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2019 – Año de la Exportación COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR EXPEDIENTE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP
INFORME TÉCNICO PREVIO A LA DETERMINACIÓN FINAL DE LA REVISIÓN DE LOS DERECHOS ANTIDUMPING VIGENTES
CIERTOS PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS ORIGINARIOS DE LA REPÚBLICA DE CHILE
INFORME TÉCNICO PREVIO A LA DETERMINACIÓN FINAL DE LA REVISIÓN DE LOS
DERECHOS ANTIDUMPING VIGENTES
EXPEDIENTE CNCE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP
Fecha: 11 de octubre de 2019. Informe: GIN-GN/ITDFR N° 06/19.
Información Sumaria
Fecha de Presentación SCE: 3 de septiembre de 2018.
Nº de Expediente SCE: EX-2018-43079627-APN-DGD#MP.
Fecha de Ingreso a la CNCE: 4 de septiembre de 2018.
Nº de Expediente CNCE: EX-2018-43083376-APN-DGD#MP.
Denominación del Producto Importado:
“Placas, láminas, hojas, cintas y tiras autoadhesivas de plástico, sin imprimir (excepto las cortadas en dimensiones apropiadas como piezas de vehículos automóviles, de celulosa regenerada, de poliuretanos, o de polímeros fluorados y las de poli (cloruro de vinilo) en rollos de anchura superior o igual a 120 cm y de largo inferior o igual a 50 m, con un peso superior a DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE GRAMOS POR METRO CUADRADO (239 g/m2)), incluso de polietileno con revestimiento anticorrosivo de anchura superior o igual a 5 cm pero inferior o igual a 120 cm, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular y papeles autoadhesivos en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular de cualquier tamaño excluidas las cintas de embalaje, autoadhesivas, de polipropileno, en rollos de anchura inferior o igual a VEINTE CENTIMETROS (20 cm), sin soporte de despegue descartable”1.
Posiciones Arancelarias NCM/SIM:
3919.10.10.990, 3919.10.20.900, 3919.10.90.191, 3919.10.90.199, 3919.10.90.290, 3919.10.90.390, 3919.10.90.990, 3919.90.10.110, 3919.90.10.192, 3919.90.10.199, 3919.90.20.120, 3919.90.20.199, 3919.90.90.111, 3919.90.90.113, 3919.90.90.119, 3919.90.90.212, 3919.90.90.219, 3919.90.90.312, 3919.90.90.319, 3919.90.90.921, 3919.90.90.929, 4811.41.10.110, 4811.41.10.120, 4811.41.10.130, 4811.41.10.190, 4811.41.10.210, 4811.41.10.220, 4811.41.10.230, 4811.41.10.290 y 4811.41.90.000.
Origen objeto de examen: República de Chile.
Tipo de Examen: Revisión de Derechos Antidumping por expiración de su período de vigencia y cambio de circunstancias.
Resolución objeto de examen:
Resolución ex MEyFP Nº 13/13 del 4 de diciembre de 2013 y publicada en el Boletín Oficial el 27 de diciembre de 2013, con vigencia a partir de su firma.
Período de vigencia: 5 años.
Peticionante: AVERY DENNISON DE ARGENTINA S.R.L. CUIT: 30-62148209-9. Representantes: Luis Pablo Chahwan (Subgerente), Bernardo Cassagne y Francisco R. Rondoletti (Apoderados).
Usos del Producto: Soporte para la impresión de información para la identificación de productos, códigos de barras o precios (entre otros).
1 Ver Resolución ex MEyFP Nº 687/14.
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INFORME TÉCNICO PREVIO A LA DETERMINACIÓN FINAL DE LA REVISIÓN DE LOS DERECHOS ANTIDUMPING VIGENTES
Información Sumaria
Cumplimiento del Artículo 6 del Decreto Nº 1393/08:
Acta de Directorio Nº 2100 del 5 de octubre de 2018.
Viabilidad de Apertura de Examen:
5 de noviembre de 2018.
Determinación de Presunción de Daño y de Causalidad Previa a la Apertura (Acta Nº 2110):
6 de noviembre de 2018.
Apertura de Revisión (Res. MPyT Nº 125/2018):
29 de noviembre de 2018 (Publicada en el Boletín Oficial con fecha 3 de diciembre de 2018 y con vigencia a partir de de su publicación)
Verificación de la firma peticionante:
25, 26 y 28 de junio de 2019.
Determinación Final de Dumping (Acta Nº 2191):
15 de agosto de 2019.
Incorporación del ISHER (IF-2019-82569845-APN-CNCE#MPYT):
13 de septiembre de 2019.
Determinación Final Complementaria de Dumping (Acta Nº 2209):
23 de septiembre de 2019.
Otras Partes Acreditadas y sus Representantes Legales
PAPELBRIL S.A. Productora. CUIT: 33-50030312-9. Representante legal: Analía Domicelj (Presidente).
FUSION SAN LUIS S.A. Productora. CUIT: 30-67341832-1. Representante legal: Luis Domínguez (Apoderado).
PATTERN S.A. Importadora. CUIT: 30-70804650-3. Representante legal: Silvia Araujo (Presidente).
VISUALTECH S.A. Importadora. CUIT: 30-70995663-5. Representante legal: Claudia del Valle Barros (Apoderada).
MULTI-COLOR ARGENTINA S.A.
Importadora. CUIT: 30-71177601-6. Representante legal: Carlos Henriquez (Apoderado).
MANULI PACKAGING ARGENTINA S.A.
Importadora. CUIT: 30-69730926-4. Representante legal: Carlos Alfonso (Apoderado).
RITRAMA S.A. Exportadora. Representante legal: Ignacio Martínez Tanoira.
Embajada de la República de Chile:
Embajador Sergio Urrejola Monckeberg.
Legislación Aplicable: Ley Nº 24.425, Decreto Reglamentario Nº 1393/08 y Resolución ex SICyPyME Nº 293/08.
Equipo Técnico:
Gerencia de Instrucción y Normas Comerciales: Alejandra Maisterra, Soledad Britti y Daniel Zuvanic. Gerencia de Investigaciones sobre Daño: Carlos Wolff, Eduardo Faingerch, Mariano Abalo, Fernando Basta, Sebastián Cipolla y Emilia Ayala Pacin.
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INFORME TÉCNICO PREVIO A LA DETERMINACIÓN FINAL DE LA REVISIÓN DE LOS DERECHOS ANTIDUMPING VIGENTES
SECCIÓN I - GLOSARIO 1
I. GLOSARIO.
Este glosario contiene las abreviaturas utilizados por el equipo técnico en este
informe, sin perjuicio de los que las partes hubieran empleado en sus presentaciones,
en cuyo caso se transcriben textualmente y entre comillas.
Acuerdo Antidumping: Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VI del acuerdo
General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (Acuerdo Antidumping).
AEC: Arancel Externo Común.
B.O.: Boletín Oficial.
BOPP: Polipropileno Bi-orientado.
CIF: Costo, seguro y flete.
CIS: Cámara Industrial de la Ciudad de San Luis y Zona de influencia.
cm: centímetros.
CNCE: Comisión Nacional de Comercio Exterior.
DGA: Dirección General de Aduanas.
DIE: Derecho de Importación Extrazona.
EECC: Estados Contables.
Ex DCD: ex Dirección de Competencia Desleal.
Ex DNFC: ex Dirección Nacional de Facilitación del Comercio.
Ex MEyP: Ex Ministerio de Economía y Producción.
Ex MP: Ex Ministerio de Producción.
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SECCIÓN I - GLOSARIO 2
Ex SC: ex Secretaría de Comercio.
FOB: Libre a bordo.
GI: Gerencia de Investigaciones sobre Daño.
GIN: Gerencia de Instrucción y Normas Comerciales.
INDEC: Instituto Nacional de Estadística y Censos.
INTI: Instituto Nacional de Tecnología Industrial.
IPIM: Índice de Precios Internos al Por Mayor.
IRAM: Instituto Argentino de Normalización y Certificación.
ISHER: Información Sistematizada de los Hechos Esenciales de la Revisión de los
Derechos Antidumping Vigentes
ITPR: Informe Técnico Previo a la Apertura de la Revisión.
ITDFR: Informe Técnico Previo a la Determinación Final de la Revisión de los
Derechos Antidumping vigentes.
ISO: International Organization for Standardization.
MERCOSUR: Mercado Común del Sur.
MPyT: Ministerio de Producción y Trabajo.
m² y g/m²: Metro cuadrado y gramos por metro cuadrado.
mm: milímetros.
NCM/SIM: Nomenclatura Común del MERCOSUR/Sistema Informático María.
OPP: Polipropilenos mono-orientados.
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INFORME TÉCNICO PREVIO A LA DETERMINACIÓN FINAL DE LA REVISIÓN DE LOS DERECHOS ANTIDUMPING VIGENTES
SECCIÓN I - GLOSARIO 3
PE: Polietileno.
PET: Tereftalato de polietileno.
PVC: Policloruro de vinilo.
S.A.: Sociedad Anónima.
SCE: Secretaría de Comercio Exterior.
S.R.L.: Sociedad de Responsabilidad Limitada.
SG: Secretaría General.
UBA: Universidad de Buenos Aires.
US$ y U$S: dólares.
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INFORME TÉCNICO PREVIO A LA DETERMINACIÓN FINAL DE LA REVISIÓN DE LOS DERECHOS ANTIDUMPING VIGENTES
SECCIÓN II - ANTECEDENTES… 1
II. ANTECEDENTES Y ACTUACIONES REALIZADOS POR Y ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR1/2.
1. El 3 de septiembre de 2018, la firma AVERY DENNISON DE ARGENTINA S.R.L.3
presentó ante la entonces SC una solicitud de examen por expiración de su
período de vigencia y cambio de circunstancias de la medida antidumping
aplicada por Resolución ex MEyFP Nº 13/2013 del 4 de diciembre de 2013,
publicada en el Boletín Oficial el 27 de diciembre de 2013 y con vigencia a partir
de su firma, a las importaciones de “placas, láminas, hojas, cintas y tiras
autoadhesivas de plástico, sin imprimir (excepto las cortadas en dimensiones
apropiadas como piezas de vehículos automóviles, de celulosa regenerada, de
poliuretanos, o de polímeros fluorados y las de poli (cloruro de vinilo) en rollos de
anchura superior o igual a 120 cm y de largo inferior o igual a 50 m, con un peso
superior a DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE GRAMOS POR METRO
CUADRADO (239 g/m²)), incluso de polietileno con revestimiento anticorrosivo de
anchura superior o igual a 5 cm pero inferior o igual a 120 cm, en rollos o en hojas
de forma cuadrada o rectangular y papeles autoadhesivos en bobinas (rollos) o en
hojas de forma cuadrada o rectangular de cualquier tamaño excluidas las cintas
de embalaje, autoadhesivas, de polipropileno, en rollos de anchura inferior o igual
a VEINTE CENTIMETROS (20 cm), sin soporte de despegue descartable”,
originarias de la República de Chile4. El 4 de septiembre de 2018, la CNCE recibió
copia del mencionado expediente, el que tramita en este organismo bajo el Nº EX-
2018-43083376-APN-DGD#MP5 (Nº de Orden 1 a 8).
2. Los días 12 y 13 de septiembre de 2018 se recibió una presentación de AVERY
efectuada a fines de subsanar aspectos detectados en oportunidad de la
presentación de su solicitud, de acuerdo a lo indicado en el acta del 3 de
septiembre de 2018 (IF-2018-44462588-APN-DGD#MP, IF-2018-45034239-APN-
CNCE#MP e IF-2018-45245346-APN-CNCE#MPYT). (Nº de Orden 16 a 18).
1 En este informe, la denominación completa de cada entidad se menciona sólo la primera vez que se la nombra. 2 En la presente Sección se consignan en detalle solamente las actuaciones posteriores al Acta de Directorio CNCE Nº 2110. Respecto de las actuaciones previas, se reseña únicamente lo actuado por los Organismos Técnicos de acuerdo a lo previsto por los artículos 4 a 8 del Decreto Nº 1393/08 (para mayor detalle ver la Sección II “Antecedentes y Actuaciones realizadas por y ante la CNCE”, del Informe GIN-GN/ITPR Nº 06/18. 3 En adelante AVERY. 4 En adelante Chile. 5 Se señala que al recibir la solicitud se dejó constancia que la firma debía rectificar cierta información y que atento a las observaciones formuladas respecto a la información presentada, se otorgaba la conformidad para la presentación formal de la solicitud en atención a que se encontraba próximo a operar el vencimiento del plazo perentorio establecido en el Art. nº 3, 2º párrafo, de la Resolución ex SICyPyME Nº 293/08. En tal sentido, AVERY se comprometió a subsanar la totalidad de las observaciones formuladas en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
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SECCIÓN II - ANTECEDENTES… 2
3. El 17 de septiembre de 2018 esta CNCE solicitó por Nota NO-2018-45939064-
APN-CNCE#MPYT a la ex DNFC que por su intermedio requiriese a la
peticionante que subsanase errores y omisiones observados en dicha
presentación. El 4 de octubre de 2018 se recibió la respuesta de AVERY a lo
requerido por Nota NO-2018-45939064-APN-CNCE#MPYT (Nº de Orden 22 y 26
a 28).
4. El 4 de octubre de 2018 se comunicó a la ex DNFC mediante Nota NO-2018-
49661579-APN-CNCE#MPYT que se consideraba que se encontraban cumplidos
los requisitos legales para conceder el tratamiento confidencial solicitado por
AVERY para los Cuadros Nos. 2 de Estructuras de Costos (Nº de Orden 29).
5. El 5 de octubre de 2018 mediante Acta Nº 2100 el Directorio de esta CNCE
comunicó a la ex SC a través del ME-2018-APN-CNCE#MPYT que se habían
subsanado los errores y omisiones detectados en la solicitud (Nº de Orden 30).
6. El 5 de noviembre de 2018 se recibió la Nota NO-2018-56202566-APN-
SECC#MPYT y el Informe Relativo a la Viabilidad de Apertura de Examen de la ex
DNFC (IF-2018-56222042-APN-DNFC#MPYT) en el que se concluyó que “…se
encontrarían elementos que permiten iniciar el examen tendiente a determinar la
posibilidad de recurrencia de prácticas comerciales desleales en el comercio
internacional bajo la forma de dumping para la exportación de ‘placas, láminas,
hojas, cintas y tiras autoadhesivas de plástico, sin imprimir (excepto las cortadas
en dimensiones apropiadas como piezas de vehículos automóviles, de celulosa
regenerada, de poliuretanos, o de polímeros fluorados y las de poli (cloruro de
vinilo) en rollos de anchura superior o igual a 120 cm y de largo inferior o igual a
50 m, con un peso superior a DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE GRAMOS POR
METRO CUADRADO (239 g/m2), incluso de polietileno con revestimiento
anticorrosivo de anchura superior o igual a 5 cm pero inferior o igual a 120 cm, en
rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular y papeles autoadhesivos en
bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular de cualquier
tamaño’…”, originarias de Chile. Al respecto, se calculó un margen de dumping de
110,59% (considerando exportaciones de Chile a la República del Perú) (Nº de
Orden 41 y 42).
7. El 6 de noviembre de 2018 mediante Acta Nº 2110, el Directorio de la CNCE
dispuso la inclusión del Informe GIN-GI/ITPR N° 06/18 (IF-2018-56585061-APN-
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SECCIÓN II - ANTECEDENTES… 3
CNCE#MPYT) en el Expediente Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP y
determinó que “…existen elementos suficientes para concluir que, desde el punto
de vista de la probabilidad de la repetición del daño, es procedente la apertura de
la revisión por expiración del plazo y cambio de circunstancias de las medidas
antidumping vigentes, impuestas a las operaciones de exportación hacia la
República Argentina de ‘placas, láminas, hojas, cintas y tiras autoadhesivas de
plástico, sin imprimir (excepto las cortadas en dimensiones apropiadas como
piezas de vehículos automóviles, de celulosa regenerada, de poliuretanos, o de
polímeros fluorados y las de poli (cloruro de vinilo) en rollos de anchura superior o
igual a 120 cm y de largo inferior o igual a 50 m, con un peso superior a
DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE GRAMOS POR METRO CUADRADO (239
g/m²)), incluso de polietileno con revestimiento anticorrosivo de anchura superior o
igual a 5 cm pero inferior o igual a 120 cm, en rollos o en hojas de forma cuadrada
o rectangular y papeles autoadhesivos en bobinas (rollos) o en hojas de forma
cuadrada o rectangular de cualquier tamaño, excluidas las cintas de embalaje,
autoadhesivas, de polipropileno, en rollos de anchura inferior o igual a VEINTE
CENTÍMETROS (20 CM), sin soporte de despegue descartable’ originarias de la
República de Chile” y que “…se encuentran dadas las condiciones requeridas por
la normativa vigente para justificar el inicio de un examen por expiración del plazo
y por cambio de circunstancias de las medidas antidumping impuestas por la
Resolución ex MEyFP Nº 13/2013, y su aclaratoria, Resolución ex – MEyFP Nº
687/2018, a las importaciones de ‘placas, láminas, hojas, cintas y tiras
autoadhesivas de plástico, sin imprimir (excepto las cortadas en dimensiones
apropiadas como piezas de vehículos automóviles, de celulosa regenerada, de
poliuretanos, o de polímeros fluorados y las de poli (cloruro de vinilo) en rollos de
anchura superior o igual a 120 cm y de largo inferior o igual a 50 m, con un peso
superior a DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE GRAMOS POR METRO
CUADRADO (239 g/m²)), incluso de polietileno con revestimiento anticorrosivo de
anchura superior o igual a 5 cm pero inferior o igual a 120 cm, en rollos o en hojas
de forma cuadrada o rectangular y papeles autoadhesivos en bobinas (rollos) o en
hojas de forma cuadrada o rectangular de cualquier tamaño, excluidas las cintas
de embalaje, autoadhesivas, de polipropileno, en rollos de anchura inferior o igual
a VEINTE CENTÍMETROS (20 CM), sin soporte de despegue descartable’,
originarias de la República de Chile”. En esa misma fecha se remitió a la ex DNFC
la Nota NO-2018-56727454-APN-CNCE#MPYT con la síntesis de las
consideraciones contenidas en dicha Determinación (Nº de Orden 43).
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INFORME TÉCNICO PREVIO A LA DETERMINACIÓN FINAL DE LA REVISIÓN DE LOS DERECHOS ANTIDUMPING VIGENTES
SECCIÓN II - ANTECEDENTES… 4
8. Por Resolución MPyT Nº 125/18 (RESOL-2018-125-APN-MPYT) del 29 de
noviembre de 2018 (publicada en el Boletín oficial el 3 de diciembre de 2018 y con
vigencia a partir de su publicación), se procedió a “…la apertura del examen por
expiración de plazo y cambio de circunstancias de la medida dispuesta mediante
la Resolución N° 13 de fecha 4 de diciembre de 2013 del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y su aclaratoria, la Resolución N° 687 de
fecha 18 de septiembre de 2014 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS, para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA
ARGENTINA de placas, láminas, hojas, cintas y tiras autoadhesivas de plástico,
sin imprimir (excepto las cortadas en dimensiones apropiadas como piezas de
vehículos automóviles, de celulosa regenerada, de poliuretanos, o de polímeros
fluorados y las de poli (cloruro de vinilo) en rollos de anchura superior o igual a
CIENTO VEINTE CENTÍMETROS (120 cm) y de largo inferior o igual a
CINCUENTA METROS (50 m), con un peso superior a DOSCIENTOS TREINTA
Y NUEVE GRAMOS POR METRO CUADRADO (239 g/m2)), incluso de
polietileno con revestimiento anticorrosivo de anchura superior o igual a CINCO
CENTÍMETROS (5 cm) pero inferior o igual a CIENTO VEINTE CENTÍMETROS
(120 cm), en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular y papeles
autoadhesivos en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular de
cualquier tamaño, excluidas las cintas de embalaje, autoadhesivas, de
polipropileno, en rollos de anchura inferior o igual a VEINTE CENTÍMETROS (20
cm), sin soporte de despegue descartable, originarias de la REPÚBLICA DE
CHILE, mercadería que clasifica por las posiciones arancelarias de la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 3919.10.10, 3919.10.20,
3919.10.90, 3919.90.10, 3919.90.20, 3919.90.90, 4811.41.10 y 4811.41.90”6. El 5
de diciembre de 2018 por Nota NO-2018-63236323-APN-DNFC#MPYT la ex
DNFC remitió el Informe de Recomendación respectivo (Nº de Orden 50 y 52).
9. El 4 de diciembre de 2018 se acreditó como parte interesada la firma exportadora
RITRAMA S.A. (Nº de Orden 51).
10. El 6 de diciembre de 2018 se celebraron en la CNCE reuniones entre miembros
del equipo técnico y representantes de empresas importadoras y productoras, a
6 Se mantiene vigente la medida aplicada mediante la Resolución ex MEyFP Nº 13/13 hasta tanto se concluya el procedimiento de revisión iniciado.
2019 – Año de la Exportación COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR EXPEDIENTE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP
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SECCIÓN II - ANTECEDENTES… 5
efectos de explicar el desarrollo de la investigación y recabar opiniones acerca de
los proyectos de Cuestionarios de la Comisión7 (Nº de Orden 53 a 55).
11. El 12 de diciembre de 2018 se procedió a incorporar al expediente los modelos de
los Cuestionarios elaborados por la CNCE (Nº de Orden 59 a 61). En esa misma
fecha se puso en conocimiento de las firmas que se detallan en las Tablas Nos.
II.1, II.2 y II.3, de la Cámara Industrial de la Ciudad de San Luis y Zona de
Influencia, de la CIRA8 y de la Embajada de Chile que el “Cuestionario para el
Productor”, el “Cuestionario para el Importador” y el “Cuestionario para el
Exportador” de la CNCE se encontraban disponibles en Internet y que su fecha de
vencimiento operaba el día 18 de enero de 20199 (Nº de Orden 62 a 77). Se
destaca que se recibieron las respuestas a los Cuestionarios de AVERY y
RITRAMA (Se aclara que no se recibieron respuestas al Cuestionario para el
Importador). Asimismo, en las Tablas Nos. II.4 y II.5 se presentan las actuaciones
subsiguientes relacionadas con las respuestas a los mencionados Cuestionarios
12. El 17 de diciembre de 2018 se acreditó como parte interesada la Embajada de
Chile (Número de Orden 78).
Tabla II.1. Cuestionario para el Productor.
Empresas Respondió SI/NO
Tipo de respuesta
AVERY SI COMPLETA
PAPELBRIL S.A.C.I. NO __________
CELOMAT NO __________
SILILABEL S.A. NO __________
FUSION SAN LUIS S.A. NO __________
ADHERSIL S.A. NO __________
AGM - ARTES GRAFICAS MODERNAS S.A. NO __________
Fuente: Expediente CNCE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP
7 Convocadas telefónicamente conforme el detalle expuesto en proveído del 6 de diciembre de 2018. Se aclara que En el caso de los productores se contactó exclusivamente a las firmas que reunían el 95% de participación (Ver Acta CNCE 2110), no obstante, se les remitirán los Cuestionarios de la CNCE a las restantes empresas. Asimismo, se contactó exclusivamente a las empresas importadoras que resultaran representativas y contasen con teléfono de referencia y una adecuada identificación. No obstante, también se les remitirán los Cuestionarios de la CNCE a las restantes empresas importadoras. 8 En adelante CIRA. 9 En el caso de la Embajada de Chile la comunicación se emitió el 11 de diciembre de 2018.
2019 – Año de la Exportación COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR EXPEDIENTE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP
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SECCIÓN II - ANTECEDENTES… 6
Tabla II.2. Cuestionario para el Importador.
Fuente: Expediente CNCE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP.
Tabla II.3. Cuestionario para el Exportador
Fuente: Expediente CNCE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP.
13. El 21 de diciembre de 2019 se presentó la exportadora RITRAMA (en los términos
del artículo 48 del CPCCN) (IF-2018-67426858-APN-CNCE#MPYT- Nº de Orden
86).
14. El 7 de enero de 2019 mediante Nota Nº NO-2019-01083183-APN-DNFC#MPYT
la ex DNFC remitió una presentación de AVERY (IF-2019-00680505-APN-
DNFC#MPYT - Nota NO-2018-65279410-APN-DGD#MPYT) (Nº de Orden 101).
10 En adelante MANULI.
Empresas Respondió SI/NO Tipo de respuesta
ACHERNAR NO __________
ADHE PEL S.A. NO __________
AUTOPACK S.A. NO __________
CASA HUTTON S.A. COMERCIAL E INDUSTRIAL NO __________
CENTRO GRAFICA S.A. NO __________
COLLOTYPE LABELS (ARGENTINA) S.A. NO __________
ETI ARGENTINA S.A. NO __________
ENOGRAFICA S.A. NO __________
EXPOFRESH S.A. NO __________
FALABELLA S.A. NO __________
GRAFICA IMPRESS S.A. NO __________
GRUPO LINDE GAS ARGENTINA S.A. NO __________
PATTERN S.A NO __________
PLOTTERDOC. COM S.R.L. NO __________
RAMON CHOZAS S.A. NO __________
ROLLOS UNIVERSAL S.A. NO __________
SACOMEX S.A. NO __________
VILLAMAGNA HNOS S.R.L. NO __________
VISUALTECH S.A. NO __________
MANULI PACKAGING ARGENTINA S.A.10 NO __________
CARTA CARBONE SA NO __________
Empresas Respondió SI/NO Tipo de respuesta
SINCLAIR INTERNATIONAL SOUTH AMÉRICA NO __________
RITRAMA SI Completa
SOLUCORP NO __________
2019 – Año de la Exportación COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR EXPEDIENTE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP
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15. El 10 de enero de 2019 MANULI se acreditó como parte interesada y solicitó
prórroga para la respuesta al Cuestionario para el Importador (IF-2019-01919265-
APN-CNCE#MPYT– Nº de Orden 104), la que fue concedida por Nota NO-2019-
01960791-APN-CNCE#MPYT hasta el 28 de enero de 2019 (Nº de Orden 106),
aunque se aclara que la empresa no respondió al Cuestionario.
16. El 10 de enero de 2019 mediante nota Nº NO-2019-00129388-APN-DNFC#MPYT
la ex DNFC remitió la Nota N° NO-2018-65279410-APN-DGD#MPYT de fecha 13
de diciembre de 2018 con un escrito de AVERY relativo a la clasificación
arancelaria al producto importado (Nº de Orden 111).
17. El 17 de enero de 2019 PAPELBRIL se acreditó como parte interesada y solicitó
prórroga para la respuesta al Cuestionario para el Productor (IF-2019-03156296-
APN-CNCE#MPYT – Nº de Orden 116), la que fue concedida por Nota NO-2019-
03194694-APN-CNCE#MPYT hasta el 28 de enero de 2019 (Nº de Orden 117),
aunque se aclara que la empresa no respondió al Cuestionario.
18. El 17 de enero de 2019 se recibió una presentación de la importadora PATTERN
por la cual formula consideraciones relacionadas con el producto de AVERY (IF-
2019-03249407-APN-CNCE#MPYT – Nº de Orden 118).
19. El 17 de enero se recibió una presentación de la empresa MULTI-COLOR
ARGENTINA S.A.11 informando acerca de una operación de importación
realizada por la empresa en torno al producto objeto investigado (IF-2019-
03252117-APN-CNCE#MPYT – Nº de Orden 119/20).
20. El 22 de enero de 2019 mediante Nota NO-2019-04034933- APN-CNCE#MPYT
se remitieron a la SCE las presentaciones de las empresas MULTI-COLOR y
PATTERN (IF-2019-04084549-APN-CNCE#MPYT- Nº de Orden 121).
21. En día 28 de enero de 2019 mediante nota NO-2019-05434041-APN-
DNFC#MPYT la ex DNFC remitió el IF-2019-03247291-APN-DNFC#MPYT
correspondiente a la Nota NO-2019-03464809-APN-DGD#MPYT presentada por
la firma VISUALTECH S.A., en la que manifiesta que la empresa AVERY no
produce ciertos films de PVC (Nº de Orden 125).
11 En adelante MULTI-COLOR.
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22. El 28 de enero de 2019 PAPELBRIL efectuó una presentación con
consideraciones relativas a la necesidad de mantener la medida vigente y en
adhesión a la solicitud de AVERY (IF-2019-05446133-APN-CNCE#MPYT – Nº de
Orden 130).
23. El día 29 de enero de 2019 por IF-2019-05722267-APN-CNCE#MPYT se dejó
constancia que atento a que en la presentación efectuada por AVERY el 28 de
enero de 2019 obraba información que no fuera debidamente individualizada
como confidencial, conforme fuera indicado mediante nota NO-2018-64820626-
APN-CNCE#MPYT (Cuadro Nº 4.2.b con información de Exportaciones en valores
para los años 2012, 2013 y 2014 y Cuadro Nº 12 Reventas de importaciones,
páginas 45 y 70, respectivamente), se procedió a reemplazar en el pdf original la
página 45 reservándose la información de Exportaciones en valores para los años
2012, 2013 y 2014 y se desglosó la página 70 y se generó el IF-2019-05720398-
APN-CNCE#MPYT (Nº de Orden 126/7).
24. El día 12 febrero de 2019 se solicitó a la firma MULTI-COLOR que constituya
domicilio domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (NO-2019-
08523069-APN-CNCE#MPYT- Nº de Orden 145). El 18 de marzo de 2019 la firma
MULTI-COLOR constituyó domicilio (IF-2019-16283567-APN-CNCE#MPYT- Nº de
Orden 191).
25. El 12 de febrero de 2019 se solicitó a la empresa PATTERN precisiones sobre sus
consideraciones relacionadas a ciertos artículos de PVC destinados a
“gigantografías” (NO-2019-08521056-APN-CNCE#MPYT – Nº de Orden 146). Con
fecha 21 de febrero de 2019 se recibió la respuesta de la empresa al citado
requerimiento (IF-2019-10690633-APN-CNCE#MPYT – Nº de Orden 165). El 19
de marzo de 2019 mediante Nota Nº NO-2019-16523236-APN-CNCE#MPYT se le
solicitó que subsanase aspectos de la acreditación (Nº de Orden 196)
respondiendo la firma el 27 de marzo de 2019 (IF-2019-18824495-APN-
CNCE#MPYT- Nº de Orden 209).
26. El 12 de febrero de 2019 se solicitaron a VISUALTECH precisiones sobre ciertos
comentarios relacionados con el producto (en particular sobre ciertos artículos de
PVC destinados a “gigantografías”) (NO-2019-08519271-APN-CNCE#MPYT – Nº
de Orden 148). Con fecha 22 de febrero de 2019 se recibió la Nota Nº NO-2019-
11005773-APN-DGD#MPYT y el IF-2019-10997897-APN-DGD#MPYT
correspondiente a la respuesta de VISUALTECH (Nº de Orden 171/2).
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27. Con fecha 18 de febrero de 2019 la Cámara Industrial de la Ciudad de San Luis y
Zona de Influencia presentó información de producción y capacidad de producción
nacional (IF-2019-09714698-APN-CNCE#MPYT - Nº de Orden 158). Con fecha 19
de febrero de 2019 se solicitó a dicha Cámara que suministrase información para
el período enero-noviembre de 2017 (NO-2019-10118306-APN-CNCE#MPYT –
Nº de Orden 162). El 13 de marzo de 2019, la Cámara respondió dicho
requerimiento (IF-2019-14924873-APN-CNCE#MPYT – Nº de Orden 187).
28. El 15 de marzo de 2019 y atento a que el 4 de marzo de 2019 venció el plazo
fijado como fecha límite para que las partes ofrecieran sus pruebas, se dejó
constancia en las actuaciones que no se efectuó ninguna presentación al respecto
(IF-2019-15921635-APN-CNCE#MPYT- Nº de Orden 189).
29. Con fecha 12 de abril de 2019 la firma PATTERN realizó una presentación con
consideraciones respecto al producto bajo análisis (IF-2019-22443414-APN-
CNCE#MPYT – Nº de Orden 224).
Tabla II.4. Actuaciones relacionadas con el Cuestionario para el Productor de la CNCE.
AVERY
Fecha Vencimiento. 18/01/2019
Prórroga Solicitada IF-2019-02088782-APN-CNCE#MPYT 11/01/2019 (O. 111)
Vencimiento Prórroga NO-2019-02171044-APN-CNCE#MPYT 28/01/2019
Presentación Cuestionario 28/01/2019 IF-2019-05720398-APN-CNCE#MPYT – (O. 127/3112)
1º Nota de Errores y Omisiones 14/02/2019 NO-2019-09183443-APN-CNCE#MPYT (O. 153)
Vencimiento 25/02/2019
Prórroga Solicitada 21/02/2019 IF-2019-10925545-APN-CNCE#MPYT (O. 167/8)
Vencimiento 07/03/2019 NO-2019-11092590-APN-CNCE#MPYT (O. 169)
Respuesta Primera Nota de Errores y Omisiones 08/03/2019 IF-2019-14073772-APN-CNCE#MPYT (O. 181) 13
2º Nota de Errores y Omisiones 18/03/2019 NO-2019-16345644-APN-CNCE#MPYT (O. 194)14
Vencimiento 26/03/2019
Respuesta 2º Nota de Errores y Omisiones 26/03/2019 IF-2019-55971263-APN-DGD#MPYT IF-2019-18414229-APN-CNCE#MPYT (O.20415)
3º Nota de Errores y Omisiones 17/04/2019 NO-2019-22290061-APN-CNCE#MPYT (O. 221)
Vencimiento 17/04/2019
Respuesta 3º Nota de Errores y Omisiones 17/04/2019
IF-2019-36727570-APN-CNCE#MPYT (O. 226)16 Fuente: Expediente CNCE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP.
12 Desglose Información Confidencial. 13 Desglose información confidencial IF-2019-14498423-APN-CNCE#MPYT (O. 184). 14 El 11 de abril mediante nota otorgó confidencialidad NO-2019-22290061-APN-CNCE#MPYT (O. 221). 15 Desglose información confidencial IF-2019-18826695-APN-CNCE#MPYT O. 205/6. 16 El 30 de abril de 2019 se resuelve confidencialidad por NO-2019-39968456-APN-CNCE#MPYT (O.232)
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Tabla II.5. Actuaciones relacionadas con el Cuestionario para el Exportador de la CNCE.
RITRAMA
Fecha Vencimiento. 18/01/2019
Prórroga Solicitada 02/01/2019 NO-2019-00208957-APN-CNCE#MPYT (O. 90)
Vencimiento Prórroga 28/01/2019 NO-2019-00208957-APN-CNCE#MPYT (O. 91)17
2º Prórroga Solicitada 28/01/2019 IF-2019-05388632-APN-CNCE#MPYT (O. 122)
Vencimiento 2º Prórroga Solicitada 28/01/2019 NO-2019-05406009-APN-CNCE#MPYT (O. 123) 31/01/2019
Presentación Cuestionario 29/01/2019 IF-2019-05745042-APN-CNCE#MPYT (O. 132/318)19
1º Nota de Errores y Omisiones 15/02/2019 NO-2019-09552973-APN-CNCE#MPYT (O. 156)
Vencimiento 25/02/2019
Prórroga Solicitada 25/02/2019 IF-2019-11418882-APN-CNCE#MPYT (O. 173)
Vencimiento 07/03/2019 NO-2019-11423671-APN-CNCE#MPYT (O. 174)
Respuesta 1º Nota de Errores y Omisiones 07/03/2019 IF-2019-13692095-APN-CNCE#MPYT (O. 18020)
2º Nota de Errores y Omisiones 18/03/2019 NO-2019-16347430-APN-CNCE#MPYT 26/03/2019 (O. 193)
Respuesta 2º Nota de Errores y Omisiones 21/03/2019 IF-2019-17305935-APN-CNCE#MPYT (O. 200)
Fuente: Expediente CNCE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP.
30. Con fecha 30 de mayo de 2019 mediante Nota NO-2019-39968456-APN-
CNCE#MPYT se informó a AVERY que se había decidido realizar una verificación
“in situ” en la empresa (Nº de Orden 246) presentando la empresa su conformidad
el 3 de junio de 2019 (NO-2019-51905264-APN-DGD#MPYT - IF-2019-51756953-
APN-DGD#MPYT – Nº de Orden 250/1). Dicha verificación se realizó los días 25,
26 y 28 de junio de 2019 conforme surge del Acta incorporada como IF-2019-
58477699-APN-CNCE#MPYT (Nº de Orden 273). Asimismo, se procedió al
desglose de la información confidencial por IF-2019-58958249-APN-CNCE#MPYT
e IF-2019-58962546-APN-CNCE#MPYT (Nº de Orden 274/5).
31. Los días 3 y 5 de junio de 2019 se notificó a las empresas acreditadas y a la
Embajada de Chile que a partir del 31 de mayo de 2019 toda información y/o
presentación que se realizase en el marco de las actuaciones que tramitan en la
CNCE deberán ser efectuadas ante la Mesa General de Entradas de la SCE del
MPyT, sita en Avenida Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 2, Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (NO-2019-51651520-APN-CNCE#MPYT y NO-2019-52614864-
APN-CNCE#MPYT – Nº de Orden 248 y 253).
17 Con fecha 28 de enero de 2019 solicitó una nueva prórroga debido al retraso en la entrega postal del cuestionario adjuntando copia de la guía pertinente (IF-2019-05388632-APN-CNCE#MPYT – Nº de Orden 122). En este sentido, por Nota NO-2019-05406009-APN-CNCE#MPYT se le otorgó prórroga hasta el 31 de enero de 2019 (Nº de Orden 123). 18 Se desglosó información confidencial (IF-2019-05769345-APN-CNCE#MPYT). 19 Con fecha 6 de febrero de 2019 la firma presentó información adicional consistente en fichas técnicas (IF-2019-07219465-APN-CNCE#MPYT e IF-2019-07257383-APN-CNCE#MPYT – Nº de Orden 141/2). 20 Desglose información confidencial (Nº de Orden 182 - IF-2019-14085397-APN-CNCE#MPYT).
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32. El 7 de junio de 2019 mediante Nota NO-2019-53353697-APN-CNCE#MPYT en
virtud de los pedidos de exclusión de ciertos films autoadhesivos de PVC para
gigantografias formulados por las firmas PATTERN y VISUALTECH se le requirió
a AVERY que presentara sus consideraciones al respecto, contemplando entre
otros aspectos cómo afectaría una eventual exclusión de dichos artículos al
producto nacional en particular respecto a la posibilidad de sustitución del mismo
a partir del fraccionamiento de dichos films de PVC para gigantografias (Nº de
Orden 255). El 18 de julio de 2019 AVERY respondió este pedido manifestando su
conformidad a la solicitud de exclusión efectuada (IF-2019-55971263-APN-
DGD#MPYT - Nº de Orden 268).
