otros Vs. Panam. Excepciones Preliminares. Sentencia de 18 de noviembre de

    1999. Serie C No. 61, prr. 57. 7 CIDH, Informe No. 14/97, Caso 11.381 (Nicaragua), 12 de marzo de 1997, prr. 47; CIDH Informe No. 21/06, Peticin

    2893-02, Trabajadores de la empresa Fertilizantes de Centroamrica (FERTICA) (Costa Rica), 2 de marzo de 2006, prr. 40; CIDH Informe No. 23/06, Peticin 71-03, Miembros del Sindicato de Trabajadores del Ministerio de Educacin (ATRAMEC) (El Salvador), 2 de marzo de 2006, prr. 27; CIDH Informe No. 140/09, Peticin 1470-05, Miembros del Sindicato de Trabajadores Oficiales y Empleados pblicos de Antioquia (SINTRAOFAN) (Colombia), 30 de diciembre de 2009, prr. 75.

  • 13

    considera que de probarse lo alegado por los peticionarios, podran caracterizarse violaciones a los artculos 8.1 (garantas judiciales), 21 (derecho de propiedad) y 25 (proteccin judicial) de la Convencin Americana, con relacin al 1.1 (obligacin de respetar y garantizar derechos) y 2 (deber de adoptar disposiciones de derecho interno) del mismo instrumento, que corresponden ser evaluadas en la etapa de fondo. Asimismo, en cuanto a las alegadas consecuencias que en la salud y vida de las presuntas vctimas habra tenido el presunto exceso de tiempo, la Comisin har el anlisis correspondiente, en la medida de lo pertinente y a la luz de lo establecido en el artculo 5 de la Convencin Americana, durante la etapa de fondo.

    49. Por otra parte, la Comisin concluye que no cuenta con elementos de juicio que le permitan inferir una presunta caracterizacin de violaciones al artculo 26 de la Convencin, por parte del Estado chileno.

    V. CONCLUSIONES

    50. La Comisin concluye que es competente para tomar conocimiento del caso de autos y que la peticin es admisible conforme a los artculos 46 y 47 de la Convencin Americana.

    51. En virtud de los argumentos fcticos y jurdicos que anteceden, y sin prejuzgar sobre el fondo del asunto,

    LA COMISIN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

    DECIDE:

    1. Declarar admisible el caso de autos en relacin con las violaciones que se alegan, de los derechos reconocidos en los artculos 5, 8.1, 21 y 25, con relacin al 1.1 y 2 de la Convencin Americana.

    2. Declarar inadmisible el caso, en relacin con el artculo 26 de la Convencin Americana.

    3. Notificar la presente decisin a las partes.

    4. Proseguir el anlisis del fondo del asunto.

    5. Hacer pblico el presente informe y publicarlo en su Informe Anual a la Asamblea General de la OEA.

    Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 20 das del mes de marzo de 2013. (Firmado): Jos de Jess Orozco Henrquez, Presidente; Tracy Robinson, Primera Vicepresidenta; Rosa Mara Ortiz, Segunda Vicepresidenta; Dinah Shelton, Rodrigo Escobar Gil, y Rose-Marie Belle Antoine, Miembros de la Comisin.