33. El 12 de junio de 2019 mediante Nota NO-2019-55601369-APN-SCE#MPYT,
atento la complejidad técnica del caso y ante la imposibilidad de cumplir con los
plazos establecidos en los artículos 53 y 56 del Decreto Nº 1393/08, se solicitó a
SCE que autorizase a esta Comisión a hacer uso del plazo adicional a fin de
realizar la respectiva Determinación Final de continuación o repetición del daño
(IF-2019-54537372-APN-CNCE#MPYT - Nº de Orden 262). El 18 de junio de 2019
mediante NO-2019-55601369-APN-SCE#MPYT se informó que la SCE autorizó
hacer uso del plazo adicional a los fines de elevar el Informe de Determinación
Final de continuación o repetición del Daño, de acuerdo a lo dispuesto por los
Artículos 53 y 56, tercer párrafo, del Decreto N° 1393/08 (Nº de Orden 265).
34. El día 2 de julio de 2019, en el marco del Expte. Nº EX-2018-43079627-APN-
DGD#MP y por NO-2019-59007092-APN-CNCE#MPYT, el Directorio de la CNCE
aprobó el Informe de Relevamiento (IF-2019-58632989-APN-CNCE#MPYT) (Nº
de Orden 276).
35. El 5 de julio de 2019 mediante Nota 2019-6079707082-APN-CNCE#MPYT se
remitió a SCE una de AVERY (IF -2019-55971263-APN-DGD#MPYT) como así
también el Acta de verificación realizada en la citada firma (IF-2019-62169988-
APN-CNCE#MPYT) (Nº de Orden 284)
36. Con fecha 10 de julio de 2019 mediante Nota Nº NO-2019-62177387-APN-
CNCE#MPYT se solicitó a RITRAMA que indicase si en los datos cuantitativos
contenidos en su respuesta al Cuestionario para el Exportador de la CNCE se
incluyeron a los artículos de PVC en rollos de anchura superior o igual a 105 cm. y
de largo inferior o igual a 50 m., con un peso de 270 g/m² o con un peso superior
a 239 g/m², y en caso afirmativo, suministrase los códigos de dichos artículos
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correspondientes a sus operaciones de exportación hacia Argentina (Nº de Orden
286). El 19 de julio de 2019 RITRAMA respondió a esta solicitud (NO-2019-
66205206-APN-DGD#MPYT - IF-2019-65403841-APN-DGD#MPYT – Nº de
Orden 306).
37. El 10 de julio de 2019 mediante Nota Nº NO-2019-62178020-APN-CNCE#MPYT
se solicitó a PAPELBRIL, SILILABEL, ADHERSIL, FP, AUTOADHESIVOS, AGM –
ARTES GRAFICAS MODERNAS, DREAM AUTOADHESIVOS/DALFLEX,
FUSION SAN LUIS y CELOMAT que informasen si producían artículos de PVC en
rollos de anchura inferior a 120 cm. o superior o igual a 105 cm. y de largo inferior
o igual a 50 m., con un peso de 270 g/m² o con un peso superior a 239 g/m²
destinados a la elaboración de gigantografias y, en caso afirmativo, que
informasen sus características físicas y su período de fabricación (Nº Orden 287).
El 22 de julio de 2019 se recibió respuesta de PAPELBRIL (NO-2019-66214025-
APN-DGD#MPYT - IF-2019-65407269-APN-DGD#MPYT - Nº de Orden 307/8) y
de FUSION SAN LUIS (NO-2019-66584246-APN-DGD#MPYT - IF-2019-
66265318-APN-DGD#MPYT – Nº de Orden 316/7). El 12 de julio de 2019
mediante Nota Nº NO-2019-62998645-APN-CNCE#MPYT se había informado a la
SCE con relación tanto a este requerimiento como al formulado previamente a
RITRAMA (Ver apartado precedente) (Nº de Orden 292).
38. El 11 de julio de 2019 por Nota Nº NO-2019-62434853-APN-CNCE#MPYT se
remitió a la SCE copia de una presentación de AVERY ingresada por NO-2019-
62007145-APN-DGD#MPYT- IF-2019-60789024-APN-DGD#MPYT (Nº de Orden
289).
39. Por Nota Nº NO-2019-64797448-APN-CNCE#MPYT del 17 de julio de 2019 se
requirió información respecto a los despachos de importación -incluidos los de
Zona Franca egreso- de todos los orígenes y de despachos de exportación a nivel
de subítem a todos los destinos correspondientes a las posiciones arancelarias
NCM analizadas para el período 2012-2015 (Nº de Orden 301). El 23 de julio de
2019 mediante IF-2019-66667659-APN-CNCE#MPYT21 se dejó constancia que se
incorporaba el Informe Reservado Nº IF 2019-66662904-APN-CNCE#MPYT
correspondiente a la respuesta de la Dirección de Monitoreo de Comercio Exterior
al pedido de la CNCE, atento a su carácter confidencial (Nº de Orden 311)
21 Desglose del informe reservado IF-2019-66662904-APN-CNCE#MPYT (Nº de Orden 312)
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40. Por Nota Nº NO-2019-65244519-APN-SCE#MPYT del 18 de julio de 2019 la SCE
remitió una presentación de la Embajada de Chile (NO-2019-64885759-APN-
DGD#MPYT - IF-2019-64693204-APN-DGD#MPYT) (Nº de Orden 303).
41. El 23 de julio de 2019 por Nota Nº NO-2019-66690560-APN-CNCE#MPYT se
requirió a AVERY que rectificase los resúmenes públicos de la actualización de
los costos unitarios (Nº de Orden 314). El 29 de julio de 2019 AVERY respondió a
dicho requerimiento (NO-2019-68209744-APN-DGD#MPYT - IF-2019-68164812-
APN-DGD#MPYT – Nº de Orden 327). El 9 de agosto de 2019 por NO-2019-
71245795-APN-SCE#MPYT, se comunicó a AVERY que se había resuelto
conceder el tratamiento confidencial a dicha actualización (Nº de Orden 336).
42. El 30 de julio de 2019 por Nota Nº NO-2019-68528135-APN-SCE#MPYT la SCE
remitió presentaciones efectuadas por AVERY (NO-2019-65488012-APN-
DGD#MPYT e IF-2019-65132752-APN-DGD#MPYT) y RITRAMA (NO-2019-
65607355-APN-DGD#MPYT e IF-2019-65435987-APN-DGD#MPYT), ambas del
19 de julio de 2019 (Nº de Orden 328).
43. El 13 de agosto de 2019, mediante Nota Nº NO-2019-72259085-APN-
SCE#MPYT, la SCE remitió una presentación de la firma AVERY efectuando
comentarios –NO-2019-71109655-APN-DGD#MPYT e IF-2019-71043896-APN-
DGD#MPYT (Nº de Orden 337).
44. Con fecha 15 de agosto de 2019 mediante IF-2019-73004576-APN-CNCE#MPYT,
se incorporó el Acta de Directorio Nº 2191 (IF-2019-72789728-APN-
CNCE#MPYT)22 del 14 de agosto de 2019 de Determinación Final de Dumping y
el Memorándum Nº ME-2019-72797745-APN-CNCE#MPYT, mediante el cual se
remitió la mencionada Acta a la SCE (Nº de Orden 343). En las conclusiones de la
mencionada Acta Nº 2191 se dispuso la inclusión del Informe de Determinación
Final de Relativo al Examen (IF-2019-72772429-APN-CNCE#MPYT) en los
expedientes Nº EX-2018-43079627-APN-DGD#MP y Nº EX-2018-43083376-APN-
DGD#MP y se determinó “…la recurrencia de dumping para las operaciones de
exportación de ‘placas, láminas, hojas, cintas y tiras autoadhesivas de plástico, sin
imprimir (excepto las cortadas en dimensiones apropiadas como piezas de
vehículos automóviles, de celulosa regenerada, de poliuretanos, o de polímeros
22 A su vez posee embebido el Informe Técnico (IF-2019-72772429-APN-CNCE#MPYT).
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SECCIÓN II - ANTECEDENTES… 14
fluorados y las de poli (cloruro de vinilo) en rollos de anchura superior o igual a 120 cm y
de largo inferior o igual a 50 m, con un peso superior a DOSCIENTOS TREINTA Y
NUEVE GRAMOS POR METRO CUADRADO (239 g/m²)), incluso de polietileno con
revestimiento anticorrosivo de anchura superior o igual a 5 cm pero inferior o igual a 120
cm, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular y papeles autoadhesivos en
bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular de cualquier tamaño,
excluidas las cintas de embalaje, autoadhesivas, de polipropileno, en rollos de anchura
inferior o igual a VEINTE CENTÍMETROS (20 CM), sin soporte de despegue descartable’
originarias de la República de Chile, en caso de que las medidas antidumping dispuestas
por la Resolución del ex Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (ex MEyFP) Nº 13
del 4 de diciembre de 2013, y su aclaratoria Resolución Nº 687 del 18 de septiembre de
2014, fueran suprimidas” y la “…existencia de un margen de recurrencia de dumping de
65,60% considerando las exportaciones de ‘placas, láminas, hojas, cintas y tiras
autoadhesivas de plástico, sin imprimir (excepto las cortadas en dimensiones apropiadas
como piezas de vehículos automóviles, de celulosa regenerada, de poliuretanos, o de
polímeros fluorados y las de poli (cloruro de vinilo) en rollos de anchura superior o igual a
120 cm y de largo inferior o igual a 50 m, con un peso superior a DOSCIENTOS
TREINTA Y NUEVE GRAMOS POR METRO CUADRADO (239 g/m²)), incluso de
polietileno con revestimiento anticorrosivo de anchura superior o igual a 5 cm pero inferior
o igual a 120 cm, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular y papeles
autoadhesivos en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular de
cualquier tamaño, excluidas las cintas de embalaje, autoadhesivas, de polipropileno, en
rollos de anchura inferior o igual a VEINTE CENTÍMETROS (20 CM), sin soporte de
despegue descartable’ originarias de la República de Chile hacia la República Argentina y
de 106,74% considerando las exportaciones originarias de la República de Chile hacia la
República del Perú”.
45. Con fecha 27 de agosto de 2019, mediante IF-77138376-APN-CNCE#MPYT, se
declaró la clausura del período probatorio y se dejó constancia que el equipo
técnico de esta CNCE basaría el ISHER sobre la información recibida hasta esa
fecha, con miras a la elaboración del mencionado Informe Técnico en el marco de
la presente revisión (Nº de Orden 345).
46. Por IF-2019-82976166-APN-CNCE#MPYT del 13 de septiembre de 2019 se
incorporó la Información Sistematizada de los Hechos Esenciales de la Revisión
(Informe GIN- GN/ISHER Nº 06/19 del 12 de septiembre de 2019 - IF-2019-
82569845-APN-CNCE#MPYT) a los expedientes EX-2018-43083376-
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SECCIÓN II - ANTECEDENTES… 15
APNDGD#MP y EX-2018-43079627-APN-DGD#MP. En tal sentido por Nota NO-
2019-82885495-APNCNCE#MPYT y Memorándum DIR/015/19 se había
informado que se estaba en condiciones de incorporar dicho Informe23 (Nº de
Orden 355).
47. Por Notas Nº NO-2019-82982000-APN-CNCE#MPYT y NO-2019-82944553-APN-
CNCE#MPYT del 13 de septiembre de 2019 se comunicó a las firmas AVERY,
PAPELBRIL, FUSION SAN LUIS, VISUALTECH, MULTI-COLOR, MANULI,
PATTERN y RITRAMA y a la Embajada de Chile que se había procedido al cierre
de la etapa probatoria y se encontraba a su disposición el ISHER, a efectos de
que tomasen vista y examinasen toda la información disponible en las actuaciones
y hasta el 2 de octubre de 2019 ejercitasen la defensa de sus intereses,
efectuando sus consideraciones finales acerca de lo actuado en base a la
mencionada información si lo estimasen conveniente (Nº de Orden 356 y 358).
48. Por Acta de Directorio Nº 2209 (IF-2019-86312853-APN-CNCE#MPYT24) del 23
de septiembre de 2019 se efectuó una Determinación Complementaria Final de la
Recurrencia de Dumping. En sus conclusiones se ratificó “…la determinación
arribada en el … Acta Nº 2191 en cuanto a la recurrencia de dumping” y “…la
existencia de un margen de recurrencia de dumping de 106,74% considerando las
exportaciones originarias de la República de Chile hacia la República del Perú” y
se determinó “…la existencia de un margen de recurrencia de dumping de 65,56%
considerando las exportaciones originarias de la República de Chile hacia la
República Argentina”. Tanto dicha Acta Nº 2209 como el Memorándum Nº ME-
2019-86337256-APN-CNCE#MPYT del 23 de septiembre de 2019 (remitiendo el
Acta a la SCE) se incorporaron por IF-2019-86756139-APN-CNCE#MPYT del 24
de septiembre de 2019 (Nº de Orden 367).
49. Los días 1º y 2 de octubre de 2019 se recibieron las consideraciones finales de
RITRAMA (NO-2019-89508841-APN-DGD#MPYT e IF-2019-89495830-APN-
DGD#MPYT - Nº de Orden 371/2), AVERY (NO-2019-89894875-APN-
DGD#MPYT e IF-2019-89871613-APN-DGD#MPYT - Nº de Orden 376/7)
PATTERN (NO-2019-89902216-APN-DGD#MPYT e IF-2019-89901254-APN-
23 En el mencionado IF-2019-82976166-APN-CNCE#MPYT se encuentra embebido el IF-2019-82569845-APN-CNCE#MPYT correspondiente al ISHER. 24 Que contiene embebido asimismo el Informe Complementario del Informe de Determinación Final -IF-2019-85435339-APN-CNCE#MPYT del 20 de septiembre de 2019.
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SECCIÓN II - ANTECEDENTES… 16
DGD#MPYT – Nº de Orden 378/9) y la Embajada de Chile (remitidas en ese caso desde
la SCE por Nota NO-2019-90220439-APN-SCE#MPYT e ingresadas por Nota NO-2019-
89864380-APN-DGD#MPYT e IF-2019-89796212-APN-DGD#MPYT – Nº de Orden 381).
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SECCIÓN III – PRODUCTO IMPORTADO 1
III. PRODUCTO IMPORTADO OBJETO DE REVISIÓN.
III.1. Descripción.
Conforme lo establecido por la Resolución MPyT Nº 125/18 (RESOL-2018-125-
APN-MPYT) del 29 de noviembre de 20181 correspondiente a la apertura de la presente
revisión y la información proporcionada por DGA, el producto importado objeto de revisión
son las “placas, láminas, hojas, cintas y tiras autoadhesivas de plástico, sin imprimir
(excepto las cortadas en dimensiones apropiadas como piezas de vehículos automóviles,
de celulosa regenerada, de poliuretanos, o de polímeros fluorados y las de poli (cloruro
de vinilo) en rollos de anchura superior o igual a 120 cm y de largo inferior o igual a 50 m,
con un peso superior a DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE GRAMOS POR METRO
CUADRADO (239 g/m²)), incluso de polietileno con revestimiento anticorrosivo de
anchura superior o igual a 5 cm pero inferior o igual a 120 cm, en rollos o en hojas de
forma cuadrada o rectangular y papeles autoadhesivos en bobinas (rollos) o en hojas de
forma cuadrada o rectangular de cualquier tamaño excluidas las cintas de embalaje,
autoadhesivas, de polipropileno, en rollos de anchura inferior o igual a VEINTE
CENTIMETROS (20 cm), sin soporte de despegue descartable” originarias de la
República de Chile que ingresan por las posiciones arancelarias NCM/SIM
3919.10.10.990, 3919.10.20.900, 3919.10.90.191, 3919.10.90.199, 3919.10.90.290,
3919.10.90.390, 3919.10.90.990, 3919.90.10.110, 3919.90.10.192, 3919.90.10.199,
3919.90.20.120, 3919.90.20.199, 3919.90.90.111, 3919.90.90.113, 3919.90.90.119,
3919.90.90.212, 3919.90.90.219, 3919.90.90.312, 3919.90.90.319, 3919.90.90.921,
3919.90.90.929, 4811.41.10.110, 4811.41.10.120, 4811.41.10.130, 4811.41.10.190,
4811.41.10.210, 4811.41.10.220, 4811.41.10.230, 4811.41.10.290 y 4811.41.90.0002/3.
1 Publicada en el Boletín oficial el 3 de diciembre de 2018 y con vigencia a partir de su publicación. 2 El 3 de enero de 2018 cesó la vigencia de la posición NCM 3919.90.00, desdoblándose la misma en las posiciones arancelarias NCM 3919.90.10 y 3919.90.90. Al respecto, con anterioridad a dicha fecha y en el lapso de vigencia de la medida, en el caso de dicha posición los papeles y films clasificaron por las posiciones arancelarias NCM/SIM 3919.90.00.110, 3919.90.00.192, 3919.90.00.191, 3919.90.00.199, 3919.90.00.211, 3919.90.00.212, 3919.90.00.213, 3919.90.00.214, 3919.90.00.215, 3919.90.00.216, 3919.90.00.217, 3919.90.00.219, 3919.90.00.221, 3919.90.00.222, 3919.90.00.223, 3919.90.00.224, 3919.90.00.225, 3919.90.00.226, 3919.90.00.227, 3919.90.00.229, 3919.90.00.231, 3919.90.00.232, 3919.90.00.233, 3919.90.00.234, 3919.90.00.235, 3919.90.00.236, 3919.90.00.237, 3919.90.00.239, 3919.90.00.241, 3919.90.00.242, 3919.90.00.243, 3919.90.00.244, 3919.90.00.245, 3919.90.00.246, 3919.90.00.247, 3919.90.00.249, 3919.90.00.251, 3919.90.00.252, 3919.90.00.253, 3919.90.00.254, 3919.90.00.255, 3919.90.00.256, 3919.90.00.257, 3919.90.00.259, 3919.90.00.261, 3919.90.00.262, 3919.90.00.263, 3919.90.00.264, 3919.90.00.265, 3919.90.00.266, 3919.90.00.267, 3919.90.00.269, 3919.90.00.271, 3919.90.00.272, 3919.90.00.273, 3919.90.00.274, 3919.90.00.275, 3919.90.00.276, 3919.90.00.277, 3919.90.00.279, 3919.90.00.281, 3919.90.00.282, 3919.90.00.283, 3919.90.00.284, 3919.90.00.285, 3919.90.00.286, 3919.90.00.287, 3919.90.00.289, 3919.90.00.320, 3919.90.00.399, 3919.90.00.420, 3919.90.00.490, 3919.90.00.520, 3919.90.00.590, 3919.90.00.921 y 3919.90.00.929 (Ver Notas de DGA 1136/2018 DV CLAR y 254/2018 DE TNCA). 3 Las posiciones NCM/SIM 3919.90.10.192, 3919.90.20.120, 3919.90.90.113, 3919.90.90.212, 3919.90.90.312 y 3919.90.90.921 se encuentran alcanzadas por la Res. SCT Nº 163/2005. Dicha Resolución (publicada en el Boletín Oficial el 4 de octubre de 2005) incorpora al ordenamiento jurídico nacional el Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Seguridad en Juguetes (MERCOSUR/GMC/Res. N° 23/04) y resuelve en su artículo 2do. liberar la mercadería luego de cumplidos los lineamientos estipulados en la citada Resolución. Al respecto se señala que el Apartado 5.2.10 del Reglamento mencionado se refiere a las “Etiquetas o figuras adhesivas”, indicando que el envase de las mismas deberá incluir advertencias relativas a la edad mínima para su uso.
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SECCIÓN III – PRODUCTO IMPORTADO 2
Al respecto, por Resolución ex MEyFP Nº 13/13 del 4 de diciembre de 2013,
publicada en el Boletín Oficial el 27 de diciembre de 2013 y con vigencia a partir del día
de su firma, se fijó una medida antidumping definitiva consistente en un ad valorem de
7,06% para las operaciones de exportación de la firma RITRAMA y de 42% para el resto
de Chile por el término de 5 años.
Por otra parte, se aclara que a través de la Resolución ex MEyFP Nº 687/14 del
18 de septiembre de 2014 y publicada el 24 de septiembre de 2014, se aclaró que la
medida aplicada no alcanzaba a las cintas de embalaje, autoadhesivas, de polipropileno,
en rollos de anchura inferior o igual a 20 cm., sin soporte de despegue descartable.
III.2. Firmas Importadoras y exportadoras.
En la investigación original (Expte. CNCE Nº 42/11) participaron las firmas
importadoras ACHERNAR, ARTES GRAFICAS RAAL S.R.L. y PATTERN y la firma
exportadora RITRAMA. En la actual revisión solo RITRAMA respondió al Cuestionario
para el Exportador y no se recibieron respuestas al Cuestionario para el Importador, si
bien se acreditaron las firmas PATTERN, VISUALTECH, MULTI-COLOR y MANULI.
lII.3. Investigaciones llevadas a cabo en Argentina relacionadas con los papeles y films autoadhesivos
A continuación se consigna en la Tabla III.1 el detalle correspondiente a la
investigación que concluyó con la aplicación de la medida objeto de revisión, único
antecedente registrado relativo al producto bajo análisis4. Respecto a la medida aplicada
se remite a lo indicado precedentemente en esta misma Sección.
Tabla Nº III.1 Investigación antidumping original
Expte. CNCE
Peticionante Origen Apertura de
investigación Derechos
provisorios Cierre de
investigación
42/11 AVERY Chile Resolución ex SCE N° 55/12 04/06/12
No se aplicaron
Resolución ex MEyFP N° 13/13 27/12/13
Fuente: CNCE.
4 Se señala que no se han realizado otras investigaciones antidumping relacionadas con el producto bajo análisis, así como así tampoco investigaciones en el marco del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias y del Acuerdo Sobre Salvaguardias.
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 1
IV. PRODUCTO SIMILAR NACIONAL.
El Directorio de la CNCE mediante su Acta Nº 2110 del 6 de octubre de 2018
(correspondiente a su Determinación Previa a la Apertura), constató que los papeles y
films autoadhesivos objeto de medidas y su respectivo producto similar nacional no
habían experimentado modificaciones que ameriten apartarse de lo determinado por la
CNCE en su Acta Nº 17811 y determinó que las “placas, láminas, hojas, cintas y tiras
autoadhesivas de plástico, sin imprimir (excepto las cortadas en dimensiones
apropiadas como piezas de vehículos automóviles, de celulosa regenerada, de
poliuretanos, o de polímeros fluorados y las de poli (cloruro de vinilo) en rollos de
anchura superior o igual a 120 cm y de largo inferior o igual a 50 m, con un peso
superior a DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE GRAMOS POR METRO CUADRADO
(239 g/m²)), incluso de polietileno con revestimiento anticorrosivo de anchura superior
o igual a 5 cm pero inferior o igual a 120 cm, en rollos o en hojas de forma cuadrada o
rectangular y papeles autoadhesivos en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada
o rectangular de cualquier tamaño, excluidas las cintas de embalaje, autoadhesivas,
de polipropileno, en rollos de anchura inferior o igual a VEINTE CENTÍMETROS (20
CM), sin soporte de despegue descartable”, originarias de Chile y objeto de medidas
encuentran un producto similar nacional.
1 En su Acta Nº 1781 del 27 de noviembre de 2013 (correspondiente a su Determinación Final de la investigación original que concluyó con la aplicación de la medida antidumping objeto de examen) el Directorio de la CNCE concluyó que no existían fundamentos para modificar su determinación efectuada en las etapas previas respecto a que las “placas, láminas, hojas, cintas y tiras autoadhesivas de plástico, sin imprimir, (excepto las cortadas en dimensiones apropiadas como piezas de vehículos automóviles, de celulosa regenerada, de poliuretanos, o de polímeros fluorados y las de poli(cloruro de vinilo) en rollos de anchura superior o igual a 120 cm. y de largo inferior o igual a 50 m., con un peso superior a 239 g/m²)), incluso de polietileno con revestimiento anticorrosivo de anchura superior o igual a 5 cm pero inferior o igual 120 cm, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular y papeles autoadhesivos en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular de cualquier tamaño”1, de producción nacional se ajustan, en el marco de las normas vigentes, a la definición de producto similar al importado originario de Chile. Se añade que con posterioridad al cierre de la investigación y de acuerdo a lo determinado por esta CNCE por Acta Nº 1798 y a lo indicado por la ex DCD, mediante Resolución ex MEyFP Nº 687/14 se aclaró que la medida antidumping no alcanzaba a las cintas de embalaje, autoadhesivas, de polipropileno, en rollos de anchura inferior o igual a 20 cm, sin soporte de despegue descartable. En tal sentido, mediante el Acta de Directorio Nº 1798, la CNCE indicó que “...en atención al planteo efectuado por la empresa SOLUCORP —presentado por la Embajada de Chile— a lo informado por las empresas productoras del relevamiento, y a lo que surge del Informe Técnico GI-GN ITDF Nº 05/13 que sirviera de base para la determinación final de daño y causalidad … puede afirmarse que el producto analizado por esta CNCE en el marco de la investigación, que concluyera con el dictado de la Resolución MEyFP Nº 13/2013, no alcanzó a las ‘cintas de embalaje (de polipropileno sin soporte o respaldo)’”. Agregó que “...para el caso que la autoridad de aplicación decidiera su exclusión de la mencionada Resolución, ello no modifica las conclusiones oportunamente emitidas por este Directorio en su Acta Nº 1748 respecto a que el producto nacional se ajusta, en el marco de las normas vigentes, a la definición de producto similar al importado originario de Chile ni tampoco la determinación de daño y causalidad final de CNCE...” y determinó que “...el producto analizado por esta CNCE en el marco de la investigación que tramitara por Expediente CNCE Nº 42/11 … no alcanzó a las cintas de embalaje (de polipropileno sin soporte o respaldo), por lo que —en lo que compete a este Organismo— no encuentra objeciones, para el caso de que la autoridad de aplicación decidiera su eventual exclusión de la medida antidumping impuesta por Resolución MEyFP Nº 13/2013”. Por su parte la ex DCD indicó el 12 de mayo de 2014 que “...atento lo manifestado por la firma AVERY DENNISON DE ARGENTINA S.R.L. y a los elementos de prueba que confluyeron en la investigación de la referencia, esta Dirección indica que las ‘cintas de embalaje (de polipropileno sin soporte o respaldo)’ no fueron consideradas para la determinación del precio FOB de exportación y el valor normal en las distintas etapas de la misma” y señaló que “...la eventual exclusión de las ‘cintas de embalaje (de polipropileno sin soporte o respaldo)’ no altera las conclusiones vertidas en el informe de Determinación Final de Dumping, elaborado por esta Dirección y oportunamente conformado por la Autoridad de Aplicación”.
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 2
Esta Sección se basa principalmente en la información aportada por AVERY en
su solicitud (IF-2018-43361151-APN-CNCE#MP y Nº de Orden 6), en su respuesta al
Cuestionario (IF-2019-05720398-APN-CNCE#MPYT - Nº de Orden 127) y posteriores
presentaciones (IF-2019-55971263-APN-DGD#MPYT – Nº de Orden 268), por
RITRAMA en su respuesta al Cuestionario para el Exportador de la CNCE2 (IF-2019-
05752537-APN-CNCE#MPYT – Nº de Orden 132) y posteriores presentaciones (IF-
2019-65403841-APN-DGD#MPYT – Nº de Orden 306). Asimismo, se considera
información que surge del Acta Nº 1781 e Informe GI-GN/ITDF Nº 05/13 (Obrante en la
página de la CNCE http://www.cnce.gob.ar/3/16/65/2011.0423). También se considera
información y consideraciones aportadas por las productoras PAPELBRIL y FUSIÓN
SAN LUIS (IF- IF-2019-65407269-APN-DGD#MPYT e 2019-66265318-APN-
DGD#MPYT, respectivamente, Nº de Orden 308 y 317), por las importadoras
PATTERN y VISUALTECH y por la Embajada de Chile (IF-2019-64693204-APN-
DGD#MPYT - Nº de Orden 303) en el caso de particular de un pedido de exclusión de
ciertas gigantografías de ancho inferior a 120 cm.
En su solicitud, AVERY informó que no se registraron cambios en el producto
nacional y el importado de Chile con posterioridad a la aplicación de la medida y que
no existen diferencias relevantes entre el producto nacional, el importado de Chile y el
producto importado de otros orígenes (Nº de Orden 6).
IV. 1 Solicitud de exclusión de ciertos films para gigantografias.
En forma previa a la exposición y descripción de los factores y características
correspondientes al producto nacional y al importado objeto de revisión se
desarrollarán las cuestiones relacionadas con la solicitud de exclusión de ciertos films
de PVC para gigantografias.
En primer lugar cabe recordar que en la investigación original, y conforme
surge de la propia definición del producto bajo análisis, se procedió a la exclusión de
los films de poli (cloruro de vinilo) en rollos de anchura superior o igual a 120 cm. y de
largo inferior o igual a 50 m, con un peso superior a DOSCIENTOS TREINTA Y
2 Conforme a lo indicado por la empresa en su respuesta al Cuestionario para el Exportador de la CNCE, RITRAMA se dedica al diseño, producción, fabricación, comercialización, importación y exportación por cuenta propia o por cuenta de terceros de materiales autoadhesivos en bobinas u hojas de film plástico y papel, así como también en cualquier otra actividad industrial relacionada con la transformación y comercio de materiales plásticos y papel. 3 En las direcciones ftp://ftp1.cnce.gov.ar/2011.042/Acta_PapelFilm_2011_042.pdf, ftp://ftp1.cnce.gov.ar/2011.042/ITDF_PapelFilm_2011_042_1Parte.pdf, ftp://ftp1.cnce.gov.ar/2011.042/ITDF_PapelFilm_2011_042_2Parte.pdf y ftp://ftp1.cnce.gov.ar/2011.042/ITDF_PapelFilm_2011_042_3Parte.pdf. En dicho Informe se consideró información brindada por la empresa peticionante AVERY, por PAPELBRIL (productora nacional) por las importadoras PATTERN, RAAL y ACHERNAR y por la empresa exportadora RITRAMA.
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 3
NUEVE GRAMOS POR METRO CUADRADO (239 g/m²), los cuales están destinados
a la elaboración de gigantografias (Ver Acta de Directorio CNCE N° 1771 del 25 de
octubre de 2013).
Por otra parte, en la presente revisión y con relación a la exclusión mencionada
precedentemente, dos empresas importadoras (PATTERN y VISUALTECH) y la
exportadora RITRAMA, formularon planteos requiriendo se amplíe la misma hasta
ciertos films autoadhesivos de PVC en rollos para gigantografías de menor ancho
(artículos en rollos con Frontal PVC de 105 o 106 cm. de ancho por 50 m. de largo con
un peso de 270 g/m²). En tal sentido, dichas empresas argumentaron que AVERY no
cuenta con las maquinarias adecuadas para fabricar productos con los estándares de
calidad que requiere el mercado de gigantografías, agregando que dichos estándares
requieren que el film de PVC sea procesado en una estación de acondicionamiento
especial y con tratamiento corona antes de la fabricación del autoadhesivado ya que
las gigantografías deben contar con estabilidad dimensional, tensión superficial y
“planidad”, siendo productos expuestos a temperaturas de 40º/45º. Asimismo
señalaron que debe ser homologado dicho artículo en el funcionamiento de máquinas
de impresión digital a base de tintas solventes, ecosolventes, látex UV y serigrafía.
Asimismo, PATTERN expresó que “las películas de PVC utilizadas en
‘Gigantografía’ deben estar diseñadas específicamente para funcionar con todas las
tecnologías de impresión digital. Para que ello ocurra las películas de PVC
monoméricas y poliméricas deben garantizar que los componentes de las mismas no
tengan un efecto perjudicial en las capacidades de impresión y/o tintas de toda la
industria de Gigantografía que trabajan con tecnología de tintas Eco Solvent, Latex y
tintas UV. A su vez es primordial que los PVC sean fabricados y probados con los
diferentes perfiles de todas las máquinas de impresión para gigantografía, a fin de
garantizar la reproducción correcta del color utilizando los PVC adecuados”. Asimismo,
PATTERN indicó que “ninguna máquina en Argentina está equipada de esta forma”.
RITRAMA expuso que la peticionante “…logró engañar a las autoridades tanto
en la investigación inicial como en la actual apertura de revisión por expiración de
plazo sosteniendo que fabricaba esos productos localmente” y “si bien AVERY pudo
gozar de una preferencia competitiva frente a mi cliente durante más de 6 años al
importar esos productos de otras filiales, sin el pago de derechos antidumping, este
engaño salió a la luz gracias a los aportes de los importadores presentados en este
expediente que manifestaron expresamente que el material que les comercializaba
AVERY era originario de China u otros países”. También RITRAMA cuestionó qué la
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 4
CNCE establezca “…el parámetro en el ancho de 1050 mm cuando la propia AVERY
reconoce que el límite es 1000 mm…” y “…la limitante de hasta 50 mts., si el largo de
la bobina (ej. 100 mts.) tampoco sería óbice para que AVERY pueda fabricar el
producto cuando su limitante es el ancho de la bobina…” y respecto del largo de las
bobinas RITRAMA reconoció que “…en la práctica la mayoría de las producciones son
en bobinas de hasta 50 mts...” pero “…muchas veces se comercializa este tipo de
producto en bobinas de 100 mts.” (Nº de Orden 306).
Finalmente la Embajada de Chile manifiesta su apoyo al pedido de ampliación
de la exclusión referida, indicando que no puede existir daño causado por las
importaciones de dichas gigantografías “…por no existir producción…” y que la
inclusión de dicho producto “…va directamente en contravención…” del Artículo 3
párrafo 1 del Acuerdo Antidumping y que “…es imperativo que la Autoridad
investigadora revise de manera acuciosa las condiciones de dicho producto en la
investigación original, de manera tal de comprobar si es que se producía en Argentina
en ese entonces…” y “…en caso de replicarse la situación actual, se debiese rectificar
el margen de dumping (con correspondiente devolución de derechos como lo
establece el Artículo 18.3 del Acuerdo Antidumping) y el análisis de daño para velar
que se cumpliese las condiciones probatorias…” para el establecimiento de la medida
antidumping conforme el Artículo 9 párrafo del Acuerdo Antidumping (Nº de Orden
303).
En función de los planteos recibidos, esta CNCE consultó mediante nota NO-
2019-53353697-APN-CNCE#MPYT a AVERY a fin de “exponer sus consideraciones
respecto a dicha solicitud de exclusión, contemplando entre otros aspectos, cómo
afectará una eventual exclusión de dichos artículos al producto nacional en particular
respecto a la posibilidad de sustitución del mismo a partir del fraccionamiento de
dichos films autoadhesivos de PVC para gigantografias, en rollos de 1050 o 1060 cm.
de ancho por 50 m. de largo y con un peso de 270 grs./m² (se aclara que por un error
material en la consulta efectuada a AVERY se consignó que el ancho de los artículos
era de 1050 o 1060 cm. en lugar de 105 o 106 cm.). Se aclara que dicho error material
resultó subsanado al ampliar su información sobre este aspecto en oportunidad de la
Verificación “in situ” practicada en las instalaciones de la firma AVERY (IF-2019-
58477699-APN-CNCE#MPYT). Asimismo, se consultó al resto de las empresas del
sector productor PAPELBRIL, SILILABEL, ADHERSIL, FP AUTOADHESIVOS, AGM-
ARTES GRAFICAS MODERNAS, DREAM AUTOADHESIVOS/DALFLEX, FUSION
SAN LUIS y CELOMAT (NO-2019-62178020-APN-DGD#MPYT) respecto a sí
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 5
producían artículos de PVC en rollos de anchura superior o igual a 105 cm. y de largo
inferior o igual a 50 m., con un peso superior a 239 g/m², y que en caso afirmativo
informaran las características físicas de dichos artículos producidos (considerando
parámetros como el ancho, el largo y el peso en g/m²).
A continuación, se consigna la información obtenida:
AVERY informó mediante su presentación del 18 de junio de 2019 (IF-2019-
55971263-APN-DGD#MPYT – Nº de Orden 268) que prestaba su conformidad
para la exclusión de dichos artículos4 e indicó que el producto nacional no se verá
afectado ya que no existe grado de sustitución con el mismo. Asimismo, en
oportunidad de la verificación realizada en la empresa, amplió sus consideraciones
al respecto precisando que en el caso de los artículos de poli (cloruro de vinilo) en
rollos de anchura superior o igual a 105 cm. y de largo inferior o igual a 50 m, con
un peso superior a 239 g/m² destinados a “gigantografías”, los mismos no
presentan grado de sustitución con otros artículos del producto nacional atento a
motivos económicos y productivos (entre otros factores ya que por su peso
presentan un precio superior y por su largo resulta improductiva su utilización por
parte de los convertidores no productores de gigantografias).
Las otras empresas productoras que contestaron al pedido realizado por la CNCE,
FUSIÓN SAN LUIS y PAPELBRIL, informaron que no producen artículos de PVC
en rollos de anchura inferior a 120 cm. o superior o igual a 105 cm. y largo inferior
o igual a 50 m., con un peso de 270 g/m2 o con un peso superior a 239 g/m2 (IF-
2019-66265318-APN-DGD#MPYT e IF-2019-65407269-APN-DGD#MPYT,
respectivamente, Nº de Orden 308 y 317).
Por su parte, la importadora PATTERN en sus consideraciones finales
manifestó que “…durante estos más de seis años de vigencia de la medida las
importaciones del producto gigantografía importadas por AVERY gozan de una ventaja
comercial frente a las importadas de Chile, ventaja amparada en datos falsos y
engaños manifestados por la denunciante en la primera investigación que fueron
receptados por las autoridades en desmedro de RITRAMA”. Según esta importadora,
“dicho engaño o tributo ilegal…” le representó un gasto adicional de más de U$S
80.000. PATTERN agregó que “no se logra entender porque las autoridades … no han
remitido hasta el momento una nota a la Dirección General de Aduanas para que deje
4 Como ya se señaló por un error material en la consulta efectuada a AVERY se consignó que el ancho de los artículos era de 1050 o 1060 cm. en lugar de 105 o 106 cm. No obstante, al ampliar la información presentada en oportunidad de la verificación AVERY consignó el ancho en forma adecuada(IF-2019-58477699-APN-CNCE#MPYT).
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 6
de percibir … un tributo infundado y contrario a las normas internacionales previstas
en el Acuerdo de Dumping y en nuestra Constitución Nacional (Derecho de propiedad,
a ejercer el comercio, etc.) y solicitó a la CNCE “…que inicie las medidas
correspondientes para que le sea reintegrada a la empresa los importes abonados
injustamente en concepto de derechos antidumping sobre una mercadería que no
tenía fabricación local” (Nº de Orden 379).
Con relación a estos dichos y solicitudes de PATTERN se destaca que en el
caso de los cuestionamientos relacionados con la imposición de la medida original
(Resolución ex MEyFP Nº 13/13 del 4 de diciembre de 2013), la empresa debió
formularlos mediante la vía correspondiente, en esa oportunidad. Asimismo, se indica
que su requerimiento de “reintegro” resulta improcedente en el marco de la normativa
vigente. Por último, respecto del carácter atribuido a la información que maneja esta
CNCE se señala que los mismos son apreciaciones de la empresa, debiendo, en caso
de corresponder realizar las pertinentes acciones legales para acreditar los dichos
relativos a datos falseados.
Se aclara que en la investigación original en el caso de los artículos
comprendidos entre un ancho de 105 cm. y 120 cm. se consideró en esa oportunidad
que existiendo la posibilidad de una superposición con los films de PVC nacionales
(que alcanzan un ancho de 102 cm.), no correspondía su exclusión. Se agrega que de
acuerdo a la información recabada también en la investigación original, el ancho
máximo de los rollos que puede producir AVERY es un metro. Asimismo, la
peticionante importa los artículos destinados a gigantografias de distintos orígenes
(principalmente Estados Unidos). En tal sentido, en la investigación original se verificó
en la línea de producción de AVERY que el ancho bruto máximo que puede producir la
empresa es de 102 cm. (más conocido en la jerga como ancho de “un metro”, puesto
que los 2 cm. restantes se utilizarían para terminación de los bordes del papel5). En
función de lo expuesto, la información cuantitativa suministrada por la peticionante no
comprende datos de artículos de PVC en rollos de anchura superior o igual a 105 cm.
con la excepción de la correspondiente a sus importaciones.
5 Normalmente, durante la aplicación del adhesivo y la silicona es corriente que suceda una cierta irregularidad en la distribución de los componentes adheridos en sectores cercanos a los bordes del liner y la posterior precisión en la adhesión de este con el frontal. Esto hace que sea necesario admitir un cierto ancho mínimo en esos bordes que a posteriori serán “refilados” y descartados para absorber posibles desfasajes, llevando la bobina a un ancho final de un metro. Esa bobina, será después fraccionada según lo solicitado por los clientes.
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 7
En tal sentido, atento a que en el marco de la presente revisión se relevó nueva
información sobre dichos artículos que complementa la ya analizada en la
investigación original, a partir de los datos aportados en esta ocasión por AVERY
(tanto la requerida por esta CNCE mediante NO-2019-53353697-APN-CNCE#MPYT y
en particular al realizarse la verificación en sus instalaciones- conforme obra en Acta
de verificación IF-2019-58477699-APN-CNCE#MPYT) respecto a la ausencia de
sustitución en el caso particular de los artículos de poli (cloruro de vinilo) en rollos de
anchura superior o igual a 105 cm. y de largo inferior o igual a 50 m, con un peso
superior a 239 g/m² destinados a “gigantografias” y a lo informado por PAPELBRIL
respecto a que en el período bajo análisis ya no elaboró films de PVC para serigrafía
con un peso entre 248 g/m² y 269 g/m² en hojas y bobinas de ancho de 1000 mm., 500
mm. y 650 mm. (Nº de Orden 308), se considera propicio considerar la ampliación de
la exclusión.
De lo antedicho se desprende que el producto importado objeto de revisión
como su similar nacional queda definido como “Placas, láminas, hojas, cintas y tiras
autoadhesivas de plástico, sin imprimir (excepto las cortadas en dimensiones
apropiadas como piezas de vehículos automóviles, de celulosa regenerada, de
poliuretanos, o de polímeros fluorados y las de poli (cloruro de vinilo) en rollos de
anchura superior o igual a 105 cm y de largo inferior o igual a 50 m, con un peso
superior a DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE GRAMOS POR METRO CUADRADO
(239 g/m²), incluso de polietileno con revestimiento anticorrosivo de anchura superior o
igual a 5 cm pero inferior o igual a 120 cm, en rollos o en hojas de forma cuadrada o
rectangular y papeles autoadhesivos en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada
o rectangular de cualquier tamaño, excluidas las cintas de embalaje, autoadhesivas,
de polipropileno, en rollos de anchura inferior o igual a VEINTE CENTÍMETROS (20
CM), sin soporte de despegue descartable”.
A partir de esta definición y a efectos de determinar el producto similar nacional
en función del producto importado objeto de revisión, a continuación se presentan las
características físicas, los usos, la sustituibilidad, el proceso de producción, las normas
técnicas, los canales de comercialización, la percepción del usuario y los precios, tanto
del producto objeto de revisión como del producto nacional, de acuerdo a la
información que obra en el expediente y en la página de la CNCE
http://www.cnce.gob.ar/3/16/65/2011.042.
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 8
IV.2. Características físicas.
AVERY informó que con posterioridad a la investigación original no variaron los
tipos de Papeles y films autoadhesivos que produce y RITRAMA, por su parte, informó
que no existen modificaciones en los tipos y variedades de sus productos exportados
desde Chile (Nº de Orden 6).
De acuerdo a la peticionante, el producto bajo análisis está compuesto por las
siguientes partes (Nº de Orden 127):
a) El “liner” o soporte descartable, elaborado con cualesquiera de los siguientes
materiales:
Papel glassine6 (resistente a las grasas).
Papel kraft (también llamado papel madera).
Papel clay coated7 (estucado).
PET.
Film de poliéster.
Film de polipropileno biorientado (BOPP8).
b) El “frontal” o cara imprimible del papel o film. En este segundo componente se
encuentra la mayor diversidad, encontrándose los siguientes grupos de
materiales:
b.1) Papeles:
No estucados: texturados o liso (obra).
Estucados: semi “gloss” o semi brillo, high “gloss” o alto brillo, con
tratamiento para impresión térmica o transferencia térmica (denominados
también termosensibles TOP) y metalizados plata y oro, brillantes y mate.
b.2) Films, los que se pueden caracterizar según:
b.2.1. Composición físico-química:
Polipropilenos mono y bi-orientados (OPP y BOPP), cavitados o sólidos.
Polietilenos (PE).
6 Los papeles glassine, al igual que los papeles resistentes a grasas son muy densos y tienen un alto grado de resistencia al paso de las grasas y los aceites. Son muy utilizados para envolturas, sobres, materiales de barrera y sellos de garantía en tapas. En la industria alimenticia se utilizan con frecuencia. De igual manera, se emplean para envasar grasas y aceites, tintas para impresión, productos para pintar y partes metálicas. 7 Papel estucado. 8 Biaxially Oriented Polypropylene.
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 9
Policloruros de vinilo (PVC).
PET.
b.2.2. Color:
Blancos brillante y mate.
Transparentes.
Metalizados brillante y mate.
El liner y el frontal están transitoriamente unidos con adhesivo y silicona (la cual
evita la adhesión permanente entre ambos componentes del autoadhesivo) y, en el
caso del producto bajo análisis, existen diversos tipos de adhesivos, los que se
detallan a continuación:
Por su comportamiento, los adhesivos se clasifican en
Permanentes.
Removibles.
Por su formulación, los adhesivos se clasifican en
Base acrílica.
Base caucho.
Base solvente.
Hotmelt9 (polimérico).
El producto papeles y films autoadhesivos se presenta en 2 formatos para su
uso:
Rollos de diverso ancho y longitud.
Pliegos (hojas) de diverso tamaño.
Según indicó AVERY en la investigación original, si bien existe una gran
variedad de “modelos” tanto de papeles como de films autoadherentes, el análisis de
este mercado debe realizarse cuantificándolo como un todo, debido que desde el
punto de vista de la oferta todos los tipos de papeles y films autoadherentes
comparten maquinarias y procesos productivos, mientras que desde el punto de vista
de la demanda, “si bien existen aplicaciones específicas para algunos tipos de papeles
o films, la mayor parte de este mercado está representado por papeles semi ‘gloss’,
los cuales resultan más económicos y son los que podrían reemplazar a la mayoría de
9 Adhesivo polimérico el cual, para cumplir su función, debe ser aplicado relativamente a alta temperatura o bien derretido.
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 10
las otras presentaciones de papeles y films autoadherentes por su versatilidad en las
aplicaciones y por precio”.
Por otra parte, y según surge de la información proporcionada en la
investigación original, si bien RITRAMA ofrece para sus clientes de Chile “corte
exacto” en los casos de los artículos en bobinas, no ofrece este servicio a los clientes
de Argentina. En tal sentido, de acuerdo a lo expresado por RITRAMA, “el servicio de
corte exacto consiste en ofrecer a un cliente de rollos, la cantidad de m² que necesita
en el ancho y largo por rollo que necesita. Cuando no se ofrece corte exacto, se le
despacha al cliente la cantidad de m² que solicita pero cortados a partir del tamaño de
jumbo roll que ofrece la empresa y en el largo que desea. Entonces, el cliente debe
indicar en qué anchos desea que se le corte el jumbo roll disponible, en nuestro caso
de 1,50 m de ancho, al largo que necesite. Cómo normalmente los anchos que
necesita el cliente dependen del ancho de las etiquetas autoadhesivas que deba
imprimir, nunca, o casi nunca, coincide con que sean sub-múltiplos exactos del ancho
del jumbo roll, quedando un rollo de ‘punta’ o de ‘borde’ de un ancho irregular que el
cliente no podrá usar al 100% ni en este ni probablemente en otro pedido. En otras
palabras, si no dispone de corte exacto debe comprar siempre un cierto porcentaje de
material no ‘usable en el pedido en curso’”.
Se agrega que en un ofrecimiento de prueba realizado en la investigación
original RITRAMA requirió se verifique en AVERY, si dicha empresa “…al tiempo de
solicitar la apertura … fabricaba en la Argentina la totalidad de los productos
alcanzados por la definición…”. En tal sentido, en oportunidad de la verificación
realizada en la planta de AVERY en el trascurso de la investigación original, a los
efectos de poder demostrar la gama de sus artículos fabricada en Argentina, AVERY
acompañó como muestra representativa una impresión de 342 “hojas de proceso”
correspondientes a los distintos artículos comprendidos en los papeles y films
autoadhesivos elaborados por la firma en su Planta San Luis durante el período objeto
de análisis correspondiente a la investigación original. Por su parte, también en ocasión
de la verificación realizada en la empresa en la investigación original, PAPELBRIL
acompañó una impresión del listado de los distintos artículos comprendidos en los
papeles y films autoadhesivos elaborados por la firma en su planta industrial durante el
período objeto de análisis correspondiente a dicha investigación.
En el caso de las hojas de proceso de AVERY se observaron en esa
oportunidad, entre otros artículos: papeles autoadhesivos de distintos tipos (entre ellos
blancos, estucados, inkjet, offset, obra, térmicos, fluo, “Cuvee” para vinos en distintas
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 11
variedades) y films autoadhesivos de PET, PE, PP y PVC, de distintos tipos tales
como transparentes, blancos, perlados, metalizados, con tratamiento Corona10, con
liner PET y con distintos micronajes. Por su parte, del listado de PAPELBRIL surgió
que la empresa elabora papeles autoadhesivos de distintos tipos (entre ellos obra,
Kraft, ilustración), colores, prestaciones (entre otras removibles, lavables) y
dimensiones, así como films autoadhesivos de PP, PE, PVC de distintos tipos tales
como transparentes, blancos, metalizados, con tratamiento Corona, para serigrafía y
con distintos micronajes.
En tal sentido, y en función de la información obrante en la investigación
original y constatada por el equipo técnico, se consideró en esa oportunidad que las
diferencias señaladas por RITRAMA no revisten magnitud suficiente como para afectar
la comparación entre el producto nacional y el importado de Chile desde el punto de
vista de las características físicas.
En la presente revisión PAPELBRIL informó que si bien hasta 2012 produjo
films de PVC para serigrafía con un peso entre 248 g/m² y 269 g/m² en hojas y bobinas
de ancho de 1000 mm., 500 mm. y 650 mm. los mismos no son elaborados en la
actualidad (Nº de Orden 308).
No obstante el detalle expuesto precedentemente, en la presente revisión
RITRAMA reiteró consideraciones similares, ya que para esa empresa “…las
autoridades deberían preguntarse y constatar efectivamente si realmente AVERY
fabrica localmente la cantidad de productos denunciados en este expediente (más de
setenta) o, si por el contrario, a través de este procedimiento pretende solamente dejar
sin competidores el mercado local y abastecer su oferta de productos con
importaciones de filiales de terceros países. De más está decir que la estrategia de
AVERY de incluir más de setenta productos en la denuncia (incluyendo productos que
reconoció que nunca fabricó localmente) le permitió armar un caso por demás
complejo con una dificultad en la recopilación de la documentación y análisis posterior
por parte de las autoridades que le ha favorecido notablemente durante estos años”,
cuestionando asimismo que AVERY fabrique “…la totalidad de los productos que
manifiesta en su denuncia o, si por el contrario, gran parte de las líneas de productos
que dice fabricar las importa de otras filiales como se logró demostrar con las
gigantografías de PVC…” y que su capacidad de producción local le permita
“…abastecer la demanda local por lo que se ve obligada a importar productos de sus
filiales del exterior” (Nº de Orden 306).
10 Es un tratamiento electromagnético a los frontales de los films autoadhesivos, con el fin de mejorar la adhesividad.
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 12
Al respecto, se remite a RITRAMA a la información contenida en esta Sección
respecto a la efectiva constatación realizada por el equipo técnico en las verificaciones
realizadas en AVERY y PAPELBRIL en la investigación original.
Por otra parte, en oportunidad de la verificación realizada en la investigación
original en la planta de AVERY sita en el Parque Industrial Sur de la Ciudad de San
Luis, el equipo técnico procedió a constatar la secuencia operativa de producción,
realizando una recorrida por dicha planta. En tal sentido, observó el Departamento de
Calidad de la planta. Al respecto, en esa ocasión, AVERY expresó que dicho
Departamento de Calidad, además de efectuar procedimientos estandarizados de
control (ya descriptos por la firma en su respuesta al Cuestionario), ante determinados
requerimientos de usuarios también solicita reportes de ensayos a instituciones
habilitadas (como UBA e INTI). Lo señalado fue constatado por el equipo técnico en
dicha verificación mediante la fuente documental relativa a series de informes de
laboratorios externos.
Conforme surge de la información presentada por las partes en la investigación
original, pueden existir algunas diferencias entre el producto nacional e importado
objeto de investigación en función de requerimientos específicos por parte de los
clientes de materiales que no se produzcan en Argentina o en otros orígenes.
IV.3. Usos y sustituibilidad.
De acuerdo a lo informado en la investigación original por AVERY, PAPELBRIL
y ACHERNAR, los usos, tanto para el producto importado objeto de revisión como
para el producto nacional, son los siguientes:
Identificación primaria de productos de consumo masivo (etiqueta principal),
tales como alimentos, bebidas, higiene, cosmética, limpieza, textiles y otros
Identificación secundaria de productos (contra-etiquetas, etiquetas de empaque
al por mayor, logística y trazabilidad).
Identificación de códigos de barra o precios.
Cartelería autoadhesiva.
En la presente revisión AVERY presentó la misma información aclarando que
no existen diferencias en este aspecto entre el producto nacional y el importado de
Chile (Nº de Orden 127).
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 13
AVERY señaló asimismo que en general los usos permiten intercambiar entre
films y papeles, aunque los distintos requerimientos de las aplicaciones finales pueden
llegar a excluir a uno u otro (incluyendo al costo como una variable más).
Respecto de los sectores usuarios/consumidores, AVERY informó en la
investigación original que vende sus productos a convertidores (directa o
indirectamente a través de revendedor) y éstos los convierten en etiquetas que se
utilizan en todos los mercados. Algunos ejemplos:
(i) Supermercados.
(ii) Empresas fabricantes de productos de consumo masivo (cuidado
del hogar, limpieza, bebidas, etc.).
(iii) Industrias: automotrices, comestibles, químicas, etc.
En tal sentido, con relación a los productos sustitutos, la peticionante señaló
tanto en la investigación original como en la presente revisión que el etiquetado
húmedo es el único proceso que sustituye en forma directa a los films y papeles
autoadherentes, y consiste en etiquetas de papel sin adhesivo. La adhesión se logra
mediante un adhesivo estilo cola que se coloca en la línea de producción. Es la
alternativa más económica para productos como vinos o cervezas (Nº de Orden 127).
Sin embargo, la peticionante aclaró “que existen otras tecnologías de
decoración de envases o artículos como por ejemplo: ‘Manga envolvente’ o ‘Wrap
Around’, ‘termo-contraíbles’ o ‘In Mold’, o bien la impresión directa sobre envases, pero
su grado de sustitución respecto del producto bajo análisis es mucho menor” (Nº de
Orden 127).
En base a la información observada, no surgen diferencias con relación a este
aspecto entre el producto nacional y el importado de Chile.
IV.4. Proceso de producción.
La firma AVERY suministró tanto en la investigación original como en la
presente revisión, la información sobre su proceso de producción (Nº de Orden 127) el
que se reproduce a continuación:
El proceso se inicia con el ingreso en simultáneo por ambos extremos de la
máquina laminadora de los materiales a laminar: liner y frontal. En esta etapa del
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 14
proceso, indefectiblemente hay desperdicio de liner y frontal, ya que no es posible usar
el 100% del material.
Luego de ello, al soporte o liner se lo somete al mayor número de procesos
entre los que encontramos con impresión de dorso, aplicación de silicona, curado en
hornos, pretroquelado, aplicación de adhesivo, secado de adhesivo, re humectación y
finalmente laminado (unión) con el frontal quien ingresa por el otro extremo.
Así, una vez unidos el liner y el frontal con adhesivo y silicona en su interior,
son finalmente bobinados, empaquetados y trasladados al almacén como un rollo
(master roll) de 1 m. de ancho, 3000 m. de longitud y 0,80-1,00 m. de diámetro.
La máquina laminadora consta de las siguientes estaciones principales:
1. Debobinador de liner: es un sistema de doble eje y cuchilla de accionamiento
neumático para permitir que no se interrumpa la producción por el ingreso de
un nuevo lote de materia prima.
2. Estación de impresión de dorso de liner: es un sistema de dos cilindros, uno
inferior de acero cromado huecograbado (aplicador) y el otro superior de
caucho (contrapresión). El primero aplica la tinta al liner al ponerse en contacto
con éste, una vez que se haya sumergido parcialmente sobre una batea
conteniendo tinta, mientras que el segundo asegura que el contacto liner-
cilindro cromado sea eficaz para una correcta transferencia de tinta.
3. Estación de aplicación de silicona: Consiste de un sistema en L de cinco
cilindros en donde la silicona es aplicada sobre el espacio que se forma entre
la unión de los dos primeros y se va transfiriendo cilindro a cilindro hasta que el
cuarto aplicador transfiere el fluido al liner siendo la función del quinto cilindro,
como en el caso anterior la de facilitar el contacto entre el cilindro aplicador y el
liner.
4. Horno de curado de silicona: La silicona es una preparación de cuatro
componentes básicos los que una vez puestos en contacto reaccionan para
finalmente formar una fina película impermeabilizante sobre el liner. Esos
cuatro componentes son el polímero de silicio, el reticulante, el modificador de
“release”11 y el catalizador, todos ellos base agua. La transferencia calórica se
lleva a cabo durante el paso del liner por el interior del horno (proceso de
reticulación), que opera por la circulación por radiadores de aceite térmico
11 El modificador de release es un producto que modifica el recubrimiento o estucado (coating).
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previamente calentado en una caldera.
5. Estación de pre marcado de liner (“back store”): Su función es la de realizar un
pre troquelado del liner sin llegar a cortarlo conforme a las necesidades del
cliente. El equipo consta de 20 cuchillas circulares de punta redondeada para
evitar el corte las que se accionan neumáticamente.
6. Estación de aplicación de adhesivo en liner: Consta de dos cilindros y una caja
de cerrado hermético donde estará el adhesivo a aplicar. Los cilindros son un
“vario gravure” de acero cromado (cilindro aplicador) y un cilindro de caucho
contraprestación para facilitar la transferencia de adhesivo del gravure al papel.
El cilindro gravure consta de pequeños surcos o celdas de dimensiones,
geometría y densidad longitudinal perfectamente definidas las que serán las
encargadas de alojar el adhesivo que levanten de la caja y transferirlo al liner.
7. Horno secado de adhesivo: Consiste de cinco compartimentos individuales
siendo destinado el último de ellos a enfriar y el resto a calentar. La modalidad
de calentamiento, al igual que en el otro horno, es por aceite térmico
precalentado en caldera circulando por radiadores, mientras que en este caso
el papel no está en contacto físico con ninguna parte del mismo ya que opera
por un sistema de aire ascendente y descendente que lo mantiene en
suspensión durante su paso por el horno.
8. Humectador de liner: Sistema de doble caja en donde una de ellas dosifica
vapor de agua a través de tres pequeñas hendiduras distribuidas verticalmente
y la otra realiza la extracción del exceso de vapor para evitar su condensación.
El vapor se genera en dos pequeños calderines alimentados con aceite térmico
y agua tratada situados al lado de la máquina. La función es la de re humectar
el liner que viene con stress térmico a los fines de lograr una buena
recuperación de ancho y humedad del papel para que no produzca los
indeseables efectos de curling.
9. Debobinador de frontal: Funciona igual que el debobinador de liner.
10. Tratador Corona: es un tratamiento que se le hace al polietileno o polipropileno
para que mediante descargas eléctricas en el material, generen un mejor
anclaje de tinta al momento de la impresión.
11. Laminador: Una vez se haya aplicado y curada la silicona y se haya aplicado y
secado el adhesivo sobre el liner, este se pone en contacto con el frontal en un
sistema de dos cilindros (uno de caucho y otro de acero cromado) que
aprietan, resultando de ello el material autoadhesivo final.
12. Bobinador: Sistema de doble eje y cuchilla de accionamiento neumático para
facilitar la producción en proceso continúo. En esta etapa el operario agrega el
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 16
packaging al “master roll” resultante.
Por último, la peticionante indicó que el proceso es aplicable tanto para films
como para papeles, a excepción del paso por el “tratador corona” que se utiliza sólo
para los polietilenos y polipropilenos “de esa calidad”.
Respecto al proceso productivo del producto importado objeto de revisión, tanto
en la investigación original como en el examen actual RITRAMA indicó que realiza
fabricación en línea con “dos grandes etapas”: a) Proceso de Recubrimiento y
Laminación (en un equipo principal denominado “Coater” o Máquina Recubridora y
Laminadora) y b) Proceso de Corte, Conversión y Empaque (Nº de Orden 132).
De acuerdo a la descripción brindada por RITRAMA, en líneas generales su
proceso productivo es similar al nacional. Asimismo, en la presente revisión RITRAMA
informó que no se registraron cambios en su proceso productivo.
IV.5. Normas técnicas.
De acuerdo a lo señalado por PAPELBRIL y RITRAMA existen normas de
calidad establecidas por FINAT12 (Nº de Orden 127 y 132). PAPELBRIL asimismo hizo
mención a Normas TAPPI13.
Según señaló RAAL en la investigación original, los papeles y films importados
no están sujetos a normas técnicas pero atento a que la mayoría de sus clientes son
laboratorios farmacéuticos, una vez homologado un material el mismo es incluido en
las especificaciones técnicas de sus etiquetas y como proveedores deben respetar
dichas especificaciones. En la investigación original ACHERNAR y PAPELBRIL
también se refirieron a requerimientos específicos de clientes, señalando la primer
empresa que “…en muchas oportunidades los clientes especifican un tipo de material
… por el nombre del adhesivo o frontal…” o por otras características específicas.
AVERY en la investigación original informó que fabrica sus productos conforme
a estándares requeridos por el mercado. Seguidamente manifestó que el
Departamento de Marketing detecta cuáles son las necesidades de clientes y usuarios
finales en cuanto a desempeño técnico de productos autoadhesivos y coordina con el
12 Féderation Internationale des fabricants et transformateurs d'Adhésifs et Thermocollants - Federación Internacional de Fabricantes Autoadhesivos. Órgano que regula los estándares de calidad en la elaboración de autoadhesivos a nivel mundial. 13 TAPPI es una sociedad profesional de científicos e ingenieros del papel, el corrugado y las industrias relacionadas con sede en Atlanta, EE.UU. Ofrece conferencias, seminarios, exposiciones, publicaciones y otros productos y servicios para el desarrollo profesional. Fuente: http://www.tappi.org/Membership/Espa%C3%B1ol.aspx
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 17
Departamento Técnico de la empresa para establecer los parámetros técnicos
(especificaciones) que cumplan con esos requisitos del mercado.
Asimismo, el Departamento Técnico, a través del procedimiento de desarrollo
efectúa los análisis y pruebas necesarias para confirmar que los productos tengan el
desempeño adecuado. De este proceso se genera una estructura de productos y una
especificación técnica que corresponde a lo que garantiza al mercado en cuanto a
atributos de producto.
Además, informó que una vez que el producto es aprobado desde el proceso
de desarrollo, el Departamento de Calidad de la empresa se encarga de asegurar -
mediante procesos estandarizados a través de hojas de proceso, hojas de trabajo
estándar, y especificaciones de producto comprobadas en análisis de laboratorio – que
los productos fabricados cumplen con los tributos descriptos en las hojas técnicas.
Todo este proceso es soportado además por el área de Ingeniería de Procesos la que
asegura la estabilidad de las variables del proceso de fabricación. Las directrices que
siguen las áreas de Calidad e Ingeniería de Procesos, son las pautas de la
metodología ENTERPRISE LEAN SIGMA, para lo cual existe un área de la compañía
dedicada exclusivamente al entrenamiento, seguimiento e implementación de acciones
que aseguran la estabilidad de los procesos. Por último, la peticionante señaló que
cuentan con un soporte técnico que asesora a sus clientes y usuarios finales en el uso
correcto de los productos. Posteriormente, AVERY expresó que dicho Departamento
de Calidad, además de efectuar los procedimientos estandarizados de control ya
descriptos, ante determinados requerimientos de usuarios también solicita reportes de
ensayos a instituciones habilitadas (como UBA e INTI).
Por otra parte, las posiciones arancelarias NCM/SIM 3919.90.10.192,
3919.90.20.120, 3919.90.90.113, 3919.90.90.212, 3919.90.90.312, y 3919.90.90.921
se encuentran alcanzadas por la Res. SCT Nº 163/2005. Dicha Resolución (publicada
en el Boletín Oficial el 4 de octubre de 2005) incorpora al ordenamiento jurídico
nacional el Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Seguridad en Juguetes
(MERCOSUR/GMC/Res. N° 23/04) y resuelve en su artículo 2do. liberar la mercadería
luego de cumplidos los lineamientos estipulados en la citada Resolución. Al respecto
se señala que el Apartado 5.2.10 del Reglamento mencionado se refiere a las
“Etiquetas o figuras adhesivas”, indicando que el envase de las mismas deberá incluir
advertencias relativas a la edad mínima para su uso.
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 18
Desde el punto de vista de las normas técnicas y de acuerdo a la información
acompañada surge que los productos nacional e importado de Chile no ofrecen entre
sí diferencias significativas, señalando productores, importadores y exportadores la
existencia de requerimientos específicos de clientes (como pruebas o test de control).
Asimismo, no surge de dicha información la existencia de normas técnicas específicas
de cumplimiento obligatorio14.
IV.6. Canales de comercialización.
Respecto de los canales de comercialización, la peticionante informó que los
mismos no sufrieron cambios con posterioridad a la investigación original y
proporcionó la información que se consigna en la siguiente tabla (Nº de Orden 127).
Tabla IV.1: Canales de comercialización del producto bajo análisis
Canal Producto Nacional Producto Importado de Chile
Venta directa a imprentas 75% 40%
Venta a revendedores 25% 60%
Fuente: Información aportada por AVERY en las presentes actuaciones.
AVERY informó que vende dos líneas de productos, una en “forma directa”: los
productos de conversión en rollos y otra “a través de distribuidores”: los productos de
conversión en pliegos.
En cualquier caso, los convertidores (imprentas) transforman los materiales
autoadhesivos imprimiéndolos y troquelándolos (cortándolos en su forma final de
etiqueta) para luego ser directamente pegados en envases.
IV.7. Percepción del usuario.
Sobre este particular, AVERY informó que desde el punto de vista del
consumidor el producto nacional y el importado objeto de revisión son idénticos (Nº de
Orden 127). Agregó que sus clientes compran su producto, básicamente por las
siguientes razones:
a) La calidad y homogeneidad del producto a lo largo del tiempo.
14 Asimismo, en el caso de AVERY este equipo técnico pudo acceder en el marco de la investigación original durante la verificación realizada en la empresa a diferentes reportes, certificados de ensayo y aprobaciones de entidades externas (públicas y privadas y nacionales e internacionales).
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SECCIÓN IV - PRODUCTO SIMILAR 19
b) La capacidad de AVERY de responder a las necesidades de entrega en forma
rápida y consistente.
c) El servicio de asesoramiento técnico pre y post venta.
d) La atención personalizada.
Según informó RAAL en la investigación original, no existen diferencias entre el
producto nacional y el importado objeto de investigación desde el punto de vista de
percepción del usuario, aunque esta empresa hizo hincapié en las exigencias de
homologación de ciertos materiales por parte de sus clientes (laboratorios
farmacéuticos).
También en la investigación original, PAPELBRIL señaló que la mayoría de los
usuarios no detecta diferencias “sutiles” de gramaje, blancura, calidades de adhesivo,
etc. o en caso de observarlas privilegian el precio antes que la calidad.
IV.8. Precios.
En la siguiente tabla se presentan los precios nacionalizados a nivel de
depósito del importador de las importaciones objeto de revisión, y del producto
nacional, en pesos por m2, correspondientes al período enero-noviembre de 2018.
Tabla Nº IV.2: Precios de los papeles y films autoadhesivos (en Pesos por m2)
Nivel Depósito del Importador
Enero -noviembre 2018
Producto
Nivel Depósito del importador
Producto de Chile exportado a 3º
mercado (Brasil) Producto nacional
Semigloss 518 8,16 12,31
BOPP Transparente TC 12,27 19,53
Nota: Estos precios no consideran los derechos antidumping objeto de revisión. Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia y DGA
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SECCIÓN V - MERCADO 1
V. EL MERCADO NACIONAL E INTERNACIONAL DE PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS 1
Esta sección fue realizada con información obtenida a partir de las
presentaciones realizadas por las partes en y/o en las respuestas a los Cuestionarios
de la CNCE del productor nacional AVERY DENNISON ARGENTINA S.R.L.2, y la firma
exportadora RITRAMA S.A.3. A su vez, se consideraron presentaciones realizadas por
empresas importadoras MULTICOLOR ARG. S.A., PATTERN S.A. y VISUALTECH
S.A., información de algunos sitios de Internet4 y de DGA.
Por su parte, se señala que el período objeto de investigación es 2015 –
noviembre de 2018.
El producto considerado en esta etapa de la presente revisión, teniendo en
cuenta lo señalado en la Sección IV. PRODUCTO SIMILAR NACIONAL en cuanto a la
exclusión de las gigantografías, son las “Placas, láminas, hojas, cintas y tiras
autoadhesivas de plástico, sin imprimir (excepto las cortadas en dimensiones
apropiadas como piezas de vehículos automóviles, de celulosa regenerada, de
poliuretanos, o de polímeros fluorados y las de poli (cloruro de vinilo) en rollos de
anchura superior o igual a 105 cm y de largo inferior o igual a 50 m, con un peso
superior a DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE GRAMOS POR METRO CUADRADO
(239 g/m²), incluso de polietileno con revestimiento anticorrosivo de anchura superior o
igual a 5 cm pero inferior o igual a 120 cm, en rollos o en hojas de forma cuadrada o
rectangular y papeles autoadhesivos en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada
o rectangular de cualquier tamaño, excluidas las cintas de embalaje, autoadhesivas,
de polipropileno, en rollos de anchura inferior o igual a VEINTE CENTÍMETROS (20
CM), sin soporte de despegue descartable”.
La investigación original derivo en la Resolución ex MEyFP Nº 13/13 del 4 de
diciembre de 2013, publicada en el Boletín Oficial el 27 de diciembre de 2013 y con
vigencia a partir del día de su firma, por la que se fijó una medida antidumping
definitiva consistente en un ad valorem de 7,06% para las operaciones de exportación
de la firma RITRAMA S.A. y de 42% para el resto de Chile. por el término de 5 años.
1 Esta sección del informe presenta en asteriscos información de carácter confidencial. 2 En adelante AVERY. 3 En adelante RITRAMA. 4 Los cuales se citarán cuando corresponda.
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SECCIÓN V - MERCADO 2
Posteriormente, por Resolución ex MEyFP Nº 687/14 del 18 de septiembre de
2014 y publicada el 24 de septiembre de 2014, se aclaró que la medida aplicada no
alcanzaba a las cintas de embalaje, autoadhesivas, de polipropileno, en rollos de
anchura inferior o igual a VEINTE CENTIMETROS (20 cm), sin soporte de despegue
descartable.
Los Papeles y films autoadhesivos son utilizados principalmente para la
impresión y posterior identificación del producto al cual estarán adheridos. Los
usuarios son los convertidores, que imprimen los Papeles y Films autoadhesivos los
que así impresos serán utilizados por productores de la generalidad de bienes de
consumo, intermedios e industriales y servicios.5
V.1. Características generales del mercado argentino Durante el período enero-noviembre de 2018 el consumo aparente de Papeles
y Films autoadhesivos estuvo mayoritariamente abastecido por las importaciones,
principalmente de otros orígenes (55%) entre los que se destacan BRASIL, ESTADOS
UNIDOS y TAIPEI CHINO, mientras que el resto correspondió a los productores
nacionales (39%) y productos importados del origen objeto de solicitud de revisión
(6%). El mercado de ese período fue, anualizado de unos 181 millones de m2,
equivalente a 1.971 millones de pesos.
La oferta de producción nacional estuvo compuesta mayoritariamente por la
empresa AVERY DENNISON (91% de la producción nacional en el año 2017), y un
resto compuesto por las firmas PAPELBRIL, FUSIÓN SAN LUIS y un resto6.
Por su parte, en el período enero-noviembre de 2018 las importaciones de
Chile (origen investigado) representaron el 9% de las importaciones totales de Papeles
y films autoadhesivos - en m2.
Como se señaló en la sección IV., el proceso de producción de los Papeles y
Films autoadhesivos es un proceso que se cumple en una línea continua, y el mismo
no requiere de mano de obra intensiva.
5 Existen, además, los Papeles y Films para gigantografías, que no son analizados en esta sección. Este aspecto se desarrolla en el punto IV.1.a de este Informe. 6 Estas firmas fueron informadas por la CÁMARA INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE SAN LUIS Y ZONA DE INFLUENCIA.
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SECCIÓN V - MERCADO 3
Inicia su proceso de producción con el ingreso en simultaneo por ambos
extremos de la máquina laminadora de los materiales a laminar: liner y frontal. En esta
etapa del proceso, hay desperdicio de liner y frontal, ya que no es posible usar el
100% del material.
A continuación, al soporte o liner se lo somete a varios procesos entre los que
se encuentra con impresión en dorso, aplicación de silicona, curado en hornos,
pretroquelado, aplicación de adhesivo, secado de adhesivo, re humectación y
finalmente laminado (unión) con el frontal quien ingresa por el otro extremo. Una vez
unidos, el liner y el frontal con adhesivo y silicona en su interior, son finalmente
bobinados, empaquetados y trasladados al almacén con un rollo (master roll) de 1
metro de ancho, 3000 metros de longitud y 0,80-1,00 m de diámetro.
La máquina Laminadora consta de las siguientes estaciones principales7:
1. Debobinador de liner
2. Estación de impresión de dorso de liner
3. Estación de aplicación de silicona en liner – Horno de curado de silicona
4. Estación de pre marcado de liner (back score)
5. Estación de aplicación de adhesivo en liner
6. Horno de secado de adhesivo
7. Humectador de liner
8. Debobinador de frontal
9. Tratador Corona (solo aplicado a PE y PP de esa calidad)
10. Laminador
11. Bobinador
Este proceso es aplicable tanto para films como para papeles, a excepción del
paso por el tratador corona, que se utiliza solo para los polietilenos y polipropilenos de
esa calidad.
Es importante destacar, que los papeles y films autoadhesivos se aplican en
productos de consumo masivo, por lo que cualquier acontecimiento que genere una
baja en el consumo, indefectiblemente genera una baja en la demanda del mercado de
este producto.
7 Para ver funciones de la máquina laminadora ver sección “Producto Similar” del presente informe.
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SECCIÓN V - MERCADO 4
Los papeles y films autoadhesivos se comercializan en rollos, bobinas madre o
en rollos cortados. La modalidad “corte exacto” consiste en ofrecer al cliente el rollo en
la cantidad de m2 en el ancho y largo a pedido que genera un menor desperdicio de
material para los compradores. Es decir, como normalmente los anchos que necesita
el cliente dependen del ancho de las etiquetas autoadhesivas que deba imprimir, casi
nunca coinciden en un sub-múltiplo exacto del ancho del “Jumbo Roll”, así queda un
rollo de “punta” o de “borde” de un ancho irregular que el cliente no podrá usar.
Cuando no se ofrece Corte exacto, se le despacha al cliente la cantidad de m2 que
solicita, pero cortados a partir del tamaño de “Jumbo Roll” que ofrece la empresa.
AVERY ofrece para algunos productos el servicio de corte exacto y “el mismo
se ofrece como un servicio para clientes que consumen grandes cantidades y para
aquellos productos con mayor demanda”, según la propia empresa informa, el mismo
no implica incrementos en su precio de venta de la empresa. Por su parte, la
exportadora RITRAMA no cuenta con esta modalidad de comercialización para el
mercado argentino, no obstante, sí lo ofrece en Chile.
Cuando se analizan los costos de producción, se observa que la mayor parte
del costo esta explicado por los insumos importados (face semi gloss, liner glassine,
siliconas, entre otros), representando aproximadamente el 50% del costo, según el
producto y los insumos nacionales, los que participan en menor medida siendo el
mismo el adhesivo base acrílica.
Dentro de las regulaciones del mercado argentino que afectan las decisiones
de compra, AVERY informó aquellas resoluciones que tienen implicancia directa sobre
los insumos importados que debe adquirir en el exterior (en la mayoría de los casos
por falta de producción local) para poder producir localmente papeles y films
autoadhesivos; la Resolución Nº 298/20128 (Medidas Anti Dumping Papel Estucado),
la que fijo para las operaciones de exportación de los orígenes mencionados
anteriormente, un derecho antidumping AD VALOREM definitivo del: 63.51% para
Estados Unidos, 91% para Finlandia, 98% para Austria y 39.56% para China; las
Licencias No Automáticas; la Resolución 172/16 de la Secretaría de Comercio por la
cual se estableció el régimen de licencias no automáticas para la tramitación de
importaciones de polipropileno biaxialmente orientado exclusivamente, de espesor
superior a 10 micrones, transparentes, opacas o translúcidas de la NCM 3920.20.19 y
la Resolución 155/16 de la Secretaría de Comercio por la cual se estableció el
8 Actualmente vigente por Resolución MP 108/2018.
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SECCIÓN V - MERCADO 5
requisito de que los responsables de la fabricación o importación de los productos
mencionados en dicha resolución, deberán hacer certificar la veracidad de la
información suministrada en cuanto a su calidad, pureza o mezcla. Continuó aclarando
que esta certificación es exigible al momento de realizar la importación de productos
de las NCM 4802.55.92 (excepto los papeles de obra inferiores o iguales a 50 gramos
y los de 150 gramos, 4802.55.99 (excepto la 4802.55.99 900K), 4802.56.10,
4802.56.93, 4802.56.99 (excepto la 4802.56.99 100D), 4802.57.93 (excepto los
papeles de obra inferiores o iguales a 50 gramos y los de 150 gramos), 4802.57.99
(excepto la 4802.57.99 900J).
V.2. Características de la oferta en el mercado nacional La CÁMARA INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE SAN LUIS Y ZONA DE
INFLUENCIA (CIS) informó tres empresas productoras y un resto, compuesto por un
18% de la producción nacional informado, no discriminado.9 A continuación se
presenta información de las firmas productoras nacionales informadas por la CIS y que
presentaron cuestionario al productor de esta CNCE:
AVERY, es una empresa subsidiaria de AVERY DENNISON CORPORATION,
sociedad constituida en el estado de Delaware, Estados Unidos y cuyos socios
son AVERY DENNSON NETHERLANDS INVESTMENT I.B.V. y AVERY LLC.
Son también parte del grupo AVERY DENNISON las sociedades AVERY
DENNISON DO BRASIL LTDA., AVERY DENNISON CHILE S.A., AVERY
DENNISON COLOMBIA S.A., con las cuales existe intercambio comercial. Esta
firma inició su actividad en febrero de 1988 y la producción de papeles y films
autoadhesivos en el año 1996, cuando compró la empresa DOVER S.A. Aparte
del producto Papeles y films autoadhesivos, en el año 2013 vendió la unidad de
negocios que producía productos de oficina, separadores, etiquetas
autoadhesivas en diversas formas. Realizó importaciones de papeles y films
autoadhesivos durante el período bajo análisis, y los orígenes desde donde lo
hizo son BRASIL, CHINA, ESTADOS UNIDOS, HOLANDA, FRANCIA,
BÉLGICA, COLOMBIA, GRAN BRETAÑA y LUXEMBURGO.
PAPELBRIL, tiene por objeto la fabricación de papeles siliconados, papeles y
películas autoadhesivas en hojas y en bobinas y cintas autoadhesivas, inició su
9 De las empresas informadas, solo AVERY contestó el Cuestionario al Productor de esta CNCE. PAPELBRIL por su parte realizó una presentación informando su imposibilidad de participar contestando el cuestionario, sin embargo, virtió algunos comentarios que serán desarrollados en esta sección.
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SECCIÓN V - MERCADO 6
actividad el 8 de septiembre de 1961, y específicamente del producto bajo
análisis en 1964. Su capital es 100% nacional y su planta industrial, oficinas
administrativas y de ventas están ubicadas en el barrio porteño de Mataderos,
Capital Federal. Esta empresa fabrica también, papeles siliconados, cintas de
empaque, cintas alta temperatura y cintas bifaz.
FUSION SAN LUIS, es una empresa que cuenta con oficinas en provincia de
Buenos Aires y en el Parque Industrial Desvío a pescadores, Provincia de San
Luis. 10
En la investigación que diera origen a la presente revisión, también se tenía
información de otra empresa productora nacional, la que se detalla a continuación:
ADHERSIL, es una empresa familiar que se dedica a la fabricación de papel
autoadhesivo en bobinas y hojas desde 1964. 11
La oferta de Papeles y Films autoadhesivos importados del origen objeto de
investigación está muy atomizada, y tal como se desprende del ranking de
importadores podemos mencionar a los siguientes:
*** ***.12 *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** ***. *** *** ***
*** *** ***:***:*** *** *** *** ***, *** *** *** ***, *** *** *** *** *** *** *** ***
*** *** *** *** ***-***. *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** ***
*** ***%.
*** ***.***. *** *** *** *** *** *** ***, *** *** ***, *** *** ***, *** *** *** *** ***
***. *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** ***%.
*** *** ***.***. 13*** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** ***
*** *** *** ***. *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** ***, *** *** *** *** ***,
*** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** ***. *** *** *** *** *** *** ***
*** *** *** *** *** *** *** *** ***%.
*** *** ***.***. *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** ***. *** *** ***
*** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** ***
*** ***. *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** *** ***%.
10 http://www.fusionsanluis.com 11 www.adhersil.com.ar 12 *** 13 ***
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SECCIÓN V - MERCADO 7
Cabe destacar que se observó que algunos importadores relevantes en la
investigación que tramitó por expediente Nº 42/11 de esta CNCE dejaron de importar
del origen CHILE, pasando a importar desde BRASIL, PERÚ, COLOMBIA, CHINA,
ITALIA, JAPÓN y TAIWAN.14
Finalmente, como se mencionara, la oferta al mercado interno se completa con
las importaciones de orígenes no investigados, principalmente de Brasil; Estados
Unidos y Taipei Chino.
AVERY DENNISON DE ARGENTINA adquiere papeles y films autoadhesivos
importados de Brasil, Estados Unidos y ciertos países de la Unión Europea. Respecto
de los productos importados de Brasil, la firma analiza la conveniencia de producción
en uno u otro mercado respecto de los costos. Con respecto al resto de los orígenes,
los mismos son adquiridos por una cuestión tecnológica, ya que estos productos
permiten ofrecer soluciones al mercado que no pueden ser ofrecidas mediante los
productos fabricados a nivel nacional. Cabe destacar que estas importaciones fueron
equivalentes al 9% de su producción en 2015, al 6% en el año 2016 y al 13% en el año
2017 y el período enero-noviembre de 2018. A continuación se acompaña una tabla
con las importaciones en volumen de AVERY para el período bajo análisis.
Tabla Nº V.1 Importaciones realizadas por la firma AVERY
LUXMBURGO FRANCIA EEUU CHINA BRASIL BELGICA ALEMANIA HOLANDA COREA GRAN BRETAÑA
2015 17.300 153.238 4.374.289 219.976 2.319.758 666.297 1.722 4.100 29.874 -
2016 2.130 96.902 2.060.177 793.069 1.431.820 89.172 25.484 - 67.527 8.960
2017 28.088 162.506 1.832.607 885.584 6.658.984 70.001 41.761 - 16.931 2.085
Ene-Nov 17 28.088 143.474 1.561.366 712.397 5.837.233 70.001 35.560 - 10.826 2.085
Ene-Nov 18 21.110 101.510 1.163.768 639.936 5.575.985 78.756 23.351 - 30.263 -
Por otra parte, entre el 17% y el 23% de la producción nacional fue exportado y
los principales destinos fueron Brasil, Chile, Uruguay y Estados Unidos.
Según lo aportado en el presente expediente, surge que no existe
estacionalidad ni en la oferta ni en la demanda de papeles y films autoadhesivos; sin
embargo, en ocasión de la investigación que diera origen a la presente revisión, una
de las firmas importadoras había destacado que existían variaciones en la demanda
14 Estos importadores fueron ***, ***, ***, ***y ***.
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asociada a factores culturales como las vacaciones y en la oferta asociadas al
abastecimiento de insumos.
V.3. Características de la demanda en el mercado nacional.
Los Papeles y films autoadhesivos son utilizados por los convertidores para la
impresión principalmente de etiquetas con el logo de la firma o características del
producto a identificar. Los productos en los que son utilizadas dichas etiquetas son
comúnmente de consumo masivo. Dada las características de los papeles y films
autoadhesivos, estos pueden adherirse a casi cualquier superficie y pueden ser
adheridos tanto en forma mecánica, como en forma manual.
Los Papeles y films autoadhesivos pueden ser presentados en bobinas (rollos)
o en hojas. Por ejemplo, el papel ilustración blanco en bobinas, cuyo uso general es
para el etiquetado automático, mientras que el mismo papel ilustración blanco en hojas
se usa en general para etiquetas autoadhesivas de aplicación manual. Para la
realización de estos productos se utilizan el papel Glassine (que es un papel muy fino
y suave que es resistente al aire y el agua) o bien el papel Kraft (que es un tipo de
papel más grueso y con una superficie más rugosa o áspera). Para el adhesivo se
utiliza comúnmente adhesivos de tipo líquido como el acrílico.
Los principales sectores usuarios son el de higiene y cosmética, alimentos y
bebidas, químicos para el hogar, productos farmacéuticos, como etiquetas de
información variable (etiquetas de papel térmico para código de barras, de
transferencia térmica, para impresoras láser y materiales escolares y comerciales) y
aquellos otros sectores que las requieran, como lubricantes, electrodomésticos, etc.
En relación a los productos sustitutos, se destaca la “impresión directa” sobre
envases; y la “etiqueta engomada”15 que es un sustituto más económico.
Los canales de comercialización de papeles y films autoadhesivos se dividen
principalmente entre convertidores, también denominados “compuesteros” y
distribuidores. Los productores, al mismo tiempo, pueden autoconsumir el producto,
siendo en este caso productores y convertidores.
Entre los principales clientes de AVERY se encuentran *** ***.***.; *** ***
***.***.; *** *** ***. ***.***.; *** *** ***.***.***.*** ***.; *** ***.***.***.***.***.; *** *** ***
***.***.; *** ***.***.; *** ***.***.; ***-*** *** ***.***.; *** ***.***.***.***.*** *** ***.; *** ***
15 Es la etiqueta de papel a la que se le aplica una base de pegamento.
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***.***.; *** *** ***.***.; *** ***.***.***.; *** *** ***.***. *** ***. ***. ***. *** ***.***. Estas
empresas representan más del 50% del total de ventas en volumen de la firma. El 82%
de sus ventas es a impresores/convertidores, mientras que el 18% restante
corresponde a distribuidores.
Dentro de los principales cambios en la demanda ocurridos en el período
comprendido entre los años 2012 a 2018, se destaca el ingreso al mercado de
convertidores globales y/o regionales, mientras que en los años anteriores la misma
estaba compuesta por Pymes locales y empresas familiares.
La estructura tanto de la oferta, como de la demanda, se encuentra atomizada,
y dentro de los principales actores del mercado se encuentran en lo que respecta a la
oferta, AVERY DENNISON, UPM RAFLATAC, RITRAMA, ARCONVERT, AGM,
COLACRIL, ARCLAD y PAPELBRIL entre otros, mientras que los principales actores
de la demanda están conformadas por las firmas convertidoras CCL, ACHERNAR,
MULTICOLOR, BAUMGARTEN, AGM, ADHEPEL, MULTILABEL, CHOZAS,
SYMBAR, SUMATIK y VILLAMAGNA, mientras que los principales usuarios finales
fueron las firmas PEÑAFLOR, CHANDON, LA RURAL, ZUCCARDI, FECOVITA,
UNILEVER, JOHNSON & JOHNSON, SC JOHNSON, BRANCA, CEPAS
ARGENTINAS, MOLINOS, PROCTER & GAMBLER, CLOROX ARGENTINA,
QUERUCLOR, ALICORP y AKAPOL.
Otro aspecto importante de la demanda fue el aumento en la velocidad de
producción que conllevó al ingreso de nuevas alternativas de producto, como por
ejemplo liners con PET, que puedan adaptarse a estas nuevas velocidades generando
un proceso productivo más eficiente; todos estos cambios en la demanda implicaron
cambios en la oferta, ya que la relocalización de la producción de los bienes durables
generó un aumento en las ventas con servicio local. La apertura de las importaciones
permitió el ingreso de una mayor cantidad de productos del exterior, lo que generó una
baja en la participación de productos nacionales en el mercado, hecho que a su vez se
agravó ya que algunos competidores locales han dejado de existir.
Con respecto a los canales de comercialización, a continuación, se presenta un
esquema con la estructura del mercado nacional de Papeles y Films autoadhesivos, la
que fue estimada en base a información aportada por la productora AVERY (con una
participación del 91 % en la producción nacional) y el ranking de importadores.
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Esquema Nº V.1: Estructura del mercado nacional de Papeles y Films autoadhesivos
Fuente: CNCE sobre la base de información disponible en el expediente de la referencia.
En general, las empresas importadoras se abastecen en forma dual, es decir
que recurren tanto a los productos importados como a los productos locales; los
motivos serían por características técnicas definidas por los clientes, o bien por
cuestiones estratégicas de la empresa como, por ejemplo, no depender de un único
proveedor o bien por cuestiones económicas.
Con relación a las inversiones, la empresa productora nacional participante
informó que tiene previsto durante el año 2019 realizar inversiones en la laminadora
SL1, con el fin de actualizar los controladores lógicos programables por nuevas
tecnologías, mejorar la programación y los sistemas neumáticos del mismo.
Por otro lado, manifestaron que está previsto realizar mejoras en los motores y
drivers de las cortadoras, lo que permitirá aumentar su productividad y extender su
vida útil. También están previstas inversiones en los compactadores de papel que
permiten hacer más eficiente el proceso de acopio y traslado de desechos de papel.
No obstante, estas inversiones, también destacaron que se continuará con
mejoras edilicias y se realizarán nuevas inversiones en seguridad e higiene y en el
sistema de tratamiento de agua para el proceso productivo. El monto calculado de
todos los proyectos mencionados es de aproximadamente 21 millones de pesos
argentinos. Es importante destacar, que el origen de los fondos utilizados es propio.
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V.4. Dinámica reciente del mercado nacional16 La empresa productora PAPELBRIL, pese a no haber contestado el
cuestionario al productor atento a inconvenientes de la propia firma, manifestó que
desde que se implementó la medida antidumping la producción nacional continuó
sufriendo daño, y producto de esto, en su empresa se observó una disminución real y
potencial de ventas (las que disminuyeron ininterrumpidamente desde 2011), pérdida
de beneficios (los productores nacionales se vieron obligados a bajar sus precios
resignando margen unitario y afectando la rentabilidad general del negocio en un
contexto de aumento permanente de costos internos); la imposibilidad de trasladar a
los precios el incremento sufrido en los costos; baja en el volumen de producción; nivel
de empleo (en el caso de PAPELBRIL manifestándose en reducción de horas
trabajadas y disminución del número de empleados); y reducción de la participación en
el mercado.
El mercado Argentino de Papeles y Films autoadhesivos fue abastecido
históricamente por la producción nacional en 90% y un 10% por productos importados.
A partir del año 2009 se presenta un cambio significativo en el mercado
nacional con la inauguración de la planta productora de la firma RITRAMA en Chile,
motivo al que se señaló como generador de la retracción que los productores
nacionales han tenido en sus ventas (motivado por el crecimiento exponencial de las
ventas de producto importado, particularmente del origen Chile a partir de ese año).
En cuanto a la evolución reciente del mercado de Papeles y Films
autoadhesivos para el período analizado, el consumo aparente presentó una caída en
el año 2016 (-10%), mientras que en 2017 el mismo se incrementó 10%, cuando fue
de 185 millones de m2. En cuanto al período enero-noviembre de 2018 versus igual
período del año anterior, el consumo aparente se incrementó 2%. La participación de
la industria nacional fue decreciente en los años completos (36% en los años 2015 y
2016 y 32% en el año 2017), mientras que, en el período parcial del 2018, la misma
explicó el 33% del Consumo Aparente (no obstante, comparando el período parcial de
2018 versus igual período del año anterior, la misma presentó una caída de 1 punto
porcentual). La participación de las importaciones originarias de Chile presentó un
comportamiento errático, cayendo 23% en 2016, cuando fueron cerca de 11 millones
16 El contenido de este apartado es una presentación de algunos indicadores a modo de contextualizar la evolución del período más reciente y no responde a un estudio exhaustivo con vista a un análisis de daño. Así, en aquellos casos en que el período referido en la mencionada presentación del contexto macroeconómico abarque más allá del período investigado, ello no implicará en modo alguno que se esté ampliando el período considerado para la determinación de daño.
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de m2, para incrementarse en 2017 34%, cuando su cuota de mercado explicó el 8%
del Consumo Aparente. En el período parcial de 2018 versus igual período de 2017, su
cuota de mercado cayó al 6%, mientras que en volumen su caída fue del 27%.
Cuando se analiza el comportamiento de las importaciones del Resto de los orígenes,
se observa que la misma se incrementa en el año 2017 pasando de una cuota de
mercado de 51 a 56, mientras que en el período parcial de 2018 su participación en el
consumo aparente se incrementó pasando de 56 puntos en el año 2017 completo a 55
puntos en el período parcial de 2018.
La capacidad de producción de la empresa AVERY fue de 86,5 millones de m2
en 2015 y se incrementó 1 millón en 2017, mientras que la capacidad de producción
nacional creció de los 145 a los 154 millones de m2. Cabe destacar que la capacidad
de producción nacional no alcanzó durante el período bajo análisis a cubrir la
demanda del mercado. El grado de utilización de la capacidad de producción de
AVERY fue de entre el 86% y el 98%, mientras que el correspondiente al total de la
producción nacional se ubicó entre el 54% y el 65%.
La producción nacional de Papeles y films autoadhesivos fue de 94,6 millones
de m2 en 2015, cayó 7% en 2016 y 5% en 2017, año en que totalizó poco más de 83,5
millones de m2. En enero – noviembre de 2018 se observó una disminución del 8%
con respecto al mismo período del año anterior. Si se observa la producción de la
empresa AVERY, la misma mostró la misma tendencia, aunque en distintas
magnitudes; cayó 10% en 2016, 1% en 2017 y 14% en el período parcial de 2018
versus igual período de 2017.
Las ventas al mercado interno de AVERY mostraron un comportamiento similar
al de la producción, con caídas en igual porcentaje que la producción a excepción de
enero – noviembre de 2018 versus igual período de 2017, donde la caída de las
ventas fue de 18%.
El ingreso medio por ventas registró un incremento del 53% en 2016, 6% en
2017 y 70% en el período parcial observado del 2018 contra igual período del 2017.
Los precios de los cuatro productos representativos también registraron incrementos
en todos los años. Asimismo, se observaron comportamientos disímiles en los precios
relativos al IPIM Nivel General.
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SECCIÓN V - MERCADO 13
Cuando se analizaron los precios del producto importado versus el precio
nacional, se pudo observar que en todas las comparaciones realizadas se observaron
subvaloraciones con un máximo del 51% y un mínimo del 29%. Las comparaciones
realizadas corresponden a dos productos representativos, el Semigloss 518 y el BOPP
Transparente TC; al total de las importaciones de Brasil originarias de Chile de
papeles y films autoadhesivos y al total de los papeles y films originarios de Chile
exportados a la Argentina. En las primeras dos comparaciones (productos
representativos), se observaron subvaloraciones presentado en ambos casos su valor
máximo en el año 2016, cuando la subvaloración fue del 41% y 51%, respectivamente
y una mínima del 30% y 37% en el período enero-noviembre de 2018. Cuando se
analiza la comparación realizada con el total de las importaciones originarias de Chile
a Brasil, se observó subvaloración en todos los periodos presentados, siendo el mayor
nivel de subvaloración observado en el año 2016 del 35% y el menor en 2017 del 29%.
Por último, en la comparación realizada con los papeles y films autoadhesivos
originarios de Chile exportadas a la Argentina, se observó subvaloración en todo el
período, y en ambos ejercicios realizados (considerando las importaciones sin
derechos y con derechos antidumping). En ambos casos, el mayor nivel de
subvaloración se observó en el período enero-noviembre de 2018, 37% y 36%,
respectivamente y el menor nivel de subvaloración en el año 2015, siendo los mismos
del 39% y 39%, respectivamente.
La mano de obra empleada por la empresa AVERY (91% de la producción
nacional del año 2017) en el área de producción de Papeles y Films autoadhesivos
fue de 91 empleados en el último año completo del período, el cual presentó una
disminución durante todo el período investigado, presentado un máximo de 98 y un
mínimo de 88 empleados en el período enero-noviembre de 2018.
Las importaciones de Chile (origen investigado) presentaron un
comportamiento irregular, cayendo un 23% en 2016 con relación al 2015 e
incrementándose 34% en el año 2017. Durante el período parcial de 2018 versus igual
período del año anterior, se observó una caída 27 puntos porcentuales, cuando las
importaciones fueron de 10,1 millones de M2. Las importaciones del resto de los
orígenes tuvieron un comportamiento similar a las importaciones del origen
investigado, aunque con distinta magnitud, cayeron 7% en 2016, se incrementaron
25% en 2017, cuando se ubicaron en los 43,7 millones de M2 y cayeron dos puntos
porcentuales en el período enero-noviembre de 2018 versus igual período del 2017,
cuando se ubicaron en los 39,7 millones de m2.
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SECCIÓN V - MERCADO 14
Las ventas al mercado interno de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS
representaron aproximadamente entre el 66% y el 72% de la facturación de la
empresa.
De la información contable suministrada por AVERY DENNISON surge lo
siguiente:
Se puede observar en 2017 un crecimiento de los activos totales del
orden del 34% respecto del año anterior, mientras que los pasivos
crecen un 42%, situación explicada principalmente en el aumento de las
deudas financieras a corto plazo, aproximadamente el 95% del pasivo
se concentra en el corto plazo.
Durante el período analizado se registran incrementos de los bienes de
uso mayormente explicado por la incorporación de maquinarias.
La situación patrimonial de la empresa es de solvencia con muy altos y
estables indicadores de liquidez y bajos y decrecientes niveles de
endeudamiento.
Durante el período analizado crecen las ventas, los costos y gastos,
señalándose que estos últimos registran un aumento superior
provocando la disminución de los índices de rentabilidad.
La firma es controlada por AVERY LLC quien posee el 90% de la
participación accionaria y de los votos.
Por su parte, en las cuentas específicas de AVERY DENNISON no se observa
una tendencia definida en cuanto a la contribución marginal ya que se mantiene en
2015 y 2016 (***%), decrece en 2017 (a ***%) y se incrementa en enero – noviembre
de 2018 (a ***%). Los resultados fueron siempre positivos señalándose que la relación
ventas / costos totales pasó de ***,*** en 2015, a ***,*** en 2016, a ***,*** en 2017 y a
***,*** en enero – noviembre de 2018.
V.5 Mercado internacional de Papeles y films autoadhesivos
A nivel mundial, la oferta de Papeles y films autoadhesivos está conformada
por grandes fabricantes globales y numerosos fabricantes de menor escala, regionales
y locales. Entre los principales productores a nivel mundial se destacan AVERY
DENISON, RAFLATAC, ARCONVERT, RITRAMA, TORRASPAPEL, COLACRIL.
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SECCIÓN V - MERCADO 15
Para la firma RITRAMA, la situación del mercado local, se mantuvo sin grandes
cambios, a excepción de la nueva estrategia comercial de algunos exportadores de
Colombia y Estados Unidos, que instalaron centros de distribución en el país, tal es el
caso de: ARCLAD de Colombia y RAFLATAC de USA.
En Sudamérica, AVERY DENNISON cuenta con plantas en Brasil, Colombia y
Argentina, además se destacan grandes empresas locales COLACRIL de Brasil y
ARCLAD de Colombia. En Brasil existen más de 40 plantas productoras de materiales
autoadhesivos.
Los costos de las materias primas, que siguen la evolución de los precios de la
celulosa y del petróleo, son los determinantes de los precios internacionales de Papel
y Films autoadhesivos.
Entre los productores / exportadores de Chile, RITRAMA17 es el más importante
y el que representa prácticamente la totalidad de las exportaciones a la Argentina y le
siguen en importancia SINCLAIR INTERNATIONAL SOUTHAMERICA e INDUSTRIAL
Y COMERCIAL SOLUCORP LTDA.
RITRAMA Esta empresa es parte integrante del grupo RITRAMA, que
cuenta con 17 centros productivos y de distribución en Europa, Asia,
Estados Unidos y América Latina y con una cobertura de distribución y
ventas en más de 50 países en los cinco continentes. Con el 99,9% de
las acciones RITRAMA España es controlante de RITRAMA Chile. Su
objeto social es el diseño, la producción, fabricación, comercialización,
importación y exportación de materiales autoadhesivos en bobina u
hojas, de film plásticos y papel, y cualquier otra actividad industrial
relacionada con la transformación de materiales plásticos y papel. Inició
su actividad de producción y venta de Papeles y films autoadhesivos a
principios de 2008.
SINCLAIR INTERNATIONAL SOUTHAMERICA18. Está plenamente
dedicada al sector de las frutas y verduras frescas a nivel mundial. Hace
más de 25 años Sinclair desarrolló sistemas automáticos de etiquetado
de frutas, y actualmente opera en 35 países de todo el mundo.
17 RITRAMA es la única empresa que respondió el Cuestionario para el exportador enviado por esta CNCE. 18 http://www.sinclair-intl.com/
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SECCIÓN V - MERCADO 16
INDUSTRIAL Y COMERCIAL SOLUCORP LTDA.19 Esta firma nace en
2004 a partir de la fusión de ADICORP y Neotec, dos importantes
empresas del mercado Chileno, con más de 35 años de trayectoria. Su
especialidad es la implementación de sistemas de etiquetado, embalaje,
codificación, marcación, trazabilidad, detección de elementos no
deseados, pesaje.
A continuación, se presenta una breve descripción de las principales empresas
a nivel mundial productoras de papeles y films autoadhesivos:
RAFLATAC: Es un proveedor de complejos autoadhesivos. Los productos
autoadhesivos de UPM Raflatac han sido desarrollados para cumplir con los requisitos
de las exigentes aplicaciones dentro de una gran variedad de usos finales. Los
sistemas y procesos utilizados en las fábricas UPM Raflatac están certificados según
la norma internacional de sistemas de gestión de la calidad ISO 9001, según la
empresa, ello asegura no sólo un excelente rendimiento de productos y servicios, sino
que también incluye el concepto de mejora continua para el beneficio del cliente.
ARCONVERT: Compañía que pertenece al grupo Fedrigoni, especializada en
la producción de papeles y films autoadhesivos de alta calidad y Tecnología.
ARCONVERT cuenta con un área de 50.000 m2 para la elaboración de sus productos,
con cuatro líneas de productos. Esta empresa con 20 años de experiencia en el rubro,
es considerada una empresa líder en el sector.
COLACRIL: Se encuentra localizada en Campo Mourão, municipio brasileño
del estado de Paraná, con un área de 65 mil m2. Esta empresa inició su actividad en
1984, siendo 100% brasileña y emplea a más de 1000 empleados, directa e
indirectamente. Produce más de 100 productos de papeles y films autoadhesivos,
base acrílica que atienden los principales segmentos del mercado nacional e
internacional. Esta empresa está presente en más de 20 países. En los últimos dos
años, COLACRIL realizó inversiones en el orden de los US$ 25 millones, que incluyen
la compra de una máquina HOT MELT. Con esta inversión, su capacidad de
producción se habría duplicado (alcanzaría los 420 millones de m2 anuales). Desde su
creación COLACRIL invierte continuamente para asegurar una producción cada vez
más limpia, que garantice la reducción de emisiones e integridad y salud de sus
19 http://www.solucorp.com
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colaboradores.20 Participa de acciones con niños de escuelas estatales y relacionadas
con los “cartoneros”. En el año 2009, recibió 3 premios que certifican la calidad de sus
productos. Algunos de sus premios son - Premio Fernando Pini de Excelencia Gráfica /
2009 – 2010; Premio Pack Destacado de Preferencia Nacional / 2009 y el Premio
ANAVE Proveedor del Año del segmento de Papel y Celulosa / 2009; asimismo, en
2010 se consagró Bi Campeona del Premio Fernando Pini.
ARCLAD21: Es una empresa con más de 30 años en el mercado. Se dedica al
desarrollo y la fabricación de materiales autoadhesivos para el sector de las artes
gráficas, atendiendo los segmentos de Flexografía, Litografía, Serigrafía e Impresión
Digital en Gran formato, a través de vinilos para la comunicación gráfica y etiquetas,
las cuales son utilizadas en la identificación de productos para diversos sectores:
Alimentos, cuidado personal, Industrial, Automotriz, farmacéutico, escolar, seguridad,
textil, cosméticos, higiene, limpieza y aseo.
MACtac22: Los orígenes de esta firma se remontan a la década de los ‘40,
cuando un empresario llamado Burt Morgan comenzó a fabricar cintas para
enmascarar y médicas. En la década siguiente se asoció con Greg Bemis Sr., director
de la compañía Bemis Bag de Minneapolis, y se aventuró en el nuevo campo de los
materiales autoadhesivos. Actualmente, esta firma dispone de servicios de distribución
y fabricación en todo el mundo, con una facturación anual de 4.800 millones de
dólares está reconocida como la empresa fabricante de materiales de embalaje
flexibles más importante del mundo. La planta y la central europeas de MACtac se
establecieron en Bélgica en 1967 y actualmente MACtac Europe S.A. distribuye sus
productos desde sus propias sucursales en Francia, Reino Unido, Alemania, Italia,
Suecia, Benelux, Suiza, España y Singapur.
De la información aportada en el expediente surge que la capacidad de
producción de papeles y films del origen objeto de medidas es de 160 millones de m2,
lo que se condice con la capacidad de producción de RITRAMA, considerando esta
información, la capacidad libremente disponible de esta empresa es de
aproximadamente 11 millones de m2. Con relación a esta información aportada por
RITRAMA, se desprende que aproximadamente el 75% de su producción lo destina a
a la exportación, siendo los principales destinos Argentina, Brasil, México, Perú y
20 Un ejemplo de esto fue el desarrollo del proceso de solventes en la década del 80. Por ser atóxica, la siliconización con el proceso solvente proporciona extrema seguridad, no presentando los riesgos de los solventes inflamables a los operarios e instalaciones, configurando una actitud ambientalmente correcta 21 www.arclad.com 22 www.mactac.es
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SECCIÓN V - MERCADO 18
Colombia; el restante 25% de su producción lo destina a sus ventas al mercado
interno.
Algunas de las cuestiones planteadas están relacionadas con la exclusión del
producto denominado “gigantografía”. Al respecto, la firma PATTERN informó que esa
es la mercadería que su firma importa desde Chile, y que AVERY no solo no lo
produce, sino que también lo importa desde otros origenes, motivo por el que solicitan
la exclusión del producto de la investigación.
V.5.1 Principales países exportadores e importadores del sector de papeles y films autoadhesivos
En las Tablas Nº V.3 y V.4 se presentan los principales países importadores del
sector relacionado a los Papeles y films autoadhesivos del período 2016 - 2018. Cabe
destacar que se presenta esta información dada la imposibilidad de obtener los datos
específicos correspondiente a los papeles y films autoadhesivos, debido a que la base
utilizada - COMTRADE – posee la información a nivel de subpartida arancelaria (6
dígitos del SA). Las posiciones arancelarias consideradas para consultar la base
COMTRADE fueron las 3919.10; 3919.90 y 4811.41, es decir que exceden al producto
objeto de examen.
Tabla Nº V.2 Exportaciones mundiales de Papeles y Films autoadhesivos por país exportador.
FOB Ton. FOB Ton. FOB Ton.
1 Alemania 2.835.991 401.377 3.151.256 422.627 3.319.170 408.590 15%
2 Estados Unidos 3.070.530 126.013 3.262.685 129.551 3.235.792 127.061 15%
3 Japon 2.323.429 115.803 2.691.663 124.671 2.599.440 122.103 12%
4 Rep. Corea 1.519.043 118.369 1.772.358 122.829 1.894.714 128.620 9%
5 Italia 1.442.294 275.243 1.509.584 451.374 1.554.548 401.988 7%
6 Francia 941.949 262.877 1.021.419 270.173 1.131.112 201.638 5%
7 Polonia 634.959 216.889 668.791 222.791 827.882 233.996 4%
8 China 751.981 34.913 676.148 31.734 737.123 30.605 3%
9 Bélgica 571.908 87.059 629.610 96.316 714.604 141.812 3%
10 Reino Unido 645.691 112.234 685.067 62.086 679.428 103.151 3%
32 Chile 50403,979 15442,041 60228,413 18935,298 64939,519 19576,104 0,3%
46 Argentina 29613,535 4600,381 25033,421 4485,428 20606,807 4021,278 0,09%
Resto 8.572.225 2.117.045 9.356.694 2.231.260 5.284.561 1.369.393
Total 23.390.017 3.887.864 25.510.537 4.188.831 22.063.920 3.292.555
2016 2017 2018Part. Porc. %
Número de
OrdenPaís Exportador
Durante el período 2016 – 2018, cerca del 76% del volumen de las
exportaciones del sector estuvieron concentradas en 10 países. Las cantidades
exportadas desde Alemania al mundo, principal exportador mundial, si bien no se
incrementaron durante todo el período, si lo hizo entre puntas del mismo. Por su parte,
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SECCIÓN V - MERCADO 19
el origen objeto de derechos, se ubicó en el lugar número 32 de los orígenes
exportadores, mientras que Argentina se ubicó en el puesto 46, explicando en el
período acumulado el 0,1% de las exportaciones mundiales.
Tabla Nº V.3 Importaciones mundiales de Papeles y Films autoadhesivos por país importador.
FOB Ton. FOB Ton. FOB Ton.
1 Alemania 1.510.884 272.524 1.560.154 270.745 1.658.965 272.540 8%
2 Estados Unidos 1.397.290 229.004 1.426.008 229.834 1.594.027 254.887 8%
3 México 1.334.624 280.481 1.363.431 231.169 1.421.359 242.063 7%
4 Francia 934.635 207.423 985.397 227.376 1.082.912 111.675 5%
5 China 859.470 57.145 849.544 52.336 845.752 50.066 4%
6 Reino Unido 792.785 229.732 844.812 232.394 833.875 209.845 4%
7 Canadá 682.950 - 731.004 - 755.411 - 4%
8 Países Bajos 606.829 115.581 634.743 112.034 643.092 110.081 3%
9 Polonia 494.615 148.181 537.493 166.102 606.196 148.256 3%
10 Italia 648.719 198.308 577.306 139.783 587.444 143.837 3%
36 Chile 113939,917 27172,59 121128,973 29516,838 129638,838 30837,875 0,6%
44 Argentina 94206,475 10240,04 105736,905 22208,459 96212,107 13242,39 0,46%
Resto 14.002.662 2.494.035 14.873.535 2.168.017 10.838.492 3.021.785
Total 23.473.608 4.269.825 24.610.292 3.881.516 21.093.375 4.609.116
2018Part. Porc. %
2016 2017Número de
OrdenPaís Importador
En cuanto a los países importadores del sector relacionado a Papeles y Films
autoadhesivos, se destaca Alemania como principal importador en valores durante los
años 2016; 2017 y 2018, explicando el 8% de las importaciones durante ese período,
mientras que Estados Unidos, México y Francia tuvieron un comportamiento muy
similar y en volúmenes muy similares a los de Alemania. Chile se ubicó en el puesto
25 de los orígenes importadores, mientras que Argentina lo hizo en el puesto número
44, explicando menos del 1% del total de las importaciones en valores del período
2016-2018.
Por su parte, en el caso del país objeto de derechos, el mismo realizó
importaciones para completar su cuota de mercado y cerca del 90% del total
importado lo explicaron 10 países, siendo el primero de ellos Estados Unidos (29% del
total importado) y seguido de cerca por China (27% del total importado), el resto de los
orígenes se ubican por debajo (7%, 6% y 5%), siendo el tercer origen en importancia
Argentina, con cerca de 2.479 toneladas.
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SECCIÓN V - MERCADO 20
Tabla Nº V.4 Principales países desde los cuales Chile importa Papeles y Films autoadhesivos
fob ton fob ton fob ton
1 Estados Unidos 33.920 5.699 38.549 6.975 38.144 7.330 29%
2 China 30.359 10.245 29.278 10.361 34.449 11.499 27%
3 Argentina 8.472 2.279 8.868 2.181 9.170 2.479 7%
4 Asia (n.e.) 9.230 2.404 9.418 2.619 7.951 2.169 6%
5 Colombia 5.427 2.001 6.168 2.167 6.476 2.279 5%
6 Brasil 2.190 319 3.317 487 4.685 522 4%
7 Alemania 4.623 594 4.885 659 4.641 587 4%
8 Italia 3.036 800 4.251 1.312 3.624 925 3%
9 España 4.632 1.225 3.897 938 3.614 876 3%
10 México 2.496 228 2.275 225 2.612 206 2%
Resto 9.553 1.377 10.224 1.594 14.272 1.966
Total 113.940 27.173 121.129 29.517 129.639 30.838
2016 2017 2018Part. Porc. %
PRINCIPALES ORIGEN DESDE LOS QUE
IMPORTA
En el caso de los países a los que exporta Chile, se observa que el 92% de sus
exportaciones totales esta explicada por 10 destinos, siendo el principal Brasil (país
considerado como tercer mercado en los Cuadros Nº 7.1 a 7.3, con el 32% del total
importado, seguido por Perú y Argentina (12%, en ambos casos), y luego, aunque en
porcentajes menores, siguió Ecuador, Colombia, México, Bolivia, República
Dominicana, Costa Rica y Venezuela.
Tabla Nº V.5 Principales países a los cuales Chile exporta Papeles y Films autoadhesivos
fob ton fob ton fob ton
1 Brasil 12.483 3.870 16.181 4.895 20.628 6.015 32%
2 Perú 5.766 1.770 6.477 2.051 7.682 2.448 12%
3 Argentina 6.994 1.905 8.556 2.493 7.506 1.883 12%
4 Ecuador 2.543 876 2.729 982 5.493 2.001 8%
5 Colombia 3.148 1.152 4.130 1.492 4.856 1.671 7%
6 México 4.541 1.438 5.448 1.799 4.657 1.493 7%
7 Bolivia 2.678 279 3.209 292 3.300 303 5%
8 Rep. Dominicana 1.704 627 3.077 1.031 2.744 1.018 4%
9 Costa Rica 3.142 1.163 3.043 1.183 2.212 797 3%
10 Venezuela 1.651 570 2.292 876 1.530 616 2%
Resto 5.754 1.791 5.087 1.842 4.331 1.331
Total 50.404 15.442 60.228 18.935 64.939 19.576
2016 2017 2018Part. Porc. %
PRINCIPALES ORIGEN A DONDE
EXPORTA
No se registraron investigaciones antidumping en el resto del mundo
correspondientes al producto bajo análisis.
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SECCIÓN VI – DISTINTOS ARGUMENTOS… 1
VI. DISTINTOS ARGUMENTOS APORTADOS EN EL EXPEDIENTE RESPECTO A LA NECESIDAD DE MANTENER EL DERECHO ANTIDUMPING O A LA MODIFICACIÓN DEL MISMO1
VI.1. Consideraciones sobre la probabilidad de continuación o repetición del daño
La peticionante AVERY expresó que, si bien la medida objeto de revisión
resultó “insuficiente”, su eliminación agravaría el daño a la industria nacional. Para la
empresa, la medida antidumping “…implicó una mejora…” pero por su cuantía en el
caso de las exportaciones de RITRAMA2 (7,06%) no resultó suficiente. AVERY agregó
que si bien las exportaciones de RITRAMA en volúmenes se mantuvieron constantes,
a partir de 2016 cayeron sus valores FOB (RITRAMA es el principal productor
exportador de Chile3/4) (Nº de Orden 6). En tal sentido, en su respuesta al Cuestionario
la peticionante expresó que por los motivos expuestos la situación negativa de la
industria nacional “…se ha profundizado”5 (Nº de Orden 127).
Según la peticionante, el exportador RITRAMA “…posee capacidad suficiente
para incrementar sus exportaciones a la Argentina, particularmente en los segmentos
más afectados por los precios de dumping” (Nº de Orden 127).
Con relación a la situación de la rama de producción nacional, AVERY
manifestó que las importaciones de Chile “…han presionado los precios del mercado
local a la baja y eso ha provocado un aumento en la pérdida de rentabilidad durante el
período investigado. La empresa ha perdido participación de mercado. Otros
fabricantes nacionales no han logrado mantener la producción y han cerrado sus
puertas” (Nº de Orden 127). En sus consideraciones finales se expresó en forma
similar, destacando particularmente el caso de PAPELBRIL (Nº de Orden 377).
1 Esta Sección se basa en los distintos argumentos expuestos por las partes. Ello implica que su contenido no constituye en modo alguno una opinión del equipo técnico de la CNCE, sin perjuicio de las aclaraciones y precisiones que este equipo técnico juzgue pertinente formular. 2 Esta empresa es parte integrante del grupo RITRAMA, que cuenta con 17 centros productivos y de distribución en Europa, Asia, Estados Unidos y América Latina y con una cobertura de distribución y ventas en más de 50 países en los cinco continentes. Con el 99,9% de las acciones RITRAMA España es controlante de RITRAMA Chile. Su objeto social es el diseño, la producción, fabricación, comercialización, importación y exportación de materiales autoadhesivos en bobina u hojas, de film plásticos y papel, y cualquier otra actividad industrial relacionada con la transformación de materiales plásticos y papel. Inició su actividad de producción en Valparaíso y venta de papeles y films autoadhesivos a principios de 2009 (Informe CNCEGI/GN ITDF Nº 05/13). 3 Le siguen en importancia SINCLAIR INTERNATIONAL SOUTHAMERICA e INDUSTRIAL Y COMERCIAL SOLUCORP LTDA. (Informe CNCE GI/GN ITDF Nº 05/13). 4 Respecto al mercado nacional e internacional se agrega que, con anterioridad a la investigación original, el mercado argentino de papeles y films autoadhesivos era abastecido históricamente por la producción nacional en 90% y un 10% por productos importados. A partir de 2009 se presenta un cambio significativo en el mercado nacional con la inauguración de la planta productora de RITRAMA en Chile. Asimismo, a nivel mundial la oferta de papeles y films autoadhesivos está conformada por grandes fabricantes globales y numerosos fabricantes de menor escala, regionales y locales. Entre los principales productores a nivel mundial se encuentran AVERY, RAFLATAC, ARCONVERT, RITRAMA, TORRASPAPEL y COLACRIL (Informe CNCE GI/GN ITDF Nº 05/13). 5 Aunque en su respuesta al Punto 12.1 del Cuestionario AVERY también indicó que el daño a la empresa no siguió produciéndose durante el período analizado, también manifestó que en caso de cesar la vigencia de la medida “sin dudas que la situación empeoraría aún más” (Nº de Orden 127).
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SECCIÓN VI – DISTINTOS ARGUMENTOS… 2
Por su parte, la productora PAPELBRIL6 informó que adhería a la solicitud de
AVERY y destacó la necesidad de prorrogar la medida aplicada aunque al igual que la
peticionante también consideró que el derecho resultó insuficiente para neutralizar el
daño ocasionado por las importaciones con dumping (Nº de Orden 130).
PAPELBRIL también manifestó que sufrió disminución en sus ventas,
perdiendo participación en el mercado, atento a que los precios de las importaciones
de Chile (una vez nacionalizados) actúan como un “techo” para los precios nacionales
(Nº de Orden 130).
Asimismo, también sufrió caídas en la producción y en la rentabilidad (atento
haberse visto obligada a bajar sus precios y no poder trasladar a los mismos los
aumentos de los costos). Agregó que el empleo se vio afectado ya que debió reducir la
cantidad de horas trabajadas como también el número de empleados (Nº de Orden
130).
En forma contraria, la exportadora RITRAMA solicitó que se cierre la revisión
sin la continuación de las medidas atento a que “…no hay indicios de daño a la
industria local como así tampoco causalidad generada por las exportaciones de
RITRAMA”7 (Nº de Orden 306).
Por otra parte, RITRAMA manifestó que sus clientes “…al ver que existe una
mínima posibilidad de que la medida sea renovada para no entrar en conflicto con el
único proveedor local prefirieron no participar de la investigación para evitar futuras
represalias comerciales. En efecto, si las medidas llegaran a renovarse, situación que
descartamos, solamente quedaría en el mercado regional AVERY con sus plantas de
Argentina y Brasil. Recordemos que el supuesto damnificado es el principal fabricante
y vendedor mundial del producto investigado”. RITRAMA también cuestionó que
AVERY cuente con capacidad para abastecer el mercado, considerando que debe
importar desde sus filiales (Nº de Orden 306).
En sus consideraciones finales RITRAMA manifestó que AVERY “…no sufre, ni
ha sufrido un daño importante (o amenaza de daño) y menos aún que ese daño que
alega la denunciante se ha ocasionado por importaciones de materiales
autoadherentes originarios de Chile - más precisamente de RITRAMA- en condiciones
6 La empresa informó que no le resultaba posible responder al Cuestionario para el Productor de la CNCE entre otros motivos por no disponer de personal y recursos económicos suficientes para recabar y preparar la información en forma adecuada. 7 AVERY cuestionó estas consideraciones de RITRAMA, entendiendo que dicha empresa no transmite “adecuadamente” la información que obra en el expediente (Nº de Orden 337).
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SECCIÓN VI – DISTINTOS ARGUMENTOS… 3
de dumping” y solicitó se “…desestime la denuncia de dumping … o, en su defecto, se
dejen de aplicar medidas definitivas realizando un debido análisis de la información
suministrada por las empresas presentadas y por RITRAMA…” (Nº de Orden 372).
Esta exportadora atribuyó el supuesto daño a importaciones de otros orígenes
(EE.UU., Brasil, China y Colombia) destacando que esos países han aumentado su
participación durante los últimos tres años (con un “…aumento considerable…” en el
caso de Colombia) y señalando que en esos orígenes AVERY tiene plantas de
producción. RITRAMA consideró que “…llama poderosamente la atención que AVERY
formule denuncia por supuesto dumping justamente contra el único país en dónde no
cuenta con una planta de fabricación y exportación hacia la Argentina” (Nº de Orden
372). En sus consideraciones finales PATTERN se expresó en forma similar y señaló
que en el caso de China se destacan ciertas gigantografías que no tienen producción
nacional y son importadas desde ese y otros orígenes (Nº de Orden 379).
También la Embajada de Chile destacó que las exportaciones de ese origen
tuvieron una baja participación en comparación con otros orígenes (12%
aproximadamente) alcanzando en enero-noviembre de 2018 un 8%, y si bien sus
precios fueron más bajos que los de EE.UU. resultaron similares a los de Brasil y más
altos que los de China y Taipei Chino. En función de lo expuesto, para la Embajada
“…es clara la falta de argumentos para sustentar la amenaza de que existiría en caso
de eliminarse la medida impuesta” y “…faltan antecedentes de peso para probar que la
supresión del derecho daría lugar a la continuación o repetición del daño, tal como lo
indica el Artículo 11.3 del Acuerdo Antidumping…” (Nº de Orden 381).
Según RITRAMA, la peticionante basa su solicitud “…en una serie de datos,
tales como precios domésticos, costos de producción, márgenes de utilidad y
volúmenes de venta, entre otros. Sin embargo, no hace más que enunciar estos
factores, sin realizar un adecuado análisis de ellos y sin indicar como esto se producen
a causa del dumping en el que RITRAMA supuestamente a incurrido”. De acuerdo a la
interpretación de RITRAMA, del ISHER “…se desprende claramente la inexistencia de
daño a la industria local y, de existir tal daño, el mismo sería consecuencia de otras
razones ajenas a RITRAMA”8 (Nº de Orden 372).
8 Al respecto, citó los siguientes fragmentos del ISHER: “Durante el período enero-noviembre de 2018 el consumo aparente de Papeles y Films autoadhesivos estuvo mayoritariamente abastecido por las importaciones, principalmente de otros orígenes (55%) entre los que se destacan Brasil, Estados Unidos y Taipei Chino, mientras que el resto correspondió a los productores nacionales (39%) y productos importados del origen objeto de solicitud de revisión (6%). El mercado de ese período fue, anualizado de unos 181 millones de m2, equivalente a 1.971 millones de pesos”. “La oferta de producción nacional estuvo compuesta mayoritariamente por la empresa AVERY DENNISON (91% de la producción nacional en el año 2017), y un resto compuesto por las firmas PAPELBRIL, FUSIÓN SAN LUIS y un resto”. “Por su parte, en el período enero-noviembre de 2018 las importaciones de Chile (origen investigado) representaron el 9% de las importaciones totales de Papeles y films autoadhesivos - en m2”.
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SECCIÓN VI – DISTINTOS ARGUMENTOS… 4
Para RITRAMA “si tomamos el Cuadro 9 del ISHER9 … e incluiríamos una
columna comparando la relación con el resto de las importaciones de terceros países
–no investigados-…” se observaría “…un aumento considerablemente mayor del resto
de los orígenes no investigados que va del 82,5% en el año 2012 hasta llegar a un
141,8% para el último período de comparación (Ene-jun 2018)” y “si a las
importaciones de terceros orígenes las basamos exclusivamente en los tres orígenes
más representativos…” se denota “…el aumento de la relación de las importaciones de
Brasil sobre la producción nacional que van de un 25,9% en el año 2012 a un 34,7%
para el último período analizado; en el caso de los Estados Unidos los porcentajes van
de 9,7% a 33,6% respectivamente y para Taipei Chino de 25,2% a 17,2%”, mientras
que “…las importaciones de RITRAMA se mantuvieron en un promedio de 15%, con
un inicio del 15,2% para el año 2012 y un 14,4% para ene-jun 2018” (Nº de Orden
372).
Sobre este factor, RITRAMA concluyó que “las importaciones del resto de los
países no investigados aumentaron considerablemente la relación de participación
respecto de la producción local mientras las importaciones de Chile se mantuvieron
constantes e incluso disminuyeron comparativamente para el último período
analizado”, que “las importaciones de los orígenes donde AVERY tiene filiales y
plantas de producción -que sustituirían fabricación local con productos importados-
aumentaron considerablemente la relación respecto de la producción local hasta
alcanzar un 34,7% para el caso de Brasil y un 33,6% para los Estados Unidos”
representando en el último período analizado esos dos orígenes “…el 68,3% de la
producción nacional…”, con un incremento “…que va de 35,6% a 68,3% -esto es
prácticamente un 100% de aumento- contra una disminución de 15,2% a 14,4% para
el caso de RITRAMA” y en el caso de todos los orígenes no analizados “…desde el
año 2012 hasta el último período (ene-jun 2018) el porcentaje iría de un 82,5% a un
141,8%” (Nº de Orden 372).
Por lo tanto, respecto a las importaciones, esta empresa alegó que “…no es
RITRAMA responsable de la supuesta baja participación de AVERY y el resto de las
empresas fabricantes en el mercado doméstico. En efecto, tal como lo mencionara la
CNCE en el ISHER solamente el 9% de las importaciones del producto investigado
son originarias de Chile” (Nº de Orden 372).
9 Relación entre las importaciones y la producción nacional.
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SECCIÓN VI – DISTINTOS ARGUMENTOS… 5
Agregó RITRAMA que “…según datos que constan en el Cuadro Nº 8 del
ISHER, las ventas nacionales crecieron poco más del 10% -de 63.000.000 a
70.000.000- y el consumo aparente un 28,6% de 140.000.000 a 180.000.000 mientras
que las importaciones de AVERY … se mantuvieron constantes e incluso
disminuyeron en el último período. Con la evolución antes mencionada, nos
preguntamos entonces, ¿Cómo pueden las importaciones de RITRAMA que se
mantienen estables en el tiempo ganar participación en el mercado con ventas
domésticas y de terceros mercados creciendo a tasas positivas? Cabe recordar aquí
que las importaciones totales de orígenes no investigados se incrementaron un 43%,
acumulativamente, en esos años” y consideró que “sería difícil justificar cómo se
configura un daño a la rama de producción de papel y film autoadhesivos, si las
importaciones investigadas no son mayoritarias en el mercado, no ganaron
participación del mismo y el único o principal productor nacional presenta todos sus
indicadores de daño con tendencia positivas”10 (Nº de Orden 372).
Para RITRAMA en función de los argumentos expuestos y de la información del
ISHER “…quedó demostrado que en el presente caso no existe un incremento de las
importaciones objeto de dumping” (Nº de Orden 372).
Por otra parte, RITRAMA opinó que cuando la denunciante menciona que
existe una amenaza potencial de que aumenten sus exportaciones “…es claramente
un riesgo imposible de producirse…” ya que la utilización de su capacidad instalada de
RITRAMA para los últimos dos períodos fue de 97,7% y 98,8% respectivamente, no
existiendo “…un potencial aumento a las exportaciones cuando no hay capacidad
instalada de producción que permita aumentar esas exportaciones”. En cambio, reiteró
que las importaciones que sí aumentaron y “…son una amenaza…” para la industria
local son las de Brasil, Estados Unidos, Colombia y China (Nº de Orden 372).
10 RITRAMA citó al Grupo Especial en el caso “Tailandia – Perfiles de Hierro y acero sin alear y vigas doble T procedentes de Polonia” sostuvo en su informe que “el párrafo 4 del artículo 3 exige que las autoridades establezcan de manera adecuada si existe una base fáctica para respaldar un análisis válido y bien razonado del estado de la rama de producción y una constatación de la existencia de daño. Este análisis, no se deriva de una simple calificación del grado de ‘pertinencia o impertinencia’ de todos y cada uno de los factores individuales, sino que se basa más bien una evaluación cabal del estado de la rama de producción, y a la luz de la última frase del párrafo 4 del artículo 3, debe contener una explicación convincente de la manera como la evaluación de los factores pertinentes desembocó en la determinación de la existencia de daño. … Opinamos que esos cambios positivos de algunos factores requerían una explicación convincente de porqué Y cómo a la luz de esas potentes tendencias positivas, la rama de producción nacional sufrió daño, o siguió siendo objeto de daño, en el sentido del Acuerdo. En particular, consideramos que esta situación exige una explicación cabal y convincente de cómo esos movimientos positivos pesaban menos que cualesquiera otros factores e índices que podrían haberse desplazado en una dirección negativa durante el período de investigación. A falta de una explicación ni siquiera mínimamente satisfactoria de cómo los factores en los que se basaron las autoridades tailandesas apoyo en su determinación afirmativa de la existencia de daño, consideramos que los documentos que constituyen la base para nuestro examen no nos aportan una explicación suficiente, completa o convincente de por qué, ante las tendencias positivas de tanto factores de la existencia de daño, las autoridades investigadoras tailandesas llegaron no obstante a la conclusión de que la rama de producción nacional había sufrido daño”.
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SECCIÓN VI – DISTINTOS ARGUMENTOS… 6
RITRAMA indicó que “…no establece precio de mercado local ya que su
participación durante todos estos años no ha se ha incrementado ni ha superado el
10% del mercado local manteniendo constante su participación e incluso
disminuyendo su relación de participación respecto de la producción local…” y no se
ha demostrado “…que RITRAMA tenga existencias que pongan en peligro o amenaza
de daño la producción local…” ya que “…se mantuvieron constantes y acorde las
prácticas normales de la industria” y concluyó que “…no se observa del ISHER
ninguna de las variables establecidas en el artículo 3.7 … para una determinación de
amenaza de daño importante” (Nº de Orden 372).
Asimismo, se refirió a la “inexistencia de relación de causalidad” y reiteró que
no son las importaciones de Chile las que “…eventualmente podrían repercutir sobre
la rama de producción argentina del producto similar…” ya que “…Chile no es el
principal proveedor extranjero de material autoadhesivo de Argentina”. En tal sentido,
reanudó sus apreciaciones respecto al impacto de las importaciones de Brasil y
Colombia, en virtud de su participación y sus precios medios FOB (Nº de Orden 372).
RITRAMA expresó que “…considerando la inexistencia de daño importante, y
de amenaza de daño importante a la rama de producción argentina del producto
investigado y dado que las importaciones de Chile no podrían explicar la supuesta
evolución levemente desfavorable de algunos indicadores de daño alegada por
AVERY, debido a la inexistencia de nexo causal entre las importaciones de Chile y la
evolución de los indicadores de daño argentinos, creemos necesario el inmediato
cierre de la presente revisión y el urgente levantamiento de las medidas vigentes”.
Agregó que “…resulta inadmisible considerar configurado un daño … si el principal y
mayoritario productor nacional argentino presenta todos sus indicadores de daño
decrecientes, y si, por otra parte, las importaciones investigadas no son mayoritarias
en el mercado y no ganaron participación del mismo”. RITRAMA además reiteró que
las importaciones de otros orígenes ingresaron “…en mayores volúmenes y a precios
inferiores…” al de sus exportaciones y que AVERY “…importa productos similares a
los nacionales provenientes de Brasil, Colombia y Estados Unidos a precios inferiores
a los precios del mercado doméstico argentino” (Nº de Orden 372).
En el caso de AVERY, en sus consideraciones finales apuntó que “…los
Cuadros N° 5.1 y N° 6, del ISHE … dan cuenta que los precios de las importaciones
de otros orígenes, en su gran mayoría, se ubicaron por encima del precio medio FOB
de las importaciones de origen Chile. Adicionalmente, el Cuadro N° 9 también da
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SECCIÓN VI – DISTINTOS ARGUMENTOS… 7
cuenta que las importaciones efectuadas por las productoras nacionales equivalen
entre el 15% y 18% del total de la producción nacional durante el período investigado,
reafirmando aquello sostenido en la investigación originario en cuanto a que ‘se trata
de importaciones que completan la oferta de las productoras nacionales, por lo que no
puede atribuirse a estas importaciones el daño determinado sobre la rama de
producción nacional’” y consideró que “…puede concluirse que las importaciones de
orígenes no investigados no son de modo alguno causante del daño de la industria
nacional” (Nº de Orden 377).
También consideró AVERY que en las comparaciones de precios del ISHE
“…se encuentran subvaloraciones que respaldan la aplicación de una medida” factor
que es “…uno de los elementos clave para arribar a la conclusión positiva de la
existencia de daño grave a la industria nacional” y que “…se hace explícito en los
cuadros 7.1, 7.2, 7.3 y 7.4 … Así, como el mismo informe detalla la cuantía de estas
subvaloraciones, que oscilan entre el 29% y el 51%”. Agregó que “…tales
subvaloraciones han presionado los precios de la industria nacional a la baja,
provocando de esta manera una caída de la rentabilidad” (Nº de Orden 377).
AVERY destacó que a partir de la información de los Cuadros 8.a, 8.b y 10.a y
10.b pueden observarse relaciones precio-costo inferiores a la unidad hacia mediados
y finales del periodo, además de mostrar una tendencia decreciente a lo largo de todo
el periodo (Nº de Orden 377).
AVERY agregó que para para los cuatro productos representativos desde 2015
a 2018, “…la tendencia es siempre decreciente. Es decir, durante prácticamente todo
el periodo, la comparación interanual presenta una evolución negativa de los
rendimientos, cayendo año tras año”. Añadió que “en los casos en que es positiva la
relación, en la mayoría de ellos es muy escasamente positiva … Aun así, no caben
dudas de que la tendencia es negativa”11 (Nº de Orden 377).
Por último, se indica que la peticionante manifestó que las importaciones
“…han sido crecientes a lo largo del periodo, con precios a la baja … y cuyo
exportador tiene la capacidad de ampliar sustancialmente el volumen a exportar”
“…con los datos expuestos en el ISHE se cumplen los requisitos para la aplicación de
medidas antidumping establecidas en el Artículo 3.2 del Acuerdo Antidumping…” (Nº
de Orden 377).
11 AVERY aclaró que “estas afirmaciones se basan en información que ha sido verificada por las autoridades durante el transcurso de la revisión, y es esa misma información la que habilita a reforzar el pedido de ampliación de la medida vigente, aumentando la protección hasta el máximo posible, incluso, más allá de los valores dispuestos en la misma investigación original”
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SECCIÓN VI – DISTINTOS ARGUMENTOS… 8
VI.2. Consideraciones de AVERY sobre el cambio de circunstancias
Según la peticionante, la medida “…no resultó efectiva…”. Como se señaló,
AVERY informó que desde la entrada en vigencia de la medida las importaciones en
volúmenes se mantuvieron constantes, pero sus valores, que en 2014 y 2015 rondaron
los 8 millones de dólares (siendo similares a los registrados en 2013, previo a la
aplicación de la medida vigente), bajaron en 2016 y 2017 a montos cercanos a los 6
millones de dólares (aunque con volúmenes constantes) (Nº de Orden 6). En sus
consideraciones finales señaló “…la necesidad de extender y ampliar la medida
antidumping. Lamentablemente este ajuste o corrección que en la presente revisión se
solicita no va a poder tener un efecto retroactivo, pero si resulta ser fundamental para
el desarrollo de la producción local en condiciones de competencia” solicitando en tal
sentido se aplique una medida ad valorem del 51% (Nº de Orden 377).
Según detalló AVERY, “lo que existió fue un cambio en el mix de productos que
RITRAMA exportó hacia Argentina, enfocándose en productos de menor valor (hojas,
semigloss y papeles térmicos). Con respecto a las exportaciones de RITRAMA hacia
el resto del mundo notamos que las mismas se han incrementado tanto en volumen
como en valor FOB”12 (Nº de Orden 6).
Asimismo, y tal como se mencionó, AVERY hizo referencia a la insuficiencia de
la cuantía de la medida y agregó que “…tiene certeza que las operaciones de
importación han sido crecientes y que su estrategia comercial implicó la reducción
sistemática de los precios” (Nº de Orden 6). También en su respuesta al Cuestionario
AVERY agregó que “la industria nacional necesita una medida acorde al margen de
daño que hoy sufren las empresas productoras locales. Por otra parte, el único
exportador chileno (RITRAMA) posee capacidad suficiente para incrementar sus
exportaciones a la Argentina, particularmente en los segmentos más afectados por los
precios de dumping” (Nº de Orden 127).
12 Según AVERY, los productos de menor valor nacionales cuestan en el mercado argentino entre un 40% hasta un 70% menos que los productos de mayor valor, pero presentan una diferencia mucho menor entre estos productos en las exportaciones realizadas por RITRAMA (“…se observa que los productos de menor valor son entre un 18% y 20% más baratos que los productos de mayor valor. La participación en las exportaciones de los productos de mayor valor es de alrededor del 10% del total en volumen y del 13% del valor FOB total”).
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A.I. I
ANEXO I:
NOTAS METODOLÓGICAS
Y
CUADROS ESTADÍSTICOS
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A.I. II
NOTAS METODOLÓGICAS1 Consideraciones Generales:
A continuación, se detallan las fuentes de información, los cálculos efectuados
y las metodologías utilizadas por esta CNCE en la confección de los cuadros
estadísticos.
El producto considerado en esta etapa de la presente revisión, teniendo en
cuenta lo señalado en la Sección IV. PRODUCTO SIMILAR NACIONAL con relación a
la exclusión de las gigantografías, son las “Placas, láminas, hojas, cintas y tiras
autoadhesivas de plástico, sin imprimir (excepto las cortadas en dimensiones
apropiadas como piezas de vehículos automóviles, de celulosa regenerada, de
poliuretanos, o de polímeros fluorados y las de poli (cloruro de vinilo) en rollos de
anchura superior o igual a 105 cm y de largo inferior o igual a 50 m, con un peso
superior a DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE GRAMOS POR METRO CUADRADO
(239 g/m²), incluso de polietileno con revestimiento anticorrosivo de anchura superior o
igual a 5 cm pero inferior o igual a 120 cm, en rollos o en hojas de forma cuadrada o
rectangular y papeles autoadhesivos en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada
o rectangular de cualquier tamaño, excluidas las cintas de embalaje, autoadhesivas,
de polipropileno, en rollos de anchura inferior o igual a VEINTE CENTÍMETROS (20
CM), sin soporte de despegue descartable”.
El período considerado en esta etapa del procedimiento abarca desde enero
de 2015 a noviembre de 2018, no obstante, para algunas de las variables
consideradas en este informe, también se considerarán los años 2012, 2013 y 2014,
como período de referencia2.
1 Esta sección presenta información confidencial identificada con asteriscos. 2 Se exponen grisados en los Cuadros de este Anexo.
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A.I. III
La información obrante en el presente anexo fue aportada por la firma
peticionante AVERY3, y la firma exportadora RITRAMA4, en sus respuestas al
Cuestionario al Productor y Exportador, respectivamente, incluyéndose además
información que surge del ITDF Nº 5/13 del expediente CNCE Nº 42/115 y fuentes
oficiales.
En la siguiente tabla se presentan las variables de la empresa que fue
verificada por la CNCE:
TABLA Nº A.I.1 Variables verificadas en la empresa AVERY.
VARIABLE VERIFICADO
DIFERENCIAS CON LO
INFORMADO POR LA EMPRESA
OBSERVACIONES
Ventas al mercado interno de
producción propia y contratada a
terceros, reventa de importaciones
y precios al mercado interno de los
artículos representativos.
SI NO
De la verificación practicada no surgieron diferencias con lo informado oportunamente por la empresa.
Por último, se deja constancia que se verificaron los precios de los productos representativos actualizados para enero – marzo de 2019.
Exportaciones SI NO De la verificación practicada no surgieron diferencias con lo informado oportunamente por la empresa.
Existencias SI NO Del análisis de los soportes documentales no surgieron diferencias con lo informado por la empresa.
Empleo y masa salarial SI NO De la verificación practicada no surgieron diferencias con lo informado oportunamente por la empresa.
3 AVERY inició sus actividades en febrero de 1988 e inició la producción de papeles y films autoadhesivos en el mismo año. El objeto social de la empresa es, desde lo industrial, la fabricación de materiales autoadhesivos, tratamiento, recubrimiento, laminación, impresión, troquelado y/o corte de papeles, cartulinas, films y materiales diversos; siliconado de materiales, fabricación de papeles y/o films, carbónicos, térmicos, copiativos y autocopiativos; y desde lo comercial, la compra, venta, importación, exportación, distribución y consignación de los materiales descriptos precedentemente. Esta firma es parte del grupo AVERY DENNISON, cuya casa matriz es AVERY DENNISON CORPORATIO, sociedad constituida en el estado de Delaware, Estados Unidos. Sus socios son AVERY DENNISON NEATHERLANDS INVESTMENTE I B.V. y AVERY LLC. Son también parte del grupo AVERY DENNISON las sociedades AVERY DENNISON DO BRASIL LTDA, AVERY DENNISON CHILE S.A., AVERY DENNISON COLOMBIA S.A. con las cuales existe un intercambio de importaciones y exportaciones. Por último, esta firma tiene un contrato de transferencia de tecnología con su casa matriz, en virtud de dicho contrato la firma paga regalías a su casa matriz como contraprestación de una licencia no exclusiva para la utilización del know how y patentes a los fines de fabricar los productos licenciados por ésta. La empresa cuenta con plantas en la provincia de San Luis y en Don Torcuato (Buenos Aires). 4 Ritrama S.A. es parte integrante del grupo de empresas Ritrama, con presencia en el mercado desde el año 1962, y que cuenta con 21 centros productivos y de distribución en Europa, Asia, Estados Unidos y América Latina. Cuenta con una cobertura de distribución y ventas en más de 50 países en los cinco continentes y sus oficinas corporativas centrales están ubicadas en la localidad de Caponago, Italia. La propiedad de RITRAMA se distribuye entre RITRAMA ESPAÑA; en el año 2011 inició sus operaciones el centro de distribución y corte Ritrama Autoadhesivos Comercial Ltda. con sede en Brasil; en Enero de 2016, inició sus operaciones el centro de distribución y corte RITRAMA PERÚ y en Diciembre de 2016, inició sus operaciones el centro de distribución y corte DISTRIB. RITR. ECUADOR DISTREC S.A. con sede en Quito, Ecuador. 5 Investigación que concluyó con la aplicación de medidas antidumping a los papeles y films autoadhesivos y que dio origen a la presente solicitud de revisión.
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A.I. IV
TABLA Nº A.I.1 Variables verificadas en la empresa AVERY. (Cont.).
VARIABLE VERIFICADO DIFERENCIAS CON LO
INFORMADO POR LA EMPRESA OBSERVACIONES
Importaciones SI SI, de escasa significatividad De la verificación practicada surgieron diferencias de escasa significatividad con lo informado oportunamente por la empresa.
Costos unitarios SI NO
Respecto de los costos unitarios, de la verificación practicada no surgieron diferencias respecto a lo informado por la firma.
Durante la verificación, el representante de la firma hizo entrega de la estructura de costos actualizada para el período enero - marzo de 2019, el cual fue constatado con soportes documentales similares a los descriptos.
Costos totales SI SI
Con los respaldos documentales proporcionados por la empresa los técnicos de la CNCE advirtieron que los mismos incluían los correspondientes a las exportaciones. Por lo expuesto precedentemente se procedió a recalcular y exponer los costos totales del conjunto de todos los papeles y films autoadhesivos vendidos al mercado interno.
Cuadro Nº 1.a.; 1.b y 1.c: Producción, Existencias, Ventas al mercado interno, Exportaciones, Capacidad de producción y Empleo
La empresa AVERY presentó la información correspondiente a producción,
ventas (en m2 y valores), existencias, exportaciones, capacidad de producción,
cantidad de empleados destinados a la producción de papeles y films autoadhesivos y
masa salarial en pesos.
AVERY se encuentra adherida a la CÁMARA INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE
SAN LUIS Y ZONA DE INFLUENCIA. Dicha cámara informó los datos de producción
nacional en m2 y, de manera desagregada, la producción de PAPELBRIL S.A.C.I. y
FUSION SAN LUIS S.A., así como también, la de un resto.
La peticionante informó sus ventas al mercado interno en m2 y en pesos.
Los ingresos medios por ventas se calcularon como el cociente entre las
ventas en pesos y en m2 correspondientes a la empresa peticionante.
Con relación a las existencias de papeles y films autoadhesivos, en m2, las
mismas fueron informadas por la empresa y verificadas por esta CNCE, como se
detalló precedentemente. Esta información presenta diferencias con las existencias
teórica y, atento a esta observación, la empresa manifestó que las diferencias que
surgen en las existencias finales de cada período se deben a que el volumen de
producción informado para cada período incluye: a) Productos fuera de especificación
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A.I. V
(problemas de calidad) que no fueron vendidos y fueron contabilizados como pérdida;
b) Producción en ¨master rolls¨, rollos de 1,02mts de ancho y largos variables cuyo
ancho utilizable es de 1mt. Estos rollos son comercializados en rollos más pequeños.
Este proceso de corte genera un scrap que también es considerado pérdida; y c)
Productos que entraron en obsolescencia y son contabilizados como pérdida ya que
no se pueden comercializar.
La relación existencias/ventas, en meses de venta promedio, fue calculada
como el cociente entre las existencias y las ventas promedio en m2.
La firma informó las exportaciones propias, que fueron verificadas por esta
CNCE sin que hayan surgido diferencias. Respecto del total nacional, AVERY las
informó para los años completos del período investigado, habiendo realizado una
limpieza de la base de DGA según lo indicado en su solicitud. Así, y considerando que
de la base de DGA surgen diferencias significativas tanto respecto de las referidas
exportaciones de AVERY, como respecto del total nacional, para enero-noviembre de
2017 y 2018 se tomaron las de AVERY, estimándose el resto según la metodología
indicada precedentemente.
El coeficiente de exportación –en porcentajes- surge del cociente entre las
exportaciones en m2 y la producción.
La capacidad de producción fue suministrada por la empresa AVERY y la
CÁMARA INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE SAN LUIS Y ZONA DE INFLUENCIA
(informó la de las firmas PAPELBRIL, FUSIÓN SAN LUIS y otras).
El grado de utilización de la capacidad de producción se obtuvo como el
cociente entre la producción y la capacidad de producción de cada período,
multiplicado por cien. Atento a haberse detectado pequeñas diferencias en la
información aportada, se consideró en esta etapa la aportada por la Cámara.
El nivel de empleo de producción de la empresa y su correspondiente masa
salarial (sin incluir cargas sociales ni el sueldo anual complementario) fueron
informados por la solicitante.
Los salarios medios mensuales fueron calculados como el cociente entre la
masa salarial promedio mensual y la cantidad de empleados.
El producto medio físico del empleo ha sido calculado como el cociente entre la
producción promedio mensual y el número de empleados de la peticionante.
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A.I. VI
Cuadros Nº 2.1 a 2.4: Costos unitarios
La empresa productora AVERY DENNISON DE ARGENTINA suministró las
estructuras de costos de
a) Papel autoadherente con frontal de papel ilustración/semi gloss/couche con liner
glassine/encapado, adhesivo base acrílica y gramaje entre 75 y 85 grs. (+/-2) en el
frontal, en bobinas;
b) Papel autoadherente con frontal de ilustración/semi gloss/couche, con liner
encapado de gramaje entre 78 y 85 grs. (+/- 2), adhesivo base acrílica y gramaje entre
75 y 85 grs. (+/- 2) en el frontal, en hojas;
c) Papel autoadherente con frontal Térmico/termosensible TOP con liner Glassine,
adhesivo base acrílica y gramaje entre 68 y 75 grs. (+/- 2) en el frontal, en bobinas, y
d) Film autoadherente con frontal transparente BOPP (polipropileno biorientado) con
top coated, liner Glassine, adhesivo base acrílica y entre 48 y 65 µm (micrones) en el
frontal, en bobinas, en pesos por m2, para 2015, 2016, 2017 y para el período enero –
noviembre de 2018.
Además de las estructuras de costos mencionadas se presentan cuadros con
las diferencias absolutas de los principales componentes del costo.
Los precios considerados corresponden a los ingresos medios informados por
la empresa productora en el “Cuestionario para el Productor” de la CNCE.
Cuadros Nº 3.1 a 3.4: Precios corrientes y relativos
Los precios corrientes de los productos representativos detallados para los
Cuadros Nº 2.1 a 2.4, en pesos por m2, para el período 2012- noviembre 2018 fueron
suministrados por la peticionante.
Los precios relativos fueron calculados a partir de los respectivos precios
corrientes, en función de la evolución de los índices de Precios Internos al por Mayor
(IPIM) Nivel General elaborados por el INDEC.
Cuadro Nº 4.1: Estados e índices contables Los Estados Contables (EECC) analizados fueron suministrados por la
empresa productora y constan en el expediente de referencia.
A continuación, se presentan tablas con los rubros contables de la empresa:
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A.I. VII
Tabla Nº A.I.2
Evolución de los principales rubros contables de
AVERY DENNISON DE ARGENTINA S.R.L.
En miles de pesos.
31/12/2015 31/12/2016 31/12/2017 2016/2015 2017/2016
Caja y Bancos 17.705 883 4.094 -95% 363%
Inversiones 3.253 0 0 ___ ___
Cuentas a Cobrar 197.412 269.837 394.184 37% 46%
Bienes de Cambio 149.430 136.204 162.949 -9% 20%
Otros Activos Corrientes 13.775 13.654 10.407 -1% -24%
Activo Corriente 381.575 420.578 571.632 10% 36%
Bienes de Uso 18.795 24.913 33.316 33% 34%
Otros Activos No Corrientes 13.061 17.287 14.204 32% -18%
Activo No Corriente 31.856 42.201 47.520 32% 13%
Activo Total 413.431 462.779 619.153 12% 34%
Cuentas por Pagar 98.328 124.022 152.827 26% 23%
Ds. Financieras a C.P. 39.476 5.564 53.259 -86% 857%
Ds. Sociales y Fiscales 43.819 38.291 34.901 -13% -9%
Otros Pasivos Corrientes 288 117 0 -59% ___
Pasivo Corriente 181.911 167.994 240.987 -8% 43%
Ds. Bancarias y/o f inancieras a L.P. 0 0 0 ___ ___
Otros Pasivos No Corrientes 8.336 8.760 9.774 5% 12%
Pasivo No Corriente 8.336 8.760 9.774 5% 12%
Pasivo Total 190.247 176.754 250.760 -7% 42%
Capital 62.918 62.918 62.918 s/v s/v
Resultados Acumulados 160.265 223.107 305.475 39% 37%
Patrimonio Neto 223.183 286.025 368.393 28% 29%
Ventas 731.038 971.549 1.106.023 33% 14%
Costo de Ventas 492.892 665.032 787.783 35% 18%
Resultado Bruto 238.146 306.517 318.241 29% 4%
Gs. Administración y Comerc. 107.988 161.399 185.007 49% 15%
Resultado Operativo 130.158 145.118 133.233 11% -8%
Resultados Financieros 15.929 2.992 3.066 -81% 3%
Result.No Op. y Extraordinarios 948 -991 2.194 ___ ___
Resultado Antes de Impuestos 147.036 147.119 138.494 0,1% -6%
Impuestos ganancias/ Renta mínima presunta -58.160 -60.777 -56.126 ___ ___
Resultado Neto 88.876 86.342 82.368 -3% -5%
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia.
Estados Contables al Variaciones
Cuadro Nº 4.2: Cuentas específicas: Con los datos de ventas, costos variables y costos fijos suministrados por la
empresa productora, los técnicos de la CNCE confeccionaron los puntos de equilibrio
en miles de pesos y en metros cuadrados. Dicha información fue verificada por los
técnicos de la CNCE y consta en el Informe de Verificación respectivo.
La contribución marginal se calculó, en pesos, como la diferencia entre las
ventas y el costo variable y, en porcentajes, como el cociente entre la contribución
marginal en pesos y las respectivas ventas. El punto de equilibrio representa el nivel
de ventas necesario para la cobertura de costos variables y fijos, y se calculó, en
2019 – Año de la Exportación COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
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A.I. VIII
pesos como el cociente entre el costo fijo y la referida contribución marginal y en
toneladas como el cociente entre el costo fijo y la diferencia entre el precio de venta y
el costo variable, ambos en forma unitaria.
Cuadros Nº 5.1 y 5.2: Importaciones y ranking de importadores Los datos de importaciones presentados fueron considerados según lo
detallado en el presente apartado.
Para la información de las importaciones del origen investigado, tanto en
volumen como en valores, se consideraron las exportaciones realizadas e informadas
en el cuestionario por la firma exportadora RITRAMA en su cuestionario al exportador
de esta Comisión Nacional de Comercio Exterior, y se sumaron a las mismas las
importaciones realizadas por otras empresas distintas de la citada. De la comparación
de lo informado por RITRAMA y de la información obrante de fuente DGA, surgieron
diferencias de escasa significatividad. Se excluyeron para el origen objeto de revisión
las importaciones de aquellos códigos de producto referidos a “gigantografías”
informados por RITRAMA en el expediente. Dichos códigos se presentan en la tabla a
continuación:
Tabla Nº A.I.3 Códigos correspondientes a gigantografías informados por RITRAMA
Cód. Nombre Tipo
167 RI-265/80 PVC MATT CLEAR AP900 WK135 NEUTRAL RI-265/80 PVC MATT CLEAR
2025 RI-JET 145 GLOSS WHITE AP940 PERMANENT WK135 RI-JET 145 GLOSS WHITE
2033 RI-205/80 PVC GLOSS CLEAR AP900 WK135 RIT/GRY RI-205/80 PVC GLOSS CLEAR
2054 RI-JET 165 MATT WHITE AP940 PERMANENT WK135 RI-JET 165 MATT WHITE
2095 RI-145/100 PVC GLOSS WHITE AP940 WK135 RIT/GRY RI-145/100 PVC GLOSS WHITE
3641 RI-145/80 PVC GLOSS WHITE AP900 WK135 RIT/GRY RI-145/80 PVC GLOSS WHITE
3642 RI-JET 205 GLOSS CLEAR AP940 PERMANENT WK135 RI-JET 205 GLOSS CLEAR
4199 RI-265/80 PVC MATT CLEAR AP900 WK135 RIT/GRY RI-265/80 PVC MATT CLEAR
5058 RI-JET 145 GLOSS WHITE AP940 WK135 NEUTRAL RI-JET 145 GLOSS WHITE
6040 RI-JET 205 PVC GLOSS CLEAR AP940 WK135 NEUTRAL RI-JET 205 GLOSS CLEAR
7590 RI-JET 145 PVC BLOCKOUT GLOSS WHITE AP900 WK135 RIT/GRY RI-JET 145 PVC BLOCKOUT GLOSS WHITE
8035 RI-JET 145 PVC BLOCKOUT GLOSS WHITE AP900 WK135 NEUTRAL RI-JET 145 PVC BLOCKOUT GLOSS WHITE
8558 RI-4 GLOSS WHITE AP1099 WK135 RIT/BLUE RI-4 GLOSS WHITE
8613 RI-165/80 PVC BLOCKOUT MATT WHITE AP900 WK135 RIT/GRY RI-165/80 PVC BLOCKOUT MATT WHITE
Fuente: CNCE sobre la base de información suministrada por RITRAMA en el expediente de la referencia.
Con relación a las importaciones del resto de los orígenes, se presentan
desagregados aquellos orígenes donde se observó mayor volumen de importaciones.
Para arribar al dato presentado en el cuadro, se ajustaron las mismas por las
importaciones realizadas e informadas por AVERY en su respuesta al cuestionario de
esta CNCE.
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A.I. IX
Cabe destacar que la firma AVERY informó haber realizado importaciones de
papeles y films autoadhesivos desde orígenes distintos al investigado por los
siguientes motivos: “En primer lugar respecto de los productos importados de Brasil,
se analiza la conveniencia de producción en uno u otro mercado respecto de los
costos. En segundo lugar, los productos importados de otros orígenes como Estados
Unidos o países de la Unión Europea son adquiridos por una cuestión tecnológica.
Estos productos permiten ofrecer soluciones al mercado que no pueden ser ofrecidas
mediante los productos fabricados a nivel nacional”.
Se consideraron la totalidad de las posiciones arancelarias y a efectos de
convertir los kilogramos en m2, se aplicó la fórmula de conversión informada por la
peticionante en su presentación inicial.
El ranking de importadores se presenta para el origen objeto de medidas,
Chile. Ocho empresas representaron el 90% de las importaciones realizadas desde
este origen en el período enero-noviembre de 2018. Estas empresas también
representaron el mismo porcentaje en el acumulado del período 2015 – noviembre
2018. Esta empresas fueron *** *** ***.***.***.6.*** ***7; *** ***.***.8; *** *** ***.***.9; ***
*** ***.***.; *** *** ***.***.10; *** *** *** *** *** ***.
Con relación a las importaciones de “gigantografías” y en los términos del
artículo 6.8 y Anexo II del Acuerdo Antidumping, se realizó una estimación sobre la
base de los hechos que se tuvo conocimiento. Se calculó la incidencia de las
“gigantografías” en el total importado originario de Chile y para este ejercicio se tomó
la información de códigos aportados por la firma exportadora RITRAMA del producto
“gigantografías”, arribándose al dato que se presenta en la siguiente tabla.
6 Ocupa el primer lugar del ranking de importadores. Es una empresa especializada en la producción de etiquetas y soluciones para la identificación de productos. 7 Es la segunda firma en el ranking de importadores. *** En la actualidad se dedica a la importación de productos de papelería como etiquetas autoadhesivas, cuadernos, libretas y papel crepé. *** 8 Es la tercera empresa en el ranking de importadores. *** Los negocios del Grupo cubren una gama amplia de productos para satisfacer las exigencias del mercado del autoadhesivo. *** 9 Cuarta en el ránking de importadores. *** Es una empresa papelera líder en el mercado, dedicada a la atención de la industria gráfica de todo el interior del país. Abastece diversas publicaciones, diarios, reparticiones públicas, privadas y empresas de diferentes rubros. *** 10 Se encuentra en el sexto lugar del ranking de importadores. Es una empresa productora de etiquetas autoadhesivas y cintas de empaque.
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A.I. X
Tabla Nº A.I.4 Gigantografías originarias de Chile obtenidas por códigos informados por RITRAMA
Periodo m2 FOB FOB Medio
2012 713.746 759.999 1,06
2013 327.214 360.066 1,10
2014 463.845 501.358 1,08
2015 356.214 384.217 1,08
2016 345.886 314.256 0,91
2017 307.062 253.906 0,83
Ene-Nov 2017 307.062 253.906 0,83
Ene- Nov 2018 1 5 5
Fuente: CNCE sobre la base de información del expediente de la referencia y DGA.
Así, durante el período investigado, la participación de las “gigantografías” en
el total de las importaciones de papeles y films autoadhesivos no superó el 3% (2016).
Tabla Nº A.I.5 Participación de las gigantografías en el total de las importaciones de Papeles y films autoadhesivos originarios de Chile.
Total de importaciones de Papel y Films
originarias de Chile (A)
Gigantografías calculadas con los
códigos de RITRAMA (B)
Participación (B/A)
2012 12.658.969 713.746 5%
2013 14.093.160 327.214 2%
2014 13.429.577 463.845 3%
2015 14.753.713 356.214 2%
2016 11.443.706 345.886 3%
2017 15.180.170 307.062 2%
Enero - Noviembre 2018 10.164.394 1 0,00001% Fuente: CNCE sobre la base de información del expediente de la referencia y DGA.
Cuadro Nº 6: Precios medios FOB
Los precios medios FOB surgen del cociente entre los datos de importaciones
en dólares FOB y en m2 (Cuadro Nº 5.1).
Cuadros Nº 7.1; 7.2; 7.3 y 7.4: Comparación de precios
Para la comparación de precios entre el producto nacional y el importado se
consideró el nivel de depósito de importador, por ser el nivel comercial en los cuales
competiría el producto nacional con las importaciones objeto de solicitud de revisión.
Así, se consideró lo señalado en el expediente CNCE Nº 42/11, donde se citaba que
“se comparó a nivel ‘depósito del importador’ debido a que entre los importadores se
encontraron empresas gráficas que son consumidores finales del producto, y que
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A.I. XI
podrían optar indistintamente por importar o comprarle a los productores nacionales
del mismo”.
En primer término, una comparación de precios para las exportaciones de
papeles y films autoadhesivos originarios de CHILE a la Argentina. Para la misma se
consideró realizarla considerando estas exportaciones sin derechos y con derechos
antidumping.
Tabla Nº A.I.6 Comparaciones de precios
PRODUCTO IMPORTADO
NACIONAL
DEPÓSITO DE IMPORTADOR
TERCER MERCADO
PRODUCTO REPRESENTATIVO
SEMIGLOSS 518 X
INGRESO MEDIO POR VENTAS DEL PRODUCTO
REPRESENTATIVO
TERMICO TOP S/OP
BOPP TRANSPARENTE TC X
SEMIGLOSS EN HOJAS 100 X 70
S/OP
TOTAL DE EXPORTACIONES ORIGEN CHILE A BRASIL
PRECIO MEDIO FOB + NACIONALIZACIÓN
INGRESO MEDIO POR VENTAS TOTALES DEL PRODUCTO NACIONAL
IMPORTACIONES ARGENTINA
TOTAL DE LAS EXPORTACIONES DE ORIGEN CHILE A LA ARGENTINA
PRECIO MEDIO FOB + NACIONALIZACIÓN CON DERECHO AD#
INGRESO MEDIO POR VENTAS TOTALES DEL PRODUCTO NACIONAL
OBSERVADO
#Se consideró para la nacionalización con derecho antidumping el derecho aplicado a RITRAMA, atento a que la misma explicó más del 90% de las exportaciones totales de papeles y films autoadhesivos de Chile hacia la Argentina.
En las siguientes tablas se presentan los precios medios FOB de los productos
importados equivalentes a los representativos nacionales importados por Brasil del
origen Objeto de Derechos, y del total de las exportaciones de origen CHILE de
papeles y films autoadhesivos:
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A.I. XII
Tabla Nº A.I.7 Precios medios FOB de los productos equivalentes a los modelos representativos de Papeles y films autoadhesivos origen Chile exportados a Brasil y del total de las exportaciones de papeles y films autoadhesivos
En US$/m2
SEMIGLOSS 518 BOPP TRANSPARENTE TC TOTAL DE EXPORTACIONES
2016 0,299 0,389 0,477
2017 0,299 0,398 0,492
Enero – noviembre 2018 0,30 0,434 0,484
Nota: cabe destacar que no se detectaron importaciones de los productos representativos a) SG en hojas 100 x 70 ni b) Térmico Top Nota: los códigos detectados en la base de importaciones fueron, en el caso de SEMIGLOSS 518 el – código 06770 (importado), y en el caso del BOPP Transparente TC, el código 03838. Fuente: Penta-transaction
Asimismo, se consideró realizar el ejercicio de comparar los ingresos medios
por venta del total de los papeles y films autoadhesivos versus los precios medios
FOB obtenidos del total de las importaciones para los mismos productos originarios de
Chile exportados a la Argentina. A continuación, se presentan los precios medios FOB
obtenidos:
Tabla Nº A.I.8 Precios medios FOB de los productos originarios de CHILE exportados a la Argentina
CHILE
2015 0,485
2016 0,450
2017 0,428
enero-junio 2017 0,425
enero-junio 2018 0,429
Fuente: DGA y expediente de referencia.
A continuación, se detalla la estructura de costos de nacionalización utilizada
por la CNCE en el expediente Nº 42/11, que diera origen a la presente revisión:
Tabla A.I.9 Costos de nacionalización de papeles y films autoadhesivos originarios de Chile.
CONCEPTO %
Flete (s/FOB) 3,4%
Seguro (s/FOB) 1,4%
Valor CIF
Derecho de Importación (s/CIF) 0%
Tasa de estadística (s/CIF) 0%
Gastos Portuarios 0,6%
Costo Nacionalizado
Coeficiente de nacionalización hasta depósito del importador 1,059
Fuente: DGA y expediente de referencia.
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A.I. XIII
Para cada año del periodo analizado se consideró el tipo de cambio promedio,
según la información publicada en htttp://www.bcra.gov.ar. A continuación, se
presenta el Tipo de Cambio considerado.
Tabla Nº A.I.10 Tipo de cambio
Periodo Tipo de cambio ($/US$)
2015 9,27
2016 14,77
2017 16,56
Enero-Noviembre 2017 16,45
Enero-Noviembre 2018 27,22
Fuente: BCRA.
El régimen arancelario actual11 correspondiente al producto bajo análisis, según
la NCM y los sufijos nacionales correspondientes al SIM, es el que se detalla en la
Tabla siguiente.
11 Cabe destacar que las posiciones 3919.10 y 3919.90 fueron alcanzadas por la VI Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, informándose en la Tabla Nº A.I.6 las posiciones actualmente vigentes. Adicionalmente, se vuelve a aclarar que a la fecha de elevación del presente informe no se cuenta con la nota de la DGA.
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A.I. XIV
Tabla Nº A.I.11 Régimen Arancelario de papeles y films autoadhesivos vigentes desde el 01/01/2015 hasta el 02/01/2018.
Posición
N.C.M./S.I.M.
Denominación AEC1 DIE2 DII3
3919 PLACAS, LÁMINAS, HOJAS, CINTAS, TIRAS Y DEMÁS FORMAS PLANAS, AUTOADHESIVAS, DE PLÁSTICO, INCLUSO EN ROLLOS.
3919.10.00 En rollos de anchura inferior o igual a 20 cm
3919.10.00.9 Los demás
3919.10.00.91 De polietileno
3919.10.00.911 De anchura superior o igual a 5 cm pero inferior o igual a 20 cm, con revestimiento anticorrosivo.
16 16 0
3919.10.00.919 Los demás “ “ “
3919.10.00.92 De polipropileno “ “ “
3919.10.00.929 Los demás “ “ “
3919.10.00.930 De poli(cloruro de vinilo) “ “ “
3919.10.00.940 De poliésteres “ “ “
3919.10.00.950 De acetato de celulosa “ “ “
3919.90.00 Las demás “ “ “
3919.90.00.1 De polietileno, sin imprimir, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular
“ “ “
3919.90.00.110 De anchura superior o igual a 21 cm pero inferior o igual a 120 cm, con revestimiento anticorrosivo
“ “ “
3919.90.00.19 Las demás “ “ “
3919.90.00.192 Productos alcanzados por la Res. 163/2005 SCT “ “ “
3919.90.00.199 Las demás “ “ “
3919.90.00.2 De polipropileno, sin imprimir, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular
“ “ “
3919.90.00.21 En rollos de anchura superior a 20 cm pero inferior o igual a 100 cm “ “ “
3919.90.00.211 De longitud inferior a 4000 m “ “ “
3919.90.00.212 De longitud superior o igual a 4000 m pero inferior a 4500 m “ “ “
3919.90.00.213 De longitud superior o igual a 4500 m pero inferior a 5000 m “ “ “
3919.90.00.214 De longitud superior o igual a 5000 m pero inferior a 5500 m “ “ “
3919.90.00.215 De longitud superior o igual a 5500 m pero inferior a 6000 m “ “ “
3919.90.00.216 De longitud superior o igual a 6000 m pero inferior a 6500 m “ “ “
3919.90.00.217 De longitud superior o igual a 6500 m pero inferior a 7000 m “ “ “
3919.90.00.219 Las demás “ “ “
3919.90.00.22 En rollos de anchura superior a 100 cm pero inferior o igual a 110 cm “ “ “
3919.90.00.221 De longitud inferior a 4000 m “ “ “
3919.90.00.222 De longitud superior o igual a 4000 m pero inferior a 4500 m “ “ “
3919.90.00.223 De longitud superior o igual a 4500 m pero inferior a 5000 m “ “ “
3919.90.00.224 De longitud superior o igual a 5000 m pero inferior a 5500 m “ “ “
3919.90.00.225 De longitud superior o igual a 5500 m pero inferior a 6000 m “ “ “
3919.90.00.226 De longitud superior o igual a 6000 m pero inferior a 6500 m “ “ “
3919.90.00.227 De longitud superior o igual a 6500 m pero inferior a 7000 m “ “ “
3919.90.00.229 Las demás “ “ “
3919.90.00.23 En rollos de anchura superior a 110 cm pero inferior o igual a 120 cm “ “ “
3919.90.00.231 De longitud inferior a 4000 m “ “ “
3919.90.00.232 De longitud superior o igual a 4000 m pero inferior a 4500 m “ “ “
3919.90.00.233 De longitud superior o igual a 4500 m pero inferior a 5000 m “ “ “
3919.90.00.234 De longitud superior o igual a 5000 m pero inferior a 5500 m “ “ “
3919.90.00.235 De longitud superior o igual a 5500 m pero inferior a 6000 m “ “ “
3919.90.00.236 De longitud superior o igual a 6000 m pero inferior a 6500 m “ “ “
3919.90.00.237 De longitud superior o igual a 6500 m pero inferior a 7000 m “ “ “
3919.90.00.239 Las demás “ “ “
3919.90.00.24 En rollos de anchura superior a 120 cm pero inferior o igual a 130 cm “ “ “
3919.90.00.241 De longitud inferior a 4000 m “ “ “
3919.90.00.242 De longitud superior o igual a 4000 m pero inferior a 4500 m “ “ “
3919.90.00.243 De longitud superior o igual a 4500 m pero inferior a 5000 m “ “ “
3919.90.00.244 De longitud superior o igual a 5000 m pero inferior a 5500 m “ “ “
3919.90.00.245 De longitud superior o igual a 5500 m pero inferior a 6000 m “ “ “
3919.90.00.246 De longitud superior o igual a 6000 m pero inferior a 6500 m “ “ “
3919.90.00.247 De longitud superior o igual a 6500 m pero inferior a 7000 m “ “ “
3919.90.00.249 Las demás “ “ “
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A.I. XV
Tabla Nº A.I.11 (Cont.) Régimen Arancelario de papeles y films autoadhesivos vigentes desde el 01/01/2015 hasta el 02/01/2018
Posición
N.C.M./S.I.M.
Denominación AEC1 DIE2 DII3
3919.90.00.25 En rollos de anchura superior a 130 cm pero inferior o igual a 140 cm “ “ “
3919.90.00.251 De longitud inferior a 4000 m “ “ “
3919.90.00.252 De longitud superior o igual a 4000 m pero inferior a 4500 m “ “ “
3919.90.00.253 De longitud superior o igual a 4500 m pero inferior a 5000 m “ “ “
3919.90.00.254 De longitud superior o igual a 5000 m pero inferior a 5500 m “ “ “
3919.90.00.255 De longitud superior o igual a 5500 m pero inferior a 6000 m “ “ “
3919.90.00.256 De longitud superior o igual a 6000 m pero inferior a 6500 m “ “ “
3919.90.00.257 De longitud superior o igual a 6500 m pero inferior a 7000 m “ “ “
3919.90.00.259 Las demás “ “ “
3919.90.00.26 En rollos de anchura superior a 140 cm pero inferior o igual a 150 cm “ “ “
3919.90.00.261 De longitud inferior a 4000 m “ “ “
3919.90.00.262 De longitud superior o igual a 4000 m pero inferior a 4500 m “ “ “
3919.90.00.263 De longitud superior o igual a 4500 m pero inferior a 5000 m “ “ “
3919.90.00.264 De longitud superior o igual a 5000 m pero inferior a 5500 m “ “ “
3919.90.00.265 De longitud superior o igual a 5500 m pero inferior a 6000 m “ “ “
3919.90.00.266 De longitud superior o igual a 6000 m pero inferior a 6500 m “ “ “
3919.90.00.267 De longitud superior o igual a 6500 m pero inferior a 7000 m “ “ “
3919.90.00.269 Las demás “ “ “
3919.90.00.27 En rollos de anchura superior a 150 cm pero inferior o igual a 160 cm “ “ “
3919.90.00.271 De longitud inferior a 4000 m “ “ “
3919.90.00.272 De longitud superior o igual a 4000 m pero inferior a 4500 m “ “ “
3919.90.00.273 De longitud superior o igual a 4000 m pero inferior a 4500 m “ “ “
3919.90.00.274 De longitud superior o igual a 4000 m pero inferior a 4500 m “ “ “
3919.90.00.275 De longitud superior o igual a 5500 m pero inferior a 6000 m “ “ “
3919.90.00.276 De longitud superior o igual a 6000 m pero inferior a 6500 m “ “ “
3919.90.00.277 De longitud superior o igual a 6500 m pero inferior a 7000 m “ “ “
3919.90.00.279 Las demás “ “ “
3919.90.00.28 Las demás, en rollos “ “ “
3919.90.00.281 De longitud inferior a 4000 m “ “ “
3919.90.00.282 De longitud superior o igual a 4000 m pero inferior a 4500 m “ “ “
3919.90.00.283 De longitud superior o igual a 4500 m pero inferior a 5000 m “ “ “
3919.90.00.284 De longitud superior o igual a 5000 m pero inferior a 5500 m “ “ “
3919.90.00.285 De longitud superior o igual a 5500 m pero inferior a 6000 m “ “ “
3919.90.00.286 De longitud superior o igual a 6000 m pero inferior a 6500 m “ “ “
3919.90.00.287 De longitud superior o igual a 6500 m pero inferior a 7000 m “ “ “
3919.90.00.289 Las demás “ “ “
3919.90.00.29 Las demás “ “ “
3919.90.00.299 Las demás “ “ “
3919.90.00.3 De poli(cloruro de vinilo), sin imprimir, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular
“ “ “
3919.90.00.320 Productos alcanzados por la Res. 163/2005 SCT “ “ “
3919.90.00.39 Las demás “ “ “
3919.90.00.399 Las demás “ “ “
3919.90.00.4 De poliésteres, sin imprimir, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular
“ “ “
3919.90.00.420 Productos alcanzados por la Res. 163/2005 SCT “ “ “
3919.90.00.490 Las demás “ “ “
3919.90.00.5 De acetato de celulosa, sin imprimir, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular
“ “ “
3919.90.00.520 Productos alcanzados por la Res. 163/2005 SCT “ “ “
3919.90.00.590 Las demás “ “ “
3919.90.00.9 Las demás “ “ “
3919.90.00.92 Las demás, sin imprimir, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectángular
“ “ “
3919.90.00.921 Productos alcanzados por la Res. 163/2005 SCT “ “ “
3919.90.00.929 Las demás “ “ “
1 Arancel Externo Común 2 Derecho de Importación Extrazona 3 Derecho de Importación Intrazona Fuente: www.tarifar.com (02/11/2018)
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A.I. XVI
Tabla Nº A.I.11 (Cont.): Régimen Arancelario Actual de papeles y films autoadhesivos con vigencia desde el 03/01/2018 hasta la fecha.
Posición
N.C.M./S.I.M.
Denominación AEC1 DIE2 DII3
3919 PLACAS, LÁMINAS, HOJAS, CINTAS, TIRAS Y
DEMÁS FORMAS PLANAS, AUTOADHESIVAS, DE
PLÁSTICO, INCLUSO EN ROLLOS.
3919.10 -En rollos de anchura inferior o igual a 20 cm 16 16 0
3919.10.10 De polipropileno “ “ “
3919.10.10.9 Las demás “ “ “
3919.10.10.990 Las demás “ “ “
3919.10.10.20 De poli(cloruro de vinilo) “ “ “
3919.10.20.900 Las demás “ “ “
3919.10.90.19 Las demás “ “ “
3919.10.90.191 De anchura superior o igual a 5 cm pero inferior o igual a 20 cm, con revestimiento anticorrosivo.
“ “ “
3919.10.90.199 Las demás “ “ “
3919.10.90.2 De poliésteres “ “ “
3919.10.90.290 Las demás “ “ “
3919.10.90.3 De acetato de celulosa “ “ “
3919.10.90.390 Las demás “ “ “
3919.10.90.9 Las demás “ “ “
3919.10.90.990 Las demás “ “ “
3919.90 Las demás “ “ “
3919.90.10 De polipropileno “ “ “
3919.90.10.110 En rollos “ “ “
3919.90.10.192 Productos alcanzados por la Res. 163/2005 SCT “ “ “
3919.90.10.199 Las demás “ “ “
3919.90.20 De poli(cloruro de vinilo) “ “ “
3919.90.20.1 Sin imprimir, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular
“ “ “
3919.90.20.120 Productos alcanzados por la Res. 163/2005 SCT “ “ “
3919.90.20.19 Las demás “ “ “
3919.90.20.199 Las demás “ “ “
3919.90.90 Las demás “ “ “
3919.90.90.1 De polietileno “ “ “
3919.90.90.11 Sin imprimir, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular
“ “ “
3919.90.90.111 En rollos de anchura superior a 20 cm pero inferior o igual a 120 cm, con revestimiento anticorrosivo
“ “ “
3919.90.90.113 Productos alcanzados por la Res. 163/2005 SCT “ “ “
3919.90.90.119 Las demás “ “ “
3919.90.90.2 De poliésteres “ “ “
3919.90.90.21 Sin imprimir, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular
“ “ “
3919.90.90.212 Productos alcanzados por la Res. 163/2005 SCT “ “ “
3919.90.90.219 Las demás “ “ “
3919.90.90.3 De acetato de celulosa “ “ “
3919.90.90.312 Productos alcanzados por la Res. 163/2005 SCT “ “ “
3919.90.90.319 Las demás “ “ “
3919.90.90.9 Las demás “ “ “
3919.90.90.92 Las demás, sin imprimir, en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular
“ “ “
3919.90.90.921 Productos alcanzados por la Res. 163/2005 SCT “ “ “
3919.90.90.929 Las demás “ “ “
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A.I. XVII
Tabla Nº A.I.11 (Cont.): Régimen Arancelario Actual de papeles y films autoadhesivos con vigencia desde el 03/01/2018 hasta la fecha.
Posición
N.C.M./S.I.M.
Denominación AEC1 DIE2 DII3
4811
PAPEL, CARTÓN, GUATA DE CELULOSA Y NAPA DE
FIBRAS DE CELULOSA, ESTUCADOS,
RECUBIERTOS, IMPREGNADOS O
REVESTIDOS, COLOREADOS O DECORADOS EN LA
SUPERFICIE O IMPRESOS, EN BOBINAS (ROLLOS)
O EN HOJAS DE FORMA CUADRADA O
RECTANGULAR, DE CUALQUIER TAMAÑO,
EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LOS TIPOS
DESCRITOS EN EL TEXTO DE LAS PARTIDAS 48.03,
48.09 Y 48.10.
“ “ “
4811.4 Papel y cartón engomados o adhesivos: “ “ “
4811.41 Autoadhesivos “ “ “
4811.41.10 En tiras o en bobinas (rollos) de anchura inferior o igual a 15 cm o en hojas en las que ningún lado sea superior a 360 mm, medidos sin plegar
“ “ “
4811.41.10.1 En bobinas “ “ “
4811.41.10.110 Papel o cartón de la partida 48.02 “ “ “
4811.41.10.120 Papel o cartón de la partida 48.10 “ “ “
4811.41.10.130 Papel termosensible “ “ “
4811.41.10.190 Los demás “ “ “
4811.41.10.2 En hojas cuadradas o rectangulares “ “ “
4811.41.10.210 Papel o cartón de la partida 48.02 “ “ “
4811.41.10.220 Papel o cartón de la partida 48.10 “ “ “
4811.41.10.230 Papel termosensible “ “ “
4811.41.10.290 Los demás “ “ “
4811.41.90.000 Los demás “ “ “ 1 Arancel Externo Común 2 Derecho de Importación Extrazona 3 Derecho de Importación Intrazona Fuente: www.tarifar.com (25/07/2019)
Para el período observado, tanto el Arancel Externo Común (AEC) como el
Derecho de Importación Extrazona (DIE) no presentaron evolución, siendo los
aranceles los presentados en las siguientes tablas:
Con respecto a la tasa de estadística, la misma no sufrió modificaciones
durante el período analizado, siendo de 0,5 puntos en montos entre U$S 50 y U$S
500, según los respectivos valores CIF. Asimismo, cabe destacar que las
importaciones originarias de los Estados miembros del MERCOSUR quedaron
exceptuadas del pago de la tasa de estadística por el Decreto Nº 389/95.
En lo que respecta al Régimen de Origen, debe señalarse que para el
comercio intrazona de las mercaderías bajo análisis es aplicable el Régimen de
Origen establecido por la Decisión 18/03 del Consejo del Mercado Común del
MERCOSUR y los Protocolos Adicionales VII y XXII al AAPCE Nº 18, en tanto que las
importaciones originarias de Extrazona quedan sujetas al Régimen de Origen
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A.I. XVIII
dispuesto por la Resolución ex - MEYOSP Nº 763/96 si se dan los supuestos previstos
en su artículo 2º, incisos a9, b) y c).12
Dichas posiciones arancelarias cuentan con Licencias automáticas de
importación.
Por Nota Externa Nº 91/08 de la Dirección General de Aduanas, se publican los
valores criterio que alcanzan a las posiciones arancelarias referidas anteriormente. La
fecha de entrada en vigencia de la presente nota es el 20 de octubre de 2008. Dichos
valores criterio se detallan en la siguiente tabla
Tabla Nº A.I.12: Valores criterio vigentes para las papeles y films autoadhesivos
Posición
Arancelaria Producto
Valor
U$S Unidad
Grupo de
Paises*1
3919.10.00 Placas, láminas, hojas, cintas, tiras y demás formas planas, autoadhesivas, de poli(cloruro de vinilo), en rollos de anchura inferioir o igual a 20 cm.
2,55 Kg. GR1
3919.10.00 Placas, láminas, hojas, cintas, tiras y demás formas planas, autoadhesivas, de poli(cloruro de vinilo), en rollos de anchura inferioir o igual a 20 cm.
3,10 Kg. GR3
3919.10.00 Placas, láminas, hojas, cintas, tiras y demás formas planas, autoadhesivas, de poli(cloruro de vinilo), en rollos de anchura inferior o igual a 20 cm.
3,80 Kg. GR2
3919.10.00 Placas, láminas, hojas, cintas, tiras y demás formas planas, autoadhesivas, de poli(cloruro de vinilo), en rollos de anchura inferior o igual a 20 cm.
3,50 Kg. GR4
3919.10.00 Placas, láminas, hojas, cintas, tiras y demás formas planas, autoadhesivas, de polipropileno, en rollos de anchura inferior o igual a 20 cm.
2,80 Kg. GR4
3919.90.00 Placas, láminas, hojas, cintas, tiras y demás formas planas, autoadhesivas, de polipropileno, en rollos de anchura superior a 20 cm.
2,45 Kg. GR4
4811.41.90 Papel y cartón autoadhesivos, en tiras o bobinas de anchura superior a 15 cm o en hojas en las que por lo menos uno de los lados sea superior o igual a 360 mm, medidos sin plegar, estucados, recubiertos, impregnados o revestidos, coloreados o decorados en la superficie o impresos.
1,80 Kg. GR2
Nota: Grupo de países 1: Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Uruguay. Grupo de países 2: Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Holanda, Italia, Japón y Portugal. Grupo de países 3: Canadá, Estados Unidos y México. Grupo de países 4: Corea Democrática, Corea Republicana, China, Filipinas, Hong Kong, India, Indonesia, Malasia, Pakistán, Taipei chino, Tailandia, Singapur y Vietnam.
12 El artículo 2º de la resolución ex MEYOSP Nº 763/96 establece que la Autoridad de Aplicación podrá disponer la presentación de un Certificado de Origen en los siguientes casos:
a) Cuando el origen de la mercadería cuya importación para consumo se solicita de derecho a la aplicación de preferencias arancelarias o tratamientos diferenciales, incluso en las importaciones de mercaderías originarias de países sin derecho a recibir el trato de Nación Más Favorecida pero que lo gozan en virtud de una decisión unilateral de la República Argentina, quedando excluidos los supuestos contemplados en el artículo 3º (importaciones de mercaderías originarias de los países integrantes del Mercado Común del Sur – MERCOSUR – o de la Asociación Latinoamericana de Integración – ALADI – con los cuales la República Argentina hubiere suscripto Acuerdos de Complementación Económica, las que se ajustarán a los requisitos de origen que se hubieren convenido en dichos Acuerdos).
b) Cuando la mercadería este sujeta a la aplicación de derechos antidumping, compensatorios o específicos o medidas de salvaguardia, quedando también contempladas las importaciones sujetas a dichos tratamientos en razón de ser originarias de países a los que no se otorga el trato de Nación Más Favorecida.
c) Cuando el origen de la mercadería deba acreditarse a los fines estadísticos.
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A.I. XIX
Cabe aclarar que dichas posiciones arancelarias están alcanzadas por el
Acuerdo de Complementación Económica Nº 35, con una preferencia arancelaria del
100% para el origen objeto de medidas.
Cuadro Nº 8: Consumo Aparente
Para el cálculo del consumo aparente, en m2, como ventas de producción
nacional se consideraron, por un lado, las ventas informadas por AVERY y como
ventas del resto de los productores a la producción netas de exportaciones (para los
períodos para los que se cuenta con dicha información). Como ventas de
importaciones, tanto de los orígenes Objeto de Derechos como desde los orígenes no
Objeto de Derechos, se consideraron las importaciones informadas en el Cuadro Nº
5.1., ajustadas por las ventas de importaciones de AVERY.
Cuadro Nº 9: Relación Importaciones/Producción nacional
La relación entre las importaciones objeto de solicitud y la producción nacional
de papeles y films autoadhesivos fue calculada como el cociente de ambas variables
(Cuadros Nº 5.1 y Nº 1).
2019 . Año de la Exportación
En algunos cuadros de este informe se utilizan algunas de las siguientes convenciones:
q General
r s/d: Sin dato.r s/op: Sin operación. Corresponde a cuadros de Precios, en cantidades y valores corresponde "0".r n/c:
r d/c: Dato contradictorio.r s/v: Sin variación.r
-
q Participaciones
r
q Confidencialidad
r
q Variaciones
r Las variaciones corresponden al mismo período de cada año, excepto especificaciones particulares.
q Periodo de Referencia
r El período de referencia se muestra en el área sombreada.
No corresponde. Se refiere a periodos donde la empresa no fabricaba aún el producto o modelo en
cuestión. En la práctica puede ser "0" ó "s/op" pero dicho resultado no deriva de fluctuaciones
económicas o estacionales sino de la ausencia de producción.
En la versión confidencial de este informe se presenta en itálica y negrita la información confidencial. En la
versión pública de este informe, que se incorpora al expediente, dicha información se presenta con
asteriscos.
La suma de las participaciones puede no coincidir con los totales y subtotates por razones de redondeo.
No se puede efectuar el cálculo. Se aplica en casos en que el cálculo resulta en una indeterminación -
ej. Cociente con divisor cero- o donde los datos no permiten efectuar la operación -ej. Cociente entre
dato no numérico y número-.
2019 - Año de la Exportación
CUADRO Nº 1.a
PETICIONANTE: AVERY
Año 2011 Año 2012 Año 2013 Año 2014 Año 2015 Año 2016 Año 2017 Ene-Nov 2017 Ene-Nov 2018Var. Año 2013 /
Año 2012
Var. Año 2014 /
Año 2013
Var. Año 2015 /
Año 2014
Var. Año 2016 / Año
2015
Var. Año 2017 /
Año 2016
Var. ene-nov 2018 /
ene-nov 2017
78.584.033 86.043.570 86.697.895 94.653.826 88.047.874 83.549.011 76.710.000 70.410.000 9% 1% 9% -7% -5% -8%
68.838.237 76.763.570 77.097.895 84.563.826 76.329.874 75.669.011 69.458.941 59.570.070 12% 0,4% 10% -10% -1% -14%
88 89 89 89 87 91 91 85
2.923.608 3.564.658 3.571.508 4.934.565 4.234.240 3.660.759 3.019.035 3.956.916 4.204.882 0,19% 38% -14% -14% -18% 6%
53.786.594 59.713.129 55.739.726 67.315.654 60.439.471 60.032.316 55.235.982 45.085.097 11% -7% 21% -10% -1% -18%
181.070.119 244.670.812 367.913.227 507.028.010 694.800.753 729.586.336 671.541.401 933.082.654 35% 50% 38% 37% 5% 39%
3,37 4,10 6,60 7,53 11,50 12,15 12,16 20,70 22% 61% 14% 53% 6% 70%
0,8 0,7 1,1 0,8 0,7 0,6 0,8 1,0
12.030.890 13.290.828 17.379.317 13.881.122 13.322.757 13.572.155 12.580.889 12.122.423 10% 31% -20% -4% 2% -4%
17 17 23 16 17 18 18 20
s/d s/d s/d 13.902.720 13.477.947 14.450.153 13.383.924 12.369.819 - - - -3% 7% -8%
- - - 15 15 17 17 18
131.400.000 138.400.000 142.900.000 144.875.000 148.720.000 153.900.000 141.075.000 141.075.000 5% 3% 1% 3% 3% s/v
60 62 61 65 59 54 54 50
74.000.000 81.000.000 86.500.000 86.500.000 87.000.000 87.500.000 80.210.000 80.210.000 9% 7% s/v 1% 1% s/v
93 95 89 98 88 86 87 74
97 93 88 94 98 91 92 88 -4% -5% 7% 4% -7% -4%
11.485.055 14.348.941 16.319.540 23.940.923 32.506.539 40.797.189 40.019.427 44.233.916 25% 14% 47% 36% 26% 11%
9.867 12.857 15.454 21.224 27.642 37.360 39.545 45.696 30% 20% 37% 30% 35% 16%
59.139 68.785 73.009 74.968 64.906 69.294 68.635 61.539 16% 6% 3% -13% 7% -10%
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia y DGA.
Promedio Anual de Salarios Abonados ($)
Producto Físico Medio del Empleo (en m2 por empleado por mes)
Salario medio Mensual (en $ por empleado)
Grado de utilización de la capacidad de Producción de AVERY (en porcentajes)
Cantidad de Empleados: Área de producción
Empleo de AVERY
Coeficiente de exportación nacional (en porcentajes)
Capacidad de Producción Nacional (en m2)
Capacidad de Producción de AVERY (en m2)
Grado de utilización de la capacidad de Producción Nacional (en porcentajes)
,
Exportaciones TOTAL NACIONAL (en m2)
Existencias de AVERY (en m2)
Ventas al Mercado Interno de AVERY
En m2
Exportaciones de AVERY (en m2)
En valores ($)
Participación de la producción de AVERY (en porcentajes)
Coeficiente de exportación de AVERY (en porcentajes)
CONDICIÓN DE LA INDUSTRIA: PRODUCCIÓN, VENTAS, EXISTENCIAS, EXPORTACIONES, CAPACIDAD DE PRODUCCIÓN y EMPLEO DE PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS
Producción Nacional (en m2)
Relación existencias/ ventas (en meses de ventas promedio)
Ingreso Medio ($ por m2)
Producción de AVERY / Total Nacional (en m2)
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 1.bProducción de PAPELES Y FILMS
En m2
a. Anual
PERÍODOAVERY DENNISON DE
ARGENTINA S.R.L.
PAPELBRIL
S.A.C.I.
FUSION SAN LUIS
S.A.RESTO TOTAL NACIONAL
2015 84.563.826 5.130.000 2.130.000 2.830.000 94.653.826
2016 76.329.874 7.328.000 1.890.000 2.500.001 88.047.874
2017 75.669.011 3.080.000 2.060.000 2.740.001 83.549.011
Enero-Noviembre 2017 69.458.941 2.850.000 1.900.000 2.501.060 76.710.000
Enero - Noviembre 2018 59.570.070 2.752.000 1.858.000 6.229.930 70.410.000
Var. 2016 / 2015 -10% 43% -11% -12% -7%
Var. 2017 / 2016 -1% -58% 9% 10% -5%
Var. Enero - Noviembre 2018 / Enero-Noviembre 2017 -14% -3% -2% 149% -8%
b. Participación. En porcentajes
PERÍODOAVERY DENNISON DE
ARGENTINA S.R.L.
PAPELBRIL
S.A.C.I.
FUSION SAN LUIS
S.A.RESTO TOTAL NACIONAL
2015 89 5 2 3 100
2016 87 8 2 3 100
2017 91 4 2 3 100
Enero-Noviembre 2017 91 4 2 3 100
Enero - Noviembre 2018 85 4 3 9 100
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia.
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 1.c
Capacidad de Producción y Grado de utilzación de PAPELES Y FILMS
En m2
a. Anual
PERÍODOAVERY DENNISON DE
ARGENTINA S.R.L.PAPELBRIL S.A.C.I.
FUSION SAN LUIS
S.A.RESTO TOTAL NACIONAL
2015 86.500.000 12.000.000 10.500.000 35.875.000 144.875.000
2016 87.000.000 13.200.000 11.000.000 37.520.000 148.720.000
2017 87.500.000 14.400.000 12.000.000 40.000.000 153.900.000
Enero-Noviembre 2017 80.210.000 13.200.000 11.000.000 36.665.000 141.075.000
Enero - Noviembre 2018 80.210.000 13.200.000 11.000.000 36.665.000 141.075.000
Var. 2016 / 2015 1% 10% 5% 5% 3%
Var. 2017 / 2016 1% 9% 9% 7% 3%
Var. Enero - Noviembre 2018 / Enero-Noviembre 2017 s/v s/v s/v s/v s/v
b. Grado de utilzación de la capacidad de producción en porcentajes
PERÍODOAVERY DENNISON DE
ARGENTINA S.R.L.PAPELBRIL S.A.C.I.
FUSION SAN LUIS
S.A.RESTO TOTAL NACIONAL
2015 98 43 20 8 65
2016 88 56 17 7 59
2017 86 21 17 7 54
Enero-Noviembre 2017 87 22 17 7 54
Enero - Noviembre 2018 74 21 17 17 50
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia.
2019 - Año de la Exportación
Cuadro N° 2.1
EMPRESA: AVERY DENNISON DE ARGENTINA S.R.L.
Estructura de costos de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS - SEMIGLOSS 518
Este producto representó aproximadamente el 14% en la facturación total del producto similar en 2017.
En pesos por M2.
Concepto Part. Part. Part. Part.Pesos s/CMU Pesos s/CMU Pesos s/CMU Pesos s/CMU 2016/2015 2017/2016 2018/2017
Insumos nacionales *** 17% *** 17% *** 19% *** 20% 34% 26% 77%
Adhesivo base acrílica *** 15% *** 14% *** 16% *** 17% 32% 23% 76%
Otros Packaging y Tinta p/dorso *** 2% *** 2% *** 3% *** 3% 48% 46% 81%
Insumos importados *** 47% *** 46% *** 44% *** 44% 38% 6% 68%
Face *** 26% *** 24% *** 21% *** 22% 30% -2% 74%
Liner *** 19% *** 20% *** 20% *** 20% 47% 15% 63%
Siliconas solvent less *** 2% *** 3% *** 3% *** 2% 51% 7% 60%
Mano de obra directa *** 4% *** 4% *** 5% *** 4% 45% 25% 40%
Costos variables de fabricación *** 4% *** 4% *** 3% *** 4% 41% 3% 81%
Energía eléctrica *** 1% *** 1% *** 1% *** 1% 110% 24% 106%
Combustibles *** 0,08% *** 0,09% *** 0,08% *** 0,08% 50% s/v 67%
Desperdicios *** 3% *** 2% *** 2% *** 2% 25% 1% 71%
Otros costos variables de fabricación *** 0,2% *** 0,2% *** 0,01% *** 0,01% 38% -91% 0%Royalties *** 2% *** 2% *** 2% *** 2% 45% s/v 54%
TOTAL COSTOS VARIABLES *** 75% *** 73% *** 73% *** 74% 38% 11% 69%
Costos fijos de Fabricación *** 11% *** 13% *** 13% *** 12% 66% 8% 60%
Mano de obra indirecta *** 5% *** 5% *** 6% *** 5% 47% 28% 42%
Otros Costos fijos de producción *** 6% *** 8% *** 7% *** 7% 80% -5% 76%Otros (administ.,comerc, etc.) *** 14% *** 14% *** 14% *** 14% 37% 13% 71%
TOTAL COSTOS FIJOS *** 25% *** 27% *** 27% *** 26% 50% 10% 65%
COSTO MEDIO UNITARIO *** 100% *** 100% *** 100% *** 100% 41% 11% 68%
PRECIO DE VENTA 5,47 7,87 7,99 12,31 44% 2% 54%
RELACION PRECIO/COSTO *** *** *** ***
Fuente: CNCE basándose en la información obrante en el expediente de referencia.
Variaciones Porcentuales20172015 2016 Enero - Noviembre 2018
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 2.1 (Cont.)
Diferencias en valores absolutos Calculadas en base a la estructura de costos en pesos.
$ Participación $ Participación
Insumos Importados *** 44% Insumos Nacionales *** 39%
Costos Fijos de Fabricación *** 18% Insumos Importados *** 25%
Insumos Nacionales *** 15% Otros Costos *** 15%
Otros Costos *** 13% Mano de Obra Directa *** 10%
Mano de Obra Directa *** 5% Costos Fijos de Fabricación *** 10%
Costos Var. de Fabricación *** 4% Costos Var. de Fabricación *** 1%
Royalties *** 2% Royalties *** 0%
VARIACIONES POSITIVAS *** 100% VARIACIONES POSITIVAS *** 100%
VARIACIONES NEGATIVAS *** *** VARIACIONES NEGATIVAS *** ***
VARIACIÓN NETA *** VARIACIÓN NETA ***
$ Participación
Insumos Importados *** 44%
Insumos Nacionales *** 21%
Otros Costos *** 14%
Costos Fijos de Fabricación *** 11%
Costos Var. de Fabricación *** 4%
Mano de Obra Directa *** 3%
Royalties *** 2%
VARIACIONES POSITIVAS *** 100%
VARIACIONES NEGATIVAS *** ***
VARIACIÓN NETA ***
Fuente: CNCE basándose en la información obrante en el expediente de referencia.
2016/2015 2017/2016
2018/2017
2019 - Año de la Exportación
Cuadro N° 2.2
EMPRESA: AVERY DENNISON DE ARGENTINA S.R.L.
Estructura de costos de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS - HOJAS 1 X 70
Este producto representó aproximadamente el 3% en la facturación total del producto similar en 2017.
En pesos por M2.
Concepto Part. Part. Part. Part.
Pesos s/CMU Pesos s/CMU Pesos s/CMU Pesos s/CMU 2016/2015 2017/2016 2018/2017
Insumos nacionales *** 19% *** 18% *** 19% *** 19% 45% 22% 61%
Adhesivo base acrílica *** 15% *** 14% *** 14% *** 14% 41% 19% 58%
Otros Packaging y Tinta p/dorso *** 4% *** 4% *** 5% *** 5% 58% 33% 68%
Insumos importados *** 47% *** 47% *** 46% *** 47% 51% 11% 67%
Face *** 21% *** 21% *** 19% *** 19% 48% 5% 61%
Liner *** 23% *** 24% *** 24% *** 26% 54% 16% 72%
Siliconas solvent less *** 2% *** 2% *** 2% *** 2% 44% 11% 63%
Mano de obra directa *** 4% *** 4% *** 4% *** 4% 45% 25% 40%
Costos variables de fabricación *** 4% *** 3% *** 3% *** 3% 49% 4% 76%
Energía eléctrica *** 1% *** 1% *** 1% *** 1% 110% 24% 106%
Combustibles *** 0,1% *** 0,1% *** 0,1% *** 0,1% 50% s/v 67%
Desperdicios *** 3% *** 2% *** 2% *** 2% 36% 4% 65%
Otros costos variables de fabricación *** 0,2% *** 0,1% *** 0,01% *** 0,01% 38% -91% s/v
Royalties *** 2% *** 2% *** 2% *** 2% 33% s/v 37%
TOTAL COSTOS VARIABLES *** 75% *** 74% *** 75% *** 75% 48% 14% 63%
Costos fijos de Fabricación *** 11% *** 12% *** 11% *** 11% 66% 8% 60%
Mano de obra indirecta *** 5% *** 5% *** 5% *** 4% 47% 28% 42%
Otros Costos fijos de producción *** 6% *** 7% *** 6% *** 7% 80% -5% 76%
Otros (administ.,comerc, etc.) *** 14% *** 14% *** 14% *** 14% 49% 15% 65%
TOTAL COSTOS FIJOS *** 25% *** 26% *** 25% *** 25% 56% 12% 63%
COSTO MEDIO UNITARIO *** 100% *** 100% *** 100% *** 100% 50% 13% 63%
PRECIO DE VENTA 6,29 8,31 8,63 11,93 32% 4% 38%
RELACION PRECIO/COSTO *** *** *** ***
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia.
2015 2016 2017 Enero - Noviembre 2018 Variaciones Porcentuales
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 2.2 (Cont.)
Diferencias en valores absolutos Calculadas en base a la estructura de costos en pesos.
$ Participación $ Participación
Insumos Importados *** 47% Insumos Importados *** 38%
Insumos Nacionales *** 17% Insumos Nacionales *** 30%
Costos Fijos de Fabricación *** 14% Otros Costos *** 16%
Otros Costos *** 14% Mano de Obra Directa *** 7%
Mano de Obra Directa *** 4% Costos Fijos de Fabricación *** 7%
Costos Var. de Fabricación *** 3% Costos Var. de Fabricación *** 1%
Royalties *** 2% Royalties *** 1%
VARIACIONES POSITIVAS *** 100% VARIACIONES POSITIVAS *** 100%
VARIACIONES NEGATIVAS ___ ___ VARIACIONES NEGATIVAS ___ ___
VARIACIÓN NETA *** VARIACIÓN NETA ***
$ Participación
Insumos Importados *** 49%
Insumos Nacionales *** 18%
Otros Costos *** 15%
Costos Fijos de Fabricación *** 11%
Costos Var. de Fabricación *** 4%
Mano de Obra Directa *** 3%
Royalties *** 1%
VARIACIONES POSITIVAS *** 100%
VARIACIONES NEGATIVAS ___ ___
VARIACIÓN NETA ***
Fuente: CNCE basándose en la información obrante en el expediente de referencia.
2016/2015 2017/2016
2018/2017
2019 - Año de la Exportación
Cuadro N° 2.3
EMPRESA: AVERY DENNISON DE ARGENTINA S.R.L.
Estructura de costos de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS - TERMICO TOP
Este producto representó aproximadamente el 9% en la facturación total del producto similar en 2017.
En pesos por M2.
Concepto Part. Part. Part. Part.
Pesos s/CMU Pesos s/CMU Pesos s/CMU Pesos s/CMU 2016/2015 2017/2016 2018/2017
Insumos nacionales *** 16% *** 15% *** 15% *** 14% 42% 20% 56%
Adhesivo base acrílica *** 14% *** 13% *** 14% *** 12% 41% 16% 52%
Otros Packaging y Tinta p/dorso *** 1% *** 1% *** 2% *** 2% 46% 53% 86%
Insumos importados *** 50% *** 51% *** 51% *** 53% 53% 14% 78%
Face *** 30% *** 31% *** 32% *** 35% 56% 17% 86%
Liner *** 18% *** 18% *** 17% *** 16% 51% 10% 65%
Siliconas solvent less *** 2% *** 2% *** 2% *** 2% 45% 8% 59%
Mano de obra directa *** 4% *** 4% *** 4% *** 3% 45% 25% 40%
Costos variables de fabricación *** 3% *** 3% *** 3% *** 3% 50% 5% 81%
Energía eléctrica *** 1% *** 1% *** 1% *** 1% 110% 24% 106%
Combustibles *** 0,1% *** 0,1% *** 0,1% *** 0,1% 50% s/v 67%
Desperdicios *** 3% *** 3% *** 2% *** 2% 39% 5% 73%
Otros costos variables de fabricación *** 0,1% *** 0,1% *** 0,010% *** 0,006% 38% -91% s/v
Royalties *** 2% *** 2% *** 2% *** 2% 54% s/v 70%
TOTAL COSTOS VARIABLES *** 76% *** 75% *** 75% *** 76% 50% 15% 71%
Costos fijos de Fabricación *** 10% *** 11% *** 10% *** 10% 66% 8% 60%
Mano de obra indirecta *** 4% *** 4% *** 5% *** 4% 47% 28% 42%
Otros Costos fijos de producción *** 6% *** 7% *** 5% *** 6% 80% -5% 76%
Otros (administ.,comerc, etc.) *** 14% *** 14% *** 15% *** 15% 51% 17% 73%
TOTAL COSTOS FIJOS *** 24% *** 25% *** 25% *** 24% 57% 13% 68%
COSTO MEDIO UNITARIO *** 100% *** 100% *** 100% *** 100% 52% 14% 70%
PRECIO DE VENTA 6,71 9,90 10,16 16,93 48% 3% 67%
RELACION PRECIO/COSTO *** *** *** ***
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia.
2015 2016 2017 Enero - Noviembre 2018 Variaciones Porcentuales
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 2.3 (Cont.)
Diferencias en valores absolutos Calculadas en base a la estructura de costos en pesos.
$ Participación $ Participación
Insumos Importados *** 52% Insumos Importados *** 50%
Otros Costos *** 14% Insumos Nacionales *** 20%
Insumos Nacionales *** 13% Otros Costos *** 16%
Costos Fijos de Fabricación *** 12% Mano de Obra Directa *** 6%
Costos Var. de Fabricación *** 3% Costos Fijos de Fabricación *** 6%
Mano de Obra Directa *** 3% Costos Var. de Fabricación *** 1%
Royalties *** 2% Royalties *** 0%
VARIACIONES POSITIVAS *** 100% VARIACIONES POSITIVAS *** 100%
VARIACIONES NEGATIVAS *** *** VARIACIONES NEGATIVAS *** ***
VARIACIÓN NETA *** VARIACIÓN NETA ***
$ Participación
Insumos Importados *** 56%
Otros Costos *** 15%
Insumos Nacionales *** 12%
Costos Fijos de Fabricación *** 9%
Costos Var. de Fabricación *** 4%
Mano de Obra Directa *** 2%
Royalties *** 2%
VARIACIONES POSITIVAS *** 100%
VARIACIONES NEGATIVAS *** ***
VARIACIÓN NETA ***
Fuente: CNCE basándose en la información obrante en el expediente de referencia.
2016/2015 2017/2016
2018/2017
2019 - Año de la Exportación
Cuadro N° 2.4
EMPRESA: AVERY DENNISON DE ARGENTINA S.R.L.
Estructura de costos de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS - BOOP CLEAR TC
Este producto representó aproximadamente el 2% en la facturación total del producto similar en 2017.
En pesos por M2.
Concepto Part. Part. Part. Part.
Pesos s/CMU Pesos s/CMU Pesos s/CMU Pesos s/CMU 2016/2015 2017/2016 2018/2017
Insumos nacionales *** 15% *** 14% *** 16% *** 18% 43% 26% 80%
Adhesivo base acrílica *** 13% *** 13% *** 14% *** 16% 42% 23% 79%
Otros Packaging y Tinta p/dorso *** 2% *** 2% *** 2% *** 3% 50% 45% 81%
Insumos importados *** 52% *** 52% *** 49% *** 48% 48% 5% 59%
Face *** 34% *** 34% *** 31% *** 30% 53% 0,2% 57%
Liner *** 16% *** 15% *** 16% *** 16% 40% 15% 63%
Siliconas solvent less *** 2% *** 2% *** 2% *** 2% 42% 7% 60%
Mano de obra directa *** 3% *** 3% *** 4% *** 3% 45% 25% 40%
Costos variables de fabricación *** 3% *** 3% *** 3% *** 3% 47% 1% 75%
Energía eléctrica *** 0,5% *** 1% *** 1% *** 1% 110% 24% 106%
Combustibles *** 0,1% *** 0,1% *** 0,1% *** 0,1% 50% s/v 67%
Desperdicios *** 3% *** 3% *** 2% *** 2% 36% -1% 64%
Otros costos variables de fabricación *** 0,1% *** 0,1% *** 0,01% *** 0,01% 38% -91% s/v
Royalties *** 3% *** 3% *** 3% *** 2% 47% 4% 50%
TOTAL COSTOS VARIABLES *** 76% *** 75% *** 75% *** 76% 47% 10% 63%
Costos fijos de Fabricación *** 9% *** 10% *** 10% *** 10% 66% 8% 60%
Mano de obra indirecta *** 4% *** 4% *** 5% *** 4% 47% 28% 42%
Otros Costos fijos de producción *** 5% *** 6% *** 5% *** 6% 80% -5% 76%
Otros (administ.,comerc, etc.) *** 14% *** 14% *** 14% *** 15% 47% 11% 64%
TOTAL COSTOS FIJOS *** 24% *** 25% *** 25% *** 24% 54% 10% 62%
COSTO MEDIO UNITARIO *** 100% *** 100% *** 100% *** 100% 49% 10% 63%
PRECIO DE VENTA 8,38 12,32 12,80 19,53 47% 4% 53%
RELACION PRECIO/COSTO *** *** *** ***
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia.
2015 2016 2017 Enero - Noviembre 2018 Variaciones Porcentuales
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 2.4 (Cont.)
Diferencias en valores absolutos Calculadas en base a la estructura de costos en pesos.
$ Participación $ Participación
Insumos Importados *** 51% Insumos Nacionales *** 38%
Otros Costos *** 14% Insumos Importados *** 27%
Insumos Nacionales *** 13% Otros Costos *** 16%
Costos Fijos de Fabricación *** 12% Mano de Obra Directa *** 9%
Costos Var. de Fabricación *** 3% Costos Fijos de Fabricación *** 9%
Mano de Obra Directa *** 3% Royalties *** 1%
Royalties *** 3% Costos Var. de Fabricación *** 0,3%
VARIACIONES POSITIVAS *** 100% VARIACIONES POSITIVAS *** 100%
VARIACIONES NEGATIVAS *** *** VARIACIONES NEGATIVAS *** ***
VARIACIÓN NETA *** VARIACIÓN NETA ***
$ Participación
Insumos Importados *** 46%
Insumos Nacionales *** 21%
Otros Costos *** 15%
Costos Fijos de Fabricación *** 10%
Costos Var. de Fabricación *** 4%
Mano de Obra Directa *** 2%
Royalties *** 2%
VARIACIONES POSITIVAS *** 100%
VARIACIONES NEGATIVAS *** ***
VARIACIÓN NETA ***
Fuente: CNCE basándose en la información obrante en el expediente de referencia.
2016/2015 2017/2016
2018/2017
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 3.1
Precios Corrientes y Relativos de Papeles y Films Autoadhesivos
En pesos por M2 y números índice
Índice 1:IPIM NIVEL GENERAL
Promedios Anuales Promedios ponderados Promedios simples
2,47 45 76 59
3,10 57 86 66
4,81 88 111 79
2015 5,47 100 100 100
2016 7,87 144 102 141
2017 7,99 146 88 166
Ene-Nov 2017 7,97 146 89 164
Ene-Nov 2018 12,31 225 93 242
Var. 2013/2012 26% 26% 14% 11%
Var. 2014/2013 55% 55% 29% 21%
Var. 2015/2014 14% 14% -10% 27%
Var. 2016/2015 44% 44% 2% 41%
Var. 2017/2016 2% 2% -14% 18%
var. Ene-Nov 2018 / Ene-Nov 2017 54% 54% 5% 47%
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia e INDEC.
Serie original
[base 2015
Simple = 100]
2012
2013
2014
Artículo representativo: Papel autoadherente con frontal de papel ilustración/semi gloss/couche con liner glassine/encapado, adhesivo base
acrílica y gramaje entre 75 y 85 grs. (+/-2) en el frontal, en bobinas
Período
Ingresos Medios Corrientes
$ por M2 [base 2015 =
100]
Precio relativo
[base 2015 =
100]
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 3.2
Precios Corrientes y Relativos de Papeles y Films Autoadhesivos
En pesos por M2 y números índice
Índice 1:IPIM NIVEL GENERAL
Promedios Anuales Promedios ponderados Promedios simples
2,86 45 77 59
4,05 64 98 66
5,78 92 116 79
2015 6,29 100 100 100
2016 8,31 132 94 141
2017 8,63 137 83 166
Ene-Nov 2017 8,60 137 83 164
Ene-Nov 2018 11,93 190 78 242
Var. 2013/2012 42% 42% 28% 11%
Var. 2014/2013 43% 43% 18% 21%
Var. 2015/2014 9% 9% -14% 27%
Var. 2016/2015 32% 32% -6% 41%
Var. 2017/2016 4% 4% -12% 18%
var. Ene-Nov 2018 / Ene-Nov 2017 39% 39% -6% 47%
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia e INDEC.
Período
Ingresos Medios Corrientes
$ por M2 [base 2015 =
100]
Precio relativo
[base 2015 = 100]
Artículo representativo: Papel autoadherente con frontal de ilustración/semi gloss/couche, con liner encapado de gramaje entre
78 y 85 grs. (+/- 2), adhesivo base acrílica y gramaje entre 75 y 85 grs. (+/- 2) en el frontal, en hojas
2012
2013
2014
Serie original
[base 2015
Simple = 100]
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 3.3
Precios Corrientes y Relativos de Papeles y Films Autoadhesivos
En pesos por M2 y números índice
Índice 1:IPIM NIVEL GENERAL
Promedios Anuales Promedios ponderados Promedios simples
3,28 49 82 59
4,06 61 92 66
6,23 93 117 79
2015 6,71 100 100 100
2016 9,90 147 105 141
2017 10,16 151 91 166
Ene-Nov 2017 10,16 151 92 164
Ene-Nov 2018 16,93 252 104 242
Var. 2013/2012 24% 24% 12% 11%
Var. 2014/2013 53% 53% 27% 21%
Var. 2015/2014 8% 8% -15% 27%
Var. 2016/2015 47% 47% 5% 41%
Var. 2017/2016 3% 3% -13% 18%
var. Ene-Nov 2018 / Ene-Nov 2017 67% 67% 13% 47%
Artículo representativo: Papel autoadherente con frontal Térmico/termosensible TOP con liner Glassine, adhesivo base acrílica
y gramaje entre 68 y 75 grs. (+/- 2) en el frontal, en bobinas
Serie original
[base 2015
Simple = 100]
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia e INDEC.
Período
Ingresos Medios Corrientes
$ por M2 [base 2015 =
100]
Precio relativo
[base 2015 = 100]
2012
2013
2014
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 3.4
Precios Corrientes y Relativos de Papeles y Films Autoadhesivos
En pesos por M2 y números índice
Índice 1:IPIM NIVEL GENERAL
Promedios Anuales Promedios ponderados Promedios simples
3,80 45 76 59
4,74 56 86 66
7,50 89 113 79
2015 8,38 100 100 100
2016 12,32 147 105 141
2017 12,80 153 92 166
Ene-Nov 2017 12,74 152 93 164
Ene-Nov 2018 19,53 233 96 242
Var. 2013/2012 25% 25% 13% 11%
Var. 2014/2013 58% 58% 31% 21%
Var. 2015/2014 12% 12% -12% 27%
Var. 2016/2015 47% 47% 5% 41%
Var. 2017/2016 4% 4% -12% 18%
var. Ene-Nov 2018 / Ene-Nov 2017 53% 53% 4% 47%
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia e INDEC.
2012
2013
2014
Artículo representativo: Film autoadherente con frontal transparente BOPP (polipropileno biorientado) con top coated, liner
Glassine, adhesivo base acrílica y entre 48 y 65 µm (micrones) en el frontal, en bobinas
[base 2015 =
100]
Ingresos Medios Corrientes
Período
$ por M2 Precio relativo
[base 2015 = 100]
Serie original
[base 2015
Simple = 100]
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 4.1
Indices contables de
AVERY DENNISON DE ARGENTINA S.R.L.
En miles de pesos y porcentajes.
31/12/2015 31/12/2016 31/12/2017
Porcentaje de participación de los PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS vendidos al M.I sobre la facturación total (1) 70% 72% 66%
Ventas al mercado interno de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS 509.582 694.801 729.586
Diferencias en valores absolutos en las ventas al mercado interno de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS. ___ 185.219 34.786
Participación de los PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS en la evolución de las ventas totales (2) ___ 77% 26%
RUBROS CONTABLES DEL ESTADO DE RESULTADOS EN MILES DE PESOS
Ventas 731.038 971.549 1.106.023
Costo de Ventas 492.892 665.032 787.783
Resultado Bruto 238.146 306.517 318.241
Resultado Operativo 130.158 145.118 133.233
Resultado Neto 88.876 86.342 82.368
INDICES DE RENTABILIDAD
Margen Bruto / Ventas Resultado Bruto / Ventas 33% 32% 29%
Margen Operativo / Ventas Resultado Operativo / Ventas 18% 15% 12%
Margen Neto / Ventas Resultado Neto / Ventas 12% 9% 7%
Tasa Retorno / P. Neto Resultado Neto / Patrimonio Neto 40% 30% 22%
Tasa Retorno / Activos Resultado Neto / Activo Total 21% 19% 13%
INDICES DE LIQUIDEZ
Liquidez Corriente Activo Corriente / Pasivo Corriente 210% 250% 237%
Liquidez Acida (Act.Cte - Bs.Cambio) / Pas. Cte. 128% 169% 170%
INDICES DE ENDEUDAMIENTO
Prop. Act. Fin. c/ Deuda Pasivo Total / Activo Total 46% 38% 41%
Endeudamiento Global Pasivo Total / Patrimonio Neto 85% 62% 68%
Prop. Deuda a Corto Plazo Pasivo Corriente / Activo Total 44% 36% 39%
(1) Fórmula: (Ventas al mercado interno/Ventas totales de la empresa) * 100.
(2) Fórmula: (Variación de las ventas al mercado interno / Variación de ventas totales de la empresa) * 100.
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia.
Nota: Cuando la evolución de las ventas del producto similar tiene distinto signo que la evolución de las ventas totales se consigna evolución inversa y cuando el porcentaje es
superior a 100% significa que los demás productos de la empresa evolucionaron
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 4.2
Cuentas Específicas de PAPELES Y FILMS de AVERY.
En miles de pesos y en m2.
Período
Ventas al
mercado interno
en miles de
pesos ( A )
Ventas en
metros
cuadrados
( B )
Costo
Variable
( C )
Contribución
marginal en
miles de
pesos
( D = A-C ))
Contribución
marginal %
s/ventas (
E = D/A )
Costo Fijo
( F )
Resultado
( G = D-F)
Punto de
Equilibrio en
miles de pesos
( H = F/(1-(C/A )) )
Punto de Equilibrio
en metros
cuadrados
( I = F/((A/B)-(C/B) )
Relación Ventas
/ Pto. Equilibrio
( J = H/A = I/B )
Relación
Ventas/ Costos
2015 507.028 67.315.654 *** *** *** *** *** 246.932 32.783.962 2,05 ***
2016 694.801 60.439.471 *** *** *** *** *** 343.432 29.874.529 2,02 ***
2017 729.586 60.032.316 *** *** *** *** *** 434.874 35.782.599 1,68 ***
Enero-Noviembre de 2018 933.083 45.085.097 *** *** *** *** *** 515.997 24.932.176 1,81 ***
Var. 2016/2015 37% -10% 38% 35% ___ 37% ___ 39% -9% ___ ___
Var. 2017/2016 5% -1% 13% -8% ___ 11% ___ 27% 20% ___ ___
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia.
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 5.1
Importaciones de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS
En M2
a. Mensual
ORGIEN OBJETO DE DERECHOS
PERÍODO
CHILE BRASIL ESTADOS UNIDOS TAIPEI CHINO RESTO Total importaciones no
objeto de derechos
Ene 15 404.593 1.261.493 936.097 1.976.722 4.357.702 8.532.015 8.936.608
Feb 15 1.250.447 2.101.603 1.628.623 866.554 2.545.721 7.142.502 8.392.949
Mar 15 806.004 1.564.348 1.925.560 1.462.786 2.424.964 7.377.658 8.183.663
Abr 15 1.478.766 1.528.580 831.950 1.246.014 2.151.720 5.758.264 7.237.029
May 15 1.284.832 1.576.328 2.164.568 2.275.054 2.237.669 8.253.619 9.538.451
Jun 15 1.619.529 1.105.966 1.378.229 1.718.081 2.939.022 7.141.298 8.760.827
Jul 15 1.214.039 2.317.449 2.025.269 1.923.437 3.356.240 9.622.395 10.836.434
Ago 15 1.249.158 1.125.310 1.454.220 2.750.469 4.392.895 9.722.894 10.972.052
Sep 15 710.891 1.212.886 1.518.809 2.151.627 2.952.209 7.835.531 8.546.422
Oct 15 1.370.924 1.150.414 1.409.856 3.230.826 3.768.641 9.559.737 10.930.661
Nov 15 2.002.363 1.357.365 1.381.405 1.946.424 3.423.175 8.108.369 10.110.733
Dic 15 1.005.953 1.217.290 1.293.896 2.299.097 2.856.708 7.666.990 8.672.943
Ene 16 538.434 764.399 1.257.212 1.412.923 3.422.592 6.857.125 7.395.559
Feb 16 857.729 1.426.904 1.447.632 990.028 2.335.585 6.200.150 7.057.879
Mar 16 760.946 1.976.682 1.249.755 1.876.801 2.420.146 7.523.384 8.284.330
Abr 16 959.410 1.410.045 1.413.605 3.375.417 2.276.108 8.475.174 9.434.585
May 16 1.578.933 1.293.776 910.808 1.638.657 2.142.580 5.985.821 7.564.754
Jun 16 436.487 1.626.484 667.754 1.857.083 4.104.233 8.255.554 8.692.041
Jul 16 990.412 1.197.894 1.061.981 1.890.121 3.416.044 7.566.040 8.556.452
Ago 16 1.082.455 1.435.277 573.958 1.975.142 3.833.243 7.817.620 8.900.075
Sep 16 737.447 1.085.838 926.496 1.644.587 2.585.997 6.242.919 6.980.365
Oct 16 1.226.905 1.521.491 2.019.195 1.077.626 2.755.598 7.373.910 8.600.815
Nov 16 1.170.673 1.071.082 973.809 789.392 2.379.417 5.213.700 6.384.374
Dic 16 757.989 1.144.116 565.058 3.226.314 3.275.190 8.210.678 8.968.667
Ene 17 900.972 1.147.673 1.075.899 1.390.446 4.144.392 7.758.409 8.659.381
Feb 17 603.140 1.623.314 1.686.427 1.593.993 4.674.880 9.578.614 10.181.754
Mar 17 2.088.304 1.614.757 1.786.883 2.019.326 3.225.514 8.646.481 10.734.785
Abr 17 470.427 884.932 1.618.017 618.154 2.917.007 6.038.110 6.508.537
May 17 1.137.075 1.208.158 1.306.698 1.806.093 3.401.592 7.722.541 8.859.616
Jun 17 855.294 2.075.190 1.386.538 1.479.671 3.277.208 8.218.607 9.073.901
Jul 17 1.066.752 950.078 3.444.424 1.269.420 3.534.202 9.198.125 10.264.877
Ago 17 1.498.760 2.764.105 3.486.992 795.777 4.093.550 11.140.423 12.639.184
Sep 17 1.924.391 3.633.506 1.405.904 977.931 3.214.697 9.232.037 11.156.428
Oct 17 1.461.166 2.581.921 2.616.456 808.951 4.068.149 10.075.477 11.536.643
Nov 17 1.901.127 1.379.494 1.466.974 1.968.891 3.811.702 8.627.061 10.528.189
Dic 17 965.703 1.968.938 1.045.099 869.978 3.410.108 7.294.123 8.259.825
Ene 18 946.293 2.460.236 1.530.665 1.708.192 4.410.848 10.109.941 11.056.234
Feb 18 786.498 1.190.624 2.183.267 794.691 4.441.019 8.609.602 9.396.099
Mar 18 1.104.923 2.049.065 3.088.675 956.720 4.184.484 10.278.944 11.383.867
Abr 18 995.544 3.099.780 1.437.352 784.092 2.713.102 8.034.327 9.029.870
May 18 921.236 2.550.052 1.805.986 957.858 3.211.556 8.525.451 9.446.688
Jun 18 889.575 2.017.827 1.350.652 1.238.292 1.761.640 6.368.412 7.257.987
Jul 18 1.172.444 2.088.897 2.958.892 1.564.901 5.167.699 11.780.389 12.952.834
Ago 18 1.334.917 2.522.484 3.113.580 1.245.618 3.777.770 10.659.452 11.994.369
Sep 18 434.931 1.977.128 1.692.411 431.348 3.375.699 7.476.586 7.911.518
Oct 18 850.271 2.241.194 3.096.375 1.914.775 3.823.375 11.075.719 11.925.990
Nov 18 727.760 2.214.538 1.373.217 494.015 2.838.895 6.920.664 7.648.424
b. Anual
ORGIEN OBJETO DE DERECHOS
PERÍODO
CHILE BRASIL ESTADOS UNIDOS TAIPEI CHINO RESTO Total importaciones no
objeto de solicitud
2012 11.945.223 20.339.042 7.638.172 19.840.237 17.032.523 64.849.974 76.795.197
2013 13.765.946 17.051.297 15.475.451 22.132.109 19.142.378 73.801.235 87.567.181
2014 12.965.732 17.753.779 14.572.229 24.228.577 29.783.122 86.337.707 99.303.439
2015 14.397.499 17.519.030 17.948.484 23.847.091 37.406.668 96.721.272 111.118.771
2016 11.097.820 15.953.988 13.067.263 21.754.090 34.946.734 85.722.075 96.819.895
2017 14.873.108 21.832.066 22.326.312 15.598.630 43.773.001 103.530.010 118.403.118
Ene-Nov 17 13.907.406 19.863.128 21.281.213 14.728.653 40.362.894 96.235.887 110.143.293
Ene-Nov 18 10.164.393 24.411.826 23.631.072 12.090.502 39.706.087 99.839.487 110.003.880
Dic 16 - Nov 17 14.665.394 21.007.244 21.846.271 17.954.966 43.638.084 104.446.565 119.111.959
Dic 17 - Nov 18 11.130.096 26.380.764 24.676.171 12.960.480 43.116.195 107.133.610 118.263.705
Var. 2013 / 2012 15% -16% 103% 12% 12% 14% 14%
Var. 2014 / 2013 -6% 4% -6% 9% 56% 17% 13%
Var. 2015 / 2014 11% -1% 23% -2% 26% 12% 12%
Var. 2016 / 2015 -23% -9% -27% -9% -7% -11% -13%
Var. 2017 / 2016 34% 37% 71% -28% 25% 21% 22%
Var. Ene-Nov 18 / Ene-Nov 17 -27% 23% 11% -18% -2% 4% 0%
Var. Dic 17-Nov 18 / Dic 16-Nov 17 -24% 26% 13% -28% -1% 3% -0,7%
c. Participación. En porcentajes
ORGIEN OBJETO DE DERECHOS
PERÍODO
CHILE BRASIL ESTADOS UNIDOS TAIPEI CHINO RESTO Total importaciones no
objeto de solicitud
2012 16 26 10 26 22 84 100
2013 16 19 18 25 22 84 100
2014 13 18 15 24 30 87 100
2015 13 16 16 21 34 87 100
2016 11 16 13 22 36 89 100
2017 13 18 19 13 37 87 100
Ene-Nov 17 13 18 19 13 37 87 100
Ene-Nov 18 9 22 21 11 36 91 100
Dic 16 - Nov 17 12 18 18 15 37 88 100
Dic 17 - Nov 18 9 22 21 11 36 91 100
Fuente: CNCE sobre la base de información suministrada por la DGA.
ORÍGENES NO OBJETO DE DERECHOS
IMPORTACIONES TOTALES
ORÍGENES NO OBJETO DE DERECHO
IMPORTACIONES TOTALES
ORÍGENES NO OBJETO DE DERECHO
IMPORTACIONES TOTALES
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 5.1 (Cont. )
Importaciones de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS
En DÓLARES FOB
d. Mensual
ORGIEN OBJETO DE DERECHOS
PERÍODO
CHILE BRASIL ESTADOS UNIDOS TAIPEI CHINO RESTO Total importaciones no
objeto de solicitud
Ene 15 217.074 817.965 800.710 903.016 2.329.875 4.851.565 5.068.640
Feb 15 610.376 1.382.019 1.439.018 386.411 1.387.259 4.594.708 5.205.084
Mar 15 464.730 1.234.511 1.892.905 752.649 2.210.307 6.090.372 6.555.102
Abr 15 692.786 1.031.122 1.048.414 687.435 1.635.474 4.402.445 5.095.231
May 15 639.738 903.416 1.554.829 975.670 1.616.059 5.049.975 5.689.713
Jun 15 777.504 643.824 1.087.725 722.330 2.106.710 4.560.589 5.338.093
Jul 15 613.766 1.361.231 1.318.211 663.390 2.087.798 5.430.630 6.044.396
Ago 15 617.762 623.701 1.177.557 986.122 2.735.849 5.523.229 6.140.991
Sep 15 379.294 726.839 1.685.502 874.099 2.278.533 5.564.974 5.944.268
Oct 15 749.697 632.493 1.321.766 1.195.357 2.212.882 5.362.499 6.112.196
Nov 15 939.928 710.642 1.256.834 673.632 2.525.640 5.166.748 6.106.676
Dic 15 472.360 790.553 1.022.525 829.548 2.261.879 4.904.505 5.376.865
Ene 16 312.515 425.806 1.307.868 516.614 2.310.129 4.560.418 4.872.932
Feb 16 435.325 711.795 1.534.396 399.277 2.033.087 4.678.554 5.113.879
Mar 16 368.742 1.029.006 1.335.625 506.491 2.627.949 5.499.070 5.867.812
Abr 16 445.421 695.233 1.068.980 1.055.013 1.802.718 4.621.944 5.067.365
May 16 630.438 731.172 1.049.253 535.906 1.617.145 3.933.475 4.563.913
Jun 16 220.338 816.058 665.135 822.629 2.298.903 4.602.725 4.823.063
Jul 16 472.817 691.398 1.317.515 531.033 1.871.312 4.411.258 4.884.075
Ago 16 527.304 824.832 585.727 556.381 2.092.578 4.059.517 4.586.821
Sep 16 343.105 631.667 838.025 524.906 1.511.238 3.505.836 3.848.941
Oct 16 572.023 931.131 1.373.062 411.905 1.339.887 4.055.984 4.628.007
Nov 16 502.226 609.545 923.012 339.289 1.392.524 3.264.371 3.766.596
Dic 16 372.214 679.876 681.042 874.398 1.902.585 4.137.901 4.510.115
Ene 17 428.747 720.474 868.967 525.573 1.762.796 3.877.809 4.306.557
Feb 17 274.481 850.714 1.300.623 555.894 2.159.438 4.866.669 5.141.150
Mar 17 928.834 800.295 1.616.850 704.827 1.909.200 5.031.171 5.960.005
Abr 17 203.320 484.950 1.245.849 312.538 1.598.115 3.641.453 3.844.773
May 17 501.884 767.561 669.485 619.491 1.992.471 4.049.009 4.550.893
Jun 17 362.241 1.109.601 1.066.642 515.784 1.607.300 4.299.327 4.661.568
Jul 17 489.935 695.151 1.990.825 459.785 1.980.011 5.125.771 5.615.706
Ago 17 675.074 1.247.013 2.245.299 390.428 2.243.601 6.126.341 6.801.415
Sep 17 892.388 1.918.586 830.399 296.352 2.143.979 5.189.317 6.081.705
Oct 17 672.734 1.088.648 1.763.964 431.558 2.063.171 5.347.340 6.020.074
Nov 17 855.288 839.899 775.500 731.655 2.221.762 4.568.816 5.424.104
Dic 17 499.868 1.081.453 789.779 417.469 1.997.354 4.286.055 4.785.923
Ene 18 455.065 1.088.851 1.738.313 638.186 2.686.131 6.151.481 6.606.546
Feb 18 354.393 607.147 1.472.107 404.527 2.302.221 4.786.001 5.140.395
Mar 18 530.729 1.072.966 2.097.959 344.389 2.101.097 5.616.411 6.147.140
Abr 18 506.508 1.503.086 1.029.771 336.729 2.206.682 5.076.269 5.582.777
May 18 454.777 1.240.236 1.046.476 452.030 1.866.343 4.605.085 5.059.862
Jun 18 379.255 1.084.523 775.642 554.000 1.070.375 3.484.540 3.863.795
Jul 18 673.788 1.091.886 1.239.185 620.129 2.660.325 5.611.525 6.285.313
Ago 18 628.047 1.118.310 1.054.825 453.532 2.026.537 4.653.204 5.281.251
Sep 18 208.022 991.034 776.965 160.392 1.771.073 3.699.465 3.907.487
Oct 18 424.533 990.634 1.537.015 738.951 2.111.247 5.377.847 5.802.380
Nov 18 386.863 1.087.287 641.072 274.267 1.508.062 3.510.687 3.897.550
e. Anual
ORGIEN OBJETO DE DERECHOS
PERÍODO
CHILE BRASIL ESTADOS UNIDOS TAIPEI CHINO RESTO Total importaciones no
objeto de solicitud
2012 6.497.835 11.626.684 10.131.140 8.163.334 18.746.538 46.068.486 52.566.321
2013 8.102.103 10.157.924 15.357.879 9.630.761 13.680.766 51.430.984 59.533.088
2014 6.970.563 11.004.030 14.260.257 10.542.628 17.669.182 56.597.732 63.568.295
2015 7.175.016 10.858.317 15.605.995 9.649.661 25.388.265 61.502.237 68.677.254
2016 5.202.467 8.777.520 12.679.640 7.073.841 22.800.053 51.331.054 56.533.521
2017 6.784.794 11.604.345 15.164.183 5.961.353 23.679.198 56.409.078 63.193.873
Ene-Nov 17 6.284.926 10.522.892 14.374.404 5.543.884 21.681.843 52.123.023 58.407.949
Ene-Nov 18 5.001.981 11.875.958 13.409.330 4.977.132 22.310.093 52.572.513 57.574.494
Dic 16 - Nov 17 6.657.140 11.202.768 15.055.446 6.418.283 23.584.428 56.260.924 62.918.064
Dic 17 - Nov 18 5.501.849 12.957.411 14.199.110 5.394.601 24.307.448 56.858.569 62.360.418
Var. 2013 / 2012 25% -13% 52% 18% -27% 12% 13%
Var. 2014 / 2013 -14% 8% -7% 9% 29% 10% 7%
Var. 2015 / 2014 3% -1% 9% -8% 44% 9% 8%
Var. 2016 / 2015 -27% -19% -19% -27% -10% -17% -18%
Var. 2017 / 2016 30% 32% 20% -16% 4% 10% 12%
Var. Ene-Nov 18 / Ene-Nov 17 -20% 13% -7% -10% 3% 1% -1%
Var. Dic 17-Nov 18 / Dic 16-Nov 17 -17% 16% -6% -16% 3% 1% -1%
Fuente: CNCE sobre la base de información suministrada por la DGA.
ORÍGENES NO OBJETO DE DERECHO
IMPORTACIONES TOTALES
ORÍGENES NO OBJETO DE DERECHO
IMPORTACIONES TOTALES
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 5.2
Importadores de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS
a) Ordenados por su participación en el total importado en el período enero-noviembre de 2018
M2 Participación Ranking M
2 ParticipaciónParticipación
AcumuladaM
2 Participación Ranking M2 Participación Ranking
*** *** *** *** 1.057.850 7% 7 1.136.860 10% 5 2.747.854 18% 1 2.549.044 25% 25%
*** *** 2.341.006 16% 2 1.332.687 12% 4 1.660.748 11% 4 1.168.391 11% 37%
*** *** 1.169.854 7% 7 1.155.542 11% 48%
*** *** *** 2.050.563 14% 3 606.681 5% 6 1.449.619 9% 5 1.147.202 11% 59%
*** *** *** *** 871.773 6% 8 511.250 5% 7 866.988 6% 9 1.000.069 10% 69%
*** *** *** 1.619.869 11% 6 194.238 2% 11 1.158.333 7% 8 917.344 9% 78%
*** *** *** 1.755.435 12% 5 1.595.142 14% 3 1.444.713 9% 6 657.813 6% 85%
*** *** *** *** 1.967.038 14% 4 1.767.030 16% 2 1.647.429 11% 3 508.003 5% 90%
RESTO 2.733.966 19% 3.953.932 36% 2.727.570 13% 1.060.987 10% 100%
TOTAL 14.397.499 100% 11.097.820 100% 14.873.108 100% 10.164.393 100%
b) Ordenados por su participación en el total importado durante el período 2015 a enero-noviembre 2018
Participación
individual
Participación
acumulada2015 2016 2017 Ene - Nov 2018
*** *** *** 8.408.000 17% 17% 1 1 2 -
*** *** *** *** 7.491.608 15% 31% 7 5 1 1
*** *** 6.502.832 13% 44% 2 4 4 2
*** *** *** *** 5.889.500 12% 56% 4 2 3 8
*** *** *** 5.453.102 11% 67% 5 3 6 7
*** *** *** 5.254.065 10% 77% 3 6 5 4
*** *** *** 3.889.783 8% 85% 6 11 8 6
*** *** *** *** 3.250.079 6% 91% 8 7 9 5
RESTO 4.393.851 9% 100%
TOTAL 50.532.820 100%
c) Precio medio FOB - Ordenados por su participación en el total importado en el período enero-noviembre de 2018
2015 2016 2017Ene - Nov
2018
Var. 2016 /
2015
Var. 2017 /
2016Var. 2017 / 2015
*** *** *** *** 0,48 0,45 0,44 0,37 -7% -3% -9%
*** *** 0,36 0,37 - - -
*** *** *** 0,46 0,41 0,42 0,42 -9% 1% -8%
*** *** *** 0,48 0,44 0,43 0,43 -9% -2% -11%
*** *** *** *** 0,53 0,49 0,42 0,45 -7% -14% -20%
*** *** 0,53 0,46 0,42 0,45 -14% -7% -20%
*** *** *** 0,49 0,49 0,47 0,46 1% -5% -4%
*** *** *** *** 0,51 0,52 0,48 0,52 3% -8% -6%
Fuente: CNCE sobre la base de DGA
Ene-Nov 2018
IMPORTADOR
Total del períodoRANKING
M2
Participación Porcentual
IMPORTADOR
Precio medio FOB (US$/kg) Variación del precio medio FOB
IMPORTADOR
2015 2016 2017
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 6
Precios Medios Fob de las importaciones de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS
En DÓLARES FOB POR M2
a. Mensual
ORGIEN OBJETO DE DERECHOS
PERÍODO
CHILE BRASIL ESTADOS UNIDOS TAIPEI CHINO RESTO Total importaciones no
objeto de solicitud
Ene 15 0,54 0,65 0,86 0,46 0,53 0,57
Feb 15 0,49 0,66 0,88 0,45 0,54 0,64
Mar 15 0,58 0,79 0,98 0,51 0,91 0,83
Abr 15 0,47 0,67 1,26 0,55 0,76 0,76
May 15 0,50 0,57 0,72 0,43 0,72 0,61
Jun 15 0,48 0,58 0,79 0,42 0,72 0,64
Jul 15 0,51 0,59 0,65 0,34 0,62 0,56
Ago 15 0,49 0,55 0,81 0,36 0,62 0,57
Sep 15 0,53 0,60 1,11 0,41 0,77 0,71
Oct 15 0,55 0,55 0,94 0,37 0,59 0,56
Nov 15 0,47 0,52 0,91 0,35 0,74 0,64
Dic 15 0,47 0,65 0,79 0,36 0,79 0,64
Ene 16 0,58 0,56 1,04 0,37 0,67 0,67
Feb 16 0,51 0,50 1,06 0,40 0,87 0,75
Mar 16 0,48 0,52 1,07 0,27 1,09 0,73
Abr 16 0,46 0,49 0,76 0,31 0,79 0,55
May 16 0,40 0,57 1,15 0,33 0,75 0,66
Jun 16 0,50 0,50 1,00 0,44 0,56 0,56
Jul 16 0,48 0,58 1,24 0,28 0,55 0,58
Ago 16 0,49 0,57 1,02 0,28 0,55 0,52
Sep 16 0,47 0,58 0,90 0,32 0,58 0,56
Oct 16 0,47 0,61 0,68 0,38 0,49 0,55
Nov 16 0,43 0,57 0,95 0,43 0,59 0,63
Dic 16 0,49 0,59 1,21 0,27 0,58 0,50
Ene 17 0,48 0,63 0,81 0,38 0,43 0,50
Feb 17 0,46 0,52 0,77 0,35 0,46 0,51
Mar 17 0,44 0,50 0,90 0,35 0,59 0,58
Abr 17 0,43 0,55 0,77 0,51 0,55 0,60
May 17 0,44 0,64 0,51 0,34 0,59 0,52
Jun 17 0,42 0,53 0,77 0,35 0,49 0,52
Jul 17 0,46 0,73 0,58 0,36 0,56 0,56
Ago 17 0,45 0,45 0,64 0,49 0,55 0,55
Sep 17 0,46 0,53 0,59 0,30 0,67 0,56
Oct 17 0,46 0,42 0,67 0,53 0,51 0,53
Nov 17 0,45 0,61 0,53 0,37 0,58 0,53
Dic 17 0,52 0,55 0,76 0,48 0,59 0,59
Ene 18 0,48 0,44 1,14 0,37 0,61 0,61
Feb 18 0,45 0,51 0,67 0,51 0,52 0,56
Mar 18 0,48 0,52 0,68 0,36 0,50 0,55
Abr 18 0,51 0,48 0,72 0,43 0,81 0,63
May 18 0,49 0,49 0,58 0,47 0,58 0,54
Jun 18 0,43 0,54 0,57 0,45 0,61 0,55
b. Anual
ORGIEN OBJETO DE DERECHOS
PERÍODO
CHILE BRASIL ESTADOS UNIDOS TAIPEI CHINO RESTO Total importaciones no
objeto de solicitud
2012 0,54 0,57 1,33 0,41 1,10 0,71
2013 0,59 0,60 0,99 0,44 0,71 0,70
2014 0,54 0,62 0,98 0,44 0,59 0,66
2015 0,50 0,62 0,87 0,40 0,68 0,64
2016 0,47 0,55 0,97 0,33 0,65 0,60
2017 0,46 0,53 0,68 0,38 0,54 0,54
Ene-Nov 17 0,45 0,53 0,68 0,38 0,54 0,54
Ene-Nov 18 0,49 0,49 0,57 0,41 0,56 0,53
Dic 16 - Nov 17 0,45 0,53 0,69 0,36 0,54 0,54
Dic 17 - Nov 18 0,49 0,49 0,58 0,42 0,56 0,53
Var. 2013 / 2012 8% 4% -25% 6% -35% -2%
Var. 2014 / 2013 -9% 4% -1% 0% -17% -5,93%
Var. 2015 / 2014 -7% -0,002% -11% -7% 14% -3,0%
Var. 2016 / 2015 -5,9% -11,2% 11,6% -19,6% -3,9% -5,8%
Var. 2017 / 2016 -2,7% -3,4% -30,0% 17,5% -17,1% -9,0%
Var. Ene-Nov 18 / Ene-Nov 17 8,9% -8,2% -16,0% 9,4% 4,6% -2,8%
Var. Dic 17-Nov 18 / Dic 16-Nov 17 8,9% -7,9% -16,5% 16,4% 4,3% -1,5%
ORÍGENES NO OBJETO DE DERECHO
Fuente: CNCE sobre la base de información suministrada por la DGA.
ORÍGENES NO OBJETO DE DERECHO
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 7.1 Cuadro Nº 7.1 (Continuación)
En pesos por metro cuadrado (nivel: depósito de importador) En porcentajes
Precio producto importado
Importaciones de Brasil de origen Chile sin derecho Signo diferencia %
2016 4,67 7,89 2016 -41 (-)
2017 5,24 7,99 2017 -34 (-)
Ene-Nov 18 8,65 12,31 Ene-Nov 18 -30 (-)
Variación 2017 / 2016 12,2% 1%
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia, de la DGA y de Penta Transaction.
Representativo 1: Semigloss 518
PERÍODO
CHILE
PERÍODO
Diferencia porcentual entre los precios nacionalizados de las importaciones de
Brasil del orígen Objeto de Derechos y los precios nacionales del producto
representativo
Comparación de los precios internos de la producción nacional con los precios
nacionalizados de las importaciones de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS de Brasil de
origen Chile
Precio producto
nacionalORIGEN OBJETO DE REVISIÓN
ORIGEN OBJETO DE REVISIÓN
DIFERENCIA PORCENTUAL: (Precio Importado - Precio Nacional) / Precio
Nacional
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 7.2 Cuadro Nº 7.2 (Continuación)
En pesos por metro cuadrado (nivel: depósito de importador) En porcentajes
Precio producto importado
Importaciones de Brasil de origen Chile sin derecho Signo diferencia %
2016 6,09 12,32 2016 -51 (-)
2017 6,98 12,80 2017 -45 (-)
Ene-Nov 18 12,27 19,53 Ene-Nov 18 -37 (-)
Variación 2017 / 2016 14,7% 4%
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia, de la DGA y de Penta Transaction.
CHILE
Representativo 2: BOPP TRANSPARENTE TC
Comparación de los precios internos de la producción nacional con los precios
nacionalizados de las importaciones de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS de Brasil de
origen Chile
Diferencia porcentual entre los precios nacionalizados de las importaciones de
Brasil del orígen Objeto de Derechos y los precios nacionales del producto
representativo
PERÍODOPrecio producto
nacionalPERÍODO
DIFERENCIA PORCENTUAL: (Precio Importado - Precio Nacional) / Precio
Nacional
ORIGEN OBJETO DE REVISIÓN
ORIGEN OBJETO DE REVISIÓN
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 7.3 Cuadro Nº 7.3 (Continuación)
En pesos por metro cuadrado (nivel: depósito de importador) En porcentajes
Precio producto importado
Importaciones de Brasil de origen Chile sin derecho Signo diferencia %
2016 7,46 11,50 2016 -35 (-)
2017 8,63 12,15 2017 -29 (-)
Ene-Nov 18 11,06 16,41 Ene-Nov 18 -33 (-)
Variación 2017 / 2016 15,7% 6%
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia, de la DGA y de Penta Transaction.
ORIGEN OBJETO DE REVISIÓN
ORIGEN OBJETO DE REVISIÓN
CHILE
Comparación del ingreso medio por ventas de la producción nacional con los precios
nacionalizados de las importaciones de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS de Brasil de
origen Chile
Diferencia porcentual entre los precios nacionalizados de las importaciones de
Brasil del orígen Objeto de Derechos y los precios nacionales del producto
representativo
PERÍODOPrecio producto
nacionalPERÍODO
DIFERENCIA PORCENTUAL: (Precio Importado - Precio Nacional) / Precio
Nacional
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 7.4 Cuadro Nº 7.4 (Continuación)
En pesos por metro cuadrado (nivel: depósito de importador) En porcentajes
sin derecho Signo diferencia %
2015 4,77 4,80 7,53 2015 -37 (-)
2016 7,04 7,07 11,50 2016 -39 (-)
2017 7,50 7,53 12,15 2017 -38 (-)
Ene-Nov 18 12,60 12,63 20,70 Ene-Nov 18 -39 (-)
Var. 2016 / 2015 47,6% 47,3% 53% (1) PIMP - PNAC X 100
Var. 2017 / 2016 6,5% 6,5% 6%
Var. Ene-Jun 18 / Ene-Jun 17 3,2% 3,2% 70%
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia, de la DGA y de Penta Transaction.
Importaciones origen Chile con derechos
ORÍGEN OBJETO DE REVISIÓN ORIGEN OBJETO DE REVISIÓN
CHILE
Comparación del ingreso medio por ventas de la producción nacional con los precios nacionalizados de
las importaciones de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS de origen Chile
PERÍODOPrecio producto
nacionalPERÍODO
Diferencia porcentual entre los precios nacionalizados de las importaciones de Argentina del orígen Objeto de Derechos
y los precios nacionales del producto representativo
DIFERENCIA PORCENTUAL: (Precio Importado - Precio
Nacional) / Precio NacionalPrecio producto importado
Importaciones origen Chile sin
derechos
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 8
Consumo Aparente de PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS
En M2
a. Anual
IMPORTACIONES del ORIGEN
OBJETO DE DERECHOS
IMPORTACIONES de los ORÍGENES
NO OBJETO DE DERECHOS
PERÍODO
AVERY RESTO TOTAL CHILETotal importaciones no objeto de
solicitud
2012 53.786.594 9.745.796 63.532.390 11.945.223 64.849.974 76.795.197 140.327.587
2013 59.713.129 9.280.000 68.993.129 13.765.946 73.801.235 87.567.181 156.560.311
2014 55.739.726 9.600.000 65.339.726 12.965.732 86.337.707 99.303.439 164.643.165
2015 67.315.654 10.068.402 77.384.056 14.397.499 96.721.272 111.118.771 188.502.828
2016 60.439.471 11.562.810 72.002.281 11.097.820 85.722.075 96.819.895 168.822.176
2017 60.032.319 7.002.003 67.034.322 14.873.108 103.530.010 118.403.118 185.437.440
Ene-Nov 17 60.439.471 6.448.024 66.887.495 13.907.406 96.235.887 110.143.293 177.030.788
Ene-Nov 18 60.032.316 10.592.534 70.624.850 10.164.393 99.839.487 110.003.880 180.628.730
Var. 2016 / 2015 -10% 15% -7% -23% -11% -13% -10%
Var. 2017 / 2016 -1% -39% -7% 34% 21% 22% 10%
Var. Ene-Nov 18 / Ene-Nov 17 -1% 64% 6% -27% 4% 0% 2%
b. Participación. En porcentajes
IMPORTACIONES del ORÍGEN
OBJETO DE DERECHOS
IMPORTACIONES de los ORÍGENES
NO OBJETO DE DERECHOS
PERÍODO
AVERY RESTO TOTAL CHILETotal importaciones no objeto de
solicitud
2012 38 7 45 9 46 55 100
2013 38 6 44 9 47 56 100
2014 34 6 40 8 52 60 100
2015 36 5 41 8 51 59 100
2016 36 7 43 7 51 57 100
2017 32 4 36 8 56 64 100
Ene-Nov 17 34 4 38 8 54 62 100
Ene-Nov 18 33 6 39 6 55 61 100
c. Diferencias en puntos porcentuales
IMPORTACIONES del ORÍGEN
OBJETO DE DERECHOS
IMPORTACIONES de los ORÍGENES
NO OBJETO DE DERECHOS
PERÍODO
AVERY RESTO TOTAL CHILETotal importaciones no objeto de
solicitud
Var. 2013 / 2012 0 -1 -1 0 1 1 0
Var. 2014 / 2013 -4 0 -4 -1 5 4 0
Var. 2015 / 2014 2 0 1 0 -1 -1 0
Var. 2016 / 2015 0 2 2 -1 -1 -2 0
Var. 2017 / 2016 -3 -3 -7 1 5 7 0
Var. Ene-Nov 18 / Ene-Nov 17 -1 2 1 -2 1 -1 0
Nota: grisado se presenta el período de referencia
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de referencia y de la DGA.
Ventas de producción nacional al mercado internoVentas de
IMPORTACIONES
TOTALES
CONSUMO
APARENTE
Ventas de producción nacional al mercado internoVentas de
IMPORTACIONES
TOTALES
CONSUMO
APARENTE
Ventas de producción nacional al mercado internoVentas de
IMPORTACIONES
TOTALES
CONSUMO
APARENTE
2019 - Año de la Exportación
Cuadro Nº 9
PERÍODO ORÍGEN INVESTIGADO
CHILE
2012 15%
2013 16%
2014 15%
2015 15%
2016 12%
2017 18%
Ene-Nov 17 18%
Ene-Nov 18 14%
Relación entre las importaciones objeto de
solicitud de revisión y la producción nacional de
PAPELES Y FILMS AUTOADHESIVOS
Fuente: CNCE sobre la base de información obrante en el expediente de
referencia y de la DGA.
A.II.
ANEXO II:
INFORMES DE VERIFICACIÓN
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INFORME DE VERIFICACIÓN
1
“PLACAS, LÁMINAS, HOJAS, CINTAS Y TIRAS AUTOADHESIVAS DE PLÁSTICO,
SIN IMPRIMIR (EXCEPTO LAS CORTADAS EN DIMENSIONES APROPIADAS
COMO PIEZAS DE VEHÍCULOS AUTOMÓVILES, DE CELULOSA REGENERADA,
DE POLIURETANOS, O DE POLÍMEROS FLUORADOS Y LAS DE POLI
(CLORURO DE VINILO) EN ROLLOS DE ANCHURA SUPERIOR O IGUAL A 120
CM Y DE LARGO INFERIOR O IGUAL A 50 M, CON UN PESO SUPERIOR A
DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE GRAMOS POR METRO CUADRADO (239
G/M2)), INCLUSO DE POLIETILENO CON REVESTIMIENTO ANTICORROSIVO DE
ANCHURA SUPERIOR O IGUAL A 5 CM PERO INFERIOR O IGUAL A 120 CM, EN
ROLLOS O EN HOJAS DE FORMA CUADRADA O RECTANGULAR Y PAPELES
AUTOADHESIVOS EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS DE FORMA CUADRADA
O RECTANGULAR DE CUALQUIER TAMAÑO EXCLUIDAS LAS CINTAS DE
EMBALAJE, AUTOADHESIVAS, DE POLIPROPILENO, EN ROLLOS DE ANCHURA
INFERIOR O IGUAL A VEINTE CENTIMETROS (20 CM), SIN SOPORTE DE
DESPEGUE DESCARTABLE” ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA DE CHILE
VERIFICACION A LA EMPRESA AVERY DENNISON DE ARGENTINA S.R.L.1/2
Expediente CNCE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP
Fecha: 09 de septiembre de 2019.
Informe: GI/GN/VERIF N° 29/19.
Fecha de la Verificación:
25, 26 y 28 de junio de 2019.
Realizada por: Sr. Mariano Abalo, Sr. Daniel Zuvanic y el Sr. Sebastián Cipolla.
Recibidos por: Ernesto Paciello.
Ubicación: Don Torcuato (Provincia de Buenos Aires)
Introducción.
El presente informe está dividido en las siguientes secciones:
1. Objetivo de la verificación.
2. Verificación de la información sobre ventas al mercado interno de
producción propia y contratada a terceros, reventa de importaciones y
precios al mercado interno de los artículos representativos, exportaciones,
existencias, empleo y masa salarial, costos unitarios y costos totales e
importaciones.
3. Síntesis y conclusiones.
1 En adelante, AVERY. 2 El presente informe contiene en asteriscos información de carácter confidencial.
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INFORME DE VERIFICACIÓN
2
1. Objetivo de la verificación.
El objetivo de la verificación fue constatar que la información brindada por la
empresa AVERY en el “Cuestionario para el Productor” de la CNCE y presentaciones
posteriores de la empresa, en lo relativo a ventas al mercado interno de producción
propia y contratada a terceros, reventa de importaciones y precios al mercado interno
de los artículos representativos, exportaciones, existencias, empleo y masa salarial,
costos unitarios y costos totales e importaciones de papeles y films autoadhesivos,
estuviera respaldada por la documentación correspondiente.
2. Verificación de la información sobre ventas al mercado interno de
producción propia y contratada a terceros, reventa de importaciones y
precios al mercado interno de los artículos representativos,
exportaciones, existencias, empleo y masa salarial, costos unitarios y
costos totales e importaciones.
2.1 Ventas al mercado interno de producción propia y contratada a terceros, reventa de importaciones y precios al mercado interno de los artículos representativos.
La verificación de las ventas al mercado interno de producción propia y
contratada a terceros de los papeles y films autoadhesivos, la reventa de
importaciones de los papeles y films autoadhesivos y los precios al mercado interno
de los modelos representativos3 para el período analizado se realizó sobre la base de:
listados analíticos de ventas, Subdiario IVA-Ventas, papeles de trabajo y la
documentación emitida (facturas, notas de crédito y notas de débito).
Los listados analíticos de ventas contenían, entre otra información, los metros
cuadrados y los valores desagregados de manera mensual por productos y
documentación emitida, cuyos volúmenes y montos fueron confrontados con la
información aportada oportunamente por la empresa. Con posterioridad, se constató
la información contenida en los listados analíticos mencionados con los papeles de
3 Los productos representativos son:
Un (1) m² de Papel autoadherente con frontal de papel ilustración/semi gloss/couche con liner Glassine/encapado, adhesivo base acrílica y gramaje entre 75 y 85 grs. (+/- 2) en el frontal, en bobinas.
Un (1) m² de Papel autoadherente con frontal de ilustración/semi gloss/couche, con liner encapado de gramaje entre 78 y 85 grs. (+/- 2), adhesivo base acrílica y gramaje entre 75 y 85 grs. (+/- 2) en el frontal, en hojas.
Un (1) m² de Papel autoadherente con frontal Térmico/termosensible TOP con liner Glassine, adhesivo base acrílica y gramaje entre 68 y 75 grs. (+/- 2) en el frontal, en bobinas.
Un (1) m² de Film autoadherente con frontal transparente BOPP (polipropileno biorientado) con top coated, liner Glassine, adhesivo base acrílica y entre 48 y 65 µm en el frontal, en bobinas.
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INFORME DE VERIFICACIÓN
3
trabajo y la documentación emitida para los meses de agosto de 2015, diciembre de
2016, julio de 2017 y octubre de 2018.
De la revisión de los soportes señalados, no surgieron diferencias con lo
informado oportunamente por la empresa.
Por último, la firma hizo entrega de los precios actualizados de los productos
representativos de papeles y films autoadhesivos para el período enero – marzo de
20194, los cuales fueron constatados mediante soportes similares a los descriptos
precedentemente.
2.2 Exportaciones.
La verificación de las exportaciones en volúmenes de los papeles y films
autoadhesivos para el período analizado se realizó en base a listados analíticos de
venta y facturas tipo E.
Los datos informados por la empresa fueron confrontados con la
documentación detallada en el párrafo precedente para los meses de agosto de 2015,
diciembre de 2016, julio de 2017 y octubre de 2018.
De la revisión de los soportes señalados, no surgieron diferencias respecto de
lo informado por la empresa.
2.3 Existencias.
La verificación de las existencias en metros cuadrados de papeles y films
autoadhesivos de producción propia e importados para el período analizado se realizó
en base a listados analíticos de stock5 y el libro inventario y balances.
4 La firma presentó la actualización de precios para el período enero – marzo de 2019 debido a que elabora su información de manera trimestral. 5 Dichos listados contenían el detalle de los metros cuadrados en existencia para cada uno de los depósitos de la empresa.
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INFORME DE VERIFICACIÓN
4
Los datos informados por la empresa fueron confrontados con la
documentación detallada en el párrafo precedente para todo el período.
De la revisión de los soportes señalados, no surgieron diferencias respecto de
lo informado por la empresa.
2.4 Empleo y masa salarial
La verificación de la variable empleo y masa salarial del área de producción
para el período analizado se realizó en base a las registraciones contables, los
informes mensuales de dotación del personal y los papeles de trabajo utilizados
habitualmente por la empresa.
Los informes de dotación del personal y los papeles de trabajo contenían entre
otra información el número de legajo y el nombre y apellido de cada uno de los
empleados, el centro de costos al cual pertenece, el tipo de liquidación, la planta
donde desempeña sus funciones, los sueldos brutos, los sueldos netos y las cargas
incurridas.
La información mencionada en el párrafo precedente fue confrontada con las
registraciones contables correspondientes a enero, junio y diciembre de los años 2016
y 2017.
De la verificación practicada no surgieron diferencias con lo informado
oportunamente por la empresa.
2.5 Costos unitarios y costos totales
La verificación de las estructuras de costos unitarios de los productos
representativos (Papel autoadherente con frontal de papel ilustración/semi
gloss/couche con liner Glassine/encapado, adhesivo base acrílica y gramaje entre 75
y 85 grs. (+/- 2) en el frontal, en bobinas; Papel autoadherente con frontal de
ilustración/semi gloss/couche, con liner encapado de gramaje entre 78 y 85 grs. (+/-
2), adhesivo base acrílica y gramaje entre 75 y 85 grs. (+/- 2) en el frontal, en hojas;
Papel autoadherente con frontal Térmico/termosensible TOP con liner Glassine,
adhesivo base acrílica y gramaje entre 68 y 75 grs. (+/- 2) en el frontal, en bobinas y
Film autoadherente con frontal transparente BOPP (polipropileno biorientado) con top
coated, liner Glassine, adhesivo base acrílica y entre 48 y 65 µm en el frontal, en
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INFORME DE VERIFICACIÓN
5
bobinas) y la de los costos totales de los papeles y films autoadhesivos para el
período analizado se realizó en base a los siguientes soportes documentales: papeles
de trabajo, detalle de consumos y valorización de los diferentes insumos tanto
nacionales como importados, facturas de proveedores (nacionales e importados) y
registraciones contables.
En primer lugar, se observó que los papeles de trabajo detallaban los
consumos de los insumos y su valorización6, la mano de obra directa e indirecta, los
costos variables y fijos de fabricación y los otros gastos compartidos, señalándose que
los valores informados para los insumos fueron confrontados con las correspondientes
facturas de proveedores.
Por su parte, de la documentación analizada surgió que los importes
informados para los rubros mano de obra directa, costos variables de fabricación
(excepto desperdicios) y costos fijos de fabricación fueron calculados en base a los
saldos contables prorrateados por los metros cuadrados producidos y vendidos y que
corresponden a un promedio de todos los papeles y films autoadhesivos producidos.
En cuanto a los desperdicios los soportes documentales mostraban el análisis
de scrap que realiza la firma período tras período y su incidencia sobre la materia
prima y también que los royalties corresponden a un porcentaje sobre las ventas.
De la verificación practicada en cuanto a los costos unitarios no surgieron
diferencias con lo informado oportunamente por la empresa.
En lo que respecta a los costos totales, con los respaldos documentales
proporcionados por la empresa los técnicos de la CNCE advirtieron que los mismos
incluían los correspondientes a las exportaciones. Por lo expuesto precedentemente, a
continuación, se exponen los costos totales del conjunto de todos los papeles y films
autoadhesivos vendidos al mercado interno.
6 Se pudo observar para cada uno de los productos representativos el código del insumo, la descripción, la unidad de medida, el consumo, el costo unitario y la correspondiente valorización a lo largo de todo el período analizado.
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INFORME DE VERIFICACIÓN
6
TABLA Nº 1 - COSTOS TOTALES -
VERSIÓN CONFIDENCIAL
Concepto
2015 2016 2017 ene-nov 2018
TOTAL TOTAL TOTAL TOTAL
Insumos Nacionales ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,***
Insumos Importados ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,***
Mano de Obra Directa ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,***
Mano de Obra Indirecta ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,***
Otros Costos Variables de Fabricación ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,***
Costos Fijos de Fabricación ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,***
Gastos Variables de Comercialización ***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,***
Gastos Adm., Comerc., etc. ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,***
TOTAL ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,*** ***.***.***,***
TABLA Nº 2 - COSTOS TOTALES -
VERSIÓN PÚBLICA
Concepto
2015 2016 2017 ene-nov 2018
TOTAL TOTAL TOTAL TOTAL
Insumos Nacionales 100,00 123,53 119,76 146,55
Insumos Importados 100,00 140,93 173,79 224,24
Mano de Obra Directa 100,00 129,69 158,81 165,42
Mano de Obra Indirecta 100,00 131,39 168,08 178,89
Otros Costos Variables de Fabricación 100,00 173,49 184,10 273,30
Costos Fijos de Fabricación 100,00 162,03 149,73 189,57
Gastos Variables de Comercialización 100,00 106,42 102,70
Gastos Adm., Comerc., etc. 100,00 130,48 149,58 189,78
TOTAL 100,00 138,05 155,82 194,37
Por último, durante la verificación la firma hizo entrega de las estructuras de
costos actualizadas a enero – marzo de 2019 -versión publica y confidencial-
solicitadas oportunamente por esta CNCE7. Las mismas fueron validadas utilizando
los mismos soportes documentales descriptos anteriormente, no surgiendo
diferencias.
7 A la empresa sólo le resulta posible actualizar hasta marzo de 2019 atento a que elabora su información en forma trimestral.
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INFORME DE VERIFICACIÓN
7
2.6 Importaciones
Atento haber detectado aspectos a rectificar, previo al comienzo de la
verificación, el representante de la firma hizo entrega de nuevos ejemplares de los
Cuadro N° 11 correspondientes a sus importaciones de la República Popular China,
de Alemania, de Bélgica, de la República Federativa de Brasil, del Gran Ducado de
Luxemburgo, de Estados Unidos y de Francia.
La verificación de las importaciones de papeles y films autoadhesivos para el
periodo analizado se realizó sobre la base de los despachos de importación y facturas
de proveedores.
Los datos informados por la empresa fueron confrontados con la
documentación detallada en el párrafo precedente correspondiente a todo el período.
De la revisión de los soportes señalados, surgieron diferencias de escasa
significatividad con lo informado oportunamente por la empresa.
3. Síntesis y conclusiones.
De la verificación practicada se concluye que la información suministrada por
AVERY respecto a ventas al mercado interno de producción propia y contratada a
terceros, reventa de importaciones y precios al mercado interno de los artículos
representativos, exportaciones, existencias, empleo y masa salarial, costos unitarios y
costos totales e importaciones de papeles y films autoadhesivos se encuentra
respaldada por la documentación correspondiente.
Por último, los técnicos de la CNCE constataron los costos y los precios de
papeles y films autoadhesivos actualizados para el período enero - marzo de 2019.
2019 – Año de la Exportación COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR EXPEDIENTE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP
INFORME TÉCNICO PREVIO A LA DETERMINACIÓN FINAL DE LA REVISIÓN DE LOS DERECHOS ANTIDUMPING VIGENTES
ANEXO III – DOCUMENTOS DE PÁGINAS WEB CONSULTADAS I
ANEXO III:
DOCUMENTOS DE PÁGINAS
WEB CONSULTADAS
2019 – Año de la Exportación COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR EXPEDIENTE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP
INFORME TÉCNICO PREVIO A LA DETERMINACIÓN FINAL DE LA REVISIÓN DE LOS DERECHOS ANTIDUMPING VIGENTES
ANEXO III – DOCUMENTOS DE PÁGINAS WEB CONSULTADAS II
http://www.solucorp.com/
www.arclad.com
2019 – Año de la Exportación COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR EXPEDIENTE Nº EX-2018-43083376-APN-DGD#MP
INFORME TÉCNICO PREVIO A LA DETERMINACIÓN FINAL DE LA REVISIÓN DE LOS DERECHOS ANTIDUMPING VIGENTES
ANEXO III – DOCUMENTOS DE PÁGINAS WEB CONSULTADAS III
https://www.upmraflatac.com/sa/sp
http://www.colacril.com.br/es/productos/autoadhesivos